Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Los Lagos
Califica Ambientalmente el proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl”
Puerto Montt
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 01 de agosto de 2024 y su Adenda Complementaria del 5 de diciembre de 2024, del proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl”, presentado por HEINZ FERDINAND KOBERL con fecha 02 de febrero de 2024.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 y 3.5 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl”.
3°. El Acta de Evaluación Nº2025101062 del 06/01/2025, del Comité Técnico realizado con fecha 03 de enero de 2025.
4°. El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl” de 6 de enero de 2025.
5°. El Acuerdo de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, realizada con fecha 14 de enero de 2025.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº7, del 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; y la Resolución N°119046/146/2022 de fecha 03 de marzo de 2022 del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental sobre nombramiento de Director Regional del Servicio para la Región de Los Lagos.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, HEINZ FERDINAND KOBERL (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre HEINZ FERDINAND KOBERL Domicilio Ruta 5 Sur km 1011, Lote 1, enlace Sur, Puerto Varas. Casilla 573 de Puerto Varas. Correo electrónico Titular michel@koeberlgroup.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 6 de enero de 2025, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del citado documento; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del mismos; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de fecha 14 de enero de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 6 de enero de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo general del proyecto es la explotación de 3.460.417 m3 de material árido a partir de un pozo que actualmente está en operación. Para lo indicado el proyecto cuenta con una superficie de aproximadamente 31 ha de las cuales 28 ha serán destinadas a la explotación y actividades del proyecto, estimándose una vida útil de 20 años. Los 3.460.417 m3 que se pretenden explotar incluye lo actualmente explotado y en explotación, que sería de 94.000 m3. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones i.5) Proyectos de extracción de áridos y greda Vida útil 20 años Monto de inversión USD $ 1.700.000 (Un millón setecientos mil dólares) Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La gestión, acto o faena mínima para dar cuenta del inicio de ejecución del proyecto estará dado por la instalación de contendor oficina en la zona de procesamiento de áridos. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El proyecto aumenta la superficie de explotación pasando de 1 hectárea a aproximadamente 28 hectáreas, así como también aumentará su actual explotación de 94.000 m3 a 3.460.417 m3, extendiendo su vida útil de operación a 20 años.
X
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Proyecto modifica otra RCA Si No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Sector La Laja, comuna de Puerto Varas, provincia de Llanquihue, región de Los Lagos. Justificación de la localización Dada la buena calidad del material árido presente en el sector de explotación, el aumento de la demanda proyectada actual y futura y evitar la opción de abrir nuevos pozos dentro de la comuna y de la región, se tomó la opción de ampliar el área de explotación y los volúmenes de árido a extraer Superficie
Coordenadas UTM en Datum WGS84
Caminos de acceso El acceso se realiza por la Ruta 5 Sur a la altura del km 1009 hacia el Loteo SERVUS II, mediante servidumbre de tránsito “Lote 48”. La servidumbre es una ruta bidireccional de carpeta de hormigón.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 2, Documentos varios, planos y KMZ .zip (2.4 MB), de la DIA. Anexo 2, Diagrama de flujo y kmz, de la Adenda complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Habilitación de contendor oficina y construcción fosa séptica/dren de infiltración. Se considera la instalación de una oficina administrativa al interior de un contenedor de 29,2 m2, el que dispondrá de un baño para el personal, que contará con fosa séptica de 1.200 l y dren de infiltración para una dotación de 5 personas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
Construcción bodega RESPEL Se construirá una bodega para el almacenamiento transitorio de residuos peligrosos que tendrá una superficie de 6 m².
Armado de equipos y Las plantas que se armarán para la ampliación del proyecto llegarán Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
maquinarias de procesamiento de áridos en 5 contenedores al predio. Una vez que se saquen de los contenedores se comenzará el armado dentro del pozo ya extraído el cual posee una profundidad de 5,8 metros. Las chancadoras y el VSI permanecerán en este mismo lugar y a esta misma profundidad toda la vida útil del proyecto. Construcción de dos pozos de decantación y recirculación de aguas de lavado de áridos Se habilitarán dos piscinas para el lavado de áridos de 12 m2 (3x4 metros) y una profundidad de 5 metros cada una, con una capacidad de contención de agua de 60.000 litros en cada piscina. El agua que se utilizará provendrá de pozo profundo para el cual el titular cuenta con resolución de la DGA, en tanto que se tramita un segundo pozo.
Escarpe de terreno La profundidad del escarpe de las áreas corresponderá aproximadamente a 20 cm. Si se considera que gran parte del bloque 1 se encuentra sin escarpe y se toma como referencia sólo lo que realmente esta con cobertura, quedaría en 18 hectáreas sería aproximadamente 36.000 m3.
El escarpe será apilado en las zonas demarcadas (ver siguiente imagen), según avance de extracción, para luego ser utilizado posteriormente para el emparejamiento del terreno y como relleno de los taludes cuando se comience con la fase de cierre del proyecto. El montículo tendrá una superficie de aproximadamente 600 metros de largo x 13 de ancho y una altura de 6 metros. Para que el recurso suelo no pierda su calidad, una vez que habiliten los montículos se sembrará pasto sobre ellos. Así se resguarda tanto su calidad como su potencial orgánico, para ser usado en la etapa de cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos
Emisiones atmosféricas (material particulado y gases)
A partir de las modelaciones realizadas con respecto a las emisiones atmosféricas para los escenarios evaluados Anexo 3 de la Adenda complementaria), se concluye que el proyecto no genera riesgo a la salud de la población, toda vez que las concentraciones MP10 y MP2.5 proyectadas, no superan el límite establecido en las Tablas N°1 y 2 del documento “Criterio de evaluación en el SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
MP10 y material particulado fino respirable MP2,5”, adicionalmente para los compuestos de CO, NOx y SO2 los resultados del modelo indican que no generarían eventos de latencia y/o saturación para CO, NOx y SO2.
Ruido fuentes fijas
Escenario 1:
Escenario 2
La medida de control propuesta para la fase de construcción y operación corresponde a un montículo de material de extracción de seis (6) metros de alto y seiscientos seis (606) metros de largo, cuya extensión cubre el emplazamiento de los receptores R1 y R3.
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Ruido por fuentes móviles:
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.6 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Nivelación y compactación de terreno Actividades que forman parte de la preparación del terreno y consideradas en la estimación de emisiones atmosféricas. Excavaciones y extracción de árido Actividad inherente al proceso de extracción de material árido. El proceso de extracción se realizará con maquinaria pesada; es decir, con dos excavadoras, directamente desde el pozo, para su posterior carga en camión tolva de 16 m3 con un cargador frontal. Los camiones llevarán el material hacia el lugar de acopio dentro del mismo predio. La modalidad de extracción del pozo será en 3 etapas de excavación para ir bajando en altura. La etapa Nº1 se extraerá áridos hasta la cota -4m. Una vez que todo el bloque llegue a esa cota se comienza la etapa Nº2 que llegará a una profundidad de -8,5 m. Una vez que todo el bloque este explotado hasta la cota -8,5 m, se comenzará con la etapa Nº3. Esta última etapa se llegará hasta la cota -13 m. La extracción se desarrollará en 3 etapas y en 4 bloques, dejando un talud de 45 grados entre cota 0 profundidad de los -13 m. Todas las etapas de excavación se trabajará siempre a cielo descubierto y con la maquinaria a nivel del pozo. El proceso se efectuará en forma ordenada de manera lateral. Es decir, la excavadora se instala sobre el suelo y con la pala va retirando el material en franjas, para luego ser cargada por un cargador frontal a los camiones que transportarán el material a la zona de procesamiento de áridos. La profundidad de extracción será de 13 metros máximo, contando tanto escarpe como material a extraer.
Carga y descarga de áridos Cabe señalar que el proceso de carguío y transporte del material será realizado con maquinaria y camiones. En relación con el acopio de material, éste será a través de un cargador frontal en el mismo sitio destinado para ello en la actualidad. Dentro de la operación de abastecimiento de los camiones, no se contempla el lavado de los camiones ni de la maquinaria, en ninguna fase del proceso. La tabla a continuación detalla la cantidad y tipo de maquinaria que contempla el proyecto en esta etapa.
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Procesamiento del árido La selección de áridos se realizará mediante maquinaria apropiada, que contempla una planta seleccionadora (actualmente en operación), una planta secundaria VSI y una chancadora con mandíbula (que se armarán una vez que ser apruebe el proyecto). Las dos nuevas máquinas serán instaladas en donde está el pozo de la extracción actual, de modo que los muros que dejó la extracción sirvan de pantalla acústica. La actual maquinaria (planta) en operación, se mantendrá en el mismo lugar. En la imagen siguiente se muestra la planta seleccionadora que está operando en la actualidad (color amarillo) y el área a utilizar por las maquinas procesadoras de áridos a instalar que estarán operativas en toda la etapa de operación del proyecto (en color rojo).
La planta seleccionadora y las chancadoras serán alimentada directamente por cada una de las dos excavadoras que existen en la actualidad en la planta. Ellas recogen el material desde la pared del pozo y la trasladas hacia las distintas máquinas de proceso. La seleccionadora posee cuatro mallas por las cuales se segrega el material que son de 5’, 3’, 1.5’ y el rechazo de entrada. Este material se deposita al pasar por la planta seleccionadora en montículos al final de cada banda transportadora, las cuales serán dispuestas en acopios por tamaño de material con un cargador frontal. En este proceso no se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
contempla el lavado del material.
Las plantas chancadoras secundaria VSI poseerá un chancador de impacto de eje vertical VC730M y un harnero. Selecciona y chanca los áridos, pero el uso que tendrá esta máquina es producir principalmente polvo roca y gravilla. . Lavado de árido El lavado de arena se realizará con una bomba periférica instalada al costado del pozo de acumulación y de decantación de agua, succionando e impulsando el agua hacia tuberías instaladas en el harnero para poder lavar el material. El agua utilizada, se recolecta en el tornillo lavador de arena, donde por rebalse se encausa con tuberías al pozo de decantación, para así por medio de la decantación el agua se limpie y se pueda volver a utilizar en un ciclo continuo, reponiendo agua nueva según necesidad por perdida por evaporación y absorción en el material. El agua por utilizar provendrá de un derecho de agua con que cuenta el titular o de un segundo derecho de agua que se encuentra en trámite en la actualidad. Uno de ellos con Resolución DGA, el cual podrá ser usado de inmediato y el otro se comenzará a utilizar una vez que obtenga la Res DGA. Productos generados El proyecto considera la extracción de 3.460.417 m3 de material pétreo procedente del pozo de extracción, durante un periodo total de extracción de 20 años. El volumen total de 3.460.417 m3, considera el volumen a extraer 3.366.417 m3 y aquel en explotación que será de 94.000 m3. El proyecto se ha dividido en cuatro (4) bloques de extracción de áridos. Cada bloque será habilitado aproximadamente cada 5 años, de acuerdo al siguiente detalle:
Los productos generados mediante el proceso mencionado en la fase de operación son: materia integral, material integral bajo 5¨, material integral bajo 3¨, material integral bajo 1,5¨, arena y rocas sobre 5¨ de ser requeridas. El proceso productivo se sintetiza en el siguiente diagrama:
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Recursos naturales renovables Suelo El 100% del área del proyecto, incluida su área de influencia, se clasifica como clase de uso de suelo VI. Su factor limitante es la humedad del suelo y en particular producto de los problemas de drenaje del lugar. Por lo anterior la simbología corresponde a VIw4. Los suelos de clase VI corresponden a suelos inadecuados para los cultivos y su uso está limitado a la producción de pradera y forestales. Estos suelos tienen limitaciones continuas que no pueden ser corregidas, tales como: pendientes pronunciadas, susceptibles a severa erosión; efectos de erosión antigua, pedregosidad excesiva, zona radicular poco profunda, excesiva humedad o anegamientos, clima severo, baja retención de humedad, alto contenido de sales o sodio. (Anexo 3 de la DIA. Estudio Edafológico).
El proyecto considera acopiará el escarpe (20 primeros centímetros) ya que el resto corresponde a material árido. La profundidad del escarpe de las áreas corresponderá aproximadamente a 20 cm, por lo que el volumen total de escarpe de las 28 hectáreas será de aproximadamente 56.000 m3. Si se considera que gran parte del bloque 1 se encuentra sin escarpe y se toma como referencia sólo lo que realmente esta con cobertura, quedaría en 18 hectáreas sería aproximadamente 36.000 m3 de escarpe.
