Evaluación SEA

Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8

Rol 2160827413
SEA · DIA · Aprobado · 2024-11-06 · Región de Atacama · BESS Halcón 8 SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8”

Resolución Exenta.

Copiapó

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 12 de marzo de 2024 y su Adenda Complementaria de 13 de septiembre de 2024, del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8”, presentado por BESS Halcón 8 SpA con fecha 15 de diciembre de 2023.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8”.

3°. Las Actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. El Acta de Evaluación N° 202403106138 de 11 de octubre de 2024, del Comité Técnico de la Región de Atacama.

5°. El ICE de la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8” de fecha 11 de octubre de 2024, rectificado a través de la Resolución Exenta N ° 202403101209 de fecha 14 de octubre 2024.

6°. El acuerdo adoptado en la sesión del 21 de octubre de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8”.

8°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director/a Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; la Resolución Exenta RA 119046/347/2022 del 25 de noviembre de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y, en la Resolución Nº 7 de 26 de marzo del año 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 06-11-2024 16:17:16:408 UTC -03:00 Razón: Lugar: CONSIDERANDO:

1°. Que, BESS Halcón 8 SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social BESS Halcón 8 SpA Rut 77.363.362-2 Domicilio Magdalena 181, Piso 3, Las Condes Teléfono +56989299965; +56985483225 Nombre representante legal Ricardo Sylvester Zapata Rut representante legal 7.500.917-8 Domicilio representante legal Magdalena 181, Piso 3, Las Condes Teléfono representante legal +56989299965; +56985483225 Correo electrónico Titular o representante legal info@oenergy.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de octubre de 2024, rectificado a través de la Resolución Exenta N ° 202403101209 de fecha 14 de octubre 2024, la Directora Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del mismo documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de f4echa 21 de octubre de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 11 de octubre de 2024, rectificado a través de la Resolución Exenta N ° 202403101209 de fecha 14 de octubre 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo acumular la energía generada durante el día por las unidades eléctricas dedicadas exclusivamente para este fin al interior de la central, para luego inyectar esta energía a la red durante la noche y/u horas de mayor demanda y menos radiación solar, como la hora peak de la tarde-noche, por ejemplo. Descripción general del proyecto El Proyecto Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8, consiste en la construcción y operación de una Central de Almacenamiento de Energía Eléctrica y su respectiva Línea de Transmisión de Alta Tensión en 110 kV con una longitud de 3,8 km y la construcción de una subestación elevadora tap-off de alta tensión para interconectar dicha línea de evacuación con la línea existente del SEN denominada “110 kV Tap Punta Toro - Los Colorados”. El Proyecto retirará energía del sistema eléctrico nacional, para luego inyectarla en el mismo punto de interconexión. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones b.1) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje. Secundaria: b.2) subestaciones eléctricas. Vida útil 32 años. Monto de inversión USD $ 43.890.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de Instalación de Faena. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama, provincia y comuna de Huasco Descripción de la localización El área de emplazamiento seleccionada para la ejecución del Proyecto presenta circunstancias favorables para la instalación de un proyecto de una central de almacenamiento de energía, debido que se ubica en una zona con alta demanda de energía; disponibilidad de conexión a red eléctrica de transmisión existente y un terreno con topografía propicia para la implantación de sistemas de almacenamiento. Además, el área presenta proximidad a poblaciones existentes que permitirán el aprovisionamiento de energía en bloques de alto consumo. Superficie 9,27 ha. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas del Proyecto en datum WGS84 19S se presentan en Acápite 1.4.2, Capítulo 1 Descripción del Proyecto:

Caminos de acceso El acceso al Proyecto se realizará desde el Este de la comuna de Huasco, por la Ruta 5, para luego tomar la ruta C-440 y acceder al camino privado que da ingreso al predio de emplazamiento del proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

En Anexo 1.2.2 de la DIA se presenta el layout del Proyecto, en formato PDF de cada obra. Luego, se amplía en Adenda Complementaria, en Anexo 1.1.1, donde se presenta el layout en formato KMZ.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Parte/obra Central de Almacenamiento BESS Los componentes principales que forman el corazón tecnológico de la central de almacenamiento se describen de manera resumida a continuación: Unidades de Almacenamiento: Se encuentra formado por la unión de baterías de ion-litio, donde se almacena directamente la energía eléctrica, en corriente continua y en baja tensión. El objetivo de este sistema es acumular la energía generada durante el día por las unidades eléctricas dedicadas exclusivamente para este fin al interior de la central, para luego inyectar esta energía a la red durante la noche y/u horas de mayor demanda y menor radiación solar, como la hora peak de la tarde-noche, por ejemplo. Sistema general de monitorización: Permitirá el control e inspección remota del Proyecto, a través de equipos auxiliares de circuito cerrado de cámaras de seguridad (en adelante “CCTV”) y monitoreo de todos los equipos y parámetros del sistema a través del sistema SCADA. Cerco Perimetral El Proyecto contará con un vallado o cerco perimetral, que estará compuesto de pandereta vibrada de hormigón o similar abarcando la totalidad del polígono del Proyecto. La extensión del cerco perimetral será de 294,47 metros aproximadamente. Zonas de unidades de almacenamiento El Proyecto estará conformado por 9 unidades de almacenamiento, cada unidad consistirá en 2 contenedores BESS de 7,2 MWh c/u, que tendrán en conjunto una potencia de almacenamiento máxima de 129,5 MWh de energía eléctrica.

Fundaciones y cableados de las unidades de almacenamiento Las fundaciones de hormigón serán la base para el emplazamiento del contenedor de baterías. Los cables provenientes desde las baterías cumplirán con la normativa vigente según el pliego técnico D109- RPTD2021, en cuanto a aislamiento y grado de protección. Los cables utilizados para la interconexión de las unidades de almacenamiento estarán protegidos contra la degradación por efecto de las condiciones ambientales y elevada temperatura. El cableado, entre los puntos de conexión, se efectuará mediante cables eléctricos flexibles y de longitud adecuada para permitir la conexión y el traslado de la energía, donde el diseño considera disminuir la caída de tensión, pérdidas eléctricas y que no exista peligro de cizalladura por sobre esfuerzo de la tensión mecánica al conductor. Línea interna de evacuación (33 kV) Línea en Corriente Alterna en Media Tensión: A partir de cada Centro de Transformación, el cableado de corriente alterna de media tensión se realizará mediante canalizaciones que pueden ser subterráneas o aéreas, según corresponda. La línea soterrada considera cables para la instalación subterránea, tipo mono conductores, con aislación, para las instalaciones aéreas se considera conductor monofásico de aluminio desnudo. De acuerdo el pliego técnico D109-RPTD 2021, las zanjas para el cableado directamente enterrado se ejecutarán con una profundidad de 0,8 m con refuerzo de hormigón. Se asegurará, en todo momento, que el cable quede correctamente instalado sin haber recibido daño alguno y que se ofrezca seguridad frente a excavaciones realizadas por terceros. Para lo anterior, se seguirán las instrucciones que se describen a continuación: El lecho de la zanja que va a recibir el cable será liso y estará libre de aristas, cantos, piedras, etc. En el mismo se dispondrá de una capa de arena de 5 cm. de espesor mínimo sobre la que se colocará el cable. Por encima del cable irá otra capa de arena de 5 cm. de espesor. Ambas capas cubrirán la anchura total de la zanja, la cual será suficiente para mantener 5 cm. entre los cables y las paredes laterales. Por encima de la arena se colocará una capa de mortero de cemento coloreado de 0,10 m de espesor o ladrillos o pastelones de hormigón. Se colocará una cinta de señalización que advierta la existencia del cable eléctrico para baja tensión. La distancia mínima al suelo será de 10 cm y a la parte superior del cable de 25 cm. Sobre la superficie donde se enterrarán los conductores no habrá ningún tipo de construcción, edificación, etc. temporal o permanente. Sala Eléctrica La sala eléctrica será el lugar de control remoto del sistema. Su objetivo es agrupar y facilitar las tareas operativas, de control y seguridad de todo el Proyecto. Se construirá sobre 4 poyos de hormigón, con revestimiento resistente al fuego tipo syding en el exterior y techumbre de zinc-aluminio u otro similar. Esta sala contará con un rack de comunicaciones y tableros de control de los equipos del Proyecto. Camino de acceso y zonas de circulación interna Respecto a la habilitación de caminos, el Proyecto considera dos (2) tipos de vías, a saber: camino de acceso al predio y zonas internas de circulación que conecten las unidades de almacenamiento y faciliten las actividades de construcción y eventual mantenimiento durante la fase de operación del Proyecto. El primero de dichos caminos corresponde a un camino no pavimentado, que posee un ancho aproximado de 6,00 metros y 801,8 metros de longitud, mientras que el segundo contempla un ancho aproximado de 7,00 metros, y 243 metros de longitud. Estacionamientos Esta obra estará destinada a estacionar vehículos de bajo o gran tonelaje, y que contribuya con el traslado de insumos de mantenimiento, retiro de residuos, transporte de personal, entre otros. Los estacionamientos serán de suelo natural compactado, separando las distintas plazas mediante señaléticas y solerillas. Cabe señalar que, este estacionamiento permanente, contará con tres (3) plazas disponibles. Bodega + Baño El Proyecto contará con una bodega general para el almacenamiento de herramientas manuales y equipos de repuesto, además de cables y otros equipos eléctricos en cantidades menores. La bodega corresponde a un contenedor marítimo de 15 m2, superficie que también incluye el área de baños compuesto por WCs y lavamanos, los cuales se encontrarán conectados mediante una tubería a la fosa séptica con drenes de infiltración proyectada para las distintas fases del Proyecto. El abastecimiento principal de agua será realizado mediante un “Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable”, a través de la implementación de un Estanque de Almacenamiento de Agua (en adelante “EAA”) con capacidad de almacenamiento y distribución de agua potable para uso en servicios higiénicos durante el desarrollo del Proyecto. Dicho estanque tendrá una capacidad de almacenamiento de 1 m3. Además, se considera para abastecer agua potable a los trabajadores, la adquisición de bidones de 20 litros, sellados y provenientes de un distribuidor debidamente autorizado, garantizando, de esta forma, una dotación mínima por trabajador de 100 litros de agua al día. Cabe señalar que, el agua potable que será almacenada en el estanque será provista por un camión aljibe, con una frecuencia mínima de 3 veces por semana. Además, desde el EAA, el agua potable será impulsada por una bomba y distribuida hacia los diferentes puntos de consumo. Para el tratamiento, se considera la implementación de un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo “Fosa Séptica con Sistema de Infiltración”. Este sistema corresponde a un tratamiento primario donde se logra la decantación y degradación de los sólidos orgánicos presentes en las aguas servidas. El sistema de recolección y almacenamiento se compone de tres elementos: Red de PVC sanitario: Se proyecta una red sanitaria de PVC que conduzca las aguas servidas desde los servicios higiénicos hasta la fosa séptica. Fosa séptica: Se instalará una fosa horizontal. Esta unidad de tratamiento primario separará las partículas sólidas mediante sedimentación y degradación biológica de los desechos orgánicos, consiguiendo una reducción de la DBO5 y Sólidos Suspendidos Totales (SST). Dren de Infiltración: Se contempla la instalación de un Dren de Infiltración, donde el efluente tratado en la fosa séptica será conducido y dispuesto en el subsuelo. Las aguas de salida (efluente) serán conducidas por tubería hacia un dren de infiltración, mientras que los lodos generados serán retirados con una periodicidad máxima de seis (6) meses, mediante camiones limpia fosas, y dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria de la región de Atacama. Sistemas de alcantarillado particular Las aguas servidas generadas durante las diferentes etapas del Proyecto serán conducidas desde los servicios higiénicos hacia una fosa séptica horizontal, con una capacidad de mínimo 3,54 m3, con sistema de infiltración de drenes. Se consideran 2; el primero se emplazará al interior de la Central BESS y el segundo en la Subestación Elevadora. Ambas soluciones consisten en una fosa séptica con drenes de infiltración, que estará encargado de recibir y realizar la disposición final de los efluentes provenientes de los servicios sanitarios que se habilitarán en la central BESS y Subestación en los puntos antes señalados. Bodega RESPEL Para el caso de los RESPEL, se dispondrá de una Bodega modular de aproximadamente 1,28 m2, la que cumplirá con las disposiciones técnicas exigidas en el Artículo N°33 del D.S. N° 148/2004. Debido a las mínimas cantidades de RESPEL a manejar durante la fase de construcción, operación y cierre, la bodega proyectada permitirá el almacenamiento de hasta dos (2) tambores de residuos peligrosos. Este modelo de bodega cuenta con resistencia al fuego RF-90 y una bandeja de contención interna de 220 litros, incluyéndose un extintor, una porta hojas de seguridad HDS, unidades de señalización y clasificación de acuerdo con la N. Ch 2190 Of.2019, y un kit antiderrame. La forma de almacenamiento será mediante contenedores estancos y sellados, que cumplan con los requisitos del Artículo N°8 D.S. N° 148/2003, clasificados y ordenados según tipo, al interior de la bodega modular. La bodega, tal como se ha comentado, contará con un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenado. Esta bodega será un lugar de acopio temporal de RESPEL, tendrá una capacidad de almacenamiento de 1 tonelada, aproximadamente, y, en ningún caso, el tiempo de almacenamiento superará los seis (6) meses. Línea de transmisión 33 kV La evacuación de la energía proveniente de la central de almacenamiento será mediante una línea de transmisión de 33 kV de aproximadamente 3,80 km de largo, la cual estará compuesta de estructuras del tipo torres reticuladas de acero y/o estructuras en postes de hormigón. Se muestra la Figura 62 de la Adenda Complementaria un esquema de poste a utilizar. Subestación elevadora Tap- off (HVT) 33kV/110kV - 30 MVA La subestación elevadora Tap-off cumple la función de elevar la tensión del Proyecto al voltaje de la línea existente del CEN en 110 kV y conectar el proyecto al Sistema Eléctrico Nacional, específicamente a la Línea “110kV Tap Punta Toro - Los Colorados”” por medio de un transformador de poder (HVT). Patio para el manejo de El patio de residuos no peligrosos se habilitará para el residuos almacenamiento temporal de residuos que serán generados durante la construcción, operación y cierre del Proyecto. Esta área tendrá una superficie total aproximada de 144 m2, se encontrará delimitado y contempla la disposición de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) e Industriales No Peligrosos (RSINP): Residuos Sólidos Domiciliarios El Proyecto contempla la disposición temporal de residuos domiciliarios, se dispondrá de un contenedor de basura fabricados en HDPE o material similar, del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados, que contarán con una tapa que impida el escurrimiento de líquidos percolados y la intervención de animales silvestres en los basureros. Es necesario indicar que, todos los residuos asimilables a domiciliarios estarán contenidos en bolsas plásticas, las que serán depositadas en los contenedores mencionados anteriormente. Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos Se almacenará, de manera temporal, el material, ya sea reutilizable y/o residual no peligroso generado durante la fase de construcción del Proyecto, a saber: despuntes de fierro; maderas, cartones y plásticos, entre otros, en conformidad con lo establecido por el Artículo N°18 del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud. Estos residuos se ordenarán y segregarán para su posterior reutilización, reciclaje o disposición final en sitios autorizados, y se almacenarán a granel, siendo acopiados según tipo sobre el suelo nivelado y compactado. Cabe señalar que, los residuos serán segregados según tipo (madera, plástico, latas, fierro, etc.), para facilitar un eventual reciclaje de estos. El área de acopio temporal dará cumplimiento, en todo momento, a las disposiciones establecidas en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. La frecuencia de retiro para los residuos domésticos y asimilables será de mínimo tres (3) veces por semana. La disposición final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la región de Atacama. Instalación de faenas La instalación de faenas corresponde a la infraestructura de apoyo necesario durante la fase de construcción del Proyecto. Se constituye de un polígono imaginario que cubriría una superficie aproximada de 300 m2 y se compone de tres (3) edificaciones y obras modulares de 15 m2, destinadas a oficinas principalmente. Al interior de la instalación de faenas también se dispondrá de baños químicos y contenedores primarios. Esta instalación cumplirá con las normas y exigencias establecidas en el D.S. N°594/99 del MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo. Acopio de materiales Dentro de las obras temporales que contempla el Proyecto, se habilitará un área destinada al almacenamiento y disposición de los materiales e insumos que serán utilizados durante la fase de construcción. Esta zona tendrá una superficie de 210 m2 y estará constituida por las siguientes instalaciones:

Área de acopio: en esta zona se depositarán las estructuras pre armadas para soporte y los pallets que contienen los equipos eléctricos, además de todos elementos de ferretería. Su recepción y armado se realiza dentro de la misma jornada diaria, por lo que se acopian a la intemperie con su embalaje respectivo.

Bodega de materiales de construcción: Se trata de un contenedor de 15 m2 adecuado para la humedad, temperatura e intemperie. Esta instalación tendrá la suficiente capacidad para poder almacenar, materiales, herramientas y elementos de protección personal. Carro solar El carro solar alimenta a los equipos que se requieren para llevar a cabo la construcción y cierre del proyecto, los vehículos con sistemas solares generan energía eléctrica mediante paneles solares dispuestos sobre estos.

Para el Proyecto, se utilizará un vehículo solar en faena, al que se conectan las herramientas mientras comienza la obra. La torre es totalmente portable de un lugar a otro ya que es montada en carro de arrastre junto a los paneles fotovoltaicos, para el Proyecto, se utilizará un vehículo solar en faena el que tiene una potencia de 540 W. Acciones Habilitación Instalación de Faenas. Trazado y demarcación de áreas de instalaciones como oficinas, bodegas, estacionamientos, entre otras. Las edificaciones modulares o prefabricadas tipo contenedor, serán llevadas en camiones para ser instalados con grúas en el área designada para cada una, lo anterior, mientras se desarrolle la fase de construcción del Proyecto. Se debe tener presente que, debido que estas estructuras son módulos prefabricados, no se requerirá materiales de construcción para su estructura, como tampoco un tratamiento especial del terreno. Preparación de terreno y cerco perimetral El cierre o vallado perimetral será implementado en la totalidad de la superficie del Proyecto. En cuanto a su materialidad, corresponderá a una pandereta de hormigón vibrado de 50mm o similar técnico. Se aclara que, el cerco perimetral no tendrá alambres de púas y se dispondrá de una puerta de acceso peatonal y vehicular. Todas las puertas del Proyecto tendrán un ancho superior al camino que las cruza y tendrán la misma altura que el vallado colindante, en caso de que exista. Los movimientos de tierras (excavación y nivelación) se realizarán de manera continua, es decir, que el material terroso que se genere será incorporado en las obras del Proyecto como rellenos de terraplenes, sub-base y/o base de caminos y plataformas, en la medida que el material cumpla las condiciones estructurales de diseño que exija cada obra. Es importante mencionar que, se privilegiará la utilización de herramientas manuales y maquinaria propia de la obra, cuando se requiera El Proyecto contempla la habilitación de zonas de circulación internas emplazadas al interior del polígono de la Central BESS. Estos caminos serán habilitados mediante nivelación del suelo y posterior compactación de este. Para tal efecto, se considera la habilitación de un camino interno entre las unidades de almacenamiento, de una única faja de 7 metros, aproximadamente. El Proyecto considera la aplicación de supresor de polvo tanto en el camino de acceso a la central BESS, como en los caminos internos proyectados al interior del predio, esto, en épocas de mayor demanda de insumos y tránsito, con la finalidad de reducir las emisiones de polvo durante esta fase. El producto utilizado será biodegradable, de base orgánica, soluble en agua, sin interferencias negativas con el medio ambiente y de alto rendimiento. Su aplicación será cada 1 mes.

Montaje de equipos central BESS Obras civiles: En esta etapa se realizarán las fundaciones de los centros de transformación, canalizaciones subterráneas, estaciones de media tensión, sala de control. Al mismo tiempo comenzará la recepción, acopio y reparto de los materiales. Instalación eléctrica de Media Tensión: La instalación eléctrica en MT consiste en la agrupación eléctrica de todos los transformadores MVT del Proyecto para llevarlos a un punto común. Los transformadores se interconectan en paralelo formando varios circuitos eléctricos que se vuelven a interconectar entre sí en el centro de distribución eléctrica. Para llevar a cabo la interconexión de los transformadores se tenderá cable aislado de media tensión, manteniendo las normas de canalizaciones subterráneas y tendidos eléctricos subterráneos. Las conexiones en los cables MT realizarán mediante terminales tipo mufa para MT asilados con una funda aislante termo retráctil. Construcción de la Subestación Elevadora Tap- off, línea de media tensión y de alta tensión. El montaje se inicia realizando excavaciones según el tamaño de cada estructura, se realiza el sello de fundación, posteriormente se realiza el montaje vertical de cada estructura y la compactación por capas de la excavación con material nuevo o material mejorado de la misma excavación. Se ejecutarán las fundaciones necesarias para las estructuras de apoyo de la línea de evacuación en todo el trazado proyectado los cuales una vez queden verticales y totalmente compactados, se procederá a las labores de vestido de estructura, instalación de aisladores y tendido de conductor la cual tiene por objetivo realizar la conexión física del conductor desde el proyecto al punto de conexión. Para la instalación de postes se considera un camión pluma, retroexcavadora, escalera, con cuadrillas de 4 personas y un promedio de 4 a 6 horas por poste. Para la Instalación de cableado se considera 1 camioneta, camión pluma, escalera mecánica y con un tiempo promedio de 45 horas laborales por km. Pruebas de energización y puesta en marcha. Pruebas de equipos: Estas pruebas serán todas pruebas locales, realizadas precisamente a “pie de equipo”. Ello significa segregar funcionalmente el equipo del sistema al que pertenece para poder considerarlo como un sub- sistema o unidad de ensayo totalmente independiente en sí misma. Pruebas de sistemas: En estas pruebas la unidad de ensayo comprenderá a sistemas, sub- sistemas y/o conjuntos de equipos, con sus correspondientes cables de interconexión, todos los cuales deberán constituir unidades funcionales diferenciadas y sustanciales completas en sí misma. Estas unidades se consideran como un todo indivisible a los efectos de las pruebas. Para cada una de éstas existen protocolos de ensayos respectivos, con las inspecciones relativas a cada función que permiten registrar los resultados. Pruebas conjuntas: Estas pruebas comprenderán el funcionamiento del conjunto de los sistemas, interactuando simultáneamente. Un listado resumido de ellos es el siguiente: • Mantención y limpieza de Baterías y Centros de Transformación, equipos en general, etc. • Disposición de todos los equipos, servicios y elementos en condiciones de operación nominal y normal. • Revisión final de toda la instalación. • Verificación por simulación de distintas maniobras para la energización. Desmantelamiento de obras temporales. Terminadas las faenas constructivas, se retirará la Instalación de Faena y todos los elementos ajenos a la operación del Proyecto. Se retirarán los contenedores y áreas de trabajo dispuestas en estas zonas. Transporte El resumen del transporte del Proyecto se presenta a continuación.

Además, en Tabla 24 de la Adenda, se presenta el detalle de esta actividad.

Recursos naturales renovables Suelo:

El Proyecto requiere de la extracción de 1.000 m3 aproximadamente de suelo proveniente de las actividades de nivelación, limpieza y excavación, necesarias para la instalación tanto de obras temporales como de obras permanentes. El suelo extraído será reutilizado en los rellenos de las mismas excavaciones. Las partes y obras que requerirán de la extracción de suelo corresponden a la instalación de cableado subterráneo, centros de transformación, salas de control, línea de evacuación, entre otros.

Vegetación:

Para la correcta ejecución del Proyecto, se requerirá realizar el despeje total de la vegetación presente en el área de emplazamiento del Proyecto. De acuerdo con lo indicado en el Anexo 1.3 de la Adenda Complementaria, las formaciones existentes en el área de intervención del Proyecto corresponden a aquellas asociadas a Pradera con especies introducidas, altamente invasoras, y en mayor medida, a vegetación correspondiente a áreas intervenidas. No obstante, en la zona del camino de acceso a la Central y a los postes de la línea de transmisión se deben cortar formaciones xerofíticas, por lo que en el Anexo 3.5 de la Adenda Complementaria se adjunta la versión final del PAS 151. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas

MPS: 9,65 ton/año. MP10: 2,5 ton/año. MP2,5: 0,781 ton/año. NOx: 6,25 ton/año. SO2: 0,0104 ton/año. NH3: 0,0034 ton/año. CO: 3,422 ton/año. COV: 0,528 ton/año.

Para las reducir las emisiones de Material Particulado, se considera el siguiente sistema de abatimiento: • Humectación de frentes de trabajo (excavación) • Aplicación de supresor de polvo. • Cubrir camiones con malla. • Reducción de velocidad en obra. Las principales acciones generadoras de estas emisiones son: • Habilitación de instalación de faenas • Preparación de terreno. • Montaje de equipos. • Construcción subestación elevadora Lo anterior contempla tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y combustión de vehículos y maquinarias. Ruido: Las estimaciones de ruido se presentaron en Tabla 10 del Anexo 1.4 de la DIA. Cuyo resultado principal, según la cantidad de maquinaria a utilizar, se presentan a continuación.

