Proyecto Habitacional Don Hernán
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Libertador General Bernardo O Higgins
Califica Ambientalmente el Proyecto “Proyecto Habitacional Don Hernán”
Rancagua
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), su Adenda incluidos sus Anexos de fecha 3 de junio de 2024, y, su Adenda Complementaria incluidos sus Anexos de 25 de octubre de 2024, del “Proyecto Habitacional Don Hernán”, presentado por Inmobiliaria Cruzero Ltda. con fecha 2 de noviembre de 2023.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del “Proyecto Habitacional Don Hernán”.
3°. El Acta de Evaluación N°6 de 18 de junio de 2024, de la Sesión N°6/2024 Comité Técnico de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante “Región de O’Higgins”).
4°. El ICE de la DIA del Proyecto “Proyecto Habitacional Don Hernán” de 13 de noviembre de 2024.
5°. El Acta N°16 de 21 de noviembre de 2024, de la Sesión Ordinaria N°16 de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins.
6° La Resolución Exenta N°202406101402 de fecha 4 de noviembre de 2024, de la Dirección Regional del Servicio de Evaluacion Ambiental (en adelante “SEA”) de la Región de O’Higgins, que da cuenta de la presentación de Archivos Gran Tamaño como Anexo del Adenda Complementaria formalizada con fecha 25 de octubre de 2024, del “Proyecto Habitacional Don Hernán”, presentado por Inmobiliaria Cruzero Ltda. Link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/10/30/2160414768/Habitacional_Don_Hernan.rar, Código 2ce6992e953e4b8d1df24565fd9444e782a3fbfa2f622e360a5965a40e7f3e2d
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente electrónico del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de la DIA del “Proyecto Habitacional Don Hernán”, correspondiente al ID: 2160414768, link: https://seia.sea.gob.cl/expediente/expedientesEvaluacion.php?modo=normal&id_expediente=2160414 768
8°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40 de 30 de octubre de 2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653 de 2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°202306101347/2023 de fecha 11 de septiembre de 2023, que Aprueba Modificación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins; en la Ley N°18.834, del Ministerio del Interior, que aprueba Estatuto Administrativo, que establece la subrogancia legal en sus artículos 4, 79, 80 y siguientes, aplicadas en este caso en la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; en la Resolución N°7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención a Trámite de toma de razón; y en el Decreto Supremo N°82, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Fabio López Aguilera como Delegado Presidencial Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693 Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 16-12-2024 13:30:56:894 UTC -03:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 16-12-2024 13:30:58:835 UTC -03:00 Razón: Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Inmobiliaria Cruzero Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Proyecto Habitacional Don Hernán” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Antecedentes del Titular Nombre o razón social Inmobiliaria Cruzero Ltda.
Domicilio Calle Brasil N°672, comuna de Rancagua, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante “Región de O’Higgins”).
Nombre del representante legal Mario Ricardo Ramírez Lima
Domicilio del representante legal Calle Brasil N°672, comuna de Rancagua, Provincia de Cachapoal, Región de O’Higgins.
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 13 de noviembre de 2024, la Directora Regional (S) del SEA de la Región de O’Higgins ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
“El Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE, con los antecedentes técnicos y formales para el otorgamiento de los permisos sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins, recomienda aprobar íntegramente el presente ICE.”
3°. Que, en Sesión Ordinaria N°16 de 21 de noviembre de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins acordó calificar favorablemente el Proyecto “Proyecto Habitacional Don Hernán”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 13 de noviembre de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda y sus Anexos, y en su Adenda Complementaria y sus Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1 ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD Objetivo General El objetivo general del “Proyecto habitacional Don Hernán” es la construcción y habilitación de 376 unidades habitacionales, perteneciente al programa “Fondo Solidario de Elección de Vivienda” (FSEV D.S. N°49/2011), regido por el Decreto Supremo N°49/2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), las cuales corresponden a viviendas del tipo casas pareadas de 2 pisos y departamentos, que se concretarán en una superficie aproximada de 5,25 hectáreas.
Además, considera la construcción y habilitación de la viabilidad interna, vialidad de declaratoria a BNUP, cesión gratuita de espacios de equipamientos y áreas verdes a la comuna, junto con la respectiva urbanización del loteo.
Descripción General del Proyecto El Proyecto considera la construcción de 376 unidades habitacionales perteneciente al programa “Fondo Solidario de Elección de Vivienda” (FSEV D.S. N°49/2011), regido por el Decreto Supremo N°49/2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (en adelante “MINVU”), las cuales corresponden a viviendas del tipo casas pareadas de 2 pisos y departamentos, que se concretarán en una superficie aproximada de 5,1 hectáreas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
4.1 ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
El Proyecto, se construye en el predio que comprende el actual Proyecto ROL SII N°1408-38, y, se subdividen en 3 conjuntos habitacionales:
Conjunto Residenciales Baltazar Castro, 147 viviendas, casas. Conjunto Mi Esfuerzo con 149 viviendas, casas respectivamente, y Condominio Doña Ema con 80 departamentos (5 edificios de 4 pisos).
La construcción de estas unidades habitacionales comienza a contar del primer semestre del año 2024, concluyendo durante el segundo semestre del año 2026.
El Proyecto se emplaza al noroeste de la comuna de Rancagua, área que corresponde a una zona de extensión urbana (EX2) de acuerdo con lo que indica el Plan Regulador comunal (PRC) donde se permite el uso residencial.
En el Anexo C1_7 de la presente DIA se adjunta el Certificado de Informaciones Previas, el cual confirma la zonificación en la que se emplaza el Proyecto.
Fuente: VER Tabla 1.18 de la DIA.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones De acuerdo con la tipología antes descrita, es pertinente someter el “Proyecto Habitacional Don Hernán” al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), ya que contempla la Construcción de un total de 376 unidades habitacionales, en una superficie de 5,1 hectáreas en una zona declarada saturada por Material Particulado MP10, según el D.S. N°7/2009 del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia, y D.S. N°42/2017 del Ministerio de Medio Ambiente.
A respecto se indica que el “Proyecto Habitacional Don Hernán”, de acuerdo con lo que señala el D.S. N°47/1992 del MINVU y sus modificaciones posteriores, que fija el nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, no contempla en sus partes, obras y acciones la construcción o habilitación de vías expresas o troncales, de acuerdo con las definiciones establecidas en el Artículo 2.3.2. del referido decreto.
Vistos los datos anteriores, la modalidad de ingreso al SEIA del Proyecto Inmobiliario “Don Hernán” se realiza mediante una Declaración de Impacto Ambiental, definida por una tipología
En el caso del presente Proyecto, es aplicable la siguiente tipología: h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
h.1 Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos lotes o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, que presenten alguna de las siguientes características:
h1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas o consulten la Construcción de trescientas (300) o más viviendas.
Vida útil La vida útil del Proyecto es indefinida, dado que se trata de un Proyecto habitacional.
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4.1 ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD Monto de Inversión $ 19.113.373,68 [USD]
Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA Preparación de terreno. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No No Aplica.
[X] Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente Si No
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
[X]
4.2 UBICACIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD División político- administrativa El Proyecto Habitacional “Don Hernán”, se encuentra localizado en Calle El Sol / Avda. Bombero Domingo Villalobos, en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
El Proyecto se localiza en la Región del Libertador Bernardo O´Higgins, Provincia de Cachapoal en el sector noreste de la comuna de Rancagua.
Según los instrumentos de planificación regional y comunal, el Proyecto se adapta al uso territorial planificado, EX2 según el Plan Regulador Comunal que también corresponde a zona de extensión urbana, de acuerdo con su última modificación establecida en el Decreto Exento Nº: 00559/2023, que aprueba la "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional N° 21. EXP:5668/2023., publicada en el Diario Oficial el día 07 de septiembre de 2023, (CVE 2372308) donde se ratifica que la zona de emplazamiento del Proyecto corresponde al uso territorial planificado EX2. (para mayor abundamiento se adjunta en Anexo AD1- 1. Permisos y Factibilidades, Decreto Exento 00559/2023 "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional N° 21. EXP: 5668/2023).
Justificación de la localización El área donde se emplaza el “Proyecto Habitacional Don Hernán” está ubicada en una zona de Extensión Urbana (EX2) en donde de acuerdo con el Plano regulador Comunal está permitido el uso residencial, lo que se ajusta a las características del Proyecto, en tanto este se desarrollará de acuerdo con el programa “Fondo Solidario de Elección de Vivienda”, regido por el D.S. N°49/2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Factibilidad Eléctrica y Sanitaria del Proyecto.
Respecto de este punto, la factibilidad eléctrica y de dotación de agua potable y servicios de alcantarillado asociado al Proyecto, considerando que su emplazamiento se encuentra ubicado en el área urbana de la comuna de Rancagua, se genera a través de la empresa ESSBIO S.A, en el caso del agua potable y a través Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
de Compañía General de Electricidad (CGE), en el caso del suministro de la energía eléctrica.
Superficie 52.518,65 m2, (5,25 ha)
Fuente: VER Tabla 1.5 de la DIA.
El Titular aclara que el Conjunto Habitacional Don Hernán, tiene características de tipo de viviendas asociadas a subsidios D.S. N°49/2011 del MINVU, para ello a continuación se presenta un cuadro resumen.
VER Anexo ADC4: Archivos Vectoriales del Proyecto, del Adenda Complementaria.
Coordenadas UTM en Datum WGS84 La ubicación georreferenciada en WGS 84 Datum 19 Huso S, junto con superficie en metros cuadrados de intervención de cada una de las partes y obras temporales y permanentes se detalla a continuación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fuente: VER Tabla 7 Adenda Complementaria
Fuente: VER Tabla 6 Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
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Fuente: VER Tabla 6 Adenda Complementaria
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Fuente: VER Tabla 6 Adenda Complementaria
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Fuente: VER Tabla 6 Adenda Complementaria
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Fuente: VER Tabla 6 Adenda Complementaria
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Fuente: VER Tabla 6 Adenda Complementaria
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Fuente: VER Tabla 6 Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fuente: VER Adenda Complementaria
Fuente: VER Adenda Complementaria
Fuente: VER Adenda Complementaria
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Fuente: VER Adenda Complementaria
Fuente: VER Tabla 1 del Adenda Complementaria
Caminos o vías de acceso Las vías externas vinculadas al camino de acceso del Proyecto están constituidas por:
Fuente: VER Tabla 4 del Adenda.
Cabe indicar que Avda. El Sol, de acuerdo con la última modificación Aprobada del Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional N°21. Exp: 5668/2023, (CVE 2372308) corresponde a una Vía Colectora, cuyo perfil es de 35 m.
Fase de Construcción
El acceso para la Fase de Construcción del Proyecto se realiza por la vía existente denominada Av. El Sol, que es parte de la vialidad estructurante de la comuna de Rancagua.
La vía de acceso, según el Plan Regulador Comunal tiene la categoría de local con un ancho de 12 metros aproximadamente, no cuenta con bandejón central, tiene dirección en ambos sentidos, y cuenta con veredas prácticamente en la totalidad de su extensión, salvo en el tramo de Av. El Sol, comprendido entre las calles Volcán Llaima y Av. Bombero Villalobos, que además constituye el sector de acceso a la obra. Respecto de la materialidad, esta vía es de asfalto, y cuenta con paraderos de transporte público.
De forma complementaria, se señala que, para la Fase de Construcción del Proyecto, son habilitados caminos interiores en el área de emplazamiento para el tránsito de vehículos y maquinarias, los que posteriormente son reutilizados para la vialidad interna del Proyecto una vez concluida su Construcción.
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Fase de Operación El Proyecto Habitacional “Don Hernán”, corresponde a un Proyecto del Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU), y se encuentra localizado en Calle El Sol / Avda. Bombero Domingo Villalobos, en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
Dentro de las vías estructurantes de conexión con el Proyecto, especial relevancia tienen la Avenida Bombero Villalobos (vía Colectora) y Av. El Sol (Colectora) las que colindan directamente con el Proyecto:
Fuente: VER Tabla 1.3 de la DIA
En Adenda respuesta 1.11, el Titular rectifica lo indicado en el punto 1.3.3.1. Fase de Construcción, señalando que en efecto la Av. El Sol, de acuerdo con la última modificación Aprobada del Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional N°21. Res. Exenta 5668/2023, (CVE 2372308) corresponde a una Vía Colectora, cuyo perfil es de 35 m.
El Proyecto considera la pavimentación de todas las vías públicas e interiores del Conjunto Habitacional Don Hernán, el proceso que se realiza para la ejecución de la obra comienza con el trazado del diseño, posteriormente se realiza excavaciones o rellenos, dependiendo de la cota de rasante proyectada en relación con la cota de terreno.
En la siguiente tabla que se presenta a continuación se presenta el detalle de la vialidad interna que conectara los 3 conjuntos residenciales:
Fuente: VER Tabla 15 de la Adenda
En la siguiente tabla que se presenta a continuación se detalla la ubicación georreferenciada, considerando a lo menos 6 puntos de cada trazado de calles, y de 4 puntos de los pasajes a ejecutar en WGS84 Datum 19 Huso S.: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fuente: VER Tabla 32 de la Adenda
Fuente: Anexo ADC 3, 27 del Adenda Complementaria.
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Para mayor detalle VER Anexo ADC 3, https://nam10.safelinks.protection.outlook.com/?url=https%3A%2F%2Farchivos. sea.gob.cl%2F2024%2F10%2F30%2F2160414768%2FHabitacional_Don_Herna n.rar&data=05%7C02%7Clsalazar.6%40sea.gob.cl%7Cec8dfee0cc8b4cf6a2eb08 dcf8ea3904%7Cb71dc67ef57148469db81264f14ea88b%7C1%7C0%7C6386589 32107920243%7CUnknown%7CTWFpbGZsb3d8eyJWIjoiMC4wLjAwMDAiLC JQIjoiV2luMzIiLCJBTiI6Ik1haWwiLCJXVCI6Mn0%3D%7C0%7C%7C%7C&s data=pnyTgOHjrW1pRaYacI7Tyzxl%2BTjnM6XuMPIL2B0fcPc%3D&reserved =0
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Capítulo 1 de la DIA, Capitulo 1 del Adenda, Capitulo 1 del Adenda Complementaria, y Anexos ADC 3 de esta última.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Instalación de Faenas
Bodega General de Insumos Corresponde a una bodega tipo galpón equipada con repisas para almacenar los materiales de Construcción y artículos de seguridad.
La ubicación de la bodega común se configura, durante toda la extensión de la Fase de Construcción, contigua a las oficinas administrativas y de servicios de la instalación de faenas.
Bodega de Residuos Peligrosos Durante la Fase de Construcción, se generan residuos peligrosos, para ello se implementa dentro de la instalación de faenas una bodega de residuos peligrosos (bodega RESPEL), tipo contenedor y sistema antiderrames.
Sus dimensiones son 10,00 [m] x 10,00 [m] y de 2,50 [m] (largo, ancho y alto, respectivamente). Los residuos peligrosos generados durante esta fase son almacenados como máximo 6 meses, según lo indica el D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud, y, retirados para ser trasladados a un sitio autorizado para su disposición. Cabe indicar que, y según lineamientos del decreto antes mencionado, la bodega cuenta con una persona encargada del almacenamiento y manejo.
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La Bodega de Residuos Peligrosos del Proyecto cuenta con una capacidad máxima de almacenamiento de 50 m3, y posee las siguientes características. • Dimensiones: 20 metros cuadrados. • Base continua de 10 cm de cemento, el cual es impermeable y resistente química y estructuralmente a los residuos. • Pretil antiderrame de 10 cm de alto por 6 cm de ancho con una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. • Cierre perimetral con malla galvanizada de 1,80 de altura, que impide el libre acceso de personas y animales. • Techo recubierto con planchas de zinc en V, que la protegen de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. • Puerta de acceso se mantiene con candado, por lo que sólo puede ingresar personal autorizado. • Señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93 Especificaciones tipo contenedores: metálicos (tipo tambor) de 200L.
Sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos Durante la Fase de Construcción se generan residuos no peligrosos, sin embargo, estos igualmente contaran con un sitio de acopio que se ubica dentro de la instalación de faena.
Al respecto, el sitio de acopio de residuos no peligrosos tiene una superficie aproximada de 75 m2, con una capacidad máxima de 190 m3.
Es importante señalar, que eventualmente está considerada la reutilización interna de algunos tipos de residuos no peligrosos.
Respecto al retiro y disposición final de los residuos no peligrosos, se lleva a cabo mediante transportista autorizado, principalmente a través del camión recolector de basura.
Para efectos del almacenamiento, se cuenta con un registro diario de ingreso y egreso de los residuos desde el sitio de acopio.
Instalaciones de servicio y administración En el área de instalación de faenas se dispone las oficinas administrativas, baños, camarines, comedor, cocina y estacionamientos.
Infraestructura y equipamiento destinado al uso de trabajadores y administrativos para el desarrollo de las obras durante la Fase de Construcción.
Las instalaciones de servicio y administración se mantienen habilitadas durante toda la Fase de Construcción del Proyecto.
Zona de lavado de ruedas y mixer Durante la Fase de Construcción del Proyecto se implementa un sistema de lavado de ruedas de camiones y de lavado de camiones mixer.
El sistema de lavado de ruedas y canoas de camiones mixer que es implementado consiste en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara desgrasadora.
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Dicha cámara cuenta con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos son retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos.
Se mantiene un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final.
Bodega de SUSPEL Durante la Fase de construcción del Proyecto, en el área de instalación de faena, se implementa una bodega para almacenar sustancias peligrosas necesarias para las obras de construcción del Proyecto tales como, pinturas y adhesivos, dando cumplimiento al Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas (D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud).
A continuación, se presenta la descripción general de la bodega de sustancias peligrosas:
Conjunto habitacional El Proyecto considera la construcción de 376 unidades habitacionales, perteneciente al programa “Fondo Solidario de Elección de Vivienda” (FSEV D.S. N°49/2011), regido por el Decreto Supremo N°49/2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), las cuales corresponden a viviendas del tipo casas pareadas de 2 pisos y departamentos, que se concretarán en una superficie de 5,25 hectáreas.
La totalidad de las unidades habitacionales del Proyecto “Don Hernán”, se construye en el predio que comprende el actual Proyecto, y se subdividen en 3 conjuntos habitacionales:
• Conjunto Habitacional Baltazar Castro: 147 • Conjunto Habitacional Mi Esfuerzo: 149 casas respectivamente, y el • Condominio Doña Ema con 80 departamentos (5 edificios de 4 pisos).
Vialidad Interna Del mismo modo, según lo indicado en la Guía antes referida, la vialidad interna del Proyecto corresponde a los caminos o las calles que se emplazan al interior del Proyecto que se urbaniza o edifica, los que, respondiendo a la normativa vigente, darán acceso a los estacionamientos proyectados.
Vialidad Externa Respecto de este punto se señala que el actual Proyecto, no tiene contemplado dentro de sus obras la habilitación o construcción de nueva vialidad de bien de uso público, ya que solo está considerado la habilitación de los accesos al Proyecto.
De acuerdo con lo señalado en la “Guía para la Descripción de Proyectos Inmobiliarios en el SEIA” elaborada por él SEA (2019), las áreas verdes corresponden a superficies de terreno destinadas preferentemente al esparcimiento o circulación peatonal, conformada generalmente por especies arbustivas y otros elementos complementarios.
Considerando lo anterior, el total de superficie destinada a áreas verdes que considera el Proyecto corresponde a 3.960,62 m2.
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Área Verde Al respecto, el Proyecto en cuanto a las áreas verdes generara espacios que contaran con un área de césped cubre suelos y considerara un circuito de senderos de hormigón y pavimento de caucho en zonas de juegos y deportiva.
Del mismo modo se considera la provisión de árboles tanto para las áreas verdes como para la arborización de las calles, cuyas especies y ubicación estan de acuerdo con lo solicitado por la Dirección de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Rancagua, que en el caso del Proyecto de arborización las especies que predominarán son: Peumo, Quebracho y Quillay y macizos arbustivos.
Complementariamente, es importante señalar que, en la superficie destinada a áreas verdes, está contemplada la implementación de equipamiento deportivo y máquinas de ejercicio, así como espacios de descanso, y basureros públicos. Todos espacios que se implementaran de acuerdo con los lineamientos establecidos en el D.S. N°50/2015 MINVU, sobre Accesibilidad Universal.
Área de estacionamiento de usos comunes o visitas El Proyecto contempla la implementación y habilitación de estacionamientos tanto para los residentes como para las visitas al conjunto habitacional de acuerdo con el siguiente detalle:
Infraestructura de agua potable y aguas servidas El “Proyecto Habitacional Don Hernán”, cuenta con factibilidad sanitaria otorgado por la empresa sanitaria ESSBIO S.A. para la implementación de la infraestructura de los servicios sanitarios de agua potable y alcantarillado del Proyecto.
En este marco, la totalidad de las obras asociadas a este ámbito son desarrolladas durante la Fase de construcción del Proyecto.
A continuación, se describen de manera general:
Proyecto de agua potable: El Proyecto considera la red necesaria para dotar de este elemento a las 376 viviendas, se conforma de cañerías de HDPE PN-10 para agua fría y PPR PN-16 para agua caliente.
Proyecto de Aguas Servidas: Los colectores son de PVC sanitario gris bajo radier y tienen diámetros que van de los 180 a los 250mm con cámaras de inspección ubicadas en distintos sectores de la red de alcantarillado, lo cual permite un escurrimiento apropiado de las aguas.
Infraestructura de aguas lluvias
El Proyecto considera la captación de aguas lluvia mediante sumideros y uniones de sumideros proyectados a entubamientos de canales de derrames proyectados dentro del terreno.
Los sumideros se distribuirán de modo de repartir adecuadamente las áreas aportantes. Éstas quedarán definidas, a su vez, por las rasantes de pavimentación consultadas para las calles del Conjunto Habitacional.
Instalacion de Faenas En Anexo ADC4 – Archivos Vectoriales del Proyecto, del Adenda Complementaria, se presentan los archivos Excel que especifican a lo menos 4 vértices de los polígonos de las áreas, y, a lo menos 6 vértices de los trazados representados, identificando cada uno de ellos por su nombre. En el caso de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
instalación de Faenas se presenta la información segregada para cada una de las áreas asociadas a cada una de las instalaciones que la componen.
Fuente: VER Tabla 3 del Adenda Complementaria
Fuente: VER Tabla 52 del Adenda
Características Constructivas de las instalaciones de obra:
Fuente: VER Tabla 54 del Adenda
Fuente: VER Tabla 55 del Adenda Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Zona de Lavado de Ruedas y Mixer
El Proyecto considera la habilitación de una zona de lavado de ruedas de al menos 15 m de largo, incorporando en esta una carpeta de asfalto con el propósito de impermeabilizar la superficie donde se realizara esta actividad.
Fuente: VER Figura 16 del Adenda
Fuente: VER Tabla 27 del Adenda
El agua que se utiliza para este proceso, es obtenida mediante el medidor provisorio solicitado a ESSBIO S.A. al inicio de la obra. Para mayor abundamiento, en Anexo AD1-1 Permisos y Factibilidades, se presenta el Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado de Aguas Servidas N°202401000638 otorgado por la empresa indicada.
Se declara que no existirán remanentes de aceites u otros hidrocarburos. En efecto, para el tratamiento de retiro de los residuos del lavado de camiones están considerados los servicios de una empresa autorizada para la extracción y disposición final de este tipo de residuos en la planta de tratamiento que corresponda.
Se señala además que en todo momento se mantienen en obra y a disposición de los organismos del estado con competencia de fiscalización, las boletas y facturas, así como los registros del retiro de estos residuos por empresa que cuente con todas las autorizaciones requeridas para este propósito.
No se permite el lavado de los camiones Mixer en el interior de la obra, solo limpieza de canoa, ya que el lavado lo deben disponer en su planta de origen.
Respecto al sistema de lavado de ruedas, se dispone una cámara desengrasadora y una fosa séptica que acumule el agua residual, la que posteriormente es retirada por una empresa que cuente con todas las autorizaciones para este propósito. Para la evacuación directa de la zona de lavado se utiliza una rejilla similar a la de los sumideros de aguas lluvias, para así evitar el tapado de los conductos de limpieza.
La fracción sólida resultante del proceso de separación durante el proceso de lavado de ruedas se dispone en una cámara decantadora.
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En Anexo ADC1 - KMZ del Proyecto del Adenda Complementaria, se adjunta plano en Kmz de zona de lavados de ruedas, la cual se emplaza en acceso por Bombero Villalobos.
En Anexo ADC6: Sistema de Lavado de Ruedas del Adenda Complementaria se presenta la información detallada del citado sistema.
Con relación a la empresa responsable para el retiro y disposición final de los residuos derivados de este proceso, esta corresponde a una empresa autorizada regional, la que cuenta con todas las autorizaciones sanitarias para el transporte de residuos industriales peligrosos y no peligrosos otorgaos por la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins para realizar esta actividad.
Señalado lo anterior, el sistema de lavado de ruedas y canoas de camiones mixer que es implementado esta de acuerdo a la normativa vigente de la O.G.U.C y consiste en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a un Pozo decantador y la segunda cámara de 1000 litros la cual contiene el agua que pasa primeramente por la cámara decantadora, luego con una bomba sumergible se hace circular el agua al lavado de ruedas, lo que finalmente resultara en la utilización de 40,5 litros de agua por lavado de camión.
Fuente: VER Tabla 13 del Adenda Complementaria.
Para mayores antecedentes, a continuación, se detallan los principales componentes del sistema de lavados de ruedas de camiones:
Fuente: VER Figura del Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
A partir de sistema de lavado de ruedas anteriormente expuesto, se concluye que no existirá infiltración de residuos líquidos al suelo provenientes de esta actividad, ya que las aguas residuales son acumuladas en una fosa para posteriormente ser retiradas por medio de camiones limpia fosas o similares para ser dispuestas en lugares autorizados para estos fines.
Estas aguas básicamente cuentan con tierra, no obstante, y, frente a la posibilidad que puedan contaminarse con grasas y combustible adheridos a los camiones es que estas aguas son dispuestas en lugares habilitados para estos fines.
Respecto a las aguas de lavado de canoas de camión mixer y otros, estas no constituyen residuos líquidos ya que son evaporadas para posteriormente ser manejadas como residuos sólidos.
Finalmente, para asegurar que este procedimiento se realice de acuerdo con las normativas indicadas por la autoridad ambiental, se mantienen registros en obra a través del cual se acredite su disposición final, cuyas imágenes referenciales se muestran a continuación:
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Se aclara que el monto de residuos sólidos provenientes del proceso de lavado de ruedas se ratifica en 10 ton/año.
Vialidad Interna El Proyecto considera la pavimentación de todas las vías públicas e interiores del conjunto habitacional Don Hernán, proceso que a continuación se describe en detalle:
El proceso que se realiza para la ejecución de la obra comienza con el trazado del diseño, posteriormente se realiza excavaciones o rellenos, dependiendo de la cota de rasante proyectada en relación con la cota de terreno.
• Excavaciones en corte En aquellos sectores en los cuales el nivel de la subrasante se encuentre bajo la cota actual de terreno, se debe excavar. En suelos finos se procura evitar el corte por debajo de la cota proyectada, a fin de evitar rellenos con compactación deficiente.
En caso de encontrar material inadecuado bajo el horizonte de fundación, este se extrae hasta la profundidad especificada en el estudio de mecánica de suelos, compactándolo a una densidad no inferior al 95% de la densidad máxima compactada seca (D.M.C.S.) del ensayo Proctor Modificado (NCh 1534/2), o al 80% de la densidad relativa (NCh 1726), según corresponda.
• Rellenos La ejecución de rellenos se realiza con material proveniente de la excavación o empréstito, que cumpla con las exigencias especificadas para el suelo de subrasante. El CBR mínimo exigible del material es el CBR de diseño de la subrasante.
El material de relleno no contiene materias orgánicas, ni escombros. Para esto el material de relleno es aceptable si su CBR es mayor o igual que el considerado el diseño del Proyecto.
El espesor de las capas del material de relleno depende del tipo de suelo y del equipo de compactación a utilizar, considerando como espesor máximo de la capa compactada: 0,15 m para suelos finos (arcilla limo); 0,20 m para finos con granulares y 0,30 m para suelos granulares.
En la formación de las diferentes capas de rellenos se utiliza bolones de tamaño máximo igual a un medio (½) del espesor compactado de la capa y en una proporción tal que quede uniformemente distribuida, sin formar nidos ni zonas inestables.
Las capas de rellenos se compactarán al 95% de la D.M.C.S. del Proctor Modificado (NCh 1534/2) o al 80% de la densidad relativa, (NCh 1726), según corresponda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
• Mejoramiento Sub- Rasante Una vez alcanzado el nivel de subrasante se procederá a la preparación de esta y se debe proceder como se indica:
El suelo se escarificará 0,20 m, aplicando agua en forma uniforme y controlada en todo el ancho y longitud de la zona a trabajar (el equipo de riego tiene un corte de riego controlado y absoluto. Cualquier equipo que no cumpla esta condición se retira de la obra) y se compacta al objeto de proporcionar una superficie de apoyo homogénea.
La compactación se realiza hasta obtener una densidad mayor o igual al 95% de la D.M.C.S. del Proctor Modificado, (NCh 1534/2), o al 80% de la densidad relativa, (NCh 1726), según corresponda.
El Contratista debe solicitar la recepción de esta partida a la fiscalización técnica de la obra antes de proceder a la colocación de la capa estructural siguiente. Para este efecto, se deben presentar los resultados de ensayos de laboratorio realizados a la subrasante.
La subrasante debe cumplir, además de la compactación especificada, con las cotas, pendientes y dimensiones establecidas en el Proyecto.
• Vías del Proyecto Este Proyecto comprende 3 categorías de vías, las cuales son colectoras, locales y vías interiores (condominio), que se detallan a continuación:
• Vías Colectoras Se considera la apertura y ejecución de Avenida Bombero Villalobos entre Avenida El Sol y calle El Dorado (empalma con pavimento existente).
La Avenida Bombero Villalobos tiene categoría Colectora según IPT. Considera la ejecución de toda la urbanización entre líneas oficiales y se ejecuta con el diseño establecido en plan Regulador comunal de Rancagua. Cuenta con doble vía de 2 calzadas de 7.00m cada una, veredas por ambas aceras y ciclovía por acera Oriente de la Avenida.
Las calzadas de esta avenida están estructuradas como se detalla a continuación:
Para establecer el diseño de la base y carpeta de rodados se debe ajustar al Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. En este caso se considera el CBR obtenido en estudio de suelo. El CBR de diseño en este Proyecto es 13%.
Diseño de calzada vehicular La Avenida posee 2 calzadas de 7.00m cada una. De acuerdo con la categoría de la vía y CBR de diseño obtenido en estudio de suelo se concluye el siguiente diseño: - Base granular de espesor 20cm con CBR >60%. - Carpeta de Rodados de Hormigón de espesor 18cm HF5. - Bajo la base granular se instala geotextil.
Diseño de Veredas Se proyectan 2 Veredas de 2.00m de ancho cada una cuyo diseño es el siguiente: - Base de espesor 5cm. - Vereda hormigón G20 de espesor 7cm.
Diseño de Ciclovía Se proyecta ciclovía en acera oriente, la cual tiene un ancho de 2.00m y su diseño es el siguiente: - Base de espesor 20cm. - Ciclovía hormigón HF5 de espesor 12cm. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
El diseño completo se indica en perfil estructural que se adjunta a continuación:
Fuente: VER Imagen N°1 del Adenda Complementaria
El Titular indica que las calles que constituyen la vialidad a ejecutar y que conectaran interiormente los 3 Conjuntos Residenciales de acuerdo con las definiciones del D.S. N°47/1992 del MINVU, y, del Plan Regulador Comunal de Rancagua, corresponden a “Vías Locales”, cuyo propósito fundamental es “establecer las relaciones entre las vías Troncales, Colectoras y de Servicios y de acceso a la vivienda”.
Para mayor abundamiento de información respecto a esta observación, a continuación, se presenta la ubicación georreferenciada detallada.
Fuente: VER Tabla N°4 del Adenda Complementaria
Vías locales Se considera la ejecución de 6 vías locales dentro del Proyecto, las cuales tienen categoría local según IPT.
Estas calles son la Calle 1, 2, 3, 4, 5 y 6. Consideran la ejecución de toda la urbanización entre líneas oficiales Cuenta con vía de 7.00m y veredas por ambas aceras. Las calzadas de esta avenida están estructuradas como se detalla a continuación:
Para establecer el diseño de la base y carpeta de rodados se debe ajustar al Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. En este caso se considera el CBR obtenido en estudio de suelo. El CBR de diseño en este Proyecto es 13%.
• Diseño de calzada vehicular Las calles poseen 1 calzada de 7.00m. De acuerdo con la categoría de la vía y CBR de diseño obtenido en estudio de suelo se concluye el siguiente diseño: - Base granular de espesor 15cm con CBR >60%. - Carpeta de Rodados de Hormigón de espesor 13cm HF5. - Bajo la base granular se instala geotextil.
• Diseño de Veredas Se proyectan 2 veredas de 1.20m de ancho cada una cuyo diseño es el siguiente: - Base de espesor 5cm. - Vereda hormigón G20 de espesor 7cm.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fuente: VER Imagen N°2 del Adenda Complementaria
Para mayor abundamiento de información respecto a esta observación, a continuación, se presenta la ubicación georreferenciada detallada.
Fuente: VER Tabla N°5 del Adenda Complementaria
Se considera la ejecución de una vía interior dentro del condominio, la cual se proyecta como vía local. Esta vía se encuentra dentro del condominio. Consideran la ejecución de calzada de 5.00m y una vereda de 2.00m. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Las calzadas de esta avenida están estructuradas como se detalla a continuación:
Para establecer el diseño de la base y carpeta de rodados se debe ajustar al Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. En este caso se considera el CBR obtenido en estudio de suelo. El CBR de diseño en este Proyecto es 13%.
• Diseño de calzada vehicular. Las calles poseen 1 calzada de 5.00m. De acuerdo con la categoría de la vía y CBR de diseño obtenido en estudio de suelo se concluye el siguiente diseño: - Base granular de espesor 15cm con CBR >60%. - Carpeta de Rodados de Hormigón de espesor 12cm HF5. - Sobre la base granular se instala geotextil.
• Diseño de Veredas. Se proyecta vereda de 1.50m de ancho cada una cuyo diseño es el siguiente: - Base de espesor 5cm. - Vereda hormigón G20 de espesor 7cm.
Para mayor abundamiento de información respecto a esta observación, a continuación, se presenta la ubicación georreferenciada detallada.
Fuente: VER Tabla N°6 del Adenda Complementaria
En la tabla que se presenta a continuación se presenta el detalle de la vialidad interna que conectara los 3 conjuntos residenciales:
Fuente: VER Tabla 15 del Adenda
En Anexo AD1-2: Planimetría y Figuras del Proyecto se adjunta Plano de ruta accesible (lámina A-011) la cual se encuentra aprobada con permiso edificación. Del mismo modo, se adjunta plano de IMIV aprobado por SEIM, el cual refleja estas condiciones de accesibilidad. Además, se adjunta plano geométrico (lamina 2 de 7 de Proyecto pavimentación) ingresado en el Proyecto de pavimentación a SERVIU, actualmente en revisión.
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Del mismo modo, cabe señalar que la vialidad interna del conjunto habitacional solo considera ciclovía en la Avenida Bombero Villalobos, las que están reflejadas en el Proyecto IMIV, Proyecto de pavimentación y en plano de loteo aprobados.
Fuente: VER Figura 17 del Adenda
El camino temporal asociado a la Fase de Construcción del Proyecto considera una longitud de 365 m, cuyo ancho es de 11 m, en el cual se considera una calzada de 8 m, y una berma de 3 metros. A este camino se accederá por Avda. El Sol desde el Sur, y por Avda. Bombero Villalobos desde el Norte; y, posteriormente es incorporado a la vialidad permanente del conjunto habitacional, en tanto es parte de la implementación del nuevo tramo de la Avda. Bombero Villalobos que considera el Proyecto. Para mayor abundamiento, en Anexo AD1-2: Planimetría y Figuras del Proyecto del Adenda, se presentan las imágenes con mayor resolución (Formato Pdf) sobre los caminos temporales de acceso al Proyecto que son utilizados en su Fase de Construcción.
En Anexo ADC3: Planimetría y Figuras del Proyecto, del Adenda Complementaria se incorpora la planimetría de las obras a ejecutar asociadas a la Vialidad Interna y Externa a ejecutar y utilizar por el Proyecto en sus diferentes Fases, incluyendo además los respectivos ancho y largo de cada calle y avenida a materializar.
Vialidad Externa por ejecutar
El Proyecto considera la apertura y ejecución de Avda. Bombero Villalobos entre Avda. El Sol y calle El Dorado (empalma con pavimento existente).
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La Avenida Bombero Villalobos tiene categoría Colectora según IPT.
Considera la ejecución de toda la urbanización entre líneas oficiales y se ejecuta con el diseño establecido en plan Regulador comunal de Rancagua. Cuenta con doble vía de 2 calzadas de 7.00m cada una, veredas por ambas aceras y ciclovía por acera Oriente de la Avenida.
Las calzadas de esta avenida están estructuradas como se detalla a continuación:
Para establecer el diseño de la base y carpeta de rodados se debe ajustar al Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. En este caso se considera el CBR obtenido en estudio de suelo. El CBR de diseño en este Proyecto es 13%.
• Diseño de calzada vehicular.
La Avenida posee 2 calzadas de 7.00m cada una. De acuerdo con la categoría de la vía y CBR de diseño obtenido en estudio de suelo se concluye el siguiente diseño:
Base granular de espesor 20cm con CBR >60%. Carpeta de Rodados de Hormigón de espesor 18cm HF5. Sobre la base granular se instala geotextil.
• Diseño de Veredas
Se proyectan 2 veredas de 2.00m de ancho cada una cuyo diseño es el siguiente:
Base de espesor 5cm.
Vereda hormigón G20 de espesor 7cm.
• Diseño de Ciclovía
Se proyecta ciclovía en acera oriente, la cual tiene un ancho de 2.00m y su diseño es el siguiente: - Base de espesor 20cm. - Ciclovía hormigón HF5 de espesor 12cm.
El diseño completo se indica en perfil estructural que se adjunta a continuación.
Fuente: VER Figura 6 del Adenda Complementaria.
En la tabla que se presenta a continuación se detalla la ubicación georreferenciada, considerando a lo menos 6 puntos de cada trazado de calles, y de 4 puntos de los pasajes a ejecutar en WGS84 Datum 19 Huso S. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fuente: VER Tabla 33 del Adenda
Se adjunta en Anexo ADC1 Kmz del Proyecto con los antecedentes de transporte público en área de influencia y vialidad externa.
En Anexo ADC8 Informe Impacto Vial del Adenda Complementaria, presenta la información actualizada solicitada por la autoridad ambiental. Ver en carpeta IMIV adjunto y responder en base a información entregada.
Áreas Verdes. Se modifican las especies privilegiando la plantación de especies nativas y endémicas de este sector de la Región de O’Higgins, de acuerdo con la sugerencia de la autoridad ambiental, las que son a la Dirección de Gestión Ambiental de Rancagua.
En la siguiente tabla se presentan los vértices de las Áreas Verdes con sus respectivas coordenadas en WGS84 Datum 19, Huso S.
Fuente: VER Tabla del Adenda Complementaria
Obras de entubamiento canal para construcción de camino
Al momento de la ejecución de las obras de modificación de cauce, se solicita el corte de agua para el periodo programado de las obras. De no ser efectivo, se ejecutará un baipás el cual es ejecutado, manteniendo las mismas dimensiones que el canal existente y se utiliza geotextil en fondo y paredes del canal, con el fin de evitar absorción de agua y así disminuir la perdida de agua para regantes.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
La obra por ejecutar corresponde al entubamiento del canal rafaelino, dado que esta obra implica la regularización y mejoramiento de las defensas naturales del cauce.
El canal tiene como nombre Canal La Compañía Derivado la Gamboína, el cual se encuentra bajo tuición de La asociación de canales de La Compañía. Es importante destacar que el trazado del canal y el diseño se encuentra aprobado por esta asociación, de acuerdo con sus requerimientos.
Para mayor comprensión de la información antes expuesta en Anexo ADC1- KMZ del Proyecto se adjunta Plano en Kmz del Adenda Complementaria, en el cual se identifica el trazado de canal existente y el trazado proyectado, identificando todos los tramos del canal, diferenciando entubamientos y canal abierto.
De forma adicional respecto a los canales, se adjunta Anexo ADC2 Informe Complementario Canales, del Adenda Complementaria, según se detalló en la Resolución Exenta 202406101402, de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, sobre Archivo Gran Tamaño1.
Respecto a los sectores del Canal La Compañía Derivado la Gamboína que son intervenidos por el Proyecto. Al respecto cabe señalar que se considera el levantamiento de 100m de aguas arriba y aguas abajo de las obras a intervenir. En este marco de referencia, según las características topográficas del área de estudio y él análisis técnico efectuado, se determinó mantener la ubicación del canal en su situación actual, con leves desviaciones para evitar la interferencia con postes u otros servicios. Se considera la construcción de 11 cámaras de inspección de hormigón armado.
La longitud total del abovedamiento/revestimiento proyectado alcanza una longitud de 447 metros.
Para mayor abundamiento de información en Anexo ADC1 del Adenda Complementaria, Kmz del Proyecto se representa el sector de este canal que es intervenido.
• Proyecto Entubamiento Canal la Compañía Derivado la Gamboína
Debido a que por el terreno a urbanizar se emplaza un canal existente, se procede a desarrollar un Proyecto de entubamiento, el cual se describe a continuación.
1 El Archivo de Gran Tamaño correspondiente 3. Anexo ADC3 Planimetría y Figuras de Proyecto.zip, 8. Anexo ADC8 Informe de Impacto Vial.zip, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria_final.zip, y, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria.zip; cuyo 2ce6992e953e4b8d1df24565fd9444e782a3fbfa2f622e360a5965a40e7f3e2d es link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/10/30/2160414768/Habitacional_Don_Hernan.rar Código Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fuente VER Figura 5 del Adenda Complementaria.
En el tramo a intervenir en el interior del predio el canal presenta una sección trapezoidal en tierra con una capacidad de porteo máximo de 0.28 m3/s. del mismo modo, en el tramo Aguas abajo del límite predial la canal continua con una sección trapezoidal en tierra.
Para el entubamiento del canal, el Proyecto considera la utilización de cajón de H.A. de sección 1x1m. Al respecto, la construcción del cajón de hormigón armado cumple con las normas Nch170 Of 2006 y el Manual de Carreteras en su última versión.
Según las características topográficas del área de estudio y él análisis técnico efectuado, se determinó mantener la ubicación del canal en su situación actual, con leves desviaciones para evitar la interferencia con postes u otros servicios.
Se considera la construcción de 11 cámaras de inspección de hormigón armado.
La longitud total del abovedamiento/revestimiento proyectado alcanzara una longitud de 447 metros. Sobre el entubamiento proyectado, se considera la disposición de veredas y veredones.
• Cámaras de Inspección. En la construcción de las cámaras de Inspección proyectadas, se emplearán los siguientes tipos de materiales: - Hormigones (Norma NCh 170.Of.2016) - Hormigón G25 (H-30) - Hormigón G10 (H-10) - Acero con Resaltes para Hormigón Armado
El acero especificado para las obras es A63-42H o indicación en contrario en los planos de Proyecto, debiendo respetarse todas las disposiciones contenidas en la Norma N. Ch 429. - Acero Ø 6 - Ø 8 - Ø 10 - Ø 12 y - Ø 16 - Escalines de fierro galvanizado. - Malla ACMA C-257 - Tapa circular tipo calzada. - Ladrillo de muros.
La obra de entubamiento proyectada se emplaza en las siguientes coordenadas UTM. Datum WGS 84. Huso 19, presentadas en la siguiente Tabla: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fuente: VER Tabla 2 del Adenda Complementaria.
Las longitudes del canal a ejecutar se presentan en la siguiente tabla:
Fuente: VER Tabla 8 del Adenda Complementaria.
Áreas de Estacionamientos de Usos Comunes o Visitas, permanentes En la siguiente Tabla presenta la información de detalle complementaria solicitada referida a las áreas de estacionamiento de usos comunes o visitas presenta da en la DIA del Proyecto.
Fuente: VER Tabla 35 del Adenda
Estacionamientos Temporales Respecto a la superficie y la cantidad de estacionamiento que se considera al interior del Proyecto durante la Fase de Construcción:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fuente: VER Tabla 17 del Adenda
Construcción de Instalaciones Sanitarias para el conjunto habitacional En Anexo AD1-1: Permisos y Factibilidades, adjunta el certificado actualizado de factibilidad sanitaria N°202401000638 del 05-02-2024. (Agua Potable y Alcantarillado de Aguasa Servidas asociados al Proyecto) del Adenda.
No obstante, lo señalado anteriormente, a continuación, se presenta Tabla explicativa que indica el detalle de Infraestructura de Agua Potable y Aguas Servidas, en cuanto a sus especificaciones técnicas generales.
Fuente: VER Tabla 36 del Adenda
Acumulador de Agua Potable Edificios: Se indica que el Proyecto no considera Planta Elevadora de Alcantarillado. Sin embargo; se considera un estanque de acumulación de agua potable e impulsión por medio de bombas, para cumplir con los MCA requeridos hasta el último artefacto.
Al respecto se señala que para el diseño del estanque acumulador de agua potable se considera los usuarios y las dotaciones definidas en la norma RIDDA. Cuyos cálculos se resumen en la siguiente Tabla:
Fuente: VER Tabla 37 del Adenda
El Proyecto actualmente cuenta con la autorización de conexión del empalme provisorio de suministro de aguas potable y alcantarillado por parte de la concesionaria ESSBIO, la que se adjunta en el Anexo AD1-1 Permisos y Factibilidades del Adenda Complementaria, el que es eliminado una vez se reciba la recepción final de las obras.
• Proyecto Agua Potable El Proyecto Don Hernán cuenta Aprobación Sanitaria DNC Región de O’Higgins N° 202405000040 /2024 del 9 de agosto de 2024, el cual se diseñó de acuerdo con la Factibilidad Sanitaria N°202401000638 emitido con fecha 5 de febrero de 2024.
El Proyecto considera la ejecución de las redes de agua potable del conjunto por medio de tuberías de PVC PN 12,5 de 110mm de diámetro.
La longitud para suministrar es de 1600 metros. Además, se consideran 146 metros de tubería PVC PN6 de diámetro 200mm para ser empleado en encamisados.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Para este Proyecto se consideran 296 arranques para viviendas, un arranque para condominio, 3 arranques para equipamiento (sedes sociales) y 3 arranques de áreas verdes. Cada arranque considera medidor de agua potable.
En el caso del condominio con departamentos, se considera un medidor general y remarcadores para cada departamento y las áreas verdes.
Se proyectan 3 grifos en la red pública, de acuerdo con la NCH 1646 Of. 99.
- Instalación de tuberías
Según la Norma NCH 1360 OF 2010, las zanjas de colocación de las tuberías se deben realizar con un ancho mínimo que considere el ancho exterior del tubo más 30cm por lado. La zanja debe quedar con un sello de fundación al 90% del Proctor standard.
La instalación de la tubería se realiza sobre una cama de arena limpia, compactada al 75% PM o DR con un tamaño máximo de 4,75mm.
El relleno inicial y lateral deben ser suelos clase II y III harneados, compactados en capas de 15cm al 90% del Proctor standard.
El relleno final debe ser compactado al 95% del Proctor modificado bajo las aceras, al 90% del Proctor standard en bandejas de tierra.
Para evitar roturas por accidente en excavaciones futuras, se debe instalar una cintra de señalización a 40cm de la rasante proyectada.
Toda la red de agua potable debe ser instalada a una profundidad mínima de 1,10m.
• Proyecto Alcantarillado
El Proyecto Don Hernán cuenta aprobación sanitaria DNC Región de O´Higgins N° 202405000040 /2024 del 9 de agosto de 2024, el cual se diseñó de acuerdo con la factibilidad sanitaria N°202401000638 emitido con fecha 5 de febrero de 2024.
El Proyecto considera la ejecución de las redes de alcantarillado del conjunto por medio de tuberías de PVC SN8 de 200mm de diámetro.
La longitud para suministrar es de 1353 metros. En el caso del condominio, se consideran 136m de tubería.
Para este Proyecto se consideran 296 uniones domiciliarias para viviendas, con su respectiva cámara domiciliaria, una UD y cámara domiciliaria para el condominio. En el interior del condominio con departamentos, se considera un una Unión y cámara domiciliaria por edificio (5).
- Instalación de tuberías
Según la Norma NCH 3191/1 OF 209, las zanjas de colocación de las tuberías se deben realizar con un ancho mínimo que considere el ancho exterior del tubo más 30cm por lado. El sello se verifica de forma visual y si se presentan dudas sobre la calidad del terreno, se exige un análisis del suelo con un laboratorio de mecánica de suelos de manera certificar una densidad de compactación no menos de un 90% del Proctor Standard.
La cama de apoyo es de arena limpia compactada, con no más de 10% de finos (suelo que pasa por la malla A.S.T.M. N°200), de una altura de 10 cm. compactada con placa vibrante de no menos de 100kg. de peso estático.
La tubería debe penetrar el en el relleno un sexto de su diámetro exterior. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
El relleno lateral es de arena limpia compactada, con no más de 10% de finos, en capas de 0.10 m y fuertemente apisonada con pisón manual. Se coloca lateralmente a los tubos y hasta el nivel de la clave.
El relleno de primera capa es de 30cm. con arena limpia con no más de 10% de finos o material seleccionado de la misma excavación Tamaño máximo de 5mm, compactado con un pisón manual, hasta obtener una densidad máxima al 90% del Proctor standard.
El relleno superior medio es en capas de 30 a 50cm compactadas con un pisón mecánico, hasta obtener una densidad máxima no inferior al 90% del Proctor standard. Material de relleno tamaño máximo de 2”.
El relleno superior final es con capa de 50cm de relleno, de una densidad relativa no menor del 75% o correspondiente al 95% de la densidad máxima Proctor modificado. Según las características del material de relleno, o exigencias establecidas por el SERVIU Región O’Higgins. Este Proctor solo es exigido en calzadas. En veredas y otros terrenos, se exige material de relleno tamaño máximo 2”.
- Cámaras.
Este Proyecto considera la ejecución de cámaras de inspección, las cuales se ubican bajo calzada.
El diámetro de las cámaras es de 1.30 m y son de hormigón armado y también se pueden ejecutar cámaras tipo prefabricadas, lo cual se ve in situ. Poseen satélites de refuerzo para minimizar la propagación de grietas.
Los escalines son de fierro galvanizado en baño, de 20mm. según plano tipo HB e-1. Se colocan de acuerdo con el cuadro de cámaras del Proyecto.
El radier se estuca hasta 0,20 m. sobre la parte más alta de la banqueta con mortero de 510 kg. cem/m3 de argamasa. La parte interior de las cámaras que no lleve estuco debe quedar con la superficie lisa, para lo cual debe usarse molde metálico o de madera revestida con metal.
Se considera la instalación de 22 cámaras de inspección en el sector público, las cuales son proyectadas todas bajo calzada, por lo cual sus tapas deben ser del tipo calzada. De estas cámaras son 20 tipo A con una profundidad media de 2.03 m y 2 tipo B con una profundidad media de 1.52 m.
En el condominio se consideran 4 cámaras de inspección, las cuales son proyectadas bajo calzada, por lo cual sus tapas deben ser del tipo calzada. Todas las cámaras son tipo A y tienen una profundidad media de 1.89 m.
Construcción Obras de Suministro Eléctrico para el conjunto habitacional En Anexo AD1-1: Permisos y Factibilidades, adjunta el Certificado de Factibilidad Eléctrica otorgado por la empresa distribuidora de energía concesionada para el área de emplazamiento del Proyecto.
Infraestructura de Aguas Lluvia. Los ensayos en las zanjas de infiltración se realizan en el momento de la ejecución de las obras; sin embargo, en Anexo AD1-3 Proyectos de Urbanización del Adenda, presenta el ensayo de infiltración en los pozos en que se ubican las zanjas de infiltración. (Pozos N°6 y N°14).
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En la tabla que se presenta la descripción de los trazados, diámetros, cámaras decantadoras y de inspección, características de los sumideros (materialidad, capacidad, entre otros), características y dimensiones de zanjas drenantes, capacidad de conducción de las aguas lluvias a través de los colectores del Proyecto.
Proyecto Aguas Lluvias.
Las aguas lluvias del loteo son captadas y evacuadas mediante una red de sumideros proyectados hacia zanjas de infiltración. Las zanjas de infiltración fueron diseñadas de acuerdo con el Manual de Técnicas Alternativas del MINVU.
El Proyecto de aguas lluvias se compone de colectores de HDPE corrugado de diámetro 375mm.
Estos colectores van unidos por cámaras de inspección, las cuales descargan en zanjas de infiltración.
El Proyecto va adjunto en archivos anexos.
Se considera red de aguas lluvias para sector público y un Proyecto de aguas lluvias para el condominio.
El saneamiento de aguas lluvias se realiza por medio de zanjas de infiltración que se ubican bajo de las áreas verdes proyectadas y bajo veredones de tierra, tanto en sector público (BNUP) como en condominio.
Es importante destacar que el Proyecto no considera la evacuación de aguas lluvias hacia los canales. la captación de las aguas lluvias se realiza por medio de sumideros tipo S-1, S-2 y especiales. El coeficiente de escorrentía del Proyecto es de 0,55.
• Sumideros
El Proyecto público cuenta con 44 sumideros S2, 4 sumideros S-1 y 1 sumidero especial. El Proyecto condominio cuenta con 2 sumideros especiales.
Todos los sumideros están diseñados de acuerdo con Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y su estructura es de Hormigón armado y rejilla de fierro fundido. Los sumideros se conectan a cámaras por medio de tuberías HDPE D:300mm. Los sumideros tienen capacidad de 72,3 l/s.
• Tuberías. Las tuberías de colectores que se emplean en el Proyecto son HDPE corrugado de diámetro 375 mm, las cuales tienen una longitud total de 1191m. distribuidos en la red de colectores.
La capacidad de colectores varía de acuerdo con el trazado de cada colector en su longitud y pendiente. La capacidad menor proyectada es de 157,61 l/s y el mayor es de 366,79l/s.
Los colectores van instalados de acuerdo con detalle Minvu de colocación de tuberías.
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Esta instalación se realiza sobre una cama de apoyo de suelo con tamaño máximo 13mm y espesor 10cm. Se considera relleno inicial con material seleccionado de la excavación hasta 30cm sobre la clave de la tubería, compactado al 95% P.M. en capas de no más de 15cm. con un tamaño máximo de 25mm.
El relleno final se realiza con material de excavación compactado al 95% p.m. en capas no más de 20cm y con un tamaño máximo de 75mm. El ancho en el fondo de la zanja se ha considerado igual al diámetro nominal del tubo más 0,60 m. Colectores diseñados según el diámetro considerado satisface el criterio de seguridad adoptado de capacidad de diseño igual al 80%.
El empalme del colector a las cámaras proyectadas o existentes, se realizan de acuerdo con las especificaciones que indique el fabricante y supervisado por este mismo en terreno, asegurándose la estanqueidad de la unión.
• Cámaras.
Cámaras de Inspección: Las cámaras de inspección están proyectadas bajo calzada. La cantidad de cámaras son 27, de las cuales son 3 tipo A y 26 tipo B, todas consideran tapas de cámara tipo calzada. Las cámaras tienen un diámetro de 1,20 m y se estructuran de Hormigón armado y poseen satélites de refuerzo para minimizar la propagación de grietas.
El radier se estuca hasta 0,20 m. sobre la parte más alta de la banqueta con mortero de 510 kg. cem/m3 de argamasa.
La parte interior de las cámaras que no lleve estuco debe quedar con la superficie lisa, para lo cual debe usarse molde metálico o de madera revestida con metal.
Las tapas se ejecutan de acuerdo con plano tipo SERVIU, según detalle de los planos. Llevan una placa de fierro fundido con el logotipo SERVIU.
• Cámaras Decantadoras:
Las cámaras decantadoras se ejecutan en hormigón armado de acuerdo con los detalles del plano. Los escalines son de fierro galvanizado en baño, de 20 mm. según plano tipo HB e-1.
Se colocan de acuerdo con el cuadro de cámaras del Proyecto.
Cámaras de limpieza: Las cámaras de limpieza se ejecutan en albañilería de ladrillos de acuerdo con los detalles del plano e irán estucadas interiormente con mortero de 510 kg.cem/m3 de argamasa y un espesor de 2 cm.
Los escalines son de fierro galvanizado en baño, de 20 mm. según plano tipo HB e-1. Se colocan de acuerdo con el cuadro de cámaras del Proyecto.
• Zanjas de infiltración.
Las zanjas de infiltración que se consideran en el Proyecto son 7 en sector público y 1 en sector privado.
Las zanjas fueron diseñadas de acuerdo con el Manual de Técnicas Alternativas del MINVU.
En el interior de la zanja, y antes de ser rellenada, se coloca un geotextil Typar 3301 o similar, el cual cubre totalmente el fondo y las paredes laterales y tiene un traslapo de 50 cm. en la parte superior.
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Las zanjas se calculan con tasa de infiltración de 100,7mm/h. Coeficiente de seguridad de 0.75.
Para la infiltración, las zanjas diseñadas con tanques Atlantis o similar, denominados cubo dren. Resistencia mínima de 26ton/m².
Las entibaciones que utilice el contratista deben ser autorizadas por la ITO previamente a su construcción sin que esto releve al contratista de su responsabilidad.
En todo caso, debe presentar el Proyecto y el cálculo estructural correspondiente sobre la base de los antecedentes proporcionados en el Informe de Mecánica de Suelos que el realice.
Toda disposición de seguridad en la excavación debe cumplir con la norma NCh 349. Las entibaciones deben cumplir con: - La entibación cubre todo el ancho de la zanja de reposición, es decir, no pueden haber espacios vacíos entre la pared de la entibación y el suelo, en particular, a nivel de superficie. Si por alguna razón esto no se cumple, la reposición de pavimento abarca las pistas laterales a la zanja, incluyendo las capas granulares (base y subbase).
- Se acepta exclusivamente sistemas metálicos de entibación, salvo que se justifique detalladamente en memorias de cálculo, otros sistemas como madera, para lo cual debe realizarse los ensayes de suelo correspondientes para determinar los parámetros c y ø y los correspondientes análisis de estabilidad. Las características de la entibación deben seleccionarse en función de las condiciones de cada Proyecto, en particular se tiene especial atención al suelo, su humedad y posibles cargas de tránsito laterales a la excavación.
- El retiro de las paredes de entibación debe ser paulatino, a medida que se va compactando y recibiendo las capas de compactación, la altura máxima entre retiros sucesivos de la pared de entibación no pueden superar 1 m.
- El personal no debe ingresar a la excavación en zonas sin entibar
Los sellos de fundación deben ser recibidos por la ITO o Ingenieros de esta oficina, quienes pueden solicitar profundización y/o compactación parcial o total del sello si se considera necesario. La presencia de clastos puede originar cavidades en el sello de fundación, éstas se absorben con hormigón de emplantillado, en ningún caso con suelo suelto.
La excavación en zanjas en el estrato de terreno común pueden realizarse a mano o a máquina.
Cuando la excavación se ejecute con máquinas, ésta debe detenerse 20 cm por sobre la cota de excavación indicada, continuándose en forma manual hasta llegar al sello.
El fondo de las excavaciones, aun cuando se considere cama de apoyo, debe quedar suficientemente plano, eliminándose todas las protuberancias y rellenando las depresiones existentes, compactando el terreno de fundación adecuadamente.
El nivel de sello de las excavaciones debe ser autorizado por la ITO, una vez que el Contratista efectúe ensayos y demuestre mediante certificados emitidos por un laboratorio reconocido y aceptado.
El terreno se prepara de manera de obtener una superficie de soporte pareja y homogénea, exenta de material suelto o de origen orgánico, el que, si existe, se remueve y reemplaza por material adecuado.
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Las excavaciones se realizan hasta el nivel indicado en el Proyecto y se procede a compactar la capa superior de acuerdo con las especificaciones.
Las densidades de compactación son analizadas cada 60 metros lineales de zanja y debe cumplir con el 95% del Proctor Modificado.
El relleno de zanjas inicia con una cama de apoyo de suelo con tamaño máximo 13mm y espesor 10 cm, sobre la cual irá apoyado el tubo.
Se considera relleno inicial con material seleccionado de la excavación hasta 30cm sobre la clave de la tubería, compactado al 95% P.M. en capas de no más de 15cm. con un tamaño máximo de 25mm.
El relleno final se realiza con material de excavación compactado al 95% p.m. en capas no más de 20cm y con un tamaño máximo de 75mm. El ancho en el fondo de la zanja se ha considerado igual al diámetro nominal del tubo más 0,60 m. Colectores diseñados según el diámetro considerado satisface el criterio de seguridad adoptado de capacidad de diseño igual al 80%.
Se señala además que, las tuberías de colectores que se emplean en el Proyecto son HDPE corrugado de diámetro 375mm, las cuales tienen una longitud total de 1191m. distribuidos en la red de colectores.
La capacidad de colectores varía de acuerdo con el trazado de cada colector en su longitud y pendiente. La capacidad menor proyectada es de 157,61 l/s y el mayor es de 366,79l/s. Los colectores van instalados de acuerdo con detalle MINVU de colocación de tuberías.
Esta instalación se realiza sobre una cama de apoyo de suelo con tamaño máximo 13mm y espesor 10 cm.
Se considera relleno inicial con material seleccionado de la excavación hasta 30cm sobre la clave de la tubería, compactado al 95% P.M. en capas de no más de 15cm. con un tamaño máximo de 25mm.
El relleno final se realiza con material de excavación compactado al 95% p.m. en capas no más de 20cm y con un tamaño máximo de 75mm.
El ancho en el fondo de la zanja se ha considerado igual al diámetro nominal del tubo más 0,60 m. Colectores diseñados según el diámetro considerado satisface el criterio de seguridad adoptado de capacidad de diseño igual al 80%.
El empalme del colector a las cámaras proyectadas o existentes, se realizan de acuerdo con las especificaciones que indique el fabricante y supervisado por este mismo en terreno, asegurándose la estanqueidad de la unión.
El Proyecto de Aguas Lluvias ya se encuentra aprobado por la respectiva autoridad pertinente, a lo cual se adjunta en Anexo ADC7 Proyectos de Urbanización del Adenda Complementaria, donde se incluye las memorias técnicas donde se abordan los cálculos de diseño, abordando criterios hidráulicos y estructurales según normativa vigente.
Las zanjas de infiltración que se consideran en el Proyecto son 7 en sector público y 1 en sector privado.
Las zanjas fueron diseñadas de acuerdo con el Manual de Técnicas Alternativas del MINVU.
En el interior de la zanja, y antes de ser rellenada, se coloca un geotextil Typar 3301 o similar, el cual cubre totalmente el fondo y las paredes laterales y tiene un traslapo de 50 cm. en la parte superior. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Las zanjas se calculan con tasa de infiltración de 100,7mm/h. Coeficiente de seguridad de 0.75.
Para la infiltración, las zanjas diseñadas con tanques Atlantis o similar, denominados cubo dren. Resistencia mínima de 26ton/m². A continuación, se presenta tabla con las dimensiones específicas de las zanjas que son construidas.
Fuente: VER Tabla 20 del Adenda Complementaria
A mayor detalle se declara que:
Solución General Las aguas lluvias del loteo son captadas y evacuadas mediante una red de sumideros proyectados hacia zanjas de infiltración. Las zanjas de infiltración fueron diseñadas de acuerdo al Manual de Técnicas Alternativas del MINVU.
Áreas Aportantes de Aguas Lluvias Los sumideros se han distribuido de modo de repartir adecuadamente las áreas aportantes. Éstas quedan definidas, por las rasantes de pavimentación consultadas para las calles y pasajes del conjunto habitacional.
La evacuación de las distintas sub-áreas del loteo y de las áreas tributarias de los conjuntos habitacionales vecinos y sus correspondientes puntos de evacuación.
Lluvia de Diseño Para el diseño de los colectores se ha adoptado una lluvia de diseño para un período de retorno de 2 años.
Precipitaciones Máximas Para la determinación de la lluvia de diseño se adoptará un período de retorno de 2 años y una duración igual al tiempo de concentración.
Para definir la precipitación máxima en 24 horas se utilizó el valor establecido en el Manual “Precipitaciones Máximas en 1, 2 y 3 días” de la Dirección General de Aguas.
Fuente: VER Tabla del Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Apoyo de las tuberías Las tuberías se apoyarán en una cama de material granular compactado al 80% de densidad relativa.
Fuente: VER Tabla 21 del Adenda Complementaria
Especificaciones Técnicas de las obras de urbanización y su forma de ejecución
Las especificaciones técnicas de los Proyectos de urbanización de: pavimentación, aguas lluvias, agua potable, alcantarillado, áreas verdes, eléctricos, manejo de aguas lluvias entre otros se presentan en Anexo AD1-3: Proyectos de Urbanización del Adenda, se adjuntan Proyectos de Especialidades y Memorias Técnicas de Pavimentación, Aguas lluvias, Agua Potable, Alcantarillado, Áreas Verdes y Electricidad del Adenda.
Luego en Anexo AD1-4: Proyectos de Arquitectura y Estructura del Adenda, se adjunta el detalle de plantas, elevaciones, cortes y detalles constructivos para cada tipología de edificación incluida en el Proyecto.
Fuente: VER Tabla 39 del Adenda
En la tabla que se presenta la descripción de los trazados georreferenciados de los colectores, de las cámaras de inspección, y de la zona de las descargas de las aguas lluvias (en coordenadas UTM, datum WGS 84, Huso 19 S): Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fuente: VER Tabla 40 del Adenda
Se considera que el agua lluvia no descargue hacia el canal que atraviesa la obra. Es por esta razón que las obras de canalización de canal (tapas de canal) se proyectan a una cota mayor que el de la cuneta de las calles.
Dadas las características de las obras proyectadas y las condiciones que presenta el cauce del canal de riego, se estima conveniente mantener el sistema operativo en forma permanente, para lo cual se efectuara una conservación periódica de las obras de entubamiento y limpieza y desembanque de las cámaras de Inspección con una frecuencia de 1 año con el fin de retirar sedimentos y basuras arrastradas o depositados por personas.
Los trazados asociados a las redes de urbanización de agua potable, alcantarillado, alumbrado público, pasajes y calles, sectores y destino de uso de los espacios cedidos a utilidad pública, en kmz, en capas, indicados en Anexo AD1-3: Proyectos de Urbanización del Adenda.
En los Anexos ADC1 KMZ del Proyecto y ADC3 Planimetría y Figuras se adjuntan los antecedentes de urbanización del Adenda Complementaria.
Edificación con Destino Habitacional Especificaciones Actividades y Acciones Constructivas Casas.
• Obra Gruesa.
El Emplantillado se realiza de hormigón pobre de dosificación 127,5kg de cemento por metro cúbico y G5 90% nivel de confianza. Altura mínima 5cm.
La enfierradura se realiza de acuerdo a las indicaciones del Proyecto de cálculo estructural, el cual se realiza en base a las normas oficiales de diseño vigente en el país, no obstante, deben respetar las siguientes generalidades:
Los moldajes son lisos, de madera de pino insigne, terciado o moldaje metálico.
Se considera hormigón G20, en toda la superficie interior del primer piso, cuya fundación tiene un espesor variable, pero en unas dimensiones mínimas de 60cm de profundidad, cabe destacar que debe ser apoyada en Estrato H-2. Resistencia mínima de hormigón R28 ≥200kg/cm2, el tamaño de la grava es de ¾” con un tamaño máximo de la grava: 2,5cm.
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Los muros perimetrales de primer piso tienen dosificación y resistencia establecidas por cálculo, con una resistencia especificada para hormigón armado no menor a G17; resistencia a compresión a 28 días, f’c ≥ 17 MPa.
Todos los muros son de hormigón, con aditivo impermeabilizante hidrófugo, dosificado por un laboratorio autorizado. Son de acuerdo con lo determinado por el Proyecto de cálculo, el espesor del muro 12cms. Por el exterior del muro se considera revestimiento EIFS 40mm densidad 20 Kg/m3
Dosificaciones y resistencias establecidas por cálculo, pero en ningún caso menor a R28 ≥ 200kg/cm2 .
Las enfierraduras quedarán definidas por el Proyecto de cálculo estructural, Las cuantías deben quedar indicadas por el calculista en la memoria de cálculo, justificando detalladamente las hipótesis de diseño, las que deben ser evaluadas y aprobadas por SERVIU, el Proyecto de cálculo se realiza en base a las normas oficiales de diseño vigentes en el país, no obstante, debe respetar lo indicado a continuación.
Se considera la enfierradura según plano de cálculo respectivo, se utiliza acero grado A 63-42H con resaltes.
Se definirán cuantías para todos los elementos, no obstante, las enfierraduras de cadenas y dinteles deben tener las cuantías mínimas siguientes: cadenas a nivel de techumbre 3,2cm2, cadenas a nivel de suelo del piso superior 4,5cm2.
Los muros perimetrales del segundo piso y la futura ampliación se ejecutan con Panel SIP, que está formado por dos paneles prefabricados tipo sándwich. Cada panel está constituido por una placa de madera tipo OSB de 9,5 mm por el interior y otra Smart Panel de 11,1mm. por el exterior, pegados a un núcleo de poliestireno expandido.
La densidad del poliestireno expandido es de 15 kg/m3 y su espesor de 56mm. El perímetro del muro lleva un bastidor de madera hecho con listones de pino de 56 x 70 mm cepillados.
La techumbre considera cerchas de madera impregnada (NCH819-IPV CCA) pino insigne, Humedad máxima de 18% y grado estructural G1., Las cerchas son fabricadas en serie y con uniones tipo Simpson o equivalente. Las costaneras se consideran pino 2x2”.
• Terminaciones.
El pavimento de la casa es radier hormigón afinado, salvo en cocina y baños, ya que sobre el radier se aplica cerámica como terminación de pavimentos.
Las puertas se consideran exteriores e interiores. Las exteriores son 2 puertas; una en la entrada principal y la otra en salida a patio desde la cocina.
Las puertas interiores se consideran una puerta para cada recinto conformado Todas las puertas interiores son de MDF de 45 mm de espesor y de una altura mínima de 2 m.
Las ventanas del Proyecto se consideran de tipología Termopanel DVH 9.5mm en la mayoría de las ventanas. Algunas ventanas, dependiendo del Informe PDA, son con vidrio monolítico.
Revestimiento de muros exteriores se aplica sobre la parte exterior de los muros perimetrales. Se considera la instalación de Eifs 40 mm este llegara hasta el hombro de la fundación.
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Sobre la cara exterior del muro de hormigón se adosará sistema EIFS consistente en la aplicación de poliestireno expandido de densidad 20kg/m3, adherido al hormigón con adhesivo.
Todos los tabiques estructurales de segundo piso consideran revestimiento exterior con planchas LP Smart Panel de 11,1mm de espesor (incluido en tabique).
En entramado de cielo, se consideran piezas de madera pino de 2x2” cada 0.5m. en una dirección, horizontal, directamente a la estructura de techumbre.
Como aislante de cielo, se consideran planchas de yeso cartón ST de 10 mm.de espesor se debe considerar fijaciones y distanciamientos según recomendación del fabricante. Sobre el encintado de cielo del segundo piso, la colocación de Lana de Vidrio de 120mm espesor cuya densidad sea de 11 kg/m3 o similar.
La cubierta está conformada por planchas de zincalum ondular estándar de 0,4mm espesor y una cumbrera tipo C de 100 x 50 x 0,4mm. La cubierta se instala sobre papel fieltro.
Se consideran aleros de ancho mínimo de 30 cm según se indica en Planos de Arquitectura, estos son en todo el contorno de la techumbre.
Los tapacanes Son de Smart Side de 11,1mm de espesor.
Las canaletas de aguas lluvias, deben ser de PVC, según indicaciones del proyectista y garantizar la impermeabilidad y estanqueidad de las aguas a conducir.
Todos los elementos que consideran pintura se aplicaran un mínimo de dos manos, de acuerdo a indicaciones del fabricante. De cualquier forma, las superficies a pintar presentaran un acabado perfectamente uniforme.
• Instalaciones.
Los proyectistas y constructores de instalaciones domiciliarias, incluyendo arranques, conexiones y empalmes son profesionales autorizados por el RIDAA o la normativa que lo reemplace.
Al respecto, el Proyecto cuenta con factibilidad para el total de viviendas, equipamiento, áreas verdes y servicios incluidos en el Proyecto.
- Agua Potable
El Proyecto considera la red pública de abastecimiento desde el punto de empalme establecido en la factibilidad hasta los arranques domiciliarios contemplando el medidor, incluidos los arranques necesarios para riego de áreas verdes y otros requerimientos incluidos en el Proyecto.
Las redes interiores de agua potable son de PP PN 10 para agua fría y PPPN 16 para agua caliente. Que va desde 16mm a 32mm, dependiendo del artefacto a conectar.
- Alcantarillado
El trazado de acuerdo al Proyecto de Arquitectura contemplara la descarga para cada artefacto a instalar, incluida la lavadora.
Se considera una cámara domiciliaria al interior del inmueble, conforme a la norma chilena NCh2592, a una distancia no mayor de 1 m de la línea oficial de cierro y en lugar accesible. Se coloca una cámara de inspección en la confluencia de los ramales y cambios de dirección o pendiente de los mismos, en la planta baja. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
En el punto más alto de la Red de Alcantarillado Domiciliario se establecerá una tubería de ventilación principal, de diámetro nominal no inferior a 75mm. Las cámaras de inspección domiciliarias se ubican en patios o sitios completamente ventilados. Si se ubicaran en el interior de la vivienda, tienen doble tapa u otra solución, que impida la salida de los gases. Las ventilaciones de PVC sin filtro UV, al exterior, son pintadas y/o se protegerán de la radiación solar.
Las redes de alcantarillado son de PVC T-II de diámetro entre 50 y 110mm, dependiendo del artefacto a conectar.
La cámara de inspección pueden ser del tipo prefabricado circular cuando no exceda de 1.50 m. de profundidad. Las uniones domiciliarias correspondientes son en tubería de PVC tipo sanitario o de cemento comprimido, de diámetro necesario para la evacuación de las aguas servidas.
- Artefactos Sanitarios
Todos los artefactos van sellados con silicona fungicida a sus respectivos muros de adosamiento. La instalación de los artefactos debe hacerse centrada al eje indicado en los Inodoro: La taza debe ser enlozada, con tapa y el estanque es enlozado asentado sobre taza, eventualmente también se utilizan inodoros de una pieza. Su consumo esta entre los 6 y los 4,8 litros con descarga diferida, se considera estanque máximo de 7 litros por descarga.
Lavamanos: El que es enlozado con pedestal del mismo material con capacidad de 5.0 lts. No se aceptan soluciones con atriles metálicos ni de madera.
El lavamanos se ubica por sobre una altura libre de 0.70 m medida desde el nivel de piso terminado, y cuenta con grifería eficiente monomando, que garantice un consumo menor a 10 l/min con aireador eficiente (ref. NCh 3203).
Tina: En el baño se considera una Tina de 1.10 mts de largo por 0.80 mts de ancho de acero enlozado. En caso de considerar Adultos Mayores y /o Discapacitado sensorial se puede solicitar previamente a la construcción que tina sea cambiada por ducha hecha in situ solo en primer piso.
Lavaplatos: La cubierta del lavaplatos es de 80 cm de acero estampado inoxidable con un secador y una cubeta, montado sobre mueble base de placa melanina de 80 x 50 cms. Cuenta con dos puertas abatibles donde se debe montar la cubierta del lavaplatos.
Lavadero: Se considera lavadero de plástico de 15 lts, modelo Astra de Fanalosa o similar.
Lavadora: Para la lavadora se instalan 2 llaves 1/2" x 3/4", hilo exterior, una para agua caliente y la otra para agua fría. Contaran con descarga propia mínima de 5 cm, a la red de alcantarillado en el lugar donde se ubique este artefacto. Además, contaran con conexión a la red de agua potable (fría y caliente) y descarga propia a la red de alcantarillado en el lugar donde se ubique el artefacto. El tubo de descarga de la lavadora tiene una altura mínima de 90cm sobre el NPT.
Ventilación: Se considera ventilación pasiva según informe de calidad de aire interior.
La ventilación pasiva considerara un filtro de material particulado MP 2.5 – 85% de eficiencia. Estas ventilaciones son de fábrica, no hechas in situ, como tipo Jonas o equivalente, son 1 por recinto como mínimo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Calefón: Se considera a GLP capacidad 7 lts.
• Electricidad
Para todos los efectos de esta especificación prevalecerá lo señalado en el Proyecto eléctrico, que como referencia considera lo siguiente según disposiciones generales de la SEC y la empresa distribuidora eléctrica.
Se considera como alimentador el conducto eléctrico, entre el medidor eléctrico y el tablero en adelante TDA, la sección mínima según normativa SEC tanto para F y N (Fase y Neutro), este debe tener una pérdida de tensión (caída de voltaje) menor al 3% del Vn (voltaje Nominal) 220V.
Se debe considerar como mínimo un enchufe doble por recinto y dos en el dormitorio principal.
En la cocina además del enchufe doble por recinto, debe haber como mínimo tres enchufes simples de fuerza 10/16 A para el refrigerador, la lavadora y otro para uso general., se debe instalar 1 enchufe simple de 10 Amperes para el refrigerador. Todos estos enchufes deben estar ubicados de acuerdo a la distribución de artefacto, muebles, tabiques, gabinetes, etc.
1 enchufe de fuerza simple (10/16 A bipaso) para recinto donde se ubica la lavadora (baño, cocina o logia, según corresponda).
Para cada uno de los siguientes recintos: estar, comedor, cocina, pasillos, escaleras, baño y dormitorios, se debe instalar 1 centro de iluminación, con portalámparas de base recta, que soporte al menos 100w y que se fije directamente a las grafetas metálicas de la caja de distribución (de ninguna manera deben quedar colgando, soportado por el mismo conductor).
En el baño debe ser a prueba de salpicaduras, de acuerdo a exigencias SEC.
Dos centros de iluminación exterior a prueba de salpicaduras de agua (IP 44), uno sobre la puerta de acceso y otro sobre la puerta de cocina al exterior o en logia, según sea el caso.
El interruptor del baño debe ser instalado al exterior de este recinto.
Los interruptores y enchufes deben ubicarse en los accesos a los recintos, no deben instalarse detrás de puertas ni de muebles.
Los interruptores y enchufes deben instalarse entre una altura mínima de 0,40m y una máxima de 1,20m, desde nivel de piso terminado. Los interruptores deben ser de 10 Amp Como mínimo.
Los circuitos de iluminación y enchufes deben estar protegidos por un interruptor diferencial.
No pueden instalarse interruptores que se accionen a través del giro o del movimiento de los dedos. No se permite el uso de unidades interruptor-enchufe.
Todos los aparatos y artefactos, ya sean con conexión a borne con tornillo, prensa o conexión automática, debe cumplir requisitos exigidos por la SEC.
Los enchufes que se instalen al exterior de la vivienda deben contar con tapas de protección IP 55. Toda caja de distribución que se utilice sólo para derivación en los muros debe contar con tapa ciega montada con soporte.
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Para el caso de viviendas de 2 o más pisos, en la escalera se deben considerar dos interruptores: uno al inicio y otro fin escalera.
La tubería a utilizar es en tubería plástica tipo conduit aprobada por los servicios respectivos.
El alambrado es de cobre de 1.5mm2 tipo NYA para circuito de alumbrado y de 2.5mm2 tipo NYA para circuito de enchufes.
• Gas
La solución que se utilice debe ajustarse a todas las normativas que le sean aplicables y debe cubrir el consumo y para lavamanos, lavaplatos, tina y lavadora.
La llave de paso de gas debe ubicarse en una zona de alcance rápido y fácil, nunca detrás del mobiliario y a una altura mínima de 0,90m y máxima de 1,20m.
Se considera red de GLP y la instalación de un calefón de 7 lts.
El Proyecto y la instalación se elaborarán por un profesional autorizado SEC y se desarrollan según la reglamentación vigente (D.S. N°66/2007, D.S. N°20/2008, D.S. N°29/1986, Res N° 1250/2009 M. Economía, RE N° 2076/2009 SEC).
Los documentos técnicos del Proyecto de la Instalación Interior de Gas, entre otros, planos, especificaciones técnicas, deben ser firmados por el Instalador de Gas, que hubiere elaborado tal Proyecto. El formato del plano debe cumplir con la Tabla 1 - Formatos serie normal, A; de la Norma Oficial Chilena NCh13.
Se debe ejecutar la red completa de gas domiciliario, incluyendo la red y artefacto calefón, la conexión del artefacto de cocina, además de las instalaciones asociadas al Proyecto (nichos, ventilaciones, etc.)
Artefacto Calefón debe estar certificado por la SEC y de acuerdo a tipo de gas, licuado o natural.
Su capacidad mínima debe ser de 7 Lts. En caso de ir al exterior, debe considerar gabinete metálico de protección. Su ubicación e instalación de acuerdo a reglamentación SEC D.S. N°66/2007 Su instalación de realiza de acuerdo a las indicaciones del fabricante. Los ductos para evaluación de gases de acuerdo a lo exigido por el D.S. N°66/2007.
La llave de paso de gas debe ubicarse en una zona de alcance rápido y fácil, nunca detrás del mobiliario y a una altura mínima de 0,90 m y máxima de 1,20 m.
Red de gas asociada, sólo cuando la solución de agua caliente considera calefón de acuerdo a lo establecido a continuación:
-La red en caso de viviendas unifamiliares, va desde cilindros GLP, dispuestos en nichos hasta los puntos de consumo, cocina y calefón.
Toda la red en cañería de cobre sin costura tipo L, con accesorios de bronce o cobre unidos con soldadura fuerte. Para la cocina se dejará el arranque equipado con su correspondiente válvula de paso sellada con tapa tornillo o sellada con un terminal de tubo expandido con tapagorro fijado con soldadura normal.
Gabinete equipo GLP con capacidad para 2 cilindros de Gas licuado, ubicado de acuerdo con la normativa vigente, con radier de hormigón en caso de estar al exterior.
Se exige Sello Verde.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Además, según exigencias Ord. N°1163 del 20.07.2023, que incluye las indicadas en D.S. N° 1 del Ministerio de Medio Ambiente, publicado con fecha 29 de marzo de 2023, y que entró en vigencia desde 29 de marzo de 2024, el Proyecto se encuentra en zona térmica D. Además, cuenta con 5 tipologías de viviendas:
-Tipología 1: Vivienda Tipo - Vivienda Pareada 2 niveles 50,20 m2 / 61,08 m2 con ampliación. -Tipología 1ª: Vivienda Familia Numerosa 61,08 m2 -Tipología 2: Vivienda Pareada Sensorial - 4 unidades 60,66 m2 / 70,82 m2 con ampliación. -Tipología 3: Vivienda Movilidad Reducida Pareada - 12 unidades 59,08 m2 / 71,22 m2 con ampliación - Tipología 4: Departamento - 80 unidades Son diferentes tipos de departamentos al interior (tipo, sensorial y discapacitado), pero al exterior en medidas de muros y vanos es para todos los departamentos igual.
Complementariamente, respecto a la envolvente térmica y transmitancia térmica máxima de la envolvente térmica; a continuación, se presenta información a nivel de detalle respecto a cada uno de estos temas:
Muros Exteriores 1. Transmitancia Térmica y Resistencia Térmica - Tipología 1 y 1A – Vivienda Pareada 2 niveles, - Tipología 2 – Vivienda Pareada Sensorial
La materialidad de los muros exteriores es:
1° Nivel Hormigón Armado, espesor 12 cm.
Con aislante exterior tipo EIFS que consiste es una plancha exterior de poliestireno expandido espesor 40 mm densidad 20 Kg/m3, según solución del Listado de Soluciones Constructivas para Acondicionamiento Térmico código R100/PE.6.3. (Valor transmitancia térmica U=0,778 W/m2K).
- 1° y 2° nivel Panel SIP.
Revestimiento exterior Smart panel espesor 11,1 mm. poliestireno expandido espesor 56 mm – densidad 15 Kg/m3; Revestimiento interior Plancha de OSB espesor 9,5 mm con terminación de Plancha de Yeso Cartón 8 mm. (Valor de la transmitancia térmica, sólo de EPS, es U=0,738 W/m2K)
El cual para cumplir con el porcentaje de condensación intersticial y superficial debe considerar:
-
Fieltro 15 Lbs entre plancha de OSB espesor 9,5 mm y plancha de yeso cartón 8 mm.
-
Pintura interior 2 manos tipo látex acrílico con propiedad de difusión de vapor de agua μ = 33440. Lo que según planilla tiene un 81% de condensación intersticial, sin superficial.
• Tabique cierre vano futura ampliación.
Estructura metálica conformada por montantes de acero galvanizado de 60 x 38 x 0,8 mm de espesor, separado cada 40 cm a eje y canales de 62 x 25 x 0,85 mm.; Revestimiento interior plancha de yeso-cartón espesor 10 mm de espesor; Revestimiento exterior plancha fibrocemento 6 mm.; aislación interior del tabique lana de vidrio espesor 50 mm y factor R122.
Como aislante exterior al vano de ampliación, se considera revestimiento tipo EIFS que consiste es una plancha exterior de poliestireno expandido espesor 40 mm/20Kg/m3.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
(Valor de la transmitancia térmica, sólo de solución completa, es U=0,38 W/m2K).
El cual para cumplir con el porcentaje de condensación intersticial y superficial debe considerar: - Fieltro 15 Lbs entre aislante térmico y fibrocemento 6 mm. - Fieltro 15 Lbs entre aislante térmico y plancha de yeso cartón 10 mm.
- Pintura interior 2 manos tipo látex acrílico con propiedad de difusión de vapor de agua μ = 33440. Lo que según planilla tiene un 95% de condensación intersticial y superficial.
• Tipología 3 – Vivienda Movilidad Reducida
La materialidad de los muros exteriores es: 1° nivel Hormigón Armado, espesor 12 cm. con aislante exterior tipo EIFS que consiste es una plancha exterior de poliestireno expandido espesor 40 mm densidad 20 Kg/m3, según solución del Listado de Soluciones Constructivas para Acondicionamiento Térmico código R100/PE.6.3. (Valor transmitancia térmica U=0,778 W/m2K.)
- Tabique cierre vano futura ampliación
Estructura metálica conformada por montantes de acero galvanizado de 60 x 38 x 0,8 mm de espesor, separado cada 40 cm a eje y canales de 62 x 25 x 0,85 mm.; Revestimiento interior plancha de yeso-cartón espesor 10 mm de espesor; Revestimiento exterior plancha fibrocemento 6 mm.; aislación interior del tabique lana de vidrio espesor 50 mm y factor R122.
Como aislante exterior al vano de ampliación, se considera revestimiento tipo EIFS que consiste es una plancha exterior de poliestireno expandido espesor 40 mm/20Kg/m3. (Valor de la transmitancia térmica, de solución completa, es U=0,38 W/m2K).
El cual para cumplir con el porcentaje de condensación intersticial y superficial debe considerar: - Fieltro 15 Lbs entre aislante térmico y fibrocemento 6 mm. - Fieltro 15 Lbs entre aislante térmico y plancha de yeso cartón 10 mm. - Pintura interior 2 manos tipo látex acrílico con propiedad de difusión de vapor de agua μ = 33440. Lo que según planilla tiene un 95% de condensación intersticial y superficial.
• Tipología 4 – Departamento
La materialidad de los muros exteriores es: a) Hormigón Armado, espesor 14 cm. con aislante exterior tipo EIFS que consiste es una plancha exterior de poliestireno expandido espesor 40 mm densidad 20 Kg/m3, según solución del Listado de Soluciones Constructivas para Acondicionamiento Térmico código R100/PE.6.3. (Valor transmitancia térmica es U=0,771 W/m2K.)
b) Antepecho ventanas - Tabique Tabique de fibrocemento de espesor 115 mm., formado por estructura metálica de perfiles de Techo (Para todas las tipologías) acero galvanizado, con solera inferior y superior de 92 x 30 x 0,85 mm. y pie derecho con perfiles tipio C de 90 x 38 x 12 x 0,85 mm., forrado por el interior con plancha yeso-cartón RF de 15 mm. de espesor y por el exterior placa de fibrocemento tipo superboard de 10 mm. de espesor. aislante exterior tipo EIFS que consiste es una plancha exterior de poliestireno expandido espesor 40 mm densidad 20 Kg/m3, según solución del Listado de Soluciones Constructivas para Acondicionamiento Térmico código R100/PE.6.3. Valor de la transmitancia térmica, de solución completa, es U=0,382 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
W/m2K. El cual para cumplir con el porcentaje de condensación intersticial y superficial debe considerar:
- Fieltro 15 Lbs entre aislante térmico y fibrocemento tipo superboard de 10 mm.
- Fieltro 15 Lbs entre aislante térmico y plancha de yeso cartón RF de 15 mm.
- Pintura interior 2 manos tipo látex acrílico con propiedad de difusión de vapor de agua μ = 33440. Lo que según planilla tiene un 95% de condensación intersticial y superficial.
La materialidad del aislante de cubierta es: -Lana de Vidrio, espesor 120 cm. – densidad 11 Kg/m3. Según solución del Listado de Soluciones Constructivas para Acondicionamiento Térmico R100/V.2.15.
Fuente: VER Tabla 26 del Adenda Complementaria
Piso Ventilado
Tipología 1 y 1A – Vivienda Pareada 2 niveles:
La materialidad del aislante del piso ventilado es:
Puertas de Acceso (Para todas las tipologías)
Ventanas
a) 1° nivel Hormigón Armado, espesor 11 cm. con aislante exterior tipo EIFS que consiste es una plancha exterior de poliestireno expandido espesor 60 mm densidad 20 Kg/m3, según solución del Listado de Soluciones Constructivas para Acondicionamiento Térmico código R100/PE.6.3. (Valor transmitancia térmica U=0,541 W/m2K).
La materialidad de las puertas exteriores es: a) Puertas de doble bastidor de pino radiata de 37 mm. de espesor, alma de poliestireno expandido de 37 mm. de espesor y 20 Kg/m3 de densidad; revestimiento de terminación por ambas caras MDF RH de 4mm de espesor y densidad kg/m3. (Valor transmitancia térmica U=1,01 W/m2K, según Informe IDIEM N° 1.647.735)
A continuación, se indica el valor mínimo de transmitancia térmica que debe considerar cada ventana:
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• Sobrecimiento (Para todas las tipologías)
Esta solución se aplica de igual manera al sobrecimiento incorporando adicionalmente una membrana cementicia impermeable del tipo “Flexoseal” o similar.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Aislante exterior tipo EIFS que consiste es una plancha exterior de poliestireno expandido espesor 40 mm densidad 20 Kg/m3, según solución del Listado de Soluciones Constructivas para Acondicionamiento Térmico código R100/PE.6.3.
Valor R100 = 104.
- Condensación Superficial e Intersticial Se adjuntan las planillas MINVU para el análisis de riesgo de condensación, según tipología, las cuales en todas las conclusiones indican que el riesgo de condensación superficial e intersticial ninguna tiene menos del 76% de la humedad relativa del ambiente interior.
- Infiltraciones de Aire (Para todas las tipologías) Se debe considerar las soluciones de fichas tipo del MINVU: HV, HP, HI1, HI2, HI3, HI4, HI5 y HI6, acondicionándolas a la materialidad de las viviendas.
En resumen, se considera: sellos elastoméricos, siliconas neutras y poliuretano inyectado, además de burlete inferior y tipo P en las puertas de acceso, y en ventanas, burlete de caucho perfil P y E.
- Ventilación (Para todas las tipologías)
a) Se debe considera ventilaciones pasivas regulables de muro en cada recinto (estar-comedor y dormitorios), según informe de calidad de aire interior.
La ventilación pasiva debe considerar un filtro de material particulado MP 2.5 85% de eficiencia. Ducto de 100x150 mm de largo, celosía de 150x150 mm, capacidad 9.0 l/s.
Estas ventilaciones deben ser de fábrica, no hechas in situ, como tipo Jonas o equivalente, y deben ser 1 por recinto como mínimo.
b) Se debe considera un extractor de aire en baño y otro en cocina, de capacidad 99 m³/h con control de higrostato.
En ambos casos, la altura de la ventilación es de 1.8 mt medidos del NPT, y a 0.30 mt. de distancia del muro más cercano.
De acuerdo con esto a continuación se adjuntan extracto de las acreditaciones correspondiente a las viviendas del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Especificaciones Actividades y Acciones Constructivas Departamento (edificio)
• Obra Gruesa.
Se considera rellenos hasta alcanzar estrato H-3. Estos rellenos son de hormigón G-5-10. Los cimientos son de hormigón G-25-10 el recubrimiento de fundaciones es de 5cm.
Los sobrecimientos son de hormigón G-25-10 con recubrimiento de 3cm. Las Vigas, pilares y losas de entrepiso son de hormigón armado. El hormigón es G- 25-10.
Los recubrimientos de losas son de 1,5cm y los de vigas, pilares y muros son de 2cm. Los moldajes son lisos, de madera de pino insigne, terciado o moldaje metálico.
Todos los muros son de hormigón, con aditivo impermeabilizante hidrófugo, dosificado por un laboratorio autorizado. Son de acuerdo con lo determinado por el Proyecto de cálculo, el espesor del muro 14cms.
Las enfierraduras quedarán definidas por el Proyecto de cálculo estructural, Las cuantías deben quedar indicadas por el calculista en la memoria de cálculo, justificando detalladamente las hipótesis de diseño, las que deben ser evaluadas y aprobadas por SERVIU, el Proyecto de cálculo se realiza en base a las normas oficiales de diseño vigentes en el país, no obstante, debe respetar lo indicado a continuación.
Se considera la enfierradura según plano de cálculo respectivo, se utiliza acero grado A 63-42H con resaltes.
La techumbre considera cerchas de madera impregnada (NCH819-IPV CCA) pino insigne, Humedad máxima de 18% y grado estructural G1., Las cerchas son fabricadas en serie y con uniones tipo Simpson o equivalente. Las costaneras se consideran pino 2x2”.
• Terminaciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
El pavimento del departamento hormigón afinado (losa), salvo en cocina y baños, ya que se considera cerámica como terminación de pavimentos.
Las puertas se consideran exteriores e interiores. Las exteriores son 2 puertas; una en la entrada principal y la otra en salida a patio desde la cocina.
Las puertas interiores se debe considerar una puerta para cada recinto conformado Todas las puertas interiores son de MDF de 45 mm de espesor y de una altura mínima de 2 m.
Las ventanas del Proyecto se consideran de tipología Termopanel DVH 9.5mm en la mayoría de las ventanas. Algunas ventanas, dependiendo del informe PDA, son con vidrio monolítico.
Revestimiento de muros exteriores se aplica sobre la parte exterior de los muros perimetrales. Se considera la instalación de Eifs 40 mm este llegara hasta el hombro de la fundación. Sobre la cara exterior del muro de hormigón se adosará sistema EIFS consistente en la aplicación de poliestireno expandido de densidad 20kg/m3, adherido al hormigón con adhesivo.
Sobre la losa de 4To piso, se considera la colocación de Lana de Vidrio de 120mm espesor cuya densidad sea de 11 kg/m3 o similar.
La cubierta está conformada por planchas de zincalum ondular estándar de 0,4mm espesor y una cumbrera tipo C de 100 x 50 x 0,4mm.
Las canaletas de aguas lluvias, deben ser de PVC, según indicaciones del proyectista y garantizar la impermeabilidad y estanqueidad de las aguas a conducir.
Todos los elementos que consideran pintura deben aplicar un mínimo de dos manos, de acuerdo a indicaciones del fabricante. De cualquier forma, las superficies a pintar deben presentar un acabado perfectamente uniforme.
Cubierta zinc acanalado 0.4mm de espesor.
• Instalaciones.
- Sanitario
Los proyectistas y constructores de instalaciones domiciliarias, incluyendo arranques, conexiones y empalmes deben ser los profesionales autorizados por el RIDAA o la normativa que lo reemplace.
El Proyecto cuenta con factibilidad para el total de viviendas, equipamiento, áreas verdes y servicios incluidos en el Proyecto.
- Agua Potable
El Proyecto debe considerar la red pública de abastecimiento desde el punto de empalme establecido en la factibilidad hasta los arranques domiciliarios contemplando el medidor, incluidos los arranques necesarios para riego de áreas verdes y otros requerimientos incluidos en el Proyecto.
Las redes interiores de agua potable son de PP PN 10 para agua fría y PPPN 16 para agua caliente. Que va desde 16mm a 32mm, dependiendo del artefacto a conectar.
Para este proceso se especifica un equipo de presurización conformado por cuatro bombas, en una configuración 3+1. El equipo definido debe elevar el Caudal de Diseño a la presión requerida, proponiéndose para ello el siguiente equipo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Bomba marca Pedrollo Modelo CP230A de motores eléctricos 7.5HP, 230 volts y 2900 rpm, hz.
Pueden utilizarse equipos alternativos al propuesto, pero que presenten características hidráulicas similares.
Fuente: VER Tabla 14 del Adenda Complementaria
Se proyecta planta elevadora de agua potable para dotar de la presión y el caudal requerido por el conjunto en cuestión, el cual tiene un gasto máximo probable de 713lts/min. Altura piezométrica 26.68m.
Está diseñada su ejecución de hormigón armado G-25-10.
Es una planta con 2 estanques de hormigón armado de 14 m3, con un volumen total de 28m3; 3 bombas y más una de reserva de 7,5 HP., para el condominio.
Vida útil de los estanques: Considerando una buena mantención de acuerdo con lo indicado en letra “d” de este mismo punto, se proyecta una vida útil mayor a 100 años de los elementos de Hormigón armado.
Las bombas Pedrollo Modelo CP230A consideran una garantía de 2 años, de acuerdo a manual del fabricante.
Suministro de energía para la o las bombas impulsoras: Para el suministro de energía se considera alimentación vía empalme AR-48 60ª- 41KW con TDA SB1 P=25.3KW AL SB1 potencia S/FD 25,4 y C/DF15,9, potencia general 3*63ª – 10 KA.
Mantención: Para una correcta mantención, se debe realizar la sanitización y mantención de los estanques de agua al menos 2 veces al año.
Se debe desinfectar o sanitizar cada 6 meses el estanque.
Las inspecciones al estanque y sus componentes deben realizarse mínimo cada 3 meses.
Estas indicaciones deben ir dentro del manual de la vivienda que se debe entregar a los propietarios. De igual manera debe ir indicado en el reglamento de copropiedad inmobiliaria.
- Alcantarillado
Trazado de acuerdo a Proyecto de arquitectura y debe contemplar descarga para cada artefacto a instalar, incluida la lavadora.
Se debe considerar una a cámara domiciliaria al interior del inmueble, conforme a la norma chilena NCh2592, a una distancia no mayor de 1m de la línea oficial de cierro y en lugar accesible. Se debe colocar una cámara de inspección en la confluencia de los ramales y cambios de dirección o pendiente de los mismos, en la planta baja. En el punto más alto de la red de alcantarillado domiciliario se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
establecerá una tubería de ventilación principal, de diámetro nominal no inferior a 75mm. Las cámaras de inspección domiciliarias se ubican en patios o sitios completamente ventilados. Si se ubicaran en el interior de la vivienda, tienen doble tapa u otra solución, que impida la salida de los gases.
Las ventilaciones de PVC sin filtro UV, al exterior, deben pintarse y/o protegerse de la radiación solar.
Las redes de alcantarillado son de PVC T-II de diámetro entre 50 y 110mm, dependiendo del artefacto a conectar.
La cámara de inspección pueden ser del tipo prefabricado circular cuando no exceda de 1.50m. de profundidad. Las uniones domiciliarias correspondientes son en tubería de PVC tipo sanitario o de cemento comprimido, de diámetro necesario para la evacuación de las aguas servidas.
- Artefactos Sanitarios -
Todos los artefactos irán sellados con silicona fungicida a sus respectivos muros de adosamiento.
La instalación de los artefactos debe hacerse centrada al eje indicado en los:
Inodoro: La taza debe ser enlozada, con tapa y el estanque debe ser enlozado asentado sobre taza, también se pueden utilizar inodoro de una pieza. Su consumo debe estar entre los 6 y los 4,8 litros con descarga diferida, se considera estanque máximo de 7 litros por descarga.
Lavamanos: Considera lavamanos, el que debe ser enlozado con pedestal del mismo material con capacidad de 5.0 lts.
No se aceptan soluciones con atriles metálicos ni de madera.
El lavamanos debe ubicarse por sobre una altura libre de 0.70m medida desde el nivel de piso terminado. Debe contar con grifería eficiente monomando, que garantice un consumo menor a 10 l/min con aireador eficiente (ref. NCh 3203).
Tina: En el baño irá Tina de 1.10mts de largo por 0.80mts de ancho de acero enlozado. En caso de considerar adultos mayores y /o Discapacitado sensorial se puede solicitar previamente a la construcción que tina sea cambiada por ducha hecha in situ solo en primer piso.
Lavaplatos: La cubierta del lavaplatos es de 80cm de acero estampado inoxidable con un secador y una cubeta, montado sobre mueble base de placa melanina de 80x50 cms. Debe contar con dos puertas abatibles donde se debe montar la cubierta del lavaplatos.
Lavadero: Se considera lavadero de plástico de 15 lts, modelo Astra de Fanalosa o similar.
Lavadora: Para la lavadora se debe dejar instaladas 2 llaves 1/2" x 3/4", hilo exterior, una para agua caliente y la otra para agua fría. Debe contar con descarga propia mínima de 5 cm, a la red de alcantarillado en el lugar donde se ubique este artefacto (). Debe contar con conexión a la red de agua potable (fría y caliente) y descarga propia a la red de alcantarillado en el lugar donde se ubique el artefacto. El tubo de descarga de la lavadora debe tener una altura mínima de 90cm sobre el NPT. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Ventilación: Se considera ventilación pasiva según informe de calidad de aire interior. La ventilación pasiva debe considerar un filtro de material particulado MP 2.5 – 85% de eficiencia. Estas ventilaciones deben ser de fábrica, no hechas in situ, como tipo Jonas o equivalente, y deben ser 1 por recinto como mínimo.
Calefón: Se considera a GLP capacidad 7 lts.
• Electricidad
Para todos los efectos de esta especificación prevalecerá lo señalado en el Proyecto eléctrico. Como referencia se debe considerar lo siguiente.
Según disposiciones generales de la SEC y la empresa distribuidora eléctrica.
Se considera como alimentador el conducto eléctrico, entre el medidor eléctrico y el tablero en adelante TDA, la sección mínima según normativa SEC tanto para F y N (Fase y Neutro), este debe tener una pérdida de tensión (caída de voltaje) menor al 3% del Vn (voltaje Nominal) 220V.
Se debe considerar como mínimo un enchufe doble por recinto y dos en el dormitorio principal.
En la cocina además del enchufe doble por recinto, debe haber como mínimo tres enchufes simples de fuerza 10/16 A para el refrigerador, la lavadora y otro para uso general., se debe instalar 1 enchufe simple de 10 Amperes para el refrigerador. Todos estos enchufes deben estar ubicados de acuerdo con la distribución de artefacto, muebles, tabiques, gabinetes, etc.
1 enchufe de fuerza simple (10/16 A bipaso) para recinto donde se ubica la lavadora (baño, cocina o logia, según corresponda).
Para cada uno de los siguientes recintos: estar, comedor, cocina, pasillos, escaleras, baño y dormitorios, se debe instalar 1 centro de iluminación, con portalámparas de base recta, que soporte al menos 100w y que se fije directamente a las grafetas metálicas de la caja de distribución (de ninguna manera deben quedar colgando, soportado por el mismo conductor).
En el baño debe ser a prueba de salpicaduras, de acuerdo con exigencias SEC.
Dos centros de iluminación exterior a prueba de salpicaduras de agua (IP 44), uno sobre la puerta de acceso y otro sobre la puerta de cocina al exterior o en logia, según sea el caso. El interruptor del baño debe ser instalado al exterior de este recinto.
Los interruptores y enchufes deben ubicarse en los accesos a los recintos, no deben instalarse detrás de puertas ni de muebles.
Los interruptores y enchufes deben instalarse entre una altura mínima de 0,40m y una máxima de 1,20m, desde nivel de piso terminado.
Los interruptores deben ser de 10 Amp Como mínimo.
Los circuitos de iluminación y enchufes deben estar protegidos por un interruptor diferencial.
No pueden instalarse interruptores que se accionen a través del giro o del movimiento de los dedos.
No se permite el uso de unidades interruptor-enchufe.
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Todos los aparatos y artefactos ya sean con conexión a borne con tornillo, prensa o conexión automática, debe cumplir requisitos exigidos por la SEC.
Los enchufes que se instalen al exterior de la vivienda deben contar con tapas de protección IP 55.
Toda caja de distribución que se utilice sólo para derivación en los muros debe contar con tapa ciega montada con soporte.
Para el caso de viviendas de 2 o más pisos, en la escalera se deben considerar dos interruptores: uno al inicio y otro fin escalera.
La tubería a utilizar es en tubería plástica tipo conduit aprobada por los servicios respectivos.
El alambrado es de cobre de 1.5mm2 tipo NYA para circuito de alumbrado y de 2.5mm2 tipo NYA para circuito de enchufes.
• Gas
La solución que se utilice debe ajustarse a todas las normativas que le sean aplicables y debe cubrir el consumo y para lavamanos, lavaplatos, tina y lavadora.
La llave de paso de gas debe ubicarse en una zona de alcance rápido y fácil, nunca detrás del mobiliario y a una altura mínima de 0,90m y máxima de 1,20m.
Se considera red de GLP y la instalación de un calefón de 7 lts.
El Proyecto y la instalación se elaborarán por un profesional autorizado SEC y se desarrollan según la reglamentación vigente (D.S. N°66/2007, D.S. N°20/2008, D.S. N°29/1986, Res N° 1250/2009 M. Economía, RE N° 2076/2009 SEC).
Los documentos técnicos del Proyecto de la Instalación Interior de Gas, entre otros, planos, especificaciones técnicas, deben ser firmados por el Instalador de Gas, que hubiere elaborado tal Proyecto. El formato del plano debe cumplir con la Tabla 1 - Formatos serie normal, A; de la Norma Oficial Chilena NCh13.
Se debe ejecutar la red completa de gas domiciliario, incluyendo la red y artefacto calefón, la conexión del artefacto de cocina, además de las instalaciones asociadas al Proyecto (nichos, ventilaciones, etc.)
Artefacto Calefón debe estar certificado por la SEC y de acuerdo con tipo de gas, licuado o natural.
Su capacidad mínima debe ser de 7 Lts. En caso de ir al exterior, debe considerar gabinete metálico de protección. Su ubicación e instalación de acuerdo a reglamentación SEC D.S. N°66/2007 Su instalación de realiza de acuerdo a las indicaciones del fabricante. Los ductos para evaluación de gases de acuerdo con lo exigido por el D.S. N°66/2007.
La llave de paso de gas debe ubicarse en una zona de alcance rápido y fácil, nunca detrás del mobiliario y a una altura mínima de 0,90 m y máxima de 1,20 m.
Red de gas asociada, sólo cuando la solución de agua caliente considera calefón de acuerdo a lo establecido a continuación:
La red en caso de viviendas unifamiliares, va desde cilindros GLP, dispuestos en nichos hasta los puntos de consumo, cocina y calefón.
Toda la red en cañería de cobre sin costura tipo L, con accesorios de bronce o cobre unidos con soldadura fuerte. Para la cocina se dejará el arranque equipado Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
con su correspondiente válvula de paso sellada con tapa tornillo o sellada con un terminal de tubo expandido con tapagorro fijado con soldadura normal.
Gabinete equipo GLP con capacidad para 2 cilindros de Gas licuado, ubicado de acuerdo con la normativa vigente, con radier de hormigón en caso de estar al exterior.
Se exige sello verde.
• Recepción de Obras.
Una Vez finalizadas las obras del Proyecto se realizan las certificaciones en los servicios. Se dará aviso a la Dirección de Obras de la I.M. de Rancagua, por medio del Certificado de Recepción de Obras, en el cual se deben adjuntar Informe del constructor o de la empresa o profesional distinto del constructor, según corresponda, en que se detallen las medidas de gestión y de control de calidad adoptadas durante la obra y la certificación de su cumplimiento. En dicho informe deben incluirse las exigencias señaladas en el artículo 5.8.3. Además, se deben adjuntar todos los certificados correspondientes, ensayos, libro de obra y otros documentos solicitados en este proceso según lo indicado en la OGUC.
• Escalera zona común.
La escalera de edificio es de estructura metálica y tiene dos limones con perfiles C250x50x4 a 110 cm de separación y peldaños 2CA150x50x15x2 rellenos con hormigón G-20-10.
La escalera es de estructura metálica y tiene 5 balaustros con perfiles Cj40x40x3 a 91cm de separación y 95 cm de altura, más un pasamanos con Cj40x40x3 de 424 cm de longitud.
Para la escalera se considera Revestimiento intumescente Chilcorrofin Cerefire X- 200 o equivalente. Base solvente, desarrollado para la protección del acero expuesto directo al fuego, retardando el colapso de las estructuras. El producto protege para factores desde F-15 hasta F-90, dependiendo de la masividad de la estructura.
Número de Viviendas según Tipo y Localización actualizada
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Fuente: VER Tabla 41 del Adenda Complementaria
En Anexo ADC12:Kmz del Proyecto se presenta la ubicación de las Partes del Proyecto Habitacional Don Hernán formato kmz y que representa cada uno de los tres conjuntos habitacionales y sus viviendas que forman parte del Proyecto Inmobiliario Don Hernán.
Del mismo modo, para complementar la información en Anexo ADC33: Planimetría y Figuras del Proyecto se incorporan los planos y figuras en la escala solicitada para presentar esta información, ambos del Adenda Complementaria.
22 El Archivo de Gran Tamaño correspondiente 3. Anexo ADC3 Planimetría y Figuras de Proyecto.zip, 8. Anexo ADC8 Informe de Impacto Vial.zip, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria_final.zip, y, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria.zip; cuyo 2ce6992e953e4b8d1df24565fd9444e782a3fbfa2f622e360a5965a40e7f3e2d es link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/10/30/2160414768/Habitacional_Don_Hernan.rar Código
33 El Archivo de Gran Tamaño correspondiente 3. Anexo ADC3 Planimetría y Figuras de Proyecto.zip, 8. Anexo ADC8 Informe de Impacto Vial.zip, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria_final.zip, y, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria.zip; cuyo 2ce6992e953e4b8d1df24565fd9444e782a3fbfa2f622e360a5965a40e7f3e2d es link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/10/30/2160414768/Habitacional_Don_Hernan.rar Código
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Fuente: VER Tabla 28 del Adenda Complementaria
Fuente: VER Tabla 29 y 30 del Adenda Complementaria
El Titular señala que las viviendas cumplen con acreditaciones de resistencia térmica, acústica y de resistencia al fuego. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Edificación con Destino Equipamiento
Fuente: VER Tabla 47 del Adenda
Superficies y Características Constructivas de las Partes y Obras del Proyecto
Fuente: VER Tabla 20 del Adenda
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Fuente: VER Tabla 20 del Adenda
Unidades Habitacionales, Estacionamientos y Superficie Total del Proyecto En la siguiente tabla presenta los valores rectificados del número total de unidades habitacionales, estacionamientos y superficie que contempla el Proyecto:
Fuente: VER Tabla 21 del Adenda
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Bodega General de Insumos
Fuente: VER Tabla 23 del Adenda
Bodega de Residuos Peligrosos
Fuente: VER Tabla 24 del Adenda
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Sitio de Almacenamiento de Residuos No Peligrosos
Fuente: VER Tabla 25 del Adenda
Instalaciones para el Almacenamiento de Sustancias Peligrosas
Fuente: VER Tabla 25 del Adenda
Conjuntos Habitacionales y obras permanentes por construir
Fuente: VER Tabla 30 del Adenda
Fuente: VER Tabla 31 del Adenda
Escarpe o Extracción de la Capa Vegetal del Suelo
Fuente: VER Tabla 33 del Adenda Complementaria
En Anexo ADC3 Planimetría y Figuras del Proyecto, del Adenda Complementaria; se presenta la ubicación georreferenciada para las áreas donde es necesario realizar la compactación, considerando a lo menos 4 vértices de los polígonos o trazado de intervención, en proyección WGS 84 Datum 19 Huso S, y su localización respecto de los tres conjuntos habitacionales
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Movimientos de Tierra
Fuente: VER Tabla 50 del Adenda
Del mismo modo, para mayor abundamiento de información en Anexo ADC4 Archivos Vectoriales y Planillas Excel, se presenta el detalle de movimiento de tierra para cada obra, del Adenda Complementaria.
Nivelación de Terreno
Fuente: VER Tabla 34 del Adenda Complementaria
Fuente: VER Tabla 35 del Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fuente: VER Tabla 35 del Adenda Complementaria
Fuente: VER Tabla 36 del Adenda Complementaria
Fuente: VER Tabla 37 del Adenda Complementaria
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Complementariamente se señala que en Anexo ADC4: Archivos Vectoriales y Planillas Excel del Proyecto del Adenda Complementaria, se presenta la información de detalle asociada a la ubicación de todas las obras asociadas a la actividad de nivelación.
Compactación de Suelo La compactación de los rellenos se realiza de forma uniforme, ejecutado por capas y cumplir con las exigencias indicadas en la mecánica de suelos para la subrasante.
La compactación se realiza hasta obtener una densidad mayor o igual al 95% de la D.M.C.S. del Proctor Modificado, (NCh 1534/2), o al 80% de la densidad relativa, (NCh 1726), según corresponda.
Se usará como espesor máximo de la capa compactada: 0,15 m para suelos finos (arcillalimo); 0,20 m para finos con granulares y 0,30 m para suelos granulares.
Rellenos Generales.
Se denomina "relleno estructural" a aquel relleno controlado sobre el que se proyecta apoyar estructuras definitivas como es el caso de pavimentos. Debe ser un relleno estable, no sujeto a deformaciones de importancia durante su uso.
El relleno no estructural es el que se utiliza en áreas verdes o similares, sin requerimiento estructural alguno.
En los sectores donde se proyecta efectuar este tipo de relleno estructural, se extrae el material que conforma el horizonte H-1 de capa vegetal. Todo lo anterior hasta apoyarse sobre el suelo fino de color café y café claro que se ha definido como horizonte H-2. Escarpe estimado 0,3 m de espesor.
Luego se revisa el sello de la excavación y se retirará localmente todo bolsón de relleno artificial, suelo muy blando existente suelos agrietados o fisurados o arcilla de color negro.
Posteriormente se compactará hasta obtener una densidad seca no inferior al 95% del Proctor Modificado.
De existir suelos arcillosos saturados se reemplazan por una capa de material granular compactado y controlado.
Sobre el sello así tratado se procederá a colocar el relleno estructural, cuyas especificaciones son las siguientes: • El material por utilizar es grava arenosa o arena limosa y grava, limpias, con 3½" de tamaño máximo y no más de 15% bajo malla ASTM N°200. En caso de utilizarse pomacita el contenido de finos pueden llegar a 30%. • Se humedecerá y coloca por capas de 0,25 m de espesor suelto, compactando cada capa con rodillo liso vibrante hasta obtener una densidad seca no menor al 95% del Proctor Modificado o una densidad relativa no menor al 80%. • El relleno debe tener un sobreancho respecto al borde de las estructuras igual a la mitad de su espesor más 0,7 m. • Tanto el material como la compactación d ser controlados por un laboratorio de mecánica de suelos, el que certificará la compactación alcanzada cada 250 m² de superficie en cada capa, con un mínimo de 2 densidades por capa.
Finalmente, el relleno estructural alcanzará el nivel de subrasante en el caso de pavimentos y radiares.
Por otra parte, respecto a los rellenos no estructurales, dado que no tienen exigencia alguna, se utiliza en su colocación el material proveniente de las excavaciones.
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En las Zonas de Áreas Verdes se utiliza el suelo vegetal extraído de las excavaciones generales.
Cerco Perimetral Previo al inicio de obras se instala un cierre perimetral de 4,8m de altura, el cual esta conformado por una placa de OSB de 15mm o material equivalente técnico de densidad superficial igual o superior a 10kg/m².
En su cara interior, el panel incorpora lana de vidrio o mineral de 50mm de espesor con una protección ante el desprendimiento. Irá montado entre pilares metálicos de 75x75mm, los cuales irán con un poyo de hormigón de 60x60x80cm.
Para las áreas donde es necesario realizar el cierre perimetral, considerando a lo menos 4 vértices de los polígonos o trazado de intervención, en proyección WGS 84 Datum 19 Huso S, y su localización respecto de los tres conjuntos habitacionales.
No obstante, lo señalado con anterioridad en la siguiente tabla se presentan los vértices del de Cierro de la Obra:
Fuente: VER Tabla 51 del Adenda
La longitud del cierre perimetral es de 1043m.
Cierre de las Instalaciones Una vez finalizada la Fase de Construcción del Proyecto, se realiza el desmantelamiento de todas las instalaciones de faena. Complementariamente se retirarán todo tipo de equipamiento, mobiliario y maquinarias, para posteriormente realizar trabajos de limpieza.
Aplicación de Supresor de Polvo En Anexo ADC5: Plan de Supresión de Polvo del Proyecto del Adenda Complementaria.
No obstante, lo anterior el Titular detalla que esta actividad proporcionara supresión de polvo mediante el sellado de superficies, específicamente a través de la aplicación de Bischofita, de forma tal de sellar la superficie de los caminos para reducir la generación de polvo, lo que se realizara en. el sector correspondiente al camino interior de la obra no pavimentado y en los trabajos que existiera movimiento de tierra en la Fase de Construcción de Proyecto Habitacional “Don Hernán”.
Al respecto se señala que en los caminos internos de la faena se implementa un riego con bischofita u otro aditivo similar en dichos caminos, la bischofita es preparada y aplicada a través de camión aljibe, aplicando dosis aproximada de 0,3 ton/m³ cada 2 semanas.
La mantención de estos caminos considera una frecuencia mensual para el perfilado (trabajos para mantener en condiciones de transitabilidad adecuada la plataforma del camino), un recebo cada 2 meses (trabajos para reconformar la plataforma a una condición lo más parecida en cuanto a dimensiones y características a las consideradas en el diseño, para lo cual se considera adicionar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
material para reemplazar el que se hubiera perdido) y riego con solución de bischofita cada 2 semanas, a fin de evitar principalmente el desgaste de la carpeta.
La zona donde se aplica esta solución es en caminos temporales interiores, de acuerdo con lo indicado en figura presentada a continuación. Los cuales tienen una longitud de 200m y un ancho de 12m.
Para más información, a continuación, se indica el procedimiento de aplicación de la Bischofita.
• Preparación de la Salmuera Se mezcla el material sólido con agua en estanque debidamente acondicionado para estos efectos, a fin de obtener una buena disolución de la sal, para conseguir una solución homogénea y saturada.
La concentración de diseño de la salmuera corresponde a 3% del peso seco del suelo granular. La salmuera debe preparase de la siguiente manera:
DOSIFICACIÓN: Para el control de la dosificación se requiere instalar una cancha de preparación de la salmuera, para ello, se requiere inicialmente la instalación del buzón de descarga para dosificar la Bischofita por cada camión. En cuanto a la dosificación del agua se recomienda usar un Fluxómetro.
La razón de disolución de la Bischofita es: Dosis: 1.5Kg (Sal)/ 1Lt Agua.
DISOLUCIÓN: Se debe generar un sistema de recirculación del agua en la piscina de preparación mediante el uso de bombas o motobombas.
Se debe en cada momento controlar la dosificación.
Se recomienda utilizar un volumen similar a la capacidad del camión aljibe a utilizar, para la piscina de preparación.
CARGA Y CONTROL: Se debe generar un sistema de recirculación del agua en la piscina de preparación mediante el uso de bombas o motobombas.
Se debe en cada momento controlar la dosificación.
APLICACIÓN: Se procederá a aplicar la salmuera en los cordones de suelo preparado para humectar, a razón de 3 kg /m2, o bien 1.17 Lt/m2 de salmuera.
La velocidad del camión aplicador, corresponde a v< 25 km/hr.
De acuerdo con lo anterior, para verificación de la concentración de Cloruro de Magnesio Hexahidratado, se realiza un ensaye de %SST, cuyo resultado debe arrojar una concentración de sales > a 4%.
MEZCLADO, COLOCACION, COMPACTACION Y TERMINACION:
El material debe ser acordonado y mezclado en la cantidad necesaria para obtener el espesor y ancho requerido.
La operación de mezclado debe repetirse las veces que sean necesarios para obtener la correcta homogeneización.
La humedad óptima de compactación se obtiene mediante la aplicación de riegos de salmuera hasta completar la dosis de sales calculada (Humedad Optima 7,5%).
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En caso de que la dosis de sales haya sido aplicada en su totalidad y no se hubiese alcanzado la humedad óptima de compactación, se debe agregar solo agua hasta obtener dicha humedad.
A continuación, el material es distribuido uniformemente, para luego ser compactado.
La compactación del material de recebo debe alcanzar en todo su espesor.
Fuente: VER Figura N°1 del Adenda Complementaria.
Como medio de verificación, durante toda la Fase de Construcción se cuenta con una ficha de registro de aplicación de Bischofita realizada, la cual completa el operador del camión, cada vez que la realice. Al mismo tiempo, se lleva un registro fotográfico que da cuenta de la implementación de la medida y que es plasmado en informe mensual de medio ambiente.
A continuación, en la siguiente Tabla, se presenta Programa de Aplicación de Bischofita:
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Fuente: VER Tabla 9 del Adenda Complementaria.
Suministros Básicos Agua Potable:
El Proyecto requiere de agua potable para abastecer una dotación máxima de 180 trabajadores, en donde cada frente de trabajo cuenta con puntos de sombra con dispensadores de agua potable envasada en bidones de 20 litros y botellas individuales a libre requerimiento, insumos que son provistos por una empresa autorizada, cumpliendo así con la regulación sanitaria vigente a partir del D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL.
Energía Eléctrica:
Durante la Fase de Construcción, la energía eléctrica se obtiene a través de un generador de 30 kW, hasta contar con empalme provisorio contratado a la Compañía General de Electricidad (CGE) y posteriormente obtener el Certificado de Factibilidad otorgado por la empresa señalada.
Sustancias Peligrosas:
El Proyecto utiliza sustancias peligrosas únicamente en la Fase de Construcción tales como pinturas, adhesivos y solventes. Al respecto se señala que solo se utilizan proveedores autorizados y en todo momento se mantienen los comprobantes asociados a cada producto.
Vehículos y Maquinaria:
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Fuente: VER Tabla 22 del Adenda
A continuación, se declara la temporalidad de uso horas/día, horas/mes, la identificación de la actividad o acción en la Fase de Construcción que es utilizada y forma de abastecimiento de combustible según su frecuencia de uso:
Fuente: VER Tabla 29 del Adenda
Fuente: VER Tabla 63 del Adenda
Áridos:
Los áridos que se utilizan en la faena son adquiridos a proveedores que cuenten con autorización vigente. Este material que se ocupa en las obras de construcción de las viviendas y urbanización en general.
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Hormigón:
El Proyecto no considera este tipo de instalaciones.
El hormigón requerido se provee a través de camiones mixer de empresas autorizadas presentes en la zona.
Materiales de Construcción:
Los materiales de construcción tañes como: cemento, ladrillos, madera, fierros, material aislante, techumbres, etc., se obtienen de proveedores cercanos a la instalación de faena. Este tipo de materiales se utilizan en la construcción de las viviendas.
Servicios Higiénicos:
Durante la Fase de Construcción se cuenta con servicios sanitarios móviles (baños químicos y contenedor de baños y duchas, conectados a fosa séptica, hasta obtención de un empalme provisorio autorizado la empresa sanitaria ESSBIO.
Estos baños químicos y contenedor de baños y duchas se disponen en la instalación de faenas del Proyecto, y cumplen con lo establecido en el Decreto N°594/1999 del Ministerio de Salud.
Los residuos líquidos de los servicios sanitarios móviles son retirados y dispuestos, por una empresa autorizada de la comuna.
Al respecto se señala, que se mantiene un registro y seguimiento periódico de la disposición final de los residuos generados, para evitar cualquier falta a la legislación vigente en esta materia. Estos baños son provistos por una empresa autorizada para la entrega, limpieza, y/o recambio y manejo de las aguas servidas generadas.
Las obras finales que sanearán las aguas servidas y servicios higiénicos de las viviendas son ejecutadas según Proyecto sanitario aprobado por la empresa sanitaria competente en el sector (ESSBIO) y aprobado de acuerdo con las condiciones técnicas indicadas en la factibilidad sanitaria emitida por la misma empresa.
Alimentación:
Cada trabajador trae su alimento a la faena, para lo cual se cuenta con un comedor habilitado, este cuenta con el mobiliario y equipamiento necesario para esta función.
Transporte:
El personal que trabaje durante las faenas de construcción se moviliza hacia la faena, y viceversa, mediante movilización propia o mediante movilización pública.
Recursos naturales renovables Movimiento de Tierra:
Para el desarrollo del Proyecto se requiere la remoción de suelo y posterior acondicionamiento del terreno para poder construir las unidades habitacionales.
El volumen de material se presenta en la tabla a continuación:
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Emisiones y Efluentes
Emisiones a la Atmósfera
Según se presenta de manera actualizada en Informe de Estimación de Emisiones a la Atmosfera en Archivo de Gran Tamaño correspondiente 3. Anexo ADC3 Planimetría y Figuras de Proyecto.zip, 8. Anexo ADC8 Informe de Impacto Vial.zip, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria_final.zip, y, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria.zip; cuyo 2ce6992e953e4b8d1df24565fd9444e782a3fbfa2f622e360a5965a40e7f3e2d es link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/10/30/2160414768/Habitacional_Don_Hernan.r ar Código., se declara que:
Se adjuntan las planillas: - Planilla Emisiones Construcción - Planilla Emisiones Operación
Se ha ampliado la estimación de emisiones desde los 5 compuestos con normativa de calidad del aire (PM10, PM2,5, NO2, CO y SO2) a un nuevo total de 9 compuestos, adicionándose PM, COVs, NO3 y CO2.
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Las emisiones de la tabla anterior corresponden al total a emitir durante los años 1 y 2 de duración de las obras.
Aguas Servidas En la siguiente tabla se presenta la generación de emisiones liquidas debido al uso de servicios higiénicos: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Lavado de Ruedas de Camiones En la siguiente tabla se presenta la generación de emisiones liquidas por la actividad de lavado de ruedas:
Emisiones de Ruido A continuación, se presenta los resultados de la evaluación de los niveles de inmisión en los puntos sensibles debido a fuentes fijas de la Fase de Construcción, en el escenario 1 de preparación de terreno.
Evaluación de los niveles de inmisión en los puntos sensibles debido a fuentes fijas durante la Fase de construcción.
Escenario 1 de Preparación del terreno en posición 1. Horario diurno.
Evaluación de los niveles de inmisión en los puntos sensibles debido a fuentes fijas durante la Fase de construcción.
Escenario 1 de Preparación del terreno en posición 2. Horario diurno
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Evaluación de los niveles de inmisión en los puntos sensibles debido a fuentes fijas durante la Fase de construcción.
Escenario 1 de Preparación del terreno en posición 4. Horario diurno
De acuerdo con el modelo de propagación sonora, la inmisión generada durante el escenario 1 de la Fase de construcción del Proyecto es inferior a los niveles normados en el D.S.38/11 del MMA, por lo tanto, se da cumplimiento a la exigencia de este Decreto Supremo en todos los receptores evaluados.
A continuación, se presenta los resultados de la evaluación de los niveles de inmisión en los puntos sensibles debido a fuentes fijas de la Fase de construcción, en el escenario 2, obra gruesa y terminaciones.
Evaluación de los niveles de inmisión en los puntos sensibles debido a fuentes fijas durante la Fase de Construcción.
Escenario 2 de obra gruesa y terminaciones en posición 1. Horario diurno
Evaluación de los niveles de inmisión en los puntos sensibles debido a fuentes fijas durante la Fase de Construcción.
Escenario 2 de Obra gruesa y terminaciones. Horario diurno
Evaluación de los niveles de inmisión en los puntos sensibles debido a fuentes fijas durante la Fase de construcción.
Escenario 2 de Obra gruesa y terminaciones en posición 3. Horario diurno Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Evaluación de los niveles de inmisión en los puntos sensibles debido a fuentes fijas durante la Fase de construcción.
Escenario 2 de Obra gruesa y terminaciones en posición 4. Horario diurno
De acuerdo con el modelo de propagación sonora, la inmisión generada durante el escenario 2 de la Fase de Construcción del Proyecto es inferior a los niveles normados en el D.S. N°38/11 del MMA, por lo tanto, se da cumplimiento a la exigencia en todos los receptores evaluados.
Según se presenta de manera actualizada en Informe de Estimación de Ruido en Archivo de Gran Tamaño correspondiente 3. Anexo ADC3 Planimetría y Figuras de Proyecto.zip, 8. Anexo ADC8 Informe de Impacto Vial.zip, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria_final.zip, y, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria.zip; cuyo 2ce6992e953e4b8d1df24565fd9444e782a3fbfa2f622e360a5965a40e7f3e2d es link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/10/30/2160414768/Habitacional_Don_Hernan.r ar Código., se declara que:
Para evaluar los niveles de ruido estimados del Proyecto en receptores, se deben considerar los límites máximos permisibles de acuerdo con los criterios de evaluación planteados.
En la siguiente tabla se indica la zonificación para cada receptor según el PRC de la comuna de Rancagua y su respectiva homologación y límites según D.S.38/11 del MMA:
Identificación puntos de Receptores
Para la determinación de los puntos sensibles se considera lo descrito por el D.S. N°38/11 del MMA como receptor a “toda persona que habite, resida o permanezca Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
en un recinto, ya sea un domicilio particular o en un lugar de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa”.
A continuación, se detalla la ubicación del Proyecto, los receptores identificados. Posteriormente se presenta un detalle indicando sus coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 19H), fotografías, distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto y una breve descripción.
En conjunto con los receptores originales del estudio se agregan más puntos receptores de forma de evaluar de mejor forma las emisiones del Proyecto en su entorno cercano.
En la siguiente se puede observar la ubicación de los receptores, las zonas que cada uno representan y la ubicación del área del Proyecto.
Ruido Fase de Construcción
A continuación, se presentan los resultados obtenidos de manera referencial de la modelación de la Fase de Construcción del Proyecto sin medidas de control.
Las emisiones en la Fase de Construcción se comparan con el límite diurno, ya que no se contemplan trabajos en horario nocturno.
Los niveles que se encuentren sobre los límites máximos se marcan con color rojo.
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Medidas de Control Ruido Incorporadas en la Modelación Cierres Perimetrales permanente
El Proyecto contempla implementar un cierre perimetral permanente de 6,0 [m] de altura en toda la Fase de Construcción del Proyecto. Este cierre perimetral tiene características de barrera acústica cuyo material cumple con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera son herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad.
La atenuación por difracción sonora de esta medida la calcula de manera interna el software usado para las modelaciones, aplicando la norma ISO 9613, no obstante, dicho procedimiento se puede resumir a través de la relación establecida por Maekawa:
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La barrera de 6m de altura en las inmediaciones del receptor R5 debe poseer un voladizo en 45º y 2,4m de extensión tal como se aprecia en la siguiente figura:
Las siguientes figuras detallan la ubicación y alturas de los cierres perimetrales que deben ser implementados durante toda la extensión de la Fase de Construcción del Proyecto.
Barreras acústicas modulares en losas avance
Durante las faenas de obra gruesa del Proyecto, se prevé que en las losas de avance (donde no existen vanos) se realicen trabajos o utilicen herramientas ruidosas. Es importante que estas pantallas cubran los sectores hacia donde se ubiquen los receptores, entendiéndose que estas deben estar lo más cerca posible del frente de trabajo y cubrir el frente de forma de evitar la dispersión de la energía sonora por las laterales de la pantalla modular.
Se implementa un semiencierro de cuatro caras, es de la misma naturaleza de los cierres perimetrales, es decir, poseer condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
material equivalente), y contar con material absorbente en su cara interna (lana mineral o fibra de vidrio, forrada con malla raschel para mantención).
Sus medidas son como mínimo de 2,4m de largo, 2,4 ancho y 2,4m de alto.
Se tiene particular atención de utilizarlas sobre todo cuando las zonas de trabajo estén cercanas a receptores.
Paneles Acústicos Modulares
En adición a lo anterior, se recomienda la utilización de los Paneles Acústicos Modulares de al menos 2,4 [m] de altura, construidos con material que cumpla con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente).
Al igual que las barreras perimetrales, las junturas de los paneles que conformen las barreras modulares deben ser herméticos, tanto entre ellos como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad, ya que esta medida de control tiene el objetivo de obstaculizar directamente las emisiones generadas en el foco de ruido, o el frente de trabajo, y su ubicación puede abarcar todo el frente de trabajo o bien, se puede ir desplazando a lo largo, en frente de cada uno de estos.
La siguiente figura muestra imágenes referenciales de barreras acústicas modulares, con las características mencionadas en párrafos anteriores, las cuales pueden ser desmontadas una vez finalizadas las actividades de construcción.
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Las dimensiones de cada barrera modular consideran tres (3) paneles de 1,5 [m] de largo, formando una especie de “biombo” acústico (tipo corchete).
Por otra parte, estas barreras modulares pueden estar compuestas por material de relleno, como lana de fibra de vidrio de 50 [mm] de espesor, de manera tal que se configure un panel más absorbente y que proporciona una mayor atenuación a cada frente de trabajo.
Es importante mencionar que estas barreras se pueden utilizar tanto a nivel de suelo, como también para los momentos en que se ejecuten actividades en pisos superiores o incluso sobre la losa superior (losa de avance) del edificio, ubicándolas cercanas a las actividades ruidosas obstaculizando directamente sus emisiones.
Se recomienda generar y mantener registro (con fotografías, fecha y georreferenciación) de cada implementación de estas barreras.
Cabe destacar que, para efectos de modelación con medidas de control, se mantiene la ubicación del frente de trabajo a nivel de suelo, y los receptores que correspondan se evalúan a la altura crítica, donde la barrera acústica pierde su efecto. Y, por otro lado, el frente de altura se extiende a toda la altura del edificio en construcción de manera de evaluar el escenario más desfavorable.
El esquema recién descrito se presenta mediante la siguiente figura: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Restricción de Maquinaria
Para las faenas de movimiento de tierra y obre gruesa y terminaciones se definen restricción de maquinaria de forma que opere un número acotado de maquinaria particularmente dentro de los 25m más cercanos a los deslindes.
Para la etapa de Movimiento de Tierra (Escenario 1) deben operar solo la retroexcavadora, camión aljibe y camión tolva en forma simultánea, por lo tanto, estas maquinarias no pueden trabajar en simultáneo con el cargador frontal, el rodillo compactador y el minicargador.
En las cercanías de R5 solo deben operar en simultáneo la Retroexcavadora y el camión Tolva.
En la siguiente figura se indica esta medida de control.
Para faenas de excavación, el camión mixer y la bomba de hormigón, no pueden operar en el área de restricción mencionado anteriormente. Por otra parte, en las cercanías del receptor R5, todo el corte de fierro realizado con esmeril angular o tronzadoras debe ser realizado en semiencierros.
En la siguiente figura se indica esta medida de control: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Medidas de Gestión
Si bien no se consideran en los cálculos para la evaluación normativa, adicionalmente el Proyecto contempla implementan algunas medidas de gestión durante la Fase de construcción, a cargo de personal capacitado para supervisar el cumplimiento de ellas, las cuales no son evaluables cuantitativamente, pero contribuyen principalmente a disminuir las posibles molestias a la comunidad. Éstas se indican a continuación:
• Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños. • Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización. • Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y máquinas de hormigonado durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido. • Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción tienen los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo y tienen sus mantenciones al día. • Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.
Ruido Fase de Construcción En las siguientes tablas se presenta la evaluación normativa para los distintos escenarios de modelación de los niveles de ruido obtenidos para para la Fase de Construcción del Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Vibraciones
Según se presenta de manera actualizada en Informe de Estimación de Ruido y Vibraciones en Archivo de Gran Tamaño correspondiente 3. Anexo ADC3 Planimetría y Figuras de Proyecto.zip, 8. Anexo ADC8 Informe de Impacto Vial.zip, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria_final.zip, y, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria.zip; cuyo 2ce6992e953e4b8d1df24565fd9444e782a3fbfa2f622e360a5965a40e7f3e2d es link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/10/30/2160414768/Habitacional_Don_Hernan.r ar Código., se declara que:
Para evaluar los niveles de vibración estimados del Proyecto en receptores, se consideraron los mismo identificados para ruido:
Identificación puntos de Receptores
Para la determinación de los puntos sensibles se considera lo descrito por el D.S. N°38/11 del MMA como receptor a “toda persona que habite, resida o permanezca en un recinto, ya sea un domicilio particular o en un lugar de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa”.
A continuación, se detalla la ubicación del Proyecto, los receptores identificados. Posteriormente se presenta un detalle indicando sus coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 19H), fotografías, distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto y una breve descripción.
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En conjunto con los receptores originales del estudio se agregan más puntos receptores de forma de evaluar de mejor forma las emisiones del Proyecto en su entorno cercano.
Para efectos del presente estudio, el criterio de daño se definió para la categoría de edificación III, con un máximo de referencia de 0,2 [pulgadas/s]. Por otra parte, para el criterio de molestia se definió con un máximo de referencia de Categoría 2 para los receptores que corresponden a viviendas, cuyo nivel máximo de vibraciones corresponde a 72 [VdB], mientras que para los receptores que corresponden a instituciones cuyo uso de suelo es prioritariamente diurno, la referencia es Categoría 3 con un nivel máximo de vibración de 75 [VdB]. Para ambos casos se considera una cantidad de eventos frecuentes4 y se evaluará exclusivamente en período diurno en un escenario bastante conservador en cada punto de evaluación. En la siguiente tabla se resume lo anteriormente descrito:
Estimación de Vibraciones
Para la estimación de vibraciones es considerado el escenario constructivo más desfavorable en términos de emisiones de vibraciones hacia los receptores del Proyecto evaluado, considerado las maquinarias que mayores emisiones de vibraciones producen, esto es rodillo compactador. En la tabla a continuación se muestra la menor distancia de cada punto receptor hacia el frente de trabajo más cercano del Proyecto y las Velocidades de Partículas (PPV) estimadas, considerando todos los evaluados. Los valores que se encuentren sobre los límites máximos se marcan con color rojo.
En el siguiente capítulo se exponen las medidas de control para las maquinarias que superan los niveles máximos según la norma de referencia.
4 Eventos frecuentes se refiere a más de 70 eventos de vibración ocasionado por la misma fuente en un día. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Medidas de Control de Vibraciones
Dado que los niveles de velocidad de vibración (Lv) estimados en receptores se encuentran sobre el criterio de evaluación de molestia, se deben tener las siguientes consideraciones como medidas de control.
El rodillo compactador debe operar a debe operar a más de 41m de cualquier de cualquier vivienda. Con lo anterior, se determinan las siguientes distancias de restricción. Dentro de estas áreas el rodillo pueden ser reemplazado por maquinaria de menores emisiones como, por ejemplo, una placa vibratoria.
En la siguiente figura se presenta las áreas de restricción donde no pueden operar la maquinaria mencionada:
Resumen Medidas de Control
En la siguiente tabla se indica un resumen de las medidas de control de vibraciones antes expuestas:
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Vibración Los valores de Velocidad Peak de vibración y nivel de vibración se evalúan según los criterios establecidos en la FTA:
Como se puede observar, con la implementación de la medida de control descrita, los niveles de vibración se encuentran por debajo de los límites establecidos en la normativa de referencia utilizada.
Análogamente se estimó la velocidad de vibración peak (PPV) y nivel de velocidad de vibración (Lv) asociados al Proyecto en receptores, bajo los escenarios más desfavorables donde se concluye que no se superan los límites establecidos en el criterio de referencia de la Federal Transit Administration (USA) adoptado, considerando un área de restricción aplicable al rodillo compactador de mantener 41 m de distanciamiento entre las obras y las edificaciones más cercanos y reemplazo por maquinaria con menor emisión o manuales dentro de dicha zona.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos No peligrosos Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD)
Durante la Fase de Construcción del Proyecto existirá la generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra.
Para el almacenamiento temporal de residuos se dispone de contenedores con ruedas y tapas herméticas, cada uno con capacidad de 360 litros, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente siendo distribuidos de manera uniforme dentro del terreno.
Los residuos son almacenados por un periodo máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal.
Para la estimación de los residuos sólidos domiciliarios, se considera como factor de generación per cápita 0,5 [kg/persona/día], considerando 260 días hábiles laborales en un año y 180 personas en obras de construcción (máximo), los resultados se presentan en la siguiente tabla:
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Residuos Sólidos No Peligrosos Los residuos sólidos no peligrosos generados por la construcción son almacenados temporalmente en un sitio de acopio de superficie de aproximadamente 300 m2, la cual cuenta con cierre perimetral.
Estos residuos son principalmente ladrillos, tejas, azulejos, armaduras de acero, perfiles y restos de madera, papeles y cartones, fierros, plásticos, sacos de cemento y cajas, entre otros residuos mezclados como escombros, tierras y piedras.
Respecto de los antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 140 del D.S. N°40/2012 del MMA (y sus modificaciones posteriores) se encuentran presentado de manera actualizada en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria. Al respecto algunos de los antecedentes que allí se presentan indican que:
Descripción y Planos del Sitio. A continuación, se entrega el detalle de los Residuos No Peligrosos que se generan en cada Fase del Proyecto:
Fase de Construcción: • Residuos Sólidos No Peligrosos generados por las obras de construcción, correspondientes a fracciones como hormigón, escombros, ladrillos, plásticos, materiales cerámicos, metales, madera, entre otros. • Residuos Sólidos Asimilables a domiciliarios (generados por los trabajadores).
Se aclara a la autoridad que el almacenamiento temporal de los residuos sólidos Domiciliarios se realiza en contenedores, con tapa y bolsas de basura. Estos residuos son retirados y transportados por el Servicio de Recolección Municipal.
Con relación al almacenamiento de los residuos industriales sólidos no peligrosos se pueden realizar directamente en el suelo compactado del patio de manera segregada y ordenada, o a través de bateas, contenedores o tolvas que son retiradas por empresas autorizadas para dichos fines.
Cabe señalar que el Titular procura la valorización de éstos mediante la posibilidad de reutilizar y/o reciclar, siempre y cuando sea factible, y bajo lo señalado en la Ley N°20.920 de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP).
El patio de salvataje es sin techumbre, tiene una base emparejada y compactada y mantiene un cierre perimetral de malla galvanizada tipo acmafor o similar con perfiles metálicos.
El acceso para el sitio de residuos sólidos domiciliarios es independiente.
Ambos sitios tienen un acceso de carácter restringido y debidamente señalizado, donde sólo pueden ingresar personal autorizado para almacenar o retirar residuos, el cual esta autorizado por el responsable del Proyecto.
A continuación, se entrega la ubicación del Patio de Salvataje al interior de la Instalación de Faenas (IIFF) del Proyecto durante la Fase de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Caracterización y Estimación de los Residuos
A continuación, se presenta la caracterización y estimación de los residuos sólidos no peligrosos generados en las Fases de construcción y operación del Proyecto. Respecto a la Fase de cierre se recuerda a la autoridad que ésta no sería considerada toda vez que corresponde a un Proyecto habitacional.
Residuos Fase de Construcción
Dentro de los residuos no peligrosos se contemplan aquellos que generan los trabajadores presentes en la obra y que son asimilables a residuos domiciliarios y aquellos generados producto de las obras de construcción y que corresponden a los residuos industriales como los restos de materiales de construcción principalmente.
Para la estimación de los Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD), se considera como factor de generación per cápita 0,5 [kg/persona/día], considerando 260 días hábiles laborales en un año y 180 personas en obras de construcción (máximo), por lo tanto, se obtuvieron los siguientes resultados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Para el almacenamiento temporal de residuos se dispone de contenedores con ruedas y tapas herméticas, cada uno con capacidad de 240 litros, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente siendo distribuidos de manera uniforme dentro del terreno. Los residuos son almacenados por un periodo máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal.
Los Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos (RISNP) corresponden principalmente a ladrillos, tejas, azulejos, armaduras de acero, perfiles y restos de madera, papeles y cartones, fierros, plásticos, sacos de cemento y cajas, entre otros residuos mezclados como escombros, tierras y piedras. La Tabla que se presenta a continuación entrega la estimación y características de los RISNP.
Los residuos industriales sólidos no peligrosos generados por la construcción son almacenados temporalmente en un sitio de acopio de superficie de aproximadamente 300 [m2], el cual cuenta con cierre perimetral y acceso restringido.
Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.
Para la Fase de construcción se mantiene al interior de la Instalación de Faenas un patio de salvataje que contiene los sitios de almacenamiento de residuos domésticos y residuos industriales no peligrosos, los que cuentan con las siguientes características:
• Superficie: tiene una superficie de 75 m2, con una capacidad máxima de 190 m3. • Techumbre: NO cuenta con una cubierta. • Base: Corresponde a una base emparejada y compactada. • Cierre Perimetral: Cuenta con cierre perimetral de malla galvanizada tipo acmafor o similar con una altura mayor de 2m y con perfiles metálicos. • Acceso: El acceso para ambos sitios, es mediante un portón metálico, con pilares metálicos y con malla galvanizada. Es de carácter restringido y debidamente señalizado, donde sólo pueden ingresar personal autorizado para almacenar o retirar residuos, el cual esta autorizado por el responsable del Proyecto.
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La figura que se presentan a continuación muestra la estructura referencial que presentará el patio de salvataje, el cual esta separado por zonas de residuos (RSD y RISNP).
Estructura referencial Patio de Salvataje.
Mayores antecedentes en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria.
Residuos Peligrosos Dentro de la Fase de construcción, se generan residuos peligrosos tales como envases de insumos de la obra gruesa y terminaciones, brochas y otros útiles de obra contaminados con productos peligrosos (restos de pintura, barnices, pegamentos, silicona, entre otros).
Estos son almacenados temporalmente en una bodega de residuos peligrosos para su posterior disposición final en un relleno sanitario autorizado.
Respecto de los antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 142 del D.S. N°40/2012 del MMA (y sus modificaciones posteriores) se encuentran presentado de manera actualizada en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria. Al respecto algunos de los antecedentes que allí se presentan indican que:
Descripción del Sitio del Almacenamiento.
TERRACON INGENIERIA LTDA. se encuentra desarrolla el Proyecto Habitacional “Don Hernán”, en adelante el Proyecto, el que contempla la construcción de 376 unidades habitacionales de categoría Decreto con Fuerza de Ley 2 (DFL2), perteneciente al programa “Fondo Solidario de Elección de Vivienda” (FSEV DS49), regido por el Decreto Supremo N°49/2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), las cuales corresponden a viviendas del tipo casas pareadas de 2 pisos y departamentos, que se concretarán en una superficie aproximada de 5,1 hectáreas.
La totalidad de las unidades habitacionales “Don Hernán”, se subdividen en 3: los Conjuntos Residenciales Baltazar Castro y Mi Esfuerzo con 147 y 149 casas respectivamente, y el condominio Doña Ema con 80 departamentos (5 edificios de 4 pisos). La construcción de estas unidades habitacionales debería comenzar el primer semestre del año 2024, y debería concluir durante el segundo semestre del año 2026.
Para llevar a cabo la Fase de Construcción del Proyecto se habilita una Instalación de Faenas, la que cuenta en su interior con un Sitio de Almacenamiento Temporal Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
de Residuos Peligrosos (RESPEL) de no más de 8m2. Es importante aclarar que para la Fase de operación el Proyecto no se generan este tipo de residuos.
Conforme lo anterior, es que el presente Proyecto aplica presentar y desarrollar el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) N°142 para evaluar y autorizar la Bodega de Almacenamiento Temporal (BAT) que almacenará los residuos peligrosos durante la Fase de Construcción.
El Titular instala una bodega de estructura metálica, de tipo prefabricada y ubicada en una base continua, impermeable, y resistente estructural y químicamente a los residuos.
La zona de almacenamiento de los residuos peligrosos está diseñada para albergar contenedores transportables tipo tambor los cuales son de tamaño apropiado y compatible con el residuo a almacenar. Se almacenan principalmente envases vacíos de pintura, arenas contaminadas, huaipe con solvente, EPP contaminados, adhesivos, entre otros.
Las dimensiones referenciales de una bodega metálica tipo contenedor prefabricados que no sobrepase los 8m2 podrían ser 4,5 m frente x 1,6 m fondo x 2,5 m alto, teniendo en este caso por ejemplo un área de 7,2m2.
El área definitiva de la BAT de RESPEL podría variar según la empresa proveedora del contenedor prefabricado, sin embargo, en ningún caso se sobrepasará de los 8m2 ya mencionados.
La Tabla que se presenta a continuación entrega las coordenadas referenciales con la ubicación de la Bodega RESPEL que contempla la Fase de Construcción del Proyecto.
En la siguiente figura se presenta la ubicación de la instalación de faenas y la ubicación de la BAT de RESPEL en su interior.
Figura 1. Ubicación Instalación de Faenas y BAT de RESPEL. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Para observar en detalle la ubicación de la bodega RESPEL respecto al predio de la Instalación de Faenas, se adjunta al presente PAS el Plano de ubicación y un KMZ.
Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.
En cuanto a las especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de las condiciones ambientales, se establece que la bodega destinada para esta actividad cumple con los estándares exigidos por el D.S. N°148/2003 DEL MINSAL.
Se contempla una bodega de estructura metálica, de tipo prefabricada y ubicada en una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Además, el área donde se ubicar la BAT cuenta con un cierre perimetral que impedirá el libre acceso de personas y animales, cumpliendo así con todas las características estipuladas en el artículo 33 del D.S. N°148/2003.
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La Bodega RESPEL cuenta con un Extintor de Polvo Químico Seco Multipropósito con carga vigente y a menos de 1,3 metros de altura, cumpliendo con lo establecido por el D.S. N° 594/1999 del MINSAL, una gaveta con las Hojas de Datos de Seguridad de todos los residuos peligrosos almacenados al exterior de la bodega y otra con el Equipo de Protección Personal necesario para manipular los residuos (mascarilla, guantes y gafas). En caso de derrame, la bodega cuenta con un pretil o bandeja de contención y un Kit antiderrames con paños absorbentes, sacos de arena o similar, palas plásticas, bolsas plásticas, etc.
El sitio de almacenamiento incorporará señaléticas de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2019 respecto al tipo de residuos que se almacena en su interior, así como de prohibido el paso a personal no autorizado.
Las Figuras que se presentan a continuación entregan las señaléticas referenciales que se implementan en la Bodega, así como también los tambores metálicos, estan debidamente rotulados.
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Figura 2. Señaléticas Referenciales de la BAT de RESPEL.
Figura 3. Modelo Referencial de rótulos en tambores de almacenamiento.
Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. Tal como se indicó en las secciones anteriores, los tipos de residuos que pretende almacenar el Titular corresponden a los residuos peligrosos que se generan por la ejecución de los trabajos relacionados con las adecuaciones del Proyecto Planta Desalador el Proyecto habitacional. Es importante mencionar que la bodega cumple con los requisitos mencionados en la normativa vigente, D.S. 148/03 del MINSAL.
La caracterización de los distintos residuos peligrosos que se almacenan en la Bodega de almacenamiento temporal de RESPEL se detalla a continuación:
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Conforme a las dimensiones de la bodega, se considera una capacidad máxima de almacenamiento de aproximadamente 12 tambores de 220lts, es decir un total de 2.640lts. En caso de ser necesario también se le puede agregar una estantería para almacenar Galones o Cubetas de menor tamaño.
Respecto a la permanencia de los residuos en la Bodega RESPEL, se considera un almacenamiento temporal, que en ningún caso excederá un periodo de almacenamiento de 6 meses, así como tampoco se supera la capacidad de almacenamiento del 80% de la bodega.
Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población.
Para minimizar cualquier afectación a la calidad del agua, aire o suelo que pueda poner en riesgo la salud de la población, se informa que:
• El sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos se encuentra techada y protegida de las condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. • el almacenamiento temporal de estos residuos se realiza en contenedores y tambores cerrados, los que son debidamente rotulados e identificados, los cuales se sellarán una vez que el contenedor complete su capacidad de almacenamiento, para ser llevados al sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. • Se mantiene en buenas condiciones de orden y limpieza el lugar de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, con el fin de resguardar la salud y el bienestar de los trabajadores. • Los lugares donde se manipulan y almacenan residuos peligrosos cuentan con señalización e instrucción de las características de éstos, destacando los peligros inherentes, las medidas de prevención y de primeros auxilios eventualmente aplicables. • Se prohiben operaciones o trabajos con llama abierta y fumar o ingerir alimentos dentro o cerca de los lugares de almacenamiento de residuos peligrosos. • Se exige el uso correcto de los elementos de protección personal que corresponda durante la manipulación de residuos peligrosos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
• Se informa a los trabajadores involucrados, los riesgos asociados a la operación y manipulación de residuos peligrosos. Respecto de este punto, se contempla efectuar capacitaciones periódicas respecto al manejo adecuado y una adecuada gestión de los residuos peligrosos, la cual contempla la segregación en el origen en contenedores dispuestos en distintas áreas de trabajo y su posterior almacenamiento temporal en el sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.
✓ Calidad del agua y suelos Tal como ya se indicó, el sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos cuenta con una base impermeable con pretil antiderrame, continua, y resistente estructural y químicamente a los residuos. Por lo anterior, no hay contaminación de agua y suelo en el área a causa del almacenamiento de este tipo de residuos.
✓ Aire La instalación de almacenamiento temporal de residuos peligrosos cuenta con techo que la protege de condiciones ambientales, además los residuos son depositados en contenedores o tambores cerrados, debidamente rotulados, por lo cual no hay dispersión de material particulado ni olores a causa del viento. Conforme a todo lo expuesto, se verifica que el diseño presentado por el Titular respecto al sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos que se presenta cumple con los requisitos de la normativa vigente asociada, las condiciones sanitarias y de seguridad para ejecutar un almacenamiento de tipo seguro ya sea para el medio ambiente, población y trabajadores.
Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento.
La bodega de almacenamiento tiene una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad; correspondiente a 200 o 220 L, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, como se indica en el artículo 33 del D.S 148/2003 del MINSAL, Reglamento de Manejo de Residuos Peligrosos.
Mayores antecedentes en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria.
Sustancias Peligrosas: Para le ejecución de la Fase de construcción se utilizan sustancias peligrosas, entre ellas principalmente pinturas, diluyentes entre otros, los cuáles son segregados en sustancias corrosivas e inflamables.
Cabe mencionar que, estas sustancias se almacenan en una bodega común debido a que sus volúmenes cumplen con los límites másicos y volumétricos dispuesto en el D.S. N°43/2016 del MINSAL, y sus modificaciones posteriores.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulos 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Tránsito o Circulación por Movilidad de la Población. El tránsito de vehículos particulares de las personas que habitan el conjunto habitacional Don Hernán es una de las acciones que de acuerdo con Guía para Proyectos inmobiliarios debe ser considerada a la Fase de operación del Proyecto. Considerando lo señalado con anterioridad, la circulación de la población se articulará a través de las calles Av. El Sol y Av. Bombero Villalobos.
Por su parte el Informe de Impacto Vial se presenta en Archivo de Gran Tamaño correspondiente 3. Anexo ADC3 Planimetría y Figuras de Proyecto.zip, 8. Anexo ADC8 Informe de Impacto Vial.zip, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria_final.zip, y, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria.zip; cuyo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
2ce6992e953e4b8d1df24565fd9444e782a3fbfa2f622e360a5965a40e7f3e2d es link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/10/30/2160414768/Habitacional_Don_Hernan.r ar Código.
Operación del Sistema de Agua Potable El “Proyecto Habitacional Don Hernán”, cuenta con factibilidad sanitaria otorgado por la empresa sanitaria ESSBIO S.A. para la implementación de la infraestructura de los servicios sanitarios de agua potable. En este sentido el Proyecto de Agua Potable considera la red necesaria para dotar de este elemento a las 376 viviendas y se conforma de cañerías de HDPE PN-10 para agua fría y PPR PN-16 para agua caliente.
Operación del Sistema de Alcantarillado para Aguas Servidas El “Proyecto Habitacional Don Hernán”, cuenta con factibilidad sanitaria otorgado por la empresa sanitaria ESSBIO S.A. para la implementación de la infraestructura de los servicios sanitarios de alcantarillado, por lo que la operación del Proyecto contara con estos servicios de recolección de aguas servidas. Los colectores son de PVC sanitario gris bajo radier y tienen diámetros que van de los 180 a los 250mm con cámaras de inspección ubicadas en distintos sectores de la red de alcantarillado, lo cual permite un escurrimiento apropiado de las aguas.
Operación del Sistema de Aguas Lluvias El Proyecto considera la captación de aguas lluvia mediante sumideros y uniones de sumideros proyectados a entubamientos de canales de derrames proyectados dentro del terreno.
Los sumideros se distribuirán de modo de repartir adecuadamente las áreas aportantes. Éstas quedarán definidas, a su vez, por las rasantes de pavimentación consultadas para las calles del conjunto habitacional.
Sala de Basuras (edificios) Para la Fase de Operación El Proyecto considera para esta Fase sólo la generación de residuos domiciliarios mediante la sala de gestión de residuos domiciliarios o sala de basuras por cada uno de los edificios del Proyecto (5) ubicadas en el primer piso de cada uno de éstos.
Cabe señalar que los sistemas de eliminación de basura cumplen con toda la normativa actual vigente. Para ello se construye en cada torre un sistema de manejo de residuos que consiste en un ducto por donde transitarán los residuos hasta los contenedores de 240lts litros que estan en la descarga del ducto en la sala de basura. En cada piso hay una puerta con un receptáculo metálico (shaft de basura) en la cual las personas depositan sus residuos.
Este receptáculo conecta al ducto para su disposición en la sala de basuras, tal como se puede observar en las siguientes imágenes referenciales.
Es relevante mencionar que el Proyecto cuenta extracción de basura aprobado por Seremi de Salud, bajo resolución N°2206485058 con fecha 27 de septiembre de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
- En el Proyecto se indica que son 5 edificios, cada uno de 4 pisos y 16 departamentos. Cada edificio produce 948lts de basura en 3 días. Para mayor detalle, se adjunta resolución mencionada anteriormente.
Al ser 5 edificios, cada edificio cuenta con 16 departamentos, 79 habitantes, una tolva y closet ecológico por piso, un ducto y una sala de basura que cuenta con 4 contenedores de 240lts. El condominio además cuenta con una zona de precarguío con radier de hormigón.
Para mayor detalle de la ubicación de las salas de basura descritas, sus respectivos ductos y tipos de basureros, se adjunta el Plano Salas de Basuras y el KMZ.
Descripción del Procedimiento de recolección para cada Ducto y Sala de Basuras proyectadas del Condominio.
Todos los habitantes y/o copropietarios del condominio depositan sus residuos domiciliarios en bolsas de basura cerradas mediante lazo o nudo, las bolsas son de base resistente, de tamaños pequeños y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior como botellas de vidrio o escombros, que puedan romperla y esparcir su contenido durante su trayecto de caída (a través del ducto de basuras) hacia el Contenedor ubicado en la base del Ducto. Tampoco se permite el botar cartones o piezas de maderas de cualquier tamaño en estas bolsas. Los elementos de vidrio y cartones se organizarán en los closets ecológicos o repiseros dispuestos para los usuarios de cada Ducto y en cada Sala de Basuras proyectadas para el condominio.
Todos los residuos domiciliarios se acumulan en cada una de las “Sala de Basuras” de cada edificio, las cuales se emplazan en el costado posterior de cada circulación vertical o núcleo de caja escala de cada edificio proyectado.
La Sala de Basuras proyectada es un recinto y edificación diseñado de acuerdo con las características y a lo detallado en los planos aprobados, cada una con una superficie útil de 6,06 m2.
Por lo tanto, se consulta una (1) Sala de Basuras por cada Ducto proyectado en los cinco edificios del condominio.
Estas Salas de Basuras permiten la ubicación de los contenedores de basura vacíos y limpios, como también a los que ya se hayan llenado durante los intervalos o período de retiro municipal.
Los contenedores de basuras estan ordenados en un sector específico de la Sala de Basuras ( como se proyecta en los planos adjuntos ) y este recinto debe tener condiciones de higiene según lo exigido por el MINSAL regional; es decir, pisos y muros lavables para una higiene periódica, esquinas-encuentros de piso y muros redondeados para evitar la acumulación de residuos de cualquier tipo y facilitar su limpieza, iluminación mediante luminaria hermética, una rejilla y pileta de desagüe para el sector de lavado de contenedores de basuras, un lavamanos para el operador encargado de cada Sala de Basuras y un área de lavado de contenedores de 0,8 x 0,8 mts como mínimo, con llave de jardín y manguera enrollable de 10 mts. De desarrollo como mínimo. Este recinto se denomina “Sala de Basuras”, la cual debe ser numerada para la información estadística del Proyecto y como anexo del Reglamento de Copropiedad del conjunto habitacional y futura administración.
Una vez botada la basura por el usuario en el ducto correspondiente, y una vez lleno el contenedor dispuesto bajo la boca del ducto, deben existir siempre contenedores vacíos disponibles, absolutamente limpios e inmediatos para su uso y recambio una vez requeridos.
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Los contenedores consultados son de plástico reforzado, lavables, con tapa de abatir hermética, y de dos ruedas para su fácil transporte a la Zona de Pre-Carguío o Pre-Recogida por el encargado del sistema de recolección municipal.
En la Sala de Basuras deben proveerse todos los contenedores perfectamente limpios para el proceso de acumulación; los cuales sólo deben llenarse hasta 10 cms antes de su borde superior o desde el borde inferior de la tapa del contenedor de basuras.
Los contenedores llenos, se trasladan a la zona de Pre - Carguío o pre - Recogida, la cual esta acondicionada para impedir el ingreso de perros, o animales que vulneren su tapa y vuelquen eventualmente su contenido.
La zona de precarguío esta cercada y protegida por una reja metálica, y dispuesta sobre una losa o radier afinado de cemento que permita la limpieza periódica con manguera y chorro de agua; para lo cual se debe consultar una pendiente de al menos un 2% y disponer de una llave de jardín a uno de sus costados, una manguera de goma blindada de un largo no inferior a 10 metros y del sumidero respectivo que permiten mantener limpio este lugar.
Cuando los contenedores se encuentren llenos, el personal encargado de cada una de las Salas de Basuras debe retirarlos de la Sala y llevarlos a la zona de espera de contenedores o Pre - Carguío, dispuesta en forma inmediata a la vía pública, en este caso ubicada en el acceso norte del condominio, para su retiro por el sistema de recolección municipal de la comuna de Rancagua. Para esta actividad, el personal encargado debe presenciar y esperar el procedimiento de recolección y retiro municipal.
Terminado este procedimiento, el personal encargado del aseo del condominio guardará cada uno de los contenedores en la respectiva Sala de Basuras para su inmediato lavado y sanitización correspondiente.
Ubicación de zonas de pre-recogida de los contenedores Corresponden a la zona ubicada hacia el deslinde norte del condominio, y a un costado del acceso; el cual debe contar con acceso para el camión y personal municipal de recolección.
El área de pre- carguío o recogida debe agrupar a 15 contenedores como máximo, en espera del retiro municipal, o de acuerdo con la coordinación previa que se realice con el municipio para este objetivo.
Esta zona acopiará los contenedores con la basura llenos, en espera del camión recolector municipal, por lo tanto, debe tener un piso lavable, de preferencia de radier afinado, no requiere ser un recinto cerrado, pero debe contar con una cerca o reja metálica que sirva para ordenar la ubicación de los contenedores y evite tanto su robo como el ingreso de personas no autorizadas y animales.
Manejo de Aguas Lluvias
El Proyecto considera la captación de aguas lluvia mediante sumideros y uniones de sumideros proyectados a entubamientos de canales de derrames proyectados dentro del terreno.
Los sumideros se distribuirán de modo de repartir adecuadamente las áreas aportantes. Éstas quedarán definidas, a su vez, por las rasantes de pavimentación consultadas para las calles del condominio.
Pavimentación
Las obras de pavimentación de las vías internas del Proyecto se desarrollan de acuerdo con la normativa vigente para esta materia y las indicaciones establecidas en la OGUC.
Suministros básicos Abastecimiento de agua potable y servicios de alcantarillado.
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El abastecimiento de agua potable, así como el servicio de alcantarillado público es provisto por la empresa sanitaria ESSBIO S.A.
Abastecimiento eléctrico El suministro de energía eléctrica para el conjunto habitacional en su Fase de operación es provisto por la Compañía General de Electricidad (CGE).
Productos generados No Aplica. Dadas las características del Proyecto Habitacional, no se contempla la generación de productos en su Fase de Operación.
Recursos naturales renovables No Aplica. Dadas las características del Proyecto Habitacional, no se contempla la generación de productos en su Fase de Operación.
Emisiones y efluentes Emisiones a la Atmosfera
Según se presenta de manera actualizada en Informe de Estimación de Emisiones a la Atmosfera en Archivo de Gran Tamaño correspondiente 3. Anexo ADC3 Planimetría y Figuras de Proyecto.zip, 8. Anexo ADC8 Informe de Impacto Vial.zip, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria_final.zip, y, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria.zip; cuyo 2ce6992e953e4b8d1df24565fd9444e782a3fbfa2f622e360a5965a40e7f3e2d es link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/10/30/2160414768/Habitacional_Don_Hernan.r ar Código., se declara que:
Se adjuntan las planillas: - Planilla Emisiones Construcción - Planilla Emisiones Operación
A partir del año 3 en adelante el Proyecto emitiría por efectos de uso de viviendas y transporte asociado. Las siguientes tablas presentan estas emisiones:
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Las emisiones de la tabla anterior corresponden al total a emitir durante el uso de las viviendas.
Escenarios modelados:
Para la evaluación de impactos respirables asociados al Proyecto, se realizaron los siguientes modelos de dispersión:
-
Modelo Construcción: Aportes máximos obtenidos durante los movimientos de tierra, uso de maquinaria y tránsito de vehículos asociados a las obras de construcción. De los 2 años con emisiones por construcción, se selecciona aquel que contenga las mayores emisiones de material particulado PM10 y PM2.5, correspondientes a los dos compuestos más relevantes en Rancagua I.
-
Modelo Operación Completa: Aportes máximos obtenidos para la operación de la totalidad del Proyecto, correspondiente al año 3 en adelante; las fuentes emisoras son el uso de cálifonts para agua caliente sanitaria y el tránsito de vehículos particulares.
Máximos aportes obtenidos:
Se modelaron los aportes respirables de emisiones en un dominio de 16x16 km2; considerando como receptores a toda la zona residencial de Rancagua y a la estación Rancagua I. Siguiente tabla presenta los máximos aportes obtenidos sobre el conjunto receptor para ambos escenarios modelados.
Las emisiones asociadas a las obras de Construcción generarían un aporte máximo de 3,23% para el compuesto PM2.5 24h; para la Operación se generaría un aporte máximo de 17,16% para el compuesto NO2 1h. Al estar todos los aportes muy por Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
debajo de los límites de latencia (<80%) y saturación (<100%), se concluye que ninguno de los escenarios generaría, por sí solo, condiciones de riesgo sobre el conjunto de receptores.
Adicionalmente, se compararon los anteriores máximos aportes de PM10 y PM2.5 con los límites de significancia incluidos en la guía “CRITERIO DE EVALUACIÓN EN EL SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5” del año 2023.
Cada aporte se encuentra por debajo de los límites de significancia, indicando que el Proyecto no genera condiciones de riesgo sobre ningún punto receptor.
La siguiente gráfica presenta el perímetro obtenido por la superposición de las Áreas de Influencia individuales, el cual representa el Área de Influencia Total del escenario de “Construcción” (en rojo) y “Operación” (en azul). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
En el escenario de la Fase de Operación se genera un Área de Influencia Total de 1,11 km2, la cual cubrir los alrededores del Proyecto, sin una dirección dominante. Se hace notar que no se generan condiciones de latencia o saturación sobre ningún sector residencial cercano al Proyecto.
Tras la realización de los modelos de dispersión se puede concluir que:
Meteorología: La comparación entre información contenida en archivo WRF y los datos de la estación Rancagua I mostró coincidencia cualitativa y cuantitativa para cada variable comparada, resultado que permite concluir que los datos WRF sí representan una aproximación confiable de la meteorología local.
Emisiones: Se modeló la dispersión de las emisiones de los escenarios de Construcción y Operación. Para los dos escenarios se obtuvieron máximos aportes respirables en receptores por debajo de los límites de latencia y saturación (80 y 100% de las respectivas normas) para todos los compuestos normados.
Adicionalmente, se determinó que los aportes máximos de PM10 y PM2.5 se encontrarían por debajo de los límites de significancia para zonas con riesgo preexistente, lo que descarta la generación de riesgo adición de material particulado dentro de la zona saturada de Rancagua.
Extensión de Área de Influencia Total: El mayor impacto que generaría la construcción de planta Don Hernán se daría en el compuesto PM10; posteriormente, para el periodo de operación, el mayor impacto lo generaría la dispersión de NO2; generándose áreas de influencia en cada escenario de cobertura 0,048 y 1,11 km2, respectivamente. En ambos casos, ninguno de los receptores contenidos dentro de las áreas de influencia estaría expuesto a concentraciones de riesgo.
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Finalmente, es posible concluir que las actividades asociadas a las Fases de construcción y operación del Proyecto Don Hernán no generarían condiciones de riesgos sobre ninguno de los puntos habitados en los alrededores de éste.
El Titular señala que según el Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) para el valle central de la Región de O'Higgins, que contempla que a partir del 29 de marzo de 2025 está prohibido el uso de calderas de calefacción, calefactores con o sin certificación SEC y cocinas a leña, en la zona urbana en las comunas de Rancagua y Machalí, para la estimación de emisiones asociadas a la calefacción domiciliaria se considera el peor escenario posible, es decir la utilización de estufas a parafinas.
De acuerdo con el marco de referencia anterior, la estimación se realizó en función de los siguientes criterios: ✓ Determinación de demanda de calor de las viviendas ✓ Definición de un periodo de uso de la calefacción ✓ Estimación de emisiones por uso de estufas en base a factores EPA
Comparación de los totales obtenidos con los límites de compensación que rigen a la zona saturada de Rancagua.
De acuerdo con los criterios expuestos con anterioridad se señala lo siguiente:
Determinación de Demanda de Calor de las Viviendas: Las viviendas tienen una superficie de 61 m2, como regla general, se suele considerar una demanda de calor de 1 kW por cada 10 m2 de vivienda. Bajo este criterio, se requieren estufas a parafina (1 o múltiples) que entreguen una potencia conjunta de 6 kW de calor por cada vivienda.
Definición de un Periodo de uso de Calefacción (Estufas a Parafina): Se considera como potencial periodo de uso los días desde el 1 de mayo hasta el 31 de septiembre. Como horario de uso, se considera desde las 17:00 hasta las 00:00 de cada día, 7 horas diarias en total. Bajo este criterio, las estufas podrían operar un total de 1.071 horas por año.
Al realizar balance de Primera Ley para la parafina, se determina que los 6 kW requieren un total de 0,5 kg/h (0,6 l/h) de combustible, equivalente a un consumo anual de 536 kg/año (639 l/año) por vivienda.
Estimación de emisiones por uso de estufas en base a factores EPA La parafina corresponde a un destilado de petróleo, combustible abordado en el capítulo 1.3 AP 42 de la EPA. Los factores aplicables a la parafina son:
Al usar los consumos del punto anterior, se obtuvieron como resultado las siguientes emisiones: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Comparación de los totales obtenidos con los límites de compensación que rigen a la zona saturada de Rancagua.
A continuación, se agregan las emisiones obtenidas a la estimación presentada en DIA con el resumen del nuevo total de emisiones de acuerdo con lo solicitado por la autoridad ambiental.
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Respecto a las estimaciones totales presentadas anteriormente, a continuación, se presenta su comparación con los límites de compensación que establece el artículo 40 del PPDA de O’Higgins.
Al respecto, como es posible observar, todos los valores son menores a los límites establecidos en el PPDA de la Región de O’Higgins, lo que permite asegurar que las emisiones del Proyecto asociadas a calefacción domiciliaria cumplen con lo establecido en el PPDA.
Finalmente, cabe señalar que las estufas a parafina son para uso domiciliario, en viviendas cerradas y sin riesgo para los usuarios. Debido a esto, no existe riesgo alguno por la eventual fuga de emisiones desde cada casa hacia el resto de los receptores que habitan Rancagua, ya que estas emisiones se diluirían y reducirían su concentración por debajo que la que respiran los mismo usuarios dueños de las estufas.
Ruido Al tratarse de un Proyecto inmobiliario y teniendo en consideración que no se contemplan fuentes de ruido significativas durante esta Fase, no se presenta una evaluación de ruidos durante la operación del Proyecto.
Dada la naturaleza del Proyecto no se contempla el funcionamiento de fuentes de ruido y vibraciones por lo que se descartan las emisiones de dichas componentes en esta Fase del Proyecto.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
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Residuos domiciliarios Para la estimación de los residuos sólidos domiciliarios durante la Fase de Operación se considera un factor de generación de 0,5 kg/día por habitante.
En este marco considerando que el conjunto habitacional contara con 376 unidades habitacionales con un promedio de 4 personas por cada vivienda, se estima que la generación de este tipo alcance los 752 kg/día.
Al respecto se señala que estos residuos son retirados por los servicios municipales de retiro de basura de la Municipalidad de Rancagua.
Para el sector de edificios se opera una Sala de Basura en cada uno de ellos:
Descripción y Planos del Sitio
Residuos sólidos domiciliarios generados por los habitantes del condominio Doña Ema (5 edificios).
El Proyecto considera para esta Fase sólo la generación de residuos domiciliarios mediante la sala de gestión de residuos domiciliarios o sala de basuras por cada uno de los edificios del Proyecto (5) ubicadas en el primer piso de cada uno de éstos.
Cabe señalar que los sistemas de eliminación de basura cumplen con toda la normativa actual vigente. Para ello se construye en cada torre un sistema de manejo de residuos que consiste en un ducto por donde transitarán los residuos hasta los contenedores de 240lts litros que están en la descarga del ducto en la sala de basura. En cada piso hay una puerta con un receptáculo metálico (shaft de basura) en la cual las personas depositan sus residuos. Este receptáculo conecta al ducto para su disposición en la sala de basuras, tal como se puede observar en las siguientes imágenes referenciales.
Es relevante mencionar que el Proyecto cuenta extracción de basura aprobado por Seremi de Salud, bajo resolución N°2206485058 con fecha 27 de septiembre de 2022. En el Proyecto se indica que son 5 edificios, cada uno de 4 pisos y 16 departamentos. Cada edificio produce 948lts de basura en 3 días. Para mayor detalle, se adjunta resolución mencionada anteriormente.
Al ser 5 edificios, cada edificio cuenta con 16 departamentos, 79 habitantes, una tolva y closet ecológico por piso, un ducto y una sala de basura que cuenta con 4 contenedores de 240lts. El condominio además cuenta con una zona de precarguío con radier de hormigón.
Para mayor detalle de la ubicación de las salas de basura descritas, sus respectivos ductos y tipos de basureros, se adjunta el Plano Salas de Basuras y el KMZ.
Continuando con la descripción de las salas de basuras, se puede indicar: Descripción del Procedimiento de recolección para cada Ducto y Sala de Basuras proyectadas del Condominio.
Todos los habitantes y/o copropietarios del condominio depositan sus residuos domiciliarios en bolsas de basura cerradas mediante lazo o nudo, las bolsas son de base resistente, de tamaños pequeños y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior como botellas de vidrio o escombros, que puedan romperla y esparcir su contenido durante su trayecto de caída (a través del ducto de basuras) hacia el Contenedor ubicado en la base del Ducto. Tampoco se permite el botar cartones o piezas de maderas de cualquier tamaño en estas bolsas. Los elementos de vidrio y cartones se organizarán en los closets ecológicos o repiseros dispuestos para los usuarios de cada Ducto y en cada Sala de Basuras proyectadas para el condominio.
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Todos los residuos domiciliarios se acumulan en cada una de las “Sala de Basuras” de cada edificio, las cuales se emplazan en el costado posterior de cada circulación vertical o núcleo de caja escala de cada edificio proyectado.
La Sala de Basuras proyectada es un recinto y edificación diseñado de acuerdo con las características y a lo detallado en los planos aprobados, cada una con una superficie útil de 6,06 m2. Por lo tanto, se consulta una (1) Sala de Basuras por cada Ducto proyectado en los cinco edificios del condominio.
Estas Salas de Basuras permiten la ubicación de los contenedores de basura vacíos y limpios, como también a los que ya se hayan llenado durante los intervalos o período de retiro municipal.
Los contenedores de basuras están ordenados en un sector específico de la Sala de Basuras ( como se proyecta en los planos adjuntos ) y este recinto debe tener condiciones de higiene según lo exigido por el MINSAL regional; es decir, pisos y muros lavables para una higiene periódica, esquinas-encuentros de piso y muros redondeados para evitar la acumulación de residuos de cualquier tipo y facilitar su limpieza, iluminación mediante luminaria hermética, una rejilla y pileta de desagüe para el sector de lavado de contenedores de basuras, un lavamanos para el operador encargado de cada Sala de Basuras y un área de lavado de contenedores de 0,8 x 0,8 mts como mínimo, con llave de jardín y manguera enrollable de 10 mts. De desarrollo como mínimo. Este recinto se denomina “Sala de Basuras”, la cual debe ser numerada para la información estadística del Proyecto y como anexo del Reglamento de Copropiedad del conjunto habitacional y futura administración.
Una vez botada la basura por el usuario en el ducto correspondiente, y una vez lleno el contenedor dispuesto bajo la boca del ducto, deben existir siempre contenedores vacíos disponibles, absolutamente limpios e inmediatos para su uso y recambio una vez requeridos.
Los contenedores consultados son de plástico reforzado, lavables, con tapa de abatir hermética, y de dos ruedas para su fácil transporte a la Zona de Pre-Carguío o Pre-Recogida por el encargado del sistema de recolección municipal.
En la Sala de Basuras deben proveerse todos los contenedores perfectamente limpios para el proceso de acumulación; los cuales sólo deben llenarse hasta 10 cms antes de su borde superior o desde el borde inferior de la tapa del contenedor de basuras.
Los contenedores llenos, se trasladan a la zona de precarguío o pre-recogida, la cual esta acondicionada para impedir el ingreso de perros, o animales que vulneren su tapa y vuelquen eventualmente su contenido.
La zona de precarguío esta cercada y protegida por una reja metálica, y dispuesta sobre una losa o radier afinado de cemento que permita la limpieza periódica con manguera y chorro de agua; para lo cual se debe consultar una pendiente de al menos un 2% y disponer de una llave de jardín a uno de sus costados, una manguera de goma blindada de un largo no inferior a 10 metros y del sumidero respectivo que permiten mantener limpio este lugar.
Cuando los contenedores se encuentren llenos, el personal encargado de cada una de las Salas de Basuras debe retirarlos de la Sala y llevarlos a la zona de espera de contenedores o precarguío, dispuesta en forma inmediata a la vía pública, en este caso ubicada en el acceso norte del condominio, para su retiro por el sistema de recolección municipal de la comuna de Rancagua. Para esta actividad, el personal encargado debe presenciar y esperar el procedimiento de recolección y retiro municipal.
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Terminado este procedimiento, el personal encargado del aseo del condominio guardará cada uno de los contenedores en la respectiva Sala de Basuras para su inmediato lavado y sanitización correspondiente.
Ubicación de zonas de pre-recogida de los contenedores
Corresponden a la zona ubicada hacia el deslinde norte del condominio, y a un costado del acceso; el cual debe contar con acceso para el camión y personal municipal de recolección.
El área de pre- carguío o recogida debe agrupar a 15 contenedores como máximo, en espera del retiro municipal, o de acuerdo con la coordinación previa que se realice con el municipio para este objetivo.
Esta zona acopiará los contenedores con la basura llenos, en espera del camión recolector municipal, por lo tanto, debe tener un piso lavable, de preferencia de radier afinado, no requiere ser un recinto cerrado, pero debe contar con una cerca o reja metálica que sirva para ordenar la ubicación de los contenedores y evite tanto su robo como el ingreso de personas no autorizadas y animales.
Residuos Fase de Operación
Los residuos sólidos no peligrosos generados en la Fase de Operación corresponden a los residuos sólidos domiciliarios de los futuros residentes del Proyecto habitacional a construir.
Para la estimación de los residuos sólidos domiciliarios (RSD) durante la Fase de Operación se considera un factor de generación de 0,5 Kg/día por habitante. Considerando que el conjunto habitacional contara con 376 unidades habitacionales con un promedio de 4 personas por cada vivienda, se estima que la generación de este tipo alcance los 752 kg/día.
Recomendaciones para la Mantención del Sistema de Extracción de Basuras del Proyecto
No está permitido depositar en los contenedores cartones y piezas de madera; para este efecto se dispone un contenedor especial en la zona de precarguío para estos elementos, el cual debe estar claramente rotulado.
Cada contenedor está claramente rotulado con el número correspondiente a cada Sala de Basuras, considerando una planilla para los datos de cada uno de los edificios que deben administrarlos, cada una de las planillas están ubicadas en forma accesible para la información de los funcionarios del departamento de aseo municipal de la comuna de Rancagua si así se requiere, como de los encargados asignados por la administración del condominio.
Si un contenedor de basuras tiene daños o desperfectos en su sistema de cierre, ruedas o asa, debe ser reparado o reemplazado por la administración del condominio e informado a la Asamblea de copropietarios, rotulándose con el número correspondiente a cada Sala de Basuras, esta exigencia debe formar parte de los protocolos descritos en el Reglamento de Copropiedad del conjunto habitacional. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
La administración del condominio vela mensual o periódicamente la existencia de la totalidad, estado y operatividad de todos los contenedores de basuras del condominio.
Cada sala de Basuras debe contener permanentemente a lo menos cuatro (4) contenedores dispuestos para su utilización, los cuales deben estar perfectamente lavados y limpios, dispuestos para el uso inmediato de los copropietarios.
Para la limpieza de los contenedores y de cada Sala de Basuras se debe considerar la provisión y disponibilidad de uniformes de limpieza desechables para el encargado de la mantención de la Sala, un stock de guantes y overol desechables, la provisión y el uso de detergentes biodegradables; como también de la descripción del período, cantidad de faenas de limpieza y de sanitización impresos en una bitácora que debe estar impresa y a la vista en el costado del acceso a cada Sala de Basuras. Tal información debe estar disponible para todos los copropietarios del conjunto habitacional e informada periódicamente a la Asamblea de copropietarios del condominio.
Para este efecto, estas tareas, sus características y obligaciones, deben ser consideradas en la redacción del Primer Reglamento de Copropiedad respectivo, asegurando los mecanismos de alternancia y permanencia de personas responsables de la mantención, limpieza de la sala de basuras, provisión de elementos de mantención y de cada uno de sus contenedores.
La limpieza de la Sala de Basuras se efectúa después de cada retiro por el camión recolector municipal, o como mínimo una vez a la semana; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última labor de limpieza para la fiscalización y conocimiento de todos los copropietarios y de la Administración del condominio. El comité de Administración del condominio vela por el cumplimiento decida una de estas obligaciones.
La limpieza de cada Contenedor se efectúa una vez vaciado por el personal municipal de la comuna de Rancagua; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última limpieza. El comité de Administración del Condominio y de cada edificio vela por el cumplimiento de estas obligaciones.
Se recomienda la contratación de Servicios de Desratización de las Salas de Basuras en forma periódica, la cual debe ser considerada en el régimen de gastos comunes y registrada e informada por la administración del condominio, para ser informada regularmente a todos los copropietarios.
En la Zona de Precarguío se contempla en forma visible, la información del día y hora de Recolección de los Camiones de Aseo Municipal de la municipalidad de Rancagua, por lo que prohibe el depósito de basuras en los contenedores que se encuentren en condición de espera del servicio de retiro y recolección municipal. Se adjunta certificado de frecuencia de camión recolector, emitido por la Municipalidad de Rancagua.
Descripción del sistema o proceso de lavado e higienización de los contenedores.
Para la limpieza de los contenedores y de cada Sala de Basuras se debe considerar la provisión y disponibilidad de uniformes de limpieza desechables para el encargado de la mantención de la Sala, un stock de guantes y overol desechables, la provisión y el uso de detergentes biodegradables; como también de la descripción del período, cantidad de faenas de limpieza y de sanitización impresos en una bitácora que debe estar impresa y a la vista en el costado del acceso a cada Sala de Basuras. Tal información debe estar disponible para todos los copropietarios del conjunto habitacional e informada periódicamente a la Asamblea de copropietarios del condominio. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Para este efecto, estas tareas, sus características y obligaciones, deben ser consideradas en la redacción del Primer Reglamento de Copropiedad respectivo, asegurando los mecanismos de alternancia y permanencia de personas responsables de la mantención, limpieza de la sala de basuras, provisión de elementos de mantención y de cada uno de sus contenedores.
La limpieza de la Sala de Basuras se efectúa después de cada retiro por el camión recolector municipal, o como mínimo una vez a la semana; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última labor de limpieza para la fiscalización y conocimiento de todos los copropietarios y de la Administración del condominio. El comité de Administración del condominio vela por el cumplimiento decida una de estas obligaciones.
La limpieza de cada Contenedor se efectúa una vez vaciado por el personal municipal de la comuna de Rancagua; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última limpieza. El comité de Administración del Condominio y de cada edificio vela por el cumplimiento de estas obligaciones.
Residuos Peligrosos Dadas las características del Proyecto (habitacional), no se considera la generación de residuos peligrosos.
Sustancias Químicas Dadas las características del Proyecto Habitacional, no se contempla la utilización de sustancias químicas en su Fase de Operación.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulos 4, 5, 6, 9, 10. 4.3.3. FASE DE CIERRE No Aplica por la tipología del Proyecto y su uso en la Fase de Operación.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Segundo semestre 2024
Parte, obra o acción que establece el inicio Preparación del terreno Fecha estimada de término Primer semestre 2026 Parte, obra o acción que establece el término Construcción de las últimas áreas Verdes 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Segundo semestre 2026
Parte, obra o acción que establece el inicio Entrega de viviendas a propietarios Fecha estimada de término Indefinida Parte, obra o acción que establece el término No aplica 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Dadas las características del Proyecto (habitacional), no contempla Fase de Cierre.
Parte, obra o acción que establece el inicio - Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fecha estimada de término - Parte, obra o acción que establece el término -
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1 SOBRE LA INEXISTENCIA DE RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de los niveles de Emisiones Atmosféricas Aumento de los niveles de Emisiones de Ruido Aumento de los niveles de Emisiones de Vibración Manejo de Residuos
Existencia de población cuya salud pudiera ver afectada A continuación, se detalla la ubicación del Proyecto, los receptores identificados. Posteriormente se presenta un detalle indicando sus coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 19H), fotografías, distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto y una breve descripción.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.
Según se presenta de manera actualizada en Informe de Estimación de Emisiones a la Atmosfera en Archivo de Gran Tamaño correspondiente 3. Anexo ADC3 Planimetría y Figuras de Proyecto.zip, 8. Anexo ADC8 Informe de Impacto Vial.zip, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria_final.zip, y, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria.zip; cuyo 2ce6992e953e4b8d1df24565fd9444e782a3fbfa2f622e360a5965a40e7f3e2d es link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/10/30/2160414768/Habitacional_Don_Hernan.ra r Código., se declara que:
Se adjuntan las planillas: - Planilla Emisiones Construcción - Planilla Emisiones Operación
Se ha ampliado la estimación de emisiones desde los 5 compuestos con normativa de calidad del aire (PM10, PM2,5, NO2, CO y SO2) a un nuevo total de 9 compuestos, adicionándose PM, COVs, NO3 y CO2.
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Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Las emisiones de la tabla anterior corresponden al total a emitir durante los años 1 y 2 de duración de las obras.
Fase de Operación:
A partir del año 3 en adelante el Proyecto emitiría por efectos de uso de viviendas y transporte asociado. Las siguientes tablas presentan estas emisiones:
Las emisiones de la tabla anterior corresponden al total a emitir durante el uso de las viviendas.
Escenarios modelados:
Para la evaluación de impactos respirables asociados al Proyecto, se realizaron los siguientes modelos de dispersión:
-
Modelo Construcción: Aportes máximos obtenidos durante los movimientos de tierra, uso de maquinaria y tránsito de vehículos asociados a las obras de construcción. De los 2 años con emisiones por construcción, se selecciona aquel que contenga las mayores emisiones de material particulado PM10 y PM2.5, correspondientes a los dos compuestos más relevantes en Rancagua I.
-
Modelo Operación Completa: Aportes máximos obtenidos para la operación de la totalidad del Proyecto, correspondiente al año 3 en adelante; las fuentes emisoras son el uso de cálifonts para agua caliente sanitaria y el tránsito de vehículos particulares.
Máximos aportes obtenidos:
Se modelaron los aportes respirables de emisiones en un dominio de 16x16 km2; considerando como receptores a toda la zona residencial de Rancagua y a la estación Rancagua I. Siguiente tabla presenta los máximos aportes obtenidos sobre el conjunto receptor para ambos escenarios modelados.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Las emisiones asociadas a las obras de Construcción generarían un aporte máximo de 3,23% para el compuesto PM2.5 24h; para la Operación se generaría un aporte máximo de 17,16% para el compuesto NO2 1h. Al estar todos los aportes muy por debajo de los límites de latencia (<80%) y saturación (<100%), se concluye que ninguno de los escenarios generaría, por sí solo, condiciones de riesgo sobre el conjunto de receptores.
Adicionalmente, se compararon los anteriores máximos aportes de PM10 y PM2.5 con los límites de significancia incluidos en la guía “CRITERIO DE EVALUACIÓN EN EL SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5” del año 2023.
Cada aporte se encuentra por debajo de los límites de significancia, indicando que el Proyecto no genera condiciones de riesgo sobre ningún punto receptor.
La siguiente gráfica presenta el perímetro obtenido por la superposición de las Áreas de Influencia individuales, el cual representa el Área de Influencia Total del escenario de “Construcción” (en rojo) y “Operación” (en azul). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
El escenario de Operación genera un Área de Influencia Total de 1,11 km2, la cual cubrir los alrededores del Proyecto, sin una dirección dominante. Se hace notar que no se generan condiciones de latencia o saturación sobre ningún sector residencial cercano al Proyecto.
Tras la realización de los modelos de dispersión se puede concluir que:
Meteorología: La comparación entre información contenida en archivo WRF y los datos de la estación Rancagua I mostró coincidencia cualitativa y cuantitativa para cada variable comparada, resultado que permite concluir que los datos WRF sí representan una aproximación confiable de la meteorología local.
Emisiones: Se modeló la dispersión de las emisiones de los escenarios de Construcción y Operación. Para los dos escenarios se obtuvieron máximos aportes respirables en receptores por debajo de los límites de latencia y saturación (80 y 100% de las respectivas normas) para todos los compuestos normados.
Adicionalmente, se determinó que los aportes máximos de PM10 y PM2.5 se encontrarían por debajo de los límites de significancia para zonas con riesgo preexistente, lo que descarta la generación de riesgo adición de material particulado dentro de la zona saturada de Rancagua.
Extensión de Área de Influencia Total: El mayor impacto que generaría la construcción de planta Don Hernán se daría en el compuesto PM10; posteriormente, para el periodo de operación, el mayor impacto lo generaría la dispersión de NO2; generándose áreas de influencia en cada escenario de cobertura 0,048 y 1,11 km2, respectivamente. En ambos casos, ninguno de los receptores contenidos dentro de las áreas de influencia estaría expuesto a concentraciones de riesgo.
Finalmente, es posible concluir que las actividades asociadas a las Fases de construcción y operación del Proyecto Don Hernán no generarían condiciones de riesgos sobre ninguno de los puntos habitados en los alrededores de éste.
El Titular señala que según el Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) para el valle central de la Región de O'Higgins, que contempla que a partir del 29 de marzo de 2025 esta prohibido el uso de calderas de calefacción, calefactores con o sin certificación SEC y cocinas a leña, en la zona urbana en las comunas de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Rancagua y Machalí, para la estimación de emisiones asociadas a la calefacción domiciliaria se considera el peor escenario posible, es decir la utilización de estufas a parafinas.
De acuerdo con el marco de referencia anterior, la estimación se realizó en función de los siguientes criterios: ✓ Determinación de demanda de calor de las viviendas ✓ Definición de un periodo de uso de la calefacción ✓ Estimación de emisiones por uso de estufas en base a factores EPA
Comparación de los totales obtenidos con los límites de compensación que rigen a la zona saturada de Rancagua.
De acuerdo con los criterios expuestos con anterioridad se señala lo siguiente:
Determinación de Demanda de Calor de las Viviendas: Las viviendas tienen una superficie de 61 m2, como regla general, se suele considerar una demanda de calor de 1 kW por cada 10 m2 de vivienda. Bajo este criterio, se requieren estufas a parafina (1 o múltiples) que entreguen una potencia conjunta de 6 kW de calor por cada vivienda.
Definición de un Periodo de uso de Calefacción (Estufas a Parafina): Se considera como potencial periodo de uso los días desde el 1 de mayo hasta el 31 de septiembre. Como horario de uso, se considera desde las 17:00 hasta las 00:00 de cada día, 7 horas diarias en total. Bajo este criterio, las estufas podrían operar un total de 1.071 horas por año.
Al realizar balance de Primera Ley para la parafina, se determina que los 6 kW requieren un total de 0,5 kg/h (0,6 l/h) de combustible, equivalente a un consumo anual de 536 kg/año (639 l/año) por vivienda.
Estimación de emisiones por uso de estufas en base a factores EPA La parafina corresponde a un destilado de petróleo, combustible abordado en el capítulo 1.3 AP 42 de la EPA. Los factores aplicables a la parafina son:
Al usar los consumos del punto anterior, se obtuvieron como resultado las siguientes emisiones:
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Comparación de los totales obtenidos con los límites de compensación que rigen a la zona saturada de Rancagua.
A continuación, se agregan las emisiones obtenidas a la estimación presentada en DIA con el resumen del nuevo total de emisiones de acuerdo con lo solicitado por la autoridad ambiental.
Respecto a las estimaciones totales presentadas anteriormente, a continuación, se presenta su comparación con los límites de compensación que establece el artículo 40 del PPDA de O’Higgins.
Al respecto, como es posible observar, todos los valores son menores a los límites establecidos en el PPDA de la Región de O’Higgins, lo que permite asegurar que las emisiones del Proyecto asociadas a calefacción domiciliaria cumplen con lo establecido en el PPDA.
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Finalmente, cabe señalar que las estufas a parafina son para uso domiciliario, en viviendas cerradas y sin riesgo para los usuarios. Debido a esto, no existe riesgo alguno por la eventual fuga de emisiones desde cada casa hacia el resto de los receptores que habitan Rancagua, ya que estas emisiones se diluirían y reducirían su concentración por debajo que la que respiran los mismo usuarios dueños de las estufas.
b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Según se presenta de manera actualizada en Informe de Estimación de Ruido en Archivo de Gran Tamaño correspondiente 3. Anexo ADC3 Planimetría y Figuras de Proyecto.zip, 8. Anexo ADC8 Informe de Impacto Vial.zip, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria_final.zip, y, 10. Anexo ADC10 Informes Líneas Base Complementaria.zip; cuyo 2ce6992e953e4b8d1df24565fd9444e782a3fbfa2f622e360a5965a40e7f3e2d es link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/10/30/2160414768/Habitacional_Don_Hernan.ra r Código., se declara que:
Para evaluar los niveles de ruido estimados del Proyecto en receptores, se deben considerar los límites máximos permisibles de acuerdo con los criterios de evaluación planteados.
En la siguiente tabla se indica la zonificación para cada receptor según el PRC de la comuna de Rancagua y su respectiva homologación y límites según D.S.38/11 del MMA:
Identificación puntos de Receptores
Para la determinación de los puntos sensibles se considera lo descrito por el D.S. N°38/11 del MMA como receptor a “toda persona que habite, resida o permanezca en un recinto, ya sea un domicilio particular o en un lugar de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa”.
A continuación, se detalla la ubicación del Proyecto, los receptores identificados. Posteriormente se presenta un detalle indicando sus coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 19H), fotografías, distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto y una breve descripción.
En conjunto con los receptores originales del estudio se agregan más puntos receptores de forma de evaluar de mejor forma las emisiones del Proyecto en su entorno cercano.
En la siguiente se puede observar la ubicación de los receptores, las zonas que cada uno representan y la ubicación del área del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Ruido Fase de Construcción
A continuación, se presentan los resultados obtenidos de manera referencial de la modelación de la Fase de construcción del Proyecto sin medidas de control.
Las emisiones en la Fase de Construcción se comparan con el límite diurno, ya que no se contemplan trabajos en horario nocturno.
Los niveles que se encuentren sobre los límites máximos se marcan con color rojo.
Medidas de Control Ruido Incorporadas en la Modelación
Cierres Perimetrales permanente
El Proyecto implementa un cierre perimetral permanente de 6,0 [m] de altura en toda la Fase de Construcción del Proyecto. Este cierre perimetral tiene características de barrera acústica cuyo material cumple con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera son herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad.
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La atenuación por difracción sonora de esta medida la calcula de manera interna el software usado para las modelaciones, aplicando la norma ISO 9613, no obstante, dicho procedimiento se puede resumir a través de la relación establecida por Maekawa:
La barrera de 6m de altura en las inmediaciones del receptor R5 posee un voladizo en 45º y 2,4m de extensión tal como se aprecia en la siguiente figura:
Las siguientes figuras detallan la ubicación y alturas de los cierres perimetrales que deben ser implementados durante toda la extensión de la Fase de Construcción del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Barreras acústicas modulares en losas avance.
Durante las faenas de obra gruesa del Proyecto, se prevé que en las losas de avance (donde no existen vanos) se realicen trabajos o utilicen herramientas ruidosas. Es importante que estas pantallas cubran los sectores hacia donde se ubiquen los receptores, entendiéndose que estas deben estar lo más cerca posible del frente de trabajo y cubrir el frente de forma de evitar la dispersión de la energía sonora por las laterales de la pantalla modular.
Se implementa un semiencierro de cuatro caras, es de la misma naturaleza de los cierres perimetrales, es decir, poseer condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente), y contar con material absorbente en su cara interna (lana mineral o fibra de vidrio, forrada con malla raschel para mantención). Sus medidas son como mínimo de 2,4m de largo, 2,4 ancho y 2,4m de alto. Se tiene particular atención de utilizarlas sobre todo cuando las zonas de trabajo estén cercanas a receptores.
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Paneles Acústicos Modulares
En adición a lo anterior, la utilización de los Paneles Acústicos Modulares es de al menos 2,4 [m] de altura, construidos con material que cumpla con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente).
Al igual que las barreras perimetrales, las junturas de los paneles que conformen las barreras modulares deben ser herméticos, tanto entre ellos como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad, ya que esta medida de control tiene el objetivo de obstaculizar directamente las emisiones generadas en el foco de ruido, o el frente de trabajo, y su ubicación puede abarcar todo el frente de trabajo o bien, se puede ir desplazando a lo largo, en frente de cada uno de estos.
La siguiente figura muestra imágenes referenciales de barreras acústicas modulares, con las características mencionadas en párrafos anteriores, las cuales pueden son desmontadas una vez finalizadas las actividades de construcción.
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Las dimensiones de cada barrera modular consideran tres (3) paneles de 1,5 [m] de largo, formando una especie de “biombo” acústico (tipo corchete).
Por otra parte, estas barreras modulares pueden estar compuestas por material de relleno, como lana de fibra de vidrio de 50 [mm] de espesor, de manera tal que se configure un panel más absorbente y que proporciona una mayor atenuación a cada frente de trabajo.
Es importante mencionar que estas barreras se utilizan tanto a nivel de suelo, como también para los momentos en que se ejecuten actividades en pisos superiores o incluso sobre la losa superior (losa de avance) del edificio, ubicándolas cercanas a las actividades ruidosas obstaculizando directamente sus emisiones.
Se recomienda generar y mantener registro (con fotografías, fecha y georreferenciación) de cada implementación de estas barreras.
Cabe destacar que, para efectos de modelación con medidas de control, se mantiene la ubicación del frente de trabajo a nivel de suelo, y los receptores que correspondan se evalúan a la altura crítica, donde la barrera acústica pierde su efecto. Y, por otro lado, el frente de altura se extiende a toda la altura del edificio en construcción de manera de evaluar el escenario más desfavorable.
El esquema recién descrito se presenta mediante la siguiente figura: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Restricción de Maquinaria
Para las faenas de movimiento de tierra y obre gruesa y terminaciones se definen restricción de maquinaria de forma que opere un número acotado de maquinaria particularmente dentro de los 25m más cercanos a los deslindes.
Para la etapa de Movimiento de Tierra (Escenario 1) opera solo la retroexcavadora, camión aljibe y camión tolva en forma simultánea, por lo tanto, estas maquinarias no pueden trabajar en simultáneo con el cargador frontal, el rodillo compactador y el minicargador. En las cercanías de R5 solo deben operar en simultáneo la Retroexcavadora y el camión Tolva.
En la siguiente figura se indica esta medida de control.
Para faenas de excavación, el camión mixer y la bomba de hormigón, no pueden operar en el área de restricción mencionado anteriormente. Por otra parte, en las cercanías del receptor R5, todo el corte de fierro realizado con esmeril angular o tronzadoras debe ser realizado en semiencierros.
En la siguiente figura se indica esta medida de control: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Medidas de Gestión
Si bien no se consideran en los cálculos para la evaluación normativa, adicionalmente el Proyecto contempla implementan algunas medidas de gestión durante la Fase de Construcción, a cargo de personal capacitado para supervisar el cumplimiento de ellas, las cuales no son evaluables cuantitativamente, pero contribuyen principalmente a disminuir las posibles molestias a la comunidad. Éstas se indican a continuación:
• Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños. • Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización. • Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y máquinas de hormigonado durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido. • Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción tienen los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo y tienen sus mantenciones al día. • Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.
Ruido Fase de Construcción En las siguientes tablas se presenta la evaluación normativa para los distintos escenarios de modelación de los niveles de ruido obtenidos para para la Fase de Construcción del Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Al tratarse de un Proyecto inmobiliario y teniendo en consideración que no se contemplan fuentes de ruido significativas durante esta Fase, no se presenta una evaluación de ruidos durante la operación del Proyecto.
Dada la naturaleza del Proyecto no se contempla el funcionamiento de fuentes de ruido y vibraciones por lo que se descartan las emisiones de dichas componentes en esta Fase del Proyecto.
c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. El Proyecto no genera un riesgo a la salud de la población por exposición a contaminantes debido al impacto de emisiones de efluentes sobre recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Lo anterior debido a que todos los efluentes y emisiones son manejados adecuadamente y no constituyen la generación de impactos significativos sobre la salud de la población, como se expone a continuación.
Respecto a las Emisiones Atmosféricas y las Emisiones Acústicas, se ha evaluado respectivamente su impacto en la letra a) y b) del presente artículo, demostrándose que no existe una afectación significativa a la salud de las personas producto de tales emisiones atmosféricas y tales niveles de ruido proyectados, tanto para la Fase de Construcción como Fase de Operación. Lo anterior se explica debido a que la magnitud y duración de estos impactos no son significativos, lo cual concuerda con el tipo de actividad que se desarrollará (Proyecto habitacional). Por lo tanto, se descarta que tales emisiones sobre el recurso aire puedan exponer a la población a contaminantes de tal manera que se genere un riesgo a la salud de la población.
Sobre las emisiones líquidas de la Fase de Construcción, estas corresponden a los servicios higiénicos (baños químicos e instalaciones sanitarias de la instalación de faenas), las aguas de lavado de ruedas y de canoas. Al respecto, las aguas provenientes de los servicios higiénicos son manejadas mediante sistema de alcantarillado con el servicio de ESSBIO S.A (factibilidad sanitaria en Anexo C1_8 de la DIA), mientras que, las aguas provenientes de baños químicos son retiradas y manejadas por empresa autorizada.
Por otro lado, sobre las emisiones líquidas de la Fase de Operación, estas corresponden a las aguas servidas, las que son descargadas a la red de alcantarillado para ser tratadas por la empresa sanitaria ESSBIO S.A., cuya factibilidad se adjunta en el Anexo C1_8 de la DIA. Paralelamente, se tiene el manejo de las aguas lluvias del Proyecto se realiza en base a colectores que conducen las aguas lluvias desde los sumideros proyectados hacia una red de evacuación la que descarga en una cámara decantadora, dicha cámara está conectada a un dren de infiltración.
No existen otro tipo de emisiones o efluentes sobre recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Por lo tanto, y considerando el análisis anterior, se descarta cualquier riesgo a la salud de las personas debido a la exposición de contaminantes generados en las emisiones de efluentes del Proyecto.
d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales Fase de Construcción:
Respecto de los antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 140 del D.S. N°40/2012 del MMA (y sus modificaciones posteriores) se encuentran presentado de manera actualizada en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria. Al respecto algunos de los antecedentes que allí se presentan indican que:
Descripción y Planos del Sitio. A continuación, se entrega el detalle de los residuos no peligrosos que se generan en cada Fase del Proyecto:
Fase de Construcción: • Residuos sólidos no peligrosos generados por las obras de construcción, correspondientes a fracciones como hormigón, escombros, ladrillos, plásticos, materiales cerámicos, metales, madera, entre otros. • Residuos sólidos asimilables a domiciliarios (generados por los trabajadores).
Se aclara a la autoridad que el almacenamiento temporal de los Residuos Sólidos Domiciliarios se realiza en contenedores, con tapa y bolsas de basura. Estos residuos son retirados y transportados por el Servicio de Recolección Municipal.
Con relación al almacenamiento de los residuos industriales sólidos no peligrosos se pueden realizar directamente en el suelo compactado del patio de manera segregada y ordenada, o a través de bateas, contenedores o tolvas que son retiradas por empresas autorizadas para dichos fines. Cabe señalar que el Titular procura la valorización de éstos mediante la posibilidad de reutilizar y/o reciclar, siempre y cuando sea factible, y bajo lo señalado en la Ley N°20.920 de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP).
El patio de salvataje es sin techumbre, tiene una base emparejada y compactada y mantiene un cierre perimetral de malla galvanizada tipo acmafor o similar con perfiles metálicos.
El acceso para el sitio de Residuos Sólidos Domiciliarios es independiente.
Ambos sitios tienen un acceso de carácter restringido y debidamente señalizado, donde sólo pueden ingresar personal autorizado para almacenar o retirar residuos, el cual está autorizado por el responsable del Proyecto.
A continuación, se entrega la ubicación del Patio de Salvataje al interior de la Instalación de Faenas (IIFF) del Proyecto durante la Fase de Construcción.
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Caracterización y Estimación de los Residuos
A continuación, se presenta la caracterización y estimación de los Residuos Sólidos No Peligrosos generados en las Fases de Construcción y Fase de Operación del Proyecto. Respecto a la Fase de Cierre se recuerda a la autoridad que ésta no sería considerada toda vez que corresponde a un Proyecto habitacional.
Residuos Fase de Construcción
Dentro de los Residuos No Peligrosos se contemplan aquellos que generan los trabajadores presentes en la obra y que son asimilables a Residuos Domiciliarios y aquellos generados producto de las obras de construcción y que corresponden a los residuos industriales como los restos de materiales de construcción principalmente.
Para la estimación de los Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD), se considera como factor de generación per cápita 0,5 [kg/persona/día], considerando 260 días hábiles laborales en un año y 180 personas en obras de construcción (máximo), por lo tanto, se obtuvieron los siguientes resultados.
Para el almacenamiento temporal de residuos se dispone de contenedores con ruedas y tapas herméticas, cada uno con capacidad de 240 litros, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente siendo distribuidos de manera uniforme dentro del terreno.
Los residuos son almacenados por un periodo máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal.
Los Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos (RISNP) corresponden principalmente a ladrillos, tejas, azulejos, armaduras de acero, perfiles y restos de madera, papeles y cartones, fierros, plásticos, sacos de cemento y cajas, entre otros residuos mezclados como escombros, tierras y piedras. La Tabla que se presenta a continuación entrega la estimación y características de los RISNP.
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Los Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos generados por la construcción son almacenados temporalmente en un sitio de acopio de superficie de aproximadamente 300 [m2], el cual cuenta con cierre perimetral y acceso restringido.
Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.
Para la Fase de Construcción se mantiene al interior de la Instalación de Faenas un patio de salvataje que contiene los sitios de almacenamiento de Residuos Domésticos y Residuos Industriales No Peligrosos, los que cuentan con las siguientes características:
• Superficie: tiene una superficie de 75 m2, con una capacidad máxima de 190 m3. • Techumbre: NO cuenta con una cubierta. • Base: Corresponde a una base emparejada y compactada. • Cierre Perimetral: Cuenta con cierre perimetral de malla galvanizada tipo acmafor o similar con una altura mayor de 2m y con perfiles metálicos. • Acceso: El acceso para ambos sitios, es mediante un portón metálico, con pilares metálicos y con malla galvanizada. Es de carácter restringido y debidamente señalizado, donde sólo pueden ingresar personal autorizado para almacenar o retirar residuos, el cual está autorizado por el responsable del Proyecto.
La figura que se presentan a continuación muestra la estructura referencial que presentará el patio de salvataje, el cual está separado por zonas de residuos (RSD y RISNP).
Estructura referencial Patio de Salvataje.
Mayores antecedentes en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria.
Residuos Peligrosos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Respecto de los antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 142 del D.S. N°40/2012 del MMA (y sus modificaciones posteriores) se encuentran presentado de manera actualizada en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria. Al respecto algunos de los antecedentes que allí se presentan indican que:
Descripción del Sitio del Almacenamiento.
TERRACON INGENIERIA LTDA. desarrolla el Proyecto Habitacional “Don Hernán”, en adelante el Proyecto, el que contempla la construcción de 376 unidades habitacionales de categoría Decreto con Fuerza de Ley 2 (DFL2), perteneciente al programa “Fondo Solidario de Elección de Vivienda” (FSEV DS49), regido por el Decreto Supremo N°49/2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), las cuales corresponden a viviendas del tipo casas pareadas de 2 pisos y departamentos, que se concretarán en una superficie aproximada de 5,1 hectáreas.
La totalidad de las unidades habitacionales “Don Hernán”, se subdividen en 3: los Conjuntos Residenciales Baltazar Castro y Mi Esfuerzo con 147 y 149 casas respectivamente, y el condominio Doña Ema con 80 departamentos (5 edificios de 4 pisos). La construcción de estas unidades habitacionales debería comenzar el primer semestre del año 2024, y debería concluir durante el segundo semestre del año 2026.
Para llevar a cabo la Fase de Construcción del Proyecto se habilita una Instalación de Faenas, la que cuenta en su interior con un Sitio de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos (RESPEL) de no más de 8m2. Es importante aclarar que para la Fase de Operación el Proyecto no se generan este tipo de residuos.
Conforme lo anterior, es que el presente Proyecto aplica presentar y desarrollar el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) N°142 para evaluar y autorizar la Bodega de Almacenamiento Temporal (BAT) que almacenará los residuos peligrosos durante la Fase de Construcción.
El Titular instala una bodega de estructura metálica, de tipo prefabricada y ubicada en una base continua, impermeable, y resistente estructural y químicamente a los residuos.
La zona de almacenamiento de los residuos peligrosos está diseñada para albergar contenedores transportables tipo tambor los cuales son de tamaño apropiado y compatible con el residuo a almacenar.
Se almacenan principalmente envases vacíos de pintura, arenas contaminadas, huaipe con solvente, EPP contaminados, adhesivos, entre otros.
Las dimensiones referenciales de una bodega metálica tipo contenedor prefabricados que no sobrepase los 8m2 podrían ser 4,5 m frente x 1,6 m fondo x 2,5 m alto, teniendo en este caso por ejemplo un área de 7,2m2.
El área definitiva de la BAT de RESPEL podría variar según la empresa proveedora del contenedor prefabricado, sin embargo, en ningún caso se sobrepasará de los 8m2 ya mencionados.
La Tabla que se presenta a continuación entrega las coordenadas referenciales con la ubicación de la Bodega RESPEL que contempla la Fase de Construcción del Proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
En la siguiente figura se presenta la ubicación de la Instalación de Faenas y la ubicación de la BAT de RESPEL en su interior.
Figura 1. Ubicación Instalación de Faenas y BAT de RESPEL.
Para observar en detalle la ubicación de la bodega RESPEL respecto al predio de la Instalación de Faenas, se adjunta al presente PAS el Plano de ubicación y un KMZ.
Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.
En cuanto a las especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de las condiciones ambientales, se establece que la bodega destinada para esta actividad cumple con los estándares exigidos por el D.S. N°148/2003 DEL MINSAL.
Se contempla una bodega de estructura metálica, de tipo prefabricada y ubicada en una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Además, el área donde se ubicar la BAT cuenta con un cierre perimetral que impedirá el libre acceso de personas y animales, cumpliendo así con todas las características estipuladas en el artículo 33 del D.S. N°148/2003.
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La Bodega RESPEL cuenta con un Extintor de Polvo Químico Seco Multipropósito con carga vigente y a menos de 1,3 metros de altura, cumpliendo con lo establecido por el D.S. N° 594/1999 del MINSAL, una gaveta con las Hojas de Datos de Seguridad de todos los residuos peligrosos almacenados al exterior de la bodega y otra con el Equipo de Protección Personal necesario para manipular los residuos (mascarilla, guantes y gafas). En caso de derrame, la bodega cuenta con un pretil o bandeja de contención y un Kit antiderrames con paños absorbentes, sacos de arena o similar, palas plásticas, bolsas plásticas, etc.
El sitio de almacenamiento incorporará señaléticas de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2019 respecto al tipo de residuos que se almacena en su interior, así como de prohibido el paso a personal no autorizado.
Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento.
Tal como se indicó en las secciones anteriores, los tipos de residuos que pretende almacenar el Titular corresponden a los Residuos Peligrosos que se generan por la ejecución de los trabajos relacionados con las adecuaciones del Proyecto Planta Desalador el Proyecto habitacional. Es importante mencionar que la bodega cumple con los requisitos mencionados en la normativa vigente, D.S. 148/03 del MINSAL.
La caracterización de los distintos residuos peligrosos que se almacenan en la Bodega de almacenamiento temporal de RESPEL se detalla a continuación:
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Conforme a las dimensiones de la bodega, se considera una capacidad máxima de almacenamiento de aproximadamente 12 tambores de 220lts, es decir un total de 2.640lts. En caso de ser necesario también se le puede agregar una estantería para almacenar Galones o Cubetas de menor tamaño.
Respecto a la permanencia de los residuos en la Bodega RESPEL, se considera un almacenamiento temporal, que en ningún caso excederá un periodo de almacenamiento de 6 meses, así como tampoco se supera la capacidad de almacenamiento del 80% de la bodega.
Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población.
Para minimizar cualquier afectación a la calidad del agua, aire o suelo que pueda poner en riesgo la salud de la población, se informa que:
• El sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos se encuentra techada y protegida de las condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. • El almacenamiento temporal de estos residuos se realiza en contenedores y tambores cerrados, los que son debidamente rotulados e identificados, los cuales se sellarán una vez que el contenedor complete su capacidad de almacenamiento, para ser llevados al sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. • Se mantiene en buenas condiciones de orden y limpieza el lugar de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, con el fin de resguardar la salud y el bienestar de los trabajadores. • Los lugares donde se manipulan y almacenan residuos peligrosos cuentan con señalización e instrucción de las características de éstos, destacando los peligros inherentes, las medidas de prevención y de primeros auxilios eventualmente aplicables. • Se prohíben operaciones o trabajos con llama abierta y fumar o ingerir alimentos dentro o cerca de los lugares de almacenamiento de residuos peligrosos. • Se exige el uso correcto de los elementos de protección personal que corresponda durante la manipulación de residuos peligrosos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
• Se informa a los trabajadores involucrados, los riesgos asociados a la operación y manipulación de residuos peligrosos. • Se contempla efectuar capacitaciones periódicas respecto al manejo adecuado y una adecuada gestión de los residuos peligrosos, la cual contempla la segregación en el origen en contenedores dispuestos en distintas áreas de trabajo y su posterior almacenamiento temporal en el sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.
✓ Calidad del agua y suelos Tal como ya se indicó, el sitio de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos cuenta con una base impermeable con pretil antiderrame, continua, y resistente estructural y químicamente a los residuos. Por lo anterior, no hay contaminación de agua y suelo en el área a causa del almacenamiento de este tipo de residuos.
✓ Aire La instalación de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos cuenta con techo que la protege de condiciones ambientales, además los residuos son depositados en contenedores o tambores cerrados, debidamente rotulados, por lo cual no hay dispersión de material particulado ni olores a causa del viento.
Conforme a todo lo expuesto, se verifica que el diseño presentado por el Titular respecto al sitio de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos que se presenta cumple con los requisitos de la normativa vigente asociada, las condiciones sanitarias y de seguridad para ejecutar un almacenamiento de tipo seguro ya sea para el medio ambiente, población y trabajadores.
Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento.
La bodega de almacenamiento tiene una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad; correspondiente a 200 o 220 L, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, como se indica en el artículo 33 del D.S 148/2003 del MINSAL, Reglamento de Manejo de Residuos Peligrosos.
Mayores antecedentes en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria.
Fase de Operación Para el sector de edificios se opera una Sala de Basura en cada uno de ellos:
Descripción y Planos del Sitio
Residuos sólidos domiciliarios generados por los habitantes del condominio Doña Ema (5 edificios).
El Proyecto considera para esta Fase sólo la generación de Residuos Domiciliarios mediante la sala de gestión de residuos domiciliarios o sala de basuras por cada uno de los edificios del Proyecto (5) ubicadas en el primer piso de cada uno de éstos.
Cabe señalar que los sistemas de eliminación de basura cumplen con toda la normativa actual vigente. Para ello se construye en cada torre un sistema de manejo de residuos que consiste en un ducto por donde transitarán los residuos hasta los contenedores de 240lts litros que están en la descarga del ducto en la sala de basura. En cada piso hay una puerta con un receptáculo metálico (shaft de basura) en la cual las personas depositan sus residuos. Este receptáculo conecta al ducto para su disposición en la sala de basuras.
Es relevante mencionar que el Proyecto cuenta extracción de basura aprobado por SEREMI de Salud, bajo resolución N°2206485058 con fecha 27 de septiembre de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
- En el Proyecto se indica que son 5 edificios, cada uno de 4 pisos y 16 departamentos. Cada edificio produce 948lts de basura en 3 días.
Al ser 5 edificios, cada edificio cuenta con 16 departamentos, 79 habitantes, una tolva y closet ecológico por piso, un ducto y una sala de basura que cuenta con 4 contenedores de 240lts. El condominio además cuenta con una zona de precarguío con radier de hormigón.
Para mayor detalle de la ubicación de las salas de basura descritas, sus respectivos ductos y tipos de basureros, se adjunta el Plano Salas de Basuras y el KMZ.
Continuando con la descripción de las salas de basuras, se puede indicar:
Descripción del Procedimiento de recolección para cada Ducto y Sala de Basuras proyectadas del Condominio.
Todos los habitantes y/o copropietarios del condominio depositan sus residuos domiciliarios en bolsas de basura cerradas mediante lazo o nudo, las bolsas son de base resistente, de tamaños pequeños y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior como botellas de vidrio o escombros, que puedan romperla y esparcir su contenido durante su trayecto de caída (a través del ducto de basuras) hacia el Contenedor ubicado en la base del Ducto.
Tampoco se permite el botar cartones o piezas de maderas de cualquier tamaño en estas bolsas. Los elementos de vidrio y cartones se organizarán en los closets ecológicos o repiseros dispuestos para los usuarios de cada Ducto y en cada Sala de Basuras proyectadas para el condominio.
Todos los residuos domiciliarios se acumulan en cada una de las “Sala de Basuras” de cada edificio, las cuales se emplazan en el costado posterior de cada circulación vertical o núcleo de caja escala de cada edificio proyectado.
La Sala de Basuras proyectada es un recinto y edificación diseñado de acuerdo con las características y a lo detallado en los planos aprobados, cada una con una superficie útil de 6,06 m2. Por lo tanto, se consulta una (1) Sala de Basuras por cada Ducto proyectado en los cinco edificios del condominio.
Estas Salas de Basuras permiten la ubicación de los contenedores de basura vacíos y limpios, como también a los que ya se hayan llenado durante los intervalos o período de retiro municipal.
Los contenedores de basuras están ordenados en un sector específico de la Sala de Basuras ( como se proyecta en los planos adjuntos ) y este recinto debe tener condiciones de higiene según lo exigido por el MINSAL regional; es decir, pisos y muros lavables para una higiene periódica, esquinas-encuentros de piso y muros redondeados para evitar la acumulación de residuos de cualquier tipo y facilitar su limpieza, iluminación mediante luminaria hermética, una rejilla y pileta de desagüe para el sector de lavado de contenedores de basuras, un lavamanos para el operador encargado de cada Sala de Basuras y un área de lavado de contenedores de 0,8 x 0,8 mts como mínimo, con llave de jardín y manguera enrollable de 10 mts. De desarrollo como mínimo.
Este recinto se denomina “Sala de Basuras”, la cual debe ser numerada para la información estadística del Proyecto y como anexo del Reglamento de Copropiedad del conjunto habitacional y futura administración.
Una vez botada la basura por el usuario en el ducto correspondiente, y una vez lleno el contenedor dispuesto bajo la boca del ducto, deben existir siempre contenedores vacíos disponibles, absolutamente limpios e inmediatos para su uso y recambio una vez requeridos.
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Los contenedores consultados son de plástico reforzado, lavables, con tapa de abatir hermética, y de dos ruedas para su fácil transporte a la Zona de Pre-Carguío o Pre-Recogida por el encargado del sistema de recolección municipal.
En la Sala de Basuras deben proveerse todos los contenedores perfectamente limpios para el proceso de acumulación; los cuales sólo deben llenarse hasta 10 cms antes de su borde superior o desde el borde inferior de la tapa del contenedor de basuras.
Los contenedores llenos, se trasladan a la zona de precarguío o pre-recogida, la cual esta acondicionada para impedir el ingreso de perros, o animales que vulneren su tapa y vuelquen eventualmente su contenido.
La zona de precarguío esta cercada y protegida por una reja metálica, y dispuesta sobre una losa o radier afinado de cemento que permita la limpieza periódica con manguera y chorro de agua; para lo cual se debe consultar una pendiente de al menos un 2% y disponer de una llave de jardín a uno de sus costados, una manguera de goma blindada de un largo no inferior a 10 metros y del sumidero respectivo que permiten mantener limpio este lugar.
Cuando los contenedores se encuentren llenos, el personal encargado de cada una de las Salas de Basuras debe retirarlos de la Sala y llevarlos a la zona de espera de contenedores o precarguío, dispuesta en forma inmediata a la vía pública, en este caso ubicada en el acceso norte del condominio, para su retiro por el sistema de recolección municipal de la comuna de Rancagua. Para esta actividad, el personal encargado debe presenciar y esperar el procedimiento de recolección y retiro municipal.
Terminado este procedimiento, el personal encargado del aseo del condominio guardará cada uno de los contenedores en la respectiva Sala de Basuras para su inmediato lavado y sanitización correspondiente.
Ubicación de zonas de pre-recogida de los contenedores
Corresponden a la zona ubicada hacia el deslinde norte del condominio, y a un costado del acceso; el cual debe contar con acceso para el camión y personal municipal de recolección.
El área de pre- carguío o recogida debe agrupar a 15 contenedores como máximo, en espera del retiro municipal, o de acuerdo con la coordinación previa que se realice con el municipio para este objetivo.
Esta zona acopiará los contenedores con la basura llenos, en espera del camión recolector municipal, por lo tanto, tiene un piso lavable, de preferencia de radier afinado, no requiere ser un recinto cerrado, pero debe contar con una cerca o reja metálica que sirva para ordenar la ubicación de los contenedores y evite tanto su robo como el ingreso de personas no autorizadas y animales.
Residuos Fase de Operación
Los Residuos Sólidos No Peligrosos generados en la Fase de Operación corresponden a los Residuos Sólidos Domiciliarios de los futuros residentes del Proyecto habitacional a construir.
Para la estimación de los residuos sólidos domiciliarios (RSD) durante la Fase de Operación se considera un factor de generación de 0,5 Kg/día por habitante.
Considerando que el conjunto habitacional contara con 376 unidades habitacionales con un promedio de 4 personas por cada vivienda, se estima que la generación de este tipo alcance los 752 kg/día.
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Recomendaciones para la Mantención del Sistema de Extracción de Basuras del Proyecto
No está permitido depositar en los contenedores cartones y piezas de madera; para este efecto se dispone un contenedor especial en la zona de precarguío para estos elementos, el cual debe estar claramente rotulado.
Cada contenedor está claramente rotulado con el número correspondiente a cada Sala de Basuras, considerando una planilla para los datos de cada uno de los edificios que deben administrarlos, cada uno de las planillas están ubicadas en forma accesible para la información de los funcionarios del departamento de aseo municipal de la comuna de Rancagua si así se requiere, como de los encargados asignados por la administración del condominio.
Si un contenedor de basuras tiene daños o desperfectos en su sistema de cierre, ruedas o asa, debe ser reparado o reemplazado por la administración del condominio e informado a la Asamblea de copropietarios, rotulándose con el número correspondiente a cada Sala de Basuras, esta exigencia debe formar parte de los protocolos descritos en el Reglamento de Copropiedad del conjunto habitacional.
La administración del condominio vela mensual o periódicamente la existencia de la totalidad, estado y operatividad de todos los contenedores de basuras del condominio.
Cada sala de Basuras debe contener permanentemente a lo menos cuatro (4) contenedores dispuestos para su utilización, los cuales deben estar perfectamente lavados y limpios, dispuestos para el uso inmediato de los copropietarios.
Para la limpieza de los contenedores y de cada Sala de Basuras se debe considerar la provisión y disponibilidad de uniformes de limpieza desechables para el encargado de la mantención de la Sala, un stock de guantes y overol desechables, la provisión y el uso de detergentes biodegradables; como también de la descripción del período, cantidad de faenas de limpieza y de sanitización impresos en una bitácora que debe estar impresa y a la vista en el costado del acceso a cada Sala de Basuras. Tal información debe estar disponible para todos los copropietarios del conjunto habitacional e informada periódicamente a la Asamblea de copropietarios del condominio.
Para este efecto, estas tareas, sus características y obligaciones, deben ser consideradas en la redacción del Primer Reglamento de Copropiedad respectivo, asegurando los mecanismos de alternancia y permanencia de personas responsables de la mantención, limpieza de la sala de basuras, provisión de elementos de mantención y de cada uno de sus contenedores.
La limpieza de la Sala de Basuras se efectúa después de cada retiro por el camión recolector municipal, o como mínimo una vez a la semana; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última labor de limpieza para la fiscalización y conocimiento de todos los copropietarios y de la Administración del condominio. El comité de Administración del condominio vela por el cumplimiento decida una de estas obligaciones.
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La limpieza de cada Contenedor se efectúa una vez vaciado por el personal municipal de la comuna de Rancagua; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última limpieza. El comité de Administración del Condominio y de cada edificio vela por el cumplimiento de estas obligaciones.
Se recomienda la contratación de Servicios de Desratización de las Salas de Basuras en forma periódica, la cual debe ser considerada en el régimen de gastos comunes y registrada e informada por la administración del condominio, para ser informada regularmente a todos los copropietarios.
En la Zona de Precarguío se contempla en forma visible, la información del día y hora de Recolección de los Camiones de Aseo Municipal de la municipalidad de Rancagua, por lo que prohibe el depósito de basuras en los contenedores que se encuentren en condición de espera del servicio de retiro y recolección municipal. Se adjunta certificado de frecuencia de camión recolector, emitido por la Municipalidad de Rancagua.
Descripción del sistema o proceso de lavado e higienización de los contenedores.
Para la limpieza de los contenedores y de cada Sala de Basuras se debe considerar la provisión y disponibilidad de uniformes de limpieza desechables para el encargado de la mantención de la Sala, un stock de guantes y overol desechables, la provisión y el uso de detergentes biodegradables; como también de la descripción del período, cantidad de faenas de limpieza y de sanitización impresos en una bitácora que debe estar impresa y a la vista en el costado del acceso a cada Sala de Basuras. Tal información debe estar disponible para todos los copropietarios del conjunto habitacional e informada periódicamente a la Asamblea de copropietarios del condominio.
Para este efecto, estas tareas, sus características y obligaciones, deben ser consideradas en la redacción del Primer Reglamento de Copropiedad respectivo, asegurando los mecanismos de alternancia y permanencia de personas responsables de la mantención, limpieza de la sala de basuras, provisión de elementos de mantención y de cada uno de sus contenedores.
La limpieza de la Sala de Basuras se efectúa después de cada retiro por el camión recolector municipal, o como mínimo una vez a la semana; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última labor de limpieza para la fiscalización y conocimiento de todos los copropietarios y de la Administración del condominio. El comité de Administración del condominio vela por el cumplimiento decida una de estas obligaciones.
La limpieza de cada Contenedor se efectúa una vez vaciado por el personal municipal de la comuna de Rancagua; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última limpieza. El comité de Administración del Condominio y de cada edificio vela por el cumplimiento de estas obligaciones.
Mayores antecedentes en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria.
Como se ha indicado en los puntos anteriores, se puede concluir que, de acuerdo con los antecedentes que justifican el Artículo 5 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, el Proyecto no genera riesgo a la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que se generan, debido a que no son significativos y son controlados.
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5.2 SOBRE LA INEXISTENCIA DE EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Perturbación sobre la cantidad y calidad de los recursos renovables, en específico el aire. Compactación y urbanización del suelo Intervención de hábitat para la Fauna Intervención sobre cauce artificial
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:
Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. De acuerdo con el D.S. N°68/2009 del MINSEGPRES, en el área de influencia del Proyecto se encuentra 1 especie listada como originarias del país, se trata de Baccahris linearis, la especie se encuentra en forma aislada dentro del área de influencia por lo tanto no necesita Plan de Trabajo Xerofítico.
En el área de influencia del Proyecto se tuvo registro de 15 especies de vertebrados terrestres, de las cuales una especie corresponde a reptil y 14 especies corresponden a aves. Una especie se encuentra en categoría de conservación, la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis) considerada como Preocupación menor (LC) según el D.S. N°19/2012 del MMA, por lo tanto, en el Capítulo 4 Compromisos Ambientales Voluntarios, se presenta un Plan de Perturbación Controlada para especies de baja movilidad.
a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. El Proyecto interviene una superficie de 5,25 hectáreas de suelos, en las cuales se construye 376 unidades habitacionales, la construcción de dichas unidades habitacionales comienza a contar del segundo semestre del año 2024, concluyendo en el primer semestre de 2026; la Fase de Construcción tiene una duración de aproximadamente 2 años.
El área de intervención del Proyecto se encuentra inmersa en una zona urbana consolidada, según indica el Plan Regulador Comunal (PRC) vigente de Rancagua el predio del Proyecto se encuentra en la zona EX2 que permite principalmente el destino de viviendas. Por tanto, el Instrumento de Planificación Territorial vigente establece que este suelo está destinado al uso residencial por sobre otras actividades, por lo que, y en conjunto a los análisis basales del predio (Anexo C2_6 Línea de Base de Biodiversidad), que lo identifica como una zona de estudio con alta intervención antrópica, con dominancia de especies introducidas, se descarta cualquier impacto de significancia respecto a la componente suelo.
b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se debe considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de El Proyecto interviene una superficie de 5,25 hectáreas de suelos, en las cuales se construye 376 unidades habitacionales, la construcción de dichas unidades habitacionales comienza a contar del segundo semestre del año 2024, concluyendo en el primer semestre de 2026; la Fase de Construcción tiene una duración de aproximadamente 2 años.
Flora y Vegetación Con respecto a la componente flora, en el área de influencia del Proyecto se registraron 23 especies de plantas vasculares de las cuales 21 (91%) son especies alóctonas y 2 (9%) son especies nativas.
Con respecto a las formas de crecimiento, las más abundantes son las hierbas anuales con 11 especies (49%), seguidos por las hierbas perennes con 5 especies (22%), luego los árboles con 4 especies (17%) y finalmente los arbustos con 3 especies (13%).
Del total de especies, ninguna se encuentra en alguna categoría de conservación.
De acuerdo con el D.S. N°68/2009 del MINSEGPRES, en el área de influencia del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. Proyecto se encuentra 1 especie listada como originarias del país, se trata de Baccahris linearis, la especie se encuentra en forma aislada dentro del área de influencia por lo tanto no necesita Plan de Trabajo Xerofítico.
En el área de influencia del Proyecto se tuvo registro de 15 especies de vertebrados terrestres, de las cuales una especie corresponde a reptil y 14 especies corresponden a aves. Una especie se encuentra en categoría de conservación, la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis) considerada como Preocupación menor (LC) según el 19/2012 del MMA, por lo tanto, en el Capítulo 4 Compromisos Ambientales Voluntarios, se presenta un Plan de Perturbación Controlada para especies de baja movilidad.
Es importante mencionar que no se detectaron mamíferos ni anfibios.
Fauna De las especies observadas, una se encuentra en categoría de conservación, la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis) considerada como Preocupación Menor (LC) según el DS 19/2012. Ninguna de las especies es endémica y dos son introducidas, pertenecientes a la clase Aves.
Para el área de estudio, se registró una abundancia total de 68 individuos distribuidos en una riqueza de 15 especies. Donde, el grupo taxonómico dominante durante la campaña fue el de las aves, con 14 especies y 65 individuos, cuyas especies más representativas fueron Sicalis luteiventris (Chirigüe) y Passer domesticus (Gorrión).
Tal como se mencionó anteriormente, durante el estudio de campo se detectó una especie con categoría de conservación clasificada bajo el criterio “Preocupación Menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies del Ministerio del Medio Ambiente (D.S. N°79/2018 MMA), esta fue el reptil Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta). Debido a que posee una movilidad menor y su categoría de conservación es Preocupación Menor (LC), se procede a realizar un Plan de Perturbación Controlada previo al inicio del Proyecto y acorde al avance gradual de las faenas constructivas. Los antecedentes se adjuntan en el Capítulo 4 Compromisos Ambientales Voluntarios.
Por lo tanto, y en base a lo antes expuesto anteriormente respecto a la condición actual del predio, se descarta cualquier afectación a la diversidad biológica, debido a las condiciones actuales de presión antrópica y la inexistencia de especies con necesidad de gestión debido a sus estados de conservación.
c) La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. A continuación, se describe la magnitud y la duración de los impactos no significativos del Proyecto, sobre los recursos suelo, agua.
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Agua: La profundidad de los pozos de exploración que se realizaron en el estudio de suelo varía entre 3,00m y 4,00m. Ninguno de los pozos arrojó la presencia de napa freática.
De acuerdo con las características del suelo, el estudio recomienda que el horizonte de apoyo de las estructuras sean en estrato H-3 y 4 en edificios y h-2 en casas. A raíz de lo anterior, el Proyecto de estructura se diseña considerando lo recomendado en el estudio de suelo. Es por esta razón que las fundaciones proyectadas no sobrepasan la profundidad de las exploraciones realizadas, por lo cual no existiría napa en el sello proyectado.
Para más información se recomienda ver en anexos el estudio de suelo, perfiles estratigráficos y Proyecto de cálculo estructural.
El canal que se encuentra de manera existente en el fondo de patio de las casas proyectadas es modificado de su cauce, el cual se proyecta bajo vereda en bien nacional de uso público, con el fin de otorgar facilidad en la inspección y apertura y limpieza por parte de las entidades responsables en su tuición.
d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites Tal como se ha indicado, las actividades del Proyecto son las propias de una actividad residencial, en este sentido se puede indicar que:
Normas de Calidad Secundaria para el Componente Aire:
A continuación, se presentan las normas de calidad secundarias vigentes del componente aire y su relación con el presente Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adversos de acuerdo a lo anterior, se considera la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el Proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.
e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. En el terreno de emplazamiento del Proyecto no existen hábitats de relevancia para nidificación, reproducción o alimentación, tal como se evidencia en el levantamiento de la Línea de Base de Biodiversidad, presentado en el Anexo C2_6 de la presente DIA f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Fase de Construcción:
Respecto de los antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 140 del D.S. N°40/2012 del MMA (y sus modificaciones posteriores) se encuentran presentado de manera actualizada en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria. Al respecto algunos de los antecedentes que allí se presentan indican que:
Descripción y Planos del Sitio. A continuación, se entrega el detalle de los residuos no peligrosos que se generan en cada Fase del Proyecto:
Fase de Construcción: • Residuos Sólidos No Peligrosos generados por las obras de construcción, correspondientes a fracciones como hormigón, escombros, ladrillos, plásticos, materiales cerámicos, metales, madera, entre otros. • Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios (generados por los trabajadores).
Se aclara a la autoridad que el almacenamiento temporal de los Residuos Sólidos Domiciliarios se realiza en contenedores, con tapa y bolsas de basura. Estos residuos son retirados y transportados por el Servicio de Recolección Municipal.
Con relación al almacenamiento de los Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos se pueden realizar directamente en el suelo compactado del patio de manera Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
segregada y ordenada, o a través de bateas, contenedores o tolvas que son retiradas por empresas autorizadas para dichos fines.
Cabe señalar que el Titular procura la valorización de éstos mediante la posibilidad de reutilizar y/o reciclar, siempre y cuando sea factible, y bajo lo señalado en la Ley N°20.920 de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP).
El patio de salvataje es sin techumbre, tiene una base emparejada y compactada y mantiene un cierre perimetral de malla galvanizada tipo acmafor o similar con perfiles metálicos.
El acceso para el sitio de Residuos Sólidos Domiciliarios es independiente. Ambos sitios tienen un acceso de carácter restringido y debidamente señalizado, donde sólo pueden ingresar personal autorizado para almacenar o retirar residuos, el cual está autorizado por el responsable del Proyecto.
A continuación, se entrega la ubicación del Patio de Salvataje al interior de la Instalación de Faenas (IIFF) del Proyecto durante la Fase de construcción.
Caracterización y Estimación de los Residuos
A continuación, se presenta la caracterización y estimación de los Residuos Sólidos No Peligrosos generados en las Fases de Construcción y Fase de Operación del Proyecto. Respecto a la Fase de Cierre se recuerda a la autoridad que ésta no sería considerada toda vez que corresponde a un Proyecto habitacional.
Residuos Fase de Construcción
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Dentro de los Residuos No Peligrosos se contemplan aquellos que generan los trabajadores presentes en la obra y que son asimilables a Residuos Domiciliarios y aquellos generados producto de las obras de construcción y que corresponden a los residuos industriales como los restos de materiales de construcción principalmente.
Para la estimación de los Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD), se considera como factor de generación per cápita 0,5 [kg/persona/día], considerando 260 días hábiles laborales en un año y 180 personas en obras de construcción (máximo), por lo tanto, se obtuvieron los siguientes resultados.
Para el almacenamiento temporal de residuos se dispone de contenedores con ruedas y tapas herméticas, cada uno con capacidad de 240 litros, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente siendo distribuidos de manera uniforme dentro del terreno. Los residuos son almacenados por un periodo máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal.
Los Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos (RISNP) corresponden principalmente a ladrillos, tejas, azulejos, armaduras de acero, perfiles y restos de madera, papeles y cartones, fierros, plásticos, sacos de cemento y cajas, entre otros residuos mezclados como escombros, tierras y piedras.
Los Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos generados por la construcción son almacenados temporalmente en un sitio de acopio de superficie de aproximadamente 300 [m2], el cual cuenta con cierre perimetral y acceso restringido.
Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.
Para la Fase de Construcción se mantiene al interior de la Instalación de Faenas un patio de salvataje que contiene los sitios de almacenamiento de Residuos Domésticos y Residuos Industriales No Peligrosos, los que cuentan con las siguientes características:
• Superficie: tiene una superficie de 75 m2, con una capacidad máxima de 190 m3. • Techumbre: NO cuenta con una cubierta. • Base: Corresponde a una base emparejada y compactada. • Cierre Perimetral: Cuenta con cierre perimetral de malla galvanizada tipo acmafor o similar con una altura mayor de 2m y con perfiles metálicos. • Acceso: El acceso para ambos sitios, es mediante un portón metálico, con pilares metálicos y con malla galvanizada. Es de carácter restringido y debidamente señalizado, donde sólo pueden ingresar personal autorizado para almacenar o retirar residuos, el cual está autorizado por el responsable del Proyecto.
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La figura que se presentan a continuación muestra la estructura referencial que presentará el patio de salvataje, el cual está separado por zonas de residuos (RSD y RISNP).
Estructura referencial Patio de Salvataje.
Mayores antecedentes en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria.
Residuos Peligrosos
Respecto de los antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 142 del D.S. N°40/2012 del MMA (y sus modificaciones posteriores) se encuentran presentado de manera actualizada en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria. Al respecto algunos de los antecedentes que allí se presentan indican que:
Descripción del Sitio del Almacenamiento.
TERRACON INGENIERIA LTDA. desarrolla el Proyecto Habitacional “Don Hernán”, en adelante el Proyecto, el que contempla la construcción de 376 unidades habitacionales de categoría Decreto con Fuerza de Ley 2 (DFL2), perteneciente al programa “Fondo Solidario de Elección de Vivienda” (FSEV DS49), regido por el Decreto Supremo N°49/2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), las cuales corresponden a viviendas del tipo casas pareadas de 2 pisos y departamentos, que se concretarán en una superficie aproximada de 5,1 hectáreas.
La totalidad de las unidades habitacionales “Don Hernán”, se subdividen en 3: los Conjuntos Residenciales Baltazar Castro y Mi Esfuerzo con 147 y 149 casas respectivamente, y el condominio Doña Ema con 80 departamentos (5 edificios de 4 pisos). La construcción de estas unidades habitacionales debería comenzar el primer semestre del año 2024, y debería concluir durante el segundo semestre del año 2026.
Para llevar a cabo la Fase de Construcción del Proyecto se habilita una Instalación de Faenas, la que cuenta en su interior con un Sitio de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos (RESPEL) de no más de 8m2. Es importante aclarar que para la Fase de Operación el Proyecto no se generan este tipo de residuos.
Conforme lo anterior, es que el presente Proyecto aplica presentar y desarrollar el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) N°142 para evaluar y autorizar la Bodega de Almacenamiento Temporal (BAT) que almacenará los residuos peligrosos durante la Fase de Construcción.
El Titular instala una bodega de estructura metálica, de tipo prefabricada y ubicada en una base continua, impermeable, y resistente estructural y químicamente a los residuos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
La zona de almacenamiento de los residuos peligrosos está diseñada para albergar contenedores transportables tipo tambor los cuales son de tamaño apropiado y compatible con el residuo a almacenar. Se almacenan principalmente envases vacíos de pintura, arenas contaminadas, huaipe con solvente, EPP contaminados, adhesivos, entre otros.
Las dimensiones referenciales de una bodega metálica tipo contenedor prefabricados que no sobrepase los 8m2 podrían ser 4,5 m frente x 1,6 m fondo x 2,5 m alto, teniendo en este caso por ejemplo un área de 7,2m2.
El área definitiva de la BAT de RESPEL podría variar según la empresa proveedora del contenedor prefabricado, sin embargo, en ningún caso se sobrepasará de los 8m2 ya mencionados.
La Tabla que se presenta a continuación entrega las coordenadas referenciales con la ubicación de la Bodega RESPEL que contempla la Fase de Construcción del Proyecto
En la siguiente figura se presenta la ubicación de la instalación de faenas y la ubicación de la BAT de RESPEL en su interior.
Figura 1. Ubicación Instalación de Faenas y BAT de RESPEL.
Para observar en detalle la ubicación de la bodega RESPEL respecto al predio de la Instalación de Faenas, se adjunta al presente PAS el Plano de ubicación y un KMZ.
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Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.
En cuanto a las especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de las condiciones ambientales, se establece que la bodega destinada para esta actividad cumple con los estándares exigidos por el D.S. N°148/2003 DEL MINSAL.
Se contempla una bodega de estructura metálica, de tipo prefabricada y ubicada en una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Además, el área donde se ubicar la BAT cuenta con un cierre perimetral que impedirá el libre acceso de personas y animales, cumpliendo así con todas las características estipuladas en el artículo 33 del D.S. N°148/2003.
La Bodega RESPEL cuenta con un Extintor de Polvo Químico Seco Multipropósito con carga vigente y a menos de 1,3 metros de altura, cumpliendo con lo establecido por el D.S. N° 594/1999 del MINSAL, una gaveta con las Hojas de Datos de Seguridad de todos los residuos peligrosos almacenados al exterior de la bodega y otra con el Equipo de Protección Personal necesario para manipular los residuos (mascarilla, guantes y gafas). En caso de derrame, la bodega cuenta con un pretil o bandeja de contención y un Kit antiderrames con paños absorbentes, sacos de arena o similar, palas plásticas, bolsas plásticas, etc.
El sitio de almacenamiento incorporará señaléticas de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2019 respecto al tipo de residuos que se almacena en su interior, así como de prohibido el paso a personal no autorizado.
Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento.
Tal como se indicó en las secciones anteriores, los tipos de residuos que pretende almacenar el Titular corresponden a los residuos peligrosos que se generan por la ejecución de los trabajos relacionados con las adecuaciones del Proyecto Planta Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Desalador el Proyecto habitacional. Es importante mencionar que la bodega cumple con los requisitos mencionados en la normativa vigente, D.S. 148/03 del MINSAL.
La caracterización de los distintos Residuos Peligrosos que se almacenan en la Bodega de almacenamiento temporal de RESPEL se detalla a continuación:
Conforme a las dimensiones de la bodega, se considera una capacidad máxima de almacenamiento de aproximadamente 12 tambores de 220lts, es decir, un total de 2.640lts. En caso de ser necesario también se le puede agregar una estantería para almacenar Galones o Cubetas de menor tamaño.
Respecto a la permanencia de los residuos en la Bodega RESPEL, se considera un almacenamiento temporal, que en ningún caso excederá un periodo de almacenamiento de 6 meses, así como tampoco se supera la capacidad de almacenamiento del 80% de la bodega.
Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población.
Para minimizar cualquier afectación a la calidad del agua, aire o suelo que pueda poner en riesgo la salud de la población, se informa que:
• El sitio de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos se encuentra techada y protegida de las condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. • El almacenamiento temporal de estos residuos se realiza en contenedores y tambores cerrados, los que son debidamente rotulados e identificados, los cuales se sellarán una vez que el contenedor complete su capacidad de almacenamiento, para ser llevados al sitio de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos. • Se mantiene en buenas condiciones de orden y limpieza el lugar de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, con el fin de resguardar la salud y el bienestar de los trabajadores. • Los lugares donde se manipulan y almacenan residuos peligrosos cuentan con señalización e instrucción de las características de éstos, destacando los peligros inherentes, las medidas de prevención y de primeros auxilios eventualmente aplicables. • Se prohíben operaciones o trabajos con llama abierta y fumar o ingerir alimentos dentro o cerca de los lugares de almacenamiento de residuos peligrosos. • Se exige el uso correcto de los elementos de protección personal que corresponda durante la manipulación de Residuos Peligrosos. • Se informa a los trabajadores involucrados, los riesgos asociados a la operación y manipulación de residuos peligrosos. Respecto de este punto, se contempla efectuar capacitaciones periódicas respecto al manejo adecuado y una adecuada gestión de los residuos peligrosos, la cual contempla la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
segregación en el origen en contenedores dispuestos en distintas áreas de trabajo y su posterior almacenamiento temporal en el sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.
✓ Calidad del agua y suelos Tal como ya se indicó, el sitio de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos cuenta con una base impermeable con pretil antiderrame, continua, y resistente estructural y químicamente a los residuos. Por lo anterior, no hay contaminación de agua y suelo en el área a causa del almacenamiento de este tipo de residuos.
✓ Aire La instalación de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos cuenta con techo que la protege de condiciones ambientales, además los residuos son depositados en contenedores o tambores cerrados, debidamente rotulados, por lo cual no hay dispersión de material particulado ni olores a causa del viento.
Conforme a todo lo expuesto, se verifica que el diseño presentado por el Titular respecto al sitio de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos que se presenta cumple con los requisitos de la normativa vigente asociada, las condiciones sanitarias y de seguridad para ejecutar un almacenamiento de tipo seguro ya sea para el medio ambiente, población y trabajadores.
Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento.
La bodega de almacenamiento tiene una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad; correspondiente a 200 o 220 L, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, como se indica en el artículo 33 del D.S 148/2003 del MINSAL, Reglamento de Manejo de Residuos Peligrosos.
Mayores antecedentes en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria.
Fase de Operación Para el sector de edificios se opera una Sala de Basura en cada uno de ellos:
Descripción y Planos del Sitio Residuos sólidos domiciliarios generados por los habitantes del condominio Doña Ema (5 edificios).
El Proyecto considera para esta Fase sólo la generación de Residuos Domiciliarios mediante la sala de gestión de residuos domiciliarios o sala de basuras por cada uno de los edificios del Proyecto (5) ubicadas en el primer piso de cada uno de éstos. Cabe señalar que los sistemas de eliminación de basura cumplen con toda la normativa actual vigente. Para ello se construye en cada torre un sistema de manejo de residuos que consiste en un ducto por donde transitarán los residuos hasta los contenedores de 240lts litros que están en la descarga del ducto en la sala de basura. En cada piso hay una puerta con un receptáculo metálico (shaft de basura) en la cual las personas depositan sus residuos. Este receptáculo conecta al ducto para su disposición en la sala de basuras, tal como se puede observar en las siguientes imágenes referenciales.
Es relevante mencionar que el Proyecto cuenta extracción de basura aprobado por SEREMI de Salud, bajo Resolución N°2206485058 con fecha 27 de septiembre de 2022. En el Proyecto se indica que son 5 edificios, cada uno de 4 pisos y 16 departamentos. Cada edificio produce 948lts de basura en 3 días. Para mayor detalle, se adjunta resolución mencionada anteriormente.
Al ser 5 edificios, cada edificio cuenta con 16 departamentos, 79 habitantes, una tolva y closet ecológico por piso, un ducto y una sala de basura que cuenta con 4 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
contenedores de 240lts. El condominio además cuenta con una zona de precarguío con radier de hormigón.
Para mayor detalle de la ubicación de las salas de basura descritas, sus respectivos ductos y tipos de basureros, se adjunta el Plano Salas de Basuras y el KMZ.
Continuando con la descripción de las salas de basuras, se puede indicar: Descripción del Procedimiento de recolección para cada Ducto y Sala de Basuras proyectadas del Condominio.
Todos los habitantes y/o copropietarios del condominio depositan sus Residuos Domiciliarios en bolsas de basura cerradas mediante lazo o nudo, las bolsas son de base resistente, de tamaños pequeños y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior como botellas de vidrio o escombros, que puedan romperla y esparcir su contenido durante su trayecto de caída (a través del ducto de basuras) hacia el Contenedor ubicado en la base del Ducto.
Tampoco se permite el botar cartones o piezas de maderas de cualquier tamaño en estas bolsas. Los elementos de vidrio y cartones se organizarán en los closets ecológicos o repiseros dispuestos para los usuarios de cada Ducto y en cada Sala de Basuras proyectadas para el condominio.
Todos los Residuos Domiciliarios se acumulan en cada una de las “Sala de Basuras” de cada edificio, las cuales se emplazan en el costado posterior de cada circulación vertical o núcleo de caja escala de cada edificio proyectado.
La Sala de Basuras proyectada es un recinto y edificación diseñado de acuerdo con las características y a lo detallado en los planos aprobados, cada una con una superficie útil de 6,06 m2. Por lo tanto, se consulta una (1) Sala de Basuras por cada Ducto proyectado en los cinco edificios del condominio.
Estas Salas de Basuras permiten la ubicación de los contenedores de basura vacíos y limpios, como también a los que ya se hayan llenado durante los intervalos o período de retiro municipal.
Los contenedores de basuras están ordenados en un sector específico de la Sala de Basuras ( como se proyecta en los planos adjuntos ) y este recinto debe tener condiciones de higiene según lo exigido por el MINSAL regional; es decir, pisos y muros lavables para una higiene periódica, esquinas-encuentros de piso y muros redondeados para evitar la acumulación de residuos de cualquier tipo y facilitar su limpieza, iluminación mediante luminaria hermética, una rejilla y pileta de desagüe para el sector de lavado de contenedores de basuras, un lavamanos para el operador encargado de cada Sala de Basuras y un área de lavado de contenedores de 0,8 x 0,8 mts como mínimo, con llave de jardín y manguera enrollable de 10 mts. De desarrollo como mínimo. Este recinto se denomina “Sala de Basuras”, la cual debe ser numerada para la información estadística del Proyecto y como anexo del Reglamento de Copropiedad del conjunto habitacional y futura administración.
Una vez botada la basura por el usuario en el ducto correspondiente, y una vez lleno el contenedor dispuesto bajo la boca del ducto, deben existir siempre contenedores vacíos disponibles, absolutamente limpios e inmediatos para su uso y recambio una vez requeridos.
Los contenedores consultados son de plástico reforzado, lavables, con tapa de abatir hermética, y de dos ruedas para su fácil transporte a la Zona de Pre-Carguío o Pre- Recogida por el encargado del sistema de recolección municipal.
En la Sala de Basuras deben proveerse todos los contenedores perfectamente limpios para el proceso de acumulación; los cuales sólo deben llenarse hasta 10 cms antes de su borde superior o desde el borde inferior de la tapa del contenedor de basuras.
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Los contenedores llenos, se trasladan a la zona de precarguío o pre-recogida, la cual esta acondicionada para impedir el ingreso de perros, o animales que vulneren su tapa y vuelquen eventualmente su contenido.
La zona de precarguío esta cercada y protegida por una reja metálica, y dispuesta sobre una losa o radier afinado de cemento que permita la limpieza periódica con manguera y chorro de agua; para lo cual se debe consultar una pendiente de al menos un 2% y disponer de una llave de jardín a uno de sus costados, una manguera de goma blindada de un largo no inferior a 10 metros y del sumidero respectivo que permiten mantener limpio este lugar.
Cuando los contenedores se encuentren llenos, el personal encargado de cada una de las Salas de Basuras debe retirarlos de la Sala y llevarlos a la zona de espera de contenedores o precarguío, dispuesta en forma inmediata a la vía pública, en este caso ubicada en el acceso norte del condominio, para su retiro por el sistema de recolección municipal de la comuna de Rancagua. Para esta actividad, el personal encargado debe presenciar y esperar el procedimiento de recolección y retiro municipal.
Terminado este procedimiento, el personal encargado del aseo del condominio guardará cada uno de los contenedores en la respectiva Sala de Basuras para su inmediato lavado y sanitización correspondiente.
Ubicación de zonas de pre-recogida de los contenedores
Corresponden a la zona ubicada hacia el deslinde norte del condominio, y a un costado del acceso; el cual debe contar con acceso para el camión y personal municipal de recolección.
El área de pre- carguío o recogida debe agrupar a 15 contenedores como máximo, en espera del retiro municipal, o de acuerdo con la coordinación previa que se realice con el municipio para este objetivo.
Esta zona acopiará los contenedores con la basura llenos, en espera del camión recolector municipal, por lo tanto, debe tener un piso lavable, de preferencia de radier afinado, no requiere ser un recinto cerrado, pero debe contar con una cerca o reja metálica que sirva para ordenar la ubicación de los contenedores y evite tanto su robo como el ingreso de personas no autorizadas y animales.
Residuos Fase de Operación
Los Residuos Sólidos No Peligrosos generados en la Fase de Operación corresponden a los Residuos Sólidos Domiciliarios de los futuros residentes del Proyecto habitacional a construir.
Para la estimación de los Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) durante la Fase de Operación se considera un factor de generación de 0,5 Kg/día por habitante.
Considerando que el conjunto habitacional contara con 376 unidades habitacionales con un promedio de 4 personas por cada vivienda, se estima que la generación de este tipo alcance los 752 kg/día.
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Recomendaciones para la Mantención del Sistema de Extracción de Basuras del Proyecto
No está permitido depositar en los contenedores cartones y piezas de madera; para este efecto se dispone un contenedor especial en la zona de precarguío para estos elementos, el cual debe estar claramente rotulado.
Cada contenedor está claramente rotulado con el número correspondiente a cada Sala de Basuras, considerando una planilla para los datos de cada uno de los edificios que deben administrarlos, cada una de las planillas están ubicadas en forma accesible para la información de los funcionarios del departamento de Aseo Municipal de la comuna de Rancagua si así se requiere, como de los encargados asignados por la administración del condominio.
Si un contenedor de basuras tiene daños o desperfectos en su sistema de cierre, ruedas o asa, debe ser reparado o reemplazado por la administración del condominio e informado a la Asamblea de copropietarios, rotulándose con el número correspondiente a cada Sala de Basuras, esta exigencia debe formar parte de los protocolos descritos en el Reglamento de Copropiedad del conjunto habitacional.
La administración del condominio vela mensual o periódicamente la existencia de la totalidad, estado y operatividad de todos los contenedores de basuras del condominio.
Cada sala de Basuras debe contener permanentemente a lo menos cuatro (4) contenedores dispuestos para su utilización, los cuales deben estar perfectamente lavados y limpios, dispuestos para el uso inmediato de los copropietarios.
Para la limpieza de los contenedores y de cada Sala de Basuras se debe considerar la provisión y disponibilidad de uniformes de limpieza desechables para el encargado de la mantención de la Sala, un stock de guantes y overol desechables, la provisión y el uso de detergentes biodegradables; como también de la descripción del período, cantidad de faenas de limpieza y de sanitización impresos en una bitácora que debe estar impresa y a la vista en el costado del acceso a cada Sala de Basuras. Tal información debe estar disponible para todos los copropietarios del conjunto habitacional e informada periódicamente a la Asamblea de copropietarios del condominio.
Para este efecto, estas tareas, sus características y obligaciones, deben ser consideradas en la redacción del Primer Reglamento de Copropiedad respectivo, asegurando los mecanismos de alternancia y permanencia de personas responsables de la mantención, limpieza de la sala de basuras, provisión de elementos de mantención y de cada uno de sus contenedores.
La limpieza de la Sala de Basuras se efectúa después de cada retiro por el camión recolector municipal, o como mínimo una vez a la semana; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última labor de limpieza para la fiscalización y conocimiento de todos los copropietarios y de la Administración del condominio. El Comité de Administración del Condominio vela por el cumplimiento decida una de estas obligaciones.
La limpieza de cada Contenedor se efectúa una vez vaciado por el personal municipal de la comuna de Rancagua; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última limpieza.
El Comité de Administración del Condominio y de cada edificio vela por el cumplimiento de estas obligaciones.
Se recomienda la contratación de Servicios de Desratización de las Salas de Basuras en forma periódica, la cual debe ser considerada en el régimen de gastos comunes y registrada e informada por la administración del condominio, para ser informada regularmente a todos los copropietarios. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
En la Zona de Precarguío se contempla en forma visible, la información del día y hora de Recolección de los Camiones de Aseo Municipal de la municipalidad de Rancagua, por lo que prohíbe el depósito de basuras en los contenedores que se encuentren en condición de espera del servicio de retiro y recolección municipal. Se adjunta certificado de frecuencia de camión recolector, emitido por la Municipalidad de Rancagua.
Descripción del sistema o proceso de lavado e higienización de los contenedores.
Para la limpieza de los contenedores y de cada Sala de Basuras se debe considerar la provisión y disponibilidad de uniformes de limpieza desechables para el encargado de la mantención de la Sala, un stock de guantes y overol desechables, la provisión y el uso de detergentes biodegradables; como también de la descripción del período, cantidad de faenas de limpieza y de sanitización impresos en una bitácora que debe estar impresa y a la vista en el costado del acceso a cada Sala de Basuras. Tal información debe estar disponible para todos los copropietarios del conjunto habitacional e informada periódicamente a la Asamblea de copropietarios del condominio.
Para este efecto, estas tareas, sus características y obligaciones, deben ser consideradas en la redacción del Primer Reglamento de Copropiedad respectivo, asegurando los mecanismos de alternancia y permanencia de personas responsables de la mantención, limpieza de la sala de basuras, provisión de elementos de mantención y de cada uno de sus contenedores.
La limpieza de la Sala de Basuras se efectúa después de cada retiro por el camión recolector municipal, o como mínimo una vez a la semana; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última labor de limpieza para la fiscalización y conocimiento de todos los copropietarios y de la Administración del condominio. El comité de Administración del condominio vela por el cumplimiento decida una de estas obligaciones.
La limpieza de cada Contenedor se efectúa una vez vaciado por el personal municipal de la comuna de Rancagua; para lo cual se dispone en la cara interior de la puerta de acceso la fecha y persona responsable de la última limpieza. El comité de Administración del Condominio y de cada edificio vela por el cumplimiento de estas obligaciones.
Mayores antecedentes en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria.
g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto debe considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que g.1. Cuerpos de Aguas Subterráneas que Contienen Aguas Fósiles. El Proyecto no contempla la intervención de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles. Lo anterior, dado que el Proyecto no extrae aguas subterráneas para cubrir sus necesidades en ambas Fases (construcción ni operación).
g.2. Cuerpos de Agua que Generen Fluctuaciones de Niveles. El Proyecto no contempla la intervención de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles, tampoco la incorporación de agua a cursos/cauces de agua superficiales, lacustres y/o subterráneos, que implique un aumento o disminución en el nivel de dicho cuerpo de agua (para más información, véase Anexo C1_6 Informe Mecánica de Suelos). A partir de los 18 pozos que se realizaron en el polígono de emplazamiento del Proyecto no se observó presencia de nivel freático a la profundidad de exploración. Cabe señalar que, de acuerdo con el estudio de mecánica de suelos, para los edificios, la profundidad mínima de las zapatas es de 0,8 m respecto del nivel final del terreno, mientras que para las viviendas estas son de 0,6 m, por tanto, en relación con los niveles de aguas subterráneas se indica que, las obras y partes del Proyecto no tienen la capacidad de alterar o generar fluctuaciones de aguas subterráneas.
g.3. Vegas y/o Bofedales que Pudieren ser Afectadas por el Ascenso o Descenso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. de los Niveles de Aguas. El “Proyecto Habitacional Don Hernán” no se ubica cercano o inmerso en alguno de estos sistemas (vegas y/o bofedales), por ende, se descarta su afectación.
Áreas o Zonas de Humedales, Estuarios y Turberas que Pudieren ser Afectadas por el Ascenso o Descenso de los Niveles de Aguas Subterráneas o Superficiales.
El “Proyecto Habitacional Don Hernán” no contempla la afectación de ningún cuerpo de agua ni áreas o zonas de humedales, estuarios y/o turberas producto del ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales ocasionadas por el Proyecto h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Como se ha indicado en los puntos anteriores, se puede concluir que, de acuerdo con los antecedentes que justifican el Artículo 6 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, el Proyecto no genera efecto adverso significativo sobre los recursos naturales renovables.
5.3 SOBRE LA INEXISTENCIA DE REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Aumento en los tiempos de desplazamiento Intervención al acceso de bienes básicos, no aplica.
Existencia de grupos humanos en el área de influencia El área de influencia del Proyecto empleó como referencia la Guía de Área de Influencia de los Sistemas de Vida y Costumbre de Grupos Humanos emanada del SEIA (2020). De este modo, se llevó a cabo un proceso repetitivo en el que se considera, el entorno próximo a las partes, obras o acciones del Proyecto, el cual implica indicar las diversas áreas de influencia o bien los diversos receptores de los factores que puedan generar impacto, con la finalidad de integrarlos en el área de influencia de la Componente de Línea de Base de Medio Humano.
El Proyecto no genera alteración significativa al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
Vale la pena destacar que el Área de Influencia, se definió basándose entre otros, en la ubicación de las obras, los grupos humanos cercanos al sector, vialidad, niveles de ruido y vibraciones, emisiones atmosféricas. Con base en estas consideraciones previas, el Área de Influencia del Proyecto se acotó Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
según límites geográficos, límites artificiales asociados a la delimitación predial, paños urbanos circundantes al área de Proyecto, infraestructura y servicios asociados.
De este modo, teniendo en cuenta que los mayores impactos del Proyecto, en términos de la afectación al componente de Medio Humano, se prevén en la Fase de operación, y es por eso por lo que el Área de Influencia se determinó en función de esta Fase, la que tiene un carácter permanente al tratarse de un Proyecto habitacional.
La principal directriz que condiciona su delimitación se orienta en base a la vialidad estructurante, la cual establece la red de acceso al Proyecto.
Así a través de lo identificado en párrafos precedentes, considerando los factores generadores de posibles impactos a los sistemas de vida los grupos humanos evaluados para la delimitación del área de influencia se presenta el proceso para la determinación del área de influencia de medio humano:
Vialidad: Hace referencia a los patrones que siguen los flujos de transporte de pasajeros y peatones, a las dinámicas de movilidad en su contexto local, y los alcances del Proyecto en cuanto a los impactos que este pudiese generar sobre dichas dinámicas.
Ubicación de Obras: Referente al espacio físico que ocupa el emplazamiento del Proyecto y su caracterización en la zona donde se emplaza el Proyecto.
Grupos Humanos: Aquellos emplazados en al área adyacente al Proyecto el cual corresponden a sectores entre Av. El Sol por el sur, Av. Bombero Domingo Villalobos por el poniente, calle El Dorado por el norte, y, calle Santiago por el oriente.
Bajo este contexto, y a través del solapamiento y superposición de las distancias áreas de influencia, en la siguiente figura se muestra el Área de Influencia para la Componente de Medio Humano del Proyecto, teniendo en consideración todos los criterios anteriormente señalados.
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Respecto a esta figura, se tiene que el área de influencia abarca una superficie de 40 hectáreas. Es así como, el área de influencia queda definitiva en el sector norte determinado por la calle Edmundo Cabezas la cual se extiende hacia el oriente con la Calle Santiago descendiendo en sentido sur hasta interceptar con la Av. República de Chile que actúa como límite artificial ya que presenta flujos marcados y conecta Rancagua. Así mismo este límite se extiende en dirección poniente hasta el cruce con la Av. Uruguay y sube hacia el norte terminando el polígono en la unión de dicha calle con Edmundo Cabezas.
Cabe destacar que la delimitación del área de influencia principalmente está definida por límites artificial correspondiente principalmente a calles y avenidas principales que describen la trama urbana del sector como así mismo considerando el límite urbano que separa el sector rural de éste. Además, se integraron los factores generadores de impacto según el radio de alcance de los posibles impactos significativos asociados a estos.
El área de influencia (AI) del “medio humano” se encuentra inmersa dentro del área urbana de la comuna de Rancagua, específicamente en la jurisprudencia del Plan Regulador Comunal vigente, el cual establece que esta zona es de uso residencial (específicamente la zona de emplazamiento del Proyecto se ubica en la zona residencial denominada EX2), que consiste en una zona apta para el desarrollo inmobiliario. De la misma forma, según el Plan Regulador Intercomunal de Rancagua, el área de estudio se encuentra en la zonificación ZUC, correspondiente a una zona urbana consolidada. Por tanto, se puede destacar que el área de influencia del Proyecto se encuentra consolidada, además en base a la información levantada en el Estudio de Medio Humano (Anexo C2_5 de la DIA) se puede destacar que el área de influencia del Proyecto se encuentra consolidada con una variedad de servicios e infraestructura y orgánica consolidada.
En Anexo ADC 8 Informe de Impacto Vial del Adenda Complementaria.
Reasentamiento de comunidades humanas No Aplica Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Actualmente el área de influencia del Proyecto es principalmente, utilizada por zonas residenciales el cual han cumplido el uso destinado por el PRC de la comuna el cual determina que la zona corresponde a un sector de desarrollo urbano. De esta manera se identifica que el sector es completamente urbano, y no existen recursos naturales que la población pueda utilizar como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional tales como medicinal, espiritual o cultural, por lo tanto, se descarta cualquier impacto significativo.
Por otra parte, del Proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, lo cual se clarifica a continuación. En el lugar de emplazamiento en donde se llevan a cabo las partes y obras del Proyecto cabe señalar que, según información primaria no se realizan hoy ni antes ninguna practica cultural ni manifestaciones de tradiciones por lo grupos humanos presentes en el territorio, ya que el predio en estricto rigor pertenece al Titular, y, además es un terreno dispuesto por el instrumento replanificación vigente para la residencia.
En virtud de los antecedentes, se descarta cualquier impacto que pueda generar dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo y la cohesión social del grupo humano.
En virtud de los antecedentes, se descarta cualquier impacto que pueda generar dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo y la cohesión social del grupo humano
b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Actualmente el área de influencia del Proyecto es principalmente, utilizada por zonas residenciales el cual han cumplido el uso destinado por el PRC de la comuna el cual determina que la zona corresponde a un sector de desarrollo urbano.
El Proyecto no genera obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Para llevar a cabo este análisis se utiliza tanto la información primaria levantada en terreno durante la Línea de Base de Medio Humano (Anexo C2_5 de la DIA), así como el análisis del Estudio de Mitigación Vial presentado en Anexo ADC 8 Informe de Impacto Vial del Adenda Complementaria.
El área se encuentra a 200m al norte de la Av. República en el sector nororiente de la comuna de Rancagua, cercano a su límite urbano, la avenida es una de las principales vías de categoría Troncal de la ciudad.
La zona de estudio es una zona residencial urbana consolidada de casas y departamentos, de data no mayor a 10 años, exceptuando los sectores de calle Santiago y también de Av. Uruguay, los cuales presentan un asentamiento urbano que data al menos de los años 90. En la proximidad del lote de Proyecto solo se evidencia la existencia de locales comerciales de escala menor (menor a 100m2), negocios, restaurantes y farmacias, pero en general es un sector altamente residencial. Cabe destacar también que hacia el norte de la Av. Uruguay se emplaza eventualmente una feria lo cual generaría una ocupación eventual de la calzada.
El terreno del Proyecto particularmente deslinda con el conjunto habitacional Parque El Dorado al norte, con la Villa Hermano de la Fuente al oriente, con la Villa Girasoles al sur y con la Villa Cordillera al oriente. Las principales vías a las cuales conecta el loteo son la Av. Bombero Villalobos y Av. El Sol ambas de categoría colectora.
La conectividad hacia el sector se da principalmente a través de los modos microbús y taxi colectivo, desde el centro de la comuna. Las paradas del transporte público se generan por la Av. El Sol y también por Edmundo Cabezas que son los 2 ejes que conectan con la Av. La Compañía donde los viajes se distribuirán hacia el resto de la comuna. Los viajes particulares se realizan preferentemente tomando la Av. República hacia el oriente para conectar con la Av. San Juan y dirigirse hacia Machalí o Rancagua (poniente).
Fase de Construcción:
Durante la Fase de Construcción se considera la circulación de vehículos hacia la vialidad estructurante con una frecuencia máxima diaria de 16 en promedio (considerando viajes ida y vuelta) y 2 viajes por hora considerando 9 horas laborales al día en promedio. Esta frecuencia de vehículos en la fase de construcción no genera un impacto significativo, considerando que en su periodo de máxima demanda se tiene un flujo de 2 vehículos por hora. En cambio, durante el término de la construcción esta cifra irá disminuyendo.
Por lo tanto, los flujos vehiculares generados en fase de construcción son absorbidos por la capacidad vehicular de la vialidad estructurante asociada al área de influencia del Proyecto ya que posee rutas importantes que muestran Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
flujos constantes capaces de soportar la baja carga de viajes que realizaran los vehículos del Proyecto en fase de construcción.
En este contexto, los vehículos que asignará el Proyecto en la fase de construcción no tienen la implicancia de afectar significativamente los tiempos de desplazamiento, ni la conectividad.
Los grados de saturación aumentan por efecto de la Fase de Construcción (de 32% a 34%) este es un aumento menor considerando que es una situación que es temporal. Además, los análisis que se realizaron fueron considerando el flujo inducido completo en el horario punta más crítico (PML), lo cual es la situación crítica.
Con respecto a los tiempos de viaje y demoras, estos se ven aumentados del orden de un 9% en los arcos más cargados, sin embargo, al ser tiempos de viaje muy cortos, se traduce solo en aumentos de 1-2 segundos en las demoras lo cual no sería un impacto relevante.
Independiente de lo anterior, considerando razones de seguridad vial y también efectos locales es que se propone baliza luminosa y señal de entrada y salida de camiones. Esto con el fin de poder alertar mejor dichos accesos.
Por otra parte, la portería de la obra debe disponerse de manera tal de que el control de acceso se realice al interior de la obra y no en la vía pública.
Camiones provistos de cobertor para evitar la emisión del material particulado al aire e impedir el escurrimiento de tierra y/o residuos extraídos (acorde a Decreto MINTRANTEL N°75/1987).
El transporte de materiales se realiza previniendo la caída de cualquier objeto a la calzada.
Toda obra pública se ceñirá a las exigencias estipuladas en el “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía” del Manual de Señalización de Tránsito y anexos (acorde a Decreto Supremo MINTRANTEL 90/2002).
Camiones solo pueden estacionarse en los lugares dispuestos para ello dentro de la obra y no en la vía pública.
Se recomienda considerar baliza para acceso vehicular en función de alertar de la entrada y salida de camiones.
Se debe considerar control de acceso de obra al interior del lote y no en bien nacional de uso público, esto con el fin de no obstaculizar el tránsito de peatones.
Se debe instalar señal vertical indicando entrada y salida de camiones.
Fase de Operación.
El loteo se conecta con la vialidad pública en 3 puntos mediante calles Bien Nacional de Uso Público.
Los cuales se describen a continuación. Todos los accesos consideran acera para la circulación peatonal, por lo que son puntos de acceso para los diversos modos. - Acceso norte: El loteo se empalma a la extensión de la Avenida Bombero Villalobos, que es parte del Proyecto.
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Acceso sur poniente: El loteo se empalma a la extensión de la Avenida Bombero Villalobos, que es parte del Proyecto. A diferencia del punto anterior, este acceso se encuentra próximo a la intersección con la Av. El sol.
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Acceso suroriente: El Proyecto considera un empalme a Av. El Sol por el sector suroriente. Los vehículos que procedan o se dirijan del/hacia el norte tomarán principalmente la Av. Bombero Villalobos como principal ruta de movilidad hasta su intersección con calle Edmundo Cabezas, accediendo y abandonando el conjunto por su acceso norte.
Cabe señalar que en el Anexo C2_7 de la DIA y en Adenda Complementaria, se presentan Medidas de Mitigación Obligatorias, para impacto vial intermedio, en el cual se indica que para el caso del período Punta Mañana Laboral la ejecución de la calzada de la Av. Villalobos y la inclusión de los flujos propios del Proyecto, modifican la congestión en la red. Los arcos más congestionados para el periodo punta mañana serían los arcos 3 y 12 con un grado de saturación del 37%. Estos arcos corresponderían al tramo comprendido desde el viraje a la derecha hacia el norte por Villalobos con República y hasta Av. El Sol. Para el período punta tarde el arco más congestionado correspondería al arco 3 con 44%, situación que sería la que presenta el máximo grado de saturación, que de todas maneras se encuentra por debajo del 85%.
Para la situación con Proyecto se considera la inclusión de las tasas de generación de flujo arrojadas por el SEIM.
Para la modelación con Proyecto, debemos considerar los flujos de la situación base y a ello sumarle los generados por el Proyecto.
La situación con Proyecto mitigado corresponde a la anterior aplicando las mejoras que permiten disminuir los impactos. Para esta situación la situación con Proyecto y con Proyecto mitigado son iguales ya que las mitigaciones no son modelables en esta escala de Proyecto.
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Medidas de Mitigación Vial Fase de Ejecución:
Pavimentación Veredas y Calzadas 1. Se proyecta Vereda de 2m de ancho: o En Av. El Sol, entre su intersección con Bombero Villalobos y el acceso oriente al Proyecto. o En la intersección de Av. El Sol con calle Santiago, junto con el paradero ubicado cercano a esta. o En la calle Bombero Villalobos, cercano a su intersección con Av. El Sol. o En calle Santa Isabel, en los cruces peatonales ubicados en sus intersecciones con calle Júpiter y Av. El Sol. 2. Reponer vereda ubicada: o En Calle Bombero Villalobos, cercano a la intersección con Parque Cordillera. También, se debe reponer en el cruce peatonal ubicado en su intersección con Valle del Dorado. o En el paradero ubicado entre pje. Avellana Chilena y pje. El Sol Sur. 3. Proyectar segunda calzada en calle Bombero Villalobos, hacia su intersección con Av. El Sol. 4. Reponer paño de calzada en la intersección de calle Bombero Villalobos con Pje. Carlos Arellano Jara. 5. Rectificar soleras para transición suave entre eje norte y sur de Av. Bombero Villalobos, a la altura de Av. República de Chile Ciclovías 6. Proyectar ciclovías de 2.4m de ancho, a nivel de calzada con segregador de doble solera: o 15ml desde calle Bombero Villalobos hasta la intersección con Av. El Sol. o 270ml en av. El Sol, frente a Calle Santiago, hasta su intersección con Bombero Villalobos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
o 4.5 ml en Pje. Carlos Arellano Jara. o Proyectar segregador de doble solera a lo largo desde el lado norte del acceso norte al lote, hasta el límite del área de influencia por calle Bombero Villalobos o Modificación de ciclovía para instalación de paradero proyectado en Bombero Villalobos. 7. Proyectar ciclovías de 2.4m de ancho, a nivel de acera y con eje segmentado: o 50 ml de continuación de la ciclovía ubicada en Av. El Sol, al poniente de Bombero Villalobos, hasta unirla con la ciclovía proyectada a nivel de calzada. 8. Normalización de ciclovías, proyectando señales de ciclistas en la vía PO-14, hito abatible, demarcación/repintado del cruce de ciclistas e instalación de tachas en las siguientes intersecciones: o Av. El Sol int. con Santa Isabel. También se instalan señales verticales de preferencia de viraje para ciclistas. Además, demarcar ceda el paso en el lado oriente y repintar ceda el paso en el lado poniente del cruce. o Pje. El Sol Sur con Bombero Villalobos o Pje. Avellana Chilena con Bombero Villalobos o Pje. Nacional Puyehue con Bombero Villalobos o Av. El Sol, frente a la calle Santiago o Normalización de todas las intersecciones de Av. Bombero Villalobos, desde Valle del Dorado hasta Calle las Brisas (9 cruces en total). 9. Demarcación de cruce de ciclistas e instalación de señal vertical ciclistas en la vía PO-14 al interior del loteo o 2 en Bombero Villalobos, 1 en la intersección con Calle Uno, el otro en la intersección con Calle Cinco. Cruces Peatonales Fuera del Lote de Proyecto: 10. Repintado ▪ 2 cruces peatonales con dispositivos de rodado en calle Santiago intersección con Av. El Sol. ▪ En Parque Nacional Antuco intersección con Av. El Sol. ▪ En pje. Nacional Puyehue (posee dispositivos de rodado existentes), previo a su intersección con Bombero Villalobos. ▪ En República de Chile, previo a su intersección con Bombero Villalobos, junto con sus líneas de detención respectivas (dispositivos de rodado existentes) ▪ 2 en Bombero Villalobos, al sur de su intersección con República de Chile. Además, incorporar dispositivos de rodado. ▪ 2 en la intersección de Sta. Isabel con Calle Júpiter (al sur y al poniente). Implementar dispositivos de rodado en cada uno. ▪ 3 en la intersección de Av. El Sol con Sta. Isabel. Implementar dispositivos de rodado en cada uno. ▪ En calle las Brasas, al oriente de Bombero Villalobos. Además, instalar 4 dispositivos de rodado ▪ 2 en Bombero Villalobos, al norte y al sur de calle Edmundo Cabezas M. Instalar 1 dispositivo de rodado en el lado nororiente de la intersección ▪ En calle comandante Arturo Araya, al oriente de Bombero Villalobos. Además, instalar 4 dispositivos de rodado ▪ Repintar 1 cruce del tipo acera continua el cual posee 2 balizas alertadoras, ubicado al oriente de la intersección de la calle Edmundo cabezas M con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Bombero Villalobos, además, instalar 2 dispositivos de rodado. ▪ 2 en Bombero Villalobos con Valle del Dorado, al sur y al oriente de la intersección. Además, instalar 2 dispositivos de rodado al suroriente de la intersección, y 1 al nororiente. 11. Demarcado ▪ 1 en Av. El Sol, al oriente de su intersección con Bombero Villalobos incluyendo 2 dispositivos de rodado. ▪ 1 en ambas calzadas de Bombero Villalobos, con 2 dispositivos de rodado, además, demarcar línea de detención en la segunda calzada. ▪ 1 en pje. El Sol Sur, previo a su intersección con Bombero Villalobos. Instalar 2 dispositivos de rodado ▪ 1 en pje. Avellana Chilena, previo a su intersección con Bombero Villalobos. Instalar 2 dispositivos de rodado ▪ 1 en Calle Júpiter, al oriente de la intersección con calle Uruguay. Instalar 2 dispositivos de rodado ▪ Por av. El Sol, en el tramo desde Los Esteros hasta Juncal, demarcar en total 8 cruces peatonales, cada uno con 2 dispositivos de rodado. ▪ Por av. Bombero Villalobos, en el tramo desde pje. Juan Carlos Bascuñán hasta pje. Gral. Eduardo Bachelet, demarcar en total 5 cruces peatonales, con 2 dispositivos de rodado c/u. ▪ Por av. Bombero Villalobos, entre calle comandante Arturo Araya y Valle del Dorado, demarcar cruce peatonal e instalar 2 dispositivos de rodado. ▪ 1 en Parque Cordillera al poniente de su intersección con Bombero Villalobos, con 2 dispositivos de rodado 12. Proyectar cruces peatonales a nivel de acera, con Balizas alertadoras, demarcación zigzag, señal vertical y demarcación cruce peatonal PO- 8, vallas peatonales y dispositivos de rodado en: o 2 en la calle Bombero Villalobos, al interior del lote de Proyecto y al norte de su intersección con Calle Cinco o 1 en Calle Seis, al interior del lote de Proyecto o 2 en Bombero Villalobos, al interior del lote de Proyecto y al sur de su intersección con Calle Uno 13. Demarcación de cruces peatonales al interior del loteo, junto con sus señales verticales, líneas de detención y dispositivos de rodado respectivos: o 2 en calle Cinco, uno en su intersección con Bombero Villalobos, el otro en su intersección con calle Seis. o 2 en calle Seis, uno con Av. El Sol, el otro al sur de calle Cuatro. o 1 en cada extremo de calle Cuatro. o 1 en cada extremo de calle Tres. o 4 en calle Dos; 1 al oriente de calle Siete; 1 al poniente de calle Seis; 1 al poniente de calle Siete, previo a la curva; 1 en su intersección con calle Uno. o 2 en calle Uno, el primero en la intersección con Bombero Villalobos, el otro al poniente de calle Seis. o 1 en calle Siete, al norte de la intersección con calle Cinco. o 2 en Bombero Villalobos, al norte de su intersección con av. El Sol. o 1 en bombero Villalobos con calle Nevada. 14. Demarcar cruces peatonales a nivel de acera con vereda reforzada en: o En calle Uno, al poniente de su intersección con calle Dos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
o En calle Cinco, entre calle siete y Bombero Villalobos Vallas Peatonales 15. Instalar vallas peatonales en las intersecciones de calle Siete con calle Cuatro y calle Tres 16. Instalar vallas peatonales en las intersecciones de calle Seis, con las calles Dos, Tres, Cuatro y Cinco Medidas de tráfico calmado 17. Instalar resaltos, junto con 2 señales verticales de resalto próximo PG- 8a y vel. Max. 30km/h RR-1. o 1 en Av. El Sol, al oriente de Parque Nacional Antuco. o 1 en Av. El Sol, entre el Portillo y Cristo Rey 18. Instalar resaltos al interior del Lote con 2 señales verticales de resalto próximo PG-8ª, señal vertical vel. Max 30km/h en: o 2 en Calle Uno o 1 en Calle Dos o 1 en Calle Tres o 1 en Calle Cuatro o 1 en Calle Cinco o 1 en Calle Seis, al norte de su intersección con Calle Cinco 19. Instalar resaltos en cruces peatonales a nivel de acera o 2 en Bombero Villalobos, al interior del lote y al norte de su intersección con Calle Cinco o 1 en Calle Siete, al sur de su intersección con calle Tres o 2 en Bombero Villalobos, al interior del lote y al sur de su intersección con Calle Uno. 20. Demarcar señales de calzada Vmax 30km/h al interior del lote de Proyecto o 2 en Calle Uno; el primero al oriente de su intersección con Calle Dos; el segundo al poniente de su intersección con Calle Seis. o 4 en Calle Dos; 2 al poniente de su intersección con Calle Siete; 1 al oriente de dicha intersección; el último al poniente de su intersección con Calle Seis. o 2 en Calle Tres, al poniente y al oriente del resalto proyectado. o 2 en Calle Cuatro, al poniente y al oriente del resalto proyectado. o 2 en calle Cinco, uno al poniente de su intersección con calle Siete, el otro ubicado al poniente de la intersección con calle Seis. o 2 en calle Seis, ambos ubicados al sur de su intersección con calle Dos. Paraderos 21. Paraderos proyectados o 1 en calle Bombero Villalobos, al norte de Pasaje Avellana Chilena o 2 en calle Bombero Villalobos, al interior del lote y al norte de la intersección con calle Cinco, se encuentran ubicados uno frente al otro. 22. Paraderos a mejorar o Paradero 1, ubicado en calle Edmundo Cabezas M. o Paradero 2, ubicado en Volcán Llaima o Paradero 3, ambos ubicados al poniente de calle Santiago, uno frente al otro.
Otras señales Verticales 23. Señal vertical y demarcación Pare RPI-2: o 1 en pje. Nacional Puyehue, al oriente de Bombero Villalobos. o 1 en pje. Avellana Chilena, al oriente de Bombero Villalobos. o 1 en la segunda pista proyectada en Bombero Villalobos. o 1 en Bombero Villalobos, al norponiente de Valle del Dorado 24. Señal vertical y demarcación Pare RPI-2 al interior del lote Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
o 2 en Bombero Villalobos, al norte de la intersección con av. El Sol. o 1 en calle Uno, al oriente de Bombero Villalobos o 2 en calle Dos, una al sur de calle Uno, la otra al poniente de calle Seis. o 2 en calle Siete, una al norte de calle Cinco, la otra al sur de calle Dos o 1 en cada extremo de calle tres y calle cuatro. o 2 en calle cinco, una al oriente de Bombero Villalobos, la otra al poniente de calle Seis. o 1 en calle Seis, al norte de av. El Sol 25. Señal vertical vel. Max. 30 km/h o 1 en calle Seis, al sur de calle Uno o 1 en el lado sur de Calle Dos, al poniente de calle Siete, previo a la curva o 1 en calle Uno, al oriente de Bombero Villalobos 26. Señal vertical niños jugando PO-10 o 1 dentro del loteo, en calle Cinco, al sur de calle Siete o 1 dentro del loteo, en calle Siete, al sur de calle Dos o 1 dentro del loteo, en calle Dos, al poniente de calle Siete, previo a la curva. o 1 en parque cordillera, por el lado sur de la acera. 27. 1 señal vertical dirección obligada RO-3 en Bombero Villalobos, frente a la incorporación de la segunda pista proyectada. 28. 2 señales de dirección prohibida en calle Bombero Villalobos, al norponiente y sur poniente de su intersección con Valle del Dorado 29. Señales verticales y demarcación ceda el paso RPI-1 o 2 en el cruce peatonal de la ciclovía ubicada junto al paradero de Bombero Villalobos, entre pje. El Sol Sur y pje. Avellana Chilena. o 2 en el cruce peatonal de la ciclovía ubicada dentro del loteo junto al paradero de Bombero Villalobos, al norte de Calle Uno. 30. Instalar señales verticales de nombre de calle en las siguientes intersecciones o 1 en Bombero Villalobos con Calle Uno o 1 en Calle Uno con Calle Dos o 1 en calle Seis, desde calle Uno hasta calle Cinco (5 en total) o 1 en calle Siete desde calle Dos hasta calle Cinco (4 en total) o
Otras demarcaciones 31. Tramo calle Uruguay/Sta. Isabel desde sur hasta el norte de Av. El Sol: o Repintar achurados o Demarcar 3 señales de piso “PARE” 32. Tramo av. El Sol desde Sta. Isabel hasta calle Santiago o Repintar achurados o Demarcar aprox. 650ml de eje segmentado o Repintar 2 flechas direccionales y líneas zigzag al poniente de calle Santiago. o Demarcar señal de piso “PARE” en Volcán Llaima o Repintar señal de piso “PARE” en calle Santiago 33. Tramo Av. República de Chile o Repintar ejes segmentados ubicados a lo largo de Av. República de Chile o Repintar ejes continuos y líneas de detención ubicadas al poniente de su intersección con Bombero Villalobos (sur) o Repintar demarcación zigzag, achurado y ceda el paso al poniente de su intersección con Bombero Villalobos (sur) o Repintar 16 flechas direccionales; 3 al poniente de Bombero Villalobos (norte); 6 frente a Bombero Villalobos con su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
respectiva línea de detención (sur); 7 al Oriente de Bombero Villalobos. o Pintar demarcación “Solo Bus” al poniente de Bombero Villalobos (norte) y repintar su línea segmentada. o Repintar demarcación “Solo Bus” al oriente de Bombero Villalobos “sur”. 34. Tramo Parque Cordillera hasta Bombero Villalobos o Repintar 2 demarcaciones “Ceda el Paso”, al poniente de Bombero Villalobos 35. Tramo Bombero Villalobos desde República de Chile hasta Av. El Sol o Repintar líneas de detención al norte de República de Chile. o Repintar Achurados. o Repintar 200 ml de eje segmentado o Repintar 3 flechas direccionales, al norte de República de Chile o Repintar líneas de detención “PARE” al sur de av. El Sol o Demarcar achurado con fondo amarillo en segunda calzada proyectada. 36. Tramo Bombero Villalobos dentro del lote de Proyecto: o Demarcar aprox. 160ml de eje segmentado o Pintar demarcaciones de piso “LENTO” previas a cada resalto (8 en total) o Pintar 2 flechas direccionales en cada pista, al oriente de calle Nevada. (4 en total) 37. Tramo Bombero Villalobos, desde acceso Norte hasta calle Las Brisas o Repintar eje segmentado o Pintar demarcación zigzag y repintar línea de detención al sur de Valle del Dorado o Repintar 2 demarcaciones de vel. Max 50km/h, al norte y al sur de Valle del Dorado, respectivamente. o Repintar demarcación de piso “PARE” al sur de calle Edmundo Cabezas M. o Repintar demarcación de piso “Ceda el Paso” al norte de calle Edmundo Cabezas M. o Pintar 2 flechas direccionales, al norte y al sur de Valle del Dorado. o 4 flechas direccionales, 1 en Bombero Villalobos, al sur de Valle del dorado, 2 en Valle del dorado, al oriente de Bombero Villalobos, y 1 al norte de Edmundo Cabezas M. o Repintar demarcación de piso “PARE” en Valle del dorado, al oriente de Bombero Villalobos. o Repintar demarcación de piso “PARE” en calle comandante Arturo Araya, al oriente de Bombero Villalobos. o Repintar demarcación de piso “Ceda el Paso” en calle Las Brisas, al oriente de Bombero Villalobos. 38. Tramo Calle Uno o Pintar eje segmentado o Pintar demarcaciones de piso “Lento” previas a cada resalto (4 en total) o Pintar 2 flechas direccionales ubicadas entre los resaltos o Pintar eje continuo en la curva hacia calle Seis 39. Tramo Calle Dos o Pintar eje segmentado o Pintar demarcaciones de piso “Lento” previas al resalto (2 en total) o Pintar 3 flechas direccionales, 2 al oriente de la curva hacia calle Uno y la otra al poniente de calle Seis o Pintar eje continuo en la curva hacia calle Uno 40. Tramo Calle Tres o Pintar eje segmentado o Pintar demarcaciones de piso “Lento” previas al resalto (2 en total) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
o Pintar 2 flechas direccionales, al poniente y oriente del resalto, respectivamente 41. Tramo Calle Cuatro o Pintar eje segmentado o Pintar demarcaciones de piso “Lento” previas al resalto (2 en total) o Pintar 2 flechas direccionales, al poniente y oriente del resalto, respectivamente 42. Tramo Calle Cinco o Pintar eje segmentado o Pintar 2 demarcaciones de piso “Lento”, 1 al poniente de calle Siete, la otra al oriente del resalto o Pintar 2 flechas direccionales, al poniente y oriente del resalto, respectivamente. 43. Tramo Calle Seis o Pintar eje segmentado o Pintar 2 demarcaciones de piso “Lento”, 1 al suroriente de calle Cinco, la otra al sur de calle Tres. o Pintar 1 flecha direccional al suroriente de calle Cinco 44. Tramo calle Siete o Pintar eje segmentado o Pintar 1 demarcación de piso “Lento” al sur de calle Dos
Tachas y tachones 45. Se considera la reposición de tachas y tachones en toda el área de influencia 46. La demarcación proyectada debe considerar complementariamente tachas en ejes de calzada, ciclovías y cruces de ciclovía, según tipo y distanciamiento definido según manual de vialidad Ciclo Inclusiva y Manual de Señalización de Tránsito Vigente.
Mediante la Resolución Exenta N° 69/2024 SRM-OHIGG, de fecha 16 de enero de 2024, la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones Aprueba el IMIV del Proyecto "Conjunto Habitacional Don Hernan".
En lo que respecta al tránsito de vehículos y el libre desplazamiento, se descarta que, tanto en la Fase de Construcción como Fase de Operación del Proyecto, los flujos por movilidad (vial) generen un impacto significativo en las vías de conexión y cercanas al Proyecto, por tanto, no se ven mermado los viajes a los diferentes equipamientos de esa zona.
En virtud de lo anterior es pertinente señalar que la mayoría de las obras del Proyecto sucederán dentro del predio de emplazamiento, por lo que se descarta que exista algún efecto adverso significativo sobre las actividades de organizaciones indígenas ya sean comunidades y asociaciones.
c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Actualmente el área de influencia del Proyecto es principalmente, utilizada por zonas residenciales el cual han cumplido el uso destinado por el PRC de la comuna el cual determina que la zona corresponde a un sector de desarrollo urbano.
De esta manera se identifica que el sector es completamente urbano, y no existen recursos naturales que la población pueda utilizar como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional tales como medicinal, espiritual o cultural, por lo tanto, se descarta cualquier impacto significativo.
De los bienes materiales, es posible indicar que el Proyecto no tiene la implicancia de alterar el acceso a tales, ya que más bien el Proyecto promueve a la obtención de bienes como en este caso la vivienda a personas de la misma comuna de Rancagua. De esta manera, el Proyecto al generar una posibilidad de obtención de un bien para los habitantes no solo de la comuna, sino que de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
la región en general, por lo tanto, se descarta cualquier afectación al acceso o a la calidad de bienes.
En este sentido los equipamientos identificados dentro del área de influencia y aledaños a ella corresponden a equipamientos de Salud, Educación, Esparcimiento, Culto y Cultura, Seguridad, Servicios y Social, Deportes entre otros, se indica que no hay ninguna afectación significativa por parte del Proyecto al acceso o calidad de estos. Esto principalmente se sustenta en que las partes obras y/o acciones del Proyecto se llevan a cabo específicamente en el emplazamiento del Proyecto.
En materia de servicios e infraestructura básicos, referida a agua potable, alcantarillado, electricidad, calles, caminos, etc., se ha identificado que el Proyecto no posee las competencias de impedir y alterar el acceso o calidad de estos, debido a que al ser un sector urbano el Proyecto viene con la cobertura necesaria para dichos servicios. Además de contar con la respectiva factibilidad sanitaria y eléctrica.
Ahora bien, en atención a la infraestructura de servicios de educación según el trabajo de investigación a través de información primaria y secundaria, se ha constatado que existen diversos establecimientos educacionales en el área de influencia como aledaños a ella corresponden colegios de educación básica, media y preescolar.
Bajo esta óptica, en base a los antecedentes, se establece que el Proyecto no afectaría ni tendría impactos significativos al acceso a servicios e infraestructura educacional respecto a matriculas y respecto a acceso físico a los establecimientos.
Bajo esta óptica, en base a los antecedentes, se establece que el Proyecto no afectaría el acceso a servicios e infraestructura de salud en cuanto a capacidad de atención debido a que los establecimientos no están copados y según la dinámica de movimiento de la población ellos se atienden en el CESFAM de origen o bien el que atinge a sus propias necesidades ya sea por cercanía o arraigo.
En atención a lo anteriormente señalado, se descarta cualquier afectación que pueda provocar el Proyecto sobre las componentes antes mencionadas, en lo que respecta a acceso o a la calidad de bienes equipamientos, servicios o infraestructura básica.
d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. El Proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, lo cual se clarifica a continuación. En el lugar de emplazamiento en donde se llevan a cabo las partes y obras del Proyecto cabe señalar que, según información primaria (véase Anexo C2_5 de la DIA), no se realizan hoy ni antes ninguna practica cultural ni manifestaciones de tradiciones por lo grupos humanos presentes en el territorio, ya que el predio en estricto rigor pertenece al Titular, y, además es un terreno dispuesto por el instrumento replanificación vigente para la residencia.
En virtud de los antecedentes, se descarta cualquier impacto que pueda generar dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo y la cohesión social del grupo humano.
Por lo cual, el Proyecto no tiene la implicancia de afectar de alguna manera los monumentos nacionales ya que la partes obra y/o acciones del Proyecto se concentran en el emplazamiento y las rutas de vehículos no comprenden las rutas en las cuales se ubican dichos monumentos.
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Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considera la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. No se identificaron poblaciones o grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas en el área de influencia del Proyecto.
En virtud de lo anterior es pertinente señalar que la mayoría de las obras del Proyecto sucederán dentro del predio de emplazamiento, por lo que se descarta que exista algún efecto adverso significativo sobre las actividades de organizaciones indígenas ya sean comunidades y asociaciones.
En virtud de los antecedentes, se descarta cualquier impacto que pueda generar dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo y la cohesión social del grupo humano.
Como se ha indicado en los puntos anteriores, se puede concluir que, de acuerdo con los antecedentes que justifican el Artículo 7 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4 SOBRE LA INEXISTENCIA DE LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No Aplica
Existencia de poblaciones protegidas No se identificaron poblaciones o grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas en el área de influencia del Proyecto.
Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental No se identificaron recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental dentro del área de influencia del Proyecto. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.
Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. El Proyecto se ubica dentro del límite urbano de la comuna de Rancagua, en una zona en donde se permite el uso habitacional, por lo tanto, el Proyecto se adecua al uso de suelo definido en el instrumento de planificación territorial vigente. Además, éste se ubica en una zona alejada de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos11 y glaciares, susceptibles de ser afectados directamente por el Proyecto o por sus áreas de influencia, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar; lo anterior en base al Análisis Territorial para la Evaluación Ambiental del SEA, además corroborado por la búsqueda bibliográfica realizada en los distintos estudios presentados anexos a esta DIA.
Por otro lado, se consultaron los registros oficiales del sistema integrado de información CONADI, además de solicitarle información a esta misma fuente vía Ley de Transparencia, con la finalidad de obtener información de las comunidades, asociaciones, títulos de merced y áreas de desarrollo indígena a escala local, comunal y regional, de modo de evidenciar su proximidad y el impacto en relación con el Proyecto. Respecto a la organización de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas a través de información proporcionada por la CONADI a través de la base de datos de asociaciones y comunidades indígenas, se tiene que en la comuna de Rancagua no existen comunidades indígenas. Por otro lado, se ha constatado Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considera la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
objetos de protección que se pretenden resguardar. la existencia de dos asociaciones indígenas correspondiente a “Rayen Pewen” y “Newen Mapu”. Sin embargo, a partir de las direcciones que dispone CONADI, Según la información primaria recopilada durante el trabajo en terreno por las entrevistas semiestructuradas a actores clave se evidenció que no hay asociatividad ni organización de asociaciones ni comunidades indígenas en el área de influencia del Proyecto ni en el sector del emplazamiento de éste (Anexo C2_5 Línea de Base Medio Humano).
Como se ha indicado en los puntos anteriores, se puede concluir que, de acuerdo con los antecedentes que justifican el Artículo 8 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, el Proyecto no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
5.5 SOBRE LA INEXISTENCIA DE ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No Aplica
Existencia de valor turístico No Aplica
Existencia de valor paisajístico No Aplica
De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:
a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. El Proyecto se encuentra dentro de la Macrozona Centro y dentro de la Subzona Cuencas y Valles. Mediante imágenes satelitales y por homogeneidad de atributos en escalas de visualización del rango 1:20.000, es posible indicar que el polígono del Proyecto se identifica con una Zona Homogénea Urbana (dentro del límite urbano). Cabe indicar que, la zona circundante a la superficie de intervención del Proyecto se encuentra consolidada como una zona urbana según el PRC de Rancagua, en la que se permite el uso habitacional/residencial.
Para ser más específicos, y en relación con lo presentado a lo largo de la presente DIA, es necesario reiterar que en las cercanías del Proyecto no se presentan afloramientos rocosos visibles, mientras que su cobertura vegetacional responde a elementos florísticos en su gran mayoría introducidos en un predio antropizado y el relieve no presenta pendientes con cambios abruptos a considerar, de la misma forma el predio de intervención del Proyecto. Por lo demás, el Proyecto incorporará edificaciones que no superan los 4 pisos de altura, por lo que no constituyen una obstrucción visual considerable para el sector.
De esta forma, y entendiendo que la calidad visual del paisaje es el grado de excelencia o mérito que un determinado paisaje presenta, determinada en función del análisis y valoración de sus atributos que lo hacen único y representativo (Guía de Paisaje del SEA), se concluye que la zona donde se emplaza el Proyecto no existen atributos biofísicos que le otorguen valor al entorno en términos del tipo de relieve, suelo, abundancia de agua, cobertura de vegetación, presencia de fauna, cobertura de nieve, de tal manera que el Proyecto pueda obstruir la visibilidad de estos.
En virtud de los antecedentes, se descarta afectación en cuanto a la duración o la magnitud en que se obstruya la visibilidad a una zona con valor paisajístico, de acuerdo con las disposiciones del literal a) del artículo 9 del D.S. 40/2012 del MMA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. El Proyecto no altera atributos de una zona de valor paisajístico, ya que, tal como se mencionó en el literal anterior, el área de emplazamiento del Proyecto no presenta atributos naturales que le otorguen una calidad al paisaje, por lo que no existe un impacto a los atributos del paisaje.
En virtud de los antecedentes, se descarta alteración a atributos de una zona con valor paisajístico de acuerdo con las disposiciones del literal b) del artículo 9 del D.S. 40/2012 del MMA.
c) La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. En primer lugar, respecto al valor paisajístico, es necesario recalcar que la ubicación del “Proyecto Habitacional Don Hernán” se emplaza dentro del límite urbano de la comuna de Rancagua, específicamente en la zonificación EX2, según el Plan Regulador Comunal de la comuna de Rancagua, el cual está vigente desde el año 1990 y ha sufrido varias modificaciones en pro del desarrollo de la comuna. Dada la configuración residencial y urbanizada del área de influencia es que se ha descartado la existencia de valor paisajístico, tal y como se justificó en los dos literales inmediatamente anteriores a este (letra “a” y “b” de Artículo 9, del presente Capítulo).
Respecto al Valor Cultural y Patrimonial, estos fueron levantados en razón a la recopilación de información primaria y secundaria por parte de la Línea Base de Medio Humano (Anexo C2_5 de la DIA) y en la Línea de Base Arqueológica (Anexo C2_1 de la DIA), que a continuación, se procede a describir. Sobre el Valor Cultura, la Guía de Valor Turístico del SEA indica que “de manera operativa, se determina que una zona presenta valor cultural cuando posee atractivos turísticos de carácter cultural”.
Acorde a la misma guía, a continuación, se listan las categorías de atractivos turísticos que guardan relación con el valor cultural: - Museos, manifestaciones culturales y lugares de interés histórico o cultural (ruinas o lugar arqueológico); - Folklore (manifestaciones religiosas y creencias populares; ferias y mercados; artesanía tradicional; Artesanía indígena; Arquitectura popular espontánea); - Realizaciones técnicas y científicas contemporáneas (centro científico; explotación minera; explotación agropecuaria; explotación industrial; obras de arte y técnica; desarrollo urbano); - Acontecimientos programados (artísticos; deportivos; eventos misceláneos); - Centro o lugar de esparcimiento (centro de juegos de azar; parque de atracciones; centro comercial; barrio con vida nocturna). Acorde a la Línea de Base de Medio Humano (Anexo C2_5), el patrimonio cultural representaría los atractivos turísticos de carácter cultural, los que se verían reflejados tanto en los Monumentos Nacionales como en los Atractivos Turísticos. A lo anterior podrían sumarse las Zonas de Interés turístico (ZOIT), sin embargo, cabe destacar que de acuerdo con la herramienta de Análisis Territorial del SEA, en un radio de 5 km alrededor del área de influencia no se identificó ninguna ZOIT. De hecho, la ZOIT más cercana dentro de la región es la zona del Lago Rapel, ubicado aproximadamente a 60 km de Rancagua. Por tanto, ninguna zona ZOIT se ve afectado en lo absoluto debido a sus partes, obras y acciones en ambas fases (construcción y operación).
A través del Consejo de Monumentos Nacionales se ha podido constatar que en la comuna existen monumentos nacionales categorizados como Monumentos Históricos y Zonas Típicas. Estos corresponden a: - Casa ubicada en calle Millán S/N Esquina Av. Cachapoal. - Colecciones del Museo Regional de Rancagua. - Edificio de la Gobernación Provincial de Cachapoal. - Iglesia la Merced y Entorno urbano de la iglesia. - Inmueble ubicado en calle Estado N°684-682. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
- Inmueble ubicado en Calle Estado N°685.
- Plaza de Los Héroes.
- Plazuela de Instituto O’Higgins o Plaza Santa Cruz de Triana
Respecto a la cartografía se tiene que no hay monumentos nacionales cercanos al Proyecto y su área de influencia, pues la totalidad de los monumentos nacionales se ubican en el centro histórico de la ciudad de Rancagua a aproximadamente 3,7 km en línea recta del emplazamiento del Proyecto. Así también, la comuna también reconoce como patrimonio cultural propio el cual está definido a continuación. - Iglesia San Francisco - Patrimonio Natural: correspondiente al patrimonio de origen natural correspondiente al que brinda la naturaleza - Elementos Patrimoniales: correspondiente específicamente a inmuebles de valor histórico en la comuna.
Por otro lado, ninguna de las partes y obras del Proyecto se emplazan sobre o en la proximidad de estos sitios, dado que estas las construcciones y faenas se localizarán únicamente en el predio mismo del Proyecto, por lo tanto, no alterando el normal funcionamiento de los respectivos puntos.
En base a lo anterior, dado que el Proyecto se enmarca en una zonificación urbana y consolidada como residencial y, dado que ya se ha justificado que no se ven afectadas manifestaciones culturales, ni zonas de interés turístico, de interés comunitario, de interés cultural ni atractivos turísticos, es posible desprender que el desarrollo del presente Proyecto no pueden tener efectos negativos sobre servicios o actividades turísticas que conlleven flujo de visitantes a tales sitios con previsible valor turístico.
Como se ha indicado en los puntos anteriores, se puede concluir que, de acuerdo con los antecedentes que justifican el Artículo 9 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, se señala que de acuerdo con el análisis que se realizó en los artículos anteriores el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
5.6 SOBRE LA INEXISTENCIA DE ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Potencial intervención sobre patrimonio cultural
Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. No hay.
En la Nómina de Monumentos13 (desde 1925 a la actualidad), no se reconoce ningún monumento en el área de influencia del Proyecto, el cual se avala con la Línea de Base Arqueológica (véase Anexo C2_1 de la DIA) cuyo estudio tuvo como objetivo con el fin de constatar la existencia de evidencias de ocupaciones arqueológicas (sitios, artefactos, rasgos, o estructuras) u otras de carácter histórico o patrimonial protegidos por la ley de Monumentos Nacionales. Respecto a la siguiente se muestra que no existen monumentos nacionales cercanos al Proyecto y su área de influencia, pues la totalidad de los monumentos nacionales se ubican en el centro histórico de la ciudad de Rancagua a aproximadamente 4,0 km en línea recta del emplazamiento del Proyecto.
Prospección arqueológica Respecto a la inspección arqueológica, esta fue realizada el día 21 de septiembre de 2023 mediante un recorrido pedestre de la totalidad del polígono por medio de transectos lineal escada 25 metros de distancia, donde se priorizaron aquellos sectores con mejor visibilidad de la matriz de suelo y espacios más aptos para transitar y detectar evidencias arqueológicas.
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En cuanto a las variables que inciden en la eventual detección de restos arqueológicos al interior del área de estudio, es posible señalar que: - La accesibilidad es buena. Se accede, desde el sur, por calle El Sol esquina Los Glaciares. Por otro lado, desde el sector norte, se accede desde la calle Bombero Domingo Villalobos. Como ya se mencionó, el predio en estos momentos cuenta, además, con senderos para peatones, por lo que su acceso es aún mejor. - La visibilidad varía de buena a mala, dependiendo del sector. La zona oeste del predio cuenta con pastizales de mediana altura muy densos y con muchos arbustos. Lo mismo ocurre en general con todos los bordes del predio donde se acumulan pastizales altos y densos. En aquellos sectores la visibilidad es mala puesto que no es posible observar lo que se encuentra en superficie a menos que corresponda a una estructura. Por el contrario, en el sector este exceptuando los bordes, los pastos son de baja altura, por lo que la visibilidad mejora. - La obstrusividad es mayoritariamente baja. La mayor parte del área presenta una baja obstrusividad, ya que todo el predio acumula basura y estos restos dificultan el reconocimiento de elementos que no sean sub-actual. Hay sectores donde se apila la basura, pero también se encuentra dispersa a lo largo de todo el terreno. Dentro de la basura hay un porcentaje no menor de material constructivo. De todas formas, hay sectores donde la basura es muy dispersa y ahí mejora este indicador.
De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. Tras la prospección realizada, no se encontraron elementos de valor patrimonial histórico o prehispánico. No obstante, se identificaron cinco elementos sub-actual, incluyendo un rasgo lineal, así como un canal de riego de cronología indeterminada y una animita, considerada un bien patrimonial religioso popular. Aunque los elementos sub-actual no poseen protección legal, ofrecen valiosa información sobre la historia reciente de la ciudad y contribuyen a preservar memorias colectivas. Por tanto, se han registrado detalladamente cada hallazgo, acompañándolos de fichas descriptivas y registros fotográficos. En general corresponden a vestigios de la urbanización del predio que se realizó entre los años 2010 y 2013.
En específico el rasgo lineal corresponde a los restos de un cercado, mientras que los otros hallazgos se asocian al sistema de alcantarillado de la zona. En contraste, las animitas, a pesar de no ser reconocidas como sitios arqueológicos, poseen una gran importancia religiosa para la comunidad. Dado su valor patrimonial, no solo se registran y describen minuciosamente, sino que también se les brinda protección.
En particular, esta animita se encuentra ubicada en el extremo oeste del predio, en el punto de ingreso y junto al sendero peatonal principal. Su construcción, realizada con madera, metal y cemento, presenta dimensiones específicas detalladas en la ficha de registro correspondiente. En cuanto al canal de riego, aunque su cronología es incierta, no está asociado a ningún elemento patrimonial prehispánico o histórico. Siguiendo la dirección de los límites del predio, se presume que fue construido después de la demarcación de las calles circundantes, ocurrida entre 1985 y 2004 según una revisión satelital a través de Google Earth. Aunque no se considera un rasgo lineal patrimonial, se ha registrado y descrito con detalle debido a su relevancia en la historia agrícola del predio.
Las dimensiones aproximadas del canal son 1,2 metros de profundidad y 80 cm de ancho, con una longitud total de 456 metros, extendiéndose en dirección norte-sur en el extremo oeste y en dirección noroeste-sureste en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
extremo sur del área de estudio. A pesar de la falta de descubrimientos arqueológicos significativos en el área del Proyecto, es fundamental destacar que, en caso de que se encuentren inesperadamente restos arqueológicos o paleontológicos durante las obras del Proyecto, se deben seguir los procedimientos establecidos en la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales y el Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Cualquier descubrimiento debe ser reportado de inmediato a las autoridades competentes. Además, se realizan capacitaciones al personal del Proyecto, que debe ser impartida por un licenciado en arqueología o arqueólogo profesional antes de iniciar la construcción. Esta capacitación debe incluir material gráfico y un informe detallado sobre los contenidos y la frecuencia de las sesiones de inducción debe ser remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales.
Prospección paleontológica El día 02 de octubre de 2023, fue llevado a cabo la visita en terreno para la recopilación de datos. La recopilación de datos consistió en la georreferenciación de los puntos de prospección en Coordenadas UTM, Datum WGS84 (Huso 19 H), acompañado de la descripción geomorfológica y geológica del área prospectada, junto al registro fotográfico del paisaje y las litologías observadas. Se realizó una prospección con recorrido pedestre en las áreas con acceso a las áreas con suelo natural, rastros de caminos y senderos sin pavimento, estructuras de concreto, botaderos de escombros y basuras. En estos puntos se prospecto en busca de cortes, zanjas, taludes, calicatas y excavaciones que permitieran examinar y caracterizar los sedimentos. Esto, para determinar la estratigrafía del sitio y en la búsqueda de posibles elementos fósiles. El recorrido interno priorizó la observación superficial o suelo, además, de lo que se pudo observar en cortes realizados por actividad humana, como: Zanjas y acequias. El área prospectada presentaba terrenos principalmente cubiertos de vegetación de arquitectura baja horizontal; pastos nativos de regeneración natural, arbustiva de crecimiento espontáneo y zonas acotadas de arquitectura vertical con árboles menormente nativos y exóticos, por lo que la visibilidad superficial era en dichos puntos baja a nula. De igual forma se observó con detalle cada área libre de dichos suelos vegetales, para con ello determinar las características litológicas del subsuelo presente. Así mismo se observaron sectores cercanos con mayor visibilidad del subsuelo, pero con restringida potencia. La litología principalmente observada, se resume a: Gravas, arcillas, sedimentos limo arenoso no litificado y arenas finas. Algunas áreas se encontraban cubiertas por cursos de aguas conducidas en acequias, construcciones temporales de personas en situación de calle, basurales, antiguas estructuras de urbanización, imposibilitando generar tracks en dichas áreas. El mayor problema se presentó al momento de generar la prospección fue la gran concentración de basurales, distribuidos en distintos sectores del área de monitoreo, acumulación que contamina y altera significativamente el paisaje natural. Finalmente se realiza el registro de una “Animita” (Cenotafio popular) al interior del área prospectada, elemento protegido por Ley 19.300.
De acuerdo con los antecedentes expuestos y registrados durante la inspección paleontológica superficial, en el área del Proyecto se exponen depósitos de sedimentos no consolidados pertenecientes a los Depósitos Aluviales (PlHa) edad PleistocenoHoloceno, los cuales se conforman en terreno por sedimentos de tamaño grava, arena de grano fino-medio y limo, los cuales, en base a sus características litológicas sedimentarias y su génesis, poseen un potencial paleontológico susceptible bajo a medio. En el área de influencia del Proyecto se expone en los Depósitos Aluviales (PlHa) que de acuerdo a la bibliografía y en la visita a terreno no se registraron hallazgos paleontológicos en superficie, sin embargo, debido a las características litológicas sedimentarias de la unidad geológica expuesta y las formaciones aportantes a esta cuenca de sedimentos aluvionales, estos depósitos tienen la posibilidad de albergar hallazgos paleontológicos en profundidades, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
inciertas, basado en la falta de observación en profundidades mayores a 1 metro dentro del Proyecto. Es por esto por lo que se le asigna un potencial paleontológico susceptible (bajo a medio) para el área de influencia del Proyecto. Tomando en consideración lo anteriormente expuesto, la determinación del potencial paleontológico, y el tipo de obra a desarrollar, se realizan charlas de inducción paleontológica a los trabajadores del Proyecto, confección de un protocolo en caso de hallazgos paleontológicos imprevistos el cual debe ser expuesto durante las charlas de inducción, considerando lo indicado en el Artículo N°26 de la Ley de Monumentos Nacionales. Por tanto, respecto del cumplimiento de la Ley 17.288, en caso de hallazgo paleontológico no previsto el Titular se compromete en dar aviso al CMN, se solicita la elaboración de un protocolo de hallazgos imprevistos.
b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Dentro del área de emplazamiento del Proyecto no se encuentran construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, incluyendo el patrimonio cultural indígena, siendo el polígono del Proyecto el único punto donde se centrarán sus partes, obras y acciones. Además, tal como se indicó en la Línea de Base de Medio Humano (Anexo C2_5 de la presente DIA), en el área de influencia ni en el área de influencia existen Grupos Humanos que Pertenecen a Pueblos Indígenas (GHPPI), lo cual descarta que en el sector de estudio haya actividades correspondientes a los pueblos originarios. Además, en el sector de estudio no existe patrimonio cultural ni festas tradicionales que se deban considerar por las actividades del Proyecto.
c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. En el área de influencia del Proyecto no se han identificado lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folklore de alguna comunidad o grupo humano, en especial aquellas asociadas a pueblos indígenas de tal forma que estas se vean afectadas significativamente por el desarrollo del Proyecto. Lo anterior, se refuerza en la Línea de Base de Medio Humano presentado en el Anexo C2_5 de la presente DIA.
Lo anterior se justifica indicando que no hay presencia de asociaciones ni comunidades indígenas activas que realicen sus actividades dentro del área de influencia e indicando que no hay realización de actividades de tipo cultural en la zona de emplazamiento y en zonas aledañas al predio del Proyecto y área de influencia de tal forma que estas puedan verse afectadas significativamente por la realización del Proyecto.
Esto se afirma, considerando que el lugar de emplazamiento en donde se llevan a cabo las partes y obras, según información primaria, no se realizan en la actualidad ni en el pasado ninguna practica cultural ni manifestaciones de tradiciones por lo grupos humanos presentes en el territorio, ya que el predio en estricto rigor pertenece al Titular, y, además es un terreno dispuesto por el instrumento de planificación vigente para la residencia. En este contexto se descarta que el Proyecto dificulte o impida la manifestación de tradiciones y manifestaciones culturales de los pueblos originarios (asociaciones indígenas). Además, es importante complementar que, según información primaria, las únicas actividades que realizan en ese sector corresponden a celebraciones como día del niño en agosto, el 18 de septiembre, Halloween en octubre y para Navidad en diciembre, las cuales se realizan en las Juntas de Vecinos. Cabe señalar que estas actividades son esporádicas y se realizan solo en fechas específicas.
En cuanto a las ferias libres como manifestación económica de la cultura que se dedican a suplir a la comunidad de los insumos básicos en alimentos, por medio de información primaria de trabajo en terreno se pudo constatar de la existencia en el área de influencia de una feria libre ubicada específicamente en la calle Av. Uruguay hasta Edmundo Cabezas.
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Como bien se identifica en la cartografía, existe una feria libre que se ubica en el sector poniente del Proyecto en la Av. Uruguay y que se extiende entre Av. Del Sol hasta Edmundo Cabezas. Cabe señalar que según información primaria los días de funcionamiento de la feria son los jueves. En relación con las partes, obras y/o acciones del Proyecto se observa que, el Proyecto no intervendría en el normal funcionamiento de la feria. La única acción cercana a una de estas ferias (dentro del área de influencia), correspondería al tránsito de vehículos en fase de construcción, el cual de todas formas no intervendrá con dicha actividad, ya que, las rutas de circulación son por Edmundo Cabezas, hacia Av. La Compañía. De esta forma, las rutas que tomarán los camiones no impedirán la instalación de las ferias identificadas ninguno de los días de puesta ni tampoco impedirán el acceso de los habitantes del área de influencia hacia dichas ferias.
Como se ha indicado en los puntos anteriores, se puede concluir que, de acuerdo con los antecedentes que justifican el Artículo 10 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, se señala que en ninguna de sus partes contempla o genera alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1 PERMISO PARA LA CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN, MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE CUALQUIER PLANTA DE TRATAMIENTO DE BASURAS Y DESPERDICIOS DE CUALQUIER CLASE O PARA LA INSTALACIÓN DE TODO LUGAR DESTINADO A LA ACUMULACIÓN, SELECCIÓN, INDUSTRIALIZACIÓN, COMERCIO O DISPOSICIÓN FINAL DE BASURAS Y DESPERDICIOS DE CUALQUIER CLASE, SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 140 DEL REGLAMENTO DEL SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción y Fase de Operación Parte, obra o acción a la que aplica Fase de Construcción Patio de salvataje es sin techumbre, tiene una base emparejada y compactada y mantiene un cierre perimetral de malla galvanizada tipo acmafor o similar con perfiles metálicos. El acceso para el sitio de residuos sólidos domiciliarios es independiente. Ambos sitios tienen un acceso de carácter restringido y debidamente señalizado, donde sólo pueden ingresar personal autorizado para almacenar o retirar residuos, el cual está autorizado por el responsable del Proyecto.
Fase de Operación: Residuos sólidos domiciliarios generados por los habitantes del condominio Doña Ema (5 edificios).
El Proyecto considera para esta fase sólo la generación de residuos domiciliarios mediante la sala de gestión de residuos domiciliarios o sala de basuras por cada uno de los edificios del Proyecto (5) ubicadas en el primer piso de cada uno de éstos. Cabe señalar que los sistemas de eliminación de basura cumplen con toda la normativa actual vigente. Para ello se construye en cada torre un sistema de manejo de residuos que consiste en un ducto por donde transitarán los residuos hasta los contenedores de 240lts litros que están en la descarga del ducto en la sala de basura. En cada piso hay una puerta con un receptáculo metálico (shaft de basura) en la cual las personas depositan sus residuos. Este receptáculo conecta al ducto para su disposición en la sala de basuras, tal como se puede observar en las siguientes imágenes referenciales
Antecedentes Técnicos y Formales Se presentan de manera actualizada en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.
Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio Ord. N°1138 de fecha 13 de noviembre de 2024, la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins, se pronuncia conforme al presente permiso.
6.1.2 PERMISO PARA TODO SITIO DESTINADO AL ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS, SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 142 DEL REGLAMENTO DEL SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Para llevar a cabo la Fase de Construcción del Proyecto se habilita una Instalación de Faenas, la que cuenta en su interior con un Sitio de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos (RESPEL) de no más de 8m2. Es importante aclarar que para la fase de operación el Proyecto no se generan este tipo de residuos.
Antecedentes Técnicos y Formales Se presentan de manera actualizada en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.
Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio Ord. N°1138 de fecha 13 de noviembre de 2024, la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins, se pronuncia conforme al presente permiso.
6.1.3 PERMISO PARA EFECTUAR MODIFICACIONES DE CAUCE, ES EL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 41 E INCISO 1° DEL ARTÍCULO 171 DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N°1.122, DE 1981, DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, CÓDIGO DE AGUAS, SIEMPRE QUE NO SE TRATE DE OBRAS DE REGULARIZACIÓN O DEFENSA DE CAUCES NATURALES. SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 156 DEL REGLAMENTO DEL SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción y Fase de Operación Parte, obra o acción a la que aplica El área de estudio corresponde a la sección del canal Gamboína, ubicada entre las calles Avenida Bombero Villalobos y Avenida El Sol, en la comuna de Rancagua.
El canal Gamboína es administrado por la Asociación de Canales de la Compañía, perteneciente a la cuenca del Rio Cachapoal, tiene una capacidad de porteo aproximada de 0,28 m3/s. Presenta una sección trapezoidal en tierra en prácticamente toda su extensión, para fines del Proyecto, se realiza un entubamiento en hormigón, manteniendo las dimensiones de la sección transversal y está cubierta por tapas desmontables de hormigón, para poder acceder a realizar mantenciones.
Antecedentes Técnicos y Formales Se presentan de manera actualizada en Anexo ADC9 Permisos Ambientales Sectoriales del Adenda Complementaria.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas.
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Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio Ord. N°639 de fecha 11 de noviembre de 2024, la Dirección Regional de la DGA de la Región de O’Higgins, se pronuncia conforme al otorgamiento del presente permiso.
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1 Normas Generales
7.1.1 Norma Decreto N°100/2005 “Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile” Componente/materia: Decreto N°100/2005 “Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile” MINSEGPRES.
Capítulo III, De los derechos y deberes constitucionales, artículo Nº 8. El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, al encomendar al Estado el deber de velar que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. La Ley pueden establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger al medio ambiente. Otros cuerpos legales Ley 19.300 y D.S. N°40/2012 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Dada las características de las actividades y obras que involucra el Proyecto, se presenta a trámite para su evaluación en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) mediante la presente DIA en cumplimiento a la Ley N°19.300, que es precisamente la normativa que da cuerpo a la garantía constitucional del artículo N°8.
Forma de cumplimiento Al someter el Proyecto al SEIA, específicamente a través de la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), se respeta la garantía constitucional mediante el cumplimiento de la legislación ambiental vigente. En este sentido, al someter el Proyecto al SEIA se cumple con las obligaciones señaladas, en razón que el Estado, en uso de sus atribuciones y mediante los órganos de la administración de este, con competencia en la materia, evaluará ambientalmente el Proyecto, velando porque el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación no sea afectado.
Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de la RCA en todas sus fases. 7.1.2 Norma Ley N°19.300 y sus modificaciones posteriores Componente/materia: Medio Ambiente
Aprueba Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente
La Ley de Bases Generales de Medio Ambiente constituye el marco legal básico de toda normativa ambiental del país, entrega los principios aplicables en materia de protección medio ambiental, instrumentos de gestión a través de los cuales se pretende hacer efectiva tal protección, y consagra la institucionalidad ambiental, indicando las competencias de los organismos correspondientes. - Artículo 1º. El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental se regularán por las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de lo que otras normas legales establezcan sobre la materia. - Artículo 8º. Los Proyectos o actividades señalados en el artículo 10º Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
sólo pueden ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo con lo establecido en la presente ley. - Artículo 9º. El Titular de todo Proyecto o actividad comprendido en el artículo 10º debe presentar una Declaración de Impacto Ambiental o elaborar un Estudio de Impacto Ambiental, según corresponda. Aquellos no comprendidos en dicho artículo pueden acogerse voluntariamente al sistema previsto en este párrafo. Artículo 9º ter. Los proponentes de los Proyectos o actividades, en sus Estudios o Declaraciones de Impacto Ambiental, deben describir la forma en que tales Proyectos o actividades se relacionan con las políticas, planes y programas de desarrollo regional, así como con los planes de desarrollo comunal. - Artículo 10º. Los Proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus etapas, que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes (para este caso en particular): h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas; h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos lotes o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, que presenten alguna de las siguientes características; h1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas. - Artículo 11º bis. Los proponentes no pueden, a sabiendas, fraccionar sus Proyectos o actividades con el objeto de variar el instrumento de evaluación o de eludir el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Es competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente determinar la infracción a esta obligación y requerir al proponente, previo informe del Servicio de Evaluación Ambiental, para ingresar adecuadamente al sistema.
Artículo 12º bis. Las Declaraciones de Impacto Ambiental consideran las siguientes materias: a) Una descripción del Proyecto o actividad; b) Los antecedentes necesarios que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental; c) La indicación normativa ambiental aplicable, y la forma en la que se cumple, y d) La indicación de los premisos ambientales sectoriales aplicables, y los antecedentes asociados a los requisitos y exigencias para el respectivo pronunciamiento, entre otros.
Otros cuerpos legales D.S. N°40/2012 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a todo el desarrollo del Proyecto Forma de cumplimiento El Proyecto se somete al SEIA bajo la modalidad de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). El Proyecto ingresa como una DIA ya que sus obras y actividades no producen o generan los efectos, características o circunstancias que se establecen en el artículo 11 de la Ley N°19.300 (Capítulo 2 de esta DIA). Cumplimiento de la normativa ambiental/sectorial aplicable al Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable, procediendo el Titular a lo establecido en la misma, permitiendo a la Superintendencia del Medio Ambiente su fiscalización y así velar por que el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación no sea afectado.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento de la RCA en todas sus fases. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
7.1.3 Norma D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente y sus modificaciones Componente/materia: Evaluación de Impacto Ambiental
Decreto N°40/2012 “Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” (RSEIA) Este reglamento hace plenamente operativo el SEIA establecido en la Ley de Bases Generales de Medio Ambiente, profundizando y detallando las normas relativas a tipologías de Proyecto o actividad, así como los requisitos mínimos comunes y específicos aplicables a las DIA, EIA y el procedimiento de evaluación ambiental.
Otros cuerpos legales
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a todo el desarrollo del Proyecto.
El Proyecto debe someterse al SEIA de acuerdo con lo establecido en el artículo 3°, letra h), del RSEIA, que se describe a continuación:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas; h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos lotes o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, que presenten alguna de las siguientes características…:
h1.2. Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de público de vías expresas o troncales; y,
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.
El Titular da cumplimiento a estas exigencias mediante el ingreso del Proyecto al SEIA a través de la presente DIA.
Forma de cumplimiento El Proyecto Habitacional “Don Hernán” se somete al SEIA bajo la modalidad una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Cumplimiento de la normativa ambiental/sectorial aplicable al Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • DIA formalizada en el SEIA. • Obtención de la RCA favorable del Proyecto. • Cumplimiento de los compromisos y obligaciones establecidas en la RCA.
Forma de control y seguimiento • Expediente del Proyecto en el SEIA. • Ingreso a la SMA de la documentación, avisos y otros que queden asociados a la RCA del Proyecto
7.1.4 Norma D.S. N°1/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RECT), Ministerio del Medio Ambiente Componente/materia: Normativa Ambiental de Carácter Especifica aplicable al Proyecto Condiciones Aire, Emisiones atmosféricas y Residuos Líquidos.
Art 1° “Objeto. El Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, en adelante RETC, es una base de datos accesible al público, destinada a capturar, recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la información sobre emisiones, residuos y transferencias de contaminantes potencialmente dañinos para la salud y el medio ambiente que son emitidos al entorno, generados en actividades industriales o no industriales o transferidos para su valorización o eliminación”. Asimismo, indica que contempla la declaración o estimación de emisiones, residuos y transferencias Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
de aquellos contaminantes que no se encuentran regulados en una norma de emisión, plan de descontaminación, u otra regulación vigente, cuando se trate de emisiones que corresponden a fuentes difusas, o que se estiman debido a que se encuentran en convenios internacionales suscritos por Chile. Las estimaciones las realiza el Ministerio del Medio Ambiente mediante la información que entreguen los diferentes órganos de la Administración del Estado. Asimismo, el registro contempla la cantidad, naturaleza, características, origen, destino y la gestión de los residuos generados por los establecimientos, de conformidad a lo dispuesto en el presente reglamento y, en particular, de los residuos de productos prioritarios.
En el artículo 8° letra f) se indica que el RETC debe incluir información sobre las emisiones, generación de residuos y/o transferencias de contaminantes de los establecimientos. Mientras que en el artículo 17° se establece que los sujetos que reporten o informen sus emisiones, residuos, transferencias de contaminantes o productos prioritarios, deben realizarlo solo a través de la ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del RETC. En concordancia con lo que se establece en el artículo 16° al momento de ingresar la información los sujetos obligados deben suscribir electrónicamente una declaración jurada dando fe de su veracidad y de que no existen omisiones en ella.
Por su parte el artículo 18° letra a) señala como aquellos sujetos obligados a informar a los establecimientos que por una resolución de calificación ambiental deban reportar la información de sus emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes.
Otros cuerpos legales Ley 19.300 de 1993, Bases Generales del Medio Ambiente y D.S. N°1/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RECT), Ministerio del Medio Ambiente.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto genera residuos líquidos y sólidos, peligrosos y no peligrosos, así como emisiones atmosféricas durante la fase de construcción y operación. Forma de cumplimiento La información respecto de las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes generados durante la construcción del Proyecto, según corresponda, se entregará a través de las declaraciones ingresadas por la Ventanilla Única del RETC, conforme a los plazos prescritos por el Reglamento en comento.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las declaraciones de emisiones realizadas a través de la ventanilla única del RETC.
Forma de control y seguimiento Se mantiene en las oficinas del Proyecto el registro de declaraciones RETC de forma actualizada, además, toda la documentación asociada al cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica, es decir, todas las copias de las declaraciones de emisiones efectuadas vía ventanilla única.
7.1.5 Norma Resolución Exenta N°144/2020, del Ministerio del Medio Ambiente
Componente/materia: Residuos sólidos industriales no peligrosos
Resolución Exenta 144/2020, Ministerio del Medio Ambiente, “Aprueba norma básica para la implementación de modificación al reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC”.
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Otros cuerpos legales D.S. N°1/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RECT), Ministerio del Medio Ambiente.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto genera residuos líquidos y sólidos, así como emisiones atmosféricas principalmente durante la fase de construcción y en menor medida durante la fase de operación.
Forma de cumplimiento Conforme a los plazos prescritos por el Reglamento en comento, el Titular realiza las declaraciones asociadas a los residuos y emisiones del Proyecto a través del portal web dispuesto para ello.
De manera previa al inicio de la ejecución del Proyecto, se realizan las siguientes acciones:
- Completar la información requerida en el formulario de solicitud para acceder al Sistema VU RETC y georreferenciar el establecimiento - Adjuntar la documentación que acredite que el representante legal puede actuar representando a la empresa frente a órganos del Estado. - Designación del encargado de establecimiento a través de poder notarial. - Completar los formularios correspondientes. - Acceso a la plataforma virtual del RETC con RUT de Titular
Carga al sistema en formato digital del poder notarial y fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder notarial. Efectuados los pasos anteriores, y una vez obtenido el comprobante de ingreso electrónico al RETC, se presentarán el poder, la cédula de identidad del encargado y el comprobante en formato físico en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento es el comprobante de ingreso al RETC y los comprobantes de las declaraciones asociadas a los Residuos y emisiones generadas.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros actualizados de declaraciones RETC en las oficinas del Proyecto.
7.2 Normas relacionadas al emplazamiento del Proyecto
7.2.1 Norma D.F.L. N° 458/1975 “Ley General de Urbanismo y Construcciones” Componente/materia: Ordenamiento Territorial
Norma D.F.L. N° 458/1975 “Ley General de Urbanismo y Construcciones”
Inciso 1 del artículo 116: “La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requieren permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señale la Ordenanza General”.
Artículo 57: “El uso del suelo urbano en las áreas urbanas se regirá por lo dispuesto en los Planes Reguladores, y las construcciones que se levanten en los terrenos son concordantes con dicho propósito”.
Artículo 145 establece la obligación del urbanizador de obtener la Recepción Parcial o Total de las obras previas a ser habitadas o destinadas a su uso. Las obras de urbanización corresponden a aquellas que se producen por el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
crecimiento urbano por extensión o por densificación y comprende las gestiones de subdivisión y loteo del suelo, según importen o no construir o añadir obras de urbanización del suelo. La construcción de edificios y la urbanización del suelo comprenden las obras para dotar a una superficie territorial que experimenta crecimiento urbano por extensión o por densificación, de infraestructura vial, sanitaria y energética, con sus obras de alimentación y desagües, de plantaciones y obras de ornato; obras de defensa y servicio del terreno; equipamiento y áreas verdes proporcionales a las densidades fijadas por el instrumento de planificación territorial. Por ello, el Artículo 134 de la ley señala que, “Para urbanizar un terreno, el propietario de este debe ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües, y las obras de servicio del terreno”.
Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción de viviendas y urbanizaciones contempladas dentro del Proyecto. Forma de cumplimiento El otorgamiento de los permisos señalados en el artículo 116 de la Ley en comento, autoriza las obras de urbanización y construcción del Proyecto, relativas al crecimiento urbano por densificación y apertura de nuevas vías, sujetas al ejercicio de tal actividad conforme a los antecedentes técnicos, planos y memoria explicativa del Proyecto.
Asimismo, el otorgamiento del permiso de obra acredita la aprobación tanto por los servicios, empresas u organismo públicos competentes, como por la Dirección de Obras, de los planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes específicos del Proyecto.
El Titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales y permiso de edificación.
Una vez finalizada la fase construcción se dará cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales.
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento y Fiscalización de RCA, Permiso de Edificación y Recepciones Municipales.
7.2.2. Norma D.S. N°47/1992 del MINVU “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”. Componente/materia: Ordenamiento Territorial
D.S. N°47/1992 del MINVU “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”.
Artículo 1.4.1 “La construcción de obras de urbanización o de edificación de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requieren permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señala esta Ordenanza”.
El artículo 1.4.2. establece que los documentos y requisitos exigidos en aquella ley son las únicas exigencias que deben cumplirse, salvo otras Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
exigencias que se encuentren explícitamente en otras leyes. Además, señala que la DOM correspondiente debe entregar un comprobante debidamente timbrado y fechado por cada ingreso. En caso de que los ingresos sean rechazados, se debe entregar un comprobante debidamente fundamentado en el que se precise la causal del rechazo.
Artículo 1.4.3. Las DOM deben entregar un formulario único nacional para cada actuación elaborado por MINVU, el cual contiene la lista de antecedentes que conforme a la Ley General de Urbanismo y Construcciones y a la Ordenanza deban presentarse.
Artículo 1.4.15. Toda obra de urbanización o edificación debe ejecutarse con sujeción estricta a los planos, especificaciones y demás antecedentes aprobados por la DOM. El artículo 2.2.1. señala que “Se entiende por urbanización la ejecución o ampliación de las obras de infraestructura y ornato señaladas en la Ley General de Urbanismo y Construcción, que se ejecuten en el espacio público existente, al interior de un predio en las vías contempladas en un Proyecto de loteo, o en el área del predio que estuviera afecta a utilidad pública por el Instrumento de Planificación Territorial respectivo.”
En el artículo 2.2.4 señala los casos en que los propietarios están obligados a ejecutar obras de urbanización.
En el artículo 3.1.1. se indica que la subdivisión, loteo y la urbanización de loteos existentes requieren permiso de la Dirección de Obras Municipales. Mientras que en el artículo 3.1.7. se establece el procedimiento para la subdivisión y urbanización del suelo en terrenos ubicados fuera del límite urbano establecido por un Instrumento de Planificación Territorial.
En cuanto a la recepción de las obras, en el artículo 3.4.1. se indica que una vez terminadas todas las obras que contempla un permiso de ejecución de obras de urbanización o parte de él que pueda habilitarse independientemente, se solicitara su recepción definitiva al Director de Obras Municipales. A su vez el artículo 3.4.1. bis establece que tratándose de una solicitud de recepción definitiva total o arcial que comprenda uno o más terrenos cedidos para equipamiento, debe adjuntarse certificado del Conservador de Bienes Raíces respectivo que acredite que el terreno se encuentra libre de prohibiciones, hipotecas y gravámenes y los correspondientes certificados que acrediten que está libre de deudas por servicios de utilidad pública y de contribuciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.4.3. se entenderá recibido un loteo, cuando el Director de Obras Municipales emita el correspondiente certificado de recepción definitiva de las obras de urbanización.
Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N° 458/1975 “Ley General de Urbanismo y Construcciones”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción de viviendas y urbanizaciones contempladas dentro del Proyecto. Forma de cumplimiento El otorgamiento de los permisos señalados en el artículo 1.4.1. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, autoriza las obras de urbanización y construcción del Proyecto, relativas al crecimiento urbano por densificación y apertura de nuevas vías, sujetas al ejercicio de tal actividad conforme a los antecedentes técnicos, planos y memoria explicativa del Proyecto.
Asimismo, el otorgamiento del permiso de obra acredita la aprobación tanto por los servicios, empresas u organismo públicos competentes, como por la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Dirección de Obras, de los planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes específicos del Proyecto.
El Titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales y permiso de edificación.
Una vez finalizada la fase construcción se dará cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales.
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento y Fiscalización de RCA, Permiso de Edificación y Recepciones Municipales.
7.2.3. Norma Resolución N°52/2001 Plan Intercomunal de Rancagua, modificada por la Resolución N°123/2007 del Gobierno Regional de la Región de O’Higgins Componente/materia: Ordenamiento Territorial
Resolución N°52/2001 modificada por la Resolución N°123/2007
Artículo 1°: El Plan Regulador Intercomunal de Rancagua, regula y orienta el proceso de desarrollo territorial de las comunas de Rancagua, Graneros, Mostazal, Codegua, Machalí, Olivar y Requínoa.
Artículo 8°: El territorio intercomunal está constituido por las áreas Urbanas, áreas de Extensión Urbana y Rural, además contempla, Áreas de Restricción y Protección, las que se superponen a las anteriores.
Artículo 9°: Conforman las Áreas Urbanas del Plan: las áreas de al interior del Límite Urbano de Rancagua, Graneros, La Compañía, Machalí, Codegua, San Francisco de Mostazal, Gultro, Olivar Alto y La Punta. Conforman las Áreas de Extensión Urbana, las áreas fuera del límite Urbano destinadas a absorber el crecimiento urbano y villorrios agrícolas, definidos en el artículo 51 de la ordenanza.
Artículo 42: Zona de ZE-2: Zona de Extensión Urbana 2.
Otros cuerpos legales asociados Plan Regulador Comunal de Rancagua Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción. Forma de cumplimiento El otorgamiento de los permisos señalados en el artículo 116 de la Ley en comento, autoriza las obras de urbanización y construcción del Proyecto, relativas al crecimiento urbano por densificación y apertura de nuevas vías, sujetas al ejercicio de tal actividad conforme a los antecedentes técnicos, planos y memoria explicativa del Proyecto.
Asimismo, el otorgamiento del permiso de obra acredita la aprobación tanto por los servicios, empresas u organismo públicos competentes, como por la Dirección de Obras, de los planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes específicos del Proyecto.
El Titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales y permiso de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
edificación.
Una vez finalizada la fase construcción se dará cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales.
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales
Forma de control y seguimiento Cumplimiento y Fiscalización de RCA, Permiso de Edificación y Recepciones Municipales.
7.2.4. Norma Plan Regulador Comunal de Rancagua. Componente/materia: Ordenamiento Territorial
Plan Regulador Comunal de Rancagua.
Articulo1°. Contiene normas referentes a límite urbano, zonificación, usos de suelo, condiciones de subdivisión predial, de edificación y vialidad, que regirán dentro del área territorial del plano regulador.
Artículo 2°. El área territorial en que se aplica el Plan Regulador corresponde al territorio de la Comuna de Rancagua delimitado por la poligonal cerrada que une los puntos 1-2-3-4-5-6-7-8-9-9A-9B-9C-9D-9E-9F-9G-9H-10-11- 12-13-14-15-1, así como, las poligonales cerradas 16-17-18-19-16 y 20-21- 22-23-20.
Artículo 6°. El área de aplicación de la presente Ordenanza corresponde al territorio urbano de la comuna de Rancagua, cuyo límite urbano se expresa gráficamente en el Plano Regulador y está definido por los polígonos y sus respectivos puntos y tramos que allí se describen.
Artículo 27°. Zona EX 2.
Otros cuerpos legales asociados Resolución N°52/2001 Plan Intercomunal de Rancagua, modificada por la Resolución N°123/2007 del Gobierno Regional de la Región de O’Higgins
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción. Forma de cumplimiento El otorgamiento de los permisos señalados en el artículo 116 de la Ley en comento, autoriza las obras de urbanización y construcción del Proyecto, relativas al crecimiento urbano por densificación y apertura de nuevas vías, sujetas al ejercicio de tal actividad conforme a los antecedentes técnicos, planos y memoria explicativa del Proyecto.
Asimismo, el otorgamiento del permiso de obra acredita la aprobación tanto por los servicios, empresas u organismo públicos competentes, como por la Dirección de Obras, de los planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes específicos del Proyecto.
El Titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales y permiso de edificación.
Una vez finalizada la fase construcción se dará cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales
Forma de control y seguimiento Cumplimiento y Fiscalización de RCA, Permiso de Edificación y Recepciones Municipales.
7.2.5. Norma Decreto Exento N°1688/1997, que fija la Ordenanza Municipal de Gestión Ambiental, modificado por el Decreto Exento N° 902 del 31 de marzo de 2011, ambos de la Municipalidad de Rancagua.
Componente/materia: Gestión Ambiental
Decreto Exento N°1688/1997, que fija la Ordenanza Municipal de Gestión Ambiental, modificado por el Decreto Exento N° 902 del 31 de marzo de 2011, ambos de la Municipalidad de Rancagua.
El artículo 1° señala que tiene por objeto establecer un marco legal que regule, proteja y conserve el medio ambiente. En el artículo 2° indica que se aplicara en todo el territorio de la comuna de Rancagua.
En el artículo 3° establece que el Municipio pueden exigir de oficio, a instancia de parte o a través de notificación de cumplimiento, la adopción de las medidas ambientales, preventivas, correctivas y aplicar las sanciones en caso de incumplimiento de las normas que ella establece.
Por su parte el artículo 13° establece la prohibición del vaciado o descarga al alcantarillado público o privado de cualquier residuo liquido industrial, contaminante, peligroso, infeccioso, toxico, corrosivo e inflamable. Además, indica que se requiere autorización de la Seremi de Salud de la Región de O´Higgins, la Superintendencia de Servicios Sanitarios y de la Empresa Propietaria del Sistema de Alcantarillado para cualquier vaciado o descarga.
En tanto, el artículo 14° prescribe que se encuentra prohibido botar escombros en los bienes nacionales de uso público, vías públicas, veredas, veredones y bandejones. El artículo 17° reglamenta que el traslado por vía terrestre de áridos, tierra, escombros, materiales elaborados, maderas o desechos de bosques, residuos vegetales, granos y en general cualquier elemento que puedo escurrir, esparcirse, derramarse o caer en Bienes Nacionales de Uso Público, solo pueden hacerse en vehículos especialmente acondicionados, los que deben estar provistos de carpas u otros elementos de protección.
De igual forma se establece una definición de lo que se entenderá por residuos sólidos industriales en el artículo 102°. Allí se definen los residuos no peligrosos, los residuos peligrosos y el generador. En el artículo 103° se establece que queda prohibido abandonar todo tipo de residuo solido en cualquier terreno, en caso de que sea uno privado se imputara el costo de los servicios de retiro a los propietarios y/o responsables, sin perjuicio de la sanción que corresponde imponer ni de las reclamaciones de las responsabilidades civiles o criminales del abandono. Cuando los residuos sean transportados por vía terrestre la estiba de los vehículos debe hacerse al interior de los establecimientos, de acuerdo con lo señalado en el artículo 106°.
En el caso de los residuos líquidos, se prohíbe en toda la comuna verte a cualquier cauce natural o artificial, o cualquier bien de uso público, terrenos particulares, sitios eriazos o baldíos, todo de residuos líquidos que puedan producir algún daño tanto a la salud de las personas como al medio ambiente.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 120° queda prohibido verter directa o indirectamente cualquier residuo liquido cuyo vertido sobrepase los límites máximos establecidos en el D.S. N°609/98 del Ministerio de Obras Públicas sobre Norma de Emisión para la Regulación de contaminantes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado. En la misma norma señala que las empresas que generen residuos industriales tienen la obligación de presentar un programa o plan de manejo, tratamiento y disposición de dichos contaminantes al municipio y organismo competente.
Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción. 7.2.6. Norma D.S. N° 1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece plan de descontaminación atmosférica para el valle central de la región del libertador general bernardo O’Higgins. Componente/materia: Calidad de Aire.
D.S. N° 1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece plan de descontaminación atmosférica para el valle central de la región del libertador general bernardo O’Higgins.
Artículo 1. El presente Plan regirá las comunas de Graneros, Rancagua, Doñihue, Olivar, Coltauco, Coinco, Quinta de Tilcoco, San Vicente de Tagua Tagua, Placilla y, parcialmente, en las comunas de Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo.
Artículo 2.5. El inventario de emisiones permite determinar la contribución de emisiones de material particulado y emisiones de gases precursores por sector, de manera de establecer medidas adecuadas para reducir sus aportes. La combustión residencial de leña es la principal fuente de material particulado fino, representando un 54% de las emisiones.
Artículo 3. Para los efectos de lo dispueste en el presente decreto, se entenderá por: Área urbana: superficie de desarrollo del territorio ubicada al interior del límite urbano, destinada al desarrollo armónico de los centros poblados y sus actividades existentes y proyectadas, corresponde el área determinada por el instrumento de planificación territorial; Caldera de Calefacción de uso domiciliario: corresponde a aquella caldera que entrega calor con el fin de alcanzar una temperatura de conforto al interior de uno o varios espacios y cuya utilización es exclusiva para una casa habitación de forma individual; Calefactor: artefacto que combustiona o puede combustionar leña o pellets de madera y derivados de madera, fabricado, construido o armado, en el país o en el extranjero, que tiene una potencia térmica nominal menor o igual a 25 KW, de alimentación manual o automática, de combustión cerrada, provisto de un ducto de evacuación de gases al exterior, destinado para la calefacción en el espacio en que se instala y su alrededor; Zona A: área urbana de la comuna de Rancagua y área urbana de la comuna de Machalí, afecta al Plan.
Artículo 4. A contar del segundo año desde la entrada en vigencia del presente decreto, se prohíbe en viviendas ubicadas en la Zona A el uso de calderas de calefacción de uso domiciliario y el uso de calefactores y cocinas que utilicen o puedan utilizar leña, carbón mineral y vegetal y otros derivados de la madera, para cualquier fin.
Artículo 8. Desde la entrada en vigencia del presente decreto, se prohíbe la utilización de calefactores a leña u otros dendroenergético destinados a calefacción en el interior de edificios de departamentos con destino habitacional, ubicados en la zona saturada.
Artículo 15. Las viviendas nuevas que se construyan en la zona saturada deben cumplir con al menos los estándares indicados en el DS 1/2021: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
1) Transmitancia térmica máxima de la envolvente térmica: 2) Ventanas 3) Aislación térmico de sobrecimiento 4) Riesgo de condensación 5) Infiltraciones de aire 6) Ventilaciones
Artículo 18. A contar de la entrada en vigencia del decreto, se prohíbe la instalación de equipos de calefacción a leña, en viviendas nuevas que se construyan en áreas urbanas de la zona saturada. Las viviendas nuevas deben contar con un sistema de calefacción ya integrado que no utilice leña como combustible, encontrarse conectadas a un sistema de calefacción distrital o tener una demanda de calefacción menor a 15 KWh/m 2 año.
Artículo 33. Desde de la entrada en vigencia del presente decreto, los grupos electrógenos instalados o que se instalen en la zona saturada, de potencia neta del motor superior a 50 kilowatts (kW) y que utilizan un combustible líquido, deben contar con un horómetro digital, sellado e inviolable, sin vuelta a cero, con el cual se medirán sus horas de funcionamiento, las que deben ser registradas e informadas anualmente a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Otros cuerpos legales asociados No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones Atmosféricas.
El Proyecto se ubica en la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, el cual fue declarado como zona saturada por MP10 y MP2,5.
Forma de cumplimiento El Titular solicita la formulación de un Informe de evaluación de eficiencia energética realizado por un evaluador energético acreditado e inscrito en el Registro de Consultores del MINVU, el cual establece el cumplimiento de los valores de transmitancia térmica máximos establecidos por la norma.
Durante la fase de construcción, el Proyecto considera el uso de un grupo electrógeno de 30 kW al inicio de la fase hasta que se realice el empalme eléctrico y a su vez como soporte de energía eléctrica de emergencia. Al ser menor de 50 kW, no se utiliza horómetro digital.
Durante la Fase de Operación, las viviendas no utilizan calefactores a leña u otros dendroenergético.
Indicador que acredita su cumplimiento El Titular solicita la formulación de un Informe de evaluación de eficiencia energética realizado por un evaluador energético acreditado e inscrito en el Registro de Consultores del MINVU, el cual establece el cumplimiento de los valores de transmitancia térmica máximos establecidos por la norma.
Durante la Fase de Construcción, el Proyecto considera el uso de un grupo electrógeno de 30 kW al inicio de la fase hasta que se realice el empalme eléctrico y a su vez como soporte de energía eléctrica de emergencia. Al ser menor de 50 kW, no se utiliza horómetro digital.
Durante la Fase de Operación, las viviendas no utilizan calefactores a leña u otros dendroenergético.
Forma de control y seguimiento Permiso de Recepción de Obras otorgado por la Dirección de Obras Municipales.
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7.2.7. Norma D.S. N° 38/2011 del MMA “Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” Componente/materia: Emisión de Ruido.
D.S. N° 38/2011 del MMA “Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”
En su Artículo 6, punto 12 se define Faenas Constructivas como actividades de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición entre otros. Mientras que en el punto 13, se define “fuente emisora de ruido” a toda actividad productiva, comercial de esparcimiento y de servicios, faenas constructivas, y elementos de la infraestructura que generen emisiones de ruido hacia la comunidad, excluyéndose las fuentes señaladas en su
Artículo 5. En el punto 19 se define receptor como toda persona que habite, resida o permanezca en un recito, ya sea en un domicilio particular o en un lugar de trabajo, que este o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa.
En él se define “receptor”, como toda persona que habite, resida o permanezca en un recinto, ya sea en domicilio particular o en un lugar de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa.
En el Artículo 7, establece los niveles de presión sonora corregidos (NPC) que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no pueden exceder los valores que se establecen en la tabla 1 de la regulación.
En el artículo 8 se señala que es la Dirección de Obras Municipales, la encargada de certificar la zonificación del emplazamiento del receptor mediante el Certificado de Informaciones Previas, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
En el Artículo 10, se indica que los niveles generados por fuentes emisoras de ruido deben cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos, correspondiente a la zona en que se encuentre el receptor.
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones Acústicas. Fase de construcción: Las fuentes relevantes a la emisión acústica para dicha fase corresponden a: Preparación del Terreno: - 1 Retroexcavadora - 1 Camión Aljibe - 1 Camión Tolva - 1 Cargador Frontal - 1 Rodillo Compactador Vibratorio - 1 Minicargador Escenario de obra gruesa y terminaciones: - 1 Camión mixer y bomba de hormigonado - 1 Vibrador de Inmersión - 1 Grúa Telescópica - 1 Esmeril Angular - 1 Soldadora Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fase de Operación: La Fase de Operación del Proyecto no contempla fuentes ni maquinarias con Emisiones Acústicas.
Forma de cumplimiento El Proyecto durante su Fase de Construcción no supera los límites máximos establecidos para las zonas donde se emplazan los receptores cercanos.
Se cumple con los límites dispuestos en el D.S. N° 38/2011 durante la Fase de Construcción, mediante una serie de medidas de abatimiento.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de aplicación de las medidas de control y abatimiento de emisiones acústicas indicadas en el Informe Acústico del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3 Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto
7.3.1 Norma Ley N°19.472 Modifica el D.F.L. N° 458 de 1975. Componente/materia: Normativa de calidad de vivienda.
Ley N°19.472 Modifica el D.F.L. N° 458 de 1975. Artículo Único: 4) Artículo 17 “Para los efectos de la presente ley, son arquitectos, ingenieros civiles, ingenieros constructores y constructores civiles, las personas que se encuentran legalmente habilitadas para ejercer dichas profesiones.
5) “Artículo 18 El propietario primer vendedor de una construcción es responsable por todos los daños y perjuicios que provengan de fallas o defectos en ella, sea durante su ejecución o después de terminada, sin perjuicio de su derecho a repetir en contra de quienes sean responsables de las fallas o defectos de construcción que haya dado origen a los daños y perjuicios.
7) “Artículo 20 toda infracción a las disposiciones de esta ley, a su ordenanza general y a los instrumentos de planificación territorial que se apliquen en las respectivas comunas, es sancionada con multa, a beneficio municipal, no inferior a 0,5% ni superior al 20% del presupuesto de la obra, a que se refiere el artículo 126 de la presente ley”.
9) “Artículo 25 El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, respecto de las viviendas que cuenten con financiamiento estatal para su construcción o adquisición, debe disponer, para cada programa, en la forma que el respectivo reglamento determine, los mecanismos que aseguren la calidad de la construcción.
11) “La Dirección de Obras Municipales, a petición del interesado, emitirá un certificado de informaciones previas que contenga las condiciones aplicables al predio de que se trate, de acuerdo con las normas urbanísticas derivadas del instrumento de planificación territorial respectivo consideradas en dicho anteproyecto y con las que este se hubiera aprobado, para los efectos de la obtención del permiso correspondiente, durante el plazo que determine la Ordenanza General”.
15) Artículo 142 Corresponde a la Dirección de Obras Municipales fiscalizar las obras de edificación y de urbanización que se ejecuten dentro de la comuna, como asimismo el destino que se dé a los edificios.”
17) “Artículo 143 Durante la ejecución de una obra, el constructor a cargo de ella debe velar porque en la construcción se adopten medidas de gestión y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
control de calidad para que esta se ejecute conforme a las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de la Ordenanza General, y se ajuste a los planos y especificaciones del respectivo Proyecto. Terminada la obra, dicho profesional debe informar las medidas de gestión y de control de calidad adoptadas y certificar que estas se han aplicado.
El propietario puede designar a una empresa o a un profesional distinto del constructor para el desempeño de la labor señalada en este inciso. Además, se debe mantener en el lugar de la obra, en forma permanente y actualizada, un Libro de Obras, en el cual se consignarán, debidamente firmadas, las instrucciones y observaciones sobre el desarrollo de la construcción, por parte de los profesionales proyectistas, el constructor y el profesional mencionado en el inciso anterior, sin perjuicio de las observaciones que registren los inspectores.
Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción de viviendas y urbanizaciones contempladas dentro del Proyecto. Forma de cumplimiento El otorgamiento de los permisos señalados en el artículo 116 de la Ley en comento, autoriza las obras de urbanización y construcción del Proyecto, relativas al crecimiento urbano por densificación y apertura de nuevas vías, sujetas al ejercicio de tal actividad conforme a los antecedentes técnicos, planos y memoria explicativa del Proyecto.
Asimismo, el otorgamiento del permiso de obra acredita la aprobación tanto por los servicios, empresas u organismo públicos competentes, como por la Dirección de Obras, de los planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes específicos del Proyecto.
El Titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales y permiso de edificación.
Una vez finalizada la fase construcción se dará cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales.
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento y Fiscalización de RCA, Permiso de Edificación y Recepciones Municipales.
7.3.2 Norma D.S. N°158/1980 del MOP, Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos. Componente/materia: Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos.
D.S. N°158/1980 del MOP, Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos.
Artículo 2: Se prohíbe la circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie que excedan los límites de peso por eje o por conjunto de eje que se establecen en los artículos 2.1 y siguientes.
Artículo 3: son infractores aquellos que superen los pesos por eje, el peso bruto total o ambas situaciones a la vez. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Artículo 4: En caso de requerir transportar alguna maquinaria u otro objeto que por su peso exceda los límites permitidos para el transporte vial, deben solicitar con antelación y por escrito autorizado a la Dirección de Vialidad.
Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N° 850/1998 del Ministerio de Obras Públicas, Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley 15.840, de 1964 y del D.F.L. N° 206, de 1960
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Circulación de vehículos livianos y de carga. Forma de cumplimiento Durante la Fase De Construcción del Proyecto, se exigen a los camiones el cumplimiento de esta norma, para lo cual se ajustarán a los límites de peso establecidos.
Indicador que acredita su cumplimiento Existencia de contrato con proveedores donde se exija utilizar camiones que den cumplimiento a la normativa de peso vigente.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.3 Norma D.S. Nº78, D.O. 17/05/2012, MINTRATEL – Aprueba el Manual de Señalización de Tránsito y su Apéndice Componente/materia: Señalización obras en la vía.
D.S. Nº78, D.O. 17/05/2012, MINTRATEL – Aprueba el Manual de Señalización de Tránsito y su Apéndice.
Artículo 19 Las señales y medidas de seguridad para trabajos en la vía tienen por objeto que el tránsito a través o en los bordes de la zona donde se realizan las obras viales sea seguro y expedito, alterando lo menos posible las condiciones normales de circulación, garantizando a su vez la seguridad de los trabajadores y de las faenas.
Artículo 22: Las señales utilizadas con ocasión de la realización de trabajaos en la vía son en general las mismas que se emplean en condiciones normales de circulación, conforme al Capítulo 2 del Apéndice, con la diferencia de que tato las de Advertencia de Peligro como las Informativas son de color de fondo naranja, con letras y orla negra.
Artículo 23: La habilitación de toda zona de trabajos en la vía debe contemplar los siguientes tipos de señales y elementos que allí se indican.
Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Circulación de vehículos. Forma de cumplimiento Durante la Fase De Construcción del Proyecto se instala la señalética correspondiente en la entrada a la obra por Avenida El Sol.
Indicador que acredita su cumplimiento [*] Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Forma de control y seguimiento Mantención la señalética en los lugares correspondientes y revisión periódica de su buen estado.
7.3.4 Norma Ley N°18.290 del Ministerio de Justicia, Ley de tránsito. Componente/materia: Ley de Tránsito.
Ley N°18.290 del Ministerio de Justicia, Ley de tránsito.
Impone la obligación de efectuar el transporte de carga en las condiciones de seguridad que determinen los reglamentos y en vehículos que reúnan los requisitos apropiados para dichas faenas.
En el Artículo 58 del Título V, de las condiciones técnicas, de la carga, de las medidas de seguridad y de los distintivos y colores de ciertos vehículos, se estable que el transporte de carga debe efectuarse en las condiciones de seguridad que determinen los reglamentos y en vehículos que reúnan los requisitos que aquellos contemplen.
En el Artículo 69 se establece que la carga no puede exceder los pesos máximos que las características técnicas del vehículo permitan y debe estar estibada y asegurada de manera que evite todo riesgo de caída desde el vehículo.
En los Artículos 62 al 85 se establecen las medidas de seguridad de estos vehículos.
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Circulación de Vehículos Livianos y de Carga. Forma de cumplimiento Para la Fase De Construcción del Proyecto los vehículos y maquinarias cuentan con revisión técnica al día y además se le solicita a la empresa contratista el cumplimiento de las leyes del tránsito.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificados revisiones técnicas al día. Estos registros se mantienen en faena durante la fase de construcción.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.2 Norma D.F.L N° 850/1998 del MOP Componente/materia: Construcción y Conservación de Caminos.
D.F.L N° 850/1998 del MOP, Ley de construcción y conservación de caminos. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 15.840, de 1964 y del D.F.L. N° 206, de 1960.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 13° y 18° a la Dirección de Vialidad del MOP le corresponde, entre otras tareas, la construcción, mejoramiento, defensa, reparación, conservación y señalización de los caminos que se ejecuten con fondos fiscales o con aporte del Estado.
Asimismo, le corresponde la aplicación del Título III del D.F.L. N° 850.
El Artículo 30º del Párrafo III Policía de Caminos del Título III establece que se prohíbe la circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
especie que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. No obstante, indica que, en casos calificados, la Dirección de Vialidad pueden otorgar autorizaciones especiales a aquellas personas naturales o jurídicas que deban transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos máximos permitidos, previo pago en la Tesorería Provincial respectiva y, donde ésta no exista, en la Tesorería Regional correspondiente, de los derechos que se determinen, todo ello en conformidad al Reglamento.
Otros cuerpos legales asociados Referencia al artículo 2 del D.S. N°18/93 del MOP Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Circulación de Vehículos Livianos y de Carga. Forma de cumplimiento Durante la Fase De Construcción del Proyecto, se exige a los camiones el cumplimiento de esta norma, para lo cual se ajustarán a los límites de peso establecidos.
Además, se indica que se generan menos de 60.000 toneladas en el predio por obras del Proyecto, y que, por lo tanto, no se requieren las medidas asociadas al artículo 5.3° del presente cuerpo normativo.
Indicador que acredita su cumplimiento Autorización de la Dirección de Vialidad para el transporte de carga que exceda los límites de peso permitidos.
Existencia de contrato con proveedores donde se exija utilizar camiones que den cumplimiento a la normativa de peso vigente.
Registro de materiales y residuos que ingresen y egresen del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.6 Norma D.S. N°158/1980 del MOP, Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos Componente/materia: Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos.
D.S. N°158/1980 del MOP, Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos.
Artículo 2: Se prohíbe la circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie que excedan los límites de peso por eje o por conjunto de eje que se establecen en los artículos 2.1 y siguientes.
Artículo 3: son infractores aquellos que superen los pesos por eje, el peso bruto total o ambas situaciones a la vez.
Artículo 4: En caso de requerir transportar alguna maquinaria u otro objeto que por su peso exceda los límites permitidos para el transporte vial, deben solicitar con antelación y por escrito autorizado a la Dirección de Vialidad.
Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N° 850/1998 del Ministerio de Obras Públicas, Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley 15.840, de 1964 y del D.F.L. N° 206, de 1960 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Circulación de vehículos livianos y de carga. Forma de cumplimiento Durante la Fase De Construcción del Proyecto, se exigen a los camiones el cumplimiento de esta norma, para lo cual se ajustarán a los límites de peso establecidos.
Indicador que acredita su cumplimiento Existencia de contrato con proveedores donde se exija utilizar camiones que den cumplimiento a la normativa de peso vigente.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.7 Norma Decreto N°200/1993, Ministerio de Obras Públicas Componente/materia: Vialidad
Decreto N°200/1993, Ministerio de Obras Públicas
El artículo 1° establece como pesos máximos permitidos para circular por las vías urbanas del país a los que se encuentran fijados en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 158 de 1980 del Ministerio de Obras Públicas.
En el artículo 2° indica que son las Municipalidades quieres deben aplicar esta normativa, pero ciñéndose a lo establecido en las normas de pesajes por el Ministerio de Obras Públicas.
Otros cuerpos legales asociados D.S. N° 158 de 1980, Ministerio de Obras Públicas Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Circulación de Vehículos Livianos y de Carga. Forma de cumplimiento El Titular mantiene un registro de control de entrada y salida de vehículos y peso de sus cargas en las áreas del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento Mantener el registro actualizado del control de ingreso y salida de las áreas del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Mantener el registro del control de ingreso en las oficinas administrativas del Proyecto.
7.3.8 Norma Ley General de Urbanismo y Construcción, y su modificación mediante Ley 21.958 modificada por la Ley N°21284. Componente/materia: Normativa de transporte aplicable al Proyecto.
Ley General de Urbanismo y Construcción, y su modificación mediante Ley 21.958 modificada por la Ley N°21284.
Artículo 170. Los Proyectos que conlleven crecimiento urbano por extensión o por densificación y ocasionen impactos relevantes sobre la movilidad local deben ser mitigados a través de la ejecución de medidas relacionadas con la gestión e infraestructura del transporte público y privado y los modos no motorizados, y sus servicios conexos, en el entendido que esto incluye soluciones como las siguientes: pistas exclusivas para buses, terminales, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
paraderos, semaforización, señalización, habilitaciones de ciclovías y mejoramientos o adecuaciones a la vialidad.
Estas medidas consideran los impactos del Proyecto sobre el sistema de movilidad local, dentro de su área de influencia, y propenderán a que, tras su puesta en operación aquel mantenga sus estándares de servicio en un nivel semejante al existente, considerando las características de la zona en que se emplaza y resguardando la circulación segura de peatones y medios de transporte, las condiciones de accesibilidad del Proyecto, su interacción con el sistema de movilidad y su inserción armónica con el entorno urbano. Los flujos vehiculares y peatonales inducidos por el Proyecto corresponden al total de viajes en transporte privado y público, como también en modos no motorizados, todos ellos obtenidos a partir de las tasas de generación o atracción de viajes que mejor reflejen la actividad, ubicación, periodo de mayor intensidad y temporalidad del Proyecto, para lo cual el reglamento especificara los parámetros y mantiene actualizado sus valores de acuerdo a lo que determine el MTT.
De acuerdo con el articulo 171 la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones debe elaborar un informe de mitigación. En virtud de lo establecido en el artículo 172 la resolución que apruebe el informe de mitigación debe consignar las características del Proyecto, las medidas de mitigación aprobadas, la posibilidad de considerar etapas con mitigaciones parciales y la de garantizar las obras a ejecutar. Al solicitar un permiso de urbanización o edificación o las autorizaciones correspondientes, debe acompañarse el comprobante de ingreso del informe de mitigación o el certificado emitido por el sistema que acredite que el Proyecto no requiere de dicho informe.
En el artículo 173 indica que las Direcciones de Obras Municipales no pueden cursar la recepción definitiva del Proyecto sin que el interesado acredite la ejecución de las medidas contenidas en la resolución que apruebe el informe o el otorgamiento de una caución que la garantice cuando la resolución lo autorice.
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Urbanizaciones contempladas dentro del Proyecto. Forma de cumplimiento El otorgamiento de los permisos señalados en el artículo 116 de la Ley en comento, autoriza las obras de urbanización y construcción del Proyecto, relativas al crecimiento urbano por densificación y apertura de nuevas vías, sujetas al ejercicio de tal actividad conforme a los antecedentes técnicos, planos y memoria explicativa del Proyecto.
Asimismo, el otorgamiento del permiso de obra acredita la aprobación tanto por los servicios, empresas u organismo públicos competentes, como por la Dirección de Obras, de los planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes específicos del Proyecto.
El Titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales y permiso de edificación.
Una vez finalizada la fase construcción se dará cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento y Fiscalización de RCA, Permiso de Edificación y Recepciones Municipales.
7.3.9 Norma D.S. N°47/1992 del MINVU “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones Componente/materia: Normativa de transporte aplicable al Proyecto.
D.S. N°47/1992 del MINVU “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”.
Artículo 1.5.1. Los Proyectos a que se refiere este Capítulo, que conlleven crecimiento urbano por extensión o por densificación y que ocasionen impactos relevantes sobre la movilidad local deben presentar y aprobar un IMIV, conforme a lo establecido en los articulo 170 al 174 y al reglamento a que se refiere el artículo 171, todos de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. A la solicitud de permiso de urbanización, de edificación o a las autorizaciones correspondientes, se debe acompañar el comprobante de ingreso del Informe de Mitigación o, el certificado emitido por el sistema que acredite que el Proyecto no requiere de dicho informe.
Artículo 1.5.3. Las Direcciones de Obras Municipales no pueden cursar la recepción definitiva de Proyectos que hayan aprobado un informe de Mitigación de Impacto Vial sin que el interesado acredite la ejecución de las medidas contenidas en la resolución que lo apruebe o garantice su ejecución. Si la resolución considera etapas de mitigación parciales, la recepción de cada etapa requiere de la ejecución conforme de sus respectivas mitigaciones directas o del otorgamiento de la caución que garantice la respectiva etapa.
Artículo 2.3.2. número 5) Vía Local: Su rol es establecer las relaciones entre las vías Troncales, Colectoras y de Servicios y de acceso a la vivienda.
Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N° 458/1975 “Ley General de Urbanismo y Construcciones”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Urbanizaciones contempladas dentro del Proyecto. Forma de cumplimiento El otorgamiento de los permisos señalados en el artículo 1.4.1. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, autoriza las obras de urbanización y construcción del Proyecto, relativas al crecimiento urbano por densificación y apertura de nuevas vías, sujetas al ejercicio de tal actividad conforme a los antecedentes técnicos, planos y memoria explicativa del Proyecto.
Asimismo, el otorgamiento del permiso de obra acredita la aprobación tanto por los servicios, empresas u organismo públicos competentes, como por la Dirección de Obras, de los planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes específicos del Proyecto.
El Titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales y permiso de edificación.
Una vez finalizada la fase construcción se dará cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento y Fiscalización de RCA, Permiso de Edificación y Recepciones Municipales.
7.3.10 Norma D.S. N°12/2021 del MINVU. Componente/materia: Normativa de transporte aplicable al Proyecto.
D.S. N°12/2021 del MINVU.
Artículo 1.1. a) “A la solicitud de edificación de los Proyectos que se refiere el inciso primero se debe acompañar un Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano aprobado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones respectiva. Asimismo, pueden solicitarse el permiso acompañando un certificado emitido por la referida autoridad regional, en el que conste que se ingresaron todos los antecedentes requeridos por la resolución exenta N° 2.379, de 2003, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para el análisis integral del referido Estudio y que éste fue admitido a trámite.
El acto administrativo mediante el cual se apruebe el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano es requisito para el otorgamiento del correspondiente permiso por parte de la Dirección de Obras Municipales.
Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N° 458/1975 “Ley General de Urbanismo y Construcciones” y D.S. N° 47 de 1992 OGUC
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Urbanizaciones contempladas dentro del Proyecto. Forma de cumplimiento Informe de Impacto Vial (IMIV) aprobado por la Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins.
Ejecución de las medidas de aprobación del IMIV, previo a la recepción de obras definitivas por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad.
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales.
Ejecución de las medidas de aprobación del IMIV, previo a la recepción de obras definitivas por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento y Fiscalización de RCA, Permiso de Edificación y Recepciones Municipales.
Ejecución de las medidas de aprobación del IMIV, previo a la recepción de obras definitivas por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad.
7.3.11 Norma Resolución N°4231 del MINVU. Componente/materia: Normativa de transporte aplicable al Proyecto.
Resolución N°4231 del MINVU. 1.1. Tipo de Tramite 1.2. Tipo de Proyecto 2.1. Datos del Titular 2.1.1. Datos del Representante Legal. 4. 1. Titularidad. 4.1.2. Datos del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N° 458/1975 “Ley General de Urbanismo y Construcciones” y D.S. N° 47 de 1992 OGUC Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Urbanizaciones contempladas dentro del Proyecto. Forma de cumplimiento Informe de Impacto Vial (IMIV) aprobado por la Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins.
Ejecución de las medidas de aprobación del IMIV, previo a la recepción de obras definitivas por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad.
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales.
Ejecución de las medidas de aprobación del IMIV, previo a la recepción de obras definitivas por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento y Fiscalización de RCA, Permiso de Edificación y Recepciones Municipales.
Ejecución de las medidas de aprobación del IMIV, previo a la recepción de obras definitivas por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad.
7.3.12 Norma Decreto N°1/2013 de Ministerio de Medio Ambiente (MMA), Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Componente/materia: Registro de Emisiones.
Decreto N°1/2013 de Ministerio de Medio Ambiente (MMA), Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).
En su Artículo 1 se establece que el presente reglamento regula el RETC, que es una base de datos accesible al público destinada a capturar, recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la información sobre emisiones, residuos y transferencia de contaminantes potencialmente dañinos para salud y el medio ambiente.
En el Artículo 17 se establece que los reportes de emisiones de residuos y/o transferencia de contaminantes deben realizarse mediante la ventanilla única del RETC.
Otros cuerpos legales asociados - Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en su fase de construcción genera los siguientes residuos: Residuos Peligrosos: 3,15 ton/año Residuos No Peligrosos: 58/ton/año Residuos domiciliarios: 23,4 ton/año
Forma de cumplimiento Se declara a través de la ventanilla única del RETC, según corresponda, las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes generados en el Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las declaraciones de emisiones, efectuadas en vía ventanilla única (RETC), en el caso de generar más de 12 ton/año de residuos peligrosos y de residuos no peligrosos.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica: Copia de las declaraciones de emisiones, efectuadas en vía ventanilla única (RETC).
7.3.13 Norma D.S. Nº 138/2005, modificado por D.S. Nº 90/2011 Componente/materia: Normativa Ambiental de Carácter Especifica aplicable al Proyecto Condiciones Aire y Emisiones atmosféricas.
D.S. Nº 138/2005, modificado por D.S. Nº 90/2011
En el artículo 1° establece que todos los Titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos, deben entregar a la SEREMI de Salud correspondiente los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes.
En su artículo 2° aclara que los Proyectos afectos a proporcionar estos antecedentes corresponden a: - Calderas generadoras de vapor y/o agua caliente / Producción de celulosa / Fundiciones primarias y secundarias / Centrales termoeléctricas / Producción de cemento, cal o yeso / Producción de vidrio / Producción de cerámica / Siderurgia / Petroquímica / Asfaltos / Equipos electrógenos.
En tanto, en el artículo 3° se indica que la autoridad sanitaria utilizara factores de emisiones existentes sean nacionales o extranjeras para la estimación de las emisiones proveniente de cada rubro, actividad o tipo de fuente.
La información respecto sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y cantidades y tipo de combustible, debe proporcionarse anualmente, antes del 1° de mayo de cada año, a través de la página web del Ministerio de Saludo o en el dominio www.declracionemision.cl
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Operación del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase De Construcción del Proyecto la energía eléctrica se obtiene a través de un generador (equipo electrógeno) de 30 kW, hasta contar con empalme provisorio contratado a la Compañía General de Electricidad (CGE).
Forma de cumplimiento Se hará la declaración de fuentes de emisión conforme a los procedimientos establecidos para tal efecto y se informa sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y cantidades y tipo de combustibles, en la forma que esta norma señala, conforme a los artículos 1°, 2° y 3°.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresará a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 144/2020 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC.
Forma de control y seguimiento Mantención en las dependencias del Proyecto de registros actualizados de declaraciones RETC.
7.3.14 Norma D.S. N°47/1992 de MINVU OGUC Componente/materia: Calidad de Aire
D.S. N°47/1992 de MINVU OGUC
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En su Artículo 5.8.3 la Ordenanza establece una serie de medidas de manejo destinadas a evitar las emisiones de polvo.
Dispone que, en todo Proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras debe implementar las siguientes medidas con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material:
(a) Regar el terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones; (b) Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6; (c) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta; (e) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes colectores, convenientemente identificados y ubicados; (f) Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos; (g) La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión de polvo e impedir la caída de material hacia el exterior; (h) Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.
En el artículo 5.8.5. establece que los escombros que deban retirarse desde una altura mayor a de 3 m sobre el suelo se bajarán por canaletas o por conductos cerrados a fin de evitar la dispersión del polvo.
Otros cuerpos legales asociados D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones Atmosféricas generadas durante la fase de construcción, asociadas principalmente las actividades de excavación, carga y descarga de tierra, tránsito de maquinaria pesada y camiones, circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, combustión del motor de vehículos, entre otros.
Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción del Proyecto, se implementan las medidas que establece la OGUC, con fin de abatir el impacto de las emisiones de polvo que pudiesen generarse en el desarrollo del Proyecto. Las medidas a implementar son las siguientes: • Humectación del terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones. • Aplicación de supresor de polvo en caminos no pavimentados. • Transporte de los materiales en camiones con la carga cubierta. • Mantención del aseo en obras, sin desperdicios mediante la disposición de recipientes colectores ubicados estratégicamente en la Instalación de faenas. • Evacuación de escombros de altura, a través de un sistema óptimo para tal fin, que evite emanaciones de polvo y ruidos molestos. • Instalación de tela en la fachada de la obra parcialmente, con fin de impedir la caída de material hacia el exterior. • Los vehículos cuentan con sus revisiones técnicas al día.
Indicador que acredita su cumplimiento Cada acción para implementar cuenta con un indicador de cumplimiento. Según el orden de las medidas en listadas, los indicadores se especifican a continuación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
• Planilla de registro de humectación (riego) de terreno, la que es llenado durante las faenas de construcción del Proyecto. • Planilla de registro de aplicación de supresor de polvo en caminos no pavimentados. • Memoria constructiva de pavimentación de acceso a obras (según disposiciones del Art. 3.2.6 de la OGUC). • Registro de salida de camiones de obras. En esta planilla, se indicará el cumplimiento de la carga cubierta por parte de los camiones que egresan de obras de construcción. Se mantiene en obra este registro para su fiscalización • Registro fotográfico de condiciones de las obras de construcción, con fin de verificar el cumplimiento de aseo y saneamiento de las instalaciones. • Registro fotográfico de implementación de sistema de evacuación de escombros en alturas e implementación de tela parcial en fachada de obras. • Registro de mantenciones y certificado de revisiones técnicas al día por patente, cuyas copias certificadas se mantienen en obra. • Lavado de ruedas y canoas (camiones mixer).
Forma de control y seguimiento Mantención, en las dependencias del Proyecto, de los registros de cumplimiento, así como toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, en conjunto con verificaciones periódicas.
7.3.15 Norma D.S. N° 144/1961 de MINSAL “Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”. Componente/materia: Calidad de Aire
D.S. N° 144/1961 de MINSAL “Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”.
En su Artículo 1° se establece que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deben captarse o eliminarse en forma tal que no causen, daños o molestias.
Artículo 2° establece que los equipos de combustión de los servicios de calefacción o agua caliente de cualquier tipo de edificio, que utilicen combustibles sólidos o líquidos, deben contar con la aprobación del Servicio Nacional de Salud.
“Artículo 7°: Prohíbase la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape”.
Otros cuerpos legales asociados D.S. N°47/1992 de MINVU OGUC Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Operación del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias: Emisiones Atmosféricas
Fase De Construcción: se generan emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión, asociado al tránsito vehicular, movimiento de tierra y maquinarias.
Fase De Operación: las emisiones atmosféricas son de baja envergadura, solo asociadas al tránsito de vehículos menores particulares y por el uso de GPL en cálifonts de viviendas.
Forma de cumplimiento En todas las fases se implementan medidas de control de emisiones atmosféricas, las cuales se resumen a continuación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Revisiones técnicas al día de vehículos.
En la Fase De Construcción se considera lo siguiente: Humectación de superficies de excavación y movimiento de tierra mediante camión aljibe. Aplicación de supresor de polvo en caminos no pavimentados. Encarpado de camiones cuando se transite por camino público.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de revisión técnica o mantenimiento Registro de capacitaciones con tema, fecha y participantes. Registro humectación de superficies de excavación y movimiento de tierra (construcción). Registro de aplicación de supresor de polvo en caminos no pavimentados. Control visual de encarpado de camiones (construcción)
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.16 Norma Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna Componente/materia: Calidad de Aire – Control de Emisiones Atmosféricas
Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna
Artículo 3°- Prohíbase la emisión de contaminantes, por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, en concentración superior a los máximos que se señalan:
Monóxido de carbono, solamente en vehículos bencineros. Según:
Año de fabricación del vehículo % máximo de CO en volumen Anterior y hasta 1980; 4 1981 y 1982; 3 Desde y posterior a 1983; 3
La comprobación se efectúa con el vehículo detenido, motor funcionando a régimen normal de temperatura de trabajo y sin acelerar (en ralentí). b) Humos visibles (partículas en suspensión). b.1) Vehículos bencineros: Se permite solamente la emisión de vapor de agua b.2) Vehículos petroleros: El Índice de Ennegrecimiento medido conforme al método señalado en el
Artículo 4° del presente decreto, debe ser inferior o igual al Índice de Ennegrecimiento correspondiente a la potencia del motor del vehículo, determinado en la curva señalada como "máximo".
Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Operación del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones Atmosféricas
La Fase De Construcción del Proyecto considera la utilización de vehículos y camiones para el transporte de materiales, personal y maquinarias. Esta actividad genera emisiones atmosféricas.
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Durante la Fase De Operación, transitarán vehículos livianos particulares, los que generan emisiones atmosféricas y por el uso de GPL en cálifonts de viviendas.
Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción, todos los vehículos relacionados con el Proyecto cuentan con su revisión técnica al día y se revisa la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes.
Indicador que acredita su cumplimiento Durante la Fase De Construcción: Registro con las revisiones técnicas al día para todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto.
Los contratos que se celebren con los contratistas incluirán cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos que emplear.
Restricciones de ingreso al área del Proyecto para vehículos sin documentación vigente.
Forma de control y seguimiento Inspecciones a vehículos y maquinarias 7.3.17 Norma D.S. N°75/1987 de MITT “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”
Componente/materia: Calidad de Aire – Control de emisiones atmosféricas
D.S. N°75/1987 de MITT “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”
Artículo 2°: Los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, están construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. debe efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire
Otros cuerpos legales asociados D.S. N°47/1992 de MINVU OGUC, D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones Atmosféricas Durante la fase de construcción se transportarán materiales desde Ruta 5 hacia los frentes de trabajo del Proyecto. Adicionalmente, se realizan movimientos de material desde sectores de construcción a botaderos y de plantas de hormigón y de chancado a sectores de obra.
Forma de cumplimiento Durante la Fase De Construcción del Proyecto los camiones que transporten materiales susceptibles de emisión de material particulado o que puedan escurrirse y caer al suelo tienen cubierta toda su carga mediante un encarpado con lonas o plásticos, lo que impedirá la dispersión de estos materiales.
El guardia que esté en el acceso al Proyecto no permite el acceso ni la salida de camiones que transporten material y no cuenten con sus respectivas carpas o lonas.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro a la entrada y salida de los camiones con el encarpado, el cual se mantiene en obra en caso de fiscalización.
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Forma de control y seguimiento Mantención en las dependencias del Proyecto de los registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.18 Norma D.S. N° 4/1994 de MTT “Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control”. Componente/materia: Emisiones atmosféricas – fuentes móviles
D.S. N° 4/1994 de MTT “Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control”.
Artículo 4: Define como norma de emisión aquellos valores máximos, de gases y partículas que un vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación. Define los vehículos motorizados livianos, vehículos livianos de pasajeros y vehículos comerciales livianos. Señala que los vehículos motorizados livianos para circular deben reunir características técnicas que los habiliten para cumplir en condiciones normalizadas, con los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y partículas que se señalan en este Decreto.
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones Atmosféricas El Proyecto requiere el uso de vehículos de carga para el transporte de insumos y personal durante su fase de construcción. Las emisiones están constituidas principalmente por material particulado producto del movimiento de tierra y tráfico vehicular
Forma de cumplimiento Se verifica que los vehículos cuenten con las revisiones técnicas al día. Los vehículos deben contar con certificado de emisión de contaminantes.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificado de revisiones técnicas al día. Certificados de emisión de contaminantes de vehículos
Forma de control y seguimiento Copia registro de mantenciones y de certificados de revisiones técnicas al día, por patente. Dichos registros están disponibles en faena durante la fase de construcción.
7.3.19 Norma D.S. N° 211/1991 de MITT “Norma de Emisión Aplicable a los Vehículos Motorizados Livianos”. Componente/materia: Emisiones atmosféricas – Fuentes móviles
D.S. N° 211/1991 de MITT “Norma de Emisión Aplicable a los Vehículos Motorizados Livianos”.
Artículo 1°: Para los fines del presente decreto, los conceptos que siguen a continuación tienen los significados que se indican:
Norma de emisión: Son aquellos valores máximos, de gases y partículas, que un vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.
Vehículos motorizados livianos: Son todos aquellos vehículos con un peso bruto de menos de 2.700 kg. Excluidos los de tres o menos ruedas. Los vehículos livianos, se califican en vehículos de pasajeros y comerciales.
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Artículo 2°: Los vehículos motorizados livianos cuya primera inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados se solicite a contar del 1° de septiembre de 1992 solo pueden circular en la Región Metropolitana, en el territorio continental de la Quinta Región y en la Sexta Región, si son mecánicamente aptos para cumplir con los niveles máximos de emisión que corresponda.
Artículo 3°: Todos los vehículos motorizados livianos cuya primera inscripción se solicite a contar del 1° de septiembre de 1992, deben llevar un rotulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la parte interior del compartimiento del motor que debe indicar que cumple con las normas nacionales de emisión y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones.
Artículo 4°: Se establecen de forma específica las características técnicas que deben reunir los vehículos motorizados livianos para cumplir en condiciones normalizadas con los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono, hidrocarburos totales, óxidos de nitrógeno y las demás partículas que allí se señalan.
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias: Emisiones atmosféricas
El Proyecto requiere el uso de vehículos de carga para el transporte de insumos y personal durante su fase de construcción. Las emisiones estan constituidas principalmente por material particulado producto del movimiento de tierra y tráfico vehicular.
Forma de cumplimiento Se verifica que los vehículos cuenten con las revisiones técnicas al día. Los vehículos cuentan con certificado de emisión de contaminantes.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de revisiones técnicas de los vehículos. Certificados de emisión de contaminantes de vehículos.
Forma de control y seguimiento Copia registro de mantenciones y de certificados de revisiones técnicas al día, por patente. Dichos registros están disponibles en faena durante la fase de construcción.
7.3.20 Norma D.S. N° 54/1994 de MITT “Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos que Indica” Componente/materia: Emisiones atmosféricas – fuentes móviles
D.S. N° 54/1994 de MITT “Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos que Indica”
Artículo 4: La norma establece que los vehículos motorizados medianos señalados en el Artículo 2, para circular deben reunir las características técnicas que los habiliten para cumplir, en condiciones normalizadas, con los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y partículas, que se señalan en el presente Decreto.
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones Atmosféricas Durante la Fase De Construcción del Proyecto se utilizan vehículos y maquinaria motorizada mediana. Esta actividad genera emisiones atmosféricas.
Forma de cumplimiento Se verifica que los vehículos cuenten con las revisiones técnicas al día. Los vehículos cuentan con certificado de emisión de contaminantes.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de revisiones técnicas de los vehículos. Certificados de emisión de contaminantes de vehículos.
Forma de control y seguimiento Registro disponible en oficinas del Proyecto. 7.3.21 Norma D.S. N° 55/1994 MITT “Establece norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados” Componente/materia: Emisiones atmosféricas – fuentes móviles
D.S. N° 55/1994 MITT “Establece norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados”
Artículo 1: La norma en la letra b) Define vehículo motorizado pesado, como aquel vehículo motorizado destinado al transporte de personas o carga, por calles y caminos, y que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 kg.
Artículo 4: Indica que los vehículos motorizados pesados (definidos en el artículo 1°) señalados en el inciso primero del artículo 2°, para circular en las regiones señaladas, deben contar con un motor que reúna las características técnicas que los habilite para cumplir, en condiciones normalizadas, con los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y material particulado (PM) indicados.
Artículo 6: Los vehículos motorizados pesados cuyo motor cumpla con las normas de emisión que establece este Decreto y con las normas del artículo 8 bis (para vehículos motorizados pesados con motor diésel que indica), cuando corresponda, recibirán un autoadhesivo de color verde con las características y ubicación que determine el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el que es entregado al momento de obtenerse su primer permiso de circulación o en una oportunidad posterior si la acreditación del cumplimiento de la respectiva norma de emisión se produce con posterioridad a la obtención de dicho primer permiso de circulación. El autoadhesivo, debe mantenerse en el parabrisas del vehículo.
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones Atmosféricas
Durante la Fase De Construcción del Proyecto se utilizan vehículos y maquinaria motorizada pesados. Esta actividad genera emisiones atmosféricas.
Forma de cumplimiento El Titular debe velar que los vehículos pesados que operen durante la Fase De Construcción del Proyecto cuenten con sus certificados de revisión técnica al día y sus sellos autoadhesivos que señala el cumplimiento de este decreto. Además, debe existir un registro de mantenciones preventivas.
Los vehículos deben contar con certificado de emisión de contaminantes.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificado de revisiones técnicas al día. Se mantiene copia certificada de estos antecedentes en obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Certificado de emisión de contaminantes
Forma de control y seguimiento Registro disponible en oficinas del Proyecto. 7.3.22 Norma D.S. N° 59/1998 de MINSEGPRES “Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable PM10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia”. Componente/materia: Calidad de Aire.
D.S. N° 59/1998 de MINSEGPRES “Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable PM10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia”.
Establece las concentraciones máximas para material particulado respirable en el aire y la determinación de los niveles que establecen situaciones de emergencia ambiental.
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones Atmosféricas. El Proyecto se ubica en la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, el cual fue declarado zona saturada por MP10 y MP2,5.
Forma de cumplimiento Las emisiones de MP10 y MP2,5 representan un impacto no significativo. Las concentraciones máximas se cumplen acorde a las medidas de abatimiento de emisiones propuestas.
El Proyecto cumple con todas las disposiciones del PPDA del Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
Indicador que acredita su cumplimiento Registros de ejecución de Proyecto y registro en obra de mantenciones, reparaciones y certificaciones al día de vehículos, maquinaria y equipos.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
Tabla 9.3.23 Norma D.S. N° 1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece plan de descontaminación atmosférica para el valle central de la región del libertador general bernardo O’Higgins Componente/materia: Calidad de Aire.
D.S. N° 1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece plan de descontaminación atmosférica para el valle central de la región del libertador general bernardo O’Higgins.
Artículo 8. Desde la entrada en vigencia del presente decreto, se prohíbe la utilización de calefactores a leña u otros dendroenergético destinados a calefacción en el interior de edificios de departamentos con destino habitacional, ubicados en la zona saturada.
Artículo 15. Las viviendas nuevas que se construyan en la zona saturada deben cumplir con al menos los estándares indicados en el DS 1/2021: 1) Transmitancia térmica máxima de la envolvente térmica: 2) Ventanas 3) Aislación térmico de sobrecimiento 4) Riesgo de condensación 5) Infiltraciones de aire 6) Ventilaciones
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Artículo 33. Desde de la entrada en vigencia del presente decreto, los grupos electrógenos instalados o que se instalen en la zona saturada, de potencia neta del motor superior a 50 kilowatts (kW) y que utilizan un combustible líquido, deben contar con un horómetro digital, sellado e inviolable, sin vuelta a cero, con el cual se medirán sus horas de funcionamiento, las que deben ser registradas e informadas anualmente a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones Atmosféricas. El Proyecto se ubica en la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, el cual fue declarado zona saturada por MP10 y MP2,5.
Forma de cumplimiento El Titular solicita la formulación de un Informe de evaluación de eficiencia energética realizado por un evaluador energético acreditado e inscrito en el Registro de Consultores del MINVU, el cual establece el cumplimiento de los valores de transmitancia térmica máximos establecidos por la norma.
Durante la Fase De Construcción, el Proyecto considera el uso de un grupo electrógeno de 30 kW al inicio de la fase hasta que se realice el empalme eléctrico y a su vez como soporte de energía eléctrica de emergencia. Al ser menor de 50 kW, no se utiliza horómetro digital.
Durante la Fase De Operación, las viviendas no utilizan calefactores a leña u otros dendroenergético.
Indicador que acredita su cumplimiento Informe de evaluación de eficiencia energética realizado por un evaluador energético acreditado e inscrito en el Registro de Consultores del Minvu, donde se detallan los valores calculados para la transmitancia térmica de los complejos de techumbres, muros perimetrales y pisos inferiores ventilados, entendidos como elementos que constituyen la envolvente de la vivienda.
Forma de control y seguimiento Copia del documento del Informe de evaluación de eficiencia energética. 7.3.24 Norma D.F.L. 1/1990 de MINSAL “Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa Componente/materia: Residuos Sólidos.
D.F.L. 1/1990 de MINSAL “Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa”
Establece en su artículo 1° número 25 se establece que las instalaciones de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase requieren autorización sanitaria expresa.
Otros cuerpos legales asociados Código Sanitario Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en su fase de construcción genera los siguientes residuos: Residuos No Peligrosos: 58/ton/año Residuos domiciliarios: 23,4 ton/año
Forma de cumplimiento El Proyecto tiene contemplado para la Fase De Construcción un lugar de acopio transitorio de residuos no peligrosos, de la misma forma en la fase de operación, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
correspondiente a las salas de basura, por lo anterior se realiza la tramitación de un permiso ambiental sectorial (PAS 140) ante la autoridad sanitaria.
Indicador que acredita su cumplimiento Resolución sanitaria de aprobación del sitio de disposición de residuos no peligrosos, emitida por la SEREMI de Salud, una vez presentado los antecedentes sectorialmente.
Registros de retiro de los residuos no peligrosos de la Fase De Construcción (boleta, factura u otro documento) por parte de la empresa externa autorizada que lo disponga.
Certificado de disposición final de residuos no peligrosos de construcción.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.25 Norma D.S. N° 594/1999 de MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientes en los lugares de trabajo” Componente/materia: Residuos Sólidos.
D.S. N° 594/1999 de MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientes en los lugares de trabajo”
Según la “Guía de aplicación del Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo en el marco del SEIA”, son aplicables al manejo de los residuos sólidos industriales los artículos 18°, 19° y 20°.
En el Artículo 18°, establece que “la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, debe contar con la autorización sanitaria”.
En el Artículo 19°, establece que “las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deben contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades”.
En el Artículo 20, establece que “en todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, debe presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos”.
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en su fase de construcción genera los siguientes residuos: Residuos No Peligrosos: 58/ton/año Residuos domiciliarios: 23,4 ton/año
Forma de cumplimiento En la Fase De Construcción se generan residuos industriales no peligrosos y estos son acopiados transitoriamente para posteriormente ser retirados y dispuestos en relleno sanitario.
Indicador que acredita su cumplimiento Resolución sanitaria de aprobación del sitio de disposición de residuos no peligrosos, emitida por la SEREMI de Salud, una vez presentado los antecedentes sectorialmente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Registros de retiro (boleta, factura u otro documento) de la empresa externa autorizada.
Certificado de disposición final de residuos no peligrosos de construcción.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.26 Norma D.F.L 725/1967 de MINSAL Código Sanitario Componente/materia: Residuos Sólidos.
D.F.L 725/1967 de MINSAL Código Sanitario
En su Artículo 78 del párrafo III se fijan las condiciones de saneamiento y seguridad relativas a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios.
En los Artículos 79 y 80 se estable que para proceder a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase es necesaria la aprobación previa del Proyecto por el servicio nacional de salud y determina que es el servicio nacional de salud quien debe autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en su fase de construcción genera los siguientes residuos: Residuos Peligrosos: 3,15 ton/año Residuos No Peligrosos: 58/ton/año Residuos domiciliarios: 23,4 ton/año
Forma de cumplimiento Durante la Fase De Construcción los residuos sólidos domiciliarios son dispuestos en contenedores con tapa y acumulados transitoriamente para luego ser llevados hasta un relleno sanitario que cuente con autorización sanitaria, por el servicio de recolección de la comuna.
Además, se implementa un sitio de disposición transitoria de residuos no peligrosos de construcción.
Implementación de sectores señalizados en donde se encuentren los contenedores de residuos domiciliarios o asimilables.
Resolución sanitaria de aprobación del sitio de disposición de residuos no peligrosos, emitida por la Seremi de Salud, una vez presentado los antecedentes sectorialmente.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro servicio de recolección comunal que realiza el retiro de los residuos domiciliarios.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.27 Norma D.S. N° 594/1999 de MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientes en los lugares de trabajo” Componente/materia: Residuos Líquidos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
D.S. N° 594/1999 de MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientes en los lugares de trabajo”
Párrafo III “De las disposiciones de Residuos Industriales Líquidos y Solidos
Artículo 16 “No pueden vaciare a la red pública de desagües de aguas servidas sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente. La descarga de contaminantes al sistema de alcantarillado se ceñirá a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente y las normas de emisión y demás normativa complementaria”.
Artículo 21° establece que todo lugar de trabajo esta provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo. Además, indica que si la naturaleza del trabajo implica contacto con sustancias toxicas o que cause suciedad corporal, deben disponerse de duchas con agua fría y caliente para los trabajadores afectados.
De acuerdo con el articulo 22 si laboran hombres y mujeres deben existir servicios higiénicos independientes y separados.
En su artículo 23 prescribe cual es el número mínimo de artefactos dependiendo de la cantidad de trabajadores.
En el artículo 24 se establece que en las faenas temporales que no sea posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el proveedor debe proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calcular según el presente artículo, además establece que una vez finalizada la faena temporal el empleador es responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.
En tanto, para la ubicación de los servicios higiénicos y/o letrinas sanitarias o baños químicos el artículo 25 establece que no pueden estar instalados a más de 75 metros de distancia del área de trabajo, salvo casos calificados por la autoridad sanitaria.
En el artículo 26 se establece que las aguas servidas de carácter domestico deben ser conducidas al alcantarillado público en su defecto, su disposición final se efectúa por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.
Otros cuerpos legales asociados Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, D.S. N° 609/1998 del Ministerio de Obras Públicas, Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado, Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud, Código Sanitario.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos Líquidos. Durante la Fase De Construcción, se estima que se generan 6.000 m3/año de aguas servidas.
Forma de cumplimiento El Proyecto durante su Fase De Construcción cuenta con conexión al sistema de agua potable y alcantarillado, habilitando instalaciones sanitarias y servicios higiénicos.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Además, se implementan baños químicos a una distancia no mayor a 75 metros de los frentes de trabajo, dando así cumplimiento al presente cuerpo normativo.
Indicador que acredita su cumplimiento Factibilidad sanitaria de la empresa concesionaria del sector.
Certificado de retiro semanal de residuos líquidos de los baños químicos por una empresa autorizada para dicho fin.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.28 Norma D.S. N° 609/1998 del Ministerio de Obras Públicas, Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado Componente/materia: Residuos Líquidos.
D.S. N° 609/1998 del Ministerio de Obras Públicas, Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado
Emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado.
En su artículo 1.1. establece que tiene como objetivo mejorar la calidad ambiental de las aguas servidas que los servicios públicos de disposición de esta vierten a los cuerpos de agua terrestres o marítimos mediante el control de los contaminantes líquidos de origen industrial que se descargan a los alcantarillados. Sin embargo, corresponde a la norma que regula las descargas de estos residuos a las aguas superficiales determinar la calidad del efluente del servicio público de disposición de aguas servidas.
De igual forma en el artículo 2.1 señala que “La presente norma de emisión establece los límites máximos de contaminantes permitidos para residuos industriales líquidos, descargados por establecimientos industriales a los servicios públicos de recolección de aguas servidas de tipo separado o unitario”. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos Líquidos. Durante la Fase De Construcción, se estima que se generan 6.000 m3/año de aguas servidas.
El Proyecto durante su Fase De Construcción cuenta con conexión al sistema de agua potable y alcantarillado, habilitando instalaciones sanitarias y servicios higiénicos.
Forma de cumplimiento El Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, otorgada por ESSBIO S.A.
El Proyecto no genera residuos líquidos industriales y por lo tanto se estima que no son vertidos al alcantarillado dichos residuos líquidos. Cada otro tipo de residuo liquido generado como, lodos provenientes de lavado de ruedas y tolvas son tratados y dispuestos por empresas autorizadas. Se emitirán únicamente los relacionados al uso doméstico en construcción y operación.
Indicador que acredita su cumplimiento Factibilidad sanitaria de la empresa concesionaria del sector. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.29 Norma Código Sanitario Componente/materia: Manejo de aguas servidas
Código Sanitario
Artículo 69: No pueden iniciarse la construcción o remodelación de una población, sin que el Servicio Nacional de Salud haya aprobado previamente los servicios de agua potable y de alcantarillado o desagües.
Artículo 70: Las instalaciones sanitarias de viviendas, industrias o locales de cualquier naturaleza son materia de reglamentos especiales.
Artículo 71: Corresponde al Servicio Nacional de Salud aprobar los Proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la provisión o purificación de agua potable de una población, y a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros.
Artículo 72: El Servicio Nacional de Salud ejercerá la vigilancia sanitaria sobre provisiones o plantas de aguas destinadas al uso del hombre, como asimismo de las plantas depuradoras de aguas servidas y de residuos industriales o mineros; pueden sancionar a los responsables de infracciones y en casos calificados, intervenir directamente en la explotación de estos servicios, previo decreto del presidente de la república.
Artículo 73: Prohíbe la descarga de las aguas servidas a ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos.
Artículo 82: El reglamento comprenderá normas como las que se refieren a las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos, maquinarias, instalaciones, materiales y cualquier otro elemento, con el fin de proteger eficazmente la vida, la salud y bienestar de los obreros y empleados y de la población en general.
Otros cuerpos legales D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos Líquidos. Durante la Fase De Construcción, se estima que se generan 6.000 m3/año de aguas servidas.
El Proyecto durante su Fase De Construcción cuenta con conexión al sistema de agua potable y alcantarillado, habilitando instalaciones sanitarias y servicios higiénicos
Forma de cumplimiento El Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, otorgada por ESSBIO S.A.
El Proyecto no descargará ningún efluente sobre cursos de agua superficiales o subterráneos.
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La dotación mínima de servicios higiénicos en cada fase se definirá según lo establecido en esta normativa.
Indicador que acredita su cumplimiento Factibilidad sanitaria de la empresa concesionaria del sector. Cantidad de servicios higiénicos habitados según cantidad de trabajadores
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
Servicios higiénicos disponibles para uso de trabajadores.
7.3.30 Norma D.F.L. 1/1990 de MINSAL “Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa”
Componente/materia: Residuos Líquidos.
D.F.L. 1/1990 de MINSAL “Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa”
Establece en su artículo 1° número 22 se establece que el funcionamiento de obras destinadas a la provisión o purificación de agua potable de una población o a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros.
Otros cuerpos legales Código Sanitario Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento Temporal de Residuos Forma de cumplimiento Antecedentes técnicos y formales de los PASM 140 y PASM 142, además de su tramitación sectorial.
Indicador que acredita su cumplimiento Resolución sanitaria de aprobación del sitio de disposición de residuos no peligrosos, emitida por la SEREMI de Salud, una vez presentado los antecedentes sectorialmente.
Registros de retiro de los residuos no peligrosos de la fase de construcción (boleta, factura u otro documento) por parte de la empresa externa autorizada que lo disponga.
Certificado de disposición final de residuos no peligrosos de construcción.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.31 Norma D.S N° 148/2003 de MINSAL “Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”
Componente/materia: Residuos Peligrosos.
D.S N° 148/2003 de MINSAL “Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”
En su artículo 1 se establecen las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que debe someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.
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En el artículo 27 se establece que lo generadores que no estén obligados a sujetarse a un Plan de Manejo de Residuos Peligroso deben en todo caso cumplir con la obligación señalada en la letra b) del presente artículo.
En el artículo 28 se establece el manejo diferenciado entre los residuos peligrosos y los no peligrosos.
En el artículo 29 se establece que todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos debe contar con la correspondiente autorización sanitaria de instalación.
En el artículo 31 se establece el período de almacenamiento máximo de residuos peligrosos. Sin embargo, en casos justificados, se pueden solicitar a la Autoridad Sanitaria, una extensión de dicho período hasta por un lapso igual, para lo cual se debe presentar un informe técnico.
En los artículos 33, 34 y 35 se establecen las condiciones que deben cumplir los sitios de almacenamiento de este tipo de residuos, los accesos restringidos de estos lugares y las distancias a los deslindes de la propiedad.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en su fase de construcción genera 3,15 ton/año de residuos peligrosos.
Forma de cumplimiento El Titular vela que los residuos peligrosos generados en la fase de construcción sean almacenados transitoriamente en las bodegas de residuos peligrosos y que estos sean dispuestos en lugares autorizados, cumpliendo las disposiciones del presente reglamento. En virtud del cumplimiento del cuerpo normativo, se presenta el PAS 142, para sitios destinados al almacenamiento de residuos peligrosos.
Indicador que acredita su cumplimiento Resolución sanitaria de aprobación de la bodega de residuos peligrosos emitida por la SEREMI de Salud, una vez presentado los antecedentes sectorialmente.
Guía de despacho u otro documento que acredite la disposición de los residuos peligrosos en un lugar autorizado. Certificado de disposición final de residuos peligrosos.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.32 Norma D.S. N° 43/2015 de MINSAL “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.
Componente/materia: Sustancias Peligrosas.
D.S. N° 43/2015 de MINSAL “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.
Artículo 1° El presente reglamento establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas.
Artículo 2° Se entenderá por sustancias peligrosas, o productos peligrosos, para efectos de la aplicación de este reglamento, aquellas que puedan significar un riesgo para la salud, la seguridad o el bienestar de los seres humanos y animales.
En el artículo 3° se establecen las exclusiones a la aplicación del reglamento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Artículo 4° d) Bodega común: Recinto o instalación destinada al almacenamiento de productos o mercancías, la cual tiene una zona destinada al almacenamiento de sustancias peligrosas.
Artículo 8° Las sustancias peligrosas solamente pueden almacenarse en los lugares especiales que se señalan a continuación en el presente reglamento, de acuerdo con su cantidad, clase y división de peligrosidad.
Artículo 9° Las sustancias peligrosas deben estar contenidas en envases, debidamente etiquetadas según lo estipulado en el Título XII del reglamento.
Artículo 11° Toda instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas debe tener acceso controlado. Hay un responsable quien es el encargado de vigilar el acceso de personas y maquinarias y de llevar el registro de los productos que entran y salen. En el caso de las bodegas de sustancias peligrosas, no pueden haber oficinas en su interior.
Artículo 12° Los procedimientos de operación de la instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas deben consignarse por escrito, estar en conocimiento de todo el personal asociado a esta y estar disponible para la autoridad fiscalizadora.
Artículo 13° El personal que trabaje en una instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas debe recibir una capacitación anual como mínimo. Además, la empresa debe llevar el registro de las capacitaciones manteniéndolas disponibles para la autoridad sanitaria.
Artículo 14° Se establece los requisitos que debe cumplir el registro electrónico o impreso respecto del almacenamiento de sustancias peligrosas. En el artículo 15° se establece que debe existir un plano en formato A0 en el constará la información respecto de la ubicación de la instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas, la capacidad máxima y la incompatibilidad.
Artículo 25° Pueden almacenarse sustancias peligrosas envasadas en bodegas comunes cuando la cantidad total sea como máximo 12 t. El almacenamiento sobre las cantidades establecidas debe realizarse en bodega para sustancias peligrosas.
Artículo 26° Dentro de la bodega común, las sustancias toxicas en envases menores a 25 kg o L y los de vidrio, deben estar en estanterías de material no absorbente, liso y lavable, cerradas, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de gases en su interior. Artículo 28° Las bodegas comunes donde se almacenen sustancias peligrosas deben ser cerradas en su perímetro por muros, resistentes a la acción del agua, con puso sólido, liso e impermeable y no poroso.
Artículo 29° Las bodegas comunes donde se almacenan sustancias peligrosas deben mantener una distancia mínima de 3 metros a sus muros medianeros o deslindes o bien un muro cortafuego de RF 180, en caso de distanciamiento menor o adosamiento.
Artículo 30° La zona destinada para el almacenamiento de las sustancias peligrosas para el almacenamiento de las sustancias peligrosas debe estar claramente señalizada y demarcada y debe contar con el pictograma que indique las clases y divisiones de las sustancias en ella almacenadas.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sustancias Peligrosas.
El Proyecto considera para su Fase De Construcción una bodega de sustancias peligrosas de 20 m3 de capacidad. Las sustancias peligrosas por almacenar son las siguientes: Pinturas Aditivos Solventes
Forma de cumplimiento Cumplimiento del Reglamento mediante el almacenamiento en bodega común de las sustancias peligrosas a utilizar en el desarrollo de la fase de construcción del Proyecto, cumpliendo con las disposiciones de almacenamiento descritas en el D.S. N°43/2016 MINSAL.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de sustancias y su clasificación.
Registro de existencia de hojas de seguridad de cada sustancia peligrosa almacenada en bodega.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.3.33 Norma Decreto Supremo N° 43 de 2015 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Componente/materia: Sustancias Peligrosas.
Aprueba Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
El artículo 42, indica respecto del almacenamiento de materiales el que debe realizarse por procedimientos y en lugares apropiados y seguros para los trabajadores. Todo lo referente al almacenamiento de sustancias peligrosas se regirá por lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 43 de 2015 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Otros cuerpos legales D.S. N° 43 de 2015, Ministerio de Salud
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sustancias Peligrosas.
El Proyecto considera para su fase de construcción una bodega de sustancias peligrosas de 20 m3 de capacidad. Las sustancias peligrosas por almacenar son las siguientes: Pinturas Aditivos Solventes
Forma de cumplimiento El Proyecto incluye la construcción de una bodega de SUSPEL en la fase de construcción.
Se dará cumplimiento con las exigencias de manejo y almacenamiento de sustancias peligrosas definidas por esta norma.
Indicador que acredita su cumplimiento Condiciones de almacenamiento de sustancias peligrosas según las cantidades almacenadas.
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Forma de control y seguimiento Se cuenta con registro de ingreso y salida de la bodega de SUSPEL. HDS de las sustancias almacenadas disponibles para todos los trabajadores en la entrada de la bodega de SUSPEL. Señalización correspondiente a las sustancias almacenadas. Capacitación de los trabajadores que manejen sustancias peligrosas. Registro del mantenimiento de la bodega de SUSPEL. Todos los documentos se encuentran disponibles en las oficinas administrativas del Proyecto
7.3.34 Norma D.S. N° 298/1994 de MTT, Reglamenta Transporte de Carga Peligrosas por Calles y Caminos. Componente/materia: Sustancias Peligrosas y Combustibles.
D.S. N° 298/1994 de MTT, Reglamenta Transporte de Carga Peligrosas por Calles y Caminos. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de combustible líquido para el funcionamiento de maquinarias de la construcción.
El Proyecto considera para su fase de construcción una bodega de sustancias peligrosas de 20 m3 de capacidad. Las sustancias peligrosas por almacenar son las siguientes: - Pinturas - Aditivos - Solventes
Forma de cumplimiento El Proyecto cumple con las condiciones de transporte de las cargas que por sus características se consideran peligrosas o representan riesgos para la salud de las personas, la seguridad pública o el medio ambiente, y que se indican en las disposiciones citadas.
El transporte lo realizan empresas externas, por lo que se les solicita comprobar que cumplen con las disposiciones establecidas en la presenta normativa. Quedará una copia de los comprobantes de la instalación de faenas del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento Copia de los comprobantes o autorizaciones de las empresas externas que realicen el transporte.
El Titular tiene copia de las autorizaciones indicadas en obra y en oficina central, disponibles en todo momento para revisión de las autoridades. Estos registros se mantienen en faena durante la fase de construcción.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.4 Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural) 7.4.1 Norma Código de Aguas Componente/materia: Recursos Hídricos
Código de Aguas
Otros cuerpos legales Res. Exenta N°2116/2024 de la Dirección General de Aguas, que Deja sin efecto Resolución DGA (Exenta) N°135, de 31 de enero de 2020, y determina obras y características que deben o no deben ser aprobadas por la Dirección Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
General de Aguas, en los términos señalados en el artículo 41 del Código de Aguas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Fase de Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Intervención de Cauce Artificial
Forma de cumplimiento Se presentan los requisitos técnicos y formales establecidos en el PAS 156 del D.S N°40/2012 del MMA, modificado por el D.S N°30/2023. –
Presentación de planos generales y planos de detalle del Proyecto. - Plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante la Fase de Construcción.
Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención RCA favorable. - Aprobación Ambiental del PAS 156 otorgado mediante RCA favorable. - Resolución de aprobación sectorial del PAS 156 otorgado por la DGA. - Monitoreo de aguas de cada cauce, ante la presencia de escurrimiento, presentado en el plan de seguimiento. - Toma de muestra en un punto aguas arriba y otras aguas abajo de la posición de cada obra de atravieso proyectada en cada cauce en caso de escurrimiento, presentado en el plan de seguimiento. - Catastro visual de las obras para asegurar el funcionamiento adecuado de sus operaciones, presentado en el plan de seguimiento. - Frente a alguna contingencia en la Construcción de las obras en el cauce, el catastro visual es remitido a la SMA.
Forma de control y seguimiento - Los registros de indicadores de cumplimiento se encuentran disponibles -en las oficinas de Operación y Mantenimiento durante la Fase de Operación y en las oficinas centrales de las Instalaciones de Faenas durante las Fases de Construcción
Elaboración de informe remitido a la SMA
7.4.2 Norma D.S. N° 484/1990 de MINEDUC, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas Componente/materia: Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
D.S. N° 484/1990 de MINEDUC, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.
Dispone que las prospecciones y/o excavaciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, en terrenos públicos y privados, y las normas que regulan la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales para realizarlas y el destino de los objetos o especies encontradas, se regirá por las normas contenidas en la Ley N° 17.288 y en este reglamento.
También prescribe que las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato al descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Urbanización y Construcción de Viviendas. Forma de cumplimiento La Línea de Base Arqueológica, en cuanto a los resultados de la prospección arqueológica, no se encontraron hallazgos de relevancia prehispánica o histórica. Se identificaron elementos sub-actual y un canal de riego, que han sido debidamente registrados para preservar la memoria colectiva y el pasado reciente, aunque no requieren medidas especiales de protección o conservación. No obstante, se identificó una animita, un bien patrimonial de carácter religioso popular. A pesar de la falta de descubrimientos arqueológicos significativos en el área del Proyecto, se realizan capacitaciones al personal del Proyecto, que debe ser impartida por un licenciado en arqueología o arqueólogo profesional antes de iniciar la construcción.
La Línea de Base Paleontológica el Proyecto se emplaza sobre la unidad geológica denominada Depósitos aluviales (PlHa), los cuales son clasificados como susceptibles según los criterios del CMN. Tomando en consideración lo anteriormente expuesto y en lo expuesto en la discusión del presente informe, la determinación del potencial paleontológico, y el tipo de obra a desarrollar, por lo que se realizan charlas de inducción paleontológica a los trabajadores del Proyecto, confección de un protocolo en caso de hallazgos paleontológicos imprevistos el cual debe ser expuesto durante las charlas de inducción, considerando lo indicado en el Artículo N°26 de la Ley de Monumentos Nacionales.
Por lo tanto, si durante la ejecución de la fase de construcción del Proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos o paleontológico, se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso Carabineros, al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente.
En caso de algún hallazgo de restos arqueológicos y paleontológico se procederá de acuerdo con lo indicado en la normativa y se genera un informe realizado por un profesional del área.
Además, se realizan charlas de inducción arqueológica y paleontológica a los trabajadores del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento Informe de Línea de Base Arqueológica. Informe de Línea de Base Paleontológica Comprobante de aviso a carabineros. Informe de hallazgo.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.4.3 Norma Ley 17.288 de MINEDUC, Monumentos Nacionales. Componente/materia: Monumentos Nacionales. Norma Ley 17.288 de MINEDUC, Monumentos Nacionales.
En el artículo 1° establece que se entenderá por monumentos nacionales. Define los Monumentos Nacionales. Los Monumentos Históricos, Monumentos arqueológicos, indicando que su control y supervigilancia recaen en el Consejo de Monumentos Nacionales y que todo trabajo de conservación, reparación o restauración de ellos este sujeto a su autorización previa.
En su artículo 9° señala que son Monumentos Históricos los lugares ruinas, construcciones y objetos de propiedad fiscal, municipal o particular que por su calidad e interés histórico artístico o por su antigüedad, sean declarados Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
tales por decreto supremo, dictado a solicitud y previo acuerdo del Consejo. Mientras que en su artículo 12 especifica que, si el Monumento Histórico fuere un inmueble de propiedad particular, el propietario debe conservarlo debidamente; no pueden destruirlo, transformarlo o repararlo, ni hacer en sus alrededores construcción alguna, sin haber obtenido previamente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, el que determinará las normas a que deben sujetarse las obras autorizadas.
En el artículo 13 señala que ninguna persona natural o jurídica chilena o extranjera pueden hacer en el territorio nacional excavaciones de carácter científico sin haber obtenido previamente la autorización del Consejo en la forma establecida por el Reglamento el que fijará las normas que deben sujetarse dichas excavaciones y el destino de los objetos que en ellas se encontraren.
Mientras que en el artículo 23 señala que las personas naturales o jurídicas extranjeras que deseen efectuar excavaciones de tipo antropoarqueológicos y paleontológico, deben solicitar el permiso correspondiente al Consejo de Monumentos Nacionales en la forma establecida en el Reglamento.
Otros cuerpos legales asociados D.S. N°484/1990 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Urbanización y Construcción de Viviendas. Forma de cumplimiento La Línea de Base Arqueológica, en cuanto a los resultados de la prospección arqueológica, no se encontraron hallazgos de relevancia prehispánica o histórica. Se identificaron elementos sub-actual y un canal de riego, que han sido debidamente registrados para preservar la memoria colectiva y el pasado reciente, aunque no requieren medidas especiales de protección o conservación. No obstante, se identificó una animita, un bien patrimonial de carácter religioso popular. A pesar de la falta de descubrimientos arqueológicos significativos en el área del Proyecto, se realizan capacitaciones al personal del Proyecto, que debe ser impartida por un licenciado en arqueología o arqueólogo profesional antes de iniciar la construcción.
Las Líneas de Base Paleontológica del Proyecto se emplazan sobre la unidad geológica denominada Depósitos aluviales (PlHa), los cuales son clasificados como susceptibles según los criterios del CMN. Tomando en consideración lo anteriormente expuesto y en lo expuesto en la discusión del presente informe, la determinación del potencial paleontológico, y el tipo de obra a desarrollar, por lo que se realizan charlas de inducción paleontológica a los trabajadores del Proyecto, confección de un protocolo en caso de hallazgos paleontológicos imprevistos el cual debe ser expuesto durante las charlas de inducción, considerando lo indicado en el Artículo N°26 de la Ley de Monumentos Nacionales.
Por lo tanto, si durante la ejecución de la fase de construcción del Proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos o paleontológico, se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso Carabineros, al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente.
En caso de algún hallazgo de restos arqueológicos y paleontológico se procederá de acuerdo con lo indicado en la normativa y se genera un informe realizado por un profesional del área.
Además, se realizan charlas de inducción arqueológica y paleontológica a los trabajadores del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Indicador que acredita su cumplimiento Informe de Línea de Base Arqueológica. Informe de Línea de Base Paleontológica. Comprobante de aviso a Carabineros. Informe de hallazgo.
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.4.4 Norma Ley N°19.473 de MINAGRI sobre caza. Componente/materia: Medio Biótico – Animales Silvestres.
Norma Ley N°19.473 de MINAGRI sobre caza.
Esta ley señala en el artículo 1° que sus disposiciones se aplican a la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre, exceptuando las especies y recursos hidrobiológicos.
En el artículo 2° letra a) define como fauna silvestre, bravía o salvaje como todo ejemplar de cualquier especie animal, que viva natural, libre e independiente del hombre, en un medio terrestre o acuático. Asimismo, indica en la letra b) que se entenderá por caza la acción o conjunto de acciones tendientes al apoderamiento de especímenes de la fauna silvestre, por la vía de darles muerte. En su letra c) precisa que la captura es el apoderamiento de animales silvestres vivos. En cuanto a lo que se entiende por especies protegidas lo define en la letra f), mencionando que ellas son todas las especies de vertebrados e invertebrados de la fauna silvestre que sean objeto de medidas de conservación.
En su artículo 3° Prohíbe en todo el territorio nacional, la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre, catalogados como especies en peligros de extinción, vulnerables, raros y escasamente conocidas, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria. Además, en el artículo 5° prohíbe levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos y crías, con excepción de las pertenecientes a las especies declaradas dañinas.
Otros cuerpos legales asociados Ley 4.601 (Ley 19.473) Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a Toda la Obra.
En el área de influencia del Proyecto se registraron 15 especies de vertebrados terrestres, de las cuales una especie corresponde a reptil y 14 especies corresponden a aves. Una especie se encuentra en categoría de conservación, la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis) considerada como Preocupación menor (LC) según el DS 19/2012.
Forma de cumplimiento El Titular compromete las siguientes acciones: - Se prohíbe la caza y captura de fauna nativa silvestre. - Se prohíbe la manipulación de la fauna. En caso de encontrar algún animal enfermo y/o herido, se deben seguir las directrices descritas en el plan de acción que se detalla más adelante. - Se prohíbe la alimentación directa y/o indirecta (arrojar desechos orgánicos al suelo) de la fauna silvestre. - Se prohíbe la mantención de animales domésticos en la instalación de faenas durante la fase de construcción.
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Se colocan contenedores cerrados en aquellas zonas donde circule el personal del Proyecto, y así puedan depositar los desechos orgánicos que atraigan a la fauna silvestre.
Indicador que acredita su cumplimiento Existencia de señalética y letreros con prohibición de caza. Registro de capacitaciones, contenido y firmas de asistentes
Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
7.4.5 Norma Ley 4.601 (Ley 19.473) Ministerio Secretaría General de la Presidencia Componente/materia: Protección de fauna
Norma
Disposiciones por que se regirá la caza en el territorio de la República
Título I: Artículo 1°: Establece que la caza se regirá por las disposiciones de esta ley. En el artículo 2 establece que se pueden cazar en el periodo que este permitido, pagando una contribución y el plazo de duración es de un año. Asimismo, indica que dentro de una propiedad rural pueden cazar sin necesidad de permiso las personas que allí se indican, entre los que se encuentran el dueño y sus empleados.
Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°5/1998 Reglamento de la Ley de Caza, Ministerio de Agricultura
Decreto N°65 /2015 aprueba modificación al Reglamento de la Ley de Caza, Ministerio de Agricultura
Decreto N°6/2015 modifica el Reglamento de la Ley de Caza, Ministerio de Agricultura
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a Toda la Obra.
En el área de influencia del Proyecto se tuvo registro de 15 especies de vertebrados terrestres, de las cuales una especie corresponde a reptil y 14 especies corresponden a aves. Una especie se encuentra en categoría de conservación, la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis) considerada como Preocupación menor (LC) según el DS 19/2012.
Forma de cumplimiento El Titular compromete las siguientes acciones: - Se prohíbe la caza y captura de fauna nativa silvestre. - Se prohíbe la manipulación de la fauna. En caso de encontrar algún animal enfermo y/o herido, se deben seguir las directrices descritas en el plan de acción que se detalla más adelante. - Se prohíbe la alimentación directa y/o indirecta (arrojar desechos orgánicos al suelo) de la fauna silvestre. - Se prohíbe la mantención de animales domésticos en la instalación de faenas durante la fase de construcción.
Se colocan contenedores cerrados en aquellas zonas donde circule el personal del Proyecto, y así puedan depositar los desechos orgánicos que atraigan a la fauna silvestre.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitaciones, contenido y firmas de asistentes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Forma de control y seguimiento Registro en oficinas administrativas del Proyecto. 7.4.6 Norma Decreto Supremo Nº5/1998, Reglamento Ley de Caza, Ministerio de Agricultura Componente/materia: Protección de fauna
Norma Reglamento de la Ley de Caza
Artículo 2º.- Las disposiciones del presente reglamento se aplican a la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de especímenes de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos, cuya preservación se rige por la ley Nº18.892, General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por Decreto Supremo Nº430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Otros cuerpos legales asociados Ley 4.601 (Ley 19.473) Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a Toda la Obra.
En el área de influencia del Proyecto se registraron 15 especies de vertebrados terrestres, de las cuales una especie corresponde a reptil y 14 especies corresponden a aves. Una especie se encuentra en categoría de conservación, la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis) considerada como Preocupación menor (LC) según el DS 19/2012.
Forma de cumplimiento El Titular compromete las siguientes acciones: - Se prohíbe la caza de fauna nativa silvestre. - Se prohíbe la manipulación de la fauna. En caso de encontrar algún animal enfermo y/o herido, se deben seguir las directrices descritas en el plan de acción que se detalla más adelante. - Se prohíbe la alimentación directa y/o indirecta (arrojar desechos orgánicos al suelo) de la fauna silvestre. - Se prohíbe la mantención de animales domésticos en la instalación de faenas durante la fase de construcción.
Se colocan contenedores cerrados en aquellas zonas donde circule el personal del Proyecto, y así puedan depositar los desechos orgánicos que atraigan a la fauna silvestre.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitaciones, contenido y firmas de asistentes. Forma de control y seguimiento Registro en oficinas administrativas del Proyecto.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1 EXIGENCIA PLAN DE COMUNICACIÓN CON LA COMUNIDAD DE USUARIOS DE AGUAS DEL CANAL DERIVADO LA GAMBOÍNA Impacto asociado No hay
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Coordinar e informar la ejecución de las obras en dicho canal para la Fase de Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Descripción: Coordinar e informar la ejecución de las obras en dicho canal para la Fase de Construcción, indicando además que dichas intervenciones son realizadas con el canal seco, y, siempre contando antes de la ejecución con la autorización de la comunidad de aguas mencionada
Justificación: Oficio Ord. N°639 de fecha 11 de noviembre de la Dirección Regional de la DGA de la Región de O’Higgins.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sede de la comunidad de usuarios de Aguas del Canal Derivado La Gamboína
Forma: Presentación de un Plan de Comunicación con la comunidad de usuarios de Aguas del Canal Derivado La Gamboína, que incluya como temas a abordar la coordinación y entrega de información a los usuarios de los plazos, y obras de ejecución de las obras en dicho canal para la Fase de Construcción, indicando además que dichas intervenciones son realizadas con el canal seco, y, siempre contando antes de la ejecución con la autorización de la comunidad de aguas mencionada
Oportunidad: Evitar inconvenientes al acceso de infraestructura para el uso de aguas que escurren por el canal de riego
Indicador que acredite su cumplimiento Envío Informe de Resultados, junto con el Plan de Comunicación con la comunidad de usuarios de Aguas del Canal Derivado La Gamboína, ante la SMA con copia a la Dirección Regional de la DGA de la Región de O’Higgins.
Forma de control y seguimiento Reporte de envío del indicador de cumplimiento
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO APLICACIÓN DE PLAN DE COMUNICACIONES Impacto asociado No Aplica
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar y notificar a la comunidad del Área de Influencia de las actividades que durante la fase de construcción se desarrollan. Abrir espacios para que las/los vecinos puedas canalizar sus inquietudes y sugerencias.
Descripción: Aplicación de Plan de Comunicaciones, divulgar informaciones relevantes del Proyecto a través de la entrega de folletos en el Área de Influencia. Colocar, en el acceso a la obra, un aviso/cartel, dirigido a las/los vecinos, que indique las vías donde ellos podrían dirigir sus preguntas o reclamos.
Justificación: Promover el cumplimiento de un compromiso ambiental voluntario relacionado con la divulgación de la información a través de la comunicación con los vecinos del Área de influencia.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al ingreso de las obras instalar Letrero informativo.
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Forma: El letrero debe incluir la siguiente información. - Tiempo de duración de las obras. - Días de la semana en que se trabajará en las obras. - El horario de trabajo en las obras. - Proporcionar e-mail de contacto a fin de abrir un espacio para recoger opiniones y reclamos o sugerencias de la comunidad del área de influencia, las cuales pueden ayudar tomar acciones correctivas ante posibles molestias producidas.
Oportunidad: A través del Plan de Comunicaciones, se busca desenvolver el compromiso ambiental voluntario por medio de informar de las actividades del Proyecto a los vecinos del sector en que se desarrollaran las obras y partes del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento • Instalar letrero informativo en las afueras de la obra. • Registrar la entrega de informativos a la comunidad del Aérea de Influencia. (Visual/fotográfico). • Tener en obra un libro de las inquietudes, sugerencias y/o reclamos con el fin de que la comunidad puedan expresarse. • Buscar respuestas o soluciones a esas inquietudes.
Forma de control y seguimiento El control y seguimiento de la implementación del compromiso ambiental voluntario se efectúa por medio del registro visual del letrero informativo en la entrada principal de la obra. Además de mantener el libro de registros en la entrada a las obras, se debe mantener folletos informativos adicionales para entregar a quien lo requiera.
9.2 Compromiso ambiental voluntario Plan de Perturbación Controlada especies de baja Movilidad Impacto asociado Aumentos de los niveles de ruido en el área del Proyecto.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar la eventual afectación de especies de baja movilidad identificados en el área de emplazamiento del Proyecto.
Descripción: A través de la perturbación controlada se busca inducir el desplazamiento de especies baja movilidad identificadas en el desde el área de emplazamiento del Proyecto hacia otros sectores aledaños establecidos como destinos (áreas receptoras), en tanto cuentan con las condiciones de habitabilidad requeridas por la especie.
Esto se realiza a través de una serie de técnicas para provocar el desplazamiento de la fauna objetivo por sus propios medios, por lo que esta medida no contempla en ningún caso actividades de captura de ningún tipo. (Manuales o a través de Trampas).
Justificación: Al respecto, dada la naturaleza del Proyecto, que por su carácter inmobiliario considera la preparación y escarpe del terreno donde se construye los conjuntos habitacionales, se ha considerado la implementación de esta medida, la que se implementara de forma previa a la implementación de es tas actividades.
De esta forma se busca dar cuenta y responder a los criterios de cuidado y protección de la fauna silvestre de acuerdos a los criterios y regulaciones establecidas por él SEA, para esta materia.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Esta medida se lleva a cabo, antes de iniciar las obras de preparación del terreno, en toda el área de emplazamiento del Proyecto correspondiente a 5,1 hectáreas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
Forma: Este procedimiento es ejecutado mediante la remoción de los potenciales refugios que se identifiquen en el área de trabajo, el que es realizado manualmente con el apoyo de herramientas que minimicen la potencial afectación a individuos presentes en el área en la que se aplicara esta medida.
Se espera que a través de este procedimiento el área se torne inhabitable para las especies identificadas y que el desplazamiento hacia áreas colindantes que cumplan con los requisitos de habitabilidad de estas sea lo menos invasivo y riesgoso para sus individuos.
Oportunidad: Esta medida se implementa de forma previa a las actividades de preparación, despeje y escarpe del terreno donde es desarrollado el Proyecto habitacional.
Indicador que acredite su cumplimiento Acta de Registro de Áreas Liberadas.
Cada área en la que es aplicada esta medida contara con una ficha de registro de liberación, las que se sistematizaran y están disponibles en caso de que la autoridad las requiera.
Informe Consolidado de Monitoreo y Liberación de Áreas. Este informe es entrega a la SMA y contiene toda la información en cuanto a fechas, procedimientos aplicados y resultados obtenidos.
Forma de control y seguimiento Informe Trimestral de Control y Seguimiento de Áreas Liberadas.
Este informe se ingresará a la plataforma de cumplimiento de compromisos ambientales de la SMA 30 días después de su elaboración, manteniendo copias disponibles en caso de que la autoridad ambiental lo requiera.
10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1 RIESGO ACCIDENTE VEHICULAR DURANTE EL TRANSPORTE DE MATERIALES, INSUMOS Y PERSONAL. Riesgo Accidente vehicular durante el transporte de materiales, insumos y personal.
Fase del Proyecto a la que aplica Etapa de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Riesgo generado por el tránsito vehicular en el área del Proyecto y vías de acceso, donde exista transporte de equipo, material y personal.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Todas las vías de acceso y transito interno están debidamente señalizadas y en caso de que se requiera, se usará personal apostado en el camino. • Todos los vehículos deben contar con conductores debidamente calificados. • Todos los vehículos que transiten deben contar con la revisión técnica al día y con sus programas de mantenimiento vigente. • El Contratista implementa un procedimiento formal para enfrentar accidentes de tránsito que permitan atender la emergencia en forma oportuna, el cual permanecerá al interior de cada vehículo de carga. • Se capacitará a los conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro en la ruta. • Se implementa la señalización adecuada en el área de construcción. • El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no debe exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
se estén utilizando. En caso contrario, se obtienen los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad en cada caso. • Es obligatorio respetar límites de velocidades dispuestos en la señalización de las vías de circulación. • Es obligatorio realizar conducción a la defensiva y fomentar • el autocuidado. • Se dispone señalización especial en los lugares de acceso a los frentes de trabajos. Para ello se utilizan señales; barreras; luces intermitentes eléctricas; y cilindros delineadores.
Forma de control y seguimiento • Control de velocidad en rutas del Proyecto. • Registro de capacitaciones a trabajadores. • Registro y documentación de implementación de equipos y señalética. • Registro de cargas de vehículos pesados y procedimientos de conductores. • Licencia de conducción requerida de acuerdo con el vehículo a utilizar.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 1. Descripción de Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante la ocurrencia de cualquier accidente de tránsito en ruta se deben seguir los siguientes pasos:
• Detener el vehículo o equipo en un lugar seguro y visible con las luces de emergencia activadas para prestar ayuda de ser necesario. • Comunicar el evento vía radial o telefónica a Instalación de Faena para que se comuniquen Ambulancia (si es que amerita). • Aplicar maniobras de primeros auxilios, esto siempre y cuando se encuentre capacitado para ello. En este sentido no debe mover o desplazar al o a los lesionados salvo que sea estrictamente necesario para salvaguardar la vida de estos. • Si los afectados pertenecen a la empresa contratista se debe comunicar lo más pronto posible con cualquier miembro del comité de emergencia y/o el departamento Prevención de Riesgos, quienes realizaran las gestiones necesarias para coordinar el traslado de los afectados a la Mutualidad correspondiente. • Si al evaluar preliminarmente las condiciones del o los vehículos siniestrados y se detecta el escurrimiento de algún liquido o fluido se debe corta la energía desconectando de inmediato la batería. • Al solicitar ayuda e informar de lo ocurrido, se requiere que la persona que está realizando el requerimiento lo haga en forma clara y con información lo más precisa posible, considerando: • Identificación del Informante. • Tipo de Emergencias (volcamiento, choque frontal o lateral, etc.). • Lugar de la Emergencia (que kilometraje del camino, lugares que sirvan de referencia). • Víctimas, lesionados, daños. Solicite asistencia médica de ser necesario. • Si el vehículo se encuentra obstaculizando el libre tránsito, preocúpese de que se detengan los móviles que circulan por el sector. • A la espera de que llegue la ayuda especializada, se debe tener en consideración prestar los primeros auxilios al o los lesionados más comprometidos. • En la medida que llegan otros vehículos al lugar, un guía debe liderar la situación entregándoles a las demás personas presentes, entre otras actividades, funciones de como prestar primeros auxilios al o los lesionados, también impartirá instrucciones para que detengan los vehículos que se acercan al sector. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
• Cuando al lugar del accidente llegue ayuda médica especializada, la persona que lidera la situación debe indicar a éstos, lo realizado al personal lesionado, poniéndose, además a disposición de ellos para apoyar el rescate.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se comunicará al jefe directo y se continuará con la cadena informativa según procedimiento. Se avisará a las entidades gubernamentales correspondientes y a la familia de la persona accidentada. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 1. Descripción de Proyecto 10.2 RIESGO O CONTINGENCIA DERRAME DE SUSTANCIAS PELIGROSAS Riesgo o contingencia Riesgo de derrame de sustancias peligrosas
Fase del Proyecto a la que aplica Etapa de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Riesgo generado por el tránsito vehicular en el área del Proyecto y vías de acceso, donde exista transporte de equipo, material y personal.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas de seguridad asociadas al transporte:
• El transporte de combustible es realizado por empresas autorizadas para dichos fines. • El transporte de líquidos, tales como combustible y otros que se puedan requerir en la faena, se regirán por las disposiciones de la legislación vigente. • El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. • Los conductores de los vehículos de transporte cuentan con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas).
Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación:
• Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en la instalación de faena. • Se habilita un lugar acondicionado y señalizado para el almacenamiento temporal de insumos y/o residuos peligrosos requeridos para la etapa de construcción del Proyecto en la instalación de faena. El lugar cuenta con la ventilación adecuada, es de material incombustible y no presentará factores de riesgo para los trabajadores. Además, se equipará con extintores. • El lugar de almacenamiento de residuos peligrosos es diseñado de acuerdo con las exigencias establecidas en el D.S. N°148/03 del Ministerio de Salud. Cuenta con la autorización sanitaria de instalación y operación correspondiente, y dispone de capacidad suficiente para acopiar la totalidad de los residuos generados durante el período previo a la disposición final. • Se tomarán las recomendaciones y prácticas establecidas, tanto por el proveedor como por normas nacionales. En tal sentido, la bodega es habilitada en cuanto a condiciones de temperatura, luz y ventilación, así como con los avisos y señales de prevención de accidentes correspondientes. • Los insumos son apilados de manera tal que no se genere peligro de caídas, y el equipo y los suministros son inspeccionados antes de su uso para identificar posibles daños o condiciones inseguras. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
• Captación de derrames por sumideros y drenajes no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores. • Las instalaciones en las cuales se ubiquen estanques que contengan insumos y/o residuos se ubican sobre un piso impermeable que cuenta con pendiente hacia un sumidero, de modo que los eventuales derrames escurran por gravedad hasta este punto. • Se verifica que cada producto cuente con su hoja de seguridad (en español), manteniendo copia de estas en el área de trabajo. • Las sustancias peligrosas a granel o envasadas estan acondicionadas al interior del contenedor, de forma de soportar los riesgos de carga, transporte y descarga. • Los estanques, cajas y envases deben estar marcados y etiquetados de acuerdo con la correspondiente clasificación y tipo de riesgo, de conformidad con lo establecido en la Norma Chilena Oficial NCh. 2190 y en el D.S. N°148/2003, Reglamento sobre manejo de residuos peligrosos.
Forma de control y seguimiento Control de velocidad en rutas del Proyecto. Registro de capacitaciones a trabajadores. Verificación de Registros, Documentación, Implementación de equipos y señalética.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 1. Descripción de Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Para el manejo de sustancias peligrosas se cumplen los requisitos asociados al D.S. N°43 del Ministerio de Salud sobre “Almacenamiento de sustancias peligrosas”. En el caso de los residuos Peligrosos se cumple con lo estipulado en el D.S. N°148.Eneste tipo de emergencias se debe considerar las tres vías de ingreso del toxico o veneno hacia el organismo: respiratoria, cutánea y digestiva. Por ejemplo: contacto de la piel con sustancias irritantes, ingestión, inhalación de vapores de solventes, etc.
Procedimiento para emergencias ante derrames de sustancias y residuos peligrosos:
En caso de derrame debido a accidente de tránsito • Se verifica si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso de que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas. • Habiendo derrames de combustible y/o aceite, se retirará todo el material contaminado y se repondrán las condiciones del sitio. • Si eventualmente hubiese producto derramado, éste es recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizan envases de polietileno. • Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del camión (restos contaminados producto del accidente), es realizada por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con sus aprobaciones sanitarias con su respectiva Resolución de Calificación Ambiental. • El Contratista de obras mantiene las copias de la documentación respectiva, tanto del transporte, así como de la disposición final. • Se incorporarán acciones que permitan un despeje oportuno y rápido de la carretera en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad. • En caso de no haber derrame de sustancias, se levantará el camión para permitir la libre circulación de los vehículos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
• La evaluación de un accidente con derrame considera el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, informe que se remitirá a la autoridad ambiental. • La persona a cargo del control de la emergencia mantiene permanente contacto con el Titular para informarle y recibir sus instrucciones. • Ocurrida la emergencia, se emitirá un informe técnico a la Autoridad Sanitaria correspondiente.
En caso de derrame accidental en frentes de trabajo • Identificación y localización del foco de contaminación, para proceder inmediatamente a su neutralización o control. • Se hará un completo registro escrito y/o gráfico del evento y de las medidas inmediatas adoptadas. • Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros, aguas abajo del foco de la emergencia, sedará aviso a la Autoridad Sanitaria, sobre la localización y magnitud del evento. • Se activará una investigación interna sobre las causas del evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones.
En caso de derrames de productos químicos o contaminantes (aceites, lubricantes y pinturas) al suelo: • El Contratista realiza una inmediata limpieza y retiro del suelo afectado, siendo ensacado y transportado a un sitio autorizado para su tratamiento y disposición final. • El suelo excavado es rellenado con material de características similares al original y nivelado a una cota similar al suelo original. • Si derrame sucede durante el transporte de las sustancias se realiza una evaluación de los daños ocasionados a esos sectores particulares, de modo de determinar las medidas más adecuadas a implementar.
En caso de derrames de sustancias peligrosas a cursos de agua. • El Titular aplica el Plan de Contingencia: Control de contaminación accidental de cursos de agua, informando a la Dirección General de Aguas y organizaciones pertinentes de acuerdo con lo señalado en dicho procedimiento. • Se evaluará la pertinencia de efectuar una limpieza y retiro del sustrato afectado en el fondo o ribera.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan A través de la página web de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 1. Descripción de Proyecto. 10.3 RIESGO O CONTINGENCIA RIESGO POR MANEJO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS
Riesgo o contingencia Riesgo por Manejo de los Residuos Sólidos
Fase del Proyecto a la que aplica Etapa de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras del Proyecto y sus instalaciones anexas. Se generan ante una falla del sistema de manejo de residuos no peligrosos, en los que fallan las medidas para la recolección de estos residuos. Se originan de prácticas inadecuadas en el almacenamiento y/o transporte de residuos no peligrosos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se dispone áreas de almacenamiento de estos residuos, los que previamente son clasificados según su tipo: industriales no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
peligrosos, domésticos, escombros y material que se puede reutilizar o reciclar. • Se dispone de manera segregada en un patio de salvataje en la instalación de faena. • Se utilizan vehículos apropiados que aseguren que no se generen riesgos para la salud de los trabajadores y del ambiente.
Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones de trabajadores. Contenedores sin sobreacumulación visual de residuos domésticos.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 1. Descripción de Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Procedimiento frente a esta emergencia: • Se dará aviso de inmediato al Encargado Ambiental, indicando: • Lugar del incidente. • Consecuencias (presencia de vectores, olores) • En caso de olores: • Cerrar los contenedores, en caso de que se encuentren abiertos. • Si es requerido, comunicarse con la empresa autorizada a cargo para el retiro y limpieza del contenedor involucrado. • Verificar si es requerido aumentar la frecuencia de retiro y/o cambiar las condiciones de almacenamiento.
En caso de presencia de vectores: • Comunicarse con una empresa autorizada para el control de vectores, para la eliminación de los focos. Cerrar los contendores, en caso de que se encuentren abiertos • Si es requerido, comunicarse con la empresa autorizada a cargo para el retiro de los residuos. • Verificar si es requerido aumentar la frecuencia de retiro y/o cambiar las condiciones de almacenamiento. • Una vez corregido el problema, se procederá a limpiar las áreas que pudieran estar implicadas en el evento (si las hubiese). • Restablecimiento del servicio para su normal funcionamiento. • Investigación de las causas de la falla, generando así las acciones preventivas pertinentes para evitar que vuelva a ocurrir el evento.
Registros: • El registro del evento contiene: • Fecha del evento; • Causa; • Tipo de incidente (vectores, emisión de olores); • Medidas correctivas realizadas; Medidas preventivas a ser aplicadas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan A través de la página web de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 1. Descripción de Proyecto. 10.4 RIESGO O CONTINGENCIA RIESGO DE INCENDIO Riesgo o contingencia Riesgo de Incendio Fase del Proyecto a la que aplica Etapa de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Funcionamiento de equipos, manejo de sustancias peligrosas e inflamables en el Área del Proyecto.
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Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • A través del asesor en prevención de riesgos y/o su Comité Paritario se verifica que el personal involucrado en las distintas etapas de construcción y mantenimiento posean y utilicen elementos de protección adecuados y certificados según lo establecido en la ley y decretos respectivos. • En la instalación de faena se construye recintos especialmente habilitados para el almacenamiento de sustancias inflamables. Los materiales inflamables se mantienen en forma ordenada y clasificada al interior del recinto. • Se dispone en las áreas de trabajos e instalación de faena, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). • Esta expresamente prohibido fumar en área no autorizadas • Para reducir el riesgo de incendios, se instalan señales apropiadas concernientes a la prohibición de uso de fuego en las áreas de almacenamiento de combustible y aceite. • Se definirá un punto de encuentro en caso de incendio en la obra. • Se realiza un flujograma para saber quién y qué debe realizar en un incendio en la obra.
Forma de control y seguimiento • El Prevencioncita de Riesgos realiza una inspección permanente, detectando posibles fallas en los procedimientos de manejo de estas sustancias. • Controles periódicos a su personal y controlado a través de su asesor en prevención, su departamento de prevención de riesgos y/o su comité paritario. • Registro de capacitaciones a trabajadores. • Verificación de Registros, Documentación, Implementación de equipos y señalética.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 1. Descripción de Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Detener labores, desenchufar equipos y herramientas eléctricas. • Quién detecte o presencie el evento de emergencia se debe comunicar inmediatamente con el Site Manager para dar aviso de la ocurrencia de dicho incendio, en correspondencia con la acción inmediata de acción de control del fuego. • En caso de ser un amago de fuego, la persona que lo detecte, si está capacitada previamente, hará uso del extintor más cercano para reducir el fuego. En caso de no contar con el conocimiento a priori¸ debe recurrir a la brigada de incendios o aquellos trabajadores que cuenten con la experticia técnica para apagar el amago. Una vez utilizado el extintor se debe dejar horizontal en el suelo para que el personal entienda que ya fue utilizado. • Si el fuego logró ser controlado se debe avisar a Terracon Ingeniería Ltda., para la posterior investigación de la emergencia. • En caso de que el fuego no haya sido detectado en su primera etapa para ser amagado y se declare incendio, se debe encender la alarma presente en obra, desenergizar todas las instalaciones del Proyecto y realizar la posterior evacuación del personal que está trabajando en obra, hacia el punto de encuentro. • A su vez el administrador de contrato es quien hará el llamado a los organismos de emergencia del sector tales como: bomberos, carabineros y/o ambulancia señalando nombre, cargo, empresa, una explicación breve del siniestro y las medidas de control utilizadas hasta el momento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
• Se asignará una persona, que a su vez tenga las competencias y el entrenamiento adecuado para des energizar todas las instalaciones presentes en terreno y cualquier otra fuente de energía posible. • En caso de incendio o amago de incendio, se reportará a Terracon Ingeniería Ltda. • Posterior al control del incendio, se cercará el sector del siniestro para evitar borrar o alterar evidencia de la investigación posterior y toma de registro fotográfico, para el reporte de emergencia ambiental que se debe generar. • Se debe realizar una segregación y clasificación de desechos en el área, según corresponda: estructuras metálicas, escombros, maderas, suelo contaminado, soluciones líquidas; para posteriormente limpiar el terreno afectado y realizar el retiro y disposición final de los desechos, y/o cubrir con tierra limpia o ripio en el caso de que la emergencia haya afectado directamente al suelo natural o en caso contrario, si el terreno está cubierto por cemento, pavimento, losa, etc. Se debe realizar la limpieza y disponer los residuos mediante una empresa autorizada.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informa al jefe directo y se continuará con la cadena informativa según procedimiento. Se avisará a las entidades gubernamentales correspondientes, incluida Seremi del Medio Ambiente de la región de O’Higgins por ser parte de la FT3 del “Plan regional de emergencias” aprobado por R.E. 4856/2020 del mismo modo se avisará a la familia de las personas que eventualmente se vean afectadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 1. Descripción de Proyecto. 10.5 RIESGO O CONTINGENCIA MOVIMIENTO DE TIERRA EN LAS ACTIVIDADES DE DISPOSICIÓN DE ESCOMBROS, NIVELACIÓN DE CAMINOS Y RESTITUCIÓN DE RELIEVES
Riesgo o contingencia Movimiento de Tierra en las actividades de disposición de escombros, nivelación de caminos y restitución de relieves
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras del Proyecto y sus instalaciones anexas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • El Contratista implementa un procedimiento formal para la operación que permita atender de forma segura el movimiento de tierra. • El mandante contara con un equipo de topografía permanente para controlar las diferentes obras a ejecutar. El escarpe y la geometría del Proyecto es verificada en emplazamiento y cotas por cada capa de material que se retire o coloque. • Se capacitará a los operadores y conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro. • La operación de equipos no debe exceder los máximos permitidos de acuerdo con el manual de operación. • Se implementa un plan de mantención de equipos y maquinarias.
Forma de control y seguimiento • Registro de entrega de recepción de procedimiento por parte de contratista. • Se mantiene registro de las licencias de conducir de los conductores de maquinaria pesada. • Registro de mantenciones.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que Capítulo 1. Descripción de Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
contenga la descripción detallada Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se informa al jefe de terreno del accidente. • Se dimensionará la emergencia. • Se clasificará el evento accidente (leve, serio y grave). • Se activará el Plan de Comunicaciones si lo amerita con Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133), informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. • Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. • Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas. • Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. • Se registrará e informa el accidente en un formulario previamente definido. Se realiza una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informa a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 1. Descripción de Proyecto. 10.6 RIESGO O CONTINGENCIA RIESGOS POR EVENTOS NATURALES EXTREMOS
Riesgo o contingencia Riesgos por eventos naturales extremos
Fase del Proyecto a la que aplica Etapa de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras del Proyecto y sus instalaciones anexas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Disponer de planes de evacuación del personal para estos eventos. • Exigir contractualmente al contratista que informe a su personal acerca de las vías de evacuación y los procedimientos de respuesta ante emergencias considerados por el Proyecto. • Las vías de evacuación están debidamente señalizadas y se asegurará que permanezcan libres de cualquier obstáculo en todo momento. • En la instalación de faena, se mantienen equipos de radio y elementos de seguridad necesarios para enfrentar las eventualidades. • Supervisar que cunetas y alcantarillas se mantengan limpias y funcionando, durante las primeras lluvias.
Forma de control y seguimiento Informe de pronóstico de precipitaciones. Registro de actividad.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de eventos asociados a este riesgo, específicamente en presencia de lluvia, se aplican las siguientes medidas: • Se activará la cadena de comunicación para dar la alerta de la emergencia. • El Jefe de terreno en conjunto con el prevencionista de la obra deben evaluar la situación de los caminos utilizados para el transporte de material. • Se cubren todos los tableros eléctricos que se encuentren en la intemperie, además de la paralización de las faenas de soldadura a la intemperie. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
• Cuando mejoren las condiciones climáticas, el Jefe de terreno y el prevencionista evaluarán el área de trabajo para su posterior autorización de reanudación de las faenas. • En caso de detectarse un incidente o deterioro en las estructuras por algún incidente hidrológico asociado a estas condiciones se adoptarán las siguientes medidas: • Detener la transmisión de energía eléctrica; • Inspeccionar e identificar las estructuras dañadas; y • Reparar o reemplazar las estructuras dañadas.
Referencia a documento del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Se comunicará al jefe directo y se continuará con la cadena informativa según procedimiento. Se avisará a las entidades gubernamentales correspondientes y a la familia de las personas afectadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 1. Descripción de Proyecto. 10.7 RIESGO O CONTINGENCIA DE SISMO Riesgo o contingencia Riesgo de Sismos
Fase del Proyecto a la que aplica Etapa de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Riesgo de alta valoración debido a las características de construcción y mantención de estas instalaciones, principalmente referidas a la construcción inmobiliaria.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • El Tipo de estructuras y emplazamientos de la instalación de faena darán cumplimiento a las especificaciones tipo para instalaciones de este tipo bajo normativa chilena, la que considera los riesgos de sismos. • Se capacitará y entrenará a personal en labores de rescate y emergencia, los cuales deben ser capacitados en forma anual; se apoyará en el departamento de Prevención de Riesgos y/o Comités Paritarios respectivos. • Mantención de áreas de trabajo en orden y limpieza para facilitar la evacuación ante eventos naturales. • Demarcación de áreas de evacuación y zona de seguridad. • Mantener planos de emergencia con identificación de vías de escape, zonas de seguridad. Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible.
Forma de control y seguimiento • Informes y Registros de Capacitación. • Registro de Simulacros.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Detener las labores, desenchufar equipos y herramientas eléctricas. Cortar agua y luz. • Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias. • Evitar que las personas abandones las instalaciones durante el sismo, ya que la mayoría de las lesiones ocurren al retirarse hacia zonas de seguridad durante su ocurrencia. • Retirar a las personas de las cercanías de ventanas u objetos que puedan caer sobre las personas y tomar ubicación en zonas abiertas dentro del recinto. • Controlar las personas con demostraciones de pánico o paralizadas por el sismo. • Prepararse para una eventual evacuación. • No perder tiempo tratando de comunicarse vía teléfonos fijos o móviles. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
• Una vez superada la situación, el jefe de Emergencia informa al Representante de la Empresa quien, si corresponde autorizará el regreso del personal a sus puestos de trabajo, o definirá otras acciones a seguir. • Registro • Todo evento es registrado, donde se detallará: • Fecha • Evaluación del daño • Descripción de medidas inmediatas aplicadas • Indicación de nuevas medidas preventivas a ser aplicadas.
Referencia a documento del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Se comunicará al jefe directo y se continuará con la cadena informativa según procedimiento. Se avisará a las entidades gubernamentales correspondientes y a la familia de las personas afectadas. Referencia a documento del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 1. Descripción de Proyecto.
10.8 ORGANIZACIÓN DE LA EMERGENCIA
Para situaciones de emergencia, existen varios roles que son claves en el control de esta. El rol de jefe de Emergencias es tomado por el Prevencionista que esté de turno en el momento del incidente. Jerárquicamente sobre ellos está el Coordinador General de Emergencia. Las actividades y responsabilidades del equipo se describen a continuación:
10.8.1 Comité de Emergencias.
En el caso de la Fase de Construcción, el Comité de Emergencias está conformado por:
• Administrador de Contrato • Jefe Terreno • Encargado de Prevención de Riesgos del contratista (Jefe de Emergencia) • Encargado de Prevención de Riesgos del Titular (Si correspondiese) • Encargado de Medio Ambiente del contratista • Encargado de Medio Ambiente del Titular (Si correspondiese) • Gerente de construcción del Titular (Coordinador General de la Emergencia)
El Comité de Emergencia se debe reunir regularmente o cuando las circunstancias lo requieran, para verificar el cumplimiento de los procedimientos específicos de seguridad que se establezcan al inicio de la construcción, definir normas o analizar otras materias de interés. En cada sesión se debe levantar un acta de los temas tratados.
En sus principales actividades preventivas se contempla lo siguiente:
a. Velar por la implementación, conservación y cumplimiento de este procedimiento. b. Programar simulacros de emergencia estableciendo prioridades conforme a la evaluación del riesgo efectuada. c. Las recomendaciones que resulten de la evaluación deben materializarse según el procedimiento de acciones preventivas y correctivas. d. Determinar las necesidades de entrenamiento sobre los protocolos y planes de emergencia de los operadores de planta y el personal auxiliar. e. Controlar que se revisen periódicamente los equipos de extinción de incendios, alarmas, elementos de primeros auxilios (camilla, botiquín, etc.)
10.8.2 Coordinador General de Emergencia.
El Coordinador General de Emergencia tiene las siguientes funciones:
a. Gestionará el apoyo logístico necesario solicitado por el Jefe de Emergencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
b. Es responsable dar la alarma interna y se comunicará en primer lugar con el centro asistencial más cercano, si debido a la emergencia se producen lesionas o daños a personas, dando aviso, de ser necesario, a los servicios externos de emergencia tales como bomberos, salvamento marítimo, carabineros, etc. c. Es responsable de avisar a la Superintendencia del Medioambiente en caso de daños ambientales o afección al medioambiente. d. Comunicará al gerente general, la situación que se vive en las instalaciones y de las medidas que se han tomado. e. Es responsable de coordinar las acciones. f. Dará la instrucción de terminar con las operaciones normales, debido a la existencia de condiciones peligrosas producto de la emergencia, ordenando detener y desenergizar los equipos para proceder a la evacuación.
10.8.3 Jefe de Emergencias El Jefe de Emergencia es el Jefe de Turno presente en el momento que se produzca la emergencia, donde adoptará las siguientes funciones:
a. Concurrirá al lugar de la emergencia, para evaluar la magnitud y propagación. b. Evaluará si la situación amerita evacuar las instalaciones. c. Identificará y evaluará las condiciones peligrosas en terreno. d. Avisará y mantiene contacto permanente con el Coordinador de Emergencias. e. Finalizado el evento emitirá el informe correspondiente para el Coordinador de Emergencias.
10.8.4 Personal en General Todo el personal de la obra debe cumplir con las siguientes obligaciones: a. Seguirán lo indicado en sus procedimientos específicos. b. No se involucrarán en el control de la Emergencia, a menos que lo indique el Jefe de Emergencias o el Coordinador de la Emergencias. c. Seguirán las instrucciones de evacuación emitidas por Jefe de Emergencias o el Coordinador de la Emergencia o equipos de emergencias externos, de forma ordenada. d. Procedimientos de Protección Ambiental ante Derrames e. Avisar de la situación al superior inmediato o al Jefe de Emergencia. f. Disponer de la hoja de seguridad de la sustancia derramada. g. Se deben identificar las características más relevantes de la sustancia en la hoja de seguridad (identificar los riesgos asociados a la salud, a la inflamabilidad, reactividad, tipos de elementos de protección personal, formas de extinción, efectos en el medio ambiente, entre otros). h. Evaluar la gravedad de la situación, comprobando existencia del derrame y clasificándolo si se trata de Emergencia Menor o Emergencia Mayor a fin de definir las medidas apropiadas para su actuación. i. Si el derrame es clasificado como menor: j. Si el derrame o infiltración se produce desde tuberías, cortar el flujo en la línea afectada cerrando las válvulas correspondientes aguas arriba de la infiltración/rotura. k. Si es el caso, detener la infiltración, cerrando envases adecuadamente, cambiando su posición para detener el derrame o colocándolo dentro de otro envase. l. Recuperar la sustancia derramada con los materiales dispuestos en el Kit de Emergencia. m. Si el derrame es clasificado como mayor: n. Avisar a los servicios de emergencia externos tales como hospitales, bomberos, carabineros. o. Se debe socorrer en primer lugar a las personas lesionadas si las hubiere. p. Los encargados de controlar el derrame, primeramente, deben acondicionarse con los elementos de protección personal. q. Bloquear desagües de alcantarillas, para evitar que el producto ingrese a estas r. Instalaciones, contener el derrame con material disponible en el lugar mediante diques o s. Cordones (zanjas) de arena, sacos de arena, tierra y/o aserrín. t. Marcar la zona de derrame con señales que adviertan de la situación. u. Mantener al público alejado del área de peligro. v. Colecte el derrame en recipientes, si esto es posible de hacer sin riesgos, si se genera w. Agua contaminada, debe ser recuperada en contenedores destinados a este fin. x. Una vez concluida las tareas de control, recolectar los materiales y/o productos utilizados para el control del derrame, colocarlos en envases adecuados, cerrados e identificados hasta su retiro por una empresa autorizada. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
y. El Jefe de Emergencia debe evaluar el estado de equipos e instalaciones dañadas, señalizando los riesgos con tarjetas de "PELIGRO NO OPERAR" o cercando el sector con cinta PELIGRO. z. El Jefe de Emergencia debe emitir un informe técnico sobre las causas que originaron la emergencia, y derivarlo al Jefe de Planta.
10.8.3 Medidas Generales de Emergencias
En situaciones de emergencia, lo más importante es salvaguardar la integridad física de las personas y la oportuna comunicación de acuerdo con el protocolo de emergencias específico y así evitar una propagación al medio ambiente y la comunidad. El Jefe de Emergencias, según el nivel y tipo de emergencia, paralizará las faenas, evacuará trabajadores y/o equipos y normalizará las operaciones a la brevedad posible. En caso de emergencia, toda persona que identifique un siniestro debe mantener la calma e informar claramente lo siguiente:
a. Tipo de emergencia (caso). b. Hora y lugar que ocurrió. c. Existencia de lesionados y en su caso tipo de lesiones. d. Existencia de daños al medioambiente y en su caso tipo de afección. e. Dar el nombre y cargo.
Todo el personal debe conocer las zonas de seguridad definidas por el Proyecto, denominadas Puntos de Encuentro de Emergencia (PEE). Es responsabilidad del Coordinador de Emergencias dar a conocer esta información y mantener estos puntos en condiciones de seguridad adecuadas.
10.8.4 Plan de Comunicaciones
En caso de producirse algún evento de gravedad, se informa dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, vía carta se informa a este mismo servicio al menos:
a. Fecha, horario y lugar de ocurrencia; b. Motivo de la contingencia; c. Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc.). d. Alcance de la contingencia. e. Acciones de control realizadas. f. Acciones de reparación realizadas. g. Acciones de prevención que se implementan para evitar una nueva ocurrencia.
Internas Se dispone de radios con una frecuencia de uso común por definir. Es responsabilidad del jefe de Emergencias organizar las comunicaciones internas.
Externas Las comunicaciones desde la empresa a la comunidad en general quedarán centralizadas en: Representante de la Gerencia del Proyecto Jefe de Gestión Ambiental
La información de las contingencias es canalizada a los organismos públicos según el tipo de contingencia que se genere.
10.8.4 Término de la Emergencia
Solo un miembro del comité de emergencias es el autorizado para indicar cuando ha cesado la condición de emergencia. Las condiciones normales de trabajo solo se pueden restablecer una vez decretado el cese de la emergencia la cual debe estar descrita en un informe de incidentes el que debe ser enviado inmediatamente al jefe de Proyecto, jefe de área de prevención de riesgos y encargado de medio ambiente.
11°. Que, la DIA del Proyecto Habitacional Don Hernán fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 1 de diciembre de 2023 y en el diario www.vivepaís.cl con fecha 1 de diciembre de 2023. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Rancagua dial 99.5 FM, entre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693
los días lunes 4, martes 5, miércoles 6, jueves 7 y lunes 11 de diciembre de 2023, en horarios distintos; según consta en el Certificado emitido por don Jorge Romero A., Gerente General de la citada radio.
Con fecha 17 de enero de 2024, se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
No se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana según los requisitos previstos en la Ley N° 19.300.
12°. Que, el Titular debe remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular debe remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13°. Que, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere en los Considerandos 4.1 y 4.4 la presente Resolución.
14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, pueden aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
16°. Que, para que el Proyecto “Proyecto Habitacional Don Hernán” pueda ejecutarse, debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
18°°. Que, el Titular debe informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
19°. Que, el Titular del Proyecto debe comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VI Región del Libertador General Bernardo O’Higgins la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
20°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, debe someterse al SEIA.
21°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
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1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Proyecto Habitacional Don Hernán”, de Inmobiliaria Cruzero Ltda.
2°. Certificar que el Proyecto “Proyecto Habitacional Don Hernán” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el Proyecto “Proyecto Habitacional Don Hernán” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 156 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el Proyecto “Proyecto Habitacional Don Hernán” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en los Considerandos 4.1 y 4.4 del presente acto.
8°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Fabio Andrés López Aguilera Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O Higgins
Lidia F. Salazar Pérez Directora (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria (S) Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O Higgins
EGP/GHR/LSP
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693 Firmado Digitalmente por Lidia Froderina Salazar Pérez Fecha: 16-12-2024 13:30:29:798 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: PUF Fabio Andrés López Aguilera Firmado digitalmente por Fabio Andrés López Aguilera Fecha: 2024.12.16 15:29:26 -03'00'
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Mario Ricardo Ramírez Lima mramirez@inmobiliariaterraandina.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl DGA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins dayanna.aravena@mop.gov.cl Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins maurice.dintrans@mop.gov.cl DOH, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins CESAR.ACEVEDO@MOP.GOV.CL Gobierno Regional, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins pablo.silva.amaya@goreohiggins.cl Ilustre Municipalidad de Rancagua diego.riquelme@rancagua.cl SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins eric.guital@sag.gob.cl SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins flerzundi@sec.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins nahumadah@desarrollosocial.cl SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins carolina.torrespinto@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins fgonzalezu@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins lbarboza@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins gamaya@mma.gob.cl SERNAGEOMIN, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins <pablo.yanez@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> Servicio de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins rfigueroaf@minvu.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Encargado Participación Ciudadana agonzalez.6@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2163962693