Vegetación En la superficie comprometida por el proyecto, para el componente flora en etapa de operación del proyecto se pretende intervenir una superficie de 20,44 ha aproximadamente, correspondientes a matorral semidenso (UVH 5) con 19,48 ha y matorral denso (UVH 4) con 0,96 ha. No se considera la corta de bosque nativo para la ampliación del proyecto, sólo la corta de algunos árboles aislados de Acacia melanoxylon ubicados en el extremo sur del predio. Tampoco se encontraron singularidades ambientales que afecten el componente vegetación para el área de influencia del proyecto.
Emisiones y efluentes Aguas servidas
Se estima que se generarán 150 litros/persona/día de aguas servidas domésticas. Considerando un número total máximo de diecisiete (17) personas en la planta y oficinas, se estima que la generación máxima de aguas servidas durante la etapa de operación será de 2,5 m3/día.
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La planta posee cuatro (4) baños habilitados tanto en el área de oficinas como en el área de camarines. Las aguas servidas domésticas de los baños son conducidas a una fosa séptica, para posteriormente ser infiltradas. En la etapa de construcción del proyecto se construirá un baño con fosa séptica y dren de infiltración en la oficina que estará ubicada en la zona de procesamiento de áridos. Además, se suma en esta DIA un baño más en el área de proceso de los áridos.
Residuos industriales líquidos
El Titular declara que no existirá descarga de residuos líquidos desde las piscinas de decantación. Cuando se habiliten las piscinas de decantación, el agua a utilizar para reponer la perdida será de aproximadamente 5m3/hora. El caudal que se recirculará se estima que será de unos 160 litros/minuto.
Emisiones atmosféricas
Emisiones de ruido
Fuentes fijas Los niveles de ruidos modelados para cada posición de las maquinas y equipos en cada bloque de extracción, durante la etapa de operación, es la siguiente: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
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La medida de control corresponde a un montículo de material de seis (6) metros de altura y cuya extensión cubre el emplazamiento de los receptores R1 y R3.
Fuentes móviles La evaluación en los receptores producto del tránsito vehicular definido para la fase de construcción consideró el flujo de la operación futura más el flujo asociado a la fase de construcción como condición más desfavorable. Dado lo anterior, las fases de operación y cierre están contenidas dentro de la evaluación de la fase de construcción, es decir, su cumplimiento asegura el de las demás fases del proyecto. Los niveles estimados son los siguientes:
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan Se estima que se generará 486,2 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios y asimilables. A su vez estima que se generará un total de 20 kg/mes de residuos industriales durante toda la fase de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
afectar el medio ambiente. operación, y aproximadamente 30 kg/mes, de residuos peligrosos. El proyecto contará con un lugar para el acopio temporal de basuras y desperdicios de cualquier clase, así como de residuos peligrosos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.7 del ICE 4.3.3. FASE DE CIERRE De acuerdo con lo señalado antes, en esta etapa se desmantelarán y/o retirarán las instalaciones de la planta que se utilizaron durante la etapa de operación del proyecto, tales como oficinas, baños, planta seleccionadora y plantas chancadoras. En la etapa de cierre se realizarán las siguientes actividades: • Desarme y retiro de la planta seleccionadora y de las plantas chancadoras. Carguío de maquinaria a camión rampla para de las instalaciones. • Se formarán y perfilarán los taludes dejándolos todos de 45 grados. En caso de que la base del pasivo ambiental no este parejo, se emparejará mediante maquinaria. • Retiro de residuos peligrosos. Traslado en contenedores especialmente dispuesto para este uso (el último mes del proyecto). • Desmantelamiento de las oficina y baño de zona de procesamiento de áridos. Desarme manual y carguío a camión rampla (el último mes del proyecto). • Retiro de baños químico (el último mes del proyecto). Desarme y retiro de maquinaria Se retirará la maquinaria utilizada en la etapa de operación. Adecuación y perfilado de taludes adecuados Se adecuarán y perfilarán los taludes por todo el borde del pasivo ambiental dejado por la explotación de áridos. El talud será al menos de 45º desde arriba hasta el fondo del pozo
Retiro de residuos peligrosos y no peligrosos. Se desarma la bodega de residuos peligrosos. Los residuos peligrosos serán llevados a un sitio de disposición final autorizado. Por otra parte, se retiran los residuos no peligrosos, los cuales serán llevados a lugares autorizados para su disposición final, o reutilizados en otras obras o reciclados. Desmantelamiento de la instalación de la zona de procesamiento de áridos Se desarmarán las instalaciones de trabajo y estructuras como lo son la oficina y baño hasta dejar el área completamente limpia y despejada. Los materiales de desecho deberán trasladarse para ser dispuesto en un sitio autorizado o eventualmente se contemplará reutilización y/o reciclaje. Retiro de baños químicos Se instalarán baños químicos hasta completar la etapa de cierre. Los baños químicos se mantendrán hasta el último día de trabajos de la fase de cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Más detalles en el Punto 4.8 del ICE
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Septiembre del 2024 (esta fecha se encuentra sujetas a modificación en base a la obtención de la calificación ambiental favorable) Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación de contenedor oficina en la zona de procesamiento de áridos. Fecha estimada de término Se estima que la fase de construcción tendrá una duración aproximada de 4 meses. Parte, obra o acción que establece el término Término de la construcción de la fosa séptica y los drenes de infiltración y término en el armado de equipos y maquinarias de procesamiento de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
áridos. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Febrero de 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Marcha blanca de maquinaria nueva para el procesamiento de áridos. Fecha estimada de término Febrero de 2045 Parte, obra o acción que establece el término Fin de la extracción y procesamiento de áridos. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Marzo de 2045 Parte, obra o acción que establece el inicio Desarme y retiro de la planta seleccionadora y de las plantas chancadoras Fecha estimada de término Julio de 2045 Parte, obra o acción que establece el término Retiro de baños químicos.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental - Emisión de material particulado y gases de combustión Parte, obra o acción que lo genera Escarpes, extracción de árido, tránsito de vehículos y maquinaria, carga y descarga de material, combustión motores, chancadoras, planta de áridos. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental - Aumento de los niveles de inmisión de ruido basal en receptores humanos Parte, obra o acción que lo genera Operación de maquinaria, tránsito vehicular, chancadoras, grupos electrógenos, planta secundaria, descarga de material. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental - Aumento de los niveles de vibración basal Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos y maquinaria, carga y descarga de material, combustión motores, chancadoras, planta de áridos Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.1 del ICE
En el Anexo 3 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda complementaria, se acompaña un estudio de estimación y modelación de emisiones de material particulado y gases, para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
cada fase del proyecto. Como resultado de ello se obtuvo se obtuvo que, dadas las tasas de emisión emisiones y su concentración atmosférica esperada, el proyecto no genera riesgo a la salud de la población, toda vez que las concentraciones MP10 y MP2.5 proyectadas, no superan el límite establecido en las Tablas N°1 y 2 del documento “Criterio de evaluación en el SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5”, adicionalmente para los compuestos de CO, NOx y SO2 los resultados del modelo indican que no generarían eventos de latencia y/o saturación para CO, NOx y SO2. A su vez, dado los niveles de emisión, temporalidad y dispersión no se prevé que dichos contaminantes afecten recursos naturales tal que, a través de ellos, se ponga en riesgo la salud de la población.
El Anexo 3 de la DIA y en el Anexo 2 de la Adenda se presentaron los resultados del estudio de ruido donde se identificaron los elementos y acciones generadoras de ruido, los receptores cercanos y se realizó una proyección de los niveles de presión sonora para la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, mediante cálculos matemáticos y asistidos por software, cuyos resultados se entregan en mapas de ruido y valores tabulados. Los resultados de las evaluaciones de niveles de ruido para fuentes reguladas por el D.S. Nº38/11 del MMA muestran que sólo existe superación de la norma de ruido en el receptor R1 para la fase de construcción y operación. En el caso del receptor R3, si bien se cumple con la normativa nacional de ruido, la diferencia con el límite está dentro del rango de incertidumbre del modelo (±3 dBA), por lo cual, no se puede asegurar un descarte de impacto. Considerando lo anterior, resulta necesario implementar medidas de control de ruido. Con la implementación de las medidas de control (montículo de material de extracción de seis metros de alto y seiscientos seis metros de largo, cuya extensión cubre el emplazamiento de los receptores Ra yR3), no existe superación de la norma. Para fuentes no reguladas, es decir, fuentes móviles, los receptores evaluados cumplen con los límites propuestos por la norma de referencia utilizada Reglamento de la Confederación Suiza OPB 814.41.
El estudio de vibraciones del Anexo 2c de la Adenda analizó el nivel de velocidad de vibración (Lv) en periodo diurno, en siete receptores cercanos al proyecto. Para fuentes fijas, todos los receptores considerados en el estudio quedan fuera del área de influencia calculados para dicho tipo de fuente, por lo cual, se descarta de esta forma un impacto por vibración. En relación con fuentes móviles, sólo los receptores R5.1, R5.2 y R8 quedaron dentro del área de influencia, por lo cual, se aplicó la metodología indicada por la FTA para evaluar el impacto de vibración ocasionado por el tránsito vehicular, realizando un análisis general de vibración en los receptores indicados. De los resultados obtenidos, se concluyó que no existe impacto producto de fuentes móviles.
En cuanto a las emisiones líquidas del proyecto estas corresponderán únicamente a aguas servidas, las que serán manejadas mediante baños químicos durante la construcción y un baño con fosa séptica y drenes de infiltración, en operación. Los residuos industriales líquidos industriales proveniente del lavado de áridos serán recirculados en piscinas de decantación impermeabilizadas, sin que se considere descarga a cursos o cuerpos de agua subterránea o superficiales que puedan alterar su calidad y exponer a la población a contaminantes que pongan en riesgo su salud. Todo lo anterior de conformidad a los antecedentes aportados para el otorgamiento del PAS 138 y 139 del RSEIA.
Por su parte, los impactos ambientales identificados sobre el suelo se relacionan con la pérdida local del recurso por extracción, no estando vinculados con emisiones o efluentes del proyecto.
El proyecto contempla áreas y condiciones adecuadas para el manejo de los residuos domiciliarios y asimilables y los residuos industriales sólidos no peligrosos. A su vez, realizará el manejo diferenciado de los residuos peligrosos y habilitará una bodega destinada a su almacenamiento temporal. Los residuos sólidos generados por el proyecto serán manejados de acuerdo con la normativa y almacenados o dispuestos en condiciones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
que no implican riesgo de contaminación del suelo, agua o aire, a través de los cuales la población pueda verse expuestos a ellos, conforme a los antecedentes del PAS 140 y 142 del RSEIA, presentados.
En consecuencia, el proyecto no genera riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos, considerando las medidas de manejo ambiental previstas.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida del recurso natural suelo Componente ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera Escarpe de terreno Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Susceptibilidad de afloramiento de aguas subterráneas Componente ambiental afectado Agua subterránea Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones Fase en que se presenta Operación Impacto ambiental Aumento de los niveles de concentración material particulado y gases Componente ambiental afectado Calidad del aire Parte, obra o acción que lo genera Escarpes, extracción de árido, tránsito de vehículos y maquinaria, carga y descarga de material, combustión motores, chancadoras, planta de áridos. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Pérdida de flora y vegetación Componente ambiental afectado Flora Parte, obra o acción que lo genera Escarpe de terreno Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Pérdida de individuos de baja movilidad Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Escarpe y excavación del terreno Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Alteración de hábitat de fauna terrestre Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Escarpe y excavación del terreno, operación del proyecto Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.2 del ICE En el área de emplazamiento del proyecto ni en su área de influencia existen recursos naturales renovables que puedan verse afectados y se consideren escasos, únicos o representativos, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015). Lo anterior, en base a la caracterización de los componentes fauna y flora (Anexo 3e y 3d de la DIA, respectivamente).
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El suelo en el área de emplazamiento del proyecto se clasifica como suelos VIw4. El principal factor limitante es la humedad del suelo, y en particular la falta de drenaje de agua. Son suelo que posee una baja aptitud agrícola y no corresponden a suelos que sean escasos o que necesiten ser resguardadas dentro de la región.
El proyecto no se considera la intervención a ningún tipo de cuerpo de agua superficial. Para el caso de las aguas subterráneas, de acuerdo con las pruebas de bombeo de los dos pozos que posee el titular la napa se encontraría entre los 20 y los 40 metros, mientras que la profundidad máxima de explotación de este proyecto será hasta los 13 metros, por lo que no se prevé una afectación a las aguas subterráneas. No obstante, y de acuerdo con lo señalado por el DGA en su oficio Ord. N°472 del 16 de diciembre de 2024, resulta relevante que el Titular ajuste la profundidad de operación del proyecto a los resultados de medición de la napa subterránea que obtendrá de la medición de los pozos existentes en el área y que compromete monitorear (CAV: habilitación de un pozo de monitoreo para ver los cambios del nivel de las aguas subterráneas). Por otra parte, el proyecto no considera la disposición del agua residual del lavado de áridos, ya que indica será recirculada en su totalidad. Finalmente, cabe consignar que debido a que la modificación en la cobertura superficial del área aumentará la vulnerabilidad del acuífero, exponiéndolo a un mayor riesgo de contaminación, resulta necesario detallar y complementar el compromiso del Titular de mantener el monitoreo hidroquímico de los pozos Styria y Heinz para detectar a futuro cualquier perturbación en la calidad de las aguas subterráneas, estableciéndolo como condición del proyecto, asociada a la verificación de la no generación de efectos adversos significativos, según se detallará en el punto respectivo de la presente resolución.
Las emisiones atmosféricas de material particulado y gases son bajas, por lo que no representa riesgo para la salud de la población ni tampoco para la biota aledaña.
De acuerdo con el estudio de flora que se acompañó en el Anexo 3d de la DIA, se intervendrá a matorral semidenso (UVH 5) con 19,48 ha y matorral denso (UVH 4) con 0,96 ha. No se considera la corta de bosque nativo para la ampliación del proyecto, sólo la corta de algunos árboles aislados de Acacia melanoxylon ubicados en el extremo sur del predio. No se encontraron especies de origen endémico. De las 60 especies registradas en el área de influencia del proyecto, sólo tres se encuentran protegidas de acuerdo con el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE), todas en categoría de conservación preocupación menor para esta región. En el área directa del proyecto solo hay dos especies que están clasificada en una categoría de conservación, ambas de “Preocupación Menor” (costilla de vaca y yerba loza), en tanto que una tercera especie (Canelo), también clasificada como de “Preocupación Menor”, se ubica fuera del área a intervenir. Se trata de especies de amplia distribución dentro del territorio nacional, por lo que el proyecto no resulta ser incidente en su conservación.
Por otro lado, no se encontraron singularidades ambientales que afecten el componente vegetación para el área de influencia del proyecto. Por lo anteriormente expuesto, se considera que la ejecución del proyecto no generará un impacto significativo sobre el componente vegetacional del área de influencia de éste, dado que no se intervendrá bosque nativo para la ejecución del proyecto como tampoco se intervendrán formaciones vegetacionales únicas o de características especiales que necesiten ser protegidas.
La riqueza faunística del área es medianamente baja de especies, lo cual se explica en el hecho de que el área de emplazamiento del proyecto corresponde a un ambiente muy intervenido o modificado por iniciativas de carácter industrial. Por otro lado, se logra determinar que, entre las especies que se logran catastrar, no hay especies que estén en alguna categoría de amenaza de UICN 3.1 (Extinta, Extinta en la Naturaleza, En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable) y su amplia distribución indica que no está próxima a satisfacer los criterios. Sin perjuicio de lo anterior, se identificaron como especies sensibles aquellas que poseen baja movilidad, por lo cual propone realizar un rescate y relocalización de fauna de baja movilidad en los sectores a intervenir, en las condiciones que se detallan en la solicitud del PAS 146 del RSEIA. Los lugares de relocalización se encontrarán a una distancia mayor a 418 metros desde el deslinde del predio, asegurando de esta forma la no afectación por ruido de fuentes fijas para la fauna sensible identificada en las cercanías del Proyecto.
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5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Alteración de los sistemas de vidas y costumbre de grupos humanos Parte, obra o acción que lo genera Tránsito vehicular, emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.3 del ICE Respecto del desplazamiento y reubicación de grupos humanos, es posible indicar que la ejecución del proyecto, en ninguna de sus fases, generará el reasentamiento de comunidades humanas.
A partir de la información recabada para realizar la caracterización del medio humano (Anexo 3J de la DIA), en el área de intervención del proyecto no existe el uso de recursos naturales por parte de terceros, ya sea para sustento económico u otros usos tradicionales (medicinal, espiritual o cultural) y, por tanto, tampoco existe la intervención que les pueda afectar ni la restricción de acceso. Tampoco se identificó grupos humanos pertenecientes a población protegida en el área de influencia del proyecto.
Dada la naturaleza del proyecto y su ubicación, este no tiene ninguna incidencia en el desarrollo de ejercicios o las manifestaciones de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, de modo que no genera afectación a los sentimientos de arraigo o la cohesión social de grupos humanos.
Finalmente, cabe señalar que el proyecto se desarrollará en un área de evidente vocación industrial al cual se accede usando la caletera que está paralela a la Ruta 5 Sur en dirección de Puerto Montt. Esta es la misma vía por la cual se accede al proyecto con la actual explotación, cuestión que no cambiará sustancialmente con el proyecto. Con lo indicado, se descarta que por sus obras y acciones el proyecto pueda generar obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación a áreas, población o recursos protegidos. Parte, obra o acción que lo genera Extracción de áridos, operación planta de áridos, tránsito vehicular. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.4 del ICE
De acuerdo con el Sistema de Información y monitoreo de Biodiversidad (SMIBIO) (www.simbio.mma.gob.cl ), el proyecto este no se localiza ni interfiere con Áreas Protegidas oficialmente reconocidas como tal. Además, de acuerdo con Inventario de Nacional de Humedales de la página del Ministerio del Medio Ambiente, el proyecto no se encuentra ni cercano ni inserto a un humedal. Tampoco se encuentra inserto en una ZOIT.
Respecto a la población protegida, de acuerdo con la información contenida en el informe de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
medio humano y antropológico del Anexo 3j de la DIA y lo informado por CONADI en su oficio Ord. 104-2024 del 23 de febrero de 2024, se descarta la presencia de población protegida, así como sitios relevantes culturalmente, en el área de influencia definida para el proyecto.
En consecuencia, el proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Además, considerando las obras y acciones del proyecto se descarta que pueda tener impactos en los objetos de protección de ellos.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Alteración de valor paisajístico y turístico del área Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones, extracción de material áridos, planta de procesamiento, tránsito vehicular Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.5 del ICE De acuerdo con el estudio de paisaje realizado para este proyecto (anexo 3 f de la DIA), la calidad del paisaje de la zona es Baja, caracterizándose por corresponder un paisaje sin rasgos singulares ni variedad, que presentan evidencias de intervenciones que reducen o anulan su calidad. Por lo tanto, el área de emplazamiento del proyecto no posee valor paisajístico.
A su vez, el sector donde se emplaza el proyecto es prominentemente industrial, por lo cual no constituye un destino turístico o ruta que confluya en un atractivo turístico. En efecto no existen actividades ni servicios turísticos en el área de influencia del proyecto. Por otra parte, el área del proyecto se encuentra a una distancia de 2.500 m de la ZOIT Lago Llanquihue. En consecuencia, es posible sostener que el área de emplazamiento del proyecto no posee valor turístico.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración del valor arqueológico Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.6 del ICE El proyecto se realizará al interior de un predio particular y en su área de influencia del proyecto no se evidenció la presencia de Monumentos Nacionales en sus categorías de Monumento Histórico, Monumentos Públicos, Zona Típica, Monumento Arqueológicos, Monumentos Nacionales, Monumentos Paleontológicos. La DIA se acompaña en el Anexo 3a una caracterización arqueológica, la que fue complementada en el punto 4.15 de la Adenda. El estudio arqueológico arrojó, la ausencia de sitios arqueológicos e históricos en el área prospectada.
Por otra parte, la caracterización que se hace del Medio Humano y Antropológico que se acompaña en esta DIA, permite descartar esta afectación dado que en el área del proyecto y su área de influencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
no existen poblaciones protegidas, ni se desarrollan en dicha área manifestaciones de la cultura indígena, ni de otros grupos humanos, así como actividades económicas
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Solución sanitaria en oficinas, conformada una fosa séptica de 1.200 l y un dren de infiltración para una dotación de 5 personas.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. N°22576, de fecha 17 de diciembre 2024, de la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1 del ICE Detalles en el punto 4.2 de la DIA (PAS138) y en el punto 3.1 de la Adenda y en su Anexo 4.
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, según se establece en el artículo 139 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Piscinas de decantación (“pozo succión agua” y “pozo decantación agua”). El agua de estas piscinas será recirculada y utilizadas para el lavado de los áridos de la sección del chancador fijo, reponiendo agua según necesidad, por lo que existirá un tratamiento físico del residuo líquido generado en el lavado del árido y no existirá descarga al medio. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. N°22576, de fecha 17 de diciembre 2024, de la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2 del ICE Detalles en el punto 2.1 de la Adenda complementaria.
6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a Habilitación de área donde se almacenarán temporalmente los residuos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
la que aplica sólidos no peligrosos y los residuos domésticos, durante todas las etapas del proyecto.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. N°22576, de fecha 17 de diciembre 2024, de la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3 del ICE Detalles en el l punto 4.2 de la DIA (PAS142) y punto 3.2 de la Adenda.
6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica La bodega de 6 m² para el almacenamiento de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. N°22576, de fecha 17 de diciembre 2024, de la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4 del ICE Detalles en el punto 4.2 de la DIA (PAS142) y 3.3 de la Adenda.
6.1.5. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Actividad de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad, según el siguiente detalle: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. N°04, de fecha 03 de enero 2025, del SAG Región de Los Lagos Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5 del ICE Detalles en el Anexo 4 de la Adenda.
6.1.6. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Construcciones:
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord 27 de fecha 14 de agosto de 2024 la SEREMI del MINVU. Oficio Ord. N°04, de fecha 03 de enero 2025, del SAG Región de Los Lagos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6 del ICE Detalles en el punto 4.2 de la DIA (PAS 160). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 458/1975. Ley General de Urbanismo y Construcciones Componente/materia: Uso de suelo en área rural Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las obras e instalaciones del Proyecto se localizarán fuera de las áreas reguladas por instrumentos de planificación territorial vigentes en la comuna de Puerto Varas. Forma de cumplimiento El Proyecto considera edificaciones y construcciones, por lo que el Titular presentó dentro del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, los antecedentes del PAS descrito en el artículo 160 del RSEIA (Anexo 5 de la Adenda complementaria) Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de los antecedentes y obtención del PAS descrito en el art. 160 del RSEIA. Forma de control y seguimiento Ejecución de instalaciones de acuerdo con las condiciones y requerimientos otorgados por la autoridad sectorial y ambiental en el contexto de otorgamiento del PAS 160.
Norma D.S. (MINSAL) Nº 725/1967. Código sanitario Componente/materia: Manejo de residuos sólidos y líquidos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán residuos sólidos domiciliarios y del tipo asimilable a domiciliario, industriales no peligrosos y peligrosos.
Se contempla la generación de aguas servidas y residuos líquidos industriales asociados al lavado de árido, en la etapa de operación del proyecto. Forma de cumplimiento El Titular ha indicado las condiciones y especificaciones técnicas que reunirán los lugares destinados a la acumulación y disposición final de las basuras y desperdicios generados por el proyecto.
Residuos domésticos: Serán acumulados en un área de acopio donde existirán contenedores para su almacenamiento temporal, para posteriormente ser enviados a sitios de disposición final autorizados.
Residuos sólidos industriales no peligrosos: Serán acumulados temporalmente en el área de acopio de residuos no peligrosos para su reutilización, reciclaje o disposición final en un sitio autorizado. En el punto 4.2 de la DIA y 3.2 de la Adenda se presentan los antecedentes técnicos y formales necesarios para tramitar el otorgamiento del descrito en el artículo 140 del RSEIA.
Residuos peligrosos: Se considera que la generación de residuos peligrosos los que serán acopiados temporalmente en una bodega de residuos peligrosos de 6m2, desde donde serán retirados por una empresa autorizada, para su disposición final en un recinto autorizado. En el punto 4.2 de la DIA y punto 3.3. de la Adenda se presentan los antecedentes para el otorgamiento del PAS descrito en el artículo 142 del RSEIA.