También se hizo una estimación por actividad:

Vibraciones: El nivel de vibración que generarán las maquinarias utilizadas en la fase de construcción del Proyecto es determinado a partir de datos obtenidos de la normativa “FTA-VA—90-1003-06 Transit Noise and Vibration Assessment”, de la FTA de Estados Unidos. En este sentido, se determinó que la maquinaria con mayor emisión era el rodillo compactador, con un nivel de vibraciones Lv [VdB] = 94. Residuos líquidos domésticos: Los efluentes líquidos provendrán de baños y lavamanos. Se estima que el volumen de las aguas servidas generadas durante la fase de construcción será de aproximadamente 3 m3/día, considerando una mano de obra máxima de 20 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día. Una vez que se hayan habilitado los servicios higiénicos, las aguas servidas generadas serán conducidas hasta una fosa séptica correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Los lodos serán retirados por un camión limpia fosa de una empresa autorizada cada seis (6) meses o según necesidad. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos No Peligrosos Residuos sólidos asimilables a domiciliarios: Este tipo de residuos corresponderán principalmente a desechos de oficina, desechos vegetales, generados por la dotación de trabajadores. Se estima que se generarán un total de 0,4 ton/mes considerando una tasa de 1,0 kg/persona y 20 trabajadores como máximo durante la fase de construcción. Estos residuos serán almacenados en contenedores primarios en el lugar de generación, en bolsas plásticas dentro de tambores cerrados y, posteriormente, serán almacenados en contenedores secundarios herméticos y cerrados, ubicados en el patio de residuos, para finalmente ser retirados periódicamente, tres (3) veces por semana o según requerimiento, por empresas autorizadas, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares que cuenten con las resoluciones sanitarias para estos efectos. Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RSINP): Los residuos sólidos industriales no peligrosos son aquellos desechos inertes que, por sus características, formas o volumen no son asimilables a residuos sólidos domiciliarios, pero no presentan las características de peligrosidad definidas en el D.S. N° 148/2004 “Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”. Corresponden principalmente a embalajes de maderas (pallets), plásticos, cartones, despuntes de acero, cableado, entre otros. Se espera que, durante la fase de construcción, se generen alrededor 0,8 ton/mes de RSINP. En el punto de generación de este tipo de residuos, se realizará una selección y separación por tipo, facilitando su reutilización en case de ser posible. En caso de que ello no sea posible, los residuos serán enviados al Patio de Acopio de Residuos para su almacenamiento temporal. En este patio los residuos son segregados según tipo, acopiados a granel sobre suelo compactado y nivelado, generalmente en el mismo pallet en que se reciben los equipos. Respecto a la disposición de estos residuos, serán retirados por una empresa autorizada cada 3 semanas o según requerimiento para ser llevados a un sitio de disposición final autorizado. Como lo indica la “Tabla N°11. Dimensiones patio de residuos” del Anexo 3.3 Permiso Ambiental Sectorial N°140 de la Adenda Complementaria. El patio tendrá una dimensión de 18 metros de largo por 8 metros de ancho y 2 metros de algo, con su respectiva segregación en su interior (Área de RSD 9 m²); (Área RSINP 45 ²). Residuos Peligrosos Envases vacíos de espuma boom: Clasificación I.8. A3020. Inflamable / Tóxico crónico. Envases con restos de pinturas y solventes: Clasificación I.12. A4130. Inflamable / Tóxico crónico Envases con restos de solventes: Clasificación I.6 A3140 Inflamable / Tóxico crónico. Restos de grasas y aceites: Clasificación I.12. A4130. Inflamable / Tóxico crónico. Tierra/arena contaminada: Clasificación I.6, I.8, I.18. A3020. Inflamable / Tóxico crónico. Paños y EPP contaminados: Clasificación I.6, I.8, I.18. A3020. Inflamable tóxico crónico. Estos residuos corresponderán a envases de pinturas y solventes, aceites y grasas, paños y elementos de protección personal (EPP) contaminados, espumas, entre otros. Se estima una generación promedio mensual de 0,02 ton/mes total de residuos peligrosos, los cuales serán retirados desde la bodega 1 vez cada 3 meses. La Bodega tendrá una capacidad de almacenamiento máxima de 400 L y corresponde a una de tipo modular cuyas dimensiones serán de 1,60 metros de largo por 0,80 metros de ancho y 1,80 metros de algo, con una capacidad de 2 tambores de 200 litros en su interior. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Pinturas, solventes y barnices: Durante esta fase principalmente se requerirá del uso de algunas sustancias peligrosas, las cuales serán abastecidas por empresas autorizadas, en una cantidad menor a 50 kg mensuales. Serán almacenadas en una bodega común. Dada la cantidad de sustancias peligrosas que utilizará el proyecto, serán almacenadas dentro de la bodega común, en estantes diferenciados para SUSPEL, utilizando señalética adecuada. No existirá mantención de los equipos dentro del área del Proyecto. Todas las actividades de este tipo se desarrollarán en lugares autorizados lo más cercanos al área del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2 Partes y obras del Proyecto Tabla 4.6.1.1 Partes y Obras. Tabla 4.6.1.2. Acciones. Tabla 4.6.2 Suministros básicos. Tabla 4.6.3 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar. Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas o efluentes. Tabla 4.6.4.3 Ruido. Tabla 4.6.4.4 Otras emisiones. Tabla 4.6.5.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos. Tabla 4.6.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Parte/obra Las partes y obras de la fase de operación son las que se describen en el punto 4.3.1 del presente documento, tales como:

• Central de Almacenamiento BESS • Cerco Perimetral • Zonas de unidades de almacenamiento • Fundaciones y cableados de las unidades de almacenamiento • Línea interna de evacuación (33 kV) • Sala Eléctrica • Camino de acceso y zonas de circulación interna • Estacionamientos • Bodega + Baño • Sistemas de alcantarillado particular • Bodega RESPEL • Línea de transmisión 33 kV • Subestación elevadora Tap-off (HVT) 33kV/110kV - 30 MVA • Patio para el manejo de residuos Acciones Puesta en servicio del proyecto Período que se inicia una vez terminadas las pruebas de energización y puesta en marcha ejecutadas al término de la fase de construcción, y una vez materializada la interconexión y energización de una instalación y hasta el término de las respectivas pruebas y demás requerimientos establecidos en el Anexo Técnico “Requisitos Técnicos Mínimos de Instalaciones que se Interconectan al SI” y demás que correspondan de acuerdo con lo que establece la NTSyCS. Este hito se define con la comunicación al Coordinador Eléctrico Nacional y a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles a través de una carta indicando la fecha de Puesta en Servicio. Operación remota La operación del Proyecto se hará de manera remota, controlada y supervisada vía Internet. El área de Proyecto cuenta con un sistema SCADA integrado, el cual está en constante comunicación con todos los equipos, componentes y parámetros del Proyecto, de esta forma, no se contempla la permanencia de personal en sitio durante esta fase. El sistema SCADA permite seguir y supervisar en tiempo real y remotamente y, además, se estará en constante comunicación con el Coordinador Eléctrico Nacional (en adelante “CEN”) del SEN para el mantenimiento y operación. Almacenamiento de energía eléctrica: Transmisión y evacuación de energía

La línea de evacuación del Proyecto en alta tensión será de 33 kV, la cual se conectará a la interconexión “110kV Tap Punta Toro - Los Colorados”. Como se mencionó anteriormente, el control y supervisión del Proyecto se realizará de manera automática y remota, a través del sistema SCADA, por lo que, durante la fase de operación no se mantendrá personal permanente, ya que, las actividades de mantención son mínimas y dispersas durante el año. Actividades de mantención y conservación Mantenimiento eléctrico Preventivo: El mantenimiento eléctrico preventivo consiste en un programa de supervisión de equipos y partes para prevenir fallos o seguir indicaciones del fabricante de los equipos. Por lo general, estas actividades se realizan por personal técnico en las mismas visitas de limpieza, o de manera diferenciada, de acuerdo con cada caso, su frecuencia estimada es, en promedio, 2 veces por año. Dentro de las actividades se encuentra: • Revisión de sistemas de monitoreo. • Revisión visual de equipos eléctricos y conexiones. • Limpieza de placas según estado y periódicamente. Mantenimiento Correctivo (24hrs): El control automático del Proyecto permite identificar en tiempo real averías o fallos en el sistema. Se contará con personal capacitado el cual se movilizará hasta el lugar de emplazamiento y puede actuar ante algún tipo de incidencias imprevistas, durante las 24 h. Este personal estará capacitado para: • Solución de cualquier incidencia extraordinaria. • Reparar averías, sustitución de componentes, herrajes. • Reparar averías de inversores, incluso sustitución parcial y total. • Reparar averías de celdas de Media y Alta Tensión (MT) incluido cable seco. • Reparar averías de Transformadores de potencia, incluso sustitución. • Maniobras de sustitución de fusibles, maniobras de intemperie. • Análisis termográfico, etc. Para las visitas, mantenimientos (limpieza principalmente) e inspecciones, se contarán con todos los servicios higiénicos, equipos, herramientas, EPP y de trasporte necesarios para llevar a cabo dichas actividades, de acuerdo con las necesidades y al número de personas involucradas en estas tareas. Otros mantenimientos: En el marco de las labores de inspección preventiva a desarrollar en esta fase del proyecto, se contempla la evaluación del estado de los disuasores de vuelo, y el respectivo recambio en caso de corresponder, lo que permitirá asegurar que estarán operativos por toda la vida útil del proyecto.

Desconexión eléctrica de la línea El término de la fase de operación corresponde a la formalización a través de “Solicitud de retiro, modificación relevante, desconexión o cese de operaciones de instalaciones de transmisión”, el cual deberá comunicarse por escrito al Coordinador Eléctrico Nacional “CEN”, a la comisión Nacional de Energía “CNE” y a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles “SEC” con una antelación no inferior a 36 meses. Lo anterior cumple con las exigencias del artículo 72°-18 de la Ley General de Servicios Eléctricos “LGSE”

Transporte El resumen del transporte del Proyecto se presenta a continuación.

Además, en Tabla 25 de la Adenda, se presenta el detalle de esta actividad. Productos Generados Energía Eléctrica:

El Proyecto producirá aproximadamente 47,3 GWh/año será inyectado al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Recursos naturales renovables Durante esta fase, el Proyecto no considera la explotación o extracción de recursos naturales renovables ni ningún otro recurso existente en el sector de su emplazamiento. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas

MPS: 0,061 ton/año. MP10: 0,015 ton/año. MP2,5: 0,002 ton/año. NOx: 0,002 ton/año. SO2: 0,000005 ton/año. NH3: 0,00001 ton/año. CO: 0,00012 ton/año. COV: 0,00004 ton/año.

Ruido: Las fuentes de ruido que serán consideradas en la fase de operación del Proyecto corresponden a las baterías “Symmetra PX de 500kW”, cuyo nivel de ruido referencial está indicado en su ficha técnica (ver ficha técnica en Anexo estudio). Además, se consideran los Centros de Transformación “MVT” (transformador de alta tensión de 0.8k/33kV – 4.5MVA). El Proyecto contempla una subestación elevadora de alta tensión “HVT” de 33/110kV – 30 MVA, la cual también será una fuente de ruido. Por otro lado, se considerará como fuente de emisión de ruido el “efecto corona” generado por la línea de evacuación de 3.8 km de longitud en 33kV (línea de alta tensión), el cual es apreciable en situaciones climáticas específicas como alta humedad y nubosidad baja, siendo despreciable esta emisión bajo condiciones normales de humedad y temperatura. Las fuentes de ruido anteriormente mencionadas estarán presentes tanto en el periodo diurno como nocturno. Finalmente, para la fase de operación del Proyecto también se considerará la presencia en las instalaciones de 1 camión aljibe y 1 camión limpia fosas dentro de las actividades de mantención y conservación, sólo en el periodo diurno de la normativa de ruido ambiental.

Para el caso del efecto corona, se proyectó que ésta presentaría un ruido de 8 dBA al receptor más cercano.

Vibraciones:

Se considera como fuente de emisión de vibraciones la circulación al interior del predio del Proyecto de camión aljibe, y camión limpia fosas, con lo cual para la proyección de vibraciones se utilizará cualquiera de estas máquinas (todas tienen el mismo nivel de emisión de vibraciones, con un Lv [VdB] = 86, según lo indica la Tabla 22).

Emisiones electromagnéticas:

El detalle de este análisis se presenta en el Anexo 1.7 “Estimación de Campos Electromagnéticos” de la DIA.

Residuos líquidos domésticos: Se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación del Proyecto. Se estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas producto de las visitas mensuales será como máximo de 0,3 m3, considerando 2 trabajadores y un consumo de 150 L/trabajador/día (toda vez que se realicen mantenciones). En base a lo comentado, este sistema de recolección y tratamiento tendrá las características descritas anteriormente para la fase de construcción (Figura 1 de anexo 3.2 de la Adenda Complementaria). Se realizará inspección visual de las fosas sépticas y sus respectivos drenes, el cual se efectuará de forma semestral, que permitirá verificar la continuidad operacional del sistema, a fin de evitar contingencias asociadas a emanación de olores por mal funcionamiento de dicho sistema. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos No Peligrosos

Residuos sólidos asimilables a domiciliarios (RSD): Corresponderán principalmente a desechos de oficina, desechos vegetales, generados por la dotación de trabajadores. Se reitera que el Proyecto no contará con mano de obra permanente, debido a que su operación será realizada en forma remota, requiriendo mano de obra solo para efectos de mantenciones. Se estima una generación máxima de 0,002 ton/mes. Este cálculo proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios de 1 kg/trabajador/día, y considerando una dotación máxima de 2 trabajadores (toda vez que se realicen mantenciones). Se almacenarán los residuos generados por los trabajadores de mantención durante lo que duren las actividades, luego, previa coordinación con la empresa encargada se retirarán los residuos desde el patio por transporte autorizado, para ser llevado a sitio de disposición autorizado. Se mantendrá registro del retiro y disposición final de los residuos mediante fichas que indiquen fecha, cantidad (kg), tipo de residuo, patente del vehículo que realiza el retiro y se guardará el comprobante de disposición final. Residuos industriales no peligrosos (RSINP): Los residuos sólidos industriales no peligrosos son aquellos desechos inertes que, por sus características, formas o volumen no son asimilables a residuos sólidos domiciliarios, pero no presentan las características de peligrosidad definidas en el D.S. N° 148/2004 “Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”. Corresponden principalmente a embalajes de maderas (pallets), plásticos, cartones, despuntes de acero, cableado, entre otros. Se proyecta para esta fase una generación de alrededor de 24 kg/mes de RSINP. Los residuos serán enviados al Patio de Acopio de Residuos para su almacenamiento temporal. En este patio los residuos son segregados según tipo, acopiados a granel sobre suelo compactado y nivelado, generalmente en el mismo pallet en que se reciben los equipos. Respecto a la disposición de estos residuos, serán retirados por una empresa autorizada cada máximo 6 meses o según requerimiento para ser llevados a un sitio de disposición final autorizado. Como lo indica la “Tabla N°11. Dimensiones patio de residuos” del Anexo 3.3 Permiso Ambiental Sectorial N°140 de la Adenda Complementaria. El patio tendrá una dimensión de 18 metros de largo por 8 metros de ancho y 2 metros de alto, con su respectiva segregación en su interior (Área de RSD 9 m²); (Área RSINP 45 m²). Residuos Peligrosos Envases vacíos de espuma boom: Clasificación I.8. A3020. Inflamable / Tóxico crónico. Envases con restos de pinturas y solventes. Impermeabilizante: Clasificación I.12. A4130. Inflamable / Tóxico crónico. Restos de grasas y aceites: Clasificación I.12. A4130. Inflamable / Tóxico crónico. Tierra/arena contaminada con combustible o grasa: Clasificación I.6, I.8, I.18. A3020. Inflamable / Tóxico crónico. Paños y EPP contaminados: Clasificación I.6, I.8, I.18. A3020. Inflamable tóxico crónico. Estos residuos corresponderán a envases de pinturas y solventes, aceites y grasas, paños y elementos de protección personal (EPP) contaminados, espumas, entre otros. Se estima una generación promedio mensual de 0,06 ton/año total de residuos peligrosos, los cuales serán retirados desde la bodega 1 vez cada 6 meses. La Bodega tendrá una capacidad de almacenamiento máxima de 400 L y corresponde a una de tipo modular cuyas dimensiones serán de 1,60 metros de largo por 0,80 metros de ancho y 1,80 metros de algo, con una capacidad de 2 tambores de 200 litros en su interior Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Aceites Lubricantes Dieléctricos: El principal insumo que se utilizará corresponde a aceites lubricantes dieléctricos para transformadores (aceite mineral). Cada transformador tiene cerca de 700 litros de aceite mineral y su uso dependerá de los controles periódicos de mantenimiento a cargo de empresas especializada en la materia.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2 y Tabla 4.7.1.1 Partes y obras. Tabla 4.7.1.2. Acciones. Tabla 4.7.2 Suministros básicos. Tabla 4.7.3 Productos generados. Ítem 4.7.4 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar. Tabla 4.7.5.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.7.5.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.7.5.3 Ruido. Tabla 4.7.5.4 Otras emisiones. Tabla 4.7.6.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.7.6.2 Residuos peligrosos. Tabla 4.7.6.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. 4.3.3. FASE DE CIERRE Parte/obra Las partes y obras de la fase de operación son las que se describen en el punto 4.3.1 del presente documento, tales como:

- Central de Almacenamiento BESS - Cerco Perimetral - Zonas de unidades de almacenamiento - Fundaciones y cableados de las unidades de almacenamiento - Línea interna de evacuación (33 kV) - Sala Eléctrica - Camino de acceso y zonas de circulación interna - Estacionamientos - Bodega + Baño - Sistemas de alcantarillado particular - Bodega RESPEL - Línea de transmisión 33 kV - Subestación elevadora Tap-off (HVT) 33kV/110kV - 30 MVA - Patio para el manejo de residuos - Instalación de faenas - Acopio de materiales - Carro solar Acciones Habilitación de la instalación de faena Trazado y demarcación de áreas de instalaciones como oficinas, bodegas, estacionamientos, entre otras. Las edificaciones modulares o prefabricadas tipo contenedor, serán llevadas en camiones para ser instalados con grúas en el área designada para cada una, lo anterior, mientras se desarrolle la fase de cierre del Proyecto. Se debe tener presente que, debido que estas estructuras son módulos prefabricados, no se requerirá materiales de construcción para su estructura, como tampoco un tratamiento especial del terreno. Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura utilizada por el Proyecto En caso de que se considere o fuese necesario una fase de abandono del Proyecto, se cumplirán todas las exigencias legales y ambientales vigente a esa fecha, se retirarán los elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. Para una eventual fase de cierre del Proyecto, se consideran las siguientes etapas: • Desenergización y desconexión: En esta etapa se desconectará el Proyecto de su conexión a la red, levantando el interruptor principal. Con esto se desenergizará eléctricamente, y se procederá a la desconexión de cada una de las etapas del Proyecto. • Desmantelamiento de línea de transmisión: Se procederá a retirar toda la infraestructura de la Línea de Interconexión en su tramo aéreo y subterráneo. • Desarme de instalaciones: En esta etapa se desarma todo el equipamiento asociado (transformadores, interruptores, desconectadores, etc.). De igual manera, se retirarán los postes de hormigón y el cable de alta tensión que es utilizado para la inyección de energía desde el Proyecto hacia el Sistema Eléctrico Nacional. • Desmantelamiento de bodegas y sala eléctrica: Asimismo, serán desmanteladas la sala eléctrica, y la bodega de la central BESS. • Limpieza de las áreas de trabajo: Se procederá a retirar todos los restos de material que hayan resultado de las labores anteriormente descritas, mediante una etapa de aseo general, con el objetivo de dejar el terreno utilizado en condiciones similares a las existentes previo a la construcción de la central BESS. Se aclara que se hará retiro de todo tipo de bases de hormigón u otro similar necesario para el proyecto con el fin de lograr el objetivo planteado. Restauración En primer lugar, cabe señalar que, la afectación sobre el suelo y la geoforma es mínima, ya que sólo se requieren fundaciones para habilitar los centros de transformación, y no se realizará escarpe en el área del terreno donde se ubicarán las unidades de almacenamiento, reduciendo drásticamente el área intervenida por esta acción. La mayor cantidad de las partes y obras del Proyecto van dispuestos de manera superficial, por lo que al ser desmanteladas el lugar quedará plenamente como en su estado anterior al finalizar la operación. En cuanto a aquellas obras y/o partes que fueron instaladas de manera subterránea, por ejemplo, cableado, al ser retirado, se utilizará el mismo volumen de suelo que será removido. No obstante, lo anterior, se restaurará la geoforma levemente alterada y se dejará el sitio similar a las condiciones basales de suelo y geomorfológicas, además, se ejecutará un plan de cierre con revegetación, el cual se presenta en Anexo 1.9 de la Adenda, el cual fue condicionado por CONAF mediante Oficio ORD. N° 90 - EA/2024, de fecha 3 de octubre de 2024, de la siguiente manera: Con respecto al Anexo 1.9 Plan de Cierre, en el numeral 4.5 Protección individual de plantas y de protección perimetral del área a plantar y su ítem “c) Tipo, frecuencia y volumen de agua a aplicar en cada riego por planta”, se deberá establecer una frecuencia de riego semanal el primer mes y quincenal desde el segundo al sexto mes, junto con evaluar en los monitoreos la posibilidad de extender esta actividad en caso de estación de verano y evaluar la humedad del sustrato en cada riego para evitar anegamiento en las plantas. Prevención de futuras emisiones Para la fase de cierre el Proyecto no generará pasivos que puedan gatillar futuras emisiones, asimismo, el Proyecto no dejará material u obra restante que pudiesen convertirse en fuentes emisoras de algún tipo de contaminación sobre el ecosistema incluido el aire, suelo y agua. Mantención, conservación y supervisión Dada la baja intervención de las obras del Proyecto, sumado al carácter modular de sus componentes, no será necesario establecer actividades de mantención, conservación y supervisión en el área ocupada por las obras del Proyecto posterior al cierre. Transporte El resumen del transporte del Proyecto se presenta a continuación.

Además, en Tabla 26 de la Adenda, se presenta el detalle de esta actividad. Recursos naturales renovables No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante esta fase. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas

MPS: 4,56 ton/año. MP10: 1,09 ton/año. MP2,5: 0,295 ton/año. NOx: 1,73 ton/año. SO2: 0,003 ton/año. NH3: 0,002 ton/año. CO: 0,817 ton/año. COV: 0,136 ton/año.

Las principales acciones generadoras de estas emisiones son: • Habilitación de instalación de faenas • Desmantelamiento de las obras del proyecto. Lo anterior contempla tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y combustión de vehículos y maquinarias. Ruido:

Las estimaciones de ruido se presentaron en Tabla 24 del Anexo 1.4 de la DIA. Cuyo resultado principal, según la actividad por realizar.

Vibraciones:

Debido a que la maquinaria de mayor emisión de vibraciones para la fase de cierre del Proyecto coincide con la maquinaria de la fase de construcción (rodillo compactador), se esperan los mismos resultados de proyecciones de vibraciones en la fase de cierre que en la fase de construcción del Proyecto.

Residuos líquidos domésticos: Durante la fase de cierre del Proyecto, se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos que se mantendrán operativos para el personal de desmantelamiento y obras de la fase, además, al igual que en la fase de construcción, se utilizarán como apoyo baños químicos, los que estarán instalados en la instalación de faena y a menos de 75 metros de los frentes de trabajo. Cabe destacar, que los registros de retiro tanto del retiro de aguas servidas de los baños químicos y de lodos de la fosa séptica, serán las mismas fichas de registro utilizadas en las fases previas, y estarán en las instalaciones del proyecto a disposición de la autoridad en caso de que lo requiera. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos

Residuos sólidos asimilables a domiciliarios: Corresponderán principalmente a desechos de oficina, desechos vegetales, generados por la dotación de trabajadores. Se estima que se generará un máximo de 0,4 ton/mes de residuos sólidos domiciliarios en la fase de cierre. Este cálculo proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios de 1 kg/trabajador/día, y considerando una dotación máxima de 20 trabajadores, durante un periodo de 20 días (jornada laboral de lunes a viernes). Serán almacenados en contenedores herméticos debidamente señalizados en el frente de trabajo móvil y considerando las especificaciones establecidas en el Artículo N°18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones), para después ser llevados diariamente al área de acopio de residuos. Estos residuos serán retirados cada tres días por empresas especializadas, para su disposición final en lugares autorizados para estos efectos, los cuales, al momento retirar y llevar a disposición final, extenderán un certificado para ello. Lo anterior, constituirá el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente. Residuos industriales no peligrosos:

Se generarán residuos sólidos provenientes del desmantelamiento de los equipos. Corresponderían principalmente a residuos de desmantelamiento como chatarras, cables, estructuras, revestimiento de tuberías, elementos de protección personal EPP desechados. Se estima una generación de 4,5 ton/mes. En el punto de generación de este tipo de residuos, se realizará una selección y separación por tipo, con la finalidad de facilitar un posterior proceso de reutilización de estos materiales. En caso de que ello no sea posible, los residuos serán enviados al Patio de Acopio de Residuos para su almacenamiento temporal. En este patio los residuos son segregados según tipo, acopiados a granel sobre suelo compactado y nivelado, generalmente en el mismo pallet en que se reciben los equipos. Respecto a la disposición de estos residuos, serán retirados una vez a la semana o según requerimiento para ser llevados a un sitio de disposición final autorizado.

Como lo indica la “Tabla N°11. Dimensiones patio de residuos” del Anexo 3.3 Permiso Ambiental Sectorial N°140 de la Adenda Complementaria. El patio tendrá una dimensión de 18 metros de largo por 8 metros de ancho y 2 metros de algo, con su respectiva segregación en su interior (Área de RSD 9 m²); (Área RSINP 45 ²).

