FV Conde
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Maule
RCA N° 20250700153
Califica Ambientalmente el proyecto “FV CONDE”
Talca 23 de abril del 2025
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto FV CONDE presentado por FELIPE SOLAR SpA con fecha 22 de febrero del 2024, su Adenda de fecha 30 de octubre del 2024 y su Adenda Complementaria de fecha 7 de marzo de 2025.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.- del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto FV CONDE.
3°. El Acta de Evaluación de la Sesión Nº16 del Comité Técnico de la Región del Maule, de fecha 19 de junio de 2024
4°. El ICE de la DIA del proyecto FV CONDE, de 31 de marzo de 2025.
5°. El acuerdo alcanzado en la sesión Ordinaria N°4 de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, realizada el 08 de abril del 2025
6°. La Resolución Exenta N°20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el reemplazo en sus funciones de la figura del “Intendente Regional” por el “Delegado Presidencial Regional” y establece su nuevo texto, el que incluye la antes señalada modificación.
7°. La Resolución Exenta N°66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la región del Maule, que autoriza al secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la región del Maule
8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto FV CONDE
9°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417; en el D.S. N°40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA) y sus modificaciones; en el D.F.L. Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Número 83 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Humberto Antonio Aqueveque Díaz como Delegado Presidencial Regional de la Región del Maule; en la Resolución Exenta RA N°119046/252/2024, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 11 de octubre de 2024, que nombra en calidad de titular a don Roberto Felipe Olave Astudillo como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule; y la Resolución N°36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, FELIPE SOLAR SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto FV CONDE (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Antecedentes del titular Nombre o razón social FELIPE SOLAR SpA Domicilio Avenida Vitacura 2909, Oficina 418, Región Metropolitana Nombre del representante legal Daniel Eleazar Reyes Figueroa Domicilio del representante legal Avenida Vitacura 2909, Oficina 418, Región Metropolitana Número telefónico +56 2 32494826 Correo electrónico daniel@3mw.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 31 de marzo de 2025, el director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto
• El Proyecto acredita que cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable,
• El Proyecto acredita que cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectorial aplicables,
• El Proyecto acredita que no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental; y
• El Proponente ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de fecha 08 de abril del 2025 la Comisión de Evaluación de la Región del Maule acordó calificar favorablemente el proyecto FV CONDE, aprobando el contenido del ICE de 31 de marzo de 2025, con las consideraciones incorporadas en los Puntos 6.6 y 8, de esta Resolución.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1.- Antecedentes generales del proyecto o actividad Objetivo general Construcción, operación y cierre de una planta fotovoltaica, con una capacidad instalada será de 10,8 mega watts y una Línea de Media Tensión de aproximadamente dos kilómetros.
Estará compuesto por 16.170 paneles de 670 watts cada uno y cuatro estaciones de almacenamiento de 2 mega watts cada una, todo ello en el sitio de emplazamiento del Proyecto que tiene una superficie total de 20,15 hectáreas Descripción general del proyecto El proyecto consiste en la construcción y operación de un parque fotovoltaico denominado FV MAULE ubicado en la Región del Maule, provincia de Talca, comuna de Talca, localidad de Panguilemo, sector Los Ranchones.
El proyecto cuenta con 16.170 paneles solares fotovoltaicos, considerando una potencia de instalación de 10,08 MWp y 9MWp a inyectar al Sistema Eléctrico Nacional SEN
Considera además un sistema de almacenamiento con 4 estaciones de 2 MWH cada una}
La superficie del Proyecto es de 20,15 hectáreas.
Esta energía será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante una Línea Eléctrica de 13,2 Volts de tensión con una longitud de 2.475 metros hacia el sur de proyecto, según el trazado detallado en el Anexo 2 de la DIA, con el punto de conexión en la red de distribución eléctrica existente. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 3 de 103
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW Vida útil La vida útil señalada por el titular es de 30 años Monto de inversión USD $ 13.000.000 Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA El acto o faena mínima que, según la naturaleza y tipología del proyecto o actividad, dará cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente corresponde a la Instalación de Faenas Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se desarrolla por etapas
[X] Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No El Proyecto no modifica un proyecto o actividad existente
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto no modifica otra(s) RCA
[X]
4.2.- Ubicación del proyecto o actividad División político - administrativa El Proyecto se ubica en la Región del Maule, Provincia de Talca, Comuna de Talca, específicamente en el sector de Los Ranchones, cercano a Riberas del Lircay Justificación de la localización La zona de emplazamiento del proyecto resulta favorable para la instalación de un parque fotovoltaico dado lo siguiente:
Recurso de radiación propicio para la generación de energía. Sitio cercano a la red de distribución de energía eléctrica. Sitio cercano a los centros de consumo de energía. Condiciones topográficas adecuadas para el emplazamiento de los módulos fotovoltaicos. Ausencia de sombras lejanas. Superficie La superficie del sitio de emplazamiento es de Proyecto es de 20,15 hectáreas Coordenadas UTM en Datum WGS84
Paneles vértices Coordenadas UTM huso 19H Datum WGS-84 Este Norte Área de generación norte 1 260.443 6.081.714 2 260.444 6.081.798 3 260.458 6.081.824 4 260.529 6.081.826 5 260.612 6.081.747 6 260.792 6.081.637 7 260.792 6.081.584 8 260.767 6.081.534 9 260.613 6.081.620 10 260.527 6.081.708 11 260.458 6.081.706 Área de generación sur 1 260.407 6.081.596 2 260.408 6.081.716 3 260.493 6.081.673 4 260.538 6.081.671 5 260.539 6.081.637 6 260.761 6.081.518 7 260.769 6.081.487 8 261.081 6.081.319 9 261.102 6.081.275 10 261.102 6.081.189 11 260.767 6.081.378 12 260.740 6.081.356 Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 4 de 103
13 260.648 6.081.399 14 260.644 6.081.375 15 260.582 6.081.405 16 260.581 6.081.438 17 260.538 6.081.467 18 260.538 6.081.487 19 260.497 6.081.516 20 260.495 6.081.550 21 260.406 6.081.598
Las Coordenadas de la Línea de Transmisión Eléctrica se encuentran detalladas en el Anexo 2 de la DIA con el siguiente trazado: Ubicación del Proyecto y trazado de la LTE:
Caminos o vías de acceso El acceso al Proyecto FV Conde se realiza desde la Ruta 5 en el enlace Pelarco hacia el poniente y luego por camino de tierra interior S/N existente Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 2 de la DIA Anexo 2 de la Adenda Complementaria
4.3.- Partes y obras que componen el Proyecto Nombre Descripción Carácter Fase Garita de control Instalación para el control de acceso de 9 m² de superficie, destinada al personal de seguridad para gestionar el control y registro de ingresos y egresos del personal de obra, proveedores, contratistas y demás personas que accedan al área de faena.
La garita estará conformada por un módulo prefabricado de fibra de vidrio, el cual será instalado sobre terreno natural previamente Temporal Construcción Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 5 de 103
nivelado y compactado, asegurando su estabilidad y funcionalidad operativa. Zona de acopio de materiales Área destinada para la descarga y acopio de insumos, materiales, estructuras, paneles y equipos que pueden permanecer a la intemperie.
Esta zona considera con una superficie de 320 m² Temporal Construcción Instalación de Faena Área destinada a las instalaciones necesarias para la correcta ejecución de las obras de construcción.
En este espacio se ubicarán las oficinas administrativas, bodegas, vestidores, comedor con estanques de agua y de acumulación, patio de salvataje, grupo electrógeno, estanque de combustible, y un área designada para el acopio de baños químicos.
La superficie útil destinada a la instalación de faena es de 1.250 m² Temporal Construcción Oficinas Dentro de la instalación de faena se habilitará un contenedor o estructura prefabricada destinada a oficinas para el personal durante la Fase de Construcción.
Se dispondrán 4 módulos de 18 m² cada uno Temporal Construcción Bodega de Insumos generales El área de almacenamiento contará con dos bodegas destinadas al resguardo de herramientas, materiales e insumos que sean sensibles a la exposición ambiental o que requieran un manejo controlado.
Estas bodegas estarán compuestas por contenedores prefabricados de 18m2 cada uno, debidamente acondicionados para garantizar condiciones óptimas de almacenamiento, protegidas de las condiciones del clima y asegurando acceso controlado
Cada bodega estará claramente señalizada. Temporal Construcción Sala multiuso Se habilitará una sala multiuso modular tipo contenedor, con una superficie de 18 m² Temporal Construcción Vestidores Se habilitarán vestidos o camarines en módulos tipo contenedor, cada uno con una superficie de 18 m², adaptados con bancas, casilleros y otros elementos necesarios para garantizar la comodidad y el bienestar de los trabajadores. Temporal Construcción Comedor El comedor será una construcción modular prefabricada tipo contenedor, montada sobre bases prefabricadas aisladas.
Este espacio estará exclusivamente destinado a la alimentación de los trabajadores, asegurando su total separación de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación ambiental.
El comedor estará equipado con mesas y sillas de material lavable, y un piso sólido cumpliendo con las condiciones higiénicas establecidas en el Artículo 28 del DS 259/2000 del MINSAL.
No se contempla la preparación de alimentos en el lugar; únicamente se permitirá calentar y servir los alimentos traídos por los trabajadores. En caso contrario, se considera la opción de alimentación en un restaurante autorizado por la SEREMI de Salud.
El comedor estará provisto de un estanque de agua limpia y un estanque de acumulación de aguas residuales, además de puntos de abastecimiento de agua potable mediante bidones de 20 litros, suministrados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud.
El comedor tendrá una superficie total de 36 m² Temporal Construcción Estanques de agua limpia Se considera un estanque de agua potable destinado a surtir el lavaplatos del comedor.
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Se estima una capacidad mínima de estanque de al menos 2 m3. Cabe destaca que el consumo de agua potable se realizará mediante bidones de agua potable provisto por una empresa autorizada por la Seremi de Salud, los cuales de distribuirá en la instalaciones y frentes de trabajo para el consumo humano. Estanque de agua grises Se considera un estanque de aguas grises adyacente al comedor, con el propósito de almacenar las aguas residuales generadas en su interior.
Este estanque tendrá una capacidad de 4 m³ y será sometido a limpiezas periódicas, garantizando un manejo adecuado.
El tratamiento y disposición final de estas aguas estará a cargo de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, asegurando el cumplimiento de las normativas sanitarias vigentes.
Se mantendrá un registro de la gestión ambiental de las mismas hasta su disposición final en un sitioa autorizado sanitariamente para este tipo de residuos Temporal Construcción Baños químicos Se instalarán siete (7) baños químicos, incluyendo una unidad accesible para personas con discapacidad, los cuales serán distribuidos en las instalaciones de faena y en los frentes de trabajo, de acuerdo a las necesidades del terreno.
La recolección y limpieza de estos baños será realizada por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, quien también se encargará del tratamiento adecuado de los residuos líquidos en instalaciones autorizadas por la SEREMI de Salud
Se mantendrá un registro de la gestión ambiental de las mismas hasta su disposición final en un sitioa autorizado sanitariamente para este tipo de residuos Temporal Construcción Patio de Salvataje (RISES) En esta área se acopiarán los residuos generados durante la construcción, tales como maderas, pallets, embalajes de cartón y plástico, y recortes de acero, entre otros. Estos residuos se clasificarán y almacenarán de manera ordenada y separada, facilitando así su posterior reutilización o reciclaje, según corresponda. Temporal Construcción Grupo electrógeno El suministro eléctrico para la instalación de faena será proporcionado por un grupo electrógeno diésel de 30 kVA, que estará equipado con un pretil de contención de HDPE o material equivalente, diseñado para prevenir derrames y filtraciones al suelo.
El equipo contará con mantenciones periódicas conforme a las recomendaciones del fabricante y será operado bajo un protocolo de seguridad que incluirá inspecciones visuales, registro de consumo de combustible y monitoreo de emisiones.
En cumplimiento con la normativa ambiental vigente, el generador será registrado en el Registro Único de Emisiones Atmosféricas (RUEA) a través de la plataforma RETC, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N°138/05 y la Circular N°23/2003.
Además, se asegurará la correcta gestión de los residuos asociados a su operación, tales como filtros de aceite y combustible, los cuales serán dispuestos en la bodega de residuos peligrosos y gestionados por una empresa autorizada. Temporal Construcción Estanque de Combustible Se instalará un estanque con pretil de contención para el almacenamiento de petróleo, con una capacidad máxima de 1.000 litros y certificación SEC
Contará con identificación conforme a la NCh 2.190 y código NU, además de la rotulación de prohibición de realizar fuego. Temporal Construcción Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 7 de 103
El área designada para el almacenamiento de combustibles estará equipada con un extintor y un kit de contención de derrames, en cumplimiento con el D.S. N° 160/2009, que aprueba el “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento y Distribución de Combustibles Líquidos”. Área de acopio de material vegetal Se habilitará un área específica para el acopio temporal de residuos vegetales provenientes de la corta y despeje de vegetación.
El sector de acopio tendrá una superficie de 444 m², debidamente delimitada y señalizada para garantizar su organización y seguridad.
Para minimizar riesgos de incendio, se implementará un cortafuego perimetral de 5 metros libre de vegetación, asegurando una franja de protección alrededor del área de almacenamiento.
Adicionalmente, se establecerán medidas de control, como la segregación de residuos vegetales según su potencial de aprovechamiento, priorizando su reutilización o retiro según corresponda.
La gestión del material vegetal no aprovechable evitará su acumulación prolongada y se asegurará su disposición conforme a la normativa ambiental vegetación.
Se mantendrá un registro de la gestión ambiental de este residuo hasta su disposición final. Temporal Construcción Paneles fotovoltaicos Los módulos fotovoltaicos serán los encargados de transformar la energía solar en energía eléctrica. El diseño del proyecto considera la instalación de 16.170 paneles solares, cada uno con una potencia de 670 Wp y dimensiones de 2,3 m de largo, 1,3 m de ancho y 0,035 m de espesor.
El área total de generación comprende una superficie de 14,47 hectáreas, dividida en dos sectores separados por una ruta de servicio interna.
Los paneles solares están fabricados a partir de bloques de sílice encapsulados en un polímero EVA (Etileno Acetato de Vinilo).
Además, estos módulos ambientales están diseñados para soportar condiciones extremas, asegurando su durabilidad y óptimo desempeño en el tiempo. Permanente Operación Estructuras de soporte El montaje de las estructuras fotovoltaicas incluirá la instalación de soportes de acero galvanizado, los cuales serán hincados a una profundidad de 1,5 metros, garantizando así la estabilidad estructural y la resistencia a esfuerzos mecánicos y cargas ambientales.
Los módulos fotovoltaicos serán instalados sobre estas estructuras de soporte, cada una de las cuales estará equipada con un sistema de seguimiento solar.
Cada seguidor estará montado sobre un eje horizontal con orientación Norte-Sur (N-S), permitiendo un desplazamiento de ±55°. Además, se implementará un sistema de Backtracking que minimizará el sombreado entre filas consecutivas de paneles, optimizando la captación de radiación solar y mejorando el rendimiento energético del parque.
Cada seguidor contará con su propio cuadro de control, el cual Permanente Operación Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 8 de 103
alimentará y gestionará el conjunto actuador-motor encargado de regular la orientación de los paneles en función de la trayectoria solar Combine box e Inversores Los tableros de combinación eléctrica en corriente continua (DC), conocidos como “Combine Box”, tienen la función de sumar todas las potencias generadas en los strings y adecuarlas para los inversores. Para las uniones principales, se instalarán tableros eléctricos “Combine Box” distribuidos cerca de los paneles solares. Cada tablero ocupará una superficie útil de 1 m², sumando un total de 60 m²
El inversor es un equipo electrónico que convierte la corriente continua generada en las cadenas de paneles fotovoltaicos, provenientes de las “Combine Box”, en corriente alterna con las mismas características de tensión y frecuencia que la red. Estos equipos se han distribuido en filas paralelas para minimizar el movimiento de tierra causado por los cables que entran y salen del equipo.
El inversor cuenta con un equipamiento electrónico robusto para su funcionamiento continuo, junto con un sistema de refrigeración interna para cuando opera a máxima capacidad.
La suma de la potencia nominal de los inversores coincidirá con la potencia nominal de la instalación, y la conexión a los transformadores se realizará en corriente alterna trifásica a la tensión de operación del inversor. Los inversores cumplen con los requerimientos técnicos y de seguridad necesarios para su interconexión a la red de alta tensión, así como con las directivas internacionales sobre seguridad eléctrica y compatibilidad electromagnética.
Los inversores poseen una superficie de 60 m². Permanente Operación Estación de transformación Una estación de transformación es un contenedor (20 pies) que en su interior alberga un transformador media tensión, un transformador de servicios auxiliares, un tablero con protecciones de baja tensión y una celda de media tensión.
Los transformadores son equipos utilizados para convertir o ajustar los voltajes de baja tensión a media tensión, de esta forma se puede alcanzar el voltaje de la línea de inyección.
Por otra parte, la celda de media tensión tiene como principal objetivo proteger la transformación de energía en su cambio de tensión, proveniente desde el transformador, ofreciendo un aislamiento para las instalaciones de distribución.
Son equipos modulares y equipados con dispositivos de protección y seccionamiento.
Se considera una superficie de 54m2 Permanente Operación Conductor de energía eléctrica Los cables empleados cumplirán con la normativa vigente NCh 4/2004 sección 8.1, en lo referente a aislamiento y grado de protección.
Los cables destinados a la interconexión de los módulos fotovoltaicos estarán diseñados para resistir la degradación causada por la exposición a la intemperie, incluyendo radiación solar, temperaturas extremas, vientos y humedad.
El cableado entre los tableros de conexiones y los seguidores será soterrado, utilizando cables flexibles y de alta resistencia mecánica, capaces de soportar inundaciones o.
Además, se seleccionará una longitud adecuada para evitar que la caída de tensión exceda los límites establecidos por la norma NCh Eléctrica Permanente Operación Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 9 de 103
4/2005, minimizando las pérdidas y garantizando que no haya riesgo de cizalladura (cote) Línea de media tensión Para evacuar la energía generada por el proyecto hacia la red de distribución, se implementará una línea de media tensión (LMT) de 13,2 kV, que transportará la energía desde las estaciones transformadoras hasta el punto de conexión con una línea eléctrica aérea existente.
Esta línea cumplirá con todas las normativas de seguridad y calidad de servicio establecidas en la Ley General de Servicios Eléctricos (Ley 20.018).
La infraestructura de la línea comprenderá 58 postes con alturas variables entre 11 y 18 metros, y se extenderá a lo largo de 2.082 metros hasta el punto de conexión donde se instalarán dos portales para el atravieso de rio Lircay.
Además, para prevenir colisiones o electrocuciones de aves, se instalará un sistema de anticolisión en ambas riberas del Río Lircay, de tal forma de cumplir la condicipon señalada en el punto 9.3.- de esta RCA Permanente Operación Estaciones de almacenamiento El proyecto incorpora un sistema de almacenamiento de energía mediante baterías BESS (Battery Energy Storage System), cuyo objetivo principal es aumentar la confiabilidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) a través de la prestación de servicios complementarios, como la regulación de frecuencia.
De este modo, el sistema permite ajustar la oferta de electricidad a la demanda, almacenando energía en momentos de alta producción para inyectarla a la red cuando sea necesario. La instalación tendrá una capacidad de 8 MW distribuida en 4 contenedores de 20 pies que se encontrarán a una distancia mayor a 15 metros del deslinde de la propiedad.
El área destinada al almacenamiento del sistema BESS ocupará una superficie total de 800 m2. Permanente Operación Cerco perimetral El parque fotovoltaico contará con un cerco perimetral alrrededor de la superficie de 20,15 ha, con un largo de 2.335 m.
El objetivo del cerco es restringir la entrada a personas no autorizadas a la planta generadora y además mantener la seguridad máxima en todo momento, tanto para el parque como para el entorno.
El cerco tendrá una altura de 2,4 m, con postes de acero galvanizado cada 3m hincados o sobre una fundación de hormigón según las condiciones de terreno lo establezcan.
Para el cierre perimetral en el total del cerco se utilizará malla metálica galvanizada de 2,4 mm o similar que evite el ingreso de mamíferos menores y mayores Permanente Operación Caminos internos y accesos Se dispondrá de caminos internos no pavimentados con un ancho de 4 metros, destinados a facilitar el acceso a todas las obras en todas las Fases del Proyecto, así como a realizar las actividades de mantenimiento del parque.
Esto garantizará la accesibilidad a todos los puntos de la planta. La longitud total de los caminos internos será de 2.800 metros, ocupando una superficie de 11.200 m².
Para asegurar que las condiciones del terreno sean adecuadas para el tránsito y reducir las emisiones, se realizará una compactación con un CBR de 95%.
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El acceso cuenta con un portón corredera de ancho de 6 metros para el acceso vehicular y maquinaria. Bodega Se habilitará una bodega de insumos generales de 15 m2, tipo container habilitado para almacenamiento de accesorios y repuestos asociados con las mantenciones periódicas que se realizaran en el parque fotovoltaico. Permanente Operación Estacionamiento Corresponde a un área de 144 m2 aproximadamente que será utilizada para el estacionamiento de vehículos livianos, como camionetas y algunos camiones pequeños o medianos necesarios para las mantenciones y el retiro de residuos.
Contará con una carpeta de gravilla y estará debidamente demarcada para evitar el uso de áreas no acondicionadas para este fin. Permanente Operación Sala de control Corresponde a un área techada de 15 m2 en donde se concentrarán las actividades de mantención periódicas. Esta instalación estará acondicionada para albergar los equipos de comunicación y control del PMGD y en ella se encontrarán los servidores del sistema SCADA y los equipos de las especialidades asociadas al funcionamiento de la planta (CCTv, Comunicaciones Trackers, tablero de baja tensión para iluminación y alimentación de equipos, etc). Permanente Operación Bodega de residuos industriales no peligrosos La bodega para residuos no peligrosos cuenta con una superficie de 12 m², destinada principalmente al acopio de restos de materiales de construcción, embalajes, metal, cableado eléctrico, entre otros. En su interior, se dispondrán contenedores en óptimas condiciones, con tapa y ruedas para facilitar su traslado.
Estos contenedores estarán debidamente rotulados y tendrán una capacidad de 240 litros cada uno.
Los Residuos Industriales No Peligroso (RINP) serán segregados, retirados y transportados por una empresa de reciclaje debidamente autorizada o dispuestos en sitios de disposición final.
Permanente Operación Estanque de agua potable Durante la Fase de Operación del proyecto, se implementará un sistema de agua potable diseñado para la acumulación y esterilización del agua mediante un sistema de cloración automatizado. Este sistema garantizará la correcta potabilización del agua, permitiendo su almacenamiento por periodos prolongados, lo que es fundamental dada la naturaleza esporádica de las operaciones en esta etapa.
El agua potable será suministrada por un camión autorizado, cumpliendo con todas las normativas sanitarias vigentes. Una vez recibida, el agua será almacenada en estanques diseñados para garantizar su calidad, donde el sistema de cloración automatizada controlará de manera constante los niveles de desinfección, asegurando que cumpla con los niveles de calidad indicados en el Título II del D.S. 735/69 del MINSAL “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y con lo dispuesto en el artículo 13 del D.S. 594/2000 del MINSAL, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. Este enfoque permite contar con una reserva segura de agua potable, asegurando su disponibilidad. Permanente Operación Modulo sanitario Durante la Fase de Operación, se instalará un módulo sanitario que se ajustará a las necesidades de los trabajadores encargados de las actividades esporádicas de mantención y reparación del parque. Este módulo contará con un sistema de tratamiento de aguas servidas, que incluye una fosa séptica y drenes de infiltración para la disposición del agua industrial.
El módulo sanitario estará equipado con 2 inodoros, 2 lavamanos y 2 Permanente Operación Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 11 de 103
duchas, todos adaptados con los elementos y espacios necesarios para permitir el acceso de la persona. Fosa séptica y sistema de drenes Se instalará una fosa séptica prefabricada de polietileno de alta densidad (PEAD) con una capacidad total de 1.000 litros, diseñada para el tratamiento primario de aguas servidas generadas en la sala de baño disponible durante la Fase de Operación del proyecto. La unidad está dimensionada para un máximo de 6 habitantes equivalentes, con una carga hidráulica de 8 unidades equivalentes (UEH)
La fosa séptica estará conectada a un sistema de drenaje, compuesto por un repartidor de caudales con tres salidas, que distribuirá el efluente hacia tres drenes de infiltración, cada uno de 6 metros de longitud. Los drenes estarán conformados por tuberías perforadas de PVC sanitario, dispuestas sobre un lecho de material granular de alta permeabilidad y geotextil. asegurando una adecuada dispersión y absorción del efluente.
Cabe destacar que la frecuencia de uso del sistema será intermitente y esporádica, dado que no se contempla la presencia permanente de personal en la Fase de Operación. El uso del baño estará limitado a las visitas de inspección, mantenimiento y eventuales actividades correctivas, lo que reducirá significativamente la carga hidráulica sobre la fosa séptica. Permanente Operación Bodega de residuos peligrosos En el proyecto se implementarán dos bodegas para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL), denominadas Bodega RESPEL y Bodega RESPEL FV, respectivamente. Ambas se utilizarán durante las fases de construcción, operación y cierre, con el fin de almacenar adecuadamente todos los residuos peligrosos generados en sus diferentes fases.
La Bodega RESPEL se destinará principalmente al almacenamiento de residuos derivados de combustibles líquidos, aceites, equipos de protección personal (EPP) contaminados y envases de pintura. Por su parte, la Bodega RESPEL FV almacenará residuos generados del mal estado de los paneles solares y las baterías BESS.
Ambas bodegas se emplazarán de manera independiente y separada del resto de las instalaciones, en cumplimiento con lo estipulado en el D.S. N°148/03. Permanente Operación Bodega de residuos sólidos domiciliarios (RSD). El acopio de los residuos sólidos domiciliarios (RSD), que ocuparán un área de 9 m², estará compuesto principalmente por la basura generada por los trabajadores e como envoltorios, papelería y desechos orgánicos. Estos residuos se almacenarán en contenedores de 240 litros cada uno, los cuales estarán en óptimas condiciones, con tapas y ruedas funcionales para su correcto manejo. Cada contenedor estará rotulado y se utilizarán bolsas para evitar la percolación de líquidos al interior de estos, asegurando un manejo higiénico.
Además, la bodega contará con un sistema de segregación de residuos reciclables, incluyendo cartón, PET (tereftalato de polietileno), HDPE (polietileno de alta densidad), latas de aluminio y vidrio. Permanente Operación Sensor Climático Se contempla la instalación de un sensor climático que permitirá monitorear las variables meteorológicas relevantes para evaluar y optimizar el funcionamiento de la planta fotovoltaica. Este dispositivo facilitará también el tratamiento, análisis y almacenamiento sistemático de los datos obtenidos. Permanente Operación Área de Reforestación El proyecto contempla un sector destinado a reforestación, con una superficie total de 0,12 hectáreas, en donde se llevará a cabo la plantación de 96 ejemplares de Pinus radiata, distribuidos según criterios técnicos que favorecen su crecimiento y supervivencia. Para garantizar la protección efectiva de las plantas frente a posibles Permanente Operación Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 12 de 103
depredadores o daños externos, se instalará un cerco perimetral reforzado.
Una vez ejecutada la plantación inicial, se realizará una fertilización con un compuesto NPK, con el objetivo de mejorar el establecimiento, crecimiento y desarrollo vigoroso de las especies forestales. Asimismo, ante posibles condiciones de sequía estival, se implementará un plan de riego complementario cada 3 semanas, asegurando la hidratación adecuada del suelo y favoreciendo la supervivencia de las plantas en etapas críticas.
Además, se realizará un monitoreo periódico de la sobrevivencia y estado fitosanitario de los ejemplares, complementado por una reforestación de reposición cada dos años. Esta acción se llevará a cabo hasta alcanzar un mínimo del 75% de sobrevivencia de las especies plantadas, asegurando así la efectiva recuperación vegetal del área intervenida. Garita de control Se proyecta la instalación de una garita de control de acceso con una superficie de 9 m², destinada al personal de seguridad para gestionar el control y registro de ingresos y egresos del personal de obra, proveedores y demás personas que accedan al área de faena.
La garita estará conformada por un módulo prefabricado de fibra de vidrio, el cual será instalado sobre terreno natural previamente nivelado y compactado, asegurando su estabilidad y funcionalidad operativa. Temporal Cierre Instalación de Faena El área proyectada estará a las instalaciones necesarias para la correcta ejecución de las obras de desmantelamiento.
En este espacio se ubicarán las oficinas administrativas, bodegas, vestidores, comedor con estanques de agua y de acumulación, patio de salvataje, grupo electrógeno, estanque de combustible, y un área designada para el acopio de baños químicos.
La superficie útil destinada a la instalación de faena es de 1.250 m² Temporal Cierre Oficinas Dentro de la instalación de faena se habilitará un contenedor o estructura prefabricada destinada a oficinas para el personal durante la Fase de Cierre.
Se dispondrán 4 módulos de 18 m² cada uno. Temporal Cierre Bodega de Insumos generales El área de almacenamiento contará con dos bodegas destinadas al resguardo de herramientas, materiales e insumos que sean sensibles a la exposición ambiental o que requieran un manejo controlado.
Estas bodegas estarán compuestas por contenedores prefabricados de 18m2 cada uno, debidamente acondicionados para garantizar condiciones óptimas de almacenamiento, protegidas de las condiciones del clima y asegurando acceso controlado. Temporal Cierre Sala multiuso Se habilitará una sala multiuso modular tipo contenedor, con una superficie de 18 m² Temporal Cierre Vestidores Se habilitarán vestidos o camarines en módulos tipo contenedor, cada uno con una superficie de 18 m², adaptados con bancas, casilleros y otros elementos necesarios según la legislación sectorial vigente Temporal Cierre Comedor El comedor será una construcción modular prefabricada tipo contenedor, montada sobre bases prefabricadas aisladas. Este espacio estará exclusivamente destinado a la alimentación de los trabajadores, asegurando su total separación de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación ambiental. El comedor estará equipado con mesas y sillas de material lavable, y un piso sólido de fácil limpieza, cumpliendo con las condiciones higiénicas establecidas en el Artículo 28 del DS 259/2000 del MINSAL. Temporal Cierre Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 13 de 103
No se contempla la preparación de alimentos en el lugar; únicamente se permitirá calentar y servir los alimentos traídos por los trabajadores. En caso contrario, se considera la opción de alimentación en un restaurante autorizado por la SEREMI de Salud.
El comedor estará provisto de un estanque de agua limpia y un estanque de acumulación de aguas residuales, además de puntos de abastecimiento de agua potable mediante bidones de 20 litros, suministrados por una empresa con autorización sanitaria vigente.
El comedor tendrá una superficie total de 36 m² Estanques de agua limpia El estanque de agua limpia, el cual surtirá únicamente el lavaplatos del comedor utilizado para el lavado de la losa, será abastecido a diario de agua potable
Se estima una capacidad mínima de estanque de al menos 2 m3.
Por otro lado el consumo de agua potable se realizará mediante bidones de agua potable provisto por una empresa con autorización sanitaria vigente, dichos bidones se distribuirán en la instalaciones y frentes de trabajo para el consumo humano.
Se mantendrá un registro de la adquisición de agua y de las autorizaciones correspondientes de los proveedores Temporal Cierre Estanque de agua grises Un estanque de aguas grises se instalará adyacente al comedor, con el propósito de almacenar las aguas residuales generadas en su interior.
Tendrá una capacidad de 4 m³ y será sometido a limpiezas periódicas, garantizando un manejo adecuado.
El tratamiento y disposición final de estas aguas estará a cargo de una empresa con autorización sanitaria vigente, al respecto se mantendrá un registro de la gestión ambiental de dichos residuos hasta su disposición final en un sitio autorizado sanitariamente para este tipo de residuos. Temporal Cierre Baños químicos Se instalarán siete baños químicos, incluyendo una unidad accesible para personas con discapacidad, los cuales serán distribuidos en las instalaciones de faena y en los frentes de trabajo, de acuerdo a las necesidades del terreno y el avance de las obras.
La recolección y limpieza de estos baños será realizada por una empresa con autorización sanitaria vigente, al respecto se mantendrá un registro de la gestión ambiental de dichos residuos hasta su disposición final. Temporal Cierre Patio de Salvataje (RISES) En esta área se acopiarán los residuos generados durante la construcción, tales como maderas, pallets, embalajes de cartón y plástico, y recortes de acero, entre otros.
Estos residuos se clasificarán y almacenarán de manera ordenada y separada, facilitando así su posterior reutilización o reciclaje, según corresponda.
Se mantendrá un registro de la gestión ambiental de dichos residuos hasta su destino, incluyendo la disposición final, según corresponda. Temporal Cierre Grupo electrógeno El suministro eléctrico para la instalación de faena en Fase de Cierre será proporcionado por un grupo electrógeno diésel de 30 kVA, el cual estará equipado con un pretil de contención de HDPE o material equivalente, diseñado para prevenir derrames y filtraciones al suelo.
El equipo contará con mantenciones periódicas conforme a las recomendaciones del fabricante y será operado bajo un protocolo de seguridad que incluirá inspecciones visuales, registro de consumo de Temporal Cierre Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 14 de 103
combustible y monitoreo de emisiones.
En cumplimiento con la normativa ambiental vigente, el generador será registrado en el Registro Único de Emisiones Atmosféricas (RUEA) a través de la plataforma RETC, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N°138/05 y la Circular N°23/2003.
Se mantendrá un registro de la gestión ambiental de los residuos asociados a su operación, tales como filtros de aceite y combustible, los cuales serán dispuestos en la bodega de residuos peligrosos y gestionados por una empresa con autorización sanitaria vigente. Estanque de Combustible Se instalará un estanque de combustible con pretil de contención para el almacenamiento de petróleo, con una capacidad máxima de 1.000 litros y certificación SEC, el cual contará con su respectiva identificación conforme a la NCh 2.190 y código NU, además de la rotulación de prohibición de realizar fuego.
El área designada para el almacenamiento de combustibles estará equipada con un extintor y un kit de contención de derrames, en cumplimiento con el DS N° 160/2009, que aprueba el “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento y Distribución de Combustibles Líquidos”. Temporal Cierre
4.4.- Acciones del proyecto Nombre Descripción Fase Habilitar Instalación de Faena Esta actividad corresponde al posicionamiento y montaje de los módulos tipo contenedor que conformarán las instalaciones temporales de faena, las cuales serán emplazadas en un área de 2.000 m², de acuerdo con la planificación establecida en el Plano de Edificación No Permanente.
El montaje se ejecutará mediante el uso de un camión grúa, permitiendo la disposición precisa de cada contenedor conforme a la distribución establecida en el diseño. Una vez posicionados, se procederá con la nivelación y anclaje de las estructuras, asegurando su estabilidad y operatividad.
Posteriormente, se realizarán las conexiones necesarias para la habilitación de los servicios básicos, tales como suministro eléctrico, agua potable y saneamiento, garantizando la funcionalidad de la instalación durante la Fase de Construcción. Construcción Instalación de Cerco perimetral El proyecto contempla la instalación de un cerco perimetral con una longitud total de 2.335 metros, diseñado para delimitar el área de intervención y garantizar la seguridad del sitio.
La estructura estará conformada por postes metálicos galvanizados, separados cada 3 metros, los cuales serán enterrados en el terreno para asegurar su estabilidad.
En aquellos puntos donde las condiciones del suelo no permitan u estabilidad, se implementará una fundación de hormigón para reforzar la fijación de los postes. Labores que se contemplan con una retroexcavadora.
Los postes soportarán una malla metálica con una altura máxima de 2,5 metros, cuyo diseño considerará un espaciado reducido entre los alambres para impedir el acceso de animales, al tiempo que garantizará una transparencia superior al 80%, minimizando la interferencia visual en el entorno.
Las puertas de acceso seguirán la misma configuración estructural, estando compuestas por perfiles tubulares de acero galvanizado y malla de alambre, asegurando uniformidad en el diseño y resistencia estructural.
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Además, se instalará señalética de seguridad en puntos estratégicos del cerco, orientada tanto al personal de la obra como a terceros ajenos al proyecto, en cumplimiento con la normativa de prevención de riesgos y seguridad industrial. Escarpe Dado que el terreno presenta una pendiente muy leve y un nivel de cota uniforme a lo largo de varios metros, no se consideran necesarios trabajos de gran envergadura en el terreno.
Por lo tanto, únicamente se realizará un escarpe superficial de 20 cm de profundidad en el área destinada a la instalación de los módulos fotovoltaicos. Esta actividad se llevará a cabo con la escarificadora de la motoniveladora, eliminando maleza y piedras que puedan interferir con el hincado de los paneles.
El material removido durante el escarpe será utilizado para la nivelación del sector del módulo fotovoltaico. Construcción Nivelación del terreno y compactación Después del escarpe, se llevará a cabo una nivelación del terreno utilizando una motoniveladora.
Esta actividad se realizará en el área destinada a los módulos fotovoltaicos, la instalación de faenas, las edificaciones permanentes y los caminos internos, ocupando todas ellas una superficie de 158.500 m2.
Además, se realizará la compactación de los caminos internos para asegurar que cumplan con los requisitos de compactación necesarios para el tráfico vehicular, asegurando su durabilidad.
El área destinada a la compactación es de 11.200 m². Construcción Excavación y Fundaciones En esta etapa se llevarán a cabo las excavaciones requeridas para la construcción de estructuras, zanjas electricas y la instalación de equipos que demanden una fundación de concreto.
El proceso se iniciará con el tizado de las áreas a excavar sobre el terreno, seguido de la excavación mediante maquinaria retroexcavadora.
En los sectores destinados a la instalación de equipos eléctricos, tales como el sistema de almacenamiento, estaciones transformadoras y postaciones que requieran fundación, se procederá con la ejecución del emplantillado, la instalación de mallas de refuerzo cuando corresponda y la posterior aplicación del hormigón.
Todo el proceso se realizará conforme a las dimensiones y especificaciones establecidas en el diseño de cada equipo y estructura. Construcción Habilitación de caminos y acceso. El acceso al proyecto se realizará a través de la Ruta 5 Sur, tomando la salida hacia el Aeródromo de Panguilemo y continuando por el sector Las Rancheras. Este acceso corresponde a un camino con base estabilizada que se encuentra en condiciones adecuadas para el tránsito vehicular y la circulación de maquinaria pesada. Sin embargo, dado que la ruta colinda con viviendas particulares, se implementará una aplicación de Bischofita en un tramo de 4,2 kilómetros, con el objetivo de reducir las emisiones de material particulado y minimizar las molestias a los residentes del sector. La aplicación de Bischofita se llevará a cabo mediante un camión aljibe, el cual humectará toda la ruta de acceso para garantizar su correcta impregnación y mejorar la eficiencia en el control del polvo en suspensión.
Los caminos internos se habilitarán sobre el suelo natural, con un ancho de 4 metros, y contarán con una zanja perimetral de 0,5 metros a ambos lados para facilitar el drenaje del agua superficial y prevenir la acumulación de humedad que pueda afectar la transitabilidad. Estos caminos serán sometidos a un proceso de compactación, mejorando su resistencia y estabilidad, lo que permitirá el tránsito seguro de camiones y vehículos livianos, asegurando una adecuada conectividad entre las diferentes áreas del proyecto.
El acceso al predio incluirá la construcción de un cuello de acceso, diseñado para garantizar la seguridad y estabilidad estructural en la entrada principal del proyecto. Este Construcción Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 16 de 103
cuello de acceso estará conformado por una base granular, que proporcionará una superficie firme y resistente, y soleras tipo A, las cuales permitirán una delimitación efectiva y facilitarán el ingreso y circulación de vehículos y maquinaria. Todas estas obras serán ejecutadas siguiendo los estándares de seguridad vial y estructural aplicables, garantizando la adecuada funcionalidad y operatividad de los accesos y caminos internos del proyecto. Decepe de arboles Para la habilitación del área de emplazamiento del proyecto y la construcción de la Línea de Media Tensión (LMT), se llevará a cabo la corta y despeje de la totalidad de los árboles presentes en la zona intervenida. En particular, dentro del área de emplazamiento se requiere la corta de árboles perimetrales, los cuales corresponden a 18 ejemplares de Álamos (Populus spp) y Aromos (Acacia dealbata).
Previo la instalación de la LMT, se ejecutará el descepe y destronque de 0,11 hectáreas de una plantación forestal de Eucalyptus globulus, con el objetivo de generar una franja libre de vegetación de 4 metros de ancho para la instalación de las postaciones, en un tramo de 317 metros de longitud.
Los troncos de los árboles volteados serán acopiados en el área designada para el almacenamiento temporal de material vegetal, la cual cuenta con una superficie de 444 m², permitiendo su secado y posterior aprovechamiento por parte del propietario del terreno.
Por otro lado, los destronques y restos vegetales no aprovechables serán retirados y trasladados a un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud, asegurando su disposición final conforme a la normativa vigente. Construcción Habilitar Áreas de almacenamiento vegetal y reforestación El área destinada al almacenamiento de material vegetal cuenta con una superficie de 444 m², diseñada para el acopio y secado de madera proveniente del despeje del proyecto.
Para el acondicionamiento de esta zona, se considera la habilitación de un buffer de 5 metros a su alrededor, el cual será sometido a un proceso de descepe y desmalezado, cubriendo una superficie adicional de 970 m². Este procedimiento se implementa como medida de cortafuego, reduciendo la carga de material combustible y minimizando el riesgo de propagación de incendios en la zona de almacenamiento.
El área destinada a la reforestación contará con una superficie de 1.133 m², la cual será cerrada perimetralmente mediante la instalación de polines y malla galvanizada, asegurando la protección de las especies plantadas y previniendo el ingreso de animales u otros factores que puedan afectar su desarrollo.
Previo a la reforestación, se ejecutará un proceso de descepe y desmalezado en toda la superficie, eliminando restos vegetales y raíces que puedan obstaculizar la plantación. Adicionalmente, se considerará un buffer de 5 metros para la limpieza perimetral del área de reforestación, cubriendo 2.083 m² adicionales. Este procedimiento no solo facilitará el establecimiento de las nuevas especies, sino que también se implementa como medida de cortafuego, contribuyendo a la reducción del material combustible y disminuyendo el riesgo de incendios dentro del área de reforestación.
Ambas áreas serán habilitadas siguiendo criterios de manejo forestal sostenible, garantizando su adecuada funcionalidad dentro del proyecto y cumpliendo con medidas de prevención de incendios forestales. Construcción Montaje mecánico y eléctrico Montaje de Estructuras Para Módulos Fotovoltaicos, Combine Box e Inversor
El montaje de las estructuras de soporte para los módulos fotovoltaicos, Combiner Box e inversores comprende la instalación de soportes de acero galvanizado, los cuales serán hincados mediante una hincadora a una profundidad de 1,5 metros. Este proceso garantiza la estabilidad estructural y la resistencia a esfuerzos mecánicos y cargas ambientales, permitiendo una instalación robusta y segura.
Una vez instaladas las estructuras, se procederá al montaje de los módulos fotovoltaicos, los cuales estarán equipados con sistemas de seguimiento solar. Construcción Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 17 de 103
Estos seguidores están diseñados para optimizar la captación de radiación solar, ajustando la inclinación de los módulos en función de la posición del sol. Para la instalación de los módulos fotovoltaicos se utilizará un camión pluma, asegurando un montaje eficiente y seguro.
Montaje de Estaciones de Transformación
La instalación de las estaciones de transformación contempla la construcción de fundaciones de hormigón diseñadas para soportar los transformadores elevadores de tensión.
Estas estaciones están equipadas con tableros de protección y control, además de sistemas de monitoreo en tiempo real, lo que permitirá la regulación eficiente de la energía generada por los módulos fotovoltaicos. Su función principal es convertir la corriente de baja tensión proveniente de los inversores en niveles de tensión adecuados para su inyección en la red eléctrica o para su almacenamiento en baterías.
Montaje de Estaciones de Almacenamiento
El proyecto incorpora un sistema de almacenamiento de energía mediante baterías BESS (Battery Energy Storage System), permitiendo optimizar la gestión de la energía generada. Su instalación incluirá la adecuación de espacios con:
Fundaciones de hormigón diseñadas para soportar cargas de equipos de almacenamiento. Sistemas de ventilación para evitar el sobrecalentamiento y garantizar un rendimiento óptimo. Sistemas de seguridad contra incendios y protecciones eléctricas, asegurando una operación segura y conforme a la normativa vigente.
El sistema BESS estará conformado por 4 contenedores de 20 pies, los cuales serán montados sobre una fundación de hormigón que garantizará su estabilidad y resistencia estructural.
Conexiones Eléctricas
Las conexiones eléctricas abarcarán la interconexión de los distintos componentes del parque fotovoltaico, asegurando la eficiencia y seguridad de la infraestructura eléctrica. Estas conexiones incluyen:
Interconexión de los módulos fotovoltaicos mediante cables de corriente continua (CC) hasta los inversores. Distribución de corriente alterna (CA) desde los inversores hasta las estaciones de transformación y el sistema de almacenamiento (BESS). Conexión con la Línea de Media Tensión (LMT) hasta el punto de interconexión con la red eléctrica.
Todas las instalaciones eléctricas se ejecutarán cumpliendo con normativas de seguridad eléctrica, incluyendo:
Protecciones contra sobretensiones y descargas atmosféricas. Sistemas de puesta a tierra adecuados para garantizar la seguridad operativa. Monitoreo y telemetría en tiempo real para una gestión eficiente de la energía generada y almacenada. Pruebas y Puesta en marcha Las pruebas y la puesta en marcha constituyen una de las últimas etapas del proceso de construcción del parque fotovoltaico, ejecutándose antes de la puesta en servicio del proyecto.
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Estas pruebas se realizarán conforme a los protocolos internos del proyecto y en estricto cumplimiento con los estándares establecidos por los organismos reguladores competentes.
Se dará inicio a las pruebas operacionales. Estas pruebas permitirán confirmar que todos los sistemas eléctricos, de protección y de monitoreo se encuentran en óptimas condiciones para su operación.
El proceso de pruebas incluirá:
Verificación de continuidad eléctrica y aislamiento en los circuitos de corriente continua (CC) y corriente alterna (CA). Pruebas de funcionalidad de inversores y sistemas de conversión de energía. Evaluación del correcto desempeño de las estaciones de transformación y almacenamiento (BESS). Ensayos de protecciones eléctricas, sincronización y respuesta ante contingencias. Monitoreo del sistema de control y telecomunicaciones para garantizar la correcta supervisión remota del parque.
Una vez superadas satisfactoriamente todas las pruebas, se procederá con la puesta en servicio del parque fotovoltaico, asegurando su correcta integración con la red eléctrica y cumpliendo con los requisitos técnicos y operativos exigidos por las autoridades regulatorias. Desmontaje de la instalación de faena y limpieza Al finalizar la Fase de Construcción, se llevará a cabo el retiro de las instalaciones de faena y la deshabilitación de las áreas temporales de trabajo, asegurando que el sitio quede libre de estructuras y elementos utilizados durante la ejecución del proyecto.
El proceso de desmontaje incluirá el retiro de contenedores, bodegas, oficinas, sanitarios temporales, patios de almacenamiento y demás infraestructuras auxiliares. Posteriormente, se procederá a la limpieza y remoción de residuos generados, garantizando que no queden materiales de construcción, desechos industriales ni vestigios de las actividades realizadas en las zonas intervenidas. Construcción Otras acciones Durante la Fase de Construcción se realizarán además las siguientes actividades: Mantención de baños químicos con frecuencia semanal, por proveedor autorizado:
Retiro de residuos domiciliarios con frecuencia 2 veces por semana, por proveedor autorizado. Retiro de residuos industriales no peligrosos con frecuencia semanal, por proveedor autorizado, Provisión de agua potable envasada, por proveedor autorizado con frecuencia semanal. Provisión de combustible, por proveedor autorizado, para carga del estanque de combustible, desde donde se abastecerán maquinarias de la obra y grupo electrógeno.
Provisión de agua industrial, mediante proveedor autorizado, con frecuencia semanal, cuando sea necesario para humectación de caminos interiores Construcción Operación del Parque fotovoltaico La Fase de Operación consiste en la generación de energía eléctrica a partir de cada módulo fotovoltaico, que será transmitida en corriente continua, para luego ser invertida (corriente continua/corriente alterna), transformada y conducida a través de los sistemas de conexión internos al centro de distribución, para finalmente ser inyectada a la red de distribución mediante el tendido eléctrico proyectado.
En este marco, y para la captación de energía solar se utilizará el sistema de seguimiento o tracking solar en cada panel, el cual se realizará en dirección este a oeste para seguir la trayectoria solar (en un solo eje) durante el día, maximizando la captación de radiación solar. Cada seguidor posee un actuador el cual es accionado por controladores de seguimiento que envían señales de potencia y control con el propósito de hacer rotar el eje horizontal del seguidor y por consiguiente los módulos fotovoltaicos.
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Si bien el funcionamiento y monitoreo del parque será llevado de forma remota, se consideran visitas de mantención preventiva y reparaciones, para lo cual se consideran algunas instalaciones permanentes, tales como una sala de control y oficina, estacionamientos, baños con sistema de infiltración al suelo por drenes, bodegas de acopio de residuos asimilables, industriales no peligrosos, peligrosos, y para paneles solares en desuso o descompuestos. Actividades de mantención y conservación En la Fase de Operación se contempla el control y la limpieza de los paneles fotovoltaicos para asegurar su eficiencia comprobando el estado del cableado y conexiones (1 vez al año), el estado de los inversores, estructuras y centros de transformación (2 veces al año) y limpieza de módulos fotovoltaicos.
Respecto a la limpieza de paneles durante la Fase de Operación (efecto de cambio por sustancias contaminantes), este procedimiento será realizado de manera anual, semestral y/o cada 6 meses, dependiendo del tipo de mantención que se decida aplicar, a su vez considerando las condiciones climáticas o algún cambio en la productividad del parque fotovoltaico. Para la actividad, en caso de corresponder a un lavado húmedo, se utilizará agua blanda sin detergentes ni productos químicos, descartándose que se produzcan cambios en las propiedades químicas y biológicas del suelo.
Por otra parte, durante el funcionamiento del parque fotovoltaico, se contempla la ejecución de tres tipos de mantenciones: preventivas, predictivas y correctivas. Las dos primeras serán debidamente programadas para cada instalación, mientras que la tercera se realizará en caso de emergencia. Operación Cese de operación y desconexión Durante esta etapa se contempla dar por finalizada la operación dando de baja los servicios y desconectando los equipos que componen el parque, de manera que se de pie al comienzo de la Fase de Cierre donde se desmontarán todos los componentes del parque despejando el terreno ocupado por el proyecto y restituyendo sus características iniciales en lo posible.
Vale aclarar que el cese de operación y desconexión solo tendrá lugar en caso de que no se extienda la operación del proyecto más allá de su vida útil. Operación Reforestación La actividad de reforestación comenzará con la delimitación y preparación del área, asegurando que la superficie de 1.133 m² esté correctamente marcada y protegida. Para ello, se instalará un cierre perimetral con polines y malla galvanizada, evitando el ingreso de animales y protegiendo las especies plantadas.
Antes de la plantación, se llevará a cabo el descepe y desmalezado del área, eliminando raíces, restos vegetales y material orgánico en descomposición que puedan obstaculizar el crecimiento de las nuevas especies. Adicionalmente, se implementará un buffer de 5 metros alrededor del área de reforestación, cubriendo 2.083 m², como medida de cortafuego para reducir la acumulación de material combustible y minimizar el riesgo de incendios forestales.
La plantación se realizará con una densidad de 1.350 plantas por hectárea, utilizando especies seleccionadas por su rápido crecimiento y adaptación a las condiciones del terreno. Se ejecutará la apertura de hoyos de dimensiones adecuadas, seguido de la colocación de las plántulas, asegurando su correcta ubicación y estabilidad en el suelo. Posteriormente, se realizará un riego inicial para favorecer su establecimiento.
El proceso incluirá mantenimiento y monitoreo periódico, verificando el estado de las especies plantadas. En caso de detectar una tasa significativa de mortalidad, se procederá con la reposición de ejemplares. Además, se implementará un seguimiento del crecimiento y adaptación de la vegetación, garantizando el éxito del proceso de reforestación. Operación Habilitar instalación de faena de cierre Se implementará la misma instalación de faena utilizada en la construcción, adaptada para el desmantelamiento y restauración del sitio, con la planta fotovoltaica desenergizada para garantizar la seguridad.
Esta instalación incluirá oficinas para la gestión y supervisión de actividades Cierre Desmantelar o asegurar la Durante la Fase de Cierre se realizará el retiro de todas las obras permanentes, es decir, el desmantelamiento de los módulos fotovoltaicos, inversores, sus estructuras de Cierre Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 20 de 103
estabilidad de la infraestructura utilizada por el Proyecto soporte, sistema de cableado soterrado, edificios de transformación, etc. Los cuáles serán reutilizado en caso de mantener vida útil en caso contrario será entregado a un gestor de residuo para su valoración o disposición final.
Adicionalmente, se realizará el retiro de restos de hormigón de anclaje presente en algunas estructuras, el cerco perimetral y las estructuras asociadas a la conexión eléctrica con la red de distribución de energía existente las cuales serán enviada a un relleno autorizado. Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del Proyecto Una vez completado el desmantelamiento de todas las estructuras y equipos asociados al parque fotovoltaico, se procederá a la restauración del terreno afectado por las actividades de movimiento de tierra durante la fase de remoción. En primer lugar, se restaurará la geoforma original del sitio mediante trabajos de nivelación para devolver al terreno su configuración topográfica inicial.
Posteriormente, se realizará un arado general en toda la superficie afectada, con el objetivo de promover la aireación y regeneración del suelo. Este proceso permitirá mejorar las condiciones edáficas, favoreciendo la recuperación de la estructura y composición del suelo que pudo haberse compactado o alterado. Cierre
4.5.- Cronología de las Fases del proyecto o actividad 4.5.1. - Fase de Construcción Fecha estimada de inicio El inicio de las obras se realizará aproximadamente en junio de 2026. Parte, obra o acción que establece el inicio Despeje y preparación del terreno. Fecha estimada de término El termino de las obras se realizará aproximadamente en febrero de 2027. Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento de obras temporales. 4.5.2.- Fase de Operación Fecha estimada de inicio El inicio de la Fase de Operación del proyecto será en marzo de 2027. Parte, obra o acción que establece el inicio Puesta en marcha, pruebas de conexión y operación de los componentes de la planta. Fecha estimada de término El término de la Fase de Operación será aproximadamente en marzo de 2057. Parte, obra o acción que establece el término Desenergización de la planta. 4.5.3.- Fase de Cierre Fecha estimada de inicio El inicio de la Fase de Cierre será en abril de 2057 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faenas Fecha estimada de término El término de la Fase de Cierre será en octubre de 2057 Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento de todas las obras y restauración de geoforma y restablecer condiciones iniciales.
4.6.- Fase de Construcción
4.6.1.- Partes y obras Fase de Construcción Garita de control Zona de acopio de materiales Instalación de Faena Oficinas Bodega de Insumos generales Sala multiuso Vestidores Comedor Estanques de agua limpia Estanque de agua grises Baños químicos Patio de Salvataje (RISES) Grupo electrógeno Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 21 de 103
Estanque de Combustible Area de acopio de material vegetal Paneles fotovoltaicos Estructuras de soporte Combine box e Inversores Estación de transformación Conductor de energía eléctrica Línea de media tensión Estaciones de almacenamiento Cerco perimetral Caminos internos y accesos Bodega Estacionamiento Sala de control Bodega de residuos industriales no peligrosos Estanque de agua potable Modulo sanitario Fosa séptica y sistema de drenes Bodega de residuos peligrosos Bodega de residuos sólidos domiciliarios (RSD). Sensor Climático Area de Reforestación Paneles fotovoltaicos 4.6.2.- Acciones Fase de Construcción Habilitar Instalación de Faena Instalación de Cerco perimetral Escarpe Nivelación del terreno y compactación Excavación y Fundaciones Habilitación de caminos y acceso. Decepe de arboles Habilitar Áreas de almacenamiento vegetal y reforestación Montaje mecánico y eléctrico Pruebas y Puesta en marcha Desmontaje de la instalación de faena y limpieza 4.6.3.- Suministros básicos Fase de Construcción Nombre Descripción Suministro eléctrico Para el suministro de energía en la instalación de faenas, se contempla la instalación de un generador de 30 kVA, equipado con un motor diésel.
Este equipo garantizará un suministro eléctrico continuo y confiable durante las actividades de la obra, proporcionando la potencia necesaria para operar los equipos y sistemas auxiliares.
Además, se mantendrá un control del consumo de combustible y las horas de usos. Agua potable Durante la Fase de Construcción, se instalará un estanque de acumulación para el agua utilizada en los lavaplatos del comedor.
Esta agua será suministrada a través de un estanque de agua limpia, abastecida por un camión aljibe de un proveedor autorizado, quien contará con todas las autorizaciones y permisos sanitarios necesarios para la provisión y transporte de agua potable, garantizando el abastecimiento continuo del comedor.
Cabe destacar que esta agua estará destinada exclusivamente para el prelavado de utensilios de almuerzo, por lo que su consumo estará estrictamente prohibido.
Por otra parte, el agua destinada al consumo directo de los trabajadores será distribuida en toda la instalación de faena y en los puntos de trabajo mediante bidones sellados. Los proveedores de estos bidones deberán estar debidamente autorizados, y se mantendrá un registro de su documentación para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.
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El volumen de agua potable para consumo humano se calculará conforme a lo estipulado en el DS Nº 594/1999 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”.
Se contempla una provisión de 100 litros por persona por día, según la cantidad estimada de mano de obra durante la Fase de Construcción, siendo el abastecimiento responsabilidad de una empresa autorizada y en conformidad con la legislación aplicable. Agua industrial Durante la Fase de Construcción, se utilizará agua industrial principalmente para la humectación de los caminos y áreas de trabajo. Este proceso es fundamental para controlar la generación de polvo en las vías de tránsito y frentes de trabajo, garantizando condiciones seguras y saludables tanto para los trabajadores como para el entorno.
El agua industrial será suministrada por un proveedor autorizado, cumpliendo con las normativas vigentes para su transporte y aplicación.
Esta agua se distribuirá mediante camiones aljibe, que recorrerán las rutas internas del proyecto para humedecer las superficies, reduciendo así la dispersión de partículas en suspensión y mejorando la calidad del aire en la zona de trabajo. Servicios higiénicos En la instalación de faenas del proyecto se contemplará la habilitación de baños químicos en cantidad suficiente para cubrir las necesidades de los trabajadores, cumpliendo con las especificaciones técnicas establecidas en el DS N°594/2000 del Ministerio de Salud.
El manejo, limpieza y disposición final de los residuos generados por estos baños químicos será realizado por una empresa especializada, debidamente autorizada por la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud Alimentación y alojamiento Se habilitará un comedor, del tipo contenedor metálico, el cual estará acondicionado para la alimentación de los trabajadores de la faena.
Cabe hacer presente que no se considera la preparación de alimentos en las instalaciones de faena, sino sólo su consumo. Se contará con un comedor de conformidad con los requisitos del Artículo 28 del D.S. N° 594/2000, que aprueba el reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Vehículos, Maquinarias y equipos Durante la Fase de Construcción, se contempla el tránsito de camiones para el transporte de materiales e insumos, junto con vehículos livianos destinados al traslado de personal.
A continuación, se detallará los vehículos y maquinara que serán utilizada en esta etapa, así como los flujos vehiculares estimados.
Maquinaria y vehículos Maquinaria Actividad MiniBus Transporte de trabajadores desde puntos de encuentro hasta el proyecto Hincadora Realiza el hincado de los postes galvanizados para su fijación Retroexcavadora Excavación en tierra, movimiento de tierra y trasporte de quipo Motoniveladora Responsable de llevar a cabo el escarpe y la nivelación precisa del terreno, asegurando una superficie adecuada para las actividades de construcción. Rodillo compactador Encargada de compactar las rutas de tránsito vehicular. Camión Tolva Realiza el movimiento de tierra y residuos industriales no peligrosos a disposición final autorizada. Camión pluma Responsable del transporte de materiales y del izaje de equipos y postes para su correcta instalación en el sitio de trabajo. Camión mixer Responsable de suministrar el concreto desde un proveedor autorizado para su uso en las obras de construcción. Camión Aljibe Realiza la humectación de caminos y frentes de trabajo para controlar Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 23 de 103
el polvo y mejorar las condiciones de trabajo en la obra. Generador Eléctrico Para suministrar de electricidad las labores de construcción del proyecto Combustible Liquido Se utilizará petróleo diésel para alimentar un grupo electrógeno de 30 kVA y la maquinaria en terreno. El combustible será almacenado en un estanque de 1.000 litros, ubicado dentro de las instalaciones de faena, cumpliendo con las normativas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). El suministro será realizado por una empresa autorizada, a través de un camión surtidor que abastecerá el área de almacenamiento y carga de combustible, específicamente proyectada en las instalaciones de faena.
El personal de obra recibirá capacitación sobre el procedimiento seguro de carga de combustible, así como sobre los riesgos asociados y las medidas preventivas necesarias. La zona destinada al almacenamiento y carga de combustible se construirá en conformidad con los lineamientos establecidos en el DS N°43/2016 del Ministerio de Salud, e incluyendo la señalización adecuada. Además, se implementarán medidas de contingencia y planes de emergencia ante posibles derrames de combustible. Hormigón El hormigón será suministrado por proveedores autorizados, utilizando camiones mezcladores. Se estima un volumen total de 477,5 m³ para su uso en las cimentaciones de diversas estructuras, tales como, estaciones de transformación, áreas de almacenamiento, sala de control, entre otras.
El suministro de hormigón será realizado por una empresa que cuente con todas las autorizaciones vigentes.
El Titular se asegurará de que el proveedor de concreto disponga de la documentación que acredita la extracción autorizada de áridos para su fabricación, requisito que será incluido en las cláusulas contractuales. Además, esta información será comunicada a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) antes del inicio de la construcción del proyecto. Áridos La mayor parte del material granular será reutilizada a partir de los trabajos de excavación del proyecto. Los áridos adicionales, incluyendo ripio y arena, serán proporcionados por proveedores autorizados, con un volumen estimado de 20 m³.
Estos proveedores contarán con las debidas autorizaciones para la extracción y transporte de los áridos.
El Titular mantendrá un registro detallado de los proveedores, que incluyan sus autorizaciones, así como los registros de prestación de servicios e ingreso de vehículos a la obra, disponibles en las oficinas de las instalaciones de faena.
Además, el Titular se asegurará de que la empresa contratista disponga del permiso municipal para la obtención de áridos y que su proyecto de extracción esté aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Sustancias peligrosas Debido a las características propias del Proyecto, se requerirán pequeñas cantidades de Sustancias Peligrosas. Cabe destacar que las mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados serán realizadas fuera del área del Proyecto, en instalaciones externas autorizadas para estos efectos, por lo cual no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas para estos fines. 4.6.4.- Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Fase de Construcción Nombre Descripción Vegetación Se realizará la corta y despeje de toda herbácea y vegetación en el área de proyecto que pueda dificultar la construcción del proyecto. Los restos de la corta serán dispuestos al interior del predio para su degradación natural y aprovechamiento por parte del dueño del predio.
La decepción y el corte en un área forestal se realizarán para habilitar la instalación de una línea de media tensión (LMT). Este proceso incluye la remoción de árboles, raíces y vegetación en una zona designada, liberando un corredor necesario para las postaciones de la LMT. El material resultante, como troncos y ramas, será acopiado en un sector asignado dentro del predio del trazado de la línea, hasta completar su proceso de secado y poder ser utilizado como biomasa. Se tomarán medidas específicas para prevenir que este material se convierta en un riesgo de incendio.
Posteriormente, este material podrá ser utilizado como biomasa o compostaje, según lo determine el dueño del predio. Agua Durante la Fase de Construcción se utilizará agua de riego con el objetivo de humectar los caminos y Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 24 de 103
áreas de trabajo, contribuyendo a la disminución de emisiones de polvo en suspensión y mejorando las condiciones ambientales del sitio. Se estima un requerimiento de aproximadamente 8 m³ diarios de agua de riego, lo que equivale a la capacidad de un camión aljibe.
Asimismo, el agua potable destinada al consumo de los trabajadores será suministrada en bidones de 20 litros, distribuida en las instalaciones de faena y en los frentes de trabajo. Se proyecta un consumo de aproximadamente 5 m³ diarios de agua potable, considerando un consumo promedio de 100 litros por trabajador por día.
Además, se dispondrá de un estanque con capacidad de 1.5 m3 de agua potable para el uso exclusivo en el lavado de utensilios del comedor, el cual será abastecido diariamente.
Tanto el agua de riego como el agua potable serán adquiridas a proveedores que cuenten con las autorizaciones vigentes emitidas por la SEREMI de Salud. Se implementará un registro detallado del volumen de agua ingresada al proyecto, garantizando un control exhaustivo para eventuales fiscalizaciones y cumplimiento normativo. Suelo El movimiento de tierra en general que se realizará para la construcción del proyecto corresponde a las acciones asociadas a escarpe, nivelación del terreno, construcción de los caminos internos, realización de las zanjas de cableado y excavaciones las que luego serán cubiertas con el mismo material excavado y para la instalación de la postación del cercado Áridos Los áridos, tales como ripio y arena, serán suministrados exclusivamente por proveedores debidamente autorizados, quienes contarán con todas las certificaciones y permisos necesarios para la extracción, transporte y comercialización de estos materiales, en conformidad con la normativa vigente. Se estima un volumen total de 20 m³ de áridos que serán utilizados en las actividades del proyecto. 4.6.5.- Emisiones a la atmósfera Fase de Construcción Nombre Descripción Movimiento de tierra El movimiento de tierra incluye actividades como escarpe, excavación, compactación, nivelación, carguío y volteo de material granular, las cuales generan emisiones atmosféricas, principalmente de material particulado (MP).
Estas emisiones resultan del levantamiento de polvo durante el manejo y transporte de suelos y áridos.
Durante la Fase de Construcción, estas actividades son más intensivas debido a la preparación del terreno y la instalación de la infraestructura.
En la Fase de Cierre, el movimiento de tierra es menos frecuente y se realiza únicamente en caso de ser necesario, como parte de los trabajos de restauración del sitio.
Por otro lado, durante la Fase de Operación no se considera movimiento de tierra, ya que la infraestructura instalada no requiere modificaciones significativas del terreno.
Cabe destacar que estas actividades se ejecutarán en zonas alejadas de los centros urbanos, minimizando el impacto sobre la población cercana. Se aplicarán medidas de mitigación, como la humectación de caminos y áreas de trabajo, para mantener las emisiones dentro de los límites establecidos. Tránsito vehicular El tránsito vehicular asociado al proyecto durante las fases de construcción, operación y cierre genera emisiones de material particulado (MP), las cuales dependen del tipo de superficie de los caminos utilizados.
En los caminos pavimentados (CP), las emisiones de MP son bajas debido a la estabilidad de la superficie.
No obstante, el tránsito por caminos no pavimentados (CNP), como la ruta de acceso al proyecto de 3 kilómetros de longitud compuesta por base granular, genera emisiones de consideración debido a la mayor dispersión de partículas.
Para mitigar estas emisiones, se aplicará bichofita como estabilizador de la superficie del camino de acceso durante todas las fases del proyecto.
Esta medida permitirá reducir eficazmente la generación de polvo y controlar las emisiones de material particulado sin la necesidad de humectación periódica.
La aplicación de bichofita garantizará que los niveles de emisiones se mantengan dentro de los límites Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 25 de 103
establecidos por la normativa ambiental vigente, contribuyendo a la minimización del impacto sobre la calidad del aire en el área de influencia del proyecto. Combustión vehicular Los vehículos utilizados en las diferentes fases del proyecto generan emisiones atmosféricas como resultado de la combustión de combustibles fósiles.
Estas emisiones comprenden gases contaminantes como dióxido de carbono (CO₂), óxidos de nitrógeno (NOₓ), monóxido de carbono (CO), compuestos orgánicos volátiles (COV) y material particulado (MP), todos ellos con efectos adversos sobre la calidad del aire. y la salud humana.
La magnitud de las emisiones está directamente relacionada con el tipo de vehículo, el tipo de combustible utilizado, la frecuencia de operación y las distancias recorridas. En general, los vehículos pesados, como camiones, tienden a generar mayores cantidades de estos contaminantes que los vehículos livianos.
Como medida de mitigación, todos los vehículos que participen en las fases de construcción, operación y cierre del proyecto deberán contar con la revisión técnica al día, asegurando así el adecuado mantenimiento de los motores y el cumplimiento de los estándares de emisiones establecidos por la normativa. Combustión de maquinara y generador. La magnitud de las emisiones está directamente relacionada con el tipo de maquinaria, la potencia de sus motores, el tipo de combustible utilizado, la frecuencia de uso y la duración de las actividades.
Las máquinas más grandes y de mayor potencia, como excavadoras, retroexcavadoras, cargadores frontales y compactadoras, tienden a generar mayores volúmenes de contaminantes debido a su elevado consumo de combustible.
Estas emisiones son consideradas principalmente durante la Fase de Construcción, donde se utiliza maquinaria de forma intensiva.
En la Fase de Cierre, su uso es mucho menor y solo se empleará maquinaria en caso de ser necesario, lo que reduce significativamente la generación de emisiones en esta etapa.
Para minimizar las emisiones, toda la maquinaria utilizada en el proyecto deberá contar con un programa de mantenimiento preventivo y estar al día en su revisión técnica. Esto garantizará un funcionamiento óptimo y el cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a emisiones, reduciendo el impacto ambiental del proyecto.
El resumen de las emisiones a la atmósfera en Fase de Construcción es la siguiente:
EMISIONES A LA ATMOSFERA FASE CONSTRUCCIÓN (ton/año) Fase Actividad MP2,5 MP10 NOx CO COV SOx NH3 Construcción Escarpe 0,034 0,23
Excavación 0,008 0,01
Nivelación 0,004 0,04
Compactación 0,001 0,00
Carguío y Volteo 0,004 0,03
Transito CP 0,057 0,24
transito CNP 0,022 0,15
Emisión Combustión 0,001 0,00 0,10 0,007 0,0011 0,000 0,0004 Maquinaria 0,020 0,02 0,22 0,000 0,0693 0,028 0,0001 Generador 0,033 0,03 0,47 0,101 0,0382 0,031
Total 0,185 0,75 0,79 0,108 0,1086 0,059 0,0005
4.6.7.- Emisiones líquidas Fase de Construcción Nombre Descripción Residuos líquidos Durante la Fase de Construcción del proyecto, se proyecta la generación de efluentes líquidos provenientes de dos fuentes principales. La primera corresponde a las aguas grises generadas en el comedor, con un volumen estimado de 0,75 m³ diarios. La segunda fuente consiste en aguas servidas provenientes de 10 baños químicos instalados en las instalaciones de faena y en los frentes de trabajo, con una generación estimada de 0.5 m³ diarios. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 26 de 103
Los efluentes líquidos serán gestionados conforme a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 594/2000 del Ministerio de Salud (MINSAL). Para ello, se contratará a una empresa de servicios sanitarios debidamente autorizada, que se encargará del mantenimiento, retiro y disposición final de las aguas servidas en una planta de tratamiento autorizada por la SEREMI de Salud, garantizando el cumplimiento de las normativas sanitarias vigentes.
Mano de obra Aguas Servidas m3/día Aguas Grises m3/día 50 0,5 0,75
Residuos industriales líquidos Debido a las particularidades del proyecto, no está previsto que se generen residuos líquidos de tipo industrial. 4.6.8.- Emisiones de Ruido Fase de Construcción Nombre Descripción Durante la Fase de Construcción, se generarán emisiones de ruido como resultado del funcionamiento de la maquinaria, el tránsito de vehículos y las diversas actividades constructivas. Estas emisiones serán evaluadas conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), el cual establece los límites máximos permitidos para niveles de presión sonora en zonas urbanas y rurales.
Los valores proyectados de presión sonora y su cumplimiento con los límites normativos se detallan en el Anexo 6 actualización del Estudio de Ruido de la Adenda
Escenario Receptor Altura del receptor [m] NPS Proyectado en dB(A) Periodo Límite Permitido D.S. 38/2011 en dB(A) Evaluación Normativa ¿Cumple límite máximo permitido? N°1 R1 1,5 36 Diurno 65 Sí R2 1,5 48 Diurno 65 Sí R3 1,5 47 Diurno 65 Sí R4 1,5 36 Diurno 65 Sí 4 37 Diurno 65 Sí N°2 R1 1,5 36 Diurno 65 Sí N°4 R5 1,5 61 Diurno 65 Sí 4 61 Diurno 65 Sí 6,5 61 Diurno 65 Sí 9 61 Diurno 65 Sí N°5 R6 1,5 62 Diurno 65 Si
Receptores de Ruido Componente Ambiental Fauna en Fase de Construcción
Escenario Receptor Altura del receptor [m] NPS Proyectado en dB(A) Taxonomía Umbral conductual ¿Cumple Limite conductual? N°1 RF1 (Fauna) 0,5 64dB© Reptil 75 dB© Sí 49 dB(A) Aves 58 dB(A) Sí 49 dB(A) Mamíferos 68 dB(A) Sí N°3 RF2 (fauna) 0,5 64dB© Anfibio 62 dB© NO 48 dB(A) Aves 58 dB(A) Sí
Respecto al receptor RF2 (fauna) se implementará una barrera acústica que tendrá las siguientes características según la noma ISO 9613-2:
Que la densidad superficial sea de, al menos, 10 Kg/m2 Que la barrera tenga una superficie cerrada sin fugas acústicas Que la dimensión horizontal normal a la línea fuente-receptor sea más grande que la longitud de onda de la frecuencia central de la banda de octava de interés. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 27 de 103
El detalle la barrerá acústica se encuentra en el Anexo “Fauna Ruido” de la Adenda Complementaria, Tabla N°47 que se reproduce a continuación:
Fase Nombre Altura Largo (m) Voladizo Vértices Coordenadas UTM Huso 19S E N Construcción BSP 2,4 25 No requiere V1 260.095 6.081.099 V2 260.088 6.081.075
4.6.9.- Otras emisiones en Fase de Construcción Nombre Descripción Vibraciones Los resultados obtenidos de las mediciones de vibraciones generadas por la maquinaria en los receptores críticos demuestran que, incluso en el escenario más desfavorable, los niveles de vibración se encuentran dentro de los límites permitidos por la normativa vigente.
Estos resultados garantizan la protección tanto de las estructuras cercanas como de la fauna nativa según la siguiente proyección de vibración en Fase de Construcción:
Escenario Receptor Valor PPV [in/s] Proyectado Valor Lv [VdB] Proyectado Límite [VdB] para molestia según FTA Evaluación ¿Cumple? Límite [in/s] para daño estructural según FTA? Evaluación ¿Cumple? N°1 R1 0,00067 44,4 72 Sí 0,2 Sí R2 0,00134 50,5 72 Sí 0,2 Sí R3 0,00121 49,6 72 Sí 0,2 Sí N°2 R1 0,00094 47,5 72 Sí 0,2 Sí N°3 R5 0,00791 65,9 72 Sí 0,2 Sí N°4 R6 0,01497 71,5 75 Sí 0,2 Sí 4.6.10.- Residuos no peligrosos Fase de Construcción Nombre Descripción Residuos Asimilables a Domiciliario Durante la Fase de Construcción se generarán residuos sólidos asimilables a domiciliarios, alcanzando una tasa de generación estimada en 1,2 kg por persona al día, lo que representa aproximadamente 60 kg. Diarios.
Estos residuos serán recolectados y transportados hacia los puntos de acopio temporales designados para ello.
Se realizará un retiro periódico de dichos residuos por parte de empresas especializadas y debidamente autorizadas, con una frecuencia mínima de tres veces por semana.
Se mantendrá un registro del transporte y disposición final en sitios autorizados sanitariamente para este tipo de residuos. Residuos industriales No Peligrosos. Durante la Fase de Construcción del Proyecto, se generarán Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, tales como: despuntes de madera, acero galvanizado, sobrantes de cableado, plásticos, cartón y PVC.
Se estima una generación mensual de 441 kg según la siguiente tabla:
Tipo de Residuos Descripción Cantidad kg/mes Residuos Industriales No Peligrosos Despunte de madera 140 Acero galvanizado 200 Despuntes de cable 20 Plásticos 20 Cartón 60 Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 28 de 103
PVC 1 Total 441
Estos residuos serán segregados y evaluados en función de sus propiedades físico-químicas para determinar su potencial de reutilizar de forma inmediata, valorización o disposición final.
En el caso de ser destinados a valorización o disposición final, los residuos serán trasladados a un área de almacenamiento temporal o al patio de salvataje.
Se realizará un retiro periódico de dichos residuos por parte de empresas especializadas y debidamente autorizadas.
Se mantendrá un registro del transporte y disposición final en sitios autorizados sanitariamente para este tipo de residuos. 4.6.11.- Residuos peligrosos Fase de Construcción Nombre Descripción Residuos Peligrosos La gestión ambiental de Residuos Sólidos Peligrosos contempla la habilitación de dos bodegas:
1.- Bodega destinada a almacenar aceites usados, equipos de protección personal (EPP) contaminados, trapos impregnados con hidrocarburos, tierra contaminada y envases con restos de pintura. La generación estimada de estos residuos es de 85,8 kg/mes, alcanzando un total acumulado de 686,4 kg durante la Fase de Construcción, bajo un escenario de máxima generación.
2.- Bodega destinada a almacenar paneles solares y baterías en mal estado. La generación de estos residuos alcanzará 13,5 kg/mes, con un total proyectado de 108 kg durante la Fase de Construcción.
Ambas bodegas estarán equipadas con sistemas adecuados de seguridad y contención, cumpliendo con la normativa vigente para el manejo de residuos peligrosos, conforme a lo establecido en el DS148/03 del Ministerio de Salud (MINSAL).
A continuación, se presenta la estimación y caracterización de los residuos peligrosos generados.
Residuo Peligroso Categoría Lista A Cantidad Lista I Lista II Lista III Kg/fase kg/mes kg/día Aceites usados no aptos para su uso I.8
A-3020 240 30 1,25 Contaminados con HC (envases vacíos, EPP y trapos) I.9
A-3020 120 15 0,63 Contaminados con HC (Tierra, arena o aserrín) I.9
A-3020 200 25 1,04 Pintura (envases, EPP y trapos) I.12
A-4070 96 12 0,5 Envases contaminados
III.3 A-4130 30,4 3.8 0,16 Baterías Litio Ferrofosfato I.24
A-1170 60 7.5 0,31 Paneles solares
B-1110 48 6 0,25 TOTAL 794,4 99,3 28,9
Se realizará un retiro periódico de dichos residuos por parte de empresas especializadas y debidamente autorizadas.
Se mantendrá un registro del transporte y disposición final en sitios autorizados sanitariamente para este tipo de residuos. 4.6.12.- Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Fase de Construcción Nombre Descripción Combustible líquidos Se almacenará combustible líquido en un estanque con una capacidad de hasta 3 m³, el cual está equipado con un sistema de pistola para el suministro de combustible.
Este sistema permitirá el abastecimiento eficiente de maquinaria y generadores utilizados en el Proyecto. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 29 de 103
Se mantendrá un registro para acreditar el cumplimiento de la normativa vigente sobre almacenamiento y distribución de combustibles líquidos, incluyendo las medidas de seguridad necesarias para prevenir derrames.
4.7.- Fase de Operación 4.7.1.- Partes y obras Fase de Operación Paneles fotovoltaicos Estructuras de soporte Combine box e Inversores Estación de transformación Conductor de energía eléctrica Línea de media tensión Estaciones de almacenamiento Cerco perimetral Caminos internos y accesos Bodega Estacionamiento Sala de control Bodega de residuos industriales no peligrosos Estanque de agua potable Modulo sanitario Fosa séptica y sistema de drenes Bodega de residuos peligrosos Bodega de residuos sólidos domiciliarios (RSD). Sensor Climático Área de Reforestación 4.7.2.- Acciones Fase de Operación Nombre Descripción Operación del Parque fotovoltaico La Fase de Operación consiste en la generación de energía eléctrica a partir de cada módulo fotovoltaico, que será transmitida en corriente continua, para luego ser invertida (corriente continua/corriente alterna), transformada y conducida a través de los sistemas de conexión internos al centro de distribución, para finalmente ser inyectada a la red de distribución mediante el tendido eléctrico proyectado.
En este marco, y para la captación de energía solar se utilizará el sistema de seguimiento o tracking solar en cada panel, el cual se realizará en dirección este a oeste para seguir la trayectoria solar (en un solo eje) durante el día, maximizando la captación de radiación solar. Cada seguidor posee un actuador el cual es accionado por controladores de seguimiento que envían señales de potencia y control con el propósito de hacer rotar el eje horizontal del seguidor y por consiguiente los módulos fotovoltaicos.
Si bien el funcionamiento y monitoreo del parque será llevado de forma remota, se consideran visitas de mantención preventiva y reparaciones, para lo cual se consideran algunas instalaciones permanentes, tales como una sala de control y oficina, estacionamientos, baños con sistema de infiltración al suelo por drenes, bodegas de acopio de residuos asimilables, industriales no peligrosos, peligrosos, y para paneles solares en desuso o descompuestos. Actividades de mantención y conservación En la Fase de Operación se contempla el control y la limpieza de los paneles fotovoltaicos para asegurar su eficiencia comprobando el estado del cableado y conexiones (1 vez al año), el estado de los inversores, estructuras y centros de transformación (2 veces al año) y limpieza de módulos fotovoltaicos.
Respecto a la limpieza de paneles durante la Fase de Operación (efecto de cambio por sustancias contaminantes), este procedimiento será realizado de manera anual, semestral y/o cada 6 meses, dependiendo del tipo de mantención que se decida aplicar, a su vez considerando las condiciones climáticas o algún cambio en la productividad del parque fotovoltaico. Para la actividad, en caso de corresponder a un lavado húmedo, se utilizará agua blanda sin detergentes ni productos químicos, descartándose que se produzcan cambios en las propiedades químicas y biológicas del suelo.
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Por otra parte, durante el funcionamiento del parque fotovoltaico, se contempla la ejecución de tres tipos de mantenciones: preventivas, predictivas y correctivas. Las dos primeras serán debidamente programadas para cada instalación, mientras que la tercera se realizará en caso de emergencia. Cese de operación y desconexión Durante esta etapa se contempla dar por finalizada la operación dando de baja los servicios y desconectando los equipos que componen el parque, de manera que se de pie al comienzo de la Fase de Cierre donde se desmontarán todos los componentes del parque despejando el terreno ocupado por el proyecto y restituyendo sus características iniciales en lo posible.
Vale aclarar que el cese de operación y desconexión solo tendrá lugar en caso de que no se extienda la operación del proyecto más allá de su vida útil. Reforestación La actividad de reforestación comenzará con la delimitación y preparación del área, asegurando que la superficie de 1.133 m² esté correctamente marcada y protegida. Para ello, se instalará un cierre perimetral con polines y malla galvanizada, evitando el ingreso de animales y protegiendo las especies plantadas.
Antes de la plantación, se llevará a cabo el descepe y desmalezado del área, eliminando raíces, restos vegetales y material orgánico en descomposición que puedan obstaculizar el crecimiento de las nuevas especies. Adicionalmente, se implementará un buffer de 5 metros alrededor del área de reforestación, cubriendo 2.083 m², como medida de cortafuego para reducir la acumulación de material combustible y minimizar el riesgo de incendios forestales.
La plantación se realizará con una densidad de 1.350 plantas por hectárea, utilizando especies seleccionadas por su rápido crecimiento y adaptación a las condiciones del terreno. Se ejecutará la apertura de hoyos de dimensiones adecuadas, seguido de la colocación de las plántulas, asegurando su correcta ubicación y estabilidad en el suelo. Posteriormente, se realizará un riego inicial para favorecer su establecimiento. El proceso incluirá mantenimiento y monitoreo periódico, verificando el estado de las especies plantadas. En caso de detectar una tasa significativa de mortalidad, se procederá con la reposición de ejemplares. Además, se implementará un seguimiento del crecimiento y adaptación de la vegetación, garantizando el éxito del proceso de reforestación. 4.7.3.- Suministros Básicos Fase de Operación Nombre Descripción Suministro eléctrico No se prevé el requerimiento de energía eléctrica externa para la operación del Proyecto, ya que se contempla el autoabastecimiento mediante la energía generada por el propio parque.
Sin embargo, en caso de una contingencia, el proyecto estará preparado para conectarse y abastecerse de energía a través del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Agua Potable Durante la Fase de Operación del Proyecto, se implementará un sistema de agua potable diseñado para la acumulación y esterilización del agua mediante un sistema de cloración automatizado para la correcta potabilización del agua, permitiendo su almacenamiento por periodos prolongados, lo que es fundamental dada la naturaleza esporádica de las operaciones en esta Fase.
El agua potable será suministrada por un camión autorizado, cumpliendo con todas las normativas sanitarias vigentes. Una vez recibida, el agua será almacenada en estanques diseñados para garantizar su calidad, donde el sistema de cloración automatizada controlará de manera constante los niveles de desinfección, asegurando que cumpla con los niveles de calidad indicados en el Título II del D.S. 735/69 del MINSAL “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y con lo dispuesto en el artículo 13 del D.S. 594/2000 del MINSAL, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. Agua desionizada Se realizará una limpieza anual de los paneles solares mediante un sistema de hidrolavado de alta presión, utilizando agua desionizada, sin ningún tipo de aditivos dado que el sistema de limpieza no requiere el uso de detergentes u otros productos químicos
Se estima un consumo de 65 m³ de agua desmineralizada por limpieza, con aproximadamente un 70% del agua evaporándose durante el proceso, mientras que el 30% restante caerá al suelo junto con el polvo removido.
Se mantendrá un registro de la adquisición de agua desionizada a proveedores con las correspondientes autorizaciones. Servicios higiénicos Durante la Fase de Operación del proyecto, se habilitará un baño modular permanentes para los trabajadores encargados de la mantención esporádica y la limpieza de los paneles solares. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 31 de 103
Estos servicios incluyen baños equipados con un sistema de fosa séptica y drenajes de infiltración.
Se prevé la implementación de una fosa séptica de geometría cilíndrica horizontal, con una capacidad de 1.200 litros, fabricada en polietileno virgen de alta resistencia a impactos.
La fosa está diseñada con un manto estructural ondulado que le proporciona una mayor resistencia mecánica, lo que contribuye a una vida útil prolongada. Trasporte Durante la Fase de Operación, el uso de vehículos será esporádico, limitándose al transporte de personal que visitará la planta para realizar labores de limpieza, inspección y mantenimiento. Además, se programarán viajes para el traslado de insumos necesarios para la operación y el retiro de distintos tipos de residuos generados en la planta.
El retiro de residuos incluye residuos peligrosos, no peligrosos y domiciliarios, los cuales serán gestionados de manera segura y conforme a la normativa vigente. Estos residuos serán transportados por vehículos autorizados hacia instalaciones de disposición final o valorización también debidamente autorizadas, garantizando un manejo responsable y adecuado en todas las etapas del proceso. Para esta fase se consideran los siguientes vehículos:
Maquinaria y vehículos Maquinaria Actividad Camioneta Transporte a los trabajadores encargado de las mantención y reparaciones al interior del parque. Camión ¾ Responsable de realizar el transporte de los residuos generados dentro del parque fotovoltaico, incluyendo residuos peligrosos, no peligrosos y domiciliarios. El camión estará debidamente autorizado por la Seremi de Salud para el transporte de dichos residuos, garantizando su correcta gestión y traslado a instalaciones de disposición final o valorización, las cuales también contarán con las respectivas autorizaciones. Además, se utilizará el mismo tipo de camión para el traslado del equipo destinado a la limpieza de los paneles fotovoltaicos. Sustancias Peligrosas Se utilizarán pequeñas cantidades de sustancias peligrosas que serán utilizadas en actividades de mantenimiento, las cuales serán provistas por la empresa encargada de dichas mantenciones.
Los trabajos de mantenimiento y/o reparación de la maquinaria y vehículos serán realizados fuera del área del proyecto, en instalaciones externas autorizadas para estos efectos.
No se contempla bodega se Sustancias peligrosas, no obstante se considera una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos generados en las mantenciones, según lo señalado en el DS 148./2013 Ministerio de Salud 4.7.4.- Productos generados Fase de Operación Nombre Descripción Energía eléctrica El Proyecto considera la generación de energía eléctrica a través de la operación de un parque fotovoltaico con una potencia instalada de 10,8 mega watts 4.7.5.- Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Fase de Operación Nombre Descripción Agua El suministro de agua industrial y agua potable será gestionado mediante empresas proveedoras con la autorización sanitaria vigente emitida por la autoridad competente (siendo esta exigencia un requisito ineludible para la formalización de contratos)
El agua potable se destinará exclusivamente a los servicios higiénicos de los trabajadores, con un consumo anual estimado de 219 m³.
Por otro lado, se empleará agua industrial para el lavado de los módulos fotovoltaicos, con un volumen proyectado de 64,68 m³ por año.
Se mantendrá un registro de los proveedores de agua que incluirá como mínimo el volumen, origen y autorización correspondiente.
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Mano de obra Consumo m3/dia Estanque de agua potable m3 6 0,6 5 Vegetación Se realizará manejo de la vegetación en el sector de la línea de media tensión (LMT) mediante técnicas de control selectivo, utilizando herramientas manuales especializadas para la poda de cortinas vegetales en cumplimiento de la normativa sectorial correspondiente.
Este procedimiento tiene como objetivo mantener una franja libre de vegetación a lo largo del trazado de la LMT, garantizando la seguridad y el adecuado funcionamiento de la infraestructura. Radiación Solar La radiación será captada y convertida en energía eléctrica mediante los módulos fotovoltaicos. Este proceso aprovechará de manera sostenible la energía proveniente del sol 4.7.6.- Emisiones a la atmósfera Fase de Operación Nombre Descripción Las emisiones a la atmósfera en Fase de Operación se resumen de la siguiente forma en toneladas / año
Actividad MP2,5 MP10 NOx CO COV SOx NH3 Transito Caminos Pavimentados 0,007 0,02
Transito Caminos No Pavimentados 0,069 0,65
Combustión de Vehículos 0,000 0,00 0,01 0,001 0,0001 0,000 0,0001 Total 0,076 0,67 0,01 0,001 0,0001 0,000 0,0001
4.7.7.- Emisiones líquidas Fase de Operación Nombre Descripción Residuos líquidos Se generarán residuos domésticos líquidos provenientes de los baños, los cuales serán gestionados mediante una fosa séptica con sistema de drenaje para infiltración, permitiendo que las aguas efluentes sean adecuadamente absorbidas por el subsuelo.
Los lodos residuales serán extraídos una vez al año por una empresa de servicios sanitarios, debidamente autorizada.
Se estima una generación máxima de 0,6 m³ diarios de residuos líquidos domésticos, basada en una dotación de 6 trabajadores, con un consumo promedio de 100 litros por día por trabajador, y considerando un factor de recuperación del 100%.,
Mano de obra Agua Potable Aguas Servidas m3/día 6 0,6 0,6 Residuos industriales líquidos Debido a las características inherentes al proyecto, no se prevé la generación de Residuos Industriales Líquidos (RIL). Es importante destacar que no se producirán efluentes derivados de la limpieza de los paneles fotovoltaicos, ya que el agua utilizada en dicho proceso se evaporará desde la superficie de los módulos o, en su defecto, será absorbida por el suelo.
Esta agua, al ser absorbida, presenta características similares al agua de lluvia, ya que contiene únicamente pequeñas partículas de polvo, por lo que no generará contaminantes que puedan afectar la calidad del suelo ni comprometer cuerpos de agua superficiales o subterránea. 4.7.8.- Emisiones de Ruido Fase de Operación Nombre Descripción Los niveles de presión sonora en Fase de Operación los niveles de presión sonora cumplen con los límites máximos permitidos según lo establecido en el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), para todos los receptores considerados en este escenario.
Receptores Humanos en Fase de Operación:
Escenario Receptor Altura del receptor [m] NPS Proyectado en dB(A) Periodo Límite Permitido D.S. 38/2011 en dB(A) Evaluación Normativa - ¿Cumple límite máximo permitido? Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 33 de 103
N°1 R1 1,5 27 Diurno 65 Sí R2 1,5 33 Diurno 65 Sí R3 1,5 30 Diurno 65 Sí R4 1,5 24 Diurno 65 Sí 4 26 Diurno 65 Sí N°2 R1 1,5 36 Diurno 65 Sí N°4 R5 1,5 61 Diurno 65 Sí 4 61 Diurno 65 Sí 6,5 61 Diurno 65 Sí 9 61 Diurno 65 Sí N°5 R6 1,5 62 Diurno 65 Si
Receptores Fauna en Fases de Operación: Escenario Receptor Altura del receptor [m] NPS Proyectado Taxonomía Umbral conductual ¿Cumple Limite conductual? N°1 RF1 0,5 41 dB© Reptil 75 dB© Sí 32 dB(A) Aves 58 dB(A) Sí 32 dB(A) Mamíferos 68 dB(A) Sí RF2 0,5 32 dB© Anfibio 62 dB© Sí 19 dB(A) Aves 58 dB(A) Sí
4.7.9.- Otras emisiones Fase de Operación Nombre Descripción Vibraciones Durante la Fase de Operación las vibraciones generadas por la maquinaria encuentran dentro de los límites permitidos por la normativa vigente.
Proyección de vibración en Fase de Operación:
Receptor Valor PPV [in/s] Proyectado Valor Lv [VdB] Proyectado Límite [VdB] para molestia según FTA Evaluación ¿Cumple? Límite [in/s] para daño estructural según FTA? Evaluación ¿Cumple? R1 110-05 7,9 72 Sí 0,2 Sí R2 310-05 18,7 72 Sí 0,2 Sí R3 3*10-05 16,8 75 Sí 0,2 Sí 4.7.10.- Residuos no peligrosos Fase de Operación Nombre Descripción Residuos Asimilables a Domiciliario Durante la Fase de Operación se generarán residuos domiciliarios y asimilables, compuestos principalmente por restos de materia orgánica, papel, bolsas y envases de alimentos, a razón de 144 kg al mes.
Estos residuos serán recolectados y transportados hacia los puntos de acopio temporales designados para ello.
Se realizará un retiro periódico de dichos residuos por parte de empresas especializadas y debidamente autorizadas.
Se mantendrá un registro del transporte y disposición final en sitios autorizados sanitariamente para este tipo de residuos. Residuos industriales No Peligrosos. Durante la Fase de Operación, se realizarán mantenciones del parque fotovoltaico, las cuales generarán Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos según el siguiente detalle: Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 34 de 103
Tipo de Residuos Descripción Cantidad kg/mes Residuos Industriales No Peligrosos Despuntes de cable 8 Fusibles y conectores 15 Aisladores dañados 15 Plásticos 4 Cartón 3 Metal 3 Total 48
Estos residuos serán recolectados y transportados hacia los puntos de acopio temporales designados para ello.
Se realizará un retiro periódico de dichos residuos por parte de empresas especializadas y debidamente autorizadas.
Se mantendrá un registro del transporte y disposición final en sitios autorizados sanitariamente para este tipo de residuos. 4.7.11.- Residuos peligrosos Fase de Operación Nombre Descripción Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán tipos específicos de Residuos Sólidos peligrosos, tales como baterías en mal estado, paneles solares dañados, restos de pintura, envases vacíos que contengan sustancias clasificadas según la Tabla II del DS 148/03 del MINSAL, y tierra contaminada en caso de producirse alguna contingencia. Según la siguiente tabla:
Residuo Peligroso Categoría Lista A Cantidad Lista I Lista II Lista III Kg/año kg/mes kg/día Contaminados con HC (Tierra, arena o aserrín) I.9
A-3020 120 10 0,42 Pintura (envases, EPP y trapos) I.12
A-4070 20,4 1,7 0,07 Envases contaminados
III.3 A-4130 30 2,5 0,1 Baterías Litio Ferrofosfato I.24
A-1170 30 2,5 0,10 Paneles solares
B-1110 86 7,17 0,30 Total 286,4 23,87 0,99
El retiro de los residuos peligrosos se realizará cada seis meses por una empresa autorizada tanto para el transporte como para la disposición final, garantizando así el cumplimiento de la normativa vigente.
Se mantendrá un registro del transporte y disposición final en sitios autorizados sanitariamente para este tipo de residuos. 4.7.12.- Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Fase de Operación Nombre Descripción Durante la Fase de Operación, no se considera el almacenamiento ni uso intensivo de sustancias peligrosas que puedan generar riesgos ambientales.
El uso de estas sustancias se limitará a actividades de mantención ocasional de equipos y componentes del sistema.
4.8.- Fase de Cierre
4.8.1.- Partes y obras Fase de Cierre Garita de control Instalación de Faena Oficinas Bodega de Insumos generales Sala multiuso Vestidores Comedor Estanques de agua limpia Estanque de agua grises Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 35 de 103
Baños químicos Patio de Salvataje (RISES) Grupo electrógeno Estanque de Combustible 4.8.2.- Acciones Fase de Cierre Nombre Descripción Habilitar instalación de faena de cierre Se implementará la misma instalación de faena utilizada en la construcción, adaptada para el desmantelamiento y restauración del sitio, con la planta fotovoltaica desenergizada para garantizar la seguridad.
Esta instalación incluirá oficinas para la gestión y supervisión de actividades Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Durante la Fase de Cierre se realizará el retiro de todas las obras permanentes, es decir, el desmantelamiento de los módulos fotovoltaicos, inversores, sus estructuras de soporte, sistema de cableado soterrado, edificios de transformación, etc. Los cuáles serán reutilizado en caso de mantener vida útil en caso contrario será entregado a un gestor de residuo para su valoración o disposición final.
Adicionalmente, se realizará el retiro de restos de hormigón de anclaje presente en algunas estructuras, el cerco perimetral y las estructuras asociadas a la conexión eléctrica con la red de distribución de energía existente las cuales serán enviada a un relleno autorizado. Restauración Una vez completado el desmantelamiento de todas las estructuras y equipos asociados al parque fotovoltaico, se procederá a la restauración del terreno afectado por las actividades de movimiento de tierra durante la fase de remoción. En primer lugar, se restaurará la geoforma original del sitio mediante trabajos de nivelación para devolver al terreno su configuración topográfica inicial.
Posteriormente, se realizará un arado general en toda la superficie afectada, con el objetivo de promover la aireación y regeneración del suelo. Este proceso permitirá mejorar las condiciones edáficas, favoreciendo la recuperación de la estructura y composición del suelo que pudo haberse compactado o alterado.
4.9.- Mano de obra del Proyecto
4.9.- Mano de obra del Proyecto Fases Número máximo de personas Construcción 50 Operación 6 Cierre 40 Total 96
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales:
6.1.- PAS 138.- Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del Artículo 138 del RSEIA (DS N°40). Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la Fase de Operación, se generarán residuos líquidos provenientes del uso de lavamanos y servicios higiénicos. Estos efluentes serán tratados mediante una fosa séptica de 1.000 litros, conectada a drenes de infiltración para la adecuada disposición de las aguas tratadas.
Para la construcción y funcionamiento de estas instalaciones, se deberán obtener los permisos construcción y funcionamiento otorgados por la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud.
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El indicador de cumplimiento será la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable y la correspondiente resolución sanitaria emitida por la SEREMI de Salud de la región, que apruebe la obra y garantice su operación conforme a los estándares establecidos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 15-1 de la Adenda, Actualización PAS 138
6.2.- PAS 140.- Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de residuos no peligrosos.
El Proyecto contempla la habilitación de áreas para el almacenamiento temporal de residuos durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 15-2 de la Adenda, Actualización PAS 140
6.3.- PAS 142.- Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de residuos peligrosos.
El Proyecto contempla el almacenamiento temporal de residuos peligrosos durante la Fase de Construcción, operación y cierre Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 15-3 de la Adenda, Actualización PAS 142
6.4.- PAS 149.- Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica En la Fase de Construcción se requiere la corta y descepe de una plantación de eucalipto globulus por donde pasará la línea de media tensión y se ejecutara la Faja de seguridad interviniendo 0,1 hectáreas, además de considerar un sector de acopio de troncos vegetales y un área de Reforestación. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en reforestar una superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 3 de Adenda complementaria, Actualización PAS 149
6.5.- PAS 156.- Permiso para efectuar modificaciones de cauces Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 37 de 103
Parte, obra o acción a la que aplica En la Fase de Construcción se requiere la corta y descepe de una plantación de eucalipto globulus por donde pasará la línea de media tensión y se ejecutara la Faja de seguridad interviniendo 0,1 hectáreas, además de considerar un sector de acopio de troncos vegetales y un área de Reforestación. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 9 de Adenda complementaria, Actualización PAS 156
6.6.- PAS 157.- Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica En la Fase de Construcción se requiere la instalación de dos estructuras de cruce aéreo (pórticos) asociadas a una línea de transmisión eléctrica, cuyas fundaciones se emplazan en las cercanías de un cauce natural.
Estas estructuras han sido identificadas en la tramitación del PAS 156 como obras P21 y P22 (Anexo 9 de Adenda complementaria). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no alteración significativa del escurrimiento y de los procesos erosivos naturales del cauce y la no contaminación de las aguas.
El Titular deberá presentar ante la Dirección de Obras hidráulicas los antecedentes sectoriales del PAS 157 en forma previa al inicio de la Fase de Construcción del Proyecto, correspondientes a las defensas fluviales de los postes identificados como P21 y P22, según el acuerdo alcanzado en la sesión Ordinaria N°4 de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, realizada el 08 de abril del 2025.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1.- Normativa Ambiental de Carácter General
7.1.1.- Decreto 100/2005 Componente/materia Sobre derechos y deberes constitucionales. Norma Decreto 100 del 17/09/2005. Secretaría General de la Presidencia. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la constitución política de la República de Chile:
Artículo 19 N°8, señala el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente y la preservación de la naturaleza, estableciendo el deber del Estado de velar por su respeto y tutelar la preservación de la naturaleza. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones, residuos y sustancias. Forma de cumplimiento El Proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a través de una DIA en donde el Titular del proyecto indica que cumple con la legislación ambiental vigente, asegurando con esto el cumplimiento de las garantías constitucionales correspondientes. La DIA será presentada a la Comisión de Evaluación Ambiental (CEA) de la Región del Maule. Indicador que acredita su cumplimiento DIA con todos sus documentos asociados. Adendas Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Seguimiento a condiciones indicadas en la RCA. Informes enviados a la SMA.
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7.1.2.- Ley 19.300/1994 Componente/materia Variables ambientales del proyecto. Norma Ley 19.300/1994 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Aprueba ley sobre bases generales del medio ambiente.
Marco general de la normativa ambiental. Regula el ejercicio del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental y las normas esenciales de la Evaluación Ambiental de Proyectos. Otros cuerpos legales D.S Nº 40, Reglamento Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica De acuerdo al artículo 8 de la presente Ley en análisis, los proyectos o actividades que se listan en el artículo 10, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental.
El Proyecto denominado “FV Conde” que se somete a evaluación mediante la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), toma en consideración la vida útil del Proyecto. En relación con el Proyecto, se encuentra como causa principal de ingreso: Letra c): Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Por su parte, en esta DIA, se analizan los efectos, características o circunstancias descritas en el artículo 11 de la Ley, que definen la pertinencia de ingresar al SEIA a través de una DIA. El ingreso de este Proyecto bajo dicho instrumento se justifica debido a la inexistencia de los efectos, características y circunstancias descritas en los literales del artículo 11 de la Ley. Forma de cumplimiento El Proyecto corresponde a la tipología de ingreso al SEIA indicada en la literal letra c) del artículo 10. Debe ingresar mediante una Declaración de Impacto Ambiental, ya que este no genera ninguno de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley.
Se presentan junto con esta DIA los antecedentes y estudios necesarios para afirmar que el proyecto cumple durante todas sus fases con las normativas legales y reglamentarias ambientales aplicables, justificando de esta forma su calificación favorable y la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso de DIA del Proyecto al SEIA y obtención de RCA favorable. Resoluciones que otorguen los Permisos Ambientales Sectoriales aplicables al Proyecto. Forma de control y seguimiento Verificación del cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto por parte de Superintendencia del Medio Ambiente.
7.1.3.- Ley N° 20.417 (Art 2) Componente/materia Funciones y atribuciones de la SMA, administración de Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental con la consecuente obligación de reportar de titulares de RCA. (art 32 LOC SMA). Norma Ley N° 20.417 (Art 2) del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Crea la Superintendencia del Medio Ambiente y fija su Ley Orgánica. Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, modificada por Ley N° 20.417 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El presente Proyecto informará a la Superintendencia de Medio Ambiente los antecedentes, y datos sobre mediciones, análisis y pruebas que deba realizar conforme a su RCA. Forma de cumplimiento El titular de la RCA debe informar a la SMA los antecedentes, y datos sobre mediciones, análisis y pruebas que deba realizar conforme a su RCA. Indicador que acredita su cumplimiento Reportes de seguimiento da variables ambientales presentados en el sistema digital de la SMA, en los plazos indicados en la RCA. Forma de control y seguimiento Reportes de cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto por parte del titular y su respectiva fiscalización por parte de Superintendencia del Medio Ambiente.
Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 39 de 103
7.1.4.- Decreto Supremo N° 40/2012 Componente/materia Disposiciones por las cuales se rige el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Requisitos de ingreso de la DIA al SEIA, tramitación, permisos ambientales sectoriales. Norma Decreto Supremo N° 40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente. Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, modificada por Ley N° 20.417 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El Proyecto ingresa al SEIA como tipología principal según lo indicado en la letra c) del artículo 3 de este Reglamento, el cual señala:
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3MW.
El Proyecto corresponde a una planta de generación de energía eléctrica considerando 11,01 MWp de potencia nominal máxima e inyectando hasta 9 MWac. Forma de cumplimiento El proyecto ingresa al SEIA, de acuerdo a lo indicado en la letra c. “Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW” de este Reglamento, mediante una DIA, ya que este no genera ninguno de los efectos, características y circunstancias desarrollados en los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de este Reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso de DIA del Proyecto al SEIA y obtención de RCA favorable. Obtención de los PAS que se requieran para la ejecución del Proyecto. Forma de control y seguimiento Verificación del cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto por parte de Superintendencia del Medio Ambiente.
7.1.5.- Resolución Exenta Nº 1.518/2013 Componente/materia Entrega de información por parte de titulares de RCA a la Superintendencia del Medio Ambiente a través de su plataforma de Seguimiento RCA. Norma Resolución Exenta Nº 1.518/2013 de la Superintendencia del Medio Ambiente. Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 574 Exenta, de 2012. Otros cuerpos legales Ley N° 19.300/94, modificada por Ley N° 20.417, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El Proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Forma de cumplimiento Una vez que se obtenga una RCA favorable, el titular dentro del plazo de 15 días desde que se le notifica la RCA debe ingresar página web de la SMA, y realizar las gestiones para obtener el usuario y contraseña, y luego completar el formulario presente en la plataforma web.
Dicho formulario será actualizado, cada vez que el proyecto experimente algún cambio de titularidad y cada vez que se obtenga una respuesta a alguna consulta de pertinencia de ingreso asociada al Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA y carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de los compromisos RCA y la respectiva fiscalización por parte de Superintendencia de Medio Ambiente.
7.1.6.- Resolución Exenta Nº 223/2015 Componente/materia Obligación y forma de elaborar y presentar los informes de seguimiento ambiental. Norma Resolución Exenta Nº 223/2015 de la Superintendencia del Medio Ambiente
Dicta Instrucciones Generales sobre la Elaboración del Plan de Seguimiento de Variables Ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 40 de 103
Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, modificada por Ley N° 20.417 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El Proyecto una vez obtenida su resolución de calificación ambiental favorable, deberá someterse a la fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de cumplimiento Una vez que se obtenga una RCA favorable, y en el caso de que en ella existan compromisos relativos al seguimiento de variables ambiental, el titular entregará en la plataforma web de la SMA, los informes de seguimiento ambiental del Proyecto, en la forma y periodicidad que establezca la RCA. Indicador que acredita su cumplimiento Carga de la información e informes de seguimiento ambiental requeridos en el sistema web de la SMA, en la forma y los plazos establecidos por la RCA. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de los compromisos RCA y la respectiva fiscalización por parte de Superintendencia de Medio Ambiente.
7.1.7.- Resolución Exenta N°885/2016 Componente/materia Obligación de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Norma Resolución Exenta N°885/2016 del Ministerio del Medio Ambiente. Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Otros cuerpos legales Ley N° 19.300/94, modificada por Ley N° 20.417, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, D.S N°40 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica En la ejecución del presente Proyecto en caso de ocurrir contingencias e incidentes se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente en el plazo de 24 horas. Forma de cumplimiento Reporte de avisos, contingencias e incidentes que se produzcan durante la ejecución del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Todo aviso, contingencia o incidentes ocurrido en cualquiera de las fases del Proyecto, será debidamente reportado a la SMA, en el plazo de 24 horas, de acuerdo a lo señalado en la norma. Forma de control y seguimiento Reportes a la Superintendencia del Medio Ambiente por parte del titular.
7.1.8.- Decreto Supremo N° 1/2013 Componente/materia Regula el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Norma Decreto Supremo N° 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y transferencia de contaminantes, RETC. Otros cuerpos legales Ley N° 19.300/94, modificada por Ley N° 20.417, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Se realizarán los reportes de las emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, a través de la Ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del RETC, para los componentes que corresponda, y a través de la cual se accederá a los sistemas de declaración de los órganos fiscalizadores para dar cumplimiento a la obligación de reporte de los establecimientos emisores o generadores. El presente proyecto requiere declarar de acuerdo a sistema RETC. Forma de cumplimiento Cumplimiento de las obligaciones de informar a la Autoridad, derivadas del D.S. Nº 138/2005 MINSAL y D.S Nº 148/2003 MINSAL y la RCA, mediante la ventanilla única del portal electrónico RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará la declaración de emisiones pertinentes a través del sistema ventanilla única del RETC, de acuerdo a los plazos establecidos en la RCA o la normativa sectorial aplicable. Forma de control y seguimiento Comprobantes de registro y declaraciones en sistema de ventanilla única del Ministerio del medio ambiente. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 41 de 103
7.1.9.- Resolución Exenta N° 1.139/2013 Componente/materia Dicta las reglas básicas para el funcionamiento del RETC, en especial los trámites de ingreso al sistema por parte de los establecimientos. Norma Resolución Exenta N° 1.139/2013 Ministerio del Medio Ambiente Aprueba Norma Básica para la Aplicación del Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Otros cuerpos legales Ley N° 19.300/94, modificada por Ley N° 20.417, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Se realizarán los reportes de las emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, a través de la Ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del RETC, para los componentes que corresponda, y a través de la cual se accederá a los sistemas de declaración de los órganos fiscalizadores para dar cumplimiento a la obligación de reporte de los establecimientos emisores o generadores. El presente proyecto requiere declarar de acuerdo a sistema RETC. Forma de cumplimiento Cumplimiento de las obligaciones de informar a la Autoridad derivadas del D.S. Nº 138/2005 MINSAL y D.S Nº 148/2003 MINSAL y la RCA, mediante la ventanilla única del portal electrónico RETC, conforme a la Resolución Exenta Nº 1.139/2013. Indicador que acredita su cumplimiento Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la presente Resolución. Se obtendrá el identificador y contraseña requeridos. Se realizará la declaración de emisiones pertinente. Forma de control y seguimiento Comprobantes de registro y declaraciones en sistema de ventanilla única del Ministerio del medio ambiente.
7.1.10.- Decreto Supremo Nº 30/13 Componente/materia Este Reglamento establece las disposiciones por las cuales se regirá la Autodenuncia establecida en el artículo 41 de la Ley Nº 19.300 y el programa de cumplimiento y plan de reparación del daño ambiental establecidos en los artículos 42 y 43 de la Ley. Norma Decreto Supremo Nº 30/13 del Ministerio del Medio Ambiente.
Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación. Promulgada con fecha 20 de agosto, 2012. Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, modificada por Ley N° 20.417 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El Proyecto dará cumplimiento a las disposiciones referentes a la Autodenuncia, en el caso improbable de incurrir en alguna infracción de aquellas de la competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente y de optar por esta vía. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a través de la presentación de una Autodenuncia, Programa de Cumplimiento, y/o Plan de Reparación en caso de proceder. Así mismo, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los programas de cumplimiento y planes de reparación en el evento improbable de haberse iniciado un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de una Autodenuncia cuando sea procedente. Forma de control y seguimiento Comprobantes de ingresos a las Superintendencia de Medio Ambiente, en caso de que corresponda.
7.1.11.- Decreto Supremo Nº 31/13 Componente/materia Este Reglamento establece las disposiciones por las cuales se regirá el SNIFA, así como los antecedentes por los cuales se conformará; y los registros públicos de RCA y sanciones. En ese sentido establece las funciones de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), así como también el derecho de toda persona a acceder a la información que se encuentre en su poder, ya que la información será pública. El art. 8 establece que los sujetos obligados, entre ellos los titulares Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 42 de 103
de RCA, deberán proporcionar a la SMA una serie de antecedentes, informaciones y datos, listados en el mismo, según corresponda. Norma Decreto Supremo Nº 31/13 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental (SNIFA) y de los registros públicos de Resolución de Calificación ambiental y de Sanciones. Promulgada con fecha 20 de agosto, 2012. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 30/13, Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El Proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Forma de cumplimiento Entrega de antecedentes, información y datos a la SMA según corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) o al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA). Forma de control y seguimiento Comprobantes de ingresos a la Superintendencia de Medio Ambiente, en caso de que corresponda.
7.2.- Normativa de carácter específico aplicable al Proyecto
El marco legal y reglamentario específico que debe cumplir el Proyecto se compone de la normativa detallada a continuación, organizada según cada componente ambiental.
7.2.1.- Aire y Emisiones a la Atmósfera
7.2.1.1.- Decreto Supremo Nº 12/2021 Componente/materia Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma DS Nº12/2021 : Establece la Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Respirable MP10.
El Artículo 1º señala que el objetivo de esta norma es proteger la salud de las personas de los efectos agudos y crónicos derivados de la exposición al material particulado respirable MP10 en el aire.
En el Artículo 3° se establece que la norma primaria de calidad ambiental para MP10 es de 50 microgramos por metro cúbico normal (50 µg/m³N) como concentración anual y de 130 microgramos por metro cúbico normal (130 µg/m³N) para la concentración en 24 horas. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas de material particulado, principalmente asociadas a las actividades de movimiento de tierra para la limpieza y despeje del terreno, y al tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.
En la Fase de Operación, se estima que las emisiones serán de baja magnitud, principalmente debido a la circulación esporádica de vehículos menores. Estas emisiones corresponden al material particulado generado por el tránsito en caminos pavimentados y no pavimentados, siendo el tránsito por caminos pavimentados la mayor fuente generadora de emisiones e Durante la Fase de Cierre del Proyecto, las emisiones atmosféricas estarán asociadas al desmantelamiento de las instalaciones del parque fotovoltaico y de las líneas de transmisión eléctrica, así como al tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados. Estas actividades generarán emisiones de material particulado que serán de carácter transitorio y de menor escala en comparación con la fa. Forma de cumplimiento Para cumplir con lo establecido, durante las fases de construcción y cierre se implementarán las siguientes medidas:
Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 43 de 103
Se aplicará Bischofita en el camino de acceso, que corresponde a un camino rural de base compactada, con el objetivo de reducir en un 90% las emisiones de polvo generadas por el tránsito vehicular. Todas las actividades de movimiento de tierra se realizarán con la disponibilidad de un camión aljibe para la humectación. Los camiones destinados al transporte de materiales de construcción cumplirán con las disposiciones del DS Nº 75/87 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Trasporte de Cargas” Todos los vehículos contarán con revisiones técnicas al día, y la maquinaria será mantenida de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados, durante todas las fas. Se respetarán los límites de velocidad establecidos tanto dentro como fuera del área del proyecto, para reducir las emisiones de polvo y asegurar la seguridad del personal y las comunidades aledañas. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro en las oficinas de todas las medidas implementadas para reducir las emisiones atmosféricas, incluyendo revisión técnica al día, mantenimiento de vehículos y maquinaria.
Además, se documentará en terreno la ejecución de estas medidas mediante registros fotográficos y el monitoreo del uso de camiones aljibe para la humectación de caminos y aplicación de bischofita, según corresponda. Como indicadores de cumplimiento, se dispondrá de un registro.
Aplicación de bischofita transmisión durante la Fase de Construcción y cierre, Registro de humectación en frentes de trabajo donde se realizan actividades de excavación, y movimiento de tierra Estos registros asegurarán la trazabilidad de las medidas de control y el cumplimiento efectivo de los estándares ambientales aplicables. Forma de control y seguimiento Informe de estimación de emisiones presentado en la DIA. Fiscalización por parte de la SMA. Revisión de los registros internos de aplicación de humectación y adición de bischofita Registros de revisiones técnicas de la maquinaria y vehículos
7.2.1.2.- Decreto Supremo Nº 144/1961 Componente/materia Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma Decreto Supremo Nº 144/1961 del Ministerio de Salud.
Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Otros cuerpos legales Ley N° 19.300/94, modificada por Ley N° 20.417, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Decreto Supremo N°40/12, que modificó Decreto Supremo N°95/01, cuyo artículo 2° aprobó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Supremo N° 30/97, Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Se producirán emisiones atmosféricas correspondientes a material particulado y gases durante las fases de construcción y cierre del Proyecto, como consecuencia de la remoción de materiales (tierra), movimientos de maquinaria, flujo de vehículos, resuspensión de polvo por tránsito en rutas pavimentadas y no pavimentadas y por la combustión tanto de maquinaria como de los vehículos que forman parte de éste. Las emisiones atmosféricas se consideran poco significativas, y serán acotadas al tiempo de duración de la Fase de Construcción, operación y cierre. El cálculo de emisiones se presenta en el Anexo N° 9. Forma de cumplimiento Se implementarán medidas de control para minimizar las emisiones atmosféricas durante las fases de construcción y cierre del proyecto, entre las que se pueden mencionar:
Control de emisiones atmosféricas:
Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, el cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte en las fases de construcción, operación y cierre. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 44 de 103
La maquinaria utilizada para efectos de transporte contará con revisión técnica al día cumpliendo con la normativa aplicable al efecto. Se exigirá cobertura (encarpado) a los vehículos o maquinarias que ingresen con tierra u otro material que pueda ser dispersado a la atmósfera. Los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución y se establecerán restricciones de velocidad en caminos no pavimentados, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Se utilizarán mallas Raschel en los sectores de acopio de material de relleno. Se mantendrán caminos de acceso en buen estado. Se realizará diariamente la limpieza frente del proyecto. Se capacitarán a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental relacionados con prevención de contaminación en las faenas. Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. Se aplicará una única vez, Bischofita o similar en el camino no pavimentado.
Control de emisiones de olores:
No se generarán emisiones de olores molestos, ya que se trata de las fuentes de emisión relacionadas principalmente a la circulación de vehículos por caminos no pavimentados. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de los siguientes registros:
Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Registro de revisiones técnicas al día. Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Registro de capacitación. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia del Medio Ambiente.
7.2.1.3.- Decreto Supremo Nº 47/1992 Componente/materia Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma Decreto Supremo Nº 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Medidas orientadas a minimizar las emisiones de polvo en toda obra de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición. Otros cuerpos legales N°144 del Ministerio de Salud. “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”, publicado en el Diario Oficial el 08 de mayo de 1961. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El Proyecto requerirá la realización de labores de movimientos de tierra y despeje, tránsito por caminos no pavimentados y transporte de carga. Se requerirá de la edificación de instalaciones temporales y permanentes, por ello su habilitación deberá asegurar el apropiado desempeño en materia de calidad del aire, en este sentido, las necesidades del Proyecto se ajustarán a la normativa vigente. Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto, se generarán emisiones de material particulado provenientes de las siguientes actividades:
En la Fase de Construcción se contempla como actividad la excavación, carga y descarga de material, transporte de material en caminos no pavimentados, utilización de maquinaria. En la Fase de Operación en tanto, se considera el tránsito de vehículos menores para actividades de mantención, por caminos no pavimentados. Cabe señalar que para la Fase de Operación las emisiones del Proyecto son menores y están asociadas al tránsito de vehículos menores en labores de mantenimiento, sin que se contemple movimientos de tierras o carga y descarga de materiales. En la Fase de Cierre se contempla como actividad el desmantelamiento de instalaciones, movimientos de materiales y tránsito de vehículos de carga en caminos no pavimentados. Forma de cumplimiento Control de emisiones atmosféricas:
Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 45 de 103
Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, el cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte en la Fase de Construcción, operación y cierre. La maquinaria utilizada para efectos de transporte contará con revisión técnica al día cumpliendo con la normativa aplicable al efecto. Se exigirá cobertura (encarpado) a los vehículos o maquinarias que ingresen con tierra u otro material que pueda ser dispersado a la atmósfera. Los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución y se establecerán restricciones de velocidad en caminos no pavimentados, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Se utilizarán mallas Raschel en los sectores de acopio de material de relleno Se realizará diariamente la limpieza frente del proyecto. Se capacitarán a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental relacionados con prevención de contaminación en las faenas. Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. Se aplicará una única vez, Bischofita o similar en el camino no pavimentado. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de los siguientes registros:
Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Registro de revisiones técnicas al día. Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Registro de capacitación. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia del Medio Ambiente.
7.2.1.4.- Decreto Supremo Nº 138/2005 Componente/materia Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma Decreto Supremo Nº 138/2005 del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones que indica. Declaración de emisiones provenientes de determinadas fuentes fijas. Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, modificada por Ley N° 20.417 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Decreto Supremo N°40/12, que modificó Decreto Supremo N°95/01, cuyo artículo 2 aprobó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Supremo N° 30/97, Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de grupos electrógenos durante las distintas fases del Proyecto, los que serán declarados conforme la normativa ambiental. Forma de cumplimiento Se cumplirá con la obligación de declaración emanada de este decreto respecto del grupo electrógeno de 30KVa, a través de la plataforma de ventanilla única del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará la declaración de emisiones pertinentes, y se mantendrá actualizado el sistema RETC. Se mantendrá un registro en que consten los certificados de la declaración de emisiones en el sistema RETC. Forma de control y seguimiento Comprobante de la ventanilla única y fiscalizaciones de la Superintendencia del Medio Ambiente.
7.2.1.5.- Decreto Supremo Nº 55/94 Componente/materia Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma Decreto Supremo Nº 55/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión aplicable a Vehículos Motorizados Pesados. Establece valores máximos de emisión de gases de vehículos motorizados pesados y fija los procedimientos para su control. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°144 del Ministerio de Salud. “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”, publicado en el Diario Oficial el 08 de mayo Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 46 de 103
de 1961. Decreto Supremo Nº 75, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga, publicado en el Diario Oficial el 7 de Julio de 1987. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Los vehículos utilizados en el Proyecto cumplirán esta norma de emisión contando con su revisión técnica al día. Forma de cumplimiento Toda maquinaria o vehículo pesado que intervenga en el Proyecto tendrá sus revisiones técnicas al día, para asegurar que no se superen los límites de emisión máxima que corresponda. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de:
Registro de revisiones técnicas al día. Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
7.2.1.6.- Decreto Supremo Nº 4/1994 Componente/materia Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma Decreto Supremo Nº 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones 29 de enero de 1994. Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Regula las emisiones de contaminantes de vehículos motorizados. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°144 del Ministerio de Salud. “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”, publicado en el Diario Oficial el 08 de mayo de 1961. Decreto Supremo Nº 75, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga, publicado en el Diario Oficial el 7 de Julio de 1987. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El Titular verificará que todo vehículo motorizado cuente con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumplen con los límites máximos establecidos por la normativa y su revisión técnica al día. Forma de cumplimiento Todo vehículo que intervenga en el Proyecto tendrá sus revisiones técnicas al día, para asegurar que no se superen los límites de emisión máxima que corresponda.
En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de un registro con los siguientes antecedentes:
Registro de revisiones técnicas al día. Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales y Municipales, Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
7.2.1.7.- Decreto Supremo Nº 279/1983 Componente/materia Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma Decreto Supremo Nº 279/1983 del Ministerio de Salud. Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Aspectos normativos y técnicos para el control de la emisión de contaminantes evacuados por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, que operen según el sistema diésel (petroleros) o ciclo Otto (bencineros) de dos y cuatro tiempos. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 47 de 103
Otros cuerpos legales Código Sanitario, Ley N° 2.763, de 1979; D.S N° 144 de 1961, Ordenanza General de Tránsito. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El Proyecto empleará vehículos indicados en la normativa para el transporte de insumos, residuos materiales y personas. En este contexto el Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos cumplan con esta norma de emisión.
En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma, a través del certificado de revisión técnica al día. Forma de cumplimiento Todo vehículo que intervenga en el Proyecto tendrá sus revisiones técnicas al día, para asegurar que no superen las concentraciones de emisiones máximas de contaminantes que corresponda.
En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de un registro con los siguientes antecedentes:
Registro de revisiones técnicas al día. Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la Seremi de Transporte, Carabineros de Chile, Inspectores Municipales, Superintendencia de Medio Ambiente.
7.2.1.8.- Decreto Supremo Nº 211 Componente/materia Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma Decreto Supremo Nº 211 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Norma de emisión aplicable a los vehículos motorizados livianos. Promulgada con fecha 18 de octubre 1991. Establece normas sobre las características técnicas de motores que permitan cumplir con los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono, hidrocarburos totales, óxidos de nitrógeno y material particulado. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°144 del Ministerio de Salud. “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”, publicado en el Diario Oficial el 08 de mayo de 1961. Decreto Supremo Nº 75, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga, publicado en el Diario Oficial el 7 de Julio de 1987. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica En cuanto a las emisiones de gases (Monóxido de Carbono - CO, Hidrocarburos - HC y Óxidos Nitrosos - NOx) y material particulado, se producirán preferentemente en la Fase de Construcción del Parque Solar, específicamente durante la habilitación de caminos y accesos.
Dichas emisiones se repetirán en menor medida durante la Fase de Operación y cierre del Proyecto, considerando una disminución de las actividades a desarrollar en dichas fases. Por otro lado, estas emisiones serán puntuales y no persisten en el tiempo. Forma de cumplimiento El Titular verificará que todo vehículo motorizado esté inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, contando con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumplen con los límites máximos establecidos por la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Se solicitará que todos los vehículos que circulen por la faena estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
7.2.1.9.- Decreto Supremo Nº 75/1987 Componente/materia Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma Decreto Supremo Nº 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 48 de 103
Condiciones para transporte de transporte de desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo. Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, modificada por Ley N° 20.417 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Decreto Supremo N°40/12, que modificó Decreto Supremo N°95/01, cuyo artículo 2 aprobó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Supremo N° 30/97, Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia. Ley Nº 18.290/84 Ministerio de Justicia. Ley de Tránsito. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El transporte de materiales se efectuará con la tolva o sección de carga tapada con lonas, de forma tal de impedir la dispersión del polvo en la atmósfera y la caída materiales desde el vehículo. Forma de cumplimiento El transporte de materiales, realizado principalmente en las fases de construcción y cierre, se efectuará con la tolva o sección de carga tapada con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, de forma tal de impedir la dispersión del polvo en la atmósfera y el escurrimiento de materiales.
Además, se exigirá que el transporte de líquidos o sólidos con porcentaje de humedad se realice en camiones 100% estancos, que impidan el escurrimiento al suelo. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia del Medio Ambiente.
7.2.1.10.- D.F.L. N°1/2007 Componente/materia Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma D.F.L. N°1/2007 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Regula todos los vehículos que circulan por caminos, calles y demás vías públicas, rurales o urbanas, caminos vecinales o particulares destinados al uso público, de todo el territorio de la República. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°144 del Ministerio de Salud. “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”, publicado en el Diario Oficial el 08 de mayo de 1961. Decreto Supremo Nº 75, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga, publicado en el Diario Oficial el 7 de Julio de 1987. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Las emisiones de gases durante las Fase de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto se refieren al tránsito de camiones y vehículos menores. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a todas las disposiciones de la normativa indicada, así como también se implementarán las medidas asociadas a transporte, carga y descarga de material. Indicador que acredita su cumplimiento Registro visual de medidas aplicadas. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.2.1.11.- Decreto Supremo Nº 54/94 Componente/materia Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma Decreto Supremo Nº 54/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica. Establece normas de emisión de contaminantes, aplicables a los vehículos motorizados medianos, y fija los procedimientos para su control. En este sentido, de acuerdo a lo dispuesto en su Artículo 1°, vehículo motorizado mediano es aquel “destinado al transporte de personas o carga, por calles o caminos, y que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos (…) ”. En el mismo artículo, se indica que el significado de norma de emisión se refiere a “valores máximos de gases y partículas, que un Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 49 de 103
motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.”.
El Artículo 3° del Decreto en análisis establece que los vehículos motorizados a los que les corresponde cumplir con la norma de emisión deben llevar un rótulo que así lo certifique. A su vez, el artículo 4° del Decreto establece los niveles máximos de emisión para los vehículos medianos señalados en la norma.
Asimismo, se debe dar cumplimiento a los Artículos 6°, 7° y 8° del Decreto, relativos a la rotulación, revisiones y distintivos que se deben aplicar a los vehículos. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El proyecto considera utilizar los vehículos regulados por la presente norma en su construcción y cierre. Forma de cumplimiento Se cumplirá con la norma de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
7.2.3.- Emisiones Acústicas
7.2.3.1.- Decreto Supremo Nº 38/2012 Componente/materia Emisiones Acústicas. Norma Decreto supremo n° 38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece norma de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del decreto n° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
La presente norma establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregida y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad.
Su Artículo 9°, fija los niveles máximos de presión sonora corregidos que se obtengan de la fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor. Estos niveles se diferencian según la zona en que se encuentre el receptor y el horario en que se emiten los ruidos.
Este Decreto, en su numeral IV, establece los Niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos. Artículo 7°. - Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores siguientes.
Artículo 10°. - Los niveles generados por fuentes emisoras de ruido deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos, correspondientes a la zona en que se encuentra el receptor. Otros cuerpos legales No Aplica. Zona De 7 a 21 horas De 21 a 7 horas Zona I 55 45 Zona II 60 45 Zona III 65 50 Zona IV 70 70 Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 50 de 103
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción, el Proyecto contempla el uso de maquinaria y vehículos motorizados asociados a todas las actividades de construcción. Se trata principalmente de fuentes móviles acotadas exclusivamente a las faenas, mientras que los flujos vehiculares se llevarán a cabo también fuera del área de proyecto.
Durante la Fase de Operación, los índices de actividad son bajos, correspondientes al funcionamiento del motor de los tracker para el seguimiento del sol y al uso esporádico de vehículos motorizados para realizar las actividades de mantención de la planta solar. Forma de cumplimiento El resultado del estudio de ruido que se presenta en el Anexo “Fauna Ruido” de la Adenda Complementaria que fundamente que la predicción de los niveles de ruido del Proyecto cumple con los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, el D.S. N° 38/12 del MMA, no produciendo impacto acústico significativo sobre las comunidades y viviendas cercanas al Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. Registro de medidas mitigantes de las emisiones acústicas. Estudio de ruido presentado en Anexo 4 de la DIA. Forma de control y seguimiento No se contempla seguimiento dado que no hay medidas adicionales al no existir superación de la normativa. Informe de cumplimiento a SMA en caso de ser solicitado.
7.2.3.2.- Decreto Supremo Nº 47/92 Componente/materia Emisiones acústicas. Norma Decreto Supremo Nº 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija nuevo texto de la ordenanza general de la Ley general de urbanismo y construcciones.
Artículo 5.8.3. En todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas:
“...4. Por constituir las faenas de construcción fuentes transitorias de emisión de ruidos y con el objeto de controlar su impacto, el constructor deberá entregar, previo al inicio de la obra, un programa de trabajo de ejecución de las obras que contenga los siguientes antecedentes:
a) Horarios de funcionamiento de la obra. b) Lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas. c) Nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, si lo hubiere.
Estas exigencias serán registradas en el informe de las medidas de gestión y de control de calidad que debe presentar el constructor a cargo de la obra ante la Dirección de Obras Municipales correspondiente.” Otros cuerpos legales D.F.L. N° 458, (V. y U.) de 1975, Ley General de Urbanismo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Durante la construcción y cierre del proyecto se generarán ciertas emisiones acústicas derivadas de las actividades asociadas a cada fase y al flujo vehicular necesario para el transporte de materiales, personal, residuos, entre otras variables. Forma de cumplimiento El titular del proyecto elaborará y entregará a la Dirección de Obras Municipales, previo al inicio de la obra, un programa de trabajo de ejecución de las obras que contenga los siguientes antecedentes:
a) Horarios de funcionamiento de la obra. b) Lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas. c) Nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, si lo hubiere. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 51 de 103
Además, se dará cumplimiento a la normativa acústica vigente, de manera que se mantendrán controladas las emisiones acústicas emitidas por el proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Informe de las medidas de gestión y de control de calidad. Registro de herramientas y equipos en la obra. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.2.4.- Agua potable
7.2.4.1.- Decreto Supremo N° 594/1999 Componente/materia Agua potable. Norma Establece normas sobre las condiciones sanitarias en lugares de trabajo, regulando materias tales como provisión de agua potable, disposición de residuos, servicios higiénicos, guardarropías y comedores.
Otros cuerpos legales D.F.L. N°725/1968 Código Sanitario, Ministerio de Salud. Decreto N°76/2010, que modificó Decreto N°735/1969, Reglamento de los servicios de agua destinado al consumo humano, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Durante las fases del Proyecto, el agua para consumo humano será suministrada a través de botellas y/o de bidones sellados, etiquetados y con sistema de llave para su uso normal, en caso de necesitarlo, la que será adquirida a empresas autorizadas por la autoridad sanitaria y que cuenten con la resolución de autorización vigente.
El agua requerida destinada a aseo en comedor será obtenida a través de terceros autorizados, y distribuida por medio de un camión aljibe especialmente acondicionado para este fin. Forma de cumplimiento El agua para consumo humano cumplirá con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409 Of. 84 (agua purificada en bidones). El agua potable será provista mediante dispensadores de agua purificada debidamente certificados y adquiridos en comercios establecidos.
La cantidad total de agua potable a consumir variará en función de la curva ocupacional de la construcción de las obras a razón de 150 litros/persona/día, como mínimo cumpliendo de esta manera con lo establecido en el Artículo 14 del D.S. Nº 594/99, del Ministerio de Salud. Indicador que acredita su cumplimiento Disponer de agua potable en los volúmenes y calidad exigidos por la normativa vigente, lo cual deberá verificarse en terreno y contar con los registros del agua suministrada, donde consten los antecedentes de la empresa autorizada y los volúmenes de agua provistos. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas.
7.2.5.- Suelo y ordenamiento territorial
7.2.5.1.- D.F.L. 458/1975, Ley General de Urbanismos y Construcciones Componente/materia Ordenamiento territorial. Norma D.F.L. 458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ley General de Urbanismos y Construcciones. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El Proyecto considera habilitación de obras de edificación permanentes y temporales. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 52 de 103
Forma de cumplimiento Para el cumplimiento de lo establecido en la presente normativa, el Titular del Proyecto solicitará, previamente la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales.
Respecto al informe favorable para el cambio de uso de suelo de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, este no será necesario toda vez que el proyecto se localiza dentro del límite urbano de la comuna de Talca, en zonificaciones donde su ejecución es permitida, de manera que se excluye de la tramitación del permiso ambiental sectorial establecido en el artículo 160 del RSEIA (PAS 160). Indicador que acredita su cumplimiento Resolución sectorial de los permisos de construcción del proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.2.6.- Patrimonio arqueológico y cultural
7.2.6.1.- Ley N° 17.288/1990 Componente/materia Patrimonio arqueológico y cultural. Norma Ley N° 17.288/1990 del Ministerio de Educación. Legisla sobre Monumentos Nacionales. El artículo 1° de la Ley establece que “Son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropoarqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por medio del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que determina la presente ley”.
Otros cuerpos legales D.S. N° 484/1990. Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre Excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Prospección arqueológica y obras durante la construcción del proyecto que impliquen excavación y/o remoción de suelo. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular.
Por su parte, durante la prospección arqueológica del área de emplazamiento del proyecto, realizada en el contexto de la línea de base arqueológica, no se registraron sitios arqueológicos ni monumentos nacionales en ninguna categoría. Indicador que acredita su cumplimiento Cumplimiento de las medidas comprometidas. De encontrarse hallazgos arqueológicos durante las fases de construcción contando con un registro de dichas actividades.
Detención de obras y Delimitación del Área : Si se descubre un hallazgo paleontológico, se deben detener las obras a una distancia mínima de 2 metros alrededor del punto de hallazgo. En caso de un estrato paleontológico, se ampliará la delimitación para evaluar la extensión. Notificación Inmediata : Se debe avisar al paleontólogo profesional o al jefe de obra y notificar al departamento de Medio Ambiente sobre la ubicación exacta del hallazgo. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 53 de 103
Protección del Área : El área debe ser señalizada y protegida con cerco perimetral de 2 metros y señalética que limite el ingreso para resguardar el hallazgo. Notificación al CMN : Se debe informar al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) en un plazo de cinco días hábiles, con coordenadas UTM y registro fotográfico. El CMN determinará las acciones a seguir según la Ley N°17.288 y el Reglamento de Excavación. Inducción al Personal : El protocolo debe ser parte de las charlas de inducción, siguiendo la “Guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN. Referencia al Artículo 20 del DS N°484 : El salvataje, según el artículo 20 del DS N°484, se aplica solo cuando el bien está en riesgo de pérdida inminente por causas externas (no por desarrollo de obra). El incumplimiento se considera una intervención no autorizada, sancionada por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales.
Por otro lado, la línea de base arqueológica concluye que no se registraron hallazgos ni sitios arqueológicos en el área del proyecto. Forma de control y seguimiento Revisión del registro y cumplimento de las medidas y obligaciones descritas en el evento de verificarse algún hallazgo.
7.2.6.2.- Decreto Supremo Nº 484/1990 Componente/materia Patrimonio arqueológico y cultural Norma El presente Reglamento dispone que las prospecciones y/o excavaciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, en terrenos públicos y privados, como asimismo las normas que regulan la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales para realizarlas y el destino de los objetos o especies encontradas, se regirá por las normas contenidas en la Ley N° 17.288 y en este Reglamento. Asimismo, prescribe que las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato el descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Prospección arqueológica y obras durante la construcción del proyecto que impliquen excavación y/o remoción de suelo. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular.
Por su parte, durante la prospección arqueológica del área de emplazamiento del proyecto, realizada en el contexto de la línea de base arqueológica, no se registraron sitios arqueológicos ni monumentos nacionales en ninguna categoría. Indicador que acredita su cumplimiento Cumplimiento de las medidas comprometidas. De encontrarse hallazgos arqueológicos durante las fases de construcción del Proyecto, deberá detenerse cualquier obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos y dar aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, cumpliendo con lo establecido en el artículo 26 y 27 de dicha Ley, llevando un registro de dichas actividades.
Por otro lado, la línea de base arqueológica concluye que no se registraron hallazgos ni sitios arqueológicos en el área del proyecto. Forma de control y seguimiento Revisión del registro y cumplimento de las medidas y obligaciones descritas en el evento de verificarse algún hallazgo.
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7.2.7.- Sustancias Peligrosas
7.2.7.1.- Decreto Nº 43/2016 Componente/materia Sustancias peligrosas. Norma D.S. N° 43/2016 del Ministerio de Salud; Seremi de Salud. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Se contará con un estanque de combustible que permitirá la recarga de grupo electrógeno durante las fases de construcción y cierre. Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción y cierre se dispondrá de un estanque con pretil para el almacenamiento de petróleo diésel para uso inmediato o de emergencia, con una capacidad máxima de 1.000 litros, específicamente para el abastecimiento del grupo electrógeno de 30 KVa que suministrará electricidad a las obras.
Este estanque se carga vacío en camioneta y se rellena en estaciones de servicio autorizada.
En el área del Proyecto, el estanque lleno se descarga al suelo con ayuda de cargador frontal en un área especialmente habilitada para tales efectos.
Por otro lado, debido a que la cantidad de sustancias peligrosas a utilizar por el proyecto es marginal, éstas serán llevadas el mismo día de la obra y serán tratadas como RESPEL una vez que sean utilizadas.
Si por algún motivo es necesario almacenar alguna, serán guardadas dentro de la bodega común (dado que en ningún caso corresponderán a las cantidades establecidas en D.S. N°43/2015), en estantes diferenciados para SUSPEL, utilizando señalética adecuada y manteniendo las condiciones de seguridad que establece el Reglamento.
No existirá mantención de los equipos dentro del área del Proyecto.
Todas las actividades de este tipo se desarrollarán en lugares autorizados lo más cercanos al área del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de actividades asociadas al estanque de combustible, recarga al grupo electrógeno, recarga del estanque, u otras. Registro de cantidad de productos almacenados junto a sus HDS. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.2.7.2.- Decreto N°160/2008 Componente/materia Combustible Líquidos Sustancias peligrosas. Norma D.S. N° 160/2008 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Se contará con un estanque de combustible que permitirá la recarga de grupo electrógeno durante las fases de construcción y cierre. Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción y cierre se dispondrá de un estanque con pretil para el almacenamiento de petróleo diésel para uso inmediato o de emergencia, con una capacidad máxima de 1.000 litros, específicamente para el abastecimiento del grupo electrógeno de 30 KVa que suministrará electricidad a las obras.
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Este estanque se carga vacío en camioneta y se rellena en estaciones de servicio autorizada.
En el área del Proyecto, el estanque lleno se descarga al suelo con ayuda de cargador frontal en un área especialmente habilitada para tales efectos.
Por otro lado, debido a que la cantidad de sustancias peligrosas a utilizar por el proyecto es marginal, éstas serán llevadas el mismo día de la obra y serán tratadas como RESPEL una vez que sean utilizadas.
Si por algún motivo es necesario almacenar alguna, serán guardadas dentro de la bodega común (dado que en ningún caso corresponderán a las cantidades establecidas en D.S. N°43/2015), en estantes diferenciados para SUSPEL, utilizando señalética adecuada y manteniendo las condiciones de seguridad que establece el Reglamento.
No existirá mantención de los equipos dentro del área del Proyecto.
Todas las actividades de este tipo se desarrollarán en lugares autorizados lo más cercanos al área del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Contrato de prestación de servicios con empresas autorizadas para el transporte de combustibles, que incluya las disposiciones técnicas y legales del presente reglamento Registro de cantidad de productos almacenados junto a sus HDS. Forma de control y seguimiento Registro en faena de guías de despacho de combustibles. Registro de carga de combustible de vehículos.
7.2.8.- Residuos sólidos
7.2.8.1.- Ley Nº20.920/2016 Componente/materia Residuos Peligrosos/Residuos y sustancias peligrosas del proyecto. Norma La Ley tiene por objeto disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización, a través de la instauración de la responsabilidad extendida del productor y otros instrumentos de gestión de residuos, con el fin de proteger la salud de las personas y el medio ambiente. En el Artículo 4 se indica que todo residuo potencialmente valorizable deberá ser destinado a tal fin evitando su eliminación. En el Artículo 5 se indica que todo generador de residuos deberá entregarlos a un gestor autorizado para su tratamiento, de acuerdo con la normativa vigente, salvo que proceda a manejarlos por sí mismo en conformidad al artículo siguiente. El almacenamiento de tales residuos deberá igualmente cumplir con la normativa vigente. Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables deberán ser entregados a la municipalidad correspondiente o a un gestor autorizado para su manejo. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Generación, almacenamiento, reciclaje, transporte y retiro de residuos sólidos domésticos, industriales y peligrosos. Forma de cumplimiento Para todas las fases los residuos sólidos domésticos serán originados por las actividades de los trabajadores que construyan, mantengan y desmantelen la planta y serán básicamente papeles, envoltorios, restos de comida entre otros.
Los sólidos domiciliarios y asimilables serán entregados a un gestor autorizado para su manejo.
Los residuos sólidos industriales serán almacenados en el patio de salvataje temporal de la Instalación de Faena hasta su retiro por una empresa que cumpla la normativa. En este lugar se acopiarán los residuos de la construcción, como maderas, pallets, embalajes de cartón y plástico, despuntes de acero, entre otros. Estos residuos serán dispuestos de forma segregada y ordenada de manera de facilitar su reutilización o reciclaje según sea el caso.
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Finalmente, los residuos peligrosos serán dispuestos en receptáculos cerrados y la disposición final se realizará a través de una empresa autorizada de la zona y asegurando en los contratos con la empresa externa la disposición en lugares debidamente permitidos.
Los paneles que se reciban dañados en la construcción serán devueltos al fabricante como parte de la garantía del producto, sin embargo, en la Fase de Cierre los módulos serán llevados a una bodega de acopio de residuos peligrosos temporal, para que sean entregados a gestor autorizado.
Por su parte, el manejo de las baterías será similar a los paneles, de manera que también serán acopiados en bodega de residuos peligrosos, priorizando la aplicación de esta ley al devolver estas unidades a sus productores luego de su acopio temporal.
Durante la Fase de Cierre, el manejo de los paneles y otros componentes eléctricos se hará con una empresa autorizada para su gestión y disposición final. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro de los antecedentes de la o las empresas autorizadas (gestores) que provean el servicio de retiro de los residuos sólidos de los diferentes tipos mencionados.
También se llevará registro de los retiros de cada tipo de residuo desde el proyecto, así como también de su disposición final en sitios autorizados. Junto a ello, se mantendrán los registros de los retiros del material que se destinará a reciclaje por parte de la empresa contratista. Forma de control y seguimiento Registro de los contratos de la o las empresas que llevarán a cabo el retiro del material reciclable, así como del retiro mismo, esto para posibles fiscalizaciones por parte de la SMA.
7.2.8.2.- Decreto Supremo N° 594/1999 Componente/materia Residuos sólidos del proyecto. Norma El presente Reglamento establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la reglamentación específica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas que requieren condiciones especiales. Otros cuerpos legales Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Almacenamiento, retiro y transporte a sitios de disposición final de los residuos domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos. Para ello se habilitarán patios y bodegas de almacenamiento temporal para cada tipo de residuo, las que se mantendrán durante todas las fases del proyecto. Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción, los Residuos domésticos (residuos orgánicos, papel, cartón, embalajes de piezas, etc.) serán recogidos en bolsas de basura desde terreno y colocados en recipientes cerrados y rotulados ubicados en la bodega de residuos domiciliarios que se dispondrá en instalación de faena, para luego ser retirados dos veces por semana desde las instalaciones de faena por una empresa contratista autorizada en la región, para ser dispuesto finalmente en un sitio de disposición final autorizado.
Respecto de los Residuos sólidos industriales no peligrosos (restos de madera, plásticos, escombros, restos metálicos, etc.), serán retirados desde los frentes de trabajo en camiones cubiertos y depositados dentro del área de acopio de residuos no peligrosos de la instalación de faena, de acuerdo a su correspondiente clasificación. Su retiro se realizará mensualmente o cada vez que sea necesario, de acuerdo a la capacidad del patio de salvataje, por una empresa contratista autorizada en la región, para ser dispuesto finalmente en un sitio de disposición final autorizado.
Respecto de los Residuos sólidos peligrosos (aceites y lubricantes usados, envases de pinturas y/o solventes, huaipes contaminados, arenas contaminadas, etc.), serán almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados y retirados a lo más cada 6 meses. Serán dispuestos al interior de una bodega de acopio temporal (BAT) de residuos peligrosos, habilitada en la instalación de faena. Finalmente, serán trasladados a su disposición final fuera del área del proyecto, en un recinto autorizado por la SEREMI de Salud.
Las bodegas de acopio temporal se mantendrán durante la Fase de Operación, de manera que todos los residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos generados en la Fase de Operación podrán ser almacenados temporalmente en estos sitios de acopio, sin embargo, en general serán Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 57 de 103
retirados por el contratista que realice las labores de mantención para ser dispuestos en lugar de disposición final autorizado. En cumplimiento de lo anterior, se solicitarán los PAS 140 y el PAS 142 del Reglamento del SEIA descritos en los Anexos de la Adenda.
Una vez se obtenga la RCA favorable del Proyecto, se tramitarán los permisos sectorialmente respecto de aquellos contenidos no ambientales. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PAS del artículo 140 (Anexo 15-2 de la Adenda) y 142 (Anexo 15-3 de la Adenda) del Reglamento del SEIA, y contar además con las autorizaciones sectoriales. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC.
7.2.8.3.- Decreto Supremo Nº 148/2003 Componente/materia Residuos Peligrosos. Norma Este Reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.
Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Manejo, almacenamiento, retiro y disposición final de los residuos sólidos peligrosos generados en el proyecto. Forma de cumplimiento Durante todas las fases del proyecto se generarán residuos peligrosos en diferentes cantidades, para lo cual se dispondrá de una bodega de acopio temporal (BAT) para el almacenamiento de estos residuos hasta que corresponda su retiro y traslado a un sitio de disposición final autorizado. Dicha BAT cumplirá constructivamente con lo establecido en el artículo D.S. 148/04, así como también contará con letreros, señaléticas y tambores rotulados que serán retirados como máximo cada seis meses desde la faena por una empresa aprobada por la Autoridad Sanitaria para el transporte, tratamiento y disposición final de materiales residuales con las características mencionadas, en conformidad con el D.S. 148/04 del MINSAL y la legislación ambiental vigente.
La mantención de los equipos será realizada habitualmente fuera de las instalaciones de construcción, exceptuando cambio de neumáticos, limpieza de filtros de aire entre otras actividades. En caso de ser necesario cambios de aceites provenientes del mantenimiento de las maquinarias y otros residuos peligrosos que se generen durante la realización de las obras, serán retirados al momento de generarse, siendo dispuestos en rellenos de seguridad autorizados; para acreditar la correcta disposición, el titular contará con la documentación correspondiente.
El recinto para el acopio temporal de residuos peligrosos contará con las siguientes características:
• Contará con cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales. • Tendrá un área especial con base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Esta área será además techada para asegurar su protección contra la humedad, temperatura y radiación solar. • En caso de que se almacenen líquidos, poseerá una capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contendedores almacenados. • Contará con la señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93. • Tendrá acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación. • Contará con extintores de incendio en buen estado, con contenido de químicos apropiado para controlar posibles amagos de los materiales almacenados.
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La bodega destinada al almacenamiento de residuos peligrosos será debidamente autorizada ante la Autoridad Sanitaria regional. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con la autorización sanitaria de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para lo que se solicita el PAS establecido en el artículo 142 del Reglamento. Se tramitará sectorialmente la autorización para el almacenamiento temporal de este tipo de residuo. Adicionalmente, el titular mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos peligrosos del Proyecto, así como de las declaraciones realizadas en la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Registro de retiros de residuos peligrosos desde el proyecto y disposición final. Registro de autorización sanitaria para bodega de residuos peligrosos. Registro de declaraciones y reportes al sistema del RETC.
7.2.8.4.- Ley 21.161/2019 Componente/materia Residuos sólidos Norma Ley 21.161/2019 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Modifica ley de tránsito para precisar la autorización requerida para el trasporte de desechos. Autorizaciones requeridas para trasportar desechos. Sanciona a través de multas el trasporte de desechos a vertederos clandestinos. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Transporte de residuos. Forma de cumplimiento Durante todas las fases del proyecto se acopiarán temporalmente residuos de todo tipo en instalaciones debidamente autorizadas dentro del proyecto, de manera que en determinadas frecuencias éstos deberán ser retirados por empresas externas con su respectiva autorización sanitaria, a sitios de disposición final.
Durante esta actividad se dará cabal cumplimiento a las disposiciones de la Ley de tránsito y sus actualizaciones. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las autorizaciones correspondientes para los transportistas y sitios de disposición final de residuos. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.2.9.- Residuos líquidos
7.2.9.1.- Decreto Supremo N° 594/1999 Componente/materia Residuos Líquidos. Norma Establece normas sobre las condiciones sanitarias en lugares de trabajo, regulando materias tales como provisión de agua potable, disposición de residuos, servicios higiénicos, guardarropías y comedores. En particular, prohíbe expresamente incorporar a las napas de agua subterránea de los subsuelos o arrojar en los canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general, los relaves industriales o mineros o las aguas contaminadas con productos. Otros cuerpos legales Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Baños químicos durante la Fase de Construcción y cierre, y baño con sistema de tratamiento y drenaje al suelo durante la Fase de Operación. Generación de aguas servidas, su manejo, retiro y traslado a sitio autorizado para su disposición final. Forma de cumplimiento Durante la construcción se generarán residuos líquidos domésticos producidos por los servicios higiénicos utilizados por los trabajadores. Para la instalación de faena y en los frentes de trabajo se Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 59 de 103
implementarán baños químicos durante toda la Fase de Construcción, así como también para la de cierre.
Durante la operación se dispondrá de baños modulares que contarán con un sistema de drenaje e infiltración de aguas semi tratadas al suelo, mientras que para los frentes de trabajo se contará con baños químicos.
En los frentes de trabajo móvil se dispondrá de sanitarios químicos en número de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente (Decreto Supremo Nº594/99 del Ministerio de Salud) y su mantención y limpieza estará a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria, la que se realizará a lo menos dos veces por semana.
En ningún caso se contempla descargar aguas servidas a ríos, lagunas, o en cualquier otra fuente o cuerpo de agua. Indicador que acredita su cumplimiento Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas.
Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.
Asimismo, se contará con el registro de otorgamiento favorable del permiso para la construcción baños para la operación, para lo cual se gestionará PAS 138, cuyos antecedentes se presentan en Anexo 14 de la DIA. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria.
7.2.9.2.- Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/1967 Componente/materia Residuos Líquidos/Residuos y sustancias peligrosas del proyecto. Norma El Artículo 71, literal b), del Código Sanitario dispone que al Servicio Nacional de Salud le corresponda aprobar los Proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros.
Agrega el inciso final del referido artículo, que antes de poner en explotación las obras mencionadas, ellas deben ser autorizadas por el Servicio Nacional de Salud (hoy Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva).
El artículo 73 del cuerpo legal en análisis, prohíbe la descarga de las aguas servidas a ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos. Otros cuerpos legales D.S N° 594/99 MINSAL que Aprueba Reglamento sobre condiciones. sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Baños químicos durante la Fase de Construcción y cierre, y baño con sistema de tratamiento y drenaje al suelo durante la Fase de Operación.
Generación de aguas servidas, su manejo, retiro y traslado a sitio autorizado para su disposición final. Forma de cumplimiento Durante la construcción se generarán residuos líquidos domésticos producidos por los servicios higiénicos utilizados por los trabajadores. Para la instalación de faena y en los frentes de trabajo se implementarán baños químicos durante toda la Fase de Construcción, así como también para la de cierre.
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Durante la operación se dispondrá de baños modulares que contarán con un sistema de drenaje e infiltración de aguas semi tratadas al suelo, mientras que para los frentes de trabajo se contará con baños químicos. Para ello, en Anexo XX se presenta el PAS 138 correspondiente.
En los frentes de trabajo móvil se dispondrá de sanitarios químicos en número de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente (Decreto Supremo Nº594/99 del Ministerio de Salud) y su mantención y limpieza estará a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria, la que se realizará a lo menos dos veces por semana.
En ningún caso se contempla descargar aguas servidas a ríos, lagunas, o en cualquier otra fuente o cuerpo de agua. Indicador que acredita su cumplimiento Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos y del retiro de las aguas sucias.
Baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas.
Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria.
7.2.10.- Flora y vegetación
7.2.10.1.- Ley Nº 20.283. LEY SOBRE RECUPERACIÓN DEL BOSQUE NATIVO Y FOMENTO FORESTAL Componente/materia Flora y vegetación Norma Ley N°20.283, Ley de Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fecha de Publicación: 30 de Julio de 2008. Ministerio de Agricultura. Art 5°- Toda acción de corta de bosque nativo, cualquiera sea el tipo de terreno en que éste se encuentre, deberá hacerse previo plan de manejo aprobado por la Corporación. Deberá cumplir, además con lo prescrito en el decreto ley N°701, de 1974. Los planes de manejo aprobados deberán ser de carácter público y estar disponibles en la página web de la Corporación para quien lo solicite. Otros cuerpos legales Decreto ley N°701, de 1974. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica La ejecución del Proyecto requiere la intervención de plantaciones de eucaliptus en áreas APF. Forma de cumplimiento El titular del Proyecto procederá a la presentación ante CONAF del respectivo Plan de Manejo Forestal para la ejecución de Obras Civiles, para todas aquellas áreas en donde deba realizarse corta de plantaciones forestales. En la DIA se adjuntan los antecedentes de este plan en Anexo 18. Indicador que acredita su cumplimiento Documento Plan de manejo corta y reforestación de bosques nativos para ejecutar obras civiles, para efecto del Artículo 21°, Ley 20.283; aprobado por CONAF Forma de control y seguimiento Documento Plan de manejo corta y reforestación de bosques nativos para ejecutar obras civiles, para efecto del Artículo 21°, Ley 20.283; aprobado por CONAF
7.2.10.2.- DECRETO LEY 2565 SUSTITUYE DECRETO LEY 701, DE 1974, QUE SOMETE LOS TERRENOS FORESTALES A LAS DISPOSICIONES QUE SEÑALA. MINISTERIO DE AGRICULTURA Componente/materia Flora y vegetación Norma DECRETO LEY 2565 del 2020. Del Min de Agricultura Sustituye Decreto Ley 701, de 1974, que somete los terrenos forestales a las disposiciones que señala. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 61 de 103
Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Construcción de línea eléctrica y habilitación de servidumbre. Forma de cumplimiento El titular del Proyecto procederá a la presentación ante CONAF del respectivo Plan de Manejo Forestal para la ejecución de Obras Civiles, para todas aquellas áreas en donde deba realizarse corta de plantaciones forestales. En la DIA se adjuntan los antecedentes de este plan en Anexo 18. Indicador que acredita su cumplimiento Documento Plan de manejo corta y reforestación de bosques nativos para ejecutar obras civiles, para efecto del Artículo 21°, Ley 20.283; aprobado por CONAF Forma de control y seguimiento Documento Plan de manejo corta y reforestación de bosques nativos para ejecutar obras civiles, para efecto del Artículo 21°, Ley 20.283; aprobado por CONAF
7.2.11.- Fauna
7.2.11.1.- Ley Nº 4.601/1929 (Texto reemplazado por la Ley N° 19.473, de 1996). Componente/materia Fauna Terrestre. Norma Regula la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos, cuya preservación se rige por la Ley Nº 18.892 General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto fue refundido por D.S. Nº430/91, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Si bien el Proyecto no contempla ninguna de las actividades reguladas, el personal debe estar en conocimiento de acciones de captura u otro que pueda afectar a la fauna silvestre. Forma de cumplimiento El Titular, realizará charlas a sus trabajadores donde explicará y establecerá la estricta prohibición a todo el personal de realizar actividades de caza o captura de ejemplares de fauna silvestre, levantamiento de nidos, destrucción de madrigueras o recolección de huevos o crías y tenencia de animales domésticos que sean dañinos o potenciales competidores de la fauna silvestre en los predios donde se realicen las faenas durante la Fase de Construcción.
Esto también aplica para aquellos trabajadores que se encarguen de las mantenciones y reparaciones del parque durante la Fase de Operación. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa, dando a conocer las prohibiciones indicadas en la Ley. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible para revisión de la autoridad el registro de las charlas explicativas a los trabajadores de la empresa, dando a conocer las prohibiciones indicadas en la Ley.
7.2.11.2.- Decreto Supremo N°5/1998 Componente/materia Fauna Terrestre. Norma Aprueba reglamento de la Ley de caza Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de especímenes de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos, cuya preservación se rige por la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por Decreto Supremo N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Actividades generales del Proyecto, tales como construcción de las obras temporales como permanentes, mantención de la planta, entre otras. Forma de cumplimiento Las actividades por desarrollar se efectuarán solamente al interior del Proyecto, se prohibirá la sustracción, caza o alteración de cualquier eventual especie de fauna que pudiese ubicarse en el área del Proyecto. Se implementará señalética que den a conocer a los trabajadores sobre dichas Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 62 de 103
prohibiciones, así como también de arrojar basuras domésticas o industriales fuera de los lugares específicamente habilitados para tal efecto. Indicador que acredita su cumplimiento Señalética que señalen la prohibición de cazar y registro de las instrucciones o charlas al personal. Forma de control y seguimiento Se verificará semestralmente el estado de la señalética y el registro de las instrucciones al personal.
7.2.11.3.- Decreto N° 430/1992 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N° 18.892, DE 1989 Y SUS MODIFICACIONES, LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA Componente/materia Fauna acuática Norma Decreto 430/1992 del Ministerio de Economía. Fomento y Reconstrucción. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N ° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, ley general de pesca y acuicultura. Se dictan las disposiciones referentes a la preservación de los recursos hidrobiológicos, y toda actividad pesquera extractiva, de acuicultura y de investigación se realice en aguas terrestres, playa de mar, aguas interiores, mar territorial o zona económica exclusiva de la República y en las áreas adyacentes a esta última sobre las que exista o pueda llegar a existir jurisdicción nacional de acuerdo con las leyes y tratados internacionales. Otros cuerpos legales Ley N° 18.892/1989 General de Pesca y Acuicultura, y sus modificaciones; Ley N° 19.079 y N° 19.080 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica En el área de desarrollo del Proyecto se contempla la construcción de dos portales sujetos al PAS 156, ubicados en una zona susceptible a inundaciones con un período de retorno de 2 años. Debido a esta condición, la ubicación de los portales está asociada a la prohibición de introducir contaminantes en el medio acuático, para prevenir posibles impactos ambientales.
Durante las fases de construcción y cierre, en sectores inundables donde se ejecutarán labores temporales únicamente para el trazado de la LMT, se implementarán baños químicos y puntos de hidratación para el personal.
En la Fase de Operación, solo se realizarán labores de mantención y roce de la LMT donde se utilizarán los módulos sanitarios del proyecto, los cuales están conectada a una fosa séptica y drenes de infiltración Forma de cumplimiento El Proyecto contará con un cierre perimetral quedando fuera de cualquier cauce artificial como natural y zona de inundación, evitando el depósito accidental de residuos sobre los cauces cercanos. Además, se cuenta con un área para el acopio de residuos no peligrosos y peligrosos.
Sin embargo, se tomarán las siguientes medidas complementarias a lo anteriormente señalado:
Prohibición de depositar residuos en cualquier curso de agua. Señalización de la ubicación del área de residuos por su tipo y de la prohibición de depositar residuos en cursos de agua. El retiro para disposición final en sitios autorizados será de acuerdo a la tasa de generación, evitando siempre que se alcance la capacidad máxima del contenedor y sitio de acumulación.
Durante las fases de construcción y cierre, en sectores inundables donde se ejecutarán labores temporales únicamente para el trazado de la LMT, se implementarán baños químicos y puntos de hidratación para el personal.
En la Fase de Operación, solo se realizarán labores de mantención y roce de la LMT donde se utilizarán los módulos sanitarios del proyecto, los cuales están conectada a una fosa séptica y drenes de infiltracion.
Durante el desarrollo del Proyecto no se introducirán agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos ni se realizarán actividades de introducción, investigación, cultivo o comercialización con organismos genéticamente modificados sin contar con la autorización a que se refiere al artículo 87 bis. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 63 de 103
Indicador que acredita su cumplimiento Informes de seguimiento de la política ambiental del proyecto. Cumplimiento y autorización de PAS 138, 140 y 142 y Registros de retiros de residuos. Registros visuales de obras cercanas al río Lircay. Actas de fiscalización de la SMA. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura durante todas las fases del proyecto.
7.2.12.- Vialidad
7.2.12.1.- Decreto Nº 200/1993 Componente/materia Vialidad y Transporte/Partes, obras, actividades o acciones del Proyecto. Norma Decreto Nº 200/1993 del MOP. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país. El Artículo 1 Establece como pesos máximos permitidos a los vehículos de cualquier tipo para circular por las vías urbanas del país, los fijados en el Artículo 2 del Decreto Supremo N°158, de 1980, del Ministerio de Obras Públicas. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 158/1980 MOP. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases del proyecto. Forma de cumplimiento El titular sólo utilizará vehículos que respeten los máximos pesos permitidos y, en caso de que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma.
El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones de los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de combustión interna. Registro de revisión técnica al día de cada vehículo y maquinaria; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales, especialmente a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y cierre del Proyecto. Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.2.12.2.- Decreto con Fuerza de Ley Nº 850/199 Componente/materia Vialidad y Transporte. Norma Este Decreto con Fuerza de Ley fija un nuevo texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del MOP N°15.840, de 1964, y del DFL N°206 sobre construcción y conservación de caminos. El DFL N°850 de 1997 determina la organización interna del Ministerio, sus funciones y lo faculta para actuar en el ámbito público. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las Fases del Proyecto. Forma de cumplimiento En caso de requerirse el transporte de maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones permitidos, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad, junto con el pago previo de los derechos respectivos.
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El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento Que los contratistas cuenten con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos junto con la revisión de los registros internos de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos.
7.2.12.3.- Decreto Supremo Nº 158/1980 Componente/materia Vialidad y Transporte. Norma Decreto Supremo Nº 158/1980 del Ministerio de Obras Públicas. Establece límite de pesos por eje y límites de peso bruto total. Esta misma norma es aplicable para las vías urbanas, por remisión expresa del DS Nº 200 del MOP, de 1993 que, “Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las Vías Urbanas del País”. Otros cuerpos legales Decreto N° 200/1993 MOP. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases del proyecto. Forma de cumplimiento Para el cumplimiento de los numerales 2) y 4) citados, el Titular sólo utilizará vehículos que respecten los máximos pesos permitidos y, en caso de que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma.
El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento Mantener un registro de las exigencias realizadas a los contratistas, así como copia de los permisos en caso de que sea necesario solicitarlos. Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización.
7.2.13.- Energía
7.2.13.1.- D.F.L. N°4/2007, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de Energía Eléctrica. Componente/materia Energía. Norma D.F.L. N° 4/2007 del Ministerio de Economía Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley n° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de Energía Eléctrica Esta norma señala que es deber del titular mantener las instalaciones en buen estado y en condiciones de evitar peligro para las personas o cosas, de acuerdo a las disposiciones reglamentarias correspondientes. Otros cuerpos legales D.S. N°327/1998 Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos del Ministerio de Minería. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Mantención de las instalaciones del parque. Forma de cumplimiento Las instalaciones eléctricas se ajustarán a las especificaciones técnicas que corresponden a las instalaciones del proyecto, de acuerdo a las normas técnicas. Asimismo, el Titular tramitará los permisos correspondientes para la instalación y operación de la línea de transporte de energía eléctrica, según lo dispone la normativa aplicable.
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Su construcción, operación y mantenimiento será ejecutada por personal calificado y autorizado.
El Titular declarará ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. Además, el Titular hace presente que se encargará de mantener las instalaciones eléctricas del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger en todo momento la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes. Indicador que acredita su cumplimiento Certificaciones de las instalaciones. Registro de aviso a SEC de la puesta en servicio del proyecto. Registro de las medidas implementadas que se relacionan con la seguridad de la línea eléctrica, su mantención y la de su servidumbre. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.2.13.2.- DECRETO SUPREMO N° 327/1997 MINMINERIA. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS Componente/materia Energía. Norma Decreto Supremo n° 327/1997 MINMINERIA. Reglamento de la Ley general de servicios eléctricos. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Instalaciones eléctricas. Forma de cumplimiento El Titular preservará el normal funcionamiento de las instalaciones propias y de terceros y velará por la seguridad de las personas y el medio ambiente, utilizando solo él personal debidamente capacitado. Se comunicará a la SEC 15 días antes de la puesta en servicio de Proyecto. Adicionalmente a lo anterior, se dará pleno cumplimiento a todas las disposiciones del reglamento y que tengan relación con el Proyecto en evaluación, como lo son las gestiones y permisos sectoriales, cumpliendo los requisitos que corresponde en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Certificaciones de las instalaciones. Registro de aviso a SEC de la puesta en servicio del proyecto. Registro de las medidas implementadas que se relacionan con la seguridad de la línea eléctrica, su mantención y la de su servidumbre. Forma de control y seguimiento Registro de las declaraciones de las instalaciones que lo requieran ante Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
7.2.14.- Cambio climático
7.2.14.1.- LEY 21455 Componente/materia Cambio climático Norma LEY 21455/2022 del Ministerio de Medio Ambiente. Ley marco de cambio climático. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Todas las obras del proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto considera el cambio climático en la evaluación ambiental en diversos ámbitos, sin embargo, el más relevante es el Anexo 13, donde se presentan las “Consideraciones del cambio climático” conforme a la Guía metodológica para la consideración del cambio climático en el SEIA (2023). Indicador que acredita su cumplimiento RCA del Proyecto. Forma de control y seguimiento El detalle de los antecedentes se encuentra en el Anexo 13de la DIA
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- Que, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto:
8.1.- Incorporar las consideraciones establecidas en la “Guía de Buenas Prácticas para el Sector Turismo y Construcción”, disponible en https://gefhumedales.mma.gob.cl , del mismo modo incorporar también lo señalado en el documento “Estándares para la protección y evaluación de impactos ambientales en humedales urbanos para obras de infraestructura pública del MOP”. Para lo anterior se deberá tener presente que el énfasis deberá estar en las labores a realizar en las Fases de Construcción y sw Operación de la línea de transmisión que se incluye en el proyecto y que cruza el río Lircay, lo cual alimenta al Humedal Urbano Cajón del Río Claro y Estero Piduco ubicado en la Comuna de Talca, región del Maule, el cual mediante la Resolución Exenta del Ministerio del Medioambiente N°06798/2024 de fecha 28 de noviembre de 2024, “Reconoce, por solicitud municipal, Humedal Urbano Cajón del Río Claro y Estero Piduco”, la que fue publicada en el Diario Oficial el día 10 de diciembre del mismo año.
8.2.- Extender la instalación de dispositivos anticolisión hacia el tramo de la línea de evacuación de energía ubicado en la ribera sur del río Lircay. En adenda, el titular informa la "instalación de dispositivos visualizadores de línea (disuasores aviares) a intervalos de 10 metros en los cables de guardia de la línea de transmisión eléctrica, específicamente en el tramo comprendido entre el poste P1 (punto de salida del proyecto) y el segundo portal ubicado en la ribera sur del río", con el objeto de reducir la probabilidad de colisión para las aves dada su ubicación.
8.3.- El titular, previo a la ejecución de la Fase de Cierre del Proyecto, deberá presentar a la Corporación Nacional Forestal, o al organismo que la suceda, el Plan de Trabajo vinculado a la restauración de la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto o actividad, en el marco de las competencias de dicha institución.
8.4.- El titular, previo a la ejecución de la Fase de Construcción del Proyecto, deberá entregar a la Seremi de Desarrollo Social y Familia de la Región del Maule un documento que contenga el análisis de la información cualitativa de la situación sin proyecto versus la situación con proyecto en sus distintas Fases, con respecto al “reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”
8.5.- El titular, previo a la ejecución de la Fase de Construcción del Proyecto, deberá entregar a CONADI Región del Bio-Bio un Informe que identifique a las seis asociaciones indígenas existentes en la comuna de Talca, georeferenciando estos Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas de modo de localizarlas en relación al proyecto evaluado.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto adquirió los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1.- Compromiso ambiental voluntario: Realizar capacitaciones a los trabajadores para el resguardo de la fauna silvestre y el medio ambiente Impacto asociado Afectación a fauna silvestre dentro del área de influencia. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener informado sobre el cuidado con la fauna silvestre y el medio ambiente al personal encargado de las diferentes actividades.
Descripción: Al comenzar una fase y al ingresar por primera vez al proyecto un nuevo trabajador, se deberá impartir una capacitación a este, de manera que se instruya sobre el resguardo de la fauna y otros aspectos ambientales.
Justificación: Se estima necesario este CAV para prevenir situaciones que puedan afectar a la fauna silvestre identificada en el área de influencia del proyecto durante las campañas de terreno de la línea base de fauna. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 67 de 103
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El lugar en que se llevarán a cabo las capacitaciones corresponderá a las oficinas del proyecto en Instalación de faena o en sala de control permanente que se mantendrá durante la Fase de Operación, pudiendo ser también en otra oficina que disponga el titular.
Forma: previo a las labores principalmente de movimiento de tierra se debe realizar la capacita de fauna previo a las labores.
Oportunidad: Se deberá impartir una capacitación a todos los trabajadores al comenzar una fase del proyecto, así como también cada vez que se ingrese por primera vez al área de emplazamiento o a realizar una actividad asociada al proyecto.
Se estima que durante la Fase de Construcción y Fase de Cierre es suficiente con impartir esta capacitación 1 vez a cada trabajador, mientras que en Fase de Operación se hará una segunda vez a todos los trabajadores a los 15 años de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a la capacitación. Ficha del trabajador donde se exprese que recibió la capacitación. Registro fotográfico de la jornada de capacitación. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros señalados en los indicadores de cumplimiento en las oficinas del proyecto para su revisión durante cualquier fiscalización que la autoridad estime realizar.
9.2.- Compromiso ambiental voluntario: Instalación y mantención de disuasores de vuelo y medidas para prevenir la electrocución de especies. Impacto asociado Afectación a avifauna y quirópteros. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir y minimizar la afectación a avifauna y quirópteros por colisión y electrocución en el tendido eléctrico propuesto.
Descripción: A lo largo de todo el tendido eléctrico se dispondrán ciertos dispositivos y consideraciones para evitar que la avifauna y quirópteros se vean afectados por la presencia de esta nueva línea eléctrica en el sector.
Justificación: Este compromiso se justifica en que durante las campañas de terreno de fauna se avistaron e identificaron un conjunto de especies que pueden verse susceptiblemente afectadas por el levantamiento y construcción de la línea eléctrica de media tensión que evacuará la energía del proyecto fotovoltaico FV Conde. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las medidas descritas se implementarán a lo largo de todo el trazado del tendido eléctrico, teniendo en cuenta las especificaciones correspondientes para maximizar su efecto y funcionamiento. Más específicamente, el trazado de la línea eléctrica es el que se muestra en Plano Anexo 2 de la Adenda.
Forma: Se implementarán artefactos disuasivos de aves, o de anticolisión, los que permitirán a la avifauna visualizar de mejor manera la presencia del cableado y, por tanto, evitarán el impacto que podría causar un incendio. Estas son:
1) Instalación de aisladores poliméricos en cada conductor vivo de la línea, con una longitud mayor de 1m de longitud, conformado por aletas circulares dieléctricas y aletas en estrella con función disuasoria de la posada; o
2) Instalación de forros de silicona para grapas de amarre cuya función será cubrir las rótulas mecánicas y grapas de amarre en cada conductor vivo de la línea. Como medida secundaria, se tendrá en cuenta que la disposición de los conductores sea suspendida bajo la cruceta de los Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 68 de 103
postes, tal como se sugiere en la Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos (SAG, 2015).
Oportunidad: La instalación de estos artefactos y la implementación de las medidas señaladas se llevarán a cabo durante la Fase de Construcción, a medida que se vayan levantando los postes y el cableado correspondiente a la línea eléctrica de media tensión.
Asimismo, durante la Fase de Operación, en las actividades de inspección y mantenciones, se deberá revisar el estado de estas estructuras para asegurar que sigan cumpliendo su función cabalmente. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de los artefactos instalados y las medidas implementadas. Registro de mantenciones y/o cambio de estructuras durante la Fase de Operación del proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros señalados en los indicadores de cumplimiento en las oficinas del proyecto para su revisión durante cualquier fiscalización que la autoridad estime realizar.
9.3.- Compromiso ambiental voluntario: Sistema de registro de reclamos, denuncias y/o sugerencias. Impacto asociado Afectación a medio humano. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disponer de un sistema para canalizar las posibles molestias, reclamos o sugerencias de la comunidad en materia de ruido, emisiones de olores, disposición de residuos entre otros aspectos asociados al proyecto en sus diferentes fases.
Descripción: En las oficinas de instalación de faena, y en sala de control durante la Fase de Operación, se mantendrá un libro de reclamo al cual podrá tener acceso cualquier persona de la comunidad en caso de que lo solicite. Aun si por algún motivo no es posible entregar el libro de reclamo (en horario nocturno, en operación generalmente no habrá personal en el área de emplazamiento trabajando u otro motivo), se indicará un se entregará un contacto para reclamos, denuncias y/o sugerencias, el cual también será informado previo a la Fase de Construcción a la junta de vecinos del sector, el cual se volverá a entregar al inicio de la Fase de Operación y cierre o en caso que se deba actualizar.
Justificación: Se considera necesario implementar este sistema ya que, a pesar que el titular informará a la comunidad oportunamente las fechas de inicio y horarios de trabajo para las diferentes fases, no se puede descartar que surjan ocasiones durante el desarrollo de las actividades contempladas que puedan causar algún inconveniente o molestia en la comunidad aledaña, de manera que con este sistema se podrá formalizar cada una de estas quejas e incluso las sugerencias. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Tal como se ha descrito anteriormente, el libro de reclamo se dispondrá en las oficinas del proyecto y en sala de control durante la operación de este.
Forma: Se dispondrá del libro y se mantendrá activa la atención en el contacto establecido durante todas las fases del proyecto, comenzando desde el momento en que se informe a la comunidad del inicio del proyecto previo a la Fase de Construcción.
Oportunidad: Se realizará en todas las Fases del Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento Registro físico del libro de reclamos en oficinas del proyecto. Registro de reclamos, denuncias y/o sugerencias realizadas mediante el contacto establecido. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros señalados en los indicadores de cumplimiento en las oficinas del proyecto para su revisión durante cualquier fiscalización que la autoridad estime realizar.
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9.4.- Compromiso ambiental voluntario: obtención de áridos y hormigón por empresas autorizados Impacto asociado Afectación a suelo Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la obtención de áridos y hormigón provenientes de pozos o empréstitos no autorizados , durante la Fase de Construcción.
Descripción: Previo a la contratación, se solicitará al proveedor la autorización ambiental y la patente municipal con el objetivo de acreditar la procedencia legal de los áridos y el hormigón. Esta documentación será revisada y verificada, y se mantendrán copias archivadas en la instalación de faena, junto con el registro detallado de la cantidad utilizada.
Justificación: Evitar la obtención de áridos provenientes de pozos o empréstitos no autorizados, los cuales pueden generar impactos ambientales significativo Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las verificaciones y almacenamiento de la documentación relacionada con la autorización ambiental y patente municipal de los proveedores se realizarán y archivarán en las oficinas de la instalación de faena del proyecto.
Forma: Previo a la contratación de cada proveedor, el equipo de gestión ambiental solicitará y revisará la autorización ambiental y patente municipal para asegurarse de que los áridos y concreto provengan de fuentes legales y autorizadas. Se mantendrán copias físicas y digitales de toda la documentación en el archivo de faena, junto con un registro detallado de las cantidades de material utilizado.
Oportunidad: Esta medida se implementará antes de la contratación y compra de áridos y concreto, asegurando que todos los materiales adquiridos y empleados en el proyecto cumplan con los estándares legales y ambientales desde el inicio de las actividades de construcción Indicador que acredite su cumplimiento Documentación completa de la autorización ambiental y patente municipal Registro detallado de la cantidad Listado de proveedores autorizados con sus respectivas acreditaciones. Forma de control y seguimiento El cumplimiento de la procedencia de los áridos es responsabilidad exclusiva del titular del proyecto, por lo que se mantendrá un registro detallado que incluirá, como mínimo, los siguientes parámetros:
Lugar de procedencia de los áridos. Volumen extraído (m³). Permiso correspondiente (oficio, resolución, etc.). Autoridad que otorga el permiso. Volumen autorizado en el lugar de extracción (m³). Fecha de vencimiento del permiso. Datos del transporte (origen, destino, volumen transportado, tipo de transporte, número de viajes).
Esta información será recopilada y notificada a la Superintendencia de Medio Ambiente durante la etapa de construcción del proyecto, asegurando así la trazabilidad y el cumplimiento normativo en el uso de áridos para la ejecución del proyecto.
9.5.- Compromiso ambiental voluntario: Aplicación de Supresor de Polvo Impacto asociado Afectación a Calidad del Aire Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar las emisiones de material particulado generados por el tránsito vehicular por caminos no pavimentados y movimiento de tierra, con el fin de reducir emisiones. En la Fase de Construcción y cierre del proyecto
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Descripción: Antes de iniciar las labores de construcción, se aplicará Bischofita en toda la extensión de los caminos de acceso, que son vías no pavimentadas. Esta medida permitirá controlar la generación de polvo y asegurar condiciones óptimas de tránsito durante la Fase de Construcción y cierre.
Justificación: La aplicación de Bischofita se realiza para minimizar la generación de polvo en los caminos de acceso no pavimentados, evitando así la contaminación y las molestias que este podría causar a las comunidades cercanas. Además, al reducir la dispersión de partículas en el aire, se protegen las especies de flora aledañas al trayecto, evitando que el polvo altere sus funciones biológicas o afecte su desarrollo. Esta medida contribuye a mantener la calidad del aire en el entorno y reducir el impacto ambiental asociado a las actividades de tránsito durante la Fase de Construcción y cierre. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La aplicación se realizará desde el cruce de acceso en la Ruta 5, salida Aeródromo de Panguilemo, hasta el sitio del proyecto, a incluir un tramo de 3 kilómetros de camino no pavimentado.
Forma: La aplicación se realizará desde el cruce de acceso en la Ruta 5, salida Aeródromo de Panguilemo, hasta el sitio del proyecto, a incluir un tramo de 3 kilómetros de camino no pavimentado
Oportunidad: La aplicación de Bischofita en los caminos de acceso representa una oportunidad clave para minimizar los impactos ambientales y sociales asociados al tránsito en caminos no pavimentados. Esta medida permite controlar eficazmente la emisión de polvo, mejorando la calidad del aire en áreas cercanas y reduciendo molestias a las comunidades aledañas. Además, al estabilizar la superficie del camino, se disminuyen los riesgos de erosión y se contribuye a la conservación de la vegetación en los bordes de la ruta, protegiendo así la flora sensible al material particulado. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de la aplicación de bischofita. Registro de mantenciones y/o re-aplicación en la Fase de Construcción o Cierre. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro detallado de la aplicación del supresor Bishofitca, acompañado de las facturas correspondientes al servicio.
9.6.- Compromiso ambiental voluntario Horario de tránsito Impacto asociado Afectación a Medio Humano Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: evitar la movilidad en horarios puntas
Descripción: restringir la movilidad de la ruta de acceso del proyecto
Justificación: no generar molesta con la comunidad aledaña al proyecto Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: restricción vehicular desde el cruce de acceso en la Ruta 5, salida Aeródromo de Panguilemo, hasta el sitio del proyecto, a incluir un tramo de 3 kilómetros de camino no pavimentado.
Forma: se realizarán capacitaciones y solicitudes a los proveedores para el horario de recepción de materiales.
Oportunidad: Se mantendrán las medidas durante todas las Fases del Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento Charla de cumplimiento de las buenas prácticas vehiculares. Copia de las facturas con horario de recepción del insumos Forma de control y seguimiento Copia de las capacitaciones.
9.7.- Compromiso ambiental voluntario Charlas arqueológicas y paleontológica Impacto asociado Afectación al Patrimonio Cultural Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Este compromiso tiene como objetivo implementar capacitaciones sobre patrimonio cultural para todos los trabajadores involucrados en el proyecto, enfocados en sensibilizar y educar sobre la importancia de preservar el patrimonio cultural en el entorno del área de trabajo. Las charlas de Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 71 de 103
inducción proporcionarán información sobre las características del patrimonio circundante y las prácticas adecuadas para evitar su afectación durante el desarrollo de las obras.
Descripción: En la Fase de Construcción del Proyecto, se encargará de realizar charlas de inducción a trabajadores/as del Proyecto en torno al patrimonio arqueológico característico de la zona.
Justificación: implementación de charlas de inducción arqueológicas a todo personal encargado de la construcción del Proyecto. Todo para velar por la no afectación al patrimonio cultural y dar cumplimiento a la Ley N°17.288 Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: restricción vehicular desde el cruce de acceso en la Ruta 5, salida Aeródromo de Panguilemo, hasta el sitio del proyecto, a incluir un tramo de 3 kilómetros de camino no pavimentado.
Forma: se realizarán capacitaciones y solicitudes a los proveedores para el horario de recepción de materiales.
Oportunidad: La aplicación de Bischofita en los caminos de acceso representa una oportunidad clave para minimizar los impactos ambientales y sociales asociados al tránsito en caminos no pavimentados. Esta medida permite controlar eficazmente la emisión de polvo, mejorando la calidad del aire en áreas cercanas y reduciendo molestias a las comunidades aledañas. Además, al estabilizar la superficie del camino, se disminuyen los riesgos de erosión y se contribuye a la conservación de la vegetación en los bordes de la ruta, protegiendo así la flora sensible al material particulado. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a la capacitación. Ficha del trabajador donde se exprese que recibió la capacitación. Registro fotográfico de la jornada de capacitación. Forma de control y seguimiento Copia de las capacitaciones.
9.8.- Compromiso ambiental voluntario: Charlas fauna y flora Impacto Afectación a Flora y Fauna Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar conciencia sobre la protección de la fauna silvestre y flora y vegetación. Descripción: Se capacitará al personal de planta y contratistas involucrados en las distintas fases del Proyecto, sobre prohibición de cazar y domesticación de fauna nativa, protección y conservación de la fauna silvestre que habita en la zona y sobre las precauciones que se deberán considerar para evitar atropellos. Adicionalmente, se informará sobre los procesos de clasificación de especies y relevancia de preservación de la biodiversidad. Justificación: Crear conciencia en el personal para disminuir la probabilidad desafectación al componente fauna, flora y vegetación Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al interior de las instalaciones del Proyecto Forma: Las inducciones al personal se realizarán en cuanto ingresen los trabajadores a las instalaciones y se realizarán cada vez que exista un nuevo ingreso. Se tendrá un registro de inducción en el cual se identifique el nombre del trabajador con la finalidad de llevar el control de quienes cuentan con estas. Oportunidad: Las instrucciones se realizarán para todas las fases del Proyecto, y será realizada cada vez que se gestione el ingreso de un nuevo trabajador. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a la capacitación. Ficha del trabajador donde se exprese que recibió la capacitación. Registro fotográfico de la jornada de capacitación. Forma de control y seguimiento Copia de las capacitaciones.
9.9.- Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Paleontológico y Charlas de Inducción Paleontológicas a Trabajadores Impacto asociado Afectación al Patrimonio Cultural Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 72 de 103
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar un monitoreo paleontológico permanente durante la totalidad de las obras del proyecto que involucren alteración sub-superficial del terreno, con el propósito de prevenir posibles afectaciones al patrimonio paleontológico. Además, se realizarán charlas de inducción dirigidas a los/as trabajadores/as, con el fin de informar sobre la relevancia de la paleontología en la zona y las acciones a seguir en caso de hallazgos fortuitos. Descripción: Durante la Fase de Construcción, se implementará un monitoreo paleontológico permanente a cargo de un profesional con la formación y experiencia acorde a los criterios establecidos por el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), según la Res. Ex. N° 650 de 2022. Dicho monitoreo se llevará a cabo en todos los frentes de trabajo donde se realicen actividades que impliquen remoción de la superficie o excavación sub-superficial. Asimismo, se impartirán charlas de inducción paleontológica dirigidas a todo el personal de construcción, abordando la importancia del componente paleontológico, los procedimientos en caso de hallazgos y la normativa aplicable.
Justificación: De acuerdo con el Informe de Caracterización Paleontológica, se realizó un recorrido pedestre y una inspección visual en la mayor parte de la superficie del proyecto. Los resultados indican que el área de influencia se encuentra en predios agrícolas, con vegetación de baja a media altura y sin hallazgos paleontológicos visibles en la superficie inspeccionada. No obstante, considerando que las obras incluyen excavaciones y movimientos de tierra, se ha determinado la necesidad de implementar un monitoreo paleontológico permanente en las zonas de intervención del terreno. Complementariamente, las charlas de inducción permitirán sensibilizar y capacitar al personal sobre la importancia de la paleontología y los procedimientos a seguir en caso de eventuales hallazgos, contribuyendo así al cumplimiento de la normativa vigente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Frentes de trabajo donde se realicen las obras de limpieza y escarpe del terreno, y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del Proyecto. Las charlas de inducción serán realizadas en la sala multiuso del Proyecto, ubicada en la instalación de faena 1, previo al inicio de las obras y cada vez que se incorpore nuevo personal. Forma: En la Fase de Construcción del Proyecto, se implementará un monitoreo paleontológico permanente y charlas de inducción paleontológicas, por un/a profesional paleontólogo/a, cuya información curricular sea acorde con la Res. Ex. N° 650 de 2022 del CMN, por cada frente de trabajo, donde se lleven a cabo las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del Proyecto. Los resultados del monitoreo serán enviados mensualmente a la Autoridad en un reporte elaborado por el paleontólogo/a, al finalizar la etapa de excavaciones, escarpes y movimientos de tierra, incluyendo los siguientes puntos: a) Nombre y firma del/de la profesional que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción realizada. c) Copia del material gráfico presentado a los/as asistentes d) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. e) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los/as asistentes. f) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá estar firmada por cada uno/a de los/as trabajadores/as. Oportunidad: Este compromiso se llevará a cabo en la Fase de Construcción, de manera quincenal en el caso del monitoreo paleontológico, al inicio de las obras, en todas las áreas del Proyecto donde se realicen actividades de limpieza, escarpe o cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub- superficial, y cada vez que se incorpore nuevo personal. Indicador que acredite su cumplimiento Comprobantes de recepción y/o envío del informe del monitoreo arqueológico. Forma de control y seguimiento Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un reporte mensual de monitoreo elaborado por el/la paleontólogo/a al finalizar la etapa de excavaciones, escarpes y movimientos de tierra.
9.10.- Compromiso ambiental voluntario: Custodia y Acopio de Residuos Forestales Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 73 de 103
Impacto asociado Gestión adecuada de los residuos forestales generados por la intervención de vegetación para la construcción del proyecto, asegurando su custodia, acopio y secado con el fin de prevenir la circulación de leña verde y cumplir con los estándares de los Planes de Descontaminación Atmosférica (PDA) vigentes en la Región del Maule. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y custodia post-construcción (2 años). Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar una cadena de custodia para los residuos forestales generados durante la construcción del proyecto, asegurando que su almacenamiento y secado cumplan con los requisitos establecidos en los Planes de Descontaminación Atmosférica (PDA) de la Región del Maule, con el propósito de evitar la comercialización y circulación de leña verde, reduciendo su impacto en la calidad del aire.
Descripción: El material forestal proveniente de la intervención de vegetación para la construcción de las distintas partes y obras del proyecto será acopiado en el área designada C-1, dentro del predio del proyecto, por un período de dos años para garantizar su secado y estabilización antes de su eventual uso o disposición final.
Las medidas a implementar incluyen:
Definición de un área exclusiva (C-1) para el acopio de los residuos forestales, asegurando su correcta segregación y almacenamiento. Monitoreo del proceso de secado de la leña, evitando la generación de emisiones contaminantes por su uso prematuro. Resguardo y control de acceso al área de acopio, previniendo el retiro o uso inadecuado del material durante el período de custodia. Registro de volumen de residuos almacenados, asegurando la trazabilidad de la leña generada y almacenada. Entrega de informes periódicos a la autoridad ambiental con el estado de la custodia y las condiciones de los residuos forestales.
Justificación: La implementación de este compromiso responde a la necesidad de prevenir la comercialización y uso inadecuado de leña verde, contribuyendo a la reducción de emisiones contaminantes en la Región del Maule, en cumplimiento con los objetivos del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA).
Además, la custodia de los residuos forestales en el área C-1 garantiza que la leña pueda ser aprovechada de manera sostenible tras un período de secado mínimo de dos años, minimizando su impacto en la calidad del aire y asegurando una gestión ambientalmente responsable de los residuos generados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área C-1, predio del proyecto, destinada al acopio y custodia de los residuos forestales generados por la intervención de vegetación. La ubicación del área de acopio ha sido definida estratégicamente para evitar interferencias con otras actividades del proyecto y garantizar condiciones adecuadas para el secado del material.
Forma:
Custodia y almacenamiento de los residuos forestales en pilas organizadas dentro del área C-1, permitiendo su adecuada ventilación y proceso de secado. Instalación de señalización y control de acceso, asegurando que la leña almacenada no sea retirada antes del tiempo establecido. Monitoreo periódico del estado del material y medición de humedad para verificar el progreso del secado. Registro documental del volumen y estado de la leña almacenada, incluyendo reportes trimestrales sobre la evolución del secado y su futura utilización. Coordinación con la autoridad ambiental para informar el cumplimiento del compromiso y garantizar la adecuada gestión del material almacenado.
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Oportunidad:
Durante la Fase de Construcción, se implementará el acopio y segregación del material forestal dentro del área C-1. Durante un período de dos años posterior a la construcción, se asegurará la custodia y secado del material en el área establecida, con reportes de seguimiento a la autoridad competente. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de volumen de residuos forestales generados, incluyendo cantidad, fecha de acopio y ubicación dentro del área C-1. Reportes de monitoreo trimestrales, con evidencias fotográficas del estado del secado y mediciones de humedad del material almacenado. Entrega de informes de cumplimiento a la autoridad ambiental, detallando el estado de la cadena de custodia y el destino final del material forestal. Forma de control y seguimiento Monitoreo periódico del estado del material, con mediciones de humedad para verificar el cumplimiento del período de secado. Control de acceso y seguridad en el área de custodia, asegurando que el material no sea retirado antes del tiempo estipulado. Informes trimestrales enviados a la autoridad ambiental, incluyendo registros documentados del acopio, evolución del secado y medidas implementadas. Supervisión final al término del período de custodia, verificando que la leña almacenada cumple con las condiciones adecuadas para su uso sostenible.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes
10.1.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de sismo Riesgo o contingencia Sismo Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las instalaciones del Proyecto se diseñarán según las normas y/o estándares nacionales e internacionales para la resistencia sísmica.
Establecimiento de zonas de seguridad, las que se mantendrán demarcadas y libres de obstáculos, considerando ubicar estas en niveles superiores a los sectores de acumulación de agua,
Se deberán mantener las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una rápida evacuación.
Se realizarán charlas de capacitación al personal asociado al Proyecto, sobre los riesgos naturales del área de influencia y sobre los procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia por eventos naturales como, por ejemplo: Protocolo de evacuación a la(s) zona(s) de seguridad del Proyecto y la entrega de datos de contacto e información ante emergencia por eventos naturales.
Se debe disponer de los medios y recursos necesarios para la implementación del presente Plan, tanto materiales, técnicos y humanos.
Se realizarán simulacros de emergencia y se evaluará la respuesta del personal.
Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.).
Se deberá mantener planos de emergencias en las diferentes áreas de la instalación, en los cuales se identificará las vías de escape, zonas de seguridad y los equipos de extinción Forma de control y seguimiento Existirá registro documentado de todos los procedimientos de simulacros y de instrucciones y capacitaciones realizadas, el cual estará disponible en las instalaciones correspondientes acorde a la fase del Proyecto. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 75 de 103
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se realizará comunicación de emergencia vía radial para que el personal se mantenga en su posición e inmediatamente termine el sismo se traslade a los puntos de encuentro de emergencias para recibir instrucciones.
Se deberá reunir el comité de control de riesgos, para evaluar ocurrencia de daños, sucesos u otra emergencia que haya ocurrido a consecuencia del sismo o terremoto. Dependiendo del tipo de emergencia se deberá actuar de acuerdo a lo indicado en la tabla correspondiente.
El comité de control de riesgos deberá reunir toda la información referente a recomendaciones emanadas desde las autoridades, tales como: Onemi, Municipalidades, Bomberos, entre otros para considerarla dentro de la toma de decisiones en cuanto a evacuación total de la planta se refiere.
Posterior al sismo se verificará que la cantidad total de personas que participen del Proyecto, se encuentren a salvo; para lo cual tendrán que mantener diariamente un registro de ingresos y salidas de personas.
En cuanto a las acciones del personal se recomienda:
No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esto constituye un riesgo. Si está en terreno alejarse de cables eléctricos, maquinarias, estructuras o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. Si está dentro de oficinas buscar refugio al interior bajo escritorios, umbrales de puertas, etc.; pero siempre alejándose de ventanas. No encender fósforos u objetos inflamables en el interior de las oficinas, comedores u otros similares. Si es necesario evacuar oficinas y terreno, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones.
El comité de control de riesgos deberá tener una reunión post emergencia para analizar sucesos, respuestas y coordinaciones. Evaluando oportunidades de mejora y/o deficiencias que se hayan detectado.
Antes de retomar la operación normal, se deberá efectuar una revisión completa estructural de instalaciones y planta según corresponda. Procediendo a reparar todos los elementos dañados y estableciendo condiciones seguras para el retorno de personal.
Posteriormente levantaran un acta con oportunidades de mejora, tiempos de respuestas y responsables. Para posteriormente evaluar las medidas implementadas en los plazos comprometidos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.2.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de condiciones climáticas extremas Riesgo o contingencia Condiciones climáticas extremas Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el emplazamiento del Proyecto incluido sus partes y obras asociadas Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 76 de 103
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica y eléctrica. Todos los cálculos y diseños estructurales deberán considerar las condiciones climáticas de la zona y resistencias requeridas.
Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad. De igual forma se debe contar con un sistema de información fiable para advertir proyecciones climáticas que puedan tener repercusión en la planificación y desarrollo de trabajos en terreno.
Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad.
Se realizarán simulacros que involucren las condiciones climáticas extremas en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año.
Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.).
No se ubicará las instalaciones en zonas expuestas a deslizamientos de tierra.
No se trabajará durante condiciones de mal tiempo extremas, sean vientos fuertes, tormentas y/o lluvias demasiado intensas.
Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área, durante las fases de construcción y cierre, mientras que, en la Fase de Operación, se realizará en caso de falla de la planta solar.
Todas las extensiones y herramientas eléctricas no podrán utilizarse en caso de lluvias o condiciones de humedad excesiva. Forma de control y seguimiento El indicador de cumplimiento se realizará mediante el informe del prevencionista de riesgo que indique que la ubicación de las instalaciones de faenas es segura y no presenta riesgo de deslizamiento de tierras cercanas.
Reporte de suspensión de actividades durante condiciones de mal tiempo extrema, ya sean de viento y/o lluvia.
Nómina de trabajadores capacitados, el temario de la capacitación, la firma del profesional que dictará el curso. Posteriormente, a los 3 meses, la nómina de los trabajadores que hayan realizado el repaso o nuevas personas capacitadas.
Firma de los trabajadores que hayan recibido la capacitación sobre las zonas seguras y el plan de evacuación. Además, se realizará un ensayo del plan de evacuación y reconocimiento de zona segura Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se realizará planificación de tareas según las condiciones lo permitan o se detendrán los trabajos, postergando su reanudación hasta que las condiciones mejoren. Siempre teniendo como pilar fundamental el cuidado e integridad del personal.
Se deberá reunir el Comité Operativo de Emergencia, para evaluar ocurrencia de daños, sucesos u otra emergencia que haya ocurrido a consecuencia de las condiciones climáticas extremas. Dependiendo del tipo de emergencia se actuará de acuerdo a las indicaciones de la tabla específica.
El comité de control de riesgos deberá reunir toda la información referente a recomendaciones emanadas desde las autoridades, tales como: Onemi, Municipalidades, Bomberos, entre otros para considerarla dentro de la toma de decisiones.
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El comité de control de riesgos deberá tener una reunión post emergencia para analizar sucesos, respuestas y coordinaciones. Evaluando oportunidades de mejora y/o deficiencias que se hayan detectado.
Inmediatamente de concluido el evento climático, se procederá a realizar una inspección de los posibles daños y/o condiciones anormales que pueden repercutir en la seguridad del personal. Retomando las operaciones de forma normal cuando hayan sido subsanadas.
Posteriormente levantaran un acta con oportunidades de mejora, que incluirá responsables y plazos para su implementación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.3.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de acumulación de aguas lluvias. Riesgo o contingencia Acumulación de aguas lluvias Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el emplazamiento del Proyecto incluido sus partes y obras asociadas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica y eléctrica.
La planta tendrá un plan de manejo de aguas lluvias para evitar que la acumulación de aguas pueda generar inconvenientes en el funcionamiento y/u operación.
El personal deberá contar con la correspondiente capacitación documentada, frente a este tipo de condiciones, que pueden afectar la seguridad en el desarrollo de los trabajos. Forma de control y seguimiento Existirá registro documentado de todos los procedimientos de simulacros y de instrucciones realizadas el cual estará disponible en las instalaciones correspondientes acorde a la fase del Proyecto Se registrará la ocurrencia de eventos climáticos. Se mantendrá registros de reuniones llevadas a cabo por el comité de control de riesgos. Se mantendrán registros de inspección de los frentes de trabajo con respaldo fotográfico. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Los riesgos propios de acumulación de aguas lluvias tienen directa relación con la generación de accidentes laborales, por lo que al ocurrir deberán manejarse de la forma indicada a continuación:
Se prohibirá realizar todo trabajo que involucre utilización de herramientas eléctricas, cuando estén presentes pozas o acumulación de aguas lluvias en el frente de trabajo. Personal deberá equiparse con los implementos de protección personal necesarios tales como trajes de agua y botas para realizar actividades en terreno, sean estas de construcción, inspección, reparación y/o mantención, según la etapa en que se encuentre la planta. Personal del área de Prevención de Riesgos deberá verificar los frentes de trabajo y plataformas. Realizando para esto un informe con oportunidades de mejora frente a la ocurrencia de estos sucesos. Dicho informe deberá ser presentado en una reunión al comité de control de riesgos para análisis e implementación de mejoras para sucesos futuros. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
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Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.4.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de derrame de sustancias peligrosas en áreas de trabajo durante su almacenamiento y transporte. Riesgo o contingencia Derrame de sustancias peligrosas en áreas de trabajo durante su almacenamiento y transporte Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, operación y cierre del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte y almacenamiento temporal de sustancias peligrosas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Los residuos serán clasificados según su tipología.
Las sustancias peligrosas serán marcadas con los distintivos especificados en la NCh N°2190 y transportadas por empresas que se cumplan lo establecido en el D.S. 298 Reglamento transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.
El transportista de las sustancias peligrosas deberá contar con licencia de conducir adecuada, contando además con la capacitación necesaria para saber cómo actuar ante un posible derrame.
El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso.
Se contará con un extintor clase A en un lugar cercano y sin obstáculos.
Se contará con un plan de manejo de residuos que incluirá los residuos peligrosos, no peligrosos y asimilables a domiciliarios.
El suministro de combustibles se realizará fuera de las instalaciones del proyecto.
En un caso de emergencia, se dispondrá de una zona escogida para suministrar combustible, la cual se preparará con material impermeabilizante de polietileno junto con una capa de 10 cm de arena, la que actuará como medio de contención de derrames y señalizada con letrero de “No fumar” y señalética asociada a una distancia de 5 m al menos.
Se contarán con las Hojas de Seguridad respectivas de cada sustancia que ingrese al proyecto, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.
Las estaciones de emergencia presentes en los lugares de trabajo deberán contar con elementos para la contención de derrames tales como: palas, paños, polietileno, tambores vacíos para recolección de arenas contaminadas.
Todo equipo estacionario tal como generadores, compresores, torres de iluminación y similares tendrán en su base un pretil para control de derrames.
Toda maquinaria o vehículo que ingrese a la instalación deberá ser previamente revisada verificando que se encuentra en buen estado de operación.
Todo vehículo y maquinaria que presente desperfectos será inmediatamente detenido y solicitada su reparación correspondiente.
Todo derrame será informado y controlado debidamente siguiendo los canales de comunicación definidos: Información directa al supervisor del frente de trabajo, quien deberá comunicar en forma inmediata al Jefe de Terreno y Prevención de Riesgos para activación del equipo de primera intervención. Forma de control y seguimiento Registro de las autorizaciones de los camiones surtidores de combustible. Registro de asistencia a capacitaciones. Registro hojas de datos de seguridad. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 79 de 103
Registro de las sustancias que se encuentran almacenadas y cuáles han sido utilizadas. Registro de comunicaciones remitidas a las autoridades correspondientes. Se solicitarán las autorizaciones sanitarias de la empresa encargada de suministrar con sustancias peligrosas al Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Determinar la extensión del derrame, asi como posibles recursos naturales y bienes muebles e inmuebles posiblemente afectados.
Identificar y detallar las medidas que se aplicarán para minimizar el impacto Ambiental y la restauración del medio.
Establecer los equipos a emplear, personal requerido, métodos y el área que se restaurará.
Según corresponda se contratarán los servicios profesionales de una empresa especialista en este tipo de derrames, para asegurar el restablecimiento del área afectada, esto se realizará en forma inmediata al término de la emergencia, de forma de establecer un cronograma de restauración.
Elaborar un programa de seguimiento o monitoreo post derrame deberá llevar un registro mediante fotografías el área afectada posterior al derrame, identificando las áreas contaminadas y áreas limpias.
Se tomarán muestras de la zona afectada (posterior a la realización de gestiones de limpieza) y en una estación de control en ordena a verificar la efectividad de las gestiones y medidas aplicadas, los análisis de realizarán en laboratorios certificados por el INN, el muestro debe realizarse de acuerdo a NCH 3400/1 (calidad de suelos: diseño de programas de muestreo) y NCH 3400/2 (calidad de suelos: directrices sobre técnicas de muestreo) ambas del año 2016.
Se enviarán copias de los resultados a la SMA
El encargado ambiental deberá realizar una instrucción de lecciones aprendida a todo el personal participante del proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA y Dirección de Vialidad respectiva Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.5.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso explosiones. Riesgo o contingencia Explosiones Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Fase de Cierre del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones de faena y frentes de trabajo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Todos los cilindros de gases presentes en la instalación deben ser protegidos de las condiciones ambientales desfavorables.
Las bodegas de almacenamiento de residuos peligrosos contarán con ventilación adecuada para evitar acumulación de gases en su interior.
En todo el radio de manejo de combustibles estará prohibido fumar o realizar trabajos en caliente. En caso de trabajos en las cercanías que necesariamente deban ejecutarse se deberá cubrir todos los envases, cilindros o cualquier almacenamiento provisorio de combustible con mantas ignifugas y disponer de los medios necesarios para control de incendios.
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Todo el personal participante de estas actividades estará informado sobre los riesgos específicos de sus tareas relacionadas a combustibles y gases presurizados.
El equipo de primera intervención deberá estará instruido en el proceder frente a este tipo de emergencias y participar en simulacros, con cursos aprobados de uso y manejo de extintores portátiles y primeros auxilios. Forma de control y seguimiento Se implementará registro de las instrucciones entregadas al personal. Registros de inspección de instalaciones y bodegas con respaldo fotográfico. Autorizaciones sanitarias de bodegas. Registro hojas de seguridad. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia La alarma de emergencia deberá ser comunicada mediante vía radial y toque de bocinas presentes en las estaciones de emergencia.
Todo el personal deberá dirigirse a los puntos de encuentro de emergencias para recibir las instrucciones correspondientes.
El equipo de primera intervención evaluará personal lesionado y entregará primeros auxilios. A la espera de servicios externos como SAMU y Mutualidad.
Si hay focos de amagos de incendio, el personal utilizará extintores de incendios como primera intervención, mientras en simultáneo se solicita apoyo de compañía de bomberos.
Se debe constituir el comité de control de riesgos en forma inmediata, coordinando todos los servicios de urgencias necesarios y planificando su ingreso expedito al área afectada.
El comité de control de riesgos deberá reunirse y analizar las causas del suceso ocurrido, estableciendo acciones de mejora, responsables y plazos para su implementación.
Una vez superada la emergencia, el titular del proyecto deberá garantizar que se han retomado las condiciones de seguridad para el personal antes de retomar cualquier actividad.
El encargado ambiental y Prevención de Riesgos de la planta deberá instruir al personal sobre las causas de ocurrencia del evento y medidas implementadas por la empresa para mejorar. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.6.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de volcamiento de maquinarias y vehículos. Riesgo o contingencia Volcamiento de maquinarias y vehículos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de influencia del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Los terrenos donde transiten maquinarias y vehículos deben ser estables, compactos y debidamente nivelados. Los caminos interiores deberán considerar en su diseño, ancho, estabilidad del suelo en relación al peso de equipos y maquinarias y plan de control de aguas lluvias para evitar su acumulación en exceso en los frentes de trabajo y vías de circulación. Los Supervisores de terreno deberán inspeccionar los frentes de trabajo y firmar un acta de recepción conforme del área para ingresar equipos y maquinarias. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 81 de 103
El equipo de primera intervención deberá estar instruido en primeros auxilios, uso y manejo de extintores y control de derrames de sustancias peligrosas. Todo el personal deberá participar en simulacros sobre estos sucesos al menos una vez al año. Todas las maquinarias antes de su ingreso a la planta deberán ser inspeccionadas por un responsable competente que acredite su aptitud para la operación. Todos los operadores deberán tener licencias de conducir adecuadas en clase al equipo o maquinaria que deban operar o conducir. Forma de control y seguimiento Se realizará revisión de cada maquinaria y equipo que ingrese a la planta el cual quedará documentado para respaldo. Existirá un registro de ingreso y salida de maquinarias y equipos. Se llevará un registro de las mantenciones recibidas por cada una de las maquinarias y equipos presentes. Registros de actas de recepción de terreno. Registros de inspección de frentes de trabajo y caminos interiores con respaldo fotográfico. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El comité de control de riesgos inmediatamente de detectada la emergencia coordinará la asistencia del equipo de primera intervención y solicitará apoyo de servicios de emergencias externas. Frente a la ocurrencia de estos sucesos, está estrictamente prohibido retirar a un operador o conductor lesionado, salvo que esté en riesgo su vida por posibilidad de incendios, explosiones u otra emergencia de mayor envergadura. El equipo de primera intervención deberá acudir al lugar de la emergencia y realizar el control momentáneo hasta la llegada de los servicios de emergencia especializados (bomberos, carabineros, SAMU, Mutualidad, según corresponda. El equipo de primera intervención controlará los derrames, mantendrá al operador consciente y evitando movimientos que puedan generar una mayor gravedad de las lesiones. En el caso en que esté en riesgo la vida del operador, será el equipo de primera intervención quien realice el retiro cuando las condiciones lo permitan, alejando al operador de la maquinaria o vehículo, llevándolo a una zona segura y brindando los primeros auxilios hasta la llegada de los servicios de emergencia. Una vez superada la emergencia el departamento de prevención de riesgos y comité paritario de faena (si existe) procederá a realizar la investigación del incidente, elaborando un informe sobre las causas principales, consecuencias y medidas de mejora requeridas. Dentro de 24 horas como máximo se procederá a realizar una reunión con el comité de control de riesgos para definir las mejoras, tiempos y responsables para su implementación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.7.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de Accidentes vehiculares, atropellos, colisión y similares. Riesgo o contingencia Accidentes vehiculares, atropellos, colisión y similares Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte de materiales, maquinarias y personal desde y hacia instalaciones de planta. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Todo conductor deberá poseer licencia vigente en clase adecuada al vehículo que debe conducir. Todos los vehículos deben tener su documentación legal vigente. Todos los vehículos que ingresen a la planta deben contar con un plan de mantenimiento. Los vehículos y maquinaria serán inspeccionados al ingreso a planta, será requisito de acreditación. Esta revisión se efectuará por personal competente y se repetirá el mismo procedimiento una vez al mes. De igual forma a diario el usuario deberá aplicar listas de inspección a su vehículo a cargo y reportar a su jefatura cualquier anomalía, daño o desperfecto de este. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 82 de 103
Todos los conductores participaran de un curso de conducción defensiva, siendo requisito de acreditación tenerlo aprobado. Este curso podrá canalizarse con su respectivo organismo administrador ley 16.744. Los conductores deberán poseer condiciones físicas y psicológicas aptas para desempeñar este tipo de funciones, las cuales deberán ser evaluadas mediante exámenes con sus respectivos organismos administradores de la ley 16.744. Todo conductor deberá estar capacitado en el presente plan y en específico respecto a su forma de actuar frente a una emergencia de accidentes viales. Los conductores deberán participar y aprobar un curso básico de primeros auxilios. Todos los vehículos deberán contar con; balizas, triángulos, conos, chalecos reflectantes, botiquín de primeros auxilios, extintor de PQS 1 kg y directorio telefónico con números de emergencias. Forma de control y seguimiento Se realizará revisión periódica de vehículos quedando registro documentado y respaldo fotográfico. Se verificará que cada vehículo cuente con los insumos necesarios para enfrentar las emergencias. Se llevará una bitácora de las mantenciones realizadas a los vehículos y maquinarias. Cada maquinaria y vehículo deberá presentar en obra sus pautas de mantenimiento recomendadas por el fabricante. Existirá un registro de ingreso y salida de vehículos desde la planta. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de atropellos: Conductor debe encender las luces de emergencia del vehículo y asegurar el área. Colocarse el chaleco reflectante del vehículo. Realizar atención de primeros auxilios y solicitar apoyo de servicios de emergencias externos (Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133). Conductor deberá comunicar de forma clara y precisa: su nombre, ubicación, dirección, punto referencia, información sobre personas lesionadas (cantidad y tipo de lesiones). El conductor deberá prestar primeros auxilios hasta la llegada de personal especializado, al cual deberá entregar todos antecedentes de lo ocurrido. El conductor informará la situación ocurrida a su jefatura directa y al Jefe de Prevención de Riesgos del proyecto.
En caso de colisión: Conductor debe encender las luces de emergencia del vehículo y asegurar el área con conos y triángulos. (siempre y cuando no haya daño al conductor) Si hay ocupantes sin lesiones deben colocarse el chaleco reflectante del vehículo para descender y asumir ellos la respuesta de emergencias. Realizar revisión de sus pasajeros y terceros involucrados prestando atención de primeros auxilios y solicitar apoyo de servicios de emergencias externos (Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133)). De igual forma deberá dar aviso a Jefe de Prevención de Riesgos del Proyecto y Supervisor directo para activar el protocolo de emergencia. Coordinador de emergencias deberá reunir al comité de control de riesgos para planificar asistencia de un equipo de primera intervención, si es necesario y por cercanía a la planta, considerando que ellos podrán llegar antes y/o prestar apoyo previo a la llegada de los servicios de emergencias externos. El comité de control de riesgos deberá realizar las coordinaciones necesarias, para que la Mutualidad una vez brindado los primeros auxilios por parte de SAMU, retire a los trabajadores y los traslade a su centro de atención, para activación de las prestaciones del seguro ley 16.744. El comité de control de riesgos deberá realizar una investigación y análisis de las causas del accidente, en conjunto con Prevención de Riesgos del Proyecto y Comité Paritario de faena. Todas las medidas correctivas producto del accidente deben ser difundidas junto con las lecciones aprendidas para evitar la repetición de sucesos similares. Analizar la efectividad de las medidas implementadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de No aplica. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 83 de 103
evaluación que contenga la descripción detallada
10.8.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso accidentes laborales leves, graves y fatales ocurridos a trabajadores dentro de la planta Riesgo o contingencia Accidentes laborales leves, graves y fatales ocurridos a trabajadores dentro de la planta Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades de construcción, mantenimiento, operación y cierre de la planta. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Todo el personal deberá estar capacitado respecto a los riesgos, métodos de trabajo correctos y medidas preventivas específicas para el desarrollo de su cargo. Todo el personal deberá estar instruido sobre la forma correcta de actuación frente a estos sucesos, participando al menos una vez al año de simulacros. Se mantendrá operativo durante toda la Fase de Construcción y cierre de un equipo de primera intervención el cual estará debidamente capacitado sobre la atención de primeros auxilios a personal lesionado. Las estaciones de emergencia de los frentes de trabajo deberán estar implementadas con los elementos descritos para brindar primeros auxilios, inmovilización y rescate. Cada trabajo que se realice estará regido por un procedimiento de trabajo seguro, instructivo, análisis seguro de trabajo, guía o manual sobre el cual los trabajadores participantes deberán encontrarse capacitados. Se garantizará que en la realización de trabajos críticos tales como: trabajos energizados, espacios confinados, operación de maquinaria, trabajos en altura y similares, los trabajadores tengan aprobados exámenes médicos realizados por su mutual que califiquen su aptitud para desarrollar dichos trabajos. El Supervisor deberá aplicar inspecciones y observaciones documentadas recurrentes en los frentes de trabajo, con el fin de poder controlar eficazmente los riesgos, tomar medidas de mejora e instruir al personal cuando sea requerido. Participación del comité de control de riesgos, Prevención de Riesgos y Comité paritario en las medidas que permitan mejorar las condiciones, capacitaciones e implementación de los trabajadores para el desarrollo de un trabajo bajo los estándares de seguridad requeridos. Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de todos los incidentes ocurridos al interior de la planta. Respaldos de comunicaciones con autoridades competentes. Registros de capacitación del personal referente a los temas descritos. Registros de inducción, obligaciones de informar, capacitaciones. Procedimientos, instructivos, manuales y/u otros con sus respectivos registros de toma de conocimiento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Quien detecta o presencia la ocurrencia del accidente deberá informar en forma inmediata al supervisor del área involucrada, quien a su vez comunicará a Prevención de Riesgos del proyecto para la activación del protocolo de emergencia. El área de prevención de riesgos conformará el comité de control de riesgos para atención de la emergencia, estando a la cabeza de la toma de decisiones. El equipo de primera intervención por instrucción del comité de control de riesgos deberá acudir al área donde ocurrió el accidente laboral para prestar apoyo en maniobras de primeros auxilios, rescate y control de otras emergencias. Según la gravedad de los accidentes deberá actuarse siguiendo los siguientes lineamientos: Accidente leve Equipo de primera intervención acude al área. Equipo de primera intervención presta los primeros auxilios, inmoviliza a trabajadores y dependiendo la gravedad de las lesiones transporta o solicita apoyo de servicios especializados de emergencias externos. Accidentes Graves y fatales Todo accidente laboral se considera grave cuando ocurre bajo las siguientes características: - Provoque en forma inmediata (en el lugar del accidente) la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo. Se incluyen aquellos casos que produzcan, además, la pérdida de un ojo; la pérdida total o parcial del pabellón auricular; la pérdida de parte de la nariz sin compromiso óseo y con Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 84 de 103
compromiso óseo; la pérdida de cuero cabelludo y el desforramiento de dedos o extremidades, con y sin compromiso óseo. - Obligue a realizar maniobras de reanimación: conjunto de acciones encaminadas a revertir un paro cardiorespiratorio, con la finalidad de recuperar o mantener las constantes vitales del organismo. Estas pueden ser básicas (no se requiere de medios especiales y las realiza cualquier persona debidamente capacitada); o avanzadas (se requiere de medios especiales y las realizan profesionales de la salud debidamente entrenados). - Obligue a realizar maniobras de rescate: aquellas destinadas a retirar al trabajador lesionado cuando éste se encuentre impedido de salir por sus propios medios o que tengan por finalidad la búsqueda de un trabajador desaparecido. - Ocurra por caída de altura, de más de 1.8 metros por encima del nivel más bajo tomado como referencia: se incluyen las caídas libres y /o con deslizamiento, aquellas con obstáculos que disminuyan la altura de la caída y caídas detenidas por equipo de protección personal u otros elementos en el caso de que se produzcan lesiones. - Ocurra en condiciones hiperbáricas, como por ejemplo aquellas que ocurren a trabajadores que realizan labores de buceo. - Se sospecha intoxicación aguda por plaguicidas, considerada como la presencia de sintomatología en trabajadores expuestos a plaguicidas. - Los que involucren un número de trabajadores que afecten el desarrollo normal de las faenas. Frente a la ocurrencia de estos sucesos se hará presente en terreno el equipo de primera intervención para entregar primeros auxilios y se solicitará apoyo de servicios de emergencias externos (SAMU, Bomberos, Mutualidad, Carabineros). El comité de control de riesgos deberá coordinar la suspensión en forma inmediata la/s faenas afectadas y además, de ser necesario, deberá evacuar dichas faenas, cuando en éstas exista la posibilidad que ocurra un nuevo accidente de similares características o se mantengan presente el riesgo. El ingreso a estas áreas, para enfrentar y controlar el o los riesgos presentes, sólo deberá efectuarse con personal debidamente entrenado y equipado. Se deberá notificar por parte del empleador directo inmediatamente de ocurrido cualquier accidente del trabajo fatal o grave a la Inspección del Trabajo y a la Seremi que corresponda al domicilio en que éste ocurrió. Esta comunicación se realizará por vía telefónica al número único 600 42 000 22 o el que lo reemplace para tales fines. En caso de no haber tenido comunicación efectiva mediante lo establecido precedentemente, se deberá notificar a la respectiva Inspección del Trabajo y Seremi de Salud, por vía telefónica, correo electrónico o personalmente. Los números de contacto y mails de las respectivas autoridades locales deberán estar en poder del comité de control de riesgos. En caso de tratarse de un accidente fatal o grave que le ocurra a un trabajador de una entidad empleadora contratista, subcontratista o de servicios transitorios, la entidad empleadora correspondiente deberá cumplir lo establecido en los puntos anteriores respecto a detención de faenas y notificación a la autoridad. Quien realice la notificación deberá entregar, al menos, la siguiente información acerca del accidente: nombre y RUN del trabajador, razón social y RUT empleador, dirección de ocurrencia del accidente, y el tipo de accidente (fatal o grave) y descripción de lo ocurrido. El empleador podrá requerir el levantamiento de la suspensión de las faenas, informando a la Inspección o a la Seremi de Salud, según corresponda, mediante el procedimiento indicado, de que subsanó las causas que originaron el accidente. La reanudación de faenas sólo podrá ser autorizada por la entidad fiscalizadora que efectuó la fiscalización y constató la suspensión, Inspección del Trabajo o Secretaría Regional Ministerial de Salud, sin que sea necesario que ambas la autoricen, debiendo existir un respaldo de la referida autorización. El comité paritario de faena, departamento de prevención de riesgos y comité de control de riesgos deberán realizar investigación del accidente realizando un análisis completo de las circunstancias, hechos, acciones, condiciones, causas que dieron origen al accidente, con la finalidad de establecer medidas eficaces para evitar la repetición de sucesos futuros de similares características. Se acordarán medidas, responsables y plazos de implementación. Todo el personal será instruido referente a la ocurrencia y lecciones aprendidas del accidente, indicando de igual forma cuales fueron las medidas implementadas para evitar su repetición. Se deberá reevaluar en el tiempo la eficacia y funcionamiento de las medidas implementadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 85 de 103
De igual forma según lo establecido en la normativa legal vigente se deberá comunicar la ocurrencia de estos sucesos a Inspección del Trabajo y Seremi de Salud. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.9.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de caída de materiales y cargas en la ruta. Riesgo o contingencia Caída de materiales y cargas en la ruta Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Vías de acceso a planta, caminos públicos y autopistas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Todos los vehículos de transporte deberán ser chequeados para verificar su correcto funcionamiento. Todos los vehículos contarán con la documentación en vigor exigida por la legislación aplicable: permiso de circulación, certificado de seguro obligatorio, revisión técnica, etc. La carga no podrá exceder el peso máximo que las características técnicas de los vehículos permitan y deberá estar asegurada de manera que se evite el riesgo de caída desde el vehículo. Así como cada vehículo no podrá exceder el máximo de personas a trasladar. Para el transporte de cargas sobredimensionadas, se coordinará su traslado con la Dirección de Vialidad y Carabineros de Chile y se tramitarán anticipadamente las autorizaciones que sean necesarias. Las estructuras eléctricas serán transportadas desarmadas y amarradas adecuadamente en camiones, en dimensiones y peso tal que cumplan con la normativa vigente para el transporte por carretera y permisos asociados. Los camiones de transporte de carga deben poseer balizas, conos, chalecos reflectantes y elementos necesarios para alertar a los demás conductores sobre desperfectos y emergencias. Para los vehículos de transporte de personal, prohibición de transportar cualquier tipo de carga en la cabina o junto a los pasajeros, en especial aquellas definidas como sustancias peligrosas. Todos los conductores deberán acreditar su calificación, mediante presentación de la licencia de conducción adecuada para la clase de vehículo a usar. El transporte del personal hasta los frentes de trabajo se realizará en buses y vehículos menores a cargo de una empresa contratista, la cual contará con todos los elementos de seguridad requeridos por la legislación y cumplirá con las disposiciones vigentes sobre el transporte de pasajeros. Revisión diaria de los equipos de conducción, así como revisiones periódicas de los equipos móviles, en las que se deberá pedir los check-list diarios de los equipos y se deberá revisar la presencia o no de ruedas de repuesto, gatas, cuñas, extintores, etc. Todo vehículo debe ser apto para el terreno a recorrer. Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente, así como para conducción en caminos de tierra. Todos los vehículos de transporte deben portar un directorio con los números telefónicos de los responsables e involucrados en la acción frente a emergencias. Forma de control y seguimiento Registro de incidentes e investigaciones. Registros de capacitación en los temas anteriormente indicados. Actas de reunión del comité de control de riesgos. Listas de inspección de los vehículos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Durante la ocurrencia de la emergencia debe notificar lo sucedido al área de prevención de riesgos del proyecto y supervisor directo. Implementarse con chaleco reflectante para descender del vehículo. Instalar conos de señalización 50 metros atrás del derrame de materiales y/o carga. Solicitar apoyo policial para control de las situaciones de tráfico, que puedan favorecer accidentes vehiculares. En caso de que el derrame de carga o materiales afecte a terceros active el protocolo de accidentes vehiculares. El comité de control de riesgos deberá coordinar los requisitos técnicos, materiales y humanos para prestar el apoyo necesario para enfrentar la emergencia tales como: coordinación de grúa, camión pluma, cuadrillas de limpieza para retomar las condiciones de seguridad de la ruta. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 86 de 103
En caso de derrame de líquidos tales como combustibles, aceites lubricantes y residuos peligrosos obligatoriamente debe solicitarse la asistencia de bomberos para contención de este tipo de emergencias. Prevención de Riesgos del proyecto deberá investigar las causas del accidente, las cuales deberá presentar en una reunión al comité de control de riesgos. En dicha reunión deberán establecerse medidas correctivas para evitar sucesos similares, plazos y responsables para su ejecución. El personal que participe en esas actividades debe ser instruido sobre las lecciones aprendidas en relación a lo ocurrido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia No se requiere de notificación a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.10.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de incendio al interior de las instalaciones. Riesgo o contingencia Incendio al interior de las instalaciones Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas Se contará con un extintor de polvo seco ABC de 10 kg para rápida acción en caso de incendios, el que estará en un lugar cercano, señalizado y sin obstáculos. Se mantendrá limpieza de malezas en los alrededores al objeto de evitar probabilidad de incendios. Todo el personal deberá contar con inducción de manejo de residuos peligrosos y tener un curso de uso y manejo de extintores portátiles y contar con simulacros. Se contará con planos que registren las instalaciones, bodegas de acopio temporal y los extintores presentes. Los RESPEL se trasladan inmediatamente a la bodega temporal una vez generados. Se realizarán simulacros que involucren este tipo de emergencias donde deberán participar todos los trabajadores. Se debe disponer en cada lugar de trabajo e instalaciones de faena de estaciones de emergencias que cuente con equipos de extinción de incendios. Periódicamente se inspeccionarán los equipos de extinción de incendios, para garantizar su operatividad en caso de requerirse. En cuanto a los equipos de extinción estos deben tener ubicaciones marcadas de manera clara y uniforme, contar con acceso al equipo libre de obstrucción, cantidad, tipo y números indicados en un plano, debe contar con calidad, confiabilidad e integridad del equipo. Identificación de zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc. Se encontrará prohibido utilizar fuego con el fin de quemar basura, quemar vegetación para despejar, realizar asados, o cualquier actividad que pueda llegar a ser una fuente de incendio. Se deberá contar con sistemas de alarmas para alertar al personal de la evacuación a los puntos de encuentro de emergencias. El almacenamiento de líquidos inflamables en las áreas de construcción debe realizarse en recintos a prueba de fuego, con un pretil suficiente para contener cualquier derrame. Los materiales inflamables utilizados en la operación serán trasladados a diario, al momento de utilizarlos y serán retirados una vez terminadas las mantenciones. Se mantendrá un sistema de televigilancia en toda la planta, también se instalarán cámaras dentro de las bodegas en general, por lo que se mantendrá vigilado si es que existe algún amago de incendio durante la Fase de Operación. Se tendrá constituido un equipo de primera intervención con trabajadores capacitados en el uso y manejo de extintores portátiles. Forma de control y seguimiento Se deberá contar con documentos de inventario de peligros, plan de prevención de incendios y programa de entrenamiento. Se contará con un registro de programación y respaldos de realización de simulacros de incendios. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 87 de 103
Se contará con el plano de extintores y registro de inspección y mantención. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Quien detecta el inicio de fuego deberá comunicar vía telefónica al área de prevención de riesgos quien constituirá el comité de control de riesgos. Se activará la alarma de incendio vía comunicación radial, a viva voz y activación de sirenas de las estaciones de emergencia, para que personal se retire del área afectada. En caso de ser amago de incendio se emplearán extintores portátiles para su combate. Si es un fuego que se salió de control el comité de control de riesgos solicitará apoyo de servicios especializados de emergencias (Bomberos). En caso de fuegos en descontrol el equipo de primera intervención únicamente se limitará a evacuar el personal del área involucrada, retirar elementos combustibles que puedan alcanzarse por el avance del fuego y preparar las condiciones para la llegada expedita del servicio especializado. El equipo de primera intervención y comité de control de riesgos deberán entregar a los servicios especializados las hojas de datos de seguridad de los productos químicos que puedan estar en combustión. Si producto de esta emergencia se producen otras deberán abordarse según lo indicado en su tabla. En caso de ocurrir un incendio en la etapa de operación, el televigilante deberá en forma inmediata solicitar la asistencia de bomberos a la planta y comunicar a su jefatura directa la ocurrencia del suceso. El área de prevención de riesgos, comité paritario de faena y comité de control de riesgos deberán investigar las causas del siniestro y de igual forma analizarán la respuesta efectuada para proponer mejoras designando responsables y plazos para su implementación. Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro haya controlado y se verifique en terreno que no existen condiciones que puedan afectar la integridad del personal que participa en las labores. En caso de ocurrir un incendio, el titular se hará cargo de la reparación ambiental de las áreas incendiadas. Se capacitará a todo el personal sobre las lecciones aprendidas producto de la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.11.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de ingreso de animales a las instalaciones. Riesgo o contingencia Ingreso de animales a las instalaciones Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, operación y cierre del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones de la planta. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia La instalación deberá contar con un cierre perimetral resistente a la acción de animales. Se deberá realizar inspección periódica a los cierres perimetrales de la planta, dejando registro fotográfico de ello. En la Fase de Operación se contará con un sistema de televigilancia que permitirá monitorear estos eventos en tiempo real. Se instruirá al personal sobre las conductas que deben tener para poder retirar animales de la planta sin causarle daño y/o alteraciones propias a las instalaciones o infraestructura de la planta. Forma de control y seguimiento Registro de capacitación sobre el manejo de animales que ingresen a planta. Se contará con un registro de ejercicios periódicos (simulacros). Registro de inspecciones periódicas de cierre perimetral. Referencia a documentos del expediente de No aplica Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 88 de 103
evaluación que contenga la descripción detallada Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se identificará la cantidad de animales presentes y probable lugar de ingreso a través del cierre perimetral. Se coordinará una cuadrilla de personal para que pueda retirar a los animales, guiándolos a la salida previamente definida. En caso de que animales presenten daños, se deberá coordinar un equipo veterinario para que puedan apoyar en el control de la emergencia. Se realizará notificación al responsable de la Planta cuando se haya superado la emergencia sin inconvenientes. En caso de daños a partes o componentes de la planta deberá comunicarse en forma inmediata para su reparación. Se deberá realizar informe de lo ocurrido remitiendo la información sobre daños y reparaciones que se efectuaron para retomar la operación normal de la Planta. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.12.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de incendio forestal y/o de vegetación. Riesgo o contingencia Incendio forestal y/o de vegetación Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se han establecido las siguientes medidas generales de prevención de incendios para el proyecto: Se instalará señalética específica en las áreas de faena, indicando medidas de prevención de incendios y la ubicación de los equipos de extinción dentro del área de influencia. Con medidas de 3x3 Los trabajadores recibirán capacitación sobre la prohibición de fumar y hacer fuego en el interior del proyecto, enfatizando la importancia de evitar la generación de fuego en cualquier sector. Los residuos vegetales generados serán retirados de manera inmediata los cuales serán acumulado en el predio. Además, se llevará a cabo el despeje de la vegetación en el predio. Estas actividades se realizarán principalmente de manera manual, utilizando motosierras eléctricas o a combustión, y, cuando sea necesario, maquinaria especializada. Cabe destacar que se realizara un area de corta fuego de 5 metros a el area de acopio de material Se implementará un programa de mantenimiento y control de la vegetación (desmalezado), de carácter preventivo, que se llevará a cabo trimestralmente en toda la extensión del proyecto, incluyendo las áreas cercanas al punto de conexión. El desmalezado se realizará mediante maquinaria ligera, evitando el uso de herbicidas. Los teléfonos de contacto de emergencia (Bomberos, Carabineros y CONAF) estarán actualizados y visibles. Se mantendrá un registro actualizado de las hojas de seguridad de los agentes extintores. A pesar del retiro inmediato de los residuos vegetales, que serán transportados a sitios autorizados para minimizar los focos de incendio y vectores sanitarios, se dejará una franja perimetral de 10 metros libre de vegetación entre el cerco y la instalación de los paneles fotovoltaicos. Esta franja actuará como cortafuego para prevenir la propagación de incendios forestales. Capacitaciones Antes del inicio de cada fase del proyecto, se realizará una charla de inducción para instruir a los trabajadores en los siguientes temas: Riesgos asociados al fuego en las actividades realizadas por los contratistas y empleados. Nociones básicas sobre el comportamiento del fuego y métodos para el combate de incendios forestales. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 89 de 103
Instrucción práctica sobre cómo organizarse y construir líneas de control rudimentarias para contener preliminarmente cualquier foco de incendio hasta la llegada del personal especializado. Los trabajadores también serán instruidos sobre las rutas de escape en caso de incendios. Normas de comportamiento en el área de trabajo como Prohibición estricta de fumar y encender fuego.
Características y ubicación de los letreros De acuerdo con lo solicitado, se instalarán dos letreros de prevención y emergencia en las fases de Construcción y Cierre, con dimensiones de 40 x 50 cm y fabricados en acero galvanizado, presente en. Los letreros incluirán: Prohibido Fumar” “Zona de Seguridad”, “Extintores. Identificación de áreas de evacuación Las áreas de evacuación y seguridad dentro del Parque Fotovoltaico corresponderán a los caminos internos, que son accesibles en toda la extensión del proyecto. Para emergencias por incendios en las áreas de trabajo, los trabajadores recibirán capacitación en el uso de extintores manuales, siguiendo estos pasos: 1. Transportar el extintor al lugar del incendio. 2. Retirar el seguro de seguridad. 3. Dirigir la boquilla hacia la base de las llamas. 4. Mantener el extintor en posición vertical y apretar la válvula de descarga. 5. Mover la boquilla de lado a lado en forma de abanico para cubrir el área del fuego con el agente extintor. Mantenimiento de extintores Se mantendrá un registro de mantenimiento de los extintores, verificando el estado de carga (peso y presión) cada 12 meses, así como la inspección de la manguera, boquilla, válvulas y demás componentes mecánicos. Equipos de combate inicial de incendios Se dispondrá de herramientas e implementos básicos para el combate inicial de incendios, que estarán ubicados estratégicamente en las instalaciones del proyecto. Las cuales corresponde a palas y extintores.
Forma de control y seguimiento Registro de capacitación del personal sobre el uso y manejo de extintores portátiles. Se contará con un registro de ejercicios periódicos (simulacros). Se contará con el plano de extintores y registro de mantención de extintores. Registro listado números de emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No Aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Quien detecta la emergencia debe comunicarlo vía radial o telefónica al área de prevención de riesgos. De igual forma activará bocina de estación de emergencia. Se constituirá el comité de control de riesgos y acudirá al sector afectado el equipo de primera intervención. Se realizará comunicación a servicios externos de emergencias tales como Conaf y Bomberos para activación de sus protocolos en caso de incendios forestales. Se retirará a todo el personal de planta a una zona segura alejada de área de emergencia. Permitiendo los servicios de emergencias especialistas se hagan cargo. Se realizará una revisión completa de las instalaciones verificando posibles daños ocurridos. Se elaborará un informe de las circunstancias ocurridas y respuesta de emergencia, que permitirá obtener acciones de mejora el cual será analizado por el comité de control de riesgos para proponer mejoras a implementar, plazos y responsables de su implementación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación En caso de que un incendio se presente en el terreno del Proyecto, que pudiese afectar parte de la infraestructura se procederá a generar un informe con los antecedentes recopilados por bomberos, los daños generados al Proyecto y las medidas tomadas posteriormente. Luego será remitido a la SMA. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 90 de 103
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.13.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de incendio forestal y/o vegetación en la Línea de Media Tensión. Riesgo o contingencia Incendio forestal y/o de vegetación asociado a la infraestructura de la Línea de Media Tensión (LMT) del proyecto FV Conde. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Franja de servidumbre de la LMT y áreas adyacentes. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se han establecido las siguientes medidas generales de prevención de incendios para la LMT Mantenimiento de una franja de seguridad libre de vegetación combustible de 4 metros de ancho a cada lado de la LMT, con control periódico de material seco o inflamable. Además de contar con un corta fuego de 5 metros tanto las área de emplazamiento y las áreas de Reforestación vegetal. Control de vegetación bajo la LMT, mediante desbroce mecánico en intervalos regulares, evitando el uso de fuego para eliminación de residuos vegetales. Los trabajadores recibirán capacitación sobre la prohibición de fumar y hacer fuego en el interior del proyecto, enfatizando la importancia de evitar la generación de fuego en cualquier sector. Los residuos vegetales generados serán retirados de manera inmediata para evitar su acumulación. Además, se llevará a cabo el despeje de la vegetación en el predio. Estas actividades se realizarán principalmente de manera manual, utilizando motosierras eléctricas o a combustión, y, cuando sea necesario, maquinaria especializada. Se implementará un programa de mantenimiento y control de la vegetación (desmalezado), de carácter preventivo, que se llevará a cabo trimestralmente en toda la extensión del proyecto, incluyendo las áreas cercanas al punto de conexión. El desmalezado se realizará mediante maquinaria ligera, evitando el uso de herbicidas. Los teléfonos de contacto de emergencia (Bomberos, Carabineros y CONAF) estarán actualizados y visibles. Prohibición del uso de herramientas que generen chispas o llamas abiertas en zonas cercanas a vegetación sin la aplicación de protocolos de seguridad. A pesar del retiro inmediato de los residuos vegetales, que serán transportados a sitios autorizados para minimizar los focos de incendio y vectores sanitarios, se dejará una franja perimetral de 10 metros libre de vegetación entre el cerco y la instalación de los paneles fotovoltaicos. Esta franja actuará como cortafuego para prevenir la propagación de incendios forestales. Capacitaciones Antes del inicio de cada fase del proyecto, se realizará una charla de inducción para instruir a los trabajadores en los siguientes temas: Riesgos asociados a incendios en la franja de servidumbre de la LMT. Métodos de combate y control inicial de incendios en infraestructura eléctrica. Procedimientos de evacuación y activación de emergencias. Prohibición estricta de fumar y encender fuego en la franja de servidumbre de la LMT. Características y ubicación de los letreros Se instalarán letreros de prevención de incendios en accesos y zonas estratégicas de la LMT.: Prohibido Fumar y hacer fuego” Identificación de áreas de evacuación Las vías de evacuación corresponderán a los caminos de acceso y servidumbre de la LMT, asegurando rutas despejadas para la salida de personal y el ingreso de vehículos de emergencia. Para emergencias por incendios en las áreas de trabajo, los trabajadores recibirán capacitación en el uso de extintores manuales, siguiendo estos pasos: 6. Transportar el extintor al lugar del incendio. 7. Retirar el seguro de seguridad. 8. Dirigir la boquilla hacia la base de las llamas. 9. Mantener el extintor en posición vertical y apretar la válvula de descarga. 10. Mover la boquilla de lado a lado en forma de abanico para cubrir el área del fuego con el agente extintor. Mantenimiento de extintores Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 91 de 103
Se mantendrá un registro de mantenimiento de los extintores, verificando el estado de carga (peso y presión) cada 12 meses, así como la inspección de la manguera, boquilla, válvulas y demás componentes mecánicos. Equipos de combate inicial de incendios Se dispondrá de herramientas e implementos básicos para el combate inicial de incendios, que estarán ubicados estratégicamente en el acceso de la Línea de Media Tensión.
Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones al personal sobre prevención y control de incendios. Simulacros periódicos de respuesta ante incendios en la franja de servidumbre de la LMT. Se contará con el plano de extintores y registro de mantención de extintores. Registro listado números de emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No Aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Quien detecta la emergencia debe comunicarlo vía radial o telefónica al área de prevención de riesgos. De igual forma activará bocina de estación de emergencia. Se constituirá el comité de control de riesgos y acudirá al sector afectado el equipo de primera intervención. Se realizará comunicación a servicios externos de emergencias tales como Conaf y Bomberos para activación de sus protocolos en caso de incendios forestales. Se retirará a todo el personal de planta a una zona segura alejada de área de emergencia. Permitiendo los servicios de emergencias especialistas se hagan cargo. Se realizará una revisión completa para evaluar daños y establecer medidas correctivas Se elaborará un informe de las circunstancias ocurridas y respuesta de emergencia, que permitirá obtener acciones de mejora el cual será analizado por el comité de control de riesgos para proponer mejoras a implementar, plazos y responsables de su implementación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación En caso de que un incendio se presente en el terreno del Proyecto, que pudiese afectar parte de la infraestructura se procederá a generar un informe con los antecedentes recopilados por Conaf o bomberos, los daños generados al Proyecto y las medidas tomadas posteriormente. Luego será remitido a la SMA. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.14.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de hallazgo arqueológico no detectado. Riesgo o contingencia Hallazgo arqueológico no detectado Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se capacitará al personal del Proyecto antes de comenzar los trabajos de excavación respecto a lo establecido en la Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales y Normales Relacionadas. Forma de control y seguimiento Registro de inducciones al personal en relación a la componente Arqueología y Patrimonio Cultural. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se procederá según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la situación anterior, se paralizarán las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y se informará de inmediato por escrito y telefónicamente al Consejo de Monumentos Nacionales, para Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 92 de 103
que dicho organismo disponga los pasos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el titular. Acciones a realizar: Detención y Delimitación del Área : Si se descubre un hallazgo paleontológico, se deben detener las obras a una distancia mínima de 2 metros alrededor del punto de hallazgo. En caso de un estrato paleontológico, se ampliará la delimitación para evaluar la extensión. Notificación Inmediata : Se debe avisar al paleontólogo profesional o al jefe de obra y notificar al departamento de Medio Ambiente sobre la ubicación exacta del hallazgo. Protección del Área : El área debe ser señalizada y protegida con cerco perimetral de 2 metros y señalética que limite el ingreso para resguardar el hallazgo. Notificación al CMN : Se debe informar al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) en un plazo de cinco días hábiles, con coordenadas UTM y registro fotográfico. El CMN determinará las acciones a seguir según la Ley N°17.288 y el Reglamento de Excavación. Inducción al Personal : El protocolo debe ser parte de las charlas de inducción, siguiendo la “Guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN. Referencia al Artículo 20 del DS N°484 : El salvataje, según el artículo 20 del DS N°484, se aplica solo cuando el bien está en riesgo de pérdida inminente por causas externas (no por desarrollo de obra). El incumplimiento se considera una intervención no autorizada, sancionada por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación Se avisará posterior al desarrollo del evento se comunicará a la autoridad para el registro y conocimiento de los efectos del evento y la eficacia de la implementación de las medidas en caso de que corresponda. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.15.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de rotura de cañerías, derrame de aguas servidas o falla en sistema de tratamiento de aguas servidas. Riesgo o contingencia Rotura de cañerías, derrame de aguas servidas o falla en sistema de tratamiento de aguas servidas Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Servicios sanitarios de la planta. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se contará con baños químicos que deberán encontrarse en buen estado estructural, suministrados por empresas prestadoras de servicios. El diseño del conexionado de instalaciones sanitarias permanentes debe considerar; elementos estructurales resistentes y su correcta protección para evitar daños y rotura. Se deberá tener contactos con empresas de recolección de este tipo de residuos, en caso de requerirse, puesto que el personal que entra en contacto con este tipo de residuos debe tener equipamiento de seguridad adecuado y contar con esquemas de vacunación necesarios. De igual forma el equipo de primera intervención deberá actuar evitando que el derrame de estas aguas contaminadas pueda escurrir a algún curso de agua. Contar con la respectiva autorización sanitaria del sistema de aguas servidas. Verificar la construcción del sistema de tratamiento de aguas servida cumpla legislación vigente y dimensiones establecidas. Los materiales de construcción estarán certificados por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS)
Forma de control y seguimiento Registros de inspección de sistema sanitario. Planos y autorizaciones de sistemas de agua potable y sanitarios. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 14 PAS 138. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 93 de 103
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Quien detecta la situación deberá inmediatamente informar a Prevención de Riesgos del proyecto y/o titular según la fase en la que se encuentre. Se procederá a solicitar a una empresa sanitaria la recolección, retiro y disposición final de los residuos. Incluyendo la remoción de fracción de suelo contaminada. Se coordinará una cuadrilla para realización de reparaciones de los servicios sanitarios. Se realizará una reunión de análisis por parte del comité de control de riesgos, Prevención de Riesgos y Comité Paritario de faena para analizar las causas de lo ocurrido, oportunidades de mejora, plazos y responsables de su implementación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación Se avisará posterior al desarrollo del evento se comunicará a la autoridad para el registro y conocimiento de los efectos del evento y la eficacia de la implementación de las medidas en caso de que corresponda. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.16.- Colapso de fosa séptica o drenes de infiltración, ruptura del sistema de aguas servida Riesgo o contingencia Falla en el sistema de tratamiento de aguas servidas Fase del Proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Modulo sanitario, fosa séptica, drenes de infiltración. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia •Contar con la respectiva autorización sanitaria del sistema de aguas servidas. •Verificar la construcción del sistema de tratamiento de aguas servida cumpla legislación vigente y dimensiones establecidas. •Los materiales de construcción estarán certificados por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) •Se mantendrá un servicio vigente con una empresa autorizada por la Seremi de Salud para la limpieza de fosa séptica. •El módulo sanitario contara con llaves y WC con ahorro de agua. Forma de control y seguimiento •Se realizará revisión periódica a las cámaras de inspección y distribuidora de drenes. •Se mantendrá los reportes de los servicios de limpieza realizados por la empresa autorizada por la SEREMI de Salud. •Planos y autorizaciones de sistemas de agua potable y sanitarios. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia En caso de colapso de fosa séptica •El personal que detecte el colapso de la fosa séptica deberá dar aviso de inmediato al encargado del parque fotovoltaico. •Inspeccionar con los EPP correspondientes las cámaras de inspecciones para verificar si están tapadas. •Solicitar inmediata la limpieza de la fosa séptica por una empresa autorizada. •Verificar el estado de la fosa séptica o las zanjas de infiltración. •En caso de ser necesario cambio de fosas séptica o modificación de los drenes de infiltración (cualquier modificación en el sistema de tratamiento de aguas servida debe ser autorizado por la SEREMI de Salud.
En caso de ruptura del sistema: •El personal que detecte afloramiento de agua servida deberá dar aviso de inmediato al encargado del parque fotovoltaico. •Solicitar inmediata la limpieza de la fosa séptica por una empresa autorizada. •Solicitar a una empresa especializada la reparación al desperfecto del sistema de tratamiento de agua servida.
Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA.
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10.17.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de afloramiento de aguas subterráneas. Riesgo o contingencia Afloramiento de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de paneles fotovoltaicos, excavaciones e hincado de estructuras Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Uso de materiales inocuos en contacto con agua: Las cubiertas de los cables a utilizar estarán compuestas de PEX (Polietileno reticulado), un material seguro para el contacto con agua, de baja absorción de humedad, y con alta resistencia a aceites, temperaturas extremas y productos quimicos. Esto garantiza que no existe riesgo de alterar la calidad fisicoquímica del agua cuando los cables entran en contacto directo con ella. Capacitación a trabajadores y contratistas del Parque: Se instruirá a todo el personal, incluyendo contratistas, sobre la profundidad de las obras civiles, el nivel de las napas freáticas, y el manejo y disposición final de residuos líquidos, además de los posibles riesgos y contingencias. asociados. Esta capacitación se llevará a cabo mediante charlas y reuniones.
Forma de control y seguimiento Controlar en terreno, que estén capacitados los trabajadores que se encuentran en los trabajos de excavaciones. Verificar en terreno que los trabajadores y contratistas se encuentren capacitados en los procedimientos que debe llevar a cabo ante un afloramiento de aguas subterráneas. Verificar en terreno la accesibilidad a los contactos de los organismos competentes a quienes se debe avisar ante la ocurrencia de esta situación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante un potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del Proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. En paralelo, se procederá de manera preliminar considerando las siguientes actividades: - Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado (parámetros de la NCh 409), que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. - Estimar los volúmenes de agua aflorados. En el caso de que dentro de 24 horas el afloramiento no haya sido controlado y que sea técnicamente factible, se deberá efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos. - Una vez que se cuente con los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas, estos deberán ser enviados de inmediato a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. Lo anterior acompañando de imágenes fotográficas (con fecha) en las cuales se describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, cuando corresponda, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). - Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. - Una vez controlado el afloramiento, se informará el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, lo anterior en un plazo inferior a 24 h desde que se tuvo certeza de su control. Si el eventual afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular realizará los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la magnitud de la emergencia, para evaluar y alcanzar la solución definitiva. Ante una eventual situación de afloramiento de aguas subterráneas en la Fase de Construcción, y que estas aguas potencialmente se contaminen con derrames provenientes de la actividad constructiva o de filtración de aguas servidas y que puedan contaminar el acuífero (Acuífero Río Itata), se realizará las siguientes acciones: - Se profundizará la descripción del componente hídrico subterráneo en el área de influencia del Proyecto (hidrogeología, caracterización fisicoquímica de las aguas subterráneas, derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas de terceros y sus usos; entre otros). En el análisis se deberá incorporar la identificación, con coordenadas UTM (m), Datum WGS84, de los lugares y/o polígono, que se defina para la caracterización, así como el análisis de resultados. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 95 de 103
- En caso de que los estudios realizados indiquen como resultado el descenso de la napa y/o afectación de posibles derechos de aprovechamiento de aguas de terceros, en caso de existir en el sector, el Titular deberá:
- Identificar cada una de las captaciones de aguas que se encuentran dentro de las líneas de descenso de la napa que tengan derechos de aprovechamiento de aguas y caracterizar cada una de estas captaciones con, a lo menos, información referente al Titular de los derechos, a la profundidad del pozo y el nivel estático.
- Analizar en base a las conclusiones del modelo hidrogeológico y los efectos de un bombeo producto de un agotamiento de la napa en la Fase de Construcción del Proyecto.
- Establecer umbrales que permitan adoptar medidas de control tendientes a que los niveles no desciendan significativamente y que pudiesen afectar las captaciones dentro del área de influencia del Proyecto. Profundizar en la predicción y evaluación de impactos sobre el recurso hídrico, debido a que existe probabilidad (riesgo) de afloramiento de aguas en Fase de Construcción, por tanto, se deberá evaluar dicha situación, tanto en la afectación de niveles de pozos de terceros como de calidad de las aguas, considerando que la restitución de dichas aguas afloradas deberá ser efectuada con una calidad que no afecte el acuífero, por tanto, que la calidad de lo restituido sea similar.
- Proponer un Plan de Acción, en caso de afectación a los niveles de pozos de terceros con derechos de aprovechamiento de aguas y/o a la calidad de las aguas subterráneas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Aviso en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la DGA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.18.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de atropello de fauna silvestre. Riesgo o contingencia Atropello de fauna silvestre Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, operación y cierre del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades relacionadas al transporte de vehículos y maquinarias Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se prohibirá la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. Se implementarán límites de velocidad para los trabajadores y operarios que se encuentren operando vehículos durante todas las fases del Proyecto. Los límites serán informados a todo el personal y las empresas contratistas durante las diferentes fases. Se instalará señalética respecto a las velocidades permitidas. En caso de avistamiento de animales en las vías o cercanos a ella, el conductor empleará el aviso sonoro (bocina) para ahuyentarla. Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con información entregada en capacitación y/o inducción) deberá indicar al encargado (quien se contactará con un Centro de Rescate Validado por el SAG en la región) en qué circunstancias se encuentra el ejemplar, lugar y condiciones del entorno. De acuerdo con esto el encargado ambiental deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Se instruirá a la empresa contratista que, en el área del Proyecto, los vehículos livianos transitarán a una velocidad máxima de 40 km/h. Para para el caso de vehículos pesados, la velocidad máxima exigida será de 20 km/h Se instalará señalética que avise sobre el posible cruce de fauna, lugares que serán estudiados previamente. Forma de control y seguimiento Se generará un informe de las ubicaciones de toda la señalética, con los respectivos mantenimientos o recambio si fuera necesario. Se presentarán los registros de asistencia a las capacitaciones. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 96 de 103
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrir atropello, colisión de fauna y/o hallazgo de fauna herida, se ejecutarán las siguientes medidas destinadas de respuesta: El trabajador involucrado reportará inmediatamente el incidente al responsable dentro de la empresa, indicando lugar, hora, y especie afectada. El responsable dentro de la empresa informará de manera inmediata al Servicio Agrícola y Ganadero Regional. En el sitio del suceso, y si la fauna no ha resultado herida producto del atropello, se procederá a ubicar al animal en la berma, en caso de que sea de menor tamaño, y esperar la llegada de especialistas. Esta actividad se realizará con especial cuidado y utilizando luces de emergencia de vehículo y triángulos reflectantes que ubicarán a una distancia prudente para advertir a usuarios de la ruta. Si el animal es de mayor tamaño, el personal solamente se encargará de ubicar la señalética para advertir a los usuarios hasta la llegada de personal encargado. El rescate de ejemplares dependerá de la gravedad del accidente. En caso de ser necesario, el encargado del Proyecto solicitará la asesoría de un profesional idóneo (médico veterinario perteneciente al centro de rehabilitación más cercano). El profesional dará las instrucciones de forma remota al trabajador, el cual deberá rescatar al individuo afectado y trasladarlo a la consulta veterinaria para su evaluación. Si el trabajador no pudiese prestar asistencia al ejemplar lesionado, el médico veterinario deberá trasladarse al área del Proyecto para una evaluación médica en el lugar. En caso de ser necesario, los ejemplares serán trasladados a centros de rehabilitación aptos para el desarrollo de este proceso, en coordinación con el Servicio Agrícola y Ganadero Regional. Posteriormente serán liberados en las cercanías del lugar en el que ocurrió el incidente, o sitios indicados por la autoridad competente. Si se constata la muerte del ejemplar, se reportará inmediatamente a la autoridad responsable de la empresa, quien a su vez informará inmediatamente al Servicio Agrícola y Ganadero Regional. Se realizará una investigación en la cual se estudiarán las causas del incidente y se ejecutarán medidas de control, con la finalidad de disminuir la probabilidad de ocurrencia de incidentes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.19.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en Colisión y Electrocución de Aves Riesgo o contingencia Riesgo de colisión de aves con la LMT de 13,2 KV Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, operación y cierre del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades relacionadas al transporte de vehículos y maquinarias Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia a modo de prevenir la ocurrencia de incidentes como electrocución, y/o colisión de fauna silvestre, a causa de las líneas de transmisión eléctrica del Proyecto: Para evitar la colisión y electrocución de aves con las líneas eléctricas se tomarán las siguientes medidas: Ubicación de los conductores por debajo de la cruceta, suspendidos por medio de aislador Instalación de peines antiperchamiento en las crucetas de los postes de las líneas de transmisión eléctrica, con la finalidad de evitar que las aves se posen sobre las estructuras y aisladores. Instalación de visualizadores de línea correspondientes a disuasores cada 10 metros en los cables de guardia de las líneas de transmisión eléctrica, con la finalidad de generar desvíos de vuelo Se prohibirá la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con información entregada en capacitación y/o inducción) deberá indicar al encargado (quien se contactará con un Centro de Rescate Validado por el SAG en la región) en qué circunstancias se encuentra el ejemplar, lugar y condiciones del entorno. De acuerdo con esto el encargado ambiental deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 97 de 103
Forma de control y seguimiento Supervisión in situ e Informe (con registros fotográficos), que den cuenta de la instalación de disuasores y peinetas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia 1. Notificación y Primera Respuesta En caso de detectar un ave herida o si un trabajador es testigo de una colisión, deberá informar de inmediato al encargado de medioambiente o al coordinador de emergencias del proyecto. Si el ave es capaz de moverse sin dificultad y no presenta lesiones evidentes, se dará por superado el incidente, sin embargo, se deberá realizar un registro interno del evento, detallando: o Ubicación exacta o Hora del hallazgo o Responsable del reporte o Condiciones del entorno o Medidas preventivas aplicadas en la zona Este registro permitirá evaluar y mejorar las acciones de mitigación para reducir futuros incidentes. 2. Rescate y Manejo de Aves Heridas Si el ave requiere rescate, se procederá a su captura y traslado inmediato a un centro de rescate autorizado. La captura deberá realizarse siguiendo protocolos adecuados para minimizar el estrés y daño al animal, considerando su especie y tamaño. Se utilizarán elementos de protección personal (EPP) para evitar lesiones tanto al ave como al personal encargado. La coordinación del traslado estará a cargo del encargado de medioambiente o de emergencias, quien determinará el centro de rescate más cercano y adecuado para la atención del ejemplar. 3. Condiciones de Manejo y Transporte Durante la espera y el transporte, el ave será resguardada en un contenedor o jaula de seguridad. Se tomarán medidas para garantizar su bienestar, evitando: o Exposición directa al sol o temperaturas extremas. o Exposición a la lluvia y ruidos intensos. o Contacto con personal no autorizado para reducir el estrés del animal. Si el personal del proyecto no puede capturar al animal de manera segura, se notificará de inmediato al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y al centro de rescate correspondiente, quienes realizarán la captura bajo protocolos especializados. 4. Atención y Disposición Final Una vez trasladada al centro de rescate, el animal será evaluado por especialistas para determinar su estado y posibilidades de rehabilitación. Si se considera que el ave puede ser reintroducida al medio natural tras su recuperación, se procederá según los protocolos establecidos por el centro de rescate y el SAG. En caso de que el ave no pueda ser liberada debido a la gravedad de sus lesiones, será derivada a un centro zoológico o de educación ambiental, donde recibirá los cuidados necesarios y podrá ser utilizada en programas de conservación y educación sobre la protección de fauna silvestre. 5. Responsabilidad del Titular Posterior a cada incidente, se deberá generar un reporte formal, documentando el evento y las medidas adoptadas, con el objetivo de fortalecer la estrategia de mitigación y prevención de futuras colisiones.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación En caso de ocurrir colisión de aves, según corresponda se tomará contacto telefónico inmediatamente con el SAG y en un plazo no mayor a 10 días se dará aviso a la SMA Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de No aplica. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 98 de 103
evaluación que contenga la descripción detallada
10.20.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de derrame de RESPEL. Riesgo o contingencia Falla en el correcto manejo de residuos sólidos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Almacenamiento temporal o transporte interno de residuos peligrosos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Contar con la respectiva autorización de almacenamiento de residuos no peligrosos. El sitio de almacenamiento temporal de RESPEL estará cerrado con llave y solo podrá ingresar personal autorizado. El personal a cargo del manejo y la manipulación de RESPEL contará con el uso de Elementos de Protección Personal (E.P.P) adecuados. Se debe mantener un sistema de traslado mecánico de contenedores de RESPEL. El almacenamiento de RESPEL será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso o tránsito. Se contará con un kit antiderrame. Se realizan charla del manejo de residuos peligrosos, contingencia y los efectos a la salud. Forma de control y seguimiento Se contará con una lista de comprobación de cumplimiento del DS 148/2003. Existirá una ficha de ingreso de ingreso y egresos de los RESPEL. Se mantendrá la Resolución sanitaria de funcionamiento de las empresas recicladoras, trasportista y disposición final. Contra con el registro de charlas de manejo de residuos. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia En caso de derrame de RESPEL, se deberá proceder de la siguiente forma: - El personal que detecte el derrame de residuos deberá dar aviso de inmediato al supervisor en terreno y al jefe de emergencias. - Se debe verificar Hoja de Seguridad determinando las medidas de acción. - La cuadrilla encargada de contención de derrames deberá contener y posteriormente limpiar la zona afectada con elementos adecuados presentes en el kit antiderrame. - Los residuos derramados; además de los elementos utilizados para su contención y/o recolección serán en la Bodega RESPEL, para posteriormente ser enviado a disposición final a un sitio autorizado. - Se registrará el evento producido en las planillas de control, en cuanto a cantidad y forma de contención que se realizó. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.21.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de incorrecta segregación de RESPEL Riesgo o contingencia Falla en el correcto manejo de residuos sólidos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Todo el personal contara con una inducción del manejo de los RESPEL. El personal a cargo del manejo y la manipulación de RESPEL estará capacitado para ello. Todos los contenedores presentes en el proyecto estarán en perfecto estado y rotulado. Las bodegas contarán con señalética distintivas de seguridad, clase de residuos peligrosos, hoja de seguridad. Se realizarán charlas del manejo de residuos peligrosos, contingencia y los efectos a la salud. Forma de control y seguimiento Se contará con una lista de comprobación de cumplimiento del DS 148/2003. Contra con el registro de charlas de manejo de residuos. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 99 de 103
Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia En caso de incorrecta segregación de RESPEL, se deberá proceder de la siguiente forma: - Se debe avisar a los encargados del manejo de residuo peligrosos. - Se determinará cual es el residuo de mayor peligrosidad para manejarlo como tal. - Se realiza traslado inmediato a la bodega RESPEL. - Se realizará reinducción de manejo RESPEL. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.22.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de falla en el retiro de RESPEL. Riesgo o contingencia Falla en el sistema de trasporte de RESPEL. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades de transporte de residuos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se contará con el servicio de un gestor de residuos peligrosos, ya sea para reciclaje o disposición final, empresas que cuenten con resolución sanitaria. Se programarán los retiros con anticipación, en caso de que el almacenamiento temporal supere el 80% se solicita un retiro inmediatamente. Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos presentes en el SIDREP. Diariamente el encargado de bodega revisará que los acopios estén bajo su capacidad de almacenamiento, gestionando su retiro a la brevedad, en caso de que ya estén al 80% de su capacidad. Se mantendrán los folios de SIDREP. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Ante una falla de consideración en el sistema de transporte de residuos, se solicitará inmediatamente otro proveedor del servicio. Si el vehículo presenta desperfecto mecánico, este deberá permanecer señalizado y bajo vigilancia de su conducto. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.23.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de derrame, presencia de vectores, generación de olores molestos. Riesgo o contingencia Derrame, presencia de vectores, generación de olores molestos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Almacenamiento temporal o transporte interno de residuos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Contar con la respectiva autorización de almacenamiento de residuos no peligrosos. Los sitios de almacenamiento de residuos estarán bien delimitados y tendrán cierre perimetral con acceso restringido, pudiendo ingresar solamente el personal responsable de su operación. Previamente los residuos serán clasificados según su tipo: industriales no peligrosos, Asimilable a domiciliario y material que se puede reutilizar o reciclar. Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y la manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal (E.P.P) adecuados. Los residuos asimilables a domésticos se dispondrán dentro de contenedores de basura de hasta 120 litros de HDPE o similar, con tapa, sistema de ruedas bolsa y rotulados. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 100 de 103
El peso máximo de las bolsas de basura no puede superar los 20 kilos. El almacenamiento de residuos será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso o transito Se realizará limpieza de las bodegas temporales en seco, con productos de desinfección. Deberá ser retirado en los tiempos requeridos evitando así la generación de vectores. Los residuos industriales no peligrosos estarán al interior de contenedores adecuados. Se privilegiará el reciclaje de los residuos almacenados en el Patio de salvataje (Construcción y cierre) o Bodega de RINP (Operaciones). y para los demás se analizará la posibilidad de comercialización o disposición en sitio autorizado. Se contará con un extintor de polvo seco ABC de 10 kg para rápida acción en caso de incendios, el que estará en un lugar cercano, señalizado y sin obstáculos. Se mantendrá limpieza de malezas en los alrededores al objeto de evitar probabilidad de incendios. Se contará con una lista de comprobación de cumplimiento para cada bodega de acopio temporal. Se realizan charla del manejo de residuos. Forma de control y seguimiento Se realizará revisión periódica de contenedores para verificar su estado. Se implementará un Programa de Control de Vectores Sanitarios realizado por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud. Existirá una ficha de ingreso de las bodegas y un documento de control de salida. Se mantendrá la Resolución sanitaria de funcionamiento a las empresas recicladoras, trasportista y disposición final. Diariamente el encargado de bodega temporales revisará que los acopios estén bajo su capacidad de almacenamiento, gestionando su retiro en caso de que ya estén al 80% de su capacidad. Contra con el registro de charlas de manejo de residuos. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia En caso de derrame de residuos, se deberá proceder de la siguiente forma: - El personal que detecte el derrame de residuos deberá dar aviso de inmediato al supervisor en terreno y al jefe de emergencias. - •Al terminar el aviso, la cuadrilla encargada de contención de derrames deberá contener y posteriormente limpiar la zona afectada con elementos adecuados dependiendo de la naturaleza de la sustancia o residuos derramado. - •Los residuos derramados; además de los elementos utilizados para su contención y/o recolección serán destinados en contenedores al interior de la bodega de acopio temporal correspondiente del tipo de residuo, para posteriormente ser enviado a disposición final a un sitio autorizado. - •Se registrará el evento producido en las planillas de control, en cuanto a cantidad y forma de contención que se realizó. En caso de presencia de vectores, se deberá: - •Retirar de manera inmediata los residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios almacenados a través de un transporte autorizado. - •Contactar a la empresa de control de plagas autorizada para realice la desratización, desinsectación y sanitización del lugar. - •Revisar los procedimientos de manejo de residuos y en caso de ser necesario, aumentar la frecuencia de retiro de los residuos. En caso de generación de olores molestos, se deberá: - •Retirar de manera inmediata lo residuos no peligrosos y asimilables a domésticos almacenados a través de transporte autorizado. - •Verificar el estado de los contenedores de residuos. - •Contactar a la empresa de control de plagas autorizada para realice la y sanitización del lugar. - •Revisar los procedimientos de manejo de residuos y en caso de ser necesario, aumentar la frecuencia de retiro de los residuos. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
10.24.- Plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de falla en el retiro de RSAD y RINP. Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 101 de 103
Riesgo o contingencia Falla en el retiro de RSAD y RINP Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades de transporte de residuos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se contará con el servicio de un gestor de residuos, ya sea para reciclaje o disposición final, empresas que cuenten con resolución sanitaria. Se realizará un control aleatorio de los camiones que realicen el traslado de residuos verificando la documentación al día y que el traslado de los residuos sea en vehículos cerrados o encarpados. Se programarán los retiros con anticipación, en caso de que el almacenamiento temporal supere el 80% se solicita un retiro inmediatamente. Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento Se mantendrá un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser enviado en forma mensual a la empresa que provea el servicio con la finalidad de coordinar con anticipación el retiro de los residuos. Diariamente el encargado de bodega revisará que los acopios estén bajo su capacidad de almacenamiento, gestionando su retiro a la brevedad, en caso de que ya estén al 80% de su capacidad. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Ante una falla de consideración en el sistema de transporte de residuos, se solicitará inmediatamente otro proveedor del servicio. Si el vehículo presenta desperfecto mecánico, este deberá permanecer señalizado y bajo vigilancia de su conducto. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica.
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Que, Vencido el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas no se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana según los requisitos previstos en la Ley N°19.300.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1.- de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo Resolución de Calificación Ambiental; FV CONDE ; Página 102 de 103
establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
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Que, para que el proyecto “FV Conde” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VII Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto FV CONDE, de FELIPE SOLAR SpA.
2°. Certificar que el proyecto FV CONDE cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto FV CONDE cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 149, 156 y 157 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto FV CONDE no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1.- del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese