Doña Catalina de Los Ríos
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DEL LIBERTADOR
Doña Catalina de Los Ríos
Rancagua
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 27 de diciembre de 2023, su Adenda de fecha 08 de febrero de 2024 y su Adenda Complementaria de 06 de noviembre de 2024 Doña Catalina de Los Ríos 20 de diciembre de 2023.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 Doña Catalina de Los Ríos
3°. El/Las Acta/s de la/s reunión/es realizada/s con grupos humanos pertenecientes a pueblos Doña Catalina de Los Ríos conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. El Acta de Evaluación N° 11/2025 de 26 de mayo del 2025, del Comité Técnico de la Región del Libertador .
Doña Catalina de Los Ríos
6°. La sesión extraordinaria N°3/2025 de 16 de junio de 2025, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto Doña Catalina de Los Ríos .
- Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40, del 30 de octubre de 2012, y sus modificaciones posteriores; del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653, de 2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°202306101347/2023, de fecha 11 de septiembre de 2023, que Aprueba Modificación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de Evaluación Ambiental que nombra a Yamal Karim Suez Muñoz en el cargo de Director Regional del Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención a Trámite de toma de razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Fundación Invica (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Fundación Invica Rut 81.719.700-0 Domicilio Calle Cienfuegos N°67, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Teléfono 226900670 Nombre representante legal Mario Guillermo Cáceres González Rut representante legal 8142209-5 Domicilio representante legal Calle Cienfuegos N°67, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Teléfono representante legal 226900670 Correo electrónico Titular o representante legal mcaceres@invica.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 2 de junio de 2025, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables que se señalan en los artículos 140, 142 y 156 D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. Lo anterior, teniendo presente las condiciones establecidas en el Capítulo 11.2 del ICE.
3°. Que, en sesión de 16 de junio de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O Doña Catalina de Los Ríos integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto viene a responder a la demanda habitacional en la comuna de Graneros, cumpliendo con las condiciones urbanísticas vigentes del Plan Regulador Comunal. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones se sometió a evaluación ambiental por medio de Declaración de Impacto Ambiental (DIA), el cual corresponde a una modificación de proyecto sin RCA (artículo g.1. D.S. N°40/2012), es decir, no calificado ambientalmente de acuerdo con lo estipulado en el artículo 12 del D.S N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente (en .
Respecto al primer criterio, contenido en el literal g.1) del artículo 2 del RSEIA, esto es, si las obras, acciones o medidas que pretenden intervenir o complementar el proyecto o actividad, por sí solas, se encuentran listadas en el artículo 3º del Reglamento del SEIA, es posible señalar que, la modificación en cuestión constituye un proyecto o actividad listado en el artículo 3° del RSEIA, en específico en relación con el literal h.1.3.
El Proyecto total contempla la construcción de 521 viviendas y se emplaza en un terreno bruto total de 14,40 ha compuesto por 2 lotes: Lote 1-A1 de 69.657,36 m2 (6,97 hectáreas -A2 de 76.640,18 m2 (7,66 hectáreas; 276 ).
En relación con el segundo criterio dispuesto en el inciso del literal g.2) del artículo 2 del RSEIA, sobre los proyectos que se iniciaron de manera posterior a la entrada en vigor del SEIA, si la suma de las partes, obras o acciones tendientes a intervenirlo o complementarlo, constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3° del Reglamento del SEIA, se puede señalar que, el Proyecto existente cuenta con Permiso de edificación N°76 de fecha 19-dic-20219.
Teniendo presente lo antes descrito, la condición del Proyecto original sin RCA I-A y I-B del construidas del Lote 1-A1 (Rol N°181-11), en conjunto con las modificaciones presentadas al citado proyecto inmobiliario, correspondiente al -A y II- B en el Lote 1-A2 (Rol N°183-5) considerado para ello la suma de los impactos provocados por la modificación y aquellos relacionados a la condición basal del proyecto existente (fase operativa).
En relación con el tercer criterio dispuesto en el inciso del literal g.3) del artículo 2 del RSEIA, las obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad modifican sustantivamente la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales del proyecto o actividad. Se aclara que, el Proyecto existente no cumplía con los literales de ingreso al SEIA, sin embrago, en la presente evaluación se suma de los impactos provocados por la modificación y aquellos relacionados a la condición basal del proyecto existente (fase operativa).
Finalmente, en relación al cuarto criterio dispuesto en el literal g.4) del artículo 2 del RSEIA, relativo a que si las medidas de mitigación, reparación y compensación para hacerse cargo de los impactos significativos de un proyecto o actividad calificado ambientalmente se ven modificadas sustantivamente, se puede señalar que éste no resulta aplicable en la situación particular que se consulta, puesto que se trata de un proyecto en evaluación mediante una Declaración de Impacto Ambiental, por lo tanto, no presenta medidas de mitigación, reparación y/o compensación, evaluadas ambientalmente.
p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita.
El Proyecto no se ubica en algún área bajo protección oficial
Literal h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
saturada por material particulado respirable (MP10) como concentración anual y de 24 horas (D.S. N°7/2009 MINSEGPRES), lo que hace necesario que la incorporación de nuevas fuentes y actividades, así como la ampliación horas, de las fuentes existentes que conlleven nuevas emisiones, se realicen considerando la regulación ambiental, establecida en el Plan de Descontaminación Atmosférica 21 MMA).
h.1) Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los
proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:
h.1.1. Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo con el instrumento de planificación correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas;
Respecto a lo indicado en el sub-literal h.1.1, se indica que las partes y obras del Proyecto se emplazan en un área urbana: Zona Mixta entorno a Ruta H-10 ZM4, Zona Habitacional Densidad media baja ZH3 y Área verde AV de acuerdo con el Certificado de Informaciones Previas (CIP) N°376 de fecha 04-dic-2019 para el Lote A1-2 (Rol N°181-11) y CIP N°87 de fecha 13-mar-2023 para el Lote A1 (Rol N°983-5, Resolución de subdivisión N°7 de fecha 13-sept-20219), ambos adjuntos en el Anexo A-01 de la Adenda. El Proyecto cuenta con Certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 08-jul-2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA y contrato de ampliación de territorio operacional de prestación de servicios sanitarios de agua potable, alcantarillado servidas y tratamiento de aguas servidas para la totalidad de las viviendas.
En ese sentido, el Proyecto no contempla sistemas propios de producción y distribución de agua potable ni recolección, tratamiento o disposición de aguas servidas, por tanto, no cumple con lo requerido para ingreso al SEIA por el sub- literal h.1.1.
h.1.2. Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales;
El Proyecto en evaluación se encuentra afecta a utilidad pública por vialidad: ensanche de Camino Real (vía Troncal) y apertura de calle Antonio Varas, calle Luis Barros Borgoño Sur y calle proyectada, tal como muestra la siguiente Figura 1-1 de la Adenda. En ese sentido, el Proyecto no incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales, por tanto, no cumple con lo requerido para ingreso al SEIA por el sub-literal h.1.2.
CIP del Proyecto referido a afectación a utilidad pública Fuente: Extracto del CIP Nº87 de Fecha 13 de marzo de 2023 del Anexo 1.2 de la DIA.
En el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria se adjuntan:
Resolución N°4 de fecha 11-mar-2019 Fusión de Lotes 1,2 y 3 con su respectivo plano.
Resolución N°7 de fecha 13-sept-2019 Subdivisión que genera lotes 1A- 1 y 1A-2 y su respectivo plano.
Certificado de avalúo fiscal lote 1-A2 con ROL S.I.I. N°183-5.
CIP N°87_13-03-2023_LOTE 1A-2_Rol 183-5
CIP N°376_Lote 1A-1_04-12-19
h.1.3) Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas;
El Proyecto total contempla la construcción de 521 viviendas y se emplaza en un terreno bruto total de 14,40 hectáreas compuesto por 2 lotes: Lote 1-A1 de 69.657,36 m2 (6,97 hectáreas; 245 viviendas) asociado al Proyecto existente -A2 de 76.640,18 m2 (7,66 hectáreas Proyecto en evaluación cumple con las características de ingreso para ingresar al SEIA mediante el sub-literal h.1.3.
h.1.4. Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.
Respecto a lo indicado en el sub-literal h.1.4, se indica que el Proyecto no corresponde a un edificio público y contempla un total de 378 estacionamientos vehiculares. En ese sentido, el Proyecto no cumple con las características de ingreso para ingresar al SEIA mediante el sub-literal h.1.4.
En ese sentido y de acuerdo a la tipología, la presentación del Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) es de carácter obligatorio, dado que cumple con las características indicadas en el literal h.1.3 (521 viviendas) y que se emplaza en una zona declarada saturada por material particulado respirable (MP10) como concentración anual y de 24 horas (D.S. N°7/2009 MINSEGPRES), lo que hace necesario que la incorporación de nuevas fuentes y actividades, así como la ampliación horas, de las fuentes existentes que conlleven nuevas emisiones, se realicen considerando la regulación ambiental, establecida en el N°15/2013 MMA).
Conforme a lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley N°19.300 sobre Bases los proyectos o actividades señalados en el artículo 10° de la misma ley solo podrán ejecutarse o modificarse previa
Vida útil Por tratarse de un proyecto del tipo inmobiliario se considera una vida útil indefinida. Monto de inversión USD $ 37.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El acto o faena mínimo que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto referido a la construcción del Lote 1-A2 (Etapa II-A) corresponde a la actividad de excavación masiva.
Proyecto se desarrolla por etapas Si No El Proyecto es sometido al Sistema de Evaluación Ambiental (en adelante SEIA mediante una Declaración de Impacto modificación de un Proyecto existente, y. que no cuenta con RCA.
El presente Proyecto modifica un proyecto existente Ríos I" que no requiri evaluación de impacto ambiental.
[X] Si No
Proyecto modifica un proyecto o actividad [X]
La condición original del Proyecto en 2019 corresponde al a un proyecto sin RCA con menos de 300 viviendas y 7 hectáreas, la cual cuenta con Permiso de Edificación Nº76 de fecha 19-dic-2019. En 2023 se decide extender el proyecto presentando un anteproyecto a la Ilustre Municipalidad de Graneros el cual se encuentra en revisión.
En el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta el comprobante de ingreso de Anteproyecto de Edificación y anteproyecto de loteo con fecha de 26-mar-2024
Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el proyecto sí modifique un proyecto o actividad] Si No No Aplica
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa 1A-2, lote existente, aprobado por la Dirección de Obras municipales e inscrito en el Conversador de Bienes Raíces correspondiente. A su vez el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha otorgado el ROL S.I.I. N°183-5 para el lote.
Para mayor claridad y entendimiento, se explica que Fundación Invica realiza la compra de 3 lotes, lotes 1, 2 y 3 con el ROL S.I.I. N°183-5, N°183-6 y N°183-7 respectivamente, los cuales fusiona mediante la Resolución N°4 de fecha 11-mar-2019 y su respectivo plano, para posteriormente realizar una subdivisión, aprobada mediante la Resolución N°7 de fecha 13-sept-2019, generando los lotes 1-A1 y 1-A2.
En lote 1-A1 con ROL S.I.I. N°183-11, se desarrolla el conjunto habitacional lote 1A-2 con rol 183-5 otorgado por SII, se proyecta ejecutar el conjunto
Se adjuntan los siguientes documentos en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria:
Resolución N°4 de fecha 11-mar-2019. Fusión de Lotes 1,2 y 3 con su respectivo plano. Resolución N°7 de fecha 13-sept-2019. Subdivisión Lote 1ª, que genera lotes 1A-1 y 1A-2 y su respectivo plano. Certificado de avalúo fiscal lote 1-A2 con ROL S.I.I. N°183-5. CIP N°87_13-mar-2023_Lote 1A-2 CIP N°376_04-dic-2019_Lote 1A-1
Descripción de la localización La localización del Proyecto obedece esencialmente a que el sitio de emplazamiento no presenta restricciones para ello.
De acuerdo con el Instrumento de Planificación Territorial aplicable, el Proyecto obedece al Plan Regulador Comunal de Graneros.
Ver Tabla 1-12 del cap. 1 de la DIA. Instrumento de Planificación Territorial aplicable al Proyecto.
Los usos de suelo permitidos corresponden a la ZM4- ZH3-AV Ver Tabla 1-13 del cap. 1 de la DIA. Condiciones de uso de Suelo del Proyecto.
En la Figura 1-11 de la DIA se identifica el emplazamiento del Proyecto respecto del Plan Regulados Comunal de Graneros.
Cabe destacar, además, la cercanía del Proyecto a paraderos, ciclovía, tránsito de colectivos y supermercado, comercio, establecimientos educaciones, centros de salud, restaurantes, servicios públicos, estaciones de servicios, áreas verdes y equipamiento.
Ver Figura 1-12 del cap. 1 de la DIA. Equipamientos y servicios cercanos al Proyecto.
Ver Figura 1-13 del cap. 1 de la DIA. Paraderos cercanos al Proyecto.
Ver Figura 1-14 del cap. 1 de la DIA. Metro cercano al Proyecto.
Ver Figura 1-15 del cap. 1 de la DIA. Ciclovías cercanas al Proyecto.
Ver Figura 1-16 del cap. 1 de la DIA. Áreas verdes cercanas al Proyecto.
Ver Figura 1-17 del cap. 1 de la DIA. Centros de Salud cercanas al Proyecto.
Ver Figura 1-18 del cap. 1 de la DIA. Establecimientos educacionales cercanas al Proyecto.
Ver Figura 1-19 del cap. 1 de la DIA. Ferias libres cercanas al Proyecto.
Ver Acápite 1.6.6. del cap.1 de la DIA. Respecto a Cambio Climático.
En el Anexo A-03 de la Adenda se adjunta plano de subdivisión aprobado por DOM de Graneros por Resolución N°07 de fecha 13/09/2019, en donde se indican los lotes resultantes, deslindes, superficies, topografía y vías públicas cercanas.
En el Anexo A-02 de la Adenda se adjunta el set fotográfico con la situación actual de cada lote (Lote 1-A1, Casas entregadas y Lote 1- A2, proyecto a construir).
Superficie La superficie edificada total corresponde a 28.809,61 m2 sobre un terreno bruto total de 143.869,57 m2
Doña Catalina de los Ríos I Doña Catalina de los Ríos II Superficie predial bruta 69.657,36 m2 76.640,18 m2 Superficie afectación pública 6.114,33 m2 13.453,53 m2 Superficie neta terreno 63,543,03 m2 63.186,65 m2 Superficie intervenida (a construir) 13.603,61 m2 15.206,00 m2 Viviendas 245 276 Áreas Verdes 11.234,08 m2 7.267,43 m2 Locales comerciales 4 locales comerciales Sin locales comerciales Lotes de equipamientos1.590, 99 m2 1.455,86 m2 Otro que se estime pertinente N/A N/A
Se adjunta plano tamaño A2, archivo shape (.shp) y kmz (.kmz), con el detalle de la situación basal (Proyecto c/recepción y s/RCA), y la modificación actual objeto de la presente evaluación ambiental en el Anexo A-02 de la Adenda.
Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de emplazamiento del polígono dónde se ubica el total del conjunto habitacional en el sistema de coordenadas UTM Datum WGS 84 H18:
Detalle Vértice Coordenadas UTM (WGS84, H18) Este (m) Norte (m) Área de Proyecto A 339840 6227422 B 340066 6227366 C 340070 6227367 D 340089 6227444 E 340104 6227455 F 340406 6227336 G 340353 6227077 H 339968 6227169 J 339974 6227207
A continuación, se presentan las coordenadas de emplazamiento del polígono por lote donde se ubican las nuevas viviendas (Lote 1-A2), identificando además la etapa construida y recibidas en el Lote 1-A1, en el sistema de coordenadas UTM Datum WGS 84 H18.
Parte/Obras Cod.Vértice Coordenada Este Coordenada Norte LOTE 1-A-1 A 339840 6227422 B 340066 6227366 C 340070 6227367 D 340089 6227444 E 340104 6227455 F 340257 6227397 G 340212 6227228 H 340178 6227236 I 340175 6227234 J 340165 6227199 K 339837 6227287 L 339845 6227316 M 339843 6227319 N 339804 6227330 Parte/Obras Cod.Vértice Coordenada Este Coordenada Norte LOTE 1-A-2 A 340406 6227336
B 340353 6227077 C 339968 6227169 D 339974 6227207 E 339775 6227249 F 339804 6227330 G 339843 6227319 H 339845 6227316 I 339837 6227287 J 340165 6227199 K 340175 6227234 L 340178 6227236 M 340212 6227228 N 340257 6227397
Caminos de acceso El acceso al predio del Proyecto, durante la fase de construcción se realiza por la red vial existente, respecto a la vialidad externa los viajes atraídos y generados por el Proyecto, son principalmente, Camino Real Av. La Compañía-Enlace Ex Ruta 5 para acceder hacia el Norte conectando con el Acceso Norte de ingreso a Rancagua.
Según el plan regulador vigente, se tiene que tanto Camino Real (Ruta H-10) como La Compañía, corresponden a vialidad estructurante, categoría troncal, mientras que Calle Santa Julia se define como categoría colectora con ancho entre L.O. de 25 m proyectado, según se define en la Figura 1. Vialidad estructurante de Graneros de la Adenda.
los siguientes accesos por Calle Los Canelos, Calle Javier Tornería Escobillana, Calle Fernando Solís Pérez, Calle Octavio Muñoz Rojas, Calle Octavio Liberona Valenzuela, Calle Guacolda Meza Nuñez, Calle Antonio Varas Sur y Calle Juan Astudillo Cabezas, ya ejecutadas y recibidas. Ver Figura 2. Vialidad interna del Proyecto de la Adenda
Cabe señalar que durante la fase de construcción se considera el traslado de materiales de construcción y disposición de residuos, las rutas de proveedores de insumos y destinatarios de residuos En el Informe de emisiones atmosféricas versión final adjunto en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria se presentan las rutas al interior del Proyecto
Tránsitos vehiculares temporales y solo el tiempo suficiente para la materialización de las obras. En el Informe de emisiones atmosféricas versión final adjunto en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria se presentan las rutas al interior del Proyecto
Durante la fase de operación, tanto el acceso vehicular como el peatonal del Proyecto se realiza por Camino Real-Ruta H10 Nº01780. Cabe señalar que durante la fase de operación el flujo vehicular está asociado al desplazamiento de los futuros residentes y locatarios.
Se indica que el acceso vial por Ruta H-10 se encuentra aprobado y recepcionado por la Dirección de Vialidad Regional, como se deja constancia en documentos Ord N° 612, de fecha 07.04.20. y Ord. N°006, de fecha 12.01.22. Documentos adjuntos en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria.
Sin perjuicio de lo anterior, se acoge la solicitud y se consulta a Dirección Regional de Vialidad acerca de la factibilidad y posible aprobación del acceso
por Ruta H-10 mediante envío de formulario de solicitud de acceso de caminos públicos, de fecha 07.01.25, se adjunta dicha solicitud en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria. A lo cual la misma Dirección Regional responde manifestando que la solicitud enviada no presenta inconvenientes (Ord. N°295, de fecha 21.02.25.) pero solicita pronunciamiento del Departamento de Regulación y Administración Vial, Vialidad nivel central. A lo que dicha entidad posteriormente otorga la factibilidad solicitada (Se adjunta en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria el documento Ord N°2975, de fecha 08.04.25)
En la Figura 24 de la Adenda Complementaria, se representan las rutas de ingreso y egreso al Proyecto, en la Figura 25 de la Adenda complementaria se presentan la circulación interna de los residentes.
Además, se indica en Adenda Complementaria que: En el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria se adjunta archivo KMZ con el acceso al conjunto habitacional por ruta H-10, además de las rutas de caminos durante la fase de construcción y operación del Proyecto.
A continuación, se presentan las coordenadas en relación con los caminos de accesos externos. Fuente: Para mayor detalle ver Tabla 2 de la Adenda Complementaria. Fuente: Para mayor detalle ver Figura 1 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta acceso y vías de circulación interna:
Fuente: Para mayor detalle ver Figura 1 de la Adenda Complementaria.
Se indica que el acceso vial por Ruta H-10 se encuentra aprobado y recepcionado por la Dirección de Vialidad Regional, como se deja constancia en documentos Ord. N°612 de fecha 07-abr-2020 y Ord. N°006 de fecha 12- ene-2022. Documentos adjuntos en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria.
Sin perjuicio de lo anterior, se acoge la solicitud y se consulta a Dirección Regional de Vialidad acerca de la factibilidad y posible aprobación del acceso por Ruta H-10 mediante envío de formulario de solicitud de acceso de caminos públicos, de fecha 07-ene-2025, se adjunta dicha solicitud en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria.
A lo cual la misma Dirección Regional responde manifestando que la solicitud enviada no presenta inconvenientes (Ord. N°295 de fecha 21-feb-2025.) pero solicita pronunciamiento del Departamento de Regulación y Administración Vial, Vialidad nivel central. A lo que dicha entidad posteriormente otorga la factibilidad solicitada (Se adjunta en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria el documento Ord N°2975 de fecha 08-feb-2025).
Se reitera, por lo anterior, que el acceso existente se encuentra aprobado y recepcionado por la Dirección Regional de Vialidad.
Fase de Operación: Además de lo señalado en los párrafos precedentes el Titular debe ejecutar la condición establecida mediante Oficio Ord. N°976/2025 de fecha 30 de mayo siguiente:
De acuerdo a dicha revisión, este organismo se pronuncia con CONFORMIDAD CONDICIONADA a la exigencia del titular de la ejecución de la continuidad de la calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el norte, la que constituye una vía estructurante de nivel comunal establecida en el Plan Regulador Comunal de Graneros año 2016 vigente, de acuerdo al artículo 4 de su Ordenanza.
Lo anteriormente expuesto en conformidad al Cumplimiento Normativo a continuación, señalado:
-Certificado de Informaciones Previas N 0 87 de fecha 13-03-2023, correspondiente al Rol N O 183-5, el cual en el punto 5.3 de Afectación de Utilidad Pública, en su punto N 0 3 señala; Apertura por prolongación de calle Luis Barros Borgoño Sur 18,00 mts entre líneas oficiales".
Y lo estipulado en el punto N 06 de Características de Urbanización, Nota 2, punto 1) Se debe considerar mantener la prolongación de línea oficial oriente de camino real tramo norte y prolongación de las vías Antonio Varas Sur, Luis Barros Borgoño Sur y Calle Proyectada 6, así como el punto 2) El propietario deberá acreditar si el canal que pasa por el deslinde norte y poniente depende de la asociación de canalistas y de ser así deberá atender los requerimientos de esta asociación. Certificado adjunto en el Anexo 1.2 de la Declaración de Evaluación Ambiental.
-Artículo 1340 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de servicio del terreno
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciaci ón e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Ver Anexos A-02 de la Adenda, y Anexos AC-01 y AC-02 de la Adenda Complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Parte/Obra Caminos de acceso El camino interior de acceso a la obra para vehículos livianos y pesados corresponde a un camino temporal, carpeta: Compactado con estabilizado.
En el Informe de emisiones atmosféricas versión final adjunto en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria se presentan las rutas al interior del Proyecto.
A continuación, se presenta el detalle de todas las rutas:
Rutas seguidas para el transporte de material y destinatarios de residuos durante la fase de construcción.
Proveedor y/o Destinatario Ruta km tipo de vía tipo de carpeta Hormigón Camino Real 5,00 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Camino a Tuniche 2,76 Superior a 10.000 veh/día Pavimentado
Av. Circunvalación 1,20 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Ex Ruta 5 Sur 0,80 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Diego de Almagro 1,10 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Materiales e insumos (Tabiquería, fierro, puertas y ventanas, art. Sanitarios y soleras) Camino Real 8,78 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Av. Libertador Bernardo
1,63 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Tierra a botadero Camino Real 12,94 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado H-30 0,84 Superior a 10.000 veh/día Pavimentado Residuos peligrosos Camino Real 9,87 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Camino a Doñihue 2,35 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Camino variante carretera El Cobre 0,30 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Ruta 5 Sur 18,58 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Residuos domiciliarios Camino Real 5,00 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Camino a Tuniche 2,76 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Av. Circunvalación 1,20 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Ex Ruta 5 Sur 9,10 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado H-35 7,44 Entre 500 y Pavimentado
10.000 veh/día Áridos (Relleno) Camino Real 5,00 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Camino a Tuniche 2,76 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Av. Circunvalación 1,20 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Ex Ruta 5 Sur 2,65 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Av. Libertador Bernardo
0,98 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Av. La Compañía 0,11 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Retiro Aguas Servidas Octavio Muñoz Rojas 0,12 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Camino Real/H10 5,00 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Camino a Tuniche 2,60 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Av. Circunvalación 1,20 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Diego de Almagro 0,07 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Ex Ruta 5 4,46 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Diego de Almagro 0,20 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Las Torres 0,07 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Manuel Montt 0,65 Entre 500 y Pavimentado
10.000 veh/día Escombros Camino Real 5,06 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Pdte. Salvador Allende Gossens/H- 210 7,20 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado H-30 1,45 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado -06 de la Adenda Complementaria.
Rutas seguidas para el traslado de vehículos de los residentes del proyecto en fase de operación Actividad Ruta km Tipo de vía tipo de carpeta Residentes Camino interno 0,50 Menor a 500 veh/día Pavimentado Camino Real/H10 2,10 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Santa Elena 0,30 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado C. José M. Cousiño 0,07 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Actividad Ruta km Tipo de vía tipo de carpeta Residentes Camino interno 0,50 Menor a 500 veh/día Pavimentado Camino Real/H10 2,10 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado Santa Elena 0,30 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado C. José M. Cousiño 0,07 Entre 500 y 10.000 veh/día Pavimentado -06 de la Adenda Complementaria.
Parte/Obra Obras o instalaciones para el manejo de aguas servidas y agua potable El Proyecto se conecta al empalme de alcantarillado y agua potable existente de la empresa ESSBIO S.A. Esta obra es de carácter permanente tanto para la fase de construcción como operación y se ajusta a lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDDA).
Es importante indicar que el Proyecto cuenta con certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA y en el Anexo A-01 de la Adenda El contrato de ampliación del área de servicio Parte/Obra Cierre perimetral Se instalarán barreras acústicas temporales, se pueden confeccionar de madera OSB de 15 mm de espesor, cerradas herméticamente entre sí con espuma expansiva y mediante vigas de madera o metálicas para evitar la deformación por eventualidades climáticas. Dichos paneles de OSB deben estar, además, protegidos de factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorrepelente, tales como las pinturas tipo siloxane, látex, acrílico o similares. Otro aspecto importante, es que se debe nivelar el terreno donde se instalarán las barreras acústicas. Una vez instaladas, se debe cubrir la parte baja con el material extraído de la nivelación, todo esto, para asegurar la hermeticidad con respecto al suelo. Para disminuir los niveles de ruido en los receptores analizados, se instalar barreras semiperimetrales en algunos deslindes del proyecto. Más detalles en la sección 6.10.4 del Estudio de Ruido y vibraciones versión corregida adjunto en el Anexo A-04 de la Adenda
Por otro lado, se contempla las siguientes de medidas de gestión para el ruido.
a) Prohibir que los camiones se estacionen o detengan, dentro o fuera de la obra, manteniendo su motor encendido. b) Se prohibirá el uso de bocinas en el ingreso de camiones al recinto y
c) Realizar capacitación al personal de la obra en relación con los aspectos fundamentales del D.S. Nº38/11 del MMA y al manejo de las medidas de control de ruido a implementarse en la obra. d) Informar a la comunidad vecina la programación de faenas especialmente críticas (perforación, demoliciones).
Parte/Obra Instalación de faenas El Proyecto contempla la instalación de obras provisorias correspondientes a la instalación de faenas que apoyarán la construcción del conjunto habitacional. Esta obra consiste en la instalación de contenedores metálicos del tipo marítimo, destinados a diferentes usos. La distribución dentro de ella es la indicada a continuación: 1. Bodega de insumos. 2. Zona acopio movimiento de tierra, obra gruesa y terminaciones. 3. Instalación para el manejo de residuos sólidos domiciliarios. 4. Instalación para el manejo de residuos inertes y residuos industriales no peligrosos. 5. Bodega de residuos peligrosos 6. Bodega de sustancias peligrosas y químicos. 7. Oficinas administrativas.
Dentro de las instalaciones temporales, además se considera:
Caseta de Vigilancia Corresponde a un recinto ubicado en el acceso al sector de instalación de faenas, destinado a labores de control de acceso y vigilancia del Proyecto.
Sector de Estacionamientos Se habilitarán sectores de estacionamiento destinados al estacionamiento de vehículos livianos y pesados
Sector de lavado de ruedas: El sistema de lavado propuesto está conformado por superficie impermeable de hormigón o ripio cuya pendiente mínima será de 4%, con el fin que el agua del lavado de ruedas escurra hacia la cámara decantadora, la cual estará conectada a una piscina de acumulación impermeable de capacidad de 2 m3. Se informa que, el agua residual generados en el lavado de ruedas durante la
fase de construcción serán retiradas por empresa autorizada, con una frecuencia mensual, sujeto a toda vez que se requiera.
Se excavará una piscina de 4 m2 de superficie y una profundidad de 0,5 m, la cual estará recubierta con polietileno doble que sobresaldrá 60 cm por el contorno de la excavación.
Esta piscina será utilizada para lavar y verter el cemento restante del lavado de las canoas de los camiones mixer.
En los procesos de lavado de las canoas mixer y ruedas, y considerando las medidas preventivas, se estima un consumo de 200 L/día de agua proveniente de la conexión a la red existente de agua potable.
Se estima que se retire aproximadamente un total de 1,5 m3/mes de escombros que serán destinado a botadero autorizado.
Cuando el pozo se encuentra lleno y evaporada el agua residual, con la lechada endurecida, ésta se demolerá mecánicamente y será trasladada al contenedor de acopio de escombros disponible en obra. En caso de no evaporarse el agua residual del lavado de camiones betoneros, se tratarán como residuos peligrosos y dispuesto en lugar autorizado.
Se estima de 0,8 m3/mes de agua residual de lavado de ruedas y canoas.
La instalación de faenas comprende: Oficinas, estacionamientos, bodegas, área de acopio de residuos, almacenamiento de combustible, servicios higiénicos, entre otros.
Se tendrá presente lo siguiente: El número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud. Las duchas portátiles contarán con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamiento y focos de insalubridad. Los baños químicos estarán instalados a menos de 75 m del área de trabajo.
Parte/Obra Empalmes provisorios Se conecta a un empalme provisorio mientras se materializa la conexión definitiva a red eléctrica.
Parte/Obra Cierros Provisorios Se realiza la instalación de barreras acústicas temporales, se pueden confeccionar de madera OSB de 15 mm de espesor, cerradas herméticamente entre sí con espuma expansiva y mediante vigas de madera o metálicas para evitar la deformación por eventualidades climáticas.
Dichos paneles de OSB deben estar, además, protegidos de factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorrepelente, tales como las pinturas tipo siloxane, látex, acrílico o similares.
Otro aspecto importante, es que se debe nivelar el terreno donde se instalarán las barreras acústicas. Una vez instaladas, se debe cubrir la parte baja con el material extraído de la nivelación, todo esto, para asegurar la hermeticidad con respecto al suelo, según lo indicado en el Estudio de ruido y vibraciones versión corregida, adjunto en el Anexo A-04 de la Adenda.
Parte/Obra Viviendas Se adjunta archivo kmz con detalle de viviendas del Lote 1A-2 y centroide georreferenciado, y se incluyen en la siguiente Tabla 19 Georreferenciación de los Lotes habitaciones del Proyecto en evaluación (Lote 1A-2) del Adenda, correspondientes a 276 viviendas.
Fuente: Ver detalle figura 26 del Adenda.
Con respecto a las exigencias de la OGUC, se indica que la estabilidad de las distintas construcciones se cumple desde el momento en que se confeccionan por un ingeniero calculista, el cual realiza diseño de acuerdo a normativas vigentes, tipos de suelo a emplazarse y los distintos requerimientos necesarios para que la DOM de Graneros apruebe la solicitud de P.E.
Referente a la aislación acústica en muros se cumple con la utilización de ladrillo Santiagote 9 perimetralmente, más la aislación de lana mineral papel 1 cara de mínimo 100 mm en la estructura de techumbre. En cuanto al retardo al fuego, las viviendas se construyen de acuerdo con el listado oficial de comportamiento al fuego de elementos y componentes de la construcción. Al momento de solicitar el Permiso de Edificación, se deben cumplir las exigencias de la OGUC indicadas en el título 4 de la arquitectura y el título 5 de la construcción indicadas en la solicitud de Permiso de Edificación para obtener la aprobación de la DOM de Graneros.
El ingreso de la solicitud de aprobación anteproyecto a la DOM de Graneros tiene fecha del 26/03/2024, dado que el Decreto N°1/2021 de descontaminación atmosférica para el Valle central de la Región del vivienda cuya solicitud de permiso de edificación o de anteproyecto sea ingresada hasta 12 meses contados desde la entrada en vigencia del presente el 29/03/2023) considera en la estimación de emisiones y se adjunta en el Anexo A-01 de la Adenda el comprobante de ingreso de anteproyecto a DOM de Graneros.
Parte/Obra Obras o instalaciones para el manejo de aguas servidas y agua potable El Proyecto se conecta al empalme de alcantarillado y agua potable existente de la empresa ESSBIO S.A.
Esta obra es de carácter permanente tanto para la fase de construcción como operación y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDDA).
Es importante indicar que el Proyecto cuenta con certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA.
Parte/Obra Áreas de estacionamientos de usos comunes El Proyecto requiere una cantidad de estacionamientos exigidos conforme a lo indicado en el Plan Regulador Comunal y artículo 2.4.2 de la OGUC.
A continuación, se entrega detalle de los estacionamientos que incorpora el Lote.
El Proyecto no considera estacionamientos de visita, sin embargo, considera 3 unidades de estacionamientos en el área de equipamiento N°1 e incluye una unidad para estacionamiento para personas con discapacidad. Se aclara además que, los estacionamientos son en superficie.
Parte/Obra Infraestructura de aguas lluvia
Para el emplazamiento del Proyecto se plantea como solución general la conexión y empalme a servicio sanitario del sector, se evacua el agua lluvia a través de tuberías existentes.
En Anexo A-03 de la Adenda se presentan los planos: 1. Plano de agua potable 2. Plano de accesibilidad 3. Plano de aguas lluvia 4. Plano de alcantarillado 5. Plano de pavimentación 6. Plano de áreas verdes y equipamientos
En el Anexo A-03 de la Adenda se adjunta Proyecto de Aguas Lluvias revisión F de fecha 13/06/2024, donde se gráfica y muestra la infraestructura como los ductos, cañerías, cámaras y partes especiales que conforman el proyecto. En el Anexo A-02 de la Adenda se adjuntan en formato KMZ referido a la solución de aguas lluvias.
Parte/Obra Punto E (esquina de calles Los Canelos y Antonio Varas Sur) se regulariza el cruce del ramal canal Santa Ana (paralelo al canal Cerpa), en sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Antonio Varas. Obras en cauce artificial, presnetada como regularización del punto E del masterplan y obras de intervención, presentada en el Anexo AC-05 de la Adenda Complementaria, PASM 156 del Reglamneto del SEIA.
De acuerdo con lo indicado en el Estudio Hidrológico adjunto en el Anexo A- 04 de la Adenda, el Proyecto colinda con dos canales artificiales relevantes: Canal Cerpa, paralelo al límite norte y el sector oeste del Proyecto, y el Canal El Pueblo, paralelo al límite este del predio (ubicado entre el Proyecto y la línea de ferrocarriles).
Al norte del Proyecto paralelo a Canal Cerpa, se reconoce una conexión con el Canal del Pueblo, una acequia sin revestimiento orientada en dirección aproximada este oeste, la cual se observa en desuso, con trazados poco definidos y con presencia de vegetación por falta de mantención, denominado Ramal Santa Ana.
Las obras de intervención del Punto E (esquina de calles Los Canelos y Antonio Varas Sur) del Masterplan, que corresponde al cruce del ramal canal Santa Ana (paralelo al canal Cerpa), en sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Antonio Varas mediante un cajón de hormigón armado.
A continuación, se muestra en el punto E del Master Plan el atravieso del canal ramal Santa Ana, donde se ejecutó la obra mencionada, la cual ha sido aprobada por el SERVIU:
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 4, asociado a la obras E.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 5, asociado a la obras E.
En Punto E (esquina de calles Los Canelos y Antonio Varas Sur) se regulariza el cruce del ramal canal Santa Ana (paralelo al canal Cerpa), en sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Antonio Varas mediante un cajón de hormigón armado de 1.20m x 1.20m de sección interior y 1.56mx1.56m exterior.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 9, asociado a la obras E.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 10, asociado a la obras E.
Parte/Obra Infraestructura de agua potable
Se presenta Certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA
En Anexo A-03 de la Adenda se presentan los planos: 1. Plano de agua potable 2. Plano de accesibilidad 3. Plano de aguas lluvia 4. Plano de alcantarillado 5. Plano de pavimentación 6. Plano de áreas verdes y equipamientos
En el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta contrato de ampliación de territorio operacional de Essbio S.A. y Fundación Invica
Parte/Obra Obra cruce de cauce El cruce para la conexión de la red de agua potable en el sentido Sur- Norte por sobre el canal Cerpa y sobre el Ramal Canal Santa Ana.
Se considera una tubería que va por sobre ambos canales, además una obra de atravieso bajo calzada mediante la pavimentación un cajón de hormigón armado bajo la futura calzada de calle Luis Barros Borgoño Sur para el ramal canal Santa Ana, sentido Oriente-Poniente.
Las obras consideran intervenir en este punto al Canal Cerpa y Canal Ramal Santa Ana (acequia sin uso) ubicados en el deslinde nororiente del proyecto
A continuación, se muestra en el punto F del Master Plan el atravieso de los canales principales, donde se ejecutarán las obras mencionadas:
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 4, asociado a la obras F.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 5, asociado a la obras F.
En el área del Proyecto, específicamente en sus límites norte y este, se reconocen dos importantes canales o cauce de naturaleza artificial; nombres y datos de propiedad según Comisión Nacional de Riego, 2024:
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 6, asociado a la obras F.
- Canal Cerpa: Canal con orientación general este - oeste, con flujo de agua en este mismo sentido (de este a oeste), que se dispone en el borde norte del Proyecto. Corresponde a un canal de distribución y conducción. Su fuente hídrica corresponde al Río Cachapoal 1era Sección, y es propiedad de la Asociación de Canalistas Canales de la Compañía.
Dimensiones medias: 3 m de ancho / 1,5 m de profundidad (en el momento de la visita, contenía una columna de agua promedio de 60 cm). Canal sin revestimiento en su mayor parte del trazado por el límite norte del Proyecto
Posteriormente, el canal cambia su orientación al llegar a la Ruta H-10 (Camino Real), tomando sentido norte-sur recorriendo paralelo a la ruta y al deslinde oriente del proyecto en dirección sur.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 8, asociado a la obras F.
Además de los canales antes nombrados, al norte del Proyecto, se reconoce una conexión con el Canal del pueblo, una acequia que se observa en desuso, con trazados poco definidos y con presencia de vegetación por falta de mantención. Denominado:
-Canal Ramal Santa Ana: Canal con orientación este-oeste, paralelo al Canal Cerpa y cuya fuente hídrica corresponde al Canal El Pueblo, alimenta los predios contiguos botando sus aguas al canal Cerpa. Este ramal se encuentra actualmente sin paso de agua y sin un uso periódico.
Dimensiones: 0.7m de ancho/ 0.5 de profundidad. No presenta revestimiento ni flujo o columna de agua.
Detallar tipo de obra, función, características constructivas y dimensiones básicas.
En Punto F del Masterplan correspondiente al punto 1 de la siguiente figura, se proyecta el cruce para conexión de la red de agua potable, en sentido Sur- Norte por sobre el Canal Cerpa y sobre el Ramal Canal Santa Ana, consiste en una cañería de PVC de 250mm. revest
En Punto F del Masterplan correspondiente al punto 3 de la siguiente figura sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Luis Barros Borgoño Sur para el ramal canal Santa Ana, mediante cajón de hormigón armado de 1.20m x 1.20m de sección interior y 1.56mx1.56m exterior.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 12, asociado a la obras F.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 13, asociado a la obras F.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 14, asociado a la obras F. Cabe indicar que:
Mediante Oficio Ord. N°976/2025 de fecha 30 de mayo de 2025, la SEREMI MINVU de la Región de O Higgins, señala lo siguiente:
De acuerdo a dicha revisión, este organismo se pronuncia con CONFORMIDAD CONDICIONADA a la exigencia del titular de la ejecución de la continuidad de la calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el norte, la que constituye una vía estructurante de nivel comunal establecida en el Plan Regulador Comunal de Graneros año 2016 vigente, de acuerdo al artículo 4 de su Ordenanza.
Lo anteriormente expuesto en conformidad al Cumplimiento Normativo a continuación, señalado: -Certificado de Informaciones Previas N 0 87 de fecha 13-03-2023, correspondiente al Rol N O 183-5, el cual en el punto 5.3 de Afectación de Utilidad Pública, en su punto N 0 3 señala; Apertura por prolongación de calle Luis Barros Borgoño Sur 18,00 mts entre líneas oficiales".
Y lo estipulado en el punto N 06 de Características de Urbanización, Nota 2, punto 1) Se debe considerar mantener la prolongación de línea oficial oriente de camino real tramo norte y prolongación de las vías Antonio Varas Sur, Luis Barros Borgoño Sur y Calle Proyectada 6, así como el punto 2) El propietario deberá acreditar si el canal que pasa por el deslinde norte y poniente depende de la asociación de canalistas y de ser así deberá atender los requerimientos de esta asociación. Certificado adjunto en el Anexo 1.2 de la Declaración de Evaluación Ambiental.
-Artículo 1340 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de servicio del terreno
Así mismo, mediante Oficio Ord. N°229/2025 de la Dirección Regional de la
Se hace presente que, conforme al Oficio ORD. N°202506102114 de 29 de solicitó a este Servicio pronunciarse respecto de la obra de cruce para urbanización de conexión de acceso del Proyecto con Avenida Luis Barros Borgoño Sur, declarada en el Anexo AC aria, asociada a la obra de mitigación requiere para el cruce del canal Cerpa, un atravieso desde el terreno del Proyecto hasta la conexión con Calle Barros Borgoño Sur (en el predio siguiente).
En este sentido, es dable indicar que, la actual solución proyectada para el cruce de la calle Luis Barros Borgoño Sur sobre el Canal Cerpa y el Ramal Santa Ana mediante un cajón de hormigón armado de sección 1,20 x 1,20 m, podría resultar insuficiente para permitir la adecuada proyección y conectividad vial hacia el predio colindante al norte, en cumplimiento con la normativa urbana y de vialidad comunal vigente.
En este contexto, se advierte la necesidad de prever una obra estructural mayor en dicho punto, de aproximadamente 18 metros de longitud, cuya ejecución futura implicaría una intervención mayor a los cauces, lo que eventualmente requerirá la tramitación del PAS 156.
Dado lo anterior, esta Dirección condiciona la aprobación del PAS 156 al cumplimiento de las siguientes exigencias del proyecto:
El Titular deberá incorporar en el proyecto la extensión vial de calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el predio contiguo al norte para ambos canales (Canal Cerpa y Ramal Santa Ana). Dicha obra definitiva deberá someterse sectorialmente al PAS 156 (DGA), conforme a la normativa ambiental aplicable, y presentar todos los requisitos técnicos y formales al momento de su tramitación. Todo lo anterior, con el objeto de resguardar la compatibilidad de la infraestructura proyectada con el desarrollo urbano futuro y con la protección de los cauces intervenidos, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Código de Aguas y el artículo 156 del D.S. N°40/2012 (RSEIA). Se hace presente que, el Titular del Proyecto deberá presentar la autorización de la Asociación de Canalistas Canales de la Compañía y de cualquier otro propietario de los canales a intervenir, por lo
cual se recomienda coordinar dicha autorización con antelación a la
Parte/Obra Infraestructura de alcantarillado
Se presenta Certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA.
En Anexo A-03 de la Adenda se presentan los planos: 1. Plano de agua potable 2. Plano de accesibilidad 3. Plano de aguas lluvia 4. Plano de alcantarillado 5. Plano de pavimentación 6. Plano de áreas verdes y equipamientos
En el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta contrato de ampliación de territorio operacional de Essbio S.A. y Fundación Invica.
Parte/Obra Infraestructura de energía, gas y telecomunicacion es Se solicita el empalme eléctrico provisorio a la empresa del sector. Cabe mencionar que las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, son declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos de la clase correspondiente, autorizados por esta, según lo establecido en el D.S. N°92/83 referido al Reglamento de Instaladores Eléctricos y Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos y de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta N 1128, de 2006 de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, mencionada
En Anexo A-03 de la Adenda se presentan los planos: 1. Plano de agua potable 2. Plano de accesibilidad 3. Plano de aguas lluvia 4. Plano de alcantarillado 5. Plano de pavimentación 6. Plano de áreas verdes y equipamientos
Además, el Plano proyecto de urbanización asociado a redes de electrificación y alumbrado público Rev. 2 de fecha 12/06/24 El Plano proyecto de gas domiciliario de la vivienda de 52,48 m2 de Rev. 01 de fecha 21/06/19 El Plano proyecto de gas domiciliario de la vivienda de 57,74 m2 de Rev. 01 de fecha 26/11/18.
Parte/Obra Pavimentación En el Anexo A-03 de la Adenda se adjunta proyecto pavimentación en formato CAD, KMZ y PDF.
En el Anexo A-01 se adjunta memoria de Proyecto de Pavimentación de fecha junio de 2024 y Bases técnicas para obras de Pavimentación de fecha 2022.
En Anexo A-03 de la Adenda se presentan los planos: 1. Plano de agua potable 2. Plano de accesibilidad 3. Plano de aguas lluvia 4. Plano de alcantarillado 5. Plano de pavimentación 6. Plano de áreas verdes y equipamientos
Parte/Obra Accesibilidad universal a áreas Las condiciones de accesibilidad universal, se respeta lo indicado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en cuanto a ancho,
verdes y equipamiento, juegos inclusivos, entre otros aspectos, considerando para ello lo indicado en el Manual de Accesibilidad Universal del SENADIS longitud, altura, las maniobras en los desplazamientos, pavimento estable en las rutas junto a su señalética.
La pendiente transversal no supera lo permitido, según la normativa los cruces peatonales se emplazan preferentemente en las esquinas, se utilizan las baldosas podotáctil para un desplazamiento seguro, escaños de acuerdo con normativa y estacionamientos accesibles.
Se adjunta el Plano de Accesibilidad Universal Rev. 01 de fecha 18/03/2024 y su Memoria de Rev. 7 de fecha 05/06/2024, para mejor visualización del cumplimiento de las condiciones de accesibilidad universal, todas las zonas con juegos infantiles contarán con un juego inclusivo, en el Anexo A-03 de la Adenda.
En el área de influencia no existen facilidades para usuarios de bicicletas (ciclos). Los usuarios de la bicicleta circulan en calzada compartiendo el espacio con los vehículos motorizados sin segregación. De acuerdo con lo indicado en el IMIV adjunto en el Anexo A-03 de la Adenda, las obras de urbanización y las medidas de mitigación del Proyecto resguardarán la continuidad de las ciclovías existentes y no podrán dificultar o impedir el uso de los estacionamientos públicos para bicicletas o de las estaciones de sistemas públicos de bicicletas y otros ciclos existentes en el área de influencia.
Parte/Obra Obras complementarias plantaciones y obras de ornato, y obras de defensa del terreno Se aclara que, dada la topografía del terreno donde se emplaza el Proyecto, las obras de defensa consideradas corresponden a Muros de Contención de bloques de hormigón. En el Anexo A-03 de la Adenda se adjunta las especificaciones generales y lámina de detalles.
Parte/Obra Vialidades En el Anexo A-03 de la Adenda se adjunta proyecto de Pavimentación revisión E de fecha 06-jul-2024, se indica el nombre de las vías internas y externas.
Vías externas - Calle Juan Astudillo Cabezas - Calle Octavio Muñoz Rojas - Calle Octavio Liberona Valenzuela
Vías internas - Calle Los Canelos PRC - Calle Doce - Calle Javier Torneria Escobillana - Calle Once - Calle Trece - Calle Luis Barros Borgoño PRC - Calle Fernando Solís Perez - Calle Diez - Calle Catorce - Pasaje Cinco - Pasaje Seis - Calle Antonio Varas Sur - Calle Guacolda Meza Nuñez
A lo anterior deberá sumarse la exigencia indicada mediante Oficio Ord. N°976/2025 de fecha 30 de mayo de 2025, la SEREMI MINVU de la Región
De acuerdo a dicha revisión, este organismo se pronuncia con CONFORMIDAD CONDICIONADA a la exigencia del titular de la ejecución de la continuidad de la calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el norte, la que constituye una vía estructurante de nivel comunal establecida en el Plan
Regulador Comunal de Graneros año 2016 vigente, de acuerdo al artículo 4 de su Ordenanza.
Lo anteriormente expuesto en conformidad al Cumplimiento Normativo a continuación, señalado: -Certificado de Informaciones Previas N 0 87 de fecha 13-03-2023, correspondiente al Rol N O 183-5, el cual en el punto 5.3 de Afectación de Utilidad Pública, en su punto N 0 3 señala; Apertura por prolongación de calle Luis Barros Borgoño Sur 18,00 mts entre líneas oficiales".
Y lo estipulado en el punto N 06 de Características de Urbanización, Nota 2, punto 1) Se debe considerar mantener la prolongación de línea oficial oriente de camino real tramo norte y prolongación de las vías Antonio Varas Sur, Luis Barros Borgoño Sur y Calle Proyectada 6, así como el punto 2) El propietario deberá acreditar si el canal que pasa por el deslinde norte y poniente depende de la asociación de canalistas y de ser así deberá atender los requerimientos de esta asociación. Certificado adjunto en el Anexo 1.2 de la Declaración de Evaluación Ambiental.
-Artículo 1340 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de servicio del terreno
Parte/Obra Áreas Verdes Se incorpora riego por aspersión a prados y por goteo en árboles y arbustos.
A.V. N° 14, ubicación N = 6227300 y E = 340300 A.V. N° 13, ubicación N = 6227200 y E = 340300 A.V. N° 12, ubicación N = 6227100 y E = 340300 A.V. N° 11, ubicación N = 6227122 y E = 340200 A.V. PRC 2, ubicación N = 6227161 y E = 340128 A.V. PRC 1, ubicación N = 6227200 y E = 340000 A.V. N° 10, ubicación N = 6227227 y E = 339900 A.V. N° 9, ubicación N = 6227300 y E = 339821
A.V. N° 14, superficie de 1.320,11 m2 A.V. N° 13, superficie de 1.503,47 m2 A.V. N° 12, superficie de 773,41 m2 A.V. N° 11, superficie de 2.977,35 m2 A.V. PRC 2, superficie de 2.921,64 m2 A.V. PRC 1, superficie de 2.091,05 m2 A.V. N° 10, superficie de 611,08 m2 A.V. N° 9, superficie de 4.050,94 m2
Las especies de las áreas verdes son las siguientes: Arbustos Phitosporo nigricans Estenocarpus Crespón
Árboles Maiten Espino Patawa Peumo (árbol nativo) Quillay (árbol nativo)
Recubimiento de suelo Maicillo
Pasto Radier
El proyecto considera un Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) con implementación de especies nativas de bajo consumo hídrico, el cual incorpora riego por aspersión a prados y por goteo en árboles y arbustos.
Parte/Obra Obra gruesa Esta actividad corresponde a las actividades de construcción de pilares, muros, cubierta del edificio y fundaciones, la que comprende el mayor requerimiento de mano de obra. La duración de la actividad se presenta en la Carta Gantt (ver Figura 1-31del cap.1 de la DIA)
Parte/Obra Terminaciones La presente actividad selecciona diversos insumos para cada uno de los diferentes sitios presentes en los edificios conforme las especificaciones técnicas para ejecutar las obras y partes del Proyecto.
La duración de la actividad se presenta en la Carta Gantt (ver Figura 1-31 del cap. 1 de la DIA).
Parte/Obra Entrega Corresponde a la recepción final otorgada por la Dirección de Obras Municipales de Graneros. La duración de la actividad corresponde a la indicada en el cronograma de actividades (ver Figura 1-31 del cap. 1 de la DIA).
Acción Acondicionamien to del terreno
Previo a la obra se realizará la limpieza y escarpe del terreno con el objetivo de dejar el terreno libre de cualquier vegetación y/o escombros presentes en el lugar.
Se rectifica en Adenda Complementaria, la información de las tablas mencionadas en la versión final del Informe de emisiones atmosféricas adjunto en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria:
Tabla 20. Superficie de escarpe anual del Lote 1A-2 Tabla 21. Cantidad de material de relleno. Proyecto en evaluación (Lote 1A- 2) Tabla 22. Parámetros de la excavación. Proyecto en evaluación (Lote 1A-2) Tabla 23. Parámetros de la nivelación. Proyecto en evaluación (Lote 1A-2) Tabla 24. Parámetros de la compactación. Proyecto en evaluación (Lote 1A- 2)
A continuación, se presentan las tablas rectificadas:
Fuente: Para mayor detalle ver Tabla 8 de la Adenda Complementaria
Fuente: Para mayor detalle ver Tabla 9 de la Adenda Complementaria
Fuente: Para mayor detalle ver Tablas 10, 11 y 12 de la Adenda Complementaria Acción Corta de flora y vegetación
En el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria se adjunta archivo KMZ con el área a intervenir.
a) A continuación se presenta cartografía de la vegetación a intervenir correspondiente a la superficie de escarpe, compactación y nivelación asociado a las etapas II.A y II.B.
Fuente: Para mayor detalle ver Figura 15 del Adenda Complementaria
b) La superficie de vegetación a intervenir corresponde a 7,56 ha de pradera silvestre.
Fuente: Para mayor detalle ver Tabla 7 de la Adenda Complementaria
Fuente: Para mayor detalle ver Tabla 9 de la Adenda Complementaria
Fuente: Para mayor detalle ver Tablas 10, 11 y 12 de la Adenda Complementaria
c) El material procedente del escarpe con el retiro de vegetación será dispuesto en botadero autorizado por la autoridad pertinente o reutilizado debidamente aprobado por especialista de suelos.
d) Como se indica anteriormente, la superficie de vegetación a intervenir corresponde a 7,56 ha y se ilustra en la Figura 15 de la Adenda Complementaria.
Acción Movimientos de tierra
Se rectifica en Adenda Complementaria, la información de las tablas mencionadas en la versión final del Informe de emisiones atmosféricas adjunto en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria:
Tabla 20. Superficie de escarpe anual del Lote 1A-2 Tabla 21. Cantidad de material de relleno. Proyecto en evaluación (Lote 1A- 2)
Tabla 22. Parámetros de la excavación. Proyecto en evaluación (Lote 1A-2) Tabla 23. Parámetros de la nivelación. Proyecto en evaluación (Lote 1A-2) Tabla 24. Parámetros de la compactación. Proyecto en evaluación (Lote 1A- 2)
A continuación, se presentan las tablas rectificadas:
Fuente: Para mayor detalle ver Tabla 8 de la Adenda Complementaria Acción Habilitación y Operación de las instalaciones de apoyo a las faenas de construcción
Se aclara que se describen las acciones referidas a la habilitación de las instalaciones con sus debidas especificaciones en conjunto con las acciones de acondicionamiento del terreno requerido para habilitar esta instalación se presentan en las Tabla 9, Tabla 10 y Tabla 11 del Adenda, donde se describen los principales usos de los recintos.
Se aclara que dentro del estudio de emisiones se incorporan las acciones, partes y obras del proyecto que generan emisiones atmosféricas, tales como la transferencia de material, carguío y volteo de camiones con tierra, lo anterior, en consistencia con lo que se presente de la letra b.2 del numeral 2.5.2 de la Guía.
Además, se identifican y se describen todas las acciones que se realizan y que generan emisiones líquidas, por ejemplo, el lavado de equipos y maquinarias., donde además se describen las acciones de control y manejo de estas emisiones, tales como el control de derrames, lo anterior, en consistencia con lo que se presente en la sección del numeral 2.5.6, letra c. de esta Guía.
Con ello se identifican las acciones generadoras de residuos no peligrosos y peligrosos que contempla el proyecto con ello las normas vigentes para describir el manejo de sustancias peligrosas, normalmente almacenadas en esta instalación.
Luego del término de la fase de construcción se realizará el desmantelamiento de la instalación de faenas, retiro de equipos y maquinaria a medida del avance del proyecto.
Acción Construcción de caminos no permanentes y vialidad interna del Proyecto
del Proyecto, en lo que acceso se refiere, deberá cumplir las exigencias señaladas en los siguientes Oficios, conforme se establece en la Ley General de Urbanismo y Construcción, en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, en el Plan Regulador Comunal de Graneros, para los siguientes aspectos:
Mediante Oficio Ord. N°976/2025 de fecha 30 de mayo de 2025, la SEREMI MINVU de la Región de O Higgins, señala lo siguiente:
De acuerdo a dicha revisión, este organismo se pronuncia con CONFORMIDAD CONDICIONADA a la exigencia del titular de la ejecución de la continuidad de la calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el norte, la que constituye una vía estructurante de nivel comunal establecida en el Plan Regulador Comunal de Graneros año 2016 vigente, de acuerdo al artículo 4 de su Ordenanza.
Lo anteriormente expuesto en conformidad al Cumplimiento Normativo a continuación, señalado:
-Certificado de Informaciones Previas N 0 87 de fecha 13-03-2023, correspondiente al Rol N O 183-5, el cual en el punto 5.3 de Afectación de Utilidad Pública, en su punto N 0 3 señala; Apertura por prolongación de calle Luis Barros Borgoño Sur 18,00 mts entre líneas oficiales".
Y lo estipulado en el punto N 06 de Características de Urbanización, Nota 2, punto 1) Se debe considerar mantener la prolongación de línea oficial oriente de camino real tramo norte y prolongación de las vías Antonio Varas Sur, Luis Barros Borgoño Sur y Calle Proyectada 6, así como el punto 2) El propietario deberá acreditar si el canal que pasa por el deslinde norte y poniente depende de la asociación de canalistas y de ser así deberá atender los requerimientos de esta asociación. Certificado adjunto en el Anexo 1.2 de la Declaración de Evaluación Ambiental.
-Artículo 1340 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de servicio del terreno
Mediante Oficio Ord. N°229/2025 de la Dirección Regional de la DGA de la
Se hace presente que, conforme al Oficio ORD. N°202506102114 de 29 de solicitó a este Servicio pronunciarse respecto de la obra de cruce para urbanización de conexión de acceso del Proyecto con Avenida Luis Barros Borgoño Sur, declarada en el Anexo AC taria, asociada a la obra de mitigación requiere para el cruce del canal Cerpa, un atravieso desde el terreno del Proyecto hasta la conexión con Calle Barros Borgoño Sur (en el predio siguiente).
En este sentido, es dable indicar que, la actual solución proyectada para el cruce de la calle Luis Barros Borgoño Sur sobre el Canal Cerpa y el Ramal Santa Ana mediante un cajón de hormigón armado de sección 1,20 x 1,20 m, podría resultar insuficiente para permitir la adecuada proyección y conectividad vial hacia el predio colindante al norte, en cumplimiento con la normativa urbana y de vialidad comunal vigente.
En este contexto, se advierte la necesidad de prever una obra estructural mayor en dicho punto, de aproximadamente 18 metros de longitud, cuya ejecución futura implicaría una intervención mayor a los cauces, lo que eventualmente requerirá la tramitación del PAS 156.
Dado lo anterior, esta Dirección condiciona la aprobación del PAS 156 al cumplimiento de las siguientes exigencias del proyecto:
El Titular deberá incorporar en el proyecto la extensión vial de calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el predio contiguo al norte para ambos canales (Canal Cerpa y Ramal Santa Ana). Dicha obra definitiva deberá someterse sectorialmente al PAS 156 (DGA), conforme a la normativa ambiental aplicable, y presentar todos los requisitos técnicos y formales al momento de su tramitación. Todo lo anterior, con el objeto de resguardar la compatibilidad de la infraestructura proyectada con el desarrollo urbano futuro y con la protección de los cauces intervenidos, en conformidad con lo
dispuesto en el artículo 41 del Código de Aguas y el artículo 156 del D.S. N°40/2012 (RSEIA). Se hace presente que, el Titular del Proyecto deberá presentar la autorización de la Asociación de Canalistas Canales de la Compañía y de cualquier otro propietario de los canales a intervenir, por lo cual se recomienda coordinar dicha autorización con antelación a la
Acción Punto E (esquina de calles Los Canelos y Antonio Varas Sur) se regulariza el cruce del ramal canal Santa Ana (paralelo al canal Cerpa), en sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Antonio Varas. Obras en cauce artificial, presnetada como regularización del punto E del masterplan y obras de intervención, presentada en el Anexo AC-05 de la Adenda Complementaria, PASM 156 del Reglamneto del SEIA.
De acuerdo con lo indicado en el Estudio Hidrológico adjunto en el Anexo A- 04 de la Adenda, el Proyecto colinda con dos canales artificiales relevantes: Canal Cerpa, paralelo al límite norte y el sector oeste del Proyecto, y el Canal El Pueblo, paralelo al límite este del predio (ubicado entre el Proyecto y la línea de ferrocarriles).
Al norte del Proyecto paralelo a Canal Cerpa, se reconoce una conexión con el Canal del Pueblo, una acequia sin revestimiento orientada en dirección aproximada este oeste, la cual se observa en desuso, con trazados poco definidos y con presencia de vegetación por falta de mantención, denominado Ramal Santa Ana.
Las obras de intervención del Punto E (esquina de calles Los Canelos y Antonio Varas Sur) del Masterplan, que corresponde al cruce del ramal canal Santa Ana (paralelo al canal Cerpa), en sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Antonio Varas mediante un cajón de hormigón armado.
A continuación, se muestra en el punto E del Master Plan el atravieso del canal ramal Santa Ana, donde se ejecutó la obra mencionada, la cual ha sido aprobada por el SERVIU:
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 4, asociado a la obras E.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 5, asociado a la obras E.
En Punto E (esquina de calles Los Canelos y Antonio Varas Sur) se regulariza el cruce del ramal canal Santa Ana (paralelo al canal Cerpa), en sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Antonio Varas mediante un cajón de hormigón armado de 1.20m x 1.20m de sección interior y 1.56mx1.56m exterior.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 9, asociado a la obras E.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 10, asociado a la obras E.
En Punto F del Masterplan correspondiente al punto 1 de la siguiente figura, se proyecta el cruce para conexión de la red de agua potable, en sentido Sur- Norte por sobre el Canal Cerpa y sobre el Ramal Canal Santa Ana
En Punto F del Masterplan correspondiente al punto 3 de la siguiente figura sentido Oriente- Poniente, bajo la calzada de calle Luis Barros Borgoño Sur para el ramal canal Santa Ana.
El cruce para la conexión de la red de agua potable en el sentido Sur- Norte por sobre el canal Cerpa y sobre el Ramal Canal Santa Ana.
Se considera una tubería que va por sobre ambos canales, además una obra de atravieso bajo calzada mediante la pavimentación un cajón de hormigón armado bajo la futura calzada de calle Luis Barros Borgoño Sur para el ramal canal Santa Ana, sentido Oriente-Poniente.
Las obras consideran intervenir en este punto al Canal Cerpa y Canal Ramal Santa Ana (acequia sin uso) ubicados en el deslinde nororiente del proyecto
A continuación, se muestra en el punto F del Master Plan el atravieso de los canales principales, donde se ejecutarán las obras mencionadas:
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 4, asociado a la obras F.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 5, asociado a la obras F.
En el área del Proyecto, específicamente en sus límites norte y este, se reconocen dos importantes canales o cauce de naturaleza artificial; nombres y datos de propiedad según Comisión Nacional de Riego, 2024:
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 6, asociado a la obras F.
- Canal Cerpa: Canal con orientación general este - oeste, con flujo de agua en este mismo sentido (de este a oeste), que se dispone en el borde norte del Proyecto. Corresponde a un canal de distribución y conducción. Su fuente hídrica corresponde al Río Cachapoal 1era Sección, y es propiedad de la Asociación de Canalistas Canales de la Compañía.
Dimensiones medias: 3 m de ancho / 1,5 m de profundidad (en el momento de la visita, contenía una columna de agua promedio de 60 cm). Canal sin revestimiento en su mayor parte del trazado por el límite norte del Proyecto
Posteriormente, el canal cambia su orientación al llegar a la Ruta H-10 (Camino Real), tomando sentido norte-sur recorriendo paralelo a la ruta y al deslinde oriente del proyecto en dirección sur.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 8, asociado a la obras F.
Además de los canales antes nombrados, al norte del Proyecto, se reconoce una conexión con el Canal del pueblo, una acequia que se observa en desuso, con trazados poco definidos y con presencia de vegetación por falta de mantención. Denominado:
-Canal Ramal Santa Ana: Canal con orientación este-oeste, paralelo al Canal Cerpa y cuya fuente hídrica corresponde al Canal El Pueblo, alimenta los predios contiguos botando sus aguas al canal Cerpa. Este ramal se encuentra actualmente sin paso de agua y sin un uso periódico.
Dimensiones: 0.7m de ancho/ 0.5 de profundidad. No presenta revestimiento ni flujo o columna de agua.
Detallar tipo de obra, función, características constructivas y dimensiones básicas.
En Punto F del Masterplan correspondiente al punto 1 de la siguiente figura, se proyecta el cruce para conexión de la red de agua potable, en sentido Sur- Norte por sobre el Canal Cerpa y sobre el Ramal Canal Santa Ana, consiste en una cañería de PVC de 250mm. revest
En Punto F del Masterplan correspondiente al punto 3 de la siguiente figura sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Luis Barros Borgoño Sur para el ramal canal Santa Ana, mediante cajón de hormigón armado de 1.20m x 1.20m de sección interior y 1.56mx1.56m exterior.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 12, asociado a la obras F.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 13, asociado a la obras F.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 14, asociado a la obras F. Cabe indicar que:
Mediante Oficio Ord. N°976/2025 de fecha 30 de mayo de 2025, la
De acuerdo a dicha revisión, este organismo se pronuncia con CONFORMIDAD CONDICIONADA a la exigencia del titular de la ejecución de la continuidad de la calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el norte, la que constituye una vía estructurante de nivel comunal establecida en el Plan Regulador Comunal de Graneros año 2016 vigente, de acuerdo al artículo 4 de su Ordenanza.
Lo anteriormente expuesto en conformidad al Cumplimiento Normativo a continuación, señalado: -Certificado de Informaciones Previas N 0 87 de fecha 13-03-2023, correspondiente al Rol N O 183-5, el cual en el punto 5.3 de Afectación de Utilidad Pública, en su punto N 0 3 señala; Apertura por prolongación de calle Luis Barros Borgoño Sur 18,00 mts entre líneas oficiales".
Y lo estipulado en el punto N 06 de Características de Urbanización, Nota 2, punto 1) Se debe considerar mantener la prolongación de línea oficial oriente de camino real tramo norte y prolongación de las vías Antonio Varas Sur, Luis Barros Borgoño Sur y Calle Proyectada 6, así como el punto 2) El propietario deberá acreditar si el canal que pasa por el deslinde norte y poniente depende de la asociación de canalistas y de ser así deberá atender los requerimientos de esta asociación. Certificado adjunto en el Anexo 1.2 de la Declaración de Evaluación Ambiental.
-Artículo 1340 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de servicio del terreno
Así mismo, mediante Oficio Ord. N°229/2025 de la Dirección Regional de la
Se hace presente que, conforme al Oficio ORD. N°202506102114 de 29 de solicitó a este Servicio pronunciarse respecto de la obra de cruce para urbanización de conexión de acceso del Proyecto con Avenida Luis Barros Borgoño Sur, declarada en el Anexo AC aria, asociada a la obra de mitigación requiere para el cruce del canal Cerpa, un atravieso desde el terreno del Proyecto hasta la conexión con Calle Barros Borgoño Sur (en el predio siguiente).
En este sentido, es dable indicar que, la actual solución proyectada para el cruce de la calle Luis Barros Borgoño Sur sobre el Canal Cerpa y el Ramal Santa Ana mediante un cajón de hormigón armado de sección 1,20 x 1,20 m, podría resultar insuficiente para permitir la adecuada proyección y conectividad vial hacia el predio colindante al norte, en cumplimiento con la normativa urbana y de vialidad comunal vigente.
En este contexto, se advierte la necesidad de prever una obra estructural mayor en dicho punto, de aproximadamente 18 metros de longitud, cuya ejecución futura implicaría una intervención mayor a los cauces, lo que eventualmente requerirá la tramitación del PAS 156.
Dado lo anterior, esta Dirección condiciona la aprobación del PAS 156 al cumplimiento de las siguientes exigencias del proyecto:
El Titular deberá incorporar en el proyecto la extensión vial de calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el predio contiguo al norte para ambos canales (Canal Cerpa y Ramal Santa Ana). Dicha obra definitiva deberá someterse sectorialmente al PAS 156 (DGA), conforme a la normativa ambiental aplicable, y presentar todos los requisitos técnicos y formales al momento de su tramitación. Todo lo anterior, con el objeto de resguardar la compatibilidad de la infraestructura proyectada con el desarrollo urbano futuro y con la protección de los cauces intervenidos, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Código de Aguas y el artículo 156 del D.S. N°40/2012 (RSEIA). Se hace presente que, el Titular del Proyecto deberá presentar la autorización de la Asociación de Canalistas Canales de la Compañía y de cualquier otro propietario de los canales a intervenir, por lo cual se recomienda coordinar dicha autorización con antelación a la
Mantención de Caminos Las acciones asociadas a la mantención de caminos contemplan medidas para reducir el polvo en suspensión, para ello, es que se realiza un programa de supresor de polvo, mediante el uso de camión aljibe con una mezcla (Bischofita) que ejecuta riego por goteo a través de un sistema de cilindro distribuidor perforado, lo que produce menos consumo de agua para controlar el polvo y ofrece una solución de riego más eficiente.
En cuanto a la deshabilitación de caminos temporales, esto se produce al interior de la obra en ejecución y coincide con el emplazamiento de las calles o pasajes que se pavimentarán en la fase de construcción del proyecto. Exteriormente no hay uso de caminos temporales, ya que estas vías están pavimentadas.
Transporte de insumos, residuos y mano de obra
A continuación, se presenta la información solicitada:
Fuente: Para mayor detalle ver Tabla 25 del Adenda.
En el Anexo A-04 de la Adenda se presenta el informe de movilidad versión corregida con el análisis donde indica que el proyecto no provocará perdida de la infraestructura vial/de transporte, ni aumento en los tiempos de desplazamiento en los diferentes modos de transporte analizados, con relación a lo ya existente en el sector.
En el mismo anexo se presenta en formato Excel el cálculo de viajes del Proyecto considerando los grados de saturación así con ello se presenta la tasa de crecimiento anual de los modos de transportes considerados, respecto a los demás puntos observados se aclara que el proyecto considera todos estos y su medio se seguimiento y verificación recaen en mantener en obra copia de registro de mantenciones, capacitaciones a los trabajadores, certificados de revisiones técnicas al día, por patente, registro fotográficos, señalización y planificación de carga y descarga de camiones.
El horario o funcionamiento de trabajo en esta Fase será desde las 9:00 a 17:30 horas.
Construcción de las obras de urbanización
En el Anexo A-03 de la adenda se presentan los planos y las memorias explicativas referido a las obras de urbanización consideradas en el proyecto, tales como pavimentación de calles pasajes, extensión de redes de agua potable, aguas lluvias, instalaciones energéticas, áreas verdes y obras de defensa.
Obras de Manejo de Aguas Lluvias Se adjunta plano que incluye ambas plantas unificadas; planos 14 y 15 SERVIU) y la respectiva planta general del Proyecto de aguas lluvias de lano unificado se muestran zanjas, sumideros, ubicaciones de cámaras y todas las demás soluciones que componen el proyecto de manera que se pueda apreciar el total del conjunto.
Con respecto a la lámina 8 solicitada (F-01, lam8) se indica que no muestra sumideros y zanjas, sino que corresponde a lámina con planta de demolición.
En su lugar adjuntamos lámina 7 correspondiente a áreas aportantes de Doña Catalina de los Rios II, adicionalmente agregamos respectiva lámina de áreas aportantes para Doña Catalina de los Rios I.
A su vez, los proyectos de Aguas Lluvias son revisados y aprobados por la entidad técnica responsable correspondiente (Serviu), lo cual se ejecutará una vez obtenidos la aprobación ambiental y los permisos de loteo y edificación del proyecto.
Para mayor detalle en Anexo AC -03 de la Adenda Complementaria se presentó PROYECTO DE AGUAS LLUVIAS LOTEO DOÑA CATALINA 2 CIUDAD DE GRANEROS COMUNA DE GRANEROS. La evacuación de aguas lluvias se realizará mediante la ejecución de 7 zanjas de infiltración según se detalla en el mencionado Anexo.
Ejecución de Medidas de Mitigación Vial asociadas al IMIV
Dado que a la fecha de la presente calificacion ambiental el Proyecto no cuenta con un IMIV Aprobado, previo a la recepción de obras debe ejecutar las obras o gestiones que fije de manera obligatoria la Aprobación del IMIV.
Considerando además lo señalado por la SEREMI de Transpórte y Telecomunicaciones en el marco de la presente evalaución de impacto ambiental mediante el Oficio Ord. N°15276/2025 de fecha 28 de mayo de 2025, que indica:
resolución de rechazo de fecha 14 de marzo de 2025. Se aclara que, si la RCA resulta favorable, el titular deberá gestionar, el proyecto IMIV de manera
sectorial, conforme a lo dispuesto en el artículo 171 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el cual señala que, todos los proyectos que generen crecimiento urbano por extensión o por densificación, sean estos urbanos o rurales, deberán registrar la información que el reglamento determine en el sistema electrónico especificado en el artículo 170 del mismo reglamento.
Se debe aclarar las fechas de las mediciones de flujo, considerando que en el punto 3.2 del informe de movilidad se señala el 26 de marzo de 2023; sin embargo, en la respuesta al literal c) de la observación 4.19 de la Adenda Complementaria, se señala el 06 de junio y 26 de noviembre de 2024. Considerar que las mediciones para una temporada normal, se deben efectuar un martes, miércoles o jueves y el 26 de marzo de 2023 fue un día domingo.
La superficie edificable indicada en el oficio de categorización (literal e) de la observación 4.19 de la Adenda Complementaria) no corresponde, considerando lo siguiente:
Si bien al considerar una superficie mayor en la categorización SEIM implica, probablemente, mitigar una mayor cantidad de intersecciones, lo que, a su vez, no implica una consecuencia, se deben aclarar los metros cuadrados edificables y categorizar el proyecto con los valores que correspondan.
Las observaciones 2 y 3 pueden ser aclaradas y subsanadas en la tramitación
encuentra en operación y que las medidas de mitigación establecidas para su
Suministros Básicos Agua Potable El abastecimiento de agua potable durante la fase de construcción se realiza mediante la conexión a la red existente perteneciente a la empresa sanitaria del sector. Conforme lo anterior, el Titular se hará cargo del pago del consumo de agua potable y alcantarillado de aguas servidas durante la fase de construcción del Proyecto.
Se presenta además Certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N° 13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA.
En el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta contrato de ampliación de territorio operacional de ESSBIO S.A. y Fundación Invica.
Se estima una demanda máxima de agua potable de 100 litros totales por día por trabajador, con lo cual, el titular del Proyecto garantiza el abastecimiento de agua potable consignado en el artículo 14° del D.S. N°594/199 del MINSAL.
El Titular se hace responsable de cancelar la facturación del servicio, dicho comprobante se encontrará disponible en la instalación de faena ante una eventual fiscalización por parte de la autoridad.
Servicios Higiénicos Se aclara que, la instalación de faenas del Proyecto (Lote A1-2; Doña Catalina de Los Ríos con conexión provisoria a los sistemas de agua potable y alcantarillado previstos por la empresa sanitaria. Sin perjuicio de
ello, al comienzo de las obras se har uso de baños químicos, los cuales responderán a las disposiciones establecidas en D.S. N°594/1999 del MINSAL, al no exceder en 75 m, los servicios higiénicos. As entonces y según indica el artículo 23.
Artículo 23: El número mínimo de artefactos se calcular en base a la siguiente tabla:
Cantidad de excusados Art. 23 D.S. N°594/1999 del MINSAL Trabajadores Excusados Lavatorios Duchas 1 a 10 1 1 1 11 a 20 2 2 2 21 a 30 2 2 3 31 a 40 3 3 4 41 a 50 3 3 5 51 a 60 4 3 6 61 a 70 4 4 7 71 a 80 5 5 8 81 a 90 5 5 9 91 a 100 6 6 10
Cuando existan más de cien trabajadores por turno se agregará un excusado y un lavatorio por cada quince y una ducha por cada diez trabajadores, esto último siempre que la naturaleza del trabajo corresponda a la indicada en el inciso segundo del artículo 21°. En caso de reemplazar los lavatorios individuales por colectivos se considerará el equivalente a una llave de agua por artefacto individual.
Artículo 24.- En aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calculará dividiendo por dos la cantidad de excusados indicados en el inciso primero del artículo 23. El transporte, habilitación y limpieza de éstos será responsabilidad del empleador.
Una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar.
Artículo 25.- Los servicios higiénicos y/o las letrinas sanitarias o baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 metros de distancia del área de trabajo, salvo casos calificados por la autoridad sanitaria. Según lo indicado por el titular, la cantidad máxima de mano de obra que requerirá el Proyecto en evaluación asciende a 75 personas promedio.
En consecuencia, de lo anterior, según el artículo 23 y 24 del D.S. Nº594/1999, corresponde a una cantidad de 5 escusados, 5 lavatorios y 8 duchas, con ello 3 baños químicos en obras
Se estima un volumen de agua servidas máximo de 12 m3/día.
La frecuencia de retiro será mensual.
La duración de los baños químicos se mantendrá durante las obras preliminares del Proyecto. Se implementará un registro en obra de viajes de los residuos líquidos efluentes de éstos, además de la resolución tanto del transportista como el destinatario final.
La ubicación de estos se realizará en función del avance constructivo del proyecto y sus respectivos lotes, cumpliendo con lo establecido en el artículo 25 del D.S. 594/1999.
Alimentación
Según las dimensiones del Proyecto, se contempla instalaciones de comedores para la alimentación de los trabajadores. De todas maneras, los trabajadores podrán hacer uso del comercio cercano durante el horario de colación.
Alojamiento Dada las dimensiones del Proyecto y horario de funcionamiento de las obras de construcción según ordenanza local, no se contempla instalaciones para el alojamiento de los trabajadores.
Transporte No se considera transporte de acercamiento para los trabajadores.
Energía Eléctrica Durante la fase de construcción se realizará un empalme a la red existente.
Combustible Se aclara que, los combustibles y lubricantes requeridos durante la fase de construcción de las obras y necesario para el funcionamiento de maquinaria de construcción será provisto de manera autónoma, en la estación de servicio próxima al punto de acceso de vehículos hacia el área del Proyecto. Sin embargo, existir una zona de almacenamiento y descarga de combustible, que contar con un estanque de combustible de 1.000 L aprox. cumpliendo con las disposiciones del Decreto Supremo N°160 de 2009, del Ministerio de Economía. Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. El estanque de combustible está dentro la bodega SUSPEL.
Hormigón El hormigón necesario para el Proyecto se producirá en obra o se solicitará a través de empresas contratistas con las certificaciones de producto. Los viajes de hormigón se presentan en la Tabla 12 de la Adenda.
Sustancias Peligrosas Respecto a este tipo de sustancias y químicos, el Titular se asegurará que la empresa que preste el servicio de transporte cumpla con las disposiciones generales del Decreto Supremo Nº298/1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
El titular tendrá que en ninguna circunstancia se pueden poner en contacto entre sí residuos que sea de naturaleza incompatible. Para lo anterior, debe considerar las instrucciones proporcionadas en la correspondiente hoja de datos de seguridad, y la tabla de incompatibilidades del artículo 87° del D.S. N°148/2003 de MINSAL; en el caso de los tubos fluorescentes y ampolletas eficientes, éstos se deben mantener separados de residuos inflamables o explosivos. De lo contrario existe el riesgo de emisión de sustancias tóxicas en caso de fuego o explosión.
El titular tendrá que en ninguna circunstancia se pueden poner en contacto entre sí residuos que sea de naturaleza incompatible. Para lo anterior, debe considerar las instrucciones proporcionadas en la correspondiente hoja de datos de seguridad, y la tabla de incompatibilidades del artículo 87° del D.S. N°148/2003 de MINSAL; en el caso de los tubos fluorescentes y ampolletas eficientes, éstos se deben mantener separados de residuos inflamables o explosivos. De lo contrario existe el riesgo de emisión de sustancias tóxicas en caso de fuego o explosión.
Otros insumos En la Tabla 1-31 del cap. 1 de la DIA se detalla las cantidades de los principales insumos necesarios para las obras de construcción del conjunto.
En caso de considerar compra de extracción de áridos, se realizará en empresas que cuenten con autorización ambiental aprobada (RCA). Mano de Obra Recursos naturales renovables El Proyecto durante sus fases de construcción y operación, no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades.
Sin perjuicio de lo anterior, durante la fase de construcción se extraerá el suelo producto de las actividades de escarpe y excavaciones, y que se destinarán a botadero autorizado indicado En el Informe de emisiones atmosféricas versión final adjunto en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria se presentan las rutas al interior del Proyecto.
Dicho material corresponde a los estratos del suelo indicados en el Estudio de mecánica de suelos disponible en el Anexo 1.4 de la DIA. Emisiones y efluentes Emisiones a la atmósfera
MP, MP 10, MP2.5, NOX, SO2, NH3, CO y COV El Titular presenta de manera actualiza el Informe de Estimación de Emisiones a la Atmosfera en Anexo AC-6, de la Adenda Complementaria, donde se declara que:
Las principales fuentes de emisión asociadas a esta fase de construcción del Proyecto son:
El desarrollo de estas actividades está asociado al transporte y remoción de material, en la siguiente tabla se muestra los principales materiales que se transportarán durante la fase de construcción del Proyecto, especificando el volumen o toneladas de los insumos durante los años de ejecución del Proyecto.
Resumen de emisiones durante Fase de construcción Las siguientes tablas muestran las emisiones de la fase de construcción:
PROGRAMA DE APLICACIÓN DEL SUPRESOR DE POLVO
ANTECEDENTES GENERALES DEL PROGRAMA La Bischofita o Cloruro de Magnesio (MgCl2), es un compuesto altamente higroscópico (absorbe la humedad ambiental), por tanto, tiene la característica de suprimir el polvo, a través de la atracción de la humedad ambiental. Este compuesto incrementa la tensión superficial del suelo, generando así una superficie más dura. Requiere un 32% de humedad al menos, para poder absorber el agua proveniente del ambiente.
Superficie de aplicación
La aplicación del producto se realiza en los caminos internos no pavimentados del proyecto. En base a lo anterior, la distancia total de aplicación en la fase de construcción del Proyecto, en la cual los vehículos recorrerán un trazado de 311 metros, y tiene un ancho promedio de 5 metros, teniendo así una superficie de aplicación del supresor de polvo, de 1.555 m2. En la siguiente figura se muestra el camino interno no pavimentado que recorrerán los camiones hasta zona de carga y descarga de materiales de la IF.
IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA Preparación del producto
El producto puede ser preparado de dos maneras diferentes, tal como se indica a continuación: 1) Se utiliza un estanque abierto que tenga una capacidad mayor al de un camión aljibe, generalmente mayor a 10 m3. En este se introduce una mezcla de agua con la sal (bischofita), hasta alcanzar una mezcla homogénea, gracias a la recirculación con bombas.
2) Se utiliza un estanque cerrado, en el cual se introduce el agua y la sal (bischofita), hasta alcanzar una mezcla homogénea, gracias a la recirculación con bombas.
Preparación del producto
La preparación del camino, como la aplicación de la mezcla (Bischofita) requiere el uso de rodillo compactador y camión aljibe. El acondicionamiento del camino se realiza de la siguiente manera: Si el camino presentase algún grado de desnivel, se debe nivelar el terreno. Posterior a ello se debe regar el camino con agua, teniendo cuidado de no saturar el terreno por el riego, y esperar a que las pozas que se formen en la superficie se sequen. Luego se aplica la mezcla directamente sobre el camino considerado.
Para una buena cohesión de las partículas hay que considerar que el suelo tenga un Índice de Plasticidad (IP) que permita dicha cohesión.
Para la primera aplicación, se debe utilizar agua sin sustancias que deterioren el efecto de la solución salina. La proporción de sal/agua recomendada es 1 kilo de sal por litro de agua. Es importante indicar que la mezcla debe ser aplicada cuando las condiciones meteorológicas lo permitan, es decir, en periodos de poca precipitación. Aplicación del producto
La mezcla se aplica uniformemente sobre la superficie por medio de un camión aljibe equipado con un dispositivo de esparcido a presión calibrado. La primera aplicación de solución salina que se recomienda es de 4 L/m2. Por tanto, se requerirán 6.220 L (y 6.220 kilos de sal) para los 1.555 m2 de superficie del camino. La dosis de aplicación se podrá ir aumentando según la recomendación del fabricante. De requerirse más riegos, se deberá esperar a que el riego anterior haya penetrado el material. Es importante destacar que la aplicación del producto será durante toda la fase de construcción. La aplicación del supresor de polvo será solo en el camino interno del proyecto, que es por donde circularán los camiones.
Frecuencia de aplicación El mejor periodo y frecuencia de aplicación del producto es el periodo entre los meses de octubre y abril, con reiteración de aplicaciones anuales. La frecuencia de aplicación del supresor de polvo será cada 3 meses, hasta la finalización de la obra, es decir, la aplicación se realizará desde el año 1 hasta el segundo semestre del año 3 de la fase de construcción. Ver Figura Cronograma de aplicación del Supresor. En el caso de haber pocas precipitaciones durante el periodo invernal, se recomienda realizar aplicaciones adicionales según se considere necesario.
Supervisión del programa La supervisión considerará el control de calidad de la carpeta y el control de calidad de mezcla salina que se vaya a aplicar, dejando registro de cada una de las aplicaciones. Se contemplan supervisiones cada 3 mes y/o cada vez que se aplique el producto para mantener la efectividad de este. Todo esto, será supervisado por el inspector técnico de obras.
Para la supervisión se contemplan las siguientes especificaciones: Condiciones de almacenamiento de insumos en lugares apropiados. Adecuado material granular de la carpeta de rodado. Proporciones adecuadas de la mezcla. Condiciones meteorológicas adecuadas para la aplicación. Dosis de aplicación. Tiempo previo para permitir el tránsito. Considera de 3 a 4 horas después de la aplicación (y de 24 a 48 horas en zonas con fuerte pendiente). Los medios de verificación de la correcta aplicación del programa serán los registros de aplicación, junto a fotografías de cuando se realice la implementación.
REGISTRO DE APLICACIÓN DEL PROGRAMA A continuación, se presenta el registro de seguimiento y monitoreo de la aplicación de supresor de polvo, el cual permanecerá en la obra para fiscalización. Se tendrá en obra también registros fotográficos de la aplicación de la medida, como también los contratos relacionados a la aplicación del supresor de polvo.
Reportes a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Se elaborará un informe semestral el cual se reportará a la SMA. Dicho informe contendrá registro fotográfico de las aplicaciones con la finalidad de verificar la implementación y mantención de la calidad de la carpeta en el tiempo. A continuación, se presenta el cronograma de aplicación del supresor de polvo.
ACCIONES PREVENTIVAS
Para el proyecto , ubicado en la Región del las emisiones generadas por las fases de construcción y operación del Proyecto.
Las mayores emisiones se generan durante la superposición de la fase de construcción y operación del Proyecto, en el año 2, y se deben mayormente al tránsito de los vehículos y movimiento de tierra.
El Proyecto no deberá compensar sus emisiones por no sobrepasar los límites permitidos en el D.S. N°1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente, según lo indicado en la Tabla 89.
para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de la Región Metropolitana, -42, Fifth Edition Compilation of Air Pollutant
Emissions Factors, Volume 1: Stationary Point and Area Sources, considerando las actividades proyectadas en la fase de construcción, estas fueron divididas en emisiones de tipo directas e indirectas.
Aguas Servidas Las aguas servidas provenientes de servicios higiénicos son conducidas hacia la red de alcantarillado existente. Se ha estimado una generación de aguas servidas equivalente a 12 m3/día.
Se presenta además Certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA.
En el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta contrato de ampliación de territorio operacional de Essbio S.A. y Fundación Invica.
Emisiones de Ruido Las emisiones de ruido en la fase de construcción del Proyecto se encuentran asociadas al uso de maquinaria para los frentes de trabajo de: obras preliminares, edificación y exteriores.
Los puntos fueron seleccionados de acuerdo con su cercanía con las obras y actividades que involucra el Proyecto. La identificación de cada uno de ellos se encuentra disponible en el Informe de ruido y vibraciones versión corregida en el Anexo A-04 de la Adenda.
En el Anexo 1.2 de la DIA se presenta el plano y archivo KMZ de instalación de faenas, que incluye el punto de carga y descarga, donde se ubicarán principalmente la maquinaria pesada, en especial los camiones, con la finalidad de no generar molestias en los receptores cercanos productos del movimiento vibratorio generado por su tránsito.
En las Tabla 4 34 y Tabla 4 35, del capítulo 1 de la DIA, se presentan los niveles de ruido en dB(A), sin medidas de control generados durante la fase de construcción del Proyecto y, por consiguiente, cada uno de los escenarios que ésta considera. Además, se aclara que para obtener los niveles de ruido en cada receptor se consideró la condición más desfavorable, localizando los frentes de trabajo en las mínimas distancias entre los límites del polígono del Proyecto y la ubicación de los receptores.
El Informe de ruido y vibraciones versión corregida en el Anexo A-04 de la Adenda.
Determinación de Receptores Sensibles Se determinaron como receptores sensibles aquellos que se encuentran más cercanos y expuestos a las actividades ruidosas del proyecto que se mostraron en el apartado anterior. En este aspecto, se escogieron 5 receptores sensibles representativos, de los cuales 4 son receptores humanos externos y 1 es de tipo interno, siendo este últimos correspondiente a unidades habitacionales construidas durante el avance del proyecto, las que se encontrarán recepcionadas. Además, se determinó 1 receptor asociado a fauna nativa, en función de lo informado por el titular al respecto.
Receptores Humanos receptores humanos sensibles al proyecto, indicando breve descripción, altura de receptores, uso efectivo según l y elevación:
De todos los receptores se aprecia que el más crítico por su distancia al proyecto es R2, mientras que el menos crítico es R3. Cabe indicar que el receptor interno también es crítico.
Receptor Fauna Nativa Por otro lado, se determinó un receptor asociado a fauna nativa cercano al proyecto, en vista de que en el Estudio de Fauna del proyecto se registraron 14 especies potencialmente sensibles en el área de influencia respectivo, siendo la clase aves la más representativa, con 9 especies, seguido por la clase de mamíferos con 3 especies registradas, finalizando con una especie de anfibios y una de reptiles.
En la siguiente tabla se muestra el detalle de las especies detectadas y su origen, destacándose las que presentan origen nativo y endémico.
Cabe señalar que no se encontraron especies de mamíferos de origen nativo o endémico, dicho lo cual este grupo taxonómico no reúne las condiciones de Evaluación en el SEIA: Evaluación de (SEA, 2022).
De acuerdo a lo indicado en el Estudio de Fauna del proyecto, el área de influencia respectiva se caracteriza por una alta antropización debido a que el terreno se encuentra en una zona urbanizada, donde se encuentra en desarrollo la construcción de la subetapa I.B de la situación basal del proyecto. No hay continuidad de vegetación nativa, quebradas, ríos, cadenas montañosas u otros elementos del paisaje que puedan funcionar como corredor biológico, el lugar deslinda con plantaciones agrícolas, caminos y construcciones que limitan la movilidad de la fauna. Dicho lo anterior, la presencia de sitios de relevancia para la nidificación, reproducción y alimentación en la zona alrededor del proyecto es poco probable. No obstante, dada la alta abundancia de aves y a la poca movilidad de las especies de reptiles y anfibios encontradas, se considerará procedente la evaluación de ruido en fauna nativa, en los términos de Impactos por Ruido en Fa
En vista de lo expuesto anteriormente, se configuró un punto de evaluación de fauna nativa, el cual se identifica a continuación:
Metodología
Las mediciones de ruido de fondo fueron efectuadas de acuerdo con lo dispuesto en el D.S. Nº38/2011 MMA. El decreto establece que el ruido de fondo es aquel que está presente en el mismo lugar y momento de medición de la fuente que se desea evaluar, en ausencia de ésta.
Se realizaron mediciones de nivel de presión sonora continuo equivalente con ponderación A y modo slow, efectuando un registro cada 5 minutos, hasta obtener una estabilización de la medición (diferencia aritmética entre dos registros consecutivos debe ser menor o igual a 2 dB(A)). El sonómetro se ubicó a 1.5 m en su eje vertical y a una distancia superior a 3.0 m de cualquier superficie reflectante. Cabe señalar que el sonómetro fue debidamente calibrado antes de realizar las mediciones.
El día viernes 17 de febrero de 2023, se efectuó la campaña de medición de ruido de fondo en los puntos seleccionados. Estas mediciones se realizaron en horario diurno según D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente y con condiciones meteorológicas favorables, con vientos entre 12.3 y 15.8 km/h, temperatura promedio de 25.5°C y humedad relativa del 38%, según información del sitio web https://agrometeorologia.cl/ (Estación Aeródromo La Independencia, Rancagua). Resaltar que todas las mediciones se realizaron entre las 11:22 y las 12:47 horas, fuera de horario punta de la vía principal, además, se descartaron mediciones con eventos ruidosos como ladridos de perros a cortas distancias, tránsito de vehículos pesados y muy cercanos (esporádicos), entre otros eventos puntuales que pudiesen afectar los registros, todo esto a fin de obtener el menor ruido de fondo del sector, lo cual es la condición más desfavorable para los receptores y para el cálculo del área de la predicción y evaluación de .
En los Anexos 3 y 4 se encuentran los certificados de calibración del sonómetro y del calibrador respectivamente.
Instrumentación y Software
Sonómetro integrador marca CESVA modelo SC-260, certificado bajo la norma IEC 61672-3:2006. Calibrador marca PCE, modelo SC-42, certificado bajo la norma UNE-EN 60942:2005. Pantalla antiviento marca Larson Davis, modelo WS-001. Trípode de 1.5 metros de altura. GPS Garmin, modelo eTrex 30x. Cámara fotográfica digital Canon Eos Rebel T3. Software Python. Software Excel. Software Predictor-LimA. Software QGIS. Resultados de las Mediciones de Ruido de Fondo En las siguientes tablas se presentan los resultados de las mediciones de ruido de fondo para período diurno. Además, en el Anexo 5 se pueden revisar las fichas de medición respectivas según el actual formato R.E. Nº693/2015 de la Superintendencia del Medio Ambiente. Las mediciones se realizaron según metodología del D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente para medir ruido de fondo. A continuación, se resumen estas mediciones y sus respectivas fuentes de ruido. Fuente: Tabla 18 del Anexo A- la Adenda. Para el receptor fauna nativa se tiene: Fuente: Cartografía 2 del Anexo A- de la Adenda
Fuente: Cartografías 3, 4 y 5 del Anexo A-
Homologación de Zonas Según D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente
El uso de suelo para los receptores sensibles se encuentra dentro del límite urbano del actual Plan Regulador Comunal de Graneros, publicado en el Diario Oficial con fecha 02 de julio de 2016, donde R1 se encuentra ubicado en Zona Habitacional Densidad Media ZH2, mientras que los demás receptores R2, R3, R4 y R-in 1 se encuentran ubicados en Zona Habitacional Densidad Media Baja ZH3. De este modo, la homologación de la zona se realiza conforme a la R.E. Nº491/2016 SMA y al D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. En base a esto se tiene lo siguiente: Fuente: Tabla 25 del Anexo A- la Adenda. En la siguiente tabla se presentan los niveles máximos permisibles de ruido en el AIR del proyecto para cada receptor sensible en período diurno y su zona homologada a las zonas del D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente según R.E. Nº491/2016 SMA. Fuente: Tabla 26 del Anexo A- la Adenda Predicciones de Ruido Generadas por el Proyecto Para la predicción de las emisiones de ruido que generará el proyecto, se utiliza el software Predictor-LimA. Este programa integra la norma ISO 9613- 2:1996 para la propagación del sonido en ambientes exteriores, donde puede ser ingresada la información de las fuentes de ruido como la potencia acústica (valor único o por bandas de frecuencia) y los datos de los receptores (ubicación puntual o múltiples receptores para generar un mapa de ruido). Además, permite el ingreso de datos del relieve donde se emplaza el proyecto (curvas de nivel del terreno), condiciones ambientales (porosidad del terreno, datos meteorológicos de la zona, vegetación, etc.) y objetos como obstáculos (barreras) y edificaciones. Para el presente estudio se tomaron las siguientes consideraciones: La información del relieve (curvas de nivel) fue extraída del DEM Alos Palsar https://www.ide.cl/index.php/imagenes-y-mapas-base/item/1573-dem-alos- palsar-region-del-libertador-general-bernardo-o-higgins). El equipamiento y maquinaria fue representado como fuente puntual según ISO 9613-2:1996, con su espectro de potencia sonora correspondiente y altura correspondiente. Se ingresaron receptores puntuales en las ubicaciones consideradas como sensibles, considerando las alturas correspondientes. Se ajustaron las condiciones meteorológicas para establecer un escenario favorable a la propagación del sonido, tomando en cuenta datos de registros históricos de la zona, según información del sitio web
https://agrometeorologia.cl/ (Estación Aeródromo La Independencia, Rancagua). En este aspecto, la temperatura se fijó en 7.6°C y la humedad relativa del aire en 86.1%. Para la elaboración de mapas de ruido se ha establecido una elevación de 1.5 m en relación con el nivel del suelo. De esta manera, los mapas de ruido que se entregan en el informe representan los niveles de ruido a 1.5 m de altura respecto a la elevación del terreno. Para la elaboración de los mapas de ruido se utilizó un tamaño de malla de 5 m. El coeficiente de reflexión de las superficies de las edificaciones se configuró en 0.8. Se fijó el factor de suelo (G) en 0.5. Por otro lado, el sector no presenta accidentes geográficos que afecten la propagación del ruido. La norma ISO 9613-2:1996 considera la velocidad del viento entre 1 y 5 [m/s] y en dirección de las fuentes de ruido hacia los receptores, es decir, a favor de la propagación Niveles Proyectados Sin Medidas de Control de Ruido Subetapa 1 Para la modelación, se distribuyeron las fuentes de acuerdo a lo expuesto en la siguiente figura, en concordancia a la función de cada equipo y posicionándolos lo más cercano a los receptores sensibles. Fuente: Figura 6 del Anexo A- la Adenda La siguiente tabla indica el detalle de las fuentes de ruido:
Fuente: Tabla 28 del Anexo A- la Adenda
En la siguiente tabla, se presentan los resultados de las modelaciones para los receptores sensibles del proyecto: Fuente: Tabla 29 y 30 del Anexo A- de la Adenda.
Estos resultados muestran que no se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, en los receptores R1 y R2, por lo que se requieren medidas de reducción de ruido para generar cumplimiento normativo. Se observa también que no se superan los umbrales de afectación para el receptor asociado a fauna nativa, según lo establecido por el do ación para este escenario se muestran en el Anexo 6.
Subetapa 2 Para la modelación, se distribuyeron las fuentes de acuerdo a lo expuesto en la siguiente figura, en concordancia a la función de cada equipo y posicionándolos lo más cercano a los receptores sensibles.
La siguiente tabla indica el detalle de las fuentes de ruido: Fuente: Tabla 31 del Anexo A- la Adenda
En la siguiente tabla, se presentan los resultados de las modelaciones para los receptores sensibles del proyecto:
Fuente: Tabla 32 y 33 del Anexo A- de la Adenda
Estos resultados muestran que no se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, en los receptores R2, R4 y R-in 1, por lo que se requieren medidas de reducción de ruido para generar cumplimiento normativo. Se observa también que no se superan los umbrales de afectación para el receptor asociado a fauna nativa, según lo establecido p la simulación para este escenario se muestran en el Anexo 6.
Niveles Proyectados Con Medidas de Control de Ruido
En esta sección se muestran los resultados obtenidos a partir de las simulaciones con el software Predictor-LimA para el proyecto, al incluir las medidas de control descritas anteriormente. Para la predicción de ruido se considera: la altura sobre el nivel del suelo, que representa a cada receptor sensible evaluado, la altura de las barreras acústicas y la altura de las fuentes emisoras.
A continuación, se presentan los resultados de las modelaciones para los receptores sensibles del proyecto con las medidas de control propuestas:
Fuente: Tabla 37 del Anexo A- la Adenda
Estos resultados muestran que se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, en período diurno, en todos los receptores estudiados, al incorporar las medidas de control propuestas.
Fuente: Tabla 38 del Anexo A- la Adenda
Estos resultados muestran que se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, en Período diurno, en todos los receptores estudiados, al incorporar las medidas de control propuestas.
Medida de Control: Dado que, durante la evaluación de los aportes del Proyecto se verifico que estos superan los niveles de ruido máximos permitidos por la normativa ambiental de referencia, a continuación, se presentan las medidas de control propuestas para alcanzar el cumplimiento normativo de las emisiones de ruido en la fase de construcción
Medida 1: Barrera acústica: Se propone la instalación de barreras acústicas temporales, se pueden confeccionar de madera OSB de 15 mm de espesor, cerradas herméticamente entre sí con espuma expansiva y mediante vigas de madera o metálicas para evitar la deformación por eventualidades climáticas. Dichos paneles de OSB deben estar, además, protegidos de factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorrepelente, tales como las pinturas tipo siloxane, látex, acrílico o similares. Otro aspecto importante, es que se debe nivelar el terreno donde se instalarán las barreras acústicas. Una vez instaladas, se debe cubrir la parte baja con el material extraído de la nivelación, todo esto, para asegurar la hermeticidad con respecto al suelo
Para disminuir los niveles de ruido en los receptores analizados, se deberán instalar barreras semi-perimetrales en algunos deslindes del proyecto. Más detalles a continuación:
Medida 2: Aislamiento acústico Para la reducción de ruido, se deben implementar, además, medidas de control basadas en el cálculo del aislamiento acústico, concretamente cubre vanos. Para una pared simple, la cual se compone de una sólida capa de algún material, el aislamiento acústico bajo la frecuencia crítica está determinado fundamentalmente por la densidad superficial de masa. El aislamiento acústico aumenta a medida que se incrementa la masa por unidad de superficie de una pared. Un aumento de masa igual al doble implica un mejoramiento de 6 dB en el aislamiento acústico (Ley de la masa o Ley de Berger). Sobre la frecuencia crítica influye también la rigidez y el amortiguamiento de la pared.
Medida 3: Cubre Vanos: Para los trabajos de terminaciones en altura, se debe implementar como medida de control de ruido cubrir por completo los vanos con una placa de OSB, o similar, de 15 mm de espesor, a medida que los trabajos avanzan en altura, para reducir el nivel de ruido generado por la actividad constructiva al
interior de las construcciones y a medida que avancen los trabajos avancen en altura.
Con la implementación de las medidas propuestas, se verifica que la construcción del Proyecto cumple con los máximos establecidos en el D.S. Nº38/2012 del MMA durante la fase de construcción.
Mayor detalle se encuentra disponible los niveles de ruido proyectados por flujo vehicular en el Informe de ruido y vibraciones versión corregida en el Anexo A-04 de la Adenda.
Plan de mantenimiento de medidas de control
Para realizar la mantención de las medidas de control de ruido, se debe implementar el siguiente plan de mantenimiento:
La revisión mensual debe incluir un breve reporte donde se indique un registro fotográfico de las barreras acústicas y cubrevanos, indicando fecha de los registros y detallando lo siguiente: o El estado de la pintura de las barreras acústicas y cubrevanos. o El estado de las uniones herméticas tanto entre paneles como la unión hermética con respecto al suelo (barreras) o al vano respectivo (cubrevanos), la cual se debe mantener estanca. o El estado de la estructura que dará soporte a las barreras. o Registro fotográfico que indique el ángulo general de la barrera, el cual debe estar perpendicular al suelo, esto, para evitar que la barrera pierda efectividad al disminuir su altura por posible inclinación con respecto al receptor y a las fuentes de ruido.
En caso de paneles de OSB dañados recambiarlos e indicar en el reporte esta eventualidad, indicando fecha de recambio con registro fotográfico del antes y después del recambio.
En caso de que se detecte deterioro en la pintura volver a aplicar una nueva película de pintura resistente a la lluvia.
Los cubrevanos que estén expuestos a la lluvia y que puedan sufrir deterioro por las condiciones climáticas, también deben estar bajo este plan de mantenimiento, los que se deberán pintar con la misma pintura resistente a la lluvia y humedad, realizando un registro fotográfico del estado de la pintura, revisando la unión hermética con respecto a la estructura y el estado general. En caso de paneles dañados estos se deberán cambiar e indicar fecha de recambio en el reporte con registro fotográfico del antes y después del recambio.
El encargado de este plan de mantenimiento será el jefe de obra del proyecto, quien deberá entregar a la autoridad los reportes en un plazo de 10 días hábiles.
Plan de monitoreo de ruido
Con el objeto de evaluar los niveles de ruido generados en la fase de construcción del proyecto y la efectividad de las medidas de control de ruido propuestas, se deberá implementar un plan voluntario de monitoreo de niveles de ruido, para verificar que las actividades de trabajo cumplan la normativa legal vigente, según D.S. N°38/2011 MMA. Lo anterior se realizará en base a una campaña de monitoreo de nivel de presión sonora durante la fase de construcción del proyecto en período diurno (entre las 07:00 y las 21:00 horas, sin considerar mediciones en horario de colación o almuerzo del personal), con el uso habitual de la maquinaria ruidosa.
La frecuencia del monitoreo será trimestral (cada 3 meses), y se realizará mediante metodología según D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Las mediciones deberán ser acompañadas de un reporte técnico, de acuerdo con el título V art. 15 letra d) del D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, aplicando formato R.E. Nº693/2015 de la Superintendencia del Medio Ambiente, el cual consistirá en lo siguiente:
Lo anterior será contemplado dentro de un informe técnico con estructura conforme a lo estipulado por el artículo 15º de la R.E. Nº223/2015 de la Superintendencia del Medio Ambiente, esto es, incluyendo las siguientes secciones, según corresponda: a) Resumen b) Introducción c) Objetivos d) Materiales y métodos e) Resultados f) Discusiones g) Conclusiones h) Referencias i) Anexos.
El encargado de este plan de monitoreo será el Administrador de Obra del proyecto durante su fase de construcción, quien deberá entregar a la autoridad el reporte en un plazo de 10 días hábiles.
Conclusiones generales
En el presente estudio se evaluó el impacto de los agentes contaminantes ruido y vibración, en un total de 6 receptores determinados como los más sensibles (5 receptores humanos y 1 receptor de fauna) dentro del área de influencia definida para el estudio de ruido, mientras que para el componente vibración, en 4 receptores dentro del área de influencia. Los resultados expuestos en este informe pertenecen a los escenarios más desfavorables para aquellos receptores, por lo que, en la práctica, las emisiones de ruido y vibración recibidos por éstos serían menores.
ruido propuestas en el presente informe, las contribuciones de nivel de presión sonora, en todos los receptores, no superan el límite establecido según D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, así como tampoco superan los umbrales de afectación para la fauna nativa según el criterio del documento pactos por ruido sobre OPB 814.41, para ruido por flujo vehicular. Cabe señalar que lo anterior se logra considerando un margen de seguridad de 3 dB(A), recomendado por la para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en
referencia para molestias en receptores humanos y daño estructural, de la guía técnica FTA (Anexo 12). Por otra parte, de acuerdo a la proyección y evaluación del impacto vibratorio del flujo vehicular asociado al proyecto, superación del límite permitido según la guía técnica FTA para el receptor más expuesto, por lo cual cualquier otro receptor ubicado a mayor distancia presentará la misma condición de cumplimiento.
En consecuencia, para ambas componentes, si se genera cumplimiento en estos escenarios de condición más desfavorable, se generará cumplimiento para todos los demás frentes de trabajo de menor emisión, tanto de ruido como de vibración, así como también para cualquier otro receptor ubicado a mayor distancia.
Otras Emisiones Vibraciones Para estimar las emisiones de vibración que podría generar el proyecto hacia los receptores, se programó un algoritmo en Python que integra la ecuación (5) definida por la guía técnica FTA. En este programa se puede ingresar la información correspondiente a las coordenadas de las fuentes vibratorias, las coordenadas de los receptores y el valor referencial PPVref correspondiente a cada maquinaria pesada que, eventualmente, podría generar un impacto por vibraciones. De esta manera, para el presente estudio se toman las siguientes consideraciones: Se ingresaron receptores puntuales en las ubicaciones consideradas como sensibles por su cercanía con el proyecto. Las maquinarias de los frentes de trabajo fueron ingresadas como fuentes puntuales. Los mapas de vibración a nivel del suelo indican el nivel de velocidad Lv [VdB], cuyo valor disminuye al aumentar la distancia fuente-receptor o alejarse de las fuentes vibratorias. Los puntos fueron seleccionados de acuerdo con su cercanía con las obras y actividades que involucra el Proyecto. La identificación de cada uno de ellos se encuentra disponible en el Informe de ruido y vibraciones versión corregida en el Anexo A-04 de la Adenda. En las Tabla 1-47 y Tabla 1-48, del cap. 1 de la DIA, se muestra la evaluación de las emisiones vibratorias asociadas a la fase de construcción, considerando los criterios de daño según lo detallado en el Informe de ruido y vibraciones versión corregida en el Anexo A-04 de la Adenda. Mayor detalle se encuentra disponible los niveles de vibración proyectados por flujo vehicular en el Informe de ruido y vibraciones versión corregida en el Anexo A-04 de la Adenda. De acuerdo con los resultados obtenidos y presentados en el Informe de ruido y vibraciones, se concluye que se produce cumplimiento, en todos los receptores, a los límites por molestia de la guía técnica FTA, al implementar las medidas de control de vibraciones. Además, que se genera cumplimiento del límite máximo aplicable según la guía técnica FTA en el receptor más cercano al flujo vehicular durante la fase de construcción. Dentro de las partes, obras y acciones del proyecto en su fase de construcción, operación y cierre que podrían generar un impacto por vibración hacia los receptores, se detalla a continuación, la estimación, análisis y evaluación de esta componente. Para estimar las emisiones de vibración que podría generar el proyecto hacia los receptores, se programó un algoritmo en Python que integra la ecuación (5) definida por la guía técnica FTA. En este programa se puede ingresar la información correspondiente a las coordenadas de las fuentes vibratorias, las coordenadas de los receptores y el valor referencial correspondiente a cada maquinaria pesada que, eventualmente, podría generar un impacto por vibraciones. De esta manera, para el presente estudio se toman las siguientes consideraciones: Se ingresaron receptores puntuales en las ubicaciones consideradas como sensibles por su cercanía con el proyecto. Las maquinarias de los frentes de trabajo fueron ingresadas como fuentes puntuales. Los mapas de vibración a nivel del suelo indican el nivel de velocidad Lv [VdB], cuyo valor disminuye al aumentar la distancia fuente-receptor o alejarse de las fuentes vibratorias.
El proceso de cálculo, con las variables de entrada y salida asignadas en Python se detalla en la siguiente Tabla: Fuente: Tabla 48 del Anexo A- la Adenda
Determinación de receptores sensibles al impacto por vibración
Como se mencionó anteriormente, dado que no se encuentran lugares con valor turístico o patrimonial dentro del AIV, los receptores para el análisis de impacto por vibración serán aquellos que se encuentren dentro del área de influencia respectiva. Se determinó como receptores sensibles a aquellos que se encuentran más cercano a las actividades desarrolladas en las etapas II.A y II.B del proyecto y dentro del área de influencia (R1, R2 y R4), y además se incluye en el análisis a 1 receptor interno (R-in 1) para representar la influencia del proyecto en las obras entregadas durante la etapa II.A. A continuación, se detallan los receptores sensibles:
Fuente: Tabla 52 del Anexo A- la Adenda.
A continuación, se muestra la clasificación de cada receptor en base al uso de suelo según el criterio de la guía técnica FTA, además del nivel máximo permitido para eventos frecuentes con el fin de evaluar la molestia en receptores humanos, y el límite según la misma guía para evaluar el posible daño estructural en edificaciones. Fuente: Tabla 53 del Anexo A- la Adenda.
En la siguiente cartografía, se muestra el AIV junto con los receptores sensibles.
Fuente: Cartografía 6 del Anexo A- de la Adenda Proyecciones y evaluación de vibración por maquinarias solapan las actividades desarrolladas por las maquinarias en los frentes de renciadas en las siguientes figuras y tablas: Subetapa 1: A continuación, se muestra la distribución de fuentes de vibración: Fuente: Figura 19 del Anexo A- la Adenda.
Fuente: Tabla 54 y 55 del Anexo A- de la Adenda A través de los resultados de la tabla anterior, se puede apreciar que se genera el cumplimiento de los límites por molestia establecidos en la guía técnica FTA en los receptores evaluados. De la misma forma se puede notar el cumplimiento de los límites para el caso de daño estructural en edificaciones. Los datos de la simulación de este escenario se muestran en el Anexo 11. Subetapa 2: A continuación, se muestra la distribución de fuentes de vibración: Fuente: Figura 21 del Anexo A- la Adenda.
A continuación, se presentan los resultados de las modelaciones hacia los receptores en los escenarios propuestos. Fuente: Tabla 8 del Anexo A- Adenda
A través de los resultados de la tabla anterior, se puede apreciar que se genera el cumplimiento de los límites por molestia establecidos en la guía técnica FTA en los receptores evaluados. De la misma forma se puede notar el cumplimiento de los límites para el caso de daño estructural en edificaciones.
En el presente estudio se evaluó el impacto de los agentes contaminantes ruido y vibración, en un total de 6 receptores determinados como los más sensibles (5 receptores humanos y 1 receptor de fauna) dentro del área de influencia definida para el estudio de ruido, mientras que para el componente vibración, en 4 receptores dentro del área de influencia. Los resultados expuestos en este informe pertenecen a los escenarios más desfavorables para aquellos receptores, por lo que, en la práctica, las emisiones de ruido y vibración recibidos por éstos serían menores.
referencia para molestias en receptores humanos y daño estructural, de la guía técnica FTA (Anexo 12). Por otra parte, de acuerdo a la proyección y evaluación del impacto vibratorio del flujo vehicular asociado al proyecto, superación del límite permitido según la guía técnica FTA para el receptor más expuesto, por lo cual cualquier otro receptor ubicado a mayor distancia presentará la misma condición de cumplimiento.
En consecuencia, para ambas componentes, si se genera cumplimiento en estos escenarios de condición más desfavorable, se generará cumplimiento para todos los demás frentes de trabajo de menor emisión, tanto de ruido como de vibración, así como también para cualquier otro receptor ubicado a mayor distancia.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domiciliarios Los residuos domiciliarios generados en la fase de construcción, se instalarán contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas, siendo retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad.
Respecto de los volúmenes de residuos a generar, se estiman en 1,00 kg/día por trabajador (dotación máxima de 150 trabajadores), alcanzando aproximadamente 150 kg de residuos domésticos al día (equivale a 1,00 m3/día; densidad 150 kg/L).
En el Anexo AC-05 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos técnicos y formales para la solicitud del PASM del artículo 140
modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios d
Residuos industriales no peligrosos e inertes Corresponden a residuos de la construcción, principalmente trozos de plástico, madera, fierro, restos de hormigón, entre otros los que serán almacenados en contenedores cerrados y serán retirados por una empresa autorizada, según sea necesario.
En el Anexo AC-05 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos técnicos y formales para la solicitud del PASM del artículo 140 del Reglamento del SEIA:
Cabe señalar que, se implementará un registro que dé cuenta de los residuos generados en la fase de construcción, el cual indicará cantidades mensuales generadas enviadas a destino autorizado, conforme al formato presentado en la Tabla 1-51 del cap. 1 de la DIA.
El titular en su fase de construcción implementará charlas educativas del manejo racional de los residuos, para promover el uso de utensilios reutilizables, con el objetivo de generar menos residuos sólidos en la obra.
El titular considerará en todo momento el manejo de residuos será de exclusiva responsabilidad del generador o bien del Titular, por lo que se implementará y capacitará sobre el manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, privilegiando las alternativas de prevención, reúso y reciclaje por sobre las alternativas como el tratamiento y/o la disposición. Lo anterior, será aplicado para todo el tipo de residuos sólidos generados en la fase de construcción y operación del Proyecto.
El titular se hará cargo de los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y escombros, generados en la fase de construcción sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos que puedan causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final, manteniendo un registro de la disposición final y su chequeo que no existe algún tipo de contaminación por residuos peligrosos.
En Capítulo 6 de esta DIA se presentan los contenidos técnicos y formales para la solicitud del PASM del artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Residuos peligrosos Los residuos sólidos considerados como peligrosos corresponden principalmente a envases vacíos de aceites, pinturas, lubricantes, huaipes y EPP usados. Estos residuos serán almacenados temporalmente en un recinto ubicado en la instalación de faena, la cual dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL.
En el Anexo AC-05 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos técnicos y formales para la solicitud del PASM del artículo 142
Ver Tabla 51 de la Adenda. Estimación y caracterización de residuos peligrosos. Fase de construcción.
En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, líquidos hidráulicos y/o combustible durante la fase de construcción, se almacenarán los residuos en tambores con tapa, en un sector con piso impermeable, con control de derrame, bajo techo y señalizado, para luego ser
dispuesto en sitios autorizados por está Autoridad Sanitaria, dando cumplimento a lo indicado en el D.S. N°148 de 2003 del MINSAL, que Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo De Residuos Peligrosos
Sustancias peligrosas Respecto a este tipo de sustancias, el Titular se asegurará que la empresa que preste el servicio de transporte cumpla con las disposiciones generales del Decreto Supremo Nº298/1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
La bodega de sustancias peligrosas y químicos corresponde a recinto para el almacenamiento de líquidos inflamables, combustible, gases, pinturas, solventes, pegamentos, barnices, entre otros.
Para mayor información, ver Tabla 1-24 del cap. 1 de la DIA sobre Características bodega sustancias peligrosas y químicos.
Se contempla además la implementación de una bodega de combustible en obra conforme a las condiciones indicadas a continuación:
Bodega auto contenida, con piso de pendiente no inferior a 0,5% que permita el escurrimiento del derrame hacia una zona de acumulación o con contención perimetral
Sistema de recolección conectado a una cámara de contención estanca la que tendrá un volumen equivalente al 110% del envase de mayor capacidad, con un mínimo de 1,1 m3. El volumen máximo de combustible será de 1 m3.
Se dará cumplimiento al capítulo 4° del Decreto 160 que Aprueba Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.6. del ICE 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Viviendas
Se adjunta archivo kmz con detalle de viviendas del Lote 1A-2 y centroide georreferenciado, y se incluyen en la siguiente Tabla 19 Georreferenciación de los Lotes habitaciones del Proyecto en evaluación (Lote 1A-2) del Adenda, correspondientes a 276 viviendas.
Fuente: Figura 26 del Adenda.
Con respecto a las exigencias de la OGUC, se indica que la estabilidad de las distintas construcciones se cumple desde el momento en que se confeccionan por un ingeniero calculista, el cual realiza diseño de acuerdo a normativas vigentes, tipos de suelo a emplazarse y los distintos requerimientos necesarios para que la DOM de Graneros apruebe la solicitud de P.E.,
Referente a la aislación acústica en muros se cumple con la utilización de ladrillo Santiagote 9 perimetralmente, más la aislación de lana mineral papel 1 cara de mínimo 100 mm en la estructura de techumbre. En cuanto al retardo al fuego, las viviendas se construyen de acuerdo con el listado oficial de comportamiento al fuego de elementos y componentes de la construcción. Al momento de solicitar el Permiso de Edificación, se deben cumplir las exigencias de la OGUC indicadas en el título 4 de la arquitectura y el título 5 de la construcción indicadas en la solicitud de Permiso de Edificación para obtener la aprobación de la DOM de Graneros.
El ingreso de la solicitud de aprobación anteproyecto a la DOM de Graneros descontaminación atmosférica para el Valle central de la Región del existente: vivienda cuya solicitud de permiso de edificación o de anteproyecto sea ingresada hasta 12 meses contados desde la entrada en PDA (desde el 29/03/2023) sin embargo se considera en la estimación de emisiones y se adjunta en el Anexo A-01 de la Adenda el comprobante de ingreso de anteproyecto a DOM de Graneros.
Obras o instalaciones para el manejo de aguas servidas y agua potable El Proyecto se conectará al empalme de alcantarillado y agua potable existente de la empresa ESSBIO S.A.
Esta obra será de carácter permanente tanto para la fase de construcción como operación y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDDA).
Es importante indicar que el Proyecto cuenta con certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA.
Áreas de estacionamientos de usos comunes El Proyecto requiere una cantidad de estacionamientos exigidos conforme a lo indicado en el Plan Regulador Comunal y artículo 2.4.2 de la OGUC.
A continuación, se entrega detalle de los estacionamientos que incorpora el Lote.
El Proyecto no considera estacionamientos de visita, sin embargo, considera 3 unidades de estacionamientos en el área de equipamiento N°1 e incluye
una unidad para estacionamiento para personas con discapacidad. Se aclara además que, los estacionamientos son en superficie.
Infraestructura de aguas lluvia
Para el emplazamiento del Proyecto se plantea como solución general la conexión y empalme a servicio sanitario del sector, se evacuará el agua lluvia a través de tuberías existentes.
En Anexo A-03 de la Adenda se presentan los planos: 7. Plano de agua potable 8. Plano de accesibilidad 9. Plano de aguas lluvia 10. Plano de alcantarillado 11. Plano de pavimentación 12. Plano de áreas verdes y equipamientos
En el Anexo A-03 de la Adenda se adjunta Proyecto de Aguas Lluvias revisión F de fecha 13/06/2024, donde se gráfica y muestra la infraestructura como los ductos, cañerías, cámaras y partes especiales que conforman el proyecto. En el Anexo A-02 de la Adenda se adjuntan en formato KMZ referido a la solución de aguas lluvias.
Punto E (esquina de calles Los Canelos y Antonio Varas Sur) se regulariza el cruce del ramal canal Santa Ana (paralelo al canal Cerpa), en sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Antonio Varas. Obras en cauce artificial, presentada como regularización del punto E del masterplan y obras de intervención, presentada en el Anexo AC-05 de la Adenda Complementaria, PASM 156 del Reglamneto del SEIA.
De acuerdo con lo indicado en el Estudio Hidrológico adjunto en el Anexo A-04 de la Adenda, el Proyecto colinda con dos canales artificiales relevantes: Canal Cerpa, paralelo al límite norte y el sector oeste del Proyecto, y el Canal El Pueblo, paralelo al límite este del predio (ubicado entre el Proyecto y la línea de ferrocarriles).
Al norte del Proyecto paralelo a Canal Cerpa, se reconoce una conexión con el Canal del Pueblo, una acequia sin revestimiento orientada en dirección aproximada este oeste, la cual se observa en desuso, con trazados poco definidos y con presencia de vegetación por falta de mantención, denominado Ramal Santa Ana.
Las obras de intervención del Punto E (esquina de calles Los Canelos y Antonio Varas Sur) del Masterplan, que corresponde al cruce del ramal canal Santa Ana (paralelo al canal Cerpa), en sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Antonio Varas mediante un cajón de hormigón armado.
A continuación, se muestra en el punto E del Master Plan el atravieso del canal ramal Santa Ana, donde se ejecutó la obra mencionada, la cual ha sido aprobada por el SERVIU:
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 4, asociado a la obras E.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 5, asociado a la obras E.
En Punto E (esquina de calles Los Canelos y Antonio Varas Sur) se regulariza el cruce del ramal canal Santa Ana (paralelo al canal Cerpa), en sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Antonio Varas mediante un cajón de hormigón armado de 1.20m x 1.20m de sección interior y 1.56mx1.56m exterior.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 9, asociado a la obras E.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 10, asociado a la obras E.
Infraestructura de agua potable
Se presenta Certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA
En Anexo A-03 de la Adenda se presentan los planos: 7. Plano de agua potable 8. Plano de accesibilidad 9. Plano de aguas lluvia 10. Plano de alcantarillado 11. Plano de pavimentación 12. Plano de áreas verdes y equipamientos
En el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta contrato de ampliación de territorio operacional de Essbio S.A. y Fundación Invica
Obra cruce de cauce El cruce para la conexión de la red de agua potable en el sentido Sur- Norte por sobre el canal Cerpa y sobre el Ramal Canal Santa Ana.
Se considera una tubería que va por sobre ambos canales, además una obra de atravieso bajo calzada mediante la pavimentación un cajón de hormigón armado bajo la futura calzada de calle Luis Barros Borgoño Sur para el ramal canal Santa Ana, sentido Oriente-Poniente.
Las obras consideran intervenir en este punto al Canal Cerpa y Canal Ramal Santa Ana (acequia sin uso) ubicados en el deslinde nororiente del proyecto
A continuación, se muestra en el punto F del Master Plan el atravieso de los canales principales, donde se ejecutarán las obras mencionadas:
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 4, asociado a la obras F.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 5, asociado a la obras F.
En el área del Proyecto, específicamente en sus límites norte y este, se reconocen dos importantes canales o cauce de naturaleza artificial; nombres y datos de propiedad según Comisión Nacional de Riego, 2024:
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 6, asociado a la obras F.
- Canal Cerpa: Canal con orientación general este - oeste, con flujo de agua en este mismo sentido (de este a oeste), que se dispone en el borde norte del Proyecto. Corresponde a un canal de distribución y conducción. Su fuente hídrica corresponde al Río Cachapoal 1era Sección, y es propiedad de la Asociación de Canalistas Canales de la Compañía.
Dimensiones medias: 3 m de ancho / 1,5 m de profundidad (en el momento de la visita, contenía una columna de agua promedio de 60 cm). Canal sin revestimiento en su mayor parte del trazado por el límite norte del Proyecto
Posteriormente, el canal cambia su orientación al llegar a la Ruta H-10 (Camino Real), tomando sentido norte-sur recorriendo paralelo a la ruta y al deslinde oriente del proyecto en dirección sur.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 8, asociado a la obras F.
Además de los canales antes nombrados, al norte del Proyecto, se reconoce una conexión con el Canal del pueblo, una acequia que se observa en desuso, con trazados poco definidos y con presencia de vegetación por falta de mantención. Denominado:
-Canal Ramal Santa Ana: Canal con orientación este-oeste, paralelo al Canal Cerpa y cuya fuente hídrica corresponde al Canal El Pueblo, alimenta
los predios contiguos botando sus aguas al canal Cerpa. Este ramal se encuentra actualmente sin paso de agua y sin un uso periódico.
Dimensiones: 0.7m de ancho/ 0.5 de profundidad. No presenta revestimiento ni flujo o columna de agua.
Detallar tipo de obra, función, características constructivas y dimensiones básicas.
En Punto F del Masterplan correspondiente al punto 1 de la siguiente figura, se proyecta el cruce para conexión de la red de agua potable, en sentido Sur- Norte por sobre el Canal Cerpa y sobre el Ramal Canal Santa Ana, consiste
En Punto F del Masterplan correspondiente al punto 3 de la siguiente figura sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Luis Barros Borgoño Sur para el ramal canal Santa Ana, mediante cajón de hormigón armado de 1.20m x 1.20m de sección interior y 1.56mx1.56m exterior.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 12, asociado a la obras F.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 13, asociado a la obras F.
Fuente: Para mayor detalle Anexo PASM 156 del Adenda Complementaria, Figura 14, asociado a la obras F. Cabe indicar que:
Mediante Oficio Ord. N°976/2025 de fecha 30 de mayo de 2025, la SEREMI MINVU de la Región de O Higgins, señala lo siguiente:
De acuerdo a dicha revisión, este organismo se pronuncia con CONFORMIDAD CONDICIONADA a la exigencia del titular de la ejecución de la continuidad de la calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el norte, la que constituye una vía estructurante de nivel comunal establecida en el Plan Regulador Comunal de Graneros año 2016 vigente, de acuerdo al artículo 4 de su Ordenanza.
Lo anteriormente expuesto en conformidad al Cumplimiento Normativo a continuación, señalado: -Certificado de Informaciones Previas N 0 87 de fecha 13-03-2023, correspondiente al Rol N O 183-5, el cual en el punto 5.3 de Afectación de Utilidad Pública, en su punto N 0 3 señala; Apertura por prolongación de calle Luis Barros Borgoño Sur 18,00 mts entre líneas oficiales".
Y lo estipulado en el punto N 06 de Características de Urbanización, Nota 2, punto 1) Se debe considerar mantener la prolongación de línea oficial oriente de camino real tramo norte y prolongación de las vías Antonio Varas Sur, Luis Barros Borgoño Sur y Calle Proyectada 6, así como el punto 2) El propietario deberá acreditar si el canal que pasa por el deslinde norte y poniente depende de la asociación de canalistas y de ser así deberá atender los requerimientos de esta asociación. Certificado adjunto en el Anexo 1.2 de la Declaración de Evaluación Ambiental.
-Artículo 1340 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de servicio del terreno
Así mismo, mediante Oficio Ord. N°229/2025 de la Dirección Regional
Se hace presente que, conforme al Oficio ORD. N°202506102114 de 29 de solicitó a este Servicio pronunciarse respecto de la obra de cruce para
urbanización de conexión de acceso del Proyecto con Avenida Luis Barros Borgoño Sur, declarada en el Anexo AC Medidas de rior dado que dicha urbanización requiere para el cruce del canal Cerpa, un atravieso desde el terreno del Proyecto hasta la conexión con Calle Barros Borgoño Sur (en el predio siguiente).
En este sentido, es dable indicar que, la actual solución proyectada para el cruce de la calle Luis Barros Borgoño Sur sobre el Canal Cerpa y el Ramal Santa Ana mediante un cajón de hormigón armado de sección 1,20 x 1,20 m, podría resultar insuficiente para permitir la adecuada proyección y conectividad vial hacia el predio colindante al norte, en cumplimiento con la normativa urbana y de vialidad comunal vigente.
En este contexto, se advierte la necesidad de prever una obra estructural mayor en dicho punto, de aproximadamente 18 metros de longitud, cuya ejecución futura implicaría una intervención mayor a los cauces, lo que eventualmente requerirá la tramitación del PAS 156.
Dado lo anterior, esta Dirección condiciona la aprobación del PAS 156 al cumplimiento de las siguientes exigencias del proyecto:
El Titular deberá incorporar en el proyecto la extensión vial de calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el predio contiguo al norte para ambos canales (Canal Cerpa y Ramal Santa Ana). Dicha obra definitiva deberá someterse sectorialmente al PAS 156 (DGA), conforme a la normativa ambiental aplicable, y presentar todos los requisitos técnicos y formales al momento de su tramitación. Todo lo anterior, con el objeto de resguardar la compatibilidad de la infraestructura proyectada con el desarrollo urbano futuro y con la protección de los cauces intervenidos, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Código de Aguas y el artículo 156 del D.S. N°40/2012 (RSEIA). Se hace presente que, el Titular del Proyecto deberá presentar la autorización de la Asociación de Canalistas Canales de la Compañía y de cualquier otro propietario de los canales a intervenir, por lo cual se recomienda coordinar dicha autorización con antelación a la
Infraestructura de alcantarillado
Se presenta Certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA.
En Anexo A-03 de la Adenda se presentan los planos: 7. Plano de agua potable 8. Plano de accesibilidad 9. Plano de aguas lluvia 10. Plano de alcantarillado 11. Plano de pavimentación 12. Plano de áreas verdes y equipamientos
En el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta contrato de ampliación de territorio operacional de Essbio S.A. y Fundación Invica.
Infraestructura de energía, gas y telecomunicacion es Se solicita empalme eléctrico provisorio a la empresa del sector. Cabe mencionar que las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos de la clase correspondiente, autorizados por esta, según lo
establecido en el D.S. N°92/83 referido al Reglamento de Instaladores Eléctricos y Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos y de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta N°1128, de 2006 de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, mencionada
En Anexo A-03 de la Adenda se presentan los planos: 7. Plano de agua potable 8. Plano de accesibilidad 9. Plano de aguas lluvia 10. Plano de alcantarillado 11. Plano de pavimentación 12. Plano de áreas verdes y equipamientos
Además el Plano proyecto de urbanización asociado a redes de electrificación y alumbrado público Rev. 2 de fecha 12/06/24 El Plano proyecto de gas domiciliario de la vivienda de 52,48 m2 de Rev. 01 de fecha 21/06/19 El Plano proyecto de gas domiciliario de la vivienda de 57,74 m2 de Rev. 01 de fecha 26/11/18.
Pavimentación
En el Anexo A-03 de la Adenda se adjunta proyecto pavimentación en formato CAD, KMZ y PDF.
En el Anexo A-01 se adjunta memoria de Proyecto de Pavimentación de fecha junio de 2024 y Bases técnicas para obras de Pavimentación de fecha 2022.
En Anexo A-03 de la Adenda se presentan los planos: 7. Plano de agua potable 8. Plano de accesibilidad 9. Plano de aguas lluvia 10. Plano de alcantarillado 11. Plano de pavimentación 12. Plano de áreas verdes y equipamientos
Accesibilidad universal a áreas verdes y equipamiento, juegos inclusivos, entre otros aspectos, considerando para ello lo indicado en el Manual de Accesibilidad Universal del SENADIS Las condiciones de accesibilidad universal, se respeta lo indicado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en cuanto a ancho, longitud, altura, las maniobras en los desplazamientos, pavimento estable en las rutas junto a su señalética.
La pendiente transversal no supera lo permitido, según la normativa los cruces peatonales se emplazan preferentemente en las esquinas, se utilizan las baldosas podotáctil para un desplazamiento seguro, escaños de acuerdo con normativa y estacionamientos accesibles.
Se adjunta el Plano de Accesibilidad Universal Rev. 01 de fecha 18/03/2024 y su Memoria de Rev. 7 de fecha 05/06/2024, para mejor visualización del cumplimiento de las condiciones de accesibilidad universal, todas las zonas con juegos infantiles contarán con un juego inclusivo, en el Anexo A-03 de la Adenda.
En el área de influencia no existen facilidades para usuarios de bicicletas (ciclos). Los usuarios de la bicicleta circulan en calzada compartiendo el espacio con los vehículos motorizados sin segregación. De acuerdo con lo indicado en el IMIV adjunto en el Anexo A-03 de la Adenda, las obras de urbanización y las medidas de mitigación del Proyecto resguardarán la continuidad de las ciclovías existentes y no podrán dificultar o impedir el uso de los estacionamientos públicos para bicicletas o de las estaciones de sistemas públicos de bicicletas y otros ciclos existentes en el área de influencia.
Obras complementarias plantaciones y obras de ornato, y obras de defensa del terreno Se aclara que, dada la topografía del terreno donde se emplaza el Proyecto, las obras de defensa consideradas corresponden a Muros de Contención de bloques de hormigón. En el Anexo A-03 de la Adenda se adjunta las especificaciones generales y lámina de detalles.
Vialidades En el Anexo A-03 de la Adenda se adjunta proyecto de Pavimentación revisión E de fecha 06-jul-2024, se indica el nombre de las vías internas y externas.
Vías externas - Calle Juan Astudillo Cabezas - Calle Octavio Muñoz Rojas - Calle Octavio Liberona Valenzuela
Vías internas - Calle Los Canelos PRC - Calle Doce - Calle Javier Torneria Escobillana - Calle Once - Calle Trece - Calle Luis Barros Borgoño PRC - Calle Fernando Solís Perez - Calle Diez - Calle Catorce - Pasaje Cinco - Pasaje Seis - Calle Antonio Varas Sur - Calle Guacolda Meza Nuñez
A lo anterior deberá sumarse la exigencia indicada mediante Oficio Ord. N°976/2025 de fecha 30 de mayo de 2025, la SEREMI MINVU de la Región de O Higgins, señala lo siguiente: De acuerdo a dicha revisión, este organismo se pronuncia con CONFORMIDAD CONDICIONADA a la exigencia del titular de la ejecución de la continuidad de la calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el norte, la que constituye una vía estructurante de nivel comunal establecida en el Plan Regulador Comunal de Graneros año 2016 vigente, de acuerdo al artículo 4 de su Ordenanza.
Lo anteriormente expuesto en conformidad al Cumplimiento Normativo a continuación, señalado: -Certificado de Informaciones Previas N 0 87 de fecha 13-03-2023, correspondiente al Rol N O 183-5, el cual en el punto 5.3 de Afectación de Utilidad Pública, en su punto N 0 3 señala; Apertura por prolongación de calle Luis Barros Borgoño Sur 18,00 mts entre líneas oficiales".
Y lo estipulado en el punto N 06 de Características de Urbanización, Nota 2, punto 1) Se debe considerar mantener la prolongación de línea oficial oriente de camino real tramo norte y prolongación de las vías Antonio Varas Sur, Luis Barros Borgoño Sur y Calle Proyectada 6, así como el punto 2) El propietario deberá acreditar si el canal que pasa por el deslinde norte y poniente depende de la asociación de canalistas y de ser así deberá atender los requerimientos de esta asociación. Certificado adjunto en el Anexo 1.2 de la Declaración de Evaluación Ambiental.
-Artículo 1340 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y
desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de servicio del terreno
Áreas Verdes Se incorpora riego por aspersión a prados y por goteo en árboles y arbustos.
A.V. N° 14, ubicación N = 6227300 y E = 340300 A.V. N° 13, ubicación N = 6227200 y E = 340300 A.V. N° 12, ubicación N = 6227100 y E = 340300 A.V. N° 11, ubicación N = 6227122 y E = 340200 A.V. PRC 2, ubicación N = 6227161 y E = 340128 A.V. PRC 1, ubicación N = 6227200 y E = 340000 A.V. N° 10, ubicación N = 6227227 y E = 339900 A.V. N° 9, ubicación N = 6227300 y E = 339821
A.V. N° 14, superficie de 1.320,11 m2 A.V. N° 13, superficie de 1.503,47 m2 A.V. N° 12, superficie de 773,41 m2 A.V. N° 11, superficie de 2.977,35 m2 A.V. PRC 2, superficie de 2.921,64 m2 A.V. PRC 1, superficie de 2.091,05 m2 A.V. N° 10, superficie de 611,08 m2 A.V. N° 9, superficie de 4.050,94 m2
Las especies de las áreas verdes son las siguientes: Arbustos Phitosporo nigricans Estenocarpus Crespón
Árboles Maiten Espino Patawa Peumo (árbol nativo) Quillay (árbol nativo)
Recubimiento de suelo Maicillo Pasto Radier
El proyecto considera un Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) con implementación de especies nativas de bajo consumo hídrico, el cual incorpora riego por aspersión a prados y por goteo en árboles y arbustos.
Obra gruesa Esta actividad corresponde a las actividades de construcción de pilares, muros, cubierta del edificio y fundaciones, la que comprende el mayor requerimiento de mano de obra. La duración de la actividad se presenta en la Carta Gantt (ver Figura 1-31 del cap.1 de la DIA)
Terminaciones La presente actividad selecciona diversos insumos para cada uno de los diferentes sitios presentes en los edificios conforme las especificaciones técnicas para ejecutar las obras y partes del Proyecto.
La duración de la actividad se presenta en la Carta Gantt (ver Figura 1-31 del cap. 1 de la DIA).
Entrega Corresponde a la recepción final otorgada por la Dirección de Obras Municipales de Graneros. La duración de la actividad corresponde a la indicada en el cronograma de actividades (ver Figura 1-31 del cap. 1 de la DIA).
Acción Operación de las medidas de mitigación vial ejecutadas en el marco de la Aprobación del IMIV. Considerando además lo señalado por la SEREMI de Transpórte y Telecomunicaciones en el marco de la presente evalaución de impacto ambiental mediante el Oficio Ord. N°15276/2025 de fecha 28 de mayo de 2025, que indica:
resolución de rechazo de fecha 14 de marzo de 2025. Se aclara que, si la RCA resulta favorable, el titular deberá gestionar, el proyecto IMIV de manera sectorial, conforme a lo dispuesto en el artículo 171 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el cual señala que, todos los proyectos que generen crecimiento urbano por extensión o por densificación, sean estos urbanos o rurales, deberán registrar la información que el reglamento determine en el sistema electrónico especificado en el artículo 170 del mismo
Acción Tránsito o circulación por movilidad de la población La puesta en marcha del proyecto contempla el movimiento de transeúntes, principalmente desde y hacia los paraderos de la locomoción colectiva. Y Movilidad de los residentes en vehículos particulares Acción Operación del sistema particular de agua potable El Proyecto se conecta al empalme de agua potable existente de la empresa ESSBIO.
El Proyecto cuenta con el Certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA y se presenta en Anexo A-01 de la Adenda el contrato de ampliación del área operacional de ESSBIO, para garantizar el abastecimiento de agua potable y solución de alcantarillado de aguas servidas para los residentes del conjunto Habitacional. Acción Operación del sistema de alcantarillado de aguas servidas El Proyecto se conectará al empalme de alcantarillado existente de la empresa de la empresa del sector.
El Proyecto cuenta con el Certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA y se presenta en el Anexo A-01 de la Adenda el contrato de ampliación del área operacional de ESSBIO, para garantizar el abastecimiento de agua potable y solución de alcantarillado de aguas servidas para los residentes del conjunto Habitacional. Acción Operación del sistema de aguas lluvias. Para el emplazamiento del Proyecto se plantea como solución general la conexión y empalme a servicio sanitario del sector, se evacuará el agua lluvia a través de tuberías existentes.
Se presenta en el Anexo A-03 de la Adenda el plano de aguas lluvias
Se adjunta memoria del Proyecto de aguas lluvias en el Anexo AC-03 de la Adenda Complementaria, en ella se encuentran los cálculos que fundamentan y justifican el diseño de la propuesta.
La cual fue revisada y aprobada por la entidad técnica responsable correspondiente (SERVIU), lo cual se ejecutará una vez obtenida la aprobación ambiental y los permisos de loteo y edificación del proyecto. Acción Operación del sistema de aires acondicionados, grupos electrógenos, calderas u otros equipos de combustión Se considera sistemas de aire acondicionado para calefacción de los residentes. Acción Mantención de No se considera actividades de mantención para la fase de operación del Proyecto.
ascensores, grupo electrógeno, calderas Sin perjuicio de lo anterior, el Titular tendrá presente, que en caso de ser calificado ambientalmente favorable las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución, son de su responsabilidad, sean implementadas por el directamente o a través de un tercero. Suministros Básicos Agua potable y alcantarillado de aguas servidas Durante la fase de operación el agua potable es abastecida por la empresa sanitaria del sector. Es importante indicar que el Proyecto cuenta con Se presenta Certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N° 13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA, para garantizar el abastecimiento de agua potable y solución de alcantarillado de aguas servidas para los residentes del conjunto habitacional.
En el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta contrato de ampliación de territorio operacional de ESSBIO S.A. y Fundación Invica.
Energía Durante la fase de operación la energía eléctrica es abastecida por la empresa del sector.
Cabe mencionar que las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanente, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos de la clase correspondiente, autorizados por esta, según lo establecido en el D.S. N°92/83 referido al reglamento de instaladores eléctricos y electricistas de recintos de espectáculos públicos y de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta N° 1128, de 2006 de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, mencionada
Mano de Obra Productos generados Viviendas 276 unidades habitacionales. Recursos naturales renovables Tal como se indicó en el numeral 1.5.6 del cap.1 de la DIA, el Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades en ninguna de sus fases. Emisiones y efluentes Emisiones a la atmósfera
MP, MP 10, MP2.5, NOX, SO2, NH3, CO y COV Fuentes de emisión Tránsito de vehículos por vías pavimentadas
Las principales fuentes de emisión asociadas a esta fase de operación del Proyecto son:
Fuente: Tablas 67, 68, 69 y 70 del Anexo AC-
Se consideró una distancia externa de recorrido de los residentes del Proyecto hasta el centro de Graneros por requerimiento de la autoridad. Fuente: Figura 5 del Anexo AC-
Los viajes calculados consideran los viajes atraídos y generados indicados en el Informe de Movilidad, adjunto en el Anexo 1.7 de la DIA. De esta manera, a continuación, se presentan los viajes de los residentes en la medida que se irán habilitando las viviendas durante la fase de operación del Proyecto, y finalmente una vez que este opera a su máxima capacidad desde el año 4 en adelante.
Fuente: Anexo AC- Adenda Complementaria
Combustión vehicular Para la estimación de las emisiones atmosféricas producto de la combustión interna de vehículos, se utilizará los factores de emisión presentados en de la categoría vehicular, del tipo de combustible, cilindrada, peso, y de la normativa de emisiones.
Fuente: Anexo AC- Adenda Complementaria
Combustión de estufas a leña
En cuanto al tipo de calefacción domiciliaria, la estimación de las emisiones se realizó considerando calefacción a leña en la totalidad de las viviendas que conforman la situación base del Proyecto, es decir, en las 245 unidades habitacionales. Respecto al Proyecto en evaluación (nuevas viviendas) el titular considera incorporar un sistema de calefacción eléctrica a las viviendas, correspondientes a un aire acondicionado tipo inverter. Por tanto, dado la tecnología del sistema de calefacción propuesto, no se consideran emisiones por calefacción para las viviendas que forman parte de la situación proyectada. Este escenario sobreestima las emisiones y supone el peor escenario posible de generación de emisiones a la atmosfera
Se utilizaron los factores de emisión de la Tabla 7.2 de la Guía de Estimación de emisiones, específicamente los factores de combustible para Leña, los que se muestran a continuación.
Resumen de emisiones durante Fase de operación Las siguientes tablas muestran las emisiones de la fase de operación
Fuente: Anexo AC- Adenda Complementaria
RESUMEN EMISIONES DEL PROYECTO A continuación, se presenta la tabla resumen de emisiones del Proyecto.
CONCLUSIÓN
Doña Catalina de Los Ríos las emisiones generadas por las fases de construcción y operación del Proyecto.
Las mayores emisiones se generarán durante la superposición de la fase de construcción y operación del Proyecto, en el año 2, y se deben mayormente al tránsito de los vehículos y movimiento de tierra.
El Proyecto no deberá compensar sus emisiones por no sobrepasar los límites permitidos en el D.S. N°1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente, según lo indicado en la Tabla 89.
para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de la Región Metropolitana, -42, Fifth Edition Compilation of Air Pollutant Emissions Factors, Volume 1: Stationary Point and Area Sources, considerando las actividades proyectadas en la fase de construcción, estas fueron divididas en emisiones de tipo directas e indirectas.
Aguas servidas Es importante indicar que el Proyecto cuenta con certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N°13187 de fecha 08-jul-2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2 de la DIA y en Anexo A-01 de la Adenda se presenta contrato de ampliación del servicio, para garantizar el abastecimiento de agua potable y solución de alcantarillado de aguas servidas para los residentes del Proyecto.
Ruido El proyecto sólo contempla fase de construcción respecto al uso de maquinaria pesada, respecto al flujo vehicular contempla fase de construcción como de operación. Para más detalle sobre los receptores sensibles del proyecto, revisar Anexo A-04 de la Adenda.
El cual indica que, si se genera cumplimiento en estos escenarios de condición más desfavorable, se generar cumplimiento para todos los demás frentes de trabajo de menor emisión, tanto de ruido como de vibración, a s como también para cualquier otro receptor ubicado a mayor distancia.
Vibraciones Durante la fase de operación no se contempla el uso de maquinaria pesada susceptible de generar vibraciones, como en la fase de construcción del Proyecto. De acuerdo con la proyección y evaluación del impacto vibratorio del flujo vehicular asociado al proy según la guía técnica FTA para el receptor más expuesto, por lo cual cualquier
otro receptor ubicado a mayor distancia presentar la misma condición de cumplimiento.
En consecuencia, para ambas componentes, si se genera cumplimiento en estos escenarios de condición más desfavorable, se generar cumplimiento para todos los demás frentes de trabajo de menor emisión, tanto de ruido como de vibración, a s como también para cualquier otro receptor ubicado a mayor distancia. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domiciliarios (domésticos) Durante el desarrollo de la fase de operación del Proyecto, habrá generación de residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes de las viviendas. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando el Reporte Asociado a la Generación de Residuos Sólidos en Chile, el cual indica, para la comuna de Graneros, una tasa de generación de 1,08 kg/hab*día de residuos. Además, se considera un promedio de 4 habitantes por vivienda. De acuerdo con la información presentada a continuación, se detalla la determinación de residuos por parte del proyecto inmobiliario Residuos sólidos domiciliarios
Para el almacenaje de estos residuos, previo a la recolección del camión municipal, el Proyecto ha considerado instalación de contenedores plásticos, los cuales estarán distribuidos por todo el conjunto habitacional.
En la Tabla 1-55 del cap. 1 de la DIA se presenta un resumen de la cantidad de residuos generados durante la fase de operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.7. del ICE 4.3.3. FASE DE CIERRE El Proyecto no considera Fase de Cierre o Abandono debido a que se trata de un conjunto habitacional, que, por sus características, tiene una vida útil indefinida. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.8 del ICE
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Con todo, se ha estimado que la fecha de inicio de ejecución del Proyecto se realice durante noviembre 2025 Parte, obra o acción que establec e el inicio El acto o faena mínimo que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto referido a la construcción del Lote 1-A2 corresponde a la actividad de excavación masiva. Ajustándose en todo momento a los plazos de obtención de la RCA favorable y permisos municipales respectivos.
Con todo, se ha estimado que la fecha de inicio de ejecución del Proyecto se realice durante el mes de noviembre de 2025.
Establecimiento del inicio de ejecución del Proyecto Fase Lote Fecha de inicio de ejecución Gestión, acto o faena mínima que inicia la ejecución del Proyecto
Construcción Lote 1-A2 (Etapa II- A) Noviembre 2025 Excavación masiva Lote 1-A2. (Etapa II- B) Julio 2027 Operación Lote 1-A2. (Etapa II- A) Febrero 2027 Recepción final por parte de la DOM y entrega de viviendas a sus dueños Lote 1-A2. (Etapa II- B) octubre 2028
Fecha estimada de término Se ha estimado que la fecha de término de la ejecución del Proyecto se realice durante el mes de octubre de 2028. El fin de la fase de construcción corresponderá a la Recepción Final del Proyecto.
La fase de construcción del Lote 1-A2 tendrá una duración de 36 meses, es decir, 3 años aproximadamente. Se aclara que habrá meses sin actividad.
A continuación, se presenta cronograma propuesto:
Parte, obra o acción que establec e el término El acto que da cuenta del término de la ejecución del Proyecto referido a la construcción del Lote 1-A2 corresponde recepción final por parte de la DOM de Graneros. y entrega de viviendas a sus dueños. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio De acuerdo con la tipología del Proyecto, el inicio de la fase de operación coincide con el término de la recepción de las viviendas, es decir, la operación del conjunto habitacional comenzará durante el mes de octubre de 2028. Parte, obra o acción que establec e el inicio Recepción Final del edificio por parte de la DOM de Graneros. Fecha estimada de término Para la fase de operación, no se estima fecha de término, ya que se ha definido que el Proyecto tiene una duración indefinida.
Parte, obra o acción que establec e el término No aplica, ya que el Proyecto es de carácter indefinido 4.4.3. FASE DE CIERRE No aplica, ya que el Proyecto es de carácter indefinido
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de los niveles de Emisiones Atmosféricas
Para mayor detalle ver Anexo A-
Área de Influencia A continuación, se presentan las coordenadas de localización de los receptores discretos, la ubicación y sus características.
-04
-
Las principales fuentes de emisión asociadas a esta fase de construcción del Proyecto son:
Anexo AC- Adenda Complementaria.
Se presentan también las emisiones generadas en la Fase de Operación del Proyecto, considerando un año completo de funcionamiento bajo el escenario más desfavorable. Las actividades generadoras de emisiones atmosféricas en la Fase de Operación del Proyecto son:
Anexo AC- Adenda Complementaria.
Para la correcta realización de la estimación de emisiones, se utilizó el cronograma detallado en las siguientes tablas, en donde se considera el traslape de las Fases.
-06 Complementaria.
A continuación, se presentan las emisiones totales de los contaminantes emitidos por año considerando el traslape de las Fases del proyecto.
-06 Complementaria.
De acuerdo a las emisiones máximas de la tabla anterior el Proyecto no supera los límites establecidos de acuerdo al artículo 40 del D.S. N°1/2021. Por lo tanto, el Proyecto no debe compensar las emisiones.
Dado que las principales emisiones de MP10 y MP2.5 ocurrirán en el año 2, donde el Proyecto y su situación base se encuentran en Operación, se procede a modelar las emisiones correspondientes de dicho año.
Además, el Proyecto se ubica en una zona saturada, donde las normas de calidad del aire para PM2.5 y PM10 ya se encuentran superadas, por lo cual, se aplica el criterio del SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2.5. Este criterio permite determinar si las concentraciones de contaminantes en el receptor sensible presentan un aumento significativo.
A continuación, se presentan los resultados de la modelación de las emisiones del año 2 del Proyecto, con el cual se obtuvo la dispersión de las concentraciones de los distintos contaminantes, a distancias entre 10 y 5.000 m del Proyecto, con lo que se determinó el aporte de contaminantes (concentración) sobre los potenciales receptores de interés.
-04
Tal como se muestra en la tabla anterior, los resultados de la modelación en los receptores sensibles indican que las concentraciones de contaminantes se encuentran por debajo del límite de significancia establecido en la Tabla 1 del criterio de evaluación del SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable (MP10) y material particulado fino respirable (MP2.5). Por lo tanto, se descarta un impacto significativo sobre la salud de las personas.
Además, con el objetivo de aminorar las emisiones de contaminantes a la atmósfera, se proponen las siguientes medidas de control:
-Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental relacionados con prevención de contaminación en las faenas. -Se instalarán señales de reducción de velocidad y velocidad máxima permitida dentro de la zona donde se emplaza el proyecto. -Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo. -Se controlará los límites máximos de carga; es decir, mantener un nivel por debajo del máximo de la tolva, además de implementar un plan de seguimiento para esta medida con prohibición del uso de carpas que no cumplan con las características mencionadas; por ejemplo, el uso de malla tipo 'rachel', pues este tipo de malla no cumple con las características señaladas. -Se realizará diariamente la limpieza de las calles pavimentadas (en frente del proyecto, incluyendo veredas y calzadas). -El recinto del proyecto debe contar con una barrera semiperimetral del tipo malla "Rachel" u otra que impida la dispersión de polvo fugitivo, Ésta se instalará hacia los sectores donde se identificaron receptores. -Se instalarán barreras de 2,44 m de altura como mínimo, de materialidad con densidad superficial de masa de 660 kg/m3 (como paneles OSB de 15 mm o equivalente). -Se prohibirá la quema de materiales o desechos para calentar alimentos o calefacción, entre otros. -Se reforzarán las medidas de mitigación y evitar la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete Alerta, Pre-Emergencia y Emergencia Ambiental. -Se utilizará un supresor de polvo de tipo Bischofita para los caminos internos no pavimentados durante la fase de construcción. Parte, obra o acción que lo genera Maquinaria y equipos, movimiento de tierra y excavaciones, tránsito vehicular. Fase en que se presenta Fase de Construcción y Fase de Operación. Impacto ambiental Alteración en los niveles de ruido asociados a receptores identificados.
Para mayor detalle ver en el Anexo A-
Área de Influencia Se determinaron como receptores sensibles aquellos que se encuentran más cercanos y expuestos a las actividades ruidosas del proyecto que se mostraron en el apartado anterior. En este aspecto, se escogieron 5 receptores sensibles representativos, de los cuales 4 son receptores humanos externos y 1 es de tipo interno, siendo este últimos correspondiente a unidades habitacionales construidas durante el avance del proyecto, las que se encontrarán recepcionadas.
-
-04
Dado que las actividades de esta Fase se llevarán a cabo durante el período diurno, la evaluación normativa se enfocará en ese intervalo de tiempo. A continuación, se presentan los resultados de la predicción de los niveles de ruido para la Fase de Construcción del Proyecto, considerando la condición más desfavorable.
-
-
Como muestran las tablas anteriores, los resultados muestran que no se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, en los receptores R2, R4 y R-in 1, por lo que se requieren medidas de reducción de ruido para generar cumplimiento normativo.
Las medidas de reducción de ruido son las siguientes: Medida de Atenuación por Inserción de Barrera Acústica
Para este caso, dado que serán barreras acústicas temporales, se pueden confeccionar de madera OSB de 15 mm de espesor, cerradas herméticamente entre sí con espuma expansiva y mediante vigas de madera o metálicas para evitar la deformación por eventualidades climáticas. Dichos paneles de OSB deben estar, además, protegidos de factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorrepelente, tales como las pinturas tipo siloxane, látex, acrílico o similares. Otro aspecto importante, es que se debe nivelar el terreno donde se instalarán las barreras
acústicas. Una vez instaladas, se debe cubrir la parte baja con el material extraído de la nivelación, todo esto, para asegurar la hermeticidad con respecto al suelo.
-
Para disminuir los niveles de ruido en los receptores analizados, se deberán instalar barreras acústicas semi-perimetrales en algunos deslindes del proyecto para cada subetapa constructiva. En la siguiente tabla, se detallan las características de las barreras acústicas a implementar en la fase de construcción.
-
A continuación, se ilustra la ubicación de estas medidas de control de ruido a implementar.
del Anexo A- la Adenda.
del Anexo A- la Adenda.
Medidas de Control de Ruido Basadas en el Aislamiento Acústico: Cubre vanos
Para los trabajos en altura, se recomienda como medida de control de ruido, cubrir por completo los vanos con una placa de OSB, o similar, de 15 mm de espesor, para reducir el nivel de ruido generado por la actividad constructiva al interior de la estructura en construcción y a medida que los trabajos avancen en altura, tal como se muestra en la siguiente figura.
del Anexo A- la Adenda.
Niveles Proyectados Con Medidas de Control de Ruido
A continuación, se presentan los resultados de las modelaciones para los receptores sensibles del proyecto con las medidas de control propuestas.
-04
-04
Estos resultados muestran que se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, en Período diurno, en todos los receptores estudiados, al incorporar las medidas de control propuestas.
Parte, obra o acción que lo genera Las emisiones de ruido serán generadas principalmente por la maquinaria utilizada en la Construcción del Proyecto. Fase en que se presenta Fase de Construcción. Impacto ambiental Aumento de los niveles de Emisiones de Vibración Área de Influencia Las emisiones de vibraciones asociadas al proyecto se esperan durante la Fase de Construcción considerando la utilización de maquinaria pesada que posee interacción con el terreno.
Para efectos de evaluación, se considerará el funcionamiento de todas las máquinas generadoras de vibración para cada subetapa y en simultáneo, con el fin de representar la condición más desfavorable de emisión, y logrando así que el cumplimiento normativo de esta situación asegure también que los límites no se superen para ninguna situación con menores emisiones de vibración. En la siguiente tabla, se muestran los valores VPP correspondientes a cada actividad y el valor VPP total.
-
A continuación, se presenta la tabla con la simbología para cada una de las fuentes emisoras de vibración:
-
A continuación, se detallan los receptores sensibles para vibración.
A-
Anexo A- Adenda.
A continuación, se presentan los resultados de las modelaciones hacia los receptores en los escenarios propuestos:
Fase de
-
A través de los resultados de las tablas anteriores, se puede apreciar que se genera el cumplimiento de los límites por molestia establecidos en la guía técnica FTA en los receptores evaluados.
Parte, obra o acción que lo genera Las emisiones de vibración serán generadas principalmente por la maquinaria utilizada en la Construcción del Proyecto. Fase en que se presenta Fase de Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.1 del ICE Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. A continuación, se presentan las coordenadas de localización de los receptores discretos, la ubicación y sus características.
- Adenda.
-
Las principales fuentes de emisión asociadas a esta fase de construcción del Proyecto son:
-
Se presentan también las emisiones generadas en la Fase de Operación del Proyecto, considerando un año completo de funcionamiento bajo el escenario más desfavorable. Las actividades generadoras de emisiones atmosféricas en la Fase de Operación del Proyecto son:
del Anexo AC-
Para la correcta realización de la estimación de emisiones, se utilizó el cronograma detallado en las siguientes tablas, en donde se considera el traslape de las Fases.
AC- Adenda Complementaria.
A continuación, se presentan las emisiones totales de los contaminantes emitidos por año considerando el traslape de las Fases del proyecto.
AC- Adenda Complementaria.
De acuerdo a las emisiones máximas de la tabla anterior el Proyecto no supera los límites establecidos de acuerdo al artículo 40 del D.S. N°1/2021. Por lo tanto, el Proyecto no debe compensar las emisiones.
Dado que las principales emisiones de MP10 y MP2.5 ocurrirán en el año 2, donde el Proyecto y su situación base se encuentran en Operación, se procede a modelar las emisiones correspondientes de dicho año.
Además, el Proyecto se ubica en una zona saturada, donde las normas de calidad del aire para PM2.5 y PM10 ya se encuentran superadas, por lo cual, se aplica el criterio del SEIA: Impacto de
emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2.5. Este criterio permite determinar si las concentraciones de contaminantes en el receptor sensible presentan un aumento significativo.
A continuación, se presentan los resultados de la modelación de las emisiones del año 2 del Proyecto, con el cual se obtuvo la dispersión de las concentraciones de los distintos contaminantes, a distancias entre 10 y 5.000 m del Proyecto, con lo que se determinó el aporte de contaminantes (concentración) sobre los potenciales receptores de interés.
Anexo A- la Adenda.
Tal como se muestra en la tabla anterior, los resultados de la modelación en los receptores sensibles indican que las concentraciones de contaminantes se encuentran por debajo del límite de significancia establecido en la Tabla 1 del criterio de evaluación del SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable (MP10) y material particulado fino respirable (MP2.5). Por lo tanto, se descarta un impacto significativo sobre la salud de las personas.
Además, con el objetivo de aminorar las emisiones de contaminantes a la atmósfera, se proponen las siguientes medidas de control:
-Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental relacionados con prevención de contaminación en las faenas. -Se instalarán señales de reducción de velocidad y velocidad máxima permitida dentro de la zona donde se emplaza el proyecto. -Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo.
-Se controlará los límites máximos de carga; es decir, mantener un nivel por debajo del máximo de la tolva, además de implementar un plan de seguimiento para esta medida con prohibición del uso de carpas que no cumplan con las características mencionadas; por ejemplo, el uso de malla tipo 'rachel', pues este tipo de malla no cumple con las características señaladas. -Se realizará diariamente la limpieza de las calles pavimentadas (en frente del proyecto, incluyendo veredas y calzadas). -El recinto del proyecto debe contar con una barrera semiperimetral del tipo malla "Rachel" u otra que impida la dispersión de polvo fugitivo, Ésta se instalará hacia los sectores donde se identificaron receptores. -Se instalarán barreras de 2,44 m de altura como mínimo, de materialidad con densidad superficial de masa de 660 kg/m3 (como paneles OSB de 15 mm o equivalente). -Se prohibirá la quema de materiales o desechos para calentar alimentos o calefacción, entre otros. -Se reforzarán las medidas de mitigación y evitar la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete Alerta, Pre-Emergencia y Emergencia Ambiental. -Se utilizará un supresor de polvo de tipo Bischofita para los caminos internos no pavimentados durante la fase de construcción. b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Se determinaron como receptores sensibles aquellos que se encuentran más cercanos y expuestos a las actividades ruidosas del proyecto que se mostraron en el apartado anterior. En este aspecto, se escogieron 5 receptores sensibles representativos, de los cuales 4 son receptores humanos externos y 1 es de tipo interno, siendo este últimos correspondiente a unidades habitacionales construidas durante el avance del proyecto, las que se encontrarán recepcionadas.
Anexo A- de la Adenda. A- Adenda.
Dado que las actividades de esta Fase se llevarán a cabo durante el período diurno, la evaluación normativa se enfocará en ese intervalo de tiempo. A continuación, se presentan los resultados de la predicción de los niveles de ruido para la Fase de Construcción del Proyecto, considerando la condición más desfavorable.
Anexo A- de la Adenda.
Anexo A- de la Adenda.
Como muestran las tablas anteriores, los resultados muestran que no se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA, en los receptores R2, R4 y R-in 1, por lo que se requieren medidas de reducción de ruido para generar cumplimiento normativo.
Las medidas de reducción de ruido son las siguientes: Medida de Atenuación por Inserción de Barrera Acústica
Para este caso, dado que serán barreras acústicas temporales, se pueden confeccionar de madera OSB de 15 mm de espesor, cerradas herméticamente entre sí con espuma expansiva y mediante vigas de madera o metálicas para evitar la deformación por eventualidades climáticas. Dichos paneles de OSB deben estar, además, protegidos de factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorrepelente, tales como las pinturas tipo siloxane, látex, acrílico o similares. Otro aspecto importante, es que se debe nivelar el terreno donde se instalarán las barreras acústicas. Una vez instaladas, se debe cubrir la parte baja con el material extraído de la nivelación, todo esto, para asegurar la hermeticidad con respecto al suelo.
-04 Adenda.
Para disminuir los niveles de ruido en los receptores analizados, se deberán instalar barreras acústicas semi-perimetrales en algunos deslindes del proyecto para cada subetapa constructiva. En la siguiente tabla, se detallan las características de las barreras acústicas a implementar en la fase de construcción.
-
A continuación, se ilustra la ubicación de estas medidas de control de ruido a implementar.
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-
Medidas de Control de Ruido Basadas en el Aislamiento Acústico: Cubre vanos
Para los trabajos en altura, se recomienda como medida de control de ruido, cubrir por completo los vanos con una placa de OSB, o similar, de 15 mm de espesor, para reducir el nivel de ruido generado por la actividad constructiva al interior de la estructura en construcción y a medida que los trabajos avancen en altura, tal como se muestra en la siguiente figura. -
Niveles Proyectados Con Medidas de Control de Ruido
A continuación, se presentan los resultados de las modelaciones para los receptores sensibles del proyecto con las medidas de control propuestas.
Anexo A- de la Adenda.
Anexo A- de la Adenda.
Estos resultados muestran que se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA, en Período diurno, en todos los receptores estudiados, al incorporar las medidas de control propuestas.
Vibraciones
Las emisiones de vibraciones asociadas al proyecto se esperan durante la Fase de Construcción considerando la utilización de maquinaria pesada que posee interacción con el terreno.
Para efectos de evaluación, se considerará el funcionamiento de todas las máquinas generadoras de vibración para cada subetapa y en simultáneo, con el fin de representar la condición más desfavorable de emisión, y logrando así que el cumplimiento normativo de esta situación asegure también que los límites no se superen para ninguna situación con menores emisiones de vibración. En la siguiente tabla, se muestran los valores VPP correspondientes a cada actividad y el valor VPP total.
Anexo A- de la Adenda.
A continuación, se presenta la tabla con la simbología para cada una de las fuentes emisoras de vibración:
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A continuación, se detallan los receptores sensibles para vibración.
del Anexo A-
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A continuación, se presentan los resultados de las modelaciones hacia los receptores en los escenarios propuestos:
Fase
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A través de los resultados de las tablas anteriores, se puede apreciar que se genera el cumplimiento de los límites por molestia establecidos en la guía técnica FTA en los receptores evaluados. c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea El Proyecto en evaluación no presenta un riesgo para la salud de la población producto de la exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, considerando además la ubicación del Proyecto, la cual corresponde a un sector urbano. A continuación, se justifica lo anterior para el componente aire, suelo y agua.
posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.
-Recurso aire: Las emisiones atmosféricas y acústicas serán controladas de acuerdo con las medidas de control consideradas en los estudios correspondientes disponibles en el Anexo A-04 Adenda y en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria respectivamente. Con las medidas a adoptar, no se superarán los límites máximos de ruido establecidos por el Decreto Supremo Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, ni los límites establecidos en el documento técnico de referencia respecto de (Federal Transport Administration de Estados Unidos FTA).
-El Artículo 33 del D.S. N°15 de 2013, del Ministerio de Medio Ambiente que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica
-En el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria se adjunta el kmz y se presenta la imagen con la ubicación del Proyecto respecto del actual Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo e mencionar que ingreso del proyecto fue realizado anterior a la entrada en vigencia del PDA (D.S. N°1/2021 del MMA). Se adjunta en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria el comprobante del ingreso del Anteproyecto de loteo y edificación N°32-2024 de fecha 26-mar-2024.
Recurso suelo: En todo momento, se velará por que no exista contaminación de suelos con residuos y/o sustancias provenientes de la actividad de construcción. Se adoptarán las medidas establecidas en los numerales 1.8.8.2 y 1.8.8.3 del cap. 1 de la DIA.
En relación con los residuos sólidos domiciliarios serán almacenados en contenedores plásticos con tapa, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente.
Durante la fase de construcción, los residuos y sustancias peligrosas se almacenarán en bodegas acondicionadas para evitar que, en caso de derrame, el contaminante se filtre.
Las características de las bodegas se presentan en las Tabla 15 y Tabla 16 de la Adenda.
Además, ninguna de las partes, obras o acciones del Proyecto afectará recurso suelo según lo presentado en el numeral 3.2.1 Suelo.
-Recurso agua: el Titular no realizará extracciones de aguas subterráneas y evitará alumbramientos de ellas durante todas las fases del Proyecto, a fin de no ocasionar impactos negativos en la calidad y niveles del recurso hídrico.
Respecto al Estudio de Mecánica de Suelos adjunto en el Anexo 1.4 de la DIA la situación de la napa freática, esta se midió a través de la excavación de 28 calicatas de 3,0 m de profundidad.
A la fecha de la exploración, entre los días 27 de Julio y 01 de agosto de 2017, la napa freática NO fue detectada dentro de las profundidades reconocidas.
Es importante indicar que el Proyecto cuenta con certificado de Dotación de Servicios Sanitarios N° 13187 de fecha 8 de julio de 2019, otorgado por la empresa ESSBIO S.A adjunto en el Anexo 1.2
de la DIA, para garantizar el abastecimiento de agua potable y alcantarillado de aguas servidas para los residentes del Proyecto.
En el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta contrato de ampliación de territorio operacional de Essbio S.A. y Fundación Invica.
Además, ninguna de las partes, obras o acciones del Proyecto afectará recursos hídricos según lo ilustrado en la Figura 1-27 del
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 5º letra c) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Residuos. Debido a actividades propias de la construcción y operación se generarán residuos, sin embargo, el Proyecto no presenta un riesgo para la salud de la población producto de la exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, ya que éstos serán tratados según lo establecido en la legislación vigente, siendo trasladados de manera adecuada a lugares debidamente autorizados.
Se adoptarán las medidas establecidas en los numerales 1.8.8 y 1.9.9 del cap. 1 de la DIA, y además lo indicado en el CAP. 2 PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS, además como se explica en el numeral 1.8.8 del cap. 1 de la DIA, los residuos generados por el Proyecto (domiciliarios, inertes, no peligrosos y peligrosos) serán almacenados en contenedores adecuados y dispuestos en lugares debidamente autorizados por la autoridad sanitaria.
Se señala, además que los residuos líquidos domiciliarios (aguas servidas) serán descargados al colector de alcantarillado existente.
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 5º letra d) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Perturbación sobre la cantidad y calidad de los recursos renovables, en específico el suelo.
Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo
Parte, obra o acción que lo genera Actividades de las obras de construcción (escarpe y excavaciones). Fase en que se presenta Fase de Construcción Impacto ambiental Intervención de Cauce Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Agua
Parte, obra o acción que lo genera En el presente PAS se considera la regularización de las obras de intervención del Punto E (esquina de calles Los Canelos y Antonio Varas Sur) del Masterplan, que corresponde al cruce del ramal canal Santa Ana (paralelo al canal Cerpa), en sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Antonio Varas mediante un cajón de hormigón armado.
A continuación, se muestra en el punto E del Master Plan el atravieso del canal ramal Santa Ana, donde se ejecutó la obra mencionada, la cual ha sido aprobada por el SERVIU:
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A continuación, se muestra la figura y coordenadas UTM Datum WGS 84 Huso 19S de las obras de atravieso sobre el canal:
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En Punto E (esquina de calles Los Canelos y Antonio Varas Sur) se regulariza el cruce del ramal canal Santa Ana (paralelo al canal Cerpa), en sentido Oriente-Poniente, bajo la calzada de calle Antonio Varas mediante un cajón de hormigón armado de 1.20m x 1.20m de sección interior y 1.56mx1.56m exterior.
Además, El proyecto para considerar en el presente PAS corresponde a la construcción de un cruce para la conexión de la red de agua potable en el sentido Sur- Norte por sobre el canal Cerpa y sobre el Ramal Canal Santa Ana.
Se considera una tubería que va por sobre ambos canales, además una obra de atravieso bajo calzada mediante la pavimentación un cajón de hormigón armado bajo la futura calzada de calle Luis Barros Borgoño Sur para el ramal canal Santa Ana, sentido Oriente-Poniente.
El canal por intervenir corresponde la intersección del Canal Cerpa y Canal Pueblo, se encuentra ubicado por el desline del terreno y ramal canal Santa Ana
A continuación, se muestra en el punto F del Master Plan el atravieso de los canales principales, donde se ejecutarán las obras mencionadas:
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A continuación, se muestra la figura y coordenadas UTM Datum WGS 84 Huso 19S de las obras de atravieso sobre el canal:
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Para mayor detalle ver Anexo Anexo AC- Complementaria. Fase en que se presenta Fase de Construcción Impacto ambiental Aumento de los niveles de Emisiones Atmosféricas Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Aire Parte, obra o acción que lo genera Actividades de las obras de construcción (escarpe y excavaciones). Fase en que se presenta Fase de Construcción Impacto ambiental Perturbación sobre la cantidad y calidad de los recursos renovables, en específico flora y fauna. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora Parte, obra o acción que lo genera Actividades de las obras de construcción (escarpe y excavaciones). Fase en que se presenta Fase de Construcción Impacto ambiental Perturbación sobre la cantidad y calidad de los recursos renovables, en específico flora. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera Actividades de las obras de construcción (escarpe y excavaciones).
Fase en que se presenta Fase de Construcción Impacto ambiental Perturbación de la fauna por emisiones de ruido y vibración. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera Actividades asociadas a la Fase de Construcción del Proyecto. Fase en que se presenta Fase de Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.2 del ICE Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. (SEA, 2015) y respecto a los impactos potenciales sobre la cantidad y calidad del recurso suelo, cabe indicar lo siguiente:
Flora y Vegetación: De acuerdo con el Informe de caracterización de flora y vegetación adjunto en el Anexo 3.4 de la DIA, Se identificaron un total de 13 especies de plantas vasculares, de las cuales el 85% corresponden a taxas adventicios (12 especies), lo que refleja que el área en donde se emplazará el proyecto está Altamente Intervenida de acuerdo con la metodología de cálculo propuesta por González (2000). No se registraron especies clasificadas en alguna categoría de conservación de acuerdo con los instrumentos clasificatorios mencionados en la metodología del presente informe.
No se registraron competencias por parte de CONAF en el marco del SEIA para el área del Proyecto, así como tampoco se registró ninguna sensibilidad ambiental para la componente flora y vegetación vascular.
Fauna: En el Anexo A-04 de la Adenda se presenta la validación de datos de la campaña de terreno realizada entre los días 02 y 03 de septiembre de 2024.
Respecto a las especies registradas, durante la campaña 2023 se registraron 14 especies, pertenecientes a las clases Aves (9), Mammalia (3), Reptilia (1) y Amphibia (1). Para la campaña 2024 se registraron un total de 17 especies pertenecientes a las clases Aves (13), Mammalia (3) y Amphibia (1), no se registraron individuos pertenecientes a algunas especies de la clase Reptilia. A continuación, se presenta una tabla comparativa de las especies registradas por campaña de terreno.
Respecto a Pleurodema thaul al ser una especie en categoría de conservación y además de baja movilidad se recomienda aplicar medidas de mitigación.
Considerando que el hallazgo en esta campaña fue en zonas que limitan por fuera del área del proyecto, se recomienda se tomen
medidas para evitar el desplazamiento de ejemplares pertenecientes a esta especie hacia la zona del proyecto.
Según la validación de datos de la campaña de terreno realizada entre los días 02 y 03 de septiembre de 2024, se pudo comparar con la campaña realizada en 2023 y observar presencia de Pleurodema thaul, este hallazgo fue encontrado en zonas que limitan por fuera del área del predio, al ser una especie en categoría de conservación y además de baja movilidad, se aplicarán medidas de control para evitar el desplazamiento hacia la zona del Proyecto, con el fin de dar cumplimiento normativo a la Ley Nº19.473 del Ministerio de agricultura se considerarán las siguientes acciones para evitar daños a los individuos:
Barreras Físicas y Delimitación de Zonas Sensibles: -Implementación de barreras físicas en áreas de riesgo, con el fin de dificultar el acceso del anfibio al interior del predio. -Demarcación de zonas sensibles con delimitación clara, para facilitar su identificación y protección durante las labores operativas.
Señaléticas Informativas: -Instalación de señaléticas en puntos estratégicos del perímetro del predio y en accesos críticos, para informar las restricciones de accesos, señaléticas de no circular a velocidades superiores a 20 km/h en vehículos motorizados, y restricción de maquinaria en los canales de regadío.
Capacitaciones al Personal: -Programación de sesiones de capacitación y concientización dirigidas a todos los trabajadores y contratistas, en donde se incluirán protocolos de manejo, identificación y respuesta ante la presencia de especies no deseadas.
Monitoreo y Vigilancia Perimetral: -Realización de inspecciones semanales en el perímetro del predio, para detectar y gestionar oportunamente la presencia de la especie. -Establecimiento de un registro de observaciones y acciones correctivas, que permita el seguimiento de las medidas implementadas.
Procedimientos de Contingencias -Coordinación con las autoridades ambientales pertinentes para garantizar la aplicación de medidas correctivas y preventivas adicionales, en caso de ser necesarias.
Estas medidas buscan asegurar la integridad del ecosistema y prevenir cualquier eventual impacto ambiental asociado al ingreso del anfibio al predio. La implementación y seguimiento de estas acciones se realizará de manera continua y documentada, garantizando una respuesta oportuna y eficaz ante cualquier eventualidad.
Esto refleja el compromiso del proyecto con la protección ambiental y el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, asegurando una gestión responsable y preventiva ante la presencia de especies no contempladas en el área de intervención.
Finalmente, considerando la información levantada en terreno y las partes, obras y acciones que involucra el proyecto, se concluye que el proyecto no ejercerá efectos adversos significativos a la
componente fauna silvestre, mientras se efectúen las medidas necesarias y mencionadas para controlar los efectos directos e indirectos sobre las especies que actualmente habitan el AI. De manera complementaria, se debe considerar las siguientes acciones para evitar daños a los individuos en particular: Finalmente, considerando la información levantada en terreno y las partes, obras y acciones que involucra el proyecto, se concluye que el proyecto no ejercerá efectos adversos significativos a la componente fauna silvestre, mientras se efectúen las medidas necesarias y mencionadas para controlar los efectos directos e indirectos sobre las especies que actualmente habitan el AI. De manera complementaria, se debe considerar las siguientes acciones para evitar daños a los individuos en particular:
-No circular a velocidades superiores a 20 km/h en vehículos motorizados en cualquiera de las fases del Proyecto. -No intervenir el perímetro para mantener el resguardo de las especies de reptiles que habitan el lugar en zonas de pastizales altos. -No impedir la circulación de fauna a través de otros sectores. -No manipular ni alimentar a la fauna silvestre en cualquiera de las fases del Proyecto, para impedir su acostumbramiento a la subvención humana.
Suelo: El área de influencia de la componente suelo, corresponde a la superficie limitada por el área comprendida por la localización del Proyecto, es decir un área de terreno aproximada de 4,07 ha, el cual será directamente afectado e intervenido por las actividades que en él se desarrollen.
El uso de suelo permitido corresponde a la Zona Mixta entorno a Ruta H-10 ZM4, Zona Habitacional Densidad media baja ZH3 y Área verde - AV, con uso de suelo residencial y equipamiento., definida por el Plan Regulador Comunal de Graneros.
Con relación a la presencia de contaminantes que pudiesen impactar de forma adversa al componente suelo, se adoptarán las medidas establecidas en los numerales 1.8.8 y 1.9.9 del cap. 1 de la DIA, y además lo indicado en el CAP. 2 PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS, además como se explica en el numeral 1.8.8 del cap. 1 de la DIA, los residuos generados por el Proyecto (domiciliarios, inertes, no peligrosos y peligrosos) serán almacenados en contenedores adecuados y dispuestos en lugares debidamente autorizados por la autoridad sanitaria.
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 6º letra a) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de En el Anexo A-04 de la Adenda se presenta la validación de datos de la campaña de terreno realizada entre los días 02 y 03 de septiembre de 2024.
Respecto a las especies registradas, durante la campaña 2023 se registraron 14 especies, pertenecientes a las clases Aves (9), Mammalia (3), Reptilia (1) y Amphibia (1). Para la campaña 2024 se registraron un total de 17 especies pertenecientes a las clases Aves (13), Mammalia (3) y Amphibia (1), no se registraron individuos pertenecientes a algunas especies de la clase Reptilia. A continuación, se presenta una tabla comparativa de las especies registradas por campaña de terreno.
conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.
Respecto a Pleurodema thaul al ser una especie en categoría de conservación y además de baja movilidad se recomienda aplicar medidas de mitigación. Considerando que el hallazgo en esta campaña fue en zonas que limitan por fuera del área del proyecto, se recomienda se tomen medidas para evitar el desplazamiento de ejemplares pertenecientes a esta especie hacia la zona del proyecto.
Según la validación de datos de la campaña de terreno realizada entre los días 02 y 03 de septiembre de 2024, se pudo comparar con la campaña realizada en 2023 y observar presencia de Pleurodema thaul, este hallazgo fue encontrado en zonas que limitan por fuera del área del predio, al ser una especie en categoría de conservación y además de baja movilidad, se aplicarán medidas de control para evitar el desplazamiento hacia la zona del Proyecto, con el fin de dar cumplimiento normativo a la Ley Nº19.473 del Ministerio de agricultura se considerarán las siguientes acciones para evitar daños a los individuos:
Barreras Físicas y Delimitación de Zonas Sensibles: -Implementación de barreras físicas en áreas de riesgo, con el fin de dificultar el acceso del anfibio al interior del predio. -Demarcación de zonas sensibles con delimitación clara, para facilitar su identificación y protección durante las labores operativas.
Señaléticas Informativas: -Instalación de señaléticas en puntos estratégicos del perímetro del predio y en accesos críticos, para informar las restricciones de accesos, señaléticas de no circular a velocidades superiores a 20 km/h en vehículos motorizados, y restricción de maquinaria en los canales de regadío.
Capacitaciones al Personal: -Programación de sesiones de capacitación y concientización dirigidas a todos los trabajadores y contratistas, en donde se incluirán protocolos de manejo, identificación y respuesta ante la presencia de especies no deseadas.
Monitoreo y Vigilancia Perimetral: -Realización de inspecciones semanales en el perímetro del predio, para detectar y gestionar oportunamente la presencia de la especie. -Establecimiento de un registro de observaciones y acciones correctivas, que permita el seguimiento de las medidas implementadas.
Procedimientos de Contingencias -Coordinación con las autoridades ambientales pertinentes para garantizar la aplicación de medidas correctivas y preventivas adicionales, en caso de ser necesarias.
Estas medidas buscan asegurar la integridad del ecosistema y prevenir cualquier eventual impacto ambiental asociado al ingreso del anfibio al predio. La implementación y seguimiento de estas acciones se realizará de manera continua y documentada, garantizando una respuesta oportuna y eficaz ante cualquier eventualidad.
Esto refleja el compromiso del proyecto con la protección ambiental y el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad,
asegurando una gestión responsable y preventiva ante la presencia de especies no contempladas en el área de intervención.
Finalmente, considerando la información levantada en terreno y las partes, obras y acciones que involucra el proyecto, se concluye componente fauna silvestre, mientras se efectúen las medidas necesarias y mencionadas para controlar los efectos directos e indirectos sobre las especies que actualmente habitan el AI. De manera complementaria, se debe considerar las siguientes acciones para evitar daños a los individuos en particular:
-No circular a velocidades superiores a 20 km/h en vehículos motorizados en cualquiera de las fases del Proyecto. -No intervenir el perímetro para mantener el resguardo de las especies de reptiles que habitan el lugar en zonas de pastizales altos. -No impedir la circulación de fauna a través de otros sectores. -No manipular ni alimentar a la fauna silvestre en cualquiera de las fases del Proyecto, para impedir su acostumbramiento a la subvención humana.
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 6º letra b) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Tal como se ha señalado en los literales anteriores, la magnitud de la intervención del Proyecto y la duración del impacto sobre los recursos suelo, agua y aire no configuran impactos significativos. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. Dado que en el área de Proyecto no le es aplicables normas secundarias, la Construcción y Operación del Proyecto no afecta a recursos protegidos por ellas. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de En la tabla a continuación se indica el total de especies presentes en el área de influencia del Proyecto.
relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. -
De acuerdo a lo indicado en el Estudio de Fauna del proyecto, el área de influencia respectiva se caracteriza por una alta antropización debido a que el terreno se encuentra en una zona urbanizada, donde se encuentra en desarrollo la construcción de la subetapa I.B de la situación basal del proyecto. No hay continuidad de vegetación nativa, quebradas, ríos, cadenas montañosas u otros elementos del paisaje que puedan funcionar como corredor biológico, el lugar deslinda con plantaciones agrícolas, caminos y construcciones que limitan la movilidad de la fauna. Dicho lo anterior, la presencia de sitios de relevancia para la nidificación, reproducción y alimentación en la zona alrededor del proyecto es poco probable. No obstante, dada la alta abundancia de aves y a la poca movilidad de las especies de reptiles y anfibios encontradas, se considerará procedente la evaluación de ruido en fauna nativa, en los términos que establece Impactos por Ruido en Fa
En vista de lo expuesto anteriormente, se configuró un punto de evaluación de fauna nativa, el cual se identifica a continuación:
Anexo A-
En relación con el análisis de ruido, el Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa establece los siguientes umbrales para niveles de ruido.
umbrales de referencia para la evaluación de impacto por ruido Evaluación De Impactos Por Ruido Sobre Fauna Nativa.
Con base en la modelación de ruido, se presentan los niveles obtenidos en el receptor sensible para la Fase de Construcción del Proyecto.
Anexo A-
Anexo A-
Como se observa en las tablas anteriores, no se superan los umbrales de afectación para el receptor asociado a fauna nativa, (SEA, 2022. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera impactos significativos en este componente debido a las emisiones de ruido.
f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Residuos Solidos
Fase de construcción
A continuación se presenta la estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar durante la fase de construcción.
- Complementaria.
Los Residuos Sólidos Domiciliarios generados por el personal de trabajo corresponden principalmente a basura del tipo domiciliaria. Para su almacenamiento temporal se instalarán contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas, estos residuos deben ser retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad. Luego ser dispuestos en sitios de disposición final autorizados, según las indicaciones de la autoridad sanitaria local.
Los residuos de la construcción corresponden principalmente trozos de plástico, madera, fierro, restos de hormigón, entre otros los que serán almacenados en contenedores abiertos y serán retirados por una empresa autorizada, según sea necesario.
Residuos peligrosos
El tipo de residuos a almacenar corresponde principalmente a los generados durante la actividad de terminaciones de la fase de construcción, estos residuos consisten principalmente en envases vacíos de: ácido muriático, espuma poliuretano, adhesivos de
contacto imprimantes y trapos y huaipes contaminados con ellos, entre otros.
Anexo AC-
Según la señalización de la Norma Chilena Nº1411y los datos de las hojas de seguridad, ninguno de estos residuos tiene reactividad o algún tipo de riesgo específico, descartándolos como agentes oxidantes y corrosivos, además de descartarlos en la lista de incompatibilidad. Solo contienen riesgo de la salud de poco peligroso y peligroso, e inflamabilidad.
Debido a los antecedentes presentados, el Proyecto no generará impactos que puedan afectar a los recursos naturales renovables por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, y/o sustancias. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. El Proyecto no contemplara la intervención y/o explotación de recursos hídricos.
g.1) No aplica. El predio donde se emplazará el Proyecto no contiene aguas fósiles.
g.2) No aplica, el predio donde se emplazará el Proyecto no contiene cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.
g.3) No aplica, el sitio donde se construirá el Proyecto no posee vegas y /o bofedales que pudieran verse afectadas por las actividades de construcción y operación.
g.4) No aplica, el proyecto no contempla la afectación de ningún cuerpo de agua ni áreas o zonas de humedales, estuarios y/o turberas producto del ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales ocasionadas por el proyecto.
g.5) No aplica, el Proyecto no se emplazará en las proximidades o superficies de glaciares.
Del análisis efectuado es posible señalar que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Por lo tanto, considerando lo anteriormente señalado, se concluye que el Proyecto no generará efectos por la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados y, por lo tanto, no es aplicable la letra h) del Art. 6 del D.S. N°40/2012 de Ministerio del Medio Ambiente (RSEIA). 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento en el área de influencia.
Para mayor detalle ver Anexo AC- Complementaria. Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos durante la Fase de construcción y operación Fase en que se presenta Fase de Construcción y Operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.3 del ICE Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron (durante los terrenos efectuados) recursos naturales que fuesen empleados por la población perteneciente al Área de Influencia del Proyecto. Más bien, la mayoría del territorio se caracteriza por su uso principalmente agrícola y forestal. Sumado a lo anterior, no se identificaron en las visitas a terreno ni en el levantamiento de información secundaria, prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población que refirieron a utilización de recursos naturales en el Área de influencia y en especial en el área del proyecto.
Los predios en dónde se emplazarán las obras del Proyecto, corresponde además a predios privados, que no son de libre tránsito, por lo que no se intervendría el uso de algún recurso que fuese utilizado por la población, lo que conlleva a una no afectación de las actividades económicas del AIMH. De acuerdo con el Plan Regulador Comunal de Graneros, las localidades que componen el Área de Influencia son clasificadas como Zona Mixta 4 (ZM4), un tipo de Zona Residencial, pero que permite la instalación de comercios y servicios.
La distribución de la población en Graneros también está influenciada por la cercanía a grandes centros urbanos, como Rancagua, lo que ha generado un crecimiento poblacional moderado y la expansión de áreas urbanas en los últimos años.
En síntesis y Conforme a los antecedentes expuestos, el Proyecto no obstruye ni restringe el acceso y uso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Asimismo, tampoco se considera la afectación significativa de dichos recursos sobre el área de influencia del Proyecto. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. La estructura vial de Graneros es un reflejo de la combinación entre los espacios urbanos y rurales que caracteriza a la comuna, la cual ha ido adaptándose al crecimiento poblacional y a la cercanía con otros centros urbanos. Esta infraestructura de transporte es clave tanto para la conectividad interna de la comuna como para su vinculación con otras zonas de la región ya que el flujo de bienes y servicios también es fundamental para la economía local, con una fuerte presencia de actividades agrícolas y ganaderas que dependen de una red vial eficiente para su distribución. No obstante, para algunas personas las distancias dentro de Graneros siguen siendo abordables de forma pedestre.
Doña Elvira)
Según indica el Plan Regulado a nivel comunal, las principales vías estructurantes corresponden a la ruta H-15 en el límite comunal oriente, la Ruta 5 Sur (antigua) y la ruta H-10 que conforman las principales estructurantes en sentido norte-sur y la ruta H-17 y H-18 que conecta en sentido oriente poniente los principales centros poblados comunales. El bypass a la ruta 5 no constituye vialidad estructurante propiamente tal, pues no hay acceso a ella en el territorio comunal y se convierte únicamente en un paso que la atraviesa. Vías secundarias en la comuna, que comunican con áreas rurales de ella son la H-174 y H-182. A la localidad de Graneros el acceso es a través de la Ruta 5 por Av. La Compañía y desde Rancagua o San Francisco de Mostazal directo por la ruta H-10. A La Compañía se accede por la ruta 5 a través de Av. La Compañía (H-17) y desde Rancagua y Codegua por la ruta H-15. (PRC Graneros, 2016). Estas vías también son reconocidas por los habitantes como las más importantes de la comuna:
-10, Los Lagos, Cousiño, que es la calle del banco y ahí cortan por avenida La Compañía, Guillermo Berríos, Chorrillos, avenida O Higgins. A veces doblan por avenida Estadio a y vuelven Unión Comunal) después El Bosque que es hacia adentro y los pasajes de puedo venir por acá por Borgoño que es la calle donde está el puentecito, cruzar la línea del tren, entonces de ahí
Doña Elvira)
Un hito dentro de la estructura vial de Graneros lo constituyó la construcción del paso bajo nivel, ya que antes de su existencia la comuna solía quedar aislada ante situaciones de emergencia: Es un adelanto que tenemos ahora, porque antes Graneros si pasaba un accidente en la línea del tren y quedábamos aislados el lado de acá con el lado de allá. Ahora tenemos el paso nivel y ahora el tren pasa por arriba y la locomoción por abajo. (Socia Unión Comunal)
cada vez que pasaba el tren se formaba un taco, porque se bajaba la barrera, se formaba por el lado este y lado oeste y era tremendo el taco porque hay mucho vehículo allá en Graneros. Entonces eso y Comunal)
En términos de transporte terrestre, Graneros está conectada por la Ruta 5 Sur, una de las principales arterias del país, que facilita el desplazamiento de personas y mercancías entre la comuna y otros puntos importantes tanto a nivel regional como nacional. Además, existen caminos rurales que comunican las diferentes localidades de la comuna, aunque algunos de éstos requieren mejoras para garantizar un tránsito más eficiente y seguro.
Respecto al transporte público en la comuna ha evolucionado en los últimos años, con una mayor frecuencia de buses y colectivos que conectan la cabecera comunal con zonas rurales y cercanas. Sin embargo, todavía existen sectores donde la cobertura es limitada, lo que obliga a los habitantes de áreas periféricas a depender vehículos particulares o de alternativas informales.
vuelve del trabajo y los colectivos pasan todos por la H10, pero a nosotros no nos toman aquí como locales, entonces uno tiene que recurrir a Uber o taxi o algo, porque al final dicen ´no, no paso´ o ´no hago local´ o ´voy a Rancagua´, cuando si pasan por acá, entonces es como para no cobrar el local y cobrar pasaje a Rancagua. Entonces ese es como el problema de locomoción que hay. Y después de las 6 de (Dirigente Junta de Vecinos Doña Elvira)
$2600, pero por ahí es el promedio, el tema es que uno para ir para allá o toma locomoción acá y se va directo a la estación, que es más accesible, porque si fuéramos por bus tendríamos que ir a la carretera y nos queda más lejos. Doña Elvira) más accesible que ahora, porque ahora igual hay poca locomoción o ya ha cierta hora ya no pasa nada. (Hay) Micros, colectivos y Taxis, pero eso ya particular. Hay dos micros que circular, circulan por la parte de afuera por el Camino Real. (Nos dejan) Hasta ahí, entonces uno tiene que caminar hacia acá. Y hay una que se va hasta San
Francisco y hay otra que para en el hospital de acá de Graneros y se va, así como por La Compañía y se
es tanto. Entonces contamos con los servicios, ya, tenemos metro tren, estamos a una hora de Santiago, que es un plus, estamos a veinte minutos de Rancagua., hay locomoción; si bien es cierto la distribución de la locomoción colectiva, que sé yo, está diseñada por, por ley y todo, no entra en algunos sectores como en Santa Ana, como en lo de, lo demás, eso es un punto. Pero también el acceso de esas villas a llegar a la locomoción son cinco cuadras y seis Comunal) Además, las personas entrevistadas mencionaron apoyos municipales par el traslado de población específica, como escolares y adultos mayores: municipalidad que lleva a los adultos mayores gratuitamente por la comuna y buses de acercamiento
La infraestructura existente en las áreas urbanas corresponde principalmente a paraderos de taxi colectivos y microbuses intercomunales, ya que no hay servicios cuyas rutas se encuentren únicamente dentro de la comuna, correspondiendo gran parte de la cobertura de transportes públicos en la comuna colectivos sobre todo en las localidades urbanas. En la comuna de de Graneros operan seis servicios de transporte colectivo.
Se señala que para la fase de construcción el tránsito de los distintos insumos, residuos y partes del Proyecto se preferirá los periodos de menor tránsito de los vecinos, es decir, se evitará llevarlo a cabo en los horarios punta de tráfico vial, correspondientes a horarios de ingreso o salida de clases y del horario laboral general. De este modo, particularmente el tránsito de camiones desde y hacia el proyecto será preferentemente en un horario que evite las horas punta de la mañana (7:00 9:00 horas) y de la tarde (17:30 19:00 horas), siendo entonces de 09:00 a 17:30 horas.
En este sentido se presenta que el mayor porcentaje de vehículos que pasa por la vía H-10 corresponde a autos con un 69,83% seguido de camionetas con 18,08%.
De las estimaciones realizadas, y en virtud de los datos expuestos, se infiere que las rutas utilizadas por el Proyecto, durante sus distintas fases, no se verán afectadas por el transito asociado a este, y que, por lo tanto, no se producirá un aumento relevante en los tiempos de desplazamiento ni una obstrucción-restricción a la libre circulación para los usuarios regulares actuales de dichas rutas. Por otro lado, se realizó un Estudio de Movilidad, en dónde se evaluó el aporte y posible afectación tanto de vehículos livianos, peatón, y ciclovías.
En cuanto a Vehículo Liviano, esta no afecta mayormente las demoras en la red, ni los indicadores de operación, ya que, la variación es inferior al 10% en los arcos de la
vialidad circundante. El 11% de variación representa de salida del Proyecto que es dónde se concentra el total de viajes generados. Caso similar a lo analizado para los peatones y ciclovías, en dónde no se considera un aumento considerable en los tiempos de desplazamiento del peatón o ciclista hacia sus destinos, considerando el escenario basal.
Dicho lo anterior, el estudio concluye que el Proyecto menoscabo de la infraestructura vial/de transporte y de la red de comunicación asociada, ni aumento de los tiempos de desplazamiento de los distintos modos de transporte, con relación a lo ya existente en el sector.
En relación con los resultados de emisiones de contaminantes atmosféricos originados por el tránsito de vehículos livianos y pesados en las distintas fases del proyecto, el titular implementará las siguientes medidas disminuyendo al máximo posibles afectaciones a vecinos y peatones.
Contar con revisión técnica al día de todos los vehículos a utilizar durante la fase de construcción.
Realizar mantenciones de vehículos y maquinarias en caso de ser requeridos, en los lugares debidamente establecidos.
Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera y a la calzada.
El límite de velocidad máximo en la fase de construcción para los camiones pesados será de 30 km/h y conforme al límite en zona urbana, instalando señales de reducción de velocidad máxima permitida, dentro de la zona donde se emplaza el Proyecto.
Se controlará los límites máximos de carga de los camiones, manteniendo un nivel por debajo del máximo de la tolva.
Se mantendrá un registro permanente de la entrada y salida de vehículos pesados.
Se estipulará tránsito de vehículos pesados fuera de horario punta (09:00 y 17:30 horas)
Por lo tanto, considerando las medidas implementadas por el titular en beneficio de evitar afectaciones a receptores cercanos y a los tiempos de desplazamientos.
La construcción de las obras mencionadas anteriormente requerirá de transporte de insumos y materiales tales como fierro, hormigón, entre otros.
De acuerdo con las rutas de los vehículos no generarán una afectación a las personas que trabajan o transitan en el área de influencia, ya que transitarán por vías que permiten el tránsito de camiones no generando un aumento en los tiempos de desplazamiento en la fase de construcción.
A partir de los antecedentes revisados y los análisis realizados, se puede concluir que el Proyecto no provocará pérdida o menoscabo de la infraestructura vial/de transporte y de la red de comunicación asociada, ni
aumentos en los tiempos de desplazamiento en los diferentes modos de transporte analizados.
En el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria se adjunta versión final del Informe de movilidad, incluyendo la nueva modelación de escenarios considerando el flujo vehicular de ambos conjuntos habitacionales. La metodología del impacto vial que se aplica para la predicción y evaluación del impacto para el literal b) del artículo 7° del Reglamento del SEIA corresponde a la metodología para elaboración de IMIV que se basa en el Movilidad Local, derivados de Proyectos de Crecimiento
La metodología según D.S. 30 señala que para modelación del tránsito de vehículos motorizados existente en el sistema de movilidad local, se deberán realizar siguiendo las indicaciones del MESPIVU e incluir, al menos, todas las intersecciones reguladas con semáforo, y las intersecciones no reguladas con semáforo que sean relevantes para representar la continuidad o discontinuidad de los flujos vehiculares sobre cada una de las rutas de entrada y salida que definen el área de influencia del proyecto. Con ello el modelo Transyt permite obtener un enfoque de red con los cual es posible determinar los tiempos de desplazamiento según los distintos escenarios evaluados a nivel de sistema.
c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Durante la fase de construcción, los trabajadores que participarán de en ella tendrán sus lugares de alojamiento fuera del AIMH, si es que su lugar de residencia actual no es dentro del AIMH, por lo que no existirá un aumento en la demanda de infraestructura, principalmente asociada a viviendas, establecimientos de salud y educacionales.
33.437 habitantes según el Censo 2017 población que ha crecido a una proyección de 38.185 para 2024, lo que representa un aumento del 14,2%. Este crecimiento poblacional, junto con la incorporación del proyecto habitacional Doña Catalina de Los Ríos plantea desafíos en oferta y demanda de infraestructura comunitaria. A continuación, se diagnostican los siguientes ámbitos:
Accesibilidad a espacios públicos/naturales,
Establecimientos educacionales
Establecimientos asistenciales
Vivienda
Servicios básicos
Seguridad pública,
Aseo y ornato
Transporte y conectividad
Accesibilidad a Espacios Naturales y Públicos Graneros cuenta con plazas, parques urbanos y áreas verdes comunales que sirven de espacio de recreación y encuentro. Sin embargo, la disponibilidad de áreas verdes por habitante es reducida. Se estima un total de 85.000 m² de áreas verdes públicas en la comuna, lo que equivale a solo 3,4 m² por habitante a nivel comunal y apenas 0,9 m²/hab en la zona urbana, ambos valores muy por debajo
del estándar recomendado de 9 m²/hab. En este sentido destacan la Plaza de Armas, espacio cívico central donde se ubica el edificio de la Municipalidad, el Parque Padre Hurtado y plazas vecinales en distintos sectores. No obstante, existe déficit de plazas de barrio y varios sectores carecen históricamente de espacios públicos adecuados. Para mejorar esta situación, el Municipio ha impulsado proyectos de recuperación de espacios. En 2019, con financiamiento del Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL), se intervinieron 10 áreas verdes que antes eran sitios eriazos usados como microbasurales, transformándolas en plazas barriales (p. ej., plazas Domingo Yáñez, Los Líderes, Alejandro Goic, Sagrada Familia, Villa Los Alcaldes, Los Aromos, Capricornio, etc.). Estas iniciativas buscan incrementar las áreas de esparcimiento disponibles y al mismo tiempo eliminar focos de basura clandestina, devolviendo esos espacios a la comunidad. Pese a los avances, la razón m² de área verde/habitante sigue por debajo del óptimo, por lo que la comuna mantiene el desafío de ampliar y mejorar sus parques y áreas verdes públicas. En cuanto a espacios naturales de mayor escala, Graneros se ubica en la cuenca de Rancagua, rodeada por terrenos agrícolas y estribaciones de la Cordillera de la Costa. Los cuerpos de agua naturales de relevancia son escasos y, entre estos, destaca el estero La Cadena en el sector oeste. Si bien el paisaje periurbano ofrece sectores abiertos y rurales, el acceso a entornos naturales (bosques esclerófilos en cerros aledaños, riberas de esteros) no está formalmente desarrollado como parques naturales. En síntesis, los habitantes dependen principalmente de espacios públicos urbanos (plazas, parque municipal, estadio, medialuna, etc.) para recreación al aire libre. Mejorar la conectividad y equipamiento de estas áreas senderos, mobiliario, iluminación es importante para incrementar su uso seguro y equitativo por todos los grupos de la comunidad.
Equipamiento e Infraestructura Educacional Actualmente, la comuna de Graneros dispone de una oferta educacional que abarca niveles parvulario, enseñanza básica y media, mayormente a través de establecimientos municipales y particulares subvencionados. En 2023 la comuna contaba con 22 establecimientos educacionales (9 municipales y 13 particular-subvencionados). No existen colegios particulares pagados en la zona (indicador consistente con el perfil socioeconómico local). La matrícula total asciende a 8.682 alumnos (2023) sumando todos los niveles. Desglosado por nivel hay, aproximadamente, 792 niños en educación parvularia, 5.000 alumnos en enseñanza básica, 1.617 en enseñanza media científico-humanista y 655 en enseñanza media técnico-profesional, además de pequeñas matrículas en educación de adultos y educación especial. Esta cobertura ha estado relativamente estable en los últimos años (8.651 alumnos en 2021 vs 8.682 en 2023), mostrando que la infraestructura actual logra absorber la demanda educacional vigente. Respecto a los establecimientos municipales se registran nueve recintos los cuales incluyen varias escuelas básicas urbanas y un liceo municipal que imparte enseñanza media. Además, existen 13 establecimientos
subvencionados que complementan la oferta. En cuanto a educación superior, la comuna no cuenta con instituciones que impartan este nivel de formación por lo que los egresados de enseñanza media suelen continuar estudios en Rancagua u otras ciudades. Por otra parte, en términos de rendimiento académico, los puntajes SIMCE 2022 de Graneros fueron de 252 en Lectura y 233 en Matemática para 4° básico, lo que ubica a la comuna algo más debajo del promedio regional (264 y 249), lo que indica desafíos en resultados educativos. En cuanto a infraestructura física, la mayoría de establecimientos cuenta con lo básico; sin embargo, el crecimiento habitacional podría tensionar la capacidad de aulas en ciertos barrios. Actualmente la matrícula promedio por establecimiento es baja (promedio 395 alumnos por escuela), lo que sugiere que hay capacidad disponible en algunos recintos antes de alcanzar su tope. De hecho, con 8,6 mil alumnos y 22 colegios, el promedio es menos de 400 estudiantes por colegio, lo cual implica que en general no hay hacinamiento crítico en aulas. No obstante, el proyecto Doña Catalina al sumar centenares de nuevas familias podría incorporar 200 a 300 niños/jóvenes adicionales al sistema educacional local (estimando 0,8-1,2 estudiantes por vivienda nueva). Esta demanda adicional se concentraría en educación parvularia y básica principalmente. Dado que la oferta actual es cercana pero no excedida, podría ser absorbida parcialmente; aún así, autoridades educacionales deberán planificar cupos y eventualmente ampliar infraestructura escolar (p.ej. nuevas salas modulares o fortalecimiento de jardines infantiles) para garantizar que la incorporación de estos nuevos estudiantes no deteriore la calidad ni aumente la distancia de traslado. No obstante, desde que se implementó el proceso de desmunicipalización de los establecimientos educacionales, la comuna forma parte del que la gestión educacional está coordinada a nivel territorial mayor y podría facilitar recursos adicionales en respuesta al crecimiento demográfico En resumen, Graneros exhibe una cobertura educacional suficiente para la población actual, pero la proyección de población del proyecto implica reforzar la planificación de matrícula y quizá invertir en ampliaciones menores para mantener un servicio educativo óptimo.
La tasa de disponibilidad de matrículas de los establecimientos identificados en el AIMH, según la población total del AIMH pasa de un 11, 79% a un 10,31%, es decir que disminuye en 1,47 puntos, lo que quiere decir que la alteración no es significativa en la capacidad de demanda de parte de los establecimientos de educación.
Esta tasa resulta de la multiplicación del total de matrículas (1.379) por 100, dividido por la población del AIMH (11.691), generando el 11,79%, si queremos saber cuánto disminuye la disponibilidad de matrículas agregamos la población aportada por el proyecto, y multiplicamos el total de matrículas por 100, dividiéndola por la nueva población proyectada (13.365) lo que nos da un resultado de 10,31%.
Infraestructura de Salud (Atención Primaria y Secundaria) La prestación de salud en Graneros presenta importantes brechas estructurales. Actualmente existe un único establecimiento de salud mayor en la comuna: el Hospital Santa Filomena de Graneros, de baja complejidad (tipo comunitario). No se cuenta con un CESFAM (Centro de Salud Familiar) operativo ni consultorios urbanos/rurales dependientes del municipio. De hecho, Graneros no ha tenido un sistema de Atención Primaria municipal; hasta ahora, los más de 35 mil habitantes han sido atendidos directamente en el hospital local, algo inusual en el modelo de salud chileno. Esto significa que el Hospital Santa Filomena cumple un doble rol: brinda atención cerrada de baja complejidad (hospitalaria) y absorbe también atenciones primarias/ambulatorias que normalmente corresponden a un CESFAM (controles crónicos, medicina general, urgencias primarias).
Respecto al Hospital Santa Filomena, se trata de un recinto sin especialidades de alta resolución por lo que para atenciones de mayor nivel los pacientes son derivados al Hospital Regional de Rancagua. Según el Servicio de Salud, este hospital local tiene una población inscrita de 35.000 usuarios, lo que sobrecarga sus capacidades. La ausencia de Atención Primaria de Salud (APS) Municipal ha sido identificada como un problema crítico. En otras palabras, el nivel primario de salud está subdimensionado, generando largas esperas y alta demanda en el hospital por consultas básicas. No obstante, los indicadores del Registro Social de Hogares muestran que, pese a la sobredemanda, la cobertura de servicios básicos de salud percibida es relativamente buena: la mayoría de residentes está inscrita en FONASA y utiliza el hospital. Conscientes de esta brecha, las autoridades iniciaron gestiones desde 2021 para crear un CESFAM en Graneros y remodelar/expandir el Hospital Santa Filomena. El conjunto con el municipio, planificó la implementación de un área de Atención Primaria municipal nueva y la conservación del hospital existente. Esto implicará construir un CESFAM de estándar moderno y, mientras tanto, trasladar ciertos servicios a módulos provisorios para intervenir el hospital y ampliarlo. A enero de 2021 ya existía financiamiento asignado para la conservación del hospital, y se estaba trabajando en la habilitación de un terreno municipal para instalar módulos de atención de APS. Es esperable que hacia 2024-2025 se concreten estas mejoras, aumentando significativamente la oferta de salud primaria en la comuna con especialidades como médicos de familia, enfermería comunitaria, odontología básica, urgencia SAPU, entre otros.
Considerando lo anterior, es posible afirmar que, en la actualidad, la demanda de salud excede la oferta local evidencia de ello es que Graneros reporta cero personas inscritas en salud municipal 2022 (al no tener CESFAM), debiendo los usuarios recurrir al hospital o servicios de comunas cercanas. Con la incorporación de 800 a 1.000 nuevos residentes del Proyecto Doña Catalina, la demanda aumentará aproximadamente un 3%. Si no se implementara el CESFAM, este incremento tensionaría aún más al Hospital Santa Filomena, traduciéndose en
mayor congestión en urgencias y consultas. Sin embargo, dado que el CESFAM está en fase de materialización, se espera que la nueva población pueda ser absorbida dentro de la nueva capacidad de APS. Aun así, será necesario dotar adecuadamente al CESFAM para cubrir sectores habitacionales emergentes como Doña Catalina. En resumen, Graneros exhibe un déficit histórico en infraestructura de salud (especialmente primaria) que está en vías de solucionarse. El proyecto habitacional refuerza la importancia de acelerar estas inversiones: la oferta actual es insuficiente para la demanda vigente, por lo que la entrada en operación de un CESFAM y la ampliación del hospital resultan críticas para equilibrar oferta y demanda de salud, tanto para la población actual como la proyectada del nuevo conjunto residencial.
Con relación a los establecimientos de salud, cada uno de los trabajadores estará inscrito previamente a algún centro de salud según su dirección de vivienda. Sin perjuicio de lo anterior, existirán protocolos de seguridad en caso de corresponde a un hospital tipo 4, es decir, de baja complejidad, que tiene como funciones la recuperación, fomento, protección de la salud y la rehabilitación de toda la población beneficiaria correspondiente a la Comuna.
Esto quiere decir que es un Establecimiento de atención ambulatoria para poblaciones asignadas no superiores a 40.000 habitantes. En ciudades pequeñas (10.000 50.000 habitantes) pueden estar adosados a un hospital de baja complejidad (Hospital Tipo 4), es decir que tiene una capacidad de atención de hasta 50.000 habitantes según el ministerio de desarrollo social, 2017 y el MINSAL responde.
Teniendo en consideración que el proyecto contempla la construcción de 521 viviendas, y la cantidad de personas por hogar de la comuna de graneros es de un valor de 3,2% según el censo del 2017, por lo tanto, se obtiene que el aporte de población del proyecto es de un total de 1.667 personas.
Teniendo en consideración que la población total de la comuna es de 30.320 personas, se obtiene que el proyecto no alterara significativamente la capacidad de atención, debido a que la población en total de graneros sumado a la del proyecto es de un total de 31,994. Si la capacidad de atención es de hasta 50.000 personas, por ser un hospital de baja complejidad tipo 4, quiere decir que la tasa de capacidad de atención aumentaría de un 60,64% (situación basal) a un 64,98% (situación con proyecto), en otras palabras, una diferencia de 3,34 puntos, lo que no alteraría significativamente el acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica del área de la salud.
Vivienda y Servicios Básicos Domiciliarios Graneros es predominantemente urbano y presenta un parque habitacional acorde a su población. El Censo 2017 registró 9.592 viviendas ocupadas en la comuna (estimación a partir de hogares censales), con un promedio de 3,5 personas por hogar. En los últimos años se han
familias emergentes, lo que indica una demanda local importante por vivienda propia. En este sentido Graneros, al igual que muchas comunas, enfrenta déficit habitacional en ciertos segmentos: existen familias allegadas o en espera de soluciones habitacionales, así como asentamientos informales menores. De acuerdo con el Registro Social de Hogares, a diciembre 2023 un 7,9% de los hogares se encuentra en situación de hacinamiento (más de 2,5 personas por dormitorio), lo que refleja necesidades de vivienda de mayor tamaño o adicional. Asimismo, 9,2% de las personas residen en hogares carentes de al menos un servicio básico (agua potable, alcantarillado o electricidad), porcentaje levemente inferior al promedio regional (13,4%) pero que evidencia bolsones rurales o periurbanos sin plena cobertura de infraestructura sanitaria.
Infraestructura de Servicios Básicos En el área urbana de Graneros, la cobertura de agua potable y alcantarillado es alta y gestionada por la empresa sanitaria Essbio S.A. (que opera en la región de conectada a la red de agua potable y al sistema de alcantarillado público. Las brechas en servicios básicos se concentran en sectores rurales (p. ej. El Manzanal, La Compañía) donde algunos hogares aún utilizan pozos o norias para agua y fosas sépticas por ausencia de alcantarillado. La electricidad alcanza prácticamente al 100% de las viviendas ocupadas gracias a la red de distribución de CGE, por lo que la carencia de electricidad es mínima. No existen campamentos (tomas de terreno) de gran magnitud reportados en Graneros el Catastro MINVU 2022 no identifica campamentos activos dentro de la comuna, aunque sí había casos históricos de ocupaciones de terreno que fueron regularizadas décadas poblaciones legalizadas, como se menciona en zonas de Graneros Sur: Chiprodal, Villa Hospital, Villa Doña Catalina, etc. que se originaron en tomas antiguas). En síntesis, la infraestructura básica domiciliaria (agua, saneamiento, energía) cubre a la gran mayoría de la población, con ciertas deudas en extensión de alcantarillado y agua potable rural. La municipalidad en conjunto con SERVIU y el gobierno regional han trabajado en proyectos de APR (Agua Potable Rural) para abastecer sectores restantes, así como en la pavimentación de vías y veredas en barrios de vivienda social. Respecto a la relación con el Proyecto, Doña Catalina, este conjunto inmobiliario aporta 246 viviendas nuevas, lo que incrementa la oferta habitacional local y contribuye a reducir el déficit habitacional. La población proyectada del proyecto bordea los 800 1000 habitantes adicionales, elevando el total comunal en 2-3%. Esto tendrá varias implicancias:
-Demanda de servicios básicos: Las viviendas nuevas estarán conectadas a redes formales de agua potable, alcantarillado y electricidad, por lo que no deberían engrosar las cifras de carencia; más bien, representarán mayor carga sobre las redes existentes (consumo extra de
agua, aguas servidas y energía). Por lo tanto, Essbio y CGE deberán asegurar capacidad en matriz y subestaciones para dicho consumo, aunque dado el tamaño moderado del proyecto, se espera que las redes urbanas existentes en Graneros (diseñadas para expansión) soporten el aumento sin problemas. -Demanda de vivienda restante: aún con la construcción el proyecto Doña Catalina, permanecerán sectores con allegados o familias sin casa propia; la comuna mantiene listas de espera para programas habitacionales. Por tanto, el proyecto cubre una parte del déficit, pero no lo elimina por completo. -Calidad urbana: Las nuevas viviendas implican extensión del radio urbano hacia Camino Real (sector norte de Graneros), lo cual exige dotar de equipamiento urbano esa zona. El plan regulador vigente zonifica esos terrenos para uso residencial y áreas verdes, cumpliendo con cesiones reglamentarias. El proyecto ha contemplado dejar plazas y vialidades internas según la OGUC, lo cual sumará algunos metros cuadrados de áreas verdes públicas (mejorando marginalmente el índice por habitante)
Seguridad Pública Graneros enfrenta un serio déficit de seguridad pública en términos de dotación policial. La comuna cuenta con una Tenencia de Carabineros dependiente de la 3ª Comisaría de Rancagua, según organización regional, pero el número de funcionarios es muy bajo relativo a la población. En 2022 se reportaba apenas 16 carabineros por cada 100.000 habitantes en Graneros, uno de los índices más bajos del país (3ª posición nacional). Esto equivale a una dotación efectiva aproximada de 5 6 carabineros operativos para toda la comuna, cifra claramente insuficiente. En la práctica, según denuncias municipales en 2023, llegaba a haber dos carabineros por turno patrullando Graneros, lo que obviamente limita la capacidad de respuesta ante delitos. Con esta escasa presencia policial, los indicadores de seguridad muestran preocupación. La tasa de denuncias por delitos de mayor connotación social en la comuna fue de 1.825,7 por 100 mil hab. en 2023, superior al promedio regional (1.472,6) y nacional (1.652,6). Es decir, proporcionalmente se denuncian más delitos en Graneros delitos frecuentes se incluyen robos en lugar habitado, tráfico de drogas al menudeo en poblaciones y hechos de violencia intrafamiliar (esta última con una tasa de 553 por 100 mil en 2023, similar al promedio regional). La sensación de inseguridad ha ido en aumento en la comunidad, manifestada en demandas por mayor vigilancia, mejor iluminación pública y recuperación de espacios. Ante la falta de personal policial, el municipio ha tenido que reforzar la seguridad ciudadana con recursos propios. Graneros implementó patrullajes municipales de seguridad (inspectores o guardias ciudadanos). Estos patrulleros municipales, aunque no tienen facultades policiales plenas, apoyan en disuasión y contacto con la comunidad. Asimismo, se han instalado cámaras de televigilancia en puntos críticos con apoyo de la Subsecretaría de Prevención del Delito (proyectos FNDR).
En materia de respuesta a emergencias, existe un Cuerpo de Bomberos que se remonta al año 1943 y cuenta con tres Compañías las que no sólo atienden las emergencias de la Graneros sino también de las comunas de Codegua y Mostazal. Para esto, disponen de carros bomba y personal capacitado, aunque depende de financiamiento voluntario y municipal para renovar equipos. En cuanto a salud de urgencia, el Hospital Santa Filomena atiende la urgencia local; no existe base SAMU en Graneros (el SAMU regional cubre desde Rancagua). Además, existe Protección Civil Municipal la que se activa ante eventos mayores (inundaciones, sismos), contando con apoyo de bomberos, carabineros y personal municipal.
La construcción del Proyecto Doña podría incidir en la demanda de seguridad de varias formas. Por un lado, se incrementa ligeramente la población a vigilar (un 3% más); por otro lado, un barrio nuevo puede ser inicialmente blanco de delitos si carece de equipamiento de seguridad (alumbrado, organización vecinal). Sin embargo, Doña Catalina está concebido como un conjunto residencial formal y planificado, en un sector antes periférico. Esto implicará urbanizar e iluminar zonas que antes eran semi- rurales, lo que puede reducir ciertos delitos (como robos en sitios eriazos). Aun así, los residentes de Doña Catalina requerirán servicios de seguridad por lo que es imprescindible que Carabineros aumenten su cobertura hacia ese sector (patrullajes en Camino Real y vías internas del proyecto).
El proyecto mismo incluye, según estándares, alumbrado público nuevo y posiblemente cierre perimetral o control de accesos para mayor seguridad interna. No obstante, desde la perspectiva comunal, el problema de fondo es la baja dotación policial, lo cual no se resuelve solo con urbanizaciones. Por tanto, el impacto del proyecto refuerza la necesidad de que el Ministerio del Interior destine más carabineros, vehículos y recursos a la comuna de Graneros. Un aumento de población sin aumento de fuerzas de orden podría agravar la brecha seguridad, aunque el incremento de 800-1000 hab. no es dramático, sí suma presión a un sistema ya estresado. En conclusión, en seguridad pública Graneros presenta una demanda insatisfecha importante; el proyecto Doña Catalina eleva marginalmente esa demanda, haciendo urgente materializar los compromisos de fortalecer la dotación policial y las estrategias de prevención en la comuna.
Servicios de Aseo, Ornato y Medio Ambiente Urbano La Municipalidad de Graneros, a través de su Dirección de Aseo y Ornato, presta el servicio de recolección de basura domiciliaria en los sectores urbanos de la comuna. La cobertura de recolección es prácticamente total en la zona urbana (varios días a la semana por sector), mientras que en sectores rurales poblados también se ha extendido el servicio mediante rutas periféricas. Los residuos recolectados se transportan para su disposición final en el autorizada que sirve a varias comunas de la provincia. No existe vertedero municipal propio ni relleno en Graneros por lo que se utiliza este sistema intercomunal. En días festivos o contingencias en que La Yesca cierra, el
municipio suspende temporalmente la recolección, coordinando las rutas en días siguientes. El volumen de residuos generado por Graneros puede estimarse en torno a 8 10 toneladas diarias (asumiendo 0,5 0,7 kg por habitante/día, típico en comunas medianas). La gestión de residuos incluye además operativos de limpieza de microbasurales.
Por su parte, la sección de Ornato se encarga del mantenimiento de plazas, parques, jardineras y arbolado urbano, así como de la iluminación pública. Graneros cuenta con decenas de pequeñas plazas vecinales y la plaza central, además del Parque Municipal (Parque Padre Hurtado) y áreas verdes asociadas a recintos deportivos (estadio municipal, medialuna). Como se indicó, la disponibilidad de áreas verdes es escasa y el municipio ha invertido en hermoseamiento plazas y continúa gestionando proyectos para nuevas áreas verdes. Pese a ello, persiste un déficit en cantidad y calidad de parques urbanos. La mantención de alumbrado público también es crucial para ornato y seguridad; Graneros tiene luminarias LED en avenidas principales, pero en algunos barrios la iluminación es deficiente, contribuyendo a sensación de inseguridad. Según datos del Sistema Nacional de Información Municipal (SINIM), el gasto comunal en alumbrado público reportado fue nulo en 2024, posiblemente porque la reposición LED fue financiada externamente. Sin embargo, el municipio enfrenta costos de energía de $ 376.626 millones que reflejan el pago de consumo eléctrico de las luminarias.
Respecto a la relación con el proyecto Doña Catalina de Los Ríos , es posible predecir que se incorporarán 246 nuevas viviendas al servicio de recolección, lo que supone aproximadamente 0,8 a 1 tonelada adicional de basura diaria generada por la comunidad del proyecto (suponiendo 4 kg por vivienda por semana en promedio). Este aumento demanda ajustar las rutas de camiones recolectores en el sector Camino Real/Villa Doña Catalina. Dado que Graneros ya externaliza la disposición final a Rancagua, el cuello de botella puede ser la capacidad local de recolección (camiones y personal). Será necesario asegurar un recorrido específico para el nuevo barrio. No obstante, en términos porcentuales es un aumento menor (10-15% del volumen actual), manejable con la flota existente siempre que se planifique eficientemente. Es fundamental además educar a los nuevos vecinos en la correcta gestión de residuos para evitar microbasurales. Por otra parte, el loteo Doña Catalina, conforme a normativa, ha debido ceder terrenos para áreas verdes y equipamiento. Se espera la construcción de plazas dentro del conjunto que sumarán algunos miles de m² de áreas verdes. Estas plazas internas, una vez entregadas, probablemente quedarán a cargo municipal en cuanto a mantención. Por tanto, la oferta de áreas verdes aumentará ligeramente (mejorando la ratio comuna a quizá 3 m²/hab), pero a su vez la demanda de mantención aumentará (más pasto que cortar, más juegos infantiles que reparar, etc.). La municipalidad deberá destinar cuadrillas de ornato a este nuevo polígono. Igualmente, nuevas calles internas con luminarias exigirán incorporarlas al sistema de alumbrado público comunal aumentando el consumo
eléctrico y la necesidad de reponer ampolletas en caso de fallas.
En síntesis, en Aseo y Ornato, Graneros presenta hoy un servicio relativamente bien establecido de recolección y limpieza urbana, aunque con limitaciones presupuestarias. Los habitantes gozan de un entorno urbano limpio en las zonas atendidas, pero sufren aún problemas puntuales de microbasurales y baja disponibilidad de áreas verdes. La incorporación de Doña Catalina elevará moderadamente la generación de residuos y expandirá el radio de acción de los servicios de aseo, lo que requerirá optimizar recursos (por ejemplo, incrementar frecuencia de camión o adquirir uno adicional con fondos sectoriales). Asimismo, consolidará la urbanización de un sector antes periférico, obligando a extender los servicios de ornato (riego, poda, iluminación) hacia ese lugar. Esto plantea un reto de gestión municipal, aunque no de magnitud insuperable, siempre y cuando se planifique el crecimiento de la ciudad con los recursos correspondientes.
Transporte y Conectividad Graneros se ubica estratégicamente cerca de la Carretera Panamericana -Ruta 5 Sur- lo que le otorga buena conexión con ciudades mayores. El núcleo urbano de Graneros está a 2 km al oeste de la Ruta 5 -acceso por enlace La Compañía-, equivalentes a unos 6 minutos en vehículo. Hacia el sur, la ciudad de Rancagua (capital regional) se encuentra a sólo 14 km de distancia, alcanzable en unos 18 minutos por vía expedita. Esta proximidad permite que muchos granerinos trabajen o estudien en Rancagua, desplazándose diariamente. Hacia el norte, Mostazal y Santiago están igualmente conectados vía Ruta 5 (Graneros está 76 km al sur de Santiago). La ruta 5 es de alta capacidad, aunque los accesos pueden congestionarse en horas punta; se han realizado mejoras en las vías locales de conexión (ej. Avenida La Compañía) para facilitar la entrada/salida a la autopista.
Por otra parte, Graneros cuenta con una estación ferroviaria en la línea férrea central (Estación Graneros). Por ella circulan servicios de Metrotren que conectan la comuna con Rancagua y Santiago. El Metrotren Rancagua nos indica que trenes suburbanos realizan paradas en Graneros, lo que ofrece una alternativa rápida de transporte (tiempos estimados: ~10 min a Rancagua centro, ~1 hora 20 min a Santiago Central). Este servicio ha acercado laboral y educacionalmente a Graneros con la metrópolis. Además del tren, operan buses interurbanos frecuentes entre Graneros y Rancagua (minibuses y buses que recorren la antigua Ruta 5, conocida como Ruta Travesía o Ruta H-10). También existen taxis colectivos que comunican Graneros con comunas vecinas (Mostazal, Codegua, Rancagua), y servicio de taxis básicos en la ciudad. Dentro de Graneros, por su tamaño acotado, no hay un sistema formal de micros urbanas; los desplazamientos internos se realizan a pie, en bicicleta, en vehículo privado o en mototaxi informal. La movilidad interna se ve favorecida por la planitud del terreno y la corta distancia entre barrios (la ciudad es compacta).
Internamente, la comuna se estructura a lo largo de la Avenida La Compañía (eje norte-sur) y el Camino Real (eje que sale hacia el oriente). El Plan Regulador Comunal vigente (aprobado 2016) delineó las vías estructurantes y el crecimiento urbano. Graneros posee pavimentación en la mayoría de sus calles urbanas; sin embargo, con la expansión demográfica se presentan retos de tránsito. En horarios punta, la avenida principal puede congestionarse por flujo hacia Rancagua. Adicionalmente, el cruce de la línea férrea genera un punto crítico cuando pasan trenes de carga, aunque esta situación mejoró bastante con la construcción de un paso bajo nivel.
En cuanto al Proyecto Doña Catalina de Los Ríos , éste se emplaza en el sector Camino Real (Ruta H10) Este sector tiene buena conectividad dado que esta carretera enlaza con Av. La Compañía y de ahí a la Ruta 5. Sin embargo, la incorporación de 246 nuevas viviendas implicará mayor flujo vehicular en las vías locales. Suponiendo al menos 1 automóvil por vivienda en promedio, serían 200 250 vehículos adicionales circulando, especialmente en horas de entrada/salida laboral y escolar. El proyecto ha contemplado la habilitación de calles interiores y accesos adecuados; de hecho, se proyecta suficiente espacio para estacionamientos vehiculares y de bicicletas para los residentes.
Esto sugiere que internamente la urbanización manejará el estacionamiento y movilidad de sus residentes. El desafío estará en la conexión externa: el tramo de Camino Real hasta empalmar con la ciudad existente podría requerir ensanche o mejoras (bermas, señalización) para absorber tráfico extra. Además, habrá más peatones y ciclistas en la zona por lo que es clave dotar de aceras y ciclovías seguras integrando el nuevo barrio.
En términos de transporte público, es previsible que la demanda de viajes a Rancagua aumente ligeramente. Esto podría conllevar la necesidad de aumentar frecuencia de buses o bien extender algún recorrido de transporte público hasta el interior del conjunto habitacional Doña Catalina. Actualmente, muchas líneas pasan por La Compañía, por lo que un desvío o parada cercana serviría al nuevo conjunto. Igualmente, la estación de tren Graneros podría ver unos cuantos nuevos usuarios diarios, aunque su capacidad lo permite sin problemas.
Resumiendo, Graneros dispone de una conectividad vial y de transporte adecuada para su escala, con ventajas como la estación de tren y la cercanía a Ruta 5. Los principales pendientes son: mejorar infraestructura vial local (eliminar puntos de congestión, mejorar seguridad en cruces) y ampliar cobertura de transporte público interno si la ciudad crece en extensión. El Proyecto Doña Catalina, en particular, añadirá demanda de movilidad en un sector específico, lo que debe ser abordado con planificación: habilitación de accesos viales de calidad, extensión de rutas de bus/colectivo, y medidas de seguridad vial (señaléticas, lomos de toro) dentro y fuera del nuevo barrio. Con estas acciones, la oferta de transporte y
conectividad de Graneros debiera ser capaz de absorber el crecimiento poblacional sin mayores contratiempos.
Oferta vs. Demanda Actual y Proyectada Síntesis Interpretación: Como se observa, en varios ámbitos Graneros ya opera cerca de sus límites de capacidad, presentando brechas importantes (especialmente en salud primaria y seguridad). La incorporación de la población del Proyecto Doña Catalina incrementa la demanda en cada sector en un rango de 2% a 5%.
Si bien porcentualmente no parece elevado, estas nuevas exigencias agudizan los déficits existentes. Por ello, el equilibrio oferta-demanda futuro dependerá de implementar oportunamente las mejoras planificadas: quizás ampliar aulas o construir un nuevo jardín infantil en el sector norte para absorber la primera infancia del nuevo conjunto. entre en funcionamiento antes o durante el ingreso de los nuevos habitantes, para otorgar cobertura primaria adecuada; asimismo reforzar el hospital local post-obras. mantener programas de vivienda social activos será crucial para atender otros grupos vulnerables (allegados, campamentos) que no cubre el proyecto Doña Catalina. dotación de Carabineros, sumado a potenciar la seguridad municipal (cámaras, iluminación en el nuevo barrio, comités vecinales) para prevenir delitos en la zona ampliada. equipamiento (un camión recolector extra si fuera necesario) y personal de áreas verdes, garantizando que el crecimiento urbano no degrade la limpieza ni el cuidado de espacios públicos. mejora vial (ensanche de Camino Real, nueva semaforización), y con el Ministerio de Transportes evaluar la extensión de recorridos de buses o subsidio para acercar transporte público al nuevo sector. Con estas medidas, la comuna podría mantener un desarrollo sostenible, donde la oferta de infraestructura y servicios comunitarios logra satisfacer la demanda tanto de la población actual como de la proyectada con el nuevo proyecto inmobiliario. Conclusión El diagnóstico integral de Graneros revela una comuna en crecimiento con fortalezas en conectividad y cobertura educacional, pero también con desafíos críticos en salud primaria y seguridad ciudadana, así como carencias relativas en áreas verdes por habitante y dotación de servicios municipales al límite de sus recursos. La información actualizada a 2023-2024 muestra mejoras socioeconómicas (pobreza por ingresos bajó a 5,3%, pobreza multidimensional a 13,3%) y esfuerzos municipales por elevar la calidad de vida (plazas recuperadas, inversiones en salud y seguridad). No obstante, la brecha entre oferta y demanda en infraestructura básica persiste en ciertos ámbitos.
La llegada del Proyecto Habitacional Doña Catalina actuará como catalizador de cambios: por un lado, beneficioso al ofrecer viviendas dignas a cientos de familias y consolidar desarrollo urbano; por otro, exigente al requerir ampliación de la capacidad de los servicios públicos locales. Este diagnóstico, apoyado en fuentes oficiales (PLADECO Graneros 2015-2020, Encuesta CASEN 2017-2022, Censo 2017, proyecciones INE 2024, datos SINIM y registros municipales), proporciona la base para la evaluación de impacto ambiental del proyecto en lo humano. Se concluye que, si las autoridades toman las medidas de mitigación mencionadas principalmente reforzar la infraestructura de salud, seguridad y áreas verdes Graneros podrá absorber adecuadamente la demanda adicional, encaminándose hacia un desarrollo armónico.
A partir del análisis de antecedentes técnicos fue posible descartar que las partes, obras y acciones del Proyecto generarán efectos sobre la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento en el área de influencia. Al no existir efectos sobre los distintos modos de transporte, es posible afirmar que la población futura del Proyecto y de los proyectos con RCA aprobada, permiso de edificación y recepción final de obras emplazados al interior del área de influencia podrá acceder sin problemas a los establecimientos de salud educación de la comuna, y en general a la totalidad de equipamiento de salud y educación que dispone la ciudad de Graneros, descartando efectos según establece el literal c) artículo 7 del RSEIA.
d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Según el informe de Medio Humano, dentro del Área de influencia y cercano al área del proyecto Doña Catalina , no se evidencia ejercicios de manifestaciones de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan ser intervenidos y afectar los sentimientos de arraigo a la cohesión social.
En el marco de la actualización de la Línea de Base del componente Medio Humano, conforme a lo establecido en el artículo 18 literal e.10 del D.S. N°40/2012. Se adjuntan en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria las pautas de entrevistas de medio humano y referido a GHPPI.
Se identificó la presencia de una organización indígena formalmente constituida: la Asociación Indígena We Rayen Mapu, en la localidad de El Arrozal. A esta organización se le aplicó el instrumento metodológico mediante entrevistas grupales realizadas el día 12 de abril de 2025, las cuales contaron con la participación de 11 socios y socias, todos pertenecientes al pueblo mapuche, según consta en la Tabla 2 del informe.
Las entrevistas permitieron recoger antecedentes relevantes como: vínculos con CONADI. como mapuche.
familiares, lengua, y espiritualidad se conservan a nivel doméstico o personal, pero no existe uso ritual ni colectivo del terreno donde se emplazará el Proyecto. espiritual o patrimonial dentro del área de emplazamiento. colectivas en el área directa del Proyecto.
Análisis de afectación y verificación de ECC del Art. 11 Ley N°19.300 y Art. 7 RSEIA:
Conforme al análisis presentado en las secciones 5 y 6.3.6 del informe, se descarta la presencia de efectos, características o circunstancias sobre los sistemas de vida y costumbres de los GHPPI, considerando lo siguiente: 1. No se identifican usos actuales ni tradicionales del predio del Proyecto por parte del pueblo mapuche u otras etnias. 2. El terreno donde se emplazará el Proyecto se encuentra cerrado, deshabitado y sin uso agrícola, social o cultural actual. 3. No se obstaculiza la libre circulación ni se altera el acceso a recursos naturales utilizados por comunidades indígenas. 4. No existe infraestructura comunitaria indígena, ni manifestaciones rituales o celebraciones tradicionales asociadas al área del Proyecto. 5. No se afectan formas particulares de organización social indígena, ni se compromete su continuidad cultural.
Por lo tanto, con base en la información levantada mediante el instrumento y los criterios de análisis definidos en la Guía SVCGH del SEA (2020), se confirma que no se verifican los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300 ni el inciso final del artículo 7° del RSEIA en relación con los GHPPI. En consecuencia, las conclusiones del Titular se sostienen sobre una base metodológicamente válida y se descarta una afectación significativa a los sistemas de vida y costumbres de pueblos indígenas presentes en el área de influencia.
Se registra que los principales sectores y sitios de significación cultural de la asociación están ubicados en la Plaza de Armas de la comuna y en algunas oportunidades se han realizado en la plaza del sector La Compañía.
Existe un comité de vivienda integrado por 80 miembros, el cual presenta un proyecto que pretende la construcción de un conjunto habitacional en un terreno ubicado en el Nueva Ciudad, donde pretenden construir una ruca y sus huertos.
Organizan Anualmente el We Tripantu y marchas reivindicatorias de las demandas históricas del Pueblo Mapuche.
Por otro lado, se vuelve a recalcar que no hay presencia de monumentos nacionales dentro del área de influencia del Proyecto ni cercanos a estos.
Por todos los elementos señalados, es posible sostener que se descartan impactos negativos significativos que puedan dificultar o impedir el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos presentes en el Área de Influencia del Proyecto. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Se da cuenta de la ausencia de estos grupos al interior del Área de Influencia, así como la inexistencia de manifestaciones culturales propias de pueblos originarios en el sector.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No Aplica Componente(s) ambiental(es) afectado(s) No Aplica Parte, obra o acción que lo genera No Aplica Fase en que se presenta No Aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.4 del ICE Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. En la siguiente figura se observan las áreas protegidas y/o de interés para la conservación, donde se aprecia que el Proyecto no se encuentra cercano al Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad.
Fuente: Figura 3-
Se informa además que el Proyecto, no se localiza en o en áreas cercanas a poblaciones protegidas referido a humedales y monumentos, tal como se expone a continuación:
Fuente: Figura 1- DIA.
Fuente: Figura 1-
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 8º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. El Proyecto no se localiza en recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental en términos de la extensión, magnitud o duración de la intervención de las partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad.
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 8º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No Aplica Componente(s) ambiental(es) afectado(s) No Aplica Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto se emplaza en una zona con uso de suelo residencial y equipamiento, definida por el Plan Regulador Comunal de Graneros. No se identifica valor turístico en el sector de emplazamiento que pueda verse afectado por las obras y acciones del Proyecto.
El Proyecto se emplaza en una zona con uso de suelo residencial y equipamiento, definida por el Plan Regulador Comunal de Graneros. No se identifica valor paisajístico en el sector de emplazamiento que pueda verse afectado por las obras y acciones del Proyecto.
Fase en que se presenta No Aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.6 del ICE De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. El Proyecto se emplaza en una zona con uso de suelo residencial y equipamiento, definida por el Plan Regulador Comunal de Graneros. Debido a las características del Proyecto, es posible afirmar que no se genera una alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 9º letra a) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. El Proyecto no obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico, ya que se desarrollará en una Zona Mixta entorno a Ruta H-10 ZM4, Zona Habitacional Densidad media baja ZH3 y Área verde AV, con uso de suelo residencial y equipamiento. El perímetro del Proyecto se encuentra circundado por viviendas y predios privados. La nueva infraestructura será de similares características a la existente en los alrededores.
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 9º letra b) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. El Proyecto se emplaza en una zona con uso de suelo residencial y equipamiento, definida por el Plan Regulador Comunal de Graneros.
En base a lo anterior, dado que el proyecto se enmarca en una zonificación netamente urbana y consolidada como residencial y, dado que ya se ha justificado que no se verán afectadas manifestaciones culturales, ni zonas de interés turístico, de interés comunitario, de interés cultural ni atractivos turísticos, es posible desprender que el desarrollo del presente proyecto no podrá tener efectos negativos sobre servicios o actividades turísticas que conlleven flujo de visitantes a tales sitios con previsible valor turístico.
En este contexto, se concluye que el proyecto, su emplazamiento y su área de influencia carecen de valor turístico, ya que no cumplen con los requisitos esenciales para ser considerados como tal. Por esta razón, se descarta cualquier afectación al artículo 9 del Reglamento del SEIA en lo relativo a la componente turismo.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No Aplica Parte, obra o acción que lo genera En relación con lo señalado en el Informe de caracterización de Medio Humano versión final adjunto en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria, se establece que en el sitio en que emplazará el Proyecto no existe evidencia de que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano.
Según el Informe de prospección arqueológica versión final adjunto en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria, la revisión de antecedentes bibliográficos del área aludida al proyecto no evidenció presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras, quedando pendiente la actividad de prospección pedestre dentro de las influencias del proyecto. Fase en que se presenta No Aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.7 del ICE De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. Se realizó una revisión bibliográfica de los componentes del patrimonio cultural del área de estudio con relación a la presencia de sitios históricos y arqueológicos. Para esto, se revisaron las siguientes fuentes documentales:
-Catastro de sitios históricos y arqueológicos en las cuencas priorizadas (MOP). -Actas en línea del Consejo de Monumentos Nacionales, publicaciones de revistas especializadas (por ejemplo, actas de congresos nacionales de Arqueología Chilena, revista de Antropología Chilena, boletín de la Sociedad Chilena de Arqueología, etc.). -Consulta de archivos del Consejo de Monumentos Nacionales referentes a informes de DIA y de EIA del área de estudio, como también en la plataforma del SEA.
Según el Informe de prospección arqueológica versión final adjunto en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria, la revisión de antecedentes bibliográficos del área aludida al proyecto no evidenció presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras, quedando pendiente la actividad de prospección pedestre dentro de las influencias del proyecto.
No obstante, se recomienda Realizar charlas de inducción arqueológica en las futuras obras, ya que, si bien el proyecto no presentó evidencia de hallazgos, a unos 20 km del proyecto hacia el norte, en la comuna de Mostazal, el proyecto "EIA Proyecto La Punta", presentó alrededor de 20 sitios arqueológicos y hallazgos aislados, asociados a estructuras de ocupación tardía incaica e histórica (Rodríguez et al. 2020). Por otro lado, a 5 km aproximadamente del proyecto desistido "San Benito" se ubica el sitio Cerro Grande de la Compañía, sitio preincaico emblemático por su asociación al cerro y estudiado en la década de los 90 (Planella et al 1992, 1993, 2004). Esto último considerando que el proyecto ya está en avanzada estado de construcción.
Bajo esto último, se debe considerar que, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. La inspección patrimonial bibliográfica realizada, demuestran potencialmente que la zona a emplazar el Proyecto no evidenció presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras.
Por lo anterior, en caso de hallazgo no previsto, el Titular tendrá en cuenta lo indicado por el artículo 26° de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. En relación con lo señalado en el Informe de caracterización de Medio Humano versión final adjunto en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria, se establece que en el sitio en que emplazará el Proyecto no existe evidencia de que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano.
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 10º letra c) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
6° OTRAS CONSIDERACIONES METODOLÓGICAS O CRITERIOS RELEVANTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN
6.1 Análisis de la Variable de Cambio Climático
En el Anexo A-06
METODOLOGÍA
Descripción breve del proyecto.
8 pasos para realizar el análisis del componente de Cambio Climático en la evaluación ambiental de proyectos en el SEIA, donde cada paso depende de los resultados obtenidos en el paso anterior.
Figura 3
Fuente: Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático, 2023
RESULTADOS
Paso 1: Descripción del Proyecto e identificación de los generados de impactos
Los antecedentes relacionados con la Descripción del Proyecto se presentan el Capítulo 1 de la DIA, y en el ítem 1 del Anexo de Adenda Complementaria, por lo tanto, a continuación, se realiza el análisis Marco de Cambio Climático y por la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC) de Chile, a saber, silvoagropecuario, pesca y acuicultura, energía, infraestructura, turismo, minería, biodiversidad, salud de la población, zonas costeras, recursos hídricos, ciudades y transporte y los factores generadores de impactos ambientales asociados.
En la siguiente figura se indican los factores generadores de impactos a tener en consideración para la evaluación de Cambio Climático.
Figura Factores de determinan impactos ambientales de un proyecto
Fuente: Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático, 2023
En la siguiente tabla, se muestran los 12 sectores presentes en la herramienta ARClim del Ministerio de Medio Ambiente, y su relación con el Proyecto, con el objetivo de lograr identificar los sectores vinculados con la localización del Proyecto y así profundizar en el análisis de los sectores que sí presenten alguna relación.
Factor Localización
Tabla 1. Sectores vulnerables del Art. 9° de la Ley de Cambio Climático y su relación con el Proyecto
Sector vulnerable Riesgos climáticos Índice de riesgo Vinculación con el Proyecto Justificación Agricultura - Cambio de Productividad Cultivo de Almendro - Cambio en la Capacidad de Carga de Bovinos de Carne - Cambio en la Capacidad de Carga de Bovinos de Leche - Cambio de Productividad Cultivo de Cerezo - Cambio de Productividad Cultivo de Frejol - Cambio de Productividad Cultivo de Maíz - Cambio de Productividad Cultivo de Manzano rojo - Cambio de Productividad Cultivo de Nueces - Cambio en la Capacidad de Carga de Ovinos - Cambio de Productividad Cultivo de Papa bajo Riesgo - Cambio de Productividad Cultivo de Papa en Secano - Cambio en la Productividad de Praderas - Cambio de Productividad Cultivo de Trigo bajo Riego - Cambio de Productividad Cultivo de Trigo en Secano S/I S/I
S/I
Bajo (1) S/I Moderado (2) Moderado (2)
Moderado (2) S/I S/I
S/I
S/I Sin Riesgo (0,415)
S/I
No aplica
No aplica
(0,3123)
No
El Proyecto no se vincula a este sector, ya que las partes y obras no se asocian a agricultura.
- Pérdida uva pisquera por aumento en la frecuencia de olas de calor
- Pérdida uva pisquera por aumento en la frecuencia de sequias
- Cambio de productividad cultivo de vid cepa Chardonnay Salud y Bienestar Humano - Anegamiento de asentamientos costeros
- Inundaciones
- Aumento de morbilidad por aumento de temperaturas y olas de calor
- Mortalidad prematura neta por cambio de temperatura
- Mortalidad prematura por calor
- Efecto olas de calor en salud humana
- Disconfort Térmico Ambiental - Incendios en asentamientos urbanos - Efectos de las Heladas en Ciudades - Efectos de la Isla de Calor Urbana - Pérdida de agua potable en los servicios sanitarios rurales por déficit de precipitación - Seguridad hídrica domestica urbana - Seguridad hídrica domestica rural No aplica S/I 0,0316
1,7 muertes
0,0574 Leve aumento (0,6063) No aplica (0,2702) No aplica No aplica No aplica
Alto (0,6312) Alto (0,5292) Sí En el área de influencia de Calidad de Aire y Ruido y Vibraciones, se identifican receptores humanos que pudieran ser afectados por las consecuencias del cambio climático.
A través de la herramienta ARClim se puede asociar el Proyecto en el sector vulnerable respecto a, Seguridad hídrica domestica urbana y rural.
Se descarta afectación por aumento de morbilidad por aumento de temperaturas y olas de calor, mortalidad prematura neta por cambio de temperatura, mortalidad prematura por calor, efecto olas de calor en salud humana, disconfort térmico ambiental, incendios en asentamientos urbanos, efectos de las heladas en ciudades, efecto de la isla
de calor urbana, pérdida de agua potable en los servicios sanitarios rurales por déficit de precipitación, ya que las partes, obras y acciones del proyecto no generarán impactos sinérgicos con estos riesgo climáticos. Bosques Nativos - Incendios en Bosques Nativos - Verdor en Bosques Nativos Bajo (0,4018) Alto (0,9877) Sí A través de la herramienta ARClim se puede asociar el Proyecto en el sector vulnerable respecto a, verdor en bosques nativos.
Se descarta la afectación con el riesgo climático de incendios en bosques nativo.
A través del Informe de caracterización de Flora y Vegetación adjunto en el Anexo 3.4 de la DIA no se identificaron bosques nativos. Acuicultura - Salmonicultura: Pérdida de producción por menor provisión de agua dulce - Pérdida de biomasa de salmones por FAN - Pérdida de biomasa de salmones por aumento de parásitos - Pérdida de biomasa de mejillones en fase engorda por FAN - Pérdida de biomasa semilla de mejillones por aumento de salinidad No aplica No El Proyecto no se vincula con este sector, ya que las partes y obras no se asocian a acuicultura.
Infraestructura Costera - Aumento de downtime en caletas de pescadores - Aumento de downtime en puertos estatales - Downtime de puertos de descarga de combustible No aplica No El Proyecto no se vincula con este sector, ya que las partes y obras no se asocian a la infraestructura costera. Recursos Hídricos - Inundaciones por Desbordes de Ríos - Inundaciones en zonas urbanas - Riesgo en la disponibilidad de agua superficial para fines ambientales - Riesgo en el Aprovechamiento de Agua Superficial en Riego - Sequías hidrológicas S/I S/I S/I
S/I
S/I No A través de la herramienta ARClim se observa que no hay información disponible de este sector vulnerable para la comuna de Graneros. Turismo - Pérdida de atractivo turístico invernal en centros de alta montaña - Pérdidas de atractivo turístico por incendios forestales - Incremento de presencia de medusas (aguaviva) por aumento en la temperatura del mar - Incremento de presencia de fragata portuguesa por aumento en la temperatura del mar - Erosión de playas - Pérdida de atractivo turístico en los destinos de sol y playa - Pérdida de turismo en destinos de sol y playa por aumento de marejada No aplica
Muy Bajo (0,0005) No aplica
No aplica
No aplica S/I
No aplica
No El Proyecto no se vincula con este sector, ya que las partes y obras no se asocian a turismo. Pesca Artesanal - Pérdida de desembarque pesquero artesanal
- Pérdida de desembarque de la pesquería artesanal de la macha por cambios de la surgencia
- Pérdida de desembarque de la pesquería artesanal de la macha por cambios en la temperatura - Pérdida de producción acuícola del ostión por cambios en el régimen de surgencia - Pérdida de producción acuícola del ostión por cambios en la temperatura superficial del mar
- Reducción de las praderas de algas No aplica No El Proyecto no se vincula con este sector, ya que las partes y obras no se asocian a la pesca artesanal. Biodiversidad
- Pérdida de fauna por cambios de precipitación
- Pérdida de fauna por cambios de temperatura
-
Pérdida de flora por cambios de precipitación Moderado (0,4086) (0,4677) Alto (0,5345) Moderado (0,4437) No Aplica Sí A través de la herramienta ARClim se puede asociar el Proyecto en el sector vulnerable
-
Pérdida de flora por cambios de temperatura
- Degradación de humedales costeros
- Cambios en la presencia de la ballena azul por aumento de temperatura
- Cambios en la presencia de la ballena jorobada por aumento de temperatura Cambios en la presencia del cachalote por aumento de temperatura del mar
- Cambios en la presencia del delfín de botella por aumento de temperatura del mar
- Cambios en la composición de especies por aumento en la temperatura superficial del mar -Cambios en la diversidad funcional por aumento en la temperatura superficial del mar
- Cambios en la riqueza de especies marinas por aumento en la temperatura superficial del mar
- Cambios en la presencia del pingüino de Humboldt por aumento en la temperatura superficial del mar
- Cambios en la presencia de yunquito por aumento en la temperatura superficial del mar No Aplica
No Aplica
No Aplica
No Aplica
No Aplica
No Aplica
No Aplica
No Aplica
No Aplica
respecto a, perdida de fauna por cambios de precipitación y temperatura y a perdida de flora por cambios de precipitación y temperatura.
Se descarta afectación relacionada a biodiversidad marina, ya que las partes, obras y acciones del proyecto no generarán impactos sinérgicos con estos riesgos climáticos. Plantaciones Forestales - Incendios en Plantaciones Forestales - Verdor en Plantaciones Forestales
Muy Bajo (0,0001) Muy Bajo (0,0003) Sí Al consultar la plataforma ARClim, se puede asociar el Proyecto en el sector vulnerable respecto a incendios en plantaciones forestales y verdor en plantaciones forestales, sin embargo, el índice de riesgo es Muy bajo. Minería (en revisión) - Impacto de sequía en faenas mineras - Impacto de la alta pluviometría en relaves mineros 0 No aplica No El Proyecto no se vincula con este sector, ya que las partes y obras del proyecto no se asocian a la minería. Además, en el área de influencia del Proyecto no se
identifica zonas mineras. Energía Eléctrica - Impactos de Disminución del Recurso Hídrico - Impacto de Aumento de Temperatura sobre Líneas de Transmisión - Impacto de Disminución del Recurso Eólico - Impacto del Cambio en Radiación Solar
-115,7747 Sin cambio (0,012)
Sin cambio (0,017) Sin cambio (0,132) No Al consultar la plataforma ARClim, se puede asociar el Proyecto en el sector vulnerable de energía eléctrica, sin embargo, el índice de riesgo es Muy bajo.
De acuerdo con el análisis de vinculación del Proyecto con los sectores vulnerables, se identifica la vinculación con 5 sectores: Salud y Bienestar Humano, Bosques Nativos, Biodiversidad, Plantaciones Forestales y Energía Eléctrica.
En síntesis, en la tabla siguiente se detallan los riesgos que están relacionados con el emplazamiento y ejecución del Proyecto.
Tabla 2. Resumen riesgo de Cambio Climático y su relación con el Proyecto: Sector vulnerable Riesgos de cambio climático relacionado con el Proyecto Nivel de riesgo (ARClim) Comuna de Pudahuel Salud y Bienestar Humano - Anegamiento de asentamientos costeros - Inundaciones - Aumento de morbilidad por aumento de temperaturas y olas de calor - Mortalidad prematura neta por cambio de temperatura - Mortalidad prematura por calor - Efecto olas de calor en salud humana - Disconfort Térmico Ambiental - Incendios en asentamientos urbanos - Efectos de las Heladas en Ciudades - Efectos de la Isla de Calor Urbana - Pérdida de agua potable en los servicios sanitarios rurales por déficit de precipitación - Seguridad hídrica domestica urbana - Seguridad hídrica domestica rural No aplica S/I 0,0316
1,7 muertes
0,0574 Leve aumento (0,6063) No aplica (0,2702) No aplica No aplica No aplica
Alto (0,6312) Alto (0,5292) Bosques Nativos - Incendios en Bosques Nativos - Verdor en Bosques Nativos Bajo (0,4018) Alto (0,9877) Biodiversidad - Pérdida de fauna por cambios de precipitación - Pérdida de fauna por cambios de temperatura - Pérdida de flora por cambios de precipitación - Pérdida de flora por cambios de temperatura - Degradación de humedales costeros - Cambios en la presencia de la ballena azul por aumento de temperatura - Cambios en la presencia de la ballena jorobada por aumento de temperatura Cambios en la presencia del cachalote por aumento de temperatura del mar - Cambios en la presencia del delfín de botella por aumento de temperatura del mar - Cambios en la composición de especies por aumento en la temperatura superficial del mar -Cambios en la diversidad funcional por aumento en la temperatura superficial del mar Moderado (0,4086) (0,4677) Alto (0,5345) Moderado (0,4437) No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica
No Aplica No Aplica
No Aplica
No Aplica
- Cambios en la riqueza de especies marinas por aumento en la temperatura superficial del mar
- Cambios en la presencia del pingüino de Humboldt por aumento en la temperatura superficial del mar
- Cambios en la presencia de yunquito por aumento en la temperatura superficial del mar Plantaciones Forestales
- Incendios en Plantaciones Forestales
- Verdor en Plantaciones Forestales Muy Bajo (0,0001) Muy Bajo (0,0003) Energía Eléctrica
- Impactos de Disminución del Recurso Hídrico
- Impacto de Aumento de Temperatura sobre Líneas de Transmisión
- Impacto de Disminución del Recurso Eólico
- Impacto del Cambio en Radiación Solar -115,7747 Sin cambio (0,012) Sin cambio (0,017) Sin cambio (0,132) Estos riesgos de cambio climático se utilizan como referencia en el análisis de determinación de la sinergia de los impactos del Proyecto y los riesgos de cambio climático.
Factor Temporalidad
se debe realizar un análisis de cambio climático a las obras permanentes las cuales corresponden a aquellas que tengan una vida útil indefinida o bien que se mantengan por más de 20 años.
El Proyecto corresponde a un proyecto inmobiliario por lo que se considera con una vida útil indefinida. De acuerdo con lo anterior, corresponde realizar el análisis de cambio climático, dado que las partes, obras u acciones del Proyecto interactuarán con las tendencias del cambio climático.
Extracción y uso de recursos naturales
No se considera la extracción de recursos naturales susceptibles de ser afectados por el cambio climático. A continuación, se analizan los aspectos ambientales asociados a los objetos de protección suelo, agua, humedales, flora y fauna.
Suelo terrestre: El Proyecto contempla la realización de escarpe y movimientos de tierra en el terreno del Proyecto correspondiente a 75.616,78 m2. El volumen total de movimiento de tierras es de 596,16 m3, aproximadamente. El material removido será enviado a destinatario final autorizado.
Agua: Se utilizará agua potable de la red de la empresa ESSBIO para suministro de los trabajadores y para las faenas de construcción. No se considera extracción de aguas desde napas subterráneas o aguas superficiales. Por la operación del Proyecto no se generarán descargas a cuerpos de agua superficiales ni subterráneos.
Humedales: El área del Proyecto no se encontraron zonas de humedales.
Flora: En el Informe de caracterización de Flora y Vegetación adjunto en el Anexo 3.4 de la DIA, Se identificaron un total de 13 especies de plantas vasculares, de las cuales el 85% corresponden a taxas adventicios (12 especies), lo que refleja que el área en donde se emplazará el proyecto está Altamente Intervenida de acuerdo con la metodología de cálculo propuesta por González (2000). No se registraron especies clasificadas en alguna categoría de conservación de acuerdo con los instrumentos clasificatorios mencionados en la metodología del presente informe. No se registraron competencias por parte de CONAF en el marco del SEIA para el área del Proyecto, así como tampoco se registró ninguna sensibilidad ambiental para la componente flora y vegetación vascular.
Fauna: En el Informe de caracterización de Fauna adjunto en el Anexo 3.3 de la DIA y su actualización en el Anexo A-04 de la Adenda, se explica que en relación con las sensibilidades que presenta el área del Proyecto a con la componente Flora y Vegetación.
En base a esta descripción del uso y extracción de recursos naturales se concluye que el Proyecto no generará impactos sobre componentes que estén influenciados por variables de cambio climático.
Mano de obra, suministros y transporte
De acuerdo con lo indicado en la Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA, los factores generadores de impactos relativos a mano de obra, suministros y transporte en general no son considerados determinantes de impactos sobre componentes ambientales que a su vez sean vulnerables al cambio climático. Sin embargo, es importante destacar que el Proyecto cumplirá con todo lo establecido en el Decreto Supremo N°594, de 1999, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, y en particular en lo relativo a la exposición ocupacional al calor (artículos 96 y 97), considerando los riesgos climáticos asociados al incremento de la temperatura.
Descargas de contaminantes al medio ambiente
Emisiones atmosféricas: Las emisiones de la fase de construcción y operación del Proyecto se describen detalladamente en el Anexo A-04 de la Adenda. En términos generales estas se refieren a las emisiones de material particulado generadas por movimiento de tierras y por el tránsito de vehículos y maquinarias, emisiones de gases de combustión asociado a la utilización de maquinarias y tránsito de vehículos, emisiones de ruido y vibraciones dada la utilización de maquinaria en la fase de construcción; y a emisiones de material particulado y gases de combustión generadas por el tránsito de vehículos.
Emisiones líquidas: La generación de residuos líquidos durante la fase de construcción y operación del Proyecto se describen detalladamente en el Capítulo 1 de la DIA. En términos generales se puede indicar que durante la fase de construcción se generarán residuos líquidos correspondientes a aguas servidas por parte de los trabajadores y aguas de lavado de ruedas y canoas de los camiones mixer. Por otra parte, durante la fase de operación se generarán aguas servidas por parte de los habitantes del Proyecto. Es preciso indicar que, el Proyecto se encuentra dentro del territorio operacional de la empresa sanitaria ESSBIO y que cuenta con certificado de factibilidad de conexión de las instalaciones sanitarias a las redes existentes de agua potable y alcantarillado de aguas servidas, por lo que los servicios higiénicos existentes en la instalación de faenas cuentan con conexión al alcantarillado público.
Residuos sólidos: La generación de residuos sólidos durante la fase de construcción y operación del Proyecto se describen detalladamente en el Capítulo 1 de la DIA. En términos generales se puede indicar que estos corresponden a residuos domiciliarios, residuos no peligrosos asociados a la construcción y movimiento de tierras, y residuos peligrosos. La cantidad y manejo de los residuos sólidos se describen en el capítulo indicado. Durante la fase de operación los residuos corresponderán solamente a residuos domiciliarios de los residentes del Proyecto.
De acuerdo con lo anterior, el Proyecto no presenta riesgo asociado al cambio climático por descargas de contaminantes al medio ambiente.
3.3. Objetivo del Proyecto
El objetivo del Proyecto es contribuir a cubrir la creciente demanda habitacional de la región del Graneros.
Dada la naturaleza del Proyecto, éste debe someterse al SEIA según lo establecido en el artículo 2 letra g) del D.S. Nº40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente (RSEIA) y literal s) del artículo 10 de la Ley N° 19.300:
g) Modificación de proyecto o actividad: Realización de obras, acciones o medidas tendientes a intervenir o complementar un proyecto o actividad, de modo tal que éste sufra cambios de consideración. Se entenderá que un proyecto o actividad sufre cambios de consideración cuando: g.1) Las partes, obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del presente Reglamento. g.2) Para los proyectos que se iniciaron de manera posterior a la entrada en vigencia del sistema de evaluación de impacto ambiental, si la suma de las partes, obras y acciones que no han sido calificadas ambientalmente y las partes, obras o acciones tendientes a intervenirlo o complementarlo, constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del presente Reglamento;
En este sentido el Proyecto se ajusta a las características de la tipología h.1.3) del artículo 3º del D.S. Nº40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente.
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1) Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: h.1.3) Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas;
En ese sentido y de acuerdo a las tipologías, la presentación del Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) es de carácter obligatorio, dado que cumple con las características indicadas en el literal h.1.3 (521 viviendas) y que se emplaza en una zona declarada saturada por material particulado MP 2,5 y MP10 como concentración anual y de 24 horas, al valle central de la N°42/2017 del MMA). Fuente: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1155151 .
En la tabla siguiente se identifican los impactos y riesgos que podrían generar sinergias con riesgos de cambio climático.
Tabla 3. Objetivo del Proyecto, Tipología de ingreso al SEIA, Impactos y Riesgos Objetivo del Proyecto Tipología de ingreso según el artículo 10 de la Ley N°19.300 y artículo 3° del Reglamento del SEIA Mapas de Riesgo Climático asociados en ARClim/Planes Impactos (I) / Riesgos (R) Contribuir a cubrir la creciente demanda habitacional de la región del Libertador General Bernardo través de la ejecución de 521 viviendas en la comuna de Graneros. h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas;
Mapas de Salud y Bienestar Humano Mapas de Bosques Nativos Mapas de Biodiversidad Mapas de Plantaciones Forestales Plan de adaptación sector salud Plan de adaptación sector biodiversidad (I) Pérdida de biodiversidad
De acuerdo con el análisis anterior, corresponde la inclusión de la variable de cambio climático para el presente proyecto, esto debido a:
Las partes, obras y/o acciones se emplazan en una zona expuesta al cambio climático. Las obras o acciones del Proyecto son catalogadas como permanentes, debido a que tienen una vida útil mayor a 20 años (indefinida). El objetivo del Proyecto no genera riesgos que podrían ser potenciados por efectos del cambio climático.
Paso 2: Descripción general de los objetos de protección receptores de impacto
Derivado del paso anterior y de la información territorial contenida en la DIA, en esta etapa se describirán los Objetos de Protección (OP) ambiental potencialmente sensibles a los efectos del cambio climático
Salud de la Población Art. 5 RSEIA
Riesgo para la salud de la población
De acuerdo con el Informe de emisiones atmosféricas adjunto en el Anexo A-04 de la Adenda, el Proyecto se encuentra ubicado en la comuna de Graneros, la cual se encuentra dentro del Valle Central como saturada por MP10 y MP2,5 como concentración anuak y de 24 horas, mediante D.S. N°7/2009 del MINSEGPRES y D.S. N°42/2017 del MMA.
De acuerdo con el Informe de modelación de dispersión de contaminantes atmosféricos adjunto el Anexo A-04 de la Adenda, los máximos aportes modelados sobre los receptores de interés indican que, para el escenario proyectado, el Proyecto no generará por sí solo, en ninguna de sus fases ni superposición de estas, eventos de latencia o saturación en ningunos de los receptores.
Por otro lado, en el Anexo A-04 de la Adenda se adjunta la versión actualizada del Informe de ruido y vibraciones, el cual concluye que el Proyecto cumplirá con la normativa vigente. Las emisiones máximas de ruido modeladas para el Proyecto, sobre los receptores, corresponden a 57 dB(A), en la fase de construcción cumpliendo con el límite, establecido en el D.S. N°38/2011 de 60 dB(A) para periodo diurno con las medidas de control señaladas. Cabe indicar que en fase de construcción solo se realizarán actividades en horario diurno. En la fase de operación no se evaluó por no considerar equipos generadores de ruido y/o vibración.
Respecto a efluentes, los residuos líquidos del Proyecto corresponderán a las aguas servidas que serán derivadas a la red de alcantarillado público operado por ESSBIO.
Durante la fase de construcción del Proyecto se generarán residuos sólidos no peligrosos, correspondientes a excedentes de movimiento de tierras, residuos de construcción (PVC, moldajes, otros) y residuos sólidos asimilables a domiciliarios. Los excedentes de movimientos de tierra serán enviados a un sitio de disposición final autorizado. Los residuos de construcción y domiciliarios serán almacenados temporalmente en las bodegas de la instalación de faenas, las cuales contarán con autorización sanitaria. También se generarán residuos peligrosos los cuales se almacenarán temporalmente en las bodegas de residuos peligrosos de la instalación de faenas. Las bodegas y el almacenamiento de residuos peligrosos darán cumplimiento a lo indicado en el D.S. N°148/2003. Luego, todos los residuos serán trasladados por transporte autorizado a sitios de valorización o disposición final, igualmente autorizados ambiental y sanitariamente.
En este sentido, las emisiones, efluentes y residuos asociadas a la fase de construcción y de operación no generarán o presentarán riesgo para la salud de la población.
Recursos Naturales Renovables Art. 6 RSEIA
Suelo Según las características del Proyecto, éste no conlleva una pérdida de suelo significativa o de su capacidad para sustentar biodiversidad, debido a que el sector donde se emplazará el Proyecto presenta un alto grado de intervención antrópica, los residuos sólidos que se generen se manejarán y almacenarán de tal forma de no afectar o contaminar el suelo dando complimiento a la legislación vigente, y por otro lado, el Proyecto en sí, se adapta al uso de suelo planificado por los instrumentos de planificación territorial vigentes en la comuna de Graneros.
Agua Se estima una demanda máxima de agua potable de 100 litros totales por día por trabajador aproximadamente, de agua potable de la red de ESSBIO para suministro de los trabajadores y para las faenas de construcción. No se utilizará agua para humectación. En el caso de caminos temporales no pavimentados se priorizará el uso de supresores de polvo.
En cuanto a las aguas servidas, estas serán descargadas en el alcantarillado público. Se debe destacar que el Proyecto no contempla la descarga de riles a cuerpos de agua superficiales, por lo que no existe la posibilidad de alterar las concentraciones de estos.
Flora y Vegetación
En cuanto a el análisis de posible evolución de componente ambientales por el cambio climático (SEA, 2023b), se debe considerar que el área no se encuentra cercano a ningún ecosistema de relevancia respecto a las prioridades de conservación definidas por el Ministerio del Medio Ambiente.
Fauna El catastro de fauna potencial arrojó un total de 194 especies de todos los taxones. De estas, quince (15) especies corresponden a anfibios (7,7% del total potencial), cuatro (4) especies corresponden a reptiles (2,1% del total potencial), 141 especies son aves (72,7% del total potencial) y 33 especies de mamíferos (17,5% del total potencial). Respecto al origen biogeográfico, 172 son nativas (88,7% del total potencial), 7 son endémicas (3,6 % del total potencial) y 15 son Introducidas (7,7 %).
Al establecer categoría de conservación según la legislación aplicable y vigente, se tiene que 66 especies se encuentran bajo categoría de conservación (34% del total potencial), mientras que las 128 especies restantes no han sido evaluadas (66% del total potencial). De las especies evaluadas, 38 potencial), doce naturalmente densidades poblacionales bajas y sus registros son poco frecuentes, por lo que también su probabilidad de encuentro es baja.
Se puede observar que la fauna del área de influencia presentará variaciones poco significativas en el futuro, a pesar de estar evaluando un escenario muy desfavorable.
Aire De acuerdo con el Informe de modelación de contaminantes atmosféricos adjunto en el Anexo A-04 de la Adenda, los máximos aportes modelados sobre los receptores de interés indican que, para el escenario proyectado, el Proyecto no generará por sí solo, en ninguna de sus fases ni superposición de estas, eventos de latencia o saturación en ningunos de los receptores.
Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos Art. 7 RSEIA
Acceso a recursos naturales utilizados por el Grupo Humano En base a los señalado en el Informe de caracterización de Medio Humano, adjunto en el Anexo 3.1 de la DIA, el desarrollo de este Proyecto, considerando los antecedentes presentados, no usa o restringe el acceso de los recursos naturales que pudiesen ser utilizados a manera de sustento económico por parte de los grupos humanos existentes, o bien para sus tradiciones o ritos comunitarios, tales como el uso medicinal, espiritual o cultural, esto según la información recabada en terreno, así como también, en base a la bibliografía disponible.
Circulación y conectividad del Grupo Humano De acuerdo con la ubicación del Proyecto y la descripción de sus obras, no se generará una separación de comunidades que modifique relaciones sociales, culturales o económicas, ya que el Proyecto se localiza en un predio de propiedad del titular en la que se permite el desarrollo inmobiliario.
Por otro lado, en el área del Proyecto existen vías de acceso claramente definidas, por lo que no se generará pérdida o deterioro de caminos que alteren el sistema de movilidad local.
Basado en sus características, el Proyecto no implicará un aumento del tiempo ocupado en los desplazamientos entre puntos geográficos de uso habitual de la población del área de influencia, así como tampoco una modificación de las condiciones de acceso a equipamiento básico, empleo, o actividades de la cultura local. De acuerdo con los resultados del Estudio Vial, se analizó la peor condición de flujo. Se debe tener en cuenta que, esto es un escenario bastante conservador y que en la realidad es poco probable que se dé. Sin embargo, otorga mayores garantías de que la infraestructura vial soporte la demanda del Proyecto.
Acceso y calidad de servicios utilizados por el Grupo Humano De acuerdo con el Informe de caracterización de Medio Humano adjunto en el Anexo 3.1 de la DIA, el aumento temporal de población asociada a la construcción del proyecto no disminuirá la disponibilidad de bienes tanto muebles como inmuebles, así como tampoco la disponibilidad de servicios existentes en el área de influencia como en la comuna de Graneros (salud, educación, entre otros).
Ejercicio de tradiciones De acuerdo con el Informe de caracterización de Medio Humano adjunto en el Anexo 3.1 de la DIA, la ejecución del Proyecto no imposibilita ni dificulta el desarrollo de las festividades existentes en la comuna de Graneros. Tampoco se produce pérdida o modificación de costumbres, hábitos, tradiciones o celebraciones propias de la comuna.
Alterar la organización social del Grupo Humano Perteneciente a Pueblos Indígenas (GHPPI) De acuerdo con el Informe de caracterización de Medio Humano adjunto en el Anexo 3.1 de la DIA, dentro del Área de Influencia de Medio Humano, no existe presencia de comunidades ni asociaciones indígenas, pero si dentro de la comuna existen.
Finalmente, los GHPPI identificados no resultarán afectados en sus sistemas de vida y costumbres, ya que el lugar de emplazamiento del Proyecto corresponde a un terreno urbano. Por otra parte, en el área de influencia no hay evidencia de sitios o lugares donde se realicen manifestaciones propias de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas que se puedan ver afectados por las partes, obras o acciones del Proyecto.
Localización Próxima a Poblaciones, Recursos y Áreas Protegidas Art. 8 RSEIA
Recursos y áreas Protegidas El Proyecto no se ubica cercano a ningún área colocada bajo protección oficial.
Población protegida De acuerdo con el Informe de caracterización de Medio Humano adjunto en el Anexo 3.1 de la DIA, el Proyecto no se localiza en o en áreas cercanas a poblaciones protegidas.
Valor Paisajístico y Turístico Art. 9 RSEIA
Valor paisajístico El Proyecto se emplaza en una zona con uso de suelo residencial, definida por el Plan Regulador Comunal de Graneros. Debido a las características del Proyecto, es posible afirmar que no se genera una alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 9º letra a) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
Valor turístico El Proyecto se ubica en una Zona mixta entorno a ruta H-10 ZM4, Zona habitacional densidad media baja (ZH3) y zona de área verde, que permite el uso y construcción de viviendas, definida por el Plan Regulador Comunal de Graneros. No se identifica valor turístico en el sector de emplazamiento que pueda verse afectado por las obras ya acciones del Proyecto.
Patrimonio Cultural Art. 10 RSEIA
Monumento Nacional De acuerdo con el Informe de Prospección Arqueológica adjunto en el Anexo 3.2 de la DIA, se concluye que la comuna de Graneros no presenta monumentos nacionales pertenecientes a ninguna categoría.
Patrimonio Cultural incluido el patrimonio cultural indígena De acuerdo con el Informe de Prospección Arqueológica adjunto en el Anexo 3.2 de la DIA, la revisión de antecedentes bibliográficos del área aludida al proyecto no evidenció presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras, quedando pendiente la actividad de prospección pedestre dentro de las influencias del proyecto.
No obstante, se recomienda realizar charlas de inducción arqueológica en las futuras obras, ya que, si bien el proyecto no presentó evidencia de hallazgos, a unos 20 km del proyecto hacia el norte, en la comuna de Mostazal, el proyecto "EIA Proyecto La Punta", presentó alrededor de 20 sitios arqueológicos y hallazgos aislados, asociados a estructuras de ocupación tardía incaica e histórica (Rodríguez et al. 2020). Por otro lado, a 5 km aproximadamente del proyecto desistido "San Benito" se ubica el sitio Cerro Grande de la Compañía, sitio pre incaico emblemático por su asociación al cerro y estudiado en la década de los 90 (Planella et al 1992, 1993, 2004). Esto último considerando que el proyecto ya está en avanzada estado de construcción.
Lugares o sitios donde se llevan a cabo manifestaciones habituales del Grupo Humano De acuerdo con el Informe de caracterización de Medio Humano adjunto en el Anexo 3.1 de la DIA, a nivel comunal, Graneros tiene un variado patrimonio cultural y un fuerte apego a la religiosidad popular, la cual fue transmitida por la congregación jesuita, de los cuales se hereda el gusto por el cultivo de la tierra, las artes y la música, es en este contexto, que los habitantes de la comuna se 32 reconocen a sí mismos, como la cuna del folklor, ya que conserva sus tradiciones y raíces en donde prácticamente, todos los establecimientos educacionales cuentan con, a lo menos, con un grupo folklórico.
Los grupos folklóricos de mayor relevancia son: Conjuntó Graneros, Los Grillitos, Conjunto Manantial, Trayen, Proyección Folklórica, Banda de Todos los Tiempos, Tierra Joven, Manantial, El
Guitarrón y El Sembrador, entre otros. Además, cuenta con 2 grandes y destacados artistas de la música popular como lo son Dubby Richard y Mario Guerrero. Dentro del patrimonio histórico cultural de la comuna, nos encontramos con una ruina arqueológica de los tiempos del Inca, El Pucara (privado), ubicado en La Compañía.
En el mismo sector, se ubica la Iglesia de la Compañía, actualmente demolida tras el terremoto de 2010. Además, destacan su patrimonio arquitectónico, La Casa de Hodgkinson, declarado monumento histórico, (DS 521 del 17/04/1990), El Seminario Cristo Rey, La Casa William Beck, La Iglesia Nuestra Señora del Carmen, La Casa de la Cueca y Escuela Agrícola Cristo Obrero. La comuna, posee una riqueza cultural, asociada particularmente a sus bienes inmateriales y naturales, que son parte de su identidad y dan formas a la vida cotidiana, manifestados por las costumbres pertenecientes al folclore.
Las fiestas costumbristas, las creencias, saberes e historias populares, la gastronomía, el rodeo y tradiciones religiosas, (Inmaculada Concepción de La Compañía), reflejan una comuna enriquecida y orgullosa de sus tradiciones de raíz campesina. Las manifestaciones qué aún dan cuenta que el folklor sigue vivo en los habitantes de Graneros: casamientos y bautizos a la chilena, caracterizados por las prendas de huasos que visten y los grupos folclóricos que amenizan la celebración; Fiesta de la Tradición; la Misión y Procesión de la Virgen del Carmen. La comuna cuenta un gran número de agrupaciones folclóricas, 19 organizaciones de carácter cultural, registradas bajo organizaciones funcionales activas, dentro de ellas: clubes de rodeo, clubes de rayuela, grupos de teatro y grupos de danza.
El objetivo general planteado de la Unidad de Cultura de la Ilustre Municipalidad de Graneros dice fomento del arte, la cultura y el deporte en sus diferent embargo, se evidencia la carencia de un Plan de Cultura que oriente el funcionamiento de la unidad.
En el marco cultural se destaca, las diversas manifestaciones de iniciativas juveniles para revalorar, recuperar y socializar la herencia cultural de la comuna, así como la actividad que desarrollan grupos de bailes, cantos, musicales, artesanos, entre otros. La actual administración, ha resaltado la cultura en la comuna como un elemento importante para sus habitantes, dentro de las iniciativas llevadas a cabo, se destaca la constitución de la Fundación Municipal para el Desarrollo de la Cultura en Graneros, a la cual se destinarán recursos municipales para favorecer actividades que potencien la ejecutan talleres artísticos culturales y presentación de obras de teatro, entre otras.
Actividades y fiestas comunales:
peregrinos. 17 de diciembre Aniversario de la Comuna, donde se celebra una semana con actividades recreativas, culturales y Acto Cívico. Las fiestas de la tradición, que se efectúa el 3º domingo de enero. Las misiones y procesión de la virgen de Carmen que se efectúa en la 2da quincena de octubre.
Según levantamiento de información primaria, se registra que la actividad Inmaculada de la Compañía se realiza por la vía Av. la Compañía, hasta la Iglesia La Compañía. Según otros registros esta celebración también incluiría las vías del costado de la plaza de armas por el costado, calle sin nombre, calle Valparaíso, hasta llegar a la ruta H-10.
Sin perjuicio de lo anterior, dentro del área de influencia de Medio Humano, según la información obtenida mediante primera fuente, no se realizan manifestaciones culturales ni tampoco existe presencia de sitios de interés patrimonial, por lo que el Proyecto no podía generar afectación a ningún tipo de manifestación cultural.
Paso 3: Identificación y descripción de los impactos sobre los objetos de protección delimitando las áreas de influencia
Una vez identificados los factores generadores de impacto asociados al Proyecto y el reconocimiento preliminar de los vínculos de este con los objetos de protección ambiental susceptibles al cambio climático, en la siguiente Tabla se realiza una descripción de los objetos de protección receptores de
impacto, su relación con el Proyecto, la identificación de impactos y la susceptibilidad de generar riesgos sinérgicos. En el Capítulo 3 de la DIA y en sus respectivos estudios de línea de base se detallan las áreas de influencia para cada objeto de protección.
Factore s generad ores de impact o Riesg os climá ticos Sinergi a negativ a entre el Proyect o y riesgo climátic o Objet o de protec ción Análisis asociado a las características del Proyecto Emisio nes atmosfé ricas asociad as a las siguient es activida des:
- Tránsit o de vehícul os dentro y fuera del predio
- Combu stión de vehícul os dentro y fuera del predio
- Movim ientos de tierra
Salud y biene star huma no Posible pérdida de calidad del aire Salud de la pobla ción Calid ad del aire El Proyecto generará emisiones atmosféricas, las cuales se presentan en detalle en el Anexo A-04 de la Adenda. A continuación, se presenta un resumen de las emisiones del proyecto.
Superposición de la fase de construcción y operación durante el año 2
A continuación, se muestra el cumplimiento de las normas primarias de calidad de aire.
Contam inante Tipo norma Estadís tico Concent ración PMI ( g/m3) Limit e Norm ativo (LN) PMI /LN Dista ncia al recep tor (m) MP10 ug/m3 Prima ria Media anual 0,440 50 0,88 % 250 24 horas 2,201 130 1,69 % 250 M2,5 ug/m3 Prima ria Media anual 0,219 20 1,10 % 250 24 horas 1,097 50 2,19 % 250 NO2 ug/m3 Prima ria Media anual 0,260 100 0,26 % 250 1 hora 3,254 400 0,81 % 250 CO mg/m3 Prima ria 1 hora 3,983 30 13,2 8% 250 8 horas 2,788 10 27,8 8% 250 SO2 ug/m3 Prima ria Media anual 0,013 60 0,02 % 250 24 h 0,066 150 0,04 % 250 1 hora 0,166 350 0,05 % 250 SO2 ug/m3 Secun daria Media anual 0,013 700 0,00 % 250 24 h 0,066 260 0,03 % 250 1 hora 0,166 60 0,28 % 250 MPS Secun daria Media anual 2,958 200 1,48 % 250
Se puede concluir que dado los aportes de emisiones atmosféricas en ambas fases es posible indicar que el Proyecto no generará superación de los valores de las concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o de referencia que generen riesgo para la salud de la población. Residu os sólidos domicil iarios o asimila bles generad os y residuo s no peligro sos Salud y biene star huma no Combu stible para la propaga ción de incendi os
Posible arrastre de residuo s ante inundac iones, afectaci ón en la calidad de aguas Salud de la pobla ción Durante la fase de construcción del Proyecto se generarán residuos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos. Los residuos domiciliarios y no peligrosos serán almacenaos en las bodegas de almacenamiento de residuos no peligrosos de la instalación de faenas. Los residuos peligrosos serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas, dando cumplimiento a lo indicado en el D.S. N°148/2003. Todos los residuos serán trasladados por transporte autorizado a sitios disposición final, igualmente, autorizados ambiental y sanitariamente.
Durante la fase de operación del Proyecto se generarán residuos sólidos domiciliarios provenientes de los residentes de las viviendas. Para el almacenamiento de los residuos domiciliarios, previo a la recolección del camión municipal, el Proyecto ha considerado instalación de contenedores, los cuales estarán distribuidos por todo el conjunto. Residu os peligro sos
Considerando el análisis de relación del Proyecto con los objetos de protección susceptibles de ser afectados por variables de cambio climático, se concluye que las partes, obras y acciones del Proyecto generan emisiones atmosféricas que podrían generar sinergias negativas con los efectos del cambio climático.
Paso 4: Predicción de impacto e identificación de su significancia
En la tabla siguiente se presenta el análisis para la evaluación de la significancia de los impactos identificados que pudieran generar sinergia con los riesgos de cambio climático en base a lo indicado 2023).
Tabla 4. Análisis para la evaluación de la significancia de los impactos generados del Proyecto Objeto de protección Análisis de significancia de impactos Salud de la población El Proyecto generará emisiones atmosféricas, las cuales se presentan en detalle en el Anexo A-04 de la Adenda y concentraciones de esos contaminantes modelados en el mismo anexo. De él, se concluye que los aportes de emisiones atmosféricas en ambas fases del Proyecto no generarán superación de los valores de las concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias y secundarias de calidad ambiental vigentes o de referencia que generen riesgo para la salud de la población. Por otra parte, en el Anexo A-04 de la Adenda se adjunta la versión final del Informe de ruido y vibraciones actualizado, el cual concluye que el Proyecto cumplirá con la normativa vigente. Por lo anterior, se descarta la afectación a la salud de las personas. Agua Las aguas servidas generadas por el Proyecto serán descargadas en el alcantarillado público. Por tanto, el Proyecto no contempla la descarga de RILes a cuerpos de agua superficiales, por lo que no existe la posibilidad de alterar las concentraciones de estos. Flora En el Informe de caracterización flora y vegetación adjunto en el Anexo 3.4 de la DIA, se identificaron un total de 13 especies
de plantas vasculares, de las cuales el 85% corresponden a taxas adventicios (12 especies), lo que refleja que el área en donde se emplazará el proyecto está Altamente Intervenida de acuerdo con la metodología de cálculo propuesta por González (2000). No se registraron especies clasificadas en alguna categoría de conservación de acuerdo con los instrumentos clasificatorios mencionados en la metodología del presente informe. No se registraron competencias por parte de CONAF en el marco del SEIA para el área del Proyecto, así como tampoco se registró ninguna sensibilidad ambiental para la componente flora y vegetación vascular. Fauna El área de influencia del proyecto corresponde a un espacio antropizado, dado que se encuentra rodeado de caminos y construcciones. El catastro de fauna potencial arrojó un total de 194 especies de todos los taxones. De estas, quince (15) especies corresponden a anfibios (7,7% del total potencial), cuatro (4) especies corresponden a reptiles (2,1% del total potencial), 141 especies son aves (72,7% del total potencial) y 33 especies de mamíferos (17,5% del total potencial). Respecto al origen biogeográfico, 172 son nativas (88,7% del total potencial), 7 son endémicas (3,6 % del total potencial) y 15 son Introducidas (7,7 %).
Al establecer categoría de conservación según la legislación aplicable y vigente, se tiene que 66 especies se encuentran bajo categoría de conservación (34% del total potencial), mientras que las 128 especies restantes no han sido evaluadas (66% del total potencial). De las especies evaluadas, 38 especies listado potencial), una (1) como Datos insuficientes (DD 0,5% del total potencial), doce 2,6% del listado potencial). Cabe destacar, que algunas especies potenciales presentan naturalmente densidades poblacionales bajas y sus registros son poco frecuentes, por lo que también su probabilidad de encuentro es baja.
Finalmente, el titular considera la necesidad de realizar una campaña en terreno donde se abarquen muestreos de anfibios, reptiles, aves y mamíferos, mediante metodología específica para cada grupo, la cual será entregada en instancia de Adenda, con una campaña de primavera 2022. Se recomienda, además, las siguientes medidas: No circular a velocidades superiores a 20 km/h en vehículos motorizados en cualquiera de las fases del Proyecto. No intervenir el perímetro para mantener el resguardo de las especies de reptiles que habitan el lugar en zonas de pastizales altos. No impedir la circulación de fauna a través de otros sectores. No manipular ni alimentar a la fauna silvestre en cualquiera de las fases del Proyecto, para impedir su acostumbramiento a la subvención humana. Llevar a cabo de manera eficiente la perturbación de las poblaciones sugeridas para evitar la pérdida directa de individuos por muerte. Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos El Proyecto no considera la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).
Para descartar la afectación a esta componente, se desarrolló un informe (Anexo 3.1 de la DIA) en donde a través de información primaria y secundaria se pudo conocer y entender la dinámica de las poblaciones circundantes al Proyecto. En ese sentido, es posible descartar la presencia de actividades o manifestaciones culturales propias de los pueblos originarios tanto en el área de emplazamiento como en el área de influencia del Proyecto. Por ello, no se verán afectadas las actividades y las dinámicas que efectúan las personas del sector. Valor patrimonial La afectación a este objeto de protección se descartó a través de la evaluación arqueológica consistente en una inspección visual y la revisión bibliográfica de información. El Informe de Arqueología adjunto en el Anexo 3.2 de la DIA da cuenta de la inexistencia de hallazgos arqueológicos o de interés patrimonial en el área de influencia del Proyecto.
De esta manera, de acuerdo con el análisis presentado, la ejecución del Proyecto no generará impactos significativos asociados al Cambio Climático, por lo tanto, corresponde continuar con el Paso 8 de la
Paso 5: Descripción detallada de los objetos de protección receptores de impacto significativo
El Proyecto corresponde a una DIA que no generará impactos ambientales significativos, por lo tanto, no aplica el desarrollo del presente Paso Metodológico.
Paso 6: Evaluación de impactos significativos
El Proyecto corresponde a una DIA que no generará impactos ambientales significativos, por lo tanto, no aplica el desarrollo del presente Paso Metodológico.
Paso 7: Elaboración de planes y medidas de seguimiento
El Proyecto corresponde a una DIA que no generará impactos ambientales significativos, por lo tanto, no aplica el desarrollo del presente Paso Metodológico
Paso 8: Descripción detallada de los objetos de protección receptores de impacto significativo
Los riesgos que podrían ser potenciados por los efectos del cambio climático son:
Seguridad hídrica Verdor en bosques nativos Pérdida de flora y fauna
En el Plan de Contingencias y Emergencias actualizado, se incluyen acciones preventivas y correctivas para dichos riesgos
CONCLUSIÓN
Doña Catalina de Los Ríos climáticos de acuerdo con lo dispuesto en la Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA, los cuales en su totalidad no presentan cambios de consideración a futuro. Cabe destacar que de acuerdo con lo expuesto e identificado mediante la plataforma ARClim, los riesgos y amenazas identificados están definidos para la comuna de Graneros, por lo que no representan un análisis a microescala para el proyecto en sí.
En base al análisis realizado, se determina que los riesgos y amenazas identificadas no generan un efecto significativo en los impactos identificados que generará el Proyecto. Sin embargo, debido los riesgos que podrían ser potenciados por los efectos del cambio climático que presentará el área de estudio, se incorporan al Plan de Contingencias y Emergencias las medidas para prevenir eventos de
contingencias y para controlar las emergencias que se puedan generar a partir de los riesgos identificados.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica
Durante toda la fase de construcción, en el acopio de residuos sólidos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y residuos inertes propios de este tipo de fase.
En el acopio de residuos sólidos domiciliarios durante la operación Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
En el Anexo AC_05 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 140, a saber: a) Generales a.1. Descripción y planos del sitio. a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes. a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. a.8. Plan de contingencias. a.9. Plan de emergencia. e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): e.1.Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. e.2. Capacidad máxima de almacenamiento. e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.
De acuerdo con lo anterior, durante la evaluación de impacto ambiental del Proyecto el Titular presentó los antecedentes para su otorgamiento, consistente en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. Nº495, de fecha 27 de mayo de 2025, de la SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, que se pronuncia conforme.
Permiso o para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica Durante las actividades de terminaciones de la fase de construcción, en el acopio de envases vacíos de productos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
En el Anexo AC_05 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 142, a saber: a) Descripción del sitio de almacenamiento. b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. f) Plan de contingencias. g) Plan de emergencia.
De acuerdo con lo anterior, durante la evaluación de impacto ambiental del Proyecto el Titular presentó los antecedentes para su otorgamiento, consistente en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. Nº495, de fecha 27 de mayo de 2025, de la SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, que se pronuncia conforme.
Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Parte u obra a la que aplica Fase de Construcción Calificación de la parte u obra Durante las actividades de la fase de construcción Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento Hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
En el Anexo AC_05 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 156 para los puntos E y F del Masterplan, a saber:
a) Descripción del lugar de emplazamiento de la obra. b) Descripción de la obra y sus fases. c) Estimación de los plazos y periodos de construcción de las obras. d) Medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras. e) Plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante la fase de construcción.
Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. N°217, de fecha 26 de mayo de 2025, de la Dirección Regional de la DGA de la Región del Libertador General
Oficio Ord. N°229, de fecha 30 de mayo de 2025, de la Dirección Regional de la DGA de la Región del Libertador General
Exigencia o condición
Mediante Oficio Ord. N°229/2025 de la Dirección Regional de se pronunció de la siguiente manera:
Se hace presente que, conforme al Oficio ORD. N°202506102114 de 29 de mayo de 2025, el Servicio de Servicio pronunciarse respecto de la obra de cruce para urbanización de conexión de acceso del Proyecto con Avenida Luis Barros Borgoño Sur, declarada en el Anexo AC 06, Situación con Proyecto Mitigado Doña Catalina de Los Ríos Complementaria, asociada a la obra de mitigación vial N°8, dicha urbanización requiere para el cruce del canal Cerpa, un atravieso desde el terreno del Proyecto hasta la conexión con Calle Barros Borgoño Sur (en el predio siguiente).
En este sentido, es dable indicar que, la actual solución proyectada para el cruce de la calle Luis Barros Borgoño Sur sobre el Canal Cerpa y el Ramal Santa Ana mediante un cajón de hormigón armado de sección 1,20 x 1,20 m, podría resultar insuficiente para permitir la adecuada proyección y conectividad vial hacia el predio colindante al norte, en cumplimiento con la normativa urbana y de vialidad comunal vigente.
En este contexto, se advierte la necesidad de prever una obra estructural mayor en dicho punto, de aproximadamente 18 metros de longitud, cuya ejecución futura implicaría una intervención mayor a los cauces, lo que eventualmente requerirá la tramitación del PAS 156.
Dado lo anterior, esta Dirección condiciona la aprobación del PAS 156 al cumplimiento de las siguientes exigencias del proyecto:
El Titular deberá incorporar en el proyecto la extensión vial de calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el predio contiguo al norte para ambos canales (Canal Cerpa y Ramal Santa Ana). Dicha obra definitiva deberá someterse sectorialmente al PAS 156 (DGA), conforme a la normativa ambiental aplicable, y presentar todos los requisitos técnicos y formales al momento de su tramitación. Todo lo anterior, con el objeto de resguardar la compatibilidad de la infraestructura proyectada con el desarrollo urbano futuro y con la protección de los cauces intervenidos, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Código de Aguas y el artículo 156 del D.S. N°40/2012 (RSEIA). Se hace presente que, el Titular del Proyecto deberá presentar la autorización de la Asociación de Canalistas Canales de la Compañía y de cualquier otro propietario de los canales a intervenir, por lo cual se recomienda coordinar dicha autorización con antelación a la presentación del permiso
8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Normas generales aplicables al proyecto
Norma Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente
Componente/materia: General Norma Ley N°19.300, conforme a su Artículo 1, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental se regular n por sus disposiciones, sin perjuicio de lo que otras normas legales establezcan sobre la materia.
El Artículo 9 señala que el titular de todo proyecto o actividad comprendido en el art culo 10 deberá presentar una Declaración de Impacto Ambiental o elaborar un Estudio de Impacto Ambiental, según corresponda. Aquellos no comprendidos en dicho art culo podrán acogerse voluntariamente al sistema previsto en este p rrafo. El Artículo 10 describe los proyectos o actividades que son susceptibles de causar impacto ambiental en cualquiera de sus fases y que, en consecuencia, deben someterse al SEIA.
El Artículo 11 establece que se deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) cuando el proyecto o actividad genere o presente a lo menos uno de los efectos, características o circunstancias que se describen en la norma. En caso contrario, se deberá presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), bajo la forma de una declaración jurada. Otros cuerpos legales Ley N°20.417/2010 del Ministerio General de la Presidencia y D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a todo el desarrollo del proyecto. Forma de cumplimiento En atención a lo antes señalado, el Titular acredita el cumplimiento de la normativa ambiental vigente en el país mediante la presentación de esta DIA al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de RCA favorable. Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente
Norma Decreto Supremo N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Componente/materia: General Norma Reglamento SEIA, debido al cual el proyecto debe someterse al SEIA de acuerdo con lo establecido en el art culo 3, que se describe a continuación: h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos lotes o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, que presenten alguna de las siguientes caracter sticas: h1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas. Otros cuerpos legales Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y Ley N° 20.417 que Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a todo el desarrollo del proyecto.
Forma de cumplimiento El Proyecto será calificado por la autoridad ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de RCA favorable. Forma de control y seguimiento Ejecución de las medidas de control propuestas en la DIA y las establecidas en la RCA.
Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto
Decreto Supremo N°1/2021 del Ministerio de Medio Ambiente, establece Plan de Descontaminación atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo
Componente/materia: Emplazamiento Norma D.S. N°1/2021, regula calidad del aire de la Región del Libertador
Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°7/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Perforación, escarpe, excavación, compactación, nivelación, carga y volteo, excavación y tr nsito de vehículos, y acondicionamiento t rmico de las viviendas. Forma de cumplimiento Se realizó la estimación de emisiones con el objetivo evaluar el efecto en la calidad de aire de las distintas fases. El Informe de emisiones atmosféricas versión final se adjunta en el Anexo AC-06 de la Adenda complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Verificación en terreno de las medidas de control indicadas en el Informe de emisiones atmosféricas. Forma de control y seguimiento Los registros estarán disponibles en obra, en formato físico o digital, para su fiscalización en terreno.
Norma D.F.L. N° 458 de 1975 Ley General de Urbanismo y Construcciones y D.S. N° 47/1992 OGUC, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Componente/materia: Normativa de carácter general aplicable al proyecto. Norma el D.S.
Otros cuerpos legales D.S. N°47/96 del MINVU Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción de viviendas y urbanizaciones contempladas dentro del proyecto Forma de cumplimiento D.F.L. N°458 de 1975 y D.S. N°47/1992 OGUC, en su inciso 1 del reconstrucción, reparación, alteraciones, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señale la Ordenanza
El otorgamiento de los permisos señalados en el artículo 116 de la Ley en comento, autoriza las obras de urbanización y construcción del proyecto, relativas al crecimiento urbano por densificación y apertura de nuevas vías, sujetas al ejercicio de tal actividad conforme a los antecedentes técnicos, planos y memoria explicativa del proyecto.
Por su parte, el Art reas urbanas se regirá por lo dispuesto en los Planes Reguladores, y las construcciones que se levanten en los terrenos ser n concordantes
Además, el Artículo 145 de la ley en comento establece la obligación del urbanizador de obtener la Recepción Parcial o Total de las obras previas a ser habitadas o destinadas a su uso.
Las obras de urbanización corresponden a aquellas que se producen por el crecimiento urbano por extensión o por densificación y comprende las gestiones de subdivisión y loteo del suelo, según importen o no construir o añadir obras de urbanización del suelo.
La construcción de viviendas y la urbanización del suelo comprenden las obras para dotar a una superficie territorial que experimenta crecimiento urbano por extensión o por densificación, de infraestructura vial, sanitaria y energ tica, con sus obras de alimentación y desagües, de plantaciones y obras de ornato; obras de defensa y servicio del terreno; equipamiento y áreas verdes proporcionales a las densidades fijadas por el instrumento de planificación territorial.
terreno, el propietario de este deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y
El titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales y permiso de edificación.
Por otro lado, el emplazamiento del proyecto se ajusta estrictamente a la zonificación establecida por el IPT, específicamente el plan regulador intercomunal Rancagua y plan comunal de Graneros.
Una vez finalizada la fase construcción se dará cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales. Exigencia Mediante Oficio Ord. N°966/2025 de fecha 30 de mayo de 2025, la SEREMI MINVU de la Región de O Higgins, señala lo siguiente:
CONFORMIDAD CONDICIONADA a la exigencia del titular de la ejecución de la continuidad de la calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el norte, la que constituye una vía estructurante de nivel comunal establecida en el Plan Regulador Comunal de Graneros año 2016 vigente, de acuerdo al artículo 4 de su Ordenanza.
Lo anteriormente expuesto en conformidad al Cumplimiento Normativo a continuación, señalado: -Certificado de Informaciones Previas N 0 87 de fecha 13-03-2023, correspondiente al Rol N O 183-5, el cual en el punto 5.3 de Afectación de Utilidad Pública, en su punto N 0 3 señala; Apertura por prolongación de calle Luis Barros Borgoño Sur 18,00 mts entre líneas oficiales".
Y lo estipulado en el punto N 06 de Características de Urbanización, Nota 2, punto 1) Se debe considerar mantener la prolongación de línea oficial oriente de camino real tramo norte y prolongación de las vías
Antonio Varas Sur, Luis Barros Borgoño Sur y Calle Proyectada 6, así como el punto 2) El propietario deberá acreditar si el canal que pasa por el deslinde norte y poniente depende de la asociación de canalistas y de ser así deberá atender los requerimientos de esta asociación. Certificado adjunto en el Anexo 1.2 de la Declaración de Evaluación Ambiental.
-Artículo 134 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Cumplimiento y fiscalización de RCA, Permiso de edificación y Recepciones municipales.
Norma Decreto con Fuerza de Ley N°30/2017 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Componente/materia: Vialidad y transporte Norma Reglamento sobre mitigación de impactos al sistema de movilidad local derivados de proyectos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Desplazamiento de residentes en distintos medios de transporte. Forma de cumplimiento
En el Anexo AC-06 de la Adenda complementaria se presenta el Estudio de Movilidad versión final, en el que se exponen los resultados de la información recabada del área de influencia determinada para este proyecto. En dicho estudio se puede determinar que el proyecto no generar un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento en el área de influencia. Además, se puede concluir que los distintos modos de transportes (peatón, bicicleta, transporte público y vehículo privado) no tendrán un impacto significativo en las condiciones de movilidad existentes en el área de influencia directa. Indicador que acredita su cumplimiento Simulación de IMIV Categoría Intermedio Transporte Privado y Otros modos. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico de la implementación de las medidas de mitigación.
Decreto Exento N°481, Plan Regulador Comunal de Graneros y sus modificaciones. Componente/materia : Ordenamiento territorial Otros cuerpos legales: No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o El área del Proyecto se encuentra dentro del límite urbano por lo que se rige por el Plan Regulador Comunal de Graneros.
sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento De acuerdo con lo indicado en el CIP N°87 de fecha 13 de marzo de 2023, adjunto en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria, y al Según el PRC de Graneros, el proyecto se emplaza en la Zona ZM4, Zona Mixta entorno a Ruta H-10 y ZH3, Zona Habitacional Densidad Media Baja, en la cual su uso permite actividades: Residencial, equipamiento y actividades productivas. Por lo que el uso de suelo no impediría el establecer el proyecto en esta zona
La Zona Residencial (ZH-3) tiene como usos permitidos: Residencial, equipamiento de científico, comercio (excepto los expresamente prohibidos), culto y cultura, deporte (excepto los expresamente prohibidos), educación, salud (excepto los expresamente prohibidos), seguridad (excepto los expresamente prohibidos), servicios, social, espacio público, áreas verdes. Por lo tanto, el Proyecto posee compatibilidad territorial. La ZM4: Zona Mixta ruta H-10 (Localidad de Graneros) tiene como usos permitidos: Residencial, equipamiento de científico, comercio (excepto los expresamente prohibidos), culto y cultura, deporte (excepto los expresamente prohibidos), educación, salud (excepto los expresamente prohibidos), seguridad (excepto los expresamente prohibidos), servicios, social, espacio público, áreas verdes, infraestructura de transporte (terminales de locomoción colectiva urbana e interurbana) Por lo tanto, el Proyecto posee compatibilidad territorial. Exigencia Mediante Oficio Ord. N°966/2025 de fecha 30 de mayo de 2025, la
De acuerdo a dicha revisión, este organismo se pronuncia con CONFORMIDAD CONDICIONADA a la exigencia del titular de la ejecución de la continuidad de la calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el norte, la que constituye una vía estructurante de nivel comunal establecida en el Plan Regulador Comunal de Graneros año 2016 vigente, de acuerdo al artículo 4 de su Ordenanza.
Lo anteriormente expuesto en conformidad al Cumplimiento Normativo a continuación, señalado: -Certificado de Informaciones Previas N 0 87 de fecha 13-03-2023, correspondiente al Rol N O 183-5, el cual en el punto 5.3 de Afectación de Utilidad Pública, en su punto N 0 3 señala; Apertura
por prolongación de calle Luis Barros Borgoño Sur 18,00 mts entre líneas oficiales".
Y lo estipulado en el punto N 06 de Características de Urbanización, Nota 2, punto 1) Se debe considerar mantener la prolongación de línea oficial oriente de camino real tramo norte y prolongación de las vías Antonio Varas Sur, Luis Barros Borgoño Sur y Calle Proyectada 6, así como el punto 2) El propietario deberá acreditar si el canal que pasa por el deslinde norte y poniente depende de la asociación de canalistas y de ser así deberá atender los requerimientos de esta asociación. Certificado adjunto en el Anexo 1.2 de la Declaración de Evaluación Ambiental.
-Artículo 134 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de
Indicador que acredita su cumplimiento Permiso de Edificación otorgado por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Graneros. Forma de control y seguimiento Cumplimiento normas urbanísticas vigentes.
Componente/materia : Ordenamiento territorial Otros cuerpos legales:
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante toda la urbanización y construcción de viviendas, así como la operación de estas. Forma de cumplimiento De acuerdo con lo indicado en el CIP N°87 de fecha 13 de marzo de 2023, adjunto en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria, y al Según el PRC de Graneros, el proyecto se emplaza en la Zona ZM4, Zona Mixta entorno a Ruta H-10 y ZH3, Zona Habitacional Densidad Media Baja, en la cual su uso permite actividades: Residencial, equipamiento y actividades productivas. Por lo que el uso de suelo no impediría el establecer el
proyecto en esta zona
La Zona ZE-1: Zona de Extensión Urbana 1. Corresponde a aquella área adyacente a la ZUC que ha sido incorporada al límite urbano por un instrumento de planificación territorial de nivel comunal en proceso de elaboración o aprobación. En ella las condiciones específicas son las establecidas por dicho instrumento, sin perjuicio del cumplimiento de las normas señaladas para la ZUC en el Artículo 38. Hasta la entrada en vigencia de los planes reguladores comunales respectivos, las condiciones para esta área serán las establecidas en este artículo para la ZE-2, con carácter supletorio en virtud de lo señalado por el artículo 2.1.3 de la OGUC. Exigencia Mediante Oficio Ord. N°976/2025 de fecha 30 de mayo de 2025, la
CONFORMIDAD CONDICIONADA a la exigencia del titular de la ejecución de la continuidad de la calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el norte, la que constituye una vía estructurante de nivel comunal establecida en el Plan Regulador Comunal de Graneros año 2016 vigente, de acuerdo al artículo 4 de su Ordenanza.
Lo anteriormente expuesto en conformidad al Cumplimiento Normativo a continuación, señalado: -Certificado de Informaciones Previas N 0 87 de fecha 13-03-2023, correspondiente al Rol N O 183-5, el cual en el punto 5.3 de Afectación de Utilidad Pública, en su punto N 0 3 señala; Apertura por prolongación de calle Luis Barros Borgoño Sur 18,00 mts entre líneas oficiales".
Y lo estipulado en el punto N 06 de Características de Urbanización, Nota 2, punto 1) Se debe considerar mantener la prolongación de línea oficial oriente de camino real tramo norte y prolongación de las vías Antonio Varas Sur, Luis Barros Borgoño Sur y Calle Proyectada 6, así como el punto 2) El propietario deberá acreditar si el canal que pasa por el deslinde norte y poniente depende de la asociación de canalistas y de ser así deberá atender los requerimientos de esta asociación. Certificado adjunto en el Anexo 1.2 de la Declaración de Evaluación Ambiental.
-Artículo 134 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las
instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de
Indicador que acredita su cumplimiento Permiso de Edificación otorgado por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Graneros. Forma de control y seguimiento Cumplimiento normas urbanísticas vigentes.
Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto
Norma Decreto Supremo N°12/2021 del Ministerio del Medio Ambiente. Componente/materia: Aire Norma Establece norma de calidad primaria de calidad ambiental para material particulado respirable MP10. Otros cuerpos legales - Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Perforación, escarpe, excavación, compactación, nivelación, carga y volteo, excavación y tr nsito de vehículos, y acondicionamiento t rmico de las viviendas. Forma de cumplimiento Se realizó la estimación de emisiones con el objetivo evaluar el efecto en la calidad de aire de las distintas fases. El Informe de emisiones atmosféricas versión final se adjunta en el Anexo AC-06 de la Adenda complementaria, se afirma que cumple según la normativa vigente. Indicador que acredita su cumplimiento Resultados informes de emisiones presentado en versión final del Anexo AC-06 de la Adenda complementaria. Verificación en terreno de las medidas de control indicadas en el Informe de emisiones atmosféricas. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar. Los registros estarán disponibles en obra, en formato físico o digital, para su fiscalización en terreno.
Norma Decreto Supremo N°12/2012 del Ministerio de Medio Ambiente Componente/materia: Aire Norma Establece norma de calidad primaria de calidad de aire (concentración máxima) para material particulado MP2,5 permitida en el aire, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia. Otros cuerpos legales - Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Perforación, escarpe, excavación, compactación, nivelación, carga y volteo, excavación y tr nsito de vehículos, y acondicionamiento t rmico de las viviendas. Forma de cumplimiento Se realizó la estimación de emisiones con el objetivo evaluar el efecto en la calidad de aire de las distintas fases. El Informe de emisiones atmosféricas versión final se adjunta en el Anexo AC-06 de la Adenda complementaria. se afirma que no presentan impacto significativo, Las concentraciones máximas se cumplirán acorde a las medidas de abatimiento propuestas. Además, el Proyecto cumplirá con el PPDA del Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo
Indicador que acredita su cumplimiento Resultados informes de emisiones versión final se adjunta en el Anexo AC-06 de la Adenda complementaria. Verificación en terreno de las medidas de control indicadas en el Informe de emisiones atmosféricas
y registro en obra de mantención y certificado al día de vehículos maquinarias y equipos. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar. Los registros estarán disponibles en obra, en formato físico o digital, para su fiscalización en terreno.
Norma Decreto Supremo Nº30/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento Sobre Programas De Cumplimiento, Autodenuncia Y Planes De Reparación Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Forma de cumplimiento Ante un eventual daño ambiental, el Titular del Proyecto presentará un programa de cumplimiento ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación del programa de cumplimiento por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento El programa de cumplimiento será fiscalizado por la Superintendencia del Medio Ambiente.
Norma Decreto Supremo Nº31/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento Del Sistema Nacional De Información De Fiscalización Ambiental Y De Los Registros Públicos De Resoluciones De Calificación Ambiental Y De Sanciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Forma de cumplimiento Facilitación de documentación requerida por la autoridad a fin de facilitar la fiscalización. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra de toda la documentación requerida por la autoridad a fin de facilitar la fiscalización. Forma de control y seguimiento Comprobante de entrega de Información a la SMA.
Norma D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Componente/materia: Calidad del aire Norma D.S. N° 144/1961 del Ministerio de Salud Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier
Otros cuerpos legales
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades propias de la construcción. Forma de cumplimiento En la construcción: Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizará tomando las medidas necesarias para captar y minimizar el polvo que tales actividades pudieran generar hacia la comunidad o en las áreas de trabajo. Indicador que acredita su cumplimiento En la construcción: Registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad y encarpe de camiones, entre otros.
Forma de control y seguimiento En la construcción: Registro en obra (fotográfico u otro) que corrobore la correcta ejecución de las actividades de carga y descarga, mantenciones al día de maquinarias y camiones (revisiones técnicas).
Norma Decreto Supremo Nº594/1999 y sus modificaciones del Ministerio de Salud. Componente/materia: Calidad del aire Norma D.S. N°594/1999 de Ministerio de Salud
Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades propias de la construcción. Forma de cumplimiento El Proyecto se ajustará fielmente a las disposiciones contenidas en este Reglamento, cumpliendo todas las disposiciones aludidas en las actividades de construcción y operación. En la construcción se trabajará en ambientes al aire libre (total ventilación) y, conforme a las medidas de control establecidas en el Informe de emisiones atmosféricas versión final se adjunta en el Anexo AC-06 de la Adenda complementaria., las emisiones de polvo por excavaciones serán de baja magnitud, sin generar efectos adversos sobre la salud de los trabajadores. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización de obras preliminares. Registro de las condiciones del área de trabajo. Forma de control y seguimiento Registro en obra (fotográfico, lista de chequeo u otro) de los trabajadores utilizando correctamente sus EPP y de las condiciones de su área de trabajo.
Norma D.S. N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Componente/materia: Emisión de Ruido Norma D.S. N°
Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de construcción: Excavaciones y obra gruesa. Forma de cumplimiento En la fase de construcción y operación se adoptarán medidas de mitigación a fin de no superar los límites de ruido normados. Dichas medidas se detallan en el Informe de ruido y vibraciones versión corregida adjunto en el Anexo A-04 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra de la correcta ejecución de las medidas de control propuestas en el Informe de ruido y vibraciones versión corregida adjunto en el Anexo A-04 de la Adenda. Forma de control y seguimiento Registro en obra de la implementación de las medidas dispuestas en el Informe de ruido y vibraciones versión corregida adjunto en el Anexo A-04 de la Adenda.
Código Sanitario Componente/materia: Residuos Sólidos y Líquidos Norma De acuerdo al artículo 80 de este cuerpo normativo, corresponde a la SEREMI de Salud, autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento
de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, así como los medios de transporte de ellas. Por su parte, el artículo 81 establece disposiciones relativas a los vehículos y sistemas de transporte de ciertos materiales que puedan causar peligro o molestia. Todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº725 Código Sanitario debe contar previamente con autorización sanitaria. Por su parte el D.F.L. Nº1/1990, D.O. 21/02/1990, art. 1, N° 25 precisa que requerirá autorización sanitaria expresa la instalación de todo lugar destinado a la acumulación de basura y desperdicios de cualquier clase. Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras, emisiones, residuos o sustancias a la que aplica. Forma de cumplimiento En la construcción: Los residuos generados serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito, en contenedores con tapa y acumulados transitoriamente. Éstos serán retirados por el servicio de recolección municipal y dispuesta a relleno sanitario autorizado. En la operación: Los residuos generados serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito, y se tendrán contenedores el cual serán retirados por el servicio de recolección municipal y dispuesta a relleno sanitario autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados. Registro de recolección de residuos sólidos domiciliarios en la fase de operación, por parte del servicio de aseo municipal. Forma de control y seguimiento Registro en obra de los comprobantes de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados.
Norma Decreto Supremo Nº1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Componente/materia: Registro de Emisiones. Norma El presente Decreto tiene por objeto regular el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, que corresponde a una base de datos accesible al público, destinada a capturar, recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la información sobre emisiones, residuos y transferencia de contaminantes potencialmente dañinos para la salud y el medio ambiente que son emitidos al entorno, generados en actividades industriales o no industriales o transferidos para su valorización. Artículo 17. Ventanilla Única. Los sujetos obligados a registrarse y los que reporten o informen sus emisiones, residuos, transferencias de contaminantes o productos prioritarios, deberán realizarlo sólo a través de la ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del RETC. Artículo 18. Sujetos obligados a reportar e informar. Se encuentran obligados a reportar o informar a través del Sistema de Ventanilla Única: [ ] a) Los establecimientos sujetos a calificarse como fuente emisora o generadora o destinatario de residuo, según alguna norma de emisión u otra regulación. b) Los establecimientos sujetos a reportar la información de sus emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes conforme a lo establecido en tratados internacionales ratificados por Chile.
c) Los establecimientos que emitan contaminantes, sustancias, generen o reciben residuos y/o transfieran contaminantes, respecto de los cuales una regulación determinada obligue su reporte. [...] d) Los establecimientos que generen más de 12 toneladas de residuos al año, las municipalidades, y los destinatarios de residuos, de acuerdo a los artículos 26, 27 y 28 del presente reglamento. Artículo 19. Método de entrega de la información sujeta de reporte. Los medios electrónicos que utiliza este sistema se ajustarán a lo establecido en la ley Nº19.799 y su reglamento, y a lo previsto en el presente decreto. Artículo 31. La obligación de reportar a la autoridad correspondiente información, antecedentes y datos asociados a emisiones [...]. Asimismo, la obligación de reportar a la autoridad correspondiente información, asociados a residuos, contenida en el D.S. Nº148/2003 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos; Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras, emisiones, residuos o sustancias a la que aplica. Forma de cumplimiento Se designará a un encargado de informar los residuos generados a través del sistema de Ventanilla Única (RECT). Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de registro de la declaración a través del RECT. Forma de control y seguimiento Registro de despacho de todos los residuos generados durante la construcción del Proyecto y su posterior declaración en el sitio web del RETC.
Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1/90 del Ministerio de Salud. Determina materias que requieren Autorización Sanitaria expresa Componente/materia: Residuos solidos Norma Determina materias que requieren Autorización Sanitaria expresa. Artículo 1. Establece que requerirán Autorización Sanitaria expresa las obras destinadas a la provisión o purificación de agua potable de una población o a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros. Instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos no peligrosos de la construcción. Forma de cumplimiento Solicitud de Autorización Sanitaria expresa para el almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos y peligrosos. En el numeral 6.4.1. de la DIA se detallan los contenidos del PAS del Artículo 140 del D.S. N°40/2012, para los sitios de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos durante las fases de construcción y operación. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación de PAS Nº140, que autoriza sitios de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, registro de retiro (boleta factura u otro documento) de la empresa externa autorizada. Forma de control y seguimiento Registro de obra del correcto almacenamiento, retiro y disposición final de residuos no peligrosos. Se mantendrá en obra copia de las resoluciones indicadas en formato físico o digital.
Norma Decreto Supremo Nº148/2003 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento Sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Componente/materia: Residuos Peligrosos Otros cuerpos legales Código Sanitario. D.S. Nº594/1999, del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras, emisiones, residuos o sustancias a la que aplica. Forma de cumplimiento Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente sellados, almacenados temporalmente en bodega de RESPEL. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de retiro de residuos peligrosos cada 6 meses por parte de transportistas y destinatarios autorizados. Forma de control y seguimiento Inspección interna constante del sitio de disposición temporal de residuos peligrosos. Registro en obra de los comprobantes de retiro, transporte y disposición final por personas autorizadas.
Norma Decreto Supremo Nº75/1987 y sus modificaciones posteriores del Ministerio De Transportes Y Telecomunicaciones . Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Componente/materia: Vialidad y transporte. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras, emisiones, residuos o sustancias a la que aplica. Forma de cumplimiento Los camiones que transporten materiales serán cubiertos correctamente, por lo que no se producirán escurrimientos o caídas involuntarias, adicionalmente los camiones al salir del terreno del Proyecto serán controlados en cuanto a su nivel de carga. Indicador que acredita su cumplimiento Exigencia contractual. Registro fotográfico de ingreso de camiones encarpados. Forma de control y seguimiento Control al ingreso/egreso de la obra. Los camiones que transporten tierra de excavaciones o material para relleno deben estar encarpados.
Norma Decreto Supremo Nº43/2016 del Ministerio de Salud. Aprueba El Reglamento De Almacenamiento De Sustancias Peligrosas Componente/materia: Sustancias Peligrosas. Otros cuerpos legales Código Sanitario Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras, emisiones, residuos o sustancias a la que aplica. Forma de cumplimiento El Titular contará con una bodega de almacenamiento para sustancias peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento Instalación de sitio de almacenaje temporal de sustancias peligrosas según lo indicado en el reglamento.
Forma de control y seguimiento Registro en obra de inspección interna constante del sitio de almacenamiento de sustancias peligrosas.
Código Sanitario Componente/materia: Residuos sólidos
Norma D.F.L N°725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario En su Artículo 78 del párrafo III se fijan las condiciones de saneamiento y seguridad relativas a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios. En los Artículos 79 y 80 se estable que para proceder a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase será necesaria la aprobación previa del proyecto por el servicio nacional de salud y determina que es el servicio nacional de salud quien debe autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras, emisiones, residuos o sustancias a la que aplica. Forma de cumplimiento Configurar un sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional en faena, a fin de dar cumplimiento a los requerimientos normativos del decreto supremo. Indicador que acredita su cumplimiento Capacitación a los trabajadores en temas de seguridad y salud ocupacional. Forma de control y seguimiento Registro en obra de la asistencia a las capacitaciones de seguridad y salud ocupacional. Además de inspección permanente de las faenas.
Norma Decreto Supremo Nº594/1999 y sus modificaciones del Ministerio de Salud. Componente/materia: Aguas servidas y efluentes líquidos. Otros cuerpos legales Código Sanitario. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras, emisiones, residuos o sustancias a la que aplica. Forma de cumplimiento La solución de aguas servidas de tipo provisorio, como la instalación de baños químicos a disposición de los trabajadores, se ajustará en todo momento a las exigencias establecidas en el D.S. am en lo que se refiere a cantidad, ubicación, transporte y limpieza de estas instalaciones.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de viajes en obra. Registro de limpieza de los baños químicos. Resoluciones sanitarias de la empresa sanitaria y destinataria de las aguas servidas. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico de baños químicos en la obra, documento de retiro de aguas servidas u otro que acredite la limpieza de estas instalaciones, además de las resoluciones sanitarias de las empresas transportistas y destinataria.
Norma Decreto Supremo Nº1/2012 y sus modificaciones del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de contaminantes, RETC.
Componente/materia: Calidad del aire - Emisiones atmosféricas Norma Normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. En el Artículo 4° bis se establecen los niveles de emisión, de acuerdo con la fecha de inscripción en el registro de vehículos motorizados con respecto a la fecha de publicación del D.S. N°58/2003. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de vehículos livianos. Forma de cumplimiento Se contará con un registro de obra de la revisión técnica al día para los vehículos livianos pertenecientes a los trabajadores de la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión técnica al día. Forma de control y seguimiento Registro en obra mensual de revisión técnica de los vehículos livianos pertenecientes a los trabajadores de la obra.
Norma D.S. Nº47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma Artículo 5.8.3: En todo proyecto de construcción, reparación, modificaciones, alteraciones, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deber implementar las siguientes medidas: 1. Con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material: El proyecto cuenta con un programa de supresor de polvo Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena. Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla. Otros cuerpos legales D.S. N° 7/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. D.S. N° 15/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. D.S. N° 144/1961, Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades propias de la construcción. escarpe, excavación, compactación, nivelación, carga y volteo, excavación y tránsito de vehículos Forma de cumplimiento Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental relacionados con prevención de contaminación en las faenas. Se instalar n se ales de reducci n de velocidad y velocidad m xima permitida dentro de la zona donde se emplaza el proyecto. Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona herm tica, impermeable y sujeta a la carrocer a, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la ca da de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del veh culo. Se controlar los l mites m ximos de carga; es decir, mantener un nivel por debajo del m ximo de la tolva, adem s de implementar un plan de seguimiento para esta medida con prohibici n del uso de carpas que no cumplan con las caracter sticas mencionadas; por ejemplo, el uso de malla tipo 'Rachel', pues este tipo de malla no cumple con las características señaladas. Se realizar diariamente la limpieza de las calles pavimentadas (en frente del proyecto, incluyendo veredas y calzadas).
Se prohibir la quema de materiales o desechos para calentar alimentos o calefacción, entre otros. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificado de revisiones técnicas al día. Procedimiento y registro de plan supresor de polvo de caminos no pavimentados. Señalética asociada al control de velocidad. Forma de control y seguimiento Copia en obra del registro en obra (fotográfico u otro) que corrobore la correcta ejecución de las medidas señaladas.3
Norma D.S. Nº55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
Componente/materia: Calidad del aire - Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N°55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Este Decreto establece los límites de emisión máxima para contaminantes emitidos por vehículos pesados, esto es, aquellos destinados al transporte de personas o carga, por calles y caminos cuyo peso bruto vehicular es igual o superior a 3.860 kilogramos. En el Artículo 4° se establece los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y material particulado (MP). Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte vehículos pesados. Forma de cumplimiento Se contará con un registro de obra de la revisión técnica al día para los vehículos pesados pertenecientes a los proveedores de la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión técnica al día. Forma de control y seguimiento Registro en obra mensual de revisión técnica de los vehículos pesados.
Norma D.S. Nº54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
Componente/materia: Calidad del aire - Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N°55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Este Decreto establece los límites de emisión máxima para contaminantes emitidos por vehículos pesados, esto es, aquellos destinados al transporte de personas o carga, por calles y caminos cuyo peso bruto vehicular es igual o superior a 3.860 kilogramos. En el Artículo 4° se establece los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y material particulado (MP). Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte vehículos pesados. Forma de cumplimiento El titular exigirá a los contratistas y empleados responsables del transporte, que cuenten con sus revisiones técnicas al día, distintivos y rótulos establecidos en la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Planilla con registro mensual que demuestre la implementación de las siguientes medidas: Revisiones técnicas al día; Mantenciones de vehículos y maquinarias.
Forma de control y seguimiento Mensualmente el Titular actualizará una planilla que registre el estado de las revisiones técnicas de los vehículos que participan en la construcción (fechas de realización y vencimientos), así como las fechas en que se realizaron las mantenciones y los aspectos considerados en ella. Lo anterior, en conjunto al respaldo de las boletas o facturas de los servicios y otros documentos relacionados. Dichos registros estarán disponibles en faena durante la fase de construcción.
Norma D.S. N° 1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Plan de Prevención y Componente/materia: Calidad de aire Norma Descontaminación para el Valle Central de la Región del Libertador
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones atmosféricas Forma de cumplimiento El ingreso del Anteproyecto de Loteo y Edificación N°32-2024, realizado el 26 de marzo de 2024, es anterior a la entrada en vigor del D.S. N°1/2021 del MMA, que establece el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del
Conforme a lo establecido en el artículo 1.1.3 de la Ordenanza General aprobaciones o permisos presentadas ante las Direcciones de Obras Municipales serán evaluadas y resueltas conforme a las normas acondicionamiento térmico aplicables al proyecto corresponden a lo dispuesto en el D.S. N°47 de 1992 y la OGUC vigente a la fecha de ingreso, no resultando exigible el cumplimiento de las nuevas condiciones térmicas establecidas en el D.S. N°1/2021.
Para dar cumplimiento al artículo 8 que prohíbe la utilización de calefactores a leña u otros dendroenergético destinados a calefacción en el interior de departamentos, el titular no contempla incluir un sistema de calefacción a leña u otro dendroenergético
No obstante, respecto del control de emisiones atmosféricas, el proyecto se sujeta a los requerimientos establecidos en el D.S. N°1/2021, conforme a los resultados obtenidos de modelación considerando la condición más desfavorable de las actividades de construcción y operación, en la versión corregida del Informe de emisiones atmosféricas versión final en el Anexo AC-06 de la Adenda Complementaria se concluye que, durante las fases de construcción y operación del Proyecto no se excede los limites normados en Artículo N°40 del D.S. N°1/2021, que establece el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del deberá compensar emisiones. Indicador que acredita su cumplimiento Registros de ejecución de Proyecto acorde a lo estimado y modelado en los Informes presentados en el Anexo AC-04 de la Adenda Complementaria. Contar con los registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad y sistema de limpieza de ruedas entre otros Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
Componente/materia: Registro de emisiones Norma Decreto N°1/2013 de MMA RETC En su Artículo 1 se establece que el presente reglamento regula el RETC, que es una base de datos accesible al público destinada a capturar, recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la información sobre emisiones, residuos y transferencia de contaminantes potencialmente dañinos para salud y el medio ambiente. En el Artículo 17 se establece que los reportes de emisiones de residuos y/o transferencia de contaminantes deben realizarse mediante la ventanilla única del RETC. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos peligrosos, no peligrosos de la construcción y emisiones Forma de cumplimiento atmosféricas. Indicador que acredita su cumplimiento Se designará a un encargado de informar los residuos generados a través del sistema de Ventanilla Única (RETC). Forma de control y seguimiento Comprobante de registro de la declaración a través del RETC.
Código de aguas Componente/materia: Residuos líquidos Norma Fija texto del código de aguas Otros cuerpos legales D.S. N° 41/2018. Reglamento sobre condiciones sanitarias para la provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibes del MINSAL NCh 409/1 de 2005. Norma calidad del agua potable. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las excavaciones y movimientos de tierra. Forma de cumplimiento No existir descarga de aguas servidas ni Riles en la fase de construcción. Las profundidades de las obras proyectadas no generarán alumbramiento de la napa subterránea bajo el Proyecto y tampoco se utilizar agua proveniente de pozo. Indicador que acredita su cumplimiento El proyecto cuenta con Factibilidad Sanitaria, se contempla la conexión a la infraestructura pública de agua potable, ver proyectos de Anexo A-03 de la Adenda. Forma de control y seguimiento Copia en obra del certificado que acredite el pago del servicio de agua potable del sector.
Norma D.S. N°1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente Componente/materia: Aire-Emisiones a la atmósfera Norma D.S. N° 1/2021 que Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, el Proyecto contempla actividades que generarán emisiones de material particulado y gases a la atmósfera, entre ellas movimientos de tierra, tránsito de vehículos, junto con el
uso de maquinaria, equipos, y vehículos diésel. Durante la fase de operación las emisiones estarán asociada al tránsito de vehículos livianos. Forma de cumplimiento Las mayores emisiones del proyecto se generarán durante la superposición de la fase de construcción y operación del Proyecto, en el año 3, y se deben mayormente al tránsito de los vehículos y movimiento de tierra.
El Proyecto no deberá compensar sus emisiones por no sobrepasar los límites permitidos en el D.S. N°1/2021, según los resultados del informe de emisiones atmosféricas.
Sumado a lo anterior, durante el desarrollo de las obras se implementarán medidas de control para reducir las emisiones de material en suspensión generado por las actividades del proyecto, y evitar cualquier otro tipo de efecto adverso, las cuales se indican a continuación:
aplicación directa de riego con camión aljibes, en todas las vías internas de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentadas. hasta la finalización de la obra, es decir, la aplicación se realizará desde el año 1 hasta el segundo semestre del año 3 de la fase de construcción estructura de placas OSB. Se instalarán barreras de 2,44 m de altura como mínimo, de materialidad con densidad superficial de masa de 660 kg/m3 (como paneles OSB de 15 mm o equivalente). inmediatamente cuando se produzca. a una velocidad igual o menor a 20 km/h. contenedores cerrados, en caso de que se acopien en el exterior, dependiendo el estado de avance retirar y llevar a botadero autorizado inmediatamente.
proveniente de la obra. serán manejados con precaución y a velocidad moderada, al objeto de
Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. combustibles. autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con malla raschel para evitar polvo en suspensión Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra de las medidas de control ejecutadas Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, as como su verificación periódica.
Norma D.F.L. N°458 de 1975 y D.S. N°47/1992 OGUC Componente/materia: Normativa de carácter general aplicable al proyecto. Norma
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción de viviendas y urbanizaciones contempladas dentro del proyecto (Bodegas) Forma de cumplimiento D.F.L. N°458 de 1975 y D.S. N°47/1992 OGUC, del artículo 4.1.4.2 bodegaje serán calificados caso a caso por el Servicio de Salud del Ambiente respectivo, en consideración a los riesgos que su funcionamiento pueda causar a sus trabajadores, vecindario y comunidad; para estos efectos, se calificarán como sigue:
- Peligroso: el que por el alto riesgo potencial permanente y por la índole eminentemente peligrosa, explosiva o nociva de sus procesos, materias primas, productos intermedios o finales o acopio de estos, pueden llegar a causar daño de carácter catastrófico para la salud o la propiedad, en un radio que excede los límites del propio predio.
- Insalubre o contaminante: el que por destinación o por las operaciones o procesos que en ellos se practican o por los elementos que se acopian, dan lugar a consecuencias tales como vertimientos, desprendimientos, emanaciones, trepidaciones, ruidos, que puedan llegar a alterar el equilibrio del medio ambiente por el uso desmedido de la naturaleza o por la incorporación a la biosfera de sustancias extrañas, que perjudican directa o indirectamente la salud humana y ocasionen daños a los recursos agrícolas, forestales, pecuarios, piscícolas, u otros.
- Molesto: aquel cuyo proceso de tratamientos de insumos, fabricación o almacenamiento de materias primas o productos finales, pueden ocasionalmente causar daños a la salud o la propiedad, y que normalmente quedan circunscritos al predio de la propia instalación, o bien, aquellos que puedan atraer insectos o roedores, producir ruidos o vibraciones, u otras consecuencias, causando con ello molestias que se prolonguen en cualquier periodo del día o de la noche.
- Inofensivo: aquel que no produce daños ni molestias a la comunidad, personas o entorno, controlando y neutralizando los efectos del proceso productivo o de acopio, siempre dentro del propio predio e instalaciones, resultando este inocuo.
El Titular contará con una bodega de almacenamiento para sustancias peligrosas y bodega de RESPEL, en la fase constructiva del proyecto.
Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de sustancias y residuos, los cuales estarán debidamente sellados, almacenados temporalmente en las bodegas. Los residuos serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de retiro de residuos peligrosos cada 6 meses por parte de transportistas y destinatarios autorizados Forma de control y seguimiento Inspección interna constante del sitio de disposición temporal de residuos peligrosos. Registro en obra de los comprobantes de retiro, transporte y disposición final por personas autorizadas.
Norma Resolución Exenta N°2116/2024 del Ministerio de Obras Públicas. Determina obras y características que deben o no deben ser aprobadas por la Dirección General de Aguas en los términos señalados en el artículo 41 del código de aguas Componente/materia: Agua Norma Resolución Exenta N°2116/2024 del Ministerio de Obras Públicas determina obras y características que deben o no deben ser aprobadas por la Dirección General de Aguas en los términos señalados en el artículo 41 del código de aguas
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras referidas a instalación de cañería, cajón armado en canales colindantes. Forma de cumplimiento Aprobación PAS 156 punto F (obras a construir) y punto E (regularización del Cajón), esto respaldará que el proyecto presentado cumple con los requisitos técnicos, ambientales y de seguridad exigidos por la DGA para realizar modificaciones en cauces naturales o artificiales. Exigencia Mediante Oficio Ord. N°229/2025 de fecha 30 de mayo de 2025, la DGA de la Región de O Higgins, señala lo siguiente:
Luis Barros Borgoño Sur hacia el predio contiguo al norte para ambos canales (Canal Cerpa y Ramal Santa Ana). Dicha obra definitiva deberá someterse sectorialmente al PAS 156 (DGA), conforme a la normativa ambiental aplicable, y presentar todos los requisitos técnicos y formales al momento de su tramitación. Todo lo anterior, con el objeto de resguardar la compatibilidad de la infraestructura proyectada con el desarrollo urbano futuro y con la protección de los cauces intervenidos, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Código de Aguas y el artículo 156 del D.S. N°40/2012 (RSEIA). Se hace presente que, el Titular del Proyecto deberá presentar la autorización de la Asociación de Canalistas Canales de la Compañía y de cualquier otro propietario de los canales a intervenir, por lo cual se recomienda coordinar dicha autorización
Indicador que acredita su cumplimiento Lo requerido en el cuerpo normativo Forma de control y seguimiento Lo requerido en el cuerpo normativo
Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)
Norma Ley Nº17.288. Legisla sobre Monumentos Nacionales Componente/materia: Monumentos nacionales Norma Ley 17.288, Monumentos Nacionales. Legisla sobre Monumentos Nacionales. Define los Monumentos Nacionales. Los Monumentos Históricos, Monumentos arqueológicos, indicando que su control y supervigilancia recaen en el Consejo de Monumentos Nacionales y que todo trabajo de conservación, reparación o restauración de ellos estará sujeto a su autorización previa. Otros cuerpos legales Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales
y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N°484 del 1990 del Ministerio obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y a carabineros, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.
Ante hallazgos no previsto, el titular realizar charlas de inducción por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a los/as trabajadores/as del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, con una (1) charla antes del comienzo de las obras de remoción y escarpe del terreno, y luego con periodicidad quincenal hasta el término de las obras de excavación. El informe de la actividad debe ser mensual y remitido a la SMA y al CMN. En el informe se deberán remitir los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes junto a sus firmas, así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas. No obstante, lo anterior, conforme a los antecedentes presentado en la versión final del informe de arqueología que se adjunta en el Anexo AC-06 de la Adenda complementaria. en el que indica que no existe presencia de sitios arqueológicos. En caso de algún hallazgo de restos arqueológicos se procederá de acuerdo con lo indicado en la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Informe que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos (en el caso que corresponda). Registro de paralización de obra, en caso de hallazgo arqueológico y/o paleontológico. Comprobante de aviso a carabineros. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
Norma Artículo 136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura Componente/materia: Agua Norma El artículo 136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura de Chile establece las sanciones para introducir agentes contaminantes en cuerpos de agua Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras de extensión de agua potable sobre canal Cerpa y Canal ramal Santa Ana Forma de cumplimiento Implementación de medidas de prevención de contaminación, como la instalación de barreras de retención de sedimentos, control de residuos y protocolos para evitar derrames de sustancias contaminantes en los canales. Indicador que acredita su cumplimiento Lo requerido en el cuerpo normativo Monitoreo de calidad del agua antes, durante y después de la intervención (parámetros como turbidez, pH y presencia de contaminantes). Reportes periódicos de cumplimiento ambiental. Implementación de planes de contingencia en caso de incidentes. Forma de control y seguimiento Lo requerido en el cuerpo normativo Inspecciones en terreno durante la construcción y operación. Análisis de muestras de agua en laboratorios certificados. Reporte de cumplimiento a la autoridad ambiental y organismos de fiscalización
Norma D.S. Ex Nº878/2011 del Ministerio de Economía. Establece veda extractiva de especies ícticas nativas que indica. Componente/materia: Fauna silvestre/ Agua Norma y Reconstrucción Disposiciones sobre Medidas para la Protección de
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Inicio de obras en áreas con vegetación o suelos susceptibles a albergar fauna silvestre e implementación de obras sobre canal Cerpa y Canal ramal Santa Ana Forma de cumplimiento Se tomarán las medidas de prevención para minimizar los efectos sobre la calidad de aguas de los canales, asociada a la construcción de las viviendas como tal, consistirán en evitar derrames de contaminantes en las cercanías del canal, en especial de residuos del tipo peligrosos.
Las medidas, condiciones y antecedentes que comprueban que las obras no producirán contaminación de las aguas, corresponden básicamente a las siguientes:
No se realizarán mantenciones de maquinarias o equipos al interior de la obra, debido a que estás serán elaborada por terceros.
Se capacitar a los trabajadores respecto a mantener limpio los lugares de obras en los canales, no botar restos de materiales como despuntes de madera, bolsas plásticas, restos de hormigón, poniendo especial atención en el manejo adecuado de los residuos peligrosos que se manejen en obra tales como solventes, pinturas, aceites, combustibles, entre otros.
Como medida asociada a la obras de la extensión de agua potable, se realizará un plan de seguimiento de calidad del agua, debido que durante la instalación de la cañería, podrían generarse residuos (sedimentos, aceites, grasas, pintura, óxidos del acero galvanizado, etc.) que afecten la calidad del agua, con el fin de no incumplir la normativa, se realizará un monitoreo inicial, previo a la construcción de la obra en el canal, a fin de establecer la condición basal y un monitoreo final (ajustándose al cronograma de duración de la construcción del Proyecto) de los parámetros establecidos en la NCh 1.333 y se compararán resultados con condición basal, para responder al cumplimiento de la normativa.
Para fauna silvestre según la validación de datos de la campaña de terreno realizada entre los días 02 y 03 de septiembre de 2024, se pudo comparar con la campaña realizada en 2023 y observar presencia de Pleurodema thaul, este hallazgo fue encontrado en zonas que limitan por fuera del área del proyecto, al ser una especie en categoría de conservación y además de baja movilidad, se aplicarán medidas de control para evitar el desplazamiento hacia la zona del Proyecto, las siguientes acciones para evitar daños a los individuos:
Barreras físicas Señaléticas informativas Capacitaciones al personal Monitoreo y vigilancia perimetral
Estas medidas buscan asegurar la integridad del ecosistema y prevenir cualquier eventual impacto ambiental asociado al ingreso del anfibio al predio.
Esto refleja el compromiso del proyecto con la protección ambiental y el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, asegurando una
gestión responsable y preventiva ante la presencia de especies no contempladas en el área de intervención. Indicador que acredita su cumplimiento Lo requerido en el cuerpo normativo. La implementación y seguimiento de estas acciones se realizará de manera continua y documentada, garantizando una respuesta oportuna y eficaz ante cualquier eventualidad. Forma de control y seguimiento Lo requerido en el cuerpo normativo Capacitaciones a los trabajadores, set fotográfico de las medidas implementadas Informe a la SMA.
Norma Resolución Exenta N°2116/2024 del Ministerio de Obras Públicas. Determina obras y características que deben o no deben ser aprobadas por la Dirección General de Aguas en los términos señalados en el artículo 41 del código de aguas Componente/materia: Agua Norma Resolución Exenta N°2116/2024 del Ministerio de Obras Públicas. Determina obras y características que deben o no deben ser aprobadas por la Dirección General de Aguas en los términos señalados en el artículo 41 del código de aguas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras referidas a instalación de cañería, cajón armado en canales colindantes. Forma de cumplimiento Aprobación PAS 156 punto F (obras a construir) y punto E (regularización del Cajón), esto respaldará que el proyecto presentado cumple con los requisitos técnicos, ambientales y de seguridad exigidos por la DGA para realizar modificaciones en cauces naturales o artificiales. Se notificará a la DGA mediante un set fotográfico de la finalización de las obras, en un plazo de un mes tras finalizar la construcción. Indicador que acredita su cumplimiento Lo requerido en el cuerpo normativo Forma de control y seguimiento Lo requerido en el cuerpo normativo
Ley N°19.473. Ley de Caza, y su Reglamento, contenido en el D.S. N°5, de 1998, modificado por el D.S. N°53, de 2003 Componente/materia: Fauna nativa Otros cuerpos legales D.S. N°5/1998 del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividad de movimientos de tierra Forma de cumplimiento Barreras Físicas y Delimitación de Zonas Sensibles:
Implementación de barreras físicas en áreas de riesgo, con el fin de dificultar el acceso del anfibio al interior del predio.
Demarcación de zonas sensibles con delimitación clara, para facilitar su identificación y protección durante las labores operativas.
Señaléticas Informativas:
Instalación de señaléticas en puntos estratégicos del perímetro del predio y en accesos críticos, para informar las restricciones de accesos, señaléticas de no circular a velocidades superiores a 20 km/h en vehículos motorizados, y restricción de maquinaria en los canales de regadío.
Capacitaciones al Personal:
Programación de sesiones de capacitación y concientización dirigidas a todos los trabajadores y contratistas, en donde se incluirán protocolos de manejo, identificación y respuesta ante la presencia de especies no deseadas.
Monitoreo y Vigilancia Perimetral:
Realización de inspecciones semanales en el perímetro del predio, para detectar y gestionar oportunamente la presencia de la especie.
Establecimiento de un registro de observaciones y acciones correctivas, que permita el seguimiento de las medidas implementadas.
Procedimientos de Contingencias
Coordinación con las autoridades ambientales pertinentes para garantizar la aplicación de medidas correctivas y preventivas adicionales, en caso de ser necesarias.
Estas medidas buscan asegurar la integridad del ecosistema y prevenir cualquier eventual impacto ambiental asociado al ingreso del anfibio al predio de especie reconocida Pleurodema thaul. La implementación y seguimiento de estas acciones se realizará de manera continua y documentada, garantizando una respuesta oportuna y eficaz ante cualquier eventualidad. Indicador que acredita su cumplimiento Registro fotográfico, acta de capacitaciones, registro de inspecciones Forma de control y seguimiento Seguimiento de medidas implementadas mediante registro fotográfico
Norma Decreto Supremo N°43/2016 del Ministerio de Salud. Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Componente/materia: Sustancias peligrosas Norma Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Otros cuerpos legales Ley 19.300/94 y sus modificaciones del Ministerio de Medio Ambiente. D.F.L N°725/67 Ministerio de Salud. D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcci n Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Terminaciones. Forma de cumplimiento Cumplimiento del reglamento mediante la construcción y utilizaci n de la bodega destinada a este tipo de sustancias. Indicador que acredita su cumplimiento Permiso por parte de la SEREMI de Salud. Forma de control y seguimiento Registro en obra de las condiciones de la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas.
Otros cuerpos normativos
Norma Decreto Supremo Nº200/1993 del Ministerio de Obras Públicas. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país. Componente/materia: Transporte y vialidad Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras, emisiones, residuos o sustancias a la que aplica. Forma de cumplimiento El Titular velará porque en todo momento los vehículos que circulan por las vías urbanas del área de influencia directa del Proyecto cumplan este decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra de la cantidad de materiales a transportar (guía de despacho, boleta, factura, entre otros). Forma de control y seguimiento Registro en obra de la carga máxima que transportan los camiones que ingresan y egresan de la zona de construcción del Proyecto.
Norma Decreto Supremo Nº298/1995 del Ministerio de Transportes y telecomunicaciones. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. Componente/materia: Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales D.L. N° 557 de 1974. Leyes N° 18.059 y 18.290. Artículo 32° N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras, emisiones, residuos o sustancias a la que aplica. Forma de cumplimiento El Titular velará porque en todo momento que se realice transporte de cargas peligrosas asociada al Proyecto se ajuste a lo indicado en este decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Realizar transporte de sustancias peligrosas con transportistas autorizados. Forma de control y seguimiento Registro en obra del transportista y de las características de los camiones que efectúan el transporte de sustancias peligrosas.
Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº850/1998 MOP. Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850/64 y del D.F.L N°206/60. Componente/materia: Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de vehículos y accesos. Forma de cumplimiento Se adoptarán las medidas adecuadas para el tránsito de los camiones que transporten materiales por las vías tuición MOP, dándose cumplimiento en todo momento con lo dispuesto en los cuerpos legales mencionados. Indicador que acredita su cumplimiento Permisos Obras Públicas y Dirección de Vialidad según corresponda Forma de control y seguimiento Copia de la resolución.
Norma Resolución N°1/1995 del Ministerio de Transportes y telecomunicaciones. Establece Dimensiones Máximas a Vehículos que Indica. Componente/materia: Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales Ley N°18.290. Ley de Tránsito
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte vehículos pesados. Forma de cumplimiento Registro en obra de la flota vehicular que conlleva el Proyecto con sus respectivas dimensiones y hoja de rutas de proveedores de insumos/destinatarios de residuos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra del listado de vehículos pesados y ruta origen/destino. Forma de control y seguimiento Registro en obra mensual.
Norma Decreto con Fuerza de Ley N°200/1993 del Ministerio de Salud. Establece pesos m ximos a los vehículos para circular en las v as urbanas del Pa s. Componente/materia: Vialidad y transporte Norma Establece pesos m ximos a los vehículos para circular en las v as urbanas del Pa s. Otros cuerpos legales D.F.L. N°850/97 del Ministerio de Obras P blicas. D.S. Nº 158/80 del Ministerio de Obras P blicas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcci n Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tr nsito de vehículos pesados y livianos al exterior del predio Forma de cumplimiento El Titular velar porque en todo momento los vehículos que circulan por las v as urbanas del rea de influencia directa del Proyecto cumplan este decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra de la cantidad de materiales a transportar (gu a de despacho, boleta, factura, entre otros). Forma de control y seguimiento Registro en obra de la carga m xima que transportan los camiones que ingresan y egresan de la zona de construcción del Proyecto.
Norma Decreto Supremo Nº298/1995 del Ministerio de transporte y telecomunicaciones. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. Componente/materia: Vialidad y transporte Norma Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. Otros cuerpos legales D.S. N°158/80, Ministerio de Obras P blicas. D.S. No 200/93, Ministerio de Obras P blicas. D.S. No 75/87, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcci n Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tr nsito de vehículos pesados. Forma de cumplimiento El Titular velar porque en todo momento que se realice transporte de cargas peligrosas asociada al Proyecto se ajuste a lo indicado en este decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la correcta materializaci n de las caracter sticas y dimensiones de la bodega de sustancias peligrosas, acorde a lo se alado en la legislaci n vigente. Registro del correcto almacenamiento de las sustancias peligrosas, acorde a lo se alado en la legislaci n vigente. Realizar transporte de sustancias peligrosas con transportistas autorizados. Forma de control y seguimiento Registro en obra del transportista y de las caracter sticas de los camiones que efect an el transporte de sustancias peligrosas.
Norma Decreto con Fuerza de Ley N°850/1997 del Ministerio de obras públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley No 15.840, de 1964 y del D.F.L. No 206, de 1960, sobre construcción y conservaci n de caminos. Componente/materia: Vialidad y transporte Norma Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley No 15.840, de 1964 y del D.F.L. No 206, de 1960, sobre construcción y conservaci n de caminos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantenci n de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento Los camiones por utilizar durante la construcción se ajustar n a las dimensiones establecidas en estas normas. En caso de requerirse el transporte de maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones permitidos, se solicitar la autorizaci n correspondiente a la Dirección de Vialidad, junto con el pago previo de los derechos respectivos. El Titular exigir contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y har el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorizaci n previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. Forma de control y seguimiento Copia en obra del contrato con las empresas que presten el servicio de transporte.
Norma Ley 18.290. Ley de tránsito Componente/materia: Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Circulación de vehículos livianos y de carga. Forma de cumplimiento Para la fase de construcción del Proyecto los vehículos y maquinarias contarán con revisión técnica al día y además se le solicitará a la empresa contratista el cumplimiento de las leyes del tránsito. Indicador que acredita su cumplimiento Para la fase de construcción del proyecto los vehículos y maquinarias contarán con revisión técnica al día y además se le solicitará a la empresa contratista el cumplimiento de las leyes del tránsito. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
Norma Decreto Supremo N° 158/1980 del Ministerio de Obras Públicas. Componente/materia: Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales D.F.L. N° 850/1998 del Ministerio de Obras Públicas, Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.840 y del D.F.L. N°206, de 1960 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras, emisiones, residuos o sustancias a la que aplica. Forma de cumplimiento Circulación de vehículos livianos y de carga.
Indicador que acredita su cumplimiento Para la fase de construcción del Proyecto los vehículos y maquinarias contarán con revisión técnica al día y además se le solicitará a la empresa contratista el cumplimiento de las leyes del tránsito. Forma de control y seguimiento Para la fase de construcción del proyecto los vehículos y maquinarias contarán con revisión técnica al día y además se le solicitará a la empresa contratista el cumplimiento de las leyes del tránsito.
9°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
Condición o exigencia Impacto asociado Medio Humano, accesibilidad.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Ejecutar el cumplimiento de indicaciones normativas.
Descripción:
Justificación: PRC de Graneros, Ley General de Urbanismo y Construcción, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
Oficio Ord. N°966/2025 de fecha 30 de mayo de 2025, la SEREMI MINVU de la Región de O Higgins
Lugar, forma y oportunidad de implementación De acuerdo a dicha revisión, este organismo se pronuncia con CONFORMIDAD CONDICIONADA a la exigencia del titular de la ejecución de la continuidad de la calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el norte, la que constituye una vía estructurante de nivel comunal establecida en el Plan Regulador Comunal de Graneros año 2016 vigente, de acuerdo al artículo 4 de su Ordenanza.
Lo anteriormente expuesto en conformidad al Cumplimiento Normativo a continuación, señalado: -Certificado de Informaciones Previas N 0 87 de fecha 13-03-2023, correspondiente al Rol N O 183-5, el cual en el punto 5.3 de Afectación de Utilidad Pública, en su punto N 0 3 señala; Apertura por prolongación de calle Luis Barros Borgoño Sur 18,00 mts entre líneas oficiales".
Y lo estipulado en el punto N 06 de Características de Urbanización, Nota 2, punto 1) Se debe considerar mantener la prolongación de línea oficial oriente de camino real tramo norte y prolongación de las vías Antonio Varas Sur, Luis Barros Borgoño Sur y Calle Proyectada 6, así como el punto 2) El propietario deberá acreditar si el canal que pasa por el deslinde norte y poniente depende de la asociación de canalistas y de ser así deberá atender los requerimientos de esta asociación. Certificado adjunto en el Anexo 1.2 de la Declaración de Evaluación Ambiental.
-Artículo 1340 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de servicio del terreno
Indicador que acredite su cumplimiento Recepción Definitiva de Obras
Forma de control y seguimiento Los antecedentes técnicos y de ejecución de lo solicitado mediante la presentación de un informe a la SMA, en un plazo no superior de 30 días de ejecutada la obra, con copia a la SEREMI MINVU de esta región.
Condición o exigencia Impacto asociado Medio Humano, accesibilidad.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Ejecutar el cumplimiento de indicaciones normativas.
Descripción:
Justificación: PRC de Graneros, Ley General de Urbanismo y Construcción, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Oficio Ord. N°229/2025 de la Dirección Regional de la DGA de la Región
Lugar, forma y oportunidad de implementación Se hace presente que, conforme al Oficio ORD. N°202506102114 de 29 de mayo de 2025, el Servicio de Evaluación Ambiental Región de cruce para urbanización de conexión de acceso del Proyecto con Avenida Luis Barros Borgoño Sur, declarada en el Anexo AC 06, subcarpeta taria, asociada a la obra dicha urbanización requiere para el cruce del canal Cerpa, un atravieso desde el terreno del Proyecto hasta la conexión con Calle Barros Borgoño Sur (en el predio siguiente).
En este sentido, es dable indicar que, la actual solución proyectada para el cruce de la calle Luis Barros Borgoño Sur sobre el Canal Cerpa y el Ramal Santa Ana mediante un cajón de hormigón armado de sección 1,20 x 1,20 m, podría resultar insuficiente para permitir la adecuada proyección y conectividad vial hacia el predio colindante al norte, en cumplimiento con la normativa urbana y de vialidad comunal vigente.
En este contexto, se advierte la necesidad de prever una obra estructural mayor en dicho punto, de aproximadamente 18 metros de longitud, cuya ejecución futura implicaría una intervención mayor a los cauces, lo que eventualmente requerirá la tramitación del PAS 156.
Dado lo anterior, esta Dirección condiciona la aprobación del PAS 156 al cumplimiento de las siguientes exigencias del proyecto:
El Titular deberá incorporar en el proyecto la extensión vial de calle Luis Barros Borgoño Sur hacia el predio contiguo al norte para ambos canales (Canal Cerpa y Ramal Santa Ana). Dicha obra definitiva deberá someterse sectorialmente al PAS 156 (DGA), conforme a la normativa ambiental aplicable, y presentar todos los requisitos técnicos y formales al momento de su tramitación. Todo lo anterior, con el objeto de resguardar la compatibilidad de la infraestructura proyectada con el desarrollo urbano futuro y con la protección de los cauces intervenidos, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Código de Aguas y el artículo 156 del D.S. N°40/2012 (RSEIA). Se hace presente que, el Titular del Proyecto deberá
presentar la autorización de la Asociación de Canalistas Canales de la Compañía y de cualquier otro propietario de los canales a intervenir, por lo cual se recomienda coordinar dicha autorización con antelación a la
Indicador que acredite su cumplimiento Otorgamiento de la Resolución Sectorial de otorgamiento del PASM 156. Forma de control y seguimiento Publicar en el portal de seguimiento de la SMA, los archivos técnicos y formales del PASM 156, así como también de la resolución de otorgamiento.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Compromiso ambiental voluntario: Plan de difusión tipo para la comunidad y municipio Impacto asociado Medio Humano Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a las comunidades cercanas sobre el funcionamiento, horarios, duración y actividades que se realizarán durante la construcción del proyecto y se establecerán canales de comunicación en caso de reclamos o sugerencias.
Descripción: Se establecerá un plan de comunicación mediante reuniones informativas y folletos que serán entregados en las poblaciones cercanas (puerta a puerta) con el propósito de dar información sobre obras como: Descripción proyecto y subproyectos como urbanizaciones. Además, se instalará un cartel en el acceso del proyecto en donde se señalen, los horarios y días en que se trabajaran, canales de comunicación como: Teléfono y e-mail. De encargado de obras del proyecto y participantes clave como, Dirección de medio ambiente, aseo y ornato. En folleto y reunión, se informará especialmente sobre, límites de ruido y vibraciones, medidas de control y localización de barreras entre otras medidas comprometidas en informe.
La información de este compromiso ira especialmente orientada a JJ.VV. cercanos, liceos y colegios cercanos y habitantes de viviendas colindantes.
Justificación: Anticipar y proveer un canal de comunicación con las comunidades vecinas con tal de aminorar o resolver cualquier problema que pudiese generar el proyecto durante su construcción.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Cartel informativo al ingreso del sector de obras y entrega de cartillas/folletos a la comunidad, y carta de aviso municipio por inicio de trabajos a realizar dentro del B.N.U.P.
Forma: El Plan contendrá la siguiente información: Duración de las obras. Horario de las obras. Días de la semana en los cuales se trabajará. Actividades que generan residuos, ruidos y/u olores molestos.
E-mail de contacto para recoger reclamos o sugerencias de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias.
Oportunidad: Se aplicará al inicio de la fase de construcción, señalando las actividades a realizar y las medidas de mitigación a aplicar, durante toda la fase de construcción del Proyecto. Además, se informará a los vecinos del sector y al Municipio, al menos 30 días antes del inicio de trabajos a realizar dentro del B.N.U.P.
Indicador que acredite su cumplimiento Acta de participación de vecinos a reunión y registro fotográfico de repartición de volantes, además de instalación de cartel en acceso terreno.
Comprobante de reporte a la Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA) de la SMA.
Forma de control y seguimiento Acta de participación de vecinos a reunión y registro fotográfico de repartición de volantes, además de instalación de cartel en acceso terreno.
Reporte al Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA) de la SMA.
Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 11 del ICE
9.2. Compromiso ambiental voluntario: Reunión con bomberos Impacto asociado Medio Humano Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evaluar los accesos del Proyecto en caso de emergencia.
Descripción: Realizar una reunión previa con Bomberos con la finalidad que certifique a través de un acta de observaciones las condiciones generales de seguridad previstas para el plan de evacuación.
Justificación: El Titular realizará una reunión con bomberos en la cual se presentarán los accesos al Proyecto para verificar que permitan el ingreso de unidades de emergencia.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizará una reunión en donde convengan ambas partes, se proponen las oficinas del Titular o en la compañía de bomberos
Forma: Reunión.
Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Acta de observaciones a las condiciones generales de seguridad previstas para el plan de evacuación.
Forma de control y seguimiento Informe/acta de la reunión realizada, que el Titular tendrá a disposición de la Autoridad.
Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 11 del ICE
9.3. Compromiso ambiental voluntario: Implementación de especies nativas de bajo consumo hídrico Impacto asociado Emisiones atmosféricas y recurso hídrico
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementación de especies arbóreas y arbustivas nativas de bajo consumo hídrico en el Proyecto.
Descripción: Se implementará al menos un 70% de vegetación nativa de índole arbórea y arbustiva en las áreas verdes contempladas en el proyecto: Las especies de las áreas verdes son las siguientes: Arbustos Phitosporo nigricans Estenocarpus Crespón
Árboles Maiten Espino Patawa Peumo (árbol nativo) Quillay (árbol nativo)
Recubrimiento de suelo Maicillo Pasto Radier
Para ello, se utiliza las recomendaciones del MINVU (https://www.minvu.cl/areas-verdes-inteligentes/) sobre la materia. Además, se ajustará a las sugerencias de la Ordenanza sobre Protección, Conservación, Rehabilitación y Mantención de la biodiversidad local de Graneros
Justificación: especies nativas en el Proyecto de Paisajismo para que para contribuir frente a contaminantes atmosféricos y menor requerimiento hídrico según las recomendaciones del MINVU (https://www.minvu.cl/areas- verdes-inteligentes/) sobre la materia, se incorpora riego por aspersión a prados y por goteo en árboles y arbustos.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Áreas verdes del Proyecto.
Forma: Incorporación de especies nativas en el Proyecto Paisajismo según las recomendaciones del MINVU (https://www.minvu.cl/areas-verdes- inteligentes/) sobre la materia y las sugerencias de la Ordenanza sobre
Protección, Conservación, Rehabilitación y Mantención de la biodiversidad local de Graneros.
Oportunidad: Posterior a la construcción, previo a la recepción final de la DOM de Graneros.
Indicador que acredite su cumplimiento Conformidad de la Dirección de Aseo y Ornato de la I. Municipalidad de Graneros. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico de las especies nativas (arbóreas y arbustivas) incorporadas en la propiedad.
Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 11 del ICE
9.4. Compromiso ambiental voluntario: Contratación de Mano de Obra Local Impacto asociado Alteración de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover la consolidación de polos de desarrollo regional y metropolitano. Brindar oferta laboral, preferente a vecinos y vecinas de la comuna de Graneros.
Descripción: Se trabajará en apoyo de la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de la Municipalidad de Graneros para priorizar verificar la contratación de mano de obra local, preferentemente vecinos u vecinas de la comuna.
Justificación: Brindar y contribuir a la oferta de empleos para hombres y mujeres, en la comuna de Graneros. Observación 9.1 del ICSARA.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizará una reunión en donde se revise que los trabajadores a contratar sean parte de la Comuna de Graneros. OMIL de la Municipalidad de Graneros
Forma: Reunión y Se publicará la oferta laboral en la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de la comuna.
Oportunidad: Previo y durante la Fase constructiva Indicador que acredite su cumplimiento Publicación del aviso laboral en OMIL de Graneros,
Papel municipal de residencia.
Forma de control y seguimiento Contratos a trabajadores pertenecientes a la Comuna. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 11 del ICE
9.5. Compromiso ambiental voluntario: Charla de Inducción Arqueológica Impacto asociado Patrimonio Histórico y Cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Resguardar el Patrimonio Histórico y Cultural.
Descripción: Se realizarán charlas de inducción -por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada actividad/faena.
Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente el informe de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que deberá incluir los siguientes antecedentes: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: - Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). - Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. - Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. - Constancia de aviso del hallazgo al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el art. 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así
Justificación: Resguardo del Patrimonio Cultural
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Obra asociada al Proyecto.
Forma: Acta de charlas de inducción arqueológica.
Oportunidad: Durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en la propiedad.
Indicador que acredite su cumplimiento Acta de charlas arqueológica de inducción (charlas correspondientes previo al inicio de la actividad/faena)
Forma de control y seguimiento Comprobantes de remisión de charlas de inducción arqueológica al Sistema de Seguimiento Ambiental RCA (SSA) de la SMA.
Remisión del Informe de cumplimiento al Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA) de la SMA en un plazo no mayor a 30 días.
Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 11 del ICE
9.6. Compromiso ambiental voluntario: entorno natural Impacto asociado Recurso hídrico
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover el uso eficiente del agua entre los trabajadores, reduciendo el desperdicio y previniendo la contaminación de canal cercano, asegurando la sostenibilidad del proyecto y el entorno.
Descripción: Se realizarán charla y talleres como estrategia de difusión, con una frecuencia de dos veces al mes de una duración de 30 minutos
Los Temas a tratar:
La importancia del agua en el contexto global y local.
Impacto ambiental del desperdicio de agua en proyectos de construcción.
Prácticas efectivas para ahorrar agua durante las actividades de faena.
Cómo las actividades humanas impactan los cuerpos de agua cercanos.
Buenas prácticas para evitar la contaminación del entorno natural.
Manejo responsable de residuos líquidos y sólidos en faena.
Medidas Específicas para Proteger el Cuerpo de Agua Cercano
- Gestión y control de residuos líquidos
Evitar vertidos:
Almacenamiento seguro de líquidos peligrosos: Contener sustancias como pinturas, solventes y combustibles en áreas impermeables y alejadas de canales.
- Diseño de zonas de limpieza controlada
Designar áreas alejadas de los canales para el lavado de herramientas, vehículos y materiales.
Uso de agua controlado:
Limitar el uso de mangueras para el lavado, optando por cubetas y herramientas de limpieza más eficientes.
- Control de escorrentía
Crear zanjas o barreras naturales para evitar que el agua de lluvia arrastre sedimentos o residuos hacia el cuerpo de agua.
Cubrir pilas de tierra, arena y materiales de construcción para evitar la erosión durante lluvias.
- Señalización y materiales gráficos
Colocar póster, infografías y señalética en áreas comunes como baños, comedores y puntos de agua.
Ubicación: Cerca de grifos, tanques y áreas de alto uso de agua.
Prohibición de vertidos en zonas cercanas al agua.
Uso responsable del agua en áreas comunes.
Indicación de las zonas de limpieza controlada.
Justificación: Contribuir y proveer un canal de comunicación con los trabajadores para aminorar el consumo de agua en faenas y evitar cualquier problema que pudiese generar el proyecto durante su construcción, referido a los canales cercanos a este.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Obra asociada al Proyecto.
Forma: Acta de charlas y talleres realizados
Oportunidad: Previo y durante la Fase constructiva Indicador que acredite su cumplimiento Cumplimiento de buenas prácticas:
Porcentaje de trabajadores capacitados y aplicando las medidas.
Reducción medible en el consumo de agua en las instalaciones.
Número de fugas detectadas y reparadas.
Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones y talleres. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 11 del ICE
9.7. Compromiso ambiental voluntario: Plan de Monitoreo Niveles de Ruido Impacto asociado Receptores, Medio humano
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inspeccionar medidas de control y de gestión de ruido descritas en el informe de ruido y vibraciones, Además medir las emisiones de ruido con el fin de verificar y corroborar que estas no superen los niveles definidos en la normativa en los receptores.
Descripción: Se realizará un monitoreo de nivel de presión durante la fase de construcción en periodo diurno en horario laboral (entre las 07:00 y las 21:00 horas, sin considerar mediciones en horario de colación o almuerzo del personal), con el uso habitual de la maquinaria ruidosa, considerando el escenario más desfavorable para todos receptores con énfasis en los receptores que presentan incumplimiento normativo sin medidas de control.
La frecuencia del monitoreo será trimestral (cada 3 meses), y se realizará mediante metodología según D.S. N°38/2011 MMA. Las mediciones deberán ser acompañadas de un informe técnico, de acuerdo con el título V art. 15 letra d) del D.S. N°38/2011, aplicando R.E. N°693/2015 SMA el cual consistirá en lo siguiente: Ficha de información de medición de ruido. Ficha de georreferencia de los puntos de medición de ruido. Ficha de medición de niveles de ruido. Ficha de evaluación de niveles de ruido según la normativa vigente
Justificación: Resguardar a los receptores más cercanos, Observación 4.27 del ICSARA.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Receptores sensibles del proyecto identificados en el estudio de ruido y vibraciones.
Forma: Se realizarán mediciones trimestrales Informes de monitoreo
Oportunidad: Se llevará a cabo durante la fase de construcción
Indicador que acredite su cumplimiento Registro de informe de monitoreo firmados por los profesionales competentes Forma de control y seguimiento Acta de registro de las mediciones realizadas.
Envío de un informe a la SMA, con los resultados obtenidos, con un plazo no mayor a 10 días hábiles, desde realizada la medición.
Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 11 del ICE
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
Actividad Sísmica, (El riesgo hace referencia a la ocurrencia de un evento sísmico de magnitud superior a 7,0 en escala de Richter y que tenga ocurrencia ambiental) Fase del proyecto a la que aplica Fases de construcción, operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Áreas de trabajo o superficie del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción:
Las estructuras y el emplazamiento de las instalaciones de faenas cumplirán con las especificaciones técnicas del proyecto las que se han definido en conformidad con normativa chilena. Se capacitar y entrenar al personal en labores de rescate y emergencia. A modo general se definirán zonas de seguridad y se elaborar un Plan de Evacuación de Emergencia para cada contrato. Se dispondrá de señalética en distintos puntos estratégicos de las partes y obras del proyecto, indicando zona de seguridad. Se realizarán simulacros al personal. Fase de operación: Conjunto Habitacional Doña Catalina de Los Río, cumplirán con las especificaciones técnicas del proyecto las que se han definido en conformidad con normativa chilena. Se contará con una brigada de emergencia acordada con la junta de vecinos del sector quienes la conformarán. Se definirán zonas de seguridad y se elaborar un Plan de Evacuación de Emergencia. Se dispondrá de señalética en distintos puntos estratégicos, indicando zona de seguridad. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas al personal. Se mantendrá la zona de seguridad despejada, limpia y bien señalizada En cuanto a la documentación estará presente en obra para su fiscalización, la que será actualizada anualmente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción y operación: Si se produce un movimiento sísmico de gran magnitud. Se dará alerta de manera inmediata, para que se active el plan de emergencia y la evacuación del personal. Paralización de toda maniobra, en el uso de maquinarias y/o equipos; a fin de evitar accidentes. De ser el caso, proceder a cortar la energía eléctrica de las faenas, talleres y toda instalación. Se activará la alarma de Sismo y se activará el sistema automático de corte de equipos necesarios en el caso de la operación del proyecto. Se suspenden las actividades en general. Se suspende el suministro de energía. Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en el proyecto. Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el sismo haya cesado, así mismo como las réplicas venideras. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante Sismo. Lo anterior se activa en caso de un evento sísmico de magnitud superior a 7,0 en escala de Richter y que tenga ocurrencia ambiental, previo evaluación interna y valoración del mismo para ser informado.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
Riesgo Desplazamiento de tierra o desprendimiento de material, (El riesgo se relaciona con un evento sísmico o lluvia abundante) Fase del proyecto a la que aplica Fases de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Zonas de acopio de tierra y acopio de materiales Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción:
Las estructuras y el emplazamiento de las instalaciones de faenas cumplirán con las especificaciones técnicas del proyecto las que se han definido en conformidad con normativa chilena. Se tendrá una zona designada para el acopio de tierra la cual estará señalizada y bien delimitada con malla para evitar la transferencia de material Al igual que las zonas de acopio de materiales, estará bien delimitada, el proyecto a demás considera una bodega central. A modo general se definirán zonas de seguridad y se elaborar un Plan de Evacuación de Emergencia para cada contrato. Se dispondrá de señalética en distintos puntos estratégicos de las partes y obras del proyecto, indicando zona de seguridad. Se realizarán simulacros al personal. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas al personal. Se mantendrá la zona de seguridad despejada, limpia y bien señalizada En cuanto a la documentación estará presente en obra para su fiscalización, la que será actualizada anualmente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción:
Ante un posible desplazamiento de material provocado por sismo o lluvia intensa, los encargados llamarán a la calma y procederán a indicar la personal que vaya a zona de seguridad Identificar zonas de riesgos ante el posible deslizamiento de tierra o desprendimiento de material, así como también las respectivas zonas seguras. Implementar malla de contención que reduzca o evite el riesgo por desprendimiento. Se dará alerta de manera inmediata, para que se active el plan de emergencia y la evacuación del personal. En la zona en cuestión. Se suspenden las actividades en general. Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en el Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un reporte para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia., el que contendrá fecha, hora, lugar, descripción de las medidas tomadas.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
Riesgo Anegamiento aguas lluvias, (El riesgo se relaciona con un fenómeno natural de mal tiempo) Fase del proyecto a la que aplica Fases de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades de construcción Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción:
Se mantendrán los sistemas de escurrimiento y canalización de aguas lluvias siempre despejados y en buenas condiciones En la instalación de faena habrá un croquis con vías de evacuación, zonas de seguridad, inundación y restricción. Se dispondrá de señalética en distintos puntos estratégicos de las partes y obras del proyecto, indicando zona de seguridad. Forma de control y seguimiento Inspecciones cada vez que haya conocimiento frente al mal tiempo, con características de temporal, se monitoreará la evacuación de aguas lluvias, se tendrá plan de acción ante inundación. Prohibir la bota de basura y residuos en obras asociadas a las descargas de estas aguas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción:
Ante un posible anegamiento, se procederá a evacuar la zona inundada. Se desconectarán los circuitos eléctricos Se llamará a emergencias o bomberos de ser necesario Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en el proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un reporte para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia., el que contendrá fecha, hora, lugar, descripción de las medidas tomadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
Riesgo Incendio en el Área en edificaciones (Considera riesgo de incendio por soldadura, por manipulación de combustible) Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a la instalación de faenas para el caso de la fase de construcción. En la fase de operación para Conjunto Habitacional Doña Catalina de Los Ríos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción y operación: El contratista o personal (según fase del proyecto) se regirá por las medidas y obligaciones establecidas por el Titular para minimizar el riesgo de incendio y las que establece la ley. Tanto en la fase de construcción, el prevencionista de riesgos realizará una inspección permanente, detectando posibles fallas en los procedimientos de manejo de estas sustancias.
Los contratistas dispondrán en las áreas de trabajos e instalación de faenas de la fase de construcción, y en la operación del proyecto, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). A su vez en la operación se instalarán sensores de detección de incendios. El contratista o personal constituirá un equipo que da respuesta a emergencias, la que se mantendrá operativa durante toda la construcción. Se escogerán los trabajadores que cuenten con las aptitudes mínimas para conformarla. Estos trabajadores serán informados de los procedimientos de Contingencia y Emergencia, además de los teléfonos de emergencia a los cuales deben dirigirse dependiendo de la situación que acontezca. Se dispondrá de extintores en cada fase del proyecto, ubicados estratégicamente. A su vez se generará de un plan de control de emergencias, conformando la cadena de mando y brigada contra incendio. Se tendrá disponible y visible el equipo de Protección Personal (EPP) cuando lo requieran las tareas que desempeñan. Se realizará capacitaciones cada 1 año, en control de incendio, uso y manejo de extintores en la fase de construcción y operación. Se tendrá de manera visible para el personal el layout del predio, tanto de la fase de construcción, operación y cierre, indicando la ubicación y tipo de sustancias peligrosas e inflamables a manejar para facilitar el control de emergencias. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las inspecciones internas que realice el prevencionista de riesgos de la empresa, que se mantendrá en obra a disposición de la autoridad en caso de que lo requiera. Además, se mantendrá un documento con la firma de los trabajadores, de charla general de riesgos, donde se indicará, entre otros, cuáles son los elementos básicos para combatir un incendio y el lugar donde estarán disponibles. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Para las fases de construcción y operación, se mantendrá las siguientes acciones: Se activará la alarma de incendio. Se dará aviso de inmediato al jefe de terreno quien informará a los encargados de prevención de riesgos y al equipo de respuesta a emergencias. Se activará el procedimiento contra incendios, que incluye la presencia del equipo de respuesta a emergencias, quienes estarán capacitados en el uso de extintores y tratarán de extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos (132) y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. Se deberá investigar las causas del siniestro.
Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado.
Se mantendrán los siguientes requisitos de seguridad: Previo a dar inicio a las actividades de revisión, se deberá comprobar si es posible acercarse al sector de siniestro. En todo momento el personal de la brigada de emergencia estará en obligación del uso de todos los EPP pertinentes: Casco clase B, Lentes de seguridad, Guantes protectores, Ropa ignifuga y Calzado de seguridad. Durante la ejecución de las actividades mantener el material y equipo organizado. Procedimiento ante la activación de alarma de incendio: - Al activarse la alarma de incendio (sonora), este es reconocida y validad por el personal, por lo que el personal de turno acudirá al lugar donde se realiza la detección para constatar el siniestro para constatar si se trata de un amago o un incendio declarado. - Proceder a reportar situación a supervisor inmediato. Caso de amago de incendio: Localizar el extintor manual más cercano, retirar el seguro de activación y usar el equipo para apagar el amago de incendio activando la palanca manual y dirigiendo la acción del extintor hacia la base de la llama hasta que se logre controlar y apagar. De ser posible, desenergizar el sector abriendo interruptores de baterías, interruptores de servicios auxiliares y desconectando el suministro de combustible. Con el amago controlado, generar reporte correspondiente y registrar incidente. Aislar la zona de afectación, contactar a contratista para evaluar daños. En caso de incendio declarado: Llamar a Bomberos a través del número 132. Activar protocolo de evacuación de emergencia. Proceder a apagado de emergencia de rama de energía asociada (previamente deberá ser validado con jefaturas en función del alcance del incendio). Despejar la zona de afectación. Validar la disponibilidad de hidrantes perimetrales asociados al sistema de extinción de incendios (usar si es necesario). Una vez controlado y apagado el incendio generar reporte correspondiente y registrar incidente. Aislar la zona de afectación, contactar a contratista para evaluar daños Una vez controlado y mitigado el siniestro, proceder a investigar las causas que originaron el incidente para su análisis, corrección y/o mejora correspondiente. Generar un informe con detalles de lo acontecido que incluya descripción y alcance de daños, cronología de eventos, registro fotográfico y plan de acción. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante Incendios, el que se sujetan a una ocurrencia tenga efectos sobre el medio ambiente, previo evaluación interna y valoración del mismo para ser informado. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
Riesgo Derrame y/o accidente de tránsito dentro y fuera del área de faenas, (El riesgo se relaciona al transporte de insumos hacia la instalación de faena o al transporte de residuos hacia los lugares autorizados de disposición final de los mismos) Fase del proyecto a la que aplica Fases de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades de construcción Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción: Si el evento se produce fuera de la instalaci n de faena:
Los camiones que transporten materiales o residuos ser n revisados constantemente tanto mec nica como f sicamente, contando en todo momento con su revisi n t cnica al d a. Las cargas ser n bien estibadas y adem s los camiones contar n con lonas que ir n al ras del borde de la tolva, jam s llevar n cargas que sobrepasen dichos bordes. Los choferes de los camiones deber n contar con sus licencias de conducir al d a. Los camiones contar n con un kit de emergencia, el cual contendr extintor, material absorbente, luces de emergencia y se al tica de emergencia.
Si el evento se produce dentro de la instalaci n de faena: Se controlar la velocidad a la que transitan los veh culos al interior de la instalaci n de faena a trav s de la implementaci n de se al ticas. Dentro de la instalaci n de faena se mantendr material absorbente o contenedor. Forma de control y seguimiento En la porter a de la instalaci n de faena habr un encargado de revisar que los camiones que entren o salgan cuenten con sus respectivas carpas o lonas y que la tolva se encuentre limpia, sin signos de percolaci n. En este punto es importante mencionar que existir dentro de la IF un lavado de neum ticos de camiones, con el fin de no ensuciar las calles aleda as al rea de emplazamiento del Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción: En caso de generarse un derrame:
El chofer con el peoneta proceder n a contener el derrame con el material absorbente. Posteriormente dar n aviso de lo sucedido al administrador de la obra y al prevencionista de riesgo describiendo el hecho, el lugar en donde ocurri , el material o residuo derramado y en base a ellos se activar n las acciones a seguir. Las acciones por seguir depender n de la envergadura del derrame, estas acciones pueden incluir, evaluaci n de la situaci n en terreno, limpieza exhaustiva de la zona en donde se produjo el derrame, retiro del material o residuo derramado para su posterior disposici n final en sitio autorizado, aviso y coordinaci n con la Direcci n Regional de Vialidad. Adem s, se deber investigar la causa que ocasion el derrame y en base a ello emitir un informe a las autoridades
En caso de un accidente de tr nsito: El chofer o peoneta proceder n a avisar a carabineros y/o ambulancia si corresponde, adem s deber n comunicar lo
ocurrido al administrador de la obra y al prevencionista de riesgo. Si con ocasi n del accidente se produce un derrame se aplicar n las medidas descritas en el apartado anterior. Si debido al accidente se ocasionaran da os en la v a p blica y la responsabilidad sea del chofer del cami n trasportador, el titular responder . Una vez pase la emergencia se averiguar la causa del accidente y se generar un informe para enviar a las autoridades correspondientes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un reporte para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia., el que contendrá fecha, hora, lugar, descripción de las medidas tomadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
Riesgo Atracción de vectores, generación de olores molestos, etc, por deficiente manejo de Residuos domésticos e industriales no peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada al área de almacenamiento temporal de residuos domésticos e industriales no peligrosos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción y operación. Se realizarán capacitaciones a los trabajadores, con el objetivo principal de entregar indicaciones sobre el correcto manejo y acopio temporal de los residuos industriales no peligrosos y domésticos. El almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y domésticos estará ubicado en zonas donde se reduzcan los riesgos por posibles emisiones, fugas e incendios; Lo residuos sólidos domésticos serán almacenados en contenedores y tambores herméticamente cerrados y lavables, evitando las posibles emisiones de material particulado, de olores molestos, de efluentes líquidos y la atracción de vectores sanitarios; Los residuos sólidos industriales no peligrosos, serán debidamente almacenados, segregados y dispuestos en tambores o en superficie de acuerdo con la clasificación de estos; Se deberá evitar la acumulación de residuos sólidos domésticos, para evitar la generación de malos olores y la atracción de vectores; Instalar señalética adecuada en los sectores de acopio temporal, tanto de residuos domésticos como residuos industriales no peligrosos; y Contar con sistemas de extinción de incendios y equipos de seguridad para atención de emergencias, acordes con el tipo y la cantidad de los residuos almacenados. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro con el listado y firma de asistencia de los trabajadores a charla acerca de las medidas de seguridad a adoptar para evitar riesgo con residuos domésticos e industriales. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción y operación: En el caso de detectar vectores, olores molestos, lixiviados o en mal estado el personal dará aviso de inmediato al jefe
de terreno quien informará a los encargados de prevención de riesgos y al equipo de respuesta a emergencias, para evaluación y correspondiente accionar. Dependiendo de la magnitud del evento, paralizar inmediatamente las obras aledañas a la emergencia y si es pertinente evacuar al personal hasta áreas seguras. Activar el Plan de Comunicaciones, que especifica, según la magnitud de la situación, a quienes informar. Emanación de olores En caso de detectarse un aumento de los olores en el área que no sea en el área de almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos, se procederá a la inspección de la zona involucrada y su correspondiente limpieza. Proliferación de vectores sanitarios En caso de existir una proliferación de vectores, específicamente en lo que se refiere a una propagación excesiva de moscas, provenientes de la zona de almacenamiento de residuos, se tomarán las siguientes medidas: Se solicitará el retiro inmediato por parte de un camión autorizado de los residuos involucrados. Se reforzará la limpieza y barrido de las zonas involucradas, a modo de eliminar cualquier trozo de material, donde las larvas de moscas puedan refugiarse y cumplir su ciclo de propagación. Fumigación de las instalaciones con insecticidas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se evaluar la magnitud del incidente, y en caso de que su valoración sea de magnitud se activar el plan de emergencia. Se dar aviso a la SMA una vez que se haya atendido la emergencia y se preparar un informe preliminar del procedimiento realizado. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
Riesgo Derrame de residuos o sustancias peligrosas Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a las áreas de almacenamiento Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Respecto al almacenamiento de combustible, se contempla la implementación de una bodega de combustible en obra conforme a las condiciones indicadas en el artículo 52° del D.S: N°43/2016 del MMA:
-. Bodega auto contenida, con piso de pendiente no inferior a 0,5% que permita el escurrimiento del derrame hacia una zona de acumulación o con contención perimetral a través de soleras y/o lomos de toro. - Sistema de recolección conectado a una cámara de contención estanca la que tendrá un volumen equivalente al 110% del envase de mayor capacidad, con un mínimo de 1,1 m3.
En el caso de almacenarse sustancias incompatibles, se deberá contar con sistemas de contención separados. Adicionalmente, tanto las bodegas que almacenen líquidos como sólidos, deberán contar con agentes de
Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación:
Las sustancias peligrosas se almacenarán en una bodega que cumpla con las directrices del D.S. N°43/2016 del MINSAL, Reglamento de Sustancias Peligrosas. Estos productos químicos serán entregados con control de bodega, en porciones debidamente conferidas bajo registro. Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas. Los tambores de aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de estos, por efecto del contacto directo entre los tambores y el suelo. Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. Los recintos de acopio de estas sustancias contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados, para su posterior disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores. Se mantendrá un registro (en español) de las sustancias almacenadas, que estará a disposición del personal autorizado para ingresar a las bodegas, organismos externos y personal de bomberos. Este registro estará de acuerdo con lo establecido en la NCh 382 Of2004 o la que la sustituya. Croquis con la ubicación de las sustancias al interior de la bodega. Para los residuos peligrosos, se contará con una bodega de RESPEL, que dará cumplimiento a las directrices establecidas en D.S. N°148/03 del MINSAL. Forma de control y seguimiento Se mantendr un registro con el listado y firma de asistencia de los trabajadores a charla acerca de las medidas de seguridad a adoptar en caso de derrame de sustancia y/o residuos peligrosos y se informar del lugar y tipo de elementos para la contención de derrames. Además, se instruir acerca de la manipulación y almacenamiento de este tipo de sustancias. Capacitación en la fase de construcción cada 6 meses. Duración: mínimo 40 minutos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de Construcción. Para el caso de derrames de sustancias o residuos peligrosos al suelo, se aplicará como mínimo: Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea esta causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización. Detectado el punto de fuga este será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo. Como acción inmediata de precaución se aislará el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones. Si la contaminación es provocada por una fuga en maquinaria o equipo, se procederá a tratar de sellar esta fuga mediante la aplicación de una cinta de goma o
similar, si esta no es capaz de controlar la fuga se detendrá el uso del equipo o maquinaria o se enviará a taller autorizado para su revisión y control. Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS N°148/03, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos: Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y debidamente autorizada. Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro. En caso de derrame de gran magnitud se procederá a contactar al personal especializado (sección 1 y 4 de Hoja de Datos de Seguridad), además: o CITUC, 2 2247 3600 (Emergencias químicas) o Bomberos, fono 132 Mantenga aislada la zona afectada del derrame, evacuando al personal que no presta un apoyo especializado en la emergencia. En caso de que ocurra alguna afectación o contaminación a las napas subterráneas, (solo si la magnitud es evaluada de mayores envergaduras), se informará de inmediato a la SMA, en un plazo no mayor a 24 horas, señalando lo siguiente: - Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento, como también los principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado, como también el resultado de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. - En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobada por la autoridad (sólo en casos de accidentes).
Adicional a lo anterior, el titular procederá a lo siguiente:
a. Identificar los puntos de agua subterránea a muestrear (pozos existentes dentro o en las proximidades del área de proyecto). Deberá señalar las Coordenadas UTM (m) Datum WGS84 de cada punto, los cuales deben ser representativos del área de proyecto y representarlas en archivo digital kmz. b. efectuar un monitoreo inicial del agua subterránea, tanto de nivel freático como calidad físico- química, considerando los parámetros de la NCh 409
incluyendo Hidrocarburos totales, Aceites y Grasas, pH, Temperatura, Conductividad Eléctrica. c. Se realizará un monitoreo al inicio, y luego cada dos semanas, hasta que se dé por terminada la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Luego de dar aviso a las autoridades competentes, dependiendo del tipo de derrame, se realizar un informe preliminar que se entregar a la SMA con el procedimiento de contención, material utilizado y lugar de disposición final de los residuos producidos en la acción de contención. Se evaluar la magnitud del incidente, y en caso de que su valoración sea de magnitud se activará el proceso de información. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
Riesgo Alteración accidental de hallazgos o sitios arqueológicos y/o paleontológicos no previstos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimiento de Tierras de la fase de construcción. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se informará a los trabajadores del cuidado ante un posible hallazgo. Se capacitará al personal con el objetivo de poder identificar posibles hallazgos. Se comunicará el plan de acción ante un hallazgo y su normativa asociada. Forma de control y seguimiento Capacitación al personal. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Si en el transcurso de la construcción, se encontrasen evidencias como artefactos, utensilios, completos y/o fragmentados, y que potencialmente hacen presumir que corresponden a restos arqueológicos, se actuará de la siguiente manera: Detener los trabajos y/o obras que se estuvieran ejecutando en terreno. Aislar el área donde se encuentren los restos arqueológicos y/o paleontológicos por medio de una cinta o cerco perimetral, cuando las condiciones del hallazgo lo ameriten. Registro preliminar fotográfico y de georreferencia satelital (GPS, Datum WGS84, Sur, Huso 19). Los encargados o responsables de los trabajos y/obras de terreno deberán informar a sus autoridades superiores, quienes deberán contactarse con una autoridad competente en la materia a nivel local o regional. Las regiones cuentan con visitadores especiales regionales del Consejo de Monumentos Nacionales, los que a su vez forman parte de una Comisión Regional de este Consejo Se debe solicitar una inspección visual de los hallazgos a este visitador, y de acuerdo con la importancia de estos, se establecerán las acciones necesarias para su conservación (registro pormenorizado, prospección, sondeo de excavación, y salvataje de ser necesario). Los resultados de este proceso deben formalizarse mediante un documento (informe). Dependiendo de las recomendaciones del especialista o Visitador, implementar recomendaciones: prospección
sistemática, excavaciones, levantamiento de proyecto de puesta en valor, museo de sitio, y todas aquellas en el ámbito de la conservación y uso público del patrimonio cultural. En caso de hallazgo, distinto a los registrados en la línea de base de arqueología, durante la realización de las actividades del Proyecto, se procederá de acuerdo con lo señalado en este cuerpo legal, siendo la primera medida la detención de las obras en el área del hallazgo, de acuerdo con las exigencias establecidas por la Ley N°17.288 Monumentos Nacionales y su reglamento. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante algún hallazgo se dará aviso a la SMA y CMN. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
Riesgo Posible afloramiento de napa Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimiento de Tierras Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Previo al movimiento de tierras, se llevará a cabo una capacitación el personal, con el objetivo de prevenir un mal uso de la maquinaria que pueda generar un posible afloramiento. Forma de control y seguimiento Capacitación al personal. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. De manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de
que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 horas. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de que ocurra la emergencia, se dará aviso a la SMA, y se llevara el registro de todas las acciones para su resolución inmediata. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
Riesgo Posible escurrimiento de aguas residuales a alcantarillado o cursos de agua (riesgo asociado a condiciones meteorológicas de la zona) Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fase constructiva en donde se estará construyendo las obras de alcantarillado Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Previo a las obras a realizar cercana a los cauces colindantes, se instalará cierre perimetral. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico del cierre perimetral Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante el potencial escurrimiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, Se deberá considerar las siguientes actividades: Descripci n del accidente, indicando lugar, identificaci n de la sustancia o elemento, rea de influencia, duraci n y magnitud del evento y principales impactos ambientales. Detalles de cada acci n y medidas implementadas durante el evento de contaminaci n. Evaluaci n de los efectos sobre los recursos h dricos superficiales afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el rea de influencia. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminaci n de la zona, metodolog a, y evaluaci n de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad (s lo en caso de accidentes)
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de que ocurra la emergencia, se dará aviso a la SMA, y se llevara el registro de todas las acciones para su resolución inmediata. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
Contaminación de suelo por derrame de insumos, contenido de baños químicos o combustibles agua (riesgo asociado a la mala manipulación por parte del personal o por mal estado de los contenedores de sustancias) Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades de construcción Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se deberá considerar las siguientes actividades: Los elementos que contengan productos que puedan derramarse se ubicar n en zonas impermeabilizadas o en terraplenes, para evitar en caso de derrame, el contacto directo con el suelo. Revisi n peri dica de los contenedores de sustancias, asegur ndose que est n bien cerrados y en buenas condiciones. Revisi n y mantenci n peri dica de los ba os qu micos (por una empresa autorizada). Revisiones t cnicas y mantenciones al d a, de veh culos y maquinarias. Se capacitar al personal respecto de la forma de proceder ante un derrame Forma de control y seguimiento Limpieza y retiro peri dico del contenido de los ba os qu micos. Se mantendr n en distintos puntos de la obra recipientes con arena y/o aserr n para contener posibles derrames. Se har n recambios de envases cuando sea necesario. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se deberá considerar las siguientes actividades: En caso de derrame, se proceder a contener el l quido o sustancia con material absorbente Una vez contenido el l quido o sustancia, se eliminar el material absorbente como residuo asimilable a domiciliario o peligrosos, seg n corresponda. Si el material derramado tiene caracter sticas inflamables, se deber retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado, evitando en todo momento cualquier fuente de calor o que genere chispas. Posteriormente se limpiar la zona del derrame, esta acci n puede ser manual o mec nica dependiendo de la envergadura del derrame y siempre se llevar a cabo utilizando los EPP correspondientes a dicha acci n. Finalmente, se investigar cuál fue la raz n por la cual ocurri el derrame para tomar las medidas necesarias para evitar un nuevo derrame y posteriormente se comunicar a la Superintendencia de MA, lo anterior en un plazo no superior a 15 d as. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de que ocurra la emergencia, se dará aviso a la SMA, y se llevara el registro de todas las acciones para su resolución inmediata. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios (riesgo asociado por mal estado de los contenedores y/o exceso de la capacidad del contenedor) Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades de construcción Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se deberá considerar las siguientes actividades: Se usarán contenedores y basureros dispuesto las informaciones técnicas del PASM 140, Se deberá mantener los basureros con bolsas plásticas Revisar constantemente las condiciones de los contenedores. Forma de control y seguimiento Retiro de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios 3 veces por semana por el servicio de aseo de la I. Municipalidad de Graneros Recambio de contenedores y basureros en mal estado. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se deberá considerar las siguientes actividades: Al producirse un derrame o percolaci n: Se proceder a contener dicho derrame o percolaci n con material absorbente, si corresponde, posteriormente el material contenedor ser dispuesto seg n corresponda. Se cambiar el contenedor o basurero defectuoso Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de que ocurra la emergencia, se dará aviso a la SMA, y se llevara el registro de todas las acciones para su resolución inmediata. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo AC-07. Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda Complementaria.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
15 Doña Catalina de Los Ríos todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
Doña Catalina de Los Ríos
2°. Certificar que el proyecto Doña Catalina de Los Ríos cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto Doña Catalina de Los Ríos cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 156 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Doña Catalina de Los Ríos circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
7°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 el presente acto.
8°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.