Continuidad Operacional Central Térmica Atacama
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Califica Ambientalmente el proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama”
Antofagasta
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), del proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama”, presentada por ENEL Generación Chile S.A., con fecha 17 de noviembre de 2023, y admitida a trámite con fecha 22 de noviembre de 2023, su Adenda de fecha 09 de abril de 2024 y su Adenda Complementaria de fecha 25 de junio de 2024.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama”.
3°. El Acta de Evaluación N°20240210627 de fecha 23 de febrero de 2024, del Comité Técnico Nº02/2024 de la Región de Antofagasta.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama” de fecha 18 de julio de 2024.
5°. El acuerdo N°16/2024 de la sesión ordinaria N°07/2024 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 26 de julio de 2024.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución Exenta RA Nº 119046/205/2022 de fecha 23/05/2022 que nombra al Director Regional del SEA de la Región de Antofagasta a la Comisión de Alta Dirección Pública del Servicio Civil y en el Decreto Supremo N° 77 del 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a la Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, Sra. Karen Behrens Navarrete, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO:
1°. Que, ENEL Generación Chile S.A., (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, SEIA) la DIA del proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 09-08-2024 11:58:55:602 UTC -04:00 Razón: Lugar:
Nombre o razón social ENEL Generación Chile S.A. Rut 91.081.000-6 Domicilio Roger de Flor 2725, Las Condes, Santiago. Teléfono 22 630 9000 Nombre representante legal James Lee Stancampiano. Rut representante legal 24.158.936-6 Correo electrónico Titular o representante legal contacto.permisom@enel.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 18 de julio de 2024, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta, ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:
a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y
c) No genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3°. Que, en sesión de fecha 26 de julio de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 18 de julio de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo la continuidad operacional de la Central Térmica Atacama (CTA), extendiendo su vida útil hasta el año 2043. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Art. 3 literal c) RSEIA: Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Vida útil 18 años y 3 meses. Monto de inversión USD 12.500.000.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de instalación de faena. Proyecto se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se desarrollará por etapas.
X Si No Proyecto modifica un proyecto o actividad X
En la Tabla N°1-8 del numeral 1.4.1.1 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la modificación que se introduce a dos (02) Proyectos del mismo Titular y las respectivas RCA que autorizaron su funcionamiento, y que se relacionan con el presente Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama”. Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama” modifica los Proyectos aprobados ambientalmente mediante las RCA N°042/1998 que aprueba favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto “Central Térmica Atacama” y la RCA N°070/2008 que aprueba favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto “Obras Complementarias en Central Atacama”. X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localizará en la Comuna de Mejillones, Región y Provincia de Antofagasta, específicamente, en Avda. Costanera N°2500, Barrio Industrial. Descripción de la localización El área de emplazamiento del Proyecto se justifica en la continuidad operativa. El Proyecto considerará las instalaciones existentes que permitirán el funcionamiento integral de la CTA, así como las obras temporales (Instalación de faena)
Para más detalle ver apartado 1.5.5 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Superficie El Proyecto será desarrollado en una superficie total de 3,684 ha.
Para más detalle ver tabla 1-26 del apartado 1.5.3 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas del Proyecto se detallan en el apartado 1.5.2 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Caminos de acceso El acceso al Proyecto se realizará desde Antofagasta, a través de la Ruta 1, siguiendo posteriormente por la ruta B-272, recorriendo aproximadamente 69 km en dirección noroeste, hasta llegar al Puerto de Mejillones, por Av. Costanera Norte, área industrial de Mejillones, donde se emplaza actualmente la Central Térmica Atacama. En dicho punto se podrá acceder a la instalación de Faena, las instalaciones existentes de la CTA y a las obras en la Bahía. Para las obras complementarias y específicamente al patio de residuos y bodega de Residuos Peligrosos (RESPEL), se deberá ingresar por el camino interno con que cuenta la CTA por Av. Costanera Norte. Para mayor detalle ver apartado 1.5.4 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En la siguiente tabla se presenta el índice de los principales Planos y archivos digitales cartográficos georreferenciados.
Mapa/Plano/SHP/KMZ Referencia al expediente Planos de obras existentes. Anexo 1.2 “Planos y Layout” de la DIA. Planos de obras proyectadas. Anexo 1.2 “Planos y Layout” de la DIA. KMZ obras del Proyecto CTA. Anexo 1.3 “Archivos Digitales” de la DIA. Kmz Áreas de Influencia (AI). Anexo 1.3 “Archivos Digitales” de la DIA. Instalaciones de faena. Anexo 1.4 “Actualización planos del proyecto” de la ADENDA Obras permanentes. Anexo 1.4 “Actualización planos del proyecto” de la ADENDA
Para mayor detalle ver tabla 9 de la Adenda Complementaria de la DIA.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN El detalle detalle de las partes, obras y acciones a ejecutar durante la fase de construcción del Proyecto se encuentra en el apartado 1.8 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Estanque de agua de procesos El Proyecto incluirá un estanque de almacenamiento de agua desalada proveniente del sistema de desalinización de agua de mar. El estanque de agua se instalará frente a la Planta de Agua N°2.
Para mayor detalle ver tabla 1-38 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Filtros de aducción de agua de mar El Proyecto incluirá la instalación de filtros cilíndricos sumergidos de material inoxidable, junto a un sistema de limpieza de los filtros mediante aire comprimido en actual Sistema de Aducción de agua de mar.
Para mayor detalle ver tabla 1-38 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Recursos naturales renovables El Proyecto no requerirá de la extracción ni explotación de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas Las mayores emisiones estarán relacionadas con movimientos de tierra y las actividades de uso de maquinaria fuera de ruta, con ocasión de excavaciones y movimiento de material. Las emisiones estimadas se detallan en la siguiente tabla:
Total de emisiones (t/año) MP10 MP2,5 CO HC NOx SOx 0,25 0,10 0,50 0,15 3,31 0,11
Forma de control de emisiones • Se utilizará maquinaria tipo Stage V para el control de partículas sólidas generadas por los motores diésel. • Se considerará el uso de vehículos y maquinaria en buen estado, con sus mantenciones y revisiones técnicas al día. • Para el control de las emisiones de material particulado producto del movimiento de material y excavaciones, se considerará la humectación con una frecuencia de 3 veces al día. Se mantendrá copia de la autorización de la empresa encargada de suministrar el agua industrial durante la fase de construcción. • Se mantendrá un registro con el control de humectación, indicando: lugar, día, hora y cantidad de agua utilizada.
b) Emisiones de ruido y vibraciones: Las principales fuentes de emisión de ruido tendrán relación con la operación de maquinarias en distintos frentes de trabajo. Al respecto, el Proyecto dará cumplimiento a los niveles de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) en los receptores sensibles identificados en torno al área de emplazamiento del Proyecto. En cuanto a las vibraciones generadas por el Proyecto, estas no deberán superar los niveles de vibración establecidos por la norma de referencia “Transit Noise and Vibration Impact Assessment”. Para mayores detalles ver los Anexo 2.2 (Ruido terrestre) y Anexo 2.3 (Ruido submarino), ambos de la DIA del Proyecto. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos líquidos domésticos: Cantidad: 13,5 m3/día. Forma de manejo: Los efluentes sanitarios serán tratados en la Planta de Tratamiento de aguas Servidas (PTAS) asociada a la instalación de faena. Los efluentes sanitarios provenientes de la implementación de baños químicos para los trabajadores en los frentes de trabajo serán retirados por empresa externa autorizada a cargo de las labores de limpieza y mantención. Frecuencia de retiro: 3 veces por semana.
b) Residuos sólidos domiciliarios Cantidad: 90 kg/día. Forma de manejo: Los residuos generados serán segregados y dispuestos temporalmente en contenedores cerrados y debidamente señalizados según tipo de residuo, en las diversas áreas de generación. Serán llevados diariamente a una zona de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios.
Lugar de disposición final: Los residuos serán recolectados 3 veces por semana para ser transportados a un relleno sanitario autorizado por la autoridad competente.
c) Residuos industriales no peligrosos Cantidad: 465 kg/mes. Forma de manejo: Los residuos generados serán segregados y dispuestos temporalmente en contenedores debidamente señalizados, que se encuentran dispuestos en las instalaciones existentes y en las diversas áreas de generación.
Lugar de disposición final: Los residuos serán recolectados y transportados cada 6 meses a un sitio de disposición final autorizado por la autoridad competente.
d) Residuos peligrosos Cantidad: 3,2 kg/mes. Forma de manejo: Los residuos serán segregados, almacenados y trasladados temporalmente hacia la bodega de residuos peligrosos (RESPEL).
Frecuencia de retiro: Tiempo máximo de almacenamiento 6 meses según lo establecido en el D.S. N°148/2003 del MINSAL. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.5 del ICE del proyecto. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Generación energética en base a la disponibilidad de Gas Natural/Diesel Las unidades generadoras producirán energía mediante el uso de gas natural y Diesel, relegando la generación con petróleo Diesel a un aproximado de 180 días al año. Filtros de aducción de agua de mar. El sistema de captación de agua estará compuesto por un sistema de filtros sumergidos (20) por donde se captará el agua necesaria para el sistema de refrigeración de las unidades. Mantenciones de filtros Debido a las características del material con que serán fabricados los filtros (aleación de níquel y cobre o inox) éstos no presentarán corrosión por el ambiente marino, razón por la cual se considerará la realización de inspección visual de estos elementos cada seis meses. En cada inspección se levantará registro mediante videos y fotografías submarinas, los cuales estarán disponibles en todo momento en caso de ser requerido por la Autoridad Marítima. Para mayor detalle ver apartado 1.9.2.2 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Estanque de agua para Procesos Tendrá como objetivo almacenar agua de mar para ser usada en la producción de desmineraliza en la Planta de Agua N°2, en caso de reducción parcial o total de agua. Esta agua será captada desde los pozos de sello de descarga de agua de mar, a la salida de los sistemas de enfriamiento de ambos ciclos combinados. Productos generados Se contempla la generación eléctrica e inyección de hasta 740,7 MW, al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Recursos naturales renovables El Proyecto no requerirá de extracción ni explotación de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas Se generarán emisiones principalmente producto de la operación de CTA. Las emisiones estimadas se detallan en la siguiente tabla:
Total de emisiones (t/año) MP10 CO2 CO NOx SO2 Operación 79,2 4.157 584 3.216 360
Forma de control de emisiones • Sistemas de abatimiento de control de emisiones NOx: - Uso de quemadores DLN (Combustible gas). - Sistema de pre-mezcla de aire y combustible. - Sistema de inyección de agua desmineralizada (Combustible diésel). • Sistema de verificación del cumplimiento de los límites de emisión: Monitoreo continuo de emisiones de SO2, NOx, CO, MP, CO2, O2 y flujo. • Se mantendrán los registros de mantenimiento en Planta. Informes de resultados de las mediciones continuas con CEMS (Continuous Emission Monitoring System) conforme a la normativa aplicable.
b) Emisiones de ruido Las principales fuentes de emisión sonora durante esta fase tendrán relación con la operación de la CTA. Al respecto, el Proyecto dará cumplimiento a los niveles de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N°38/2011 del MMA en los receptores sensibles identificados en torno al área de emplazamiento del Proyecto. En esta fase no existirán fuentes que generen vibraciones. Para mayor detalle ver el Anexo 2.2 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos líquidos domésticos: Cantidad: 6,8 m3/día. Forma de manejo: Los efluentes sanitarios serán tratados en las Plantas de Tratamiento asociadas a las instalaciones existentes y autorizadas de la CTA. Disposición final: El efluente (aguas tratadas) de la PTAS, será dirigido a unos estanques de acumulación, para luego ser utilizado para riego de áreas verdes en la zona de emplazamiento, actualmente existente, mientras que los lodos generados serán retirados por una empresa contratista quienes además ejecutarán, labores de mantenimiento y dispondrán los lodos en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria respectiva.
b) Residuos líquidos industriales (RILes): Cantidad de descartes de la planta de agua y agua de refrigeración: 69.053 m3/h. Cantidad de descartes de la planta de agua correspondientes a salmuera: 120 m3/h. Forma de manejo: Ambos efluentes serán descargados en forma conjunta a un canal abierto para ser trasladados por una tubería existente para su posterior descarga al mar. Para mayor detalle ver apartado 1.9.8.3 del Anexo 2.1 de la Adenda de la DIA.
c) Residuos sólidos domiciliarios Cantidad: 1.700 kg/mes. Forma de manejo: Los residuos generados serán segregados y dispuestos temporalmente en contenedores cerrados y debidamente señalizados según tipo de residuo, que se encuentran en las diversas áreas de generación. Serán llevados con frecuencia diaria a una zona de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios.
Lugar de disposición final: Los residuos serán recolectados 3 veces por semana para ser transportados a un relleno sanitario autorizado por la autoridad competente.
d) Residuos industriales no peligrosos Cantidad: 12,88 t/año de chatarra metálica, electrónicos no peligrosos, lana mineral, madera, plásticos. Cantidad: 1,4 m3/día de lodos fisicoquímicos.
Forma de manejo y disposición final de chatarra metálica, electrónicos no peligrosos, lana mineral, madera, plásticos: Los residuos generados serán segregados y dispuestos temporalmente en contenedores debidamente señalizados que se encuentran en instalaciones existentes y en diversas áreas de generación. Para su disposición final estos residuos serán recolectados cada 6 meses para ser transportados a un sitio autorizado por la autoridad competente.
Forma de manejo y disposición final de lodos fisicoquímicos: Acopio temporal en estanque de 1,4 m3 y retiro por empresa con autorizaciones vigentes para su posterior disposición en el vertedero municipal de Mejillones.
e) Residuos peligrosos Cantidad: 3.841 kg/mes. Forma de manejo: Los residuos serán segregados, trasladados y almacenados temporalmente a la bodega de RESPEL. Frecuencia de retiro: Tiempo máximo de almacenamiento 6 meses según lo establecido en el D.S. N°148/2003 del MINSAL. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del proyecto. 4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad Antes de iniciar el desmantelamiento y/o demolición se verificará que las edificaciones, instalaciones, equipos y conductos se encuentren sin energía, sin fluidos y en una condición segura, incorporando las respectivas señalizaciones. Asimismo, se instalarán los equipos necesarios para el desmantelamiento y demolición. Para mayor detalle ver apartado 1.10.1.1 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Restauración geomorfológica de las áreas afectadas por el Proyecto. Una vez retiradas todas las obras e instalaciones en superficie, las áreas despejadas serán acondicionadas a fin de mantener las geoformas del terreno. Para ello se contempla rellenar las excavaciones, descompactar aquellas zonas previamente compactadas para el emplazamiento de las obras y cubrir con material las fundaciones para mantener el nivel del terreno natural y restaurar las geoformas lo más parecido posible a su estado original. El residuo inerte resultante será enviado a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria. Prevención de futuras emisiones Debido a que las instalaciones del Proyecto serán desmanteladas, no existirán instalaciones futuras que constituyan fuente de emisiones. Mantención, conservación y supervisión Debido a que las instalaciones del Proyecto serán desmanteladas, no existirán instalaciones futuras que requieran mantención, conservación o supervisión. Recursos naturales renovables El Proyecto no requerirá de extracción ni explotación de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas Las emisiones de material particulado estarán asociadas principalmente a la actividad de tránsito vehicular, mientras que las mayores emisiones de gases estarán asociadas a funcionamiento de maquinarias. Las emisiones estimadas se detallan en la siguiente tabla:
Total de emisiones (t/año) MP10 MP2,5 CO HC NOx SOx cierre 0,25 0,16 0,50 0,15 3,31 0,11
Forma de control de emisiones • Se utilizará maquinaria tipo Stage V para el control de partículas sólidas generadas por los motores diesel. • Se considerará el uso de vehículos y maquinaria en buen estado, con sus mantenciones y revisiones técnicas al día. • Para el control de las emisiones de material particulado producto del movimiento de material y excavaciones, se considerará la humectación con una frecuencia de 3 veces al día. Se mantendrá copia de Autorización de la empresa encargada de suministrar el agua industrial durante la fase de construcción. • Se mantendrá un registro con el control de humectación, indicando: lugar, día, hora y cantidad de agua utilizada.
b) Emisiones de ruido y vibraciones Las principales fuentes de emisión de ruido tendrán relación con la operación de maquinarias en distintos frentes de trabajo. Al respecto, el Proyecto dará cumplimiento a los niveles de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N°38/2011 del MMA en los receptores sensibles identificados en torno al área de emplazamiento del Proyecto. En cuanto a las vibraciones generadas por el Proyecto, estas no superarán los niveles de vibración establecidos por la norma de referencia Transit Noise and Vibration Impact Assessment. Para mayores detalles ver los Anexo 2.2 (Ruido terrestre) y Anexo 2.3 (Ruido submarino), ambos de la DIA del Proyecto. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos líquidos domésticos: Cantidad: 28,5 m3/día. Forma de manejo: Los efluentes sanitarios serán tratados en la Planta de Tratamiento asociada a la instalación de faena. Los efluentes sanitarios provenientes de la implementación de baños químicos para los trabajadores en los frentes de trabajo serán retirados por empresa externa autorizada a cargo de las labores de limpieza y mantención. Frecuencia de retiro: 3 veces por semana.
b) Residuos sólidos domiciliarios Cantidad: 5,8 t/totales. Forma de manejo: Los residuos generados serán segregados y dispuestos temporalmente en contenedores cerrados y debidamente señalizados según tipo de residuo, que se encuentran en las diversas áreas de generación. Serán llevados con una frecuencia diaria a una zona de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios. Lugar de disposición final: Los residuos serán recolectados 3 veces por semana para ser transportados a un relleno sanitario autorizado por la autoridad competente.
c) Residuos industriales no peligrosos Cantidad: 40.000 t/totales. Forma de manejo: Los residuos generados serán segregados y dispuestos temporalmente en contenedores debidamente señalizados, que se encuentran en las instalaciones existentes y en diversas áreas de generación. Lugar de disposición final: Los residuos serán recolectados y transportados cada 6 meses o según necesidad a un sitio de disposición final autorizado por la autoridad competente.
d) Residuos peligrosos Cantidad: 3,6 t/totales. Forma de manejo: Los residuos serán segregados, trasladados y almacenados temporalmente a la bodega de RESPEL.
Frecuencia de retiro: Tiempo máximo de almacenamiento 6 meses según lo establecido en el D.S. N°148/2003 del MINSAL. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del proyecto.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Marzo de 2026. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faena. Fecha estimada de término Enero de 2027. Parte, obra o acción que establece el término Retiro y desmantelamiento de instalación de faena. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Obtención de RCA favorable. Parte, obra o acción que establece el inicio Operación de la Central Térmica. Fecha estimada de término Diciembre 2040. Parte, obra o acción que establece el término Desconexión definitiva del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Enero de 2041. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faena. Fecha estimada de término Diciembre de 2043. Parte, obra o acción que establece el término Retiro y desmantelamiento de la instalación de faena de cierre.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto no significativo El Proyecto no generará riesgo para la salud de la población. Las principales emisiones se producirán durante la fase de operación del Proyecto y corresponderán a las relacionadas a la combustión de gas natural y petróleo diésel donde los principales contaminantes generados serán material particulado respirable (MP10 y MP2,5) y gases de combustión (CO, SO2, NOX, HC). Los aportes del Proyecto cumplirán los límites asociados a la normativa de calidad del aire aplicable, para todos los puntos receptores incluidos en la modelación atmosférica en todas las fases del Proyecto, y no generarán un aumento significativo en las concentraciones de contaminantes en el área de influencia (AI) del componente calidad de aire. Lo anterior, considerando la condición basal y el aporte de otros proyectos.
Dado lo anteriormente expuesto, y, de acuerdo con el análisis presentado en la Actualización de Emisiones y Modelación de Calidad del Aire (Anexo N°6 de la Adenda de la DIA), las emisiones a generar por la ejecución del Proyecto no serán significativas. Parte, obra o acción que lo genera Actividades del Proyecto. Fase en que se presenta Fases de construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.1 y 6.1 del ICE del Proyecto. 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo El Proyecto no generará impactos sobre la cantidad y calidad de recursos naturales renovables. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) El Proyecto no generará afectación al suelo. En términos físicos y químicos, de acuerdo con la información evaluada, el Proyecto no contemplará realizar cambios de ninguna clase al suelo. En términos biológicos, intervendrá un total 5,2 hectáreas ubicadas íntegramente al interior de la CTA, cuyo uso se restringe a la actividad industrial. Los suelos del AI del proyecto se caracterizan por tener un carácter predominantemente industrial, intervenido y con escasas propiedades edafológicas de interés para la actividad silvoagropecuaria o que sustente hábitats de interés para la biodiversidad. El lugar quedará plenamente como en su estado anterior al desmantelar las obras y finalizar la operación, se restaurará la geoforma levemente alterada y se dejará el sitio similar a las condiciones basales de suelo y geomorfológicas presentadas previa la ejecución del Proyecto.
Por lo tanto, el Proyecto no generará una alteración significativa del suelo o de su capacidad para sustentar la biodiversidad debido a degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.
El Proyecto no generará alteración del recurso hídrico. El Proyecto no contempla extraer agua para el desarrollo de sus actividades. Asimismo, en relación con el manejo de los RILes descargados al mar durante la fase de operación del Proyecto, estos serán descargados al mar y corresponderán a los rechazos de los módulos de osmosis inversa. Esta solución contendrá los mismos componentes del agua del mar a una concentración de salinidad de 58.000 mg/l y un caudal aproximado de 120 m3/h. El flujo de descarga promedio es de 69.053 m3/h. Esta solución presentará características similares al agua de mar con una salinidad de 35.898 mg.
El Proyecto no generará afectación a la flora y vegetación. No se registraron especies clasificadas en alguna categoría de conservación. Por otro lado, los suelos del AI del Proyecto se caracterizan por presentar extrema aridez, ausencia total de humedad, además de tener un carácter predominantemente industrial, intervenido y con escasas propiedades edafológicas de interés para la actividad silvoagropecuaria o que sustente hábitats de interés para la biodiversidad. Conforme a los antecedentes expuestos, la ejecución del Proyecto no implicará la generación de un efecto adverso significativo sobre la flora y vegetación.
El Proyecto no generará afectación sobre fauna. El Titular en los anexos 2.10 y 2.16 de la DIA y Anexo 7 de la Adenda de la DIA, presentó los antecedentes relativos a las caracterizaciones de fauna realizadas en el área de estudio del Proyecto durante dos estaciones del año (invierno 2023 y verano 2024). Conforme a los antecedentes expuestos, este Servicio concluye que la ejecución del Proyecto no implicará la generación de un efecto adverso sobre la biodiversidad. El Titular en el Anexo 3.3 de la Adenda de la DIA, presenta como medida de manejo el Plan de Perturbación Controlada dirigido a la fauna de baja movilidad. Este Plan se realizará no más allá de 5 días previo a comenzar la actividad de despeje de vegetación o de los movimientos de tierra en el área del polígono del Proyecto. En cuanto a la avifauna se concluye que el Proyecto no se encuentra directamente relacionado con áreas de reproducción activa ni de tránsito de especies de avifauna protegidas. La “Información espacial sobre reproducción de aves marinas en Chile” (ROC), muestra que el AI del Proyecto no tiene interacción con áreas de reproducción activa de especies protegidas (ver figura 7 del Estudio Lumínico, Anexo 2.12 de la DIA). Los resultados de la caracterización indican que en el área de emplazamiento del Proyecto no se registra la presencia de las cuatro especies objetivo del Plan RECOGE. En cuanto a la eventual alteración a mamíferos marinos medianos y mayores durante la fase de construcción, el Titular implementará como medida preventiva (Tabla 25 de la Adenda Complementaria de la DIA) la utilización del protocolo “soft start”, cuya referencia se toma de la guía técnica australiana “Underwater Piling Noise Guidelines” de 2012. Para lo cual, se realizará el proceso de pilotaje con aumento de energía de forma gradual, para que los mamíferos puedan percibir las emisiones de ruido y se alejen de la zona. Conforme a los antecedentes expuestos, la ejecución del Proyecto no implicará la generación de un efecto adverso sobre la biodiversidad. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de construcción, operación y cierre del Proyecto. Fase en que se presenta Fase de construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.2 y 6.2 del ICE del proyecto.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación a grupos humanos, ni a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.
Las partes, obras y actividades del Proyecto no estarán emplazadas sobre o cercanas a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (en adelante GHPPI) que puedan verse afectados. No se registran GHPPI en el AI del Proyecto, ni en sus inmediaciones, así como tampoco Áreas de Desarrollo Indígena (en adelante ADI), ni Tierras Indígenas.
Los grupos humanos indígenas más próximos al proyecto corresponde a la Comunidad Chango Castillo de Hornitos y a la Agrupación de Carácter Indígena Changos Tierra del Sol Hornitos, ubicadas a 23 kilómetros lineales en el sector de Caleta Hornitos, fuera del AI del componente Medio Humano.
El Proyecto no considera la explotación o extracción de recursos naturales que puedan ser utilizados por grupos humanos indígenas y no indígenas de la Comuna de Mejillones.
Por otro lado, de acuerdo con lo señalado en el Capítulo 1 y al Anexo 2.9 Caracterización SVCGH ambos documentos de la DIA, la ruta de acceso al Proyecto desde Antofagasta considera el uso de la ruta 1, siguiendo posteriormente por la ruta B-272, recorriendo aproximadamente 69 km en dirección noroeste, hasta llegar al Puerto de Mejillones por Av. Costanera Norte, donde se emplaza la CTA. Este recorrido concuerda con el uso de las y los habitantes de la ciudad de Mejillones, específicamente el uso de la ruta 1 y B-272 para asistir a la ciudad de Antofagasta, donde acceden a servicios de salud de especialistas y estudios superiores. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que, la ruta 1 que une las ciudades de Mejillones y Antofagasta, es una autopista concesionada, apta para todo tipo de vehículos y conecta con las rutas B-272 y B-262, los cuales corresponden a los accesos sur y norte de Mejillones respectivamente, esta cuenta con una carpeta asfaltada, demarcación y señalización vial en buen estado y una calzada doble bidireccional, por lo que, no se prevé una obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los grupos humano indígenas y no indígenas de la Comuna de Mejillones.
Asimismo, el AI del componente Medio Humano comprende la ciudad de Mejillones con su área residencial e industrial, en este último sector es donde se emplaza el Proyecto, zonificación correspondiente a “U-4 Extensión Industrial” según lo indicado en Ordenanza 33/2000 Ordenanza Plan Regulador Comunal del Puerto y Bahía de Mejillones; y Decreto 2792 Exento del 2013, que aprueba la modificación al Plan Regulador Comunal de Mejillones, Zona Urbana Consolidada y Portuaria, mientras que en el área residencial de la Ciudad de Mejillones se encuentran bienes, equipamientos, servicios e infraestructura básica para dar cobertura a los grupos humanos indígenas y no indígenas de la Ciudad.
Respecto a prácticas culturales, las agrupaciones changas del sector de Hornitos están en un proceso de reetnificación, por lo que, se encuentran realizando una búsqueda de aquellas prácticas culturales tradicionales propias de la cultura changa y respecto al patrimonio cultural indígena, la Agrupación de Carácter Indígena Changos Tierra del Sol Hornitos posee un espacio ceremonial ubicado en roqueríos de la costa de Caleta Hornitos a 23 kilómetros lineales del proyecto, donde desarrollan actividades rituales para el solsticio de verano en compañía de autoridades culturales changas de la comunidad indígena de Taltal.
De forma paralela, el grupo humano no indígena del área de estudio, de acuerdo con información primaria presentada en el Anexo 2.9 Caracterización SVCGH de la DIA, se puede concluir que, las principales manifestaciones culturales de los habitantes de la Ciudad de Mejillones, incluidos los Sindicatos de pescadores son: La noche Veneciana, el aniversario de la comuna, las celebraciones de Navidad, Día del Niño y la Niña, Día de la Madre, y La Fogata del pescador, así como también la festividad religiosa de San Pedro y La Tirana Chica, estas prácticas se realizan en espacios públicos tales como: Sedes de Juntas Vecinales, Caleta de Pescadores de Mejillones y casco central de la ciudad.
Respecto a los sitios de significancia cultural, el Titular en el Anexo 2.8 Estudio de Uso del Territorio identificó a 32 construcciones relevantes de la ciudad de Mejillones, correspondiente a equipamiento de culto, cultura, deporte, educación, esparcimiento, salud, seguridad y servicios, todos estos se encuentran fuera de la zona industrial de Mejillones.
Por lo anteriormente descrito, es posible afirmar que el Proyecto no generará dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos indígenas y no indígenas, ya que en el área industrial de la Ciudad de Mejillones no se identifican actividades y festividades de carácter tradicional. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.6 y 6.3 del ICE del proyecto.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación al valor ambiental del territorio. Según lo descrito por el Titular en el Anexo 2.5 de la DIA, el Proyecto se ejecutará fuera de “áreas protegidas”, incluidas aquellas declaradas dentro del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), de “áreas colocadas bajo protección oficial” para efectos del SEIA y de “sitios prioritarios” para la conservación en el SEIA. También se encuentra íntegramente fuera de humedales protegidos y glaciares.
Por lo cual, no habrá afectación significativa de territorios con valor ambiental por la magnitud de la intervención del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Actividades del Proyecto. Fase en que se presenta Fases de construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.3 y 6.4 del ICE del proyecto.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo El Proyecto no generará alteración de los atributos del paisaje. En lo que respecta a las características del Proyecto, a partir de la información presentada por el Titular en el Anexo 2.17 de la DIA, es posible concluir que el área de emplazamiento del Proyecto presenta un bajo valor paisajístico, al ubicarse en un área altamente industrializada, que no cuenta con atributos biofísicos, estructurales y estéticos que le otorguen valor al componente de paisaje. Además, el Proyecto no se emplazará en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 1.224 de 1975, así como de zonas con valor paisajístico o turístico.
Considerando lo anterior, el Proyecto no generará una alteración significativa, en términos de duración o magnitud, de los atributos de una zona con valor turístico. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de construcción e infraestructura del Proyecto. Fase en que se presenta Fases de construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.4 y 6.5 del ICE del proyecto.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación al patrimonio cultural. El Proyecto se emplazará en un sector intervenido (CTA) y con actividad actual, donde se desarrollan actividades industriales. Por otra parte, las actividades del Proyecto no implicarán intervenciones que pudiesen afectar algún elemento definido en la Ley N°17.288. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de construcción del Proyecto. Fase en que se presenta Fases de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numeral 5.5 y 6.6 del ICE del proyecto.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
Tabla 6.1.1. Permiso para realizar pesca de investigación, según se establece en el artículo 119 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Ejecución del Plan de Vigilancia Ambiental.
Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente La Subsecretaria de Pesca y Acuicultura no se pronunció a los antecedentes presentados por el Titular en el Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Por lo tanto, ya que el Titular presentó todos los antecedentes para acreditar la forma de cumplimiento del PAS 119, la Comisión de Evaluación, aprueba y otorga favorablemente el PAS 119 del RSEIA. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.1 del ICE del Proyecto.
Tabla 6.1.2. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Obras de remoción de tierra.
Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 1.2 de la Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio N°3226, de fecha 05 de julio de 2024, el CMN se pronunció conforme a los antecedentes presentados por el Titular, otorgando el PAS 132. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.2 del ICE del Proyecto.
Tabla 6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de la Instalación de Faenas.
Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 1.3 de la Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio N°0656, de fecha 03 de julio de 2024, la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.3 del ICE del Proyecto.
Tabla 6.1.4. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Patio de almacenamiento temporal de residuos industriales.
Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3.4 de la Adenda de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio N°0656, de fecha 03 de julio de 2024, la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.4 del ICE del Proyecto.
Tabla 6.1.5. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Patio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.
Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3.5 de la Adenda de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio N°0656, de fecha 03 de julio de 2024, la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.5 del ICE del Proyecto.
Tabla 6.1.6 Pronunciamiento sobre la calificación de la instalación industrial o de bodegaje, según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA. Parte u obra a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto. Calificación de la parte u obra Molesta Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento No hay condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio N°0656, de fecha 03 de julio de 2024, la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, calificó la actividad como industria molesta. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.6 del ICE del Proyecto.
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emplazamiento del Proyecto. Norma Decreto de Fuerza Ley N° 458/1976 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras y/o instalaciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El área del Proyecto se encuentra definida por el Plan Regulador Comunal de Mejillones, como Zona Urbana Consolidada y Portuaria, específicamente Zona ZP2a, que admite el uso de suelo infraestructura energética calificada como inofensiva y/o molesta.
Para más detalle ver Anexo 3.6 de la Adenda de la DIA Pronunciamiento 161 “Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje”. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será la aprobación del Proyecto a través de la RCA y pronunciamiento establecido en el artículo 161 del D.S. N°40/2012 del MMA (RSEIA). Forma de control y seguimiento - Los antecedentes del Pronunciamiento 161 estarán disponibles en la plataforma del e-SEIA para revisión de la Autoridad. - Los antecedentes del Certificado de Calificación Técnica Industrial, Permiso de Edificación y Recepción Definitiva de obras se encontrarán disponibles en las instalaciones del Proyecto ante eventuales fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.1 del ICE del Proyecto.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emplazamiento del Proyecto. Norma Decreto de Fuerza Ley N°850/1998 del Ministerio de Obras Públicas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Previo a la Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sistema de captación de agua de mar. Forma de cumplimiento Previo a la fase de construcción del Proyecto, el Titular ingresará a revisión y aprobación de la Dirección de Obras Portuarias (DOP) el proyecto mejoras en el sistema de aducción de agua de mar. Se presentarán todos antecedentes requeridos para la aprobación del proyecto de mejoramiento. Posterior a la aprobación del proyecto y previo a la ejecución de las obras, se informará al Director Nacional de Obras Portuarias, con copia a la División de Construcciones DOP Santiago, a la Dirección Regional DOP y a la Capitanía de Puerto respectiva, la fecha de inicio junto con la presentación del programa de trabajo. Indicador que acredita su cumplimiento - Oficio de Aprobación del proyecto de mejoramiento. - Copia del aviso de inicio de ejecución de las obras. - Programa de trabajo. Forma de control y seguimiento - Se asignará un encargado quien verificará los registros asociados a autorizaciones, avisos y Programa de trabajo. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.2 del ICE del Proyecto.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire. Norma Decreto Supremo N° 144/1961 del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones a la atmósfera en todas las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento - Se revisará que todos los certificados de revisión técnica y de gases de los vehículos y maquinarias estén al día, manteniendo un registro de estos documentos en las dependencias del Proyecto. - Se verificará semestralmente que todos los vehículos y maquinarias cuenten con sus mantenciones respectivas al día. Las mantenciones se realizarán de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. - Se verificará en el acceso al Proyecto que los camiones que ingresen y egresen de las dependencias, y transporte de materiales, lo hagan con la carga cubierta. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisiones técnicas al día. - Registro de la mantención de maquinarias y vehículos, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Forma de control y seguimiento - Se asignará un encargado quien verificará: control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias y vehículos, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en caso de que aplique. - Se mantendrán los registros disponibles para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.1 del ICE del Proyecto.
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire. Norma Decreto Supremo N° 13/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fuentes de emisiones fijas. Forma de cumplimiento Se realizará un monitoreo de emisiones, de acuerdo con lo exigido en esta normativa y sus Protocolos y se adaptará a los cambios normativos futuros en caso de aplicar. Indicador que acredita su cumplimiento Reportes enviados a la autoridad según la normativa donde conste el cumplimiento de los límites establecidos. Informe Técnico de Fiscalización Ambiental que emite anualmente la SMA, que evalúa el cumplimiento normativo del D.S. N°13/2011 MMA, en base a los reportes enviados. Forma de control y seguimiento Comprobantes de envío de informes de emisiones que permiten acreditar el cumplimiento de los límites establecidos en el D.S. N°13/2011 MMA. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.2 del ICE del Proyecto.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire. Norma Decreto Supremo N °138/2005 del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fuentes de emisiones fijas. Forma de cumplimiento Todas las emisiones producidas por fuentes fijas serán debidamente declaradas de acuerdo con lo estipulado en la norma indicada, en los plazos correspondientes, a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC, específicamente en el Registro Único de Emisiones Atmosféricas. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro de los certificados de declaración enviada al RETC, tal como se hace actualmente. Forma de control y seguimiento - Se cuenta con un encargado quien realiza y verifica la declaración de emisiones mediante Ventanilla Única. - Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.3 del ICE del Proyecto.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire. Norma Decreto Supremo N° 279/1983 del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos motorizados de combustión interna. Forma de cumplimiento Se verificará que todos los vehículos que se utilicen para la ejecución del Proyecto cuenten con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día, además de ser mantenidos periódicamente. Lo anterior será exigido en los contratos de prestación de servicios correspondientes Indicador que acredita su cumplimiento - Registro del Permiso de Circulación, Revisión Técnica y mantenciones de los vehículos de empresas contratistas que ingresen al área del proyecto. - Registro del Permiso de Circulación, Revisión Técnica y mantenciones de los vehículos de ENEL Generación Chile S.A. Forma de control y seguimiento - Se verificará semestralmente el registro de las revisiones técnicas de los vehículos al día y el registro de mantenciones. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.4 del ICE del Proyecto.
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire. Norma Decreto Supremo N°75/87 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Ley N° 18.290/2009 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de carga. Forma de cumplimiento Se exigirá que los camiones que transporten, por vías urbanas, material que produzcan polvo, lo realicen con la carga cubierta total y eficazmente con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera. Del mismo modo, se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad, lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se deberá exigir por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta o sistemas estancos, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Forma de control y seguimiento - Se verificará periódicamente el registro de la entrada y salida de camiones de materiales. - En el acceso a las instalaciones se verificará el estado de la carga de los camiones. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.5 del ICE del Proyecto.
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire. Norma D.S. N° 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de construcción. Forma de cumplimiento - Se humectará el terreno previo a la ejecución de las excavaciones. - El trasporte de materiales será realizado con la carga cubierta, cumpliendo con las disposiciones señaladas en el D.S. N°75/1987 del MTT. - Se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios, para lo cual se contempla la utilización de las respectivas áreas de almacenamiento de residuos habilitadas y autorizadas. Se instruirá a los trabajadores para evitar la disposición de materiales en espacios públicos. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta o sistemas estancos, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Forma de control y seguimiento - Se verificará periódicamente el registro de la entrada y salida de camiones de materiales. - En el acceso a las instalaciones se verificará el estado de la carga de los camiones. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.6 del ICE del Proyecto.
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones acústicas. Norma Decreto Supremo N° 38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las actividades de construcción, operación y cierre que generen emisiones acústicas. Forma de cumplimiento De acuerdo con la modelación de los niveles proyectados de ruido, considerando los escenarios más desfavorables, el Proyecto, en sus distintas fases, cumplirá con los límites máximos establecidos por la normativa ya señalada. Indicador que acredita su cumplimiento Registro del listado las maquinarias y vehículos a utilizar en las fases de construcción y operación del Proyecto, que permitan acreditar que la ejecución de este se llevará a cabo de acuerdo con lo proyectado en el Estudio de Ruido. Forma de control y seguimiento Se asignará un encargado quien verificará el registro de las maquinarias y vehículos a utilizar. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.7 del ICE del Proyecto.
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica. Norma Decreto Supremo N°1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Luminaria de la CTA. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumplirá con la normativa vigente según se establece en el Anexo 2.12 de la DIA. En el caso de haber modificaciones futuras a esta normativa, el Proyecto se adaptará a los nuevos requisitos dentro de los plazos que la autoridad establezca. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de luminarias. Forma de control y seguimiento En caso de cambio, modificación y/o reparación de luminarias se solicitará el certificado de luminaria de acuerdo con la normativa vigente. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.8 del ICE del Proyecto.
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725/67 del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Los residuos sólidos que se generarán durante todas las fases del Proyecto. Para más detalle ver numeral 4.5.5, 4.6.5 y 4.7.5 del presente ICE. Forma de cumplimiento En el área destinada al almacenamiento temporal de residuos, se establecerán categorías de materiales reciclables para ser almacenados de manera separada y luego enviadas a centros de reciclaje (de ser posible), según tipo de residuo. Indicador que acredita su cumplimiento - Autorización sanitaria del sitio de almacenamiento transitorio de residuos industriales no peligrosos, otorgada por la SEREMI de Salud correspondiente. - Autorización sanitaria de empresa transportista. - Autorización sanitaria de lugar de disposición final. - Registro de retiro de residuos. - Registro de la declaración de Residuos Industriales No Peligrosos en SINADER del Sistema Ventanilla Única del RETC. - Registro de la declaración de Residuos Industriales Peligrosos en SIDREP del Sistema Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento - Se asignará un encargado quien verificará los registros de las autorizaciones sanitarias respectivas, el retiro de residuos y la declaración de residuos mediante Ventanilla Única. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.9 del ICE del Proyecto.
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos. Norma Decreto Supremo N° 148/2003 del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos sólidos peligrosos los que serán almacenados temporalmente en el sitio de almacenamiento destinado para estos fines. Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos serán almacenados por un máximo de 6 meses en contenedores herméticos, rotulados y con tapa para su disposición final en un relleno de seguridad autorizado Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá en faena información sobre la cantidad de residuos dispuestos de forma mensual, así como también los comprobantes de retiro de residuos peligrosos mediante el Sistema de Seguimiento y Declaración de Residuos Peligrosos (SIDREP) o el sistema que la autoridad sanitaria disponga, todo a modo de verificador de cumplimiento. Forma de control y seguimiento Registro de reportes cargados en el RETC disponibles para su control y verificación. Verificación de la Resolución Sanitaria. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.10 del ICE del Proyecto.
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas. Norma Decreto Supremo N°298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Utilización de Sustancias químicas peligrosas. Forma de cumplimiento Las Sustancias Peligrosas serán transportadas por vehículos de empresas que cuenten con las autorizaciones respectivas por parte de la Autoridad. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de las autorizaciones sanitarias de las empresas encargadas del transporte de Sustancias Peligrosas. Forma de control y seguimiento Se asignará un encargado quien verificará las autorizaciones sanitarias de las empresas encargadas del transporte de sustancias peligrosas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.11 del ICE del Proyecto.
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos (aguas servidas). Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725/67 del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de aguas servidas. Forma de cumplimiento Se generarán residuos líquidos domésticos provenientes de los baños químicos y de la PTAS. Dichos baños químicos se ubicarán en la zona de instalación de faenas y en los frentes de trabajo. Los residuos líquidos domiciliarios de los baños químicos serán retirados y dispuestos en un lugar autorizado sanitariamente, por una empresa contratista con una frecuencia semanal (3 veces a lo menos). Mientras que las aguas servidas de la PTAS serán dirigidas a unos estanques de acumulación, los detalles de esta solución se adjuntan en el Anexo 1.3 PAS 138, de la Adenda Complementaria de la DIA. El Titular exigirá al contratista que durante la fase de construcción se mantenga un registro y copia de los documentos que acrediten la disposición final de los residuos. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del servicio de mantención de baños químicos y disposición final de las aguas servidas. - Registro de mantención de los baños químicos realizada por empresas contratistas. Forma de control y seguimiento Se asignará un encargado quien verificará los registros de las autorizaciones sanitarias respectivas y de la empresa transportista encargada del retiro y manejo de los residuos asociados a los baños químicos y los lodos. Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.12 del ICE del Proyecto.
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos industriales. Norma Decreto Supremo N° 594/1999 del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos líquidos industriales. Forma de cumplimiento Ejecución del Programa de monitoreo. Indicador que acredita su cumplimiento Se desarrollará dos programas de monitoreo de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N°42/1998 y sus modificaciones (Resolución exenta N° 161/00, Resolución exenta N° 035/01, Resolución exenta N° 025/03 y Resolución exenta N° 81/03, todas emanadas de la COREMA II Región) y la Resolución N° 12600/1973 VRS del 6 diciembre 2006 de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante. Los programas de monitoreo se realizarán de acuerdo con los establecido en el 4.2 de la Adenda Complementaria de la DIA, a lo indicado en el numeral 10.2.1 del presente ICE y en conformidad a lo establecido por el D.S. N° 90/ 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República. Forma de control y seguimiento Los resultados de los monitoreos son remitidos a las respectivas Autoridades, a través de un informe que registra los resultados de acuerdo con lo estipulado en las resoluciones indicadas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.13 del ICE del Proyecto.
7.16. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos industriales. Norma Decreto de Ley N°2.222/1978, Ley de Navegación, Ministerio de Defensa Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos líquidos industriales. Forma de cumplimiento El Titular acogerá las consideraciones legales íntegras de respetar las prohibiciones de arrojar, cualquiera sea el material, residuos líquidos o sólidos peligrosos de cualquier especie que pudiera ocasionar daño o perjudicar las aguas o la vida marítima del ecosistema marino. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución Exenta N°526/2009. Carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. Reporte de mediciones a la autoridad marítima de Antofagasta. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma de seguimiento ambiental SMA actualizada, para fiscalización de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.14 del ICE del Proyecto.
7.17. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Histórico Cultural Arqueológico y Paleontológico. Norma Ley N° 17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimientos de tierra y excavaciones. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la ejecución de los sondajes, se paralizará toda obra en el sector del hallazgo y se informará de inmediato y por escrito al CMN, para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento Registro del hallazgo. Copia del aviso al CMN. Registro de la implementación de las medidas definidas por el CMN. Forma de control y seguimiento Registro de las charlas de inducción realizadas. En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto el Titular solicitará el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.3.1 del ICE del Proyecto.
7.18. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Norma Ley N°19.473/1992 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las actividades del Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto dará cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante capacitaciones a su personal con respecto a dichos temas, exigiendo el cumplimiento de las prohibiciones señaladas en la normativa. Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. Por su parte, se implementarán otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa que podría interactuar con el Proyecto. Finalmente, se evitará la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. Del mismo modo, el Proyecto no intervendrá fauna en categoría de conservación o con alguna singularidad específica, ya que se ejecutará un Plan de Perturbación Controlada, el cual se entrega en el Anexo 3.3 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará inducciones y capacitaciones a los trabajadores relativas a la prohibición expresa de cazar, capturar, criar, conservar y utilizar los animales de la fauna silvestre. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.3.2 del ICE del Proyecto.
7.19. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Acuática y recursos bentónicos. Norma D.S. N°430/1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Descarga de aguas al mar. Forma de cumplimiento Se ejecutarán dos programas de monitoreo de acuerdo con lo establecido en el 4.2 de la Adenda Complementaria de la DIA, a lo indicado en el numeral 10.2.1 del presente ICE. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización Ambiental del PAS N°119, otorgada por SUBPESCA. Registro de los resultados de los monitoreos realizados. Comprobante de remisión a la SMA de los monitoreos realizados. Forma de control y seguimiento Envío de Informes de Seguimiento a SMA en un plazo de 30 días hábiles contados desde la toma de las muestras. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.3.3 del ICE del Proyecto.
7.20. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Acuática y recursos bentónicos. Norma Decreto Supremo N°461/1995 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Previo a la fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Seguimiento de Calidad del Medio Marino. Forma de cumplimiento En el Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria se presentan los antecedentes necesarios para la obtención del Permiso para realizar pesca de investigación, indicado en el Artículo 119 del D.S. N°40/2012 MMA. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización Ambiental del PAS N°119, otorgada por SERNAPESCA. Resultados de los muestreos realizados. Forma de control y seguimiento Programa de Seguimiento de Calidad del Medio Marino. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.3.4 del ICE del Proyecto.
