Edificio Vicuña Mackenna 7211
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211”
Santiago
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 29 de agosto de 2023 mediante Resolución Exenta N° 202313001364 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago su Adenda de 21 de diciembre de 2023 y su Adenda Complementaria de 17 de mayo de 2024, del proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211”, presentado por Inmobiliaria Pilares S.A.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211”.
3°. El Acta de Evaluación N° 02/2024 de 10 de enero de 2024, del Comité Técnico de la Región de Metropolitana.
4°. El ICE N° 20241310979 de la DIA del proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211” de 14 de junio de 2024.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 25 de junio de 2024.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211”.
- Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 214 de fecha 02 de julio de 2024 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución TRA N° 119046/260/2022 de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; en los artículos 80 y siguientes del DFL 29/2005 que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo, del Ministerio de Hacienda y en la Resolución Nº 7, de 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819 Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 05-07-2024 15:21:03:265 UTC -04:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 05-07-2024 15:21:04:360 UTC -04:00 Razón: Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Inmobiliaria Pilares S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Inmobiliaria Pilares S.A. Rut 76.026.047-9 Domicilio Elidoro Yáñez 2962, Providencia Teléfono 990505823 Nombre representante legal José Ignacio Grass Carmona Rut representante legal 13.730.048-6 Domicilio representante legal Eliodoro Yañez 2962 Teléfono representante legal 990505823 Correo electrónico Titular o representante legal jgrasc@pilares.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 14 de junio de 2024, el/la Director/a Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar/rechazar el Proyecto, por cuanto:
• Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 7 de este documento; • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”); • No presenta o genera los efectos, característicos o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de 25 de junio de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 14 de junio de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del proyecto es proponer una solución habitacional, mediante la construcción de dos torres, identificadas como Torre sur y Torre norte, de 25 pisos de altura respectivamente y 2 nivel de subterráneo. Cabe mencionar, además, que la ubicación del Proyecto se encuentra cercana a la Estación de Metro de Santiago “Bellavista de la Florida” de la Línea 5, que, junto a la cercanía con distintos paraderos del sistema de transporte RED, le brinda un atractivo especial, por la cercanía de sus futuros habitantes con el transporte público de la ciudad de Santiago. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante SEIA) según lo señalado en la letra h) del artículo 10 de la Ley 19.300, modificada por la Ley 20.417; y, el artículo 3º del D.S. 40/2012 MMA, referido al Reglamento del SEIA, que dispone en dicha norma, lo siguiente: “h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
h.1.1. que se emplacen en áreas extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; h.1.2. que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; h.1.3. que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o h.1.4. que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”
De acuerdo con lo anterior, el Proyecto debe ingresar al SEIA debido a que se ubica en la Región Metropolitana, la cual se encuentra declarada como zona saturada por ozono, material particulado respirable, partículas en suspensión y monóxido de carbono, y zona latente por dióxido de nitrógeno; y contempla la construcción de dos torres, en donde se considera la habilitación de un total de 518 departamentos. Vida útil Indefinida Monto de inversión USD $ 51.744.839 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Demolición Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto a lo previsto en el Artículo 14° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, el proyecto no se desarrollará por etapas. Capítulo J de la DIA
X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, se declara que el Proyecto sometido a evaluación corresponde a un Proyecto nuevo, por lo que no modifica algún Proyecto o actividad.
X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El proyecto es un proyecto nuevo.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto emplazará sus partes y obras en la comuna de La Florida, provincia de Santiago, Región Metropolitana, en Calle Av. Vicuña Mackenna Oriente N°7211. Descripción de la localización De acuerdo con el Certificado de Informaciones Previas N°2353 de fecha 22 de noviembre de 2023 emitido la I. Municipalidad de La Florida, el Proyecto se emplaza en Zonas Especiales, Manzana Cívica, ESP-1, de acuerdo con el Instrumento de Planificación Territorial vigente a la fecha para la comuna de La Florida.
Punto A.2.5. del Anexo 02 “Descripción de Proyecto” de la Adenda Complementaria. Superficie El terreno de emplazamiento del proyecto tiene una superficie neta de 4.637,26 m2, correspondiente al Lote 1-1 de la Situación propuesta en la Aprobación de Subdivisión y Fusión Simultánea, Resolución N°345-S de fecha 28 de diciembre de 2018, y comprende una superficie construida de 34.993,38 m2.
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Punto A.2.3. del Anexo 02 “Descripción de Proyecto” de la Adenda Complementaria. Coordenadas UTM en Datum WGS84 En el Anexo 02 de la Adenda se adjunta el kmz y planos de las partes y obras del proyecto. Las coordenadas del polígono del proyecto se presentan a continuación:
Tabla 4.1.1. Coordenadas localización del Proyecto, Datum WGS84, Huso 19 Punto Norte Este 1 6.290.554 350.751 2 6.290.569 350.800 3 6.290.498 350.831 4 6.290.456 350.740 Centroide 6.290.510 350.784 Fuente: Punto A.2.1 anexo 02 Adenda Complementaria. Polígono que se indica en Figura 1. “Localización del Proyecto” del Anexo 02 de la Adenda Complementaria.
Punto 4.2.1 Anexo 02 Adenda Complementaria.
Caminos de acceso El acceso al Proyecto durante toda la fase de construcción se llevará a cabo por calle El Cabildo.
Para la fase de operación, el proyecto cuenta con un único acceso vehicular para ambas torres, ubicado en Avenida Vicuña Mackenna Oriente, y tendrá dos accesos peatonales, uno para cada torre.
Dada la naturaleza de la vialidad circundante, todas las rutas de acceso convergen en Vicuña Mackenna Oriente. Tabla 4.1.2.: Rutas acceso Nombre ruta Trayectoria (ingresos) Norte Vicuña Mackenna Poniente–Filomena Soto – Vicuña Mackenna Oriente -Proyecto Oriente Froilán Lagos Sepúlveda – Barcelona – Vicuña Mackenna Poniente – Filomena Soto- Vicuña Mackenna Oriente Proyecto Sur Vicuña Mackenna –Oriente - Proyecto Poniente Pozo Almonte – Vicuña Mackenna Poniente – Filomena Soto- Vicuña Mackenna Oriente - Proyecto Nombre ruta Trayectoria (Salidas) Norte Proyecto – Vicuña Mackenna Oriente Oriente Proyecto – Vicuña Mackenna – Froilán Lagos Sepúlveda. Sur Proyecto –Vicuña Mackenna Oriente – Paso el Roble – Vicuña Mackenna Poniente.
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Poniente Proyecto – Vicuña Mackenna Oriente – Barcelona. Fuente: Elaboración propia en base a numeral A.2.4.1 Anexo 02 de Adenda Complementaria. Lo anterior se grafica en las Figuras 5 y 6 del anexo 02 Adenda Complementaria. Numeral 1.17 de la Adenda. Mayores antecedentes Numeral A.2.4.1. Anexo 02 de Adenda Complementaria. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones - Localización del proyecto, punto A.3 de la DIA. - Imagen N°1 de la DIA Ubicación del proyecto a nivel comunal. Ubicación y vértices del proyecto. - Anexo 02 “Planos” de la Adenda. layout del proyecto y KMZ.
4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Instalación de faena El proyecto inmobiliario contará con una instalación de faenas al interior del predio de emplazamiento del proyecto, el cual permanecerá durante todo el periodo de construcción de cada una de las torres a construir, en donde se emplazará la infraestructura necesaria para llevar a cabo la fase, entre las cuales se encuentra: ▪Instalación administrativa (oficinas, baños, duchas, vestidores) ▪Sector de acopio temporal de residuos asimilables a domiciliarios ▪Sector de acopio temporal de residuos no peligrosos ▪Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos ▪Acceso de camiones y garita de seguridad ▪Bodega acopio de materiales y equipos ▪ 4 estacionamientos para vehículos livianos y 1 para camiones Las instalaciones serán construidas en material OSB, base de radier y techados, con material zinc alum. Además, se realizarán las acciones de carga y descarga, asignando una zona dentro del emplazamiento específica para ello, con sus respectivas señalizaciones de tránsito y de seguridad al interior y exterior del predio. Se indica ubicación en el plano de instalación de faenas adjunto en el Anexo N°1 de la Adenda Complementaria. Numeral 4.3.1.1 Anexo 02 Adenda Complementaria. Baños químicos y duchas En la Instalación de Faenas, dentro de las instalaciones administrativas se dispondrá de un sector destinado a servicios higiénicos que contará con baños y duchas. Los servicios sanitarios (baños químicos, duchas, lavatorios) serán implementados de acuerdo al Decreto Supremo Nº594/1999 del Ministerio de Salud, “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”. Se tendrá presente lo siguiente: - El número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N°594/99 del MINSAL. - Las duchas portátiles contarán con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad. - Los baños químicos estarán instalados a menos de 75 m del área de trabajo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Respecto al servicio higiénico durante la fase de construcción a los trabajadores que se encuentren en los distintos sectores, se aclara que conforme avance el estado de las obras, los baños químicos serán trasladados, para así respetar las distancias que debe tener respecto a los lugares de trabajo y accesibilidad de acuerdo con el Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio del Medio Ambiente. Las duchas portátiles contarán con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad. El punto de descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. Comedor Se menciona que en la unidad denominada “comedor” no se preparará comida, sino que es un sitio habilitado para sitio de almuerzo de los trabajadores, por tanto, no se empleará fuego en cocina o uso de cocinillas, como tampoco se generarán residuos líquidos como grasas o aceites, solo residuos asimilables a domiciliarios. Obras de instalaciones para el manejo de aguas servidas Se contarán con servicios higiénicos, para el cual, el predio donde se emplazará el proyecto posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado administrado por Aguas Andinas S.A. El punto de descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. Numeral A.4.1.2.1. del Anexo 02 Adenda Complementaria. Estacionamiento vehículos livianos La instalación de faenas contará con disponibilidad de estacionamientos para 4 vehículos en su interior. Se indica ubicación en el Plano de Instalación de faena. Anexo_02. Planos de la Adenda. Numeral 1.18 Adenda. Acopio RESCON Los residuos serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de residuos de la construcción en una superficie de 10 m2, en contenedores metálicos de 10 m3 para posteriormente ser transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad sanitaria de la Región Metropolitana. Se indica ubicación en el Plano de Instalación de faena. Anexo_02. Planos de la Adenda. Anexo 05 de PAS 140 Adenda, tabla N°3. Acopio Residuos Sólidos Domiciliarios Para almacenar temporalmente los residuos domiciliarios y asimilables, se dispondrá de 10 contenedores plásticos de 360 L con bolsas plásticas resistentes con los residuos, que se encontrarán en distintas zonas de instalación de faenas. Superficie 7,5 m2. Se indica ubicación en el Plano de Instalación de faena. Anexo_02. Planos de la Adenda. Anexo 05 PAS 140 de Adenda, tabla N°4. Bodega temporal de residuos peligrosos Se contará con una bodega para el almacenamiento de los residuos peligrosos de aproximadamente 11 m2. Se indica ubicación en el Plano de Instalación de faena. Anexo_02. Planos de la Adenda. Anexo 05 PAS 142 de Adenda, tabla N°3. Bodega de sustancias peligrosas Se contará con una bodega para el almacenamiento de las sustancias peligrosas con una capacidad máxima de 95,2 ton. Se indica ubicación en el Plano de Instalación de faena. Anexo_02. Planos de la Adenda. Numeral A.4.11.6 Anexo 02 de Adenda, tabla N°38 Sector de lavado de ruedas y canoas El sistema de limpieza de las ruedas de los vehículos y del lavado de canoas en uno solo, el cual constará de un radier impermeable de hormigón de 40 m2, con una pendiente mínima de 4%, una piscina de decantadora de solidos de 5,65 m3 y una fosa Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
de acumulación de agua residual de lavado de 5,65 m3. Detalle de ubicación en el plano de lavado de ruedas y canoas adjunto en el Anexo 03. Planos de la DIA.
Numeral A.3.1.1. del anexo 02 de Adenda Complementaria. Oficinas Serán construidas en material OSB, base de radier y techados, con material zinc alum. Detalle de ubicación en el plano de lavado de ruedas y canoas adjunto en el Anexo 03. Planos de la DIA. Numeral A.3.1.1. del anexo 02 de Adenda Complementaria. Punto Limpio Durante la fase de construcción se implementará una segregación de residuos de construcción con potencial de ser valorizados y/o ser reciclados. Para ello se instalarán tambores metálicos de 200 L de capacidad, en una base estable de hormigón, impermeable y lavable rotulados e identificado para cada material como fierros, aluminio, plástico, cartón, madera, vidrios, etc. Se contactará a recicladores de base para que reutilicen o reciclen los residuos que no sean reutilizados en la misma obra. Numeral A.5.1.3 anexo 02 Adenda Complementaria, respuestas 1.26, 1.27, 128, 8.2 Adenda Complementaria. 4.3.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. Demolición La demolición es la primera actividad de la etapa de la construcción. La actividad será aplicable a una superficie de 4.637,26 m2. Se estima que el periodo en que se realiza la actividad corresponda a un mes y se generará un volumen de 945 m3. En esta actividad no existirán sustancias explosivas a almacenar.
Mayores Antecedentes en Numeral A.4.1.1.1. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Escarpe Previo al inicio de las excavaciones, se efectuará el escarpe del estrato superior de material vegetal, en toda la superficie del terreno del Proyecto (4.637,26 m2), considerando una profundidad de capa vegetal de 15 cm se generará un volumen de 695,6 m3, con un abundamiento de 20% de acuerdo a la NCh 353 Of. 2000. se estima un volumen total de tierra proveniente de esta actividad de 834,7 m3 (valor ya esponjado)
Numeral A.4.1.1.2. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Movimiento de tierra Las excavaciones se ejecutarán conforme a las dimensiones, cotas y pendientes establecidas en los Planos. El material procedente de las excavaciones será dispuesto en botadero autorizado por la autoridad pertinente. Se utilizará una retroexcavadora cuyo rendimiento es de 30 m3/h. De acuerdo a los cálculos realizados para el Estudio atmosférico, incluido en el Anexo 04. Estudios de la DIA, la superficie a excavar corresponde a 3.375,64 m2 por una profundidad de 6,20 metros. Por tanto, la cantidad de material a trasladar es de 25.114,8 m3, considerando un 30% de esponjamiento.
Mayores Antecedentes en Numeral A.4.1.1.3. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Habilitación de las Instalaciones En esta etapa se llevarán a cabo las habilitaciones de zonas de carga y descarga, señalizaciones al interior y exterior del predio, de modo de prepararlo para la construcción. Los servicios sanitarios (baños químicos, duchas, lavatorios) serán implementados de acuerdo con el Decreto Supremo N°594 /1999 del Ministerio de Salud, 'Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo'. En esta fase, la construcción de edificaciones corresponde principalmente a las instalaciones de faena, galpones para corte de fierros y bodegas de acopio de materiales. Todos construidos de material OSB, base de radier y techados, con material zinc alum.
Numeral A.4.1.2.1. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Carga y volteo La actividad de carga y descarga de material se realizará mediante lo extraído por la excavadora al camión tolva y siguiendo las normativas vinculadas a esta actividad. Indica que las acciones preventivas por ejecutar en esta actividad son las siguientes: • Cubrir acopios: cubrir los acopios de material granular con lonas de material plástico o textil hasta su retiro. Usar humectación si es necesario. • Minimizar altura de descarga: minimizar la altura de descarga del material hacia la tolva al utilizar maquinaria. • No recargar tolva de camiones: cargar el material o residuo hasta 10 cm bajo línea de superficie de la tolva con el objetivo de minimizar la emisión de material particulado y evitar la caída durante el trayecto. • Minimizar permanencia de acopios en obra: limitar, mediante una adecuada programación de actividades, el tiempo de exposición del material removido. Extremar medidas de mitigación en episodios de contingencia ambiental: aumentar el programa de humectación y evitar disponer residuos en botaderos y realizar excavaciones en días de alerta, preemergencia y emergencia ambiental. Pilas de acopio Durante la actividad de excavación, se generarán pilas de acopio del excedente de tierra, el cual está indicado su ubicación en el Plano de instalación de faenas disponible en el Anexo 02. Planos de la Adenda. La duración de esta actividad corresponde a 2 meses según carta Gantt del acápite A.4.3. de la DIA. Las acciones preventivas de esta actividad son las siguientes: • Cubrir acopios: cubrir los acopios de material granular con lonas de material plástico o textil hasta su retiro. • Usar humectación si es necesario. • Minimizar altura de descarga: minimizar la altura de descarga del material hacia la tolva al utilizar maquinaria. • Minimizar permanencia de acopios en obra: limitar, mediante una adecuada programación de actividades, el tiempo de exposición del material removido. Extremar medidas de mitigación en episodios de contingencia ambiental: aumentar el programa de humectación y evitar disponer residuos en botaderos y realizar excavaciones en días de alerta, preemergencia y emergencia ambiental. Cierre perimetral Para cada actividad de construcción presentada en el Proyecto, ya sea trabajos de Demolición, Excavación, o bien Obra Gruesa o Terminaciones, se implementará un Cierre Perimetral por todo el perímetro del Proyecto, y cuya altura fluctuará entre los 3,6 y 6,0 [m], dependiendo del sector a mitigar. Cada cierre tendrá características de Barrera Acústica cuyo material cumplirá con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. Tal como es señalado en el Estudio de Ruido y Vibraciones, adjunto en el Anexo 04.1 Estudios de la Adenda. Se adjunta en la Figura 22. “Cierre Perimetral Fase de Construcción” del Anexo 02 Adenda Complementaria la representación de los sectores donde se instalará el cierre perimetral diferenciando por altura.
Numeral A.4.1.2.3. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Tránsito y movimiento de maquinarias Se contempla el desplazamiento de maquinarias y camiones en el área de construcción. Dentro de los cuales, se considera el movimiento de: retroexcavadora, camiones tolva, grúa y bomba hormigonera, entre otros. En la tabla Tabla 9 “Equipos y maquinarias durante la fase de construcción” del Anexo 02 Adenda Complementaria detalla el tipo de maquinaria, cantidad y actividad durante la que se ocupará cada una durante la Fase de Construcción
Mayores Antecedentes en Numeral A.4.1.3.1. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Traslado de Insumos El proyecto requiere diferentes insumos a trasladar para poder llevar a cabo la construcción de la obra, dentro de los cuales se cuenta con hormigón, fierros, y otros materiales tal como puertas, ventanas, yeso, entre otros. Además, se requiere trasladar de la misma obra materiales de excedente proveniente de la excavación y los escombros a generar propios de la construcción. En la Tabla 10. “Principales materiales a trasladar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
o remover durante fase de construcción del Proyecto” del Anexo 02 Adenda Complementaria, detalla el tipo de materiales junto con las cantidades por año.
Mayores Antecedentes en Numeral A.4.1.3.2. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Flujos Vehiculares En obra, existirá un registro de carácter permanente sobre el ingreso y egreso de camiones, indicando la actividad y las frecuencias de estos. En todo momento se dará cumplimiento al Decreto Supremo Nº18 de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que impone restricciones a la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. Además, se dará cumplimiento del Decreto Supremo N°158/80 del Ministerio de Obras Públicas, que fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos, estableciendo pesos por eje, rodado y toneladas; al igual que del Decreto Supremo Nº200/93 del Ministerio de Obras Públicas que establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país. La circulación de camiones ocurrirá entre las horas fuera de punta de cualquier día de la semana. Además, se evitará la circulación de camiones relacionados con la obra del Proyecto, en las horas de alto flujo vehicular de (7:00 a 9:00 horas y de 18:00 a 20:00) con el objeto de evitar mayor congestionamiento a la situación actual de la comuna de La Florida.
Para Fase de Construcción se considera un máximo de 27 camiones diarios, donde la actividad que exige un mayor paso de vehículos obedece a la de Excavación “movimientos de tierras”, por un periodo de 2 meses del primer año de la Fase de Construcción, con 19 camiones diarios. Se aclara que considerando una jornada laboral regular de 8 horas significaría que los 19 camiones diarios se contabilizarían como 3 camiones/hora, para analizar el peor escenario, serán ocupados los 19 camiones diarios, los cuales serán añadidos al análisis de la capacidad vial.
Mayores Antecedentes en Numeral A.4.1.3.3. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Perforación Corresponde a las actividades para la realización de pozo y sondaje necesario para determinar la mecánica de suelo para la construcción del Proyecto. De acuerdo con el estudio de Mecánica de suelos realizado en el emplazamiento del proyecto, disponible en el Anexo 04. “Estudios” de la DIA, no se detectó la presencia de nivel freático a una profundidad de 30 m.
Mayores Antecedentes en Numeral A.4.1.5.1. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Socalzado El sistema de socalzado consiste en la construcción de columnas de hormigón bajo los muros medianeros, las cuales servirán de apoyo que sostiene el muro y traspasará su carga al terreno bajo el nivel de subterráneos a construir. Además, estas columnas sostienen el terreno permitiendo efectuar una excavación vertical. Se estima un tiempo de duración de 1 mes para la realización de esta actividad.
Numeral A.4.1.5.2. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Obra gruesa Esta actividad corresponde a las actividades de construcción de pilares, muros, cubierta del edificio y fundaciones, la que comprende el mayor requerimiento de mano de obra, con una duración de 26 meses. La construcción del edificio se realizará en base a hormigón armado, donde el abastecimiento se realizará mediante camiones betoneros o mixer de 6 m3 de capacidad promedio. Esta etapa continuará inmediatamente después de haber realizado las excavaciones y contempla la ejecución de las siguientes actividades: • Fundaciones y cimientos • Sobrecimientos • Estructuras de hormigón • Estructuras metálicas • Instalaciones • Rellenos interiores • Albañilerías • Estructura de techumbre • Pavimentación
Numeral A.4.1.5.3. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Terminaciones
La presente actividad selecciona diversos insumos para cada uno de los diferentes sitios presentes en el edificio, considerando que cumplen dicho producto a utilizar con las normativas vigentes, por lo que, para el proyecto se realizarán las siguientes obras: • Tabique; • Aislación térmica: • Aislación acústica; • Revestimiento exterior; • Tratamiento de fachadas; • Revestimiento interior; • Pavimentos interiores; • Pavimentos exteriores; • Cielos; • Pinturas; • Estructuras y carpinterías metálicas; • Cristales ventanas; • Puertas y marcos; • Quincallería; • Guardapolvo, zócalos, cornisas y canterías; • Iluminación; • Muebles; y • Artefactos sanitarios, griferías y equipamiento.
La duración de la actividad de Terminaciones contempla una duración de 22 meses a realizarse durante la fase de construcción.
Numeral A.4.1.5.4. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Mantención y conservación Consiste en mantención de equipos y maquinarias a emplear en obra. Se indica que estas serán efectuadas por empresas externas, fuera del área del Proyecto. Se implementará un registro en obra, de los talleres autorizados donde serán realizadas las mantenciones de maquinarias, manteniendo las boletas y/o facturas en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.
Mayores Antecedentes en Numeral A.4.1.6. de Anexo 02 Adenda Complementaria. Lavado de ruedas y canoas El lavado de las ruedas de camiones y canoas de camiones mixer, será ejecutada por una persona encargada para dicha labor que realizará la labor mediante una hidrolavadora en la zona indicada.
El retiro de sólidos (Inertes) se hará de manera mensual con camiones tolva cubiertos y por medio de una empresa transportista que cuente con autorización sanitaria. Se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite la disposición final de los residuos en botadero autorizado.
En el eventual caso que se verifique que los residuos sólidos generados por el lavado de ruedas y canoas de camiones mixer, por un derrame u otra condición fortuita, resulten contaminados con grasas, aceites, restos de combustibles, etc., se procederá de la siguiente manera: •Detener la salida de camiones de la faena. •Se recolectará el volumen de sólidos contaminados en tambores metálicos herméticos, con tapa y debidamente rotulados. •Los tambores sellados, se transportarán hacia la bodega de residuos peligrosos y se almacenarán por un período no mayor a 30 días, hasta que sean retirados para disposición final con un prestador autorizado y en un lugar autorizado. •Se conservarán en la faena los certificados que acrediten la disposición final en un lugar autorizado.
Los residuos líquidos derivados del lavado de ruedas y canoas de camión mixer, irán dirigidos a una piscina de acumulación y una vez fraguado el hormigón será dispuesto como escombro. Ante el eventual caso de que estas aguas generadas por el lavado de la canoa del camión mixer no alcancen a ser evaporadas se contratará a un camión con estanque para realizar el retiro del agua de manera mensual o cuando el nivel se encuentre en un 80% de la capacidad total de la fosa. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Mayores antecedentes Numeral A.3.1.1. de anexo 02 Adenda Complementaria. 4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción. Agua potable Para el abastecimiento de agua potable y descarga de aguas servidas, se conectará a la red general del sector, tal como es señalado en el Certificado de Nº010784 de fecha 05 de diciembre de 2023, emitido por la empresa sanitaria Aguas Andinas, documento que se encuentra adjunto en el Anexo 01. Antecedentes Técnicos de la Adenda. Se dará cumpliendo en todo momento con los requisitos estipulados en el Decreto Supremo Nº594/1999 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. Respecto al servicio higiénico durante la fase de construcción a los trabajadores que se encuentren en los distintos sectores, se aclara que conforme avance el estado de las obras, los baños químicos serán trasladados, para así respetar las distancias que debe tener respecto a los lugares de trabajo y accesibilidad de acuerdo con el Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio del Medio Ambiente. Sobre el abastecimiento de agua potable, se dispondrán en los lugares de trabajo, recipientes portátiles de agua potable, para garantizar y mantener la hidratación de los trabajadores durante el periodo de construcción. El titular se hace responsable de cancelar la facturación del servicio, dicho comprobante se encontrará disponible en obra ante una eventual fiscalización por parte de la autoridad. En la Tabla 16. “Tabla Resumen Requerimientos de Agua (Construcción)” del Anexo 02 de la Adenda Complementaria, se detalla el volumen de consumo de agua para las diferentes actividades durante la fase de construcción del Proyecto. Respuesta 1.2 Adenda, numeral A.4.8.1 del anexo 02 de la Adenda Complementaria y tabla 8 de Adenda. Energía eléctrica Se solicitará empalme eléctrico provisorio de la empresa del sector. Las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el Decreto Supremo Nº92/1983 de Superintendencia de Electricidad y Combustible, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos”, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta N°1128, de 2006, mencionada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”. Numeral A.4.8.2 anexo 02 Adenda Complementaria. Alimentación. Los alimentos no serán provistos por el titular del Proyecto. Cada trabajador, llevará sus propios alimentos preparados, los que serán consumidos en el comedor habilitado para tales efectos. Se indica que habrá una prohibición de consumir alimentos fuera de la obra, para ello se dispondrá un comedor, el cual se identifica en el Plano de instalación de faena adjunto en el Anexo 02. Planos de la Adenda. Se menciona que en la unidad denominada “comedor” no se preparará comida, sino que es un sitio habilitado para sitio de almuerzo de los trabajadores, por tanto, no se empleará fuego en cocina o uso de cocinillas, como tampoco se generarán residuos líquidos como grasas o aceites, solo residuos asimilables a domiciliarios. Numerales A.3.1.1. y A.4.1.6. de anexo 02 Adenda Complementaria. Servicios higiénicos La instalación de faenas contará con Instalación administrativa (oficinas, baños, duchas, vestidores). Los servicios sanitarios (baños químicos, duchas, lavatorios) serán implementados de acuerdo al Decreto Supremo Nº594/1999 del Ministerio de Salud, “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
El punto de descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. Por otra parte, el personal que efectúe las labores de cierre perimetral, previo a la actividad de demolición e instalación de faena, será parte del personal que estará contratado para la fase de construcción, dicho personal tendrá en el área de emplazamiento del Proyecto, baños químicos para sus trabajadores, ajustándose a la normativa vigente y los residuos líquidos (Aguas servidas) generados, serán retirados por una empresa autorizada.
Numeral A.3.1.1. anexo 02 Adenda Complementaria. Combustible Se almacenará combustible al interior de la obra para el abastecimiento de maquinaria menor, esta se dispondrá en la bodega de sustancias peligrosas debidamente identificado. Respecto a la zona de almacenamiento de combustible en la fase de construcción, ésta corresponderá a una bodega de sustancias peligrosas cerrada, resistente a la acción del agua, con piso sólido, liso e impermeable y no poroso, además contará con un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización para evitar comprometer áreas adyacentes y una eventual infiltración. Numeral A.4.8.3 anexo 02 Adenda Complementaria. Equipos y Maquinaria Las maquinarias utilizadas para la fase de construcción se detallan a continuación:
• Camión Tolva • Retroexcavadora • Rodillo compactador • Camión Mixer • Bomba Hormigonera • Grúa Torre • Motoniveladora • Excavadora • Perforadora • Minicargador Frontal • Perforadora
Respuesta 11.5 de la Adenda, tabla 14 Adenda Numeral A.1.3.1 anexo 02 Adenda Complementaria. Áridos El proyecto no habilitará una planta de producción de áridos puesto que esta provisión estará a cargo de una empresa contratista externa. Considera adquisición de áridos de terceros, abasteciéndose sólo de aquellas empresas que cuenten con autorización de su funcionamiento. Numerales A.4.1.1.3. y A.4.1.4. Anexo 02 de Adenda Complementaria. Insumos El Proyecto requiere diferentes insumos a trasladar para poder llevar a cabo la construcción de la obra, dentro de los cuales se cuenta con hormigón, fierros, y otros materiales, tal como puertas, ventanas, yeso, entre otros. Además, se requiere trasladar de la misma obra materiales de excedente proveniente de la excavación y los escombros propios de la construcción. Se adjunta en la tabla 3 del Estudio Atmosférico final, adjunto en el Anexo_03.1. Estudios de la Adenda Complementaria el detalle y cantidad de los insumos a emplear. Cabe señalar, que los escombros de demolición y los provenientes de otros materiales se han considerados en los “Escombros” de la columna 5, respecto a la “Tierra a botadero Hormigón El proyecto contempla el uso de 9.441,99 m3 de hormigón durante los primeros 3 años de la fase de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Se indica que el proyecto utilizará hormigón durante la obra gruesa y radieres, bodegas y zona de lavado de ruedas. El proyecto no considera la habilitación de instalaciones para la producción de hormigón, ya que esto será suministrado por un proveedor externo autorizado. El transporte desde el proveedor al proyecto está considerando en la emisión por transporte de maquinaria, incluido en el estudio de emisiones atmosféricas disponible en el Anexo 04. Estudios de la DIA. Numerales A.3.1.1., A.4.1.3.2 del Anexo 02 de la Adenda Complementaria. 4.3.3. RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables en la fase de construcción. Mayores detalles ver punto 1.5.7 del capítulo 1 de la DIA. 4.3.4. EMISIONES Y EFLUENTES Emisiones y efluentes Emisiones de Material Particulado y Gases de Combustión Las fuentes de emisión de material particulado corresponderán a demolición, escarpe, perforación, excavación, compactación, acopio de material, movimientos de tierra (carga y descarga de camiones), circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados. Las fuentes de emisión de material particulado y otros gases de combustión corresponde a las actividades de combustión de combustión de maquinaria y vehículos. De acuerdo con los resultados y análisis presentados por el Titular en la letra E y F del Anexo 03-01 de la Adenda Complementaria, tablas 51 a la tabla 53, se señala que según lo dispuesto en el artículo 64° del D.S. Nº31/2016 del MMA, no se sobrepasarán los límites permisibles durante la fase de construcción, por lo que no debe compensar sus emisiones para esta fase. De igual forma, se realizarán las acciones preventivas indicadas en el literal H del Anexo 03-01 de la Adenda Complementaria. Asimismo, se realizarán medidas de control de emisiones, establecidas en la tabla 7.1 de la RCA. Mas antecedentes en el Anexo 03-01 Adenda Complementaria. Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente RM, se pronunció conforme a la Adenda Complementaria, mediante el Oficio Ord. N° 242571 de fecha 04/06/2024.
Ruido Se identifican 7 receptores para el ruido, los cuales se muestran en la figura 5 del anexo 4 “Informe Estimación Ruido y Vibraciones” de la Adenda y se detallan en la tabla N°4 del mismo anexo, los cuales corresponden a locales comerciales, un colegio, la Municipalidad de La Florida y un Edificio en construcción. Además se incluye las fotografías de cada receptor, en la figura 6 del mismo anexo. Como principales fuentes de ruido se consideran las siguientes actividades: “Demolición”, “Excavación y Fundaciones”, “Pilas de Socalzado”, “Anclaje”, “Frente Obra Gruesa Nivel Suelo”, “Frente Obra Gruesa En Altura” y “Frente Obra Urbanización” de las cuales se detallan los niveles de presión sonora de cada una de las maquinarias involucradas, en el numeral 5.3.1 del anexo 4 de la Adenda. De acuerdo a los resultados de las modelaciones, indicados en las Tablas N° 23, 24 y 25 del anexo 4 “Informe Estimación Ruido y Vibraciones” de la Adenda, se señala que el proyecto cumple con el D.S. 38/2011 del MMA, utilizando las medidas de control que se detallan en la tabla 7.1 de la RCA. Más antecedentes en el “Informe Estimación Ruido y Vibraciones” Anexo 4 de la Adenda. Al respecto, la SEREMI de Salud RM, se pronunció conforme a la Adenda, mediante el Oficio Ord. N° 59 de fecha 10/01/2024.
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Vibraciones Se identifican 7 receptores de vibraciones, los cuales se muestran en la figura 5 del Anexo 4 “Informe Estimación Ruido y Vibraciones” y se detallan en la tabla N°4 del mismo anexo, los cuales corresponden a locales comerciales, un colegio, la Municipalidad de La Florida y un Edificio en construcción. Además, se incluye las fotografías de cada receptor, en la figura 6 del mismo anexo. De acuerdo con la normativa FTA (Transit Noise and Vibration Impact Assessment), las fuentes generadoras de vibración involucradas serían excavadora, retroexcavadora, camiones, rodillo compactador y minicargador, las que se presentan en la tabla 17 del anexo 4 de la Adenda. Se consideró la maquinaria que genera mayores emisiones hacia los receptores. En este caso, para la estimación de la construcción del Proyecto se estima la vibración generada para el uso de rodillo, excavadora y retroexcavadora. En la tabla 4 del Anexo 4 de la Adenda se indica la distancia entre cada receptor y el frente de trabajo. En la tabla 22 del Anexo 4 de la Adenda, se presentan las Velocidades Peak de Partículas (PPV) y los Niveles de Vibración (Lv) estimados en los receptores y en comparación a los valores límite para cada receptor. Dado que los niveles de velocidad de vibración (Lv) estimados en los receptores R1 y R7 durante las faenas de construcción, se encuentran sobre los límites de molestia adoptados, se contempla la implementación de medidas de control, consistentes en que durante toda la extensión de las obras, se define un área de restricción para el rodillo compactador de al menos de 33m de cualquier edificación, particularmente de los receptores R1 y R7. En el caso de necesitar operar a menor distancia que la indicada, deberá reemplazarse por maquinaria que posea menor emisión de vibraciones como lo es una placa compactadora. En la figura 21 “ZONA DE RESTRICCIÓN DE RODILLO COMPACTADOR” del Anexo 4 de la Adenda se muestra el área de exclusión de rodillo. En la tabla 27 del anexo 4 de la Adenda, se presentan las estimaciones de nivel de vibraciones con distancia de restricción. De este modo, se cumple con el criterio de confort y daño estructural. Más antecedentes en el “Estudio de ruido y vibración”, Anexo 4 de la Adenda. Al respecto, la SEREMI de Salud RM, se pronunció conforme a la Adenda, mediante el Oficio Ord. N° 59 de fecha 10/01/2024.
Residuos líquidos domésticos Los residuos líquidos domésticos que se generarán en la fase de construcción corresponden a los efluentes líquidos domésticos (aguas servidas), provenientes de los duchas, baños y lavamanos, se estima la cantidad de aguas servidas para la fase de construcción en función de la cantidad de trabajadores presentes en obra. El consumo de agua promedio diario de un trabajador se estima en 100 L/día, esto implica que como máximo, se tendrá aproximado un caudal de aguas servidas de 15 m3/día (150 trabajadores máximo mensual), El predio donde se emplazará el proyecto posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado administrado por Aguas Andinas S.A. El proyecto contará con la conexión al sistema de agua potable y alcantarillado, además, se utilizarán baños químicos, cuyos residuos serán almacenados en dichos baños y retirados posteriormente, todo lo anterior realizado por empresas autorizadas por la autoridad sanitaria competente, exigiéndose al contratista la documentación que acredite que el vertido se efectuará en un lugar autorizado. Numeral A.4.11.1 Anexo 02 Adenda Complementaria, Numeral 6.4 del anexo 04 de la Adenda Complementaria.
Residuos líquidos industriales Durante la actividad de lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo, se generarán residuos líquidos industriales. Para esto se implementará sistema de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
limpieza de las ruedas de los vehículos y del lavado de canoas, este es un solo sistema, el cual constará de un radier impermeable de hormigón de 40 m2, con una pendiente mínima de 4%, una piscina de decantadora de solidos de 5,65 m3 y una fosa de acumulación de agua residual de lavado de 5,65 m3. Se representa en el Anexo 03. Planos de la DIA. El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas detallado anteriormente, provendrá de la red de Aguas Andinas S.A. Lavado de Canoas: se estima un consumo de agua de 2.160 litros de agua al mes, considerando que en el lavado de la canoa de un camión mixer se utilizan 30 litros de agua residual Lavado de Ruedas: se estima un consumo de 6.480 litros de agua al mes, considerando que en el lavado de las ruedas de un camión se utilizan 10 litros de agua residual (Environmental Protection Agency, EPA) los cuales serán lavados una vez al día por 6 días de trabajo a la semana, por lo tanto 24 días de trabajo al mes. Respuesta 1.30 de la Adenda, A.3.1.1. del Anexo 02 de Adenda Complementaria 4.3.5. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios Durante la fase de construcción se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra. El Titular indica que el cálculo de estos residuos se realiza utilizando la Línea Base Diagnóstico y Catastro de RSD año 2018, realizado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, el que considera para la comuna de La Florida una tasa de generación de 1,4 Kg de residuos por habitante al día.
Tabla Nº4.6.5.1.1: Residuos asimilables a domiciliarios fase construcción Nº personas/día Tasa generación Kg RSD/día Densidad RSD Volumen RSD/día 150 1,4 Kg/hab – día 210 Kg/día 150 Kg/m3 1,4 m3/día Fuente: Tabla 29 Anexo 02 Adenda Complementaria.
Para almacenar temporalmente los residuos, se dispondrá de 10 contenedores con tapa y ruedas, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán vaciados según frecuencia de recolección del camión municipal, aproximadamente cada dos días, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad. Los contenedores estarán distribuidos uniformemente al interior del terreno y serán llevados a la zona de precarguío en la instalación de faenas al momento de retiro municipal. Las condiciones de acopio son: • Dimensiones: 3,0 m de largo *2,5 m de ancho • Tipo de piso de construcción: Base continua de hormigón, • impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. • Tipo de muro de la construcción: Malla acma. • Tipo de techumbre: Planchas Zincalum. • Tipo de ventilación: Natural. • Contenedor: Contenedores plásticos de 360 L de capacidad con tapa y ruedas, reforzados en su interior con bolsas de plástico resistentes, los cuales serán distribuidos de forma homogénea en la instalación de faenas y una vez lleno llevados a la zona de precarguío para retiro del camión municipal, la cual tendrá las características antes descritas.
El retiro de los residuos asimilables a domiciliarios lo realizará el servicio municipal, con una frecuencia de dos a tres veces por semana o cuando se requiera. La disposición final se efectuará en un relleno Sanitario autorizado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Mayores antecedentes en PAS 140 Anexo 5 Adenda. Anexo 5 Adenda PAS 140, Numeral A.4.11.2 Anexo 02 Adenda Complementaria.
Residuos industriales no peligrosos Los residuos sólidos de la construcción que se generarán en la obra corresponderán a los residuos propios de los procesos de obra gruesa y terminaciones del Proyecto, los cuales serán catalogados como escombros y residuos valorizables.
Tabla Nº4.6.5.1.2: Residuos no peligrosos construcción Actividad Residuos Tipo de Residuo Canti- dad Unidad Obra Gruesa y terminaciones
Escombros (Restos de Cerámica)
Escombros 95,57 m3/total Escombros (Restos de Ladrillos) 516,09 m3/total Escombros (Restos de Hormigón) 860,15 m3/total Escombros (Lavado de Canoas Mixer) 32,49 m3/total Otros tipos de Escombros 407,14 m3/total Descarte de Fierro
Valorizables
4,48 ton/mes Descarte de Madera 10,76 ton/mes Descarte de Aluminio 2,24 ton/mes Descarte de Plásticos 4,04 ton/mes Descarte de Vidrio 1,35 ton/mes Descarte de papel, Cartón y productos de papel 0,81 ton/mes Fuente: Tabla 31 Anexo 02 Adenda Complementaria.
Respecto a los escombros estos serán acopiados en contenedores abiertos sobre una base de suelo compactado, para que sean retirados 2 veces por semana o cuando el contenedor se encuentre a plena capacidad, por empresa autorizada, los cuales serán transportados a un sitio de disposición de escombros de la construcción autorizado por la SEREMI de Salud. El acopio de residuos no peligrosos tendrá las siguientes características: • Dimensiones: 5,0 m de largo *2,0 m de ancho • Tipo de piso de construcción: Placa de acero sobre el suelo compactado, debido a las características del residuo a acumular. • Tipo de muro de la construcción: N/A • Tipo de techumbre: N/A • Tipo de ventilación: Natural. • Contendor: Contenedor metálico de 10 m3 para disposición transitoria de residuos inertes. La empresa prestadora del servicio será la encargada de verificar de forma permanente el estado de los contenedores.