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Aguas servidas: En la fase de construcción las aguas servidas serán manejadas mediante baños químicos y en la fase de operación el proyecto adicionará un baño, fosa sépticas y drenes de infiltración. En el punto 4.2 de la DIA se presentan los antecedentes para el otorgamiento del PAS descrito en el artículo 138 del RSEIA
Respecto a los residuos industriales líquidos generados en el proceso de lavado de áridos se contempla la construcción y operación de dos piscinas decantación, las que serán impermeables que permitirán utilizar agua y recircular los residuos líquidos. Por lo tanto, no está prevista la descarga al medio de residuos industriales líquidos por el proyecto. El material sólido decantado será retirado y comercializado.
Indicador que acredita su cumplimiento Antecedentes presentados en el marco del SEIA para la acreditación de los contenidos técnicos y formales para el otorgamiento de los PAS 138, 139 140 y 142 del RSEIA. Forma de control y seguimiento Residuos sólidos Se deberá contar con la resolución que autoriza los lugares para el almacenamiento de los residuos generados por el Proyecto de conformidad a los PASM 140 y 142 del RSEIA. Se deberá mantener registro de la trazabilidad del retiro y disposición final de los residuos sólidos peligrosos y no peligrosos generados.
Residuos líquidos -Se deberá contar con la resolución que autoriza la solución sanitaria del proyecto de conformidad a los PAS 138 del RSEIA. -Las piscinas de decantación deberán contar con autorización sanitaria.
Norma D.S. (MINSAL) Nº 594/1999. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo. Componente/materia: Manejo de residuos sólidos y líquidos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán residuos sólidos domiciliarios y del tipo asimilable a domiciliario, industriales no peligrosos y peligrosos.
Forma de cumplimiento El Titular describe en el EIA las acciones para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Párrafo III referidas al manejo y disposición de residuos industriales líquidos y sólidos, así como al artículo 26 del Reglamento referida al manejo de las aguas servidas.
Residuos domésticos: Serán acumulados en un área de acopio donde existirán contenedores para su almacenamiento temporal, para posteriormente ser enviados a sitios de disposición final autorizados.
Residuos sólidos industriales no peligrosos: Serán acumulados temporalmente en el área de acopio de residuos no peligrosos para su reutilización, reciclaje o disposición final en un sitio autorizado. En el punto 4.2 de la DIA y 3.2 de la Adenda se presentan los antecedentes técnicos y formales necesarios para tramitar el otorgamiento del descrito en el artículo 140 del RSEIA.
Residuos peligrosos: Se considera que la generación de residuos peligrosos los que serán acopiados temporalmente en una bodega de residuos peligrosos de 6m2, desde donde serán retirados por una empresa autorizada, para su disposición final en un recinto autorizado. En el punto 4.2 de la DIA y punto 3.3. de la Adenda se presentan los antecedentes para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
el otorgamiento del PAS descrito en el artículo 142 del RSEIA.
Aguas servidas: En la fase de construcción las aguas servidas serán manejadas mediante baños químicos y en la fase de operación el proyecto adicionará un baño, fosa sépticas y drenes de infiltración. En el punto 4.2 de la DIA se presentan los antecedentes para el otorgamiento del PAS descrito en el artículo 138 del RSEIA
Respecto a los residuos industriales líquidos generados en el proceso de lavado de áridos se contempla la construcción y operación de dos piscinas decantación, las que serán impermeables que permitirán utilizar agua y recircular los residuos líquidos. Por lo tanto, no está prevista la descarga al medio de residuos industriales líquidos por el proyecto. El material sólido decantado será retirado y comercializado.
Indicador que acredita su cumplimiento Antecedentes presentados en el marco del SEIA para la acreditación de los contenidos técnicos y formales para el otorgamiento de los PAS 138, 139 140 y 142 del RSEIA. Forma de control y seguimiento Residuos sólidos Se deberá contar con la resolución que autoriza los lugares para el almacenamiento de los residuos generados por el Proyecto de conformidad a los PASM 140 y 142 del RSEIA. Se deberá mantener registro de la trazabilidad del retiro y disposición final de los residuos sólidos peligrosos y no peligrosos generados.
Residuos líquidos -Se deberá contar con la resolución que autoriza la solución sanitaria del proyecto de conformidad a los PAS 138 del RSEIA. -Las piscinas de decantación deberán contar con autorización sanitaria.
Decreto Supremo (MINSAL) Nº144/1961. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Componente/materia: Emisiones atmosféricas de cualquier naturaleza Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las actividades que generarán material particulado serán las actividades que consideren movimientos de tierra, transporte y utilización de equipos, maquinaria y grupos electrógenos. Estas actividades corresponden a los escarpes, excavaciones, tránsito, carga y descarga de material árido. Del mismo modo, se generarán emisiones gaseosas debido a los procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones, equipos electrógenos y de la maquinaria utilizada. Forma de cumplimiento El Proyecto ha incorporado en su diseño una serie de medidas de control de emisiones en sus fases de construcción, operación y cierre:
a) Tránsito vehicular. Las maquinarias como cualquier tipo de vehículo motorizado deberán circular en óptimas condiciones mecánicas y con su revisión técnica al día. Sumado a lo anterior, el horario de trabajo de la empresa será en horario diurno. En el interior de la obra se estabilizarán las zonas de tránsito de la maquinaria pesada. Finalmente, es importante recalcar que en la totalidad de los vehículos y maquinarias contemplados en el proyecto se mantendrán permisos de circulación y revisiones técnicas al día. b) Excavaciones y movimientos de tierra: Minimizar la circulación de camiones tolva para así optimizar las distancias entre cargador y camión. Los equipos y maquinarias usadas en el proceso serán manejados con precaución y con velocidad moderada con el objeto de minimizar la emisión Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
del material particulado, se recomienda una velocidad no superior a 20 km/h. c) Se prohíbe la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible
En la DIA se presenta un cálculo de estimación y modelación de la emisión de contaminantes atmosféricos dando cuenta de su cumplimiento normativo. El titular del proyecto se asegurará que los vehículos utilizados al interior del proyecto cuenten con toda su documentación al día.
Indicador que acredita su cumplimiento En el Anexo 3 de la Adenda complementaria se presentó un informe con la estimación de emisiones y modelación de del Proyecto.
Forma de control y seguimiento -Comparación entre lo emitido de acuerdo con estimación de emisiones y los estándares permitidos por la normativa. -Registro de revisión técnica de los vehículos y maquinarias utilizados para la ejecución del proyecto. -Registro del Permiso de circulación de los vehículos y maquinarias utilizados para la ejecución del proyecto. -Se mantendrá un registro de las mantenciones de las maquinarias.
Norma D.S. (MINSAL) Nº 148/2003. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos Componente/materia: Manejo de residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las fases de construcción, operación y cierre se generarán residuos peligrosos relacionados a aceites usados y paños con hidrocarburos, entre otros Forma de cumplimiento Los residuos serán almacenados en una bodega de acopio temporal, debidamente identificados y clasificados, en conformidad con el D.S. N° 148/2003, para cuyos efectos se ha solicitado el PAS del artículo 142 del RSEIA. El transporte y la disposición final de estos residuos, será realizado a través de una empresa autorizada. Cabe señalar que los residuos sólidos peligrosos serán dispuestos en receptáculos cerrados y el tiempo máximo de almacenamiento será de 6 meses. La disposición final se realizará a través de una empresa autorizada.
Las bodegas para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos contemplarán todas aquellas medidas necesarias para evitar riesgos al medio ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento En la DIA se describe las características de la bodega de residuos peligrosos y se acompañan los antecedentes técnicos y formales para el otorgamiento del Pas del artículo 142 del RSEIA.
Forma de control y seguimiento Se deberá contar con la autorización sanitaria de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Adicionalmente, se mantener un registro interno de las actividades de retiro y deposición final de los residuos peligrosos.
D.S. (MMA) Nº1/2013. Aprueba reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC. Componente/materia: Emisiones, residuos y transferencia de contaminantes Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o Durante operación del Proyecto utilizará generadores que abastecerán de energía las chancadoras. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento El Titular deberá realizará las declaraciones de emisiones de los grupos electrógenos que se utilicen, de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria y a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl).
Indicador que acredita su cumplimiento -Registro del Titular y proyecto en el RETC. -Comprobante de realización de declaración anual. Forma de control y seguimiento Revisión del registro de la declaración de las emisiones
Norma D.S. (MMA) Nº38/2011. Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. Componente/materia: Emisiones de ruidos provenientes de fuentes fijas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: El ruido se producirá debido a la maquinaria que se utilizará en la preparación del terreno y construcción de obras. Operación: El nivel de ruido perceptible corresponde al generado principalmente por la maquinaria y acciones de carga y descarga de material
Forma de cumplimiento En el Anexo 3h de la DIA se presentó el resultado del estudio de impacto acústico ruido donde se identificaron los elementos y acciones generadoras de ruido, los receptores cercanos y se realizó una proyección de los niveles de presión sonora para cada fase del Proyecto, mediante cálculos matemáticos y asistidos por software, cuyos resultados se entregan en mapas de ruido y valores tabulados, los que fueron complementados en la Adenda.
Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por fuentes fijas (reguladas por el D.S. N°38/11 del MMA) en todas las fases del Proyecto. Los valores proyectados en los receptores se encuentran entre los 39 dBA y 58 dBA para la fase de construcción, entre 43 dBA y 58 dBA de la fase de operación, y entre 27 dBA y 45 dBA para la fase de cierre y/o abandono, no excediendo los Niveles Máximos Permisibles establecidos por el D.S. Nº38/11 del MMA en cada fase del Proyecto.
En la Adenda se efectuó una nueva proyección y evaluación de los niveles de ruido obtenidos para el escenario 2 (bloque 2) de la fase de operación en el receptor R3, arrojando los siguientes resultados:
De la tabla anterior, se observa que, si bien no hay superación del límite asociado a la normativa de ruido, la diferencia con el límite es menor a 3 dBA lo cual no es suficiente para acreditar el descarte de un impacto producto por ruido. Por lo anterior, resulta necesario implementar medidas de control de ruido. La medida de control de ruido corresponde a un montículo de material. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
En la siguiente tabla, se muestra la evaluación de los niveles proyectados al incluir el montículo de material como medida de control de ruido.
Para verificar cumplimiento de la norma de emisión de ruidos, el titular incorporará el Compromiso Ambiental Voluntario “Medición de ruido Bloque 2”, donde se realizarán mediciones de ruido (anual por los 5 años que dura la explotación) y se llevará a cabo una bitácora donde se especifique la maquinaria utilizada, de esta forma, verificar el uso no simultáneo de la chancadora.
Indicador que acredita su cumplimiento -Modelaciones de ruido presentadas en la DIA y complementada en el Adenda. Forma de control y seguimiento Informes de monitoreo previstos en el CAV, Medición de ruido Bloque 2
D.S. (MINECON) N°160/2008. Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos Componente/materia: Combustible Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Estanque de combustibles para equipos y maquinaria. Forma de cumplimiento El combustible para el proyecto será abastecido mediante un camión externo el que estará acondicionado para estos fines y contará con las autorizaciones y permisos correspondientes. A su vez este camión de combustible se abastece fuera del área de proyecto en estaciones de combustible debidamente autorizados. En las instalaciones actuales existe un estanque de 1.000 litros de almacenamiento de petróleo, que es suficiente para la demanda que requiere la operación del proyecto, el cual se encuentra dentro de la bodega sobre un suelo de radier de hormigón, murallas y techos.
En conformidad con lo establecido en los artículos 13, 15, 31 y 32, del presente Decreto el Titular deberá: -Mantener las instalaciones donde se almacene combustible en buen estado y en condiciones de impedir o reducir cualquier filtración, emanación o residuo que pueda causar peligro o daño al medio incluyendo los cursos de aguas superficiales o subterráneas, -Velar por la correcta operación, mantenimiento e inspección de las instalaciones, con el objeto de desarrollar las actividades en forma segura, eliminando o controlando los eventuales riesgos que la operación presente para las personas y cosas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
-Contar con un Plan de Emergencia registrado por escrito y versionado. -Informar a la Superintendencia de Electricidad de Combustible, como a cualquier otro organismo público que lo requiera para el ejercicio de sus funciones, los accidentes que ocurran en sus equipos o instalaciones, de acuerdo con lo señalado en los artículos 33 y 34 del Reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento -Descripción de las características del estanque de combustible existente. - Descripción del procedimiento de carga de combustible en estanque de combustible y/o generadores de las maquinarias de proceso de áridos. . Forma de control y seguimiento
Norma D.S. (MINTRATEL) N°75/1987 Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Componente/materia: Transporte Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se considera el uso de vehículos para el transporte de materiales, áridos y otros insumos, generando emisiones a la atmósfera. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos idóneos y la ejecución de acciones que eviten la dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas, carga y descarga adecuada y mantenimiento periódico de los camiones. Indicador que acredita su cumplimiento Se exigirá a la empresa que compren áridos que los vehículos que transporten este tipo de material cuenten con cubre tolva adecuado que impida la dispersión de polvo a la atmósfera. Para esto cada camión con material deberán contar obligatoriamente con lonas o protección a fin de evitar la caída de material a la vía pública desde el origen.
Para el transporte de material extraído, el proyecto lo realizará con camiones, cuya carga promedio será de 16 m3, procedimiento que deberá adecuarse a la normativa vigente, particularmente referido al cubrimiento de la carga y aseguramiento de ésta.
El titular de este proyecto exigirá a sus contratistas mantener al día los permisos de circulación y revisiones técnicas para la totalidad de los vehículos que serán utilizados durante las etapas del proyecto.
Forma de control y seguimiento Durante las fases del proyecto, se cumplirán las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos debidamente equipados y la ejecución de acciones que eviten la dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, carga y descarga adecuada y mantención periódica de los camiones. Para esto, antes de la salida del camión con áridos, existirá una bitácora de registro de los camiones en el que se señale que sale con cubre tolvas, y que será firmado por el conductor. De esto quedará registro en la oficina.
Norma D.S N°211/1991, Normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Componente/materia: Vehículos y transporte Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Fases de construcción, operación y cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se considera el uso de vehículos para el transporte de materiales, áridos y otros insumos. Forma de cumplimiento Los vehículos utilizados contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día y se les realizarán mantenciones periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento de la norma consiste en el registro anual de las patentes de los vehículos y sus revisiones técnicas al día.
Forma de control y seguimiento
Ley Nº17.288 Sobre Monumentos Nacionales y el D.S. 484/1990, Reglamento Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológica. Componente/materia: Patrimonio arqueológico y paleontológico Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la fase de construcción y de operación habrá movimiento de tierra y explotación del recurso suelo (extracción de material árido). Forma de cumplimiento Se realizó una prospección arqueológica en el contexto de la realización de esta DIA. El informe arqueológico realizado concluye la ausencia de materiales arqueológicos en el área de estudio y su entorno inmediato. Sin embargo, debido a la posibilidad de intervención a nivel de subsuelo por las obras que contempla el proyecto y teniendo en cuenta que la visibilidad del terreno no fue la óptima por la cubierta herbácea y matorral, se proponen las siguientes:
-
En caso de presentarse un sitio o hallazgo de carácter arqueológico, histórico o patrimonial, se deberá seguir el procedimiento entregado y efectuar las medidas de contingencia respectivas para el caso las cuales deben ceñirse a lo planteado en el artículo 26 de la Ley 17.288 y al reglamento arqueológico N°484/90 que se circunscribe a la misma ley.
-
Conjuntamente de producirse algún hallazgo se deberá detener el frente de trabajo y dar aviso inmediato a un arqueólogo quien señalará a la empresa el procedimiento a seguir respecto al hallazgo, previo aviso y con autorización formal del Consejo de Monumentos Nacionales.
Indicador que acredita su cumplimiento -Estudio arqueológico realizado durante la caracterización del proyecto. -Ante el eventual caso en que se produzcan hallazgos de restos arqueológicos, se seguirá el procedimiento contemplado en la Ley, dándose el aviso correspondiente a la Autoridad respectiva. Los antecedentes relacionados con este tema se encuentran en el Anexo 3 de la DIA. Forma de control y seguimiento
Nº4.601, sustituida por la Ley Nº19.473, sobre caza, artículo 609 del Código Civil Ministerio de Agricultura. Componente/materia: Animales de fauna silvestre. Caza y especies protegidas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, El Proyecto contempla la realización de acciones de caza o captura de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
emisión, residuo o sustancias a la que aplica ejemplares de fauna silvestre para actividad de rescate y relocalización de fauna con baja movilidad. Forma de cumplimiento El titular presenta en el Anexo 4 de la Adenda los contenidos técnicos y formales para el otorgamiento del PAS del artículo 146 del RSEIA.
Por otra parte, el Titular señala en la DIA que: Está prohibida la caza en el lugar de ejecución del proyecto. Además, se prohíbe la tenencia de mascotas en el área del proyecto. Se especificará a los contratistas y trabajadores en general, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. Se realizará una restricción y control de velocidad, en caminos interiores del área de Proyecto. Prohibición de acceso, tenencia y protección de animales domésticos. Indicador que acredita su cumplimiento Antecedentes del PAS 146 en el Anexo 4 de la Adenda. Forma de control y seguimiento Se contará con documento informativo que estará disponible en las dependencias del pozo del proyecto en que se especifique la prohibición de caza, indicando la normativa pertinente
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1. Monitoreo hidroquímico de pozos Impacto asociado Alteración calidad agua subterránea Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Detectar altercaciones en la calidad de las aguas subterráneas.
Descripción: Efectuar monitoreo hidroquímico de los pozos ubicados en el pedio, denominados Styria y Heinz, considerando los parámetros analizados en el estudio de caracterización hidrogeológica.
Justificación: La modificación en la cobertura superficial aumentará la vulnerabilidad del acuífero, exponiéndolo a un mayor riesgo de contaminación. La extracción de áridos, al remover las capas protectoras de sedimentos que actúan como barreras naturales, incrementa la exposición del acuífero a posibles contaminantes que podrían infiltrarse desde la superficie. Durante la evaluación ambiental el Titular no definió un estadígrafo con el propósito de realizar un seguimiento de la condición basal de las aguas subterráneas.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Pozos Styria y Heinz
Forma: Se realizarán muestreos puntuales, con una frecuencia, al menos, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
estacional (verano, otoño, invierno y primavera). Las muestras serán analizadas en laboratorio acreditado. Los parámetros que se medirán serán los señalados en la norma NCh 409, a los que se agregarán pH, temperatura, conductividad eléctrica, así como los cationes mayores correspondientes a calcio, sodio, potasio y magnesio, y los elementos orgánicos benceno, tetracloroeteno, tolueno, triclorometano y xileno.
Oportunidad: Una vez iniciada la operación del proyecto. Durante la vida útil del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Se deberá comparar los resultados de los muestreos efectuados con aquellos registrados en sus muestreos basales de ambos pozos. En caso de mediciones fuera del rango, el titular deberá investigar y documentar las causas, evaluando si estas se deben a la variabilidad natural del acuífero o a impactos no previstos asociados a la operación del proyecto. Forma de control y seguimiento Los resultados de análisis ejecutados por un laboratorio con calificación ETFA, serán enviados vía plataforma “Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA)” a Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y Dirección General de Aguas (DGA). Referencia al ICE para mayores detalles Punto 11.2 del ICE.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
Compromiso ambiental voluntario uso de maquinaria con tecnología TierIII. Impacto asociado Emisiones por combustión de maquinaria Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Uso de maquinaria Tier IIIA como peor escenario
Descripción: El titular se compromete a: • Utilizar para la maquinaria fuera de ruta, vehículos con tecnología TierIIIA como peor escenario. Para cumplir esto, el titular se compromete a: • Entrega de los contratos de arriendo o facturas de compra de las maquinarias que especifiquen la tecnología propuesta. • Entrega de las fichas técnicas de vehículos y maquinarias fuera de ruta especificados en los contratos de arriendo o facturas de compra. • Remitir la información solicitada en el mismo mes del hito de inicio de la etapa de operación Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Pozo Köber Forma y Oportunidad: La maquinaria a comprar debe ser de la tecnología propuesta. Indicador que acredite su cumplimiento Facturas, contratos de arriendo y/o facturas de compra. Fichas técnicas de vehículos y maquinarias Forma de control y seguimiento La información del punto anterior de “indicador de cumplimiento” deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) con copia a la Secretaría Regional del Medio Ambiente.
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Compromiso ambiental voluntario humectación de camino no pavimentados. Impacto asociado Material particulado Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Humectación del camino en periodo estival y en días donde no exista precipitaciones y la humedad sea escasa
Descripción: El titular se compromete a: • En el periodo estival y cuando las condiciones climáticas sobrepasen dos días libres de lluvia, se hará humectación del camino interior en una frecuencia de una vez al día. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Pozo Köber Forma y Oportunidad: Se contratará un servicio de humectación con una empresa autorizada. Indicador que acredite su cumplimiento Planilla Excel con registro de días de humectación Forma de control y seguimiento La información del punto anterior estará disponible en las oficinas de pozo Köberl para revisión de la autoridad.
Compromiso ambiental voluntario medición de ruido Bloque 2. Impacto asociado Riesgo en la salud de la población por ruido Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evaluar los niveles de presión sonora en los receptores más cercanos verificando que se cumplan con los límites de ruido que establece la normativa nacional vigente (D.S. N°38/11 del MMA).
Descripción: La medición de ruido se desarrollará siguiendo los lineamientos del D.S. N°38/11 del MMA, considerando el parámetro de medición Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) en dBA. En la fase de operación se realizarán mediciones discretas durante la jornada de trabajo (periodo diurno), según la metodología indicada en el D.S. N° 38/2011 del MMA en los receptores R1, y R3 (periodo diurno), de manera anual. Además, se deberá inspeccionar el uso no simultáneo de las chancadoras de mandíbula y el montículo como medida de control de ruido.
Justificación: Verificar el cumplimiento normativo del D.S. N°38/11 del MMA producto de la incorporación de medidas de control de ruido para la fase de operación en los receptores R1 y R3 en horario diurno.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los receptores R1 y R3 identificados en el Estudio de Impacto Acústico, cuyas coordenadas son las siguientes:
Forma: Se realizará monitoreo anual durante los 5 años (que dura la explotación el bloque 2) para la fase de operación en periodo diurno. Se debe registrar la configuración de maquinaria definida para el escenario 2. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
Oportunidad: Una vez implementadas las medidas de control de ruido. Indicador que acredite su cumplimiento Comprobante de envío de Informes de monitoreos de ruido, cuyos contenidos mínimos serán los contemplados en la Resolución Exenta N°867 [SMA, 2016] de la SMA sobre protocolo técnico para la fiscalización del D.S. N°38/11 del MMA y exigencias asociadas al control de ruido en instrumentos de competencias de la SMA. Además, el Informe se ajustará a los contenidos señalado por la Resolución Exenta N°223 de la SMA [SMA, 2015] sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales y serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo de 5 días hábiles luego de la entrega del informe al titular por parte de la ETFA, luego de la realización del monitoreo. En consecuencia, los informes de seguimiento ambiental considerarán las siguientes secciones: a) Resumen. b) Introducción. c) Objetivos. d) Materiales y Métodos. e) Resultados. f) Discusiones. g) Referencias Forma de control y seguimiento Las mediciones deberán ser acompañadas de un reporte técnico, cuyo contenido debe permitir caracterizar tanto la(s) fuente(s) de ruido, su entorno y emisión de ruido, medida desde el receptor, como las condiciones observadas en este último. El contenido del reporte deberá incluir al menos los siguientes puntos: Ficha de Información de Medición de Ruido (Identificación de la Fuente Emisora de Ruido y del o los Receptores), Ficha de Georreferenciación de Medición de Ruido, Ficha de Medición de Niveles de Ruido y Ficha de Evaluación de Niveles de Ruido. Se utilizará sonómetro integrador tipo 1 ó 2, con respuesta lenta, con filtro de ponderación “A”, que cumpla con los requisitos establecidos en el Título V, artículos 11, 12 y 13 del D.S. Nº38/11 del MMA [MMA, 2011c]
Compromiso ambiental voluntario plan de gestión de ruido Impacto asociado Molestia en los receptores humanos por eventos ruidosos asociados al Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Difusión de la información asociada a la emisión de ruido del Proyecto a la comunidad.
Descripción: Las siguientes recomendaciones fueron obtenidas en parte del documento “Medidas y recomendaciones para el control y gestión de ruido” realizada por el Departamento de Ruido, Lumínica y Olores del Ministerio del Medio Ambiente. A continuación, se presenta el plan de gestión de ruido: • Dado que se trata de una zona con características propias de un barrio industrial, es posible que no sea posible convocar a reuniones informativas, por lo que se creará un canal de comunicación directa y permanente con la comunidad cercana, mediante el cual se entregue información de forma previa y durante todo el desarrollo del Proyecto. Para llevar a cabo lo anterior, se sugiere informar de manera semestral, como mínimo, lo siguiente: Días y horarios regulares de trabajo, programación de faenas ruidosas, señalando los días y horarios en que se realizarán, descripción de las medidas de control y gestión de ruido Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
adoptadas y programación y estado de avance general de la obra. • Adicionalmente, en el comunicado semestral se recomienda incorporar las vías de recepción, gestión y resolución de reclamos de la comunidad, el cual sea de fácil acceso para los receptores potencialmente afectados (ejemplo: correo electrónico o WhatsApp).
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Entrega física del comunicado semestral que incluye la información necesaria respecto de las vías para la recepción de reclamos, comentarios y soluciones propuestas por áridos Köberl.
Forma y oportunidad: Se debe generar un canal de comunicación o correo electrónico para la recepción de comentarios de los vecinos
Indicador que acredite su cumplimiento Se debe generar una planilla o documento de recepción y gestión de reclamos recibidos de parte de los vecinos. Forma de control y seguimiento Se genera un reporte con los resultados de la difusión de la información de la emisión sonora del Proyecto, que será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
Riesgo Derrame de hidrocarburos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Estanque de combustible, bodega respel. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Como Plan de Prevención, se realizarán las siguientes labores y funciones: 1. No se acopiarán los depósitos de combustibles y sustancias peligrosas en suelo descubierto, para lo cual se habilitarán lugares especiales para ello que cumpla con los siguientes requerimientos: ✓ Suelo impermeabilizado (solera de hormigón o lona de polietileno cubierta de arena) ✓ Techada ✓ Confeccionada con material no inflamable ✓ Cerrada perimetralmente ✓ Señalizada ✓ Con extintor 2. Estos acopios o bodegas de residuos peligrosos deberán contar con autorización de funcionamiento de parte de la autoridad sanitaria local (SEREMI de Salud- PAS 142). 3. El almacenamiento de hidrocarburos o residuos peligrosos, será de acuerdo con lo indicado en la normativa, respecto del almacenamiento, señalizaciones, manipulación, transporte y disposición final (D.S Nº148/2004). 4. En la bodega RESPEL se mantendrán las hojas de seguridad de los residuos peligrosos presentes al interior de la bodega. En la caseta de petróleo se tendrá a la vista la hoja de seguridad del petróleo. 5. No se operarán los equipos más allá de sus capacidades y especificaciones técnicas. 6. La manipulación de los hidrocarburos, en todas sus formas, deberán realizarse con los implementos de seguridad necesarios, para que el personal que está manipulándolo, no se exponga a riesgos innecesarios. 7. En caso de tener que realizarse reparaciones de maquinaria por Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
emergencias se dispondrá de un área señalizada con piso impermeable para evitar escurrimientos al exterior de esta zona. 8. Las maquinas en las que se observe perdida de aceite, líquido de frenos y/o combustible se paralizarán hasta su reparación o sustitución, realizándose las debidas contenciones y recolección de todo el suelo contaminado, que se dispondrá en bodega de residuos peligrosos (RESPEL).
Forma de control y seguimiento La bodega RESPEL contará con resolución de aprobación de PAS 142. La bodega contará con baldes o recipiente con arena como material de contención. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Procedimiento en caso de derrame: Si se llega a generar un derrame por cualquier causa, se debe realizar las siguientes acciones: Avisar de inmediato a su jefe directo, sin importar el horario. En caso de derrame, localizar el origen del derrame e identificar la categoría del residuo derramado (etiqueta del envase, en caso de existir). Evaluar la magnitud del derrame. Alertar a todos los trabajadores del sector involucrado, apagar todo equipo o fuente de ignición. Impedir que el derrame abarque una mayor área, para lo cual debe utilizar algún medio absorbente (arena o tierra), los cuales estarán disponibles en racks de la planta.
Se debe esperar la completa absorción del líquido por parte del material absorbente, para iniciar la recolección y almacenamiento de los productos. La tierra o arena es la mejor opción de urgencia para controlar un derrame o inicio de incendio. Para poder utilizarla rápidamente será necesario mantener mínimo dos palas en cada lugar donde se instale rack metálico con baldes.
El personal responsable sólo podrá proceder a controlar el derrame si cuenta con los EPP (zapatos de seguridad, guantes y lentes) los que son entregados a todos los trabajadores.
Para controlar el derrame sobre superficie impermeable (cemento, lata, pisos) es necesario: ✓ Rodear rápidamente el derrame con arena, comenzando sobre menor cota de suelo en caso de pendiente. ✓ Esparcir arena sobre el residuo, siempre desde el borde hacia el centro del derrame. ✓ Formar capas de arena hasta que ésta absorba todo el residuo. Para controlar el derrame sobre superficie permeable (césped, suelo, tierra), es necesario: ✓ Cavar alrededor del derrame con 1erra, comenzando sobre menor cota de suelo en caso de pendiente. La pala se entierra inclinada (aprox. 45°) a una distancia de 20 cm del borde del derrame y se hace palanca hacia el centro del derrame para ir formando un pequeño muro de contención y cuneta triangular
✓ Seguir cavando hasta rodear completamente el derrame. ✓ Esparcir tierra o arena sobre el residuo, siempre desde el borde hacia el centro del derrame. ✓ Formar capas hasta que la arena o tierra absorba todo el residuo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
✓ Comunicar el incidente al Prevencionista de Riesgos y jefe directo.
Una vez terminada la contingencia, es necesario: ✓ Limpiar área afectada: ✓ Todos los residuos utilizados en derrames se deben introducir en contenedores des1nados para tales fines (contenedor cerrado), los cuales deberán ser etiquetados, para evitar cualquier confusión. Estos se deben almacenar en Bodega RESPEL. ✓ Los residuos deben ser eliminados, esto implica ser entregados a empresas autorizadas para su eliminación. ✓ Si la envergadura del derrame es mayor a 200 litros (equivalente a un tambor) realizar la inves1gación y enviar el Informe de Evaluación de Emergencia, donde se detallará el área afectada, las causas, el responsable, los impactos ambientales y los recursos comprometidos. ✓ En caso de requerir más ayuda se debe dar aviso a personal externo (empresas especialistas en el tratamiento de derrame) y a los organismos públicos de la zona del accidente, detallados en la Listado de personal de Emergencia (bomberos, carabineros, ambulancia, etc.). ✓ Dar aviso a las empresas que puedan ver afectadas sus operaciones diarias producto de la contaminación del agua.
En caso de derrames a suelo y una vez contenido, se deberá, alternativamente, realizar lo siguiente:
- En el caso de generarse un derrame de hidrocarburos, la zona será aislada, marcada y debidamente georreferenciada.
- Se retirará el suelo y material contaminado completamente en tambores metálicos, los cuales se trasladarán y acopiarán en bodega de residuos peligrosos, estando debidamente señalizados.
- El suelo en tambores será enviado a sitio de disposición final autorizado.
- Una vez retirado todo el suelo contaminado, se tomarán muestras en la zona afectada (posterior a la limpieza) para verificar la efectividad de la medida aplicada. La toma de muestra se realizará por estratos afectados incluyendo el estrato en que, al menos visualmente, se aprecia un suelo con matriz normal. Al respecto se hace presente que, dada la envergadura del proyecto y su relación con las áreas que se pudieran afectar por eventuales derrames, esta es muy acotada, por lo que efectuando las medidas propuestas y la inmediatez de su aplicación no debiera ello generar un impacto relevante.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez controlada la Emergencia, en un plazo no mayor a las 24 horas de ocurrida esta, se informará a la SMA de la ac1vación del Plan, el cual será cargado al sistema de seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria.
Situación de riesgo o contingencia Falla en instalaciones sanitarias (baños químicos y/o fosa séptica) asociados al funcionamiento Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Baños químicos, fosa sépticas y drenes de infiltración. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Plan de Prevención, baños químicos 1. Se contará con un contrato con la empresa de baños químicos, para el oportuno retiro y recambio de los baños químicos. 2. Para efectos de prevenir un eventual mal funcionamiento de un baño químico, siempre se contará con una unidad de reserva o el compromiso del proveedor de cambiar la unidad en un plazo no superior a 2 horas. Plan de Prevención, fosa séptica (acciones de mantención). 1. Se realizará capacitación al encargado de planta en la revisión periódica en mantención de la fosa séptica. 2. Se considera la inspección periódica de la fosa séptica, de forma semestral en la fase de operación. Las inspecciones contemplan las siguientes actividades; revisión de cámaras; verificación de la cobertura e inspección y verificación de correcto funcionamiento de la fosa séptica en general. 3. Se llevará registro de las inspecciones realizadas al a fosa séptica, así como eventuales actividades correctivas que puedan realizarse debido a algún desperfecto. 4. Asimismo, y ante la existencia de eventuales fallas, se mantendrán los registros de las reparaciones realizadas, entre estas; detención de fosa, recambio de cámaras, etc. 5. Se llevará el registro del retiro y disposición de los lodos, así como las copias de las autorizaciones de los sitios de destino final.
Forma de control y seguimiento Para el caso de los baños químicos: 1. Se llevará un calendario en el cual se tenga claridad de los días de inspección y limpieza de ellos a cargo de la empresa autorizada. 2. Además, se guardará en oficina la factura por el servicio de arriendo de los baños. Para el caso de la fosa séptica: 1. Se llevará un registro de los re1ros de lodos desde la fosa la cual además deberá será ejecutada por una empresa autorizada. 2. Además, se guardará en oficina las facturas por los servicios realizados.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fallas en instalaciones sanitarias (baños químicos) En las situaciones que se detecte un mal funcionamiento de los baños químicos, como por ejemplo alguna fuga, se realizará lo siguiente: -Se prohibirá el uso de este sanitario -Se confeccionarán pretiles para evitar dispersión de los líquidos residuales a zonas circundantes. -Se solicitará el retiro y reposición del baño por parte de la empresa que proveerá este servicio. -Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas, para luego solicitar su manejo y disposición final a una empresa autorizada, pudiendo ser la misma que provee del servicio de arriendo y mantención de los baños químicos.
Fallas en instalaciones sanitarias (mal funcionamiento de fosa séptica) En caso de producirse un mal funcionamiento de la fosa séptica de aguas servidas, se aplicará la siguiente medida: -Avisar a jefe de planta para dejar de usar baños y concurrir al lugar donde está la fosa séptica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
-Se contratará el servicio de un camión limpia fosa para que haga limpieza y retiro de todo el material contenido en la fosa séptica. -De ser necesario si el problema persiste, se contratará temporalmente el uso de baños químicos, en tanto se resuelve el problema técnico que se pudiera haber producido. Se está consciente que la Autoridad solo admite uso de baños químicos para situaciones temporales.
Derrame o rebalse de aguas servidas En caso de derrame de aguas servidas, se debe avisar a jefe de planta para dejar de usar baños y concurrir al lugar donde está la fosa séptica. -En caso de rebalse de aguas servidas, será contenido haciendo uso del material absorbente (arena), para luego recogerlo, almacenarlo y retirarlo en estanques cerrados para ser enviado a sitio de disposición final. -Ante derrame de sobre suelo permeables, se deberá cavar alrededor del derrame, comenzando sobre la menor cota del suelo en caso de pendiente y trabajando a favor del viento, cavando hasta rodear completamente el derrame. -Por último, se realiza limpieza del derrame, recogiendo con pala el material afectado incluyendo el suelo, para luego disponerlo en bolsa plástica resistente y/o contenedor hermético. Implementos de seguridad: Palas, arena, contenedor con tapa, guantes.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la Emergencia, en un plazo no mayor a las 24 horas de ocurrida esta, se informará a la SMA de la activación del Plan, el cual será cargado al sistema de seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria.
Situación de riesgo o contingencia Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos domiciliarios e interrupción en el servicio de retiro de residuos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sitio de almacenamiento transitorio de residuos domiciliarios. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Acciones por realizar, implementos a utilizar y capacitaciones
Capacitación anual a persona encargada de residuos. 1. Capacitar a persona encargada sobre el manejo de los residuos domiciliarios y la forma correcta de acopio en el contenedor, además de la prevención de derrames y la forma de actuar para controlarlos, en caso de ocurrencia. Capacitación en acopio de residuos no peligrosos en si1o demarcado para ello. 2. Las instrucciones de cómo proceder se mantendrán siempre a la vista de los trabajadores. 3. La persona encargada de acopiar los residuos domésticos, deberá verificar el llenado de los contenedores todos los días y que todos los residuos se encuentren dentro de bolsas plásticas cerradas. Además, debe informar en caso de rotura o perdida de la tapa de alguno de los contenedores.