Residuos peligrosos

Tierra/arena, envases y paños contaminados:

Se estima una cantidad de 3 kg/mes. Clasificación I.6, I.8, I.18. A3020. Inflamable / Tóxico crónico. El retiro se hará en un período menor a 6 meses y será enviado a Sitio de disposición final autorizado.

Contenedores BESS: 18 contenedores, los cuales serán retirados a medida que se van generando como residuo. Una vez finalizada la vida útil del Proyecto (fase de cierre), se habilitará un sitio de almacenamiento exclusivo para dicho estos contenedores, en donde se dé cumplimiento a todos los literales establecidos en el Artículo 33 del D.S. 148/03 del MINSAL. En este sentido, el retiro, transporte y disposición final deberá realizarse a través del SIDREP-VU del Ministerio de Medio Ambiente, o adecuarse a la normativa que pueda existir al momento de gestionar la disposición del contenedor BESS. Lo anterior, siempre y cuando al momento de requerir la disposición final de estos residuos peligrosos, en Chile no existan lugares autorizados para disponerlos.

Estos residuos corresponderán a envases de pinturas y solventes, aceites y grasas, paños y elementos de protección personal (EPP) contaminados, espumas, entre otros. Se estima una generación promedio mensual de 0,02 ton/mes total de residuos peligrosos, los cuales serán retirados desde la bodega 1 vez cada 3 meses. La Bodega tendrá una capacidad de almacenamiento máxima de 400 L y corresponde a una de tipo modular cuyas dimensiones serán de 1,60 metros de largo por 0,80 metros de ancho y 1,80 metros de alto, con una capacidad de 2 tambores de 200 litros en su interior. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente No se considera este tipo de sustancias durante esta fase del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2 y Tabla 4.8.1.1 Partes y obras. Tabla 4.8.1.2. Acciones. Tabla 4.8.2 Suministros básicos. Tabla 4.8.4.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.8.4.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.8.4.3 Ruido. Tabla 4.8.4.4 Otras emisiones. Tabla 4.8.5.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.8.5.2 Residuos peligrosos.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Segundo semestre de 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación Instalación de Faenas. Fecha estimada de término Primer semestre de 2027 Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento de obras temporales 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Primer semestre de 2027 Parte, obra o acción que establece el inicio Puesta en servicio del proyecto Fecha estimada de término Primer semestre de 2057 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión eléctrica de la línea 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Segundo semestre de 2057 Parte, obra o acción que establece el inicio Desconexión eléctrica de la línea Fecha estimada de término Primer semestre de 2058 Parte, obra o acción que establece el término Limpieza y cierre del sector (última actividad de la Acción: Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura utilizada por el Proyecto)

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental No Aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.1. Los sitios poblados más cercanos corresponden a las localidades de Canto del Agua y Llanos del lagarto ubicados a 12,5 y 7,5 kilómetros, respectivamente del área de emplazamiento del Proyecto a un costado de la ruta C-44. El receptor determinado como el más cercano es la portería de Minera Los Colorados.

Durante el proceso de evaluación se realizaron 3 estimaciones de emisiones, siendo la final la presentada en Anexo 1.2 del Adenda Complementaria. En esta se concluyó que, en las fases de construcción y cierre, las fuentes de emisión de Material Particulado (MPS, MP10 y MP2,5) del proyecto corresponden a actividades de movimiento de tierra y la resuspensión por tránsito de vehículo por caminos no pavimentados y pavimentados, mientras que las actividades de combustión de maquinaria y vehículos son fuentes tanto de emisión de material particulado (MPS, MP10 y MP2,5), como de gases (SO2, NO2, CO, NH3 y COVS). Para la fase de operación, las fuentes de emisión de material particulado (MPS, MP10 y MP2,5) del proyecto corresponden a actividades de tránsito de vehículo por caminos no pavimentados y pavimentados, mientras que la actividad de combustión de vehículos es la principal fuente tanto de emisión de material particulado (MPS, MP10 y MP2,5), como de gases (SO2, NO2, CO, NH3 y COVS). En relación con las tasas de emisión de los contaminantes considerados, el año 1 (de mayor emisión), se estimó una tasa de 6,58 [ton/año] de MPS, 1,81 [ton/año] de MP10 y 0,65 de MP2.5. Respecto a los gases, sería un máximo de 3,42, 6,15 y 0,01 toneladas al año para CO, NOX y SO2, respectivamente. Luego, se delimitó el área de influencia mediante una modelación tipo screening de la tasa de emisión de MP10 del primer año del Proyecto. Con base en las concentraciones obtenidas, se demostró el cumplimiento normativo de las emisiones, conforme a la norma de calidad del aire para material particulado respirable MP10 establecida en el Decreto Supremo N° 12/2022 del Ministerio del Medio Ambiente.

Durante el proceso de evaluación se realizó una estimación de ruido y vibraciones, presentado en Anexo 1.4 de la DIA, donde se desarrollaron proyecciones de niveles de ruido en el punto receptor en base a la normativa ISO 9613, partes I y II, con el fin de determinar el nivel de inmisión en este punto, debido a la construcción, operación, y cierre del Proyecto. Los niveles de ruido proyectados fueron comparados con los niveles máximos permitidos según la normativa de ruido ambiental D.S. N°38/2011 del MMA. Para el caso de los niveles de vibración en el punto receptor, se consideró lo indicado en la normativa FTA-VA—90-1003-06 Transit Noise and Vibration Assessment, de la FTA de Estados Unidos, para las fases de construcción, operación, y cierre del Proyecto. En este documento se estableció que el Proyecto en sus fases de construcción, operación, y cierre cumple con la normativa de ruido ambiental D.S. N°38/2011 del MMA, en el punto receptor en los periodos diurno y nocturno. También, en cuanto al impacto de las vibraciones, los niveles proyectados no se superan el máximo de referencia que indica el estándar de la FTA: “Transit Noise and Vibration Impact Assessment”, que considera el criterio de molestia, en el punto receptor en las distintas fases del Proyecto.

Dado lo expuesto en el ítem 5.2 de este documento, es posible concluir que no se generarán impactos sobre los recursos naturales que sirvan de sustento para las comunidades del área de influencia.

Los residuos que se generarán durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto se indican en los puntos 4.6.5, 4.7.6 y 4.8.5 del ICE respectivamente y Capítulo 4 de este documento. De lo ahí señalado, se concluye que el Proyecto manejará sus residuos en instalaciones autorizadas. Por lo tanto, se descarta la exposición a contaminantes debido al manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental 1 Afectación a escorrentía superficial. El sitio en donde se establecerá el Proyecto genera que los flujos escurran en su superficie esparciéndose con una trayectoria definida mayoritariamente por el sector Norte de éste. Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Todas. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Impacto ambiental 2 Afectación a individuos de especies de flora única y representativa. Será necesario remover individuos de la especie Eulychnia acida Phil. La cual es un recurso único (pertenece a la flora del desierto florido) y representativa (es endémica) Componente ambiental afectado Flora y Vegetación Parte, obra o acción que lo genera Línea de Alta tensión y Caminos. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Impacto ambiental 3 Afectación a flora única y escasa. El Proyecto se ubica en la zona donde se presenta el fenómeno del desierto florido. Componente ambiental afectado Flora y Vegetación Parte, obra o acción que lo genera Todas. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Impacto ambiental 4 Afectación a especies de herpetofauna representativa. En el área de afectación directa del Proyecto se detectaron individuos de especies de fauna de baja movilidad de Liolaemus atacamensis, Liolaemus nigromaculatus y Callopistes maculatus, las cuales son endémicas. Componente ambiental afectado Fauna. Parte, obra o acción que lo genera Todas. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental 5 Afectación a Avifauna. Dadas las características de Proyecto, que considera una línea de alta tensión, y a las características del área de emplazamiento, donde este tipo de fauna presentó la mayor riqueza de especies, es altamente probable que se dé una afectación a este componente ambiental. Componente ambiental afectado Fauna. Parte, obra o acción que lo genera Línea de Media Tensión. Fase en que se presenta Operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.2. El Proyecto se ubica en la zona donde se presenta el fenómeno del desierto florido, el cual es un recurso único. Además, se encontraron especies endémicas (14), las cuales son recursos significativos. También, se encontró una especie En Peligro, lo cual es un recurso escaso. Por el lado de la fauna, en el área del Proyecto se ubican especies endémicas (principalmente herpetofauna) que representan recursos significativos. Por otro lado, en el sector se encuentran especies de guanacos, los cuales, en la región están en categoría de Vulnerables, lo que representa un recurso escaso.

El recurso suelo del área del Proyecto, corresponde a la Unidad cartográfica “Plano desierto salino”, que representa la totalidad de la superficie y se encuentra conformada por suelos con pendiente simple, ligeramente inclinadas (1 a <3%), de escasa cobertura vegetal. Se observan signos de erosión ligera en forma de pedregosidad superficial ligera y depósitos de material eólico. Se compone de suelos profundos (>90 cm) y bien drenados; de texturas gruesas en todo el perfil; de pedregosidad superficial ligera a moderada, y subsuperficial moderada. Se clasifica con CCUS VIs15, producto de su elevada salinidad. En la DIA, se señaló que la pérdida del suelo asociada a la ejecución del Proyecto está condicionada por el escarpe o excavaciones requeridas para su construcción. En este contexto, el perímetro del Proyecto más el camino de acceso y las estructuras de los postes de la línea de tensión eléctrica a las cuales se les aplicó un buffer de 5 m, poseen en conjunto una superficie de 8,74 ha. En Adenda se corrigió y aumentó el área de impacto en 28 m2, debido a que todos los postes de la Línea de Alta Tensión ocupan este total de superficie. Durante el proceso de evaluación se determinó que el Proyecto no generará erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo, por lo que su capacidad para sustentar biodiversidad no será afectada.

Flora Se realizaron 2 campañas y a partir de los datos recolectados durante estas campañas, se pudo determinar la presencia de 21 especies de flora vascular terrestre en el área de influencia del proyecto.

Fuente: Tabla 5-1 del anexo 1-3 de la Adenda Complementaria

En el área de influencia se describen un total de 21 especies. De estas, 14 especies se encuentran en primavera y otras 14 en otoño, con 7 especies que coinciden en ambas estaciones. De estas 21 especies, se considera que 1 (4,8%) es introducida y 20 (95,2%) son nativas, de las cuales 14 (70%) son endémicas.

El Proyecto considera Compromisos Ambientales Voluntarios, orientados principalmente a la protección de la especie E. acida y al rescate y relocalización de potenciales geófitas y cactáceas presentes en el área de intervención. Además, se presentan los antecedentes para dar cumplimiento al PAS 151 para el manejo de la formación xerofítica correspondiente a un Matorral poco denso de Skytanthus acutus, acompañado principalmente por especies como Nolana sedifolia, Nolana rostrata, Encelia canescens, Frankenia chilensis, Miqueliopuntia miqueli, Cumulopuntia sphaerica y Eulychnia acida.

Fauna Se realizaron 3 campañas de fauna, donde se registró una riqueza total de 22 especies, con una abundancia total de 210 individuos para la campaña primaveral, 95 individuos para la campaña de verano y 116 para la campaña otoñal. Los vertebrados encontrados se clasifican en aves (Riqueza=16); reptiles (Riqueza=3) y mamíferos (Riqueza=3). No se descarta el tránsito de otros grupos de fauna como roedores y quirópteros, los cuales no fueron registrados a pesar de los esfuerzos de muestreo. Se identifica esta área con ecosistemas ricos en diversidad con altos grados de endemismo. Se registraron cinco (5) especies en categoría de conservación, 3 reptiles y 2 mamíferos correspondientes a: 1. Lagartija de Atacama (Liolaemus atacamensis) con categoría LC (Preocupación menor) según el D.S. 16/2016 MMA. 2. Lagartija de Mancha Negra (Liolaemus nigromaculatus) con categoría NT (Casi Amenazada) según el decreto D.S. 16/2016 MMA. 3. Iguana Chilena (Callopistes maculatus) con categoría NT (Casi Amenazada) según el decreto D.S. 16/2016 MMA. Guanaco (Lama guanicoe) con categoría VU (Vulnerable) para la región de Atacama según el decreto D.S. 33/2011 MMA. 4. Zorro Chilla (Lycalopex griseus) con categoría LC (Preocupación menor) según el D.S. 33/2011 MMA. Dado los impactos asociados a esta componente, se presentaron los siguientes compromisos: Para los reptiles, los cuales se presenciaron en gran abundancia en el área de estudio, se realizará una perturbación controlada, dado que la mayoría del Proyecto cosiste en obras lineales y con una amplia abundancia, en conjunto con la continuidad extensa de ambientes naturales colindantes al proyecto. Dado que el proyecto se ubica colindante a la ruta por el sector oriente, estos individuos pretenden ser desplazados hacia el sector poniente, el cual presenta una gran extensión de ambientes idóneos para su continuidad. Se recomienda la construcción de pircas y refugios en el área de influencia para ofrecer albergue a los individuos que eventualmente se encuentren dentro del área de intervención al momento de iniciar las obras, además, se realizarán, de manera preventiva monitoreos para evaluar la continuidad de los reptiles en el área de influencia, durante y después del inicio de las obras. Se recomienda que un especialista biótico acompañe el inicio de obras y cambio de uso de suelo. Para el caso de los mamíferos registrados en el área directa del Proyecto, se realizarán de manera preventiva charlas educativas a todos los(as) trabajadores(as), para evitar interacción antrópica con estos grupos de fauna y así fomentar su protección y continuidad. Para el caso de las aves, el Proyecto considera la implementación de disuasores a lo largo de la Línea de Alta Tensión con el fin de prevenir la ocurrencia de eventos de colisión. También, considera la utilización de postes con un diseño con cables con conductores suspendidos, los cuales son favorables para evitar eventos de electrocución dada la distancia o separación que existe entre cada una de las fases, tal como se muestra en la Figura 62 de la Adenda, “Esquema de poste a utilizar” De acuerdo con la base de datos de Arclim del Ministerio del Medio Ambiente, la zona donde se emplazará el Proyecto presenta riesgo bajo en cuanto a la pérdida de fauna, por cambios de precipitación. Por otra parte, la pérdida de fauna por cambios de temperatura presenta riesgo bajo.

Dado lo señalado en el literal a) de esta Tabla, la magnitud del impacto sobre el suelo es relativamente baja (menos de 5 hectáreas) y para el cierre del Proyecto se considera la restauración de la geoforma alterada y se dejará el sitio similar a las condiciones basales de suelo y geomorfológicas, además, se ejecutará un plan de cierre con revegetación. En relación con el aire, tal como se describió en la Tabla 5.1 de este documento, tendrá una afectación de magnitud baja y las fases con mayor magnitud tendrán una duración de 18 meses la de construcción y 6 meses la de cierre. Respecto del agua, en Adenda Complementaria se realizó un análisis para determinar la interacción del recurso subterráneo con el efluente de los Sistemas de alcantarillado particular. Este análisis concluyó que la profundidad del nivel freático es de 59 metros bajo el nivel de terreno en el área donde se proyecta la fosa séptica del Proyecto. Por otro lado, los Sistemas de alcantarillado particular consideran drenes de infiltración, con aguas previamente depuradas, proyectados a 80 cm desde el nivel del suelo. A una profundidad de 0,3 m y mejor aún a 0,9 m por debajo del nivel inferior de las zanjas de infiltración, la concentración de la mayoría de los niveles constituyentes es inferior a los límites menores de detectabilidad de la normativa vigente (NCh 1333). En este proyecto el distanciamiento entre el dren de infiltración y la napa subterránea está a más de 50 m, por lo tanto, se concluye que la calidad del efluente es idónea. Por otro lado, en áreas desérticas, las altas temperaturas y la baja humedad relativa favorecen la evaporación directa del agua desde la superficie del suelo y desde las capas superiores del suelo. Además, el lugar de disposición final dista a más de 150 metros de cualquier pozo, noria, manantial u otra fuente destinada o destinable al suministro de agua de bebida, cumpliendo lo exigido en la normativa RIDAA.

No se realizaron análisis sobre normas secundarias de calidad ambiental, dado que no aplican al área del Proyecto. La calidad del agua no se verá afectada, según los antecedentes expuestos. La calidad del aire no se verá afectada, según los antecedentes expuestos.

Dado que no se identificaron hábitats de fauna singular, como madrigueras, sitios de alimentación, reproducción, nidificación u otros que sean susceptibles de ser afectados por las obras y partes del proyecto. Producto de lo anterior, tal como se indica en la Guía SEA “Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa”, se efectuó el análisis de los criterios para la identificación y evaluación de impactos por ruido sobre a fauna nativa, presentados en dicho documento técnico, el cual permite concluir que no se generan impactos a causa de las emisiones del proyecto.

El proyecto considera el uso de sustancias químicas en las fases de construcción y operación, sin embargo, estas serán en baja cantidad y se detallan en Capítulo 4 de este documento la forma de almacenamiento y cantidad, por lo que se descarta el impacto por esta componente. Para el caso del manejo de residuos se realizará de manera adecuada conforme a la normativa. Además, durante el proceso de evaluación se definieron acciones de carácter preventivo propuestas, asociadas al riesgo de derrame de productos o residuos y el riesgo de Falla en el sistema de almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos

El Proyecto se emplaza en la cuenca de la Quebrada Carrizal y Costeras hasta Río Huasco, subcuenca Quebrada Carrizal y Carrizalillo. Esta cuenca no cuenta con escorrentía superficial continua, sino que intermitente, por lo que no cuenta con medición de caudales. La quebrada más importante a tener en cuenta para el presente proyecto es la Quebrada Coquimbana hacia el Suroeste del Proyecto. Adicionalmente, el proyecto no contempla extracción, utilización o descargas en las aguas superficiales. El proyecto se ubica por sobre depósitos no consolidados del Pleistoceno, constituidos por gravas, limos y arenas a 34 km al Norte de Vallenar, aledaño a Los Colorados. De acuerdo con los pozos de la DGA y los estudios realizados por la misma institución en los años 2009, 2010 y 2018, se contempla que el acuífero tiene un nivel freático que varía principalmente entre los 6-21 m de profundidad. Además, se realizó un levantamiento para esta evaluación y la calicata realizada permitió descartar un nivel freático inferior a 5 m y evidencia la mala selección de estos depósitos. También, se determinó que la red acuífera del área donde se emplazaría el proyecto difícilmente podría ser afectada por este. En primer lugar, por lo somero de la intervención y segundo, por la profundidad del nivel estático.

La Central no requiere realizar perforaciones en su construcción, las torres consideran una profundización de al menos 2 metros de profundidad. En el área del proyecto no hay aguas fósiles, ni vegas o bofedales ni glaciares ni turberas.

El Proyecto no contempla la introducción al territorio nacional de ninguna especie de flora, fauna u organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Afectación a área de recolección de copao de Comunidades indígenas del sector. La corta de Eulychnia acida Phil. puede implicar una reducción del fruto copao utilizado por las Comunidades indígenas del sector. Componente ambiental afectado Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas Parte, obra o acción que lo genera Caminos. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.3. En base a la información presentada durante la evaluación ambiental se logró establecer que las principales actividades económicas desarrolladas en el área de influencia están ligadas a la agricultura y la minería. En este sentido, en cuanto a la extracción de copao (Eulychnia acida) es un cactus nativo que tiene relevancia en prácticas tradicionales de recolección, siendo utilizado tanto con fines alimenticios como medicinales por las comunidades locales. El titular del proyecto, consciente de la importancia de esta especie, ha implementado medidas específicas para asegurar su protección, cómo la modificación de su superficie y la distribución de las partes del proyecto para evitar cualquier impacto directo sobre las áreas donde se encuentra el Copao para su conservación, garantizando que las prácticas de recolección puedan continuar sin interrupciones. En relación con las rutas de trashumancia utilizadas por las C.I. cercanas al área de influencia, estas se encuentran en los sectores de Llanos del Lagarto, la quebrada de los porotillos, boquerón, algarrobal y quebrada Carrizal (todas en dirección hacia la cordillera de los Andes) ubicadas a más de 8 kilómetros del área de emplazamiento del proyecto. En este sentido, la distancia significativa entre el área del proyecto y las rutas de trashumancia minimiza cualquier posibilidad de impacto directo o indirecto. Además, el Proponente llevo a cabo varios intentos de interacción y consultas con representantes de las comunidades indígenas del Pueblo Diaguita que aceptaron participar de la convocatoria, para asegurar que las actividades del proyecto no interfieran con sus prácticas tradicionales. Estas consultas confirmaron que el proyecto no afecta el uso tradicional, espiritual, medicinal o cultural de estas rutas. Esto queda documentado en Anexo 4.1 Reporte Comunidades Indígenas del Adenda Complementaria.

El Proyecto considera como escenario más desfavorable, un aporte máximo de 6 vehículos diarios y 120 viajes en un mes. Este aumento respecto al flujo vehicular basal considera un aumento poco significativo. Relacionando esta cifra con el tránsito medio diario anual en la ruta C - 440 (403), se estima que existirá un aporte porcentual de 1,4% vehículos diarios en dicha ruta durante los 18 meses de duración de la fase de construcción del Proyecto. Este aumento es cuantitativamente bajo y se gestionará mediante la programación de los desplazamientos del proyecto en horarios de menor tránsito para evitar afectar la movilidad local. Es importante considerar que el flujo vehicular generado por el Proyecto no será significativo para las actividades de las fases de construcción y operación y se privilegiarán los horarios con menos tránsito para el desplazamiento, de tal manera de no afectar la movilidad local. Por otro lado, en relación con los caminos internos, huellas o rutas de trashumancia utilizadas por las comunidades indígenas presentes en el territorio. Cabe señalar que estas se encuentran en los sectores de Llanos del Lagarto, la quebrada de los porotillos, boquerón, algarrobal y quebrada Carrizal (todas en dirección hacia la cordillera de los Andes) ubicadas a más de 8 kilómetros del área de emplazamiento del proyecto. En este sentido, dados los porcentajes de aporte de proyecto al flujo basal, se determina que, cuantitativamente, el Proyecto no genera un aumento significativo que afecte el volumen de tránsito de las rutas a utilizar, considerando, además, que representa un aumento acotado a la fase de construcción.

En relación con el acceso y calidad de equipamiento de servicios o infraestructura básica orientada a prestar servicios sociales y/o comunitarios a los habitantes del área de influencia del proyecto, tal como se explica en el Capítulo 1 de la DIA, los servicios higiénicos y de agua potable serán dispuestos al interior del predio por parte de la empresa.

Dada la naturaleza del Proyecto y sus componentes, tanto durante la construcción, operación y cierre, se anticipa que no se producirán cambios en el acceso de los grupos humanos a servicios y recursos básicos, como vivienda, transporte, energía, salud, educación, servicios sanitarios y recreativos en comparación con la situación actual. Es importante destacar que el Proyecto no implica la llegada de trabajadores o familias que aumenten la demanda de bienes y servicios en la localidad.

En relación con las mediciones de ruido, se ha analizado el escenario más desfavorable para la salud de la población durante la fase de construcción del proyecto. Los resultados indican que no se anticipan impactos significativos en términos de ruido y vibraciones que pudieran afectar a los grupos humanos. Esto se debe a que el área de influencia de este componente se encuentra en el entorno próximo de las partes y obras del Proyecto, por lo que no abarca ninguna de las zonas pobladas de las localidades de Canto de Agua o Llanos del Lagarto.

De acuerdo con la información presentada durante la evaluación ambiental se ha logrado establecer y localizar los trazados de las rutas y huellas trashumantes, además de los sitios ceremoniales o con significancia cultural utilizadas por las comunidades indígenas cercanas al área de influencia del proyecto. En este sentido, cabe señalar que estas se encuentran en los sectores de Llanos del Lagarto, la quebrada de los porotillos, boquerón, algarrobal y quebrada Carrizal (todas en dirección hacia la cordillera de los Andes) ubicadas a más de 8 kilómetros del área de emplazamiento del proyecto. En la Figura 6 del Anexo 4.1 Adenda Complementaria se pueden visualizar los sitios con significación cultural de las agrupaciones indígenas cercanas al Proyecto. Por su parte, las rutas de trashumancia utilizadas por las comunidades indígenas identificadas en el área de influencia se muestran en la figura 6, pág. 34 Anexo 4.1 Adenda Complementaria. Dichas rutas de trashumancia son caminos tradicionales que utiliza el pueblo diaguita para el traslado estacional de su ganado y otros productos desde las zonas bajas, donde pasan el invierno, hasta las zonas altas de montaña, donde pasan el verano. En este sentido, cabe señalar que el proyecto no tendría interacción con estas rutas, dado que se ubican en el sector cercano a la mina Los Colorados y en ningún caso impide dicho traslado estacional. Estas prácticas tradicionales están estrechamente vinculadas a la actividad agrícola y ganadera que se desarrolla en la zona. La selección de un hábitat con acceso al agua refleja el conocimiento ancestral sobre la vital dependencia de las comunidades a la disponibilidad de este recurso. El agua es fundamental para sus prácticas culturales, ya sea en la crianza de animales o en la agricultura, evidenciando la extrema importancia que tiene en su estilo de vida y en el sustento de sus tradiciones. Además, es importante destacar que el proyecto no contempla la utilización de agua del sector, ya que para la limpieza de los paneles se utilizarán aguas residuales con la respectiva autorización de la autoridad sanitaria correspondiente.

