Evaluación SEA

Parque Solar Cañal Bajo

Rol 2160544187
SEA · DIA · Aprobado · 2025-01-14 · Región de Los Lagos · Blue Light Energy SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS

CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “PARQUE SOLAR CAÑAL BAJO”, DE BLUE LIGHT ENERGY SPA

RESOLUCIÓN EXENTA

Puerto Montt

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 26 de abril de 2024 y su Adenda Complementaria de 29 de noviembre de 2024, del proyecto “Parque Solar Cañal Bajo”, presentado por Blue Light Energy SpA con fecha 17 de noviembre de 2023.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3. del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto. 3°. El Acta de Evaluación de la sesión del Comité Técnico de la Región de Los Lagos, realizada el 16 de diciembre de 2024. 4° El ICE número 202410109131 de la DIA del proyecto “Parque Solar Cañal Bajo”, de fecha 19 de diciembre de 2024.

5°. El Acuerdo de fecha 30 de diciembre de 2024 de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Solar Cañal Bajo”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N°119046/146/2022 de fecha 03 de marzo de 2022 del director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental sobre nombramiento de director regional del Servicio para la Región de Los Lagos; y la Resolución Nº7 de 2019, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Blue Light Energy SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Solar Cañal Bajo” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Tabla 1. Antecedentes del titular Nombre o razón social Blue Light Energy SpA RUT 76.321.718-3 Domicilio Alonso de Córdova #5900 of 603 piso 6, Las Condes Teléfono +569 9753 8070 Nombre de representante legal César Humberto Moreno Arredondo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422 Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 10-01-2025 15:43:29:708 UTC -03:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 10-01-2025 15:43:30:149 UTC -03:00 Razón: Lugar:

RUT Representante legal 17.037.217-4 Domicilio del representante legal Alonso de Córdova #5900 of 603 piso 6, Las Condes Teléfono +569 9753 8070 Correo electrónico Titular o representante legal cmoreno@ble.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 19 de diciembre de 2024, el director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto por cuanto da cumplimiento a la normativa ambiental vigente y ha acreditado adecuadamente que no genera los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión del 30 de diciembre de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Solar Cañal Bajo”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 19 de diciembre de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo producir energía eléctrica e inyectarla al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) empleando la radiación solar como fuente de Energía Renovable No Convencional (ERNC), a través de la operación de un parque fotovoltaico compuesto por 19.710 paneles fotovoltaicos de una potencia bruta individual de 670 watts, que en su conjunto y bajo determinadas condiciones, totalizaría una potencia a inyectar de 9,00 (MWac). Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Tipología principal de ingreso al SEIA: c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW Vida útil 26 años Monto de inversión USD $ 27.000.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La primera actividad que marcará el inicio de la ejecución del Proyecto corresponde la habilitación de terrenos y caminos asociados al área de Proyecto, en conjunto con la instalación de faenas y el cerco perimetral. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

X Proyecto modifica otra RCA Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se ubicará en sector rural cercano a sector de Barro Blanco y Cañal Bajo de la comuna de Osorno, Provincia de Osorno, en la Región de Los Lagos. Descripción de la localización El lugar de emplazamiento del proyecto se caracteriza por ser un predio privado con caminos de accesos en buen estado y cercano a subestación de conexión. Superficie El proyecto para su ejecución considera como Superficie Total 15.24 hectáreas (ha), la cual se comprende de: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

_ Caminos internos y perimetrales 1,6773 ha _ Paneles Solares 13,297 ha _ Transformadores 0.009 ha _ Sistema B.E.S.S 0.143 ha _ Áreas temporales 0.109 ha Coordenadas UTM en Datum WGS84 Tabla 1: Coordenadas de Acceso

Fuente: Tabla 5 de la DIA

Cabe señalar que en la tabla 6 del Cap. 1 de la DIA se entregan las coordenadas correspondientes al área de emplazamiento de proyecto. Caminos de acceso Para ingresar al Proyecto, se utilizarán tres accesos directos por la ruta U-175 DM 1.227,00 m; y se cuenta con la solicitud de factibilidad a la Dirección de Vialidad del MOP. Referencia al ICE Punto 4.1. del ICE

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Obra 1 Instalación de Faenas Acción 1 Escarpe y preparación del terreno Acción 2 Cerco Perimetral Acción 3 Transporte Acción 4 Lavado de Camiones Obra 2 Caminos Perimetrales Obra 3 Construcción de Infraestructura Obra 4 Canalización Eléctrica Obra 5 Zanjas para cables subterráneos de baja tensión Obra 6 Zanjas para cables subterráneos de media tensión Obra 7 Hincado e instalaciones elementos del parque fotovoltaico Obra 8 Marcha Blanca Acción 1 Pruebas: Terminación mecánica, Puesta en marcha, Pruebas de rendimiento Obra 9 Desmontaje de obras provisorias Emisiones y efluentes Se detalla lo concerniente a emisiones atmosféricas, emisión material particulado, gases; emisiones líquidas generadas en esta etapa y lo relativo a las emisiones acústicas que tiene especial interés en esta fase, todo esto desarrollado en el punto 4.6.4.1. del ICE. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Se entrega mayor detalle sobre los residuos a generarse en el proyecto en ICE, en punto 4.6.5.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.6. del ICE 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Obra 1 Instalación infraestructura asociada al Parque Solar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Acción 1 Operación de paneles fotovoltaicos Acción 2 Operación Centros Transformadores Acción 3 Operación Sistema de Almacenamiento de Energía por Baterías Acción 4 Mantenciones que se realizan en fase de operación Obra 2 Caseta de transferencia Obra 3 Estanque de almacenamiento de agua Obra 4 Fosa Séptica Obra 5 Bodega RESPEL Productos generados El Proyecto producirá energía eléctrica por medio de la instalación de 19.710 paneles fotovoltaicos, y tendrá una potencia instalada de 13,206 MWdc que será incorporada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), la evacuación se generará desde la planta fotovoltaica de forma directa a la línea de Media Tensión existente. Recursos naturales renovables Detalle en el ICE en el punto 4.7.4. Sobre Emisiones, efluente Se entrega mayor detalle sobre emisiones y efluentes generados en la etapa de operación en el ICE, en punto 4.7.5. Otras emisiones y residuos generados en el proyecto Mayores antecedentes e información en el punto 4.7.6 del ICE.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.7. del ICE 4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Instalación de Faenas: La ubicación de instalación de faenas para el desmantelamiento del proyecto coincide exactamente con la ubicación de la instalación de la fase de construcción, lo que supone que se aprovecharán las zonas utilizadas en construcción.

Desconexión: En esta fase se procederá a un desconectado general para que no circule corriente y se puedan realizar los siguientes procesos sin riesgo para los distintos trabajadores. Para ello, se realizará la desconexión manual de los elementos como primera medida. Esta fase la realizará una empresa especializada en instalaciones eléctricas ya que al estar trabajando con altos voltajes los trabajadores han de conocer las precauciones para tener en cuenta a la hora de realizar este tipo de operaciones. Esta operación será coordinada y supervisada por el propietario del alimentador.

Desmantelamiento de edificaciones: Ya que este tipo de edificaciones modulares son susceptibles de reutilización se contactará con una empresa autorizada para su reciclaje o reutilización. Las edificaciones se retirarán con la ayuda de un camión pluma que llevará los contenedores a su destino final.

También considera la desmantelación de: _ Paneles y Estructuras _ Cableado _ Elementos de Hormigón

Caminos interiores: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Se evaluará en su caso la conveniencia de mantener los caminos interiores, de acuerdo con el uso futuro del área del Proyecto. En caso contrario éstos serán escarpados y des compactados por medio de una desoladora de 25 – 35 cm, de forma de restituir el área a condiciones topográficas iniciales y permitirá la restauración del suelo a una condición similar a la original. Restauración El Proyecto no considera acciones de restauración de la geoforma o morfología, ya que no se realizarán grandes modificaciones a la morfología en el área durante las fases de construcción y operación. Se realizarán nivelaciones, cimentaciones y excavaciones de zanjas para el paso del cableado de media y baja tensión, donde se mantendrá la estructura del suelo.

Por su parte, los paneles solares serán soportados sobre seguidores, los cuales se encuentran anclados en el suelo mediante hincado directo. Considerando lo indicado, el montaje de los paneles solares no generará perturbación de la morfología del terreno por su emplazamiento, por lo que no hay una afectación al componente.

Cabe señalar que los paneles son instalados manteniendo corredores de hasta 8 metros entre ellos, por lo que no se impide la entrada de la luz y el agua de la lluvia, lo que, sumado a la no utilización de productos químicos, favorece la proliferación de vegetación y el servicio ecosistémico que brindan como alimento para polinizadores, y no cambian las características del suelo.

Con estos antecedentes, no se prevén restauraciones de la morfología del suelo relevantes, y sólo se considera el retiro de los seguidores y hormigón de cimentación en caso de utilizar, para dejar el terreno en las mismas condiciones, restaurando la geoforma levemente alterada al finalizar la etapa de cierre, mediante la ejecución de las siguientes acciones:

• Retiro de todos los elementos metálicos y en desuso para su reutilización, reciclaje o disposición en un lugar autorizado.

• Respecto al cableado que se encontrará en canalizaciones superficiales en la fase de cierre será removido del suelo, posterior a lo cual el sustrato removido será reincorporado considerando colocar la primera capa de suelo removida en igual orden al momento de rellenar las zanjas, para asegurar la conservación del suelo. • Subsolado del suelo, actividad alternativa a nivel predial para favorecer diversas propiedades físicas del suelo tras el uso de diversas herramientas como: arado subsolador, tridente u otros, con la finalidad de generar una ruptura de los agregados del suelo, que a su vez generará una mayor macroporosidad o espacios porosos, también favorecer el desarrollo de raíces junto con su profundidad electiva, y por último disminuir la resistencia mecánica del suelo. Mantención, conservación y supervisión No es previsible debido a la naturaleza del proyecto, pero en caso de ser necesario, se realizará un calendario de visitas de inspección al área del Proyecto luego de su cierre y abandono para supervisar y verificar el estado del terreno, a partir de lo cual se podrán establecer, en conjunto con la autoridad ambiental, posibles acciones para su mantención y conservación.

Se destaca que este punto será abordado en el Plan de Cierre específico que el titular entregará a la autoridad antes de comenzar la Fase de Cierre y Abandono, en donde se indicará en detalle las actividades y forma en que se lleve a cabo esta fase. En resumen, la desconexión de todos los equipos eléctricos se hará manualmente, junto con el desmontaje de los componentes, apilamiento y carga de las piezas a camiones.

Cabe destacar que el método o planificación de trabajo consiste en términos generales en reutilizar todo material reciclable que se encuentre en el parque, es decir: reciclaje total de los componentes de los paneles que ya no estén en condiciones de generar energía; reciclaje y reutilización de todo el equipamiento eléctrico que esté en condiciones de seguir operando; y reciclaje de este mismo tipo de material que ya no esté apto según su vida útil. Se entregará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), o a la entidad que cumpla similares funciones a la fecha de cierre del Proyecto, un informe con los registros, planimetrías y cubicaciones asociadas a las actividades de cierre a fin de acreditar la realización de la actividad y el éxito de éstas. Para cada actividad antes mencionada el medio de registro serán las guías de despacho del transportista, cuya copia quedará archivada en la carpeta de registros de disposición de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

materiales y equipos de la fase de cierre. Además, se mantendrá un registro físico de las actividades de la fase de cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.8. del ICE

Tabla 4.4. Cronología de las fases del proyecto o actividad 4.4.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Octubre 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio de escarpe e instalación de faenas

Fecha estimada de término Abril 2026 Parte, obra o acción que establece el término Levantamiento instalación de faenas

4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Abril 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Conexión a la red eléctrica

Fecha estimada de término Abril 2051 Parte, obra o acción que establece el término Notificación al CEN del cese de inyección de energía

4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Abril 2051 Parte, obra o acción que establece el inicio Desconexión definitiva de la red eléctrica

Fecha estimada de término Octubre 2051 Parte, obra o acción que establece el término Levantamiento de instalación de faenas

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Alteración calidad de vida por ruidos molestos Parte, obra o acción que lo genera Todo el proyecto relacionado con generación de emisiones acústicas durante la etapa de construcción y cierre. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.1. del ICE Esta Comisión en base a los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental del proyecto, los cuales se resumen en el capítulo 6.1. del ICE, concluye que el proyecto no genera riesgo para la salud de la población. Lo anterior debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. Específicamente se destacan las medidas a adoptar para dar cumplimiento a los estándares normados respecto de las emisiones acústicas tanto en la fase de construcción como de cierre del proyecto. Así mismo se destaca el Compromiso Ambiental Voluntario condicionado por parte de la SEREMI de Medio Ambiente de manera de acreditar la supresión de polvo en un 95% durante la etapa de construcción del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental _ Alteración Calidad del aire _ Alteración de los cauces cercanos _ Potencial contaminación del agua superficial y subterránea _ Alteración en ecosistema de fauna terrestre Componente ambiental afectado Aire, agua, biota terrestre. Parte, obra o acción que lo genera Todo el proyecto Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.2. del ICE Esta Comisión da especial atención a los posibles anegamientos y alteración en los cauces, ya sea por aumento de escorrentía como por alteración en la calidad de las aguas, para lo cual durante la evaluación ambiental se procede a reducir el número de paneles restringiendo la superficie del proyecto, dejando así un perímetro desde el borde perimetral del proyecto respecto de cauces cercanos, protegiendo también la formación de humedal colindante al área de emplazamiento del proyecto. En base a los antecedentes expuestos en el capítulo 6.2. del ICE, se concluye que no se generarían efectos significativos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire considerando las obras, acciones y emisiones generadas por el proyecto.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No se identifica impacto Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.3. del ICE Esta Comisión ha considerado y concluye que el proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en ninguna de sus fases. Lo anterior en base a lo indicado en el cap. 6.3. del ICE.

5.4. INEXISTENCIA DE LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental _ Potencial afectación a humedal Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.4. del ICE Esta Comisión concluye en base a lo señalado en el capítulo 6.4. del ICE que no existen poblaciones, recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, ni humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como también concluye que el lugar de emplazamiento del proyecto no se afecta el valor ambiental del territorio.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No se identifica impacto Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.5. del ICE Esta Comisión concluye en base a lo indicado en el capítulo 6.5. del ICE que con el proyecto no se ha de generar alteración significativa del valor paisajístico y turístico de la zona, ya que las obras del Parque Solar Cañal Bajo no intervienen u obstruyen la visibilidad, ni se emplaza en una zona con valor paisajístico. Cabe señalar que mayores antecedentes se encuentran en el expediente de evaluación ambiental y en el ICE en el cap. señalado.

5.6. SOBRE LA INEXISTENCIA DE ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Impacto ambiental _ No se identifica impacto ambiental sobre este componente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.6. del ICE Esta Comisión concluye que el proyecto no genera efectos negativos sobre monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general sobre los pertenecientes al patrimonio cultural. Todo lo anterior se ve reforzado por el cumplimiento de compromisos ambientales voluntarios.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. Permisos Ambientales Sectoriales mixtos

Tabla 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o privada destinada a la evaluación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza”, establecido en el artículo 71 letra b) primera parte, del DFL N°725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Tratamiento de aguas servidas mediante fosa séptica. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Detalle en la tabla 9.2.1. del ICE.

Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento conforme de la SEREMI de Salud a través de Ord. N°21865 de fecha 5 de diciembre de 2024.

Tabla 6.1.2. Permiso construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y/o cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto generará residuos sólidos domiciliarios y residuos industriales sólidos no peligrosos que requerirán ser acumulados transitoriamente en lugares especialmente habilitados. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Detalle en la tabla 9.2.2. del ICE.

Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento conforme de la SEREMI de Salud a través de Ord. N°21865 de fecha 5 de diciembre de 2024.

Tabla 6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Todas sus fases Parte, obra o acción a la que aplica En todo el proyecto se generarán residuos peligrosos que requerirán ser acumulados transitoriamente en lugares especialmente habilitados. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Mayores antecedentes en tabla 9.2.3. del ICE Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento conforme de la SEREMI de Salud a través de Ord. N°21865 de fecha 5 de diciembre de 2024

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Tabla 6.1.4. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Se deben tener en consideración las especies de baja movilidad que fueron registradas en área de proyecto, principalmente la herpetofauna (anfibios y reptiles). De lo anterior, el permiso aplica y sus antecedentes se presentan en el Anexo 4.4 de la DIA y Anexo 3.4 de la Adenda. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Mayores antecedentes en tabla 9.2.4. del ICE

Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento favorable a través de Ord. N°752 de fecha 4 de junio de 2024 del Servicio Agrícola y Ganadero.

Tabla 6.1.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del RSEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto “Parque Solar Cañal Bajo” requerirá instalaciones, temporales y permanentes, correspondiente a construcciones de equipamiento (infraestructura eléctrica) fuera de los límites urbanos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Mayores antecedentes en tabla 9.2.5. del ICE.

Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento conforme de:

_ SEREMI de Agricultura a través de Ord. N°101 del 24 de mayo de 2024. Señala que el titular debe realizar el monitoreo propuesto por el SAG en cuanto a la colisión de aves, el cual es presentado en Adenda. (Se presenta este CAV en Tabla 9.3. de la presente Resolución)

_SAG a través de Ord. N°752 de fecha 4 de junio de 2024 El otorgamiento del PAS 160 estará condicionado a la presentación del acuerdo y compromiso formal entre el titular y el beneficiario para la ejecución del CAV, asociado a la compensación del componente suelo, el cual es presentado en Anexo 4.4. del Adenda Complementaria.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto

Tabla 7.1.1. Norma D.S. N°100/2005, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, “Constitución Política de la República de Chile”. Componente/materia: Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento El proyecto se ajustará a las disposiciones de la Constitución Política. Al someter la Declaración de Impacto Ambiental al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) para su evaluación y aprobación, en conjunto con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

asegura el cumplimiento de las garantías constitucionales correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde al ingreso del presente Proyecto al SEIA. Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprueba el Proyecto. Forma de control y seguimiento Proceso de evaluación ambiental en la página del proyecto en el SEIA.

Tabla 7.1.2. Norma Ley N°19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA) y su modificación Ley N°20.417. Componente/materia: Medio Ambiente e Institucionalidad vigente Otros cuerpos legales asociados D.S. N°40/2012 MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reg. del SEIA) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento El Titular del proyecto se someterá al SEIA, a fin de obtener la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental (RCA), para lo cual se elabora la presente DIA que se presenta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde al ingreso del presente Proyecto al SEIA. Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprueba el Proyecto. Forma de control y seguimiento La obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, que aprueba ambientalmente un proyecto, para lo cual se debe dar pleno cumplimiento a las exigencias establecidas en esta Ley, permitiendo al Estado su fiscalización.

Tabla 7.1.3. Norma D.S. N°40/2012 MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA) Componente/materia: Medio Ambiente e Institucionalidad vigente Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°40/2012 MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reg. del SEIA) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento El Titular del proyecto se someterá al SEIA, a fin de obtener la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental (RCA), para lo cual se elabora DIA que se presenta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, cumpliendo con los contenidos e información correspondiente y exigida por el citado decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Corresponde a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, ya que esta se otorgará siempre que se acredite mediante la DIA, el cumplimiento de la normativa aplicable y la ausencia de los efectos, características y circunstancias constitutivas de Impacto Ambiental Significativo. Forma de control y seguimiento Proceso de evaluación ambiental en el SEIA y específicamente la obtención de la RCA.

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Tabla 7.1.4. Norma D.F.L. N°4, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. Nº 1/82, Ley General de Servicios Eléctricos Componente/materia: Medio Ambiente e Institucionalidad vigente Otros cuerpos legales asociados D.S. N°40/2012 MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reg. del SEIA) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento El proyecto consiste en la construcción de una central fotovoltaica cuya finalidad es dar seguridad en el abastecimiento y distribución eléctrica del Sistema Energético Nacional (SEN). Todas las especificaciones técnicas del Proyecto, así como su ejecución, operación y mantenimiento se ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes. Indicador que acredita su cumplimiento El Titular dará cumplimiento a estas disposiciones y demás normas sectoriales aplicables solicitando los permisos, autorizaciones y cumpliendo los requisitos que corresponde en cada caso. Forma de control y seguimiento Se realizarán los avisos correspondientes, se designará a un encargado para verificar su cumplimiento.

7.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto

Tabla 7.2.1. Norma Decreto Nº1 Reglamento de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC, del 5 de mayo de 2013 del Ministerio de Medio Ambiente Componente/materia: Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras y acciones asociadas a la circulación de vehículos, maquinarias y camiones. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cargará los reportes asociados a los residuos, para lo cual previamente a la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: - Designación del encargado de establecimiento - Acceso a la plataforma virtual del RETC con RUT de Titular; y - Carga al sistema en formato digital del poder notarial y fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder notarial. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será cuando se cuente con el comprobante de ingreso electrónico al RETC y junto al poder, la cedula de identidad del encargado y el comprobante en formato físico, se presenten en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema. Forma de control y seguimiento Revisión mensual del estado de las declaraciones realizadas, durante las etapas de construcción y cierre del Proyecto, durante la etapa de operación se realizará una revisión semestral.

Tabla 7.2.2. Norma: Resolución Exenta Nº223 “Dicta instrucciones generales sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental” Componente/materia: Gestión post RCA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta resolución, proporcionando oportunamente los planes de seguimiento de variables ambientales, informes de seguimiento ambiental al sistema electrónico de seguimiento ambiental, según lo estipulado en la RCA y según las instrucciones de elaboración que indica la resolución. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento se constituye por los certificados que genera el sistema electrónico de seguimiento ambiental al momento de realizar el envío de la información. Forma de control y seguimiento Chequeo mensual de la emisión de los certificados que genera el sistema electrónico de seguimiento ambiental al momento de realizar el envío de la información.

Tabla 7.2.3. Norma: Resolución Nº844 “Dicta e Instruye Normas de carácter general sobre la remisión de las condiciones, compromisos y medidas establecidas en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA)” Componente/materia: Cumplimiento Normativo RCA Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento a la Resolución de Calificación Ambiental aprobatoria del Proyecto y facilitará la labor de los fiscalizadores en una eventual fiscalización. Indicador que acredita su cumplimiento El indicar de cumplimiento será el registro de visitas e inspecciones de la SMA, las cuales quedarán publicadas en la Plataforma de la SMA. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro de visitas e inspecciones de la SMA, las cuales quedarán publicadas en la Plataforma de la SMA.

Tabla 7.2.4. Norma: Decreto Supremo Nº144/1961, del Ministerio de Salud “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza” Componente/materia: Emisiones atmosféricas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento Durante la etapa de construcción y cierre se generan emisiones a la atmósfera (polvo principalmente). Las principales fuentes de generación durante la etapa de construcción se concentrarán en el tránsito de vehículos, por el movimiento de tierra (preparación del terreno) y transporte de materiales (paneles y otras estructuras menores).

En este sector la emisión de material particulado estará relacionada principalmente con las actividades de preparación de terreno, instalación de faenas, instalación de pilotes para instalar las estructuras que soportarán los paneles fotovoltaicos y canalizaciones eléctricas.

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Durante la etapa de operación se generarán emisiones muy reducidas en comparación con las de la etapa de construcción. Estas estarán asociadas al tránsito de vehículos durante las actividades de inspección.

De acuerdo a los resultados del Estudio de Estimaciones atmosféricas, es preciso señalar que el área de influencia del componente Calidad de Aire fue estimada con respecto a las emisiones de todos los contaminantes normados, el cual dio por resultado, que el proyecto produce emisiones las cuales no generan un riesgo para la salud de la población.

En la fase de construcción se realizará como medida de gestión ambiental la humectación de caminos, a través de supresores de polvo con el fin de disminuir la suspensión de material particulado. Se destaca que existe Compromiso Ambiental y condicionamiento al respecto relacionado con esta temática. Indicador que acredita su cumplimiento Se listan una serie de medidas que serán implementadas durante las distintas fases del Proyecto: - Humectación de caminos no pavimentados y de las pilas de acopio durante la construcción, considerando la aplicación de un supresor de polvo en los caminos internos y de cualquier movimiento de tierra con el fin de disminuir la suspensión de material particulado. - Transporte de materiales en camiones con la carga cubierta mediante el empleo de lona. - Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto. - Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día. - Limitación de velocidad máxima a 30 km/hr. En caminos internos. - Se capacitará al personal sobre la reducción de emisiones atmosféricas, dando a conocer las actividades que las generan en los frentes de trabajo y, las medidas de abatimiento y control contempladas para su aplicación.

La capacitación se realizará a todo el personal que trabaje en la obra. No recargar tolvas a camiones: Cargar el material hasta 10 cm bajo la línea de superficie de la tolva con el objetivo de minimizar la emisión de material particulado y evitar la caída de material en el trayecto.

  • Mantención preventiva de equipos, maquinarias y vehículos: Realizar inspecciones periódicas mensuales a maquinarias y equipos generadores de gases de combustión.

Se llevará registro del certificado de emisiones y de la revisión técnica de los vehículos de la obra. Forma de control y seguimiento -Verificación y exigencia de la documentación pertinente a los contratistas y respectivas autorizaciones y declaración de emisiones.

-Se dejará registro escrito de las acciones realizadas (planilla de control) en el caso de las medidas de abatimiento, para establecer su efectividad y ser auditados por la Autoridad Fiscalizadora en caso de que corresponda.

Para el caso de humectación se considerando la aplicación de un supresor de polvo en los caminos internos y de cualquier movimiento de tierra con el fin de disminuir la suspensión de material particulado.

Tabla 7.2.5. Norma: Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica Componente/materia: Emisiones acústicas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento Como señala el Estudio Acústico, en las etapas de construcción y cierre del Proyecto existe cumplimiento de los niveles de ruido máximos permitidos en el periodo diurno según la normativa de ruido ambiental en todos los puntos receptores, con excepción del escenario 7 en el punto receptor 8 donde se verifica el incumplimiento de la normativa.

Sin embargo, implementando medidas de atenuación se consigue el cumplimiento de la normativa de ruido ambiental en todos los puntos receptores en las etapas de construcción y cierre del Proyecto.

Mientras que en la etapa de operación del Proyecto existe cumplimiento de los niveles de ruido máximos permitidos en los periodos diurno y nocturno según la normativa de ruido ambiental en todos los puntos receptores, en los escenarios críticos de emisión de ruido descritos. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro del uso de maquinaria. • Registro gráfico de las actividades informativas a la comunidad y firma de los receptores. • Envío del informe de monitoreo a la SMA. • Instalación de pantallas acústicas en sectores que indica el estudio presentado en Anexo 3.3 de la DIA Forma de control y seguimiento Se dejará registro escrito de las acciones realizadas, y firma de los receptores para establecer su efectividad y para ser auditados por la Autoridad Fiscalizadora en caso de que corresponda.

También se realizará un informe de monitoreo de ruido para ser auditados por la Autoridad Fiscalizadora, incluyendo fotografías de las cortinas acústicas.

Tabla 7.2.6. Norma: Decreto Supremo Nº594, de 1999 (modificado por Decreto Supremo N°4 de 2010), del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Componente/materia: Residuos Sólidos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento Durante la operación del proyecto los residuos generados son de dos tipos: Residuos no peligrosos industriales y residuos domiciliarios. En ambos casos, estos serán retirados de forma permanente por el servicio municipal y/o por la empresa debidamente autorizada, siendo depositados en lugares debidamente autorizados. Además, para las etapas de construcción y cierre se mantendrán sectores para el almacenamiento de residuos no peligrosos, en donde en ambos casos, estos serán retirados de forma permanente por el servicio municipal y/o por la empresa debidamente autorizada, siendo depositados en lugares debidamente autorizados. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución que aprueba la tramitación sectorial del permiso asociado al manejo de residuos. • Registro del uso de maquinaria. • Registro gráfico de las actividades informativas a la comunidad y firma de los receptores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

• Envío del informe de monitoreo a la SMA. • Instalación de pantallas acústicas en sectores que indica el ICE y que se establecen durante la evaluación ambiental del proyecto. Forma de control y seguimiento Se dejará registro escrito de las acciones realizadas, y firma de los receptores para establecer su efectividad y para ser auditados por la Autoridad Fiscalizadora en caso de que corresponda.

También se realizará un informe de monitoreo de ruido para ser auditados por la Autoridad Fiscalizadora, incluyendo fotografías de las cortinas acústicas.

Tabla 7.2.7. Norma: Ley Nº20.920 “Marco para la gestión de residuos, responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje” Componente/materia: Residuos Sólidos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto importará paneles fotovoltaicos, los que son clasificados como Aparatos eléctricos y electrónicos. Forma de cumplimiento Una vez aprobado el Proyecto y emitida su Resolución de Calificación Ambiental favorable se acogerá a las indicaciones de esta Ley y en los casos que sea aplicable. El Titular se inscribirá en la plataforma del RETC y realizará la declaración anual de los productos prioritarios a través del SISTEMA REP. Los paneles fotovoltaicos en desuso, generados en operación y cierre, serán retirados por una empresa autorizada. Indicador que acredita su cumplimiento El Titular informará a través del Sistema REP cuando corresponda, el cual se encuentra disponible en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Para lo cual:

  • Ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones que establece Normas Básicas para Aplicación RETC.
  • Obtendrá el identificador y contraseña requeridos.
  • Realizará la declaración de emisiones pertinentes.
  • Mantendrá el registro generado por el sistema. Forma de control y seguimiento Se mantendrá el registro y seguimiento de los residuos entregados a gestores autorizados para su reciclaje. Registro de la declaración del Sistema REP en el RETC.

Tabla 7.2.8. Norma: Decreto Supremo N°1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC, Ministerio del Medio Ambiente Componente/materia: Aire, residuos y transferencia de contaminantes Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Conforme al Capítulo 1 "Descripción del Proyecto", se generarán residuos que deberán ser informados por el Titular, mediante el portal electrónico del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento a su obligación de informar sus residuos y descargas mediante el portal electrónico del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará la Declaración de Emisiones en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Se realizará la Declaración Jurada dando fe a la veracidad de la información declarada en el RETC. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Forma de control y seguimiento -Se mantendrá ventanilla única RETC actualizada. -El registro de las declaraciones en RETC se mantendrá en obra

Tabla 7.2.9. Norma: Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68). Párrafo III, del Título II. De los Desperdicios y Basuras Componente/materia: Residuos Sólidos - No peligrosos (domiciliarios e inertes de la construcción) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Conforme al Cap. 1 "Descripción del Proyecto", durante la etapa de construcción se generarán residuos que deberán ser trasladados a un depósito autorizado. Forma de cumplimiento Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente transportados y depositados en lugares de depósitos autorizados en la Región de Los Lagos.

Los camiones de transporte de escombros reunirán las condiciones técnicas señaladas en el D.S. N°75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Los camiones de transporte de residuos sólidos tendrán la autorización de la Autoridad Sanitaria.

Por otro lado, la tierra resultante de los movimientos de tierra será dispuesta en el mismo terreno para nivelación. Indicador que acredita su cumplimiento Certificar debidamente cada traslado de los residuos sólidos no peligrosos en empresas autorizadas por la Seremi de Salud. Forma de control y seguimiento Registro de autorización, certificados y/o boletas de las empresas que retiren, manipulen y transporten los residuos.

Tabla 7.2.10. Norma: Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Componente/materia: Residuos Sólidos - Peligrosos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Conforme al Capítulo 1 “Descripción del Proyecto”, durante las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto, se generarán residuos sólidos peligrosos.

Los residuos generados durante estas fases del Proyecto corresponderán a aceites usados, grasas usadas, envases plásticos contaminados, paños y material absorbente contaminado, residuo con pintura, filtros de aceite, filtros de combustible, tubos fluorescentes y luminarias HG. Forma de cumplimiento Todos los requisitos a cumplir en el contexto de la DIA del PAS 142 para la acumulación transitoria de residuos peligrosos durante las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con el permiso de la Autoridad Sanitaria y copia de los recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Registro con certificado de la autoridad sanitaria y registro sistematizado en planilla de control de los recibos o boletas que certifiquen el transporte y disposición final de dichos residuos.

7.3. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)

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Tabla 7.3.1. Norma Ley Nº 17.288 “Sobre Monumentos Nacionales y sus Modificaciones, Incluyendo su Modificación Mediante la Ley Nº 20.021” del 4 de febrero 1970 del Ministerio de Educación Componente/materia: Patrimonio Cultural Otros cuerpos legales D.S. N°484 “Reglamento de la Ley N°17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas” del 2 de abril de 1991 del Ministerio de Educación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalaciones de Faenas Forma de cumplimiento A partir de la inspección arqueológica realizada en terreno, se logró abarcar un 90% del polígono. La inspección se realizó con una buena intensidad de transectas, separadas entre sí por 25 m.

A partir de la inspección visual en terreno NO se registraron restos con valor patrimonial.

En la revisión bibliográfica realizada no se registraron elementos con valor patrimonial en el área de influencia del Proyecto, los sitios más cercanos se encuentran entre a 1,8 km a 3 km aprox.

En síntesis, teniendo en cuenta todo lo anterior se concluye que no se registraron restos de material cultural de relevancia patrimonial o científica, es decir, restos arqueológicos, históricos paleontológicos entre otros, en el área de emplazamiento del Proyecto Parque Solar Cañal Bajo. Teniendo en cuenta lo anterior, se recomienda la realización de una charla de inducción del componente patrimonio cultural, a todo el personal que participe en la ejecución de los trabajos asociados al Proyecto Parque Solar Cañal Bajo, previo al comienzo de los movimientos de tierra. Esta charla debe ser dictada por un profesional licenciado en arqueología o arqueólogo y debe quedar una hoja de registro con los asistentes a la charla. La charla debe abarcar los siguientes contenidos: prehistoria e historia de la zona, legislación vigente, protocolo de acciones a tomar en caso de que se encuentren hallazgos no previstos durante la ejecución de las obras.

Si bien la ejecución del proyecto no genera daño al patrimonio cultural, dadas las condiciones anteriormente descritas se recuerda al titular lo siguiente:

En caso de efectuarse hallazgos de valor patrimonial (restos óseos, culturales o eco-factuales) durante las actividades que involucren remoción del subsuelo, deberá procederse según lo establecido en los artículos Nº26 y 27 de la Ley de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ante esta situación, se deberá paralizar la obra en el sector afectado e informar a la brevedad al Consejo de Monumentos Nacionales, entidad encargada de dictaminar los diferentes procedimientos afines a la legislación vigente.

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, en el marco de las obras, partes o acciones del proyecto, a fin de evitar incurrir en el delito de daño en Monumento Nacional establecido en el artículo 38° de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos 26° y 27° del mismo cuerpo legal y el artículo 23° del D.S. N°484 de 1990, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas (D.S. N°484 de 1990), paralizar toda obra en el sector Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

del hallazgo e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Previo al inicio de la obra, un arqueólogo o licenciado en arqueología realizará una charla de inducción a los trabajadores sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo.

En caso de hallazgos se le comunicará al Consejo de Monumentos Nacionales.

Documentar Avisos realizados al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), ante eventuales hallazgos realizados en la ejecución de las obras.

Informe arqueológico (en caso de que aplique). Forma de control y seguimiento Registro de la charla mediante fotografías y la firma de los trabajadores, documentando el contenido de esta, el cual será remitido a la autoridad correspondiente en caso de ser necesario.

Tabla 7.3.2. Norma: D.S. Nº 484 “Reglamento de la Ley Nº 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas” del 2 de abril de 1991 del Ministerio de Educación. Componente/materia: Patrimonio Cultural – Arqueología Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalaciones de Faenas Forma de cumplimiento A partir de la inspección arqueológica realizada en terreno, se logró abarca un 90% del polígono.

En la revisión bibliográfica realizada no se registraron elementos con valor patrimonial en el área de influencia del Proyecto, los sitios más cercanos se encuentran entre 1,8 km a 3 km aprox.

En síntesis, teniendo en cuenta todo lo anterior se concluye que no se registraron restos de material cultural de relevancia patrimonial o científica, es decir, restos arqueológicos, históricos paleontológicos entre otros, en el área de emplazamiento del Proyecto Fotovoltaico Cañal Bajo. Teniendo en cuenta lo anterior, se recomienda la realización de una charla de inducción del componente patrimonio cultural, a todo el personal que participe en la ejecución de los trabajos asociados al Proyecto Fotovoltaico Cañal Bajo, previo al comienzo de los movimientos de tierra. Esta charla debe ser dictada por un profesional licenciado en arqueología o arqueólogo y debe quedar una hoja de registro con los asistentes a la charla. La charla debe abarcar los siguientes contenidos: prehistoria e historia de la zona, legislación vigente, protocolo de acciones a tomar en caso de que se encuentren hallazgos no previstos durante la ejecución de las obras.

Si bien la ejecución del proyecto no genera daño al patrimonio cultural, dadas las condiciones anteriormente descritas se recuerda al titular lo siguiente:

En caso de efectuarse hallazgos de valor patrimonial (restos óseos, culturales o eco-factuales) durante las actividades que involucren remoción del subsuelo, deberá procederse según lo establecido en los artículos Nº26 y 27 de la Ley de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ante esta situación, se deberá paralizar la obra en el sector afectado e informar a la brevedad al Consejo de Monumentos Nacionales, entidad encargada de dictaminar los diferentes procedimientos afines a la legislación vigente y se procederá de la siguiente manera:

  1. Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel.

  2. Dar aviso de manera inmediata al/a la profesional paleontólogo/a, o en su ausencia al/a la jefe/a de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto.

  3. Delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo.

  4. Informar al CMN acerca del hallazgo paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada por el/la profesional paleontólogo/a, encargado/a de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación, D.S. N°484 de 1990.

  5. Asimismo, este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los/as trabajadores/as del proyecto, tomando en cuenta para ello la “Guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN (www.monumentos.gob.cl), según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4). Teniendo en cuenta lo anterior expuesto, el Titular se compromete a realizar un monitoreo arqueológico por parte de un arqueólogo o licencian en arqueología, durante las etapas del proyecto donde se realizan movimientos de tierra, como el escarpe de terreno y excavación de zanjas para cableado subterráneo. Además, el titular se compromete a realizar durante el monitoreo arqueológico, charlas de inducción a todo el personal asociado a los trabajos de movimientos de tierra. El monitoreo y las charlas se deben realizar siguiendo lo estipulado en la Guía de Procedimientos Arqueológicos del Consejo de Monumentos Nacionales. Indicador que acredita su cumplimiento Previo al inicio de la obra, un arqueólogo o licenciado en arqueología realizará una charla de inducción a los trabajadores sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo.

En caso de hallazgos se le comunicará al Consejo de Monumentos Nacionales. Documentar Avisos realizados al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), ante eventuales hallazgos realizados en la ejecución de las obras.

Informe arqueológico (en caso de que aplique). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Forma de control y seguimiento Registro de la charla mediante fotografías y la firma de los trabajadores, documentando el contenido de esta, el cual será remitido a la autoridad correspondiente en caso de ser necesario.

Tabla 7.3.3. Norma: D.S. Nº 484 “Reglamento de la Ley Nº 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas” del 2 de abril de 1991 del Ministerio de Educación. Componente/materia: Patrimonio Cultural – Paleontología Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalaciones de Faenas Forma de cumplimiento Con respecto al componente Paleontología (Anexo 2.3 Adenda). La observación en terreno no registró elementos fosilíferos en el área, donde se emplaza el Proyecto “Parque Solar Cañal Bajo”.

El Titular ha de realizar una charla por parte de un paleontólogo, durante las etapas del proyecto donde se realizarán movimientos de tierra, como el escarpe del terreno y excavación de zanjas para cableado subterráneo.

Estas charlas deben ser realizadas por un/a profesional asesor/a en paleontología que cumpla con lo establecido en la Resolución Exenta CMN Nº650 del 06.07.2022. El reporte de estas actividades deberá remitirse semestralmente al CMN, incluyendo los siguientes puntos: a. Nombre y firma del/de la profesional que realizó la charla de inducción. b. Contenidos de la inducción realizada. c. Copia del material gráfico presentado a los/as asistentes. d. Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. e. Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuadas por los/as asistentes. f. Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá estar firmada por cada uno/a de los/as trabajadores. Indicador que acredita su cumplimiento Previo al inicio de la obra, un profesional asesor/a en paleontología realizará una charla de inducción a los trabajadores sobre el componente paleontológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo.

En caso de hallazgos se le comunicará al Consejo de Monumentos Nacionales. Documentar Avisos realizados al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), ante eventuales hallazgos realizados en la ejecución de las obras.

Registro de charlas. Forma de control y seguimiento Registro de la charla mediante fotografía y la firma de los trabajadores, documentando el contenido de la misma, el cual será remitido a la autoridad correspondiente en caso de ser necesario.

  1. Que, para ejecutar el Proyecto debe cumplirse la siguiente condición o exigencia:

Tabla 8.1. Condición o exigencia: Programa de Control de Emisiones Impacto asociado Alteración o afectación de Recursos Naturales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

En la respuesta al punto 1.4 de la Adenda Complementaria relacionada a Emisiones Atmosféricas, el Titular indica que, “Se rectifica observación, con el objetivo de no afectar la efectividad de los supresores de polvo, y afectar sectores producto de la alteración de las aguas lluvias, es que se utilizará un nuevo supresor de polvo que detalle desde el fabricante su naturaleza hidrofóbica o resistente al agua desde su aplicación. Algunos ejemplos de estos son el “Supresor de polvo Quimeco”, el cual según las instrucciones del fabricante permiten retener la humedad en tiempos secos y mantienen la impermeabilidad del terreno en tiempos húmedos o lluviosos, teniendo una % de abatimiento del 95% (Fuente: https://quimeco.cl/supresor-de-polvo/)”. Adicionalmente, se actualiza el Compromiso Ambiental Voluntario relacionado a la aplicación de dicho producto, en el Anexo 4.2.2, Tabla 12. CAV - Humectación de caminos y aplicación de Supresor de Polvo.

Descripción: Programa de Control de Emisiones

Justificación: En la zona existen normalmente precipitaciones del orden de 1.235,5 mm anuales, según lo que indica la Dirección Meteorológica de Chile en los datos de precipitación Histórica de la Estación Cañal Bajo de Osorno (https://climatologia.meteochile.gob.cl/application/historico/aguaCaidaHistor icaMensual/400009). Lo anterior debe también considerarse, con el fin de establecer el efecto de las lluvias sobre la aplicación del producto indicado y su posible afectación sobre los recursos naturales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Zona de aplicación supresor de polvo

Forma: En relación al CAV mencionado, el Titular deberá disponer en obra de un “Programa de Control de Emisiones” relacionado al producto indicado, específicamente para las fases de construcción y cierre del proyecto. Dicho programa deberá indicar por lo menos lo siguiente: • Periodo (meses, años) y frecuencia de la aplicación del producto, • Dosis de aplicación del producto. Es importante que quede establecida la dosis necesaria para que se alcance y mantenga el porcentaje de supresión de polvo del 95% indicado por el Titular. • Extensión (m) de la aplicación del producto, de acuerdo a las distancias consideradas para la estimación de las emisiones. Esto debe acreditarse a través de un archivo en formato kmz. • Procedimiento para la aplicación del producto, • Bitácora (indicando fecha y horarios de su aplicabilidad), • Responsables de ejecución del programa, • Seguimiento e indicadores de cumplimiento (dentro de este ítem, deben incluirse por ejemplo registros fotográficos que permitan evidenciar las acciones ejecutadas dentro del programa. Deben presentarse, al menos, fotos y videos mensuales del estado de cada uno de los caminos, con el paso de los vehículos del proyecto). • Otros aspectos que el Titular considere importante incorporar.

Oportunidad: El Programa de Control de Emisiones deberá mantenerse en obra en caso de fiscalización por el órgano competente en la materia. A su vez, deberá enviarse un informe tanto a la Superintendencia del Medio Ambiente como a la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos, al finalizar cada una de las fases mencionadas (construcción y cierre), que contenga la recopilación de la información de dicho programa. Indicador que acredite su cumplimiento Concreción del Programa de Control de Emisiones y registros correspondientes Forma de control y seguimiento La que indique la Autoridad correspondiente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios (CAV):

Tabla 9.1. Compromiso ambiental voluntario: Comunicación con la comunidad Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementación de mecanismo de interacción con la comunidad a través de distintos medios de comunicación.

Descripción: ● Implementar un número telefónico abierto o correo electrónico para la comunicación entre la comunidad y el proyecto. ● Definición de un encargado de comunicación con la comunidad durante la fase de construcción y operación y cierre del proyecto. ● Establecer un formulario de recepción de quejas o sugerencias de la comunidad en el acceso al proyecto. ● Restricción del horario de construcción del proyecto.

Justificación: Con este compromiso se busca establecer y garantizar la comunicación con la comunidad en el área de influencia del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia del proyecto.

Forma: Se mantendrá en el área del proyecto actas de reclamos o sugerencias de la comunidad.

Oportunidad: El compromiso se implementará a partir del inicio de la fase de construcción y se mantendrá por toda la vida útil del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de actas de reclamos o sugerencias de la comunidad, identificación de la(s) persona(s) receptora(s) afectada(s) por cualquier parte, obra o acción del proyecto; lugar, hora y duración de la molestia; además de la identificación de las acciones que se adoptarán en respuesta a dichas quejas. Acta en obra de horarios de trabajo, además del registro en contratos de contratistas respectivos. Acta en obra de la persona responsable del cumplimiento del compromiso de Ruido. Forma de control y seguimiento La trazabilidad del compromiso se dará a partir de la presentación de toda la documentación anterior a la SMA y otros organismos que así lo soliciten.

Tabla 9.2. Compromiso ambiental voluntario: Mejoramiento de Suelo en compensación de uso de suelos agrícolas Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar y/o rehabilitar una superficie de suelo equivalente a la que será utilizada por las obras del proyecto que se emplazará en suelo clase III. Se propone un terreno ubicado en la misma región, específicamente en la comuna de Los Muermos, a 101 km al sur del área de proyecto, el cual es clasificado como clase IV, respecto del cual las mejoras propuestas pueden reclasificarlo como clase III y quedar como preferentemente agrícola.

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Descripción: Se propone la realización de las medidas de subsolado y despedregado en conformidad a lo establecido en la circular 296/2019 del SAG. Se proyecta la mejora de un terreno de 21,595 hectáreas Clase IV, con lo que se hace cargo del impedimento de usar temporalmente 15,59 ha de suelos rurales y productivos con fines agrícolas dentro la Región de Los Lagos, debido al emplazamiento del proyecto y la superficie clasificada como clase II y III. Se plantea la implementación de medidas de mejoramiento de suelos en el predio de la comuna de Los Muermos en la Región de Los Lagos. Se proponen las siguientes medidas: • Despedregado y subsolado del predio • Subsolado • Despedrado

(Mayor información en tabla 10.1.2. del ICE)

Justificación: Esta medida se justifica en el marco de la Circular 296/2019 de SAG correspondiente a la Pauta para aplicar a las solicitudes de Informe de Factibilidad para la construcción (IFC) según Art. 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y en la Guía para Trámite del PAS Art. 160 del Reglamento del SEIA. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El terreno se emplaza en la comuna de los Muermos, provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos. Dicho terreno es clasificado actualmente como un suelo clase IV. Como coordenada referencial se tiene Coordenada Este: 647.719,7321 y coordenada Norte: 5.411.321,335. Se adjunta al CAV en Anexo 5, el contrato entre propietario agrícola GM limitada y titular.

Forma: Las medidas a aplicar corresponden al despedregado y subsolado del terreno previo al inicio de la fase de construcción.

Oportunidad: Las medidas serán implementadas previas a la fase de construcción y permitirán la calidad del suelo evaluado de forma que pueda ser aprovechado de forma agrícola. Indicador que acredite su cumplimiento Se estregará un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que dé cuenta del estado final del terreno en donde se ejecutará el PMS luego de las labores realizadas. Al cabo de un año (final del primer año de operación) se elaborará un estudio edafológico donde se indicará la condición del suelo y dicho reporte será remitido a la SMA. Forma de control y seguimiento Se enviará un informe a la SMA al final de las obras, donde se indicarán las obras y mejoras realizadas. Adicionalmente se realizará un monitoreo de la componente suelo al año de operación, el cual será remitido al SAG y a la SMA, donde se evaluará la mejora del suelo con la medida aplicada.

Tabla 9.3. Compromiso ambiental voluntario: Protocolo ante eventual afectación de fauna silvestre Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Durante la fase de construcción y operación del proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Elaborar un protocolo de rescate de fauna.

Descripción: El funcionamiento del Parque Fotovoltaico debe contemplar el potencial riesgo de afectación de la fauna silvestre con la infraestructura asociada al proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

En el caso de ocurrir alguna emergencia se aplicará un procedimiento que seguirá los siguientes pasos: - Identificación de la especie y aviso a la autoridad pertinente. - Rescate. - Alojamiento temporal y traslado a centro de rescate autorizado. - Rehabilitación y Liberación. - Designación del encargado de este protocolo durante el desarrollo de las obras.

(Mayor información en tabla 10.1.3. del ICE)

Justificación: La medida se sustenta ante la necesidad de mantener un protocolo durante toda la fase de operación del proyecto en caso de existir fauna accidentada por las obras de este. De esta manera se busca disminuir la posible mortandad de fauna silvestre al existir medidas claras y que sean de conocimiento de todo el personal del parque solar. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se establece la medida para toda el área de generación del proyecto y su respectiva línea de transmisión eléctrica.

Forma: La forma en la que se dará cumplimiento es por medio de monitoreos mensuales durante la etapa de construcción, realizados por un especialista en Fauna Silvestre, con el fin de encontrar individuos heridos, muertos o que hayan colisionado con la LTE. En caso de encontrar un individuo, se dará aviso al encargado de medio ambiente y se registrará en la planilla de accidentes para elaborar un reporte para posteriormente presentar un informe anual que contemple todos los hallazgos. El encargado del monitoreo deberá hacer una evaluación del estado de la especie afectada antes de su manipulación.

Oportunidad: En caso de ocurrir alguna emergencia. Indicador que acredite su cumplimiento • Se da aviso inmediatamente a la autoridad en caso de registrar un accidente • Relleno de 4 planillas de monitoreo y 1 informe (durante la fase de construcción) Forma de control y seguimiento • Definir contactos de emergencia de autoridades competentes.

Tabla 9.4. Compromiso ambiental voluntario: Mano de obra de un 10% de la comuna Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover instancias para la contratación de mano de obra local en la Comuna de Osorno.

Descripción: Se dará trabajo a personal para mano de obra de la comuna de Osorno con el fin de promover la generación de empleo en la comuna.

Justificación: Generar empleo en la Comuna de Osorno, mediante puestos de trabajo en el proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Osorno, específicamente en el área del proyecto.

Forma: El titular se compromete a desarrollar en conjunto con las unidades de empleo de la Municipalidad de Osorno, a través de la OMIL (Oficina Municipal de Intermediación Laboral) u otra instancia comunal, un proceso de llenado de vacantes laborales que permitan cubrir puestos de trabajo de mano de obra para los trabajos requeridos. Este proceso se desarrollará en forma previa al inicio de la fase de construcción y cierre, ante lo cual el titular desarrollará un diagnóstico de los puestos de trabajo que requerirá.

Oportunidad: Previo a las fases de construcción y cierre del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El Titular contará con los contratos de trabajo donde se indique nombre, RUT, edad y comuna del trabajador contratado. Forma de control y seguimiento Se elaborará un informe al inicio de la fase de construcción y cierre, que será enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y la Municipalidad de Osorno, dando cuenta de la contratación de mano de obra local. Cada informe contendrá la siguiente información: • Registro de publicación de vacantes en las unidades de empleo del Municipio local a través de OMIL u otra instancia comunal • Registro de contrataciones de mano de obra local perteneciente a la comuna de Osorno (con origen y/o residencia)

Tabla 9.5. Compromiso ambiental voluntario: Capacitaciones relacionadas a los Planes de Contingencias y Emergencias Impacto asociado No aplica

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar al personal para definir la respuesta frente a posibles contingencias que pudiesen ocurrir en el área de influencia del Proyecto.

Descripción: Antes de la ejecución del Plan, se realizarán actividades para definir la respuesta frente a posibles contingencias que pudiesen ocurrir en el área de influencia del Proyecto, definiendo fechas de charlas de capacitación, reuniones, por parte de los responsables de este Plan. Por lo tanto, se realizarán charlas de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del presente Plan, esta abordará temas como situaciones de riesgo o contingencias identificadas y las medidas de prevención y minimización.

(Mayor información en tabla 10.1.5. del ICE)

Además de las capacitaciones se incluirá un plano en las instalaciones del proyecto que tenga la siguiente información: • Plano a escala del predio y su entorno, considerando un radio de 50 metros a la redonda desde los deslindes del sitio de la empresa • Estarán señalizadas las zonas de seguridad al interior de la instalación • Se tendrá en las instalaciones el plano de las zonas de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Justificación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Considerando que se prevén Riesgos y/o Contingencias asociado a las partes, obras y acciones del proyecto, se contemplan capacitaciones al personal. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al interior del proyecto, específicamente en zonas que se realicen las obras y/o instalación de faena.

Forma: Las capacitaciones se realizarán por prevencionista o profesional a fin. Indicador que acredite su cumplimiento Para las charlas, se presentará un registro con firma de los participantes de modo que se pueden calcular las HH. Antes de dar inicio a cada una de actividades diarias de construcción, se desarrollará el documento de Análisis de Riesgo del Trabajo (ART). Se establecerá una zona de seguridad definida en planimetría. Forma de control y seguimiento El documento de ART y registro de charlas se mantendrá en instalaciones de faena, a disposición de la autoridad para efectos de inspección.

Tabla 9.6. Compromiso ambiental voluntario: Medidas de gestión para cumplimiento del D.S. N°144/1961, del Ministerio de Salud Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Detallar medidas de gestión ambiental para dar cumplimiento del D.S. N° 144/1961.

Descripción: Se implementarán una serie de medidas de gestión ambiental para asegurar el cumplimiento del D.S. N°144/1961, del Ministerio de Salud, el cual “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza”.

Justificación: Considerando la importancia de la etapa de construcción en la generación de emisiones, se incluyen medidas de gestión ambiental, con el propósito de dar cumplimiento del D.S. N°144/1961, del Ministerio de Salud. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Osorno, específicamente en el área del proyecto

Forma: El titular se compromete a desarrollar una serie de medidas de gestión ambiental durante la etapa de construcción con el propósito de dar cumplimiento del D.S. N°144/1961, del Ministerio de Salud.

Oportunidad: Durante la etapa de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento En la fase de construcción se realizarán como medidas de gestión ambiental la humectación de caminos, a través de supresores de polvo con el fin de disminuir la suspensión de material particulado. A continuación, se listan las medidas que serán implementadas durante esta fase del Proyecto: - Humectación de caminos no pavimentados y de las pilas de acopio durante la construcción, considerando la aplicación de un supresor de polvo en los caminos internos y de cualquier movimiento de tierra con el fin de disminuir la suspensión de material particulado. - Transporte de materiales en camiones con la carga cubierta mediante el empleo de lona. - Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

  • Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día.
  • Limitación de velocidad máxima a 30 km/hr. En caminos internos.
  • Se capacitará al personal sobre la reducción de emisiones atmosféricas, dando a conocer las actividades que las generan en los frentes de trabajo y, las medidas de abatimiento y control contempladas para su aplicación. La capacitación se realizará a todo el personal que trabaje en la obra
  • No recargar tolvas a camiones: Cargar el material hasta 10 cm bajo la línea de superficie de la tolva con el objetivo de minimizar la emisión de material particulado y evitar la caída de material en el trayecto.
  • Mantención preventiva de equipos, maquinarias y vehículos: Realizar inspecciones periódicas mensuales a maquinarias y equipos generadores de gases de combustión. Se llevará registro del certificado de emisiones y de la revisión técnica de los vehículos de la obra.
  • Verificación y exigencia de la documentación pertinente a los contratistas y respectivas autorizaciones y declaración de emisiones. Forma de control y seguimiento Se dejará registro escrito de las acciones realizadas (planilla de control) en el caso de las medidas de abatimiento, para establecer su efectividad y ser auditados por la Autoridad Fiscalizadora en caso de que corresponda. Para el caso de humectación se considera la aplicación de un supresor de polvo en los caminos internos y de cualquier movimiento de tierra con el fin de disminuir la suspensión de material particulado.

Tabla 9.7. Compromiso ambiental voluntario: Control de la especie Ulex europaeus (Espinillo o Cacahi) Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo es evitar la pérdida de biodiversidad por el establecimiento de Ulex europaeus, para lo que se implementará un plan de control de esta especie.

Descripción: El Titular implementará un control de Ulex europaeus para evitar la propagación de esta especie exótico y la disminución de biodiversidad.

Justificación: A solicitud de la Autoridad, se requiere que el Titular asuma el compromiso de controlar durante toda la vida útil del proyecto dichas especies, mediante el desarrollo y ejecución de un Programa de Control de la especie Ulex europaeus, dentro del predio de emplazamiento del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del proyecto donde fueron identificados individuos de esta especie.

Forma: A partir de monitoreos semestrales se realizarán corte de follaje y arranque de raíces de los posibles individuos de Ulex europaeus. Esto será aplicado de manera semestral y durante el período de crecimiento activo de esta especie, que corresponde a primavera y principios de verano. Por lo que, una vez finalizada la actividad, se presentará un informe de forma anual.

Oportunidad: Implementación desde el inicio de la fase de construcción hasta la fase de cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Dado que la actividad es de carácter anual, dado que la especie crece sólo en primavera y/o principios de verano, se presentará un Informe Anual a la SMA, una vez finalizado el periodo mencionado (Primavera – Verano). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Forma de control y seguimiento Controles semestrales para evaluar la presencia de la especie y el éxito de su eliminación.

Tabla 9.8. Compromiso ambiental voluntario: Plan de Control de Emisiones Impacto asociado Alteración calidad aire por incremento de material particulado y/ gases de combustión Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Impedir un aumento en la emisión de emisiones por tránsito de camiones durante meses sin lluvia.

Descripción: Se propone realizar el Transporte de materiales en camiones con la carga cubierta mediante el empleo de lona, el medio de verificación será un registro fotográfico. - La Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto, se dispondrá de señaléticas que indiquen la prohibición y sanciones internas a quienes rompan dicha prohibición además se deberá incluir dentro del reglamento interno y debe ser informado en las charlas de seguridad - Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado. Se dispondrá de un catálogo vigente de las fichas técnicas de las maquinarias y sus respectivos registros de mantenciones en la faena. - La limitación de velocidad máxima a 30 km/hr en caminos internos, por medio de un sistema de señaléticas además de incluir esta medida en el reglamento interno de la faena. - Se capacitará al personal sobre la reducción de emisiones atmosféricas, dando a conocer las actividades que las generan en los frentes de trabajo y, las medidas de abatimiento y control contempladas para su aplicación. La capacitación se realizará a todo el personal que trabaje en la obra. El titular se compromete a no recargar tolvas a camiones: Cargar el material hasta 10 cm bajo la línea de superficie de la tolva con el objetivo de minimizar la emisión de material particulado y evitar la caída de material en el trayecto. - Mantención preventiva de equipos, maquinarias y vehículos: Realizar inspecciones periódicas mensuales a maquinarias y equipos generadores de gases de combustión. Se llevará registro del certificado de emisiones y de la revisión técnica de los vehículos de la obra. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del proyecto.

Forma: control visual e implementación de un reglamento asociado al control de emisiones asociado al tránsito de vehículos en caminos no pavimentados y a la forma de disposición de la carga, además de un control de las revisiones técnicas de las maquinarias e instalación de señaléticas.

Oportunidad: La medida será implementada durante las Etapas de construcción y el cierre del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se realizará un informe mensual durante las fases de construcción y cierre que indique un check list semanal de registro de las medidas Forma de control y seguimiento Registro semanal de la implementación y estado de las medidas señaléticas cumplimiento de los reglamentos internos en esta materia.

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Tabla 9.9. Compromiso ambiental voluntario: Medidas para dar cumplimiento al D.S. Nº38/2011 del MMA. Impacto asociado Alteración fauna por incumplimiento del D.S. Nº38/2011 del MMA Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Impedir la afectación de especies de fauna de baja movilidad, impidiendo que ningún ejemplar se traslade nuevamente a las zonas de intervención.

Descripción: Se implementa el PAS 146 (Anexo 3.4 Adenda). Esta medida se llevará a cabo a partir de la remoción en forma manual y gradual de los refugios, así como también rocas o vegetación arbustiva. Las rocas y vegetación removidas serán utilizadas para construir nuevas madrigueras fuera del área de emplazamiento del Proyecto.

Justificación: Impedir la afectación de especies de fauna de baja movilidad Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se implementarán estas medidas en los sectores del Proyecto, donde se identificaron especies de baja movilidad.

Forma: Inmediatamente antes del inicio de las obras, se removerá de forma manual y gradual de los refugios de especies de baja movilidad, así como también rocas y vegetación, con el propósito de que ningún ejemplar se traslade nuevamente a las zonas de intervención. Las rocas y vegetación removidas serán reutilizadas para construir nuevas madrigueras fuera del área de emplazamiento.

Oportunidad: El plan se ejecutará inmediatamente antes del inicio de las obras. Indicador que acredite su cumplimiento Como indicador que acredite su cumplimiento se realizará la tramitación del PAS 146 y se hará un informe que registrará las actividades de rescate y relocalización. Forma de control y seguimiento La trazabilidad del compromiso se dará a partir de la presentación de toda la documentación a la SMA y otros organismos que así lo soliciten.

Tabla 9.10. Compromiso ambiental voluntario: Charlas de contenido arqueológico previo movimiento de tierras Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar a los trabajadores en los aspectos Arqueológicos.

Descripción: Se realizarán charlas al personal que ingrese con respecto a las temáticas de la Ley Nº17.288.

Justificación: Considerando que el proyecto posee movimientos de tierra asociados a excavaciones y escarpe, se consideran charlas para capacitar a los trabajadores en los aspectos Arqueológicos, especialmente en caso de estar en presencia de un hallazgo patrimonial. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al interior de las instalaciones del Proyecto.

Forma: Estas charlas serán realizadas por un Arqueólogo/a o licenciado/a en Arqueología que cumpla con los establecido en la Res. Ex. CMN Nº650 del 05.07.2022. las charlas, serán realizadas por el encargado de medio ambiente y el arqueólogo.

Oportunidad: Las charlas serán implementadas durante la etapa de construcción, previo a los movimientos de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Se presentará un registro con firma de los participantes de modo de calcular las HH. Forma de control y seguimiento Registro de las charlas, el cual se mantendrá en instalaciones de faena, a disposición de la Autoridad para efectos de inspección.

Tabla 9.11. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo arqueológico durante movimientos de tierras Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inspeccionar de forma visual el terreno para monitorear excavaciones y movimientos de tierra en caso de hallazgo Arqueológicos.

Descripción: Al momento de realizar el despeje de vegetación y excavaciones de zanjas, se mantendrá una inspección visual de forma constante y en estado de alerta.

Justificación: Considerando que el proyecto posee movimientos de tierra asociado a excavaciones y escarpe, se consideran las inspecciones visuales de forma permanente en las actividades de movimientos de tierras, en caso de estar en presencia de hallazgos arqueológicos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al interior del proyecto, específicamente en zonas que se realicen escarpe, excavación de zanjas, entre otros movimientos de tierras. Forma: La inspección visual se realizará por un arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, en cada una de las actividades de la fase de construcción, pero con énfasis cuando se realice el despeje de vegetación y las excavaciones. El Titular tendrá presente lo indicado en el artículo 26º de la Ley Nº17.288 de Monumentos Nacionales y procederá de acuerdo con el protocolo indicado por el CMN en su Ord. Nº 5437 del 18.12.2023.

Oportunidad: Los monitoreos serán implementados durante la etapa de construcción, durante a los movimientos de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Antes de iniciar cada una de las actividades diarias de construcción, se desarrollará el documento de Análisis de Riesgo del Trabajo (ITR), en donde en uno de los ítems se establecerá la inspección visual, con respecto a posibles hallazgos arqueológicos. Forma de control y seguimiento Documentos ATR, el cual se mantendrá en instalaciones de faena, a disposición de la autoridad para efectos de inspección.

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Tabla 9.12. Compromiso ambiental voluntario: Plan de monitoreo de ruido en receptores Impacto asociado Alteración de calidad de vida por aumento de los niveles de ruido del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar mediciones de ruido en todos los puntos receptores indicados en el “Estudio de Impacto Acústico - Ruido y Vibraciones Receptores Humanos” a fin de evidenciar la eficacia de las medidas propuestas y acreditar el cumplimiento normativo indicado en el DS N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente.

Descripción: Realización de campañas de monitoreos de los niveles de ruido en todos los puntos receptores a partir de las caracterizaciones ambientales de ruido, con la finalidad de comprobar el cumplimiento de las emisiones estimadas y modeladas. Para ello se medirá en los puntos receptores indicados en el periodo diurno, durante las fases de construcción y cierre del Proyecto. Además, se aplicarán medidas tanto para ruido como vibraciones.

(Mayor información en tabla 10.1.12 del ICE) Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se implementará un plan de monitoreo de ruido durante las fases de construcción y cierre del Proyecto en todos los puntos receptores indicados en el “Estudio de Impacto Acústico - Ruido y Vibraciones Receptores Humanos”

Forma: Se implementará un plan de monitoreo de ruido en el periodo diurno de la normativa durante las fases de construcción y cierre del Proyecto en los puntos receptores indicados, el cual deberá ser realizado por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (EFTA), cuya finalidad será asegurar el cumplimiento normativo de dichas emisiones.

Oportunidad: El compromiso se llevará a cabo durante las fases de construcción y cierre específicamente en los escenarios modelados en el estudio de impacto acústico del Proyecto. Concluido el programa de monitoreo durante las fases de construcción y cierre, se presentará a la SMA un reporte del monitoreo, que, dependiendo de los resultados, la que será resuelta por la autoridad con el mérito de la información generada. En caso de superar la normativa de ruido ambiental sobre los receptores más sensibles indicados, se deberán implementar medidas de control adicionales como, por ejemplo, aumento de altura y/o extensión de pantallas acústicas.

El monitoreo de ruido tendrá una frecuencia bimestral (cada dos meses), con el fin de verificar el cumplimiento del D.S. 38/11, durante las fases de construcción y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Como indicador que acredite el cumplimiento, se realizará un informe por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (EFTA) que incluya a cada receptor sensible. • Registro de instalación de pantallas acústicas bajo las condiciones señaladas. Forma de control y seguimiento La trazabilidad del compromiso se dará a partir de la presentación de toda la documentación anterior a la SMA y otros organismos que así lo soliciten. La información a entregar a la comunidad será la siguiente: - Fechas de inicio y término de la obra: Fase de construcción: Inicio: octubre 2025 Término: abril 2026

Fase de cierre: Inicio: abril 2051 Cierre: octubre 2051 - Días y horarios regulares de trabajo: lunes a viernes en horario diurno. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

  • Programación de faenas ruidosas y que además puedan generar vibraciones, señalando los días y horarios en que se realizarán: Se revisará esta programación indicando los días y horarios de las faenas ruidosas, de acuerdo a la carta Gantt de las fases de construcción y cierre del Proyecto. Hay información sobre la cantidad de días utilizados en el movimiento de tierra.

Mayores antecedentes sobre este CAV, en Anexo 4.2.2. del Adenda Complementaria.

Tabla 9.13. Compromiso ambiental voluntario: Humectación de caminos y aplicación de Supresor de polvo Impacto asociado Alteración de calidad del aire Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir las emisiones de material particulado (M10 y MP2,5) generadas durante la fase de construcción y cierre del Proyecto por el tránsito en rutas no pavimentadas.

Descripción: Se realiza la humectación de caminos no pavimentados con un supresor de polvo con su naturaleza hidrofóbica o resistente al agua desde su aplicación, con una eficiencia de al menos 90% (máxima 95%) de abatimiento del polvo suspendido.

Se ha de complementar este Compromiso con la condición descrita en la tabla 8.1. de la presente Resolución.

Justificación: Reducir las emisiones de material particulado por tránsito vehicular por caminos no pavimentados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Caminos internos de los proyectos y sectores con movimientos de tierra.

Forma: Se realiza la humectación de caminos no pavimentados, con periodicidad y las indicciones de uso dadas por el fabricante y en concordancia con lo estipulado en el manual de carreteras.

Oportunidad: La medida será implementada durante la construcción y el cierre del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se realizará un informe trimensual durante las fases de construcción y cierre que indique un check list semanal de registro de Humectación. Forma de control y seguimiento -Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del suministro de agua industrial. - Registro de la compra de agua industrial y el supresor de polvo a proveedores autorizados. - Registro de humectación, donde se indica: lugar, día, hora y cantidad de agua a utilizar.

Tabla 9.14. Compromiso ambiental voluntario: Restitución y restauración del terreno Impacto asociado Alteración de calidad del suelo Fase del Proyecto a la que aplica Cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Restituir y restaurar las condiciones del terreno para su posterior revegetación luego del abandono de las áreas ocupadas por las obras temporales, permanentes y caminos contemplados en el Proyecto.

Descripción: Esta medida contempla actividades que buscan mejorar las condiciones del suelo afectadas principalmente por la compactación de la superficie, producto de caminos, instalaciones permanentes e instalación de faena, a modo de permitir el crecimiento posterior de vegetación y restaurar las condiciones del suelo afectado.

Justificación: Los suelos compactados son más propensos a padecer daños por erosión hídrica, eólica, entre otras, debido a la disminución de su capacidad de infiltración, lo cual aumenta el desprendimiento de partículas de suelo y por consiguiente erosiona el ambiente y disminuye la superficie efectiva para ser utilizada. Como consecuencia, disminuye la capacidad del suelo para producir altos rendimientos y se deteriora el medioambiente al restringir la ocurrencia de procesos ecosistémicos fundamentales. Las medidas de descompactación mejoran la aireación y estructura del suelo, generando una mayor cantidad de espacios porosos que permiten la infiltración de agua y el desarrollo de la mesofauna del suelo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Superficies de suelo ocupadas por las obras temporales y permanentes contempladas durante la fase de construcción y operación del Proyecto.

Forma: Una vez terminada la fase de construcción y operación se procede a retirar las obras temporales y permanentes, junto con los materiales de construcción utilizados para estos fines. Posteriormente, se evaluará la metodología adecuada para descompactar el suelo. En este sentido, se utilizará como indicador la “resistencia a la penetración” obtenida mediante un “Medidor de dureza del suelo”. Este instrumento consiste en una barra de 1 metro con un cono en la punta, la cual se entierra en la pared de una calicata, ofreciendo la resistencia que posee el suelo a la penetración, expresada en MPa/cm2, indicando en forma indirecta el grado de compactación del suelo. El valor del índice de dureza de un suelo compactado corresponde a 1,17-2,43 MPa/cm2, y para un suelo muy compactado de ˃2,44 MPa/cm2 (Yoshikawua et al., 2004). Si se determina la presencia de una estrata compactada en el suelo, corresponde proceder a su rotura mediante un arado subsolador.

Se propone en primera instancia realizar una descompactación del terreno mediante la técnica de escarificado o subsolado a una profundidad de 35 a 40 cm, realizada en forma perpendicular a la pendiente del terreno. Esta técnica, cuenta con la ventaja de aumentar la acumulación de humedad en el suelo, por efecto de la ruptura de la presencia de compactación, facilitando la infiltración de agua en el perfil (Carrasco et al., 2019).

Oportunidad: De esta manera, el suelo afectado quedará habilitado para las labores posteriores de revegetación. El cumplimiento de esta medida podrá ser evaluado en dos oportunidades, considerando una etapa inicial y una etapa final, esta última complementaria a la primera medición del plan de seguimiento ambiental de los servicios ecosistémicos del suelo. Aplicará a Sectores del Proyecto desprovistos de vegetación debido a la instalación de obras temporales y permanentes del Proyecto, así como también los sectores donde se producirán las principales actividades para su materialización. Se cuenta con una evaluación previa a la fase de construcción, considerada como condición basal, de los parámetros físicos y biológicos, los cuales son complementarios al estudio de Edafología y al informe de Evaluación de los Servicios Ecosistémicos del Suelo y la CBS. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Indicador que acredite su cumplimiento Una vez terminado el proceso de restauración ecológica del predio se debe esperar un determinado periodo de tiempo (mínimo un año) para ver la consolidación del entorno al nuevo estado de manejo. Se realizará un estudio edafológico luego de un año para ver la evolución del suelo durante la temporada estival, proponiendo como indicador de éxito la resistencia a la penetración, el contenido de materia orgánica y la cobertura del terreno.

Se medirá entonces: Resistencia a la penetración, materia orgánica y cobertura vegetal.

Acciones propuestas:

Forma de control y seguimiento Se mantendrán registros de los estudios y medidas a implementar.

Tabla 9.15. Compromiso ambiental voluntario: Seguimiento de parámetros Impacto asociado Alteración de calidad del agua Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Ser un indicador de cumplimiento periódico para asegurar una correcta mantención de la condición basal de la calidad de las aguas subterráneas o superficiales.

Descripción: Se realizará un monitoreo mensual para verificar la no afectación en la calidad de las aguas subterráneas o superficiales, dándole seguimiento de los parámetros de temperatura, conductividad, pH, oxígeno disuelto, sólidos suspendidos y turbiedad. Para esto se utilizará como condición basal el muestreo realizado por el titular en el Anexo 4.3 del Adenda.

Justificación: Brindar un indicador de cumplimiento periódico para asegurar una correcta mantención de la condición basal de la calidad de las aguas subterráneas o superficiales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El muestreo se implementará en el punto de muestreo establecido en la condición basal presentado en el Anexo 4.3 de la Adenda, el cual se detalla a continuación, en la siguiente figura:

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Forma: Se realizará un monitoreo mensual para verificar las actividades y obras de la etapa de construcción no afecten la calidad de las aguas superficiales o subterráneas, para esto se hará un muestreo de los parámetros de temperatura, conductividad, pH, oxígeno disuelto, sólidos suspendidos y turbiedad.

Oportunidad: El compromiso se llevará a cabo durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Como indicador que acredite el cumplimiento, se realizará un informe con los resultados asociados. Forma de control y seguimiento La trazabilidad del compromiso se dará a partir de la presentación de toda la documentación anterior a la SMA y otros organismos que así lo soliciten.

Tabla 9.16. Compromiso ambiental voluntario: Charlas de contenido Paleontológico previo movimientos de tierra Impacto asociado Alteración de calidad del agua Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar a los trabajadores en los aspectos Paleontológicos.

Descripción: Se realizarán charlas al personal que ingrese con respecto a las temáticas de la Ley Nº17.288.

Justificación: Considerando que el proyecto posee movimientos de tierra asociados a excavaciones y escarpe, se consideran charlas para capacitar a los trabajadores en los aspectos Paleontológicos, especialmente en caso de estar en presencia de un hallazgo patrimonial. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al interior de las instalaciones del Proyecto.

Forma: Estas charlas serán realizadas por un Paleontólogo/a o licenciado/a en Paleontología que cumpla con los establecido en la Res. Ex. CMN Nº 650 del 05.07.2022

Oportunidad: Las charlas serán implementadas durante la etapa de construcción, previo a los movimientos de tierra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Indicador que acredite su cumplimiento Se presentará un registro con firma de los participantes de modo de calcular las HH. Forma de control y seguimiento Registro de las charlas, el cual se mantendrá en instalaciones de faena, a disposición de la Autoridad para efectos de inspección.

Tabla 9.17. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Paleontológico durante movimientos de tierra Impacto asociado Alteración de calidad del agua Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inspeccionar de forma visual el terreno para monitorear excavaciones y movimientos de tierra en caso de hallazgo Paleontológicos.

Descripción: Al momento de realizar el despeje de vegetación y excavaciones de zanjas, se mantendrá una inspección visual de forma constante y en estado de alerta.

Justificación: Considerando que el proyecto posee movimientos de tierra asociado a excavaciones y escarpe, se consideran las inspecciones visuales de forma permanente en las actividades de movimientos de tierras, en caso de estar en presencia de hallazgo Paleontológicos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al interior del proyecto, específicamente en zonas que se realicen escarpe, excavación de zanjas, entre otros movimientos de tierras.

Forma: La inspección visual se realizará por un paleontólogo/a o licenciado/a en paleontología, en cada una de las actividades de la fase de construcción, pero con énfasis cuando se realice el despeje de vegetación y las excavaciones. El Titular tendrá presente lo indicado en el artículo 26º de la Ley Nº17.288 de Monumentos Nacionales y procederá de acuerdo con el protocolo indicado por el CMN en su Ord. Nº5437 del 18.12.2023.

Oportunidad: Los monitoreos serán implementados durante la etapa de construcción, durante a los movimientos de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Antes de iniciar cada una de las actividades diarias de construcción, se desarrollará el documento de Análisis de Riesgo del Trabajo (ITR), en donde en uno de los ítems se establecerá la inspección visual, con respecto a posibles hallazgos paleontológicos. Forma de control y seguimiento Documentos ATR, el cual se mantendrá en instalaciones de faena, a disposición de la autoridad para efectos de inspección.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

Tabla 10.1. Riesgo ante accidentes personales Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • El personal de faenas deberá operar equipos sólo si está autorizado y si cuenta con la capacitación y experiencia para hacerlo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

• Se deberán inspeccionar los equipos y herramientas al comienzo de cada turno, completando una ficha que indique el estado en que se recibieron y se informará de cualquier anomalía detectada para proceder a su reparación o reemplazo. • No se operarán los equipos más allá de sus capacidades o de las capacidades personales del operador. • Los equipos y maquinarias se someterán a mantenciones periódicas, a través de un calendario de mantenciones planificado de acuerdo con las recomendaciones del fabricante y al uso de ellos. • Se deberá usar en forma obligatoria los elementos de protección personal (EPP) que establecen las normas de seguridad. No podrán operar los equipos y maquinarias, las personas que no cuenten con todos sus EPP. • La carga de combustibles a maquinarias y equipos se realizará en un área debidamente señalizada y habilitada para ello, de modo que cumpla con las condiciones de seguridad exigidas por el Decreto N°160/08 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. • Las áreas de carga y descarga de combustibles y almacenamiento de sustancias peligrosas, serán inspeccionadas visualmente de forma constante por un equipo encargado, de modo de detectar con prontitud eventuales condiciones inusuales de estas. • Una vez inspeccionadas las áreas de carga y descarga de combustibles, se realizarán procedimientos de reportes y registros. • Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles deberán contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar la correcta carga y manipulación, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena, en particular el Decreto N°160/08 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. • En cada jornada de trabajo se inspeccionarán el estado de los equipos y maquinarias utilizados, para evitar la ocurrencia de algún accidente (D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud). • Se instalará la señalética adecuada en los sitios de faenas para impedir caídas en sectores de excavaciones. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá señalética del uso de EPP en los diferentes frentes de trabajo. • Se llevará un registro de las capacitaciones que se realicen en obra. • Se mantendrá registro de las mantenciones de las maquinarias en obra. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5-1 de la DIA Tabla 7.1.1. del ICE

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todo accidente deberá ser informado por el trabajador en forma inmediata a su jefe directo. Asimismo, todo el personal que detecte o presencie un accidente, deberá mantener la calma y comunicar en forma inmediata, vía radial o solicitando a un segundo testigo, al supervisor directo, indicando: • Lugar del accidente • Cantidad de lesionados • Tipo de lesiones • Nombre y cargo El supervisor de faenas coordinará las comunicaciones necesarias para la emergencia, dependiendo de la gravedad de las lesiones. El accidentado recibirá atención primaria del prevencionista de riesgos, o de quien esté debidamente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

capacitado y asignado para tales fines. Si la lesión es menor, el accidentado será atendido con botiquín de primeros auxilios. Si la gravedad de la lesión requiere de atención médica, el accidentado deberá ser trasladado a la posta u hospital más cercano, o donde la mutual lo determine. En caso de caídas o golpes que afecten la cabeza y/o columna, queda estrictamente prohibido mover al accidentado hasta que reciba ayuda del prevencionista de riesgos (o la persona con capacitación en primeros auxilios); sólo se moverá si existe una condición de riesgo para su vida. Se deberá dejar registro del accidente en un formulario previamente definido. El accidentado tendrá un plazo máximo de 24 horas para realizar su denuncia, pasado este plazo se entenderá como no ocurrido en la obra. En caso de sufrir un accidente de trabajo en el trayecto, será responsabilidad del trabajador reunir los antecedentes necesarios para que este sea considerado de trayecto: • Denuncia a Carabineros • Comprobante de atención en Posta, Hospital, etc… • Presentación de testigos

Se tomarán medidas en contra de las personas que incurran en las siguientes faltas: • Utilizar los equipos de rescate para fines distintos para los que fueron diseñados • Dar falsas alarmas Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5-1 de la DIA Tabla 7.1.1. del ICE

Tabla 10.2. Situación de riesgo o contingencia ante accidentes vehiculares Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el proyecto

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se contratará personal adecuado, autorizado y debidamente calificado para la conducción y manejo de vehículos involucrados en el Proyecto. Se exigirán documentos legales al día (licencia de conducir y hoja de vida del conductor). • Los vehículos transitarán solamente en áreas y vías designadas para ello. • En todas las vías utilizadas tanto caminos públicos como caminos del Proyecto se procurará el cumplimiento estricto de las reglamentaciones de seguridad de tránsito aplicables, por ejemplo, uso de los cinturones de seguridad, permisos de circulación, revisión técnica y seguros obligatorios al día. • Los desplazamientos de vehículos por los accesos al área del Proyecto se harán con estricto apego a las normas de tránsito vigentes para dichas rutas, considerando los límites máximos de velocidad, los pesos máximos de los vehículos, y el uso de camiones adecuados para evitar el derrame de materiales de insumo durante el transporte. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

• Asimismo, todos los vehículos utilizados durante el transporte de personas y equipamiento deberán respetar las condiciones de operación establecidas por el fabricante, encontrarse en buenas condiciones y cumplir con las normas y regulaciones chilenas vigentes. • Dentro de las instalaciones de faena, y en todas las zonas donde se realicen trabajos, se establecerán las señalizaciones necesarias para demarcar las distintas áreas: oficinas, comedores, estacionamiento, tránsito de maquinaria y peatones, vehículos de transporte pesados y vehículos menores, áreas de carga y descarga de insumos y combustibles, almacenamiento de insumos y residuos, evitando de esta forma la ocurrencia de situaciones riesgosas derivadas del movimiento de vehículos. • En las áreas destinadas a estacionamiento, todos los vehículos se colocarán aculatados. En caso de no existir un espacio destinado para estacionar en algunas zonas durante las faenas de construcción, los vehículos se colocarán de manera tal de no obstruir el camino ni las labores en la faena, y donde exista buena visibilidad para que el conductor realice las maniobras de estacionamiento y salida. Forma de control y seguimiento • Se instalará señalética vial en la fase de construcción y se mantendrá • Se llevará un registro de las capacitaciones de seguridad vial realizadas • Se mantendrá un registro de las licencias de conducir de los conductores que formen parte del transporte del proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. de la DIA. Tabla 7.1.2. del ICE

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Los accidentes vehiculares pueden clasificarse en 3 distintos grados, dependiendo de su gravedad, los cuales se describen a continuación: • Grado 1 (G.1): Accidentes leves que son solucionables por el chofer dentro de la jornada de trabajo. • Grado 2 (G.2): Accidentes de mayor gravedad, que requieren de ayuda médica adicional • Grado 3 (G.3): Accidentes graves que requieren de la cooperación de Carabineros, Bomberos y/o Brigada de rescate (Atropello, colisión, con heridos, choque, volcamiento, etc.).

Procedimiento Todo accidente vehicular debe ser informado por el trabajador en forma inmediata a su jefe directo. En caso de accidente G.1 debe cumplirse con lo establecido en la ley de tránsito en cuanto a estacionamiento y señalización – en ningún caso se debe dejar el vehículo abandonado-, dando aviso inmediato fía frecuencia radial al supervisor directo. En caso de accidente G.2, se debe colocar una barrera u obstáculos de emergencia a 20 metros de distancia del vehículo, dar aviso inmediato al supervisor directo, quien coordinara el envío oportuno de personal mecánico adicional. En caso de accidente G.3, se dirigirá a los accidentados al centro de urgencia más cercano y se informará inmediatamente al supervisor directo, indicando: • Lugar del accidente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

• Cantidad de lesionados • Tipo de lesiones • Nombre y cargo

En caso de accidentes con resultados fatales se debe llamar a Carabineros, Dirección de Vialidad, regional o provincial según corresponda, tomando en cuenta no alterar el sitio del suceso. Por último, se deberá registrar el accidente en un formulario previamente definido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Se informará a la Oficina Provincial sobre eventuales accidentes que se desarrollen en cualquier camino público. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. de la DIA. Tabla 7.1.2. del ICE

Tabla 10.3. Situación de riesgo o contingencia ante Incendios Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones auxiliares, sector de paneles fotovoltaicos, zonas de operación de maquinarias. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El contratista deberá presentar un procedimiento seguro para efectuar el suministro de combustible a maquinaria y vehículos de transporte en faenas.

Los materiales inflamables serán almacenados en lugares adecuados. No se almacenarán combustibles en el área de faenas. Se prohibirá fumar en lugares con riesgo de incendio. Existirá provisión de extintores portátiles en los lugares con riesgo de incendio.

Los extintores serán sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizada por el fabricante o servicio técnico, por lo menos una vez al año, haciendo constar esta circunstancia en la etiqueta correspondiente, a fin de verificar sus condiciones de funcionamiento. Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de riesgo de incendios en las áreas de faenas, obras e instalaciones. Se deberán adoptar todas las medidas para evitar incendios durante las faenas de preparación del terreno y reducción de desechos, en conformidad a lo establecido en el D.S. N°276 de 1980 del Ministerio de Agricultura, el cual regula el uso del fuego. Por lo tanto, como medidas de prevención contra los incendios forestales/agrícolas, se deberá realizar como mínimo las siguientes labores: a. La principal medida será la construcción de un cortafuego perimetral y su mantención anual, entre la zona de los paneles fotovoltaicos y el cerco perimetral. Dicho cortafuego corresponde a una faja de terreno donde se elimina toda la vegetación y se deja expuesto el suelo mineral. El ancho minino que tendrá el cortafuego no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

deberá ser inferior a 10 metros medido en proyección horizontal, para asegurar la detención del fuego en caso de un siniestro. b. Mantener una cuadrilla capacitada para el primer ataque y que cuente con el equipamiento adecuado. c. Colocar un cartel alusivo a la prevención de incendios forestales. d. Contar con vehículos y herramientas adecuadas para combatir un amago de incendio forestal. e. Confeccionar y mantener franjas de protección por los sectores donde pasan cables y postes del tendido eléctrico, debiendo éstos permanecer libre de vegetación sin pastos secos y con el ancho que obliga la ley, debiéndose contactar con las compañías eléctricas para solicitar y concordar las medidas mínimas de protección. f. Durante la ejecución de las medidas, se considerará la sugerencia de consultar las Pautas de Prescripciones Técnicas Aplicables al Programa de Protección Contra Incendios Forestales de CONAF: https://www.conaf.cl/wp-content/uploads/2013/02/Pauta- 3.1_Agosto_2020.pdf En cuanto a la Condición de riesgo de incendio en estaciones del sistema BESS, el Titular incluye un Plan de Contingencia y Emergencias por “Fallas en el sistema del equipo de baterías (BESS)” (Anexo 4.1 Adenda Complementaria). Además, el Titular también incluye un “Riesgo de Incendio en transformadores y/o paneles fotovoltaicos” para la fase de operación. Por último, es relevante destacar que las baterías y los sistemas eléctricos no representan peligro cuando se utilizan de acuerdo con las instrucciones del fabricante y en condiciones normales. Sin embargo, en caso de ruptura o falla, pueden surgir situaciones de riesgo como inflamabilidad, las cuales son incluidas dentro de este Plan. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá en las instalaciones del proyecto, la resolución de autorización de la bodega RESPEL • Se llevará un registro de las capacitaciones de uso de extintor en el proyecto • Se mantendrá un manejo adecuado y restringido de las sustancias y residuos peligrosos. • Plano y/o similar de cortafuego perimetral entre la zona de los paneles fotovoltaicos y el cerco perimetral. • Registro de mantención anual de cortafuego y franjas de protección. • Registro Capacitación cuadrilla para el primer ataque • Instalación cartel prevención de incendios forestales (Inspección in situ y/o registro fotográfico) • Registro de vehículos y herramientas disponibles para combatir un amago de incendio forestal. • Registro físico o digital de Pauta CONAF sugerida https://www.conaf.cl/wp- content/uploads/2013/02/Pauta3.1_Agosto_2020.pdf Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4.1. de Adenda Complementaria. Tabla 7.1.3. del ICE

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de un amago de incendio, el personal calificado que se encuentre más cerca deberá actuar frente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

a esta emergencia utilizando los elementos de protección personal que correspondan. En este caso se deben seguir los siguientes pasos: Dar aviso de forma inmediato al supervisor, proporcionando los antecedentes que sean necesarios para la correcta evaluación de la situación, y si es posible contener el fuego con extintores. El personal calificado prohibirá el acceso al área de amago de incendio de todo personal que no esté adecuadamente equipado o capacitado para manejar la situación, dirigiéndolos preferentemente en dirección contraria al viento Se activará el procedimiento de Comunicaciones y, en caso de ser necesario, el procedimiento de Evacuación. De ser necesario se paralizarán todas las actividades de la faena. En función de la magnitud otorgada a la emergencia, activar la alarma de incendio Activar las labores de las unidades de contingencia. En caso de que durante el manejo de residuos peligrosos se presente un incendio en área de la bodega RESPEL, se aplicará el mismo procedimiento de emergencia ante incendios por manejo de residuos no peligrosos, vale decir: Activar el procedimiento de Comunicaciones En función de la magnitud otorgada a la emergencia, activar la alarma de incendio Activar las labores de las unidades de contingencia.

En caso de que durante el manejo de residuos peligrosos se presente un incendio en área de la bodega RESPEL, se aplicará el mismo procedimiento de emergencia ante incendios por manejo de residuos no peligrosos, vale decir: • Activar el procedimiento de Comunicaciones • En función de la magnitud otorgada a la emergencia, activar la alarma de incendio • Activar las labores de las unidades de contingencia. • Prohibir el ingreso del personal no autorizado al área afectada. • En función de la clasificación del incidente, activar el procedimiento de Evacuación. El personal deberá evacuar ordenadamente las instalaciones hacia las zonas de seguridad establecidas previa y debidamente señalizadas al interior de las inmediaciones. • El personal autorizado y capacitado atacará el fuego con extintores y red húmeda perimetral, en los lugares donde se disponga de ésta última, mientras llega la ayuda especializada (en caso de ser una situación grave). • Si no es posible controlar la situación con recursos propios, dar aviso inmediato a Bomberos. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro esté controlado. • Realizar una completa investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia.

Considerando el riesgo climático de ocurrencia de Incendio Se añade a este Plan de Emergencias Forma de control y seguimiento. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá en las instalaciones del proyecto, la resolución de autorización de la bodega RESPEL • Se llevará un registro de las capacitaciones de uso de extintor en el proyecto • Se mantendrá un manejo adecuado y restringido de las sustancias y residuos peligrosos. • Plano y/o similar de cortafuego perimetral entre la zona de los paneles fotovoltaicos y el cerco perimetral. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

• Registro de mantención anual de cortafuego y franjas de protección. • Registro Capacitación cuadrilla para el primer ataque • Instalación cartel prevención de incendios forestales (Inspección in situ y/o registro fotográfico) • Registro de vehículos y herramientas disponibles para combatir un amago de incendio forestal. • Registro físico o digital de Pauta CONAF sugerida https://www.conaf.cl/wp-content/uploads/2013/02/Pauta- 3.1_Agosto_2020.pdf Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº 885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Cabe señalar que en virtud de lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4.1. del Adenda Complementaria Tabla 7.1.3. del ICE

Tabla 10.4. Situación de riesgo o contingencia ante Sismos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el proyecto

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Construcción y cierre: • Previo al inicio de cada Fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. • Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada subcontrato de construcción, el que incluirá un programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos del Titular. • En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. • El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. • En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de las Fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo del área afectada para evaluar y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente. • Se realizarán simulacros en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de capacitaciones realizadas. Este registro se encontrará Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

presente en planta y/o en zona de instalación de faenas según la fase que se esté ejecutando. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. de la DIA. Tabla 7.1.4. del ICE

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante un eventual riesgo sísmico, el personal deberá proceder de la siguiente manera: • No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esto constituye un riesgo. • Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. • Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. • No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del sismo. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. • Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. • Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. • El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. • Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias del parque, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5-1 de la DIA. Tabla 7.1.4. del ICE

Tabla 10.5. Situación de riesgo o contingencia ante Eventos Meteorológicos Extremos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el proyecto

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Construcción y cierre: • Previo al inicio de cada Fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. • Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada subcontrato de construcción, el que incluirá un programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos del Titular. • En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. • En el caso de ocurrir un fenómeno meteorológico extremo (ejemplo lluvia extrema que fuese a generar inundaciones, fuertes vientos etc.), en cualquiera de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo del área afectada para evaluar y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todas las capacitaciones realizadas y del plan de evaluación. Este registro se encontrará presente en planta y/o en zona de instalación de faenas según la fase que se esté ejecutando. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. de la DIA. Tabla 7.1.5. del ICE

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante un eventual riesgo meteorológico, (ejemplo lluvia extrema que fuese a generar inundaciones, fuertes vientos etc.) el personal deberá proceder de la siguiente manera: • No abandonar las instalaciones durante el evento, ya que esto constituye un riesgo. A no ser que las circunstancias lo ameriten y/o se efectúe la orden por el especialista en prevención. • Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. • Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. • No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del fenómeno. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. • Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. • Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. • El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. • Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias del PFV, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5-1 de la DIA Tabla 7.1.5. del ICE

Tabla 10.6. Situación de riesgo o contingencia ante manejo de residuos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de almacenamiento temporal de residuos

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Verificar el tipo de residuo a recolectar, de modo de clasificarlo debidamente y transportarlo a los sitios habilitados para su almacenamiento, ya sea contenedores en el caso de RSD o recintos de almacenamiento temporal en el caso de residuos industriales no peligrosos. • Mantener los contenedores y recintos de almacenamiento temporal de residuos debidamente demarcados y señalizados. • Realizar un seguimiento de los residuos que salen del Proyecto a disposición final. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

• Por otro lado, con el fin de disminuir al mínimo los riesgos asociados al manejo de los residuos peligrosos, se establecerán las siguientes medidas: • Los residuos sólidos peligrosos serán almacenados en bodegas de acopio temporal. • Las bodegas de acopio temporal contarán con autorización sanitaria. • Cada bodega de acopio temporal se edificará en una zona definida y acondicionada para su manejo, conforme a lo señalado en el D.S. N°148/03 del Ministerio de Salud. • Entre otras características, cada bodega de acopio temporal contará con una superficie impermeabilizada y con un sistema de control de derrames. • Al interior de las bodegas de acopio temporal los residuos peligrosos serán depositados en contenedores herméticos, con tapa y rótulos apropiados a sus características fisicoquímicas y al volumen generado. • Los contenedores utilizados deben estar en buenas condiciones, tener un espesor adecuado y estar construidos con materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a prueba de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial 2190 Of.93 (Marcas para información del riesgo). • En la bodega de acopio temporal estarán disponibles las Hojas de seguridad (HDS) de todos los residuos peligrosos almacenados, como también procedimientos específicos para actuar en caso de presentarse alguna contingencia. Adicionalmente, el área contará con elementos de prevención y extinción de incendio. • Se contará con un registro de los residuos peligrosos almacenados, el que contendrá al menos la siguiente información: características de peligrosidad del residuo; cantidad, peso y volumen; características fisicoquímicas; ubicación dentro de la bodega de acopio temporal; fecha de recepción y lugar de procedencia. • El personal que ingrese a la bodega de acopio temporal deberá estar debidamente capacitado en la operación segura de residuos peligrosos, debiendo utilizar sus elementos de protección personal, dependiendo de las características específicas de los residuos peligrosos a manipular. • Cada contratista que maneje residuos peligrosos deberá presentar y mantener en obra un plan de contingencias en caso de derrames e incendios, el que deberá ser aprobado por el Titular. • Los residuos peligrosos serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados para esos efectos por la autoridad sanitaria, de modo tal de asegurar que la eliminación de éstos se realice en condiciones que garanticen el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. • El transporte de estos residuos a los sitios de disposición final se realizará cumpliendo con los requerimientos indicados en el D.S. N°298/1994 “Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos”. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá la resolución de autorización de la Autoridad Sanitaria de las áreas de almacenamiento de residuos. • Se llevará el registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores respecto del manejo y almacenamiento de residuos. • Se llevará el registro de los residuos que entran y salen de las áreas de almacenamiento de residuos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. de la DIA. Tabla 7.1.6. del ICE

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Activar el procedimiento de Comunicaciones. • En función de la magnitud otorgada a la emergencia, activar la alarma de incendio • Activar las labores de las unidades de contingencia. • Prohibir el ingreso del personal no autorizado al área afectada • En función de la clasificación del incidente, activar el procedimiento de Evacuación. El personal deberá evacuar ordenadamente las instalaciones hacia las zonas de seguridad establecidas previa y debidamente señalizadas al interior de las inmediaciones. • El personal autorizado y capacitado atacará el fuego con extintores y red húmeda perimetral, en los lugares donde se disponga de ésta última, mientras llega la ayuda especializada (en caso de ser una situación grave). • Si no es posible controlar la situación con recursos propios, dar aviso inmediato a Bomberos. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro esté controlado • Se realizará una completa investigación de incendio, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5-1 de la DIA. Tabla 7.1.6. del ICE

Tabla 10.7. Situación de riesgo o contingencia atropello de fauna Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Circuitos de circulación interna y caminos de acceso

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Estricto control de velocidad en general para todos los vehículos del Proyecto, informando a todo el personal directo del proyecto, así como también a empresas contratistas los límites de velocidad de conducción permisibles, tanto en caminos internos como externos. • Se confeccionarán e instalarán letreros informativos sobre el cruce de fauna en los tramos correspondientes. Forma de control y seguimiento • Se realizarán una inspección de la señalética de restricción de velocidad, señalización de áreas de cruce de fauna • Se llevará registro de las capacitaciones a los trabajadores en cuanto a este tipo de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. de la DIA. Tabla 7.1.7. del ICE

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se realizará un procedimiento de rescate con las siguientes etapas: Identificación y aviso: • Avistamiento e identificación del individuo • Aviso a través del canal radial de comunicación con brigada de emergencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

• Dar aviso inmediato al SAG Regional

Esta etapa consta de una evaluación primaria que el trabajador debe hacer del animal, para ver si se encuentra con algún tipo de incapacidad de moverse por sus propios medios.

Donde el trabajador de hacerse la siguiente pregunta: ¿El animal puede moverse sin problemas?, si la respuesta es SI, no aplica este procedimiento y el animal deberá ser ahuyentado del área. En caso contrario, el animal deberá ser rescatado y por ello aplicar el presente procedimiento. Se deberá dar aviso al departamento de medio ambiente y seguridad (DMAS) antes de proceder con la siguiente fase. Debe seguir con la fase de salvataje con el objetivo que el animal no pueda dañarse por el estrés que genera la situación de herida o atropello.

Animales con algún tipo de lesión evidente dentro de las zonas del proyecto

Acercarse lentamente al animal, y verificar si está vivo o muerto, prestando atención a indicios de vida como movimientos de cuerpo, respiración, etc. • Si el animal está muerto, será informado al encargado del departamento de DMAS, manipulándolo, utilizando guantes de neopreno, y colocándolo dentro de una bolsa de plástico y notifique al departamento de DMAS la hora y el lugar donde fue encontrado. El encargado del Departamento será quien deberá emitir el informe al SAG y en conjunto decidir el destino del animal muerto. • Si el animal está vivo, deberá asegurar un mínimo de perturbación, para evitar que se estrese. NO grite, NO corra, NO realice movimientos bruscos con el cuerpo, ni con ningún otro elemento.

Rehabilitación y liberación Esta etapa será realizada en las instalaciones y es de responsabilidad del Centro de Rescate determinado por SAG, donde se rehabilitará el espécimen hasta que esté en condiciones para su liberación, proceso que deberá ser de responsabilidad de la empresa.

Cosas que No se debe hacer • No alimente al animal • No lo sostenga de las zonas lesionadas • No le introduzca agua a la fuerza • No lo moje para mantenerlo húmedo Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5-1 de la DIA Tabla 7.1.7. del ICE

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Tabla 10.8. Situación de riesgo o contingencia: Afloramiento de Napa Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Hincado de paneles y Movimientos de tierra (excavaciones y zanjas) Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Como medidas preventivas se deberán realizar las siguientes acciones: • Las actividades de excavación e hincado de estructuras serán realizadas por sobre el nivel freático. • Todo lugar que donde pudiese ocurrir el afloramiento de aguas subterráneas estará debidamente señalizado. • Se debe estar pendiente de los avisos meteorológicos de alerta temprana o alarmas generados por los medios de comunicación oficial que pudiesen aumentar el flujo de agua subterránea. • Previo a la ejecución del proyecto, el titular contactará a Bomberos y al Comité de Emergencia del Municipio de Osorno, para conocer y retroalimentar las medidas de emergencias descritas en el proyecto. Forma de control y seguimiento • Capacitaciones. • Simulacros. • Reuniones del comité de emergencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. de la DIA. Tabla 7.1.8. del ICE

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia La medida a aplicar ante un potencial afloramiento de aguas es la siguiente: Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de las obras en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales. El Titular no podrá hacer uso de aguas afloradas sin contar con los derechos de aprovechamiento respectivos autorizados por la DGA. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5-1 de la DIA Tabla 7.1.8. del ICE

Tabla 10.9. Situación de riesgo o contingencia Derrame de sustancias peligrosas en áreas de trabajo, cuerpos de agua y durante el transporte Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Almacenamiento y manejo de sustancias peligrosas

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Respecto de medidas de seguridad para el almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas: • Se dará cumplimiento a la normativa D.S. N°160/2009 de acuerdo con las instalaciones para abastecer a la maquinaria de la fase de construcción. Se habilitará una zona de abastecimiento de combustible será una zona dedicada exclusivamente a la carga de combustible de generadores eléctricos y maquinaria empleada en la fase de construcción. Esta zona será delimitada y señalizada. Y tendrá estanques con sistema de contención de derrames. • La carga de combustible se realizará sobre una zona delimitada, protegida con lámina HDPE. • Se realizarán capacitaciones para el manejo adecuado de las sustancias peligrosas en el área de instalación de faenas • El almacenamiento de residuos cumplirá con lo estipulado en el D.S. N°43/2016, estos contarán con su hoja de datos de seguridad, estarán protegidos de condiciones ambientales, contará con sistemas de control de derrame y serán separados por características de peligrosidad. En efecto, el almacenamiento indicado cumplirá con lo establecido para el almacenamiento en pequeñas cantidades indicando en los artículos 19° al 24°. • Una vez usadas las sustancias, los envases vacíos serán dispuestos de manera temporal en una bodega RESPEL, especialmente habilitada para este tipo de residuos, que contará con la resolución pertinente de la Autoridad Sanitaria para su uso. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

Respecto de medidas de seguridad para el transporte de sustancias peligrosas: • Se dispondrá de un camión tanque dos veces por semana o de acuerdo con requerimiento, debidamente certificado por la SEC para el abastecimiento de combustible en el sitio del Proyecto. • Se solicitará al transportista la licencia adecuada para este tipo transporte, capacitaciones necesarias para responder en caso de accidente con derrame de sustancias • El transporte de las sustancias peligrosas deberá contar con las hojas de seguridad de cada sustancia (incluyendo la instrucción de los procedimientos en caso de derrame de estas) Forma de control y seguimiento • Se mantendrá el certificado de acreditación de la empresa autorizada para el transporte de sustancias peligrosas en obra • Se mantendrán la resolución favorable de la Autoridad Sanitaria para el almacenamiento de residuos peligrosos (bodega RESPEL) • Se llevará un registro de las sustancias peligrosas en cuanto a su entrada a las instalaciones del proyecto y también un registro de la entrada y salida de la bodega de sustancias peligrosas • Se mantendrá en las instalaciones del proyecto, el registro de disposición final de los residuos peligrosos • Se elaborará un informe preliminar al cabo de 24 horas ocurrida la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 o 15 días ocurra la emergencia. Los informes deben ser enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente. Al respecto, el informe preliminar deberá contener al menos: la fecha, hora, ubicación y tipo incidente, sustancias o residuos peligrosos involucrados y cantidades derramadas, componente ambiental afectado, superficie o extensión del derrame, origen y duración del incidente, descripción de las respuestas inmediatas y número personas afectadas. Por otro lado, el informe final, deberá contener una descripción más detallada del contenido del informe preliminar y deberá considerar además el manejo de los residuos generados posterior a la limpieza y acciones de recuperación del componente ambiental afectado, entre otros. • En caso de emergencias que afecte al componente agua el plan considerará el monitoreo de parámetros de interés, de acuerdo con el tipo de sustancia. El monitoreo se realizará aguas arriba del derrame y en el sector del derrame. Así como también, las muestras serán analizadas en un laboratorio acreditado por el INN. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5-1 de la DIA Tabla 7.1.9. del ICE Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Para el caso de derrame en área de trabajo:

En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, líquidos hidráulicos y/o combustible durante la etapa de construcción, se deberá dar aviso de inmediato al encargado de prevención de riesgos o la persona responsable. Posteriormente se evacuará al personal del área afectada, con el fin no exponerlos innecesariamente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

El procedimiento y/o medidas que se ejecutarán para recuperar los residuos ante una emergencia de este tipo son las siguientes: • Cortar cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con el combustible derramado. • Una vez localizado el origen o determinada la extensión de la zona afectada por el derrame, señalizar y acordonar la zona contaminada con barreras o cintas. • Los residuos serán contenidos y se utilizarán medios absorbentes. • Cavar una zanja alrededor del derrame comenzando sobre la menor cota del suelo en caso de pendiente. Ésta se debe realizar manualmente con una pala a una distancia mínima de 20 centímetros del borde del derrame de manera de formar un pequeño muro de contención, hasta rodear completamente el derrame. • Limpiar la zona contaminada y a la descontaminación de los equipos.

Una vez contenido el derrame, dependiendo de su magnitud, el procedimiento que se ejecutará para almacenar los residuos será en tambores con tapa, en un sector con piso impermeable, con control de derrame, bajo techo y señalizado, para luego ser dispuesto en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria, por lo cual se deberá: • Recoger la superficie que ha sido contaminada y disponerla en bolsas herméticas y dispuestos en tambores especialmente habilitados para acumular el suelo con productos de derrame. • Recolectar el aceite o sustancia derramada. En el caso de derrames menores recolectar con una pala. • Recoger y disponer en contenedores habilitados para residuos peligrosos, todo el material contaminado. • Los contenedores con material impregnado con petróleo serán etiquetados adecuadamente y dispuestos temporalmente, en la bodega de acopio de residuos peligrosos para posteriormente ser trasladados por una empresa autorizada hasta el sitio para disposición final como residuos peligrosos. • Registrar el accidente en el formulario previamente definido • Dar aviso a las autoridades competentes según corresponda.

Cabe destacar que este tipo de residuos, por sus características, es considerado un residuo peligroso, por lo que para proceder a su mejor manejo, eliminación y/o tratamiento en sitio autorizado, se dará cumplimiento a lo indicado en el D.S. N°148 de 2003 del MINSAL, que “Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. • El Gerente o la persona en quien haya delegado el manejo de la emergencia, en forma conjunta con el área de Prevención de Riesgos, tendrán la responsabilidad de asegurar el área, analizar la situación y posteriormente comunicar a los trabajadores que la emergencia ha terminado autorizando la continuación de las respectivas labores.

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Para el caso de derrame en el transporte: • Si es posible, ubicar el vehículo en la zona más próxima de menor riesgo a la comunidad y al medio ambiente • Apagar el vehículo • Reportar el derrame a la empresa, llamar a bomberos, carabineros y a la Oficina Provincial de Vialidad • Vestir los elementos de protección necesarios, según el producto o esperar que llegue personal debidamente equipado para atender el suceso • No permitir el acceso ni que pasen por encima del derrame • Aislar y señalizar el área del derrame. El tamaño del área de aislamiento varía según el producto y su naturaleza • Si el producto es líquido o semisólido, formar un dique al rededor del derrame, para evitar que se extienda a alcantarillas o acuíferos; utilice para ello diques ecológicos en poliuretano o tipo calcetín. • Posteriormente absorber con materiales inertes e introdúzcalos en contenedores cerrados y marcados • Si el producto es sólido recoger con una pala plástica antiestática y vaciar a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocar también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse • Por último, descontaminar el área. Si se utilizan absorbentes especiales, no se requiere lavar con agua; así también se protege el medio ambiente. En lo posible, el conductor no debe ir solo. Si lo está, debe dejar que lleguen al lugar, personas que apoyen la emergencia. Recuerde que un procedimiento de emergencia no debe llevarse a cabo con una sola persona. Mínimo debe haber dos personas y otras dos alertas para dar soporte. • La disposición de la sustancia y a la vez la limpieza del vehículo de transporte, serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos, peligrosos y con su aprobación sanitaria. • Luego de controlado el derrame en terreno, se deberá emitir un informe que tenga los siguientes puntos: aspectos ambientales involucrados, posibles impactos generados, medidas de mitigación y control efectuadas, medidas de seguimiento adecuadas. • La evaluación del accidente de derrame por transporte considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectadas y serán consignados en el informe. • Posteriormente absorber con materiales inertes e introdúzcalos en contenedores cerrados y marcados • Si el producto es sólido recoger con una pala plástica antiestática y vaciar a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocar también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse • Por último, descontaminar el área. Si se utilizan absorbentes especiales, no se requiere lavar con agua; así también se protege el medio ambiente. En lo posible, el conductor no debe ir solo. Si lo está, debe dejar que lleguen al lugar, personas que apoyen la emergencia. Recuerde que un procedimiento de emergencia no debe llevarse a cabo con una sola persona. Mínimo debe haber dos personas y otras dos alertas para dar soporte. • La disposición de la sustancia y a la vez la limpieza del vehículo de transporte, serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos, peligrosos y con su aprobación sanitaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

• Luego de controlado el derrame en terreno, se deberá emitir un informe que tenga los siguientes puntos: aspectos ambientales involucrados, posibles impactos generados, medidas de mitigación y control efectuadas, medidas de seguimiento adecuadas. • La evaluación del accidente de derrame por transporte considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y serán consignados en el informe. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Se dará aviso inmediato a la Dirección General de Aguas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. de la DIA. Tabla 7.1.9. del ICE

Tabla 10.10. Situación de riesgo o contingencia: Fallas en el sistema del equipo de baterías (BESS)

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Interior del container del sistema de almacenamiento de baterías (BESS) Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En primer lugar, es relevante destacar que las baterías no representan peligro cuando se utilizan de acuerdo con las instrucciones del fabricante y en condiciones normales. Sin embargo, en caso de ruptura, pueden surgir situaciones de riesgo asociadas, como inflamabilidad, toxicidad crónica y aguda según lo establecido en la Hoja de Datos de Seguridad.

Las acciones o medidas a implementar para prevenir las contingencias son las siguientes: • Revisión semestral de los contenedores de almacenamiento de baterías (BESS) y del estado de los equipos de control de incendios. • Bodega implementos de seguridad para la protección personal de acuerdo con la sustancia almacenada (inerte químicamente), lo básico que debe estar presente es: guantes, antiparras, mascarillas y overol o delantal para la protección personal. • Al exterior del container de las BESS, deben estar siempre disponible y en buen estado las Hojas de Datos de Seguridad (HDS), así como también los extintores correspondientes. • El acceso al área interna de las BESS será únicamente por personal autorizado y certificado. • Charlas a todos los trabajadores respecto al procedimiento de plan de contingencia y emergencia en situación de riesgo: Estas charlas brindarán una inducción y/o capacitación al personal respecto a la prevención de incendios y posibles daños que puedan causar estos al medio ambiente y la sociedad. Estas charlas se realizarán de forma anual al personal de la empresa y será de carácter obligatoria, abordando los siguientes temas:

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_ Correcto uso de elementos de seguridad _ Medidas de prevención para reducir la probabilidad de incendios _ Detección de Incendios _ Comportamiento del fuego _ Seguridad en combate _ Primeros auxilios _ Detalle cartográfico del Proyecto _ Disposición de herramientas y extintores _ Uso de herramientas y construcción de líneas rudimentarias de control de fuego

Por último, cabe mencionar que las temáticas abordadas por los especialistas estarán enfocadas para combatir preliminarmente cualquier foco de incendio hasta la llegada del personal especializado (bomberos, CONAF).

•Instalación de señalética y letreros asociados a la prevención de emergencias y prohibición del uso de suelo:

Se distribuirán carteles, los cuales se posicionarán a través del recinto en lugares visibles para el personal, específicamente en sectores donde se ubicará el sistema BESS. Estos letreros y señaléticas detallarán la forma del uso de elementos básicos para combatir el fuego, prohibición del uso de fuego y/o maquinaria sin autorización, contactos de emergencias asociados, vías de evacuación y/o hojas de seguridad.

Método de extinción y recursos necesarios para controlar la emergencia Se contará con un kit de herramientas accesibles en cualquier momento, los cuales estarán demarcados y en zonas visibles, pero no tan cerca del Sistema BESS para que estas no se dañen y puedan ser utilizadas en durante la ocurrencia de un incendio. El kit de herramientas contará con el equipamiento mínimo para el control de incendios, el cual contará con extintores, tambores con arena, herramientas manuales (pala, azadones, pulaski, rastrillos, Mcleod u otros) y elementos de protección personal (EPP). Con respecto al uso de extintores se tiene que estos contarán con su periodo de revisión vigente. Como forma de detección y control de temperatura para detección de emergencia, se establecerá un sistema de teledetección por cámaras termográficas instaladas en sectores específicos del parque, los cuales están diseñadas para detectar variaciones de temperatura y anomalías térmicas, levantando la respectiva alerta en caso alguna anomalía. Este sistema brinda una serie de ventajas, tales como la detección temprana, alertas automáticas, evaluación retoma de la situación, monitoreo continuo, reducción de riesgos, entre otros. Cabe mencionar que se evitará el uso de extintores tipo C, debido a que, si bien estos poseen una mayor capacidad de penetración en las celdas, posee una capacidad de enfriamiento insuficiente y puede generar subproductos corrosivos derivados de su aplicación directa sobre las celdas. Por otro lado, en caso de ocurrencia de incendio, el Sistema de Baterías BESS, cuenta con su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

propio sistema de extinción de incendios a base de agua, el cual funciona de forma automática y considera el uso de “Sprinkler” conectado a un sistema de tuberías prefabricadas. Forma de control y seguimiento Las formas de control y seguimiento de las medidas y/o acciones tomadas para prevenir la contingencia son las siguientes:

• Registro de las cantidades declaradas por medio de la plataforma SIDREP, respecto a los residuos generados cuando sea requerido. • Registro de charlas con firma y fotografía de las charlas a los trabajadores. • Cada uno de estos documentos estará disponible en la instalación de faena para su control y seguimiento. • Registro de la revisión cada 6 meses del sistema de baterías (BESS) para evitar eventuales fallas inesperadas. • Registro del personal certificado y autorizado para realizar mantenciones correspondientes al sistema de baterías (BESS). • Cada uno de estos documentos estará disponible en la instalación de faena para su control y seguimiento Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4.1 – Plan de Contingencias y Emergencias del Adenda Complementaria. Tabla 7.1.10. del ICE Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ruptura, pueden surgir situaciones de riesgo asociadas, como inflamabilidad, toxicidad crónica y aguda según lo establecido en la hoja de datos de seguridad. Las acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia estarán enfocadas según la situación de riesgo asociada. Situaciones de Inflamabilidad, toxicidad crónica y aguda según lo establecido en la hoja de seguridad. • El personal que trabaje en la fase de operación estará capacitado para estos siniestros y por protocolo de seguridad solo podrá intervenir en caso de amagos de incendios donde ya sea por detección de humo, chispas o un pequeño foco de fuego, pero que aún no se ha propagado de manera significativa. • Si se tratase de un incendio declarado, donde el fuego ha crecido y se ha propagado, se aislará al personal de ese lugar, y se tomará contacto de inmediato con los bomberos. • Una vez superada la emergencia, todo el personal involucrado se reunirá en un lugar seguro a fin de hacer un recuento de los trabajadores y coordinar las acciones necesarias que se tomarán. • En caso de existir lesionados se transportarán el/los afectados hasta un centro asistencial. • En el caso ocurrir durante una fecha que no esté el personal en el parque, tal como fue indicado el proyecto funcionara de forma remota por lo tanto se dará aviso de inmediato a bomberos. Como forma de detección y control de temperatura para detección de emergencia, se contará un sistema de teledetección por cámaras termográficas instaladas en sectores específicos del parque, los cuales están diseñadas para detectar variaciones de temperatura y anomalías térmicas, levantando la respectiva alerta en caso alguna anomalía.

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Método de extinción y recurso necesarios en caso de incendio En caso de ocurrencia de incendio, el Sistema de Baterías BESS, cuenta con su propio sistema de extinción de incendios a base de agua, el cual funciona de forma automática y considera el uso de “Sprinkler” conectado a un sistema de tuberías prefabricadas. Con respecto al personal de la empresa capacitado para combatir el amago de incendio, este estará a disposición de las autoridades y contarán con un kit de herramientas accesibles en cualquier momento, los cuales estarán demarcados y en zonas visibles, pero no tan cerca del Sistema BESS para que estas no se dañen y puedan ser utilizadas en durante la ocurrencia de un incendio. El kit de herramientas contará con el equipamiento mínimo para el control de incendios, el cual contará con extintores, tambores con arena, herramientas manuales (pala, azadones, pulaski, rastrillos, Mcleod u otros), extintores con revisión vigente y elementos de protección personal (EPP).

Situaciones de toxicidad crónica y agua según lo establecido en la hoja de datos de seguridad

• Dar aviso al supervisor, el cual estará encargado de comunicar al experto en Prevención de Riesgos y los encargados de primeros auxilios para tomar acción rápida. • Teniendo claridad del grado de la lesión se define si se puede sanar en el mismo recinto o derivar a la persona al centro asistencial más cercano. • En caso de requerir traslado con mayor celeridad, este queda sujeto mediante las camionetas de la empresa, en caso contrario se deberá llamar a la MUTUAL a la cual la empresa está afiliada para que tome accione y derive al trabajador. • Posteriormente el experto en prevención debe generar un “Informe de Accidente de Riesgos Laboral”. • En caso de accidente con consecuencia fatal para una o más personas, se debe suspender de inmediato la faena afectada, aislar el lugar del accidente sin alterar ni mover equipos o materiales involucrados en el accidente y despachar al personal a excepción de los testigos del accidente. • El supervisor y experto en prevención deberán notificar a las autoridades correspondientes de inmediato, Ambulancia y Carabineros. El lugar será resguardado hasta que lleguen las autoridades correspondientes y puedan realizar el peritaje protocolar. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de accidentes leves, graves y/o fatales se procederá a informar al Organismo Administrador respectivo, Inspección del Trabajo y/o SEREMI de Salud, de acuerdo con lo estipulado en el art. 76° de la Ley N°16.744/1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social a través de los conductos regulares establecidos. Posterior a las acciones empleadas durante la emergencia, se mantendrá una fiscalización mensual del área afectada, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

indicando por medio de un reporte con fotografías. Posterior a las acciones empleadas durante la emergencia, se deberá realizar una charla de reinducción con respecto al plan de contingencia y emergencia. El cual tendrá un registro con firma de los participantes. Posterior a las acciones empleadas durante la emergencia, se desarrollará un reporte ejecutivo de la causa de la falla ocurrida. Cada uno de estos documentos estará disponible en la instalación de faena para su control y seguimiento. En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº 885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Cabe señalar que en virtud de lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4.1. de la Adenda Complementaria. Tabla 7.1.10. del ICE

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1. de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

  5. Que, para que el proyecto “Parque Solar Cañal Bajo” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  6. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422

  1. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA, Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  2. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  3. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Solar Cañal Bajo”, de Blue Light Energy SpA.

  2. Certificar que el proyecto “Parque Solar Cañal Bajo” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

  3. Certificar que el proyecto “Parque Solar Cañal Bajo” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146, y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  4. Certificar que el proyecto “Parque Solar Cañal Bajo”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  5. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto.

  6. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº19.300, ante el director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, notifíquese vía Oficina de Partes SEA Los Lagos al Proponente, comuníquese a la Superintendencia de Medio Ambiente y archívese

Paulina Muñoz Molina Delegada Presidencial Presidenta Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

Sergio Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422 Firmado por: Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Fecha: 10/01/2025 15:43:38 CLST Paulina Lorena Muñoz Molina Firmado digitalmente por Paulina Lorena Muñoz Molina Fecha: 2025.01.14 09:57:05 -03'00'

JHS/CVV/GBS

Distribución:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url César Humberto Moreno Arredondo cmoreno@ble.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl SERNAGEOMIN, Zona Sur hugo.zamorano@sernageomin.cl CONADI, Región de Los Lagos murbano@conadi.gob.cl CONAF, Región de Los Lagos marco.inarejo@conaf.cl DGA, Región de Los Lagos fabiola.pizarro@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Los Lagos gobernador@goreloslagos.cl Ilustre Municipalidad de Osorno alcaldia@imo.cl SAG, Región de Los Lagos cristian.andrade@sag.gob.cl SEC, Región de Los Lagos alomaosorio@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos tania.salas@minagri.gob.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Los Lagos ejaramillo@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región de Los Lagos lalarcon@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región de Los Lagos <sofia.torres@redsalud.gov.cl, carlos.herrera@redsalud.gov.cl> SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos pjoost@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos fnail@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos adelafuente@mma.gob.cl SEREMI MOP, Región de Los Lagos fernando.alvarado@mop.gov.cl Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos lhurtado@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl CC: Encargado/a de PAC Carmen.Larraguibel@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2164160422