- Los residuos serán almacenados de acuerdo con cada tipo. Los residuos domiciliarios serán almacenados dentro de bolsas cerradas en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
contenedor cerrado de residuos domiciliarios. 2. Los residuos no peligrosos serán acopiados en el sector habilitado de forma ordenada y dentro del contenedor. 3. No se sacarán de los contenedores los residuos industriales hasta que llegue a planta el camión que hará retiro de ellos. 4. Los residuos domésticos serán dejados dentro del contendedor y dentro de las bolsas el día que pase el camión municipal, para evitar derrame de basura por rotura de bolsa.
Forma de control y seguimiento 1. La persona encargada de acopiar los residuos domésticos, deberá verificar el llenado de los contenedores todos los días y que todos los residuos se encuentren dentro de bolsas plás1cas cerradas. 2. Además, debe informar en caso de rotura o perdida de la tapa de alguno de los contenedores. 3. El servicio de retiro de residuos domiciliarios de la Municipalidad posee una frecuencia semanal, por lo que esta persona preparará los contenedores los contenedores el día que sabe que pasa el camión.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de derrames o percolación por mal almacenamiento:
En las situaciones que se detecte un derrame o percolación por mal almacenamiento de los residuos del contenedor, se realizará lo siguiente: 1. Se procederá a absorber el derrame contenido en el suelo con material absorbente (arenas, tierra, etc.). 2. En caso de que el derrame sea abundante, se absorberá de la misma manera, pero antes se hará una delimitación para que éste no siga avanzando. 3. Una vez contenido en derrame se recogerá el material absorbente que con1ene el derrame y se colocará dentro de una bolsa cerrada dentro del contenedor. Si corresponde, posteriormente el material contenedor será dispuesto según corresponda. 4. Se cambiará el contenedor o basurero en caso de estar defectuoso.
En caso de interrupción de retiro de residuo: 1. En caso de que la empresa de retiro de residuos domésticos (servicio municipal), no concurra al lugar el día establecido, de volverá los contenedores al lugar habilitado para ello. 2. Luego de esta medida, se tomará contacto con otra empresa autorizada que ejecute la misma labor. 3. No se sacarán del sitio de almacenamiento los residuos hasta que llegue el camión.
En caso de interrupción del servicio de retiro de residuos sólidos no peligrosos 1. En caso de que la empresa de retiro de residuos industriales no concurra al lugar el día acordado, se tomará contacto con otra empresa autorizada que ejecute las mismas labores. Posterior al incidente: Una vez controlado el derrame, se capacitará nuevamente a la persona encargada de acopio de residuos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la Emergencia, en un plazo no mayor a las 24 horas de ocurrida esta, se informará a la SMA de la activación del Plan, el cual será cargado al sistema de seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia a documentos del Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Situación de riesgo o contingencia Remoción en masa Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Empréstito Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Como medidas preventivas: 1. Iden1ficar zonas de riesgo ante la posible remoción en masa o deslizamiento de tierra dentro del pozo de áridos en el proceso de explotación de cada uno de los bloques. 2. Respetar en todo momento el talud de 45º comprometidos
Forma de control y seguimiento Forma de control 1. Revisión del proceso de explotación del áridos en donde se determine y se contemple los grados con respecto a los taludes del pozo. 2. De igual modo, se llevará un control del entorno del pozo en el caso de lluvias intensas para monitorizar el grado de saturación del suelo que pueda predisponer una remoción en masa. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de terreno circundante saturado por aguas lluvias de gran intensidad, con riesgo de remoción en masa, se aplicará la siguiente medida: 1. Se paralizarán las faenas hasta que haya seguridad en el trabajo.
En caso de remoción en masa, es necesario: 1. Ante el deslizamiento de material provocado por un sismo o lluvia intensa, los encargados o supervisores, llamarán a la calma y procederán a indicar al personal que vaya a un lugar seguro fuera del pozo de extracción de áridos. 2. Quien esté cercano a las zonas de riesgo iden1ficadas, deberá alejarse de dicho lugar. 3. Una vez finalizado el deslizamiento de 1erra o remoción en masa, se deberá hacer un reconocimiento de los posibles daños personales y/o materiales.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la Emergencia, en un plazo no mayor a las 24 horas de ocurrida esta, se informará a la SMA de la activación del Plan, el cual será cargado al sistema de seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria.
Situación de riesgo o contingencia Incendio forestal o de vegetación Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, Vegetación aledaña Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
obra o acción asociada Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas a implementar: 1. Se encontrará prohibido utilizar fuego con el fin de quemar basura, quemar vegetación para despejar, o cualquier actividad que pueda llegar a ser una fuente de incendio. 2. Se implementará señalética de advertencia, de seguridad e instrucciones de seguridad que indiquen: prohibición de fumar y, en general, del uso del fuego o de cualquier otra sustancia susceptible de causar incendios. Esta señalética se colocará tanto en la Instalación de Faenas, como las estructuras de apoyo. 3. Se utilizará dentro de planta equipo de radiocomunicación para que el personal de planta este al tanto de todo lo que va sucediendo en simultaneo ya sea para las labores propias de la producción como para eventos de tipo contingencia. 4. En la instalación de faenas se dispondrá de extintores, según se indica en el D.S. N° 594, de 2000, del Ministerio de Salud, específicamente en lo indicado en su artículo 45. 5. El prevencionista de riesgo o encargado medioambiental tendrá la obligación de dar a conocer a todo el personal del proyecto, el protocolo a seguir en caso de producirse un incendio forestal dentro del proyecto. Para este efecto, se darán las directrices de cómo proceder, de manera de generar una respuesta rápida y oportuna frente a una eventual emergencia de incendio forestal. 6. Para esto se designarán algunas personas para que formen una cuadrilla de acción antes incendios.
Forma de control y seguimiento Forma de Control 1. Prohibición de fumar dentro de las instalaciones. 2. Se prohibirá botar residuos incandescentes a la basura. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Incendio dentro el predio En las situaciones que se detecte un incendio en el predio se realizará lo siguiente: 1. En caso de producirse un siniestro se activará el protocolo de emergencia dando aviso inmediato a los servicios de urgencia, mientras que la cuadrilla de combate de incendios será la primera en llegar al lugar para dar el primer ataque al fuego. 2. El jefe de la cuadrilla de combate de incendios evaluará la situación, y dará aviso a bomberos más cercano, en el caso que por medio propio no sea suficiente para su control. Seguidamente se avisará a Carabineros de Chile y CONAF. 3. En caso de que el fuego alcance una intensidad que no pueda ser controlada por personal de la faena, se deberá resguardar la seguridad e integridad de las personas y esperar la llegada de bomberos y/o CONAF. 4. En el acceso al proyecto se mantendrá un mapa con la ubicación de las zonas prioritarias de protección, las fuentes de agua y los caminos de acceso, de manera de facilitar las labores de Bomberos y/o CONAF ante un eventual incendio. 5. Se identificarán y georreferenciarán los sectores donde exista disponibilidad de fuentes de agua para el abastecimiento de equipos en caso de producirse un incendio forestal. Esta información será representada en mapas y mantenida en el proyecto. 6. Una vez que los servicios de urgencia hayan llegado al lugar de incendio, se dispondrán todos los recursos necesarios, como maquinaria y personal a disposición de los servicios de urgencia. 7. Como medida de precaución se dispondrá la evacuación de todo el personal que trabaje en el lugar siniestrado, que no esté cumpliendo alguna función en el combate Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
del incendio. Se deja establecido que no actuará personal que no haya recibido alguna instrucción especializada previamente. 8. Una vez controlado el siniestro, se realizará una inves1gación interna que permita conocer las causas del siniestro y mejorar las disposiciones de seguridad. Se colaborará con la inves1gación que realice bomberos, de modo que se establezca la o las causas del siniestro y se implementen las medidas de prevención correspondientes, de manera de evitar la nueva ocurrencia de otro incendio forestal. 9. Estas medidas se mantendrán durante todas las etapas del proyecto. 10. A objeto de facilitar la comunicación con las autoridades competentes, se indicará en un lugar visible para todo el personal los teléfonos de emergencia: Bomberos 132, Carabineros 133, CONAF 130, Ambulancia 131, ONEMI (Región de Los Lagos) (65) 2220008.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la Emergencia, en un plazo no mayor a las 24 horas de ocurrida esta, se informará a la SMA de la activación del Plan, el cual será cargado al sistema de seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria.
Tabla 8.1.6 Situación de riesgo o contingencia Afloramiento de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavaciones Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con la finalidad de evitar el afloramiento de aguas subterráneas durante las etapas del proyecto, se hará lo siguiente. 1. Establecer claramente las profundidades a las cuales se deben llegar las excavaciones de cada uno de los bloques. 2. Capacitar a los trabajadores en cada inicio de extracción de los bloques. 3. Capacitar a los trabajadores sobre que deben hacer en caso de un afloramiento de napa por efectos de una excavación. 4. Se habilitarán un pozo de monitoreo aguas abajo y dentro del predio con el fin de medir el nivel de las aguas subterráneas. Este pozo nuevo será habilitado post aprobación de la RCA para comenzar su uso con la operación de la planta proyectada. Además, se mantienen como pozo de monitoreo los dos pozos existentes, los cuales entregarán información sobre el nivel de la napa. 5. Conforme a lo solicitado por la DGA, el Titular deberá ajustar la profundidad de su operación a la medición de la profundidad de la napa subterránea, de manera de no alcanzar el nivel freático. 6. Durante invierno, se mantendrán sin compactación los fondos de explotación para evita anegamiento y favorecer la infiltración.
Forma de control y seguimiento Forma de control 1. Revisión de los registros de capacitación al personal respecto de las condiciones del frente de trabajo y respecto de la respuesta ante un afloramiento de napa. 2. Registro de nivel de napa. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la En caso de afloramiento de agua en cualquiera de las etapas del proyecto se deberá: 1. Detener inmediatamente las faenas de excavación y retirar la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
emergencia maquinaria del lugar donde se generó el afloramiento. 2. Realizar zanjas en el borde de los límites de frente de trabajo para evitar mayores escurrimientos. 3. Taponear la zona donde se produjo el afloramiento de agua subterránea. 4. Una vez controlado el afloramiento se informará a la SMA de las acciones implementadas comunicando la fecha del afloramiento, con registro fotográfico y coordenadas del lugar y las medidas tomadas. 5. Si el eventual afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular realizará los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la magnitud de la emergencia, para evaluar y alcanzar la solución definitiva.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la Emergencia, en un plazo no mayor a las 24 horas de ocurrida esta, se informará a la SMA de la activación del Plan, el cual será cargado al sistema de seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria.
Situación de riesgo o contingencia Derrame de residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Manejo de sustancias peligrosas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Como Plan de Prevención, se realizarán las siguientes labores y funciones: 1. No se acopiarán los depósitos de combustibles y sustancias peligrosas en suelo descubierto, fuera de la bodega. 2. La bodega se habilitarán con los siguientes requerimientos: ✓ Suelo impermeabilizado (solera de hormigón) ✓ Techada ✓ Confeccionada con material no inflamable ✓ Cerrada perimetralmente ✓ Señalizada ✓ Con extintor 3. La bodega RESPEL contará con autorización de funcionamiento de parte de la autoridad sanitaria local (PAS 142). 4. Mantener orden y limpieza de la Bodega RESPEL. 5. El almacenamiento de RESPEL será ordenado y no se obstruirá vías de ingreso a la bodega. 6. La manipulación de los residuos peligrosos, en todas sus formas, deberán realizarse con los implementos de seguridad necesarios, para que el personal que está manipulándolo, no se exponga a riesgos innecesarios. Declarar regularmente ante la Autoridad Sanitaria regional los residuos gestionados, enviando al Servicio de Salud los ejemplares de la “Declaración y seguimiento de residuos peligrosos” (SIDREP). Forma de control y seguimiento -Se tendrá un encargado de Bodega RESPEL el que será el que tenga la llave y el inventario de existencia de los residuos. -Se mantendrá la HDS del petróleo y del aceite en la bodega. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria. Acciones o medida a En caso de generarse derrame durante el manejo, almacenamiento y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
implementar para controlar la emergencia transporte de RESPEL, se realizará lo siguiente: 1. Evaluar la magnitud del derrame. 2. Evaluar qué tipo de residuo es el que se derramó. 3. Alertar a todos los trabajadores del sector involucrado, apagar todo equipo o fuente de ignición. 4. Impedir que el derrame abarque una mayor área, para lo cual debe utilizar algún medio absorbente (arena, tierra, etc.). 5. Se debe esperar la completa absorción del líquido por parte del material absorbente, para iniciar la recolección y almacenamiento de los productos. 6. El personal responsable sólo podrá proceder a controlar el derrame si cuenta con los EPP.
En caso de generarse derrame fuera de la BODEGA RESPEL, sobre superficie permeable, (césped, suelo), es necesario: 1. Evaluar la magnitud del derrame. 2. Evaluar qué tipo de residuo es el que se derramó. 3. Alertar a todos los trabajadores del sector involucrado, apagar todo equipo o fuente de ignición. 4. Cavar alrededor del derrame con 1erra, comenzando sobre menor cota de suelo en caso de pendiente. La pala se en1erra inclinada (aprox. 45°) a una distancia de 20 cm del borde del derrame y se hace palanca hacia el centro del derrame para ir formando un pequeño muro de contención y cuneta triangular. 5. Seguir cavando hasta rodear completamente el derrame. 6. Esparcir tierra sobre el residuo, siempre desde el borde hacia el centro del derrame. 7. Formar capas hasta que la arena o tierra absorba todo el residuo. 8. Comunicar el incidente al Prevencionista de Riesgos y jefe directo.
Una vez terminada la contingencia, es necesario: 1. Limpiar área afectada. 2. Se retirará el suelo y material contaminado completamente en tambores metálicos, los cuales se trasladarán y acopiarán en bodega de residuos peligrosos, estando debidamente señalizados. 3. Todos los residuos utilizados en derrames se deben introducir en contenedores des1nados para tales fines (contenedor cerrado), los cuales deberán ser etiquetados, para evitar cualquier confusión. 4. Los residuos deben ser eliminados, esto implica ser entregados a empresas autorizadas para su eliminación. 5. Si la envergadura del derrame es mayor a 200 litros (equivalente a un tambor) realizar la investigación y enviar el Informe de Evaluación de Emergencia, donde se detallará el área afectada, las causas, el responsable, los impactos ambientales y los recursos comprometidos. 6. En caso de requerir más ayuda se debe dar aviso a personal externo (empresas especialistas en el tratamiento de derrame) y a los organismos públicos de la zona del accidente, detallados en la Listado de personal de Emergencia (bomberos, carabineros, ambulancia, etc.).
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la Emergencia, en un plazo no mayor a las 24 horas de ocurrida esta, se informará a la SMA de la activación del Plan, el cual será cargado al sistema de seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria.
Situación de riesgo o contingencia Accidentes que comprometan la calidad del recurso hídrico superficial y subterráneo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Construcción, operación y cierre de pozo y la planta de áridos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Como Plan de Prevención, se realizarán las siguientes labores y funciones: 1. No se acopiarán los depósitos de combustibles y sustancias peligrosas en suelo descubierto, fuera de las bodegas. 2. La bodega se habilitarán con los siguientes requerimientos: ✓ Suelo impermeabilizado (solera de hormigón) ✓ Techada ✓ Confeccionada con material no inflamable ✓ Cerrada perimetralmente ✓ Señalizada ✓ Con extintor 3. La bodega RESPEL contará con autorización de funcionamiento de parte de la autoridad sanitaria local (PAS 142). 4. La manipulación de los residuos peligrosos, en todas sus formas, deberán realizarse con los implementos de seguridad necesarios, para que el personal que está manipulándolo, no se exponga a riesgos innecesarios. 5. Los residuos domiciliarios serán almacenados en bolsas plásticas cerradas dentro de contenedor con tapa y cerrado. 6. La persona encargada de acopiar los residuos domésticos, deberá verificar el llenado de los contenedores todos los días y que todos los residuos se encuentren dentro de bolsas plásticas cerradas. Además, debe informar en caso de rotura o perdida de la tapa de alguno de los contenedores. 7. Se realizará capacitación al encargado de planta de aguas servidas, en la revisión periódica en mantención de la fosa séptica. 8. Se considera la inspección periódica de la fosa séptica, de forma semestral en la fase de operación. Las inspecciones contemplan las siguientes actividades; revisión de cámaras; verificación de la cobertura e inspección y verificación de correcto funcionamiento de la fosa sép1ca en general.
Forma de control y seguimiento -Se tendrá un encargado de Bodega RESPEL el que será el que tenga la llave y el inventario de existencia de los residuos. -Se mantendrá la HDS del petróleo y del aceite en la bodega. -Se solicitará PAS 142 (Bodega RESPEL) -Se solicitará PAS 138 (Aguas Servidas). -La bodega RESPEL y estanque de petróleo, contará con baldes o recipiente con arena como material de contención y dos palas en cada rack de baldes Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de generarse derrame de aguas servidas, hidrocarburos o cualquier líquido durante el manejo, almacenamiento y/o transporte, se realizará lo siguiente: 1. Evaluar la magnitud del derrame. 2. Evaluar qué tipo de residuo o líquido es el que se derramó. 3. Alertar a todos los trabajadores del sector involucrado, apagar todo equipo o fuente de ignición. 4. Impedir que el derrame abarque una mayor área, para lo cual debe utilizar algún medio absorbente (arena, tierra, etc.). 5. En la planta existirán rack con baldes con arenas y palas en cada una de las estaciones. Existirá un pack afuera de bodega RESPEL y otro fuera del estanque de petróleo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
- Se debe esperar la completa absorción del líquido por parte del material absorbente, para iniciar la recolección y almacenamiento de los productos.
- El personal responsable sólo podrá proceder a controlar el derrame si cuenta con los EPP.
En caso de derrame a cuerpo de agua, es necesario: 1. En caso de con1ngencias o emergencias a causa de derrames de sustancias químicas y/o aguas servidas y/o cualquier líquido, con riesgo de contaminación a cuerpos de agua, se incluirá toma de muestra puntual del recurso afectado, una vez terminada la fase de contención y limpieza del derrame. 2. Dicha muestra será evaluada en el curso de agua afectado, con los parámetros establecidos en la NCh Of. N°1333/78, que determina la calidad de agua para diferentes usos. 3. Este análisis será efectuado por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA) o por un laboratorio cer1ficado por el Ins1tuto Nacional de Normalización (INN) si no existe ETFA para ese alcance. 4. Una vez que se tengan los resultados por parte del laboratorio, el Titular en un plazo no superior a 10 días comunicará a la SMA lo detallado con un Informe con fotos y con la investigación en la plataforma de sistema de seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
En caso de derrame donde el agua se infiltre, es necesario: 1. En caso de contingencias o emergencias a causa de derrames de sustancias químicas y/o aguas servidas y/o cualquier líquido, con riesgo de contaminación a cuerpos de agua subterráneas, se incluirá toma de muestra puntual en el pozo profundo más cercano, una vez terminada la fase de contención y limpieza del derrame. 2. Dicha muestra será evaluada en el curso de agua afectado, con los parámetros establecidos en la NCh Of. N°409, que determina la calidad de agua para agua potable. Como método de contrastación se utilizarán las muestras de agua tomadas en ambos pozos en marzo del 2024. 3. Este análisis será efectuado por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA) o por un laboratorio certificado por el Ins1tuto Nacional de Normalización (INN) si no existe ETFA para ese alcance. 4. Una vez que se tengan los resultados por parte del laboratorio, el titular en un plazo no superior a 10 días comunicará a la SMA lo detallado con un informe con fotos y con la investigación en la plataforma de sistema de seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la Emergencia, en un plazo no mayor a las 24 horas de ocurrida esta, se informará a la SMA de la activación del Plan, el cual será cargado al sistema de seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
En caso de toma de muestra puntal a un cuerpo de agua, tendrá la misma vía de comunicación del plazo de las 24 hora de ocurrida la con1ngencia. Sin embargo, se establece un plazo no superior a 10 días de reporte a la SMA una vez se tengan los resultados de laboratorio por parte de un laboratorio ETFA u otro laboratorio. Este Informe contendrá al menos: Fecha, lugar, descripción de lo ocurrido, medidas tomadas, fotogramas y el resultado de laboratorio.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria.
Situación de riesgo o contingencia Fallas en sistema de lavado de áridos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Lavado de áridos, piscinas de decantación Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Plan de Prevención, de piscinas de decantación
- Se mantendrán limpias y despejada el área circundante a las piscinas de decantación.
- Se realizará capacitación a los trabajadores de las máquinas en cómo se debe hacer la extracción de arenas de las piscinas, con el fin de resguardar no llegar el fondo y/o dañar las piscinas.
- Se realizará revisión visual del estado de ambas piscinas de decantación, cada vez que se haga re1ro de los finos o arena desde el fondo de la piscina.
- Las inspecciones contemplan las siguientes actividades; revisión de los bordes y junturas de las piscinas; verificación del estado físico de las lonas de cobertura de piscinas e inspección y verificación de correcto funcionamiento del sistema hidráulico (bomba y tuberías de aducción y retorno de agua.
- Se llevará registro de las inspecciones realizadas a ambas piscinas, así como eventuales actividades correctivas que puedan realizarse debido a algún desperfecto.
- Se llevará un registro de los cambios de lonas en caso de rotura o cambio por vida útil.
- Asimismo, y ante la existencia de eventuales fallas, se mantendrán los registros de las reparaciones realizadas, entre estas; fallas de las bombas, cambio de piezas, etc.
- Se llevará el registro del retiro de las arenas, y su frecuencia.
Forma de control y seguimiento 1. Se llevará un calendario en el cual se tenga claridad de los días de inspección y extracción de arenas y de la persona responsable que hizo esta labor. 2. Se mantendrá un registro de las actividades de capacitación del personal involucrado.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fallas en la bomba de succión
En las situaciones que se detecte un mal funcionamiento de la bomba de succión, se realizará lo siguiente: -El personal a cargo del chancador avisará a jefe directo que la bomba no está funcionando o está funcionando mal. -Se prohibirá el uso del sistema de lavado de áridos. -En caso de que esté lloviendo se debe colocar de inmediato la lona impermeable sobre ambas piscinas. -Solicitar que personal de mantención acuda con una nueva bomba o que la revise in situ. Fallas o rotura de techo impermeable. -Avisar a jefe directo de la rotura de una de las lonas. -En caso de producirse un mal funcionamiento los techos móviles, de las piscinas se sacará por completo y se solicitará un recambio.
Rebalse del sistema ante lluvia extrema.
Esta condición solo podría darse si no se usarán los cobertores que impiden el ingreso de las aguas lluvias, cuestión que se descarta como emergencia dado que el uso de los cobertores es condición básica para la operación de las piscinas. En todo caso para prevenir cualquier Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780
contingencia, al menos una vez al mes se revisará el sistema de cobertura de las piscinas para garantizar su adecuado funcionamiento cuando se le requiera.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la Emergencia, en un plazo no mayor a las 24 horas de ocurrida esta, se informará a la SMA de la activación del Plan, el cual será cargado al sistema de seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1, PDC y PDE, de la Adenda complementaria.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
-
Que, para que el proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental X Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
- Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl”, de HEINZ FERDINAND KOBERL.
2°. Certificar que el proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 139, 140, 142, 146 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Köberl” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Paulina Lorena Muñoz Molina Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780 Firmado por: Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Fecha: 27/01/2025 16:58:34 CLST Paulina Lorena Muñoz Molina Firmado digitalmente por Paulina Lorena Muñoz Molina Fecha: 2025.01.28 17:30:53 -03'00'
JHS/MSA/CVC
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Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url HEINZ FERDINAND KOBERL michel@koeberlgroup.com Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl SERNAGEOMIN, Zona Sur hugo.zamorano@sernageomin.cl CONADI, Región de Los Lagos murbano@conadi.gob.cl CONAF, Región de Los Lagos marco.inarejo@conaf.cl DGA, Región de Los Lagos fabiola.pizarro@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Los Lagos alejandro.santana@goreloslagos.cl Ilustre Municipalidad de Puerto Varas tomas.garate@ptovaras.cl SAG, Región de Los Lagos cristian.andrade@sag.gob.cl SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos tania.salas@minagri.gob.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Los Lagos ejaramillo@desarrollosocial.cl SEREMI de Salud, Región de Los Lagos <sofia.torres@redsalud.gov.cl, carlos.herrera@redsalud.gov.cl> SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos pjoost@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos fnail@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos adelafuente@mma.gob.cl SEREMI MOP, Región de Los Lagos fernando.alvarado@mop.gov.cl Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos lhurtado@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl CC: Encargado/a de PAC Carmen.Larraguibel@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2164250780