Considerando las antecedentes presentados sobre actividades trashumantes de las comunidades indígenas diaguitas que se desarrollan hacía el sector de la Quebrada Carrizal y entendiendo que se pueden conocer las fechas de ejecución con antelación, se presenta el compromiso ambiental voluntario denominado “Comunicación con los vecinos” para comunicar e informar a los vecinos del sector y comunidades indígenas cercanas sobre las actividades a desarrollar durante las fases de construcción y operación del Proyecto, además de canalizar consultas y/o reclamos. El compromiso también pretende instalar la comunicación y dialogo constante con las comunidades indígenas a modo de evitar toda posible alteración sobre los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos cercanos al proyecto que corresponden a C.I.D Llanos del Lagarto, C.I.D Chipasse Ta Caluba, C.I.D Laina Kankan II, A.I. Amanecer del Desierto y C.I.D Amancay Pai. El Diálogo permanente también consistirá en aportes sociales acorde a la necesidad de los vecinos (mejoramiento de infraestructura social, Mejoramiento de sistemas de agua, Mejoramiento de caminos, Mejoras en luminarias públicas) una vez que se instaure el Plan de relacionamiento con el Proyecto.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Afectación a Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad. El Proyecto se ubicará íntegramente dentro del área del SP Desierto Florido. Componente ambiental afectado Áreas protegidas, poblaciones protegidas, recursos protegidos, glaciares, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación Parte, obra o acción que lo genera Todas. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.4. Respecto a la población protegida asociada a los pueblos indígenas, de acuerdo con los antecedentes entregados en el Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, en el área de influencia se identifican 4 organizaciones indígenas que comparten territorio con el desarrollo del proyecto por habitar la Quebrada Carrizal. Estas comunidades son la Comunidad Diaguita Chipasse Ta Caluba ubicada aprox. a 14,4 km; la Comunidad Indígena Amancay Pai ubicada aprox. a 12,5km; la Comunidad Indígena Laina Kakan II ubicada aprox. a 12,3 km, La Comunidad Diaguita Llanos del Lagarto ubicada aprox. a 7,5 k, además de la Asociación Indígena Multicultural de Crianceros y pequeños Agricultores Amanecer del Desierto que se ubica aprox. a 14.4 km del Proyecto. En la Figura 6 del Anexo 4.1 Adenda Complementaria se pueden visualizar los sitios con significación cultural de las agrupaciones indígenas cercanas al Proyecto. En este territorio también se encuentra ubicada la Asociación Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto que se ubica a 14.4 km del Proyecto. De acuerdo con los antecedentes ambientales tenido a la vista en la presente evaluación no se detectaron impactos ambientales significativos sobre las poblaciones protegidas presentes en el territorio cercano al Proyecto.

Respecto de la presencia del proyecto, dentro del Sitio prioritario Desierto Florido, durante el proceso de evaluación se determinó que el impacto no sería significativo, debido a que considera una magnitud baja de 3,02 hectáreas, y se ubica cercano un área ya intervenida, siendo que el Proyecto no reúne características que permitan inferir la adición de un impacto sinérgico que genere un residual desfavorable respecto la situación base que hoy en día se evidencia en el área de estudio, la cual presenta un alto grado de intervención antrópica. En línea con lo anterior, el proyecto se ubica de forma anexa o adyacente a la ruta vehicular C-440, que cruza y genera una segregación al interior del Sitio Prioritario “Zona Desierto Florido”, razón por la cual es dable señalar que el área a intervenir por el proyecto no reviste características que permitan suponer un riesgo de generar una afectación a dicho ecosistema. Por otro lado, el Proyecto considera la implementación de acciones y compromisos voluntarios tendientes a aminorar la afectación al componente flora y vegetación, que minimizará el impacto sobre este objeto de protección.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.5. A partir del reconocimiento del área del Proyecto tanto a nivel satelital como en terreno, se establecieron cinco (5) puntos de observación del paisaje. El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra en una zona con un relieve bastante plano, por lo que los únicos puntos no visibles desde los puntos de observación corresponden a las cimas del relieve montañosos cercano. El Proyecto será visible desde el punto principal con un alto potencial de observadores, que corresponde a la Ruta C-440.

En la Tabla 28 del Anexo 2.7 de la DIA, se presenta la matriz de impacto al valor paisajístico en el área de influencia, donde sólo se observa potencialidad de impacto por intrusión visual, dado que los otros tipos se descartaron desde un inicio.

Así, se determinó que dicho impacto es reducido, dado que la superficie ocupada por el proyecto no supera las 8 hectáreas. Además, los contenedores de baterías tienen una altura que no sobrepasa los 2 metros, y debido a que las partes y obras relacionadas con la línea de transmisión eléctrica están distribuidas de manera dispersa y no concentrada, no se destacan como elementos dominantes en la panorámica, sino que se integran como líneas dentro del paisaje.

Con lo señalado anteriormente y los antecedentes presentados, se puede afirmar que la magnitud y extensión del Proyecto no es relevante respecto de una obstrucción y/o alteración significativa a los atributos del paisaje identificados, además, es necesario considerar que las unidades de paisaje establecidas fueron definidas con una Calidad Visual Media.

En la Tabla 28 del Anexo 2.7 de la DIA, se presenta la matriz de impacto al valor paisajístico en el área de influencia, donde se determina que, respecto del impacto que pueda darse por “Artificialidad”, se descarta debido a que será de menor magnitud, ya que las partes y obras se ubicarán en una zona que ya cuenta con la presencia de caminos, vías ferroviarias, postes eléctricos y actividades mineras. En el caso de la “Pérdida de atributos biofísicos”, se señala que, debido a la superficie acotada ocupada por el proyecto, es poco probable que se produzca una pérdida significativa de estos atributos en el paisaje del sector. Finalmente, también se descarta la significancia por “Modificación de atributos estéticos”, debido a que la superficie del proyecto es acotada, no se generan alteraciones significativas en cuanto al contraste del colorido existente en el sector de instalación de los conteiner. Sin embargo, la presencia de la línea de trasmisión podría producir alteraciones cromáticas en la escena si se llegarán a utilizar colores blancos, grises o rojos.

Según el análisis realizado y el área de influencia establecida para este componente, se puede concluir que el Proyecto no altera significativamente el valor turístico, dado que la oferta registrada oficialmente es baja, la mayoría se encuentra ligada al centro urbano de la comuna y fuera del área de influencia del Proyecto, por lo no se ven afectados por él. Las principales actividades turísticas realizadas en Huasco están relacionadas con atractivos culturales y naturales dentro de la comuna y participación en fiestas costumbristas y religiosas. Dentro del área de influencia del Proyecto no se pudo observar ni determinar oficialmente la realización de dichas actividades, por lo que el Proyecto no afectaría directamente el desarrollo de ellas.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.6. Las inspecciones visuales arqueológicas, en ambas actualizaciones de la caracterización ambiental, donde se revisó un 100 % del terreno, determinaron nueve sectores con restos arqueológicos en superficie, que corresponden a un sitio arqueológico, una pequeña concentración y siete hallazgos aislados, todos de carácter lítico y de momentos prehispánicos. Luego de modificaciones al Proyecto, ningún hallazgo se encuentra asociado directamente con obras como postes de LTE o caminos de acceso y sus desviaciones.

Se ha considerado el rescate de dos de los hallazgos encontrados, correspondientes a C-01 y HA-07. Las medidas de conservación implementadas tanto en terreno, laboratorio y en depósito final se guiarán según los Estándares para la recepción de materiales arqueológicos en museos de la Dibam (Dibam, septiembre del 2006), junto con estándares particulares de la entidad museográfica que reciba los materiales. Los antecedentes de estos hallazgos y el Permiso Ambiental Sectorial asociado se adjuntan en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria.

Según lo descrito anteriormente, los hallazgos que serán afectados por el PAS 132 serán rescatados a fin de minimizar el impacto sobre éstos.

Respecto de la afectación a la actividad de recolección de copao, este impacto fue descartado, según los antecedentes descritos en tablas 5.3 y 5.4 de este documento. En el área del Proyecto no se consideran otras manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Central Torres de Alta Tensión Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente A través del ORD. N° 4885 de 17 de octubre 2024, el Consejo de Monumentos Nacionales, se pronunció conforme a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.1.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Sistemas de alcantarillado particular Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°16886/2024 de 24 de septiembre de 2024, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.2.

6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Patio para el manejo de residuos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°16886/2024 de 24 de septiembre de 2024, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.3.

6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega RESPEL. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Cabe destacar que aunque la SEREMI de Salud propuso una condición esta no fue acogida en el comité técnico. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°16886/2024 de 24 de septiembre de 2024, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.4.

6.1.5. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, según se establece en el artículo 151 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Línea Alta Tensión Caminos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En relación con el Plano de intervención de la formación xerofítica, se solicita adjuntar, en la tramitación sectorial: • Límite de sectores a intervenir, indicando obras permanentes y temporales. • En relación con el rango de pendiente y erosión, se recomienda realizar un plano diferenciado con estos datos para lograr interpretar en forma adecuada la información. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD. Nº 90-EA/2024 del 03 de octubre de 2024, CONAF, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.5.

6.1.6. Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Línea Alta Tensión Caminos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Para los equipos que se utilizarán durante la construcción de las obras hidráulicas identificadas como Badenes, este Servicio solicita que el carguío de combustible y lubricantes se ejecute en lugares alejados de cauces naturales y artificiales, así como de las vías de escurrimiento de aguas, además, el Titular deberá tomar todas las precauciones y resguardos necesarios para evitar el derrame de este tipo de sustancias sobre cauce. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD. Nº 507 del 03 de octubre de 2024, DGA, Región de Atacama, se pronuncia conforme. A través del ORD. N° 20240300213 de fecha 16.09.2024 del SEA se solicita a la DOH sobre este PAS, a la fecha no ha sido enviado, por lo que en cumplimiento del Art. 58 del RSEIA, el PAS se entiende otorgado. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.6.

6.1.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica • Instalación de faenas (oficinas) • Zona de acopio de materiales (Bodega de insumos y materiales) Área de unidades de almacenamiento de energía • Sala eléctrica (en Central BESS) • Bodega de almacenamiento de herramientas y materiales y Baño Sala Eléctrica y Baño (en Subestación Elevadora) • Bodega RESPEL Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD. Nº 895 del 27 de septiembre de 2024, MINVU, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Mediante ORD. Nº 592/2024 del 09 de octubre de 2024, SAG, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.7.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial. Norma D.F.L. N° 458/1975, Ministerio de Vivienda y Urbanismo Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que Construcción, operación y cierre. aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera habilitación de obras de edificación permanentes y temporales. Forma de cumplimiento Para el cumplimiento de lo establecido en la presente normativa, el Titular del Proyecto solicitará, previamente la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales, el informe favorable para el cambio de uso de suelo de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero. Por ello, en el marco de la presente DIA se entregan en Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será la obtención favorable del PAS 160, así como la resolución sectorial a obtener posteriormente. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.1.1.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general Norma Res. Exenta N° 885/2016 Normas de carácter general sobre deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del Sistema de seguimiento ambiental Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto presenta a evaluación ambiental un Plan de Emergencias y Contingencias donde se prevén eventos excepcionales y se establecen acciones para controlarlos. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable, se empleará el Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA para avisar o informar sobre la ocurrencia de contingencias o incidentes ambientales, en los términos previstos en aquella o, en su defecto, dentro del plazo de 24 horas de ocurrido el evento informado Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA, y carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. Forma de control y seguimiento Mantención de los registros a disposición de la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.1.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general, Fiscalización Ambiental. Norma D.S. N° 30/2012, Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación Otros cuerpos legales D.S. Nº 31/2012, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que El Proyecto dará cumplimiento a las disposiciones referentes aplica a la Autodenuncia, en el caso improbable de incurrir en alguna infracción de aquellas de la competencia de la SMA y de optar por esta vía. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a través de la presentación de una Autodenuncia, Programa de Cumplimiento, y/o Plan de Reparación en caso de proceder. Así mismo, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los programas de cumplimiento y planes de reparación en el evento improbable de haberse iniciado un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de una Autodenuncia cuando sea procedente. Forma de control y seguimiento Comprobantes de ingresos a la SMA, en caso de que corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.2.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general Norma D.S. N° 31/2012, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 30/2012, Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto, una vez obtenida su resolución de calificación ambiental favorable, deberá someterse a la fiscalización de la SMA, dando cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Forma de cumplimiento Entrega de antecedentes, información y datos a la SMA según corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) o al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA). Forma de control y seguimiento • Seguimiento a condiciones indicadas en la RCA. • Comprobantes de Informes enviados a la SMA, en la forma y plazos establecidos en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.3.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general. Norma Res. Exenta N° 223/2015 Dicta instrucciones generales sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico, Ministerio del Medio Ambiente y la Superintendencia del Medio Ambiente Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto, una vez obtenida su resolución de calificación ambiental favorable, deberá someterse a la fiscalización de la SMA, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la información requerida con la periodicidad y en la forma establecida en la RCA, ingresándola en el Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA), luego de haber cumplido con las disposiciones de la Resolución Exenta N° 1.518/2013. Indicador que acredita su cumplimiento • Entrega de información señalada a la SMA, en la forma y plazos establecidos en la RCA. • Comprobante de emisión del SSA sobre información remitida. Forma de control y seguimiento • Seguimiento a condiciones indicadas en la RCA. • Comprobantes de Informes y monitoreos enviados a la SMA, en la forma y plazos establecidos en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.4.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general. Norma Res. Exenta N° 1518/2013 que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Exenta Nº 574 de 2012 de la Superintendencia del Medio Ambiente Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Forma de cumplimiento Una vez que se obtenga una RCA favorable, el titular dentro del plazo de 15 días desde que se le notifique la Resolución, ingresará a http://www.sma.gob.cl, y se realizarán las gestiones para obtener el usuario y contraseña y se completará el formulario presente en la plataforma web, del modo exigido por la Resolución. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA. • Carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. Forma de control y seguimiento Carga de información a la web de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.5.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general. Norma Res. Exenta N° 1.184/2015 que dicta e instruye normas de carácter general sobre fiscalización ambiental y deja sin efecto las resoluciones que indica, Ministerio del Medio Ambiente; Superintendencia del Medio Ambiente Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto, una vez obtenida su resolución de calificación ambiental favorable, deberá someterse a la fiscalización de la SMA, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a esta norma dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse y proporcionando la información requerida. Indicador que acredita su cumplimiento • Permitir actividades de fiscalización y entrega de información a la entidad fiscalizadora. • Entrega de información señalada a la SMA, en la forma y plazos establecidos en la RCA. Forma de control y seguimiento • Seguimiento a condiciones indicadas en la RCA. • Comprobantes de Informes y monitoreos enviados a la SMA, en la forma y plazos establecidos en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.6.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general. Norma Ley N° 21.455, Ley Marco de Cambio Climático Otro cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones, residuos y sustancias. Forma de cumplimiento El Proyecto se somete al SEIA a través de una DIA, donde el Titular del Proyecto indica que cumple con la legislación ambiental vigente. Además, durante su fase de operación, el Proyecto contribuirá, de manera indirecta, a la mitigación de gases de efectos invernadero a nivel país, dado que este tiene por fin almacenar parte de la energía eléctrica que es generada a través de recursos naturales renovables. Indicador que acredita su cumplimiento • Ingreso de la DIA del Proyecto al SEIA. • Obtención de la RCA favorable. • Entrada en operación del Proyecto. Forma de control y seguimiento • Seguimiento a condiciones indicadas en la RCA. • Comprobantes de Informes enviados a la SMA, en la forma y plazos establecidos en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.7.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de Carácter Ambiental. Norma D.S. N° 209/2022, promulga el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe y su Anexo 1, Ministerio de Relaciones Exteriores Otros cuerpos legales Ley N° 19.300 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Ley 20.500/2011 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Ley 20.285/2008 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Ley 20.600/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto corresponde a la construcción, operación y cierre de un central BESS. Por lo anterior, el proyecto debe someterse a evaluación ambiental, respondiendo a la Ley 19.300. Forma de cumplimiento El Proponente se somete a evaluación ambiental, a través del SEIA. Indicador que acredita su Corresponderá al ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA, y cumplimiento previo a su ejecución, la necesidad de contar con una RCA favorable. Además, de destacar que la información del proyecto es publica en la Plataforma del SEIA. Forma de control y seguimiento Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.8.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de emisiones, descargas y residuos. Norma D.S. N° 1/2013, Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC, Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales • Decreto 31, del 20/05/2017 que modifica Decreto Supremo N°1 del 02/05/2013 Ministerio de Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC. • Resolución Exenta 144/2020, que Aprueba Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán emisiones atmosféricas, residuos domiciliarios e industriales, entre otros. En cuanto a los residuos, estos serán trasladados y dispuestos en sitios autorizados o manejados de acuerdo con la normativa legal vigente, por empresas debidamente autorizadas. Forma de cumplimiento Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada, según las prescripciones de este Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de carga de información a RETC, según corresponda. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada, según las prescripciones de este Decreto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.9.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma D.S. N° 144/1961 establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, se generarán emisiones de material particulado y gases provenientes de las siguientes actividades y equipos: • Fase de construcción: Excavación, carga y descarga de material; transporte de material y equipos en caminos no pavimentados y pavimentados; motor de vehículos y maquinarias. • Fase de operación: Transporte de personal propio y de Contratista encargado de las mantenciones del Proyecto en caminos no pavimentados y pavimentados, y motor de vehículos de transporte. • Fase de cierre: Desmantelamiento de instalaciones, circulación de vehículos, carga y descarga de materiales, emanaciones de gases de vehículos y maquinaria pesada. Forma de cumplimiento Con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas para la fase construcción: • Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. • Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena. • Se prohibirá la quema de basuras u otro tipo de fogatas. • Se aplicará supresor de polvo (o similar) en los caminos internos y de acceso del Proyecto dentro del predio. Para el control de emisiones de gases del Proyecto durante la fase de construcción, se considera las siguientes medidas: • Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de combustión interna contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento • Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. • Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.10.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas. Norma D.F.L. N° 1/2007, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Otros cuerpos legales D.S. N°144/1961, establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza. D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Las emisiones de gases durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto se refieren al tránsito de camiones y vehículos menores. Forma de cumplimiento Todos los operarios de maquinaria y conductores de camiones y vehículos menores requeridos durante el Proyecto tendrán licencia de conducir en función de lo estipulado en el D.F.L. N°1/2009. Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos regulares. Se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción, mantención, limpieza y abandono del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Exigencias contractuales a contratistas mantenciones y revisiones técnicas. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.11.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 4/1994, establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Otros cuerpos legales • D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud. "Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. • D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga. • D.S. N° 211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos • D.S. N° 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica. • D.S. N° 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. • D.S. N° 279/1983 del Ministerio de Salud. Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto, se utilizarán vehículos motorizados para la ejecución de las partes, obras y acciones del Proyecto. El Titular verificará que todo vehículo motorizado cuente con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumplen con los límites máximos establecidos por la normativa y su revisión técnica al día. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento • Exigencias contractuales a contratistas sobre licencias de conducir, mantenciones y revisiones técnicas. • Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.12.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 279/1983, aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna, Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales Construcción, operación y cierre. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • D.F.L. Nº725/1968 del Ministerio de Salud, Código Sanitario. • D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud. "Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. • D.F.L. Nº3068 Ordenanza General de Tránsito. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto empleará vehículos indicados en la normativa para el transporte de insumos, residuos, materiales y personas. En este contexto el Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados de combustión interna cumplan con esta norma de emisión. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento • Exigencias contractuales a contratistas sobre licencias de conducir, mantenciones y revisiones técnicas. • Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.13.

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 4/1992, Establece norma de emisión de material particulado a Fuentes Estacionarias, Puntuales y Grupales, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales • D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud. "Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. • D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos y maquinaria motorizada pesada. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo, ya que exigirá que los vehículos motorizados pesados cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento • Exigencias contractuales a contratistas sobre licencias de conducir, mantenciones y revisiones técnicas. • Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.14.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Aire y Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 55/1994, Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Otros cuerpos legales • D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud. "Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. • D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos y maquinaria motorizada pesada. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo, ya que exigirá que los vehículos motorizados pesados cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento • Exigencias contractuales a contratistas sobre licencias de conducir, mantenciones y revisiones técnicas. • Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.15.

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Aire y Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 54/1994, establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Otros cuerpos legales • D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. • D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos y maquinaria mediana. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumplirá con las disposiciones del presente cuerpo normativo, ya que, exigirá que los vehículos motorizados medianos cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento • Exigencias contractuales a contratistas sobre licencias de conducir, mantenciones y revisiones técnicas. • Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.16.

7.18. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 211/1991, establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Otros cuerpos legales • D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud. "Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. • D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos livianos para su correcto desarrollo. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumplirá con las disposiciones del presente cuerpo normativo, ya que, exigirá que los vehículos motorizados livianos cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento • Exigencias contractuales a contratistas sobre licencias de conducir, mantenciones y revisiones técnicas. • Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.17.

7.19. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 47/1992 Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica, Ministerio de Vivienda y Urbanismo Otros cuerpos legales D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Fase del Proyecto a la que Construcción y cierre. aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica Las actividades de construcción y cierre del Proyecto requerirán de materiales e insumos enumerados en el presente cuerpo legal, que serán transportados por las rutas de acceso al Proyecto Forma de cumplimiento Las emisiones de material particulado y gases son menores y distribuidas en una extensión territorial acotada al polígono del Proyecto y al camino de acceso. Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas: • Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. • Se exigirá una velocidad máxima de 20 km/h para todos los vehículos dentro del área de faena. • Todos los vehículos y maquinarias contarán con su revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento • Revisión y registro de cumplimiento de las medidas anteriores por parte del Titular. • Catastro de vehículos y fechas de respectivas de revisiones técnicas y/o mantenciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.18.

7.20. COMPONENTE/MATERIA: Aire y Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 75/1987, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Ley N° 18.290/84 Ley de Tránsito. Ministerio de Justicia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones. Forma de cumplimiento El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo, se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión y registro de cumplimiento de las medidas de resguardo para impedir la dispersión de polvo. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.19. mayores detalles

7.21. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma D.S. N° 38/2016, que establece Plan de Prevención de Contaminación Atmosférica para la Localidad de Huasco y su zona circundante, Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales Decreto N° 40/2011 del Ministerio del Medio Ambiente Resolución Exenta N° 542/2014 del Ministerio del Medio Ambiente Resolución Exenta N° 1.295/2015 del Ministerio del Medio Ambiente Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Movimiento de tierra, pavimentación de caminos y tránsito de vehículos. Forma de cumplimiento Las emisiones atmosféricas generadas por la Central BESS se ajustarán a los límites máximos permitidos por este decreto y que corresponden específicamente a movimiento de tierra, pavimentación de caminos y tránsito de vehículos. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponderá a los registros de las emisiones que regula la presente normativa y cumplimiento de los límites exigidos. El Titular reportará las emisiones trimestralmente a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Forma de control y seguimiento Registro de control y seguimiento, documentación en físico en Central BESS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.20.

7.22. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones de Ruido. Norma D.S. N° 38/2011, Establece Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales Constitución Política de la República de Chile. Ley N° 19.300, modificada por Ley N° 20.417 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Generación de emisiones acústicas debido a las labores constructivas de la fase de construcción, generadas, principalmente, por la operación de los equipos de movimiento de tierra y tránsito de camiones. En el caso de la fase de operación, estas se asociarán al funcionamiento de equipos y al tránsito de vehículos menores producto de las labores de mantenimiento. Por último, en la fase de cierre las emisiones acústicas estarán asociados a las obras de desmantelamiento. Forma de cumplimiento El Proyecto en sus fases de construcción, operación, y cierre cumple con la normativa de ruido ambiental D.S. N°38/2011 del MMA, en el punto receptor en los periodos diurno y nocturno (Anexo 1.4 de la DIA). Indicador que acredita su cumplimiento Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas Forma de control y seguimiento • Registro de revisión técnica al día de camiones y vehículos. • Registro de mantención de maquinaria y equipos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.21.

7.23. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos. Norma D.S. N° 236/1926 Reglamento general de alcantarillados particulares fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias, del Ministerio de Salud Otros cuerpos legales D.F.L. N°725/1968 Código Sanitario del Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase construcción y cierre del Proyecto, se mantendrán baños químicos, los que servirán como apoyo a la solución sanitaria permanente habilitada transcurridos 6 meses desde el inicio de la fase de construcción. Los lodos generados serán retirados mediante camiones limpia fosas y dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria respectiva. Forma de cumplimiento El Proyecto contará con agua potable y baños químicos, considerando el número y condiciones del presente Reglamento, de manera de proveer a los trabajadores agua potable y servicios higiénicos en cantidad suficiente para su consumo y utilización. En base a lo anterior, en el marco de la presente DIA, se presentan en el Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria los antecedentes técnicos para la autorización de una solución sanitaria permanente, la que consiste dos Sistemas de alcantarillado particular con drenes de infiltración (PAS 138). Indicador que acredita su cumplimiento • Copia de autorización de SEREMI de Salud a empresa de baños químicos. • Registros en instalación de faenas del retiro y disposición final de residuos de baños químicos por empresa autorizada. • Resolución que aprueba el proyecto y funcionamiento del sistema particular de agua potable y aguas servidas. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.22.

