Evaluación SEA

MOLINO PEÑAFLOR CMSC

Rol 2160350706
SEA · DIA · Aprobado · 2024-06-12 · Región Metropolitana de Santiago · Compañía Molinera San Cristóbal S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago

Califica Ambientalmente el proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC”

Santiago

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 30 de octubre de 2023 mediante Resolución Exenta N° 202313001445 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 08 de febrero de 2024 y su Adenda Complementaria de 18 de abril de 2024, del proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC”.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC”.

3°. El Acta de Evaluación N° 3 de 14 de mayo de 2024, del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago.

4°. El ICE N° 20241310963 de la DIA del proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC” de 16 de mayo de 2024.

5°. El Acta N° 1 de 27 de mayo de 2024, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de 11.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC”.

7°. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N° 20.417 y el Decreto Supremo N° 40 del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en la Resolución TRA N° 119046/260/2022 de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y la Resolución N° 7 de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República.

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CONSIDERANDO:

1°. Que, Compañía Molinera San Cristóbal S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Compañía Molinera San Cristóbal S.A. Rut 90.060.000-3 Domicilio Av. Exposición 1657, comuna de Estación Central, Santiago. Teléfono 56975677938 Nombre representante legal Sergio Ismael Morales Mena Rut representante legal 6.947.718-6 Nombre representante legal Sergio Fernando Millar Drago Rut representante legal 4.998.489-8 Domicilio de los representantes legales Av. Exposición 1657, comuna de Estación Central, Santiago. Teléfono representante legal +56 9 7567 7938 Correo electrónico Titular o representante legal naraneda@sustentable.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 16 de mayo de 2024, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:

• Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. • Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables mixtos establecidos en los artículos 140, 142, 156, 160 y Pronunciamiento del Art. 161 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA. • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 27 de mayo de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 16 de mayo de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene como objetivo construir y operar un Molino, en un área agroindustrial de la comuna de Peñaflor, para la elaboración de harina de trigo, cuya capacidad total será 1.100 toneladas/día de molienda de trigo. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones l.1) Agroindustria, donde se realicen labores u operaciones de limpieza, clasificación de productos según tamaño y calidad, tratamiento de deshidratación, congelamiento, empacamiento o transformación biológica, física o química de productos agrícolas, y que tengan capacidad para generar una cantidad total de residuos sólidos igual o superior a ocho toneladas por día (8 ton/día) en algún día de la Fase de Operación del Proyecto; o agroindustrias que reúnan los requisitos señalados en los literales h.2 o k.1.

k.1). Instalaciones fabriles cuya potencia instalada sea igual o superior a dos mil kilovoltios-ampere (2.000 kVA), determinada por la suma de las capacidades de los transformadores de un establecimiento industrial. Vida útil Indefinida Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Monto de inversión USD $ 50.000.000.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación del sector donde se ubicará la instalación de faena, para iniciar con las obras de acceso al predio y obras sanitarias. Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto de lo previsto en el Artículo 14 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, el Proyecto no se desarrollará por etapas.

Punto 1.2.9 de la DIA.

[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, el Proyecto no corresponde a una modificación de un proyecto o actividad existente.

Punto 1.2.8 de la DIA.

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, el Proyecto no corresponde a una modificación de un proyecto existente y en consecuencia no modifica ninguna RCA.

Punto 1.2.8 de la DIA.

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se encuentra ubicado en la Región Metropolitana, provincia de Talagante, comuna de Peñaflor, en Caletera Autopista del Sol Ruta 78 - E29P (Ruta 78) S/N (Ex número Manuel Castillo 0618). Descripción de la localización La localización se justifica por las siguientes razones: i) Emplazamiento en sector cuyo uso de suelo permite actividades agropecuarias y agroindustrias; ii) Disponibilidad de terreno propiedad del Titular, lo cual permite diseñar una planta moderna y con espacio suficiente para manejar los vehículos al interior del predio; iii) Buena conectividad vial, contando con un acceso expedito a la caletera Autopista del Sol RUTA 78; iv) El área no presenta zonas con valor paisajístico y/o turístico o zonas declaradas de interés turístico nacional; v) En el entorno del Proyecto no se encuentran evidencias de lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, y; vi) Factibilidad de servicios básicos. Superficie El Proyecto se emplaza en la zona rural de la comuna de Peñaflor, cuya superficie predial es de aproximadamente 17 hectáreas. Las principales instalaciones consideran las siguientes superficies construidas (abarca todos los pisos) y áreas verdes:

El detalle de las superficies que involucran el proyecto se puede apreciar en la siguiente tabla:

Tabla 4.2.1: Superficies del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Nombre Superficie (m2) Edificio A1, Recepción 740,46 Edificio A1, Torre Pre-Limpia 881,22 Edificio A2, Subproductos 949,25 Edificio A3, Trigo Sucio y Acondicionado 1.485,12 Edificio A4, Torre Limpieza 1.894,59 Edificio A5, Molino 3.867,52 Edificio A6, Silos de Harina 1.427,58 Edificio A7, Producto Terminado e Insumos 766,8 Edificio A8, Deposito 7.578,79 Edificio B, Operaciones 720,7 Edificio C, Portería 9,06 Edificio D, Romana 229,33 Edificio E, Calado 30 Edificio F, Choferes 95,42 Edificio G, Servicios 328,15 Áreas verdes 15.000 Áreas de terrenos naturales internas 24.570 Calles vehiculares 21.001,64 Estacionamientos automóviles 693,48 Estacionamientos camiones 3.148,96 Patio de maniobras 4.517,18 Veredas 2.929,99 Apoyo silos 6.453,13 Total 99.318,37 Fuente: Anexo 1 de la Adenda. Coordenadas UTM en Datum WGS84 En la siguiente tabla se presentan las coordenadas de ubicación del proyecto y sus obras:

Tabla 4.1.2: Coordenadas del proyecto (UTM 19S WGS 84). Vértices Coordenadas (UTM 19s WGS 84) Este Norte 1 328.254 6.279.355 2 328.390 6.279.469 3 328.421 6.279.549 4 328.443 6.279.549 5 328.437 6.279.460 6 328.489 6.279.461 7 328.321 6.278.887 8 328.009 6.278.904 9 328.028 6.279.043 10 328.014 6.279.047 11 328.053 6.279.223 12 328.131 6.279.308 Fuente: Tabla 1-1 de la DIA. Caminos de acceso El único acceso a las futuras instalaciones del Molino Peñaflor CMSC se realizará por la Caletera Autopista del Sol RUTA 78 - E29P (RUTA 78).

Ver detalles en plano del Anexo 1.10 de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Planos: Anexo N° 1 de la DIA. En Anexo N° 1 de la Adenda se adjunta archivo KMZ con la georreferenciación de las obras y partes del proyecto.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN PARTES Y OBRAS Caseta de vigilancia Corresponderá a una oficina modular donde se efectuará el control de acceso para la instalación de faena. Gráficamente la instalación de faenas puede verse en plano del Anexo 1.5 de la DIA. (Mayores detalles ver punto 1.4.1.1 de la DIA). Oficinas de administración Se contempla la construcción de un área de oficinas en base a contenedores modulares donde se desarrollarán las actividades administrativas de la obra. Gráficamente la instalación de faenas puede verse en plano del Anexo 1.5 de la DIA. (Mayores detalles ver punto 1.4.1.2 de la DIA). Baños y camarines Se contempla la construcción de baños, que incorporarán excusados, lavamanos, duchas y vestidores. Gráficamente la instalación de faenas puede verse en plano del Anexo 1.5 de la DIA. (Mayores detalles ver punto 1.4.1.3 de la DIA). Comedor Se habilitará un comedor para la alimentación de los trabajadores, el cual estará implementado con microondas y mesas. Gráficamente la instalación de faenas puede verse en plano del Anexo 1.5 de la DIA. (Mayores detalles ver punto 1.4.1.4 de la DIA). Sitio para residuos domiciliarios y asimilables Para el almacenamiento temporal de los residuos domiciliarios y asimilables generados durante la Fase de Construcción, se distribuirán contenedores de 200 litros de capacidad, con bolsa y tapa, para el almacenamiento de este tipo de residuo, para ser finalmente dispuestos en el sector habilitado en la instalación de faena. Gráficamente la instalación de faenas puede verse en plano del Anexo 1.5 de la DIA. (Mayores detalles ver punto 1.4.1.5 de la DIA y Anexo 4 de la Adenda, PAS 140). Instalación para residuos de la construcción Se habilitará un sector para el almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos, correspondientes a restos de materiales de construcción, embalaje, madera y elementos de ferretería en conformidad con lo establecido por el Artículo 18 del D.S. 594/2000 del MINSAL. Gráficamente la instalación de faenas puede verse en plano del Anexo 1.5 de la DIA. (Mayores detalles ver punto 1.4.1.6 de la DIA y Anexo 4 de la Adenda, PAS 140). Bodega para residuos peligrosos Se habilitará una bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos generados durante la Fase de Construcción del Proyecto. Al respecto, en este sector no se realizará ningún tipo de tratamiento. Gráficamente la instalación de faenas puede verse en plano del Anexo 1.5 de la DIA. (Mayores detalles ver punto 1.4.1.7 de la DIA y Anexo 10 de la Adenda, PAS 142). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Combustible Existirá un área destinada al almacenamiento de tambores con petróleo, cuya capacidad no excederá los 1.000 L. El almacenamiento de combustible en tambores, en fase de construcción, se almacenarán en la instalación de faenas, en un sector específicamente designado para ello, que cuenta con radier de hormigón y techo, en este sector se ubicará un pallet de contención de polietileno, cuya capacidad de retención es de 265 L, sobre este pallet se colocaran los tambores. En este sector se contará con elementos para eventuales emergencias, tales como: baldes para arena limpia; extintor de polvo químico seco al 75%; pala antichispa; kit de contención de derrame universal de 35 L. Gráficamente la instalación de faenas puede verse en plano del Anexo 1.5 de la DIA. (Mayores detalles ver punto 1.4.1.8 de la DIA y respuesta 5.2 de la Adenda). Cercado perimetral El área de Proyecto estará cercada en su totalidad con corridas de alambre púa y tendrá un portón de faena metálico en su acceso. La instalación de faenas, en sí misma, estará cercada con paneles de madera OSB desmontables con espesor mínimo de 15 mm. Gráficamente la instalación de faenas puede verse en plano del Anexo 1.5 de la DIA. (Mayores detalles ver punto 1.4.1.9 de la DIA). ACCIONES

Habilitación de instalación de faena Considera la instalación y operación transitoria de pañoles para el personal de la obra, oficina, bodegas, comedor, estacionamientos, talleres (enfierradura y carpintería metálica), estanque de acumulación de agua potable, entre otros. En la instalación de faenas se contará con baños, lavamanos y duchas, dando cumplimiento a lo establecido en el D.S. 594 del MINSAL, también se consideran baños químicos en los frentes de trabajo que lo ameriten debido a su distanciamiento. La ubicación de la instalación de faenas será la misma en ambas etapas constructivas.

(Mayores detalles ver punto 1.5.1.1 de la DIA). Limpieza y compactación del terreno Las principales actividades iniciales corresponden a: la limpieza del terreno (escarpe) y compactación, todo acorde a lo que defina el Informe de Mecánica de Suelos. Esta actividad se realiza el primer año de la primera etapa constructiva.

(Mayores detalles ver punto 1.5.1.2 de la DIA). Abastecimiento de hormigón Se proveerá hormigón pre-mezclado para la materialización de las obras (vialidades internas y fundaciones), el cual se trasladará en camiones mixer desde la empresa contratada para dichos fines hasta las instalaciones; no se implementará instalación en obra para la producción de hormigón in situ.

La cantidad de hormigón estimada que requerirá el Proyecto se encuentra detallada en Tabla N° 1-8. Principales materiales requeridos Fase de Construcción del capítulo 1 de la DIA.

Respecto de los residuos asociados a restos de hormigón proveniente del lavado de canoas de camiones mixer, estos serán retenidos temporalmente en piscinas de contención, que considera una excavación insitu, posteriormente cubierta completamente con polietileno u otro material impermeable en toda su superficie, sobresaliendo de los bordes de la excavación realizada con la sujeción necesaria para durar en el tiempo; las dimensiones serán acordes a la cantidad de residuos esperados. La piscina contará con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

un camellón de protección en su borde de acceso para evitar incidentes en el movimiento del camión. El lugar estará confinado, con cierre mediante malla caminera u otra similar con letrero que indique el objetivo de la excavación. Una vez seco este residuo será picado por personal de la obra y acumulado en una batea de escombros para posteriormente ser llevados a un lugar de disposición final autorizado. (Mayores detalles ver punto 1.5.1.3.1 de la DIA). Abastecimiento de áridos Su provisión será por terceros, quienes deberán contar con la aprobación de la respectiva Municipalidad. Se exigirá al proveedor que acredite el origen de los áridos, y en caso de que provengan de cauces superficiales deberá adjuntar el informe técnico favorable del Organismo competente para la extracción en cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable; lo anterior con el objetivo de evitar efectos adversos a los cauces naturales. Todos los comprobantes serán mantenidos en obra para disposición de las autoridades que así lo soliciten. El Proyecto no se considera la producción de áridos in situ. No obstante, también se considera la reutilización del material excavado en la misma obra.

La cantidad de áridos requeridos para la construcción del proyecto se detalla en Tabla N° 1-8. Principales materiales requeridos Fase de Construcción, del Capítulo 1 de la DIA.

(Mayores detalles ver punto 1.5.1.3.2 de la DIA). Movimiento de tierra y excavaciones Contempla las excavaciones necesarias tanto en etapa 1 como etapa 2 para las fundaciones de las instalaciones, incluyendo los pavimentos de estacionamientos, vialidad interna y acceso.

Es importante establecer que estas actividades serán monitoreadas por un profesional arqueólogo quien supervisará frente a la posibilidad de que aparezcan yacimientos subsuperficiales no registrados.

En Tabla 10.1.4. del presente ICE, se detalla Compromiso ambiental voluntario N° 4. Monitoreo y Charlas componente Arqueológico.

La cantidad total (kg/año) de material estimada de restos de escarpe y excavaciones por etapa y año es el siguiente:

Tabla 4.3.1.1. Cantidad total estimada de restos de escarpe y excavaciones por etapa y año. Etapa 1 Etapa 2 Año 1 Año 2 Año 6 Año 7 37.898.400 0 4.174.600 0 Fuente: Tabla N° 1-13 de la DIA y Tabla 2 del Anexo 4 de la Adenda.

(Mayores detalles ver punto 1.5.1.4 de la DIA). Desarrollo de obras civiles Esta actividad comprende el desarrollo de obras de acceso, obras sanitarias (conexión agua potable y alcantarillado con Aguas Andinas), la instalación de bases de pavimento (bodegas, calles interiores, zonas de carga y descarga de camiones, estacionamientos), fundación, sobrecimientos, radier, cubiertas, revestimientos y hojalatería de las áreas a construir.

(Mayores detalles ver punto 1.5.1.5 de la DIA). Montaje de equipos y obras Esta actividad implica la instalación de conexiones eléctricas, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

complementarias iluminación, terminaciones y equipos.

(Mayores detalles ver punto 1.5.1.6 de la DIA). Desmovilización de instalaciones de faenas Terminadas las obras de construcción de cada etapa, se procede al desmontaje y retiro de todos los elementos ajenos al terreno que hayan formado parte de las instalaciones de faena para la construcción. Los elementos de la instalación de faenas serán retiradas por la empresa contratista, encargada de dejar despejado el terreno.

(Mayores detalles ver punto 1.5.1.7 de la DIA). Puesta en marcha Se verifica que las instalaciones, equipos, conexiones funciones de forma adecuada para dar inicio a la operación de cada etapa.

(Mayores detalles ver punto 1.5.1.8 de la DIA). Recursos naturales renovables La implementación del proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales durante ninguna de las fases del proyecto. (Mayores detalles ver punto 9.1.5 de la DIA). Emisiones y efluentes Emisiones de Material Particulado y Gases de Combustión:

De acuerdo con lo señalado en el “Estudio de Emisiones Atmosféricas” presentado en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, durante la fase de construcción se generan emisiones atmosféricas producto de las siguientes actividades:

• Emisiones durante el proceso de demolición. • Emisiones durante el proceso de perforación. • Emisiones durante el proceso de escarpe. • Emisiones durante el proceso de excavación del terreno. • Emisiones durante el proceso de erosión de material en pila. • Emisiones durante el proceso de Carguío y volteo de material. • Emisiones durante el proceso de compactación. • Emisiones durante el proceso de acopio. • Emisión por tránsito de vehículos por caminos no pavimentados interiores. • Tránsito de vehículos en caminos pavimentados interiores. • Emisiones por combustión de maquinaria. • Emisiones por combustión de vehículos al interior. • Emisión por combustión de grupos electrógenos. • Tránsito de vehículos por caminos pavimentados al exterior. • Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados al exterior. • Emisión por Carguío y Volteo de material en empréstito o sitio de disposición. • Emisión por Combustión de maquinarias fuera de ruta.

De acuerdo con dicho estudio, las emisiones generadas durante la fase construcción, las que se indican a continuación:

Tabla 4.3.1.2: Resumen de emisiones toneladas/año fase de construcción (etapas constructivas 1y 2). Año MP2,5 eq MP10 eq NOx SO2 NH3 CO 1 (Construcción Etapa 1) 1,161 3,934 4,080 0,063 0,083 2,328 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

2 (Construcción Etapa 1) 0,393 0,601 2,297 0,003 0,001 1,300 3 al 5 (Operación Etapa 1) 3,031 8,866 9,909 0,018 0,011 0,251 6 (Operación Etapa 1) 3,234 9,182 11,064 0,020 0,011 0,907 7 (Operación Etapa 1 + Construcción Etapa 2) 3,101 8,949 10,301 0,019 0,011 0,516 8 (Operación Etapa 1 + Operación Etapa 2) 6,367 18,676 19,819 0,034 0,017 0,511 Limite (art. 64 PPDA) 2,0 2,5 8,0 10,0 - - Fuente: Tabla 77 y 78 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, según la estimación cuantitativa de emisiones de material particulado MP10 y MP2,5 y de gases NOx y SO2 realizada para la fase de construcción del proyecto y su respectiva comparación con los límites máximos establecidos en el Artículo 64 del PPDA para la Región Metropolitana D.S. N° 31/2016 MMA muestra que el proyecto en el año 1, 3 al 5, 6, 7 y 8 sobrepasará los límites del PPDA para MP10 equivalente en la fase de construcción, por lo que deberá compensar emisiones en la fase de construcción.

Adicionalmente, el Titular se compromete a las medidas detalladas en el punto 7 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

(Mayores detalles ver punto 1.5.7.3 de la DIA y Anexo 2 de la Adenda Complementaria).

Residuos Líquidos Domésticos (Aguas servidas):

El servicio sanitario (agua potable y alcantarillado en todas las fases y etapas del Proyecto) será provisto por la empresa sanitaria Aguas Andinas. En Anexo 12.2 de la Adenda Complementaria, se presenta contrato definitivo entre la empresa sanitaria Aguas Andinas S.A., y Molinera San Cristóbal S.A., por la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado de aguas servidas.

Residuos líquidos industriales:

El Proyecto no contempla lavado de camiones o maquinaria en el recinto, en ninguna de las fases del Proyecto. Respecto de los residuos líquidos asociados al lavado de restos de hormigón provenientes del lavado de canoas de camiones mixer, estos serán retenidos temporalmente en piscinas de contención, que considera una excavación insitu, posteriormente cubierta completamente con polietileno u otro material impermeable en toda su superficie. El mecanismo corresponderá al lavado de canoas mediante manguera, ubicando el camión sobre una piscina de contención. Se excavará una zona de 0,5 m de profundidad x 2 m de ancho x 2 m de largo, de esta forma se prevé contener hasta 2 m3. La materialidad de la piscina será de HDPE de alta densidad que sobresalga 60 cm aproximadamente por el contorno de la excavación con bordes ajustados. El lugar estará a un costado de la instalación de faenas, limitado con conos naranjos de seguridad y contará con un letrero alusivo a la actividad, que será informado a los proveedores del hormigón. La ubicación de la piscina de contención se muestra en la figura 3 de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Los residuos líquidos se evaporan, cuando hay buen clima, quedando la fracción sólida endurecida, la cual será picada manualmente por personal de la obra y se trasladará al contenedor de acopio de escombros disponible. Luego, los residuos serán dispuestos como escombros a través de empresa autorizada que los retirara según la necesidad de la obra. En el caso de que las aguas de lavado no se evaporen se hará uso de la lechada en los siguientes procesos constructivos: • Curado de hormigón durante la obra gruesa. • Complementar el cemento para apoyar fundaciones o enfierraduras. • Uso junto con la sub base y base para las calles antes de la pavimentación.

(Mayores detalles ver punto 1.5.8.1 de la DIA, punto 1.5.1.3.1 de la DIA y respuesta 1.7 de la Adenda).

Ruido:

Durante la fase de construcción se contemplan emisiones de ruido por el uso de maquinarias, equipos y tránsito de vehículos.

El proyecto identificó 6 receptores de ruido y las distancias entre receptores desde el límite de área de construcción del Proyecto, se identifican en las Tablas 4 a la 9 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Gráficamente la ubicación de dichos puntos se puede apreciar en la Figura 6 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Según la evaluación de niveles de ruido, presentados en las tablas 21 y 24 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria, el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. Nº38/11 del MMA para la fase de construcción, utilizando medidas de control en los receptores R3 y R4 y que se detallan en el punto 10 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria “Estudio Ruido Vibraciones”, donde se encontrarían: • Barrera acústica perimetral • Restricción de maquinaria

Mayores detalles de estas medidas ver punto 10 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria “Estudio Ruido Vibraciones”. (Mayores detalles ver punto 1.5.7.1 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

Vibraciones:

Durante la fase de construcción se contemplan emisiones de vibraciones debidas al uso de maquinarias. Para estimar los niveles de vibración en esta fase del Proyecto, se utiliza el algoritmo establecido por la FTA “Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods”.

Al respecto, según la evaluación de las Velocidades Peak de partículas (PPV) para daño estructural y los Niveles de Vibración (Lv) para molestia, considerando la distancia al área de construcción del proyecto, se pudo evaluar que no existirá daño estructural ni molestia para ninguno de los receptores evaluados, por lo que se puede concluir que el Proyecto cumple con los límites Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

establecidos, lo cual se puede apreciar en las tablas 27 y 28, ambas del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

(Mayores detalles ver punto 1.5.7.2 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda Complementaria). Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables (RSD):

Durante la fase de construcción del proyecto, se estima que se generarán 150 Kg/día.

