Evaluación SEA

Parque solar fotovoltaico Ceibo

Rol 2160070847
SEA · EIA · Aprobado · 2026-10-16 · Región de Atacama · Energía Renovable Violeta SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Ceibo”

Copiapó

VISTOS:

1°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA), su Adenda de 17 de octubre de 2024 y su Adenda Complementaria de 17 de abril de 2026, del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Ceibo”, presentado por Energía Renovable Violeta SpA con fecha 28 de septiembre de 2023.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Ceibo”.

3°. La Resolución Exenta Nº 20240310159, de fecha 22 de marzo de 2024, de la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Evaluación Ambiental, que dio inicio a un proceso de consulta indígena (PCI), conforme a lo previsto en el artículo 85 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y el Protocolo de Acuerdo Final del PCI.

4°. Las Actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Ceibo”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5°. El Acta de Evaluación N° 202603106205 de 5 de octubre de 2026, del Comité Técnico de la Región de Atacama.

6°. El ICE del EIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Ceibo” de 5 de octubre de 2026.

7°. El acuerdo adoptado en la sesión del 14 de octubre de 2026 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Ceibo”.

9°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 16-10-2026 12:44:05:955 UTC -03:00 Razón: Lugar:

Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; Los artículos N° 79 y 80 del D.F.L. N° 29, del Ministerio de Hacienda, de 2004, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834, Estatuto Administrativo, que establece orden legal de subrogación; y, en la Resolución Nº 7 de 26 de marzo del año 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Energía Renovable Violeta SpA (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Ceibo” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Energía Renovable Violeta SpA Rut 77.147.244-3 Domicilio Av. Apoquindo 3885, oficina 601, Las Condes, Región Metropolitana Teléfono +569 7908 7989 Nombre representante legal Gonzalo Navarro Durán Rut representante legal 15.631.589-3 Domicilio representante legal Arrayan 2750, oficina 703, Providencia, Región Metropolitana Teléfono representante legal +569 8456 1578 Correo electrónico Titular o representante legal gnavarro@orion-power.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 5 de octubre de 2026, el Director Regional (S) de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 11 de dicho documento; y, haciéndose cargo de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley, propone medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas, considerando las condiciones y exigencias que establece el punto 13.2 del ICE y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de 14 de octubre de 2026, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Ceibo”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 5 de octubre de 2026, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “RSEIA”), se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, Adenda Complementaria y en su Adenda Complementaria Excepcional, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es la generación de energía eléctrica a partir de la energía solar, para ello se instalará un parque fotovoltaico con una potencia nominal de capacidad instalada de 200 MWp, además de una

Línea de Alta Tensión (LAT) aérea de 500 kV, cuya longitud será de 21,4 km aproximadamente y a través de la cual se evacuará la energía eléctrica generada por el parque hacia el Sistema Eléctrico Nacional mediante la Subestación Eléctrica Nueva Maitencillo (existente). De esta manera, el Proyecto estará contribuyendo a: • La satisfacción de la creciente demanda energética que se registra a nivel país. • La diversificación de la matriz energética regional, alineándose de esta manera con la Política Energética 2050 del Ministerio de Energía. • La descarbonización de la matriz energética, reduciendo las emisiones de CO2, SO2, y NOX. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Tipología principal c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.

Tipología secundaria b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. b.1.) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). Vida útil 38 años. Fase de construcción: 1 año 6 meses. Fase de operación: 35 años. Fase de cierre: 1 año 6 meses. Monto de inversión USD $ 220 millones. Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de la Instalación de Faena. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

X Proyecto modifica un proyecto o actividad existente Si No

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localizará en la Región de Atacama, Provincia del Huasco, comuna de Vallenar. Descripción de la localización La localización del Proyecto se justifica por las siguientes razones:

• Es un área de alta radiación solar debido a su localización en la región de Atacama. • El terreno seleccionado cuenta con la superficie necesaria parala instalación de los equipos de captación. • Está ubicado cerca de la subestación Algarrobal, la que posee suficiente capacidad de evacuación teniendo en cuenta la generación de la planta. • Se encuentra cercano a los centros de demanda energética. Las condiciones topográficas hacen que el sitio sea bueno para el

emplazamiento de los módulos solares fotovoltaicos debido a su planicie. • El proyecto está acorde con los lineamientos de la política energética del país.

Del análisis de riesgo climático se desprende lo siguiente: • En cuanto a eventos de precipitación intensa, las tendencias demuestran que estos disminuirían en cuanto a su frecuencia (número de días de precipitación intensa y muy intensa) pero aumentarían en intensidad (lluvia máxima diaria). En relación con eventos de calor, si bien las tendencias indican un aumento general de los valores medios de las variables de temperatura, el alzade las temperaturas no alcanzaría niveles de temperaturas extremas en el área de estudio. • El análisis de precipitaciones muestra reducciones parala precipitación acumulada anual al comparar el período futuro y el período histórico de referencia, esta reducción en la precipitación acumulada sería mayor(porcentualmente) en el período estival que en los meses de invierno. Superficie El Proyecto se emplazará en una superficie aproximada de 448,86 hectáreas. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de referencia UTM WGS84 huso 19S de todas las partes y obras del Proyecto, tanto temporales como permanentes, se presentan en el Anexo 1.2 del EIA, Anexos 1 y 2 de la Adenda y Anexo 1 de la Adenda Complementaria. Caminos de acceso El ingreso al predio se realiza por medio de la Ruta 5 en dirección sur, por dicha ruta se accede al camino no pavimentado en el sector de la Subestación Algarrobal, para posteriormente continuar por la servidumbre de la línea de alta tensión del proyecto, el cual, tras un recorrido de aproximadamente 5,57 km, permite el ingreso al predio.

La siguiente tabla indica las coordenadas de ubicación del acceso al proyecto (UTM WGS84 H19S):

Tabla. Coordenadas de ubicación del Proyecto Ítem Este (m) Norte (m) Punto de acceso al predio 333.080 6.879.920 Fuente: Anexo 17 “Ficha Resumen”, Adenda Complementaria Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones La cartografía digital en formato KMZ se presenta actualizada en el Anexo 1.2 del EIA Anexos 1 y 2 de la Adenda y Anexo 1 de la Adenda Complementaria.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes y Obras Patio de insumos En esta zona se acopiará el material para la fase de construcción y cierre del proyecto, desde la cual se despacharán a los distintos frentes de trabajo y su superficie total es de 2.000 m2.

Estacionamientos El proyecto contempla una zona de estacionamientos en la instalación de faenas. La zona de estacionamientos contará con estacionamientos para vehículos livianos y estacionamientos para buses de capacidad 45 personas. El piso será de suelo natural compactado y tendrá una superficie de 800 m2. Bodega de residuos peligrosos Se considera la instalación de 2 bodegas temporales de 25 m2 para almacenar residuos peligrosos cuyas características estarán acorde a lo determinado en el D.S. Nº 148/03. Estas bodegas estarán ubicadas en la instalación de faenas donde se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2019 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del DS 148/2003. El piso de la bodega será con base continua, impermeable, liso, no poroso, lavable, resistente estructural y químicamente a los residuos e incombustible, con pendiente no inferior al 0,5%.

El almacenamiento no se extenderá más de 6 meses, ya que la fase de construcción dura 4 meses, contemplándose un retiro de residuos peligrosos al término de esta y, en caso de saturación de sistema contenedor, se efectuará un retiro antes de este período. La cantidad almacenada será inferior a 12 toneladas anuales, razón por la cual no se requerirá tramitar ante la autoridad sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos.

Para más detalles ver Anexo 9 PAS 142 Actualizado en la Adenda Complementaria. Bodega temporal y gaveta de sustancias peligrosas Se considera la instalación de tres bodegas para el almacenaje de materiales, elementos de protección personal y herramientas, utilizando una superficie total de 30 m2 cada una.

Al interior de esta bodega se encontrará la gaveta de almacenamiento de sustancias peligrosas la que corresponde a una estructura del tipo estantería, de aproximadamente 0,6 m2 de superficie. Esta contendrá las bandejas para el almacenamiento de las SUSPEL y estará habilitada especialmente para el almacenamiento de sustancias peligrosas consideradas por el proyecto, cumpliendo estrictamente con las disposiciones del D.S. 43/2015. Las sustancias peligrosas almacenadas estarán correctamente etiquetadas y existirá una hoja de datos de seguridad del producto en la que se describirán e identificarán los siguientes apartados:

• Identificación de la sustancia química • Proveedor

Para más detalles ver Anexo 9 PAS 142 Actualizado en la Adenda Complementaria. Bodega de materiales Una bodega de materiales de 500 m2. Comedor El comedor será el sitio destinado al aprovisionamiento de alimentos a los trabajadores y contará con las exigencias contenidas en el Art 29 del D.S. 594/00. Los alimentos serán suministrados en porciones individuales por una empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Tendrá una superficie de 200 m2. Baños En la instalación de faenas y en los frentes de trabajo habrá temporalmente baños químicos portátiles, los que se calcularán según lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud. El servicio de instalación y mantención de los baños químicos en los frentes de trabajo será contratado a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Estos tendrán una superficie de 80 m2, los que contarán con dos estanques de agua potable de superficie 12,6 m2 cada uno.

Posterior a los 6 meses de instalados los baños químicos se utilizarán servicios higiénicos conectados a Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) dimensionadas para el máximo de trabajadores proyectado, los cuales se mantendrán hasta finalizada la fase de construcción del Proyecto.

Para más detalles ver Anexo 9 PAS 138 Actualizado en la Adenda Complementaria. Grupo electrógeno Área de 30 m2 destinada a la instalación de un grupo electrógeno de 5 kVA. Oficinas Se dispondrá de oficinas modulares las que utilizarán un área máxima de 135 m2. Patio de residuos no peligrosos o residuos industriales Se habilitará un lugar de 1000 m2 para el acopio temporal de residuos industriales no peligrosos, correspondiente a excedentes de materiales, tales como restos de maderas de los embalajes y restos metálicos de las estructuras. Este lugar consistirá en un recinto cercado con malla metálica y portón de acceso, mientras que el piso será terreno natural compactado.

Para más detalles ver Anexo 9 PAS 140 Actualizado en la Adenda Complementaria. Almacenamiento de residuos asimilables a domésticos Para los residuos asimilables a domésticos, se considera un contenedor de almacenamiento o batea de almacenamiento que impida la proliferación de vectores y emisión de olores. Este tendrá una superficie de 200 m2. Para más detalles ver Anexo 9 PAS 140 Actualizado en la Adenda Complementaria. Estacionamiento de maquinarias La instalación de faena contará con una zona de 2000 m2 para el estacionamiento de maquinarias donde se desarrollará la carga y descarga para la recepción del material para la fase de construcción del proyecto. Piscina de lavado de camiones Sitio destinado al lavado de los camiones mixer que proporcionen hormigón a la obra. Tendrá una superficie de 27 m2. Zona de carga de combustible Sitio de 50 m2 destinado a la carga de combustible de la maquinaría en obra. Caminos internos El desplazamiento al interior de la planta se realizará a través de caminos internos los que, durante la fase de construcción, comenzarán en el punto de acceso al proyecto, pasando por la instalación de faenas y extendiéndose hacia las otras zonas del proyecto. Dichos caminos tendrán una longitud de 19,35 kilómetros y 3,5 metros de ancho promedio, los que se mantendrán durante las otras fases del proyecto. Acciones Construcción de cierre perimetral Se instalará el cierre perimetral utilizando malla acmafor o similar. Se considera realizar pequeñas excavaciones de 0,4x0,4 (m) para instalar los pilares del cierre que estarán distanciados cada 3 metros aproximadamente. Limpieza del terreno Se realizará una limpieza manual del terreno, la cual consistirá en una limpieza superficial de este, para lo cual se dispondrá de cuadrillas de trabajadores que irán despejando superficialmente el terreno de maleza, arbustos y rocas de mayor tamaño.

Previo al inicio de estas labores, y considerando que el área corresponde al sector de intervención del Proyecto, se ejecutará el Plan de Rescate y Relocalización de fauna comprometido por el Titular, mediante la captura y traslado de ejemplares de reptiles y micromamíferos de baja movilidad presentes en el área de rescate definida para el Proyecto, conforme a lo establecido en el Anexo 9.5, PAS 146 de la Adenda Complementaria.

Asimismo, en los sectores donde corresponda intervenir formaciones xerofíticas, se realizará la delimitación previa de las áreas autorizadas (70,80 ha), efectuándose posteriormente las actividades de corta y descepado de especies arbustivas y suculentas, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Trabajo asociado al PAS 151, el que se encuentra adjunto en el Anexo 9.6 de la Adenda Complementaria.

Una vez liberada el área, se procederá con las actividades de limpieza, con el fin de no afectar zonas no involucradas en la actividad constructiva y así mantener la calidad del suelo para los posibles eventos de desierto florido.

Los residuos generados por la actividad de limpieza serán acopiados al interior del patio de residuos no peligrosos para posteriormente disponerlos en un sitio de disposición final autorizado.

Cabe aclarar que esta actividad no será realizada en época de Desierto Florido, pues el Titular integra la medida de mitigación MMFYV-06 (Anexo 11 de la Adenda Complementaria) asociado a la restricción del inicio de fase de construcción y cierre, el cual indica que se limitará el inicio de las fases de construcción y cierre si se manifiesta el fenómeno del desierto florido, esto se puede prever si se producen durante el invierno (meses de julio y agosto) las precipitaciones necesarias, que corresponden a 15 mm según Squeo et al., 2008. En caso de darse las condiciones de precipitación, los meses en que se restringe el inicio de las fases son septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

En cuanto a la especie Volutaria tubuliflora se presenta como medida de mitigación MM.FYV- 05 un plan de erradicación de esta especie, el cual establece las pautas generales para gestionar las tareas de control de esta especie exótica invasora, se puede revisar dicho plan en el Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Movimiento de tierra El terreno donde se ubica el proyecto no requiere de movimientos de tierra para su nivelación, ya que es idóneo de forma natural para la ejecución de los trabajos de hincado del proyecto. Cabe destacar que las estructuras de sustento de los módulos solares fotovoltaicos no requieren de cimentación, ya que serán hincadas directamente al terreno, a una profundidad de 2 metros, aproximadamente.

Para la construcción del proyecto solo será necesario realizar trabajos de movimiento de tierras para la instalación del cerco perimetral y zanjas para el cableado de la planta y apoyos para cimentación de edificaciones permanentes, construcción de obras hidráulicas, escarpe de caminos, entre otros. Los detalles asociados a los movimientos de tierra se presentan en la tabla a continuación:

Tabla. Movimientos de tierra asociados a la Fase de Construcción Obra Cantidad por remover (m³) Profundidad (m) Movimientos de tierra y mejora de canales 17.717,00 1,1 Zanjas de BT y MT 89.685,00 1,1 Fundaciones de centro de transformación, sala de control, conversores y baterías 1.755,58 0,8 Cierre perimetral 406,10 0,5 Piscina de lavado de camiones mixer 36,00 1,0 Excavación torres de alta tensión 64,00 1,0 Total 109.663,70 - Fuente: Anexo 17 “Ficha Resumen”, Adenda Complementaria.

Dadas las características del suelo, los pilotes se hincarán sin necesidad de excavaciones. Para las excavaciones de tierra relacionadas a las zanjas o fundaciones se utilizarán excavadoras. El material extraído se utilizará para rellenar las mismas zanjas, por lo tanto, no se generará material excedente. En el caso de aún contar con excedentes de material, este será trasladado a un centro de disposición final autorizado para dicho residuo. Cabe indicar que de acuerdo a la medida de mitigación MM-FYV-03: Mantener orden de perfiles en zonas

a excavar – zanjas, el relleno será de manera ordenada para mantener el horizonte superficial en su posición original luego de la actividad. Construcción de obras civiles Dentro del área del Proyecto, se construirán pilares de hormigón para el montaje del centro de transformación, baterías, inversores, sala de control y bodega. Esta base o cimentación consiste en la instalación de 6 apoyos de hormigón de aproximadamente 0,38 m3, requiriendo 2,3 m3 de hormigón por edificación.

Correspondiente también a este ítem, se indica que el proyecto dispondrá de obras hidráulicas de manera proteger el proyecto frente a posibles inundaciones, dichas obras se detallan en el Anexo 9.7, 9.8 y 9.9 PAS 155, 156 y 157 respectivamente de la Adenda Complementaria. Habilitación de caminos El desplazamiento tanto al interior del parque, como el camino de acceso no pavimentado se realizará por medio de caminos de aproximadamente 3,5 m de ancho, los que serán habilitados por medio de la realización de escarpe, y serán utilizados para las etapas de construcción, operación y cierre. Montaje de estructuras Los pilotes o estructuras de soporte se hincarán directamente al terreno, sin necesidad de cimentación, siendo este mecanismo el que provoca una mínima intervención de manera respetuosa con la estructura del suelo. Cada pilote se fijará directamente en el terreno y se hinca mediante una máquina hincadora hidráulica.

A su vez se excavarán zanjas para la instalación de cables subterráneos CA (corriente alterna), CC (corriente continua) y cables de fibra óptica para la comunicación de los equipos. Se usará una excavadora para abrir y para rellenar las zanjas.

La tierra excavada proveniente de la creación de las zanjas se mantendrá junto a la trinchera y se usará para rellenarla una vez que los conductores hayan sido instalados y probados.

Mientras se realiza el tendido de los cables, se realizará también la instalación de las cajas de conexión combinadoras y la instalación de las mesas de soporte sobre las cuales se montan los módulos fotovoltaicos. Paralelamente se preparan las fundaciones para las instalaciones permanentes Montaje de inversores, centros de transformación y baterías Los inversores, centros de transformación y baterías, son trasladados como un único bloque debido a que corresponden a módulos prefabricados que no requiere de materiales de construcción para su estructura.

El proceso de construcción consiste en la ejecución previa de las fundaciones y una vez recepcionadas las estructuras, éstas se colocan apernadas a las fundaciones y se procede a la conexión de las partes. Construcción de subestación elevadora La subestación proyectada será construida sobre fundaciones de hormigón y estructuras metálicas, en la cual se alojarán las celdas y resto de elementos necesarios para la evacuación de energía en Alta Tensión del parque y demás elementos de maniobra necesarios.

Para la construcción de la subestación elevadora se contempla los siguiente:

• Construcción cierre perimetral • Construcción plataforma • Construcción de fundaciones • Montaje de estructuras, soportes y equipos Construcción de línea de alta tensión Para acceder a los lugares de emplazamiento de la línea eléctrica se utilizará el camino de acceso no pavimentado que se habilitará para las distintas fases del proyecto, desde ahí se ingresará a los puntos de montaje de cada uno de los apoyos o estructuras. Para la construcción de la línea de alta tensión se contempla lo siguiente:

• Construcción de fundaciones

• Montaje de línea • Vestido de las estructuras Tendido de los conductores Pruebas de puesta en marcha Una vez construidas y conectadas todas las instalaciones de la planta se procederá a desarrollar pruebas individuales a cada uno de los equipos y la conexión final entre todos ellos. Esta acción es el paso previo al comienzo de la fase de operación.

  1. Pruebas de equipos: corresponde a las pruebas de los distintos equipos del sistema de generación (ej.: inversor, transformador, panel, caja combinadora, BESS) de manera independiente y cuyo objetivo es verificar que el equipo en sí esté operando de manera adecuada según los parámetros indicados por el fabricante y que el montaje del equipo haya sido realizado correctamente.

  2. Pruebas de sistemas: corresponde a las pruebas de funcionamiento de un conjunto de equipos conectados entre sí (ej: conjunto de paneles, conjunto paneles-inversores, inversores-transformadores, BESS), los que se consideran como un todo indivisible para efectos de ensayos según los protocolos establecidos.

  3. Pruebas conjuntas: corresponde a las pruebas que comprenden el funcionamiento de todo el proyecto y cuyo objetivo es verificar la interacción de los distintos componentes del parque fotovoltaico para la producción e inyección de energía según los parámetros esperados y bajo condiciones de seguridad de acuerdo con la normativa vigente. Desmantelamiento de la instalación de faenas La acción final de la fase corresponde al desmantelamiento de la instalación de faenas, consistente en el retiro de todas las instalaciones temporales que permiten la ejecución de la fase de construcción. Recursos naturales renovables Suelo En relación con el Suelo, la ejecución del Proyecto contempla excavaciones e hincados para la implementación de las obras, además del escarpe de la capa superficial del suelo natural en aquellas áreas destinadas a caminos. Este suelo corresponde al Orden de los Aridisoles en su suborden Salids y, basado en el análisis químico, es un suelo salino limitante para el desarrollo de cualquier especie vegetal con fines productivos. La Capacidad de Uso de Suelo corresponde a Clase VI. Los detalles asociados a los movimientos de tierra se presentan en la tabla a continuación y en el Anexo 5.1 de la Adenda:

Tabla. Movimientos de tierra asociados Obra Cantidad por remover (m³) Movimientos de tierra y mejora de canales 17.717 Zanjas de BT y MT 89.685 Fundaciones de centro de transformación, sala de control, conversores y baterías 1.755,584 Cierre perimetral 406,1 Piscina de lavado camiones mixer 36 Excavación torres de alta tensión 64 Total 109.663,7 Fuente: Anexo 17 “Ficha Resumen”, Adenda Complementaria

Flora y Vegetación Respecto a la flora y vegetación, se extraerá la unidad vegetacional descrita como “formación xerofítica”, la que se encuentra compuesta por las especies Skytanthus acutus (Cuerno de cabra), Eulychnia acida (Copao) y Balsamocarpon brevifolium (Algarobilla). El

detalle de estas formaciones se describe en el Anexo 6.1 de la Adenda Complementaria sobre Línea de Base de Flora y Vegetación. Para la extracción de estas especies se ha presentado el permiso Ambiental sectorial N° 151 “Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas” conforme a lo señalado en el RSEIA, adjuntos en el Anexo 9.6 de la Adenda Complementaria.

Respecto a la pérdida de individuos de flora y vegetación, para aquellas especies no listadas en el DS 68/09, principalmente aquellas especies herbáceas ligadas al fenómeno del desierto florido se presentan en el Anexo 11.1 de la Adenda Complementaria, un Plan de manejo de biológico de flora, donde se indican en detalle las medidas propuestas por el titular para su conservación. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas

MPS

Tasa de emisión: 196,23 t/fase. Actividades: Excavaciones, carga y descarga de material, erosión, perforación, compactación, nivelación, escarpe, descompactación, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, combustión vehicular, combustión de maquinaria y operación de grupos electrógenos. Sistema de control/abatimiento: Aplicación de biosupresor de polvo (97% de efectividad), control de velocidad, mantención de equipos y cobertura de materiales transportados.

MP10

Tasa de emisión: 53,63 ton/fase. Actividades: Excavaciones, carga y descarga de material, erosión, perforación, compactación, nivelación, escarpe, descompactación, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, combustión vehicular, combustión de maquinaria y operación de grupos electrógenos. Sistema de control/abatimiento: Aplicación de biosupresor de polvo (97% de efectividad), control de velocidad, mantención de equipos y cobertura de materiales transportados.

MP2,5

Tasa de emisión: 13,25 ton/fase. Actividades: Excavaciones, carga y descarga de material, erosión, perforación, compactación, nivelación, escarpe, descompactación, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, combustión vehicular, combustión de maquinaria y operación de grupos electrógenos. Sistema de control/abatimiento: Aplicación de biosupresor de polvo (97% de efectividad), control de velocidad (máx. 10 km/h), mantención de vehículos y maquinaria, control de transporte de materiales y mantención de grupos electrógenos.

CO

Tasa de emisión: 17 ton/fase. Actividades: Combustión vehicular, combustión de maquinaria y operación de grupos electrógenos. Sistema de control/abatimiento: Mantención preventiva de vehículos, maquinaria y grupos electrógenos.

HC/COV

Tasa de emisión: 2,49 ton/fase. Actividades: Combustión vehicular, combustión de maquinaria y operación de grupos electrógenos. Sistema de control/abatimiento: Mantención preventiva de vehículos, maquinaria y grupos electrógenos.

NOX

Tasa de emisión: 35,06 ton/fase. Actividades: Combustión vehicular, combustión de maquinaria y operación de grupos electrógenos. Sistema de control/abatimiento: Mantención preventiva de vehículos, maquinaria y grupos electrógenos; registro de horas de funcionamiento mediante horómetro.

SOX

Tasa de emisión: 0,848 ton/fase. Actividades: Combustión vehicular, combustión de maquinaria y operación de grupos electrógenos. Sistema de control/abatimiento: Mantención preventiva de vehículos, maquinaria y grupos electrógenos.

NH3

Tasa de emisión: 0,02 ton/fase. Actividades: Combustión vehicular y combustión de maquinaria. Sistema de control/abatimiento: Mantención preventiva de vehículos y maquinaria.

HC

Tasa de emisión: 1,06 ton/fase. Actividades: Combustión vehicular y operación de grupos electrógenos. Sistema de control/abatimiento: Mantención preventiva de vehículos y grupos electrógenos.

Residuos Líquidos Domiciliarios

Aguas servidas

Durante la fase de construcción, se generarán residuos líquidos domésticos producidos por el uso de aguas sanitarias por parte del personal contratado para la construcción. Para este efecto, se habilitarán baños químicos en la instalación de faena por un periodo de 6 meses, prorrogable por un periodo de igual duración. El número de baños y los volúmenes de agua corresponderán a lo dispuesto por el DS N° 594/99 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo” y considerará un consumo diario por persona de 150 l/día, es decir un total de 90 m3 /día en el momento de máximo trabajo constructivo.

Posterior a la implementación de los baños químicos se dispondrá de dos plantas de tratamiento de aguas servidas, donde el efluente tratado en cada PTAS será dispuesto de manera temporal en un sistema de acumulación consistente en tres (3) estanques de 25 m3 de capacidad cada uno. Por lo que se considera para esta fase una capacidad total de acumulación de 150 m3 dispuestos en seis (6) estanques de acumulación.

No se realizará almacenamiento de dichas aguas por periodos prolongados, dado que favorece su descomposición, propiciando la generación de focos de insalubridad, olores molestos y la alteración de la calidad del efluente, por tanto, el retiro y disposición final de las aguas tratadas, se realizará en un plazo no mayor a 24 horas. El efluente será extraído y dispuesto en lugares de disposición autorizados, por empresa competente y autorizada por la autoridad sanitaria de la Región de Atacama. Se contará con registro del período de almacenamiento y de los retiros hacia disposición final autorizada y se mantendrán disponibles en caso de que la autoridad lo requiera.

Para más detalle ver Anexo 9, PAS 138 de la Adenda Complementaria.

Residuos líquidos industriales

Durante la fase de construcción se generarán residuos líquidos industriales debido al lavado de camiones mixer con agua industrial.

El sistema de lavado de canoas de camiones mixer se realizará con agua industrial a presión al interior de la canoa, para posteriormente verter el líquido en las piscinas habilitadas. Dentro de la piscina de evaporación, se espera que el agua residual generada sea evaporada en su totalidad por acción de la temperatura, quedando solamente el residuo industrial correspondiente a restos de hormigón, el cual será dispuesto en un sitio de disposición final autorizado a través de empresas transportistas autorizadas. Como medida de trazabilidad, se mantendrá un registro de los retiros y una copia de recepción del material o documentos equivalentes emitidos por los sitios de destino.

El agua que se utilizará para esta actividad viene incorporada en un pequeño estanque del camión mixer, por lo que no es necesaria la compra a proveedores externos, por ende, el proyecto no considera realizar la compra de agua para la actividad.

Se estima que se realizarán 240 lavados de canoas de camiones mixer en toda la fase de construcción, considerando que cada camión tiene un depósito de agua de 0,2 m3 y suponiendo que se utiliza su totalidad en el lavado, se generarán 48 m3 de emisiones líquidos producto de esta actividad en toda la fase de construcción.

Esta agua residual contiene restos de hormigón, el cual decantaría en la piscina de evaporación; no corresponde a un RIL peligroso, y, además, no presenta alteraciones químicas que, eventualmente, puedan generar algún tipo de afectación sobre el medio ambiente. Cabe destacar que, como parte del procedimiento de esta actividad, se considera una inspección del polietileno o membrana HDPE (de 0,3 mm) antes del vaciado del agua a la piscina y después del retiro de los residuos sólidos de esta, con la finalidad de detectar posibles fallas, para así, repararlo o cambiarlo en caso de ser necesario, para asegurar de que el agua residual no esté en contacto directo con el suelo.

Por último, se aclara que, en caso de que exista un remanente que no se evapore, este será dispuesto en un sitio de disposición autorizado por la autoridad correspondiente.

Ruido

El Proyecto generará emisiones de ruido durante la fase de construcción, asociada al uso de maquinaria en los frentes de trabajo. Se identificaron doce receptores humanos y cinco de fauna, determinados por la ubicación con respecto al área que comprende el proyecto, los que se encuentran zonificados como zona rural en base a lo estipulado en el D.S. 38/11 del MMA.

Los resultados presentados, corresponden a las proyecciones máximas en cada receptor respecto a las 3 subetapas modeladas:

- La subetapa 1 consiste en las acciones de habilitación de las instalaciones de apoyo y construcción del cerco perimetral, la cual tendrá una duración de dos meses. No se contemplan medidas de abatimiento o control. - La subetapa 2 consiste en el montaje mecánico y eléctrico, instalación de redes de baja tensión, conexión de red MT, instalación de baterías, la cual tendrá una duración de dieciocho meses. No se contemplan medidas de abatimiento o control. - La subetapa 3 consiste en las pruebas de energización y puesta en marcha del parque fotovoltaico, la cual tendrá una duración de tres meses. No se contemplan medidas de abatimiento o control.

Figura. Área de influencia receptores de ruido humano

Fuente: Ilustración 2-3, Adenda.

La proyección de las emisiones de ruido en la fase de construcción del proyecto son las siguientes:

Tabla. Ruido y vibraciones fase de construcción y cierre Receptor NPS proyectado Construcción (dB(A)) Zonificación D.S. 38/11 MMA Límite máximo Permisible Diurno Cumplimiento Subetapa 1 R1 14 Rural 65 Cumple R2 18 65 Cumple R3 11 65 Cumple R4 23 65 Cumple R5 21 65 Cumple R6 0 65 Cumple R7 0 65 Cumple R8 0 65 Cumple R9 5 65 Cumple R10 0 65 Cumple R11 0 65 Cumple R12 0 65 Cumple RF1 47 52 Cumple RF2 48 52 Cumple RF3 39 52 Cumple

RF4 39 52 Cumple RF5 39 52 Cumple Subetapa 2 R1 15 Rural 65 Cumple R2 19 65 Cumple R3 10 65 Cumple R4 23 65 Cumple R5 21 65 Cumple R6 0 65 Cumple R7 0 65 Cumple R8 0 65 Cumple R9 5 65 Cumple R10 0 65 Cumple R11 0 65 Cumple R12 0 65 Cumple RF1 47 52 Cumple RF2 48 52 Cumple RF3 39 52 Cumple RF4 39 52 Cumple RF5 39 52 Cumple Subetapa 3 R1 14 Rural 65 Cumple R2 18 65 Cumple R3 11 65 Cumple R4 23 65 Cumple R5 21 65 Cumple R6 0 65 Cumple R7 0 65 Cumple R8 0 65 Cumple R9 5 65 Cumple R10 0 65 Cumple R11 0 65 Cumple R12 0 65 Cumple RF1 47 52 Cumple RF2 48 52 Cumple RF3 39 52 Cumple RF4 39 52 Cumple RF5 39 52 Cumple Fuente: Tabla 1-36, Adenda.

En cuanto a la construcción de la línea de transmisión eléctrica, esta tendrá una duración de 11 meses y no se contemplan medidas de control o abatimiento. Los resultados se muestran en la siguiente tabla:

Tabla. Construcción de la línea de transmisión eléctrica. Receptor NPS proyectado Construcción (dB(A)) Zonificación D.S. 38/11 MMA Límite máximo permisible Cumplimiento R1 14 Rural 65 Cumple R2 18 65 Cumple

R3 11 65 Cumple R4 23 65 Cumple R5 21 65 Cumple R6 -1 65 Cumple R7 -7 65 Cumple R8 -31 65 Cumple R9 5 65 Cumple R10 -42 65 Cumple R11 -58 65 Cumple R12 -42 65 Cumple RF1 7 52 Cumple RF2 13 52 Cumple RF3 14 52 Cumple RF4 19 52 Cumple RF5 20 52 Cumple Fuente: Tabla 1-37, Adenda.

De acuerdo con los resultados de la modelación acústica presentada por el titular, los niveles de presión sonora proyectados en los receptores evaluados cumplen los límites establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA.

Vibraciones

El Proyecto generará emisiones de vibraciones en la fase de Construcción, las principales fuentes son:

• Motoniveladora. • Grúa telescópica. • Compactador manual. • Maquina Hincadora. • Perforadora. • Excavadora. • Camión Grúa pluma. • Alza hombre.

En la siguiente tabla se muestran los resultados de esta fase:

Tabla. Niveles de vibración fase de construcción Receptor Lv proyectado (VdB) FTA Límite máximo permisible Cumplimiento R1 45 72 Cumple R2 13 Cumple

R3 6 Cumple R4 15 Cumple R5 13 Cumple R6 12 Cumple R7 7 Cumple R8 -4 Cumple R9 3 Cumple R10 -9 Cumple R11 -11 Cumple R12 -9 Cumple Fuente: Tabla 1-38, Adenda.

En consideración a los resultados de la modelación presentada por el titular, se verifica que los niveles de vibración proyectados para la fase de construcción cumplen el criterio de referencia FTA en la totalidad de los receptores evaluados. Por lo anterior, no se advierten impactos significativos asociados a vibraciones sobre la población en el área de influencia, ni la necesidad de implementar medidas de control o mitigación específicas para este componente.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos

Restos de embalajes • Cuantificación: 0,3735 toneladas al día. • Los residuos serán almacenados temporalmente en el patio de residuos no peligrosos, correspondiente a un área señalizada, delimitada por un cerco perimetral, suelo compactado y sin techumbre. Se recolectarán y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado, por medio de transportistas que cuenten con autorización sanitaria vigente para dicha labor, en una frecuencia de una vez al mes o cuando sea necesario, cuidando de no sobrepasar el 75% de capacidad de almacenamiento.

Residuos Sólidos Asimilables a domiciliarios • Cuantificación: 0,9 ton/día. • Los residuos sólidos domésticos serán recogidos en bolsas de basura o en recipientes cerrados para luego ser dispuestos en tambores debidamente rotulados, los que se mantendrán tapados para evitar la generación de malos olores y controlar vectores. Se habilitará un espacio especial para la acumulación transitoria de los residuos domiciliarios que se generen durante la fase de construcción (Almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios). Desde los frentes de trabajo, los residuos serán llevados diariamente hasta la zona de almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios, donde finalmente serán retirados con una frecuencia de 3 veces por semana.

Residuos varios • Cuantificación: 0,036 tonelada al día. • Los residuos varios (papel, cartón y envases plásticos) serán almacenados temporalmente en el patio de residuos no peligrosos, correspondiente a un área señalizada, delimitada por un cerco perimetral, suelo compactado y sin techumbre. Se recolectarán y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado, por medio de transportistas que cuenten con autorización sanitaria vigente para dicha labor, en una frecuencia de una vez al mes o

cuando sea necesario, cuidando de no sobrepasar el 75% de capacidad de almacenamiento.

Metales • Cuantificación: 0,0405 tonelada al día. • Los metales (sobrantes de cables, tornillos y alambres) serán almacenados temporalmente en el patio de residuos no peligrosos, correspondiente a un área señalizada, delimitada por un cerco perimetral, suelo compactado y sin techumbre. Se recolectarán y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado, por medio de transportistas que cuenten con autorización sanitaria vigente para dicha labor, en una frecuencia de una vez al mes o cuando sea necesario, cuidando de no sobrepasar el 75% de capacidad de almacenamiento.

Restos de hormigón • Cuantificación: 2,31 ton/día. • Estos residuos se recolectarán y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado, por medio de transportistas que cuenten con autorización sanitaria vigente para dicha labor, en una frecuencia de una vez al mes o cuando sea necesario, cuidando de no sobrepasar el 75% de capacidad de almacenamiento.

Para más detalles ver Anexo 9 PAS 140 Actualizado en la Adenda Complementaria.

Residuos Peligrosos

• Cuantificación: 0,03 ton/día y en el caso de módulos fotovoltaicos dañados 10 unidades/fase. • Caracterización: Envases de spray de zinc, envases de espuma de poliuretano, EPP y paños contaminados, tierra contaminada, tubos fluorescentes y tonner, módulos fotovoltaicos dañados. • Estos residuos serán almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, ubicada en la instalación de faenas. Allí se mantendrán en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2019 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del DS N° 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la disposición final de los residuos por una empresa autorizada para tal fin. El periodo de almacenamiento de los residuos peligrosos, desde su generación hasta la salida de la Bodega de Almacenamiento Temporal (BAT), en ningún caso excederá los 6 meses, por tanto, se harán como mínimo 3 retiros durante la fase de construcción, los que podría aumentar dependiendo de la cantidad de residuos almacenada.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Spray de zinc: • Clase según NCh 382/2013: inflamable. • Cantidad: 24 L/fase. • Forma de provisión: será provista por un tercero autorizado. • Transporte: en vehículos de la empresa y llevados a instalación de faena. • Almacenamiento: gaveta SUSPEL.

Espuma de poliuretano: • Clase según NCh 382/2013: inflamable. • Cantidad: 3,75 L/fase. • Forma de provisión: será provista por un tercero autorizado. • Transporte: en vehículos de la empresa y llevados a instalación de faena. • Almacenamiento: gaveta SUSPEL.

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 4 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes y Obras Planta Fotovoltaica El proyecto está conformado por un total de 496.800 paneles móviles de 650 Wp cada uno. Los paneles fotovoltaicos elegidos para el proyecto son del tipo mono cristalinos, con una dimensión aproximada de 1,95 x 0,98 m y generan como máximo una potencia de 650 Wp en corriente continua. Strings Corresponden a la conexión en serie de un grupo determinado de paneles solares. Estos strings se conectan en una caja combinadora. El cableado empleado para dichas conexiones estará dimensionado para producir la menor caída de tensión y serán de clase II. Esto quiere decir que tienen un doble aislamiento para prevenir los casos en que se produzca un primer defecto. Cajas combinadoras Es el lugar físico donde se une una cantidad determinada de strings. Suelen tener entre doce y veinticuatro strings conectados, dependiendo del diseño. Desde la caja combinadora sale un solo conductor (en polos positivo y negativo) transportando la corriente de todos los strings que confluyen a la caja. La caja combinadora será estanca, IP 55, para asegurar el aislamiento frente a la humedad, al agua y al polvo que producen una progresiva degradación en los circuitos. Seguidores Los paneles solares se colocarán sobre estructuras, las cuales constituyen el soporte de los mismos. Dichas estructuras van colocadas sobre perfiles de acero que van hincados (enterrados) en el suelo natural, sin necesidad de fundaciones de hormigón. Inversor y centro de transformación El inversor es un dispositivo eléctrico que convierte la corriente continua en corriente alterna a una determinada frecuencia mediante un puente IGBT, el cual produce pulsos secuenciales en la corriente continua, los cuales dan lugar a una onda de tipo sinusoidal, siendo ésta la corriente alterna. El inversor funciona mediante seguimiento del punto de máxima potencia en cada momento, de forma que optimiza los valores de entrada de intensidad y tensión en corriente continua. Cuenta con un banco de condensadores el cual permite corregir el factor de potencia, un sistema de monitorización que permite ver las diferentes variables del sistema y un sistema de comunicación para monitorización a distancia. Línea eléctrica de distribución El proyecto considera una línea de evacuación con una longitud de 4,58 kilómetros, la cual consta de dieciséis (16) torres de alta tensión, para conectarse a la subestación existente “Algarrobal”. Cableado Los cables cumplirán con la normativa vigente NCH 4/2004 en cuanto a aislamiento y grado de protección. Los cables utilizados para la interconexión de los módulos fotovoltaicos en cada uno de los seguidores estarán protegidos contra la degradación por efecto de la intemperie: radiación solar, radiación UV y condiciones ambientales de elevada temperatura ambiente. El cableado entre los tableros de conexiones y los seguidores se efectuará mediante cables flexibles y de longitud adecuada para disminuir la caída de tensión, pérdidas y que no exista peligro de cizalladura. Sala de control del parque Se instalará dentro de un contenedor de 36 m2. Dentro de la sala de control irán todos los equipos de comunicaciones y supervisión. Bodegas Se instalarán quince (15) contenedores sumando 225 m2, distribuidos en distintos sectores del parque, los que están destinados al almacenamiento de insumos para mantención del proyecto. Cerco perimetral El área de emplazamiento de la planta fotovoltaica estará rodeada de un cercado perimetral que actuará como sistema de anti-intrusión, llegando a ras de piso para evitar el ingreso de

los macromamíferos y llegando a la altura de 2,5 mts evitando el ingreso de personal no autorizado. Sistema de almacenamiento BESS El sistema de almacenamiento del proyecto está compuesto por cuarenta y dos (42) bancos de baterías, cada uno consta de un total de 18 contenedores de 20 pies que almacenan celdas de baterías de ion de litio. Se indica que el proyecto contará en un inicio con 16 contenedores de baterías por banco y cada 10 años, vale decir en el año 10 y en el año 20 de operación del proyecto, incorporará un décimo séptimo (17) y un décimo octavo (18) contenedor a cada banco, debido a las pérdidas de almacenamiento producto del desgaste de las baterías. Conversores Corresponden a un sistema de conversión de potencia, el cual durante el ciclo de carga (horas de sol) rectifica una onda de corriente y luego durante el ciclo de descarga la corriente continua es nuevamente modulada mediante un inversor e inyectada a la red eléctrica con la amplitud y frecuencia de la red local. Estos conversores se encuentran al interior de contenedores de 20 pies. Instalaciones sanitarias Se instalará una solución sanitaria para ser utilizadas durante la etapa de operación del proyecto, la que consiste en una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), servicios sanitarios y una solución de agua potable, que consiste en 2 estanques de superficie 12,6 m2 en total. Acciones Producción de energía La planta tendrá una potencia de 250 MW que serán inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). El proyecto contempla una vida útil de 38 años, sin perjuicio de que se tome la decisión de extender la vida útil del proyecto de manera indefinida. Actividades de operación y mantenimiento El parque solar requiere niveles de mantención mínimos. Básicamente consiste en el monitoreo y control, mantenimientos preventivos y la limpieza de los paneles. Monitoreo y control del parque Para esta actividad se dispondrá de personal de forma permanente en obra, los cuales se encontrarán al interior del parque en horario diurno. Se considera un máximo de 20 trabajadores. Mantenimiento preventivo Corresponde a la ejecución de pequeñas obras o reparaciones en general de las infraestructuras: mecánica, eléctrica y albañilería, según necesidades de la planta. Se incluye además el mantenimiento anual de los inversores. Limpieza de paneles Para un adecuado nivel de eficiencia de los módulos solares, se deben mantener libres de polvo. Para ello se realizará una limpieza anual de los paneles empleando agua sin ningún tipo de aditivo o detergente. Las cantidades de agua a utilizar es de aproximadamente 1 L/panel y no se usarán detergentes en el proceso de limpieza. Esta limpieza se realiza por medio de una empresa externa. Productos generados El Parque Solar considera una producción de 250 MW de potencia para evacuar la energía generada mediante la conexión a una línea de alta tensión existente que se conectará a la S/E Algarrobal 220 kV existente. Recursos naturales renovables No se prevé la utilización de recursos naturales renovables durante la fase de operación del Proyecto. Actividades de mantención y conservación Mantenimiento preventivo Corresponde a la ejecución de pequeñas obras o reparaciones en general de las infraestructuras: mecánica, eléctrica y albañilería, según necesidades de la planta. Se incluye además el mantenimiento anual de los inversores.

Limpieza de paneles Para un adecuado nivel de eficiencia de los módulos solares, se deben mantener libres de polvo. Para ello se realizará una limpieza anual de los paneles empleando agua sin ningún tipo de aditivo o detergente. Las cantidades de agua a utilizar son de aproximadamente 1

L/panel y no se usarán detergentes en el proceso de limpieza. Esta limpieza se realiza por medio de una empresa externa. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas

MP2,5 • Tasa de emisión por fase: 0,21 ton. • Actividades: Tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión vehicular. • Sistema de control/abatimiento: No se considera.

MP10 • Tasa de emisión por fase: 2,15 ton. • Actividades: Tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión vehicular. • Sistema de control/abatimiento: No se considera.

MPS • Tasa de emisión por fase: 9,45 ton. • Actividades: Tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión vehicular. • Sistema de control/abatimiento: No se considera.

NOX • Tasa de emisión por fase: 0,061 ton. • Actividades: Combustión vehicular. • Sistema de control/abatimiento: No se considera.

SOX • Tasa de emisión por fase: 0,00001 ton. • Actividades: Combustión vehicular. • Sistema de control/abatimiento: No se considera.

CO • Tasa de emisión por fase: 0,018 ton. • Actividades: Combustión vehicular. • Sistema de control/abatimiento: No se considera.

HC/COV • Tasa de emisión por fase: 0,004 ton. • Actividades: Combustión vehicular. • Sistema de control/abatimiento: No se considera.

NH3 • Tasa de emisión por fase: 0,00004 ton. • Actividades: Combustión vehicular. • Sistema de control/abatimiento: No se considera.

HC • Tasa de emisión por fase: 0,004 ton. • Actividades: Combustión vehicular. • Sistema de control/abatimiento: No se considera

Residuos Líquidos Domiciliarios

Aguas servidas Se considera una dotación promedio de 10 trabajadores, llegando a un peak de 20 trabajadores. En este contexto, las aguas servidas generadas durante esta fase provendrán en su mayoría de los servicios higiénicos que contemplan baño y lavamanos y que se encontrarán al interior del proyecto construido, específicamente en la zona de subestación, aledañas al baño permanente.

A modo resumen, la generación de aguas servidas durante la fase de construcción del Proyecto se detalla en la tabla siguiente:

Tabla. Estimación de aguas servidas durante la fase de operación Ítem N° Trabajadores en período peak Caudal de aguas servidas tratadas (m³/día) Caudal de aguas servidas tratadas (m³/mes) Subestación 20 2,4 48 Fuente. Anexo 9, PAS 138 de la Adenda Complementaria.

Ruido

Las emisiones de ruido estarán asociada al funcionamiento de los centros de transformación, baterías, conversores y el tránsito esporádico de vehículos livianos., cuya generación tendrá una duración de 30 años. No se contemplan medidas de control o abatimiento. La proyección de las emisiones de ruido en esta fase del proyecto son las siguientes:

Tabla. Ruido fase de operación Receptor NPS proyectado Diurno (dB(A)) NPS proyectado Nocturno (dB(A)) Zonificación D.S. 38/11 MMA Límite máximo permisible Cumplimiento Diurno Nocturno R1 14 14 Zona Rural 65 50 Cumple R2 18 18 65 50 Cumple R3 11 11 65 50 Cumple R4 23 23 65 50 Cumple R5 21 21 65 50 Cumple R6 0 0 65 50 Cumple R7 0 0 65 50 Cumple R8 0 0 65 50 Cumple R9 5 5 65 50 Cumple R10 0 0 65 50 Cumple R11 0 0 65 50 Cumple R12 0 0 65 50 Cumple

RF1 44 44 52 52 Cumple RF2 44 44 52 52 Cumple RF3 49 49 52 52 Cumple RF4 47 47 52 52 Cumple RF5 46 46 52 52 Cumple Fuente: Tabla 1-40, Adenda.

Campos electromagnéticos Para la componente de campo eléctrico se estimó una magnitud de 280 V/m en el límite de la franja de servidumbre, bajo el supuesto de una servidumbre de 40 m de ancho y con la línea emplazada de forma simétrica respecto de su eje. Este valor corresponde a aproximadamente un 5,6% del criterio de referencia aplicable para campo eléctrico (5.000 V/m), por lo que se concluye que los niveles proyectados se mantienen ampliamente por debajo de los umbrales de referencia considerados. En tanto que, para campo magnético, la magnitud estimada al borde la franja de servidumbre alcanzó los 2,35 µT, lo cual no supera el criterio de referencia considerado que alcanza los 15 µT. Los detalles del Estudio de Campos Electromagnéticos se presentan en el Anexo 4.4 del EIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos domésticos y asimilables • Cuantificación: 10,8 ton/año. • Caracterización: provendrán de los servicios higiénicos, entre otros. • Manejo: Los residuos serán recogidos en bolsas plásticas en los puntos de generación. • Disposición temporal: Tolva o batea de residuos domiciliarios. • Disposición final y frecuencia de retiro: Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios serán retirados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama cada 3 días. La disposición final será en un relleno sanitario debidamente autorizado.

Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos • Cuantificación: 1 unidad/año. • Caracterización: Reparación y mantención de paneles en mal estado. • Manejo: estos residuos serán recolectados y almacenados en el patio de salvataje. • Disposición temporal: Zona de patio de salvataje. • Disposición final y frecuencia de retiro: Se estima una frecuencia de retiro cada 6 meses, realizado por terceros acreditados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama para su disposición final en un sitio de disposición autorizado y/o reciclaje

Residuos Peligrosos • Cuantificación: 0,2 t/mes y en el caso de paneles fotovoltaicos 1 unidad/mes. • Caracterización: Lubricantes, aceites de recambio, grasas, pintura galvanizada, paños, EPP, envases contaminados. • Disposición temporal: En Bodega de Residuos Peligrosos. • Disposición final y frecuencia de retiro: Se estima una frecuencia de retiro de cada 6 meses, realizado por terceros acreditados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama para su disposición final. Para el caso de módulos dañados o que hayan perdido su eficiencia, el proceso de eliminación se realizará conforme a lo establecido en el D.S. N° 148/03, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, del MINSAL. En caso contrario, se realizará acorde a la normativa existente al momento.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Hexafluoruro de azufre:

• Clase según NCh382/2013: inflamable. • Cantidad: 365 kg/fase. • Forma de provisión: De terceros autorizados. • Almacenamiento: gaveta SUSPEL. • Transporte: en vehículos de la empresa y llevados a instalación de faena. • Destino: no aplica. • Hoja de seguridad: esta información se presenta en el Anexo 7.2 Adenda.

Fluido Envirotemp FR3 • Clase según NCh382/2013: inflamable. • Cantidad: 90.000 L/fase. • Forma de provisión: De terceros autorizados. • Almacenamiento: gaveta SUSPEL. • Transporte: en vehículos de la empresa y llevados a instalación de faena. • Destino: no aplica. • Hoja de seguridad: esta información se presenta en el Anexo 7.2 Adenda.

Gel de Sílice 60 • Clase según NCh382/2013: inflamable. • Cantidad: 32 kg/fase. • Forma de provisión: De terceros autorizados. • Almacenamiento: gaveta SUSPEL. • Transporte: en vehículos de la empresa y llevados a instalación de faena. • Destino: no aplica. • Hoja de seguridad: esta información se presenta en el Anexo 4 Adenda complementaria. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 4 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE Patio de insumos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Estacionamientos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Bodega de residuos peligrosos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Bodega de materiales Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Comedor Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Baños Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Grupo electrógeno Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Oficinas Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Patio de residuos no peligrosos o residuos industriales Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Almacenamiento de residuos asimilables a domésticos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento.

Estacionamiento de maquinarias Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Zona de carga de combustible Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Acciones Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el Proyecto Se cumplirán todas las exigencias legales y ambientales vigentes a la fecha del cierre del proyecto. Se retirarán los elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. Una vez concluida la vida útil de los paneles solares, estos serán devueltos al fabricante o a un tercero para su reciclaje o disposición final. Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del Proyecto Dado que las afectaciones sobre el terreno serán menores y relacionadas sólo con las excavaciones de zanjas y caminos internos, la afección sobre el suelo y la geoforma es mínima. El lugar quedará en su estado anterior al desmantelar las obras y finalizar la operación. El titular se compromete a restaurar la geoforma levemente alterada y dejar el sitio en condiciones similares a las basales de suelo y geoforma. El detalle de las actividades se presenta en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Recursos naturales renovables Las actividades y obras a realizar en la fase de cierre del Proyecto no contemplan la extracción o explotación de recursos naturales renovables. Actividades de mantención, conservación y supervisión que sean necesarias. El Proyecto considera el desmantelamiento y retiro de toda la infraestructura permanente, por tanto, una vez finalizada la fase de cierre, no existirán obras remanentes en el área, así como tampoco existirá la generación de emisiones, efluentes y residuos. Conforme a lo anterior y dada la baja intervención de las obras del Proyecto, sumado al carácter modular de sus obras, no se considera la implementación de acciones orientadas a la mantención, conservación y supervisión. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas MP2,5 • Tasa de emisión por fase: 14,58 ton. • Actividades: Excavaciones, carga y descarga de material, erosión, perforación, compactación, nivelación, escarpe, descompactación, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, combustión vehicular, combustión de maquinaria y operación de grupo electrógeno. • Sistema de control/abatimiento: Aplicación de biosupresor en caminos no pavimentados, mantención de vehículos y maquinaria, control de velocidad y cobertura de materiales transportados.

MP10 • Tasa de emisión por fase: 32,84 ton. • Actividades: Excavaciones, carga y descarga de material, erosión, perforación, compactación, nivelación, escarpe, descompactación, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, combustión vehicular, combustión de maquinaria y operación de grupo electrógeno. • Sistema de control/abatimiento: Aplicación de biosupresor y medidas de gestión operacional.

MPS

• Tasa de emisión por fase: 134,36 ton. • Actividades: Excavaciones, perforaciones, movimientos de tierra, tránsito vehicular y combustión de equipos. • Sistema de control/abatimiento: Aplicación de biosupresor, control de velocidad y mantención de equipos.

NOX • Tasa de emisión por fase: 38,14 ton. • Actividades: Combustión vehicular, combustión de maquinaria y operación de grupo electrógeno. • Sistema de control/abatimiento: Mantención preventiva de vehículos, maquinaria y grupo electrógeno.

SOX • Tasa de emisión por fase: 0,30 ton. • Actividades: Combustión vehicular, combustión de maquinaria y grupo electrógeno. • Sistema de control/abatimiento: Uso de combustibles conforme a normativa y mantención de equipos.

CO • Tasa de emisión por fase: 17,98 ton. • Actividades: Combustión vehicular, combustión de maquinaria y grupo electrógeno. • Sistema de control/abatimiento: No se considera.

HC/COV • Tasa de emisión por fase: 2,49 ton. • Actividades: Combustión vehicular, combustión de maquinaria y grupo electrógeno. • Sistema de control/abatimiento: Mantención preventiva de vehículos y maquinaria.

NH3 • Tasa de emisión por fase: 0,015 ton. • Actividades: Combustión vehicular y combustión de maquinaria. • Sistema de control/abatimiento: Mantención adecuada de equipos y vehículos.

HC • Tasa de emisión por fase: 1,06 ton. • Actividades: Combustión vehicular y operación de grupo electrógeno. • Sistema de control/abatimiento: Mantención preventiva y uso adecuado de combustibles.

Residuos Líquidos Domiciliarios

Aguas servidas

Para la Fase de Cierre del Proyecto se considera una dotación promedio de 300 trabajadores, llegando a un peak de 600 trabajadores. En este contexto, las aguas servidas generadas durante esta fase provendrán del comedor y los servicios higiénicos que contemplan baños, duchas y lavamanos y que se implementarán al interior de la instalación de faena, la cual estará diseñada para albergar a un máximo de 600 trabajadores. La generación de aguas servidas durante la fase de cierre del Proyecto se detalla en la Tabla siguiente:

Tabla. Estimación de aguas servidas durante la fase de construcción del Proyecto

Fuente: Tabla 7, anexo 9, Adenda Complementaria.

Para más detalle ver Anexo 9, PAS 138 de la Adenda Complementaria.

Ruido • Valor de la emisión: 5-48 dB(A) en receptores humanos identificados. • Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: sólo en período diurno durante la fase de cierre que durará 18 meses. • Parte u obra donde se genera: Operación de maquinaria utilizada para el desmantelamiento de paneles fotovoltaicos y LAT, y flujo de maquinarias y de vehículos. • Sistema de abatimiento o control: No requiere.

Vibraciones • Valor de la emisión: - Molestia en receptores humanos identificados: 3-45 Lv Proyectado [VdB]. • Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: sólo en período diurno durante la fase de cierre que durará 18 meses. • Parte u obra donde se genera: Operación de maquinaria utilizada para el desmantelamiento de paneles fotovoltaicos y LAT, y flujo de maquinarias y de vehículos. • Sistema de abatimiento o control: No requiere. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios • Cuantificación: 27 t/mes. • Caracterización: Botellas plásticas y de vidrio, envases y restos de comida, envases de bloqueador, papeles, entre otros. • Manejo: Los residuos serán recogidos en bolsas plásticas en los puntos de generación para luego ser almacenados en la bodega de residuos sólidos domésticos, La recolección y disposición de estos estará a cargo de una empresa especializada quienes llevarán los residuos a un relleno sanitario autorizado, según las normativas en vigencia a la época. • Disposición final y frecuencia de retiro: Los Residuos sólidos Asimilables a Domiciliarios serán retirados con una frecuencia de 3 veces por semana por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. La disposición final será en un relleno sanitario debidamente autorizado.

Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos • Cuantificación: 2595,57 t/mes. • Caracterización: residuos sólidos provenientes del desmantelamiento de los equipos y de las estructuras. El acero de las estructuras de seguimiento y cables serán reciclados. • Manejo: Los RSINP serán trasladados desde su lugar de generación hasta el sitio de acopio temporal, donde serán acopiados en la superficie y apilados directamente unos sobre otros, en caso de ser necesario. También se considera disponer los residuos dentro de contenedores (batea 20 m3), de acuerdo con sus características y dimensiones. • Disposición temporal: Acopiados directamente en una explanada y/o apilados directamente unos sobre otros. De ser necesario algunos de estos se almacenarán sobre contenedores cerrados. • Disposición final y frecuencia de retiro: Se estima una frecuencia de retiro de Una vez a la semana o según la necesidad, realizado por terceros acreditados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama para su disposición final en sitio de disposición autorizado y/o reciclaje.

Residuos Peligrosos • Cuantificación: 0,1 t/mes. Respecto a los paneles y beterías, se prevé su retiro total e inmediato. • Caracterización: Paños y EPP contaminados, baterías de ion de litio, paneles fotovoltaicos dañados, tubos fluorescentes y tonner.

• Manejo: Tambor metálico de 200 L, de color rojo con tapa, rotulado y cerrado ubicado en Bodega RESPEL. • Disposición temporal: Bodega RESPEL. • Disposición final y frecuencia de retiro: Se estima que los residuos serán retirados y cargados al camión de transporte sin un almacenamiento transitorio dentro del área del Proyecto. Para efectos de su adecuada gestión y trazabilidad, los residuos serán registrados la Ventanilla Única del Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (VU-SIDREP), coordinando previamente su retiro con un transportista y un destinatario final que cuenten con las autorizaciones sanitarias y ambientales vigentes, de manera que su traslado se efectúe de forma inmediata hacia un relleno de seguridad o una instalación de reciclaje autorizada, según corresponda.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente El Proyecto no contempla el uso de productos/sustancias químicas en la fase de cierre. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 4 del ICE.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Julio de 2027 Parte, obra o acción que establece el inicio La acción que iniciará la ejecución de la fase de construcción será la habilitación de la instalación de faenas, que permite el inicio de los trabajos. Fecha estimada de término Diciembre de 2028 Parte, obra o acción que establece el término La acción que dará termino a la fase de construcción consistirá en el desmantelamiento de la instalación de faena, actividad que se desarrolla una vez terminadas las pruebas y puesta en marcha. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Enero de 2029 Parte, obra o acción que establece el inicio El hito de inicio de la fase de operación corresponde a la puesta en marcha del parque solar fotovoltaico y su producción eléctrica, inmediatamente después de su conexión al sistema eléctrico nacional, estimada para enero del 2029 finalizando 35 años después (duración de la fase de operación del proyecto). Fecha estimada de término Diciembre de 2063 Parte, obra o acción que establece el término El hito asociado al término de la fase de operación corresponde a la desconexión del Proyecto al sistema eléctrico nacional, la cual será realizada una vez transcurridos 35 años desde la puesta en marcha del parque solar. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Enero de 2064 Parte, obra o acción que establece el inicio El hito de inicio de la fase de cierre corresponde a la desconexión del Proyecto al sistema eléctrico nacional en enero del 2064 Fecha estimada de término Junio de 2065

Parte, obra o acción que establece el término La acción que dará termino a la fase de cierre consistirá en el desmantelamiento de la instalación de faenas en junio del 2064.

5°. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen:

5.1. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental • Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza • Pérdida de formaciones xerofíticas • Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) • Pérdida de individuos de especies de hábito geófito

Estos impactos se generan producto de actividades de limpieza de terreno (escarpe y nivelación) y corta de vegetación para poder habilitar las distintas partes, obras y acciones del Proyecto. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 3.2 “Predicción y Evaluación de Impactos Ambientales” de la Adenda. Componente ambiental afectado Flora y vegetación Parte, obra o acción que lo genera Obras temporales y permanentes Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Secciones 5.1.1 y 6.1.1 del ICE Respecto a los impactos significativos asociados a la componente Flora y Vegetación, el Titular presenta las siguientes medidas, las cuales se desarrollan en el Considerando 7° del presente documento: • Medida de Mitigación MM-FYV-01: Plan de rescate y relocalización de geófitas. • Medida de Mitigación MM-FYV-02: Preservar el sustrato con existencia de germoplasma en zonas de excavación. • Medida de Mitigación MM-FYV-03: Mantener orden de perfiles en zonas a excavar – zanjas. • Medida de Mitigación MM-FYV-04: Protección de especies arbustivas durante la fase de cierre. • Medida de Mitigación MM-FYV-05: Plan de erradicación de la especie Volutaria tubuliflora en el área del proyecto. • Medida de Mitigación MM-FYV-06: Restricción del inicio de la fase de construcción y cierre. • Medida de Mitigación MM-FYV-07: Rescate y relocalización de cactáceas.

• Medida de Reparación MR-FYV-01: Descompactación del suelo previo a la operación. • Medida de Reparación MR-FYV-02: Rescate de semillas de especies herbáceas y arbustivas.

• Medida de Compensación MC-FYV-01: Plan de manejo biológico de especies amenazadas xerofíticas de flora. • Medida de Compensación MC-FYV-02: Programa de monitoreo para erradicación de Volutaria tubuliflora en el área de compensación.

En el Considerando 8° de la presente Resolución se presenta el seguimiento de estas medidas.

5.2. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental • Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). • Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas Parte, obra o acción que lo genera Obras temporales y permanentes Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Secciones 5.1.2. y 6.1.2 del ICE. En relación a los impactos significativos señalados anteriormente, se presentan las siguientes medidas, las cuales se desarrollan en el Considerando 7° de la presente Resolución: • Medida de Mitigación MM-DAN-01 “Habilitación de zona de exclusión en quebradas que atraviesan el área de influencia”. • Medida de Mitigación MC-DAN-01: Programa de Capacitación para la Recolección de Hierbas Medicinales para la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II • Medida de Compensación PCPI-1 (CHTC): Mesas de trabajo CID Chipasse Ta Caluba • Medida de Compensación PCPI- 2 (CHTC): Fondos de Inversión Comunitaria CID Chipasse Ta Caluba • Medida de Compensación PCPI-3 (CHTC): Entrega de forraje o alimento para ganado CIC Chipasse Ta Caluba. • Medida de Compensación PCPI-1 (AP): Mesa de Trabajo CID Amancay Pai • Medida de Compensación PCPI- 2 (AP): Fondos de Inversión Comunitaria CID Amancay Pai • Medida de Compensación PCPI -3 (AP): Entrega de forraje o alimento para ganado CID Amancay Pai • Medida de Compensación PCPI-4 (AP): Programa de Capacitación en Hierbas Medicinales CID Amancay Pai • Medida de Compensación PCPI -5 (AP): Implementación de invernadero para la CID Amancay Pai • Medida de Compensación PCPI-6 (AP): Sala de Procesos CID Amancay Pai • Medida de Compensación PCPI -1 (ADD): Mesas de trabajo con la Asociación Indígena Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto. • Medida de compensación PCPI-2 (ADD): Fondos de Inversión Comunitaria Asociación Indígena Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto. • Medida de Compensación PCPI-3 (ADD): Entrega de forraje o alimento para ganado Asociación Indígena Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto • Medida de Compensación PCPI -1 (LLDL): Fondo para abastecimiento de leña, fuego y recurso energético tradicional Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto. • Medida de Compensación PCPI -2 (LLDL): Hierbas medicinales, salud ancestral y resguardo del conocimiento de la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto. • Medida de Compensación PCPI-3 (LLDL): Medida para la afectación de la actividad ganadera y trashumancia CID Llanos del Lagarto

• Medida de Compensación PCPI-4 (LLDL): Fondo de Compensación Anual Para la Continuidad Cultural, Territorial, Productiva y Organizativa de la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto.

En el Considerando 8° de la presente Resolución se presenta el seguimiento de estas medidas.

5.3. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental • Afectación al Sitio Prioritario “Desierto Florido” Parte, obra o acción que lo genera Obras temporales y permanentes Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Secciones 5.1.3 y 6.1.3 del ICE. En relación a los impactos significativos señalados anteriormente, se presentan las siguientes medidas, las cuales se desarrollan en el Considerando 7° de la presente Resolución: • Medida de Mitigación MM-DAN-01 Habilitación de zona de exclusión en quebradas que atraviesan el área de influencia. • Medida de Mitigación MM-FYV-01 Plan de rescate y relocalización de geófitas. • Medida de Mitigación MM-FYV-02 Preservar el sustrato con existencia de germoplasma en zonas de excavación. • Medida de Mitigación MM-FYV-03 Mantener orden de perfiles en zonas a excavar – zanjas. • Medida de Mitigación MM-FYV-04 Protección de especies arbustivas durante la fase de cierre. • Medida de Mitigación MM-FYV-05 Plan de erradicación de la especie Volutaria tubuliflora en el área del proyecto. • Medida de Mitigación MM-FYV-06 Restricción del inicio de la fase de construcción y cierre. • Medida de Mitigación MM-FYV-07 Rescate y relocalización de cactáceas. • Medida de Mitigación MM-FAT-01 Enriquecimiento de hábitat en el sitio de relocalización de fauna terrestre. • Medida de Mitigación MM-FAT-02 Rescate y relocalización previo al cierre. • Medida de Reparación MR-FYV-01 Descompactación del suelo previo a la operación. • Medida de Reparación MR-FYV-02 Rescate de semillas de especies herbáceas y arbustivas. • Medida de Compensación MC-FYV-01 Plan de manejo biológico de especies amenazadas y xerofíticas. • Medida de Compensación MC-FYV-02 Programa de monitoreo para erradicación de Volutaria tubuliflora en el área de compensación. • Medida de Compensación MC-FAT-01 Enriquecimiento de hábitat en el sitio de compensación. • Medida de Compensación MC-DAN-01 Programa de capacitación para la recolección de hierbas medicinales.

En el Considerando 8° de la presente Resolución se presenta el seguimiento de estas medidas.

6°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los demás efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impactos no significativos • CAI-01 Aumento de la concentración de gases de combustión (CO, COV, NOx, NH3, SOx). • CAI-02 Aumento temporal de la concentración de material particulado (MP10 y MP2,5). • CAI-03 Aumento temporal de las concentraciones de sedimentación de material particulado (MPS) Parte, obra o acción que lo genera Construcción: movimientos de tierra para la limpieza y despeje del terreno, tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y gases contaminantes debido a la combustión interna de motores de vehículos, combustión interna de motores de maquinarias y utilización de grupos electrógenos, además del montaje de los paneles fotovoltaicos, Baterías BESS y la línea de transmisión eléctrica. Operación: transporte asociado a actividades de mantenimiento, propias del Proyecto. Cierre: actividades de desmantelamiento y limpieza, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, además de gases contaminantes debido a la combustión interna de motores de vehículos, combustión interna de motores de maquinarias y utilización de grupos electrógenos. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Impacto no significativo • RUI-01 Aumento temporal del nivel de presión sonora Parte, obra o acción que lo genera Flujos vehiculares y operación de motores y maquinarias. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Impactos no significativos • VIB-01 Aumento temporal de los niveles de vibraciones Parte, obra o acción que lo genera Flujos vehiculares y operación de motores y maquinarias Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Impactos no significativos • CEM-01 Generación de campos electromagnéticos Parte, obra o acción que lo genera Línea eléctrica de alta tensión de 220 kV y Subestación Elevadora 23/220 kV Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Secciones 5.2.1 y 6.2.1 del ICE. En relación con la generación de emisiones atmosféricas, y según la modelación de dispersión de contaminantes, la cual se presenta en el Anexo N° 2 de la Adenda Complementaria, el aporte de MP10, MP2,5, CO, SO2 y NO2 en los receptores cercanos al Proyecto, no superarán las normas primarias de calidad del aire. El mayor aporte de concentración respecto a material particulado se realizaría en el receptor denominado “R2”, que corresponde a una oficina de la Subestación Algarrobal, ubicada al Norte del área Proyecto, cuyas coordenadas UTM (WGS84 H 19s) son 337.089 E y 6.881.850 N, mientras que el mayor aporte respecto a gases está asociado a NO2 y se realizará sobre los receptores denominados “R1, R2, R3”, que corresponden, respectivamente, a una vivienda asociada al sector Agua de la Zorra la cual se ubica al Oeste del área Proyecto, cuyas coordenadas UTM (WGS84 H 19s) son 328.110 E y 6.881.725 N; una oficina de la Subestación Algarrobal, ubicada al Norte del

área Proyecto, cuyas coordenadas UTM (WGS84 H 19s) son 337.089 E y 6.881.850 N y un local comercial el cual se ubica al Oeste del área Proyecto, cuyas coordenadas UTM (WGS84 H 19s) son 334.278 E y 6.875.197 N. A continuación, se presentan dichas concentraciones, respecto a los receptores y contaminantes señalados anteriormente: • Para el caso del MP10, el Proyecto realiza un aporte sobre el receptor “R2” de 0,83 µg/m3 para la norma diaria y 0,29 µg/m3 para la norma anual, no superando el 0,64% y el 0,58% del valor de la norma diaria y anual respectivamente. • Respecto a MP2,5, el aporte sobre el mismo receptor es de 0,20 y 0,06 µg/m3 para la norma diaria y anual respectivamente, lo cual no superará el 0,40% y el 0,30% del valor de la norma diaria y anual respectivamente. • Para el caso de gases, y como se señaló, el mayor aporte está asociado para la norma horaria de NO2, sobre los receptores “R1, R2 y R3” con 1,15, 1,23 y 1,14 µg/m3, donde no se superará el 0,58%, 0,62% y 0,57% respecto del valor normado, respectivamente.

De acuerdo a lo anterior, sumado a la circunstancia de que el Proyecto no generará una superación de los valores de concentración y periodos establecidos en las normas primarias, No se prevé un efecto sobre la salud de la población producto de las emisiones atmosféricas generadas por el Proyecto, además, el Titular adoptará acciones tendientes al control y prevención de emisiones de material particulado y gases.

En relación con la generación de emisiones electromagnéticas, de acuerdo a las simulaciones efectuadas por el Titular para estimar la magnitud de los campos electromagnéticos que se generarán en la fase de operación, se obtiene como resultado de la comparación de los valores obtenidos con los niveles recomendados, que tanto el campo eléctrico como el magnético actualmente no sobrepasan los límites recomendados por la norma de referencia estipulada en el “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por radiación electromagnética en proyectos de transmisión eléctrica” (SEA, 2023), que corresponde a ICNIRP (International Commission on Non‐Ionizing Radiation Protection), y el Pliego Técnico Normativo RPTD N° 7 dictado por Resolución Exenta Nº 33.277, de fecha 10/09/2020, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, incluso considerando los efectos de las líneas existentes cercanas. Los detalles del “Estudio de Campos Electromagnéticos” se presentan en el Anexo N° 4.4 del Capítulo N° 4 del EIA.

De acuerdo a lo anterior, se concluye que la operación de una Línea de Transmisión Eléctrica de 220 kV y la Subestación Elevadora 23/220 kV, cumplen con las restricciones impuestas por la normativa respecto de emisión de campos electromagnéticos de baja y alta frecuencia generando campos de valores seguros para las personas fuera de la franja de seguridad, como lo establece el “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por radiación electromagnética en proyectos de transmisión eléctrica” (SEA, 2023). Por lo tanto, el impacto denominado “Generación de campos electromagnéticos” fue calificado como “No Significativo”.

En relación a la generación de emisiones de ruido, y de acuerdo a los antecedentes presentados por el Titular en la Adenda, el Proyecto generará emisiones de este tipo durante todas sus fases (construcción, operación y cierre) producto del uso de equipos y maquinarias, y actividades propias de estas.

El Proyecto generará emisiones de ruido durante la fase de construcción y cierre, asociada al uso de maquinaria en los frentes de trabajo. Se identificaron doce receptores humanos y cinco de fauna, determinados por la ubicación con respecto al área que comprende el proyecto, los que se encuentran zonificados como zona rural en base a lo estipulado en el D.S. 38/11 del MMA.

Los resultados presentados, corresponden a las proyecciones máximas en cada receptor respecto a las 3 subetapas modeladas:

- La subetapa 1 consiste en las acciones de habilitación de las instalaciones de apoyo y construcción del cerco perimetral, la cual tendrá una duración de dos meses. No se contemplan medidas de abatimiento o control. - La subetapa 2 consiste en el montaje mecánico y eléctrico, instalación de redes de baja tensión, conexión de red MT, instalación de baterías, la cual tendrá una duración de dieciocho meses. No se contemplan medidas de abatimiento o control. - La subetapa 3 consiste en las pruebas de energización y puesta en marcha del parque fotovoltaico, la cual tendrá una duración de tres meses. No se contemplan medidas de abatimiento o control.

En cuanto a la construcción de la línea de transmisión eléctrica, esta tendrá una duración de 11 meses y no se contemplan medidas de control o abatimiento

En cuanto a la fase de operación, las emisiones de ruido están asociadas al funcionamiento de los centros de transformación, baterías, conversores y el tránsito esporádico de vehículos livianos., cuya generación tendrá una duración de 30 años. No se contemplan medidas de control o abatimiento.

En el caso del ruido por efecto corona de la línea de transmisión del Proyecto, este fue evaluado en función de lo señalado en el “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA” (SEA, 2019). De acuerdo a lo anterior, y según los antecedentes aportados en el Anexo 4.3 del EIA, los niveles de inmisión en los receptores sensibles considerados se encuentran debajo del máximo permisible según lo estipulado en el D.S. N° 38/11 del MMA.

Respecto al efecto sinérgico, el Titular realiza la evaluación de la fase de operación con los proyectos “Modificación Plan Minero Mina Los Colorados” que cuenta con RCA N° 68/2021, el proyecto “Parque Fotovoltaico Délano” que cuenta con RCA N° 247/2015, el proyecto Parque Fotovoltaico ValleSolar que cuenta con RCA N°17/2017, el proyecto Subestación Seccionadora Algarrobal de 200kV que cuenta con RCA N° 61/2019 y el proyecto Valleland Solar que cuenta con RCA N° 25/2014, que cuentan con RCA favorable y cruce de áreas de influencia. De acuerdo a los resultados obtenidos, existe cumplimiento del criterio utilizado en toda condición, aun considerando el escenario más desfavorable para cada caso. Mayores detalles se presentan en el Anexo N° 4.3 del EIA.

En cuanto a la generación de vibraciones, estas se estimaron según lo establecido en la normativa de referencia “Transit Noise and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration – USA - 2018”. La evaluación se realizó considerando el peor escenario, correspondiente a la subfase 2 de construcción junto a la fase de cierre ya que corresponden a la de mayor emisión de vibraciones, presentando ambas un Lv de 93 (VdB). Respecto a la fase de operación del Proyecto, no se consideran fuentes de vibración significativas, por lo cual no se realiza evaluación respecto de esta componente. De acuerdo con lo anterior, y según los resultados obtenidos en la modelación realizada (Anexo 4.3 del EIA), se verifica que los valores proyectados, tanto para el criterio de molestia como el criterio de daño, están por debajo de los máximos recomendados en la normativa de referencia utilizada.

A partir de lo expuesto, se puede concluir que el Proyecto no presenta un riesgo para la salud de las personas, por superación de los valores de ruido y vibraciones establecidos en la normativa ambiental vigente en ninguna de sus fases.

En relación a los demás antecedentes que justifican que el Proyecto no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en los literales c) y d) del Art. 5° del RSEIA, estos se presentan en la Tabla 6.2.1 del ICE.

6.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo SUE-01 Pérdida de suelo SUE-02 Deterioro de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo SUE-03 Pérdida de la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo Parte, obra o acción que lo genera Caminos, obras permanentes y temporales Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Impactos no significativos • GEO-01 Modificación de la geoforma Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Geología y Geomorfología Parte, obra o acción que lo genera Caminos, obras permanentes y temporales Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre Impacto no significativo • HHL-01 Intervención de cauces intermitentes y drenaje natural (quebradas) Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Hidrología Parte, obra o acción que lo genera (2) canales trapezoidales y (3) pretiles con la finalidad de hacer desvío de aguas lluvias Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre Impacto no significativo • HGL-01 Potencial afectación al flujo subterráneo pasante • HGL-02 Potencial cambio en el patrón de infiltración o recarga del acuífero Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Hidrogeología Parte, obra o acción que lo genera Obras temporales y permanentes Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre Impacto no significativo • FVT-02 Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación sin grado de amenaza (Preocupación Menor) • FVT-03 Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación • FVT-06 Efecto de emisión de MPS sobre la flora y vegetación • FVT-07 Fragmentación del ecosistema "Desierto Florido de los Llanos” Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora y Vegetación Parte, obra o acción que lo genera Obras temporales y permanentes Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre

Impacto no significativo • FAT-01 Pérdida de hábitat para fauna nativa, endémica y/o en categoría de conservación de baja movilidad • FAT-02 Perturbación de especies de fauna nativa, endémica y/o en categoría de conservación de alta movilidad • FAT-03 Colisión y electrocución en LAT por aves de gran envergadura alar • FAT-04 Perturbación por ruido para fauna • FAT-05 Afectación incidental de fauna silvestre en categoría de conservación • FAT-06 Pérdida o afectación de especies de aves nidificantes protegidas por la ley de caza • FAT-07 Modificación o pérdida de las condiciones ambientales requeridas para el mantenimiento del hábitat de las especies, su sustitución o desaparición, por modificación o pérdida de hábitats de flora. • FAT-08 Modificación de las propiedades de una o más poblaciones de una comunidad biológica, produciéndose una disminución de la abundancia y riqueza de especies, el desplazamiento de ejemplares hacia hábitat vecinos y pérdida de ejemplares, por modificación o pérdida de hábitats de flora. • FAT-09 Modificación de patrón de distribución geográfica de especies de fauna por pérdida de formaciones vegetacionales Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Terrestre Parte, obra o acción que lo genera Obras temporales y permanentes Línea Eléctrica de Alta Tensión de 220 kV Actividades propias requeridas para el desarrollo y operación del proyecto Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre Impacto no significativo • HYL-01 Afectación de especies de hongos y líquenes • HYL-02 Alteración de ambientes para el desarrollo de hongos y líquenes Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Hongos y Líquenes Parte, obra o acción que lo genera Obras temporales y permanentes Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Secciones 5.2.2 y 6.2.2 del ICE Respecto de los impactos “SUE-01 Pérdida de suelo, SUE-02 Deterioro de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo y SUE-03 Pérdida de la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad”, se concluye que son de carácter “No Significativo” en todas las fases del Proyecto. Para evaluar la eventual pérdida del recurso suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad producto de las obras y acciones del Proyecto, el Titular desarrolló una caracterización del componente suelo, orientada a determinar sus propiedades físicas, químicas y biológicas, así como su aptitud para sustentar comunidades vegetales y procesos ecológicos asociados. Para ello, se realizaron

campañas de terreno que incluyeron la ejecución de calicatas, levantamiento de información edafológica y muestreos específicos destinados a evaluar la condición biológica del suelo dentro del área de influencia del Proyecto. Los resultados de la caracterización indican que los suelos presentes en el área de estudio presentan limitaciones asociadas principalmente a características de textura, pedregosidad superficial y subsuperficial, profundidad efectiva y pendiente, condiciones que determinan una capacidad de uso restringida y una sensibilidad variable frente a intervenciones antrópicas. Asimismo, la evaluación de la condición biológica permitió identificar sectores con distinta aptitud para sustentar biodiversidad, observándose en términos generales una capacidad baja a media para el desarrollo de comunidades vegetales y procesos ecológicos asociados. Respecto de la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad, se efectuó una evaluación basada en indicadores biológicos y físicos que permiten determinar el estado funcional del recurso. Los resultados obtenidos evidencian que la mayor parte del área evaluada presenta condiciones limitantes para el establecimiento y mantención de comunidades biológicas de alta complejidad, concentrándose los sectores de mayor valor ecológico en áreas específicas asociadas a condiciones edáficas más favorables. Durante la fase de construcción, las principales acciones con potencial de afectar el recurso suelo corresponden a movimientos de tierra, excavaciones, nivelaciones, escarpes, compactación por tránsito de maquinaria y ocupación temporal o permanente de superficie. En consecuencia, se identifican impactos relacionados con la pérdida de suelo y con la disminución de su capacidad para sustentar biodiversidad. La evaluación ambiental de dichos impactos concluye que éstos se restringen principalmente a las áreas directamente intervenidas por el Proyecto, presentan una extensión acotada y se desarrollan sobre suelos que, en términos generales, no corresponden a recursos únicos, escasos o representativos dentro del contexto territorial analizado. Asimismo, se considera que la aplicación de medidas ambientales y buenas prácticas constructivas contribuye a reducir la magnitud de las alteraciones previstas. Durante la fase de operación no se contemplan actividades que impliquen nuevas remociones de suelo ni movimientos masivos de tierra, por lo que los efectos potenciales se asocian principalmente a la ocupación física del terreno por las instalaciones del Proyecto. En este contexto, no se prevé un deterioro progresivo de las propiedades físicas o biológicas del suelo más allá de aquellas asociadas a la superficie efectivamente ocupada. Respecto de los impactos “FVT-02 Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación sin grado de amenaza (Preocupación Menor), FVT-03 Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación, FVT-06 Efecto de emisión de MPS sobre la flora y vegetación y FVT-07 Fragmentación del ecosistema "Desierto Florido de los Llanos” se concluye que son de carácter “No Significativo” en todas las fases del Proyecto. De acuerdo con la bibliografía, el Área de Influencia se encuentra en la formación “Desierto Florido de los Llanos” y en el piso vegetacional “Matorral desértico mediterráneo interior de Skytanthus acutus y Atriplex desertícola”. Ambas formaciones se distribuyen en el sector donde se encuentra el Sitio Prioritario Desierto Florido. Para caracterizar la flora y la vegetación presente en el sector donde se proyecta construir el Parque Solar Fotovoltaico Ceibo se desarrollaron seis campañas de terreno: cuatro se efectuaron para la elaboración de la Línea Base y las últimas dos efectuadas en primavera de 2025 y verano 2026, para complementar la información presentada en el EIA. En cada campaña de terreno se registraron las variaciones temporales y fenológicas de las especies y las formaciones presentes en el Área de Influencia. En cuanto a los cálculos de los índices de diversidad, Shannon Wiener (H’) y el índice de equitatividad de Pielou (J’), los resultados indican que la unidad Matorral presenta una mayor diversidad florística y también una estructura comunitaria más compleja y heterogénea. Por otro lado, la unidad de Pradera se caracteriza por presentar menor diversidad y mayor dominancia de ciertas especies, lo que se traduce en valores más bajos de Shannon y mayor variabilidad entre parcelas. En el Área de Influencia se registran seis especies clasificadas en categoría de conservación: cuatro de ellas en Preocupación Menor (LC), una Casi Amenazada (NT) (Cordia decandra) y una especie

En Peligro (EN), que corresponde a Balsamocarpon brevifolium. Durante la campaña de primavera 2025 y verano 2026 se desarrolló un microrruteo para georreferenciar la ubicación de ejemplares de las especies C. decandra y B. brevifolium, complementando lo que fue presentado en el EIA. En total se obtuvieron 28 registros de C. decandra, sin embargo, ninguno de ellos será intervenido por las obras del Proyecto. Por otro lado, se obtuvieron 870 registros de B. brevifolium, de los cuales, 739 serán afectados por la construcción del Proyecto. Los ejemplares de esta especie se observan principalmente en formaciones de Matorral, observando algunos individuos aislados en algunas formaciones de Pradera. En cuanto a la aplicabilidad de las tipologías forestales definidas en la Ley 20.283, en el Área de Influencia se determina la presencia de formaciones de matorral que califican como Formaciones Xerofíticas. Estas formaciones se observan en una superficie total de 96,37 hectáreas, correspondientes al 18,68% del AI. Del total de formaciones xerofíticas, para la construcción del Proyecto se considera la corta de 70,80 hectáreas. Por otra parte, las singularidades ambientales identificadas en el Área de Influencia, se determina la ocurrencia de las siguientes: - Presencia de formaciones vegetales únicas, escasas o de baja representatividad nacional: en el Área de Influencia existen formaciones vegetales que se desarrollan dentro del fenómeno del Desierto Florido, por lo que se consideran únicas, escasas y de baja representatividad nacional. - Presencia de formaciones vegetales frágiles: debido a la ubicación del Área de Influencia, se consideran como formaciones vegetales frágiles todas aquellas formaciones de matorral que se consideren Formaciones Xerofíticas y tengan presencia de la especie En Peligro, B. brevifolium. - Presencia de especies vegetales protegidas por regulaciones especiales: el artículo 36 del Decreto exento 309/2014 indica que “Se prohíbe el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de flores, arbustos, herbáceas y suculentas de la especie que se encuentre presente en el fenómeno natural de nuestra región en el Desierto Florido (añañuca, garra de León, asiento de la suegra, etc.). - Presencia de especies endémicas: se registran 35 especies de flora endémica, las que representan el 66% del total de especies registradas en el Área de Influencia. - Actividad en o colindante con sitios prioritarios para la conservación de la diversidad definidos en las estrategias regionales: El Proyecto o actividad se encuentra dentro del Sitio Prioritario Desierto Florido. - Presencia de especies clasificadas en categorías de conservación: en el Área de Influencia se identifican seis especies clasificadas en categoría de conservación. La especie Balsamocarpon brevifolium se encuentra clasificada en categoría En Peligro (EN), por lo que se considera amenazada. - Otras singularidades: presencia de especies de cactáceas en categoría de conservación, en formaciones xerofíticas de alto valor ecológico.

Finalmente, el sector donde se contempla el desarrollo del Proyecto corresponde a un sector de baja sensibilidad climática del componente Flora y Vegetación, por lo que en conjunto los resultados permiten concluir que el desarrollo del proyecto no aumentará el riesgo de pérdida de flora por cambios en las precipitaciones o por cambios en las temperaturas, debido al avance del cambio climático.

Respecto de los impactos “HYL-01 Afectación de especies de hongos y líquenes y HYL-02 Alteración de ambientes para el desarrollo de hongos y líquenes” se concluye que son de carácter “No Significativo” en todas las fases del Proyecto. La caracterización de la línea de base consideró revisión bibliográfica especializada y campañas de terreno efectuadas en distintas temporadas, permitiendo identificar la presencia, distribución y abundancia de especies fúngicas y liquénicas presentes en el área de emplazamiento. Los resultados de terreno evidenciaron una baja representatividad de hongos macroscópicos, registrándose únicamente la especie Montagnea arenaria, asociada a sectores con presencia puntual de vegetación y materia orgánica. Esta situación es concordante con las características ambientales del área, las cuales corresponden a condiciones de extrema aridez, escasa disponibilidad hídrica y limitada oferta de sustratos aptos para el desarrollo de comunidades fúngicas. Asimismo, no se

identificaron especies de hongos clasificadas en categorías de conservación ni sujetas a planes de recuperación, conservación o gestión. En relación con los líquenes, se registraron diez especies distribuidas sobre distintos sustratos, principalmente rocas y especies vegetacionales presentes en el área de estudio. Entre las especies observadas destacan Chrysothrix granulosa, Chrysothrix pavonii y Caloplaca chilensis, las cuales corresponden a especies ampliamente distribuidas y clasificadas en categoría de Preocupación Menor (LC). Adicionalmente, se registraron especies con categoría Datos Insuficientes (DD), sin identificarse especies clasificadas como Vulnerables, En Peligro o En Peligro Crítico dentro del área de influencia del Proyecto. Considerando la baja abundancia de hongos, la amplia distribución de las especies liquénicas registradas, la ausencia de especies amenazadas y la limitada superficie susceptible de intervención en relación con la disponibilidad regional de hábitats equivalentes, se concluye que la ejecución del Proyecto no generará una afectación significativa sobre la diversidad biológica asociada a hongos y líquenes. Lo anterior se sustenta además en que no se identificaron poblaciones relevantes de especies en categoría de conservación ni antecedentes que permitan establecer la existencia de planes de recuperación, conservación y gestión vigentes para las especies registradas en el área de influencia.

Respecto de los impactos asociados a la componente fauna se concluye que son de carácter “No Significativo” en todas las fases del Proyecto considerando la superficie efectivamente intervenida, la abundancia y distribución de las especies registradas, la presencia de especies en categoría de conservación y la magnitud de los impactos identificados. El Área de Influencia (AI) para el componente fauna terrestre corresponde a los sectores que serán intervenidos por las obras, partes y acciones del Proyecto, incluyendo aquellas superficies donde podrían producirse alteraciones de hábitat, perturbación de individuos o modificaciones de las condiciones ambientales utilizadas por la fauna silvestre para su desplazamiento, alimentación, refugio y reproducción. La delimitación del AI considera las áreas de ocupación permanente y temporal del Proyecto, así como las zonas adyacentes susceptibles de recibir efectos indirectos asociados a ruido, tránsito de maquinaria, presencia humana y pérdida de cobertura vegetal. La caracterización de la línea de base se efectuó mediante campañas de terreno desarrolladas en distintas épocas del año, permitiendo incorporar variaciones estacionales y registrar la composición, riqueza y abundancia de especies presentes en el área de estudio. Los resultados obtenidos evidenciaron una comunidad faunística representada principalmente por aves, además de reptiles y mamíferos nativos asociados a ambientes áridos y semiáridos propios de la zona de emplazamiento del Proyecto. Del total de especies registradas, se identificaron especies clasificadas en categorías de conservación según el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres, incluyendo reptiles, aves y mamíferos nativos. No obstante, las observaciones de terreno evidenciaron que la mayor parte de estas especies presentan baja abundancia local, distribuciones amplias dentro del territorio regional o utilizan el área de influencia de manera ocasional o transitoria. Asimismo, la evaluación determinó que los sectores de mayor importancia para la fauna corresponden principalmente a áreas que conservan cobertura vegetacional, refugios naturales o características que favorecen la disponibilidad de recursos. En términos generales, el área de emplazamiento presenta distintos grados de intervención antrópica previa, asociados a actividades humanas históricas, tránsito vehicular y presencia de infraestructura existente, factores que han condicionado la calidad del hábitat disponible para algunas especies. Durante la evaluación ambiental se identificaron potenciales impactos relacionados con la pérdida accidental de individuos de fauna de baja movilidad, la alteración o pérdida de hábitat, el aumento de perturbaciones producto de las actividades constructivas y, en el caso de la infraestructura eléctrica, el riesgo potencial de colisión de avifauna. Sin embargo, la magnitud de dichos impactos fue evaluada como baja o media-baja y no significativa, atendida la extensión acotada de las intervenciones, la disponibilidad de hábitats similares en el entorno, la baja densidad de ejemplares observados y la aplicación de medidas de manejo orientadas a evitar, minimizar o controlar las potenciales afectaciones.

Respecto de los impactos asociados a las componentes hidrología e hidrogeología se concluye que son de carácter “No Significativo” en todas las fases del Proyecto. La línea de base hidrológica del área de emplazamiento se caracteriza por la presencia de quebradas de régimen pluvial y escurrimiento temporal, tributarias de la Quebrada Tamarico y posteriormente de la Quebrada Carrizal. Las precipitaciones en la zona son escasas, con una precipitación media anual del orden de 43,62 mm/año, concentrándose los procesos de escorrentía superficial en eventos de lluvia de elevada intensidad y baja frecuencia. La evaluación hidrológica desarrollada para el proyecto incorporó condiciones actuales y escenarios futuros de cambio climático, determinando que la precipitación máxima anual podría incrementarse en aproximadamente un 1,33%, generando aumentos equivalentes en los caudales máximos de crecida utilizados para el diseño hidráulico de las obras. Sin embargo, estas condiciones fueron explícitamente consideradas en la definición de las precipitaciones de diseño y en la estimación de los caudales de crecida, bajo criterios conservadores de ingeniería. En relación con la magnitud del impacto, esta se considera baja, dado que el proyecto no contempla extracciones de aguas superficiales ni intervenciones que modifiquen significativamente la configuración de las cuencas aportantes o el comportamiento hidrológico regional. Asimismo, los cauces identificados fueron incorporados al diseño mediante obras de drenaje y criterios de resguardo que permiten mantener la continuidad de los escurrimientos naturales durante eventos de precipitación. Respecto de la duración, las alteraciones potenciales se restringen principalmente a la etapa de construcción y a eventos de precipitación específicos, pudiendo generarse modificaciones temporales en los patrones locales de escorrentía debido a movimientos de tierra y habilitación de obras. Una vez concluidas las actividades constructivas e implementadas las obras de manejo de aguas lluvias, el funcionamiento hidrológico del área se mantiene comparable a la condición de línea de base, por lo que el efecto presenta una duración temporal y reversible. Desde la perspectiva hidrogeológica, el proyecto corresponde principalmente a una intervención superficial, por lo que no se prevén cambios significativos en los niveles freáticos, en la disponibilidad del recurso subterráneo ni en la dinámica de flujo de los acuíferos locales. Adicionalmente, las obras proyectadas no consideran excavaciones profundas ni actividades de bombeo que puedan inducir descensos piezométricos o alterar la dirección de flujo subterráneo. En consecuencia, la magnitud del impacto sobre los recursos hídricos subterráneos se estima muy baja o despreciable, debido a que las intervenciones se desarrollan principalmente a nivel superficial y no generan una afectación directa sobre el almacenamiento o circulación de las aguas subterráneas. Respecto de la duración, dado que no se identifican mecanismos de afectación permanentes sobre el sistema hidrogeológico, no se prevén cambios persistentes en la condición de línea de base. Eventuales efectos indirectos asociados a labores constructivas tendrían carácter puntual, localizado y temporal, cesando una vez finalizadas dichas actividades. Por tanto, la condición hidrogeológica del área mantendría sus características naturales durante toda la vida útil del proyecto y posterior a su cierre.

En relación a los demás antecedentes que justifican que el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en los literal d), e), f), g), h) e i) del Art. 6° del RSEIA, estos se presentan en la Tabla 6.2.2 del ICE.

6.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo • DGE-01: Aumento de los tiempos de desplazamiento por el aumento del flujo vehicular. • DGE-02: Alteración de los flujos de comunicación y transporte por eliminación de huellas vehiculares.

Parte, obra o acción que lo genera Flujos viales asociados a las obras, partes y acciones. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre Impacto no significativo • DAN-01: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de los grupos humanos o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural) • DAN-03: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos Parte, obra o acción que lo genera Obras temporales y permanentes Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Secciones 5.2.3 y 6.2.3 del ICE. En relación a este literal, y de acuerdo a los antecedentes presentados en la Tabla 6.2.3 “Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos” del ICE, es posible señalar que el presente Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, asimismo, no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres sobre otros grupos humanos distintos a los ya señalados en el Considerando 5.2° de la presente Resolución.

La evaluación de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos presentes en el área de influencia (Anexo 3.15 del EIA Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos) permitió constatar que la conectividad principal de la población local se desarrolla mediante la Ruta 5 Norte y la ruta C- 434, utilizadas para acceder a los centros poblados y servicios localizados fuera del área de emplazamiento del Proyecto. Las obras proyectadas no intervienen ni restringen el uso de estas rutas públicas, manteniéndose las condiciones actuales de acceso y desplazamiento de la población. Asimismo, se evaluó la existencia de huellas interiores utilizadas de manera ocasional por habitantes del sector Agua de la Zorra y por integrantes de comunidades indígenas asociadas a actividades de pastoreo y desplazamiento dentro de los Llanos del Lagarto. Los antecedentes recopilados indican que estas huellas corresponden a trazados informales cuyo uso depende de la disponibilidad temporal de recursos naturales, variando en el tiempo y pudiendo ser modificadas por los propios usuarios según sus necesidades de desplazamiento. En este contexto, no constituyen infraestructura vial formal ni rutas permanentes de conectividad para la población. En base a lo anterior, se concluye que los impactos DGE-01 “Aumento de los tiempos de desplazamiento por el aumento del flujo vehicular” y DGE-02 “Alteración de los flujos de comunicación y transporte por eliminación de huellas vehiculares” son de carácter “No Significativo” en todas las fases del Proyecto.

En términos de uso de los recursos naturales para el sustento económico u otros usos, se puede indicar que existen actividades productivas ligadas al uso de los recursos naturales, donde la actividad agrícola corresponde a cultivos en predios de cada uno de sus propietarios u ocupantes. Por lo cual esta actividad económica no es afectada por el desarrollo del proyecto. En términos de magnitud, la crianza de ganado caprino u ovino, por parte del grupo humano, es menor, siendo pocos miembros los que preservan esta práctica. Adicionalmente se debe mencionar que utilizan un sistema de crianza intrapredial y ocasionalmente pastura libre o son llevadas a otros sectores de la región de Atacama para pastoreo. Sin que ello, actualmente sea una práctica habitual o extendida. Sin perjuicio de ello, los crianceros manifiestan utilizar los recursos disponibles en el entorno cercano, en las épocas que los recursos son suficientes para cubrir las necesidades de pastura.

Por lo anterior, dada la magnitud del uso de las zonas de pastoreos que eventualmente intervendrá el proyecto y en general, la ejecución del proyecto no impide o dificulta el ejercicio de manifestaciones tradicionales o culturales, se concluye que los impactos “DAN-01: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de los grupos humanos o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural) y DAN-03: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos” son de carácter “No Significativo” en todas las fases del Proyecto.

6.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo N/A Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.2.4 del ICE. En relación con la susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, recursos y áreas protegidas y tal como se indicó en las tablas 5.1 y 5.3 de la presente Resolución, el Proyecto presenta susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas debido a que su área de emplazamiento corresponde a sectores que constituyen hábitat para especies de flora y fauna nativa, incluyendo especies en categoría de conservación, formaciones xerofíticas y comunidades vegetacionales asociadas al fenómeno del desierto florido. La intervención considera actividades de despeje de vegetación, movimientos de tierra, habilitación de caminos e instalación de infraestructura permanente, cuyos efectos se extienden durante la vida útil del Proyecto y tienen potencial de afectar poblaciones biológicas presentes en el área intervenida. Para hacerse cargo de dichos efectos, el Proyecto comprometió medidas de mitigación, reparación, compensación y seguimiento orientadas al rescate, relocalización, conservación y recuperación de especies de flora y fauna, así como al manejo de formaciones xerofíticas y comunidades vegetacionales asociadas al desierto florido, cuyo detalle se presenta en el capítulo 7 de la presente Resolución.

6.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental • RVP-01 Alteración de la calidad visual del paisaje • RVP-02 Pérdida de atributos biofísicos • TUR-01: Alteración de los flujos de visitantes • USU-01 Modificación del actual uso de los terrenos Parte, obra o acción que lo genera Obras temporales y permanentes Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Secciones 5.2.4 y 6.2.5 del ICE. Respecto de los impactos “RVP-01 Alteración de la calidad visual del paisaje y RVP-02 Pérdida de atributos biofísicos”, se concluye que son de carácter “No Significativo” en todas las fases del Proyecto. La caracterización de paisaje realizada para el Proyecto determinó que el área de emplazamiento presenta valor paisajístico asociado principalmente a los atributos de suelo, vegetación y fauna,

identificándose además un Área de Influencia visual de 4.197,9 ha y dos unidades de paisaje denominadas “Llano desértico” y “Colinas”, ambas con calidad visual media. Respecto del criterio referido a la duración o magnitud de la obstrucción de la visibilidad, el análisis de visibilidad e intervisibilidad efectuado mediante ocho puntos de observación concluye que las obras proyectadas serán perceptibles desde determinados sectores del entorno; sin embargo, las instalaciones no constituyen una barrera visual que impida o bloquee la observación de las unidades de paisaje ni de sus atributos relevantes. Por el contrario, los fotomontajes y el análisis de cuencas visuales muestran que el observador mantiene la percepción del paisaje circundante, incluyendo las planicies desérticas, colinas, formaciones de relieve y demás componentes naturales presentes en el área. Asimismo, el Proyecto se inserta en un paisaje abierto y de gran amplitud visual, donde actualmente existen elementos antrópicos tales como caminos, líneas eléctricas, torres de transmisión y cercos perimetrales. En este contexto, las nuevas obras se incorporan al paisaje sin generar una interrupción significativa de los campos visuales ni una obstrucción permanente de vistas panorámicas, hitos naturales o áreas escénicas relevantes. Respecto de la posible alteración de atributos de una zona con valor paisajístico, se debe considerar que las obras del Proyecto se emplazan en un entorno caracterizado por extensas planicies desérticas de baja heterogeneidad. En este contexto, las obras proyectadas no modifican las características esenciales que otorgan valor paisajístico a la zona, las cuales corresponden principalmente a la condición natural del suelo, la vegetación seminatural asociada al desierto florido y la presencia de fauna característica del sector. Asimismo, el estudio concluye que el paisaje del área de influencia mantiene una calidad visual media, debido a que sus atributos predominantes continúan estando determinados por los elementos naturales del territorio y no por las obras proyectadas. En particular, las características geomorfológicas del área, las planicies desérticas, las colinas circundantes y los atributos biofísicos identificados conservan su presencia y representatividad dentro del paisaje regional. Por otra parte, la presencia temporal del fenómeno de desierto florido, identificado como uno de los elementos que aportan valor paisajístico al área, no se ve impedida por la ejecución del Proyecto, manteniéndose la expresión paisajística estacional que caracteriza al territorio. Del mismo modo, los atributos vinculados a la fauna y a las características físicas del suelo continúan presentes en el entorno, conservándose la condición general de las unidades de paisaje descritas en la línea de base. Adicionalmente, se concluye que las obras proyectadas no generan cambios de tal magnitud que transformen la composición general, la estructura o el carácter del paisaje analizado, manteniéndose las condiciones que permiten reconocer las unidades de paisaje existentes y los atributos naturales que les confieren valor. Respecto de los impactos “TUR-01: Alteración de los flujos de visitantes y USU-01 Modificación del actual uso de los terrenos”, se concluye que son de carácter “No Significativo” en todas las fases del Proyecto. El análisis del Proyecto consideró como potenciales receptores visuales las principales rutas públicas, caminos locales, lugares con visibilidad panorámica y sectores de interés escénico ubicados en el entorno del Proyecto. A partir de dicho análisis se determinó que las obras serán observables desde determinados puntos, pero sin impedir el uso ni el acceso a dichos lugares por parte de visitantes u observadores eventuales. Por otra parte, las obras proyectadas se emplazan en terrenos específicos y su operación no contempla restricciones sobre la circulación por la Ruta 5, el Camino Llanos del Lagarto ni otras vías públicas utilizadas para acceder al territorio. En consecuencia, no se prevé la interrupción de rutas de acceso ni limitaciones que dificulten el desplazamiento de personas hacia sectores de interés recreacional, escénico o turístico existentes en el entorno.

Adicionalmente, la caracterización paisajística concluye que el Proyecto no actúa como una barrera visual ni altera significativamente la estructura, percepción o funcionalidad del paisaje a escala local y del área de influencia. En este sentido, si bien se incorporan elementos antrópicos permanentes al

territorio, éstos no generan una transformación de magnitud tal que modifique las condiciones que eventualmente pudieran sustentar el uso turístico del área.

6.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental • ARQ-01 Alteración de restos y sitios arqueológico • PAL-01 Alteración de restos y sitios paleontológicos Parte, obra o acción que lo genera Obras temporales y permanentes Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Secciones 5.2.5 y 6.2.6 del ICE. Respecto del literal a) “La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288” De acuerdo a los antecedentes aportados en la Línea de Base de Arqueológica, actualizada en el Anexo N° 4.1 de la Adenda, se identificaron un total de 17 bienes arqueológicos, correspondientes a 5 sitios arqueológicos, 9 hallazgos aislados y 3 rasgos lineales, todos ellos protegidos por la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales. Del total de bienes registrados, los sitios arqueológicos CEIBO-01, CEIBO-05, CEIBO-06, CEIBO- 07 y CEIBO-13 fueron excluidos de las áreas de intervención mediante ajustes al diseño del Proyecto, quedando emplazados fuera del Área de Influencia y manteniendo distancias de resguardo superiores a 50 metros respecto de las obras proyectadas. De esta forma, las actividades de construcción y operación no consideran la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro, intervención o modificación permanente de dichos bienes arqueológicos. Asimismo, el Proyecto contempla la implementación de medidas de protección y gestión patrimonial, incluyendo el cercado y señalización de los sitios arqueológicos previamente identificados, con el propósito de evitar afectaciones accidentales durante la fase de construcción. Complementariamente, cualquier intervención sobre bienes arqueológicos presentes en el área de intervención será gestionada conforme a los procedimientos y autorizaciones establecidos por el Consejo de Monumentos Nacionales.

Respecto del literal b) “La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.”

De acuerdo a los antecedentes aportados en la Línea de Base de Arqueológica, actualizada en el Anexo N° 4.1 de la Adenda, no se identificaron dentro de las áreas de intervención construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, antigüedad, valor científico, contexto histórico o singularidad, correspondan a elementos del patrimonio cultural distintos de los bienes arqueológicos levantados durante la línea de base. Asimismo, la revisión del catastro de Monumentos Nacionales indicó que el único Monumento Histórico registrado en la comuna corresponde a la Estación de Ferrocarriles de Cachiyuyo, ubicada aproximadamente a 53 km del Proyecto, descartándose cualquier afectación derivada de su construcción u operación. Adicionalmente, no se identificó la presencia de construcciones, espacios ceremoniales, lugares de significación cultural, sitios de uso tradicional u otros elementos materiales pertenecientes al patrimonio cultural indígena dentro de las áreas donde se emplazarán las obras permanentes o

temporales del Proyecto. Por lo tanto, las actividades de construcción, operación y cierre no implican una modificación física ni un deterioro permanente de este tipo de elementos patrimoniales.

Respecto del literal c) “La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas” Para el análisis se han considerado los antecedentes levantados en la Línea de Base de Sistemas de Vida y Costumbres de los Grupos Humanos, desarrollada mediante revisión bibliográfica, entrevistas a habitantes y dirigentes de las localidades de Llanos del Lagarto y Canto de Agua, campañas de terreno y caracterización de las dinámicas sociales, culturales y territoriales presentes en el Área de Influencia. Dicho estudio permitió identificar las principales manifestaciones culturales, religiosas y tradicionales desarrolladas por los grupos humanos del área, incluyendo aquellas asociadas a comunidades indígenas Diaguita presentes en el territorio. Los antecedentes recopilados permiten constatar la existencia de diversas manifestaciones culturales y comunitarias, entre las que destacan actividades religiosas vinculadas a las capillas de Llanos del Lagarto y Canto de Agua, ferias costumbristas asociadas a la producción agrícola y ganadera local, la celebración del Año Nuevo Indígena y otras actividades comunitarias desarrolladas por organizaciones indígenas presentes en el territorio. Sin embargo, dichas manifestaciones se realizan en sectores poblados, equipamientos comunitarios, predios particulares o espacios de encuentro definidos por las propias comunidades, emplazamientos que no serán intervenidos por las obras y acciones del Proyecto. Asimismo, la línea de base identifica la trashumancia y el pastoreo tradicional como prácticas culturales relevantes para parte de la población indígena, particularmente para integrantes de las comunidades diaguitas, quienes las reconocen como expresiones de su identidad cultural y de su relación histórica con el territorio. No obstante, estas prácticas corresponden a formas tradicionales de uso territorial desarrolladas sobre espacios amplios y dinámicos asociados al desplazamiento estacional del ganado y al aprovechamiento de recursos naturales, más que a lugares o sitios específicos donde se desarrollen manifestaciones culturales o folklóricas permanentes. Por consiguiente, su análisis resulta más pertinente respecto de los criterios asociados al uso tradicional del territorio y de los recursos naturales que al presente literal. Por otra parte, no se identificaron dentro del área de emplazamiento del Proyecto lugares destinados al desarrollo habitual de ceremonias, festividades, encuentros comunitarios, manifestaciones folclóricas, prácticas religiosas o actividades culturales propias de algún pueblo, comunidad o grupo humano. Del mismo modo, no se registraron espacios utilizados actualmente por comunidades indígenas para la realización de manifestaciones culturales que pudieran verse afectados por la ejecución de las obras. Adicionalmente, considerando la ubicación de las obras respecto de los centros poblados y espacios comunitarios identificados, así como la naturaleza de las actividades contempladas por el Proyecto, no se prevé la generación de restricciones de acceso, impedimentos de circulación o interferencias que dificulten el desarrollo de las manifestaciones culturales, religiosas o tradicionales actualmente practicadas por los grupos humanos del Área de Influencia. En consecuencia, aun cuando en el Área de Influencia existen manifestaciones culturales y tradicionales vigentes, incluidas aquellas desarrolladas por comunidades indígenas, éstas se realizan en lugares distintos del área de intervención del Proyecto y no se verán afectadas por la proximidad, naturaleza o ejecución de sus obras y acciones. Conforme con lo anteriormente expuesto, es posible concluir que los impactos “ARQ-01 Alteración de restos y sitios arqueológico y PAL-01 Alteración de restos y sitios paleontológicos” son de carácter “No Significativo” en todas las fases del Proyecto.

7°. Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del Proyecto puede concluirse que las siguientes medidas de mitigación, reparación y/o compensación son adecuadas para hacerse cargo de

los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que genera o presenta el Proyecto, las que deberán implementarse para su ejecución:

FLORA Y VEGETACIÓN

7.1 MM-DAN-01 Habilitación de zona de exclusión en quebradas que atraviesan el área de influencia Fase Construcción Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado). FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas. FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Mitigación. Componentes ambientales objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos Fauna terrestre Flora y vegetación Áreas Protegidas y Sitio Prioritarios Objetivo La medida informada a continuación fue presentada en el Estudio de Impacto Ambiental con el objeto de no intervenir porciones del territorio con los componentes de flora y fauna asociados a ellos y a su vez dejar libre tránsito a las comunidades indígenas del sector. Por otro lado, la medida permitirá dar continuidad en el desplazamiento de especies de fauna de alta movilidad. y evitar la afectación sobre las especies de flora en categoría de conservación. Descripción El diseño del Proyecto ha considerado dejar como zona de exclusión las quebradas que atraviesan el área de influencia y que corresponden a cauces naturales de caudales intermitentes con activación de origen pluvial, los cuales conducen flujos superficiales únicamente durante eventos de precipitación, por lo que estos sectores presentan mayor vegetación. Adicionalmente, estas quebradas son utilizadas como paso por fauna de alta movilidad y por grupos humanos como sendero para el traslado.

Esta medida permitirá que: •Las organizaciones indígenas (CID Chipasse Ta Caluba, CID Amancay Pai, CID Llanos del Lagarto, CID Laina Kakan II, Asociación Multicultural de Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto) que transitan por la zona del Proyecto puedan continuar con su desplazamiento a través del área de influencia. •La fauna de alta movilidad pueda continuar desplazándose por el territorio. •No se intervengan ejemplares de la especie Cordia decandra (carbonillo) que se registran en las zonas de quebradas.

Por otra parte, cabe indicar que el Plan de Manejo Biológico Actualizado, considera la realización de charlas de capacitación a

trabajadores, contratistas y subcontratistas, que, entre otras cosas, instruirá sobre la prohibición de tránsito de personas, vehículos menores y maquinaria pesada en la zona de exclusión de quebradas que atraviesan el área de influencia. Justificación La justificación de la medida en relación con las rutas de trashumancia se fundamenta en la necesidad de mantener la conectividad funcional del territorio para los sistemas de vida de las comunidades locales. Al dejar las quebradas fuera del área cercada, se asegura que las rutas tradicionales que conectan Canto de Agua con los sectores cordilleranos y Agua de la Zorra permanezcan abiertas. Estas mismas quebradas actúan como las vías principales por donde los crianceros conducen su ganado caprino y, aunque el pastoreo en el área del proyecto ha disminuido, estas zonas siguen siendo vitales para las salidas y retornos diarios de pastoreo. Por otra parte, debido a la humedad del subsuelo, las quebradas Q3 y Q9 concentran abundancia de especies arbustivas y medicinales, permitiendo que las comunidades puedan acceder a estas plantas sin restricciones físicas a raíz de las instalaciones del Proyecto. Por último, se reconoce que la trashumancia es móvil y depende de los recursos disponibles según temporada, por lo que mantener las quebradas respeta este sistema de movilidad entre los grupos crianceros. En conclusión, desde la dimensión antropológica la medida se justifica en relación a medio humano toda vez que permite asegurar que el área de instalación del Proyecto no anule la capacidad de las comunidades para ejercer sus prácticas de trashumancia y recolección. Adicionalmente, la zona de exclusión en las quebradas presentes favorece el desplazamiento de fauna de alta movilidad que se desplaza por el área de influencia, contribuyendo a la dispersión de semillas y al servicio de regulación del ecosistema asociado. Finalmente, con la habilitación de la zona de exclusión, se evita la intervención de ejemplares de Cordia decandra (carbonillo), especie clasificada en categoría Casi Amenazada. Lugar de implementación Sector del Parque Fotovoltaico Forma y oportunidad de implementación El cerco perimetral que separará las zonas de exclusión que constituyen las quebradas de los sectores de obras, tendrá una altura de 2.5 m y se instalará sin dejar espacio entre el suelo y el cerco, es decir, a ras de piso, de forma de restringir el ingreso de fauna o personas ajenas al Proyecto. Adicionalmente contará con alambre de púas en la parte superior del cerco. En la siguiente figura se muestra el diseño del Proyecto con sus distanciamientos:

Figura. Distancia entre cerco perimetrales del Proyecto

Fuente: Figura 2, Anexo 11, Adenda Complementaria.

Durante las fases de construcción y cierre, en cada uno de los puntos de ingreso al Proyecto, es decir, los accesos entre áreas de paneles, habrá personal en puntos fijos de monitoreo (casetas), con el fin de poder coordinar medidas y prevenir interacciones con actividades de pastoreo u otra que implique a los Grupos Humanos identificados en el área de influencia. Indicador de cumplimiento •Reporte con fotografías georreferenciadas antes y al término de la instalación del cerco perimetral. •Cláusulas en los contratos de los trabajadores y contratistas que indique la prohibición de utilizar las zonas excluidas (quebradas). •Charlas a los trabajadores sobre la medida, incluyendo la prohibición de usar las zonas de quebradas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1

7.2 MM-FYV-01: Plan de Rescate y Relocalización de Geófitas Fase Construcción Impactos ambientales FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). FVT-08: Pérdida de individuos de especies de hábito geófito. ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Mitigación. Componentes ambientales objeto de protección Flora y Vegetación. Objetivo El objetivo de la medida es rescatar todos los órganos subterráneos de tipo rizomático y bulboso de las geófitas que forman parte del Desierto Florido, se hayan sido registradas en el área de influencia y que se encuentren al momento de ejecutar la construcción del Proyecto, con el fin de preservar su variabilidad genética. Descripción Se plantea el rescate, almacenamiento y posterior relocalización de bulbos y rizomas de las especies geófitas que conforman el denominado Desierto Florido y se hayan identificados en el área de influencia del Proyecto, con el objeto de preservar la variabilidad genética. El rescate se realizará in situ en aquellas zonas con presencia de la especie Argylia radiata o con potencialidad media o media alta para sustentar especies geófitas, según lo establecido en el estudio de Condición Biológica del Suelo (Anexo 5.4 de la Adenda) y en las que se realicen actividades de

movimiento de tierra, excavaciones o remoción de suelo para el establecimiento de obras permanente y camino de acceso.

En las áreas de tamizado, se procederá al rescate de las raíces tuberosas, bulbos y rizomas de manera in situ, procediendo a remover las capas superficiales que incluyen los primeros 25 cm del perfil de suelo, para realizar un tamizado y selección del germoplasma en caso de observar alguno (bulbos, rizomas y otras estructuras subterráneas). En caso de detectarse que la profundidad no fuera suficiente para mantener la integridad de la raíz tuberosa de Argylia radiata, se aumentará la profundidad de excavación hasta 50 cm.

El profesional a cargo de esta actividad será un Ingeniero Forestal, Ingeniero Agrónomo, Ingeniero en Recursos Naturales con conocimientos de flora o carrera afín, con a lo menos 2 años de experiencia en actividades de rescate de flora nativa.

Posteriormente, se procederá al traslado o almacenamiento del material extraído para su relocalización y seguimiento.

El detalle respecto del manejo, almacenamiento, transplante y riego de bulbos se presenta en el Anexo 11.1 Plan de Manejo Biológico de la Adenda Complementaria. Justificación Las especies geófitas sobreviven a períodos desfavorable para el crecimiento mediante estructuras subterráneas, tales como bulbos, rizomas, tubérculos o raíces reservantes. Argylia radiata (terciopelo o flores del Campo) es una especie nativa herbácea de carácter geófito, adaptada a condiciones áridas y semiáridas, cuya persistencia está asociada a la presencia de estructuras subterráneas (raíz tuberosa) de reserva que le permiten sobrevivir durante periodos desfavorables. Su desarrollo aéreo y expresión floral se encuentran fuertemente condicionados a eventos de precipitación, particularmente en el contexto del fenómeno de desierto florido, presentando una marcada variabilidad interanual en su aparición. Lugar de implementación La medida será realizada dentro del área del Proyecto donde se realizará el rescate de los bulbos y rizomas, en zonas con presencia de la especie Argylia radiata o con potencialidad media o media alta para sustentar especies geófitas, asociado a actividades de movimiento de tierra, excavaciones o remoción de suelo para el establecimiento de obras permanente y camino de acceso.

Las áreas que se tamizarán para la identificación de bulbos o rizomas o que serán sujetos de rescate se presenta en la siguiente información:

Figura. Áreas de tamizado para detección de especies geófitas

Fuente: Figura 3, Anexo 11, Adenda Complementaria.

Una vez extraídos los bulbos y conservados, serán relocalizados posteriormente en el siguiente sitio de compensación:

Tabla. Coordenadas del sitio de relocalización (WGS84 Huso 19S) Vértice UTM Norte UTM Este 1 6.852.367 324.750 2 6.851.898 325.728 3 6.851.237 325.561 4 6.851.264 325.041 Fuente: Tabla 4 del Anexo 11 Adenda Complementaria. Forma y oportunidad de implementación Forma: Esta medida debe realizarse estrictamente conforme a lo indicado en el Plan de Manejo Biológico de Flora (PMBF), el cual se adjunta en el Anexo 11.1 de la Adenda Complementaria. A continuación, se presenta el resumen del Plan:

i. Rescate de Especies Geófitas (rizomas y bulbos) En las áreas de tamizado, se procederá al rescate de las raíces tuberosas, bulbos y rizomas de manera in situ, procediendo a remover las capas superficiales que incluyen los primeros 25 cm del perfil de suelo, para realizar un tamizado y selección del germoplasma en caso de observar alguno (bulbos, rizomas y otras estructuras subterráneas). En caso de detectarse que la profundidad no fuera suficiente para mantener la integridad de la raíz tuberosa de Argylia radiata, se aumentará la profundidad de excavación hasta 50 cm.

Los tamices deberán tener una apertura de malla idealmente no mayor a 2-3 cm, con el objetivo de separar las geófitas del sustrato y evitando generar daño por abrasión. No obstante, dependiendo de los hallazgos en terreno y el estadio de crecimiento de la planta, el especialista a cargo deberá ajustar la dimensión de la malla conforme a las dimensiones efectivas del material rescatado.

ii. Manejo y Almacenamiento de los Bulbos Luego de rescatar los bulbos, éstos serán depositados en bolsas de papel doble para su clasificación y evaluación, las que estarán debidamente rotuladas mediante planillas de control e indicando al menos los siguientes antecedentes:

  • Especie.
  • Fecha.
  • Lugar de colecta (indicando en coordenadas UTM Datum WGS84, Huso 19 S).
  • Número de bulbos colectados.
  • Calibre de las estructuras.

El material almacenado será clasificado considerando las estructuras caulinares de cada especie y se elaborará un recuento de número de rizomas y bulbos (en caso de encontrarse) por especie y por calibre asignado, permaneciendo en ambiente oscuro, seco y a una temperatura constante de 17°C, con la finalidad de que los órganos no se deshidraten y a su vez no se congelen, por un período no superior a 4 meses hasta ser llevados a terreno.

iii. Sitio de Relocalización El sitio de relocalización se encuentra al interior del Sitio Prioritario Desierto Florido en la comuna de Vallenar, este está localizado a 27 km del Proyecto y a 6 km de la ruta 5 norte aproximadamente, se puede acceder al predio por las Rutas C-442 y C-450. Cabe indicar que se ha realizado una complementación a la caracterización del sitio de compensación, el que se presenta en el Anexo 11.4 de la Adenda Complementaria. Según la caracterización, en el área se detectaron 37 especies de flora terrestre vascular durante la visita a terreno. De acuerdo con su origen, 35 (94,6%) de las especies detectadas son nativas, sólo una es de origen introducido y una presenta origen desconocido (2,7% cada una). Del total de especies nativas, 28 (75,68%) son además endémicas de Chile. Se determinó que el área de compensación tiene una baja influencia antrópica, debido a la baja cantidad de especies introducidas y la alta proporción de especies nativas y endémicas. Esto da cuenta de que corresponde a un sector adecuado para medidas de compensación, ya que no presentan intervención antrópica, permitiendo el asentamiento y éxito de las medidas propuestas por el titular. Por otro lado, para la medida de relocalización de geófitas, el 100% del área propuesta, que abarca 7,93 ha, podrá ser utilizada para tal fin, ya que no presenta una restricción asociada a la capacidad de carga de las especies leñosas, ya que las especies presentes actualmente son especies herbáceas. Figura. Ubicación de la zona de relocalización

Fuente: Figura 4 del Anexo 11 Adenda Complementaria.

iv. Trasplante y Riego Los bulbos serán plantados dentro del sitio de relocalización y la época de plantación será el período de otoño – invierno posterior al rescate. El sustrato a utilizar en el transplante será aquel preservado conforme a lo indicado en la Medida MM-FYV-03 “Mantener orden de perfiles en zonas a excavar – zanjas”, sin incluir compost ni turba. No obstante, en caso de que el prendimiento no sea adecuado y el especialista a cargo de la actividad lo considere indispensable, se reevaluará la necesidad de incorporar alguna mezcla de sustrato adicional, que permita mejorar el prendimiento radicular.

En el lugar de plantación se deben preparar casillas de 20 cm ancho x 20 cm largo x 30 cm de profundidad, donde se cavará y ablandará la tierra para luego replantar los bulbos bajo tierra ejerciendo presión leve hasta que queden completamente cubiertos, a una profundidad de entre 10 y 15 cm.

Se consideran sólo las precipitaciones naturales. Se considera la instalación de un pluviómetro en el sitio y el monitoreo del porcentaje de humedad en el suelo a una profundidad de 15 y 30 cm, con el objetivo de determinar de forma anticipada la activación del germoplasma, por medio del monitoreo en tiempo real de las precipitaciones acumuladas. En caso que se generen las condiciones mínimas de precipitaciones (15 mm a nivel local) y el especialista en flora lo considere apropiado se realizará un riego de asentamiento de 20 L/bulbo una única vez, con el fin de eliminar las bolsas de aire (macroporos) que quedan entre la raíz tuberosa, tubérculo o rizoma y el suelo nuevo.

Más detalles se presentan en el Anexo 11.1 de la Adenda Complementaria.

v. Seguimiento Se propone un monitoreo en un plazo de 4 años desde la ejecución de la medida de plantación de las estructuras subterráneas, dicho monitoreo deberá considerar los siguientes contenidos para cada área de plantación, que ha sido diferenciada por el calibre de los bulbos. En ningún caso el seguimiento considera extraer el rizoma o bulbo una vez plantado, si no que el monitoreo deberá consistir en una inspección visual de las camas de relocalización por cada calibre y del estado de las protecciones (según los ítems señalados previamente). Se contempla el siguiente monitoreo y seguimiento:

  • 1er año: Considera monitoreos cada 3 meses para evaluar el estado de los bulbos, rizomas o raíces tuberosas.
  • 2 al 4 año: Considera realizar dos (2) monitoreos para cada año, uno en primavera y otro a principios de otoño.

Más detalles se presentan en el Anexo 11.1 de la Adenda Complementaria.

Una vez finalizada la actividad de plantación de las geófitas en el sitio de destino, se generará un informe, el cual deberá contener los siguientes aspectos:

  • Registro de individuos relocalizados por calibre.
  • Ubicación de áreas de rescate/ relocalización de bulbos.
  • Densidad de plantación por área de relocalización.
  • Metodología utilizada para la plantación de bulbos.
  • Registro fotográfico de las actividades.

vi. Medidas correctivas En el caso que el éxito sea más bajo, se implementarán medidas correctivas, para lograr el objetivo relocalización. Se realizará la plantación de individuos producidos en vivero para el reemplazo de la mortalidad. Los ejemplares para plantar deberán tener un tamaño aceptable (>10 cm) y deberán estar ya adaptados a las condiciones de estrés hídrico, propio del sector en el que se desarrollarán previo a su salida desde vivero. El replante, de ser necesario, se realizará siguiendo las mismas condiciones que la relocalización, en términos de la preparación del sitio y su tratamiento inmediato.

Oportunidad: La medida comenzará a aplicarse en la fase de construcción del Proyecto, no obstante, continuará temporalmente durante la fase de operación. En la Tabla 5 del Anexo 11 Adenda Complementaria se presenta el Cronograma de Monitoreos Medida 1. Indicador de cumplimiento Como indicador de éxito se plantea la siembra del bulbo y el posterior desarrollo de las estructuras aéreas durante las siguientes temporadas. El éxito de la medida radica en el desarrollo vegetativo del 80% del total del número de bulbo relocalizados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2

7.3 MM-FYV-02: Preservar el Sustrato con Existencia de Germoplasma en Zonas de Excavación Fase Construcción. Impactos ambientales FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). FVT-08: Pérdida de individuos de especies de hábito geófito. ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Mitigación. Componente ambiental objeto de protección Flora y Vegetación. Impactos asociados FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). FVT-08: Pérdida de individuos de especies de hábito geófito. ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Objetivo Preservar el sustrato donde efectivamente se haya detectado la existencia de bulbos o rizomas de especies de hábito geófito y que hayan sido previamente identificadas en las actividades de rescate y relocalización, asociados a la medida MM-FYV-01. Descripción Durante el rescate de bulbos y/o rizomas donde se haya realizado el tamizado descrito en la medida MM-FYV-01, se conservará y preservará una porción del sustrato, que será conservado hasta que los bulbos sean replantados en el área de relocalización con este material.

Justificación Esta medida apunta a la conservación del germoplasma y mantener las condiciones de sustrato propias de los bulbos, a fin de evitar la adición de compost y/o turba. Adicionalmente, la preservación del sustrato permita contar con la microbiota rizosférica nativa de los bulbos rescatados. Lugar de implementación En aquellas zonas donde luego del tamizado implementado en la medida MM-FYV-01. (movimiento de tierra para obras permanentes y camino de acceso en formaciones con presencia de la especie Argylia radiata y con potencialidad media o media alta para sustentar especies geófitas) hayan sido efectivamente encontrado ésta u otra especie con raíces tuberosas, rizomas y/o bulbos. Forma y oportunidad de implementación Forma: En los sectores previamente indicados, se rescatará el sustrato que sea tamizado considerando un volumen aproximado por bulbo o rizoma encontrado. de 0.012 m3 (20x20x30 cm).

Este sustrato será llevado al centro de acopio temporal en donde será almacenado con la finalidad de ocuparlo de forma posterior al momento de trasplantar los bulbos en el área de compensación. El lugar de almacenamiento será un ambiente oscuro, seco y a una temperatura constante de 17°C, con la finalidad de que los órganos no se deshidraten y a su vez no se congelen, por un período no superior a 4 meses hasta ser llevados a terreno.

En el caso de detectar la presencia de bulbos, el personal de la obra deberá dar aviso al profesional encargado de realizar el rescate y ejecutar el protocolo. El profesional a cargo de esta actividad debe tener el siguiente perfil profesional: - Ingeniero Forestal, Ingeniero ambiental, Agrónomo, en Recursos Naturales o carrera afín con a lo menos 2 años de experiencia en actividades de rescate de flora.

Oportunidad: Durante la fase de construcción. El plazo de la medida corresponderá al tiempo en que se ejecuten las actividades de movimiento de tierra para obras permanentes y camino de acceso en formaciones con presencia de la especie Argylia radiata y con potencialidad media o media alta para sustentar especies geófitas. Indicador de cumplimiento • Registros fotográficos de la ejecución de la medida. • Coordenadas y registros fotográficos del sitio de acopio del sustrato preservado. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3

7.4 MM-FYV-03: Mantener Orden de Perfiles en Zonas a Excavar - Zanjas Fase Construcción y Cierre Impactos ambientales FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Mitigación. Componente ambiental objeto de protección Flora y Vegetación.

Impactos asociados FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Objetivo Procurar la mantención del orden del perfil del suelo en las áreas que serán intervenidas por el movimiento de tierra en la actividad de excavación de zanjas, de manera de mantener el germoplasma existente en el primer horizonte para procurar que continúe manifestándose el Desierto Florido. Descripción Durante las excavaciones de las zanjas de baja y media tensión, se excavará procurando dejar la primera capa de suelo (primeros 20-30 cm aproximadamente), separado del resto del material de excavación, de manera que, al rellenar las zanjas, se procure que el suelo con potencialidad de presentar germoplasma quede depositado sin alteración de su posición en el primer horizonte y en el mismo orden que se encontraba en estado natural. Justificación Esta medida apunta que, al mantener el perfil del suelo, se logre favorecer el repoblamiento natural de especies vegetales en las áreas intervenidas por la excavación de las zanjas, principalmente las especies de Desierto Florido. Lugar de implementación Toda zanja de baja o media tensión. Forma y oportunidad de implementación Se considerará no invertir los horizontes de suelo durante el proceso de tapado de las zanjas. Para ello, durante el proceso de excavación de estas zanjas, la sección más superficial del suelo removido (20-30 cm aproximadamente) será conservada separadamente del resto del material removido desde mayores profundidades (material parental y/o roca en diferentes grados de meteorización), tal como se muestra en la siguiente figura. La disposición final de la sección superficial del suelo se realizará sólo al final del proceso de tapado de la zanja, con la finalidad de no alterar el orden original de los horizontes removidos.

Figura. Esquema explicativo de la medida

Fuente: Figura 5 del Anexo 11 Adenda Complementaria Indicador de cumplimiento • Registro fotográfico de la separación estratigráfica de los horizontes del suelo durante las actividades de excavación de zanjas. • Registro fotográfico que dé cuenta del relleno de zanjas con material diferenciado (sustrato de 20 a 30 cm y sustrato restante) durante el relleno de las zanjas con el material excavado. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.4

7.5 MM-FYV-04: Protección de Especies Arbustivas Durante la Fase de Cierre Fase Cierre Impactos ambientales FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado). FVT-03: Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación. FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas Adicionalmente se relaciona con los siguientes impactos no significativos: FVT-02: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación sin grado de amenaza (Preocupación Menor). Tipo de Medida Mitigación. Componente ambiental objeto de protección Flora y Vegetación. Objetivo El objetivo de esta medida es la protección de los rebrotes de individuos de especies arbustivas nativas y/o endémicas que puedan estar presentes dentro del área del proyecto al momento de iniciar la fase de cierre. Descripción Se realizará la instalación y cercado para todos los individuos arbustivos que se hayan establecido de forma natural y que no hayan sido sujetos a actividades de corta o poda en las actividades de mantención de la fase de operación.

El cercado que se establecerá alrededor de cada individuo y protegerá a todos aquellos ejemplares presentes en el área del Proyecto, desde el inicio de la fase de cierre y hasta que termine dicha fase. Con este cerco perimetral de protección se protegerá a estos individuos de la maquinaria que se utilizará en la fase de cierre, así asegurar la permanencia de estos.

Se deberá ejecutar inspecciones/monitoreos del estado de los cercos cada dos meses por ITO del Proyecto y de esta forma asegurar la no afectación a estos individuos. Justificación Mediante la instalación de cercos perimetrales preventivos, considerando una distancia mínima de 1 m por el entorno del individuo.

Este cercado de protección tendrá un carácter de permanente y deberán instalarse previo al inicio de la fase de cierre del Proyecto, manteniéndose en buen estado durante toda la duración de la fase de cierre. Sobre los cercados, estos serán estacas de madera, polines, postes (u otro material sólido) y malla de protección, considerando una altura igual o superior a 1 metro, las estacas formarán un óvalo o circulo de diámetro variable, dependiendo del diámetro del arbusto a proteger.

Con este cerco perimetral de protección se protegerá a estos individuos de la maquinaria que se utilizará en la fase de cierre, así asegurar la permanencia de estos. En la siguiente figura se presenta un ejemplo de cómo instalar el cerco.

Figura. Esquema instalación de cercado perimetral

Fuente: Figura 6 del Anexo 11 Adenda Complementaria. Lugar de implementación Área del proyecto (área de obras permanentes, temporales y línea de transmisión eléctrica). Forma y oportunidad de implementación Forma: En primer lugar, un mes antes del inicio de la fase de cierre, uno o más especialistas en flora, según defina el ITO del Proyecto, realizarán un censo identificando los ejemplares arbustivos presentes e incluyendo un mes antes de iniciar la fase: • Georreferenciación. • Especie. • Estado sanitario. • Vigor. • Diámetro a la altura del pecho (DAP). • Diámetro a la altura del tocón (DAT). • Número de vástagos. • Diámetro de copa KMZ con la georreferenciación y registro fotográfico.

En la figura a continuación se muestra un ejemplo de cómo medir los diámetros de los arbustos.

Figura. Ejemplo de cómo medir el diámetro de copa de arbustos considerando mayores y menores dimensiones de la copa

Fuente: Figura 7 del Anexo 11 Adenda Complementaria.

Luego de la identificación y georreferenciación de los individuos y previo al inicio de la fase de cierre, se procederá a instalar los cercos perimetrales preventivos en todos los individuos de especies arbustivas, estos cercos perimetrales preventivos, estarán a una

distancia de aproximadamente 1 m por el entorno del individuo y se mantendrá en buen estado durante toda la fase de cierre.

La información levantada en el censo será considerada en el primer informe de seguimiento, que dé cuenta de la implementación de la medida.

Al finalizar la fase de cierre y transcurrido 1 mes de retirado el cerco preventivo, se deberá realizar por uno o más especialistas en flora un nuevo censo, georreferenciación y medición de los individuos identificados previamente), considerando todas las variables del primer censo. La información del último censo será comparada con la que fue tomada inicialmente, con el fin de confirmar que la medida fue aplicada correctamente e integrada en informe final.

Oportunidad: El cercado de realizará previo a la fase de cierre y se mantendrá durante toda la fase de cierre y hasta su término.

Se contempla monitoreo del estado de la protección cada 2 meses durante toda la fase de cierre, información que deberá integrarse en el informe final mediante fotografías fechadas.

Se consideran dos informes: 1er informe que dé cuenta de la ejecución de la medida con resultados del censo inicial y 2do informe que dé cuenta del retiro de los cercos preventivos e información del censo final. Este último considerará registros fotográficos fechados de las mantenciones del monitoreo. Indicador de cumplimiento • Registros fotográficos de la ejecución de la medida. • Archivo digital con la georreferenciación de los individuos (kmz, shp o archivo utilizado en la época). • Informe o planilla que incluya las medidas de diámetros de los arbustos, debe contener los datos tomados previo a la fase de cierre y los datos tomados posterior a la fase de cierre. • Registro fotográfico del retiro de los cercos perimetrales preventivos al finalizar la fase de cierre. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.5

7.6 MM-FYV-05: Plan de Erradicación de la Especie Volutaria tubuliflora en el Área del Proyecto Fase Construcción, Operación y Cierre. Impactos ambientales FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Mitigación. Componente ambiental objeto de protección Flora y Vegetación. Impactos asociados FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Objetivo Establecer las pautas generales para gestionar las tareas de control de especies exóticas invasoras en el ecosistema del Desierto Florido,

principalmente el control de Volutaria tubuliflora dentro del área del proyecto, en caso de encontrarse. Descripción Esta medida constituye un plan integral para el control y la erradicación de la especie exótica invasora Volutaria tubuliflora en el área de influencia del Proyecto, que representa una amenaza para la biodiversidad y el equilibrio ecológico de la región de Atacama, especialmente al ecosistema del Desierto Florido. Puesto que la especie se identificó en parte del camino de acceso, cercano a la ruta 5 norte, en áreas cercanas a quebradas y en formaciones de Herbazal muy escaso de Volutaria tubuliflora y de Matorral escaso de Balsamocarpon brevifolium - Encelia canescens, donde la especie se presenta como acompañante. El Plan hace frente a la creciente preocupación por los impactos negativos de esta especie en los ecosistemas. El plan estará activo durante todas las fases del proyecto y se aplicará 1 vez al año de ser necesario, o sea, si se observa la presencia de individuos de esta especie. Justificación La especie Volutaria tubuliflora, es una especie exótica invasora descrita en Comunicación breve Gayana Bot. vol.71 no.2 Concepción dic. 2014 “Volutaria tubuliflora (Murb.) Sennen (Asteraceae), nueva especie alóctona asilvestrada para Chile., Teiller. et al., 2014", donde se señala que "En relación con su hallazgo en Chile, se reporta una población de esta especie que se ha naturalizado a lo largo de la carretera Panamericana entre las ciudades de Copiapó y Vallenar, particularmente entre la quebrada Algarrobal y las afueras de Vallenar”.

Volutaria tubuliflora se distribuye naturalmente al norte de África y en el sur de Europa. Es una planta que se adapta bien al clima del tipo mediterráneo árido y a su transición con el clima desértico.

La especie fue reportada en el área de influencia del Proyecto, tal como se aprecia en la siguiente Figura:

Figura. Registros de la especie Volutaria tubuliflora en el área del Proyecto

Fuente: Figura 8 del Anexo 11 Adenda Complementaria.

Cabe indicar que la especie es considerada una Especie Exótica Invasora (EEI) de alto riesgo, especialmente en la Región de Atacama, donde amenaza la biodiversidad del fenómeno del Desierto Florido.

Lugar de implementación Área del Proyecto, incluyendo la LAT y camino de acceso. Forma y oportunidad de implementación Forma: Para la aplicación de esta medida se debe seguir estrictamente los lineamientos establecidos en el Plan de erradicación de Volutaria tubuliflora, la cual se presenta en el Anexo 11.1 de la Adenda Complementaria y en el Anexo 3.3.4 de la Adenda. No obstante, a continuación, se presenta resumidamente el procedimiento a seguir en los sectores del Proyecto donde se encuentre la especie:

i. Establecer la fenología de la especie El estudio de fenología de esta especie debe registrar los períodos de germinación, crecimiento vegetativo, floración y producción de frutos y semillas. Con esta información se podrá llevar a cabo la corta y/o extracción de los ejemplares de esta especie, ya que se debe realizar durante su fase vegetativa, evitando la aparición de los capítulos florales. Un especialista en flora determinará el momento adecuado del manejo de los individuos de Volutaria tubuliflora, quien además deberá realizar la capacitación a los trabajadores sobre la especie. Esta actividad será informada a CONAF o la institución competente mediante un informe de ejecución de la medida.

ii. Programa de Monitoreo Se procederá a la identificación temprana de potenciales focos para proceder a su eliminación. El monitoreo estará diferenciado por sectores según la probabilidad de dispersión de la planta, en sectores con prioridad Alta, Media y Baja de vigilancia. En cuanto al método de inspección, se considera la realización de transectos variables, en zigzag, enfocados a caminos, áreas con mayor circulación y perturbación. Adicionalmente, se revisarán periódicamente los vehículos (chasis, guardabarros) a fin de detectar restos de plantas y semillas de Volutaria. Más detalles se presentan en el anexo 11.1 de la A. Complementaria.

iii. Extracción de ejemplares La extracción se realizará cuando la especie se encuentre en estado vegetativo, como es una hierba anual este estado se manifiesta una vez al año, este período será definido por el/la especialista en flora como resultado del estudio de la fenología. En caso de que la fase de construcción inicie en época donde la especie se encuentre en estado vegetativo, deberá realizarse la extracción de los individuos antes que empiecen las obras.

La extracción se realizará de forma manual o mecánica durante las fases de construcción, operación y cierre, en toda el área del proyecto, esto incluye el área de la línea de transmisión eléctrica, así como en el área de compensación. La extracción manual consiste en la extracción de plántulas o plantas pequeñas y es recomendable para pequeñas áreas infestadas, esta técnica consiste en sacar de raíz las plantas con la mano, mientras que la extracción mecánica consiste en la remoción de la especie con herramientas manuales tales como palas, azadones, rozones y desbrozadoras, las cuales son empleadas principalmente para la remoción de plántulas (regeneración).

Una vez extraídos los ejemplares, estos serán dispuestos inmediatamente en bolsas o plásticos herméticos, los cuales serán debidamente sellados y se mantendrán íntegros en todo momento, de esta forma se evitará contaminar otros sitios. Si la planta ya tiene flores, se debe cubrir con la bolsa antes de arrancarla para evitar que el movimiento disperse las semillas. Todo material será derivado a un sitio de disposición final autorizado.

iv. Seguimiento y reportes El plan estará activo durante todas las fases del proyecto y se aplicará 1 vez al año de ser necesario, o sea, si se observa la presencia de individuos de esta especie.

Se contempla Informe elaborado por un especialista en flora que contenga registros fotográficos del procedimiento, donde se observe la presencia de la especie y una fotografía luego de ser extraída, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente o autoridad competente al momento de enviar el informe.

Oportunidad: Fase de construcción, operación y cierre, cada vez que se detecte la presencia de la especie, al menos una vez al año en la etapa vegetativa de la especie, en el área del Proyecto (incluyendo LAT y camino de acceso). Indicador de cumplimiento • Acta de participación de las capacitaciones. • Informe elaborado por el/la especialista en flora y vegetación. • Acta de recepción de residuos en un sitio de disposición autorizado. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.6

7.7 MM-FYV-06: Restricción del Inicio de la Fase de Construcción y Cierre Fase Construcción y Cierre. Impactos ambientales FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Mitigación. Componente ambiental objeto de protección Flora y Vegetación. Objetivo Proteger a los individuos de las especies que conforman la comunidad del desierto florido en el área del Proyecto y permitir su floración y con ello los servicios ecosistémicos que provee principalmente a la fauna de la zona y a las comunidades (provisión como uso medicinal). Descripción Se restringirá el inicio de las fases de construcción y cierre si se manifiesta el fenómeno del desierto florido. La expresión del fenómeno se relaciona con la ocurrencia de precipitaciones durante los meses de otoño e invierno, si se cumple con la acumulación mínima necesaria, que corresponde a 15 mm según Squeo et al., 2008. En caso de que el fenómeno se manifieste, la fase de construcción y cierre se restringirá por 6 meses para completar el ciclo biológico de las especies, considerando que después de la floración sigue la dispersión de semillas.

Justificación Dado que el Proyecto se encuentra inserto en el Sitio Prioritario Desierto Florido es importante tomar la mayor cantidad de medidas para la protección del fenómeno, por lo que se restringirá el inicio de las fases de construcción y cierre por 6 meses para completar el ciclo biológico de las especies, considerando que después de la floración sigue la dispersión de semillas. Lugar de implementación Área del Proyecto, incluyendo la LAT y camino de acceso. Forma y oportunidad de implementación Forma: Para tener presente si se manifestará el fenómeno del desierto florido, se debe tener un registro de la cantidad de precipitaciones entre otoño e invierno del año en que se proyecta iniciar la construcción o la fase de cierre del Proyecto. En caso de que las precipitaciones sean las que propician el desierto florido, se debe definir la fecha de inicio de las fases de construcción y cierre, desde diciembre del año estimado en adelante a iniciar las fases, que es el mes donde la floración ya llegó a su fin y se desarrollaron los frutos y semillas de estas especies. La cantidad de precipitaciones será medida a través de pluviómetros en el sitio y monitorear el porcentaje de humedad en el suelo a distintas profundidades, de manera automatizada y con el almacenamiento de los datos en una nube y/o transmitida vía remota, para así obtener la información en tiempo real. Además, se realizará un monitoreo de actividad fotosintética mediante el índice de NDVI anómalo, ya que es certero para formaciones de herbáceas tipo praderas, como las más representativas del área del proyecto.

Oportunidad: Esta medida se ejecutará previo al inicio de las obras y acciones de las fases de construcción y cierre del Proyecto. Indicador de cumplimiento • Comprobante del aviso de inicio de fase de construcción y cierre. • Comprobantes de fechas de arriendo de maquinaria necesarias para las obras del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.7

7.8 MM-FYV-07: Rescate y Relocalización de Cactáceas Fase Construcción. Impactos ambientales FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado). FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Mitigación. Componente ambiental objeto de protección Flora y Vegetación. Objetivo La medida consiste en rescatar y relocalizar ejemplares de las cactáceas Cumulopuntia sphaerica que se encuentren dentro de las áreas de intervención asociadas a obras permanentes del Proyecto (bodegas, baterías, centros de transformación, obras hidráulicas, conversor y camino de acceso), así como cualquier otro ejemplar de las especies , Miqueliopuntia miquelii y Eulychnia acida que se encuentren en dichas áreas y que sean identificados en la actividad de prospección previo al inicio de obras.

Descripción La medida contempla el rescate y la relocalización de la cactáceas Cumulopuntia sphaerica ubicadas en áreas de intervención asociadas a obras permanentes del Proyecto (bodegas, baterías, centros de transformación, obras hidráulicas, conversor y camino de acceso). Si bien dentro de estas áreas no se encontraron ejemplares de Miqueliopuntia miquelii y Eulychnia acida y, la medida se hace extensiva igualmente a estas especies.

Previo al inicio de las obras, se realizará una prospección en terreno para identificar, georreferenciar y cuantificar los individuos presentes que serán objeto de rescate, así como incorporar eventuales individuos no detectados previamente.

Los ejemplares a rescatar serán marcados y se registrará la siguiente información • Coordenadas UTM. • Estado sanitario. • Exposición. • Características del sustrato. • Especies acompañantes (en un radio aproximado de 5 m). • Dimensiones del individuo (diámetro de cobertura o tamaño). • Registro fotográfico.

El procedimiento de la medida se detalla en el Anexo 11.1 Plan de Manejo Biológico actualizado de la Adenda Complementaria. No obstante, se resumen las principales actividades:

i. Protocolo de rescate El rescate será ejecutado por una cuadrilla especializada y liderada por especialista en flora y vegetación. Se definirá para cada individuo el tipo de manejo a aplicar, el cual podrá corresponder a:

• Rescate completo del individuo, o • Propagación vegetativa, en aquellos casos en que el tamaño o estado del ejemplar impida su traslado íntegro.

El rescate de Eulychnia acida se realizará preferentemente mediante propagación vegetativa, seleccionándose secciones columnares o brazos provenientes de individuos adultos, sanos y vigorosos. se podrá evaluar el rescate completo de individuos de menor tamaño, procurando conservar el sistema radical.

El rescate de Cumulopuntia sphaerica se realizará mediante la selección de artejos, seleccionándose artejos vigorosos, en buen estado fitosanitario y con potencial de enraizamiento.

El rescate de Miqueliopuntia miquelii se realizará mediante la selección de artejos, seleccionando segmentos en buen estado sanitario y con características adecuadas para su establecimiento.

Se podrá considerar una relación de rescate de hasta 1:2 dependiendo de la especie.

ii. Manejo de individuos

Ejemplares o segmentos vegetativos rescatados y marcados serán trasladados y almacenados temporalmente en sitios de acopio previamente habilitados, considerando que, el material permanecerá en el lugar por un periodo de tiempo determinado mientras se produce su acondicionamiento y cicatrización. El traslado se efectuará utilizando herramientas que minimicen el daño mecánico para evitar que se rompan sus espinas, como: horquetas, camillas o carretillas; y serán llevados inmediatamente al área de mantención y cuidados. En el caso de individuos rescatados completos, se procurará mantener la integridad del sistema radical durante su traslado y almacenamiento, evitando su desecación y daño mecánico. En caso de ser necesario, se podrá realizar una poda radicular controlada.

En el caso de Manejo de material vegetativo (artejos o segmentos), los segmentos serán manipulados evitando su exposición a humedad y daño mecánico, priorizando su adecuada ventilación.

En ambos casos, en el área de acopio, se realizará una revisión sanitaria, eliminando tejidos senescentes o dañados y verificando la ausencia de plagas o patógenos. En el caso de que existan individuos que presenten signos de ataque de hongos en su base o posibles cicatrizaciones incompletas, podredumbre de cuello o pudrición interna, serán retirados inmediatamente, siendo desechados.

iii. Relocalización de los individuos Una vez listos los individuos para el plantado, éstos se trasladarán en vehículo desde el lugar de acondicionamiento al punto de relocalización (descrito en el Anexo 11.4 de la Adenda Complementaria) y dentro del sitio final de relocalización, se utilizará una camilla metálica y/o balde dependiendo de las características y estructura de los ejemplares.

Para el caso de individuos rescatados de forma completa, el establecimiento se realizará mediante plantación directa, procurando mantener la integridad del sistema radical y asegurando una adecuada profundidad y estabilidad en el sustrato, para ello se realizarán casillas de plantación 20 x 20 x 30 cm. En el caso de artejos o segmentos, se realizará directamente mediante la preparación del sustrato, que deberá consistir en una remoción ligera en profundidad (5-10 cm), en condiciones que favorezcan su enraizamiento natural y una disminución de la pendiente natural, formando un pretil en la parte baja, de modo de aumentar la oportunidad de infiltración en el sector de implantación. En todos los casos, se respetará la orientación original del individuo, utilizando la marca de referencia norte registrada durante la etapa de rescate, con el fin de mantener las condiciones de exposición a las que el ejemplar se encontraba previamente adaptado.

iv. Protección, marcaje y riego Una vez trasplantados los ejemplares, se instalarán protecciones individuales (malla raschel o similar) de manera de evitar el ataque de fauna y serán marcados mediante banderas, placa o cintas de color que identificará al ejemplar y la fecha de relocalización., de manera que

sean claramente diferenciables de la vegetación residente del área de trasplante.

Una vez realizado el trasplante, se debe mantener el suelo sin regar por 3 a 6 días para dejar que cicatricen las heridas que se haya producido en las raíces durante la operación. Después de este período, se puede comenzar a regar normalmente (Hernández, 2000). Posterior al primer riego y dependiendo de la necesidad de riego, se deberá mantener un riego mensual durante el primer año, entre los meses de noviembre y abril.

v. Seguimiento Se considera un plazo total de seguimiento de cinco (5) años de monitoreo con un informe por campaña. La frecuencia de monitoreo será mensual los primeros tres meses posteriores a su relocalización, luego se desarrollará trimestral completando el primer año. El segundo año se realizará con periodicidad semestral para finalmente monitorear anualmente entre el tercer y quinto año.

Cada ejemplar plantado deberá contar con un número asociado a una ficha en la que se incluirá la información de su desempeño durante todo el seguimiento. En cada monitoreo se registran las siguientes variables:

• Sobrevivencia de individuos de cada especie (presente, ausente). • Altura de los individuos. • Número de flores si presentan los individuos de cada especie. • Estado fenológico (por ejemplo: vegetativo, floración, fructificación, dispersión de semillas). • Estado fitosanitario (por ejemplo: sano, regular, enfermo). • Apariencia general, aparición de marcas de daño o eventuales pérdidas de turgencia.

Las acciones del plan de seguimiento deben considerar los siguientes parámetros a seguir:

• Número de ejemplares rescatados. • Número de ejemplares relocalizados. • Georreferenciación de la o las áreas de trasplante y su representación cartográfica. • Porcentaje de prendimiento alcanzado, abundancia o cobertura de la superficie definida, según corresponda, y su registro fotográfico.

Se considerará como indicador de éxito un resultado de establecimiento igual o superior al 75% de sobrevivencia.

Los contenidos que debe considerar cada informe de seguimiento son los indicados a continuación:

• Metodología utilizada para la obtención de datos de terreno. • Porcentaje de prendimiento por sector. • Condición sanitaria de los individuos por sector. • Análisis estadístico de los datos. • Conclusiones.

Estos informes serán enviados a CONAF y a la SMA, de la Región de Atacama. Justificación De acuerdo con las campañas de terreno realizadas para el componente flora, se identificaron 54 individuos de Cumulopuntia sphaerica que se verán intervenidos por las obras permanentes, por lo que se contempla el rescate y su relocalización.

No obstante, atendida la presencia de las especies Eulychnia acida y Miqueliopuntia miquelii dentro del área de influencia del Proyecto, la medida considera su incorporación y la realización de una prospección detallada previo al inicio de las obras.

Las áreas a rescatar y prospectar se presentan en la siguiente Figura:

Figura. Ubicación de cactáceas a rescatar asociadas a obras permanentes del Proyecto

Fuente: Figura 9 del Anexo 11 Adenda Complementaria.

Cabe indicar que las especies Cumulopuntia sphaerica, Eulychnia acida y Miqueliopuntia miquelii se encuentran en categoría de conservación y clasificadas en Preocupación Menor (D.S. N°19/2012, D.S. N°41/201 y D.S. 13/2013 MMA, respectivamente). Lugar de implementación Áreas de intervención asociadas a obras permanentes del Proyecto, las cuales corresponden a las siguientes infraestructuras: bodegas, baterías, centros de transformación, obras hidráulicas, conversor y camino de acceso. Forma y oportunidad de implementación Se considera una prospección en terreno previo al inicio de las obras con el fin de identificar, georreferenciar y cuantificar los individuos presentes en las áreas de intervención, permitiendo precisar aquellos ejemplares que serán objeto de rescate, así como incorporar eventuales individuos no detectados previamente.

El personal que trabajará en las labores de rescate y relocalización será guiado bajo las órdenes de un profesional especialista en flora terrestre, que estará presente mientras duren las labores de rescate y relocalización. La cuadrilla encargada de la actividad deberá contar con todo el equipamiento necesario para su realización (escalera, palas, chuzos, sacos y baldes que permitan el traslado de los individuos) y el equipo de protección personal necesario (antiparras guantes de cuero, zapatos de seguridad, alcohol gel, bloqueador solar, etc.).

Este tipo de medida es aplicable a especies de cactáceas con sistemas radiculares relativamente superficiales o a todas aquellas especies que han demostrado ser susceptibles de traslado. Se extraerán individuos completos del área donde se desarrollan naturalmente (rescate) y se movilizarán hacia otro sitio donde serán replantados (relocalización), incluyendo todas las acciones preliminares e intermedias de investigación, técnicas de extracción, transporte y establecimiento.

El protocolo será ejecutado bajo la supervisión de un especialista en flora con experiencia en el rescate y relocalización de cactáceas.

El personal que trabajará en las labores de rescate y relocalización será guiado bajo las órdenes de un profesional especialista en flora terrestre, que estará presente mientras duren las labores de rescate y relocalización. La cuadrilla encargada de la actividad deberá contar con todo el equipamiento necesario para su realización (escalera, palas, chuzos, sacos y baldes que permitan el traslado de los individuos) y el equipo de protección personal necesario (antiparras guantes de cuero, zapatos de seguridad, alcohol gel, bloqueador solar, etc.).

Para llevar a cabo la actividad, se requerirá disponer de un área que cuente con las siguientes instalaciones:

• Bodega de insumos: Se usará para almacenar los elementos utilizados para el tratamiento de cactus provenientes del área de intervención. Se manejarán bajo control de inventario los elementos químicos como fertilizantes y fungicidas. • Sector de acondicionamiento: Corresponderá a un sector destinado para la cicatrización de las bases de los cactus. La ubicación de esta área debe considerar la exposición del sol, donde además se debe contar con malla tipo Raschel para evitar la excesiva radiación y los cactus jamás deben estar ubicados en contacto directo con el suelo, sino que se debe proveer una base que permita su aireación.

Oportunidad: Esta medida se ejecutará previo al inicio de las obras y acciones de las fases de construcción.

A continuación, se presenta el programa estimativo de actividades organizado estacionalmente de acuerdo al periodo adecuado para cada actividad. Se destaca que este cronograma y la temporalidad de los trabajos dependen exclusivamente del inicio de las obras del proyecto y su grado de avance.

En la Tabla 12 del Anexo 11 Adenda Complementaria se presenta el Cronograma de actividades medida MM-FYV-07. Indicador de cumplimiento Se considerará como indicador de éxito un resultado de establecimiento igual o superior al 75% de sobrevivencia.

En el caso de que los individuos relocalizados estén bajo los porcentajes de éxito definidos anteriormente, se podrán implementar medidas correctivas, para lograr el objetivo relocalización. Se realizará la plantación de individuos producidos en vivero para el reemplazo de la mortalidad. Los ejemplares para plantar deberán tener un tamaño

aceptable (>10cm) y deberán estar ya adaptados a las condiciones de estrés hídrico, propio del sector en el que se desarrollarán previo a su salida desde vivero. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.8

7.9 MR-FYV-01: Descompactación del Suelo Previo a la Operación Fase Operación. Impactos ambientales FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Reparación. Componente ambiental objeto de protección Flora y Vegetación. Objetivo Evitar la pérdida de individuos de especies asociadas al desierto florido, debido a la compactación del suelo producto de la circulación de personal, vehículos y maquinaria entre los módulos fotovoltaicos, devolviendo el suelo sus características físicas iniciales para poder sustentar la biodiversidad. Descripción Debido a la compactación del suelo producto de la circulación de personal, vehículos y maquinaria entre los módulos fotovoltaicos del proyecto, se procederá a descompactar las áreas correspondientes, de manera que sean devueltas las características físicas del suelo para sustentar la biodiversidad, principalmente para los eventos de desierto florido. Justificación Uno de los principales factores de riesgo para el ciclo de vida de las flores del desierto florido, está en el tránsito de maquinaria pesada, vehículos y personas en momento en que las plantas están creciendo, floreciendo o dispersando sus semillas, por lo que se plantea descompactar el suelo que ha sido compactado por el tránsito de estos elementos provenientes de las actividades de la fase de construcción. Lugar de implementación Sectores entre trackers, área de instalación de faenas y áreas de acopio de material. Forma y oportunidad de implementación Forma: Debido a la compactación del suelo producto de la circulación de personal, vehículos y maquinaria entre los módulos fotovoltaicos del proyecto, así como por la instalación de las obras temporales y zonas de acopio de materiales por un tiempo de 18 meses, es que se procederá a descompactar las áreas correspondientes, de manera que sea devuelta la calidad física del suelo para el evento de desierto florido, a través de una descompactación que sea mecánica, pero menos invasiva que el arado tipo cincel que considere el grado de compactación del suelo y la fragilidad del recurso. Se priorizará el uso de subsoladores que permiten fracturar horizontes compactados sin inversión de suelo, evitando la remoción profunda y la alteración del banco de semillas.

Oportunidad: Previo al inicio de la fase de operación (durante el término de fase de construcción y previo al inicio de fase de operación). Indicador de cumplimiento • Poseer al menos un 85% de fragmentos de suelo de menos de 3 cm en superficie, los cuales serán medidos a través de parcelas (muestras) de 1x1 metro, con al menos 15 muestras por hectárea.

Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.11

7.10 MR-FYV-02: Rescate de Semillas de Especies Herbáceas y Arbustivas Fase Construcción y Operación. Impacto ambiental FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Reparación. Componente ambiental objeto de protección Flora y Vegetación. Objetivo Colectar y resguardar el germoplasma de especies herbáceas y arbustivas del Desierto Florido presentes en el área de influencia del Proyecto, pero ubicadas fuera del cerco perimetral y de las áreas a intervenir por el Proyecto. La medida contempla la colecta, almacenamiento y conservación de semillas viables, con el fin de contribuir a su posterior reproducción y conservación, resguardando la diversidad genética local de las poblaciones presentes en el área del Proyecto. Descripción Se implementará un Plan de Rescate de Semillas de especies herbáceas y arbustivas, el cual contempla la colecta de germoplasma. Las especies a considerar y la técnica de recolección específica considerada para cada una de ellas, se presentan en la Tabla 18 del Anexo 11 Adenda Complementaria.

Para la colecta de germoplasma a partir de semillas, se realizará un recorrido pedestre de los sectores dentro del área de influencia del Proyecto y donde no se contempla la intervención o corta de estas especies.

La medida incluye la identificación de especies objetivo, monitoreo fenológico, colecta de semillas maduras, etiquetado, almacenamiento y conservación del material recolectado en condiciones adecuadas, así como su resguardo en instituciones especializadas. Justificación Las actividades de construcción del Proyecto pueden generar la pérdida de cobertura vegetal y del banco de semillas de especies herbáceas y arbustivas, particularmente aquellas asociadas al fenómeno de Desierto Florido.

En este contexto, la colecta y conservación de semillas permite resguardar el germoplasma de estas especies, contribuyendo a su conservación ex situ y a su potencial uso en procesos de restauración o reproducción futura. Asimismo, permite preservar la diversidad genética local y las características adaptativas propias de las poblaciones presentes en el área del Proyecto, favoreciendo la mantención de su identidad ecológica. Lugar de implementación Área del Proyecto, fuera del cerco perimetral y hasta el fin del límite del área de influencia de la componente Flora y Vegetación (área no intervenida). Las áreas de rescate de semillas se presentan en la siguiente Figura:

Figura. Área de Rescate de Semillas

Fuente: Figura 11 del Anexo 11 Adenda Complementaria. Forma y oportunidad de implementación Forma: El procedimiento de la medida se detalla en el Anexo 11.1 Plan de Manejo Biológico actualizado de la Adenda Complementaria. No obstante, se resumen las principales actividades:

i. Monitoreo fenológico Posterior a la obtención de la RCA, se realizará una prospección de terreno para identificar individuos candidatos para la colecta. Se efectuará un monitoreo fenológico periódico (hasta 3 veces por año) durante un periodo de hasta 3 años, con el fin de determinar el momento óptimo de colecta.

ii. Colecta de semillas y frutos secos La colecta se realizará durante el periodo de dispersión (octubre a marzo), recolectando semillas maduras, viables y sanas, en ciertos casos se extraerán los frutos secos para luego extraer sus semillas. Se colectará como máximo el 20% de las semillas disponibles por individuo y por población, con el fin de no afectar la regeneración natural. En el caso de especies con mecanismos de dispersión específicos, podrán aplicarse técnicas particulares de colecta, tales como recolección de inflorescencias secas o uso de mallas (por ejemplo, bolsas de tulle), con el fin de evitar la pérdida de semillas y asegurar su viabilidad.

Las semillas serán almacenadas en bolsas de papel o género debidamente rotuladas y transportadas en condiciones que aseguren su ventilación y conservación, evitando su exposición a altas temperaturas y humedad, con el fin de prevenir procesos de deterioro o proliferación de hongos.

iii. Etiquetado y registro Se identificarán las bolsas con las semillas colectadas y se utilizará la ficha que propone el Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA), cuya información se detalla a continuación:

  • Identificación de la planta (Familia, Género, Especie, subespecie, Nombre Común).
  • Identificador de colecta

  • Datos de localización (nombre recolector, número, fecha y sitio de recolección, Región o Provincia, Coordenadas y altura geográficas, pendiente, exposición, topografía).

  • Información del hábitat (tipo de vegetación, especies asociadas y dominantes).
  • Formación Vegetacional indicada en la línea de base, si corresponde
  • Cantidad de plantas muestreadas.
  • Área muestreada.
  • Humedad de las semillas al momento de la cosecha.

iv. Conservación y almacenamiento Las semillas deberán ser secadas lo antes posible y conservadas secas a baja temperatura, para así evitar reducción en su potencial de longevidad y se almacenarán en una bodega previamente acondicionada, libre de humedad y con baja temperatura.

El germoplasma recolectado será almacenado en el Banco de Semillas del INIA o el Banco de semillas de la Universidad de Chile (CESAF Facultad de Ciencias Forestales).

v. Seguimiento Se elaborarán informes anuales durante un periodo de hasta 3 años, en los cuales se reportará la ejecución de la medida y sus resultados a la SMA y CONAF. Asimismo, se mantendrá registro del material recolectado y su estado de conservación, incluyendo la documentación de ingreso a los bancos de semillas correspondientes.

Oportunidad: La medida se ejecutará durante la fase de construcción y operación, en función del estado fenológico de las especies objetivo, priorizando la colecta en periodos de dispersión de semillas. Indicador de cumplimiento El cumplimiento de la medida se verificará mediante informes anuales de seguimiento (hasta 3 años), remitidos a la autoridad ambiental (SMA y CONAF), los cuales incluirán:

  • Detalle de la colecta (especies y cantidad)
  • Metodología aplicada
  • Registro fotográfico representativo
  • Registro de almacenamiento y destino del material

Adicionalmente, se acreditará la implementación mediante el comprobante de recepción del material por parte del banco de semillas correspondiente (INIA o Universidad de Chile). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.12

7.11 MC-FYV-01: Plan de Manejo Biológico de Especies Amenazadas y Xerofíticas Fase Construcción y Operación. Impactos ambientales FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado). FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas.

FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Compensación. Componente ambiental objeto de protección Flora y Vegetación. Objetivo El objetivo de la medida será relocalizar y propagar las especies singulares y xerofíticas que se encuentran al interior de las formaciones xerofíticas identificadas por el Proyecto y que serán intervenidas por su materialización. En específico, la actividad se enfoca en los individuos de Balsamocarpon brevifolium (algarrobilla) clasificada En Peligro, y en individuos de Skytanthus acutus (cacho de cabra) y Eulychnia acida (copao), especies originarias del país conforme al listadas del D.S N°68/2009. Descripción La medida se aplica al interior de las formaciones xerofíticas definidas (ver Anexo 9.6 PAS 151 de la Adenda Complementaria), según el siguiente detalle:

Figura. Ubicación de formaciones xerofíticas dentro del Área de Influencia del Proyecto

Fuente: Figura 12 del Anexo 11 Adenda Complementaria.

i. Detalle de las especies La medida aplica de manera diferencia dependiendo de la especie objetivo. La medida se presenta de forma detallada en el Anexo 11.1 de la Adenda Complementaria.

Balsamocarpon brevifolium Se contempla propagar la especie a partir de semillas y esquejes. Una vez se hayan obtenido plántulas estas serán plantadas en el área de compensación en una proporción de 1:2 (por 1 individuo cortado, 2 serán plantados).

Skytanthus acutus y Eulychnia acida Se contempla propagar la especie Cacho de cabra a partir de semillas y esquejes, mientras que para Copao se considera propagación vegetativa considerando obtener secciones columnares o brazos provenientes de individuos adultos, sanos y vigorosos que serán intervenidos y se podrá evaluar el rescate completo de individuos de menor tamaño, procurando conservar el sistema radical.

Para ambas especies, se ha considerado una repoblación de 1:1, es decir, por cada individuo cortado en el área de intervención, un individuo será plantado en el área de destino.

ii. Método de Rescate de Germoplasma La colecta de semillas deberá seguir el protocolo establecido por el “Manual de recolección de semillas de plantas silvestres” del Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA, 2004) para el caso de especies arbustivas.

El número de semillas a colectar de los individuos que serán intervenidos por el Proyecto será la máxima capacidad de semillas viables y sanas que se pueda recolectar.

Se realizarán monitoreos fenológicos orientados a detectar la ocurrencia de fructificación, no obstante, se deberá contemplan realizar la colecta de semillas y esquejes a fines de primavera y principios de verano de todos los individuos dentro de formaciones xerofíticas que presenten fructificación.

Para la búsqueda de semillas, la actividad estará a cargo de un equipo capacitado, con experiencia en identificación de especies, la fisiología vegetal, así como la forma apropiada de colecta de semillas y su conservación.

iii. Propagación y reproducción de plantas en vivero El titular pondrá en funcionamiento un vivero-invernadero ya sea propio o se contará con el servicio proveído por un tercero, que se encuentre preferentemente dentro de la misma región.

Se realizará un tratamiento para cada especie, según lo recomendado por bibliografía especializada. Para las semillas de Balsamocarpon brevifolium se aplica escarificación mecánica (lijado suave de la testa o corte parcial del tegumento y remojo, ya sea con agua a temperatura ambiente por 24-48 horas hasta que la semilla se hinche (Riedemann, et al., 2006; Arancio y Meza, 2011, Boletín INIA N°240; Ficha Técnica MMA RCE (2014) o en ácido sulfúrico por 60 min y posterior lavado en agua corriente (Gutiérrez et al., 2013).

Para Skytanthus acutus, se considerará preferentemente un tratamiento pregerminativo de remojo en agua fría por 48 horas (Letelier, L. et al. (2015). Informativo INIA Rayentué N° 61) o con ácido giberélico a 250 ppm por cinco días (Pardo, 2021), no obstante, podrán implementarse otros tratamientos.

Para Eulychnia acida se procurará mantener la integridad del sistema radical durante su traslado y almacenamiento, evitando su desecación y daño mecánico, mientras que, en el caso de material obtenido mediante propagación vegetativa, los segmentos serán manipulados evitando su exposición a humedad y daño mecánico, priorizando su adecuada ventilación y serán retirados inmediatamente individuos que presenten signos de ataque de hongos en su base o posibles cicatrizaciones incompletas.

iv. Establecimiento de la Plantación Esta actividad se efectuará en temporada de otoño-invierno. Si bien el titular ha comprometido un área de compensación para el establecimiento de las plantas objetivos del presente PMB, es importante señalar que al momento de efectuar la marcación de las áreas específicas para el establecimiento final de las plantas (semillas y/o esquejes) deberá realizarse un microruteo específico para definir los lugares más idóneos para la plantación, evaluando las condiciones de micrositio más apropiadas.

Las casillas se ejecutarán en sectores planos en el área de revegetación y paralelos a las zonas de escurrimiento de las quebradas, lo que favorece una estructura “natural” de las formaciones en lugar de las tradicionales hileras. Se tratará, en lo posible, que cada casilla de plantación se ubique en sectores con algún grado de protección ya sea por parte de plantas mayores ya establecidas en el área o cercano a elementos presentes que puedan generar sombra en ciertos momentos del día.

Con el fin de aumentar la biomasa radicular se evaluará la utilización de micorrizas, ya sea en la semilla o en trasplante, lo que será definido al momento de ejecutar la actividad respectiva y según disponibilidad del servicio.

Se hará una casilla u hoyo de plantación de dimensiones aproximadas 40x40x40 cm y se verificarán las condiciones de humedad del suelo antes de instalar cada planta. La casilla será llenada con tierra del sitio. No obstante, en caso de que el prendimiento no sea adecuado y el especialista a cargo de la actividad lo considere indispensable, se reevaluará la necesidad de incorporar alguna mezcla de sustrato adicional, que permita mejorar el prendimiento radicular.

Se instalará un tutor y protector de malla hexagonal de 50 cm de alto, u otra protección equivalente, considerando confeccionar una taza de riego alrededor de cada planta.

v. Riego y fertilización Se ha decidido aumentar el riego inicial de establecimiento a 20 litros/individuo a repetición cada 15 días, en la misma cantidad, hasta el mes de abril. Posterior a esto, los riegos serán mensuales considerando 10 litros/individuo hasta el cumplimiento de los dos años de la plantación. Para el tercer y cuarto año se mantendrá el programa de riego, pero reduciendo la cantidad de agua paulatinamente respecto al año anterior. Se evaluará continuar con el riego después del cuarto año, de acuerdo con los resultados de la plantación.

vi. Seguimiento Para las especies Balsamocarpon brevifolium y Skytanthus acutus plantadas en el área de compensación, así como los ejemplares relocalizados de Eulychnia acida, se llevará a cabo un seguimiento constante y se considera un plazo total de ocho (8) años de monitoreo, posterior a la plantación, con un informe por campaña.

La frecuencia de monitoreo será mensual los primeros tres meses, luego se desarrollará un monitoreo trimestral hasta cumplir el primer año. A partir del segundo año y hasta el octavo, el monitoreo se realizará con periodicidad semestral.

El monitoreo permitirá determinar la necesidad de reponer individuos cuyo desempeño no sea el óptimo para sobrevivir o de tomar medidas frente a los problemas observados, permitiendo tomar acciones tales como el control de plagas, riego de apoyo, uso de fertilizantes.

Los parámetros que se considerarán serán los siguientes: a) Sobrevivencia: Se calificarán los individuos como vivos o muertos. Para que un individuo sea considerado muerto deberá tener todas sus ramas y follaje seco, sin presencia de rebrotes.

Por el contrario, para que se considere vivo debe contar con alguna de las siguientes características: - Presencia de follaje y vigorosidad. - Parte aérea del follaje seco, pero con rebrotes en la base. - Ramas vivas mediante la tensión a la ruptura y que en su interior tengan coloración verdosa a amarilla. - Plantas con daños mecánicos a las ramas, pero con las yemas basales vivas; verificación de las yemas vegetativas tanto apicales como laterales vivas, observando pequeñas hojas vivas en el meristema.

Los parámetros a evaluar son los detallados a continuación: b) Estado fitosanitario: Se evaluará si los individuos tienen presencia de patógenos o plagas, signos de pudrición o hongos. c) Estado fenológico: Se registrará si cada uno de los individuos se encuentra dentro del período de receso vegetativo, floración o fructificación y se analizará su sincronía fenológica con los individuos presentes en estado natural dentro del área de relocalización. d) Estado de las protecciones y del tutor: se verificarán en terreno las condiciones generales de las protecciones individuales de cada planta y del tutor.

Se llevará un registro de las eventuales causas observadas de pérdida o daño. - Metodología utilizada para la obtención de datos de terreno. - Porcentaje de prendimiento por sector. - Condición sanitaria de los individuos por sector. - Análisis estadístico de los datos. - Conclusiones.

Estos informes serán enviados a CONAF y a la SMA, de la Región de Atacama. Justificación En el área de influencia del Proyecto se encontraron las siguientes especies susceptibles a ser afectadas por las obras: Balsamocarpon brevifolium (especie con grado de amenaza) y Skytanthus acutus y Eulychnia acida (Formación xerofítica), por lo cual se requieren medidas para compensar el impacto.

Lugar de implementación La medida comenzará a ser ejecutada dentro del área del Proyecto donde se realizará la colecta de semillas y obtención de esquejes. Luego, el material se propagará y reproducirá en vivero (propio o de tercero, en la misma región) y posteriormente las plantas serán llevadas al sitio de compensación (ver siguiente figura y cuadro):

Figura. Ubicación del Área de Compensación

Fuente: Figura 13 del Anexo 11 Adenda Complementaria.

Tabla. Coordenadas del sitio de compensación (WGS84 Huso 19S) Vértice UTM Norte UTM Este 1 6.852.367 324.750 2 6.851.898 325.728 3 6.851.237 325.561 4 6.851.264 325.041 Fuente: Tabla 20 del Anexo 11 Adenda Complementaria. Forma y oportunidad de implementación Forma: Esta medida debe realizarse estrictamente conforme a lo indicado en el Plan de Manejo Biológico de Flora (PMBF), el cual se encuentra en el Anexo 11.1 de la Adenda Complementaria.

La actividad estará a cargo de un equipo capacitado, con experiencia en identificación de especies, la fisiología vegetal, así como la forma apropiada de colecta de semillas y su conservación.

La colecta de semillas deberá seguir el protocolo establecido por el “Manual de recolección de semillas de plantas silvestres” del Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA, 2004) para el caso de especies arbustivas.

Para la búsqueda de semillas, se realizará un recorrido pedestre en dichas formaciones a fin de colectar frutos y semillas y esquejes de las especies arbustivas, material que será colectado y debidamente rotulado, considerando al menos la siguiente información - Código único. - Especie. - Georreferenciación del individuo de procedencia. - Exposición. - Características del suelo.

  • Características del hábitat (especies acompañantes, detalle de si es quebrada o zona alta).
  • Coordenada del lugar de extracción.
  • Colector responsable.

La cuadrilla encargada de la actividad deberá contar con todo el equipamiento necesario para su realización (escalera, palas, chuzos, sacos y baldes que permitan el traslado de los individuos) y el equipo de protección personal necesario (antiparras guantes de cuero, zapatos de seguridad, alcohol gel, bloqueador solar, etc.).

Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción se realizará el microruteo para colectar semillas y esquejes, así como la selección de secciones columnares o brazos provenientes de individuos de Copao adultos, sanos y vigorosos.

Posteriormente la medida se implementará durante la fase de construcción y operación.

A continuación, se presenta el programa estimativo de actividades, el que también se presenta en el Anexo 11.1 de la A. Complementaria:

Tabla. Cronograma de actividades MC-FYV-01

Fuente: Tabla 21 del Anexo 11 Adenda Complementaria. Indicador de cumplimiento Para la especie Balsamocarpon brevifolium, se mantiene el 75% en una proporción de plantación 1:2.

Para los ejemplares de Skytanthus acutus y Eulychnia acida se considerará como indicador de éxito un resultado de establecimiento igual o superior al 75% en una proporción de plantación 1:1. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.13

7.12 MC-FYV-02: Programa de Monitoreo para Erradicación de Volutaria tubuliflora en el Área de Compensación Fase Construcción, Operación y Cierre. Impactos ambientales FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Compensación. Componente ambiental objeto de protección Flora y Vegetación. Objetivo Establecer las pautas generales para gestionar las tareas de control de especies exóticas invasoras en el ecosistema del Desierto Florido, principalmente el control de Volutaria tubuliflora dentro del sitio de compensación, con el fin de implementar acciones de control oportunas que eviten su establecimiento y propagación.

Descripción Esta medida constituye un plan integral para el monitoreo preventivo y su correspondiente control y la erradicación de la especie exótica invasora Volutaria tubuliflora en el área de compensación, que representa una amenaza para la biodiversidad y el equilibrio ecológico de la región de Atacama, especialmente al ecosistema del Desierto Florido. En este contexto, el programa contempla la realización de monitoreos periódicos que permitan verificar la presencia o ausencia de la especie. En caso de detectarse individuos de Volutaria tubuliflora, se implementarán acciones de control puntual, consistentes en su remoción manual o mecánica, priorizando etapas tempranas de desarrollo para evitar la producción y dispersión de semillas. El detalla de la forma de implementar la erradicación de la especie, se presenta en el Anexo 11.1 de la Adenda Complementaria.

El programa se mantendrá activo durante las fases del proyecto asociadas al sitio de compensación, considerando una frecuencia referencial anual, la cual podrá ajustarse según las condiciones observadas en terreno, ejecutándose las acciones de control únicamente en caso de registrarse la presencia de la especie. Justificación La especie Volutaria tubuliflora, es una especie exótica invasora descrita en Comunicación breve Gayana Bot. vol.71 no.2 Concepción dic. 2014 “Volutaria tubuliflora (Murb.) Sennen (Asteraceae), nueva especie alóctona asilvestrada para Chile., Teiller. et al., 2014", donde se señala que "En relación con su hallazgo en Chile, se reporta una población de esta especie que se ha naturalizado a lo largo de la carretera Panamericana entre las ciudades de Copiapó y Vallenar, particularmente entre la quebrada Algarrobal y las afueras de Vallenar”.

Volutaria tubuliflora se distribuye naturalmente al norte de África y en el sur de Europa. Es una planta que se adapta bien al clima del tipo mediterráneo árido y a su transición con el clima desértico.

Cabe indicar que la especie es considerada una Especie Exótica Invasora (EEI) de alto riesgo, especialmente en la Región de Atacama, donde amenaza la biodiversidad del fenómeno del Desierto Florido. Lugar de implementación Área de compensación.

A continuación, se presenta el área correspondiente al sitio de compensación donde se ejecutará la medida.

Figura. Área de compensación monitoreada para detección y erradicación de V. tubuliflora

Fuente: Figura 14 del Anexo 11 Adenda Complementaria Forma y oportunidad de implementación Para la aplicación de esta medida se debe seguir estrictamente los lineamientos establecidos en el Plan de erradicación de Volutaria tubuliflora, la cual se presenta en el Anexo 11.1 de la Adenda Complementaria y en el Anexo 3.3.4 de la Adenda. No obstante, a continuación, se presenta resumidamente el procedimiento a seguir en los sectores del Proyecto donde se encuentre la especie:

i. Establecer la fenología de la especie El estudio de fenología de esta especie debe registrar los períodos de germinación, crecimiento vegetativo, floración y producción de frutos y semillas. Con esta información se podrá llevar a cabo la corta y/o extracción de los ejemplares de esta especie, ya que se debe realizar durante su fase vegetativa, evitando la aparición de los capítulos florales. Un especialista en flora determinará el momento adecuado del manejo de los individuos de Volutaria tubuliflora, quien además deberá realizar la capacitación a los trabajadores sobre la especie. Esta actividad será informada a CONAF o la institución competente mediante un informe de ejecución de la medida.

ii. Programa de Monitoreo Se procederá a la identificación temprana de potenciales focos para proceder a su eliminación. El monitoreo estará diferenciado por sectores según la probabilidad de dispersión de la planta, en sectores con prioridad Alta, Media y Baja de vigilancia. En cuanto al método de inspección, se considera la realización de transectos variables, en zigzag. Más detalles se presentan en el anexo 11.1 de la Adenda Complementaria.

iii. Extracción de ejemplares La extracción se realizará cuando la especie se encuentre en estado vegetativo, como es una hierba anual este estado se manifiesta una vez al año, este período será definido por el/la especialista en flora como resultado del estudio de la fenología.

La extracción se realizará de forma manual o mecánica durante las fases de construcción, operación y cierre, en toda el área del proyecto, esto incluye el área de la línea de transmisión eléctrica, así como en el área de compensación.

Oportunidad: Fase de construcción, operación y cierre, cada vez que se detecte la presencia de la especie, al menos una vez al año en la etapa vegetativa de la especie, en el área de compensación. Indicador de cumplimiento - Acta de participación de las capacitaciones. - Informe elaborado por el/la especialista en flora y vegetación. - Acta de recepción de residuos en un sitio de disposición autorizado. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.14

FAUNA TERRESTRE

7.13 MM-FAT-01: Enriquecimiento de Hábitat en el Sitio de Relocalización de Fauna Terrestre Fase Construcción. Impacto ambiental FAT-01: Pérdida de hábitat para fauna nativa, endémica y/o en categoría de conservación de baja movilidad. Tipo de Medida Mitigación. Componente ambiental objeto de protección Fauna Terrestre. Objetivo Aumentar la disponibilidad de refugio del área receptora de la relocalización de especies afectas al PAS 146. Descripción Se reubicarán elementos del sector intervenido en el área de relocalización determinada para el PAS 146, de manera de aumentar la disponibilidad de refugio en el área receptora como, por ejemplo, rocas, ramas, troncos, entre otros. Justificación Debido a las acciones y obras del Proyecto se producirá pérdida de hábitat para las especies de fauna (nativa, endémica y/o en categoría de conservación) de baja movilidad Liolaemus nigromaculatus, Liolaemus atacamensis, Callopistes maculatus y Eligmodontia dunaris, dado que se debe relocalizar a los individuos afectos al PAS 146, esta medida busca complementar la relocalización aumentando la disponibilidad de refugio para estas especies. Lugar de implementación Área de relocalización de fauna terrestre (Anexo 9.5 PAS 146 de la Adenda Complementaria), tal como muestra la siguiente figura:

Figura: Ubicación de área de relocalización

Fuente: Figura 10 del Anexo 11 Adenda Complementaria. Forma y oportunidad de implementación Forma:

Se realizará una caracterización del área de destino del rescate asociado al PAS 146, donde se levantarán y georreferenciarán los sectores a enriquecer.

En paralelo a la ejecución del PAS 146 se irán recolectando los refugios de las especies de interés que se distingan además de otros elementos como rocas, ramas, troncos, entre otros, los cuales se irán depositando en los sectores seleccionados inicialmente de manera tal de aumentar la disponibilidad de refugio de las especies que irán siendo relocalizadas ahí.

Oportunidad: La medida será realizada en paralelo a la ejecución del PAS 146.

Tabla. Medidas de ejecución del PAS 146 Procedimiento Tiempo Solicitud del permiso 30 días Aviso de captura 10 días Caracterización área de relocalización 3 días Campaña Rescate y Relocalización 5 días (por definir según superficie del sector a liberar) Monitoreo 1 15 días desde finalizada la actividad de relocalización Remisión de informe a la autoridad 30 días desde el monitoreo 1 Monitoreo 2 30 días realizada la actividad de relocalización Remisión de informe a la autoridad 30 días desde el monitoreo 2 Monitoreo 3 60 días realizada la actividad de relocalización Remisión de informe a la autoridad 30 días desde el monitoreo 3 Solicitud del permiso Monitoreo Largo Plazo 1 30 días Monitoreo Largo plazo 1 Transcurrida la primera temporada reproductiva Remisión de informe a la autoridad 30 días desde el monitoreo 1 Solicitud del permiso Monitoreo Largo Plazo 2 30 días Monitoreo Largo plazo 2 Transcurrida la segunda temporada reproductiva Remisión de informe a la autoridad 30 días desde el monitoreo 2 Fuente: Tabla 14 del Anexo 11 Adenda Complementaria. Indicador de cumplimiento • Fotografías georreferenciadas de los sectores enriquecidos Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.9

7.14 MM-FAT-02: Rescate y Relocalización Previo al Cierre Fase Cierre. Impacto ambiental FAT-01 Pérdida de hábitat para fauna nativa, endémica y/o en categoría de conservación de baja movilidad. Tipo de Medida Mitigación. Componente ambiental objeto de protección Fauna Terrestre. Objetivo El objetivo de esta medida es la protección de los individuos de las especies de baja movilidad que puedan estar presentes en el área del Proyecto al momento del cierre. Descripción Se implementará un Plan de Rescate y Relocalización de fauna de baja movilidad previo al inicio de la fase de cierre, el cual contempla la identificación de sectores con mayor probabilidad de presencia de individuos, tales como refugios y microhábitats favorables, la prospección intensiva del área, y la posterior captura, manejo y relocalización de los individuos detectados hacia sitios previamente definidos.

La medida considera primeramente la identificación y cuantificación de los individuos de baja movilidad presentes y luego la planificación y ejecución del rescate y posterior relocalización de dichos ejemplares.

La actividad será ejecutada por especialistas en fauna terrestre, resguardando el bienestar de los individuos y minimizando el estrés asociado a su manipulación, priorizando la intervención en aquellos sectores que presenten mayor abundancia o condiciones favorables para la fauna objetivo. Justificación El desmantelamiento de obras permanentes asociadas a superficies areales del Parque Solar, podrían afectan especies de baja movilidad naturalmente establecidas durante la fase de operación del Proyecto. Lugar de implementación Área del Proyecto (incluye PSF). Forma y oportunidad de implementación Forma: Previo al inicio de la fase de cierre, se realizará una prospección intensiva del área del Proyecto con el objetivo de identificar sectores con mayor probabilidad de presencia de fauna de baja movilidad, tales como refugios, microhábitats favorables y zonas con mayor abundancia relativa de individuos. Esta actividad será ejecutada por especialistas en fauna terrestre, mediante metodologías de búsqueda activa y revisión de refugios, y permitirá además caracterizar el área a intervenir en términos de especies presentes y abundancia relativa, con el fin de orientar la planificación y ejecución del rescate y relocalización.

Los sectores identificados podrán ser georreferenciados de manera referencial, registrando áreas relevantes para la ejecución del rescate y las especies detectadas.

De manera complementaria, se efectuará una caracterización del área receptora, con el fin de establecer una condición de base para la evaluación de la efectividad de la medida, considerando parámetros como riqueza de especies, abundancia y estructura poblacional.

Una vez obtenido el permiso sectorial correspondiente, se procederá a la captura de los individuos mediante técnicas adecuadas al grupo

taxonómico, tales como captura manual y/o el uso de trampas específicas, priorizando metodologías de bajo impacto y resguardando en todo momento el bienestar de los ejemplares. Los individuos capturados serán mantenidos en condiciones de cautiverio temporal adecuadas, en recipientes ventilados y acondicionados según sus requerimientos ecológicos, minimizando los tiempos de retención y evitando condiciones de estrés. Posteriormente, serán trasladados hacia el sitio de relocalización en condiciones controladas, asegurando su integridad física y reduciendo al mínimo los tiempos de transporte.

Posteriormente, se gestionará la obtención del permiso sectorial correspondiente (PAS 146 o el que aplique según normativa vigente), el cual definirá las metodologías de captura, cantidad de especialista, manejo, transporte, liberación y las características del sitio de relocalización.

La liberación se efectuará en sectores previamente definidos que presenten condiciones ambientales equivalentes al área de origen, incluyendo tipo de sustrato, cobertura vegetal, disponibilidad de refugios y condiciones microclimáticas, procurando además no superar la capacidad de carga del sitio receptor. La ejecución de la medida se realizará de manera coordinada con el cronograma de cierre del Proyecto, pudiendo implementarse por sectores o tramos en función del avance de las obras, evitando que transcurran más de 5 días entre la relocalización de los individuos y el inicio de las actividades de desmantelamiento en cada sector, con el fin de reducir la probabilidad de recolonización.

La medida podrá aplicarse a todas las especies de fauna de baja movilidad detectadas en el área del Proyecto, sin perjuicio de su estado de conservación. Asimismo, su ejecución será respaldada mediante la elaboración de informes técnicos que documentarán el desarrollo de las actividades, incluyendo la metodología aplicada, el registro de los individuos capturados y relocalizados, y evidencia fotográfica representativa del proceso. Las actividades de seguimiento y monitoreo, junto con sus indicadores de éxito, serán detalladas en el marco de la tramitación del permiso sectorial correspondiente.

Oportunidad: Previo al inicio de la fase de cierre. Indicador de cumplimiento La efectividad de la medida será evaluada mediante los resultados de las actividades de seguimiento, considerando los siguientes indicadores:

• Presencia de al menos una especie relocalizada en el sitio receptor. • Uso de los refugios disponibles en el área de relocalización. • Mantención o variación de la abundancia relativa. • Evidencia de establecimiento de los individuos, ya sea mediante registros fotográficos de la ejecución de la medida y/o archivo digital con la georreferenciación de los individuos (kmz, shp o archivo utilizado en la época). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.10

7.15 MC-FAT-01: Enriquecimiento de Hábitat en el Sitio de Compensación Fase Construcción. Impactos ambientales FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Tipo de Medida Compensación Componentes ambientales objeto de protección Fauna terrestre. Áreas protegidas y Sitios prioritarios. Objetivo Aumentar la disponibilidad de refugio presentes en el área de compensación descrita en el Anexo 11.4 de la Adenda Complementaria y donde se llevarán a cabo algunas medidas asociadas a la componente Flora y Vegetación, conforme se indica en el Plan de Manejo Biológico de Flora actualizado. Descripción La medida contempla aumentar la disponibilidad de microhábitats y sitios de protección, mediante la incorporación de elementos de refugio para especies de fauna terrestre, tales como rocas, ramas, troncos, entre otros.

Previamente, el área será revisada en campaña de terreno por equipo de profesionales, liderado por especialista en fauna, quienes establecerán el número y los sitios específicos dentro del área de compensación donde se implementarán las actividades de la medida.

El número, cantidad, dimensiones de elementos naturales y locales a incorporar, así como la altura de pircas y de los intersticios para conformarán huecos o cavidades internas para permitir el ingreso de individuos y el flujo de aire, serán determinados por el equipo especialista, definiendo el sector específico y según las condiciones de micrositio. Justificación Aumentar la disponibilidad de refugios y sitios de protección para fauna de baja movilidad en el sitio de compensación sujeto al Plan de Manejo Biológico de Flora, contribuye a mejorar la interacción entre las componentes flora y fauna, pues este tipo de fauna ayuda con la dispersión de semillas, así como en la regulación de posibles plagas, dado que se alimentan de insectos, lo cual ayuda a mejorar la biodiversidad en su conjunto y así las condiciones para que las especies de flora y vegetación plantadas tengan mejor probabilidad de sobrevivencia y reproducción. Lugar de implementación La medida será ejecutada en el sito de compensación, el cual se emplaza en la siguiente ubicación y coordenadas:

Figura. Área de Compensación - Enriquecimiento

Fuente: Figura 14 del Anexo 11 Adenda Complementaria

Tabla. Coordenadas del sitio de compensación (WGS84 Huso 19S)

Fuente: Tabla 21 del Anexo 11 Adenda Complementaria Forma y oportunidad de implementación Forma: Se realizará una caracterización del área de compensación con el fin de determinar los sectores a enriquecer, estos serán georreferenciados.

Oportunidad: La medida se implementará una vez se haya comenzado a ejecutar el Plan de Manejo Biológico de Flora. Indicador de cumplimiento - Fotografías georreferenciadas de los sectores enriquecidos Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.15

MEDIO HUMANO

7.16 MC-DAN-01: Programa de Capacitación para la Recolección de Hierbas Medicinales para la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II Fase Construcción. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. FVT-03: Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación. FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas Tipo de Medida Compensación

Componentes ambientales objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. Flora y Vegetación Terrestre. Objetivo Entregar, transferir y compartir conocimientos técnicos respecto a la reproducción de hierbas medicinales que se verán afectadas por la materialización del Proyecto. Descripción Programa de capacitación que permita la recolección de especies que son de uso habitual por la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II (especialmente como hierbas medicinales), permitiendo su reproducción en áreas fuera del Proyecto, derivando en la elaboración de productos y conservación. Cabe señalar que estas especies son aquellas presentes en el área de influencia del Proyecto que se verán afectadas por su materialización. Las especies que actualmente son utilizadas por la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II corresponden a Balsamocarpon brevifolium (algarrobilla), Heliotropium myosotifolium (palo negro), Krameria cistoidea (pacul), Miqueliopuntia miquelii (tunilla), Atriplex clivicola (cachiyuyo), Senna cumingii (alcaparra), Skytanthus acutus (cacho de cabra) y Encelia canescens (coronilla de fraile). Justificación Durante la fase de construcción del Proyecto se realizará la remoción de la capa vegetal y se ejecutarán movimientos de tierra que afectarán a especies de flora presentes en el AI del Proyecto, algunas de las cuales tienen un uso medicinal por parte de la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II y son recolectadas como parte de sus actividades tradicionales. Así, la presente Medida permitirá capacitar sobre la producción de hierbas medicinales en un lugar distinto al área de Proyecto. Lugar de implementación El Programa de Capacitación en Hierbas Medicinales, se realizará en la localidad de Canto de Agua u otro lugar a definir, previa coordinación entre el titular y la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II según sea establecido en las Mesas de Trabajo del plan de relacionamiento comunitario (CAV-SVC-04). Para el desarrollo de las actividades prácticas, el titular dispondrá de los medios de movilización al área de influencia del proyecto, mientras que para actividades teóricas que se desarrollen de manera presencial, la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II deberá facilitar el lugar para su ejecución. Forma y oportunidad de implementación Forma: • La capacitación estará dictada a cargo de profesional competente con experiencia en capacitaciones, así como en el conocimiento y uso de plantas medicinales. • El profesional será reclutado por el titular y presentado a la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II en la Mesa de Trabajo del plan de relacionamiento comunitario (CAV-SVC-04), exponiendo los contenidos y formas de llevar a cabo la capacitación. • El profesional a cargo será quien defina los contenidos necesarios y la duración de los módulos temáticos. No obstante, se considera la capacitación en los siguientes ámbitos: • Reconocimiento botánico in situ, criterios de selección de ejemplares para su manejo; (actividad práctica/salida a terreno): se contempla una visita con la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II para recorrer los lugares con presencia de las especies objetivos del Programa al momento de desarrollar la medida, con el fin de realizar la identificación botánica de las especies objetivo y en los casos que sea posible, realizar la colecta de material vegetal de las especies con uso medicinal por parte de la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II.

• Revisión de técnicas de recolección (actividad teórica): Se revisarán las principales técnicas de recolección, incluyendo época adecuada de colecta, herramientas requeridas y medidas de protección personal necesarias. • Utilización de hierbas medicinales (actividad teórica): Se abordarán aspectos de los fitofármacos o medicamentos herbarios. • Preparados y conservación (actividad teórica): Se revisarán las principales técnicas de preparación de hierbas y procesamientos de extracción (infusión, decocción y maceración u otras), así como las técnicas de secado y conservación de hierbas para asegurar la mantención de sus propiedades fitofarmacológicas. • Elaboración de productos y subproductos (actividad teórica y/o práctica): En función de los intereses de la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II, se profundizarán conceptos sobre el proceso productivo de los productos y subproductos a elaborar a partir de las hierbas medicinales, dándoles así, un valor agregado a estos recursos. • Emprendimiento (actividad teórica): Consiste en una capacitación cuyo fin es la entrega de herramientas y habilidades para poder ejecutar un emprendimiento en base a los productos generados. Con esta actividad se procura mejorar el conocimiento de las(os) emprendedores en las distintas áreas necesarias para llevar adelante un proyecto; y otorgar herramientas para optimizar la toma de decisiones en torno al desarrollo de una actividad productiva. • Al finalizar cada taller el profesional encargado hará entrega de una minuta de la actividad realizada durante el día. • Se elaborará un informe por el profesional capacitador que registre descripción de las plantas, forma de identificación, el uso y manejo de plantas, ciclo de vida de la planta, técnicas de cuidado, técnicas de reproducción y fotografías de la experiencia desarrollada. • Para el desarrollo de la jornada práctica/salida a terreno, el Titular dispondrá a disposición los medios de movilización y la entrega de colaciones, considerando un máximo de 30 asistentes, previa confirmación con cada GHPPI, junto con facilitar los materiales y herramientas necesarios para su ejecución, tales como guantes, palas, sacos, tijeras, azadón, rastrillo u otro. En caso de requerir un número de asistentes mayor para la realización de esta actividad, se evaluará la necesidad de repetir dicha actividad. • Para el resto de las jornadas del Programa de Capacitación y para las clases teóricas, en caso de ser presenciales, la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II dispondrá del lugar físico para su ejecución y el titular contará con un proyector para visualizar los contenidos, junto con entregar a cada asistente material impreso del Programa, tales como contenidos a tratar, diapositivas impresas, material complementario, libreta de apuntes, lápiz y diploma de participación, entre otros. • Medios de verificación: - Lista de asistencia de las personas presentes en la capacitación. - Copia del material impreso entregado en la capacitación. - Listado de contenidos abordados en el Programa Capacitación en Hierbas Medicinales - Registro fotográfico que da cuenta de las actividades ejecutadas. • Seguimiento: Informe a la SMA con todos los medios de verificación incorporados.

Oportunidad: El Programa de Capacitación será desarrollado una única vez para la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II durante el inicio del Proyecto, en Fase de Construcción.

Su plazo de ejecución será definido según el programa propuesto por el especialista a cargo, cumpliendo su desarrollo dentro de la Fase de Construcción.

Indicador de cumplimiento Ejecución completa del Programa de Capacitación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.16

7.17 PCPI-1 (AP): Mesa de Trabajo CID Amancay Pai Fase Construcción, operación y cierre. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. Tipo de Medida Compensación. Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Estructurar mecanismos de comunicación y gestión transparentes, colaborativos y de largo plazo con la Comunidad Amancay Pai en torno a la correcta ejecución de medidas comprometidas del Proyecto. Descripción Se implementarán Mesas de Trabajo entre representantes del Titular y de la Comunidad Amancay Pai durante las fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto, a fin de gestionar temas relativos a los acuerdos sostenidos y medidas comprometidas del Proyecto. Justificación Las Mesas de Trabajo permitirán establecer un vínculo colaborativo entre el Titular y la Comunidad Amancay Pai, dando espacio para complementar, precisar o actualizar información necesaria para llevar a cabo de forma exitosa las medidas comprometidas del Proyecto. Lugar de implementación En cuanto al lugar de ejecución de las Mesas de Trabajo, éste será convenido de común acuerdo entre Titular y la directa vigente de la Comunidad Amancay Pai. Las reuniones serán preferentemente de carácter presencial, pudiendo ser también desarrolladas vía telemática, según lo establezcan ambas partes. Forma y oportunidad de implementación Para ejecutar las Mesas podrán ser utilizados diferentes medios o vías de comunicación, tales como llamadas telefónicas, mensajería de texto, mensajes vía WhatsApp, correo electrónico u otro. La comunicación por parte del Titular estará a cargo del coordinador/a social asignado/a, quién mantendrá comunicación y vinculación directa con la Comunidad Amancay Pai, siendo el representante del Proyecto ante la Comunidad. En este contexto, las consultas u observaciones realizadas por la Comunidad contarán con respuesta en un plazo máximo de 20 días hábiles.

Para la conformación de las Mesas de Trabajo se requerirá de la asistencia de al menos dos miembros de la Directiva de la Comunidad Amancay Pai y dos representantes del Titular.

Para definir los mecanismos de funcionamiento de las Mesas de Trabajo, se establecerá una primera reunión inicial a ser ejecutada dentro del primer mes una vez iniciada la fase de construcción del Proyecto, donde se presentará el cronograma actualizado del Proyecto, las medidas establecidas en la RCA y se definirá en conjunto el protocolo de trabajo. Así, por ejemplo, podrán definirse las fechas para la celebración de reuniones, el establecimiento de los medios formales de comunicación, la duración de éstas o las personas encargadas de coordinar los encuentros, entre otros aspectos.

La Comunidad deberá contar con personalidad jurídica y directiva vigentes para poder conformar y desarrollar las Mesas de Trabajo.

Una vez finalizada cada Mesa de Trabajo y al término de ellas, tanto el Titular como los miembros de la Directiva que asistan a la reunión deberán firmar las actas de celebración de éstas.

Se considera una primera reunión inicial dentro del primer mes de la fase de construcción del Proyecto y reuniones cada tres meses mientras dure dicha fase. Para las fases de Operación y Cierre las Mesas de Trabajo se realizarán con una periodicidad anual. En el caso de que sea necesario el agendamiento de reuniones extraprogramáticas, éstas serán determinadas según disponibilidad y coordinación de ambas partes. Indicador de cumplimiento Implementación y desarrollo de Mesas de Trabajo, acuerdos alcanzados, acciones ejecutadas o implementadas en torno a ellas. Medios de verificación. • Registro de comunicación en que se solicita reunión inicial, periódicas anuales y extraprogramáticas. • Acta de registro de reunión de las Mesas de Trabajo, incluyendo fecha, hora, lugar, asistentes, temáticas abordadas y acuerdos. • Acta de inferencia firmada por el Titular en caso de que no se firme el Acta de las Mesas de Trabajo por parte de la Directiva de la Comunidad.

Seguimiento y control. Posterior a la conformación y celebración de la primera Mesa de Trabajo, se elaborará un informe anual que dará cuenta del desarrollo de éstas, adjuntando los medios verificadores disponibles. Posteriormente, al final de la fase de cierre, se emitirá un informe final. Todos los informes serán remitidos a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.17

  1. 18 PCPI- 2 (AP): Fondos de Inversión Comunitaria CID Amancay Pai Fase Construcción, Operación y Cierre Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas Tipo de Medida Compensación Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Contribuir mediante la entrega de Fondos de Inversión Comunitaria al fortalecimiento de competencias, productos y/o servicios derivados de las actividades tradicionales o prácticas culturales de la Comunidad Amancay Pai. Se contempla la entrega efectiva de Fondos de Inversión Comunitaria anuales de asignación directa y fija (sin necesidad de postulación), que permita financiar proyectos e iniciativas orientadas a: i Transferir conocimientos o fortalecer competencias técnicas de sus miembros; ii Promover la continuidad y/o desarrollo de prácticas culturales y tradicionales; iii Contribuir al fortalecimiento de su territorialidad;

iv Fomentar el fortalecimiento del desarrollo local, así como otras necesidades de la Comunidad Amancay Pai en torno a estos lineamientos. Descripción Se hará la entrega de un Fondo de Inversión Comunitaria anual a la Comunidad Amancay Pai, a partir del segundo año desde el inicio de la Fase de Construcción del Proyecto, por un monto de 175 UF anuales, el que se renovará año a año por el mismo valor hasta la etapa de cierre del Proyecto. Cabe indicar que el monto se entregará en valor UF, de modo que pueda ajustarse anualmente según la inflación. La entrega del Fondo permitirá apoyar a la Comunidad para que desarrolle y ejecute proyectos o iniciativas de su interés, siempre en torno a la preservación y difusión de actividades culturales tradicionales o proyectos que promuevan el desarrollo local y/o permitan transferir conocimiento técnico para potenciar productos o servicios locales Justificación La Comunidad Amancay Pai desempeña prácticas en torno al desarrollo de actividades ganaderas, agrícolas y recolección de hierbas medicinales de manera ancestral. Ante la ejecución del Proyecto, se manifiesta la necesidad de fomentar su cultura y la mantención de actividades tradicionales, identificándose la oportunidad de contribuir en proyectos que fortalezcan su identidad y desarrollo. Lugar de implementación Según sea establecido en el programa comunitario a ejecutar. Forma y oportunidad de implementación • La Directiva vigente de la Comunidad Amancay Pai definirá los proyectos e iniciativas de su interés que desea financiar con el Fondo anual de 175 UF, ya sea completa o parcialmente con el Fondo anual respectivo. • La Comunidad definirá los proyectos e iniciativas de su interés de manera autónoma, no obstante, deberán ser iniciativas en torno a los objetivos propuestos en esta Medida PCPI-2 (AP): Fondos de Inversión Comunitaria. • Los Fondos de Inversión Comunitaria serán entregados sin que la Comunidad deba concursar con otras organizaciones indígenas. • La Comunidad Amancay Pai deberá contar con personalidad jurídica y directiva vigentes para gestionar la entrega de Fondos. • La forma de transferencia de Fondos a la Comunidad será coordinada entre ambas partes (Titular y Comunidad), pudiendo ser abordado en Mesas de Trabajo (PCPI-1). • Una vez otorgado el Fondo, se realizará un seguimiento del uso del Fondo correspondiente, y para ello la Comunidad deberá acreditar mediante distintos medios de verificación el correcto uso de los recursos, lo que será detallado en las Mesas de Trabajo (Medida PCPI-1). • En caso de verificarse un uso indebido de los fondos otorgados, el Titular podrá suspender o revocar la entrega del fondo correspondiente al siguiente año, retomando la asignación de Fondos en el año subsiguiente. La entrega de los Fondos de Inversión Comunitaria comenzará desde el segundo año desde el inicio de la Fase de Construcción del Proyecto. Durante la reunión de Mesa de Trabajo (Medida PCPI-1) correspondiente a dicho año, y en las de los años siguientes, la comunidad presentará el/los proyecto/s o iniciativa/s que desee desarrollar el año respectivo. Por su parte, el Titular hará entrega de los lineamientos operativos del Fondo de Inversión Comunitaria a los dirigentes de la Comunidad, definiéndose en dichos encuentros las fechas de entrega, modalidad de pago, requisitos de rendición de gastos, entre otros. Indicador de cumplimiento Financiamiento efectivo de las iniciativas de la Comunidad, que cumplan con los lineamientos expuestos en la presente Medida

Medios de verificación Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad de la Comunidad, se contemplan aquellos relativos al desarrollo de la iniciativa financiada, considerando: • Rendición de gastos, pudiendo presentarse boletas, facturas, comprobantes u otros medios según se defina en las Mesas de trabajo y con el objetivo de verificar que los fondos están siendo utilizados adecuadamente. • Fotografías que reflejen su uso en las iniciativas correspondientes. • Acta o informe al final de cada año, que indique en qué iniciativas o proyectos fue utilizado el Fondo, incluyendo los medios verificadores anteriores.

Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad del Titular, se encuentran: • Bases de Fondos de Inversión Comunitaria • Comprobante de transferencia o entrega del Fondo por parte del Titular a la Comunidad.

Seguimiento y control Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente por fondo entregado anualmente, adjuntando medios verificadores Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.18

  1. 19 PCPI -3 (AP): Entrega de forraje o alimento para ganado CID Amancay Pai Fase Construcción, operación y Cierre. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. Tipo de Medida Compensación Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Suplir la pérdida de forraje natural que el área de emplazamiento del Proyecto provee en la dieta del ganado (caprino y asnal) que actualmente la Comunidad Indígena Amancay Pai posee. Descripción El Titular hará entrega de forraje en fardos y/o granos o pellets a la Comunidad según se defina en las Mesas de Trabajo, atendida la pérdida de superficie de forraje natural (matorrales y praderas) que provee el área de emplazamiento del Proyecto en la dieta de los animales y que actualmente no es provista por terceros. Justificación Dado que el Proyecto considera la remoción de la capa vegetal y movimientos de tierra para la materialización de obras, se verán afectadas formaciones vegetacionales que proveen de forraje natural para la alimentación del ganado de la Comunidad Indígena Amancay Pai. A través de la medida se busca suplir la pérdida de toneladas de materia seca que provee el área de intervención del Proyecto en la dieta de los animales mediante la entrega de alimento. Lugar de implementación El lugar de entrega de forraje, pellets o granos se realizará en la Sede Social de la Comunidad Indígena Amancay Pai, o bien, en un punto alternativo definido de manera conjunta en Mesa de Trabajo (Medida PCPI -1). Forma y oportunidad de implementación Durante Mesas de Trabajo (Medida PCPI-1) se coordinarán junto con los dirigentes de la Comunidad los detalles de la Entrega de Forraje (lugar, forma y fecha de entrega, u otros aspectos).

Se hará la entrega de 600 fardos anuales o su equivalente, distribuidos en un máximo de tres entregas al año, cuyas fechas se definirán en conjunto con la Comunidad en las Mesas de Trabajo y según disponibilidad de forraje, granos o pellets en el mercado.

El titular priorizará la entrega de forraje en fardos (heno de alfalfa, de festuca y ballica, heno de festuca y trébol, avena u otro, considerando un peso aproximado de 25 kg por fardo). No obstante, se podrá hacer entrega de equivalente o proporción en alimento pelletizado o granos, según se defina en las Mesas de Trabajo, siempre y cuando la entrega de esta alternativa no supere el valor monetario de su equivalente en fardos, y cumpliendo los estándares de calidad conforme al Reglamento de Alimentos para Animales (D.S N°4/2017).

Se establece que la provisión de forraje proporcionada por el Titular no podrá ser comercializada, intercambiada o revendida y que será únicamente para el uso efectivo de los crianceros de la Comunidad. En caso de verificarse un uso indebido del forraje otorgado en una entrega, el Titular podrá suspender el próximo aporte que corresponda, retomando las entregas en el período subsiguiente.

La presente medida aplicará desde el tercer año contado desde el inicio de la Fase de Construcción del Proyecto y hasta el fin de la vida útil del Proyecto. En este contexto, serán distribuidos 600 fardos anuales o su equivalente en pellets o granos en un máximo de tres entregas al año, según los términos a definir en Mesas de Trabajo. Indicador de cumplimiento Entrega de 100% del forraje comprometido a la Comunidad. Medios de verificación • Actas de reuniones de Mesa de Trabajo pertinentes a Entrega de Forraje • Acta de entrega de alimento • Registro fotográfico de entrega de alimento • Acta de recepción del alimento por parte de la Comunidad.

Seguimiento y Control Informe a la SMA con todos los medios de verificación incorporados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.19

  1. 20 PCPI-4 (AP): Programa de Capacitación en Hierbas Medicinales CID Amancay Pai Fase Construcción, operación y Cierre. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. FVT-03: Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación. FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas Tipo de Medida Compensación, Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Entregar, transferir y compartir conocimientos técnicos respecto a la reproducción de hierbas medicinales que se verán afectadas por la materialización del Proyecto.

Descripción Programa de capacitación que permita la recolección de especies que son de uso habitual por la Comunidad (especialmente como hierbas medicinales), permitiendo su reproducción en áreas fuera del Proyecto, derivando en la elaboración de productos y conservación. Cabe señalar que estas especies son aquellas presentes en el área de influencia del Proyecto que se verán afectadas por su materialización. Las especies que actualmente son utilizadas por la Comunidad corresponden a Balsamocarpon brevifolium (algarrobilla), Heliotropium myosotifolium (palo negro), Krameria cistoidea (pacul), Miqueliopuntia miquelii (tunilla), Atriplex clivicola (cachiyuyo), Senna cumingii (alcaparra), Skytanthus acutus (cacho de cabra) y Encelia canescens (coronilla de fraile). Justificación Durante la fase de construcción del Proyecto se realizará la remoción de la capa vegetal y se ejecutarán movimientos de tierra que afectarán a especies de flora presentes en el AI del Proyecto, algunas de las cuales tienen un uso medicinal por parte de la Comunidad Indígena Amancay Pai y son recolectadas como parte de sus actividades tradicionales. Así, la presente Medida permitirá capacitar sobre la producción de hierbas medicinales en un lugar distinto al área de Proyecto. Lugar de implementación El Programa de Capacitación en Hierbas Medicinales, se realizará en la localidad de Canto de Agua u otro lugar a definir, previa coordinación entre el Titular y la Comunidad según sea establecido en las Mesas de Trabajo. Para el desarrollo de las actividades prácticas, el Titular dispondrá de los medios de movilización al área de influencia del proyecto, mientras que para actividades teóricas que se desarrollen de manera presencial, la Comunidad deberá facilitar el lugar para su ejecución. Forma y oportunidad de implementación La medida será impartida a través de un consultor, empresa o profesional experto que acredite experiencia en capacitaciones y conocimiento en el uso de plantas medicinales, siempre manteniendo la calidad de programa de capacitación de oficio. Asimismo, la gestión e implementación del curso serán responsabilidad del Titular.

La capacitación contará con una certificación para quienes hayan cursado y finalizado el programa, emitida por el equipo profesional a cargo.

Durante Mesa de Trabajo se expondrán los contenidos y formas de llevar a cabo la capacitación.

El consultor, empresa o profesional a cargo será quien defina los contenidos necesarios y la duración de los módulos temáticos. No obstante, se considera la capacitación en los siguientes ámbitos:

Reconocimiento botánico in situ, criterios de selección de ejemplares para su manejo; (actividad práctica/salida a terreno): se contempla una visita con la Comunidad para recorrer los lugares con presencia de las especies objetivo del Programa al momento de desarrollar la medida, con el fin de realizar la identificación botánica de las especies objetivo y en los casos que sea posible, realizar la colecta de material vegetal de las especies con uso medicinal por parte de las comunidades.

Revisión de técnicas de recolección (actividad teórica): Se revisarán las principales técnicas de recolección, incluyendo época adecuada de colecta, herramientas requeridas y medidas de protección personal necesarias.

Utilización de hierbas medicinales (actividad teórica): Se abordarán aspectos de los fitofármacos o medicamentos herbarios.

Preparados y conservación (actividad teórica): Se revisarán las principales técnicas de preparación de hierbas y procesamientos de extracción (infusión, decocción y maceración u otras), así como las técnicas de secado y conservación de hierbas para asegurar la mantención de sus propiedades fitofarmacológicas.

Elaboración de productos y subproductos (actividad teórica y/o práctica): En función de los intereses de las comunidades participantes, se profundizarán conceptos sobre el proceso productivo de los productos y subproductos a elaborar a partir de las hierbas medicinales, dándoles así, un valor agregado a estos recursos.

Emprendimiento (actividad teórica): Consiste en una capacitación cuyo fin es la entrega de herramientas y habilidades para poder ejecutar un emprendimiento en base a los productos generados. Con esta actividad se procura mejorar el conocimiento de las(os) emprendedores en las distintas áreas necesarias para llevar adelante un proyecto; y otorgar herramientas para optimizar la toma de decisiones en torno al desarrollo de una actividad productiva.

Al finalizar cada taller el consultor, empresa o profesional encargado hará entrega de una minuta de la actividad realizada durante el día.

Se elaborará un informe por el consultor, empresa o profesional capacitador que registre descripción de las plantas, forma de identificación, el uso y manejo de plantas, ciclo de vida de la planta, técnicas de cuidado, técnicas de reproducción y fotografías de la experiencia desarrollada.

Para el desarrollo de la jornada práctica/salida a terreno, el Titular dispondrá a disposición los medios de movilización y la entrega de colaciones, considerando un máximo de 30 asistentes, previa confirmación de la Comunidad, junto con facilitar los materiales y herramientas necesarios para su ejecución, tales como guantes, palas, sacos, tijeras, azadón, rastrillo u otro. En caso de requerir un número de asistentes mayor para la realización de esta actividad, se evaluará la necesidad de repetir dicha actividad.

Para el resto de las jornadas del Programa de Capacitación y para las clases teóricas, en caso de ser presenciales, la Comunidad dispondrá del lugar físico para su ejecución y el Titular contará con un proyector para visualizar los contenidos, junto con entregar a cada asistente material impreso del Programa, tales como contenidos a tratar, diapositivas impresas, material complementario, libreta de apuntes, lápiz y diploma de participación, entre otros.

El Programa de Capacitación será desarrollado una única vez dentro de los 12 meses posteriores al inicio de la etapa de construcción. Indicador de cumplimiento Ejecución completa del Programa de Capacitación.

Medio de Verificación • Lista de asistencia de las personas presentes en la capacitación. • Copia del material impreso entregado en la capacitación. • Listado de contenidos abordados en el Programa Capacitación en Hierbas Medicinales • Registro fotográfico que da cuenta de las actividades ejecutadas.

Seguimiento y control Informe a la SMA con todos los medios de verificación incorporados Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.20

  1. 21 PCPI -5 (AP): Implementación de invernadero para la CID Amancay Pai Fase Construcción. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. FVT-03: Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación. FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas Tipo de Medida Compensación Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Implementar un espacio adecuado para desarrollar la producción de hierbas medicinales.

Descripción El Titular implementará un invernadero para la producción de plantas medicinales por parte de la Comunidad Indígena Amancay Pai.

Justificación Durante la fase de construcción del Proyecto será necesario remover la capa vegetal y ejecutar movimientos de tierra que afectarán a especies que sirven como hierbas medicinales, las cuales son recolectadas por socios de la Comunidad como parte de sus actividades tradicionales. En este contexto, se propone la implementación de un invernadero que permita la producción de hierbas medicinales en un lugar distinto al natural.

Lugar de implementación Localidad de Canto de Agua, en sector de sede comunitaria de Comunidad Indígena Amancay Pai. Se encontrará aledaño a Sala de Procesos asociado a la medida PCPI – 6 (AP) indicada en el presente documento

Forma y oportunidad de implementación El Titular financiará y gestionará la compra, el traslado y la instalación del invernadero, e incluirá una charla explicativa sobre su funcionamiento para la Comunidad una vez que esté instalado.

Concluida la instalación, la mantención y la operación del invernadero quedarán a cargo de la Comunidad Indígena Amancay Pai. Los demás detalles se acordarán en las Mesas de Trabajo.

El invernadero tendrá una superficie de 120 m² (8 metros de ancho por 15 metros de largo), con una altura de 2,5 metros en los costados y de 4 metros en la parte central.

Su estructura será de acero galvanizado, resistente y de larga duración, y estará cubierta con polietileno especial de cinco capas, con filtros que protegen del goteo, del calor y de la radiación solar.

Contará, además, con dos ventilaciones laterales enrollables y con una malla de sombra exterior, que permiten controlar la ventilación, la temperatura y la luz en su interior.

Para el riego, el invernadero contará con un sistema de riego por goteo, impulsado por una bomba de 0,7 HP. Desde la bomba el agua llegará a llaves de paso que se conectarán a cuatro tubos de PVC de 32 mm, encargados de la distribución del agua en el interior del invernadero. El sistema incluirá un programador de riego. La disposición de los tubos en el suelo podrá ser definida por la Comunidad Indígena Amancay Pai según sus requerimientos de cultivo.

El agua provendrá de un estanque de agua potable de 5.000 litros, y la energía, de un sistema de paneles solares y baterías dimensionado para una potencia de 5 kW.

Tanto el estanque como el sistema eléctrico serán compartidos con la Sala de Procesos (medida PCPI – 6 (AP)), ya que ambas instalaciones estarán conectadas entre sí.

El invernadero deberá estar construido dentro de los 12 meses posteriores al inicio de la etapa de construcción.

Mayores detalles en Protocolo de Acuerdo Final CID Amancay Pai publicado en el expediente del Proyecto.

Indicador de cumplimiento Invernadero Instalado Medios de verificación • Acta de entrega del invernadero y charla explicativa a la Directiva de la Comunidad, con firma de asistencia y conformidad por parte de sus integrantes. • Fotografías del invernadero implementado.

Seguimiento y Control Informe a la SMA con los medios de verificación incluidos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.21

  1. 22 PCPI-6 (AP): Sala de Procesos CID Amancay Pai Fase Construcción. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. FVT-03: Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación. FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas Tipo de Medida Compensación. Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Implementación de sala de procesos para elaboración de subproductos derivados de hierbas medicinales. Descripción El Titular instalará un contenedor a ser utilizado como sala de procesos por la Comunidad, cuyo funcionamiento permitirá la elaboración de subproductos de plantas medicinales por parte de la Comunidad Indígena Amancay Pai.

Justificación La comunidad requiere generar subproductos a partir de hierbas medicinales utilizadas ancestralmente, por lo que requiere de un espacio para su procesamiento y según los usos que defina la Comunidad; permitiendo a la Comunidad fortalecer sus tradiciones, cultura e intereses comunitarios.

Lugar de implementación Localidad de Canto de Agua, en sector de sede comunitaria de Comunidad Indígena Amancay Pai. Se encontrará aledaño a Invernadero asociado a la medida PCPI – 5 (AP) indicada en el presente documento. Forma y oportunidad de implementación El Titular financiará y gestionará la compra, el traslado y la instalación de un contenedor de 40 pies que será utilizado como Sala de Procesos.

Este contenedor tendrá aproximadamente 12 metros de largo por 2,5 metros de ancho, lo que equivale a una superficie cercana a los 30 m².

Sus paredes contarán con un revestimiento de planchas de OSB y con aislante térmico.

En su interior contará con un lavatorio industrial, un mesón de trabajo, un baño equipado con WC y lavamanos, y una instalación eléctrica con enchufes.

Contará con un sistema de disposición de aguas servidas que incluye cámara desgrasadora y fosa séptica de 1.200 litros.

Para su abastecimiento de agua y energía, la Sala de Procesos estará conectada al Invernadero y compartirá con éste el estanque de agua potable y el sistema eléctrico.

La entrega total de insumos para la sala de procesos deberá ocurrir dentro de los 12 meses de iniciada la fase de construcción del Proyecto.

Mayores detalles de la Sala de Procesos en el Protocolo de Acuerdo Final con la CID Amancay Pai. Indicador de cumplimiento Entrega efectivo de insumos para la implementación de sala de procesos. Medios de Verificación • Acta de entrega de los insumos a la Directiva de la Comunidad, con firma de asistencia y conformidad por parte de sus integrantes. • Fotografías de los insumos entregados. Seguimiento y Control Informe a la SMA con los medios de verificación incluidos.

Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.22

  1. 23 PCPI-1 (CHTC): Mesas de trabajo CID Chipasse Ta Caluba Fase Construcción, operación y cierre. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Tipo de Medida Compensación. Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Estructurar mecanismos de comunicación y gestión transparentes, colaborativas y de largo plazo con la Comunidad Chipasse Ta Caluba en torno a la correcta ejecución de medidas comprometidas del Proyecto. Descripción Se implementarán Mesas de Trabajo entre representantes del Titular y Comunidad Chipasse Ta Caluba durante las fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto, a fin de gestionar temas relativos a los acuerdos sostenidos y medidas comprometidas del Proyecto. Justificación Las Mesas de Trabajo permitirán establecer un vínculo colaborativo entre el Titular y la Comunidad Chipasse Ta Caluba, dando espacio para complementar, precisar o actualizar información necesaria para llevar a cabo de forma exitosa las medidas comprometidas. Lugar de implementación En cuanto al lugar de ejecución de las Mesas de Trabajo, éste será convenido de común acuerdo entre Titular y la directa vigente de la Comunidad Chipasse Ta Caluba. Las reuniones serán preferentemente de carácter presencial, pudiendo ser también desarrolladas vía telemática, según lo establezcan ambas partes. Forma y oportunidad de implementación Para definir los mecanismos de funcionamiento de las Mesas de Trabajo, se establecerá una primera reunión inicial a ser ejecutada dentro del primer mes una vez iniciada la fase de construcción del Proyecto. En dicha instancia se presentará el cronograma actualizado del Proyecto, se hará la presentación de las medidas establecidas en la RCA y se definirá en conjunto el protocolo de trabajo para el funcionamiento de las Mesas de Trabajo. Así, por ejemplo, podrá definirse el número mínimo de asistentes requerido para el funcionamiento de las Mesas, el acuerdo de fechas para la celebración de reuniones, los medios formales de comunicación, la duración de éstas o las personas encargadas de coordinar los encuentros, entre otros aspectos. Como vías de comunicación entre el Titular y la Comunidad Chipasse Ta Caluba, podrán ser utilizados diferentes medios, tales como llamadas telefónicas, mensajería de texto, mensajes vía WhatsApp y/o correo electrónico. La comunicación por parte del titular estará a cargo del coordinador/a social asignado/a, quién mantendrá comunicación y vinculación directa con la Comunidad Chipasse Ta Caluba, siendo el representante del Proyecto ante la Comunidad. En este contexto, las consultas u observaciones realizadas por la Comunidad contarán con respuesta en un plazo máximo de 20 días hábiles. En cuanto al número mínimo de participantes en cada Mesas de Trabajo, se establece como requisito al menos la asistencia de dos miembros de la Directiva vigente de la Comunidad Chipasse Ta Caluba y dos representantes del Titular. La Comunidad deberá contar con personalidad jurídica y directiva vigentes para poder conformar y desarrollar las Mesas de Trabajo. Tanto el Titular como los miembros de la Directiva que asistan a cada una de las Mesas de Trabajo deberán firmar las actas de celebración de éstas, al término de cada una de ellas. Posterior a la primera reunión inicial y mientras dure la fase de Construcción, las Mesas de Trabajo se realizarán cada 3 meses. Para las fases de Operación y Cierre se realizarán con una periodicidad anual. En caso de ser necesario el agendamiento de reuniones extraprogramáticas, éstas serán determinadas según disponibilidad y coordinación de ambas partes. Indicador de cumplimiento implementación efectiva de Mesas de Trabajo y acciones ejecutadas o implementadas en torno a ellas. Medios de Verificación • Registro de comunicación en que se solicita reunión inicial, periódicas anuales y extraprogramáticas.

• Acta de registro de reunión de las Mesas de Trabajo, incluyendo fecha, hora, lugar, asistentes, temáticas abordadas y acuerdos. • Acta de inferencia firmado por el titular en caso de que no se firme el Acta de las Mesas de Trabajo por parte de la Directiva de la Comunidad Chipasse Ta Caluba. Seguimiento y control Posterior a la conformación y celebración de la primera Mesa de Trabajo, se elaborará un informe anual que dará cuenta del desarrollo de éstas, adjuntando los medios verificadores comprometidos disponibles. Posteriormente, al final de la fase de cierre, se emitirá un informe final. Todos los informes serán remitidos a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.23

  1. 24 PCPI- 2 (CHTC): Fondos de Inversión Comunitaria CID Chipasse Ta Caluba Fase Construcción, Operación y Cierre. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. Tipo de Medida Compensación. Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Contribuir mediante la entrega de Fondos de Inversión Comunitaria al fortalecimiento de los productos, servicios derivados de las actividades tradicionales o para promover la continuidad de prácticas culturales y tradicionales de la Comunidad Chipasse Ta Caluba. Se contempla la entrega efectiva de Fondos de Inversión Comunitaria anuales, de asignación directa y fija (sin necesidad de postulación), que permitan financiar proyectos e iniciativas orientadas a: i) transferir conocimientos o fortalecer competencias técnicas; ii) promover la continuidad y/o desarrollo de prácticas culturales y tradicionales; iii) fomentar el fortalecimiento del desarrollo local, así como otras necesidades de la Comunidad Chipasse Ta Caluba. Descripción Se hará entrega anual de un Fondo de Inversión Comunitaria a la Comunidad Chipasse Ta Caluba, para la ejecución de proyectos e iniciativas que cuenten con un enfoque de preservación y difusión de actividades culturales tradicionales, promuevan el desarrollo local o permitan transferir conocimiento y capacitación técnica para potenciar productos o servicios locales, según la directiva vigente defina; siempre en relación con los impactos del Proyecto. Justificación La Comunidad Chipasse Ta Caluba desempeña prácticas que incluyen conocimientos tradicionales en torno al desarrollo de actividades ganaderas, agrícolas y recolección de hierbas medicinales. Ante el impacto del Proyecto, manifiesta la necesidad de mejorar su infraestructura comunitaria, así como de fomentar su cultura; por lo cual se identifica la oportunidad de impulsar la ejecución de proyectos que se estimen pertinentes para fortalecer su identidad y desarrollo. Lugar de implementación Según sea establecido en el programa comunitario a ejecutar.

Forma y oportunidad de implementación Los proyectos por financiar con los Fondos de Inversión Comunitaria deberán permitir fortalecer las capacidades productivas de la Comunidad, preservar el desarrollo de prácticas culturales tradicionales o propuestas que permitan contribuir al desarrollo local sostenible o al fortalecimiento de su territorialidad. En este sentido, la Directiva vigente de la Comunidad Chipasse Ta Caluba definirá de forma autónoma los proyectos de su interés a ejecutar con el Fondo asignado, debiendo estos cumplir con el requisito de tener relación directa con los impactos del Proyecto señalados anteriormente.

A solicitud de la Comunidad, y excepcionalmente, se consideran ya establecidos los alcances de los 2 primeros Fondos de Inversión Comunitaria. Posteriormente, desde el 3er Fondo de Inversión Comunitaria y aquellos posteriores (correspondiendo entonces desde el tercer año desde el inicio Proyecto y hasta el año de Cierre), la asignación de Fondos quedará abierta a eventuales iniciativas e intereses de la Comunidad.

Respecto a lo anterior, lo fondos de Inversión Comunitaria se desglosan de la siguiente forma: Primer año: Fondo de Inversión de 485 UF, destinado a la terminación de Sede Comunitaria. Segundo año: Fondo de Inversión destinado a la compra del siguiente equipamiento para la Comunidad: 14 cocinas a leña 4 platos con horno 6 Bomba solar kit 24V ~70 m + panel 5 Estanque de agua polietileno 3.400 L 4 Termo solar 100 L 1 Bomba eléctrica 2” (2 HP) Estos elementos cumplirán con las características indicadas o similares a las mencionadas.

El equipamiento descrito para el segundo año equivale a un monto aproximado de 430 UF. Tercer año y los siguientes, hasta Fase de Cierre: Fondo de inversión anual de 125 UF, destinado(s) a iniciativas e intereses de la Comunidad que estén alineados al propósito de la medida y al impacto ambiental asociado. Los Fondos de Inversión Comunitaria serán entregados sin que la Comunidad deba concursar con otras organizaciones indígenas. La Comunidad Chipasse Ta Caluba deberá contar con personalidad jurídica y directiva vigentes para gestionar la entrega de Fondos. La forma de transferencia de Fondos a la Comunidad será coordinada entre ambas partes (titular y Comunidad), pudiendo ser abordado en Mesas de Trabajo (PCPI-1).

Una vez otorgado el Fondo, se realizará un seguimiento del uso del Fondo correspondiente, y para ello la Comunidad deberá acreditar mediante distintos medios de verificación el correcto uso de los recursos, lo que será detallado en las Mesas de Trabajo (Medida PCPI-1).

En caso de verificarse un uso indebido de los fondos otorgados o que estos no se destinen a fines relacionados con los impactos del Proyecto, el Titular podrá suspender o revocar la entrega del fondo correspondiente al siguiente año, retomando la asignación de Fondos en el año subsiguiente.

Durante la primera reunión de Mesa de Trabajo (Medida PCPI-1), se hará entrega a los dirigentes de la Comunidad los lineamientos

operativos del Fondo de Inversión Comunitaria (fechas de entrega, requisitos de rendición de gastos, entre otros). Indicador de cumplimiento Financiamiento efectivo de las iniciativas de la Comunidad, que cumplan con los lineamientos expuestos en la presente Medida. Medios de verificación Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad de la Comunidad, se contemplan aquellos relativos al desarrollo de la iniciativa financiada, considerando:

- Rendición de gastos, pudiendo presentarse boletas, facturas, comprobantes u otros medios según se defina en las Mesas de trabajo y con el objetivo de verificar que los fondos están siendo utilizados adecuadamente. - Fotografías que reflejen su uso en las iniciativas correspondientes. - Acta o informe al final de cada año, que indique en qué iniciativas o proyectos fue utilizado el Fondo, incluyendo los medios verificadores anteriores.

Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad del Titular, se encuentran: - Comprobante de transferencia o entrega del Fondo por parte del Titular a la Comunidad.

El detalle de los medios de verificación requeridos, así como los registros de avance, dependerán de cada iniciativa o proyecto, lo que será definido durante las Mesas de Trabajo (Medida PCPI -1). Seguimiento y Control Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente por fondo entregado anualmente, adjuntando medios verificadores. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.24

  1. 25 PCPI-3 (CHTC): Entrega de forraje o alimento para ganado CIC Chipasse Ta Caluba Fase Construcción, operación y Cierre. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. Tipo de Medida Compensación. Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Suplir la pérdida de forraje natural que el área de emplazamiento del Proyecto provee en la dieta de las cabezas de ganado caprino que la Comunidad Chipasse Ta Caluba actualmente posee y que no es abastecido mediante la adquisición de forraje de terceros proveniente de praderas artificiales. Descripción El Titular hará entrega de forraje o alimento a la comunidad para suplir la dieta de su ganado. El titular considerará preferiblemente la entrega de alimento en forma de fardos, maíz, trigo y/o afrecho. Justificación Dado que el Proyecto considera la remoción de la capa vegetal y movimientos de tierra para la materialización de obras, se verán afectadas formaciones vegetacionales que proveen de forraje natural para la alimentación del ganado de la CID Chipasse Ta Caluba. A través de la medida se busca suplir la pérdida de toneladas de

materia seca que provee el área de intervención del Proyecto en la dieta de los animales, mediante la entrega de forraje o alimento. Lugar de implementación El lugar de entrega de forraje o alimento se realizará en la Sede Social de la CID Chipasse Ta Caluba, o bien, en punto alternativo definido de manera conjunta en Mesa de Trabajo (Medida PCPI -1). Forma y oportunidad de implementación Se considera como total anual la entrega de 492 fardos, 480 sacos de maíz rojo, 200 sacos de trigo y 140 sacos de afrecho; siendo distribuidos en 3 entregas anuales a coordinar con la Comunidad. En caso de no existir disponibilidad de alguno de estos grupos de alimentos, se compensará con su equivalencia con alguno de los demás grupos. En cuanto a los fardos, estos serán preferiblemente de heno de alfalfa, de festuca y ballica, heno de festuca y trébol, avena u otro, considerando un peso aproximado de 25 kg por fardo. El titular será quien gestione la entrega de fardos a la Comunidad. Se establece que la provisión de forraje proporcionada por el Titular no podrá ser comercializada, intercambiada o revendida y que será únicamente para el uso de los crianceros de la Comunidad. En caso de verificarse un uso indebido del forraje otorgado, el Titular podrá suspender el próximo aporte que corresponda, retomando las entregas en el período subsiguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Comunidad podrá hacer uso del alimento para alimentar a sus aves. Durante la primera reunión de Mesas de Trabajo (Medida PCPI-1), se coordinará junto con los dirigentes de la Comunidad los detalles de la entrega de Forraje o Alimento (lugar, forma de entrega, entre otros aspectos clave para lograr gestionar la Medida). Posteriormente, se podrán redefinir estos detalles en siguientes Mesas de Trabajo. Indicador de cumplimiento Entrega de 100% del forraje comprometido a la Comunidad. Medios de Verificación - Actas de reuniones de Mesa de Trabajo pertinentes a entrega de forraje o alimento para ganado - Acta de entrega de forraje o alimento - Registro fotográfico de entrega de forraje o alimento - Acta de recepción del forraje o alimento por parte de la Comunidad Seguimiento y control Se elaborará informe a SMA con medios verificadores adjuntos, siendo emitido cada 1 año. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.25

7.26 PCPI -1 (LLDL): Leña, fuego y recurso energético tradicional Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto Fase Construcción, operación y cierre. Impactos ambientales DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. Tipo de Medida Compensación. Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Compensar la pérdida y/o restricción de acceso a recursos energéticos, asegurando la continuidad de las prácticas familiares y comunitarias vinculadas al uso del fuego, tales como la alimentación, el desarrollo de gastronomía indígena y la transmisión de conocimientos asociados a dichas prácticas. Descripción La medida contempla la entrega de un fondo único de 36 UF por cada familia que integre la Comunidad Indígena, con un tope máximo de 27 familias pertenecientes a la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto, y que tendrá como objetivo la

adquisición de equipamiento energético para cada grupo familiar, según sus necesidades específicas. Dentro del equipamiento podrán contemplarse cocinas a leña, hornos de barro tradicionales, salamandras a leña y/o calefactores solares de agua, así como otros equipamientos similares, que permitan dar continuidad a las prácticas energéticas familiares tradicionales y comunitarias vinculadas al uso del fuego.

No se contempla el recambio o reposición del equipamiento energético, puesto que se propone un fondo adicional de 24 UF, equivalente a 2 UF mensuales, por cada familia que integre la Comunidad y con un tope máximo de 27 familias, que podrá ser destinado la adquisición de leña y/o carbón o la mantención preventiva o correctiva del equipamiento energético adquirido, de modo de asegurar el correcto funcionamiento del equipamiento adquirido y alargar su vida útil.

Durante las Mesas de Trabajo y en conjunto con la Comunidad podrá definirse el tipo de equipamiento requerido, asignar prioridades de entrega y consensuar cualquier otro aspecto relacionado a la medida. Justificación El fuego constituye un elemento fundamental de la vida, cultura y espiritualidad de los pueblos originarios, asociado al abrigo, la alimentación, la protección, el encuentro comunitario, la transmisión de conocimientos y la conexión con el territorio. Para la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto, el fuego representa la fuerza, la energía en las ceremonias y prácticas ancestrales, constituyendo un elemento presente en la vida cotidiana de las familias y en distintas actividades comunitarias. Lugar de implementación Hogares de las familias beneficiarias de la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto y espacios comunitarios destinados a actividades culturales y gastronómicas, según determine la Comunidad. Forma y oportunidad de implementación El fondo para la adquisición de equipamiento energético se entregará en una sola oportunidad, a los 6 meses contados desde el inicio de la construcción física del Proyecto, sin que corresponda una nueva entrega por este concepto durante la vida útil del Proyecto.

Por su parte, el fondo destinado a insumos energéticos y a la mantención del equipamiento se entregará con periodicidad anual, a partir de los 6 meses contados desde el inicio de la construcción física del Proyecto y durante toda la vida útil de este. La Comunidad Llanos del Lagarto deberá contar con personalidad jurídica y directiva vigentes para gestionar la entrega de Fondos. Indicador de cumplimiento Financiamiento efectivo de las iniciativas de la Comunidad, que cumplan con los lineamientos expuestos en la presente Medida.

Medios de verificación. • Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad de la Comunidad, se contemplan aquellos relativos a la adquisición del equipamiento financiado, considerando: - Evidencia del gasto, pudiendo presentarse boletas, facturas, comprobantes u otros medios según se defina en las Mesas de Trabajo y con el objetivo de verificar que los fondos están siendo utilizados adecuadamente. - Fotografías, actas de entrega u otros medios que acrediten la adquisición de equipos e insumos energéticos. • Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad del Titular, se encuentran:

- Comprobante de transferencia o entrega del Fondo por parte del Titular a la Comunidad. El detalle de los medios de verificación requeridos será definido durante las Mesas de Trabajo. Seguimiento y control. Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente que dé cuenta de los fondos entregados anualmente, adjuntando medios verificadores disponibles. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.26

7.27 PCPI -2 (LLDL): Hierbas medicinales, salud ancestral y resguardo del conocimiento de la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto Fase Operación y Cierre. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. Tipo de Medida Compensación. Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Implementar un espacio adecuado para desarrollar la producción de hierbas medicinales (vivero) y una sala de procesos para elaboración de subproductos derivados de hierbas medicinales y complementarias. Adicionalmente, se contempla entregar, transferir y compartir conocimientos técnicos respecto a la reproducción de hierbas medicinales que se verán afectadas por la materialización del Proyecto, mediante la ejecución de programas de capacitación y certificación, así como asegurar el funcionamiento de la infraestructura mediante la entrega de un fondo anual. Descripción El Titular dispondrá de un fondo para la implementación de un vivero comunitario para la producción de plantas medicinales por parte de la Comunidad Indígena Llanos del Lagarto. Para este fin, se pondrá a disposición de la Comunidad un fondo único de 750 UF que deberá destinarse a la construcción e instalación del vivero comunitario, el que deberá ser instalado conforme a normativa y permisos asociados requeridos. En el entendido que la Comunidad posee los conocimientos territoriales adecuados para definir las especies idóneas según condiciones de desarrollo y utilidad cultural, la selección de especies botánicas a cultivar será definida en conjunto con la Comunidad en la primera instancia de implementación de la medida o en la Mesa de Trabajo correspondiente. Del mismo modo, el Titular dispondrá de un fondo para la implementación de un contenedor o estructura similar, para ser utilizada como sala de procesos de hierbas medicinales y subproductos, cuyo funcionamiento permitirá la elaboración de productos por parte de la Comunidad Indígena Llanos del Lagarto. Para ello, se otorgará un fondo único de 750 UF destinado a la compra, el traslado y la instalación de la infraestructura conforme a normativa sectorial, así como dotarla del equipamiento necesario para su funcionamiento (deshidratadoras, equipos de sellado, etiquetado o alambiques, entre otros). Adicionalmente, se hará entrega de un fondo anual de 704 UF (equivalente aproximadamente a 59 UF mensuales) y que será

entregado a partir del término de la implementación del vivero y la sala de procesos, el que podrá ser utilizado para lo siguiente: • Cursar programas de capacitación en la reproducción y conservación de hierbas medicinales y complementarias. • Gestionar la mantención del vivero y la sala de procesos. • Adquirir insumos, cubrir gastos asociados al funcionamiento efectivo y continuo del vivero y la sala de procesos. • Contratación de personal permanente para la operación del vivero y contratación de un apoyo administrativo (contador), que realice el pago de remuneraciones y mantenga registros contables y previsionales asociados, según normativa vigente.

En caso de que los fondos se destinen a la contratación de trabajadores, la búsqueda de trabajadores aptos, la coordinación y supervisión de sus funciones o cualquier otro aspecto asociado a las obligaciones laborales y previsionales de dicha contratación o el incumplimiento de los acuerdos contractuales entre la Comunidad y su(s) trabajador(es), será de entera responsabilidad de la Comunidad Llanos del Lagarto, sin mediar responsabilidad alguna del Titular en dicha gestión. Justificación Durante la fase de construcción del Proyecto será necesario remover la capa vegetal y ejecutar movimientos de tierra que afectarán a especies que sirven como hierbas medicinales, las cuales son recolectadas por socios de la Comunidad como parte de sus actividades tradicionales. En este contexto, se propone la implementación de un vivero que permita la producción de hierbas medicinales en un lugar distinto al natural. Adicionalmente, la Comunidad requiere generar subproductos a partir de hierbas medicinales utilizadas ancestralmente, por lo que requiere de un espacio para su procesamiento y según los usos que defina la Comunidad; permitiendo a la Comunidad fortalecer sus tradiciones, cultura e intereses comunitarios. Lugar de implementación El vivero y la sala de procesos se implementarán en el espacio de la casa cultural de la Comunidad Indígena Llanos del Lagarto. La gestión y disponibilidad del terreno donde se instalarán el vivero y la sala de procesos será responsabilidad de la Comunidad. Los programas de capacitación podrán ser desarrollados dentro de la localidad y según requerimientos de la Comunidad. Forma y oportunidad de implementación Los fondos para la implementación tanto del vivero como de la sala de procesos se entregarán en una sola oportunidad dentro del primer mes desde el inicio de la entrada en operación del Proyecto, sin que corresponda una nueva entrega por estos conceptos durante la vida útil del Proyecto. Por su parte, el fondo destinado a capacitaciones y mantención del vivero y la sala de procesos se entregará con periodicidad anual, a partir del inicio del funcionamiento del vivero y la sala de procesos, hasta el fin de la vida útil del Proyecto. La Comunidad Llanos del Lagarto deberá contar con personalidad jurídica y directiva vigentes para gestionar la entrega de Fondos. Indicador de cumplimiento 100% del vivero instalado. 100% de la sala de procesos instalada. Capacitaciones realizadas y/o mantenciones realizadas al vivero y sala de procesos. Medios de verificación. Para el vivero: • Fotografías del vivero implementado.

Para la sala de procesos: • Fotografías de la sala de procesos implementada.

Para las capacitaciones e insumos: • Lista de asistencia de las personas presentes en la capacitación.

• Copia del material impreso entregado en la capacitación. • Listado de contenidos abordados en el Programa Capacitación en Hierbas Medicinales u otra temática • Registro fotográfico que da cuenta de las actividades ejecutadas. Registros de adquisición de insumos y equipamiento necesario. Seguimiento y control. Informe anual a la Superintendencia del Medio Ambiente con todos los medios de verificación disponibles incorporados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.27

7.28 PCPI-3 (LLDL): Medida que se encarga de la Afectación de la actividad ganadera y trashumancia CID Llanos del Lagarto Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases) Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. Tipo de Medida Compensación Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Promover la continuidad de prácticas culturales y tradicionales de ganadería de la Comunidad Llanos del Lagarto, junto con proporcionar condiciones adecuadas para la movilidad, reproducción, sanidad y bienestar del ganado de la Comunidad. Descripción Con el fin de contribuir a la asistencia veterinaria que la Comunidad destina al cuidado sanitario de su ganado caprino, caballar, ovino y asnal, el Titular pone a disposición de la Comunidad apoyo para contar con asistencia médica veterinaria permanente para estas especies. Para ello contempla la entrega de un fondo de hasta 40 UF anuales que permitan cubrir al menos dos visitas al año de médico veterinario titulado, profesional que será definido por la Comunidad en conjunto con el Titular en la Mesa de Trabajo correspondiente. De mismo modo, se hará entrega de un fondo de 24 UF anuales para apoyar la realización y asistencia de los comuneros de al menos una capacitación técnica anual en temas de producción animal. Además, el Titular dispondrá de un fondo único de 1.000 UF para la implementación de galpones o bodegas individuales para crianceros de la comunidad, con el objetivo de: • Proteger el forraje de la humedad, lluvia, viento y deterioro por exposición; • Evitar que el forraje quede expuesto y sea consumido accidentalmente por los animales antes de ser destinado a la alimentación programada • Mantener el forraje en condiciones adecuadas hasta el momento de su utilización; y, • Facilitar que cada criancero administre el forraje correspondiente a su ganado. Del mismo modo, el Titular dispondrá de un fondo único de 1.000 UF para la construcción, modificación y mantenimiento de corrales, comederos cercos perimetrales u otros asociados a la infraestructura

necesaria para asegurar las condiciones del ganado de la Comunidad. Por último, se contempla la reposición de animales lesionados o muertos en ocasión al Proyecto y sus acciones. La valorización del animal tendrá en consideración los siguientes factores: • Valor comercial del animal: raza, edad, sexo, condición reproductiva y valor de reposición. • Valor genético: genealogía, registros SAG, características de la línea genética y aporte al mejoramiento del rebaño. Justificación Contribuir a la sanidad animal y la capacitación en temas productivos ganaderos, además de apoyar la construcción, adecuación, mantención y/o reposición de infraestructura necesaria para asegurar la continuidad de la actividad ganadera. Lugar de implementación El lugar de la implementación de la infraestructura ganadera, se realizarán en Llanos del Lagarto, en un punto a definir de manera conjunta en la Mesa de Trabajo. Otros lugares donde se desarrollen las iniciativas financiadas por los fondos de asistencia veterinaria y capacitación ganadera serán definidos en conjunto con la Comunidad y en las Mesas de Trabajo correspondientes. Forma y oportunidad de implementación Forma de Implementación: • Se coordinará en las Mesas de Trabajo y en conjunto con los dirigentes de la Comunidad los detalles asociados a la asistencia veterinaria y capacitaciones anuales en temas ganaderos. • El fondo para la construcción del galpones o bodegas de crianceros para almacenamiento del alimento de animales se entregará dentro del primer mes una vez iniciada la operación del Proyecto. • El fondo adicional para el mejoramiento e implementación de corrales, establos, bebederos, comederos u otros, será entregado dentro del primer mes una vez desde la entrada en operación del Parque Solar. • Las características de la infraestructura ganadera, tales como dimensiones, materialidad y lugar de emplazamiento serán definidas en conjunto con la Comunidad en las Mesas de Trabajo, siempre dentro del monto de inversión previamente indicado. • Durante las Mesas de Trabajo, se hará entrega a los dirigentes de la Comunidad de los lineamientos operativos de los fondos (fechas de entrega, requisitos de rendición de gastos, entre otros). Por su parte, la Comunidad Llanos del Lagarto deberá contar con personalidad jurídica y directiva vigentes para gestionar la entrega de Fondos. En caso de que el ganado de la Comunidad resulte accidentado, lesionado o muerto por acción directa del Proyecto o del transporte asociado al mismo, la Comunidad o el Titular dará aviso a la otra parte. Verificada de manera conjunta la responsabilidad del Titular en el hecho, este repondrá el animal por otro de similares características según su valor comercial y genético.

Oportunidad: • Los fondos requeridos para asistencia veterinaria del ganado y capacitaciones en temas productivos ganaderos comenzarán a partir de la fase de operación y hasta el término de la fase de cierre.

• Los fondos destinados a la construcción de un galpón comunitario e infraestructura ganadera complementaria (corrales, establos, bebederos, comederos u otros) se entregarán dentro del primer mes una vez iniciada la operación del Proyecto. En caso de considerarse la reposición de animales en los términos establecidos en la presente medida, ésta se realizará en función de cada evento, tanto en la fase de construcción como en la etapa de operación. Indicador de cumplimiento • Financiamiento efectivo de las iniciativas de infraestructura ganadera que la Comunidad desee implementar, que cumplan con los lineamientos expuestos en la presente Medida. • Reposición de animales accidentados.

Medios de verificación. • Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad de la Comunidad, se contemplan aquellos relativos al desarrollo de la infraestructura ganadera financiada, considerando: - Rendición de gastos, pudiendo presentarse boletas, facturas, comprobantes u otros medios según se defina en las Mesas de Trabajo y con el objetivo de verificar que los fondos están siendo utilizados adecuadamente. - Fotografías que reflejen su uso en las iniciativas correspondientes. - Acta o informe al final de cada año, que indique en qué iniciativas o proyectos fue utilizado el Fondo, incluyendo los medios verificadores anteriores. - Informe de la visita veterinaria. - Registro de asistencia de la capacitación técnica anual en temas de producción animal. • Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad del Titular, se encuentran: - Comprobante de transferencia o entrega del Fondo por parte del Titular a la Comunidad. Registros de reposición de ganado accidentado, lesionado o muerto por acción directa del Proyecto y sus acciones. Seguimiento y control Se elaborará un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente con medios verificadores disponibles, el que será emitido anualmente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.28

7.29 PCPI-4 (LLDL): Fondo de Compensación Anual Para la Continuidad Cultural, Territorial, Productiva y Organizativa de la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases) Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. Tipo de Medida Compensación Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena

Objetivo Establecer un fondo anual y de administración comunitaria autónoma, destinado a contribuir al fortalecimiento y transmisión de las prácticas culturales, conocimientos ancestrales, actividades productivas, relación territorial y organización propia de la Comunidad. Durante el primer año se hará entrega de un fondo único tope de 500 UF y a partir del segundo año y hasta el cierre del Proyecto, un fondo anual tope de 1500 UF. La medida se establece en atención a los impactos reconocidos y abordados en el marco del Proceso de Consulta Indígena del Proyecto Parque Fotovoltaico Ceibo, principalmente orientado a las siguientes líneas de acción solicitadas por la Comunidad: i) Línea de cultura y transmisión de conocimientos ancestrales: destinada a fortalecer la continuidad de las prácticas culturales, los conocimientos ancestrales y las actividades comunitarias. Podrá financiar actividades contempladas en el calendario cultural anual, ceremonias, encuentros y eventos culturales, materiales e insumos, logística, alimentación y traslados, honorarios de cultores, artistas, monitores y personas encargadas de actividades culturales, actividades de transmisión de saberes entre generaciones, oficios, artes, prácticas tradicionales y otras iniciativas definidas por la Comunidad. ii) Línea de educación y continuidad de estudios: El fondo contemplará una línea de apoyo educacional destinada a contribuir al acceso, permanencia y continuidad de estudios de socios activos de la Comunidad, hijos de socios activos, nietos de socios activos, y podrá financiar educación inicial, escolar, técnica y universitaria, incluyendo matrículas y aranceles, mensualidades educacionales, materiales y recursos de estudio, arriendo de habitación, residencia, pensión o vivienda por motivos de estudio, traslados asociados a la formación educacional, otros gastos directamente relacionados con la continuidad de estudios. La Comunidad regulará el acceso a los beneficios, formas de postulación y todo aquello relacionado a la presente línea de acción. iii) Línea productiva, de emprendimiento y generación de ingresos: destinada a fortalecer las actividades productivas, artesanales, comerciales, turísticas y de servicios desarrolladas por integrantes de la Comunidad, cuyos recursos podrán destinarse a herramientas y equipamiento, materiales e insumos, implementación y mejoramiento de espacios de trabajo, elementos de producción y comercialización, actividades de capacitación y fortalecimiento, otros gastos directamente relacionados con la actividad aprobada. Los criterios de acceso, priorización y asignación serán de entera responsabilidad de la Comunidad. iv) Otras líneas de acción: Podrán contemplarse otras líneas de acción diferentes o complementarias a las anteriores, tales como entrega de forraje, medicina ancestral, fortalecimiento de saberes y prácticas de la cultura Diaguita o de otras culturas, implementación de jornadas de difusión de prácticas culturales, promover la continuidad y/o desarrollo de prácticas tradicionales o fomentar el fortalecimiento del desarrollo local, entre

otras. Estas actividades que serán revisadas y consensuadas en conjunto con la Comunidad en las Mesas de Trabajo.

El fondo deberá permitir que la Comunidad determine sus prioridades, iniciativas, beneficiarios y mecanismos de ejecución, conforme a sus propias formas de organización, participación y toma de decisiones. Descripción Se hará entrega de un fondo único con tope máximo de 500 UF durante el primer año del Proyecto y posteriormente de 1500 UF anuales destinado a la ejecución de proyectos e iniciativas que cuenten con un enfoque de preservación y difusión de actividades culturales tradicionales, promuevan el desarrollo local, permitan transferir conocimiento y capacitación técnica para potenciar productos o servicios locales, potenciar la relación cultural productiva y ancestral de la Comunidad u otras iniciativas, siempre en relación con los impactos del Proyecto.

La Comunidad determinará: • Las áreas prioritarias de financiamiento. • Las iniciativas y actividades que se ejecutarán. • Los criterios de acceso y asignación de recursos. • Los mecanismos de administración y control. • Los procedimientos de postulación, evaluación y aprobación.

Cabe indicar, que la presente medida es independiente de las medidas PCPI-1 (LLDL), PCPI-2 (LLDL) y PCPI-3 (LLDL). Justificación La Comunidad Llanos del Lagarto desempeña prácticas que incluyen conocimientos tradicionales en torno al desarrollo de actividades ganaderas, agrícolas y recolección de hierbas medicinales. Ante el impacto del Proyecto, manifiesta la necesidad de mejorar su infraestructura comunitaria, así como de fomentar su cultura, por lo cual se identifica la oportunidad de impulsar la ejecución de proyectos que se estimen pertinentes para fortalecer su identidad y desarrollo. Lugar de implementación Según sea establecido en el programa comunitario a ejecutar. La medida se implementará en el territorio de uso tradicional de la Comunidad, espacios productivos individuales y comunitarios, sectores utilizados para ganadería y trashumancia, lugares de recolección, espacios culturales y territoriales, infraestructura comunitaria y otros lugares donde se desarrollen las iniciativas financiadas por el Fondo. Forma y oportunidad de implementación • Las iniciativas a financiar con los fondos deberán estar vinculados a las líneas de acción establecidas. La Directiva vigente de la Comunidad Llanos del Lagarto definirá de forma autónoma los proyectos de su interés a ejecutar con el Fondo asignado, debiendo estos cumplir con el requisito de tener relación directa e indirecta con los impactos del Proyecto señalados anteriormente. La administración de los fondos deberá efectuarse bajo criterios de transparencia, responsabilidad y trazabilidad. Cada movimiento de recursos deberá contar con documentación verificable. • La Comunidad Llanos del Lagarto deberá contar con personalidad jurídica y directiva vigentes para gestionar la entrega de Fondos. • La forma de transferencia de Fondos a la Comunidad será coordinada entre ambas partes (titular y Comunidad), pudiendo ser abordado en Mesas de Trabajo y donde se hará entrega de los lineamientos operativos del Fondo de

Inversión Comunitaria (fechas de entrega, requisitos de rendición de gastos, entre otros). • Una vez otorgado el Fondo, se realizará un seguimiento del uso del Fondo correspondiente, y para ello la Comunidad deberá acreditar mediante distintos medios de verificación el correcto uso de los recursos, lo que será detallado en las Mesas de Trabajo. • En caso de verificarse un uso indebido del fondo otorgado o que no se destine a fines relacionados con los impactos del Proyecto, el Titular podrá dar aviso de la situación a la Superintendencia del Medio Ambiente o la autoridad correspondiente. Se hará entrega de un fondo único con tope máximo de 500 UF durante el primer año del Proyecto (dentro de los 30 días del inicio de la fase de Construcción) y posteriormente de 1500 UF anuales.

Indicador de cumplimiento Financiamiento efectivo de las iniciativas de la Comunidad, que cumplan con los lineamientos expuestos en la presente Medida. Medios de verificación • Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad de la Comunidad, se contemplan aquellos relativos al desarrollo de la iniciativa financiada, considerando: - Rendición de gastos, pudiendo presentarse boletas, facturas, comprobantes u otros medios según se defina en las Mesas de trabajo y con el objetivo de verificar que los fondos están siendo utilizados adecuadamente. - Fotografías que reflejen su uso en las iniciativas correspondientes. - Acta o informe al final de cada año, que indique en qué iniciativas o proyectos fue utilizado el Fondo, incluyendo los medios verificadores anteriores. • Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad del Titular, se encuentran: - Comprobante de transferencia o entrega del Fondo por parte del Titular a la Comunidad

El detalle de los medios de verificación requeridos, así como los registros de avance, dependerán de cada iniciativa o proyecto, lo que será definido durante las Mesas de Trabajo. Seguimiento y control. Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente del fondo entregado, adjuntando medios verificadores. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.29

7.30 PCPI -1 (ADD): Mesas de trabajo con la Asociación Indígena Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto Fase Construcción, operación y cierre. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las organizaciones indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las organizaciones indígenas. Tipo de Medida Compensación

Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Estructurar mecanismos de comunicación y gestión transparentes, colaborativos y de largo plazo con la Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto en torno a la correcta ejecución de medidas comprometidas del Proyecto. Descripción Se implementarán Mesas de Trabajo entre representantes del Titular y de la Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto durante las fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto, a fin de gestionar asuntos relativos a los acuerdos sostenidos y medidas comprometidas del Proyecto. Justificación Las Mesas de Trabajo permitirán establecer un vínculo colaborativo entre el Titular y la Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto, dando espacio para complementar, precisar o actualizar información necesaria para llevar a cabo de forma exitosa las medidas comprometidas del Proyecto. Lugar de implementación En cuanto al lugar de ejecución de las Mesas de Trabajo, éste será convenido de común acuerdo entre Titular y la directa vigente de la Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto. Las reuniones podrán ser de carácter telemático o presencial, según lo establezcan ambas partes. Forma y oportunidad de implementación Para ejecutar las Mesas podrán ser utilizados diferentes medios o vías de comunicación, tales como llamadas telefónicas, mensajería de texto, mensajes vía WhatsApp, correo electrónico u otro. La comunicación por parte del Titular estará a cargo del coordinador/a social asignado/a, quién mantendrá comunicación y vinculación directa con la Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto, siendo el representante del Proyecto ante la Asociación. En este contexto, las consultas u observaciones realizadas por la Asociación contarán con respuesta en un plazo máximo de 20 días hábiles.

Para la conformación de las Mesas de Trabajo se requerirá de la asistencia de al menos dos miembros de la Directiva de la Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto y dos representantes del Titular. • Para definir los mecanismos de funcionamiento de las Mesas de Trabajo, se establecerá una primera reunión inicial a ser ejecutada dentro del primer mes una vez iniciada la fase de construcción del Proyecto, donde se presentará el cronograma actualizado del Proyecto, las medidas establecidas en la RCA y se definirá en conjunto el protocolo de trabajo. Así, por ejemplo, podrán definirse las fechas para la celebración de reuniones, el establecimiento de los medios formales de comunicación, la duración de éstas o las personas encargadas de coordinar los encuentros, entre otros aspectos. • La Asociación deberá contar con personalidad jurídica y directiva vigentes para poder conformar y desarrollar las Mesas de Trabajo. • Una vez finalizada cada Mesa de Trabajo y al término de ellas, tanto el Titular como los miembros de la Directiva que asistan a la reunión deberán firmar las actas de celebración de éstas. Se considera una primera reunión inicial dentro del primer mes de la fase de construcción del Proyecto y reuniones cada tres meses mientras dure dicha fase. Para las fases de Operación y Cierre las Mesas de Trabajo se realizarán con una periodicidad anual. En el caso de que sea necesario el agendamiento de reuniones extraprogramáticas, éstas serán determinadas según disponibilidad

y coordinación de ambas partes.

Indicador de cumplimiento Implementación efectiva de Mesas de Trabajo y acciones ejecutadas o implementadas en torno a ellas. Medios de Verificación • Registro de comunicación en que se solicita reunión inicial, periódicas anuales y extraprogramáticas. • Acta de registro de reunión de las Mesas de Trabajo, incluyendo fecha, hora, lugar, asistentes, temáticas abordadas y acuerdos. • Acta de inferencia firmado por el titular en caso de que no se firme el Acta de las Mesas de Trabajo por parte de la Directiva de la Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto. Seguimiento y control Posterior a la conformación y celebración de la primera Mesa de Trabajo, se elaborará un informe anual que dará cuenta del desarrollo de éstas, adjuntando los medios verificadores disponibles. Posteriormente, al final de la fase de cierre, se emitirá un informe final. Todos los informes serán remitidos a la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.30

7.31 PCPI-2 (ADD): Fondos de Inversión Comunitaria Asociación Indígena Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto Fase Construcción, Operación y Cierre Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de la Asociación indígena o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de la Asociación indígena. Tipo de Medida Compensación Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Contribuir mediante la entrega de Fondos de Inversión Comunitaria al fortalecimiento de competencias, productos y/o servicios derivados de las actividades tradicionales o para promover la continuidad de prácticas culturales y tradicionales de la Asociación Multicultural Indígena des del Desierto. Se contempla la entrega efectiva de Fondos de Inversión Comunitaria de carácter NO concursables, que permitan financiar proyectos e iniciativas orientadas a: i) Transferir conocimientos o fortalecer competencias técnicas de sus miembros; ii) Promover la continuidad y/o desarrollo de prácticas culturales y tradicionales; iii) Contribuir al fortalecimiento de su territorialidad; Fomentar el fortalecimiento del desarrollo local, así como otras necesidades de la Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto en torno a estos lineamientos. Descripción Se hará la entrega de un Fondo de Inversión Comunitaria anual a la Asociación Amanecer del Desierto, a partir del primero año del inicio de la Fase de Construcción del Proyecto, por un monto de 175 UF anuales, el que se renovará año a año por el mismo valor hasta la etapa de cierre del Proyecto. Cabe indicar que el monto se entregará en valor UF, de modo que pueda ajustarse anualmente según la inflación.

La entrega del Fondo permitirá apoyar a la Asociación para que desarrolle y ejecute proyectos o iniciativas de su interés, siempre en torno a la preservación y difusión de actividades culturales tradicionales o proyectos que promuevan el desarrollo local y/o permitan transferir conocimiento técnico para potenciar productos o servicios locales. Justificación La Asociación Amanecer del Desierto desempeña prácticas que incluyen conocimientos tradicionales en torno al desarrollo de actividades ganaderas, agrícolas y recolección de hierbas medicinales. Ante el impacto del Proyecto, manifiesta la necesidad de mejorar su infraestructura comunitaria, así como de fomentar su cultura; por lo cual se identifica la oportunidad de impulsar la ejecución de proyectos que se estimen pertinentes para fortalecer su identidad y desarrollo. Lugar de implementación Según sea establecido en el programa comunitario a ejecutar. Forma y oportunidad de implementación La Directiva vigente de la Asociación Amanecer del Desierto definirá los proyectos e iniciativas de su interés que desea financiar con el Fondo anual de 175 UF, ya sea completa o parcialmente con el Fondo anual respectivo. La Asociación definirá los proyectos e iniciativas de su interés de manera autónoma, no obstante, deberán ser iniciativas en torno a los objetivos propuestos en esta Medida PCPI-2 (ADD): Fondos de Inversión Comunitaria. Los Fondos de Inversión Comunitaria serán entregados sin que la Asociación deba concursar con otras organizaciones indígenas. La Asociación Amanecer del Desierto deberá contar con personalidad jurídica y directiva vigentes para gestionar la entrega de Fondos. La forma de transferencia de Fondos a la Asociación será coordinada entre ambas partes (Titular y Asociación), pudiendo ser abordado en Mesas de Trabajo (PCPI-1). Una vez otorgado el Fondo, se realizará un seguimiento del uso del Fondo correspondiente, y para ello la Asociación deberá acreditar mediante distintos medios de verificación el correcto uso de los recursos, lo que será detallado en las Mesas de Trabajo (Medida PCPI-1). En caso de verificarse un uso indebido de los fondos otorgados, el Titular podrá suspender o revocar la entrega del fondo correspondiente al siguiente año, retomando la asignación de Fondos en el año subsiguiente. La entrega de los Fondos de Inversión Comunitaria comenzará desde el primer año del Proyecto (fase de Construcción). Durante la reunión de Mesa de Trabajo (Medida PCPI-1) correspondiente a dicho año, y en las de los años siguientes, la Asociación Amanecer del Desierto presentará el/los proyecto/s o iniciativa/s que desee desarrollar el año respectivo. Por su parte, el Titular hará entrega de los lineamientos operativos del Fondo de Inversión Comunitaria a los dirigentes de la Asociación, definiéndose en dichos encuentros las fechas de entrega, modalidad de pago, requisitos de rendición de gastos, entre otros. Indicador de cumplimiento Financiamiento efectivo de las iniciativas de la Asociación, que cumplan con los lineamientos expuestos en la presente Medida. Medios de verificación. Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad de la Asociación, se contemplan aquellos relativos al desarrollo de la iniciativa financiada, considerando: - Rendición de gastos, pudiendo presentarse boletas, facturas, comprobantes u otros medios según se defina en las Mesas de trabajo y con el objetivo de verificar que los fondos están siendo utilizados adecuadamente. - Fotografías que reflejen su uso en las iniciativas correspondientes. - Acta o informe al final de cada año, que indique en qué

iniciativas o proyectos fue utilizado el Fondo, incluyendo los medios verificadores anteriores. Entre los medios de verificación que serán de responsabilidad del Titular, se encuentran: - Bases de Fondos de Inversión Comunitaria - Comprobante de transferencia o entrega del Fondo por parte del Titular a la Asociación.

Seguimiento y control. Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente por fondo entregado anualmente, adjuntando medios verificadores. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.31

7.32 PCPI-3 (ADD): Entrega de forraje o alimento para ganado Asociación Indígena Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto Fase Construcción, operación y Cierre. Impactos ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de la Asociación indígena o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las Asociación indígena. Tipo de Medida Compensación. Componentes ambientales objeto de protección Medio Humano Indígena Objetivo Suplir la pérdida de forraje natural que el área de emplazamiento del Proyecto provee en la dieta del ganado (caprino y asnal) que actualmente la Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto posee. Descripción El Titular hará entrega de forraje en fardos y/o granos o pellets a la Asociación según se defina en las Mesas de Trabajo, atendida la pérdida de superficie de forraje natural (matorrales y praderas) que provee el área de emplazamiento del Proyecto en la dieta de los animales y que actualmente no es provista por terceros. Justificación Dado que el Proyecto considera la remoción de la capa vegetal y movimientos de tierra para la materialización de obras, se verán afectadas formaciones vegetacionales que proveen de forraje natural para la alimentación del ganado de la Asociación Amanecer del Desierto. A través de la medida se busca suplir la pérdida de toneladas de materia seca que provee el área de intervención del Proyecto en la dieta de los animales mediante la entrega de alimento. Lugar de implementación El lugar de entrega de forraje, pellets o granos se realizará en la Sede Social de la Asociación Multicultural Amanecer del Desierto, o bien, en un punto alternativo definido de manera conjunta en Mesa de Trabajo (Medida PCPI -1) Forma y oportunidad de implementación • Durante Mesas de Trabajo (Medida PCPI-1) se coordinarán junto con los dirigentes de la Asociación los detalles de la Entrega de Forraje (lugar, forma y fecha de entrega, u otros aspectos). • Se hará la entrega de 2.000 fardos anuales o su equivalente, distribuidos en un máximo de tres entregas al año, cuyas fechas se definirán en conjunto con la Asociación en las Mesas de Trabajo y según disponibilidad de forraje, granos o pellets en el mercado.

El titular priorizará la entrega de forraje en fardos (heno de alfalfa,

de festuca y ballica, heno de festuca y trébol, avena u otro, considerando un peso aproximado de 25 kg por fardo). No obstante, se podrá hacer entrega de equivalente o proporción en alimento pelletizado o granos, según se defina en las Mesas de Trabajo, siempre y cuando la entrega de esta alternativa no supere el valor monetario de su equivalente en fardos, y cumpliendo los estándares de calidad conforme al Reglamento de Alimentos para Animales (D.S N°4/2017). • Se establece que la provisión de forraje proporcionada por el Titular no podrá ser comercializada, intercambiada o revendida y que será únicamente para el uso efectivo de los crianceros de la Asociación. En caso de verificarse un uso indebido del forraje otorgado en una entrega, el Titular podrá suspender el próximo aporte que corresponda, retomando las entregas en el período subsiguiente. • La presente medida aplicará desde el año de inicio de la construcción del Proyecto hasta el fin de la vida útil del Proyecto. En este contexto, serán distribuidos 2.000 fardos anuales o su equivalente en pellets o granos en un máximo de tres entregas al año, según los términos a definir en Mesas de Trabajo.

Indicador de cumplimiento Entrega de 100% del forraje comprometido a la Asociación. Medios de verificación. • Actas de reuniones de Mesa de Trabajo pertinentes a Entrega de Forraje • Acta de entrega de alimento • Registro fotográfico de entrega de alimento • Acta de recepción del alimento por parte de la Asociación. Seguimiento y control Se elaborará informe a SMA con medios verificadores adjuntos, siendo emitido cada 1 año. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.32

8°. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambiental es el siguiente:

FLORA Y VEGETACIÓN

8.1 Seguimiento MM-DAN-01: Habilitación de zona de exclusión en quebradas que atraviesan el área de influencia Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los Grupos Humanos – Dimensión Antropológica, Fauna terrestre, Flora y vegetación, Áreas Protegidas y Sitio Prioritarios Impacto Ambiental • DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). • DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

• FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado). • FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas. • FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). • FVT-08: Pérdida de individuos de especies de hábito geófito. • ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Medidas asociadas MM-DAN-01 Habilitación de zona de exclusión en quebradas que atraviesan el área de influencia Ubicación puntos de control Los vértices del cerco perimetral. El diseño del Proyecto ha considerado como zona de exclusión las quebradas que atraviesan el área de influencia y que corresponden a cauces pluvial natural de escurrimiento intermitente, el cual conduce flujos superficiales únicamente durante eventos de precipitación, por lo que estos sectores presentan mayor vegetación. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos La medida se efectúa por única vez al instalar el cerco perimetral y concluye con la entrega del informe de la ejecución de la medida. Duración del monitoreo La medida no considera actividades de muestreo o seguimiento. Frecuencia del Monitoreo La medida no considera actividades de muestreo o seguimiento. Método o procedimiento de medición La medida no considera actividades de muestreo o seguimiento. El informe deberá contener fotografía georreferenciada previo al inicio y finalizando la fase de construcción, cláusulas en los contratos de los trabajadores y contratistas que indique la prohibición de utilizar las zonas excluidas (quebradas) y actas de las charlas a los trabajadores sobre la medida, incluyendo la prohibición de usar las zonas de quebradas. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se elaborará un (1) informe una vez terminada la instalación del cerco perimetral. Se remitirá a la autoridad con un plazo máximo de 30 días. Los informes serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI). Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI). Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1

8.2 Seguimiento MM-FYV-01: Plan de rescate y relocalización de geófitas Fase Construcción Componente Ambiental Flora y Vegetación

Impacto Ambiental • FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) • FVT-08: Pérdida de individuos de especies de hábito geófito. • ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido” Medidas asociadas MM-FYV-01: Plan de rescate y relocalización de geófitas Ubicación puntos de control La medida será realizada en aquellas zonas con presencia de la especie Argylia radiata o con potencialidad media o media alta para sustentar especies geófitas, según lo establecido en el estudio de Condición Biológica del Suelo (Anexo 5.4 de la Adenda) y en las que se realicen actividades de movimiento de tierra, excavaciones o remoción de suelo para el establecimiento de obras permanentes (BESS, centros de transformación, bodegas, conversores y obras hidráulicas) y camino de acceso. En estas zonas se tamizarán los primeros 25 centímetros de suelo en búsqueda de los bulbos y rizomas en sectores con presencia identificada y con potencialidad de presencia. Se realizará el rescate de geófitas (bulbos y rizomas), para luego ser conservadas y posteriormente relocalizados en el siguiente sitio:

Tabla. Coordenadas del sitio de relocalización (WGS84 Huso 19S)

Fuente: Tabla 4 del Anexo 11 Adenda Complementaria

El sitio de relocalización se encuentra al interior del Sitio Prioritario Desierto Florido en la comuna de Vallenar, este está localizado a 27 km del Proyecto y a 6 km de la Ruta 5 Norte aproximadamente, se puede acceder al predio por las Rutas C-442 y C-450. La zona de relocalización de geófitas tiene una superficie de 8 ha y posee un relieve similar al área de extracción localizada en zonas de quebradas y cercanas a estas. Parámetros a medir Se evaluará lo siguiente para el área de plantación: • Estado general del sector de plantación: Se deberá verificar el estado general de los polígonos de plantación y verificar que las protecciones para evitar el paso de vehículos y personas estén en buen estado y hayan sido respetadas, además de esto se deberá registrar si hay presencia de micromamíferos fosoriales, los cuales se pueden detectar al observar la presencia de cuevas subterráneas o restos de semillas de geófitas. • Desarrollo vegetativo: Se registrará la presencia de estructuras foliares • Estructuras florales: De existir floración se deberá registrar su estado. • Dispersión de germoplasma: Se registrará si hay existencia de frutos generados o semillas y el calibre al cual pertenecen. • Se estimará la densidad de individuos vivos por unidad de superficie (ind/ha)

Cabe destacar que, si bien previo a la plantación se considera registrar los calibres de las bulbosas rescatadas, es posible que algunos individuos no presenten expresión aérea durante uno o más periodos de monitoreo, debido a la naturaleza ecológica de las especies geófitas, cuya emergencia depende de condiciones ambientales favorables. Límites permitidos/comprometidos Como indicador de éxito se plantea la siembra del bulbo y el posterior desarrollo de las estructuras aéreas durante las siguientes temporadas. El éxito de la medida radica en el desarrollo vegetativo del 80% del total del número de bulbo relocalizados. Duración del monitoreo Se considera ejecutar el seguimiento en un plazo de cuatro (4) años. Frecuencia del Monitoreo • 1er año: Considera monitoreos cada 3 meses para evaluar el estado de los bulbos, rizomas o raíces tuberosas • 2 al 4 año: Considera realizar dos (2) monitoreos para cada año, uno en primavera y otro a principios de otoño. • Dado que las geófitas son especies que poseen un órgano de regeneración anual subterráneo y cuyos órganos aéreos mueren anualmente, en ningún caso el seguimiento considera extraer el rizoma o bulbo una vez plantado, si no que el monitoreo deberá consistir en una inspección visual de las camas de relocalización por cada calibre y del estado de las protecciones. Método o procedimiento de medición Se generará un informe una vez finalizada la actividad de plantación de las geófitas en el sitio de destino, el cual deberá contener los siguientes aspectos: • Registro de individuos relocalizados por calibre. • Ubicación de áreas de rescate/ relocalización de bulbos. • Densidad de plantación por área de relocalización. • Metodología utilizada para la plantación de bulbos. • Registro fotográfico de las actividades. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se generará un informe una vez finalizada la actividad de plantación de las geófitas en el sitio de destino y en cada monitoreo. Los informes serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Corporación Nacional Forestal (CONAF). Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Corporación Nacional Forestal (CONAF) de la Región de Atacama. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2

8.3 Seguimiento MM-FYV-02: Preservar el sustrato con existencia de germoplasma en zonas de excavación Fase Construcción Componente Ambiental Flora y vegetación

Impacto Ambiental • FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) • FVT-08: Pérdida de individuos de especies de hábito geófito. • ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido” Medidas asociadas MM-FYV-02: Preservar el sustrato con existencia de germoplasma en zonas de excavación. Ubicación puntos de control Área del proyecto en las zonas delimitadas para el rescate de bulbos y rizomas, incluyendo camino de acceso. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo La medida no considera actividades de muestreo o seguimiento. Frecuencia del Monitoreo La medida no considera actividades de muestreo o seguimiento. Método o procedimiento de medición En el caso de detectar la presencia de bulbos o rizomas en las zonas de aplicación de la medida MM-FYV-01, se preservará el sustrato tamizado considerando un volumen de 0.012 m3 (20x20x30 cm) por bulbo o rizoma encontrado. Plazo y frecuencia de entrega de informe El mecanismo de control consistirá en la elaboración de un reporte técnico al finalizar la actividad. Este documento especificará las fechas de inicio y término de la ejecución, e incluirá un registro fotográfico del área intervenida, integrándose con el reporte de cumplimiento de la medida MM-FYV-01. El informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Corporación Nacional Forestal (CONAF). Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Corporación Nacional Forestal (CONAF) de la Región de Atacama. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.3

8.4 Seguimiento MM-FYV-03: Mantener orden de perfiles en zonas a excavar - zanjas Fase Construcción y cierre. Componente Ambiental Flora y vegetación Impacto Ambiental • FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) • ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Medidas asociadas MM-FYV-03: Mantener orden de perfiles en zonas a excavar - zanjas Ubicación puntos de control Áreas que serán intervenidas por el movimiento de tierra en la actividad de excavación de zanjas de baja y media tensión. Parámetros a medir Relleno de zanjas con material diferenciado. Límites permitidos/comprometidos 20 a 30 cm de sustrato superficial y sustrato restante

Duración del monitoreo La medida no considera actividades de muestreo o seguimiento Frecuencia del Monitoreo La medida no considera actividades de muestreo o seguimiento Método o procedimiento de medición Se mantendrá el registro fotográfico que dé cuenta del relleno de zanjas a disposición de la autoridad el que se encontrará en las instalaciones de faena o en la sala de monitoreo y revisión in situ de las labores comprometidas con su respectivo reporte. Plazo y frecuencia de entrega de informe • Envío a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y a la Corporación Nacional Forestal (CONAF) de los registros gráficos señalados. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Corporación Nacional Forestal (CONAF) de la Región de Atacama. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.4

8.5 Seguimiento MM-FYV-04: Protección de especies arbustivas durante la fase de cierre Fase Cierre Componente Ambiental Flora y vegetación Impacto Ambiental FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado). FVT-03: Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación. FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas. FVT-02: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación sin grado de amenaza (Preocupación Menor). Medidas asociadas MM-FYV-04: Protección de especies arbustivas durante la fase de cierre Ubicación puntos de control Área del proyecto (área de obras permanentes, temporales y línea de transmisión eléctrica) con instalación de cercos perimetrales preventivos alrededor de individuos arbustivos identificados. Parámetros a medir • Registro del estado de los cercos. • Registro de todos los individuos, registrando estado sanitario, vigor, diámetro a la altura del pecho, diámetro a la altura del tocón, número de vástagos y diámetro de copa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Tres meses Frecuencia del Monitoreo • Primer Censo, un mes antes del inicio de la fase de cierre. • Segundo Censo, máximo un mes posterior al término de la fase Método o procedimiento de medición Monitoreos del estado de los cercos durante la etapa de cierra, de esta forma asegurar la no afectación a estos individuos, junto con la ejecución de dos censos a cargo de uno o más especialistas en flora.

Luego del retiro del cerco una vez finalizada la etapa de cierre, trascurrido un mes, se realizará el monitoreo de los individuos evaluando los parámetros que fueron previamente analizados al momento de cercarlos, con el fin de que la medida fue correctamente aplicada. Plazo y frecuencia de entrega de informe Un mes antes del inicio de la fase de cierre (censo de identificación) y georreferenciación de los individuos arbustivos identificados. Un mes posterior al término de la fase de cierre (censo de verificación de la medida) y georreferenciación de los individuos arbustivos que se mantuvieron durante la ejecución de la fase. Los informes se remitirán a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Corporación Nacional Forestal (CONAF). Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Corporación Nacional Forestal (CONAF) de la Región de Atacama. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.5

8.6 Seguimiento MM-FYV-05: Plan de erradicación de la especie Volutaria tubuliflora en el área del Proyecto Fase Construcción, Operación y Cierre Componente Ambiental Flora y vegetación Impacto Ambiental FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido” Medidas asociadas MM-FYV-05: Plan de erradicación de la especie Volutaria tubuliflora en el área del proyecto Ubicación puntos de control El monitoreo estará diferenciado por sectores según la probabilidad de dispersión de la planta, en sectores con prioridad Alta, Media y Baja de vigilancia. Aquellas zonas cercanas a la Ruta 5, con bordes de caminos, huellas de maquinaria, áreas de acopio de tierra (donde el suelo ha sido removido) y las propias formaciones de Herbazal muy escaso de Volutaria tubuliflora y de Matorral escaso de Balsamocarpon brevifolium - Encelia canescens, donde la especie se presenta como acompañante, serán considerados de Alta prioridad. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos Erradicación de cualquier individuo presente Duración del monitoreo El plan estará activo durante todas las fases del proyecto, es decir, fase de construcción, operación y cierre. Se aplicará 1 vez al año de ser necesario, o sea, si se observa la presencia de individuos de esta especie exótica. Frecuencia del Monitoreo Una vez al año. Método o procedimiento de medición Se considera la realización de transectos variables, en zigzag, enfocados a caminos, áreas con mayor circulación y perturbación. Adicionalmente, se revisarán periódicamente los vehículos (chasis,

guardabarros) a fin de detectar restos de plantas y semillas de Volutaria tubuliflora. Plazo y frecuencia de entrega de informe Dentro de los 30 días posteriores al término de año calendario se remitirá un informe con todas las actividades de extracción de individuos de Volutaria tubuliflora realizadas en el año. Los informes serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.6

8.7 Seguimiento MM-FYV-06: Restricción del inicio de la fase de construcción y cierre Fase Construcción y Cierre Componente Ambiental Flora y vegetación Impacto Ambiental FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido” Medidas asociadas MM-FYV-06: Restricción del inicio de la fase de construcción y cierre Ubicación puntos de control Todo el Proyecto Parámetros a medir • Precipitación mensual acumulada, mediante la instalación de un pluviómetro. • Humedad relativa del suelo, monitoreada en tiempo real. Límites permitidos/comprometidos 15 mm acumulados según Squeo et al., 2008. Duración del monitoreo Durante los meses de otoño e invierno. Frecuencia del Monitoreo Continua en tiempo real. Método o procedimiento de medición La cantidad de precipitaciones será medida a través de pluviómetros en el sitio y mediante el monitoreo del porcentaje de humedad en el suelo a distintas profundidades, de manera automatizada y con el almacenamiento de los datos en una nube y/o transmitida vía remota, para así obtener la información en tiempo real. Además, se realizará un monitoreo de actividad fotosintética mediante el índice de NDVI anómalo, ya que se considera certero para formaciones de herbáceas tipo de praderas, como las más representativas del área del proyecto. Plazo y frecuencia de entrega de informe Registro de inicio de fase con comprobante de arriendo de maquinaria o guía de despacho y comprobante de cambio de fase en el SRCA y remitido a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.7

8.8 Seguimiento MM-FYV-07: Rescate y relocalización de cactáceas Fase Construcción

Componente Ambiental Flora y vegetación Impacto Ambiental FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado). FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido” Medidas asociadas MM-FYV-07: Rescate y relocalización de cactáceas Ubicación puntos de control Áreas de intervención asociadas a obras permanentes del Proyecto, las cuales corresponden a las siguientes infraestructuras: bodegas, baterías, centros de transformación, obras hidráulicas, conversor y camino de acceso. Parámetros a medir Las acciones del plan de seguimiento deben considerar los siguientes parámetros a seguir: • Número de ejemplares rescatados. • Número de ejemplares relocalizados. • Georreferenciación de la o las áreas de trasplante y su representación cartográfica. • Porcentaje de prendimiento alcanzado, abundancia o cobertura de la superficie definida, según corresponda, y su registro fotográfico.

En cada monitoreo se registran las siguientes variables: • Sobrevivencia de individuos de cada especie (presente, ausente). • Altura de los individuos. • Número de flores si presentan los individuos de cada especie. • Estado fenológico (por ejemplo: vegetativo, floración, fructificación, dispersión de semillas). • Estado fitosanitario (por ejemplo: sano, regular, enfermo). • Apariencia general, aparición de marcas de daño o eventuales pérdidas de turgencia. Límites permitidos/comprometidos Se considerará como indicador de éxito un resultado de establecimiento igual o superior al 75% de sobrevivencia. Duración del monitoreo Se considera un plazo total de seguimiento de cinco (5) años de monitoreo. Frecuencia del Monitoreo La frecuencia de monitoreo será mensual los primeros tres meses posteriores a su relocalización, luego se desarrollará trimestral completando el primer año. El segundo año se realizará con periodicidad semestral para finalmente monitorear anualmente entre el tercer y quinto año. Método o procedimiento de medición Se realizará una prospección en terreno mediante recorridos sistemáticos en las áreas de intervención, con el objetivo de identificar, georreferenciar y cuantificar los individuos presentes, permitiendo precisar aquellos ejemplares sujetos a rescate e incorporar eventuales individuos no detectados previamente. Los individuos identificados serán marcados mediante señalética visible (cintas, estacas o etiquetas), indicando el tipo de manejo a aplicar (rescate completo o propagación vegetativa). Asimismo, se registrará la orientación norte de cada ejemplar para su posterior relocalización. Para cada individuo, la información será obtenida mediante: • Georreferenciación: uso de GPS en sistema UTM Datum WGS84.

• Estado sanitario, exposición, sustrato y especies acompañantes: evaluación mediante inspección visual en terreno (radio aproximado de 5 m). • Dimensiones: medición directa del diámetro de cobertura o tamaño del individuo mediante huincha métrica. • Registro fotográfico: documentación en terreno de cada ejemplar. • Durante el rescate • Control de individuos: conteo directo en terreno y registro en planillas por especie. • Evaluación de integridad: inspección visual para verificar daño mecánico y estado de raíces o artejos.

Durante el mantenimiento y almacenamiento (acopio): • Condición sanitaria y cicatrización: inspección visual de tejidos. • Condiciones del acopio: verificación en terreno de ventilación, protección contra radiación y ausencia de humedad excesiva. • Pérdidas de material: registro de individuos descartados y su causa. • Tiempo de almacenamiento: control mediante registro de fechas de ingreso y permanencia. Durante la relocalización y seguimiento: • Individuos plantados: conteo directo por especie. • Densidad: cálculo de individuos por unidad de superficie (ind/ha) • Georreferenciación y marcaje: registro mediante GPS e identificación individual en terreno. • Supervivencia y prendimiento: inspección directa, registrando individuos vivos/muertos y presencia de brotación. • Crecimiento: medición de altura mediante huincha o regla. • Estado fenológico y sanitario: evaluación mediante observación directa, utilizando categorías predefinidas. • Condiciones del sitio • Registro fotográfico: monitoreo visual sistemático en cada campaña. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se generarán tres informes según cada etapa del plan (rescate, mantenimiento y relocalización) y serán remitidos a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.8

8.9 Seguimiento MR-FYV-01: Descompactación del suelo previo a la operación Fase Previo al inicio de la fase de operación Componente Ambiental Flora y vegetación Impacto Ambiental FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido” Medidas asociadas MR-FYV-01: Descompactación del suelo previo a la operación Ubicación puntos de control Sectores entre trackers, área de instalación de faenas y áreas de obras temporales. Parámetros a medir Compactación del suelo

Límites permitidos/comprometidos Evidenciar 85% de fragmentos de suelo de menos de 3 cm en superficie, los cuales serán medidos a través de parcelas (muestras) de 1x1 metro, con al menos 15 muestras por hectárea. Duración del monitoreo La medida no considera actividades de muestreo o seguimiento. Frecuencia del Monitoreo La medida no considera actividades de muestreo o seguimiento. Método o procedimiento de medición La medida no considera actividades de muestreo o seguimiento. Plazo y frecuencia de entrega de informe Reporte al finalizar la actividad y realizado el muestreo y alcanzado el indicador de cumplimiento, en dicho informe, se debe indicar la fecha de inicio y término de la aplicación de la medida, registro fotográfico del área involucrada antes y después de la medida, así como el muestreo realizado para determinar el indicador de cumplimiento. El reporte será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.11

8.10 Seguimiento MR-FYV-02: Rescate de semillas de especies herbáceas y arbustivas Fase Construcción y Operación Componente Ambiental Flora y vegetación Impacto Ambiental FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido” Medidas asociadas MR-FYV-02: Rescate de semillas de especies herbáceas y arbustivas Ubicación puntos de control Especies presentes en el área de influencia del Proyecto, pero ubicadas fuera del cerco perimetral y de las áreas a intervenir por el Proyecto Parámetros a medir Época de producción de semillas, donde se realizarán campañas sucesivas durante los meses de octubre a marzo. Límites permitidos/comprometidos Se colectará como máximo el 20% de las semillas disponibles por individuo y por población, con el fin de no afectar la regeneración natural. Duración del monitoreo 3 años. Frecuencia del Monitoreo 3 monitoreos al año. Método o procedimiento de medición Una vez obtenida la RCA que aprueba el Proyecto, se realizará una prospección de terreno para determinar la localización de los ejemplares candidatos desde donde se realizará la colecta. Se realizará un monitoreo periódico del estado fenológico de estas (3 monitoreos al año, entre el periodo de floración y maduración de las semillas, por 3 años), a objeto de determinar la época de producción de semillas y planificar la colecta de germoplasma cuando las especies se encuentren en la fase de dispersión de semillas. Esto último adquiere relevancia para contar con semillas maduras, viables y sanas, óptimas para la posterior reproducción.

Para la colecta de germoplasma a partir de semillas, se realizará un recorrido pedestre de los sectores dentro del área de influencia del Proyecto y donde no se contempla la intervención o corta de estas especies. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se emitirán reportes anuales a la autoridad ambiental (SMA y CONAF), donde se informará respecto de la ejecución de la medida y los resultados de su seguimiento. Año 1: Reporte de resultados del rescate de semillas. Año 2: Reporte de resultados del rescate de semillas. Año 3: Reporte de resultados del rescate de semillas. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Corporación Nacional Forestal (CONAF) de la Región de Atacama. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.12

8.11 Seguimiento MC-FYV-01: Plan de manejo biológico de especies amenazadas xerofíticas Fase Construcción y operación Componente Ambiental Flora y vegetación Impacto Ambiental FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado) FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”. Medidas asociadas MC-FYV-01: Plan de manejo biológico de especies amenazadas xerofíticas Ubicación puntos de control La medida comenzará a ser ejecutada dentro del área del Proyecto donde se realizará el rescate de semillas y colecta de tallos, para luego ser conservadas y posteriormente relocalizadas en el siguiente sitio:

Tabla. Coordenadas del sitio de compensación (WGS84 Huso 19S)

Fuente: Tabla 4 del Anexo 11 Adenda Complementaria

Parámetros a medir Los parámetros que se considerarán serán los siguientes:

i) Sobrevivencia: Se calificarán los individuos como vivos o muertos. Para que un individuo sea considerado muerto deberá tener todas sus ramas y follaje seco, sin presencia de rebrotes.

Por el contrario, para que se considere vivo debe contar con alguna de las siguientes características: - Presencia de follaje y vigorosidad - Parte aérea del follaje seco, pero con rebrotes en la base - Ramas vivas mediante la tensión a la ruptura y que en su interior tengan coloración verdosa a amarilla - Plantas con daños mecánicos a las ramas, pero con las yemas basales vivas; verificación de las yemas vegetativas tanto apicales como laterales vivas, observando pequeñas hojas vivas en el meristema.

Los parámetros a evaluar son los detallados a continuación:

ii) Estado fitosanitario: Se evaluará si los individuos tienen presencia de patógenos o plagas, signos de pudrición o hongos. iii) Estado fenológico: Se registrará si cada uno de los individuos se encuentra dentro del período de receso vegetativo, floración o fructificación y se analizará su sincronía fenológica con los individuos presentes en estado natural dentro del área de relocalización. iv) Estado de las protecciones y del tutor: se verificarán en terreno las condiciones generales de las protecciones individuales de cada planta y del tutor. Límites permitidos/comprometidos Se contempla el rescate de la máxima capacidad de semillas viables y sanas que se pueda recolectar. Para los ejemplares de especies objetivo en formaciones xerofíticas se considerará como indicador de éxito un resultado de establecimiento igual o superior al 75%. Para la especie Balsamocarpon brevifolium, se mantiene el 75% pero en una plantación 1:2. Duración del monitoreo Se considera un plazo total de ocho (8) años de monitoreo, posterior a la plantación, con un informe por campaña. Frecuencia del Monitoreo La frecuencia de monitoreo será mensual los primeros tres meses, luego se desarrollará un monitoreo trimestral hasta cumplir el primer año. A partir del segundo año y hasta el octavo, el monitoreo se realizará con periodicidad semestral. Método o procedimiento de medición La evaluación de la medida se realizará mediante monitoreo en terreno en las distintas etapas de colecta de germoplasma, propagación, establecimiento y mantención de los individuos, utilizando registros sistemáticos y observación directa. • Colecta de semillas y material vegetativo: se registrará mediante conteo directo el número de semillas y/o esquejes colectados por especie. • Producción en vivero: se registrará el número de individuos producidos por especie, mediante conteo directo, considerando su origen (semilla o propagación vegetativa) y estado de desarrollo. • Establecimiento de la plantación: se verificará en terreno el número de individuos efectivamente plantados mediante conteo directo, así como su distribución espacial, utilizando registros georreferenciados mediante GPS en sistema UTM Datum WGS84. • Condiciones de plantación: se evaluará mediante inspección visual, verificando la correcta instalación de los individuos y condiciones del micrositio.

• Riego y mantención: se controlará mediante registros de aplicación (frecuencia y volumen), consignados en planillas de seguimiento. • Supervivencia y prendimiento: se determinarán mediante inspección directa, registrando individuos vivos/muertos y presencia de brotación. • Estado fenológico: se registrará mediante observación directa, clasificando los individuos en categorías (vegetativo, floración, fructificación). • Estado fitosanitario: se evaluará mediante inspección visual, clasificando los individuos en sano, regular o enfermo. • Registro fotográfico: se realizará documentación sistemática en cada campaña de monitoreo. Plazo y frecuencia de entrega de informe Un informe por campaña, con un plazo de entrega de 30 días. Los informes serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Corporación Nacional Forestal (CONAF) Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Corporación Nacional Forestal (CONAF) de la Región de Atacama. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.13

8.12 Seguimiento MC-FYV-02: Programa de monitoreo para erradicación de Volutaria tubuliflora en el área de compensación Fase Construcción, Operación y cierre Componente Ambiental Flora y vegetación Impacto Ambiental FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido” Medidas asociadas MC-FYV-02: Plan de erradicación de Volutaria tubuliflora en el área de compensación Ubicación puntos de control La medida será ejecutada en el sitio de relocalización afecto al Plan de Manejo Biológico de Flora (Anexo 11.2 de la Adenda Complementaria), el cual queda en las siguientes coordenadas:

Tabla. Coordenadas del sitio de relocalización (WGS84 Huso 19S)

Fuente: Tabla 4 del Anexo 11 Adenda Complementaria

Parámetros a medir Presencia de la especie. Límites permitidos/comprometidos Erradicación de cualquier individuo presente. Duración del monitoreo El plan estará activo durante todas las fases del proyecto, es decir, fase de construcción, operación y cierre. Se aplicará 1 vez al año de

ser necesario, o sea, si se observa la presencia de individuos de esta especie exótica. Frecuencia del Monitoreo Una vez al año. Método o procedimiento de medición Se considera la realización de transectos variables, en zigzag, enfocados a caminos, áreas con mayor circulación y perturbación. Adicionalmente, se revisarán periódicamente los vehículos (chasis, guardabarros) a fin de detectar restos de plantas y semillas de Volutaria tubuliflora. Plazo y frecuencia de entrega de informe En caso de haberse detectado la especie y realizado su tratamiento, al término de año calendario se remitirá un informe con todas las actividades de extracción de individuos de Volutaria tubuliflora realizadas en el año. Los informes serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.14

FAUNA

8.13 Seguimiento MM-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat en el sitio de relocalización de fauna terrestre Fase Construcción Componente Ambiental Fauna terrestre Impacto Ambiental FAT-01: Pérdida de hábitat para fauna nativa, endémica y/o en categoría de conservación de baja movilidad Medidas asociadas MM-FYV-01: Enriquecimiento de hábitat en el sitio de relocalización de fauna terrestre Ubicación puntos de control Área de relocalización de fauna terrestre (Anexo 9.5 PAS 146 de la Adenda Complementaria): Tabla. Coordenadas de área de relocalización (WGS84 Huso 19S) Coordenadas área de relocalización Vértice Este UTM Norte UTM V1 327567 6879394 V2 329886 6882740 V3 331615 6881513 V4 329432 6878360 Fuente: Anexo 9.5, PAS 146 de la Adenda Complementaria

Parámetros a medir Recolección de refugios de las especies de interés que se distingan además de otros elementos como rocas, ramas, troncos, entre otros, los cuales se irán depositando en los sectores seleccionados. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo La medida se implementará una única vez durante la aplicación del PAS 146.

Frecuencia del Monitoreo La medida se implementará una única vez durante la aplicación del PAS 146. Método o procedimiento de medición Se realizará una caracterización del área de destino del rescate asociado al PAS 146, donde se levantarán y georreferenciarán los sectores a enriquecer. Se reubicarán elementos del sector intervenido en el área de relocalización determinada para el PAS 146, de manera de aumentar la disponibilidad de refugio en el área receptora como, por ejemplo, rocas, ramas, troncos, entre otros. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se entregará informe de cumplimiento del PAS 146 una única vez, que incluirá lo referente a esta medida, incluyendo: • Georreferenciación de los sitios enriquecidos. • Fotografías de antes y después de la medida. El informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.9

8.14 Seguimiento MM-FAT-02: Rescate y relocalización previo al cierre Fase Previo a la fase de cierre Componente Ambiental Fauna terrestre Impacto Ambiental FAT-01: Pérdida de hábitat para fauna nativa, endémica y/o en categoría de conservación de baja movilidad Medidas asociadas MM-FYV-02: Rescate y relocalización previo al cierre Ubicación puntos de control Rescate en el área del Proyecto (PSF). Se procederá a tramitar el PAS 146 o el permiso pertinente a la época que permita la ejecución del rescate y relocalización, este permiso incluirá todo lo solicitado por la autoridad pertinente, donde se definirá también el sitio de relocalización. Parámetros a medir Se identificarán las especies e individuos presentes en el área del Proyecto con metodología apropiada para el levantamiento de información de especies de baja movilidad. Una vez identificadas las especies presenten se definirá la cantidad de individuos a rescatar. Los indicadores del rescate y relocalización previo al cierre serán: - Presencia de al menos una especie relocalizada en el sitio receptor - Uso de los refugios disponibles en el área de relocalización - Mantención o variación de la abundancia relativa. - Evidencia de establecimiento de los individuos, ya sea mediante registros fotográficos de la ejecución de la medida y/o archivo digital con la georreferenciación de los individuos (kmz, shp o archivo utilizado en la época) Límites permitidos/comprometidos Todos aquellos individuos registrados en la inspección previa. Duración del monitoreo 2 meses. Frecuencia del Monitoreo El plan de rescate y relocalización considera la ejecución de tres (3) campañas de monitoreo de corto plazo de las poblaciones relocalizadas, las que están consideradas a los 15 días, 30 días y 60 días posteriores a la relocalización.

Método o procedimiento de medición Se tomará registro de la especie, estado de desarrollo, sexo, estado reproductivo, estado de salud (incluyendo presencia de ectoparásitos), marcas naturales de cada individuo, y medidas morfométricas incluyendo longitud total del cuerpo, longitud de cola y masa corporal. No se realizará marcaje de ningún tipo de metodología, incluidas aquellas autorremovibles. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se remitirá un informe de la ejecución del rescate y relocalización durante el mes siguiente a la actividad. Luego se enviará un informe por monitoreo. Los informes serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Servicio Agrícola Ganadero (SAG). Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Servicio Agrícola Ganadero de la Región de Atacama Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.10

8.15 Seguimiento MC-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat en el sitio de compensación Fase Construcción Componente Ambiental Fauna terrestre Áreas protegidas y Sitios prioritarios Impacto Ambiental FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido” Medidas asociadas MC-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat en el sitio de compensación Ubicación puntos de control La medida será ejecutada en el sitio de relocalización afecto al Plan de Manejo Biológico de Flora (Anexo 11.2 de la Adenda Complementaria), el cual queda en las siguientes coordenadas:

Tabla. Coordenadas del sitio de compensación (WGS84 Huso 19S)

Fuente: Anexo 11.2, Adenda Complementaria

Parámetros a medir Incorporación de elementos como rocas, ramas, troncos, entre otros en el área de relocalización determinada para efectos del Plan de Manejo Biológico de Flora, con el objetivo de aumentar la disponibilidad de refugio del sitio y con ello enriquecer la biodiversidad del lugar. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo No se realizarán monitoreos Frecuencia del Monitoreo No se realizarán monitoreos

Método o procedimiento de medición Un equipo especialista determinará, en función de las condiciones de micrositio y del sector específico, el número, cantidad y dimensiones de los elementos naturales y locales a incorporar. Plazo y frecuencia de entrega de informe Entrega de informe de cumplimiento de la esta medida, el cual debe incluir: • Georreferenciación de los sitios enriquecidos. • Fotografías de antes y después de la medida. El informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.15

MEDIO HUMANO

8.16 Seguimiento MC-DAN-01: Plan de capacitación para la recolección de hierbas medicinales para la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos - Dimensión Antropológica Impacto Ambiental DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. Ubicación puntos de control MC-DAN-01: Plan de capacitación para la recolección de hierbas medicinales para la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II Parámetros a medir Por definir en acuerdo con la Comunidad Indígena Laina Kakan II Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo No aplica Frecuencia del Monitoreo Por definir en acuerdo con la Comunidad Indígena Laina Kakan II Método o procedimiento de medición Por definir en acuerdo con la Comunidad Indígena Laina Kakan II Plazo y frecuencia de entrega de informe Por definir en acuerdo con las Comunidad Indígena Laina Kakan II Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.16

8.17 Seguimiento PCPI-1 (CHTC): Mesas de Trabajo — Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Caluba Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases).

Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos - Dimensión Antropológica Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida de compensación PCPI-1 (CHTC): Mesas de Trabajo.

Ubicación puntos de control No aplica. Lugar convenido de común acuerdo entre el Titular y la directiva vigente de la Comunidad Chipasse Ta Caluba. Las reuniones serán preferentemente presenciales, pudiendo también desarrollarse vía telemática. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Desde el inicio de la fase de Construcción hasta el término de la fase de Cierre del Proyecto. Frecuencia del Monitoreo Primera reunión dentro del primer mes una vez iniciada la fase de construcción, luego trimestral durante fase; anual durante las fases de Operación y Cierre. Reuniones extraprogramáticas según disponibilidad y coordinación de ambas partes. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Registro de comunicación en que se solicita la reunión inicial, las periódicas anuales y las extraprogramáticas. - Acta de registro de cada Mesa de Trabajo (fecha, hora, lugar, asistentes, temáticas abordadas y acuerdos), firmada por el Titular y la Directiva asistente. - Acta de inferencia firmada por el Titular en caso de que la Directiva no firme el acta. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe anual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) adjuntando los medios verificadores disponibles. Informe final al término de la fase de Cierre. Los informes anuales deberán remitirse en un plazo máximo de 30 días hábiles. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.17

8.18 Seguimiento PCPI-2 (CHTC): Fondos de Inversión Comunitaria — Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Caluba Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases). Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos - Dimensión Antropológica Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-2 (CHTC): Fondos de Inversión Comunitaria.

Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. Según sea establecido en el programa comunitario a ejecutar. La propuesta no fija un punto de control geográfico y dependerá de la iniciativa financiada. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Desde el primer año del Proyecto (fase de Construcción) hasta el año de Cierre. Frecuencia del Monitoreo Anual: un Fondo de Inversión Comunitaria por año. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Responsabilidad de la Comunidad: rendición de gastos (boletas, facturas, comprobantes u otros medios que se definan en Mesas de Trabajo); fotografías que reflejen el uso del Fondo; acta o informe al final de cada año indicando en qué iniciativas fue utilizado. - Responsabilidad del Titular: comprobante de transferencia o entrega del Fondo a la Comunidad. El detalle de los medios de verificación y los registros de avance dependerán de cada iniciativa y serán definidos en las Mesas de Trabajo. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por cada fondo entregado, con periodicidad anual, adjuntando medios verificadores y dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.18

8.19 seguimiento medida PCPI-3 (CHTC): Entrega de forraje o alimento para ganado — Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Caluba Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases). Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos - Dimensión Antropológica Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-3 (CHTC): Entrega de forraje o alimento para ganado. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. La entrega de forraje se hará en la sede social de la CID Chipasse Ta Caluba o punto alternativo definido de manera conjunta en Mesas de Trabajo. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Desde el Inicio de la Construcción del Proyecto y hasta el término de la Fase de Cierre del Proyecto. Frecuencia del Monitoreo Tres (3) entregas anuales a coordinar con la Comunidad. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos:

  • Actas de reuniones de Mesa de Trabajo pertinentes a la entrega de forraje o alimento para ganado.
  • Acta de entrega de forraje o alimento.
  • Registro fotográfico de la entrega.
  • Acta de recepción del forraje o alimento por parte de la Comunidad. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe anual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) adjuntando los medios verificadores disponibles. Informe final al término de la fase de Cierre. Los informes anuales deberán remitirse en un plazo máximo de 30 días hábiles Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.19

8.20 Seguimiento medida PCPI-1 (ADD): Mesas de Trabajo — Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases). Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos - Dimensión Antropológica Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-1 (ADD): Mesas de Trabajo. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. Lugar convenido de común acuerdo entre el Titular y la directiva vigente de la Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto. Las reuniones podrán ser de carácter telemático o presencial, según lo establezcan ambas partes. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Desde el Inicio de la Construcción del Proyecto y hasta el término de la fase de Cierre del Proyecto. Frecuencia del Monitoreo Trimestral durante la fase de Construcción; anual durante las fases de Operación y Cierre. Reuniones extraprogramáticas según disponibilidad y coordinación de ambas partes. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Registro de comunicación en que se solicita la reunión inicial, las periódicas anuales y las extraprogramáticas. - Acta de registro de cada Mesa de Trabajo (fecha, hora, lugar, asistentes, temáticas abordadas y acuerdos), firmada por el Titular y la Directiva asistente. - Acta de inferencia firmada por el Titular en caso de que la Directiva no firme el acta. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe anual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), a partir de la celebración de la primera Mesa de Trabajo, adjuntando los medios verificadores disponibles. Informe final al término de la fase de Cierre. Los informes deberán remitirse dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles

Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.20

8.21 Seguimiento medida PCPI-2 (ADD): Fondos de Inversión Comunitaria Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases). Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos - Dimensión Antropológica Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-2 (ADD): Fondos de Inversión Comunitaria. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. Según sea establecido en el programa comunitario a ejecutar. La propuesta no fija un punto de control geográfico. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Desde el primer año del Proyecto (fase de Construcción) y renovado año a año hasta la etapa de Cierre Frecuencia del Monitoreo Anual: un Fondo de Inversión Comunitaria por año. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Responsabilidad de la Asociación: rendición de gastos (boletas, facturas, comprobantes u otros medios que se definan en Mesas de Trabajo); fotografías que reflejen el uso del Fondo; acta o informe al final de cada año indicando en qué iniciativas fue utilizado. - Responsabilidad del Titular: bases de los Fondos de Inversión Comunitaria y comprobante de transferencia o entrega del Fondo. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por cada fondo entregado, con periodicidad anual, adjuntando medios verificadores. Los informes deberán remitirse dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.21

8.22 Seguimiento medida PCPI-3 (ADD): Entrega de forraje para ganado — Asociación Multicultural Indígena Amanecer del Desierto Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases). Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos - Dimensión Antropológica Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar

los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-3 (ADD): Entrega de forraje para ganado. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. La entrega de forraje se hará en sede social de la Asociación Multicultural Amanecer del Desierto, o punto alternativo definido de manera conjunta en Mesa de Trabajo (Medida PCPI-1). Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Desde el año de inicio de la fase de Construcción del Proyecto hasta el fin de la fase de Cierre. Frecuencia del Monitoreo Máximo 3 entregas anuales, fechas a coordinar con la Comunidad en las Mesas de Trabajo y según disponibilidad de mercado. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Actas de reuniones de Mesa de Trabajo pertinentes a la Entrega de Forraje. - Acta de entrega de alimento. - Registro fotográfico de la entrega. - Acta de recepción del alimento por parte de la Asociación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) con periodicidad anual, adjuntando medios verificadores y dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.22

8.23 Seguimiento medida PCPI-1 (AP): Mesas de Trabajo — Comunidad Indígena Diaguita Amancay Pai Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases). Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos - Dimensión Antropológica Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-1 (AP): Mesas de Trabajo. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. Las Mesas de Trabajo se realizarán en lugar convenido de común acuerdo entre el Titular y la directiva vigente de la Comunidad Amancay Pai. Las reuniones serán preferentemente presenciales, pudiendo también desarrollarse vía telemática Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Desde el inicio de la fase de Construcción hasta el término de la fase de Cierre del Proyecto. Frecuencia del Monitoreo Trimestral durante la fase de Construcción; anual durante las fases de Operación y Cierre.

Reuniones extraprogramáticas según disponibilidad y coordinación de ambas partes. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Registro de comunicación en que se solicita la reunión inicial, las periódicas anuales y las extraprogramáticas. - Acta de registro de cada Mesa de Trabajo (fecha, hora, lugar, asistentes, temáticas abordadas y acuerdos), firmada por el Titular y la Directiva asistente. - Acta de inferencia firmada por el Titular en caso de que la Directiva no firme el acta. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe anual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), a partir de la celebración de la primera Mesa de Trabajo, adjuntando los medios verificadores disponibles. Informe final al término de la fase de Cierre. Los informes deberán remitirse dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.23

8.24 Seguimiento medida PCPI-2 (AP): Fondos de Inversión Comunitaria — Comunidad Indígena Diaguita Amancay Pai Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases). Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos - Dimensión Antropológica Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-2 (AP): Fondos de Inversión Comunitaria. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. Según sea establecido en el programa comunitario a ejecutar. La propuesta no fija un punto de control geográfico. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Desde el segundo año contado desde el inicio de la fase de Construcción y renovado año a año hasta la fase de Cierre. Frecuencia del Monitoreo Anual: un Fondo de Inversión Comunitaria por año. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Responsabilidad de la Comunidad: rendición de gastos (boletas, facturas, comprobantes u otros medios que se definan en Mesas de Trabajo); fotografías que reflejen el uso del Fondo; acta o informe al final de cada año indicando en qué iniciativas fue utilizado. - Responsabilidad del Titular: bases de los Fondos de Inversión Comunitaria y comprobante de transferencia o entrega del Fondo. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) con periodicidad anual, adjuntando medios verificadores y dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web.

Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.24

8.25 Seguimiento medida PCPI-3 (AP): Entrega de forraje para ganado — Comunidad Indígena Diaguita Amancay Pai Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases). Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-3 (AP): Entrega de forraje para ganado. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. La entrega de forraje se hará en la sede social de la Comunidad Indígena Amancay Pai, o punto alternativo definido de manera conjunta en Mesa de Trabajo. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Desde el tercer año contado desde el inicio de la fase de Construcción y hasta el fin de la vida útil del Proyecto. Frecuencia del Monitoreo Máximo 3 entregas al año, en fechas definidas en Mesas de Trabajo y según disponibilidad de mercado Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Actas de reuniones de Mesa de Trabajo pertinentes a la Entrega de Forraje. - Acta de entrega de alimento. - Registro fotográfico de la entrega. - Acta de recepción del alimento por parte de la Comunidad. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) con periodicidad anual, adjuntando medios verificadores y dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.25

8.26 Seguimiento medida PCPI-4 (AP): Programa de Capacitación en Hierbas Medicinales — Comunidad Indígena Diaguita Amancay Pai Fase Construcción. Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-4 (AP): Programa de Capacitación en Hierbas Medicinales Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. El programa se realizará en la localidad de Canto de Agua u otro lugar a definir, previa coordinación entre el Titular y la Comunidad en las Mesas de Trabajo. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo El Programa se desarrolla por única vez dentro de los 12 meses posteriores al inicio de la etapa de Construcción. La propuesta no fija la duración en horas ni el número de módulos, que serán definidos por el consultor a cargo. Frecuencia del Monitoreo Única vez, dentro de los 12 meses posteriores al inicio de la etapa de Construcción. Minuta de la actividad al finalizar cada taller. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Lista de asistencia de las personas presentes en la capacitación. - Copia del material impreso entregado. - Listado de contenidos abordados en el Programa. - Registro fotográfico de las actividades ejecutadas. - Informe del consultor con descripción de las plantas, forma de identificación, uso y manejo, ciclo de vida, técnicas de cuidado y de reproducción, y fotografías Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe a la SMA con todos los medios de verificación incorporados y a remitir dentro de los 60 días posteriores al término del Programa. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.26

8.27 Seguimiento medida PCPI-5 (AP): Implementación de invernadero - Comunidad Indígena Diaguita Amancay Pai Fase Construcción. Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. FVT-03: Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación. FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas Medidas asociadas Medida PCPI-5 (AP): Implementación de invernadero para la Comunidad Indígena Amancay Pai. Tipo de medida: Compensación Ubicación puntos de control No aplica. La ubicación del invernadero se emplazará en la localidad de Canto de Agua, sector de la sede comunitaria de la Comunidad Indígena Amancay Pai, aledaño a la Sala de Procesos (Medida PCPI-6 AP). Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica

Duración del monitoreo El invernadero deberá estar construido dentro de los 12 meses posteriores al inicio de la etapa de Construcción. Concluida la instalación, la mantención y operación quedan a cargo de la Comunidad, por lo que no se contempla seguimiento posterior por parte del Titular Frecuencia del Monitoreo No aplica. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Acta de entrega del invernadero y de la charla explicativa a la Directiva, con firma de asistencia y conformidad. - Fotografías del invernadero implementado Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe a la SMA con los medios de verificación incluidos y dentro de un plazo máximo de 60 días hábiles. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.27

8.28 Seguimiento medida PCPI-6 (AP): Sala de Procesos - Comunidad Indígena Diaguita Amancay Pai Fase Construcción. Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. FVT-03: Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación. FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas Medidas asociadas Medida PCPI-6 (AP): Sala de Procesos. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control Localidad de Canto de Agua, sector de la sede comunitaria de la Comunidad Indígena Amancay Pai, aledaño al Invernadero (Medida PCPI-5 AP). Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo No aplica. Acción de única ejecución: la entrega total de insumos deberá ocurrir dentro de los 12 meses de iniciada la fase de Construcción. Frecuencia del Monitoreo Única vez, dentro de los 12 meses posteriores al inicio de la fase de Construcción. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Acta de entrega de los insumos a la Directiva de la Comunidad, con firma de asistencia y conformidad. - Fotografías de los insumos entregados. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe a la SMA con los medios de verificación incluidos y dentro de un plazo máximo de 60 días hábiles. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.28

8.29 Seguimiento medida PCPI-1 (LLDL): Leña, fuego y recurso energético tradicional - Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases). Componente Ambiental Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos. Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-1 (LLDL): Leña, fuego y recurso energético tradicional. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. El beneficio se materializará en los hogares de las familias de la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto y espacios comunitarios destinados a actividades culturales y gastronómicas, según determine la propia Comunidad Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Fondo único para equipamiento energético para cada familia que integre la comunidad (tope 27 familias): una sola entrega a los 6 meses contados desde el inicio de la construcción física del Proyecto. Fondo anual para insumos energéticos y mantención de equipos energéticos: desde los 6 meses contados desde el inicio de la construcción física y durante toda la vida útil del Proyecto. Frecuencia del Monitoreo Fondo de equipamiento: una única vez, a los 6 meses contados desde el inicio de la construcción física del Proyecto Fondo de insumos y mantención: anual a partir de los 6 meses contados desde el inicio de la construcción física y durante la vida útil del Proyecto Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Responsabilidad de la Comunidad: evidencia del gasto (boletas, facturas, comprobantes u otros medios que se definan en Mesas de Trabajo); fotografías, actas de entrega u otros medios que acrediten la adquisición de equipos e insumos energéticos. - Responsabilidad del Titular: comprobante de transferencia o entrega del Fondo a la Comunidad. El detalle de los medios de verificación será definido durante las Mesas de Trabajo. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe anual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que dé cuenta de los fondos entregados anualmente, adjuntando medios verificadores disponibles y en un plazo máximo de 60 días hábiles.

8.30 Seguimiento medida PCPI-2 (LLDL): Hierbas medicinales, salud ancestral y resguardo del conocimiento Diaguita -Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto Fase Operación y Cierre Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-2 (LLDL): Hierbas medicinales, salud ancestral y resguardo del conocimiento Diaguita. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. El vivero y la sala de procesos se implementarán en el espacio de la casa cultural de la Comunidad Llanos del Lagarto. Las capacitaciones podrán desarrollarse dentro de la localidad y según los requerimientos de la Comunidad Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Fondos de vivero y sala de procesos: una sola entrega dentro del primer mes desde el inicio de la entrada en operación del Proyecto. Fondo anual: desde el inicio del funcionamiento del vivero y la sala de procesos hasta el fin de la vida útil del Proyecto. Frecuencia del Monitoreo Fondos de infraestructura: una única vez. Fondo de capacitaciones y mantención: anual. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Vivero: fotografías del vivero implementado. - Sala de procesos: fotografías de la sala de procesos implementada. - Capacitaciones e insumos: lista de asistencia; copia del material impreso entregado; listado de contenidos abordados; registro fotográfico de las actividades; registros de adquisición de insumos y equipamiento. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe anual a la SMA con los medios de verificación incluidos y dentro de un plazo máximo de 60 días hábiles. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.30

8.31 Seguimiento medida PCPI-3 (LLDL): Medida que se encarga de la Afectación de la actividad ganadera y trashumancia — Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto Fase Construcción, Operación y Cierre Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-3 (LLDL): Medida que se encarga de la Afectación de la actividad ganadera y trashumancia. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. Infraestructura ganadera en Llanos del Lagarto, en un punto a definir de manera conjunta en la Mesa de Trabajo. Los lugares de asistencia veterinaria y capacitación ganadera se definirán con la Comunidad en las Mesas de Trabajo. Parámetros a medir No aplica

Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Fondo de asistencia veterinaria, que contempla al menos 2 visitas/año y, fondo de realización y asistencia a capacitación ganadera, que contempla al menos una capacitación técnica anual. Ambos fondos comienzan desde el inicio de la fase de Operación hasta el término de la fase de Cierre. Adicionalmente, se contempla un fondo único para construcción de galpones o bodegas individuales de crianceros y un fondo único para la construcción, modificación y mantenimiento de corrales, comederos cercos perimetrales u otros asociados a la infraestructura requerida para el ganado. Estos 3 fondos se entregarán dentro del primer mes una vez iniciada la operación del Proyecto. Para la reposición de ganado será en función de cada evento, en todas las fases. Frecuencia del Monitoreo Asistencia veterinaria y capacitación: anual. Fondos asociados a infraestructura: una única vez. Reposición de ganado: por evento. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Responsabilidad de la Comunidad: rendición de gastos de la infraestructura ganadera (boletas, facturas, comprobantes u otros); fotografías del uso; acta o informe al final de cada año indicando en qué iniciativas fue utilizado el Fondo, Informe de visita veterinaria y registro de asistencia de la capacitación anual en temas de producción animal - Responsabilidad del Titular: comprobante de transferencia o entrega del Fondo; registros de reposición de ganado accidentado, lesionado o muerto por acción directa del Proyecto Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe anual a la SMA con los medios de verificación incluidos y dentro de un plazo máximo de 60 días hábiles. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.31

8.32 Seguimiento medida PCPI-4 (LLDL): Fondo de Compensación para la Continuidad Económica, Productiva, Cultural y Territorial — Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto. Fase Construcción, Operación y Cierre (todas las fases). Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. Impactos Ambientales DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Medidas asociadas Medida PCPI-4 (LLDL): Fondo de Compensación Anual para la Continuidad Cultural, Territorial, Productiva y Organizativa de la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto. Tipo de medida: Compensación. Ubicación puntos de control No aplica. Según sea establecido en el programa comunitario a ejecutar: territorio de uso tradicional de la Comunidad, espacios productivos, sectores de ganadería y trashumancia, lugares de

recolección, espacios culturales e infraestructura comunitaria donde se desarrollen las iniciativas financiadas. Parámetros a medir No aplica Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Primer año del Proyecto (fase de Construcción): fondo único con tope máximo de 500 UF. Desde el segundo año y hasta el cierre del Proyecto: fondo anual con tope de 1.500 UF. Frecuencia del Monitoreo Anual: un fondo por año. Acta o informe de la Comunidad al final de cada año indicando el uso del Fondo. Método o procedimiento de medición Revisión documental de los medios de verificación comprometidos: - Responsabilidad de la Comunidad: rendición de gastos (boletas, facturas, comprobantes u otros medios que se definan en Mesas de Trabajo); fotografías que reflejen el uso del Fondo; acta o informe al final de cada año indicando en qué iniciativas fue utilizado. - Responsabilidad del Titular: comprobante de transferencia o entrega del Fondo a la Comunidad. El detalle de los medios de verificación y registros de avance dependerá de cada iniciativa y será definido en las Mesas de Trabajo. En caso de uso indebido, el Titular podrá dar aviso a la SMA o a la autoridad correspondiente. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) del fondo entregado, adjuntando medios verificadores, con periodicidad anual y en un plazo máximo de 60 días hábiles desde que la Comunidad haya hecho entrega de los medios de verificación de su responsabilidad. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.32

9°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

9.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

9.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según establece el artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Recolección superficial y cercado de hallazgos arqueológicos y paleontológicos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Se solicita al Titular que la tramitación sectorial se realice través de un/a profesional asesor/a en arqueología o paleontología, según corresponda. El permiso paleontológico deberá ajustarse a la Res. Ex. N°650/2022, a la Ley N°17.288 y al D.S. N°484/1990. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 02330, de fecha 12 de mayo de 2026, el Consejo de Monumentos Nacionales se pronunció conforme a los antecedentes.

Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.1

9.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) del proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Habilitar y operar las PTAS de las tres fases; almacenar temporalmente el efluente y retirarlo por empresa autorizada hacia disposición final autorizada en un plazo no mayor a 24 horas, manteniendo registros. Finalizada la evaluación, presentar los antecedentes para la autorización sanitaria sectorial. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 10651, de fecha 06 de mayo de 2026, la SEREMI de Salud de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.2

9.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de plantas de tratamiento de basuras y desperdicios, o de instalaciones destinadas a su acumulación, selección, industrialización o disposición final según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios (RSD) y residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Implementar los acopios temporales previstos para cada fase, diferenciando los residuos por tipo y conforme a los planos de ubicación actualizados. Luego de la evaluación, presentar los antecedentes para la autorización sanitaria sectorial. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 10651, de fecha 06 de mayo de 2026, la SEREMI de Salud de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.3

9.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de residuos peligrosos (RESPEL) del proyecto.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Implementar las bodegas RESPEL previstas, en conformidad con el D.S. N°148/2003. En cierre, los paneles fotovoltaicos y baterías se retirarán de inmediato a instalaciones autorizadas y se declararán en VU-SIDREP; completar la autorización sanitaria sectorial. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 10651, de fecha 06 de mayo de 2026, la SEREMI de Salud de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.4

9.1.5. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, según se establece en el artículo 146 del RSEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Área del proyecto asociada a los cercos 1, 2 y 3. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Ejecutar el rescate y relocalización de fauna bajo un protocolo y con personal especializado. Para las obras lineales de la LTE y el camino de acceso se aplicará el plan de perturbación controlada comprometido, en lugar del rescate y relocalización. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 207, de fecha 12 de mayo de 2026, el SAG se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.5

9.1.6. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas. según se establece en el artículo 151 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica - En relación a la Tabla 2.1. Información sobre el Sitio, se solicita al Titular entregar superficies con un máximo de dos decimales. En el caso de que la superficie sea menor, se debe aproximar a 0,01 hectáreas. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento - Con respecto al punto 7. CARTOGRAFÍA DIGITAL GEORREFENCIADA, se solicita entregar el shapefile de las Áreas de corta del predio N°2: Predio Fiscal en el cual se instalará la Línea eléctrica que corresponde a 0,12 hectáreas. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° N°41-EA, de fecha 01 de junio de 2026, la CONAF se pronunció conforme con condiciones a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.6

9.1.7. Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas según se establece en el artículo 155 del RSEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica Canal Sur y Canal Oriente, destinados a conducir aguas lluvias afluentes al proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Construir las obras conforme a la ingeniería, calendarización, medidas de prevención, monitoreo y contingencias actualizadas; evitar la contaminación de las aguas y mantener las zonas de exclusión hidráulica definidas para las quebradas Q3 y Q9. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 305, de fecha 28 de mayo de 2026, el DGA se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.7

9.1.8. Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del RSEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Cuatro cruces vehiculares de quebradas, mediante badenes en tierra y hormigón. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Construir los badenes conforme a los planos y la calendarización del Anexo 9.8; aplicar las medidas que minimicen los efectos sobre la calidad de las aguas abajo, además del seguimiento y las acciones de contingencia definidas. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 593, de fecha 11 de noviembre de 2024, el DGA se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.8

9.1.9. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales según se establece en el artículo 157 del RSEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Canal Sur, Canal Oriente y pretiles 1, 2 y 3. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Ejecutar las obras de conducción y defensa conforme a la ingeniería actualizada, sin alterar significativamente el escurrimiento ni los procesos erosivos naturales del cauce y evitando la contaminación de las aguas; aplicar monitoreo y planes de contingencia. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 305, de fecha 28 de mayo de 2026, el DGA se pronunció conforme a los antecedentes. A través del Ord. N° 379, de fecha 3 de septiembre de 2026, la DOH se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.9

9.1.10. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas, bodegas RESPEL, sala de control, centros de transformación, conversores, baterías, comedor, caseta de acceso, baños permanentes, zonas de paneles y oficinas. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Acreditar que las construcciones rurales no originan nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana ni pérdida o degradación del recurso suelo, y tramitar los informes y autorizaciones sectoriales del artículo 55 de la LGUC. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 207, de fecha 28 de mayo de 2026, el SAG se pronunció conforme a los antecedentes. A través del Ord. N° 436, de fecha 07 de mayo de 2026, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.10

10°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

10.1 Componente/materia: Medio ambiente e Institucionalidad vigente. Norma D.S N°100/2005, Constitución Política de la República de Chile, Ministerio Secretaría General de la Presidencia Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto se ajustará a las disposiciones de la Constitución Política al someter este Estudio de Impacto Ambiental (EIA) al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) para su evaluación y aprobación. En conjunto con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, se asegura el cumplimiento de las garantías constitucionales correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación del proyecto ante el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama. Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable. Forma de control y seguimiento Seguimiento a condiciones indicadas en la RCA. Informes de reportabilidad y monitoreos enviados a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.1

10.2 Componente/materia: Medio ambiente e Institucionalidad vigente. Norma Ley N°19.300/1994, de Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular del proyecto se someterá al SEIA a fin de obtener la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental (RCA), para lo cual se elabora el presente EIA que se presenta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama. Indicador que acredita su cumplimiento • Presentación del proyecto ante el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama. Forma de control y seguimiento La obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, que aprueba ambientalmente un proyecto, para lo cual se debe dar pleno cumplimiento a las exigencias establecidas en esta Ley, permitiendo al Estado su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.2

10.3 Componente/materia: Medio ambiente e Institucionalidad vigente. Norma D.S N°40/2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular del proyecto se someterá al SEIA, a fin de obtener la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental (RCA), para lo cual se elabora el presente EIA que se presenta ante el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama, cumpliendo con los contenidos mínimos e información correspondiente y exigida por el citado decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Corresponde a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, ya que esta se otorgará siempre que se acredite mediante el EIA, el cumplimiento de la normativa aplicable. Forma de control y seguimiento Proceso de evaluación ambiental en la página del proyecto en el SEIA y específicamente la obtención de la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.3

10.4 Componente/materia: Medio ambiente e Institucionalidad vigente. Norma D.S N°30/2012, Aprueba Reglamento sobre programas de cumplimiento, autodenuncia y planes de reparación, Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a las disposiciones referentes a la Autodenuncia, en el caso improbable de incurrir en alguna infracción de aquellas de la competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, y de optar por esta vía. Así mismo, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los Programas de Cumplimiento y Planes de Reparación en el evento improbable de haberse iniciado un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de una eventual Autodenuncia, Programa de Cumplimiento, y/o Plan de Reparación en caso de proceder. Forma de control y seguimiento Seguimiento de la Autodenuncia, Programa de Cumplimiento, y/o Plan de Reparación en caso de proceder. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.4

10.5 Componente/materia: Medio ambiente e Institucionalidad vigente. Norma D.F.L N°4/2006, Fija texto refundido coordinado y sistematizado del D.F.L. N°1/1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en Materia de Energía Eléctrica, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto consiste en la construcción de un parque solar fotovoltaico cuya finalidad es dar seguridad en el abastecimiento y distribución eléctrica del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Todas las especificaciones técnicas del proyecto, así como su ejecución, operación y mantenimiento, se ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes. Indicador que acredita su cumplimiento El Titular dará cumplimiento a estas disposiciones y demás sectoriales aplicables solicitando los permisos, autorizaciones y cumpliendo los requisitos que corresponde en cada caso. Forma de control y seguimiento Se realizarán los avisos correspondientes y se designará a un encargado para verificar su cumplimiento. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.5

10.6 Componente/materia: Medio ambiente e Institucionalidad vigente. Norma Ley N°20.936/2017, Establece un Nuevo Sistema de Transmisión Eléctrica y crea un Organismo Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, Ministerio de Energía Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto consiste en la construcción de un parque solar fotovoltaico cuya finalidad es dar seguridad en el abastecimiento y distribución eléctrica del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Todas las especificaciones técnicas del proyecto, así como su ejecución, operación y mantenimiento, se ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes. Indicador que acredita su cumplimiento El Titular dará cumplimiento a estas disposiciones y demás sectoriales aplicables solicitando los permisos, autorizaciones y cumpliendo los requisitos que corresponde en cada caso. Forma de control y seguimiento Se realizarán los avisos correspondientes y se designará a un encargado para verificar su cumplimiento. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.6

10.7 Componente/materia: Medio ambiente e Institucionalidad vigente. Norma D.S N°327/1997, Reglamento General de Servicios Eléctricos, Ministerio de Minería Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto consiste en la construcción de un parque solar fotovoltaico, cuya finalidad es dar seguridad en el abastecimiento y distribución eléctrica del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). La conexión eléctrica se realizará a una línea de distribución eléctrica existente en alta tensión. Todas las especificaciones técnicas del Proyecto, así como su ejecución, operación y mantenimiento, se ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador se considera la obtención de los respectivos permisos y/o concesiones para la construcción de la Línea y el comprobante de remisión de información a la Superintendencia de Electricidad y Combustible, previo a la puesta en servicio. Forma de control y seguimiento Tramitación de certificación y archivo de documentos obtenidos (au. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.7

10.8 Componente/materia: Medio ambiente e Institucionalidad vigente. Norma D.F.L. N°458/1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Como parte del EIA, se entregan los antecedentes para solicitar el Informe Favorable para la Construcción (ex cambio de uso de suelo) de las edificaciones que formarán parte del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento se constituye por la aprobación ambiental, obteniendo la RCA favorable y la aprobación sectorial del Informe Favorable de Construcción. Forma de control y seguimiento Construir el Proyecto utilizando exclusivamente las áreas para las cuales se obtuvo el IFC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.8

10.9 Componente/materia: Medio ambiente e Institucionalidad vigente. Norma Decreto N°1/2013, Reglamento de Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC, Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cargará los reportes asociados a los residuos, para lo cual previamente a la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: • Designación del encargado de establecimiento. Acceso a la plataforma virtual del RETC con RUT de Titular; y Carga al sistema en formato digital del poder notarial y fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder notarial. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será cuando se cuente con el comprobante de ingreso electrónico al RETC y junto al poder, la cédula de identidad del encargado y el comprobante en formato físico, se presenten en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema. Forma de control y seguimiento Revisión mensual del estado de las declaraciones realizadas, durante las etapas de construcción y cierre del Proyecto. Durante la etapa de operación se realizará una revisión semestral. Se mantendrá un registro de los comprobantes de ingreso al RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.1

10.10 Componente/materia: Medio ambiente e Institucionalidad vigente.

Norma Resolución Exenta N°223/2015, Dicta instrucciones generales sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta resolución, proporcionando oportunamente los planes de seguimiento de variables ambientales, informes de seguimiento ambiental al sistema electrónico de seguimiento ambiental, según lo estipulado en la RCA y según las instrucciones de elaboración que indica la resolución. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento se constituye por los certificados que genera el sistema electrónico de seguimiento ambiental al momento de realizar el envío de la información. Forma de control y seguimiento En el caso en que en la RCA existan compromisos relativos al seguimiento ambiental, el titular cargará en la plataforma web de la SMA, en forma y periodicidad que se establezca en la RCA, los informes de seguimiento ambiental del proyecto, conforme a la estructura y contenidos de la resolución. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.2

10.11 Componente/materia: Cumplimiento Normativa RCA. Norma Resolución N°1518/2013, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N°574 de 2012, Superintendencia del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación o cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Al obtener la RCA favorable, en la plataforma http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/, se realizará la carga de la RCA, dentro de los 15 días hábiles, contados desde la fecha de notificación. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será el comprobante de ingreso de información en la plataforma, al momento de ingresar la RCA. Forma de control y seguimiento Se tendrá el respaldo del registro de realización de carga de RCA en el SNIFA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.4

10.12 Componente/materia: Cumplimiento Normativa RCA. Norma D.S. N°31/2013, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y de los Registros Públicos

de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones, Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Resolución N°1518/2013, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N°574 de 2012, Superintendencia del Medio Ambiente Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento, entendido como medio de verificación, se encuentra constituido por el comprobante digital obtenido luego de la entrega o carga de información en la plataforma de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Forma de control y seguimiento Se actualizará el estado de la RCA a través del sistema según la fase en la que se encuentre el proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.5

10.13 Componente/materia: Cumplimiento Normativa RCA. Norma Resolución Exenta N°300/2024, Dicta e instruye normas de carácter general sobre la fiscalización ambiental y deja sin efecto la resolución que indica, Superintendencia del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Resolución N°1518/2013, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N°574 de 2012, Superintendencia del Medio Ambiente Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento A través de la identificación y cumplimiento de los compromisos y obligaciones indicadas en la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto y la facilitación de las labores de una eventual fiscalización. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento, entendido como medio de verificación, se encuentra constituido por el comprobante digital obtenido luego de la entrega o carga de información en la plataforma de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Forma de control y seguimiento Se actualizará el estado de la RCA a través del sistema según la fase en la que se encuentre el proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.6

10.14 Componente/materia: Cumplimiento Normativa RCA. Norma Resolución N°885/2016, Aprueba normas de carácter general sobre deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, Superintendencia del Medio Ambiente

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Una vez obtenida la RCA del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los reportes de avisos de contingencias o incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Respaldo del reporte a la SMA (respaldo digital y número de reporte del incidente). Forma de control y seguimiento Resultado y evaluación del reporte efectuado. Se actualizará el estado de la RCA a través del sistema según la fase en la que se encuentre el proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.7

10.15 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N°144/1961, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de movimiento de tierra. Forma de cumplimiento Durante la etapa de construcción y cierre se generan emisiones a la atmósfera (polvo principalmente). Las principales fuentes de generación durante la etapa de construcción están asociadas al tránsito vehicular, al movimiento de tierra (preparación del terreno) y al transporte de materiales (paneles y otras estructuras menores). La emisión de material particulado estará relacionada principalmente con las actividades de preparación de terreno, instalación de faenas, instalación de torres y estructuras de soporte de paneles solares y canalizaciones eléctricas. Es debido a lo anterior que el titular aplicará un biosupresor de polvo en los caminos del proyecto no pavimentados, además de un control y reducción de velocidad en los caminos no pavimentados asociados al proyecto. De manera complementaría se realizarán revisiones a los camiones que salgan de la obra para verificar que se mantengan encarpados con la finalidad de evitar la dispersión de material. Durante la etapa de operación se generarán emisiones muy reducidas en comparación con las de la etapa de construcción. Indicador que acredita su cumplimiento Se llevará un registro de cada una de las medidas anteriormente señaladas. En síntesis, corresponde a: • Como indicador de cumplimiento se considera la implementación de un sistema de control interno, para las velocidades establecidas.

• Se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. • Se llevará un registro de las mantenciones realizadas a los caminos. • Se realizarán inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta. Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores en referencia a esta materia, así como un registro de la aplicación de biosupresor en los caminos nos pavimentados. Forma de control y seguimiento Se efectuarán revisiones semanales a la documentación que acredite el cumplimiento y se mantendrá en obra en caso de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.9

10.16 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N°138/2005, Establece obligación de declarar emisiones que indica, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: Durante la fase de construcción se generará material particulado y gases de combustión de motores debido a las actividades propias de construcción del Parque solar Fotovoltaico, entiéndase por estas; implementación de instalación de faena, uso de grupos electrógenos, transferencia de material, tránsito de vehículos. Operación: Durante la fase de operación se generan emisiones reducidas en comparación con la de construcción y cierre. Cierre: Se consideran actividades similares a las de construcción, por lo tanto, se esperan que las emisiones sean de igual o menor magnitud que la fase de construcción. Forma de cumplimiento Durante la etapa de construcción y cierre se generan emisiones a la atmósfera (polvo principalmente). Las principales fuentes de generación durante la etapa de construcción están asociadas al tránsito vehicular, al movimiento de tierra (preparación del terreno) y al transporte de materiales (paneles y otras estructuras menores). La emisión de material particulado estará relacionada principalmente con las actividades de preparación de terreno, instalación de faenas, instalación de torres y estructuras de soporte de paneles solares y canalizaciones eléctricas. El titular aplicará un biosupresor de polvo en los caminos del proyecto no pavimentados, además de un control y reducción de velocidad en los caminos no pavimentados asociados al proyecto. De manera complementaría se realizarán revisiones a los camiones que salgan de la obra para verificar que se mantengan encarpados con la finalidad de evitar la dispersión de material. Durante la etapa de operación se generarán emisiones muy reducidas en comparación con las de la etapa de construcción.

Indicador que acredita su cumplimiento Se llevará un registro de cada una de las medidas anteriormente señaladas. En síntesis, corresponde a: • Como indicador de cumplimiento se considera la implementación de un sistema de control interno, para las velocidades establecidas. • Se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. • Se llevará un registro de las mantenciones realizadas a los caminos. • Se realizarán inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta. • Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores en referencia a esta materia, así como un registro de la aplicación de biosupresor en los caminos nos pavimentados. Se mantendrá el registro de las declaraciones de emisiones respectivas de grupos electrógenos a través de VU - Declaración de emisiones (RETC). Forma de control y seguimiento Se efectuarán revisiones semanales a la documentación que acredite el cumplimiento y se mantendrá en obra en caso de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.9

10.17 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas. Norma D.F.L. N°1/2009, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales, residuos y trabajadores. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos regulares. Se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Lo anterior, se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción, mantención, limpieza y cierre del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. Forma de control y seguimiento Informe de cumplimiento a SMA en caso de ser solicitado, registro permanente en obra de las revisiones técnicas al día de los vehículos asociados a la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.10

10.18 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N°4/1994, Establece norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales, residuos y trabajadores. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos regulares. Se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Lo anterior, se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción, mantención, limpieza y cierre del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. Forma de control y seguimiento Informe de cumplimiento a SMA en caso de ser solicitado, registro permanente en obra de las revisiones técnicas al día de los vehículos asociados a la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.11

10.19 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N°54/1994, Establece norma de emisión aplicables a los vehículos motorizados medianos que indica, Ministerio de Transporte y telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales, residuos y trabajadores. Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus etapas, cumplan con estas normas lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. Forma de control y seguimiento Informe de cumplimiento a SMA en caso de ser solicitado, registro permanente en obra de las revisiones técnicas al día de los vehículos asociados a la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.12

10.20 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N°55/1994, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados pesados, Ministerio de Transporte y telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales, residuos y trabajadores. Forma de Cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus etapas, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de revisión técnica y de gases vigente. En consideración a las características de las emisiones (temporales en algunos casos y de bajo impacto), sólo se considera contar con registros de medidas de minimización de emisión y recepción de reclamos por exceso de polvo en el área, como forma de acreditar el bajo impacto de las emisiones atmosféricas. Forma de control y seguimiento Informe de cumplimiento a SMA en caso de ser solicitado, registro permanente en obra de las revisiones técnicas al día de los vehículos asociados a la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.13

10.21 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N°100/1990, Prohíbe el empleo del fuego para destruir la vegetación en las provincias que se indican durante el periodo que se señala y la quema de neumáticos u otros elementos contaminantes, Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Limpieza del terreno, retiro de residuos. Forma de Cumplimiento El Titular prohibirá toda quema de rastrojos, de ramas y materiales leñosos, de especies vegetales consideradas perjudiciales y, en general, de cualquier quema de vegetación viva o muerta, en toda el área del proyecto y específicamente en las áreas a despejar para la habilitación de las instalaciones de faenas, además de la quema de neumáticos durante todo el año. Indicador que acredita su cumplimiento Registro fotográfico de los carteles y registros de las charlas de inducción. Forma de control y seguimiento El encargado de la obra realizará seguimiento y verificará su cumplimiento en la obra, realizando rondas periódicas además de las charlas de inducción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.14

10.22 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N°12/2022, Establece norma primaria de calidad ambiental para material particulado respirable MP10, Ministerio del Medio Ambiente

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales, residuos y trabajadores. Forma de Cumplimiento Durante el desarrollo de las fases del proyecto, se contemplan las siguientes medidas de control de las emisiones atmosféricas: 1) Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría, la obligación de mantener las maquinarias en buen estado. 2) Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. 3) Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. 4) Se exigirá velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 10 Km/h). 5) Aplicación de biosupresor de polvo en caminos no pavimentados internos.

Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas:

6) Los grupos electrógenos utilizados en la etapa de construcción tendrán sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. Los grupos electrógenos contarán con un horómetro y sus horas de funcionamiento serán registradas. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos y maquinaria utilizados a lo largo del desarrollo del proyecto y se realizarán inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta. Además de los registros de aplicación de biosupresor de polvo en caminos no pavimentados internos y de acceso. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de revisiones técnicas y mantenciones al día. Mantención en obra de registros de humectación, control de velocidad e inspecciones de carga.

Se mantendrá un registro de los comprobantes de ingreso al RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.15

10.23 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N°12/2011, Establece norma primaria de calidad de aire, para material particulado fino respirable 2,5, Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales, residuos y trabajadores. Forma de Cumplimiento Durante el desarrollo de las fases del proyecto, se contemplan las siguientes medidas de control de las emisiones atmosféricas:

1) Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría, la obligación de mantener las maquinarias en buen estado. 2) Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. 3) Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. 4) Se exigirá velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 10 Km/h). 5) Aplicación de biosupresor de polvo en caminos no pavimentados internos.

Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas:

6) Los grupos electrógenos utilizados en la etapa de construcción tendrán sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. Los grupos electrógenos contarán con un horómetro y sus horas de funcionamiento serán registradas. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se considera la implementación de un sistema de control interno para las velocidades establecidas, se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos y maquinaria utilizados a lo largo del desarrollo del proyecto y se realizarán inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de ésta. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de revisiones técnicas y mantenciones al día. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.16

10.24 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N°279/1983, Aprueba el Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales, residuos y trabajadores. Forma de Cumplimiento Se cumplirá con la norma de emisión, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica al día y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se considera la implementación de un sistema de control interno para las velocidades establecidas, se

mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos y maquinaria utilizados a lo largo del desarrollo del proyecto y se realizarán inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de ésta. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de revisiones técnicas y mantenciones al día. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.17

10.25 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N°47/1992, Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones, Ministerio de Vivienda y Urbanismo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales, residuos y trabajadores. Forma de Cumplimiento Durante el desarrollo de la fase de construcción del proyecto, se contemplan las siguientes medidas de control de las emisiones atmosféricas: 1. Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría, la obligación de mantener las maquinarias en buen estado. 2. Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. 3. Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. 4. Se exigirá velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 10 Km/h). 5. Aplicación de biosupresor de polvo en caminos no pavimentados internos y de acceso

Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas:

  1. Los grupos electrógenos utilizados en la etapa de construcción tendrán sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. Los grupos electrógenos contarán con un horómetro y sus horas de funcionamiento serán registradas Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se considera la implementación de un sistema de control interno para las velocidades establecidas, se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos y maquinaria utilizados a lo largo del desarrollo del proyecto y se realizarán inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de ésta. Además del registro de aplicación y mantención de biosupresor en caminos no pavimentados.

Forma de control y seguimiento Revisión mensual de revisiones técnicas y mantenciones al día. Se mantendrá un registro de los comprobantes de ingreso al RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.18

10.26 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N°75/1987, Establece condiciones para el transporte de cargas que indica, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales, residuos y trabajadores. Forma de Cumplimiento El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo, se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento El cumplimiento se verá, a través de la implementación de las siguientes medidas: • Contrato con empresa autorizada para la recogida, transporte y disposición final de Residuos provenientes de restos de construcción y escombros durante la fase de Construcción. Registro de camiones que cuenten con los medios adecuados en cuanto a lonas de recubrimiento de carga para cumplir con el propósito de no dispersión. Forma de control y seguimiento Inspecciones periódicas a los camiones que abandonen la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.19

10.27 Componente/materia: Aire - Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N°149/2007, Establece norma de emisión de NO, HC, CO para el control del NOx en vehículos en uso, de encendido por chispa (ciclo Otto), Ministerio de Transporte y telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transportes del proyecto.

Forma de Cumplimiento El vehículo deberá cumplir estos límites máximos de emisión en ambos modos de medición, Modos 5015 y 2525, conforme al procedimiento que se indica en el artículo 6º del decreto. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponderá al registro de certificados de revisión técnica y mantenciones periódicas. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de revisiones técnicas y mantenciones al día. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.20

10.28 Componente/materia: Ruido. Norma D.S. N°38/2011, Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, Ministerio Secretaría General de la Presidencia Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de construcción y cierre. Forma de Cumplimiento Se llevó a cabo un Estudio Acústico, el cual determinó que no se superan los límites establecidos en el presente Decreto para ninguno de los receptores identificados (revisar Estudio Acústico Anexo 4.3 del EIA). Indicador que acredita su cumplimiento Establecer un registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad, durante todas las fases del proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de reclamos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.21

10.29 Componente/materia: Residuos líquidos. Norma D.S. N°594/1999, Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aguas de servicios higiénicos. Forma de Cumplimiento Para la etapa de construcción, operación y cierre, se contará con una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) además de baños químicos. Las PTAS serán tramitadas mediante el PAS 138 y su respectiva aprobación sectorial. Para el caso de los baños químicos, estos provendrán de empresas que cuenten con las resoluciones sanitarias correspondientes y sus residuos líquidos serán dispuestos en un lugar autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento • Resolución que aprueba la tramitación sectorial del PAS 138. • Autorización sanitaria de la empresa que provea los baños químicos.

Registros asociados al almacenamiento, retiro y disposición final de los residuos generados. Forma de control y seguimiento • Resolución del PAS 138. • Copia de la Autorización sanitaria de la empresa que provea y mantenga los baños químicos. • Copia del contrato con la empresa encargada del retiro de lodos de la PTAS. • Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del retiro de lodos de la PTAS. Registro del retiro de lodos de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado por la Seremi de Salud de la Región. En dicho registro se deberá especificar: fecha de retiro, volumen, tipo de residuo, patente del camión y empresa responsable. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.22

10.30 Componente/materia: Residuos sólidos. Norma Ley N°20.920/2016 Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de construcción: En la fase de construcción se generarán residuos domiciliarios e industriales no peligrosos, los cuales corresponderán principalmente a restos de embalajes, papel, cartón, envases plásticos, sobrantes de cables, tornillos y alambres, así como restos de alimentos, entre otros. Asimismo, se contempla la generación de residuos peligrosos, los cuales consideran paneles fotovoltaicos dañados y envases contaminados con sustancias peligrosas, tales como envases de spray de zinc y de espuma de poliuretano. Fase operación: En la fase de operación se generarán residuos sólidos domésticos y residuos industriales no peligrosos en baja cantidad, correspondientes principalmente a cables, tornillos, fusibles, conectores y alambres, así como latas y restos de alimentos. Adicionalmente, se contempla la generación de residuos peligrosos, los cuales consideran paneles fotovoltaicos dañados, lubricantes, aceites de recambio, grasas, pinturas, entre otros. Fase de cierre: En la fase de cierre se generarán residuos domiciliarios e industriales no peligrosos, los cuales corresponderán principalmente a restos de embalajes, papel, cartón, envases plásticos, sobrantes de cables, tornillos y alambres, así como restos de alimentos, entre otros. Asimismo, se contempla la generación de residuos peligrosos, los cuales consideran baterías de ion-litio y paneles fotovoltaicos dañados. Forma de Cumplimiento El Proyecto, en todas sus fases, considera el transporte, manejo y disposición final de los residuos mediante la contratación de

empresas que cuenten con las autorizaciones sanitarias vigentes otorgadas por la SEREMI de Salud correspondiente, lo cual será exigido mediante cláusulas contractuales específicas. En cumplimiento de lo establecido en la Ley N°20.920, el Titular se inscribirá en el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, e informará anualmente la información requerida conforme al artículo Segundo Transitorio. Para estos efectos, se mantendrán contratos vigentes con empresas encargadas del retiro, transporte y disposición final de los residuos, las cuales deberán contar con autorización sanitaria otorgada por la SEREMI de Salud. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las autorizaciones sanitarias de los lugares de disposición final de los residuos Comprobante de registro en el Sistema REP en el RETC. Declaración anual en plataforma RETC. Forma de control y seguimiento Registro de la declaración de los residuos a través del sistema RETC. Se mantendrán todos los registros asociados a la entrada y salida de los residuos señalados, hacia y desde los patios de residuos, hasta la disposición final autorizada, los cuales deberán estar disponibles en caso de que la autoridad fiscalizadora lo requiera. Los registros deberán especificar lo siguiente: Fecha de ingreso, tipo de residuo, cantidad de residuo, empresa encargada del transporte y disposición final del residuo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.23

10.31 Componente/materia: Residuos. Norma D.S. N°12/2021 Establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes, Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de construcción: En la fase de construcción se generarán residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos, los cuales corresponderán principalmente a restos de embalajes de papel, cartón, envases plásticos, como también envases de spray de zinc y de espuma de poliuretano. Fase de cierre: En la fase de cierre se generarán no industriales, los cuales corresponderán principalmente a restos de embalajes, papel, cartón, envases plásticos. Debido a la generación de estos residuos, el Proyecto se añade a los lineamientos presentados más metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes

Forma de Cumplimiento El Proyecto, en todas sus fases, contempla el transporte, manejo y disposición final de los residuos mediante la contratación de empresas que cuenten con las autorizaciones sanitarias vigentes otorgadas por la SEREMI de Salud competente, lo cual será exigido mediante cláusulas contractuales específicas. En cumplimiento de lo establecido en la Ley N°20.920, el Titular se inscribirá en el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) una vez obtenida una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, e informará anualmente la información requerida, conforme a lo dispuesto en el artículo segundo transitorio de dicha ley. Para estos efectos, se mantendrán contratos vigentes con empresas encargadas del retiro, transporte, valorización y/o disposición final de los residuos, las cuales deberán contar con las autorizaciones sanitarias y ambientales otorgadas por la SEREMI de Salud correspondiente. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de las autorizaciones sanitarias de los lugares de disposición final de los residuos. • Comprobante de registro en el Sistema REP en el RETC. Declaración anual en plataforma RETC. Forma de control y seguimiento Registro de la declaración de los residuos a través del sistema RETC. Se mantendrán todos los registros asociados a la entrada y salida de los residuos señalados, hacia y desde los patios de residuos, hasta la disposición final autorizada, los cuales deberán estar disponibles en caso de que la autoridad fiscalizadora lo requiera. Los registros deberán especificar lo siguiente: Fecha de ingreso, tipo de residuo, cantidad de residuo, empresa encargada del transporte y disposición final del residuo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.24

10.32 Componente/materia: Residuos sólidos. Norma D.S. N°1/2013, Aprueba reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC, Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos y emisiones. Forma de Cumplimiento El Titular del Proyecto realizará la declaración de sus residuos, emisiones y productos prioritarios) a través de la plataforma del RETC http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home cuando corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento Corresponderá a las declaraciones: Declaraciones anuales de las emisiones de los grupos electrógenos, a través del sistema de Ventanilla Única RETC. Declaraciones anuales formulario de

producción. Declaraciones anuales formulario de gasto de protección ambiental. Forma de control y seguimiento Revisión periódica del cumplimiento normativo. Registro de declaración en RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.25

10.33 Componente/materia: Residuos sólidos. Norma D.F.L N°1/1990 Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Gestión de residuos. Forma de Cumplimiento El proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna planta de tratamiento ni lugar de disposición final de residuos sólidos. Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente retirados por transportista autorizado y lugar de disposición final autorizado de la región de Atacama. La tierra resultante de los movimientos de tierra será debidamente transportada y depositada en rellenos autorizados por la Autoridad Sanitaria. Los camiones de transporte de escombros reunirán las condiciones técnicas señaladas en el D.S. N°75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Los camiones de transporte de residuos sólidos tendrán la autorización de la Autoridad Sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de Residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Verificación de las condiciones de los sitios de acumulación y contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes. Se mantendrán todos los registros asociados a la entrada y salida de los residuos señalados, hasta la disposición final autorizada, lo cuales deberán estar disponibles en caso de que la autoridad fiscalizadora lo requiera. Los registros deberán especificar lo siguiente: Fecha de ingreso, tipo de residuo, cantidad de residuo, empresa encargada del transporte y disposición final del residuo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.26

10.34 Componente/materia: Residuos sólidos - No peligrosos (domiciliarios e inertes de la construcción). Norma D.F.L N°725/1967 Aprobó código sanitario, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de Residuos Sólidos Domésticos (RSD) y Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RSINP). Forma de Cumplimiento El proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna planta de tratamiento ni lugar de disposición final de residuos sólidos. Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente retirados por transportista autorizado y lugar de disposición final autorizado de la región de Atacama. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de Residuos Sólidos Domésticos (RSD) y Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RSINP). Forma de control y seguimiento Verificación de las condiciones de los sitios de acumulación almacenamiento transitorio y contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes. Se mantendrán todos los registros asociados a la entrada y salida de los residuos señalados, hacia y desde los patios de residuos, hasta la disposición final autorizada, los cuales deberán estar disponibles en caso de que la autoridad fiscalizadora lo requiera. Los registros deberán especificar lo siguiente: Fecha de ingreso, tipo de residuo, cantidad de residuo, empresa encargada del transporte y disposición final del residuo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.27

10.35 Componente/materia: Residuos sólidos - No peligrosos (domiciliarios e inertes de la construcción) Norma D.S. N°594/1999, Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento y retiro de residuos. Forma de Cumplimiento El proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna plantade tratamiento ni lugar de disposición final de residuos sólidos. Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente retirados por transportista autorizado y lugar de disposición final autorizado de la región de Atacama. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con Autorización Sanitaria para el área de almacenamiento de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) y para el Patio de Acopio de Residuos Industriales No Peligrosos (RSINP). Forma de control y seguimiento Verificación de las condiciones de los sitios de y contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes. Se mantendrán todos los registros asociados a la entrada y salida de los residuos señalados, hacia y desde los patios de residuos, hasta la disposición final autorizada, los cuales deberán estar disponibles en caso de que la autoridad fiscalizadora lo requiera. Los registros deberán especificar lo siguiente: Fecha de ingreso, tipo de residuo,

cantidad de residuo, empresa encargada del transporte y disposición final del residuo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.28

10.36 Componente/materia: Residuos sólidos – Peligrosos. Norma D.S. N°148/2003, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento de residuos peligrosos. Forma de Cumplimiento Se solicita en este EIA el PAS 142 para la acumulación transitoria de residuos peligrosos durante la construcción, operación y cierre del proyecto. Revisar el Anexo 9.4 Antecedentes Permisos Ambientales Sectoriales, donde se desarrolla. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con el permiso de la Autoridad Sanitaria y copia de los recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Verificación de las condiciones de la bodega y registro de transportista autorizado y lugar de disposición final autorizado de la región de Atacama. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.29

10.37 Componente/materia: Residuos sólidos – Peligrosos. Norma Resolución N°499/2006 y N°359/2005, Aprueba documento electrónico de declaración de residuos peligrosos, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Declaración de residuos en RETC. Forma de Cumplimiento Generación de residuos peligrosos producto de actividades de mantención de equipos y/o maquinarias (aceites usados, grasas) y asociados a la construcción (restos de pintura y solventes). Se realizará la declaración de residuos peligrosos conforme al formato indicado en la citada resolución una vez enviados los residuos a disposición final. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la declaración de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Cada vez que se envíen residuos a sitio de disposición final autorizado se realizará la respectiva declaración en los formatos indicados en la resolución en RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.30

10.38 Componente/materia: Sanitario. Norma D.S. N°594/1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos industriales no peligrosos. Forma de Cumplimiento Durante las fases de construcción, operación y cierre el titular dispondrá de un sitio de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos. En todas las etapas, el retiro de los RSINP será realizada por una empresa autorizada, así como su disposición final también. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de transporte de los residuos mediante empresa autorizada para las etapas de construcción y de cierre del Proyecto. Se mantendrá registro de disposición final de los residuos en sitio autorizado. Forma de control y seguimiento Registro de transporte de los residuos mediante empresa autorizada para las etapas de construcción y de cierre del Proyecto. Se mantendrá registro de disposición final de los residuos en sitio autorizado. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.31

10.39 Componente/materia: Agua potable Norma D.S. N°735/1969, Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de agua potable. Forma de Cumplimiento Durante la fase de construcción y cierre del Proyecto el titular velará por que el abastecimiento de agua potable de acuerdo con los estándares de calidad indicados para todo el territorio nacional. Para el consumo de los trabajadores, se dispondrá de una adecuada cantidad de dispensadores de agua purificada y botellas individuales, así como también dos estanques de almacenamiento de agua potable en todas las fases. Indicador que acredita su cumplimiento Certificados de autorización sanitaria del proveedor de agua potable. Forma de control y seguimiento Certificados de autorización sanitaria y de calidad del agua potable proporcionado por el proveedor de agua potable. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.32

10.40 Componente/materia: Agua potable. Norma D.S. N°594/1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de agua. Forma de Cumplimiento Agua potable Para el consumo de los trabajadores, se dispondrá de una adecuada cantidad de dispensadores de agua purificada. Aguas servidas Se mantendrá un listado de las empresas contratistas que trabajarán en esta labor, señalando datos (marca, modelo, año, patente, capacidad, entre otros que el Titular estime conveniente) de cada uno de los camiones involucrados y se mantendrá actualizado mensualmente demostrando que todos los residuos generados por el proyecto han ingresado a la planta de aguas servidas de la sanitaria regional autorizada para ello. Indicador que acredita su cumplimiento Agua potable Comprobantes de la provisión de agua potable por una empresa autorizada. Aguas servidas Registro de mantenciones baños químicos. Registros asociados al almacenamiento, retiro y disposición final de los residuos generados. Forma de control y seguimiento Agua potable En la instalación de faenas se mantendrá una carpeta ordenada con el registro de la compra de agua potable. Aguas servidas Guía de despacho, factura, certificado de disposición final de los residuos Copia del contrato con la empresa encargada del retiro de lodos de la PTAS. Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del retiro de lodos de la PTAS. Registro del retiro de lodos de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado por la Seremi de Salud de la región. En dicho registro se deberá especificar: fecha de

retiro, volumen, tipo de residuo, patente del camión y empresa responsable. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.33

10.41 Componente/materia: Agua potable. Norma NCh N°409/Of.2005, Calidad de agua para uso potable, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de agua. Forma de Cumplimiento Para el consumo de los trabajadores, se dispondrá de una adecuada cantidad de dispensadores de agua purificada y botellas individuales. Indicador que acredita su cumplimiento Certificados de autorización del proveedor de agua potable. Forma de control y seguimiento Solicitud de antecedentes al proveedor y mantención en obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.34

10.42 Componente/materia: Sustancias peligrosas. Norma D.S. N°43/2016, Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de sustancias peligrosas. Forma de Cumplimiento Durante la etapa de construcción, se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas en pequeñas cantidades, correspondiente a spray de zinc y espuma de poliuretano. Estas sustancias se encontrarán en cantidades inferiores a las establecidas en el art 20 del D.S 43/16, por lo cual su almacenamiento será en bodega de sustancias peligrosas, la cual contará con las condiciones de seguridad requeridas en los art 21, 22, 23 y 24 del mismo reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento las sustancias peligrosas estarán correctamente etiquetadas y existirá una hoja de datos de seguridad del producto en la que se describan e identifique los siguientes apartados: • Identificación de la sustancia química y el proveedor. Se llevará un registro de la cantidad de producto almacenado, de su uso y de su nuevo suministro por parte de la empresa autorizada. Forma de control y seguimiento • Mantener en la gaveta de SUSPEL, los productos etiquetados y con sus hojas de seguridad correspondientes. • Registro de cantidad de productos almacenados.

• Registro de mantenimiento de los equipos de extinción de incendio. Registro de capacitaciones a trabajadores sobre manejo de SUSPEL. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.35

10.43. Componente/materia: Sustancias peligrosas. Norma D.S. N°160/2008, Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de combustible. Forma de Cumplimiento Durante las etapas de construcción y cierre, se contempla la utilización de combustible líquido, principalmente en la maquinaria pesada, para lo cual se contará con un suministro a través de un proveedor autorizado, quien con un camión surtidor cargará la maquinaria en obra. La carga de combustible desde el proveedor autorizado será realizada en la zona de carga de combustible delimitada en la instalación de faena, sobre una superficie capaz de contener la sustancia en caso de un derrame., tipo bandeja de control, así en caso de derrames, ésta tendrá la capacidad para contenerlos. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento, se exigirá y mantendrá copia de las autorizaciones asociadas a las empresas distribuidoras, que abastezcan de combustible la obra. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de vigencia de Resolución SEC de empresa proveedora y chequeo en terreno cada vez que se realice carga de combustible, verificando que se cumplan las condiciones que exige la normativa vigente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.36

10.44 Componente/materia: Sanitario. Norma D.S. N°594/1999, Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Servicio de retiro de aguas sanitarias. Forma de Cumplimiento Para la etapa de construcción, operación y cierre, se contará con una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) además de baños químicos en cantidad de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 y 24 del presente decreto.

En todas las etapas, la mantención se realizará por parte de una empresa autorizada. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución que aprueba la tramitación sectorial del PAS 138. Autorización sanitaria de la empresa que provea los baños químicos. Registros asociados al almacenamiento, retiro y disposición final de los residuos generados. Forma de control y seguimiento Copia del contrato con la empresa encargada del retiro de lodos de la PTAS. Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del retiro de lodos de la PTAS. Registro del retiro de lodos de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado por la Seremi de Salud de la región. En dicho registro se deberá especificar: fecha de retiro, volumen, tipo de residuo, patente del camión y empresa responsable. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.37

10.45 Componente/materia: Sanitario. Norma D.S. N°735/1969, Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de agua potable. Forma de Cumplimiento Durante la fase de construcción y cierre del Proyecto el titular velará por que el abastecimiento de agua potable de acuerdo con los estándares de calidad indicados para todo el territorio nacional. Para el consumo de los trabajadores, se dispondrá de una adecuada cantidad de dispensadores de agua purificada y botellas individuales. Indicador que acredita su cumplimiento Certificados de autorización sanitaria del proveedor de agua potable. Forma de control y seguimiento Solicitud de antecedentes al proveedor y mantención en obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.38

10.46 Componente/materia: Vialidad. Norma D.S. N°75/1987, Establece condiciones para el transporte de cargas, así como medidas de manejo destinadas a evitar emisiones de polvo, Ministerio de Transporte y telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte del proyecto. Forma de Cumplimiento Durante la construcción del proyecto se deberá transportar material excedente de los movimientos de tierra, los que podrían ser de fácil dispersión. Estos residuos serán transportados en camiones con una lona, de dimensiones adecuadas, que impida la dispersión del material particulado. Indicador que acredita su cumplimiento • Contrato con empresa autorizada para la recolección, transporte y disposición final de Residuos durante la etapa de Construcción. Registro de camiones que cuenten con los medios adecuados en cuanto a lonas de recubrimiento de carga para cumplir con el propósito de no dispersión. Forma de control y seguimiento En la fase de construcción se realizará una revisión mensual de vigencia de Resolución Sanitaria de empresas contratadas y chequeo semanal en terreno de la implementación de las medidas comprometidas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.39

10.47 Componente/materia: Vialidad. Norma D.S. N°850/1997, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840/64 y del D.F.L. N°206/60, Sobre construcción y conservación de caminos, Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte del proyecto. Forma de Cumplimiento El Titular cumplirá con la prohibición de circular por caminos públicos a vehículos que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos, e instruirá a los transportistas para cumplir con esta prohibición. En caso de que sea necesario, el titular solicitará a la Dirección Regional de Vialidad las autorizaciones correspondientes para transportar equipos con sobrepeso y/o sobredimensionamiento. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento, para el control del peso de carga se mantendrá registro de las guías de despacho de la carga que será transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado. Asimismo, y en caso de que aplique, se establecerá la obtención del permiso de la Dirección Regional de Vialidad. Forma de control y seguimiento Inspección in situ, revisando mensualmente las condiciones de acceso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.40

10.48 Componente/materia: Vialidad. Norma Resolución N°1/1995, Establece dimensiones máximas a vehículos que indica, Ministerio de Transporte y telecomunicaciones

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte del proyecto. Forma de Cumplimiento El Proyecto considera actividades de transporte de materiales de construcción, estructuras, equipos y otros. También realizará transporte de maquinaria de alto pesaje, por lo que el Titular exigirá a sus contratistas que cumplan con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por vías urbanas. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento, para el control del peso de carga se mantendrá registro de las guías de despacho de la carga que será transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de guías de despacho, comprobando el cumplimiento de esta normativa. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.41

10.49 Componente/materia: Vialidad. Norma D.S. N°298/1995, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado que reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos, Ministerio de Transporte y telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de combustible. Forma de Cumplimiento Durante las etapas de construcción y cierre, se contempla la utilización de combustible líquido, el cual será suministrado mediante camión surtidor a través de proveedor autorizado, quien será el responsable del transporte de dicho insumo hacia la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento, se exigirá y mantendrá copia de las autorizaciones asociadas a las empresas distribuidoras, que abastezcan de combustible la obra. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de vigencia de Resolución SEC de empresa proveedora y chequeo en terreno cada vez que se realice carga de combustible, verificando que se cumplan las condiciones que exige la normativa vigente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.42

10.50 Componente/materia: Vialidad. Norma D.S. N°158/1980, Fija peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos, Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte del proyecto. Forma de Cumplimiento El Proyecto considera actividades de transporte de materiales de construcción, estructuras, equipos y otros. También realizará transporte de maquinaria de alto pesaje, por lo que el Titular exigirá a sus contratistas que cumplan con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por vías urbanas. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento, para el control del peso de carga se mantendrá registro de las guías de despacho de la carga que será transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de guías de despacho, comprobante del cumplimiento de esta normativa. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.43

10.51 Componente/materia: Vialidad. Norma D.S. N°200/1993, Establece pesos máximos a los vehículos para circular en vías urbanas del país, Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte del proyecto. Forma de Cumplimiento El Proyecto considera actividades de transporte de materiales de construcción, estructuras, equipos y otros. También realizará transporte de maquinaria de alto pesaje, por lo que el Titular exigirá a sus contratistas que cumplan con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por vías urbanas. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento, para el control del peso de carga se mantendrá registro de las guías de despacho de la carga que será transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de guías de despacho, comprobante del cumplimiento de esta normativa. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.44

10.52 Componente/materia: Vialidad. Norma D.S. N°1.665/2002, Sobre autorización para circulación de vehículos que exceden pesos máximos, Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte del proyecto. Forma de Cumplimiento Se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad respectiva. Este transporte se efectuará con la debida

coordinación con las autoridades municipales y policiales, y con los servicios públicos con competencia en la materia, con los que se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Pesos y volúmenes de la carga a transportar y obtención de los Permisos de la Dirección de Vialidad para el transporte de carga sobredimensionada. Forma de control y seguimiento Registro de la autorización de la Dirección de Vialidad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.45

10.53 Componente/materia: Vialidad. Norma D.S. N°55/1994, Norma de emisión a vehículos motorizados pesados, Ministerio de Transportes y telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte del proyecto. Forma de Cumplimiento El Proyecto considera el uso de vehículos motorizados, durante la etapa de construcción, operación y cierre. Los vehículos motorizados estarán equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. A su vez, se exigirá un plan de mantención de la maquinaria y un certificado de emisiones en forma semestral. No se permitirá la entrada al área del proyecto a los vehículos que no cuenten con la revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de entrada de todos los vehículos a las instalaciones del proyecto durante cada una de las etapas de este. Registro por el cual cada vehículo acredita estar con la Revisión Técnica al día, junto al calendario de mantenciones realizadas y las programadas, por realizarse. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de los registros de revisión técnica al día, de toda maquinaria y vehículo del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.46

10.54 Componente/materia: Vialidad. Norma D.S. N°211/1991, Norma de emisión vehículos motorizados livianos. Ministerio de Transporte y telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte del proyecto.

Forma de Cumplimiento El Proyecto considera el uso de vehículos motorizados livianos, durante la etapa de construcción, operación y cierre. Los vehículos motorizados estarán equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. A su vez, se exigirá un plan de mantención de la maquinaria y un certificado de emisiones en forma semestral. No se permitirá la entrada al área del proyecto a los vehículos que no cuenten con la revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de entrada de todos los vehículos a las instalaciones del proyecto durante cada una de las etapas de este. Registro por el cual cada vehículo acredita estar con la Revisión Técnica al día, junto al calendario de mantenciones realizadas y las programadas, por realizarse. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de los registros de revisión técnica al día, de toda maquinaria y vehículo del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.47

10.55 Componente/materia: Vialidad. Norma D.S. N°165/1997, Establece normas de emisiones de vehículos motorizados livianos, Ministerio de Transporte y telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte del proyecto.

Forma de Cumplimiento El Proyecto considera el uso de vehículos motorizados livianos, durante la etapa de construcción, operación y cierre. Los vehículos motorizados estarán equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. A su vez, se exigirá un plan de mantención de la maquinaria y un certificado de emisiones en forma semestral. No se permitirá la entrada al área del proyecto a los vehículos que no cuenten con la revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de entrada de todos los vehículos a las instalaciones del proyecto durante cada una de las etapas de este. Registro por el cual cada vehículo acredita estar con la Revisión Técnica al día, junto al calendario de mantenciones realizadas y las programadas, por realizarse. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de los registros de revisión técnica al día, de toda maquinaria y vehículo del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.48

10.56 Componente/materia: Ruido. Norma D.S. N°192/2002, Norma de emisión de ruido para buses de locomoción colectiva urbana y rural, Ministerio de Transporte y telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de pasajeros. Forma de Cumplimiento Este decreto establece la norma de emisión de ruido para buses de locomoción colectiva urbana y rural. Su objeto es regular la emisión de ruido generado por los mencionados vehículos, nuevos y en uso, esperando que, al reducir la emisión de ruido de este tipo de fuentes, disminuyan los niveles de ruido ambiental en las ciudades. Al respecto, durante la etapa de construcción del proyecto, y eventualmente la de cierre, se utilizarán buses para el transporte de los trabajadores. El titular del proyecto contratará el servicio de transporte asegurándose de que el contratista cuente con máquinas que den cumplimiento a los niveles de emisión permitidos por la norma. Indicador que acredita su cumplimiento Cláusulas contractuales con la empresa de transporte del Proyecto, que aseguren el cumplimiento de la disposición analizada. Forma de control y seguimiento Archivo de copia de contratos y si llegasen a modificarse o realizarse nuevas contrataciones, se archivarán las copias correspondientes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.49

10.57 Componente/materia: Energía e infraestructura eléctrica. Norma D.F.L. N°4/2006, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N°1, de minería, de 1982, Ley general de servicio eléctricos, en materia de energía eléctrica, Ministerio de Economía, fomento y reconstrucción Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalaciones del proyecto. Forma de Cumplimiento El titular se encargará de mantener las instalaciones del proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la ley y las demás normativas técnicas aplicables a dichas instalaciones, de manera de proteger la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes. Además, informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Certificaciones de las instalaciones realizadas en laboratorios autorizados por la SEC.

Registro de mantenciones tanto preventivas como correctivas realizadas en las instalaciones del proyecto. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.50

10.58 Componente/materia: Energía e infraestructura eléctrica. Norma D.S. N°327/1997, Fija reglamento de la ley general de servicios eléctricos, Ministerio de Minería Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalaciones de distribución de energía eléctrica contempladas en el proyecto. Forma de Cumplimiento El titular informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto, de manera previa y por escrito. Indicador que acredita su cumplimiento Certificaciones de laboratorios autorizados por la SEC. Registro de mantenciones correctivas y preventivas realizadas en las instalaciones del proyecto. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.51

10.59 Componente/materia: Energía e infraestructura eléctrica. Norma D.S. N°88/2020, Aprueba reglamento para medios de generación de pequeña escala, Ministerio de Energía Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalaciones de distribución de energía eléctrica contempladas en el proyecto. Forma de Cumplimiento Este decreto promueve realizar proyectos de este tipo, mejorando significativamente la viabilidad económica de participar en proyectos relacionados a la inversión de ERNC. Indicador que acredita su cumplimiento Cumplimiento en el proceso de interconexión del proyecto ante distribuidora y ante la SEC. Diseño eléctrico de la planta, estudios sistémicos aprobados que acompañan a la autorización de la conexión. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.52

10.60 Componente/materia: Luminaria. Norma D.S. N°43/2012, Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica de los cielos nocturnos de la II, III, y IV regiones, de manera de proteger la calidad astronómica de dichos cielos, Ministerio de Economía Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalaciones del proyecto. Forma de Cumplimiento Se utilizarán luminarias certificadas por laboratorio autorizado por la SEC. Indicador que acredita su cumplimiento Instalación de luminarias certificadas por laboratorio autorizado por la SEC y mantención de registro que acredite dicha certificación. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro que acredite la certificación de luminarias autorizadas por la SEC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.53

10.61 Componente/materia: Patrimonio Cultural. Norma Ley N°17.288, Sobre monumento nacionales y sus modificaciones, incluyendo su modificación mediante la Ley N°20.021, Ministerio de Educación Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimientos de tierra. Forma de Cumplimiento En el informe de Arqueología se reporta la presencia de hallazgos arqueológicos en el Área de Influencia del proyecto (mayores detalles Anexo 4.1 de la Adenda). Durante la inspección Paleontológica en terreno se realizaron hallazgos correspondientes a fragmentos de bivalvos indeterminados, motivo por el cual se presenta el PAS 132. Mayores detalles en el informe de Paleontología Capítulo 3.7 del EIA. Tal como se establece en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo indicado en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del Proyecto ante un hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el titular del proyecto. De manera adicional, se consideran las actividades de charlas de inducción y un monitoreo permanente de la componente arqueológica

y paleontológica, las cuales serán llevadas a cabo por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología y un/a profesional asesor/a en Paleontología cuya información curricular sea acorde con la Res. Ex. N° 650 de 2022 respectivamente. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de paralizaciones de obra y se dará aviso al CMN, en caso de hallazgos. Aprobación del PAS 132 Comprobante plataforma SSA de carga de informes mensuales e informe final de monitoreo arqueológico y paleontológico en un plazo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Forma de control y seguimiento Revisar respaldo de comunicación sostenida entre Titular y CMN. Seguimiento por medio de personal que supervise las actividades de movimiento de tierra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.3.1

10.62 Componente/materia: Patrimonio Cultural. Norma D.S. N°484/1990, Reglamento de la Ley N°17.288, Sobre excavaciones y/o Prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, Ministerio de Educación Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimientos de tierra. Forma de Cumplimiento En el informe de Arqueología se reporta la presencia hallazgos arqueológicos en el Área de Influencia del proyecto (mayores detalles Capítulo 3.6 del EIA). Durante la inspección Paleontológica en terreno se realizaron hallazgos correspondientes a fragmentos de bivalvos indeterminados, motivo por el cual se presentará el PAS 132. Mayores detalles en el informe de Paleontología Capítulo 3.7 del EIA. Tal como se establece en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo indicado en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del Proyecto ante un hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el titular del proyecto. De manera adicional, se consideran las actividades de charlas de inducción y un monitoreo permanente de la componente arqueológica y paleontológica, las cuales serán llevadas a cabo por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología y un/a profesional asesor/a en Paleontología cuya información curricular sea acorde con la Res. Ex. N° 650 de 2022 respectivamente.

Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de paralizaciones de obra y se dará aviso al CMN, en caso de hallazgos. Aprobación del PAS 132 Comprobante plataforma SSA de carga de informes mensuales e informe final de monitoreo arqueológico y paleontológico en un plazo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Forma de control y seguimiento Revisar respaldo de comunicación sostenida entre Titular y CMN. Seguimiento por medio de personal que supervise las actividades de movimiento de tierra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.3.2

10.63 Componente/materia: Flora. Norma Ley N°20.283/2008, Ley sobre recuperación de bosque nativo y fomento forestal, Ministerio de agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del proyecto. Forma de Cumplimiento Obtención del PAS 151 para la corta de Formaciones Xerofíticas, que deberá ser aprobado por la CONAF de la Región de Atacama. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación del Permiso Ambiental Sectorial descrito en el Artículo N°151 del D.S. N°40/2013. Forma de control y seguimiento Resolución favorable del Permiso Ambiental Sectorial descrito en el Artículo N°151 del D.S. N°40/2013. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.3.3

10.64 Componente/materia: Flora. Norma D.S. N°93/2009, Reglamento general de la ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal, Ministerio de agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del proyecto. Forma de Cumplimiento Obtención del PAS 151 para la corta de Formaciones Xerofíticas, que deberá ser aprobado por la CONAF de la Región de Atacama. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación del Permiso Ambiental Sectorial descrito en el Artículo N°151 del D.S. N°40/2013. Forma de control y seguimiento Resolución favorable del Permiso Ambiental Sectorial descrito en el Artículo N°151 del D.S. N°40/2013. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.3.4

10.65 Componente/materia: Flora. Norma D.S. N°68/2009, Establece, aprueba y oficializará nómina de especies arbóreas y arbustivas originarias del país, Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del proyecto. Forma de Cumplimiento Obtención del PAS 151 para la corta de Formaciones Xerofíticas, que deberá ser aprobado por la CONAF de la Región de Atacama. El Proyecto contempla la corta de individuos de Balsamocarpon brevifolium, Cordia decandra, Eulychnia acida y Skytanthus acutus, el detalle se encuentra en el Anexo 9 de la Adenda Complementaria, específicamente en el Anexo 9.6. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del PAS 151 para la corta de Formaciones Xerofíticas, que deberá ser aprobado por la CONAF de la Región de Atacama. Forma de control y seguimiento Resolución favorable del Permiso Ambiental Sectorial descrito en el Artículo N°151 del D.S. N°40/2013. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.3.5

10.66 Componente/materia: Fauna. Norma Ley N°19.473/1996, Sustituye texto de la Ley N°4.601 sobre caza y el artículo 609 del Código Civil, Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del proyecto. Forma de Cumplimiento Se hace presente que el presente proyecto no considera la caza o captura de ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9° de la Ley N° 4.601, sobre Caza. Indicador que acredita su cumplimiento En el estudio de fauna del capítulo 3.5 se señalan las especies identificadas en el área de influencia. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.3.6

10.67 Componente/materia: Fauna. Norma D.S. N°5/1995, Reglamento de la Ley de caza, Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del proyecto. Forma de Cumplimiento Se hace presente que el presente proyecto no considera la caza o captura de ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9° de la Ley N° 4.601, sobre Caza. Indicador que acredita su cumplimiento En el estudio de fauna del capítulo 3.5 se señalan las especies identificadas en el área de influencia. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.3.7

10.68 Componente/materia: Biodiversidad. Norma Ley N°21.600, Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas, Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Mediante la presentación del EIA, y las Adendas, se adjunta la caracterización de cada uno de los componentes relacionados con el proyecto. Sin embargo; a través de la evacuación de predicción y evaluación de impactos, se concluye que se generarán impactos significativos en los siguientes componentes: • Flora y vegetación. • Fauna terrestre. Áreas protegidas y sitios prioritarios. Forma de Cumplimiento En el Anexo 11 de la Adenda Complementaria se presenta el Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación asociada, el cual contiene las medidas para evitar o reducir los impactos ambientales negativos significativos, identificados en el Anexo 3.2: Predicción y evaluación de impactos para las fases de construcción, operación y cierre del proyecto. A continuación, se presentan las medidas descritas: Medidas de Mitigación • Plan de rescate y relocalización de bulbos. • Habilitación de corredor biológico. • Preservar el sustrato con existencia de germoplasma en zonas de excavación. • Mantener el orden de perfiles en zonas a excavar – zanjas. • Plan de erradicación de la especie Volutaria tubuliflora en el área del Proyecto. • Restricción del inicio de la fase de construcción y cierre Medidas de Reparación

• Descompactación del suelo previo a la operación. Medidas de Compensación. • Plan de manejo biológico de especies amenazadas y xerofíticas. • Enriquecimiento de hábitat en el sitio de compensación. • Plan de erradicación de la especie Volutaria tubuliflora en el área de compensación. Con el objetivo de determinar las variables ambientales a monitorear durante las fases de construcción, operación y cierre y abandono del proyecto, se adjunta en la Adenda Complementaria el Anexo 13 correspondiente al Plan de seguimiento de las variables ambientales, el cual tiene por finalidad evaluar si las medidas de mitigación, reparación y/o compensación adquiridas son eficaces en el cumplimiento de la normativa ambiental vigente así como corroborar que la naturaleza y magnitud de los impactos ambientales evolucionen según lo pronosticado en la evaluación desarrollada en este estudio o si es necesario implementar medidas adicionales Cumplimiento normativo Obtención del PAS 151 para la corta de Formaciones xerofíticas, que deberá ser aprobado por la CONAF de la región de Atacama. Indicador que acredita su cumplimiento Los indicadores de cumplimiento se presentan para cada medida en el Anexo 11 de la Adenda, por otro lado, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes se presenta en el Anexo 13 de la Adenda. Forma de control y seguimiento • Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes (Anexo 13 de la Adenda Complementaria). • Seguimiento a condiciones indicadas en la RCA. • Informes de reportabilidad y monitoreos enviados a los organismos competentes. Resolución favorable del Permiso Ambiental Sectorial descrito en el Artículo N°151 del D.S. N°40/2013. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.3.8

11° Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

11.1. Respecto del punto 1.2.3 de la Adenda Complementaria, en el acápite 1.1.2.3 del Anexo 3 "Descripción Fase de Cierre” el titular establece que "si el área de paneles presenta una cubierta vegetal, no corresponderá restaurar la vegetación al cierre. No obstante, si al cierre se establece que la vegetación bajo los paneles no es equivalente a la existente en la actualidad [...] se implementará un programa de revegetación". Al respecto, el Titular deberá informar ante la SMA de forma previa al inicio de la fase de cierre, los umbrales específicos que permitirán definir la implementación o descarte del programa de revegetación. A saber: 1) comparativa del porcentaje de cobertura horizontal de la vegetación (previo a la construcción y previo al cierre), 2) comparativa del diámetro de copa de la vegetación (previo a la construcción y previo al cierre),

3) comparativa de la estratificación por altura de la vegetación (previo a la construcción y previo al cierre).

11.2. Previo al inicio de las obras, el Titular deberá presentar el proyecto de acceso a la planta fotovoltaica al MOP Región de Atacama, toda vez que los accesos podrían afectar el normal funcionamiento de la Ruta 5.

12° Que, durante el procedimiento de evaluación del EIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

Flora y Vegetación

12.1. Charlas de inducción respecto del componente Flora y Vegetación Impacto asociado • FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado). • FVT-02: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación sin grado de amenaza (Preocupación Menor). • FVT-03: Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación. • FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas • FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) • FVT-08: Pérdida de individuos de especies de hábito geófito • ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido” Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: A través de la capacitación a todos los trabajadores, contratistas y subcontratistas, se busca enseñar y orientar respecto del ecosistema Desierto Florido de manera que comprendan la importancia de las medidas restrictivas que se realizarán para proteger las especies de flora catalogadas bajo alguna categoría de conservación, así como especies singulares y normas básicas de la conservación de la vegetación (no arrancar tallos, flores, bulbos ni semillas). Estas charlas buscan evitar actividades y/o actitudes que puedan alterar y/o afectar estos elementos durante la construcción y desmantelamiento del Proyecto.

Descripción: Previo al inicio de las obras y acciones de la fase de construcción y cierre el titular del Proyecto capacitará a todos los trabajadores, contratistas y subcontratistas, exponiendo las acciones y actividades para la protección y conservación de la Flora y Vegetación presente en el área del Proyecto, con énfasis en el Desierto Florido.

Justificación: Dado que el Proyecto se encuentra inserto en el Sitio Prioritario Desierto Florido, es de gran importancia que los trabajadores y contratistas presentes durante la fase de construcción y cierre del Proyecto, se encuentren informados y concientizados sobre la importancia de seguir protocolos y programas, con el objetivo de evitar un potencial impacto sobre los ambientes y especies de flora y vegetación en el área del Proyecto y sectores aledaños.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La capacitación se realizará al interior del Proyecto.

Forma: Previo al inicio de las obras y acciones de las fases de construcción y cierre el titular del Proyecto, mediante un/a especialista en flora y vegetación, capacitará a todos los trabajadores, contratistas y subcontratistas, exponiendo las acciones y actividades para la protección y conservación de la Flora y Vegetación presente en el área del Proyecto. La cual tendrá entre sus contenidos los contenidos detallados a continuación. • La importancia del Desierto Florido en el bienestar humano, enfocado en la premisa de que la relación humano-naturaleza es muy estrecha y dependiente. • Los beneficios que entrega el desierto florido en términos de servicios ecosistémicos, tanto materiales como espirituales y culturales. • La importancia de la conservación de este ecosistema y sus especies en el contexto del cambio climático. • Adicionalmente, se informará que, en base a los antecedentes anteriores, se requieren tomar ciertas medidas para la protección del ecosistema, las cuales corresponde a: o Se indicará a los trabajadores la prohibición de extraer individuos vegetales, o partes de ellos (ramas, esquejes, bulbos, rizomas, frutos y/o semillas). o Se evitará la corta innecesaria de vegetación. Toda remoción de esta, se efectuará previa revisión de los encargados de medio ambiente del Proyecto. o El tránsito de vehículos menores y maquinaria pesada se debe acotar exclusivamente a los caminos habilitados del Proyecto, como el camino de acceso e internos principales y secundarios, prohibiéndose transitar fuera de estos. o El acceso a las filas de trackers, se realizará solo por los sectores señalizados, prohibiéndose transitar fuera de estos. o Prohibición estricta de realizar fuego en toda la faena.

Se asignará un Inspector Técnico de Obra (ITO), que supervise toda la etapa de construcción y en la implementación de las medidas del Plan de Manejo Biológico.

El incumplimiento de cualquiera de estas medidas será considerado una falta grave al contrato de trabajo, pudiendo ponérsele término a éste.

Oportunidad: Este compromiso ambiental voluntario se ejecutará previo al inicio de las obras de las fases de construcción y cierre del proyecto y cada vez que se incorpore un/a nuevo/a trabajador/a en la obra, así como todos los contratistas. Indicador que acredite su cumplimiento • Minuta de contenidos de la capacitación firmada por el/la especialista en flora y vegetación. • Acta de participación de las capacitaciones. • Obligaciones contractuales relacionadas a temas ambientales.

Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de los asistentes y del/la profesional especialista en manejo de flora y vegetación disponibles en las instalaciones del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.1

Fauna

12.2. Charlas de protección para la fauna terrestre Impacto asociado • FAT-02: Perturbación de especies de fauna nativa, endémica y/o en categoría de conservación de alta movilidad; • FAT-05: Afectación incidental de fauna silvestre en categoría de conservación. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir el desarrollo de conductas o actitudes de las personas que puedan poner en riesgo la fauna silvestre, así como la ejecución de actividades que puedan alterar o afectar los elementos singulares para la componente fauna durante todas las fases del Proyecto.

Descripción: Se realizarán capacitaciones al personal que trabaje en el Proyecto incluyendo trabajadores contratistas. Esta capacitación debe realizarse cada vez que ingresen nuevos trabajadores.

Justificación: Al capacitar al personal como actuar frente a la presencia de fauna nativa y endémica, se minimiza el daño que puedan hacer sobre esta componente, ya que se limita la interacción con estos individuos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La capacitación se realizará al interior del Proyecto.

Forma: Previo al inicio de las obras el titular del Proyecto capacitará a todos los trabajadores, contratistas y subcontratistas, exponiendo las acciones y medidas para la protección y conservación de Fauna Terrestre presente en el área de influencia (AI) y sectores aledaños. La charla deberá contener al menos los siguientes contenidos. • Detalle de las especies de fauna singular del área del Proyecto, destacando su importancia como parte del ecosistema desértico, enfatizando en el carácter endémico y su categoría de conservación. • Indicación de la prohibición de caza, captura y perturbación de todas las especies de fauna silvestre, incluyendo nidos, cuevas y huevos, durante toda la fase de construcción y operación del Proyecto.

• Indicación de la prohibición del tránsito con vehículos y maquinaria fuera de rutas delimitadas para dicho fin, el transito se deberá acotar a los caminos habilitados. • Indicación de la prohibición del uso de todo tipo de venenos tales como raticidas, herbicidas y fuego.

Oportunidad: Este compromiso ambiental voluntario se ejecutará previo al inicio de las obras de las fases de construcción y cierre del proyecto y cada vez que se incorpore un/a nuevo/a trabajador/a en la obra, así como todos los contratistas. Indicador que acredite su cumplimiento Minuta de contenidos de la capacitación firmada por el/la fauna terrestre. Acta de participación de las capacitaciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrá los registros de los asistentes y del/la profesional fauna terrestre disponibles en las instalaciones del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.2

12.3. Plan de protección para aves terrestres nidificantes Impacto asociado • FAT-06: Pérdida o afectación de especies de aves nidificantes protegidas por la ley de caza. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proteger los nidos de la especie Oreopholus ruficollis durante su etapa reproductiva.

Descripción: Se realizará la instalación y cercado para todos los nidos presentes en toda el área del Proyecto, hasta que termine la época de reproducción de la especie. Se deberá ejecutar inspecciones/monitoreos del estado de los cercos de esta forma asegurar la no afectación a estos individuos.

Justificación: Para no interferir con la reproducción de estas especies, se realizará un microruteo previo a la fase de construcción y cierre para determinar los sectores con nidos de Oreopholus ruficollis, los cuales serán protegidos con cercos perimetrales considerando un buffer de 2001m alrededor y señalética, de tal forma de paralizar las obras en dicho sector y evitar que las actividades del proyecto perturben los nidos. Los trabajos solo podrán reanudarse en el sector una vez que los polluelos puedan desplazarse por sus propios medios fuera del área de perturbación. Esta protección tendrá un carácter temporal ya que deberá instalarse previo al inicio de la fase de

1 D. Philip Whitfield & Rab Rae (2014) Human disturbance of breeding wood sandpipers Tringa glareola: implications for “alert distances” in prescribing protective buffer zones.

construcción y cierre del Proyecto, manteniéndose en buen estado hasta que los polluelos abandonen el nido. Sobre los cercados, estos serán estacas de madera (u otro material) y malla de protección, con una altura igual o superior a 1 metro, las estacas formarán un óvalo de diámetro variable, dependiendo del nido. En la siguiente ilustración se presenta un ejemplo de cómo instalar el cerco. Figura. Esquema instalación de cercado perimetral

Fuente: Anexo 14 “Compromisos Ambientales Voluntarios” de la Adenda Complementaria. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto (incluye toda el área de paneles, camino de acceso y LAT).

Forma: Para la zona de emplazamiento del proyecto, de acuerdo con la bibliografía, se tienen registros de anidación entre agosto y diciembre (Goodall et al., 19512; Vilina y González 19983; Kusch y Marín, 20024). Por lo que previo al inicio de la fase de construcción y cierre, se realizará un plan de medidas operacionales que consiste en realizar un microruteo para determinar los sectores con nidos de Oreopholus ruficollis, los cuales serán protegidos con cercos perimetrales considerando un buffer de 200 metros y señalética, de tal forma de paralizar las obras en dicho sector para evitar que las actividades del proyecto perturben los nidos. Los trabajos solo podrán reanudarse en el sector una vez que los polluelos puedan desplazarse por sus propios medios fuera del área de perturbación. Cabe destacar que una vez iniciadas las obras de construcción es altamente probable que las especies busquen zonas de nidada fuera del área de intervención que les presenten mayor protección, por lo que la aplicación de la medida se realizará exclusivamente previo al inicio de las faenas durante la fase de construcción y cierre. Durante la fase operación si se identifica un nido, se deberá cercar y limitar las obras de mantenciones en el sector, para no perturbar a los individuos de estas aves nidificantes. Todo lo anterior deberá llevarse a cabo según lo indicado en el Plan de Manejo Biológico de Fauna (Anexo 3.3.2 de la Adenda).

2 Goodall JD, AW Johnson & RA Philippi (1951) Las aves de Chile. Su conocimiento y sus costumbres. Vol. 2. Platt Establecimiento Gráficos, Buenos Aires. 3 Vilina Y & JL González. (1998) The migration routes of the tawny-throated dotterel Oreopholus ruficollis in Chile: resolving a complex jigsaw puzzle. Wader Study Group Bulletin. December; 87: 59-65 4 Kusch A & M Marín (2002) Distribución del chorlo de campo, Oreopholues ruficollis (Wagler) (Charadriidae) en Chile. Anales del Instituto de la Patagonia 30: 133-142.

Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción y cierre, y durante fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento • Registros fotográficos de la ejecución de la medida. • Archivo digital con la georreferenciación de los nidos identificados (kmz, shp o archivo utilizado en la época). • Registro fotográfico del retiro de los cercos preventivos que den cuenta del abandono del nido de parte de las aves. Forma de control y seguimiento • Luego de 30 días del inicio de la fase de construcción y cierre, se emitirá un informe elaborado por un especialista en fauna con el registro de los nidos identificados, y fotografías de la ejecución de la medida propuesta, con su georreferenciación, este será reportado a la SMA o la autoridad competente. • Luego de 30 días del retiro de los cercos de la fase de construcción y cierre, se emitirá un informe elaborado por un especialista en fauna con el registro fotográfico que dé cuenta del retiro de la medida propuesta, con su georreferenciación, este será reportado a la SMA o la autoridad competente. • Para el caso de la fase de operación, en el caso de aplicar, se realizará un informe luego de 30 días de aplicada la medida y después de 30 días del retiro del cerco. El informe deberá contener registros georreferenciados de la medida. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.3

12.4. Disuasores de vuelo en conductores eléctricos de la LAT Impacto asociado • FAT-03: Colisión y electrocución en LAT por aves de gran envergadura alar. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la probabilidad de ocurrencia de colisión y/o electrocución con el tendido eléctrico de las especies que transitan el espacio aéreo del Proyecto.

Descripción: Se instalarán disuasores de vuelo cada 15 metros en el cableado del trazado de la línea de alta transmisión eléctrica.

Justificación: La instalación de los disuasores permite aumentar la visibilidad del tendido eléctrico y de esta forma reducir la probabilidad de colisión de aves con la línea eléctrica.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se implementará en todo el trazado de la línea de transmisión eléctrica (LAT)

Forma: La medida consiste en la instalación de disuasores de vuelo cada 15 metros en toda la longitud de la línea de alta tensión eléctrica. Los disuasores de vuelo están hechos de nylon 6-6 y el agarre de un elastómero termoplástico, estos materiales son resistentes a los rayos UV y soportan temperaturas extremas desde los -40°C hasta los 140°C, lo que permite una vida útil de 20 años. Los disuasores a instalar tienen un diseño que les permite el movimiento durante un viento suave, son de color naranjo y posee stickers reflectante en amarillo y rojo. En la siguiente ilustración se puede observar un modelo de ejemplo del disuasor instalado.

Figura. Ejemplo del disuasor de vuelo

Fuente: Anexo 14 “Compromisos Ambientales Voluntarios” de la Adenda Complementaria.

Los disuasores de vuelo deben ir instalados cada 15 metros en cada cable conductor de la línea eléctrica. Los disuasores deben ser reemplazados cuando sea necesario, durante las mantenciones del parque, debe ser reportada la necesidad de cambio del disuasor para programar el cambio de este.

Se realizará un monitoreo semestral durante dos años mediante el recorrido pedestre de la LAT en búsqueda de carcasas, este monitoreo debe ser realizado por dos especialistas en fauna.

Mayores detalles del monitoreo se encuentran disponibles en el anexo 3.7.1 de la Adenda.

Oportunidad: La medida se implementará durante la fase de construcción, una vez iniciada la fase de operación los disuasores deben estar cien por ciento instalados.

Indicador que acredite su cumplimiento • Registros fotográficos de la instalación de todos los disuasores de vuelo, mostrando como referencia a la fotografía el número de torre. • Registro de recambio de disuasores en caso de ser necesario. • Fichas de registro de carcasas. Forma de control y seguimiento • Luego de 30 días del inicio de la fase de operación, se emitirá un informe elaborado por un especialista en fauna con el registro de los disuasores instalados, con su georreferenciación y registros fotográficos, este será reportado a la SMA o la autoridad competente. • Luego de 30 días cada monitoreo de búsqueda de carcasas, se emitirá un informe elaborado por un especialista en fauna, que incluirá la descripción de la metodología utilizada, el reporte de las carcasas encontradas y su respectiva ficha, en caso de identificar algún hallazgo. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.4

12.5. Instalación de señaléticas vehiculares para fauna silvestre en categoría de conservación Impacto asociado • FAT-05: Afectación incidental de fauna silvestre en categoría de conservación. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir la afectación incidental a la fauna silvestre en categoría de conservación por las actividades del Proyecto, así como por colisión o atropello por parte de los trabajadores.

Descripción: La medida se implementará al inicio de la fase de construcción, donde se instalará la señalética en el camino de acceso y caminos internos del Proyecto.

Justificación: Con esta medida se busca disminuir la afectación incidental de fauna silvestre de la zona, además de establecer las acciones a realizar en caso de que ocurra un atropello o colisión. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto, incluido el camino de acceso.

Forma: Se instalarán señaléticas de precaución en los caminos internos y camino de acceso al Proyecto, además de carteles informativos sobre las especies potenciales que podrían encontrar los trabajadores, que incluya fotografías, nombre, breve descripción y las acciones a realizar en caso de encontrarse/afectar a un ejemplar. Esta señalética será reemplazada si se

deteriora. Para más detalles revisar el Plan de Manejo Biológico de Fauna (Anexo 11.1. de la Adenda Complementaria).

Oportunidad: Al inicio de la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Fotografías georreferenciadas de la señalética instalada. • Archivos kmz que indiquen la ubicación de la señalética instalada. Forma de control y seguimiento Posterior a la ejecución de la medida, se confeccionará un reporte dando cuenta de la adecuada ejecución del compromiso y se incluirán fotografías georreferenciadas de cada una de las señaléticas instaladas, dicho documento será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.5

12.6. Perturbación Controlada para Obras Lineales Impacto asociado Pérdida de individuos de baja movilidad en el área de intervención de la Línea de Alta Tensión. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la afectación de individuos de especies de baja movilidad detectados en aquellos lugares que albergarán las partes y obras del trazado de la línea de alta tensión y camino de acceso.

Descripción: La perturbación controlada consiste en inducir el desplazamiento autónomo y gradual de ejemplares, hacia sectores que no serán intervenidos por el Proyecto y que presenten condiciones de hábitat similares al ambiente de origen.

Las especies objetivo del Plan corresponden a las siguientes: • Liolaemus nigromaculatus (lagartija de mancha negra) • Liolaemus atacamensis (Lagartija de Atacama) • Callopistes maculatus (Iguana chilena) • Eligmodontia dunaris (Laucha de las dunas) Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que se observen otras especies de baja movilidad, estas también serán objeto del plan de perturbación controlada.

Justificación: Las especies consideradas para la perturbación controlada se observan en baja abundancia dentro del área de influencia y en forma puntual en sectores que serán intervenidos. Adicionalmente, se observa continuidad del ambiente que será intervenido, para ser utilizado como área de destino por

los individuos. Por lo tanto, se justifica la aplicabilidad de la medida de perturbación controlada. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El lugar de implementación de la perturbación considera aquellos sectores donde se realizarán las obras de tipo lineal, como por ejemplo Línea de Alta Tensión y camino de acceso.

Forma: 1. Microrruteo previo e Identificación de refugios y especies objetivo: Dos profesionales especialistas realizarán un recorrido inicial del área de intervención identificando potenciales refugios de los individuos, según las características y hábitos de cada especie, así como la presencia o ausencia de especies. Los hallazgos serán marcados con un punto de GPS para posteriormente ser removidos. 2. Remoción de refugios: Para inducir el desplazamiento de los individuos de baja movilidad se procede a remover en forma manual todos los elementos del hábitat de origen que puedan ser utilizados como refugios, tales como, troncos, ramas, piedras, arbustos, entre otros. Esto se realizará en forma cuidadosa y sin la intervención de maquinaria pesada. El uso de herramientas se limitará a herramientas manuales tales como rastrillos y palas. 3. Traslado de refugios: En lo posible se trasladan los restos de vegetación cortados, maderas, piedras y otros elementos que sirvan de refugio hacia el hábitat receptor. Este material es colocado en forma estratégica con el objetivo de compensar los refugios removidos y además orientar el escape de los individuos, de esta forma se realiza un enriquecimiento ambiental del hábitat receptor. El fin de esta acción es aumentar el éxito de la medida de perturbación controlada. 4. Perturbación Controlada: Los individuos deben ser conducidos fuera del área de intervención, hacia zonas colindantes que no serán intervenidas por el proyecto. Para lograr dicho fin, la remoción es guiada desde el centro del hábitat de origen hacia el hábitat receptor, realizando un “barrido” que conduzca a los individuos fuera del área de intervención hacia su hábitat receptor final. La actividad de perturbación controlada será ejecutada durante época favorable y horarios de máxima actividad. 5. Retiro de los posibles refugios: Los elementos que sirvan de refugio que no sean trasladados al hábitat receptor deben ser retirados con el fin de evitar una posible recolonización mientras dure la construcción de la obra.

Oportunidad: Antes del inicio de actividades de excavación y nivelación en las áreas a intervenir. La perturbación controlada se ejecutará con un período de anticipación que asegure que los individuos desplazados no recolonicen las áreas liberadas, finalizando como máximo 5 días antes del inicio de la construcción. La ejecución de la perturbación controlada se programará de acuerdo al avance de las obras indicadas en el cronograma de construcción del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Para verificar la implementación de la medida el especialista a cargo del PPC emitirá un informe de Perturbación Controlada, que señalará al menos lo siguiente: • Fecha y duración de las actividades de perturbación controlada. • Identificación de las áreas en que se realizó la medida. • Nombre y especialidad del profesional a cargo. • Registro fotográfico con fecha y hora. Forma de control y seguimiento El informe de perturbación controlada será emitido a la Superintendencia de Medio Ambiente dentro de los 30 días hábiles siguientes a la realización de la actividad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.6

Patrimonio Cultural

12.7. Charlas de inducción respecto al componente arqueología Impacto asociado • ARQ-01: Alteración de restos y sitios arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar y capacitar a los trabajadores sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área. Así como también capacitar sobre el Protocolo con los procedimientos a seguir en caso de hallazgos imprevistos durante la fase de construcción.

Descripción: Se realizarán charlas de inducción a todo trabajador nuevo que ingrese a obra mientras se realicen excavaciones y movimientos subsuperficiales, se tratarán temas relacionados a los aspectos del patrimonio cultural y cuerpos normativos asociados. Serán dictadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Se dejará constancia del contenido de las charlas de inducción efectuada y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador.

Justificación: Los trabajadores y contratistas del Proyecto deben estar concientizados sobre la importancia de seguir protocolos y programas, con el objetivo de evitar alteraciones sobre el patrimonio cultural arqueológico en el área de emplazamiento de las obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto.

Forma: Se realizarán charlas de inducción para trabajadores y contratistas del Proyecto, junto con la entrega de materia de difusión educativo sobre el patrimonio cultural arqueológico y paleontológico del área de influencia, indicando el procedimiento a seguir en caso de hallazgo. Como parte del contenido mínimo de las charlas, se incluirán los siguientes temas: • Presencia de los hallazgos arqueológicos en el área del proyecto. • Medidas de protección de los sitios arqueológicos. • Respeto y cuidados de hallazgos. • Protocolo frente a hallazgos imprevistos.

Las charlas de inducción en arqueología serán dictadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Se dejará constancia del contenido de las charlas de inducción efectuada y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador.

Oportunidad: Fase de construcción, previo al inicio de las obras excavaciones y movimientos subsuperficiales, y cada vez que se incorpore personal durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Copia de la minuta de contenido de las charlas. • Copia de las actas de participación de las capacitaciones. • Copia de protocolo ante hallazgos imprevistos. • Copia del comprobante de envío al CMN del informe de charla de inducción. Forma de control y seguimiento • Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe final en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminada la actividad de la charla. • Se mantendrá los registros de los asistentes y del profesional arqueólogo o licenciado en arqueología, disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.7

12.8. Charlas de inducción respecto al componente paleontología Impacto asociado PAL-01: Alteración de restos y sitios paleontológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar y capacitar a los trabajadores sobre el componente paleontológico que se podría encontrar en el área. Así como también capacitar sobre el Protocolo a seguir en caso de hallazgos imprevistos durante la fase de construcción.

Descripción: Se realizarán charlas de inducción a todo trabajador nuevo que ingrese a obra mientras se realicen excavaciones y movimientos subsuperficiales, se tratarán temas relacionados a los aspectos del patrimonio cultural paleontológico y cuerpos normativos asociados. Serán dictadas por un/a paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines, previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal durante la fase de construcción.

Justificación: Los trabajadores y contratistas del Proyecto deben estar concientizados sobre la importancia de seguir protocolos y programas, con el objetivo de evitar alteraciones sobre el patrimonio cultural paleontológico en el área de emplazamiento de las obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto.

Forma: Se realizarán charlas de inducción para trabajadores y contratistas del Proyecto, junto con la entrega de materia de difusión educativo sobre el patrimonio cultural paleontológico del área de influencia, indicando el procedimiento a seguir en caso de hallazgos. Como parte del contenido mínimo de las charlas, se incluirán los siguientes temas: • Potencial fosilífero en el área del Proyecto. • Protocolo de acción frente a hallazgos imprevistos.

Las charlas de inducción en paleontológico serán dictadas por un/a paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines, previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal durante la fase de construcción. Se dejará constancia del contenido de las charlas de inducción efectuada y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador.

Oportunidad: Fase de construcción, previo al inicio de las obras excavaciones y movimientos subsuperficiales, y cada vez que se incorpore personal durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Copia de la minuta de contenido de las charlas. • Copia de las actas de participación de las capacitaciones. • Copia de protocolo ante hallazgos imprevistos. • Copia del comprobante de envío al CMN del informe de charla de inducción. Forma de control y seguimiento • Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe final en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminada la actividad de la charla. • Se mantendrá los registros de los asistentes y del /la paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN,

disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.8

12.9. Protocolo ante hallazgos arqueológicos/paleontológicos no previstos Impacto asociado • ARQ-01: Alteración de restos y sitios arqueológicos. • PAL-01: Alteración de restos y sitios paleontológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: La principal finalidad de presente Protocolo es entregar las directrices de acción frente a hallazgos imprevistos durante la construcción del proyecto.

Descripción: Se establecerá un protocolo frente hallazgos arqueológicos/paleontológicos no previstos, el cual contendrá el plan de acción frente hallazgos de tipo arqueológico /o paleontológico durante los movimientos de tierra de la fase de construcción.

Justificación: Dado el potencial arqueológico y paleontológico del sector donde se emplazará el Proyecto, los trabajadores y contratistas del Proyecto deben tener conocimiento de los pasos a seguir en caso de hallazgo arqueológico y/o paleontológico en el área del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del proyecto donde se realicen actividades de movimiento de tierra.

Forma: Se elaborará un protocolo de acción frente a hallazgos de tipo arqueológico y/o paleontológico no previstos, el cual contemplará las medidas preventivas, así como tendrá las directrices de acción frente al hallazgo. Este contendrá como mínimo: a) Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos dos (2) metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej) se considerarán dos (2) metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. b) Dar aviso de manera inmediata al profesional competente o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento

de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. c) Se deberá proceder a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. d) Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada por el profesional arqueológico, paleontólogo, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días (5) hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación (D.S. N°484/1990, del Ministerio de Educación).

Oportunidad: El protocolo se aplicará cada vez que ocurra un hallazgo durante las actividades de movimientos de tierra durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Protocolo ante hallazgos arqueológicos/paleontológicos no previstos (Anexo 4.1 del EIA). • Acta de participación de la capacitación del protocolo. Forma de control y seguimiento • Informe de charlas de inducción por parte del profesional competente. • Informe de aplicación del protocolo de hallazgos imprevistos en caso de ocurrir. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.9

12.10. Monitoreo arqueológico permanente Impacto asociado • ARQ-01: Alteración de restos y sitios arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El monitoreo arqueológico permanente tiene como objetivo mantener vigilancia sostenida a las actividades durante los movimientos de tierra de la fase de construcción del proyecto, a modo de implementar de manera adecuada medidas de preservación del patrimonio arqueológico comprometidas por el Titular, y así evitar su destrucción o deterioro por las actividades inherentes a las obras de excavación y construcción del Proyecto.

Descripción:

El monitoreo consiste en monitorear las actividades de movimientos de tierra que se llevarán a cabo durante la fase de construcción del Proyecto, tales como excavaciones de zanjas de baja y media tensión, entre otras.

Justificación: Dado que el Proyecto se inserta en un sector con valor arqueológico, además de que, según la caracterización arqueológica, en el área de emplazamiento se encontraron hallazgos aislados, lineales y sitios arqueológicos se hace necesario mantener una vigilancia sostenida de las actividades asociadas a movimientos de tierra, de manera de evitar la eventual afectación daño al patrimonio cultural arqueológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Actividades de excavación y movimientos de tierra puntuales.

Forma: Vigilancia sostenida por parte del personal arqueológico en cada frente de trabajo.

Oportunidad: Durante las actividades de excavación y/o movimiento de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Informe mensual elaborado por el/la arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología. El Informe deberá incluir lo siguiente: • Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. • Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. • Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. • Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes Fases de avance. • Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. • De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: 1) Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). 2) Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del Proyecto. 3) Medidas de protección y/o conservación implementadas. 4) Constancia del aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el Art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. 5) Planilla de registros de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios. • El informe de monitoreo deberá dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de

materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. • De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Forma de control y seguimiento • Informe mensual a la SMA y CMN será enviado en un plazo máximo de 15 días hábiles luego terminado el mes. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.10

12.11. Monitoreo Paleontológico permanente Impacto asociado • PAL-01: Alteración de restos y sitios paleontológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El monitoreo paleontológico permanente tiene como objetivo mantener vigilancia sostenida a las actividades durante los movimientos de tierra de la fase de construcción del proyecto, a modo de implementar de manera adecuada medidas de preservación del patrimonio paleontológico comprometidas por el Titular, y así evitar su destrucción o deterioro por las actividades inherentes a las obras de excavación y construcción del Proyecto.

Descripción: El monitoreo consiste en monitorear las actividades de movimientos de tierra que se llevarán a cabo durante la fase de construcción del Proyecto, tales como excavaciones de zanjas de baja y media tensión, entre otras.

Justificación: Dado que el Proyecto se inserta en una unidad geológica con potencial fosilífero, además de que, según la caracterización paleontológica, en el área de emplazamiento se encontraron hallazgos se hace necesario mantener una vigilancia sostenida de las actividades asociadas a movimientos de tierra, de manera de evitar la eventual afectación daño al patrimonio cultural paleontológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Actividades de excavación y movimientos de tierra puntuales.

Forma: Se debe realizar un monitoreo permanente (frecuencia diaria) mientras se desarrolle las obras que implican el realizar excavaciones y/o movimientos de tierra en la unidad geológica categorizada como fosilífera. El monitoreo debe ser supervisado un/a paleontólogo/a cuyo perfil profesional sea aprobado por el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) para dicho

fin. Los informes de monitoreo deberán ser remitidos mensualmente, y suscritos por el/la paleontólogo/a titular del PAS 132.

Oportunidad: Durante las actividades de excavación y/o movimiento de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Informe mensual elaborado por el/la paleontólogo/a(s). El Informe deberá incluir lo siguiente: • Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. • Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. • Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la paleontólogo/a. • Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes Fases de avance. • Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. • En caso de hallazgos paleontológicos: 1) Ficha de registro Paleontológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). 2) Descripción detallada del hallazgo y si hubiera afectación por las obras del Proyecto. 3) Medidas de protección y/o conservación implementadas, las cuales deben estar en concordancia con lo indicado en el acápite 2.4.1 del PAS 132 Paleontológico (Anexo 6.1.2 de la Adenda). 4) Constancia del aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el Art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. • El informe de monitoreo deberá dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado un hallazgo, incluir la información del rescate correspondiente, incluyendo un documento oficial de la institución museológica aceptando la eventual destinación. Forma de control y seguimiento • Informe mensual a la SMA y CMN será enviado en un plazo máximo de 15 días hábiles luego terminado el mes. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.11

12.13. Cercado y señalética de los sitios arqueológicos previo a la fase de construcción Impacto asociado • ARQ-01: Alteración de restos y sitios arqueológicos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo:

Evitar la alteración de los sitios arqueológicos encontrados en la LdB de arqueología.

Descripción: Se realizará la instalación y cercado para los sitios CEIBO 01, CEIBO-05, CEIBO-06, CEIBO-07 y CEIBO- 13, los cuales será un cercado provisorio el cual se mantendrá hasta que finalice la fase de cierre del Proyecto. Cada sitio deberá contemplar la instalación de una señalética que indique el carácter protegido del material arqueológico y la prohibición de acceso. Se deberá, ejecutar inspecciones/monitoreos del estado de los cercos de manera constante para verificar y procurar su preservación. Remitiendo el informe mensual correspondiente acerca de la implementación de esta medida de protección.

Justificación: Se propone cercado y señalética debido a la constatación de cinco sitios arqueológicos cercanos a las obras (CEIBO 01, CEIBO-05, CEIBO-06, CEIBO-07 y CEIBO-13,), conforme a la inspección visual arqueológica adjunta en el Anexo 4.1 de la Adenda en donde se muestra la ubicación especifica de cada uno de los hallazgos en cuestión. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del parque y línea de evacuación eléctrica, según emplazamiento presentado en la LdB arqueológica, así como en el PAS 132, adjuntos en el Anexo 4.1 y 6.1 de la Adenda, respectivamente.

Forma: Los cercados serán realizados mediante un cerco visible simple (mallas y postes) de 1,20 m de altura como mínimo, dejando un buffer de 10 metros alrededor de los hallazgos de acuerdo con la dispersión superficial de material arqueológico o del límite de las estructuras. Esta actividad será supervisada por un/a arqueólogo/a o Licenciado/a en Arqueología y comunicada al organismo competente a través de un informe. Estos cercos serán instalados previos al inicio de las obras. Los sitios CEIBO-05, CEIBO-06 y CEIBO-07, tendrán cercos permanentes, mientras que los sitios CEIBO-01, CEIBO-13 y CEIBO-15 tendrán cerco provisorio, y por lo tanto, serán retirados una vez que finalicen las actividades de construcción del proyecto, actividad que también se informará al organismo competente. De esta forma se remitirá a la SMA y al organismo competente en la materia un informe acerca de la implementación de estas medidas de protección, el cual deberá incluir fotografías para cada uno de los sitios.

Oportunidad: Previo a la etapa de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Informe del cercado e implementación de señalética elaborado por el/la arqueóloga/o, el cual será reportado al CMN y SMA.

Forma de control y seguimiento • Se realizará inspección visual del estado de los cercos y señaléticas para resguardo del patrimonio. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.12

Medio Humano

12.14. Restricción del uso de caminos Impacto asociado • DGE-01: Alteración de los flujos de comunicación y transporte. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la obstrucción y limitación en el acceso a la ruta S/R C-434 (Camino Llanos del Lagarto), así como no generar aumento en los tiempos de desplazamiento de las comunidades que utilizan dicha ruta, evitando así una afectación sobre los sistemas de vida y costumbres de estos grupos humanos.

Descripción: Informar a los trabajadores (incluyendo contratistas y transportistas) sobre la prohibición de utilizar otros caminos que no sean los establecidos para el Proyecto, es decir, camino de acceso habilitado en la servidumbre de la LAT y los caminos internos.

Justificación: La ruta S/R C-434, también llamada Camino Llanos del Lagarto, corresponde a la principal vía que conecta el sector de Llanos del Lagarto y parte de Canto del Agua con la ruta 5. Dado que el Proyecto generará un aporte vehicular temporal en el peak de la fase de construcción, es necesario tomar medidas para evitar una afectación en el marco del literal b) del artículo 7 del DS. N° 40/2012. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Ruta S/R C-434 Camino Llanos del Lagarto.

Forma: Se realizarán charlas de inducción dictadas por el responsable de obra donde se establezcan claramente los caminos permitidos para transitar por parte de las y los trabajadores de la obra, así como los caminos utilizados por la comunidad Llanos del Lagarto y Canto del Agua, sobre los cuales queda explícitamente la prohibición de utilizarlos.

Oportunidad: Durante todas las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Acta de participación de las charlas. • Plano esquemático que señale los caminos habilitados y los prohibidos, el cual quedará visible en obra.

Forma de control y seguimiento • Se mantendrán las actas de participación de las charlas, así como el plano esquemático con los caminos habilitados y los restringidos, en caso de fiscalización por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.13

12.15. Contratación local Impacto asociado • DSE-01: Generación de empleos para mano de obra calificada y no calificada en las actividades del proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Previo al inicio de las fases de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Priorizar la contratación local para la prestación de servicios requeridos por el Proyecto.

Descripción: El proyecto ha de requerir personal, servicios y suministros para su ejecución. En este contexto, se dará prioridad a instancias de contratación local, ya sea en los ámbitos de mano de obra, servicios de alimentación, arriendo de vehículos, maquinaria, combustible u otro tipo, en la medida que estos sean adecuados a los requisitos del Proyecto.

Justificación: Contribuir en la oferta de empleos locales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de Influencia SVCGH y otros sectores inscritos en las comunas de Vallenar y Huasco.

Forma: Previo al inicio de la construcción, operación y cierre del Proyecto el Titular se pondrá en contacto mediante correo electrónico con los dirigentes de cada comunidad (indígena y no indígena) que forma parte del Área de Influencia SVCGH, así como con las OMIL de las comunas de Huasco y Vallenar. El propósito será informar sobre el comienzo del proceso de reclutamiento de personal según requerimientos del Proyecto. Con esta información entregada, se espera que los dirigentes y OMIL correspondientes sean quienes difundan las vacantes laborales y bases de contratación.

Oportunidad: Este compromiso ambiental voluntario se ejecutará previo al inicio de la construcción, operación y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Aviso a dirigentes locales y OMIL (Huasco y Vallenar) del inicio del proceso de reclutamiento, mediante correo electrónico.

• Ante uso efectivo de servicios o contratación de mano de obra local por parte del Proyecto, presentación de acta de declaración de servicio y/o boletas. Forma de control y seguimiento • Registro trabajadores locales que vayan ingresando a la obra durante su fase de construcción, así como el registro de boletas y/o actas de declaración de entrega de servicios, ante eventual uso efectivo de mano de obra o servicios locales, los cuales se mantendrán en el Proyecto para revisiones de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.14

12.15. Señalética de identificación de vehículos Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Poder identificar los vehículos, buses, camiones, camionetas y equipos en general que sean utilizados para el Proyecto.

Descripción: Se solicitará que todos los vehículos y maquinarias que sean utilizados para el Proyecto incorporen una señalética con el nombre del titular y del Proyecto.

Justificación: Al poder identificar los vehículos, buses, camiones, camionetas y equipos en general que sean utilizados para el Proyecto, las comunidades del área de influencia pueden presentar, si lo requieren, reclamos, comentarios o sugerencias a raíz de obstrucción de caminos u otros. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los vehículos y/o maquinarias que utilice el Proyecto.

Forma: Se incorporará la señalética en el parabrisas de los vehículos al inicio de cada fase.

Oportunidad: La medida se aplicará durante todas las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro fotográfico de los vehículos y maquinarias con las señaléticas incorporadas. • Libro triplicado y autocopiativo para dejar por escrito los comentarios de la comunidad. Forma de control y seguimiento • Registros y el libro se mantendrán en oficina de Instalación de Faenas ante eventual fiscalización por parte de la autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.15

12.16. Plan comunicacional de relacionamiento comunitario Impacto asociado • No hay impactos asociados. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener un canal de comunicación con las comunidades del área de influencia del Proyecto, a fin de optimizar el flujo de comunicación entre empresa y comunidades.

Descripción: El Plan de Relacionamiento comunitario consiste en el establecimiento de un medio de comunicación abierto en fase de construcción y anuales en fase de operación con las organizaciones y comunidades del área de influencia del medio humano, tales como la Comunidad Indígena Chipasse Tacaluba, Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto, Comunidad Indígena Diaguita Amancay Pai, Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakán II, Asociación Indígena Multicultural de Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto, Comunidad de crianceros y agricultores Llanos del Lagarto, Junta de Vecinos Canto del Agua y Junta de Vecino de Llanos del Lagarto. Los medios de comunicación han de ser medio telefónico, correo electrónico y disposición de un libro triplicado en las instalaciones del Proyecto, permitiendo la recepción de comentarios o consultas por parte de los grupos humanos.

Justificación: Mantención de un canal de comunicación y contacto entre el Titular y las organizaciones y comunidades dentro del AI Medio Humano, a fin de poder recibir distintas observaciones por parte de la comunidad en relación con el Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia de Medio Humano.

Forma: La implementación de este CAV consiste en el mantenimiento de un canal de comunicación entre las comunidades del AI Medio Humano del Proyecto y el Titular de este. Los medios de comunicación propuestos corresponden a medio telefónico y correo electrónico y un libro triplicado dispuesto en las instalaciones del Proyecto. El funcionamiento de los medios de comunicación se señalará de manera formal y oportuna a los distintos dirigentes de las comunidades previamente a la fase de Construcción, para que exista comprensión de su uso y se logre una recepción efectiva de sus observaciones.

El Titular se compromete a dar respuesta a las distintas observaciones en un plazo de máximo de 30 días hábiles desde su recepción.

Oportunidad: Todas las fases del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro del primer contacto con los dirigentes de las comunidades por parte del Titular, entregando información sobre el funcionamiento de los canales de comunicación. • Registro de las observaciones ciudadanas recibidas por parte del Titular. • Registro de las respuestas del Titular a las observaciones recibidas Forma de control y seguimiento • Registro digital de un informe a final de fase de construcción, y un informe anual durante fase de operación. Dicho informe contendrá registro de primer contacto con dirigentes, registros de observaciones recibidas y registro de respuestas del Titular, indicando en cada caso los detalles pertinentes, como fecha/hora/quién emite la observación o respuesta. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.16

Paisaje

12.17. Asignación de recursos para potenciar la comuna como punto de observación del Desierto Florido Impacto asociado • RVP-01: Alteración de la calidad visual del paisaje. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Apoyar con financiamiento a proyecto que constituya un punto de parada estratégico para visitantes del Desierto Florido en la comuna de Vallenar. Lo anterior con el fin de visibilizar y potenciar la comuna de Vallenar asociado al Desierto Florido.

Descripción: Se habilitará una “infraestructura informativa” que sirva como apoyo para la información y oriente a turistas sobre la disponibilidad al Desierto Florido en el área de influencia del Proyecto y la comuna de Vallenar. Dicha infraestructura formará parte de un punto de detención estratégico para turistas y visitantes al Desierto Florido.

Justificación: De acuerdo con la Oficina Municipal de Turismo de la I. Municipalidad de Vallenar, se identificó como debilidad la falta de señalética e infraestructura centralizada en la comuna para orientar a los turistas respecto a puntos y zonas a visitar durante la ocurrencia del Desierto Florido, especialmente en lo que respecta a puntos de observación del fenómeno. Por lo tanto, la

medida viene a poner en valor el Desierto Florido como recurso paisajístico en la comuna de Vallenar y en específico, en el área del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Acceso a ciudad de Vallenar - Ruta 5 Norte.

Forma: El Titular, a través de la I. Municipalidad de Vallenar, contribuirá al financiamiento de un proyecto de infraestructura informativa para los eventos de ocurrencia del Desierto Florido. Lo anterior se realizará de la siguiente forma: • El Titular coordinará junto con la Oficina Municipal de Turismo el diseño específico. • Una vez definido el diseño en detalle de la medida, El Titular coordinará la entrega de fondos para el financiamiento del proyecto a través de la Oficina Municipal de Turismo de la I. Municipalidad de Vallenar. • La I. Municipalidad de Vallenar será la responsable de seleccionar y/o realizar la compra del terreno idóneo, así como de tramitar los permisos que se requieran para la implementación de esta medida.

Oportunidad: Única vez durante la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Firma de documento de Acuerdo de Colaboración para el Aporte a la Infraestructura Informativa del Desierto Florido, firmado por ambas partes (El Titular e I. Municipalidad de Vallenar). • Respaldos tributarios que acrediten compra de insumos para la construcción de la infraestructura informativa. • Registro fotográfico que dé cuenta de la construcción. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá copia de los registros asociados a las gestiones realizadas con la I. Municipalidad de Vallenar. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.17

12.18. Estudio de puesta en valor de flora y vegetación del Desierto Florido Impacto asociado • RVP-01: Alteración de la calidad visual del paisaje. Fase del Proyecto a la que aplica Desde la fase de construcción hasta la ocurrencia de un evento de Desierto Florido. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Este estudio busca aumentar la puesta en valor de los atributos del Desierto Florido, aumentando el conocimiento existente sobre la flora y fauna del Sitio Prioritario Desierto Florido, en la zona ubicada colindante al área del proyecto.

Descripción:

Atendiendo que el Proyecto se emplaza en el Sitio Prioritario Desierto Florido sobre una superficie de 448.86 ha, equivalentes al 0,064% de la superficie total del Sitio Prioritario, y que este no se encuentra lo suficientemente documentado de manera local, por tanto, se propone la elaboración de una línea de base de flora, vegetación y fauna en un área emplazada al sur del área del Proyecto y dentro del mismo Sitio Prioritario, en la que se ha identificado en los antecedentes de Línea de Base Desierto Florido, una alta intensidad de ocurrencia del fenómeno. La superficie para muestrear tendrá una superficie de 448.86 hectáreas (ha).

Para el estudio de puesta en valor, se realizará una campaña de levantamiento de información de flora y vegetación, la cual será realizada una vez durante la época de máxima ocurrencia del fenómeno del Desierto Florido y en caso de ocurran eventos de precipitaciones intensas, superiores a 25 mm aproximadamente en un periodo de 7 días.

Justificación: La ejecución del Proyecto afectará a los atributos característicos del Sitio Prioritario Desierto Florido en el área del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El lugar de implementación de la medida será definido durante la ocurrencia del fenómeno desierto florido. Esto, dado que durante la ocurrencia de la floración es que pueden observarse aquellas zonas donde se encuentre una mayor cobertura de flora y vegetación y de esta forma ejecutarla en una zona de alta representatividad.

Forma: La forma de implementación de la medida será la ejecución de una campaña de levantamiento de información de flora y vegetación y fauna, la cual será realizada una vez durante la época de máxima ocurrencia del fenómeno del Desierto Florido y en caso de ocurran eventos de precipitaciones intensas, superiores a 25 mm aproximadamente en un periodo de 7 días.

Oportunidad: La oportunidad de implementación de la medida será durante la ocurrencia del fenómeno de desierto florido. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento será el informe de línea de base de flora y vegetación del Sitio Prioritario Desierto Florido, el cual será enviado a la SMA, CONAF y SAG, con copia a SERNATUR y a la I. Municipalidad de Vallenar. Forma de control y seguimiento El informe será remitido a la SMA, CONAF y a la I. Municipalidad de Vallenar en un plazo no superior a 30 días hábiles desde la fecha de realización de la campaña de terreno de línea de base. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.18

Suelo

12.19. Restricción de movimiento de maquinaria y vehículos dentro del Proyecto Impacto asociado • SU-02: Pérdida de la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la pérdida de individuos de especies asociadas al desierto florido, debido a la circulación de personal, vehículos y maquinaria entre los módulos fotovoltaicos.

Descripción: Se mantendrá durante toda la etapa de construcción y cierre, una restricción al libre movimiento de maquinarias y vehículos dentro del área de paneles del Proyecto, manteniendo el tránsito limitado únicamente a los caminos internos principales y zonas habilitadas del proyecto. De esta forma se evitará la afectación en zonas restringidas, favoreciendo la conservación de las condiciones actuales del suelo y reduciendo el riesgo de afectación sobre especies asociadas al desierto florido.

Justificación: Uno de los principales factores de riesgo para el ciclo de vida de las flores del desierto florido, está en el tránsito de maquinaria pesada, vehículos y personas en momentos en que las plantas están creciendo, floreciendo o dispersando sus semillas, por lo que se plantea limitar el movimiento de maquinaria y vehículos dentro del área de paneles del Proyecto únicamente en las zonas habilitadas. Adicionalmente, la restricción de tránsito en sectores no habilitados permite reducir la compactación del suelo y resguardar el banco de semillas y rizomas presentes en el subsuelo, especialmente en las áreas no intervenidas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de paneles del proyecto.

Forma: Se mantendrá durante toda la etapa de construcción y cierre, una restricción al libre movimiento de maquinarias y vehículos dentro del área de paneles del Proyecto, manteniendo el tránsito limitado únicamente a los caminos internos principales y zonas habilitadas definidos en plano y señalizados en terreno. De esta forma se evitará la afectación en zonas restringidas favoreciendo la conservación de las condiciones del suelo y reduciendo el riesgo de afectación sobre especies asociadas al desierto florido.

Para cumplir con esta condición, se contará con un profesional de medio ambiente en terreno (Inspector Técnico de Obras Ambiental), que delimitará las áreas restringidas para el tránsito de maquinarias, siendo estas principalmente las áreas entre trackers, las franjas libres internas del área de paneles y, en general, todos aquellos sectores no habilitados expresamente para circulación vehicular o de maquinaria según la cartografía del Proyecto. El tránsito permitido corresponderá únicamente a los caminos internos principales y áreas previamente definidas en los planos

del Proyecto y señalizados en terreno. Cualquier acceso a sectores restringidos deberá ser excepcional, acotado y debidamente autorizado.

Además, el inspector técnico de las obras ambiental deberá monitorear y verificar diariamente las actividades de hincado y tránsito en el área de paneles, de esta forma, se resguardará tanto el banco de semillas en el subsuelo, beneficiando la germinación y floración de las especies en las áreas no intervenidas.

De manera complementaria, dentro de las temáticas de la charla sobre Flora y Vegetación que se realizará a los trabajadores en el marco del CAV FVT- 01 del Proyecto, se incluirá la explicación de esta medida, indicando las zonas permitidas para el tránsito de maquinaria.

En caso de que se requiera acceder a los sectores restringidos, por situaciones excepcionales y/o de emergencias, se contactará al Inspector Técnico en Obras (ITO) quien podrá dar acceso de manera excepcional. Toda autorización excepcional deberá quedar respaldada en un registro que indique, a lo menos, la fecha, el sector involucrado, el motivo del acceso, la duración estimada, el responsable de la actividad y las medidas de resguardo adoptadas.

Oportunidad: Al inicio de las fases de construcción y cierre del Proyecto, el ITO Ambiental deberá delimitar las áreas restringidas en base a los planos del Proyecto, debiendo dicha delimitación encontrarse implementada y señalizada antes del ingreso masivo de trabajadores, vehículos y maquinaria a las áreas de paneles. Asimismo, esta delimitación deberá mantenerse actualizada durante ambas fases, en caso de producirse modificaciones operativas. Indicador que acredite su cumplimiento • Reporte del ITO Ambiental que dé cuenta de la actividad de delimitación de áreas restringidas. El reporte deberá contener fotografías georreferenciadas de cada paño del área de los paneles. • Registro de asistentes a la charla de Flora y Vegetación. • Registros de verificación en terreno del cumplimiento de la restricción de tránsito durante las fases de construcción y cierre, así como registro de desvíos o autorizaciones excepcionales, en caso de ocurrencia. Forma de control y seguimiento • Se entregará un informe que adjunte el reporte de delimitación de las áreas restringidas junto con las fotografías, además de los contenidos vistos en la charla y los asistentes a la misma. Se adjuntará en este informe, un archivo digital y cartográfico que detalle los sectores delimitados para el tránsito. • El informe será enviado a la SMA dentro de 30 días realizada la delimitación de áreas. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.19

12.20. Suspensión del lavado de paneles fotovoltaicos durante eventos de Desierto Florido Impacto asociado • SU-02: Pérdida de la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la pérdida de individuos de especies asociadas al desierto florido, debido a la circulación de personal y maquinaria entre los módulos fotovoltaicos por las labores de lavado de módulos fotovoltaicos durante la ocurrencia de un evento de desierto florido.

Descripción: Si se manifiesta el fenómeno del desierto florido, lo cual se puede prever si se producen durante el invierno (meses de julio y agosto) las precipitaciones necesarias, que corresponden a 15 mm según Squeo et al., 2008; se suspenderán las labores de lavado de módulos fotovoltaicos durante los meses de septiembre, octubre y noviembre, de manera de evitar que la flora en desarrollo sea dañada por el tránsito de maquinaria y personal.

Justificación: Uno de los principales factores de riesgo para el ciclo de vida de las flores del desierto florido, está en el tránsito de maquinaria pesada y personas en momentos en que las plantas están creciendo, floreciendo o dispersando sus semillas, por lo que se plantea la suspensión de las labores de lavado de módulos fotovoltaicos durante los 3 meses que contempla el segmento del ciclo desde la aparición de los cotiledones. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de módulos fotovoltaicos.

Forma: Si se manifiesta el fenómeno del desierto florido, lo cual se puede prever si se producen durante el invierno (meses de julio y agosto) las precipitaciones necesarias, que corresponden a 15 mm según Squeo et al., 2008; se suspenderán las labores de lavado de módulos fotovoltaicos durante los meses de septiembre, octubre y noviembre, de manera de evitar que la flora en desarrollo sea dañada por el tránsito de maquinaria y personal. Dado que el surgimiento de las floraciones ocurre 2 o 3 meses posterior al periodo de precipitaciones, se contará con un profesional especialista de flora y vegetación, quien monitoreará el proceso e indicará la fecha en la cual se deben suspender las actividades de lavado de paneles, para permitir la germinación y floración de las especies. De este modo, se suspenderán, las labores de lavado de módulos y circulación de personal entre módulos fotovoltaicos durante 3 meses (septiembre, octubre y noviembre), para limitar al mínimo la circulación y minimizar la afectación a la floración. En caso de que se requiera acceder al sector, por situaciones excepcionales y/o de emergencia, se contactará al Inspector Técnico en Obras (ITO) quien podrá dar acceso de manera excepcional. Posterior a esto, se entregará un

reporte justificativo para respaldar los motivos de este permiso y dejar un registro.

Oportunidad: Fase de operación, durante la ocurrencia del fenómeno de desierto florido en el área de influencia del Proyecto, el cual será monitoreado y verificado por un profesional de flora y vegetación. Indicador que acredite su cumplimiento • El indicador de cumplimiento será la aplicación de la medida de suspensión del lavado de los módulos fotovoltaicos frente a la ocurrencia del fenómeno del desierto florido. Forma de control y seguimiento • La forma de control se llevará a cabo a través de un reporte para cada evento de desierto florido, indicando fecha y monto de la precipitación, inicio y término de la aplicación de la medida, registro fotográfico de la flora en el área de los módulos y ficha del evento. El reporte será enviado a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.20

12.21. Suspensión de las mantenciones programadas durante eventos de Desierto Florido Impacto asociado • SU-02: Pérdida de la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la pérdida de individuos de especies asociadas al desierto florido, debido a la circulación de personal, maquinaria y elementos de mantención en el parque fotovoltaico, para la realización de labores de mantención programada durante la ocurrencia de un evento de desierto florido.

Descripción: Si se manifiesta el fenómeno del desierto florido, lo cual se puede prever si se producen durante el invierno (meses de julio y agosto) las precipitaciones necesarias, que corresponden a 15 mm según Squeo et al., 2008; se suspenderán las mantenciones programadas durante los meses de septiembre, octubre y noviembre, de manera de evitar que la flora en desarrollo sea dañada por el tránsito de maquinaria y personal.

Justificación: Uno de los principales factores de riesgo para el ciclo de vida de las flores del desierto florido, está en el tránsito de maquinaria, vehículos y personas en momentos en que las plantas están creciendo, floreciendo o dispersando sus semillas, por lo que se plantea la suspensión de las mantenciones programadas durante los 3 meses que contempla el segmento del ciclo desde la aparición de los cotiledones.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto, incluyendo la LAT y camino de acceso.

Forma: Si se manifiesta el fenómeno del desierto florido, lo cual se puede prever si se producen durante el invierno (meses de julio y agosto) las precipitaciones necesarias, que corresponden a 15 mm según Squeo et al., 2008; se suspenderán las mantenciones programadas durante los meses de septiembre, octubre y noviembre, de manera de evitar que la flora en desarrollo sea dañada por el tránsito de maquinaria y personal. Dado que el surgimiento de las floraciones ocurre 2 o 3 meses posterior al periodo de precipitaciones, se contará con un profesional especialista de flora y vegetación, quien monitoreará el proceso e indicará la fecha en la cual se deben suspender las actividades de mantención, para permitir la germinación y floración de las especies. De este modo, se suspenderán, las mantenciones programadas durante 3 meses, para limitar al mínimo la circulación y minimizar la afectación a la floración. En caso de que se requiera acceder al sector, por situaciones excepcionales y/o de emergencia, se contactará al Inspector Técnico en Obras (ITO) quien podrá dar acceso de manera excepcional. Posterior a esto, se entregará un reporte justificativo para respaldar los motivos de este permiso y dejar un registro.

Oportunidad: Durante la ocurrencia del fenómeno de desierto florido en el área de influencia del Proyecto, el cual será monitoreado y verificado por un profesional de flora y vegetación. Indicador que acredite su cumplimiento • El indicador de cumplimiento será la aplicación de la medida de suspensión de las mantenciones en el parque frente a la ocurrencia del fenómeno del desierto florido. Forma de control y seguimiento • La forma de control se llevará a cabo a través de un reporte para cada evento de desierto florido, indicando fecha y monto de la precipitación, inicio y término de la aplicación de la medida, registro fotográfico de la flora en el área de los módulos y ficha del evento. El reporte será enviado a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.21

Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas

12.22 Mesas de Trabajo con la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto.

Impacto asociado DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural).

DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre (todas las fases) Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Estructurar mecanismos de comunicación y gestión transparentes, colaborativas y de largo plazo con la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto en torno a la correcta ejecución de medidas comprometidas del Proyecto.

Descripción: Se implementarán Mesas de Trabajo entre representantes del Titular y la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto durante las fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto, a fin de gestionar temas relativos a los acuerdos sostenidos y medidas comprometidas del Proyecto.

Justificación: Las Mesas de Trabajo permitirán establecer un vínculo colaborativo entre el Titular y la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto, dando espacio para complementar, precisar o actualizar información necesaria para llevar a cabo de forma exitosa las medidas comprometidas Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En cuanto al lugar de ejecución de las Mesas de Trabajo, éste será convenido de común acuerdo entre el Titular y la Directiva vigente de la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto. Las reuniones serán preferentemente de carácter presencial, pudiendo también desarrollarse vía telemática, según lo establezcan ambas partes.

Forma:

• Para definir los mecanismos de funcionamiento de las Mesas de Trabajo, se establecerá una primera reunión inicial a ejecutarse dentro del primer mes desde el inicio de la fase de construcción del Proyecto. En dicha instancia se presentará el cronograma actualizado del Proyecto, se expondrán las medidas establecidas en la RCA y se definirá en conjunto el protocolo de trabajo para el funcionamiento de las Mesas de Trabajo (fechas de reuniones, medios formales de comunicación, duración y personas encargadas de coordinar los encuentros, entre otros aspectos). • Como vías de comunicación entre el Titular y la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto, podrán utilizarse llamadas telefónicas, mensajería de texto, WhatsApp y/o correo electrónico. La comunicación por parte del Titular estará a cargo del coordinador/a social asignado/a, quien mantendrá vinculación directa con la Comunidad y actuará como representante del Proyecto ante ella. Las consultas u observaciones de la Comunidad contarán con respuesta en un plazo máximo de 10 días hábiles. • Se establece como requisito mínimo la asistencia de al menos dos miembros de la Directiva vigente de la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto y dos representantes del Titular en cada Mesa de Trabajo. • La Comunidad deberá contar con personalidad jurídica y directiva vigentes para conformar y desarrollar las Mesas de Trabajo. Tanto el Titular como los miembros de la Directiva asistentes deberán firmar las actas de cada Mesa de Trabajo al término de éstas. • Posterior a la primera reunión inicial y mientras dure la fase de Construcción, las Mesas de Trabajo se realizarán cada 3 meses.

Para las fases de Operación y Cierre se realizarán con periodicidad anual. En caso de requerirse reuniones extraprogramáticas, éstas se determinarán según disponibilidad y coordinación de ambas partes. Indicador que acredite su cumplimiento Implementación efectiva de Mesas de Trabajo y acciones ejecutadas o implementadas en torno a ellas. Forma de control y seguimiento • Posterior a la conformación y celebración de la primera Mesa de Trabajo, se elaborará un informe anual que dará cuenta de su desarrollo, adjuntando los medios de verificación disponibles (registro de comunicación, actas de las Mesas de Trabajo y/o actas de inferencia, según corresponda). • Al término de la fase de cierre del Proyecto, se elaborará un informe final con igual contenido al señalado precedentemente. • Todos los informes (anuales y el informe final) serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Sección 13.1.22

13°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

13.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

13.1.1 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Sismo Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Las medidas de prevención y acción de esta situación de riesgo son: • Realización de una charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del Plan de Prevención de Contingencias, sobre los riesgos naturales del área de influencia y sobre los procedimientos a seguir durante las situaciones de emergencia por eventos naturales como, por ejemplo: Protocolo de evacuación a la(s) zona(s) de seguridad del Proyecto, entrega de datos de contacto e información ante emergencia. • Realizar simulacros de evacuación y evaluar la respuesta del personal. • Definición clara de las vías de evacuación y zonas de seguridad, las que se deberán mantener despejadas y limpias en todo momento. Los indicadores de cumplimiento son los siguientes: • Registro asistencia a capacitación. • Informe con las medidas de contingencia ejecutadas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las actividades de capacitación al personal en la instalación de faenas y respecto a la señalética se mantendrán imágenes de su instalación y también un registro con sus mantenciones (reparaciones o cambio).

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.2 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Inundación Riesgo o contingencia Riesgo de Inundación. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área de proyecto. Acciones o medidas a implementar Debido a que el Proyecto Parque Solar Fotovoltaico Ceibo se encuentra colindante a quebradas y canales, por lo tanto, frente a situaciones de riesgo de inundaciones, se tomarán las siguientes medidas: • Frente a la posibilidad de eventos climatológicos, se realizarán inspecciones, limpiezas y mantenimiento de las obras realizadas. • Si bien el estudio hidrológico indica que no existe riesgo de inundación dentro del área del proyecto, en caso de que el evento climatológico sea de mayor envergadura, se dará término a las actividades y se evacuará el área del proyecto. • Se dará aviso de inmediato a propietarios de predios colindantes, y/o a la junta de vecinos, de manera de coordinar una eventual evacuación o ayuda necesaria. • Se capacitará al personal respecto al procedimiento específico de actuación en caso de eventos climatológicos importantes. • Se establecerán áreas de seguridad y vías de evacuación, las que se mantendrán demarcadas y libres de todo elemento innecesario. • Realización de una charla de capacitación al personal del proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del Plan de Prevención de Contingencias, sobre los riesgos naturales del área de influencia y sobre los procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia por eventos naturales como, por ejemplo: protocolo de evacuación a la(s) zona(s) de seguridad del proyecto, entrega de datos de contacto e información ante emergencia. • Realizar simulacros de evacuación y evaluar la respuesta al personal. • Se prohibirá realizar trabajos en las cercanías de cauces. • Al interior del proyecto, lo vehículos circularán a una velocidad máxima de 10 km/h, con el fin de evitar la re-suspensión de material particulado y evitar accidentes.

• Los camiones que transporten material llevarán una cubierta con la finalidad de evitar suspensión de material o la caída de este. • Los vehículos y/o camiones que circulen al interior del proyecto lo harán siempre por los caminos internos definidos por el proyecto. • Los residuos sólidos domiciliarios, industriales y peligrosos generados durante la fase de construcción del proyecto, serán gestionados debidamente y almacenados en contenedores y bodegas establecidos para ello previo a su retiro. • La disposición final de los residuos sólidos domiciliarios, industriales y peligrosos será realizada en sitios de disposición final autorizados para llevar a cabo dicha actividad. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá un registro de las actividades de capacitación al personal en la instalación de faenas y respecto a la señalética se mantendrán imágenes de su instalación y también un registro de sus mantenciones (reparaciones o cambio). • Existirá una lista de chequeo para preparación en caso de fuertes precipitaciones. • Se verificará que la vía de comunicación con los vecinos se encuentre actualizada y habilitada. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.3 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Incendio Riesgo o contingencia Riesgo de Incendio Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto Acciones o medidas a implementar Las medidas de prevención general para esta contingencia son: • Mantenciones y/o reparaciones • Inventario de peligros y estudios de riesgos de incendio. • Plan escrito de prevención de incendios. • Programa de entrenamiento: Prevención de Incendios. • Uso de extintores portátiles. • Ejercicios periódicos contra incendio (Simulacros de emergencia). • Obligaciones y responsabilidades establecidas ante una emergencia por incendio.

• Instalación de letreros y carteles visibles informativos y preventivos de emergencia, al igual que señalética de vías de escape. Las medidas de control contra incendio se dividen en dos tipos, la primera de carácter preventiva, en la cual se han establecidos actividades en conjunto a todo el equipo de la organización, en donde se incluyen las siguientes actividades: • Control de vegetación en el parque solar fotovoltaico Ceibo, previo al inicio de la fase de construcción y operación, se realizará limpieza de residuos de tipo maderas, malezas, basuras y otros residuos vegetales que pudiesen encontrarse en el área del Proyecto. Esta actividad debe realizarse en forma manual. • Revisión de las instalaciones y equipos mediante listas de verificación, esta actividad se realiza de manera periódica según plan de trabajo, tanto del área de prevención de riesgos como del área de operaciones. • Programa de mantenimiento de equipos del parque.

La segunda componente, se relaciona directamente con la respuesta ante la situación de emergencia (Plan de acción), en donde se consideran las siguientes actividades: • El parque cuenta con televigilancia, mediante cámaras de vigilancia en toda las instalaciones y operadores remotos. • Se realizará corte de electricidad desde los operadores remotos ante una emergencia. • Todo el personal, operadores y técnicos cuentan con capacitación de uso de extintores y del plan de emergencia, en donde, en caso de una emergencia (incendio) el operador llamará de manera inmediata a compañía de bomberos correspondiente al parque.

Finalmente, con respecto a las capacitaciones del personal, el proyecto desarrollará capacitaciones y charlas de inducción periódicas que permitan mantener vigente la actitud de prevención que debe inculcarse a los trabajadores del Proyecto. Dentro de las medidas dentro del parque solar: • Instalación de carteles informativos, preventivos de emergencias. • Señalética de vías de escape. • Definición clara de áreas de seguridad a cargo del prevencionista de riesgos. • Se mantendrá una franja de cortafuegos alrededor de todo el perímetro de la planta y una faja libre de vegetación.

Forma de control y seguimiento • Registro de capacitaciones en prevención de incendio. • Registro de señalética. • Registro retiro de los residuos vegetales. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria

13.1.4 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Colisión, atropello u otros accidentes de tránsito Riesgo o contingencia Riesgo de Colisión, atropello u otros accidentes de tránsito Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Caminos internos y externos que utilizará el proyecto Acciones o medidas a implementar • Se dispondrá de señalización clara, visible y adecuada, tanto diurna como nocturna, lo cual será presentado para consideración de la Dirección de Vialidad antes de su instalación. • Se exigirá por contrato, el cumplimiento de toda la legislación aplicable al transporte de pasajeros o carga, materia cuyo cumplimiento se inspeccionará periódicamente. • Todos los vehículos y maquinarias deberán estar en buen estado, contarán con sus revisiones técnicas y gases vigentes, así como sus permisos de circulación al día, tal como lo indica la normativa. • El personal a contratar para manejar los camiones o maquinarias será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (N° 18.290). • Los vehículos que transporten maquinaria y materiales contarán con la señalización exigida por la legislación chilena. • El transporte de materiales se realizará de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. • Se capacitará a todo trabajador cuya función sea la operación de vehículos y/o maquinaria sobre el reglamento del tránsito. • El peso de los camiones cargados no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitaciones a todos los trabajadores del Proyecto durante la Fase de Construcción del Proyecto. Las capacitaciones se realizarán al momento de ingreso de los trabajadores y se reforzará en forma permanente a lo largo de la Fase de Construcción.

• De forma adicional, se mantendrá un registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria al día, y un registro fotográfico del buen estado de la señalética presente en los caminos internos del Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.5 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Colisión o atropello viales en ruta 5 Riesgo o contingencia Riesgo de Colisión o atropello viales en ruta 5 Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Ruta 5 (Camino externo que utilizará el proyecto) Acciones o medidas a implementar Todo el personal de la empresa contratista que tenga a cargo la construcción del Proyecto y que particularmente se encuentre asociado al transporte de cargas y/o de utilización de vehículos recibirá una charla de inducción que considerará al menos los siguientes temas: • Preferencia de peatones en pasos y/o cruces. • Mantención al día del vehículo, importancia de la revisión personal y periódica por parte del conductor respecto del estado general del vehículo que se utilice (frenos, mangueras, neumáticos, iluminación, líquidos, etc.). • Uso adecuado de los espejos del vehículo. • Ante la existencia de algún evento, manifestación o choque, se informará que se debe señalizar o avisar a los demás automovilistas con las luces intermitentes, reduciendo pausadamente la velocidad. • Se señalará que cuando el conductor pase con su vehículo cerca de un ciclista, se debe mantener un espacio lateral suficiente - a lo menos 1,5 m -, ya que el ciclista podría desviarse o tambalear. • Conducción defensiva en toda instancia, considerando lo anterior se tendrá la misma consideración en lo que respecta a la distancia de seguridad frente a la eventualidad de visualizar una persona caminando por los sectores laterales de la ruta. • Reducción de la velocidad en caso de condiciones climáticas adversas (lluvia, neblina) o derrames o humedad en la calzada. • Prohibición de conducir bajo la influencia del alcohol. • Mantener una distancia de al menos 3 segundos con el vehículo antecedente, lo anterior para contar con

tiempo de reacción, aumentando las posibilidades de disminuir las colisiones por alcance. • Para evitar que ocurra algún accidente vehicular pueda ocasionar daño a viviendas y/o infraestructura que se encuentre aledaña a la ruta, el conductor del vehículo practicará en todo momento la conducción de carácter defensiva, manteniendo todas las condiciones señaladas en el presente punto. • Limitar velocidad en los caminos vecinales. Forma de control y seguimiento Registro de charla e inducción sobre correcta utilización de vehículos Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.6 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Derrame de insumos, baños químicos, materiales, residuos o combustibles de maquinarias o vehículos Riesgo o contingencia Riesgo de Derrame de insumos, baños químicos, materiales, residuos o combustibles de maquinarias o vehículos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faenas y subestación Elevadora Acciones o medidas a implementar Las medidas de prevención y minimización para esta situación de riesgo son: • Instruir al personal del Proyecto y a los contratistas encargados, sobre generación de residuos del Proyecto, disposición final y sus eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades de capacitación como charlas y reuniones. • Instruir al personal del Proyecto y a los contratistas encargados, sobre las características, generación y segregación de los residuos. • La localización y tipo de contenedores de residuos domésticos y sitios de acopio de residuos industriales se seleccionará considerando las características naturales del terreno de emplazamiento del Proyecto. • La localización y tipo de contenedores de RESPEL y bodega de almacenamiento de RESPEL se seleccionará considerando los requisitos del D.S. 148 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, y las características naturales del terreno de emplazamiento del Proyecto. • Realización de inspecciones o revisiones periódicas a los contenedores, bodegas, kit de emergencias y mantenciones técnicas de vehículos. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitaciones.

• Aprobación de funcionamiento de la bodega de residuos no peligrosos por la SEREMI de Salud de la Región. • Aprobación de funcionamiento de la bodega de residuos peligrosos por la SEREMI de Salud de la Región. • Informe o actas de las inspecciones ejecutadas. • Mantención técnica de los vehículos y maquinarias al día. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.7 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Derrame accidental de sustancias peligrosas, hidrocarburos o residuos peligrosos en cauce natural o artificial Riesgo o contingencia Riesgo de Derrame accidental de sustancias peligrosas, hidrocarburos o residuos peligrosos en cauce natural o artificial Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras o actividades involucradas requieren la manipulación de sustancias peligrosas, el funcionamiento de vehículos, equipos motorizados y maquinaria, lo que implica la existencia de riesgos de derrames de sustancias peligrosas, combustibles o aceites. Almacenamiento de residuos peligrosos y sustancias peligrosas, que puedan contaminar uno de los cauces naturales presentes en el área del proyecto. Acciones o medidas a implementar • Bajo ningún caso se dispondrán bodegas de sustancias peligrosas, residuos peligrosos o baños químicos en áreas de cauce natural identificadas ni cercanas a líneas de escorrentía superficial. • Durante las operaciones de carga de combustible, se dispondrá de una membrana impermeable y/o bandejas bajo las maquinarias y equipos, a fin de recolectar eventuales derrames accidentales o fugas cuando se realicen las maniobras de carga/descarga. • De ser necesario el mantenimiento de la maquinaria de construcción, se efectuará fuera de las instalaciones del proyecto, en talleres que dispongan de los servicios requeridos preferentemente en la comuna de Vallenar o en sus alrededores, dada la cercanía al proyecto. En caso de no existir, se recurrirá a llevar los equipos al lugar más cercano en donde esta actividad se pueda realizar. Se tomarán en consideración las siguientes medidas de manejo de forma tal de evitar accidentes y/o derrames de combustible: • Se exigirá la realización de capacitaciones al personal a través charlas sobre cómo evitar el derrame de contaminantes, el uso correcto de equipos y

herramientas, medidas de protección, almacenamiento transporte, por ende, se exigirá que los contratistas mantengan un registro actualizado de las actividades de capacitación, como, por ejemplo: el no vertimiento de residuos, sustancias químicas, o materias. • Mantención de la limpieza y orden. Los frentes de trabajo se mantendrán limpios y ordenados, con el fin de evitar derrame de sustancias. • Se dispondrá en puntos estratégicos de la faena y en cada maquinaria pesada, kits anti-derrames que contarán con material absorbente, palas, contenedores rotulados para residuos peligrosos y bolsa de polietileno. • Realizar una inspección constante y programada de los materiales de trabajo para asegurar que el equipo y los envases estén en buenas condiciones y guardados correctamente. • En relación a las bodegas SUSPEL las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas serán según el D.S. N°43/2015. • Mantendrá de las hojas de datos de seguridad de sustancias peligrosas (HDS) en lugar visible en las bodegas de almacenamiento de SUSPEL. • Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles y aceites deberán contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar la correcta carga y manipulación de los elementos utilizados para este fin, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena. • Los residuos sólidos peligrosos serán almacenados en bodegas autorizadas. En relación a las bodegas RESPEL las condiciones sanitarias y de seguridad serán según el D.S. N°148/2003 respecto a la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos del Proyecto. • Ingreso de personal restringido y debidamente capacitado a las bodegas de almacenamiento temporal de RESPEL y almacenamiento SUSPEL. Forma de control y seguimiento • Registro fotográfico de kit de control de derrames. • Control periódico de las condiciones de trabajo e instalaciones de almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos, basado principalmente en inspecciones de terreno. • Se realizarán inspecciones periódicas a los cauces donde se dispondrán las obras del Proyecto, así como la verificación puntual de manera previa y posterior a eventos de precipitación. Lo anterior, con la finalidad de asegurar en todo momento el mantenimiento de las condiciones hidráulicas de los cauces naturales, así como su correcto drenaje.

• Registro de ingreso y egreso de sustancias peligrosas a las bodegas respectivas (cantidad almacenada y utilizada). • Registro de capacitaciones al personal. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.8 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Rebalse de la piscina de lavado de camiones mixer Riesgo o contingencia Riesgo de rebalse de la piscina de lavado de camiones mixer Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Piscina de lavado de canoas de camiones mixer Acciones o medidas a implementar Las medidas de prevención y acción de esta situación de riesgo son: • Se instruirá a los trabajadores para que no se realice lavado de canoas si la piscina se encuentra cercana a su capacidad máxima. • Se solicitará a los trabajadores firmar un protocolo de limpieza para estos camiones, donde se indique que se prohíbe realizar limpieza de camiones mixer, cuando la piscina de limpieza se encuentre en su capacidad máxima. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá un registro de las actividades de capacitaciones al personal en las instalaciones de faenas. • Registro mensual que indique la cantidad de protocolos firmados por personal que realice limpieza de camiones mixer. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.9 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Hallazgos arqueológicos o paleontológicos no previstos Riesgo o contingencia Riesgo de Hallazgos arqueológicos o paleontológicos no previstos Fase del proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavaciones y movimientos de tierra Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia son las siguientes: • Prohibición de realizar actividades en sitios arqueológicos identificados. • Se realizarán capacitaciones técnicas a los jefes de área, supervisores de terreno y operarios sobre

elementos patrimoniales que eventualmente podrían encontrarse en el área de influencia del Proyecto. • Informar las medidas a implementar y resguardos para evitar daños. Forma de control y seguimiento Se realizará una charla al inicio de los movimientos de tierra, por única vez, en las cuales deberán participar los trabajadores de forma obligatoria. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.10 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Afloramientos de aguas subterráneas Riesgo o contingencia Riesgo de Afloramientos de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavaciones de zanjas, Hincado de perfiles, Construcción de fundaciones y Obras hidráulicas. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia son las siguientes: • Las excavaciones se realizarán de acuerdo con lo estipulado en la ingeniería de detalle y no se contemplarán profundidades mayores. • Se realizarán charlas de inducción para capacitar al personal ante el caso de un posible afloramiento de aguas subterráneas, para prevenir accidentes u controlar la situación. Forma de control y seguimiento Se realizarán charlas en las cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria y se mantendrán registros de estas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.11 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de falla o rebalse del sistema de disposición de aguas servidas de la PTAS Riesgo o contingencia Riesgo de falla o rebalse del sistema de disposición de aguas servidas de la PTAS. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) Acciones o medidas a implementar • El sistema de evacuación de aguas servidas contará con autorización sanitaria de funcionamiento, previo a su uso. • Se operará y realizarán mantenciones por personal idóneo y capacitado para estos fines. • Se realizará periódicamente el mantenimiento de unidades y equipos del sistema de tratamiento de aguas servidas. Además, se realizará periódicamente una inspección visual con el objeto de verificar que no

existan problemas operativos del sistema de tratamiento de aguas servidas, como fisuras, roturas o fugas. • Se mantendrán repuestos para los equipos principales del sistema, en caso de obstrucción de alguna de sus unidades • Se programarán los retiros de lodos con la periodicidad suficiente para no sobrepasar la capacidad del sistema de tratamiento. • Se tendrá registro de una o más empresas alternativas a la contratada como respaldo en caso de retraso en el servicio. Forma de control y seguimiento • Registro de mantención de sistema de tratamiento de aguas servidas • Registro de retiro de lodos Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.2 de la Adenda Complementaria. Anexo 12 de la Adenda Complementaria

Tabla 13.1.12 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Sobrecapacidad de almacenamiento de residuos no peligrosos y domiciliarios Riesgo o contingencia Riesgo de Sobrecapacidad de almacenamiento de residuos no peligrosos y domiciliarios Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Zonas de almacenamiento de residuos no peligrosos y domiciliarios (Presentados en el PAS 140). Acciones o medidas a implementar • Se realizarán inspecciones preventivas, con objeto de inspeccionar sistemáticamente los lugares y equipos de trabajo, es decir, las condiciones materiales con las que se desarrollan las tareas. • Se entregará a los trabajadores todos los elementos de protección personal (EPP) requeridos de acuerdo con la actividad que realicen. • El Titular supervisará el manejo de residuos sólidos que implemente el Contratista, exigiéndole que dé cumplimiento a las disposiciones sanitarias y ambientales vigentes. • Se registrarán las frecuencias de recolección y envío a los lugares de disposición final de todos los residuos. • Se solicitará copia del registro de recepción de los residuos en el sitio de disposición final, con el propósito de corroborar que estos estén siendo trasladados a un sitio autorizado Ante cualquier situación de contingencia derivada del manejo y almacenamiento de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios se considera la ejecución del siguiente protocolo: • Ante situaciones no comprendidas en el manejo normal de residuos, se dará aviso inmediato al encargado de obra y/o

prevencionista de riesgos, los cuales serán los encargados de monitorear la contingencia. • Si la contingencia corresponde a rotura de contenedores de residuos, se procederá a la limpieza y retiro de residuos, los que serán enviados al área de acopio correspondiente. • El encargado de la obra y/o prevencionista se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. • Si la contingencia ocurre en el tránsito desde el sitio de almacenamiento transitorio al sitio de disposición final, el encargado de la obra coordinará con el encargado ambiental y de seguridad de la empresa contratista el correcto proceder en la restauración del terreno afectado. • Una vez terminada la contingencia, se elaborará un informe de lo sucedido y se comunicará el hecho a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama y a la SMA. Forma de control y seguimiento • Registro del estado de los contenedores y tambores que contienen a los residuos • Registro de la presencia y estado de la señalética de los sitios de almacenamiento de los residuos sólidos no peligrosos y domiciliarios. • Registro de empresas autorizadas para el retiro de residuos sólidos no peligrosos y domiciliarios. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.3 de la Adenda Complementaria Anexo 12 de la Adenda Complementaria

13.1.13 Situación de riesgo o contingencia Riesgo por fallas en la gestión de residuos peligrosos Riesgo o contingencia Riesgo por fallas en la gestión de residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Zonas de almacenamiento de residuos peligrosos. Acciones o medidas a implementar Las medidas generales serán las siguientes: • Se evaluarán y actualizarán permanentemente los riesgos asociados a las diferentes tareas y áreas del Proyecto. • Se realizarán inspecciones preventivas de seguridad, con objeto de inspeccionar sistemáticamente los lugares y equipos de trabajo, es decir, las condiciones materiales con las que se desarrollan las tareas. • Se entregará a los trabajadores todos los elementos de protección personal (EPP) requeridos de acuerdo a la actividad que realicen.

• El Titular supervisará el manejo de residuos que implemente el Contratista para que dé cumplimiento a las disposiciones sanitarias y ambientales vigentes. • El retiro de estos residuos los realizará una empresa con autorización sanitaria y serán dispuestos en un relleno de seguridad autorizado • En caso de presentarse contingencias en donde el retiro y transporte de residuos no pueda realizarse de forma inmediata, se deberán detener las obras de desmantelamiento y tomarse cuando se disponga nuevamente de transporte y haya finalizado la contingencia. Las medidas de prevención de derrames son: • Mantener todas las áreas de trabajo limpias y organizadas. • Disponer materiales de limpieza y de contención de derrames en todas las áreas en que se manejen residuos peligrosos. • Realizar una inspección constante y programada de los materiales de trabajo para asegurar que el equipo y los envases estén en buenas condiciones y guardados correctamente. • Las condiciones sanitarias y de seguridad serán según el D.S. N°148/2004 respecto a la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos del Proyecto. Las medidas de prevención de incendios: • Se dispondrá en las áreas de trabajo de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio. • Se realizarán capacitaciones e inducciones sobre señalización para todo el personal. • Los extintores serán sometidos a inspección preventiva, con el fin de verificar condiciones de funcionamiento (estado de mangueras, presión, seguro, gatillo, vencimiento). • Prohibición de fumar en área contigua a manejo de RESPEL y a bodega de acopio temporal de residuos peligrosos. • Mantener las instalaciones eléctricas en correctas condiciones verificando periódicamente el estado de sus conexiones. • Los sectores contarán con señalización que identifique las ubicaciones de extintores y vías de evacuación. • Paños, huaipes, o cualquier material empapado con sustancias o residuos inflamables deberán ser depositados en sectores destinados para ese tipo de residuos.

• Las instalaciones eléctricas deben haber sido realizadas por un instalador autorizado por la SEC y contar con autorización de la misma. Forma de control y seguimiento • Registro del estado de los contenedores y tambores que contienen a los residuos. • Registro de la presencia y estado de la señalética de los sitios de almacenamiento. • Registro de empresas autorizadas para el retiro de residuos sólidos no peligrosos y domiciliarios. • Se realizarán charlas en las cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria y se mantendrán registros de estas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.4 de la Adenda Complementaria. Anexo 12 de la Adenda Complementaria

13.1.14 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Accidente de fauna silvestre Riesgo o contingencia Riesgo de Accidente de fauna silvestre Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto Acciones o medidas a implementar • Capacitación a todo el personal al comienzo de las fases deconstrucción y cierre. • Se instalarán aisladores de silicona en los conductores de la línea de media tensión para evitar la electrocución de avifauna. • Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con la información entregada en capacitación) deberá indicar al supervisor ambiental en qué circunstancias se encuentra el animal (lugar y condiciones del entorno). De acuerdo con esto el Supervisor ambiental deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Si la situación es de riesgo deberá controlar y/o manejar la fuente de riesgo de tal manera de asegurar la seguridad del animal. • Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre, en el camino (o sectores asociados al camino) y desde un vehículo en movimiento, deberá disminuir la velocidad, encender las luces intermitentes y dar aviso por radio a los conductores que pudieran transitar por dicha área. El vehículo podrá transitar a velocidad moderada y con las luces intermitentes encendidas hasta que se haya superado largamente (500 metros) el punto de intersección entre la línea de progresión del animal y el camino.

Forma de control y seguimiento Registro de capacitación en fase de construcción y cierre Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.15 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Afectación incidental, daño o muerte de ejemplares de fauna protegida durante las actividades de rescate y transporte Riesgo o contingencia Riesgo de Afectación incidental, daño o muerte de ejemplares de fauna protegida durante las actividades de rescate y transporte Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Plan de rescate y relocalización de fauna Acciones o medidas a implementar Personal especializado: • Las labores de captura y manejo serán ejecutadas exclusivamente por especialistas en fauna bajo los lineamientos del SAG. • Se utilizará la metodología de captura, manejo y materiales presentados en el PAS 146 del Proyecto. • No podrán transcurrir más de cinco (5) días entre la liberación del área y el inicio de las obras para evitar la recolonización. • Se exigirá una velocidad máxima de 10 km/h dentro del área del proyecto para evitar atropellos. • Instalación de carteles informativos sobre la existencia de fauna local (guanacos, zorros y reptiles) en sectores de tránsito. • Capacitación a todo el personal al comienzo de las fases deconstrucción y cierre por un especialista en fauna. Forma de control y seguimiento • Ejecución de tres campañas de seguimiento a los 15, 30 y 60 días posteriores a la liberación para evaluar el éxito de la medida. • Remisión de informes de ejecución y monitoreo a la SMA y al SAG dentro de los plazos establecidos (30 a 60 días según la campaña). • Control de asistencia a charlas de inducción sobre el Desierto Florido y su fauna. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.5 de la Adenda Complementaria. Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.16 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Pérdida de diversidad biológica en el desierto florido Riesgo o contingencia Riesgo de Pérdida de diversidad biológica en el desierto florido

Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área de proyecto incluida la línea de transmisión eléctrica Acciones o medidas a implementar • Capacitación a todo el personal al comienzo de las fases de construcción y cierre por un especialista en flora. • Cualquier trabajador que observe un ejemplar de la especie deberá indicar al supervisor ambiental dónde se encuentra. De acuerdo con esto el Supervisor Ambiental deberá analizar en terreno su cantidad y si se debe actuar con cuadrilla para controlar y/o manejar su huella. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación y de cada actividad de corta (anual) en todas las fases. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.17 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de las obras hidráulicas, obstrucción de canales o contaminación del lecho por vertidos accidentales Riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de las obras hidráulicas, obstrucción de canales o contaminación del lecho por vertidos accidentales Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras de conducción y evacuación. Acciones o medidas a implementar • Se exigirá revisión técnica al día y chequeos periódicos de empaquetaduras y sellos en toda maquinaria para evitar fugas de aceites o grasas al lecho de los cauces. • Estrictamente prohibido el depósito de residuos o materiales sobrantes sobre los cursos de agua eventuales. • Se prohíbe realizar reparaciones o mantenciones de vehículos dentro de los cauces o deslindes del proyecto. • Las obras están diseñadas para situarse fuera de la zona de inundación para crecidas con un periodo de retorno de 100 años. • En la etapa de operación, se tiene contemplado una revisión posterior a eventos de crecida en los cauces donde se encontrarán los canales y pretiles. Luego de eventos de crecida se deben evaluar los posibles daños ocasionados, repararlos en caso de ser necesarios y limpiar la estructura de la acumulación de sedimentos y restos de materia vegetal. • Capacitación a todo el personal al comienzo de las fases deconstrucción y cierre, sobre las medidas en caso de contingencia o emergencia

Forma de control y seguimiento • Realización de inspecciones periódicas a los cauces y obras, con verificación puntual obligatoria de manera previa y posterior a eventos de precipitación. • Registro de mantenimiento de inspección de maquinaria para detectar fugas incipientes. • Monitoreo visual de la acumulación de material vegetal o áridos que puedan reducir la capacidad de porte de los canales. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.7 de la Adenda Complementaria. Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.18 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de los badenes, obstrucción del flujo natural por acumulación de sedimentos o contaminación accidental del lecho del cauce Riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de los badenes, obstrucción del flujo natural por acumulación de sedimentos o contaminación accidental del lecho del cauce Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Cruces vehiculares – badenes Acciones o medidas a implementar • Los badenes están proyectados para no interferir con el normal escurrimiento de las quebradas aguas abajo y se construirán contra el suelo natural compactado para asegurar su anclaje. • Se exigirá revisión técnica al día y chequeos periódicos de empaquetaduras y sellos en toda maquinaria para evitar vertidos de aceites o grasas en los lechos. • Queda estrictamente prohibido el depósito de residuos o materiales excedentes en el área de los cauces. • Se utilizará el pronóstico de la Dirección Meteorológica de Chile para programar revisiones preventivas ante eventos de lluvia. • Capacitación a todo el personal al comienzo de las fases deconstrucción y cierre, sobre las medidas en caso de contingencia o emergencia Forma de control y seguimiento • Realización de controles visuales en los cauces intervenidos, con verificación puntual obligatoria de manera previa y posterior a eventos de precipitación. • Registro de inspección de maquinaria en frentes de trabajo de obras hidráulicas. • Tras una lluvia, se evaluará la capacidad de porte de los badenes y la existencia de obstrucciones. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.8 de la Adenda Complementaria. Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.19 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural o colapso de las obras de defensa (pretiles) o de regularización (canales) Riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural o colapso de las obras de defensa (pretiles) o de regularización (canales) Fase del proyecto a la que aplica Construcción y Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras de conducción y defensa. Acciones o medidas a implementar • Las obras están proyectadas para situarse fuera de la zona de inundación para crecidas con un periodo de retorno de 100 años. • Se prohíbe estrictamente el acopio de sustancias peligrosas, residuos o la instalación de baños químicos en las áreas de cauce natural o cerca de líneas de escorrentía. • Toda maquinaria en frentes de obras hidráulicas deberá tener revisión técnica al día y chequeos de sellos para evitar fugas de aceites al lecho. • Programación de revisiones preventivas basadas en los pronósticos de la Dirección Meteorológica de Chile. • Capacitación a todo el personal al comienzo de las fases de construcción y cierre, sobre las medidas en caso de contingencia o emergencia. Forma de control y seguimiento • Realización de inspecciones periódicas a los cauces y obras hidráulicas, con verificaciones puntuales obligatorias de manera previa y posterior a eventos de precipitación. • Monitoreo visual para asegurar que no existan obstrucciones de origen antrópico o acumulación excesiva de áridos que disminuyan la capacidad de porte de los canales. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.9 de la Adenda Complementaria. Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.1.20 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de las edificaciones o intervención no autorizada que comprometa la seguridad de las obras fuera de los límites urbanos Riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de las edificaciones o intervención no autorizada que comprometa la seguridad de las obras fuera de los límites urbanos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones permanentes y temporales. Acciones o medidas a implementar • Instalación y mantención de un cerco perimetral en las obras para evitar el ingreso de personal no autorizado y animales.

• Mantención de una franja de cortafuegos y una faja libre de vegetación (malezas y maderas) alrededor de todo el perímetro de las instalaciones. • Verificación periódica del estado de las conexiones eléctricas y prohibición de fumar cerca de bodegas de insumos. • Instalación de carteles informativos y preventivos, incluyendo la demarcación visible de vías de escape. • Capacitación a todo el personal al comienzo de las fases deconstrucción y cierre, sobre las medidas en caso de contingencia o emergencia Forma de control y seguimiento • Realización de inspecciones visuales periódicas para verificar que no existan fisuras, roturas o problemas operativos en las edificaciones. • Mantener un registro de mantención de los sistemas de emergencia y registro fotográfico de la integridad de los cercos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.8 de la Adenda Anexo 12 de la Adenda Complementaria

13.2. PLAN DE EMERGENCIAS

13.2.1 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Sismo Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medida a implementar • Se suspenderá la actividad que están realizando los trabajadores y paralizará el equipamiento y maquinaria en uso. • De ser posible se desconectará la alimentación eléctrica. • Todo el personal deberá dirigirse a las zonas seguras a través evacuación en caso de sismos y mantener la calma durante el sismo. Permanecer en la zona segura hasta que todo vuelva a la normalidad y esperar las instrucciones del personal encargado de la emergencia. • Si alguien maneja un vehículo, se debe estacionar a un costado de la calle evitando quedar cerca de postes, cables eléctricos y árboles o permanecer al interior del vehículo hasta que el sismo haya pasado y no sea riesgoso salir. • Avisar a los superiores en caso de que exista un herido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante una emergencia se informará a la SMA vía telefónica. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.2 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Inundación Riesgo o contingencia Riesgo de Inundación. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área de proyecto. Acciones o medida a implementar • Si bien el estudio hidrológico indica que no existe riesgo de inundación dentro del área del proyecto, en caso de que exista un evento climatológico de mayor envergadura y exista potencial riesgo de rebalse del cauce o las quebradas, se dará término a las actividades y se evacuará el área del proyecto. • Se dará aviso de inmediato a propietarios de predios colindantes y/o a la junta de vecinos, de manera de coordinar una eventual evacuación o ayuda necesaria. • Se establecerán áreas de seguridad y vías de evacuación, las que se mantendrán demarcadas y libres de todo elemento innecesario. • De ser posible se desconectará la alimentación eléctrica. • Se suspenderá la actividad que esté realizando el personal en planta y paralizará el equipamiento y maquinaria en uso. • Todo el personal deberá dirigirse a las zonas seguras y esperar las instrucciones del personal encargado de la emergencia. • En caso de que la emergencia sea prolongada, se realizará la evacuación completa de toda el área del parque solar y se retomarán las actividades solamente en caso de que haya cesado la emergencia. • Avisar a los superiores en caso de que exista un herido. • En caso de que no se pueda asistir a un potencial herido en obra, se realizará su traslado al centro de asistencia más cercano. • Se mantendrá un registro en obra de los centros de asistencia más cercanos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Quien detecte la emergencia dará voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa que se encuentre en el área afectada. Se informará en orden prioritario a: Administrador, Jefe de Prevención de Riesgos, para evaluar la situación. Así mismo se entregará un informe a la SMA dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, identificación del área afectada y su extensión, identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar los recursos naturales que hayan sido afectados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.3 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Incendio Riesgo o contingencia Riesgo de Incendio Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto Acciones o medida a implementar En caso de que ocurra un incendio, que no sea posible controlarlo con el personal presente, se actuará de la siguiente manera: • El trabajador designado y preparado para comunicar un incendio (Prevencionista de riesgo u otro) que aviste una columna de humo y/o incendio, en caso de tener cobertura de telefonía celular, dará aviso de inmediato al 130 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF) y al 132 (Bomberos de Chile). • En caso de que no tenga cobertura de celular, dará aviso a la persona encargada de coordinar las comunicaciones proporcionándole el máximo de información antes mencionada, y esta persona se pondrá en contacto con las centrales de emergencia. • La persona encargada de incendios, proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, en la medida de lo posible y mientras llega personal especializado, tales como: tipo de combustible afectado por el fuego, cantidad y continuidad del combustible afectado y amenazado, hasta el momento, topografía general del lugar (pendiente), estimación de la superficie afectada hasta el momento, topografía general del lugar (pendiente), estimación de las condiciones meteorológicas locales (dirección y velocidad del viento). • Se dará aviso de inmediato a propietarios de predios colindantes, y/o a la junta de vecinos, de manera de coordinar una eventual evacuación o ayuda en el combate. • En caso de un foco inicial de incendio, y en medida de lo posible, el personal que se encuentre disponible más cerca del lugar en cuestión comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan disponibles, ya sean palas para construir cortafuego, extintores, agua, baldes con arena, maquinaria mecanizada, o una combinación de estos. • La primera prioridad será la referida a las personas y segunda prioridad al combate del incendio; en caso de ser necesario, éste dispondrá el traslado de personal al

lugar del incendio, o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. • Una vez arribado al lugar el personal de CONAF y/o Bomberos, liderarán el combate, poniéndose al personal de la faena a disposición para el apoyo a la operación, siempre y cuando sean requeridos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El proyecto no considera personal de forma permanente durante la fase de operación, sin embargo, estarán operando las cámaras de seguridad, las cuales supervisan el proyecto las 24 horas, en caso de ocurrir un incendio, se activará el Plan de Emergencia, llamando de inmediato a Bomberos. Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se dará aviso a Bomberos y CONAF de inmediato y se comunicará con la SMA por teléfono. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.4 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Colisión, atropello u otros accidentes de tránsito Riesgo o contingencia Riesgo de Colisión, atropello u otros accidentes de tránsito Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Caminos internos y externos que utilizará el proyecto Acciones o medida a implementar • Se informará al superior inmediato o Jefe de emergencias del accidente y se dimensionará la emergencia. • Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave). • Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia, Bomberos y Carabineros, informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. • Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. • Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). • Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas.

• Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. • Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. • Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Quien detecte la emergencia dará voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa que se encuentre en el área afectada. Se informará en orden prioritario a: Administrador, Jefe Prevención de Riesgos, para evaluar la situación. Así mismo se entregará un informe a la SMA dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, identificación del área afectada y su extensión, identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar los recursos naturales que hayan sido afectados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.5 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Colisión o atropello viales en ruta 5 Riesgo o contingencia Riesgo de Colisión o atropello viales en ruta 5 Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Ruta 5 (Camino externo que utilizará el proyecto) Acciones o medida a implementar • Prestar los primeros auxilios al accidentado y preocuparse de que tenga la asistencia médica necesaria en forma oportuna. • Contactarse con el Servicio de Salud más cercano con el fin de que la persona accidentada reciba la atención adecuada, y también avisar a Carabineros con el objeto de dejar constancia de la ocurrencia del accidente. • En el caso que el accidente sea protagonizado por mascotas y/o animales en general, el conductor del vehículo prestará la ayuda necesaria y avisará a la Junta de Vecinos más cercana con el fin de difundir lo ocurrido a la comunidad. A su vez, en la eventualidad de que el atropello no ocasione la muerte, considerando que el animal se mantiene aún con vida, el conductor se verá en la obligación de trasladar al individuo hasta el centro veterinario más cercano, y de manera paralela se avisará a la junta de vecinos más cercana con el objeto de que se difunda la información para así, localizar al dueño del animal e informarle de su estado.

• Posteriormente, corresponderá, de ser necesario, efectuar la investigación del siniestro, establecer las causas que lo originaron, señalar las medidas para eliminar y/o controlar los factores de riesgo deesas causas y verificar luego su cumplimiento. • Finalmente, ante la eventualidad de que un accidente vehicular ocasionado por algún vehículo del proyecto cause daño a viviendas o infraestructura que se encuentre aledaña a la ruta, el conductor dará aviso inmediato a Carabineros para dejar constancia de lo sucedido, de manera posterior, se pondrá en contacto con el jefe de obra de la empresa contratista que se encuentre a cargo de la construcción del proyecto con el fin de que éste concurra al sector donde tuvo lugar el accidente para dejar registro del daño causado, y en caso que proceda se iniciarán las acciones legales para indemnizar a él o los propietarios de la infraestructura o vivienda afectada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia se informará a la SMA vía telefónica. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, identificación del área afectada y su extensión, identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.6 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Derrame de insumos, baños químicos, materiales, residuos o combustibles de maquinarias o vehículos Riesgo o contingencia Riesgo de Derrame de insumos, baños químicos, materiales, residuos o combustibles de maquinarias o vehículos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faenas y subestación Elevadora Acciones o medida a implementar El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra y/o Prevencionista de Riesgo). • Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. Se establece que dentro de cada bodega estén siempre disponibles dichas hojas. • El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las

acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada. • Se delimitará el área afectada. • Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba. • Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Quien detecte la emergencia dará voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa que se encuentre en el área afectada. Se informará en orden prioritario a: Administrador, Jefe Prevención de Riesgos, para evaluar la situación. Así mismo se entregará un informe a la SMA dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, identificación del área afectada y su extensión, identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar los recursos naturales que hayan sido afectados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.7 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Derrame accidental de sustancias peligrosas, hidrocarburos o residuos peligrosos en cauce natural o artificial Riesgo o contingencia Riesgo de Derrame accidental de sustancias peligrosas, hidrocarburos o residuos peligrosos en cauce natural o artificial Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras o actividades involucradas requieren la manipulación de sustancias peligrosas, el funcionamiento de vehículos, equipos motorizados y maquinaria, lo que implica la existencia de riesgos de derrames de sustancias peligrosas, combustibles o aceites. Almacenamiento de residuos peligrosos y sustancias peligrosas, que puedan contaminar uno de los cauces naturales presentes en el área del proyecto. Acciones o medida a implementar • En el caso de tratarse de un derrame de combustibles y/o aceites, el personal que haya detectado el derrame deberá coordinar con el encargado del área, la forma más rápida y segura de contener y recolectar el derrame, y mantener a la mano, a modo de precaución, extintores

apropiados para la sustancia o residuo derramado. Cortar cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con el combustible derramado. • El personal que ha detectado el derrame o filtración avisará de inmediato al encargado del área, quién deberá informar las características del evento detectado a sus respectivas jefaturas inmediatas. • En caso de ocurrir un derrame o filtración estos deberán ser contenidos o absorbidos de inmediato usando material absorbente para evitar su expansión. • Una vez localizado el origen o determinada la extensión de la zona afectada por el derrame, señalizará y acordonará la zona contaminada con barreras o cintas. • Los materiales contaminados producto del derrame o filtración deberán ser dispuestos temporalmente en contenedores o bolsas plásticas, para luego (dentro del mismo día) ser trasladados a la bodega de residuos peligrosos en la instalación de faenas. • Toda sustancia o residuo peligroso derramado o filtrado deberá ser recolectado y contenido dentro de tambores o estanques sin roturas, junto con todo el material (tierra, arena, aserrín, viruta, etc.) que haya resultado contaminado. Luego estos tambores deberán ser inmediatamente trasladados a la bodega de residuos peligrosos e ingresados al registro de control de ingreso de residuos. • En caso de existir escorrentía por los cauces aportantes durante la construcción de obras hidráulicas, se realizará una caracterización de la calidad de las aguas para observar el estado del recurso. • Se realizará una evaluación de efectos sobre los recursos hídricos afectados y, según la magnitud, se mantendrá el monitoreo de la calidad de las aguas hasta restablecer la condición basal. • En caso de ocurrencia, se informará a la SMA indicando las medidas ejecutadas al momento de la emergencia, así como las acciones posteriores a realizar, considerando según la magnitud del evento, si es necesario mantener el monitoreo. Posterior a la ocurrencia de la emergencia, y en caso de continuar caracterizando la calidad de las aguas, se detallarán las acciones a desarrollar para observar el estado del recurso hídrico afectado. Lo mismo se realizará para el caso de existir escorrentía por los cauces aportantes al proyecto, durante la construcción de las obras hidráulicas tipo canales o pretiles. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • En caso de emergencias que configuren con algún riesgo, o potencial afectación, a algún componente ambiental, se comunicará dentro de un plazo de 24

horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Vías de comunicación: • Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. • Vía correo electrónico: snifa@sma.gob.cl. • Envío de informes a la DGA, SEREMI del Medio Ambiente y SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.8 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Rebalse de la piscina de lavado de camiones mixer Riesgo o contingencia Riesgo de rebalse de la piscina de lavado de camiones mixer Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Piscina de lavado de canoas de camiones mixer Acciones o medida a implementar • Se instruirá a los trabajadores para que no se realice lavado de canoas si la piscina se encuentra cercana a su capacidad máxima. • En caso de rebalse se dará aviso al jefe de obra. • Se pausarán las actividades de lavado de camiones mixer. • Se delimitará el área y se contendrá el agua, evitando su interacción o vertimiento en cauces superficiales colindantes al área. • En caso de que el agua no se evapore y sea necesario utilizar la piscina el líquido será cargado en tambores y dispuestos en sitios de disposición final autorizados para dicho fin. • En caso de vertimiento de residuos de lavado en el suelo, se dará inmediato aviso a la SMA. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Quien detecte la emergencia dará voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa que se encuentre en el área afectada. Se informará en orden prioritario a: Administrador, Jefe Prevención de Riesgos, para evaluar la situación. Así mismo se entregará un informe a la SMA dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, identificación del área afectada y su extensión, identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar los recursos naturales que hayan sido afectados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.9 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Hallazgos arqueológicos o paleontológicos no previstos Riesgo o contingencia Riesgo de Hallazgos arqueológicos o paleontológicos no previstos Fase del proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavaciones y movimientos de tierra Acciones o medida a implementar • En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. El protocolo de hallazgos imprevistos, que contemplará al menos: a) Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. Los materiales paleontológicos que pudiesen identificarse en terreno serán fotografiados con escala y extraídos, y serán georreferenciados con el propósito de obtener sus coordenadas exactas y altura. Se registrará información referente a las características del sedimento donde fue encontrado, al estado de preservación de los materiales y a su identificación taxonómica. b) Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo o en su ausencia a el/la jefe/a de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Titular del Proyecto. c) Se deberá delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se

deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. d) Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • Una vez ocurrido el hallazgo, se oficiará al CMN de lo ocurrido para coordinar los pasos a seguir. Vías de comunicación: • Oficina de Partes del Consejo de Monumentos Nacional oficinadepartes@monumentos.gob.cl • Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.10 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Afloramientos de aguas subterráneas Riesgo o contingencia Riesgo de Afloramientos de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavaciones de zanjas, Hincado de perfiles, Construcción de fundaciones y Obras hidráulicas. Acciones o medida a implementar Ante el potencial afloramiento de aguas subterráneas, por excavaciones, durante la fase de construcción del Proyecto, tanto el titular y/o contratistas darán aviso inmediato a la Superintendencia de Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que se han aplicado hasta ese momento. A continuación, se deberá proceder considerando las siguientes acciones: • Detener toda actividad de excavación o hincado en el área específica del afloramiento. • Acordonar la zona para evitar accidentes de personal y caída de maquinaria. • Tomar muestras para analizar parámetros fisicoquímicos y observar el estado del recurso hídrico afectado mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado. • Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos a la SMA en un Informe que detalle los hechos, el cual incluirá imágenes fotográficas (con fecha), describiendo los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de resultados respecto de los

parámetros (pH, turbidez, grasas, conductividad, volúmenes y caudales) así como las respectivas conclusiones. • Una vez comprobada la naturaleza de la situación, mediante los ensayos y mediciones mencionadas, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. En cualquier caso, el titular informará el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha en la que se logró el control del afloramiento, en un plazo menor a 24 horas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • En caso de emergencias que configuren con algún riesgo, o potencial afectación, a algún componente ambiental, se comunicará dentro de un plazo de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA).

Vías de comunicación: • Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. • Vía correo electrónico: snifa@sma.gob.cl. • Envío de informes a la DGA, SEREMI del Medio Ambiente y SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.11 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de falla o rebalse del sistema de disposición de aguas servidas de la PTAS Riesgo o contingencia Riesgo de falla o rebalse del sistema de disposición de aguas servidas de la PTAS. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) Acciones o medida a implementar El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra y/o Prevencionista de Riesgo). Fallas mecánicas o fugas: • Si se detectaran fallas en alguno de los equipos que componen las plantas, o fugas en las tuberías, se dará aviso inmediato a su jefatura directa y acto seguido debe aislar la unidad o tubería afectada y, de ser necesario, detendrá el funcionamiento de la planta con problemas. • En caso de no poder limpiar la tubería de desagüe obstruida, solicitar de inmediato los servicios del contratista a cargo de la mantención. • Deberán iniciarse las acciones correctivas como: reparaciones de equipos, la reposición del servicio

eléctrico y las coordinaciones internas necesarias, según corresponda. • Una vez realizadas las reparaciones, la jefatura directa podrá da la autorización para continuar con la operación normal de la planta. Derrame de lodos • Ante la presencia de derrame de lodos, el encargado debe dar aviso inmediato a su jefatura directa, para luego intentar detectar el origen del derrame y realizar las acciones correspondientes para detenerlo. En caso de ser necesario, se deben aislar las zonas afectadas. El lodo derramado se debe remover de la zona afectada de forma manual, para luego disponerlo en los contenedores de almacenamiento. • En caso de retraso o falta de la empresa encargada del retiro de lodos, se deberá comunicar con una de las empresas de respaldo para que realicen el retiro a la brevedad posible y previo a alcanzar la capacidad máxima del sistema. En caso de rebose del sistema de acumulación de aguas servidas: • El personal que identifique el rebose dará aviso inmediato a su supervisor directo. • Se detendrán todas las operaciones asociadas a la PTAS, junto con el cierre de baños de las instalaciones. • Se aislará la zona de derrame para impedir la contaminación del suelo. • En el caso de que existan desbordes de aguas servidas desde la PTAS al suelo, se deberá evitar en todo momento que sea un foco de infección posterior. • Se revisarán los servicios higiénicos de las instalaciones conectados al sistema de manejo de aguas servidas, con el propósito de identificar si es un problema puntual o general del sistema sanitario. • En caso de que sea un problema puntual, se dejará inhabilitado el baño para el uso del personal y se intentará por medios propios solucionar el problema. En caso de no desobstruir el baño, se llamará directamente a una empresa externa que proceda a solucionar el problema. • En caso de que se presente un problema general de todo el sistema sanitario, el jefe o supervisor a cargo de área suspenderá las labores en sus dependencias, procediendo a reprogramar las labores de mantención que se estén desarrollando en ese momento. Paralelamente se llamará a la empresa a cargo del mantenimiento de la PTAS para que evalúe todo el sistema y proceda a dar solución a la emergencia. • Un equipo procederá a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en contacto con las aguas servidas.

• Se realizará el retiro de materiales contaminados y disposición final en lugar autorizado. • Se registrará el incidente. En caso de filtraciones de aguas servidas o rotura de cañerías: • El personal que identifique la filtración dará aviso inmediato a su supervisor directo. • Para detener la generación de aguas servidas, se deberá evacuar el área, por tanto, el jefe o supervisor a cargo de esta, reprogramará las actividades de mantención. Paralelamente se llamará a la empresa externa para que identifique, arregle o reemplace las piezas del sistema que se encuentren en mal estado. • Un equipo procederá a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en contacto con las aguas servidas. • Una vez que la PTAS haya sido reparada, será responsabilidad del jefe o supervisor a cargo autorizar nuevamente el funcionamiento normal de la misma. • Se registrará el incidente. En caso de cortes de energía eléctrica: • El personal que identifique el corte o falla de energía eléctrica dará aviso inmediato a su supervisor directo, el cual deberá dar la orden de conectar el grupo electrógeno que permitirá mantener la autonomía de la planta de tratamiento de aguas servidas, entregando así los requerimientos de energía a aquellas unidades que lo necesiten, en especial, las unidades de aireación lo cual permitirá que el tratamiento nunca quede desprovisto de aireación, y, por lo tanto, se desprendan malos olores. • Una vez que se reanude la energía eléctrica, será responsabilidad del jefe o supervisor a cargo autorizar nuevamente el funcionamiento de la planta de tratamiento de aguas servidas. • Se realizará investigación y registro del incidente. En caso de emanación de malos olores: • El personal que detecte la generación de malos olores deberá avisar a su supervisor o jefe directo, quién coordinará una cuadrilla para que revise posibles anomalías en el sistema de tratamiento de aguas servidas. Una vez identificado el problema, se procederá de acuerdo a lo señalado en los puntos anteriores, según sea el caso. • Si la falla de la planta impide el tratamiento regular de las aguas servidas, se contratará la instalación y mantención de baños químicos, por el período que dure la contingencia. • Ante cualquiera de las emergencias mencionadas anteriormente se tomarán las siguientes medidas:

• Se suspenderán el uso y las descargas al sistema sanitario, cerrando el suministro de agua y cancelando de manera temporal las instalaciones sanitarias. • El personal a cargo de las maniobras deberá evitar el contacto con el residuo derramado, tanto por ellos como del resto del personal que pueda estar en el área. Además, utilizarán los equipos de protección personal adecuados: calzado impermeable, ropa de protección impermeable y guantes. • Se realizará una investigación del incidente, se tomarán medidas correctivas y/o preventivas según corresponda ante el resultado de la investigación, para prevenir la ocurrencia futura del hecho. • Restitución del servicio y evaluación si se requiere algún tipo de modificación al sistema para evitar la nueva ocurrencia de este tipo de evento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • En caso de emergencias que configuren con algún riesgo, o potencial afectación, a algún componente ambiental, se comunicará dentro de un plazo de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Vías de comunicación: • Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. • Vía correo electrónico: snifa@sma.gob.cl. • Envío de informes SEREMI del Medio Ambiente y SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.2 de la Adenda Complementaria. Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.12 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Sobrecapacidad de almacenamiento de residuos no peligrosos y domiciliarios Riesgo o contingencia Riesgo de Sobrecapacidad de almacenamiento de residuos no peligrosos y domiciliarios Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Zonas de almacenamiento de residuos no peligrosos y domiciliarios (Presentados en el PAS 140). Acciones o medida a implementar Ante un incidente por sobrecapacidad de almacenamiento de residuos no peligrosos y domiciliario, está previsto proceder de la siguiente manera: • La persona que detecta o enfrenta un accidente o emergencia deberá dar aviso inmediato a su jefatura directa usando los medios disponibles como teléfono, radio u otros.

• Realizar una evaluación rápida del volumen y tipo de residuos acumulados para determinar la magnitud del problema. • Coordinar el retiro urgente de los residuos excedentes mediante el aumento temporal de la frecuencia de recolección y disposición final autorizada. • Implementar medidas temporales de almacenamiento adicional, tales como habilitación de áreas de acopio señalizadas y acondicionadas, garantizando condiciones adecuadas para evitar impactos ambientales y sanitarios. • Realizar limpieza y sanitización del área afectada para prevenir la proliferación de vectores y malos olores. • Informar oportunamente a las autoridades ambientales competentes, según corresponda, sobre la situación y las medidas adoptadas. • Revisar y ajustar el programa de manejo y control de residuos para evitar recurrencias futuras • Se activará una investigación interna sobre las causas del evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas, con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la situación se repita en el futuro. • En caso de que ocurra un incendio, aquellas personas que lo descubran y aquellas del área cercana, deberán primero solicitar ayuda al personal encargado, explicando la situación y describiendo lo siguiente; tipo de fuego (estructural, combustible, eléctrico, equipo mecánico, etc.); envergadura (menor o mayor); ubicación exacta; si hay daños personales, materiales, número de trabajadores involucrados, requerimientos de atención médica; y luego efectuar todas las acciones posibles para su extinción. • Si el fuego está fuera de control, se despejará el área, indicando al personal que no debe correr ningún riesgo innecesario y esperar hasta que llegue personal de emergencias al lugar. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • En caso de emergencias que configuren con algún riesgo, o potencial afectación, a algún componente ambiental, se comunicará dentro de un plazo de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Vías de comunicación: • Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. • Vía correo electrónico: snifa@sma.gob.cl. • Envío de informes SEREMI del Medio Ambiente y SMA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.3 de la Adenda Complementaria Anexo 12 de la Adenda Complementaria

13.2.13 Situación de riesgo o contingencia Riesgo por fallas en la gestión de residuos peligrosos Riesgo o contingencia Riesgo por fallas en la gestión de residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Zonas de almacenamiento de residuos peligrosos. Acciones o medida a implementar • En caso de producirse derrame en la Bodega de RESPEL, el personal que lo detecte deberá dar aviso a su supervisor directo, quién evaluará, según la magnitud del evento los equipos y el personal requeridos para realizar la limpieza del derrame. • Evaluar la situación producida, detectar lugar exacto de la fuga y posibles reacciones tales como vapor, temperatura o humos. • Si no conoce el producto derramado o en fuga, trate de identificarlo mediante la observación del etiquetado. Una vez identificado el producto, informe al personal especializado al momento de hacerse presente. • Se movilizará las herramientas para realizar pretiles para contener derrame. • Se colectarán los residuos peligrosos y suelos que hayan sido contaminados, tomando en cuenta lo siguiente: - Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado. - Acciones para la descontaminación (se aplicarán según corresponda): • Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo. • Remover el suelo contaminado y escombros si requiere. • Envasar todo el material contaminado. • Muestrear el suelo durante y posterior al evento y los alrededores del suelo contaminado. • Las muestras serán enviadas a un laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Normalización (INN). • Descontaminar todos los equipos. - Acciones Finales: • Documentación (Reporte Final) • Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos. • Mapa o dibujo del lugar. • Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar.

• Fotografías. • Información de la propiedad dañada y/o perjudicada. • Se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. • Si la contingencia ocurre en el trayecto hacia el sitio de disposición final, la empresa contratista se comunicará con jefe de oficina del Titular quien en conjunto con encargado ambiental de empresa de transportes coordinará el retiro de material contaminado y la evaluación de los sitios donde se haya producido la contingencia. • No se efectuará acciones de contención sin los elementos de protección personal y recursos materiales de absorción mecánica de sustancias. El personal especializado establecerá las acciones de contención requeridas. • Una vez terminada la contingencia, el jefe/a de oficina del Titular elaborará un informe de la situación acontecida y dará aviso correspondiente a SEREMI de Salud, SEA y SMA. Además, se realizará lo siguiente: - Muestrear el suelo durante y posterior al evento y los alrededores del suelo contaminado para comparar los daños generados. • Frente a situaciones de contingencia y/o emergencia, se implementará estrategia de comunicación mediante teléfonos celulares además de comunicación vía telefonía satelital en caso de ser requerido. • En caso de producirse una emergencia que genere una interrupción de las comunicaciones vía telefónica local y/o celular se implementará el uso de telefonía satelital. Luego, se efectuará una evaluación preliminar de la emergencia en base a lo que se definirá la necesidad de atención de primeros auxilios y ambulancias. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • En caso de emergencias que configuren con algún riesgo, o potencial afectación, a algún componente ambiental, se comunicará dentro de un plazo de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Vías de comunicación: • Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. • Vía correo electrónico: snifa@sma.gob.cl. • Envío de informes SEREMI del Medio Ambiente y SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.4 de la Adenda Complementaria Anexo 12 de la Adenda Complementaria

13.2.14 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Accidente de fauna silvestre Riesgo o contingencia Riesgo de Accidente de fauna silvestre Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto Acciones o medida a implementar • Ante un eventual accidente o colisión se indica el procedimiento a desarrollar en caso de que resulten heridas y/o dañadas especies de fauna en la zona de emplazamiento del proyecto. Por otra parte, se señala que los costos de traslado, insumos, rehabilitación y la coordinación del proceso es de exclusiva responsabilidad del titular del proyecto. Pasos que seguir: • Todo trabajador o empleado que observe un animal que pudiera estar accidentado o herido dentro del área delimitada del proyecto o a raíz de una actividad del proyecto, deberá suspender las actividades en un perímetro que garantice la seguridad tanto del animal como del personal y dar aviso inmediato a su supervisor de terreno, operador, o encargado del área, según quien esté más próximo o en comunicación, quien deberá reportar el hallazgo al Jefe de emergencia o en caso de su ausencia al grupo de respuesta ante emergencia. El perímetro y condiciones adecuadas de seguridad serán aquellas que se indiquen en la capacitación y/o inducción de los trabajadores. • Todo trabajador o empleado deberá evitar cualquier movimiento o manejo del animal accidentado, hasta que se tengan indicaciones claras del jefe de emergencias. Así mismo, los encargados deberán reducir las causas de estrés, tales como la aglomeración de personas alrededor del animal, movimientos bruscos, ruidos, luces o cualquier elemento que perturbe la conducta del animal. Para esto, se deberá contar con elementos (toldos, carpas, entre otros) en las instalaciones que permitan mantener aislado al ejemplar de la exposición directa de las condiciones ambientales presentes (viento, lluvia, sol, entre otros). • El jefe de emergencia se deberá presentar en el lugar del accidente a la brevedad, he inmediatamente a su llegada deberá evaluar y tomar acción ante la situación. Deberá realizar un análisis rápido de las causas del accidente, prevenir y evitar de manera oportuna el incremento del o los ejemplares accidentados. Se priorizará la atención médico veterinaria oportuna, con el fin de proporcionar un diagnóstico certero, establecer tratamiento oportuno y determinar un pronóstico y pasos a seguir (traslado a centro de rehabilitación o liberación). • Se contactará al centro de rescate (definido previamente), SAG para decidir en conjunto si es mejor

que el Titular traslade al ejemplar o se espera en el lugar, la atención de un veterinario del centro. El titular deberá avisar a la SMA y al Servicio Agrícola y Ganadero, de la jurisdicción dentro de las primeras 24 horas contadas desde el inicio del incidente. • Si se decide esperar la atención veterinaria, se deberá permanecer en el lugar del accidente, tener los resguardos necesarios mencionados en el paso 2, hasta la llegada del personal capacitado que llegue a asistir. • Si se decide que es necesario trasladar inmediatamente el ejemplar por su grave estado de salud hasta un centro de rescate, el jefe de Emergencia coordinará en conjunto con el grupo de respuesta ante emergencias, la manipulación del animal para colocarlo en una jaula o caja transportadora resguardando la integridad física del personal y del animal, evitando en lo posible generar más estrés en el ejemplar. Los materiales para realizar esta acción deben estar siempre presentes en las instalaciones del Proyecto. • Si el animal está muerto, se manipulará utilizando las medidas sanitarias necesarias para resguardar la seguridad del personal y del medio ambiente. El titular definirá en su momento las acciones concretas a seguir para la disposición final del o los ejemplares, siguiendo las recomendaciones de algún profesional del centro de rescate. • El área de prevención deberá estar informado y a cargo del seguimiento continuo en la recuperación del animal accidentado, así como de la necesidad de insumos para su recuperación. • Si en alguna situación excepcional el jefe de emergencia no está presente para participar en cualquiera de las etapas del procedimiento, tomará el control de la situación el grupo de respuesta ante emergencias, y en ausencia de ellos, el correspondiente jefe de Área asumirá el control inicial de la emergencia, hasta la concurrencia de personal especializado. • Posteriormente, el jefe de emergencia junto con el prevencionista iniciará una investigación utilizando los registros previamente recopilados, más los antecedentes obtenidos en el lugar del evento. Esta evaluación va orientada a determinar las causas y/o condiciones que originaron el accidente, de manera de poder controlar aquellas variables determinantes en la generación del accidente de tal manera de controlarlas, evitando así futuros siniestros como también para mantener un registro de sucesos, considerando ficha de registro de fauna accidentada. Se completará planilla de registros de incidentes. • Rehabilitación y Liberación • Será llevada a cabo en las instalaciones del centro de rescate y rehabilitación autorizado, siendo de exclusiva

responsabilidad de este, el cual debe estar inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna del SAG. • El animal permanecerá en estas instalaciones hasta que luego de finalizado el tratamiento se concluya que está apto para ser liberado en el medio natural. • El procedimiento de liberación será definido de acuerdo con la especie animal involucrada, participando en su elaboración el Supervisor de Medio Ambiente, el centro de rescate y rehabilitación autorizado y la autoridad ambiental. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Quien detecte la emergencia dará voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa que se encuentre en el área afectada. Se informará en orden prioritario a: Administrador, Jefe Prevención de Riesgos, para evaluar la situación. Así mismo se entregará un informe a la SMA dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, identificación del área afectada y su extensión, identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar los recursos naturales que hayan sido afectados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

13.2.15 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Afectación incidental, daño o muerte de ejemplares de fauna protegida durante las actividades de rescate y transporte Riesgo o contingencia Riesgo de Afectación incidental, daño o muerte de ejemplares de fauna protegida durante las actividades de rescate y transporte Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Plan de rescate y relocalización de fauna Acciones o medida a implementar • Ante el avistamiento de fauna protegida dentro de un frente de trabajo no liberado, se detendrán las obras hasta que el especialista realice el rescate. • En caso de ejemplares heridos, se procederá a su estabilización y traslado inmediato a un centro de rehabilitación autorizado por el SAG. • Si se detecta un aumento imprevisto en la densidad de individuos, se aumentarán los días de captura y los transectos de búsqueda activa. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • En caso de emergencias que configuren con algún riesgo, o potencial afectación, a algún componente ambiental, se comunicará dentro de un plazo de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Vías de comunicación:

• Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. • Vía correo electrónico: snifa@sma.gob.cl. • SEREMI de Medio Ambiente, SAG, Organismos competentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.5 de la Adenda Complementaria Anexo 12 de la Adenda Complementaria

13.2.16 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Pérdida de diversidad biológica en el desierto florido Riesgo o contingencia Riesgo de Pérdida de diversidad biológica en el desierto florido Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área de proyecto incluida la línea de transmisión eléctrica Acciones o medida a implementar El personal que detecte la especie dará aviso al responsable en Obra (Jefe de Obra y/o Prevencionista de Riesgo) • Quien detecte a la especie debe dar aviso de inmediato al responsable en obra. El perímetro y condiciones adecuadas de seguridad serán aquellas que se indiquen en la inducción de los trabajadores • Se deberá evitar cualquier manejo de la especie, hasta que se tengan indicaciones claras del profesional a contactar. • El responsable en obra deberá presentarse en el área a la brevedad y evaluar si el reporte corresponde efectivamente a la especie a erradicar. • El responsable en obra deberá realizar una búsqueda y análisis de la cantidad de especie presente y su huella, para organizar cuadrillas para extracción de la especie. • La extracción se realizará manual o mecánicamente, técnica que consiste en sacar de raíz las plantas con la mano o con herramientas, respectivamente. Esta última es para asegurar remoción de plántulas, lo cual evita la regeneración. • Una vez extraídos los ejemplares, estos serán dispuestos inmediatamente en bolsas o sacos, los cuales serán debidamente sellados y se mantendrán íntegros en todo momento, de esta forma se evitará contaminar otros sitios. • Una vez finalizada la actividad se debe limpiar las herramientas para eliminar cualquier resto vegetativo que quede, también deberán limpiarse los elementos de protección personal utilizado, de esta forma evitar la propagación de la especie.

• Esta actividad será informada a CONAF o a la institución competente mediante un informe de ejecución de la medida. • Se realizará un informe anual cada vez que se realice la actividad. • Este informe será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • En caso de emergencias que configuren con algún riesgo, o potencial afectación, a algún componente ambiental, se comunicará dentro de un plazo de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Vías de comunicación: • Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. • Vía correo electrónico: snifa@sma.gob.cl. • SEREMI de Medio Ambiente, SAG, Organismos competentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 12 de la Adenda Complementaria

13.2.17 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de las obras hidráulicas, obstrucción de canales o contaminación del lecho por vertidos accidentales Riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de las obras hidráulicas, obstrucción de canales o contaminación del lecho por vertidos accidentales Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras de conducción y evacuación. Acciones o medida a implementar • Ante un derrame accidental en el cauce, se procederá de inmediato a retirar la tierra contaminada y trasladarla a la bodega de residuos peligrosos (RESPEL) para su disposición final. • Tras un evento de lluvia, se evaluarán daños estructurales y se procederá a la limpieza inmediata de sedimentos y restos vegetales para restaurar la capacidad hidráulica. • En caso de erosión imprevista aguas abajo, se realizarán obras de mampostería o empedrado de protección para estabilizar el lecho. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • En caso de emergencias que configuren con algún riesgo, o potencial afectación, a algún componente ambiental, se comunicará dentro de un plazo de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA).

Vías de comunicación: • Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. • Vía correo electrónico: snifa@sma.gob.cl. • SEREMI de Medio Ambiente, SAG, Organismos competentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.7 de la Adenda Complementaria Anexo 12 de la Adenda Complementaria

13.2.18 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de los badenes, obstrucción del flujo natural por acumulación de sedimentos o contaminación accidental del lecho del cauce Riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de los badenes, obstrucción del flujo natural por acumulación de sedimentos o contaminación accidental del lecho del cauce Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Cruces vehiculares – badenes Acciones o medida a implementar • En caso de obstrucción por sedimentos o materia vegetal tras una crecida, se procederá a la limpieza inmediata para restaurar la sección hidráulica. • Si se detectan daños por socavación o arrastre, se ejecutarán las obras de reparación necesarias para asegurar la estabilidad del cruce. • Durante el cierre, se demolerán y retirarán las estructuras (hormigón o rellenos), dejando el cauce en condiciones similares a su estado natural. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • En caso de emergencias que configuren con algún riesgo, o potencial afectación, a algún componente ambiental, se comunicará dentro de un plazo de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Vías de comunicación: • Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. • Vía correo electrónico: snifa@sma.gob.cl. • SEREMI de Medio Ambiente, SAG, Organismos competentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.8 de la Adenda Complementaria Anexo 12 de la Adenda Complementaria

13.2.19 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural o colapso de las obras de defensa (pretiles) o de regularización (canales)

Riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural o colapso de las obras de defensa (pretiles) o de regularización (canales) Fase del proyecto a la que aplica Construcción y Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras de conducción y defensa. Acciones o medida a implementar • Detener las actividades en el área afectada si se detecta inestabilidad en los pretiles o canales. • Tras eventos de lluvia, se procederá a la limpieza inmediata de sedimentos y restos vegetales para restaurar la capacidad hidráulica de las obras. • Ante un derrame de hidrocarburos en el cauce, se retirará de inmediato el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado. • Ejecución de obras de mampostería o relleno compactado para corregir socavaciones o daños por arrastre. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • En caso de emergencias que configuren con algún riesgo, o potencial afectación, a algún componente ambiental, se comunicará dentro de un plazo de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Vías de comunicación: • Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. • Vía correo electrónico: snifa@sma.gob.cl. • SEREMI de Medio Ambiente, SAG, Organismos competentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9.9 de la Adenda Complementaria Anexo 12 de la Adenda Complementaria

13.2.20 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de las edificaciones o intervención no autorizada que comprometa la seguridad de las obras fuera de los límites urbanos Riesgo o contingencia Riesgo de Falla estructural de las edificaciones o intervención no autorizada que comprometa la seguridad de las obras fuera de los límites urbanos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones permanentes y temporales. Acciones o medida a implementar • Suspensión inmediata de las actividades y paralización de maquinaria y equipamiento en uso ante un siniestro estructural o incendio. • Ejecución de corte de electricidad desde los operadores remotos para aislar las zonas de riesgo.

• Traslado del personal hacia las zonas de seguridad definidas siguiendo las instrucciones del prevencionista de riesgos. • Contacto inmediato con la compañía de bomberos correspondiente y servicios de salud en caso de existir heridos. • Solo si es seguro y no se arriesga la integridad física, se debe intentar controlar la situación con los medios al alcance (como extintores o kits antiderrames) hasta que llegue el personal especializado. • Una vez que el encargado considere que la situación está bajo control y no hay riesgos remanentes, propondrá formalmente el término de la emergencia. • Tras decretarse el fin del evento, se procederá a la restauración gradual de la operatividad y limpieza de las áreas afectadas para retomar las actividades normales. • Es obligatorio que la jefatura ordene una investigación detallada sobre las causas y condiciones que originaron la emergencia. Esto tiene como fin recolectar evidencias para realizar correcciones y mejorar los procedimientos preventivos futuros. • Se debe realizar un inventario de las pérdidas materiales, daños a la propiedad o afectación a recursos naturales (como suelo o vegetación contaminada) para su posterior retiro y disposición final en sitios autorizados. • En caso de que la emergencia comprometa recursos hídricos, suelo o el medio ambiente, se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) vía telefónica o correo electrónico en un plazo menor a 24 horas. • Se debe entregar un reporte escrito a la SMA dentro de las 48 horas posteriores al evento. Este informe debe incluir los antecedentes del suceso, la identificación y extensión del área afectada, y una explicación detallada de las técnicas implementadas para controlar el evento y limpiar los recursos naturales impactados Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación: • En caso de emergencias que configuren con algún riesgo, o potencial afectación, a algún componente ambiental, se comunicará dentro de un plazo de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Vías de comunicación: • Módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente. • Vía correo electrónico: snifa@sma.gob.cl. • SEREMI de Medio Ambiente, SAG, Organismos competentes.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.8 de la Adenda Anexo 12 de la Adenda Complementaria

14° Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

14.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Las observaciones que no cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del RSEIA son las siguientes:

Tabla 14.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas Observante Persona Razón no admisibilidad Consejo Territorial Diaguita Jurídica Fuera de plazo.

14.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

De las observaciones ingresadas a la Dirección Regional del SEA Atacama, que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del RSEIA son la siguientes:

14.2.1 Observante: Lautaro Andrés Luengo Meliñir

Observación: De acuerdo a la Guía para la Compensación de la Biodiversidad (SEA, 2022), las medidas de compensación serán “acciones que buscan mejorar la calidad de la biodiversidad en otro sitio, idealmente cercano al área de influencia del componente, pero no dentro de ella” (p.20). En base lo anterior el proyecto en su medida de mitigación MC-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat, tiene por objetivo aumentar la capacidad de carga del área receptora de la relocalización de especies afectas en el PAS 146, para así aumentar los refugios para estas especies.

La observación a realizar corresponde a la justificación de la pertinencia de esta medida, dado que dentro del Plan de Manejo Biológico de Fauna (Anexo 7.2), señala que en base a la LB la abundancia registrada por especies en el área del proyecto es (por su nombre común): Lagartija de mancha negra (60), Lagartija de Atacama (40), Iguana Chilena (30) y Laucha de las dunas (5), y por Hectárea (Ha) la abundancia relativa por especie es de (9,1), (6,03), (4,5) y (0,008) respectivamente.

Por otro lado, el área de relocalización es de 838,3 Ha, y dadas la similitud con el área del proyecto se pueden equiparar las capacidades de carga de individuos por hectárea, las cuales son: Lagartija de mancha negra (12 ind/ha), Lagartija de Atacama (8 ind/ha), Iguana Chilena (6 ind/ha) y Laucha de las dunas (1,6 ind/ha).

En base a lo anterior, la observación a realizar es la solicitud de antecedentes que justifiquen el traslado de materiales tales como rocas, ramas o troncos como señala la medida MC-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat, ya que según la información levantada en la Línea Base y señalada en el Plan de Manejo Biológico de Fauna, el área de relocalización es apto para recibir las especies animales sin mayores modificaciones dado que la abundancia relativa por Ha en el área del proyecto es menor a la capacidad de carga por individuo por Ha en el área de relocalización, además estas modificaciones podrían cambiar el paisaje propio del desierto florido sin un correcto manejo. Por

último, la medida MC-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat, no tiene mención en el Plan de Manejo Biológico de Fauna.

Evaluación técnica de la observación: La observación presentada se considera pertinente, ya que aborda aspectos relacionados a medidas de mitigación del proyecto. Al respecto, se señala que en el Anexo 11 de la Adenda Complementaria se actualiza el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación. En este sentido, se consideran dos medidas asociadas al enriquecimiento de hábitat: la medida MM-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat en el sitio de relocalización de fauna terrestre; y MC-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat en el sitio de compensación. Ambas medidas se relacionan con el impacto FAT-01: Pérdida de hábitat para fauna nativa, endémica y /o en categoría de conservación de baja movilidad, y la medida MC-FAT-01 considera además el impacto ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”.

Respecto de la medida MM-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat en el sitio de relocalización de fauna terrestre, esta se justifica considerando que las acciones y obras del Proyecto se generarán pérdida de hábitat para las especies de fauna (nativa, endémica y/o en categoría de conservación) de baja movilidad Liolaemus nigromaculatus, Liolaemus atacamensis, Callopistes maculatus y Eligmodontia dunaris. Dado que se debe relocalizar a los individuos afectos al PAS 146, esta medida busca complementar la relocalización aumentando la disponibilidad de refugio para estas especies.

Por otra parte, la medida MC-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat en el sitio de compensación, considera aumentar la disponibilidad de refugios y sitios de protección para fauna de baja movilidad en el sitio de compensación sujeto al Plan de Manejo Biológico de Flora, contribuye a mejorar la interacción entre las componentes flora y fauna, pues este tipo de fauna ayuda con la dispersión de semillas, así como en la regulación de posibles plagas, dado que se alimentan de insectos, lo cual ayuda a mejorar la biodiversidad en su conjunto y así las condiciones para que las especies de flora y vegetación plantadas tengan mejor probabilidad de sobrevivencia y reproducción

En este sentido, la medida considera una revisión previa del área en campaña de terreno por equipo de profesionales liderado por especialista en fauna, quienes establecerán el número y los sitios específicos dentro del área de compensación donde se implementarán las actividades de la medida.

Respecto a la relación de la medida MC-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat en el sitio de compensación con el Plan de Manejo Biológico de Fauna, este último tiene como objetivo a la implementación de un Plan de Rescate y Relocalización de fauna de baja movilidad que se llevará a cabo previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto, mientras que la medida MC-FAT-01: Enriquecimiento de hábitat en el sitio de compensación se realizará en la fase de construcción, en el sitio de compensación sujeto al Plan de Manejo Biológico de Flora y de forma posterior al Plan de Manejo Biológico de Fauna, por lo que ambos se realizan de forma independiente.

14.2.2 Observante: Sabina Rayen Lemunao Aliste

Observación: Observación: Componente sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Según el artículo 100 del Decreto 40 del Ministerio del Medio Ambiente, medidas de compensación se definen como aquellas que buscan “reponer uno o más de los componentes o elementos del medio ambiente a una calidad similar a la que tenían con anterioridad al impacto sobre dicho componente o elemento o, en caso de no ser ello posible, restablecer sus propiedades básicas” (DS 40, art.100, p.86).

El proyecto “Parque solar fotovoltaico Ceibo” reconoce la afectación a comunidades indígenas que desarrollan actividades culturales en el lugar, dado que tiene impactos sobre el acceso de la comunidad a recursos naturales utilizados como sustento económico, así como también genera una

alteración a la manifestación de tradiciones, cultura e intereses comunitarios. A partir de lo anterior, se propone en el proyecto una medida de compensación que consiste en realizar capacitaciones técnicas para el reconocimiento, cultivo y uso de hierbas medicinales, además de capacitar para la elaboración de subproductos de parte de las comunidades indígenas.

Al respecto, este impacto se identifica sobre el sistema de vida y costumbre de grupos humanos y se determina que es significativo, respecto a lo que el Convenio 169 de la OIT señala que se debe respetar el derecho a la cultura de los pueblos indígenas, que “incluye formas y modalidades distintivas de usar los territorios tales como las actividades tradicionales de pesca, caza y recolección en tanto elementos esenciales de la cultura indígena” (Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, 2010, p.32). Así también, García (2021), expone que el territorio constituye un “elemento central y definitorio de la posibilidad del ejercicio de la autodeterminación, al igual que la reafirmación identitaria como pueblo y la construcción de comunalidad y organización (inter)comunitaria” (p.2), dado que a partir de la recuperación de prácticas y uso del territorio se reafirma la identidad diaguita (García, 2021). Lo anterior cobra gran relevancia dado que en el proyecto se expone que el territorio en que se emplazarán la infraestructura fotovoltaica cuenta con una importante carga cultural por parte de las comunidades, ya que en él desarrollan actividades propias de la cultura diaguita y su diario vivir.

En este sentido, la medida propuesta únicamente abarca los efectos negativos generados sobre la dimensión económica de la recolección de hierbas medicinales y no considera una medida de compensación para la pérdida del territorio como espacio para desarrollar actividades culturales y como elemento importante para el desarrollo de la identidad local y comunitaria, cuya alteración tiene importantes repercusiones sobre la población, tal como señala la Comisión Económica para América Latina (2014), al exponer que la pérdida de las formas de vida tradicionales y el despojo sistemático de territorios, puede afectar negativamente al bienestar de los pueblos indígenas, incluso a su salud.

Es por esto que se solicita una revisión de la pertinencia de la medida propuesta, con respecto a la realidad del territorio y la magnitud del impacto producido sobre el componente de sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Referencias bibliográficas Comisión Económica para América Latina. (2014). Los pueblos indígenas en América Latina Avances en el último decenio y retos pendientes para la garantía de sus derechos. https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/b1b631f7-30df-4668-9047- 6e2060cb30a6/content

Comisión Interamericana de los Derechos Humanos. (2010). Derechos de los pueblos indígenas y tribales sobre sus tierras ancestrales y recursos naturales: Normas y jurisprudencia del sistema interamericano de Derechos Humanos. https://www.oas.org/es/cidh/indigenas/docs/pdf/tierras- ancestrales.esp.pdf

Decreto 40. (12 de agosto de 2013). Aprueba reglamento del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Ministerio del Medio Ambiente.

García, L. (2021). “Estamos volviendo, estamos vivos”. La lucha territorial del pueblo diaguita desde la experiencia de la Comunidad Indígena La Quebrada (Catamarca, Argentina). Estudios Socioterritoriales. Revista de Geografía, (31), 105. https://doi.org/10.37838/unicen/est.31-201

Evaluación técnica de la observación: La observación presentada se considera pertinente, ya que aborda aspectos relacionados a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

La observación presentada se considera pertinente, ya que aborda aspectos relacionados a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos y a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Al respecto, en el Anexo 11 de la Adenda Complementaria se actualiza el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación.

Respecto a medidas asociadas a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en el Estudio de Impacto Ambiental se presentaron dos medidas de mitigación:

MM-DAN-01: Habilitación de zona de exclusión de quebradas y MC-DAN-01: Programa de Capacitación para la recolección de hierbas medicinales. Ambas medidas consideran los impactos:

- DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). - DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

En este sentido, la medida MM-DAN-01: Habilitación de zona de exclusión en quebradas que atraviesan el área de influencia tiene por objetivo mantener la continuidad del desplazamiento de las comunidades por las principales quebradas (Q3 y Q9) que atraviesan el área de influencia del Proyecto y en donde los realizan actividades de desplazamiento y libre pastoreo de su ganado ovino y asnal. Por otro lado, la medida permitirá dar continuidad en el desplazamiento de especies de fauna de alta movilidad. y evitar la afectación sobre las especies de flora en categoría de conservación.

La justificación de la medida en relación con las rutas de trashumancia se fundamenta en la necesidad de mantener la conectividad funcional del territorio para los sistemas de vida de las comunidades locales. Al dejar las quebradas fuera del área cercada, se asegura que las rutas tradicionales que conectan Canto de Agua con los sectores cordilleranos y Agua de la Zorra permanezcan abiertas. Estas mismas quebradas actúan como las vías principales por donde los crianceros conducen su ganado caprino y, aunque el pastoreo en el área del proyecto ha disminuido, estas zonas siguen siendo vitales para las salidas y retornos diarios de pastoreo. Por otra parte, debido a la humedad del subsuelo, las quebradas concentran abundancia de especies arbustivas y medicinales, permitiendo que las comunidades puedan acceder a estas plantas sin restricciones físicas a raíz de las instalaciones del Proyecto. Por último, se reconoce que la trashumancia es móvil y depende de los recursos disponibles según temporada, por lo que mantener las quebradas respeta este sistema de movilidad entre los grupos crianceros.

Adicionalmente, la zona de exclusión en las quebradas favorece el desplazamiento de fauna de alta movilidad que se desplaza por el área de influencia, contribuyendo a la dispersión de semillas y al servicio de regulación del ecosistema asociado.

El diseño del Proyecto ha considerado dejar como zona de exclusión las quebradas que atraviesan el área de influencia y que corresponden a cauces naturales de caudales intermitentes con activación de origen pluvial, los cuales conducen flujos superficiales únicamente durante eventos de precipitación, por lo que estos sectores presentan mayor vegetación.

Por otra parte, cabe indicar que el Plan de Manejo Biológico Actualizado, considera la realización de charlas de capacitación a trabajadores, contratistas y subcontratistas, que, entre otras cosas, instruirá sobre la prohibición de tránsito de personas, vehículos menores y maquinaria pesada en la zona de exclusión de quebradas que atraviesan el área de influencia.

Durante las fases de construcción y cierre, en cada uno de los puntos de ingreso al Proyecto, es decir, los accesos entre áreas de paneles, habrá personal en puntos fijos de monitoreo (casetas), con el fin

de poder coordinar medidas y prevenir interacciones con actividades de pastoreo u otra que implique a los Grupos Humanos identificados en el área de influencia.

Respecto a la medida MC-DAN-01: Programa de capacitación para la recolección de hierbas medicinales, esta tiene como objetivo entregar, transferir y compartir conocimientos técnicos respecto a la reproducción de hierbas medicinales que se verán afectadas por la materialización del Proyecto, y considera un programa de capacitación que permita la recolección de especies que son de uso habitual por los GHPPI (especialmente como hierbas medicinales), permitiendo su reproducción en áreas fuera del Proyecto, derivando en la elaboración de productos y conservación.

Adicionalmente, en el Anexo 14 de la Adenda Complementaria se establecen los siguientes compromisos voluntarios: - CAV-SVC-01: Restricción del uso de caminos, asociado al impacto DGE-01: Alteración de los flujos de comunicación y transporte. Tiene como objetivo evitar la obstrucción y limitación en el acceso a la ruta S/R C-434 (Camino Llanos del Lagarto), así como no generar aumento en los tiempos de desplazamiento de las comunidades que utilizan dicha ruta, evitando así una afectación sobre los sistemas de vida y costumbres de estos grupos humanos. Considera informar a los trabajadores (incluyendo contratistas y transportistas) sobre la prohibición de utilizar otros caminos que no sean los establecidos para el Proyecto, es decir, camino de acceso habilitado en la servidumbre de la LAT y los caminos internos. - CAV-SVC-02: Contratación local. - CAV-SVC-03: Señalética de identificación de vehículos. - CAV-SVC-04: Plan comunicacional de relacionamiento comunitario.

El Plan de Relacionamiento comunitario consiste en el establecimiento de un medio de comunicación abierto en fase de construcción y anuales en fase de operación con las organizaciones y comunidades del área de influencia del medio humano. Los medios de comunicación han de ser medio telefónico, correo electrónico y disposición de un libro triplicado en las instalaciones del Proyecto, permitiendo la recepción de comentarios o consultas por parte de los grupos humanos, y el titular se compromete a dar respuesta a las distintas observaciones en un plazo de máximo de 30 días hábiles desde su recepción.

Complementariamente, podemos informar que en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y de acuerdo con lo establecido en el Artículo 85 del DS 40 Reglamento del SEA, durante la evaluación ambiental, mediante la resolución 20240310159, de fecha 22 de marzo de 2024, de la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, se inicia un proceso de consulta a pueblos indígenas, que considera a la Comunidad Diaguita Llanos del Lagarto, Comunidad Diaguita Amancay Pai, Comunidad Diaguita Laina Kakán II, Comunidad Diaguita Chipasse Ta Caluba, Asociación Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto de la comuna y provincia de Huasco de la Región de Atacama. Durante el proceso, se emitió Resolución Exenta N°20260310184, que dio por desistida la participación de la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II en el PCPI, habiendo realizado, en cumplimiento al principio de buena fe y flexibilidad, todos los esfuerzos tendientes a propiciar y establecer un diálogo con el GHPPI, según se indica en el Considerando N°16 de dicha resolución. Finalmente, mediante la Resolución Nº 202603101179 de fecha 25 de septiembre de 2026 se da por finalizado el Proceso de Consulta Indígena desarrollado con la Comunidad Diaguita Llanos del Lagarto, Comunidad Diaguita Amancay Pai, Comunidad Diaguita Chipasse Ta Caluba, Asociación Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto

En este sentido, en el Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas se definen nuevas medidas de mitigación, compensación y reparación, las que se encuentran detalladas en el Informe Final de Consulta, disponible en el expediente del proyecto.

En conclusión, se implementan medidas de mitigación y compensación considerando los impactos significativos identificados sobre grupos humanos indígenas las cuales que se encuentran detalladas en el Informe Final de Consulta, disponible en el expediente del proyecto.

14.2.3 Observante: Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto

Observación 1: La Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto RUT 65.077.302-0. Personalidad Jurídica N.º 30306013 del Registro de Comunidades de CONADI, con domicilio en la localidad de Llanos del Lagarto, representada por su presidente Hugo Godoy, RUT N.º 12.804.220-2 exponemos aquí, las observaciones de nuestra Comunidad Indígena Diaguita (CID) en el proceso de Evaluación del Estudio Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico CEIBO”, con fecha inicio 20 de septiembre 2023 y cuyo monto de inversión será de 220 millones de dólares.

El que consiste en la construcción y operación de un Parque Solar Fotovoltaico Ceibo que producirá energía mediante la conversión de energía solar en energía eléctrica por medio de 496.800 módulos fotovoltaicos y un sistema de almacenamiento compuesto de baterías de ion de litio del tipo BESS (Battery Energy System Storage), para evacuar la energía generada mediante una línea de alta tensión (220 kV) que se conectará a la S/E Algarrobal 220 kV existente (RCA N° 61/2019 SEA Región de Atacama). La superficie total del Parque equivale a 449,4 hectáreas

La Comunidad por su parte, está situada en el área de influencia del proyecto y desde su inicio hemos manifestado nuestra preocupación por irreparable daño ambiental y cultural, ya que en su trabajo de gabinete solo se centró en recopilar información de tipo secundaria en medio humano y creando un perfil bajo en valor turístico.

  1. Es susceptible a impactos significativos en nuestro territorio afectando áreas de pastoreo, rutas de trashumancia, áreas de recolección de yerbas medicinales, recolección frutos silvestres, sitios históricos (pozos y hornos) sitios arqueológicos (aleros y tambos) sitios ceremoniales de la CID los que son parte del valor cultural, patrimonial y paisajísticos en la cosmovisión y cultura diaguita legado ancestral en CID llanos del Lagarto. En la actualidad ya existen recorridos turísticos guiados por comuneros de la CID generando etnoturismo en nuestro territorio ancestral.
  2. Es susceptible de afectar directamente nuestras prácticas de recolección que son parte de la dieta alimenticia ancestral.
  3. Es susceptible a la instalación de las torres de alta tensión que evacuaran electricidad desde proyecto fotovoltaico CEIBO hasta la Subestación algarrobal, generaran campos electromagnéticos exponiendo a los insectos polinizadores al estrés y cambios de conducta, estos efectos pueden reducir el porcentaje de semillas afectando directamente a sitio prioritario desierto florido que forman parte del atractivo etnoturismo realizado por la CID.
  4. Es susceptible de afectar directamente a quebradas aledañas en microfauna que mantienen ecosistemas biodiversidad de flora y fauna en el sector “Agua la Zorra” y en el territorio de la CID de Llanos del Lagarto en general.
  5. Es susceptible de afectar directamente a la trashumancia en sectores de traslado al Cerro la Jaula, Quebrada Algarrobal y espacio ceremoniales de la CID generando impacto sinérgico con los proyectos fotovoltaicos futuros en nuestro territorio.
  6. Es susceptible a la contaminación visual impacto masivo al paisaje de valor ambiental, turístico y cultural, ya que la instalación de 496.800 módulos fotovoltaicos provocara un “espejo” de entre cerro la Jaula y Agua la Zorra que son visibles desde el espacio ceremonial de la CID y desde el ingreso a la localidad de Llanos del lagarto kilómetro 702 carretera 5 norte.
  7. Es susceptible a la intervención de los caminos de acceso áreas de pastoreos y quebrada con cargas de pastaje, las que son utilizadas por nuestras familias trashumantes.

  8. Es susceptible de afectar directamente y por completo la ocurrencia de la afloración del desierto florido y podría acelerar el agotamiento del banco de semillas presentes dentro el área ejecución del parque fotovoltaico 449,4 ha con sus obras temporales y permanentes.

  9. Es susceptible al plan de medidas de mitigación, reparación y compensación del impacto asociado modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) señalado en el informe marco EIA CEIBO • Descripción de la medida: se plantea un rescate y almacenamiento y posterior relocalización de bulbos y semillas de las especies el denominado desierto florido en el área de influencia del proyecto con el objeto de conservar la variabilidad genética de este: • Almacenamiento: ¿Quién velara en el almacenamiento de estas semillas para que no sean mal utilizadas? ej.;(contrabando ilegal de especies de semillas autóctonas) • Rescate: la relocalización generara una repoblación y sobrecarga de individuos y especies en una zona que tiene “características similares” in situ en prácticas de pastoreo, trashumancia y recolección realizada por la CID hemos podido verificar en terreno que estos espacios ya están poblados por las mismas especies, esta sobrecarga al replantar generara perdidas en un mayor porcentaje mencionado en EIA. • El tiempo de cosechas de las nuevas especies relocalizadas nos tomara al menos 15 a 20 años para que podamos recolectar sus frutos, esto si se logra el porcentaje de especies (algarrobilla, pacul) que lleguen a la maduración y crecimiento, ya que no se tiene certeza de esta medida, no existen en la actualidad en la comuna programas de relocalización de especies autóctonas.

  10. Es susceptibles de afectar el renacimiento de nuestra comunidad.

Evaluación técnica de la observación: La observación presentada se considera pertinente, ya que aborda aspectos relacionados a impactos ambientales del proyecto. Al respecto, en relación con la caracterización de la línea de base y área de influencia del medio humano, en el Anexo 7 de la Adenda Complementaria se presentan medios de verificación que dan cuenta de información primaria para la elaboración de la Línea Base del componente Medio Humano, y considera Actas de Acercamiento, Consentimientos y Transcripciones de entrevistas realizadas. Particularmente, como se presenta en el Acta de Acercamiento N°2 del Anexo 7.1 de la Adenda Complementaria, se realizó un acercamiento por parte del titular a la Comunidad Indígena Llanos del Lagarto, en tanto se le reconoce como una organización de tipo funcional. Respecto a la caracterización sociocultural la comunidad se mantuvo al margen de brindar cualquier tipo información.

Respecto a impactos asociados a la afectación de impactos significativos en el territorio afectando áreas de pastoreo, rutas de trashumancia, áreas de recolección de yerbas medicinales, recolección frutos silvestres, sitios históricos (pozos y hornos) sitios arqueológicos (aleros y tambos) sitios ceremoniales de la CID los que son parte del valor cultural, patrimonial y paisajísticos en la cosmovisión y cultura diaguita legado ancestral en CID Llanos del Lagarto, así como las prácticas de recolección, en el Anexo 3.2 de la Adenda se reconocen los impactos significativos:

- DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). - DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas.

Considerando lo anterior, mediante la resolución 20240310159, de fecha 22 de marzo de 2024, de la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, se inicia un proceso de consulta a pueblos indígenas, que considera a la Comunidad Diaguita Llanos del Lagarto, Comunidad Diaguita Amancay Pai, Comunidad Diaguita Laina Kakán II, Comunidad Diaguita

Chipasse Ta Caluba, Asociación Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto de la comuna y provincia de Huasco de la Región de Atacama. Durante el proceso, se emitió Resolución Exenta N°20260310184, que dio por desistida la participación de la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II en el PCPI, habiendo realizado, en cumplimiento al principio de buena fe y flexibilidad, todos los esfuerzos tendientes a propiciar y establecer un diálogo con el GHPPI, según se indica en el Considerando N°16 de dicha resolución. Finalmente, mediante la Resolución Nº 202603101179 de fecha 25 de septiembre de 2026 se da por finalizado el Proceso de Consulta Indígena desarrollado con la Comunidad Diaguita Llanos del Lagarto, Comunidad Diaguita Amancay Pai, Comunidad Diaguita Chipasse Ta Caluba, Asociación Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto.

En este sentido, en el Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas se definen nuevas medidas de mitigación, compensación y reparación, las que se encuentran detalladas en el Informe Final de Consulta, disponible en el expediente del proyecto.

Respecto a los campos electromagnéticos, el Titular elaboró un estudio de Campos Electromagnéticos (CEM) (Anexo 4.4 del EIA) el cual concluyó que el Proyecto se ajusta a las normativas de referencia utilizadas. Además, se evaluó su afectación como impacto ambiental “CEM-01: Generación de Campos Electromagnéticos” (el cual se presenta en el Anexo 3.2 de la Adenda), dando como “no significativo” con una categorización “Baja”, por lo cual, no se proyecta una afectación al medio producto de la presencia de la línea de alta tensión, pues no modifica el estado actual de los campos electromagnéticos del lugar. En resumen, el estudio CEM concluyó que el proyecto se ajusta a la normativa de referencia utilizada, como se presenta en la Tabla a continuación:

Tabla. Resultados de la estimación de campo magnético Altura sobre el nivel del suelo (m) Magnitud de Campo magnético en microtesla [µT] Valor de referencia Bajo el eje de la línea En el límite de la franja de servidumbre (40 metros) 0,5 4,05 2,35 15 1 4,55 2,35 15 1,5 5,15 2,35 15 2 5,45 2,35 15 3 6,10 2,35 15 4 6,51 2,35 15 Fuente: Tabla 5, Anexo 4.4, EIA

En conclusión, no se estima una afectación al medio producto de la presencia de la línea de alta tensión, pues no modifica significativamente los campos electromagnéticos.

Respecto a la afectación a quebradas aledañas, considerando los impactos

DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural); - DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas; - ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”; - FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado); - FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas; y - FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido)

Se establece en el Anexo 11 de la Adenda Complementaria la medida MM-DAN-01: Habilitación de zona de exclusión de quebradas.

La medida MM-DAN-01 tiene por objetivo mantener la continuidad del desplazamiento de las comunidades por las principales quebradas (Q3 y Q9) que atraviesan el área de influencia del Proyecto y en donde los realizan actividades de desplazamiento y libre pastoreo de su ganado ovino y asnal. Por otro lado, la medida permitirá dar continuidad en el desplazamiento de especies de fauna de alta movilidad y evitar la afectación sobre las especies de flora en categoría de conservación.

Adicionalmente, la exclusión de estas quebradas disminuirá la superficie de afectación sobre las flora y vegetación en categoría de conservación existente (formaciones xerofíticas, geófitas, flora y vegetación en categoría de conservación con grado de amenaza y el Desierto Florido).

Como se puede ver en la siguiente ilustración, el Proyecto excluye las quebradas, ya que el diseño del este ha considerado la división en tres (3) polígonos independientes, quedando las quebradas como zona de protección de acuerdo con el Plan de Manejo Biológico de Flora.

Figura. Distancia entre cercos perimetrales del proyecto

Fuente: Figura 2, Anexo 11, Adenda Complementaria

En el capítulo 3.15 del EIA, se presentan y se analizan las rutas interiores que existen en el área de influencia del proyecto. En este sentido, la justificación de la medida en relación con las rutas de trashumancia se fundamenta en la necesidad de mantener la conectividad funcional del territorio para los sistemas de vida de las comunidades locales. Al dejar las quebradas fuera del área cercada, se asegura que las rutas tradicionales que conectan Canto de Agua con los sectores cordilleranos y Agua de la Zorra permanezcan abiertas. Estas mismas quebradas actúan como las vías principales por donde los crianceros conducen su ganado caprino y, aunque el pastoreo en el área del proyecto ha disminuido, estas zonas siguen siendo vitales para las salidas y retornos diarios de pastoreo. Por otra parte, debido a la humedad del subsuelo, las quebradas concentran abundancia de especies arbustivas y medicinales, permitiendo que las comunidades puedan acceder a estas plantas sin restricciones físicas a raíz de las instalaciones del Proyecto. Por último, se reconoce que la trashumancia es móvil y depende de los recursos disponibles según temporada, por lo que mantener las quebradas respeta este sistema de movilidad entre los grupos crianceros.

Respecto a la contaminación visual, se indica en primer lugar que los módulos fotovoltaicos que se utilizarán corresponden al tipo bifacial, lo que permite que parte de la luz solar pase a través de los paneles con el fin de captar la luz reflejada en el suelo por de la parte inferior del panel fotovoltaico. Por lo anterior, este tipo de paneles no reflejan la luz, por lo tanto, no generan efecto espejo.

Respecto al paisaje, en el Anexo 3.2 de la Adenda se indica que el área circundante al proyecto cuenta con una calidad visual baja, considerando que la mayoría de las unidades de paisaje definidas en el territorio resultaron valoradas en categoría baja, en tanto dos unidades tienen una calidad visual media. Lo anterior, se complementa en el Anexo 10 de la Adenda Complementaria, que presenta una caracterización actualizada del valor paisajístico, concluyéndose que el área de emplazamiento del proyecto no posee un valor paisajístico significativo.

Finalmente, en relación con la afectación sobre la flora y vegetación, en el Anexo 3.2 de la Adenda se presentan impactos asociados a esta componente. De los 8 impactos evaluados, tres de ellos resultaron significativos de tipo adversos de grado medio alto; el impacto FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado), FVT-04: Pérdida de formaciones xerofíticas y el impacto FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido). Adicionalmente, se reconoce el impacto significativo ASP-01: Afectación al sitio prioritario “Zona de Desierto Florido”, asociado al componente ambiental áreas protegidas y sitios prioritarios.

Los impactos FVT-01 y FVT-04 se producen como consecuencia de la corta, remoción de la vegetación y movimientos de tierra asociados a las obras del Proyecto, donde se removerá el 100% de las especies emplazadas en el área del Proyecto, cabe destacar que este impacto se producirá solo durante la fase de construcción.

En cuanto al impacto FVT-05, el área de emplazamiento posee un alto valor en términos de biodiversidad, dado que el Proyecto se encuentra inmerso de forma íntegra en el sitio prioritario Desierto Florido. Lo anterior implica que el impacto ambiental tendría efecto sobre varios objetos de conservación que son propios de este sitio prioritario, como por ejemplo flora vascular, bulbos, rizomas, geófitas, así como el hábitat utilizado por la fauna nativa del lugar. A diferencia del impacto anterior, este se presenta en todas las fases del Proyecto.

Para mitigar la afectación al banco de semillas del Desierto Florido, se ha desarrollado una serie de medidas que puede revisarse en detalle en el Anexo 3.3 de la Adenda, no obstante, las principales corresponden a las medidas:

M-FYV-03: Mantener orden de perfiles en zonas a excavar-zanjas: M-FYV-03: La cual busca la mantención del orden del perfil del suelo en las áreas que serán intervenidas por el movimiento de tierra en la actividad de excavación de zanjas, de manera de mantener el germoplasma existente en el primer horizonte para procurar que continue manifestándose el Desierto Florido.

MM-FYV-05: La cual establece las pautas generales para gestionar las tareas de control y erradicación de especies exóticas invasoras en el ecosistema del Desierto Florido, principalmente el control de Volutaria tubuliflora dentro del área del proyecto.

MR-FYV-01: Descompactación del suelo previo a la operación: La cual busca evitar la pérdida de individuos de especies asociadas al desierto florido, debido a la compactación del suelo producto de la circulación de personal, vehículos y maquinaria entre los módulos fotovoltaicos, devolviendo el suelo sus características físicas iniciales para poder sustentar la biodiversidad.

Particularmente, para mitigar la afectación al banco de semillas del Desierto Florido, se presenta en el Anexo 11.1 de la Adenda Complementaria el Plan de Manejo Biológico de Flora.

En este sentido, se plantea, por una parte, el rescate de especies geófitas (bulbos y rizomas). Por otro lado, cabe indicar que la medida de rescate y relocalización de geófitas está asociada a la medida de mitigación MM-FVT-02 detallada en el Anexo 11 de la Adenda Complementaria, que buscar preservar el sustrato donde efectivamente se haya detectado la existencia de bulbos o rizomas de

especies geófitas. El sitio de relocalización se encuentra al interior del Sitio Prioritario Desierto Florido en la comuna de Vallenar, este está localizado a 27 km del Proyecto y a 6 km de la ruta 5 norte aproximadamente, se puede acceder al predio por las Rutas C-442 y C-450. Para la medida de relocalización se considera que la relocalización de individuos no generará un aumento significativo en la densidad ni en la cobertura de la especie en el sitio receptor.

Para ello, se propone un monitoreo en un plazo de 4 años desde la ejecución de la medida de plantación de las estructuras subterráneas, dicho monitoreo deberá considerar los siguientes contenidos para cada área de plantación, que ha sido diferenciada por el calibre de los bulbos.

- Estado general del sector de plantación: Se deberá verificar el estado general de los polígonos de plantación y verificar que las protecciones para evitar el paso de vehículos y personas estén en buen estado y hayan sido respetadas, además de esto se deberá registrar si hay presencia de micromamíferos fosoriales, los cuales se pueden detectar al observar la presencia de cuevas subterráneas o restos de semillas de geófitas. - Estructuras foliares: Se deberá registrar la existencia de estructuras foliares, de ser posible, la especie y calibre al cual pertenecen. - Estructuras florales: De existir floración se deberá registrar su estado, además de la especie y el calibre al cual pertenecen. - Dispersión de germoplasma: Se registrará si hay existencia de frutos generados o semillas y el calibre al cual pertenecen.

Por otra parte, se procederá a la colecta de semillas de las especies herbáceas y arbustivas del Desierto Florido, a partir de especies presentes en el área de influencia del Proyecto. Las semillas se almacenarán en una bodega previamente acondicionada, libre de humedad y con baja temperatura. Además, el germoplasma recolectado será almacenado en el Banco de Semillas del INIA o el Banco de semillas de la Universidad de Chile (CESAF Facultad de Ciencias Forestales). Se emitirán reportes a la autoridad ambiental (SMA y CONAF) durante tres años, donde se informará respecto de la ejecución de la medida y los resultados de su seguimiento.

En cuanto al Plan de Manejo Biológico de Flora (parte del plan de medidas de mitigación, reparación y compensación), se aclara que solo se rescatarán semillas de especies arbustivas xerofíticas con grado de amenaza, correspondientes al Cuerno de cabra y Bálsamo carpón, además del Copao. El Titular se hará cargo de su almacenamiento y cuidado, cabe destacar que, al posterior a su recolección, estas serán etiquetadas, analizado su estado fitosanitario e inventariadas para su almacenamiento.

Adicionalmente, se detalla un programa de manejo para especies amenazadas y xerotíficas, enfocado en los individuos de Balsamocarpon brevifolium (algarrobilla), especie clasificada En Peligro, y en los individuos de Skytanthus acutus (cacho de cabra) y Eulychnia acida (copiao). En este caso, posterior a la plantación se realizará un seguimiento que considera la sobrevivencia, el estado fitosanitario, fenológico y de las protecciones y del tutor de los individuos. De acuerdo con los resultados de cada monitoreo, se podrán realizar medidas correctivas, con el fin de cumplir con el objetivo específico.

Toda información relacionada a la aplicación de la medida, así como a los inventarios, lugar de almacenamiento, viverización, etc. podrá ser solicitada en el marco de la aplicación del Compromiso Ambiental Voluntario CAV-SVC-04 Plan comunicacional de relacionamiento comunitario (Anexo 3.7 de la Adenda), el cual contempla el establecimiento de un protocolo de coordinación de reuniones trimestrales en fase de construcción y anuales en fase de operación con las organizaciones y comunidades del área de influencia del medio humano, de manera que las comunidades estén al tanto del avance del Proyecto, así como manifestar sus comentario o consultas sobre este.

En relación a que la relocalización generará una repoblación y sobrecarga de individuos y especies en una zona que tiene “características similares”, se indica que al escoger el sitio de compensación

para la relocalización se analiza si el lugar es apto para recibir los individuos para no generar sobrecarga. Toda la información referente se puede revisar en el Plan de Manejo Biológico de Flora en el Anexo 3.3.1 de la Adenda.

En cuanto al l tiempo de cosechas de las nuevas especies relocalizadas, el Titular señala que se están analizando medidas alternativas para compensar la pérdida de forraje mientras dura la aplicación del Plan de Manejo Biológico (Anexo 3.3.1 de la Adenda), a medida que avance la consulta indígena se presentarán a las CID de manera de acordar lineamientos.

Por último, en relación con la susceptibilidad de afectación al renacimiento de la comunidad, se entiende que la observación está relacionada con el renacimiento cultural y tradicional de la comunidad. En este sentido, la acción del proyecto sobre este aspecto ha sido evaluado tanto de la perspectiva real como simbólica, lo cual es parte del EIA (capítulo 3.15 del EIA). Sin perjuicio de ello, se debe indicar que las comunidades viven procesos internos de revitalización y resignificación cultural, y en el caso concreto del área influencia la revitalización cultural está ligada a la mantención de las actividades tradicionales de crianza de ganado caprino y la recolección de hierbas y frutos, como parte del acervo cultural reconocido como propio y exclusivo. Por lo anterior en términos culturales el proyecto no imposibilita el rescate o persistencia de las prácticas culturales que configuran a la comunidad.

Considerando lo anterior, mediante la Resolución 20240310159, de fecha 22 de marzo de 2024, de la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, se inicia un proceso de consulta a pueblos indígenas, que considera a la Comunidad Diaguita Llanos del Lagarto, Comunidad Diaguita Amancay Pai, Comunidad Diaguita Laina Kakán II, Comunidad Diaguita Chipasse Ta Caluba, Asociación Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto de la comuna y provincia de Huasco de la Región de Atacama. Durante el proceso, se emitió Resolución Exenta N°20260310184, que dio por desistida la participación de la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II en el PCPI, habiendo realizado, en cumplimiento al principio de buena fe y flexibilidad, todos los esfuerzos tendientes a propiciar y establecer un diálogo con el GHPPI, según se indica en el Considerando N°16 de dicha resolución. Finalmente, mediante la Resolución Nº 202603101179 de fecha 25 de septiembre de 2026 se da por finalizado el Proceso de Consulta Indígena desarrollado con la Comunidad Diaguita Llanos del Lagarto, Comunidad Diaguita Amancay Pai, Comunidad Diaguita Chipasse Ta Caluba, Asociación Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto

En este sentido, en el Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas se definen nuevas medidas de mitigación, compensación y reparación, las que se encuentran detalladas en el Informe Final de Consulta, disponible en el expediente del proyecto.

Observación 2: Proximidad a la población y recursos naturales: Nuestra Comunidad fue constituida formalmente en el año 2013, pero habita y usa el territorio ancestralmente desde cordillera a mar en actividades de ganadería caprina y agricultura, ejerciendo practicas ya mencionadas, actualmente usa sus rutas de trashumancia manteniendo viva sus tradiciones y costumbres que forman parte de la cultura del pueblo diaguita.

El uso y el valor que representa nuestro territorio ancestral, es vital para nuestra Comunidad, porque es parte de la cosmovisión del pueblo la que está ligada a la tierra y a todos los recursos naturales que esta pueda entregarnos y es la única forma que permite la sustentabilidad cultural, espiritual y económica desarrollado por nuestros ancestros y la Comunidad en general.

Interferencia en rutas de trashumancia y pastoreo: Cabe señalar que el proyecto estará ubicado en rutas de trashumancias de invernada utilizada por la Comunidad.

El proyecto fotovoltaico intervendrá la zona de pastoreo y caminos que son utilizados en el traspaso de ganado en la trashumancia que se realizan en épocas de invernadas y veranadas, estos pasos son nuestra forma de mantenernos en contacto y son usados para el traslado frecuente de la Comunidad

El pastoreo forma parte del desarrollo productivo de la comunidad, dado que permite alimentarnos con la carne del ganado y comercializar productos derivados de la producción de leche. Si los animales dejan de tener espacios para alimentarse y la comunidad sigue perdiendo recursos naturales, difícilmente podríamos continuar con el legado, ni trasmitirlo a las generaciones venideras.

Actualmente hay dos proyectos energéticos que utilizaran más de 800 hectáreas para su ejecución lo que reduce zonas de pastoreos y recolección de especies las que generan recursos económicos que han permitido mantener, difundir y mantener viva nuestra cultura.

Cabe señalar que la comunidad utiliza todo el territorio para sus actividades tradicionales.

Evaluación técnica de la observación: La observación presentada se considera pertinente, ya que aborda aspectos relacionados a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Al respecto, el titular reconoce en el área de influencia que la comunidad Diaguita Llanos de Lagarto se constituyó de conformidad a la Ley 19.253 el año 2013. Dicho acto fundacional ante CONADI se sustenta en la existencia de un único tronco familiar, al mismo tiempo que su constitución está sustentada en el uso del territorio como parte central de sus actividades socioproductivas ligadas a la crianza de ganado caprino de características trashumantes.

En este sentido, el proyecto reconoce efectos significativos sobre los recursos naturales que permiten la persistencia de la actividad ganadera trashumante y el pastoreo libre. Sin perjuicio de ello, el diseño del proyecto excluye zonas de quebradas existentes en el área de emplazamiento del área de generación, con lo cual se permite el libre tránsito entre distintos sectores de pastoreo y de rutas que son utilizadas para movilizar el ganado caprino.

El conjunto de actividades socioproductivas desarrolladas por los miembros de la comunidad Diaguita, tal como se señalo está dotada de un componente cultural y de esta de esta forma hacen uso de los recursos naturales, tanto para el pastoreo como para la recolección de frutos y semillas, los cuales persisten como práctica proveniente de la tradición cultural.

Especial mención en el caso de los frutos recolectados tiene el copao, el cual se da naturalmente en el un sector cercano al asentamiento de Llanos del Lagarto en el cruce de la ruta C-946 y C-440, ubicada la Oeste del caserío. Sector que no será intervenido por las acciones u obras del proyecto. El copao se recolecta artesanalmente y un fruto al que se le reconocen múltiples beneficios, lo cual es parte del acervo cultural Diaguita.

La comunidad Diaguita otorga a los recursos naturales de un valor cultural, pues permiten el desarrollo de las actividades productivas y con ello reproducen las actividades reconocidas como tradicionales

Los recursos naturales de libre disposición son utilizados desde la perspectiva tradicional sustentado en la memoria colectiva, fruto de la tradición oral. Los relatos de los abuelos son la memoria de la comunidad donde se ha traspasado su historia de uso y ocupación del territorio. Entendiendo el territorio como una extensión del espacio geográfico utilizado para sus prácticas productivas.

En este sentido, la medida MM-DAN-01: Habilitación de zona de exclusión en quebradas que atraviesan el área de influencia, presentada en el Anexo 11 de la Adenda Complementaria, tiene por objetivo mantener la continuidad del desplazamiento de las comunidades por las principales

quebradas (Q3 y Q9) que atraviesan el área de influencia del Proyecto y en donde los realizan actividades de desplazamiento y libre pastoreo de su ganado ovino y asnal. Por otro lado, la medida permitirá dar continuidad en el desplazamiento de especies de fauna de alta movilidad. y evitar la afectación sobre las especies de flora en categoría de conservación.

La justificación de la medida en relación con las rutas de trashumancia se fundamenta en la necesidad de mantener la conectividad funcional del territorio para los sistemas de vida de las comunidades locales. Al dejar las quebradas fuera del área cercada, se asegura que las rutas tradicionales que conectan Canto de Agua con los sectores cordilleranos y Agua de la Zorra permanezcan abiertas. Estas mismas quebradas actúan como las vías principales por donde los crianceros conducen su ganado caprino y, aunque el pastoreo en el área del proyecto ha disminuido, estas zonas siguen siendo vitales para las salidas y retornos diarios de pastoreo. Por otra parte, debido a la humedad del subsuelo, las quebradas concentran abundancia de especies arbustivas y medicinales, permitiendo que las comunidades puedan acceder a estas plantas sin restricciones físicas a raíz de las instalaciones del Proyecto. Por último, se reconoce que la trashumancia es móvil y depende de los recursos disponibles según temporada, por lo que mantener las quebradas respeta este sistema de movilidad entre los grupos crianceros.

Figura. Distancia entre cercos perimetrales del proyecto

Fuente: Figura 2, Anexo 11, Adenda Complementaria

En conclusión, desde la dimensión antropológica la medida se justifica en relación a medio humano toda vez que permite asegurar que el área de instalación del Proyecto no anule la capacidad de las comunidades para ejercer sus prácticas de trashumancia y recolección.

Dado lo anterior, el territorio desde la perspectiva de la comunidad Diaguita rebasa los límites de su propio asentamiento y se extiende por todos aquellos espacios susceptibles de ser usados. Por lo mismo en este caso el territorio es una construcción social y simbólica que se manifiesta en el uso del espacio geográfico y se sustenta en la memoria colectiva y la tradición oral. Sin que lo anterior implique que existe propiedad de la tierra o uso exclusivo de la misma. En los sectores más cercanos al caserío de Llanos del Lagarto y que conforman el área de influencia, los recursos disponibles para la crianza de cabras son tanto utilizado por miembros de la comunidad Diaguita como por otros habitantes del caserío que no forman parte de ella, pero si comparte la actividad productiva.

Finalmente, el aspecto más relevante dice relación con la práctica de la trashumancia, la cual es parte de los aspectos culturales preservados y que configuran la forma en la cual hacen uso del territorio.

La trashumancia es uno de los elementos de la cultura diaguita que configura en gran parte el sistema de vida y costumbres de la comunidad Diaguita Llanos del Lagarto. Esta práctica cultural es reconocida como tradicional ancestral. Sin perjuicio de ello, el área de influencia corresponde a una zona de pastoreo libre y al mismo tiempo dado el asentamiento permanente de las familias, es el lugar donde inician sus desplazamientos en busca de sectores de pastoreo.

Es a partir de la trashumancia que los antepasados de la comunidad Diaguita Llanos del Lagarto se asentaron en el lugar del mismo nombre. La disponibilidad de agua permanente y zonas de pastoreo les permitió asentarse, sin dejar de lado las rutas ancestrales de trashumancia que recorre de mar a cordillera buscando los mejores lugares para mantener los piños de cabras. Estas rutas de trashumancia, que actualmente son ocupadas por los miembros de la comunidad Diaguita Llanos del Lagarto, forman parte del conocimiento ancestral de la comunidad y sus miembros, por lo mismo mantienen un resguardo de estas y especialmente de las invernadas y veranadas, las cuales utilizan durante determinadas épocas del año para el pastoreo de sus animales, siempre desde la perspectiva de la existencia de recursos naturales disponibles.

Se debe tener presente que las rutas de trashumancia actuales son aquellas que permiten el desplazamiento hacia zonas de pastoreo, las cuales son utilizadas en la medida que existan recursos naturales que permitan la alimentación del ganado. Si bien en la actualidad, el desplazamiento de los animales hacia dichas zonas de pastoreo utiliza en la mayoría de los casos el transporte en camiones por rutas públicas, la práctica de la trashumancia no pierde su componente cultural y productivo.

Ahora bien, en términos concretos el proyecto reconoce efectos significativos sobre los recursos naturales que permiten la persistencia de la actividad ganadera trashumante y el pastoreo libre. Sin perjuicio de ello, el diseño del proyecto excluye zonas de quebradas existentes en el área de emplazamiento del área de generación, con lo cual se permite el libre tránsito entre distintos sectores de pastoreo y de rutas que son utilizadas para movilizar el ganado caprino. Sin que el proyecto interfiera rutas públicas o de uso cotidiano.

Efectivamente existen en la zona varios proyectos solares en evaluación ambiental y por tanto se puede entender que existe un efecto sinérgico en términos de superficie sobre la cual es posible la pastura del ganado. Sin perjuicio de lo anterior, los proyectos se desarrollan en zonas distintas dentro del territorio de uso. Adicionalmente dado que los proyectos se encuentran en tramitación ambiental, según la normativa ambiental vigente, estos deben hacerse cargo de los impactos ambientales significativos que generan para obtener su Resolución de Calificación Ambiental.

Por otra parte, y en relación con los dos proyectos energéticos mencionados por el observante, en el Capítulo 2 del Estudio de Impacto Ambiental se presentan proyectos con RCA aprobada, y se reconocen en el área de estudio (10 km) 5 proyectos, de los cuales 4 proyectos corresponden al sector de energía, y 1 proyecto a minería. Adicionalmente, es posible señalar que la predicción y evaluación de impactos ambientales presentada en el Anexo 3.2 de la Adenda considera la variable sinergia, considerando como sinergia aquellos casos en que un efecto simple generado por las actividades del Proyecto se vea reforzado con efectos de otros Proyectos o actividades que cuenten con calificación ambiental vigente.

En conclusión, el proyecto considera otros proyectos con resolución de calificación ambiental aprobada para la predicción y evaluación de impactos asociados a sistemas de vida y costumbres de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Lo anterior tuvo como resultado que mediante La Resolución 20240310159, de fecha 22 de marzo de 2024, de la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, iniciara un proceso de consulta a pueblos indígenas, que considera a la Comunidad Diaguita Llanos del Lagarto, Comunidad Diaguita Amancay Pai, Comunidad Diaguita Laina Kakán II, Comunidad Diaguita Chipasse Ta Caluba, Asociación Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto de la comuna y provincia de Huasco de la Región de Atacama. Durante el proceso, se emitió Resolución Exenta

N°20260310184, que dio por desistida la participación de la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II en el PCPI, habiendo realizado, en cumplimiento al principio de buena fe y flexibilidad, todos los esfuerzos tendientes a propiciar y establecer un diálogo con el GHPPI, según se indica en el Considerando N°16 de dicha resolución. Finalmente, mediante la Resolución Nº 202603101179 de fecha 25 de septiembre de 2026 se da por finalizado el Proceso de Consulta Indígena desarrollado con la Comunidad Diaguita Llanos del Lagarto, Comunidad Diaguita Amancay Pai, Comunidad Diaguita Chipasse Ta Caluba, Asociación Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto

En este sentido, en el Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas se definen nuevas medidas de mitigación, compensación y reparación, las que se encuentran detalladas en el Informe Final de Consulta, disponible en el expediente del proyecto.

Observación 3: Contaminación visual y Lumínica El proyecto se emplazará a 3,1 kilómetros de sector Agua la Zorra

Evaluación técnica de la observación: La observación presentada se considera pertinente, ya que aborda aspectos relacionados a componentes ambientales del proyecto. Al respecto, se indica que la contaminación lumínica se encuentra regulada en la Región de Atacama a través del D.S. N° 43/13 del Ministerio de Medio Ambiente (la cual desde el 18 de octubre de 2024 será aplicada gradualmente a todo el país), la cual regula la emisión de flujo radiante o luz de cualquier tipo de lámpara o luminaria de exteriores. En este sentido, el proyecto debe someterse y dar cumplimiento a los parámetros establecidos en la norma anteriormente mencionada.

Observación 4: Contaminación Acústica Debido a que el parque fotovoltaico se encontrara a 3,1 kilómetros de la zona poblada de “Agua de la zorra” área influencia directa en cual no se realizó ningún análisis de identificación como receptores existentes para la evaluación de emisiones generadas para el EIA (lugar ceremonial y donde viven comuneros) se originaran ruidos tanto en la etapa de construcción (maquinarias trabajando) y en la etapa de operación ocasionando posiblemente campos electromagnéticos susceptibles de afectar a la población.

Evaluación técnica de la observación: La observación presentada se considera pertinente, ya que aborda aspectos relacionados al área de influencia del proyecto. Al respecto, tanto en la estimación de emisiones atmosféricas como de ruido y vibraciones se considera el sector Agua de la Zorra. En las Figuras a continuación, se presentan las áreas de influencia de Ruido y Vibraciones, así como de Emisiones Atmosféricas. Como se observa ninguna de estas alcanza al receptor R4 correspondiente a Agua de la Zorra.

Figura. Área de influencia de ruido del proyecto para receptores humanos

Fuente: Ilustración 15-2, Adenda.

Figura. Área de influencia de emisiones atmosféricas del proyecto

Fuente: Ilustración 13-3, Adenda.

En cuanto a los Campos Electromagnéticos, como ya se mencionó, el Titular elaboró un estudio de Campos Electromagnéticos (Anexo 4.4 del Estudio de Impacto Ambiental) el cual concluyó que el Proyecto se ajusta a las normativas de referencia utilizadas. Además, se evaluó su afectación como impacto ambiental “CEM-01: Generación de Campos Electromagnéticos” (el cual puede revisarse en el Anexo 3.2 de la Adenda), dando como “no significativo” con una categorización “Baja”, por lo cual, no se proyecta una afectación al medio producto de la presencia de la línea de alta tensión, pues no modifica el estado actual de los campos electromagnéticos del lugar.

En síntesis, el estudio concluyó que el proyecto se ajusta a la normativa de referencia utilizada, como se presenta en la Tabla a continuación:

Tabla. Resultados de la estimación de campo magnético Magnitud de Campo magnético en microtesla [µT]

Altura sobre el nivel del suelo (m) Bajo el eje de la línea En el límite de la franja de servidumbre (40 metros) Valor de referencia 0,5 4,05 2,35 15 1 4,55 2,35 15 1,5 5,15 2,35 15 2 5,45 2,35 15 3 6,10 2,35 15 4 6,51 2,35 15 Fuente: Tabla 5, Anexo 4.4, EIA

Además, se evaluó el impacto CEM-1: Generación de Campos Electromagnéticos en el Anexo 3.2 de la Adenda, determinándose un impacto no significativo.

En conclusión, no se estima una afectación al medio producto de la presencia de la línea de alta tensión, pues no modifica significativamente los campos electromagnéticos.

Observación 5: Contaminación Ambiental El proyecto puede provocar daños a la naturaleza y a los pequeños ecosistemas que los mantiene vivos.

Se verá intervenido y contaminados el sector de pastaje para ganado caprino, equino y también sectores de recolección de frutos tales como taco de algarrobilla, pacul las que son utilizada para trabajos de teñido de lana, trueque entre artesanas de comunidades vecinas, en el valioso camino de nuestro patrimonio y la salvaguarda de oficios y tradiciones del pueblo.

La contaminación y extinción a la que se expondrán las yerbas medicinales que actualmente son cosechadas para el uso cotidiano y que permiten la transmisión de saberes ancestrales en el uso y cuidado de estas especies , ya sea a niños y adultos de la comunidad, localidad en general , estas prácticas se realizan en talleres que se ejecutan durante el año con el objeto de poder complementar con yerbas tradicionales producidas en sus huertas y generar nuevos productos naturales con fines culturales y sustento económico. Las que se comercializan en feria expositoras, convocadas por CONADI, INDAP o municipalidades y en fiestas costumbristas dentro y fuera de la región.

Evaluación técnica de la observación: La observación presentada se considera pertinente, ya que aborda aspectos relacionados impactos ambientales del proyecto. Al respecto, se indica que el Proyecto no genera afluentes ni residuos líquidos que puedan dañar a los ecosistemas; las emisiones atmosféricas (generadas solo en la construcción y cierre) están dentro de los límites normativos, y todos los residuos generados serán gestionados según lo indicado en los Anexos 6.3 y 6.4 de la Adenda, cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a ellos, con lo que no se generará un impacto significativo a los ecosistemas.

En relación con la afectación sobre la flora y vegetación, en el Anexo 3.2 de la Adenda se presentan impactos asociados a esta componente:

• FVT-01 Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado) • FVT-02 Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación sin grado de amenaza (Preocupación Menor) • FVT-03 Pérdida de individuos de especies sin categoría de conservación • FVT-04 Pérdida de formaciones xerofíticas • FVT-05 Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido)

• FVT-06 Efecto de emisión de MPS sobre la flora y vegetación • FVT-07 Fragmentación del ecosistema "Desierto Florido de los Llanos” (Gajardo, 1994). • FVT-08 Pérdida de individuos de especies de hábito geófito.

De los 8 impactos evaluados, cuatro de ellos resultaron significativos de tipo adversos de grado medio alto; el impacto FVT-01: Pérdida de individuos de especies en categoría de conservación con grado de amenaza (Vulnerable y Casi Amenazado), FVT-04: Pérdida de formaciones xerofítica, el impacto FVT-05: Modificación de la composición florística de una comunidad (desierto florido) y el impacto FVT-08 Pérdida de individuos de especies de hábito geófito.

En complemento a lo anterior, se señala que en el Anexo 11 de la Adenda Complementaria se actualiza el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación. Particularmente, respecto a medidas asociadas a la recolección de yerbas medicinales se establece la medida MC-DAN-01: Programa de Capacitación para la recolección de hierbas medicinales, que considera los impactos cuya evaluación se presenta en las Tablas a continuación.

Tabla. Evaluación impacto DAN-02: Intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales utilizados como sustento económico de las comunidades indígenas o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). Impacto DAN-01 Variables Justificación Indicador Construcción Operación Cierre Carácter (Ca) El impacto sobre la dimensión es negativo ya que el Proyecto delimitará el acceso a las tierras que se utilizarán para emplazarlo. -1 -1 -1 Extensión (Ex) El impacto tendrá efectos de extensión puntual, debido a que solo se negará el acceso al área delimitada por el cerco perimetral del Proyecto. 1 1 1 Duración (Du) El impacto tendrá efectos a largo plazo, dado que la instalación del cerco perimetral se mantendrá por toda la vida útil del proyecto. 3

3 3 Reversibilidad (Rev) Parcialmente reversible, pues no todos los recursos actualmente existentes en el área de emplazamiento se recuperarán de forma natural finalizada la vida útil del Proyecto si no que requerirán medidas correctivas, además de tiempo para que se restauren. 2 2 2 Sinergia (Sin) El efecto es muy sinérgico, dado que la existencia de más proyectos en la zona incide aumentar la intervención, uso o restricción de los recursos naturales, la cual no es posible revertir con acciones correctivas. 3 3 3

Intensidad (Int) Se considera una intensidad moderada, ya que el grado de alteración que generarán las obras generará una alteración de la condición basal sobre algunos componentes de interés para los grupos humanos. 2 2 2 MI -11 -11 -11 Fuente: Tabla 4-121, Anexo 3.2, Adenda

Tabla. Evaluación impacto DAN-04: Intervención en el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de las comunidades indígenas. Impacto DAN-04 Variables Justificación

Indicador

Construcción Operación Cierre Carácter (Ca) El impacto sobre la dimensión es negativo ya que el Proyecto delimitará el acceso a las tierras que se utilizarán para emplazarlo. -1 -1 -1 Extensión (Ex) El impacto tendrá efectos de extensión puntual, debido a que solo se negará el acceso al área delimitada por el cerco perimetral del Proyecto. 1 1 1 Duración (Du) El impacto tendrá efectos a largo plazo, dado que la instalación del cerco perimetral se mantendrá por toda la vida útil del proyecto. 3

3 3 Reversibilidad (Rev) Parcialmente reversible, pues no todas las componentes ambientales de interés para las comunidades indígenas del área de emplazamiento se recuperarán de forma natural finalizada la vida útil del Proyecto, si no que requerirán medidas correctivas, además, de tiempo para que se restauren. 2 2 2 Sinergia (Sin) El efecto es muy sinérgico, dado que la existencia de más proyectos en la zona incide aumentar la intervención del territorio que podría interferir a los sentimientos de arraigo o de cohesión social de las comunidades indígenas, la cual no es posible revertir con acciones correctivas. 3 3 3

Intensidad (Int) Se considera una intensidad moderada, ya que el grado de alteración que generarán las obras generará una alteración de la condición basal sobre algunos componentes de interés para los grupos humanos pertenecientes a comunidades indígenas. 2 2 2 MI -11 -11 -11 Fuente: Tabla 4-124, Anexo 3.2, Adenda.

En consideración de lo anterior, se concluye que se predicen y evalúan impactos asociados a ecosistemas y sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, así como se diseñan medidas de mitigación, reparación y compensación sobre los impactos significativos.

Observación 6: Tierras, territorios y recursos naturales en el Convenio 169 de la OIT. Cabe destacar que se debe prevalecer el artículo 13 del convenio de la OIT, la noción de que nuestro territorio cubre la totalidad de hábitat de la región que ocupamos tradicionalmente, como comunidad Diaguita en el territorio Diaguita, siendo la zona de emplazamiento y del proyecto, tierra indígena no inscrita.

Evaluación técnica de la observación: La observación presentada se considera pertinente, ya que aborda aspectos relacionados a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Al respecto, en el capítulo 3.15 del EIA, se reconoce la existencia de una territorialidad para los GHPPI, dado que el territorio debe entenderse como una construcción social, resultado de múltiples formas de apropiación del espacio, tanto real como simbólico, del cual participan distintos actores. Las apropiaciones del espacio geográfico, se sustenta en la cultura, las experiencias sociales reproducidas en la memoria y los conflictos con el Estado. De esta forma, el territorio está más vinculado a una idealización conceptual que a una práctica cotidiana, sin que este pierda su carácter constitutivo. El territorio entendido como paisaje, es intrínsecamente dinámico, cambia siguiendo las transformaciones que los grupos humanos realizan, y en este proceso incorporan nuevas prácticas sociales y económicas que son reconocidas como propias, aunque en un pasado no muy lejano eran desconocidas y externas. La noción de prácticas sociales y económicas, resultan importantes al momento de reconocer la multiplicidad de usos que el territorio es capaz de soportar, los componentes reconocidos del territorio pueden ser identificados como recursos disponibles para todos, pero finalmente son apropiados y utilizados solo por algunos, sin que esto implique la pérdida de este por parte de la comunidad como colectivo social. Finalmente, el territorio y sus elementos constitutivos, en tanto expresión simbólica, es capaz de multiplicarse sin perder esencia, la posibilidad de uso de este no debe entenderse en su dimensión material y fáctica, sino por el contrario en su capacidad de permanecer y reproducirse en tanto permanezca como expresión simbólica de los grupos en sí. Por otra parte, el territorio de igual forma puede ser entendido de forma concreta, vinculado exclusivamente a la propiedad de la tierra

Luego para los grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia, el territorio como construcción social y simbólica está basado en su historia local, la tradición oral y la memoria colectiva, las cuales dan cuenta que el uso y apropiación del territorio como el espacio geográfico en cual desarrollaron sus ancestros, y actualmente desarrollan actividades de crianza de ganado caprino, y recolección de plantas, frutos y hierbas, siendo este uso y apropiación lo que permite dotar de sentido y significado la identidad social y cultural. Dado que la trashumancia no solo tiene como objetivo el pastoreo de cabras, sino que se convierte en espacio privilegiado de socialización de los elementos culturales propios a las nuevas generaciones. Lo anterior, el uso y apropiación, corresponde principalmente a una definición simbólica del territorio, la cual no posee un correlato con la propiedad de la tierra.

Esta apropiación y uso del territorio, en los términos referidos, necesariamente lleva a comprender que el territorio es comunitario, por lo cual todos tienen acceso y derechos de uso validados culturalmente. Lo anterior no está en contraposición con la existencia de predios individuales de uso exclusivo de las unidades familiares, para las actividades productivas intraprediales, sino que estas propiedades son complementarias desde la perspectiva productiva. Luego el territorio pasa a ser la sumatoria de los predios individuales y los sectores utilizados tradicionalmente de manera comunitaria para la crianza de ganado caprino de forma trashumante.

Por lo mismo se reconoce y declara en el EIA, respecto al Art 8 del DS N° 40/2012; que, si bien el proyecto se desarrolla en un predio privado, se reconoce el uso del territorio por parte de la población indígena para actividades económicas tradicionales, además que dotan al espacio territorial de un valor cultural. Por lo anterior, dado que el espacio territorial se define a partir del uso consuetudinario para actividades productivas tradicionales, mismo espacio que es parte de su memoria colectiva, se reconocen impactos significativos sobre comunidades indígenas.

Considerando lo anterior, mediante la resolución 20240310159, de fecha 22 de marzo de 2024, de la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, se inicia un proceso de consulta a pueblos indígenas, que considera a la Comunidad Diaguita Llanos del Lagarto, Comunidad Diaguita Amancay Pai, Comunidad Diaguita Laina Kakán II, Comunidad Diaguita Chipasse Ta Caluba, Asociación Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto de la comuna y provincia de Huasco de la Región de Atacama. Durante el proceso, se emitió Resolución Exenta N°20260310184, que dio por desistida la participación de la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II en el PCPI, habiendo realizado, en cumplimiento al principio de buena fe y flexibilidad, todos los esfuerzos tendientes a propiciar y establecer un diálogo con el GHPPI, según se indica en el Considerando N°16 de dicha resolución. Finalmente, mediante la Resolución Nº 202603101179 de fecha 25 de septiembre de 2026 se da por finalizado el Proceso de Consulta Indígena desarrollado con la Comunidad Diaguita Llanos del Lagarto, Comunidad Diaguita Amancay Pai, Comunidad Diaguita Chipasse Ta Caluba, Asociación Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto

En este sentido, en el Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas se definen nuevas medidas de mitigación, compensación y reparación, las que se encuentran detalladas en el Informe Final de Consulta, disponible en el expediente del proyecto.

15°. Proceso de consulta a pueblos indígenas

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 85 del Reglamento del SEIA, con fecha 22 de marzo de 2024 se dictó la Res. Ex. N° 20240310159, iniciándose el Proceso de Consulta Indígena (PCPI). Dicho proceso, desarrollado según se detalla en la sección «Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas» del Capítulo 15 del ICE, finalizó el 25 de septiembre de 2026 mediante la Resolución N° 202603101179, tras la suscripción de cuatro Protocolos de Acuerdo con las comunidades participantes. De esta manera, y con el acuerdo del Titular, se diseñaron en conjunto entre el SEA y los representantes indígenas: 3 medidas ambientales para la Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Caluba; 6 medidas para la Comunidad Indígena Diaguita Amancay Pai; 3 medidas para la Asociación Indígena Multicultural Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto; y 4 medidas ambientales junto a 1 compromiso voluntario para la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto.

Respecto a la Comunidad Indígena Diaguita Laina Kakan II, mediante la Resolución Exenta N° 20260310184 se dio por desistida su participación en el PCPI, habiéndose realizado previamente — en cumplimiento de los principios de buena fe y flexibilidad— todos los esfuerzos necesarios para propiciar el diálogo con dicho GHPPI, según se consigna en el Considerando N° 16 de la referida resolución.

16° Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

17°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

18°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

19°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

20°. Que, para que el proyecto “Parque solar fotovoltaico Ceibo” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

21°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el EIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

22°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional de Atacama del SEA, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

23°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

24°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Parque solar fotovoltaico Ceibo”, de Energía Renovable Violeta SpA.

2°. Certificar que el proyecto “Parque solar fotovoltaico Ceibo” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Parque solar fotovoltaico Ceibo” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 146, 151, 155, 156, 157 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Parque solar fotovoltaico Ceibo” se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 letras b), c) y d) de la Ley N° 19.300, al proponer medidas de mitigación y compensación adecuadas a tal efecto y dar estricto cumplimiento a las exigencias establecidas en el Considerando 12° de la presente resolución.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4.4 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a los artículos 20 y 29 de la Ley Nº 19.300, ante el Comité de Ministros. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Sofia Cid Versalovic Delegada Presidencial Presidenta Comisión de Evaluación Región de Atacama

Jose Escobar Serrano Director Regional (S) Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Atacama

Sofía Slovena Cid Versalovic Firmado digitalmente por Sofía Slovena Cid Versalovic Fecha: 2026.10.16 13:17:28 -03'00'

CRC/CNR/SGP

Distribución: • Gonzalo Eduardo Navarro Durán • CONADI, Región de Atacama • CONAF, Región de Atacama • Consejo de Monumentos Nacionales • DGA, Región de Atacama • DOH, Región de Atacama • Gobernación Marítima de Caldera • SAG, Región de Atacama • SEC, Región de Atacama • SEREMI de Agricultura, Región de Atacama • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama • SEREMI de Desarrollo Social Y Familia Región de Atacama • SEREMI de Energía, Región de Atacama • SEREMI de Minería, Región de Atacama • SEREMI de Salud, Región de Atacama • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama • SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama • SEREMI MOP, Región de Atacama • SERNAGEOMIN, Región de Atacama • Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • Superintendencia de Servicios Sanitarios • Superintendencia del Medio Ambiente • Sabina Rayen Lemunao Aliste • Lautaro Andrés Luengo Meliñir • Hugo Esteban Godoy Madariaga • Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto. • Consejo Territorial Diaguita

Firmado por: Jose Escobar Serrano Fecha: 16/10/2026 12:44:01 CLST