7.24. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos. Norma D.F.L. N° 725/1967 del Ministerio de Salud, Código Sanitario Otros cuerpos legales D.S. N° 236/1926 Reglamento general de alcantarillados particulares fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias del Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase construcción y cierre del Proyecto, se mantendrán baños químicos, los que servirán como apoyo a la solución sanitaria permanente habilitada transcurridos 6 meses desde el inicio de la fase de construcción. Los lodos generados serán retirados mediante camiones limpia fosas y dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria respectiva. Forma de cumplimiento El Proyecto contará con agua potable y baños químicos, considerando el número y condiciones del presente Reglamento, de manera de proveer a los trabajadores agua potable y servicios higiénicos en cantidad suficiente para su consumo y utilización. En base a lo anterior, en el marco de la presente DIA, se presentan en el Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria los antecedentes técnicos para la autorización de una solución sanitaria (PAS 138). Indicador que acredita su cumplimiento • Copia de autorización de SEREMI de Salud a empresa de baños químicos. • Registros en instalación de faenas del retiro y disposición final de residuos de baños químicos por empresa autorizada. • Resolución que aprueba el proyecto y funcionamiento del sistema particular de agua potable y aguas servidas. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.23.

7.25. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos. Norma D.F.L. N° 1/1989, Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa, Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la Fase de Construcción, se generarán residuos líquidos. Se estima una generación máxima de 40 m³/mes (2 m³/día) de dichos residuos, tomando como referencia un factor de recuperación 100% del total del consumo de agua potable. El total a generar para la fase de construcción se estima en 720 m³ para los 18 meses. Durante la fase de operación, se considera una dotación de personal máxima de 2 trabajadores, debido a que, la central BESS se operará de forma remota, y solo habrá personal en el lugar bajo el contexto de realización de mantenciones. De igual forma, se considera la habilitación de baños permanentes y una fosa séptica con drenes de infiltración como solución particular de alcantarillado. En la Fase de Cierre se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los sanitarios, y de aguas de lavado de personal, en los mismos términos y condiciones que en la fase de construcción, considerando una dotación máxima de 20 trabajadores. Forma de cumplimiento Tramitación sectorial de la aprobación del proyecto y funcionamiento del sistema particular agua potable y aguas servidas. En base a lo anterior, en el marco de la presente DIA, se presentan en el Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria los antecedentes técnicos para la autorización de una solución sanitaria (PAS 138). Indicador que acredita su cumplimiento • Copia de autorización de SEREMI de Salud a empresa de baños químicos. • Registros en instalación de faenas del retiro y disposición final de residuos de baños químicos por empresa autorizada. Resolución que aprueba el proyecto y funcionamiento del sistema particular de agua potable y aguas servidas. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.24.

7.26. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos. Norma D.F.L. N° 725/1967, Código Sanitario, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales • D.S. Nº148/2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. • D.S. Nº594/2000, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Generación de residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos y peligrosos, durante las fases de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud, la autorización de las siguientes instalaciones destinadas al manejo de residuos durante la fase de construcción, operación y cierre: • Patio de Residuos No Peligrosos (Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios (RSD) y Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RSINP)) Bodega de RESPEL. Cabe señalar que, esta autorización también será solicitada durante la fase de operación del Proyecto. • Los antecedentes técnicos y formales del permiso de las obras de acopio temporal de residuos se entregan en los Anexo 3.3 y 3.4 de la Adenda Complementaria, correspondientes a los PAS 140 y 142, respectivamente. Indicador que acredita su cumplimiento • Oficios de SEREMI de Salud de la Región que autoriza proyecto y funcionamiento de las instalaciones destinadas al manejo de residuo. • Registros de recepción de residuos por parte de empresa encargada de disposición final. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.25.

7.27. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos. Norma D.S. N° 594/1999, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales • D.F.L. Nº725/1968. Código Sanitario. Ministerio de Salud Pública. • Ordinario B32/N° 5096/2020 de la Subsecretaría de Salud Pública, “Envía pronunciamiento en relación a la aplicabilidad del Art. 24 del DS N° 594 de 1991 del MINSAL, en proyectos de operación remota”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Generación de residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos y peligrosos, durante las fases de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud, la autorización de las siguientes instalaciones destinadas al manejo de residuos durante la fase de construcción, operación y cierre: • Patio de Residuos No Peligrosos (Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios (RSD) y Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RSINP)) • Bodega de RESPEL. Cabe señalar que, esta autorización también será solicitada durante la fase de operación del Proyecto. Los antecedentes técnicos y formales del permiso de las obras de acopio temporal de residuos se entregan en los Anexo 3.3 y 3.4 de la Adenda Complementaria correspondientes a los PAS 140 y 142, respectivamente. Por lo demás, durante la fase de construcción, operación y cierre se realizará la disposición de los residuos mediante transportista autorizado, los que serán dispuestos en sitio autorizado por la SEREMI de salud. Indicador que acredita su cumplimiento • Oficios de SEREMI de Salud de la región que autoriza proyecto y funcionamiento de las instalaciones destinadas al manejo de residuo. • Registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto. • Declaraciones en la plataforma SIDREP de la Ventanilla Única del RETC, cuando sea aplicable según la normativa vigente. Forma de control y seguimiento • Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados por la SEREMI de Salud. • Declaraciones en la plataforma SIDREP de la Ventanilla Única del RETC, cuando sea aplicable según la normativa vigente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.26.

7.28. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos. Norma D.S. N° 148/2003, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales • DS N° 1/2013 Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) del Ministerio de Medio Ambiente. • Ordinario B32/N° 5096/2020 de la Subsecretaría de Salud Pública, “Envía pronunciamiento en relación con la aplicabilidad del Art. 24 del DS N° 594 de 1991 del MINSAL, en proyectos de operación remota”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Generación de residuos peligrosos durante las fases de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud, la autorización para una bodega de residuos industriales peligrosos a utilizar durante la fase de construcción, operación y cierre. Los antecedentes técnicos y formales del PAS 142 se presentan en Anexo 3.4 de la Adenda Complementaria. Cabe indicar que, para la fase de operación y cierre, se mantendrá operativa la bodega RESPEL instalada durante la fase de construcción del Proyecto. Los residuos peligrosos generados en los frentes de trabajo serán dispuestos en contenedores primarios, todos estos contenedores serán herméticos, sellados con tapa, de fácil traslado y tendrán capacidad suficiente para contener el volumen de residuos peligrosos generados diariamente. Posteriormente, los residuos serán trasladados a una bodega de acopio temporal en Bodega modular RESPEL. La Bodega RESPEL corresponde a una bodega modular de aproximadamente 1,2 m2, especialmente acondicionado para estos fines considerada por el Proyecto tanto para la fase de construcción, operación y cierre, la cual cumplirá con las disposiciones técnicas exigidas en el artículo 33 del D.S. Nº 148/2004. Allí, se mantendrán los residuos dentro de bolsas plásticas al interior de contenedores secundarios impermeables (tambores de 200 L) identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2019 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos. Se exigirá que el tanto el transportista y el lugar seleccionado para la disposición final de los residuos peligrosos generados por el Proyecto, cuente con la infraestructura adecuada para el manejo y procesamiento de éstos y con la autorización correspondiente de la Seremi de Salud para su funcionamiento. Indicador que acredita su cumplimiento • Oficios de SEREMI de Salud que autoriza proyecto y funcionamiento de la Bodega de residuos peligrosos. • Fichas de ingreso y egreso de los residuos peligrosos a la bodega RESPEL. • Registros de recepción de residuos por parte de empresa encargada de disposición final. • Resoluciones SEREMI de Salud que autoriza el funcionamiento y actividad de la empresa transportista y al sitio de disposición final. Forma de control y seguimiento • Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. • Declaraciones en la plataforma SIDREP de la Ventanilla Única del RETC, cuando sea aplicable según la normativa vigente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.27.

7.29. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos. Norma Ley N° 20.920/2016, Establece Marco Para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje, Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales D.S. N° 12 de 2020 del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán residuos de productos prioritarios de acuerdo con la Ley, susceptibles de ser reciclados, en particular, embalajes en general, baterías e inversores que son de procedencia importada, en fase de cierre, serán considerados como residuos o devueltos al proveedor, por lo tanto, le son aplicables las disposiciones de la Ley N° 20.920. Forma de cumplimiento De acuerdo con el Artículo 10, los titulares o administradores de proyectos pasarán a ser “productores de productos prioritarios” por importar baterías a Chile para la construcción y operación de sus proyectos, situación que debe ser regulada a través de los respectivos decretos de aparatos eléctricos y electrónicos y de envases y embalajes, cuando estos entren en vigor. En línea con lo anterior, el titular seguirá las indicaciones del artículo segundo transitorio de la Ley N° 20.920, y declarará las baterías, cajas y embalajes a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), según corresponda. El Titular compromete, ante la autoridad, que el reciclaje y las metas de recolección y valorización de envases y embalajes, establecidos en el Articulo N°23, se realizarán a través de gestores autorizados. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobantes de retiro de los productos prioritarios por parte de los gestores autorizados. Forma de control y seguimiento • Declaraciones correspondientes en el RETC. • Informe de seguimiento en RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.28.

7.30. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos. Norma D.S. N° 21/2020, Establece Metas de Recolección y Valorización y Otras Obligaciones Asociadas de Envases y Embalajes, Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales Ley N° 20.920/2016 del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán residuos de productos prioritarios de acuerdo con la Ley, susceptibles de ser reciclados, en particular, embalajes en general, baterías e inversores que son de procedencia importada, en fase de cierre, serán considerados como residuos o devueltos al proveedor. Forma de cumplimiento Los residuos de envases y embalajes serán entregados a gestor y serán declarados anualmente, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, lo siguiente: a) Cantidad de productos prioritarios comercializados en el país durante el año inmediatamente anterior. b) Las actividades de recolección, valorización y eliminación realizadas en igual período, y su costo. c) La Cantidad de residuos recolectados, valorizados y eliminados en dicho lapso. Indicación de si la gestión para las actividades de recolección y valorización es individual o colectiva. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobantes de retiro de los productos prioritarios por parte de los gestores autorizados. Forma de control y seguimiento Declaraciones correspondientes en el RETC. Informe de seguimiento en RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.29.

7.31. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas. Norma D.S. N° 43/2015, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Se estima la utilización de pinturas, solventes y Barnices para la habilitación del Proyecto. Forma de cumplimiento Debido a que, la cantidad de sustancias peligrosas a utilizar por el Proyecto es marginal, serán almacenadas dentro de la bodega común (al encontrase encontrarán en cantidades inferiores a las establecidas en D.S. N°43/2015), en estantes diferenciados, utilizando señalética adecuada y manteniendo las condiciones de seguridad que establece el Reglamento. No existirá mantención de los equipos dentro del área del Proyecto. Todas las actividades de este tipo se desarrollarán en lugares autorizados lo más cercanos al área del Proyecto y se regirán por lo establecido en la presente normativa. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de cantidad de productos almacenados junto a sus HDS. • Inventario de las cantidades de cada sustancia almacenadas. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.30.

7.32. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos. Norma D.S. N° 160/2008, aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Otros cuerpos legales Ley N° 18.410/1985 crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles del Ministerio de Economía. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto utilizará combustibles diésel en sus fases de construcción y cierre en términos de la demanda de los equipos, vehículos y maquinarias a utilizar. Cabe indicar que, el suministro de combustible necesario a contar en faena se requiere exclusivamente para las maquinarias, todos los otros vehículos se surtirán en estaciones de servicios autorizadas y cercanas al Proyecto. Forma de cumplimiento Para el abastecimiento de combustibles se hará un convenio con alguna estación de combustible localizada en las cercanías del Proyecto. Para el abastecimiento de combustible, se dispondrá de un estanque portátil de 480 L de capacidad, cuya duración estimada en período de máxima demanda es de aproximadamente 8 días. Este estanque se carga vacío en camioneta y se rellena en estaciones de servicio autorizada. En el área del Proyecto, el estanque lleno se descarga al suelo con ayuda de cargador frontal en un área especialmente habilitada para tales efectos dentro de la instalación de faena. Durante las labores, se instalará una carpeta que permita recuperar cualquier derrame accidental de combustible, cuya probabilidad de ocurrencia es mínima, debido al surtidor especializado del equipo. Indicador que acredita su cumplimiento Contrato o certificado con empresa autorizada de transporte y distribución de diésel. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.2.31.

7.33. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Norma Ley N° 19.473/1996, sustituye Texto de la Ley N°4.601, sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil, Ministerio de Agricultura Otros cuerpos legales D.S. Nº5, aprueba Reglamento de la Ley de Caza del Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, pero principalmente durante sus fases de construcción y cierre, dado el número de trabajadores presentes en dicha faena. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante capacitaciones a su personal con respecto a dichos temas, exigiendo el cumplimiento de las prohibiciones señaladas en la normativa. Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. Por su parte, se implementarán otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa existente. Finalmente, se evitará la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. Del mismo modo, puede mencionarse que el proyecto no intervendrá fauna en categoría de conservación o con alguna singularidad específica. Indicador que acredita su cumplimiento • Contratos con cláusulas especiales sobre cuidado de fauna. • Registro de realización de capacitaciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.3.1.

7.34. COMPONENTE/MATERIA: Flora. Norma Ley N° 20.283/2008, Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, Ministerio de Agricultura Otros cuerpos legales Decreto N° 26 Reglamento General de la Ley de Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras. Forma de cumplimiento El Proyecto no generará intervención de la flora y vegetación autóctona de la zona, dado que en la zona donde realizará sus obras permanentes y temporales cuenta con una ausencia de especies endémicas o nativas en estado de conservación. Adicionalmente, en relación a los resultados obtenidos bibliográficamente, se puede constatar que la zona se encuentra altamente afectada debido a las actividades económicas realizadas anteriormente en el predio. Referente a monumentos naturales y especies especialistas de hábitat, se constató la ausencia de estas. Por consiguiente, para la ejecución del Proyecto es necesario efectuar un plan de manejo forestal. Indicador que acredita su cumplimiento Línea de Base de Flora y Fauna. Implementación de Compromiso Ambiental Voluntario (CAV). Forma de control y seguimiento Presentación y aprobación de CAV. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.3.2.

7.35. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Norma D.S. N° 5/1998, Reglamento de la Ley de Caza, Ministerio de Agricultura Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera realizar un compromiso ambiental voluntario de perturbación controlada, la que no considera la captura de ejemplares de animales de especies baja movilidad y/o clasificadas en categorías de conservación para liberar el área de intervención. Forma de cumplimiento Se considera realizar un compromiso ambiental voluntario de perturbación controlada. Se capacitará a los trabajadores respecto a la prohibición de caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre. Indicador que acredita su cumplimiento Registros documentales y fotográficos de las campañas de terreno efectuadas. Forma de control y seguimiento Registro y permiso indicados disponibles para su control y verificación. Referencia al ICE para Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.3.3. mayores detalles

7.36. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural. Norma Ley N° 17.288, legisla sobre Monumentos Nacionales, modificada por Ley 21.215, y D.S. N° 484/1990, Reglamento de la Ley N°17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, Ministerio de Educación Otros cuerpos legales D.S. N°484/1990. Reglamento de la Ley N° 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Ministerio de Educación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las actividades del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del D.S N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Proponente del proyecto. Durante la fase de construcción del Proyecto, se realizará charlas de inducción al patrimonio arqueológico y paleontológico a los trabajadores al iniciar la fase de construcción y cada vez que ingrese mano de obra nueva a la faena, además, se implementará un monitoreo permanente, el cual estará a cargo de un profesional, mientras se realicen las actividades de remoción de tierra y excavación. Cabe señalar que, ante un eventual hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, el Titular actuará en base a las siguientes acciones definidas bajo el marco normativo: a) Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto dónde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (por ejemplo, formando un nivel) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel(estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. b) Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo/a o en su ausencia al/la jefe/a de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta el departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Titular del proyecto. En caso de encontrarse el/la paleontólogo(a) a cargo, él/ella deberá evaluar si las obras deben ser paralizadas en un perímetro superior al propuesto en el punto anterior. c) Se deberá delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. d) Se deberá notificar a este Consejo acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el/la profesional paleontólogo/a, encargado/a de Medio Ambiente, u otro representante del/la Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N° 484 de 1990. e) Asimismo, este protocolo se incluirá en las charlas de inducción a los trabajadores del proyecto tomando en cuenta para ello la «Guía para evaluación de informes paleontológicos» del CMN (www.monumentos.gob.cl), según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4). Las charlas de inducción se integran como Compromisos Ambientales Voluntarios en el Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento • Registros de asistencia con nombre y rut a las charlas de inducción a trabajadores. • Informe de la realización de las charlas a elaborado por un/a arqueólogo/a y paleontólogo/a. • Registro de comunicación con la CMN ante un eventual hallazgo no previsto. • Informe del hallazgo elaborado por un/a arqueólogo/a y paleontólogo/a dependiendo el caso. Forma de control y seguimiento • Comprobantes de reporte al CMN en la plataforma de la SMA. • Comprobantes de la plataforma digital SMA contra entrega de los informes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.3.4.

7.37. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad. Norma D.F.L. N° 850/1997, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206, de 1960, sobre construcción y conservación de caminos, Ministerio de Obras Públicas Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº 75/1987. Establece condiciones para el transporte de carga que indica. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Para el correcto desarrollo del Proyecto, se considera el transporte de carga durante todas las fases del Proyecto. En las fases de construcción y cierre se utilizan vehículos pesados, medianos y livianos, mientras que, en la fase de operación, se consideran principalmente vehículos livianos (camionetas) para labores de inspección, mantención y fiscalización del Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular realizará las siguientes acciones: • El peso y dimensión de camiones no excederá los máximos permitidos de acuerdo con las especificaciones técnicas del vehículo, considerando además la carga que transportan, todo de acuerdo con el D.S. Nº158/1980 que fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos. • Los vehículos de carga circularán respetando las velocidades máximas de tránsito, además deberán evitar cruzar puentes o pasos superiores donde exista restricción en el peso admisible o ancho disponible. • Se verificarán los vehículos mediante lista de chequeo establecido y se realizará una mantención e inspección regular de todos los vehículos. • No se cerrarán, obstruirán o desviarán los caminos públicos, el Titular • velará que las empresas contratadas cumplan con todas las normativas vigentes a la hora de realizar el transporte. Indicador que acredita su cumplimiento • Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de combustión interna contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales, especialmente a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y cierre del Proyecto. • Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.3.5.

7.38. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad. Norma D.S. Nº298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica En todas las fases del proyecto se requerirá transporte de residuos y sustancias peligrosas. El transporte de combustibles se realizará en camión repartidor con autorizaciones correspondientes y cumplirá la ordenanza vigente y estarán inscritos en la SEC o autoridad correspondiente. Forma de cumplimiento Se cumplirá con disposiciones de transporte de cargas peligrosas; choferes tendrán las cualificaciones y condiciones reglamentarias exigidas para realizar sus labores; autorización sanitaria de la empresa que realice el transporte de combustibles y sustancias peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento Cláusulas contractuales que exijan cumplir las medidas de seguridad dispuestas en este reglamento a los contratistas. Forma de control y seguimiento Registro, en obra, de transportes realizados, señalando cumplimiento normativo. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.3.6.

7.39. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad. Norma Decreto Nº200/1993, Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país, Ministerio de Obras Públicas Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº 75/1987. Establece condiciones para el transporte de carga que indica. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Para el correcto desarrollo del Proyecto, se considera el transporte de carga durante todas las fases del Proyecto. En sus fases de construcción y cierre se utilizan vehículos pesados, medianos y livianos, mientras que, durante la fase de operación, se consideran principalmente vehículos livianos (camionetas) para labores de inspección, mantención y fiscalización del Proyecto. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo, debido a que el Titular realizará las siguientes acciones: • El peso y dimensión de los camiones no excederá los máximos permitidos de acuerdo con las especificaciones técnicas del vehículo, considerando además la carga que transportan. Lo anterior según el D.S. Nº158/1980 que fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos. • Los vehículos de carga circularán respetando las velocidades máximas de tránsito, además deberán evitar cruzar puentes o pasos superiores donde exista restricción en el peso admisible o ancho disponible. • Se verificarán los vehículos mediante lista de chequeo establecido y se realizará una mantención e inspección regular de los vehículos de todo tipo. Indicador que acredita su cumplimiento • Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de combustión interna contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales, especialmente a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y cierre del Proyecto. • Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente la Tabla 9.3.7.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1. Condición o exigencia “Verificación mantención hidroquímica acuífero”. Impacto asociado Verificar que no se genere una alteración en la hidroquímica del sistema hídrico subterráneo circundante al sector de infiltración de aguas provenientes de la fosa séptica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener la calidad hidroquímica del sistema hídrico subterráneo circundante al sector de infiltración de aguas provenientes de la fosa séptica. Descripción: El Titular previo a la ejecución del Proyecto debe presentar plan de monitoreo acorde en frecuencia y parámetros fisicoquímicos sobre los que se realizará el monitoreo para verificar la mantención de la calidad del sistema hídrico subterráneo ante la infiltración de aguas residuales provenientes de las Fosa Séptica que el Titular habilitará como solución sanitaria durante las fases del Proyecto. Justificación: Resulta necesario establecer un plan de monitoreo que permita verificar la mantención de las características fisicoquímicas de las aguas subterráneas circundantes al punto de infiltración de aguas residuales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo de aguas subterráneas se deberá realizar en algún punto aguas abajo del lugar de ejecución de los drenes de infiltración, para lo cual podrá considerar cualquiera de los pozos existentes en el área del Proyecto, considerando para ello la dirección de escurrimiento del agua subterránea. Forma: El Titular durante la fase de construcción del Proyecto deberá definir una línea base de calidad de aguas subterránea, mediante (como mínimo) dos campañas de muestreo hidroquímico (periodo estival e invernal) sobre algún punto aguas abajo del lugar de ejecución de los drenes de infiltración, el que debe coincidir con el indicado en el párrafo anterior (Lugar), sobre el cual se realizará el seguimiento. Se deberá considerar para ello todos los parámetros susceptibles de verse afectados por la operación de los drenes de infiltración de aguas residuales. Posteriormente, durante la fase de operación del Proyecto, se deberá implementar el monitoreo de dichas de variables, con la finalidad de verificar que no existan alteraciones sobre la calidad de las aguas asociadas a la operación de los drenes. En caso de evidenciarse eventuales alteraciones, el Titular deberá cesar inmediatamente su operación. Oportunidad: El monitoreo de las variables deberá desarrollarse durante la ejecución del Proyecto, con una frecuencia anual, sobre todas las variables de calidad de aguas susceptibles de verse afectadas. Indicador que acredite su cumplimiento El punto de observación y parámetros de seguimiento y línea de base deberán ser aprobados por esta Dirección, para lo cual deberá remitirse previo a la ejecución de la fosa séptica, un informe con dicha propuesta. Forma de control y seguimiento Los resultados del monitoreo deberán remitirse con una frecuencia bianual a la autoridad ambiental, acompañado del análisis de los resultados, en formato Informe Técnico y en formato editable para el caso de los datos (Excel), acompañados de los correspondientes certificados de laboratorio. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.2.1.

9° Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Contratación de mano de obra local. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contratar personal proveniente de zonas aledañas al Proyecto, así como priorizar el uso de servicios locales de alimentación, alojamiento, arriendo de vehículos, maquinaria y combustible, durante las fases de construcción y cierre del Proyecto. Descripción: Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto, y debido a que, la demanda de trabajadores durante dichas fases es mayor, se abrirán plazas para la contratación de mano de obra local calificada y no calificada, mediante puestos de trabajo en la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de la Ilustre Municipalidad de Huasco. Cabe mencionar que se buscará que al menos el 10% de la mano de obra contratada sea de la comuna, no obstante, la ocupación de cupos de estos puestos de trabajo quedará condicionada a la disponibilidad de aptitudes técnicas, según requerimientos del Proyecto. Justificación: Las fases de construcción y cierre del Proyecto, requerirán la contratación de mano de obra, quienes serán necesarios para llevar a cabo todas las acciones, partes y obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Huasco, y otras comunas aledañas al Proyecto. Forma: El Titular, previo al inicio de las fases de construcción y cierre del Proyecto, solicitará en OMIL de la I. Municipalidad de Huasco, las bases de datos de personas que se encuentren buscando empleo. Dicha base de datos se pondrá a disposición de las empresas contratistas que trabajen en el Proyecto, con el propósito de facilitar el proceso de postulación y contratación. Se llevará un registro de las entrevistas realizadas, donde se especifique el nombre del postulante, profesión y/o cargo al que postula, dirección, número de contacto, entre otros datos. De manera adicional, se priorizará la instancia de contratación local de servicios (alimentación, alojamiento, arriendo de vehículos, maquinaria, combustible u otro), en la medida que estos sean adecuados a los requisitos de trabajo. Oportunidad de implementación: El compromiso se llevará a cabo previo al inicio de las fases de construcción y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento · Catastro de la mano de obra, considerando el registro disponible desde la OMIL de la I. Municipalidad de Huasco. · Nómina de trabajadores contratados durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. · Ante uso efectivo de servicios por parte del Proyecto, se presentará un acta de declaración del servicio y/o boletas. Forma de control y seguimiento Se presentará en un plazo de 3 meses de iniciada la fase de construcción ante la I. Municipalidad de Huasco y ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) a través de SSA, los siguientes registros: · Registro de solicitud del catastro de mano de obra local disponible ante la OMIL. · Registro del levantamiento de información de la mano de obra. · Registro de entrevistas realizadas. · Registro de contrataciones. · Registro de boletas y/o actas de declaración de entrega de servicios, ante eventual uso efectivo de servicios locales. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.1.