Estos residuos serán dispuestos de forma transitoria en 3 contenedores plásticos de 1.100 L.

Respecto del almacenamiento de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, éste se realizará en un recinto con techo liviano y radier de hormigón, que permita el fácil manejo de los contenedores para su traslado a disposición final. Es conveniente aclarar lo siguiente para ambas fases del Proyecto:

• Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios se mantendrán en bolsas plásticas al interior de contenedores plásticos, con tapa y ruedas, que también tendrán bolsas plásticas tamaño “gigante” de basura para contener las bolsas pequeñas. • Los contenedores serán provistos por empresas especializadas en el manejo de residuos a quienes se les solicitará mediante contrato que se recambien cada vez que sea necesario tal de mantenerlos limpios y en buen estado para evitar percolaciones. • De ser necesario, por la rotura de alguna bolsa, los contenedores serán higienizados en seco, a través del uso de guantes, paños húmedos y aplicación de desinfectante liquido aromatizado para su limpieza.

El retiro de los residuos será al menos 3 veces por semana, y se realizará por una empresa externa especializada en recolección y transporte de residuos domésticos. En cuanto a su disposición final, estos serán derivados a un lugar autorizado.

(Mayores detalles ver punto 1.5.7.2 de la DIA, respuesta 3.2.2 de la Adenda y Anexo 4 de la Adenda).

Residuos sólidos industriales no peligrosos:

Estos corresponden principalmente a residuos sólidos de la construcción, entre ellos materiales de excavaciones, escombros y residuos valorizables.

- Restos de escarpe y excavaciones:

Se dispone al interior del mismo predio durante el primer año de construcción de cada etapa.

Tabla 4.3.1.3. Cantidad total (kg/año) de material estimada por etapa y año:

Etapa 1 Etapa 2 Año 1 Año 2 Año 6 Año 7 37.898.400 0 4.174.600 0 Fuente: Tabla N° 1-13 de la DIA y Tabla 2 del Anexo 4 de la Adenda.

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Restos de hormigón:

Corresponde a Hormigón sobrante de las construcciones y su Almacenamiento temporal será en tolva de 5 m3.

El retiro se solicitará cada vez que el contenedor se encuentre a un 90% de su capacidad. Tanto el traslado como la disposición se realizará con empresas con Autorización Sanitaria.

Tabla 4.3.1.4. Cantidad total (kg/año) de material estimada por etapa y año:

Etapa 1 Etapa 2 Año 1 Año 2 Año 6 Año 7 176.400 235.200 123.480 123.480 Fuente: Tabla N° 1-13 de la DIA y Tabla 2 del Anexo 4 de la Adenda.

- Pétreos:

Corresponden a residuos de áridos, cerámicos, vidrio y yeso y su Almacenamiento temporal será en tolva de 5 m3.

El retiro se solicitará cada vez que el contenedor se encuentre a un 75% de su capacidad. Tanto el traslado como la disposición se realizará con empresas con Autorización Sanitaria.

Tabla 4.3.1.5. Cantidad total (kg/año) de material estimada por etapa y año:

Etapa 1 Etapa 2 Año 1 Año 2 Año 6 Año 7 88.200 117.600 61.740 61.740 Fuente: Tabla N° 1-13 de la DIA y Tabla 2 del Anexo 4 de la Adenda.

- Restos de metales:

Corresponden a restos de perfiles, cables, tornillos, clavos, alambres, tubos, despuntes de fierro y su Almacenamiento temporal será en tolva de 5 m3.

El retiro se solicitará cada vez que el contenedor se encuentre a un 75% de su capacidad. Tanto el traslado como la disposición se realizará con empresas con Autorización Sanitaria.

Tabla 4.3.1.6. Cantidad total (kg/año) de material estimada por etapa y año:

Etapa 1 Etapa 2 Año 1 Año 2 Año 6 Año 7 66.149,24 88.198,99 46.304,47 46.304,47 Fuente: Tabla N° 1-13 de la DIA y Tabla 2 del Anexo 4 de la Adenda.

- Despuntes de fierro:

Corresponden a cortes de metal y su almacenamiento temporal en contenedores plástico de 1.100 L, en sector de residuos reciclables.

Se retirará de forma semanal o de acuerdo con la necesidad de la obra, con empresa recicladora autorizada por SEREMI de Salud.

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La cantidad total (kg/año) de material estimada por etapa y año:

Etapa 1 Etapa 2 Año 1 Año 2 Año 6 Año 7 22.050,76 29.401,01 15.435,53 15.435,53 Fuente: Tabla N° 1-13 de la DIA y Tabla 2 del Anexo 4 de la Adenda.

- Otros residuos (kg/año):

Tabla 4.3.1.7. Cantidad total de otros residuos.

Residuos Etapa 1 Etapa 2 Año 1 Año 2 Año 6 Año 7 Elementos de protección personal no peligrosos 13.231,06 17.641,41 9.261,74 9.261,74 Envases vacíos de productos no peligrosos 17.639,39 23.519,19 12.347,58 12.347,5 Pallet en desuso 17.639,39 23.519,19 12.347,58 12.347,5 Cartón y papel 17.639,39 23.519,19 12.347,58 12.347,5 Plástico 22.050,76 29.401,01 15.435,53 15.435,5 Fuente: Tabla N° 1-13 de la DIA y Tabla 2 del Anexo 4 de la Adenda.

El retiro se solicitará cada vez que el contenedor se encuentre a un 75% de su capacidad. Tanto el traslado como la disposición se realizará con empresas con Autorización Sanitaria.

(Mayores detalles ver punto 1.5.8.2.2 de la DIA y Anexo 4 de la Adenda).

Residuos peligrosos:

Estos residuos corresponden a los que contienen sustancias peligrosas, originados en los distintos insumos empleados por las labores de construcción.

Tabla 4.3.1.8.: Resumen de cantidades de residuos peligrosos (kg/año). Residuos Etapa 1 Etapa 2 Año 1 Año 2 Año 6 Año 7 Envases vacíos contaminados de sustancias peligrosas 1.120 748 372 360 Aceites usados 1372 916 455 441 Paños contaminados 140 93,50 46,50 45 Elementos de protección personal contaminados con sustancias peligrosas 84 56,10 27,90 27 Toner-Cartridge 28 18,70 9,30 9 Residuos de contención de derrames 56 37,40 18,60 18 Fuente: Tabla N° 1-14 de la DIA y Tabla 2 del Anexo 10 de la Adenda.

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Lugar de disposición temporal: bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos. La cantidad máxima de almacenamiento en bodega corresponde a 2.400 kg de RESPEL. Sin embargo, el Proyecto contempla un máximo de almacenamiento de 1.400 kg en 6 meses.

Frecuencia de retiro: Cada 6 meses.

Forma de disposición final: Destinatario final autorizado por la Autoridad sanitaria.

(Mayores detalles ver punto 1.5.8.2.3 de la DIA y Anexo 10 de la Adenda).

Sustancias peligrosas:

Se contempla el uso de sustancias peligrosas en bajas cantidades (cuyo almacenamiento no superará los 600 kg). El almacenamiento se realizará en bodega acondicionada de acuerdo con lo establecido en el Artículo 10 del D.S. 43/2016 del MINSAL. Se considera bodega modular de acero RF90 de 5 m²; contención ante derrames mediante receptáculo metálico cuya capacidad es de 1.190 L (materialidad del receptáculo: Acero ASTM A36 3 mm - Soldadura MIG AWS ER70S-6). Ver ficha de la bodega en Anexo 4.3.1 de la DIA.

El detalle de la estimación y características de estas sustancias se presenta en la Tabla 1-15 de la DIA.

(Mayores detalles ver punto 1.5.8.3 de la DIA y respuesta 5.5 de la Adenda). Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. ICE, numeral 4.6. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN PARTES Y OBRAS Acceso La construcción del acceso se realizará en características similares a la construcción de vialidades del Proyecto. Gráficamente la instalación de faenas puede verse en plano del Anexo 1.5 de la DIA. Obras sanitarias (agua Potable y Alcantarillado) Se proyecta 1 obra. La obra es del tipo “atravieso de tuberías bajo canal de riego”. Las tuberías serán utilizadas para abastecer de agua potable al Proyecto y poder evacuar las aguas servidas de este al sistema de alcantarillado de Aguas Andinas. Las tuberías tendrán diámetros nominales 40 mm y 110 mm respectivamente, y en cuanto a su materialidad, en el tramo de atravieso bajo canal serán tuberías de acero (Longitud 5 m), fuera del atravieso serán de material de HDPE. En Anexo 12 se presenta el contrato definitivo entre la empresa sanitaria Aguas Andinas S.A., y Molinera San Cristóbal S.A. En Anexo 4 de la Adenda Complementaria, se presenta la arquitectura del Proyecto, donde se indican los trazados de conducción de Agua Potable, Aguas Servidas, Acceso, caminos internos (de circulación), Alumbrado Público Existente, Conexión Eléctrica a Red Pública, Canales de riego, derrames, además de zanja de seguridad del área de Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Edificio Administración Edificio en dos pisos destinado a las oficinas administrativas de la planta, que a su vez contendrá el área de servicio para el personal (comedor, baños, vestidores, etc.), el cual dispondrá entre otros de sala de reuniones para personal interno como para visitas externas a la empresa. Su ubicación estará muy cercano al área de estacionamiento de vehículos y bicicletas del personal. Gráficamente el edificio puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.1 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Área de Recepción y Descarga de Materia Prima (Trigo) En esta área se ubican los equipos necesarios para la descarga de los camiones que traen el insumo, también los equipos para realizar la limpieza preliminar del trigo y los equipos para el trasporte mecanizado hasta los silos de almacenamiento de materias primas. Gráficamente el área de recepción puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.2 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Silos Materia Prima (silos exteriores del edificio de molienda) Corresponden a 21 silos de metal galvanizado donde se recibe y almacena el trigo. En una primera etapa se instalarán 12 silos con una capacidad de almacenamiento en su conjunto de 31.500 ton de trigo, posteriormente se añadirán 9 silos con una capacidad de almacenamiento conjunta adicional de 36.000 ton de trigo. El trigo se moviliza en este sector a través de equipos mecanizados denominados elevadores de granos (cintas con capachos) para el movimiento vertical y redler o transportadores para el movimiento horizontal. La presente evaluación ambiental considera la totalidad de la capacidad de los silos, es decir, 67.500 toneladas de trigo. Gráficamente los silos de materia prima (silos exteriores del edificio de molienda) pueden verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.3 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Silos Materia Prima (silos al interior del edificio de molienda) Corresponden a silos de chapa de acero que se requiere ubicar dentro del edificio del molino. Estos silos tienen una capacidad de almacenamiento de trigo de 132 toneladas cada uno y están destinados a alimentar el proceso de la preparación diaria de la molienda del trigo en el molino. En una primera etapa se instalarán 12 silos, luego en una segunda etapa se añadirán 8 silos adicionales. La presente evaluación ambiental considera la totalidad de la capacidad de los silos, es decir, 2.640 toneladas de trigo. Gráficamente los silos de materia prima (silos al interior del edificio de molienda) pueden verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.4 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Silos de Molienda o acondicionamiento (silos al interior del edificio de molienda) Corresponden a silos de hormigón que tienen una capacidad almacenamiento de trigo de 100 toneladas cada uno y están destinados a alimentar el proceso de molienda propiamente tal. Se instalarán 12 silos. La presente evaluación ambiental considera la capacidad de los 12 silos, es decir, 1.200 toneladas de trigo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Gráficamente los silos de molienda pueden verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.5 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Edificio Molino Edificio de cinco pisos que alberga el sector productivo de molienda de la planta, donde se encuentran los diferentes equipos de trituración de los granos y de tamizado resultante de dicha trituración, de manera de separar por una parte la harina y por la otra la cascara del gran de trigo (afrechillo). La capacidad de molienda de trigo del edificio del molino es de 550 ton/día para la primera etapa del Proyecto y otras 550 ton/día, adicionales para la segunda etapa. La presente evaluación ambiental considera la totalidad de la capacidad de molienda de trigo de 1.100 ton/día. Gráficamente el edificio de molino puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.6 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Silos Metálicos de Harina Corresponde a un sector donde se ubican silos metálicos de una capacidad de almacenamiento de 90 toneladas de harina cada uno, en ellos se guarda la harina resultante de la molienda del grano de trigo. En una primera etapa se instalarán 16 silos, luego se añadirán 16 silos adicionales. La presente evaluación ambiental considera la capacidad de almacenamiento los 32 silos, es decir, 2.880 toneladas de harina. Gráficamente los silos metálicos de harina pueden verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.7 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Silos Metálicos de Subproducto (Afrechillo) Corresponde a silos metálicos de 220 toneladas de capacidad cada uno, ubicados a uno de los costados del edificio Molino. En ellos se guarda el afrechillo, que es un subproducto del proceso de la molienda. En una primera etapa se instalarán 4 silos, luego se añadirán 2 silos. La presente evaluación ambiental considera la capacidad de los 6 silos, es decir, 1.320 toneladas de afrechillo. Gráficamente los silos metálicos de subproducto pueden verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.8 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Silos Metálicos de Carga de Harina a Granel Corresponde a silos metálicos de 30 toneladas de capacidad cada uno, ubicados a un costado de los Silos de Harina. En ellos se guarda la harina como producto final. En una primera etapa se instalarán 2 silos, luego se añadirán 2 silos. La presente evaluación ambiental considera la capacidad de los 4 silos, es decir, 120 toneladas de harina. Gráficamente los silos metálicos de carga de harina pueden verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.9 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Silos Metálicos de Harina para Envasado de Sacos (Envasadora Carrusel y Corresponde a silos metálicos de 30 toneladas de capacidad cada uno, ubicados a un costado de la Bodega de Productos Terminados, como parte de su infraestructura. En ellos se guarda la harina que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Maxisacos) es despachada en formato menores (sacos de 25 kilos o maxisacos de hasta 1.250 kilos). Se instalarán 3 silos. La presente evaluación ambiental considera la capacidad de los 3 silos, es decir, 90 toneladas de harina. Gráficamente los silos metálicos de harina para envasado pueden verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.10 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Bodegas de Productos Terminados e Insumos Es una bodega de tamaño inicial de 4.000 m2 donde se ubican racks metálicos que están destinados a almacenar principalmente la harina envasado en sacos y maxisacos. Al interior de esta bodega se considera una pequeña Bodega de Insumos que básicamente almacena el material utilizado para el envasado (sacos y maxisacos). El Proyecto contempla ampliar la Bodega de Productos Terminados en un sector adicional de 2.000 m2, hasta llegar a un máximo de almacenamiento en una superficie total de 6.000 m2. La presente evaluación ambiental considera la superficie total, es decir, 6.000 m2. Gráficamente las bodegas de productos terminados pueden verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.11 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Comedor y Servicios Al interior del edificio de operaciones se ubicará un comedor, camarines y baños para el personal del MOLINO PEÑAFLOR CMSC. Adicionalmente, se contempla habilitar servicios higiénicos en las garitas de la portería, sector de romana o balanza de pesaje de camiones, así como en el área de andenes de carga de la Bodega de Productos Terminados. Gráficamente el edificio de operaciones puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.12 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Sector de residuos industriales no peligrosos Corresponde a un sector destinado al acopio temporal de residuos sólidos industriales no peligrosos generados en la operación de MOLINO PEÑAFLOR CMSC. Gráficamente el sector de residuos industriales no peligrosos puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.13 de la DIA, punto 1.1 de la Adenda y Anexo 4 de la Adenda, PAS 140). Bodega de Residuos Peligrosos Bodega utilizada para el acopio temporal de los residuos peligrosos que se generará producto de la operación de MOLINO PEÑAFLOR CMSC. Gráficamente el sector de bodega de residuos peligrosos puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.14 de la DIA, punto 1.1 de la Adenda y Anexo 10 de la Adenda, PAS 142). Sector Residuos Domiciliarios y Asimilables Corresponde al sector donde se acopiará los residuos sólidos asimilables a domiciliarios que se generarán producto del funcionamiento de MOLINO PEÑAFLOR CMSC. Gráficamente el sector de residuos industriales no peligrosos puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.15 de la DIA, punto 1.1 de la Adenda y Anexo 4 de la Adenda, PAS 140). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Romana Se trata de 2 básculas de pesaje para camiones, donde se lleva el control de pesaje de los diferentes vehículos que ingresan y salen de la empresa. Las basculas y software de control de las mismas se ajustarán a la normativa vigente. Gráficamente la romana puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.16 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Sector para carga de grúas y transpaletas En los andenes de carga externos de la Bodega de Productos Terminados se instalará el área de recarga de las baterías eléctricas de litio. Será un lugar segregado y ventilado, acorde a las normas de seguridad vigentes para tal efecto. Gráficamente el sector para carga de grúas puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.17 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Estacionamientos Se contará con 23 estacionamientos para camiones, 44 para vehículos livianos, 4 para vehículos de visita, 30 para bicicletas y 2 para accesibilidad universal. Gráficamente el sector de estacionamientos puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.18 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Zona de carga y de descarga Área de pavimentos y/o asfaltos demarcados destinados al movimiento de carga y descarga de los camiones. Gráficamente la zona de carga y descarga puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.19 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Arborización y paisajismo El Proyecto considera 15.000 m2 de áreas verdes de preferencia con especies nativas como por ejemplo Peumo (Cryptocarya alba), Quillay (Quillaja saponaria), Algarrobo (Prosopis chilensis), además incluirán especies nativas encontradas en la caracterización de flora y vegetación del Proyecto. (Ver Compromiso Ambiental Voluntario del Anexo 22 (CAV- AREASVERDES -1) Serán regadas con los derechos de agua del canal de regadío con el que cuenta la propiedad (ver Anexo 3.2 de la DIA), además de la acumulación de aguas lluvias y dejará 24.570 m2 de áreas de terrenos naturales internos. Un plano que muestra los vértices de las zonas de riego con paisajismo se adjunta en Anexo 5 de la Adenda. Gráficamente la arborización y paisajismo puede verse en el archivo kmz del Anexo 1 de la Adenda. (Mayores detalles ver punto 1.4.2.20 de la DIA y punto 1.1 de la Adenda). Medidas de eficiencia energética e hídrica El Proyecto considera medidas de eficiencia energética, las cuales se listan a continuación. • Uso de luminaria para circulación peatonal con panel fotovoltaico • Uso de luminarias LED • Uso de artefactos sanitarios eficientes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

• Sistemas de riego tecnificados e incorporación de especies de bajo consumo en jardines • Uso de ventanales termopanel para edificios B, C, D, E y F • Instalación de 2 puestos vehiculares para carga eléctrica. (Mayores detalles punto 1.4.2.21 de la DIA y respuesta 9.17 de la Adenda). ACCIONES Control de Acceso La actividad comienza con el control de acceso, donde los camiones con trigo procedentes de diferentes puntos ya sea directo de agricultores, bodegas de traspaso de acopio agrícola o del puerto. En esta instalación se registra el producto, y se identifica el transportista (incluido su origen). Luego se realiza el pesaje correspondiente mediante 2 básculas o romanas de pesaje para camiones (se controla el peso a la entrada y salida del vehículo). Las básculas y software de control de las mismas se ajustarán a la normativa vigente. Luego procede a la clasificación de trigo que se recibe en la planta.

(Mayores detalles ver punto 1.6.1.1 de la DIA). Análisis y Clasificación de Materia Prima (Trigo) Junto al sector de pesaje de camiones de trigo que ingresan al Proyecto se localiza el Área de Calado de trigo (toma de muestra desde camiones) y el Laboratorio de Análisis del Trigo como materia prima. En este sector se realiza la clasificación del trigo (variedad, peso, humedad, y en general las pruebas físicas del grano), para posteriormente derivar al camión al sector de recepción y descarga de la mercadería.

(Mayores detalles ver punto 1.6.1.2 de la DIA). Recepción y Descarga de Materia Prima (Trigo) En la recepción, se descarga el trigo de los camiones y se realiza una pre-limpieza del grano, para luego transportarlo de forma mecanizada hacia los silos de almacenamiento de materia prima.

(Mayores detalles ver punto 1.6.1.3 de la DIA). Silos Materia Prima El trigo se moviliza a diferentes silos de almacenamiento de acuerdo con su clasificación de variedad, movimiento que se realiza a través de equipos mecanizados denominados elevadores de granos (cintas con capachos) para el movimiento vertical y redler o transportadores para el movimiento horizontal. El trigo se mantiene resguardado hasta ser enviado a la etapa de limpieza de trigo.

(Mayores detalles ver punto 1.6.1.4 de la DIA). Silos de Molienda o Acondicionamiento (silos al interior del edificio de molienda). En estos silos se prepara el trigo antes de iniciar la molienda. Este proceso comienza con la limpieza del trigo de elementos como piedras, tierra, u otros propios de la cosecha en el campo, para luego proceder a su acondicionamiento, que es humedecer el trigo y dejarlo reposar por un tiempo determinado, que según la clasificación del trigo (variedad y humedad) puede ser desde 8 hasta 24 horas de reposo. Es muy importante señalar, que el agua utilizada en el proceso de acondicionamiento es 100% absorbida por el trigo y no se generan residuos líquidos en esta operación ni en ninguna etapa del proceso. El agua utilizada en el proceso de acondicionamiento es potable y la cantidad requerida depende de la clasificación del trigo, requiriendo entre 40 y 60 litros por tonelada de trigo molida. Esta absorción de agua por parte del grano en la etapa de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

acondicionamiento es fundamental dado que facilita el proceso de trituración y molienda en las etapas posteriores. El grano no puede someterse a la molienda si no ha sido previamente humedecido.

(Mayores detalles ver punto 1.6.1.5 de la DIA). Edificio Molino A continuación del acondicionamiento del grano, se procede a generar el producto, esto mediante un proceso de trituración y de tamizado, donde se obtiene la harina y cascara del grano de trigo (afrechillo). El producto resultante de la molienda denominado harina básica es enviado en forma neumática a los silos de harina para su almacenamiento transitorio.

(Mayores detalles ver punto 1.6.1.6 de la DIA). Silos Metálicos de Harina Las diferentes harinas resultantes de la molienda del grano de trigo se almacenan en estos silos de modo de lograr una harina como producto final acorde a sus especificaciones. La harina como producto final es enviado neumáticamente a silos tales como: • Silos de Carga a Granel, utilizados para despacho a clientes industriales. • Silos para Envasado de Sacos, para clientes de menor consumo, como las panaderías, que requieren harina en formato de sacos de 25 kilos o maxisacos de hasta 1.250 kg.

(Mayores detalles ver punto 1.6.1.7 de la DIA). Silos Metálicos de Carga de Harina a Granel La harina como producto final se almacena transitoriamente en silos metálicos desde donde se cargan los camiones para despacho a formato a granel.

(Mayores detalles ver punto 1.6.1.8 de la DIA). Silos Metálico de Harina para Envasado de Sacos (Envasadora Carrusel y Maxisacos). Desde estos silos se alimenta por una parte a la envasadora tipo carrusuel para los sacos menores y, por la otra, el envasado de harina en los maxisacos. El producto envasado resultante se almacena en la Bodega de Productos Terminados colindante a esta área del proceso.

(Mayores detalles ver punto 1.6.1.9 de la DIA). Silos Metálicos de Subproducto (Afrechillo) Por su parte, el afrechillo (la cáscara del grano de trigo) es almacenado en forma confinada en silos metálicos para ser posteriormente cargado sobre camión para despacho a granel al cliente final. El afrechillo es materia prima utilizada en otras empresas, por ejemplo, para la fabricación de alimento para animales.

(Mayores detalles ver punto 1.6.1.10 de la DIA). Bodegas de Productos Terminados e Insumos Los sacos y maxisacos son almacenados en esta bodega, de forma ordenada en racks, mediante el uso de grúas eléctricas (baterías recargables de litio). En los andenes de carga externos se contará con un área de recarga de las baterías eléctricas de litio. Todas las posiciones de rack de la bodega serán administradas por software que permite el almacenamiento de forma eficiente, ya que controla las existencias y garantiza que los despachos de mercadería se realicen por el denominado método FEFO (First Expires, First Out; los productos que primero salen a despacho son los de fecha de expiración más cercana).

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(Mayores detalles ver punto 1.6.1.11 de la DIA). Productos generados Harina resultante de la molienda del grano de trigo:

El principal producto del Proyecto es la producción de harina. Esta se almacenará en silos metálicos de 90 toneladas de harina cada uno. En una primera etapa se instalarán 16 silos, luego se añadirán 16 silos. Se considera la capacidad de los 32 silos, es decir, 2.880 toneladas de harina.

Desde estos silos se reparte la harina para ser:

• Cargada a camiones a granel. Para ello se guarda la harina en silos metálicos de 30 ton cada uno. En una primera etapa se instalarán 2 silos, luego se añadirán 2 silos. La presente evaluación ambiental considera la capacidad de los 4 silos, es decir, 120 toneladas de harina.

• Envasada en sacos de 25 kilos o maxisacos de hasta 1.250 kilos. Para ello se guarda la harina en silos metálicos de 30 ton cada uno. Se instalarán 3 silos. La presente evaluación ambiental considera la capacidad de los 3 silos, es decir, 90 toneladas de harina.

(Mayores detalles ver punto 1.6.7.1.1 de la DIA).

Afrechillo, subproducto de la molienda:

Como subproducto de la producción de harina, también se obtiene el Afrechillo. Este se almacenará en silos metálicos de 220 toneladas de capacidad cada uno. En una primera etapa se instalarán 4 silos, luego se añadirán 2 silos adicionales. Se considera la capacidad de los 6 silos, es decir, 1.320 toneladas de afrechillo.

(Mayores detalles ver punto 1.6.7.1.2 de la DIA). Recursos naturales renovables El proyecto no contempla en su fase de operación la extracción ni explotación de recursos naturales renovables, por lo cual no corresponde llevar una cuantificación y forma de manejo de los mismos.

(Mayores detalles ver punto 1.6.8 de la DIA). Emisiones y efluentes Emisiones de Material Particulado y Gases de Combustión:

De acuerdo con lo señalado en el “Estudio de Emisiones Atmosféricas” presentado en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, durante la fase de operación se generan emisiones atmosféricas producto de las siguientes actividades:

• Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para ingreso de trigo. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para salida de trigo hacia Planta Casablanca y San Bernardo. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para salida de harina a granel. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para salida de harina en sacos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

• Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para salida de afrechillo. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para ingreso se envases y embalajes. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículo por vías pavimentadas para insumos mantención de equipos. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículo por vías pavimentadas para el traslado de trabajadores desde Metro Plaza Maipú. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículo por vías pavimentadas para transporte de residuos sólidos no peligrosos hasta estación de transferencia. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículo por vías pavimentadas para transporte de RESPEL. • Emisiones asociadas a la combustión interna de grupo electrógeno de 300 kVA, que se utilizará sólo en caso de emergencia (corte de suministro). • Emisiones asociadas a uso de filtros de mangas.

De acuerdo con dicho estudio, las emisiones generadas durante la fase operación, las que se indican a continuación:

Tabla 4.3.2.1: Resumen de emisiones toneladas/año fase de operación (etapas constructivas 1y 2). Año MP2,5 eq MP10 eq NOx SO2 NH3 CO 3 al 5 (Operación Etapa 1) 3,031 8,866 9,909 0,018 0,011 0,251 6 (Operación Etapa 1) 3,234 9,182 11,064 0,020 0,011 0,907 7 (Operación Etapa 1 + Construcción Etapa 2) 3,101 8,949 10,301 0,019 0,011 0,516 8 (Operación Etapa 1 + Operación Etapa 2) 6,367 18,676 19,819 0,034 0,017 0,511 Limite (art. 64 PPDA) 2,0 2,5 8,0 10,0 - - Fuente: Tabla 77 y 78 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, según la estimación cuantitativa de emisiones de material particulado MP10 y MP2,5 y de gases NOx y SO2 realizada para la fase de operación del proyecto y su respectiva comparación con los límites máximos establecidos en el Artículo 64 del PPDA para la Región Metropolitana D.S. N° 31/2016 MMA muestra que el proyecto en el año 3 al 5, 6, 7 y 8 sobrepasará los límites del PPDA para MP10 equivalente en la fase de operación Etapa 1 + construcción Etapa 2 y operación en Etapas 1 y 2, por lo que deberá compensar emisiones en la fase de operación.

Adicionalmente, el Titular se compromete a las medidas detalladas en el punto 7 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

(Mayores detalles ver punto 1.5.9.3 de la DIA y Anexo 2 de la Adenda Complementaria).

Residuos Líquidos Domésticos (Aguas servidas):

El servicio sanitario (agua potable y alcantarillado en todas las fases y etapas del Proyecto) será provisto por la empresa sanitaria Aguas Andinas. En Anexo 12.2 de la Adenda Complementaria, se presenta contrato definitivo entre la empresa sanitaria Aguas Andinas S.A., y Molinera San Cristóbal S.A., por la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado de aguas servidas.

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Ruido:

Durante la fase de operación se contemplan emisiones de ruido en la fase de operación Etapa 1 + construcción Etapa 2 y operación en Etapas 1 y 2 por el uso de maquinarias, equipos y tránsito de vehículos.

El proyecto identificó 6 receptores de ruido y las distancias entre receptores desde el límite de área del Proyecto, se identifican en las Tablas 4 a la 9 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Gráficamente la ubicación de dichos puntos se puede apreciar en la Figura 6 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Según la evaluación de niveles de ruido, presentados en la tabla 22, 23, 24, 25 y 26 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria, el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. Nº38/11 del MMA para la fase de construcción, utilizando medidas de control en los receptores R3 y R4 y que se detallan en el punto 10 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria “Estudio Ruido Vibraciones”, donde se encontrarían: • Barrera acústica perimetral • Restricción de maquinaria

Mayores detalles de estas medidas ver punto 10 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria “Estudio Ruido Vibraciones”.

(Mayores detalles ver punto 1.6.9.1 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

Vibraciones:

Para estimar los niveles de vibración en esta fase del Proyecto, se utiliza el algoritmo establecido por la FTA “Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods”. Respecto del cual, durante la fase de operación se contemplan emisiones de vibraciones debidas al tránsito de los camiones cargados que ingresan y salen de la planta, y las que corresponden a la fuente con mayor emisión, pero, aun así, tienen un nivel de emisión menor al evaluado en fase de construcción, por lo que también se consideran en cumplimiento.

(Mayores detalles ver punto 1.6.9.2 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda Complementaria). Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables (RSD):

Los residuos domiciliarios corresponden a desechos generados en el área de comida y baños, como son papeles, plásticos y restos de comida. Estos contemplan el cálculo para 72 trabajadores en operación de etapa 1 y 12 trabajadores en operación de etapa 2, es decir, un total de 84 trabajadores de forma simultánea.

De acuerdo con lo anterior, el almacenamiento se realizará de forma temporal en sectores que darán cumplimiento con las condiciones que exige la normativa aplicable para esos fines y su disposición final se ejecutará a través de empresas autorizadas por Seremi de Salud.

(Mayores detalles ver punto 1.6.10.2.1 de la DIA y Anexo 4 de la Adenda). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Residuos sólidos industriales no peligrosos:

Durante la operación se generan residuos industriales tales como: • Papeles, provenientes de la oficina de administración. • Metales y repuestos, provenientes de recambios, roturas de equipos o infraestructura. • Maderas, provenientes de instalaciones y pallets. • Cartones, provenientes del embalaje de repuestos e insumos de molienda. • Plástico, provenientes del embalaje de repuestos, de insumos de molienda y envasado de harina. • Tambores metálicos o plásticos, provenientes de envases vacíos de insumos de mantención.

El almacenamiento de los residuos no peligrosos se realizará en un sector que cumplirá con las siguientes características: • Piso impermeable y de fácil limpieza. • Cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura. • Zona techada. • Cuenta con basureros, contenedores. • Área señalizada con la leyenda “Residuos No Peligrosos”. • Sistema de control de plagas. (Mayores detalles ver punto 1.6.10.2.2 de la DIA y Anexo 4 de la Adenda).

Residuos peligrosos:

En la fase de operación, se generarán los residuos peligrosos indicados en la siguiente tabla:

Tabla 4.3.2.2: Resumen de cantidades de residuos peligrosos (kg c/6meses).

Residuos Etapa 1 Etapa 2 Catridge y Toner 1,80 0,30 Envases y materiales contaminados con pintura en base a solventes 6 6 Aceite usado 10 10 Envases y materiales que contuvieron Aceites de Mezclas y Grasas 7,50 7,50 Pilas 0,60 0,60 Baterías de ion-litio en desuso 10,50 0 Fuente: Tabla N° 4 del Anexo 10 de la Adenda.

Lugar de disposición temporal: bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, que corresponderá a una bodega modular de acero RF90 de 2,5 m2; contención ante derrames mediante bandeja metálica. La cantidad máxima de almacenamiento en bodega corresponde a 800 L.

Frecuencia de retiro: Cada 6 meses.

Forma de disposición final: Destinatario final autorizado por la Autoridad sanitaria.

(Mayores detalles ver punto 1.6.10.2.3 de la DIA y Anexo 10 de la Adenda). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Sustancias peligrosas:

Se almacenará sustancias peligrosas asociadas a productos para limpieza y/o mantención, cuya capacidad máxima de almacenamiento será menor a 600 kg. En cuanto al Laboratorio proyectado en las instalaciones del molino, en él sólo se realizarán análisis físicos (variedad, peso, humedad u otro similares) pero no químicos, por tanto no se considera almacenamiento de sustancias peligrosas asociadas a dicha actividad.

El detalle de la estimación y características de estas sustancias se presenta en la Tabla 1-28 de la DIA.

(Mayores detalles ver punto 1.6.10.3 de la DIA y respuesta 5.5 de la Adenda). Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. ICE, numeral 4.7. 4.3.3. FASE DE CIERRE El Proyecto no contempla fase de cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. ICE, numeral 4.8.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Etapa 1: Primer semestre de 2025 Etapa 2: Primer semestre de 2030 Parte, obra o acción que establece el inicio Etapa 1: Habilitación del sector donde se ubicará la instalación de faena, para iniciar con las obras de acceso al predio y obras sanitarias. Etapa 2: Despeje del sector donde se colocará la instalación de faena. Fecha estimada de término Etapa 1: Segundo semestre de 2026 Etapa 2: Segundo semestre de 2031 Parte, obra o acción que establece el término Etapa 1: Recepción de obras y puesta en marcha de la etapa 1. Etapa 2: Recepción de obras y puesta en marcha de la etapa 2 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Etapa 1: Primer semestre de 2027 Etapa 2: Primer semestre de 2032 Parte, obra o acción que establece el inicio Etapa 1: Recepción Final por parte del Municipio. Etapa 2: Recepción Final por parte del Municipio. Fecha estimada de término No aplica Parte, obra o acción que establece el término No aplica 4.4.3. FASE DE CIERRE Considerando que el Proyecto posee una vida útil indefinida en el tiempo, el titular no contempla Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

etapa de cierre o abandono.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental no significativo Aumento en las concentraciones de material particulado y gases de combustión. Parte, obra o acción que lo genera Fase de construcción: Acondicionamiento de terreno (Demolición; Escarpe y/o extracción; Movimientos de tierra; Compactación; Nivelación), Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias al interior del emplazamiento del proyecto, Construcción de edificaciones.

Fase de operación: Tránsito y combustión de vehículos. Fase en que se presenta Fase de construcción y operación. Impacto ambiental no significativo Aumento en los niveles de ruido respecto al límite normativo. Parte, obra o acción que lo genera Fase de construcción: Acondicionamiento de terreno (Demolición; Escarpe y/o extracción; Movimientos de tierra; Compactación; Nivelación), Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias al interior del emplazamiento del proyecto, Construcción de las obras de urbanización, Construcción de edificaciones.

Fase de operación: Tránsito y combustión de vehículos. Fase en que se presenta Fase de construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico ICE, numeral 5.1. Emisiones de Material Particulado y Gases de Combustión:

Respecto a emisiones atmosféricas, de acuerdo con los resultados de la estimación de emisiones atmosféricas, el principal aporte de material particulado se asocia según fase a las siguientes actividades:

- Fase de construcción:

De acuerdo con lo señalado en el “Estudio de Emisiones Atmosféricas” presentado en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, durante la fase de construcción se generan emisiones atmosféricas producto de las siguientes actividades:

• Emisiones durante el proceso de demolición. • Emisiones durante el proceso de perforación. • Emisiones durante el proceso de escarpe. • Emisiones durante el proceso de excavación del terreno. • Emisiones durante el proceso de erosión de material en pila. • Emisiones durante el proceso de Carguío y volteo de material. • Emisiones durante el proceso de compactación. • Emisiones durante el proceso de acopio. • Emisión por tránsito de vehículos por caminos no pavimentados interiores. • Tránsito de vehículos en caminos pavimentados interiores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

• Emisiones por combustión de maquinaria. • Emisiones por combustión de vehículos al interior. • Emisión por combustión de grupos electrógenos. • Tránsito de vehículos por caminos pavimentados al exterior. • Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados al exterior. • Emisión por Carguío y Volteo de material en empréstito o sitio de disposición. • Emisión por Combustión de maquinarias fuera de ruta.

De acuerdo con dicho estudio, las emisiones generadas durante la fase construcción, las que se indican a continuación:

Tabla 5.1.1: Resumen de emisiones toneladas/año fase de construcción (etapas constructivas 1y 2). Año MP2,5 eq MP10 eq NOx SO2 NH3 CO 1 (Construcción Etapa 1) 1,161 3,934 4,080 0,063 0,083 2,328 2 (Construcción Etapa 1) 0,393 0,601 2,297 0,003 0,001 1,300 3 al 5 (Operación Etapa 1) 3,031 8,866 9,909 0,018 0,011 0,251 6 (Operación Etapa 1) 3,234 9,182 11,064 0,020 0,011 0,907 7 (Operación Etapa 1 + Construcción Etapa 2) 3,101 8,949 10,301 0,019 0,011 0,516 8 (Operación Etapa 1 + Operación Etapa 2) 6,367 18,676 19,819 0,034 0,017 0,511 Limite (art. 64 PPDA) 2,0 2,5 8,0 10,0 - - Fuente: Tabla 77 y 78 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, según la estimación cuantitativa de emisiones de material particulado MP10 y MP2,5 y de gases Nox y SO2 realizada para la fase de construcción del proyecto y su respectiva comparación con los límites máximos establecidos en el Artículo 64 del PPDA para la Región Metropolitana D.S. N° 31/2016 MMA muestra que el proyecto en el año 1, 3 al 5, 6, 7 y 8 sobrepasará los límites del PPDA para MP10 equivalente en la fase de construcción, por lo que deberá compensar emisiones en la fase de construcción.

Adicionalmente, el Titular se compromete a las medidas detalladas en el punto 7 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

(Mayores detalles ver punto 1.5.7.3 de la DIA y Anexo 2 de la Adenda Complementaria).

- Fase de operación:

De acuerdo con lo señalado en el “Estudio de Emisiones Atmosféricas” presentado en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, durante la fase de operación se generan emisiones atmosféricas producto de las siguientes actividades:

• Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para ingreso de trigo. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para salida de trigo hacia Planta Casablanca y San Bernardo. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para salida de harina a granel. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para salida de harina en sacos. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para salida de afrechillo. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículos por vías pavimentadas para ingreso se envases y embalajes. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículo por vías pavimentadas para insumos mantención de equipos. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículo por vías pavimentadas para el traslado de trabajadores desde Metro Plaza Maipú. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

• Emisiones asociadas a la circulación de vehículo por vías pavimentadas para transporte de residuos sólidos no peligrosos hasta estación de transferencia. • Emisiones asociadas a la circulación de vehículo por vías pavimentadas para transporte de RESPEL. • Emisiones asociadas a la combustión interna de grupo electrógeno de 300 kVA, que se utilizará sólo en caso de emergencia (corte de suministro). • Emisiones asociadas a uso de filtros de mangas.

De acuerdo con dicho estudio, las emisiones generadas durante la fase operación, las que se indican a continuación:

Tabla 5.1.2: Resumen de emisiones toneladas/año fase de operación (etapas constructivas 1y 2). Año MP2,5 eq MP10 eq NOx SO2 NH3 CO 3 al 5 (Operación Etapa 1) 3,031 8,866 9,909 0,018 0,011 0,251 6 (Operación Etapa 1) 3,234 9,182 11,064 0,020 0,011 0,907 7 (Operación Etapa 1 + Construcción Etapa 2) 3,101 8,949 10,301 0,019 0,011 0,516 8 (Operación Etapa 1 + Operación Etapa 2) 6,367 18,676 19,819 0,034 0,017 0,511 Limite (art. 64 PPDA) 2,0 2,5 8,0 10,0 - - Fuente: Tabla 77 y 78 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, según la estimación cuantitativa de emisiones de material particulado MP10 y MP2,5 y de gases NOx y SO2 realizada para la fase de operación del proyecto y su respectiva comparación con los límites máximos establecidos en el Artículo 64 del PPDA para la Región Metropolitana D.S. N° 31/2016 MMA muestra que el proyecto en el año 3 al 5, 6, 7 y 8 sobrepasará los límites del PPDA para MP10 equivalente en la fase de operación Etapa 1 + construcción Etapa 2 y operación en Etapas 1 y 2, por lo que deberá compensar emisiones en la fase de operación.

Adicionalmente, el Titular se compromete a las medidas detalladas en el punto 7 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

(Mayores detalles ver punto 1.5.9.3 de la DIA y Anexo 2 de la Adenda Complementaria).

Ruido:

- Fase de construcción:

Durante la fase de construcción se contemplan emisiones de ruido por el uso de maquinarias, equipos y tránsito de vehículos.

El proyecto identificó 6 receptores de ruido y las distancias entre receptores desde el límite de área de construcción del Proyecto, se identifican en las Tablas 4 a la 9 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Gráficamente la ubicación de dichos puntos se puede apreciar en la Figura 6 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Según la evaluación de niveles de ruido, presentados en las tablas 21 y 24 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria, el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. Nº38/11 del MMA para la fase de construcción, utilizando medidas de control en los receptores R3 y R4 y que se detallan en el punto 10 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria “Estudio Ruido Vibraciones”, donde se encontrarían: • Barrera acústica perimetral • Restricción de maquinaria

Mayores detalles de estas medidas ver punto 10 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria “Estudio Ruido Vibraciones”. (Mayores detalles ver punto 1.5.7.1 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

- Fase de operación:

Durante la fase de operación se contemplan emisiones de ruido en la fase de operación Etapa 1 + construcción Etapa 2 y operación en Etapas 1 y 2 por el uso de maquinarias, equipos y tránsito de vehículos.

El proyecto identificó 6 receptores de ruido y las distancias entre receptores desde el límite de área del Proyecto, se identifican en las Tablas 4 a la 9 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Gráficamente la ubicación de dichos puntos se puede apreciar en la Figura 6 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Según la evaluación de niveles de ruido, presentados en la tabla 22, 23, 24, 25 y 26 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria, el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. Nº38/11 del MMA para la fase de construcción, utilizando medidas de control en los receptores R3 y R4 y que se detallan en el punto 10 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria “Estudio Ruido Vibraciones”, donde se encontrarían: • Barrera acústica perimetral • Restricción de maquinaria

Mayores detalles de estas medidas ver punto 10 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria “Estudio Ruido Vibraciones”.

(Mayores detalles ver punto 1.6.9.1 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

Vibraciones:

- Fase de construcción:

Durante la fase de construcción se contemplan emisiones de vibraciones debidas al uso de maquinarias. Para estimar los niveles de vibración en esta fase del Proyecto, se utiliza el algoritmo establecido por la FTA “Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods”.

Al respecto, según la evaluación de las Velocidades Peak de partículas (PPV) para daño estructural y los Niveles de Vibración (Lv) para molestia, considerando la distancia al área de construcción del proyecto, se pudo evaluar que no existirá daño estructural ni molestia para ninguno de los receptores evaluados, por lo que se puede concluir que el Proyecto cumple con los límites establecidos, lo cual se puede apreciar en las tablas 27 y 28, ambas del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

(Mayores detalles ver punto 1.5.7.2 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

- Fase de operación:

Para estimar los niveles de vibración en esta fase del Proyecto, se utiliza el algoritmo establecido por la FTA “Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods”. Respecto del cual, durante la fase de operación se contemplan emisiones de vibraciones debidas al tránsito de los camiones cargados que ingresan y salen de la planta, y las que corresponden a la fuente con mayor emisión, pero, aun así, tienen un nivel de emisión menor al evaluado en fase de construcción, por lo que también se consideran en cumplimiento.

(Mayores detalles ver punto 1.6.9.2 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

Residuos Líquidos Domésticos (aguas servidas):

- Fase de construcción y operación:

El servicio sanitario (agua potable y alcantarillado en todas las fases y etapas del Proyecto) será Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

provisto por la empresa sanitaria Aguas Andinas. En Anexo 12.2 de la Adenda Complementaria, se presenta contrato definitivo entre la empresa sanitaria Aguas Andinas S.A., y Molinera San Cristóbal S.A., por la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado de aguas servidas.

Residuos líquidos industriales:

- Fase de construcción:

El Proyecto no contempla lavado de camiones o maquinaria en el recinto, en ninguna de las fases del Proyecto.

Respecto de los residuos líquidos asociados al lavado de restos de hormigón provenientes del lavado de canoas de camiones mixer, estos serán retenidos temporalmente en piscinas de contención, que considera una excavación insitu, posteriormente cubierta completamente con polietileno u otro material impermeable en toda su superficie.

El mecanismo corresponderá al lavado de canoas mediante manguera, ubicando el camión sobre una piscina de contención. Se excavará una zona de 0,5 m de profundidad x 2 m de ancho x 2 m de largo, de esta forma se prevé contener hasta 2 m3. La materialidad de la piscina será de HDPE de alta densidad que sobresalga 60 cm aproximadamente por el contorno de la excavación con bordes ajustados.

El lugar estará a un costado de la instalación de faenas, limitado con conos naranjos de seguridad y contará con un letrero alusivo a la actividad, que será informado a los proveedores del hormigón. La ubicación de la piscina de contención se muestra en la figura 3 de la Adenda.

Los residuos líquidos se evaporan, cuando hay buen clima, quedando la fracción sólida endurecida, la cual será picada manualmente por personal de la obra y se trasladará al contenedor de acopio de escombros disponible. Luego, los residuos serán dispuestos como escombros a través de empresa autorizada que los retirara según la necesidad de la obra.

En el caso de que las aguas de lavado no se evaporen se hará uso de la lechada en los siguientes procesos constructivos:

• Curado de hormigón durante la obra gruesa. • Complementar el cemento para apoyar fundaciones o enfierraduras. • Uso junto con la sub base y base para las calles antes de la pavimentación.

(Mayores detalles ver punto 1.5.8.1 de la DIA, punto 1.5.1.3.1 de la DIA y respuesta 1.7 de la Adenda).

- Fase de operación:

No se generarán Riles. El agua utilizada en el proceso es para acondicionar el trigo, es decir, el agua incorporada es absorbida totalmente por el grano. En la limpieza de las instalaciones no se utiliza agua, se realiza en seco.

Residuos sólidos:

Respecto de la generación de residuos sólidos domésticos, no peligrosos y peligrosos, según se detallan y describen en los numerares 4.6.5 y 4.7.6 todos del ICE, se puede señalar que el proyecto, para la fase de construcción, implementará un área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, y un área de almacenamiento temporal de residuos sólidos industriales no peligroso, para su posterior disposición final en sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago.

Además, el Titular implementará una Bodega de Residuos Peligrosos que será utilizada para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para la fase de construcción del Proyecto, para su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

posterior disposición final en sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago.

Para la fase de operación, el Proyecto contará con el almacenamiento que se realizará de forma temporal en sectores que darán cumplimiento con las condiciones que exige la normativa aplicable para esos fines y su disposición final se ejecutará a través de empresas autorizadas por Seremi de Salud.

Además, el Titular implementará una Bodega de Residuos Peligrosos que será utilizada para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para la fase de operación del Proyecto, para su posterior disposición final en sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago.

(Mayores detalles ver punto 1.5.7.2 de la DIA, punto 1.5.8.2 de la DIA, punto 1.6.10.2 de la DIA, Anexo 4 de la Adenda y Anexo 10 de la Adenda).

Por lo anterior, el Proyecto no generará riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico ICE, numeral 6.2. Suelo:

Referente al recurso suelo, el proyecto se emplazaría el Proyecto se ubica en un área rural de la comuna de Peñaflor, la cual de acuerdo con el Certificado de Informaciones Previas presentado en el Anexo N° 23 de la Adenda, Certificado de Informaciones Previas (CIP) N° 44/2024 de fecha 05 de enero de 2024 para el predio cuyo ROL de avalúo fiscal corresponde a 339-31 otorgado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Peñaflor, señala que el predio se ubica en zona de interés agropecuario exclusivo de acuerdo con el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), zona donde se permiten actividades agropecuarias y agroindustrias.

El área total del predio equivale a 17,18 ha, de las cuales 51.687,35 m2, comprenden a la superficie afecta al PAS 160 y que se solicita para aquellas edificaciones permanentes del Proyecto, que incluyen: superficie construida en 1er piso, radier de silos, calles, estacionamientos, patio de maniobras y veredas.

De acuerdo con lo señalado por el Servicio Agrícola y Ganadero de Región Metropolitana de Santiago, en su ORD N° 294 de fecha 20 de febrero de 2023, según la “visita realizada en 20 de noviembre del 2023, en donde se realizaron calicatas para verificar la capacidad del uso de suelo en el área del proyecto, de acuerdo a los resultados obtenidos por parte de este Servicio, se determinó que la CCUS es clase IV, debido a la alta pedregosidad y agua aprovechable en el área del proyecto.”

Por lo anterior, el Proyecto se encuentra en una zona en que la normativa territorial aplicable permite el uso de suelo para actividades que procesen productos agrícolas y donde se permiten actividades agropecuarias y agroindustrias. Por lo cual es posible concluir que la construcción y operación del Proyecto no generará pérdida de suelo o su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

Agua:

Respecto del recurso agua, el Proyecto en ningún caso extraerá agua desde cuerpos de agua superficiales o subterráneos. Además, en ninguna de sus fases el Proyecto considera realizar la recarga artificial del acuífero. Además, se hace presente que el servicio sanitario (agua potable y alcantarillado en todas las fases y etapas del Proyecto) será provisto por la empresa sanitaria Aguas Andinas. En Anexo 12.2 de la Adenda Complementaria, se presenta contrato definitivo entre la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

empresa sanitaria Aguas Andinas S.A., y Molinera San Cristóbal S.A., por la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado de aguas servidas.

Aire:

Con relación a aire y respecto de las emisiones atmosféricas, según la estimación cuantitativa de emisiones de material particulado MP10 y MP2,5 y de gases NOx y SO2 realizada para la fase de construcción del proyecto y su respectiva comparación con los límites máximos establecidos en el Artículo 64 del PPDA para la Región Metropolitana D.S. N° 31/2016 MMA muestra que el proyecto en el año 1, 3 al 5, 6, 7 y 8 sobrepasará los límites del PPDA para MP10 equivalente en la fase de construcción, por lo que deberá compensar emisiones en la fase de construcción.

Adicionalmente, el Titular se compromete a las siguientes medidas.

Durante la fase de construcción del proyecto se generarán emisiones atmosféricas. Si bien estas emisiones son propias de la fase de construcción, por lo tanto, transitorias, el proyecto ha considerado las siguientes medidas para su control: • Transportar materiales con carga cubierta con una lona sujeta a la carrocería. • Mantener cubiertos aquellos materiales que puedan desprender polvo. • Prohibir la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. • Establecer accesos a la faena que cuenten con pavimentos estables. • Limpiar las ruedas de los vehículos, previo abandono de ellos de la zona de faena en días de lluvias. • Mantener el área de la obra aseada. • Exigir vehículos con revisión técnica al día.

(Mayores detalles ver punto 1.5.7.3 de la DIA y Anexo 2 de la Adenda Complementaria).

Respecto a la fase de operación, según la estimación cuantitativa de emisiones de material particulado MP10 y MP2,5 y de gases NOx y SO2 realizada para la fase de construcción del proyecto y su respectiva comparación con los límites máximos establecidos en el Artículo 64 del PPDA para la Región Metropolitana D.S. N° 31/2016 MMA muestra que el proyecto en el año 3 al 5, 6, 7 y 8 sobrepasará los límites del PPDA para MP10 equivalente en la fase de operación Etapa 1 + construcción Etapa 2 y operación en Etapas 1 y 2, por lo que deberá compensar emisiones en la fase de operación.

Si bien estas emisiones son propias de la fase de construcción, por lo tanto, transitorias, el proyecto ha considerado las siguientes medidas para su control: • Transportar materiales con carga cubierta con una lona sujeta a la carrocería. • Mantener cubiertos aquellos materiales que puedan desprender polvo. • Prohibir la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. • Establecer accesos a la faena que cuenten con pavimentos estables. • Limpiar las ruedas de los vehículos, previo abandono de ellos de la zona de faena en días de lluvias. • Mantener el área de la obra aseada. • Exigir vehículos con revisión técnica al día.

Debido a lo detallado anteriormente y en base a los resultados del estudio de emisiones atmosféricas realizado para el proyecto (Anexo 2 de la Adenda complementaria), se concluye que el Proyecto no tiene ningún efecto adverso significativo ni impacto adverso para la salud de las personas ni la calidad del aire en el área del proyecto y tampoco para las poblaciones cercanas.

Mayores detalles ver punto 1.5.9.3 de la DIA y Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

Normas secundarias:

A partir de los niveles de concentración contenidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes en Chile, conforme su ámbito de aplicación es posible indicar que dichas normas no aplican a las actividades del Proyecto, atendida su naturaleza y ubicación.

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Mayores antecedentes Tabla 2-10 del capítulo 2 de la DIA.

Ruido en fauna:

Debido a que la ubicación del Proyecto es un área rural, intervenida aledaña a la Ruta 78, altamente transitada, y según los antecedentes presentador por el Titular en la “Caracterización Ambiental Ecosistema Terrestre” en el Anexo 2 de la DIA, el cual fue complementado con el Anexo 16 de la Adenda, y en donde, los resultados referidos a fauna terrestre indican lo siguiente:

En el área de influencia se registra un total de 23 especies de fauna terrestre, entre las que se encuentran 3 especies de reptiles, 19 especies de aves y una especie de mamífero. En relación con su origen biogeográfico, dos corresponden a especies introducidas, mientras que 21 son nativas, dentro de las que se identifican tres especies endémicas.

Las especies de fauna detectadas en el área de influencia se detallan en la tabla N° 7 y tabla 12, ambas del Anexo 16 de la Adenda.

De acuerdo con lo anterior, es posible indicar que las especies observadas e identificadas en el área de influencia del Proyecto, corresponden a especies que no presentan problemas de conservación, ya que ninguna de las especies clasificadas en categoría de conservación presenta una categoría de amenaza. Las especies de fauna observadas en el área de influencia presentan amplia distribución y alta abundancia, por lo que ninguna de ellas se considera como un recurso escaso, único o representativo.

En conclusión, se determina que el área de influencia presenta una baja riqueza y diversidad de especies, de igual forma no se detectan especies consideradas como amenazadas o que cumplan con la afectación de criterios que indiquen que existan recursos únicos escasos o representativos, así tampoco se observa el desarrollo de singularidades ambientales, como tampoco se evidenció presencia de fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

Residuos:

Respecto de la generación de residuos sólidos domésticos, no peligrosos y peligrosos, según se detallan y describen en los numerares 4.6.5 y 4.7.6 todos del ICE, se puede señalar que el proyecto, para la fase de construcción, implementará un área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, y un área de almacenamiento temporal de residuos sólidos industriales no peligroso, para su posterior disposición final en sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago.

Además, el Titular implementará una Bodega de Residuos Peligrosos que será utilizada para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para la fase de construcción del Proyecto, para su posterior disposición final en sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago.

Para la fase de operación, el Proyecto contará con el almacenamiento que se realizará de forma temporal en sectores que darán cumplimiento con las condiciones que exige la normativa aplicable para esos fines y su disposición final se ejecutará a través de empresas autorizadas por Seremi de Salud.

Además, el Titular implementará una Bodega de Residuos Peligrosos que será utilizada para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para la fase de operación del Proyecto, para su posterior disposición final en sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago.

(Mayores detalles ver punto 1.5.7.2 de la DIA, punto 1.5.8.2 de la DIA, punto 1.6.10.2 de la DIA, Anexo 4 de la Adenda y Anexo 10 de la Adenda). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Por lo anterior, el Proyecto no generará los efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental no significativo Aumento en los tiempos de desplazamiento Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos. Fase en que se presenta Fase de construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico ICE, numeral 6.3. En relación a la existencia de grupos humanos en el área de influencia:

El Proyecto se ubicará en Caletera Autopista del Sol Ruta 78 - E29P (Ruta 78) S/N (Ex número Manuel Castillo 0618), comuna de Peñaflor y el área de influencia para el componente Medio Humano corresponde al polígono que se muestra en la Figura 2 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Dentro de dicha área de Influencia, y de acuerdo con los resultados presentados en el Anexo 7 de la Adenda Complementaria, “Estudio de Medio Humano”, De acuerdo con la zonificación propuesta por el PRC de Peñaflor del año 2010, un sector del área de influencia del Proyecto posee 5 zonas normadas por este instrumento de planificación territorial (áreas residenciales mixtas, corredores de equipamiento, zona industrial, y plazas y áreas verdes. Sin embargo, el área ocupada por el Proyecto se localiza fuera del límite urbano, en un área rural que no posee regulación de los usos del suelo. Por otra parte, según los antecedentes presentados en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, “Informe de Ruido y Vibraciones”, en torno a la zona de emplazamiento del proyecto, existen viviendas de uso permanente, por lo tanto, identificando a 6 receptores susceptibles de sufrir impacto por el ruido generadas por las etapas de construcción y operación del proyecto.

En relación con el Reasentamiento de comunidades humanas:

En relación con el Reasentamiento de comunidades humanas, el Proyecto no generará el desplazamiento o reasentamiento de grupos humanos, entendido como el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia de un proyecto o actividad.

Respecto a la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural:

El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron (según los antecedentes presentados por el Titular en el proceso de evaluación ambiental de la DIA) recursos naturales que fuesen empleados por la población perteneciente al Área de Influencia del Proyecto. Del mismo modo, no se identificaron prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población que refirieran la utilización de recursos naturales en el Área de Influencia.

Junto con lo anterior, se puede destacar que, dadas las características del Proyecto, y su localización en un área rural intervenida y en la cual la normativa territorial aplicable permite el uso de suelo para actividades que procesen productos agrícolas y donde se permiten actividades agropecuarias y agroindustrias En este sentido, el desarrollo de las distintas actividades que se llevan a cabo dentro del Área de influencia no tiene relación alguna con recursos naturales.

De acuerdo con la caracterización del tipo de actividad económica desarrollada en el área de estudio del Proyecto (ver dimensión socioeconómica del Anexo 7 de la Adenda Complementaria) al interior del AI del Proyecto se localizan numerosas empresas pertenecientes a diferentes rubros económicos (molinos, bodegas, comercio, entre otros). La localización de las principales empresas presentes al Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

interior del área de influencia del Proyecto se presenta en la Figura 13 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Por otro lado, de acuerdo con lo señalado por los habitantes del AI del Proyecto en las entrevistas realizadas en terreno por el Titular, se corroboró que la mayor parte de estos habitantes se desempeñan en trabajos como: dueñas de casa, jubilados, ventas, arquitectura, trabajo social, soldador y otros.

Por lo anteriormente señalado, estas actividades no se relacionan con utilización de recursos naturales de la manera en que el Art. 7 del RSEIA se refiere, entendiendo que dicho alcance se asocia con comunidades o localidades que dependen exclusivamente de la explotación de los recursos que se encuentran en su territorio, no siendo el caso del presente Proyecto.

Respecto a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento:

De acuerdo con los antecedentes presentados en el Estudio de Movilidad del Anexo 7 de la Adenda Complementaria, el análisis desarrollado permite indicar lo siguiente:

El proyecto se localiza en un predio particular del sector rural de la comuna de Peñaflor y se ubicará en Caletera Autopista del Sol Ruta 78 - E29P (Ruta 78) S/N (Ex número Manuel Castillo 0618), teniendo su acceso por la misma caletera.

Dadas las características del Proyecto y la utilización de la ruta Ruta 78 durante todas las fases del proyecto no generará pérdida o deterioro de caminos que alteren el sistema de movilidad local.

En fase de construcción, el proyecto presenta un flujo de vehículos, en la cual sus efectos no son significativos sobre la red vial pública analizada, dado que, en general, se mantienen similares los resultados al comparar escenarios. Por lo tanto, no se registran una alteración significativa con la construcción y no se prevé un deterioro mayor en los indicadores operacionales tales como el incremento de velocidad y aumento en los tiempos de desplazamientos. Respecto de la fase de operación, etapa 1 (año 2028) y etapa 2 (año 2031) no son significativos sobre la red vial pública analizada, dado que, en general, se mantienen valores muy semejantes. Por lo tanto, no se registran una alteración significativa con la operación del Proyecto y no se prevé un deterioro mayor en los indicadores operacionales tales como el incremento de velocidad y aumento en los tiempos de desplazamientos.

Por otro lado, respecto de los tiempos de desplazamientos de peatones, los resultados resumidos en cuadro N° 9.5 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria, indican que en la Situación con Proyecto se mantiene la misma categoría de densidad de vereda (categoría A), lo cual implica que el Proyecto no modificaría las velocidades de desplazamientos actuales y, por ende, la obstrucción o restricción a la libre circulación o el aumento significativo de los tiempos de desplazamientos.

Finalmente, en relación con el análisis de ciclovías y los antecedentes presentados en Anexo 7 de la Adenda Complementaria, para el caso del período punta tarde laboral se evidencian niveles de servicio tipo A; y para el periodo punta mañana laboral tipo A, situación que no afecta la movilidad dado la capacidad de la ciclovía existente, por lo tanto, se puede asegurar que la construcción y operación del proyecto no generará impactos negativos en la circulación de ciclistas en relación con la operación actual.

Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, el Titular en el marco del Compromiso Ambiental Voluntario (ver Anexo 22 de la Adenda y Anexo 11 de la Adenda Complementaria) destinado a la implementación de un Plan Comunicacional, establece la disposición a desarrollar un canal de comunicación expedito con la comunidad a fin de solucionar rápidamente las contingencias que se presenten.

De acuerdo con lo anterior, es posible concluir que se descarta cualquier efecto significativo sobre las circunstancias asociadas a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, toda vez que las rutas o accesos internos al área de influencia. Por lo tanto, el proyecto no afectará el uso ni la calidad de los flujos.

Respecto a la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

básica:

En base a las rutas expresadas tanto para la fase de construcción como de operación, y las actividades señaladas tanto para obras, partes y acciones de esta en el área de influencia, se da cuenta que éstas se desarrollan en áreas donde no se identifican acceso a servicios relacionados a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura correspondiente a la localización del proyecto.

Por otro lado, se da cuenta que las obras partes y acciones del Proyecto, no contemplan interrumpir vías de acceso a los servicios y equipamiento tanto educacional como de seguridad, identificados de acuerdo con lo señalado por los habitantes del área de influencia en las entrevistas realizadas en terreno por el Titular (Anexo 7 de la Adenda Complementaria), en caso de requerir atención médica estos asisten al CESFAM de Peñaflor o al Hospital de Peñaflor.

Los centros educacionales más cercanos al área del Proyecto son: la Escuela Premilitar Bernardo O’Higgins y la Escuela Malloco, localizados a 563 m y 618 m, respectivamente del área del Proyecto (fuera del límite del AI del Proyecto), es importante mencionar que el proyecto en ninguna de sus fases altera el acceso a la educación.

Respecto a la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo:

Dentro del área del proyecto no se identificó el desarrollo de actividades de tipo cultural o tradicional. Las actividades correspondientes a fiestas, costumbres y manifestaciones culturales y/o religiosas se realizan principalmente en el centro de la comuna, eje principal o localización espacial del desarrollo de festividades y/o hitos culturales, dentro de las que pueden mencionarse: Fiesta de la Vendimia, Semana Santa, Maratón de Peñaflor, Semana Peñaflorina, Fiesta de Cuasimodo, Procesión del Niño Dios de Malloco, Fiesta Peñaflor Celebra a Chile y Oktoberfest, donde ninguna de éstas podría verse afectada por la ejecución del Proyecto. (ver dimensión antropológica del Anexo 7 de la Adenda Complementaria).

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular:

Referente a los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI), cabe destacar que, en base a la información de comunidades y asociaciones indígenas vigente y actualizada en enero del 2024, de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) en el área de influencia no hay presencia de Asociaciones Indígenas. La asociación indígena Malinco Mapuche es la asociación indígena más próxima al área de influencia del Proyecto, la cual está ubicada a 1,6 km del Proyecto, según la información obtenida del registro de asociaciones y comunidades indígenas de CONADI.

Por lo anteriormente expuesto, es posible concluir que el Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico ICE, numeral 6.4. Existencia de poblaciones protegidas:

No existen grupos humanos perteneciente a pueblos indígenas en el área de influencia del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

En base a la información de comunidades y asociaciones indígenas vigente y actualizada en enero del 2024, de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) en el área de influencia no hay presencia de Asociaciones Indígenas. La asociación indígena Malinco Mapuche es la asociación indígena más próxima al área de influencia del Proyecto, la cual está ubicada a 1,6 km del Proyecto, según la información obtenida del registro de asociaciones y comunidades indígenas de CONADI.

Mayores detalles en Mayores detalles en punto 2.1.9 del capítulo 2 de la DIA, Anexo 18 de la Adenda, respuesta 4.1 de la Adenda Complementaria y Anexo 9 de la Adenda Complementaria.

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental:

Debido al emplazamiento del Proyecto, se evidencia que el Proyecto no se localiza cercano a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares y no hay asociaciones indígenas en el área de influencia del Proyecto.

Mayores detalles en Mayores detalles en Anexo 2 de la DIA y Tabla 2.10 del capítulo 2 de la DIA.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan:

Debido al emplazamiento del Proyecto, se evidencia que el Proyecto no se localiza cercano a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares y no hay asociaciones indígenas en el área de influencia del Proyecto. Por lo tanto, no se evidencia afectación en términos de la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde habiten poblaciones protegidas.

A mayor abundamiento, CONADI mediante Oficio N° 247 de fecha 26 de febrero de 2024, manifestó que “si bien el Titular no levantó información primaria de la Asociación Indígena señalada, si presentó los resultados de las entrevistas realizadas en el área de influencia, que descartan la presencia de organizaciones indígenas del área de influencia, lo que concuerda con la información de Registro, que la localiza a 1,6 km. Además presenta un análisis de susceptibilidad de afectación, mencionando que los ruidos y emisiones del proyecto se circunscriben al terreno en donde se emplaza el proyecto, el cual se encuentra cerrado, descartando por tanto susceptibilidad de afectación para grupos que se encuentran fuera, no identificando puntos de interacción entre éstos y el proyecto. En razón de lo expuesto, se considera que el Titular entrega información suficiente, descartando los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300 para la población indígena.”.

Mayores detalles en Mayores detalles en punto 2.1.9 del capítulo 2 de la DIA, Anexo 18 de la Adenda, respuesta 4.1 de la Adenda Complementaria y Anexo 9 de la Adenda Complementaria.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar:

Dada la localización del Proyecto se evidencia que el Proyecto no genera ningún tipo de susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental.

Mayores detalles en Mayores detalles en Anexo 2 de la DIA y Tabla 2.10 del capítulo 2 de la DIA.

Por lo anteriormente expuesto, es posible concluir que el Proyecto no se localizará en o próxima a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico ICE, numeral 6.5. El proyecto se emplaza en un sector en que no existe valor paisajístico ni turístico por lo que se descarta la generación de una alteración significativa de dichos valores.

Existencia de valor turístico:

Dadas las características del emplazamiento del Proyecto, el cual está inmerso en un entorno rural, localizado en un predio particular del sector rural de la comuna de Peñaflor y se ubicará en Caletera Autopista del Sol Ruta 78 - E29P (Ruta 78) S/N (Ex número Manuel Castillo 0618), teniendo su acceso por la misma caletera y el cual de acuerdo con el Certificado de Informaciones Previas presentado en el Anexo N° 23 de la Adenda, Certificado de Informaciones Previas (CIP) N° 44/2024 de fecha 05 de enero de 2024 para el predio cuyo ROL de avalúo fiscal corresponde a 339- 31 otorgado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Peñaflor, señala que el predio se ubica en zona de interés agropecuario exclusivo de acuerdo con el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), zona donde se permiten actividades agropecuarias y agroindustrias, y junto al análisis presentados en punto 2.1.5 “Paisaje” y punto 2.1.6 “Turismo” del capítulo 2 de la DIA, es posible concluir que el proyecto no considera la obstrucción al acceso ni alteración de zonas con valor turístico.

Existencia de valor paisajístico:

Dadas las características del emplazamiento del Proyecto, el cual está inmerso en un entorno rural, localizado en un predio particular del sector rural de la comuna de Peñaflor y se ubicará en Caletera Autopista del Sol Ruta 78 - E29P (Ruta 78) S/N (Ex número Manuel Castillo 0618), teniendo su acceso por la misma caletera y el cual de acuerdo con el Certificado de Informaciones Previas presentado en el Anexo N° 23 de la Adenda, Certificado de Informaciones Previas (CIP) N° 44/2024 de fecha 05 de enero de 2024 para el predio cuyo ROL de avalúo fiscal corresponde a 339- 31 otorgado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Peñaflor, señala que el predio se ubica en zona de interés agropecuario exclusivo de acuerdo con el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), zona donde se permiten actividades agropecuarias y agroindustrias, es posible concluir que el proyecto no obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

Por lo anteriormente expuesto, es posible concluir que el proyecto no genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor turístico y paisajístico del área de influencia.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico ICE, numeral 6.6. Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural:

De acuerdo con los resultados obtenidos y presentados y actualizados en el Informe de Prospección Arqueológica del Anexo 17 de la Adenda, la inspección patrimonial realizada superficialmente, demuestran que la zona a emplazar el Proyecto no evidenció presencia de restos arqueológicos de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

tipo patrimonial protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por el Proyecto.

Respecto de la afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas:

La caracterización de las actividades, ritos comunitarios o festividades tradicionales, realizada para el Proyecto, además de las campañas realizadas en terreno por el Titular, donde se realizaron entrevistas a actores locales, según lo presentado en el punto dimensión antropológica del Anexo 7 de la Adenda Complementaria, es posible indicar que dentro del área del proyecto no se identificó el desarrollo de actividades de tipo cultural o tradicional. Las actividades correspondientes a fiestas, costumbres y manifestaciones culturales y/o religiosas se realizan principalmente en el centro de la comuna, eje principal o localización espacial del desarrollo de festividades y/o hitos culturales, dentro de las que pueden mencionarse: Fiesta de la Vendimia, Semana Santa, Maratón de Peñaflor, Semana Peñaflorina, Fiesta de Cuasimodo, Procesión del Niño Dios de Malloco, Fiesta Peñaflor Celebra a Chile y Oktoberfest, donde ninguna de éstas podría verse afectada por la ejecución del Proyecto.

Mayores detalles en Mayores detalles en punto 2.1.9 del capítulo 2 de la DIA, Anexo 18 de la Adenda, respuesta 4.1 de la Adenda Complementaria y Anexo 9 de la Adenda Complementaria.

Por lo anteriormente expuesto, es posible concluir que el proyecto no generará una alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Sitios de acopio temporal para residuos no peligrosos al interior de la instalación de faenas que corresponde a una instalación destinada al almacenamiento transitorio de residuos sólidos no peligrosos generados durante la ejecución de las obras de construcción.

Fase de operación: Sector de acumulación transitoria de residuos no peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Fase de construcción: Sitios de acopio temporal para residuos no peligrosos al interior de la instalación de faenas que corresponde a una instalación destinada al almacenamiento transitorio de residuos sólidos no peligrosos generados durante la ejecución de las obras de construcción. Los residuos serán almacenados en contenedores separados por tipo de residuo. La ubicación de los sitios de acopio temporal es al interior de la instalación de faenas que se dispondrá en el terreno durante la etapa constructiva del mismo.

• Residuos asimilables a domiciliarios. - Restos de alimento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

  • Envases de cartón, vidrio, plástico, entre otros.

• Residuos no peligrosos propios de la construcción. - Restos de hormigón - Pétreos - Restos de metales - Despuntes de fierro - Residuos de EPP NP - Envases vacíos - Madera - Cartón y papel - Plástico

Fase de operación: Sector de acumulación transitoria de residuos no peligrosos. El sector tendrá base de hormigón, estructura de acero, techo liviano de zinc, y un cierre perimetral abierto por el frente para facilitar el acceso a los contenedores.

• Residuos asimilables a domiciliarios - Restos de alimento - Envases de cartón, vidrio, plástico, entre otros.

• Residuos industriales no peligrosos - Papeles oficinas - Metales y repuestos - Madera (pallet) - Plásticos, cartones y papeles embalaje - Tambores metálicos o plásticos - Residuos de limpieza preliminar del trigo

Mayores detalles de los antecedentes del PAS ver Anexo 4 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, mediante el oficio Ord. N° 1086 de fecha 02 de mayo de 2024, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 9.1.1.

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Fase de construcción: Se considera una bodega modular de acero RF90 de 5 m2; contención ante derrames mediante receptáculo metálico cuya capacidad es de 1.190 L (materialidad del receptáculo: Acero ASTM A36 3 mm - Soldadura MIG AWS ER70S-6). Ver ficha de la bodega propuesta en Anexo 4.3.1. La bodega se instalará sobre pavimento impermeabilizado.

  • Se considera la generación de los siguientes residuos:
  • Envases vacíos contaminados de sustancias peligrosas
  • Aceites usados
  • Paños contaminados Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

  • Elementos de protección personal contaminados con sustancias peligrosas

  • Toner-Cartridge
  • Residuos de contención de derrames

Fase de operación: Corresponderá a un almacenamiento temporal se realizará en cumplimiento con lo establecido en el D.S. 148/2003 del MINSAL, en una bodega modular de acero RF90 de 2,5 m2; contención ante derrames mediante bandeja metálica cuya capacidad es de 620 L.

Se considera la generación de los siguientes residuos: - Catridge y Toner - Envase de pintura látex - Aceite usado - Guaipes - Pilas - Baterías de ion-litio

Mayores detalles de los antecedentes del PAS ver Anexo 10 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, mediante el oficio Ord. N° 1086 de fecha 02 de mayo de 2024, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 9.1.2.

6.1.3. Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Obras de modificación de cauce relacionados al atravieso de dos tuberías de agua (potable y alcantarillado) bajo el cauce artificial denominado Canal Larraín. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La Dirección General de Aguas (DGA), Región Metropolitana de Santiago se pronuncia conforme mediante el oficio Ord. 586 de fecha 09 de mayo de 2024, se pronuncia conforme, condicionado a lo siguiente:

“(…) 6. Con respecto a la respuesta 3.2.4 entregada por el titular en la Adenda Complementaria, referente a la solicitud de incorporar en el monitoreo todos los requisitos físico-químicos y bacteriológicos dispuestos en la NCh 1.333/78 para riego. El titular acoge lo solicitado, sin embargo, este Servicio observa que se deja sujeto el monitoreo a las condiciones climáticas durante la Fase de construcción. Al respecto, con los contenidos técnicos y formales del PAS156, se condiciona al titular a que con propósito de resguardar la oportuna detección de no conformidades en la gestión ambiental del proyecto, teniendo presente el principio preventivo de la evaluación ambiental, y considerando que el monitoreo corresponde a una de las componentes ambientales del PAS de competencia DGA, se incluya en la RCA del proyecto, en caso de ser calificado ambientalmente favorable, los siguientes requisitos, atendiendo la potencial presencia de aguas en el Canal (escurrimiento):

i. Establecer dos puntos de muestreos aguas arriba y aguas abajo de todas las obras, Identificando los puntos en coordenadas UTMDATUMWGS-84, para cada cauce al que le es aplicable el PAS de competencia DGA.

ii. Considerar todos los parámetros establecidos en la NCh1.333 Of 78 de calidad de agua para riego.

iii. Efectuar un monitoreo inicial, previo a la construcción de la obra en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

cauce, a fin de establecer la condición basal.

iv. Efectuar un monitoreo quincenal durante la ejecución de la obra, a fin de comparar los resultados con condición basal.

v. Efectuar un registro fotográfico con fecha durante la ejecución de la obra a fin de justificar la no aplicación del monitoreo, a causa de la ausencia de escurrimiento.

vi. Realizar un catastro visual de la obra para asegurar el funcionamiento adecuado de sus operaciones y frente a la ocurrencia de alguna contingencia en la construcción de la obra en el cauce. Dicho catastro debe formar parte del Informe a ser enviado a la SMA.

vii. Elaborar un Informe semanal, el cual será remitido a la SMA al quinto día de haber obtenido los resultados del monitoreo y se elaborará en conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, considerando las siguientes secciones:

Resumen; Introducción; Objetivos; Materiales y método; Resultados (Incluido catastro visual); Discusiones; Conclusiones; Referencias; Anexos (Informes de laboratorio, fotografías, entre otros). Además, el Informe de Seguimiento considerará un resumen de los resultados obtenidos de los monitoreos, el cual será presentado en formato .xlsx (planillas Excel), con la estructura de datos según se indica en la Tabla 3-3. El Informe además debe dar cumplimiento a lo establecido por la Resolución Exenta N° 894, de 24 de junio de 2019, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dicta instrucciones para la elaboración y remisión de informes de seguimiento ambiental del componente ambiental agua y de forma complementaria a los contenidos mínimos establecidos en la Resolución N° 223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente.”.

Mayores detalles de los antecedentes del PAS ver Anexo 13 de la Adenda y Anexo 5 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La DGA de la Región Metropolitana de Santiago, mediante el oficio Ord. N° 561 de fecha 06 de mayo de 2024, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS, estableciendo la condición señalada previamente. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 9.1.3.

6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Edificación obras permanentes Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar perdida o degradación del recurso natural suelo.

Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento se presentaron en el Anexo 11 de la Adenda.

La superficie afecta a este permiso y que corresponden a edificaciones permanentes del Proyecto, cuyas superficies abarcan en total 51.687,35 m2 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

e incluyen: superficie construida en 1er piso, radier de silos, calles, estacionamientos, patio de maniobras y veredas. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, el SAG de la Región Metropolitana, mediante el oficio ORD N° 94 de fecha 20 de febrero de 2024, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 9.1.4.

7°. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando la actividad como Molesta.

8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

8.1. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto.

8.1.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo N°144/61 del Ministerio de Salud que “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase Construcción y fase Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Emisiones durante el proceso de demolición, perforación, escarpe, excavación del terreno, erosión de material en pila, carguío y volteo de material, compactación, acopio y tránsito de vehículos.

Fase de operación: Emisiones asociadas al tránsito y circulación de vehículos, combustión de vehículos, combustión de grupo electrógeno y usos de filtro de mangas. Forma de cumplimiento Fase de construcción: el Proyecto ha considerado las siguientes medidas para su control: • Transportar materiales con carga cubierta con una lona sujeta a la carrocería. • Mantener cubiertos aquellos materiales que puedan desprender polvo. • Prohibir la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. • Establecer accesos a la faena que cuenten con pavimentos estables. • Limpiar las ruedas de los vehículos, previo abandono de ellos de la zona de faena en días de lluvias. • Mantener el área de la obra aseada. • Exigir vehículos con revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento La forma de verificación será en terreno, mediante el registro en una planilla de las actividades de control de emisiones atmosféricas. Forma de control y seguimiento Existirá copia en obra referente al estado de la maquinaria (revisiones técnicas y de gases al día), la cual no excederá más allá de un periodo semanal. Por otra parte, será labor del encargado de portería estar pendiente si los camiones hacen ingreso o salida de la obra con su carga cubierta.

Durante la Fase de Operación, se mantendrán los comprobantes de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

las revisiones técnicas vigentes y mediciones isocinéticas de filtros de manga. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.1.

8.1.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo N° 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones” (OGUC). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Emisiones durante el proceso de demolición, perforación, escarpe, excavación del terreno, erosión de material en pila, carguío y volteo de material, compactación, acopio y tránsito de vehículos.

Forma de cumplimiento En la Fase de Construcción se generarán emisiones de polvo y material principalmente por el tráfico de camiones y movimiento de tierra. Si bien estas emisiones son propias de la Fase de Construcción, el Proyecto ha considerado las siguientes medidas para su control:

• Transportar materiales con carga cubierta con una lona sujeta a la carrocería. • Mantener cubiertos aquellos materiales que puedan desprender polvo. • Prohibir la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. • Establecer accesos a la faena que cuenten con pavimentos estables. • Limpiar las ruedas de los vehículos, previo abandono de ellos de la zona de faena en días de lluvias. • Mantener el área de la obra aseada. • Exigir vehículos con revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento La forma de verificación será en terreno, medida en una planilla de las actividades de control. Forma de control y seguimiento Durante la Fase de Construcción se mantendrán los registros semanales de las planillas de control de las actividades que pueden generar emisiones de material particulado. Por otra parte, será labor del encargado de portería estar pendiente si lo camiones hacen ingreso o salida a la obra con su carga cubierta. Así como también, verificar que las ruedas de los camiones de salida estén limpias.

Cabe resaltar que la primera obra a realizar será la de acceso, por lo que para acceder a la instalación de faena se contará con pavimento estable. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.2.

8.1.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo N° 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago” (PPDA). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Fase de construcción y Operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Emisiones durante el proceso de demolición, perforación, escarpe, excavación del terreno, erosión de material en pila, carguío y volteo de material, compactación, acopio y tránsito de vehículos.

Fase de operación: Emisiones asociadas al tránsito y circulación de vehículos, combustión de vehículos, combustión de grupo electrógeno y usos de filtro de mangas. Forma de cumplimiento Según la estimación cuantitativa de emisiones de material particulado MP10 y MP2,5 y de gases NOx y SO2 realizada para la fase de construcción del proyecto y su respectiva comparación con los límites máximos establecidos en el Artículo 64 del PPDA para la Región Metropolitana D.S. N° 31/2016 MMA muestra que el proyecto en el año 1, 3 al 5, 6, 7 y 8 sobrepasará los límites del PPDA para MP10 equivalente tanto en la fase de construcción como de operación, por lo que deberá compensar emisiones en ambas fases del Proyecto según la siguiente tabla:

Tabla: Emisiones de MP10 equivalente a compensar del proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC”.

AÑO Fase MP10eq [ton/año] MP10eq al 120% [ton/año] Porcentaje de MP10eq 1 Construcción Etapa 1 3,93 4,72 19% 3 al 5 Operación Etapa 1 8,87 10,64 13% 6 Construcción Etapa 2 + Operación Etapa 1 9,18 11,02 14% 7 Construcción Etapa 2 + Operación Etapa 1 8,95 10,74 13% 8 en adelante Operación Etapa 1+ Operación Etapa 2 18,68 22,41 13% Fuente: Ord. N° 242003 de fecha 3 de mayo de 2024 de la SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago.

Además, según se indica en el Artículo 63 del DS N° 31/2016, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios:

• Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas. • Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación. • Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares. • Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones.

Finalmente, cabe señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones.

Adicionalmente, el Titular se compromete a las medidas detalladas en el punto 7 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso y aprobación del Plan de Compensación de Emisiones (PCE). Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso y aprobación del PCE. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.3.

8.1.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo N° 4/1992 del Ministerio de Salud. Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación Parte, obra o acción a la que aplica Grupos Electrógenos. Forma de cumplimiento En la Fase de Operación del Proyecto se contempla la integración de un grupo electrógeno de 300 kVA. No obstante, su finalidad radica en desempeñar un papel de respaldo frente a posibles cortes de suministro eléctrico, por lo cual, se proyecta una utilización anual de 15 horas como caso más desfavorable para enfrentar corte de suministro imprevistos, es decir su uso será sólo en caso de emergencia. Considerando los antecedentes señalados, no se sobrepasará los límites establecidos, por lo que se cumplirá con las regulaciones y especificaciones de la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Se llevará a cabo un registro detallado de las horas de funcionamiento en una planilla específica la que mantendrá disponible en caso de fiscalización. Forma de control y seguimiento Mantenciones según indique proveedor, las cuales serán registradas en una planilla. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.4.

8.1.5. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo N° 54/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Emisiones asociadas al tránsito y circulación de vehículos, combustión de vehículos.

Fase de operación: Emisiones asociadas al tránsito y circulación de vehículos, combustión de vehículos.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción: los vehículos de los contratistas contarán con su revisión técnica y mantenciones al día.

Fase se Operación: se considera la misma forma de cumplimiento para los vehículos propios. De esta manera se acredita el cumplimiento de las normas de emisión de gases vigentes. Indicador que acredita su Como indicador de cumplimiento se mantendrá copia de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

cumplimiento revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos, que correspondan por fase, a lo largo del desarrollo del Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto, según la fase que corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.5.

8.1.6. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo N° 55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que establece “Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Emisiones asociadas al tránsito y circulación de vehículos, combustión de vehículos.

Fase de operación: Emisiones asociadas al tránsito y circulación de vehículos, combustión de vehículos.

Forma de cumplimiento El Proyecto contempla el uso de vehículos motorizados, a los que se exigirá que sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del certificado de revisión técnica vigente. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas según corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponderá a la certificación técnica de los vehículos utilizados, disponibles para su control y verificación. Se mantendrá un registro con esta documentación. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de revisiones técnicas vigentes y registro de mantenciones disponibles para ser fiscalizadas por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.6.

8.1.7. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo N° 279/1983 del Ministerio de Salud que “Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Emisiones asociadas al tránsito y circulación de vehículos, combustión de vehículos.

Fase de operación: Emisiones asociadas al tránsito y circulación de vehículos, combustión de vehículos.

Forma de cumplimiento • Se mantendrán en óptimas condiciones y con sus revisiones al día toda la maquinaria y vehículos. • Las mantenciones a de las maquinarias se realizará periódicamente de acuerdo con lo recomendado por el proveedor. Indicador que acredita su Como indicador de cumplimiento se mantendrá copia de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

cumplimiento revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos, que correspondan por fase, a lo largo del desarrollo del Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.7.

8.1.8. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo N° 138 de 2005, del Ministerio de Salud. “Establece obligación de declarar emisiones que indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Grupos Electrógenos. Forma de cumplimiento El Proyecto contempla el uso de Grupos Electrógenos. Debido a lo anterior, se contempla lo siguiente:

• El Titular dará cumplimiento a su obligación de informar los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada uno de los equipos electrógenos. • El Titular dará cumplimiento a su obligación de informar las emisiones de MP10, MP2,5, CO, NOx, SOx, COV mediante el portal electrónico del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de declaración de emisiones. Forma de control y seguimiento Mantener disponible el comprobante de la declaración de emisiones. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.8.

8.1.9. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo N° 211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Normas Sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Circulación de Vehículos Motorizados Livianos Forma de cumplimiento Todos los vehículos motorizados livianos que se utilicen ya sea durante la Fase de Construcción o Fase de Operación, cumplirán con los niveles máximos de emisión señalados en decreto, según las características que presente. Indicador que acredita su cumplimiento Fichas técnicas de vehículos. Mantener revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro de fichas técnicas de vehículos y se exigirá contar con copia de revisión técnica al día. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.9.

8.1.10. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Norma Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Todo el Proyecto. Forma de cumplimiento De acuerdo con la modelación realizada en la Fase de Construcción y Operación se cumplen los niveles normativos.

No obstante, se establecerá un registro para eventuales reclamos de la comunidad, incluyendo en ello el ruido generado por la actividad.

Además, el Titular a adquirido el Compromiso Ambiental Voluntario N° 6 Monitoreo de ruido y vibraciones. (Ver detalles en punto 10.1.6 del presente ICE).

Indicador que acredita su cumplimiento Informe de Ruido, se adjunta en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, el cual indica cumplimiento normativo. Registro ante eventuales reclamos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible el registro para eventuales reclamos. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.10.

8.1.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma Decreto Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Todo el Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto generará residuos sólidos no peligrosos, y en menor medida residuos sólidos peligrosos, para lo cual contará con sectores destinados para el almacenamiento temporal de estos desechos, y en forma específica se contará con una bodega Respel en cada fase. Estos contarán con Autorización Sanitaria, al igual que el transportista que retirará los residuos desde la instalación y la empresa destinataria encargada de la disposición final de estos. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados.

Forma de control y seguimiento • Mantener disponible la Resolución Sanitaria que autoriza el sitio de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos. • Mantener disponible Resolución Sanitaria que autoriza la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. • Copia de las Resoluciones Sanitarias de los transportistas de los residuos y de la empresa de disposición final o de la Instalación de Recepción y Almacenamiento de Residuos (IRAR), dependiendo del caso. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.11. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

8.1.12. COMPONENTE/MATERIA: Aire y residuos sólidos. Norma Decreto Supremo N° 1/2013, Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faenas, servicios higiénicos, bodegas de sustancias y residuos peligrosos. Forma de cumplimiento El titular utilizará el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar la generación de residuos peligrosos y no peligrosos, emisiones y transferencia de contaminantes generados para la fase de construcción del proyecto, respectivamente, y cumplirá a su vez todas las exigencias que contempla el Reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Declarar la Generación de Residuos peligrosos y no peligrosos, emisiones y transferencia de contaminante en el tiempo y en la forma que indica la norma. Forma de control y seguimiento Copia del Comprobante de declaración emanado de la ventanilla única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.12.

8.1.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma Ley 20.920/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje. (Ley REP). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Todo el Proyecto. Forma de cumplimiento El establecimiento corresponde a un Productor de Productos Prioritarios, dado que comercializa productos envasados y embalados. El Titular cumplirá con la obligación de informar sobre las cantidades de productos prioritarios puestos en el mercado en un periodo anual y se adherirá a un Sistema de Gestión. De igual forma, el establecimiento corresponderá a un “Consumidor Industrial”, debido a que genera residuos de productos prioritarios. Por lo tanto, el Proyecto cumplirá con el artículo 34 de la presente Ley, en relación con la obligación de entregar los residuos de productos prioritarios al respectivo sistema de gestión, bajo las condiciones básicas establecidas por éstos e informadas a todos los involucrados. Indicador que acredita su cumplimiento Reporte de las cantidades de productos prioritarios puestos en el mercado nacional en el periodo anual inmediatamente anterior. Adhesión a un Sistema de Gestión autorizado. Forma de control y seguimiento Certificado o documento que acredite el reporte de las cantidades de productos prioritarios puestos en el mercado nacional en el periodo anual inmediatamente anterior. Certificado de adhesión a un Sistema de Gestión autorizado. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.13.

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8.1.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma Decreto Supremo N° 148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento El Proyecto generará residuos peligrosos, tanto en su Fase de Construcción como de Operación. Para el almacenamiento de estos residuos se habilitará un recinto de acopio temporal que cumplirá lo establecido en el Titulo IV del D.S. N° 148/2003 del MINSAL. Indicador que acredita su cumplimiento Como verificador de cumplimiento en ambas fases, se contará con las Resoluciones Sanitarias asociadas al almacenamiento temporal, transporte y disposición final de los residuos peligrosos; asegurando que los residuos no estén por un periodo mayor de 6 meses de almacenamiento. Forma de control y seguimiento • Mantener disponible Resolución Sanitaria que autoriza la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. • Copia de las Resoluciones Sanitarias de los transportistas de los residuos y de la empresa de disposición final. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.14.

8.1.15. COMPONENTE/MATERIA: Transporte y vialidad. Norma Decreto Supremo N° 158/1980, Ministerio de Obras Públicas que “Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Tránsito de vehículos pesados y livianos al exterior del predio. Forma de cumplimiento En la fase de construcción del Proyecto se contempla el transporte de camiones con carga hacia y desde la obra. El titular velará porque en todo momento los camiones involucrados en cualquiera de las fases del Proyecto cumplirán con esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra de la cantidad de materiales a transportar (guía de despacho, boleta, factura, entre otros). Forma de control y seguimiento Registro en obra de la carga máxima que transportan los camiones que ingresan y egresan de la zona de construcción del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.15.

8.1.16. COMPONENTE/MATERIA: Transporte y vialidad. Norma Decreto Supremo N° 200/1993 del Ministerio de Obras Públicas que “Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las Vías Urbanas del País”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Parte, obra o acción a la que aplica Trasporte de carga. Forma de cumplimiento Los vehículos a utilizar se ajustarán a las dimensiones establecidas en este Decreto. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Ficha técnica o similar que dé cuenta de las características de los vehículos a utilizar. En caso de ser necesario, se tendrá el permiso especial en la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento Se contará con una copia, en la instalación, de las características de los vehículos a utilizar. De esta manera se podrá tener un control de las dimensiones de la maquinaria, peso, tamaño, entre otras. En caso de ser necesario, se mantendrá una copia del permiso especial en la Dirección de Vialidad. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.16.

8.1.17. COMPONENTE/MATERIA: Transporte y vialidad. Norma Decreto Supremo N° 18/2001, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Prohíbe la Circulación de Vehículos de Carga por las Vías al Interior del Anillo Américo Vespucio”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales y residuos. Forma de cumplimiento Se tendrá en consideración las restricciones que establece del Decreto N° 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Indicador que acredita su cumplimiento Recomendación de horarios de tránsito por las vías indicadas en los contratos suscritos con empresas prestadoras de servicios. Forma de control y seguimiento El jefe de obra mantendrá un registro de los vehículos que se utilicen para la construcción de obras, el cual detallará los horarios y patentes. De esta manera será posible tener un control y seguimiento de los vehículos que utilizan vías con restricciones. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.17.

8.1.18. COMPONENTE/MATERIA: Transporte y vialidad. Norma Decreto Supremo N° 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece condiciones para el transporte de carga que se indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales y residuos. Forma de cumplimiento El Proyecto contempla exigir a todo vehículo que transporte materiales o residuos que puedan emitir polvo, el uso de carpas o lonas que cubran totalmente la carga a transportar. En caso de subcontratar servicios de transporte, se indicará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

disposiciones de esta norma, es decir el uso de elementos adecuados para cubrir por completo los materiales a transportar. Indicador que acredita su cumplimiento Se llevará un registro (lista de chequeo) de las actividades señaladas para evitar escurrimiento o dispersión de contaminantes. Forma de control y seguimiento Control al ingreso/egreso de la obra, debiendo dejar constancia de que los camiones circulan con la carga cubierta. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.18.

8.1.19. COMPONENTE/MATERIA: Transporte y vialidad. Norma Decreto Supremo N° 850/1998 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850/1964 y del D.F.L N° 206/1960. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Trasporte de carga. Forma de cumplimiento El Proyecto considera la utilización de caminos públicos y de sus fajas fiscales existentes en el área donde circularán los vehículos asociados al Proyecto. En el uso de los caminos públicos, se respetarán las directrices contenidas en esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización de la Dirección de Vialidad en caso de ser necesario. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de la autorización de la Dirección de Vialidad en caso de ser necesario. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.19.

8.1.20. COMPONENTE/MATERIA: Transporte y vialidad. Norma Decreto Supremo N° 298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Trasporte de carga. Forma de cumplimiento Abastecimiento de combustible por medio de vehículo autorizado para su traslado hasta el área de Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobantes que acredite la compra del petróleo diésel a una empresa autorizada y por medio de un vehículo autorizado. Forma de control y seguimiento Se mantendrá el registro disponible de la compra y traslado del petróleo diésel por empresa autorizada. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.20.

8.1.21. COMPONENTE/MATERIA: Transporte y vialidad. Norma Ley N° 20.879 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte y disposición final de residuos sólidos Forma de cumplimiento Disponer los residuos generados con personal acreditado y en sitios autorizados por la SEREMI de Salud RM, de acuerdo al listado actualizado disponible en su página web. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado emitido por empresa de disposición final. Forma de control y seguimiento Registro de los certificados actualizados de las disposiciones finales. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.21.

8.1.22. COMPONENTE/MATERIA: Transporte y vialidad. Norma Decreto Supremo N° 18/1993 del Ministerio de Obras Públicas que “Aprueba el Reglamento para las Empresas Generadoras de carga”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte y disposición final de residuos sólidos Forma de cumplimiento Disponer los residuos generados con personal acreditado y en sitios autorizados por la SEREMI de Salud RM, de acuerdo al listado actualizado disponible en su página web. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado emitido por empresa de disposición final. Forma de control y seguimiento Registro de los certificados actualizados de las disposiciones finales. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.22.

8.1.23. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas. Norma Decreto Supremo N° 43/2015 del Ministerio de Salud que “Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Sustancias con características de peligrosidad. Forma de cumplimiento Para la Fase de Construcción, se contempla el uso de sustancias peligrosas en bajas cantidades (no superarán los 600 kg). El almacenamiento se realizará en bodega acondicionada de acuerdo con lo establecido en el Artículo 10 del presente decreto. Se considera bodega modular de acero RF90 de 5 m2; contención ante derrames mediante receptáculo metálico cuya capacidad es de 1.190 L (materialidad del receptáculo: Acero ASTM A36 3 mm - Soldadura MIG AWS ER70S-6). Durante la Fase de Operación, se almacenará sustancias peligrosas asociadas a productos para limpieza y/o mantención, cuya capacidad máxima de almacenamiento será menor a 600 kg. En cuanto al Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Laboratorio de Análisis del Trigo que se proyecta en las instalaciones del molino, tendrá una función de análisis físicos (variedad, peso, humedad, u otro similares) pero no químicos, por tanto, no se considera almacenamiento de sustancias peligrosas asociadas a dicha actividad Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará una revisión periódica de los sitios de almacenamiento de sustancias peligrosas y se generará un reporte tipo check list donde se indique el cumplimiento normativo o las observaciones de las mejoras que tendrán que ser subsanadas a la brevedad generando un nuevo reporte. Forma de control y seguimiento Reporte con el registro de la revisión periódica de los sitios de almacenamiento de sustancias peligrosas. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.1.23.

8.1.24 COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural. Norma Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales. Decreto Supremo N° 484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Perforación y excavación. Forma de cumplimiento Se realizó una prospección superficial y un análisis bibliográfico de la zona, en el cual se concluyó que no existen bienes patrimoniales ni arqueológicos (ver informe adjunto en Anexo 17 de la Adenda). Sin embargo, durante el periodo constructivo que se realicen movimientos de tierra se monitoreará por un profesional arqueólogo quien supervisará frente a la posibilidad de que aparezcan yacimientos subsuperficiales no registrados. En caso de detectarse evidencias arqueológicas no registradas previamente, se deberá proceder de acuerdo con la Ley 17.288 y su respectivo reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Informe del Arqueología adjunto en Anexo 17 de la Adenda.

En caso de hallazgo imprevisto, se tendrá en consideración lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley, y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto.

Además, se procederá de acuerdo a lo indicado a continuación: • Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple, se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. • Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo o en su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del Proyecto. • Delimitar y señalizar correctamente el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. • Notificar al CMN acerca del hallazgo paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación será informada al CMN por el profesional paleontólogo, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo y se esperará a que el CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N° 484 de 1990. • Este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los/las trabajadores/as del proyecto tomando en cuenta para ello la "guía para la elaboración de informes paleontológicos" del CMN (www.monumentos.gob.cl) según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4)

Forma de control y seguimiento Se entrega informe de arqueología en Anexo 17 de la Adenda. Se remitirán informes mensuales CMN de la actividad de monitoreo, durante las actividades de movimiento de tierra, dando cuenta del estado y avance de las obras, así como de los eventuales hallazgos realizados. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 8.2.1.

9°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

9.1. Condición o exigencia 1: Compromiso Ambiental Voluntario - Sintonía fina. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación -Escenario operativo 2 Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir los grados de saturación vial en la intersección de Av. Bernardo O'Higgins con Av. Manuel Castillo / Av. Vicuña Mackenna.

Descripción: Se deberá elaborar el estudio de sintonía fina, el cual debe ser presentado a la UOCT y posteriormente aprobado por dicho organismo. Posteriormente, la ejecución de las respectivas obras semafóricas.

Justificación: Debido a los resultados expuestos en el Estudio de Impacto vial de la Adenda Complementaria, en donde se indica que los arcos 1321; 1324 BUS; 1331, 1334 BUS; 1341 Y 1344 BUS, poseen una saturación mayor al 85% en periodo punta tarde para el escenario operativo 2 (año 2031). Lugar, forma y oportunidad de Lugar: Av. Bernardo O'Higgins intersección Av. Manuel Castillo / Av. Vicuña Mackenna, y en Av. Bernardo O'Higgins intersección Eliana del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

implementación Pino.

Forma: Según el titular determine.

Oportunidad: Un año antes del escenario operativo 2. Indicador que acredite su cumplimiento Certificado de recepción de proyecto (elaboración y ejecución) entregado por la UOCT al Titular. Forma de control y seguimiento Presentación de un informe breve a esta Secretaría y a la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Peñaflor, con las sintonías finas realizadas y los nuevos grados desaturación presentados. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.2.1.

9.2. Condición o exigencia 2: Sobre transporte. Impacto asociado Transporte Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Condición La SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago se pronuncia conforme mediante el oficio Ord. 13337/2024 SRM-RM de fecha 02 de mayo de 2024, señalando:

“(…) 2. El titular deberá dar total cumplimiento a los flujos vehiculares por tipo de actividad establecidos en el cuadro N°4.7del Punto 4.7.2presentadosen el Estudio de Movilidad de la Adenda Complementaria.

En caso de que se requiera aumentar el flujo vehicular o modificar las dimensiones de los vehículos utilizados por el proyecto, se deberá presentar un estudio de movilidad a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes para su evaluación.

  1. Se deberán respetar las rutas y viajes declarados del flujo vehicular para la Región Metropolitana, definidas en la etapa de construcción descritas en el cuadro N°6.17 de del Punto 6.2.2.1 del Estudio de Movilidad de la Adenda Complementaria. No se permitirá el uso de otras vías para este propósito.

  2. Se deberán respetar las rutas y viajes declarados del flujo vehicular para la Región Metropolitana, definidas en la etapa de operación descritas en el Punto 6.2.2.2 del Estudio de Movilidad de la Adenda Complementaria. No se permitirá el uso de otras vías para este propósito.

  3. Se debe considerar el ingreso y permanencia de camiones de la fase de construcción al interior del predio del proyecto. No se permitirá utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor.

  4. Los camiones de transporte utilizados, deberán contar con la revisión técnica y de gases al día.

  5. Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillo, retroexcavadoras, debe ser realizado en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia.

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  1. Se debe privilegiar el tránsito de los camiones asociados a la construcción de la ampliación en horario fuera de punta, y se deberá respetar las restricciones vehiculares de la región Metropolitana.”. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.2.2.

9.3. Condición o exigencia 3: Sobre intervención en vialidad de tuición del MOP. Impacto asociado Transporte Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases, según corresponda. Condición La SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago se pronuncia conforme mediante el oficio Ord. 050/2024 (sea-seia-adc) de fecha 06 de mayo de 2024, señalando:

“(…) -Respecto de la respuesta 12.23 de la Adenda Complementaria, (Empresa Generadora de Carga), se solicita en consecuencia incluir/actualizar la presente Normativa y procedimientos, en el Plan de Cumplimiento de la Legislación Ambiental Aplicable de la DIA considerando que la empresa califica en dicha categoría en fase de operación.”. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.2.3.

9.4. Condición o exigencia 4: Sobre rescate. Impacto asociado Avifauna Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Condición El Servicio Agrícola y Ganadero, Región Metropolitana de Santiago se pronuncia conforme mediante el oficio Ord. 674/2024 de fecha 03 de mayo de 2024, señalando:

“(…) En base a la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Adenda antes mencionada. Condicionado a:

Traslado de fauna silvestre afectada por contingencia y/o emergencia, debe ser realizado y gestionado por el titular del proyecto dirigiéndose a un centro autorizado.”. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.2.4.

9.5. Condición o exigencia 5: Sobre PAS 156. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación La Dirección General de Aguas (DGA), Región Metropolitana de Santiago se pronuncia conforme al PAS 156, mediante el oficio Ord. 586 de fecha 09 de mayo de 2024, condicionado a lo siguiente:

“(…) 6. Con respecto a la respuesta 3.2.4 entregada por el titular en la Adenda Complementaria, referente a la solicitud de incorporar en el monitoreo todos los requisitos físico-químicos y bacteriológicos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

dispuestos en la NCh 1.333/78 para riego. El titular acoge lo solicitado, sin embargo, este Servicio observa que se deja sujeto el monitoreo a las condiciones climáticas durante la Fase de construcción. Al respecto, con los contenidos técnicos y formales del PAS156, se condiciona al titular a que con propósito de resguardar la oportuna detección de no conformidades en la gestión ambiental del proyecto, teniendo presente el principio preventivo de la evaluación ambiental, y considerando que el monitoreo corresponde a una de las componentes ambientales del PAS de competencia DGA, se incluya en la RCA del proyecto, en caso de ser calificado ambientalmente favorable, los siguientes requisitos, atendiendo la potencial presencia de aguas en el Canal (escurrimiento):

i. Establecer dos puntos de muestreos aguas arriba y aguas abajo de todas las obras, Identificando los puntos en coordenadas UTMDATUMWGS-84, para cada cauce al que le es aplicable el PAS de competencia DGA.

ii. Considerar todos los parámetros establecidos en la NCh1.333 Of 78 de calidad de agua para riego.

iii. Efectuar un monitoreo inicial, previo a la construcción de la obra en el cauce, a fin de establecer la condición basal.

iv. Efectuar un monitoreo quincenal durante la ejecución de la obra, a fin de comparar los resultados con condición basal.

v. Efectuar un registro fotográfico con fecha durante la ejecución de la obra a fin de justificar la no aplicación del monitoreo, a causa de la ausencia de escurrimiento.

vi. Realizar un catastro visual de la obra para asegurar el funcionamiento adecuado de sus operaciones y frente a la ocurrencia de alguna contingencia en la construcción de la obra en el cauce. Dicho catastro debe formar parte del Informe a ser enviado a la SMA.

vii. Elaborar un Informe semanal, el cual será remitido a la SMA al quinto día de haber obtenido los resultados del monitoreo y se elaborará en conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, considerando las siguientes secciones:

Resumen; Introducción; Objetivos; Materiales y método; Resultados (Incluido catastro visual); Discusiones; Conclusiones; Referencias; Anexos (Informes de laboratorio, fotografías, entre otros). Además, el Informe de Seguimiento considerará un resumen de los resultados obtenidos de los monitoreos, el cual será presentado en formato .xlsx (planillas Excel), con la estructura de datos según se indica en la Tabla 3-3. El Informe además debe dar cumplimiento a lo establecido por la Resolución Exenta N° 894, de 24 de junio de 2019, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dicta instrucciones para la elaboración y remisión de informes de seguimiento ambiental del componente ambiental agua y de forma complementaria a los contenidos mínimos establecidos en la Resolución N° 223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente.”. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.2.5.

10°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

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10.1. Compromiso ambiental voluntario N° 1. Reuniones con Bomberos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener coordinación con bomberos para abordar situaciones de emergencia.

Descripción: Coordinar y evaluar potenciales riesgos a fin de incluirlos en el “Plan de Emergencia y Contingencias” y obtener validación documentada del mismo por parte de bomberos.

Justificación: Identificar y evaluar potenciales riesgos y efectos de las emergencias en conjunto con bomberos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: MOLINO PEÑAFLOR CMSC

Forma: Generar reuniones de coordinación con bomberos a fin de evaluar riesgos potenciales, rutas de acceso, consecuencias y efectos de emergencias, a fin de incluir dichas recomendaciones en el “Plan de Emergencia y Contingencias”.

Bomberos documentará las condiciones generales de seguridad previstas en el “Plan de Emergencia y Contingencias” y verificará la vialidad tal que permita el ingreso de unidades de emergencia.

Oportunidad: Una vez iniciada la fase de operación de la etapa 1 del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento “Plan de Emergencia y Contingencias” validado por bomberos. Forma de control y seguimiento Se cargará a la página de seguimiento de RCA de la SMA el “Plan de Emergencia y Contingencias” una vez que sea validado por bomberos. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.1.1.

10.2. Compromiso ambiental voluntario N° 2. Entrega de material educativo. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Comunicar y educar acerca del valor ambiental de las aves nativas y endémicas presentes en la comuna de Peñaflor.

Descripción: Se entregará 100 copias impresas del libro “Aves de Peñaflor y del Parque El Trapiche”1 al Departamento de Educación del Municipio de Peñaflor, para que sean entregados a los establecimientos educacionales que estimen convenientes.

Justificación: La comuna de Peñaflor es reconocida por ser hábitat relevante de aves nativas y endémicas, por lo cual es importante comunicar y educar a la población para que ayuden a su cuidado y valoración.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: MOLINO PEÑAFLOR CMSC

Forma: Se enviarán a imprimir 100 copias a color del libro “Aves de Peñaflor y del Parque El Trapiche”, para ser entregados al Departamento de Educación del Municipio de Peñaflor para su distribución a establecimientos educacionales de la comuna.

Oportunidad: Una vez iniciada la fase de operación de la etapa 1 del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de la entrega al Departamento de Educación del Municipio de Peñaflor. Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA, en un plazo máximo de 30 días hábiles de terminada la actividad. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.1.2.

10.3. Compromiso ambiental voluntario N° 3. Monitoreo y Charlas componente Paleontológico. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Determinar la presencia o ausencia de bienes paleontológicos en las áreas donde se realicen excavaciones en el área del Proyecto; comunicar y educar acerca del valor ambiental del componente paleontológico.

Descripción: Se realizará un monitoreo paleontológico durante las actividades de excavaciones, en fase de construcción. Además, se implementarán charlas de inducción en paleontología a los trabajadores que se dediquen a las actividades de excavaciones, las cuales serán dictadas por un/a asesor/a en paleontología, previo al inicio de las obras y cada vez que se incorpore personal. Los reportes de esta actividad se adjuntarán a los informes mensuales de monitoreo, incluyendo los siguientes puntos:

a) Nombre y firma del profesional que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción realizada. c) Copia del material gráfico presentado a los/as asistentes. d) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. e) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los/as asistentes. f) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá estar firmada por cada uno/a de los/as trabajadores.

Justificación: Según los antecedentes presentados, y la Geología del Área Talagante-San Francisco de Mostazal (Sellés y Gana, 1999), el Proyecto se emplaza sobre la unidad geológica denominada Depósitos aluviales del río Maipo (Qamp). En esta unidad existe registro de hallazgos paleontológicos, entre los que se encuentran Notiomastodon platensis, Hippidion saldiasi y Scelidotheriinae indet. (Alberdi y Frassinetti, 2000; Frassinetti y Alberdi, 2001). Esta unidad es considerada fosilífera bajo los criterios de Potencial Paleontológico del CMN. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: MOLINO PEÑAFLOR CMSC

Forma: Monitoreo paleontológico con frecuencia quincenal en áreas de excavaciones. Será realizado por un/a profesional asesor/a en paleontología que cumpla con lo establecido en la Res. Ex. CMN N° 650 del 05.07.2022 sobre “Actualización de Antecedentes Profesionales para la Obtención de Permisos de Intervención Paleontológica y Realización de Trabajos en Paleontología Aplicada en Materias de Competencia del Consejo de Monumentos Nacionales”.

También se realizará charlas de inducción en paleontología a los trabajadores que se dediquen a las actividades de excavaciones. Las charlas serán dictadas por un/a asesor/a en paleontología, previo al inicio de las obras y cada vez que se incorpore personal. Los reportes de esta actividad se adjuntarán a los informes mensuales de monitoreo, incluyendo los siguientes puntos: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

a) Nombre y firma del profesional que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción realizada. c) Copia del material gráfico presentado a los/as asistentes. d) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. e) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los/as asistentes. f) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá estar firmada por cada uno/a de los/as trabajadores.

Oportunidad: El monitoreo durante toda la fase de construcción, en las áreas donde se realicen excavaciones. Las charlas antes del inicio de la fase de construcción y cada vez que se incorpore un trabajador nuevo a realizar actividades de excavaciones. Indicador que acredite su cumplimiento Se contrata al profesional asesor/a en paleontología al iniciar la fase de construcción y se generan los informes mensuales por el periodo que corresponda. Forma de control y seguimiento Se remitirán mensualmente los informes de monitoreo y los reportes de inducción al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) mientras se realicen excavaciones, a través del sistema de seguimiento de RCA. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.1.3.

10.4. Compromiso ambiental voluntario N° 4. Monitoreo y Charlas componente Arqueológico. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Comunicar y educar acerca del valor ambiental del componente arqueológico.

Descripción: Monitoreo y charlas acerca del componente arqueológico. Asociado a los trabajadores y actividades de obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto.

Justificación: Si bien no se efectuaron hallazgos arqueológicos de valor patrimonial, mediante prospección, se debe tener en consideración que al tratarse de un área de estudio con sitios subsuperficiales y que presenta regulares condiciones de visibilidad, seguramente no se reconoció la totalidad de los recursos patrimoniales que posiblemente pueden existir en el área. Ante ello, se debe supervisar las obras, frente a la posibilidad de que aparezcan yacimientos subsuperficiales no registrados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: MOLINO PEÑAFLOR CMSC

Forma: El monitoreo arqueológico permanente será realizado por un/una arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto.

Además, se realizarán charlas de inducción -por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del Proyecto que se dediquen a las obras de escarpe del terreno y a todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de la obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que incluirá los siguientes antecedentes:

a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: f.1. Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). f.2. Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. f.3. Medidas de protección y/o conservación implementadas. f.4. Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. f.5. Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en: https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formularios- protocolos/planilla-registro- sitios-arqueológicos g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

Oportunidad: El monitoreo se realizará durante toda la fase de construcción, en las áreas donde se realicen obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Las charlas antes del inicio de la fase de construcción y cada vez que se incorpore un trabajador nuevo a realizar actividades de escarpe y actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial. Indicador que acredite su cumplimiento Se contrata un/una arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología al iniciar la fase de construcción y se generan los informes por el periodo que corresponda. Forma de control y seguimiento Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.1.4.

10.5. Compromiso ambiental voluntario N° 5. Plan Comunicacional. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Desarrollar un canal de comunicación expedito con la comunidad a fin de solucionar rápidamente las contingencias que se presenten.

Descripción: Se mantendrá un medio de comunicación expedito con la comunidad, a fin de que puedan contar con información temprana y oportuna ante cualquier inquietud que pudieran tener en relación al Proyecto. De igual forma, se considera la difusión y/o presentación a la JJVV más cercana al área de Proyecto o los vecinos de los condominios colindantes al área de Proyecto, informando también al municipio a través de la Dirección de Desarrollo Comunitario y Dirección de Comunicaciones, Prensa y Relaciones Públicas.

Justificación: Identificar y evaluar potenciales riesgos y efectos de las emergencias que puedan poner en riesgo a la seguridad o salud pública. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: MOLINO PEÑAFLOR CMSC

Forma: El canal directo de comunicación será a través de un correo electrónico. Este correo será informado en letrero ubicado en las afueras de la obra. De igual forma, se considera la difusión y/o presentación a la JJVV más cercana al área de Proyecto o los vecinos de los condominios colindantes al área de Proyecto, mediante una reunión presencial al comienzo de cada fase de construcción, informando también al municipio a través de una carta a la Dirección de Desarrollo Comunitario y Dirección de Comunicaciones, Prensa y Relaciones Públicas.

Además, se considera, solicitar a los vehículos que abandonen la obra con residuos (hacia destino autorizado) que lleven visible en la parte delantera (sin obstruir la visión del conductor) un letrero (a lo menos 30 cm de alto) con los siguientes antecedentes: nombre del Proyecto "Obra Molino Peñaflor", teléfono, y dirección electrónica de contacto. Lo anterior, para que quienes utilicen las vías tengan la posibilidad de comunicarse con el titular del Proyecto y la Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS, cuando se produzcan problemas en el transporte de materiales y/o que pudiesen generar caídas de estos en caminos de tuición del MOP, perturbando la circulación vial en dichas rutas. Se procederá a la instalación temporal de distintivos de identificación de los camiones, tales como letreros adhesivos u otros sistemas que permitan superar lo relativo a la temporalidad y alternancia de utilización de camiones con otros Proyectos.

Oportunidad: Durante las fases constructivas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se fotografiará el letrero instalado en obra y los camiones de residuos saliendo del predio con el letrero indicado. Se realizará la reunión con la JJVV más cercana al área de Proyecto o los vecinos de los condominios colindantes al área de Proyecto, y se generará un registro de esta actividad. Forma de control y seguimiento Se mantendrán en la obra los registros y fotografías, que acrediten los indicadores, disponibles ante eventuales fiscalizaciones.

Durante las dos Fases de Construcción contempladas en el Proyecto, cuatrimestralmente se evacuará un informe del cumplimiento de esta Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

directamente a Sub-Dpto de Medio Ambiente y Territorio (SDMAT) de la Dirección Regional de Vialidad MOP RMS-, incluyendo:

a) Listado de los camiones empleados en dichas Fases, con las respectivas patentes y fotografías de implementación de la medida en cada uno de ellos; más b) Un plano en que se grafique la utilización de caminos de tuición del MOP durante las Fases.

Se informará la actividad de reunión con la comunidad al municipio a través de una carta en la Oficina de Partes del municipio, dirigida a la Dirección de Desarrollo Comunitario y Dirección de Comunicaciones, Prensa y Relaciones Públicas. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.1.5.

10.6. Compromiso ambiental voluntario N° 6. Monitoreo de ruido y vibraciones. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Desarrollar un plan de monitoreo de ruido y vibraciones cuyos antecedentes puedan ser de conocimiento de la comunidad.

Descripción: Se realizará un monitoreo de ruido y vibraciones con una temporalidad de análisis trimestral (cada 3 meses) a fin de acreditar el cumplimiento normativo en los receptores identificados en la DIA.

Justificación: Dada la existencia de receptores sensibles dentro del área de influencia del Proyecto, se realizarán mediciones para verificar el cumplimiento normativo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: MOLINO PEÑAFLOR CMSC

Forma: Se realizará un monitoreo de ruido y vibraciones con una temporalidad de análisis trimestral (cada 3 meses) los cuales estarán disponibles para la comunidad en las oficinas de la instalación de faena.

Oportunidad: El primer monitoreo será al momento de iniciar los movimientos de tierra, luego cada 3 meses durante la fase de construcción hasta que se inicien las actividades de montaje. Indicador que acredite su cumplimiento Se contrata la empresa autorizada para realizar las mediciones de ruido y vibraciones de forma trimestral. Forma de control y seguimiento Se contará con un informe semestral con los principales resultados y conclusiones. Los informes serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) semestralmente. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.1.6.

10.7. Compromiso ambiental voluntario N° 7. Mano de Obra Local. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Priorizar en la medida de lo posible la contratación de mano de obra disponible, que resida en la comuna de Peñaflor.

Descripción: Se harán las gestiones para contratar, en la medida de lo posible, a trabajadores locales disponibles, con el apoyo de la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de la Municipalidad de Peñaflor, para focalizar dichos puestos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Justificación: Priorizar la contratación de trabajadores locales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: MOLINO PEÑAFLOR CMSC

Forma: El Titular hará las gestiones ante la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de Peñaflor, con el objeto de ofrecer puestos de trabajo para el desarrollo del Proyecto.

Oportunidad: Al iniciar la fase de operación de la etapa 1. Indicador que acredite su cumplimiento Solicitud a la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de la Municipalidad de Peñaflor. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible en caso de fiscalización, la solicitud realizada a la OMIL y si aplica, los contratos de trabajo de personas que vivan en la comuna. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.1.7.

10.8. Compromiso ambiental voluntario N° 8. Control de Plagas y Vectores. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar las condiciones sanitarias del Proyecto.

Descripción: Se contará con un programa de control permanente, de plagas y vectores, en las inmediaciones de la instalación de faenas y en toda el área del Proyecto en fase de operación.

Justificación: La actividad proyectada corresponde a un molino de trigo para elaboración de harinas (industria alimenticia), siendo fundamental conservar las condiciones de limpieza e higiene. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: MOLINO PEÑAFLOR CMSC

Forma: Se contratará el servicio de una empresa especializada en el control de plagas y vectores, que incluya al menos: monitoreo temprano, implementación de medidas de preventivas, medidas de control ante situaciones atingentes, informe técnico en caso de encontrar plagas y/o vectores más el seguimiento respectivo hasta su eliminación.

Oportunidad: Al iniciar la fase de construcción, extendiendo a toda el área de Proyecto cuando se inicie la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Se contrata la empresa especialista en control de plagas y vectores. Forma de control y seguimiento Se mantiene en obra y posteriormente en planta, los registros de los controles periódicos y los informes técnicos generados en caso de encontrar plagas y vectores, junto con el seguimiento respectivo hasta su eliminación. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.1.8.

10.9. Compromiso ambiental voluntario N° 9. Áreas Verdes con especies nativas y de bajo consumo hídrico. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Incorporar al proyecto de áreas verdes especies nativas, incluidas las especies nativas de flora y vegetación identificadas en la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

DIA.

Descripción: Se elaborará un proyecto paisajístico en el cual se incorporarán especies nativas como por ejemplo Peumo (Cryptocarya alba), Quillay (Quillaja saponaria), Algarrobo (Prosopis chilensis), Pimiento (Schinus molle L.), Cicuta (Conium maculatum), Brea (Tessaria absinthioides), Suncho (Baccharis salicifolia), Cepacaballo (Xanthium spinosum), Llantén (Plantago lanceolata), entre otros. Adicionalmente, se propone la entrega de individuos al municipio de Peñaflor, para la ornamentación de espacios públicos cercanos al lugar de emplazamiento del Proyecto. La entrega de los individuos será considerando 25 unidades a un precio promedio de $25.000 cada una. Estos individuos podrán ser retirados por el municipio en el vivero que corresponda.

Justificación: En el marco de la crisis hídrica y las acciones de colaboración necesarias para enfrentar el cambio climático en la zona central del país (como referencia el MINVU tomar el “Manual Técnico de Construcción y Requisitos Mínimo para Parques, Plazas, Áreas Verdes y Áreas Deportivas”).

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: MOLINO PEÑAFLOR CMSC

Forma: Se contratará un paisajista para desarrollar el proyecto de paisajismo en 15.000 m2 de superficie de áreas verdes al interior del área de proyecto. El proyecto de paisajismo incluirá un 60% de especies nativas tales como Peumo (Cryptocarya alba), Quillay (Quillaja saponaria), Algarrobo (Prosopis chilensis), Pimiento (Schinus molle L.), Cicuta (Conium maculatum), Brea (Tessaria absinthioides), Suncho (Baccharis salicifolia), Cepacaballo (Xanthium spinosum), Llantén (Plantago lanceolata), entre otras especies de bajo consumo hídrico. El proyecto de paisajismo también incluirá elementos inertes de paisajismo y un sistema de regadío de alta eficiencia mediante riego por goteo y/o aspersores. Adicionalmente, se propone la entrega de individuos al municipio de Peñaflor, para la ornamentación de espacios públicos cercanos al lugar de emplazamiento del Proyecto. La entrega de los individuos será considerando 25 unidades a un precio promedio de $25.000 cada una. Estos individuos podrán ser retirados por el municipio en el vivero que corresponda.

Oportunidad: Se desarrolla el proyecto de paisajismo al inicio de la fase de construcción para estar desarrollado y habilitado antes del inicio de operación. La entrega de los individuos al municipio será al inicio de la fase de construcción de la etapa 1. Indicador que acredite su cumplimiento 60% de las especies incorporadas en el proyecto paisajístico son nativas. 40% restante corresponde a especies de bajo consumo hídrico. En la arborización interior del Proyecto se considera el 100% de la sobrevivencia o prendimientos de las especies durante 3 años a objeto que se consolide el área verde propuesta. Esto considera el reemplazo de aquellas especies que por algún motivo tengan problemas de sobrevivencia o prendimiento. Se avisa vía carta en Oficina de Partes del municipio la disponibilidad de 25 individuos en el vivero que corresponda. Forma de control y seguimiento Se enviará un informe anual a la SMA que dé cuenta del cumplimiento del CAV, durante los 3 años que se indican en el caso de la arborización interna. Se subirá al sistema de seguimiento de la SMA el documento que acredite Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

el aviso al municipio, a más tardar 30 días después de ejecutado el CAV. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.1.9.

10.10. Compromiso ambiental voluntario N° 10. Capacitación. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Incorporar al proyecto consideraciones para la seguridad de desplazamiento de los trabajadores que se movilizan en modo ciclo.

Descripción: Se realizarán capacitaciones acerca de desplazamiento seguro y se coordinara con la mutualidad correspondiente la entrega de elementos reflectantes u otros que fomenten la seguridad de los ciclistas. Además, al interior del recinto habrá señalética asociada al movimiento de los trabajadores en bicicleta.

Justificación: Aproximadamente el 32% de los trabajadores del Proyecto se desplazarán en modo ciclo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: MOLINO PEÑAFLOR CMSC

Forma: Entrega de elementos reflectantes a los trabajadores, y realización de capacitaciones, al menos cada 6 meses, acerca del autocuidado y responsabilidad vial. Además, al interior del recinto habrá señalética asociada al movimiento de los trabajadores en bicicleta.

Oportunidad: Durante toda la vida útil del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de capacitaciones orientadas al autocuidado y responsabilidad vial, al personal que se traslade en modo ciclo. Forma de control y seguimiento Se enviará un informe anual a la SMA que dé cuenta del cumplimiento del CAV. Referencia al ICE para mayores detalles ICE, Tabla 10.1.10.

11°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

11.1. Riesgo 1: Actividad Sísmica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Durante la construcción y operación del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia Fase de construcción:

• Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso. • Identificar las zonas de seguridad. • Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras. • Realizar simulacros. • Realizar inducciones a los trabajadores sobre las zonas de seguridad y plan de emergencia.

Fase de operación:

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• Simulacros de evacuación. • Mantener limpio y ordenado áreas de trabajo. • Capacitación sobre cómo actuar en emergencia. • Tener número de emergencia. • Estar al tanto de su entorno y de las vías de evacuación.

Forma de control y seguimiento Fase de construcción:

• Realizar inducciones a los trabajadores sobre las zonas de seguridad y plan de emergencia. • Correcta mantención de señalética que identifique la zona de seguridad. • Registro de las inducciones realizadas por el/la prevencionista de riesgo.

Fase de operación:

• Registro simulacros con fecha y participantes. Registro capacitaciones. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción:

• Se detendrán las tareas haciendo abandono rápidamente de las superficies en altura, espacios confinados, excavaciones, bajo estructuras y bordes, ya que aumenta el peligro de derrumbe y caída desde altura. El personal debe dirigirse hacia la Zona de Seguridad más cercana. • Personal de mantención desenergizará todos los artefactos y/o equipos eléctricos para evitar un principio de incendio ante presencia de gas. • Ocurrido el sismo, se evacuará a todo el personal hacia la Zona de Seguridad, se deberá prestar y/o coordinar la atención a los lesionados, tomar asistencia a todo el personal reunido, comprobar el funcionamiento de los servicios básicos, cerrar y señalizar con cinta de peligro zonas de trabajo dañado o con peligro. Los trabajadores no se podrán retirar o reingresar a trabajar hasta que el área de Prevención de Riesgos lo indique.

Fase de operación: Las medidas a considerar durante la emergencia son: • Mantener la calma. • Alejarse de todo elemento que pueda caer de altura. • Alejarse de ventanas de vidrio. • Si está en la bodega evacuar por el centro de los pasillos. • Informar a su jefe Directo, vía mensaje de texto o WhatsApp, de su estado y ubicación. • Jamás volver por elementos materiales o personales. • Ayude a evacuar a las personas que lo necesiten. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

• Esperar instrucciones de Líder de Emergencia.

Posterior a la emergencia se deberá:

• Verificar que las vías se encuentran aptas para transitar. • Mantenerse informado del estado de carreteras y vías de tránsito. • Informar al personal sobre la emergencia sucedida. • Realizar informe de evaluación de la emergencia. Informar medidas preventivas a todo el personal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.1.

11.2. Riesgo 2: Incendio en instalaciones. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Durante la construcción y operación del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia Fase de construcción:

Inspecciones al interior de los sectores de almacenamiento de residuos y sustancias peligrosas y en áreas donde existan fuentes de calor o en actividades que impliquen uso de fuentes de energía.

Fase de operación:

• Mantención preventiva de sistema contra incendio. • Inspección de sistemas contra incendio. • Realización de simulacro. • Mantener señalizaciones de emergencias. • Capacitar en emergencias a todos los trabajadores. Mantener los contactos de emergencias actualizados. Forma de control y seguimiento Fase de construcción:

• Registro de inspecciones e inducciones al personal.

Fase de operación:

• Registro de capacitaciones y actividades realizadas. Registro de mantenciones del sistema contra incendio. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción:

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Cuando un amago de incendio se descontrola, se debe informar y seguir las instrucciones dictadas por el personal encargado.

A continuación, se indica el plan de acción para controlar la emergencia:

• Seguir instrucciones impartidas por el administrador de la obra. • Se deberá cortar el suministro de energía y gas. • No se debe intervenir en el control del incendio, esta labor es exclusiva de bomberos. • Los trabajadores brigadistas apoyarán en la evacuación del personal y aplicarán los primeros auxilios a quien lo necesite. • Se desplegarán equipos o elementos para humedecer los alrededores del incendio. Esto evitará posible propagación.

Fase de operación:

Las medidas a considerar durante la emergencia son:

• Dar alerta al teléfono de bomberos 132. • Sólo si está capacitado, usar sistemas contra incendios (extintor y/o Red húmeda). • Mantener la calma. • Jamás volver por elementos o materiales personales. • Ayude a evacuar a las personas que lo necesiten. • Esperar y seguir instrucciones de Líder de Emergencia.

Posterior a la emergencia se deberá:

• Mantención de los equipos contra incendio utilizados. • Limpiar y despejar el área afectada. • Realizar informe de evaluación de la emergencia. Informar medidas preventivas a todo el personal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.2.

11.3. Riesgo 3: Olas de calor. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Durante la construcción y operación del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia Fase de construcción y operación:

A partir de la revisión en plataforma ARClim, en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

donde se observó que para la comuna de Peñaflor se prevé a futuro (año 2033) un aumento de 8 días con olas de calor con temperaturas superiores a 30°C, se recomienda considerar las siguiente medidas:

• Beber líquidos constantemente, aunque no sienta sed, priorizando el consumo de agua, evitando las bebidas azucaradas. • Usar protección solar factor 50, complementando con el uso de sombrero o casco con legionario, lentes de sol. • Usar ropa ligera y holgada. • Utilizar en todo momento EPP. • Realización de las capacitaciones.

Forma de control y seguimiento Fase de construcción y operación: • Registro entrega de EPP. • Registro de capacitaciones realizadas. • Aplicación de protocolo de Radiación UV de origen solar. • Contar con puntos de hidratación.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción y operación: Si se presencia que un trabajador con exposición prolongada a radiación solar, en tiempos con altas temperaturas, comienza a presentar algunos de los siguientes síntomas:

• Coloración roja de la piel • Sudoración excesiva • Decaimiento general • Deshidratación por falta de líquidos • Desmayos • Perdida de conocimiento

Se deberá: asistir de forma inmediata al trabajador afectado, llevándolo a una zona fresca, se debe humedecer trapos con agua fría y cubrir rostro, brazos y pecho con estas, e ir cambiándolos constantemente con la finalidad de bajar la temperatura corporal. Mientras se asiste a la persona afectada se debe de llamar a los servicios de emergencia para su rescate y asistencia.

Nota: Es importante tener en consideración que no se debe dar líquidos mientras la persona este inconsciente.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.3.

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11.4. Riesgo 4: Condiciones climáticas adversas: Precipitaciones extremas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Durante la construcción y operación del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia Fase de construcción:

Limpiezas y revisiones periódicas de aquellas zonas que pudieran presentar algún riesgo.

Fase de operación:

• Identificar y difundir instrucciones respecto a corte general de interruptores o fusibles de electricidad. • Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras. • Realizar simulacros. • Limpiezas y revisiones periódicas de aquellas zonas que pudieran presentar algún riesgo. • Los residuos permanecerán en contenedores cerrados en los respectivos sitios de almacenamiento temporal, lo anterior, con la finalidad de evitar ser arrastrados. • El retiro de residuos se realizará con la frecuencia necesaria con tal de evitar el sobre stock que exceda la capacidad de almacenamiento.

Forma de control y seguimiento Fase de construcción: • Registro fotográfico que evidencia limpieza zonas que presenten riesgo. • Registro en planillas de fechas y encargados de limpieza

Fase de operación:

• Registro de capacitaciones

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción: • En el caso de precipitaciones extremas, se interrumpirán aquellas tareas que presentan riesgo, tal como lugares donde se estén realizando excavaciones, ya que existe posible riesgo de derrumbe. • El jefe de obra deberá evaluar si es necesario realizar corte de energía y/o paralizar la obra, hasta que disminuya la intensidad de las precipitaciones. • Ante la presencia de eventos inesperados, deberá evaluar la situación y recurrir a información de organismos pertinentes como: SENAPRED; Carabineros, entre otros. Cuando exista riesgo de infraestructura.

Fase de operación:

En el caso de precipitaciones extremas, se interrumpirán aquellas tareas que presentan riesgo de derrumbe. El encargado de emergencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

deberá evaluar si es necesario realizar corte de energía y/o paralizar las actividades, hasta que disminuya la intensidad de las precipitaciones.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.4.

11.5. Riesgo 5: Derrame sustancias peligrosas y/o combustibles. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada • Al interior de la obra, asociadas al manejo de sustancias peligrosas y/o fallas en las maquinarias y camiones. Sector almacenamiento temporal de residuos peligrosos/combustible Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia Fase de construcción:

• Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica. • Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. • Capacitaciones al personal. • Se contará con sistema de control de derrames mediante el uso de materiales absorbentes compatibles con las sustancias (kit de emergencias compuesto por paños, ropa de protección (EPP), pala, escoba y guantes principalmente).

Fase de operación:

• Todos los residuos peligrosos y sustancias peligrosas serán manejados al interior de las bodegas destinadas para ello, las cuales se consideran prefabricadas para ambas fases, según las fichas adjuntas en Anexo 4.3.1 y 4.3.2 de la DIA. Estas bodegas serán instaladas sobre un área con radier de hormigón, dichos pavimentos contarán con endurecedor y sello superficial como mínimo en dos manos para prevenir la contaminación de la napa. • Se contará con sistema de control de derrames mediante el uso de materiales absorbentes compatibles con las sustancias (kit de emergencias compuesto por paños, ropa de protección (EPP), pala, escoba y guantes principalmente). • Revisión periódica por parte de personal autorizado de todas las maquinarias y camiones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica. • Exigencia de que todas las maquinarias y camiones del Molino cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. • Capacitaciones al personal asociado al transporte. • En cuanto al almacenamiento de combustible en tambores, se almacenarán en la instalación de faenas, en un sector específicamente designado para ello, que cuenta con radier de hormigón y techo, en este sector se ubicará un pallet de contención de polietileno, cuya capacidad de retención es de 265 L, sobre este pallet se colocaran los tambores. En este sector se contará con elementos para eventuales emergencias, tales como: baldes para arena limpia; extintor de polvo químico seco al 75%; pala antichispa; kit de contención de derrame universal de 35 L. Forma de control y seguimiento Fase de construcción: • Registro de revisiones periódicas de las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible. Ckeck list de los cumplimientos del plan preventivo de revisión técnica. • Mantener en obra registro de contrato que indique exigencia a contratistas de que todas las maquinarias y camiones, que cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. • Registro de capacitaciones y actividades realizadas.

Fase de operación:

Comprobantes de mantenciones realizadas a maquinarias y camiones. Comprobantes que acrediten revisión técnica al día. Comprobantes de permisos de circulación. Registro capacitaciones realizadas. Registro fotográfico de elementos de contención de derrames. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción: 1. El personal que detecte el derrame dará aviso al responsable en Obra. 2. Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. 3. El responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada. 4. Se delimitará el área afectada. 5. Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba. 6. Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. 7. En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado. 8. El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente. 9. Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente.

IMPORTANTE: Siempre debe haber en bodega implementos de seguridad para la contención de derrames de acuerdo con la sustancia almacenada (inerte químicamente), lo básico que debe estar presente es: guantes, antiparras, mascarillas y overol o delantal para la protección personal, además de los implementos necesarios para la contención como tal (pala, escoba, contenedor, arena, aserrín y/o carbón activado, etc.).

Fase de operación:

  1. El personal que detecte el derrame dará aviso al responsable asignado del Molino.
  2. Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener a través del kit de control de derrame, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente.
  3. El responsable hará una evaluación de sus causas
  4. Se delimitará el área afectada.
  5. Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondientes, que pueden ser: baldes para arena limpia; extintor de polvo químico seco al 75%; pala antichispa; kit de contención de derrame universal de 35 L. 6. El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente.
  6. Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Seguimiento Ambiental RCA. Adicionalmente se informará a la Inspección Fiscal de la Dirección General de Concesiones de la Ruta, junto con la Sociedad Concesionaria de la vía y a la Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS (Jefatura Provincial de Vialidad de Talagante). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.5.

11.6. Riesgo 6: Accidentes que afecten recursos hídricos (derrames). Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra fallas en las maquinarias y camiones. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia Fase de construcción: • Capacitaciones al personal, para que sepa cómo actuar ante un posible derrame de sustancias peligrosas que pudieran afectar el recurso hídrico. • Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica. • Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. Forma de control y seguimiento Fase de construcción: • Registro de revisión (check list y/o fotografías) de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible y de la implementación del plan preventivo de revisión técnica. • Copia de contrato o Anexo de contrato que exija a los contratistas que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. Además, contar con la documentación en obra, que acredite lo indicado. • Registros de capacitaciones y actividades realizadas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción: • El personal que detecte el derrame que pudiera afectar el recurso hídrico, dará aviso al responsable en Obra. • Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. • En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado. • El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Autoridad Sanitaria competente. • Se informará en un plazo de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente, señalando lo siguiente:

a) Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. b) Detalles de cada acción y medidas utilizadas durante el evento de contaminación. c) Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. d) En caso de ser necesario, un programa de medidas de descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (Sólo en caso de accidentes).

• En el caso de accidente que afecte los recursos hídricos al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura dentro de las autoridades a las cuales se les de aviso de la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA.

Adicionalmente se informará a la Inspección Fiscal de la Dirección General de Concesiones de la Ruta, junto con la Sociedad Concesionaria de la vía y a la Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS (Jefatura Provincial de Vialidad de Talagante). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.6.

11.7. Riesgo 7: Accidentes de trabajo en las instalaciones. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, dependerá de las actividades desarrolladas Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia Fase de construcción: • Capacitaciones e inducciones periódicas en la forma de proceder según el tipo de trabajo y los riesgos que enfrentan. • Disponibilidad permanente de los Elementos de Protección Personal (EPP) según el tipo de trabajo a realizar • Exigir la utilización de los EPP.

Fase de operación: • Inducción. • Reportes de peligros. • Plan de Trabajo de SST. Forma de control y seguimiento Fase de construcción: • Registro de capacitaciones e inducciones a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

todos los trabajadores en la forma de proceder según el tipo de trabajo y los riesgos que enfrentan. • Registro de compra y entrega de EPP. • El uso de EPP se exigirá en el contrato del trabajador o contrato con empresas subcontratistas. Mantener registro fotográfico de la revisión del estado de las señaléticas. • Registro de capacitaciones y entrega de EPP.

Fase de operación: • Copia plan de trabajo • Registro inducciones y actividades realizadas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción:

• Incidentes con Lesión a Personas: Para efectos de la aplicación del Plan de emergencias, se considerarán aquellas lesiones tipificadas como: accidentes con tiempo perdido, graves y fatales. • Incidentes Con Tiempo Perdido (CTP): El trabajador requiere atención médica y debe ser ingresado a la Mutual de Seguridad. • Accidentes Graves: El trabajador requiere atención médica y de acuerdo con lo establecido en la Circular 2345 de la SUSESO (Ley 20.123), corresponden a: El accidentado requiere maniobras de rescate y/o resucitación: En el caso de caída desde altura, solo personal especializado (de rescate médico profesional) procederá a moverlo y a trasladarlo. Si el accidente es por electrocución, antes de prestar los primeros auxilios se debe desconectar la energía eléctrica y asegurarse que el accidentado no está en contacto con está. El accidentado ha sufrido amputación: Deberá ser trasladado lo antes posible, al centro asistencial más cercano. Si la primera atención es brindada en otro centro médico que no sea de Mutual, informar de inmediato a esta para su rescate. El accidente involucra a un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la obra: Por ejemplo, una intoxicación masiva. En todos los casos de accidente grave, se debe detener el funcionamiento de la faena afectada.

• Accidente Fatal: Accidente que tuvo consecuencia fatal para una o más personas, se debe suspender de inmediato la faena afectada, aislar el lugar del accidente sin alterar ni mover equipos o materiales involucrados en el accidente y despachar al personal a excepción de los testigos del accidente.

Fase de operación:

Las medidas a considerar durante la emergencia son:

• Si el accidente es leve derivar al trabajador a Mutualidad correspondiente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

• Si el accidentado no puede moverse por sus propios llamar a la ambulancia de mutual correspondiente. • Si el accidente es de categoría grave, llamar con urgencia a la ambulancia correspondiente y delimitar el área del suceso.

Posterior a la emergencia se deberá:

• Realizar informe de evaluación de la emergencia. • Aplicar los planes de acción derivados de la investigación • Aplicar los planes de acción indicados por el respectivo organismo administrador y/o autoridad sanitaria. • Informar medidas preventivas a todo el personal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.7.

11.8. Riesgo 8: Accidentes de trayecto. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Trayecto de los trabajadores desde su hogar hasta la obra, causas ajenas al desarrollo normal de la obra. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia Capacitaciones e inducciones periódicas al personal.

Forma de control y seguimiento Registros de capacitaciones realizadas.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El accidentado deberá dar aviso al Prevencionista de Riesgos de la obra o a su superior, el cual será derivado a la Mutual de Seguridad para su evaluación y posterior accionar. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Adicionalmente se informará a la Inspección Fiscal de la Dirección General de Concesiones de la Ruta, junto con la Sociedad Concesionaria de la vía y a la Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS (Jefatura Provincial de Vialidad de Talagante). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.8.

11.9. Riesgo 9: Detrimento napa freática. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sector almacenamiento temporal de residuos peligrosos Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia • Todos los residuos peligrosos y sustancias peligrosas serán manejados al interior de las bodegas destinadas para ello, las cuales se consideran prefabricadas para ambas fases, según las fichas adjuntas en Anexo 4.3.1 y 4.3.2 de la DIA. Estas bodegas serán instaladas sobre un área con radier de hormigón, dichos pavimentos contarán con endurecedor y sello superficial como mínimo en dos manos para prevenir la contaminación de la napa. • Se contará con sistema de control de derrames mediante el uso de materiales absorbentes compatibles con las sustancias (kit de emergencias compuesto por paños, ropa de protección (EPP), pala, escoba y guantes principalmente). • Revisión periódica por parte empresa contratista de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica. • Exigencia de que todas las maquinarias y camiones de contratistas cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. • Capacitaciones al personal asociado al transporte. • En cuanto al almacenamiento de combustible en tambores, se almacenarán en la instalación de faenas, en un sector específicamente designado para ello, que cuenta con radier de hormigón y techo, en este sector se ubicará un pallet de contención de polietileno, cuya capacidad de retención es de 265 L, sobre este pallet se colocaran los tambores. En este sector se contará con elementos para eventuales emergencias, tales como: baldes para arena limpia; extintor de polvo químico seco al 75%; pala antichispa; kit de contención de derrame universal de 35 L. Forma de control y seguimiento Comprobantes de mantenciones realizadas a maquinarias y camiones. Comprobantes que acrediten revisión técnica al día. Comprobantes de permisos de circulación. Registro capacitaciones realizadas. Registro fotográfico de elementos de contención de derrames. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia 1. El personal que detecte el derrame dará aviso al responsable en Obra. 2. Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener a través del kit de control de derrame, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. 3. El responsable en Obra, hará una evaluación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

de sus causas 4. Se delimitará el área afectada. 5. Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondientes, que pueden ser: baldes para arena limpia; extintor de polvo químico seco al 75%; pala antichispa; kit de contención de derrame universal de 35 L. 6. El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente. 7. Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente.

IMPORTANTE: Siempre deben estar disponibles los implementos de seguridad para la contención de lo básico que debe estar presente es: paños, ropa de protección (EPP), pala, escoba y guantes principalmente además de elementos de contención de derrame (baldes para arena limpia; extintor de polvo químico seco al 75%; pala antichispa; kit de contención de derrame universal de 35 L). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.9.

11.10. Riesgo 10: Afloramiento napa freática. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Durante actividades de excavación. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia Ante un potencial afloramiento de napa freática durante las actividades de escarpe y/o excavaciones se tomará las siguientes medidas: • Identificación de zonas más sensibles con napa a menor profundidad. Capacitaciones al personal, respecto a posible alumbramiento de napa freática. Forma de control y seguimiento Registros de capacitaciones a trabajadores y actividades realizadas Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrir afloramiento de napa freática durante las actividades de escarpe y/o excavaciones se llevará a cabo las siguientes acciones:

i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

comprometidos, a fin de que esto además le permita diseñar las medidas para el control de la estabilidad de las obras en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. Adicionalmente se acompañará informe con imágenes fotográficas (con fecha) que describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. Se informará el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.

vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, se deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva.”.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.10.

11.11. Riesgo 11: Atropello de fauna mayor o menor. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Caminos internos, temporales y permanentes. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia Fase de construcción y operación: • Establecer límite de velocidad en 30 km/hr • Prohibición de caza • Manejo de residuos • Manejo de desechos originados de la alimentación del personal • Prohibición de alimentación a animales • Prohibición de acceso, tenencia y protección de animales domésticos • Capacitación del personal en educación ambiental

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Forma de control y seguimiento Fase de construcción y operación: • Registro de capacitaciones • Revisión de instalaciones de forma mensual, para revisar que las acciones sean cumplidas

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción y operación: En caso del hallazgo de fauna silvestre herida por atropello, se seguirán los pasos a continuación:

• Se dará aviso al encargado ambiental del Proyecto. • Se contactará al centro veterinario más cercano para solicitar indicaciones. • Traslado de fauna silvestre afectada por contingencia y/o emergencia, debe ser realizado y gestionado por el titular del proyecto dirigiéndose a un centro autorizado.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de que el animal afectado corresponda a fauna nativa, se informará dentro de las primeras 48 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y/o SAG según corresponda por vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.11.

11.12. Riesgo 12: Emergencias con energía eléctrica (shock eléctrico). Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia • Desconexión de los circuitos energizados. • Señalización de zona de trabajo. • Aislar de cualquier posible fuente de alimentación. • Antes de iniciar un trabajo eléctrico bloquear, etiquetar e informar. • Delimitar área de trabajo. Mantener Permiso de Trabajo Seguro que aplique. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible permiso de trabajo seguro correspondiente. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las medidas a considerar durante la emergencia son:

• Durante el trabajo eléctrico respetar el bloqueo y etiquetado. • No intervenir equipos que puedan generar un contacto eléctrico, si existe una persona que esté recibiendo una descarga y las protecciones del circuito no funcionan, dar aviso de inmediato a personal especializado o asignado para cortar la energía. • Si se genera un arco eléctrico o un incendio por causas eléctricas aplicar extintor clase C, jamás utilizar agua. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

• Si existe una persona que tiene un contacto eléctrico, no intervenir, llamar al personal calificado para desenergizar, una vez que la persona deje de ser parte del circuito aplicar los primeros auxilios y tratar como accidente.

Posterior a la emergencia se deberá:

• Solo personal autorizado podrá intervenir el lugar para detectar la falla eléctrica. • Limpiar y despejar el área afectada. • Antes de iniciar un trabajo eléctrico bloquear, etiquetar e informar. • Realizar informe de evaluación de la emergencia. • Informar medidas preventivas a todo el personal.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.12.

11.13. Riesgo 13: Explosiones. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia • Antes de iniciar trabajos en caliente realizar permisos de trabajo seguro. • No realizar trabajos en calientes dentro de silos con trigos y cercanos a almacenamientos de sustancias peligrosas. • Realización de simulacro. • Mantener señalizaciones de emergencias. • Capacitar en emergencias a todos los trabajadores. • Mantener los contactos de emergencias actualizados. Forma de control y seguimiento • Contar con comprobante permiso de trabajo seguro • Registro fechas de simulacros y participantes. Registro capacitaciones. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las medidas a considerar durante la emergencia son: • Dar alerta al teléfono de bomberos 132. • Mantener la calma. • Jamás volver por elementos o materiales personales. • Ayude a evacuar a las personas que lo necesiten. • Esperar y seguir instrucciones de Líder de Emergencia.

Posterior a la emergencia se deberá: • Mantención de los equipos contra incendio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

utilizados. • Limpiar y despejar el área afectada. • Realizar informe de evaluación de la emergencia. • Informar medidas preventivas a todo el personal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.13.

11.14. Riesgo 14: Sustancias y residuos peligrosos (derrames y fuga de gas). Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia • Dar cumplimiento al D.S 43, Almacenamiento con sustancias peligrosas. Al realizar un trabajo con sustancias peligrosas solicitar permiso de trabajo. • Tener elementos de contención de derrame. • Tener las hojas de seguridad actualizadas en portería y cada lugar donde hay sustancias peligrosas. • Mantener a todo el personal que aplique capacitado sobre manejo sustancias peligrosas. • Si aplica tener detectores de gases y sustancias peligrosas. • Mantener señalizaciones de sustancias peligrosas de acuerdo con el marco legal vigente. Forma de control y seguimiento • Mantener hojas de seguridad disponible en portería y en sector de almacenamiento. • Registro capacitaciones a personal. Mantener EPP disponible. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las medidas a considerar durante la emergencia son: • Dar aviso inmediato si se detecta una fuga o derrame de alguna sustancia peligrosa. • Cercar el área donde se produce el derrame, usando cinta de peligros, conos y barreras móviles. • Si no tiene conocimiento o no está asignado para contener la emergencia evacue el lugar a la zona de seguridad más cercana. • Personal asignado realizará contención del derrame. • Mantener la calma. • Jamás volver por elementos personales. • Ayude a evacuar a personal que lo necesite. • Esperar y respetar instrucciones del Líder de Emergencia.

Posterior a la emergencia se deberá: • Segregar el derrame contenido de la sustancia peligrosa. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

• Verificar que este todo contenido. • Realizar informe de evaluación de la emergencia. • Informar medidas preventivas a todo el personal.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.14.

11.15. Riesgo 15: Corte de suministro. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia • Mantener siempre en los lugares de trabajo con agua destinada a control de incendio para todo momento (Red de incendio). • Mantener siempre en los lugares de trabajo con la luz necesaria para evacuar en caso de emergencias.

Forma de control y seguimiento Registros de existencia de agua destinada a control de incendio para todo momento (Red de incendio). Registro de existencia de luz necesaria para evacuar en caso de emergencias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las medidas a considerar durante la emergencia son:

• Para continuar con los trabajos Gerente de Planta debe asegurar, que en su centro de trabajo se mantengan las condiciones para agua potable descritas en el D.S. N° 594/1991 del MINSAL, las cuales pueden ser provisorias mientras dure el corte del suministro. • Para continuar con los trabajos, Gerente de Planta debe asegurar, que en su centro de trabajo se mantengan las condiciones de energía eléctrica necesarias para operar con las condiciones básicas descritas en el DS 594, las cuales pueden ser provisorias mientras dure el corte del suministro.

Posterior a la emergencia se deberá:

• Informar a través de un comunicado a todos los trabajadores la restauración del suministro. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción ICE, Tabla 7.1.15. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

detallada

11.16. Riesgo 16: Incendios forestales. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para revenir la contingencia • Inspección de sistemas contra incendios (extintores). • Mantención preventiva sistemas contra incendios (extintores). • Realización de simulacros. • Mantener limpio y ordenado áreas de trabajo, eliminar vegetación colindante seca. • Capacitación sobre cómo actuar en emergencia. Tener número de emergencias. Forma de control y seguimiento • Registro inspecciones realizadas. • Registro mantención sistema contra incendios. • Registro simulacros realizados con fecha y participantes. Registro capacitaciones. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las medidas a considerar durante la emergencia son: • Comunicarse con el teléfono de emergencias de Bomberos 132. • Solo si está capacitado y cuenta con las capacidades necesarias, usar sistemas contra incendios (extintor y/o Red Húmeda). • Mantener la calma. • Jamás volver por elementos materiales o personales. • Ayude a evacuar a las personas que lo necesiten (que se encuentren en su camino). • Esperar instrucciones de Líder de Emergencia.

Posterior a la emergencia se deberá: • Realizar mantención de equipos contra incendios utilizados (extintores). • Limpiar y despejar • Informar al personal sobre la emergencia sucedida. • Comunicar a su Jefatura la emergencia sucedida y esperar. • Realizar informe de evaluación de la emergencia. Informar medidas preventivas a todo el personal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ICE, Tabla 7.1.16.

12°. Que, durante el proceso de evaluación no se realizó un proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

13°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

14°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

15°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

16°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

17°. Que, para que el proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

18°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

19°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

20°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

21°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC”, de Compañía Molinera San Cristóbal S.A.

2°. Certificar que el proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798

artículos 140, 142, 156 y 160 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la actividad como Molesta.

5°. Certificar que el proyecto “MOLINO PEÑAFLOR CMSC” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Constanza Paz Martínez Gil Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago

Arturo Nicolás Farías Alcaíno Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago

AFA/JGM/JMM/MMR

Distribución:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Sergio Ismael Morales Mena naraneda@sustentable.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región Metropolitana de Santiago rodrigo.illesca@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago <> DOH, Región Metropolitana de Santiago maria.valdes@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana gelgueta@gobiernosantiago.cl Ilustre Municipalidad de Peñaflor nibaldo.meza@gmail.com SAG, Región Metropolitana de Santiago claudio.ternicier@sag.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2162300798 Firmado por: Arturo Nicolás Farías Alcaíno Fecha: 07/06/2024 14:05:56 CLT Constanza Paz Martínez Gil Firmado digitalmente por Constanza Paz Martínez Gil Fecha: 2024.06.11 18:21:24 -04'00' SEC, Región Metropolitana de Santiago ladiaz@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago monserrat.candia@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago ahidalgo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago lestivales@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago imoran@minenergia.cl SEREMI de Minería, Región Metropolitana de Santiago fcavieres@minmineria.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago gonzalo.soto.brandt@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago fhernandezj@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago ccasanovar@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sreyes@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago robinson.valdebenito@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM racosta@minvu.cl Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago cbravo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva elke.huss@conaf.cl Servicio Nacional de Geología y Minería andres.leon@sernageomin.cl,sea@sernageomin.cl Subsecretaría de Pesca y Acuicultura csilva@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl,rhager@subpesca.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl