Parque Solar Pampa Alegre
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” <NUM Puerto Montt <FECHA_RES
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 22 de febrero de 2024 y su Adenda Complementaria de 2 de mayo de 2024, del proyecto “Parque Solar Pampa Alegre”, presentado por Blue Light Energy SpA con fecha 18 de octubre de 2023.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Solar Pampa Alegre”.
3°. La sesión de fecha 31 de mayo de 2024, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” de fecha 31 de mayo de 2024.
5°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 12 de junio de 2024.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Solar Pampa Alegre”.
7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “Reglamento del SEIA” o RSEIA”); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la Resolución N°119046/146/2022 de fecha 3 de marzo de 2022 del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental sobre nombramiento de Director Regional del Servicio para la Región de Los Lagos.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Blue Light Energy SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Blue Light Energy SpA RUT 76.321.718-3 Domicilio Alonso de Córdova 5900. Oficina 603. Santiago Teléfono 56997538070 Nombre Representante Legal César Humberto Moreno Arredondo RUT Representante Legal 17037217-4 Domicilio Representante Legal Alonso de Córdova 5900 Oficina 603. Santiago Teléfono Representante Legal 56997538070 Correo electrónico Representante Legal cmoreno@ble.cl
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2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 31 de mayo de 2024, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto este cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de fecha 12 de junio de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 31 de mayo de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo producir energía eléctrica e inyectarla al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) empleando la radiación solar como fuente de Energía Renovable No Convencional (ERNC), a través de la operación de un parque fotovoltaico compuesto por 23.430 paneles fotovoltaicos de una potencia bruta individual de 670 watts, que en su conjunto y totaliza una potencia a inyectar de 9,00 (MWac).
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c) Centrales generadoras de energía mayores a 3MW. Vida útil 26 años
Monto de inversión USD $ 31.000.000.-
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La gestión, acto o faena mínima que, según la naturaleza y tipología del Proyecto, dará cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, corresponde a la habilitación de terrenos y caminos asociados al área de Proyecto, en conjunto con la instalación de faenas y el cerco perimetral.
Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento del SEIA, se señala que el Proyecto no se realizará por etapas.
X Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No El Proyecto, junto a sus partes, obras y acciones corresponde a un proyecto nuevo.
X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
X
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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Comuna de Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos Descripción de la localización El Proyecto se localiza en un predio privado, que cuenta con alta radiación solar aprovechable, un alto número de horas totales de sol adecuadas; cuenta con caminos de accesos en buen estado y cercano a subestación eléctrica de conexión. Superficie Superficies generales del Proyecto Superficie de Obras Temporales
Superficie Superficie de Obras Permanentes:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Coordenadas UTM en Datum WGS-84 Las coordenadas UTM WGS-84 de la ubicación del Proyecto son las siguientes:
1) Parque Fotovoltaico: Superficie Predio Rol 2226-17, según inscripción: 133,41 ha. Superficie del Proyecto: 19,747 ha VERTICE ESTE NORTE V1 656.465,8905 5.512.968,5964 V2 656.632,4370 5.511.975,2520 V3 656.597,0427 5.511.969,5253 V4 656.563,4657 5.512.000,6308 V5 656.484,2521 5.511.984,2074 V6 656.447,8623 5.511.960,1104 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
V7 656.445,6961 5.511.945,0382 V8 656.396,5990 5.511.937,0945 V9 656.284,4748 5.512.586,3661 V10 656.394,4194 5.512.610,1985 V11 656.344,4570 5.512.917,4520
2) Transformadores: 88,62 m2 VERTICE ESTE NORTE V12 656.387,3336 5.512.846,1116 V13 656.387,9656 5.512.842,2246 V14 656.388,5976 5.512.838,3377 V15 656.389,2292 5.512.834,4533 V16 656.389,8608 5.512.830,5689 V17 656.390,4924 5.512.826,6845
3) Acceso: Ruta U-160
ESTE NORTE VAC 656.316,6294 5.512.400,1701
4) Punto de Conexión: P373093
ESTE NORTE PoC 656.320,8381 5.512.364,2626 Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria Caminos de acceso Para acceder al Proyecto, se utilizará un acceso directo por la ruta U-160 DM 5.890,00 m por lo que ya se cuenta con la solicitud de factibilidad a la dirección de vialidad del MOP (Anexo 5.3 de la DIA). Referencia expediente de evaluación de mapas georreferenciación e información complementaria sobre localización de partes, obras y acciones Anexo 2 – Planimetría del Proyecto Anexo 3 de Adenda Complementaria: Actualización Ficha Resumen Tabla 4.1 del ICE
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Escarpe y preparación del terreno Se realiza replanteo topográfico para garantizar las dimensiones y formas indicadas en los planos, comenzando por las áreas provisorias y luego en el resto del área del Proyecto. El material resultante del movimiento de tierra será utilizado al interior del Proyecto en las actividades de relleno de áreas. Se removerá la vegetación existente realizando el destronque, descepado y limpieza de la vegetación, lo cual se realizará mediante cortas a tala rasa, de manera sectorizada; los ejemplares cortados serán desramados y trozados en terreno, para luego ser repartidos por los caminos internos minimizando la alteración del suelo.
Instalación de faenas En el área de instalación de faenas se contempla habilitar 6 contenedores modulares, que se montan directamente sobre el suelo, apoyados en poyos de madera o de hormigón, dando lugar a los siguientes recintos: 4 oficinas, baños químicos, 2 camarines, 1 comedor y 1 caseta de guardia. Los módulos por utilizar son 4 unidades de 6 x 2,5 m, 1 unidad de 3 x 2,5 m y 1 unidad de 6 x 12 m. Además, se habilitará 10 estacionamientos, una piscina de lavado de canoa y lavado de ruedas. La función de la instalación de faenas es centralizar las actividades generales de control, administración, planificación y manejo de materiales, además de toda la infraestructura logística para la gestión de recursos materiales y humanos.
Cerco perimetral Cerco perimetral con 2.500 m de longitud y de 2,5 m de altura aproximadamente, de malla ACMAFOR o similar y postes de acero galvanizado o similar, hincándose cada 3 m a una profundidad promedio de 40 cm.
Caminos perimetrales Para el mantenimiento del parque fotovoltaico se habilitarán caminos perimetrales de 4 m de ancho que darán acceso a los espacios disponibles entre las mesas de los módulos, a través de los cuales solo pasarán camionetas y camiones pequeños para el lavado y mantención de los módulos fotovoltaicos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Canalización eléctrica Considerando las condiciones del terreno y que en algunos sectores se pueda generar afloramiento de agua, se plantea la canalización eléctrica de forma superficial, a fin de resguardar los componentes ambientales, tales como, napas subterráneas, hallazgos arqueológicos o cualquier otro que puedan verse afectados por las excavaciones; por lo tanto, se establecerá una canalización aérea o sobrepuesta en las estructuras, de acuerdo con la normativa eléctrica vigente.
Canalización superficial de baja tensión Las zanjas requeridas para la canalización eléctrica de cables de baja tensión serán superficiales, de aproximadamente 35 cm de ancho. La canalización eléctrica estará constituida por canales estancos y resistentes al alto tráfico y será de tipo superficial y estará protegida por canales estancos y resistentes al alto tráfico.
Canalización superficial de media tensión Los cables de media tensión con canalizaciones superficiales tendrán 50 cm de ancho; al igual que las canalizaciones de baja tensión, estas se realizarán de forma superficial y estarán constituidas por canales estancos y resistentes al alto tráfico.
Hincado e instalaciones elementos del parque fotovoltaico Una vez habilitado el terreno se procede al hincado de los perfiles de las estructuras de soporte de los paneles fotovoltaicos. La profundidad de hincado así como el perfil a utilizar depende de las características del suelo y de la carga a soportar; sin embargo, se calcula una profundidad máxima de 2 m. Según el estudio hidrogeológico correspondiente al Anexo 3.12 de la DIA, el nivel freático se encuentra a un mínimo de 0,4 m de profundidad.
El material utilizado para fabricar las hincas es acero galvanizado, lo que protege el acero estructural mediante un baño contra la corrosión; se utiliza dicho material ya que evita el deterioro de los elementos, protegiendo las estructuras expuestas de la intemperie y de los ataques de sales solubles del terreno, tales como sulfatos y/o cloruros.
Marcha blanca Para probar su funcionamiento del parque fotovoltaico y lograr una conexión exitosa de los equipos, se consideran las siguientes pruebas: • Terminación mecánica: Comprobación de la correcta instalación de los equipos, haciendo hincapié en los sistemas de protección. • Puesta en marcha: Se lleva a cabo el protocolo de “puesta en marcha” con una conexión progresiva de los equipos y sistemas. • Pruebas de rendimiento: Se efectúa en un período mínimo de 30 días, donde se comprueba el rendimiento de los paneles fotovoltaicos, rendimiento de los centros de transformación y funcionamiento normal de equipos y sistemas.
Desmontaje de obras provisorias Una vez terminadas las obras de construcción del Proyecto, se retira la instalación de faena y todos los elementos ajenos que no sean necesarios para la fase operativa. Se tomarán las acciones para readecuar las áreas intervenidas posterior a su desmantelamiento. Se realizará el retiro de los materiales sobrantes, residuos y desechos de las áreas que hayan sido intervenidas por las faenas, los cuales serán finalmente dispuestos en lugares que cuenten con la autorización sanitaria respectiva.
Servicios higiénicos Se habilitarán baños químicos, en un contenedor destinado para los trabajadores, los que tendrán una superficie de 15 m2. Las dependencias serán cerradas, en número apropiado a la cantidad de trabajadores promedio y máximo contemplados. Las instalaciones darán cumplimiento a los artículos del Párrafo V del D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud.
Oficinas Se consideran 4 oficinas para la instalación de faenas, de 15 m2 cada una, las cuales cuentan con elementos que permiten la correcta ventilación y luminosidad, además de sillas y mesas ergonométricas para facilitar el trabajo. Las oficinas se proyectan en base a un doble contenedor metálico equipadas con muebles (sillas, escritorios, mesas, entre otros), equipos de calefacción/aire acondicionado, fotocopiadora entre otros elementos.
Comedor Se considera dentro de la instalación de faenas la habilitación de un comedor de 30 m², el cual será utilizado por los trabajadores para calentar los alimentos preparados que traigan de sus viviendas, y contará con el espacio necesario para que puedan almorzar cómodamente, siguiendo los requisitos establecidos en el artículo 28 del D.S N°594/99, del MINSAL, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Caseta de guardia Se habilitará una caseta de guardia, la cual tendrá una superficie de 7,5 m2, cuya función será albergar al cuidador de la planta durante la fase de construcción y como control de acceso y salida de vehículos.
Área libre para resguardo y circulaciones Se habilitará una zona de 393,10 m2 para la instalación de faena, para resguardo y circulaciones de forma segura.
Área de bodegas provisorias Se considera un área de 570 m2 para el acopio temporal de residuos y material de descarte, la que se mantendrá durante toda la vida útil del proyecto. Esta zona está identificada y cada sector cuenta con un cierre físico para evitar mezcla de residuos.
Acopio de Residuos Peligrosos Se considera un sector de acopio de residuos peligrosos de 55 m2, que cuenta con acceso controlado y señalética, al interior del cual se ubica la Bodega de Residuos Peligrosos.
Bodega RESPEL Los residuos son separados según peligrosidad y almacenados en tambores cerrados herméticamente, identificados de forma diferenciada, y almacenados temporalmente en bodega exclusiva para residuos peligrosos, la que contará con las características establecidas en el artículo 33 del D.S. N°148/2003 del MINSAL. La bodega tiene una superficie de 15 m2 y se ubica en un sector de 55 m2, específico para el almacenamiento de ese tipo de residuos. De acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de dicho decreto, los residuos serán almacenados por un periodo máximo de 6 meses; siendo retirados por empresa autorizada para su traslado hasta sitio de disposición autorizado. En Anexo 4.3 de la DIA se entregan los antecedentes del PAS 142, los que se actualizan en Adenda.
Acopio de Residuos domiciliarios Los residuos domiciliarios correspondientes a la basura generada por los trabajadores, principalmente como desechos orgánicos, bolsas, papeles, cartones, etc., se almacenan en contenedores debidamente rotulados, los que se ubican dentro de un área de 35 m², con cierre perimetral para evitar el ingreso de animales silvestres y domésticos.
Bodega Residuos Sólidos asimilables a domiciliarios En la zona del acopio de residuos domiciliarios se instala una bodega de almacenamiento de 7,5 m2 de superficie. Los contenedores tienen una capacidad aproximada de 200 litros, poseen tapa y un sistema hermético de contención, lo cual evita la percolación de líquidos; también poseen ruedas para mayor facilidad de movimiento. El retiro de estos residuos se realiza por parte de empresas autorizadas para su traslado hasta sitios de disposición final autorizados. Los antecedentes para solicitar la autorización sanitaria de dicha instalación se presentan en el Anexo 4.2 de la DIA, sobre la obtención del PAS 140.
Acopio Residuos Industriales No Peligrosos Se proyecta un área de 105 m2, con cierre perimetral y sobre suelo estabilizado, dividida en 3 zonas, las cuales cuentan con accesos separados. Dicha área cuenta con señalización de seguridad adecuada, identificándose el tipo de residuos, se exigirá el uso de E.P.P., se mantendrá en orden y no se obstruirán las vías de ingreso. Se mantendrá un registro del ingreso y retiro de los residuos, cuyas copias se encontrarán en las oficinas de la instalación de faena. En este sector se acopiarán los residuos de la construcción, como maderas, pallets, embalajes de cartón y plástico, despuntes de acero, entre otros; residuos que serán dispuestos de forma ordenada según su finalidad, por ejemplo, si pueden ser reutilizados, reciclados, donados o deban ser llevados a un lugar de disposición final en sitio autorizado. Se solicitó autorización sanitaria para esta instalación, por lo que se presentan los antecedentes ambientales para la obtención del PAS 140 del RSEIA, en el Anexo 4.2 de la DIA, los que se actualizan en Adenda.
Área libre de resguardo y circulaciones Se considera un área libre para resguardo y circulaciones de 375 m2. Área de acopio Se dispone de una zona de acopio para materiales y equipos, de 570 m2, para almacenar transitoriamente las infraestructuras e instalaciones (paneles fotovoltaicos, seguidores, pilotes, etc.), así como las maquinarias y equipos durante la construcción del proyecto. El acopio de materiales se realiza directamente sobre el suelo, considerando trozos de madera (tacos o pallets) destinados a separar los materiales del suelo. Las bodegas se mantendrán durante todas las fases del proyecto.
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Recursos naturales renovables Suelo. Se considera la limpieza del terreno, actividad que consiste principalmente en la corta de vegetación y en el despeje superficial. La principal intervención sobre el suelo corresponde a las excavaciones y escarpe de la zona de faenas; se considera un escarpe, durante la fase de construcción de 1,369 hectáreas, distribuidos entre la instalación de construcciones permanentes y caminos internos. Se consideran excavaciones asociadas al escarpe, las que serán mínimas, ya que se evitará en lo posible excavaciones, dando preferencia a la creación de terraplenes (relleno) con material granular traído de canteras autorizadas. El movimiento de tierra asociado a la canalización de zanjas de cables y caminos perimetrales equivale a un volumen de 1.809 m³, material que será redistribuido en el terreno, descartándose el envío fuera del predio de material excavado.
Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: Los resultados de los niveles de emisión según la actividad en la fase de construcción por cada año cronológico son los siguientes:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Emisiones líquidas: a) Efluentes domésticos: Para la fase de construcción se estima un máximo de 70 trabajadores, por lo cual, la producción de aguas servidas es de 7 m³/día, con un coeficiente de recuperación de 100%.
b) Efluentes industriales: Los residuos líquidos industriales que se generan en la fase de construcción del Proyecto corresponden a aguas provenientes del lavado de camiones mixer que transportarán hormigón. Para el lavado de canoas de los camiones mixer se contempla la implementación de una piscina recubierta con HDPE, para evitar la adherencia del hormigón al material una vez endurecido; sistema que facilita la evaporación del agua para la posterior eliminación del cemento decantado como sólido residual inerte, enviando posteriormente los residuos sólidos al sitio de disposición final. El área de lavado de canoas corresponde a una instalación especialmente habilitada, que consta de un área excavada de aproximadamente 50 cm de profundidad y 3,5 m x 3,5 m de superficie (6,125 m3), revestida de una lámina de HDPE (polietileno de alta densidad) que cubrirá por completo la zona sin dejar bordes descubiertos, para contener el agua del lavado de canoa, la que decanta por gravedad sobre una membrana depositando sobre ella, y en ningún caso, quedando en contacto directo con el suelo. El agua para el lavado de las canoas se aplica mediante una manguera proveniente del mismo camión.
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Se utilizará un camión mixer, 3 veces al día como máximo, por lo que si se considera que la cantidad de aguas de lavado corresponde a 70 litros/camión, equivalente a 210 litros por día, y un máximo de 19 días de actividad requeridos, resulta un total de 4 m3 para toda fase de construcción; por tanto, en el peor de los casos la piscina será capaz de contener el 100% de las aguas provenientes del lavado de las canoas.
Emisiones de ruido.
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Vibraciones:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Detalles sobre recolección, almacenamiento temporal, trasporte y disposición final de este tipo de residuos se presenta en Tabla 4.6.5.1 del ICE.
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Residuos industriales peligrosos:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Sustancias peligrosas: Para el desarrollo de la fase de construcción se requerirá contar con el suministro y almacenamiento de sustancias definidas como peligrosas por la norma NCh 382.Of.2004, tales como pinturas, diluyentes, lubricantes, entre otros. Estas sustancias serán almacenadas dando cumplimiento al D.S. Nº43/2016 del Ministerio de Salud, “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. En vista de que las sustancias se encuentran identificadas y diferenciadas de las otras sustancias, es importante destacar que las cantidades almacenadas son menores (600 kg) por lo que estas se manejan como almacenamiento menor, según lo establecido en el artículo 19 del Párrafo I “Del almacenamiento de pequeñas cantidades”, de dicho decreto. Según su volumen, como mínimo se contará con gabinetes de almacenamiento, con medidas antisísmicas y antiderrames.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.6 del ICE - Tablas 4.6.1.1 y 4.6.1.2 - Tabla 4.6.3 - Tabla 4.6.4.1 – 4.6.4.2 – 4.6.4.3 – 4.6.4.4 - Tablas 4.6.5.1 – 4.6.5.2 – 4.6.5.3 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Paneles fotovoltaicos Se ha previsto la instalación de 23.430 paneles con una potencia máxima de 670 W cada uno; los cuales son montados de forma manual sobre las estructuras de soporte. Las medidas aproximadas de los módulos corresponden a 2,384 m de altura por 1,303 m de ancho y 35 mm de profundidad, y su peso aproximado es de 33,6 kg (Ficha Técnica en Anexo 5 de la DIA).
Cerco perimetral El cerco perimetral de 2.500 m de longitud y con una altura aproximada de 2,5 m, descrito para la fase de construcción, servirá durante la fase de operación para limitar el acceso y proveer seguridad tanto a las instalaciones.
Caminos internos Para el adecuado mantenimiento del parque fotovoltaico se habilitarán caminos internos perimetrales de 4 m de ancho que dan acceso a los espacios disponibles Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
entre las mesas de los módulos a través de los cuales solo pasarán camionetas y camiones pequeños para el lavado y mantención de los módulos fotovoltaicos.
Centros de transformadores Los centros de transformación contendrán, entre otros elementos, los transformadores e inversores. La electricidad será conducida desde los paneles fotovoltaicos a los centros de transformación mediante conductores localizados en zanjas de corriente alterna. Se contempla 6 centros de transformación con una potencia máxima de 4.400 kVa cada uno, para convertir la energía generada por los paneles fotovoltaicos en corriente alterna y elevar su voltaje a 23 KV para su inyección al poste de conexión P373093 del alimentador Germán Hube, propiedad de la compañía eléctrica SAESA. Además, contendrán otros equipos eléctricos pertinentes y usuales en dicho tipo de instalaciones, tales como interruptores, relés y puesta a tierra, con sus respectivas celdas de maniobra. Cada transformador cuenta con un equipo de refrigeración de circulación de aceite natural y enfriado por aire de forma natural (ONAN); por lo tanto, cada centro cuenta con su sistema de contención (base impermeabilizada con pretiles antiderrames).
Sistema de almacenamiento con baterías El sistema de almacenamiento con baterías tiene una superficie 1.624,89 m2 destinada a la ubicación de equipos de almacenamiento de energía proveniente de los módulos solares, en adelante Sistema BESS. Este equipamiento permite que la energía almacenada pueda ser inyectada en horario nocturno al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
Área de Operación Se considera un área de 570 m2, la cual mantendrá diversas estructuras, áreas y equipos necesarios para el desarrollo del proyecto.
Caseta de transferencia La caseta de transferencia tiene una superficie de 44,10 m2, donde se instalarán equipos para el funcionamiento del parque, como los tableros eléctricos que controlan y protegen los circuitos y quipos de la planta fotovoltaica. Se incluyen sistemas de vigilancia CCTV y sistema de monitoreo SCADA. En este edificio no se incluyen puestos de trabajo, sin embargo, se incluye un baño que consta de 1 lavamanos y 1 WC.
Estanque de almacenamiento de agua En cuanto a la fase de operaciones se cuenta con un sistema independiente de agua potable que consta de un estanque de agua plástico elevado a una altura de 9 m sin sistema de bombas (presión barométrica) con cañerías para conectar el baño.
Fosa séptica Durante la fase de operación se considera una mano de obra de 7 trabajadores para las actividades de mantenimiento, para las que se estima, una generación de aguas servidas de 1,05 m3/día. El tratamiento será basado en una fosa séptica y las aguas será infiltradas al terreno, según se detalla en los antecedentes para acreditar el cumplimiento del PAS 138 (Anexo 4.1 de la DIA y actualizado en Adenda).
Área libre para resguardo y circulaciones Se destinará un área libre para el resguardo y circulaciones con una superficie de 525,90 m2. Área de bodegas Cuenta con una superficie total de 570 m2.
Bodega RESPEL Los residuos son separados según peligrosidad y almacenados en tambores cerrados herméticamente, identificados de forma diferenciada, los cuales se disponen temporalmente en un sector específico para el almacenamiento de Residuos Peligrosos de 55 m2. La bodega, que corresponde a la utilizada en la fase de construcción y cuenta con las características establecidas en el artículo 33 del D.S. N°148/2003 del MINSAL, tiene una superficie de 15 m2. De acuerdo con lo establecido en el artículo en el artículo 31 del mismo decreto, los residuos serán almacenados por un periodo máximo de 6 meses; antes de cumplirse dicho periodo, los residuos serán retirados por empresa autorizada para su traslado y disposición en lugar autorizado. En el Anexo 4.3 de la DIA se presentan los antecedentes para acreditar el cumplimiento del PAS 142 del RSEIA, los cuales se actualizan en Adenda.
Bodega de Residuos Sólidos Domiciliarios Los RSD generados son almacenados en bolsas plásticas en su lugar de origen al interior de contenedores plásticos, para posteriormente ser dispuestos en contenedores metálicos ubicados en las áreas de acopio temporal de RSD y luego ser retirados, transportados y dispuestos en sitios autorizados. El detalle se presenta en el Anexo 4.2 de la DIA, referida a los antecedentes para acreditar el cumplimiento del PAS 140 del RSEIA, los que se actualizan en Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Área de acopio de residuos industriales no peligrosos Los RISES son depositados en contenedor emplazado en el área de acopio temporal, para ser retirados y dispuestos en sitios autorizados cuando el contenedor presente aproximadamente el 80% de su capacidad utilizada. Se destinará un área de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos la que tendrá una superficie de 105 m2. El detalle se presenta en el Anexo 4.2 de la DIA, referida a los antecedentes para acreditar el cumplimiento del PAS 140 del RSEIA, los que se actualizan en Adenda.
Área libre para resguardo y circulaciones Se dispondrá de un área de libre resguardo y circulaciones de 375 m². Operación del Parque Fotovoltaico Durante la operación del parque fotovoltaico, la radiación solar es captada por los paneles fotovoltaicos, que convierten la energía solar en energía eléctrica de corriente continua (DC). Luego, se utilizan inversores/transformadores (centros de transformación) para convertir la corriente continua en corriente alterna (AC) y elevar el voltaje a niveles adecuados para inyectar a la subestación eléctrica seccionadora.
En este caso se espera contar con una potencia instalada (peak) de 15,698 MWdc para inyectar de 9,00 MWac al SEN y alcanzar una potencia nominal de 26,400 MWac. El proyecto utilizará 23.430 unidades de paneles fotovoltaicos, cada uno con una potencia máxima de 670 Wdc. Además, se utilizarán 6 unidades centros de transformación con una potencia máxima de 4.400 kVa para convertir la energía generada por los paneles fotovoltaicos en corriente alterna y elevar su voltaje a 23 KV para su inyección al poste de conexión P373093 del alimentador Germán Hube, de propiedad de la compañía eléctrica SAESA.
Mantenciones que se realizan en fase de operación Durante la fase de operación del parque fotovoltaico se realizarán labores de mantenimiento preventivo y correctivo para garantizar el correcto funcionamiento de los equipos, lo cual incluirá la limpieza periódica de los paneles, la revisión de los equipos de control y la reparación de cualquier componente dañado. Dichas labores de mantenimiento consideran: - Inspección visual del cerco, acceso y seguridad (mensualmente) - Revisión de estructuras e integridad de paneles fotovoltaicos, revisión de extintores, limpieza de caseta de centros de transformación (trimestralmente) - Limpieza de paneles fotovoltaicos, revisión de inversores, y retiro de lodos (semestralmente) - Corte y desbrozado de hierbas y pastos (cuatrimestralmente)
Productos generados El Proyecto producirá energía eléctrica por medio de la instalación de 23.430 paneles fotovoltaicos, y tendrá una potencia instalada de 15,698 MWp que será incorporada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), la evacuación se generará desde la planta fotovoltaica de forma directa a la línea de media tensión existente.
Recursos naturales renovables Agua: se utilizará agua, la cual será suministrada por terceros, mediante camiones aljibe. El consumo de agua industrial para la limpieza de los paneles fotovoltaicos será de 0,4 l/panel, totalizando un consumo máximo de 9,372 m³ para toda la planta fotovoltaica, considerando 23.430 paneles, cada vez que se realice esta actividad. El agua industrial para la limpieza de paneles será provista por una empresa contratista de la Región de Los Lagos, a la cual se le exigirá el certificado de procedencia y calidad del agua además de la respectiva autorización sanitaria.
Se estima que el consumo máximo de agua potable será 1,05 m³/día aproximadamente, considerando un total de 7 trabajadores para las actividades de inspección y mantenimiento del parque fotovoltaico. El abastecimiento del agua contará con las condiciones apropiadas que aseguren la calidad de estas de acuerdo con lo establecido en el D.S. Nº735/69, que establece el “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo humano”, y sus modificaciones según D.S. Nº131/06 y D.S. Nº76/09.
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Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: Los niveles de emisión según la actividad en la fase de operación por cada año cronológico son los siguientes:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Emisiones líquidas o efluentes:
Efluentes domésticos: Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán aguas servidas que requerirán de la implementación de una instalación sanitaria, la cual se ubicará cercana a las áreas de control. Durante la fase de operación se considera una mano de obra máxima de 7 trabajadores para las actividades de mantenimiento, para las que se estima, una generación de aguas servidas de 1,05 m³/día. El tratamiento será el mismo, basado en una fosa séptica y las aguas serán infiltradas al terreno tal y como se desarrolla en el PAS 138 (Anexo 4.1 de la DIA).
Otras emisiones líquidas: Se generarán residuos líquidos, asociados a la limpieza de los paneles, que se realizará 2 vez al año con agua de proveedor autorizado, la cual en un 50% se evaporará por ciclo y el resto, unos 4,75 (m³) de agua, con polvo, los cuales caerán en la superficie absorbiéndose en el terreno sin generar ningún tipo de escurrimiento ni infiltración profunda.
Emisiones de ruido:
Transformador/Inversor de 4,4 MVA Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Maquinaria
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
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Vibraciones:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Campos electromagnéticos: De la investigación bibliográfica y las simulaciones efectuadas para estimar la magnitud de los efectos electromagnéticos provocados por las diversas instalaciones del Parque Solar, se presentan resultados conforme a los criterios de las normas referidas, indicando la ubicación donde se presentan dichos valores, según la Tabla siguiente: Valores de campo resultantes del estudio
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria De los resultados presentados en la Tabla anterior, se concluye que las instalaciones del Proyecto satisfacen la normativa vigente respecto de campos electromagnéticos de baja frecuencia, por cuanto todos los valores de campo resultan inferiores a los límites reconocidos tanto nacional como internacionalmente como seguros para las personas.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Residuos industriales no peligrosos:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
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Residuos peligrosos:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.7 del ICE: - Tablas 4.7.1.1 – 4.7.1.2 - Tabla 4.7.3 - Tabla 4.7.4 - Tablas 4.7.5.1 – 4.7.5.2 – 4.7.5.3 – 4.7.5.4 - Tablas 4.7.6.1 – 4.7.6.2 – 4.7.6.3 4.3.3. FASE DE CIERRE Contratación de Mano de Obra Durante la Fase de Cierre y abandono del Proyecto se estima una generación promedio de 50 puestos de trabajo, con un máximo de 55. Instalación de Faenas La ubicación de instalación de faenas para el desmantelamiento del Proyecto coincide con la ubicación de la instalación de la fase de construcción, lo que supone que se aprovecharán las zonas utilizadas en construcción.
Desconexión En esta fase se procederá a la desconexión eléctrica general para que no circule corriente y se puedan realizar los siguientes procesos sin riesgo para los trabajadores. Esta fase la realizará una empresa especializada en instalaciones eléctricas y será coordinada y supervisada por el propietario del alimentador, la empresa SAESA.
Desmantelamiento de edificaciones Las edificaciones modulares son susceptibles de reutilización, por lo cual se contactará con una empresa autorizada para su reciclaje o reutilización. Las edificaciones se retirarán con la ayuda de un camión pluma que llevará los contenedores a su destino final.
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Desmantelamiento de Paneles y Estructuras Será realizado por cuadrillas que procederán, en primer lugar, al desenganche del panel con la estructura para ser acopiado, una vez retirado se comenzará con las estructuras metálicas. El proceso es como sigue: - Se retirarán y empacarán los módulos fotovoltaicos, para reutilización o reciclaje. - Se desarmará la estructura metálica con la ayuda de un camión pluma, para luego enviar las partes metálicas a reciclaje ya que cuentan con un alto valor residual para la producción de acero.
Desmantelamiento del cableado Los cables eléctricos y de control son generalmente de cobre por lo que tienen un importante valor residual y son potencialmente reciclables. El cable empleado en la instalación hasta su conexión a la red va enterrado en zanjas, al interior de tubos corrugados. De este modo se procederá a recoger todo el material para su envío a un centro de reciclaje y/o disposición final, según la normativa ambiental vigente en el momento de la retirada.
Desmantelamiento de elementos de Hormigón El desmantelamiento de los elementos de hormigón contempla lo siguiente: - Las bases de hormigón que se emplean para las edificaciones. - Elementos de soporte del cerco perimetral, los que serán fragmentados mediante martillos mecánicos y los escombros serán enviados a lugar de disposición autorizado ya que se consideran residuos inertes. - En el caso de las cimentaciones, serán retirados todos los elementos en superficie.
Caminos interiores Se evaluará, en caso de que corresponda, la conveniencia de mantener los caminos interiores, de acuerdo con el uso futuro del área del Proyecto. En caso contrario éstos serán escarpados y descompactados por medio de una desoladora de 25 – 35 cm, de forma de restituir el área a condiciones topográficas iniciales y permitirá la restauración del suelo a una condición similar a la original.
Prevención de futuras emisiones Debido al carácter del Proyecto, el mismo no produce emisiones de ningún tipo en sus fases de operación ni de cierre; no obstante, el personal a cargo se cerciorará que el área del Proyecto quede desprovista de elementos que generen emisiones de cualquier tipo. Por otra parte, se tendrá especial cuidado de realizar el desmantelamiento de las obras de manera óptima y realizar el retiro del total de los residuos generados para su posterior disposición en sitios autorizados, por parte de empresas autorizadas.
Mantención, conservación y supervisión En caso de ser necesario, se realizará un calendario de visitas de inspección al área del Proyecto luego de su cierre y abandono para supervisar y verificar el estado del terreno, a partir de lo cual se podrán establecer, en conjunto con la Autoridad Ambiental, posibles acciones para su mantención y conservación. Este punto será abordado en el Plan de Cierre específico que el Titular entregará a la autoridad antes de comenzar la fase de cierre y abandono, en donde se indicará en detalle las actividades y forma en que se llevará a cabo esta fase.
El método o planificación de trabajo consiste, en términos generales, en reutilizar todo material reciclable que se encuentre en el parque, es decir: reciclaje total de los componentes de los paneles que ya no estén en condiciones de generar energía; reciclaje y reutilización de todo el equipamiento eléctrico que esté en condiciones de seguir operando; y reciclaje de este mismo tipo de material que ya no esté apto según su vida útil.
Se entregará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), o a la entidad que cumpla similares funciones a la fecha de cierre del Proyecto, un informe con los registros, planimetrías y cubicaciones asociadas a las actividades de cierre a fin de acreditar la realización de la actividad y el éxito de éstas. Para cada actividad antes mencionada el medio de registro serán las guías de despacho del transportista, cuya copia quedará archivada en la carpeta de registros de disposición de materiales y equipos de la fase de cierre. Además, se mantendrá un registro físico de las actividades de la fase de cierre.
Recursos naturales renovables No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre y abandono del Proyecto.
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Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Emisiones líquidas: La fase de cierre se ejecutará en un periodo de 6 meses con una mano de obra de 55 personas como máximo. Se habilitarán las mismas instalaciones de faenas que en la fase de construcción, contemplando un área para la instalación de baños químicos, estimándose una generación máxima de 8,25 m3 de efluentes, los cuales serán retirados por empresa autorizada.
Emisiones de ruido: Niveles de potencia acústica de la maquinaria para utilizar en la fase de cierre del Proyecto: Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
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Vibraciones: En la siguiente tabla se presentan los indicadores de vibración de distintas maquinarias, medidos a 25 pies de distancia (Fuente: “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” - FTA.
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
Residuos industriales no peligrosos:
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
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Residuos peligrosos:
Caracterización Peso Máximo Tipo de contenedor Frecuencia de retiro Kg/mes Kg/fase Aceites usados 240 1.440
Recipiente hermético
Cada 6 meses o según requerimiento Grasas usadas 220 1.320 Filtros de aceite 300 1.800 Paños y material absorbente contaminado 160 960 Módulos fotovoltaicos dañados 131.210 787.259 Área de acopio temporal Mensual o según requerimientos Fuente: Modificado de Ficha Resumen Adenda Complementaria
En todos los casos, la disposición final de los residuos se hará en Sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.8 del ICE - Tablas 4.8.1.1 – 4.8.1.2 - Tabla 4.8.3 - Tabla 4.8.4.1 – 4.8.4.2 – 4.8.4.3 – 4.8.4.4 - Tablas 4.8.5.1 – 4.8.5.2 – 4.8.5.3
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio El inicio estimado de la fase de construcción será una vez obtenida la calificación ambiental favorable y los permisos ambientales sectoriales. Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio de los escarpes e instalación de faenas Fecha estimada de término 6 meses desde inicio fase de construcción Parte, obra o acción que establece el término Término de la fase de construcción y pruebas de puesta en marcha de la planta 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio La fecha que inicia la etapa de operación del Proyecto corresponde a una vez finalizada la fase de construcción Parte, obra o acción que establece el inicio Conexión a la red eléctrica Fecha estimada de término Al año 26 desde inicio de la ejecución del proyecto Parte, obra o acción que establece el término Cese vida útil de la planta 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Una vez finalizada la operación del proyecto Parte, obra o acción que establece el inicio Desconexión definitiva de la red eléctrica Fecha estimada de término 6 meses después del cese de la operación del parque Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento de edificaciones, paneles y estructuras, cableado y construcciones de hormigón
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5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Afectación a la calidad del aire Parte, obra o acción que lo genera Emisiones de material particulado asociadas a la resuspensión de polvo debido al tránsito vehicular en caminos no pavimentados; emisiones de gases asociadas a la operación de maquinaria y vehículos; emisiones de contaminantes en caso de incendio del sistema de baterías. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre
Impacto ambiental Afectación a las personas por emisiones de ruidos y vibraciones Parte, obra o acción que lo genera Construcción de obras del parque fotovoltaico Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.1 del ICE Tabla 6.1 del ICE De acuerdo con lo descrito en la DIA y sus Adenda, y resumido en el literal a) de la Tabla 6.1 del ICE, la estimación de las emisiones, tanto de material particulado como gases de combustión para las diferentes actividades del Proyecto en las fases de construcción, operación y cierre, permiten determinar que no se generará contaminación atmosférica significativa en el área de influencia del Proyecto, considerando lo acotado del área de intervención y sus respectivas actividades, la temporalidad en la emisión de éstas y las características junto con las cantidades a emitir por el Proyecto, se puede determinar que no se superarán los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad vigentes.
Por su parte, según lo descrito en la DIA y sus Adenda, y resumido en el literal b) de la Tabla 6.1 del ICE, es posible concluir que los efectos del Proyecto no son significativos, ya que se ubica en un sector rural que, de acuerdo con las proyecciones de emisión de ruido modeladas, estarían por debajo de los niveles máximos permitidos para las zonas consideradas, aplicando medidas de control según la normativa vigente.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida de suelo Componente ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones y escarpe en fase de construcción; instalación y operación del parque solar (paneles solares y obras permanentes) Fase en que se presenta Construcción y Operación
Impacto ambiental Compactación y eventual degradación de suelo Componente ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones y escarpe para construcción de la Planta Fase en que se presenta Construcción y Operación
Impacto ambiental Afloramiento de agua subterránea Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Hincado de perfiles de estructuras de soporte de los paneles fotovoltaicos Fase en que se presenta Construcción
Impacto ambiental Afectación a la calidad del agua subterránea Componente ambiental afectado Agua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Parte, obra o acción que lo genera Infiltración de aguas servidas tratadas provenientes de operación de fosa séptica; lavado de paneles fotovoltaicos Fase en que se presenta Operación
Impacto ambiental Afectación a la calidad del aire Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Emisiones de material particulado asociadas a resuspensión de polvo debido al tránsito vehicular en caminos Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre
Impacto ambiental Afectación a la calidad del aire Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Emisiones de gases asociadas al tránsito vehicular en caminos y al uso de generadores Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre
Impacto ambiental Afectación a flora y vegetación nativa debido a proliferación de especies invasoras Componente ambiental afectado Flora Parte, obra o acción que lo genera Despeje del terreno para instalación de obras permanentes; funcionamiento del parque solar. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre
Impacto ambiental Afectación a fauna terrestre de baja movilidad Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones y actividades de despeje del terreno Fase en que se presenta Construcción
Impacto ambiental Afectación a fauna terrestre Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Emisiones de ruido Fase en que se presenta Construcción y Cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 5.2 del ICE: - Tabla 5.2.1 - Tabla 5.2.2 - Tabla 5.2.3 - Tablas 5.2.4.1 – 5.2.4.2 Tabla 6.2 del ICE En base a lo señalado en el literal a) de la Tabla 6.2 del ICE, se estima que el Proyecto no genera un efecto adverso significativo sobre el componente suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. No obstante, según lo indicado en el literal c) de la Tabla 6.2 del ICE, durante la evaluación del Proyecto, se propone la ejecución de Compromiso Ambiental Voluntario (CAV), puesto que la clasificación establecida en base al estudio edafológico realizado corresponde a suelos de Clase de Capacidad de Uso III y IV.
Según los antecedentes expuestos en el literal b) de la Tabla 6.2 del ICE, es posible concluir que el Proyecto no interviene superficies con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y que por lo tanto no genera impactos significativos en el área de influencia.
De acuerdo con lo analizado en el literal c) de la tabla 6.2 del ICE, dadas las características y naturaleza del Proyecto no se prevé la generación de emisiones atmosféricas contaminantes que pudieran provocar efectos adversos significativos sobre la calidad del aire considerando su baja magnitud y duración del periodo de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
construcción u obras de mantención, según lo indicado en modelación atmosférica en Estudio de emisiones (Anexo 3.1 de la DIA).
El área del proyecto no intercepta cursos superficiales de agua continua; y, además, el Proyecto no contempla extracción, utilización o descargas en las aguas superficiales o subterráneas, por lo que se descarta la existencia de efectos adversos significativos sobre el recurso hídrico superficial y subterráneo, según el análisis presentado en los literales c) y g) de la Tabla 6.2 del ICE. No obstante, lo anterior, el Titular estableció el riesgo o contingencia “Caso de afloramiento de aguas subterráneas” en donde se presentan tanto las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia y las acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia (Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias en el Anexo 5 de la DIA).
Según lo analizado en el literal e) de la Tabla 6.2 del ICE, es posible señalar que el Proyecto no generará impactos significativos sobre el componente fauna silvestre ya que, por una parte, no se describen especies en categorías de conservación que sean sensibles a los cambios ambientales que pueda generar el Proyecto; y, además, se aplicarán medidas para no afectar a la fauna existente.
Conforme a los antecedentes y análisis expuestos en el literal f) de la Tabla 6.2 del ICE, no habrá efectos adversos sobre los recursos naturales renovables en el Área de Proyecto por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, y cualquier otra sustancia, lo anterior en función de las condiciones en que estos serán transportados, almacenados, utilizados y eventualmente dispuestos en sitios autorizados según corresponda.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No aplica Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.3 del ICE Tabla 6.3 del ICE Conforme a los antecedentes y análisis expuestos en el literal a) de la Tabla 6.3 del ICE, el Proyecto no obstruye ni restringe el acceso y uso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Asimismo, tampoco se considera la afectación significativa de dichos recursos sobre el área de influencia del Proyecto. En el área de ubicación del Proyecto no hay presencia de grupos humanos pertenecientes a población protegida, cuyos sistemas de vida y costumbres puedan verse afectados.
De acuerdo con el análisis del literal b) de la Tabla 6.3 del ICE, se infiere que las rutas utilizadas por el Proyecto, durante sus distintas fases, no se verán afectadas por el tránsito asociado a este, y que, por lo tanto, no se producirá un aumento relevante en los tiempos de desplazamiento ni una obstrucción- restricción a la libre circulación para los usuarios regulares actuales de dichas rutas.
Considerando lo señalado en el literal c) de la Tabla 6.3 del ICE, al interior del área de influencia de medio humano no habría equipamientos o infraestructura comunitaria que pudiera verse afectada por alguna de las fases del Proyecto; dado que la mayor parte del equipamiento e infraestructura comunitaria se encuentra en el área urbana de Osorno, al sur del área de Proyecto.
Según los antecedentes y análisis expuestos en el literal d) de la Tabla 6.3 del ICE, es posible sostener que se descartan impactos negativos significativos que puedan dificultar o impedir el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos presentes en el Área de Influencia del Proyecto.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No aplica Componentes ambientales afectados Áreas protegidas, poblaciones protegidas, recursos protegidos, glaciares, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Impacto ambiental No aplica Componente ambiental afectado Valor ambiental Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tablas 5.4 y 5.5 del ICE Tabla 6.4 del ICE De acuerdo con lo señalado en la DIA y sus Adenda, y resumido en la Tabla 6.4 del ICE; en el área de emplazamiento del Proyecto no hay presencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental o que contengan recursos protegidos, que pudieran ser impactados por las obras y/o actividades del Proyecto.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No aplica Componente ambiental afectado Valor paisajístico Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Impacto ambiental No aplica Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Valor turístico Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.6 del ICE Tabla 6.5 del ICE El área de emplazamiento del Proyecto no presenta valor turístico ni paisajístico, por cuanto se ubica en predio de uso agrícola, por lo cual, según antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, y resumido en la Tabla 6.5 del ICE, las obras del Parque Solar Pampa Alegre no alteran los atributos ni se emplazan en una zona con valor paisajístico, y no obstruyen el acceso, ni se emplazan en una zona con valor turístico.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Afectación a patrimonio arqueológico o cultural Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones y movimiento de tierra para la construcción del parque solar Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.7 del ICE Tabla 6.6 del ICE Según los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, lo que se resume en la Tabla 6.6 del ICE, en el área de influencia del Proyecto no se identifican monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural; así como tampoco existen lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.
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6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL
El proyecto no requiere de permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.
6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.2.1. PAS del Artículo 138. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, será el establecido en el Artículo 71 letra b) primera parte, del Decreto con Fuerza de Ley Nº725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fases de Operación Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el uso de una fosa séptica para el tratamiento de las aguas servidas que se generarán durante la fase de operación del proyecto. El sistema consiste en una fosa séptica convencional, la cual realiza un tratamiento en el que se separan los sólidos por proceso de decantación y clarificación natural. El sólido se degrada en forma anaeróbica dando origen a un lodo que es retirado periódicamente por un servicio de limpia fosa autorizado por la SEREMI de Salud. El líquido clarificado es destinado a una red de drenes de infiltración superficial. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento. En la Fase de Operación las aguas servidas provenientes de las instalaciones sanitarias serán conducidas por medio de cañerías de PVC sanitario, hacia cámaras de inspección, que derivan finalmente en una fosa séptica convencional donde se producen los procesos de sedimentación y digestión aeróbica de las aguas residuales, que posteriormente serán infiltradas en el subsuelo a través de redes de drenaje.
La fosa séptica permite realizar un primer tratamiento de las aguas servidas mediante dos procesos: - Separación física: Las partículas pesadas se depositan en el fondo para formar barros y las más ligeras y las grasas, permanecen en suspensión o flotando. - Fermentación anaeróbica: por la acción de bacterias que prosperan en un medio privado de oxígeno, la fosa descompone una parte de la materia orgánica biodegradable de los barros y los flotantes. Esta descomposición conlleva producción de gas metano y dióxido de carbono que se acumula en la parte superior de la fosa creando una sobrepresión que se aprovecha para agitar la masa líquida residual y favorecer la licuefacción. Con esto se logra reducir la DBO5 (Demanda Biológica de Oxígeno a los 5 días) en el 35% y los SST (Sólidos en suspensión totales) en un 65%.
Luego de un período de retención entre 1 a 3 días, el efluente, que sale cargado de materia orgánica en suspensión, finamente dividida, en estado coloidal y en solución, debe ser sometido a un tratamiento posterior (secundario) que en este caso consiste en disponer estas aguas en el suelo por medio de drenes de infiltración. Para la instalación de la fosa séptica se presentarán los antecedentes necesarios para obtener los permisos ante la Autoridad Sanitaria. La siguiente figura muestra un ejemplo del tipo de sistema de recolección que se implementará en la instalación sanitaria considerando una cámara desgrasadora, cámara de inspección, fosa séptica, cámara de distribución de drenes y drenes de absorción.
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El sistema de alcantarillado consistirá en una red de tuberías de PVC, conectados a un colector principal, con pendiente mínima de 3%, para dar cumplimiento a la condición de auto lavado, elaborado en base a los estándares y procedimientos señalados, tanto en el D.S. N°236/1926, Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias, como en el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDDA) Decreto 50/2002. Se emplearán uniones y accesorios del mismo material de las cañerías, los cuales serán construidos y probados en fábrica en conformidad con las normas NCh 1.635 “Tubos de policloruro de vinilo (PVC) rígidos para instalaciones sanitarias de alcantarillado domiciliario. Requisitos”, NCh 1.779 “Uniones y accesorios para tubos de PVC rígidos para instalaciones sanitarias de alcantarillado domiciliario. Requisitos”, y NCh 815 “Tubos de policloruro de vinilo (VC) rígido. Métodos de Ensayo”.
b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas. Se considera la implementación de una fosa séptica de 2 m3, para la disposición de las aguas servidas de 7 personas aproximadamente, la que se localizará en el área norponiente del terreno, en la denominada zona de operación, destinada a los trabajadores que realicen mantenciones y mantenimiento de la planta.
La fosa séptica se ubicará distante de cualquier curso de agua superficial, ya sea intermitente o permanente. Por lo tanto, es posible concluir que lo proyectado cumple la condición de ubicarse a una distancia superior a 20 m de cualquier cuerpo o curso de agua presente en los alrededores. La fosa se ubicará en el área permanente de operaciones (color rojo en plano), en las coordenadas: 656.370 E – 5.512.875 N, y se presenta en la siguiente figura:
Fuente: Anexo 4.1 de la DIA
c) Generación de aguas servidas. Durante la fase de operación se considera una mano de obra de 7 trabajadores para las actividades de mantenimiento, para las que se estima, una generación de aguas servidas de 0,7 m3/día. Las aguas servidas se generan principalmente a la utilización de servicios higiénicos y lavamanos; ya que no se consideran duchas ni descargas adicionales al sistema de alcantarillado.
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d) Características físico - químicas de las aguas servidas. Las características fisicoquímicas y microbiológicas de las aguas servidas corresponden a las típicas para descarga para un sistema de alcantarillado, y se presentan en la tabla siguiente:
Tabla 3: Caracterización Físico - Química
Fuente: Anexo 4.1. de la DIA
e) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas. El sistema consiste en la utilización de una fosa séptica convencional, en la cual se realizará un tratamiento en el que se separan los sólidos por proceso de decantación y clarificación natural.
El sólido se degrada en forma anaeróbica dando origen a un lodo que es retirado periódicamente por un servicio de limpia fosa autorizado por la SEREMI de Salud. La fosa séptica deberá ser revisada cada 6 meses con el objeto de verificar el nivel de los lodos. De acuerdo con esa verificación se decidirá la extracción de los lodos, la que se hará mediante apósitos camiones. Esta limpieza o extracción de lodos deberá ejecutarse como mínimo cada 6 meses, aun cuando el nivel de lodos no esté bloqueando la salida de la fosa. Se cuidará dejar un mínimo de lodos en la fosa después de la limpieza.
El líquido clarificado es infiltrado al terreno, mediante drenes de infiltración. Esta fosa estará alimentada por una red de alcantarillado, que atenderá el área de servicios higiénicos implementado en el área de control del parque.
En el Anexo 4.1 de la DIA, referido al PAS 138, se presenta el cálculo de volumen de la fosa séptica a utilizar, según el cual el volumen mínimo necesario sería de 708,82 litros, considerando una dotación de 7 personas, en la fase de operación; por lo que el Titular considera una fosa de 2000 litros.
f) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado, según corresponda. Después de la separación de sólidos y líquidos, y la degradación mediante bacterias, el efluente clarificado será enviado al sistema de absorción consistente en drenes de infiltración.
g) Indicación del período de retorno considerado para el diseño de los desagües de aguas lluvia. No aplica, las aguas lluvias no ingresan a la fosa séptica, ya que se infiltran directamente en el suelo sin contacto con las aguas servidas.
h) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa séptica. - Cámara desgrasadora. Cámara fabricada en polietileno LLDPE que le proporciona una estructura compacta y fuerte. Posee una entrada y salida de 110 mm, incluye una tapa rosca de 460 mm y su material inerte no se oxida ni se corroe. - Fosa séptica. Para la fase de operación se considera una fosa séptica de 2.000 litros, la que será ubicada de acuerdo con planimetría presentada en la DIA, e instalada de acuerdo con instrucciones del fabricante. - Drenes de absorción. La excavación respecto a dimensiones, ventilación y ubicación, se ejecutarán de acuerdo con detalles presentados en el Anexo 4.1 de la DIA, referido al PAS 138.
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Las distintas capas de relleno del dren se ejecutarán de acuerdo con las dimensiones presentadas en planimetría, siendo: - Bolones: Relleno con bolones limpios, es decir, previamente lavados y de tamaño medio 20 cm, mínimo 15 cm y máximo 25 cm. Los bolones serán colocados a mano hasta formar una capa de 50 cm. - Grava: La grava utilizada como filtro granular será de tamaño medio 1 cm, colocada en una capa de 20 cm sobre una capa de arena gruesa y será compactada con placa. - Conductos de Drenaje: Se dispondrá de conductos de PVC perforado de 110 mm de diámetro sobre la cama de gravilla de 5 cm de espesor. La tubería tendrá una pendiente de 0,5% y se cubrirá con una capa de 15 cm. Sobre la capa se instalará una capa de polietileno de alta densidad. - Polietileno: Se considera la cobertura de la superficie útil de las zanjas con polietileno doble capa.
Para el cálculo de las dimensiones de los drenes de infiltración se consideraron los siguientes aspectos: - Nivel de Napa Freática. Según estudio hidrogeológico, se determinó que el nivel de la napa freática se encuentra a más de 1,5 m, ya que se realizaron prospecciones en sector específico y no se observó afloramiento de ningún tipo a esa profundidad. Adicionalmente, se ejecutará una terraza, de manera de subir la cota y así cubrir totalmente la fosa séptica; y los drenes tendrán una distancia superior de 1,5 m a la napa freática. Considerando dicha distancia, para su diseño se consideró un sistema de infiltración en niveles superficiales del terreno por medio de drenes. - Índice de Absorción del Terreno. Dicho índice se determinó según lo descrito en el D.S. N°236/26, Reglamento General de Alcantarillados Particulares, del Ministerio de Salud. - Superficie de Infiltración. La superficie de drenaje se determinó equivalente a 7 m2, según cálculo presentado en el punto 8.3 y en la Tabla 9 del Anexo 4.1 de la DIA, referido a los antecedentes del PAS 138. - Largo útil de los drenes. El largo útil de los dos drenes corresponde a 3 m cada uno, y se calculó según lo detallado en el punto 8.4 y en la Tabla 10 del Anexo 4.1 de la DIA, referido a los antecedentes del PAS 138.
i) Descripción general de la generación y manejo de lodos. Se estima una generación de 0,0126 kg/día de lodos para la fase de operación, considerando una dotación de 7 personas. Los lodos serán extraídos de la fosa séptica por medio de camión limpia fosa de empresa especializada y debidamente autorizada. El retiro se realizará de forma periódica según la recomendación del fabricante, lo cual se realizará a lo menos de forma anual, considerando el bajo uso de este durante la fase de operación.
Como medida de contingencia para el control de olores en la fosa séptica, las medidas a implementar estarán enfocadas principalmente al correcto funcionamiento de la fosa séptica, por lo que se considera como principales acciones: - El retiro y disposición final de los lodos de forma anual hacia un sitio Autorizado por la SEREMI de Salud respectiva. - Se considera la inspección semestral de la fosa séptica. Las inspecciones contemplan las siguientes actividades; revisión de cámaras y estanques de bombeo; verificación de la cobertura de los estanques e inspección y verificación de correcto funcionamiento de la fosa séptica en general. - Se dispondrá de registro del retiro y disposición de los lodos, así como de copias de autorizaciones de los sitios de destino final. - Se llevará el registro de las inspecciones realizadas al a fosa séptica, así como eventuales actividades correctivas que puedan realizarse debido a algún desperfecto.
j) Programa de monitoreo. Considerando que la fosa séptica corresponde a un sistema estanco y sus aguas serán infiltradas al terreno por medio de drenes, no se considera un monitoreo de efluentes. Lo mismo sucederá con los lodos, los que serán extraídos directamente desde la fosa por un camión autorizado. No obstante, se mantendrá un registro del retiro y disposición final de los lodos en sitio autorizado, cada vez que se haga la limpieza de la fosa.
k) Plan de contingencias. El Plan de Contingencias es una herramienta de prevención, mitigación, control y respuesta a posibles contingencias generadas en la operación de la fosa séptica. Dentro de los riesgos asociados se encuentran aquellos originados por eventos naturales y los originados por fallas operacionales.
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Algunas de las medidas de contingencias asociadas a las fosas sépticas corresponden a:
El trabajador encargado de la fosa realizará periódicamente una revisión visual de las cámaras de inspección, con el objeto de verificar que no existan problemas operativos en el sistema de alcantarillado. - Todo trabajador de la empresa que detecte un derrame de aguas grises o alguna mancha u olor sospechoso informará por el medio que le sea más expedito a su supervisor más directo o al contratista, indicando el lugar y hora de su observación. - En caso de detectar fallas, el encargado de la contingencia se comunicará con un camión limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. Paralelamente, suspenderá el uso de los servicios higiénicos y contratará una empresa autorizada para que instale baños químicos mientras se resuelve el problema. - En el caso de que la fosa séptica se expenda malos olores, se realizarán las siguientes acciones: se revisarán las cámaras de inspección y se verificará el funcionamiento de todos los elementos del sistema (wc y lavamanos). Posteriormente, se inyectará al sistema de alcantarillado productos enzimáticos, en las cantidades que especifique el fabricante. - En caso de detectarse fuga de las aguas grises, se deberá cercar el área y ejecutar las primeras acciones de protección o prevención en las instalaciones con el objetivo de prevenir daños.
Como medida de contingencia para el control de olores en la fosa séptica, las medidas a implementar estarán enfocadas principalmente al correcto funcionamiento de la fosa séptica, por lo que se considera como principales acciones: - El retiro y disposición final de los lodos de forma anual hacia un sitio autorizado. - Inspección semestral de la fosa séptica, la que contempla las siguientes actividades: revisión de cámaras y estanques de bombeo; verificación de la cobertura de los estanques e inspección y verificación de correcto funcionamiento de la fosa séptica en general. - Registro del retiro y disposición de los lodos, así como las copias de las autorizaciones de los sitios de destino final. - Registro de inspecciones realizadas a la fosa séptica, así como eventuales actividades correctivas que puedan realizarse debido a algún desperfecto.
El detalla de las acciones a seguir ante contingencias se presentan en el Capítulo sobre Planes de Contingencias y de Emergencias.
l) Plan de emergencia. A continuación, se indican el procedimiento a seguir en caso de emergencias asociadas a derrames de aguas servidas: - Suspender el uso de servicios higiénicos y a cortar el paso de las aguas hacia la fosa. - Se contactará al camión limpia fosa para el retiro de las aguas. - Creación de pretiles de contención para contener el derrame - Se solicitará cambio de la fosa al fabricante. - Se contactará a la empresa de baños químicos, con el objeto de contar con servicios higiénicos durante la emergencia. - Una vez superada la emergencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición de lodos autorizado.
m) Indicadores de cumplimiento. El indicador de cumplimiento corresponderá a:
Autorización Ambiental: Copia de la RCA (autorización ambiental del PAS 138);
Copia de la Resolución de Autorización Sectorial para la construcción y funcionamiento del sistema de tratamiento propuesto. Referencia al expediente de evaluación Capítulo 4 de la Declaración de Impacto Ambiental Anexo 4.1 de la DIA Anexo 3-1 de la Adenda Punto 9.2.1 del ICE (Tabla 9.2.1)
Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región de Los Lagos, en su Oficio CP N°4183/2024 de fecha 1° de marzo de 2024, se pronuncia conforme con la DIA y señala que el proyecto cumple con la normativa ambiental de competencia de la Autoridad Sanitaria y se pronuncia conforme a los antecedentes técnicos y formales presentados en cumplimiento a los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos aplicables al proyecto y establecidos en los Art. N°138 del D.S. N°40 de 2012.
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6.2.2. PAS del Artículo 140. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la habilitación de zonas de almacenamiento temporal de residuos durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto; por lo cual en la DIA y sus Adenda se presentan los antecedentes para acreditar el cumplimiento de este permiso.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que acredita el cumplimiento de otorgamiento del PAS 140, para cada una de las fases del Proyecto corresponden a los siguientes:
a.1) Descripción y planos del sitio. El Proyecto se ubica en la comuna de Osorno de la Provincia de Osorno, de la Región de Los Lagos, en una superficie total de 19,747 hectáreas, y considera la habilitación de zonas de almacenamiento de residuos no peligrosos, según se describe para cada una de las fases del Proyecto:
La zona de acopio de residuos se realiza en un área determinada como “área de bodegas”. Es un sector definido de 570 m2 donde se proyecta el almacenamiento, en zonas separadas físicamente e identificadas, de todos los residuos considerados para cada fase.
Figura 1: Layout general del proyecto indicando el área de bodegas
Fuente: Anexo 2-5 de Adenda Complementaria
Fase de Construcción: los residuos serán almacenados en la denominada “área de bodegas”, el cual considera un área de 570 m2, siendo ésta un espacio cerrado y destinado para el acopio. En esta zona se considera el almacenamiento de residuos domiciliarios, Industriales no peligrosos y peligrosos. Estos sectores se mantendrán para todas las fases del proyecto.
-
Acopio de Residuos Domiciliarios. El acopio de los residuos domiciliarios corresponde a la basura generada por los trabajadores principalmente, como desechos orgánicos, bolsas, papeles, cartones, etc. Se almacenarán en contenedores de basura debidamente rotulados, los que se ubicarán dentro de un área con cierre perimetral para evitar el ingreso de animales silvestres y domésticos, la cual posee una superficie de 35 m².
-
Bodega Residuos Sólidos Asimilables a domiciliarios. Al interior de la zona del acopio de residuos domiciliarios (Acápite anterior) se ejecutará una bodega de almacenamiento de residuos domiciliarios de 7,5 m2. Los contenedores tendrán una capacidad aproximada de 200 Litros, poseerán una tapa y dado su sistema hermético de contención, evitarán la percolación de líquidos. También poseerán ruedas para mayor facilidad de movimiento. El retiro de estos residuos se realizará por parte de empresas que cuenten con la debida autorización y serán llevados a sitios de disposición final autorizados.
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- Acopio Residuos Industriales No Peligrosos. Para este tipo de residuos se proyecta una zona de 105 m2, dividido en 3 zonas, las cuales contarán con accesos separados, cierre perimetral ejecutado en pilares de madera o metálicos, con cierre ejecutado en malla bizcocho o similar, sobre el suelo estabilizado. Tendrá la señalización de seguridad adecuada identificando el tipo de residuos, se exigirá el uso de E.P.P., se mantendrá en orden y no se obstruirán las vías de ingreso. Además, se mantendrá un registro del ingreso y retiro de estos residuos, cuyas copias se encontrarán en las oficinas de la instalación de faena. En este sector se acopiarán los residuos de la construcción, como maderas, pallets, embalajes de cartón y plástico, despuntes de acero, entre otros. Al interior de dichas áreas, los residuos serán dispuestos de forma ordenada según su potencial destino, por ejemplo, si pueden ser reutilizados, reciclados, donados o deban ser llevados a un sitio de disposición final autorizado. En Anexo 2-5 de Adenda Complementaria, en la Figura 2 se presenta plano de Planta de sitio de almacenamiento de residuos No peligrosos y en la Figura 3, la elevación de sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos.
Tabla 1: Coordenadas área de almacenamiento de residuos no peligrosos o patio de salvataje Área A2
Fuente: Anexo 2-5 de Adenda Complementaria
Fase de Operación: Respecto a las áreas de acopio de residuos domésticos (RSD) y residuos industriales no peligrosos (RISES) tienen por objetivo almacenar residuos domiciliarios y residuos industriales no peligrosos provenientes de la fase de operación de la subestación y del área de generación. Los RSD generados serán almacenados en bolsas plásticas en el lugar de origen, al interior de contenedores plásticos, para posteriormente ser dispuestos en contenedores metálicos ubicados en las áreas de acopio temporal de RSD y luego ser retirados, transportados y dispuesto en sitios autorizados.
Los RISES serán depositados temporalmente en el contenedor emplazado en el área de acopio temporal para RISES, estos serán retirados y dispuestos en sitios autorizados cuando el contenedor presente aproximadamente el 80% de su capacidad.
Las instalaciones de generación de residuos no peligrosos y asimilables a domésticos se mantendrán de la fase de construcción, por lo que el diseño, figuras y coordenadas se mantienen según lo descrito para la fase de construcción.
Fase de Cierre. Respecto a la fase de cierre, se mantienen las instalaciones y descripciones indicadas en la fase de construcción y operación, por lo que las coordenadas, superficies y materialidad son las mismas ya descritas en el punto anterior (Tabla 1).
a.2) Descripción de variables meteorológicas relevantes.
Humedad relativa del aire. La humedad relativa en Osorno suele ser alta, sobre todo durante la temporada de lluvias. Esto contribuye a mantener la vegetación y a crear un ambiente fresco y húmedo.
Temperaturas. Osorno tiene temperaturas relativamente suaves durante todo el año. Los veranos (diciembre a febrero) son frescos, con temperaturas promedio que oscilan entre los 15 °C y los 21°C. Los inviernos (junio a agosto) son más fríos, con promedios de temperatura que varían entre 5 °C y 12 °C. Las temperaturas pueden descender por debajo de 0 °C durante la noche en invierno. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Precipitaciones. Respecto de las precipitaciones, o agua caída, se tomaron los registros del Servicios Climáticos (meteochile.gob.cl) y se consideró el periodo 2021 y 2022. Durante el año 2021 el máximo en 24 horas fue de 41,4 mm el día 22 de junio y un acumulado anual de 744,2 mm, mientras que el máximo en 24 horas el año 2022 fue de 51,0 mm el día 01 de enero y un acumulado anual de 1.202,9 mm.
Vientos. Osorno puede experimentar vientos, especialmente en la primavera y el verano. Los vientos del oeste y del suroeste son comunes, ya que la ciudad está cerca del océano Pacífico. Estos vientos pueden traer aire fresco y limpio desde el mar.
Nubosidad: Osorno tiende a tener cielos nublados o parcialmente nublados durante gran parte del año, especialmente en los meses de invierno debido a la influencia marítima. Los días despejados son más frecuentes en verano.
a.3) Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar.
Residuos asimilables a domiciliarios, en Fase de Construcción: En la Fase de Construcción del Proyecto se contempla la generación de residuos asimilables a domiciliarios generados por el personal de obra, los cuales provendrán principalmente de la instalación de faenas (salas eléctricas, baños, etc.). Estos residuos corresponden a aquellos asimilables a tipo domiciliarios, y son, principalmente, del tipo orgánicos, plásticos, papeles, cartones y similares, no contaminados. Se estima que se generará aproximadamente 2,10 ton/mes, proyectándose al término de esta fase (6 meses) una generación de 12,6 ton.
Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, en Fase de Construcción: Los residuos definidos como Residuos Industriales no Peligrosos corresponden a restos de madera, clavos, despuntes de fierros, etc. Los embalajes de madera cumplirán con la Resolución Nº133/2005 del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), la cual establece regulaciones cuarentenarias, y con la Resolución Nº2859/2007 del SAG, que modifica la norma mínima para el tratamiento de fumigación con bromuro de metilo. La generación total de residuos industriales no peligrosos se estima en 3,32 (ton/mes), llegando a un total de 19,91 (ton) durante toda la fase de construcción.
Tabla 2: Residuos sólidos no peligrosos generados en fase de Construcción
Fuente: Anexo 2-5 de Adenda Complementaria
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Residuos asimilables a domiciliarios, en Fase de Operación: El Proyecto generará residuos sólidos domésticos, los cuales consistirán básicamente en papeles, restos de comida, envoltorios, entre otros. Se estima una generación de 49 kg cada 6 meses, correspondiente a las fases de mantención. Considerando una tasa de generación máxima y la dotación máxima (7 trabajadores durante 5 días al mes, dos veces por año). Estos residuos serán dispuestos (en origen) en bolsas plásticas al interior de contenedores cerrados de HDPE (de 200 l de capacidad), para ser retirados por el personal hacia la Bodega de Residuos Domésticos. El retiro de los residuos por parte de empresa autorizada se llevará a cabo una vez finalizada la mantención respectiva.
Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, en Fase de Operación: Los residuos sólidos industriales no peligrosos durante la fase de operación consistirán principalmente en residuos provenientes de los embalajes e insumos de mantención y reparación (cartones, maderas, fierros, etc.), por lo que se estima en total una generación 0,13 ton cada 6 meses.
En el caso de los paneles fotovoltaicos averiados, se privilegiará la opción de reciclaje por medio de la empresa PVCYCLE o similar; en caso de que no fuese factible, éstos serán transportados por empresa autorizada a sitio de disposición final autorizado. Durante la fase de operación la generación de residuos sólidos industriales no peligrosos asociada a las actividades de mantención serán mínimas, siendo estos almacenados temporalmente en la Bodega de Residuos No Peligrosos; desde donde serán retirados por contratista una vez finalizadas las labores de mantención, para ser dispuestos en lugar autorizado.
Fuente: Anexo 2-5 de Adenda Complementaria
Residuos domiciliarios, en Fase de Cierre. La generación de este tipo de residuo está dada por la generación de envases de plástico, latas de bebida, envases vacíos, y residuos orgánicos provenientes de los comedores, en los cuales los trabajadores podrán almorzar llevando su almuerzo y otras comidas. En cada sala eléctrica del proyecto se instalarán papeleros con tapa vaivén, los que serán suministrados por la administración de la obra. En el sector de baños químicos se instalarán papeleros urbanos. En las áreas comunes se instalarán receptáculos de basura. Estos residuos se depositarán en la zona de acopio temporal de residuos, específicamente, en bodega de almacenamiento de residuos domésticos. Se estima una cantidad de 330 kg/mes con una generación máxima estimada de 1,98 ton en toda la fase.
Residuos no peligrosos, en Fase de Cierre. Estos residuos corresponderán principalmente a restos de materiales tales como, maderas, plásticos, restos de hormigón, cableado, fierro, etc. Estos residuos serán dispuestos de manera ordenada y temporal en la zona de acopio temporal para residuos, para su posterior retiro por empresa autorizada y gestión de su transporte a un centro autorizado para disposición final. El método o planificación de trabajo consiste en reutilizar todo material reciclable que se encuentre en el parque, es decir: reciclaje total de los componentes de los paneles que ya no estén en condiciones de generar energía; reciclaje y reutilización de todo el equipamiento eléctrico que esté en condiciones de seguir operando; y reciclaje de este mismo tipo de material que ya no esté apto según su vida útil.
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Fuente: Anexo 2-5 de Adenda Complementaria
a.4) Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. No Aplica, dado que Proyecto no considera tratamiento de residuos, sino que solamente la acumulación temporal de estos, durante las fases de construcción y cierre, previo a su transporte a disposición en destino autorizado.
a.5) Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos.
a.5.1) Formas de abatimiento de emisiones. Debido a las características de los residuos acopiados y a su corto tiempo de almacenamiento, no se esperan emisiones que puedan ocasionar molestias. El traslado de todo tipo de residuos desde el punto de origen hacia el lugar de disposición final se realizará en camiones acondicionados para dicha actividad, los cuales contarán con su revisión técnica al día.
a.5.2) Control y manejo de residuos. Los residuos domiciliarios serán retirados desde los puntos de generación y colocados en el área dispuesta en la bodega para su almacenamiento temporal, dentro de contenedores de material HDPE o similar, con capacidad aproximada para 200 litros con bolsa, tapa y sistema de ruedas con freno, debidamente ordenados, clasificados por tipo de residuo y rotulados según corresponda. El área o bodega de residuos domésticos estará ubicada al interior de la instalación de faena y contará con cierre perimetral para evitar el ingreso de animales silvestres y domésticos. Luego serán retirados por empresa autorizada por la SEREMI de Salud y llevados a disposición final a un sitio autorizado. La frecuencia del retiro de los residuos asimilables a domésticos será de tres veces por semana, frecuencia que se mantendrá a lo largo de la fase de construcción y cierre en ambas instalaciones de faenas. Durante la fase de operación estos residuos se dispondrán en la bodega de residuos domésticos de la instalación de faenas, para luego ser retirados, una vez por semana, por un transporte autorizado y dispuestos finalmente en un sitio autorizado.
Los residuos industriales no peligrosos serán acopiados temporalmente y clasificados debidamente, al interior del Patio de Salvataje (área de residuos no peligrosos) en el sector específico. En ambas instalaciones de faenas, los residuos se segregarán y clasificarán de acuerdo con sus características, priorizando la reutilización, reciclaje y/o comercialización de aquellos materiales que tengan algún valor comercial. El remanente de este tipo de residuos será transportado por una empresa autorizada y dispuesto de manera definitiva en un sitio que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud. La frecuencia del retiro será mensual, o cada vez que sea necesario según la capacidad del área de acopio.
Como parte de las estrategias de manejo de residuos que serán implementadas durante la fase de construcción, se priorizará la reutilización de aquellos materiales que tengan algún valor comercial o puedan ser aprovechados por contratistas o subcontratistas (maderas, plásticos, cartones, despuntes o excedentes metálicos, chatarra, etc.). Además, en los contratos de provisión de bienes, partes o piezas del Proyecto, se privilegiará la devolución de los envases al proveedor.
Respecto a las maderas de embalajes de los equipos que provengan del extranjero, deberán contar con la certificación exigida en la Resolución N°133/05 del SAG destinado a la prevención del ingreso de plagas al país. Durante la fase de operación la generación de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
residuos industriales no peligrosos será mínima y estará asociada a las actividades de mantención.
El Titular se compromete a lograr un manejo sanitario y seguro de las distintas áreas de almacenamiento de los residuos dentro del Proyecto, evitando la formación de focos de insalubridad que afecten su entorno y permitiendo resguardar la salud y el bienestar de los trabajadores. Para lograr esto, el manejo sanitario y tratamiento de los residuos generados al interior del Proyecto se hará en forma separada, es decir, dependiendo de la tipología de residuo que se trate el manejo será diferenciado. Esto implica la existencia de zonas segregadas de manera de evitar posibles mezclas de residuos. A su vez, este manejo de residuos implica la consideración de aspectos de seguridad, calidad, salud y medio ambiente, considerando las siguientes medidas: - Los lugares donde se manipularán y almacenarán residuos del tipo industrial contarán con señalización e instrucción de las características de estos, destacando los peligros inherentes, las medidas de prevención y de primeros auxilios eventualmente aplicables. - Se exigirá el correcto uso de los elementos de protección personal que corresponda durante la manipulación de residuos. - Se informará a los trabajadores involucrados los riesgos asociados a la operación y manipulación de residuos. - La existencia de sectores delimitados facilitará la clasificación de residuos. En el caso particular de los residuos asimilables a domésticos y los más propensos a generar focos de insalubridad, se almacenarán en contenedores herméticos con tapa y en bolsas plásticas, evitando la emisión de malos olores y la posible generación de vectores sanitarios.
Vectores Sanitarios y Olores. Los residuos se almacenarán en receptáculos herméticos, además dadas las características del área de emplazamiento del proyecto, no se contempla una generación importante de olores o vectores sanitarios. Sin perjuicio de ello, el Titular se compromete a que estos serán retirados por una empresa contratista de residuos que cuente con autorización sanitaria, con una frecuencia de dos veces por semana durante las fases de construcción y cierre, y una vez por semana durante la fase de operación (cuando coincida con la semana de mantención del parque), con la finalidad de evitar la descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, perros, ratones u otros insectos). Conforme lo establecido en el D.S. 594/99 sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” del MINSAL, se implementará un Programa Integral de Prevención y Control de Vectores Sanitarios, para lo cual contratará los servicios de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria. La empresa contratada deberá ejecutar los siguientes programas: • Programa de sanitización de servicios higiénicos. • Programa de desratización de contenedores, instalaciones y/o dependencias. • Programa de desinsectación de contenedores, instalaciones y/o dependencias.
Forma de control:
Se capacitará a los trabajadores para un correcto manejo de residuos, uso de extintor, plan de emergencias y contingencias, entre otros. - El personal responsable de la zona de acopio temporal de residuos deberá mantener un adecuado orden en la operación de los residuos, y registrar todos los retiros de los residuos, ya sea valorizados o destinados a disposición final. Asimismo, será el responsable del orden en el sector de acopio y de disponer de manera adecuada los residuos que ingresen. - Quedará estrictamente prohibido el ingreso al recinto de menores de edad, animales y de toda persona no autorizada.
a. 6) Descripción del sistema de manejo de rechazos. No aplica, dado que no se contempla realizar ningún tipo de tratamiento a los residuos generados por el Proyecto, sino sólo el almacenamiento temporal, previo a su traslado a sitios de disposición final autorizado.
a.7) Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. No aplica, dado que no se considera realizar tratamiento de los residuos que se almacenarán en la zona de acopio temporal.
a.8) Plan de contingencia. En la DIA y Adenda se presenta el Plan de Contingencias y Emergencias, el que incluye los sitios de acumulación temporal de residuos, de modo de dar manejo según complejidad o cuidado necesarios para el resguardo de la salud de las personas y el medio ambiente. La zona de residuos estará conformada de manera que pueda soportar terremotos y no presenta fuentes de calor ni materiales que pudieran provocar incendios. A continuación, se presentan algunas acciones a seguir ante contingencias que se presenten: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
- Ante la incidencia de cualquier contingencia, el personal deberá conocer, medir y dar rápida respuesta a la misma, por lo que el entrenamiento es de suma importancia. - Cuando la emergencia sea contenida, se procederá a cuantificar y retirar el material potencialmente afectado, enviándolo a sitio de disposición final. - Se realizará informe de lo sucedido, para en el futuro abordar de mejor forma las contingencias.
La Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias se encuentra en el Anexo 4.1 de la Adenda.
a.9) Plan de emergencia. En la DIA y Adenda se presenta el Plan de Contingencias y Emergencias, el que incluye los sitios de acumulación temporal de residuos. El plan de emergencia corresponde a la planificación de un conjunto de actividades, acciones y procedimientos, elaborados para hacer frente a una eventual emergencia con los residuos. A continuación, se indican alcances de este plan: - Medidas Preventivas: Para prevenir la generación de emergencias ambientales se procederá a capacitar al personal en terreno en la identificación y manejo de los hallazgos ambientales. El Coordinador de Medio Ambiente es responsable de asegurar que los incidentes ambientales sean oportunamente resueltos y reportados para evitar la generación de situaciones de emergencias ambientales. - Medidas Correctivas: De manera de controlar de manera inmediata el Incidente o Emergencia Ambiental se procederá a realizar las medidas indicadas en los procedimientos correspondientes al tipo de incidente detectado (derrames, intervención de sitios arqueológicos, entre otros). - Respuesta ante emergencias ambientales: Las acciones a seguir ante la detección de hallazgos ambientales que podrían llevar a decretar una Emergencia Ambiental se ilustran en el flujograma general de emergencias de la DIA.
La Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias se encuentra en el Anexo 4.1 de la Adenda.
e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9).
e.1) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. Los sitios de acumulación temporal de residuos consistirán en áreas despejadas, delimitadas para el uso exclusivo. La acumulación de los residuos se efectuará en contenedores estancos sobre esas áreas. Además, se instalará señalética indicando el alcance de la instalación, junto con indicaciones de seguridad, teléfonos y canales de radio de emergencia. Las instalaciones de faenas contarán con un área de bodegas (áreas de residuos no peligrosos y bodega de almacenamiento de residuos no peligrosos), la cual será permanente.
Para todas las fases se habilitará un área de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos; la zona contará con cierre perimetral y tendrá señalización de seguridad adecuada, se exigirá el uso de E.P.P., se mantendrá en orden y no se obstruirán las vías de ingreso y se dispondrán extintores que cumplan la Norma NCh 1433 Of. 78.
Las áreas para residuos domésticos e industriales no peligrosos cumplirán con las siguientes características: - Tendrá un portón de acceso restringido, pudiendo ingresar solamente el personal responsable de su operación; contará con un cierre perimetral. - Los residuos asimilables a domésticos se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno. - Los residuos industriales no peligrosos estarán al interior de los sectores de almacenamiento los cuales están delimitados y cercados. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. - Existirá un registro de ingreso y salida de residuos. - Se elaborarán e implementarán procedimientos operacionales.
En ninguna circunstancia se incineran residuos, por lo que no existirá emisión de gases desde los sitios de acumulación. Dada las características de la forma en que se realizará la acumulación de residuos no se generarán ruidos molestos ni material particulado.
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e.2) Capacidad máxima de almacenamiento.
En la siguiente tabla se resumen las cantidades máximas de almacenamiento para cada fase:
Fase Polígono Tipo de residuo a almacenar Capacidad de almacenamiento en contenedor Todas las fases Áreas de Bodegas Industrial 105 m3 (considera 3 sectores de 35 m2) Domiciliario 2 m3 (considera 2 contenedores de 1000 l)
e.3) Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores. Para la fase de construcción, operación y cierre, la acumulación de residuos sólidos domiciliarios será en bolsas plásticas, al interior de un contenedor plástico con tapa de 1.000 l, o similares, de fácil traslado. Por otra parte, la acumulación de residuos sólidos no peligrosos industriales será en sectores específicos, los cuales son almacenados de forma ordenada sobre el piso estabilizado. Referencia al expediente para mayores detalles Declaración de Impacto Ambiental, Capítulo 4 Anexo 4.1 de la DIA Anexo 3-2 de Adenda Anexo 2-5 de Adenda Complementaria Punto 9.2.2 del ICE (Tabla 9.2.2)
Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región de Los Lagos, en su Oficio CP N°4183/2024 de fecha 1° de marzo de 2024, se pronuncia conforme con la DIA y señala que el proyecto cumple con la normativa ambiental de competencia de la Autoridad Sanitaria y se pronuncia conforme a los antecedentes técnicos y formales presentados en cumplimiento a los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos aplicables al proyecto y establecidos en los Art. N°140 del D.S. N°40 de 2012.
6.2.3. PAS del Artículo 142. El permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos será el establecido en el Artículo 29 del Decreto Supremo N°148, de 2003, del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. El requisito para su otorgamiento consiste en el almacenamiento de residuos peligrosos en un sitio que no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.
Fase del Proyecto a la cual corresponde Fases de Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto “Parque Solar Pampa Alegre”, en todas sus fases (construcción, operación y cierre), generará residuos peligrosos que requerirán ser acumulados transitoriamente en lugares especialmente habilitados, Bodega RESPEL. En consecuencia, se requiere el permiso indicado en el numeral 1. del presente documento, para todas las fases del Proyecto. Sus antecedentes se presentan en el Anexo 4.3 de la DIA. El indicador de cumplimiento será la obtención del PAS 142 por medio de la obtención de una RCA favorable y el a su vez la resolución sanitaria de la SEREMI de Salud de la Región que apruebe la obra. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:
a) Descripción del sitio de almacenamiento. Los residuos peligrosos serán separados según peligrosidad y almacenados en tambores cerrados herméticamente, identificados de forma diferenciada. Se ejecutará una bodega de residuos peligrosos al interior de un área específica para el almacenamiento de RESPEL la que será ejecutada en construcción, pero se mantendrá por toda la operación y cierre. Todas las instalaciones para el acopio temporal corresponderán a bodega de residuos peligrosos que contará con las características establecidas en el artículo 33 del D.S. N°148/2003 del MINSAL, ubicada dentro de un sector específico para el almacenamiento de Residuos Peligrosos de 55 m2. Las bodegas ocuparán una superficie aproximada de 15 m2 y permitirá resguardar los residuos de periodos de lluvias y de radiación solar, además del ingreso de personas no autorizadas.
Los residuos peligrosos que genere el Proyecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 del D.S. N°148/2003 del MINSAL, serán almacenados por un periodo máximo de 6 meses. Antes de cumplirse este periodo máximo permitido, serán retirados por una empresa autorizada para disponer en un lugar autorizado.
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La bodega de residuos peligrosos se encuentra al interior de un área de almacenamiento de residuos peligrosos. En la siguiente figura se presenta la ubicación de la bodega al interior de dicho sector:
Figura 2: Ubicación de bodega al interior de área de almacenamiento de RESPEL Fuente: Anexo 4.3 de la DIA
Tabla 1. Coordenadas Área y Bodega de RESPEL
Fuente: Anexo 4.3 de la DIA
b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. Se implementará un sitio para almacenamiento transitorio de residuos peligrosos (RESPEL), cumpliendo con las disposiciones técnicas exigidas en el artículo 33 del D.S. N°148/2003 del MINSAL. Será de acceso restringido y mantendrá señalética que la identifique, conforme a lo establecido por la NCh N°2.190 Of. 93, considerando las siguientes características: - Tendrá una base continua, impermeable, lavable, resistente al calor y al agua y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados. El piso será ejecutado en hormigón armado, con canaleta perimetral de manera que se contengan los posibles derrames. - El contenedor tendrá puerta de acceso con llave, la cual se abrirá en el sentido de la evacuación e impedirá el acceso de personas no autorizadas y de animales. - La estructura estará techada, protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - La bodega será ejecutada en estructura metálica, con cierros ejecutados en plancha metálicas, la cual será cubierta con pintura intumescente alcanzando una resistencia al fuego RF-30. - Contará con un sistema colector ante eventuales derrames, exclusivo para la bodega RESPEL, con una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Contará con ventilación en base a celosías, dispuestas en los muros perpendiculares al ingreso y salida del viento, los cuales tendrán una superficie entre el 4 y 5% de los muros, cumpliendo con la exigencia para las bodegas de sustancias peligrosas. - Se implementará señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2003, donde se indique que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. - Contará con capacidad para combatir los diferentes tipos de fuego que pudieran producirse. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
- Su diseño garantizará que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación que pueda afectar a la población.
c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. Para el almacenamiento de residuos peligrosos se considera una bodega de 15,00 m2 de superficie, la cual se encuentra al interior del “área de Bodegas” la cual se mantendrá para todas las fases. La bodega se emplaza al interior de un área específica de 55 m2.
Los residuos peligrosos que genere el Proyecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 del D.S. N°148/2003 del MINSAL, serán almacenados por un periodo máximo de 6 meses.
Es importante mencionar que no se consideran los paneles fotovoltaicos, se adjunta análisis de peligrosidad donde se determina que los paneles no se consideran como elementos peligrosos.
Fase de Construcción. Los residuos peligrosos serán clasificados según tipo de residuos y características de peligrosidad. Estos corresponden a aceite usado, paños contaminados, envases de pinturas y solventes, envases de aerosoles vacíos, paneles fotovoltaicos rotos o trizados, arena o tierra contaminada por eventuales derrames.
Los residuos serán trasladados a bodega RESPEL, en donde se mantendrán contenedores identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad, siendo almacenados en una bodega habilitada especialmente para este propósito, según indica el D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos. Para su retiro y disposición final, se contratará a una empresa especialmente calificada y autorizada por la Autoridad Sanitaria, cumpliendo con lo señalado en el mencionado decreto.
En la siguiente tabla se presenta la tipología de los RESPEL a generar durante la fase de construcción, incluyendo cantidad, tipo de contenedor, frecuencia de retiro y disposición final:
Fuente: Anexo 4.3 de la DIA
En la Tabla 3 Anexo 4.3 de la DIA, referido a los antecedentes del PAS 142, se presenta la tipología e identificación de los RESPEL, para la fase de construcción.
Fase de Operación. La operación en condiciones normales no generará residuos peligrosos. No obstante, se considera una cantidad estimada de residuos peligrosos asociados a mantenciones. Estos residuos se encontrarán en estado sólido, serán almacenados separadamente y de manera ordenada a granel, en una bodega para este fin, por un periodo no superior a 6 meses. Posterior a ello, serán retirados y transportados por una empresa autorizada, y trasladados hasta un centro de eliminación de residuos peligrosos autorizados por la autoridad sanitaria, dándose cumplimiento a los establecido en el D.S. Nº148/2004 del Ministerio de Salud. La generación estimada de residuos peligrosos será de 140 (kg/mes), considerando los meses que se realicen las mantenciones. El tipo y volumen se presentan en la tabla siguiente:
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Tabla 4: Cantidad de residuos peligrosos a almacenar en fase de operación
Fuente: Anexo 4.3 de la DIA
En la Tabla 5 Anexo 4.3 de la DIA, referido a los antecedentes del PAS 142, se presenta la tipología e identificación de los RESPEL, para la fase de operación.
Fase de Cierre. En la siguiente tabla se presenta el resumen de los residuos peligrosos a generar durante la fase de cierre.
Tabla 6: Cantidad de residuos peligrosos a almacenar en fase de cierre
Fuente: Anexo 4.3 de la DIA
En la Tabla 7 Anexo 4.3 de la DIA, referido a los antecedentes del PAS 142, se presenta la tipología e identificación de los RESPEL, para la fase de cierre.
d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. El almacenamiento de residuos sólidos peligrosos se realizará en tambores herméticamente cerrados, evitando las posibles emisiones de material particulado, de olores y de efluentes líquidos. A su vez, la bodega de residuos peligrosos contará con cierre perimetral sólido (planchas metálicas), para evitar efectos de lluvia o radiación solar. Además, para evitar la fuga de posibles derrames, la bodega contará con canaletas conductoras con capacidad no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Por otro lado, se contará con el siguiente Plan de Verificación y Seguimiento de los RESPEL: Cada vez que sean ingresados o retirados Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
RESPEL, se deberá completar el Registro de Movimiento de RESPEL en el sitio de almacenamiento, con la siguiente información:
Ingreso de Residuos:
Fecha de Ingreso a la bodega.
Numeración interna y tipo del RESPEL ingresado.
Característica de peligrosidad.
Cantidad o volumen del residuo ingresado.
Encargado.
Egreso Residuos:
Fecha de retiro.
Numeración interna y tipo del RESPEL retirado.
Cantidad o volumen del residuo.
Empresa que efectúa el retiro.
Patente del vehículo que efectúa el retiro.
Identificación del transportista.
Destino final.
Encargado.
Cuando se efectúe la disposición final de los RESPEL se deberá realizar la Declaración y Seguimiento de los Residuos, como se establece en el D.S. N°148/03 de MINSAL, en el Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).
e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. l sistema colector de derrames para la bodega de almacenamiento de RESPEL consistirá en un pretil perimetral o bandejas contenedoras, que tendrá una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, según exige el D.S. N°148/03 de MINSAL. Su base será continua, lavable, resistente al calor y al agua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados.
f) Plan de contingencias. En el Plan de Contingencias, incluido en la DIA y complementado y actualizado en Anexo 4.1 de la Adenda, se detallan las medidas de prevención para el trabajo seguro del personal. Adicionalmente, se considera lo siguiente: - Se capacitará al encargado de la bodega RESPEL. - Se hará entrega a los trabajadores de los elementos de protección personal (EPP) correspondientes conforme a la labor a desempeñar, de esta manera se resguardará la salud y el bienestar de estos. - Se exigirá a los Contratistas de las obras un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, cuyo contenido, alcance y supervisión se ajuste a lo exigido por la normativa aplicable. - Se mantendrá un sistema de señalización de seguridad durante cada fase, compuesto por letreros de identificación de seguridad indicando los elementos de protección personal a utilizar, las vías de evacuación en caso de emergencias, los sistemas de extinción de incendio y las zonas de seguridad. - Como parte de las medidas de prevención de riesgos, se contará con un procedimiento de acción ante eventuales contingencias, con el fin de salvaguardar la vida de todos los operarios y personas que ingresen al recinto, y se fortalecerán además las medidas de preservación del medio ambiente, de esta manera, una vez producida una contingencia se minimizarán los efectos de la misma desarrollando acciones de control, contención, recuperación y/o limpieza, según corresponda, así como restauración y mitigación de los daños cuando ello sea posible. - Se mantendrán actualizados los números de teléfonos de emergencia, los que estarán disponibles en la instalación de faena, de acuerdo con el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. - El diseño de las distintas obras que contempla el presente Proyecto se ha desarrollado en virtud de minimizar los riesgos y controlar accidentes, lo cual se vincula, además, con un buen manejo de los residuos peligrosos, así como de los otros tipos de residuos que generará el Proyecto.
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Ante estas consideraciones se consideran los siguientes riesgos, indicando las acciones asociadas a implementar:
Riesgo derrame de RESPEL.
Utilizar contenedores en buenas condiciones, descartando aquellos contenedores que no posean las condiciones apropiadas, y que pudieran significar un riesgo de derrames o cuya manipulación sea insegura a los trabajadores ante superficies sobresalientes o averías. - Capacitar al personal que realizará la recolección de los RESPEL en las distintas áreas de generación y para su posterior acopio en la bodega de acopio temporal. - Contar con elementos para la contención y recolección de derrames tales como arena y palas. - El contratista será responsable de proveer a los trabajadores los elementos de protección personal (EPP) requeridos.
Riesgo Incendio de RESPEL.
Prohibición de fumar en las áreas de acopio de RESPEL.
Contar con elementos para combatir fuego (extintores manuales).
Capacitar al personal en el uso de extintores.
Ingreso a las áreas solamente de personal autorizado.
g) Plan de Inspección ante Situaciones Extraordinarias Previsibles. En caso de producirse un sismo de importancia y una vez concluido el movimiento, se procederá a la inspección inmediata de la planta y de sus procesos, iniciando por los estanques de sustancias combustibles, como gas y diésel. Para ello, se inspeccionará visualmente la aparición de grietas y fugas de estos elementos. h) Medidas de Contingencias para RESPEL y su almacenamiento. Se dispondrá en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (BAT RESPEL): - Herramientas necesarias para el retiro del residuo derramado, contando con palas, estanques de almacenamiento provisorios, según se requiera para recoger el residuo sólido peligroso fugado. - Hojas de seguridad de cada producto que generará el residuo sólido peligroso, ya que, en caso de ocurrencia, se deberán seguir los procedimientos establecidos en la Hoja de Seguridad del residuo peligroso generado. - Existirá un sistema de registro en caso de ocurrencia, el cual contendrá a lo menos: fecha de ocurrencia del evento, personas involucradas, residuos peligrosos involucrados, descripción de hechos.
Todas estas medidas y otras que se estimen pertinentes durante las fases de Construcción y cierre del Proyecto fueron incluidas en la Actualización Plan General de Emergencias y Contingencias (Anexo 6 Adenda complementaria), y se definen como la planificación de un conjunto de actividades, acciones y procedimientos tendientes a preservar la vida y la integridad física de los trabajadores del Proyecto y las personas ajenas que se puedan ver afectados por los riesgos ambientales o los producidos por las actividades humanas realizadas durante la ejecución del Proyecto, así como la no afectación de los componentes ambientales. Su objetivo es coordinar las acciones, designando responsabilidades y capacitando al personal y disponiendo de los medios necesarios para enfrentar una situación anormal que se clasifique como emergencia, evitando lesiones a las personas, minimizando daños a equipos, materiales e instalaciones y componentes ambientales.
i) Plan de emergencia. En el Plan de Emergencias (Anexo 5.1 de la DIA) se detallan los procedimientos a seguir ante emergencias en la ejecución del Proyecto. Principalmente, para el manejo de residuos peligrosos se considera lo siguiente:
Incendio
Establecer de manera previa los canales de comunicación, contando con los números telefónicos de emergencia. - Dar aviso inmediato del evento a la Administración, para establecer las medidas requeridas. - Combatir el fuego con los elementos correspondientes: extintores y arena. - Dada las cantidades y condiciones de almacenamiento, no se prevé la ocurrencia de fuego en grandes proporciones, sin embargo, si el fuego no puede ser combatido con los elementos presentes en el área, el personal se debe retirar a un área segura, a la espera de la llegada de bomberos.
Procedimiento ante la emergencia de derrame de RESPEL
Dar aviso inmediato del evento a la Administración, para establecer las medidas requeridas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
- Recoger todo el material derramado, así como el suelo contaminado, manejándolo como RESPEL. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Declaración de Impacto Ambiental, Capítulo 4, Anexo 4.3. Anexo 3-3 de la Adenda Punto 9.2.3 del ICE (Tabla 9.2.3) Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región de Los Lagos, en su Oficio CP N°4183/2024 de fecha 1° de marzo de 2024, se pronuncia conforme con la DIA y señala que el proyecto cumple con la normativa ambiental de competencia de la Autoridad Sanitaria y se pronuncia conforme a los antecedentes técnicos y formales presentados en cumplimiento a los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos aplicables al proyecto y establecidos en los Art. N°142 del D.S. N°40 de 2012.
6.2.4 PAS del Artículo 146.- Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso; establecido en el inciso 1° del Artículo N°90 de la Ley N°4.601, sobre Caza, modificada por la Ley N°19.473, que sustituye el texto de la ley N°4.601, sobre Caza y artículo 609 del Código Civil. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Plan de rescate y relocalización de ejemplares de fauna terrestre, para especies de baja movilidad registradas en área de proyecto, principalmente la herpetofauna (anfibios y reptiles); mediante la captura, almacenamiento, traslado y reubicación de los individuos afectados desde su lugar de origen (área de rescate) hacia el lugar de destino (área de relocalización). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:
a) De tratarse de caza o captura para fines de investigación, se presentará un proyecto de investigación científica que contendrá: a.1. Descripción del proyecto. El proyecto considera la construcción y operación de una central de generación de energía eléctrica empleando la tecnología de Central Solar Fotovoltaica (CSF), que de acuerdo con la Guía para la Descripción de Proyectos de Centrales Solares de Generación de Energía Eléctrica en el SEIA (2017), se describe como “aquella que permite la conversión directa de energía lumínica en energía eléctrica”. Lo anterior se logrará mediante el uso de paneles fotovoltaicos fabricados con materiales semiconductores con efecto fotoeléctrico, es decir, tienen la capacidad de absorber fotones y liberar electrones. El material semiconductor que constituye las celdas fotovoltaicas permite generar energía eléctrica de corriente continua al estar unido a conductores eléctricos formando un circuito. A su vez, los conjuntos de celdas fotovoltaicas conforman un panel o módulo fotovoltaico. La energía eléctrica producida en los paneles fotovoltaicos y/o almacenado por el sistema B.E.S.S. será conducida a través de obras de canalización hacia los equipos denominados inversores/transformadores (centros de transformación), que convierten la corriente continua en corriente alterna, elevando el voltaje a niveles adecuados para inyectar directamente al alimentador, por lo tanto el proyecto considera la evacuación de la energía eléctrica de forma directa utilizando la Línea de Distribución de Media Tensión existente (23 kVA), correspondiendo al alimentador Germán Hube del Distribuidor SAESA. Por lo que no será necesario construir o habilitar nuevas postaciones para conectar el parque fotovoltaico con la subestación.
a.2. Especies, sexo y número de ejemplares estimados a cazar o capturar. Las especies objetivo para realizar rescate y relocalización apuntan a aquellos individuos que se encuentran en área de intervención directa por parte de las obras y/o acciones del Proyecto, y que presentan una movilidad reducida o baja, siendo las más vulnerables al enfrentar alguna perturbación externa. De acuerdo con el levantamiento de información realizado durante las campañas de terreno llevadas a cabo a inicios de la primavera, durante los días 26, 27 y 28 de septiembre del año 2023, se registró la presencia de una especie nativa de anfibio: Pleurodema thaul (Sapito de cuatro ojos), la cual se encuentra categorizada como “Casi amenazada” (NT), mientras que en la campaña de otoño, durante los días 15, 16 y 17 de abril de 2024, hubo registro de Batrachyla taeniata (Ranita de antifaz), también “Casi amenazada” (NT) de acuerdo con la última nómina de Clasificación de las Especies (RCE) en base al dieciochoavo proceso de clasificación (último proceso). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Debido a que la clase Amphibia y Reptilia se caracteriza por poseer especies cripticas y de baja vagilidad, existe la posibilidad de encontrar especies adicionales a las registradas en la campaña de terreno de fauna silvestre. Por esta razón, en la Tabla 3 se muestran especies potenciales que pueden encontrarse en la zona, obtenidas mediante revisión bibliográfica (Anexo N°2 del capítulo de Caracterización de Fauna Silvestre de la ADENDA Complementaria) y se detalla si fueron encontradas durante el levantamiento de información, por lo que, en caso de encontrar individuos de cualquiera de estas especies, serán sumadas a la medida de rescate.
Fuente: Anexo 2.1 de Adenda Complementaria
Respecto del número de ejemplares estimados a rescatar, para la especie Pleurodema thaul no hubo registro de abundancia, esto debido a que no se observaron ejemplares de forma directa, el registro de su presencia dentro del área de influencia corresponde a vocalizaciones en el transecto TR4 realizado durante la campaña de terreno, inserto en un ambiente de Pradera, específicamente en una pradera anegable poco densa de Poa annua y Trifolium repens con Laurelia sempervirens, que se encontraba en una franja que presentaba una gran cantidad de estiércol de vaca y zonas inundadas, además de presentar un pequeño curso de agua con zonas inundadas, donde fueron registradas las vocalizaciones de la especie objetivo (Anexo 3.10 Estudio de Flora, de la DIA). Por su parte, en la campaña de otoño se registraron 6 individuos de Batrachyla taeniata. A continuación, en la tabla 4 se presenta un resumen de ejemplares a capturar, sin embargo, el esfuerzo irá enfocado en rescatar la totalidad de individuos y especies que se encuentren durante la campaña de captura.
Tabla 4. Estimación de ejemplares a capturar/rescatar en el área de rescate
Fuente: Anexo 2.1 de Adenda Complementaria
a.3. Estado de las poblaciones a intervenir.
Batrachyla taeniata (Ranita de antifaz). Especie de anfibio que se distribuye desde la región de Valparaíso hasta la región de Aysén. Posee un amplio rango de hábitats a través de su larga distribución, presentándose desde el bosque esclerófilo a bosques norpatagónicos o turberas. En general se le asocia a ambientes de bosque húmedo o áreas empantanadas aledañas a cursos de aguas lenticas con abundante vegetación ribereña (Charrier, 2019). Su época reproductiva puede empezar con los cantos de los machos en enero hasta marzo. La hembra deposita los huevos en la hojarasca, fuera del agua, bajo troncos podridos, cortezas, rocas y otro refugio natural. Según el reglamento de Clasificación de Especies (RCE), actualmente se encuentra clasificada como “Casi amenazada” según el séptimo proceso del reglamento de clasificación de especies (D.S. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
N°42/2011) y a nivel global está catalogada como “Preocupación menor” según la lista roja de especies amenazadas (IUCN, 2023).
- Pleurodema thaul (Sapito de cuatro ojos). Especie de anfibio que se distribuye desde la región de Antofagasta hasta la región de Aysén, desde los 0 a 2000 m.s.n.m., especie caracterizada por presentar glándulas lumbares prominentes y ovaladas, de donde deriva su nombre vernáculo “Sapito de cuatro ojos” (Garín, 2013). Habita en bosques nativos, especialmente en quebradas y zonas anegadas. También presente en ambientes antropogénicos, sobre todo cercanos a cuerpos de aguas como tranques de regadíos, acequias, caminos rurales y canales, debido a su buena adaptación a las perturbaciones (Celis et al., 2011). De día se refugia bajo troncos, piedras e incluso desechos de basura. Su época reproductiva se extiende entre junio y agosto, pero en general logra reproducirse durante todo el año dependiendo de la ubicación. Utiliza cualquier cuerpo de agua poco profundo para colocar alrededor de 60 huevos en formas de racimo en pequeños charcos temporales cercanos a cursos de agua, adheridos a la vegetación o rocas. Según el reglamento de Clasificación de Especies (RCE), actualmente se encuentra clasificada como “Casi amenazada” según el sexto proceso del reglamento de clasificación de especies (D.S. N°41/2011) y a nivel global está catalogada como “Preocupación menor” según la lista roja de especies amenazadas (IUCN, 2023).
a.4. Metodologías de caza, captura y manejo. Para el rescate y relocalización, se seguirán los lineamientos propuestos en el documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Criterios Técnicos para la Aplicación de la Medida de Rescate y relocalización” del año 2021 y lo recomendado en la “Guía para la descripción de los componentes suelo, flora y fauna de ecosistemas terrestres en el SEIA” del año 2015. Previamente a la etapa de captura de individuos, se realizará un recorrido previo en el AI para observar su estado e identificar las zonas propicias para capturar especies. Para la búsqueda de anfibios se aplicará el método de observación directa y registro auditivo, utilizando de manera complementaria la metodología de playback (FA- 15, SEA 2015), esta técnica consiste en la reproducción de vocalizaciones de las especies objetivos a un volumen moderado por un lapso de un minuto con tres a cinco minutos de espera, esto generalmente hace que el individuo, atraída(o) por su propia vocalización se acerque y quede a la vista, o conteste y pueda ser escuchada. La intensidad de respuesta de los animales a esta situación depende de la especie y de la época reproductiva de ellas. La estimulación se hará mediante “señuelos acústicos”. Para el caso de las capturas y rescates, para anfibios adultos y larvas, se realizará preferentemente en primavera- verano, en condiciones climáticas favorables (sin precipitaciones) y durante el día como la noche en sus horarios de mayor actividad utilizando redes de mano y capturas manuales. Una vez capturados, los individuos, se realizará un diagnóstico general registrando sexo, tamaño, además de categorizar su microhábitat, para enfocar los esfuerzos en relocalizarlos en un refugio similar. Los individuos capturados serán ubicados en cajas contenedoras bien ventiladas, protegidos de las alzas de temperatura y con base de esponjas para conservar la humedad, evitando así la deshidratación de los ejemplares, los cuales serán liberados el mismo día de la captura.
a.5. Lugar de captura y de destino de los animales. - Lugar de captura. El área donde se implementará el Plan de Rescate y Relocalización corresponde a una superficie que se verá afectada por la construcción de las obras del proyecto, con especial énfasis en las zonas de potencial hábitat para la especie objetivo, como lo son troncos caídos y zonas anegadas con abundante vegetación, sin embargo, al momento de aplicar la campaña, se revisaran todas las áreas adecuadas para la presencia de anfibios y se enfocaran los esfuerzos en zonas donde hubo registro efectivo de vocalizaciones durante la campaña de línea base de fauna silvestre.
- Lugar de destino. El área de relocalización se ubica a 7,1 km al oeste del área del proyecto, a una distancia de 9 minutos en vehículo por la carretera, en la comuna de San Pablo, provincia del mismo nombre El área de relocalización presenta un total de 15 hectáreas y se ubica inmerso dentro de los mismos pisos y formaciones vegetales que el sitio de captura, con ambientes de vegetación ripariana de ribera de río, debido a la presencia de un curso de agua con dominancia herbácea, donde la especie dominante fue Ranunculus repens y Juncus procerus, ambas especies, presentes en las áreas anegadas de sitio de captura. Por otro lado, estas dos especies eran acompañadas por individuos de Rubus constrictus. En este ambiente fue posible registrar vocalizaciones de la especie objetivo Pleurodema thaul (Sapito de cuatro ojos) durante la campaña a terreno.
Como segundo ambiente, se aprecia un matorral denso de Rubus constrictus (Figura 6), con una cobertura aproximada del 75-90% donde la altura no superaba los dos metros. Este ambiente, además de estar colindando con la ruta U-180, presentaba un sustrato húmedo y blando, con un porcentaje de hojarasca, donde fue posible registrar la presencia de un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
individuo de Batrachyla taeniata (Ranita de antifaz) y Liolaemus cyanogaster (Lagartija de Valdivia). El tercer ambiente que registra el área de relocalización corresponde a una Pradera densa de Ranunculus repens y Poa annua. Este ambiente está ubicado entre los dos mencionados anteriormente, posee un sustrato blando y con un bajo porcentaje de agua el cual era utilizado por aves que prefieren hábitats de estas características como lo son Vanellus chilensis y Theristicus caudatus. Finalmente, el ultimo ambiente registrado fue un borde de cerco vivo con predominancia arbórea de individuos del género Salix con un alto porcentaje de anegación, entregando hábitats propicios para anfibios y donde fue posible registrar mediante vocalizaciones a la especie objetivo Pleurodema thaul.
Para el componente Fauna Vertebrada Terrestre, se realizaron 4 transectos para la búsqueda directa e indirecta de anfibios, reptiles y mamíferos, mientras que para el grupo de las aves se realizaron 3 puntos de observación y escucha durante 20 minutos en un radio imaginario de 50 m, para así abarcar la mayor superficie posible. En la Tabla 5 y Tabla 6, se entrega el detalle de abundancia registrada para cada sector de muestreo, mientras que, en la Figura 3, se entrega la ubicación espacial de los registros para anfibios y reptiles:
Tabla 5. Registros de aves para el área de relocalización
Fuente: Anexo 2.1 de Adenda Complementaria
Tabla 6. Registros de reptiles y anfibios para el área de relocalización.
Fuente: Anexo 2.1 de Adenda Complementaria
Fuente: Anexo 2.1 de Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
En la Tabla 7 del Anexo 2.1 de Adenda Complementaria se presenta la comparación entre especies registradas en ambos sitios, de captura y de relocalización. Y, en la Tabla 8 se presentan los vértices del sitio de relocalización, además, del registro fotográfico del sitio de relocalización, en las Figuras 4, 5, 6 y 7 del mismo anexo.
En relación con la capacidad de carga del área receptora, se evidencia la presencia de coleópteros, arácnidos, dípteros y variada diversidad de especies de invertebrados que sugieren gran disponibilidad de alimento para la especie a relocalizar. La estructura y fisionomía de la vegetación junto con la densidad de troncos, hojarasca y cuerpos de aguas presentes en el sitio de relocalización constituyen factores claves para generar un ambiente propicio para la relocalización de Pleurodema thaul y Batrachyla taeniata, influyendo positivamente en el éxito del establecimiento de la población relocalizada. Finalmente, la cantidad de individuos a relocalizar no generaría un efecto adverso en la población residente, ya que, existe una variada disponibilidad de recursos y ambientes, además de encontrarse cercano al río Rahue y afluentes, lo que podría servir como zona de refugio, reproducción y de búsqueda de alimento para variadas especies de anfibios.
a.6. Condiciones de transporte e instalaciones de cautiverio. Las condiciones de transporte serán dentro de contenedores plásticos, no deformables y permeables acondicionados (a modo terrario) con elementos que asimilen el sustrato y necesidades que poseían en la zona de captura con el objetivo de disminuir el estrés y permitir la respiración de los ejemplares dentro de los recipientes. Para el caso de los anfibios, se enfocarán los esfuerzos en mantener la humedad y que los contenedores se mantengan aireados a partir de agujeros en su tapa. Para el caso de los reptiles (si es que se llegasen a capturar, debido a que no hubo registros en la campaña de línea base), se elegirá un sustrato y rocas en modo de refugio para el tiempo de traslado. Para evitar interacciones negativas entre individuos los contenedores serán divididos en dos compartimientos donde se ubicará un único ejemplar. En relación con el vehículo en que serán transportados, se asegurara que las cajas se mantengan fijas, para evitar el estrés por movimiento. La manipulación de los individuos (especialmente de anfibios), será con gran cuidado y tomando las medidas de bioseguridad correspondientes, debido a la sensibilidad dermal que posee este grupo y la posibilidad de transmisión de patógenos a los ejemplares capturados.
La zona de relocalización se encuentra aproximadamente a 10 minutos en vehículo y se asegurará que la velocidad de desplazamiento no sea superior a 20 km/hr en el caso de existir caminos no pavimentados o con eventos. La liberación será realizada considerando lo siguiente: Liberación de individuos adultos separados de los juveniles, liberar pocos individuos en cada ambiente identificado, evitar la liberación cercana de especies que cumplan el rol de presas/depredadores, evaluar la situación sanitaria de los individuos y finalmente obtener un registro fotográfico de cada ejemplar, con el fin de identificar patrones corporales para el seguimiento de la medida.
a.7. Cronograma de actividades a realizar y período por el que se solicita el permiso. Una vez obtenido el permiso de captura y para dar cumplimiento a la Resolución Exenta que permita esta, se dará aviso de forma previa al inicio de la medida al SAG regional, con 10 días hábiles de anticipación o según se estipule en el permiso que otorgue la resolución exenta. En primer lugar, se realizarán las actividades de rescate y relocalización, las que tendrán una duración de dos días, realizando la captura y la liberación durante la misma jornada para evitar el estrés y pérdida de individuos durante la aplicación de la medida. Esto se realizará con un máximo de 5 días previos al inicio de intervención del área, de tal manera de evitar la recolonización temprana por parte de la fauna cercana. Se realizará una fotografía a los individuos relocalizados, según lo recomendado por la “Guía técnica para implementar medidas de rescate/relocalización y perturbación controlada” dispuesta por el SAG el año 2014, la cual consiste en fotografías individuos relocalizados para luego hacer una fotoidentificación y reconocimiento de patrones.
a.8. Plan de seguimiento. A continuación, se presenta detalladamente el plan de seguimiento de la medida propuesta, el cual busca observar el comportamiento de la variable abundancia de las especies objetivo en el sector de captura (sector a intervenir) y en el sitio de relocalización de manera de enfocar el monitoreo en evaluar si existen ejemplares dentro del área de intervención.
Luego de aplicada la medida, se realizarán estimaciones de riqueza y abundancia en una primera campaña al día siguiente del rescate (monitoreo inmediato). Esta campaña, será realizada, para confirmar que no haya presencia de otro individuo de las especies objetivo, como también en el sitio de relocalización, para evaluar el estado de los individuos liberados. En relación con los parámetros de éxito, para determinar de manera objetiva que el proceso de captura fue exitoso se considerarán los siguientes parámetros: - Número de especies trasladadas (total) / Número de especies sensibles descritos para el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
lugar durante la línea de base. - Número de individuos por especie / número total de ejemplares estimados en el área por especie. - Porcentaje de mortandad por especie rescatada, respecto al total de especies capturadas, registrada en los monitoreos posteriores. Parámetro utilizado para caracterizar la evolución de la variable. El parámetro para realizar el seguimiento de la medida y estimar su éxito, corresponde a la adaptación de los individuos relocalizados en los sitios seleccionados y la evaluación de las variaciones de la población del área de relocalización en el tiempo. Para este seguimiento, parámetros poblacionales como densidad, abundancia, abundancia relativa y cantidad de adultos/larvas. Esto será medido días previos a realizar la relocalización para obtener datos actualizados con los que sea posible medir la eficacia de la medida. Se medirá el parámetro “Porcentaje de individuos relocalizados reavistados”, el cual corresponde a la evaluación de los ejemplares fotografiados previamente en el nuevo hábitat (corto a mediano plazo” y se define como la proporción de ejemplares fotografiados reavistados, en relación con el total de individuos fotografiados relocalizados x 100. Estos individuos serán identificados mediante transectos de ancho fijo y búsqueda nocturna mediante playback. Método o procedimiento de medición. El parámetro será medido en las áreas de relocalización mediante muestreos a realizar de manera posterior a la aplicación de la medida de rescate y relocalización. Para reptiles y anfibios, se realizará la búsqueda activa de ejemplares a partir de transectos de ancho fijo con búsqueda dirigida. En caso de observar reptiles con marcas realizadas en la primera campaña, se intentará la recaptura del objetivo para evaluar los parámetros medidos durante el proceso de rescate. El trabajo será realizado por dos profesionales durante una jornada de trabajo por campaña, estimada entre las 9:00 y 19:00 horas, con el fin de abarcar los horarios de más actividad para ambos grupos, siendo las horas crepusculares para anfibios y la de mayor radiación para réptiles. Duración y frecuencia del plan de seguimiento. Como se mencionó anteriormente, el primer monitoreo será realizado al día siguiente de aplicar la medida de rescate, con el objetivo de medir el éxito de la relocalización en el corto plazo. Posteriormente, se realizarán campañas en el sitio de relocalización a los 14 días, 30 días, 6 meses y un año después de aplicada la medida (monitoreo de corto y mediano plazo), con el fin de evaluar el éxito y la evolución de la población de las especies relocalizadas. En la Tabla 9 del Anexo 2.1 de Adenda Complementaria se presenta el detalle de la duración y frecuencia del plan de seguimiento: Tabla 9. Duración y frecuencia plan de monitoreo
Fuente: Anexo 2.1 de Adenda Complementaria
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Declaración de Impacto Ambiental, Capítulo 4, Anexo 4.4 Anexo 3-4 de Adenda Anexo 2.1 de Adenda Complementaria Punto 9.2.4 del ICE (Tabla 9.2.4) Pronunciamiento del órgano competente El SAG Región de Los Lagos, en su oficio ORD. N°713 de fecha 27 de mayo de 2024, se pronuncia conforme con la DIA y sus Adenda, y señala que el proyecto cumple con la normativa ambiental de su competencia y se pronuncia conforme a los antecedentes técnicos y formales presentados en cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial Mixto, aplicable al proyecto y establecido en el Artículo 146 del D.S. N°40 de 2012.
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6.2.5 PAS del Artículo 158.- Permiso para ejecutar obras para la recarga artificial de acuíferos, será el establecido en el artículo 66 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas
Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Operación Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el uso de una fosa séptica para el tratamiento de las aguas servidas que se generarán durante la etapa de operación del proyecto, del presente Informe Consolidado, referido a los antecedentes del PAS 138. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en conservar y proteger el acuífero y los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:
a) Descripción del tipo y disposición de las obras de recarga artificial. En la fase de Operación las aguas servidas provenientes de las instalaciones sanitarias serán conducidas por medio de cañerías de PVC sanitario, hacia cámaras de inspección, que derivan finalmente en una fosa séptica convencional donde se producen los procesos de sedimentación y digestión aeróbica de las aguas residuales, que posteriormente serán infiltradas en el subsuelo a través de redes de drenaje.
La siguiente figura, muestra el tipo de sistema de recolección que se implementará en la instalación sanitaria considerando una cámara de inspección, fosa séptica, cámara de distribución de drenes y drenes de absorción.
Sistema de Recolección de Aguas Servidas
Fuente: Anexo 3.5 de Adenda
Luego de un período de retención entre 1 a 3 días, el efluente, que sale cargado de materia orgánica en suspensión, finamente dividida, en estado coloidal y en solución, debe ser sometido a un tratamiento posterior (secundario) que en este caso consiste en disponer estas aguas en el suelo por medio de drenes de infiltración.
- Cámara repartidora de drenes. Cámara encargada en distribuir las aguas tratadas de la fosa séptica hacia los drenes de infiltración. Permite la limpieza y verificación del funcionamiento de los drenes de infiltración. - Drenes de absorción. La excavación respecto a dimensiones, ventilación y ubicación, se ejecutarán de acuerdo con detalles presentados en el presente PAS. Las distintas capas de relleno del dren se ejecutarán de acuerdo con las dimensiones presentadas en planimetría, siendo: • Bolones: Relleno con bolones limpios, es decir, previamente lavados y de tamaño medio 20 cm, mínimo 15 cm y máximo 25 cm. Estos bolones serán colocados a mano hasta formar una capa de 50 cm. • Grava: La grava utilizada como filtro granular, será de tamaño medio 1 cm, colocada en una capa de 20 cm sobre una capa de arena gruesa y será compactada con placa. • Conductos de Drenaje: Se dispondrá de conductos de PVC Perforado de 110mm. de diámetro sobre la cama de gravilla de 5cm de espesor. La tubería tendrá una pendiente de 0,5% y se cubrirá con una capa de 15cm. Sobre la capa se instalará una capa de polietileno de alta densidad. • Polietileno: Se considera la cobertura de la superficie útil de las zanjas con polietileno doble capa.
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Se realizaron campañas durante el mes de diciembre, en el punto específico donde se emplazará la fosa séptica y los drenes de infiltración. Se realizó una calicata a más de 2,5 m, sin observarse afloramiento de las aguas. Por otra parte, según el Informe Técnico Pozo Profundo CAS Nº500m se determina que el nivel freático en dicho sector es de 20 m, en el escenario más desfavorable. Considerando que los drenes de infiltración se encuentran a una profundidad aproximada de 0,6 m, la distancia efectiva entre los drenes y el acuífero es mayor a 2 m, coincidente con la recomendación de la Autoridad Sanitaria.
En el punto 1.1 del Anexo 3.5 de Adenda, se presentan los antecedentes sobre la determinación del índice de absorción, según lo descrito en el D.S. N°236/26, Reglamento General de Alcantarillados Particulares, del Ministerio de Salud. Lo que se resume en la siguiente tabla:
Fuente: Anexo 3.5 de Adenda
Se presenta, además, en dicho anexo, los cálculos de la superficie de infiltración y el largo útil de los drenes a utilizar.
b) Caracterización de la calidad física y química de las aguas que se infiltrarán con la obra. Considerando las características promedio de un agua servida, en la siguiente tabla se muestra la caracterización físico - química de las aguas a tratar en la fosa séptica.
Tabla 4: Caracterización Físico - Química
Fuente: Anexo 3.5 de Adenda
En la fosa séptica se producirá la fermentación anaeróbica, por la acción de bacterias que prosperan en un medio privado de oxígeno, la fosa descompone una parte de la materia orgánica biodegradable de los barros y los flotantes. Esta descomposición conlleva producción de gas metano y dióxido de carbono que se acumula en la parte superior de la fosa creando una sobrepresión que se aprovecha para agitar la masa líquida residual y favorecer la licuefacción. Con esto se logra reducir la DBO5 un 65% y los SST (Sólidos en suspensión totales) en un 65%. Finalmente, dichos parámetros se ven reducidos considerablemente, como se indica en la siguiente tabla.
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Fuente: Anexo 3.5 de Adenda
Considerando que la fosa séptica, tratará únicamente residuos domiciliarios a un máximo de 7 trabajadores por jornada diaria, este no clasifica como una fuente emisora, por lo que tal como se indica en el punto 8, del artículo 4° del D. S. N°46/2002 del MINSEGPRES “Los establecimientos que emitan una carga contaminante media diaria igual o inferior a lo señalado, no se consideran fuentes emisoras para los efectos del presente decreto y no quedan sujetos a la misma, en tanto se mantengan dichas condiciones.” En virtud de lo expuesto, el Decreto Supremo 46/2002 del MINSEGPRES no es aplicable para este proyecto.
c) Caracterización de la calidad de las aguas del sector influenciado directamente por la recarga artificial. Las descargas generadas son en bajas cantidades, no se realizan en la zona saturada y según las recomendaciones por parte de la autoridad sanitaria se encuentran a una distancia de seguridad con la napa (distancia superior a 2 metros). El sistema de fosa séptica es un sistema recomendado para comunidades rurales, cuando la descarga de aguas servidas es exclusiva y no se cuenta con conexión al alcantarillado púbico. En Anexo 3.5 de Adenda se presenta el análisis físico químico de las propiedades fisicoquímicas del acuífero.
d) Descripción y características geológicas e hidrogeológicas del sector de recarga. En el punto 4 del Anexo 3.5 de Adenda, referido a los antecedentes del PAS 158, se presenta en detalle, la descripción y características geológicas e hidrogeológicas del sector de recarga del acuífero.
Características geológicas. El mapa geológico local de la zona considera información de Geología para el ordenamiento territorial: Área de Osorno, Región de Los Lagos. SERNAGEOMIN 2003. La zona de estudio del proyecto corresponde a secuencia piroclástica- epiclástica San Pablo, rocas volcanosedimentarias de edad cuaternaria-pleistoceno
Figura 5. Mapa geológico del área del proyecto
Fuente: Anexo 3.5 de Adenda
Campaña de Terreno y estratigrafía. En la campaña de terreno se realizaron 5 calicatas dentro del predio del proyecto, de manera de realizar una estratigrafía y analizar el nivel freático, cuya ubicación se presenta en la siguiente figura:
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Figura 6. Ubicación de Calicatas
Fuente: Anexo 3.5 de Adenda
Figuras 7 a 16 del Anexo 3.5 de Adenda, se presenta las 5 calicatas realizadas y su correspondiente estratigrafía, en dónde se describe el material encontrado, así como los espesores de las distintas capas. Mediante la determinación de la estratigrafía de las calicatas es posible identificar el tipo de suelo presente en el área de emplazamiento del proyecto, este suelo corresponde a suelos finos arcillo limosos, los cuales presentan una baja permeabilidad, además de un nivel freático bastante superficial en temporada lluviosa.
Características hidrogeológicas. De acuerdo con el Levantamiento hidrogeológico y potencial de agua subterránea de la depresión central de las regiones de Los Ríos y Los Lagos del Ministerio de Agricultura (2011) se pudo obtener que el predio del proyecto se localiza en dos acuíferos, correspondientes a acuíferos //A1 y A2//A1.
Fuente: Anexo 3.5 de Adenda
A continuación, se señalan las principales características de cada uno: • Acuífero //A1. Corresponde a un acuífero confinado, semiconfinado o libre cubierto en depósitos glaciofluviales. En el entorno de las ciudades de Osorno, San Pablo y Río Bueno, el acuífero está cubierto por depósitos de permeabilidad baja a muy baja. Hacia el sur, al poniente de Frutillar, este acuífero se encuentra cubierto por limos, arcillas y arenas finas laminadas de depósitos glaciolacustres y en partes por depósitos morrénicos. Abastece el 95% de los pozos profundos y tiene conexión hidráulica con los ríos principales. Incluye arenas y gravas, con intercalaciones de arcillas y limos, y forma estratos y cuerpos lenticulares con extensiones laterales hasta 1 km.
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• Sistema de Acuíferos A2//A1. Formado por un acuífero superior libre (A2) constituido por gravas y arena de los depósitos glacio-fluviales de la Glaciación Llanquihue (Plgfl) y/o fluviales (PIHf, Hf), litorales (Hp), eólicos (Heo) y arenas y limos estuarinos (He), que se disponen sobre un acuífero confinado (//A1) en depósitos del mismo tipo, correspondientes a la Glaciación Santa María (Plgf2). El acuífero //A1 es confinado por depósitos de cenizas, lapillis, gravas, arenas y arcillas piroclásticos-epiclásticos (Plsp), limos, arcillas y arenas finas glaciolacustres (Plgl2) o localmente por limos, arcillas, arenas finas, gravas y bloques morrénicos (Plm2).
En el sector sureste de la Hoja Osorno, al oeste de los Lagos Puyehue y Rupanco, y extendiéndose hacia los valles de la parte central, los depósitos glacio-fluviales (Plgfl) y fluviales (PIHf y Hf) constituyen un acuífero libre (A2), que abastece mayoritariamente norias y yace sobre los depósitos de la Secuencia piroclástica-epiclástica San Pablo (Plsp), que a su vez yace sobre el acuífero de alta importancia IIA1. La misma situación ocurre al noroeste del lago Raneo, en los alrededores de Paillaco. En tanto, en la hoja Puerto Montt se extienden al oeste del lago Llanquihue hacia los valles de la parte central, teniendo su mayor exposición en el valle del rio Maullín.
El acuífero A1, a nivel regional, posee transmisividades bajas a media-alta (T: 50 a 400 m2/d), permeabilidades bajas a altas (K: 10-5 a 10-3 m/s), caudales de explotación variables entre 2 y 15 l/s y específicos inferiores a 1,98 (l/s)/m. El espesor de los depósitos saturados con agua es inferior a los 10 m y el nivel freático se encuentra entre 1 y 5 m bajo la superficie del terreno. En la siguiente tabla se señalan las principales características de los acuíferos Río Bueno.
Fuente: Anexo 3.5 de Adenda
En la campaña de terreno en temporada de invierno con fecha 16 de agosto del 2023, se realizaron 5 calicata dentro del predio del proyecto, de manera de realizar una estratigrafía y analizar el nivel freático, según se muestra a continuación, encontrándose en las calicatas 2 y 4 nivel freático de 64 y 40 cm. En la Figura 20 del Anexo 3.5 de Adenda, se presenta la ubicación de dichas Calicatas y en la Tabla 6 del mismo anexo, se presenta la información de las calicatas realizadas.
Complementariamente, se realizaron 11 calicatas en el mes de enero, en solo una de ellas (C1) se llegó al nivel freático a una profundidad de 1,75 cm, dicha calicata se encuentra localizada al sur del proyecto a una profundidad de 1,75 cm, lo que tiene relación también con la condición topográfica del terreno, la cual va en descenso de Norte a sur. En la Figura 21 del Anexo 3.5 de Adenda, se localizaron las calicatas complementarias, mientras que en la Tabla 7 del mismo anexo, se presenta la información de las calicatas realizadas.
A partir de la información obtenida para de las calicatas elaboradas en el predio del proyecto se procedió a su clasificación, de acuerdo con lo siguiente - Clase 1, riesgo bajo: suelos muy profundos o profundos, más de 90 cm. - Clase 2, riesgo medio: suelos moderadamente profundos, entre 70 y <90 cm. - Clase 3, riesgo alto: suelos ligeramente profundos, entre 40 y < 70 cm. - Clase 4, riesgo muy alto: suelos delgados y muy delgados, menos de 40 cm.
La determinación de la piezometría se desarrolló, tanto en el área de influencia, como dentro de los límites del Proyecto. Para su modelación se consideró la información contenida en las calicatas realizadas dentro del predio del proyecto, teniendo en cuenta, de acuerdo con la bibliografía revisada que, las fluctuaciones de los niveles estáticos para el acuífero Rio Bueno son poco significativas. La modelación se realizó mediante la interpolación de los niveles estáticos como metros sobre el nivel del mar, obtenido a partir de la siguiente sustracción:
𝑁𝐸 𝑟𝑒𝑎𝑙 = 𝑀𝐸𝐷 – 𝑁𝑃
donde el NE es el nivel estático, MED es el modelo de elevación digital de terreno obtenido para la región de Los Lagos en metros sobre el nivel del mar; y NP es el nivel piezométrico en metros bajo el terreno. El método de interpolación elegido para la generación de la piezometría fue natural neighbor interpolation, metodología que se muestra eficiente para modelar las superficies freáticas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Figura 22: Clases de profundidad NF
Fuente: Anexo 3.5 de Adenda
En el área de estudio se puede observar que la napa freática guarda relación con la topografía de terreno, lo que quiere decir que en el sector norte del predio la topografía es más elevada y el nivel freático más profundo, lo que se puede respaldar con la información levantada en terreno (calicatas). En cambio, en la parte sur del predio, se pudo observar un nivel freático más elevado en algunos puntos (Figura 7), el cual tiene relación con la descripción del acuífero A2//A1, señalando la existencia de un acuífero libre (A2//A1) más superficial (1 a 5 metros) sobre un acuífero confinado (//A1).
d) Plan de monitoreo. Considerando que la fosa séptica corresponde a un sistema de estanco y sus aguas serán infiltradas al terreno por medio de drenes, no se considera un monitoreo de efluentes. Lo mismo sucederá con los lodos, los que serán extraídos directamente desde la fosa por un camión autorizado. No obstante, se mantendrá un registro del retiro y disposición final de los lodos en sitio autorizado, cada vez que se haga la limpieza de la fosa. La Tabla 8 del Anexo 3.5 de Adenda, muestra el registro interno que indicará la fecha, vehículo, cantidad y tipo de residuos retirados.
e) Plan de acción. En cuanto a las medidas asociadas a contingencias asociadas a la fosa séptica, que puedan implicar afectación a la napa freática, se deberá considerar el seguimiento de acuerdo con: - Se realizará periódicamente una revisión visual de las cámaras de inspección, con el objeto de verificar que no existan problemas operativos en el sistema de alcantarillado. - Todo trabajador de la empresa que detecte un derrame de aguas grises o alguna mancha u olor sospechoso, informará por el medio que le sea más expedito a su supervisor más directo o al contratista, indicando el lugar y hora de su observación. - En caso de detectar fallas, el encargado de la contingencia se comunicará con un camión limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. Paralelamente, suspenderá el uso de los servicios higiénicos y contratará una empresa autorizada para que instale baños químicos mientras se resuelve el problema. - En el caso de que la fosa séptica se expenda malos olores, se realizarán las siguientes acciones: se revisarán las cámaras de inspección y se verificará el funcionamiento de todos los elementos del sistema (wc y lavamanos). Posteriormente, se inyectará al sistema de alcantarillado productos enzimáticos, en las cantidades que especifique el fabricante. - En caso de detectarse fuga de las aguas grises, se deberá cercar el área y ejecutar las primeras acciones de protección o prevención en las instalaciones con el objetivo de prevenir daños.
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 3.5 de Adenda Punto 9.2.5 del ICE (Tabla 9.2.5) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Pronunciamient o del órgano competente La DGA Región de Los Lagos, en su oficio ORD. N°826 de fecha 17 de mayo de 2024, se pronuncia conforme con la DIA y sus Adenda, señala que el proyecto cumple con la normativa ambiental de su competencia y se pronuncia conforme a los antecedentes técnicos y formales presentados en cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial Mixto, aplicable al proyecto y establecido en el Artículo N°158 del D.S. N°40 de 2012.
6.2.6. PAS del Artículo 160.- El permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico o para la Construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 Unidades de Fomento que cuenten con los requisitos para obtener un subsidio del Estado, así como para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los límites urbanos, corresponderá a la autorización e informes favorables que se establecen respectivamente en los incisos 3° y 4° del artículo 55 del Decreto con Fuerza de Ley N°458, de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Fase del Proyecto a la cual corresponde Fases de Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” requerirá instalaciones, temporales y permanentes, correspondiente a construcciones de equipamiento (infraestructura eléctrica) fuera de los límites urbanos de la Comuna de Osorno. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) De tratarse de subdivisiones y urbanizaciones. El Proyecto no contempla subdivisiones ni urbanizaciones, por lo cual no aplicará la presentación de los antecedentes indicados en los subliterales a.1 al a.7, de este literal.
b) De tratarse de Construcciones
b.1. Destino de la edificación. El Proyecto corresponde a un proyecto nuevo, el cual se emplazará en un predio ubicado en la Comuna de Osorno. El destino de las obras afectas al PAS 160 es la generación de energía eléctrica a partir de la construcción, operación y cierre del proyecto Parque Solar Pampa Alegre. Se contempla una zona de edificaciones temporales, que se ubica en el sector norte del Proyecto. Esta área tendrá una superficie aproximada de 127,5 m2 (0,012 ha), incluyendo todos los componentes requeridos para proceder a la construcción del Proyecto (instalaciones dispuestas para camarines, oficinas, bodegas, etc.). Figura 1. Ubicación del Proyecto
Fuente: Anexo 3.6 de Adenda
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Figura 2. Localización de instalaciones temporales
Fuente: Anexo 3.6 de Adenda Por otra parte, en la fase de operación (instalaciones permanentes), se incluirán las obras permanentes mencionadas en la Tabla 1, las cuales incluyen todas las edificaciones permanentes asociadas al proyecto, totalizando un área de 62,85 m2 (0,006 ha). Figura 3 Localización de instalaciones permanentes
Fuente: Anexo 3.6 de Adenda En la Tabla 1, se presentan las superficies de cada edificación, detallando cada una de las instalaciones, tanto temporales como permanentes.
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Tabla 1. Superficies afectas a PAS 160
Fuente: Anexo 3.6 de Adenda
Para este permiso se considera la superficie del total del polígono del proyecto, correspondiente al área cerco perimetral del parque fotovoltaico (19,747 ha), independiente de que las instalaciones y/o dependencias interiores correspondan a una superficie menor. De esta forma, se da cumplimiento a lo establecido en la Circular DDU Esp. Nº03-2010 de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
b.2. Plano de ubicación, que señale la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público. El plano de ubicación relativa del predio se incluye en Apéndice 01 del Archivo “Planos ADENDA.zip” del Anexo 2.3 de Adenda Complementaria, referido a los antecedentes del PAS 160. b.3. Plano de emplazamiento de las edificaciones. El plano de emplazamiento de las edificaciones temporales y permanentes se incluyen en Apéndices 02 a 06 del Archivo “Planos ADENDA.zip” del Anexo 2.3 de Adenda Complementaria, referido a los antecedentes del PAS 160. b.4. Plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones que ilustren los puntos más salientes, su altura, número de pisos y la línea correspondiente al suelo natural. Las plantas de arquitectura esquemática y siluetas de elevaciones se incluyen en Apéndices 02 a 06 del Archivo “Planos ADENDA.zip” del Anexo 2.3 de Adenda Complementaria, referido a los antecedentes del PAS 160. b.5. Caracterización del suelo. - Uso actual del suelo. El suelo dentro del área de influencia presenta un uso actual de praderas de pastoreo para bovinos productores de leche. Esta condición genera que la superficie del suelo siempre permanezca bajo una cubierta vegetal, con especies herbáceas de hojas angostas y anchas, las que a su vez presentan raíces fibrosas y pivotantes. Esta continua cubierta vegetal durante el año genera condiciones idóneas para la aparición de lombrices, las cuales son abundantes dentro de los primeros centímetros del suelo, para todos los puntos de muestreos descritos. La superficie del terreno es de unas 19,747 hectáreas de topografía ondulada, donde, a excepción de un potrero de aproximadamente 0,5 hectáreas, la totalidad se encuentra cubierta por praderas (Figura 4. Contexto paisajístico del área de estudio, del Anexo 2.3 de Adenda Complementaria). - Tipo de Suelos del área de estudio. Según lo indicado en el punto 1.2.5.2 del Anexo 2.3 de Adenda Complementaria, referido a la revisión de referencias bibliográficas, el área de estudio se encuentra ubicada en los primeros sectores del lado Este de la Cordillera de la Costa, en su límite con la depresión intermedia, una zona de lomajes suaves que abarca alturas desde los 60 hasta los 150 msnm. El sustrato de estos suelos corresponde a depósitos fluvioglaciales de gravas multicolores con diferente grado de meteorización o a una toba volcánica muy meteorizada a profundidad variable. La profundidad se encuentra definida principalmente por el grado de erosión, que en este caso fluctúa entre ligera y moderada. En este sector los suelos presentan por lo general texturas superficiales medias y texturas más finas en profundidad. Los colores se asocian a un pardo oscuro (7,5YR) en superficie adquiriendo tonos más rojizos en profundidad, generalmente pardo rojizo oscuro (5YR). El Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
contenido de carbono orgánico fluctúa entre 5,6% y 7,2% en superficie, el cual va disminuyendo en profundidad hasta un 1%. La saturación de bases es menor a 50% en todo el perfil, la densidad aparente es menor a 1% casi en todos los casos y la retención de Fósforo varía entre 67% y 93%. Debido a estas propiedades es que se hace referencia a estos suelos como Inceptisoles con propiedades ándicas.
Los suelos de la zona presentan pendientes de 5% a 8% y de 8% a 15% por lo que presentan mejor aptitud que suelos más adentrados en la cordillera de la Costa y son utilizados para cultivos anuales. Las Series y Fases presentan clases de capacidad de uso II, III Y IV.
El área de estudio se encuentra ubicada en la serie de suelos La Unión, descrita en el estudio agrológico del Centro de Información de Recursos Naturales (CIREN, 2003). La serie de suelos La Unión (LUN) es un miembro de la familia fina, mixta, mésica de los Andic Dystrudepts (Inceptisol). Corresponde a un suelo profundo formado a partir de cenizas volcánicas, ocupa una posición de lomajes en los inicios de la Cordillera de la Costa a unos 60-90 msnm. Se trata de cenizas volcánicas muy antiguas depositadas en algunos casos sobre conglomerados multicolores o sobre toba volcánica. Presenta textura superficial franco arcillo limosa de color pardo muy oscuro en el matiz 7.5YR, mientras que en profundidad su textura igualmente es franco arcillo limosa, pero de color pardo en el matiz 7.5YR en profundidad. Su material parental corresponde a una toba volcánica muy descompuesta que se evidencia principalmente a una profundidad de 80 a 90 cm. Por último, su topografía dominante es suavemente ondulada con pendiente entre 5-8%, la cual puede llegar a 15%, su erosión es ligera y presenta buen drenaje.
La fase o variación de la serie de suelo La Unión que se encuentra representada en la totalidad del área de estudio corresponde a LUN - 1, la cual representa a la serie con su clase textural superficial franco arcillo limosa, de profundidad moderada a profunda, pendiente ondulada en su mayoría de 5 a 8%. La totalidad del área del proyecto, correspondiente a 19.747 ha, se sitúa dentro de la variación o fase LUN-1, según la siguiente figura:
Figura 5. Distribución espacial de Serie La Unión dentro del área del proyecto
Fuente: Anexo 3.6 de Adenda - Caracterización en terreno. En el punto 1.2.5.3 se detalla la caracterización realizada en terreno, para el Proyecto; presentándose las características físicas y morfológicas del suelo y los criterios y clasificación del suelo para cada una de las Calicatas realizadas (Tablas 2 a 6 y Figuras 6 a 10), en las cuales se presentan los perfiles de las calicatas.
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En la Tabla 7 del Anexo 3.6 de Adenda, se resumen los criterios de aproximación, definición y especiales y la clasificación de suelos, considerando las 5 calicatas realizadas:
Fuente: Anexo 3.6 de Adenda Criterios de Aproximación
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Profundidad efectiva. Respecto a la profundidad efectiva del suelo en el área de estudio, en base a información evidenciada en los puntos de muestreo, esta varía entre los 40 y los 110 cm. Las clases de profundidad de suelo corresponden a Profundo (D5) para las calicatas 1 (110 cm), 3 (90 cm) y 5 (95 cm), Ligeramente profundo (D3) para la calicata 2 (64 cm) y Delgado (D2) en el caso de la calicata 4 (41 cm). En los dos últimos casos la profundidad efectiva se encuentra limitada por la presencia del nivel freático a dicha profundidad.
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Pendiente. El área de estudio presenta en su totalidad pendientes del tipo complejas. Las clases de pendientes evidenciadas van desde Casi Plano o Casi a Nivel (0-2%) hasta Fuertemente Inclinado (8-15%), tal como se observa en la Figura 11. Para efectuar este análisis se utilizó el producto satelital DEM ALOS PALSAR de la región de Los Lagos, disponible en la Infraestructura de Datos Geoespaciales (IDE) del Ministerio de Bienes Nacionales, cuya resolución espacial es de 12,5 metros.
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Figura 11. Clasificación de pendientes en el área de estudio
Fuente: Anexo 3.6 de Adenda
Como se puede evidenciar en la Tabla 8, el 28% de la superficie presenta pendiente de clase plana o casi a nivel, seguido por un 21% ligeramente inclinada, un 41,1% moderadamente inclinada y con un 9,7% de área fuertemente inclinada. Esto último adquiere especial relevancia considerando que la clase de capacidad de uso III contempla hasta pendientes moderadamente inclinadas (<8%).
Tabla 8. Superficie abarcada por clases de pendiente
Fuente: Anexo 3.6 de Adenda
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Pedregosidad superficial. Las clases de pedregosidad superficial para los cinco puntos de muestreo fue de Sin Pedregosidad, correspondiente a <5% de piedras y <10% de gravas. La totalidad de la superficie del sitio de estudio no presenta pedregosidad superficial, destacando que esta se encuentra completamente cubierta, principalmente por pradera de gramíneas.
-
Drenaje. El área de estudio se caracteriza por presentar altos niveles de precipitaciones que se hacen presentes durante todo el año. Específicamente, la precipitación media anual de la zona es de 1322 mm, con un periodo seco de 0 meses (FIA, 2017). Según esta información es esperable que el suelo permanezca al menos húmedo gran parte del tiempo, sobre todo en las zonas bajas del lomaje, donde se puede evidenciar un nivel freático alto. Bajo ese contexto, las calicatas 2 y 4 presentan una clase de Drenaje Imperfecto (W3), causando restricciones en el crecimiento de algunos cultivos por su nivel freático alto. Por otro lado, las calicatas 1, 3 y 5, presentan una Drenaje Moderado (W4), de mejor condición debido a su ubicación en zonas medias y altas del lomaje, donde el agua tiende a escurrir hacia las zonas más bajas.
Criterios de Definición - Textura. La clase textural predominante en toda la extensión del área de estudio corresponde a Franco arcillo limosa (FAL). Esta clase textural se encuentra en el agrupamiento textural “Fina”, específicamente en la subdivisión Moderadamente Fina. En los perfiles de las calicatas 1, 2 y 3 aumenta la fracción fina del suelo en profundidad. En los tres casos se hace presente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
la clase textural Franco arcillosa (FA), en la calicata 1 desde los 88 cm, en la calicata 2 desde los 15 cm y en la calicata 3 a los 57 cm.
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Agua aprovechable. Las calicatas 1, 3 y 5 presentan una categoría de agua aprovechable Buena (H2), a diferencia de las calicatas 2 y 4 que se categorizan con una condición Regular (H3) y Pobre (H4) respectivamente. Estas últimas al presentar un nivel freático alto, genera que se tenga una profundidad efectiva baja, por lo que la capacidad de almacenamiento de agua para los cultivos es menor.
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Pedregosidad subsuperficial. Al igual que en el caso de la pedregosidad superficial, el suelo del área de estudio no presenta pedregosidad subsuperficial en ninguno de los puntos de muestreo. La clase de pedregosidad superficial es de Sin pedregosidad (DP1) para todos los casos.
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Erosión. No se han observado evidencias de erosión en el área de estudio, pues la cubierta vegetal presente mantiene al suelo protegido y abarca casi la totalidad de la superficie, a excepción de un pequeño potrero de 0,5 hectáreas aproximadamente en las que el suelo se encuentra desnudo debido al constante pisoteo animal, al ser una zona en donde se mantienen encerrados los bovinos, generando un efecto de amasamiento del mismo. Fuera de esta pequeña superficie, y a pesar de que el suelo presenta una pendiente ondulada, estas no son lo suficientemente importantes para generar algún grado de erosión, por lo que la clase de erosión es No aparente (E1).
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Periodo libre de heladas. En base a información proporcionada por el Atlas Agroclimático de Chile (FIA, 2017), la zona donde se enmarca el área de estudio se encuentra en el distrito agroclimático 14-10-2 “Osorno”, el cual presenta un clima del tipo templado cálido mesotermal con régimen de humedad húmedo (Cfb1f). La temperatura fluctúa entre los 22,8°C en enero y los 3,2°C en Julio, con un promedio de 206 días consecutivos libres de heladas, siendo 26 el promedio de heladas al año. Por lo tanto, la clasificación para el periodo libre de heladas corresponde a 150 o más días (F1).
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Vientos. De acuerdo al Explorador Eólico del Ministerio de Energía, el comportamiento de la velocidad de los vientos de la zona fluctúa entre los 4.4 m/s en el mes de abril y 7.4 m/s entre junio y julio, con una velocidad promedio de 5.8 m/s. Estos datos se han obtenido promediando los resultados de los tres modelos de viento presentes en el explorador, tales como WRF 2010, WRF 2015 y RECON 1980-2017. En base a estos resultados, considerando que la velocidad promedio del viento es de 5,8 m/s lo que equivale a 20,8 km/h, la categoría de viento corresponde a Moderado (V2). Esta categoría comprende vientos con velocidades entre 15 y 30 km/h, pudiendo causar dificultades moderadas para la agricultura.
Criterios Especiales
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Inundación. Si bien en los puntos de muestreo 2 y 4 se encontró el nivel freático a los 64 y 41 cm respectivamente, la clase de Inundación fue de Ninguna (I1) en todos los casos, considerando que la visita a terreno se realizó a mediados de invierno, época del año donde las lluvias son más abundantes.
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Salinidad, Sodicidad y Alcalinidad. La revisión bibliográfica indica que los suelos de la zona se caracterizan por no presentar problemas de salinidad, sodicidad ni alcalinidad. Los resultados analíticos de conductividad eléctrica fluctúan entre 0,97 y 1,74 ds/m, lo que afirma que los suelos presentan Salinidad de categoría No Salino (S0). Por otro lado, respecto a la Alcalinidad, no aplica al suelo en estudio dado que se trata de suelos de pH ácido, con valores entre 5,3 y 5,9 en los diferentes puntos de muestreo. Con estos valores de Ce y pH, se concluye a su vez que no existe presencia de sodicidad en los suelos, coincidente con la revisión bibliográfica.
En el punto 1.3.4 del Anexo 2.3 de Adenda Complementaria se presenta la determinación de las Clases de Capacidad de Uso. En dónde se señala que, en base a los diferentes criterios recién mencionados de Aproximación, Definición y Especiales, se han identificado dos Clases de Capacidad de Uso dentro del área de estudio, las Clases III y IV. En la Tabla 9 se presenta la Clase identificada para cada punto de muestreo, junto a su respectiva Sub-clase y Unidad.
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Tabla 9. Capacidad de Uso para cada punto de muestreo
Fuente: Anexo 3.6 de Adenda En la Figura 12 se puede observar la distribución espacial de las Clases de capacidad de uso presentes, donde se evidencia que gran parte del suelo del área de estudio presenta una Clase de Capacidad de Uso III, a excepción de algunos polígonos donde el suelo se encuentra condicionado por la pendiente, y a un sector, asociado a la Calicata 4, donde el suelo tiene problemas de agua aprovechable.
Fuente: Anexo 3.6 de Adenda En la Tabla 10 se detalla la superficie abarcada por cada Clase de Capacidad de Uso y el porcentaje que representa dentro del área de estudio.
Tabla 10. Superficie abarcada por cada Clase según CIREN y según lo determinado en terreno
Fuente: Anexo 3.6 de Adenda Riesgo de erosión actual y potencial. A pesar de que el área de estudio no presenta erosión en la actualidad, comprobado con trabajo en terreno y a través de fotointerpretación, en base a información proporcionada por el estudio Determinación de la erosión actual y potencial de los suelos de Chile (CIREN, 2010), la zona del estudio presenta un índice de riesgo de erosión, tanto actual como potencial, de carácter nula o baja. De igual manera se debe tener en consideración que se encuentra en las cercanías de una extensa región con riesgo de erosión actual y potencial moderado, atribuible a los inicios de la cordillera de la costa y por ende al aumento de las pendientes.
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Potenciales impactos en el recurso natural suelo. Sobre la base de los resultados de estudio realizado por el Titular, se ha determinado que la elaboración del proyecto no genera efectos o impactos significativos sobre el recurso natural suelo. Por un lado, el proyecto fotovoltaico considera la instalación de paneles solares sobre la superficie o suelo superficial, por lo que no existirá una pérdida de suelo por labores de escarpe u otro motivo. Considerando que no se eliminará la cubierta vegetal y que la instalación de paneles no impide la a compactación del suelo, la superficie afectada se considera mínima en relación con el área del proyecto.
Por último, respecto al deterioro de las propiedades Físicas, Químicas y Biológicas del suelo, la realización del proyecto no contempla efectos adversos sobre el suelo en esta materia, considerando que la instalación de paneles no impide la mantención de la cubierta vegetal y que la presencia de menor luz solar no afecta de manera negativa a las lombrices presentes.
Considerando que el Proyecto se emplaza en superficie de suelos clases III con 14,952 ha aproximadamente, con un 75,72% de predominancia total de la superficie del área de Proyecto, siendo el resto suelos con CCUS IV (24,28%), el Proyecto presenta un Compromiso Ambiental Voluntario con el propósito de mejorar las condiciones de drenaje de un predio ubicado en la comuna de Puerto Montt, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, llamado El Gato.
Si bien el Proyecto tuvo una breve modificación del área de proyecto producto de una evaluación de un potencial humedal, el Proyecto decide hacerse cargo de las ha iniciales consideradas como CCUS III con 15,2 ha del total del área de Proyecto, siendo 0,2 ha más a lo declarado en la ADENDA producto de la modificación. Además, considerado las actividades de mejoramiento de drenaje, se sobreestimo las hectáreas a mejorar.
La proporcionalidad de compensación es de 1:1 según lo indicado en la Guía Trámite PAS 160 del Servicio Agrícola y Ganadero (Ver Anexo CAV de Suelos). La guía menciona la consideración del sistema de producción de los suelos afectados frente al sistema de producción implementado, lo que permite determinar la proporción de superficie necesaria para compensar la pérdida temporal de productividad. En este caso, la superficie final destinada para la implementación del CAV es de 16,4 hectáreas. Según los resultados de la caracterización edafológica del Predio El Gato, este presenta suelos pobremente drenados. Con el fin de compensar voluntariamente la pérdida temporal de suelos de interés agrícola del Proyecto Parque Solar Pampa Alegre, pretende mejorar las condiciones de drenaje en 16,4 ha mediante la implementar obras de drenaje subsuperficial combinada con labores de subsolado, siendo estas, acciones complementarias entre sí, que busca mejorar el potencial productivo del predio estudiado.
Consideraciones asociadas al cambio climático. En el marco de los lineamientos metodológicos propuestos por el SEA respecto a la consideración de efectos adversos del cambio climático sobre componentes ambientales como el suelo se analizan posibles relaciones entre riesgos climáticos y el presente proyecto. Considerando el factor localización, se han analizado diferentes amenazas climáticas recurriendo al Atlas de Riesgos Climáticos (ARClim) y su herramienta Explorador de Amenazas Climáticas del Ministerio del Medio Ambiente, asociadas a factores como temperatura, precipitación, humedad, viento e insolación. En el área de estudio y en la comuna de Osorno en general uno de los factores más relevantes es la precipitación, donde el escenario de cambio climático indica que por ejemplo los días húmedos y secos consecutivos podrían sufrir variaciones de hasta un 20% para el 2060, mientras que los días de precipitación intensa y muy intensa tienen una tendencia a la baja para el futuro de la comuna.
Respecto al factor temporalidad, es clave que durante el diseño del proyecto se considere el momento del año en que se realizarán acciones constructivas, operativas o de cierre, teniendo en cuenta que la ocurrencia de eventos extremos en la zona se encuentra relacionados a las altas precipitaciones entre los meses de mayo y agosto, tanto para el escenario actual como para la proyección futura. Por último, sobre la extracción y uso de recursos naturales, cabe destacar que, considerando su naturaleza, el proyecto no considera ni el uso ni la extracción de ninguno de los recursos susceptibles de ser afectados por el cambio climático. Es importante señalar que, a pesar de que las obras y actividades del proyecto no intervendrán el total de la superficie de emplazamiento, el presente permiso se solicita por la totalidad de la superficie que conforman las instalaciones y edificaciones del parque fotovoltaico, correspondiente a 19,7 ha.
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Declaración Impacto Ambiental, Capítulo 4, Anexo 4.5. Anexo 3.6 de Adenda Anexo 2.3 de Adenda Complementaria Punto 9.2.6 del ICE (Tabla 9.2.6)
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Pronunciamiento Órgano competente SEREMI de Agricultura, en su oficio ORD. N°49 de fecha 8 de marzo de 2024, se pronuncia conforme con la Adenda SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos en su oficio ORD.N°10 de fecha 5 de marzo de 2024, se pronuncia conforme con la DIA y su Adenda, condicionado a que la tramitación de la autorización de las construcciones contempladas en el proyecto en la SEREMI de Vivienda y Urbanismo y en el SAG Región de Los Lagos. SAG, Región de Los Lagos, en su oficio ORD. N°713 de fecha 27 de mayo de 2024, se pronuncia conforme sobre la Adenda Complementaria, y señala que el proyecto cumple con los requisitos técnicos y formales para el otorgamiento del PAS del artículo 160 del RSEIA.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Normas ambientales de carácter general y asociadas a la ubicación del proyecto
7.1.1. Ley N°19.300. Aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente Componente/materia: Título I “Disposiciones Generales” Artículo 1°. - El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental se regularán por las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de lo que otras normas legales establezcan sobre la materia. Título II “De los Instrumentos de Gestión Ambiental”. Párrafo 2°. - “Del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” Artículo 8°. - Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente ley. Artículo 9°. - El titular de todo proyecto o actividad comprendido en el artículo 10° - Deberá presentar una Declaración de Impacto Ambiental o elaborar un Estudio de Impacto Ambiental, según corresponda. Aquéllos no comprendidos en dicho artículo podrán acogerse voluntariamente al sistema previsto en este párrafo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Se somete el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso de la Declaración de Impacto Ambiental al Servicio de Evaluación Ambiental y obtención de RCA favorable. Forma de control y seguimiento Registro de RCA en Sistema de Seguimiento Ambiental y control de cumplimiento de compromisos por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente Fiscalización del cumplimiento de la RCA por la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.1 del ICE
7.1.2. D.S. N°40 de 2010 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA Componente/materia: Este reglamento establece las disposiciones por las cuales se rige el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y la Participación de la Comunidad en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, conforme a lo establecido en la Ley N°19.300. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones. Forma de cumplimiento El Titular del proyecto se someterá al SEIA, a fin de obtener la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental (RCA), para lo cual se elabora la presente DIA que se presenta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la X Región de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Los Lagos, cumpliendo con los contenidos e información correspondiente y exigida por el citado decreto.
Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso de la Declaración de Impacto Ambiental al Servicio de Evaluación Ambiental y obtención de una Resolución de Calificación Ambiental favorable.
Forma de control y seguimiento Registro de RCA en plataforma web de la Superintendencia de Medio Ambiente para control del cumplimiento de sus compromisos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.2 del ICE
7.1.3. D. S. N°30/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación Componente/materia: Este Reglamento establece las disposiciones por las cuales se regirá la Autodenuncia - establecida en el art. 41 de la Ley 19.300, y el programa de cumplimiento y plan de reparación del daño ambiental –establecidos en los artículos 42 y 43 de la Ley. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a las disposiciones referentes a la autodenuncia, en el caso improbable de incurrir en alguna infracción de aquellas de la competencia de la Superintendencia de Medio Ambiente, y de optar por esta vía. Asimismo, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los programas de cumplimiento y planes de reparación en el evento improbable de haberse iniciado a un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de presentación de autodenuncia, Programa de cumplimiento y/o plan de reparación en caso de proceder. Forma de control y seguimiento Fiscalización cumplimiento RCA. Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.3 del ICE
7.1.4. D.S. N°31/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y de los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones. Componente/materia: Establece las disposiciones por las cuales se regirán la conformación, contenido, actualización, publicidad y forma en la cual operará el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones, de conformidad con lo señalado por la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y la Ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta Norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental favorable. Indicador que acredita su cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta Norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Forma de control y seguimiento Fiscalización cumplimiento RCA. Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.4 del ICE
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7.1.5. Resolución Exenta N°1.518 de 2013, de la Superintendencia del Medio Ambiente. Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº574 Exenta, de 2012. Componente/materia: En caso de obtener una RCA favorable el titular deberá ingresar al Sistema RCA, en un plazo de 15 días. Asimismo, los titulares de RCA deberán informar a la SMA toda modificación en la información otorgada, dentro del plazo de 5 días hábiles contado desde la notificación del acto en que se autorice su modificación, así como de las respuestas a Consultas de Pertinencia que se generen con motivo del Proyecto. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones de las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Una vez que se obtenga una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, dentro del plazo de 15 días desde que se notifique la Resolución, se ingresará al portal srca.sma.gob.cl, accediendo al formulario electrónico, donde se completará la información exigida por la SMA. Los cambios de estado o fase de ejecución del Proyecto serán informados de acuerdo con lo instruido mediante la Resolución. Indicador que acredita su cumplimiento Carga de la información requerido en el formulario electrónico, en la forma, fases y plazos establecidos por la SMA. Registros Electrónicos en portal srca.sma.gob.cl . Forma de control y seguimiento Control interno de los comprobantes de ingreso y de las comunicaciones realizadas a la SMA. Presentación de documentos en casos de fiscalización de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.5 del ICE
7.1.6. Resolución Exenta N°223/2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente. Dicta instrucciones sobre la elaboración del Plan de Seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental. Componente/materia: Dicta instrucciones generales sobre la elaboración del Plan de Seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones de las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta resolución, proporcionando oportunamente los planes de seguimiento de variables ambientales, informes de seguimiento ambiental al sistema electrónico de seguimiento ambiental, según lo estipulado en la RCA y según las instrucciones de elaboración que indica la resolución. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento se constituye por los certificados que genera el sistema electrónico de seguimiento ambiental al momento de realizar el envío de la información. Forma de control y seguimiento Chequeo mensual de la emisión de los certificados que genera el sistema electrónico de seguimiento ambiental al momento de realizar el envío de la información. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.6 del ICE
7.1.7. Resolución Exenta N°37/2013, de la Superintendencia del Medio Ambiente. Dicta e instruye normas de carácter general sobre entidades de inspección ambiental y validez de reportes. Componente/materia: Fiscalización cumplimiento normativo RCA
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones de las fases del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Forma de cumplimiento Los informes y reportes que se requieran para la inspección ambiental del proyecto los realizarán entidades acreditadas, certificadas o autorizadas por un organismo del estado para llevar a cabo dichas actividades. Indicador que acredita su cumplimiento Una vez obtenida la RCA del proyecto y se definan los planes de seguimiento del proyecto, si es que hubiere, se solicitará un certificado a los especialistas o entidades a cargo de realizar los análisis y/o estudios que indiquen la autorización de sus actividades de parte del organismo del estado competente. Este certificado se adjuntará al informe correspondiente al momento de remitirlo al sistema web creado por la SMA.
Forma de control y seguimiento Chequeo mensual, cuando aplique, de los certificados de especialista o entidades a cargo de realizar los análisis y/o estudios que indiquen la autorización de sus actividades de parte del organismo del estado competente.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.7 del ICE
7.1.8. Resolución Exenta Nº276/2013, de la Superintendencia del Medio Ambiente. “Norma de carácter general sobre Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación” Componente/materia: Fiscalización cumplimiento normativo RCA Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento En virtud de los resultados obtenidos en el Informe de Emisiones (Anexo 3.1 de la DIA) para la fase de construcción del Proyecto, es posible señalar que las emisiones de contaminantes generadas durante esta fase tendrán un carácter temporal y local, ya que esta contempla una duración de 6 meses.
Durante la fase de construcción la fuente emisora que genera mayor cantidad de material particulado respirable fino (MP2,5) responde al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, alcanzando un total de 0,059 t y 0,592 respecto al material particulado MP 10.
Respecto a la generación de gases contaminantes, la combustión interna de motores de maquinarias responde a la mayor emisión de N0x con 1.49 t, por otro lado, las mayores emisiones para SOX y COV de este último.
Durante la fase de operación, se tiene que las emisiones de material particulado MP2,5 y MP10 provendrán principalmente del tránsito de vehículos para las mantenciones esporádicas, no obstante, estas resultan poco significativas.
Finalmente, para la fase de cierre la fuente emisora que genera mayor cantidad de material particulado respirable fino (MP2,5) responde al tránsito de vehículos por caminos NO pavimentados, alcanzando un total de 0,059 t y 0,592 respecto al material particulado MP 10 respectivamente. Respecto a la generación de gases contaminantes, la mayor tasa corresponde a los grupos electrógenos responde a la mayor emisión de NOx y CO con 1,49 ton y 1,049 ton, respectivamente.
Al igual que para la fase de construcción, se considera que estas emisiones atmosféricas son poco significativas y acotadas en el tiempo. Si bien la temporalidad del cierre del Proyecto es igual a la fase de construcción, se considera un menor número de actividades a ejecutar. Indicador que acredita su cumplimiento Se listan una serie de medidas que serán implementadas durante las distintas fases del Proyecto: - Transporte de materiales en camiones con la carga cubierta con lona. - Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto. - Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día. - Limitación de velocidad máxima a 30 km/hr. en caminos internos. - Se capacitará al personal sobre la reducción de emisiones atmosféricas, dando a conocer las actividades que las generan en los frentes de trabajo y, las medidas de abatimiento y control contempladas para su aplicación. La capacitación se realizará a todo el personal que trabaje en la obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
- No recargar tolvas a camiones: Cargar el material hasta 10 cm bajo la línea de superficie de la tolva con el objetivo de minimizar la emisión de material particulado y evitar la caída de material en el trayecto. - Mantención preventiva de equipos, maquinarias y vehículos: Realizar inspecciones periódicas mensuales a maquinarias y equipos generadores de gases de combustión. Se llevará registro del certificado de emisiones y de la revisión técnica de los vehículos de la obra. Cabe señalar que para la humectación de caminos NO se utilizará supresor de polvo o bischofita, en virtud de los nuevos antecedentes considerados en el cálculo de estimaciones el cual considera el factor de corrección por lluvia (Ver análisis completo en Observación 1.15 de Adenda), por lo que no requerirá del suministro de agua industrial para humectación ni supresor de polvo o bischofita debido a la condición climática y geográfica del área. Forma de control y seguimiento Se actualizará el estado de la RCA a través del sistema según la fase en la que se encuentre el proyecto. Se dejará registro escrito de las acciones realizadas (planilla de control) en el caso de las medidas de abatimiento, para establecer su efectividad y ser auditados por la Autoridad Fiscalizadora en caso de que corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.8 del ICE
7.1.9. Resolución Exenta N°1.184/2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente. Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre Fiscalización Ambiental Componente/materia: Contiene instrucciones de carácter general sobre fiscalización ambiental. En el artículo cuarto indica que los sujetos fiscalizados y sus dependientes, deberán dar a los fiscalizadores todas las facilidades para el correcto y adecuado desarrollo de las actividades de fiscalización, y no podrán negarse a proporcionar la información requerida sobre los aspectos de la materia a fiscalizar. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones de las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a esta norma dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse y proporcionando la información requerida. Indicador que acredita su cumplimiento Entrega de información requerida por los fiscalizadores ambientales. Entregar las facilidades a los fiscalizadores ambientales en el desarrollo de las actividades de fiscalización. Forma de control y seguimiento Mantención de los registros respectivos dispuestos para los fiscalizadores ambientales. Copia de actas de fiscalización o similares en registros de la empresa, así como en el e-SEIA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.9 del ICE
7.1.10. Ley N°21.455. Ley Marco de Cambio Climático. Ministerio de Medio Ambiente. Componente/materia: Establece un marco jurídico para hacer frente a los desafíos que presenta el cambio climático, con la finalidad de alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero al año 2050 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones de las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a lo establecido en esta Nueva Ley, según se señala en el Artículo 2°. - Principios. Las políticas, planes, programas, normas, acciones y demás instrumentos que se dicten o ejecuten en el marco de la Ley. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Indicador que acredita su cumplimiento Análisis de riesgo de cambio climático realizado para el Proyecto en el contexto de la DIA presentada.
Forma de control y seguimiento Expediente de DIA existente el e-SEIA RCA favorable del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.10 del ICE
7.1.11. D.F.L. Nº458 - Ley General de Urbanismo y Construcciones, del 13 de abril de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Componente/materia: Construcciones
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Edificaciones e instalaciones temporales y permanentes Forma de cumplimiento Como parte de la DIA, se entregan los antecedentes para solicitar el Informe Favorable para la Construcción (ex Cambio de Uso de Suelo) de las edificaciones que formarán parte del proyecto.
Se dará cumplimiento a lo señalado en la Resolución N°569/2021 de la SEREMI MINVU, para cautelar lo instruido en el inciso segundo artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para que sean aplicados al momento de informar un proyecto acogido a las excepciones de este artículo, en la Región de Los Lagos, y así evitar las externalidades negativas al entorno inmediato o circundante del proyecto presentado, entre otras, a saber: - Cercanía a Límite Urbano: Todo proyecto, podrá emplazarse contiguo al límite urbano o al área urbana consolidada adyacente. - Resguardando la aparición de núcleos urbanos desconectados al margen de la planificación. - Accesibilidad: Los proyectos acogidos al Artículo 55 de la LGUC, la conexión deberá ser normada por el artículo 2.2.4. Bis OGUC, cautelando que la vía de acceso tenga un ancho mínimo de 6 metros. - Red Emplazamiento y Vial del Entorno: Todos los proyectos, deberán respetar las características rurales de su entorno, respecto a su sistema vial, densificación habitacional, sistema y red de transporte local, identificando los factores que pueden condicionar el desarrollo del proyecto. - Compatibilidad de Usos: Los proyectos, deben corresponderse con los usos de suelo aledaños, compatibilidad de usos en su funcionamiento y operación, evitando generar conflictos entre los usos construidos existentes y los proyectados en el área de influencia. Considerando un especial interés entre las Actividades Productivas y de Bodegaje, y el resto de los usos de suelo disponibles. - Restricción Ambiental: El proyecto debe reconocer al patrimonio sociocultural local; cómo responde a la imagen del lugar y armoniza con topografía, clima, vegetación, y otros recursos naturales existente - Vulnerabilidad y Riesgos Circundantes: Todo proyecto, como regla general, deberá evitar instalarse en áreas expuestas a amenazas de origen natural o antrópico; y en el caso de ser necesario, previo estudio fundado de riesgo aprobado por un profesional competente. - Compatibilidad Territorial de Actividades Productivas: Todo proyecto productivo, calificado como inofensivo, molesto, insalubre, contaminante o peligroso, previamente declarado o calificado por organismo competente, deberá atender y respetar los usos preexistentes del entorno. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento se constituye por la aprobación ambiental, obteniendo la RCA favorable, la aprobación sectorial del Informe Favorable de Construcción. Construir el Proyecto utilizando exclusivamente las áreas para las cuales se obtuvo el IFC. Forma de control y seguimiento Mantención de los registros respectivos dispuestos para los fiscalizadores ambientales. Copia de actas de fiscalización o similares en registros de la empresa, así como en el e-SEIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.11 del ICE
7.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto
7.2.1. Ley 20.920 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje Componente/materia: Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto importará paneles fotovoltaicos, los que son clasificados como aparatos eléctricos y electrónicos. Forma de cumplimiento Conforme a los plazos prescritos por el Reglamento, el Titular cargará los reportes asociados a los residuos y emisiones. De manera previa al inicio de la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: - Designación del encargado de establecimiento. - Acceso a la plataforma virtual del RETC con RUT del Titular. - Carga al sistema en formato digital del poder notarial y fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder notarial. Efectuados los pasos anteriores, y una vez obtenido el comprobante de ingreso electrónico al RETC, se presentarán el poder, la cédula de identidad del encargado y el comprobante en formato físico en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema.
Se debe solicitar en la página web del RETC la inscripción del establecimiento, para luego solicitar los sistemas sectoriales para Registros de Fuentes y procesos y Registro único de emisiones atmosféricas.
De acuerdo con el Artículo 44, que establece la responsabilidad penal y califica como delito el tráfico de residuos peligrosos, el Titular gestionará que la fracción de residuos de construcción y demolición de tipo peligrosa sea derivada a lugares de disposición autorizados, de manera diferenciada de aquellos residuos no peligrosos.
Los paneles fotovoltaicos en desuso, generados en operación y cierre, serán retirados por una empresa autorizada. Cabe destacar que la fracción de Residuos de Construcción y Demolición (RCD) peligrosa, será gestionada en destinos autorizados, de manera diferenciada de los RCD que son enviados a lugares destinados a residuos no peligrosos.
Respecto a la generación de residuos, en especial para los envases y embalajes, el Titular aplicará el principio d) jerarquía en el manejo de residuos, indicado en la Ley N°20.920 del Ministerio del Medio Ambiente, el que señala que considera como primera alternativa la prevención en la generación de residuos, luego la reutilización, el reciclaje de los mismos o de uno o más de sus componentes y la valorización energética de los residuos, total o parcial, dejando como última alternativa su eliminación, acorde al desarrollo de instrumentos legales, reglamentarios y económicos pertinentes. Indicador que acredita su cumplimiento El Titular informará a través del Sistema REP cuando corresponda, el cual se encuentra disponible en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Para lo cual se: - Ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. - Obtendrá el identificador y contraseña requeridos. - Realización de declaraciones - de contaminantes en RETC en las fechas establecidas por resolución del Ministerio de Medio Ambiente. - Mantendrá el registro generado por el sistema. Forma de control y seguimiento - Certificado de declaraciones en Ventanilla única RETC. - Registro y seguimiento de los residuos entregados a gestores autorizados para su reciclaje. - (registro de la declaración) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
- Registro de las declaraciones en oficina a disposición de la Autoridad, en caso de solicitarlo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.1 del ICE
7.2.2. D.S. N°1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Artículo y/o Materia Artículo 18.- “Sujetos obligados a reportar. Se encuentran obligados a reportar a través del Sistema de Ventanilla Única: a) Los establecimientos que deban reportar a otros órganos de la Administración del Estado, la información sobre sus emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, ya sea por una norma de emisión, una resolución de calificación ambiental, un plan de prevención, un plan de descontaminación, o por exigencia de la normativa sectorial o general correspondiente. b) Los establecimientos sujetos a calificarse como fuente emisora o generadora o destinatario de residuo, según alguna norma de emisión u otra regulación. c) Los establecimientos sujetos a reportar la información de sus emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes conforme a lo establecido en tratados internacionales ratificados por Chile. d) Los establecimientos que emitan contaminantes, sustancias, generen o reciben residuos y/o transfieran contaminantes, respecto de los cuales una regulación determinada obligue su reporte. e) Importadores, productores, distribuidores y comercializadores de productos que contengan contaminantes y sustancias, respecto de los cuales una regulación y/o tratados internacionales ratificados por Chile obligue su reporte. f) Centros de almacenamiento de insumos para la producción industrial potencialmente dañinos para la salud y el medio ambiente, respecto de los cuales una regulación y/o tratados internacionales ratificados por Chile obligue su reporte. g) Los establecimientos que generen más de 12 toneladas de residuos al año, las municipalidades, y los destinatarios de residuos, de acuerdo a los artículos 26, 27 y 28 del presente reglamento.” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Generación de emisiones debido a obras y acciones asociadas a la circulación vehicular, maquinarias y camiones. Forma de cumplimiento Conforme a los plazos prescritos por el Reglamento, el Titular cargará los reportes asociados a los residuos y emisiones. De manera previa al inicio de la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: - Designación del encargado de establecimiento. - Acceso a la plataforma virtual del RETC con RUT del Titular. - Carga al sistema en formato digital del poder notarial y fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder notarial. Efectuados los pasos anteriores, y una vez obtenido el comprobante de ingreso electrónico al RETC, se presentarán el poder, la cédula de identidad del encargado y el comprobante en formato físico en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol d administrador del sistema.
Se debe solicitar en la página web del RETC la inscripción del establecimiento, para luego solicitar los sistemas sectoriales para Registros de Fuentes y procesos y Registro único de emisiones atmosféricas. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará la Declaración de Emisiones en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Se realizará la Declaración Jurada dando fe a la veracidad de la información declarada en el RETC. Forma de control y seguimiento Certificado de declaraciones en Ventanilla única RETC, actualizado. Mantener registro de las declaraciones en oficina a disposición de la Autoridad, en caso de solicitarlo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.2 del ICE
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7.2.3. D.S. N°47/2015, del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la comuna de Osorno Artículo y/o Materia Emisiones a la atmósfera/ Calidad del aire
Plan de Descontaminación para la comuna de Osorno que establece una serie de medidas para las principales fuentes de emisión identificadas en la zona, en particular para los proyectos que ingresan el SEIA indica: “Capítulo VI. Compensación de Emisiones de Proyectos nuevos desarrollados en la Zona Saturada en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Artículo 56.- Desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto, todos aquellos proyectos o actividades, o sus modificaciones, que se sometan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), y que directa o indirectamente generen emisiones iguales o superiores a 1 ton/año de MP, respecto de su situación base, en cualquiera de sus etapas, deberán compensar sus nuevas emisiones en un 120%. La compensación de emisiones será de un 120% sobre la cantidad total anual de emisiones de la actividad o proyecto.
Se entenderá por emisiones directas las que se emitirán dentro del predio o terreno donde se desarrolle la actividad, asociadas a la fase de construcción, operación o cierre. Se entenderá por emisiones indirectas las que se generarán de manera anexa a la nueva actividad, como, por ejemplo, las asociadas al aumento del transporte. En el caso de proyectos inmobiliarios también se considerarán como emisiones indirectas las asociadas al uso de calefacción domiciliaria.
En el caso de modificaciones de proyectos o actividades existentes, que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se entenderá que constituyen la situación base del proyecto o actividad, aquellas emisiones que se generen en forma previa a la vigencia de este decreto, debidamente acreditadas, o aquellas que se generen con posterioridad, si forman parte de un programa de compensación de emisiones previamente aprobado.
Para efectos de lo dispuesto en este artículo, los proyectos o actividades y sus modificaciones, que deban someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que deban compensar sus emisiones, deberán presentar la estimación de sus emisiones de contaminantes a la atmósfera, la metodología utilizada y un anexo con la memoria de cálculo al ingresar al SEIA.” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, a la que aplica Transporte de insumos, residuos, efluentes y mano de obra.
Forma de cumplimiento De acuerdo con la actualización de las emisiones atmosféricas, presentada en Adenda complementaria, y a fin de dar cumplimiento a los límites establecidos en el PPDAO el Titular propone incorporar la medida adicional de humectación de los caminos internos con la adhesión de un supresor de polvo, lo que se detalla en Capítulo de CAV del presente Informe Consolidado y en Anexo 1-1 de Adenda Complementaria. El supresor tiene una efectividad de por lo menos un 90 por ciento para el abatimiento del MP10, por consiguiente, se realizó una actualización a los cálculos de emisiones atmosféricas para la actividad tránsito de vehículos por vías no pavimentadas durante la fase de construcción y la fase de cierre del proyecto, considerando un factor de abatimiento del 90 por ciento de las emisiones de MP 10 y MP 2.5 producto del tránsito en rutas no pavimentadas, por consiguiente, la emisión total del proyecto para el año 1 Construcción + 6 meses de operación y para el año 31 cierre + 6 meses de operación están por debajo de 1 tonelada al año de MP 10 cumpliendo así con los límites establecidos por el PPDA de Osorno. Indicador que acredita su cumplimiento Acreditación del Plan de Compensación de emisiones ante la SEREMI de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Registro de entrega del Plan de compensación de emisiones a la SEREMI de Medio Ambiente y la SMA. Informe con evidencia de cumplimiento del plan aprobado. Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.3 del ICE
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7.2.4. Resolución Exenta N°144/2020, del Ministerio de Medio Ambiente. Establece las reglas básicas para el mejor funcionamiento del RETC mediante la VU, derogando la norma anterior Res.Exenta 1.139/2013. Componente/materia: RETC mediante VU Residuos Sólidos - No peligrosos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones de Contaminantes asimilables a residuos domiciliarios, no peligrosos o no, sometidos a reglamentos específicos en cantidad superior a 12 ton/año (Art.9). Durante las etapas de construcción y cierre se generarán residuos sólidos, conformados por restos de materiales de construcción (madera, fierro y otros) y asimilables a domiciliarios. Forma de cumplimiento En el caso de generar más de 12 ton/año, se deberá realizar no solo las declaraciones al Sistema Nacional de Declaración de Residuos SINADER de manera anual, como lo indica el Artículo N°25 (D.S. N°1/2013), sino también de manera mensual, como se indica en el Artículo N°8 (R.E. N°144/2020).
Para las etapas de construcción y cierre se mantendrán sectores para el almacenamiento de residuos no peligrosos, en donde en ambos casos, estos serán retirados de forma permanente por el servicio municipal y/o por la empresa debidamente autorizada, siendo depositados en lugares debidamente autorizados por la SEREMI de Salud. Durante la operación del proyecto los residuos generados son de dos tipos: Residuos no peligrosos industriales y residuos domiciliarios. En ambos casos, estos serán retirados de forma permanente por el servicio municipal y/o por la empresa debidamente autorizada, siendo depositados en lugares debidamente autorizados por la SEREMI de Salud. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención de Identificador y contraseña para el establecimiento. - Verificación de las condiciones de los sitios de acumulación. - Registro de los permisos y/o autorizaciones de las empresas correspondientes. - Declaraciones al Sistema Nacional de Declaración de Residuos SINADER. Forma de control y seguimiento - Copia de las empresas que retiren residuos no peligrosos autorizados por la Seremi de Salud. - Registro de autorización, certificados y/o boletas de las empresas que retiren, manipulen y transporten los residuos. - Registro Declaraciones al Sistema Nacional de Declaración de Residuos SINADER (Certificado de declaración mensual) Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.4 del ICE
7.2.5. D.S. N°4/1994, del Ministerio Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera / calidad de aire Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto utilizará vehículos motorizados livianos y pesados. Forma de cumplimiento Se listan una serie de medidas que serán implementadas durante las distintas fases del Proyecto: - Transporte de materiales en camiones con la carga cubierta mediante el empleo de lona. - Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
- Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día. - Limitación de velocidad máxima a 30 km/hr. en caminos internos. - Se capacitará al personal sobre la reducción de emisiones atmosféricas, dando a conocer las actividades que las generan en los frentes de trabajo y, las medidas de abatimiento y control contempladas para su aplicación. La capacitación se realizará a todo el personal que trabaje en la obra. - No recargar tolvas a camiones: Cargar el material hasta 10 cm bajo la línea de superficie de la tolva con el objetivo de minimizar la emisión de material particulado y evitar la caída de material en el trayecto. - El Proyecto exigirá a las empresas contratistas que los vehículos motorizados cuenten con la mantención o revisión técnica al día, los que no podrán exceder las concentraciones máximas de CO y HC, según lo establece la norma, comprobado mediante el sello en los vehículos que acredite la certificación de cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones o la revisión técnica al día. - Mantención preventiva de equipos, maquinarias y vehículos: Realizar inspecciones periódicas mensuales a maquinarias y equipos generadores de gases de combustión. Se llevará registro del certificado de emisiones y de la revisión técnica de los vehículos de la obra. Indicador que acredita su cumplimiento - Flota de vehículos empleados en el Proyecto contarán con permiso de circulación y la revisión técnica al día. - Se mantendrá un registro actualizado en instalaciones del Proyecto de mantenciones periódicas por parte del personal encargado. - Se contará con copias de la documentación relativa a permiso de circulación y revisión técnica, las que se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. - Se exigirá copias de los permisos de circulación y certificados de revisión técnica al día de todos los vehículos que serán utilizados en este Proyecto. - Certificados de Revisión Técnica y Emisiones de Gases Contaminantes vigentes, o en su defecto Certificado de Homologación Individual vigente, de cada vehículo a utilizar si corresponde. Forma de control y seguimiento Registro y revisión de revisiones técnicas y mantenciones al día según corresponda. Mantención y disponibilidad de registros de la documentación actualizada de los vehículos en las oficinas de la Planta. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.5 del ICE
7.2.6. D.S. N°54/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica Componente/materia: Emisiones a la atmósfera / calidad de aire Establece los límites de emisión máxima para contaminantes emitidos por vehículos medianos, esto es, aquellos destinados al transporte de personas o carga, por calles y caminos cuyo peso bruto vehicular es igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos. Artículo 4: Los vehículos motorizados pesados señalados en el inciso primero del artículo 2, para circular en las regiones señaladas, deberán contar con un motor que reúna las características técnicas que los habilite para cumplir, en condiciones normalizadas, con los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y material particulado (PM). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de vehículos motorizados pesados para el transporte de residuos orgánicos, insumos y materiales. Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, durante todas sus etapas, cumplan con estas normas lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Se realizarán mantenciones preventivas de vehículos y se exigirá a los contratistas la destinación de vehículos adecuados a los fines del servicio prestado al Proyecto, de lo que se dejará constancia en los respectivos contratos u órdenes de compra que se suscribirán con los contratistas. Se exigirá que los vehículos cuenten con certificado de revisión técnica al día y con las revisiones periódicas recomendadas, que garanticen el adecuado funcionamiento y cumplimiento de las normas de emisión. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de las revisiones técnicas, permisos de circulación al día y mantenciones de todos los vehículos que formen parte del Proyecto, las cuales se mantendrán en la faena. Todos los vehículos que circulen y que formen parte del Proyecto estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de mantenciones y certificados de revisión técnica y gases al día. Registro en planilla de la revisión de documentación pertinente a los contratistas y respectivas autorizaciones y declaración de emisiones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.6 del ICE
7.2.7. D.S. N°55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera / calidad de aire Los límites de emisión máxima para contaminantes emitidos por vehículos pesados, aquellos destinados al transporte de personas o carga, por calles y caminos cuyo peso bruto vehicular es igual o superior a 3.860 kilogramos. En el artículo 4° se establece los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y material particulado (PM). En el Artículo 6° se señala que se recibirá un autoadhesivo de color verde al momento de obtener su primer permiso de circulación (que señala que cumple con las normas de emisión) o en una oportunidad posterior si la acreditación de cumplimiento de la respectiva norma de emisión se produce con posterioridad a la obtención de dicho primer permiso de circulación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales, insumos, equipos y residuos.
Forma de cumplimiento El Titular deberá asegurar que todos los vehículos motorizados pesados utilizados en el Proyecto cumplan con los límites máximos de concentraciones de emisiones establecidos en el inciso primero del artículo 2 del D.S. N°55/94. Los vehículos estarán inscritos en el registro nacional de vehículos motorizados y portarán el sello autoadhesivo que certifique el cumplimiento de la norma.
Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, durante todas sus etapas, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Las copias de estos documentos se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. Indicador que acredita su cumplimiento El parque vehicular asociado al Proyecto contará con permiso de circulación y la revisión técnica al día. Se mantendrá un registro actualizado en instalaciones del Proyecto de mantenciones periódicas por parte del personal encargado. Las copias de la documentación se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. Registro y copia de contrato u orden de servicio con empresas contratistas, donde se indique que todo vehículo motorizado pesado y maquinaria a utilizar en el Proyecto debe contar con su revisión técnica y permiso de circulación al día. Forma de control y seguimiento Copias de los permisos de circulación y certificados de revisión técnica al día de todos los vehículos que serán utilizados en la obra y sus mantenciones en oficinas del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.7 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
7.2.8. D.S. N°75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera / calidad de aire Los vehículos que transporten desperdicios, arenas, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc., deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales, insumos, equipos y residuos.
Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción se moverá en camiones tolva, áridos y otros insumos. Durante la Fase de Operación los camiones transportarán residuos sólidos Indicador que acredita su cumplimiento Registro en entrada y salida de la existencia y carga cubierta de los camiones que transiten durante la construcción, impidiendo su ingreso o salida si no se cumple. Forma de control y seguimiento Registros del control de acceso y salida de camiones, actualizados en las oficinas del Proyecto. Información disponible para fiscalización por parte de la SMA y del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.8 del ICE
7.2.9. D.F.L. N°4, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. N°1/82, Ley General de Servicios Eléctricos Componente/materia: Generación de energía Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en su conjunto
Forma de cumplimiento El proyecto consiste en la construcción de una central fotovoltaica cuya finalidad es dar seguridad en el abastecimiento y distribución eléctrica del Sistema Energético Nacional (SEN). Todas las especificaciones técnicas del Proyecto, así como su ejecución, operación y mantenimiento se ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes. Indicador que acredita su cumplimiento El Titular dará cumplimiento a estas disposiciones y demás sectoriales aplicables solicitando los permisos, autorizaciones y cumpliendo los requisitos que corresponde en cada caso. Forma de control y seguimiento Se realizarán los avisos correspondientes a la Autoridad Competente. Se designará a un encargado para verificar su cumplimiento. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.9 del ICE
7.2.10. D.S. N°144 de 1961. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera / calidad de aire En el Artículo 1° se establece que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen daños o molestias. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones atmosféricas Forma de cumplimiento Durante la etapa de construcción y cierre se generan emisiones a la atmósfera (polvo principalmente). Las principales fuentes de generación durante la etapa de construcción se concentrarán en el tránsito de vehículos, por el movimiento de tierra (preparación del terreno) y transporte de materiales (paneles y otras estructuras menores). En este sector la emisión de material particulado estará relacionada principalmente con las actividades de preparación de terreno, instalación de faenas, instalación de pilotes para instalar las estructuras que soportarán los paneles fotovoltaicos y canalizaciones eléctricas.
Durante la etapa de operación se generarán emisiones muy reducidas en comparación con las de la etapa de construcción. Estas estarán asociadas al tránsito de vehículos durante las actividades de inspección.
De acuerdo con los resultados del Estudio de Estimaciones atmosféricas (Anexo 3.1 de la DIA), es preciso señalar que el área de Influencia del componente Calidad de Aire fue estimado con respecto a las emisiones de todos los contaminantes normados, el cual dio por resultado, que el proyecto produce emisiones las cuales no generan un riesgo para la salud de la población.
Cabe señalar que para la humectación de caminos no se utilizará bischofita como supresor de polvo, en virtud de los nuevos antecedentes considerados en el cálculo de estimaciones el cual considera el factor de corrección por lluvia (Observación 1.15 de Adenda), por lo que no requerirá del suministro de agua industrial para humectación ni el uso de bischofita debido a la condición climática y geográfica del área. Indicador que acredita su cumplimiento Se listan una serie de medidas que serán implementadas durante las distintas fases del Proyecto: - Transporte de materiales en camiones con la carga cubierta mediante el empleo de lona. - Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto. - Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día. - Limitación de velocidad máxima a 30 km/hr en caminos internos. - Se capacitará al personal sobre la reducción de emisiones atmosféricas, dando a conocer las actividades que las generan en los frentes de trabajo y, las medidas de abatimiento y control contempladas para su aplicación. La capacitación se realizará a todo el personal que trabaje en la obra. - No recargar tolvas a camiones: Cargar el material hasta 10 cm bajo la línea de superficie de la tolva con el objetivo de minimizar la emisión de material particulado y evitar la caída de material en el trayecto. Mantención preventiva de equipos, maquinarias y vehículos: Realizar inspecciones periódicas mensuales a maquinarias y equipos generadores de gases de combustión. Se llevará registro del certificado de emisiones y de la revisión técnica de los vehículos de la obra. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá la documentación y los registros disponibles en las dependencias del proyecto (instalaciones de faena y de planta para la facilitar la labor fiscalizadora) - Verificación y exigencia de la documentación pertinente a los contratistas y respectivas autorizaciones y declaración de emisiones. - Se dejará registro escrito de las acciones realizadas (planilla de control) en el caso de las medidas de abatimiento, para establecer su efectividad y ser auditados por la Autoridad Fiscalizadora en caso de que corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.10 del ICE
7.2.11. D.S. N°211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Componente/ Materia Emisiones a la atmósfera / Calidad de aire Normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Uso de vehículos motorizados Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el MINTRATEL, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Las copias de la documentación se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas. Indicador que acredita su cumplimiento - Flota de vehículos empleados en el Proyecto contarán con permiso de circulación y la revisión técnica al día. - Se mantendrá un registro actualizado en instalaciones del Proyecto de mantenciones periódicas por parte del personal encargado. - Se contará con copias de la documentación relativa a permiso de circulación y revisión técnica, las que se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. Forma de control y seguimiento Registro y revisión mensual de revisiones técnicas y mantenciones al día.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.11 del ICE
7.2.12. D.F.L. N°725/1967. Código Sanitario Artículo y/o Materia Emisiones Atmosféricas y Calidad del Aire. Art. 89. El reglamento comprenderá normas como las que se refieren a: a) la conservación y pureza del aire y evitar en él la presencia de materias u olores que constituyan una amenaza para la salud, seguridad o bienestar del hombre o que tengan influencia desfavorable sobre el uso y goce de los bienes. b) La reglamentación determinará, además, los casos y condiciones en que podrá ser prohibida o controlada la emisión a la atmósfera de dichas substancias Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, a la que aplica Transporte de personal, materiales e insumos, equipos y residuos Forma de cumplimiento Se aplicarán medidas de control de emisiones tales como: mantención de huella interna que serán caminos asfaltados, utilización de maquinarias con mantenciones y revisión técnica al día, velocidad máxima de desplazamiento (se considera como velocidad máxima de 30 Km/h al interior de la faena), los camiones que transporten material fuera del área del Proyecto serán cubiertos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión en el aire. Indicador que acredita su cumplimiento Certificados de control de gases y revisión técnica vehículos y maquinarias. Mantenciones vehículos y maquinarias al día. Forma de control y seguimiento Se mantendrá toda la documentación necesaria a disposición de la autoridad fiscalizadora en la oficina administrativa del Proyecto. Copia de la documentación de los vehículos y maquinarias: Permisos de circulación, control de gases, revisiones técnicas vigentes. Registro de las mantenciones a vehículos y maquinarias. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.12 del ICE
7.2.13. D.S. N°279/1983. Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna Artículo y/o Materia Emisiones a la atmósfera / Calidad de aire Aprueba reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Artículo 1.- El presente reglamento establece los aspectos normativos y técnicos para el control de la emisión de contaminantes evacuados por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, que operen según el sistema Diésel (petroleros) o ciclo Otto (bencineros) de dos y cuatro tiempos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción y Operación Parte, obra, acción, a la que aplica Transporte de materiales, equipos y residuos
Forma de cumplimiento Para todas las fases del Proyecto, se exigirá que los vehículos motorizados cumplan con estas normas, lo que se verificará con el correspondiente certificado de revisión técnica y gases. Los vehículos estarán inscritos en el Registro Nacional de vehículos Motorizados y portarán el sello autoadhesivo que certifique el cumplimiento de la norma.
Indicador que acredita su cumplimiento Copia de certificado de revisión técnica vigente y de gases estarán disponibles en faena para su revisión periódica. Registro de mantenciones vehículos y maquinarias al día.
Forma de control y seguimiento Registro en formato digital actualizados. Visualización del sello verde adherido y en buen estado, en caso de que corresponda.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.13 del ICE
7.2.14. D.S. N°38/12020. Establece Norma de Emisión para grupos electrógenos. Artículo y/o Materia Emisiones a la atmósfera / Calidad de aire Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de Operación. Parte, obra, acción, a la que aplica Funcionamiento de grupo electrógeno Forma de cumplimiento Las emisiones generadas por el Proyecto serán declaradas a través de la plataforma de Ventanilla Única, Catastro de Fuentes. Comprobantes de envío de declaración de la información detallada en el artículo 9, a través de Ventanilla Única del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones anuales de fuentes fijas (grupos electrógenos). Forma de control y seguimiento Registro ventanilla única - RETC de declaración respectiva. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.14 del ICE
7.2.15. D.S. N°138/2005. Establece obligación de declarar emisiones que indica. Artículo y/o Materia Emisiones a la atmósfera / Calidad de aire Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fases de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, a la que aplica Las emisiones generadas por el Proyecto serán declaradas de acuerdo a lo establecido en la página RETC. Forma de cumplimiento Las emisiones generadas por el Proyecto serán declaradas de acuerdo a lo establecido en la página RETC. Comprobantes de envío de declaración de emisiones a través del subsistema declaración de emisiones del Registro de Emisiones y Transferencia Contaminantes (RETC). Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones anuales de fuentes fijas. Forma de control y seguimiento Registro ventanilla única - RETC de declaración respectiva. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.15 del ICE
7.2.16. D.S. N°38/2011. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada partir de la revisión del D.S. N°146, de 1997 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia Artículo y/o Materia Emisiones de ruido En su artículo 6, punto 13, define “fuente emisora de ruido” como toda actividad productiva, comercial de esparcimiento y de servicios, faenas constructivas, y elementos de la infraestructura que generen emisiones de ruido hacia la comunidad, excluyéndose las fuentes señaladas en su artículo 5. El artículo 7, establece los niveles de presión sonora corregidos (NPC) que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, que no podrán exceder los valores que se establecen en la Tabla 1 de la regulación, presentada a continuación: Niveles máximos permisibles de NPC establecidos en el DS N°38/2011, en dB(A).
En el artículo 9, indica que para zonas rurales se aplicará como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: a) Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A) b) NPC para Zona III de la Tabla 1. Este criterio se aplicará tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. En el artículo 10, indica que los niveles generados por fuentes emisoras de ruido deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos, correspondiente a la zona en que se encuentre el receptor. En el artículo 18, punto 18 se define “receptor”, como toda persona que habite, resida o permanezca en un recinto, ya sea en domicilio particular o en un lugar de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fases de Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, a la que aplica Las emisiones generadas por el Proyecto serán declaradas de acuerdo a lo establecido en la página RETC. Forma de cumplimiento Según el Estudio Acústico (Anexo 3.3), en las etapas de construcción y cierre del Proyecto existe incumplimiento de los niveles de ruido máximos permitidos en el periodo diurno según la normativa de ruido ambiental en algunos puntos receptores, en los escenarios críticos de trabajos descritos, en particular en aquellos donde los frentes de trabajo están ubicados en los puntos receptores más próximos (puntos receptores 1, 3, y 4). Por tanto, mediante la implementando de medidas de control de ruidos señaladas en la DIA y sus Adenda, se dará cumplimiento a la normativa de ruido ambiental en todos los puntos receptores en las etapas de construcción y cierre del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro del uso de maquinaria. - Registro gráfico de las actividades informativas a la comunidad y firma de los receptores. - Envío del informe de monitoreo a la SMA. - Instalación de pantallas acústicas en sectores que indica el estudio presentado en Anexo 3.3 de la DIA Forma de control y seguimiento Se dejará registro escrito de las acciones realizadas, y firma de los receptores para establecer su efectividad y para ser auditados por la Autoridad Fiscalizadora en caso de que corresponda. También se realizará un informe de monitoreo de ruido para ser auditados por la Autoridad Fiscalizadora, incluyendo fotografías de las cortinas acústicas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.16 del ICE
7.2.17. D.F.L. N°725/1967. Código Sanitario y D.F.L. N°1/1989, del Ministerio de Salud. Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Artículo y/o Materia Condiciones de salud, que incluye el manejo de residuos industriales no peligrosos y peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fases de Construcción, Operación y Cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Parte, obra, acción, a la que aplica Acumulación y almacenamiento temporal de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Obtención de permisos para las instalaciones de almacenamiento de residuos no peligrosos y residuos peligrosos (PAS 140 y PAS 142). Para el transporte de residuos se utilizarán vehículos que cuenten con autorización sanitaria para ello. Indicador que acredita su cumplimiento RCA favorable con pronunciamiento positivo de los permisos ambientales sectoriales de los sitios de almacenamiento temporal de residuos. Autorización sanitaria de las instalaciones destinadas al almacenamiento de residuos. Exigencia de resolución sanitaria de los vehículos empleados para el transporte de residuos. Autorización sanitaria de la Planta de biogás según PAS 140 del SEIA Forma de control y seguimiento Copia de la autorización sanitaria de la empresa transportista contratados y de disposición final. Registro de facturación de residuos en relleno sanitario autorizado declaración en sistema nacional de declaración de residuos no peligrosos (SINADER) y peligrosos SIDREP. Resolución sanitaria de Autorización de Proyecto y Funcionamiento del Parque Solar Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.17 del ICE
7.2.18. D.S. N°594/1999, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (Art. 18, 19, 20). Artículo y/o Materia Condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, que incluye el manejo de residuos sólidos.
Artículo 18 establece que la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Artículo 19 establece que las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Artículo 20 “En todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos.” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fases de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Acumulación y almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y peligrosos. Forma de cumplimiento Se mantendrán sectores para el almacenamiento de residuos domiciliarios y residuos no peligrosos, en donde en ambos casos, estos serán retirados de forma permanente por el servicio municipal y/o por la empresa debidamente autorizada, siendo depositados en lugares debidamente autorizados por la SEREMI de Salud. Obtención de Permisos Ambientales Sectoriales 140 y 142 para la acumulación y almacenamiento temporal de residuos no peligrosos y peligrosos, respectivamente. Indicador que acredita su cumplimiento RCA favorable con pronunciamiento positivo de los permisos ambientales sectoriales de los sitios de almacenamiento temporal de residuos. Autorización sanitaria de los sitios de almacenamiento. Comprobante de envío de declaración de residuos a través de SINADER (en caso de aplicar) y de SIDREP del RETC. Forma de control y seguimiento Registro de autorización, certificados y/o boletas de las empresas que retiren, manipulen y transporten los residuos. Copia de la autorización sanitaria de la empresa de disposición final de residuos Copia de Resolución sanitaria de Autorización de Proyecto y Funcionamiento del Parque Solar. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Certificado declaraciones en Sistema ventanilla única - RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.18 del ICE
7.2.19. D.S. N°148/2003, del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Artículo y/o Materia Residuos Sólidos – Peligrosos
En el artículo 1 se establecen las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. En el artículo 27 se establece que lo generadores que no estén obligados a sujetarse a un Plan de Manejo de Residuos Peligroso deberán en todo caso cumplir con la obligación señalada en la letra b) del presente artículo. En el artículo 28 se establece el manejo diferenciado entre los residuos peligrosos y los no peligrosos. En el artículo 29 se establece que todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos deberá contar con la correspondiente autorización sanitaria de instalación. En el artículo 31 se establece el período de almacenamiento máximo de residuos peligrosos. Sin embargo, en casos justificados, se podrá solicitar a la Autoridad Sanitaria, una extensión de dicho período hasta por un lapso igual, para lo cual se deberá presentar un informe técnico. En los artículos 33, 34 y 35 se establecen las condiciones que deben cumplir los sitios de almacenamiento de este tipo de residuos, los accesos restringidos de estos lugares y las distancias a los deslindes de la propiedad. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fases de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Los residuos generados durante estas fases del Proyecto corresponderán a aceites usados, grasas usadas, envases plásticos contaminados, paños y material absorbente contaminado, residuo con pintura, filtros de aceite, filtros de combustible, tubos fluorescentes, luminarias HG y Paneles Fotovoltaicos. La fracción de Residuos de Construcción y Demolición (RCD) peligrosa, será gestionada en destinos autorizados, de manera diferenciada de los RCD que son enviados a lugares destinados a residuos no peligrosos. Forma de cumplimiento Se solicita en el contexto de la DIA el PAS 142 para la acumulación transitoria de residuos peligrosos durante las etapas de construcción operación y cierre del Proyecto. Para más detalles revisar Anexo de Permisos Ambientales Sectoriales (Anexo 4.3). Todos los residuos peligrosos serán debidamente identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial 2.190/19. Los contenedores que contengan residuos peligrosos cumplirán con los requisitos del artículo 8 del D.S. N°148/04. La bodega de residuos peligrosos cuenta con el Permiso Ambiental Sectorial 142. Indicador que acredita su cumplimiento RCA favorable con pronunciamiento positivo de los permisos ambientales sectoriales de los sitios de almacenamiento temporal de residuos. Autorización sanitaria de las bodegas de residuos peligrosos. Declaración de residuos peligrosos (SIDREP). Registros SIDREP de ventanilla única. Contar con el permiso de la Autoridad Sanitaria y copia de los recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Registro con certificado de la autoridad sanitaria y registro sistematizado en planilla de control de los recibos o boletas que certifiquen el transporte y disposición final de dichos residuos. Copia de la autorización sanitaria de la empresa transportista contratados y de disposición final. Autorización de bodegas RESPEL en la Fase de Construcción y en Operación. Registro de declaración de residuos peligrosos en SIDREP de RETC Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.19 del ICE
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7.2.20. D.S. N°594/1999, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (Art. 18, 19, 20). Artículo y/o Materia Aguas servidas
En el artículo 24 se establece que en las faenas temporales que no sea posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el proveedor deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calcular según el presente artículo, además establece que una vez finalizada la faena temporal el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.
En el artículo 26 se establece que las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fases de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Servicios sanitarios para trabajadores Forma de cumplimiento En fase de construcción y cierre, se habilitarán baños químicos en los frentes de trabajo, cuya mantención estará a cargo de empresa autorizada. Durante la fase de operación se implementará un sistema de tratamiento consistente en fosas sépticas y drenes de infiltración.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de retiro de residuos de aguas servidas generadas en los baños químicos (boletas de retiro) Autorización sanitaria de la empresa que preste el servicio de arriendo y mantención de baños químicos. Registro mantención de baños portátiles, el cual deberá indicar la mantención efectuada y el lugar de disposición final de los residuos líquidos retirados. Obtención PAS del artículo 138 para la fase de operación del proyecto
Forma de control y seguimiento Revisión de los registros de retiro de residuos de aguas servidas, cumpliendo la frecuencia requerida de los retiros. Autorizaciones y registros disponibles en formato digital y/o papel.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.20 del ICE
7.2.21. D.S. N°594/1999, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (Art. 18, 19, 20). Artículo y/o Materia Aguas servidas
En el artículo 73, del párrafo I y título II se establece que se prohíbe descargar las aguas servidas y los residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o para balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Servicios sanitarios: - Baños químicos en fases de construcción y cierre - Servicios higiénicos, fosa séptica en fase de operación Forma de cumplimiento La mantención y limpieza de los baños químicos en las Fases de Construcción y Cierre será realizada por empresa autorizada por la Seremi de Salud de la Región de Los Lagos, a fin de asegurar el buen estado de estos, sin que se generen focos de infección y generación y/o atracción de vectores sanitarios.
En Fase de Operación se utilizarán servicios higiénicos y un sistema particular consistente en fosa séptica y drenes de infiltración; los antecedentes del PAS 138 se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
presentan en la DIA y sus Adenda, en los cuales se acredita que este tratamiento no afectará en forma significativa los recursos naturales en ninguna de sus fases. La limpieza mantención y retiro de lodos de la fosa séptica se hará en forma semestral por empresa proveedora autorizada.
El Proyecto no generará residuos líquidos industriales en ninguna de sus fases. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de la autorización sanitaria de la empresa a cargo de la mantención y limpieza de los baños químicos. Registro actualizado en instalaciones del Proyecto de la mantención y limpieza de los baños químicos. Certificados de disposición final y resoluciones aprobatorias del Proyecto (RCA, incluyendo PAS 138, y permiso sectorial de la solución sanitaria). Forma de control y seguimiento Resolución del Sistema Particular de Aguas Servidas. Autorización Sanitaria de la empresa encargada de la mantención y limpieza de baños químicos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.21 del ICE
7.2.22. D.S. N°160/2008. Aprueba Reglamento de Seguridad Para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos Artículo y/o Materia Sustancias peligrosas Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase Construcción y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Durante la fase de construcción y cierre del Proyecto, se contempla la utilización de combustible líquido, principalmente en la maquinaria pesada, para lo cual se contará con un suministro diario a través de un proveedor autorizado, quien con un camión surtidor cargará la maquinaria en obra.
Forma de cumplimiento La carga del combustible desde el proveedor autorizado, serán realizadas sobre una superficie que contará con geomembrana para impedir la contaminación del suelo.
Indicador que acredita su cumplimiento Se exigirá y mantendrá copia de las autorizaciones asociadas a las empresas distribuidoras, que abastezcan de combustible la obra.
Forma de control y seguimiento Revisión mensual de vigencia de Resolución SEC de empresa proveedora y chequeo en terreno cada vez que se realice carga de combustible, verificando que se cumplan las condiciones que exige la normativa vigente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.22 del ICE
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7.3. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)
7.3.1. Ley Nº19.473, Sustituye texto de la Ley N°4.601, sobre Caza Artículo y/o Materia Preservación de especies. Prohíbe en todo el territorio nacional, la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre, catalogados como especies en peligros de extinción, vulnerables, raros y escasamente conocidas, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Excavaciones y frentes de trabajo Operación del Parque Solar Actividades de desmantelamiento de instalaciones Forma de cumplimiento Se prohibirá toda forma de captura y/o caza de fauna silvestre al personal durante las distintas fases del Proyecto, y a su vez se promoverá el cuidado de la fauna mediante distintas acciones. Indicador que acredita su cumplimiento Plan de capacitación y registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa durante las distintas fases del Proyecto, explicitando la protección de la fauna establecida en la Ley. Registro fotográfico de señaléticas (carteles u otros elementos) requeridas en el Proyecto Forma de control y seguimiento Control periódico en terreno de la revisión de las señaléticas. Registros, disponibles y actualizados para revisión de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.1 del ICE
7.3.2. D.S. N°5/1998. Aprueba Reglamento de la Ley de Caza Artículo y/o Materia Preservación de especies. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Excavaciones y frentes de trabajo Operación del Parque Solar Actividades de desmantelamiento de instalaciones Forma de cumplimiento Se prohibirá toda forma de captura y/o caza de fauna silvestre al personal durante las distintas fases del Proyecto, y a su vez se promoverá el cuidado de la fauna mediante distintas acciones. Inclusión de señalética alusiva a la Ley de Caza y sus prohibiciones. Indicador que acredita su cumplimiento Plan de capacitación y registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa durante las distintas fases del Proyecto, explicitando la protección de la fauna establecida en la Ley. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de capacitación actualizado.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.2 del ICE
7.3.3. Ley N°17.288. Ley sobre Monumentos Nacionales Artículo y/o Materia Conservación del patrimonio. Legisla sobre Monumentos Nacionales. Define los Monumentos Nacionales. Los Monumentos Históricos, Monumentos arqueológicos, indicando que su control y supervigilancia recaen en el Consejo de Monumentos Nacionales y que todo trabajo de conservación, reparación o restauración de ellos estará sujeto a su autorización previa. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la que aplica Todas las actividades que se encuentren vinculadas con movimientos de tierra, excavaciones, instalaciones de faenas. Forma de cumplimiento De acuerdo a lo establecido en el Informe de Patrimonio Cultural (Anexo 3-11 de la DIA) A partir de la inspección arqueológica realizada en terreno, se logró abarcar un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
90% del polígono. La inspección se realizó con una buena intensidad de transectas, separadas entre sí por 25 m. La condición de accesibilidad fue alta a media, ya que se encontraron algunos puntos donde la alta saturación de agua del suelo impidió el paso. La visibilidad fue baja ya que la superficie presentó una cubierta vegetacional que no permitió observar la superficie del suelo en una parte importante del polígono, además del barro presente en el sector. A partir de la inspección visual en terreno no se registraron restos con valor patrimonial. En la revisión bibliográfica realizada no se registraron elementos con valor patrimonial en el área de influencia del Proyecto, los sitios más cercanos se encuentran entre a 1,8 km a 3 km aproximadamente. Indicador que acredita su cumplimiento Informe de prospección arqueológica. Aviso a la autoridad competente sobre eventuales hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos en la zona de emplazamiento del proyecto. Cumplimiento de instrucciones del Consejo de Monumentos Nacionales. Forma de control y seguimiento Informe de hallazgo entregado a la autoridad competente. Evidencia de seguimiento de acciones instruidas por el Consejo de Monumentos. El órgano competente para su control y seguimiento es el Consejo de Monumentos Nacionales, sin perjuicio que corresponde a la Superintendencia del Medio Ambiente el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.3 del ICE
7.3.4. D.S. N°484/1991. Reglamento de la Ley N°17288. Sobre Monumentos Nacionales, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Artículo y/o Materia Conservación del patrimonio, bienes nacionales, arte y cultura Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la que aplica Movimientos de tierra llevado a cabo para la construcción y habilitación de la futura planta Forma de cumplimiento El sector donde será desarrollado el Proyecto fue caracterizado ambientalmente para el componente patrimonio cultural, sin encontrarse hallazgos pertenecientes al patrimonio cultural. Sin embargo, se realizará un monitoreo arqueológico permanente en los frentes de trabajo en la fase de construcción.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de producirse un hallazgo arqueológico o paleontológico se procederá según lo establecido por los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando al Consejo de Monumentos Nacionales, de manera que éste determine el procedimiento a seguir, cuya implementación será efectuada por el Proponente del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Previo al inicio de la obra, un arqueólogo o licenciado en arqueología realizará una charla de inducción a los trabajadores sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que deberá incluir los siguientes antecedentes Capacitaciones al personal en obra Forma de control y seguimiento En caso de que se produzca un hallazgo, tanto el aviso realizado ante las autoridades como las gestiones practicadas serán registradas y quedarán a disposición de la autoridad en caso de futuras fiscalizaciones. El órgano competente para su control y seguimiento es el Consejo de Monumentos Nacionales, sin perjuicio que corresponde a la Superintendencia del Medio Ambiente, el seguimiento y fiscalización de las RCAs. Registro de charla mediante fotografías y firma de trabajadores, documentando el contenido de esta, el cual será remitido a la autoridad correspondiente en caso de ser necesario. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.4 del ICE
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8°. Que, para ejecutar el Proyecto debe cumplirse la siguiente condición o exigencia, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N°19.300: Respecto de la incorporación de métodos de extinción y recursos adecuados en caso de incendio en las estaciones BESS, previo a la fase de construcción del Proyecto, el Titular deberá mejorar los planes de contingencia y emergencia asociado al sistema de almacenamiento de energía, lo cual deberá ser acordado con las autoridades competentes (SEC, Seremi de Energía, Seremi de Medio Ambiente, entre otros) e informado a la Superintendencia de Medio Ambiente.
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. CAV “Mano de obra de un 10% de la comuna” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover instancias para la contratación de mano de obra local en la Comuna de Osorno.
Descripción: Se dará trabajo a personal para mano de obra de la comuna de Osorno con el fin de promover la generación de empleo en la comuna.
Justificación: Generar empleo en la Comuna de Osorno, mediante puestos de trabajo en el proyecto Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Osorno, específicamente en el área del proyecto. Forma: El titular se compromete a desarrollar en conjunto con las unidades de empleo de la Municipalidad de Osorno, a través de la OMIL (Oficina Municipal de Intermediación Laboral) u otra instancia comunal, un proceso de llenado de vacantes laborales que permitan cubrir puestos de trabajo de mano de obra para los trabajos requeridos. Este proceso se desarrollará en forma previa al inicio de la fase de construcción y cierre, ante lo cual el titular desarrollará un diagnóstico de los puestos de trabajo que requerirá.
Oportunidad: Previo a las fases de construcción y cierre del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento El Titular contará con los contratos de trabajo donde se indique nombre, RUT, edad y comuna del trabajador contratado. Forma de control y seguimiento Se elaborará un informe al inicio de la fase de construcción y cierre, que será enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y la Municipalidad de Osorno, dando cuenta de la contratación de mano de obra local. Cada informe contendrá la siguiente información: - Registro de publicación de vacantes en las unidades de empleo del Municipio local a través de OMIL u otra instancia comunal - Registro de contrataciones de mano de obra local perteneciente a la comuna de Osorno (con origen y/o residencia) Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1 del ICE
9.2 CAV “Comunicación con la comunidad” Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementación de mecanismo de interacción con la comunidad a través de distintos medios de comunicación. Descripción: ● Implementar un número telefónico abierto o correo electrónico para la comunicación entre la comunidad y el proyecto. ● Definición de un encargado de comunicación con la comunidad durante la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
fase de construcción y operación y cierre del proyecto. ● Establecer un formulario de recepción de quejas o sugerencias de la comunidad en el acceso al proyecto. ● Restricción del horario de construcción del proyecto.
Justificación: Con este compromiso se busca establecer y garantizar la comunicación con la comunidad en el área de influencia del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia del proyecto
Forma: Se mantendrá en el área del proyecto actas de reclamos o sugerencias de la comunidad. Oportunidad: El compromiso se implementará a partir del inicio de la fase de construcción y se mantendrá por toda la vida útil del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de actas de reclamos o sugerencias de la comunidad, identificación de la(s) persona(s) receptora(s) afectada(s) por cualquier parte, obra o acción del proyecto; lugar, hora y duración de la molestia; además de la identificación de las acciones que se adoptarán en respuesta a dichas quejas.
Acta en obra de horarios de trabajo, además del registro en contratos de contratistas respectivos. Acta en obra de la persona responsable del cumplimiento del compromiso de Ruido.
Forma de control y seguimiento La trazabilidad del compromiso se dará a partir de la presentación de toda la documentación anterior a la SMA y otros organismos que así lo soliciten. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2 del ICE
9.3 CAV “Mejoramiento de Suelo en compensación de uso de suelos agrícolas” Impacto asociado Pérdida de suelo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar y/o rehabilitar una superficie de suelo equivalente a la que será utilizada por las obras del proyecto que se emplazará en suelo clase III. Se propone un terreno ubicado en la misma región, específicamente en la comuna de Los Muermos, a 101 km al sur del área de proyecto, el cual es clasificado como clase IV el cual las mejoras propuestas pueden reclasificarlo como clase III y quedar como preferentemente agrícola. Descripción: Se propone la realización de las medidas de subsolado y despedregado en conformidad a lo establecido en la circular 296/2019 del SAG. Se proyecta la mejora de un terreno de 16,4 hectáreas, con lo que se hace cargo del impedimento de usar temporalmente 14,952 ha de suelos rurales y productivos con fines agrícolas dentro la Región de los Lagos, debido al emplazamiento del proyecto y la superficie clasificada como clase III. Se plantea la implementación de medidas de mejoramiento de suelos en el predio de la comuna de Los Muermos en la Región de Lagos: • Subsolado: Con la finalidad de soltar la pedregosidad subsuperficial y mejorar la penetración del sistema radical de especies pratenses, la permeabilidad del agua en el perfil de suelo y el drenaje superficial. Se utilizarán máquinas excavadoras (30tons) con un equipo tridente (garra) o balde, capaz de penetrar a los menos 50-60cm del suelo. El subsolado de cierta forma liberará la vegetación existente para luego ser reintegrada en procesos posteriores. Además de remover la pedregosidad anteriormente mencionada, se proceder a fracturar y romper el duripán existente en profundidad para así ser mezclado con horizontes superficiales. • Despedrado: Se procederá al retiro de boulders (rocas de gran tamaño que dificultan las labores agrícolas como laboreo de suelos, siembras o plantaciones), mediante la utilización de retroexcavadoras equipadas con cestos para luego ser cargados en un camión y relocalizadas en un sector predial específico, en donde se acumulará este tipo de material.
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Justificación: Esta medida se justifica en el marco de la Circular 296/2019 de SAG correspondiente a la Pauta para aplicar a las solicitudes de Informe de Factibilidad para la construcción (IFC) según Artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y en la Guía para Trámite del PAS Artículo 160 del Reglamento del SEIA; lo anterior considerando lo establecido en el estudio edafológico, adjunto en Anexo 3.15 de la DIA, que señala que: - La clasificación realizada corresponde a suelos de Clase de Capacidad de Uso III y IV. - Los suelos con Clase de Capacidad de Uso III comprenden un total de 14,952 ha, representando el 75,72% de la superficie del área de influencia del proyecto; lo que significaría una intervención temporal de suelos de prioridad agrícola. - Los suelos con Clase IV abarcan un total de 4,795 ha y representan el 24,28% de la superficie del área de influencia. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El terreno se emplaza en la comuna de los Muermos, provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos. Dicho terreno es clasificado actualmente como un suelo clase IV. Como coordenada referencial se tiene Coordenada Este: 647402.20 y coordenada Norte: 5409769.89. Se adjunta al presente CAV (ver anexo 5, contrato entre propietario (agrícola GM limitada) y este titular)
Forma: Las medidas a aplicar corresponden al despedregado y subsolado del terreno previo al inicio de la fase de construcción.
Oportunidad: Las medidas serán implementadas previas a la fase de construcción y permitirán la calidad del suelo evaluado de forma que pueda ser aprovechado de forma agrícola. Indicador que acredite su cumplimiento Se estregará un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que dé cuenta del estado final del terreno en donde se ejecutará el PMS luego de las labores realizadas.
Al cabo de 1 año (final del primer año de operación) se elaborará un estudio edafológico donde se indicará la condición del suelo y dicho reporte será remitido a la SMA. Forma de control y seguimiento Se enviará un informe a la SMA al final de las obras, donde se indicarán las obras y mejoras realizadas. Se realizará un monitoreo de la componente suelo al año de operación, el cual será remitido al SAG y a la SMA, donde se evaluará la mejora del suelo con la medida aplicada. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3 del ICE
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9.4 CAV “Protocolo ante eventual afectación de fauna silvestre” Impacto asociado Afectación a fauna producto de obras de construcción
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Elaborar un protocolo de rescate de fauna
Descripción: El funcionamiento del parque fotovoltaico contempla el potencial riesgo de afectación de la fauna silvestre con la infraestructura asociada al proyecto. En caso de ocurrir alguna emergencia se aplicará un procedimiento que incluye la identificación de la especie y aviso a la autoridad pertinente, rescate, alojamiento temporal y traslado a centro de rescate autorizado; la rehabilitación y liberación.
Justificación: La medida se sustenta ante la necesidad de mantener un protocolo durante las distintas fases del Proyecto, en caso de existir fauna accidentada por las obras de este; lo anterior, a fin de disminuir la posible mortandad de fauna silvestre al existir medidas claras y que sean de conocimiento de todo el personal del parque solar. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se establece la medida para toda el área de generación del proyecto y su respectiva línea de transmisión eléctrica.
Oportunidad: Durante las actividades de excavación y movimientos de tierra de la Fase de Construcción del Proyecto.
Forma: El funcionamiento del Parque Fotovoltaico debe contemplar el potencial riesgo de afectación de la fauna silvestre con la infraestructura asociada al proyecto. En el caso de ocurrir alguna emergencia se aplicará un procedimiento que seguirá los siguientes pasos: - Identificación de la especie y aviso a la autoridad pertinente. - Rescate. - Alojamiento temporal y traslado a centro de rescate autorizado. - Rehabilitación y Liberación. - Designación del encargado de este protocolo durante el desarrollo de las obras.
Finalmente, con los datos obtenidos se elaborará un reporte que consolide y sistematice la detección de ejemplares muertos y/o heridos de fauna en las inmediaciones del Parque.
Para lo anterior se llevará a cabo un monitoreo cada 3 meses (en cada estación) durante la fase de construcción, por un especialista en Fauna Silvestre, esto con el fin de encontrar individuos heridos, muertos o que hayan colisionado con la LTE. De encontrar algún individuo se dará aviso inmediatamente al encargado de medio ambiente de la empresa y se registrará el incidente en una planilla para posteriormente elaborar un reporte por visita para posteriormente presentar un informe anual que contemple todos los hallazgos.
El encargado del monitoreo deberá hacer una evaluación del estado de la especie afectada antes de su manipulación. Se debe acercar lentamente y verificar si el individuo está vivo o muerto, prestando atención a movimientos corporales, como de respiración, aleteos, etc.
En el caso de que el animal este muerto deberá ser retirado manipulándolo con guantes de neopreno y colocado dentro de una bolsa de plástica rotulada, identificando especie, día, hora, lugar del hallazgo, estado de descomposición, tipo de herida, especie y sustrato sobre el que fue hallado. El encargado de medio ambiente, en coordinación con el SAG de la Región, serán quienes decidan el destino final del animal muerto. Además, cada cadáver o carcasa detectada se debe registrar en alguna de las siguientes categorías: o Intacto: cadáveres que no se encuentran en estado de descomposición y no muestran indicios de haber sido fuente de alimento de depredadores o carroñeros o Depredado: cadáveres que han sido depredado o Restos de plumas y huesos: conjunto de plumas o esqueletos que podrían indicar la acción de un predador
Adicionalmente, se registrarán los “encuentros incidentales” (los cadáveres hallados por el personal fuera del momento del monitoreo) de la misma manera que se explicó con anterioridad y, además, deberían removerse del sitio donde se halló. En el caso de que el animal esté vivo y pueda moverse con facilidad deberá ser espantado para alejarlo de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
las instalaciones. En el caso de que el animal este herido se deberá seguir con la etapa de rescate.
Indicador que acredite su cumplimiento Registro de avisos a la autoridad en caso de accidente Relleno de 4 planillas de monitoreo y 1 informe (durante la fase de construcción) Forma de control y seguimiento Se enviarán informe al SGA y a la SMA al final de las obras de construcción, dando cuenta de hallazgos.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4 del ICE
9.5 CAV “Charlas y Monitoreo arqueológico y paleontológico durante movimiento de tierras” Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inspeccionar de forma visual el terreno para monitorear excavaciones y movimientos de tierra en caso de hallazgos patrimoniales. Así como también capacitar a los trabajadores en los aspectos arqueológicos y paleontológicos.
Descripción: Al momento de realizar el despeje de vegetación y excavaciones de zanjas, se mantendrá una inspección visual de forma constante y en estado de alerta. Por otro lado, se realizarán charlas al personal que ingrese con respecto a las temáticas de la Ley 17.288.
Justificación: Considerando a que se realizarán movimientos de tierra asociado a excavaciones y escarpe, se considera las inspecciones visuales de forma permanente en las actividades de movimiento de tierras, en caso de estar en presencia de hallazgos patrimoniales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En zonas que se realicen escarpe, excavación de zanjas, entre otros movimientos de tierra
Oportunidad: Antes de comenzar la Fase de Construcción y durante la construcción del Proyecto.
Forma: La inspección visual se realizará por un arqueólogo o profesional a fin, en cada una de las actividades de la fase construcción, pero con énfasis cuando se realice el despeje de la vegetación y las excavaciones. En el caso de las charlas, serán realizadas por el encargado de medio ambiente y el arqueólogo. Indicador que acredite su cumplimiento - Antes de dar inicio a cada una de actividades diarias de construcción, se desarrollará el documento de Análisis de Riesgo del Trabajo (ART), en donde en uno de los ítems se establecerá la inspección visual / altera, con respecto a posibles hallazgos arqueológicos. Para las charlas, se presentará un registro con firma de los participantes de modo que se pueden calcular las HH. Forma de control y seguimiento - El documento de ART y registro de charlas se mantendrá en instalaciones de faena, a disposición de la autoridad para efectos de inspección. - Informes a la SMA y al CMN Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5 del ICE
9.6 CAV “Capacitación Plan de Contingencias y Emergencias” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: realizar capacitaciones al Personal para definir la respuesta frente a posibles contingencias y Emergencias que pudiesen ocurrir en el área de influencia del Proyecto.
Descripción: Se realizarán actividades para definir la respuesta frente a posibles contingencias que pudiesen ocurrir en el área de influencia del Proyecto, definiendo fechas de charlas de capacitación, reuniones, por parte de los responsables de este Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Plan. Se realizarán charlas de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del Plan, en las cuales se abordarán temas como situaciones de riesgo o contingencias identificadas y las medidas de prevención y minimización, a saber: - Contingencias tales como incendio, sismos y derrames, asociados a actividades realizadas en el área de proyecto - Listado de sustancias y residuos peligrosos almacenados, junto con las Hojas de Datos de Seguridad (HDS) - Criterios que justifican la activación de la emergencia y descripción para cada tipo de evento - Procedimientos a seguir para el alza de alarma, respuesta, evacuación y seguimiento de la emergencia - Sistemas de comunicación disponibles. Cadena de mando, indicando los nombres teléfonos y cargos de los principales encargados - Responsabilidades, funciones y mecanismos de coordinación de cada trabajador dentro de la empresa - Determinar los tiempos de activación de brigada de emergencias, además de la disponibilidad de personal de la brigada para atender las emergencias y cantidad de personas que la conforman Definir las condiciones bajo las cuales se podrá considerar terminada la emergencia y las eventuales medidas de reparación de daños y contaminación. - Uso de extintores, cursos básicos de primeros auxilios y cursos de manejo de sustancias peligrosas para la totalidad de los trabajadores - Procedimiento para informar oportunamente a las Autoridad con competencia, sobre la ocurrencia de la emergencia considerando la comunicación con la Autoridad Sanitaria. - Definir las emergencias que podrían requerir ayuda externa, detallando el tipo de ayuda, movilización y a quién se solicitará. - sistemas y equipos disponibles en el proyecto para el control de las emergencias tales como vehículos, personal entrenado, herramientas, EPP, entre otros, señalando su ubicación y programas de mantención.
Además de las capacitaciones se incluirá un plano en las instalaciones del proyecto que tenga la siguiente información: - Plano a escala del predio y su entorno, considerando un radio de 50 metros a la redonda desde los deslindes del sitio de la empresa - Estarán señalizadas las zonas de seguridad al interior de la instalación - Se tendrá en las instalaciones el plano de las zonas de almacenamiento de sustancias peligrosas
Justificación: Considerando que se prevén Riesgos y/o Contingencias asociado a las partes, obras y acciones del proyecto, se contemplan capacitaciones al personal.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al interior del proyecto, específicamente en zonas que se realicen las obras y/o instalación de faena.
Oportunidad: Durante las charlas de seguridad realizadas.
Forma: Se realizarán capacitaciones respecto a lo indicado en el Plan de Contingencias y Emergencias, a cargo de Prevencionista de Riesgos, en relación a cómo evitar la ocurrencia de accidentes y a cómo actuar ante una eventual emergencia, protocolos a seguir, entre otros temas. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las charlas realizadas por Prevencionista de Riesgos., que incluya, nombre, cargo y firma de los participantes, de modo que se pueden calcular las HH. Previo al inicio a cada una de actividades diarias de construcción, se desarrollará el documento de Análisis de Riesgo del Trabajo (ART). Se establecerá una zona de seguridad definida en planimetría. Registro fotográfico Forma de control y seguimiento El documento de ART y registro de charlas se mantendrá en instalaciones de faena, a disposición de la autoridad para efectos de inspección. Informes a la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6 del ICE
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9.7 CAV “Control de la especie Ulex europaeus (Chacay)” Impacto asociado Afectación a flora y vegetación nativa por especies invasoras Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Con el objetivo de evitar la pérdida de biodiversidad por el establecimiento de Ulex europaeus se implementará un plan de control de esta especie.
Descripción: El titular implementará un control de Ulex europaeus (Chacay) para evitar la propagación de esta especie exótica y la disminución de biodiversidad.
Justificación: A solicitud de la autoridad, se requiere que el Titular asuma el compromiso de controlar durante toda la vida útil del proyecto dichas especies, mediante el desarrollo y ejecución de un Programa de Control de la especie Ulex europaeus (Espinillo o Chacay), dentro del predio de emplazamiento del proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del proyecto donde fueron identificados individuos de esta especie
Forma: A partir de monitoreos semestrales se realizarán corte de follaje y arranque de raíces de los posibles individuos de Ulex europaeus. Esto será aplicado de manera semestral y durante el período de crecimiento activo de esta especie, que corresponde a primavera y principios de verano.
Oportunidad: Implementación desde el inicio de fase de construcción hasta la fase de cierre del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Informe Anual de actividades realizadas enviadas a la SMA y Seremi de Medio Ambiente Forma de control y seguimiento Controles semestrales para evaluar la presencia de la especie y el éxito de su eliminación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7 del ICE
9.8 CAV “Plan de monitoreo de ruido receptores” Impacto asociado Aumento de los niveles de ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar mediciones de ruido en los receptores 1, 2, 3, 4, y 5 a fin de evidenciar la eficacia de las medidas propuestas y acreditar el cumplimiento normativo indicado en el DS N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Descripción: Se implementará sistema de pantallas acústicas en cercanía a receptores de ruido y se establecerá restricciones al uso de hincadora en proximidad de receptores. Se realizarán campañas de monitoreos con una frecuencia bimestral (cada dos meses) de los niveles de ruido en receptores 1, 2, 3, 4, y 5 a partir de las caracterizaciones ambientales de ruido, con la finalidad de comprobar el cumplimiento de las emisiones estimadas y modeladas.
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Ubicación puntos receptores elegidos y emplazamiento del Proyecto
Justificación: Acreditar que las estimaciones de ruido cumplen con los parámetros establecidos y mantener el cumplimiento normativo.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se implementará un plan de monitoreo de ruido con una frecuencia bimestral (cada dos meses) durante las fases de construcción y cierre del Proyecto en los puntos receptores 1, 2, 3, 4, y 5.
Forma: Se aplicarán las siguientes medidas de control de ruido y vibraciones:
Instalación de pantallas acústicas en algunos tramos del perímetro del parque fotovoltaico.
Ubicación de pantallas acústicas perimetrales fases de construcción y cierre del Proyecto
Todas las pantallas están conformadas por plancha OSB de 15,1 mm, recubierta en su parte interna de lana de vidrio de 50 mm y de 12 kg/m3 de densidad, lo cual entrega una densidad superficial de la pantalla acústica de 10,9 Kg/m2 (dentro de lo recomendado para este tipo de soluciones de control de ruido). Las pantallas acústicas deberán tener una terminación en malla raschel para sujeción del material fonoabsorbente. Plan de mantenimiento pantallas acústicas: Con el fin de mantener la efectividad acústica de las pantallas durante el tiempo que se desarrollen los trabajos en las fases de construcción y cierre del Proyecto ante condiciones meteorológicas adversas, se deberá verificar en terreno una vez por semana lo siguiente: - Placa OSB en buen estado, sin perforaciones ni fisuras. - Lana de vidrio adosada a la totalidad de la placa OSB. - Malla rashel que recubra la totalidad de la lana de vidrio. - Soporte a piso se encuentra nivelado y en buen estado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Ante cualquier alteración de los anteriores puntos se deberá reparar o bien reemplazar el tramo de pantalla acústica.
Medidas de control de vibraciones: En la etapa de construcción del Proyecto se sugiere no realizar trabajos con la hincadora a menos de 164 m de los puntos receptores indicados. A distancias menores, en vez de utilizar la hincadora, se propone la instalación de micropilotes. Pare ello, se utiliza una retroexcavadora con el fin de excavar el espacio suficiente para que entre el micropilote. Luego, en el molde se vierte hormigón (camión mixer), y una vez seco se retira el molde y se rellena con tierra alrededor, para finalmente compactar (rodillo manual).
En la siguiente figura se muestran las zonas (sombreado amarillo) donde no deberá operar la hincadora cercanas a los puntos receptores 1, 3, y 4:
Zona del predio del Proyecto donde no deberá operar la hincadora cercano a los puntos receptores 1, 3, y 4
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria Fase de cierre. Para esta fase se deberá reemplazar el rodillo por un rodillo manual en aquella zona del Proyecto ubicada a menos de 40 m del punto receptor 1, según la siguiente figura:
Zonas del predio del Proyecto donde deberá operar el rodillo manual, en etapa de cierre del Proyecto
Fuente: Ficha Resumen Adenda Complementaria
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Oportunidad: Implementación desde el inicio de fase de construcción hasta la fase de cierre del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Concluido el programa de monitoreo durante las fases de construcción y cierre, se presentará a la SMA un reporte del monitoreo, que, dependiendo de los resultados, la que será resuelta por la autoridad con el mérito de la información generada.
Como indicador que acredite el cumplimiento, se realizará un informe por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (EFTA) que incluya a cada receptor sensible Registro de Instalación de pantallas acústicas bajo las condiciones señaladas. En caso de superar la normativa de ruido ambiental sobre los receptores más sensibles indicados, se deberán implementar medidas de control adicionales, como, por ejemplo, aumento de altura y/o extensión de pantallas acústicas.
Forma de control y seguimiento La trazabilidad del compromiso se dará a partir de la presentación de toda la documentación anterior a la SMA y otros organismos que así lo soliciten. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.8 del ICE
9.9 CAV “Humectación de caminos y aplicación de Supresor de polvo” Impacto asociado Incremento de los niveles de material particulado Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir las emisiones de material particulado (M10 y MP2,5) generadas durante la fase de construcción y cierre del Proyecto por el tránsito en rutas no pavimentadas.
Descripción: Se realizará la humectación de caminos no pavimentados con el supresor KLR 2068 supresor de polvo para caminos, base polimérica, con periodicidad estimada de hasta 5 veces por día durante la primera semana y disminuyendo progresivamente hasta la 5 semana donde la aplicación se realiza una vez al día, lo anterior en directa relación con las condiciones meteorológicas y las indicciones de uso dadas por el fabricante, para alcanzar la eficiencia de al menos 90 % (máxima 95%) de abatimiento del polvo suspendido, además se informa que el supresor escogido cuya ficha técnica se adjunta, presenta características de nula ecotoxicidad y biodegradabilidad.
Justificación: A fin de evitar o disminuir las emisiones de material particulado generadas por el tránsito de vehículos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Caminos internos de los proyectos descritos tanto en el informe de emisiones como en la descripción de proyecto de 2.5 km de extensión.
Forma: Se realizará la humectación de caminos no pavimentados, con periodicidad estimada de hasta 3 veces por día y en directa relación con las condiciones meteorológicas y las indicaciones de uso dadas por el fabricante y de acuerdo a lo establecido en el Manual de Carreteras.
Oportunidad: Implementación durante la fase de construcción y la fase de cierre del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Se realizará un informe trimensual durante las fases de construcción y cierre que indique un check list semanal de registro de humectación, el que estará a disposición de los entes fiscalizadores. Informe Anual de actividades realizadas enviadas al SMA Forma de control y seguimiento Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del suministro de agua industrial Registro de la compra de agua industrial y el supresor de polvo a proveedores autorizados. Registro de humectación, donde se indica: lugar, día, hora y cantidad de agua a utilizar. Registro fotográfico Registro de denuncias en caso de incumplimiento Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.9 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
9.10 CAV “Plan de Control de Emisiones” Impacto asociado Incremento de los niveles de material particulado y/o gases de combustión Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Impedir un aumento en la emisión de material particulado y/o de gases de combustión.
Descripción: Se implementará un plan para el control de emisiones de material particulado y/o de gases de combustión, a fin de no afectar a personas, animales y vegetación del área de influencia del proyecto.
Justificación: Se espera evitar el aumento en la emisión de material particulado y/o de gases de combustión que puedan afectar la salud de la población y de animales y plantas en el área de influencia del proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Caminos internos de los proyectos descritos tanto en el informe de emisiones como en la descripción de proyecto de 2.5 km de extensión.
Forma: control visual e implementación de un plan de control de emisiones, que se deberá incluir dentro del reglamento interno de la faena y será informado en las charlas de seguridad, e incluirá señalética adecuada y sanciones internas a quienes incumplan las medidas contempladas; dichas medidas, corresponden, entre otras a:
- Realizar el transporte de materiales en camiones con la carga cubierta con lona, el medio de verificación será un registro fotográfico.
- Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto,.
- Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día, se dispondrá de un catálogo vigente de las fichas técnicas de las maquinarias y sus respectivos registros de mantenciones en la faena.
- Limitación de velocidad máxima a 30 km/hr en caminos internos, por medio de un sistema de señaléticas.
- Capacitación del personal sobre la reducción de emisiones atmosféricas, dando a conocer las actividades que las generan en los frentes de trabajo y, las medidas de abatimiento y control contempladas para su aplicación.
- El titular se compromete a no recargar tolvas a camiones: Cargar el material hasta 10 cm bajo la línea de superficie de la tolva con el objetivo de minimizar la emisión de material particulado y evitar la caída de material en el trayecto.
- Mantención preventiva de equipos, maquinarias y vehículos: Realizar inspecciones periódicas mensuales a maquinarias y equipos generadores de gases de combustión. Se llevará registro del certificado de emisiones y de la revisión técnica de los vehículos de la obra.
Oportunidad: Implementación durante la fase de construcción, operación y cierre del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Se realizará un informe trimensual durante las fases de construcción y cierre que indique un check list semanal de registro de las medidas, el que estará a disposición de los entes fiscalizadores. Informe Anual de actividades realizadas enviadas a la SMA Forma de control y seguimiento Registro semanal de la implementación y estado de las medidas y del cumplimiento de los reglamentos internos asociados al Plan de control de emisiones.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.10 del ICE
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10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
10.1.1. Incendios Fase del proyecto a la que aplica Fases de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones auxiliares, sector de paneles fotovoltaicos, zonas de operación de maquinarias. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - El contratista deberá presentar un procedimiento seguro para efectuar el suministro de combustible a maquinaria y vehículos de transporte en faenas. - Los materiales inflamables serán almacenados en lugares adecuados. No se almacenarán combustibles en el área de faenas. - Se prohibirá fumar en lugares con riesgo de incendio. - Existirá provisión de extintores portátiles en los lugares con riesgo de incendio. - Los extintores serán sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizada por el fabricante o servicio técnico, por lo menos una vez al año, haciendo constar esta circunstancia en la etiqueta correspondiente, a fin de verificar sus condiciones de funcionamiento. - Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de riesgo de incendios en las áreas de faenas, obras e instalaciones
Se deberán adoptar todas las medidas para evitar incendios durante las faenas de preparación del terreno y reducción de desechos, en conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo N°276 de 1980 del Ministerio de Agricultura, el cual regula el uso del fuego. Por lo tanto, como medidas de prevención contra los incendios forestales / agrícolas, se deberá realizar como mínimo las siguientes labores: - La principal medida de mitigación será la construcción de un cortafuego perimetral y su mantención anual, entre la zona de los paneles fotovoltaicos y el cerco perimetral. Dicho cortafuego corresponde a una faja de terreno donde se elimina toda la vegetación y se deja expuesto el suelo mineral. El ancho minino que tendrá el cortafuego no deberá ser inferior a 10 metros medido en proyección horizontal, para asegurar la detención del fuego en caso de un siniestro. - Mantener una cuadrilla capacitada para el primer ataque y que cuente con el equipamiento adecuado - Colocar un cartel alusivo a la prevención de incendios forestales. - Contar con vehículos y herramientas adecuadas para combatir un amago de incendio forestal. - Confeccionar y mantener franjas de protección por los sectores donde pasan cables y postes del tendido eléctrico, debiendo éstos permanecer libre de vegetación sin pastos secos y con el ancho que obliga la ley, debiéndose contactar con las compañías eléctricas para solicitar y concordar las medidas mínimas de protección. - Durante la ejecución de las medidas, se considerará la sugerencia de consultar las Pautas de Prescripciones Técnicas Aplicables al Programa de Protección Contra Incendios Forestales de CONAF; https://www.conaf.cl/wp-content/uploads/2013/02/Pauta- 3.1_Agosto_2020.pdf
En cuanto a la Condición de riesgo de incendio en estaciones del sistema BESS, el titular incluye un Plan de Contingencia y Emergencias por “Fallas en el sistema del equipo de baterías (BESS)” para la fase de Operación, el cual puede ser consultado en este mismo plan de prevención (Anexo 4-1 Adenda).
Además, el titular también incluye un “Riesgo de Incendio en líneas de transmisión, transformador y/o paneles fotovoltaicos” para la fase de Operación, el cual puede ser consultado en este mismo plan de prevención (Anexo 4-1 Adenda).
Es relevante destacar que las baterías y los sistemas eléctricos no representan peligro cuando se utilizan de acuerdo con las instrucciones del fabricante y en condiciones normales. Sin embargo, en caso de ruptura o falla, pueden surgir situaciones de riesgo como inflamabilidad, las cuales son incluidas dentro del plan.
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Evaluación riesgo ambiental, variable cambio climático Mapas Incendios Forestales Incendios en Plantaciones Forestales
Este mapa representa el aumento del riesgo de ocurrencia de incendios forestales a consecuencia de olas de calor, entre el periodo histórico y futuro. El cambio de riesgo solo considera el cambio de la amenaza (aumento de olas de calor) y mantiene los valores de exposición y sensibilidad del presente.
En el caso de la comuna de Osorno, el Riesgo de Incendios en Plantaciones Forestales es Muy Bajo. Por lo tanto, es posible concluir que el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” no sugiere Riesgo de Incendios en Plantaciones Forestales. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todas las capacitaciones realizadas y del plan de evaluación. Este registro se encontrará presente en planta y/o en zona de instalación de faenas según la fase que se esté ejecutando. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes.
Cabe señalar que en virtud de lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA.
Referencia a documentos expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. - Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1.- Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.1.1 del ICE
10.1.2. Sismos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas el área y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Construcción y cierre: • Previo al inicio de cada Fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. • Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada subcontrato de construcción, el que incluirá un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será́ verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos del Titular. • En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. • El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. • En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de las Fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo del área afectada para evaluar y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente. • Se realizarán simulacros en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de capacitaciones realizadas, el que se encontrará presente en planta y/o en zona de instalación de faenas según la fase que se esté ejecutando. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1.- Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.1.2 del ICE
10.1.3. Eventos Meteorológicos Extremos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas el área y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Previo al inicio de cada Fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. • Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada subcontrato de construcción, el que incluirá un programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será́ verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos del Titular. • En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. En el caso de ocurrir un fenómeno meteorológico extremo (ejemplo lluvia extrema que fuese a generar inundaciones, fuertes vientos etc.), en cualquiera de las Fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo del área afectada para evaluar y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente.
En Adenda (Anexo 4.1), se incorpora la variable cambio climático, para lo cual se presentan Mapas de Biodiversidad y análisis relativo a: a1. Pérdida de fauna por cambios de precipitación. a.2. Pérdida de fauna de cambios de temperatura a3. Perdida de flora por cambios de precipitación a4. Perdida de flora por cambios de temperatura.
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Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia De acuerdo con los datos obtenidos del levantamiento de información en terreno, desde el punto de vista biogeográfico, el área de área de influencia (AI) se encuentra en una zona altamente antrópica, con una alta composición de especies introducidas, que denotan su alto nivel de artificialización. Además, de acuerdo con la información revisada, no se registran áreas colocadas bajo protección oficial en o próximos al área de influencia. Por lo tanto, se estima que el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” no sugiere pérdida de biodiversidad, fauna y/o flora por cambios de precipitación o por cambios de temperatura. No obstante, se señala que se considerará el anfibio Pleurodema thaul, dada su condición de baja movilidad que la vuelve considerablemente más vulnerable ante cualquier intervención, ya que sus rangos de hogar son restringidos al área donde fueron registradas además de que el predio está rodeado de parches de bosque nativo, principal zona de hábitat para dichas especies. En el PAS 146 se consideran las medidas de protección que salvaguarden y aseguren la preservación de dicha especie.
En Adenda (Anexo 4.1), se actualiza los planes de contingencias considerando, incluyendo el riesgo ambiental debido a la variable cambio climático, para lo cual se presentan Mapas de Recursos Hídricos y análisis relativo a: b.1. Inundaciones por desbordes de ríos b.2. Inundaciones en zonas urbanas
De acuerdo con los resultados presentados en los Mapas de Recursos Hídricos, en el caso de Riesgos por Inundaciones por Desbordes de Ríos, se encuentra fuera de Riesgo, dado que el indicador es menor a 0. Mientras que en el Riego de Inundaciones en zonas urbanas en la comuna de Osorno prácticamente no se genera cambio. De todas maneras, cabe destacar que de acuerdo con el emplazamiento del proyecto este se localiza fuera del radio urbano de Osorno en un predio rural. Por lo tanto, de lo anterior, es posible concluir que el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” no sugiere Riego por Inundaciones por Desbordes de Ríos y de Inundaciones en zonas urbanas en la comuna de Osorno.
En Adenda (Anexo 4.1), se actualiza los planes de contingencias considerando, incluyendo el riesgo ambiental debido a la variable cambio climático, para lo cual se presentan Mapas de Recursos Hídricos y análisis relativo a: c.1. Impactos de Disminución del Recurso Hídrico c2. Impacto de Aumento de Temperatura sobre Líneas de Transmisión. c.3. Impacto de Disminución del Recurso Eólico c4. Impacto del Cambio en Radiación Solar
De acuerdo con los resultados presentados en los Mapas de Energía, el Riesgo de Impactos de Disminución del Recurso Hídrico es menor a 0, por lo tanto, se encuentra fuera de riesgo; mientras que el Riesgo de Impacto de Aumento de Temperatura sobre Líneas de Transmisión Presenta un leve aumento. El Riesgo de Impacto de Disminución del Recurso Eólico también presenta un Leve Aumento. Por último, el Riesgo del Impacto del Cambio en Radiación Solar presenta una leve Disminución. Por lo tanto, es posible concluir que el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” no sugiere Riesgo de Impactos de Disminución del Recurso Hídrico y Riesgo del Impacto del Cambio en Radiación Solar.
Mientras que se establece un leve aumento en el Riesgo de Impacto de Aumento de Temperatura sobre Líneas de Transmisión, y Riesgo de Impacto de Disminución del Recurso Eólico. No obstante, el proyecto contempla dentro de sus consideraciones un Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias (Anexo 5.1 de la DIA) en donde se abordan y establecen estos requerimientos con tal de prever las eventuales ocurrencias debido a fenómenos meteorológicos y/o climáticos y las acciones de cómo abordarlos en caso de que se presenten. Por su parte, la disminución del recurso eólico no se ve impactada por el proyecto, dado que este genera energía a partir de la radicación solar que es independiente de las condiciones eólicas locales. Por lo tanto, es posible concluir que el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” no sugiere Riesgo de Impactos de Disminución del Recurso Hídrico y Riesgo del Impacto del Cambio en Radiación Solar. En Adenda (Anexo 4.1), se actualiza los planes de contingencias considerando, incluyendo el riesgo ambiental debido a la variable cambio climático, para lo cual se presentan Mapas de Incendios Forestales y análisis relativo a: d.1. Incendios en Plantaciones Forestales. representa el aumento del riesgo de ocurrencia de incendios forestales a consecuencia de olas de calor, entre el periodo histórico y futuro. El cambio de riesgo solo considera el cambio de la amenaza Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
(aumento de olas de calor) y mantiene los valores de exposición y sensibilidad del presente. En el caso de la comuna de Osorno, el Riesgo de Incendios en Plantaciones Forestales es Muy Bajo.
Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de capacitaciones realizadas, el que se encontrará presente en planta y/o en zona de instalación de faenas según la fase que se esté ejecutando. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.1.3 del ICE
10.1.4. Manejo de residuos peligrosos y no peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Verificar el tipo de residuo a recolectar, de modo de clasificarlo debidamente y transportarlo a los sitios habilitados para su almacenamiento, ya sea contenedores en el caso de RSD o recintos de almacenamiento temporal en el caso de residuos industriales no peligrosos. - Mantener los contenedores y recintos de almacenamiento temporal de residuos debidamente demarcados y señalizados. - Realizar un seguimiento de los residuos que salen del Proyecto a disposición final. - Establecer un listado de proveedores y/o servicio para el retiro de residuos domiciliarios, no peligrosos y peligrosos (al menos 2 por cada uno) establecido por nombre de empresa, nombre de persona de contacto, teléfono y correo.
Por otro lado, con el fin de disminuir al mínimo los riesgos asociados al manejo de los residuos peligrosos, se establecerán las siguientes medidas: - Los residuos sólidos peligrosos serán almacenados en bodegas de acopio temporal. - Las bodegas de acopio temporal contarán con autorización sanitaria. - Cada bodega de acopio temporal se edificará en una zona definida y acondicionada para su manejo, conforme a lo señalado en el D.S. N°148/03 del Ministerio de Salud. - Entre otras características, cada bodega de acopio temporal contará con una superficie impermeabilizada y con un sistema de control de derrames. - Al interior de las bodegas de acopio temporal los residuos peligrosos serán depositados en contenedores herméticos, con tapa y rótulos apropiados a sus características fisicoquímicas y al volumen generado. - Los contenedores utilizados deben estar en buenas condiciones, tener un espesor adecuado y estar construidos con materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones. Éstos serán identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial 2190 Of.93 (Marcas para información del riesgo). - En la bodega de acopio temporal estarán disponibles las Hojas de seguridad (HDS) de todos los residuos peligrosos almacenados, como también procedimientos específicos para actuar en caso de presentarse alguna contingencia. Adicionalmente, el área contará con elementos de prevención y extinción de incendio. - Se contará con un registro de los residuos peligrosos almacenados, el que contendrá al menos la siguiente información: características de peligrosidad del residuo; cantidad, peso y volumen; características fisicoquímicas; ubicación dentro de la bodega de acopio temporal; fecha de recepción y lugar de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
procedencia. - El personal que ingrese a la bodega de acopio temporal deberá estar debidamente capacitado en la operación segura de residuos peligrosos, debiendo utilizar sus elementos de protección personal, dependiendo de las características específicas de los residuos peligrosos a manipular. - Cada contratista que maneje residuos peligrosos deberá presentar y mantener en obra un plan de contingencias en caso de derrames e incendios, el que deberá ser aprobado por el Titular. - Los residuos peligrosos serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados para esos efectos por la autoridad sanitaria, de modo tal de asegurar que la eliminación de éstos se realice en condiciones que garanticen el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. - El transporte de estos residuos a los sitios de disposición final se realizará cumpliendo con los requerimientos indicados en el D.S. N°298/1994 “Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos”. - Se aplicará la norma oficial NCh 3562 Gestión de residuos – Residuos de construcción y demolición (RCD) - Clasificación y directrices para el plan de gestión, con el fin de disminuir los impactos de la generación de residuos y generar un adecuado manejo de estos enfocados en la prevención, reducción, valorización, disposición final adecuada y asegurar la trazabilidad de su manejo.
Forma de control y seguimiento - Se mantendrá la resolución de autorización de la Autoridad Sanitaria de las áreas de almacenamiento de residuos. - Se llevará el registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores respecto del manejo y almacenamiento de residuos. - Se llevará el registro de los residuos que entran y salen de las áreas de almacenamiento de residuos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.1.4 del ICE
10.1.5. Atropello de fauna Fase del proyecto a la que aplica Fases de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Circuitos de circulación interna y caminos de acceso Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Estricto control de velocidad en general para todos los vehículos del Proyecto, informando a todo el personal directo del proyecto, así como también a empresas contratistas los límites de velocidad de conducción permisibles, tanto en caminos internos como externos. - Se confeccionarán e instalarán letreros informativos sobre el cruce de fauna en los tramos correspondientes Forma de control y seguimiento - Se realizarán una inspección de la señalética de restricción de velocidad, señalización de áreas de cruce de fauna - Se llevará registro de las capacitaciones a los trabajadores en cuanto a este tipo de contingencias Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1.- Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.1.5 del ICE
10.1.6. Afloramiento de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Hincado de paneles y Movimientos de tierra (excavaciones y zanjas) Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Como medidas preventivas se deberán realizar las siguientes acciones: - Las actividades de excavación e hincado de estructuras serán realizadas por sobre el nivel freático. - Todo lugar que donde pudiese ocurrir el afloramiento de aguas subterráneas estará debidamente señalizado. - Se debe estar pendiente de los avisos meteorológicos de alerta temprana o alarmas generados por los medios de comunicación oficial que pudiesen aumentar el flujo de agua subterránea. - Previo a la ejecución del proyecto, el titular contactará a Bomberos y al Comité de Emergencia del Municipio de Osorno, para conocer y retroalimentar las medidas de emergencias descritas en el proyecto. Forma de control y seguimiento - Capacitaciones. - Simulacros. - Reuniones Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.1.6 del ICE
10.1.7. Fallas en el sistema del equipo de baterías (BESS) Fase del proyecto a la que aplica Fase de Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Interior del container del sistema de almacenamiento de baterías (BESS) Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En primer lugar, es relevante destacar que las baterías no representan peligro cuando se utilizan de acuerdo con las instrucciones del fabricante y en condiciones normales. Sin embargo, en caso de ruptura, pueden surgir situaciones de riesgo asociadas, como inflamabilidad, toxicidad crónica y aguda según lo establecido en la Hoja de Datos de Seguridad. (HDS, Anexo N°4-1 Adenda).
Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia son las siguientes: - Revisión semestral de los contenedores de almacenamiento de baterías (BESS). - Bodega implementos de seguridad para la protección personal de acuerdo a la sustancia almacenada (inerte químicamente), lo básico que debe estar presente es: guantes, antiparras, mascarillas y overol o delantal para la protección personal. - Al exterior del container de las BESS, deben estar siempre disponible y en buen estado las Hojas de Datos de Seguridad (HDS), así como también los extintores correspondientes. - Charlas a todos los trabajadores respecto al procedimiento de plan de contingencia y emergencia en situación de riesgo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
- El acceso al área interna de las BESS será únicamente por personal autorizado y certificado.
Forma de control y seguimiento Las formas de control y seguimiento para prevenir la contingencia son las siguientes: - Registro de las cantidades declaradas por medio de la plataforma SIDREP, respecto a los residuos generados cuando sea requerido. - Registro de charlas con firma y fotografía de las charlas a los trabajadores. - Cada uno de estos documentos estará disponible en la instalación de faena para su control y seguimiento. - Registro de la revisión cada 6 meses del sistema de baterías (BESS) para evitar eventuales fallas inesperadas. - Registro del personal certificado y autorizado para realizar mantenciones correspondientes al sistema de baterías (BESS). - Cada uno de estos documentos estará disponible en la instalación de faena para su control y seguimiento Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.1.7 del ICE
10.1.8. Incendio en líneas de transmisión, transformador y/o paneles fotovoltaicos Fase del proyecto a la que aplica Fase de Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Emplazamiento de Líneas de transmisión, transformador y/o paneles fotovoltaicos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En primer lugar, es relevante destacar que las líneas de transmisión, transformador y/o paneles fotovoltaicos no representan peligro cuando se utilizan de acuerdo con las instrucciones del fabricante y en condiciones normales. Sin embargo, en caso de falla, pueden surgir situaciones de riesgo asociadas a la inflamabilidad.
Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia son las siguientes: - Revisión periódica de cada sistema según corresponda. - Bodega implementos de seguridad para la protección personal de acuerdo al sistema eléctrico correspondiente (líneas de transmisión, transformador y/o paneles fotovoltaicos), no obstante, lo básico que debe estar presente es: guantes, antiparras, mascarillas y overol o delantal para la protección personal. - Cada sistema eléctrico (líneas de transmisión, transformador y/o paneles fotovoltaicos) deberá tener presente su ficha técnica en buen estado, así como también los extintores correspondientes ubicados según normativa. - Charlas a todos los trabajadores respecto al procedimiento de plan de contingencia y emergencia en situación de riesgo. - El acceso al área de los sistemas eléctricos (líneas de transmisión, transformador y/o paneles fotovoltaicos) será únicamente por personal autorizado y certificado. Forma de control y seguimiento Las formas de control y seguimiento para prevenir la contingencia son las siguientes: - Registro de charlas con firma y fotografía de las charlas a los trabajadores. - Registro de la revisión de cada sistema eléctrico según corresponda para evitar eventuales fallas inesperadas. - Registro del personal certificado y autorizado para realizar mantenciones correspondientes en cada sistema eléctrico según corresponda. - Cada uno de estos documentos estará disponible en la instalación de faena para su control y seguimiento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.1.8 del ICE
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS
10.2.1. Incendios Fase del proyecto a la que aplica Fases de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faenas (construcción); cerco perimetral e instalaciones del PFV (Operación) Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de un amago de incendio, el personal calificado que se encuentre más cerca deberá actuar frente a esta emergencia utilizando los elementos de protección personal que correspondan. En este caso se deben seguir los siguientes pasos: - Dar aviso de forma inmediato al supervisor, proporcionando los antecedentes que sean necesarios para la correcta evaluación de la situación, y si es posible contener el fuego con extintores. - El personal calificado prohibirá el acceso al área de amago de incendio de todo personal que no esté adecuadamente equipado o capacitado para manejar la situación, dirigiéndolos preferentemente en dirección contraria al viento - Se activará el procedimiento de Comunicaciones y, en caso de ser necesario, el procedimiento de Evacuación. - De ser necesario se paralizarán todas las actividades de la faena. - En función de la magnitud otorgada a la emergencia, activar la alarma de incendio - Activar las labores de las unidades de contingencia.
En caso de que durante el manejo de residuos peligrosos se presente un incendio en área de la bodega RESPEL, se aplicará el mismo procedimiento de emergencia ante incendios por manejo de residuos no peligrosos, vale decir: - Activar el procedimiento de Comunicaciones - En función de la magnitud otorgada a la emergencia, activar la alarma de incendio - Activar las labores de las unidades de contingencia. - Prohibir el ingreso del personal no autorizado al área afectada. - En función de la clasificación del incidente, activar el procedimiento de Evacuación. El personal deberá evacuar ordenadamente las instalaciones hacia las zonas de seguridad establecidas previa y debidamente señalizadas al interior de las inmediaciones. - El personal autorizado y capacitado atacará el fuego con extintores y red húmeda perimetral, en los lugares donde se disponga de ésta última, mientras llega la ayuda especializada (en caso de ser una situación grave). - Si no es posible controlar la situación con recursos propios, dar aviso inmediato a Bomberos. - Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro esté controlado. - Realizar una completa investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia.
En Anexo 4.1 de Adenda se actualiza el Plan incorporando la variable de cambio climático, según lo cual, en mapa presentado, se indica que el representa el aumento del riesgo de ocurrencia de incendios forestales a consecuencia de olas de calor, entre el periodo histórico y futuro. El cambio de riesgo solo considera el cambio de la amenaza (aumento de olas de calor) y mantiene los valores de exposición y sensibilidad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
del presente. En el caso de la comuna de Osorno, el Riesgo de Incendios en Plantaciones Forestales es Muy Bajo. Por lo tanto, es posible concluir que el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” no sugiere Riesgo de Incendios en Plantaciones Forestales. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá en las instalaciones del proyecto, la resolución de autorización de la bodega RESPEL - Se llevará un registro de las capacitaciones de uso de extintor en el proyecto - Se mantendrá un manejo adecuado y restringido de las sustancias y residuos peligrosos - Plano y/o similar de cortafuego perimetral entre la zona de los paneles fotovoltaicos y el cerco perimetral. - Registro de mantención anual de cortafuego y franjas de protección. - Registro Capacitación cuadrilla para el primer ataque - Instalación cartel prevención de incendios forestales (Inspección in situ y/o registro fotográfico) - Registro de vehículos y herramientas disponibles para combatir un amago de incendio forestal. - Registro físico o digital de Pauta CONAF sugerida https://www.conaf.cl/wp- content/uploads/2013/02/Pauta-3.1_Agosto_2020.pdf Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº 885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes.
Cabe señalar que en virtud de lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.2.1 del ICE
10.2.2. Sismos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas el área y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Ante un eventual riesgo sísmico, el personal deberá proceder de la siguiente manera: - No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esto constituye un riesgo. - Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. - Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. - No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del sismo. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. - Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. - Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. - El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. - Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias del parque, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de capacitaciones realizadas, el que se encontrará presente en planta y/o en zona de instalación de faenas según la fase que se esté ejecutando. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.2.2 del ICE
10.2.3. Eventos Meteorológicos Extremos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas el área y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Ante un eventual riesgo meteorológico, (ejemplo lluvia extrema que fuese a generar inundaciones, fuertes vientos etc.) el personal deberá proceder de la siguiente manera: - No abandonar las instalaciones durante el evento, ya que esto constituye un riesgo. A no ser que las circunstancias lo ameriten y/o se efectúe la orden por el especialista en prevención. - Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. - Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. - No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del fenómeno. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. - Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. - Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. - El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. - Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias del PFV, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. En el eventual caso de caída de paneles fotovoltaicos en la componente agua, frente a fenómenos meteorológicos de gran intensidad (tormentas, ráfagas de viento, etc), se establecen las siguientes medidas: - Dar aviso de inmediato al personal de mantención y/o contingencia del parque para recuperar lo antes posible el artefacto, dentro de las 48 horas desde ocurrido el suceso. - En el caso que no sea posible su recuperación dentro de dicho plazo, se dará aviso a bomberos y/o equivalente para su apoyo en la recuperación del aparato. - Se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el incidente (caída), a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes, atendiendo a los requerimientos, solicitudes y/o recomendaciones del caso dictadas por la autoridad. Forma de control y seguimiento Existirá registro las capacitaciones realizadas, el que se encontrará presente en planta y/o en zona de instalación de faenas según la fase que se esté ejecutando. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.2.3 del ICE
10.2.4. derrames de sustancias peligrosas en áreas de trabajo, cuerpos de agua y durante el transporte Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Almacenamiento y manejo de sustancias peligrosas Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Para el caso de derrame en área de trabajo: En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, líquidos hidráulicos y/o combustible durante la etapa de construcción, se deberá dar aviso de inmediato al encargado de prevención de riesgos o la persona responsable. Posteriormente se evacuará al personal del área afectada, con el fin no exponerlos innecesariamente. El procedimiento y/o medidas que se ejecutarán para recuperar los residuos ante una emergencia de este tipo son las siguientes: - Cortar cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con el combustible derramado. - Una vez localizado el origen o determinada la extensión de la zona afectada por el derrame, señalizar y acordonar la zona contaminada con barreras o cintas (aplica como medida para derrame de lavado de hormigón sobre el suelo) - Los residuos serán contenidos y se utilizarán medios absorbentes como arena. - Cavar una zanja alrededor del derrame comenzando sobre la menor cota del suelo en caso de pendiente. Ésta se debe realizar manualmente con una pala a una distancia mínima de 20 centímetros del borde del derrame de manera de formar un pequeño muro de contención, hasta rodear completamente el derrame (aplica como medida para derrame de lavado de hormigón sobre el suelo) - Limpiar la zona contaminada y a la descontaminación de los equipos.
Una vez contenido el derrame, dependiendo de su magnitud, el procedimiento que se ejecutará para almacenar los residuos será en tambores con tapa, en un sector con piso impermeable, con control de derrame, bajo techo y señalizado, para luego ser dispuesto en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria, por lo cual se deberá: - Recoger la superficie que ha sido contaminada y disponerla en bolsas herméticas y dispuestos en tambores especialmente habilitados para acumular el suelo con productos de derrame. (aplica como medida para derrame de lavado de hormigón sobre el suelo) - Recolectar el aceite o sustancia derramada. En el caso de derrames menores recolectar con una pala. - Recoger y disponer en contenedores habilitados para residuos peligrosos, todo el material contaminado. - Los contenedores con material impregnado con petróleo serán etiquetados adecuadamente y dispuestos temporalmente, en la bodega de acopio de residuos peligrosos para posteriormente ser trasladados por una empresa autorizada hasta el sitio para disposición final como residuos peligrosos. - Registrar el accidente en el formulario previamente definido - Dar aviso a las autoridades competentes según corresponda.
Este tipo de residuos, por sus características, es considerado un residuo peligroso, por lo que, para proceder a su mejor manejo, eliminación y/o tratamiento en sitio autorizado, se dará cumplimiento a lo indicado en el D.S. N°148 de 2003 del MINSAL, que “Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.
El Gerente o la persona en quien haya delegado el manejo de la emergencia, en forma conjunta con el área de Prevención de Riesgos, tendrán la responsabilidad de asegurar el área, analizar la situación y posteriormente comunicar a los trabajadores que la emergencia ha terminado autorizando la continuación de las respectivas labores.
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Para el caso de derrame en el transporte: - Si es posible, ubicar el vehículo en la zona más próxima de menor riesgo a la comunidad y al medio ambiente - Apagar el vehículo - Reportar el derrame a la empresa, llamar a bomberos, carabineros y a la Oficina Provincial de Vialidad - Vestir los elementos de protección necesarios, según el producto o esperar que llegue personal debidamente equipado para atender el suceso - No permitir el acceso ni que pasen por encima del derrame - Aislar y señalizar el área del derrame. El tamaño del área de aislamiento varía según el producto y su naturaleza - Si el producto es líquido o semisólido, formar un dique al rededor del derrame, para evitar que se extienda a alcantarillas o acuíferos; utilice para ello diques ecológicos en poliuretano o tipo calcetín. - Posteriormente absorber con materiales inertes e introducirlos en contenedores cerrados y marcados - Si el producto es sólido recoger con una pala plástica antiestática y vaciar a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocar también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse - Por último, descontaminar el área. Si se utilizan absorbentes especiales, no se requiere lavar con agua; así también se protege el medio ambiente. En lo posible, el conductor no debe ir solo. Si lo está, debe dejar que lleguen al lugar, personas que apoyen la emergencia. Recuerde que un procedimiento de emergencia no debe llevarse a cabo con una sola persona. Mínimo debe haber dos personas y otras dos alertas para dar soporte. - La disposición de la sustancia y a la vez la limpieza del vehículo de transporte, serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos, peligrosos y con su aprobación sanitaria - Luego de controlado el derrame en terreno, se deberá emitir un informe que tenga los siguientes puntos: aspectos ambientales involucrados, posibles impactos generados, medidas de mitigación y control efectuadas, medidas de seguimiento adecuadas. - La evaluación del accidente de derrame por transporte considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectadas y serán consignados en el informe. - Posteriormente absorber con materiales inertes e introdúzcalos en contenedores cerrados y marcados - Si el producto es sólido recoger con una pala plástica antiestática y vaciar a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocar también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse - Por último, descontaminar el área. Si se utilizan absorbentes especiales, no se requiere lavar con agua; así también se protege el medio ambiente. En lo posible, el conductor no debe ir solo. Si lo está, debe dejar que lleguen al lugar, personas que apoyen la emergencia. Recuerde que un procedimiento de emergencia no debe llevarse a cabo con una sola persona. Mínimo debe haber dos personas y otras dos alertas para dar soporte. - La disposición de la sustancia y a la vez la limpieza del vehículo de transporte, serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos, peligrosos y con su aprobación sanitaria - Luego de controlado el derrame en terreno, se deberá emitir un informe que contenga lo siguiente: aspectos ambientales involucrados, posibles impactos generados, medidas de mitigación y control efectuadas, medidas de seguimiento adecuadas. - La evaluación del accidente de derrame por transporte considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectadas y serán consignados en el informe. - En caso de verse afectado el recurso hídrico se incluirá una toma de muestra del recurso, indicando los parámetros a medir en dicho caso, los cuales dependerán del recurso hídrico afectado, ya sea curso superficial ribero, lacustre o marítimo (parámetros D.S. N°90), agua para riego (parámetros NCh 1333) o curso subterráneo (parámetros DS 46) u otros parámetros de norma nacional o internacional dependiendo del caso. - Dicho análisis deberá ser efectuado por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA) o por un laboratorio certificado por el Instituto Nacional de Normalización (INN) en caso de que no existiese ETFA para dicho alcance. (aplica como medida para derrame de lavado de hormigón sobre el recurso hídrico). Forma de control y seguimiento - Se mantendrá el certificado de acreditación de la empresa autorizada para el transporte de sustancias peligrosas en obra Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
- Se mantendrán la resolución favorable de la Autoridad Sanitaria para el almacenamiento de residuos peligrosos (bodega RESPEL)
- Se llevará un registro de las sustancias peligrosas en cuanto a su entrada a las instalaciones del proyecto y también un registro de la entrada y salida de la bodega de sustancias peligrosas
- Se mantendrá en las instalaciones del proyecto, el registro de disposición final de los residuos peligrosos
- Se elaborará un informe preliminar al cabo de 24 horas ocurrida la emergencia y un segundo informe final, al cabo de 10 o 15 días ocurra la emergencia. Los informes deben ser enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente. Al respecto, el informe preliminar deberá contener al menos: la fecha, hora, ubicación y tipo incidente, sustancias o residuos peligrosos involucrados y cantidades derramadas, componente ambiental afectado, superficie o extensión del derrame, origen y duración del incidente, descripción de las respuestas inmediatas y número personas afectadas. Por otro lado, el informe final, deberá contener una descripción más detallada del contenido del informe preliminar y deberá considerar además el manejo de los residuos generados posterior a la limpieza y acciones de recuperación del componente ambiental afectado, entre otros.
- En caso de emergencias que afecte al componente agua el plan considerará el monitoreo de parámetros de interés, de acuerdo con el tipo de sustancia. El monitoreo se realizará aguas arriba del derrame y en el sector del derrame. Así como también, las muestras serán analizadas en un laboratorio acreditado por el INN. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.2.4 del ICE
10.2.5. Manejo de residuos Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de almacenamiento temporal de residuos Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia - Activar el procedimiento de Comunicaciones. - En función de la magnitud otorgada a la emergencia, activar la alarma de incendio - Activar las labores de las unidades de contingencia. - Prohibir el ingreso del personal no autorizado al área afectada - En función de la clasificación del incidente, activar el procedimiento de Evacuación. El personal deberá evacuar ordenadamente las instalaciones hacia las zonas de seguridad establecidas previa y debidamente señalizadas al interior de las inmediaciones. - El personal autorizado y capacitado atacará el fuego con extintores y red húmeda perimetral, en los lugares donde se disponga de ésta última, mientras llega la ayuda especializada (en caso de ser una situación grave). - Si no es posible controlar la situación con recursos propios, dar aviso inmediato a Bomberos. - Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro esté controlado Se realizará una completa investigación de incendio, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia.
Ante la Falla en el servicio de retiro de residuos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos, el titula procederá a contactar al listado de proveedores y/o servicio para el retiro de residuos domiciliarios, no peligrosos y peligrosos (al menos 2 por cada uno) establecido por nombre de empresa, nombre de persona de contacto, teléfono y correo. En el caso que no sea posible contactar a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
proveedores y/o servicio de retiro dentro de 48 horas, se dará aviso a la SMA para evaluar situación y recibir orientaciones para manejar situación.
Forma de control y seguimiento - Se mantendrá la resolución de autorización de la Autoridad Sanitaria de las áreas de almacenamiento de residuos - Se llevará el registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores respecto del manejo y almacenamiento de residuos - Se llevará el registro de los residuos que entran y salen de las áreas de almacenamiento de residuos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.2.5 del ICE
10.2.6. Atropello de fauna asociado a tránsito vehicular Fase del proyecto a la que aplica Fases de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Circuitos de circulación interna y caminos de acceso Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Se realizará un procedimiento de rescate con las siguientes etapas:
Identificación y aviso:
Avistamiento e identificación del individuo
Aviso a través del canal radial de comunicación con brigada de emergencia
Dar aviso inmediato al SAG Regional
Esta etapa consta de una evaluación primaria que el trabajador debe hacer del animal, para ver si se encuentra con algún tipo de incapacidad de moverse por sus propios medios.
Donde el trabajador de hacerse la siguiente pregunta: ¿El animal puede moverse sin problemas?, si la respuesta es SI, no aplica este procedimiento y el animal deberá ser ahuyentado del área. En caso contrario, el animal deberá ser rescatado y por ello aplicar el presente procedimiento.
Se deberá dar aviso al Departamento de Medio Ambiente y Seguridad (DMAS) antes de proceder con la siguiente fase. Debe seguir con la fase de salvataje con el objetivo que el animal no pueda dañarse por el estrés que genera la situación de herida o atropello.
Animales con algún tipo de lesión evidente dentro de las zonas del proyecto. Acercarse lentamente al animal, y verificar si está vivo o muerto, prestando atención a indicios de vida como movimientos de cuerpo, respiración, etc. - Si el animal está muerto, será informado al encargado del departamento de DMAS, y para su manipulación se utilizará guantes de neopreno, y colocándolo dentro de una bolsa de plástico y notifique al departamento de DMAS la hora y el lugar donde fue encontrado. El encargado del Departamento será quien deberá emitir el informe al SAG y en conjunto decidir el destino del animal muerto. - Si el animal está vivo, deberá asegurar un mínimo de perturbación, para evitar que se estrese. No grite, no corra, no realice movimientos bruscos con el cuerpo, ni con ningún otro elemento.
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Rehabilitación y liberación. Esta etapa será realizada en las instalaciones y es de responsabilidad del Centro de Rescate determinado por SAG, donde se rehabilitará el espécimen hasta que esté en condiciones para su liberación, proceso que deberá ser de responsabilidad de la empresa.
Cosas que NO se debe hacer
No alimente al animal
No lo sostenga de las zonas lesionadas
No le introduzca agua a la fuerza
No lo moje para mantenerlo húmedo.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.2.6 del ICE
10.2.7. Afloramiento de agua subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Fases de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Hincado de paneles y Movimientos de tierra (excavaciones y zanjas) Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia La medida a aplicar ante un potencial afloramiento de aguas es la siguiente: Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento.
A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: - Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. - Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de las obras en el sector del afloramiento.
- Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). - Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. - El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. - Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
El Titular no podrá hacer uso de aguas afloradas sin contar con los derechos de aprovechamiento respectivos autorizados por la DGA.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.2.7 del ICE
10.2.8. Fallas en el sistema del equipo de baterías (BESS) Fase del proyecto a la que aplica Fases de Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Interior del container del sistema de almacenamiento de baterías (BESS) Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Acciones a implementar. Es relevante destacar que las baterías no representan peligro cuando se utilizan de acuerdo con las instrucciones del fabricante y en condiciones normales. Sin embargo, en caso de ruptura, pueden surgir situaciones de riesgo asociadas, como inflamabilidad, toxicidad crónica y aguda según lo establecido en la hoja de datos de seguridad.
Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia estarán enfocadas según la situación de riesgo asociada.
Situaciones de Inflamabilidad, toxicidad crónica y aguda según lo establecido en la hoja de seguridad:
- El personal que trabaje en la fase de operación estará capacitado para estos siniestros y por protocolo de seguridad solo podrá intervenir en caso de amagos de incendios donde ya sea por detección de humo, chispas o un pequeño foco de fuego, pero que aún no se ha propagado de manera significativa. - Si se tratase de un incendio declarado, donde el fuego ha crecido y se ha propagado, se aislará al personal de ese lugar, y se tomará contacto de inmediato con los bomberos. - Fallas en el sistema del equipo de baterías (BESS) - Una vez superada la emergencia, todo el personal involucrado se reunirá en un lugar seguro a fin de hacer un recuento de los trabajadores y coordinar las acciones necesarias que se tomarán. - En caso de existir lesionados se transportarán el/los afectados hasta un centro asistencial. - En el caso ocurrir durante una fecha que no esté el personal en el parque, tal como fue indicado el proyecto funcionara de forma remota por lo tanto se dará aviso de inmediato a bomberos.
Métodos de extinción y recursos necesarios en caso de incendio. Dependiendo de la composición química del residuo o elemento que se inflame será el tipo de extintor o medio con el cual se debe abatir el incendio. Por lo tanto, en caso de Incendio en el sistema del equipo de baterías (BESS) aplicarán los extintores Clase C, los cuales estarán en cantidad y disponibilidad de acuerdo a lo estipulado en el artículo 46 del D.S. N°594.
Situaciones de toxicidad crónica y aguda según lo establecido en la hoja de datos de seguridad: - Dar aviso al supervisor, el cual estará encargado de comunicar al experto en Prevención de Riesgos y los encargados de primeros auxilios para tomar acción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
rápida.
Teniendo claridad del grado de la lesión se define si se puede sanar en el mismo recinto o derivar a la persona al centro asistencial más cercano. - En caso de requerir traslado con mayor celeridad, este queda sujeto mediante las camionetas de la empresa, en caso contrario se deberá llamar a la MUTUAL a la cual la empresa está afiliada para que tome accione y derive al trabajador. - Posteriormente el experto en prevención debe generar un “Informe de Accidente de Riesgos Laboral”. - En caso de accidente con consecuencia fatal para una o más personas, se debe suspender de inmediato la faena afectada, aislar el lugar del accidente sin alterar ni mover equipos o materiales involucrados en el accidente y despachar al personal a excepción de los testigos del accidente. - El supervisor y experto en prevención deberán notificar a las autoridades correspondientes de inmediato, Ambulancia y Carabineros. El lugar será resguardado hasta que lleguen las autoridades correspondientes y puedan realizar el peritaje protocolar.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.2.8 del ICE
10.2.9. Incendio en líneas de transmisión, transformador y/o paneles fotovoltaicos. Fase del proyecto a la que aplica Fases de Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Emplazamiento de Líneas de transmisión, transformador y/o paneles fotovoltaicos Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Es relevante destacar que los sistemas eléctricos no representan peligro cuando se utilizan de acuerdo con las instrucciones del fabricante y en condiciones normales. Sin embargo, en caso de falla, pueden surgir situaciones de riesgo asociadas como inflamabilidad.
Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia estarán enfocadas según la situación de riesgo asociada.
Situaciones de inflamabilidad:
El personal que trabaje en la fase de operación estará capacitado para estos siniestros y por protocolo de seguridad solo podrá intervenir en caso de amagos de incendios donde ya sea por detección de humo, chispas o un pequeño foco de fuego, pero que aún no se ha propagado de manera significativa. - Si se tratase de un incendio declarado, donde el fuego ha crecido y se ha propagado, se aislará al personal de ese lugar, y se tomará contacto de inmediato con los bomberos. - Una vez superada la emergencia, todo el personal involucrado se reunirá en un lugar seguro a fin de hacer un recuento de los trabajadores y coordinar las acciones necesarias que se tomarán. - En caso de existir lesionados se transportarán el/los afectados hasta un centro asistencial. - En el caso ocurrir durante una fecha que no esté el personal en el parque, tal como fue indicado el proyecto funcionara de forma remota por lo tanto se dará aviso de inmediato a bomberos. Métodos de extinción y recursos necesarios en caso de incendio. Dependiendo de la composición química del residuo o elemento que se inflame será el tipo de extintor o medio con el cual se debe abatir el incendio. En este caso aplica el tipo Clase C para Eléctricos Energizados que usa como agente químico de extinción: Dióxido de carbono, Polvo químico seco ABC – BC. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
Situaciones de toxicidad crónica y aguda según lo establecido en la hoja de datos de seguridad: - Dar aviso al supervisor, el cual estará encargado de comunicar al experto en Prevención de Riesgos y los encargados de primeros auxilios para tomar acción rápida. - Teniendo claridad del grado de la lesión se define si se puede sanar en el mismo recinto o derivar a la persona al centro asistencial más cercano. - En caso de requerir traslado con mayor celeridad, este queda sujeto mediante las camionetas de la empresa, en caso contrario se deberá llamar a la MUTUAL a la cual la empresa está afiliada para que tome accione y derive al trabajador. - Posteriormente el experto en prevención debe generar un “Informe de Accidente de Riesgos Laboral”. - En caso de accidente con consecuencia fatal para una o más personas, se debe suspender de inmediato la faena afectada, aislar el lugar del accidente sin alterar ni mover equipos o materiales involucrados en el accidente y despachar al personal a excepción de los testigos del accidente. - El supervisor y experto en prevención deberán notificar a las autoridades correspondientes de inmediato, Ambulancia y Carabineros. El lugar será resguardado hasta que lleguen las autoridades correspondientes y puedan realizar el peritaje protocolar.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de accidentes leves, graves y/o fatales se procederá a informar al Organismo Administrador respectivo, Inspección del Trabajo y/o SEREMI de Salud, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 76° de la Ley N°16.744/1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social a través de los conductos regulares establecidos. Posterior a las acciones empleadas durante la emergencia, se mantendrá una fiscalización mensual del área afectada, indicando por medio de un reporte con fotografías; y realizar una charla de reinducción con respecto al plan de contingencia y emergencia, incluyendo un registro con firma de los participantes. Además, se desarrollará un reporte ejecutivo de la causa de la falla ocurrida. Cada uno de estos documentos estará disponible en la instalación de faena para su control y seguimiento. En virtud de lo establecido en la Res Ex. Nº885/2016 de la SMA, se informará a la SMA dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a través del módulo de avisos de contingencias e incidentes. Por otra parte, según lo establecido en la Res. Ex. N°1610/2018 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) “Deberes de actualización de planes de prevención de contingencias y planes de emergencia, y remisión de antecedentes de competencia de la SMA, a través del sistema de RCA”, al momento de actualizar los PDC y PDE, el titular remitirá los antecedentes en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su actualización a la SMA.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1. Plan de Contingencias y Emergencias (DIA) Anexo 4.1. Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda) Tabla 7.2.9 del ICE
11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y al objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
14°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
15°. Que, para que el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Solar Pampa Alegre”, de Blue Light Energy SpA.
2°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146, 158 y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Pampa Alegre” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4 del presente acto.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
<FIRMA
Giovanna Moreira Almonacid Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
JHS/MSA/PSP
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url César Humberto Moreno Arredondo cmoreno@ble.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl SERNAGEOMIN, Zona Sur hugo.zamorano@sernageomin.cl CONADI, Región de Los Lagos valtamirano@conadi.gob.cl CONAF, Región de Los Lagos marco.inarejo@conaf.cl DGA, Región de Los Lagos fabiola.pizarro@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Los Lagos gobernador@goreloslagos.cl Ilustre Municipalidad de Osorno alcaldia@imo.cl SAG, Región de Los Lagos cristian.andrade@sag.gob.cl SEC, Región de Los Lagos alomaosorio@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos tania.salas@minagri.gob.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Los Lagos ejaramillo@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región de Los Lagos lilipaz.alarcon@gmail.com SEREMI de Salud, Región de Los Lagos <sofia.torres@redsalud.gov.cl, carlos.herrera@redsalud.gov.cl> SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos pjoost@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos fnail@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos adelafuente@mma.gob.cl SEREMI MOP, Región de Los Lagos daniel.olhabe@mop.gov.cl Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos lhurtado@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ssdg@monumentos.gob.cl CC: Encargada de PAC Carmen.Larraguibel@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2162397667 Firmado por: Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Fecha: 26/06/2024 11:42:11 CLT Giovanna Elvira Moreira Almonacid Firmado digitalmente por Giovanna Elvira Moreira Almonacid Fecha: 2024.06.26 15:46:41 -04'00'