Para el caso de los residuos valorizables estos serán acopiados en tambores metálicos de 200 L de capacidad, debidamente rotulados. En caso de que estos sean de mayor tamaño estos serán acopiados en contenedores metálicos abiertos, en una base de suelo compactado cubierto por una placa de acero. Respecto a la frecuencia de retiro en lo posible serán reutilizados en la obra y lo que no sea reutilizado será retirado por recicladores de base para su comercialización. Todos los residuos generados serán retirados por una empresa autorizada según periodicidad normada. El titular mantendrá en obra un registro donde se acredite la disposición final de todos los residuos en lugares autorizados por la autoridad sanitaria. Al finalizar la fase de construcción, el titular remitirá los antecedentes necesarios que garantizan el envío de los residuos de la obra a sitio autorizado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Se retirarán 21.584,07 m3 encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo. Mayores antecedentes en PAS 140 anexo 05 Adenda. Anexo 5 Adenda PAS 140, Numeral A.4.11.3 Anexo 02 Adenda Complementaria. Residuos peligrosos Se generarán residuos peligrosos generados por la actividad misma de construcción del proyecto, principalmente en la actividad de Terminaciones, con un estimado total de 5,378 m3, correspondientes a envases de diluyentes, bencina, solventes, pegamentos, aceites, barnices, etc. Se contará con una bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos para la instalación de faena, la que se ubicará dentro del sitio destinado al acopio de residuos peligrosos, señalado en los Planos de Instalación de Faena adjunto en Anexo 02. Planos de la Adenda. Las características constructivas corresponden a: − Piso: Liso, radier de hormigón h15 con relación de 225 kg de cemento por m3, con borde de canal conducto rebajado de 15 x 10 cm que conducirá los posibles derrames hasta el receptor de derrames con un volumen total de 220 litros. Contará con base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos según el artículo 33 del DS 148/2003. − Cierre: Cierre perimetral de la bodega con estructura metálica forrada con fibrocemento de 8 mm de espesor por una cara, tendrá pilares embebidos de acero (pintados con pintura intumescente Cerefin X -20 o similar con resistencia al fuego superior o igual a 30 minutos. La altura será de 1,8 m. Se hace necesario señalar que la bodega cumplirá con todas las disposiciones del artículo 33 del D.S N°148. − Techo: Planchas de Zinc – Alum de 0,35 mm de espesor pintadas con pintura intumescente Cerefin X -20 o similar con resistencia al fuego superior o igual a 30 minutos. − Ventilación: Natural, por medio de abertura entre el cierre perimetral y el techo, que permita la circulación natural del aire. La abertura será cubierta con malla perimetral termoplástica para evitar el ingreso de animales y/o aves. − Iluminación: Natural por medio de aberturas en la bodega. − Señalización: Señalética por medio de carteles que indiquen el tipo de bodega (ej.: “Residuos Peligrosos”) y rombos de peligrosidad de acuerdo con lo indicado en la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003. Además, se contarán con las Hojas de Datos de Seguridad de los residuos almacenados en el exterior de la bodega y en las oficinas de la instalación de faenas. − Acceso: Bodega con acceso restringido, se designará a un encargado en obra. − Contenedores: Contenedores de 110 L, de acero resistentes al fuego y herméticos para evitar eventuales filtraciones. Todos se encontrarán debidamente señalizados según el residuo a almacenar y de acuerdo con la NCh 2190 Of. 2003. − Retiro: Por medio de empresa especializada y que cuente con las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final. Cada vez que se necesite realizar un retiro (máximo cada 6 meses), se llamará a la empresa la cual dispondrá de vehículo especializado y se llevará los contenedores con los residuos. En la tabla N°1 del Anexo 5 PAS 142 de la Adenda, se indican los residuos peligrosos a generar.
Mayores antecedentes Anexo 5 de la Adenda, PAS 142. y Numeral A.4.11.4 Anexo 2 Adenda Complementaria.
Sustancias peligrosas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Durante la fase de construcción del Proyecto se requerirán sustancias peligrosas las cuales serán abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones correspondientes.
Respecto a este tipo de sustancias, el titular del Proyecto se asegurará que la empresa que preste el servicio de transporte cumpla con las disposiciones generales del Decreto Supremo Nº298/1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. En la tabla 37 del Anexo 02 de la Adenda Complementaria, se estima la cantidad de sustancias peligrosas utilizadas durante la fase de construcción, valores referenciales respecto a proyectos de similares características. Se determina un total de SUSPEL a almacenar de 95,2 toneladas, entre sustancias categorizadas inflamables, Corrosivas y Peligrosos Varios.
Las bodegas comunes donde se almacenarán sustancias peligrosas serán recintos cerrados en su perímetro por muros resistentes a la acción del agua, con piso sólido, liso e impermeable y no poroso. Adicionalmente, estas bodegas tendrán un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización que evite comprometer las áreas adyacentes.
El almacenamiento de dichas sustancias se ajustará en todo momento a las directrices del Decreto Supremo N°43/2016 del Ministerio de Salud. Reglamento de Sustancias Peligrosas.
Mayores antecedentes Numeral 4.11.6 Anexo 02 Adenda Complementaria.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores detalles sobre la fase de construcción en capítulo 4.6 del ICE. 4.4. FASE DE OPERACIÓN 4.4.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.4.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Edificio El Proyecto consiste en la construcción de un edificio de dos torres de 25 pisos más cubiertas y dos niveles de subterráneos, en donde se considera la habilitación de un total de 518 departamentos. La torre norte con 269 departamentos y torre sur con 249 departamentos respectivamente. Estacionamientos vehiculares El proyecto contempla la construcción de 222 estacionamientos. Estos se desglosan de la siguiente forma: Tabla 4.2.1: Resumen estacionamientos Tipo de estacionamiento Cantidad Estacionamientos departamentos 179 Estacionamientos visitas 28 Estacionamientos comercio 11 Estacionamientos discapacitados comunes 3 Estacionamientos camiones 1 Total 222 Fuente: elaborado en base a Figura 1 Adenda Complentaria. Respuesta 1.2 Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Estacionamientos de bicicletas El proyecto contempla la construcción de 346 estacionamientos de bicicletas para uso de los futuros habitantes del Proyecto. Respuesta 1.2 Adenda Complementaria Equipos electrógenos Para la fase de operación se contempla la instalación de 2 Grupos Electrógenos, uno para cada torre. Este equipo está destinado a respaldar en caso de emergencia a los edificios habitacionales, y estará ubicado en el primer subterráneo de la torre norte y en el segundo subterráneo de la torre sur, en una sala de hormigón. Se utilizará un Grupo electrógeno de 180 kVA como potencia de emergencia. El grupo electrógeno en su interior cuenta con un estanque de almacenamientos de combustible para su funcionamiento, a lo cual, es importante indicar que no contemplara almacenamiento de combustible adicional. La ubicación se detalla en los planos 2 y 3 del Anexo 03. Planos de la Adenda. Numeral A.5.1.6 anexo 02 Adenda Complementaria. Salas de basura Los habitantes del edificio contarán en cada piso en la zona denominada shaft de basura con repisa de reciclaje. Los shaft de basura se conectarán mediante ductos verticales con las salas de basura. por estos ductos, los habitantes botarán sus residuos domiciliarios en bolsas cerradas, de tamaños pequeños y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior como botellas de vidrio o escombros, hacia las salas de basura ubicadas en el subterráneo -1, para posteriormente la administración de cada condominio retire los contenedores de cada sala de basura y los desplace a las zonas de precarguío, para que estos residuos, sean retirados por el sistema de recolección municipal cada 2 a 3 veces por semana. Mayores Antecedentes en Anexo 06 “Proyecto de Basura” de Adenda Complementaria. Numeral A.5.1.3 anexo 02 Adenda Complementaria. Punto Limpio Durante su fase de operación se contará con un punto limpio al lado de la zona de precarguío. un sistema de reciclaje de residuos como plásticos, vidrios, papeles y cartones y latas Para el caso de los residuos reciclables, la administración retirará de los shaft de basura para su posterior traslado a las basuras y sean redirigidos hacia el punto limpio, desde donde serán retirados por algún reciclador de base de la comuna. Se considera 1 kit de reciclaje de 4 contenedores de 360 litros según lo establecido en la NCh 3322/2013 del INN sobre “Colores de contenedores para identificar distintas fracciones de residuos. Numeral A.5.1.3 anexo 02 Adenda Complementaria, respuestas 1.26, 1.27, 128, 8.2 Adenda Complementaria. Solución de Aguas lluvias La solución a la evacuación y drenaje de las aguas lluvias consiste en la captación de las aguas lluvias desde las cubiertas de los edificios, a través de un sistema de bajadas conectadas a canaletas en las cubiertas. Además, se contará con bocas de admisión en las áreas verdes y estacionamientos del piso 1, para asegurar la recolección efectiva de las aguas lluvias. Estas aguas pluviales provenientes de las cubiertas de los edificios y de las bocas de admisión serán dirigidas al subterráneo 2, donde se encuentran las cámaras decantadoras y los drenes de infiltración diseñados considerando los criterios establecidos por SERVIU Metropolitano en relación con la capacidad y factores de seguridad de las obras. Anexo 06. Proyecto de Especialidades Adenda Sala de Bombas El proyecto contará con una sala de bombas con dos estanques de acumulación de agua para ambas torres, donde por medio de bombas se impulsará el agua para abastecer a todos los departamentos del Proyecto. Áreas verdes El Proyecto contempla una superficie de 400 m2 de áreas verdes, tal como se presenta en la planimetría del proyecto áreas verdes y paisajismo, Anexo _06. Proyectos de Especialidades, que considera 131 árboles. Anexo 06. Proyecto de Especialidades. Cabe señalar que se incluyó un Compromiso Ambiental Voluntario “Áreas verdes incluyendo especies nativas y paisajismo”, que incorpora especies nativas como: - Quillaja saponaria (Quillay) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
- Laurus nobilis (Laurel de Comer)
- Crynodrendron patagua (Patagua) Del total de 131 árboles, el 66% serán arboles nativos, según lo indicado en: Anexo 06. “Proyecto de Especialidades”. Adenda. Anexo 07. “Compromisos Ambientales Voluntarios”. Adenda. Locales comerciales Se consideran 8 locales comerciales, 4 en la torre norte y 4 en la torre sur. Estos son locales de tipo básico (sin preparación de comida). Respuesta 1.2 Adenda Complementaria. Numeral A.1.2 Anexo 02 Adenda Complementaria. 4.4.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. Flujo Vehicular El Proyecto para el modo de transporte privado en su fase de operación aporta 530 (vehículos/hora) de salida y 106 (vehículos/hora) de entrada en el periodo punta mañana, Asimismo, se generan 106 (vehículos/hora) de salida y 530 (vehículos/hora) de entrada en periodo punta tarde. Mantenimiento de salas de basura Los habitantes del edificio contarán en cada piso en la zona denominada shaft de basura con bandeja de reciclaje. Este closet estará en el sector del núcleo del edificio. Los shaft de basura se conectarán mediante ductos verticales con las salas de basura. por estos ductos, los habitantes botarán sus residuos domiciliarios en bolsas cerradas, de tamaños pequeños y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior como botellas de vidrio o escombros, hacia las salas de basura ubicadas en el primer subterráneo, para posteriormente la administración de cada condominio retire los contenedores de cada sala de basura y los desplace a las zonas de precarguio, para que estos residuos, sean retirados por el sistema de recolección municipal cada 2 a 3 veces por semana. Para evitar olores, el personal de aseo de cada una de las torres mantiene limpia la sala de basura, preocupándose que no se saturen los contenedores, para que la tapa hermética cumpla su objetivo. Numeral A.5.1.3 Anexo 02 Adenda Complementaria. Actividades de mantención Se considera que las actividades de mantención estarán a cargo de terceros autorizados. Estas labores corresponderán a la mantención de ascensores y grupos electrógenos, entre otros. Numeral A.5.5 Anexo 02 Adenda Complementaria. Mantenimiento del conjunto Evacuador de Aguas Lluvia Una vez construido el edifico, la mantención del sistema de infiltración será responsabilidad de la administración del mismo, por lo que el Titular, con el fin de evitar problemas de funcionamiento del sistema de evacuación de aguas lluvias durante la operación, dejará indicado en el Reglamento de Copropiedad que la mantención permanente de estas obras deberá realizarse de la siguiente forma: Limpieza periódica en cada elemento componente del conjunto evacuador de aguas lluvias (canaletas, techo, piletas, cámaras y rejillas). Numeral A.5.5 Anexo 02 Adenda Complementaria. 4.4.2. SUMINISTROS BÁSICOS Agua potable El proyecto cuenta factibilidad técnica de conexión a Aguas Andinas, lo que permitirá otorgar los servicios de agua potable, con un abastecimiento los habitantes, equivalentes a 309 m3/día. Para el abastecimiento de agua potable por parte de los futuros habitantes del Proyecto, se conectará el arranque y medidor de agua potable, a la cañería de EPAD de diámetro D=180 mm. Proyecto público N°17.236, existente en costado poniente de la Av. Vicuña Mackenna Oriente, 35 m al norte de la esquina norponiente de la Av. Vicuña Mackenna y la calle Serafín Zamora, aproximadamente. En el Anexo 01. Antecedentes Técnicos de la Adenda se adjunta Certificado de factibilidad de agua potable y Nº010784 del 05 de diciembre 2023, emitido por la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
empresa sanitaria predicha, lo que garantiza un abastecimiento para 1.206 habitantes y 400 m2, y un consumo medio diario estimado de 309 m3. Para la descarga de aguas servidas, se proyectará extensión de colector público por Bien Nacional de Uso Público, siendo el punto de empalme el colector existente de hormigón simple, diámetro 900 mm., proyecto N°12.490, profundidad aproximada de 6,73 m., la que deberá ser verificada en terreno, ubicado en la calzada oriente de la Av. Vicuña Mackenna Oriente. Numeral A.5.6.1 anexo 02 de la Adenda Complementaria. Electricidad La factibilidad de suministro de energía eléctrica será a través de la empresa del sector y estará de acuerdo a las normas vigentes de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el Decreto Supremo Nº92, de 1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos”, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N°1128, de 2006, mencionada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”. Numeral A.5.6.2 anexo 02 Adenda Complementaria. Combustible Se considera el almacenamiento de combustible en los estanques del grupo electrógeno. El grupo electrógeno en su interior cuenta con un estanque de almacenamientos de combustible para su funcionamiento, por lo que no contemplara almacenamiento de combustible adicional. Numeral 3.1.1.3.5 de la DIA, tabla 8 Adenda Complementaria. 4.4.3. PRODUCTOS GENERADOS El proyecto, debido a su tipología, no contempla de ninguna manera, la elaboración de productos, por lo cual no corresponde llevar una cuantificación y forma de manejo de estos. Numeral A.5.7. anexo 02 Adenda Complementaria. 4.4.4. RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto, debido a su tipología y ubicación, no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables. Numeral A.5.8. anexo 02 Adenda Complementaria. 4.4.5. EMISIONES Y EFLUENTES Emisiones y efluentes Emisiones de material particulado y gases de combustión Las principales fuentes de emisión asociadas a esta fase del Proyecto se relacionan con el funcionamiento de Grupos Electrógenos. En las tablas N° 49 y 50 del Anexo 03-01 de la Adenda Complementaria se presenta las emisiones atmosféricas totales y resumen anual por contaminante para la fase de operación. Las estimaciones efectuadas, no se superan los límites de emisiones tanto para MP2,5 y MP10 equivalente durante la fase de operación del proyecto. Mas antecedentes en el Anexo 03-01 de la Adenda Complementaria. Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente RM, se pronuncia conforme a la Adenda Complementaria, mediante el Oficio Ord. N° 242571 de fecha 04/06/2024. Ruido Durante la fase de operación se consideran la salida de gases del equipo electrógeno de emergencia y equipos de aire acondicionado para los locales comerciales. El equipo electrógeno de emergencia se encuentra confinado dentro del segundo subterráneo del edificio, esto asegura una pérdida de transmisión suficiente para obtener niveles menores a 45 dB(A) dentro de los departamentos y receptores aledaños. Todos los equipos de operación del edificio de contaran con montajes anti-vibratorios, ya sea sobre apoyos o sobre losa flotante con el propósito de evitar ruido estructural a los departamentos del edificio. Los ductos y cañerías que estén en contacto con la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
estructura del edificio serán aislados mecánicamente de dicha estructura a través de un material que amortigüe las vibraciones. En la tabla 26 del anexo 04 parte 1 de la Adenda se detallan los Niveles de Presión Sonora (NPS) de emisión de la salida de gases de los grupos electrógenos, y la evaluación del D.S. 38/2011 de Ministerio del Medio Ambiente. Esto da cuenta de la propagación sonora hacia todos los edificios del proyecto y receptores externos, desde las salidas de gases de los generadores eléctricos, las cuales contarán con silenciador descrito en el apartado 6.3.1.4 del mismo Anexo, junto con los equipos de aire acondicionado de los locales comerciales. Se puede observar que los niveles de ruido estimados cumplen con los límites máximos permisibles en todos los receptores, tanto en período diurno como nocturno del D. S. N°38/2011 MMA. Mayores detalles en “Estudio de ruido y vibraciones” anexo 04 parte 1 de la Adenda, Tabla 30 Adenda Complementaria. Vibraciones Para la fase de operación no se consideran fuentes significativas de vibración, los niveles de vibración se encuentran por debajo de los límites establecidos en la normativa de referencia utilizada. Numeral 7.2 Anexo 04 parte 1 de la Adenda. Al respecto, la SEREMI de Salud RM, se pronunció conforme a la Adenda, mediante el Oficio Ord. N° 59 de fecha 10/01/2024. Residuos líquidos domésticos En función a la estimación una población total de 1.206 habitantes se tiene aproximadamente un caudal de aguas servidas de 309 m3/día, que serán conducidas a la red de alcantarillado existente en el sector, considerando 250 L/día como consumo de agua promedio diario por persona Se cuenta con certificado de factibilidad de alcantarillado y agua potable, por lo que las aguas servidas serán descargadas al alcantarillado público, administrado por Aguas Andinas S.A., el cual se presenta en el Anexo Nº 01 de la Adenda Complementaria. Numeral 6.6 anexo 04 Adenda Complementaria. 4.4.6. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios (RSD) Durante la fase de operación habrá generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los habitantes de los departamentos. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando el Reporte asociado a la generación de Residuos Sólidos de Chile el cual indica para la comuna de La Florida una tasa de generación de 1,4 Kg de residuos por habitante al día. Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia..1 Residuos Sólidos Domiciliarios en la fase de operación Nº personas/día Tasa generación Kg RSD/día Densidad RSD Volumen RSD/día 1.206 (residentes) 1,4 Kg/hab. Día 1.688,4 Kg/día 150 Kg/m3 11,26 m3/día Fuente: Tabla 56 Anexo 02 Adenda Complementaria Para el almacenaje de estos residuos previo a la recolección del camión municipal, cada 2 a 3 días, el Proyecto ha considerado sectores de pre-carguío. Los ductos de basura conducirán los residuos hacia las salas de basura proyectadas, en donde, serán descargados en los contendores de 360 L (con tapa y rueda) y cuando estos sean llenados, (para su posterior traslado 2 a 3 veces por semana), serán retirados por el personal de la administración del edificio, hasta llega a la zona de precarguío ubicado en el primer piso, para su posterior retiro por el servicio de recolección municipal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Adicionalmente, el proyecto cuenta con la habilitación de un punto limpio, el cual dispondrá de una zona de acopio de plásticos, vidrio y cartón.
Mayores antecedentes en PAS 140 Anexo 05 de la Adenda, y numerales A.5.1.3 y A.5.10.2 de la Adenda Complementaria Residuos peligrosos No contempla el uso de estas sustancias o generación de residuos peligrosos durante la fase de operación.
Tabla 57 del Anexo 02 Adenda Complementaria. Sustancias peligrosas Se requerirá abastecimiento de combustible para equipo electrógeno, el cual lo realizará la empresa encargada y autorizada para las mantenciones del equipo.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores detalles sobre la fase de operación en capítulo 4.7 del ICE. 4.5. FASE DE CIERRE El Proyecto no contempla fase de cierre, en atención que su duración es indefinida (Punto A.6 de la DIA).
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Julio 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Demolición Fecha estimada de término Septiembre 2027 Parte, obra o acción que establece el término Recepción final por parte de la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de La Florida 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Septiembre 2027 Parte, obra o acción que establece el inicio Recepción final por parte de la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de La Florida Fecha estimada de término Indefinida Parte, obra o acción que establece el término No aplica 4.4.3. FASE DE CIERRE El proyecto no contempla fase de cierre.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Impacto ambiental no significativo Emisiones atmosféricas (material particulado, gases y ruido). Aumento en las concentraciones de material particulado y otros contaminantes. Parte, obra o acción que lo genera Fase de construcción. Preparación del terreno y escarpe, perforación, carga y volteo, excavación, tránsito de vehículos pesados y livianos, e instalación de faenas, sala de basura, entre otros. Fase de operación. Funcionamiento de grupos electrógenos. Fase en que se presenta Construcción y operación. Impacto ambiental no significativo Generación de vibraciones. Aumento en los niveles de Ruido y vibraciones Parte, obra o acción que lo genera Fase de construcción. Preparación del terreno y escarpe, perforación, carga y volteo, excavación, tránsito de vehículos pesados y livianos, entre otros. Fase de operación. Grupo electrógeno Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.1. “Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos”, Tabla 6.1. del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11 letra a) de la Ley 19.300:
Emisiones atmosféricas: En el informe de emisiones atmosféricas, el cual se encuentra en el Anexo 04 de la Adenda Complementaria, se determinó que, durante la fase de construcción, las emisiones a la atmósfera corresponderán principalmente a contaminantes de MP10, MP2.5, NOX, CO, y HC generados por las acciones de demolición, escarpe, excavación, nivelación, compactación, movimientos de tierra (carga y descarga de materiales) y circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados. Del mismo modo, durante la fase de operación se generarán emisiones gaseosas, por funcionamiento de grupos electrógenos. Para la fase de construcción, en la tabla 43 del anexo 03-01 de la Adenda Complementaria se indica el resumen de emisiones de MP10 y MP2.5 y emisiones de gases para los años 1, 2 y 3 de la fase de construcción. En la tabla 44 del mismo anexo se presenta resumen anual por contaminante (ton/año) para la Fase de construcción. En la tabla 49 anexo 03-01 de la Adenda Complementaria se indica el resumen de las emisiones en la fase de operación, y en la Tabla 43 del anexo 03-01 de la Adenda Complementaria se indica el resumen de emisiones de MP10 y MP2.5 y emisiones de gases. De acuerdo con lo anterior, el Proyecto no supera los límites establecidos en el D.S. Nº 31/2017 en forma simultánea para MP2,5 ni para MP10 durante las Fases de Construcción y Operación. De los resultados mencionados en la tabla 4.3.4. de la RCA, la SEREMI de Medio Ambiente en su Oficio Ord. N°242571 de fecha 04/06/2024 indica “Se deja constancia que el Titular subestima emisiones para la actividad de excavación y tránsito vehicular en camino no pavimentados, sin embargo, estas variaciones no implicarían en un aumento de las emisiones en base anual por sobre los límites establecidos en el artículo 64 del PPDA D.S. 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.” No obstante, en la fase de construcción se consideran las medidas de control indicadas en la tabla 7.1 de la RCA.
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Ruido: Las emisiones de ruido en la fase de construcción se encuentran asociadas, en su mayoría, al funcionamiento de maquinarias y equipos. Se identifican 7 receptores para el ruido, los cuales se muestran en la figura 5 del anexo 04 parte 1 de la Adenda y se detallan en la tabla N°4 del mismo anexo, los cuales corresponden a locales comerciales, supermercado, centro comercial, colegio, municipalidad de la Florida y un edificio en construcción. Además se incluye las fotografías de cada receptor, en la figura 6 del mismo anexo. En las tablas 19, 20 y 21 del anexo 04 parte 1 de la Adenda se muestran las estimaciones preliminares ruido para la fase de construcción sin medidas de control. Debido a que los niveles estimados de ruido asociados a la ejecución del Proyecto superan el límite máximo permisible en los receptores R1, R2, R4, R5 y R7 durante algunas actividades en la fase de construcción, el Proyecto contempla implementar un cierre perimetral de 3,6m y 6 [m] de altura, cuya ubicación se indican en la figura 16 del Anexo 04 parte 1 de la Adenda. Este cierre perimetral tendrá características de barrera acústica cuyo material cumplirá con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] Finalmente, en las figuras 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 32, 34, y 35 del Anexo 04 parte 1 de la Adenda se indican los mapas de ruido con las medidas de control. De acuerdo con lo señalado en el “Informe Estimación ruido y vibraciones” adjunto en el Anexo 04 parte 1 de la Adenda, los niveles de ruido generados por la fase de construcción cumplen lo establecido en el D. S. N°38/2011 MMA utilizando las medidas de control señaladas en la tabla 8.1.9 del ICE. Las emisiones de ruido en la fase de operación corresponden equipo electrógeno de emergencia y equipos de aire acondicionado para los locales comerciales, y se identifican 7 receptores exteriores y 2 receptores interiores. En la tabla 21 del Anexo 04 parte 1 de la Adenda se muestran estimaciones preliminares ruido para la fase de operación sin medidas de control. Sin embargo, como medida de control se considera que la descarga del grupo electrógeno contará con un silenciador catalizador que proveerá al menos 20 [dB] de pérdida por inserción bajo el procedimiento establecido en el D.S. Nº38/11 del MMA, de manera conservadora. En la figura 36 del Anexo 04 parte 1 de la Adenda se muestra el mapa de ruido para la fase de operación con medidas de control. Respecto a la fase de operación el proyecto cumple con el D.S. N°38/2011 MMA, considerando un equipo electrógeno con silenciador, de acuerdo a lo indicado en la tabla 7.1. de la RCA. Las obras durante la fase de construcción se efectuarán entre las 8:00 a 21:00 hrs y sábados de 8:00 a 14:00 horas. Solo se trabajará generando ruidos molestos, en los días hábiles en jornada de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hrs (Respuesta 13.15 Adenda). Al respecto, la SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago, se pronuncia conforme mediante Ord. N° 59 de fecha 10 de enero de 2024. Se considera además el Compromiso Ambiental Voluntario de “Plan de comunicación e información a los vecinos”, cuyo objetivo es comunicar e informar a los vecinos del sector sobre las actividades a desarrollar durante la fase de construcción del proyecto, además de canalizar las consultas o reclamos, este se encuentra detallado en la tabla 9.1. de la RCA..
Vibraciones: Se identifican 7 receptores, los cuales se muestran en la figura 5 del anexo 04 parte 1 de la Adenda y se detallan en la tabla N°7 del mismo anexo, los cuales corresponden a locales comerciales, supermercado, centro comercial, colegio, municipalidad de la Florida y un edificio en construcción. Además se incluye las fotografías de cada receptor, en la figura 6 del mismo anexo. De acuerdo con la normativa FTA (Transit Noise and Vibration Impact Assessment), las fuentes generadoras de vibración involucradas serían el, excavadora, retroexcavadora, rodillo compactador, camiones, y mincargador. las que se presentan en la tabla 17 del anexo 04 parte 1 de la Adenda. Los resultados presentados en la tabla 22 del anexo 04 parte 1 de la Adenda indican que los niveles de velocidad de vibración (Lv) estimados en los receptores R1 y R7 durante las faenas de construcción, se encuentran sobre los límites de molestia adoptados, por lo que se contempla la implementación de medidas de control. Durante toda la extensión de las obras, se define un área de restricción para el rodillo compactador de al menos de 33m de cualquier edificación, particularmente de los receptores R1 y R7. En el caso de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
necesitar operar a menor distancia que la indicada, deberá reemplazarse por maquinaria que posea menor emisión de vibraciones como lo es una placa compactadora. El área de restricción se muestra en la figura 21 del anexo 04 parte 1 de la Adenda. Por tanto, considerando la modelación realizada así como también la implementación de las medidas de control incorporadas en el diseño del Proyecto, no superarán los valores establecidos por la normativa. El detalle de la metodología y consideraciones que se adoptaron para la evaluación de vibraciones del Proyecto se presentan en el Anexo 04 parte 1 de la Adenda. Se considera además el Compromiso Ambiental Voluntario de “Plan de comunicación e información a los vecinos”, cuyo objetivo es comunicar e informar a los vecinos del sector sobre las actividades a desarrollar durante la fase de construcción del proyecto, además de canalizar las consultas o reclamos, este se encuentra detallado en la tabla 9.1. de la RCA.
Residuos líquidos: Aguas servidas: Fase de Construcción: Para la instalación de faenas, servicios sanitarios (baños químicos, duchas, lavatorios) serán implementados de acuerdo al Decreto Supremo Nº594/1999 del Ministerio de Salud, “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”. - El número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N°594/99 del MINSAL. - Las duchas portátiles contarán con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por elterreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad. - Los baños químicos estarán instalados a menos de 75 m del área de trabajo. El punto de descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. (Numeral A.3.1.1. Anexo 02 Adenda Complementaria). El Proyecto cuenta con factibilidad de agua potable y alcantarillado, por lo que los residuos líquidos, correspondientes a aguas servidas serán descargados a la red de alcantarillado existente durante la fase de construcción (Numeral B.8 de la DIA) Fase de operación: Serán descargada a la red de alcantarillado público, para lo cual el Titular presenta el respectivo certificado de factibilidad de la empresa Aguas Andina, el cual se adjunta en el anexo 01 de la Adenda Complementaria Numeral A.4.8.1. Anexo 2 Adenda Complementaria.
Residuos industriales líquidos: Para la fase de construcción se considera la generación de aguas residuales generadas por el lavado de ruedas de los camiones que abandonen al área de trabajo y de las canoas de cemento. El sistema de limpieza de las ruedas de los vehículos y del lavado de canoas en uno solo, el cual constará de un radier impermeable de hormigón de 40 m2, con una pendiente mínima de 4%, una piscina de decantadora de solidos de 5,65 m3 y una fosa de acumulación de agua residual de lavado de 5,65 m3. Detalle de ubicación en el plano de lavado de ruedas y canoas adjunto en el Anexo 03. Planos de la DIA. Los residuos líquidos derivados del lavado de ruedas y canoas de camión mixer, irán dirigidos a una piscina de acumulación y una vez fraguado el hormigón será dispuesto como escombro. Ante el eventual caso de que estas aguas generadas por el lavado de la canoa del camión mixer no alcancen a ser evaporadas se contratará a un camión con estanque para realizar el retiro del agua de manera mensual o cuando el nivel se encuentre en un 80% de la capacidad total de la fosa. En la fase de operación no se contempla la generación de residuos líquidos industriales.
Residuos sólidos: Residuos sólidos domiciliarios: Fase de construcción: Se dispondrán por toda la faena 10 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán llevados a una zona de precarguío para ser retirados. La frecuencia de retiro será de 3 veces por semana por la municipalidad y serán dispuestos en relleno sanitario autorizado. PAS 140 anexo 05 Adenda. Fase de operación: En cuanto el almacenaje de estos residuos previo a la recolección del camión municipal, cada 2 a 3 días, el Proyecto ha considerado sectores de pre-carguío. Los ductos de basura conducirán los residuos hacia las salas de basura proyectadas, en donde, serán descargados en los contendores de 360 L (con tapa y rueda) y cuando estos sean llenados, (para su posterior traslado 2 a 3 veces por semana), serán retirados por el personal de la administración del edificio, hasta llega a la zona de precarguío ubicado en el primer piso, para su posterior retiro por el servicio de recolección municipal. Adicionalmente, el proyecto cuenta con la habilitación de un punto limpio, el cual dispondrá de una zona de acopio de plásticos, vidrio y cartón. PAS 140 anexo 05 Adenda.
Residuos industriales no peligrosos: Fase de construcción: Respecto a los escombros estos serán acopiados en contenedores abiertos sobre una base de suelo compactado, para que sean retirados 2 veces por semana o cuando el contenedor se encuentre a plena capacidad, por empresa autorizada, los cuales serán transportados a un sitio de disposición de escombros de la construcción autorizado por la SEREMI de Salud. Para el caso de los residuos valorizables estos serán acopiados en tambores metálicos de 200 L de capacidad, debidamente rotulados. En caso de que estos sean de mayor tamaño estos serán acopiados en contenedores metálicos abiertos, en una base de suelo compactado cubierto por una placa de acero. Respecto a la frecuencia de retiro en lo posible serán reutilizados en la obra y lo que no sea reutilizado será retirado por recicladores de base para su comercialización. Todos los residuos generados serán retirados por una empresa autorizada según periodicidad normada. El titular mantendrá en obra un registro donde se acredite la disposición final de todos los residuos en lugares autorizados por la autoridad sanitaria. Al finalizar la fase de construcción, el titular remitirá los antecedentes necesarios que garantizan el envío de los residuos de la obra a sitio autorizado. Se retirarán 21.584,07 m3 encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo. PAS 140 anexo 05 Adenda.
Fase de operación: No se considera su generación durante esta fase. Resididos peligrosos: Fase de construcción: Serán almacenados en una bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos para la instalación de faena, la que se ubicará dentro del sitio destinado al acopio de residuos peligrosos, señalado en los Planos de Instalación de Faena adjunto en Anexo 02. Planos de la Adenda. El retiro será por medio de empresa especializada y que cuente con las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final. Cada vez que se necesite realizar un retiro (máximo cada 6 meses), se llamará a la empresa la cual dispondrá de vehículo especializado y se llevará los contenedores con los residuos. Anexo 05 de la Adenda, PAS 142. Fase de operación: No se considera su generación durante esta fase. De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 5º del Decreto Supremo Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente.
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5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental no significativo El Proyecto no genera impactos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11 letra b) de la Ley 19.300:
• Suelo: El área de influencia de la componente suelo, corresponde al terreno de emplazamiento del proyecto, es decir un área de terreno neta igual a 4.637,26 m2. De acuerdo al Certificado de Informaciones Previas (CIP), adjunto en el anexo 01 de la Adenda el área de instalación del Proyecto se emplaza en terrenos ubicados en el área urbanizable de la comuna de La Florida, esto según lo establecido en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago y en el Plan Regulador Comunal de La Florida. En particular, el terreno se ubica en la Zona ESP-1, que permite el uso residencial en el territorio. Asimismo, de acuerdo con el Estudio de Mecánica de suelo (disponible en el Anexo 04. Estudios) de la DIA, se logra observar que el suelo en el Estrato N°1 presenta capa vegetal, Estrato N°2 se identifica relleno artificial, Estrato N°3 se identifica arcilla limosa algo arenosa con gravas dispersas y en el Estrato N°4 se presenta grava arenosa. En relación con el impacto por activación de procesos erosivos o erosión del suelo entendido como la modificación de condiciones que provocan la pérdida de la mantención del suelo in situ y el movimiento de sus partículas de un sitio a otro, generando el deterioro de sus propiedades como la fertilidad, el Proyecto no efectuará una modificación de los usos actuales del suelo donde se emplazará.
• Superficies con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota: De acuerdo al Certificado de Informaciones Previas, adjunto en el anexo 1 de la Adenda el área de instalación del proyecto se encuentra en un área urbana, y en la comuna de La Florida no existen en la actualidad remanentes de vegetación natural. En plazas y parques solo se presenta vegetación urbana. En las fotografías del anexo 08 de la DIA se aprecia que el área de emplazamiento del proyecto está cubierta casi en su totalidad por asfalto, por lo que en el sector de emplazamiento del Proyecto, sector altamente intervenido de la comuna, no existirá explotación, alteración o manejo de superficies con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota.
• Aire: El informe de emisiones atmosféricas se encuentra en el Anexo 03-01 de la Adenda Complementaria. El Proyecto no supera los límites establecidos ninguno de los gases contaminantes ni material particulado, por lo que no requiere compensar emisiones. Se realizarán además medidas de control de emisiones, establecidas en la tabla 7.1. de la RCA. • Recurso hídrico: El origen de las aguas que se utilizarán para el proyecto será del suministro de agua potable que tiene el área de instalación del proyecto con Aguas Andinas. (Anexo 01 Adenda Complementaria) Según la Mecánica de Suelos, Anexo 04. Estudios de la DIA, la napa freática se encuentra aproximadamente a los 90 - 95 m. Por otro lado, se recopiló la información de los niveles estáticos del pozo más cercano identificado en la base de datos de la Dirección General de Aguas, conocido como Estación Pozo INIA (código BNA: 05730045-0), ubicado a aproximadamente 5,6 km al sur poniente del Proyecto recopilaron cerca de 10 años de información de los niveles estáticos del pozo, a partir de octubre de 2008 que se presentan en la Figura 26. En dicha Figura se aprecia que hay una depresión de niveles a lo largo del tiempo y actualmente el nivel se encontraría por debajo de los 88,00 metros de profundidad.
En relación a aguas servidas que se generarán en la fase de construcción corresponden a los efluentes líquidos domésticos (aguas servidas), provenientes de los duchas, baños y lavamanos, se estima la cantidad de aguas servidas para la fase de construcción en función de la cantidad de trabajadores presentes en obra. El consumo de agua promedio diario de un trabajador se estima en 100 L/día, esto implica que como máximo, se tendrá aproximado un caudal de aguas servidas de 15 m3/día (150 trabajadores máximo mensual). Para la fase de operación la estimación una población total de 1.206 habitantes se tiene aproximadamente un caudal de aguas servidas de 309 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
m3/día, que serán conducidas a la red de alcantarillado existente en el sector, considerando 250 L/día como consumo de agua promedio diario por persona. El predio donde se emplazará el proyecto posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado administrado por Aguas Andinas S.A.
El proyecto considera un proyecto de aguas lluvias particular para la fase de operación. Las aguas pluviales provenientes de las cubiertas de los edificios y de las bocas de admisión serán dirigidas al subterráneo 2, donde se encuentran las cámaras decantadoras y los drenes de infiltración diseñados considerando los criterios establecidos por SERVIU Metropolitano en relación con la capacidad y factores de seguridad de las obras. En el Anexo 06-01 de la Adenda se adjunta el proyecto de aguas lluvia.
El Titular indica que la profundidad máxima de las excavaciones es de 6,5 metros y según antecedentes bibliográficos, el nivel freático se encuentra a más de 100 m de profundidad. En el numeral A.4.1.5.1. del anexo 02 la Adenda Complementaria se encuentra el esquema de nivel freático del proyecto.
Para la fase de construcción se considera la generación de aguas residuales generadas por el lavado de ruedas de los camiones que abandonen al área de trabajo y de las canoas de cemento. El sistema de limpieza de las ruedas de los vehículos y del lavado de canoas en uno solo, el cual constará de un radier impermeable de hormigón de 40 m2, con una pendiente mínima de 4%, una piscina de decantadora de solidos de 5,65 m3 y una fosa de acumulación de agua residual de lavado de 5,65 m3. Detalle de ubicación en el plano de lavado de ruedas y canoas adjunto en el Anexo 03. Planos de la DIA. Los residuos líquidos derivados del lavado de ruedas y canoas de camión mixer, irán dirigidos a una piscina de acumulación y una vez fraguado el hormigón será dispuesto como escombro. Ante el eventual caso de que estas aguas generadas por el lavado de la canoa del camión mixer no alcancen a ser evaporadas se contratará a un camión con estanque para realizar el retiro del agua de manera mensual o cuando el nivel se encuentre en un 80% de la capacidad total de la fosa.
En la fase de operación no se contempla la generación de residuos líquidos industriales.
• Normas secundarias: En lo que respecta a las normas secundarias de Calidad Ambiental - Aire, las siguientes son las vigentes en nuestro país: ▪ Decreto Supremo 22/2009. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. “Establece norma de calidad secundaria de aire para Anhídrido Sulfuroso SO2”. ▪ Decreto Exento 4/1992. Ministerio de Agricultura. “establece normas de calidad del aire para material particulado sedimentable en la cuenca del Río Huasco, III Región”.
De acuerdo con la estimación de emisiones incluida en el Estudio Atmosférico, realizado en base a lo exigido en el PPDA, y considerando la tipología del Proyecto en evaluación, el proyecto no sobrepasará los límites establecidos en el Decreto Supremo Nº22/2009 en el Plan de Prevención de Descontaminación Atmosférico (Decreto Supremo Nº31/2017 del Ministerio del Medio Ambiente).
De acuerdo con el Decreto Exento Nº4/1992, el Proyecto se encuentra distante a más de 800 km del Río Huasco, por tanto, no son aplicables al área de emplazamiento del Proyecto.
En lo que respecta a las normas secundarias de Calidad Ambiental - Agua, las siguientes son las vigentes en nuestro país: ▪ Decreto Supremo N°19/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales del Lago Villarrica. ▪ Decreto Supremo Nº122/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales del Lago Llanquihue. ▪ Decreto Supremo Nº75/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del Río Serrano.
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Las citadas normas secundarias de calidad no aplican al Proyecto en evaluación, ya que éste se encuentra fuera de la zona de aplicación de ellas. • Fauna y ruido: Debido a que la ubicación del Proyecto es un área urbana, altamente intervenida, no se ha evidenciado presencia de fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. En las fotografías del anexo 08 de la DIA se aprecia que el área de emplazamiento del proyecto está cubierta casi en su totalidad por asfalto, por lo que en el sector de emplazamiento del Proyecto • Manejo de residuos: • Residuos asimilables a domiciliarios Fase de construcción: Se dispondrán por toda la faena 10 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán llevados a una zona de precarguío para ser retirados. La frecuencia de retiro será de 3 veces por semana por la municipalidad y serán dispuestos en relleno sanitario autorizado. PAS 140 anexo 05Adenda.
Fase de operación: En cuanto el almacenaje de estos residuos previo a la recolección del camión municipal, cada 2 a 3 días, el Proyecto ha considerado sectores de pre-carguío. Los ductos de basura conducirán los residuos hacia las salas de basura proyectadas, en donde, serán descargados en los contendores de 360 L (con tapa y rueda) y cuando estos sean llenados, (para su posterior traslado 2 a 3 veces por semana), serán retirados por el personal de la administración del edificio, hasta llega a la zona de precarguío ubicado en el primer piso, para su posterior retiro por el servicio de recolección municipal. Adicionalmente, el proyecto cuenta con la habilitación de un punto limpio, el cual dispondrá de una zona de acopio de plásticos, vidrio y cartón. PAS 140 anexo 05Adenda.
• Residuos sólidos industriales no peligrosos Fase de construcción: Respecto a los escombros estos serán acopiados en contenedores abiertos sobre una base de suelo compactado, para que sean retirados 2 veces por semana o cuando el contenedor se encuentre a plena capacidad, por empresa autorizada, los cuales serán transportados a un sitio de disposición de escombros de la construcción autorizado por la SEREMI de Salud.
Para el caso de los residuos valorizables estos serán acopiados en tambores metálicos de 200 L de capacidad, debidamente rotulados. En caso de que estos sean de mayor tamaño estos serán acopiados en contenedores metálicos abiertos, en una base de suelo compactado cubierto por una placa de acero. Respecto a la frecuencia de retiro en lo posible serán reutilizados en la obra y lo que no sea reutilizado será retirado por recicladores de base para su comercialización.
Todos los residuos generados serán retirados por una empresa autorizada según periodicidad normada. El titular mantendrá en obra un registro donde se acredite la disposición final de todos los residuos en lugares autorizados por la autoridad sanitaria. Al finalizar la fase de construcción, el titular remitirá los antecedentes necesarios que garantizan el envío de los residuos de la obra a sitio autorizado.
Se retirarán 21.584,07 m3 encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo. PAS 140 anexo 05 Adenda.
Fase de operación: No se considera su generación durante esta fase.
• Residuos Peligrosos Fase de construcción: Serán almacenados en una bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos para la instalación de faena, la que se ubicará dentro del sitio destinado al acopio de residuos peligrosos, señalado en los Planos de Instalación de Faena adjunto en Anexo 02. Planos de la Adenda. El retiro será por medio de empresa especializada y que cuente con las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final. Cada vez que se necesite realizar un retiro (máximo cada 6 meses), se llamará a la empresa la cual dispondrá de vehículo especializado y se llevará los contenedores con los residuos. Anexo 05 de la Adenda, PAS 142.
Fase de operación: No se considera su generación durante esta fase. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
• Sustancias Peligrosas: Fase de construcción: se contará con una bodega para el almacenamiento de las sustancias peligrosas con una capacidad máxima de 95,2 ton. Se indica ubicación en el Plano de Instalación de faena. Anexo_02. Planos de la Adenda. Numeral A.4.11.6 Anexo 02 de Adenda, tabla N°38 Las sustancias serán transportadas por servicios autorizados por la SEREMI de Salud.
Fase de operación no se considera su manejo durante esta fase. (Numeral 4.3.5.3 anexo 16 Adenda Complementaria)
• Combustibles: Se almacenará combustible al interior de la obra para el abastecimiento de maquinaria menor, esta se dispondrá en la bodega de sustancias peligrosas debidamente identificado. Respecto a la zona de almacenamiento de combustible en la fase de construcción, ésta corresponderá a una bodega de sustancias peligrosas cerrada, resistente a la acción del agua, con piso sólido, liso e impermeable y no poroso, además contará con un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización para evitar comprometer áreas adyacentes y una eventual infiltración. Numeral A.4.8.3 anexo 02 Adenda Complementaria. Fase de operación: Se considera el almacenamiento de combustible en los estanques del grupo electrógeno. El grupo electrógeno en su interior cuenta con un estanque de almacenamientos de combustible para su funcionamiento, por lo que no contemplara almacenamiento de combustible adicional.
• Recursos hídricos: Debido a la tipología del Proyecto y su ubicación, no existirá intervención o explotación de recursos hídricos en cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles, cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles, vegas y/o bofedales, áreas o zonas de humedales, estuarios, turberas y glaciares.
De acuerdo a lo señalado por el mapa de Vulnerabilidad a la Contaminación de los Acuíferos de la cuenca de Santiago, Carta geológica de Chile 2003 de SERNAGEOMIN, se puede identificar que el acuífero se encuentra a aproximadamente 100 metros de profundidad, tal como se puede apreciar en la Figura 25 de la DIA, profundidad mayor a la máxima profundidad de excavación (6,5 m), que corresponden a las fundaciones del Proyecto. Numeral A.4.1.5.1 del Anexo 02 Adenda Complementaria.
g.1. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de nivel. g.3. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de la superficie o volumen de un glaciar susceptible a modificarse. Numeral B.8. de la DIA.
• Especies exóticas: En la construcción del proyecto no se introducirán especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados, conforme se indica en el numeral B.8. de la DIA.
En virtud de lo anterior, se concluye que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Mayores antecedentes en capítulo 6.2., Tabla 6.2. del ICE.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental no significativo Aumento en tiempos de desplazamiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Parte, obra o acción que lo genera Construcción: Transporte sustancias, residuos y materiales.
Operación: Trayectos realizados por los nuevos residentes. Fase en que se presenta Construcción y Operación. Referencia al ICE sobre este impacto no significativo específico Capítulo 6.3 “Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”, Tabla 6.3. del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en la letra c) del artículo 11° de la Ley N°19.300:
En relación con el reasentamiento de comunidades humanos, el titular señala en el Anexo F de la Adenda que el proyecto se emplaza en una propiedad privada de uso agrícola la cual no se encuentra habitada ni por habitantes formales ni informales. Asimismo, el titular señala en el Anexo F de la Adenda Complementaria que el proyecto no genera desplazamientos forzados ni reubicación de GGHH ya que se encuentra en un predio agrícola y ninguna de sus partes, obras y/o acciones requiere la relocalización de individuos ni comunidades. Anexo E y F de la Adenda Complementaria.
De lo señalado por el Titular en el punto 1.1. del Anexo F de la Adenda Complementaria, el área donde se encuentra inserto proyecto corresponde a una zona residencial mixta en donde se permiten usos se suelo residencial, equipamiento y actividades inofensivas. De acuerdo con el punto 9.1. del Anexo F de la Adenda, el titular menciona que en el AI es posible identificar áreas urbanas consolidadas, sectores habitacionales de tipo rural y predios agrícolas. Asimismo, el titular menciona que, muy cercano al proyecto es posible apreciar el desarrollo de un área comercial en donde se encuentran diversos tipos de comercio desde tiendas de alimentación hasta una estación de servicio.
a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. De acuerdo a lo señalado por el Titular, en el Anexo Estudio Caracterización de Medio Humano” adjunto en el Anexo 03-02 Adenda Complementaria, el proyecto se encuentra inserto en su totalidad en una zona urbana. Además, debido al uso previo este predio se encuentra cubierto casi en su totalidad por asfalto.
Mayores antecedentes en el numerales 3.2 y 6 del documento “Estudio Caracterización de Medio Humano” adjunto en el Anexo 03-02 Adenda Complementaria
b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. De acuerdo a lo señalado por el Titular, en el 11 de la Adenda Complementaria, Caracterización de medio humano, es posible observar que el proyecto no presentará alteración, obstrucción o restricción a la conectividad o libre circulación peatonal o vehicular a bienes, servicios o infraestructura básica, ya que no se incorporará cierre ni desvío de veredas o calzadas en ninguna de sus etapas.
Respecto de la vialidad con que el Proyecto habrá de interactuar en forma más relevante, se explicita que se hará uso, principalmente, de Av. Vicuña Mackenna Oriente, el Cabildo y Bellavista, tanto para salir y entrar al Proyecto.
El Titular en el Anexo 03-02 de la Adenda Complementaria adjunta el respectivo Estudio de movilidad.
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5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Fase de Construcción
El proyecto contempla un acceso vehicular durante su fase de construcción en Calle El Cabildo.
Los impactos potenciales se limitan al flujo de vehículos requeridos para la construcción del Proyecto. Se descarta la posibilidad de afectar la conectividad, en sus distintos aspectos y componentes, por cuestiones tales como emplazamientos de partes del Proyecto, mal manejo de residuos u objetos, u otras cuestiones que no se vinculen estrictamente con el uso de la vialidad a utilizar por vehículos del Proyecto. Respecto de la vialidad con que el Proyecto habrá de interactuar en forma más relevante, se explicita que se hará uso, principalmente, de Av. Vicuña Mackenna Oriente, el Cabildo y Bellavista, tanto para salir y entrar al Proyecto.
Transporte Público
Para descartar impactos significativos en la conectividad y tiempos de desplazamiento, durante la fase de construcción, se realiza el análisis para los distintos medios de transporte dentro del AIMH. Respecto a los buses del sistema Red, se realiza el análisis para los paraderos más cercanos que son: PE425, PE1492, PE1391, PE125, PE1490, PE1489.
Respecto al metro, se consideró la estación Bellavista de la Florida de la línea 5, ubicada a escasos metros del proyecto. Tras restar los pasajeros proyectados del proyecto y proyecto del AIMH a la capacidad actual de los trenes se obtiene que quedará una capacidad de 7030 y 8368 para los periodos PM y PT respectivamente, no superando la capacidad de los trenes por hora.
Dado que tanto para el sistema de buses como el metro no aumentarán los tiempos de espera, los tiempos de desplazamiento no se verán afectados para el modo transporte público.
Transporte privado
Se presenta el análisis de los tiempos de desplazamiento para los horarios Punta Mañana Laboral (7:30- 8:30) y Punta Tarde Laboral (18:30- 19:30), y se considera escenario base y con proyecto. En la mañana, en promedio, la situación base presenta un grado de saturación de 36,2%, en cambio en la situación con proyecto un 39,3%, por lo que la afectación de los grados de saturación en promedio es inferior al 3%. Durante la tarde, en promedio, la situación base presenta un grado de saturación de 34,62%, en cambio en la situación con proyecto un 35,19%, por lo que la afectación de los grados de saturación en promedio es inferior al 0,6%.
El resultado muestra que no se producen cambios en los horarios de punta mañana y punta tarde.
Peatonal
Se presenta el análisis de los tiempos de desplazamiento según lo dispuesto en el Manual de Vialidad Urbana del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Se determinó que todas las veredas mantendrán su densidad en la categoría de tránsito libre, esto significa que cada peatón puede elegir la velocidad de marcha que le acomode, sin que ocurran atascos u otros conflictos entre transeúntes. Por lo tanto, los tiempos de desplazamiento no se verán afectados.
Bicicleta
Durante esta fase, al evaluar el aporte de ciclos del Proyecto más otros proyectos del AIMH, se determina que se mantiene el NDS en las mismas condiciones operativas, es decir los ciclistas tendrán espacio suficiente para escoger libremente su velocidad de marcha y se pueden adelantar entre ellos. Al no existir un cambio relevante para la ciclovía, es posible concluir que no habrá afectación significativa respecto a los tiempos de desplazamiento durante la fase de construcción.
Transporte público
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5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Respecto a los buses del sistema Red, se realiza el análisis para los paraderos más cercanos que son: PE425, PE1491, PE1391, PE125, PE1490, PE1489. Además se realizaron mediciones de carga de ocupación en las dos paradas más cercanas al proyecto, PE1490 y PE1391.
Durante esta fase, el aporte de otros proyectos será de 442 personas tanto para el horario PM como PT. Respecto al proyecto, se estima que 73 trabajadores llegarán mediante este modo de transporte.
Respecto al metro, se consideró la estación Bellavista de la Florida de la línea 5, ubicada a escasos metros del proyecto.
Fase de Operación Transporte público La capacidad de los buses por parada y flujo actual de pasajeros fueron obtenidos mediate el consolidado de operación de transporte público DPTM, 2023. Tras determinar el porcentaje de ocupación con que llegan los buses a los paraderos, se determinó la capacidad de los buses al momento de llegar a las paradas, a la cual se le restó el aporte del proyecto y otros proyectos del área. Tras esta operación se concluye que para ningún periodo se supera la capacidad de los buses, restando una amplia disponibilidad de plazas (en promedio, 955 en PM y 1.218 en PT, por parada).
Transporte privado
En escenario con proyecto mejorado, se situación incluye la medida de mitigación propuesta en el IMIV del proyecto, la cual consiste en realizar la tarea de reprogramación y posterior sintonía fina en la intersección el eje de Vicuña Mackenna oriente con Cabildo, Barcelona y Vicuña Mackenna Pte, con Paso El Roble. En el escenario con proyecto mejorado en el periodo punta mañana, los grados de saturación no alcanzan el 85%, por lo tanto los arcos de la red se encuentran bajo el índice de saturación y por ende la red operara de forma normal y con tiempos de desplazamientos de acuerdo a la velocidad promedio y sin mayores demoras.
Peatonal
Respecto a los flujos peatonales, tras realizar un análisis de densidad, se determinó que todas las veredas evaluadas, mantendrán su densidad en la categoría de tránsito libre, esto significa que cada peatón puede elegir la velocidad de marcha que le acomode, sin que ocurran atascos u otros conflictos entre transeúntes. Por lo tanto, los tiempos de desplazamiento no se verán afectados.
Mayores antecedentes en el punto 5.1. del documento “Estudio de Caracterización de Medio Humano” adjunto en el Anexo 03-02 de la Adenda Complementaria.
c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Fase de Construcción:
En base a las rutas expresadas en la fase de construcción, y las actividades señaladas tanto para obras, partes y acciones de esta en el área de influencia, se da cuenta que éstas se desarrollan en áreas donde no se identifican acceso a servicios relacionados a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura correspondiente a la localización del proyecto.
Por otro lado se da cuenta que las obras partes y acciones en esta fase, no contemplan interrumpir vías de acceso a los servicios y equipamiento tanto educacional como de seguridad, identificados en un rango de 3 a 5 kilómetros a la redonda del proyecto, estableciendo un flujo directo hacia el emplazamiento del proyecto, el cual, por las condiciones estructurales del sector donde se encuentra ubicado, además del estado de las pistas, no se identifican la presencia de servicios de carácter cercanos, o que se vayan a ver interrumpido por la realización de las obras correspondientes.
De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo7, literal c) del D.S. N°40/2012.
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5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Fase de Operación: En función de la fase de operación, se contempla que los proyectos dentro del área de influencia aportarán un total estimado de 11.205 nuevos habitantes al sector. Considerando el escenario más desfavorable, se hace la evaluación de los servicios y equipamientos vitales identificados en la Dimensión Bienestar, Servicios y Equipamientos básicos “Estudio de Caracterización de Medio Humano” adjunto en el Anexo 03-02 de la Adenda Complementaria.. Bajo este contexto, se da cuenta que, ante la cantidad de población agregada, se espera que el 20,4% se encuentre en edad escolar, lo que significaría un aporte de 2.286 nuevos estudiantes.
Según el cálculo realizado en función de 124 colegios presentes dentro de 3 kilómetros a la redonda del emplazamiento del proyecto, se establece que existe una capacidad de 7.393 cupos, que pueden ser ocupados por los nuevos residentes en los establecimientos dentro del área de influencia. Dado que se estima llegarán 2.286 residentes en edad escolar al área de estudio, se puede concluir que existe la capacidad para acoger a los nuevos alumnos en los establecimientos cercanos al Proyecto.
En lo que respecta a salud, el cálculo es vinculado a la población comunal que se encuentra ingresada en los sistemas de atención de pública, equivalente a un 86,88% de los habitantes de la comuna de La Florida, donde en base a ese factor, se calculan 9.735 nuevos usuarios. Teniendo en cuenta que los dos centros de salud más cercanos al Proyecto son el Centro de Salud Familiar Bellavista y el Centro de Salud Familiar La Florida, siendo los centros a los que les correspondería asistir a los futuros residentes, se calculan 31.562 cupos disponibles, existiendo capacidad de atención para los nuevos residentes del área.
Referente a la infraestructura de servicios de carácter comercial u otros, la alta conectividad del área de influencia, además de la amplia oferta y capacidad no representa riesgos en cuanto a la llegada de población nueva al área de influencia, contando con la presencia de locales comerciales, bancos, farmacias supermercados y restaurantes.
Mayores antecedentes en el punto 5.3.1 del documento “Estudio de Caracterización de Medio Humano” adjunto en el Anexo 03-02 de la Adenda Complementaria.
d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Fase de Construcción
En consideración con lo observado en terreno y lo reunido por la información secundaria, se da cuenta que en las obras, partes y acciones de este no se dificulta o impedimenta el ejercicio o la manifestación de tradiciones de la cultura o interés comunitarios.
Esto principalmente a que si bien- según la información recabada- los habitantes destacan la realización de actividades dentro del área de influencia, estas- por su periodicidad o características- no se ven factibles de verse impactadas. En relación con esto se destaca dentro del área la realización de actividades durante los fines de semana en la plaza Pozo Almonte, donde se realizan ferias de emprendedores y se reúnen los vecinos en torno a actividades programadas por la municipalidad y la junta de vecinos. Dichas actividades no son susceptibles de ser afectadas, pues las rutas de los camiones no interfieren con su realización, y además la circulación de estos se llevará a cabo durante los días laborales.
Así mismo, las rutas de los camiones no interferirán con la realización de ferias libres, pues los trayectos no comprenden vías donde se emplace alguna de estas actividades.
Fase de Operación: Al igual que en la fase de construcción, no se identifican posibles impactos hacia los elementos correspondiente al ejercicio de
manifestaciones culturales, tradiciones o intereses comunitarios dentro del área de influencia. Debido a las condiciones previamente abordadas para la fase de construcción, se destaca que las dinámicas territoriales del área de influencia, se basan en el uso residencial, con sectores dedicados Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS a la entrega de servicios, en fase de transición hacia la densificación habitacional en altura, lo que permite justificar que el aumento de población dentro el área de influencia no afectará los sentimientos de arraigo por parte de la población.
Mayores antecedentes en el punto 5.3.3 del documento “Estudio de Caracterización de Medio Humano” adjunto en el Anexo 03-02 de la Adenda Complementaria.
Grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular: El Titular señala en el numeral 5.3.2 del anexo 03-02 de la Adenda Complementaria que se registran 16 asociaciones indígenas y 1 comunidad indígena en la comuna de La Florida, pero ninguna se encuentra dentro del Área de Influencia, donde la más cercana se encuentra aproximadamente a 1,1 km. al oriente del área del proyecto y cuyo nombre es Asociación Indígena Mapuche "Hua Rayen Mapu” ubicada en Alonso De Ercilla Nº 1270.
Tampoco se evidenció la presencia de señalética, figuras o banderas alusivas a pueblos originarios que pudieran dar indicios de que en algún sitio se realizan actividades asociadas a temas socioculturales. Así mismo, las fuentes consultadas, de manera consensuada, no reconocieron la existencia de organizaciones o de agrupaciones indígenas de hecho dentro del Área de influencia de Medio Humano (AIMH), solo 2 fuentes identificaron reuniones de grupos indígenas en el parque Brasil, ubicado en la comuna de la Granja, fuera del AIMH.
Dentro del Área de Proyecto no se detectó la realización de ningún tipo de prácticas tradicionales o culturales por parte de individuos o grupos de personas que pudieran implicar algún grado de arraigo, ya que en el predio se encuentra la instalación de faenas de un proyecto aledaño.
Respuesta 4.16 Adenda. Anexo, Numeral 5.3.2 del anexo 03-02 de la Adenda Complementaria
En virtud de lo anterior, se concluye que el proyecto no genera ni presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Mayores antecedentes en capítulo 6.3, Tabla 6.3 del ICE.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental no significativo El Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no se encuentra en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en la letra d) del artículo 11° de la Ley N°19.300:
El Proyecto no se localiza cercano a poblaciones protegidas. Además, debido a la tipología del Proyecto y a lo indicado en el Estudio de Caracterización de Medio Humano (Anexo 03-02 de la Adenda Complementaria), el Proyecto no afectará a poblaciones protegidas, en términos de la extensión, magnitud o duración de la intervención de las partes, obras o acciones, ya que no hay grupos de población protegida dentro del área de influencia del proyecto. Numeral 5.3.2 del Anexo 03-02 de la Adenda Complementaria, Tabla 58 y Figura 11.
El Proyecto no se localiza cercano recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, conforme a lo señalado en los Certificados de Informaciones Previas adjunto en el anexo 01 de la Adenda. Numeral B.8 de la DIA.
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Y en base a lo expuesto, el Proyecto no se encuentra dentro de un sitio protegido que dificulte su desarrollo en el emplazamiento destinado.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental no significativo El Proyecto se emplaza en un sector en que no existe valor paisajístico ni turístico. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en la letra e) del artículo 11° de la Ley N°19.300:
a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.
En el área de emplazamiento del proyecto no presenta un valor paisajístico significativo. Debido a que la zona donde se ubica el proyecto es urbana y a las características de este (proyecto inmobiliario), las obras del proyecto no generarán efectos sobre este componente, ya que se mimetiza con el paisaje artificial generado por la intervención antrópica en el sector.
Además, las actividades del Proyecto, en términos de su magnitud y duración, estarán acotadas al lugar de emplazamiento, por lo que no se considera una alteración significativa del valor turístico de la zona.
Numeral 6.9.5 del Anexo 04 de la Adenda Complementaria.
b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.
Debido a la tipología y emplazamiento del Proyecto, éste no obstruirá atributos de una zona con valor paisajístico, en términos a la duración o magnitud de la alteración. Según la “Guía de Evaluación de impacto Ambiental sobre valor paisajístico en el SEIA” (Servicio de Evaluación Ambiental, 2013), el Proyecto se emplaza dentro de la macrozona centro, subzona Cuencas y Valles. Al analizar los componentes biofísicos del paisaje, es decir la expresión visual de componentes bióticos y físicos a través de fotografías e inspección visual del área de emplazamiento del Proyecto, se puede determinar que el Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico. Numeral 6.9.5 del Anexo 04 de la Adenda Complementaria.
c) La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.
No existe alteración del valor paisajístico o turístico
Numeral 6.9.5 del Anexo 04 de la Adenda Complementaria.
El área de emplazamiento del proyecto no presenta un valor paisajístico, cultural y/o patrimonial En virtud de lo anterior, el Proyecto no obstruirá la visibilidad ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico y turístico. Mayores antecedentes en capítulo 6.5, Tabla 6.5 del ICE.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental no significativo El Proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones y movimientos de tierra. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE sobre este impacto no significativo específico Capítulo 6.6. “Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural”, Tabla 6.6. del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en la letra f) del artículo 11° de la Ley N°19.300:
a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288.
El Titular indica que no se identifican en su cercanía inmediata hallazgos arqueológicos ni monumentos históricos o públicos que se vean afectados por el proyecto. Respuesta 4.10 Adenda Complementaria.
El titular realizó un sondeo con 18 pozos de 1 x 1 metros, distribuidos equidistantemente cada 20 metros, abarcando una superficie de intervención arqueológica de 18 m2, equivalente al 0,5% del área total para el Proyecto (4329 m2). Al respecto declara que los resultados obtenidos señalan que a través de la implementación de la intervención arqueológica en una red de excavación en 18 pozos no se presentaron materiales ni rasgos arqueológicos en estratigrafía, por lo que los depósitos subsuperficiales resultaron ser totalmente estériles en términos culturales. Respuesta 4.2 Adenda Complementaria.
Al respecto, el Consejo de Monumentos Nacionales, se pronuncia conforme mediante Ord. N° 2779 de fecha 7 de junio de 2024, indicando que “Considerando que las actividades realizadas en terreno durante las excavaciones no arrojaron evidencia arqueológica en el depósito subsuperficial, no aplica la tramitación del PAS N° 132.”
El Titular indica que realizará el Compromiso Ambiental Voluntario “Charlas Arqueológicas”, tabla 9.4 de la RCA. Mayores antecedentes en Anexo 05 Adenda Complementaria.
Respecto del componente de paleontología, el proyecto se emplaza sobre la unidad geológica denominada Depósitos aluviales del río Maipo (Qamp). En esta unidad existe registro de hallazgos paleontológicos, entre los que se encuentran Notiomastodon platensis, Hippidion saldiasi y Scelidotheriinae indet. (Alberdi y Frassinetti, 2000; Frassinetti y Alberdi, 2001). Esta unidad es considerada fosilífera bajo los criterios de Potencial Paleontológico del CMN. Sin embargo, en la prospección de terreno no se encontró evidencia de fósiles.
El Titular declara que no se encontraron hallazgos paleontológicos en el área de influencia del proyecto, el cual se encuentra en la unidad de Depósitos Aluviales del río Maipo definidos como fosilífero a hallazgos paleontológicos. Sin embargo, indica que el proyecto contempla excavaciones profundas y la probabilidad de afectar el patrimonio paleontológico es directamente proporcional a la cantidad de material excavado y profundidades alcanzadas. Por este motivo suscribe dos compromisos ambientales voluntarios:
El Titular establece el Compromiso Ambiental Voluntario “Charlas Paleontológicas” durante la fase de construcción, tabla 10.1.2 del presente ICE, junto con el Compromiso Ambiental Voluntario Monitoreo Paleontológico”, tabla 9.2 de la RCA.
Mayores antecedentes en anexo 03-04 Adenda Complementaria.
b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
De acuerdo a la información bibliográfica, se identifica tres monumentos históricos más cercanos al Proyecto, y se encuentran en la comuna de San Joaquín, correspondiente a “Tres y cuatro Álamos” localizado fuera del área de influencia del Medio Humano en aproximadamente a 1,6 km y en la Comuna de La Florida, correspondiente a Inmuebles de Conservación Histórica como Casa Consistorial y casa de la cultura localizadas fuera del área de influencia del Medio Humano en aproximadamente 0,86 y 1,57 km respectivamente. Cabe señalar que dentro del área de influencia del Proyecto no hay presencia de Monumentos Históricos o Zona Típicas y Pintorescas. Respuesta 4.10 Adenda Complementaria.
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c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.
El Titular declara que el proyecto, en consideración con lo observado en terreno y lo reunido por la información secundaria, se da cuenta que en las obras, partes y acciones de este no se dificulta o impedimenta el ejercicio o la manifestación de tradiciones de la cultura o interés comunitarios, tanto en la fase de construcción como operación.
Se descarta la presencia de comunidades o asociaciones indígenas dentro del área de influencia del proyecto, tras la revisión de las bases de datos de comunidades y asociaciones indígenas vigentes con fecha de actualización de julio del 2023, de CONADI, así como de la información primaria recolectada en terreno y entrevistas. Asimismo, se identifican 16 asociaciones indígenas dentro de la comuna, donde la más cercana se encuentra aproximadamente a 1,1 km al oriente del área del proyecto y cuyo nombre es Asociación Indígena Mapuche “Hue Rayen Mapu” ubicada en Alonso De Ercilla Nº 1270. Respuesta 4.21 Adenda.
Por lo tanto, el Proyecto no genera ni presenta los efectos, características y circunstancias indicados en el artículo 10 del D.S. N° 40/20132 del MMA, por lo que se puede concluir que no genera ni presenta efectos adversos significativos en monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Mayores antecedentes en capítulo 6.6, Tabla 6.6 del ICE.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.1.1. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faenas y sala de basura. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Construcción: Almacenamiento de residuos domiciliarios. Para almacenar temporalmente los residuos domiciliarios y asimilables, se dispondrá de 10 contenedores con tapa y ruedas, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán vaciados según frecuencia de recolección del camión municipal, aproximadamente cada dos días, los cuales serán llevados a zona de precarguío máximo cada 3 días, donde se implementará un área de almacenamiento provisorio que tiene una superficie aproximada de 7,5 m2 con piso de hormigón, para que sean retirados por camión municipal para ser llevados a un lugar autorizado. Almacenamiento de residuos no peligrosos Los RESCON serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de RESCON en contenedores metálicos abiertos de 10 m3 de capacidad. Bajo cada contenedor se dispondrá una placa de acero, sobre suelo compactado. La superficie de la zona de acopio de los RESCON es 10 m2. Se ubicará dentro del predio. Los escombros serán almacenados temporalmente en contendedores debidamente identificados. El retiro se efectuará por empresas autorizadas por las entidades competentes, para ser trasladado a un sitio autorizado para la disposición de residuos de la construcción y escombros, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. Este retiro se realizará con una frecuencia de 2 veces por semana o cuando el contendor se encuentre lleno Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Operación: Almacenamiento de residuos domiciliarios. Los residuos serán almacenados de forma particular en cada una de las viviendas, posteriormente serán conducidas a través de los ductos hacia las 2 salas de basuras ubicadas en el primer subterráneo. Contará con zona de pre-carguío, donde previo al retiro municipal. Se trasladarán los residuos en contenedores de 360 L con ruedas, para dejar hasta 25 contenedores lo más cercano al acceso vehicular dentro de los límites del proyecto. Respecto al manejo de los residuos generados en los locales comerciales mencionados en el Proyecto será realizado, llevando los contendores por los mismos locatarios, por fuera del Proyecto hasta la zona de precarguío del este, para que posteriormente el sistema de recolección municipal retire los residuos sólidos domiciliarios. Se considera un periodo de acumulación de hasta 3 días.
Mas antecedentes, Anexo 5 Adenda PAS 140. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto la SEREMI de Salud, mediante Oficio ORD. N° 59 de fecha 10/01/2024, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.1. del ICE. 6.1.2. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones para el almacenamiento de residuos peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Durante la Fase de construcción, se llevará a cabo el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos provenientes de las actividades a realizar durante la fase de construcción del proyecto.
Se generarán en el orden de 0,138 m3/mes, y serán almacenados en tambores metálicos de 110 litros, los que estarán debidamente etiquetados dentro de la bodega de acopio temporal de residuos, ubicada según se indica en la Figura Nº 1 del PAS 142, con acceso restringido, permitido sólo al personal autorizado y a cargo de la actividad. Los residuos peligrosos se almacenarán por un periodo inferior a 6 meses, según lo establecido en el Decreto Supremo N°148/20003 del Ministerio de Salud Superficie de bodega de 11 m2. Mas antecedentes en el Anexo 5 de la Adenda, PAS 142. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto la SEREMI de Salud, mediante Oficio ORD. N° 59 de fecha 10/01/2024, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.2. del ICE.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Norma 1 D.S N° 31/2016 del Ministerio de Medio Ambiente - Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Preparación de terreno y escarpe, perforación, carga y volteo, excavación, tránsito de vehículos, entre otros. Forma de cumplimiento El titular entrega el estudio de emisiones atmosféricas en el anexo 03-01 de la Adenda Complementaria. Los valores estimados de emisiones atmosféricas de MP10, MP2,5 y gases, asociadas a la Fase de Construcción del proyecto no superan el límite permitido por el PPDA (Decreto N° 31/2016) en MP10, por lo que no debe presentar un Plan de compensación de emisiones de MP10 y MP2,5 preliminar. Se realizarán las siguientes medidas preventivas de control de emisiones: a. Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental relacionados con prevención de contaminación en las faenas, Manual de la Construcción Limpia y Control de Polvo en Obras de Construcción; ambas de la Comisión de Protección del Medio Ambiente de la Cámara Chilena de la Construcción. b. Evitar la dispersión de material particulado a la población, a través de la instalación de mallas aéreas adyacentes a los acopios de áridos, de sectores cercanos a viviendas o construcciones vecinas; c. Se realizará diariamente la limpieza de las calles pavimentadas (en frente del proyecto, incluyendo veredas y calzadas). d. Se reforzarán las medidas de mitigación y evitara la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los periodos en que se decrete Alerta, Pre-Emergencia y Emergencia Ambiental. e. Cumplir con las medidas de mitigación exigidas en el permiso de edificación respectivo emitido por la Dirección de Obras Municipales. f. Se instalarán señales de reducción de velocidad y velocidad máxima permitida dentro de la zona donde se emplaza el proyecto. g. Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo. h. Se controlará los límites máximos de carga; es decir, mantener un nivel por debajo del máximo de la tolva, además de implementar un plan de seguimiento para esta medida con prohibición del uso de carpas que no cumplan con las características mencionadas; por ejemplo, el uso de malla tipo 'rachel', pues este tipo de malla no cumple con las características señaladas. i. Se prohibirá la quema de materiales o desechos para calentar alimentos o calefacción, entre otros. j. Cuando la actividad de construcción conlleve un plazo superior a cuatro (4) semanas y haya ingresado al SEIA, se deberá presentar un Programa de Información a la Comunidad y un Programa de Buenas Prácticas, a la Dirección municipal pertinente. Este deberá implementarse con al menos diez (10) días hábiles de anticipación a las actividades de construcción. k. Se habilitará un cuaderno de control en la faena que consignará diariamente el cumplimiento de las medidas de control de emisiones, a disposición de la autoridad fiscalizadora en todo momento. l. Aplicación de supresor de polvo en los caminos no pavimentados, accesos y área donde se demolerá losa de cemento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas
Mas antecedentes en el Anexo 03-01 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Registros en obra que corroboren la ejecución de las medidas de control propuestas en el Estudio atmosférico. Forma de control y seguimient6o Registros en obra que corroboren la ejecución de las medidas de control propuestas en el Estudio atmosférico Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.1 del ICE. Norma 2 D. S N° 144/1961, del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Preparación de terreno y escarpe, perforación, carga y volteo, excavación, tránsito de vehículos, entre otros. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizará tomando las medidas necesarias para captar y minimizar el polvo que tales actividades pudieran generar hacia la comunidad o en las áreas de trabajo.
Fase de Operación: El flujo vial se realizará por caminos pavimentados, ver KMZ. Rutas del Proyecto, Estudio de Emisiones Atmosféricas, Anexo 04. Estudios. de la Adenda Complentaria. Se realizarán mantenciones regulares a los grupos electrógenos de emergencia ubicado en el primer subterráneo. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción: Registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad y encarpe de camiones, entre otros.
Fase de Operación: Se exigirán boletas o facturas que corrobore las fechas de las mantenciones del grupo electrógeno.
Forma de Control y seguimiento Fase de Construcción: Registro en obra (fotográfico u otro) que corrobore la correcta ejecución de las actividades de carga y descarga, mantenciones al día de maquinarias y camiones (revisiones técnicas).
Fase de Operación: Programa (calendarización) de mantenciones regulares al grupo electrógeno mediante servicios autorizados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.2. del ICE. Norma 3 D.S Nº 1/2013, Ministerio del Medio Ambiente, “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalación de faenas, servicios higiénicos, bodegas de sustancias y residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Se declara que el titular utilizará el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar la generación de residuos peligrosos y no peligrosos, emisiones y transferencia de contaminantes generados para la fase de construcción del proyecto, respectivamente, y cumplirá a su vez todas las exigencias que contempla el Reglamento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Indicador que acredita su cumplimiento Declarar la Generación de Residuos peligrosos y no peligrosos, emisiones y transferencia de contaminante en el tiempo y en la forma que indica la norma. Forma de Control y seguimiento Copia del Comprobante de declaración emanado de la ventanilla única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.3 del ICE. Norma 4 D.S N° 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Tránsito de vehículos pesados y livianos al exterior del predio. Forma de cumplimiento Los camiones que transporten materiales serán cubiertos correctamente, por lo que no se producirán escurrimientos o caídas involuntarias, adicionalmente los camiones al salir del terreno del Proyecto serán controlados en cuanto a su nivel de carga. Indicador que acredita su cumplimiento Exigencia contractual. Registro fotográfico de ingreso de camiones encarpados. Forma de control y seguimiento Control al ingreso/egreso de la obra. Los camiones que transporten tierra de excavaciones o material para relleno deben estar encarpados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.4 del ICE. Norma 5 D.S Nº 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción Perforación, carga y volteo, excavación, tránsito de vehículos, entre otros.
Operación Proviene de equipo electrógeno y aire acondicionado. Forma de cumplimiento El Titular realiza un estudio de emisiones de ruido en anexo 04-01 de la Adenda, determinando que el proyecto cumple con el D.S. 38/2011 del MMA, realizando las siguientes medidas de control:
Fase de Construcción
Cierre Perimetral: El Proyecto contempla implementar un cierre perimetral de 3,6m y 6 [m] de altura. Este cierre perimetral tendrá características de barrera acústica cuyo material cumplirá con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad.
Cierre de Vanos: Para el caso de faenas de construcción en altura, se implementará el cierre de vanos que consiste en confinar emisión de ruido de trabajos al interior de la obra gruesa construida, cubriendo ventanas y sectores abiertos de la obra gruesa con planchas de madera o similar que cumpla con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. De espesor). Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas
Barreras acústicas para perforadora: Durante las faenas de anclajes y socalzado, las perforadoras no operaran de manera simultánea con los otros equipos. Además, implementarán un sistema de apantallamiento en la zona del taladro perforador, de modo que lo cubra en al menos tres lados. Dicho apantallamiento deberá adaptarse según el sentido de la perforación, ya sea vertical u horizontal En la siguiente figura se muestra una imagen referencial de un apantallamiento para perforadora vertical.
La altura de este sistema debe ser de al menos 5m a modo de asegurar que cubra la mayor parte de la viga. La cara interna de este sistema (que da hacia la fuente de ruido) estará cubierta por una capa de material absorbente acústico (espuma acústica o fibra de vidrio cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro). La orientación de esta medida de control debe ser siempre de forma de proteger de las emisiones a los receptores más expuestos.
Fase de Operación
Silenciador Escape Generador Eléctrico: Considerando las características del proyecto y con el objetivo de proteger de las emisiones de ruido a los habitantes de los edificios, la descarga del grupo electrógeno contará con un silenciador catalizador que proveerá al menos 20 [dB] de pérdida por inserción, de manera conservadora. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra de la correcta ejecución de las medidas de control propuestas en el Estudio acústico y vibraciones, adjunto en el Anexo 04. Estudios de la Adenda. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y fiscalización semanal de las medidas de control de ruido por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.5 del ICE. Norma 6 D.S N° 594/1999, Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” artículos 17, 18, 19,20, 24 y 26 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalación de faenas y servicios higiénicos Forma de cumplimiento Se implementarán todas las instalaciones necesarias para dar cumplimiento a esta normativa. Las que, entre otras, corresponden a: cantidad de baños según número de trabajadores, Guardarropías y Comedores suficientes, etc Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable Forma de control y seguimiento Registro en obra de seguimiento que acredite las condiciones Sanitarias y Ambientales óptimas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.6 del ICE. Norma 7 D.F.L. N° 725/1967 del MINSAL. Código Sanitario Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalación de faenas, servicios higiénicos, entre otros. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Forma de cumplimiento Configurar un sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional en faena, a fin de dar cumplimiento a los requerimientos normativos del decreto supremo. Indicador que acredita su cumplimiento Capacitación a los trabajadores en temas de seguridad y salud ocupacional Forma de control y seguimiento Registro en obra de la asistencia a las capacitaciones de seguridad y salud ocupacional. Además de inspección permanente de las faenas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.7 del ICE. Norma 8 Ley N° 20.920, Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de construcción Obra gruesa del Proyecto. Generación de residuos domésticos y residuos industriales no peligrosos.
Fase de operación Operación de las viviendas. Generación de residuos domésticos. Forma de cumplimiento Construcción. Los residuos en lo posible serán reutilizados en la obra y lo que no sea reutilizado serán retirados por recicladores de base para su posterior comercialización.
Operación. En los closets ecológicos se permitirá la recolección de la fracción valorizable de los residuos que generaran los nuevos habitantes del Proyecto, para que la Administración de cada condominio se encargue del retiro de estos para disponerlos en las salas de pre-carguío para su posterior retiro por recicladores de base de la comuna Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción Comprobante de retiro de los residuos valorizables por parte de los recicladores de base para su comercialización.
Fase de operación Comprobante de retiro de los residuos valorizables por parte de los recicladores de base para su comercialización. Forma de control y seguimiento Fase de construcción Se mantendrá en obra comprobante de retiro de los residuos valorizables en obra para su fiscalización.
Fase de operación Se mantendrá en obra comprobante de retiro de los residuos valorizables para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.8 del ICE. Norma 9 D.S. N° 148/2003 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodegas de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente sellados, almacenados temporalmente en bodega de residuos peligrosos. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Las características constructivas de la bodega de almacenamiento temporal de residuos se presentan a continuación:
Piso: Liso, radier de hormigón h15 con relación de 225 kg de cemento por m3, con borde de canal conducto rebajado de 15 x 10 cm que conducirá los posibles derrames hasta el receptor de derrames con un volumen total de 220 litros. Contará con base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos según el artículo 33 del DS 148/2003.
Cierre: Cierre perimetral de la bodega con estructura metálica forrada con fibrocemento de 8 mm de espesor por una cara, tendrá pilares embebidos de acero (pintados con pintura intumescente Cerefin X -20 o similar con resistencia al fuego superior o igual a 30 minutos. La altura será de 2,5 m. Se hace necesario señalar que la bodega cumplirá con todas las disposiciones del artículo 33 del D.S N°148.
Techo: Planchas de Zinc – Alum de 0,35 mm de espesor pintadas con pintura intumescente Cerefin X -20 o similar con resistencia al fuego superior o igual a 15 minutos.
Ventilación: Natural, por medio de abertura entre el cierre perimetral y el techo, que permita la circulación natural del aire. La abertura será cubierta con malla perimetral termoplástica para evitar el ingreso de animales y/o aves.
Iluminación: Natural por medio de aberturas en la bodega. Señalización: Señalética por medio de carteles que indiquen el tipo de bodega (ej.: "Residuos Peligrosos") y rombos de peligrosidad de acuerdo con lo indicado en la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003. Además, se contarán con las Hojas de Datos de Seguridad de los residuos almacenados en el exterior de la bodega y en las oficinas de la instalación de faenas.
Acceso: Bodega con acceso restringido, se designará a un encargado en obra.
Contenedores: Contenedores de 200 L, de acero resistentes al fuego y herméticos para evitar eventuales filtraciones. Todos se encontrarán debidamente señalizados según el residuo a almacenar y de acuerdo con la NCh 2190 Of. 2003.
Retiro: Por medio de empresa especializada y que cuente con las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final. Cada vez que se necesite realizar un retiro (máximo cada 6 meses), se llamará a la empresa la cual dispondrá de vehículo especializado y se llevará los contenedores con los residuos.
Según los residuos peligrosos que se generaran, acorde a la hoja de seguridad de cada uno de ellos, no se contemplan incompatibilidades ya que la bodega de residuos peligrosos contara con cada una de las medidas propuestas en las mismas y contara con el espacio suficiente para almacenar y manipular los residuos de forma correcta. Por último, se agrega que la bodega, contara en su interior con las hojas de seguridad, en caso de duda, para evitar la incompatibilidad de almacenamiento. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización y funcionamiento de la bodega de residuos peligrosos. Comprobante de retiro de residuos peligrosos cada 6 meses por parte de transportistas y destinatarios autorizados. Forma de control y seguimiento Inspección interna constante del sitio de disposición temporal de residuos peligrosos. Registro en obra de los comprobantes de retiro, transporte y disposición final por personas autorizadas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte Norma 1 D.F.L. Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206, de 1960, sobre Construcción y Conservación de Caminos Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, o acción a la que aplica En caso de requerirse el transporte de maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones permitidos, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad, junto con el pago previo de los derechos respectivos.
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.9 del ICE. Norma 10 D.S. Nº 43/2015, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de sustancias peligrosas y bodega de residuos peligrosos y no peligrosos. Forma de cumplimiento El Titular contará con una bodega de almacenamiento para sustancias peligrosas. Las especificaciones se detallan en Anexo 05 Pas 142 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento RCA que aprueba el Proyecto. Instalación de sitio de almacenaje temporal de sustancias peligrosas según lo indicado en el reglamento. Forma de control y seguimiento Registro en obra de inspección interna constante del sitio de almacenamiento de sustancias peligrosas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.10 del ICE. Norma 11 D.S. N° 298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de vehículos pesados. Forma de cumplimiento El Titular velará porque en todo momento que se realice transporte de cargas peligrosas asociada al Proyecto se ajuste a lo indicado en este decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la correcta materialización de las características y dimensiones de la bodega de sustancias peligrosas, acorde a lo señalado en la legislación vigente. Registro del correcto almacenamiento de las sustancias peligrosas, acorde a lo señalado en la legislación vigente. Forma de control y seguimiento Realizar transporte de sustancias peligrosas con transportistas autorizados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.11 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Forma de cumplimiento Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. Indicador que acredita su cumplimiento Verificación de la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos, junto con la revisión de los registros internos de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos. Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos junto con la revisión de los registros internos de dichos permisos, en caso que sea necesario solicitarlos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.2. y Tabla 8.2.1 del ICE. Norma 2 Decreto Supremo Nº 158, de 1980, del Ministerio de Obras Públicas, Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, o acción a la que aplica Tránsito de vehículos pesados y livianos al exterior del predio. Forma de cumplimiento En la fase de construcción del Proyecto se contempla el transporte de camiones con carga hacia y desde la obra. El titular velará porque en todo momento los camiones involucrados en cualquiera de las fases del Proyecto cumplirán con esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra de la cantidad de materiales a transportar (guía de despacho, boleta, factura, entre otros). Forma de control y seguimiento Registro en obra de la carga máxima que transportan los camiones que ingresan y egresan de la zona de construcción del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.2. y Tabla 8.2.2 del ICE. Norma 3 Decreto N° 18/2001 y sus modificaciones, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, o acción a la que aplica Tránsito de vehículos pesados y livianos al exterior del predio. Forma de cumplimiento El Titular velará porque en todo momento los vehículos asociados al Proyecto cumplan con las restricciones horarios de prohibición para circular por las vías al interior del anillo Américo Vespucio y por Avenida Américo Vespucio. Indicador que acredita su cumplimiento Restringir, en los contratos con empresas constructoras, la utilización de las vías indicadas. Forma de control y seguimiento Registro en obra de las rutas utilizadas por los vehículos asociados al Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.2. y Tabla 8.2.3 del ICE.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural Norma 1 Ley Nº 17.288/1970 del Ministerio de Educación, sobre Monumentos Nacionales. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, o acción a la que aplica Perforación y excavación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de cualquiera de las actividades de la fase de construcción del Proyecto, se produce algún hallazgo de ruinas o cualquier tipo de restos arqueológicos se adoptarán las siguientes medidas: Se detendrán todas las actividades si el sitio arqueológico se localiza en el área afecta por las labores del proyecto e informar de manera inmediata a los supervisores de la obra.
Se debe realizar la implementación de mallas faeneras anaranjadas en un buffer de 20 metros alrededor de los posibles sitios arqueológicos y/o paleontológicos identificados, afirmados con estacas de madera o fierro que tengan una altura de 140 cm desde la superficie. Se debe notificar a los profesionales supervisores (arqueólogo) para que ejecute una evaluación del lugar de hallazgo y proponga las medidas de protección necesarias, contenidas en un informe o minuta de la situación referida.
Además, corresponde informar al Consejo de Monumentos Nacionales y Gobernación correspondiente tal como lo dicta la ley 17.288, de los hallazgos y del plan de manejo para mantención, rescate o salvataje, según corresponda.
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del Decreto Supremo N°484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Paralización de las obras en el frente de trabajo en caso de encontrase un hallazgo y notificar de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir
Registro en obra de los hallazgos declarados.
Forma de control y seguimiento Copia física en obra del aviso al CMN para su revisión, en el caso que corresponda
Registro en obra de los hallazgos declarados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.3. y Tabla 8.3.1 del ICE.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1 Condición o exigencia 1: SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, RM Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Cumplir normativas y condiciones establecidas por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana. Condición La SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago, mediante su Oficio ORD. N° 158/2024 SRM- RM de fecha 03 de enero de 2024, se pronuncia con las siguientes condiciones: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
“1. Se deberán materializar todas las medidas de mitigación planteadas en el IMIV aprobado mediante Resolución Exenta N°3702/2023 del 04 de septiembre de 2023. En caso de que el titular requiera modificar algunas de estas medidas, se deberá ingresar una Modificación del IMIV al Sistema de Evaluación de Impacto Vial para su evaluación. 2. El titular deberá dar total cumplimiento a los flujos vehiculares establecidos en el Cuadro Nº 5.7: Flujo de camiones promedio diario- Fase de Construcción. presentados en el Estudio de Impacto Vial en la ADENDA. 3. Se deberán respetar las rutas establecidas para el flujo vehicular para la Región Metropolitana, definidas en la fase de construcción descritas en Figura 60. Ruta de los proveedores hacia el Proyecto y Figura 61. Ruta desde el Proyecto al Destinatario en fase de construcción, presentado en la ADENDA. No se permitirá el uso de otras vías para este propósito. 4. Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se debe utilizar el Bien Nacional de Uso Público para estacionarse. Lo anterior es válido para todas las fases del proyecto. 5. Para la fase de construcción se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada. En este sentido, el titular debe generar un plan de gestión de tránsito vehicular en los accesos del proyecto para evitar afectaciones a los tiempos de desplazamiento de los usuarios de las vías circundantes. 6. El titular deberá mantener un registro permanente de la entrada y salida de camiones del proyecto. 7. Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día. 8. El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones. 9. Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias. 10. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. 11. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Supremo N°298/1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. 12. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma tal que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. 13. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 200/1993, el cual establece pesos máximos a los vehículos para circular en vías urbanas del país. 14. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.1. del ICE.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
8.2 Condición o exigencia 2: DGA, RM Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Cumplir normativas y condiciones establecidas por la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana. Condición La Dirección General de Aguas, Región Metropolitana de Santiago, mediante su Oficio Ord. N° 695, de fecha 29 de mayo de 2024, indica lo siguiente:
“[…] el titular no presenta los antecedentes solicitados considerando el escenario más conservador (mayor número de habitantes), a fin de confirmar que cuenta con la factibilidad de abastecimiento mediante agua potable para el total de habitantes y usos requerido. Por lo tanto, este Servicio condiciona el pronunciamiento, de manera tal que, el titular presente en obra un Certificado de Factibilidad de Agua Potable actualizado y disponible en las instalaciones del proyecto, en caso de ser requeridos por la autoridad fiscalizadora.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.2. del ICE.
8.3 Condición o exigencia 3: SEREMI de Medio Ambiente, RM Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Cumplir normativas y condiciones establecidas por la SEREMI de Medio Ambiente de la Región Metropolitana. Condición La SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago, mediante su Oficio Ord. N° 242571, de fecha 4 de junio de 2024, se pronuncia con las siguientes condiciones:
“2. Utilizar durante la fase de construcción del proyecto, maquinaria que cumpla como mínimo con el estándar de emisión de la tabla 1 para cada caso, o bien que cumpla con un estándar de emisión superior.
Tabla 1: Estándares de emisión para maquinaria del proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211”
Maquinaria Estándar emisión Mini Cargador Frontal
STAGE IIIB – Tier 4 Interim Camión Mixer Retroexcavadora Bomba hormigonera Excavadora Rodillo Compactador Motoniveladora Grúa Torre Perforadora Fuente: Tabla 40 de la Estimación de Emisiones de la Adenda Complementaria.
Adicionalmente, deberá presentar los antecedentes que acrediten la equivalencia de la tecnología de control de emisiones del camión Mixer con la tecnología STAGE IIIB o Tier 4 interim, a modo de acreditar que no se subestimaron emisiones para la operación del camión mixer durante la descarga de hormigón.
Se aclara que en caso de no utilizar maquinaria que cumpla con estos estándares de emisión resultaría en un aumento considerable en las emisiones por combustión durante la fase de construcción, lo que podría implicar en una superación de los límites de compensación establecidos en el artículo 64 del PPDA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Para lo anterior, el Titular deberá presentar los antecedentes y medios de verificación que evidencien la utilización de maquinaria según se indica en la tabla 1, ante la SMA a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, al cual se accede a través de la página web http://www.sma.gob.cl según lo establecido en la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA.
3.- Reportar los medios de verificación que permitan acreditar la correcta aplicación del “PROGRAMA DE APLICACIÓN DE SUPRESOR DE POLVO” durante la fase de construcción del proyecto. Se aclara que en caso de no aplicar correctamente y en la periodicidad adecuada el supresor de polvo, resultaría en un aumento considerable en las emisiones por resuspensión de MP durante la fase de construcción, lo que podría implicar en una superación de los límites de compensación establecidos en el artículo 64 del PPDA.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.3. del ICE.
8.4 Condición o exigencia 4: SEREMI de Medio Ambiente, RM Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Cumplir normativas y condiciones establecidas por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Condición La SEREMI Salud, Región Metropolitana de Santiago, mediante su Oficio Ord. N° 59, de fecha 10 de enero de 2024, se pronuncia con las siguientes condiciones:
Emisiones de ruido “[…] en caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias, basadas en las medidas de control de ruido y vibraciones, así como los compromisos señalados por el propio titular, cumpliendo en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la reemplace y de la norma de referencia utilizada en la evaluación de las vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos.”
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.4. del ICE.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Compromiso ambiental voluntario 1: “Plan De Comunicación E Información A Los Vecinos” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Comunicar e informar a los vecinos del sector sobre las actividades a desarrollar durante la fase de construcción del proyecto, además de canalizar las consultas o reclamos. Descripción: Entregar a quien lo solicite, de cartillas o folletos, con información relevante del Proyecto, así como también la instalación de un aviso dirigido a los vecinos, el que estará ubicado en el acceso a la obra, en él se indicará la vía donde se podrá canalizar las consultas. Justificación: Para no sorprender a la comunidad aledaña con los trabajos que se estén desarrollando en el interior del predio donde se emplazará el Proyecto, se procederá a entregar cartillas o folleros e instalará un aviso informativo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
9.1. Compromiso ambiental voluntario 1: “Plan De Comunicación E Información A Los Vecinos” Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El lugar de implementación de este compromiso voluntario será en la obra, específicamente en el acceso a la obra. Forma: Este compromiso voluntario se llevará a cabo mediante la entrega de cartillas o folletos, con información relevante del Proyecto, así como también la instalación de un aviso dirigido a los vecinos. El letrero contendrá la siguiente información: • Nombre del Proyecto. • Encargado de la obra. • Días de la semana y horaria en los cuales se trabajará. • E-mail de contacto para recoger reclamos o sugerencias de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias. Oportunidad: Una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento de la medida adoptada será el registro en obra de las cartillas informativas efectivamente recibidas por los vecinos, paralelamente, se llevará un registro de las inquietudes y/o reclamos de los vecinos, con su respectiva respuesta y/o solución. Forma de control y seguimiento Registro de posibles inquietudes y/o reclamos por los vecinos con su respectiva respuesta y/o solución. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.1. del ICE.
9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: “Charlas Paleontológicas”. Impacto asociado No aplica. Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar a los trabajadores/as del proyecto sobre la componente paleontológica que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Descripción: Se realizará 1 charla paleontológica, previo al inicio de las obras y cada vez que incorpore personal durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto, por un/a profesional especialista en paleontología. Estas charlas tratarán sobre los componentes paleontológica que se podrían encontrar en el área y los procedimientos que deben seguir en caso de hallazgo paleontológica. Además, y como parte del seguimiento ambiental de la Resolución de Calificación Ambiental se deberán remitir los reportes de todas las charlas paleontológicas en los informes mensuales de monitoreo que serán enviados a la SMA y CMM. Las charlas de inducción paleontológica, incorporando los contenidos tratados, las listas de asistencia firmadas, el registro fotográfico de la actividad y una síntesis de los comentarios, observaciones y preguntas. Justificación: evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El lugar donde se llevará a cabo las charlas serán en las dependencias de la instalación de faenas del proyecto u otro lugar que lo permita. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: “Charlas Paleontológicas”. Forma: Según lo estipulado por el paleontólogo que cumpla con el perfil profesional establecido en la Res. Ex. CMN N°650 del 05 de julio de 2022 del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) para estos fines. Deberá incluir en las charlas el siguiente protocolo: En caso de hallazgo paleontológico durante la realización de las obras, proceder según el protocolo que se expone a continuación y tramitar el permiso de prospección y/o excavación paleontológica, según corresponda: • Detener las obras en el lugar del hallazgo en, al menos, 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, por ejemplo), se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. • Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo o, en su ausencia, al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. • Se deberá proceder a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. • Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (datum WGS84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por la/la profesional paleontóloga/o, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley Nº17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484/1990, del MINEDUC. Oportunidad: Semestralmente, previo al inicio de obras y cada vez que se incorpore personal. Indicador que acredite su cumplimiento • Nombre y firma del/la profesional que realizó la charla de inducción. • Contenidos de la inducción realizada. • Copia del material gráfico presentado a los/as asistentes. • Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. • Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los/as asistentes. • • Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, Rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá estar firmada por cada uno/a de los/as trabajadores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: “Charlas Paleontológicas”. Forma de control y seguimiento Informe de la inducción mantenido en obra y registro asistencia a la charla. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.2 del ICE
9.3. Compromiso ambiental voluntario 3: “Monitoreo Paleontológico” Impacto asociado No aplica Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear las actividades de excavación con la finalidad de proteger el Monumento Nacional que se pudiera encontrar en la obra. Descripción: Se realizará 1 monitoreo semanal mientras duren las excavaciones el que deberá pasar a permanente en caso de un hallazgo inesperado, por parte de un paleontólogo con perfil profesional aprobado por el CMN, para lo cual se remitirán a CMN y SMA, los informes de monitoreos mensuales. A tales informes, anexados los reportes de las charlas de inducción paleontológica, incorporando los contenidos tratados, las listas de asistencia firmadas, el registro fotográfico de la actividad y una síntesis de los comentarios, observaciones y preguntas. Justificación: Evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Emplazamiento del proyecto. Forma: Según lo estipulado por el Paleontólogo/a o licenciado/a en Paleontología. en caso de hallazgo paleontológico durante la realización de las obras, proceder según el protocolo que se expone a continuación y tramitar el permiso de prospección y/o excavación paleontológica, según corresponda: • Detener las obras en el lugar del hallazgo en, al menos, 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, por ejemplo), se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. • Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo o, en su ausencia, al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. • Se deberá proceder a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. • Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (datum WGS84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por la/el profesional paleontóloga/o, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley Nº17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484/1990, del MINEDUC Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
9.3. Compromiso ambiental voluntario 3: “Monitoreo Paleontológico” Oportunidad: Durante las actividades de excavación masiva subsuperficial en el área del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Un informe cada dos meses reportado a la SMA. Forma de control y seguimiento Comprobantes de reportes de la SMA, los cuales deberán mantenerse en obra en caso de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1 y Tabla 10.1.3 del ICE.
9.4. Compromiso ambiental voluntario 4: “Charlas Arqueológicas”. Impacto asociado No Aplica. Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar a los trabajadores/as del proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Descripción: Se realizará una charla arqueológica durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Estas charlas tratarán sobre los componentes arqueológicos que se podrían encontrar en el área y los procedimientos que deben seguir en caso de hallazgo arqueológico. Además, y como parte del seguimiento ambiental de la Resolución de Calificación Ambiental se deberán remitir los informes a la SMA, a más tardar 15 días después de efectuada la charla, con los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma junto a sus firmas, así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas. a) Nombre y firma del arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción realizada. c) Copia del material gráfico presentado a los asistentes. d) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. e) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los asistentes. f) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, Rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá debidamente firmada por cada uno de los trabajadores. Justificación: evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El lugar donde se llevará a cabo las charlas serán en las dependencias de la instalación de faenas del proyecto u otro lugar que lo permita. Forma: Según lo estipulado por el Arqueólogo/a o licenciado/a en Arqueología. Oportunidad: Una vez previo a cada una de las actividades que contemplen movimientos de tierras (escarpe, socalzado y excavación). Indicador que acredite su cumplimiento • Informes con los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma junto a sus firmas, así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas. Forma de control y seguimiento Informe de la inducción mantenido en obra y registro asistencia a la charla Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
9.4. Compromiso ambiental voluntario 4: “Charlas Arqueológicas”. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.4. del ICE.
9.5. Compromiso ambiental voluntario 5: “Áreas Verdes Incluyendo Especies Nativas Y Paisajismo”. Impacto asociado No Aplica. Fase en que aplica Construcción Objetivo Objetivo: Implementar proyecto de áreas verdes y paisajismo. Descripción: El Proyecto de áreas Verdes y Paisajismo contemplará especies de bajo consumo hídrico y algunas especies nativas como: • Quillaja saponaria (Quillay), 11 • Laurus nobilis (Laurel de Comer), 64 • Crynodrendron patagua (Patagua), 11 El proyecto contará con 131 árboles, de los cuales 86 son especies nativas, lo que corresponde al 66% de especies nativas del total de árboles. Justificación: El proyecto de áreas verdes y paisajismo se deberá presentar a la DOM de la Ilustre Municipalidad de La Florida, donde se señalarán todas las especies del proyecto y además se cumplirán con los requerimientos solicitados por el organismo evaluador. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El proyecto de áreas verdes y paisajismo se desarrollará al interior del proyecto, en espacios comunes al aire libre. Forma: Se propone la incorporación de especies de bajo consumo hídrico. Oportunidad: El proyecto de áreas verdes y paisajismo se desarrollará en la fase de construcción previo a la recepción final del edificio. Indicador de cumplimiento. Se entregará un álbum fotográfico al final de las obras del proyecto. Forma de control y seguimiento Se avisará a la autoridad (DOM) del inicio y término de la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.5. del ICE.
9.6. Compromiso ambiental voluntario 6: “Reunión Cuerpo De Bomberos”. Impacto asociado No Aplica. Fase en que aplica Construcción Objetivo Objetivo: Realizar una reunión con Cuerpo de Bomberos de la comuna de La Florida, para revisar y evaluar riesgos potenciales, rutas de acceso, costos posibles, consecuencias y efectos de emergencias con el objetivo de incluir las recomendaciones en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Proyecto. Descripción Se realizará una reunión entre Cuerpo de Bomberos y el Titular del Proyecto, con el objetivo de presentar el proyecto y obtener recomendaciones que puedan ser incluidas en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Justificación: Revisión de riesgos potenciales, consecuencias y efectos de emergencias que deberán incluirse en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Lugar, forma y oportunidad de Implementación Lugar: En el área de emplazamiento del proyecto, específicamente en la Instalación de faena. Forma: Revisar en detalle las medidas que puedan implicar riesgos potenciales que no hayan sido evaluados previamente en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
9.6. Compromiso ambiental voluntario 6: “Reunión Cuerpo De Bomberos”. Oportunidad: La reunión se realizará previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto, tendrá una reunión de 2 horas. Indicador de cumplimiento. Aprobación del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias por parte del Cuerpo de Bomberos de la comuna de La Florida. Forma de control y seguimiento Registro de la aprobación del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias por parte del Cuerpo de Bomberos de la comuna de La Florida. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.6. del ICE.
9.7. Compromiso ambiental voluntario 7: “Contratación Porcentaje Mano De Obra De La Comuna De La Florida”. Impacto asociado No Aplica. Fase en que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer un porcentaje de contratación de mano de obra que resida en la comuna de La Florida. Descripción: El titular establecerá una vinculación con la OMIL de la comuna de La Florida, con el objetivo de establecer un porcentaje de contratación de personal de la comuna. Justificación: Contar con mano de obra residente de la comuna y aportar a la generación de un hábitat residencial integrado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el área de emplazamiento del proyecto, específicamente en la Instalación de faena. Forma: Previa vinculación con la OMIL de la comuna de La Florida para establecer un porcentaje de contratación. Oportunidad: La vinculación y el porcentaje de contratación se establecerán previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Contratación de trabajadores residentes de la comuna de La Florida. Forma de control y seguimiento Registro que indique el % de contratación y los contratos de trabajo de los trabajadores de la comuna de La Florida. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.7. del ICE.
9.8. Compromiso ambiental voluntario 8: “Medidas De Control De Transito Al Acceso Al Proyecto”. Impacto asociado No Aplica. Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Incorporar las medidas de control de tránsito al acceso del proyecto. Descripción: El proyecto considera las siguientes medidas de control al acceso del proyecto: • La prohibición de estacionamiento y detención frente al proyecto. • Alerta con señal de entrada y salida de vehículos pesados. • No se debe entorpecer la ruta peatonal al ingresar o egresar cualquier tipo de vehículo a la obra. Justificación: No generar congestión vehicular en las calles aledañas al proyecto ni en la entrada del proyecto o algún accidente en el espacio público. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Acceso al proyecto y espacio público de la entrada al proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
9.8. Compromiso ambiental voluntario 8: “Medidas De Control De Transito Al Acceso Al Proyecto”. Forma: Implementar avisos o señaléticas de medidas de control al acceso del proyecto indicado en la descripción. Oportunidad: Señalética instalada junto con la Instalación de faena, previo al inicio de las obras. Indicador que acredite su cumplimiento Señaléticas implementadas con las medidas de control al acceso del proyecto. Forma de control y seguimiento Fotografías de las señaléticas implementadas y registros asociados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.8. del ICE.
9.9. Compromiso ambiental voluntario 9: “Iluminación Focos Solares (LED)”. Impacto asociado No Aplica. Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar focos solares led al interior y exterior del proyecto. Descripción: Se instalarán focos solares led para iluminación del proyecto y en el exterior o vía pública. Justificación: Mejorar las condiciones de luminosidad, con focos solares (energía renovable) que no van a utilizar energía eléctrica. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al interior del proyecto y exterior en la vía pública. Forma: la cantidad y modelos de focos solares serán definidos durante la etapa de construcción e instalados previo a la recepción final de las torres. Oportunidad: Focos solares instalados previo a la recepción municipal de los edificios. Indicador que acredite su cumplimiento Focos solares (LED) instalados en el interior del proyecto y en el exterior o vía pública. Forma de control y seguimiento Fotografías de los focos instalados y Orden de compra a proveedor. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.9. del ICE.
9.10. Compromiso ambiental voluntario 10: “Soterramiento De Redes Eléctricas Del Proyecto”. Impacto asociado No Aplica. Fase en que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Conexión de redes eléctricas por zanja bajo tierra que se ubica afuera del proyecto en calle Vicuña Mackenna Oriente. Descripción: Se soterrará las redes eléctricas del proyecto en base a los requerimientos de la Municipalidad de La Florida y la compañía Eléctrica (ENEL). Justificación: El proyecto se emplaza en una zona donde las redes eléctricas por requerimientos de la i. Municipalidad de La Florida, lo exige. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El soterramiento de redes eléctricas se realizará en la faja bajo tierra que pasa por calle Vicuña Mackenna Oriente, afuera del proyecto. Forma: El soterramiento de las redes eléctricas se realizará según especificaciones técnicas de la empresa ENEL. Oportunidad: El soterramiento de las redes eléctricas se realizará cuando el proyecto eléctrico este aprobado y aceptado por ENEL, antes de la recepción final del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
9.10. Compromiso ambiental voluntario 10: “Soterramiento De Redes Eléctricas Del Proyecto”. Indicador que acredite su cumplimiento Aprobación del soterramiento de redes eléctricas por parte de la DOM de la I. Municipalidad de La Florida. Forma de control y seguimiento Certificado de aprobación de la instalación eléctrica por parte de la DOM de la I. Municipalidad de La Florida. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.10. del ICE.
9.11. Compromiso ambiental voluntario 11: “Capacitaciones Personal Sobre Reciclaje Y Gestión Adecuada De Residuos”. Impacto asociado No Aplica. Fase en que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar sobre Reciclaje y Gestión de residuos al personal del Proyecto. Descripción: El titular Realizar Capacitaciones al personal sobre Reciclaje y Gestión de residuos. Justificación: El proyecto contará con un Punto Limpio, que será administrado por la administración del edificio, por lo tanto las capacidades instaladas servirán para realizar una mejor gestión de los residuos sólidos valorizables o reciclables. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las capacitaciones se realizarán en las dependencias de la instalación de faena para la fase de construcción y en las salas multiuso para la etapa de operación. Forma: Fase de construcción: Las capacitaciones se realizarán por un relator especializado en temas de Reciclaje y Gestión de Residuos, repartidos en talleres de 30 personas hasta completar el total de trabajadores, con duración de no más de 1 hora. Fase de operación: Las capacitaciones se realizarán por un relator especializado en temas de Reciclaje y Gestión de Residuos, dependiendo de la cantidad de trabajadores y/o personal que tengan los edificios. Oportunidad: Fase de construcción: Las capacitaciones se realizarán al inicio de la jornada laboral por un relator especializado en temas de reciclaje y gestión de residuos. Fase de operación: Las capacitaciones se realizarán una vez que el personal se encuentre trabajando y los departamentos entregados en su totalidad. Indicador que acredite su cumplimiento Fase de construcción y operación: Informes con los contenidos de la capacitación realizada y la constancia de asistentes a la misma junto a sus firmas, así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas. Forma de control y seguimiento Fase de construcción: Registro de la capacitación en obra para su fiscalización. Fase de operación: Registro de la capacitación en administración de los edificios una vez iniciada la operación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.11. del ICE.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
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10.1.1. Riesgo o contingencia 1 “Incendios” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Durante la construcción y operación del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción: • Los contratistas dispondrán en las áreas de trabajos e instalación de faenas, los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). Los cuales deben ser acordes con el tipo y la cantidad de los residuos peligrosos almacenados. • Contar equipos de seguridad para atención de emergencias. • Se debe tener libre acceso a la calle y a las tomas de agua durante todo el tiempo que dure la construcción del Proyecto. • Se deben colocar carteles claramente visibles con la ubicación del extintor de incendios más cercana. Además, se debe colocar el número de Teléfono de los Bomberos cerca de todos los aparatos de teléfono (132). • En la instalación de faenas se construirán recintos especialmente habilitados para el almacenamiento de sustancias inflamables. Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto. El prevencionista de riesgos realizará una inspección permanente, detectando posibles fallas en los procedimientos de manejo de estas sustancias. • Prohibición de fumar en la obra y especialmente en sectores de acopio y/o almacenamiento transitorio de este tipo de residuos. • El contratista constituirá una brigada adiestrada, la que se mantendrá operativa durante toda la construcción. • Realizar una adecuada inspección por parte del ITO, poniendo énfasis en: - El equipo y la instalación eléctrica. - La provisión de líquidos y materiales inflamables. - Las zonas cercanas a donde se realizan las labores de soldaduras, especialmente si esta se realiza en lo alto. - Debajo y cerca de techos calientes. - Todos los lugares expuestos a las chispas o al calor. - Los compresores, los generadores de motor y otros equipos de combustión interno • Realizar capacitaciones a trabajadores en el uso de extintores.
Fase de operación: • Mantener despejadas las salidas de emergencia para facilitar posibles evacuaciones. • Los extintores de incendios deben estar claramente visibles. Además, se debe colocar el número de Teléfono de los Bomberos cerca de todos los aparatos de teléfono (132).
Forma de control y seguimiento Registro de la correcta materialización de las medidas propuestas Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción: • Al detectar el fuego, si no es posible apagarlo con un extintor se deberá comunicar inmediatamente a los supervisores de obra, quién coordinará con el profesional de prevención de riesgo la llegada de equipos de emergencia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
10.1.1. Riesgo o contingencia 1 “Incendios” • Al declararse incendio se deberá abandonar los frentes de trabajo que sean afectados y el personal deberá dirigirse al Punto de Encuentro de Emergencia definido en cada faena de trabajo. • El jefe de Terreno y el Prevencionista de riesgo coordinarán y darán aviso de evacuación al personal. • Llegando el personal a los puntos de emergencia de las instalaciones de faena, deberán identificar a su capataz y supervisor. • El supervisor y capataz debe verificar que este todo su personal a salvo. • El jefe de Terreno dará la señal de retorno al lugar a los trabajadores. • Al declararse fuego en oficinas, instalaciones o en cualquier lugar cerrado se deberá evacuar el área y no se podrá regresar en busca de objetos ni documentos olvidados hasta que sea autorizado por el Prevencionista de Riesgos.
Fase de operación: • Se activará la alarma de incendio. • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos (132) y se evacuará a los trabajadores y propietarios hacia las zonas de seguridad. • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. SI este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Se deberá investigar las causas del siniestro. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante una emergencia, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y Municipalidad de La Florida, en un plazo no mayor a 36 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1 y tabla 7.1.1 del ICE
10.1.2. Riesgo o contingencia 2 “Derrame de sustancias químicas o peligrosas” Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, en la actividad de terminaciones. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Construcción en el almacenamiento de sustancias químicas o peligrosas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas. • Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos materiales al interior de la instalación de faenas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por la normativa vigente. • Los recintos de acopio de estas sustancias contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. • Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. Forma de control y seguimiento Registro en faena del correcto almacenamiento de sustancias químicas o peligrosas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de accidente/derrame que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante una emergencia, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y Municipalidad de La Florida, en un plazo no mayor a 36 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior de se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.2 del ICE.
10.1.3. Riesgo o contingencia 3 “Sismos” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Dado que este tipo de situaciones no se pueden prevenir, es importante considerar lo siguiente: • Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo • Mantener limpias y ordenadas las vías de circulación • Mantener despejadas las salidas de emergencia para facilitar posibles evacuaciones Forma de control y seguimiento Registro de despeje de vías de trabajo, circulación, salidas de emergencia. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción: • El Jefe de Emergencia debe coordinar la ejecución de los procedimientos establecidos, mantener la calma y transmitirla para no generar histeria colectiva. • El Jefe de Emergencia de Incendio es el encargado de coordinar, en conjunto con la Brigada de Control de Incendio el corte del suministro eléctrico, agua y gas. Verificar que en la obra a producto del sismo no se produjera indicio de fuego. • El Jefe de Emergencia es el encargado de coordinar, en conjunto con la brigada correspondiente, la evacuación en forma segura de los trabajadores a las zonas de seguridad identificadas o sectores donde se encuentren libres de objetos que puedan caer desde altura. • El Jefe de Emergencia es el encargado de verificar, en conjunto con la Brigada de Primeros Auxilios, que no existan lesionados por la emergencia ocurrida, si hay personas lesionadas brindarle las atenciones de primeros auxilios, evaluar su estado de salud y derivar a servicio de urgencia si fuese necesario. • Responsabilidad de los trabajadores: - Mantener la calma. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
- Abandonar inmediatamente lo que se esté haciendo.
- Retirarse de las zonas que involucren riesgos.
- Dirigirse a la zona de seguridad.
Fase de operación: • Mantener la calma. • Abandonar inmediatamente lo que se esté haciendo. • Retirarse de las zonas que involucren riesgos. • Dirigirse a la zona de seguridad. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y Municipalidad de La Florida, en un plazo no mayor a 36 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior de se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.3 del ICE
10.1.4. Riesgo o contingencia 4 “Accidente de camiones que transporten residuos o sustancias peligrosas.” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En ruta en el transporte de residuos o sustancias peligrosas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • El Contratista implementará un procedimiento formal para enfrentar accidentes de tránsito que permitan atender la emergencia en forma oportuna, el cual permanecerá al interior de cada vehículo de carga. • El personal a contratar para manejar los camiones será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (Nº 18.290). • Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). • El transporte de sustancias peligrosas contará con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. • Se dispondrá señalización especial en los lugares de acceso a los frentes de trabajos. Para ello se utilizarán señales; barreras; luces intermitentes eléctricas; y cilindros delineadores. • El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad en cada caso. • El transporte de líquidos que se puedan requerir en la faena se regirá por las disposiciones de la legislación vigente. • El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. Forma de control y seguimiento Registro de transportista autorizado para el transporte de este tipo de materiales. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • El transportista deberá dar aviso inmediato a los organismos públicos y personas atingentes para atender la emergencia, SEREMI de Salud de la Región de los Ríos, bomberos, carabineros, la Oficina Regional de Emergencia y especialmente a la Municipalidad. • Se debe aislar, señalizar y acordonar el área afectada. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
• Se debe controlar la actividad que genera el derrame (sellar la fuga o taponearla, etc.). • Contener el derrame construyendo diques de tierra, arena o zanjas en el área de terreno afectada, evitando que el residuo alcance alcantarillas. Una vez controlado, se procederá a adicionar un material absorbente (preferentemente arena o material inerte absorbente) al material derramado y zona del derrame. • Finalmente, el material impregnado (material absorbente) se dispondrá en tambores apropiados de residuos peligrosos para su disposición final en un lugar autorizado para tales fines.
Los vehículos que se utilicen en el transporte de residuos peligrosos deberán estar diseñados, construidos y operados de modo que cumplan su función con plena seguridad, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud, y adecuados para el tipo, características de peligrosidad y estado físico de los residuos a transportar, de acuerdo a la información que el Titular proporcionará a la empresa contratista. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y Municipalidad de La Florida, en un plazo no mayor a 36 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior de se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.4 del ICE
10.1.5. Riesgo o contingencia 5 “Afloramiento de aguas subterráneas” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavación y columnas gravas apisonada Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Mantener en sitio los planos o informes de estudio de suelo donde indiquen las profundidades de las napas subterráneas de toda el área de influencia del Proyecto. • Capacitar a los operadores de equipos pesados (retroexcavadoras o excavadoras y pilotera de impacto) según el área a realizar las respectivas excavaciones la profundidad máxima que se debe excavar para evitar el afloramiento de agua. • Mantener en el sitio bombas de extracción de agua en buen estado de funcionamiento, para el caso de que exista la presencia de afloramiento se puede controlar lo más rápido posible. • Durante las actividades de construcción de columnas de gravas según las profundidades a trabajar se deberá implementar control de los taludes que generen según los estudios de mecánica de suelo pertinentes al Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de las acciones realizadas para evitar la situación de riesgo. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.
ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.
iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).
iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.
v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.
vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y Municipalidad de La Florida, en un plazo no mayor a 36 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior de se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.5 del ICE
10.1.6. Riesgo o contingencia 6 “Cambio de temperatura y olas de calor” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Trabajos ejecutados al sol directo o en días de mucho calor. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Plan de Contingencias relacionado a cambios de temperatura y olas de calor sólo aplica para la fase de construcción del Proyecto, debido a que, en la fase de operación se contará con el edificio construido y con sombras de árboles. A continuación, se describen las medidas de prevención asociadas a efectos de calor extremo o golpes de calor.
• Se capacitará al personal que por sus labores deban trabajar al sol directo de las medidas que deben tomar para evitar golpes de calor, la importancia del bloqueador solar y de otros equipamientos. • Se dispondrá de toldos o similares que otorguen sombra a los trabajadores, principalmente a los trabajadores que trabajen en los frentes de trabajo En estos toldos se dispondrá de agua para beber y bloqueador solar, con el fin de otorgar un espacio para disminuir la temperatura. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
Forma de control y seguimiento Registro en faena de los implementos y equipamientos para evitar estos golpes de calor. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de un golpe de calor a uno de los trabajadores, se procederá de la siguiente manera: i. Se llevará la persona a un lugar con sombra priorizando dejarle espacio para descansar. ii. Se le aplicarán paños fríos para devolver su temperatura. iii. De manera paralela y si es visible que el trabajador se encuentra en muy malas condiciones, se llamará a una ambulancia para que lo puedan estabilizar. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Por la naturaleza del riesgo no se informará a la SMA. Se informará a los centros de salud más inmediato a través del número telefónico 131. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.6 del ICE
10.1.7. Riesgo o contingencia 7 “Derrame de aguas para el lavado de hormigón” Fase del Proyecto a la que aplica En las instalaciones de faenas durante la construcción del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada El Plan de Contingencias en caso de que la fosa de acumulación supere la capacidad máxima, de tal forma, que las medidas de prevención son las siguientes: • Se solicitará el retiro del exceso de agua de la fosa de acumulación cuando se supere el 80% de su capacidad máxima y se evitará utilizar los sistemas de lavado mientras no se retire el exceso de la fosa. • En caso de que esta superación pueda ser producto de la lluvia, se cubrirá la fosa con una lona con el fin de que no siga entrando más agua al sistema. • Se mantendrá en obras el contacto directo con el prestador de servicio de limpia fosa, con el fin de llamar de manera oportuna en caso de superar el 80% de capacidad la fosa de acumulación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El supervisor directo verificará durante la fase de construcción la capacidad de almacenamiento que tenga el estanque para coordinar su retiro oportunamente. Forma de control y seguimiento En las instalaciones de faenas durante la construcción del proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El Plan de Emergencias en caso de que el estanque supere la capacidad máxima, de tal forma, que las medidas en caso de incendios son las siguientes: • Se detendrán las actividades de lavado de ruedas y el lavado de canoas y betoneras para evitar el sobrepasar la capacidad del estanque. • No se reiniciarán las actividades hasta que no se haya retirado los residuos líquidos o cambiado con el estanque de repuesto que se tendrá en obra. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia, se avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y Municipalidad de La Florida, en un plazo no mayor a 36 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que Capítulo 7 y tabla 7.1.7 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
contenga la descripción detallada
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Que, durante el proceso de evaluación no se realizó un proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
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Que, para que el proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211”, de Inmobiliaria Pilares S.A.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819
2°. Certificar que el proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Edificio Vicuña Mackenna 7211” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Gonzalo Andrés Durán Baronti Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
Jeannette Patricia Morales Morales Directora Regional (S) Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
JGM/RBD/SRO
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url José Ignacio Grass Carmona jgrasc@pilares.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región Metropolitana de Santiago rodrigo.illesca@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago <> DOH, Región Metropolitana de Santiago maria.valdes@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana gelgueta@gobiernosantiago.cl Municipalidad de La Florida aperez@laflorida.cl SAG, Región Metropolitana de Santiago claudio.ternicier@sag.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2162568819 Firmado por: Jeannette Patricia Morales Morales Fecha: 05/07/2024 15:19:40 CLT Gonzalo Andrés Durán Baronti Firmado digitalmente por Gonzalo Andrés Durán Baronti Fecha: 2024.07.12 17:13:30 -04'00' SEC, Región Metropolitana de Santiago ladiaz@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago monserrat.candia@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago ahidalgo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago lestivales@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago imoran@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago gonzalo.soto.brandt@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago fhernandezj@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago ccasanovar@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sreyes@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago robinson.valdebenito@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM racosta@minvu.cl Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago cbravo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ssdg@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Dirección General de Aeronáutica Civil <director@dgac.gob.cl, registratura@dgac.gob.cl> Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl