Planta de Proceso Calbuco
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS
Califica Ambientalmente el proyecto “Planta de Proceso Calbuco”
Puerto Montt
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 15 de octubre de 2024 y su Adenda Complementaria de 18 de marzo de 2025, del proyecto “Planta de Proceso Calbuco”, presentado por Granja Marina Tornagaleones S.A. con fecha 12 de febrero de 2024.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Planta de Proceso Calbuco”.
3°. El Acta de Evaluación N° 20251010633 del Comité Técnico de la Región de Los Lagos de fecha 04 de abril de 2024.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Planta de Proceso Calbuco” de 11 de abril de 2025.
5°. El Acta N° 2025100069, de la sesión N°6 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 22 de abril de 2025
6°. La Resolución Exenta Nº 20241000184, del 06 de mayo de 2024 de la Dirección Regional de la Región de Los Lagos que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
7°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 463, de fecha 12 de junio de 2007 de la Comisión Regional de medio Ambiente, Región de Los Lagos, del proyecto “REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN” que se modifica a través de la presente Resolución.
8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Planta de Proceso Calbuco”.
9°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653 de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N°36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. La Resolución N°119046- 146 de 2022 de fecha 03 de marzo de 2022 que nombre al director regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos.
Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 07-05-2025 11:42:35:839 UTC -04:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 07-05-2025 11:42:40:289 UTC -04:00 Razón: Lugar: CONSIDERANDO:
1°. Que, Granja Marina Tornagaleones S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Planta de Proceso Calbuco” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social GRANJA MARINA TORNAGALEONES S.A. Rut 87.752.000-5 Domicilio DIEGO PORTALES 2000 PISO 9, Puerto Montt Teléfono 974089526 Nombre representante legal Roberto Pablo Riethmuller De Mendoza Rut representante legal 13.037.723-8 Domicilio representante legal Av. Diego Portales 2000 piso 9, Puerto Montt Teléfono representante legal 974089526 Correo electrónico Titular o representante legal rriethmuller@marinefarm.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de abril de 2025, el Director Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: • El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental, incluido los requisitos para el otorgamiento de los PAS de los artículos 115, 119, 138, 139, 140, 142 y 160 del RSEIA. • No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del Artículo 11 de la Ley N°19.300 • Se ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones
3°. Que, en sesión de 22 de abril de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Planta de Proceso Calbuco”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 11 de abril de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del proyecto corresponde a un aumento en el nivel de proceso de la planta a 2.500 toneladas al mes de materia prima en dos líneas de proceso: una línea de entero HON fresco y congelado y una línea de filete fresco para una producción anual de 19.740 toneladas de producto terminado. Descripción general del proyecto La Planta de Procesos Calbuco se ubica camino al sector de Caicaen, aproximadamente a 3,6 kilómetros al Suroeste del centro de la cuidad de Calbuco, en la Comuna del mismo nombre, Región de Los Lagos
Esta se encuentra construida y fue sometida a evaluación ambiental bajo la tipología o7) por el sistema de tratamiento de RILes y la disposición de estos fuera de la zona de protección litoral mediante emisario submarino, cumpliendo con los límites máximos establecidos por la Tabla Nº 5 del D.S. Nº 90/2000 (RCA N°463/2007).
Con el objeto de mejorar la línea de proceso incorporo tecnología de punta en el proceso, que desde el punto de vista operacional la modernización de la planta de proceso permite un aumento en el nivel de proceso a 2.500 toneladas de materia prima mensual en dos líneas entero y filete fresco congelado.
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Entendiendo que las consultas de pertinencia no modifican la Resolución de Calificación Ambiental, si forman parte del expediente del proyecto, por lo tanto, es importante mencionar que en el año 2022 y 2023 se presentaron dos consultas de pertinencias, en la primera de ellas se consulta por el cambio del recurso hidrobiológico a procesar y se presenta un análisis para acreditar que, el aumento en el caudal de descarga de 18,68m3/hr (correspondiente a la descarga máxima presentada en la DIA de 112,1m3/día con una frecuencia de descarga de 6 horas al día) a 20,08 m3/hr con una frecuencia de descarga de 24 horas, no modifica los impactos evaluados en el proceso ambiental previo y para lo anterior se realizó una modelación con el software visual plume y se comparó con la modelación presentada en la DIA, corroborando que el aumento de caudal no modificaba los impactos evaluados en el proceso anterior, argumentando que esta condición, en parte, se debe a la calidad del RIL a tratar y disponer, y con el cambio del recurso a procesar la planta de proceso paso de ser una planta primaria ya que dentro de su proceso de pesca blanca consideraba la evisceración a una planta secundaria para procesar entero y filete fresco congelado de especies salmónidas.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones n.5) Plantas Procesadoras de recursos hidrobiológicos Vida útil Indefinida con revisión cada 25 años Monto de inversión USD $ 10.000.000 Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA En conformidad a lo señalado en el Artículo 16 D.S. Nº 40/2012 MMA, el Titular indica que el proyecto que se presenta a evaluación da cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente. De acuerdo con lo siguiente:
• La fecha estimada de inicio de para la fase de operación será en agosto 2025 y dará comienzo con el proceso de la materia prima para el proceso de 2.500 toneladas al mes proveniente de los diferentes centros de cultivo.
Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No Respecto a lo previsto en el Artículo 14 del D.S. N°40/2012, RSEIA, el Proyecto no se desarrollará por etapas. (Capítulo 2, Acápite 2.3, DIA)
X Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No Declaración de Impacto Ambiental "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LADISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN "
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Proyecto modifica otra(s) RCA Si No Resolución de Calificación Ambiental N° 463 de fecha 12 de junio de 2007 de la Comisión Regional de medio Ambiente, Región de Los Lagos, que resuelve ambientalmente favorable el proyecto “REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN”
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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Los Lagos, Provincia de Llanquihue, Comuna de Calbuco. Justificación de la localización La Planta de Proceso Calbuco se encuentra construida y el actual titular ha decidido readecuar y modernizar las instalaciones existentes en lugar de implementar una nueva planta, el proyecto cuenta con un sistema de tratamiento de RILes y un emisario submarino que han sido evaluados y aprobados por RCA Nº 463/2007. Superficie La superficie predial ROL 239-37 donde se emplaza el proyecto es de 3,58ha, la superficie construida original con recepción final es de 3.278,28m2, la superficie correspondiente a la ampliación de la planta de proceso que incluye las mejoras realizadas a la nave central, construcción del frigorífico y estructuras e instalaciones externas es de 1.703,79m2. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Tabla 4.1.1. Superficies del proyecto.
Fuente: Tabla 16 de la DIA, Coordenadas de referencia punto central ubicación proyecto.
UTM Norte UTM Este Latitud (S) Longitud (W) Punto Medio 5371443 653744 41°47'38,32" 73°08' 58,48" Caminos o vías de acceso El acceso al área de emplazamiento del proyecto se realiza vía terrestre, desde Puerto Montt, siguiendo la Ruta 5 Sur, ingresando hacia Calbuco vía ruta V-85, cruzando la ciudad saliendo en dirección al sector Caicaen vía ruta V- 839, la cual colinda directamente con el área de emplazamiento del proyecto. Se debe destacar que el ingreso al recinto se realizará a través de un acceso ya existente hace años y actualmente en uso. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones DIA: Figura 1: Ubicación del proyecto Planta Procesadora Calbuco. Figura 3: Rutas de acceso al proyecto. Anexo 1.2 Kmz y Plano del Proyecto
Adenda: Anexo 1: Figura 2. Áreas intervenidas por el proyecto en evaluación.
Adenda Complementaria: Anexo 4: Estudio Vial
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO Nombre Descripción Instalación de faenas Respecto de estas instalaciones temporales el presente proyecto destino tres áreas para la instalación de faenas como área de acopio de materiales y área de acopio de residuos industriales (escombros, restos de cerámicas, revestimientos, entre otros).
Instalación de faenas eléctricas: Coordenadas UTM: 653690,24E – 5371507,29N Coordenadas geográficas: 41°47’36,27” S – 73°09’00.87” W Superficie: 14,72m2 Datum WGS-84, Huso 18
Instalación de faenas Sofrisur: Coordenadas UTM 653754,64E – 5371457,99N Coordenadas geográficas: 41°47’37,82” S – 73°08’58.03” W Superficie: 176,94m2 Datum WGS-84, Huso 18
Instalación de faenas contratistas: Coordenadas UTM 653770,56E – 5371462,01N Coordenadas geográficas: 41°47’37,68” S – 73°08’57.35” W Superficie: 71,10m2 Datum WGS-84, Huso 18
Obras civiles Preparación de terreno y movimiento de tierra, para el acceso, la infraestructura vial interna, construcción túnel de frío (frigorífico) y traslado de la planta de tratamiento de RILes
Volumen de material extraído durante la construcción del proyecto Área Escarpe (m3) Excavación (m3) Excavación fundaciones 454,6
Circulaciones 1021,62
Excavación talud material base caminos
1086,5 Excavación Traslado PTR
72
Estos trabajos se ejecutaron dentro del primer mes de la fase de construcción y requirió de una excavadora y de camiones tolva, con un total aproximado de 160 viajes todos al interior del proyecto.
Estas actividades estuvieron orientadas a la reubicación del material extraído, con el propósito de habilitar terrazas y optimizar la circulación vial interna. Cabe destacar que todo el material excavado fue gestionado dentro del predio, sin necesidad de disposición externa.
Áreas intervenidas por el proyecto en evaluación
Zona referencial de acopio transitorio de material excavado
Hormigón para fundaciones y habilitación de acceso y vialidad interna Para las fundaciones el proyecto consideró el uso de camiones mixer, estimando 1 hora de operación en terreno por cada viaje realizado, tiempo que generalmente toma descargar el hormigón, no se consideró uso de bomba hormigonera y por la distancia a la planta de origen se descartó lavado de camión dentro del proyecto, este proceso fue realizado por el proveedor una vez retornado el camión a su planta.
Para las fundaciones del frigorífico se requirió un volumen aproximado de 300m3, en tanto para el acceso embarque y circulación se requirió de un volumen estimado de 545,6 m3, lo que significó un total de 106 viajes
Fundaciones Hormigón para fundaciones y habilitación de acceso y vialidad interna. Para las fundaciones el proyecto considero el uso de camiones mixer, estimando 1 hora de operación en terreno por cada viaje realizado, tiempo que generalmente toma descargar el hormigón, no se consideró uso de bomba hormigonera y por la distancia a la planta de origen se descartó lavado de camión dentro del proyecto, este proceso fue realizado por el proveedor una vez retornado el camión a su planta. Para las fundaciones del frigorífico se requirió un volumen aproximado de 300m3, en tanto para el acceso embarque y circulación se requirió de un volumen estimado de 545,6 m3, lo que significó un total de 106 viajes. Control de acceso Corresponde al control de acceso principal de la planta Oficinas administrativas El proyecto tiene construido el área de administración, vestidores, servicios higiénicos, y casino. El actual proyecto consideró remodelar interiormente el área de oficinas. Frigorífico y embarque Contiguo a la planta de proceso se implementó una cámara frigorífica, que consta de una cámara, antecámara y dos andenes de carga. En el segundo piso se proyecta sala de capacitación, sala reunión, oficina jefatura y kitchenette. Planta de proceso La nave central de la planta de proceso tiene una superficie de 3.976m2 y está construida en base a una estructura metálica anclada a fundaciones de hormigón armado, el revestimiento exterior es de plancha de fierro galvanizado tipo panel PV4 pre pintado. Los muros interiores cuentan con revestimiento térmico. En su parte media separando las líneas de proceso filete y entero se encuentran las oficinas de control de calidad, control de producción y jefe de planta. Sistema de extracción al vacío de vísceras El sistema consta de una losa de 20cm de espesor con doble malla y pretil de 30cm de alto en el perímetro y canaleta frontal con desagüe a cámara de 80x80x80cm. La canaleta cuenta con una rejilla galvanizada, y dos bombas de anillo y una tolva de acumulación de vacío de 14m3 y cuatro tolvas recolectoras de vísceras, distribuidas en línea de planta y filtro rotatorio. Planta de tratamiento de RILes La planta de tratamiento fue evaluada y aprobada mediante RCA N°463/2007, consta de tres unidades o cámaras: desgrasadora, decantadora y de contacto o de ecualización, y que, fue mejorado incorporando dos equipos con la finalidad de aumentar la eficiencia en el tratamiento, uno correspondiente al filtro escalera, antes del ingreso de los RILes al sistema de tratamiento y el segundo, correspondiente al filtro UV posterior a la planta de tratamiento y antes de la descarga de los RILes al mar mediante emisario submarino.
El filtro de escalera se ubica antes del ingreso del RIL a la planta de tratamiento y el filtro UV ubicado posterior al tratamiento y antes de la descarga del RIL vía emisario submarino.
Además de las mejoras, el proyecto reubicó la planta de tratamiento a aproximadamente 50m hacia el oeste de la posición original con la finalidad de mejorar la vialidad interna Área de mantención Corresponde al sector de mantención de los equipos adosada a la planta de proceso por el costado noreste, las paredes interiores corresponden a muros de concreto y las exteriores son de plancha de fierro galvanizado tipo panel PV4 pre pintado; en su interior se ubican los paneles el sistema eléctrico de la planta Bodega de SUSPEL, RESPEL y lubricantes La planta cuenta con una bodega de 11,95 metros de largo por 5,95 metros de ancho, con una superficie total de 71,10m2, la que se encuentra dividida en tres secciones, para residuos peligrosos, lubricantes y sustancias peligrosas.
La sección destinada para residuos peligrosos tiene una superficie de 34,22m2 y con una pendiente del 3% en su parte más largo y del 5% en su porción menor; la segunda sección está destinada a almacenamiento de lubricantes 11,31 m2 con una pendiente de un 5% y finalmente la tercera sección destinada a las sustancias peligrosos de 22,91m2 y con una pendiente del 5%.
Planta primer nivel bodega de RESPELs, SUSPELs y lubricantes.
Las subdivisiones corresponden a un tabique resistente al fuego, el revestimiento exterior es de planchas de zinc pre pintado tipo PV-4, fundación de hormigón y puerta de corredera de acero. La bodega cuenta con sistemas de ventilación natural. Para una óptima ventilación se implementarán celosías o malla acma galvanizada para impedir el ingreso de aves, de ventilación dispuesta en los muros a la zona de viento dominante del entorno. Actuará como sistema de ventilación pasiva.
El sistema de ventilación se construirá sin que las aberturas en los muros perimetrales le resten la resistencia requerida al fuego. Las celosías de ventilación se realizan en malla galvanizada o similar.
El pretil de contención que son la proyección vertical del piso, los que serán también construidos como cadena, montados sobre una base de hormigón armado de grado H20.
El volumen de retención dependerá de las características físicas y de la cantidad de sustancias almacenadas, determinando así el alto del pretil requerido en planos y, para evitar la descarga de sustancias químicas derramadas al terreno o cursos de aguas existentes, se dispondrá de un canal de hormigón que recibirá las sustancias derramadas y una conexión en tubería de PVC Sanitario de diámetro igual a 75 mm, que será conducida a una cámara contenedora de derrames. (Anexo 1 “Fase de construcción” de la adenda).
Residuos peligrosos: La sección destinada a almacenaje de residuos peligrosos se emplaza a 6,61 metros de la bodega principal de la planta de proceso y a 68,54m respecto de los muros medianeros. De acuerdo con lo anterior, se da estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 del DS 148, el que señala que el sino de almacenamiento de residuos reactivos o inflamables deberá estar a 15 metros, a lo menos, de los deslindes de la propiedad.
Respecto de la capacidad de almacenamiento se estima que no superara las 12 toneladas. Advirtiendo que la frecuencia de retiro será cada 15 días o bien de manera mensual, pero nunca podrá sobrepasar los 6 meses.
Sustancias peligrosas: La capacidad máxima de almacenamiento de la bodega de Sustancias Peligrosas, no supera en ninguna circunstancia las 10 toneladas Mayores antecedentes ver especificaciones técnicas en el anexo 9 “Antecedentes RESPEL SUSPEL” de la DIA.
Proyecto sanitario El proyecto cuenta con dos proyectos sanitarios con resolución aprobatoria. El primero destinado a oficinas y casino con una capacidad máxima de 20 personas (Ord. N°L/000072 de 17 de enero de 2008); y el segundo proyecto cuenta con resolución sanitaria Res. Ex. N°2310657854 de 1 de marzo 2024. La segunda resolución fue adjunta en el Anexo 6 “resolucion_sanitaria_AP-AS” de la Adenda.
Planta de proceso La planta cuenta con dos salas de recepción de materia prima, una para la línea de filete y porciones/subproductos implementada con un sistema de pesaje y una fileteadora, trimeadora, y la segunda corresponde a la línea de lavado de entero HON/HG fresco y congelado.
Además, cuenta con un área de sellado al vacío, área de empaque fresco y congelado, cámara de mantención, zona de despacho y dos túneles: continuo y estático, estos últimos se describen en las líneas siguientes:
Equipamiento planta de proceso
La planta de proceso cuenta con los siguientes equipos:
a) Línea de filete
- Volteador metálico: Volteador metálico de acero inoxidable accionado hidráulicamente, el equipo cuenta con una bomba hidráulica y con estanque metálico con termómetro.
- Pocket de pesaje: Pesaje estático para salmón fresco, fabricado en acero inoxidable y con un rango de peso de 300 gramos a 10 kilos, cuenta con transmisión en línea y almacenamiento de datos para reportes de la producción.
- Sistema de corte de cabezas y corte de cola: Tiene una capacidad de 25 pescados por minuto, cuenta con una unidad de alimentación automática en posición vertical con ello se asegura que el pescado ingrese en la posición correcta a la fileteadora.
- Fileteadora Trimeadora: Máquina fileteadora con cortes automáticos para trimeado. Capacidad 25 pescados por minuto.
- Despieladora: Máquina que quita la piel del salmón a través de rodillos de arrastre y con cuchillo con filo quirúrgico.
- Balanza dinámica: Pesaje dinámico de filetes ubicado al término de la línea de filete, rango de peso de 200 gramos a tres kilos.
- Termoformadora: Máquina envasadora que realiza un termoformado automático de filete 4x1.
- Máquina hielo en escamas: Máquina de Hielo en Escamas Autocontenida funcionamiento freón. Capacidad 10 toneladas al día.
- Máquina Hielo líquido: Máquina de hielo en escamas, cuenta con evaporador y una unidad de condensación de compresión. Capacidad 10 toneladas al día.
- Túnel continuo: Ubicado al interior de la planta de proceso, al término de las líneas de proceso. Congelamiento o enfriamiento de filete de pescado, rendimiento congelado 3.000 kilos por hora.
- Túnel congelado estático: Ubicado al interior de la planta de proceso, de manera contigua a la sala de recepción de la línea de entero. Carga estática de 22 carros de 165 kilos, total 3.630 kilos, capacidad de congelación 33 toneladas al día.
b) Línea empaque filete porciones: Esta línea cuenta con el siguiente equipamiento:
- Grader empaque filete congelado, pesaje dinámico, calibración y empaque para filete salmón congelado, IQF o al vacío, cuenta con almacenamiento de datos de producción, productividad teórica de hasta 60 piezas por minuto.
- Balanza start-stop empaque congelado, pesaje estático de cajas, pesaje y control de peso para cajas terminadas, rendimiento teórico 10 cajas por minuto.
- Enzunchadora empaque, Maquina automática utilizada para cerrar cajas por medio de zunchos plásticos, rango mínimo de trabajo 6 cajas por minuto.
- Detector metales empaque filete, Detecta pequeñas cantidades de metal en el salmón, está construido de acero inoxidable, materiales plásticos de technil, posee una cinta transportadora con motorreductor trifásico y banda modular.
- Detector de metales empaque porciones, Detecta pequeñas cantidades de metal en el salmón, está construido de acero inoxidable, materiales plásticos de technil, posee una cinta transportadora con motorreductor trifásico y banda modular. Estanque de agua de mar Utilizados para el acopio de agua de mar con una capacidad total de 72m3. Sistema de extracción al vacío de vísceras La planta cuenta con un sistema de extracción al vacío de los residuos orgánicos generados por el proceso, tales como vísceras, esquelones, cabezas y recortes. El sistema considera la instalación de una red de cañerías que conforman la unidad de transporte neumático para el retiro de los subproductos del pescado, un set de tolvines de succión de desechos puestos en puntos estratégicos del proceso para el retiro de los desechos generados, un set de bombas de succión, las cuales, mediante la generación de vacío, producen la extracción por vacío de los desechos y una tolva de acopio de 14 m3 cada una para la acumulación de los desechos. El retiro de estos subproductos derivados del proceso de eviscerado se realizará con camiones aljibes en una secuencia tal que las tolvas queden vacías al final de cada día. Planta de tratamiento de RILes La planta de tratamiento fue evaluada y aprobada mediante RCA N°463/2007, consta de tres unidades o cámaras: desgrasadora, decantadora y de contacto o de ecualización, y que, fue mejorado incorporando dos equipos con la finalidad de aumentar la eficiencia en el tratamiento, uno correspondiente al filtro escalera, antes del ingreso de los RILes al sistema de tratamiento y el segundo, correspondiente al filtro UV posterior a la planta de tratamiento y antes de la descarga de los RILes al mar mediante emisario submarino, lo anterior fue consultado mediante consulta de pertinencia. (Res. N°202310101195 de 5 de abril de 2023). El filtro de escalera se ubica antes del ingreso del RIL a la planta de tratamiento y el filtro UV ubicado posterior al tratamiento y antes de la descarga del RIL vía emisario submarino. Las características de las unidades que componen la PTRILes es la que se indica a continuación: Estanque filtro escalera
Medidas generales:
Alto: 1.500 mm
Ancho :1250 mm
Largo :2.600 mm
Detalles Constructivos:
Estanque fabricado en plancha plegada de 2.5mm de espesor, con plegados laterales para aumentar su resistencia - Entrada y salida de agua con ducto y flange de 8” - Se considera tapas en plancha plegada de 1,5 mm de espesor a todo el estanque. - Bases de 8 mm con perforaciones para anclaje a piso
Desgrasador/decantador El desgrasador permite separar las arenas y los sólidos decantables por gravedad y los aceites y grasas por flotación.
Las medidas del estanque son las siguientes:
Alto: 1.500 mm
Ancho: 3.000 mm
Largo: 5.500 mm
Desde este punto el sobrenadante se conduce mediante una tubería de 110mm de diámetro conducen un caudal de 18m3/ hacia el estanque ecualizador. La siguiente tabla detalla la eficiencia del estanque desgrasador.
Eficiencia del estanque desgrasador Parámetro Unidades Eficiencia de remoción (%) Aceites y Grasas mg/L 25 Sólidos suspendidos
mg/L 37 Sólidos sedimentables
ml/L/h 12
Estanque Ecualizador Las medidas de este estanque por 5m de largo por 3m de ancho y 2m de alto, en su interior cuenta con una bomba que conduce a través de una tubería de 110mm de diámetro un caudal de 18m3 del sobrenadante hacia el filtro rotatorio Las medidas del estanque son: • Largo: 5.000 mm • Ancho: 3.000 mm • Alto: 2.000 mm • Filtro rotatorio
El sistema cuenta con un filtro rotatorio, para separar mecánicamente los sólidos finos o gruesos y el sobrenadante es conducido a un equipo de desinfección por UV. Desde este punto los RILes tratados y desinfectados son dispuestos vía emisario submarino fuera de la zona de protección litoral, cumpliendo con los máximos indicados en la Tabla N°5 del DS 90/2000. Filtro UV Equipo de desinfección marca AquionicsUV (UK) para un caudal de 18 m3/h – 60 mJ/cm2 agua de mar. DN 80 (3”).
Flujómetro electromagnético. El sistema tiene implementado un flujómetro electromagnético para cuantificar la descarga con una frecuencia continua de 24 horas. Las siguientes figuras muestran las áreas generadoras de RILes al interior de la planta de proceso, correspondiente a las líneas de filete y entero fresco congelado más el área de recepción de materia prima; el diagrama de flujo de la planta de tratamiento de RILes que actualmente está implementada y el Layout de la planta de tratamiento.
La siguiente figura muestra el Layout del sistema de tratamiento de RILes.
Diagrama de flujo del sistema de tratamiento de RILes.
Layout y render sistema de tratamiento de RILes.
Complementando lo anterior, el sistema de tratamiento de RILES considera los siguientes elementos básicos:
Estanque de elevación, desarenado, sentina, o pozo de aspiración, bomba de elevación, estanque decantación y desgrasado, estanque de ecualización, filtro rotatorio, bomba elevación, filtro UV, tableros eléctricos.
El proceso de tratamiento considera en la línea de descarga la cámara de elevación que recibirá el RIL, el cual decantará en esta cámara, por sistema de nivel será bombeado (bomba) a cámara de filtro escalera (Mesch 4 mm), primera etapa de retiro de sólidos del RIL los cuales son derivados a un bins (1), el RIL descarga por gravedad a estanque de decantación-sedimentación, en este estanque se baja la velocidad del RIL para producir la decantación y sedimentación, a su vez en etapa intermedia de este estanque se produce el retiro de grasas por paleta desgrasadora, esta grasa es impulsada por la paleta, cae a estanque de acumulación y por sistema de nivel se activa bomba, esta grasa es bombeada a bins de sólidos (1), el RIL por nivel es derivado a estanque de ecualización, en este estanque se produce la aireación del RIL a través de sistema de soplador, en etapa de salida el RIL es bombeado hacia filtro rotatorio (Mesch 1 mm), segunda etapa retiro de sólidos (2) la descarga del filtro rotatorio será tratada en etapa final por sistema de desinfección UV, con conexión directa al emisario se descarga al mar.
El dimensionamiento de las obras se realizó considerando un caudal máximo de bombeo de Q= 5 L/s de la línea de descarga, a partir de lo siguiente:
• Bomba de Elevación circuito de bombeo: D= 90 mm, HDP-PN16, L= 200 m. (velocidad= 1,5 m/s) • 2 equipos de bombeo de Q= 5 L/s, con H= 25 m, 3,5 HP, c/u. • Partida de las bombas: máximo 15 partidas/hora. • V Mínimo = Q x T/4., con T= 3 minutos. • El volumen mínimo de la cámara de elevación resulta de = 2,2 m3. • Cámara filtro escalera = 4,6 m3 • Cámara de decantación = 24,7 m3. • Cámara de ecualización = 30 m3.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, y de acuerdo con el dimensionamiento presentado la planta de tratamiento de RILes es capaz de tratar adecuadamente un caudal de 20,08m3/hora, correspondiente al caudal que generará una producción de 2.500 ton de materia prima al mes. Área de mantención En su interior se ubican los paneles el sistema eléctrico de la planta, cuenta con el equipamiento para realizar las mantenciones que se requiere para un buen funcionamiento del proyecto. Actividades de mantención que se describen en la tabla referida a acciones del proyecto. Bodega de SUSPEL, RESPEL y lubricantes La planta cuenta con una bodega que se encuentra dividida en tres secciones, para residuos peligrosos, lubricantes y sustancias peligrosas.
Residuos peligrosos: La sección destinada a almacenaje de residuos peligrosos se emplaza a 6,61 metros de la bodega principal de la planta de proceso y a 68,54m respecto de los muros medianeros. De acuerdo con lo anterior, se da estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 del DS 148, el que señala que el sitio de almacenamiento de residuos reactivos o inflamables deberá estar a 15 metros, a lo menos, de los deslindes de la propiedad.
Respecto de la capacidad de almacenamiento se estima que no superará las 12 toneladas. Advirtiendo que la frecuencia de retiro será cada 15 días o bien de manera mensual, pero nunca podrá sobrepasar los 6 meses. Sustancias peligrosas: La capacidad máxima de almacenamiento de la bodega de Sustancias Peligrosas, no supera en ninguna circunstancia las 10 toneladas Planta de tratamiento de aguas servidas El proyecto cuenta con dos resoluciones sanitarias, la primera corresponde al alcantarillado particular destinada a la oficina y casino con una capacidad máxima de 20 personas (Ord. N°L/000072 de 17 de enero de 2008); y la segunda Res. Ex. N°2310657854 de 1 de marzo 2024 que autoriza el funcionamiento del sistema particular de agua potable y aguas servidas. La segunda resolución fue adjunta en el Anexo 6 “resolucion_sanitaria_AP-AS” de la Adenda. Estanque de agua dulce El proyecto cuenta con 4 estanques de acumulación de agua dulce de 30 m3 de capacidad cada uno, que acumula el agua destinada al proceso proveniente de camiones aljibes, más un estanque de acumulación de agua de pozo de 10m3 destinada a consumo humano. Estanque de agua de mar El proyecto cuenta con 6 estanques de 12m3 cada uno, con una capacidad total de almacenamiento de 72m3. Grupos electrógenos El proyecto cuenta con dos equipos electrógenos uno de 165KvA y el segundo de 484 KvA que se usan solo ante eventuales cortes de energía ya que la planta se encuentra conectada a la red eléctrica existente. Derechos de agua El proyecto cuenta con un derecho de agua subterráneo otorgado mediante pozo profundo por un caudal de 1,3L/s. La siguiente tabla y figura detalla las coordenadas y la ubicación del pozo al interior del predio
Resoluciones DGA Nº Coordenada UTM (Datum PSAD 56) Caudal Máximo (l/s) Este Norte 13/24-01-2007 653958 5371866 1,3 Coordenada UTM (Datum WGS-84)
13/24-01-2007 653721,338 5371504,393 1,3
Ubicación del pozo al interior del predio. Zona de residuos no peligrosos La zona de acopio de los residuos sólidos es un área aledaña a la bodega de RESPELs, de 12,72m de largo por 7,97m de ancho donde tienen instalados 4 tolvas de 20m3 aproximadamente para disponer de manera segregada los restos de aislapol, plásticos, cartones y residuos domiciliarios.
Área de almacenamiento transitorio de residuos sólidos no peligrosos fase de operación Emisario submarino El proyecto tiene evaluado y aprobado ambientalmente el emisario submarino para la disposición de los RILes fuera de la zona de protección litoral (RCA N° 463 del 12 de junio de 2007) y el presente proyecto no lo modifica. Cañería aductora de agua de mar El proyecto tiene evaluado y aprobado ambientalmente la cañería aductora de agua de mar (RCA N° 463 del 12 de junio de 2007) y que el presente proyecto no lo modifica. 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN PARTES Y OBRAS DE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre Instalación de faenas Obras civiles Fundaciones Control de acceso Oficinas administrativas Frigorífico y embarque Planta de proceso Sistema de extracción al vacío de vísceras Planta de tratamiento de RILes Área de mantención Bodega de SUSPEL, RESPEL y lubricantes Proyecto sanitario ACCIONES DE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre Descripción Instalación de faena Se habilitaron tres áreas, dos de estas se encuentran en el exterior, donde se instalaron contenedores que funcionaron como bodegas destinadas al acopio de materiales y equipos, además de un área para la gestión de residuos industriales, vinculados a las actividades de faena eléctrica y contratistas. La tercera área fue habilitada dentro de la planta, específicamente en la zona asignada al área de mantención, destinada a las operaciones de la empresa Sofrisur. En este espacio se realizó el almacenaje de materiales y equipos necesarios para las labores relacionadas con la construcción del frigorífico.
Preparación de terreno y movimientos de tierra El proyecto consideró escarpe y movimientos de tierra para el acceso, la infraestructura vial interna, construcción túnel de frío y traslado de la planta de tratamiento de RILes. El material a extraer se detalla en la siguiente tabla:
Volumen de material extraído durante la construcción del proyecto. Área Escarpe (m3) Excavación (m3) Excavación fundaciones 454,6
Circulaciones 1021,62
Excavación talud material base caminos
1086,5 Excavación Traslado PTR
72
Durante el primer mes de la fase de construcción, se llevaron a cabo trabajos que implicaron el uso de una excavadora y camiones tolva, sumando aproximadamente 160 viajes realizados exclusivamente dentro del área del proyecto. Estas actividades estuvieron orientadas a la reubicación del material extraído, con el propósito de habilitar terrazas y optimizar la circulación vial interna. Cabe destacar que todo el material excavado fue gestionado dentro del predio, sin necesidad de disposición externa. Las siguientes figuras muestran las zonas de intervención y la zona de acopio de la tierra para la generación de terrazas.
Áreas intervenidas por el proyecto en evaluación.
Zona referencial de acopio transitorio de material excavado.
Hormigonado para: • Fundacion es de frigorífico, • Radieres y losas de hormigón frigorífico y embarque Acceso, mejora vial y circulaciones Para las fundaciones el proyecto consideró el uso de camiones mixer, estimando 1 hora de operación en terreno por cada viaje realizado, tiempo que generalmente toma descargar el hormigón, no se consideró uso de bomba hormigonera y por la distancia a la planta de origen se descartó lavado de camión dentro del proyecto, este proceso fue realizado por el proveedor una vez retornado el camión a su planta.
Para las fundaciones del frigorífico se requirió un volumen aproximado de 300m3, en tanto para el acceso embarque y circulación se requirió de un volumen estimado de 545,6 m3, lo que significó un total de 106 viajes.
Remodelación de oficinas En el área destinada a oficinas se ubican bodegas, el casino del personal y las instalaciones sanitarias. Se llevaron a cabo mantenciones menores en las oficinas, incluyendo trabajos de pintura y ajustes en las terminaciones. En el sector del casino, se realizó la instalación de porcelanatos en el piso y paneles en las paredes, además de la sustitución de las paredes de la cocina por superficies de acero inoxidable, lo que garantiza mayor durabilidad e higiene. Asimismo, se mejoró la iluminación de este espacio. Por último, en los baños se efectuó la renovación completa de los sanitarios.
Reemplazo estructuras en mal estado, corresponde a: Remodelación sala proceso y recepción materia prima En este punto se consideró desmontar y retirar la cubierta de la sala de procesos, paneles términos de los muros perimetrales, desarme y retiro de estructura metálica. Una vez realizado el retiro de todo el material en mal estado, se procedió a mejorar las fundaciones existentes para la instalación y montaje de la nueva estructura metálica, cubierta del área de procesos y los paneles térmicos de los muros perimetrales y revestimiento térmico interior Instalación cámara frigorífica:
Estructura metálica frigorífico • Instalación de Estructura y envolvente: PV6, ventana de termopanel 6mm, Tubest. paneles aislantes: poliestireno extruido, recubiertos con chapa de acero; puertas frigoríficas: aislamiento térmico, sellos herméticos • Aislamiento: poliuretano expandido; lana de vidrio; para control de temperatura • Revestimientos y acabados: pisos de concreto, revestimientos, acero inoxidable • Sistemas de refrigeración: Compresores, evaporadores y condensadores, unidades de refrigeración centralizadas Revestimiento y paneles frigorífico y embarque • Sistemas de control: para la gestión de temperaturas y alarmas; termostatos y sensores: para monitorear y regular la carga interna. • Sistemas eléctricos: cableado eléctrico resistente al frío; tableros y cuadros eléctricos: con protección contra la humedad y bajas temperaturas • Ventilación y control de humedad: para evitar condensación y mantener calidad del aire. • Para aislamiento térmico: espuma de poliuretano para sellar juntas, lana de vidrio o mineral, para control de ruido • Revestimientos y acabados para paredes y techos, acero inoxidable, pisos de concreto con recubrimientos antideslizantes • Tuberías de cobre para refrigerante, válvulas de expansión
Instalación líneas de proceso (equipos Planta) En esta etapa se realiza la instalación, de todo el equipamiento que conforman las líneas de proceso:
• Montaje e instalación de equipos de enfriado de materia prima • Montaje e instalación de equipos línea de filete • Montaje e instalación de equipos en área de empaque de producto terminado • Montaje e instalación de equipos en las líneas de paletizado de cajas de producto terminado
Instalación sistema de soporte (equipos soporte al interior de la sala de proceso) • Montaje e Instalación Sistema Recepción Materia Prima • Montaje e Instalación Sistema Recolección Residuos Orgánicos • Instalación Matriz distribución de agua dulce • Instalación Sistema respaldo eléctrico (Grupos Generadores) • Instalación Sistema Alumbrado Interior Salas Procesos • Instalación Sistema refrigeración para las Cámaras refrigeradas
Instalación planta de tratamiento de RILes (mejoras y traslado) La planta de tratamiento de RILes fue evaluada y aprobada mediante RCA N°463/2007, el actual proyecto considera por una parte desplazar la planta de su ubicación original a una distancia aproximada de 50m al oeste y realizar mejoras a la planta para que pueda tratar de manera eficiente el caudal de 20,08m3/hr que el proyecto requiere para el volumen de proceso de 2500 ton/mes de materia prima, cambios y mejoras que fueron consultadas por pertinencia de ingreso, aun cuando se entiende que lo anterior es solo un pronunciamiento y no una evaluación. La siguiente figura muestra el desplazamiento de la planta a su actual ubicación
Desplazamiento de la planta a su actual ubicación
La planta de tratamiento de RILes evaluado y aprobado mediante RCA N°463/2007 consta de tres unidades o cámaras: desgrasadora, decantadora y de contacto o de ecualización, y que, mediante una consulta de pertinencia el sistema fue mejorado incorporando dos equipos con la finalidad de aumentar la eficiencia en el tratamiento, uno correspondiente al filtro escalera, antes del ingreso de los RILes al sistema de tratamiento y el segundo, correspondiente al filtro UV posterior a la planta de tratamiento y antes de la descarga de los RILes al mar mediante emisario submarino (Res. N°202310101195 de 5 de abril de 2023).
Habilitación bodega RESPEL/SUSP EL Se habilitó una bodega de RESPEL/SUSPEL y lubricantes. La planta cuenta con una bodega de 11,95 metros de largo por 5,95 metros de ancho, con una superficie total de 71,10m2, la que se encuentra dividida en tres secciones, para residuos peligrosos, lubricantes y sustancias peligrosas.
La sección destinada para residuos peligrosos tiene una superficie de 34,22m2 y con una pendiente del 3%en su parte más largo y del 5% en su porción menor; la segunda sección está destinada a almacenamiento de lubricantes 11,31 m2 con una pendiente de un 5% y finalmente la tercera sección destinada a las sustancias peligrosos de 22,91m2 y con una pendiente del 5%. Para una óptima ventilación se implementaron celosías o malla acma galvanizada para impedir el ingreso de aves, de ventilación dispuesta en los muros a la zona de viento dominante del entorno. Actuará como sistema de ventilación pasiva.
El sistema de ventilación se construyó sin que las aberturas en los muros perimetrales le resten la resistencia requerida al fuego. Las celosías de ventilación se realizan en malla galvanizada o similar.
El pretil de contención que son la proyección vertical del piso, fueron también construidos como cadena, montados sobre una base de hormigón armado de grado H20. El volumen de retención dependerá de las características físicas y de la cantidad de sustancias almacenadas, determinando así el alto del pretil requerido en planos y, para evitar la descarga de sustancias químicas derramadas al terreno o cursos de aguas existentes, se dispondrá de un canal de hormigón que recibe las sustancias derramadas y una conexión en tubería de PVC Sanitario de diámetro igual a 75 mm, que es conducida a una cámara contenedora de derrames. Proyecto sanitario El proyecto cuenta con dos proyectos sanitarios con resolución aprobatoria. El primero destinado a oficinas y casino con una capacidad máxima de 20 personas (Ord. N°L/000072 de 17 de enero de 2008); y el segundo proyecto cuenta con resolución sanitaria Res. Ex. N°2310657854 de 1 de marzo 2024. La segunda resolución fue adjunta en el Anexo 6 “resolucion_sanitaria_AP-AS” de la Adenda. Recursos naturales renovables a) Suelo
El proyecto considero escarpe y movimientos de tierra para el acceso, la infraestructura vial interna, construcción túnel de frio y traslado de la planta de tratamiento de RILes.
Área Escarpe (m3) excavación (m3) excavación fundaciones 454,6
Circulaciones 1021,62
excavación talud material base caminos
1086,5 excavación Traslado PTR
72
Durante el primer mes de la fase de construcción, se llevaron a cabo trabajos que implicaron el uso de una excavadora y camiones tolva, sumando aproximadamente 160 viajes realizados exclusivamente dentro del área del proyecto. Estas actividades estuvieron orientadas a la reubicación del material extraído, con el propósito de habilitar terrazas y optimizar la circulación vial interna. Cabe destacar que todo el material excavado fue gestionado dentro del predio, sin necesidad de disposición externa.
b) Agua
En cuanto a la provisión de agua para consumo humano, se utilizó el agua proveniente del pozo profundo autorizado por una caudal de 1,3L/s, sin embargo, se privilegió el uso de agua envasada. Emisiones y efluentes a) Emisiones a la atmósfera
Nombre Descripción Material Particulado MP 10
Se estima una generación de 0,45431 ton/año producto del escarpe, excavaciones, carguío y volteo, compactación, material en pila, circulación en caminos pavimentados, circulación en caminos no pavimentados, combustión vehicular, maquinaria fuera de ruta y grupo electrógeno. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas de MP10 por cada actividad.
Actividad MP 10 (ton/año) Escarpe 0,01348 Excavaciones 0,01559 Carguío y Volteo de material 0,00184 Compactación 0,00238 Material en Pila 0,00379 Circulación en caminos pavimentados 0,17674 Circulación en caminos no pavimentados 0,00557 Combustión Vehicular 0,00126 Maquinaria fuera de ruta 0,01160 Grupo Electrógeno 0,22207 TOTAL EMISIONES AÑO 1 0,45431 Material Particulado MP 2,5 Se estima una generación de 0,25391 ton/año producto del escarpe, excavaciones, carguío y volteo, compactación, material en pila, circulación en caminos pavimentados, circulación en caminos no pavimentados, combustión vehicular, maquinaria fuera de ruta y grupo electrógeno. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas de MP2,5 por cada actividad.
Actividad MP 2.5 (ton/año) Escarpe 0,00202 Excavaciones 0,00800 Carguío y Volteo de material 0,00028 Compactación 0,00122 Material en Pila 0,00058 Circulación en caminos pavimentados 0,04276 Circulación en caminos no pavimentados 0,00055 Combustión Vehicular 0,00126 Maquinaria fuera de ruta 0,01160 Grupo Electrógeno 0,18564 TOTAL EMISIONES AÑO 1 0,25391 NOx Se estima una generación de 13,11 ton/año producto de la combustión vehicular, maquinaria fuera de ruta y grupo electrógeno.
La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad NOx (ton/año) Combustión Vehicular 0,52023 Maquinaria fuera de ruta 0,19224 Grupo Electrógeno 12,40113 TOTAL EMISIONES AÑO 1 13,11359
SO2 Se estima una generación de 0,1340 ton/año producto de la combustión vehicular, maquinaria fuera de ruta y grupo electrógeno. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad SO2 (ton/año) Combustión Vehicular 0,00713 Maquinaria fuera de ruta 0,00040 Grupo Electrógeno 0,00587 TOTAL EMISIONES AÑO 1 0,01340
NH3 Se estima una generación de 0,01055 ton/año producto de la combustión vehicular, maquinaria fuera de ruta y grupo electrógeno. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad NH3 (ton/año) Combustión Vehicular 0,01044 Maquinaria fuera de ruta 0,00011 TOTAL EMISIONES AÑO 1 0,01055 CO Se estima una generación de 3,55234 ton/año producto de la combustión vehicular, maquinaria fuera de ruta y grupo electrógeno.
La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad
Actividad CO (ton/año) Combustión Vehicular 0,11677 Maquinaria fuera de ruta 0,14132 Grupo Electrógeno 3,29424 TOTAL EMISIONES AÑO 1 3,55234 COV Se estima una generación de 0,33046 ton/año producto de la combustión vehicular, maquinaria fuera de ruta y grupo electrógeno. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad COV (ton/año) Combustión Vehicular 0,01292 Maquinaria fuera de ruta 0,00012 Grupo Electrógeno 0,317421 TOTAL EMISIONES AÑO 1 0,33046 Mayores Antecedentes: Anexo 2 “Informe de emisiones”, Adenda Complementaria
b) Emisiones líquidas o efluentes
Nombre Descripción Aguas servidas Se estima para una dotación de 22 personas, máxima dotación estimada para esta fase, por tanto, se estima un caudal de 3,3m3 al día. Se hará uso de las instalaciones del proyecto.
c) Emisiones de Ruido
Nombre Descripción Ruido Se realizaron mediciones de la condición basal de ruido en los receptores bajo estudio (asentamientos humanos y recursos naturales renovables, fauna nativa) para periodo diurno y periodo nocturno. Se obtuvo niveles de ruido de fondo para los receptores asociados población humana que es de 35 dBA para periodo diurno y nocturno. En el caso de los receptores asociados a fauna, se midieron niveles de ruido de fondo, el cual corresponde a 62 dB para periodo diurno, y varía entre 55 dB y 56 dB para periodo nocturno.
Se calcularon áreas de influencia para la fase de construcción del Proyecto, estableciendo distancias radiales máximas donde se igualan los niveles proyectados al menor nivel de ruido basal por de tipo de fuente, obteniendo para fuentes fijas una distancia máxima de 480 metros y para fuentes móviles 6 metros.
Por medio de un análisis entre la ubicación de los receptores y el alcance del área de influencia para fuentes fijas, se determina que todos los receptores asociados al OPA “Salud de la población” quedan dentro de ésta, por lo que debieron ser evaluados respecto a las emisiones de ruido generadas por el Proyecto para descartar la afectación. Con respecto al OPA “Recursos naturales renovables” el sitio de interés SF1 y parte del área de interés (Bosque nativo) identificado por el especialista quedan dentro del área de influencia, por lo que debieron ser evaluados respecto a las emisiones de ruido generadas por el Proyecto para descartar la afectación. Finalmente, en relación con el OPA “Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos” sólo el receptor asociado al cementerio (R3) queda dentro del área de influencia y se realizó su evaluación correspondiente. De la misma forma para fuentes móviles, se determina que los receptores asociados al OPA “Salud de la población”, “Recursos naturales renovables” y “Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos” quedan fuera del área de influencia, por lo que se descarta afectación respecto a la emisión de ruido asociada tránsito vehicular introducido por el Proyecto.
Para el objeto de protección “Salud de la población”, se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por fuentes fijas (reguladas por el D.S. N°38/11 del MMA) en los escenarios definidos para la fase de construcción del Proyecto. Los valores proyectados en los receptores se encuentran entre los 14 dBA y 60 dBA (periodo diurno), superando los Niveles Máximos Permisibles establecidos por el D.S. Nº38/11 del MMA en algunos receptores
Para el objeto de protección “Recursos naturales renovables”, en particular fauna nativa correspondiente al grupo de interés Aves, se estimaron y evaluaron los niveles de ruido generados por todos los escenarios de la fase de construcción del Proyecto. Los valores calculados (NPSeq proyectado) en el sitio de interés definido como Bosque Nativo, se encuentran entre los 35 y 52 dB.
No se supera el nivel de ruido de fondo durante el desarrollo de actividades asociados a los escenarios evaluados, sin embargo, se estimó el área de superposición entre las zonas de hábitats de fauna nativa (Bosque Nativo) y las áreas generadas que representan zonas donde el umbral conductual y fisiológico del grupo taxonómico de interés (Aves) es superado. El porcentaje de superposición de área asociado al umbral conductual varió entre 0,8% y 7,4% para la fase de construcción, por lo que no se generará impacto significativo sobre el hábitat de relevancia bajo estudio. Respecto del sitio Borde costero (el cual es parte del humedal Caicaen), dado que quedó fuera del Área de influencia, se descarta afectación por las emisiones de ruido del Proyecto.
Para el objeto de protección “Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”, se estimaron y evaluaron para el receptor los niveles de ruido generados por fuentes fijas (reguladas por el D.S. N°38/11 del MMA) en todos los escenarios de la fase de construcción del Proyecto. Los valores proyectados en el receptor se encuentran entre los 23 y 60 dBA, sobrepasando los límites de inmisión definidos por la normativa de referencia, Real Decreto 1367/2007 en los escenarios 3.1 y 5.1
Se adoptaron medidas de control de ruido (MCR) administrativas para la fase de construcción, la cual consiste en restringir el funcionamiento simultáneo de ciertas maquinarias. Adicionalmente, se implementaron medidas de control de ruido (MCR) técnicas, tales como, barrera perimetral y barreras modulares para algunas maquinarias y/o frentes de trabajo. Con la implementación de dichas medidas, se obtienen niveles entre 17 y 42 dBA, asegurando el cumplimiento normativo que incluye la incertidumbre asociada al método de propagación utilizado.
Mayor Información: Anexo 3 “Informe de Impacto Acústico”, Adenda Complementaria.
d) Otras emisiones
Nombre Descripción Vibracion es Se midió el nivel de velocidad de vibración (Lv) en periodo diurno y nocturno, en siete (7) receptores asociados al objeto de protección ambiental (OPA) Salud de la población, identificados como los más cercanos al Proyecto. Los niveles de velocidad de vibración (Lv) medidos fluctúan entre 62,0 VdB y 65,8 VdB para el periodo diurno y entre 61,7 VdB y 63,3 VdB para el periodo nocturno. Se observa que la vibración ambiental del sector es poco significativa.
Se calcularon áreas de influencia para fuentes fijas y móviles para la fase de construcción del Proyecto, estableciendo distancias radiales máximas donde se igualan los niveles proyectados al menor nivel basal medido. Para fuentes fijas, se obtuvo un radio de 53 metros para las fases de construcción, distancia que supera los límites del proyecto definiendo un área de influencia de 47 metros. Para las fuentes móviles, se obtuvo una distancia máxima radial donde se iguala el nivel proyectado a la menor condición basal medida, resultando una distancia de 16 metros desde el centro de la vía para la fase de construcción.
Los receptores R3 y R5_1 quedan dentro del área de influencia de fuentes fijas. En cuanto a fuentes móviles, los receptores RTV1, RTV2, RTV3, RTV4, RTV5 y RTV6 quedan dentro del área de influencia
Se aplicó la metodología indicada por la FTA para evaluar el impacto de vibración ocasionado por fuentes fijas y tránsito vehicular, realizando un Análisis General de Vibración para los receptores R3, R5_1, RTV1, RTV2, RTV3, RTV4, RTV5 y RTV6. De los resultados obtenidos, se concluyó que no existe impacto producto de fuentes fijas y móviles en ninguna de las fases del Proyecto.
Finalmente, se concluye que la vibración generada por la fase de construcción asociada al proyecto “Planta de Proceso Calbuco”, no supera los límites establecidos por la guía “Transit Noise and Vibration Impact Assesment Manual” de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos.
Mayor Información: Anexo 3 “Informe de Vibración”, Adenda Complementaria. A continuación, se detallan los resultados obtenidos de la estimación de niveles de vibración para la fase de construcción considerada por el Proyecto:
a) Fuentes fijas
Nivel de velocidad de vibración (Lv) y velocidad peak de partícula (PPV) proyectado en cada receptor, fase construcción, fuentes fijas. Proyección de velocidad peak de partícula (PPV) [pulgada/s] Proyección de nivel de velocidad de vibración (Lv) [VdB] Recepto r Categorí a edificaci ón Límite PPV (pulg/s ) FC2 Cum ple
Recept or Catego ría recept or Límite Lv (VdB) FC2 Cumple R3 II 0,3 0,00620 Sí R3 2 75 64 Si R5_1 III 0,2 0,01593 Sí R5_1 2 72 72 Sí Fuente: Tabla 32 “Nivel de velocidad de vibración (Lv), fase construcción, fuentes móviles”, Anexo 3 “Informe de Vibración”, Adenda Complementaria.
b) Fuentes móviles
En la siguiente Tabla, se presentan los niveles de velocidad de vibración (Lv) proyectados en cada receptor. Receptor
Distancia a vía Ajustes (VdB) Lv (Vd B) D (m) D (pies) V P V C P TP FDC E D P CG AFE A PE A R P M C
RTV1 13 43,952 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 63,1 RTV2 12 39,36 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 63,6 RTV3 11 35,424 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 64,1 RTV4 8 25,584 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 65,5 RTV5 9 29,52 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 64,8 RTV6 13 42,64 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 63,2
Fuente: Tabla 33 “Nivel de velocidad de vibración (Lv), fase construcción, fuentes móviles”, Anexo 3 “Informe de Vibración”, Adenda Complementaria.
Dado que el nivel de Lv calculado es menor a 72 VdB (nivel de impacto para edificios categoría 2 para eventos frecuentes) para los receptores bajo estudio, se concluye que no hay impacto por las vibraciones ocasionadas por el tránsito vehicular del Proyecto. Olores No hubo generación de olores durante la fase de construcción del proyecto, toda vez que en esta fase la planta de proceso no se encontraba en operación
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos no peligrosos
Nombre Descripción Residuos sólidos Considerando una generación promedio de 0,99 kilos por persona al día (fuente: Informe del Estado de Medio Ambiente, 2023) y una dotación máxima de 22 personas se tiene una generación de residuos de 21,78 kilos al día y de 479,16 kilos doméstic os
al mes, considerando 22 días hábiles promedio mes. Se acopiaron en contenedores herméticos para evitar el ingreso de vectores hasta su retiro y disposición en vertedero autorizado
Residuos sólidos industriales: • Restos de estructuras, elementos metálicos y fierro: 373 kilos • Restos de paneles térmicos: 400 kilos • Restos de madera: 57 kilos • Restos de material plástico/HDPE: 25 kilos • Escombros: 480 m3
Para el almacenamiento de los residuos se implementaron tolvas abiertas de 20m3 para los escombros, para los residuos domiciliarios contenedores cerrados de 8m3 de capacidad.
El destino de los residuos fue reciclaje y/o relleno sanitario y el retiro fue según requerimiento, realizado por el contratista de la obra, en el caso de los escombros tuvo una frecuencia mensual o también de acuerdo al requerimiento, y fue realizado por un tercero autorizado.
b) Residuos peligrosos
Nombre Descripción Residuos Peligroso s Se estimó un volumen total aproximado de 120 kilos de residuos peligrosos correspondientes a aceites y lubricantes, paños o guaipes contaminados, mangueras.
Descripción del Residuo Código (Art N°18 DS 148/03) Lista A (Art N°90 DS 148/03) Característic a de Peligrosidad (TA, TC, TE, C, I, R) Estado (Líquido, Sólido) Aceite usado I.8 A3020 TC, TL Líquido Paños o guaipes I.8 A4130 TC Sólido
El almacenamiento de estos residuos fue al interior de la instalación de faena de Sofrisur, implementada al interior de la nave central, en dicho lugar se implementaron dos contenedores cerrados y debidamente rotulados para la disposición de aceite usado y el segundo para disponer los paños o guaipes.
Ubicación zona de disposición transitoria de residuos peligrosos, fase construcción
c) Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
Nombre Descripción No se prevé la generación de otro tipo de residuos a los ya declarados. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.6 del ICE 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN PARTES Y OBRAS DE LA FASE DE OPERACIÓN Nombre Planta de proceso Estanque de agua de mar Sistema de extracción al vacío de vísceras Planta de tratamiento de RILes Área de mantención Bodega de SUSPEL, RESPEL y lubricantes Planta de tratamiento de aguas servidas Estanque de agua dulce Estanque de agua de mar Grupos electrógenos Derechos de agua Zona de residuos no peligrosos Emisario submarino Cañería aductora de agua de mar ACCIONES DE LA FASE DE OPERACIÓN Nombre Descripción Recepción Materia Prima Materia Prima Fresca, Proviene de planta primaria, las posibles presentaciones son: entera sin vísceras, con o sin cabeza. La materia prima es trasladada hasta la planta en bins isotérmicos o cajas térmicas en una mezcla de agua, hielo y sal (opcional), también se puede utilizar hielo licuado “Flow ice” permitiendo mantener la materia prima a temperaturas entre -2°C y 4°C. Una vez en planta, es ubicada en el andén de descarga. Los bins o cajas llegan a la zona de recepción sellados y enzunchados e identificados donde permanecerán por un tiempo máximo de 5 días, el producto se mantiene a una temperatura máxima de 5°C.
Los posibles orígenes son: • Planta primaria con PAC: El producto puede ser recepcionado en cualquier presentación. Los documentos solicitados son guía(s) de despacho, declaración de garantía (opcional), declaración jurada simple que confirme que se cuenta con certificación PAC vigente y cuadro de trazabilidad (packing list). • Planta primaria sin PAC: Esta opción sólo es para pescado eviscerado con cabeza, de lo contrario el producto final no podrá ser exportado a mercados que requieran cadena PAC. Los documentos solicitados son: guía(s) de despacho, declaración de garantía (opcional), declaración jurada simple que confirme su origen y cuadro de trazabilidad.
Materia Prima Congelada o Enfriada Refrigerada, puede ser recepcionada en las siguientes presentaciones: entero sin víscera, HG, filete, porciones, steaks, belly, esquelones, harasu, recortes y pulpa.
En caso de materia prima congelada se puede recibir en cajas de cartón, siendo almacenadas en cámara frigorífica mantenidas a temperatura ≤ -18°C, hasta ingresar al proceso, tiempo que no superará la vida útil otorgada por el elaborador primario. En caso de materia prima enfriada refrigerada se puede recibir en bins, bandejas o cajas de poliestireno expandido con hielo o gel pack, que mantienen la materia prima refrigerada a temperaturas entre -2°C y 4°C, siendo almacenadas en sala, hasta el momento de su procesamiento, por un tiempo no superior a 48 horas.
Una vez en planta, el personal responsable solicita la siguiente documentación, según su origen: Planta primaria con PAC: guía(s) de despacho, declaración de garantía (opcional), declaración jurada simple que confirme se cuenta con certificación PAC vigente y cuadro de trazabilidad. Planta primaria sin PAC: guía(s) de despacho, declaración de garantía (opcional), declaración jurada simple que confirme su origen y cuadro de trazabilidad. La materia prima congelada se utilizará para la elaboración sólo de producto final congelado. Pesaje 1 Sólo para línea de filete. Al ingresar el pescado a la línea de proceso, se realiza un pesaje automático y contabilización de piezas. Nota: Para el caso de producto HG/HON no existe un control de peso ya que se considera la información proporcionada por la planta primaria en el packing list. Lavado materia prima Sólo para materia prima destinado producto terminado entero, HG y HON. El producto es alimentado por una tolva a una línea de lavado, el cual se realiza en dos etapas. En la primera la cavidad ventral de la materia prima es repasada mediante un sistema de succión y agua. En la segunda etapa es realizada mediante aspersión con agua salada de un solo uso. Corte de cabeza El corte de cabeza se realiza previo al fileteo del pescado en la sala de Recepción de Materia Prima. En forma opcional, el hueso collar y las agallas se pueden remover de forma manual, para ser eliminados. Esta tolva es trasladada hacia el sector de pre-túnel donde se ubican en carros y/o bandejas, el tiempo máximo de espera es de 24 horas a temperaturas inferiores a 4°C. Fileteo El fileteo se realiza de forma mecánica (fileteadora automática) y/o manual, haciendo un corte longitudinal recto desde la base del hueso collar hasta la cola, extrayendo el esquelón y obteniendo harasu como subproducto, los cuales son depositados en bandejas y trasladados al sector de trimming. El esquelón puede ser destinado a subproducto en este caso son acopiados en bins con hielo en escamas para su envío a otras plantas, rotulando con la información requerida (fecha de elaboración, fecha de vencimiento, número de planta y lote de trazabilidad). En caso contrario es acopiado en bins y destinado a plantas reductoras Recorte o Decorado Posterior al fileteo se realiza el rebaje, decorado, trim o corte de los filetes según requerimiento comercial, esto se puede realizar en forma automática y/o manual. Esta operación se puede realizar también posterior al despielado. De esta operación es posible obtener los subproductos belly. Estos subproductos son depositados en bandejas y trasladados al sector de trimming Clasificado y reclasificado 1 Los productos se clasifican de acuerdo con sus atributos, según estándares para Salmón Atlántico, Coho y Trucha según ficha técnica comercial. La clasificación determina calidad Premium, Grado, Industrial A e Industrial B. La reclasificación es determinada en caso de utilizar un nuevo estándar de clasificación o un nuevo requerimiento del cliente Despinado Sólo para productos sin espinas. Se realiza en forma manual con pinzas especialmente diseñadas para esta operación. La extracción de espinas se realiza en la zona dorsal. Existe una revisión de filetes después de esta operación para garantizar la ausencia de espinas visibles y/o palpables Despielado Sólo para productos sin piel. Consiste en eliminar la piel de los filetes en forma manual y/o con máquina despieladora. El despielado puede ser superficial o profundo dependiendo de las especificaciones del cliente. Las pieles extraídas son eliminadas como desecho orgánico Clasificado y reclasificado 2 Los productos se clasifican de acuerdo con sus atributos, según estándares para Salmón Atlántico, Coho y Trucha según ficha técnica comercial. La clasificación determina calidad Premium, Grado, Industrial A e Industrial B. La reclasificación es determinada en caso de utilizar un nuevo estándar de clasificación o un nuevo requerimiento del cliente. Pesaje 2 Etapa con fines productivos, se realiza un pesaje de los productos utilizando sistema de balanzas dinámicas, las cuales permiten la captura y envío de datos directo al sistema informático. Trimming En esta etapa operarios con la ayuda de una máquina desgrasadora realizan los cortes necesarios, para obtener el tipo de Trim deseado. Esta actividad se realiza en línea sobre una cinta transportadora. El filete continúa a la siguiente etapa en la cinta transportadora. Los recortes generados en esta etapa y además los obtenidos en etapas anteriores, son utilizados para elaboración de belly, pulpa, recortes y/o harasu, los cuales son dispuestos en bolsas para su posterior congelación. El producto se rotula con etiqueta primaria la información a incluir encuentra descrita en el paso operacional “Empaque, reempaque y re-etiquetado”. Luego las bolsas con producto son trasladadas al sector de pre-túnel donde se disponen en bandejas y/o carros, el tiempo máximo de espera es de 24 horas a temperaturas inferiores a 4°C Porcionado El porcionado puede realizarse en forma manual o con una máquina porcionadora automática cuando el producto esté fresco o enfriado refrigerado. En caso de producto congelado o semi-congelado, entre -10°C y -18°C. En esta etapa se obtiene los productos porciones y steak. La calidad y el calibre es de acuerdo con requerimientos comerciales Sellado al Vacío Sólo para productos envasados al vacío. El producto enfriado refrigerado y congelado puede secarse con toalla absorbente de un solo uso, luego se dispone al interior de bolsas de sellado al vacío y se sella en las máquinas selladoras de campana y/o continuas. Las bolsas son rotuladas mediante etiqueta, la información a incluir se encuentra descrita en el paso operacional “empaque, reempaque y re-etiquetado”. Emparrillado En caso de túnel estático, los productos son dispuestos en placas o bandejas para ingresar al túnel. El tiempo máximo de espera es de 6 horas en sector de pre-túnel Enfriamiento Sólo para productos enfriados refrigerados. El enfriamiento se puede realizar en túnel continuo o estático. En ambos casos el tiempo máximo de residencia es de 30 minutos para lograr una temperatura en el centro del producto de -2°C a 4°C. Congelación Sólo para productos congelados La congelación se puede realizar en túnel continuo o estático. En caso de túnel continuo el producto es dispuesto en cinta transportadora, el máximo tiempo de residencia depende de la presentación del producto fluctuando entre 1 y 3 horas o el tiempo suficiente para lograr una temperatura en el centro del producto ≤-18°C. En caso de túnel estático, los productos ingresan al túnel por un mínimo de 1 hora o el tiempo suficiente para lograr una temperatura en el centro del producto ≤-18°C, lo cual dependerá de la carga y presentación del producto. La temperatura del túnel se encuentra entre -35°C y -40°C. Existe la posibilidad que el producto permanezca en el túnel por un tiempo superior cuando por motivos operacionales no se pueda continuar con el proceso, este tiempo no supera las 120 horas (fin de semana/feriado) garantizando una temperatura ≤- 18°C en todo este tiempo. Empaque, Reempaque y etiquetado Envases primarios, el producto puede ser envasado al vacío o en bolsas selladas o no o a granel (dentro de una funda no sellada). En caso de ser requerido, los productos pueden ser glaseados. Las piezas son sumergidas por un tiempo de 5 a 10 segundos, en agua enfriada con hielo. Esto puede ser realizado de manera manual por inmersión en una tina o sumergido en glaseador automático. Las frecuencias de recambio de agua para ambos sistemas se encuentran pendientes. Envases secundarios, los productos ya en su envase primario se disponen en cajas de cartón (producto congelado) o en cajas isotérmicas (producto enfriado-Refrigerado), luego estas cajas se ubican individualmente para digitar el peso, posteriormente imprimir y pegar la etiqueta para sellar la caja. En los productos Enfriados refrigerados se puede agregar gel pack y/o hielo en escamas a la caja. Saldos y Mezclas Los saldos son enviados a cámara hasta que se procese un producto de las mismas características, el plazo máximo es hasta 5 días, este producto quedará rotulado como producto en tránsito con la información de fecha de elaboración y lote. Re-empaque: Consiste en modificar el empaque original de un producto, este producto puede provenir de la misma planta como de otra planta externa que cuente o no con PAC (lo que limitará los mercados de destino de acuerdo con lo descrito en el programa de Trazabilidad), los re-empaques son modificaciones solicitadas por los clientes en el envase primario y/o secundario. Todos los cambios son registrados en sistema informático Fishtalk. Esta actividad puede considerar o no la manipulación del producto. Siempre que se realice un reempaque de producto, se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones: a) Para los cambios de envase secundario en cualquier establecimiento (no existe manipulación del producto) Se deberá mantener la identificación de la empresa que elaboró el producto, en todo el embalaje. El establecimiento que realice el re-empaque deberá contar con registros de trazabilidad que avalen este procedimiento. Se deberá mantener la fecha de elaboración (cuando se realizó la transformación del producto) La fecha de vencimiento deberá corresponder a la que se asignó durante la elaboración o transformación del producto. b) Para el cambio de envase primario en el mismo establecimiento elaborador (existe manipulación del producto) Se mantendrá la fecha de elaboración (transformación del producto) y se asignará un código al producto que identifique la acción de reempaque. La fecha de vencimiento del producto corresponderá a la que se asignó durante la elaboración o transformación del producto. c) Cambio de envase primario en un establecimiento elaborador distinto al original (existe manipulación del producto) Se identificará como elaborador al establecimiento que realice el cambio de empaque primario Se mantendrá como fecha de elaboración aquella que corresponda a la transformación del producto, y asignará un código al producto, que identifique la acción de reempaque. La fecha de vencimiento del producto corresponderá a la que se asignó en la elaboración o transformación del producto. d) Realización de mezclas o Saldos (de igual producto) Se identificará como elaborador a aquel que realiza la mezcla de producto La fecha de elaboración corresponderá al día en que se realiza la operación de la mezcla. La fecha de vencimiento del producto corresponderá a la que se asignó en la elaboración o transformación del producto más antiguo de la mezcla. e) Re-Etiquetado Consiste en la operación de cambio de etiqueta por deterioro, requerimientos comerciales o para incorporar nuevos requisitos regulatorios
Detector de Metales (PCC) El producto congelado y el producto enfriado-refrigerado ingresa a la cinta transportadora donde está instalado un equipo detector de metales de alta sensibilidad. La máquina es ajustada a la máxima sensibilidad según el producto. Luego las cajas ingresan directamente a paletizado Paletizado El paletizado de las cajas consiste en apilar las unidades según producto sobre un pallet en forma ordenada. Posteriormente las cajas de producto se transportan hacia frigorífico Almacenamient o de producto enfriado, refrigerado y congelado Todas las cajas que ingresan a frigorífico son registradas en el sistema informático mediante captura de datos electrónicos. La planta cuenta con una cámara frigorífica cuya capacidad de almacenamiento es de 300 toneladas. Los productos terminados también pueden ser almacenados en frigoríficos externos habilitados por SERNAPESCA. El producto congelado se debe mantener en cámaras frigoríficas a temperaturas menores o iguales a – 18° C, a la espera de ser despachados de acuerdo con pedidos realizados por los clientes, con un tiempo máximo no superior a su vida útil. El producto enfriado refrigerado se debe mantener en ambientes refrigerados, por ejemplo, sala de paletizado, a la espera de ser despachados de acuerdo con pedidos realizados por los clientes, con un tiempo máximo no superior a su vida útil Despacho Esta operación se realiza una vez obtenida la orden de embarque desde el departamento comercial. Consiste en la salida del producto desde el andén de carga o frigoríficos externos, donde se realizan los controles de guía de procesos, estado de la guía, verificación de producto, temperatura del producto, control visual de cajas, orden de embarque. Todas los lotes y fechas de elaboración antes de ser despachadas deberán ser contrastadas con el sistema computacional de frigorífico para detectar producto retenidos. Las cajas con producto terminado se dispondrán individualmente en camión frigorífico, el cual, debe estar seteado al menos a temperatura de -18°C para producto congelado y al menos 4°C para producto enfriado refrigerado, separando la carga de acuerdo con los pedidos, para posteriormente ser trasladado al lugar de embarque (aéreo, marítimo o terrestre según corresponda). Sistema de succión de descartes (vísceras) La planta estará implementada con un sistema de succión de los residuos orgánicos proveniente de la sala de proceso, que mediante vacío extraen los residuos a una tolva de 14m3 ubicada en el exterior de la sala de proceso, desde este punto son cargado los camiones que trasladaran estos residuos a plantas reductoras o de hidrolizados. Tratamiento de aguas servidas El proyecto cuenta con dos resoluciones sanitarias, la primera corresponde al alcantarillado particular destinada a la oficina y casino con una capacidad máxima de 20 personas (Ord. N°L/000072 de 17 de enero de 2008); y la segunda Res. Ex. N°2310657854 de 1 de marzo 2024y corresponde a un sistema particular de agua potable y aguas servidas. Ambas resoluciones fueron adjuntas en el Anexo 6 “resolucion_sanitaria_AP-AS” de la Adenda Tratamiento de RILes El proyecto cuenta con un sistema de tratamiento de RILes evaluados y aprobado mediante RCA 463/2007 y que mediante consulta de pertinencia se realizaron mejoras incorporándole un filtro de escalera antes del sistema de tratamiento y un filtro UV para desinfectar el RIL antes de su disposición al medio marino (Res. Nº 202310101195) mediante emisario submarino fuera de la zona de protección litoral (Res. DGTM y MM Ordinario N°12.600/397/VRS).
Diagrama de flujo del sistema de tratamiento de RILes.
El sistema de tratamiento consta de cuatro etapas de tratamiento:
Primera etapa Para la separación de sólidos de líquidos. La primera etapa de tratamiento se utiliza para que los Residuos Industriales Líquidos, provenientes del proceso productivo (principalmente agua con restos de vísceras, piel, escamas, espinas y hielo), son conducidos por gravedad hasta una cámara colectora para ser trasladados a un canal abierto de aproximadamente 700mm de ancho, lugar donde se instalará un TAMIZ TIPO ESCALERA, encargada de la separación mecánica de los sólidos de tamaño mayor a 3mm. Los filtros escaleras están compuestos por una serie de láminas con un diseño escalonado, cuya separación determina la dimensión de los desechos que pueden ser removidos. El filtro se divide en dos bloques independientes, uno móvil y uno fijo, cuyo movimiento relativo filtra el agua en movimiento, manteniendo siempre un paso constante de agua hacia el proceso posterior. Posteriormente, los residuos serán acumulados en un contenedor de bins, y retirado por empresa externa autorizada, con una frecuencia que será mensual o en su defecto cada 15 días (dependerá de los niveles de producción y la cantidad de desechos a disponer).
Segunda etapa Por gravedad el RIL filtrado que proviene de la cámara del filtro escalera cae hacia una cámara desgrasadora, que permite la separación de las grasas contenidas en el residuo líquido. El RIL descargará hacia un DESGRASADOR, donde se dan las condiciones para que el flujo pase de manera lenta, permitiendo así separar las arenas y los sólidos decantables por gravedad y los aceites y grasas por flotación. Este proceso tiene por objeto eliminar las materias pesadas superior a 200 micras, con la finalidad de evitar que se produzcan sedimentos en los en los canales y conducciones, para evitar sobrecargas en las fases de tratamiento siguientes. Por lo que, se eliminan las materias flotantes más ligeras que el agua que de otra forma podrán distorsionar los procesos de tratamiento posteriores mediante la insuflación de aire, para así desemulsionar (separar el aceite de su emulsión con el agua), las grasas y conseguir una mayor flotación de estas. Permitiendo, mantener un caudal constante de tratamiento, reduciendo a su vez, el parámetro de aceites, grasas, menor grado DBO5 y sólidos suspendidos.
El estanque desgrasador tiene las siguientes dimensiones: • Alto: 1.500 mm • Ancho: 3.000 mm • Largo: 5.500 mm
La eficiencia del desgrasador se detalla en la siguiente tabla. Parámetro Eficiencia de remoción (%) Aceites y grasas (mg/L) 25 Sólidos suspendidos (mg/L) 37 Sólidos sedimentables (mg/L) 12
Tercera etapa Posteriormente el RIL es bombeado hacia un filtro de tambor que separará de manera mecánica, para la eliminación de sólidos finos o gruesos. En el ingreso del flujo se irá distribuyendo en el mismo ancho que el filtro, por toda la superficie del tambor rotativo, a través de una cuchilla de desnatado, los sólidos se separan y se eliminan del tambor, mientras que el líquido entra primero desde la parte superior al interior del tambor, que gira lentamente arrastrando las impurezas fuera del agua.
A medida que el tambor gira dentro del lodo, un vacío arrastra los desechos, a través, del medio filtrante industrial, atrapando las partículas de sólidos suspendidos, a medida que el tambor sigue recorriendo el lodo, el proceso se va espesando.
Cuarta etapa Finalmente, el RIL tratado pasa por un equipo de desinfección UV, en donde se destruyen todos los posibles patógenos como virus y bacterias (principalmente coliformes), a través, de radiación Ultravioleta, para ser descargado de manera segura al mar vía emisario fuera de la zona de protección litoral, evitando cualquier tipo de daño ambiental a su efecto. De manera que inactivará cualquier tipo de microorganismos por medio de la destrucción de su material genético.
Antes de la salida al emisario, se cuantificará el caudal de descarga, que de acuerdo con la Res. N°202310101195, se estima como máximo de 20,08 m3/hora, con una frecuencia continua de 24 horas, del efluente mediante Flujómetro Electromagnético, instrumento que tiene las condiciones para medir el flujo que transita por una tubería, funcionando de acuerdo con la conductividad del líquido que se está midiendo. La siguiente figura muestra un diagrama del sistema de tratamiento de RILes Diagrama del sistema de tratamiento de RILes.
Los RILes una vez tratados y desinfectados son descargados al mar mediante emisario submarino fuera de la zona de protección litoral cumpliendo con los máximos permitidos por la tabla N°5 del D.S. Nº90/2000 (DGTM y MM Ordinario N°12600/05/135 de 21 de junio de 2002). Descarga del efluente Tal como se indicó en la DIA anterior, el proyecto descarga sus RILes mediante emisario submarino fuera de la zona de protección litoral cumpliendo con los máximos permitidos por la Tabla N°5 del D.S. N°90 a una profundidad aproximada de 8,5 m NRS. En la tabla y figura siguiente se indica la ubicación del emisario submarino y su correspondiente punto de descarga.
Coordenadas de punto de descarga de los RILes del proyecto (Datum WGS-84)
Punto de Descarga Coordenadas Geográficas Coordenadas UTM Latitud Longitud Este Norte 41° 47' 39,64" S 73° 08' 46,22" W 654026 5371396
Ubicación punto de descarga del proyecto
Las tablas siguientes resumen el total del efluente a descargar por el proyecto fuera de la Zona de Protección Litoral (ZPL); y resume los caudales de descarga diario, mensual y anual, los que fueron estimados considerando una descarga continua durante 24 horas y en base a 26 días de operación al mes.
Resumen de efluentes a disponer por el proyecto
Caudal máximo a disponer (m3/hr) RIL 20,08 100% ocupación 20,08
Resumen volumen máximo y medio de descarga del proyecto.
Volumen medio generado (m3) Volumen medio descargado (m3) Volumen máximo generado (m3) Volumen máximo descargado (m3) Año 75.179,52 75.179,52 150.359,04 150.359,04 Mes 6.264,96 6.264,96 12.529,92 12.529,92 Día 240,95 240,95 481,9 481,9
Nota: cálculo volumen máximo generado y descargado al mes considerando 26 días de operación. Resumen condición de vertimiento.
Nº Descarga Forma de Evacuación Volumen (m3/día) Frecuencia (hr/día) 1 Continua 481,9 24 Programa de autocontrol El proyecto cuenta con una RCA por el sistema de tratamiento de RILes y descarga al mar vía emisario submarino fuera de la zona de protección litoral, cumpliendo con los máximos permitidos por la Tabla N° 5 del D.S. N°90/2000 (RCA N°463/2007). Dada la modificación en términos del recurso a procesar, actualmente la planta se encuentra tramitando su RPM. Como parte de este proceso, se han realizado análisis de los parámetros del RIL conforme a los criterios especificados en la Tabla N°5 del D.S. N°90. Los resultados obtenidos durante el monitoreo efectuado en el mes de noviembre 2023 se detallan en la siguiente tabla.
Parámetros de monitoreo noviembre 2023 Parámetro Unidades Noviembre Aceites y grasas mg/L 13,8 Solidos Sedimentables ml/l/h < 0,1 Solidos Suspendidos totales mg/L 148 Aluminio mg/L 0,355 Arsénico mg/L 0,004 Cadmio mg/L < 0,002 Cianuro mg/L < 0,02 Cobre mg/L 0,213 Índice de fenol mg/L < 0,1 Cromo hexavalente mg/L < 0,010 Cromo total mg/L < 0,005 Estaño mg/L < 0,05 Fluoruro mg/L 0,35 Hidrocarburos Totales mg/L < 5 Hidrocarburos Volátiles mg/L < 0,1000 Manganeso mg/L 0,074 Mercurio mg/L < 0,001 Molibdeno mg/L < 0,005 Níquel mg/L 0,011 Ph Unidad 6,33 Plomo mg/L < 0,02 SAAM mg/L 0,73 Selenio mg/L < 0,005 Sulfuro mg/L < 0,1 Zinc mg/L 0,272
Actividades de mantención De acuerdo con la información presentada en adenda las actividades de mantención se presentan en la tabla a continuación:
Actividades de mantención a desarrollar Mantención Detalle Periodicidad Medios de verificación Área de proceso Volcabins + Desaguador Revisión general de estructura y sistema hidráulico, reapriete de ser necesario, revisión sistema eléctrico revisión general del equipo. Quincenal Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Equipo de pesaje Ingreso Diariamente pruebas de funcionamiento e inspección general, semanalmente corresponde realizar revisión mecánica y eléctrica del equipo, mensual realizar revisión de estructura y sistema neumático, además de revisión del sistema eléctrico, anualmente revisión y mantención realizada por proveedor del equipo. Diario, semanal, mensual y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Mesón Corte de Cabezas Semanalmente revisar estructura, sistema eléctrico y motriz verificación de funcionamiento en general Semanal Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Alimentador Corte Cola Diariamente revisar correcto funcionamiento, semanalmente inspección general, revisión de cintas y mecanismos sistema motriz, además de realizar inspección sistema eléctrico. Anualmente visita de mantención de servicio técnico Marel. Diario, semanal, mensual y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Corte de Cola Diariamente revisar correcto funcionamiento, semanalmente inspección general, revisión de cintas y mecanismos sistema motriz, además de realizar inspección sistema eléctrico. Anualmente visita de mantención de servicio técnico Marel. Diario, semanal, mensual y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Máquina Fileteadora Diariamente, verificación de correcto funcionamiento, puesta en marcha, verificar correcto armado del equipo, semanalmente revisión sistema motriz, sistemas de corte e inspección general del equipo, corresponde verificar estado de correas de ingreso producto y verificación del sistema neumático. Mensualmente revisar sistema eléctrico, sistema neumático y sistema motriz del equipo anualmente revisión servicio técnico Marel. Diario, semanal, mensual y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta salida máquina fileteadora Diariamente verificar su correcto funcionamiento y estado general del equipo, además semanalmente revisar
sistema motriz, estado de cintas y guías de deslizamiento, mensualmente revisión general de equipo anualmente corresponde mantención por servicio técnico Marel. Diario, semanal, mensual y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta de desechos Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta de repaso Diariamente revisión general de funcionamiento, revisión de cintas, semanalmente revisión general, revisión estado de cintas, revisión de motores, semanalmente revisión general del equipo, anualmente inspección realizada por servicio técnico proveedor. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta de desechos Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Whizard Diariamente verificación de correcto funcionamiento, limpieza, puesta en marcha, semanalmente limpieza y lubricación, anualmente corresponde inspección por servicio técnico. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Línea de PBO (10 puestos + 2 inspección por lado) Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Despieladora Diariamente corresponde realiza limpieza y puesta en marcha general del equipo, reemplazo de cuchillo de despielado, semanalmente lubricación general sistema motriz, anualmente inspección por servicio técnico de representante de la marca. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Balanza dinámica Diariamente revisión general de funcionamiento, revisión de cintas, semanalmente revisión general, revisión estado de cintas, revisión de motores, semanalmente revisión general del equipo, anualmente inspección realizada por servicio técnico proveedor. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta traspaso a línea de porciones Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor
del equipo. Cinta alimentación Multivac R535 Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Máquina Termoformadora Diariamente se realiza habilitación del equipo, además de una limpieza general, se verifica estado general de funcionamiento, semanalmente corresponde realiza limpieza y lubricación, revisar estado de empaquetaduras y estado de cuchillos, anualmente mantención completa del equipo por servicio técnico Multivac. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta salida Multivac R535 Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta de repaso línea de porciones Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor
del equipo. Porcionadora Diariamente revisión general de funcionamiento, revisión de cintas, semanalmente revisión general, revisión estado de cintas, revisión de motores, semanalmente revisión general del equipo, anualmente inspección realizada por servicio técnico proveedor. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Máquina Termoformadora Diariamente se realiza habilitación del equipo, además de una limpieza general, se verifica estado general de funcionamiento, semanalmente corresponde realiza limpieza y lubricación, revisar estado de empaquetaduras y estado de cuchillos, anualmente mantención completa del equipo por servicio técnico Multivac. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta salida Multivac R145 Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor
del equipo. Cinta conexión con cinta de salida Multivac R535 Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Climatizado Mensualmente verificación de su correcto funcionamiento, verificación de ventiladores, desagües bandejas y rejillas, estado en general, anualmente revisión por servicio técnico Sofrisur. Diario, semanal, mensual y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Infraestructura zona recepción Materia Prima Revisión general, revisión de soldadura, revisión de pintura general del área. Semanal Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual). Infraestructura zona filete Revisión general, revisión de soldadura, revisión de pintura general del área. Semanal Registro de mantención interna (diario,
semanal, quincenal y mensual). Área de empaque Cinta cuello de cisne Diariamente revisión general de funcionamiento, revisión de cintas, semanalmente revisión general, revisión estado de cintas, revisión de motores, semanalmente revisión general del equipo, anualmente inspección realizada por servicio técnico proveedor. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta aceleradora Diariamente revisión general de funcionamiento, revisión de cintas, semanalmente revisión general, revisión estado de cintas, revisión de motores, semanalmente revisión general del equipo, anualmente inspección realizada por servicio técnico proveedor. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Balanza dinámica Diariamente revisión general de funcionamiento, revisión de cintas, semanalmente revisión general, revisión estado de cintas, revisión de motores, semanalmente revisión general del equipo, anualmente inspección realizada por servicio técnico proveedor. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Grader Diariamente revisión general de funcionamiento, revisión de cintas, semanalmente revisión general, revisión estado de cintas, revisión de motores, semanalmente revisión general del equipo, anualmente inspección realizada por servicio técnico proveedor. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta salida Grader Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta aceleradora Diariamente revisión general de funcionamiento, revisión de cintas, semanalmente revisión general, revisión estado de cintas, revisión de motores, semanalmente revisión general del equipo, anualmente inspección realizada por servicio técnico proveedor. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Balanza dinámica Diariamente revisión general de funcionamiento, revisión de cintas, semanalmente revisión general, revisión estado de cintas, revisión de motores, semanalmente revisión Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual general del equipo, anualmente inspección realizada por servicio técnico proveedor. entregado por el proveedor del equipo. Star- stop Diariamente revisión general de funcionamiento, revisión de cintas, semanalmente revisión general, revisión estado de cintas, revisión de motores, semanalmente revisión general del equipo, anualmente inspección realizada por servicio técnico proveedor. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Maquina enzunchadora Diariamente revisión y limpieza del sistema motriz y sistema de enzunchado, semanalmente limpieza general de equipo y lubricación, anualmente revisión por servicio de la marca. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Detector de metales Diariamente se inspección a el funcionamiento correcto del equipo, semanalmente inspección de cinta transportadora y guías de deslizamiento, anualmente inspección por servicio técnico oficial. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta salida detector de metales Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta trasporte a frigorífico 1 Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta trasporte a frigorífico 2 Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta trasporte a frigorífico 3 Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta trasporte a frigorífico 4 Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y Diario, semanal y anual Registro de mantención sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta trasporte a frigorífico 5 Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Climatizado Mensualmente verificación de su correcto funcionamiento, verificación de ventiladores, desagües bandejas y rejillas, estado en general, anualmente revisión por servicio técnico Sofrisur. Mensual y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Cinta alimentadora de cajas Diariamente inspección general, semanalmente revisar estado de cinta y sistema motriz, anualmente corresponde inspección a motorreductor y sistema en general. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Infraestructura zona Empaque Revisión general, revisión de soldadura, revisión de pintura general del área. Semanal Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual). Área de Agua dulce Bomba dosificadora Semanalmente revisar el piping del equipo y verificar su funcionamiento correcto, anualmente verificar el funcionamiento en general. Semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico
de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Bomba de elevación Revisión anual, estado general, rodamientos, sistema eléctrico y estado general del equipo. Semanal y anual Registro de mantención interna
(diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico
de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Filtro escalera Semanalmente Revisión de correcto funcionamiento del equipo en general verificación del correcto funcionamiento del motorreductor y sistema eléctrico general. Semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico
de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Bomba de descarga Revisión anual, estado general, rodamientos, sistema eléctrico y estado general del equipo. Semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Filtro rotatorio Semanalmente Revisión de correcto funcionamiento del equipo en general verificación del correcto funcionamiento del motorreductor y sistema eléctrico general. Anualmente corresponde mantención por servicio técnico. Semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Filtro UV Semanalmente inspección general, mensualmente limpieza general, anualmente inspección por servicio técnico del equipo. Semanal, mensual y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Flujómetro Semanalmente comprobación de funcionamiento y estado general anualmente corresponde inspección del equipo por servicio técnico de la marca del equipo Semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo Desengrasador Diariamente, puesta en marcha del equipo y verificación general. Semanalmente Revisión de correcto funcionamiento del equipo en general verificación del correcto funcionamiento del motorreductor y sistema eléctrico general. Anualmente corresponde mantención por servicio técnico. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Aireador Diariamente, puesta en marcha del equipo y verificación general. Semanalmente Revisión de correcto funcionamiento del equipo en general verificación del correcto funcionamiento del motorreductor y sistema eléctrico general. Diario y semanal Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Área Sistema de Vacío Bomba Robuschi Diariamente puesta en marcha del equipo, semanalmente Revisión general y anualmente Revisión por servicio técnico de la marca. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Área Sala de Máquinas Compresor 1 Diariamente comprobación general del equipo, además de revisar estado general, semanalmente Revisión general de parámetros de trabajo, anualmente corresponde a inspección de equipo por servicio técnico de la marca. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Compresor 2 Diariamente comprobación general del equipo, además de revisar estado general, semanalmente Revisión general de parámetros de trabajo, anualmente corresponde a inspección de equipo por servicio técnico de la marca. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Bomba de amoníaco 1 Diariamente comprobación general del equipo, además de revisar estado general, semanalmente Revisión general de parámetros de trabajo, anualmente corresponde a inspección del equipo por servicio técnico de la marca. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Bomba de amoníaco 2 Diariamente comprobación general del equipo, además de revisar estado general, semanalmente Revisión general de parámetros de trabajo, anualmente corresponde a inspección del equipo por servicio técnico de la marca. Diario, semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Condensadores Diariamente comprobación general del equipo, además de revisar estado general, semanalmente Revisión general de parámetros de trabajo, anualmente corresponde a inspección del equipo por servicio técnico de la marca. Anual Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Túnel continuo Diariamente comprobación general del equipo, además de revisar estado general, semanalmente Revisión general de parámetros de trabajo, anualmente corresponde a inspección del equipo por servicio técnico de la marca. Semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Túnel estático Diariamente comprobación general del equipo, además de revisar estado general, semanalmente Revisión general de parámetros de trabajo, anualmente corresponde a inspección del equipo por servicio técnico de la marca. Semanal y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Área Frigorífico Cámara Mensualmente corroborar el correcto funcionamiento del equipo, además de Mensual y anual Registro de mantención interna (diario, realizar limpieza, anualmente Revisión por servicio técnico de la marca. semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Andenes Mensualmente corroborar el correcto funcionamiento del equipo, además de realizar limpieza, anualmente Revisión por servicio técnico de la marca. Mensual y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. evaporadores Mensualmente corroborar el correcto funcionamiento del equipo, además de realizar limpieza, anualmente Revisión por servicio técnico de la marca. Mensual y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Robot paletizado Mensualmente corroborar el correcto funcionamiento del equipo, además de realizar limpieza, anualmente Revisión por servicio técnico de la marca. Mensual y anual Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Informe técnico de mantención anual entregado por el proveedor del equipo. Área Agua Dulce Administración Bomba de agua Verificación diaria de funcionamiento, semanalmente verificación de línea hidráulica en general. Diario y semanal Registro de mantención interna (diario, semanal, quincenal y mensual) de los equipos. Todas las Áreas Instalaciones Limpieza Diario Registro de mantención interna. Canaletas de aguas lluvia Limpieza y/o reparación Semestral Registro de mantención interna Edificios plantas de proceso (pinturas, techumbre, revestimiento, etc.) Mantenimiento general Anual Registro de mantención interna. Entorno y acceso a instalaciones Limpieza Diario Registro de mantención interna. Cierre perimetral Reparaciones De acuerdo con la aparición de fallas Registro de mantención interna. Señalizaciones Revisión y reposición Semestral o en caso de destrucción Registro de mantención interna. Barreras corta fuego Reparaciones De acuerdo con aparición de fallas Registro de mantención interna Canales de manejo de aguas lluvia Limpieza
Reparación Estival: trimestral Invernal: Quincenal De acuerdo con aparición de fallas Registro de mantención interna.
Productos generados El proyecto considera una producción máxima de 2.500 toneladas de materia prima mensual, de los cuales el 80% estará destinada a filete fresco y el 20% restante a entero HON fresco y congelado. La siguiente tabla detalla el rendimiento por cada línea.
Volumen estimado de proceso por tipo de producto Producto Terminado Genérico Materia Prima Ton/año Producto terminado (ton/año) Rendimiento Materia Prima (%) Entero sin vísceras, con cabeza 6.000 5.340 89 Filete con piel con espinas fresco 24.000 14.400 60 Toneladas / Año 30.000 19.740
Toneladas / Mes 2.500 1.465
Toneladas / Día 113,6 74,8
Recursos naturales renovables
Nombre Descripción Agua El abastecimiento de agua potable de la planta es mediante a un pozo profundo otorgado por un caudal de 1,3L/s.
Resoluciones DGA No Coordenada UTM (Datum PSAD 56) Caudal Máximo (l/s) Este Norte 13/24-01-2007 653958 5371866 1,3 Coordenada UTM (Datum WGS-84) 653721,338 5371504,393
Para llevar a cabo todos los procesos considerados en el proyecto, se requiere de usos de agua de dulce y agua salada, las siguientes tablas muestran el detalle del requerimiento de agua del proyecto. El abastecimiento de agua para el proceso será mediante camiones aljibes de 30m3 de volumen, la que es almacenada en 4 estanques de 30m3 cada uno. Actualmente el abastecimiento es a través de la empresa Trasur, la que adquiere el agua de un pozo con derechos de agua otorgado por un caudal de 30L/s ubicado en el sector de Panitao siendo su actual titular la empresa Lagosmaq, los antecedentes del pozo como la trazabilidad se adjuntan en el anexo 12 “ANTECEDENTES AGUAS DE PROCESO” de la Adenda Complementaria. Emisiones y efluentes
a) Emisiones a la atmósfera
Nombre Descripción Material Particula Se estima una generación de 18,88515 ton/año producto de las emisiones de material particulado durante la etapa de operación que se producirán debido al levantamiento de polvo por el tránsito vehicular. do MP 10 La siguiente tabla resume las emisiones estimadas de MP10 por cada actividad.
Actividad MP 10 (ton/año) Circulación en caminos pavimentados 18,87293 Circulación en caminos no pavimentados 0,01075 Combustión Vehicular 0,00146 Grupo Electrógeno - TOTAL EMISIONES AÑO 1-25 18,88515 Equipos sólo como respaldo ante cortes eléctricos
Se adjunta el informe de estimación de emisiones en el Anexo 2 “Informe Emisiones” del Adenda Complementaria.
Material Particula do MP 2,5 Se estima una generación de 4,56856 ton/año producto de las emisiones de material particulado durante la etapa de operación que se producirán debido al levantamiento de polvo por el tránsito vehicular. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas de MP2,5 por cada actividad.
Actividad MP 2.5 (ton/año) Circulación en caminos pavimentados 4,56603 Circulación en caminos no pavimentados 0,00107 Combustión Vehicular 0,00146 Grupo Electrógeno - TOTAL EMISIONES AÑO 1 - 25 4,56856 Equipos solo como respaldo ante cortes eléctricos NOx Se estima una generación de 0,59947 ton/año producto de la combustión de vehículos, se cuenta con la revisión técnica al día de éstos, cumpliendo con el D.S. Nº 55/94, que contiene la Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, el cual establece los valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.
La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad NOx (ton/año) Combustión Vehicular 0,59947 TOTAL EMISIONES AÑO 1 - 25 0,59947
SO2 Se estima una generación de 0,00831 ton/año producto de la combustión vehicular.
La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad SO2 (ton/año) Combustión Vehicular 0,00831 TOTAL EMISIONES AÑO 1 - 25 0,00831 NH3 Se estima una generación de 0,01216 ton/año producto de la combustión vehicular.
La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad NH3 (ton/año) Combustión Vehicular 0,01216 TOTAL EMISIONES AÑO 1 - 25 0,01216 CO Se estima una generación de 0,13569 ton/año producto de la combustión vehicular, maquinaria fuera de ruta y grupo electrógeno. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad
Actividad CO (ton/año) Combustión Vehicular 0,13569 TOTAL EMISIONES AÑO 1 - 25 0,13569 COV Se estima una generación de 0,01479 ton/año producto de la combustión vehicular, maquinaria fuera de ruta y grupo electrógeno.
La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad COV (ton/año) Combustión Vehicular 0,01479 TOTAL EMISIONES AÑO 1 - 25 0,01479
Mayores Antecedentes: Anexo 2 “Informe de emisiones”, Adenda Complementaria
b) Emisiones líquidas o efluentes
Nombre Descripción Aguas servidas El proyecto cuenta con una resolución sanitaria del alcantarillado particular destinada a la oficina y casino con una capacidad máxima de 20 personas (Ord. N°L/000072 de fecha 17 de enero de 2008); y con una segunda resolución Res. Ex. N°2310657854 del 1 de marzo de 2024.
Mayores antecedentes Anexo 6 “resolucion_sanitaria_AP-AS” de la Adenda Residuos líquidos industriale s La planta, producto de su proceso, genera residuos líquidos industriales, que son tratados mediante una planta de tratamiento de RILes con una capacidad de tratamiento de 20,08m3/hr. La planta de tratamiento fue evaluada y aprobada mediante RCA Nº463/2007 y posteriormente fue modificada incorporando un filtro de escalera antes del ingreso al sistema de tratamiento y un filtro UV posterior a la planta y antes de disponer los RILes, tal como lo indica la RCA N°463, fuera de la zona de protección litoral cumpliendo con los máximos permitido por la Tabla N°5 del D.S. N°90/2000. Mayores Antecedentes Anexo 2 “Antecedentes Documentales” de la DIA.
c) Emisiones de Ruido
Nombre Descripción Ruido Se realizaron mediciones de la condición basal de ruido en los receptores bajo estudio (asentamientos humanos y recursos naturales renovables, fauna nativa) para periodo diurno y periodo nocturno. Se obtuvo niveles de ruido de fondo para los receptores asociados población humana que es de 35 dBA para periodo diurno y nocturno. En el caso de los receptores asociados a fauna, se midieron niveles de ruido de fondo que es de 62 dB para periodo diurno, y varía entre 55 dB y 56 dB para periodo nocturno.
Se calcularon áreas de influencia para todas las fases que considera el Proyecto, estableciendo distancias radiales máximas donde se igualan los niveles proyectados al menor nivel de ruido basal por tipo de fuente, la siguiente tabla detalla las distancias máximas radiales para la fase de operación del proyecto.
Áreas de Influencia (AI) fase de operación del proyecto por tipo de fuente. Tipo de receptor Tipo de Fuente Distancia máxima radial (m) Asentamientos humanos Fuente Fija 678 Fuente móvil 4 Recursos naturales renovables, Fauna Nativa Fuente Fija 99 Fuente móvil 15
Los resultados de la evaluación para la fase de operación en los receptores que se encuentran dentro del área de influencia del Proyecto, observando que existe superación de los Niveles Máximos Permisibles (NMP) de ruido en el receptor R5.2, tal como se muestra en las siguientes tablas:
a) Evaluación de niveles de ruido correspondiente a la fase de operación Escenario 1, periodo diurno y nocturno, salud de la población.
Receptor (Id) Altura receptor (m) NPC proyectad o (dBA) NMP (dBA) Diferenci a [NPC proyecta do- NMP] (dBA) ¿Cumple ? R1 1,5 37 45 -8 Sí R2 1,5 38 45 -7 Sí R3 1,5 44 45 -1 Sí R4 1,5 43 45 -2 Sí R4 4 43 45 -2 Sí R5.1 1,5 45 45 0 Sí R5.2 1,5 45 45 0 Sí R5.2 4 47 45 2 No R6 1,5 42 45 -3 Sí R7 1,5 39 45 -6 Sí R8 1,5 42 45 -3 Sí NPC proyectado: Nivel de presión sonora proyectado. NMP: Nivel Máximo Permisible. Evaluación periodo diurno
Fuente: Tabla 16 Evaluación de niveles de ruido correspondiente a la fase de operación Escenario 1, periodo diurno y nocturno, salud de la población, Adenda Complementaria.
b) Evaluación de niveles de ruido correspondiente a la fase de operación Escenario 2, periodo diurno y nocturno, salud de la población.
Receptor (Id) Altura receptor (m) NPC proyectad o (dBA) NMP (dBA) Diferenci a ¿Cumple? [NPC proyectad o- NMP] (dBA) R1 1,5 37 45 -8 Sí R2 1,5 36 45 -9 Sí R3 1,5 43 45 -2 Sí R4 1,5 43 45 -2 Sí R4 4 43 45 -2 Sí R5.1 1,5 44 45 -1 Sí R5.2 1,5 45 45 0 Sí R5.2 4 47 45 2 No R6 1,5 42 45 -3 Sí R7 1,5 39 45 -6 Sí R8 1,5 41 45 -4 Sí NPC proyectado: Nivel de presión sonora proyectado. NMP: Nivel Máximo Permisible. Evaluación periodo diurno
Fuente: Tabla 17. Evaluación de niveles de ruido correspondiente a la fase de operación Escenario 2, periodo diurno y nocturno, salud de la población, Adenda Complementaria.
Los resultados de las evaluaciones de niveles de ruido para fuentes reguladas por el D.S. Nº38/11 del MMA muestran que existe superación de la norma en únicamente la fase de operación del Proyecto, superando con los límites de ruido establecidos para el receptor R5.2 por lo que como medida administrativa mantener el motor de los camiones (F9) en el sector del frigorífico apagados mientras están siendo cargados y/o descargados. Vale recordar que el camión (F9) que tiene un nivel de emisión sonora (Lw) de 96 dBA, por lo tanto, al apagar dicha fuente se reducen los niveles de inmisión en el receptor más cercano al sector del frigorífico correspondiente a R5.2.
A continuación, se presenta las proyecciones y evaluación de los niveles de ruido considerando la implementación de la medida de control de ruido propuesta. Los resultados se presentan mediante mapa de ruido y datos tabulados.
a) Evaluación de niveles de ruido correspondiente a la fase de operación Escenario 1, periodo diurno y nocturno, implementando MCR, salud de la población.
Fuente: Tabla 18. Evaluación de niveles de ruido correspondiente a la fase de operación Escenario 1, periodo diurno y nocturno, implementando MCR, salud de la población, Adenda Complementaria.
b) Evaluación de niveles de ruido correspondiente a la fase de operación Escenario 2, periodo diurno y nocturno, implementando MCR, salud de la población.
Receptor (Id) Altura recepto r (m) NPC proyectado (dBA) NMP (dBA) Diferencia [NPC proyectad o- NMP] (dBA) ¿Cump le? Sin MCR Con MCR R3 1,5 43 38 45 -7 Sí R4 1,5 43 37 45 -8 Sí R4 4 43 38 45 -7 Sí R5.1 1,5 44 38 45 -7 Sí R5.2 1,5 45 41 45 -4 Sí R5.2 4 47 42 45 -3 Sí NPC proyectado: Nivel de presión sonora proyectado. NMP: Nivel Máximo Permisible. MCR: Medida de control de ruido Fuente: Tabla 19. Evaluación de niveles de ruido correspondiente a la fase de operación Escenario 2, periodo diurno y nocturno, implementando MCR, salud de la población, Adenda Complementaria. Por lo anteriormente expuesto, se demuestra que la medida de control planteada para la fuente fija (F9) permite el cumplimiento normativo del D.S. N°38/11 del MMA.
Mayor Información: Anexo 3 “Informe de Impacto Acústico”, Adenda Complementaria.
d) Otras emisiones
Nombre Descripción Vibracione s Se midió el nivel de velocidad de vibración (Lv) en periodo diurno y nocturno, en siete (7) receptores asociados al objeto de protección ambiental (OPA) Salud de la población, identificados como los más cercanos al Proyecto. Los niveles de velocidad de vibración (Lv) medidos fluctúan entre 62,0 VdB y 65,8 VdB para el periodo diurno y entre 61,7 VdB y 63,3 VdB para el periodo nocturno. Para el OP, se observa que la vibración ambiental del sector es poco significativa. Se aplicó la metodología indicada por la FTA para evaluar el impacto de vibración ocasionado por fuentes fijas del Proyecto. De los resultados obtenidos, se concluyó que no existe impacto producto de las vibraciones de las fuentes fijas del Proyecto.
De la misma forma, se aplicó la metodología indicada por la FTA para evaluar el impacto de vibración ocasionado por el tránsito vehicular, realizando un Análisis General de Vibración para los receptores RTV1, RTV2, RTV3, RTV4, RTV5 y RTV6. De los resultados obtenidos, se concluyó que no existe impacto producto de fuentes móviles.
Se calcularon áreas de influencia para fuentes fijas y móviles en cada fase que considera el Proyecto, estableciendo distancias radiales máximas donde se igualan los niveles proyectados al menor nivel basal medido. Para fuentes fijas, se obtuvo radios de 47 metros para la fase de operación. La distancia generada en la fase de operación supera los límites del predio del proyecto por 22 metros, siendo esta el área de influencia de esta fase. Para las fuentes móviles, se obtuvo una distancia máxima radial donde se iguala el nivel proyectado a la menor condición basal medida, resultando una distancia de 16 metros desde el centro de la vía para la fase de operación.
Finalmente, se concluye que la vibración generada por el proyecto “Planta de Proceso Calbuco”, NO superará los límites establecidos por la guía “Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual” de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos para maquinarias de construcción y fuentes fijas de vibración y tampoco para el tránsito vehicular (fuente móvil).
Mayor Información: Anexo 3 “Informe de Vibración”, Adenda Complementaria. A continuación, se detallan los resultados obtenidos de la estimación de niveles de vibración para la fase de operación considerada por el Proyecto:
a) Fuentes fijas Nivel de velocidad de vibración (Lv) y velocidad peak de partícula (PPV) proyectado en cada receptor, fase operación, escenarios 1 y 2, fuentes fijas. Proyección de velocidad peak de partícula (PPV) [pulgada/s] Proyección de nivel de velocidad de vibración (Lv) [VdB] Rece ptor Categoría edificació n Límite PPV (pulg/s) F9 Cumple
Rece ptor Categor ía recepto r Límite Lv (VdB) F9 Cu mp le R5_1 III 0,3 0,00587 Si R5_ 1 2 72 63 Si Fuente: Tabla 25 “Nivel de velocidad de vibración (Lv) y velocidad peak de partícula (PPV) proyectado en cada receptor, fase operación, escenarios 1 y 2, fuentes fijas.”, Anexo 3 “Informe de Vibración”, Adenda Complementaria.
b) Fuentes móviles En la siguiente Tabla, se presentan los niveles de velocidad de vibración (Lv) proyectados en cada receptor.
Fuente: Tabla 26 “Nivel de velocidad de vibración (Lv), fase construcción/operación, fuentes móviles”, Anexo 3 “Informe de Vibración”, Adenda Complementaria.
Olores El análisis presentado en el informe de olores, incluido en el anexo 12.3 “Olores” de la DIA, establece que el área de influencia generada por las emisiones de olor se limita a 0,63 hectáreas, conforme al cálculo realizado mediante el nomograma de la Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Olor en el SEIA (SEA, 2017).
Este resultado se basa en una tasa estimada de emisión de 1,5 * 10⁶ UO/h, donde la pluma de dispersión alcanza una distancia aproximada de 50 metros, permaneciendo dentro de los límites del predio de la planta.
Posteriormente, el Anexo 6 “Modelación Olores” de la adenda complementa este análisis con una modelación más detallada utilizando el programa CALPUFF y datos meteorológicos WRF, lo que confirma que la extensión del área de influencia es mínima y no supera los límites de la instalación, ya que la pluma de dispersión obtenida presenta intensidades bajo la isodora de 1UOE/m3. Además, se observa que las concentraciones de olor en el receptor más cercano (IL11) se encuentran alrededor de la isodora 0,1 UO/m³ (percentil 98).
Mayores Antecedentes: • Anexo 12.3 “Olores”, DIA • Anexo 6 “Modelación Olores”, Adenda complementaria.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos no peligrosos
Nombre Descripción Residuos sólidos domésticos
Durante esta fase de operación, el proyecto generará RSD y asimilables, los que provendrán principalmente de las oficinas y casino. Estos residuos estarán compuestos principalmente de materia orgánica proveniente del casino, y en un porcentaje menor de otros componentes como papeles, cartones, plásticos, vidrios, entre otros. Se estima la cantidad de 140,5 ton/año de RSD a generar por el proyecto utilizando como referencia el dato de generación diaria de RSD en Chile durante el año 2023. Se acopiarán en contenedores herméticos rotulados para evitar el ingreso de vectores hasta su retiro y disposición en vertedero autorizado. Frecuencia de retiro semanal.
Lodos
Lodos de la planta de tratamiento de aguas servidas 13,35 m3/año, retiro de lodos mediante camiones limpia fosas a vertedero autorizado, con una frecuencia según requerimiento Lodos planta tratamiento de RILes. Cantidad estimada 1.008 m3/año, son almacenados en bateas cerradas para su posterior retiro a relleno sanitario autorizado, el retiro se realiza a través de camiones aljibes. Residuos sólidos industriales
Orgánicos: vísceras, cabezas, esquelones, descartes en general proveniente de las líneas de proceso: Cantidad estimada 10.260 ton/año, son extraídos desde las mismas líneas por un sistema de extracción al vacío y depositados en tolvas de 14m3 de capacidad para su retiro diario a plantas reductoras.
Inorgánico: Cartones, plásticos, poliestireno expandido. Cantidad estimada 11 ton/año. La zona de acopio de los residuos sólidos es un área aledaña a la bodega de RESPELs, de 12,72m de largo por 7,97m de ancho donde tienen instalados 4 tolvas de 20m3 aproximadamente para disponer de manera segregada los restos de aislapol, plásticos, cartones y residuos domiciliarios
b) Residuos peligrosos
Descripción De acuerdo con el procedimiento de bodega de residuos peligrosos del proyecto, se describen los residuos peligrosos a generar y almacenar según lo mencionado en el artículo 18 y artículo 90 del D.S. N°148/03:
Resumen estimado de residuos peligrosos y categorización de acuerdo al D.S. N°148/03, en fase de operación. Descripción del Residuo Código (Art N°18 DS 148/03) Lista A (Art N°90 DS 148/03) Característica de Peligrosidad (TA, TC, TE, C, I, R) Estado (Líquido, Sólido) Aceite usado I.8 A3020 TC, TL Líquido Aguas contaminadas con aceite I.9 A4060 TL, TC Líquido Baldes con tintura I.12 A4070 TC Líquido Aceite contaminado con amoníaco I.9 A4060 TC Líquido Residuos sólidos contaminados con hidrocarburos I.14 A4140 TL Sólido Tubos fluorescentes II.11 A1180 TC Sólido Tóner de impresora I.12 A4070 TL Sólido Cartridge usados II.13 A4070 TC Sólido Baterías y pilas II.13, II.16 A1160 TC, CO Sólido Envases vacíos de sustancias químicas III.2 A4130 TA Sólido Residuos de equipos electrónicos III.2 A1180 TC Sólido Químicos vencidos II.17 A4140 TC, CO Líquido Filtros usados, Huaipes I.8 A4130 TC Sólido Grasa contaminada III.3 A4130 TA Sólido
Las áreas generadoras de los residuos peligrosos proceden mayoritariamente de las actividades anexas a proceso productivo, tales como departamento de mantención, o residuos provenientes de las oficinas, la siguiente tabla detalla el tipo de residuos, cantidad generada estimada y el área generadora de dichos residuos.
Generación anual estimada y áreas generadoras de residuos peligrosos del proyecto. Descripción del Residuo Cantidad/año (kg) Cantidad/ mes (kg)* Área Generadora Aceite usado 20 1,7 Mantención Aguas contaminadas con aceite 10 0,8 Mantención Baldes con tintura 5 0,4 Mantención Aceite contaminado con amoníaco 3 0,3 Mantención Residuos sólidos contaminados con hidrocarburos 5 0,4 Mantención Tubos fluorescentes 148 12,3 Todas las áreas Tóner de impresora 26 2,2 Área de oficinas y administración Cartridge usados 306 25,5 Área de oficinas y administración Baterías y pilas 207 17,3 Todas las áreas Envases vacíos de sustancias químicas 6218 518,2 Higiene
*Nota: La cantidad indicada mensual, corresponde al cociente de la cantidad estimada anual divida por 12.
c) Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
Nombre Descripción Detergente y desinfectante s El proyecto considera el uso de desinfectantes autorizados por la Autoridad Marítima y por el SAG, las dosis a utilizar serán aquellas recomendades por el proveedor y su aplicación será por aspersión, por lo que no genera residuos líquidos.
Consumo estimado de desinfectantes y detergentes Químico y Sustancias Concent ración Clase Unidad Total anual Cantidad mensual estimada Alcohol potable 95 95%v/v 3 L/año 5.280 440 Antigerm clor 10% 8 k/año 64.800 5.400 Asepcol <5% 3 Unidades 96 cajas 8 Aseplac 44% 4 L/año 1.200 100 Biovix - - k/año 120 10 Bolzano 20% p/v 8 L/año 1.440 120 Clean green 20% - L/año 12.000 1.000 Desocal foam 2 – 5% 8 L/año 300 25 Desocal sc 0,5 – 2% 8 L/año 1.440 120 Diclorexan jabón manos 2% - L/año 8.640 720 Ecolyte 0,05% - L/año 960 80 Enziblu 20% 9 L/año 2.400 200 Germisan 15 15% 8 k/año 3.600 300 Jabón de manos tork - - Unidades 1.440 120 Maxan 5 5% 8 k/año 2.160 180 Potenza amonio cuaternario 8% 3 L/año 12.000 1.000 Potenza desodorante 8% 3 k/año 3.600 300 Vixclor 4,4% 8 k/año 39.600 3.300 Vixfilm 2 – 5% 8 L/mes 4.800 400 Vixforte 2 – 6% 8 k/año 24.000 2.000
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.7 del ICE 4.3.3. FASE DE CIERRE PARTES Y OBRAS DE LA FASE DE CIERRE Nombre Obras del proyecto ACCIONES DE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre Descripción Desmantelamie nto de la Planta Respecto de la presente fase, el titular declara que no tiene considerado en sus planes productivos el abandono del proyecto, por el contrario, pretende dar proyección al mismo, ya sea porque siga siendo operado por su actual titular o bien porque éste decida vender, ceder, transferir, arrendar, o cualquier otra figura legal, el proyecto con toda su capacidad instalada para que un tercero lo siga operando. La actividad considera una vida útil indefinida con revisión de su continuidad cada 25 años renovables por períodos iguales, para lo cual se consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos asociados a mejoras en la infraestructura y remodelación de instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías que signifiquen una mejora desde el punto de vista ambiental y de producción. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de no continuar con el proyecto y por ende sea necesario el cierre de la planta se procederá al desmantelamiento ordenado de la infraestructura instalada sin dejar residuos de ningún tipo. A continuación, se presenta un plan de abandono del proyecto, a saber:
a) En caso de haber materia prima en la planta, será procesada para su posterior entrega a los diferentes puntos de venta. b) Los desechos orgánicos provenientes de las líneas de proceso serán transportados y dispuestos en planta reductora o enviados a vertedero industrial autorizado en caso de ser necesario. c) Los residuos industriales asimilables a domésticos serán dispuestos en vertedero autorizado o entregado para reciclaje. d) Los RESPELs serán dispuestos en sitios de disposición debidamente autorizados. e) Todo el equipamiento será retirado, enviado a mantención en caso de ser necesario y puesto en venta y/o reciclado. f) Las naves o galpones se mantendrán para su posterior arriendo o venta de dichas instalaciones para cualquier otro rubro o actividad. g) Se verificará el estado del entorno, ante la eventualidad de existir residuos sólidos, se retirarán del lugar y serán dispuestos en vertederos autorizados.
Se realizará los siguientes desmontajes y retiro de equipos:
• Desmontaje y retiro de equipos área de eviscerado • Desmontaje y retiro de equipos enfriado materia prima • Desmontaje y retiro de equipos línea de filete /HON • Desmontaje y retiro equipos línea empaque producto terminado • Desmontaje y retiro de equipos líneas paletizado cajas producto terminado
La siguiente tabla detalla el cronograma de actividades:
Obras / Acciones Etapa Abandono Mes 1 Mes 2 Mes 3 Desmantelamiento y retiro equipos y líneas de proceso
Desmontaje y retiro equipos Área de eviscerado
Desmontaje y retiro equipos enfriado Materia Prima
Desmontaje y retiro equipos Línea de Filete
Desmontaje y retiro equipos líneas empaque producto terminado
Desmontaje y retiro equipos líneas Paletizado cajas producto terminado
Por tanto, el hito de inicio de la fase de abandono es el retiro y transporte del producto terminado, y la faena que le pone término a esta fase es la disposición final de todos los residuos generados. Emisiones y efluentes
a) Emisiones a la atmósfera
Nombre Descripción Material Particulado MP 10 Se estima una generación de 0,09708 ton/año producto de las emisiones de material particulado que se producirán debido al levantamiento de polvo por el tránsito vehicular. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas de MP10 por cada actividad.
Actividad MP 10 (ton/año) Circulación en caminos pavimentados 0,097055 Combustión Vehicular 0,000024 TOTAL EMISIONES AÑO 26 0,09708 Material Particulado MP 2,5 Se estima una generación de 0,02351 ton/año producto de las emisiones de material particulado que se producirán debido al levantamiento de polvo por el tránsito vehicular. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas de MP2,5 por cada actividad.
Actividad MP 2.5 (ton/año) Circulación en caminos pavimentados 0,023481 Combustión Vehicular 0,000024 TOTAL EMISIONES AÑO 26 0,02351 NOx Se estima una generación de 0,021337 ton/año producto de la combustión de vehículos, se cuenta con la revisión técnica al día de estos, cumpliendo con el D.S. Nº 55/94, que contiene la Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, el cual establece los valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad NOx (ton/año) Combustión Vehicular 0,021337 TOTAL EMISIONES AÑO 26 0,021337 SO2 Se estima una generación de 0,000084 ton/año producto de la combustión vehicular. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad SO2 (ton/año) Combustión Vehicular 0,000084 TOTAL EMISIONES AÑO 26 0,000084 NH3 Se estima una generación de 0,000094 ton/año producto de la combustión vehicular. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad NH3 (ton/año) Combustión Vehicular 0,000094 TOTAL EMISIONES AÑO 26 0,000094 CO Se estima una generación de 0,002068 ton/año producto de la combustión vehicular, maquinaria fuera de ruta y grupo electrógeno. La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad CO (ton/año) Combustión Vehicular 0,002068 TOTAL EMISIONES AÑO 26 0,002068 COV Se estima una generación de 0,000747 ton/año producto de la combustión vehicular, maquinaria fuera de ruta y grupo electrógeno.
La siguiente tabla resume las emisiones estimadas por cada actividad.
Actividad COV (ton/año) Combustión Vehicular 0,000747 TOTAL EMISIONES AÑO 26 0,000747 Mayores Antecedentes: Anexo 2 “Informe de emisiones”, Adenda Complementaria
b) Emisiones líquidas o efluentes
Nombre Descripción Aguas servidas Los residuos líquidos que pudiesen generarse en esta etapa están circunscritos a las aguas servidas de la faena de desarme de las estructuras de la Planta. Se utilizará los servicios higiénicos de la planta y sólo en caso de ser necesario se contará con sistemas de baños químicos como servicios higiénicos, los que serán retirados por una empresa autorizada una vez finalizada la Fase de Abandono del proyecto Caudal generado: 1,8m3/día, considerando número máximo de usuarios de 12 personas con una dotación de 150L/hab/día.
c) Emisiones de Ruido
Nombre Descripción Ruido Se realizaron mediciones de la condición basal de ruido en los receptores bajo estudio (asentamientos humanos y recursos naturales renovables, fauna nativa) para periodo diurno y periodo nocturno. Se obtuvo niveles de ruido de fondo para los receptores asociados población humana que es de 35 dBA para periodo diurno y nocturno. En el caso de los receptores asociados a fauna, se midieron niveles de ruido de fondo que es de 62 dB para periodo diurno, y varía entre 55 dB y 56 dB para periodo nocturno. Se calcularon áreas de influencia para todas las fases que considera el Proyecto, estableciendo distancias radiales máximas donde se igualan los niveles proyectados al menor nivel de ruido basal por de tipo de fuente, obteniendo para fuentes fijas una distancia máxima de 232 metros y para fuentes móviles 0 metros.
Por medio de un análisis entre la ubicación de los receptores y el alcance del área de influencia para fuentes fijas, se determina que todos los receptores asociados al OP “Salud de la población” quedan dentro de ésta, por lo que debieron ser evaluados respecto a las emisiones de ruido generadas por el Proyecto para descartar la afectación. Con respecto al OP “Recursos naturales renovables” el sitio de interés SF1 y parte del área de interés (Bosque nativo) identificado por el especialista quedan dentro del área de influencia, por lo que debieron ser evaluados respecto a las emisiones de ruido generadas por el Proyecto para descartar la afectación. Finalmente, en relación al OP “Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos” sólo el receptor asociado al cementerio (R3) queda dentro del área de influencia y se realizó su evaluación correspondiente. De la misma forma para fuentes móviles, se determina que los receptores asociados al OP “Salud de la población”, “Recursos naturales renovables” y “Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos” quedan fuera del área de influencia, por lo que se descarta afectación respecto a la emisión de ruido asociada tránsito vehicular introducido por el Proyecto.
Para el objeto de protección “Salud de la población”, se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por fuentes fijas (reguladas por el D.S. N°38/11 del MMA) en todas las fases del Proyecto. Para la fase de cierre y/o abandono los valores proyectados varían entre 23 dBA y 41 dBA, no excediendo los Niveles Máximos Permisibles establecidos por el D.S. Nº38/11 del MMA.
Para el objeto de protección “Recursos naturales renovables”, en particular fauna nativa correspondiente al grupo de interés Aves, se estimaron y evaluaron los niveles de ruido generados en las fases del Proyecto. Los valores calculados (NPSeq proyectado) en los sitios de interés se encuentran entre los 35 dB y 49 dB para la fase de cierre y/o abandono. Del análisis de superposición de áreas se obtiene que para la fase de abandono no hay superposición de área asociado al umbral conductual, por lo que no se generará impacto significativo sobre el hábitat de relevancia bajo estudio. A su vez, se analizaron las áreas de afectación conductual y fisiológica por emisiones de fuente móvil, calculando el área de intersección con el ambiente de Bosque nativo, sin embargo, no se proyectan áreas para dichos umbrales para las fases de operación y cierre y/o abandono, descartando el impacto por ruido de tránsito vehicular del Proyecto
Para el objeto de protección “Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”, se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por fuentes fijas (reguladas por el D.S. N°38/11 del MMA) en todas las fases del Proyecto. En la fase de abandono, los valores proyectados en el receptor se encuentran entre los 30 dBA y 38 dBA, no sobrepasando los límites de inmisión definidos por la normativa de referencia, Real Decreto 1367/2007.
Mayor Información: Anexo 3 “Informe de Impacto Acústico”, Adenda Complementaria.
d) Otras emisiones
Nombre Descripción Vibracione s Se midió el nivel de velocidad de vibración (Lv) en periodo diurno y nocturno, en siete (7) receptores asociados al objeto de protección ambiental (OPA) Salud de la población, identificados como los más cercanos al Proyecto. Los niveles de velocidad de vibración (Lv) medidos fluctúan entre 62,0 VdB y 65,8 VdB para el periodo diurno y entre 61,7 VdB y 63,3 VdB para el periodo nocturno. Se aplicó la metodología indicada por la FTA para evaluar el impacto de vibración ocasionado por fuentes fijas del Proyecto. De los resultados obtenidos, se concluyó que no existe impacto producto de las vibraciones de las fuentes fijas del Proyecto.
De la misma forma, se aplicó la metodología indicada por la FTA para evaluar el impacto de vibración ocasionado por el tránsito vehicular, realizando un Análisis General de Vibración para los receptores RTV1, RTV2, RTV3, RTV4, RTV5 y RTV6. De los resultados obtenidos, se concluyó que no existe impacto producto de fuentes móviles.
Se calcularon áreas de influencia para fuentes fijas y móviles en cada fase que considera el Proyecto, estableciendo distancias radiales máximas donde se igualan los niveles proyectados al menor nivel basal medido. Para fuentes fijas, se obtuvo un radio de 6 metros para la fase de abandono. Para la fase de cierre y/o abandono los radios se encuentran dentro de los límites prediales del Proyecto, por lo que las áreas de influencia para fuentes fijas es 0. Para las fuentes móviles, se obtuvo una distancia máxima radial donde se iguala el nivel proyectado a la menor condición basal medida, resultando una distancia de 16 metros desde el centro de la vía para las fases de operación y cierre y/o abandono.
Finalmente, se concluye que la vibración generada por el proyecto “Planta de Proceso Calbuco”, NO superará los límites establecidos por la guía “Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual” de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos para maquinarias de construcción y fuentes fijas de vibración y tampoco para el tránsito vehicular (fuente móvil).
Mayor Información: Anexo 3 “Informe de Vibración”, Adenda Complementaria. A continuación, se detallan los resultados obtenidos de la estimación de niveles de vibración para la fase de cierre considerada por el Proyecto:
a) Fuentes móviles En la siguiente Tabla, se presentan los niveles de velocidad de vibración (Lv) proyectados en cada receptor.
Fuente: Tabla 26 “Nivel de velocidad de vibración (Lv), fase construcción/operación, fuentes móviles”, Anexo 3 “Informe de Vibración”, Adenda Complementaria.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos no peligrosos
Nombre Descripción Residuos sólidos domésticos
Se estima una generación de 11,88 kilos al día, considerando la máxima dotación de 12 personas tomando como base la generación de residuos promedio por persona en Chile durante el año 2021 indicado en el octavo reporte del Estado del Medio Ambiente 2023. Los residuos domiciliarios generados producto de la alimentación y otros serán almacenados en contendores para ser dispuesto una vez finalizada la faena en un relleno sanitario autorizado Residuos sólidos industriales
El proyecto en la Fase de Abandono en general no generará residuos, productos químicos u otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Aquellos residuos que se generen producto de la desinstalación del equipamiento de la Planta serán retirados por las mismas empresas de servicio encargadas de cada una de estas faenas, asegurándose de que ninguno de estos elementos residuales quede ya sea flotando o en sectores costeros. La siguiente tabla resume la estimación mensual de los residuos sólidos industriales que pudiesen generarse en esta fase.
Tipo de Residuo U.M. Total Mes 1 Mes 2 Mes 3 Restos de estructuras y elementos metálicos y fierro Kg 803 550 165 88 Restos de estructuras y elementos metálicos Acero inoxidable Kg 803 550 165 88 Restos de Paneles térmicos enchapado Metálico Kg 240 150 60 30 Restos Madera Kg 75 20 40 15 Restos de Material Plástico/Hdpe Kg 401 275 82 44 Total Kg 2.323
1.546 512 265
b) Residuos peligrosos
Nombre Descripción Residuos peligrosos
En las faenas de desarme se prevé la generación de envases vacíos, brochas y guaipes. La siguiente tabla presenta el detalle estimado.
Tabla: Residuos peligrosos Envases vacíos de Pintura Baldes vacíos con restos de pintura por mantención de las áreas de la planta, área generadora Mantención. Cantidad estimada: 12 unidades ≈ 9,4 kilos Envases vacíos solventes Envases vacíos de solventes por mantención de las áreas de la planta, área generadora Mantención. Cantidad estimada: 1 unidad ≈ 0,25 kilos Envases vacíos sellantes Envases vacíos sellantes todo uso por mantención de las áreas de la planta, área generadora Mantención. Cantidad estimada: 8 unidades ≈ 1,6 kilos Envases vacíos de lubricantes Envases vacíos de lubricantes por mantención de equipos de la planta, área generadora Mantención. El manejo del residuo será conforme al procedimiento que se adjuntó en el anexo 9 de la DIA. Cantidad estimada: 34 unidades ≈ 8,5 kilos Brochas y guaipes Baldes vacíos con restos de pintura por mantención de las áreas de la planta, área generadora Mantención. Cantidad estimada: 11 unidades ≈ 2,4 kilos
El manejo del residuo será conforme al procedimiento adjunto en el anexo 9 “Antecedentes respel suspel” de la DIA.
c) Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
Nombre Descripción No se consideran la utilización de Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.8 del ICE
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Enero 2023 Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación Faena y movimientos de tierra para la infraestructura vial interna y construcción de túnel de frío. Fecha estimada de término Septiembre 2023
Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento instalaciones de faena
Fase de Construcción
Meses
1 2 3 4 5 6 7 8 Instalación faena
Movimiento Tierra
Fundaciones frigorífico
Radieres y losas de hormigón frigorífico y embarque
Acceso, mejora vial y circulaciones
Remodelación oficinas
Estructura metálica frigorífico
Revestimiento y paneles frigorífico y embarque
Remodelación Recepción materia prima
Instalación equipos Planta
instalación planta RILES
Instalación estaques de aguas
Habilitación bodega RESPEL/SUSPEL
Proyecto Sanitario
Retiro instalación de faenas
Fuente: Adenda Complementaria tabla “FASE DE CONSTRUCCIÓN”.
4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Agosto de 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Recepción de materia prima para proceso de 2.500 ton de materia prima al mes Fecha estimada de término Se considera que la vida útil indefinida de 25 años renovable, en caso de que se generase el cierre del proyecto sería aproximadamente en agosto 2049. Parte, obra o acción que establece el término Actividades de Mantención: se llevarán a cabo trabajos de mantención, mejoras en la infraestructura y remodelación de instalaciones, con el fin de incorporar nuevas tecnologías que permitan una mejora desde el punto de vista ambiental y de producción. Ante el eventual caso de que el titular decida el cierre y/o abandono del proyecto, el término de la fase de operación se da con el proceso de la materia prima remanente y el retiro del producto terminado.
Año 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 Proceso productivo
Transporte de personal
Transporte e ingreso de materia prima
Transporte de Residuos
Transporte de Insumos y materiales
Transporte de Producto Terminado
Fuente: Adenda Complementaria tabla “Fase de Operación”.
4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Sin fecha determinada, en caso de generarse un cierre sería aproximadamente a partir de septiembre 2049 Parte, obra o acción que establece el inicio Retiro y transporte de producto terminado Fecha estimada de término Noviembre de 2049, duración tres meses porque sólo se considera retirar el equipamiento y mantener las construcciones. Parte, obra o acción que establece el término Disposición final de todos los residuos generados por esta faena
Obras / Acciones Etapa Abandono Mes 1 Mes 2 Mes 3 Desmantelamiento y retiro equipos y líneas de proceso
Desmontaje y retiro equipos Área de eviscerado
Desmontaje y retiro equipos enfriado Materia Prima
Desmontaje y retiro equipos Línea de Filete
Desmontaje y retiro equipos líneas empaque producto terminado
Desmontaje y retiro equipos líneas Paletizado cajas producto terminado
Retiro y disposición de los residuos en sitios autorizados
Fuente: Adenda Complementaria tabla “Fase de Abandono”.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental 1 Alteración de la salud de la población por aumento de emisiones atmosféricas. Parte, obra o acción que lo genera Fase de construcción Escarpe Excavación Erosión de material en pila Carguío y volteo de material Compactación Tránsito de Vehículos por caminos no pavimentados Tránsito de Vehículo por vías pavimentadas Combustión de vehículos Combustión de grupos electrógenos Fase de operación Tránsito de Vehículos por caminos no pavimentados Tránsito de Vehículo por vías pavimentadas Combustión de vehículos Combustión de grupos electrógenos (sólo ante cortes del suministro de energía) Fase de abandono Tránsito de Vehículo por vías pavimentadas Combustión de vehículos Fase en que se presenta Alteración de la salud de la población por aumento de emisiones atmosféricas. Impacto ambiental 2 Alteración de los niveles de presión sonora en receptores humanos producto de las partes, obras y acciones del proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Construcción Requerimiento vial (Transporte de personal, insumos, residuos y materiales). Uso de maquinarias Uso de generadores Operación Planta de Tratamiento de RILes Transporte de insumos, materiales, materia prima, producto terminado, residuos y combustibles Transporte de Personal Actividades de Mantención. Uso de los generadores ante corte de suministro energético Abandono Transporte de Personal Transporte del equipamiento y líneas de proceso por desmantelamiento Transporte por retiro de residuos Fase en que se presenta Construcción, operación y abandono Impacto ambiental 3 Aumento del nivel de vibraciones en los receptores humanos producto de la ejecución de las partes, obras y acciones del proyecto.
Parte, obra o acción que lo genera Fase de construcción Emplazamiento de obras Transporte de insumos, materiales, suministros, retiro de residuos Transporte de Personal Faenas de construcción Operación Transporte de insumos, materiales, materia prima, producto terminado, residuos y combustible Transporte de Personal Abandono Transporte de Personal Transporte del equipamiento y líneas de proceso por cierre de la planta - Transporte por retiro de residuos Fase en que se presenta Construcción, operación y abandono Impacto ambiental 4 Alteración de la salud de la población por generación de Residuos peligrosos
Parte, obra o acción que lo genera Generación de Residuos provenientes de las distintas áreas y fases del proyecto, tales como bidones vacíos de químicos peligrosos, aceites, tubos fluorescentes, entre otros
Fase en que se presenta Construcción, operación y abandono.
Impacto ambiental 5 Aumento de las emisiones de olores molestos producto de la operación de la planta de proceso.
Parte, obra o acción que lo genera Operación Planta de Tratamiento de RILes. Tolva de residuos orgánicos Fase en que se presenta Operación Impacto ambiental 6 Alteración de la salud de la población por descarga de residuos líquidos vía emisario submarino
Parte, obra o acción que lo genera Operación Planta de Tratamiento de RILes. Descarga de efluente por emisario submarino Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.1, del ICE. Numeral 6.1, del ICE. En base a los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental del proyecto, los cuales se resumen en el capítulo 6.1, del ICE, se concluye que el proyecto no genera riesgo para la salud de la población, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental 1 Erosión del suelo por acciones de escarpe y movimientos de tierra. Componente ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera Escarpe y movimientos de tierra Instalación de faenas Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental 2 Alteración de la calidad del suelo por Generación de Residuos Componente ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera Construcción Generación de Residuos sólidos industriales Generación de Residuos sólidos domésticos Generación de Residuos peligrosos Operación Almacenamiento y manejo de productos químicos y residuos peligrosos Transporte, Almacenamiento y Manejo de Combustibles. Mantención y Limpieza de generadores y equipamiento. Residuos sólidos no peligrosos Abandono Transporte, almacenamiento, y manejo de residuos Fase en que se presenta Construcción, operación y abandono Impacto ambiental 3 Alteración de la calidad del agua por descargas de residuos líquidos vía emisario submarino Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Tratamiento de RILes Operación Sistema de Tratamiento de RILes Fase en que se presenta Operación Impacto ambiental 4 Afectación de la napa subterránea por uso de agua para consumo humano Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Uso de agua de pozo Fase en que se presenta Construcción, operación y abandono Impacto ambiental 5 Disminución de la disponibilidad del recurso hídrico Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Uso de agua para proceso Fase en que se presenta Operación. Impacto ambiental 6 Alteración de la calidad de la napa subterránea debido a la infiltración de aguas servidas
Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera -Sistema de tratamiento particular de aguas servidas -Infiltración de aguas servidas Fase en que se presenta Construcción, operación y abandono
Impacto ambiental 7 Alteración de la calidad del aire por aumento de Emisiones atmosféricas
Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Fase de construcción Escarpe Excavación Erosión de material en pila Carguío y volteo de material Compactación Tránsito de Vehículos por caminos no pavimentados Tránsito de Vehículo por vías pavimentadas Combustión de vehículos Combustión de grupos electrógenos Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental 8 Alteración de la calidad del aire por aumento de Emisiones atmosféricas y odoríferas
Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Fase de operación Tránsito de Vehículos por caminos no pavimentados Tránsito de Vehículo por vías pavimentadas Combustión de vehículos Combustión de grupos electrógenos (sólo ante cortes del suministro de energía) Planta de tratamiento de RILes Fosa séptica Tolva de residuos orgánicos Fase de abandono Tránsito de Vehículo por vías pavimentadas Combustión de vehículos Fase en que se presenta operación y abandono Impacto ambiental 9 Pérdida de ejemplares de flora en categoría de amenaza Componente ambiental afectado Flora
Parte, obra o acción que lo genera Construcción Movimientos de tierra Faenas de construcción Operación Manejo de químicos y residuos peligrosos Abandono Desmantelamiento de la planta de proceso Fase en que se presenta Construcción, operación y abandono Impacto ambiental 10 Impacto acústico sobre la Componente fauna a causa del proyecto Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Construcción Transporte de insumos, materiales, suministros, retiro de residuos Transporte de Personal Faenas de construcción Uso de generadores Operación Planta de tratamiento de RILes Requerimiento vial (Transporte de personal, insumos, residuos y materiales). Actividades de mantención Uso de generadores (en caso de corte de energía). Abandono Transporte de personal Transporte del equipamiento y líneas de proceso por fase de cierre Transporte por retiro de residuos Transporte de Personal Abandono Transporte de Personal Transporte del equipamiento y líneas de proceso por fase de cierre de la planta de proceso. Transporte por retiro de residuos Fase en que se presenta Construcción, operación y abandono Impacto ambiental 11 Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles de baja movilidad
Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Construcción Acciones de escarpe y Movimientos de tierra Faenas de construcción Operación Transporte de insumos, materiales, materia prima, producto terminado, residuos y combustibles Transporte de Personal Abandono Transporte de Personal Transporte del equipamiento y líneas de proceso por fase de cierre de la planta de proceso. Transporte por retiro de residuos Fase en que se presenta Construcción, operación y abandono
Impacto ambiental 12 Alteración de Biota marina debido a la descarga de residuos líquidos
Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Descarga de residuos líquidos vía emisario submarino
Fase en que se presenta Operación
Impacto ambiental 13 Alteración del fondo marino
Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Descarga de residuos líquidos vía emisario submarino
Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.2, del ICE. Numeral 6.2, del ICE. Basado en los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental del proyecto, los cuales se resumen en el capítulo 6.2, del ICE se concluye que el proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Afectación a las dinámicas de desplazamiento de los grupos humanos que utilizan la ruta V- 839 Parte, obra o acción que lo genera Construcción Transporte de Personal Transporte del equipamiento Transporte de insumos y materiales Transporte de Combustibles. Transporte por retiro de residuos Operación Transporte de insumos, materiales, materia prima, producto terminado, residuos y combustible Transporte de Personal Abandono Transporte de Personal Transporte del equipamiento y líneas de proceso por desmantelamiento de la planta de proceso. Transporte por retiro de residuos Fase en que se presenta Construcción, Operación y Abandono Impacto ambiental 2 Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
Parte, obra o acción que lo genera Construcción Transporte de Personal Transporte del equipamiento Transporte de insumos y materiales Transporte de Combustibles. Transporte por retiro de residuos Uso de generadores Operación Transporte de insumos, materiales, materia prima, producto terminado, residuos y combustible Transporte de Personal Uso de generadores ante corte de suministro eléctrico Planta de tratamiento de RILes Descarga del efluente vía emisario submarino Manejo de residuos sólidos Abandono Transporte de Personal Transporte del equipamiento y líneas de proceso por desmantelamiento Transporte por retiro de residuos Fase en que se presenta Construcción, operación y Abandono
Impacto ambiental 3 Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos-Incluidos los pertenecientes a los pueblos indígenas
Parte, obra o acción que lo genera Construcción Transporte de insumos, materiales, suministros, retiro de residuos Transporte de Personal Uso de generadores Operación Transporte de insumos, materiales, materia prima, producto terminado, residuos y combustible Transporte de Personal Planta de tratamiento de RILes Disposición del efluente vía emisario submarino Manejo de residuos sólidos Abandono Transporte de Personal Transporte del equipamiento y líneas de proceso por desmantelamiento Transporte por retiro de residuos Fase en que se presenta Construcción, operación y abandono.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.3, del ICE. Numeral 6.3, del ICE. Basado en los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental del proyecto, los cuales se resumen en el capítulo 6.3, del ICE, se determinó que el proyecto no constituye reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Alteración de áreas protegidas y sitios prioritarios para la conservación Parte, obra o acción que lo genera Faenas de construcción Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental 2 Degradación de Humedales Parte, obra o acción que lo genera Construcción Faenas de construcción Operación Planta de tratamiento de RILes Descarga RILes vía emisario submarino Fase en que se presenta Degradación de Humedales Impacto ambiental 3 Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos-Incluidos los pertenecientes a los pueblos indígenas
Parte, obra o acción que lo genera Construcción Transporte de insumos, materiales, suministros, retiro de residuos Transporte de Personal Uso de generadores Operación Transporte de insumos, materiales, materia prima, producto terminado, residuos y combustible Transporte de Personal Planta de tratamiento de RILes Disposición del efluente vía emisario submarino Manejo de residuos sólidos Abandono Transporte de Personal Transporte del equipamiento y líneas de proceso por desmantelamiento Transporte por retiro de residuos Fase en que se presenta Construcción, operación y abandono.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.4, del ICE. Numeral 5.5, del ICE. Numeral 6.4, del ICE. En base a los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental del proyecto, los cuales se resumen en el capítulo 6.4, del ICE, se concluye que el proyecto no presenta impacto sobre poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, ni sitios con valor ambiental.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Alteración de atributos biofísicos del paisaje y obstrucción de la visibilidad del paisaje Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Paisaje Parte, obra o acción que lo genera Construcción Faenas de construcción Operación Instalaciones de la planta de proceso Calbuco Abandono Faenas de desmantelamiento de la planta de proceso Fase en que se presenta Fase de construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.6, del ICE. Numeral 6.5, del ICE. Basado en los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental del proyecto, los cuales se resumen en el capítulo 6.5, del ICE, se acreditó que no se producirá una alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico del sector donde se emplaza el proyecto.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y patrimonio cultural Parte, obra o acción que lo genera Faenas de construcción Escarpe y movimientos de tierra Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.7, del ICE. Numeral 6.6, del ICE. En base a los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental del proyecto, los cuales se resumen en el capítulo 6.6, del ICE, se determinó que, en el sector de emplazamiento del proyecto, no se evidencia la existencia de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Por lo cual, se concluye que el proyecto no genera alteración sobre este componente.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL
6.1.1. Permiso para introducir o descargar materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional., según se establece en el artículo 115 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Descarga de RILes mediante un emisario submarino Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la introducción o descarga de materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie a las aguas sometidas a jurisdicción nacional, no genere efectos adversos en las especies hidrobiológicas o en los ecosistemas acuáticos. Los contenidos técnicos y formales que establece el D.S. 40/2012 para su otorgamiento se describen en el Anexo 17 de la DIA “Permisos ambientales sectoriales” Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. Nº 12600/660, de fecha 30 de octubre de 2024, la Gobernación marítima de Puerto Montt, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados por el titular. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 10.1.1 del ICE
6.1.2. Permiso para realizar pesca de investigación, según se establece en el artículo 119 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Emisario submarino Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en preservar los recursos hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de investigación.
Los contenidos técnicos y formales que establece el D.S. 40/2012 para su otorgamiento se describen en el Anexo 17 de la DIA “Permisos ambientales sectoriales” y Capitulo III “Permisos ambientales sectoriales” del Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. SEIA. Nº 545, de fecha 7 de noviembre de 2024, la Subsecretaria de Pesca, informa que el proyecto da cumplimiento con los requisitos señalados en el artículo 119 del D.S. N°40/2013 MMA. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 10.1.2 del ICE
6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Proyecto sanitario, tratamiento de aguas servidas Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población.
Los contenidos técnicos y formales que establece el D.S. 40/2012 para su otorgamiento se describen en el Anexo 17 de la DIA “Permisos ambientales sectoriales” y Capitulo III “Permisos ambientales sectoriales” del Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. Nº 19460/2024, de fecha 29 de octubre de 2024, la SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, informa que el proyecto da cumplimiento con los requisitos señalados en el artículo 138 del D.S. N°40/2013 MMA. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 10.2.1 del ICE
6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, según se establece en el artículo 139 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Sistema de tratamiento de RILes Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la calidad del agua del cuerpo receptor no ponga en riesgo la salud de la población.
Los contenidos técnicos y formales que establece el D.S. 40/2012 para su otorgamiento se describen en el Anexo 17 de la DIA “Permisos ambientales sectoriales” y Capitulo III “Permisos ambientales sectoriales” del Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. Nº 19460/2024, de fecha 29 de octubre de 2024, la SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, informa que el proyecto da cumplimiento con los requisitos señalados en el artículo 139 del D.S. N°40/2013 MMA. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 10.2.2 del ICE
6.2.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Manejo y disposición de residuos no peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud pública.
Los contenidos técnicos y formales que establece el D.S. 40/2012 para su otorgamiento se describen en el Anexo 17 de la DIA “Permisos ambientales sectoriales” y Capitulo III “Permisos ambientales sectoriales” del Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. Nº 19460/2024, de fecha 29 de octubre de 2024, la SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, informa que el proyecto da cumplimiento con los requisitos señalados en el artículo 140 del D.S. N°40/2013 MMA. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 10.2.3 del ICE
6.2.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Manejo y disposición de residuos peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte a la calidad de las aguas, suelo y aire y que pueda poner en riesgo la salud de la población.
Los contenidos técnicos y formales que establece el D.S. 40/2012 para su otorgamiento se describen en el Anexo 17 de la DIA “Permisos ambientales sectoriales” y Capitulo III “Permisos ambientales sectoriales” del Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. Nº 19460/2024, de fecha 29 de octubre de 2024, la SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, informa que el proyecto da cumplimiento con los requisitos señalados en el artículo 142 del D.S. N°40/2013 MMA. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 10.2.4 del ICE
6.2.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de la planta de proceso Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo. Los contenidos técnicos y formales que establece el D.S. 40/2012 para su otorgamiento se describen en el Anexo 17 de la DIA “Permisos ambientales sectoriales” y Capitulo III “Permisos ambientales sectoriales” del Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. Nº 1339/2024, de fecha 30 de octubre de 2024, el SAG, Región de Los Lagos, informa que el proyecto da cumplimiento con los requisitos señalados en el artículo 160 del D.S. N°40/2013 MMA.
Mediante oficio ORD. Nº 0205, de fecha 28 de octubre de 2024, la SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados por el titular.
Mediante oficio ORD. Nº 27, de fecha 5 de noviembre de 2024, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados por el titular. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 10.2.5 del ICE
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Norma Decreto Supremo N°100/2005 - Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. MINSEGPRES Componente/materia: Medio Ambiente libre de contaminación Norma Artículo 19 Nº 8 La Constitución asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y es deber del Estado velar por que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. Otros cuerpos legales Ley Nº20.417 de 2010 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia D.S. Nº 40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento Acatamiento a la legislación e institucionalidad vigente, a través de la entrega del proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El proyecto se somete a evaluación dado que cumple con la tipología de ingreso del literal n) artículo 10 de la Ley y se presente como Declaración de Impacto por no generar efectos adversos significativos en ninguno de los literales del artículo 11 del mismo cuerpo normativo. Indicador que acredita su cumplimiento El titular del proyecto presenta a tramitación al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Los Lagos, para obtener una Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA) Forma de control y seguimiento Seguimiento y control a través de la revisión en la plataforma del e-SEIA las condiciones con la que será autorizado ambientalmente. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.2. Norma Ley N°19.300/1994 – Aprueba Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente (modificada por la Ley 20.417/2010). MINSEGPRES. Fecha publicación en Diario Oficial: 09 de marzo de 1994 Componente/materia: Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Norma Integra Crea el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), así como también contempla el procedimiento para generación de normas de calidad ambiental, dictar normas de emisión, declarar zonas saturadas o latentes y elaborar planes de descontaminación y prevención.
De manera más específica, establece en el Art. 8 que los proyectos o actividades señalados en el Art. 10 solo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental.
Art. 10 señala que los proyectos o actividades que enumera y que son susceptibles a causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, son los que se enuncian entre los literales “a al r”, deberán someterse al SEIA. Art. 11 indica que si los proyectos enumerados en el Art. 10, generan o presentan a lo menos uno de los efectos, características o circunstancias señalados en este, deberán presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso contrario pueden ingresar al SEIA a través de una DIA. Otros cuerpos legales D.S. Nº40/2012 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental RSEIA, fecha de publicación 12 de agosto de 2013. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento La forma de presentación es mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), dado que se verifica la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias litadas en el artículo 11 de la Ley.
El documento presenta todos los antecedentes necesarios para afirmar que el proyecto cumple con la normativa legal y reglamentaria ambiental aplicable. Indicador que acredita su cumplimiento El titular del proyecto presenta a tramitación al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Los Lagos la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), para obtener una Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA) Forma de control y seguimiento Seguimiento y control a través de la revisión en la plataforma del e-SEIA las condiciones con la que será autorizado ambientalmente. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.3. Norma Decreto Supremo Nº 40/2012 – Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Ministerio de Medio Ambiente Fecha publicación en Diario Oficial: 12 de agosto de 2013. Componente/materia: Disposiciones por las cuales se regirá el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y la Participación de la Comunidad en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental Norma Integro Establece normas y procedimientos por los que debe regirse el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, detallando y desarrollando, a partir del Art. 10 de la Ley Nº 19.300, los proyectos que deben someterse al SEIA y los criterios para determinar la pertinencia de ingreso.
Asimismo, indica los requisitos para la elaboración de las Declaraciones o Estudios de Impacto Ambiental, incluyendo los planes de mitigación, reparación, compensación y seguimiento ambiental, entre otros. Otros cuerpos legales Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (modificada por la Ley 20.417). Fecha publicación en Diario Oficial: 09 de marzo de 1994. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El proyecto “Planta de proceso Calbuco”, se encuentra construida y operando, cuenta con una RCA N°463/2007 favorable por el sistema de tratamiento de RILes y pertinencias referidas al cambio del recurso a procesar un aumento en el caudal de descarga, desplazamiento de la planta de tratamiento de RILes hacia un sector del predio que no afecta la vialidad interna y una mejora en el sistema de tratamiento incorporando antes de la planta un filtro escalera y posterior al tratamiento un filtro UV antes de disponer el RIL al cuerpo de agua marino, caudal de descarga y tratamiento que no modifica el presente proyecto.
Se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en conformidad al literal n.6) del D.S. Nº 40 de 2012. Bajo la forma de una DIA, ya que el proyecto no presenta ninguna de las características enumeradas bajo el Art. 11 de la Ley Nº 19.300 y el título II de este reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento El titular del proyecto espera obtener una Resolución de Calificación Ambiental Favorable (RCA) de la DIA. Forma de control y seguimiento Seguimiento y control a través de la revisión en la plataforma del e-SEIA las condiciones con la que será autorizado ambientalmente. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.4. Norma Decreto Supremo Nº 30/2012 – Aprueba Modificación al Decreto Supremo N°40 de 2012 que establece el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Ministerio de Medio Ambiente Fecha publicación en Diario Oficial: 1 de febrero de 2024 Componente/materia: Disposiciones por las cuales se regirá el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y la Participación de la Comunidad en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental Norma Integro El presente Decreto tiene por finalidad incorporar la variable de cambio climático en la evaluación de proyectos o actividades sujetos a evaluación ambiental, así como en la revisión de la Resolución de Calificación Ambiental. Además, busca garantizar una participación efectiva de la comunidad, reduciendo las brechas de información y promoviendo una participación oportuna, abierta e inclusiva en el proceso de evaluación ambiental. Otros cuerpos legales Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (modificada por la Ley 20.417). Fecha publicación en Diario Oficial: 09 de marzo de 1994. Decreto Supremo N°40 de 2012 que establece el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Ministerio de Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El proyecto “Planta de proceso Calbuco”, se encuentra construida y operando, cuenta con una RCA N°463/2007 favorable por el sistema de tratamiento de RILes y pertinencias referidas al cambio del recurso a procesar un aumento en el caudal de descarga, desplazamiento de la planta de tratamiento de RILes hacia un sector del predio que no afecta la vialidad interna y una mejora en el sistema de tratamiento incorporando antes de la planta un filtro escalera y posterior al tratamiento un filtro UV antes de disponer el RIL al cuerpo de agua marino, caudal de descarga y tratamiento que no modifica el presente proyecto. Se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en conformidad al literal n.6) del D.S. Nº 40 de 2012. Bajo la forma de una DIA, ya que el proyecto no presenta ninguna de las características enumeradas bajo el Art. 11 de la Ley Nº 19.300 y el título II de este reglamento. Dentro de lo análisis presentados incorpora la variable cambio climático y propone una forma de participación con la comunidad través de canales de comunicación en donde cualquier persona podrá solicitar información respecto de los monitoreos que el proyecto realice dentro del plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes Indicador que acredita su cumplimiento El titular del proyecto espera obtener una Resolución de Calificación Ambiental Favorable (RCA) de la DIA. Forma de control y seguimiento Seguimiento y control a través de la revisión en la plataforma del e-SEIA las condiciones con la que será autorizado ambientalmente. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.5. Norma Resolución Exenta Nº 2.129/2020 Aprueba Instrucción de Registro de Titulares y Activación de Clave Única para el Reporte Electrónico de Obligaciones y Compromisos a la Superintendencia del Medio Ambiente. Ministerio de Medio Ambiente Fecha publicación en Diario Oficial: 05 de noviembre de 2020 Componente/materia: Habilitación de la Clave única como único instrumento de identificación digital para acceder a la plataforma electrónica del Superintendencia de Medio Ambiente Norma Integro Habilitar la Clave Única como único instrumento de identificación digital para acceder a la plataforma electrónica de la Superintendencia de Medio Ambiente. Las disposiciones de la presente resolución resultan aplicables a todo regulado o titular de proyectos y/o actividades que deba reportar antecedentes y/o datos a la Superintendencia de Medio Ambiente, a través de la plataforma electrónica dispuesta por esta Superintendencia. Otros cuerpos legales Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (Ley 20.417/2010) Ley Nº 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente (modificada por Ley 20.417). Fecha publicación en Diario Oficial: 09 de marzo de 1994. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El Titular habilitará su Clave Única Indicador que acredita su cumplimiento Habilitación de la clave única Forma de control y seguimiento Comprobante de habilitación en el sistema de administración de regulados de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.6. Norma Resolución Exenta Nº 223/2015 – Dicta Instrucciones Generales Sobre la Elaboración del Plan de Seguimiento Ambiental y la Remisión de Información al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Ministerio de Medio Ambiente y Superintendencia de Medio Ambiente. Fecha publicación en Diario Oficial: 15 de abril de 2015 Componente/materia: Antecedentes respecto de las condiciones, compromisos y medidas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental Norma Integro En este cuerpo legal, se señala la forma en que los titulares sujetos a un plan de seguimiento o monitoreo de variables ambientales deben remitir los antecedentes respecto de las condiciones, compromisos y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental. Se deberá remitir toda la información, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorias, cumplimientos de metas o plazos y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad. Otros cuerpos legales Ley Nº19.300 de 1994 y sus modificaciones del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Resolución exenta Nº 1518 de 2013 Superintendencia de Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones de la fase de operación Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta Norma proporcionando la información requerida con la periodicidad y en la forma establecida en la RCA, ingresándola al sistema de seguimiento ambiental de la Superintendencia de Medio Ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de envío del documento que se ingrese al Sistema de Seguimiento Ambiental en caso de que se requiera y el comprobante de cumplimiento de la Resolución Exenta Nº 1518 de 2013 Superintendencia de Medio Ambiente., a la Superintendencia de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento -Fiscalización por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente. -Registro de comprobante de envío de la información Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.7. Norma Resolución Exenta 1.518/2013 – Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Exenta Nº 574 de 2012. Ministerio de Medio Ambiente y Superintendencia de Medio Ambiente Fecha publicación en Diario Oficial: 06 de enero de 2014 Componente/materia: Entrega de información por parte de titulares con RCA Favorable a la Superintendencia de Medio Ambiente Norma Integro Esta resolución establece la información que debe ser entregada por los titulares de proyectos con Resolución de Calificación Ambiental Favorable, además del plazo, modo y forma en el que debe ser entregada. El artículo segundo establece el plazo de entrega de la información requerida: Los titulares de RCA Favorable que se otorguen desde el 28 de febrero de 2014 en adelante, deberán cargar en la plataforma web creada por esta Superintendencia la información requerida dentro del plazo de 15 días hábiles, contando desde la fecha de notificación de la respectiva RCA. Otros cuerpos legales Ley Nº19.300 de 1994 y sus modificaciones del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Resolución exenta Nº 574 de 2013 Ministerio de Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Una vez que se obtenga la RCA Favorable, por lo tanto, se realizará previo a todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción y Operación Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente, y de forma y modo establecido, la información requerida en su totalidad. Una vez obtenida la RCA dentro del plazo de 15 días se realizarán las gestiones para obtener usuario y contraseña en la página web de la Superintendencia de Medio Ambiente y se procederá a la entrega de la información requerida. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de envío del cumplimiento de la Resolución Exenta Nº 1518 de 2013 con la información en la forma y plazos establecidos a la Superintendencia de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento - Fiscalización por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente - Registro de comprobante de envío de la información Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.8. Norma Resolución Exenta Nº 144/2020 - Aprueba Norma Básica Para la Implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fecha de Publicación en el Diario Oficial: 21 de febrero de 2020. Ministerio del Medio Ambiente. Componente/materia: General, respecto de la declaración de emisiones Norma La Resolución Exenta Nº 144/2020 Esta norma tiene como objetivo establecer los procedimientos y requisitos para la implementación de las modificaciones al RETC y deroga la Res. 1.139/2013 Ministerio de Medio Ambiente. Dicta las normas para realizar de manera adecuada el ingreso de la información requerida. Otros cuerpos legales Ley 19.300 de 1994 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sus modificaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las fases del proyecto Forma de cumplimiento Realizar las declaraciones requeridas anualmente. Indicador que acredita su cumplimiento Realizar oportunamente las declaraciones sectoriales pertinentes. Mantener registros o comprobantes de cada declaración. Forma de control y seguimiento Mantener actualizada la información en el sistema de ventanilla única del RETC Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.9. Norma Resolución Exenta 1.610/2018 - Dicta Instrucción de Carácter General sobre Deberes de Actualización de Planes de Prevención de Contingencias y Planes de Emergencias, y Remisión de Antecedentes de Competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, a través del Sistema de RCA. Fecha de Publicación en el Diario Oficial: 09 de enero de 2019 Componente/materia: General respecto de los planes de contingencia y emergencia Norma Esta resolución tiene como objetivo garantizar la adecuada gestión de los riesgos ambientales y la prevención de contingencias y emergencias en las actividades y proyectos sujetos a la fiscalización de la Superintendencia de Medio Ambiente. Establece los plazos y procedimientos para la actualización de los PPC y PE, así como los antecedentes que deben ser remitidos a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema de RCA. Además, se establece un protocolo de actuación en caso de incidentes en el contexto de la normativa de responsabilidad medioambiental. El artículo segundo de la Resolución Exenta 1.610/2018 establece que las empresas titulares de proyectos sometidos a evaluación ambiental deben actualizar sus planes de prevención de contingencias y planes de emergencias cada vez que se produzca una modificación en el proyecto, en los procesos productivos o en las medidas de mitigación y reparación establecidas en la RCA correspondiente. Además, se indica que la actualización debe ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del Sistema de RCA, dentro del plazo establecido en la instrucción de carácter general. Otros cuerpos legales Ley 19.300 de 1994 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sus modificaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones. Forma de cumplimiento Remitir los planes de contingencia y emergencia con que cuenta el proyecto dentro de los plazos exigidos. Mantener actualizado los planes y la plataforma del Sistema de RCA. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobantes de envío de planes de contingencia Forma de control y seguimiento Registro de comprobantes de envío de los planes disponibles para ser fiscalizados Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.10. Norma Ley N°21.455 de 2022 - Ley Marco de Cambio Climático Fecha de Publicación en el Diario Oficial: 13 de junio de 2022. Componente/materia: General respecto del cambio climático Norma La Ley Marco de Cambio Climático Ley N°21.455 de 2022 establece un marco jurídico para enfrentar los desafíos del cambio climático en Chile. El objetivo principal de esta ley es lograr y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero al año 2050. La ley establece la gobernanza climática y las facultades y obligaciones de los organismos del Estado para la acción climática; y su objetivo es hacer frente a los desafíos del cambio climático en Chile Algunos de los puntos más relevantes de la Ley Marco de Cambio Climático son: - Establecer un objetivo de neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero al año 2050. - Crear una institucionalidad climática que coordine y supervise la implementación de políticas y medidas para enfrentar el cambio climático. - Establecer la obligación de elaborar planes y estrategias climáticas a nivel nacional, sectorial y regional. - Fomentar la participación ciudadana y la transparencia en la toma de decisiones relacionadas con la acción climática. - Establecer medidas para la adaptación al cambio climático, incluyendo la protección de ecosistemas y la gestión del riesgo de desastres. - Fomentar la investigación, el desarrollo y la transferencia de tecnologías bajas en emisiones de gases de efecto invernadero. Artículo 41.- Registro de Emisión y Transferencia de Contaminantes. Los establecimientos que estén obligados a declarar a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisión y Transferencia de Contaminantes (RETC) deberán reportar, anualmente, las emisiones de gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta que generen. El reglamento especificará el alcance de las fuentes y emisiones que serán reportadas. Otros cuerpos legales Ley 19.300 de 1994 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sus modificaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto. Forma de cumplimiento Declarar anualmente a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisión y Transferencia de Contaminantes (RETC) las emisiones de gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta que generen. Indicador que acredita su cumplimiento Reporte anual de las emisiones de gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta que se generen en el proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de los comprobantes de ingresos de los reportes anuales declarados en RETC, disponibles para ser fiscalizados Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.11. Norma Decreto Supremo Nº 30/2013 – Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación. Ministerio de Medio Ambiente. Fecha publicación en Diario Oficial: 11 de febrero de 2013 Componente/materia: Autodenuncia, Programa de Cumplimiento y Plan de reparación de daño ambiental Norma Integro Refiérase a lo establecido en el art. 41, 42 y 43 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (Ley 20.417/2010). Otros cuerpos legales Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (modificada por la Ley 20.417). Fecha publicación en Diario Oficial: 09 de marzo de 1994. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones, ante la eventual situación de un proceso sancionatorio por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente. Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a las disposiciones referentes a la autodenuncia, en el caso improbable de incurrir en alguna infracción de aquellas de la competencia de la Superintendencia de Medio Ambiente, y de optar por esta vía. Así mismo, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los programas de cumplimiento y planes de reparación en el evento improbable de haberse iniciado a un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de presentación de autodenuncia, Programa de cumplimiento, y/o plan de reparación en caso de proceder. Aprobación del plan de cumplimiento y remisión de los reportes comprometidos. Forma de control y seguimiento Respaldo de la aprobación del plan de cumplimiento y del ingreso de los reportes comprometidos. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.12. Norma Decreto Supremo Nº 31/2013 – Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y de los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y Sanciones. Ministerio de Medio Ambiente. Fecha publicación en Diario Oficial: 11 de febrero de 2013 Componente/materia: Sistema Nacional de Información de fiscalización Ambiental y de los registros públicos de Resolución de Calificación Ambiental y de Sanciones Norma Integro Este reglamento establece las disposiciones por las cuales se regirá el SNIFA, así como los antecedentes por los cuales se conformará; y los registros públicos de la RCA y sanciones. En ese sentido establece las funciones de la Superintendencia de Medio Ambiente, así como también el derecho de toda persona a acceder a la información que se encuentre en su poder, ya que la información será pública Otros cuerpos legales Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (Ley 20.417/2010) y Ley Nº 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente (modificada por Ley 20.417). Fecha publicación en Diario Oficial: 09 de marzo de 1994. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta Norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental favorable. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobantes de la remisión de los reportes comprometidos Forma de control y seguimiento Se mantendrán los comprobantes atingentes en caso de ser requeridos por la autoridad antes una eventual fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.13. Norma Resolución Exenta N°1.184/2015 - Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre Fiscalización Ambiental y Deja Sin Efecto las Resoluciones que indica. Ministerio de Medio Ambiente y Superintendencia de Medio Ambiente Fecha publicación en Diario Oficial: 18 de diciembre de 2015 Componente/materia: Procedimiento de fiscalización ambiental de Normas de calidad, Normas de emisión y Planes de prevención y/o descontaminación Norma Integro Este cuerpo legal establece las instrucciones generales de los funcionarios de la Superintendencia del Medio Ambiente que desempeñen actividades de fiscalización ambiental, funcionarios de organismos sectoriales que colaboren en la fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente por medio de un subprograma de fiscalización ambiental, así como también, en lo pertinente, los sujetos fiscalizados.
El ejercicio de la potestad fiscalizadora de la Superintendencia comprende las siguientes actividades de fiscalización: a) Inspección ambiental; b) Examen de información; c) Medición, muestreo y análisis. El artículo cuarto establece que los “sujetos fiscalizados y sus dependientes deberán dar a los fiscalizadores todas las facilidades para el correcto y adecuado desarrollo de las actividades de fiscalización ambiental, y no podrán negarse a proporcionar información requerida sobre los aspectos de la materia a fiscalizar. El incumplimiento del deber de colaboración será constatado por los fiscalizadores en el acta de inspección ambiental o en el informe técnico de fiscalización ambiental, según corresponda”. Otros cuerpos legales Ley 20.417/2010 – Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a este cuerpo legal, dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse, y proporcionando la información requerida, en todas las fases de este. Indicador que acredita su cumplimiento El titular del proyecto se compromete a permitir actividades de fiscalización y entrega de información. El titular contará con el Acta de Fiscalización Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Mantención de los registros que acrediten cumplimiento de la normativa vigente para ser fiscalizados. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.14. Norma Resolución Exenta N°855/2016 - Normas de Carácter General Sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a Través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Ministerio de Medio Ambiente y Superintendencia de Medio Ambiente Fecha publicación en Diario Oficial: 27 de septiembre de 2016 Componente/materia: Reporte de avisos, contingencias e incidentes en Sistema de Seguimiento Ambiental Norma Artículo primero. Destinatarios. Son destinatarios de la presente resolución los titulares de la Resoluciones de Calificación Ambiental que establezcan deberes de reporte a Superintendencia del Medio Ambiente asociados a avisos, contingencias o incidentes. Artículo tercero. Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes. El módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente será el medio para que los destinatarios de la presente resolución informen todo aviso, contingencia e incidente en los términos establecidos en el instrumento respectivo o, en su defecto, dentro del plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se informa. Otros cuerpos legales Resolución Exenta SMA Nº 1.518, de 2013. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento Todo aviso, contingencia o incidentes será notificado a la Superintendencia de Medio Ambiente dentro del plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se informa. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante electrónico por notificación a la Superintendencia de Medio Ambiente en caso de avisos, contingencias o incidentes. Forma de control y seguimiento Registro del comprobante de envío de la información ingresada al SSA Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.15 Norma Resolución Exenta N°1.610/2018 - Dicta Instrucción de Carácter General sobre Deberes de Actualización de Planes de Prevención de Contingencias y Planes de Emergencias, y Remisión de Antecedentes de Competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, a través del Sistema de RCA Fecha publicación en Diario Oficial: 09 de enero de 2019 Componente/materia: Actualización de Planes de Prevención de Contingencias y Planes de Emergencias, y Remisión de Antecedentes de Competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente Norma Conforme lo indica su artículo segundo, se aplicará a todos los titulares de Resoluciones de Calificación Ambiental que cuenten dentro de sus normas, condiciones o medidas, con la obligación de mantener Planes de Prevención de Contingencias y/o Planes de Emergencia, de acuerdo con lo establecido durante el respectivo procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento Ingreso en la plataforma del SRCA los planes de contingencia y emergencia de carácter ambiental del proyecto dentro de los plazos indicados por la Superintendencia de Medio Ambiente Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de carga de los ingresos de los planes ante una eventual fiscalización. Forma de control y seguimiento Registro de los comprobantes de carga de los planes ante la plataforma SRCA Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.16 Norma D.S. N°1/2013 - Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Fecha publicación en Diario Oficial: 2 de mayo de 2013 Componente/materia: Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Norma El decreto tiene por objetivo regular el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, que corresponde a una base de datos accesibles al público, destinada a capturar, recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la información sobre emisiones, residuos y transferencia de contaminantes potencialmente dañinos para la salud y el medio ambiente, generados en actividades industriales o no industriales o transferidos para su valorización. Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones que generen emisiones atmosféricas y residuos Forma de cumplimiento Declaración a través de la VU Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante electrónico de las declaraciones realizadas en la plataforma RETC Forma de control y seguimiento Mantener actualizada la VU Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.1 del ICE
7.17. Norma Decreto Supremo N°430/1991 – Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley 18.892 de 1989 y sus Modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura. MINECON Fecha publicación en Diario Oficial: 21 de enero de 1992 Componente/materia: Acuicultura Norma A las disposiciones de esta ley quedará sometida la preservación de los recursos hidrobiológicos, y toda actividad pesquera extractiva, de acuicultura y de investigación que se realice en aguas terrestres, playa de mar, aguas interiores, mar territorial o zona económica exclusiva de la República y en las áreas adyacentes a esta última sobre las que exista o pueda llegar a existir jurisdicción nacional de acuerdo con las leyes y tratados internacionales. Quedarán también sometidas a ella las actividades pesqueras de procesamiento y transformación, y el almacenamiento, transporte o comercialización de recursos hidrobiológico Artículo 136 Establece un cuasidelito referido al que “introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos sin que hayan sido neutralizados será sancionado con multa de 50 a 3.000 UTM”. En caso de proceder con dolo, además de la multa a aplicar, se establece presidio menor en su grado mínimo. Otros cuerpos legales Ley 18.892/1989 Ley General de Pesca y Acuicultura. MINECON Ley 20.091/2005 Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en Materia de Acuicultura. MINECON Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El titular declara que, el proyecto considera descargas de RIL previo paso por un sistema de tratamiento y disposición al medio marino vía emisario submarino, cumpliendo con los máximos permitidos por la Tabla N°5 del D.S. N°90/2000.
Indicador que acredita su cumplimiento Resultados de los autocontroles con laboratorios acreditados de los monitoreos físico químico-semestrales al efluente generado, PVA al cuerpo de agua receptor. Guía de despacho de la disposición final autorizada de los residuos generados por la actividad. Contar con planes de contingencia ante eventualidades que pudiesen causar algún efecto al medio ambiente Forma de control y seguimiento Mantener en la Planta los registros que acrediten el cumplimiento del cuerpo normativo Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.18. Norma Decreto Supremo N°1/1992 Reglamento para el control de la contaminación acuática. Ministerio de Defensa Nacional Fecha publicación en Diario Oficial: 18 de noviembre de 1992 Componente/materia: Acuicultura Norma Artículo 1°, el presente reglamento establece el régimen de prevención, vigilancia y combate de la contaminación en las aguas del mar, puertos, ríos y lagos sometidos a la jurisdicción nacional. Otros cuerpos legales Ley 18.892/1989 Ley General de Pesca y Acuicultura. MINECON Ley 20.091/2005 Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en Materia de Acuicultura. MINECON Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El titular declara que, el proyecto considera descargas de RIL previo paso por un sistema de tratamiento y disposición al medio marino vía emisario submarino, cumpliendo con los máximos permitidos por la Tabla N°5 del D.S. N°90/2000. Plan de Limpieza de Playa Indicador que acredita su cumplimiento Limpieza de playa con frecuencia mensual, de acuerdo a coordenadas indicadas en el plan de limpieza de playa, completando registros y con evidencia fotográfica de la actividad. Se cumplirán las disposiciones contenidas en el presente cuerpo normativo, procurando que no se produzca vertimiento de hidrocarburos y mezclas oleosas, aguas sucias y basura en aguas bajo la jurisdicción de la Armada Contar con planes de contingencia ante eventualidades que pudiesen causar algún efecto al medio ambiente Forma de control y seguimiento Informe semestral que será remitido a la Autoridad Marítima correspondiente. Mantener en la Planta los registros que acrediten el cumplimiento del cuerpo normativo. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.19. Norma D.S. Nº 4/1994. Norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fecha de publicación en el Diario Oficial:03 de mayo de 1994 Componente/materia: Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control Norma Íntegro Artículo 1º.- Para los fines del presente decreto, las frases que se indican a continuación tendrán el significado que en cada caso se indica: a) Norma de emisión: valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación. b) Vehículo motorizado mediano: vehículo motorizado destinado al transporte de personas o carga, por calles y caminos, y que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilógramos. Los vehículos motorizados medianos se clasifican en dos tipos: vehículos motorizados medianos tipo 1 y vehículos motorizados medianos tipo 2. c) Vehículo motorizado mediano tipo 1: vehículo motorizado mediano que tiene un peso neto de marcha inferior a 1.700 kilógramos. d) Vehículo motorizado mediano tipo 2: vehículo motorizado mediano que tiene un peso neto de marcha igual o superior a 1.700 kilógramos. e) Peso neto de marcha: Peso del vehículo en su modo normal de operación, incluyendo el peso del equipo estándar, del equipo opcional y del combustible contenido en el estanque de combustible cuando se llena a su capacidad nominal, más 140 kilógramos Otros cuerpos legales Modificaciones: D.S. 16/98(MSGP); D.S. 72/98; D.S. 205/98; D.S. 97/99; D.S. 103/2000; D.S. 20/2001(MSGP); D.S. 58/2003(MSGP); D.S. 95/2005; D.S. 149/2007 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras que tengan relación con transporte y uso de maquinaria y vehículos motorizados Forma de cumplimiento Todos los vehículos circularán en el proyecto se encontrarán en óptimas condiciones mecánicas y con sus revisiones técnicas al día. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con vehículos y maquinaria con revisión técnica al día Forma de control y seguimiento Registro de vehículos y maquinaria con revisión técnica al día Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.20. Norma D.S. Nº 144/1961- Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza. Ministerio de Salud Fecha publicación en Diario Oficial: 18 de mayo de 1961 Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma Íntegro El presente decreto contiene un mandato general, al señalar en su artículo 1 que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daño o molestias al vecindario. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El titular del proyecto dará cumplimiento a lo establecido en la normativa, tomando las medidas necesarias para evitar la emanación de contaminantes que causen daños, peligros o molestias a los receptores dentro del área de influencia del proyecto. Se debe mencionar que durante la Fase de Operación los aportes de gases, vapores, humo, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza son mucho menores y no significativos. Aun cuando el área del proyecto presenta, por naturaleza buenas condiciones de ventilación. El titular del proyecto implementará las siguientes medidas: mantención adecuada de la maquinaria de acuerdo con las instrucciones de los fabricantes. revisión técnica al día de los vehículos y maquinarias a utilizar para efectos de transporte. reducción de velocidad de caminos interiores (a 20km/h). Indicador que acredita su cumplimiento El titular del proyecto se compromete a que cada vehículo cuente con las revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Mantener registro disponible ante una eventual fiscalización Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.21. Norma D.S. Nº 138/2005 - Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Ministerio de Salud Fecha publicación en Diario Oficial: 17 de noviembre de 2005 Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma Íntegro Establece la obligación de declarar las emisiones atmosféricas de las fuentes fijas de forma anual Otros cuerpos legales Artículo 89 letra a) - DFL Nº 725/1967, Código Sanitario. MINSAL. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Requerimiento y almacenamiento de suministros básicos, transporte Forma de cumplimiento El titular se compromete a declarar las emisiones de sus fuentes fijas, tales como generadores eléctricos a ser utilizados por el proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro o comprobante de declaración anual para revisión. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia del registro de Declaraciones de Emisiones en dependencias de la Planta, para ser fiscalizadas por la autoridad Superintendencia del Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.22. Norma D.S. N°75/1987 - Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fecha de publicación en el Diario Oficial:07 de julio de 1987 Componente/materia: Transporte de material Norma Íntegro Establece condiciones para el transporte de cargas. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El titular se compromete a cumplir con las condiciones de transporte de carga establecidas en la presente norma, a saber: La carga se estibará sólo en el área de carga de los camiones, de la misma manera no excederá el ancho de la carrocería y no sobrepasará el extremo anterior de los vehículos motorizados. Si el transporte corresponde a desperdicios, arena, tierra u otro material ya sea sólido o líquido se velará por que ellos no escurran ni se derramen al suelo, igualmente serán cubiertos con lonas, mallas, y/o plásticos para impedir la dispersión al aire. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará control en portería de acceso al proyecto Forma de control y seguimiento Registro de ellos contratistas que incluya la identificación de los vehículos a utilizar. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.23. Norma D.S. Nº 211/1991 Ministerio de Salud, Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fecha Publicación en Diario Oficial: 11 diciembre de 1991 Componente/materia: Tránsito por vías públicas Norma Artículo 1°: Para los fines del presente decreto, los conceptos que siguen a continuación tendrán los significados que se indican: Norma de emisión: Son aquellos valores máximos, de gases y partículas, que un vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación. Vehículos motorizados livianos: Son todos aquellos vehículos con un peso bruto de menos de 2.700 kg. excluidos los de tres o menos ruedas. Los vehículos livianos, se califican en vehículos de pasajeros y comerciales. Vehículos livianos de pasajeros: Son todos los vehículos motorizados livianos diseñados principalmente para el transporte de personas. Se incluyen en esta definición, las camionetas livianas o furgones con un peso bruto menor a 2.700 kg. y que son derivadas de vehículos que fueron originalmente diseñados para el transporte de pasajeros. Quedan incluidos dentro de esta categoría todos aquellos vehículos que, terminados, tienen el peso vehicular bruto indicado en el inciso anterior y que en el D.F.L. N° 2 del Ministerio de Hacienda, del 21 de agosto de 1989, figuren en las partidas o secciones que a continuación se indican: La partida 87.02; La partida 87.03, excluyéndose en todo caso los vehículos de carrera y los señalados en la partida 8703.10, y La sección 0. Vehículos comerciales livianos: Son los vehículos motorizados livianos con un peso bruto menor a 2.700 kg. diseñados para el transporte de carga o derivados de éstos. Se incluyen dentro de esta categoría todos aquellos vehículos con el peso indicado y que en el D.F.L. Nº 2 del Ministerio de Hacienda, del 21 de agosto de 1989, figuran en las partidas o secciones que a continuación se indican: Las partidas 8704.2110; 8704.2120; 8704.2130; 8704.2150. La sección 0. También quedarán incluidos en esta clasificación; los vehículos de transporte de pasajeros que, de acuerdo con las normas de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de Norteamérica, se clasifican como "Light duty trucks" (camiones de trabajo liviano). Para los efectos de lo señalado en el artículo 4bis, se entenderá por: Vehículos comerciales livianos: Son los vehículos motorizados livianos con un peso bruto menor a 2700 kg. diseñados para el transporte de carga o derivados de éstos. Dependiendo de la norma que el fabricante, armador, importador o sus representantes, soliciten al momento de la homologación los vehículos comerciales se subdividen en las siguientes categorías: Vehículos comerciales livianos tipo 1: Son los vehículos comerciales livianos con un peso neto de marcha menor o igual a 1700 kg. entendiendo por peso neto de marcha la definición de Load Vehicle Weith (LVW) estipulada por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de Norteamérica (USEPA). Vehículos comerciales livianos tipo 2: Son los vehículos comerciales livianos con un peso neto de marcha mayor a 1700 kg entendiendo por peso neto de marcha la definición de Load Vehicle Weith (LVW) estipulada por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de Norteamérica (USEPA). Vehículos comerciales livianos Clase 1: Son los vehículos comerciales livianos con un peso neto de marcha menor o igual a 1305 kg entendiendo por peso neto de marcha la definición de Masa de Referencia utilizada por la directiva 70/220 CEE, modificada por la directiva 98/69 CE, ambas de la Comunidad Económica Europea. Vehículos comerciales livianos Clase 2: Son los vehículos comerciales livianos con un peso neto de marcha mayor a 1305 kg y menor o igual a 1760 kg entendiendo por peso neto de marcha la definición de Masa de Referencia utilizada por la directiva 70/220 CEE, modificada por la directiva 98/69 CE, ambas de la Comunidad Económica Europea. Vehículos comerciales livianos Clase 3: Son los vehículos comerciales livianos con un peso neto de marcha mayor a 1760 kg entendiendo por peso neto de marcha la definición de Masa de Referencia utilizada por la directiva 70/220 CEE, modificada por la directiva 98/69 CE, ambas de la Comunidad Económica Europea Otros cuerpos legales D.S. Nº 28/2012 modifica D.S. Nº 211/1991 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento Los niveles de emisiones contenidas en la citada normativa serán cumplidos fielmente, procurando que los vehículos livianos tanto de operaciones como de contratistas- cuenten con su revisión técnica al día debiendo, además, contar con el correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de empresas contratistas con antecedentes de revisiones técnicas, mantenciones. Forma de control y seguimiento Registro de empresas contratistas Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.24. Norma D.S. Nº 54/1994 - Establece normas de emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fecha de publicación en el Diario Oficial: 03 de mayo de 1994 Componente/materia: Emisiones atmosféricas de vehículos motorizados livianos Norma D.S. Nº 54/1994 - Establece normas de emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos. Fecha de publicación en el Diario Oficial: 03 de mayo de 1994 Íntegro Artículo 1°. - Para los fines del presente decreto, las frases que se indican a continuación tendrán el significado que en cada caso se indica: a) Normas de emisión: valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación. b) Vehículo motorizado mediano: vehículo motorizado destinado al transporte de personas o carga, por calles y caminos, que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos. Los vehículos motorizados medianos se clasifican en dos tipos: vehículos motorizados medianos tipo 1 y vehículos motorizados medianos tipo 2. c) Vehículo motorizado mediano tipo 1: vehículo motorizado mediano que tiene un peso neto de marcha inferior a 1.700 kilogramos. d) Vehículo motorizado mediano tipo 2: vehículo motorizado mediano que tiene un peso neto de marcha igual o superior a 1.700 kilogramos. e) Peso neto de marcha: Peso del vehículo en su modo normal de operación, incluyendo el peso del equipo estándar, del equipo opcional y del combustible contenido en el estanque de combustible cuando se llena a su capacidad nominal, más 140 kilogramos. f) Para los efectos de lo señalado en el artículo 4 bis, los vehículos motorizados medianos se clasifican en las siguientes clases: Vehículos medianos tipo 1: Son los vehículos medianos con un peso de ajuste de carga comprendido entre 1700 y 2610 kg, entendiendo por peso de ajuste de carga "Adjusted Loaded Vehicle Weight (ALVW)", estipulado por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de Norteamérica (USEPA). Vehículos medianos tipo 2: Son los vehículos medianos con un peso de ajuste de carga mayor que 2610 kg, entendiendo por peso de ajuste de carga Adjusted Loaded Vehicle Weight (ALVW)", estipulado por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de Norteamérica (USEPA). Vehículos medianos clase 1: Son los vehículos medianos con un peso neto de marcha menor o igual a 1305 kg entendiendo por peso neto de marcha la definición de Masa de Referencia utilizada por la directiva 70/220 CEE, modificada por la directiva 98/69 CE, ambas de la Comunidad Económica Europea. Vehículos medianos clase 2: Son los vehículos medianos con un peso neto de marcha mayor a 1305 kg y menor o igual a 1760 kg entendiendo por peso neto de marcha la definición de Masa de Referencia utilizada por la directiva 70/220 CEE, modificada por la directiva 98/69 CE, ambas de la Comunidad Económica Europea. Vehículos medianos clase 3: Son los vehículos medianos con un peso neto de marcha mayor a 1760 kg entendiendo por peso neto de marcha la definición de Masa de Referencia utilizada por la directiva. 70/220 CEE, modificada por la directiva 98/69 CE, ambas de la Comunidad Económica Europea Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El titular exigirá al contratista la utilización de vehículos motorizados que cumplan con lo señalado en esta norma. Con revisiones técnicas al día. Indicador que acredita su cumplimiento El titular del proyecto se compromete a contar con un registro de los contratistas que incluya la identificación de los vehículos a utilizar y según sea el caso se contará con la resolución sanitaria según proceda. Forma de control y seguimiento Registro de los contratistas con la identificación de los vehículos a utilizar Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.25. Norma D.S. Nº 55/1994 - Establece normas de emisión a Vehículos Motorizados Pesados. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fecha de publicación en el Diario Oficial: 16 de abril de 1994 Componente/materia: Emisiones atmosféricas de vehículos motorizados pesados Norma Íntegro Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El titular exigirá al contratista la utilización de vehículos motorizados que cumplan con lo señalado en esta norma. Con revisiones técnicas y de gases al día. Indicador que acredita su cumplimiento El titular del proyecto se compromete a contar con un registro de los contratistas que incluya la identificación de los vehículos a utilizar y según sea el caso se contará con la resolución sanitaria según proceda. Forma de control y seguimiento Registro de los contratistas con la identificación de los vehículos a utilizar Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.26. Norma D.S. Nº 279/1983 - Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Vehículos Motorizados de Combustión Interna Ministerio de Salud Fecha de publicación en el Diario Oficial: 16 de abril de 1994 Componente/materia: Emisiones atmosféricas de vehículos motorizados de combustión interna Norma Artículo 3 prohíbe la emisión de contaminantes por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, en concentración superior a los máximos que se señalan a continuación: b) Humos visibles (partículas en suspensión) b.2) Vehículos petroleros: El índice de ennegrecimiento medido conforme al método señalado en el Artículo 4 del presente Decreto, deberá ser inferior o igual al índice de ennegrecimiento correspondiente a la potencia del motor del vehículo, determinado en la curva señalada como "máximo" del señalado en la norma. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento Contar con revisión técnica y de gases al día. Indicador que acredita su cumplimiento El titular del proyecto se compromete a contar con un registro con la identificación de los vehículos a utilizar y según sea el caso se contará con la resolución sanitaria según proceda. Forma de control y seguimiento Registro con la identificación de los vehículos a utilizar Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.27. Norma D.F.L. Nº 1 de 2007 – Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fecha de publicación en el Diario Oficial: 27 diciembre de 2007 Componente/materia: Ley de Tránsito. Norma Íntegro Otros cuerpos legales Artículo 12: Existirán licencias de conducir profesionales, Clase A; no profesionales, Clase B y C; y especiales, Clase D, E y F. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento N/A Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Operación Forma de cumplimiento El titular exigirá a sus contratistas que todo el personal que conduzca vehículos motorizados cuente con licencia de conducir profesional al día. Indicador que acredita su cumplimiento El titular del proyecto contará con un registro de los contratistas que incluya la identificación de los conductores de los vehículos a utilizar. Forma de control y seguimiento Certificado de antecedentes de los conductores. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.28. Norma D.F.L. Nº 1 de 2007 – Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fecha de publicación en el Diario Oficial: 27 diciembre de 2007 Componente/materia: Condiciones de seguridad y peligros de accidentes Norma Íntegro La presente norma señala que todo conductor de vehículo motorizado debe portar su licencia de conducir vigente, y exige que los vehículos deban encontrarse en condiciones de mantención que entreguen condiciones de seguridad. Además, establece que las cargas no podrán superar los pesos máximos establecidos en la ley, y que durante el transporte de estas deberán ir debidamente aseguradas, de modo que no generen peligros de accidentes (Art. 56 y 57) Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El titular adoptará todas las medidas necesarias para que las cargas no superen los pesos máximos establecidos en la Ley, y que durante el transporte de estas se encuentren debidamente aseguradas, de modo que no generen peligros de accidentes. Indicador que acredita su cumplimiento El titular del proyecto exigirá a todos los conductores de vehículos que trabajen en cualquiera de las áreas del proyecto a portar su licencia de conducir vigente contando con un registro de estas, y las respectivas mantenciones y revisiones técnicas al día, y permisos de circulación vigente. Forma de control y seguimiento Registro de los contratistas que incluya la información de los conductores y de los vehículos a utilizar Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.29. Norma D.S. Nº 158/1980. Fija el Peso Máximo de los Vehículos que pueden circular por Caminos Públicos. Ministerio de Obras Públicas Fecha de publicación en el Diario Oficial: 7 de abril de 1980 Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma Íntegro Regula los pesos máximos por eje para los camiones que circulan por las carreteras y calles del país, y establece las dimensiones máximas para los vehículos. Asimismo, establece que para transportar carga indivisible con un peso bruto superior a 45 toneladas debe solicitar permiso especial en la Dirección de Vialidad. Esta misma norma es aplicable para las vías urbanas, por remisión expresa del D.S. Nº 200 del MOP, de 1993, que “Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las Vías Urbanas del País”. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de caminos públicos para el transporte de materiales, insumos, peces, residuos, entre otros. Forma de cumplimiento Los vehículos y camiones cumplirán con lo establecido por este decreto. Ante la eventualidad de sobrepasar los límites de peso establecidos en la normativa, se solicitarán los permisos correspondientes a la autoridad. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con un registro de los contratistas Forma de control y seguimiento Registro de los contratistas que incluya la información de los conductores y de los vehículos a utilizar Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.30. Norma D.S. Nº 850/1998. Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840 de 1964 y del D.F.L Nº 206 de 1960. Ministerio de Obras Públicas Fecha de publicación en el Diario Oficial: 25 de febrero de 1998 Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma Regula las condiciones de circulación de vehículos en los caminos públicos, dimensiones máximas de estos y prohibiciones de ocupación de espacios públicos, salvo autorización expresa. Artículo 30: … “Prohíbase la circulación por Ley 18.028 caminos públicos de vehículos de cualquier especie que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. La responsabilidad civil que se derive de la contravención a lo dispuesto en el inciso anterior recaerá solidariamente sobre el conductor, el propietario y el que tenga el vehículo a su cargo al momento de la infracción, como arrendatario o a cualquier otro título. En casos calificados, la Dirección Ley 18.278 de Vialidad podrá otorgar autorizaciones especiales a aquellas personas naturales o jurídicas que deban transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan de los pesos máximos permitidos, previo pago en la Tesorería Provincial respectiva y, donde ésta no exista, en la Tesorería Regional correspondiente, de los derechos que se determinen, todo ello en conformidad al Reglamento”. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de caminos públicos para el transporte de materiales, insumos, peces, residuos, entre otros. Forma de cumplimiento Los vehículos y camiones cumplirán con lo establecido por este decreto. Ante la eventualidad de sobrepasar los límites de peso establecidos en la normativa, se solicitarán los permisos correspondientes a la autoridad. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de requerirse, contar con la autorización de transporte de vehículos que excedan el peso y dimensiones establecidas en el artículo 30. Forma de control y seguimiento Contar con un registro de transporte que incluya la información de los conductores y de los vehículos a utilizar Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.31. Norma D.S. Nº 38/2013 - Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a partir de la Revisión del Decreto Nº 146, DE 1997, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fecha publicación en Diario Oficial: 12 de junio de 2012 Componente/materia: Emisiones de Ruido Norma Artículo 1º.- El objetivo de la presente norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisoras de ruido que esta norma regula. Dado que el proyecto se encuentra en zona urbana aplica el siguiente artículo: Artículo 9º.- Para las zonas rurales se aplicará como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: a) Nivel de ruido de fondo medido + 10dBA b) Límites de la zona III, según el período horario Este criterio aplicará tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. De acuerdo con el estudio de ruidos adjunto en anexo 9 concluye que el ruido generado por el proyecto implementando la medida administrativa de control NO superará los límites/umbrales definidos para cada OPA, asegurando la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias de los literales a), b), c), e) y f) del artículo 11 de la Ley 19.300. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento El titular dará cumplimiento a los niveles de ruidos que indica la normativa y realizará las actividades que sean recomendadas por el profesional que elabora el informe de Ruido de la presente DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Registro o medición de las emisiones de Ruido. Forma de control y seguimiento Mantención del sistema de insonorización de equipos y accesos a unidades de tratamiento. Medición de niveles de ruido. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.32. Norma D.S Nº 594/1999 - Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud Fecha publicación en Diario Oficial: 29 de abril de 2000 Componente/materia: Residuos sólidos Norma Establece las condiciones ambientales y sanitarias básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, además, establece los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional. Artículo 18: Dispone que tanto el acopio temporal, como el transporte y la disposición final de los residuos industriales debe contar con la correspondiente autorización sanitaria. El párrafo III del Título II regula el modo en que se debe realizar la disposición de los residuos sólidos. Artículo 19: Las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente. Artículo 20: En todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos. Artículo 42: El almacenamiento de materiales deberá realizarse por procedimientos y en lugares apropiados y seguros para los trabajadores. Todo lo referente al almacenamiento de sustancias peligrosas se regirá por lo dispuesto en el decreto supremo Nº 43 de 2015 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. No obstante, lo anterior, para aquellas exclusiones establecidas en el artículo 3 de dicha norma, los recintos que almacenen sustancias peligrosas clasificadas según NCh 382:2013, sin perjuicio de la normativa específica que les aplique, deberán dar cumplimiento a lo siguiente: …” Otros cuerpos legales D.F.L. Nº 725/1967 - Código Sanitario. MINSAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento temporal de desperdicios y basuras Forma de cumplimiento En cuanto a la generación de residuos, el proyecto en todas sus etapas los mantendrá en contenedores herméticos y la disposición de éstos será en un lugar autorizado. El proyecto cuenta con la autorización sanitaria para almacenamiento transitorio de residuos industriales no peligrosos Resolución Nº 3251/2020 de 27 de enero de 2020 Indicador que acredita su cumplimiento El titular mantendrá en la Planta: Registros de retiro y disposición final de los residuos. Registro de los reportes de residuos que se realizan en la plataforma del Ministerio de Medio Ambiente y Superintendencia de Medio Ambiente, en caso de corresponder. Aprobación del PAS 140 Resolución Nº 3251/2020 de 27 de enero de 2020 Forma de control y seguimiento Se mantendrá en copia de las autorizaciones de los lugares de acopio y/o almacenamiento temporal de residuos domiciliarios, industriales no peligrosos y de las empresas encargadas en el transporte y disposición final de estos residuos. Declaración de los residuos a través de los subsistemas SIDREP y SINADER del RETC según corresponda en los plazos definidos para aquello. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.33. D.F.L. Nº 725/1967 - Código Sanitario. Ministerio de Salud Fecha publicación en Diario Oficial: 11 de diciembre de 1967 Componente/materia: Residuos Sólidos Norma Artículo 79°. - Para proceder a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, será necesaria la aprobación previa del proyecto por el Servicio Nacional de Salud. Artículo 80°. - Corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Al otorgar esta autorización, el Servicio Nacional de Salud determinará las condiciones sanitarias y de seguridad que deben cumplirse para evitar molestia o peligro para la salud de la comunidad o del personal que trabaje en estas faenas. Otros cuerpos legales D.S Nº 594/1999 - Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto Forma de cumplimiento En cuanto a la generación de residuos, el proyecto en todas sus etapas los mantendrá en contenedores herméticos y la disposición de éstos será en un lugar autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la Resolución Sanitaria de los medios de transporte Registro de Disposición final autorizada Forma de control y seguimiento Registro de los reportes de los residuos a realizar en la plataforma electrónica del Ministerio de Medio Ambiente y de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.34. Norma D.S. Nº 148/2004 - Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Ministerio de Salud Fecha publicación en Diario Oficial: 16 de junio de 2004 Componente/materia: Residuos peligrosos (RESPEL). Norma D.S. Nº 148/2004 - Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. MINSAL. Fecha publicación en Diario Oficial: 16 de junio de 2004 Íntegro Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos El proyecto cuenta con una bodega de RESPELs y está tramitando la autorización sanitaria. Otros cuerpos legales DFL Nº 725/1967, Código Sanitario. MINSAL. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento temporal de residuos peligrosos y transporte a disposición final autorizada Forma de cumplimiento El titular dará cumplimiento a las disposiciones del presente reglamento. El manejo de los residuos generados por el proyecto lo realizará a través de empresas que cuenten con autorización sanitaria para retiro, transporte y disposición final. Tramitación del PAS 142 Mantener actualizada la información en el sistema Realizar las declaraciones a través del sistema de ventanilla única del RETC Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá en la Planta los registros de las salidas de los residuos y se mantendrá un registro de las empresas autorizadas para ello. Aprobación del PAS 142 Comprobante de inscripción en el sistema de ventanilla única Comprobante de realización de las declaraciones realizadas según corresponda en los plazos definidos para aquello. Forma de control y seguimiento Mantención de la resolución que autoriza el PAS 142 Mantener copia de las autorizaciones sanitarias correspondientes Mantener un registro de las declaraciones realizadas oportunamente en el sistema de ventanilla única Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.35. Norma Ley Nº 20.920/2016 – Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Ministerio de Medio Ambiente Fecha Publicación en el Diario Oficial: 01 de junio de 2016 Componente/materia: Responsabilidad extendida del Productor Norma Ley Nº 20.920/2016 – Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Ministerio de Medio Ambiente. Fecha Publicación en el Diario Oficial: 01 de junio de 2016. Íntegro Artículo 1. La presente ley tiene por objeto disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización, a través de la instauración de la responsabilidad extendida del productor y otros instrumentos de gestión de residuos, con el fin de proteger la salud de las personas y el medio ambiente. Artículo 5. Obligaciones de los generadores de residuos. Todo generador de residuos deberá entregarlos a un gestor autorizado para su tratamiento, de acuerdo con la normativa vigente, salvo que proceda a manejarlos por sí mismo en conformidad al artículo siguiente. El almacenamiento de tales residuos deberá igualmente cumplir con la normativa vigente. Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables deberán ser entregados a la municipalidad correspondiente o a un gestor autorizado para su manejo. Artículo 6. Todo gestor deberá manejar los residuos de manera ambientalmente racional, aplicando las mejores técnicas disponibles y mejores prácticas ambientales, en conformidad a la normativa vigente, y contar con la o las autorizaciones correspondientes. Asimismo, todo gestor deberá declarar, a través del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, al menos, el tipo, cantidad, costos, tarifa del servicio, origen, tratamiento y destino de los residuos, de acuerdo con lo dispuesto en el reglamento a que se refiere el artículo 70, letra p), de la ley Nº 19.300. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El titular se preocupará de que los residuos generados por el presente proyecto sean retirados, transportados y dispuestos finalmente por empresas y lugares autorizados y que cumpla con la normativa ambiental aplicable. Entregar los residuos al correspondiente gestor autorizado para su tratamiento, de conformidad a la presente Ley. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de retiro y/o registro de recepción de los residuos, donde indique a lo menos el nombre y R.U.T. de la empresa, la fecha, tipo de residuos que retira, transporta o dispone y su respectiva cantidad. Comprobante de envío de declaraciones en el RETC Forma de control y seguimiento Registro de retiro de residuos y disposición final Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.36. Norma D.F.L. Nº 725/1967 - Código Sanitario. Ministerio de Salud Fecha publicación en Diario Oficial: 11 de diciembre de 1967 Componente/materia: Residuos Líquidos Norma Artículo 71°. - Corresponde al Servicio Nacional de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a: b) la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto Forma de cumplimiento El titular dará cumplimiento con lo establecido en el artículo 71, letra b). La planta cuenta con un sistema particular de agua potable y de recolección y tratamiento de aguas servidas domiciliarias correspondiente a las instalaciones sanitarias para las dependencias de la planta de proceso, y que cuenta con dos resoluciones sanitarias: ord. N°72 de enero de 2008 para una dotación de 20 personas y Res. N°2310657854 de 1 de marzo de 2024 se Respecto de los residuos industriales líquidos, el proyecto cuenta con una planta de tratamiento de RILes evaluada y aprobada ambientalmente mediante RCA N°463/2007 y que el presente proyecto realiza una mejora en el tratamiento, la que fue consultada a través de pertinencia Res. Ex. N°202310101195. En tanto, la disposición de los RILes tratados es mediante emisario submarino fuera de la zona de protección litoral y el actual proyecto no modifica. Indicador que acredita su cumplimiento Realizar mantención de los equipos que conforman la planta de tratamiento de RILes de acuerdo con recomendación del fabricante. Realizar los monitoreos de autocontrol Realizar el PVA conforme normativa vigente. Cumplir con los máximos permitidos por la Tabla Nº 5 del D.S. Nº 90/2000 Forma de control y seguimiento Registro de ingreso de los monitoreos de autocontrol al sistema de VU. Mantener registro de la realización del PVA Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.37. Norma D.S Nº 594/1999 - Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud Fecha publicación en Diario Oficial: 29 de abril de 2000 Componente/materia: Residuos Líquidos Norma Artículo 16: No podrán vaciarse a la red pública de desagües de aguas servidas sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente. La descarga de contaminantes al sistema de alcantarillado se ceñirá a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente y las normas de emisión y demás normativa complementaria de ésta. Artículo 17.- en ningún caso podrán incorporarse a las napas de agua subterránea de los subsuelos o arrojarse en los canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza, sin ser previamente sometidos a los tratamientos de neutralización o depuración que prescriba en cada caso la autoridad sanitaria”. Artículo 24, inciso segundo. - una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación. Artículo 26.- se establece que las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto Servicios higiénicos en instalación de faenas Forma de cumplimiento La planta tiene un sistema particular de agua potable y de recolección y tratamiento de aguas servidas domiciliarias correspondiente a las instalaciones sanitarias de las dependencias de la planta de proceso, el sistema propuesto corresponde a fosa y drenes El proyecto cuenta con una planta de tratamiento de RILes, evaluada mediante RCA N°463/2007 y Res. Ex. N°202310101195 y disposición al mar mediante emisario submarino.
El titular considera, el uso de las dependencias de la planta. La cantidad de baños será la indicada de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 24 del D.S. N.594/99 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, en función del número de trabajadores presentes en la obra. En caso de requerirse, se contratará el servicio de baños químicos como servicios higiénicos, el manejo estará dado por una empresa autorizada que traslade las aguas servidas a un sitio de disposición autorizada para su recepción y tratamiento. Indicador que acredita su cumplimiento Realizar mantención de los equipos que conforman la planta de tratamiento de RILes de acuerdo con recomendación del fabricante. Realizar los monitoreos de autocontrol Realizar el PVA conforme normativa vigente. Cumplir con los máximos permitidos por la Tabla Nº 5 del D.S. Nº 90/2000 En el caso del uso de baños químicos, se solicitará la Resolución sanitaria de la empresa prestadora del servicio de arriendo y mantención. Forma de control y seguimiento Registro de ingreso de los monitoreos de autocontrol al sistema de VU. Mantener registro de la realización del PVA En el caso de requerir el uso de baños químicos, se mantendrá el registro de la contratación del servicio y la trazabilidad del retiro y recepción final para su disposición y tratamiento. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.38. Norma D.S. Nº 90/ 2000 - Establece norma de emisión para la regulación de Contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fecha publicación en Diario Oficial: 07 de marzo de 2001 Componente/materia: Control contaminación acuática- Descarga de residuos líquidos a aguas marinas y continentales Norma Íntegro Establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sistema de tratamiento de RILes Forma de cumplimiento El proyecto cuenta con RCA N°463/2007 por el sistema de tratamiento de RILes y emisario submarino para disponer los RILes fuera de la zona de protección litoral, cumpliendo con lo establecido en el presente Decreto, respecto a los límites establecidos por la Tabla Nº 5 Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá en la planta los Programas de autocontrol, los que se mantendrán en digital o copia impresa a disposición de la autoridad cuando así lo requiera Declaración en el RETC según resolución de monitoreo Se mantendrá en la planta el Plan de seguimiento de variables ambientales relevantes Forma de control y seguimiento Revisión del Plan de seguimiento de variables ambientales relevantes y programa de autocontrol, revisión del Plan de contingencia ante fallas del sistema de tratamiento de RILes. Copia de la resolución de monitoreo y comprobante de los reportes enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.39. Norma D.S. Nº 43/2015 – Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Ministerio de Salud Fecha publicación en Diario Oficial: 29 marzo de 2016. Componente/materia: Sustancias peligrosas Norma Íntegro El presente reglamento establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas. Otros cuerpos legales DFL Nº 725/1967, Código Sanitario. MINSAL. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento de sustancias peligrosas Forma de cumplimiento Las sustancias peligrosas se almacenarán en una bodega o recinto exclusivo para este efecto de acuerdo con lo señalado en D.S. Nº 43/2016, de igual forma se tramitará la autorización sanitaria, si correspondiere. En cuanto a la clasificación de las sustancias peligrosas estas serán acorde a su cantidad, clase y división de peligrosidad según NCh 382 Of. 2004 o la que la sustituya. Indicador que acredita su cumplimiento Cumplimiento de los requisitos técnicos y administrativos de las instalaciones destinadas al almacenamiento de sustancias peligrosas. La planta de proceso cuenta con una bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, se está tramitando la resolución sanitaria. Forma de control y seguimiento Registros de los ingresos de las sustancias peligrosas. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.40. Norma D.S. N°160 de 2008 – Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Fecha de publicación en el Diario Oficial: 07 de julio de 2009 Componente/materia: Almacenamiento de Combustible Norma Íntegro Este reglamento establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo y biocombustibles, en adelante e indistintamente CL, y las operaciones asociadas a la producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de CL que se realicen en tales instalaciones, así como las obligaciones de las personas naturales y jurídicas que intervienen en dichas operaciones, a objeto de desarrollar dichas actividades en forma segura, controlando el riesgo de manera tal que no constituyan peligro para las personas y/o cosas. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El titular cumplirá con los requisitos relativos a las instalaciones seguras para el almacenamiento del combustible que utiliza para la operación de la planta y para los generadores. Indicador que acredita su cumplimiento Certificados SEC Forma de control y seguimiento Almacenamiento de la certificación del SEC Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.41. Norma D.S. Nº 225/1993 – Establece condiciones para el transporte de productos el mar que indica. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fecha publicación en Diario Oficial: 29 de abril 1994 Componente/materia: El presente reglamento establece los requisitos que deben cumplir los vehículos de carga, tales como camiones, camionetas y furgones, que circulen por calles, caminos y demás vías públicas, o particulares destinados al uso público, transportando los productos del mar y sus derivados que más adelante se indican. Norma Artículo 2°. - El transporte de pescados y mariscos frescos en cajas, se efectuará en vehículos cuyo compartimiento de carga posea características de hermeticidad que impidan el escurrimiento de líquidos al suelo así como la caída de dichos productos hacia afuera del vehículo. La superficie del compartimiento de carga en su totalidad deberá ser de material lavable, no absorbente ni degradable. Artículo 4°. - El transporte de pescado congelado se efectuará en vehículos de carga frigoríficos o isotérmicos, que cumplan las normas establecidas por la autoridad sanitaria competente. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Recepción y Despacho Materia Prima y producto terminado Forma de cumplimiento La materia prima es trasladada hasta la planta en bins isotérmicos o cajas térmicas en una mezcla de agua, hielo y sal (opcional), también se puede utilizar hielo licuado “Flow ice” permitiendo mantener la materia prima a temperaturas entre -2°C y 4°C. Una vez en planta, es ubicada en el andén de descarga. Los bins o cajas llegan a la zona de recepción sellados y enzunchados e identificados donde permanecerán por un tiempo máximo de 5 días, el producto se mantiene a una temperatura máxima de 5°C.
Las cajas con producto terminado se disponen individualmente en camión frigorífico, el cual, está seteado al menos a temperatura de -18°C para producto congelado y al menos 4°C para producto enfriado refrigerado, separando la carga de acuerdo con los pedidos, para posteriormente ser trasladado al lugar de embarque (aéreo, marítimo o terrestre según corresponda). Indicador que acredita su cumplimiento Recepción MMPP: Planta primaria con PAC: guía(s) de despacho, declaración de garantía (opcional), declaración jurada simple que confirme se cuenta con certificación PAC vigente y cuadro de trazabilidad. Planta primaria sin PAC: guía(s) de despacho, declaración de garantía (opcional), declaración jurada simple que confirme su origen y cuadro de trazabilidad. Despacho producto terminado: Se realizan los controles de guía de procesos, estado de la guía, verificación de producto, temperatura del producto, control visual de cajas, orden de embarque. Todos los lotes y fechas de elaboración antes de ser despachadas son contrastadas con el sistema computacional de frigorífico para detectar producto retenidos. Lavado de camiones: Antes del ingreso a planta para el retiro de residuos o de producto terminado, se solicitará al transportista la entrega del certificado que acredite que el lavado del vehículo se realizó en un sitio autorizado. Forma de control y seguimiento Guías de ingreso MMP y despacho reportables y disponibles para el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.42. Norma D.S. Nº 298/94 – Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fecha publicación en Diario Oficial: 11 de febrero 1995 Componente/materia: Transporte de cargas peligrosas Norma Artículo 1°. - El presente reglamento establece las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos que, por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública o el medio ambiente. El Artículo 4° señala que, durante las operaciones de carga, transporte, descarga, transbordo y limpieza, los vehículos deberán portar los rótulos a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh 2190.0f93, los que deberán ser fácilmente visibles por personas situadas al frente, atrás o a los costados de los vehículos. El Artículo 5° establece que, para el transporte de sustancias peligrosas, los vehículos motorizados deberán estar equipados con tacógrafo u otro dispositivo electrónico que registre en el tiempo, como mínimo, la velocidad y distancia recorrida. Los registros de estos dispositivos deberán quedar en poder del transportista, a disposición del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de Carabineros de Chile, del expedidor y del destinatario, por un período de treinta (30) días. Otros cuerpos legales Decreto N° 116 del 28/11/2001 publicado el 02/02/2002 Decreto N° 40 del 02/07/2021, publicado el 21/07/2022 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto que implique el transporte de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Para el transporte de sustancias peligrosas se utilizarán vehículos debidamente acondicionados que cumplan con todos los requisitos. El Titular supervisará que transporte, almacenamiento, manejo y disposición de estas sustancias se efectúe conforme a la normativa aplicable. Para ello, se exigirá a las empresas de transporte de sustancias peligrosas, que cumplan la NCh 2190/03 durante la operación de carga, transporte, descarga y limpieza, y que disponga la hoja de emergencia según NCh 2245/15, de manera que proceda de acuerdo a lo especificado, en caso de un accidente. En Anexo 19 de la DIA se adjuntaron las fichas técnicas y hojas de seguridad y de transporte de las principales sustancias químicas clasificadas como peligrosas, utilizadas en la empresa. Indicador que acredita su cumplimiento Autorizaciones de los vehículos de transporte de sustancia peligrosas otorgadas por las autoridades competentes. Forma de control y seguimiento Registro de vehículos autorizados para transporte de sustancia peligrosas, disponibles en planta para SEREMI de Salud y/o Superintendencia del Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.2 del ICE
7.43. Norma Ley Nº 19.473/1996 establece las disposiciones que se aplican a la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre. Ministerio de Agricultura Fecha de publicación en el Diario Oficial: 4 de septiembre de 1996 Componente/materia: Fauna silvestre Norma Artículo 3º.- Prohíbase en todo el territorio nacional la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerables, raras y escasamente conocidas, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. El reglamento señalará la nómina de las especies a que se refiere el inciso anterior. Asimismo, respecto de las demás especies, podrá establecer vedas, temporadas y zonas de caza y captura; número de ejemplares que podrán cazarse o capturarse por jornada, temporada o grupo etario y demás condiciones en que tales actividades podrán desarrollarse. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento No se permitirá el ingreso de animales a las instalaciones, no se permitirá alimentar a animales domésticos. Indicador que acredita su cumplimiento Charla de capacitación. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.3 del ICE
7.44. Norma Ley Nº 19.253/1993 - Establece Normas Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. MIDEPLAN Fecha publicación en Diario Oficial: 05 de octubre de 1993 Componente/materia: Medio humano, desarrollo indígena Norma Ley Nº 19.253/1993 - Establece Normas Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. MIDEPLAN Fecha publicación en Diario Oficial: 05 de octubre de 1993 Integro Establece Normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la corporación Nacional de Desarrollo Indígena. De acuerdo con la ley, el Estado reconoce como principales etnias indígenas de Chile a: la Mapuche, Aimara, Rapa Nui o Pascuenses, la de las comunidades Atacameñas, Quechuas, Collas y Diaguita del norte del país, las comunidades Kawashkar o Alacalufe y Yámana o Yagán de los canales australes. El Estado valora su existencia por ser parte esencial de las raíces de la Nación chilena, así como su integridad y desarrollo, de acuerdo con sus costumbres y valores. Es deber de la sociedad en general y del Estado en particular, a través de sus instituciones respetar, proteger y promover el desarrollo de los indígenas, sus culturas, familias y comunidades, adoptando las medidas adecuadas para tales fines y proteger las tierras indígenas, velar por su adecuada explotación, por su equilibrio ecológico y propender a su ampliación. Otros cuerpos legales Ley 20.733/2014 - Modifica la Ley Nº 19.253, Sobre Normas de Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, Estableciendo Dieta para los consejeros Nacionales de la CONADI y para los Comisionados de la CODEIPA que Indica. MINDES y SUBEVALUACIÓN SOCIAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica No Aplica Forma de cumplimiento El titular reconoce y valora la presencia de etnias indígenas, respetando su integridad y desarrollo de acuerdo con sus costumbres y valores, adoptando medidas adecuadas para tales fines. Aun cuando en el sector de emplazamiento no existen comunidades, el titular del proyecto considera, en caso de que proceda, la realización de reuniones con las comunidades. Indicador que acredita su cumplimiento Registro o Acta de reunión con la comunidad en caso de que proceda. Forma de control y seguimiento Mantener el registro de reuniones en caso de que sea necesario Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.3 del ICE
7.45. Norma Ley N°17.288/1970 – Legisla Sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925. MINEDUC. Fecha publicación en Diario Oficial: 04 de febrero de 1970 Componente/materia: Excavaciones de Sitio Arqueológicos Norma Íntegro En la presente ley se establece la prohibición de efectuar excavaciones científicas de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico en el Territorio nacional, sin autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales. El Artículo 26° establece que toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador del Departamento quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él.
Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones Forma de cumplimiento El titular reconoce la importancia sobre la protección de monumentos nacionales y se compromete a dar cumplimiento íntegro a la legislación precedente.
Indicador que acredita su cumplimiento Reportar a las autoridades pertinentes en caso de encontrar hallazgos arqueológicos en el medio acuático o terrestre, según corresponda. Contar con arqueólogo en faenas de preparación del terreno Forma de control y seguimiento Enviar reporte del arqueólogo al Consejo de Monumentos Nacionales. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.3 del ICE
7.46. Norma D.S. Nº 47/92 – Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Ministerio de Vivienda y urbanismo Fecha publicación en Diario Oficial: 05 de junio 1992 Componente/materia: Ordenamiento del territorio Norma La presente Ordenanza reglamenta la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y regula el procedimiento administrativo, el proceso de planificación urbana, el proceso de urbanización, el proceso de construcción, y los estándares técnicos de diseño y de construcción exigibles en los dos últimos. Al Ministerio de Vivienda y Urbanismo le corresponde estudiar las modificaciones que la presente Ordenanza requiera. Para este fin podrá consultar a las asociaciones gremiales e instituciones ligadas al ámbito del urbanismo y la construcción, llevando un registro de su participación en esta materia. Artículo 5.8.3. Establece medidas a implementar en proyectos de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, con el objeto de controlar las emisiones de polvo y materia. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto. Movimiento de tierra, circulación de vehículos y maquinarias. Forma de cumplimiento El titular exigirá que los camiones y vehículos que participen del Proyecto cuenten con las mantenciones y revisiones técnicas al día. Además, se considera la humectación de caminos internos no pavimentados de la planta cuando las condiciones climáticas imperantes favorezcan la generación de polvo. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de ingreso y salida de camiones de la planta. Registro de humectación de áreas internas no pavimentadas
Forma de control y seguimiento Registro de frecuencia de humectación de áreas internas de la planta no pavimentadas, en caso de no contar con humectación natural por condiciones climáticas. El proyecto cuenta con cambio de uso de suelo aprobado mediante Res. Ex. N°465/2004. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.3 del ICE
7.47. Norma D.S. Nº 461 de fecha 31 de julio de 1995. Establece requisitos que deben cumplir las solicitudes sobre Pesca de Investigación. Fecha publicación en Diario Oficial: 03 de noviembre 1995 Componente/materia: Recursos hidrobiológicos Norma Artículo 1°. - El presente Reglamento regula las informaciones o antecedentes que deberán incluir las solicitudes para desarrollar Pesca de Investigación. Otros cuerpos legales Resolución Exenta N° 00289 de fecha 30 de octubre de 2023 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto. Forma de cumplimiento Se realizó un levantamiento de línea base marina para el proyecto en los periodos de otoño, invierno y primavera de 2023, Se presenta propuesta de seguimiento de variables ambientales relevantes en el cuerpo de agua receptor. (Anexo 12) Indicador que acredita su cumplimiento Muestreo semestral del Plan de seguimiento de variables ambientales relevantes propuesto en la DIA. Forma de control y seguimiento Informe de resultados del Plan de seguimiento de variables ambientales relevantes, reportable en la plataforma de la Superintendencia de Medio Ambiente y entrega del informe a otras autoridades que lo requieran como Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y Autoridad Marítima. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9.3 del ICE
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
En relación con los compromisos ambientales voluntarios adquiridos por el titular, se deberán considerar las siguientes condiciones o exigencias para ejecutar el proyecto: a) Controlar las emisiones odoríferas durante el transporte de residuos orgánicos, lodos orgánicos y subproductos de pescado.
El transporte de residuos orgánicos o subproductos de pescado se deberá realizar en camiones aljibes en una secuencia tal, que las tolvas de acopio queden vacías al final de cada día. Los camiones deberán ser herméticos, estancos y cumplir con toda la normativa vigente.
b) Realizar un Plan de monitoreo de ruido para verificar el cumplimiento normativo. El monitoreo se deberá realizar en la fase de operación los dos primeros años de funcionamiento del proyecto, de manera semestral en horarios diurno y nocturno para los receptores “R3”, “R4”, “R5.1” y “R5.2”.
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Compromiso ambiental voluntario Realizar un monitoreo de ruidos semestral durante los dos primeros años de operación. Impacto asociado Riesgo en la salud de la población
Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evaluar los niveles de presión sonora en los receptores más cercanos verificando que se cumplan con los límites de ruido que establece la normativa nacional vigente (D.S. N°38/11 del MMA).
Descripción: La medición de ruido se desarrollará siguiendo los lineamientos del D.S. N°38/11 del MMA, considerando el parámetro de medición Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) en dBA. En la fase de operación se realizarán mediciones discretas durante la jornada de trabajo (periodo diurno y nocturno), según la metodología indicada en el D.S. N° 38/2011 del MMA en los receptores R3, R4, R5.1 y R5.2 (periodo diurno y nocturno), de manera semestral, durante los dos primeros años de operación del proyecto considerando su continuidad en el caso de incumplimiento normativo.
Además, se deberá inspeccionar la restricción de funcionamiento de camiones dentro del proyecto como medida de control de ruido. (Motores apagados durante carga o descarga)
Los puntos indicados son los mínimos para considerar durante el monitoreo, sin perjuicio que estos puedan ser ampliados en virtud de lo advertido una vez en terreno (en caso de identificar un receptor nuevo más cercano a los levantados durante la ejecución de este estudio), además se deberá tener registro de las maquinarias y/o equipamiento activo durante las respectivas mediciones a objeto de acreditar y/o confirmar la restricción de maquinaria incluida como medida de control.
Se utilizará sonómetro integrador tipo 1 o 2, con respuesta lenta y filtro de ponderación, que cumpla con los requisitos establecidos en el Titulo V, artículos 11, 12 y 13 del D.S. N°38/11 del MMA [MMA, 2011]. Las mediciones deberán ser acompañadas de un reporte técnico, cuyo contenido debe permitir caracterizar tanto la fuente (Proyecto), su entorno y su emisión de ruido, medida desde el receptor, como las condiciones observadas en este último. El contenido del reporte deberá incluir al menos los siguientes puntos:
• Ficha de información de medición de Ruido (identificación de la • Fuente Emisora de Ruido y del o los Receptor(es)) • Ficha de Georreferenciación de medición de Ruido • Ficha de medición de Niveles de Ruido • Ficha de evaluación de Niveles de Ruido.
Justificación: Verificar el cumplimiento normativo del D.S. N°38/11 del MMA producto de la incorporación de medidas de control de ruido para la fase de operación en los receptores R3, R4, R5.1 y R5.2 en periodo diurno y nocturno.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los receptores R3, R4, R5.1 y R5.2 identificados en el Estudio de Impacto Acústico, cuyas coordenadas son las siguientes: Ubicación de receptores, salud de la población. Id Descripción Coordenadas (UTM WGS84) Huso Este (m) Norte R3 Cementerio 18G 653.641 5.371.501 R4 Casa, 2 pisos 18G 653.584 5.371.425 R5.1 Casa, 1 piso 18G 653.640 5.371.451 R5.2 Casa, 2 pisos 18G 653.607 5.371.413
Forma: Se realizará monitoreo semestral durante los 2 primeros años de operación del proyecto en periodo diurno y nocturno.
Oportunidad: Una vez implementadas las medidas de control de ruido. Indicador que acredite su cumplimiento Comprobante de envío de Informes de monitoreos de ruido, cuyos contenidos mínimos serán los contemplados en la Resolución Exenta N°867 [SMA, 2016] de la SMA sobre protocolo técnico para la fiscalización del D.S. N°38/11 del MMA y exigencias asociadas al control de ruido en instrumentos de competencias de la SMA. Además, el Informe se ajustará a los contenidos señalado por la Resolución Exenta N°223 de la SMA [SMA, 2015] sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales y serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo de 5 días hábiles luego de la entrega del informe al titular por parte de la ETFA, luego de la realización del monitoreo. En consecuencia, los informes de seguimiento ambiental considerarán las siguientes secciones: a) Resumen. b) Introducción. c) Objetivos. d) Materiales y Métodos. e) Resultados. f) Discusiones. g) Referencias Forma de control y seguimiento Las mediciones deberán ser acompañadas de un reporte técnico, cuyo contenido debe permitir caracterizar tanto la(s) fuente(s) de ruido, su entorno y emisión de ruido, medida desde el receptor, como las condiciones observadas en este último. El contenido del reporte deberá incluir al menos los siguientes puntos: Ficha de Información de Medición de Ruido (Identificación de la Fuente Emisora de Ruido y del o los Receptores), Ficha de Georreferenciación de Medición de Ruido, Ficha de Medición de Niveles de Ruido y Ficha de Evaluación de Niveles de Ruido. Se utilizará sonómetro integrador tipo 1 o 2, con respuesta lenta, con filtro de ponderación “A”, que cumpla con los requisitos establecidos en el Título V, artículos 11, 12 y 13 del D.S. Nº38/11 del MMA [MMA, 2011c] Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 11.1 del ICE
9.2. Compromiso ambiental voluntario Plan de gestión complementario al monitoreo semestral Impacto asociado Molestia en los receptores humanos por eventos ruidosos asociados al Proyecto
Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Difusión de la información asociada a la emisión de ruido del Proyecto a la comunidad
Descripción: Las siguientes recomendaciones fueron obtenidas en parte del documento “Medidas y recomendaciones para el control y gestión de ruido” realizada por el Departamento de Ruido, Lumínica y Olores del Ministerio del Medio Ambiente. A continuación, se presenta el plan de gestión de ruido: • Se creará un canal de comunicación directa y permanente con la comunidad cercana, mediante el cual se entregue información de forma previa y durante todo el desarrollo del Proyecto. Para llevar a cabo lo anterior, se sugiere informar de manera semestral, como mínimo, lo siguiente: Días y horarios regulares de trabajo, programación de faenas ruidosas (en caso de aplicar), señalando los días y horarios en que se realizarán, descripción de las medidas de control y gestión de ruido adoptadas y programación.
Adicionalmente, en el comunicado semestral se recomienda incorporar las vías de recepción, gestión y resolución de reclamos de la comunidad, el cual sea de fácil acceso para los receptores potencialmente afectados (ejemplo: correo electrónico o WhatsApp). Se debe mantener en obra una copia actualizada de la información publicada, la cual esté disponible para el público general
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Entrega física del comunicado semestral que incluye la información necesaria respecto de las vías para la recepción de reclamos, comentarios y soluciones propuestas por Plata de Proceso Calbuco y copia en obra.
Forma: Se debe generar un canal de comunicación o correo electrónico para la recepción de comentarios de los vecinos. Indicador que acredite su cumplimiento Se debe generar una planilla o documento de recepción y gestión de reclamos recibidos de parte de los vecinos. Forma de control y seguimiento Se genera un reporte con los resultados de la difusión de la información de la emisión sonora del Proyecto, que será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 11.1 del ICE
9.3. Compromiso ambiental voluntario Plan de Control de Emisiones Impacto asociado Salud de la población Fase del Proyecto a la que aplica Operación y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir las emisiones atmosféricas de fuentes fijas y móviles
Descripción: Contar con revisión técnica al día de todos los vehículos a utilizar durante la fase de operación del proyecto. Mantenciones al día de los equipos electrógenos utilizados en el proyecto. Los camiones circularan cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmosfera. Limitar la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías internas del Proyecto. Se declararán anualmente las emisiones del grupo electrógeno y calderas de acuerdo lo establecido en el D.S. 138/2005“Establece obligación de Declarar Emisiones”. capacitación anual de control de emisiones atmosféricas Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Planta de proceso Calbuco
Forma: Desde el inicio de cada etapa del proyecto (operación y cierre) Indicador que acredite su cumplimiento Registros de revisiones técnicas al día de los vehículos que ingresen a la obra y/o proyecto. Registros de mantención de generadores Registros fotográficos de las actividades Forma de control y seguimiento Informe reportable a la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 11.1 del ICE
9.4. Compromiso ambiental voluntario Uso camiones estancos para el transporte de residuos orgánicos o subproductos de pescado Impacto asociado Liberación de olores molestos en traslado Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Controlar de emisiones odoríferas durante el transporte de residuos orgánicos, lodos orgánicos y subproductos de pescado.
Descripción: El transporte de residuos orgánicos o subproductos de pescado se realizará con camiones aljibes en una secuencia tal que las tolvas de acopio queden vacías al final de cada día. Los camiones son herméticos, estancos y cumplen con toda la normativa vigente, por lo cual la liberación de olores es mínima.
Justificación: Evitar la emisión de olores molestos a la población Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Rutas de traslado de los residuos a sitios de disposición autorizados Forma: mediante camiones aljibes Oportunidad: a partir del inicio de operación de la planta Indicador que acredite su cumplimiento Guías de despacho de retiro y disposición final Forma de control y seguimiento Declaración mensual en el SINADER Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 11.1 del ICE
10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1 Situación de Riesgo o contingencia: Plan de Contingencia y Emergencia – Terremoto y/o Tsunami. Riesgo o contingencia Terremoto y/o Tsunami. Fase del proyecto a la que aplica Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Aplica a todas las partes, obras y acciones del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Disponer en todo momento de los datos de contacto y medios de comunicación local de forma inmediata (Bomberos, Carabineros de Chile, Ambulancias), de ser necesario. Todo el personal de trabajo debe estar capacitado respecto a las vías de evacuación y a las zonas de seguridad. En cada lugar de trabajo habrá señaléticas que se refiera a la actividad que ha de realizarse. De manera periódica, los sistemas y salidas de emergencia y seguridad deben ser inspeccionadas para encontrarse disponibles y despejadas. Las instalaciones respecto a tuberías, sistemas de frío, sala de máquinas, etc, deben ser revisadas constante y periódicamente por el personal a cargo. Al personal de la empresa se le realizarán anotaciones en planilla respecto a las actividades de capacitación y evaluación, indicando fecha, objetivo de las capacitaciones y de los trabajadores que participaron. El departamento de mantención se hará cargo de la inspección mensual de las alarmas, con el objeto de asegurar su condición y funcionamiento.
Forma de control y seguimiento Simulacros a todo el personal con una frecuencia no menor a 9 meses. Registros de simulacros Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 11 de la DIA, Planes de Contingencia. Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de sismo: - Identifica el lugar del tablero eléctrico y de las llaves de paso de gas y de agua Prepara un plan de acción con tu equipo de trabajo y asegúrate de que todos lo conozcan - Ten siempre a mano una linterna con pilas en buen estado, un extintor de incendios, un botiquín, radio portátil y alimentos no perecibles Asegura todas las ruedas de muebles y ubícalos lejos de las vías de escape - Durante un sismo mantén la calma y preocúpate especialmente de personas mayores o enfermas - Sitúate en un lugar alejado de muebles altos y pesados - En lo posible, no escapes al exterior ya que podrían caer tejas, postes y otros Usa sólo las escaleras para evacuar el edificio, nunca los ascensores - En lo posible, no conduzcas - Después de un Sismo reúne a tu equipo de trabajo y permanezcan en un lugar seguro - Verifica posibles daños a tus compañeros y al edificio en que trabajas - Coloca en el suelo los artefactos peligrosos para evitar que se caigan con posibles réplicas - Enciende una radio para estar informado.
En caso de tsunami:
Identifica las vías de evacuación, puntos de encuentro y la zona sin riesgo de inundación por tsunami. - Si estás en el borde costero y sientes un sismo violento, protégete con estas tres reglas básicas: agáchate, cúbrete y afírmate hasta que el terremoto termine. - Cuando haya terminado, evalúa si el terremoto fue capaz de romper murallas o dificultó que te mantuvieras en pie. - En estos casos debes evacuar de forma inmediata. - No intentes salvar tus pertenencias. Si recibes información oficial de alerta o alarma de tsunami, o ves que se recoge el mar, evacúa de inmediato. Con tranquilidad, evacúa a pie en el menor tiempo posible, hasta alcanzar la zona libre de inundación (30 metros de altura sobre el nivel del mar). - Quédate en la zona segura hasta que las autoridades te indiquen que es seguro regresar a al lugar de trabajo. El arribo de las olas de un tsunami se puede prolongar hasta por 24 horas. Si no puedes ir hacia un sector alto, sube a un piso superior o al techo de una construcción sólida. - Como último recurso, súbete a un árbol firme. - Aléjate de ríos y esteros. - Un tsunami puede penetrar varios kilómetros tierra adentro por algunos de estos cursos de agua. - Después permanece alejado de los escombros en el agua. - Vuelve a tu lugar de trabajo cuando las autoridades comuniquen de forma oficial que la alerta ha sido levantada. Cuando ingreses, hazlo con precaución y abre las ventanas para secar el lugar. Retira con una pala el barro mientras esté húmedo. - Revisa el suministro de agua para beber y los alimentos que tienes disponibles, ya que pueden estar contaminados con el agua de la inundación. - Junta agua potable por si se corta el suministro y hiérvela antes de beberla. Mantente informado mediante una radio o televisión a pilas. - Usa el teléfono solo para emergencias para evitar que las líneas se saturen. Es preferible que utilices mensajes de texto para comunicarte. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se enviará a SERNAPESCA, el informe de término de contingencia, de acuerdo al formato que establece la Resolución Exenta N° 1967/2020, manteniendo los comprobantes de la remisión de información para efectos de ser fiscalizados por la autoridad. Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.2 Situación de Riesgo o contingencia: Plan de Contingencia y Emergencia – Derrame de Combustible. Riesgo o contingencia Derrame de Combustible. Fase del proyecto a la que aplica Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Recepción y transferencia de combustible.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Diariamente el encargado designado, de la bodega de productos químicos, realizará un chequeo visual del área de almacenamiento de residuos peligrosos y verificará que no existan derrame, ni reacción de algún residuo. Los operadores que manipulen los residuos peligrosos tendrán precaución de evitar cualquier derrame por pequeño que este sea. Semanalmente se verificará la existencia de los elementos mínimos para una manipulación segura. Mensualmente los encargados de bodega de Químicos informaran al Prevencionista de riesgos, de las condiciones de todo material utilizado para la manipulación de los productos, a fin de detectar a tiempo, las fallas y proceder con el reemplazo respectivo. Mensualmente, el prevencionista de riesgos junto al encargado de bioseguridad y medio ambiente chequearán el estado del material de contención para derrames, su orden, cantidad y adecuadas condiciones de almacenaje. Intrínsecamente dentro de este plan de monitoreo ambiental del titular, se deben considerar muestreos de agua, precisando las sustancias relacionadas al petróleo, considerando un radio de por lo menos 3 kilómetros. Dicho muestreo debe necesariamente ser realizado por la entidad fiscalizadora ambiental “ETFA”, autorizada por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), por cuenta y gestión de la empresa titular. Forma de control y seguimiento Capacitación al personal encargado de la aplicación del plan de contingencia. Registro de capacitación. Ficha Técnica u Hoja de Seguridad del producto. Guías de despacho de combustible entregado y/o transferido en planta. Registro de las autorizaciones de la Autoridad Marítima para la transferencia de combustible si corresponde. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 11 de la DIA, Planes de Contingencia. Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Debe haber una estimación de la deriva de combustible derramado, especificando la cantidad derramada por medio de litros, imágenes, planos y la condición de la infraestructura del almacenamiento del combustible al que corresponde. Se deben instalar de contención en terreno, aplicar paños absorbentes, para posteriormente extraer el hidrocarburo por medio de la elaboración de un plan de retiro. Se deben realizar muestras de agua dentro de la pluma superficial de dispersión del hidrocarburo, con un control de por lo menos 800 metros de distancia, junto con lo anterior también la empresa gestionará solicitar a un externo que realice un control de derrames. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Terminada la emergencia se presentará un informe consolidando los resultados de las muestras junto con los informes de la entidad fiscalizadora, dentro del plazo que establece la misma SMA de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que ordene las medias provisionales a adoptar, informando cada lunes semanal los resultados de los muestreos y análisis, vía correo electrónico respectivo. Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.3 Situación de Riesgo o contingencia: Plan de Contingencia y Emergencia – Falla planta de tratamiento de RILes. Riesgo o contingencia Falla en la operación de la PT RILes Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Operación planta de tratamiento de RILes . Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El personal encargado de operar y dar mantención a los sistemas de filtración deberá ser capacitado en el funcionamiento de estos sistemas, y en los procedimientos de manejo del efluente y lodo. Revisión y mantención periódica del canal de descarga, tuberías, detección, reparación y reposición inmediata de materiales dañados. Revisión general de las instalaciones ante la aproximación de un aumento de producción o actividades que pudiesen afectar su seguridad. Inspección visual periódica de estructuras, e inmediatamente después de sismos de cualquier intensidad. Se revisa aparición de grietas o fisuras, de existir daño, éste será reparado (se detendrá flujo de agua en esa unidad). Revisión del funcionamiento de los sistemas de filtración, poniendo especial atención en la integridad de los paneles filtrante y al volumen de lodo acopiado. Si existen paneles rotos, estos deben ser reemplazados de inmediato. Si el contenido de lodo excede el nivel regular, debe solicitar la extracción, aun cuando esta no se encuentre prevista. Se mantendrá un stock de repuestos esenciales de los filtros rotatorios. Forma de control y seguimiento Capacitación de los trabajadores en la operación de la PTRILes Resolución Sanitaria de vehículo y sitio de disposición final, previa a la primera prestación del servicio, quedando esta archivada en planta. Registros de capacitación Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 11 de la DIA, Planes de Contingencia. Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ser una bomba sumergible que presente falla, se deberá poner en funcionamiento la bomba de respaldo, ello, para que los pozos cuenten con un equipo que los ampare. Ahora bien, en caso de que las fallas sean de ambas bombas será necesario instalar una motobomba que permita traspasar los RILES de un pozo a otro. Es relevante, evaluar la necesidad de contactar algún camión aljibe que pueda transportar RILES desde la planta titular hasta alguna otra planta de tratamiento autorizada o bien, un vertedero autorizado para recibir RILES El objetivo está dado en base a las fallas en el sistema de recolección de RILes, conformado por colectores, ductos, cañerías y estanques de almacenamiento que se encargan de la recolección y almacenamiento transitorios. En caso de ser una estructura del mismo sistema de riles, se deberá contener el posible derrame dentro de las instalaciones de la planta e intentar reencauzarlos hacia el sistema de riles. Para ello será necesario: Detener el proceso productivo de la planta; Evacuar los riles con camiones aljibe Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La empresa, y en su caso, el jefe de mantención o el departamento de medio ambiente, deberá informar a las autoridades respectivas (Superintendencia de Servicios Sanitarios, Superintendencia de Medio Ambiente y Sernapesca), de lo ocurrido y de las acciones a seguir, las cuales podrán ser de mitigación, como, por ejemplo, retirar la tierra contaminada con RIL, para disponerla en un vertedero autorizado. Para efectos de llevar de manera ordenada una forma de control, se implementará una bitácora para seguimiento y mantención, junto con todo lo anteriormente señalado. Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.4 Situación de Riesgo o contingencia: Plan de Contingencia y Emergencia – Falla de operación emisario submarino. Riesgo o contingencia Falla de operación de emisario submarino. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Descarga efluente planta de proceso. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Inspección regular de las condiciones de operación del emisario submarino. No descargar ningún sólido mayor en cámara de lodos, para no provocar daño a los equipos, de esta manera no obstruye la descarga al emisario Mantener libre de objetos que no sean propios de la operación Capacitación del personal a cargo: El personal a cargo debe estar lo suficientemente capacitado para identificar y detectar posibles riesgos o anomalías en el emisario. Forma de control y seguimiento Capacitación a los trabajadores en la operación y mantenciones preventivas al sistema del emisario submarino. Registro de Capacitación
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 11 de la DIA, Planes de Contingencia. Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Dar aviso inmediato al jefe de mantención o a quien corresponda (eventualmente a un supervisor de mantención) El departamento de mantención debe ser capaz de subsanar a la brevedad dicha falla, o bien, contratar un servicio para su reparación. Si la falla se debe a alguna obstrucción que pueda impedir su descarga por el emisario, se debe informar a la jefatura de producción para detener las actividades de alimentación en planta. El trabajador a cargo procurará disminuir las descargas, evitando el colapso hasta su detención de manera completa. El jefe de mantención es el encargado de informar la reparación del emisario, una vez operativo, dará aviso al departamento de producción para retomar el proceso productivo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Autoridad Marítima y Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.5 Situación de Riesgo o contingencia: Afectación involuntaria de fauna silvestre por atropello Riesgo o contingencia Atropello de fauna. Por incidente donde un animal es atropellado por un vehículo en carretera o entorno urbano. Derrames o incendio por uso de productos químicos Fase del proyecto a la que aplica Operación y abandono Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte de personal, insumos, combustible, MMPP y/o producto terminado Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Evitar velocidades altas en zonas conocidas por tener alta actividad de fauna, por medio de implementación de señales para límites de velocidad más bajos. Indispensable instalación de señales de advertencia o pasos de fauna (como puentes y túneles), para canalizar la fauna a áreas seguras y fuera de los caminos. Realizar campañas con la comunidad, para ello, se hará un estudio de impacto de las especies de fauna que habiten o atraviesen las áreas cercanas a las carreteras. Identificando las especies en peligro Organizar grupos de voluntarios para monitorear carreteras y que puedan fomentar la participación de la comunidad Coordinar con el gobierno local para estar constantemente informados sobre políticas para prevención de atropello de fauna Forma de control y seguimiento Designar a un responsable que realice rondas de manera periódica para verificar señales de advertencia. Sobre todo, si se está en un lugar de alta concurrencia de fauna. Para lo anterior es necesario un informe de inspección en terreno para corroborar el examen. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Proteger la zona del accidente para proporcionar un entorno seguro Llamar al SAG +56223451100 Considerar la fauna silvestre, tiene una defensa distinta a animales domésticos. Utilización de guantes o polerón para prevenir que el animal haga daño. Si es un ave rapaz se le debe cubrir los ojos No dejar al animal sin atención, con ello, se asegura la supervivencia de muchos animales. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente se informará a la Autoridad Marítima y al SAG cuando corresponda y, de la misma forma, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.6. Situación de Riesgo o contingencia: Interrupción del servicio de retiro de residuos Riesgo o contingencia Interrupción en el servicio de retiro de residuos. Donde el proveedor de servicios se ve perjudicado a causa de la interrupción. Fase del proyecto a la que aplica Operación y abandono Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Manejo y transporte de residuos
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Primero, es necesario implementar prácticas para reducir al mínimo la generación de residuos mientras persista la interrupción. Hay que verificar con el servicio la causa de la interrupción y el impacto inmediato. Comunicar al personal sobre la situación y las posibles implicaciones en la operación. Es pertinente, contar con un área segura para almacenar temporalmente los residuos dentro de la instalación industrial y si fuera necesario, contactar a otros proveedores alternativos que pudiesen concretar o desempeñar el retiro de residuos a corto plazo. Llevar a cabo los protocolos de seguridad adecuados para el manejo y almacenamiento temporal de residuos, como la utilización de los equipos de protección personal para los trabajadores. Forma de control y seguimiento Registro de datos sobre la cantidad y tipo de residuos almacenados, fechas y acciones tomadas durante la interrupción. Necesario agregar a los actuales planes de contingencia para realización de futuros simulacros Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Identificar la contingencia y calcular la duración y la causa de la interrupción Comunicar a los afectados por el servicio de recolección de residuos Implementar medidas temporales de almacenamiento con estaciones temporales de separación de residuos Reducir la generación de residuos Contactar servicios alternativos Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.7 Situación de Riesgo o contingencia: Generación de malos olores Riesgo o contingencia Contingencia por olores. Producida por malos olores cuando invaden un ambiente y hacen más incómoda la convivencia en él y en ocasiones, dañinos. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Proceso de MMP Operación Planta RILes Operación Planta Aguas Servidas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Mejorar el proceso productivo, para reducir la generación de olores, como incluir mejoras en la gestión de los residuos. Enfocándose en puntos de captación de posibles malos olores como, por ejemplo, en el sector de tolva de vísceras o tratamiento de RILes. Neutralizadores químicos: por medio de la utilización de químicos como el hipoclorito de sodio Sistemas de filtración: con adsorción y absorción en sistemas de ventilación y tratamiento de gases Mantenciones preventivas de ciertos equipos, específicamente en las áreas propensas a la acumulación de desechos orgánicos y lodos, tanques, tuberías y equipos de procesamiento Limpiezas programadas, por medio de un calendario de limpiezas semanales. Forma de control y seguimiento Monitoreo de la calidad del aire identificando las fuentes de olor. Mantener un Plan de Gestión de olores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Identificar la fuente de olores - Evacuar el área - Avisar a jefatura directa para tratar el residuo - Comunicación inmediata del riesgo a los colaboradores, y de forma externa a las comunidades cercanas para, explicar que el problema está siendo atendido - Control temporal de los olores, como sellado y aislamiento que impidan la emisión de olores. - Si los olores vienen de algún problema de sistema de tratamiento de efluentes, será necesario aumentar la frecuencia de uso de neutralizadores. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.8 Situación de Riesgo o contingencia: Tránsito vehicular Riesgo o contingencia Posible evento adverso o situación inesperada relacionada con el movimiento de vehículos dentro y alrededor del área industrial. Fase del proyecto a la que aplica Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte de personal, materiales, insumos, MMPP, producto terminado, residuos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para mitigar los riesgos asociados al movimiento de vehículos. Los caminos y las vías deben estar en buen estado y libre de obstáculos. Hay que realizar una evaluación de riesgos dentro y alrededor de las instalaciones, identificar puntos críticos de tránsito como las áreas de carga y descarga. - Colocar señales indicativas de límites de velocidad, cruces peatonales, y rutas de tránsito - Establecer rutas alternativas para desvíos en caso de accidentes Evacuación de emergencia, como las dificultades para evacuar el área en caso de una emergencia, a causa de la congestión de tráfico o bien, por mala organización de rutas de escape Forma de control y seguimiento Realizar simulacros de manera periódica de situaciones de emergencia de tránsito, de manera que se pueda asegurar que todos los empleados tengan conocimiento de cómo actuar en caso de contingencia. Hay que crear listas de verificación para las inspecciones de seguridad y mantenimiento de vehículos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Identificar la causa de la interrupción, por ejemplo, accidente, condiciones climáticas o bloqueo de carretera. Evaluar la duración estimada, y el alcance del impacto, tanto para le entrada de insumos, como para la salida de productos Comunicar a áreas productivas claves como logística, producción, o área comercial, para ajustar planes. Identificar rutas alternativas, para desviar el tránsito de camiones que transporten insumos y productos Monitorear la cadena de frío para los casos de producto congelado Coordinar con autoridades de tránsito y de emergencia Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.9 Situación de Riesgo o contingencia: Fuga de Gas Riesgo o contingencia Una fuga de gas en la industria es un incidente en donde una sustancia gaseosa, que es utilizada en el proceso de producción o bien, en el mantenimiento de las instalaciones, escapa de su contenedor o sistema de tuberías de manera no controlada. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Proceso MMPP, uso de baños, alimentación Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Instalación de detectores de gas para monitorear posibles fugas y, activar alarmas en casos de detección. Junto con ello, el personal de la instalación debe estar capacitado para reconocer los signos de alguna fuga de gas (olor, sonido de escape, síntomas físicos) Realizar constantemente un mantenimiento regular, para realizar inspecciones rutinarias de las instalaciones y de los equipos involucrados en la manipulación de gases (tres calefont, casino, grúa horquilla). Forma de control y seguimiento Registro de incidentes, detallado de cualquier situación de fuga de gas, incluyendo fecha, hora, y acciones correctivas realizadas. Las inspecciones de mantenimiento de los puntos de gases también deben ser documentadas por medio de registros Registro de los simulacros realizados por fuga de gases Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Evacuar inmediatamente el área afectada, siguiendo las rutas de emergencia que estén preestablecidas Mantenerse a favor del viento para evitar inhalación del gas Cortar el suministro, identificando y cerrando las válvulas principales de suministro de gas para tener la fuga, siempre que sea seguro hacerlo Designar un equipo de respuesta capacitado en el manejo de emergencias con gases Aislamiento del área afectada para prevenir la entrada no autorizada y reducir el riesgo de ignición Aumentar la ventilación del área si fuera seguro hacerlo, para dispersar el gas acumulado Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.10 Situación de Riesgo o contingencia: Fuga de Amoníaco Riesgo o contingencia Fuga de amoníaco del sistema de refrigeración Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema de refrigeración Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Contacto con amoníaco líquido: - Se debe lavar con abundante agua, la zona contaminada. - Quitarse la ropa contaminada inmediatamente y lavar con abundante agua. - Uso de elementos de protección personal (Guantes, mascara rostro completo, equipo autónomo). - Mantener buena ventilación de la zona afectada. Contacto con amoníaco gaseoso: - Se debe ventilar la zona para dispersar y diluir el gas. - Se debe evacuar el área contaminada y tomar aire. - Uso de Equipo Respiración Autónomo (ERA), Personal entrenado. - Quitarse la ropa contaminada inmediatamente y lavar con abundante agua (Aprox 15 minutos). - Emplear el método de respiración cardiopulmonar, solo si está capacitado. Incendio: - En caso de fuego, debe cortarse el suministro de gas o removerse. Si no es posible y no existe riesgo para el entorno próximo, dejar que el incendio se extinga por sí mismo. En otros casos, utilizar espuma química, polvo químico seco o dióxido de carbono. - Los recipientes que contengan amoníaco y que se encuentren presentes en el incendio deberán, de ser en lo posible retirados, caso contrario utilizar agua atomizada para mantener baja la temperatura Asfixia: - Mantener postura baja durante la evacuación. - Evitar lugares reducidos o cerrados.
Exposición a gases calientes:
Mantener postura baja durante la evacuación.
Evitar lugares reducidos o cerrados.
Golpes:
Desplazarse a pie de forma rápida, sin correr
Mantenerse atento al desplazamiento de algún vehículo o máquina.
Caída al mismo nivel:
Desplazarse a pie de forma rápida, sin correr
Mantenerse atento a elementos en las vías de transito
Actividades rutinarias de prevención:
No encender ningún tipo de artefacto con llama.
Prohibido el ingreso de cualquier persona, ajena al área.
Uso de guantes de pvc, fonos auditivos y overol en tareas cotidianas.
Utilizar calzado de seguridad (antideslizante).
Verificar que los equipos de protección personal (equipo ERA, Máscara de rostro completo, guantes, traje químico nivel C, botas) Se encuentren en buenas condiciones. En fugas pequeñas o donde se evidencie olor, usar mascara de rostro completo para amoniaco. - Se debe mantener una señalización de las zonas de riesgos, vías de evacuación uso de epp. - Señalización exhaustiva de seguridad en trabajos con riesgo crítico. - Se familiarizará al personal de la planta de proceso con los procedimientos a seguir ante contingencia de amoniaco. Forma de control y seguimiento Registro de incidentes, detallado de cualquier situación de fuga de gas, incluyendo fecha, hora, y acciones correctivas realizadas. Registro de capacitaciones. Registro de simulacros realizados por fuga de gas amoníaco Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El personal deberá seguir siempre las indicaciones de su jefe de área o encargado en ese momento y en ningún caso debe seguir iniciativas propias. - La persona que haya recibido funciones concretas de su jefe directo deberá responsabilizarse de su cumplimiento y colaborar en el mantenimiento del orden del grupo. - El personal no recogerá objetos personales, con el fin de evitar obstáculos y demoras. - Los operarios que se encuentren en baños, camarines o secciones aparatadas, al sonar la alarma deberán incorporarse lo más rápido posible a su grupo, comunicando a su supervisor a cargo de su llegada. - Todos los movimientos deben ser rápidos, ordenados y nunca correr y tampoco empujar. - Nadie, ni nada deberá obstaculizar las puertas de salida. - Al momento de la evacuación de la planta hacerlo lo más silencioso posible, con orden, evitando atropellos y ayudando a las personas que tengan dificultades o hayan sufrido alguna caída. La evacuación se realizará como máximo en 2 filas, una fila por el área de filete- sellado y empaque y una fila por el área de recepción materia prima, quienes tendrán que salir por la entrada habitual. (Escalera principal de acceso) En la evacuación se deberá respetar el mobiliario y equipamiento de las áreas. Dejar en el lugar todos los elementos que se esté manipulando (cuchillos, transpaletas, Guantes Malla Acero, químicos, etc.) En ningún caso, el operario deberá volver atrás, sea cual sea el pretexto. En todos los casos, los grupos permanecerán unidos y se ubicarán en las áreas de seguridad preestablecidas con anterioridad. Prohibido el paso por una zona inundada de humo, producto de una fuga o derrame de amoníaco.
Plan de acción operarios sala de máquinas:
Los operarios de mantención al detectar algún problema de fuga o derrame de amoníaco deberán inmediatamente avisar a sus superiores presente en planta en ese momento, para que ellos establezcan comunicación con los entes de emergencia según corresponda. El personal de mantenimiento desconectará los sistemas de energía de la planta y las instalaciones generales, en el siguiente orden: - Gas - Electricidad. - Agua.
El operador debe tratar de identificar la magnitud de la fuga o derrame, si es posible confinar el derrame utilizando para ellos su equipo de protección personal, equipo ERA y el detector de multigases. La señal de alarma se activará por medios de timbre, radios o a viva voz, lo cual permitirá a los supervisores de las distintas áreas tomaran acciones de evacuación de la planta. Solo los operarios de sala de máquinas podrán participar en labores, de ayuda a los equipos o entes especializados en la emergencia. Si usted o su compañero tienen contacto con Amoníaco Líquido o vapor, deberá acercarse inmediatamente a un área donde tenga contacto con agua, deberá lavarse con gran cantidad de agua la zona afectada, alrededor de 15 minutos (usar Ducha de emergencia) y así también sacándose la ropa contaminada mientras está en el agua y si la persona presenta intoxicación o asfixia por la inhalación de gas, evacúela hacia un lugar donde pueda tomar aire puro. Prestar ayuda en primeros auxilios, sólo sí está capacitado, o si no espere junto al herido a que llegue los equipos de emergencias. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de fuga de amoníaco en las instalaciones de la planta, se deberá notificar de inmediato a la unidad de materiales peligroso del cuerpo de bomberos (132) y, en caso de ser necesario, a las siguientes instituciones: - Hospital: 65 232 88 65 - Urgencia Ambulancia: 131 - ACHS: 22 515 88 47 - ACHS Urgencia: 1404 - Urgencia Bomberos: 132 - SMA: 65 256 23 64 / 65 256 23 62 - Autoridad Sanitaria: 65 232 62 08 Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.11 Situación de Riesgo o contingencia: Incendio Forestal Riesgo o contingencia Incendio de bosque nativo adyacente a las instalaciones de la planta de proceso. Afectación de fauna silvestre y vegetación. Fase del proyecto a la que aplica Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Campañas para limpieza de vegetación: eliminando las hojas secas, ramas y cualquier material inflamable en el suelo del bosques y áreas periféricas. Control del uso del fuego: evitar encender fogatas, quemas agrícolas o cualquier otra actividad que implique la utilización de fuego en épocas de elevado riesgo, como en época de verano. Y en caso de ser necesario, contar con los permisos necesarios cuando la utilización del fuego fuese estrictamente necesario. Manejo de residuos forestales: como ramas y follaje, deben ser desechadas o bien, procesadas adecuadamente para evitar acumulaciones que pudiesen servir como combustible para los incendios Vigilancia y monitoreo: en períodos de alto riesgo de incendios, incluyendo la implementación de torres de vigilancia o patrullajes periódicos Planes de emergencia: es necesario desarrollar respuestas rápidas en caso de incendio, incluyendo formación de brigadas de emergencia y coordinación de autoridades locales, y, capacitación del personal en general. Equipamiento y recursos adecuados: las brigadas de trabajadores de prevención de incendios deben estar equipadas con herramientas y recursos para combatir incendios.
Forma de control y seguimiento Registros de Capacitación del personal de la planta Registros fotográficos señalética Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el proyecto, existen zonas críticas en las que potencialmente pudiese generarse un amago de incendio o incendio propiamente tal son las zonas de almacenamiento de materiales (bodegas), SUSPEL, RESPEL, propios de estos proyectos, que pudiesen eventualmente conllevar al incendio de masas vegetacionales presentes en el predio.
El manejo de la contingencia y/o emergencia que puede generar la situación de riesgo identificada, debe ser adecuado y utilizando todas las medidas y elementos de protección personal. Por tanto, existen dos niveles de emergencia: 1. Amago de incendio 2. Incendio propiamente tal
En consecuencia, en la instalación del proyecto se tomarán todas las medidas de prevención por ocurrencia de incendios, sin embargo, es indispensable que se cuente con herramientas y equipamientos para dominar un amago de incendio que pudiese ser controlado por el personal presente. Equipos que se consideran: - Extintores portátiles - Camión aljibe - Baldes de arena - Palas La brigada de incendios de la planta será la encargada junto con los organismos de emergencia de organizar la evacuación de personal y comunidades cercanas si fuere necesario, tomando las medidas adecuadas para controlar el avance del incendio sin comprometer la integridad física de las personas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de incendio forestal, se deberá notificar de inmediato al cuerpo de bomberos (132) y a la Corporación Nacional Forestal de la Región de Los Lagos (CONAF) (130). Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento Ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.12 Situación de Riesgo o contingencia: Incendio Instalaciones Planta de Proceso Riesgo o contingencia Incendio en las instalaciones de la planta de proceso. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia No acumular en el puesto de trabajo materiales combustibles que no sean estrictamente necesarios para cada jornada y turno de trabajo. Conservación de líquidos inflamables en recipientes metálicos; los recipientes deberán estar llenos. Anclaje seguro de recipientes y botellas (vuelcos y vertidos). Evitar acumulación de polvos combustibles en zonas cerradas. Ventilación natural o forzada de las zonas de almacenamiento de combustibles. Estricto control o supresión de focos potenciales de ignición. Permanente y correcta aislación de los focos de calor. Mantenimiento preventivo sobre el sistema de cierre de válvulas de los recipientes y conductos de gases combustibles. Comprobación de la estanqueidad de las conexiones de los conductos con agua jabonosa. Utilización habitual de bandejas de recogida para prevenir derrames de líquidos en puntos críticos. Clara señalización de las zonas de manejo y almacenamiento de los materiales
potencialmente combustibles. Instrucciones visibles sobre la manipulación, en condiciones seguras, de los combustibles. Señalización exhaustiva de seguridad en trabajos con riesgo crítico. Diariamente el encargado del área de sala de máquinas realizará un chequeo visual de las áreas de acopio del combustible, lubricantes y zonas donde se almacenen elementos de fácil combustión. Verificando que no existan fugas o perdidas de ellos, ni tampoco contacto o cercanía con fuentes de calor. Diariamente el personal de sala de máquinas revisará la existencia de elementos mínimos para combatir un incendio (extintores, mangueras, baldes, etc) y que estos materiales se encuentren ubicados en el lugar designado. Mensualmente, el jefe de mantención u subordinado, chequeará el estado del material de combate frente a incendios, su orden, cantidad y adecuadas condiciones de almacenaje, comunicando a Sub-Gerente de planta y/o Prevencionista de Riesgos requerimientos a fin de subsanar a la brevedad anomalías o falta de materiales o equipos. Capacitación al personal encargado: Lograr conocimiento de aspectos relevantes en protección y control de incendio. Internalizar funciones y responsabilidades ante un foco de incendio. Conocer y emplear materiales de apoyo disponibles. Identificar debilidades en los procedimientos establecidos. Identificar debilidades en el entrenamiento del personal. Forma de control y seguimiento Registro Capacitaciones internas Registro simulacros Registro taller “Prevención y Control de Incendios”. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 11 de la DIA, Planes de Contingencia. Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las acciones que se mencionan a continuación son prácticamente instantáneas y simultáneas; se deberá optar, en función de las circunstancias, por las más convenientes en cada caso. Si la persona que advierte el amago de incendio está debidamente entrenada, tomará acciones para poder controlarlo, identificando el tipo de fuego y los medios de extinción que se tienen a mano, mientras se avisa a Sub-Gerente de planta y/o Supervisor, para que pueda corroborar en el lugar de los hechos la gravedad del siniestro. Ubicarse a favor del viento (con el viento en la espalda). Acercarse como máximo a unos 1,5 metros del fuego. Dirigir el agente extintor a la base del fuego. Rociar el agente químico en forma de abanico. Si la situación lo permite, es recomendable antes de evacuar el lugar, desconectar fuentes de energía y aislar otras sustancias combustibles o comburentes. Quien asume el control del incendio ya declarado, debe solicitar al personal del área abandonar el lugar y dirigirse fuera del lugar siniestrado, siguiendo la señalética “Vía de Evacuación” y reunirse en la “Zona de Seguridad” Una vez que bomberos concurra al lugar del siniestro, el Sub-Gerente de planta o subordinado al mando ese momento, informará a bomberos las condiciones del lugar siniestrado y el tipo de sustancias existentes en el área. Una vez terminado el incendio se debe limpiar la zona, sacando escombros, material quemado. Toda persona que sufra alguna lesión producto de una situación de incendio deberá ser tratada de acuerdo con lo indicado en procedimiento “Accidentes del Trabajo”. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de incendio en las instalaciones de la planta, se deberá notificar de inmediato al cuerpo de bomberos (132) y, en caso de ser En caso de incendio en las instalaciones de la planta, se deberá notificar de inmediato al cuerpo de bomberos (132) y, en caso de ser necesario, a las siguientes instituciones: - Hospital: 65 232 88 65 - Urgencia Ambulancia: 131 - ACHS: 22 515 88 47 - ACHS Urgencia: 1404 Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento Ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
10.13 Situación de Riesgo o contingencia: Afectación de los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos Riesgo o contingencia Accidente que puedan afectar la calidad de los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos Fase del proyecto a la que aplica Operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Uso y manejo de químicos o desinfectantes Transporte y manejo de combustibles Manejo de residuos Operación PTRILes Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Derrame de productos químicos Implementar sistemas de contención y drenaje adecuados, además de manejar los químicos en áreas confinadas.
Derrame de combustibles y aceites La organización cuenta con sistemas de contención para depósitos de combustible y equipos con mantenimiento regular.
Manejo de residuos orgánicos Óptima eficiencia en la gestión de sistemas de tratamiento de aguas residuales eficientes y, con ello, la disposición adecuada de residuos sólidos (como lodos orgánicos, bidones vacíos de químicos, utensilios en general que se dispongan en bodega RESPEL).
Fuga de aguas residuales Monitoreo constante de los sistemas de tratamiento, y, planes de contingencia para caso de fugas.
Accidente durante la operación de estanques usados para tratar o almacenar agua pueden sufrir roturas o derrames por fallos de estructura, desbordes o falta de mantenimiento Mantenimiento riguroso y monitoreo constante de las estructuras de almacenamiento y tratamiento.
Medidas preventivas generales
Evaluación de Riesgos: Se realizará una identificación exhaustiva de los riesgos asociados a las operaciones industriales que puedan comprometer la calidad de los recursos hídricos. Realizado por el personal competente a cargo. - Capacitación y Simulacros: El personal de la industria será debidamente capacitado en protocolos de seguridad, manejo de sustancias peligrosas y respuesta ante emergencias ambientales. Se realizarán simulacros periódicos para asegurar la correcta implementación de estas medidas, por lo menos con una frecuencia semestral. - Monitoreo Preventivo: Se implementará un sistema de monitoreo continuo de la calidad del agua en puntos estratégicos, con el fin de identificar posibles fuentes de contaminación antes de que se conviertan en emergencias. - Mantenimiento de Equipos: Los sistemas de tratamiento de efluentes y los equipos de contención de sustancias químicas deberán someterse a mantenimientos preventivos regulares para evitar fallos operacionales. Forma de control y seguimiento Registro Capacitaciones Registro simulacros Registros seguimientos calidad de agua Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 de la Adenda, Planes y procedimientos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Contención Inmediata: Implementar de inmediato barreras físicas u otras tecnologías de contención para evitar la dispersión de la sustancia contaminante en el recurso hídrico, si se tratase de algún químico, por ejemplo. - Neutralización: Aplicar procedimientos específicos para neutralizar o disminuir la peligrosidad de las sustancias contaminantes involucradas, en función de su naturaleza química. - Aislamiento de la Zona Afectada: Se establecerá un perímetro de seguridad y se restringirá el acceso a la zona afectada, para evitar mayores daños o riesgos a la salud pública. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de derrames de sustancias peligrosas se tomará contacto con la unidad HAZMAT de bomberos (132). Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, dentro del plazo de 24 horas, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros. Siendo reportada la emergencia a la SMA en el sistema de seguimiento Ambiental (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental). Adicionalmente, se informará de la emergencia a la oficina de emergencia de la I. Municipalidad de Calbuco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Numeral 8.1 del ICE
11°. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.
La DIA del Proyecto “Planta de Proceso Calbuco”, fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el Diario vivepais.cl con fecha 1 de marzo de 2024. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Reloncaví 101.5 FM y 930 AM, entre los días 4 y 8 de marzo de 2024, según consta en el certificado del 11 de marzo de 2024 emitido por la misma radioemisora.
Con fecha 15 de abril de 2024 venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación.
Se recibieron doce solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana de parte de dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica vigente y diez personas naturales, en las que se cumple con los requisitos legales, requeridos por la Ley N°19.300.
Con fecha 6 de mayo de 2024 se dictó la Resolución N° 20241000184 por parte del director regional SEA Los Lagos, mediante la cual se ordena el inicio del proceso de participación ciudadana. El día 17 de mayo de 2024 se publica Extracto de dicha Resolución en el Diario El Llanquihue y en el Diario Oficial.
El proceso de Participación Ciudadana (PAC) se inició el día 20 de mayo de 2024 y finalizó al cabo de 20 días hábiles el día 17 de junio de 2024.
Actividades de participación ciudadana
Con el propósito de establecer mecanismos que aseguren la participación informada de la comunidad en el proceso de evaluación ambiental, se realizaron las actividades que a continuación se indican:
Actividades presenciales Lugar Fecha Reunión de apresto Junta de Vecinos N° 24 Caicaén 27-05-2024 Reunión de apresto y diálogo Salón Los Canelos, Parque Municipal Caicaén 04-06-2024 Reunión de apresto y diálogo Junta de Vecinos N° 24 Caicaén 07-06-2024
Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:
- Observante: Gloria Benavente
Observación: Somos agricultores con certificación orgánica y sello SIPAM, y mi preocupación es cómo afecta al tema hídrico este proyecto, si ya tenemos déficit grave de agua en la comuna y sus torres pasan sobre todas nuestras napas de agua Evaluación técnica de la observación: Respecto de su observación, es posible señalar que dicha observación no es pertinente, toda vez que no se refiere a aspectos ambientales y/o del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto “Planta de Proceso Calbuco”, por lo tanto, no será considerada en el proceso de evaluación ambiental del proyecto.
- Observante: Jorge Morales Observación: según la rca 463/2007 indica que la primera ampliación del caudal de descarga aumentara de 18.69 m3/hrs A 20,08 m3/hrs, de un régimen de 6 hrs a 24 hrs de trabajo con un volumen no superior a 500 ton/mes. y en este punto se basa la mandante para no realizar un EIA y solo ingresa como DIA. Tomando como respaldo la letra N6 del actual reglamento del sistema de evaluación ambiental lo que es correcto, sin embargo, aumentando a 2500 ton/mes es necesario una EIA según mismo reglamento. La consulta es ¿por qué no se ingresó como EIA y se insistió en una DIA? ¿creen necesario un estudio de correntómetro de la salida del efluente para una descarga máxima de 481.92m3/día según ampliación? ¿cómo se obtiene el agua para generar el caudal de salida por emisario?
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente las observaciones ciudadanas, toda vez que hacen referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
Un proyecto debe someterse a la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental cuando se identifique que genera o presenta al menos uno de los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Para ello, el titular del proyecto debe realizar una descripción de todas las partes, obras y acciones involucradas, identificando los factores generadores de impacto (FGI), que son aquellos elementos del proyecto que producen alteraciones en el medio ambiente. Mediante una matriz de causa-efecto, se relacionan estos factores con los componentes ambientales susceptibles de ser impactados en las distintas fases del proyecto (construcción, operación y abandono), siguiendo los lineamientos establecidos en el documento "Criterio de evaluación en el SEIA" (2023). En función de su localización, se llevan a cabo diversos levantamientos para establecer una línea de base adecuada que permita caracterizar los componentes ambientales potencialmente afectados y determinar el área de influencia del proyecto. Este análisis es esencial para determinar si el instrumento de evaluación ambiental aplicable corresponde a una declaración de impacto ambiental o a un estudio de impacto ambiental, decisión que depende de la presencia o ausencia de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley 19.300.
En base a lo anterior, para la ejecución del proyecto se presentaron los siguientes estudios y/o levantamientos:
• Estimación de Emisiones Atmosféricas • Estimación de la Generación de Olores y Medidas para su Gestión Informe de impacto Acústico • Informe de Vibración • Estudio de Evaluación Ambiental del Recurso Hídrico Línea Base Medio Marino • Modelación del Vertido de Aguas Residuales mediante Emisario Submarino Estudio de Fauna Terrestre • Estudio de Flora y Vegetación. Estudio de medio humano Estudio vial • Estudio de Paisaje y Turismo • Informe de Inspección Visual Arqueológica. Informe Consideraciones Cambio Climático
Con el resultado de cada uno de estos estudios se pudo evaluar y valorizar los impactos que el proyecto pudiese generar sobre alguna de las componentes ambientales y objetos de protección, lo que finalmente dio como resultado que el proyecto no genera en ninguna de sus fases efectos adversos significativos sobre alguno de los objetos de protección listados en el artículo 11 de la ley de bases.
Dicho lo anterior, y en virtud de la observación ciudadana en comento se aclara lo siguiente:
El proyecto en cuestión cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que autoriza un caudal de descarga de 18,69 m³/h con un régimen de operación de 6 horas. Sin embargo, mediante una consulta de pertinencia, se solicitó un pronunciamiento para incrementar el caudal a 20,08 m³/h con un régimen continuo de 24 horas. En dicho análisis, se presentaron antecedentes técnicos que permitieron concluir que las modificaciones propuestas no generan efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables. Para ello, se realizó una modelación de la pluma de dispersión utilizando el modelo Visual Plume, consistente con el modelo empleado en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) aprobada por la RCA N° 463/2007. Los datos de entrada de la pertinencia incluyeron características del RIL provenientes de una planta secundaria ubicada en Quellón perteneciente al Holding del titular del actual proyecto, estimándose que estas son comparables por tratarse también de una planta secundaria debido a similitudes en los procesos. Asimismo, se mantuvieron los parámetros originales relacionados con las características del emisario y del cuerpo receptor, garantizando la consistencia en la modelación y el análisis técnico.
La siguiente Tabla 1. corresponde a la tabla 3 de la pertinencia donde compara las características físicas y químicas del efluente de la planta secundaria con el RIL del proyecto aprobado por RCA N°463.
Tabla 1. Características físicas y químicas del Efluente con tratamiento. Parámetro Unidad Límite DS 90/2001 Planta Secundaria RCA 463/2007 Aceites y Grasas ppm 150 <5 25,2 DBO5 ppm No 413 567,69 Nitrógeno amoniacal ppm No 42,1 69,84 pH Unidades 9,5 6,24 SST ppm 300 100 233,58
En la siguiente tabla se detallan los resultados obtenidos en ambas modelaciones que fueron presentadas en la pertinencia.
Tabla 2. Comparativo entre Caudal declarado en la RCA y solicitud de pertinencia RCA 463 Pertinencia Desplazamiento horizontal (m) 3,67 2,27 Elevación de la pluma (m) 6,2 7,713 Profundidad que alcanza la pluma (m) 2,3 0,728 Dilución (Nº veces) 301,8 213,2 Concentración final DBO5 (mg/l) 11,81 11,85
Los resultados obtenidos en la modelación presentada en pertinencia permitieron concluir lo siguiente:
“En relación con lo expuesto, se observa que, aunque existen diferencias mínimas entre lo modelado en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y el análisis de pertinencia presentado, estas no superan el 1% (0,003%), resultando en una concentración final de DBO5 que varía entre 11,81 y 11,85 mg/l. Este análisis concluye que las modificaciones propuestas, que incluyen un cambio en las líneas de proceso, la naturaleza del recurso hidrobiológico a procesar y un aumento del 7% en el caudal de descarga con frecuencia continua durante 24 horas, no implican un cambio significativo respecto a lo ya evaluado y aprobado por la RCA Nº 463/2007. Además, se destaca que el cambio en el recurso a procesar permite que la planta evolucione de primaria a secundaria, mejorando así la calidad del RIL descargado al reducir su carga contaminante. En consecuencia, se determina que estas modificaciones no alteran el objetivo del proyecto original, denominado “Regularización del sistema de pretratamiento e instalación de emisario submarino para la disposición de riles comuna de Calbuco, Provincia de Llanquihue, Décima Región de Los Lagos”. Asimismo, se concluye que no se generan impactos ambientales sustantivos adicionales en términos de extensión, magnitud o duración, sino que, por el contrario, los cambios introducen una mejora en la calidad del RIL, lo que permite prever que no habrá efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables”.
Este aumento de caudal consultado vía pertinencia es el que permitirá a la planta, procesar un nivel de materia prima de 2.500 toneladas/mes, que es el actual proyecto en evaluación. Para ello, se llevaron a cabo diversos estudios que permitieron caracterizar los componentes ambientales, identificar las áreas de influencia para cada objeto de protección y determinar la posible generación de efectos, características o circunstancias descritas en el artículo 11. En particular, se desarrolló una línea base del medio marino basada en los resultados obtenidos durante tres campañas de terreno, complementada con un análisis del vertido del efluente mediante el modelo Cormix. Asimismo, se realizó una evaluación exhaustiva de los recursos hídricos para verificar si la extracción de agua desde pozos podría ocasionar algún impacto en la napa subterránea o comprometer la sustentabilidad del humedal urbano Caicaén.
Un resumen de los resultados obtenidos en la línea de base:
- Línea Base Medio Marino
Se realizó una línea de base del medio marino, para conocer el actual estado del cuerpo de agua y fondo marino en el área de influencia del proyecto y su sensibilidad en relación con las actividades contempladas para la materialización del proyecto. Considerando los objetos de protección en el Reglamento del Servicio de evaluación ambiental: Agua, Biota y Fondo Marino.
Para la elección de las metodologías de la presente línea base se siguieron los lineamientos de la Guía publicada por el Servicio de Evaluación Ambiental el año 2022, denominada: Guía Metodológica para la descripción de ecosistemas marinos. La cual indica que es indispensable reconocer los posibles impactos ambientales del proyecto sobre el ecosistema marino, con la finalidad de elegir de manera más exacta las metodologías a utilizar, debido a este punto en la Tabla 3 se encuentra los tipos de análisis realizados según los tipos de los posibles impactos analizados.
Para la elaboración de la presente línea base se realizaron tres campañas de muestreo durante el año 2023, una campaña en periodo de otoño (mayo-junio), otro en periodo de invierno (julio-agosto) y finalmente en primavera (octubre), esto con el objeto de caracterizar de mejor manera el área donde se descargan los RILes del proyecto.
Tabla 3. Tipos de análisis por Objeto de Protección ambiental. Elemento (OP) Tipo de impacto ambiental Tipos de análisis Agua Marina Alteración o cambios en las propiedades físicas, químicas y biológicas del agua. - Caracterización química y biológica: muestras puntuales de agua para envío a laboratorio. -Modelación de dispersión del vertido de aguas residuales mediante Software CORMIX. -Caracterización física de la columna de agua con sensores y equipos in situ de temperatura, salinidad, oxígeno disuelto, profundidad. Fondo Marino Alteración o cambios del fondo marino -Grabación Submarina, según numeral 24 Res. Ex 3612.2009 Subpesca. Biota Marina Modificación de las propiedades de las comunidades de flora y fauna marina. -Caracterización de la comunidad macrobentónica mediante Registro visual para posterior análisis en laboratorio y determinación de banco natural. -Determinación de parámetros de abundancia y biodiversidad de especies. -Muestras de organismos planctónicos mediante red de fitoplancton y Zooplancton, para envío a laboratorio. Determinación de parámetros de biodiversidad y abundancia de especies. MEDIO FISICO No aplica -Prospección batimétrica del fondo marino. -Medición de oleaje, corrientes (lagrangianas y eulerianas por 30 días) y altura de mareas in situ. - Medición de vientos, mediante Anemómetro por 30 días. Fuente: Elaboración propia con base en tabla 1: Guía metodológica para la descripción de ecosistemas marinos. SEA (2022).
En dicho informe (Anexo 14 de la DIA) se caracterizaron tres objetos de protección ambiental según el RSEIA que pudiesen verse afectados por la ejecución del proyecto, estos fueron AGUA, BIOTA Y FONDO MARINO y en el presente análisis se incluye el estudio de evaluación de recursos hídricos por el humedal Caicaen.
En el caso del objeto de protección agua se evidencio que la columna de agua posee características favorables y propias de un sistema marino, con salinidades de alrededor de 32 PSU. De acuerdo con la batimetría realizada en el área, corresponde a un sector de bajas profundidades, por lo que la columna de agua en general es homogénea, con temperaturas superficiales más altas en primavera que las otras estaciones muestreadas. Cabe destacar que en la totalidad de las estaciones se cumple con el requisito establecido en el numeral 34 de la Resolución Exenta 3612 y sus modificaciones, los cuales establecen un mínimo de 2,5 mg/l de concentración en la última capa (1 metro del fondo). Esta información es clave, ya que está documentado que el oxígeno tiene un rol clave en la estructuración de los ecosistemas marinos y controla la distribución espacial y temporal de esencialmente todos los organismos marinos, desde los microorganismos al zooplancton, peces e indirectamente con los mamíferos marinos (Gilly et al., 2013).
En relación con el análisis químico de la columna de agua de la zona de estudio presentó valores indetectables en la mayoría de los parámetros medidos, lo que nos indica una columna de agua, más bien pobre en nutrientes, de nitritos y fósforo total en todas las campañas, en cuanto a los nitratos y nitrógeno total y de Kjeldahl se observaron valores bajos de estos compuestos. De acuerdo con el análisis de modelamiento de vertidos del efluente el cual se caracterizó los parámetros de Aceites y grasas y Solidos suspendidos totales, se observó una gran dilución a pocos metros del punto de descarga, siendo imperceptible a poca distancia.
En relación con las comunidades Fitoplanctónicas, de acuerdo con los datos encontrados en la literatura, la comunidad fitoplanctónica presente en el área, está principalmente dominada por Diatomeas y seguido por Dinoflagelados. Al respecto, sabemos que los dinoflagelados alcanzan sus mayores abundancias en aguas marinas costeras, en concomitancia con un alto suministro de nutrientes de fuentes terrestres y/o aguas profundas. Por otra parte, tenemos que las especies del grupo Bacillariophyceae (Diatomeas), poseen una alta versatilidad trófica debido a dos características particulares. En primer lugar, están bien adaptadas al sistema costero, donde las células están expuestas intermitentemente a altos niveles de luz (Falkowski y Raven, 1997). En segundo lugar, están bien adaptadas a la disponibilidad pulsada de nutrientes, porque pueden usar su vacuola central (a menudo, de gran tamaño) para el almacenamiento de nutrientes, dándoles la capacidad de aumentar su abundancia cuando las condiciones son adecuadas. Otro factor importante que determina la abundancia de diatomeas es la presencia de copépodos herbívoros, ya que éstos ejercen un fuerte efecto top-down sobre el grupo.
Estos datos se condicen con los resultados obtenidos de los análisis cuantitativos y cualitativos de organismos fitoplanctónicos de las campañas de terreno. En el análisis cuantitativo se observó un total de 62 especies, siendo el grupo de las diatomeas el más abundante con un 67,74% del total, seguido por el grupo de los dinoflagelados con un 25,81% del total. Fue en la campaña de invierno donde se registró el mayor número de especies (48 especies), seguido por la campaña de primavera (32 especies) y fue en la campaña de otoño donde se registró el menor número de especies (25 especies). Cabe destacar que sólo 10 especies se encuentran presentes en las tres campañas de terreno realizadas, lo que nos indica un alto dinamismo de las comunidades Fitoplanctónicas del área de estudio.
Con relación al análisis cuantitativo se reportaron un total de 56 especies. Con respecto a la abundancia total (cel./ml), se observó una alta estacionalidad respecto a este parámetro, donde en invierno se registró un total de 217,455 cel./ml, mientras que en otoño los valores aumentaron a un total de 4.422,18 cel./ml y en primavera 2.051,259 cel./ml. Esto se condice con la literatura consultada donde se registran altas abundancias desde primavera hasta fines de otoño. Finalmente, si bien se registró la presencia de especies potencialmente dañinas y presentes en el listado de la Res. Exenta 6073/2018 del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, como por ejemplo Leptocylindrus minimus y Rhizosolenia setigera, las abundancias de estas especies no sobrepasan los límites presentes en esta resolución.
Los resultados de los organismos de zooplancteres encontrados en el área de estudio, sugieren una comunidad constituida por 13 especies y 6 Phylum, donde el grupo con mayor representatividad fue Arthropoda con un 54%, seguido por Cnidaria con un 23%. En relación con la abundancia total (cél/ml), se observó en invierno la mayor abundancia total, con un 5.890,24 cél/ml lo que concuerda con las mayores abundancias de fitoplancton. En general no se observó mayores diferencias en la riqueza de especies, lo que nos indica una estabilidad de la comunidad de zooplancteres presentes en el área de estudio.
Respecto a la caracterización de la zona submareal, es importante señalar que está documentado que existe un aumento de riqueza de especies desde los polos hacia el Ecuador (Willig et al., 2006; Hillebrand, 2004). Esta hipótesis general acerca de los gradientes de diversidad latitudinal se aplica a las macroalgas, pero sin una certeza absoluta. Por ejemplo, se sabe que la temperatura se correlaciona positivamente con la diversidad, y se ha encontrado que es un fuerte predictor de la riqueza de especies para los taxones marinos superiores que siguen el gradiente de diversidad latitudinal (Tittensor et al., 2010). Sin embargo, la diversidad de macroalgas no alcanza su punto máximo en los trópicos. En cambio, la ubicación de los límites de distribución de múltiples especies de macroalgas sugiere que los extremos de temperatura pueden limitar la diversidad (Luning, 1990; Bartsch et al., 2012; Martínez et al., 2012).
Los patrones espaciotemporales de macroalgas están generalmente determinados por la diversidad y la biología de la población de las especies constituyentes (Dayton et al., 1999). La estacionalidad de los parámetros físicos (temperatura, movimiento del agua, cantidad y calidad de la luz) y químicos (nutrientes) son importantes en la regulación de los procesos reproductivos y vegetativos de componentes específicos dentro de ensambles de macroalgas (Graham et al., 1997, Hernández- Carmona et al., 2001, Buschmann et al., 2004), y pueden covariar en ambientes submareales para producir interacciones sinérgicas (Kain 1989). Por el contrario, los procesos biológicos como la competencia inter e intraespecífica y la predación regulan la estructura del ensamble, modificando los patrones espaciales y temporales de abundancia de especies (Dayton 1985, Vásquez y Buschmann 1997, Scheibling et al., 1999). Para el caso del sector donde se empezará el proyecto, se observa en general una mediana riqueza de especies. Los resultados acerca de las especies dominantes en las distintas estaciones de muestreo muestran que la distribución encontrada responde a lo señalado en la literatura, donde la dinámica fisicoquímica y biológica local, determinará la cobertura y riqueza de especies. A pesar de lo señalado, la literatura indica que las perturbaciones fisicoquímicas (por ejemplo, marejadas y/o aumento de nutrientes o contaminantes) y biológicas (por ejemplo, plagas, predación) de baja frecuencia e intensidad producen interrupciones en las distribuciones espaciotemporales (Tegner et al., 1987, Dayton et al., 1998), agregando aleatoriedad adicional a los patrones de abundancia a largo plazo. Adicionalmente, la literatura señala que las concentraciones de nutrientes (por ejemplo, nitrato y fosfato) están relacionadas positivamente con la diversidad de macroalgas, aunque la evidencia de tal relación no es concluyente (Santelices et al., 2009). En latitudes bajas, las interacciones bióticas se vuelven relativamente más importantes que las condiciones ambientales como impulsores de gradientes de diversidad a gran escala (Pianka, 1966). El intermareal rocoso presenta amplias variaciones de radiación solar, temperatura y humedad. (Shick et al., 1988; Chapman & Underwood, 1994; Little & Kitching, 1996). Tomando en cuenta que los organismos que habitan esta zona están expuestos a condiciones extremas, tanto el balance hídrico, como el control de la temperatura son factores claves para su distribución y supervivencia (Garrity, 1984; Soto & Bozinovic, 1998; Helmuth, 1999). Es por este motivo que la fauna móvil del intermareal rocoso encontrada en el área de estudio estuvo compuesta por organismos altamente adaptados a las condiciones señaladas, como el molusco Tegula atra.
Por otra parte, el análisis del registro visual muestra en todas las transectas un fondo marino semiduro constituido por rocas de diversos tamaños, parches de arena, además de algas verdes y organismos incrustantes.
En el análisis de registro visual se contabilizaron alrededor de 31 especies, donde el grupo de los Artrópodos fue el más abundante, con un 61% del total, esta gran abundancia se explica mayormente por la alta presencia de la especie Munida sp, según Haussermann, V. & Forsterra, G. (2009), su abundancia es común; a veces en grandes segregaciones, además se alimenta de crustáceos, algas y poliquetos o consume materia orgánica y organismos asociados con la capa superficial del sedimento. Por otra parte, al revisar el último proceso de clasificación de especies (18° proceso de clasificación de especies (2022-2023), se observó que no se observó ninguna especie en estado de conservación, en estado crítico (CR) o en peligro (EN), actualizado en el 19° proceso de clasificación de especies, mayo 2024.
Finalmente se puede concluir en base a estos resultados expuestos, que el área de estudio perteneciente al proyecto PLANTA DE PROCESO CALBUCO, presenta parámetros óptimos tanto en lo que se refiere a los objetos de protección ambiental, Agua, Biota y Fondo Marino. Además, que la presente caracterización del medio ambiente marino aledaño al proyecto, puede ser usada como base para monitorear el cuerpo de agua a través del tiempo.
- Modelación del Vertido de Aguas Residuales mediante Emisario Submarino
Se adjunta en el anexo 14 de la DIA el estudio de modelación de vertido de aguas residuales mediante emisario submarino, los resultados obtenidos en las modelaciones realizadas que incluyen el comportamiento de la pluma en el campo cercano y en el campo lejano, es decir los resultados obtenidos muestran la evolución de la pluma mientras se mueve bajo el agua hasta que llega a la superficie (campo cercano), lo cual en la época de otoño ocurre aproximadamente a los 17,7 m medidos horizontalmente desde el punto de vertido, en tanto que en la época de primavera esto ocurre aproximadamente a los 23,7 m. De ahí en adelante se puede observar la evolución de la pluma en el campo lejano, mientras continúa en la capa superficial alejándose del punto de vertido, hasta aproximadamente los 200 m de distancia; al analizar las tablas y graficas de la evolución de la concentración de los dos constituyentes modelados, se puede observar claramente que en ambos constituyentes la concentración disminuye rápidamente a medida que la pluma viaja en la dirección X (dirección de la corriente), alejándose del punto de vertido. En las tablas se puede observar que para la época de otoño aproximadamente a los 29 m de distancia el factor de dilución ya es de 666 veces, con lo cual la concentración final de A y G en el medio receptor a esa distancia es de 2,018 mg/l, lo cual representa un incremento de 0,018 mg/l respecto a la concentración natural de AyG (2 mg/l), en tanto que para SST la concentración final a esa distancia es de 24,19 mg/l, lo que representa un incremento de concentración a esa distancia es de 0,19 mg/l respecto a su concentración natural (24 mg/l). Haciendo un análisis similar para una distancia aproximada de 204 m, se puede observar que el factor de dilución es de 1218 veces, con lo cual la concentración final de AyG a esa distancia es de 2,0097 mg/l, es decir un incremento de 0,0097 respecto a su valor natural (2 mg/l). Por su parte, para SST se tiene una concentración final de 24,10 mg/l, es decir un incremento de 0,1 mg/l respecto a su valor natural (24 mg/l). Para la época de primavera la situación es similar, puesto que aproximadamente a los 35 m el factor de dilución ya es de 868 veces, con lo cual la concentración final de AyG a esa distancia es de 2,014 mg/l, es decir un aumento de 0,014 mg/l respecto de su valor natural (2 mg/l) y para SST el incremento es de 0,15 mg/l respecto de su valor natura (18,5 mg/l), teniendo una concentración final de 18,65 mg/l. Haciendo un análisis similar para una distancia aproximada de 208 m, se puede observar que el factor de dilución es de 1615 veces, con lo cual la concentración final de AyG a esa distancia es de 2,007 mg/l, es decir un incremento de 0,007 respecto a su valor natural (2 mg/l). Por su parte, para SST se tiene una concentración final de 18,58 mg/l, es decir un incremento de 0,08 mg/l respecto a su valor natural (18,5 mg/l).
La siguiente tabla detalla la concentración de fondo, es decir, la concentración obtenida en el medio marino y la concentración del efluente de Aceites y Grasas y fósforo total para época de otoño
Concentración de los efluentes vertidos, concentración de fondo y exceso de concentración en época de otoño para Aceites y Grasas (AyG) y para Sólidos Suspendidos Totales (SST). Efluente Concentración efluente vertido (mg/l)1 Concentración de fondo (mg/l) Exceso de concentración (mg/l) AyG 13,8 2 11,8 SST 148 24 124 1: corresponde a las concentraciones obtenidas en el monitoreo realizado en noviembre 2023.
Las siguientes tablas muestran la evolución de los parámetros modelados, la fila en amarillo marca el término del campo cercano e inicio del campo lejano:
Valores de concentración para AyG. Estacionalidad: Otoño X (m) Y (m) Dilución S Exceso de concentración AyG (mg/l) Concentración final AyG (mg/l) 0,0 0,0 1,0 11,8 13,8 2,7 -0,14 36,2 0,326 2,326 5,5 -0,15 95,5 0,124 2,124 11,44 -0,15 262,5 0,045 2,045 17,73 -0,16 582,0 0,020 2,020 29,38 -0,16 666,3 0,018 2,018 52,67 -0,16 760,6 0,016 2,016 99,25 -0,16 890,9 0,013 2,013 157,48 -0,16 1056,3 0,011 2,011 204,06 -0,16 1218,4 0,0097 2,0097
Valores de concentración para SST. Estacionalidad: Otoño X (m) Y (m) Dilución S Exceso de concentración SST (mg/l) Concentración final SST (mg/l) 0,0 0,0 1,0 124 148 2,7 -0.14 36,2 3,43 27,43 5,5 -0,15 95,5 1,30 25,30 11,44 -0,15 262,5 0,47 24,47 17,73 -0,16 582,0 0,21 24,21 29,38 -0,16 666,3 0,19 24,19 52,67 -0,16 760,6 0,16 24,16 99,25 -0,16 890,9 0,14 24,14 157,48 -0,16 1056,3 0,12 24,12 204,06 -0,16 1218,4 0,10 24,10
La siguiente tabla detalla la concentración de fondo, es decir, la concentración obtenida en el medio marino y la concentración del efluente de Aceites y Grasas y fósforo total para época de primavera
Concentración de los efluentes vertidos, concentración de fondo y exceso de concentración en época de primavera para Aceites y Grasas (AyG) y para Sólidos Suspendidos Totales (SST) Efluente Concentración efluente vertido (mg/l) Concentración de fondo (mg/l) Exceso de concentración (mg/l) AyG 13,8 2 11,8 SST 148 18,5 129,5
Las siguientes tablas muestran la evolución de los parámetros modelados, la fila en amarillo marca el término del campo cercano e inicio del campo lejano:
Valores de concentración para AyG. Primavera X (m) Y (m) Dilución S Exceso de concentración AyG (mg/l) Concentración final AyG (mg/l) 0,0 0,0 1,0 11,8 13,8 2,64 -0,11 31,4 0,376 2,376 5,34 -0,12 79,9 0,148 2,148 11,76 -0,12 231,9 0,050 2,050 23,69 -0,12 782,9 0,015 2,015 35,22 -0,12 868,6 0,014 2,014 58,27 -0,12 978,6 0,012 2,012 104,37 -0,12 1148,0 0,010 2,010 150,48 -0,12 1329,2 0,0089 2,009 208,11 -0,12 1615,2 0,0073 2,007
Valores de concentración para SST. Primavera X (m) Y (m) Dilución S Exceso de concentración SST (mg/l) Concentración final SST (mg/l) 0,0 0,0 1,0 129,5 148,0 2,64 -0,11 31,4 4,12 22,62 5,34 -0,12 79,9 1,62 20,12 11,76 -0,12 231,9 0,56 19,06 23,69 -0,12 782,9 0,16 18,66 35,22 -0,12 868,6 0,15 18,65 58,27 -0,12 978,6 0,13 18,63 104,37 -0,12 1148,0 0,11 18,61 150,48 -0,12 1329,2 0,097 18,597 208,11 -0,12 1615,2 0,080 18,580
De la misma manera, en respuesta a la observación 70 de la adenda, letra g), se presentó el comportamiento evolutivo de los parámetros DBO5 y fósforo total, la concentración de ambos constituyentes disminuye rápidamente a medida que la pluma viaja en la dirección X (dirección de la corriente), alejándose del punto de vertido. En la época de otoño aproximadamente a los 29 m la concentración final de DBO5 en el medio receptor a esa distancia es de 2,605 mg/l, lo cual representa un incremento de 0,605 mg/l respecto a la concentración natural de DBO5 (2 mg/l), en tanto que para Fósforo la concentración final a esa distancia es de 0,133 mg/l, lo que representa un incremento de concentración a esa distancia es de 0,006 mg/l respecto a su concentración natural (0,127 mg/l). En tanto, a los 204 m de distancia, la concentración final de DBO5 a esa distancia es de 2,331 mg/l, es decir un incremento de 0,331mg/l respecto a su valor natural (2 mg/l). Por su parte, para Fósforo se tiene una concentración final de 0,130 mg/l, es decir un incremento de 0,003 mg/l respecto a su valor natural (0,127 mg/l). Para la época de primavera la situación es similar, a los 35 m la concentración final de DBO5 a esa distancia es de 2,464 mg/l, es decir un aumento de 0,464 mg/l respecto de su valor natural (2 mg/l) y para Fósforo el incremento es de 0,000 mg/l, es decir, alcanza su valor natural (0,127 mg/l); en tanto, a los 208 m, la concentración final de DBO5 a esa distancia es de 2,250 mg/l, es decir un incremento de 0,250 respecto a su valor natural (2 mg/l). Por su parte, para Fósforo se tiene una concentración final de 0,127 mg/l, es decir, alcanza su valor natural (0,127 mg/l).
De acuerdo con lo anterior, el estudio de vertidos adjunto en el anexo 14 de la DIA muestra que el cuerpo de agua receptor tiene una gran capacidad de dilución de la pluma que en la práctica significa tener incrementos pequeños de concentración a corta distancia, en tanto que a grandes distancias los aumentos de concentración generados por el efluente vertido son tan bajos que resultan prácticamente indetectables; por tanto, no se prevé que la descarga genere algún efecto significativo sobre los recursos naturales renovables.
Así mismo, reconociendo que en el borde costero existe el Humedal Caicaen, al observar la trayectoria que toma la pluma de dispersión es posible apreciar que corre de manera paralela a la línea de costa sin ingresar a la zona de protección litoral de un ancho definido de 30m desde la línea de más baja marea. Al analizar la trayectoria con el humedal urbano Caicaén, se puede observar que la pluma tiene una trayectoria paralela al humedal y no ingresa a dicha zona, sino que la pluma corre a una distancia de aproximadamente 17m en su parte más ancha de la pluma y 40m en su parte más angosta; y en el caso de que llegase a ingresar, las concentraciones de la pluma serían aún más bajas de lo indicado, por lo que no existiría afectación al humedal Caicaén
- Evaluación de los recursos hídricos
El presente Estudio tiene como objetivo la determinación de los posibles impactos en el Recurso Hídrico circunscrito al área de influencia del proyecto Planta de Proceso Calbuco.
El desarrollo del Informe se realizará de acuerdo con lo solicitado en la Guía “Criterio de evaluación en el SEIA: Contenidos técnicos para la evaluación ambiental del recurso hídrico” de febrero de 2022.
Se definieron los factores hidrometeorológicos que están presentes en el sector estudio, considerando el clima, precipitaciones medias anuales y evapotranspiración, mediante la información de las estaciones meteorológicas y pluviométricas más cercanas a la zona de influencia del proyecto. Desde el punto de vista hidrogeológico la zona emplazamiento del proyecto tendría una importancia hidrogeológica moderada, los acuíferos emplazados en estos depósitos están cubiertos por sedimentos de permeabilidad alta a baja (arenas, gravas, limos, arcillas).
Respecto a la ubicación de los cuerpos de agua cercanos al área de influencia del proyecto, se destacó la identificación de cauces naturales y cuerpos de agua lenticos. Donde se estudió el Estero Sin Nombre, que se encuentra dentro del área de influencia y el Humedal Urbano Caicaén que se encuentra presente en casi la totalidad de la Isla Calbuco. Mediante el método de Turc se determinaron los caudales medios mensuales y anuales para el Estero Sin Nombre, concluyendo que en algunos de ellos existía una disminución, debido a que principalmente el estero tiene un régimen pluvial y debido al cambio climático las precipitaciones acumuladas cada vez han ido en descenso. A pesar de esto, este cuerpo de agua y ninguno de los que está cercano seria afectado por el proyecto, debido a que no se realizara ninguna intervención ni extracción de ellos.
En el humedal Urbano Caicaén se evaluó la influencia del proyecto sobre los componentes que podrían afectar al humedal. Los componentes evaluados fueron el suelo hídrico y el agua, analizando principalmente la granulometría de la zona de estudio, balances respecto al balance hídrico tanto de aguas subterráneas como aguas superficiales, concluyendo que no se identifican impactos sobre el volumen de agua subterránea o superficiales producto del funcionamiento de la planta. De los impactos analizados se considera que no se afectaría la calidad ni la cantidad de aguas del humedal, por lo tanto, se mantendría la permanencia y regeneración de este.
De acuerdo con los análisis realizados al pozo del APR Caicaén cercano al sector en estudio, se determinó la transmisibilidad hidráulica arrojando un valor de 139,25 m2/día considerando el gasto de 10,0 l/s, determinando la capacidad del pozo de ser explotado. Además, se realizó un análisis de sondaje y agua al pozo de la empresa Granja Marina Tornagaleones S.A., donde se determinó el valor de transmisibilidad hidráulica de 17,78 m2/día y un caudal otorgado de 1,3 l/s para abastecimiento de consumo humano.
Desde el punto de vista del recurso hídrico subterráneo la zona en estudio se encuentra emplazada en un Sector Hidrogeológico denominado Rio Maullín el cual tiene una importancia Hidrogeológica moderada. Específicamente en el balance de aguas subterráneas de la Isla Calbuco, la Demanda Comprometida solo alcanza al 0,26% y para el área de influencia un 0,05% del volumen sustentable, por lo tanto, no habría riesgo de afectación a derechos de terceros como tampoco al medio ambiente. En el caso del balance hídrico de las aguas superficiales, fue posible estimar que la demanda hídrica es mucho menor a la Oferta Hídrica, en el sector hidrogeológico son de un 1,98% y en el área de estudio es de 9,01%, no habiendo posibilidad de déficit tanto en el corto, como mediano plazo.
Finalmente, se puede concluir de los antecedentes presentados que el proyecto no pondría en riesgo el balance hídrico de las aguas subterráneas. Por otro lado, la distancia a los cuerpos de agua en el área de influencia previene de alguna alteración que pudiese provocarse. Respecto a la Vulnerabilidad del acuífero, de acuerdo con los datos y caracterizaciones, la zona se encuentra en un sector de Vulnerabilidad moderada, que corresponden a donde se encuentran las unidades hidrogeológicas A2/A1, //A2//A1 y A2//A1, en estas áreas los acuíferos consideran una permeabilidad de alta a baja.
• Respecto de la consulta ¿por qué no se ingresó como EIA y se insistió en una DIA?
Tal como se explicó al inicio de la presente respuesta, para llevar a cabo una caracterización adecuada de los componentes ambientales susceptibles de ser afectados, se realizaron diversos levantamientos en función de la localización del proyecto, con el objetivo de establecer una línea base que permita fundamentar el análisis ambiental correspondiente. Este proceso es determinante para decidir si el instrumento de evaluación ambiental aplicable será una declaración de impacto ambiental o un estudio de impacto ambiental, decisión que se toma considerando la presencia o ausencia de los efectos, características o circunstancias descritas en el artículo 11 de la Ley 19.300. En este contexto, se analizaron los factores generadores de impacto en relación con los objetos de protección, identificándose y cuantificándose los impactos ambientales asociados a los recursos naturales renovables, incluyendo suelo, agua y aire, conforme al análisis estipulado en el artículo 6. Aunque la evaluación se centra principalmente en la descarga del proyecto y el incremento del caudal a tratar y descargar, se considera pertinente presentar el análisis completo del artículo 6.
Artículo 6. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:
a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes
b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.
c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.
d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso de que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.
e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.
f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables
g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1) Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2) Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3) Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4) Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5) La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.
h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados
i) Los impactos generados por pérdida de resiliencia climática de los ecosistemas
De las estaciones propuestas y los parámetros fisicoquímicos de la columna de agua.
Ubicación geográfica estaciones de muestreo. Estaciones de Muestreo Coordenadas UTM Coordenadas Geodésicas Este (m) Norte (m) Latitud Sur Longitud Weste E 1 653966 5371413 41°47'39,14" 73°08'48,85" E 2 653982 5371411 41°47'39,18" 73°08'48,13" E 3 654016 5371417 41°47'38,98" 73°08'46,66" E 4 654030 5371439 41°47'38,25" 73°08'46,08" E 5 654009 5371402 41°47'39,46" 73°08'46,98" E 6 654000 5371431 41°47'38,54" 73°08'47,40" E7 654038 5371406 41°47'39,31" 73°08'45,72" Estación Referencia 653841 5371172 41°47'47,02" 73°08'54,04"
Listado de parámetros fisicoquímicos a evaluar en la columna de agua. Parámetros Unidades Estaciones Nivel Registro Oxígeno Disuelto mg/l 8 Perfil Saturación Oxígeno % 8 Perfil Salinidad PSU 8 Perfil Temperatura °C 8 Perfil Aceites y Grasas mg/l 8 Superficie Coliformes fecales NMP/100ml 8 Superficie Coliformes totales NMP/100ml 8 Superficie DBO5 mg/l 8 Superficie Nitrato mg/l 8 Superficie Fósforo total mg/l 8 Superficie Poder espumógeno mm 8 Superficie Sólidos Suspendidos totales mg/l 8 Superficie Sólidos sedimentables ml/L/h 8 Superficie
Los ensayos indicados en las tablas anteriores tendrán una frecuencia de muestreo semestral.
Dado que el fondo marino dentro del área de influencia del proyecto es semi duro – duro, para evaluar la calidad de los fondos sublitorales y la macrofauna acompañante, se propone realizar un registro visual subacuático en la trayectoria del emplazamiento del emisario y un segundo registro en el punto de descarga, el análisis del registro se realizará de acuerdo con lo indicado en el numeral 24 de la Resolución N°3612/2009 y sus modificaciones. Se propone una frecuencia semestral.
Adicional a lo anterior, anualmente se realizará un bioensayo eco toxicológico crónico y registro visual con la finalidad de inspeccionar el estado del emisario.
- Monitoreos Participativos Granja Marina Tornagaleones S.A. se compromete a proporcionar los resultados obtenidos en el presente plan a cualquier persona de la comunidad aledaña que lo requiera. Para ello, se establecerán dos vías de comunicación: la primera a través de correo electrónico, donde se deberán indicar los datos de contacto y la información o período requerido; la segunda opción será de forma presencial en la portería de la planta, ubicada en camino a Caicaen S/N, para lo cual se deberá completar un formulario con los datos de contacto y la información o período requerido.
Una vez recibida la solicitud, en un plazo máximo de 10 días hábiles se enviará la información preferentemente de manera digital vía correo electrónico. En caso de que el solicitante no disponga de correo electrónico, se entregará una copia impresa del informe con sus respectivos anexos.
Es importante mencionar que el plazo indicado se cumplirá siempre y cuando los informes estén disponibles y entregados por el laboratorio (ETFA) que realiza los ensayos. En caso de no contar con la información dentro del plazo especificado, se notificará al requirente para informarle que una vez se tenga la información, se le enviará vía correo electrónico o se le avisará para el retiro de la copia impresa en las instalaciones de la planta.
Dentro de la política de relacionamiento comunitario de la empresa, Granja Marina Tornagaleones coordina reuniones semestrales con la comunidad donde se encuentra inserta, en dichas reuniones se consideran las inquietudes de la comunidad y como resultado de alguna de ellas se han financiado proyectos, realizado capacitaciones de oficio, entre otros puntos. En el caso específico del presente proyecto, se han realizado dos capacitaciones a solicitud de la misma comunidad, ver en anexo 9 los registros de las capacitaciones realizadas.
En resumen, el titular durante el proceso de evaluación se ha comprometido a lo siguiente:
Entrega de la información de los resultados de los monitoreos que la empresa realice dentro del marco de operación del proyecto, la forma de solicitar la información y de entrega de la misma fue descrita en los párrafos anteriores. - Reuniones semestrales con la comunidad cercana, dichas reuniones son parte de la política de relacionamiento comunitario de Granja Marina Tornagaleones y se aprovechará dicha instancia para informar a la comunidad: o Los resultados de los monitoreos que la empresa realice y el comportamiento evolutivo de los parámetros monitoreados. o Tratar temas de interés con la comunidad, tales como capacitaciones. o Coordinar, en caso de que la comunidad lo solicite, la participación como veedores de algún monitoreo, lo que será acotado a directivas o a quien se designe como representante de la comunidad, lo anterior en cumplimiento con lo indicado en el D.S. N°40, artículo 2 letra g) bis.
En virtud de lo señalado y conforme al análisis detallado previamente, así como al contenido expuesto en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), junto con su adenda y adenda complementaria, se concluye que el proyecto en cuestión no genera efectos, características o circunstancias que correspondan a los literales establecidos en el artículo 11. Por esta razón, y en cumplimiento con la normativa vigente, el proyecto se presentó bajo el formato de una Declaración de Impacto Ambiental, y no como un estudio de impacto ambiental. Los Antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental se encuentran detallados en el Capitulo 6 del Informe Consolidado de la Evaluación (ICE) de fecha 11 de abril de 2025.
• Respecto de la consulta ¿creen necesario un estudio de correntometría de la salida del efluente para una descarga máxima de 481.92m3/día según ampliación?
Para la elaboración de la línea base se realizaron tres campañas de muestreo durante el año 2023, una campaña en periodo de otoño (mayo-junio), otro en periodo de invierno (julio-agosto) y finalmente en primavera (octubre), esto con el objeto de caracterizar de mejor manera el área donde se descargan los RILes del proyecto, en cada una de las campañas, entre otros estudios, se realizaron mediciones de corrientes lagrangianas mediante derivadores a tres profundidades tanto en cuadratura como en sicigia para la fase mareal llenante y vaciante respectivamente y corrientes eulerianas mediante perfilador acústico Doppler, tomando datos cada 10 minutos en toda la columna de agua por un período de 30 días cada uno. A continuación se presenta un resumen de cada estudio y una comparación de los resultados:
Campaña de otoño Para esta campaña el análisis de los datos se realizó considerando las 9 capas válidas del equipo instalado mirando a superficie.
Las principales medidas de tendencia central correspondientes a los datos de corrientes por profundidad evidencian que la columna de agua presenta velocidades promedio que, en general, van aumentando con respecto a la profundidad, con un mínimo cercano a 9 cm/s (0,17 nudos) en las capas superficiales y un máximo de cercano a 19,3 cm/s (0,37 nudos) en la capa profunda. Los máximos de velocidad asociados a cada capa muestran un valor de ~62 cm/s (1,2 nudos) a 19,1 metros de profundidad, mientras que a 7,1 metros se observa un valor de ~25 cm/s (0,48 nudos). Los mínimos en toda la columna de agua presentan una magnitud < 0.3 cm/s. Lo anterior se observa en la figura siguiente. Gráfico de la velocidad promedio, mínima y máxima en la columna de agua. Fuente: Figura 5 Informe de corrientes, campaña otoño (anexo 2 de la Línea de base Anexo 14 de la DIA,).
Este equipo registró la velocidad y dirección de corrientes durante 30 días consecutivos, desde el miércoles 7 de junio de 2023 hasta el viernes 7 de julio de 2023 con un intervalo de medición de 10 min.
En el análisis de la estadística general, el intervalo de magnitudes que presentó la mayor frecuencia relativa corresponde a valores entre 5 y 10 cm/s, con un porcentaje del 32,93% del total de datos registrados en la columna de agua. Magnitudes correspondientes al rango entre 10 y 15 cm/s ocupan el segundo lugar con un 23,24% del total de datos Cabe mencionar que, del total de datos medidos hay un 1,29% de datos que corresponden a datos escapados, usando la metodología de la media + 3 desviaciones estándares (Emery y Thomson, 1997). Lo anterior se observa en la figura siguiente.
Frecuencias de velocidades promedio en toda la columna de agua (cm/s). Fuente: Figura 6 Informe de corrientes, campaña otoño (anexo 2 de la Línea de base Anexo 14 de la DIA,).
En cuanto a los registros de la dirección de la corriente en el total de la columna, se puede observar que no existen grandes diferencias entre las distintas direcciones, por lo que no hay una preferencia en la incidencia de la corriente, sin embargo, las direcciones que presentan un mayor porcentaje de ocurrencia son las direcciones Noreste (NE) con un 15,73% y Norte (N), con un 14,51%. Las direcciones restantes presentan valores que oscilan entre los 9,6% y 12,6%. Lo anterior se observa en la figura siguiente.
Rangos de dirección promedio en toda la columna de agua. Fuente: Figura 7 Informe de corrientes, campaña otoño (anexo 2 de la Línea de base Anexo 14 de la DIA,).
Campaña de otoño
Para esta campaña el análisis de los datos se realizó considerando las 9 capas válidas del equipo instalado mirando a superficie. Las principales medidas de tendencia central correspondientes a los datos de corrientes por profundidad evidencian que la columna de agua presenta velocidades promedio que, en general, van aumentando con respecto a la profundidad, con un mínimo cercano a 8,1 cm/s (0,15 nudos) en las capas superficiales y un máximo de cercano a 19,6 cm/s (0,37 nudos) en la capa profunda. Los máximos de velocidad asociados a cada capa muestran un valor de ~67,5 cm/s (1,28 nudos) a 19,8 metros de profundidad, mientras que a 5,8 metros se observa un valor de ~23 cm/s (0,44 nudos). Los mínimos en toda la columna de agua presentan una magnitud < 0,2 cm/s. Lo anterior se observa en la figura siguiente
Gráfico de la velocidad promedio, mínima y máxima en la columna de agua. Fuente: Figura 5 Informe de corrientes, campaña invierno (anexo 2 de la Línea de base Anexo 14 de la DIA,).
En el análisis de la estadística general, el intervalo de magnitudes que presentó la mayor frecuencia relativa corresponde a valores entre 5 y 10 cm/s, con un porcentaje del 32,77% del total de datos en la columna de agua. Magnitudes correspondientes al rango entre 10 y 15 cm/s ocupan el segundo lugar con un 23,56% del total de los registros. Cabe mencionar que, del total de datos medidos hay un 1,33% de datos que corresponden a datos escapados, usando la metodología de la media + 3 desviaciones estándares (Emery y Thomson, 1997). Lo anterior se observa en la figura siguiente.
Frecuencias de velocidades promedio en toda la columna de agua (cm/s). Fuente: Figura 6 Informe de corrientes, campaña invierno (anexo 2 de la Línea de base Anexo 14 de la DIA,).
En cuanto a los registros de la dirección de la corriente en el total de la columna, se puede observar que existe predominancia hacia el primer cuadrante (direcciones NE y N) y tercer cuadrante (direcciones SO y O), con un 37,67 y 25,66 % de los registros, respectivamente. Las restante direcciones, presentan una frecuencia relativa inferior al10,3% de los datos. Lo anterior se observa en la figura siguiente.
Rangos de dirección promedio en toda la coumna de agua. Fuente: Figura 7 Informe de corrientes, campaña invierno (anexo 2 de la Línea de base Anexo 14 de la DIA,).
Campaña de primavera
Para esta campaña el análisis de los datos se realizó considerando las 9 capas válidas del equipo instalado mirando a superficie. Las principales medidas de tendencia central correspondientes a los datos de corrientes por profundidad evidencian que la columna de agua presenta velocidades promedio que, en general, van aumentando con respecto a la profundidad, con un mínimo cercano a 9,8 cm/s (0,19 nudos) en las capas superficiales y un máximo de cercano a 26,6 cm/s (0,51 nudos) en la capa profunda. Los máximos de velocidad asociados a cada capa muestran un valor de 90,5 cm/s (1,72 nudos) a 19,2 metros de profundidad, mientras que a 5,8 metros se observa un valor de 27,10 cm/s (0,51 nudos). Los mínimos en toda la columna de agua presentan una magnitud < 0,3 cm/s. Lo anterior se observa en la figura siguiente.
Gráfico de la velocidad promedio, mínima y máxima en la columna de agua. Fuente: Figura 5 Informe de corrientes, campaña primavera (anexo 2 de la Línea de base Anexo 14 de la DIA,).
En el análisis de la estadística general, el intervalo de magnitudes que presentó la mayor frecuencia relativa corresponde a valores entre 5 y 10 cm/s, con un porcentaje del 30,58% del total de datos en la columna de agua. Magnitudes correspondientes al rango entre 10 y 15 cm/s ocupan el segundo lugar con un 25,02% del total de los registros. Cabe mencionar que, del total de datos medidos hay un 1,423% de datos que corresponden a datos escapados, usando la metodología de la media + 3 desviaciones estándares (Emery y Thomson, 1997). Lo anterior se observa en la figura siguiente.
Frecuencias de velocidades promedio en toda la columna de agua (cm/s). Fuente: Figura 6 Informe de corrientes, campaña invierno (anexo 2 de la Línea de base Anexo 14 de la DIA,).
En cuanto a los registros de la dirección de la corriente en el total de la columna, se puede observar que existe predominancia hacia el primer cuadrante (direcciones N y NE) y cuarto cuadrante (direcciones O y NO), con un 36,11 y 29,25 % de los registros, respectivamente. Las restante direcciones, presentan una frecuencia relativa inferior al 14% de los datos Lo anterior se observa en la figura siguiente.
Rangos de dirección promedio en toda la coumna de agua. Fuente: Figura 7 Informe de corrientes, campaña primavera (anexo 2 de la Línea de base Anexo 14 de la DIA,).
Comparación entre campañas
Tanto en la campaña de otoño e invierno no existen mayores diferencias entre las corrientes medidas, ya que en ambas temporadas la Correntometría euleriana mostró que hay una tendencia de la dirección Noreste en la incidencia de la corriente en el sector de estudio, también hay una contribución importante de la dirección Norte, principalmente.
El estudio de corrientes no muestra una clara influencia mareal, donde la serie de tiempo da cuenta que los periodos de máximos no están asociados a los periodos de sicigia.
Respecto a la magnitud de la corriente, se observó que los rangos de velocidad que predominaron en la columna de agua fueron los de 5 -10 cm/s y 10 - 15 cm/s. En la capa más profunda hay una importante contribución de las velocidades mayores a 30 cm/s. Los valores promedio por capa fluctuaron entre los 8,77 y 18,98 cm/s (0,17 y 0,37 nudos), dando un valor promedio de toda la columna de agua de 11,9 cm/s (0,23 nudos) en otoño. En la campaña de invierno las velocidades máximas observadas durante el periodo de medición se presentan en la capa de los 19,1 metros de profundidad, registrando una magnitud de 61,8 cm/s (1,20 nudos). Por otro lado, en la campaña de primavera se observó igualmente una tendencia hacia el primer y cuarto cuadrante en dirección Norte, Noreste, Noroeste y Oeste, principalmente. Pero esta vez a diferencia de las campañas anteriores, si existió una clara influencia mareal, donde la serie de tiempo da cuenta que las máximas no están necesariamente asociados a los periodos de sicigia. Respecto a la magnitud de la corriente, igualmente se observa que los rangos de velocidad que predominaron en la columna de agua son entre 5 a 10 cm/s y 10 a 15 cm/s. Señalar que en la capa profunda predominan las velocidades mayores a 30 cm/s. Los valores promedio de la magnitud de la corriente por capa, varían entre los 9,75 y 26,85cm/s, con un valor promedio para toda la columna de agua de 12,96 cm/s (0,25 nudos). Finalmente, en lo que respecta a las velocidades máximas observadas durante el periodo de medición en toda la columna de agua, a los 19,2 metros de profundidad, se registra la máxima magnitud con un valor de 90,5 cm/s (1,72 nudos). La mayor magnitud de las tres campañas.
Resumen por campañas de frecuencia de velocidades promedio (Fila superior) y frecuencia de direcciones promedio en toda la columna de agua.
El análisis completo de cada estudio realizado se encuentra en detalle en la línea de base adjunto en el anexo 14 de la DIA.
Las mediciones realizadas en el cuerpo receptor, específicamente en el medio marino, sirvieron como insumo fundamental para las modelaciones efectuadas con el software Cormix, con el objetivo de analizar el comportamiento del efluente descargado al mar durante dos épocas del año contrastantes: primavera y otoño. Dichas modelaciones tomaron en cuenta las características del emisario y del cuerpo receptor, incluyendo la densidad del agua y la concentración basal de los parámetros modelados, así como las propiedades del residuo líquido industrial (RIL), considerando su caudal de descarga de 481,92 m³/día y las concentraciones asociadas. Los resultados obtenidos permitieron determinar el factor de dilución del cuerpo receptor y la evolución de la pluma de descarga. Se concluyó que el cuerpo de agua receptor posee una alta capacidad de dilución, lo que implica incrementos mínimos en las concentraciones a corta distancia y niveles prácticamente indetectables a mayores distancias. En consecuencia, no se anticipa que la descarga genere impactos significativos sobre la salud de la población ni sobre los recursos naturales renovables. Estos hallazgos fueron detallados en el artículo 6 previamente mencionado, proporcionando una base científica sólida para evaluar los efectos del vertido en el medio marino.
Por tanto, se aclara y reitera que las mediciones realizadas fueron en cuerpo receptor (medio marino) y que fueron el insumo para las modelaciones realizadas al vertido considerando el caudal de 481,92m3/día, por lo que los resultados presentados muestran el comportamiento de la pluma y la evolución de las concentraciones en el cuerpo receptor considerando el caudal antes indicado.
• ¿cómo se obtiene el agua para generar el caudal de salida por emisario?
El proyecto considera el abastecimiento de aguas para el proceso mediante camiones aljibes. El origen de las aguas para el proceso de la planta proviene de un pozo autorizado por un caudal de 30L/s ubicado en el sector Panitao Alto, que fue otorgado a la señora Antonieta Lagos Zarate y que en el año 2019 fue transferido a la Sociedad Lagosmaq Limitada
La siguiente tabla muestra el detalle del derecho, información extraída desde la página web de la Dirección General de Aguas. Derecho de agua para uso de agua de proceso. Código de Expediente Nombre Solicitante Unidad de Resolución/ Oficio/ C.B.R Fecha de Resolución/ Envío al Juez/ Inscripción C.B.R. N° Resolución / Oficio/ Fojas N° CBR Fecha Toma Razón Tipo Derecho Naturaleza del Agua Clasificación Fuente ND-1003- 5764 ANTONIETA LAGOS ZARATE DGA Puerto Montt 19/10/2015 385 02-11- 2015 Consuntivo Subterránea Acuífero Uso del Agua Cuenca Fuente Ejercicio del Derecho Caudal mes (l/s) Volumen Caudal Promedio Anual UTM Norte Captación (m) UTM Este Captación (m) Datum, Huso
Otros Usos Cuencas e Islas entre R. Bueno y R. Puelo ACUIFERO SIN NOMBRE Permanente y Continuo 30 946080 5399805 662475 WGS-84, Huso 18
Para el abastecimiento del agua, el titular del proyecto contrata los servicios de Trasur S.A., empresa dedicada a la presentación de servicios logísticos, y para asegurar la trazabilidad del origen de las aguas se genera un doble registro, por una parte la empresa Trasur mantiene un control del servicio mediante un registro foliado y por otra Granja Marina Tornagaleones genera su propio registro en base a las guías de despacho, el procedimiento es el siguiente:
Los camiones de Trasur S.A., una vez cargados con agua, salen del punto de abastecimiento con una guía emitida a nombre de Trasur S.A., la cual es entregada en la portería de la planta de procesos de Calbuco, con dicha guía se realiza el registro de ingreso de los camiones aljibes, la que posteriormente es contrastada con el control interno que realiza la empresa contratista, en dicho registro se consigna el origen y destino del agua, la información del camión, número de la guía de despacho, entre otra información (se adjunta una copia del registro control de servicio en anexo 12 del adenda complementaria).
Al término de cada mes la empresa contratista entrega un consolidado de los viajes realizados durante dicho período. Este documento es entregado a la planta para que esta pueda cotejar los datos con su propio registro de guías. Una vez verificada y aprobada la información mediante el V° B°, se procede a la generación de la orden de compra correspondiente.
Finalmente, se aclara que actualmente se utiliza los servicios logísticos de la empresa Trasur y obtiene las aguas de proceso del pozo de la empresa Lagosmaq; No obstante, se establece que, debido a razones de mercado, disponibilidad u otros factores, la empresa podría contratar estos servicios con diferentes proveedores en el futuro. En este contexto, la empresa titular asegura que el abastecimiento de agua siempre provendrá de derechos debidamente otorgados y contará con los permisos correspondientes, independientemente del proveedor seleccionado. Para garantizar este cumplimiento, la empresa dispone de un Procedimiento de suministro de agua que exige que el proveedor cuente con toda la documentación requerida, incluyendo el registro de propiedad de agua, certificado de hipotecas y desgravámenes, resolución sanitaria e información técnica sobre perforación. Asimismo, el procedimiento contempla medidas en caso de contingencias en el suministro de agua, como la reducción del proceso productivo o, si fuera necesario, la suspensión temporal de las operaciones hasta que se restablezcan los niveles adecuados de abastecimiento.
Por tanto, y de acuerdo con lo anteriormente expuesto el abastecimiento de las aguas de proceso es totalmente vía camiones aljibes, por tanto, se garantiza que no se utiliza agua del APR local y se garantiza que no se afectará el suministro local.
- Observante: Marly Soto, Claudia Mansilla, Patricia Zamorano, Sebastian Quintana, Jeanette Soto, Victor Soto, Miguel Penoi, Hugo Obando, Yanet Soto, Miguel Oyarzo, Sergio Soto, Astrid Sepulveda, José Soto, Victor Gómez, Marcelo Moil y Luis Soto.
Observación: 1.- ¿Cuál es el plan de mitigación de ruido? Pregunta que busca una clara y determinante respuesta ya que durante el desarrollo del proceso del salmón de esta empresa no contempla un plan de mitigación de ruidos motivo por el cual sus equipos tanto de generación de electricidad como el equipo condensador del sistema de refrigeración emiten ruido permanente todo el tiempo de día como de noche desde mes de agosto del año 2023hasta mediados de marzo del presente año (2024) (actualmente no porque la empresa detuvo sus funciones. Los vecinos más próximos a la empresa lo comparábamos con una turbina de avión en cada casa. Descansar era imposible. Vecinos que trabajan turno noche imposible descansar durante el día, menos por la noche. Habemos vecinos con patologías graves como cáncer, jóvenes con problemas psiquiátricos importantes, adultos mayores con discapacidad física y/o mental todas situaciones de salud estresante. Cada vez que vamos por un resultado de exámenes o por una terapia es un estrés gigantesco que nos hace pensar en regresar a casa para poder descansar, quizás dormir, observar las flores, leer un libro. Todas actividades que se supone nos ayudaran a estar mejor. Pero no, es imposible porque ahí está el ruido. Repito todo el día y toda la noche, los 30 días de mes y toda la temporada. Esto no es antojadizo es por y para la salud mental de todos y cada uno de los vecinos que vivimos a 100-150-200 metros de distancia de la empresa. Entendemos y según consta en la ordenanza municipal de Calbuco que: Cualquier sonido no deseado o aquel calificado como desagradable o molesto por quien lo percibe es un ruido de impacto ambiental.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente las observaciones ciudadanas, toda vez que hacen referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
Dado que el Proyecto no cesó su funcionamiento al momento de realizar el levantamiento de terreno, se escogieron puntos de medición suficientemente alejados de la emisión de ruido de la planta, pero a su vez, representativos del ambiente sonoro del sector, vale decir, que fueran gobernados por las mismas fuentes de ruido presentes en el entorno al Proyecto, como lo son el tránsito vehicular por la ruta V-839, trinar de aves y follaje (característico de zonas costeras), permitiendo que la medición en dichos puntos satisfaga la definición de ruido de fondo incluido en el D.S. N°38/11 del MMA, y mencionado en la Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA [SEA, 2019] y en la Guía “Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa [SEA. 2022]. Como se mencionó anteriormente, la elección de los puntos de medición homólogos responde a obtener un ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se emplacen los diferentes tipos de receptores, en ausencia de la emisión de ruido del Proyecto. Además, tales puntos permitieron obtener el menor nivel de ruido de fondo, asegurando la condición más desfavorable. Como se menciona en el informe de impacto acústico presentado junto a la DIA y en Adenda, los principales aspectos considerados en la elección fueron distancias similares entre los puntos escogidos (homólogos) y los receptores respecto a la ruta V-839 y borde costero, fuentes ambientales que determinan el ruido de fondo y lo suficientemente alejados de la emisión de ruido del Proyecto para cumplir con la definición establecida en el D.S. N°38/11 del MMA, vale decir medir en ausencia de la fuente que se requiere evaluar (en este caso, el Proyecto). En ese sentido, en el caso de receptores asociados a asentamientos humanos, el análisis de la estación permitió obtener los menores valores que fueron utilizados para determinar los límites a cumplir en dichos receptores, tanto para el periodo diurno y nocturno, dada la condición de ruralidad en la cual se emplazan. La metodología anteriormente expuesta se encuentra validada por la Res. Ex. 867/16 de la SMA. Lo anterior, da cuenta que los puntos homólogos escogidos son válidos para la evaluación de ruido realizada para los diferentes tipos de receptores.
Se realizó una estimación y cuantificación de las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, en el cual se evaluaron 5 escenarios considerando los aspectos relacionados con el cronograma de actividades y el nivel de emisión sonora máximo por actividad, y la menor distancia frente de trabajo-receptor; los cuales corresponden a: - Escenario 3.1 (Semana 9 a 14): Radieres y losas de hormigón frigorífico y embarque. - Escenario 5.1(Semana 18 y 19): Acceso, mejora vial y circulaciones. - Escenario 5.2 (Semanas 22 y 23): Remodelación Recepción materia. - Escenario 5.3 (Semanas 20 y 21): Revestimiento y paneles frigorífico y embarque. - Escenario 7.1 (Semanas 28 y 29): Habilitación bodega RESPEL/SUSPEL.
A su vez, para la predicción y evaluación de niveles de ruido para fuentes fijas, se realizaron simulaciones mediante software especialista en modelamiento de ruido en exteriores, Cadna/A, el cual incorpora la norma técnica ISO 9613:1996 “Acústica – Atenuación del sonido durante la propagación en el exterior” [ISO, 1993] [ISO, 1996], para proyectar los niveles que emitirá el proyecto en la posición de los receptores a ser evaluados.
Además, se utiliza el método de predicción de ruido de tránsito vehicular STL-86 [EMPA, 1987], el cual se encuentra validado por diversas investigaciones en el país [Álvarez et al., 2008] [Bastián-Monarca et al., 2014] [Bastián-Monarca et al., 2015] para proyectar los niveles de ruido en los receptores producto del flujo vehicular asociado a la fase de construcción del proyecto (fuentes móviles).
Para la fase de construcción se plantearon las siguientes medidas de control, tanto administrativas así como técnicas. Estas medidas son las que se indican a continuación:
Medida administrativa: Restricción de funcionamiento de maquinaria Se adoptó la medida de restringir el funcionamiento simultáneo de maquinaria en los escenarios 5.1 (Acceso, mejora vial y circulaciones) y 5.3 (Revestimiento y paneles frigorífico y embarque). Las maquinarias que no pueden operar en simultáneo, tomando como antecedente, su nivel de potencia sonora resultante, son las siguientes:
- Para el escenario 5.1 retroexcavadora y camión mixer.
- Escenario 5.3 Sierra circular, soldadora, taladro y camión pluma.
Medida Técnica: Barrera perimetral Para los escenarios 3.1, 5.1, 5.2, 5.3, se recomienda construcción de barrera perimetral. La materialidad de la barrera puede estar formada con tableros estructurales de viruta aglomerada de madera prensada o similar densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2 (espesor mínimo de 15 mm), totalmente selladas y fijadas en el suelo con bases y estructura que proporcionen rigidez. Las dimensiones de las barreras deben ser de al menos 3,6 metros de altura y una longitud total de 74 metros. Es importante mencionar que, la barrera perimetral debe permanecer instalada desde la semana 9 hasta la finalización de la fase de construcción.
Medida Técnica: Barreras modulares Adicionalmente a las barreras perimetrales, se suman barreras modulares para algunas maquinarias y/o frentes de trabajo. La materialidad de la barrera puede estar formada con tableros estructurales de viruta aglomerada de madera prensada o similar densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2 (espesor mínimo de 15 mm), totalmente selladas y estructura que proporcionen rigidez. Las dimensiones y ubicación dependen de cada frente de trabajo y las barreras se mueven de acuerdo a la ubicación de cada faena. Con la aplicación de estas medidas de control, la fase de construcción del proyecto cumple con la normativa vigente.
Para la fase de operación de proyecto se definieron a su vez 2 escenarios: Escenario 1: Operación de la planta sin corte de energía
Escenario 2: Operación de la planta con corte de energía
Tal como ya se indicó, Se realizaron mediciones de la condición basal de ruido en los receptores bajo estudio (asentamientos humanos y recursos naturales renovables, fauna nativa) para periodo diurno y periodo nocturno. Se obtuvo niveles de ruido de fondo para los receptores asociados población humana que es de 35 dBA para periodo diurno y nocturno. En el caso de los receptores asociados a fauna, se midieron niveles de ruido de fondo que es de 62 dB para periodo diurno, y varía entre 55 dB y 56 dB para periodo nocturno.
Se calcularon áreas de influencia para todas las fases que considera el Proyecto, estableciendo distancias radiales máximas donde se igualan los niveles proyectados al menor nivel de ruido basal por tipo de fuente, la siguiente tabla detalla las distancias máximas radiales para la fase de operación del proyecto.
Áreas de Influencia (AI) fase de operación del proyecto por tipo de fuente. Fuente: en base a [Anexo N°9 Adenda DIA, 2024]
Tipo de receptor Tipo de Fuente Distancia máxima radial (m) Asentamientos humanos Fuente Fija 678 Fuente móvil 4 Recursos naturales renovables, Fauna Fuente Fija 99 Nativa Fuente móvil 15
Área influencia del proyecto fuentes fijas, asentamientos humanos.
Por medio de un análisis entre la ubicación de los receptores y el alcance del área de influencia para fuentes fijas, se determina que todos los receptores asociados al OP “Salud de la población” quedan dentro de ésta, por lo que debieron ser evaluados respecto a las emisiones de ruido generadas por el Proyecto para descartar la afectación. Con respecto al OP “Recursos naturales renovables” el sitio de interés SF1 y parte del área de interés (Bosque nativo) identificado por el especialista quedan dentro del área de influencia, por lo que debieron ser evaluados respecto a las emisiones de ruido generadas por el Proyecto para descartar la afectación. Finalmente, en relación al OP “Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos” sólo el receptor asociado al cementerio (R3) queda dentro del área de influencia y se realizó su evaluación correspondiente. De la misma forma para fuentes móviles, se determina que los receptores asociados al OP “Salud de la población”, “Recursos naturales renovables” y “Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos” quedan fuera del área de influencia, por lo que se descarta afectación respecto a la emisión de ruido asociada a tránsito vehicular introducido por el Proyecto.
En relación al OP “Valor turístico” y “Patrimonio cultural”, los receptores identificados quedan fuera del área de estudio del Proyecto, descartándose impactos significativos sobre ellos.
Para el objeto de protección “Salud de la población”, se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por fuentes fijas (reguladas por el D.S. N°38/11 del MMA) en todas las fases del Proyecto. Los valores proyectados en los receptores se encuentran entre los 36 dBA y 47 dBA (periodo diurno y nocturno) de la fase de operación, superando los Niveles Máximos Permisibles establecidos por el D.S. Nº38/11 del MMA.
Para el objeto de protección “Recursos naturales renovables”, en particular fauna nativa correspondiente al grupo de interés Aves, se estimaron y evaluaron los niveles de ruido generados en las fases del Proyecto. Los valores calculados (NPSeq proyectado) en los sitios de interés se encuentran entre los 55 dB y 69 dB para la fase de operación. Sólo se supera el nivel de ruido de fondo durante el desarrollo de actividades asociadas al Escenario 2 de la fase de operación, por lo que se comparó contra umbral conductual y fisiológico definidos para el grupo taxonómico de interés estando los niveles proyectados bajo dichos umbrales, y, se complementó el descarte estimando el área de superposición entre el hábitat Bosque Nativo y las áreas generadas que representan zonas donde el umbral conductual y fisiológico del grupo taxonómico de interés (Aves) es superado. El porcentaje de superposición de área asociado al umbral conductual fue mínimo variando entre 0,5% y 1,7% para la fase de operación y 0% para la fase de cierre y/o abandono, por lo que se descarta la generación de impacto significativo sobre el hábitat de relevancia bajo estudio. A su vez, y aun cuando los niveles proyectados por emisiones de fuente móvil no superaron los niveles de ruido de fondo medidos, se analizaron las áreas de afectación conductual y fisiológica por dichas emisiones (fuente móvil), calculando el área de intersección con el ambiente de Bosque nativo, sin embargo, no se proyectan áreas para dichos umbrales para las fases de operación y cierre y/o abandono, descartando el impacto por ruido de tránsito vehicular del Proyecto sobre los hábitats de relevancia.
Para el objeto de protección “Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”, se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por fuentes fijas (reguladas por el D.S. N°38/11 del MMA) en todas las fases del Proyecto. Los valores proyectados en el receptor se encuentran entre los 43 dBA y 44 dBA (periodo diurno y nocturno) de la fase de operación, y entre 30 dBA y 38dBA, no sobrepasando los límites de inmisión definidos por la normativa de referencia, Real Decreto 1367/2007 en cada fase del Proyecto.
Respecto de la salud de la población, a la que hace referencia la observación, la siguiente tabla muestra la evaluación de los niveles de ruido en los receptores asociados a la salud de la población por fuentes fijas.
Receptor (Id) H (m) NPC Proyectado (dBA) NMP (dBA) Diferencia [NPC - NMP] (dBA) ¿Cumple? Operación Cierre y/o abandono Operación Cierre y/o abandono E1 E2 E1 E2 E3 E1 E2 E1 E2 E3 R1 1,5 37 37 37 30 24 45 -8 -8 -8 -15 -21 Sí R2 1,5 38 36 26 32 23 45 -7 -9 -19 -13 -22 Sí R3 1,5 44 43 30 38 38 45 -1 -2 -15 -7 -7 Sí R4 1,5 43 43 36 35 33 45 -2 -2 -9 -10 -12 Sí R4 4 43 43 36 39 33 45 -2 -2 -9 -6 -12 Sí R5.1 1,5 45 44 31 34 39 45 0 -1 -14 -11 -6 Sí R5.2 1,5 45 45 32 39 35 45 0 0 -13 -6 -10 Sí R5.2 4 47 47 37 39 35 45 2 2 -8 -6 -10 No R6 1,5 42 42 41 34 30 45 -3 -3 -4 -11 -15 Sí R7 1,5 39 39 36 35 28 45 -6 -6 -9 -10 -17 Sí R8 1,5 42 41 41 36 28 45 -3 -4 -4 -9 -17 Sí H: altura de evaluación. E1: Escenario 1. E2: Escenario 2. E3: Escenario 3. NMP: Nivel Máximo Permisible
A continuación, se presentan como ejemplo algunos de los mapas de ruido calculados, específicamente para el Escenario 1 de la fase de operación, y Escenario 1 de la fase de cierre y/o abandono.
Mapa de ruido, fase de operación, escenario 1, periodo diurno y nocturno, salud de la población, fuentes fijas.
Mapa de ruido, fase de cierre y/o abandono, escenario 1, periodo diurno, salud de la población, fuentes fijas.
Dado el incumplimiento se proponen medidas de control de ruido (MCR) administrativas para la fase de operación, la cual consiste en mantener los motores de camiones apagados cuando están detenidos, siendo cargados o descargados y sólo se deben encender cuando transiten por el Proyecto. Con la implementación de dicha medida, se obtienen niveles entre 39 y 42 dBA, asegurando el cumplimiento normativo y la incertidumbre asociada al método de propagación utilizado.
Lo anterior se aclara y complementa en respuesta a la observación 22 de la adenda complementaria, donde se indica que la medida propuesta sobre mantener los motores apagados de los camiones obedece a que en el caso de los camiones, al ingresar al predio del proyecto pasan a ser fuentes fijas (como aplicaría en el caso de un terminal de buses) por lo tanto corresponde su evaluación de acuerdo con el D.S. N°38/11 del MMA.
Dado el incumplimiento que se presenta en el receptor R5.2, se propone la medida administrativa señalada, la cual indica que se debe mantener el motor de los camiones (F9) en el sector del frigorífico apagados mientras están siendo cargados y/o descargados, dado que este tiene asignado un nivel de emisión sonora (Lw) de 96 dBA; por lo tanto, al apagar dicha fuente se reducen los niveles de inmisión en el receptor más cercano al sector del frigorífico correspondiente a R5.2. A continuación, se extraen las tablas (Tabla 59 y Tabla 60 del Informe de Impacto Acústico, acápite 10.2.1) de evaluación del Informe de Impacto Acústico [Anexo N°9 Adenda DIA, 2024].
A mayor abundamiento, en el capítulo 10 del informe de Impacto Acústico presentado junto al Adenda [Anexo N°9 Adenda DIA, 2024], se establecen medidas de control de ruido operacionales para no superar los niveles máximos permisibles en todos los receptores para el escenario definido previamente como el Escenario 2, el cual implica corte de energía y por ende funcionamiento de los 2 generadores junto a otras fuentes de ruido, tal como se observa en la siguiente tabla.
Niveles de potencia sonora unitario y global en dBA, fase de operación. Fuente: [Anexo N°9 Adenda DIA, 2024].
Escenario Sector ID Fuentes de ruido H (m)
Nivel de potencia sonora(dBA) Unitario Zona Escena rio Escenario 1: Operación de la planta sin corte de energía Estanques de agua F1 Bomba de agua potable 0,5 1 94 94 112 Planta de tratamiento de RILes F2 Bomba de RILes 0,5 1 83 87 F3 Filtro tambor 1 1 84 Extracción de residuos orgánicos F4_1 Bombas de succión 0,5 2 93 101 F4_2 Silenciadores 1 2 93 F5 Triturador 6 1 96 Sala de máquinas F6 Compresores 1,5 2 104 107 Frigorífico F9 Camión 1 1 96 96 Condensador evaporativo (arriba de sala de máquina) F7_1 Conden sador evapor ativo Panel 1 6,5 1 87 110 F7_2 Panel 2 6,5 1 87 F7_3 Panel 3 6,5 1 88 F7_4 Panel 4 6,5 1 87 F7_5 Panel 5 6,5 1 87 F8 Ventiladores 8 4 104 Estanques de agua F1 Bomba de agua potable 0,5 1 94 94 Planta de tratamiento de RILes F2 Bomba de RILes 0,5 1 83 87 F3 Filtro tambor 1 1 84 Extracción de residuos F4_1 Bombas de succión 0,5 2 93 101 Escenario 2: Operación de la planta con corte de energía orgánicos F4_2 Silenciadores 1 2 93 111 F5 Triturador 6 1 96 Frigorífico F9 Camión 1 1 96 96 Condensador evaporativo (arriba de sala de máquina) F7_1 Conden sador evapor ativo Panel 1 6,5 1 87 110 F7_2 Panel 2 6,5 1 87 F7_3 Panel 3 6,5 1 88 F7_4 Panel 4 6,5 1 87 F7_5 Panel 5 6,5 1 87 F8 Ventiladores 8 4 104 Sala grupo electrógenos GE1 Gru po electró geno 425 kVA Motor con cabina 1,5 1 85,6 90 Escape con silenciador crítico 3 1 84,6 GE2 Gru po electró geno 165 kVA Motor con cabina 1,5 1 81,6 Escape con silenciador crítico 3 1 80,6 H: Altura; #: Cantidad
Las tablas siguientes presentan las tablas de evaluación al implementar las medidas de control propuestas para dar cumplimiento normativo, extraída del Informe de Impacto Acústico (Tabla 59 y Tabla 60 del Informe de Impacto Acústico, acápite 10.2.1) [Anexo N°9 Adenda DIA, 2024].
Evaluación de niveles de ruido correspondiente a la fase de operación Escenario 1, periodo diurno y nocturno, implementando MCR, salud de la población. Fuente: [Anexo N°9 Adenda DIA, 2024]
Receptor (Id) Altura receptor (m) NPC proyectado (dBA) NMP (dBA) Diferencia [NPC proyectado-NMP] (dBA)
¿Cumple? Sin MCR Con MCR R3 1,5 44 39 45 -6 Sí R4 1,5 43 39 45 -6 Sí R4 4 43 40 45 -5 Sí R5.1 1,5 45 40 45 -5 Sí R5.2 1,5 45 42 45 -3 Sí R5.2 4 47 42 45 -3 Sí NPC proyectado: Nivel de presión sonora proyectado. NMP: Nivel Máximo Permisible. MCR: Medida de control de ruido
Evaluación de niveles de ruido correspondiente a la fase de operación Escenario 2, periodo diurno y nocturno, implementando MCR, salud de la población. Fuente: [Anexo N°9 Adenda DIA, 2024]
Receptor Altura NPC proyectado (dBA) NMP Diferencia (Id) receptor (m Sin MCR Con MCR (dBA) [NPC proyectado-NMP] (dBA) ¿Cumple? R3 1,5 43 38 45 -7 Sí R4 1,5 43 37 45 -8 Sí R4 4 43 38 45 -7 Sí R5.1 1,5 44 38 45 -7 Sí R5.2 1,5 45 41 45 -4 Sí R5.2 4 47 42 45 -3 Sí NPC proyectado: Nivel de presión sonora proyectado. NMP: Nivel Máximo Permisible. MCR: Medida de control de ruido
Por lo anteriormente expuesto, se demuestra que la medida de control planteada para la fuente fija (F9) permite el cumplimiento normativo del D.S. N°38/11 del MMA.
Finalmente, el informe de ruido propone un plan de monitoreo de ruido para la fase de operación del Proyecto en los receptores que se encuentran más cercanos al predio del Proyecto, con el objeto de analizar cómo evolucionan los niveles de emisión sonora del Proyecto, y verificar la efectividad de la medida de control propuesta para el cumplimiento normativo.
Compromiso ambiental voluntario Realizar un monitoreo de ruidos semestral durante los dos primeros años de operación. Impacto asociado Riesgo en la salud de la población
Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evaluar los niveles de presión sonora en los receptores más cercanos verificando que se cumplan con los límites de ruido que establece la normativa nacional vigente (D.S. N°38/11 del MMA).
Descripción: La medición de ruido se desarrollará siguiendo los lineamientos del D.S. N°38/11 del MMA, considerando el parámetro de medición Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) en dBA. En la fase de operación se realizarán mediciones discretas durante la jornada de trabajo (periodo diurno y nocturno), según la metodología indicada en el D.S. N° 38/2011 del MMA en los receptores R3, R4, R5.1 y R5.2 (periodo diurno y nocturno), de manera semestral, durante los dos primeros años de operación del proyecto considerando su continuidad en el caso de incumplimiento normativo.
Además, se deberá inspeccionar la restricción de funcionamiento de camiones dentro del proyecto como medida de control de ruido. (Motores apagados durante carga o descarga)
Los puntos indicados son los mínimos para considerar durante el monitoreo, sin perjuicio que estos puedan ser ampliados en virtud de lo advertido una vez en terreno (en caso de identificar un receptor nuevo más cercano a los levantados durante la ejecución de este estudio), además se deberá tener registro de las maquinarias y/o equipamiento activo durante las respectivas mediciones a objeto de acreditar y/o confirmar la restricción de maquinaria incluida como medida de control.
Se utilizará sonómetro integrador tipo 1 o 2, con respuesta lenta y filtro de ponderación, que cumpla con los requisitos establecidos en el Titulo V, artículos 11, 12 y 13 del D.S. N°38/11 del MMA [MMA, 2011].
Las mediciones deberán ser acompañadas de un reporte técnico, cuyo contenido debe permitir caracterizar tanto la fuente (Proyecto), su entorno y su emisión de ruido, medida desde el receptor, como las condiciones observadas en este último. El contenido del reporte deberá incluir al menos los siguientes puntos:
• Ficha de información de medición de Ruido (Iden5ficacion de la • Fuente Emisora de Ruido y del o los Receptor(es)) • Ficha de Georreferenciación de medición de Ruido • Ficha de medición de Niveles de Ruido • Ficha de evaluación de Niveles de Ruido.
Justificación: Verificar el cumplimiento normativo del D.S. N°38/11 del MMA producto de la incorporación de medidas de control de ruido para la fase de operación en los receptores R3, R4, R5.1 y R5.2 en periodo diurno y nocturno.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los receptores R3, R4, R5.1 y R5.2 identificados en el Estudio de Impacto Acústico, cuyas coordenadas son las siguientes: Ubicación de receptores, salud de la población. Id Descripción Coordenadas (UTM WGS84) Huso Este (m) Norte R3 Cementerio 18G 653.641 5.371.501 R4 Casa, 2 pisos 18G 653.584 5.371.425 R5.1 Casa, 1 piso 18G 653.640 5.371.451 R5.2 Casa, 2 pisos 18G 653.607 5.371.413
Forma: Se realizará monitoreo semestral durante los 2 primeros años de operación del proyecto en periodo diurno y nocturno.
Oportunidad: Una vez implementadas las medidas de control de ruido. Indicador que acredite su cumplimiento Comprobante de envío de Informes de monitoreos de ruido, cuyos contenidos mínimos serán los contemplados en la Resolución Exenta N°867 [SMA, 2016] de la SMA sobre protocolo técnico para la fiscalización del D.S. N°38/11 del MMA y exigencias asociadas al control de ruido en instrumentos de competencias de la SMA. Además, el Informe se ajustará a los contenidos señalado por la Resolución Exenta N°223 de la SMA [SMA, 2015] sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales y serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo de 5 días hábiles luego de la entrega del informe al titular por parte de la ETFA, luego de la realización del monitoreo. En consecuencia, los informes de seguimiento ambiental considerarán las siguientes secciones: h) Resumen. i) Introducción. j) Objetivos. k) Materiales y Métodos. l) Resultados. m) Discusiones. n) Referencias Forma de control y seguimiento Las mediciones deberán ser acompañadas de un reporte técnico, cuyo contenido debe permitir caracterizar tanto la(s) fuente(s) de ruido, su entorno y emisión de ruido, medida desde el receptor, como las condiciones observadas en este último. El contenido del reporte deberá incluir al menos los siguientes puntos: Ficha de Información de Medición de Ruido (Identificación de la Fuente Emisora de Ruido y del o los Receptores), Ficha de Georreferenciación de Medición de Ruido, Ficha de Medición de Niveles de Ruido y Ficha de Evaluación de Niveles de Ruido. Se utilizará sonómetro integrador tipo 1 ó 2, con respuesta lenta, con filtro de ponderación “A”, que cumpla con los requisitos establecidos en el Título V, artículos 11, 12 y 13 del D.S. Nº38/11 del MMA [MMA, 2011c]
Compromiso ambiental voluntario Plan de gestión complementario al monitoreo semestral Impacto asociado Molestia en los receptores humanos por eventos ruidosos asociados al Proyecto
Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Difusión de la información asociada a la emisión de ruido del Proyecto a la comunidad
Descripción: Las siguientes recomendaciones fueron obtenidas en parte del documento “Medidas y recomendaciones para el control y gestión de ruido” realizada por el Departamento de Ruido, Lumínica y Olores del Ministerio del Medio Ambiente. A continuación, se presenta el plan de gestión de ruido: • Se creará un canal de comunicación directa y permanente con la comunidad cercana, mediante el cual se entregue información de forma previa y durante todo el desarrollo del Proyecto. Para llevar a cabo lo anterior, se sugiere informar de manera semestral, como mínimo, lo siguiente: Días y horarios regulares de trabajo, programación de faenas ruidosas (en caso de aplicar), señalando los días y horarios en que se realizarán, descripción de las medidas de control y gestión de ruido adoptadas y programación. Adicionalmente, en el comunicado semestral se recomienda incorporar las vías de recepción, gestión y resolución de reclamos de la comunidad, el cual sea de fácil acceso para los receptores potencialmente afectados (ejemplo: correo electrónico o WhatsApp). Se debe mantener en obra una copia actualizada de la información publicada, la cual esté disponible para el público general
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Entrega física del comunicado semestral que incluye la información necesaria respecto de las vías para la recepción de reclamos, comentarios y soluciones propuestas por Plata de Proceso Calbuco y copia en obra.
Forma: Se debe generar un canal de comunicación o correo electrónico para la recepción de comentarios de los vecinos. Indicador que acredite su cumplimiento Se debe generar una planilla o documento de recepción y gestión de reclamos recibidos de parte de los vecinos. Forma de control y seguimiento Se genera un reporte con los resultados de la difusión de la información de la emisión sonora del Proyecto, que será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
Conforme a lo anterior, el titular declara que para todas las fases del proyecto se plantean medidas de control de ruido y, en particular para la fase de operación por lo que la implementación de estas medidas de control asegura que el proyecto cumplirá con la normativa de ruido y adicionalmente para verificar que se cumpla con lo propuesto, se considera un plan de seguimiento de ruido para los receptores más cercanos a la planta de proceso.
Observación: 2.- ¿Cuál es el plan de mitigación para evitar contaminar la playa? Ya que aún hoy muchas familias que son mariscadores de orilla. Algunos usan estos productos que extraen desde la playa para alimento directo para sus familias y otros los venden y así poder adquirir algún otro alimento.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente las observaciones ciudadanas, toda vez que hacen referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
El titular presenta en el anexo 11 del Adenda complementaria un plan de limpieza de playas para el sector adyacente de la planta.
Para realizar la actividad de limpieza de playas, el jefe de operaciones de la planta de proceso, dispondrá de un equipo conformado por personal u operarios de la misma planta para ejecutar estas labores.
Para realizar la limpieza de la playa se requiere de los siguientes elementos y/o materiales: • Guantes • Bloqueador solar • Overol o pecheras • Botas • Sacos • Un medio de transporte para el retiro de lo recolectado y traslado a sitio de acopio transitorio.
Para llevar a cabo la actividad se reconocen los siguientes alcances: a. Identificación del área de limpieza georreferenciada en Datum WGS-84, Huso 18S. b. Recursos materiales y humanos dispuestos para la limpieza, incluyendo los servicios externos considerados para la limpieza de la costa y/o retiro de los desechos si así fuese el caso. c. Procedimientos de recolección, acopio temporal y retiro de los residuos. d. Frecuencia de la limpieza y retiro de los desechos debe ser mensual. e. Registros de la limpieza, acopio temporal, despacho y disposición final de los residuos (registros disponibles en la instalación y oficinas administrativas para su fiscalización). f. Remitir un informe semestral a la Gobernación Marítima de Puerto Montt.
Identificación del área de limpieza georreferenciada en Datum WGS-84, Huso 18S La limpieza se realizará en el sector de playa que comprende la proyección de los terrenos de la planta hacia el borde costero. La figura y tabla siguientes indican el área de limpieza de playa.
Área limpieza de playa sector adyacente planta de proceso
Coordenadas inicio y término área limpieza de playa Puerto Nuevo Latitud Inicio Longitud Inicio Latitud Término Longitud Término Limpieza Playa 41° 47’ 44,25” 73° 08’ 57,00” 41° 47’ 37,12” 73° 08’ 49,61”
Recursos materiales y humanos dispuestos para la limpieza, incluyendo los servicios externos considerados para la limpieza de la costa y/o retiro de los desechos si así fuese el caso.
De acuerdo a lo indicado anteriormente, para realizar la limpieza de la playa se requiere de los siguientes elementos y/o materiales: • Guantes • Bloqueador solar Overol o pecheras Botas • Sacos • Un medio de transporte para el retiro de lo recolectado y traslado a sitio de acopio transitorio.
Procedimientos de recolección, acopio temporal y retiro de los residuos.
Conforme a lo indicado previamente, para realizar la actividad de limpieza de playas, el jefe de operaciones de la planta de proceso, dispondrá de un equipo conformado por personal u operarios de la misma planta para ejecutar estas labores. El equipo de personas será de al mínimo 2 trabajadores u operarios. Se debe realizar registro fotográfico de la actividad con coordenadas (en caso de ser factible y que cuente con internet móvil), además de fecha y hora (antes y después), registrando la información en un registro de limpieza de playa.
Una vez terminada la actividad, todos los residuos obtenidos en la limpieza de playa serán clasificados según sus características y eventualmente reciclados para su manejo integral. De esta manera, la basura domiciliaria será depositada en los contenedores de basura domiciliaria de la planta, la que es retirada con una frecuencia mensual y, si fuera necesario, se pedirá un retiro intermedio para su disposición final. La basura de tipo industrial será enviada a un recinto que cuente con las autorizaciones para recibir este tipo de residuos. La basura correspondiente a elementos sujetos a reciclaje como vidrios, latas, envases de plástico, cartones en buen estado, entre otros podrán ser entregados a centros de reciclaje existentes en la Región.
Todos los residuos recolectados, serán dispuestos en contenedores herméticos para un adecuado manejo de éstos en las instalaciones de la planta, para luego ser enviados a disposición final, a vertederos debidamente autorizados o empresas de reciclaje según corresponda.
Todos los residuos, deberán ser despachados hacia acopios transitorios y/o disposición final o reciclaje, según corresponda, con su respectiva guía de despacho. Toda guía de despacho de residuos, donde se incluyan residuos producto de la limpieza de borde costero aledaño a la planta de proceso y luego del detalle, se debe indicar “residuos limpieza de sector de playa”
Frecuencia de la limpieza y retiro de los desechos debe ser mensual.
Al menos una vez al mes o cuando existan residuos en el borde costero aledaño a las instalaciones, se realizará una limpieza general del sector de playa de acuerdo a la figura y coordenadas señaladas en el literal a).
De la misma forma, el titular se hará parte de la actividad de limpieza de playas correspondiente al día internacional de playas, el que se celebra durante el mes de septiembre de cada año, en conjunto con la Autoridad Marítima local y la Ilustre Municipalidad de Calbuco, entre otros organismos que puedan formar parte de esta actividad.
Registros de la limpieza, acopio temporal, despacho y disposición final de los residuos (registros disponibles en la instalación y oficinas administrativas para su fiscalización).
La planta elaborará un informe de la actividad que contendrá registros y evidencia de la actividad, acompañando cuando corresponda las guías de despacho del retiro de la basura. Los registros, evidencias y documentos oficiales con la trazabilidad del retiro de los residuos estarán disponibles en la oficina de administración de la planta de proceso y en las oficinas centrales del Granja Marina Tornagaleones S.A.
Remitir un informe semestral a la Gobernación Marítima de Puerto Montt. Semestralmente se remitirá a la Autoridad Marítima que tenga jurisdicción sobre el área geográfica donde se ubica la planta de proceso, conteniendo el detalle de la actividad, registros y evidencias de la ejecución de la misma.
Teniendo en consideración que todos los accesos a la planta de proceso se realizan a través de la Ruta V-839 de Caicaen y que en rigor no se realizan actividades en el sector de playa toda vez que la planta se encuentra separada del sector de playa por una franja de bosque, sin embargo, el titular asume el compromiso de mantener un programa de limpieza del sector de playa adyacente a la planta de proceso.
Observación: 3.- ¿Cuál será el flujo de camiones? Nos preocupa por que la ruta V-839 que corresponde al acceso directo desde Calbuco o Caicaén donde está ubicada, la planta, tiene una carpeta asfáltica de no más de 3 mm de grosor, tema preocupante las vibraciones el ruido, el peligro que existe ya que los camiones que transportan amoniaco se estacionaron en el acceso del pasaje que hay al interior por donde además transitamos a pie y niños en bicicleta.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente las observaciones ciudadanas, toda vez que hacen referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
En primer lugar el titular aclara que operó la planta entre los meses de septiembre de 2023 a febrero de 2024, y que actualmente se encuentra sin operación. Respecto del flujo vehicular, se corrige lo presentado en adenda toda vez que el titular ha desistido de implementar el sistema de captación de aguas lluvias desde las techumbres y por tanto el abastecimiento de las aguas para el proceso será en su totalidad mediante camiones aljibes. Este cambio ha sido evaluado desde las perspectivas vial, de emisiones y ruido, concluyendo que no generará impactos significativos en la salud de la población, fauna nativa ni en los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. En este contexto, el flujo de camiones aljibes aumentará de 1.200 a 4.463 camiones anuales, lo que incrementará el flujo total vehicular de 9.136 a 12.399 vehículos al año. La siguiente tabla detalla el flujo vehicular del proyecto con el abastecimiento total mediante camiones aljibes.
Tránsito vehicular, fase de operación, con abastecimiento de agua 100% mediante camiones aljibe.
Actividad Tipo De Vehículo Origen-Destino Ruta Total vehículos Año Transportes materiales empaque cartón) Camión rampla Planta Calbuco- Cartones San Fernando V-839- V-85- Ruta 5 norte 48 Retiros RESPEL Camión ¾ Planta Calbuco-ECOBIO V-839- V-85- Ruta 5 norte 4 Transporte materia prima Camión rampla * Quellón- Planta Calbuco V-839- V-85- Ruta 5 3000 Camión combustible Camión estanque Planta Calbuco-Copec (Calbuco) V-839 3 Bus personal Bus Planta Calbuco- Calbuco V-839 2700 Transporte residuos orgánico rechazo Camión tolva(batea) Planta Calbuco- Fiordo Austral V-839- V-85- V-815 300 Transporte de carga Producto terminado Camión refeer Planta Calbuco-Puerto Oxxean V-839- V-85- V-815 864 Residuo lodo orgánico Camión aljibe batea Planta Calbuco – COSEMAR (Puerto V-839- V-85- Ruta 5 24 Montt) Transporte jefaturas Camioneta 4x4 Planta Calbuco- Puerto Montt V-839- V-85- Ruta 5 540 Camión de gas Camión estanque Planta Calbuco- Puerto Montt V-839- V-85- Ruta 5 24 Vehículos contratistas Camionetas 4x2 Planta Calbuco- Puerto Montt V-839- V-85- Ruta 5 300 Transporte de desechos industriales Batea Planta Calbuco – RESITER (Puerto Montt) V-839- V-85- Ruta 5 120 Llenado de agua Estanque aljibe Planta Calbuco – TRASUR (Puerto Montt) V-839- V-85- Ruta 5 4463 Transporte de químicos Camión ¾ Planta Calbuco- Empresur (Puerto Montt) V-839- V-85- Ruta 5 3 Transportes materiales empaque (film) Camión rampla Planta Calbuco- Global Pacific (Puerto Montt) V-839- V-85- Ruta 5 6 Total 12.399 Todos los camiones solo transitan entre 09:30 a 16:30 horas.
Considerando una operación estimada de 312 días al año y una circulación de camiones de 7 horas (09:30 a 16:30 horas), se tiene lo siguiente:
Tipo camión Origen-Destino Ruta Total vehículos/año N° eje1 Vehícul o/día 2 Camión rampla Planta Calbuco- Cartones San Fernando V-839- V-85- Ruta 5 norte 48 C+2E 0,15 Camión ¾ Planta Calbuco-ECOBIO V-839- V-85- Ruta 5 norte 4 C2E 0,01 Camión rampla Quellón- Planta Calbuco V-839- V-85- Ruta 5 3000 C+2E 9,62 Camión estanque Planta Calbuco-Copec (Calbuco) V-839 3 C+2E 0,01 Bus Planta Calbuco- Calbuco V-839 2700 BTB 8,65 Camión tolva(batea) Planta Calbuco- Fiordo Austral V-839- V-85- V-815 300 C+2E 0,96 Camión refeer Planta Calbuco-Puerto Oxxean V-839- V-85- V-815 864 C+2E 2,77 Camión aljibe batea Planta Calbuco – COSEMAR (Puerto Montt) V-839- V-85- Ruta 5 24 C+2E 0,08 Camioneta 4x4 Planta Calbuco- Puerto Montt V-839- V-85- Ruta 5 540 VL 1,73 Camión estanque Planta Calbuco- Puerto Montt V-839- V-85- Ruta 5 24 C+2E 0,08 Camionetas 4x2 Planta Calbuco- Puerto Montt V-839- V-85- Ruta 5 300 VL 0,96 Batea Planta Calbuco – RESITER (Puerto Montt) V-839- V-85- Ruta 5 120 C+2E 0,38 Estanque aljibe Planta Calbuco – TRASUR (Puerto Montt) V-839- V-85- Ruta 5 4463 C+2E 14,30 Camión ¾ Planta Calbuco- Empresur (Puerto Montt) V-839- V-85- Ruta 5 3 C2E 0,01 Camión rampla Planta Calbuco- Global Pacific (Puerto Montt) V-839- V-85- Ruta 5 6 C+2E 0,02 Total 12399 Nota 1: VL: vehículos livianos; C2E: camión dos ejes; C+2E: camión de más de dos ejes; BTB: Buses-taxibuses Nota 2: número camiones al día se obtiene dividiendo el número de camiones anuales por 312 días.
De acuerdo con el detalle anterior, haciendo notar que los valores obtenidos son aproximados al entero superior, la siguiente tabla muestra el número total por tipo de vehículo al día y el flujo vehicular por hora.
Flujo vehicular diario generado por el proyecto fase de operación Vehículos livianos (VL) 2,69 » 3 Camiones 2 ejes (C2E) 0,02 » 1 Camiones + 2 ejes (C+2E) 28,37 » 28 Buses – taxibuses (BTB) 8,65 » 9 Total 41 Horas de tránsito al día 7 Flujo vehicular por hora 5,86» 6
Según el detalle de la tabla precedente, considerando que todo el flujo vehicular del proyecto circulará dentro de la ventana de 7 horas definidas para la circulación de camiones, se estima que el proyecto tendrá un flujo de 6 vehículos a la hora; sin embargo, el transporte de personal, jefaturas y contratistas, circularán en diferentes horarios. El personal de proceso circulará en horarios coincidentes con los turnos de trabajo, es decir: - 08:00 horas – 16:00 horas - 16:00 horas – 00:00 horas - 00:00 horas – 08:00 horas.
Los vehículos livianos correspondientes a jefaturas y contratistas tendrán una circulación variable durante el día dependiendo de las actividades a realizar.
Finalmente y de acuerdo con la normativa vigente en materia de impactos sobre la operación de la red vial, un proyecto no producirá alteraciones significativas en el estándar de servicio del sistema de movilidad local, si la estimación de flujo generado determina una inducción de flujo vehicular en modo transporte privado motorizado inferior a 20 Veh/Hr, para la temporada y el período más crítico del proyecto.
En el caso de la Planta Calbuco, correspondería a la etapa de Operación, la cual alcanza un flujo generado de 6 Veh/Hr, por lo que se considera que el proyecto no generará impactos significativos sobre la operación de la red vial de la zona que lo recibe.
Desde el punto de vista ruidos, el informe adjunto en el anexo 3 de la adenda complementaria, se realizaron mediciones de la condición basal de ruido en los receptores bajo estudio (asentamientos humanos y recursos naturales renovables, fauna nativa) para periodo diurno y periodo nocturno. Se obtuvieron niveles de ruido de fondo para los receptores asociados población humana que es de 35 dBA para periodo diurno y nocturno. En el caso de los receptores asociados a fauna, se midieron niveles de ruido de fondo que es de 62 dB para periodo diurno, y varía entre 55 dB y 56 dB para periodo nocturno.
Se calcularon áreas de influencia para todas las fases que considera el Proyecto, estableciendo distancias radiales máximas donde se igualan los niveles proyectados al menor nivel de ruido basal por tipo de fuente, la siguiente tabla detalla las distancias máximas radiales para la fase de operación del proyecto.
Áreas de Influencia (AI) fase de operación del proyecto por tipo de fuente. Fuente: en base a [Anexo N°9 Adenda DIA, 2024] Tipo de receptor Tipo de Fuente Distancia máxima radial (m) Asentamientos humanos Fuente Fija 678 Fuente móvil 4 Recursos naturales renovables, Fauna Nativa Fuente Fija 99 Fuente móvil 15
Por medio de un análisis entre la ubicación de los receptores y el alcance del área de influencia para fuentes móviles, se determina que los receptores asociados al OP “Salud de la población”, “Recursos naturales renovables” y “Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos” quedan fuera del área de influencia, por lo que se descarta afectación respecto a la emisión de ruido asociada tránsito vehicular introducido por el Proyecto. De la misma manera en relación al OP “Valor turístico” y “Patrimonio cultural”, los receptores identificados quedan fuera del área de estudio del Proyecto, descartándose impactos significativos sobre ellos.
Respecto de las emisiones, se estimaron las emisiones de la fase de operación considerando el aumento del flujo vehicular por concepto de camiones aljibes, y conforme a los resultados obtenidos se indica que las principales actividades generadoras de emisiones atmosféricas del proyecto corresponden a las emisiones de fuentes móviles, generadas por Resuspensión de material por circulación vehicular en rutas pavimentadas para el material particulado menor o igual a 10 micras durante la fase de operación, el cual será generado y dispersado a lo largo de la carretera, dentro y fuera de la comuna y no serán generados en un área puntual. Del total de emisiones generadas durante la fase de operación del proyecto, el 80% de ellas serán generadas por concepto de traslado de Materia Prima desde Quellón.
El informe propone medidas de control preventivas para las emisiones generadas proyecto, con la finalidad de no generar un detrimento en la calidad del aire en la zona de influencia del proyecto.
Por tanto, considerando la naturaleza del proyecto, las bajas tasas de emisión, las condiciones climatológicas, principalmente la alta pluviosidad que presenta la región de Los Lagos junto con las medidas de mitigación a implementar, las emisiones del proyecto no generarían efectos significativos.
En relación a la componente de vibraciones, se adjunta un informe en anexo 9 del Adenda y se reitera en el anexo 3 de la adenda complementaria, cuyo objetivo es asegurar la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias sobre los literales a) y f) del artículo 11 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente (Ley 19.300) de las vibraciones generadas por el proyecto.
Se midió el nivel de velocidad de vibración (Lv) en periodo diurno y nocturno, en siete (7) receptores asociados al objeto de protección ambiental (OPA) Salud de la población, identificados como los más cercanos al Proyecto. Los niveles de velocidad de vibración (Lv) medidos fluctúan entre 62,0 VdB y 65,8 VdB para el periodo diurno y entre 61,7 VdB y 63,3 VdB para el periodo nocturno. Se observa que la vibración ambiental del sector es poco significativa.
Se calcularon áreas de influencia para fuentes fijas y móviles para la fase de construcción del Proyecto, estableciendo distancias radiales máximas donde se igualan los niveles proyectados al menor nivel basal medido. Para fuentes fijas, se obtuvo un radio de 53 metros para las fases de construcción, distancia que supera los límites del proyecto definiendo un área de influencia de 47 metros. Para las fuentes móviles, se obtuvo una distancia máxima radial donde se iguala el nivel proyectado a la menor condición basal medida, resultando una distancia de 16 metros desde el centro de la vía para la fase de construcción. Los receptores R3 y R5_1 quedan dentro del área de influencia de fuentes fijas. En cuanto a fuentes móviles, los receptores RTV1, RTV2, RTV3, RTV4, RTV5 y RTV6 quedan dentro del área de influencia
Se aplicó la metodología indicada por la FTA para evaluar el impacto de vibración ocasionado por fuentes fijas y tránsito vehicular, realizando un Análisis General de Vibración para los receptores R3, R5_1, RTV1, RTV2, RTV3, RTV4, RTV5 y RTV6. De los resultados obtenidos, se concluyó que no existe impacto producto de fuentes fijas y móviles en ninguna de las fases del Proyecto.
Finalmente, se concluye que la vibración generada por la fase de construcción asociada al proyecto “Planta de Proceso Calbuco”, NO supera los límites establecidos por la guía “Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual” de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos, asegurando la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 literal a) y f) de la Ley 19.300.
Complementando lo anterior, a continuación, se presenta una tabla resumen con las normativas de evaluación consideradas para los OPAs estudiados y sus límites.
Resumen de normativas utilizadas para los OPA.
OPA Tipo fuente Normativa Utilizada Límites y descriptores Daño estructural (PPV [pulg/s]) Percepción humana (Lv [VdB]) Tránsito vehicular (Lv [VdB]) Salud de la población Fija FTA 0,2 72 - Móvil FTA - - 72 Patrimonio cultural Fija FTA 0,12 65 - Móvil FTA - - 65 *PPV: Velocidad peak de partícula por tipo de receptor (pulgadas/segundo). Lv: Nivel de velocidad de vibración por tipo de receptor. Límite para Categoría 2 (Residencial) para eventos frecuentes para OPA “Salud de la población” y Categoría 1 (Edificación sensible a la vibración) para OPA “Patrimonio Cultural”. *** Se considera como eventos frecuentes el tránsito vehicular y el límite de Categoría 2 (Residencial) para OPA “Salud de la población” y Categoría 1 (Edificación sensible a la vibración) para OPA “Patrimonio Cultural”
La evaluación para descartar posibles efectos por vibración de maquinarias y/o equipos sobre el objeto de protección ambiental (OPA) salud de la población se realizó en nueve (9) receptores (población humana y edificaciones) y seis (6) receptores de tránsito vehicular. Todos los receptores mencionados son los más cercanos y vulnerables a las emisiones de vibración que puede generar el proyecto. Asimismo, se definieron siete (7) receptores representativos del sector y se levantó la condición basal de vibración mediante mediciones del nivel de velocidad de vibración (Lv) para el periodo diurno y nocturno. En la siguiente Figura, se presentan los receptores estudiados.
Identificación de receptores estudiados, salud de la población.
En la siguiente Tabla, se presenta un resumen de las áreas de influencia (área en que el nivel de vibración proyectado iguala la menor condición basal de vibración medida) obtenidas para cada fase del proyecto y las siguientes Figuras presentan las áreas de influencia y los receptores estudiados.
Resumen de áreas de influencia obtenidas para cada fase del proyecto.
Tipo de fuente de vibración Distancia máxima radial por fase (m) Operación Cierre y/o abandono Fuentes fijas 22 0 Fuentes móviles 16 16
Identificación de receptores estudiados, patrimonio cultural.
De las áreas de influencia calculadas, respecto al OPA Salud de la población (fuentes fijas), sólo el receptor R5_1 quedó dentro del área de influencia, mientras que todos los demás receptores estudiados quedaron fuera de ésta, descartándose así el posible impacto por vibración del Proyecto a dicho receptores.
En lo que respecta al mismo OPA, pero para fuentes móviles, seis (6) receptores quedaron dentro del área de influencia y fue necesario efectuar un análisis general de vibración, según lo estipulado en la FTA, obteniendo niveles de velocidad de vibración (Lv) menores al límite recomendado, cumpliendo con la normativa de referencia y descartando así el posible impacto de vibración sobre dicho receptor.
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En las siguientes Tablas, se presentan los niveles de velocidad de vibración calculados para el receptor R5_1 y los receptores de tránsito vehicular, respectivamente.
Área de influencia, fase operación, fuentes fijas.
Nivel de velocidad de vibración (Lv) y Velocidad peak de partícula (PPV) calculado en receptor R5_1. Proyección de velocidad peak de partícula (PPV) [pulgada/s] Proyección de nivel de velocidad de vibración (Lv) [VdB] Recepto r Categoría edificación Límite PPV (pulg/s) F9 ¿Cumple? Receptor Categoría receptor Límite Lv (VdB) F9 ¿Cumple? R5_1 III 0,3 0,00587 Si R5_1 2 72 63 Si
Nivel de velocidad de vibración (Lv) calculado para receptores de tránsito vehicular.
Receptor Distancia a vía Ajustes (VdB) Lv (VdB ) D (m) D (pies) V PV CP TP FDC EDP CG AFE APE ARPMC RTV1 13 43,952 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 63,1 RTV2 12 39,36 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 63,6 RTV3 11 35,424 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 64,1 RTV4 8 25,584 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 65,5 RTV5 9 29,52 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 64,8 RTV6 13 42,64 2,5 8 5 0 0 0 10 -5 -7 0 63,2
Dado que el nivel de Lv calculado es menor a 72 VdB (Límite para este tipo de receptores), se descarta el posible impacto por las vibraciones ocasionadas por el tránsito vehicular del Proyecto.
Área de influencia, fase operación y/o cierre, fuentes móviles.
Por lo tanto, al analizar el posible impacto de vibración producto de las fuentes fijas y del tránsito vehicular (fuente móvil) asociado al proyecto, éste fue descartado de acuerdo con los criterios establecidos en la normativa de referencia utilizada FTA [FTA, 2018]. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165168540
De los resultados obtenidos, se concluyó que la vibración generada por el proyecto “Planta de Proceso Calbuco”, NO superará los límites establecidos por la guía “Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual” de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos para maquinarias de construcción y fuentes fijas de vibración y tampoco para el tránsito vehicular (fuente móvil), asegurando la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 literal a) y f) de la Ley 19.300.
Observación: 4.- Nos preocupa de sobremanera el impacto ambiental que ya vivimos por la falta de respeto y compromiso de esta empresa para con los vecinos:
• Ellos hablan de haber hecho diversos estudios y mediciones los que arrojan cero impactos, sin embargo, entendemos que aunque los decibeles estén en un rango permitidos pero si estos son molestos a los vecinos es provocar cambios en el sistema de vida de cada uno de nosotros. • Los vecinos exigimos que no se pase por alto la ordenanza municipal de nuestra comuna Calbuco. Ya que el proyecto de “Planta de Proceso Calbuco” no toma en cuenta dicha ordenanza municipal, ni el impacto que provoco y que podría seguir provocando. • Además, adjuntamos las observaciones que hizo el Sr. alcalde de la Comuna Don Juan Francisco Calbucoy G. al director regional del Servicio de Evaluación Ambiental Sr. Sergio Ernesto Sanhueza Triviño.
En síntesis, la comunidad, los vecinos de Caicaén consideran que el aumento de producción de la planta de proceso genera aumento de ruido, lo que generara menoscabo en el sistema de vida y costumbres de nosotros los habitantes del sector Caicaén.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente las observaciones ciudadanas, toda vez que hacen referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
En relación a ordenanzas municipales aplicables al proyecto, en primer término, respecto de la aplicabilidad de la ordenanza de transporte N°1/1991, la que en términos generales establece normas detalladas para el transporte seguro de diferentes tipos de carga, especialmente madera, dentro de la comuna de Calbuco, con énfasis en la seguridad vial y la protección del medio ambiente, el titular detalla lo siguiente:
La ordenanza en su artículo 9°, establece lo siguiente: "Art. 9°: Las rampas, tolvas, remolques y demás tipos de carrocerías de los camiones deberán circular limpios de desechos. La limpieza de ellos deberá hacerse en el interior de los recintos particulares de carga o descarga." Por otra parte el Artículo 11 de la ordenanza se refiere específicamente al transporte de alimentos perecederos: "Art. 11°: Los vehículos destinados al transporte de alimentos, tales como carnes, pescados, mariscos, aves u otros similares, deberán ser herméticos para evitar el escurrimiento de líquidos, y derrame en la vía pública y cubiertos con tapas metálicas que aseguren la protección de la carga, debiendo, asimismo, cumplir con los requisitos y condiciones especiales que señale la Autoridad Sanitaria competente."
"Art. 13°: Se prohíbe arrojar desperdicios, basuras, despuntes, residuos líquidos, sólidos o similares o cualquier otro desecho en lugares que no sean expresamente autorizados. El infractor deberá trasladar tales elementos al lugar que corresponda."
Al respecto el titular en el proceso de evaluación aclara que el proyecto cumple con la Ordenanza en atención a que, la materia prima que ingresa a planta es trasladada en bins isotérmicos o cajas térmicas en una mezcla de agua, hielo y sal (opcional), también se puede utilizar hielo licuado “Flow ice” permitiendo mantener la materia prima a temperaturas entre-2°C y 4°C. Una vez en planta, es ubicada en el andén de descarga. Los bins o cajas llegan a la zona de recepción sellados y enzunchados e identificados donde permanecerán por un tiempo máximo de 5 días, el producto se mantiene a una temperatura máxima de 5°C.
Las cajas con producto terminado se disponen individualmente en camión frigorífico, el cual, está seteado al menos a temperatura de -18°C para producto congelado y al menos 4°C para producto enfriado refrigerado, separando la carga de acuerdo con los pedidos, para posteriormente ser trasladado al lugar de embarque (aéreo, marítimo o terrestre según corresponda).
Por otra parte, el titular aclara que la Ordenanza N° 2/2023 de fecha 31 de octubre de 2023 y que corresponde a la Ordenanza Municipal de medio ambiente, recoge variados temas enfocados en la necesidad de regular la protección, conservación y preservación del ecosistema de la comuna, en el contexto del derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación (Art 1, Ley N* 19.300). Mediante esta ordenanza, se establecen actividades y prohibiciones en el desarrollo de distintas actividades, rigiendo en todo el territorio comunal, debiendo sus habitantes, residentes, transeúntes, visitantes, empresarios, trabajadores y cualquier persona natural o jurídica, dar estricto cumplimiento de ella. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165168540
De esta forma, la ordenanza municipal aborda temas tales como el almacenamiento, manejo, retiro y reciclaje de los residuos domiciliarios.
Respecto de este punto, el proyecto ha dado cuenta de la generación de todos sus residuos, cantidades, manejos y disposición final de los mismos en el proceso de evaluación y aportando mayores antecedentes en este Adenda tanto para la fase de construcción que se llevó a cabo con motivo de las modificaciones realizadas a la planta así como a aquellos generados en su fase de operación y abandono, por lo que el proyecto cumple con los criterios que establece la presente Ordenanza y cuenta con los medios para acreditar el manejo y disposición de los residuos (basura domiciliaria dispuesta en bolsas plásticas y luego en contenedores cerrados de uso transitorio para luego ser retirada por los vehículos de aseo y ornato de la Municipalidad), mientras que basura de mayores dimensiones tales como de tipo industrial no peligrosa se dispone en lugares autorizados.
Respecto de los aspectos relacionados con la prevención de la contaminación atmosférica abordados en la Ordenanza, las emisiones atmosféricas de fuentes fijas quedan acotadas a los límites prediales de la planta, en tanto que el informe de olores que ha sido complementado con un informe de modelación de olores concluye que el Área de Influencia de olores es definido por 1 UO/m3, y la intensidad odorífica generada por el proyecto es más baja, su extensión sería "0". El citado estudio concluye que la Planta de Proceso Calbuco va a cumplir con la normativa ambiental de calidad del aire en el componente olor, durante la etapa de operación, que es la que produce mayores emisiones.
Respecto de la prevención y control de ruidos molestos, la planta de proceso, con la implementación de las medidas de control administrativas planteadas para la fase de operación cumple con los niveles máximos de ruido permitidos tanto en periodo diurno como nocturno, de tal manera que la operación de la planta de proceso no genera efectos sobre la salud de la población ni sobre el Objeto de Protección Ambiental asociado a Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos. Adicionalmente, se propone un plan de seguimiento de ruido para la fase de operación del Proyecto en los receptores que se encuentran más cercanos al predio del Proyecto, con el objeto de analizar cómo evolucionan los niveles de emisión sonora del Proyecto, y verificar la efectividad de la medida de control propuesta para el cumplimiento normativo.
Por otra parte, no existe afectación por vibraciones que pudieran afectar también a los vecinos con motivo del flujo vehicular que genera el proyecto en particular, considerando que en el sector existe intervención previa de otras instalaciones industriales que hacen uso de la ruta.
En cuanto a las medidas para controlar emisiones atmosféricas, el proyecto presentó también un informe de emisiones que da cuenta de las bajas emisiones atmosféricas generadas por fuentes fijas y dentro de las medidas de control propuestas para fuentes móviles asociadas al flujo vehicular, se aplican medidas tales como control de revisiones técnicas al día de los vehículos que ingresan a la planta, reducción de la velocidad máxima en los accesos y dentro de la planta, así como mantener motores apagados mientras los vehículos de carga estén en faenas propias de cada actividad.
En cuanto a contaminación visual, el proyecto no genera contaminación visual, ya que se encuentra en un área definida como rural y donde existe intervención previa de otras industrias. La planta se ubica en una ruta que presenta un camino asfaltado de un ancho que permite sólo un vehículo en cada sentido de la ruta por lo que un observador común a velocidad moderada en un vehículo sólo podrá apreciar las instalaciones de la planta por algunos segundos mientras cruzan el frente de la misma. La planta de proceso por otro lado ha sido pintada con colores oscuros para armonizar con el entorno de bosque presente a su alrededor.
Respecto de la conservación de humedales, el titular ha realizado un análisis extenso de no afectación al humedal urbano Caicaén, que rodea la isla, y se deja muy claro que el proyecto no realiza ninguna de las actividades enumeradas en el artículo 58 de la Ordenanza.
Respecto de la conservación de playas de la comuna, el titular mantiene un procedimiento de limpieza de playas que se adjunta en anexo 11 del Adenda Complementaria.
Por último y en relación con la conservación de la biodiversidad, el titular no consideró en su proyecto la alteración del bosque nativo y por otra parte, descarga el efluente de sus residuos líquidos a través de un emisario submarino fuera de la zona de protección litoral y cuyo seguimiento de las distintas variables ambientales se propone en el presente documento Adenda para ser incorporado al proceso de evaluación.
En definitiva, si bien la Ordenanza Municipal refiere aspectos medio ambientales que son aplicables al proyecto toda vez que se evalúan la mayor parte de estos aspectos, se ha desarrollado para cada componente un análisis de descarte de los efectos que estas acciones pudieran ocasionar tanto a las personas como a la biodiversidad presente en el área y en general al medio ambiente. En este sentido, considerando que actualmente la planta de proceso se encuentra sin operación, el proyecto dará cumplimiento a la Ordenanza Municipal N° 2/2023.
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12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.
14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
16°. Que, para que el proyecto “Planta de Proceso Calbuco” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta de Proceso Calbuco”, de Granja Marina Tornagaleones S.A.
2°. Certificar que el proyecto “Planta de Proceso Calbuco” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Planta de Proceso Calbuco” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 139, 140, 142 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 115 y 119 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
5°. Certificar que el proyecto “Planta de Proceso Calbuco” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.
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7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Paulina Lorena Muñoz Molina Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
JHS/MSA/MBP
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Roberto Pablo Riethmuller De Mendoza Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl SERNAGEOMIN, Zona Sur CONADI, Región de Los Lagos CONAF, Región de Los Lagos DGA, Región de Los Lagos Gobernación Marítima de Puerto Montt Gobierno Regional, Región de Los Lagos Ilustre Municipalidad de Calbuco SAG, Región de Los Lagos SEC, Región de Los Lagos SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Los Lagos SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Los Lagos SEREMI de Salud, Región de Los Lagos SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos SEREMI MOP, Región de Los Lagos Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Gloria Benavente Jorge Morales Marly Soto Claudia Mansilla https://validador.sea.gob.cl/validar/2165168540 Firmado por: Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Fecha: 07/05/2025 11:42:18 CLT Paulina Lorena Muñoz Molina Firmado digitalmente por Paulina Lorena Muñoz Molina Fecha: 2025.05.09 19:52:32 -04'00' Miguel Penoi Hugo Obando Yanet Soto Miguel Oyarzo Sergio Soto Astrid Sepulveda José Soto Victor Gómez Marcelo Moil Luis Soto CC: Encargado/a de PAC Carmen.Larraguibel@sea.gob.cl