7.20. COMPONENTE/MATERIA: Agua. Norma D.F.L. N° 725/1967 MINSAL. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Consumo de Agua Potable. Forma de cumplimiento Fase de construcción Se considera el abastecimiento de agua mediante bidones o botellas de agua purificada, adquiridos a terceros autorizados por la autoridad sanitaria. Estos dispensadores serán dispuestos en las instalaciones de faena y oficinas para el consumo de los trabajadores. Fase de operación El agua potable requerida durante la ejecución del Proyecto será provista mediante el sistema particular de distribución de agua potable existente autorizada según Resolución Exenta N°526/2009. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la compra de agua potable a proveedores autorizados (órdenes de compra o facturas). Forma de control y seguimiento Se asignará un encargado quien verificará periódicamente los registros de las órdenes de compra o facturas, y de las autorizaciones sanitarias respectivas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.3.5 del ICE del Proyecto.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes medidas, exigencias o condiciones, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1 Condiciones:
8.1.1 Condición 1: El Titular deberá actualizar, considerar y complementar según corresponda, el Plan de Vigilancia Ambiental (PVA), con las siguientes condiciones:
a. El Titular deberá mantener para la fase de operación del Proyecto, las concentraciones de Cloro Libre Residual bajo los 0,2 mg/L para el efluente. b. El Titular deberá presentar a la Gobernación Marítima, Región de Antofagasta, los resultados de las primeras campañas del PVA actualizado. Dicha información deberá ser presentada mediante un informe y contener información respecto de la composición del plancton (fitoplancton y zooplancton). El informe y su contenido deberá ser visado por dicha Autoridad. c. El Titular deberá presentar a la Gobernación Marítima, Región de Antofagasta, los resultados de las primeras campañas del PVA actualizado, que contenga el estudio de biodisponibilidad de los metales/elementos Cobre y Arsénico en la química de los sedimentos. El estudio y su contenido deberá ser visado por dicha Autoridad. d. El Titular deberá complementar el PVA actualizado, incluyendo dentro de sus mediciones los siguientes parámetros para la componente agua de mar: Arsénico, Zinc y Cadmio, y para la matriz sedimento: Plomo, Cadmio, Mercurio y Arsénico. El estudio y su contenido deberá ser visado por la Gobernación Marítima, Región de Antofagasta. e. El Titular deberá complementar el PVA actualizado, incluyendo dentro de sus obligaciones el uso de réplicas para las 3 componentes ambientales analizadas (agua, sedimento y biota). Dicha información deberá ser presentada a la Gobernación Marítima, Región de Antofagasta, y su contenido deberá ser visado por dicha Autoridad. f. El Titular deberá considerar en el PVA actualizado, un total de 9 estaciones (E1 a ERS).
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Compromiso ambiental voluntario: Capacitaciones al personal de obra. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Sensibilizar sobre las conductas respetuosas hacia el sistema de convivencia local, su historia y su desarrollo actual.
Descripción: Durante la fase de construcción se realizarán tres (3) tipos de capacitaciones al personal de obra que abordará las siguientes temáticas: 1. Historia y la dinámica social de la localidad de Mejillones. 2. Respeto hacia el entorno y el cuidado del medio ambiente, incorporando buenas prácticas sociales y culturales. 3. Equidad de Género.
Justificación: Las capacitaciones sensibilizarán a los trabajadores mediante la entrega de información sobre el entorno donde se inserta el Proyecto, haciendo énfasis en el respeto por las costumbres locales, espacios públicos y comunidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las capacitaciones se realizarán en la instalación de faenas del Proyecto.
Forma: Las capacitaciones se realizarán a todos los trabajadores que participen de la construcción. Los relatores de cada capacitación serán personas conocedoras del tema. En específico, para la capacitación N°1, será dictada por un/a ciudadano/a que sea habitante de Mejillones. Se dejará registro de todas las capacitaciones, donde se indicará fecha, hora, lugar, relator, temática a abordar y listado de trabajadores que participaron.
Oportunidad: Se realizará una capacitación por día, a partir del inicio de las faenas de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia de los trabajadores a capacitaciones. Forma de control y seguimiento Registros disponibles en sitio durante la fase de construcción, en caso de fiscalización de la autoridad competente. El encargado de obra verificará que todas las capacitaciones se hayan realizado, así como también, que todos los trabajadores hayan sido capacitados. Para más detalle ver tabla 6-1 del Anexo 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.1 del ICE del Proyecto.
9.2. Compromiso ambiental voluntario: Reposición de insumos y equipos de Bomberos. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Alinearse con la “Estrategia Regional de Desarrollo de Región de Antofagasta”, específicamente con la “Modernización y Participación", objetivo general N°2 "Fortalecer las Alianzas público- privadas en post del desarrollo regional, propiciando el trabajo de redes permanentes de coordinación y participación", mediante la colaboración a Bomberos de Chile.
Descripción: El Titular restituirá todo equipo y/o material que sufra daños o desperfectos irreparables en la labor de control de algún siniestro que afecte las instalaciones de la Central Atacama, previa acreditación por parte del cuerpo de bomberos respectivo.
Justificación: La reposición de insumos y equipos de Bomberos que sean utilizados durante una emergencia permitirá evitar la pérdida de estos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La reposición de insumos y equipos será llevada a cabo en las instalaciones de la(s) Compañía(s) de Bomberos que participe(n) de alguna emergencia que afecte las instalaciones del Proyecto y que implique su pérdida.
Forma: Posterior al control del siniestro, el respectivo cuerpo de bomberos enviará al Titular un informe con el listado, las imágenes, la descripción y la cotización del proveedor de los equipos y/o materiales dañados, solicitando la restitución de los mismos. Con este antecedente, ambas partes acordarán la manera en que se realizará la respectiva restitución.
Oportunidad: Cuando ocurra una emergencia en las instalaciones del Proyecto que requiera del apoyo de Bomberos y que genere una pérdida de insumos o deterioro de equipos de esta institución. Indicador que acredite su cumplimiento • Informe de emergencia, donde se indicará las acciones llevadas a cabo. • Informe con el listado, imágenes, descripción y cotización del proveedor de los equipos y/o materiales dañados. • Acuerdo de la restitución de los insumos y/o equipos. Registro de entrega de insumos y/o equipos a la(s) Compañía(s) de Bomberos que participe(n) del control de la emergencia. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro documental en sitio, disponible para la fiscalización de la autoridad competente. Para más detalle ver tabla 6-2 del Anexo 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.2 del ICE del Proyecto.
9.3. Compromiso ambiental voluntario: Capacitación Bomberos. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Alinearse con la “Estrategia Regional de Desarrollo de Región de Antofagasta”, específicamente con la “Modernización y Participación", objetivo general N° 2 "Fortalecer las Alianzas público-privadas en post del desarrollo regional, propiciando el trabajo de redes permanentes de coordinación y participación", mediante la colaboración a Bomberos de Chile.
Descripción: El Titular capacitará a los bomberos de la comuna de Mejillones sobre el combate de emergencias asociadas al manejo de sustancias peligrosas en las instalaciones del Proyecto. Se incluirá además al personal de Seguridad Pública y Protección Civil de la Municipalidad de Mejillones.
Justificación: Las capacitaciones permitirán a Bomberos controlar de mejor manera emergencias que puedan estar asociadas a sustancias peligrosas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las capacitaciones se realizarán en un lugar a acordar con la Dirección de Seguridad Pública de la Municipalidad de Mejillones.
Forma: Anualmente, se capacitará a los bomberos de la comuna de Mejillones sobre el control de emergencias asociadas a sustancias peligrosas. Se incluirá además al personal de Seguridad Pública y Protección Civil de la Municipalidad de Mejillones.
Oportunidad: Anualmente, durante los primeros 2 años de obtenida la RCA. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las capacitaciones que incluya fecha, hora, lugar, relator y asistentes. Forma de control y seguimiento Un encargado verificará que todas las capacitaciones se hayan realizado, así como también, que todos los trabajadores hayan sido capacitados. Para más detalle ver tabla 6-3 del Anexo 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.3 del ICE del Proyecto.
9.4. Compromiso ambiental voluntario: Programa de Prácticas Profesionales. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover el desarrollo de competencias en especialidades técnicas para estudiantes locales, generando oportunidades que beneficien a los estudiantes de la comuna de Mejillones y/o Región de Antofagasta.
Descripción: Durante 3 años y con el fin de promover el desarrollo de competencias e inserción laboral para los estudiantes de la ciudad de Mejillones, el Titular se compromete a entregar 3 cupos de prácticas anuales en materia de operación y mantenimiento de generación de energía o un tema afín. Para esto, se mantendrán coordinaciones con el Liceo Juan Jose Latorre u otro establecimiento a determinar.
Justificación: La oportunidad de prácticas en materia de operación y mantenimiento de generación de energía permitirá a los estudiantes de la comuna de Mejillones y/o Región de Antofagasta desarrollar competencias técnicas que ayudarán a su futura inserción laboral. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Central Térmica Atacama u otro establecimiento asociado del Titular.
Forma: Anualmente se coordinará con el Liceo Juan Jose Latorre u otro establecimiento educacional de la comuna de Mejillones para la publicación de tres (3) cupos de prácticas en Central Térmica Atacama. Esto se realizará a través de la Dirección de Administración de Educación Municipal (DAEM) de Mejillones.
Oportunidad: Anualmente, por un periodo de 3 años. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de la publicación de las prácticas. Copia de asistencia a las prácticas. Forma de control y seguimiento El Titular asignará un encargado para la coordinación con la Dirección de Administración de Educación Municipal (DAEM) de Mejillones para la publicación de las prácticas. Para más detalle ver tabla 6-4 del Anexo 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.4 del ICE del Proyecto.
9.5. Compromiso ambiental voluntario: Programa de Educación Ambiental, Adaptación al Cambio Climático, ERNC y Economía Circular. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Fomentar el conocimiento de las Energías Renovables No Convencionales (ERNC), adaptación al cambio climático y economía circular, desarrollando talleres que entreguen conocimientos acercan de estas temáticas a la comunidad en general.
Descripción: El Titular se compromete a continuar con los programas de capacitación en coordinación con la Dirección de Medio Ambiente del Municipio de Mejillones, en temas de valorización de residuos y eco oficios de manera anual, colaborando con el Municipio en la búsqueda de ampliar la valorización de maderas y de otros elementos como plásticos y residuos orgánicos para fomentar la economía circular en la comuna de Mejillones. Sumado a esto se realizarán talleres anuales de educación ambiental en escuelas básicas de la comuna de Mejillones durante 5 años a partir de la emisión de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable del Proyecto. Los talleres abordarán temáticas de adaptación al cambio climático, ERNC, conservación de la biodiversidad y fomento a la economía circular.
Justificación: Los talleres otorgarán capacidades en temas de economía circular, cambo climático y ERNC a la comunidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Mejillones.
Forma: Anualmente, y durante 5 años desde la emisión de la RCA favorable del Proyecto, se coordinará con el Departamento de Medio Ambiente de la Municipalidad de Mejillones para la realización de talleres de educación ambiental en la comuna. Los talleres abordarán temáticas de adaptación al cambio climático, ERNC, conservación de la biodiversidad y fomento a la economía circular. Se elaborarán registros de los talleres que contendrán información de la fecha, hora, lugar, relator y asistentes.
Oportunidad: Anualmente, por un periodo de 5 años. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de talleres. Forma de control y seguimiento Anualmente, un encargado por parte del Titular verificará que se hayan programado y realizado los talleres de educación ambiental. Para más detalle ver tabla 6-5 del Anexo 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.5 del ICE del Proyecto.
9.6. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Paleontológico Permanente. Impacto asociado Alteración potencial de elementos paleontológico. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la afectación física que puede generar el hallazgo fortuito de elementos paleontológicos contenidos en el subsuelo del área de emplazamiento del Proyecto.
Descripción: El monitoreo paleontológico (supervisión en terreno), se realizará a partir de la observación y registro directo en terreno, por parte de un paleontólogo, por cada frente de trabajo, durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y movimiento de tierra, como también, en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación en el área del Proyecto.
Justificación: Este compromiso deriva de la sensibilidad patrimonial del área, así como de la posibilidad de hallazgos paleontológico no previstos durante la fase de construcción del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En todas las áreas del Proyecto donde se realicen movimientos de tierra, remoción de superficie y excavaciones.
Forma: a través de supervisión constante de un/a(s) paleontólogo/a(s) en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación en el área del Proyecto.
En caso de encontrarse restos paleontológicos durante las faenas de construcción y movimiento de tierras, se procederá según la Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales.
Oportunidad: Durante la fase de construcción del proyecto, en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Informe elaborado paleontólogo/a.
Forma de control y seguimiento Informe mensual (mientras duren las labores de excavaciones y movimientos de tierra) que será remitido y visado por el Consejo de Monumentos Nacionales y posteriormente enviado a la SMA en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Para más detalle ver tabla 6-6 del Anexo 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.6 del ICE del Proyecto.
9.7. Compromiso ambiental voluntario: Factor de Ponderación para Contratación de Mano de Obra Local. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Incentivar a empresas contratistas a contratar mano de obra local.
Descripción: Implementación de un factor que otorga una mayor ponderación a empresas contratistas que participan en el proceso de licitación y que posean un 15% de mano de obra local.
Justificación: El factor de ponderación incentivará a las empresas contratistas a contratar mano de obra local dado que esto le dará una mayor probabilidad de ganarse la licitación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del Proyecto.
Forma: Al momento de iniciar el proceso de licitación, se les informará a las empresas contratistas interesadas, que al asegurar un porcentaje del 15% de contratación de mano de obra local, tendrán ventaja sobre otras empresas contratistas dado que se les otorga un factor de ponderación del 5% adicional. A los seis (6) meses posteriores de la celebración del contrato, se verificará que la empresa contratista mantenga el porcentaje del 15% de contratación de mano de obra local. En caso de no mantener el porcentaje que fue comprometido, se aplicarán multas.
Oportunidad: Durante los procesos de licitación, con verificación seis (6) meses posteriores a la celebración del contrato. Indicador que acredite su cumplimiento Registros del proceso de licitación. Contratos celebrados donde se indique el compromiso del 15% de mano de obra local. Forma de control y seguimiento La verificación del cumplimiento de este porcentaje se realiza al momento de la oferta técnica y luego, a los seis (6) posterior a la contratación. En caso de no mantener el porcentaje que fue comprometido, se aplicarán multas. Para más detalle ver tabla 6-7 del Anexo 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.7 del ICE del Proyecto.
9.8. Compromiso ambiental voluntario: Mantención de Áreas Verdes. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir el impacto visual asociado a la ejecución del Proyecto.
Descripción: Durante toda la vida útil del Proyecto, se realizarán mantenciones periódicas de las áreas verdes de la Planta y su entorno.
Justificación: La mantención de las áreas verdes permite mantener un paisaje acorde con el entorno. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Áreas verdes de la Planta y su entorno.
Forma: La mantención de áreas verdes de la Planta y su entorno se realizará de forma mensual y según las órdenes de trabajo respectivas.
Oportunidad: La mantención de las áreas verdes de la Planta y su entorno se realizará mensualmente. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de ordenes de trabajo de servicio de mantenimiento de áreas verdes. Forma de control y seguimiento Registros de ordenes de trabajo en la Central Atacama. Para más detalle ver tabla 6-8 del Anexo 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.8 del ICE del Proyecto.
9.9. Compromiso ambiental voluntario: Factor de Ponderación para Contratación de Mano de Obra Local con Paridad de Género. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Incentivar a empresas contratistas a contratar mano de obra local con paridad de género.
Descripción: Implementación de un factor que otorga una mayor ponderación a empresas contratistas que participan en el proceso de licitación y que posean un 50% de mano de obra femenina.
Justificación: El factor de ponderación incentivará a las empresas contratistas a contratar mano de obra local femenina dado que esto le dará una mayor probabilidad de ganarse la licitación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del Proyecto.
Forma: Al momento de iniciar el proceso de licitación, se les informará a las empresas contratistas interesadas, que al asegurar un porcentaje del 50% de contratación de mano de obra femenina, tendrán ventaja sobre otras empresas contratistas dado que se les otorga un factor de ponderación del 5% adicional. A los seis (6) meses posteriores de la celebración del contrato, se verificará que la empresa contratista mantenga el porcentaje del 50% de contratación de mano de obra femenina. En caso de no mantener el porcentaje que fue comprometido, se aplicaran multas.
Oportunidad: Durante los procesos de licitación, con verificación seis (6) meses posteriores a la celebración del contrato. Indicador que acredite su cumplimiento Registros del proceso de licitación. Contratos celebrados donde se indique el compromiso del 50% de mano de obra local femenina. Forma de control y seguimiento La verificación del cumplimiento de este porcentaje se realiza al momento de la oferta técnica y luego, a los seis (6) posterior a la contratación. En caso de no mantener el porcentaje que fue comprometido, se aplicarán multas. Para más detalle ver tabla 6-9 del Anexo 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.9 del ICE del Proyecto.
10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
10.1.1. Riesgo de Lluvia extrema. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se realizarán capacitaciones permanentes a los trabajadores acerca del Plan de Emergencia y evacuación hacia zonas seguras, minimizando con ello posibilidades de accidentes en los trabajadores. - Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se identificarán las vías y forma de evacuación, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, y se definirán las zonas de seguridad, lo que será difundido al personal a través de las capacitaciones a realizar. - El Titular del Proyecto contará con planos actualizados de las vías de escape y zonas de seguridad. - Se instalarán señaléticas de las vías de escape y zonas de seguridad. - Se realizarán simulacros en los cuales participarán todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. Forma de control y seguimiento - En el caso de ocurrir un evento de lluvia extrema que ponga en peligro las instalaciones del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. - Registro de la realización de simulacros. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 3 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.1 del ICE del Proyecto.
10.1.2. Riesgo de aumento del nivel del mar. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se realizarán capacitaciones permanentes a los trabajadores acerca del Plan de Emergencia y evacuación hacia zonas seguras, minimizando con ello posibilidades de accidentes en los trabajadores. - El Titular contará con planos actualizados de las vías de escape y zonas de seguridad. - Se instalarán señaléticas de las vías de escape y zonas de seguridad. - Se realizarán simulacros. Forma de control y seguimiento - En el caso de ocurrir un aumento del nivel del mar, en cualquiera de las fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. - Existirá registro de todos los simulacros, capacitaciones y charlas realizadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 4 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto.
10.1.3. Riesgo de Sismos y terremotos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se contará con protocolos de emergencia y sectores de seguridad en cada sector en caso de eventos sísmicos. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación a todo el personal. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 5 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto.
10.1.4. Riesgo de Tsunamis y marejadas Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se realizarán capacitaciones permanentes a los trabajadores acerca del Plan de Emergencia y evacuación hacia zonas seguras, minimizando con ello posibilidades de accidentes en los trabajadores. - El Titular del Proyecto contará con planos actualizados de las vías de escape y zonas de seguridad. - Se instalarán señaléticas de las vías de escape y las zonas de seguridad. - Realizarán simulacros. Forma de control y seguimiento - En el caso de ocurrir un tsunami, en cualquiera de las fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo de las posibles áreas afectadas. - Existirá un registro de todos los simulacros, capacitaciones y charlas realizadas a los trabajadores. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 6 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto.
10.1.5. Riesgo de Incendios en Edificios e Instalaciones Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se contará con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos será según los materiales combustibles o inflamables que existan en las instalaciones del Proyecto. - Todo el personal se encontrará capacitado en el uso y manejo de extintores, tan como lo señala el D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. - Se efectuarán inspecciones periódicas para evaluar la condición de las instalaciones de combustibles. - Se realizarán capacitaciones permanentes a los trabajadores acerca del Plan de Emergencias. - Se realizarán simulacros. - Se dispondrá en portería y en la instalación de faenas, planos con la ubicación de los extintores y vías de evacuación. Adicionalmente, se informará respecto al uso de combustibles o sustancias inflamables tales como pinturas, lubricantes, aceites u otros tales como diluyentes, en todas las fases del Proyecto. - El manejo de combustible se realizará sólo con elementos especialmente diseñados para ello; se contará con las medidas de seguridad adecuadas (extintores, baldes con arena, palas entre otras), y en los sitios donde estos se almacenen estará expresamente prohibido encender fogatas, fumar, portar fósforos u otros elementos que puedan producir chispas. - Se mantendrá equipo de extinción de incendio adecuado, vigente y personal capacitado para su uso. - Se informará a la Municipalidad y bomberos de Mejillones sobre el estado de las redes contra incendios, grifos y espuma, y todo otro componente de ECI y de la RCI. Forma de control y seguimiento - En el caso de ocurrir un incendio, en cualquiera de las fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo de las posibles áreas afectadas donde se evaluarán y se informará de los daños a la SMA. - Registro de capacitaciones y simulacros a todos los trabajadores del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto.
10.1.6. Riesgo de Incendio en vehículos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Área de tránsito en las zonas de trabajos. Acciones o medidas a implementar - Se proveerá, mantendrá e inspeccionará los sistemas de extinción de fuego requeridos con la frecuencia que indique el fabricante. - Se contará con extintores de dióxido de carbono y extintores de polvo químico seco. - Se revisará que los respectivos vehículos utilizados por el Proyecto cuenten con sus revisiones técnicas al día y que cuenten con su extintor, así como kit de emergencias. - Se capacitará a los trabajadores en los procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios. - Se capacitará a trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios. - Se establecerán alianzas con los cuerpos de bomberos de las comunas incluidas en el alcance del Proyecto. - La realización de la carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la fase de construcción y cierre se realizará fuera de las instalaciones del Proyecto. Forma de control y seguimiento - Registro fotográfico de la implementación de señalización de la red contra incendio y extintores en las instalaciones del Proyecto. - Registro fotográfico de la implementación de la red contra incendio, indicando ubicación de cada equipo instalado. - Registro de las capacitaciones realizadas. - Registro de las revisiones técnicas de los vehículos utilizados por el Proyecto. - Registro fotográfico de kit de emergencia y extintores al interior de los vehículos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 8 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto.
10.1.7. Riesgo de derrame de sustancias peligrosas. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - El transporte de combustible, aceites u otra sustancia peligrosa se realizará de acuerdo con la legislación nacional vigente (D.S. N° 298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones), contando con las respectivas autorizaciones. - Las empresas que realicen el transporte de sustancias químicas deberán contar con un programa de seguridad y prevención de riesgos. - Los camiones de transporte deberán contar con comunicación por radio, equipos de primeros auxilios y equipos de emergencias para control de derrames. - Los conductores de los vehículos deberán contar con la experticia en conducción, capacitación en manejo de las sustancias peligrosas y control de eventuales derrames del producto que estén transportando. - Las características de los vehículos deberán cumplir con las normas nacionales, y con todas las condiciones de seguridad que amerita el transporte de sustancias y residuos peligrosos. - Para el caso de combustibles, la carga y descarga de ellos, se realizará en áreas definidas y demarcadas y se cumplirá con el D.S. N°160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. - Se realizará un registro de la cantidad y tipo de sustancia que se transporte y de la que se almacene. - Los residuos peligrosos serán manipulados separadamente de los residuos domésticos e industriales no peligrosos, y serán dispuestos en contenedores con tapa y debidamente rotulados. - Existirá prohibición absoluta de efectuar manejo, descarga y transferencia de combustibles y aceites en áreas que no correspondan a los sitios destinados para estos fines. - Estará disponible en el lugar de almacenamiento y bodega la Hoja de Datos de Seguridad (HDS) de las sustancias o residuos. El personal que requiera utilizar las sustancias o manejar los residuos debe ser advertido de los riesgos que conlleva la utilización del producto, y entregarle la HDS para consulta y difusión si corresponde. - Las condiciones mínimas de las instalaciones que albergan sustancias o residuos peligrosos serán: piso impermeable, material incombustible, extintor polvo químico seco (PQS), pretil de contención de derrames, señalética asociada a los riesgos e identificación, acceso controlado de ingresos y egresos, kit de contención de derrames. El kit señalado con anterioridad, considera entre otros artículos, pala, material de absorción, arena, escoba, bolsas plásticas, traje cuerpo entero papel, guantes de látex, antiparras, paños absorbentes. - Se llevará un registro en obra que permita cuantificar las cantidades recibidas, utilizadas y en stock. - En instalación de faenas se dispondrá de un área especialmente demarcada para almacenamiento y transferencia de estos materiales, la cual estará debidamente señalizada y contará con las estructuras de contención y carpetas absorbentes para evitar potenciales derrames de las áreas adyacentes. - Se realizarán capacitaciones internas y se gestionará con la autoridad marítima para conformar un plan de respuesta ante eventuales emergencias marinas, donde se definirán los materiales y equipamiento necesarios para poder atenderlas. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones y simulacros a todos los trabajadores del Proyecto. - Autorizaciones de las bodegas de almacenamiento de sustancias, y de las de residuos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 9 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto.
10.1.8. Riesgo de fallas en sistemas de transporte de residuos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se mantendrá en planta un registro de la empresa transportista debidamente autorizada para el transporte de los distintos tipos de residuos hacia el sitio de disposición final autorizado. - Los transportistas deberán seguir los procedimientos de ingreso, circulación, descarga y carga que serán establecidos en los respectivos instructivos de la Planta. Forma de control y seguimiento - Se realizarán charlas de inducción. - Se llevará un registro de la empresa que provea el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 10 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.8 del ICE del Proyecto.
10.1.9. Riesgo de incendio en bodegas o zonas de acopio de residuos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Todos los trabajadores se regirán por las medidas y obligaciones establecidas por ENEL Chile Generación S.A. para minimizar riesgos de incendios. - Se mantendrán equipos de extinción en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles y señalizados de acuerdo con la normativa vigente (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). - El almacenamiento de materiales combustibles e inflamables en espacios especialmente habilitados, cumplirá con lo dispuesto en el D.S. Nº 160/2008, que Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y en el D.S. Nº 43/2015, que Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, del Ministerio de Salud. - Se mantendrán las autorizaciones sanitarias, emitidas por la SEREMI de salud, para las bodegas que así lo requieran (RESPEL, SUSPEL, RESNOPEL). - Se proveerá, mantendrá e inspeccionará los sistemas de extinción de fuego requeridos con la frecuencia que indique el fabricante. - Se contará con extintores de la clase requerida para el tipo de Sustancia / Residuo específico. - Se capacitará a los trabajadores en los procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios. - Se capacitará a los trabajadores respecto de las SUSPEL y RESPEL. - Se establecerá alianza con los cuerpos de bomberos de las comunas incluidas en el alcance del proyecto. - Se informará a la Municipalidad y bomberos de Mejillones sobre el estado de las redes contra incendios, grifos y espuma, y todo otro componente de ECI y de la RCI. Forma de control y seguimiento - Registro de las capacitaciones realizadas SUSPEL y RESPEL. - Autorizaciones sanitarias de las bodegas de residuos y sustancias, según corresponda. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 11 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.9 del ICE del Proyecto.
10.1.10. Riesgo de presencia de carnívoros (Pseudalopex sp.) Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se realizará conducción al interior de áreas operativas respetando límites de velocidad establecidos. - Se incluirá señalética de presencia de carnívoros (Pseudalopex sp.) en el área del Proyecto. - Los residuos serán manejados adecuadamente y dispuestos en sectores autorizados. - Se realizarán charlas de inducción (charlas para acreditación de personal) las cuales tendrán como objetivo difundir en forma general los antecedentes de la zona donde se emplaza el Proyecto, además de una sección que considere la presencia de carnívoros (Pseudalopex sp.). - Se prohibirá alimentar a animales silvestres, en específico carnívoros (Pseudalopex sp.). - Se prohibirá cazar o capturar especies de fauna silvestre, en específico carnívoros (Pseudalopex sp.) y además de introducir fauna exótica. - Los vehículos contarán con algún medio de comunicación (celular, radios u otro medio), que permita informar de manera inmediata alguna afectación a la fauna silvestre presente, en específico carnívoros (Pseudalopex sp.). Forma de control y seguimiento - El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen. - Registro de inducciones a los trabajadores. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 12 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.10 del ICE del Proyecto.
10.1.11. Riesgo de hallazgo de fauna en mal estado. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se instruirá a los trabajadores, para que, en caso de avistar un ejemplar de fauna silvestre lesionada, desorientada o muerta, que se debe dar aviso al encargado ambiental del proyecto, el cual que deberá evaluar la situación y coordinación con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación de Fauna Silvestre inscrito en el Registro de Tenedores de Fauna Silvestre, más cercano al área del proyecto. - Todo evento será debidamente registrado para efectos de fiscalización y disposición de información para la autoridad competente. Forma de control y seguimiento - El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen. - Registro de inducciones a los trabajadores. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 13 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.11 del ICE del Proyecto.
10.1.12. Riesgo de Alteración a mamíferos marinos medianos y mayores durante la fase de construcción. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Faenas de pilotaje. Acciones o medidas a implementar - Se contempla la utilización del protocolo “soft start” (Para más detalle ver Tabla 14 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA). - Se realizará el proceso de pilotaje con aumento de energía de forma gradual, para que los mamíferos puedan percibir las emisiones de ruido y se alejen de la zona. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá un registro de cada faena de pilotaje, indicando la hora en que se comienza el protocolo “Soft start” y la hora en que se pone en marcha las faenas. - Se mantendrá un registro de cada vez se aviste un mamífero en la zona de observación. - Se registrará también si el mamífero pasa a la zona de exclusión, el tiempo de detención de los trabajos y cuando se reanudan. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 14 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.12 del ICE del Proyecto.
10.1.13. Riesgo de mal funcionamiento de Planta tratamiento aguas servidas. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Acciones o medidas a implementar - Se controlará la emanación de olores. - Se controlará la descarga de agua no tratadas. - Se controlará el ingreso de descargas no deseadas a la planta de tratamiento. - Se dará continuidad al tratamiento de las aguas servidas. - Además de las medidas consideradas para cada equipo de tratamiento, su reemplazo y mantenimiento de los equipos, también se considera el uso de un grupo generador, de manera de poseer una continuidad en el suministro eléctrico. - Para cada personal y/u operador nuevo, se tiene considerado un programa de capacitación. - Se realizarán charlas periódicas a los operadores de planta de tratamiento. - Se dispondrá de una copia en planta en conjunto con las fichas de control diario, semanal y de mantenimiento, de manera que puedan ser revisados por supervisores, jefaturas y autoridad. Forma de control y seguimiento - Se designará un Coordinador de Contingencias, el que ante eventualidades estará disponible las 24 horas del día, al menos vía celular. Este cargo recaerá en el Encargado de Operación, que en su rol deberá organizar las acciones ante episodios críticos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 15 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.13 del ICE del Proyecto.
10.1.14. Riesgo de derrame de aguas servidas. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Funcionamiento de baños químicos en frentes de trabajo. Acciones o medidas a implementar - Los baños químicos serán habilitados en superficie plana y alejada de cursos de agua. Estos serán provistos por una empresa externa que cuente con las resoluciones de manejo. Las mantenciones de los baños químicos se realizarán de forma semanal cuyos residuos se llevarán a lugar autorizado, acreditándose, mediante la mantención en la obra de copia de la factura u otro documento del transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos. - Los baños químicos se fijarán a piso con estacas u otro medio con el fin de evitar su volcamiento. - Ante eventuales sismos de gran magnitud, se procederá a inspeccionar los componentes del sistema de tratamiento, previo a su posterior uso. Forma de control y seguimiento - Se deberá mantener un registro que permita verificar la realización de limpiezas y mantenciones de los baños químicos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 16 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.14 del ICE del Proyecto.
10.1.15. Riesgo de Emisión de olores PTAS. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Parte, obra o acción asociada Planta de tratamiento de aguas servidas en instalación de faena. Acciones o medidas a implementar - Para mantener la operatividad de la PTAS se habilitará un grupo generador para emergencias, El equipo estará conectado al tablero de fuerza y control general de la planta de tratamiento a través de un tablero de transferencia automática. En caso de en caso de corte de suministro eléctrico, este equipo se encenderá en forma automática para dar continuidad eléctrica. Para garantizar su operatividad, se realizarán cuatro (04) chequeos mensuales. - Se considerará el reemplazo y mantenimiento de los equipos de la PTAS, según lo especificado por el fabricante. - Para cada personal y/u operador nuevo, se tiene considerado un programa de capacitación. - Se designará un Coordinador de Contingencias, el que ante eventualidades estará disponible las 24 horas del día, al menos vía celular. Este cargo recaerá en el Encargado de Operación, que en su rol deberá organizar las acciones ante episodios críticos. - En la Sala de Control y próximo al teléfono se publicará los números de contacto de todas las instancias posibles de verse involucradas en un incidente. Forma de control y seguimiento - Capacitación de los Planes de Emergencias Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 17 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.15 del ICE del Proyecto.
10.1.16. Riesgo de Ingreso de descargas no deseadas a la PTAS. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Parte, obra o acción asociada Planta de tratamiento de aguas servidas en instalación de faena. Acciones o medidas a implementar - Para mantener la operatividad de la PTAS se habilitará un grupo generador para emergencias, El equipo estará conectado al tablero de fuerza y control general de la planta de tratamiento a través de un tablero de transferencia automática. En caso de en caso de corte de suministro eléctrico, este equipo se encenderá en forma automática para dar continuidad eléctrica. Para garantizar su operatividad, se realizarán cuatro (04) chequeos mensuales. - Se considerará, el reemplazo y mantenimiento de los equipos de la PTAS, según lo especificado por el fabricante. - Para cada personal y/u operador nuevo, se tiene considerado un programa de capacitación. - Se dispondrá de una copia en planta en conjunto con las fichas de control diario, semanal y de mantenimiento, de manera que puedan ser revisados por supervisores, jefaturas y autoridad. - Se designará un Coordinador de Contingencias, el que ante eventualidades estará disponible las 24 horas del día, al menos vía celular. Este cargo recaerá en el Encargado de Operación, que en su rol deberá organizar las acciones ante episodios críticos. - En la Sala de Control y próximo al teléfono se publicará los números de contacto de todas las instancias posibles de verse involucradas en un incidente. Forma de control y seguimiento - Capacitación de los Planes de Emergencias Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 18 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.16 del ICE del Proyecto.
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS 10.2.1. Emergencia por Lluvias extremas. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones a implementar - El Titular organizará al personal para reubicar los bienes que se encuentren en riesgo de daño. - Se impedirá la circulación vehicular en la vía de acceso al sector afectado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 19 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.1 del ICE del Proyecto.
10.2.2. Emergencia por aumento del nivel del mar. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones a implementar - Se realizarán capacitaciones permanentes a los trabajadores acerca del Plan de Emergencia y evacuación hacia zonas seguras, minimizando con ello posibilidades de accidentes en los trabajadores. - El Titular contará con planos actualizados de las vías de escape y zonas de seguridad. - Se instalarán señaléticas de las vías de escape y zonas de seguridad. - Se realizarán simulacros. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la Autoridad Marítima de la región de Antofagasta respecto del estado de las infraestructuras costeras y/o derrame de productos o residuos peligrosos al mar. Posterior el término de la emergencia se procederá a avisar a la SMA, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vías de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 20 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto.
10.2.3. Emergencia por sismos y terremotos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones a implementar En caso de que se produzca un sismo se llevarán a cabo las siguientes acciones: - El personal suspenderá cualquier actividad que esté realizando y se dirigirá al área de zona de seguridad más cercana, la cual deberá estar ubicada en un área abierta y alejada de las instalaciones que puedan involucrar riesgo de desplome/derrumbe. - Al producirse un movimiento sísmico, el personal deberá permanecer en su puesto de trabajo, en zonas de seguridad asignadas dentro del área del Proyecto y mantener la calma. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 21 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto.
10.2.4. Emergencia por tsunamis y marejadas Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones a implementar - El jefe de emergencia convocará a todo el personal de planta al Punto de Encuentro o a la Zona de Seguridad dependiendo del tipo de aviso difundido por el SHOA o SENAPRED. - El jefe de emergencia debe coordinar la evacuación a la zona de seguridad de tsunamis y marejadas de todo el personal que no pertenece a la actividad de operación de forma inmediata. - El jefe de la Emergencia coordinará con la Sala de Control el retiro de las unidades de generación. - El control en la zona de seguridad para el conteo del personal en caso de evacuación estará a cargo de operaciones e informará al jefe de Emergencia, quien deberá contrastar con el listado de personas que al momento de la evacuación se encontrasen al interior de la planta. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la Autoridad Marítima de la región de Antofagasta respecto del estado de las infraestructuras costeras y/o derrame de productos o residuos peligrosos al mar. Posterior el término de la emergencia se procederá a avisar a la SMA, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vías de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 22 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto.
10.2.5. emergencia por incendios en edificios e instalaciones Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones a implementar - Se cortará el suministro de gas hacia las instalaciones. - Se activará la alarma de incendio. - El personal que pueda usará extintores portátiles. - Se aplicarán líneas de agua con chorro neblina para enfriar estanques, cilindros y cañerías de gas, a distancia. - Se evacuará el sector hasta la llegada de bomberos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 23 Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto.
10.2.6. Emergencia por Incendio en vehículos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Área de tránsito en las zonas de trabajos. Acciones a implementar - Se suspenderá todas las maniobras en ejecución en el vehículo. - Se dará la alarma y se llamará a bomberos. - En lo posible, se alejará el vehículo de las instalaciones de almacenamiento de combustibles o edificaciones que los contengan. - Se usará los extintores próximos y los del vehículo. - Si el fuego está en la sección del motor, no se podrá abrir el capot. - Se usará las mangueras de la red húmeda y se dirigirá los chorros en forma de neblina hacia vehículo. - Se esperará la llegada del personal de brigada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 24 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto.
10.2.7. Emergencia por derrame de sustancias peligrosas. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones a implementar - Se informará al supervisor y se dará la alarma. - Se avisará a la Autoridad Marítima local correspondiente. - Se identificará la sustancia involucrada. - Si presenta niveles de riesgo, se abandonará el lugar. - Se tomarán muestras en la zona afectada (posterior a la limpieza) y en una estación de control para verificar la efectividad de las medidas consideradas en el Plan de Emergencia de la Central. Los análisis se realizarán en laboratorios certificados y se utilizarán como referencia la Guía Metodológica para la gestión de suelos con potencial presencia de contaminantes. Se desarrollará un plan de monitoreo medio marino post- derrame en caso de ocurrencia, el cual considere los efectos ambientales en las componentes agua, sedimento y biota. Los términos de referencia y el plan de seguimiento serán enviados a la autoridad marítima para su aprobación, el cual será aplicado a cabalidad en caso de ocurrencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 25 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto.
10.2.8. Emergencia por fallas en sistemas de transporte de residuos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones a implementar - Se contratarán los servicios de traslado de residuos a sitios de disposición final a empresas que cuenten con Resolución sanitaria vigente para operar. - Se realizará un control de los camiones que realicen el traslado de residuos verificando si cuenta con sus revisiones técnicas y mantenciones al día. - Se programarán los retiros con anticipación. - Se realizarán inspecciones aleatorias durante la ejecución de los retiros de residuos verificando el cumplimiento legal de éstas. - Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento Se solicitará a la empresa contratista, el registro de mantenciones, hoja de vida del conductor y registro de capacitaciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 26 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.8 del ICE del Proyecto.
10.2.9. Emergencia por incendio en bodegas o zonas de acopio de residuos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones a implementar - Se efectuará una capacitación teórica – práctica acerca del uso de equipos de extinción portátiles y redes húmedas. - Se informará respecto a la prohibición de fumar y realizar fogatas en las instalaciones. Se implementarán equipos de extinción manual. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 27 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.9 del ICE del Proyecto.
10.2.10. Emergencia por presencia de carnívoros (Pseudalopex sp.) Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones a implementar - Se dará aviso de inmediato al Encargado de Medio Ambiente, indicando: • Lugar del accidente. • Especie involucrada. • Número de ejemplares involucrados. • Situación del ejemplar (huye del sitio, se mantiene en el lugar del incidente). • Gravedad del accidente - Frente a un accidente con un animal herido, se evitará realizar movimientos bruscos para evitar perturbar al ejemplar y evitar aumentar su nivel de estrés. Tampoco se tocará al animal por personal no autorizado. - Si el animal puede desplazarse sin dificultades, se ahuyentará sin atacarlo. - Se definirá con el Centro de Rescate validado por Servicio Agrícola Ganadero (SAG) el procedimiento a seguir para la rehabilitación de ejemplares rescatados. - En el caso que el ejemplar sea rescatado, todas las acciones se realizarán una vez que llegue el Centro de Rescate validado por SAG. Para el rescate debe siempre contar con los utensilios de Elementos de protección personal (EPP) para el resguardo de las personas y el animal. Los costos médicos veterinarios y de transporte serán cubiertos por el Titular. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 28 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.10 del ICE del Proyecto.
10.2.11. Emergencia por hallazgo de fauna en mal estado. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones a implementar - Se dará aviso de inmediato al Encargado de Medio Ambiente, indicando: • Lugar del accidente. • Especie involucrada. • Número de ejemplares involucrados. • Situación del ejemplar (huye del sitio, se mantiene en el lugar del incidente). • Gravedad del accidente - Frente a un accidente con un animal herido, se evitará realizar movimientos bruscos para evitar perturbar al ejemplar y evitar aumentar su nivel de estrés. Tampoco se tocará al animal por personal no autorizado. Si el animal puede desplazarse sin dificultades, debe ahuyentarse sin atacarlo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 29 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.11 del ICE del Proyecto.
10.2.12. Emergencia por Alteración a mamíferos marinos medianos y mayores durante la fase de construcción. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Faenas de pilotaje. Acciones a implementar Considerando la implementación del protocolo “soft start”, la contingencia no pasará a emergencia, por esto, no aplican medidas para controlarla. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No Aplica. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 30 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.12 del ICE del Proyecto.
10.2.13. Emergencia por mal funcionamiento Planta tratamiento aguas servidas. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Acciones a implementar Se implementarán disposiciones por escrito para afrontar en buena forma un episodio crítico. Se designará un Coordinador de Contingencias, el que ante eventualidades estará disponible las 24 horas del día, al menos vía celular. Este cargo recaerá en el Encargado de Operación, que en su rol deberá organizar las acciones ante episodios críticos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 31 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.13 del ICE del Proyecto.
10.2.14. Emergencia por derrame de aguas servidas. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Funcionamiento de baños químicos en frentes de trabajo. Acciones a implementar - Se detendrá el funcionamiento del sistema y se dará aviso al Líder de Emergencias, según corresponda a la fase en la que ocurre el imprevisto. - Se indicará a los trabajadores que los servicios higiénicos no podrán ser utilizados hasta que se solucione el problema. Se habilitará un baño químico de reemplazo para solucionar la contingencia. - Se realizará la inspección del sistema para verificar la causa del problema y se tomarán las medidas correspondientes para solucionar el imprevisto. - Una vez solucionado el problema y comprobado el funcionamiento del sistema, se comunicará a los trabajadores que los servicios higiénicos se encuentran habilitados. Luego de la restitución del servicio, se evaluará si el sistema requiere alguna modificación para evitar un nuevo evento de este tipo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 32 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.14 del ICE del Proyecto.
10.2.15. Emergencia por emisión de olores PTAS. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Parte, obra o acción asociada Planta de tratamiento de aguas servidas en instalación de faena. Acciones a implementar - En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. - Una vez detectada la falla en la PTAS, el encargado de la seguridad y ambiente dará el aviso del desperfecto y se comunicará con contratistas de mantenimiento y monitoreo, para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos. El encargado de seguridad y ambiente elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y avisará a SMA de lo ocurrido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 33 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.15 del ICE del Proyecto.
10.2.16. Emergencia por ingreso de descargas no deseadas a la PTAS. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Parte, obra o acción asociada Planta de tratamiento de aguas servidas en instalación de faena. Acciones a implementar - Durante la construcción, y si se produce fuga de aguas no tratadas, se utilizará una retroexcavadora para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente de la unidad siniestrada y se comunicará con el fabricante para solicitar el recambio de unidades afectadas. - Durante la contingencia, además del retiro de las aguas servidas se contratará una empresa autorizada para que instale baños químicos mientras dure la contingencia. Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición de lodos autorizado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 34 del Anexo 5 de la Adenda de la DIA y tabla 7.1.16 del ICE del Proyecto.
11°. Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, este se desarrolló conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300. A continuación, se indica lo realizado:
La DIA del proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama” fue publicada con fecha 01 de diciembre de 2023 en el Diario Oficial de la República de Chile y en el diario electrónico vivepais.cl en la misma fecha.
La difusión radial se efectuó por medio de la radio CANAL 95, frecuencia 98.1 Mhz en Mejillones, entre los días 04 al 11 de diciembre de 2023, según consta en el certificado S/N emitido por CNC MEDIOS con fecha 12 de diciembre de 2023.
La Resolución Exenta N°202302101834 de fecha 21 de diciembre de 2023 del SEA Antofagasta, que suspende el procedimiento de evaluación ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama”, hasta que se cumpla por parte de ENEL Generación Chile S.A., lo preceptuado por el artículo 87 del RSEIA.
La DIA del proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama” fue publicada nuevamente con fecha 02 de enero de 2024 en el Diario Oficial de la República de Chile y en el diario electrónico diarioantofagasta.cl en la misma fecha.
La difusión radial se efectuó nuevamente por medio de la radio CANAL 95, frecuencia 98.1 Mhz en Mejillones, entre los días 03 al 07 de enero de 2024, según consta en el certificado S/N emitido por CNC MEDIOS con fecha 08 de enero de 2024.
La Resolución Exenta N°20240210126 de fecha 16 de enero de 2024 del SEA Antofagasta, que reanuda el procedimiento de evaluación ambiental en el marco del SEIA de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama”.
Con fecha 13 de febrero de 2024 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
No se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana requeridos por la Ley N° 19.300.
12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.
14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
15° Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
16°. Que, para que el proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama”, presentada por el Titular ENEL Generación Chile S.A.
2°. Certificar que el proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 119, 132, 138, 140, 142 y 161 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Atacama” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, Notifíquese al Titular y Archívese.
Karen Behrens Navarrete Delegada Presidencial Regional Presidenta Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
RAMÓN GUAJARDO PERINES Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
RMM/RGP/TBC/MDF/mdf
Distribución:
• Superintendencia del Medio Ambiente. • ENEL Generación Chile S.A.; Sr. James Lee Stancampiano. • CONAF, Región de Antofagasta.
• DGA, Región de Antofagasta. • Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta. • DOH, Región de Antofagasta. • Gobernación Marítima de Antofagasta. • Gobierno Regional, Región de Antofagasta.
• Ilustre Municipalidad de Mejillones.
• Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta.
• SAG, Región de Antofagasta. • SEC, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Energía, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Minería, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Salud, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta.
Karen Elizabeth Behrens Navarrete Firmado digitalmente por Karen Elizabeth Behrens Navarrete Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=SEGUNDA - REGION DE ANTOFAGASTA, l=Antofagasta, o=Ministerio del Interior, ou=Terminos de uso en www.esign-la.com/ acuerdoterceros, title=Delegada y Autoridad Titular Subrogante Suplente, cn=Karen Elizabeth Behrens Navarrete, email=kbehrens@interior.gob.cl Fecha: 2024.08.09 12:48:47 -04'00' • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta.
• SEREMI MOP, Región de Antofagasta. • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta.
• Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta.
• Consejo de Monumentos Nacionales.
• Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. • Superintendencia de Servicios Sanitarios.
CC: • Secretaría Comisión de Evaluación. • Archivo SEA. Firmado por: Ramón Guajardo Perines Fecha: 09/08/2024 11:58:47 CLT