9.2. Plan Comunicacional a la comunidad. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Entregar información a los grupos humanos identificados en el área de influencia del Proyecto, con el objetivo de sociabilizar el desarrollo de la Central de Almacenamiento y en especial el desarrollo de su fase de construcción. Descripción: La ejecución del compromiso ambiental voluntario se enmarcará en el relacionamiento comunitario del Titular por medio de la entrega de información y fortalecimiento de los canales de comunicación directos que se habilitarán entre la comunidad y la empresa, incluyendo un mecanismo de tratamiento y respuesta de quejas, denuncias o reclamos. La entrega de información a la comunidad (organizaciones territoriales y representantes locales) buscará presentar las características del Proyecto y el cronograma de las actividades que este considera para su desarrollo. Se incluirá a la I. Municipalidad de Huasco entro de los canales de comunicación de este Plan. Justificación: El proceso de diálogo a implementar, se enmarca en la construcción de canales de comunicación con la Comunidad, posterior a la tramitación ambiental del Proyecto, bajo la política de un “buen vecino”, de manera de informar oportunamente a las comunidades o grupos humanos involucrados en las distintas fases de ejecución del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Huasco, identificada como parte del área de influencia del Proyecto. Forma: Previo al inicio y al término de las fases de construcción del Central de Almacenamiento se entregarán informativos a los sectores que forman parte del área de influencia de Medio Humano. Esta actividad será llevada a cabo por el encargado de comunidades del Titular, quien tomará contacto con los dirigentes de las organizaciones o residentes de los alrededores del Proyecto, para acordar el modo de entrega del informativo. Además, en estas instancias se acordará la necesidad de mantener canales de comunicación, los cuales se mantendrán durante toda la vida útil del Proyecto e incluirá el mecanismo de tratamiento y respuesta de quejas, denuncias o reclamos. Oportunidad de implementación: El compromiso se llevará a cabo previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto y se extenderá durante toda la vida útil del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Actas de reuniones y/o acercamiento con los vecinos. • Informes de seguimiento que den cuenta de las actividades del compromiso. • Plan Comunicacional por implementar (protocolo). Forma de control y seguimiento Se reportará anualmente la SMA la sistematización y respaldo de ejecución del CAV, siempre y cuando existan actividades referidas al compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.2.

9.3. Educación Ambiental a Trabajadores. Impacto asociado Afectación a individuos de especies de flora única y representativa. Afectación a flora única Afectación a especies de herpetofauna representativa. Afectación a Avifauna. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Entregar conocimientos con respecto a flora y fauna que se encuentra en el área de emplazamiento, a todo el personal que esté involucrado en las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, con el objetivo de generar conciencia y aportar en su cuidado. Descripción: Se desarrollarán charlas de educación ambiental a todo el personal involucrado durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. En dichas charlas se abordarán las siguientes temáticas: Flora y fauna: Se entregará información respecto a las especies de flora y fauna identificadas durante los levantamientos de terreno y que se encuentran en el sector, además, se ahondará sobre las sensibilidades/singularidades de cada especie y las correspondientes medidas de resguardo. Justificación: Los trabajadores y contratistas del Proyecto deben estar concientizados sobre la importancia de seguir protocolos y programas, con el objetivo de evitar un potencial impacto sobre los componentes Flora y Vegetación y Fauna de Vertebrados en el área del Proyecto y áreas donde no se realice intervención directa de las mismas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faenas del Proyecto. Forma: Charlas de educación ambiental, en el contexto de las inducciones obligatorias, al ingreso de cada trabajador y previo al ingreso a faena. Oportunidad de implementación: Toda vez que ingrese un nuevo trabajador a la faena y durante la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a charlas por parte de los trabajadores contratados por el Proyecto. Dicho registro será administrado por el contratista en las oficinas in situ del Proyecto. Forma de control y seguimiento Una vez realizada la charla a los trabajadores, se mantendrá dentro de las instalaciones del Proyecto, la ficha de registro de dicha actividad disponible para consulta de la autoridad en caso de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.3.

9.4. Charla de Inducción Arqueológica a Trabajadores. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar daño al patrimonio cultural y arqueológico, durante las actividades de movimiento, excavación y remoción de suelo, en la fase de construcción del Proyecto. Descripción: Se realizarán charlas de inducción a todo trabajador nuevo que ingrese a obra mientras se realicen actividades de excavación y movimiento subsuperficial de tierra. En dichas capacitaciones se tratarán temas relacionados con los aspectos del patrimonio cultural y cuerpos normativos asociados a estos, y los protocolos a seguir en caso de efectuarse un hallazgo no previsto. Justificación: Al capacitar al personal sobre cómo actuar frente a un hallazgo de patrimonio cultural o arqueológico no previsto, se minimiza el daño que se pueda ocasionar sobre este componente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faena del Proyecto. Forma: Previo al inicio de las obras de construcción, específicamente, antes de las actividades asociadas a la remoción, excavación y remoción de tierra, se dictarán charlas de inducción arqueológica a todo trabajador nuevo que ingrese a obra. Los temas por tratar durante estas charlas estarán relacionados a los aspectos del patrimonio cultural y cuerpos normativos asociados a este y los procedimientos a seguir en caso de efectuarse un hallazgo no previsto. Se dejará constancia del contenido de las charlas de inducción efectuada y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador. Oportunidad de implementación: Al inicio de los trabajos que impliquen movimientos de tierra y excavaciones del Proyecto, y cada vez que ingrese nueva mano de obra a la faena. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá los registros de los asistentes disponible en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. En caso de aplicar: · En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. · En forma periódica y cada vez que exista un nuevo ingreso mientras se realicen movimientos de tierra y excavaciones del proyecto, el Titular se asegurará que el personal cuente con sus inducciones respectivas. - El informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Este informe contendrá: 1. Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. 2. Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. 3. Plan mensual de trabajo de la constructora 4. Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. 5. Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. 6. Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). 7. El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos o paleontológicos, incluir la información de rescate correspondiente. 8. Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. 9. Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. Forma de control y seguimiento Se enviará el informe final de monitoreo a la SMA en un plazo no mayor a 60 días. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.4.

9.5. Monitoreo arqueológico permanente. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar daño al patrimonio cultural y arqueológico, durante las actividades de movimiento, excavación y remoción de suelo, en la fase de construcción del Proyecto. Descripción: El monitoreo será realizado en la totalidad del área del proyecto mientras duren las faenas de movimientos de tierra en que permanecerá el arqueólogo/a (s) y/o licenciado/a(s) en arqueología realizando dicha actividad. Justificación: Implementar una medida preventiva para evitar la eventual afectación de daño al patrimonio cultural arqueológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Totalidad del área de emplazamiento del Proyecto. Forma: El monitoreo arqueológico permanente será ejecutado por un/a(s) arqueólogo y/o licenciado/a(s) en arqueología, en la totalidad del área de emplazamiento del Proyecto, y mientras duren las faenas constructivas, en específico, los movimientos de tierras, escarpe, excavación subsuperficial y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie. Este monitoreo será realizado en cada frente de trabajo, en la totalidad del área de emplazamiento del Proyecto. Oportunidad de implementación: Al inicio de los trabajos que impliquen movimientos de tierra y excavaciones del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Informe mensual que evidencie la ejecución del monitoreo arqueológico permanente y que incluirá lo siguiente: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: i. Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución).

ii. Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del Proyecto. iii. Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. iv. Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. v. Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en: www.monumentos.gob.cl/servicios/formulariosprotocolos/planilla- registro-sitios- arqueologicos g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitio arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. Forma de control y seguimiento • Se mantendrán los informes elaborados por el arqueólogo y/o licenciado en arqueología, en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Así como también, los comprobantes de reporte al CMN. En caso de aplicar: • En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto debiese solicitarse el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.5.

9.6. Charla Inducción Paleontológica a Trabajadores. Impacto asociado No hay. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar el daño al patrimonio paleontológico Descripción: Se realizarán charlas de inducción a todo trabajador nuevo que ingrese a obra mientras se realicen excavaciones y movimientos subsuperficiales, se tratarán temas relacionados a los aspectos del patrimonio cultural paleontológico y cuerpos normativos asociados. Las charlas de inducción en paleontología serán dictadas por un paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.gob.cl), previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal durante la fase de construcción. Se dejará constancia del contenido de las charlas de inducción efectuada y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador. Justificación: Se minimiza el daño que pueda haber sobre este componente al capacitar al personal sobre cómo actuar frente a un hallazgo paleontológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: instalación de faena. Forma: La charla de inducción deberá ser dictada por un paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.gob.cl). Las charlas deberán ser dictadas a todos los trabajadores que se empleen al inicio de las actividades de movimientos de tierra y excavaciones de la fase de construcción del Proyecto. Oportunidad de implementación: Al inicio de los trabajos que impliquen movimientos de tierra y excavaciones del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento -Registro de charlas de inducción de hallazgos paleontológicos imprevistos. La periodicidad de la charla será cada vez que ingrese un trabajador nuevo a obra. -Se consolidará un informe de esta actividad, con periodicidad semestral, que incluirá un registro fotográfico de las actividades, y las listas de asistencia firmadas para cada charla. Forma de control y seguimiento -Se mantendrá los registros de los asistentes y del profesional paleontólogo, disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. - En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto debiese solicitarse el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento. - En forma periódica y cada vez que exista un nuevo ingreso mientras se realicen movimientos de tierra y excavaciones del proyecto, el Titular se asegurará que el personal cuente con sus inducciones respectivas. - El informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Este informe contendrá: 1.Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. 2. Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. 3. Plan mensual de trabajo de la constructora 4. Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. 5. Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. 6. Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). 7. El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos o paleontológicos, incluir la información de rescate correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.6.

9.7. Monitoreo Paleontológico Permanente Impacto asociado No hay Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar el daño al patrimonio paleontológico Descripción: El Monitoreo paleontológico permanente será ejecutado por un paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.gob.cl), Dicho monitoreo será ejecutado la totalidad del área de Proyecto, y mientras duren faenas constructivas, en específico los movimientos de tierras asociados y excavaciones. Justificación: La presencia de un profesional paleontólogo durante las actividades de remoción de suelo y excavaciones permitirá identificar a tiempo posible elementos fosilíferos enterrados y de esta manera evitar su afectación por las obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Totalidad del área del Proyecto Forma: El Monitoreo Paleontológico permanente será ejecutado en la totalidad del área de Proyecto, y mientras duren faenas constructivas, en específico los movimientos de tierras asociados y excavaciones. Oportunidad: Al inicio de los trabajos que impliquen movimientos de tierra y excavaciones del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento -Informe de monitoreo, con periodicidad mensual, el cual será reportado al CMN. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá los registros de los informes en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. - En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto debe solicitarse el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.7.

9.8. Perturbación Controlada. Impacto asociado Afectación a especies de herpetofauna representativa. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inducir el abandono o desplazamiento grupal de individuos de especies de reptiles a zonas adyacentes (hábitat receptor). Descripción: Se realizará la perturbación controlada consistente en la inducción del desplazamiento grupal de individuos de las siguientes especies: Liolaemus atacamanesis (Lagartija de atacama) y por Lagartija de mancha negra (Liolaemus nigromaculatus) e Iguana Chilena (Callopistes maculatus) otras de baja movilidad. Las zonas adyacentes serán enriquecidas con refugios. Esto de forma previa a la intervención del Proyecto y con cantidad de tiempo suficiente que asegure el no retorno de los individuos. El abandono o desplazamiento grupal de individuos de especies de reptiles, desde su origen (hábitat original) a zonas adyacentes (hábitat receptor). Esto de forma previa a la intervención del Proyecto y con cantidad de tiempo suficiente que asegure el no retorno de los individuos La Metodología tendrá los siguientes pasos: 1. Se realizará una capacitación dirigida al personal de trabajo de las obras de construcción, con el fin de determinar las actividades a realizar y la metodología a llevar a cabo. 2. Se realizará una remoción de refugios para reptiles, por tramos, es decir por cuadrantes de avance asociado a las obras, la cual será realizada en forma cuidadosa y sin la intervención de maquinaria pesada, despejando principalmente la vegetación de tipo arbustiva, además de las ramas y piedras de mediano tamaño. Esto se realizará mediante el uso de rastrillos, horquetas y guantes. Los restos de plantas y piedras serán depositadas a un costado del área perturbada para facilitar su colonización por parte de la fauna objetivo. Una vez finalizada dicha acción, se realizará una prospección pedestre de la zona perturbada en busca de reptiles, en el caso de encontrarse individuos, se deberá seguir realizando el retiro de refugios. En el caso de no observarse reptiles se podrá realizar la intervención, dentro de un plazo menor a los 5 días. 4. Por otro lado, las especies a perturbar presentan una conducta fuertemente asociada a la estacionalidad del año. Los reptiles presentan una mayor actividad durante las épocas “calurosas” considerándose que su mayor actividad fisiológica se enmarca entre los meses de septiembre y abril. Adicionalmente dentro de este periodo del año existe una mayor oferta alimenticia, facilitando la colonización de su nuevo hábitat. La superficie para intervenir es considerada como adyacente a formaciones vegetacionales que no serán intervenidas. En forma particular la perturbación se realizará hacia las formaciones vegetacionales presentes en el sur del proyecto, las que no serán intervenidas y presentan las mismas condiciones ecológicas que el ambiente de origen, estas zonas adyacentes se enriquecerán con la habilitación de refugios por cada cuadrante de avance.

Fuente: Anexo 9 Compromisos Voluntarios Adenda Complementaria pág. 16.

Por lo consiguiente se considera que existe un hábitat receptor lo suficientemente grande para albergar los individuos que serán perturbados. De la misma forma el hábitat receptor comparte las mismas condiciones ecológicas que el hábitat de origen. En consideración de lo anterior, se establece que el medio receptor presenta las condiciones adecuadas para albergar a la fauna. Justificación: La presente medida se considera como una acción que fomenta el desplazamiento natural de los reptiles existentes en el área del proyecto, evitando la afectación de estos individuos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del proyecto. Sistema de almacenamiento de energía, acceso a las torres o postes y zona de instalación de los postes. Forma: Previo al inicio de la fase de construcción a cargo de un profesional competente, se ejecutará la media de perturbación por zona o cuadrante de avance: -Tramo 1: área de batería postes del 30 al 40 -Tramo 2: Poste del 29 al 21 -Tramo 3: Postes 10 al 20 -Tramo 4: Postes del PC al P9 Como se observa en la siguiente imagen:

Fuente: Anexo 9 Compromisos Voluntarios Adenda Complementaria pág. 16

Esta acción se realizará a como máximo 5 días antes del inicio de las obras, de todas formas, se recomienda realizarlo el día antes de ingresar la maquinaria a cada tramo u zona de obras. Oportunidad: Las etapas de perturbación controlada estarán sujetas al cronograma de avance del proyecto, que inician en la Fase de Construcción, por lo que, de manera gradual y controlada, los especialistas de fauna irán liberando cuadrantes/tramos para abrir el paso a las obras en determinados sectores. El permiso requerido para el avance de las obras será por medio de "Actas de Liberación" que tienen como objetivo la acreditación de que en el sector no se encuentran poblaciones susceptibles al avance de las obras. Indicador que acredite su cumplimiento Los medios de verificación que acreditan el cumplimiento corresponden a las actas de liberación de tramos y el informe de perturbación controlada, en cuyos resultados se corroborará el éxito de la medida previo al movimiento de tierras en la fase de construcción. Para lo anterior, no se deberá detectar actividad de individuos de las especies foco del plan, en el polígono del Proyecto. Forma de control y seguimiento Para el seguimiento justo después de la aplicación de la medida y previo al inicio de las obras, se procederá a la revisión del área perturbada por cada tramo, de forma de asegurar la inexistencia de las especies objetivo y que no existe recolonización. Se entregarán reportes después de cada una de las actividades y se informará 45 días después de realizada a las autoridades competentes (SAG y SMA), acompañada de evidencia fotográfica junto con información georreferenciada. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.8.

9.9. Charla de Capacitación para protección de Sitio prioritario Desierto florido. Impacto asociado Afectación a Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Concientizar la presencia en el área de proyecto, de sitio prioritario desierto florido, para promover medidas de protección y no afectación de estos individuos en categoría de conservación tanto de flora como fauna. Descripción: Previo al inicio de las obras se realizará un micro rutero del área de proyecto, para identificar la presencia/ausencia de estas especies y autorizar el ingreso de maquinaria, se prepara una presentación con imágenes para identificar las principales especies en categoría, se explicará el fenómeno de desierto florido y porque es único, se sugiere no iniciar actividades en la etapa de desierto florido o postero a lluvias, ya que es cuando estas bulbosas crecen. Justificación: La charla permitirá una correcta o identificar de las especies o incentivará a que estos consulten por cada una de ellas a medida que desarrollen las obras y se cree conciencia de la protección o trabajar con mayor cautela. La medida se justifica en caso de que antes del inicio de las obras podrían encontrarse animales o fauna en categoría en las inmediaciones del proyecto por su movilidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Zona de desarrollo del proyecto. Forma: Charlas para protección y cuidado de flora y fauna, asociado al Sitio prioritario Desierto Florido. Inspección previa de la zona del proyecto, verificando la existencia o ausencia de especies en Estado de Conservación por un especialista con competencia, puede ser ingeniero forestal, en recursos naturales, biólogo o agrónomo. Si hay registro de especies propondrá medidas de protección y liberación. Visita e inspección diaria en terreno durante el desarrollo de las actividades de realización de las obras constructivas, verificará el correcto cuidado de la flora y fauna, entregará un informe o reporte al finalizar la actividad efectuadas en terreno. Llevará un registro semanal de actividades el cual será firmado por el Ingeniero encargado de la Obra (Site Manager y encargado ambiental). Dará cuenta de especies en categoría de conservación, protocolos y pasos a seguir. Si alguna especie es dañada producto de las obras constructivas, deberá actuar de acuerdo con el protocolo de emergencias y contingencias. Oportunidad: El compromiso se desarrollará antes del ingreso de maquinaria, o el inicio de las actividades constructivas para crear conciencia y conocimiento en los trabajadores. Indicador que acredite su cumplimiento Se consideran las siguientes acciones, de acuerdo con los resultados de la inspección por parte de un profesional especialista en componente biótico, como se detalló más arriba, previo al inicio de las obras: Liberación del área ante ingreso maquinaria o registro e identificación de estas. PPT o díptico informativo a los trabajadores y firma de acta de charla informativa. Forma de control y seguimiento Reporte el cual será remitido a la SMA posterior a la ejecución de la charla. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.9.

9.10. Acciones de control de emisiones atmosféricas. Impacto asociado No hay. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir las emisiones atmosféricas generadas durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. Descripción: Se realizará humectación en los frentes de trabajo (específicamente de excavación) y se aplicará supresor de polvo en los caminos internos y de acceso del Proyecto, se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones, se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena, se prohibirá la quema de basuras u otro tipo de fogatas. En la tabla a continuación se detallan las especificaciones técnicas de las acciones de control de emisiones contempladas.

Justificación: Evitar que el proyecto genere impactos negativos significativos en materia de emisiones. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Frentes de trabajo para excavación (Ver Anexo 1.1.4 de la Adenda Complementaria).

Forma: El camión tendrá una barra de riego con aspersores. El agua se comprará a empresas que cuenten con la respectiva autorización sanitaria. La acción se realizará con frecuencia diaria, en ausencia de precipitaciones. Oportunidad: Durante la fase de construcción, específicamente durante la excavación.

Aplicación de supresor de polvo Lugar: Caminos no pavimentados de acceso e internos del Proyecto dentro del predio. Correspondiente a 0,8 [km] y 0,24 [km] respectivamente.

Forma: Se aplicará el producto por todo el ancho de la superficie de los tramos no pavimentados del Proyecto. Para ello se utilizará un camión aljibe que contará con una barra de riego calibrada. Se realizarán entre 3 a 6 pasadas con el fin de que el suelo no se sature de forma prematura. La acción se realizará al inicio de la fase de construcción y al inicio de la fase de cierre. Posteriormente se evaluará de forma mensual nuevo requerimiento. Oportunidad: La primera aplicación será realizada inmediatamente después de iniciado el hito de la fase de construcción y cierre. Durante toda la fase de construcción y cierre se evaluará de forma mensual nuevo requerimiento. Cubrir camiones con malla

Lugar: Vías pavimentadas y caminos no pavimentados de acceso e internos del Proyecto dentro del predio. Forma: Los camiones con carga deberán transitar encarpados por todos los caminos utilizados para el transporte de material, residuos y/o insumos. Se cubrirán los camiones con lonas para evitar la caída de material y minimizar la dispersión de polvo. Oportunidad: Durante toda la fase de construcción. Reducción de velocidad en obra Lugar: Caminos no pavimentados de acceso e internos del Proyecto dentro del predio. Forma: Se exigirá una velocidad máxima de 30 [km/h] para los vehículos pesados y 50 [km/h] para los vehículos livianos. Oportunidad: Durante toda la fase de construcción y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Humectación frentes de trabajo excavación Cada vez que se realice la actividad de humectación se tendrá un registro de la aplicación. En la ficha se indicará la siguiente información: fecha, hora, sector, cantidad de agua industrial, superficie abarcada, responsable, firma. Junto al registro se mantendrán fotografías que evidencien la aplicación. Aplicación de supresor de polvo Cada vez que se realice la actividad de humectación se tendrá un registro de la aplicación. En la ficha se indicará la siguiente información: fecha, hora, sector, superficie abarcada, responsable, firma. Junto al registro se mantendrán fotografías que evidencien la aplicación. Cubrir camiones con malla •Cada vez que se transporten materiales en camión tolva se tendrá un registro del chequeo de la utilización y el correcto estado de las coberturas en camiones. •Se tomarán registros fotográficos de entrada y salida de los camiones. Reducción de velocidad en obra •Se tendrá un registro de la presencia de señalética de velocidad. •Se realizarán controles de velocidad •Se mantendrá un registro del control de velocidad de los vehículos que transiten dentro del área del Proyecto. Además, se incluirá el lugar específico en que se utilizó. Forma de control y seguimiento • Mantención de registro de estas medidas en obra. • Envió de registros a la Superintendencia del Medio Ambiente a través de un informe al final de la fase de construcción y cierre donde se incluirán los medios de verificación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.10.

9.11. Incorporación de señalética en vehículos del Proyecto. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El presente compromiso busca establecer criterios de identificación de los vehículos del Proyecto. Descripción: Se incluirá señalética (visible al menos a 20 metros) en todos los vehículos asociados al proyecto (propios y contratistas), donde además se indique Nombre del Proyecto y número de contacto para atención de posibles reclamos. Justificación: Asegurar que todos los vehículos relacionados con el Proyecto cumplan con las normas de tránsito y con los protocolos de buena conducta, manteniendo siempre el respeto con todas las personas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de Proyecto y todas las rutas que utilicen los vehículos asociados al Proyecto Forma: Se implementará en todos los vehículos asociados a la construcción del Proyecto, un logo de identificación con el nombre del Proyecto “Línea de Transmisión y Central Bess Halcón 8”. Si son proveedores externos se les exigirá un cartel o letrero que debe ser puesto en la parte delantera y visible del vehículo. Se llevará una ficha de registro de cada vehículo que participa en el Proyecto y que indique si el vehículo fue marcado y la fecha en que se incluyó la señalética. Oportunidad: Se ejecutará el compromiso durante la fase de construcción, operación y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Fichas de registros durante todas las fases, la cual incluye fotografía de la señalética instalada en el vehículo, nombre de la empresa contratista, nombre del encargado del vehículo, patente del vehículo y el número telefónico inscrito en la señalética. Comprante plataforma SMA contra entrega de informe de instalación de señalética Forma de control y seguimiento Informe semestral en fase de construcción, operación y cierre de los vehículos identificados que incluyan todos los indicadores mencionados anteriormente. Lo anterior a su vez será debidamente informado a la SMA por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA), cada vez que se realice el informe (cada 6 meses). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.11.

9.12. Rescate y relocalización de Geófitas. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar medidas de protección para Bulbos que aparezcan en la zona de construcción de obras, como zanjas, excavaciones, postes y fosa. (Ver detalles en Anexo 9.1 de la Adenda Complementaria) Descripción: Se propone, dada la potencial presencia de individuos del género Leucocoryne, realizar antes del inicio de la construcción de las obras, un rescate para su posterior relocalización de individuos, a través, del rescate de la primera capa vegetal la cual será depositada en sectores aledaños, donde se crearán las condiciones óptimas para su desarrollo. Dicha actividad se realizará durante el periodo no vegetativo de los individuos o fecha cuando se dará origen a las obras constructivas (2023). Se realizará una búsqueda activa por la posible presencia de individuos en el área de proyecto. la estrategia consiste en la extracción de bulbos, para lo cual se realizará un muestreo con parcelas de transectas lineales en los sitios de rescate, iniciando en las zonas donde se inician las faenas. La superficie de las transectas lineales se examinará exhaustivamente en busca de la existencia de vestigios de la especie, para realizar una calicata de verificación de 1 m2 en busca de bulbos de la especie, se efectuarán calicatas manuales, por especialistas y ayudantes con conocimientos en Flora nativa y de conservación, con especial cuidado para no dañar los Bulbos. Justificación: El rescate de género Leucocoryne, especies que se encuentra en categoría de conservación como Vulnerable, permitirá mitigar los posibles efectos que las obras del proyecto podrían generar producto de la fase de Construcción, actividades como limpieza, excavación o movimiento de tierra. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los individuos rescatados corresponden a aquellos que se emplazan el área de intervención (área de intervención), a continuación, se detalla el sector donde se efectuará la relocalización.

Forma: La extracción se realizaría de forma manual y con la ayuda de herramientas adecuadas (utilizando para soltar el sustrato y liberar la planta, barreta y pala). Una vez extraído cada individuo, se transportará hacia el lugar de trasplante, en ciertos casos los propágulos de geófitas deberán ser almacenados temporalmente en un lugar con buena ventilación, baja humedad y sin luz directa hasta el momento de plantación. El almacenamiento temporal se realizará en bolsas de papel, debidamente etiquetadas, según: • Sitio de Rescate • Fecha de cosecha • Unidad de vegetación de cosecha • Nº de bulbos rescatados. • Profundidad de cosecha. • Nº correlativo de bolsa. Los propágulos de las geófitas serán manipulados y enterrados de manera manual con sumo cuidado, en zonas aledañas (a la zona de extracción. La relocalización se efectuará considerando sectores con características ambientales similares, inmersos en la misma formación vegetal de las cuales fueron extraídos (zonas cercanas al proyecto sin intervención por las obras). Los propágulos de las geófitas deberán ser depositados en la misma dirección y profundidad con la que fueron recolectados, las que oscilarán entre 5 y 50 cm. se mejorará el suelo con abono, se aplicarán enraizantes y riego inicial. Oportunidad: Se efectuará el rescate y relocalización durante la fase de construcción del proyecto, y se efectuará monitoreo durante los primeros 5 años. Indicador que acredite su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se evaluará la sobrevivencia de los individuos relocalizados, siendo un 75% para especies rara y vulnerables, del total de los individuos rescatados. Forma de control y seguimiento • Plan de monitoreo de 5 años. • Se contemplan 2 monitoreos iniciales, el primero en la época de primavera del año del rescate y el siguiente la primavera del año siguiente por parte de un especialista en flora nativa. Cada rescate y relocalización será identificado mediante banderines que indican el área del replante. • Posteriormente, se contemplan monitoreos anuales en la estación de primavera (septiembre a diciembre) las actividades realizadas y los resultados, el que estará disponible para ser enviado a CONAF y la autoridad ambiental. Para diferenciar los individuos relocalizados de los propios del área, se les señalará con una estaca y banderín, cerca de su base, la cual registrará la fecha de rescate y la especie. Los individuos relocalizados serán georreferenciados en coordenadas UTM. El monitoreo tendrá por objeto además reponer la perdida de estacas o banderines. Los informes de Monitoreo contendrán información de la ubicación geográfica de los individuos relocalizados, Información del prendimiento y del Estado sanitario y vigor de los individuos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.12.

9.13. Protección de Eulychnia acida Impacto asociado No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proteger a la vegetación aledaña al Proyecto que se encuentra dentro del cerco perimetral del Proyecto, caminos de acceso, frentes de trabajo o instalación del trazado de la línea de alta tensión, principalmente los individuos de la especie Eulychnia acida registrada en terreno.

Fuente. Anexo 9 Adenda Complementaria pág. 26.

Descripción: Se implementarán señaléticas, ya que se excluirán estos individuos de la corta presentada en el PAS 151, además se considerará dentro de las charlas ambientales a trabajadores la entrega de información asociada a la importancia y sensibilidades de estos individuos que se encuentran cercanos a las obras del proyecto. Durante la campaña de terreno o microrruteo, se pudo registrar un total de 65 individuos de Copao (Eulychnia acida) dentro de los cuales 53 individuos están fuera del área de intervención y 12 individuos están cercano al área de intervención. Por otro lado, fue actualizado el Layout para no intervenir aquellos 12 individuos cercanos al área de intervención., las coordenadas de ubicación de estos individuos, las que se detallan a continuación:

En la presente imagen cartográfica se observa la ubicación de estos individuos con relación a las partes y obras del proyecto (ver KMZ en Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria).

Ubicación de Eulychnia acida en relación con las partes y obras

Justificación: El presente compromiso se llevará a cabo para asegurar la no intervención de los individuos de la especie Eulychnia acida. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El compromiso se llevará a cabo en el mismo predio del proyecto y su línea de transmisión. Forma: Se instalará señalética que dé cuenta de la presencia de los individuos de la especie Eulychnia acida, junto con la realización de charlas a los trabajadores respecto a la importancia de la especie y su estado de conservación. Oportunidad de implementación: Se llevará cabo al inicio de la fase de Construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Corresponderá al registro fotográfico de la instalación de la señalética, junto al registro de participación de la charla realizada a los trabajadores. Al finalizar la fase de construcción se realice un registro fotográfico de las especies incluidas en ambos compromisos ambientales, que incluyan leyenda de su momento de captura y georreferencia. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico previamente solicitado como parte del informe dirigido a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y a la Corporación Nacional Forestal (CONAF) una vez finalizada la fase de construcción. Se reportará a la SMA la sistematización y respaldo de ejecución del CAV, mediante el registro de las medidas de protección para la especie. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.13.

9.14. Plan de comunicación y relacionamiento con las Comunidades Indígenas Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer diálogo oportuno y constante con las comunidades y asociaciones indígenas del entorno cercano al proyecto. Descripción: Tras la realización de los dos terrenos durante el proceso de evaluación ambiental, el titular reconoce a sus vecinas y vecinos del territorio compuesto de diversas organizaciones sociales y culturales, por lo cual se compromete a mantener un canal de comunicación abierto para estas comunidades mediante encargado de relacionamiento comunitario de la empresa oEnergy, establecimiento contacto a través de medios digitales y presenciales, además de un número de contacto, email y un buzón físico en el caso de realizar gestiones de forma directa, durante el inicio de la fase de construcción y durante los 3 primeros años de operación del proyecto en la zona. Justificación: Promover la buena comunicación y fomentar el buen diálogo con las y los vecinos del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Huasco, C.I. Llanos del Lagarto, C.I. Diaguita Chipasse Ta Caluba, A.I. Amanecer del Desierto y Laina Kakan II, C.I Amancay Pai y C.I. Chacrit Aray (Llanos Chacrita). Forma: Por la realización de las dos campañas de terreno, se cuenta con los nombre, números de teléfono, contacto y direcciones de las y los dirigentes pertenecientes a las agrupaciones y comunidades aledañas al área de emplazamiento del proyecto, por esas vías de comunicación, se pretende generar anualmente instancia de diálogo, durante la fase de construcción, y los 5 primeros años de operación, y luego cada vez que sea requerido hasta el final de la vida útil del proyecto, este diálogo también consistirá en la entrega de dípticos informativos de forma digital y física. Oportunidad: Establecer un canal directo de comunicación, mediante un correo electrónico, teléfono, buzón presencial y página web. donde sean los mismos vecinos quienes levanten sus requerimientos. Indicador que acredite • Fotografías. su cumplimiento • Material Informativo. • Actas. Forma de control y seguimiento Actas y fotografías durante la fase de construcción y los 3 primeros años de operación del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.14.

9.15. Realización de capacitaciones al cuerpo de bomberos Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo es proporcionar capacitación anticipada a los servicios de bomberos de la comuna de Huasco para prepararlos adecuadamente en la respuesta a posibles incendios en la Central de Almacenamiento de Energía (BESS) previo al inicio de la Fase de Operación. Descripción: La fase previa a la operación de la Central BESS es crucial para establecer medidas de seguridad y respuesta ante emergencias. Este compromiso implica organizar sesiones de capacitación específicas para los bomberos locales, donde se aborden los riesgos potenciales asociados con la central y se proporcionen los conocimientos necesarios sobre los procedimientos de seguridad y respuesta en caso de incendio. Justificación: La capacitación anticipada brinda la oportunidad de preparar a bomberos para enfrentar posibles incidentes en la Central BESS desde el inicio de sus operaciones. El proceso de capacitación al cuerpo de bomberos se tramitará a través de un proceso de diálogo en donde se presentarán las principales situaciones de contingencia del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se coordinará lugar y hora para realizar la capacitación al cuerpo de bomberos en un lugar adecuado dentro de la comuna, preferiblemente en instalaciones cercanas a la Central BESS donde se pueda proporcionar información detallada sobre la infraestructura y los procedimientos específicos de seguridad. Forma: La capacitación previa a la fase de operación se realizará de la siguiente manera: • Se coordinará con los servicios de bomberos de la comuna para programar sesiones de capacitación antes del inicio de las operaciones de la Central BESS. • Se desarrollará un programa de capacitación integral que incluya información sobre los riesgos asociados con la central, los equipos de seguridad disponibles y los procedimientos de respuesta en caso de incendio. • Se llevarán a cabo sesiones teóricas y prácticas, que pueden incluir simulacros de emergencia para familiarizar a los bomberos con el entorno y los equipos específicos de la Central BESS. • Se proporcionará a los bomberos material didáctico y acceso a expertos técnicos para abordar cualquier pregunta o inquietud que puedan tener. Oportunidad: Este compromiso se implementará antes del inicio de la fase de operación de la Central BESS. Se coordinarán las fechas y los detalles de las sesiones de capacitación con los servicios de bomberos locales para garantizar su participación efectiva y su preparación adecuada para responder a cualquier emergencia. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a las capacitaciones por parte del cuerpo de bomberos de la Comuna de Huasco. Dicho registro quedará de manera permanente en las inmediaciones de la Central BESS. Forma de control y Una vez realizada la charla al cuerpo de bomberos de la Comuna de seguimiento Huasco se mantendrá dentro de las instalaciones del Proyecto, la ficha de registro de dicha actividad disponible para consulta de la autoridad en caso de fiscalización. Adicionalmente, se remitirá un informe que detalle los contenidos vistos en la capacitación y el registro de asistentes, además de la persona encargada de la charla, este informe será enviado a la plataforma de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.15.

9.16. Control sobre posibles deudas que puedan generar empresas contratistas. Impacto asociado Generación de deudas en comercio local Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar que contratistas del proyecto, generen deudas con el comercio local, ya sea por compra de insumos, alimentación, alojamiento, etc. Descripción: El proyecto mantendrá un estricto control sobre las posibles deudas que puedan generar las empresas contratistas por la compra de insumos y /o la utilización de servicios de la comuna u otras ciudades por las que transiten. Justificación: Para no generar deudas en el comercio local, se tendrá un control estricto sobre los pagos de las compras y utilización de servicios de las empresas contratistas en todas las fases del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se analizará entre el contratista y el mandante. Forma: El titular solicitará un estado de la situación actual de la empresa o deuda a los contratistas. Oportunidad: Este compromiso se ejecutará durante todas las fases del proyecto Indicador que acredite su cumplimiento Comprobante generado por el sistema electrónico de la SMA, contra la entrega del informe que dé cuenta de la implementación del compromiso. Forma de control y seguimiento Se solicitará un estado o situación de deudas al contratista. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.16.

9.17. Protección de Especies en Categoría de Conservación componente Flora Impacto asociado Afectación a individuos de especies de flora única y representativa Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proteger a la vegetación aledaña o cercana a las obras que contempla el Proyecto que se encuentra dentro del cerco perimetral del Proyecto, caminos de acceso, frentes de trabajo o instalación del trazado de la línea de alta tensión, principalmente los individuos de la especie registrada en terreno y que se encuentran cerca de las obras del proyecto como se detalla en el Reporte de Microrruteo. Las cuales son:

Fuente: Anexo 9 Adenda Complementaria pág. 32. En base a 19°avo Proceso de Clasificación de Especies (2022-24) 02/2024 MMA, agosto 2024.

Descripción: Se implementarán señaléticas, ya que se excluirán estos individuos de la corta presentada en el PAS 151, además se considerará dentro de las charlas ambientales a trabajadores la entrega de información asociada a la importancia y sensibilidades de estos individuos que se encuentran cercanos a las obras del proyecto. Para aquellas especies que se registraron cerca de las obras de intervención, se consideran además del letrero identificatorio, instalar un cerco de protección con malla, para evitar cualquier tipo de daño al individuo, durante la fase de construcción. Como se muestra en las siguientes imágenes de ejemplo:

En la presente imagen cartográfica se observa la ubicación de estos individuos con relación a las partes y obras del proyecto.

Ubicación de las especies ECC, que contemplan estas medidas.

Justificación: El presente compromiso se llevará a cabo para asegurar la no intervención de los individuos de la especie que presenten alguna categoría de conservación y que se encuentren cercanos a la zona de emplazamiento de las obras. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El compromiso se llevará a cabo en el mismo predio del proyecto y su línea de transmisión. Forma: Se instalará señalética que dé cuenta de la presencia de los individuos de la especie con categoría de conservación, junto con la instalación de mallas de protección, las cuales estarán a 2 metros alrededor de cada especie y la realización de charlas a los trabajadores respecto a la importancia de la especie y su estado de conservación, para fomentar su cuidado y protección, Oportunidad de implementación: Se llevará cabo al inicio de la fase de Construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Corresponderá al registro fotográfico de la instalación de la señalética, instalación de mallas, junto al registro de participación de la charla realizada a los trabajadores. Al finalizar la fase de construcción se realice un registro fotográfico de las especies incluidas en ambos compromisos ambientales, que incluyan leyenda de su momento de captura y georreferencia. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico previamente solicitado como parte del informe dirigido a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y a la Corporación Nacional Forestal (CONAF) una vez finalizada la fase de construcción. Se reportará a la SMA la sistematización y respaldo de ejecución del CAV, mediante el registro de las medidas de protección para la especie. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.17.

9.18. Rescate y relocalización de Cactáceas Impacto asociado Perdida de flora. Fase del Proyecto a la que aplica Durante la construcción del proyecto y realización de obras en suelo (como canalizaciones subterráneas, fundaciones, zanjas, instalación de faenas, etc.) Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar rescate y relocalización de especies cactáceas, que se encuentran dentro de las obras, estas son Tunilla de Miguel (Miqueliopuntia miquelii) y Chuchampe (Cumulopuntia sphaerica). Descripción: Se propone este compromiso de rescate y relocalización de especies, Tunilla de Miguel y Chuchampe, las cuales ambas se encuentran en categoría de preocupación menor, pero dada la presencia de individuos de especies cactáceas dentro de la zona de obras, se considera efectuar obtención de individuos con su sistema radical (individuo completo) conservando el suelo adherido a su sistema relocalizar. Posteriormente una aclimatación por 3 meses máximo, para finalmente ser relocalizado contiguo al lugar de rescate, pero fuera del área de intervención. Justificación: El rescate de estos individuos en categoría LC, permitirá mitigar los posibles efectos que las obras del proyecto podrían generar producto de la fase de Construcción, por las actividades de excavación, cabe señalar que el primera instancia el titular busca proteger a especies en categoría de conservación e instalar un malla raschel de protección, solo en los caso donde esta medida no sea posible, se considerara su corta para posteriormente ser relocalizado en los deslindes del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los individuos rescatados corresponden a aquellos que se emplazan el área de proyecto, zonas donde requieran ser intervenidas por las obras y que no se pueda considerar medidas de protección con malla raschel. En la siguiente imagen se muestran las especies objetivo.

Forma: a continuación, se detalla la forma de rescate, relocalización y riego. Para el rescate: Se realizará una corta del individuo con su sistema radical, en la medida que sea posible o (2) porciones de éstos sin el sistema radical, denominados esquejes (extracción parcial o fraccionada). Una vez seleccionados los individuos a extraer, se marcan la orientación norte de las cactáceas a través de una cinta biodegradable, para proceder con la extracción completa o por esquejes. Aquellos rescatados se registran con toda la información exigida, Una vez extraído cada individuo, son llevados durante el mismo día a un área de aclimatación por un período de 3 meses como máximo, para una revisión sanitaria (eliminación sectores senescentes o muertos), verificar la ausencia de predadores (insectos), manejos estructurales y aplicaciones fitosanitarias (fungicida) que favorezcan su adaptación al momento de la relocalización. Una vez obtenidos los individuos completos o esquejes son establecidos en el área de aclimatación (en la zona de proyecto), donde son sometidos a un chequeo sanitario para eliminar toda zona senescente (necrosis) o muerta (pudrición), asegurando la ausencia de predadores (insectos) o agentes patógenos. En el caso de los completos con sistemas radicales, se efectúa cortes limpios de todos los tejidos que hayan sufrido fracturas y/o desgarros producto de las labores de rescate, evitando la interacción de los tejidos con las condiciones del medio. A continuación, se presentan la ubicación de los individuos a rescatar adjunta en el Apéndice 2 Anexo 9 de la Adenda Complementaria y en formato KMZ en el apéndice 3 del mismo Anexo.

Para la relocalización: La plantación se realizará de forma manual en sectores contiguos del rescate, manteniendo la orientación original del individuo con respecto al norte. Se aplica una mezcla de agua y canela como enraizante sobre la totalidad de las raíces o en el callo de cicatrización, a modo de favorecer el enraizamiento de cada individuo. Asimismo, se realiza la instalación de placas de aluminio de registro con el código de cada individuo y la fecha de relocalización, las que serán renovadas periódicamente a medida que se deterioren, a fin de facilitar el seguimiento. Una vez plantado, se realiza un riego de establecimiento para disminuir el estrés provocado por la extracción y la adherencia del suelo al cuerpo vegetativo, aplicado directamente sobre el suelo, sin mojar el tallo de las plantas. Los individuos serán protegidos en los sectores contiguos del rescate. Riego: Una vez que la planta asentada y el suelo apisonado, se aplicará un riego de establecimiento para disminuir el estrés provocado por los trabajos de rescate, aclimatación y relocalización, aplicado solamente sobre el sustrato, sin humectar la zona aérea del tallo. Este fue breve y moderado 2 litros/planta aproximadamente a causa de la evapotranspiración, repitiendo la aplicación 3 veces sin saturar el sustrato. Posteriormente, es aplicado cada 15 días para estimular el crecimiento y desarrollo del sistema radical. Indicador que acredite su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se considerará los parámetros evaluados en el monitoreo tiene como objetivo determinar: • Crecimiento • Sobrevivencia • Vitalidad de cada individuo. Para ello se observará el porcentaje de enraizamiento, presencia de espinas y estado fitosanitario mediante la existencia de patógenos en cada una de las plantas anualmente, durante 5 años. Además de la medición del •diámetro •altura • Estado fenológico de cada planta. En relación con las actividades de rescate, relocalización, riego, indicador de cumplimiento y forma de control, de debe enviar a la CONAF, antes del inicio del compromiso, una propuesta de temporalidad de las actividades para asegurar una planificación efectiva y alineada a los ciclos de vida, velocidad de crecimiento y características auto ecológicas de las especies, mediante la incorporación de un cronograma con las actividades a realizar. Para las especies en Categoría de conservación Preocupación menor (LC) se deberá alcanzar un 80% de sobrevivencia para acreditar su cumplimiento. Se solicita formalmente la inclusión de la sobrevivencia esperada para las especies cactáceas. En caso de no lograr la supervivencia señalada, se incluirán las acciones de corrección que permitan alcanzar el número de individuos necesarios para cumplir con el 80 %, estas acciones deberán ser visadas por la CONAF. Forma de control y seguimiento Como forma de control y seguimiento se propone realizar 2 monitoreos, el primero en la época de primavera del año del rescate y el siguiente la primavera del año siguiente por parte de un especialista en flora nativa. Para diferenciar los individuos relocalizados de los propios del área, se les señalará con una estaca y banderín, cerca de su base, la cual registrará la fecha de rescate y la especie. Los individuos relocalizados serán georreferenciados en coordenadas UTM. Los informes de Monitoreo contendrán información de la ubicación geográfica de los individuos relocalizados, Información del prendimiento y del Estado sanitario y vigor de los individuos. Los informes deberán ser enviados y reportados a la Superintendencia de Medio Ambiente, se enviará un informe con las acciones necesarias y verificadas por CONAF, en caso de no alcanzar el porcentaje de supervivencia. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11 del ICE, específicamente la Tabla 11.1.18.

10° Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Sismo Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre • Al inicio de cada Fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada subcontrato de construcción, el que incluirá un programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será́ verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos del Titular. • En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. • El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de las Fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo del área afectada para evaluar y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente. Fase de Operación • En la fase de operación se realizarán charlas de inducción a los operarios encargados de mantención, las cuales abarcarán plan de evacuación, zonas de seguridad, programa de comunicaciones etcétera. Forma de control y seguimiento Fase de construcción, operación y cierre Existirá registro de todos los procedimientos de capacitaciones realizadas. Este registro se encontrará presente en planta y/o en zona de Instalación de Faena según la fase que se esté ejecutando. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.1 Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.1.2. Condiciones Climáticas Extraordinarias Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Central de almacenamiento Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El riesgo por condiciones climatológicas extraordinarias asociados a fenómeno naturales tales como eventos climáticos y meteorológicos son fenómenos ajenos a las actividades propias del proyecto, que pudieran provocar derrames, caídas de objetos, atrapamiento, obstrucción de caminos y cauces, entre otros, ocasionando daño a los trabajadores, a los recursos naturales o pérdida de infraestructura. Las medidas de prevención descritas a continuación permitirán sistematizar el control sobre los factores potenciales de riesgo durante la fase de construcción del Proyecto. • El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto deberán obedecer a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia. • Capacitación a los trabajadores internos y contratistas respecto al procedimiento de actuación en caso de condiciones climatológicas no favorables. • Establecimiento de protocolos acción internos en caso de emergencia. • Check list en terreno de la instalación de las baterías - Evaluación de la carga de viento en las áreas a instalar. - Evaluación de la posibilidad de acumulación de nieve/hielo. - Revisión de la no existencia de metales diferentes en contacto con los marcos o soportes del sistema - Verificación de que perforaciones en el techo están debidamente selladas y a prueba de intemperie. Forma de control y seguimiento • Registros de inspecciones y verificaciones a las monturas de las instalaciones. • Registro capacitaciones a los trabajadores y contratistas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.2 Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.1.3. Remoción en Masa Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre • Al inicio de cada Fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. • Se definirán zonas de seguridad. • En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. Fase de Operación - En la fase de operación se realizarán charlas de inducción a los operarios encargados de mantención, las cuales abarcarán plan de evacuación, zonas de seguridad, programa de comunicaciones etcétera. Forma de control y seguimiento Fase de construcción, operación y cierre Existirá registro de todas las capacitaciones realizadas. Este registro se encontrará presente en planta y/o en zona de Instalación de Faena según la fase que se esté ejecutando. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.3. Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.1.4. Riesgo por Derrames de combustible durante el transporte, descarga y manipulación Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción, operación y cierre. • La manipulación de productos químicos o residuos se realizará acorde a la normativa vigente. • Se capacitará al personal que manipule este tipo de productos o residuos. • Aun cuando no se contemple el almacenamiento de productos peligrosos en faena, se dispondrá de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud, esto considerando que los equipos y maquinarias en obra utilizan productos de este tipo (combustibles y aceites lubricantes). • Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud (Kit de Derrames). • Los transformadores contarán con pretil y geomembrana. • La zona de residuos sólidos no peligrosos, domésticos y peligrosos, así como los residuos líquidos provenientes de baños químicos, estarán dentro de la instalación de faena alejado de cualquier curso de agua. En procedimientos de carga de combustible: • La carga de combustible a maquinarias se realiza en un área previamente definida y claramente demarcada, la cual se encontrará impermeabilizada, cubriendo el área entre el estanque y la máquina. • Se contará con equipamiento para el caso de emergencias dispuesto en las instalaciones para combatir las emergencias. Se debe usar EPP adecuados para la tarea. • Todo motor cercano se mantendrá apagado. Se dispondrán señaléticas de “Prohibido fumar” y se encontrará un extintor en la zona. - En caso de ocurrir un accidente, los residuos generados serán catalogados como residuos peligrosos, serán dispuestos en la bodega RESPEL para luego ser declarados y transportados a disposición final. Forma de control y seguimiento Fase de construcción, operación y cierre. Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de productos químicos y toda clase de residuos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Cada vez que se realice la carga de combustible, se registra el procedimiento mediante un checklist, el cual tiene los siguientes ítems a completar. - Datos del responsable - Condición de construcción - Condición de carga - Protección contra incendios Adicionalmente, se realizarán inspecciones mensuales al kit antiderrames, pretiles y geomembranas que delimitan el área de carga de combustible, con el objetivo de asegurar el buen estado de este y reponer los elementos o herramientas que puedan encontrarse defectuosos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.4 Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.1.5. Falla en el sistema de almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faenas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción, operación y cierre: Para minimizar eventuales efectos ambientales derivados de fuga o derrame de residuos, se proveerá al personal a cargo de las herramientas y elementos de contención de derrames, tales como: • Palas • Escobillones • Arena o producto similar para la absorción de producto • Recipientes • Guantes • Tambores vacíos • Ante la detección de una eventual rotura de los contenedores, el jefe de Operación y Mantenimiento del Proyecto se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. - Además, se contará con la realización de charlas de inducción de forma previa a la fase de construcción, operación y cierre a cada uno de los trabajadores involucrados en la ejecución del Proyecto, donde se tratará lo siguiente:

• Dar a conocer los sitios de almacenamiento y forma de manejo de los distintos tipos de residuos. • Instruir respecto de la forma de almacenamiento de los residuos, tanto por el control sanitario como de orden e higiene de los frentes de trabajo. Residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos Fase de construcción y cierre: • Los sitios de almacenamiento de residuos estarán debidamente señalizados y delimitados. • Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal adecuados, como por ejemplo guantes resistentes, pechera o delantal impermeable y botas de goma. • Los residuos domésticos se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno. • El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. Deberá ser retirado en los tiempos comprometidos evitando así la generación de vectores.

Fase de operación: • La empresa que prestará servicios de mantención se hará cargo de retirar los residuos domiciliarios generados por los trabajadores.

Residuos peligrosos • Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal adecuados, como por ejemplo guantes resistentes, pechera o delantal impermeable y botas de goma. • La fase de operación contempla la generación de RESPEL por efecto del recambio de baterías, los cuales serán retirados en la medida que se realice el cambio, razón por la cual no se contempla almacenamiento en planta de este tipo de residuos. - Si la contingencia ocurre en el trayecto hacia el sitio de disposición final, la empresa contratista se comunicará con el encargado del Proyecto quien en conjunto con encargado ambiental de la empresa de transportes coordinarán las acciones pertinentes para controlar la emergencia

Forma de control y seguimiento Fase de construcción, operación y cierre: Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de residuos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.5. Anexo 5 de la Adenda Complementaria. Anexo 3.3 PAS 140 y Anexo 3.4 PAS 142 de la Adenda Complementaria.

10.1.6. Incendio. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre: • Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas. • Se contarán con equipos de extinción de incendios • Se realizará una capacitación a los trabajadores en el manejo de sustancias peligrosas en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. • Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto, conforme a lo indicado en la O.G.U.C. y guías de almacenamiento de sustancias químicas emitidas por el Servicio de Salud. • Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). • En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado a la SMA.

Fase de Operación • Los materiales inflamables utilizados en la Operación (mantenciones) serán trasladados a diario, al momento de utilizarlos y serán retirados una vez terminadas las mantenciones. • En ninguna circunstancia se contempla el almacenamiento de materiales en las instalaciones. Previo al inicio de la fase de operación, se realizará una capacitación a bomberos de la comuna, respecto al tipo de riesgos que representa el proyecto, y protocolos de extinción. • En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado a la SMA. • Se contará con un Sistema de Videovigilancia, el cual está compuesto por los siguientes elementos: a) Sistema perimetral térmico, para detectar y reconocer intrusiones con la ayuda de cámaras termias con el objeto de proteger el perímetro de planta y sus accesos. b) Sistema de supervisión de campo, utilizando las cámaras móviles tipo domo como complemento de las cámaras térmicas y como elemento de supervisión técnico de la planta. c) Sistema de transmisión de alarmas, (integrado en central de alarmas) para gestionar y tramitar las incidencias a la Central Receptora de alarmas y. posteriormente previa verificación, comunicas a las fuerzas de seguridad del Estado. - Sistema disuasorio básico, mediante un Kit de balizamiento acústico/visual ubicado en cada columna del perímetro, así como un puesto central de audio en local y con conexión remota (streaming de audio). e) Sistema de control de accesos, mediante un sistema de activación desactivación del sistema de seguridad. f) Sistema de integración, que permita unificar todo el equipamiento en una única interface con el usuario final para simplificar la gestión.

Transmisión de la alarma El Proyecto contará con un Sistema de Video vigilancia que contará con una Central de Alarmas, que recibirá las alarmas del sistema perimetral. Módulo Interfaz de Intrusión, que integrará el sistema de seguridad perimetral con la Central de Alarmas de la Planta, para poder enviar las incidencias a la Central Receptora de Alarmas. Medidas de prevención Reducción del riesgo de ocurrencia: • De la vigilancia y el aviso a la autoridad: se mantendrá vigilancia permanente a fin de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. En caso de ocurrir un evento de incendio, desde teléfonos celulares y de red fija, se dará aviso al número de emergencia 132 de Bomberos. • Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, entre estas, realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del Proyecto • En las zonas de almacenamiento de energía BESS, se contará con elementos de extinción de incendios como extintores y señalética correspondiente. • Durante el manejo de sustancias o elementos susceptibles de causar incendio, estará prohibido fumar y realizar actividades de soldadura el debido permiso de trabajo. • Se capacitará a los trabajadores en procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgo de incendio.

Incendio en zona de almacenamiento de energía: La prevención de la zona de almacenamiento BESS está integrado con un sistema de control de temperatura, el cual está conectado a la sala de control. Si hubiera un cambio en la condición de temperatura al interior de la BESS, se activa una alarma en la sala de control, la cual es monitoreada 24/7 por el equipo de Operación y Mantenimiento. Para verificar y solucionar el problema, se realiza una inspección en terreno, en base a esta inspección y en caso de ser necesario, se desconecta la BESS del paso de energía. Adicionalmente, las baterías contienen un sistema de refrigeración que funciona a través de un sistema de enfriamiento mediante ventiladores los cuales quedan sujetos a las variables de medición del sistema, tales como temperatura de las celdas y estado del sistema de refrigeración. Adicionalmente, las baterías contienen un sistema de refrigeración que funciona a través de un sistema de enfriamiento mediante ventiladores los cuales quedan sujetos a las variables de medición del sistema, tales como temperatura de las celdas y estado del sistema de refrigeración. Se lista a continuación los principales sistemas de monitoreo y control antes mencionados: - Sistema de medición de variables eléctrica - Sistema de medición de estado de carga - Sensor de voltaje y temperatura de las celdas - Sistema de monitoreo de estado de sistema de refrigeración - Sistema de monitoreo del sistema contra incendios - Sistema de monitoreo de temperatura del transformador

Cabe indicar que, el Titular se pondrá en contacto con el cuartel de Bomberos más cercano al Proyecto durante la fase de construcción, para realizar una charla sobre el funcionamiento de las BESS y la tecnología asociada a ellas, con el objetivo de informar sobre estas y los tipos de incendios (químico, eléctrico, etc.) que podrían generarse en la Central.

Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de capacitación que se realizará a la brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Además, se dejará registro de la charla sobre las baterías al cuerpo de bomberos más cercano al Proyecto. Por otro lado, a modo de asegurar que los sistemas de monitoreo estén en buen estado, se tendrá un registro de las mantenciones preventivas realizadas a las unidades de almacenamiento. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.6. Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.1.7. Accidente de Tránsito asociados al Proyecto. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o Caminos externos e internos que serán utilizadas en las distintas acción asociada fases del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción, Operación y Cierre Se dispondrá de señalización clara, visible y adecuada, tanto diurna como nocturna, lo cual será presentado para consideración de la Dirección de Vialidad antes de su instalación. • Se exigirá por contrato, el cumplimiento de toda la legislación aplicable al transporte de pasajeros o carga, materia cuyo cumplimiento se inspeccionará periódicamente. • Todos los vehículos y maquinarias deberán estar en buen estado, contarán con sus revisiones técnicas y gases vigentes, así como sus permisos de circulación al día, tal como lo indica la normativa. • El personal que se contratará para manejar los camiones o maquinarias será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (Nº 18.290). • Los vehículos que transporten maquinaria y materiales contarán con la señalización exigida por la legislación chilena. • El transporte de materiales se realizará de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. • Se capacitará a todo trabajador cuya función sea la operación de vehículos y/o maquinaria sobre el reglamento del tránsito. El peso de los camiones cargados no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo con las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones a todos los trabajadores del Proyecto durante la Fase de Construcción del Proyecto. Las capacitaciones se realizarán al momento de ingreso del trabajador y se reforzará en forma permanente a lo largo de la Fase de Construcción. De forma adicional, se mantendrá un registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria al día, y un registro fotográfico del buen estado de la señalética presente en los caminos internos del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.7. Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.1.8. Hallazgos Arqueológicos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ejecución de un Programa de capacitación que incluirá un módulo dedicado a nociones de arqueología, impartidos por especialistas en la materia, es decir, por un que permita capacitar a los trabajadores respecto al tipo de hallazgos que pueden enfrentar y los procedimientos a seguir. La inducción se impartirá a todo el personal, tanto propio como externo, que trabaje durante la construcción del proyecto. El módulo será diseñado por el arqueólogo monitor y se deberá enfatizar en la protección legal de estas. Forma de control y seguimiento • Registro de las actividades de capacitación del personal. Registros de monitoreos con los respectivos reportes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.8. Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.1.9. Hallazgos Paleontológicos. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ejecución de un Programa de capacitación que incluirá un módulo dedicado a nociones de arqueología, impartidos por especialistas en la materia, es decir, por un que permita capacitar a los trabajadores respecto al tipo de hallazgos que pueden enfrentar y los procedimientos a seguir. La inducción se impartirá a todo el personal, tanto propio como externo, que trabaje durante la construcción del proyecto. El módulo será diseñado por el arqueólogo monitor y se deberá enfatizar en la protección legal de estas. Forma de control y seguimiento • Registro de las actividades de capacitación del personal. • Registros de monitoreos con los respectivos reportes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.9. Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.1.10. Derrame de aguas servidas. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistemas de alcantarillado Particular y baños químicos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ante cualquier falla, ya sea de baños químicos o fosa, se dejará inmediatamente de usar el servicio y se dará aviso al jefe de obra o al jefe de planta, según corresponda a la fase en la que ocurre el imprevisto. • Se indicará a los trabajadores que los servicios higiénicos no podrán ser utilizados hasta que se solucione el problema. • En el caso de baños químicos estos serán reemplazados de inmediato. • En el caso de la fosa, se instalarán de inmediato un baño químico y se realizará la inspección del sistema para verificar la causa del problema y se tomarán las medidas correspondientes para solucionar el imprevisto. • Una vez solucionado el problema y comprobado el funcionamiento del sistema y/o restituido el baño químico, se comunicará a los trabajadores que los servicios higiénicos se encuentran habilitados. • Luego de la restitución del servicio se evaluará si el sistema requiere alguna modificación para evitar un nuevo evento de este tipo. • Durante la operación, y si se produce fuga de aguas no tratadas, se llevará una excavadora o retroexcavadora al sitio para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente de la fosa siniestrada. Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición autorizado. Forma de control y seguimiento Verificación del estado del sistema sanitario. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.10. Anexo 5 de la Adenda Complementaria. Anexo 3.2 PAS 138 de la Adenda Complementaria.

10.1.11. Emisión de hedores. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema Particular de Alcantarillado y baños químicos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las acciones o medidas a implementar están enfocadas a la generación de aguas servidas, ya que tienen probabilidad de generar olores molestos, para evitar este riesgo se realizará las siguientes medidas: Los servicios higiénicos se conectarán a una fosa séptica para el tratamiento primario de las aguas servidas. Forma de control y seguimiento • Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. • Se mantendrá un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser enviado a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.11. Anexo 5 de la Adenda Complementaria. Anexo 3.2 PAS 138 de la Adenda Complementaria.

10.1.12. Afectación a fauna silvestre. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto y caminos de acceso. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con el fin de reducir el riesgo de atropello a la fauna silvestre se deberán ejecutar las siguientes medidas y acciones: • Se implementarán límites de velocidad para los trabajadores y operarios que se encuentren operando vehículos durante todas las fases del Proyecto. Los límites serán informados a todo el personal y las empresas contratistas durante las distintas fases. • Se instalará señalética respecto a la velocidad máxima permitida. • Se realizará capacitación a los trabajadores, una vez en cada fase del proyecto, en donde se tratarán temas como la fauna potencial presente en el área, de resguardo y cuidado de esta, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo de las aves presentes en el área del Proyecto, manejo de los residuos, la prohibición de alimentar a la fauna silvestre - para evitar el acercamiento de fauna silvestre-, la prohibición de tenencia perros, entre otros. Establece un protocolo claro para el tratamiento y la rehabilitación de individuos afectados.

Para prevenir colisiones de avifauna con la línea de transmisión se instalará un disuasor de vuelo en cada vano de la línea, los cuales serán revisados en el marco de las mantenciones de la línea, para asegurar su correcta instalación y/o efectuar su eventual reemplazo. Forma de control y seguimiento Registro de cada capacitación que incluya listado de asistentes con rut, profesionales a cargo, y registro fotográfico que será cargado a la plataforma de la Superintendencia del Medio Ambiente. Registro fotográfico de las medidas implementadas Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.12. Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Sismo Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción, operación y cierre Ante un eventual riesgo sísmico, el personal deberá proceder de la siguiente manera: • No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esto constituye un riesgo. • Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. • Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. • No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del sismo. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. • Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. • Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. • El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Para aquellas contingencias que tengan relación con aspectos ambientales, asociados a Eventos Naturales, transporte, manejo y derrame de sustancias y/o residuos peligrosos, Incendios y alteración de elementos patrimoniales, se deberá informar a la Oficina Regional de la Superintendencia de Medio Ambiente de la Región de la contingencia acaecida. El responsable de informar a la SMA será el encargado de faena. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.1 Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.2.2. Condiciones Climáticas Extraordinarias Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Central de almacenamiento Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrir un accidente debido a las condiciones climatológicas, se tomarán las indicaciones mencionadas a continuación, según corresponda: • En caso de ser necesario se contactará a equipos de emergencia tales como bomberos, carabineros u otro. • Se considerará la seguridad del lugar del accidente, desviando los vehículos e instalando conos. Se mantendrá despejada el área del siniestro y se dará espacio para que la Ambulancias, Bomberos o Carabineros trabajen adecuadamente (si así lo requiere en ese caso en particular). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor a 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” a los organismos competentes, el que indicará como mínimo: la razón por la cual se provocó la emergencia, el tiempo de duración de esta, las medidas ya implementadas, el plan de acción considerado y el plazo en que se estima se cumplirán las medidas de control para evitar su recurrencia Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.2. Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.2.3. Remoción en Masa Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción, operación y cierre • Ante un eventual riesgo de remoción en masa, el personal dará aviso inmediatamente al jefe de Emergencias quien informará a los coordinadores de área y encargados de prevención de riesgos. • Se activará el Plan de Comunicaciones establecido en el Plan de Emergencias. • Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras, y si es necesario se evacuará a todo el personal, hacia las zonas de seguridad. Se evaluarán daños en la estructura física del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El responsable de informar a la SMA será el encargado de faena. Mediante página web SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.3 Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.2.4. Derrame de productos o residuos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción, operación y cierre. • Avisar de la situación al superior inmediato o al jefe de Emergencia. • Se deberá atender en primer lugar a personas heridas o intoxicadas si las hubiere. • Se deberá prohibir el tocar y caminar sobre el material derramado. • Se deberá mantener los materiales combustibles lejos del material derramado. • Se deberá eliminar todas las fuentes de ignición. • Evaluar gravedad de la situación para alarmas de fuego. • Avisar a los servicios de emergencia externos tales como hospitales, bomberos y carabineros. • Se deberá socorrer en primer lugar a las personas lesionadas si las hubiere. • Los encargados de controlar el derrame, primeramente, deben acondicionarse con los elementos de protección personal. • Bloquear desagües de alcantarillas, para evitar que el producto ingrese a estas instalaciones, contener el derrame con material disponible en el lugar mediante diques o cordones (zanjas) de arena, sacos de arena, tierra y/o serrín. • Marcar la zona de derrame con señales que adviertan de la situación. • Mantener a los trabajadores alejados del área de derrame. • Colecte el derrame en recipientes, si esto es posible de hacer sin riesgos. Si se genera agua contaminada, debe ser recuperada en contenedores destinados a este fin. • Una vez concluida las tareas de control, recolectar los materiales y/o productos utilizados para el control del derrame, colocarlos en envases adecuados, cerrados e identificados hasta su retiro por una empresa autorizada. • En las emergencias que afecten al componente suelo y que impliquen remoción de éste, se tomarán muestras de suelo durante y posterior al incidente, con el objetivo de verificar el éxito de la medida implementada en el lugar, se debe señalar los responsables del seguimiento de las acciones implementadas. Además, se considerará la toma de muestras en sectores no afectados por la emergencia, para obtener valores de comparación. Los análisis serán realizados en laboratorios acreditados por el INN. • En caso de derrame de productos o sustancias nocivas a un cuerpo de agua, se dará aviso inmediato a la Seremi de Salud y a la Superintendencia de Medio Ambiente, y de actuará de manera inmediata asegurando la eliminación o detención de la fuente contaminante para la no afectación de aguas y fauna íctica. • Si aplicase, se efectuará monitoreo de calidad del agua que contemple parámetros fisicoquímicos (pH, hidrocarburos, SS). • El jefe de Emergencia deberá emitir un informe técnico sobre las causas que originaron la emergencia, jefe de Operación y Mantenimiento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Ante una situación de contingencia/emergencia se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la contingencia/emergencia, el cual contendrá a lo menos: - Fecha, hora y lugar de ocurrencia. - Motivo de la contingencia. - Aspectos ambientales involucrados - Alcance de la contingencia / emergencia - Acciones de control realizadas. - Acciones de reparación realizadas. Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.4 Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.2.5. Falla en el sistema de almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faenas Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción, operación y cierre: Residuos asimilares a domiciliarios e industriales no peligrosos • Ante situaciones no comprendidas en el manejo normal de residuos se dará aviso inmediato al encargado correspondiente, quien será el encargado de monitorear la emergencia. • Si la emergencia corresponde a rotura de contenedores de residuos, se procederá a la limpieza y retiro de residuos los que serán enviados al área de acopio. • Se movilizará la maquinaria para retiro de residuos y preparación de pretiles si la situación lo amerita. • Una vez contenida la emergencia se procederá a la cuantificación y retiro del material que posiblemente sea contaminado con residuos. Este material será enviado a sitio de disposición final autorizado. • El jefe de oficina se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición.

Residuos Peligrosos • Acciones para el derrame de residuos peligrosos (se aplicarán según corresponda para derrames en suelos): - Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado. - Definir el equipo necesario y el plan de acción. - Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo. - Colectar y envasar el material contaminado. - Muestrear y analizar los alrededores del suelo, superficie contaminada para determinar los residuos de contaminación. • Acciones para la descontaminación (se aplicarán según corresponda): - Remover el suelo contaminado y escombros si requiere. - Descontaminar todos los equipos. - Envasar todo el material contaminado para descarte. • Acciones Finales: Documentación (Reporte Final) - Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos. - Mapa o dibujo del lugar. - Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar. - Fotografías. - Información de la propiedad dañada y/o perjudicada Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Fase de construcción, operación y cierre: En el eventual suceso de una emergencia que sobrepase los límites establecidos para el Proyecto (área del Proyecto), o dentro del área del mismo, calificándose ésta como emergencia general, se comunicará a la autoridad Sanitaria y SMA la situación a través de un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando al menos lo siguiente: • Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). • Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia. • Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.5. Anexo 5 de la Adenda Complementaria. Anexo 3.3 PAS 140 y Anexo 3.4 PAS 142 de la Adenda Complementaria

10.2.6. Incendio. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de Construcción, Operación y Cierre • Se activará la alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al jefe de Emergencias y al Coordinador de Emergencias. • Se activará el procedimiento contra incendios. Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. • Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. • Si bien se cuenta con un sistema de monitoreo continuo tanto del interior como del exterior del contenedor, en caso de detectarse un aumento descontrolado de la temperatura, el sistema se desconectará de manera inmediata para evitar cualquier eventualidad además de dar aviso inmediato preventivo al cuerpo de bomberos de la comuna. Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos para que acuda a la central, y también a Carabineros, y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA a través de su página web en menos de 24 horas. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también a la SEREMI de Salud de la Región. Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Proponente entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando al menos lo siguiente: • Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). • Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia. • Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.6 Anexo 5 de la Adenda Complementaria. Anexo 5.1 de la Adenda Complementaria “Memoria técnica batería BESS”.

10.2.7. Accidente de Tránsito asociados al Proyecto. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Caminos externos e internos que serán utilizadas en las distintas fases del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de Construcción, Operación y Cierre • Se informará al superior inmediato o jefe de emergencias del accidente y se dimensionará la emergencia. • Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave). • Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia, Bomberos y Carabineros, informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. • Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. • Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). • Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas. • Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. • Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. • Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El responsable de informar a la SMA será el encargado de faena. • Mediante página web SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.7. Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.2.8. Hallazgos Arqueológicos. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. Detención de los trabajos asociados al lugar del hallazgo y el arqueólogo, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Monumentos Nacionales, se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos y al Consejo de Monumentos Nacionales para que se proceda a la evaluación del hallazgo y su protección, levantamiento y/o rescate, si correspondiese, por parte de personal especializado (arqueólogo) previa visación del consejo. • Implementar mecanismos de seguridad para la protección y delimitación perimetral de elementos arqueológicos presentes en las áreas de trabajo consideradas en el proyecto. Esta delimitación se realiza a través de un cercado perimetral. • Los hallazgos arqueológicos serán protegidos estableciéndose una franja de seguridad (buffer) en torno a cada uno de los perímetros y puntos detectados, con un mínimo de 10 m de radio desde el límite del hallazgo. • Instalación de letreros de señalización, fuera de los cercos, que indiquen “Zona de Restricción, Ley Nº 17. 288”. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El responsable de informar a la SMA será el encargado de faena. • Mediante página web SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.8. Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.2.9. Hallazgos Paleontológicos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de efectuarse un hallazgo paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. • Detención de los trabajos asociados al lugar del hallazgo y el arqueólogo, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Monumentos Nacionales, se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos y al Consejo de Monumentos Nacionales para que se proceda a la evaluación del hallazgo y su protección, levantamiento y/o rescate, si correspondiese, por parte de personal especializado (paleontólogo) previa visación del consejo. • Implementar mecanismos de seguridad para la protección y delimitación perimetral de elementos paleontológicos presentes en las áreas de trabajo consideradas en el proyecto. Esta delimitación se realiza a través de un cercado perimetral. • Los hallazgos paleontológicos serán protegidos estableciéndose una franja de seguridad (buffer) en torno a cada uno de los perímetros y puntos detectados, con un mínimo de 10 m de radio desde el límite del hallazgo. • Instalación de letreros de señalización, fuera de los cercos, que indiquen “Zona de Restricción, Ley Nº 17. 288”. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA y CMN. • Asimismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. • Una vez concluidas las acciones post - emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente y al CMN, indicando las medidas tomadas para protección del patrimonio cultural. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.9. Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

10.2.10. Derrame de aguas servidas. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistemas de alcantarillado Particular y baños químicos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. • Se habilitarán o reemplazarán baños químicos mientras dure la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud. • Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarará los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.1 Anexo 5 de la Adenda Complementaria. Anexo 3.2 PAS 138 de la Adenda Complementaria.

10.2.11. Emisión de hedores. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema Particular de Alcantarillado y baños químicos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. • Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declarada la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud. Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarará a los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.11. Anexo 5 de la Adenda Complementaria. Anexo 3.2 PAS 138 de la Adenda Complementaria.

10.2.12. Afectación a fauna silvestre. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto y caminos de acceso. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de alguna de estas emergencias se aplicará un procedimiento que seguirá los siguientes pasos: i. Identificación de la especie y aviso a la autoridad pertinente ii. Determinar un destino final apropiado para los animales tratados, considerando su reintroducción en su hábitat natural o su entrega a autoridades competentes. iii. Rescate iv. Alojamiento temporal y traslado v. Rehabilitación y Liberación Finalmente, con los datos obtenidos se elaborará un informe que consolide y sistematice la detección de ejemplares muertos y/o heridos de fauna silvestre en las inmediaciones del Proyecto. • El causante de la contingencia o quien encuentre fauna herida deberá informar inmediatamente al encargado o al coordinador de emergencia. • En el caso de requerir rescate del animal, este debe ser inmediatamente llevado a un centro de rescate para ser atendido, contemplando acciones de captura según su especie y tamaño, evitando perturbar al animal y utilizando elementos de protección personal. El lugar exacto al que será trasladado el animal deberá ser coordinado por el encargado de medioambiente o de emergencias, según la disponibilidad inmediata de los centros de rescate más próximos al trazado o en coordinación con el SAG si fuera necesario. • Una vez capturado el animal, este será mantenido en su jaula a la espera de ser trasladado. Se velará por que se mantengan protegidos del sol, temperaturas extremas, lluvias, ruidos fuertes y alejados del personal no autorizado, evitando la generación de estrés. • En el caso que el personal no pueda realizar la captura del animal con seguridad, se dará aviso al Centro del Rescate y para que apoyen al Proponente de su retiro. • Una vez atendida la emergencia, se deberá genera un reporte de lo sucedido. • Si a criterio de los especialistas del centro de rescate y rehabilitación, el animal no pudiera ser devuelto al medio natural a raíz de su condición, el individuo en cuestión se derivará a algún centro zoológico o de educación ambiental al objeto de recibir los cuidados adecuados y poder ser utilizado en el contexto del desarrollo y difusión de planes y/o programa protección de fauna silvestre. El titular gestionará y costeará los gastos derivados del proceso de atención, rehabilitación y disposición final de los animales afectados. • Respecto a la avifauna (solo fase de Operación del proyecto) en caso de registrarse colisiones donde aves resulten heridas, se deberá tomar contacto con el encargado registro del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) para señalar los pasos a seguir, dependiendo de la especie afectada y condición. • Se asignarán recursos financieros adecuados para cubrir todos los costos relacionados con la atención, tratamiento y destino final de la fauna afectada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante una emergencia que afecte a fauna silvestre, se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental y a la Oficina Regional del SAG. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del ICE, específicamente la Tabla 8.1 Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

11° Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

11.1 Participación ciudadana informada

La DIA del proyecto “Línea de Trasmisión y Central Bess Halcón 8” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 01/02/2024 y en el diario Online Vivepais.cl con fecha 01/02/2024. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Nostálgica FM entre los días 02/02/2024 y 08/02/2024, según consta en el certificado de difusión radial de fecha 09 de febrero de 2024 emitido por la misma radio. Con fecha14 de marzo de 2024 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. Al finalizar dicho periodo no se recibieron solicitudes de apertura de participación ciudadana.

12° Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13° Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

14° Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15° Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

16° Que, para que el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

17° Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

18° Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

19° Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

20° Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8”, de BESS Halcón 8 SpA.

2°. Certificar que el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 151, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Halcón 8” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Atacama

Verónica Eufemia Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama

JES/ICC

Distribución:

Verónica Eufemia Ossadón Pizarro Firmado digitalmente por Verónica Eufemia Ossadón Pizarro Fecha: 2024.11.05 10:40:09 -03'00' Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Firmado digitalmente por Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Fecha: 2024.11.06 10:10:13 -03'00'