Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2”
Antofagasta
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), del proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2”, presentada por Áridos Arenex Ltda., con fecha 20 de octubre de 2023 y admitida a trámite el día 26 de octubre de 2023, su Adenda de fecha 15 de marzo de 2024 y su Adenda Complementaria de fecha 25 de junio de 2024.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 2 y 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2”.
3°. El Acta N°202302106150 de Sesión del Comité Técnico N°10 del 2023, de fecha 07 de septiembre de 2023.
4°. El Acta N°202402100622 de fecha 19 de febrero de 2024 de la Sesión del Comité Técnico N°01/2024, de fecha 23 de enero de 2024.
5°. El acuerdo N°17/2024 de la sesión ordinaria N°08/2024 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 31 de julio de 2024.
6°. La Resolución de Calificación Ambiental N°0331/2013 de la Comisión de Evaluación de Antofagasta, que calificó favorablemente el Proyecto “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero”, el cual se modifica a través de la presente Resolución.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2”.
8°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente ("Ley N°19.300"); en el Decreto Supremo N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del SEIA (en adelante e indistintamente, “Reglamento del SEIA” o “RSEIA”); en el D.F.L. N°1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta RA Nº 119046/205/2022 de fecha 23/05/2022 que nombra al Director Regional del SEA de la Región de Antofagasta; en el Decreto Exento N° 128 del 17 de enero de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que establece el orden de subrogación de los/as Delegados/as Presidenciales Regionales de la Región de Antofagasta; y en la Resolución N°7, de 2019 de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, se dicta lo siguiente:
Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 13-08-2024 12:55:31:497 UTC -04:00 Razón: Lugar: CONSIDERANDO:
1°. Que, Áridos Arenex Ltda. (en adelante, el “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “SEIA”) la DIA del proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social ÁRIDOS ARENEX LTDA. Rut 93.186.000-3 Domicilio Avenida Andrés Bello 2457, piso 18, Providencia. Santiago. Teléfono (56-2) (2) 5607000 Nombre representante legal Sebastián Polanco Neumann Rut representante legal 9.977.793-1 Domicilio representante legal Avenida Andrés Bello 2457, piso 18, Providencia. Santiago. Teléfono representante legal (56-2) (2) 5607062 Correo electrónico Titular o representante legal richard.bennett@cbb.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de julio de 2024, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta, ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:
a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y
c) No genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3°. Que, en sesión de fecha 31 de julio de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 23 de julio de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Aumentar la vida útil del proyecto aprobado mediante RCA N°0331/2013, considerando un nuevo polígono de extracción de áridos de 75 hectáreas, con un volumen de extracción de áridos de 2.100.000 m3, manteniendo la operación de la planta de procesamiento. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Art. 3 RSEIA: i.5.2. Tratándose de extracciones en un cuerpo o curso de agua, el volumen total de material a remover durante la vida útil del proyecto o actividad sea igual o superior a veinte mil metros cúbicos (20.000 m³) tratándose de las Regiones de Arica y Parinacota a Coquimbo, o a cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m³), tratándose de las Regiones de Valparaíso a Magallanes y Antártica Chilena, incluida la Región Metropolitana de Santiago Vida útil 18 años. 4.1. ANTECEDENTES GENERALES Monto de inversión USD 500.000. Mano de obra Tabla 1. Mano de obra máxima proyecto Fase Mano de obra máxima Construcción 8 Operación 8 Cierre 8 Fuente: Elaboración propia Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA La actividad que marcará el hito de inicio del proyecto será la delimitación del terreno a través de banderines, en cada esquina del polígono de extracción. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El proyecto no se desarrolla por etapas.
x Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No El presente proyecto modifica un proyecto con RCA favorable. x
Proyecto modifica otra(s) RCA Si No RCA N°0331/2013 de la DIA “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero”. x
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se ubicará en la comuna de Calama, Provincia de El Loa, Región de Antofagasta. Superficie 76,475 hectáreas. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Ver Anexo 1 de la Adenda de la DIA Archivos digitales formato kmz. Caminos o vías de acceso El acceso al proyecto se realizará por la ruta CH-23 (existente), que conecta las localidades de Calama con San Pedro de Atacama (Ver Figura 3.5 de la DIA). La ruta de acceso al proyecto contempla el ingreso de los vehículos en el km 37,4 de la ruta CH-23 hacia el interior, por un camino de tierra (Ruta interna al proyecto), el cual abarca una extensión de 2.100 metros hasta la Instalación de faenas del proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En Anexo 1.1. de la Adenda de la DIA se presenta el detalle de la ubicación de los Mapas, planos georreferenciados y archivos digitales del proyecto.
Así también, en Figuras 1-1 a la Figura 1-6 de la Adenda de la DIA, se presentan mapas en formato digital pdf.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Delimitación de la zona de extracción La delimitación de la zona de extracción se realizará a través de la instalación de banderines de dimensión y altura adecuada, en cada esquina del polígono, para asegurar su visibilidad. La duración de esta acción será de 2 semanas. Habilitación del camino interno del pozo y señalización El pozo lastrero será dividido en 18 sectores, los cuales serán explotados sucesivamente. Se ha estimado aproximadamente 1 año por sector. Para acceder a cada uno de estos sectores se requerirá en primera instancia (primer año) de la delimitación del camino interno que une el área de la instalación de faenas y área de chancado y acopio con el Sector 1 de extracción. La duración de esta acción será de 2 semanas. La habilitación de caminos se realizará simultáneamente al inicio de la fase de operación dando paso al sector 1 de extracción. Recursos naturales renovables. El proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables en la fase de construcción para satisfacer sus necesidades. Emisiones y efluentes. Emisiones a la atmósfera: En función de las actividades a desarrollar descritas en el cronograma de la Tabla 3.6 de la DIA con una duración de 4 semanas, no se han considerado emisiones de relevancia susceptibles de provocar un impacto ambiental. En dicho contexto las emisiones de las 4 semanas se incorporan en la fase de operación.
Emisiones líquidas o efluentes: Según la Tabla 1-14 de la Adenda de la DIA, se contempla la generación de 40,5 m3/mes de aguas servidas. El manejo será a través de una red domiciliaria de alcantarillado hacia fosa séptica con sistema de drenes autorizada a través de Res Ex. N°2262 de fecha 15 de mayo 2008 de la SEREMI de Salud región de Antofagasta, para una capacidad de 9 personas. No se generarán RILES durante el desarrollo del proyecto.
Ruido: Dado el tipo de actividades a desarrollar en la fase de construcción, no se consideran emisiones acústicas que puedan superar los niveles máximos permisibles y establecidos del DS N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente (MMA) u otra normativa de referencia, en los receptores sensibles más cercanos identificados. Las actividades asociadas a la fase de construcción únicamente corresponden a la delimitación del terreno de extracción, a través de la instalación de banderines en cada esquina del polígono, seguido del acondicionamiento del camino interno de los pozos, que considera la instalación de señalética respectiva y el retiro de piedras de mayor tamaño, a modo de asegurar un desplazamiento seguro. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios, (en adelante “RSD”) Según la Tabla 1-14 de la Adenda de la DIA, se generarán 120 kg/mes de RSD. Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponderán a restos de alimentos. Los residuos serán almacenados en contenedores. Su disposición final será en sitios autorizados. Con el fin evitar la proliferación de vectores y dispersión de olores que pudiese atraer a fauna oportunista, los residuos asimilables a domiciliarios serán dispuestos en contenedores de PVC de 360 L, los cuales se mantendrán permanentemente cerrados, serán herméticos, contarán con bolsas de basura y se ubicarán en sitios específicos dentro de la instalación de faenas para luego ser trasladados, mínimo dos veces a la semana, en un vehículo autorizado para ser depositados por personal de la empresa en un basurero el cual esté considerado en el Sistema de Recolección Municipal de Calama.
Residuos sólidos industriales no peligrosos, (en adelante “RSINP”) No se prevé la generación de este tipo de residuos.
Residuos peligrosos (en adelante, “RESPEL”): No se prevé la generación de este tipo de residuos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Sección 4.5. Fase de construcción del ICE del Proyecto.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Preparación del terreno Dada la ausencia de esta capa de suelo vegetal, todo el material a extraer será material útil. Los sectores subdivididos serán explotados 1 año por sector. Extracción de áridos y Carguío hacia la Zona de Proceso La extracción de áridos será mecanizada, mediante el uso de cargador frontal, excavadora o similar, para, posteriormente, ser trasladado hacia la zona de procesamiento. Procesamiento y selección Posterior a su extracción, el procesamiento se realizará a través de dos alternativas: - Opción 1: Seleccionado a través de Planta Seleccionadora Móvil: El 70% del material integral extraído será derivado a la planta seleccionadora móvil, la cual se localizará, preferentemente, en cada subsector de extracción, según avance. El material seleccionado será derivado, según su dimensión, a la zona de acopio de producto final. - Opción 2: Proceso de Chancado: El 30% del material integral extraído será derivado hacia la planta de chancado. Este proceso de chancado se produce una vez que se descarga el material integral al buzón alimentador, el cual pasa por el chancador primario, para luego ser transportado hacia el harnero vibratorio a través de una cinta transportadora, produciéndose la selección del material en 3 productos mediante tamices con distintas dimensiones. En caso de no ser seleccionado el material por el harnero, debido a sus dimensiones, éste será enviado a través de una cinta transportadora hacia el chancador secundario y retornará al harnero vibratorio mediante otra cinta transportadora para seguir con el proceso de selección del material. Estos dos procesos operativos podrían ser ejecutados al mismo tiempo o por separado, pero en ningún caso aumentará la tasa de procesamiento máxima actual y futura definida en esta DIA de 10.000 m3/mes. Los porcentajes de procesamientos podrían variar según requerimientos de los clientes y el mercado, para este tipo de productos. Acopio de cada tipo de Áridos El material obtenido en planta seleccionadora móvil será derivado hacia las zonas de acopio del producto, de acuerdo con su dimensionamiento. Independiente del método que se utilice para la obtención del producto en sus distintas granulometrías, se acopiarán los distintos productos en la misma zona de acopio, tal como se ilustra en la figura 3-14 de la DIA, diferenciándose sólo en el tipo de producto y sus diferentes granulometrías. Despacho Finalmente, acopiados los productos en su zona respectiva, se procede al carguío a los camiones tolva de aproximadamente 20 m3, mediante el uso de cargador frontal o similar. Previo a su despacho, se utilizará una romana de pesaje certificada y validada por la Dirección de Vialidad, para evitar exceder los pesos máximos permitidos por la normativa legal vigente. El despachador revisará que la carga en los camiones se encuentre correctamente encarpada previo al retiro de las instalaciones. Respecto a lo anterior, existirá personal encargado de verificar la salida de los camiones cargados, cuya tarea consistirá en completar una planilla que informe que los camiones se retiren de la instalación de faenas en condiciones óptimas para el transporte, es decir, con el encarpe correctamente instalado, documentación necesaria, así como verificar que no exista material fino adosado a la carrocería. Transporte Tabla 2. Transporte, fase de operación Tipo de Transporte N° de viajes/día (ida y vuelta) Rutas por transitar Horario del día Camiones tolva (14 m3) Transporte de áridos para despacho 22 23-CH 08:00 – 18:00 25-CH 24-CH Camino interno Camiones tolva (14 m3) Transporte RSD 1 cada 2 semanas 23-CH 08:00 – 18:00 Camino interno Fuente: Tabla 1-10 de la Adenda de la DIA Productos generados El producto que se generará corresponde a material árido en distintas granulometrías, principalmente correspondientes a Arena, Gravilla y Grava, u otra que pueda ser requerida por los clientes. El volumen total de extracción aproximado de 2.100.000 m3, a una tasa mensual de 10.000 m3, considerándose un 95% del total como material útil. Tanto la extracción de material como el despacho del material será realizado por el titular. Recursos naturales renovables. Flora, fauna, suelo y agua. El proyecto corresponde a un pozo cuya intervención del recurso suelo abarcará una superficie de 75 hectáreas. Se extraerá un volumen total de 2.100.000 m3 de material árido, considerándose un 95% del total como material útil. Emisiones y efluentes. Emisiones a la atmósfera: Las emisiones atmosféricas estarán constituidas principalmente por material particulado (MPS, MP10, MP2.5) provenientes de la erosión de pilas de acopio y del tránsito por vías internas no pavimentadas y vías externas pavimentadas (Ruta CH 23). En Anexo 3.1 de la Adenda de la DIA se presentó el Inventario de Emisiones Atmosféricas. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones.
Así mismo, en Tabla 1-12 de la Adenda de la DIA se presentan las emisiones del proyecto durante los 18 años de vida útil. Como conclusión, el año 16 será el año con mayor emisión, tal como lo indica la siguiente tabla:
Tabla 3. Resumen Emisiones atmosféricas, Fase de operación Fase/Emisiones (t/año) MP10 MP2,5 CO COV NOX SO2 Operación 16,48 3,64 3,9 1,13 18,84 0,58 Fuente: Tabla 1-12 de la Adenda de la DIA
Emisiones líquidas o efluentes: Según la Tabla 1-15 de la Adenda de la DIA, se contempla la generación de 40,5 m3/mes de aguas servidas. El manejo será a través de una red domiciliaria de alcantarillado hacia fosa séptica con sistema de drenes autorizada a través de Res Ex. N°2262 de fecha 15 de mayo 2008 de la SEREMI de Salud Región de Antofagasta, para una capacidad de 9 personas.
Emisiones de Ruido: De acuerdo con el estudio de ruido presentado en el Anexo 2.1 de la Adenda complementaria de la DIA, el receptor humano más cercano se registró a 21.000 metros del proyecto. En dicho contexto, dada la amplia distancia no se configura riesgo a la salud de la población por emisiones de ruido, por lo tanto, el proyecto da cumplimiento al D.S. Nº38/2011 del MMA que establece Norma de ruido para fuentes fijas Así también, se realizó el análisis de impactos de acuerdo con el Criterio de molestia en seres humanos por vibración; Criterio de daño estructural por vibración y tránsito vehicular, se definieron conforme a la Norma de referencia FTA “Federal Transit Administration (FTA) – Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual”, concluyendo que las emisiones del proyecto no sobrepasan los umbrales. En consecuencia, el proyecto no sobrepasará las normas nacionales y de referencia establecidas para ruido y vibraciones. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domiciliarios y asimilables: Según la Tabla 1-15 de la Adenda de la DIA, se generarán 120 kg/mes de RSD. Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponderán a restos de alimentos. Los residuos serán almacenados en contenedores. Su disposición final será en sitios autorizados. Con el fin evitar la proliferación de vectores y dispersión de olores que pudiese atraer a fauna oportunista, los residuos asimilables a domiciliarios serán dispuestos en contenedores de PVC de 360 L, los cuales se mantendrán permanentemente cerrados, serán herméticos, contarán con bolsas de basura y se ubicarán en sitios específicos dentro de la instalación de faenas para luego ser trasladados, mínimo dos veces a la semana, en un vehículo autorizado para ser depositados por personal de la empresa en un basurero el cual esté considerado en el Sistema de Recolección Municipal de Calama.
Residuos industriales no peligrosos: Según la Tabla 1-15 de la Adenda de la DIA, se generarán 22,08 kg/mes. Los residuos corresponderán a restos de materiales. Los residuos serán almacenados en sitios de acopio autorizado mediante la Res Ex. N°795 de fecha 27 de septiembre de 2017 de la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. Su disposición final será en sitios autorizados.
Residuos peligrosos: Se generarán 0,916 kg/mes de residuos peligrosos correspondientes a Paños, huaipes y EPP. Contaminados con aceites y lubricantes. Los residuos serán almacenados temporalmente en bodegas RESPEL autorizada mediante la Res Ex. N°737 de fecha 07 de septiembre de 2017 de la SEREMI de Salud región de Antofagasta. Serán retirados por una empresa autorizada y dispuestos en sitios autorizados, en un periodo no superior a los 6 meses. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Sección 4.6. del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE Descripción de las actividades, obras y acciones para desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o Se retirarán las maquinarias y equipos utilizados en el sitio de extracción, por lo que, se corroborará el retiro de éstos mediante registro fotográfico. Descripción de las actividades, obras y acciones para restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante el proyecto o actividad Se suavizarán los taludes generados en el polígono de extracción, en función del avance del proceso extractivo y según se deshabiliten los cuadrantes (18) cada año. Los taludes se conformarán según lo anterior, de acuerdo a la inclinación establecida en los planos de proyecto, es decir, 2:1 (H:V). En caso de acopios localizados, estos se extenderán y/o utilizarán rellenando eventuales depresiones focalizadas al interior de la zona de extracción. La actividad busca obtener formas de transición suaves, asegurando tanto la facilidad de ingreso como también un efecto positivo en el aspecto visual del área intervenida. Prevención de futuras emisiones desde la ubicación del proyecto o actividad, para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua Se extenderá el material excavado, evitando dejar acopios localizados que pudieran incidir en mayor dispersión de material particulado por acción del viento. Se retirará todo resto de materiales, chatarra, escombros, acopios excedentes, etc., que sean susceptible de ser erosionadas y, por lo tanto, fuentes generadoras de contaminación. Por otro lado, para disminuir las emisiones de polvo provocadas por el tránsito vehicular en los caminos internos, en la fase de cierre se utilizará supresor de polvo en el camino no pavimentado de acceso al proyecto. Mantención, No aplica. conservación y supervisión que sean necesarias Recursos naturales renovables. El proyecto no realizará la extracción ni explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre. Emisiones y efluentes.
Emisiones a la atmósfera: Dadas lo acotado de la duración de la fase de cierre, la cuantificación de emisiones fue incorporada en el inventario de emisiones de contaminantes atmosféricos de la fase de operación (Ver tabla 1-12 de la Adenda de la DIA).
Emisiones líquidas o efluentes: Según la Tabla 1-16 de la Adenda de la DIA, se contempla la generación de 0,06 m3/mes de aguas servidas. El manejo será a través de una red domiciliaria de alcantarillado hacia fosa séptica con sistema de drenes autorizada a través de Res Ex. N°2262 de fecha 15 de mayo 2008 de la SEREMI de Salud Región de Antofagasta, para una capacidad de 9 personas. Posterior al desarme de los baños, se procederá a la utilización de los baños químicos ya presentes, cuyos lodos serán manejados por empresas autorizada y dispuestos en sitios autorizados.
Ruido Dado el tipo de actividades a desarrollar en la fase de cierre, para esta fase no se han considerado emisiones acústicas que puedan superar los niveles máximos permisibles y establecidos del D.S. N°38/2011 del MMA u otra normativa de referencia, en los receptores sensibles más cercanos identificados. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios: Según la Tabla 1-16 de la Adenda de la DIA, se generarán 80 kg/mes de RSD. Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponderán a restos de alimentos. Los residuos serán almacenados en contenedores. Su disposición final será en sitios autorizados. Con el fin evitar la proliferación de vectores y dispersión de olores que pudiese atraer a fauna oportunista, los residuos asimilables a domiciliarios serán dispuestos en contenedores de PVC de 360 L, los cuales se mantendrán permanentemente cerrados, serán herméticos, contarán con bolsas de basura y se ubicarán en sitios específicos dentro de la instalación de faenas para luego ser trasladados, mínimo dos veces a la semana, en un vehículo autorizado para ser depositados por personal de la empresa en un basurero el cual esté considerado en el Sistema de Recolección Municipal de Calama.
Residuos industriales no peligrosos: Según la Tabla 1-16 de la Adenda de la DIA, se generarán 22,08 kg/mes. Los residuos corresponderán a restos de materiales. Los residuos serán almacenados en sitios de acopio autorizado mediante la Res Ex. N°795 de fecha 27 de septiembre de 2017 de la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. Su disposición final será en Sitios Autorizados.
Residuos peligrosos: Se generarán 0,916 kg/mes de residuos peligrosos correspondientes a Paños, huaipes y EPP. Contaminados con aceites y lubricantes. Los residuos serán almacenados temporalmente en bodegas RESPEL autorizada mediante la Res Ex. N°737 de fecha 07 de septiembre de 2017 de la SEREMI de Salud región de Antofagasta. Serán retirados por una empresa autorizada y dispuestos en sitios autorizados, en un periodo no superior a los 6 meses. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Sección 4.7 del ICE.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.3.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Segundo semestre de 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Delimitación del terreno con banderines de tamaño y altura adecuada en cada vértice del polígono de la zona de extracción. Fecha estimada de término Segundo semestre de 2024 Parte, obra o acción que establece el término Término de la habilitación del camino interno al pozo (sector 1). 4.3.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Segundo semestre de 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Extracción de áridos en el sector 1 Fecha estimada de término Primer semestre de 2042 Parte, obra o acción que establece el término Procesamiento y comercialización de la totalidad de los 2.100.000m3 de material árido a extraer. 4.3.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Primer semestre de 2042 Parte, obra o acción que establece el inicio Finalización de extracción, procesamiento y comercialización Fecha estimada de término Primer semestre de 2042 Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento y despeje de equipos y edificaciones desde la instalación de faenas y áreas de procesamiento de material. Además, nivelación o suavizado de las últimas áreas excavadas en el proceso extractivo, así como en la extensión de acopios localizados.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto no significativo De acuerdo con la modelación de emisiones atmosféricas presentada en el Anexo 3.2 de la DIA, los aportes del proyecto para el receptor R6 será de 0,0061 ug/m3 para MP10 promedio anual, 0,0230 ug/m3 para MP10 promedio 24 horas. R6 representa un punto a una distancia de 10 km del proyecto, que no representa receptor, toda vez que el receptor más cercano se ubica a 21 km. En cuanto a las emisiones de ruido, de acuerdo con el estudio de ruido presentado en el Anexo 2.1 de la Adenda complementaria de la DIA, el receptor humano más cercano se registró a 21.000 metros del proyecto. Por lo tanto, el proyecto da cumplimiento al D.S. Nº38/2011 del MMA que establece Norma de ruido para fuentes fijas. En consecuencia, el proyecto no generará riesgo a la salud de la población. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y obras del proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.1 y 6.1 del ICE del proyecto.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no El Proyecto no generará impactos sobre la cantidad y calidad de recursos naturales significativo renovables. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) El Proyecto no generará afectación al suelo. El volumen total de extracción de suelo será de 2.100.000 m3, sobe una superficie intervenida de 75 hectáreas, sin embargo, de acuerdo con el estudio agrológico presentado en el Anexo 3.9 de la DIA, el proyecto se desarrollará en suelos de clase VII, con serias limitaciones para la agricultura. Conforme a lo anterior, el suelo posee baja capacidad de sustentar biodiversidad.
El Proyecto no generará alteración del recurso hídrico. Por la naturaleza del Proyecto, no se contempla la extracción de aguas subterráneas ni superficiales, ni intervención alguna sobre recursos hídricos, por lo cual, no habrá impacto sobre este componente.
Flora: De acuerdo con la caracterización de flora y vegetación actualizada presentada en el Anexo 3.4 de la DIA, en el AI se determinó una unidad vegetacional: Zona desértica, la cual se encuentra dominada por las especies Urmenetea atacamensis, Tiquilia atacamensis y Atriplex imbricata. Ninguna de estas se encuentra en categoría de conservación.
Fauna: A partir de la caracterización actualizada de fauna presentada en el Anexo 3.5 de la DIA, los esfuerzos en terreno realizados por el Titular permitieron identificar en total 2 especies (ver Tabla 5-3 del Anexo 3.5 de la DIA): Geositta marítima (Minero chico) y Liolaemus torresi (Dragón de Torres-mura), esta última en categoría de conservación, para lo cual, en Anexo 6 de la Adenda complementaria se presenta el Plan de Perturbación Controlada, cuyo fin es ahuyentar a los individuos fuera del área del proyecto previo a la fase de construcción.
En consecuencia, el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Parte, obra o acción que lo genera Habilitación del terreno, excavaciones, movimiento de tierra. Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.2 y 6.2 del ICE del proyecto.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo Respecto a la presencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (en adelante, “GHPPI”) en el AI del Proyecto, en la DIA, Capitulo 4, acápite 4.1.6, el Titular identificó 3 GHPPI: San Francisco de Chiu-Chiu (32 km de distancia del proyecto), Rio Grande (40 km de distancia del proyecto) y Machuca (40 km de distancia del proyecto). Respecto a la utilización de recursos hídricos utilizados por estos GHPPI cercanos al Proyecto, el Titular localizó las vertientes Tuina y Teca que, de acuerdo con lo señalado en la Adenda Complementaria, a partir de información obtenida por fuentes primarias, estas corresponden a un sector importante para los GHPPI ya que, aunque no se da uso actualmente, sí representan un valor espiritual, de protección y de cuidado, puesto que, fueron lugares utilizados por sus antepasados. Respecto a lo anterior, y, de acuerdo con la información proporcionada por el Titular en la Adenda Complementaria, Anexo 7, la vertiente Tuina y Teca no se verán afectadas por partes, obras y acciones del Proyecto. Sobre el flujo vehicular que generará el proyecto, en la Adenda Complementaria, Anexo 7, el Titular señaló que se realizarán 22 viajes diarios de trasporte de árido con un intervalo de 1 camión cada media hora, además de un viaje cada dos semanas para el retiro de residuos domiciliarios. Finalmente, sobre el transporte en la fase de cierre, se realizarán 3 viajes por día. En relación con la información de transporte proporcionada por el Titular y el análisis realizado, se descarta el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento que pudiera generar el Proyecto en sus 3 fases. En cuanto a la mano de obra del proyecto, en la DIA, Capítulo 3, el Titular señaló que la cantidad máxima de trabajadores por fase es la siguiente: Construcción 8 personas, Operación 8 personas, Cierre o Cierre 8 personas, destacando que, respecto a la alimentación, los/as trabajadores/as utilizarán comedores propios del proyecto y sobre el ítem hospedaje, el proyecto no contempla alojamiento, esto relacionado con el Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) denominado “Contratación de mano de obra loca”, en el que el Titular acuerda la contratación de mano de obra local, por lo que, se dará uso de pernoctación en sus propios hogares. De acuerdo con el levantamiento de fuentes primarias realizado por el Titular, en la Adenda Complementaria, Anexo 7, respecto al AI del proyecto, se concluye que no se realizan manifestaciones culturales o tradicionales en las cercanías del proyecto, destacando que la celebración más cercana se realiza en la localidad de Río Grande, ubicado aproximadamente a 41 kilómetros del proyecto, correspondiente a la fiesta de San Santiago que se celebra el 25 de julio, y la Cruz de Mayo, realizada a inicios del mes.
En consecuencia, el proyecto no generará el reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de Grupos Humanos. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.6 y 6.3 del ICE del proyecto.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo El Proyecto no generará alteración del valor ambiental del territorio. Respecto de las Áreas Protegidas Nacionales, el Proyecto no se encuentra inserto ni cerca de algún Parque, Reserva o Monumento Nacional. El Área Silvestre Protegida más próxima corresponde al Parque Nacional Los Flamencos, se ubica a 40 km del proyecto.
Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas Respecto a la presencia de GHPPI en el AI del Proyecto, en la DIA, Capítulo 4, acápite 4.1.6, el Titular identificó 3 GHPPI: San Francisco de Chiu-Chiu (32 km de distancia del proyecto), Rio Grande (40 km de distancia del proyecto) y Machuca (40 km de distancia del proyecto).
En consecuencia, el proyecto no se localizará en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.3 y 6.4 del ICE del proyecto.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo El Proyecto no generará alteración del paisaje y/o del valor turístico. Conforme al análisis de los impactos sobre paisaje (Anexo 3.5 de la Adenda de la DIA) el proyecto no tendrá impacto significativo sobre el paisaje debido a: -La baja calidad visual del paisaje en la zona. -Las obras del proyecto estarán alejadas del único punto de observación identificado. -La baja presencia humana en la zona. La calidad del paisaje en las inmediaciones del proyecto se categorizó como baja de acuerdo con la Guía de Valor Paisajístico del SEA (2019) obteniendo un área de influencia paisajística del proyecto presenta un valor paisajístico bajo. El proyecto no tendrá impactos significativos sobre el paisaje. Conforme al análisis de los impactos sobre paisaje (Anexo 3.5 de la Adenda de la DIA) no se observaron atributos biofísicos de la zona que sean de una calidad única y representativa.
En consecuencia, el proyecto no generará la alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numeral 5.4 y 6.5 del ICE del proyecto.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto no significativo De acuerdo con los antecedentes actualizados presentados en el Anexo 2.2 de la Adenda complementaria de la DIA, se identificaron tres hallazgos aislados que corresponden a dos elementos líticos y restos vítreos (botella fracturada). La ubicación de los hallazgos se presenta en la Figura 11 del Anexo 2.2 de la Adenda complementaria de la DIA. Debido a que el proyecto plantea la intervención de la zona en la cual se registraron los hallazgos, se realizará el rescate por medio de una recolección superficial intensiva, para lo cual se presentan los antecedentes del PAS 132. En el Anexo 2 de la Adenda complementaria el Titular presentó carta de aceptación de hallazgos arqueológicos en unidad registrada en el Consejo de Monumentos Nacionales. Así también se implementarán las siguientes medidas preventivas: - La realización de charlas de inducción (al personal que ingrese a la faena por primera vez) que contemplen “Arqueología” y “Patrimonio Cultural” para el personal interviniente en el proyecto. -En el caso de que se produzcan nuevos hallazgos arqueológicos al momento de realizar cualquier trabajo de movimiento, excavación, remoción de terreno o mera observación dentro del área del proyecto, se debe proceder en conformidad a la Ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales, la cual señala la obligatoriedad de dar aviso a Carabineros, y posteriormente al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), en conjunto con la detención total de las obras en el sector del suceso. En cuanto a los antecedentes paleontológicos presentados por el Titular en el Anexo 3.8 de la DIA, se determinó un Potencial Paleontológico Fosilífero para la totalidad del AI del Proyecto. Como medida preventiva, se realizarán charlas de inducción paleontológicas a los trabajadores del proyecto que participen en la fase de construcción y operación del proyecto, las cuales deberán ser dictadas o supervisadas, antes del inicio de las obras, por un paleontólogo cuyo perfil sea el detallado en la Resolución Exenta N° 650 del 05.07.2022 del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Adicionalmente, ante eventuales hallazgos, se dará cumplimiento al Protocolo de Hallazgos imprevistos, adjunto en Anexo 3.8 de la DIA, y que ha tenido en consideración lo indicado en el art. 26 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales.
En consecuencia, el proyecto no generará la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Parte, obra o acción que lo genera Obras del Proyecto. Fase en que se presenta Fase de operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numeral 5.5 y 6.6 del ICE del proyecto.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
Tabla 6.1.1 Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto intervendrá patrimonio cultural. Los antecedentes fueron actualizados en el Anexo 4.1 de la Adenda complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Ver tabla 10.2.4 del ICE Pronunciamiento del órgano competente Mediante Ord. N° ORD. Nº3284 de fecha 12 de julio de 2024, el CMN, se pronunció conforme a los antecedentes presentados en la Adenda complementaria de la DIA, indicando lo siguiente:
“el PAS 132… deberá ser tramitado por un/a arqueólogo/a profesional ante el CMN”
Al respecto, esta Autoridad acoge lo indicado por el CMN, y se condiciona a que el PAS 132 deberá ser tramitado por un/a por un/a arqueólogo/a profesional ante el CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1 del ICE.
Tabla 6.1.2. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Intercepción de dos cauces de corriente discontinua. Los antecedentes fueron presentados en el Anexo 4.2 de la Adenda complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD. Nº243 de fecha 08 de julio de 2024, la DGA, Región de Antofagasta, se pronunció conforme a la Adenda de la DIA. Mediante ORD. Nº0272 (PROCESO 18224969) de fecha 05 de julio de 2024, la DOH, Región de Antofagasta, se pronunció conforme a la Adenda de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.2 del ICE
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: AIRE. Norma Decreto Supremo N°144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza; Decreto Supremo N°138/05 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de declarar emisiones de fuentes fijas; Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que Aprueba reglamento de registro de emisiones y transferencias de contaminantes. Decreto Supremo N°55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. D.S. N°4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. D.S. N°211/1991 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Norma sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por las actividades de construcción, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de motores de vehículos, maquinarias y equipos. Forma de cumplimiento • Implementación de señalética estableciendo el límite de velocidad interna del proyecto, 50 km/h. • El titular se compromete a cumplir con la obligación de declarar emanada de este decreto, a través de la plataforma de ventanilla única del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de revisión técnica al día de los vehículos, maquinarias y camiones. • Señalética asociada al control de velocidad al interior del predio. • Registro de aplicación de supresor de polvo según corresponda. • Autorización de funcionamiento del equipo electrógeno. • Registro de la declaración de fuentes de emisiones y procesos a través de la plataforma de Ventanilla Única del RETC y en SISAT. Forma de control y seguimiento • Registro fotográfico de señalética para control de velocidad, verificando su ubicación y estado. • Registro de mantenciones y revisiones técnicas tanto correctivas como preventivas de maquinarias y vehículos pesados a disposición de autoridad. • Hoja de registro de aplicación de supresor de polvo llenada por el conductor en cada pasada del camión, esta hoja se adjuntará en una carpeta y dicha carpeta estará disponible en la oficina de instalación de faenas, en caso de requerirlo la autoridad pertinente. • Además, para esta última actividad se realizará un informe anual sobre las medidas aplicadas, este informe será cargado a la plataforma de la SNIFA y eventualmente a otros Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental que lo soliciten. • Declaración del año que corresponda para disponibilidad y fiscalización de la Autoridad. El sistema de ventanilla única del RETC se encontrarán actualizado y podrá ser revisado por la Autoridad para la realización de eventuales fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.1 del ICE del Proyecto.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: RUIDO. Norma Decreto Supremo N°38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que Indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo Nº 146/97, MINSEGPRES. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Operación de maquinaria Forma de cumplimiento De acuerdo con el Estudio de Impacto Acústico, se concluye que la ejecución del Proyecto durante sus fases de construcción, operación y cierre dará cumplimiento a los límites máximos establecidos al D.S. N° 38/2011, toda vez que, no existen receptores en las cercanías de la faena que vean superados los límites establecidos a la emisión de ruido. En conformidad con ello, no existirán emisiones acústicas que excedan el nivel máximo permisible en ninguna de las fases del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Informe “Estudio de Ruido y Vibraciones, Anexo 3.3 de la DIA. Los análisis de ruido estarán en conformidad con los niveles máximos permisibles de acuerdo con lo referido en el D.S. Nº 38/2011 del MMA. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la maquinaria declarada siempre dentro de las zonas de trabajo establecidas y en correctas condiciones mecánicas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.2 del ICE del Proyecto.
7.3. MATERIA/MATERIA: RESIDUOS SÓLIDOS. Norma Decreto Supremo N°594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo; Decreto con Fuerza de Ley N°725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario; Decreto Supremo N°148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Ley N°20.920 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. D.F.L. N°725/1968 Ministerio de Salud, Código Sanitario. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto generará residuos en todas sus fases. Forma de cumplimiento Durante las fases del proyecto, los residuos serán almacenados de forma temporal en sitio de acopio transitorio de residuos peligrosos, según resolución adjunta en el Anexo 2.3 de la DIA. Posteriormente, serán retirados por una empresa calificada y trasladados a un lugar de disposición final autorizado, de acuerdo con lo dispuesto en el D.S. N°148/03 del Ministerio de Salud. Indicador que acredita su • Sitio de acopio existente y autorizado para almacenamiento cumplimiento transitorio de residuos peligrosos, de acuerdo con los antecedentes presentados en Anexo 2.3 de la DIA. • Registro de entrada y salida de los residuos peligrosos a las bodegas de almacenamiento transitorio. • Registro de retiro de residuos por parte del transportista autorizado, según corresponda. • Autorización sanitaria del transportista autorizado, según corresponda. • Declaración de residuos realizada en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. • Realización de la declaración jurada dando fe de la veracidad de la información ingresada al RETC, como asimismo que no existen omisiones al respecto, conforme al reglamento de registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC. • Registro de aquellos residuos que hayan sido reciclados o reutilizados Forma de control y seguimiento • Autorización de funcionamiento bodega de almacenamiento de residuos peligrosos (Anexo 2.3 de la DIA). • Registro de entrada y salida de los residuos peligrosos a bodegas de almacenamiento transitorio. • Registro de retiro de residuos por parte del transportista autorizado. • Autorización sanitaria del transportista autorizado. • Declaración de residuos realizada en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. • Realización de la declaración jurada dando fe de la veracidad de la información ingresada al RETC, como asimismo que no existen omisiones al respecto, conforme al reglamento de registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC. • Segregación de residuos. • Registro de retiro de residuos para reciclaje por empresas autorizadas Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.3 del ICE del Proyecto.
7.4. MATERIA/MATERIA: SUSTANCIAS PELIGROSAS. Norma Decreto Supremo N°43/2016 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Decreto Supremo Nº 160, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Aprueba reglamento de seguridad de las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos, publicado en el Diario Oficial el 7 de Julio de 2009. D.S. N°160/2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Y sus modificaciones D.S. N°101 de 2013, D.S. N°138 de 2016 y D.S. N°34 del 2019, todas del Ministerio de Energía. D.F.L. N°725/1968 Ministerio de Salud, Código Sanitario. D.S. N°594/1999 Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento El proyecto comprende un lugar de acopio transitorio de residuos no peligrosos para todas las fases del proyecto, el cual ya se encuentra autorizado y aprobado por la autoridad sanitaria según los antecedentes presentados en el Anexo 2.4 de la DIA. El retiro de los residuos en mención se hará a través de una empresa externa la que se responsabilizará por la disposición final acorde a la normativa. El mismo documento donde se detalla la resolución Resnopel (N°795/2017) presenta la caracterización de los residuos industriales no peligrosos que se generarán en el proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Sitio de acopio temporal de residuos no peligrosos ya existente y autorizado (RES Resnopel N°795/2017) según los antecedentes presentados en el Anexo 2.4 de la DIA. Forma de control y seguimiento • Resolución sanitaria del sitio de acopio de acopio de residuos no peligrosos (RES Resnopel N°795/2017). según los antecedentes presentados en el Anexo 2.4 de la DIA. • Registro de retiro de residuos por empresas autorizadas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.4 del ICE del Proyecto.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: PATRIMONIO CULTURAL. Norma Ley N° 17.288 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales. Decreto Supremo Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley N° 17.288 sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emplazamiento de obras y actividades. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de la fase de construcción y operación del proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos, se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, Superintendencia del Medio Ambiente y a carabineros, según corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro fotográfico con coordenadas del sitio en caso de que se registre un hallazgo. • Comunicar el hallazgo al CMN, carabineros y gobernador provincial, según corresponda. • Presentación de los antecedentes necesarios para el otorgamiento del PAS 132 Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico (adjunto en Anexo 5.1 de la DIA). Forma de control y seguimiento • Informe de prospección arqueológica, adjunto en Anexo 3.7 de la DIA. • Otorgamiento de Permiso Ambiental Sectorial 132 Anexo 5.1 de la DIA). • Informe en caso de evidenciar un hallazgo durante las fases de construcción y/u operación, acorde a las exigencias establecidas en este cuerpo legal. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.1 del ICE del Proyecto.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: FAUNA Norma Decreto Supremo Nº5, modificado por Decreto Supremo Nº 53 del Ministerio de Agricultura. Aprueba reglamento de la Ley de Caza. Ley N°19.473, del Ministerio de Agricultura, Ley de Caza. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento • El Titular no contempla la caza o captura de ejemplares de fauna silvestre durante el desarrollo del proyecto. Se considera incluir durante el proceso de inducción a los trabajadores: • Prohibición de caza o captura de cualquier tipo de fauna silvestre. • En caso eventual de detectar presencia de ejemplares de especies en alguna de las categorías de protección incluidas en el cuerpo normativo, se dará aviso al Servicio Agrícola Ganadero (SAG). Indicador que acredita su cumplimiento • El Titular no contempla la caza o captura de ejemplares de fauna silvestre durante el desarrollo del proyecto. • Implementación de señalética de prohibición de caza. Forma de control y seguimiento • Señalética de prohibición de caza o captura. • Registro de inducción asociada a la prohibición de caza a los trabajadores. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.2 del ICE del Proyecto.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse los siguientes compromisos voluntarios, condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1. Compromisos Ambientales Voluntarios
Tabla 8.1.1. Contratación de mano de obra local. Impacto asociado Sin impactos asociados. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contratación de mano de obra local.
Descripción: Se priorizará la contratación de mano de obra local para todas las fases del proyecto, donde se considerará buscar la paridad de género dentro del reclutamiento cuando sea posible. La difusión de ofertas laborales será por medios y canales que aseguren igualdad de oportunidades tanto para hombres como mujeres, con criterios de selección objetivos y no discriminatorios buscando un número equitativo de postulantes de ambos sexos. Además, se incorporará el Plan de acción para fomentar la contratación de servicios locales.
Justificación: Medida de fomento al desarrollo comunal. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faenas del proyecto. Forma: Se ejecutará un plan de acción que fomente la contratación de mano de obra local. Se publicarán ofertas de trabajo en plataformas locales, buscando establecer acuerdos con empresas/servicios locales. Oportunidad de implementación: Previo al inicio del proyecto y cada vez que se necesite incorporar mano de obra. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de Publicaciones de avisos de trabajo en plataformas locales • Registro de empleos generados y personas contratadas. • Registro de contratos con servicios locales. Forma de control y seguimiento • Registro de empleados y servicios locales. • Seguimiento semestral de los indicadores. De acuerdo con la condición aprobada por la Comisión de Evaluación, establecida en el punto 10.2.3 del ICE, el Titular deberá presentar semestralmente ante la SMA los reportes, registros e informes. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.1 del ICE del Proyecto.
Tabla 8.1.2. Capacitaciones a la mano de obra. Impacto asociado Sin impactos asociados. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar integralmente a la mano de obra. Descripción: Se realizarán capacitaciones a la mano de obra enfocadas a: • Equidad de Género • Respeto por el sistema de convivencia local de los grupos Humanos • Historia de las localidades y GHPPI y la cosmovisión atacameña • Respeto con el entorno y el cuidado del Medio ambiental Justificación: Medida de fomento al desarrollo comunal y propiciar un ambiente cordial entre empresa y comunidades de la zona. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faenas. Forma: Asistencia de profesional que dictará capacitaciones de las temáticas por abordar. Estas capacitaciones serán realizadas cada vez que se incorpore mano de obra que nunca ha ingresado a las instalaciones del proyecto. Oportunidad: Se realizará una vez iniciado el proyecto y cada vez que ingrese personal nuevo. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistentes a capacitaciones. Forma de control y seguimiento Registro de empleados y servicios locales. De acuerdo con la condición aprobada por la Comisión de Evaluación, establecida en el punto 10.2.3 del ICE, el Titular deberá presentar semestralmente ante la SMA los reportes, registros e informes. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.2 del ICE del Proyecto.
Tabla 8.1.3. Comunicación con comunidades. Impacto asociado (no significativo) Sin impactos asociados. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer un canal de comunicación con comunidades. Descripción: Serán dispuestos correos y números telefónicos a la comunidad, para que puedan realizar consultas y solicitar información. Justificación: Medida para fortalecer la comunicación con comunidades y resolver dudas relacionadas sobre el funcionamiento del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: vía web o telefónica. Forma: Serán recepcionadas dudas, consultas y solicitudes de información vía web o de forma telefónica, las cuales serán atendidas a la brevedad. Por otra parte, los camiones contarán con el logo institucional para ser reconocidos por la comunidad. Oportunidad: Cada vez que una persona o comunidad solicite información en relación con el proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de dudas/solicitudes atendidas. • Registro de vehículos con logo de la empresa. • Encuesta de satisfacción ante las respuestas de las solicitudes. Forma de control y seguimiento • Registro de vehículos con logo de la empresa. • Registro de dudas/solicitudes atendidas. De acuerdo con la condición aprobada por la Comisión de Evaluación, establecida en el punto 10.2.3 del ICE, el Titular deberá presentar semestralmente ante la SMA los reportes, registros e informes. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.3 del ICE del Proyecto.
Tabla 8.1.4. Plan de ahuyentamiento de fauna silvestre. Impacto asociado N/A Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Propiciar el ahuyentamiento de la especie Liolaemus torresi y fauna silvestre dentro del proyecto durante su ejecución. Descripción: En caso de detectar la presencia de Liolaemus torresi o alguna otra especie de fauna silvestre dentro del área de emplazamiento del proyecto durante la ejecución del mismo, se ahuyentará a los individuos. Justificación: En el marco del levantamiento del componente de fauna, se detectó la presencia de individuos de la especie Liolaemus torresi dentro del área del proyecto. Ante esta situación, se realizarán capacitaciones al personal del proyecto para realizar ahuyentamiento de fauna silvestre, en el caso de detectar la presencia de esta. El personal será instruido en las acciones a realizar para ahuyentar la fauna silvestre mediante la emisión de sonidos que resulten molestos y la presencia humana. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: área de extracción, donde hay registro de fauna silvestre. Forma: Ante la detección de presencia de fauna dentro del área del proyecto, el personal deberá acercarse a la fauna con el fin de incomodar al animal con la presencia humana y emitir sonidos que resulten molestos para el animal, pero que no les cause daño auditivo para ahuyentar al animal hacia un lugar seguro. Algunas acciones para realizar incluyen aplausos, gritos, golpes de metal o madera, o el uso de dispositivos acústicos de baja frecuencia. Oportunidad: Será realizado cada vez que se detecte presencia de fauna silvestre dentro del área de emplazamiento del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Reporte de actividad realizada. Forma de control y seguimiento Reporte de actividad realizada. De acuerdo con la condición aprobada por la Comisión de Evaluación, establecida en el punto 10.2.3 del ICE, el Titular deberá presentar semestralmente ante la SMA los reportes, registros e informes. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.4 del ICE del Proyecto.
Tabla 8.1.5. Canal de comunicación con la Comunidad de Chiu Chiu. Impacto asociado Comunicación con comunidad de Chiu Chiu. Fase del Proyecto a la que se aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer un canal de comunicación formal con la directiva de la Comunidad de Chiu Chiu para informar de forma oportuna de hallazgos arqueológicos durante la operación del proyecto. Descripción: Se hará llegar a la Comunidad de Chiu Chiu el informe de la caracterización del componente arqueológico del proyecto en el marco del SEIA. Además, se establecerá un canal de comunicación formal con la directiva de la comunidad, con el fin de informar el descubrimiento de nuevos hallazgos arqueológicos durante la ejecución del proyecto. Justificación: En el marco del levantamiento del componente de Medio Humano y Arqueología, se detectó la presencia de una huella de Ruta Caravanera y hallazgos arqueológicos en el sitio en el cual se emplaza el proyecto. Se reconoce la importancia de esto al encontrarse en un Área de Desarrollo Indígena. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Emplazamiento del proyecto. Forma: Ante la detección de un hallazgo arqueológico se recopilarán sus antecedentes para hacérselos llegar a la directiva de la Comunidad de Chiu Chiu mediante correo electrónico. Oportunidad: Será realizada cada vez que se registre un hallazgo arqueológico. De acuerdo con la condición aprobada por la Comisión de Evaluación, establecida en el punto 10.2.5 del ICE, el Titular deberá en un plazo no superior a 15 días informar a la comunidad el descubrimiento de nuevos hallazgos arqueológicos. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de correos electrónicos • Registro de llamadas telefónicas y minutas. Forma de control y seguimiento • Registro de correos electrónicos • Registro de llamadas telefónicas y minutas. De acuerdo con la condición aprobada por la Comisión de Evaluación, establecida en el punto 10.2.3 del ICE, el Titular deberá presentar semestralmente ante la SMA los reportes, registros e informes. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.5 del ICE del Proyecto.
Tabla 8.1.6. Canal de comunicación con la Comunidad de Río Grande y Machuca Tabla 8.1.6. Canal de comunicación con la Comunidad de Río Grande y Machuca Impacto asociado Comunicación con comunidad de Río Grande y Machuca Fase del Proyecto a la que se aplica Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar oportunamente a las directivas de las comunidades sobre el flujo vehicular contemplado entre los días 24 y 26 de julio de cada año Descripción: Se informará a las comunidades de Río Grande y Machuca sobre el flujo vehicular durante el 24 y 26 de julio de cada año para transmitir a sus miembros los posibles eventos de la carretera 23-CH a fin de que tanto los GHPPI y el Titular del proyecto puedan tomar todo tipo de precauciones en términos de seguridad en el uso de la carretera. Justificación: Durante el 24 y 26 de Julio se encuentra en víspera y desarrollo de la Fiesta Patronal de San Santiago. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Emplazamiento del proyecto. Forma: Cada vez que se acerque a las fechas señaladas se enviará un reporte sobre el flujo vehicular que realizará el proyecto, junto con las medidas de seguridad establecidas Oportunidad: Será realizado previo al 24 de junio de cada año. De acuerdo con la condición aprobada por la Comisión de Evaluación, establecida en el punto 10.2.6 del ICE, el Titular deberá establecer dos instancias informativas sobre el flujo vehicular durante el 24 y 26 de julio de cada año, fechas de la Fiesta Patronal San Santiago. Esta información deberá ser entregada a la Comunidades primeramente un mes antes de la festividad y luego dos semanas previas de la realización de dicha celebración. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de correos electrónicos • Registro de llamadas telefónicas y minutas. Forma de control y seguimiento • Registro de correos electrónicos • Registro de llamadas telefónicas y minutas. De acuerdo con la condición aprobada por la Comisión de Evaluación, establecida en el punto 10.2.3 del ICE, el Titular deberá presentar semestralmente ante la SMA los reportes, registros e informes. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.6 del ICE del Proyecto.
Tabla 8.1.7. Monitoreo mensual de Paleontología Impacto Asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Ejecutar un monitoreo paleontológico mensual. Descripción: Se ejecutará un monitoreo paleontológico mensual, por un paleontólogo cuya información curricular sea acorde a la Res. Ex N°650 de 2022 del CMN, en las obras que impliquen excavaciones y/o movimientos de tierra. Justificación: El proyecto contempla obras que implican excavaciones y movimientos de tierra, en las cuales pudiese haber un registro paleontológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de extracción de áridos. Forma: Se ejecutará un monitoreo paleontológico dictado por un paleontólogo cuya información curricular sea acorde a la Res. Ex N°650 de 2022 del CMN. Se enviarán informes de los resultados al CMN y dependiendo de los resultados al cabo de 6 meses, según el pronunciamiento del CMN ORD N°1583 la institución podrá reevaluar una modificación en la periodicidad de los monitoreos. Oportunidad: Se realizará de forma mensual. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de paleontología Forma de control y seguimiento Informe de paleontología De acuerdo con la condición aprobada por la Comisión de Evaluación, Tabla 8.1.7. Monitoreo mensual de Paleontología establecida en el punto 10.2.3 del ICE, el Titular deberá presentar semestralmente ante la SMA los reportes, registros e informes. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.7 del ICE del Proyecto.
Tabla 8.1.8. Monitoreo mensual de Arqueología Impacto asociado Intervención patrimonio arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Ejecutar un monitoreo Arqueológico mensual. Descripción: Se ejecutará un monitoreo arqueológico mensual, por un arqueólogo o licenciado en arqueología, en las obras que impliquen excavaciones y/o movimientos de tierra. Justificación: El proyecto contempla obras que implican excavaciones y movimientos de tierra, en las cuales pudiese haber algún registro arqueológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de extracción de áridos. Forma: Se ejecutará un monitoreo arqueológico mensual, por un arqueólogo o licenciado en arqueología. Se enviarán informes de los resultados al CMN y dependiendo de los resultados al cabo de 6 meses, según el pronunciamiento del CMN ORD N°1583 la institución podrá reevaluar una modificación en la periodicidad de los monitoreos. Oportunidad: Se realizará de forma mensual. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de Arqueología Forma de control y seguimiento Informe de Arqueología De acuerdo con la condición aprobada por la Comisión de Evaluación, establecida en el punto 10.2.3 del ICE, el Titular deberá presentar semestralmente ante la SMA los reportes, registros e informes. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.8 del ICE del Proyecto.
8.2. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.2.1. Condición 1: En lo referente a fauna silvestre, se informa al Titular que en caso de requerir trasladar un espécimen de fauna hacia algún Centro de Rescate y Rehabilitación deberá realizar las coordinaciones directamente con el Centro y no con el SAG, por lo anterior, toda tramitación con estos centros debe realizarse en forma directa a fin de promover un rápido traslado del animal hacia un centro especializado.
8.2.2. Condición 2: En relación con la Forma de control y seguimiento de los Compromisos Ambientales Voluntarios indicados en el punto 10.1 del actual ICE, se condiciona al Titular a presentar semestralmente ante la SMA los reportes, registros e informes señalados en desde las tablas 10.1 a la 10.8 del ICE.
8.2.3. Condición 3: El PAS 132 deberá ser tramitado por un/a arqueólogo/a profesional ante el CMN.
8.2.4. Condición 4: Con relación al Compromiso Ambiental Voluntario “Canal de comunicación con la Comunidad de Chiu Chiu” en un plazo no superior a 15 días informar a la comunidad el descubrimiento de nuevos hallazgos arqueológicos.
8.2.5. Condición 5: Con relación al Compromiso Ambiental Voluntario “Canal de comunicación con la Comunidad de Río Grande y Machuca” deberá establecer dos instancias informativas sobre el flujo vehicular durante el 24 y 26 de julio de cada año, fechas de la Fiesta Patronal San Santiago. Esta información deberá ser entregada a la Comunidades primeramente un mes antes de la festividad y luego dos semanas previas de la realización de dicha celebración.
9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
9.1.1. Contingencias ante Riesgo de Proliferación de vectores de interés sanitario Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada En toda el área de emplazamiento del proyecto, tanto en el sector del pozo, como en el sector de instalación de faena. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para prevenir esta situación de riesgo se desarrollarán las siguientes acciones: • Almacenamiento en contenedores tapados. • No generar una acumulación por tiempos prolongados. Se estima su retiro 2 veces por semana, de acuerdo con la frecuencia que tiene el servicio municipal correspondiente. • Inducción al personal y trabajadores de depositar este tipo de residuos en los lugares habilitados y mantener siempre los contenedores tapados. • Se desarrollará un proceso de desinfección y sanitización por empresas especializadas en los lugares de instalación de faenas y sector de extracción. Forma de control y seguimiento • Registro de inspección realizadas. • Registro de personal capacitado. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.1 del ICE del Proyecto.
9.1.2. Contingencias ante Riesgo de Derrames de sustancias y/o hidrocarburos en la zona del proyecto Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Combustible o aceites provenientes de las maquinarias y/o vehículos en el área de emplazamiento del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Capacitar a los trabajadores sobre la prevención de derrames y la forma de actuar para controlarlos, en caso de que ocurran. • Toda sustancia o producto (con potencial de derrame) que no se esté utilizando, se deberá mantener con su tapa puesta. • Inspección visual periódica de los camiones y maquinaria pesada, revisando las mangueras, depósitos de aceite y depósitos de combustibles. • Lista de chequeo semanal de los camiones y maquinaria pesada • Emplear embudos o boquillas especiales que permitan conducir la totalidad del combustible al recipiente destino. • Se contará con un kit ante derrame (bandas absorbentes o arena, almohadillas, bolsas de polipropileno, polietileno, pala o recogedor, escoba, traje descartable, guante de nitrilo, e instructivo). • Se identificarán e instalarán señaléticas en zonas con riesgos de contaminación. Forma de control y seguimiento • Check List de los sitios de almacenamiento, bodega y zonas de trabajo. • Registro de inspección realizadas. • Registro de personal capacitado. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto.
9.1.3. Contingencias ante Riesgo de Derrames de aceites y combustibles Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Ubicación de equipos y caminos por donde trabajen o circulen las maquinarias. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • El personal verificará periódicamente, mediante inspecciones visuales, que maquinarias y equipos (tales como excavadora, camión tolva, cintas transportadoras, harneros y otros equipos que utilicen hidrocarburos como combustible) no presenten indicios de vertidos, pérdidas de combustibles u otros fluidos de los mismos. • Maquinarias y equipos cumplirán con sus respectivos planes de mantenimiento, para asegurar que no ocurran vertidos o pérdidas de combustibles u otros fluidos de los mismos. • Número de inspecciones del cumplimiento del plan de mantenimiento sobre el número de inspecciones planificadas. Además, se contará con todos los elementos para prevenir posibles derrames y contenerlos en caso de su ocurrencia. Esto último incluye elementos de contención y absorción de lubricantes u otros (arena, aserrín, peat sorb, etc.). • Número de inspecciones realizadas a estos materiales sobre el número total de inspecciones planificadas. Forma de control y seguimiento • Verificaciones periódicas de los indicadores de cumplimiento propuestos para cada acción de prevención. • Registro de cumplimiento en planilla disponible para ser auditada que incluya las fechas de cada verificación. • Registro de acciones correctivas y fechas de implementación. • Informes a la Autoridad: Los Informes de Control y Seguimiento de Indicadores propuestos serán enviados periódicamente a la autoridad pertinente, en este caso SMA vía electrónica (Por ejemplo, mediante el portal SNIFA). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto.
9.1.4. Contingencias ante Riesgo por mal funcionamiento del sistema de tratamiento de aguas servidas Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Zona de Instalación de Faena. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se instalarán señaléticas en los baños que informen del correcto uso de los mismos, para así impedir la obstrucción por parte de objetos en el sistema de aguas servidas. • Se realizarán revisiones periódicas al sistema para evaluar su correcto funcionamiento. El encargado de dicha tarea deberá realizar un informe del estado del sistema. • Se limpiará la fosa séptica cada 3 meses. • El retiro de lodos se realizará a través de una empresa certificada por la Seremi de Salud correspondiente. • La disposición de los residuos retirados será en lugares autorizados. Forma de control y seguimiento • Verificaciones periódicas de los indicadores de cumplimiento propuestos para cada acción de prevención. • Registro de cumplimiento en planilla disponible para ser auditada que incluya las fechas de cada verificación. • Registro de acciones correctivas y fechas de implementación. • Los Informes de Control y Seguimiento de Indicadores propuestos serán enviados periódicamente a la autoridad pertinente, en este caso SMA, vía electrónica (Por ejemplo, mediante el portal SNIFA). Referencia a documentos del expediente de evaluación que Para mayor detalle ver tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto.
9.1.5. Contingencias ante Riesgo por Derrames de residuos no peligrosos y/o superación en la capacidad de almacenaje Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Área de almacenaje de residuos sólidos no peligrosos. Punto de recolección municipal para residuos domiciliarios. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las acciones ante contingencias por derrame de residuos y/o superación de la capacidad de almacenaje serán las siguientes: • Para evitar derrames, se almacenarán todos los residuos en el área específicamente habilitada para ellos y elementos de contención de derrames. • Se contará con un kit ante derrame (bandas absorbentes o arena, almohadillas, bolsas de polipropileno, polietileno, pala o recogedor, escoba, traje descartable, guante de nitrilo e instructivo). Forma de control y seguimiento • Registro de retiro y disposición final de residuos sólidos no peligrosos. • Registro de residuos almacenados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto.
9.1.6. Contingencias ante Riesgo por Incendios Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada En toda el área de emplazamiento del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Capacitar y entrenar personal en técnicas de prevención y control de incendios. • Mantención de la operatividad y funcionalidad de los encargados de emergencia. • Se contará con extintores y con sus mantenciones al día. • Se mantendrá el área del proyecto libre de malezas y pastizales. • Se establecerá y señalizará una zona segura y punto de encuentro. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitaciones de Prevención y Control de incendio y sobre el uso y manejo de extintores. • Monitoreo del estado de señaléticas. • Registro de las mantenciones periódicas realizadas a los extintores señalando la descripción cada extintor. • Check List de la limpieza de malezas y pastizales. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto.
9.1.7. Contingencias ante Riesgo por Sismos o Terremotos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada En toda el área de emplazamiento del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Definición, señalización y comunicación de zonas de seguridad. • Inspección a estructuras e instalaciones con altura. • Capacitación al personal en primeros auxilios. • Capacitación al personal ante una emergencia de un sismo o terremoto. • Capacitación y ejecución de simulacro ante un sismo o terremoto. • Mantener los equipos de primero auxilios y de emergencia necesarios en buenas condiciones y en zonas señalizadas y de fácil acceso. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación en caso de sismo o terremoto. • Registro de verificación periódica de mantención de los lugares de trabajo, vías de evacuación y su respectiva señalética. • Determinar mediante un plano la zona segura en la instalación de faena, planta de procesamiento y zona de extracción. • Registro de realización de simulacros. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto.
9.1.8. Contingencias ante Riesgo por Colisión-Choque-Volcamiento de maquinarias y/o vehículos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada En toda el área de emplazamiento del proyecto y rutas asociadas al tránsito de éstos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Contar con personal que cuente con las competencias específicas para la realización de las funciones. • Charla específica de información del reglamento del tránsito de la planta. • Capacitaciones específicas de manejo defensivo. • Revisión de las maquinarias y vehículos en uso operacional. • Mantención preventiva de camión de transporte y vehículos livianos. • Sistema de señalética de información e instrucción de seguridad en los caminos del proyecto. Forma de control y seguimiento • Gestión de documentación segura de trabajadores postulantes a cargos de conducción de vehículos y maquinaria pesada a cargo del personal de prevención de riesgos. • Realización de charla de inducción por para del personal del departamento de prevención de riesgo y medio ambiente. • Registro de personal capacitado. • Check List de maquinarias y vehículos. • Registro estado de señaléticas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.8 del ICE del Proyecto.
9.1.9. Contingencias ante Riesgo por Vientos o tormentas de polvo/arena Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada En toda el área de emplazamiento del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Previo a la realización de las actividades se deberá realizar mediciones de vientos con anemómetro. Si hubiera vientos sobre los 35 km/h y la visibilidad sea menor a 50 m de distancia, se detendrá toda mano de obra hasta que haya cesado el viento. Se realizará monitoreo de ráfagas y constantes de este, dejando registro de ello. • Prohibición de efectuar cualquier tipo de trabajo en altura física en espacios abiertos, cuando la velocidad del viento sea igual o mayor a 40 km/hora. • Definición, señalización y comunicación de zonas de seguridad. • Efectuar limpieza y orden de los diferentes sectores además del reforzamiento y/o retiro de materiales susceptibles a voladura por acción del viento. • Capacitación al personal ante una emergencia de tormentas de polvo/arena • Mantener los equipos de primero auxilios y de emergencia necesarios en buenas condiciones y en zonas señalizadas y de fácil acceso. Ante el conocimiento de un frente de mal tiempo, se deberán realizar las siguientes acciones preventivas: • inspección de: huellas, bancos, estado de techumbres y canalización de aguas lluvia de casas de cambio, comedores y talleres, retiro o aseguramiento de materiales susceptibles a voladura por acción del viento (calaminas, anclaje de conteiner, etc.). Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación en caso de tormentas de polvo/arena. • Registro de verificación periódica de mantención e inspección de los lugares de trabajo, vías de evacuación y su respectiva señalética. • Registro del monitoreo de ráfagas y vientos constantes. • Determinar mediante un plano la zona segura en la instalación de faena, planta de procesamiento y zona de extracción. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.9 del ICE del Proyecto.
9.1.10. Contingencias ante Riesgo por Deslizamientos o derrumbes de los taludes Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Zona de extracción de áridos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Cumplimiento del diseño topográfico que son parte del proyecto, disminuyendo el riesgo en taludes. • Definir, señalizar y comunicar zonas seguras en caso de derrumbe o deslizamiento. Forma de control y seguimiento • Inspección de la topografía en la zona de extracción de áridos • Registro de identificación de zonas seguras. • Plano de identificaciones de zonas seguras y punto de encuentro. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.10 del ICE del Proyecto.
9.1.11. Contingencias ante Riesgo ante derrames y/o accidentes en caminos Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada En toda la vialidad por la que circulen los vehículos del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • El transporte de áridos ya sean recién extraídos o ya procesados listos para su despacho, se realizará en vehículos acondicionados para dicha tarea, tipo tolva y con sistema de encarpe ya sea manual o automático. • La carga de los vehículos no debe ser mayor al límite superior de la tolva, se verificará antes de la salida desde las zonas de trabajo. • Una vez cargado el material en ambas zonas de trabajo (extracción y procesamiento) y antes de salir de dichas zonas los camiones serán inspeccionados, con el fin de verificar que no exista material adosado en la carrocería del vehículo, de existir se procederá al retiro manual de este, además el camión deberá permanecer en el circuito de carga el tiempo suficiente para asegurarse que no escurran líquidos o finos desde la tolva del camión al pavimento de la ruta. • Además, el personal encargado de la verificación del camión antes de abandonar las zonas de trabajo deberá asegurarse que este tenga su encarpe respectivo y en buen estado. • Se capacitará a los trabajadores que conduzcan ya sea vehículos particulares o relacionados con el proyecto o en su defecto, se asegurará que estén capacitados para llevar a cabo su labor de manera segura, por ejemplo, en los siguientes temas: • Circular a las velocidades permitidas • Tomar curvas con precaución. • Realizar chequeo previo a vehículo para asegurarse de que este en óptimas condiciones. Forma de control y seguimiento • Verificaciones periódicas de los indicadores y acciones propuestas • Registro de cumplimiento en planilla disponible para ser auditada que incluya las fechas de la verificación y móvil verificado. • Registro de acciones correctivas y fechas de implementación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.11 del ICE del Proyecto.
9.1.12. Contingencias ante Riesgo por Derrames sobre caminos públicos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada En toda la vialidad pública por la que circulen los vehículos del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • El transporte de materiales áridos solo debe realizarse en vehículos acondicionados para ello, debe tener caja tipo tolva y estar encarpado al momento del transporte. • La carga de los vehículos no debe superar el límite superior de la tolva, esto debe ser verificado cada vez que salga un camión. • Después de cargado y antes del despacho de los camiones, el operador realizará una inspección visual para asegurar que no existan materiales adosados en la carrocería ni líquidos libres que puedan escurrir. En caso de que se registre material adosado, se procederá a quitar de forma manual o mediante algún otro mecanismo. Para asegurar que no escurran líquidos libres desde el camión, se le solicitará al operador que la levante la tolva de forma tal que la inclinación fuerce la salida de estos.
El camión no podrá salir de la zona del proyecto si continúa eliminando líquidos o si tiene residuos o sustancias adosadas. • Posteriormente y previo a salir del proyecto, el despachador deberá asegurarse de que la carga de material esté debidamente cubierta (con una carpa o malla resistente que deje el camión encarpado), la que se fijará fuertemente a la tolva, impidiendo el escurrimiento del material durante la circulación del vehículo. El cierre de la tolva debe estar en buen estado de manera que se asegure el cierre hermético. • El despachador debe revisar cada camión y sus documentos antes de que este abandone la zona del proyecto, con el fin de asegurar que este cumpla con todas las exigencias para el tránsito en carretera. • El despachador debe entregar la guía de despacho a transportista antes de que el vehículo salga del proyecto. El camión debe cumplir con los requisitos anteriores antes de salir del proyecto, en caso contrario el despachador prohibirá su salida. • Asegurar que los camiones cumplan con los estándares de calidad de la empresa. • Tanto la maquinaria como los camiones deben cumplir con la normativa vigente y es deber del encargado de faena asegurar que así sea. • Se capacitará a los transportistas o en su defecto, se asegurará que estén capacitados para llevar a cabo su labor de manera segura, por ejemplo, en los siguientes temas: • Circular a las velocidades permitidas o Tomar curvas con precaución • Realizar chequeo previo a vehículo para asegurarse de que esté en óptimas condiciones. Forma de control y seguimiento • Verificaciones periódicas de los indicadores y acciones propuestas. • Registro de cumplimiento en planilla disponible para ser auditada que incluya las fechas de la verificación y móvil verificado. • Registro de acciones correctivas y fechas de implementación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.12 del ICE del Proyecto.
9.1.13. Contingencias ante Riesgo por Inundación Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Instalación de faenas y acopios Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Revisión periódica del sistema de alerta meteorológica. • Definir, señalizar y comunicar zonas seguras en caso de inundación. • Toma de acciones con maquinarias existentes para prevenir dichas inundaciones mediante obras provisionales tales como canalizaciones solo mediante movimientos de tierra, enmarcada en el resuelvo N° 4, literal g) de la Resolución Exenta N°135 de la DGA, Ministerio de Obras públicas. Forma de control y seguimiento • Registro de chequeo de las condiciones meteorológicas. • Inspección de la topografía en la zona de extracción de áridos. • Registro de identificación de zonas seguras. • Plano de identificaciones de zonas seguras y punto de encuentro. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.13 del ICE del Proyecto.
9.1.14. Contingencias ante Riesgo por Remoción de masas por Flujo de Detritos Fase del proyecto a la que aplica Construcción/Operación. Parte, obra o acción asociada Instalación de faenas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se habilitará un muro perimetral diseñado para la crecida centenaria (T100) que tendrá por objetivo contener y desviar los potenciales flujos de agua y barro modelados. • Disponer de un plan de alerta temprana en caso de identificar umbrales hidrometeorológicos con potencialidad de gatillar flujos de detritos a modo de alertar a los trabajadores y dirigirse a sectores de seguridad en caso de ser necesario. • Se generarán charlas de capacitación para los trabajadores orientados a preparar en caso de emergencia. Se indicarán puntos de seguridad, magnitudes proyectadas del evento, y magnitudes de lluvias gatillantes de este peligro. • Mantener habilitados y despejados el acceso y salidas a los sectores de trabajo del Proyecto. • Delimitar las zonas de seguridad libres de riesgo de derrumbes, señalizando las vías de evacuación para acceder a las zonas de seguridad. • Mantener actualizada las planillas de trabajadores en faena y de las visitas que pueda haber a la zona de trabajo del Proyecto. • Mantener actualizada las planillas de maquinarias existentes en el área de áridos y disponer de una zona segura según las proyecciones de inundación realizadas para el área del proyecto. Forma de control y seguimiento • Registro de trabajadores, visitas, y maquinaria que pueda haber en la zona de trabajo del Proyecto. • Registro de charlas de información de plan de alerta temprana. • Registro fotográfico mensual del estado de caminos y zonas de acceso y salida de áreas de trabajo. • Plano con la delimitación de las zonas de seguridad del proyecto al inicio de la habilitación del Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.14 del ICE del Proyecto.
9.2. Plan de emergencias.
9.2.1. Emergencia por Proliferación de vectores de interés sanitario Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada En toda el área de emplazamiento del proyecto, tanto en el sector del pozo, como en el sector de instalación de faena. Acciones a implementar En caso de una situación de emergencia se desarrollarán las siguientes medidas: • En caso de que ocurra un aumento en la generación de residuos, se tomarán los resguardos necesarios, situación en la que se aumentará la frecuencia de retiro determinada para las distintas categorías de residuos. • Se desarrollará un proceso de desinfección y sanitización por empresas especializadas en los lugares de instalación de faenas y zona de procesamiento. • Controlada la emergencia se levantará un informe en el cual contendrá: Descripción del accidente, indicando lugar, fecha, hora, magnitud del evento, principales impactos ambientales. Además, se deberá detallar cada acción y medida de mitigación utilizadas durante la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para la activación de dicho plan de emergencias será coordinado a través del Jefe de Planta. Además, se emitirá un informe preliminar, el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs controlada la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.1 del ICE del Proyecto.
9.2.2. Emergencia por Derrames de sustancias y/o hidrocarburos en la zona del proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Combustible o aceites provenientes de las maquinarias y/o vehículos en el área de emplazamiento del proyecto. Acciones a implementar • Se deberá detener inmediatamente las actividades que se estén realizando y que tengan directa relación con una situación de riesgo asociado a un derrame y seguir las indicaciones del “Plan de contingencia y emergencia ante derrame de sustancias y residuos peligrosos”. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Sólo en caso de accidentes). • Dar aviso inmediato al encargado. • Rápidamente, aislar la zona donde se ha producido el derrame, rodeándola con materiales que puedan detener su propagación por el cauce. Utilizar algún tipo de barrera. • No permitir que el producto derramado percole. • Si el mecanismo de aislación del derrame es suficiente para evitar su expansión y percolación, absorber el producto con algún material disponible (peat sorb, aserrín, por ejemplo), luego recogerlo y depositarlo adecuadamente en contenedor destinado para su pronta eliminación en lugar de disposición autorizado. • Evaluar la necesidad de retirar también todo aquello que fue aislado alrededor del derrame y disponerlo en un sitio autorizado. • Se debe dar aviso inmediato a encargado y a la SMA dentro de las siguientes 48 horas, por medio de contacto telefónico, carta formal y/o vía correo electrónico. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para la activación de dicho plan de emergencias será coordinado a través del Jefe de Obras al Prevencionista de Riesgos a través de un medio escrito (correo electrónico). Además, se emitirá un informe preliminar, el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs controlada la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.2 del ICE del Proyecto.
9.2.3. Emergencia por Derrames de aceites y combustibles Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Ubicación de equipos y caminos por donde trabajen o circulen las maquinarias. Acciones a implementar • Eliminar toda fuente de ignición y realizar corte de los servicios de energía del área en caso de ser necesario. • Se deberá detener inmediatamente las actividades que se estén realizando y que tengan directa relación con el derrame, y de ser posible, retirar la maquinaria o fuente del derrame a una zona que no pueda seguir afectando. • Dar aviso inmediato al encargado. • Rápidamente, aislar la zona donde se ha producido el derrame, rodeándola con materiales que puedan detener su propagación por el cauce. Utilizar algún tipo de barrera. • No permitir que el producto derramado percole. • Si el mecanismo de aislación del derrame es suficiente para evitar su expansión y percolación, absorber el producto con algún material disponible (peat sorb, aserrín, por ejemplo), luego recogerlo y depositarlo adecuadamente en contenedor destinado para su pronta eliminación en lugar de disposición autorizado. • Evaluar la necesidad de retirar también todo aquello que fue aislado alrededor del derrame y disponerlo en un sitio autorizado. • Se debe dar aviso inmediato a encargado y a la SMA dentro de las siguientes 48 horas, por medio de contacto telefónico, carta formal y/o vía correo electrónico. Oportunidad y vías de comunicación a Cuando se genere la emergencia, se procederá según las acciones indicadas, dando aviso al encargado de la actividad (por ejemplo, supervisor). la SMA de la activación del Plan Inmediatamente, se evaluará la envergadura del evento, lo cual determinará la activación del Plan de Emergencia. Además, se emitirá un informe preliminar, el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 horas controlada la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.3 del ICE del Proyecto.
9.2.4. Emergencia por mal funcionamiento del sistema de tratamiento de aguas servidas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada Zona de Instalación de Faena Acciones a implementar En caso de que se genere un mal funcionamiento (obstrucciones o sobredemanda del sistema que impliquen rebalses o inundaciones) se tomarán las siguientes medidas: • Se cortará provisoriamente el suministro de agua potable de la planta, hasta que se solucione el problema. • Se suspenderá momentáneamente el tránsito en la zona afectada y el acceso a los artefactos sanitarios, instalando señalética de emergencia pertinente. • Se contactará inmediatamente a la empresa Sanitaria responsable de las instalaciones. • Se prohibirá el paso a personas no involucradas en las labores de limpieza del área afectada. • Los encargados de comunicaciones serán quienes darán información oficial a las autoridades pertinentes. Aun cuando la emisión de olores es controlada de acuerdo con el programa de limpieza y mantenimiento de las instalaciones; en caso de la ocurrencia anormal, como medida, se contempla: • Aseo inmediato del sector (por ejemplo, mediante camión limpia fosas). • Llamar a empresa sanitaria encargada de la instalación y mantenimiento de la solución sanitaria, quienes identificarán aquello que generó el problema para su pronta extracción, manejo y disposición final. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Cuando se genere la emergencia, se procederá según las acciones indicadas, dando aviso al encargado de la actividad (por ejemplo, supervisor). Inmediatamente, se evaluará la envergadura del evento, lo cual determinará la activación del Plan de Emergencia, bajo lo cual se procederá a dar aviso a la SMA mediante un informe preliminar, el cual será remitido en un período no superior a las 48 hrs controlada la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.4 del ICE del Proyecto.
9.2.5. Emergencia por Derrames de residuos no peligrosos y/o superación en la capacidad de almacenaje Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Área de almacenaje de residuos sólidos no peligrosos Punto de recolección municipal para residuos domiciliarios Acciones a implementar En caso de una situación de emergencia se desarrollarán las siguientes medidas: • Evacuar a todo personal presente en el lugar que pueda entorpecer el proceso de acción ante la emergencia. • Utilizar el kit de emergencia y elementos de protección personal antes de cualquier maniobra de contención. • En caso de contaminación de suelo por derrame de residuos, se deberá seguir las acciones del “Plan de Emergencia ante Derrames de sustancias y residuos peligrosos”. • Contactar con las empresas encargadas del retiro de los residuos (previamente definidas y autorizadas) para solicitar el retiro de los residuos una vez identificado el aumento en la generación de éstos y contenido el derrame si es que llegó a ocurrir. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para la activación de dicho plan de emergencias será coordinado a través del Jefe de Planta. Además, se emitirá un informe el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs controlada la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.5 del ICE del Proyecto.
9.2.6. Emergencia por Incendios Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada En toda el área de emplazamiento del proyecto Acciones a implementar En caso de una situación de emergencia se desarrollarán las siguientes medidas: • Cualquier persona que detecte un amago de incendio dará la alarma en forma radial, telefónica o a viva voz, a (a quién debe dirigirse) activando de esta forma el Plan de Emergencia. • El personal de seguridad, que llegará en forma rápida una vez activada la alarma, evaluará la situación donde se comunicará con bomberos. • El jefe de obra asumirá el control total de todas las acciones de la emergencia. En caso de ausencia del jefe de obra asumirá esta función el supervisor más antiguo, el que tendrá los mismos deberes y atribuciones. • Paralelamente los trabajadores se resguardan en las zonas de seguridad y puntos de encuentro. • Al declararse fuego en oficinas, instalaciones o en cualquier lugar cerrado se deberá evacuar el área y no se podrá regresar en busca de objetos ni documentos olvidados hasta que sea autorizado por el jefe de obra. • Luego se trabaja en conjunto a la brigada de rescate y bomberos de la comuna en el combate de incendio declarado. • Controlada la emergencia se levantará un informe en el cual contendrá: Descripción del accidente, indicando lugar, fecha, hora, magnitud del evento, principales impactos ambientales. Además, se deberá detallar cada acción y medida de mitigación utilizadas durante la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de ocurrir un incendio en el cual se requiera de asistencia de organización externa, como por ejemplo bomberos, se avisará a la SMA respecto a de la activación del plan de emergencia aplicado. Además, se emitirá un informe el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs controlada la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.6 del ICE del Proyecto.
9.2.7. Emergencia por Sismos o Terremotos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada En toda el área de emplazamiento del proyecto Acciones a implementar En caso de una situación de emergencia se desarrollarán las siguientes medidas: • Dirigirse a las zonas de seguridad y puntos de encuentros. • Evitar el tránsito por zonas donde existe elementos elevados, instalaciones eléctricas, muros y paredes. • Informar a supervisores, jefe de obra o Prevencionista de riesgos el estado de trabajadores y en el caso de accidente informar las características de este, ubicación y número de afectados. • No volver a faenas hasta que se haya realizado un chequeo del estado de la planta. • Controlada la emergencia se levantará un informe en el cual contendrá: Descripción del accidente, indicando lugar, fecha, hora, magnitud del evento, principales impactos ambientales. Además, se deberá detallar cada acción y medida de mitigación utilizadas durante la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para la activación de dicho plan de emergencias será coordinado a través del Jefe de Planta. Además, se emitirá un informe el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs controlada la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.7 del ICE del Proyecto.
9.2.8. Emergencia por Colisión-Choque-Volcamiento de maquinarias y/o vehículos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada En toda el área de emplazamiento del proyecto y rutas asociadas al tránsito de éstos Acciones a implementar En caso de una situación de emergencia se desarrollarán las siguientes medidas: Se informará de inmediato al personal de Ambulancia Servicio Salud (131) y a Carabineros de Chile (133) dando la siguiente información: • Tipo de emergencia. • N° de personas lesionadas y/o enfermos. • Ubicación específica de la emergencia. • Informar de inmediato al Jefe de Obra, Supervisor o Prevencionista de Riesgos, según corresponda. • El Jefe de Obra, Supervisor o Prevencionista de Riesgos deberá tomar las acciones del caso, como: o Evacuación del personal no necesario. o No mover el paciente. o Despejar vías de acceso. • Llegado el personal de asistencia médica ellos tomaran el manejo de la situación con la colaboración del Jefe de Obra, Supervisor o Prevencionista de Riesgos, donde: • Si las características del accidente son graves y no pueden responder a la situación, se solicitará la presencia de bomberos al lugar, para rescatar a las personas que estén atrapados en los vehículos, ya sean pesados como livianos involucrados en el incidente. • Si existe derrame de aceites o combustibles que puedan contaminar suelos, la brigada debe actuar con los recursos apropiados (maquinaria pesada y elementos de trasvasije) para contener y detener el escurrimiento, confeccionando pretiles y aplicando material que pueda absorber estos combustibles. Accidente Fatal: Se tomarán las siguientes acciones: • Se dará cuenta de inmediato al Jefe de Obra, Supervisor o Prevencionista de Riesgos. • La persona de más alta jerarquía informará a las personas y autoridades correspondientes. • Controlada la emergencia se levantará un informe en el cual contendrá: Descripción del accidente, indicando lugar, fecha, hora, magnitud del evento, principales impactos ambientales. Además, se deberá detallar cada acción y medida de mitigación utilizadas durante la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para la activación de dicho plan de emergencias será coordinado a través del Jefe de Planta. Además, se emitirá un informe el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs controlado la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.8 del ICE del Proyecto.
9.2.9. Emergencia por Vientos o tormentas de polvo/arena Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada En toda el área de emplazamiento del proyecto Acciones a implementar En caso de una situación de emergencia se desarrollarán las siguientes medidas: • Dirigirse a las zonas de seguridad y puntos de encuentros. • Evitar el tránsito por zonas donde ocurra el evento y en zonas donde es posible que se generen con mayor probabilidad. • Informar a supervisores, jefe de obra o Prevencionista de riesgos el estado de trabajadores y en el caso de accidente informar las características de este, ubicación y número de afectados. • No volver a faenas hasta que se haya realizado un chequeo del estado de la planta. • Controlada la emergencia se levantará un informe en el cual contendrá: Descripción del accidente, indicando lugar, fecha, hora, magnitud del evento, principales impactos ambientales. Además, se deberá detallar cada acción y medida de mitigación utilizadas durante la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para la activación de dicho plan de emergencias será coordinado a través del Jefe de Planta. Además, se emitirá un informe el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs controlado la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.9 del ICE del Proyecto.
9.2.10. Emergencia por Deslizamientos o derrumbes de los taludes Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre Parte, obra o acción asociada Zona de extracción de áridos Acciones a implementar En caso de una situación de emergencia se desarrollarán las siguientes medidas: • Se reúnen el Jefe de Obra, Supervisor y Prevencionista de Riesgos para evaluar la situación según corresponda. • De acuerdo con el resultado se realiza evacuación de las zonas de riesgos. • Controlada la emergencia se levantará un informe en el cual contendrá: Descripción del accidente, indicando lugar, fecha, hora, magnitud del evento. Además, se deberá detallar cada acción y medida de control utilizadas durante la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para la activación de dicho plan de emergencias será coordinado a través del Jefe de Planta. Además, se emitirá un informe el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs controlado la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.10 del ICE del Proyecto.
9.2.11. Emergencia por derrames y/o accidentes en caminos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada En toda la vialidad por la que circulen los vehículos del proyecto. Acciones a implementar En caso de una situación de emergencia se desarrollarán las siguientes medidas: • Avisar en forma inmediata al Jefe de Obra, Supervisor o Prevencionista de Riesgos. • De producirse un accidente ya sea de vehículos de carga o de vehículos particulares relacionados con el proyecto se comunicará con los servicios pertinentes en la emergencia tales como ambulancia, bomberos y carabineros, además del jefe de obra. • En caso de producirse derrames accidentales de carga sobre rutas públicas, se dará aviso al jefe de obra, además de los servicios públicos que se requieran (DRV) y se deberá realizar la remoción total del material caído. • Se contará con todos los elementos para prevenir posibles derrames y contenerlos en caso de su ocurrencia. Esto último incluye elementos de contención y absorción de lubricantes u otros (arena, aserrín, peat sorb, etc). • Controlada la emergencia se levantará un informe en el cual contendrá: Descripción del accidente, indicando lugar, fecha, hora, magnitud del evento, principales impactos ambientales. Además, se deberá detallar cada acción y medida de mitigación utilizadas durante la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para la activación de dicho plan de emergencias será coordinado a través del Jefe de Planta. Además, se emitirá un informe el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs controlado la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.11 del ICE del Proyecto.
9.2.12 Emergencia por Derrames sobre caminos públicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada En toda la vialidad pública por la que circulen los vehículos del proyecto. Acciones a implementar En el evento que durante la circulación del vehículo y su carga se produzca algún tipo de accidente que signifique el derrame del producto a la vía pública: • Se deberá comunicar inmediatamente el evento al responsable del proceso y/o jefe directo, a las organizaciones técnicas respectivas, a la autoridad municipal, a carabineros y a la Dirección de Vialidad, a fin de que se proceda a solucionar el accidente en el más breve plazo. • Se deberá indicar, señalizar y cercar la zona afectada, de manera tal que se impida el paso por la calzada involucrada, restituyendo la conectividad por una vía disponible. De esta forma se asegurará un tránsito temporal seguro, evitando situaciones de peligro que se pudieran adicionar. Para esto, los camiones deberán estar equipados con implementos de seguridad. • Se deberá realizar la remoción y limpieza total del material caído. • Enviar informe post emergencia a la SMA, donde se incluyan las acciones realizadas, las medidas propuestas para que el evento quede regularizado según la normativa aplicable y las acciones correctivas a seguir para evitar futuros eventos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para la activación de dicho plan de emergencias será coordinado a través del Jefe de Planta. Además, se emitirá un informe el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs controlado la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.12 del ICE del Proyecto.
9.2.13. Emergencia por Inundación Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Instalación de faenas Acciones a implementar En caso de una situación de emergencia se desarrollarán las siguientes medidas: • Se reúnen el Jefe de Obra, Supervisor y Prevencionista de Riesgos para evaluar la situación según corresponda. • Se establece suspensión de actividades operativas • Toma de acciones con maquinarias existentes para prevenir dichas inundaciones mediante obras provisionales tales como canalizaciones solo mediante movimientos de tierra, enmarcada en el resuelvo N° 4, literal g) de la Resolución Exenta N°135 de la DGA, Ministerio de Obras públicas. • Retiro de maquinarias a resguardo una vez efectuada la maniobra anterior • De acuerdo al resultado se realiza evacuación de las zonas de riesgos. • Controlada la emergencia se levantará un informe en el cual contendrá: Descripción del accidente, indicando lugar, fecha, hora, magnitud del evento, principales impactos ambientales. Además, se deberá detallar cada acción y medida de control utilizadas durante la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de ocurrir un incendio en el cual se requiera de asistencia de organización externa, como por ejemplo bomberos, se avisará a la SMA respecto a la activación del plan de emergencia aplicado. Además, se emitirá un informe el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs controlada la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 ó 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.13 del ICE del Proyecto.
9.2.14. Emergencia por Remoción de masas por flujo de detritos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/Operación Parte, obra o acción asociada Instalación de faenas Acciones a implementar • Activar la cadena de comunicación para dar la alerta de la emergencia • Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Realizar un censo de los trabajadores y maquinaria en el área segura. • Se identificará en caso de existir personas lesionadas, atrapadas y/o desaparecidas. • Un especialista en prevención de riesgos inspeccionará el muro de contención de flujos, y el área del proyecto y determinará si es conveniente relocalizar alguna instalación. Si este fuera el caso, se informará a las autoridades pertinentes. • En el caso que pudiese haber daño a la infraestructura e instalaciones del Proyecto por efecto de una remoción en masa, se evaluará también la factibilidad de reparación o reconstrucción de éstas, de manera de garantizar la integridad de los trabajadores en el desarrollo posterior del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para la activación de dicho plan de emergencias será coordinado a través del Jefe de Obras al Prevencionista de Riesgos a través de un medio escrito (correo electrónico). Además, se emitirá un informe el cual será remitido a la SMA en un período no superior a las 48 hrs de controlada la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 o 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.2.14 del ICE del Proyecto.
10°. Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, este se desarrolló conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300. A continuación, se indica lo realizado:
La DIA del proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el diario de circulación regional Vive País, ambos con fecha 01 de diciembre de 2023. La difusión radial se efectuó por medio de la n RADIO ALEGRIA DE TRASPORTE FM 90,7 Calama y FM 95,3 San Pedro de Atacama, entre los días 04 de diciembre de 2023 y 08 de diciembre de 2023, según consta en el certificado s/n de fecha 21 de diciembre de 2023 emitido por la SOC. DE RADIODIFUSIÓN ALEGRIA DEL TRANSPORTE LTDA.
Con fecha 17 de enero de 2024 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
No se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana requeridos por la Ley N° 19.300.
11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.
13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
14° Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
15°. Que, para que el proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2”, presentada por el Titular Áridos Arenex Ltda.
2°. Certificar que el proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el artículo 132 y 157 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Ampliación de Zona de Extracción en Pozo Lastrero 2” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
KAREN ELIZABETH BEHRENS NAVARRETE Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
TOMÁS BALLESTEROS COHEN Director Regional (S) Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
/JFM
Distribución:
Superintendencia del Medio Ambiente.
ÁRIDOS ARENEX LTDA.; SR. Sebastián Polanco Neumann
CONAF, Región de Antofagasta.
DGA, Región de Antofagasta.
Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta.
DOH, Región de Antofagasta.
Gobernación Marítima de Antofagasta.
Gobierno Regional, Región de Antofagasta.
Ilustre Municipalidad de Calama.
Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta.
SAG, Región de Antofagasta.
SEC, Región de Antofagasta.
SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta.
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta.
SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta.
SEREMI de Energía, Región de Antofagasta.
SEREMI de Minería, Región de Antofagasta.
SEREMI de Salud, Región de Antofagasta.
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta.
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta.
SEREMI MOP, Región de Antofagasta.
SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta.
Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta.
Consejo de Monumentos Nacionales.
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Superintendencia de Servicios Sanitarios. Karen Elizabeth Behrens Navarrete Firmado digitalmente por Karen Elizabeth Behrens Navarrete Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=SEGUNDA - REGION DE ANTOFAGASTA, l=Antofagasta, o=Ministerio del Interior, ou=Terminos de uso en www.esign- la.com/acuerdoterceros, title=Delegada y Autoridad Titular Subrogante Suplente, cn=Karen Elizabeth Behrens Navarrete, email=kbehrens@interior.gob.cl Fecha: 2024.08.13 13:04:50 -04'00'
CC:
Secretaría Comisión de Evaluación.
Archivo SEA. Firmado Digitalmente por Tomás Ballesteros Cohen Fecha: 13-08-2024 12:55:14:781 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC