Evaluación SEA

PMGD Coloane

Rol 2159587730
SEA · DIA · Aprobado · 2025-07-28 · Región de Los Lagos · Coloane SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el proyecto “PMGD Coloane”

Puerto Montt

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda del 12 de abril de 2024 y su Adenda Complementaria del 2 de junio de 2025, del proyecto “PMGD Coloane”, presentado por Coloane SpA con fecha 18 de julio de 2023.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “PMGD Coloane”.

3°. El Acta de reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “PMGD Coloane”, con fecha 17 de agosto de 2023, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA).

4°. El Acta de Evaluación de fecha 26 de junio de 2025, del Comité Técnico de la Región de la Región de Los Lagos.

5°. El ICE de la DIA del proyecto “PMGD Coloane” de 30 de junio de 2025.

6°. El acuerdo de fecha 8 de julio de 2025, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de la Región de Los Lagos.

7°. La Resolución Exenta Nº202310001108 de 10 de octubre de 2023, de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “PMGD Coloane”.

9°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (en adelante, "Ley N°19.300"); en el Decreto Supremo N°40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, "Reglamento del SEIA"); en la Resolución N°RA N°119046/83/2025 de fecha 18 de marzo de 2025 del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental sobre renovación del nombramiento del Director Regional del Servicio para la Región de Los Lagos; y en la Resolución Nº36 de 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

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CONSIDERANDO:

1°. Que, Coloane SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “PMGD Coloane” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Coloane SpA Rut 77.622.511-8 Domicilio Avenida Príncipe de Gales 5921 oficina 1602, La Reina, Santiago Teléfono +569 8900 4916 Nombre representante legal Roberto Mayol Brierley Rut representante legal 18.019.355-3 Correo electrónico Titular o representante legal rmayol@tikuna.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de junio de 2025, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto este cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión del 8 de julio de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “PMGD Coloane”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 30 de junio de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, y en sus respectivos anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es producir e inyectar un promedio de 25,4 GWh anuales de energía renovable no convencional al SEN, mediante el aprovechamiento de la energía eólica a través de la instalación de 2 aerogeneradores con una capacidad total instalada de 9 MW, aportando a la descarbonización de la matriz energética, en concordancia con el Acuerdo Climático de París 2015 y la Política Energética de Chile 2050. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW Vida útil El Proyecto tiene una vida útil de 30 años. Monto de inversión USD $ 16.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito de inicio de la ejecución del Proyecto, de modo sistemático y permanente, corresponde a la habilitación de caminos hasta la instalación de faena y el cercado de esta misma. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

X

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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político-administrativa El Proyecto se localiza en la Región de Los Lagos, Provincia de Chiloé, comuna de Ancud, a aproximadamente 12 km del centro urbano de dicha comuna (en línea recta).

Descripción y justificación de la localización Potencial eólico favorable para el aprovechamiento energético: el sector donde se emplazará el Proyecto tiene una velocidad media de 6,5 m/s, con velocidades mínimas entre las 09:00 y las 11:00 (5,5 m/s) y con velocidades altas entre los 5,9 m/s y 6,5 m/s entre las 14:00 y 21:00.

Aptitud de los terrenos: el área de emplazamiento del Proyecto corresponde a sector rural cuyas actividades principales son las plantaciones agrícolas y pastoreo de vacas para lechería, actividades que podrán seguir desarrollándose en caso de construcción y operación del Proyecto. Los trazados y emplazamientos de las instalaciones se han elegido considerando que corresponden a terrenos planos con suaves lomajes dentro de un entorno rural. En el sector no hay singularidades ambientales o de biodiversidad que puedan verse amenazadas por un proyecto de este tipo.

Infraestructura existente: en el sector de emplazamiento del Proyecto existe infraestructura vial y caminos interiores, los que se utilizarán a fin de reducir al mínimo los movimientos de tierras y la remoción de cobertura vegetal. Se utilizará la infraestructura eléctrica existente en el territorio, próximas al área de emplazamiento del Proyecto, que le permitirán conectarse al distribuidor local de energía eléctrica.

Superficie Superficie total proyecto: 28.437,8 m2

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Caminos de acceso El punto de acceso corresponde a la intersección de la Ruta 5 Sur con el camino interno del Proyecto. Las coordenadas del camino de acceso corresponden a las siguientes:

Coordenadas, Camino de acceso. Tramo Externo (fuera de los límites del Proyecto)

Fuente: Adenda Complementaria

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 1.2. Actualización Ficha Resumen (Adenda Complementaria) Anexo 2 Planos y Archivos digitales (Adenda Complementaria)

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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Obras Instalación de faenas

La instalación de faenas corresponde a una obra provisoria que tiene por objetivo facilitar la ejecución de los trabajos constructivos. Se contempla que la instalación de faenas para la fase de construcción y cierre que estará ubicada en la misma zona indicada en la siguiente Tablas y Figura. El área de terreno en donde se emplazará la IF tendrá una superficie aproximada de 1.255 m². En la Tabla 1-9 del Capítulo 1 de la DIA se presentan las coordenadas de localización instalación de faenas. Zona de almacenamiento

Se contempla la habilitación de una superficie destinada para disponer de materiales de construcción tales como cables, estructuras metálicas, tuberías de PVC, etc. Para ello. Se dispondrá de un área de 60 m² al interior de la instalación de faenas para el acopio de materiales de construcción. Comedor

Corresponde a un área de superficie igual a 36 m². Se trata de una construcción modular tipo container especialmente diseñada para estos fines. La construcción y operación del comedor se ejecutará de acuerdo con las disposiciones del Artículo 28 del D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud. La alimentación de los trabajadores será entregada por empresas autorizadas sanitariamente para el traslado y entrega de alimentos. Oficina

Se trata de la instalación de contenedores o similares de dimensiones estandarizadas, de 14 m² de largo aproximadamente. En ellas se mantendrá la administración de las operaciones durante la fase de construcción. Portería Garita donde se instala el portero durante la vigilancia. Superficie 6 m². Área del generador Zona donde se ubicará el grupo generador eléctrico considerado por el Proyecto. Superficie 15 m². Estanque de agua potable y agua industrial

El estanque de agua tendrá una capacidad de 10 m3 y se instalará en una superficie de 8 m²; esta agua se utiliza principalmente para aseo. El agua potable se entrega al personal en dispensadores de agua envasada. Se requerirá eventualmente de agua industrial para fines constructivos. Se estima que el requerimiento de agua para uso industrial alcanzará un valor de 10 m3/día promedio durante 6 meses. Este cálculo no incluye el agua destinada a la mezcla del hormigón, ya que ésta será incorporada en la planta del proveedor. Bodega de herramientas

Se dispondrá de un área de 15 m² al interior de la instalación de faenas para el almacén de herramientas. Piscina de lavado de hormigón

Se utilizará hormigón para las obras civiles, el cual será proporcionado en la faena mediante camiones mixer por proveedor externo autorizado. Dichos camiones, una vez descargados, requerirán del lavado de sus canoas, para lo cual se instalará un área de lavado en el sector de la instalación de faenas y de forma provisoria. En dicho sector también se instalará piscina de decantación de aproximadamente 2,5 x 3 m o 7,5 m² y 1,5 m de profundidad totalizando una superficie de 9 m², la que será construida en tierra, impermeabilizada y revestida con geomembrana. El fondo de la piscina será inclinado para permitir la limpieza de los sólidos sedimentados con una pala cargadora, y los desechos generados serán llevados a botadero autorizado. El fondo de las piscinas será inclinado en 2/3 de su longitud y llano en la zona más profunda; con un volumen aproximado de 7,50 m3 (7.500 l de capacidad).

Estación de servicio

La instalación de faena contará con un área destinada al almacenamiento de combustible de 6,2 m². Se estima un consumo promedio de 10 m3 de combustible al mes durante la construcción. Para el abastecimiento de combustibles se hará un convenio con alguna estación de combustible cercana a la obra. Se exigirá que los contratistas que proporcionen este insumo cumplan con las disposiciones del D.S. N°160/2009 del Ministerio de Economía el cual estipula requisitos para seguridad y manipulación de combustibles. Baños químicos

Se dispondrá de container de una superficie total de 6 m², el que cumplirá con el número de excusados establecido en el D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud; según la cantidad de mano de obra durante la fase de construcción y cierre. Área de lavado de maquinas Superficie: 209 m². Esta área se implementa en reemplazo del área de estacionamientos indicada en la DIA. Área de residuos no peligrosos

Los RSINP que se producirán durante esta fase corresponderán principalmente a despuntes de acero y fierro, maderas, chatarra, restos de soldadura, cables, plásticos, carretes, madera de embalaje, etc. Estos residuos serán manejados mediante un sistema de dos componentes y serán almacenados en un área de 9 m² dentro de la instalación de faenas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Área de residuos domiciliarios

Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) serán manejados en un área específica de la instalación de faena bajo un sistema de dos componentes con una superficie de 9 m². El primer componente será el almacenamiento en contenedores primarios en el lugar de generación (frentes de trabajo) almacenados en bolsas plásticas dentro de tambores cerrados y posteriormente serán llevados al área de residuos domiciliarios depositados en contenedores secundarios herméticos y cerrados, a la espera de su retiro, transporte y disposición final. Área de residuos peligrosos

Durante la fase de construcción, se generará la mayor cantidad de RESPEL del proyecto y corresponderán a restos de aceites y lubricantes, grasas, paños, materiales absorbentes y envases contaminados, entre otros que serán almacenados en una Bodega de Residuos Peligrosos Temporal (BAT) de 9 m² que se ubicará dentro de la instalación de faenas. Las mantenciones de maquinarias y vehículos se realizarán en las instalaciones de los proveedores, fuera del área del proyecto. Frentes de trabajo Los frentes de trabajo móviles constituyen sitios aledaños a los lugares donde se montarán los aerogeneradores donde se disponen insumos básicos como extintor, baño químico, elementos de protección personal, equipos y herramientas de uso diario. Por lo anterior, se pueden considerar puntos de apoyo para las cuadrillas de trabajadores y en ningún caso constituyen centros de acopio ni talleres de trabajo. Los frentes móviles de trabajo corresponden a un área provisoria puntual donde se desarrollará la faena constructiva. Plataforma de maniobras y montaje de aerogeneradores Se construirá una plataforma estabilizada para el izado de cada uno de los aerogeneradores y así permitir el acopio de los equipos y el trabajo de las grúas de montaje. Estas plataformas contarán con una superficie unitaria aproximada de 7.177 m², y serán estabilizadas, compactadas y niveladas a fin de asegurar la correcta operación de las grúas que realizarán el montaje de los aerogeneradores.

Se estima el uso de material granular procedentes de canteras autorizadas, riego hasta humedad óptima, perfilado y compactado hasta el 98% P.M., Cota de firme: 20 cm por encima del nivel de terreno natural y en el área de grúa una cota estructural de 40 cm de capa total. Las dimensiones finales para cada sitio de izado dependerán de sus características topográficas y la orientación de la plataforma, por lo que se definirá al momento de la construcción, buscando optimizar en cada caso, el menor movimiento de tierra posible y la menor intervención a la vegetación. Una vez que los componentes de cada aerogenerador sean ensamblados, la plataforma de montaje permanecerá en el terreno, a modo de facilitar labores de mantenimiento mayor, en caso eventual de requerir utilizar nuevamente las grúas de izaje. Acciones Corte de vegetación y acondicionamiento de terreno

Para implementar el Proyecto es necesario despejar completamente la superficie de la vegetación existente, por lo que será necesaria la corta y descepado de 0,28 ha de vegetación correspondiente a Bosque Nativo Tipo Forestal Siempreverde. Mayor detalle se presenta en Anexo 4.3 de Adenda Complementaria, referido a antecedentes del PAS 148 del RSEIA.

a) Escarpe. El escarpe consistirá en la extracción y retiro de la capa superficial del suelo natural, constituido mayoritariamente por material vegetal, en aquellas áreas donde se apoyarán nuevos terraplenes y se construirán las obras civiles del Proyecto. Esta operación se realizará mediante maquinaria pesada sobre la superficie del terreno. El excedente de material será trasladado y dispuesto en sitio autorizado sanitariamente. Se ha estimado que el escarpe abarcará 40.750 m² aproximadamente, y tendrá una profundidad de hasta 30 cm, totalizando un volumen de 12.225 m3 aproximadamente.

b) Excavaciones. Se requiere realizar ciertas excavaciones para la construcción de las obras viales, fundaciones y zanjas de interconexión. En la Tabla 1-42 del Anexo 1.1 de Adenda Complementaria, sobre Descripción del Proyecto, se presenta las obras y superficies a excavar:

c) Rellenos o terraplén. Se privilegiará el uso del material proveniente de escarpe y de excavaciones para realizar relleno de zanjas, construcción de terraplenes o nivelaciones en la construcción de las obras civiles del Proyecto. Solo en caso de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

que sea estrictamente necesario, el material excedente será llevado al sitio de disposición final autorizado más cercano y será tratado como un residuo industrial no peligroso. El material de relleno será cargado mediante pala mecánica en camión volcador que lo trasladará y volcará dentro de la zona a rellenar. Finalmente se compactará el relleno hasta alcanzar los valores especificados para cada sector del proyecto.

Nivelación y compactación. Se realizará la nivelación del terreno para crear una plataforma firme, estable y homogénea sobre la que se instalarán las obras civiles del Proyecto; para lo cual serán necesarias operaciones de desmonte y terraplenado y la compactación del terreno hasta alcanzar el grado de compactación adecuado para, finalmente, proceder a la construcción del perfil estructural del camino y/o de la plataforma. Se consolidará el terreno utilizando motoniveladora hasta alcanzar los valores especificados de pendientes. Se ha estimado que la nivelación y compactación abarcará 40.750 m² aproximadamente. Habilitación de la instalación de faenas.

Esta actividad tiene por objetivo habilitar e implementar las obras físicas de apoyo que permitan desarrollar el proyecto constructivo; siendo las principales acciones: - Replanteo topográfico y demarcación del área de trabajo: Consiste en el levantamiento topográfico del terreno con topografía de detalle para ubicar y cubicar con precisión las obras, incluyendo la demarcación perimetral del área de trabajo. - Nivelación de terrenos: Se consolidará el terreno utilizando motoniveladora hasta alcanzar los valores especificados de pendientes. - Una vez preparado el terreno, se instalará el cierre perimetral alrededor del área de la instalación de faenas. Posteriormente, se movilizarán los recursos tales como maquinaria, equipos y materiales que permitirán realizar montaje de la instalación de faenas. Mientras se realiza la construcción de los servicios higiénicos, se dispondrá de baños químicos en la IF en la cantidad adecuada a la población a servir, de acuerdo con lo estipulado en D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud.

Obras de la instalación de faenas: Las oficinas serán de tipo modular y serán trasladadas a la obra mediante camiones. Se habilitarán obras anexas requeridas para la operación del área, tales como depósito de agua potable, baños químicos áreas de acopio, bodegas de acopio de materiales, Bodega de Residuos Domiciliarios (RSD), Bodega de Residuos Industriales No Peligrosos (RISES), Bodega RESPEL, Bodega SUSPEL e instalación de equipos electrógenos. Construcción de caminos internos

Para acceder a los frentes de trabajo en el área del proyecto se habilitarán caminos internos que permitirán el tránsito de los vehículos que transportan los insumos, equipos y maquinarias a los diferentes frentes de trabajo. Dichos caminos, serán utilizados durante la operación y mantenimiento de los aerogeneradores e instalaciones eléctricas, durante la fase de operación del Proyecto.

En total se contempla la habilitación y mejoramiento de 1,31 km de camino estabilizado de 6,0 m de ancho y contará con ancho variable de acuerdo con la topografía. Contará con una subbase granular de aproximadamente un espesor de 20 cm y base granular, que considere en su diseño la vida útil del proyecto. Esta obra, considerando los anchos variables por cortes y taludes, utiliza una superficie total de 10.368,7 m2.

El material de la carpeta de rodado del camino estará conformado por una mezcla de terreno natural y base granular procedente de canteras autorizadas y un compactado hasta 98% P.M. Se ha considerado una pendiente transversal menor al 2% con objeto de garantizar el adecuado drenaje del terreno. El trazado de los caminos está condicionado por la posición de los aerogeneradores y plataformas de montaje, orografía del terreno, restricciones por instalaciones, infraestructuras y servicios existentes, así como por la especificación de diseño de viales. Se estima 0,4 m de capa total. Construcción de fundaciones de los aerogeneradores.

La realización de la fundación de cada uno de los aerogeneradores da lugar a una serie de obras, incluyendo las labores de despeje y desbroce del terreno, que se pueden resumir en los siguientes puntos principales: - Excavación y compactación del pozo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

- Implementación de mejoras de terreno, de ser necesario. - Suministro de carretes y puesta a tierra - Relleno inicial con una base de hormigón de limpieza. - Montaje de encofrado. - Montaje de la armadura. - Instalación y montaje del sistema de anclaje para la torre del aerogenerador. - Hormigonado. - Relleno con material seleccionado procedente de la excavación, debidamente compactado, hasta alcanzar la cota original del terreno

La construcción de las fundaciones para los aerogeneradores implica la excavación total de 5.680,5 m3 (1.893,5 m3 por cada fundación, considerando zapatas de 28,8 m de diámetro y 5,68 m profundidad y relleno de 963,68 m3 por cada fundación). Para armar se utilizará hormigón para armar G40 o similar, elaborado en central, en relleno de zapatas de cimentación, vertido con medios mecánicos, vibrado y colocación con un total unitario promedio de 829,91 m3 y un total de acero de 100 t/fundación.

El material resultante de las excavaciones será dispuesto en conos de no más de 3 m de altura, contiguo a la fundación y se utilizará como relleno directo de la fundación. El material sobrante será reutilizado como estabilizador y compactador en la habilitación de otras obras de la construcción o simplemente se considerará como residuo industrial no peligroso.

Las fundaciones estarán cimentadas con hormigón vibrado, sobre una armadura compuesta de mallas de acero dispuestas de forma radial y anular. Previamente, en caso de ser necesario, se realizará la mejora del terreno de apoyo mediante relleno compactado o columnas de grava y emplantillado y estabilizado. Una vez que la fundación esté cimentada, se rellenarán los contornos y la superficie de ésta, incorporando el material extraído. Las excavaciones se realizarán utilizando retroexcavadoras mixtas, palas cargadoras y camiones tolva.

Montaje de los aerogeneradores

Para la operación de montaje, se utilizarán las plataformas de montaje cada una instalada al borde de la fundación. Dichas plataformas serán áreas estabilizadas, compactadas y niveladas, donde se apoyará la grúa telescópica principal y la/s grúa/s auxiliar/es. La grúa principal tendrá una capacidad de 600 t o similar y la/s auxiliar/es de entre 100 y 300 t, la primera montará in situ los aerogeneradores, mientras que la/s segunda/s cumplirán labores de armado y sujeción de la grúa principal. En la Tabla 1- 48 del Anexo 1.1. de Adenda Complementaria, referida a la Descripción del Proyecto, se presenta la secuencia de montaje de un aerogenerador.

Construcción de línea de media tensión

La línea eléctrica de 23 kV, tanto de interconexión de los aerogeneradores como de evacuación de la energía que tendrá el parque eólico será soterrada y sólo se elevará en una postación cuando se conecte al poste de distribución. De este modo, los cables irán en zanjas subterráneas de dimensiones aproximada a 1,1 m de profundidad por 0,6 m de ancho. Los trabajos para la formación de las canalizaciones subterráneas se realizarán de acuerdo con la siguiente secuencia de trabajo: - Excavación de las canalizaciones subterráneas para esto se utilizará una retroexcavadora. - En el fondo de la zanja se tenderá el conductor de tierra y sobre él se extenderá una capa de arena lavada de río, de aproximadamente 10 cm de espesor. A continuación, se dispondrán los cables de media tensión y fibra óptica; y sobre ellos, se extenderá otra capa de arena de 20 cm de espesor, que se compactará convenientemente, y sobre la que se colocará, en todo su recorrido, una placa de señalización y protección mecánica de polietileno que advierta de la existencia de cables eléctricos de media tensión por debajo de ella. - Sobre esta placa de protección, se extenderá una capa de aproximadamente 30 cm de espesor de material seleccionado procedente de la excavación, que se compactarán de forma manual y sobre la cual se colocará una cinta de señalización en todo su recorrido. Para finalizar el relleno de las zanjas se extenderá una última capa aproximadamente de 60 cm de espesor de material seleccionado procedente de la excavación que se compactarán de forma mecánica.

El soterrado de la línea eléctrica tendrá una longitud de 1,3 km, considerando zanjas de 1,1 m x 0,6 m, lo que hace un total de 864 m3 de material removido, el que será utilizado como relleno de la misma obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Habilitación del área eléctrica y baterías BESS

Se realizarán pruebas para verificar el diseño, instalación, confiabilidad y capacidad de equipos y sistemas que integran la zona de los aerogeneradores y red de media tensión. Para la generación de energía, se coordinarán los tiempos de entrega de energía, por cada uno de los aerogeneradores, para ser puestos en paralelo y que, con esto, las potencias individuales de cada uno de los equipos sean sumadas generando las condiciones específicas de un PMGD. Pruebas de funcionamiento y puesta en marcha Una vez que hayan sido sincronizados los aerogeneradores, y puestos en paralelo, se realizarán pruebas de funcionamiento, para luego proceder a su puesta en marcha para la generación de energía eléctrica. Desarme y retiro de obras de apoyo transitorias

Una vez que finalizada la construcción del Proyecto, se procederá al desarme y retiro de las instalaciones temporales, tales como instalación de faenas, cercos, señalética, materiales, entre otros. Los elementos de la instalación de faena que puedan ser reutilizados como los contenedores, serán llevados a instalaciones habilitadas para su restitución y aquellos que no puedan ser empleados se trasladarán a lugares autorizados para su disposición final. Mantenimiento de máquinas y equipos

El mantenimiento de los equipos de construcción se realizará en talleres externos y se exigirá a las empresas contratistas realizar cambios de aceites u otro tipo de mantenimiento de maquinarias y vehículos en instalaciones apropiadas, fuera de los frentes de trabajo y del área del Proyecto. En el caso eventual de no poder transportar las maquinarias o equipos al taller externo, se dispondrá en la instalación de faenas una geomembrana de 1,5 mm de espesor que cubra la totalidad del área de trabajo y el chasis de la maquinaria. Esta geomembrana contará con una capa o cubierta de arena, por ambos lados, con la finalidad de absorber un eventual derrame durante el mantenimiento. Los residuos usados deberán quedar sellados y dispuestos en contenedores especiales, portátiles y señalizados, junto con la arena, para ser gestionados como RESPEL, almacenados transitoriamente en la bodega RESPEL, y posteriormente ser trasladados al sitio de disposición final apropiado por una empresa competente y autorizada para estos efectos.

Se considera como mantenimiento el lavado de las canoas de camiones mixer antes de retirarse de la obra, para lo cual se utilizarán piscinas. En esta área, se realizará una excavación de 90 cm de profundidad, señalizada, donde los camiones puedan lavar su canoa y depositar allí el agua resultante del lavado. Se requerirá de un volumen de agua aproximado de 80 l para el lavado por camión. La fracción sólida en tanto decantará y el agua, dependiendo de la condición climática y será utilizada nuevamente en el mismo proceso de lavado de canoas, por lo que no existirán descargas de efluentes por este concepto.

El sedimento de hormigón producto de la mezcla no presenta ninguna amenaza de carácter ambiental, ya que no se reconoce peligrosidad o ecotoxicidad; este lodo será tratado como residuo industrial no peligroso, siendo retirado y transportado a un depósito final adecuado por empresa autorizada. Las piscinas estarán debidamente señaladas para evitar accidentes. Recursos naturales renovables Agua. El agua industrial para utilizar durante la construcción del proyecto será adquirida a empresas que cuenten con autorización vigente de la autoridad competente. Dicha exigencia será requisito ineludible para la firma de contrato con las empresas proveedoras. Se estima que el requerimiento máximo de agua para uso industrial alcanzará un valor de 10 m3/día en el periodo de mayores labores constructivas y si es que no existiera lluvias. La cantidad de agua potable estimada en el periodo de mayor demanda será de 7.500 l/día en el periodo de contratación de mano de obra máxima, y también será adquirido a proveedor autorizado.

Bosque nativo. Aunque no se utilizará directamente en el proyecto la madera extraída, para la construcción se requiere de la corta de bosque nativo (0,28 hectáreas).

Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas

- Material particulado y gases. Se actualizó el Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas (Anexo 3.11 de Adenda complementaria), en función de lo estipulado en la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios, enero 2012”, de la SEREMI de Medio Ambiente y en el “Informe Final Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental, mayo 2015”. Las emisiones fueron estimadas sobre una base anual (año cronológico, 12 meses corridos), de acuerdo con la programación para la realización de las distintas actividades del Proyecto; se consideraron las emisiones en zona no saturada en la ubicación del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Proyecto, teniendo en cuenta que las actividades/emisiones serán similares entre las fases de construcción y cierre.

En la Tabla 1-55 y Tabla 1-56 del Anexo 1.1. Descripción del Proyecto (actualización en Adenda Complementaria), se presenta el resumen de las emisiones anuales por fase del Proyecto; y en la Tabla 7 del Anexo 3.11 de la Adenda Complementaria (Estimación de Emisiones Atmosféricas), se resume dicha información. Los cálculos se hicieron considerando distancias reales, clasificadas de acuerdo con sus niveles de carga de finos, caminos pavimentados y no pavimentados, y flujos de transporte y carga de materiales e insumos para las distintas fases del Proyecto. Mayores antecedentes en Anexo 3.11 de Adenda Complementaria (Estimación de Emisiones Atmosféricas).

Las emisiones de mayor magnitud del proyecto corresponden a aquellas generadas durante la fase de construcción y cierre; siendo la actividad que mayor emisión representa, el transporte de vehículos en caminos pavimentados.

Dado que en las fases de construcción y cierre se considera el transporte de residuos al relleno sanitario, que está ubicado en la comuna de Puerto Varas, decretada como zona saturada según el DS N°24/2021 del MMA “Declara zona saturada por material particulado MP2,5 como concentración de 24 horas, a la comuna de San Pablo, de la región de Los Lagos y a la macrozona centro-norte de la región de Los Lagos”, se realizó la estimación de ese flujo específico en las fases de construcción y cierre en zona saturada, según se presenta en Tabla 1-56 del Anexo 3.11 de Adenda Complementaria (Estimación de Emisiones Atmosféricas).

De acuerdo con la Tabla 1-56 se proyecta como tasa emisión de MP10 de 0,09 ton/año y 0,01 ton/año para MP2.5. Por su parte, la actividad que mayor emisión representa corresponde al transporte de vehículos sobre caminos pavimentados a utilizar durante el Proyecto. En consecuencia y considerando el aporte de cada uno de los emisores, el carácter puntual y el breve periodo de las emisiones; la envergadura y extensión de las obras, la exposición al viento y la escasa presencia de población inmediatamente adyacente a los frentes de trabajo, se considera un impacto marginal de las emisiones atmosféricas del Proyecto sobre el medio ambiente, incluida la salud de las personas.

No obstante, de forma precautoria el Proyecto ejecutará las siguientes medidas como formas de abatimiento y control de emisiones durante la fase de construcción: - Todos los materiales que ingresen o salgan del sitio del Proyecto, que generen dispersión de material particulado, se transportarán en camiones con la tolva cubierta. - Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 40 km/h dentro de los caminos internos del Proyecto. - Se exigirá a los contratistas, la implementación de charlas y capacitaciones sobre buenas prácticas en relación con el uso de equipos y artefactos de combustión y actividades que generen emisiones al aire. - Se exigirá a los contratistas una mantención adecuada de cada equipo y vehículos a utilizar (todas las mantenciones se realizarán en talleres autorizados, fuera del área del Proyecto). - Por otra parte, el Proyecto generará emisiones de contaminantes climáticos relacionadas con las diversas actividades realizadas en cada una de sus fases, provenientes de la combustión de combustibles fósiles, específicamente CO2, CH4, CN y N2O. - En la Tabla siguiente se resumen las emisiones estimadas de GEI, en donde se ha utilizado el CO2 equivalente para medir el impacto climático de las actividades del Proyecto.

- Emisiones GEI. Las Emisiones de GEI se presentan mayormente en la fase de construcción que se homologa a la fase de cierre, generadas principalmente por combustión de maquinaria fuera de ruta, seguida por la combustión vehicular y grupos electrógenos. Las emisiones en fase de operación se presentan solamente por la combustión vehicular de camionetas y camión requeridos para mantención del PMGD Coloane. Cabe señalar que en la actualidad no se encuentran vigentes límites de emisión de GEI y CCVC, sin embargo, la Ley N° 21.455, Ley Marco de Cambio Climático establece que el Ministerio del Medio Ambiente elaborará normas que establecerán la cantidad máxima de un gas de efecto invernadero y/o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

un forzante climático de vida corta que podrá emitir un establecimiento, fuente emisora o agrupación de éstas.

Emisiones de ruido.

Receptores Humanos. Para evaluar la emisión de ruido asociada a la fase de construcción, se aplica la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el Decreto Supremo N°38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante D.S. N°38/11 del MMA).

Las principales fuentes de emisiones de ruido durante esta fase son las maquinarias utilizadas durante la construcción de las obras. En las Tablas 10,11, 12, 13 de la Ficha Resumen, se presentan las fuentes de ruido a utilizarse en la fase de construcción y cierre asociada al proyecto a modo de frentes de trabajo agrupados por actividades, simulando las condiciones más desfavorables de trabajo, representando la peor condición, es decir, ubicándolos en el modelo de cálculo, en el punto más cercano a los receptores posible, dentro del área del proyecto.

Para la predicción de los niveles de ruido, se utilizó el especializado SoundPLAN, utilizando el método ISO 9613-2. Para las actividades de construcción, a modo de considerar el escenario más desfavorable, incorporando la sumatoria de toda la maquinaria descrita en cada tabla como una fuente puntual de ruido, operando en el sector más cercano a los receptores. Adicionalmente, se considera una temperatura ambiente de 20°C y humedad relativa de 60%, de acuerdo con lo establecido en la “Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibraciones en el SEIA (SEA 2019)”, que representan las condiciones para generar la curva más favorable para la propagación del sonido.

En la Tabla 14 y en la Figura 1-1 del Anexo 3.12 de Adenda Complementaria se presentan los resultados de la modelación y la verificación del cumplimiento del D.S. N°38/11 del MMA, en todos los receptores evaluados, verificando así el cumplimiento en otros receptores más alejados al Proyecto.

- Receptores de Fauna. Para la evaluación de ruido en fauna se utilizaron las referencias indicadas en el documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEA,2022). Se pudo identificar cinco polígonos considerados como ambientes relevantes en los alrededores del Proyecto, los cuales corresponden a especies de aves y anfibios. La fauna evaluada corresponde a anfibios y aves, por lo tanto, se evaluaron los umbrales correspondientes a 62 dB(C) (Anfibios), 58, 60 y 68 dB(A) (Aves). Las proyecciones para la fase de construcción y cierre indican que existe alcance de ruido por sobre los umbrales en todos hábitats de relevancia evaluados, generando alcances de hasta 320 m en anfibios [62 dB(C)] y de 142 m en aves [58 dB(A)]. Para reducir el alcance hacia los hábitats alcanzados por la proyección de este umbral implementarán las siguientes medidas de control: • Barrera acústica móvil. Para la fase de construcción y cierre, se debe implementará una barrera acústica móvil de 3,66 m de alto con al menos 50 m de extensión (Figura 1-5. Ficha Resumen de Adenda Complementaria), que obstaculice la propagación del ruido proveniente de las obras, orientada hacia los hábitats de relevancia más cercanos. Estas barreras deberán permanecer durante todo el tiempo que se extiendan las actividades y estén presentes las fuentes de ruido del proyecto durante toda el área del proyecto. • Restricción de maquinaria. Debido a la cercanía del área de proyecto con respecto a los hábitats de relevancia, es también se implementará una restricción de maquinaria en conjunto con el uso de barreras acústicas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

móviles para toda el área de proyecto, esta restricción, corresponde al uso de maquinaria que no sobrepase los 108 dB(A) de emisión en simultaneo a una distancia de al menos 200 metros. En la Tabla 1-70 del Anexo 1.1 Actualización Descripción del Proyecto (Adenda Complementaria), se presenta el listado de la maquinaria que debe operar en solitario y de la maquinaria que puede operar en simultaneo.

La proyección con medidas de control para caminos y plataformas en la fase de construcción y cierre, a través del mapa de ruido con el umbral para anfibios de 62 dBC (tipo de efecto conductual), alcanza 250 m aproximadamente desde la fuente de ruido más cercana. En la Figura 1-7 de la Ficha Resumen (Adenda Complementaria), se presenta las distancias de las proyecciones que se aplican como buffer perimetral al área de proyecto involucrada (caminos y plataformas), con el fin de visualizar si existen intersecciones con los hábitats de relevancias involucradas, representando así toda el área de afectación sobre anfibios durante la fase de construcción y cierre para el frente de trabajo de camino y plataformas.

En el mapa de ruido de la Figura 1-8 de la Ficha Resumen (Adenda Complementaria) se presenta el área de afectación para aves, durante la fase de construcción del Proyecto, para el frente de trabajo asociado a caminos y plataformas para el umbral de 58, 60 y 68 dB(A) con medidas asociadas. La proyección para caminos y plataformas en la fase de construcción y cierre, a través del mapa de ruido con el umbral para aves de 58 dB(A), alcanza 40 m aproximadamente desde la fuente de ruido más cercana, para el umbral de 60 dB(A) alcanza los 30 m y para el umbral de 68 dB(A) alcanza los 15 m.

Con las medidas implementadas, únicamente se observa afectación en el hábitat AV1 para el umbral de 58 dB(A). En el Anexo 3.13 - Ruido en Fauna de la Adenda Complementaria se presenta detalle de los estudios efectuados para fauna, anfibios y aves, en donde se presentan mapas de ruido para diferentes y las áreas de afectación a la fauna.

Vibraciones. Considerando la ausencia de una norma en Chile que permita regular las vibraciones de índole ambiental, en cumplimiento a lo establecido en el literal b) del Art. N°5 del Reglamento del SEIA, se utiliza referencialmente para estos fines el criterio establecido en el documento “Transit Noise and Vibration- Impact Assessment” de la Federal Transit Administration (FTA), de Estados Unidos de América, la cual establece valores para estimación y evaluación de daño estructural a partir de Velocidad Peak de Partícula (PPV) y para la evaluación de molestia generada por vibraciones a partir del Nivel de Velocidad de vibración (Lv).

Para realizar la proyección de vibraciones es necesaria la distancia de cada fuente de vibración hacia cada receptor para las fases de construcción y cierre. En este sentido se consideran las ubicaciones más desfavorables de frentes de trabajo respecto a receptores. La proyección de vibraciones se realiza considerando la maquinaria de mayor emisión para representar el escenario más desfavorable en el área del proyecto (rodillo compactador con 94 VdB). A partir del modelo de cálculo, se estima cumplimiento del estándar FTA-Transit Noise and Vibration Impact Assessment en todos los receptores evaluados, ya que no se supera el límite establecido.

Los niveles de vibración proyectados cumplen en todos los receptores por amplio margen tanto para el límite de molestia como el de daño estructural. Esto se debe a la gran distancia que existe entre los receptores y lo límites del área de proyecto en el que trabajará la maquinaria de mayor emisión vibratoria (rodillo compactador con 94 VdB). Para más antecedentes de la estimación de vibración del Proyecto ver Anexo 3.12 de la Adenda Complementaria.

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Efluente de aguas servidas. La generación de aguas servidas corresponderá a las aguas provenientes de los servicios higiénicos e instalaciones que se dispondrán para el personal de construcción del Proyecto. Durante el peak de construcción, con un máximo estimado de 50 trabajadores, la producción de aguas servidas será de 7,5 m3/día, con un coeficiente de recuperación de 100%, como peor escenario.

  1. Se considera un turno de 6 días/semana.

La gestión y tratamiento de las aguas servidas de los baños químicos que serán habilitados en los frentes de trabajo estará a cargo de una empresa externa con autorización sanitaria, la que será responsable de retirar estas aguas para su posterior tratamiento fuera de las instalaciones del proyecto. La frecuencia de retiro de estos residuos líquidos, se estima una frecuencia de retiro de cada 3 días en el periodo de máxima actividad de la construcción. La documentación que acredita que los residuos de los baños químicos se disponen en lugares autorizados, se mantendrá en faena para la fiscalización directa a la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables. Residuos domésticos (RSD) correspondientes, principalmente a restos orgánicos y en un porcentaje menor a otros componentes como papel, cartones, gomas, vidrios, metales, y asimilables, cuyo volumen se estima en 8,58 toneladas, durante la fase de construcción, según se resume en la Tabla 15. Estimación y caracterización de RSD almacenar temporalmente – Fase de construcción, de la Ficha Resumen (Adenda Complementaria). Se estima una frecuencia de retiro de 3 veces a la semana, para su traslado a sitio de disposición final autorizado. Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) serán manejados en un sistema de dos componentes. El primer componente será el almacenamiento en contenedores primarios en el lugar de generación (frentes de trabajo), en bolsas plásticas dentro de tambores cerrados y posteriormente serán almacenados en contenedores secundarios herméticos y cerrados, a la espera de su retiro. Durante la construcción y en su período de máxima producción, la frecuencia de recolección será de 3 veces a la semana. La recolección y disposición final adecuada de estos residuos estará a cargo del servicio de recolección municipal o de una empresa externa autorizada, quienes llevarán los residuos a un relleno sanitario u otro sitio de disposición final autorizado.

Residuos industriales no peligrosos. Corresponden a despuntes de acero y fierro, madera de embalaje, chatarra, restos de soldadura, plásticos, cables, hormigón, entre otros, cuyo volumen se estima en 417,74 toneladas, durante la fase de construcción, según se resume en la Tabla 15. Estimación y caracterización de RSD almacenar temporalmente – Fase de construcción, de la Ficha Resumen. Toda la madera de moldaje generada por el proyecto será seleccionada según su posibilidad de reutilización. La madera que pueda ser reutilizada será acopiada en forma ordenada y embalada para su posterior uso en la obra. El resto, será trasladado al patio de residuos para posteriormente ser dispuestos en sitios autorizados. Todo fierro considerado como reciclable y despuntes serán depositados en contenedores identificados como “Metal Reciclable” para luego ser entregados a una empresa autorizada y certificada que se dedique al reciclado del fierro. Otros restos, como escombros, residuos menores, etc., serán acopiados cerca de los frentes de faenas para posteriormente ser llevados al patio de residuos o salvataje y ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado. Los excedentes de excavaciones serán reutilizados como estabilizador y compactador en la habilitación de caminos, en otras obras de la construcción o tratados como residuo industrial no peligroso.

Estos residuos serán manejados mediante un sistema de dos componentes. El primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados. En este lugar se determinará la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales, directamente en los frentes de trabajo. En caso de que ello no sea posible, los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en la Instalación de faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos serán segregados por tipo y se evaluará nuevamente su potencialidad para ser reciclados. Los residuos serán transportados en la medida que éstos se vayan generando, utilizando para ello los mismos camiones tolva u otros que se emplean en la obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Residuos industriales peligrosos (RESPEL). Residuos peligrosos, correspondientes a lubricantes, aceites y grasas, paños y envases contaminados, cuyo volumen se estima en 0,13822 toneladas, durante la fase de construcción, según se resume en la Tabla 15. Estimación y caracterización de RSD almacenar temporalmente – Fase de construcción, de la Ficha Resumen. El Proyecto, durante su fase de construcción, contará con una Bodega de Almacenamiento Temporal (BAT) de Residuos Sólidos Peligrosos (RESPEL) con una superficie de 36 m², en la cual se resguardará los residuos de periodos de lluvias y de radiación solar, además del ingreso de personas no autorizadas. La misma, será de acceso restringido y mantendrá señalética que la identifique, conforme a lo establecido por la NCh N° 2.190 Of. 93. El retiro de los residuos desde la BAT de residuos peligrosos será realizado por una empresa de transportes autorizada para este fin y dispuestos en un relleno de seguridad autorizado sanitariamente. En el Capítulo sobre Permisos Ambientales Sectoriales se detalla los antecedentes del PAS del artículo 142 del RSEIA, referido al almacenamiento y manejo de residuos peligrosos.

Productos químicos y otras sustancias. Los productos químicos para utilizar en esta fase son el combustible (diésel) de los grupos electrógenos que será manejado considerando las disposiciones del D.S. N°160/09 del Ministerio de Economía con un uso mensual medio de 10 m3. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.5 del ICE Fase de Construcción Tablas 4.5.1.1 y 4.5.1.2 Tabla 4.5.3 Tablas 4.5.4.1; 4.5.4.2; 4.5.4.3; 4.5.4.4 Tablas 4.5.5.1; 4.5.5.2; 4.5.5.3

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Obras Fundaciones y plataformas de montaje permanentes a) Fundaciones La fundación es el elemento estructural de unión entre la torre y el terreno, el cual permite asegurar la estabilidad del aerogenerador transfiriendo todas las cargas al suelo. La fundación de cada aerogenerador posee una superficie aproximada de 28,8 m de diámetro y una profundidad de 5,68 m y para su construcción se requiere una excavación unitaria de 1.893,5 m3. La fundación está construida con aproximadamente 100 t de armadura de fierro, rellena con hormigón y considera un relleno con suelo seleccionado de 963,68 m3.

b) Porción de las Plataformas de montaje. El Proyecto considera la habilitación de 2 plataformas de montaje, una por cada aerogenerador, las que se requieren para el acopio temporal de los componentes, armado de las grúas, izaje y montaje de los aerogeneradores. Las áreas destinadas a la zona de grúa principal y la cimentación de la fundación serán los componentes permanentes de las plataformas. Con una superficie unitaria de 7.177 m². Estas plataformas serán estabilizadas, compactadas y niveladas a fin de asegurar la correcta operación de las grúas que realizarán el montaje de los aerogeneradores. Aerogeneradores Los aerogeneradores que serán utilizados corresponden a turbinas eólicas de eje horizontal de tres aspas (Figura 1-9 de Capítulo 1 de la DIA). La instalación de los 2 aerogeneradores constituye la obra principal del proyecto. Estos dispositivos realizarán la transformación de energía eólica en energía eléctrica. Línea de interconexión eléctrica de media tensión (MT) Los aerogeneradores estarán interconectados mediante una línea eléctrica soterrada, de media tensión (23 KV) de longitud 1,31 km en zanjas de 1,1 x 0,6 m, que conducirá la energía generada por los aerogeneradores hasta el Sistema de Almacenamiento BESS y la línea de distribución local. La línea soterrada irá paralela a los caminos y además contendrá la red de comunicaciones del proyecto. Caminos internos Para acceder a los frentes de trabajo al interior del polígono de emplazamiento de las turbinas, se habilitarán caminos internos que permitirán el tránsito de los vehículos que transportan los insumos, equipos y maquinarias a los diferentes frentes de trabajo. Estos caminos, a su vez, facilitarán la operación y mantenimiento de los aerogeneradores e instalaciones eléctricas, una vez instalados y operando.

Se contempla la habilitación y mejoramiento de 1,31 km de camino estabilizado de 6,0 m de ancho, el que contará con ancho variable de acuerdo a la topografía. Contará con una subbase granular de aproximadamente un espesor de 20 cm y base granular, que considere en su diseño la vida útil del proyecto. Esta obra, considerando los anchos variables por cortes y taludes, utiliza una superficie total de 10.368,7 m². En la Figura 1-16 del Capítulo 1 de la DIA se aprecia la sección tipo de los caminos internos del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Sala de Control La sala de control tiene como objetivo el permitir el monitoreo del parque eólico, las facilidades para el manejo de residuos y almacenamiento de insumos para la operación, como también el sistema sanitario mediante una fosa séptica para la gestión de las aguas servidas. La sala de control se instala en una superficie total de 15,06 m².

Área Eléctrica y Baterías El Sistema BESS corresponde a un sistema de almacenamiento de energía en baterías del tipo ion-litio y tiene como objetivo aumentar la confiabilidad y seguridad del sistema eléctrico nacional, permite almacenar la energía generada por los aerogeneradores e inyectarla a la red cuando se estima necesario. El sistema BESS estará compuesto por 42 contenedores de 214,3 kW cada uno, sumando una capacidad instalada de 54 MWh / 9 MW y abarca una superficie de 1.590 m².

Cada contenedor de baterías tendrá su propio sistema de aire acondicionado, ventilación y calefacción, a fin de mantener la temperatura y humedad en condiciones adecuadas para el correcto funcionamiento de los equipos. Adicionalmente, contarán con un sistema de extinción de incendio compuesto por detectores de humo y gas, monitoreo continuo de temperatura, sistemas de alarma visuales y sonoras y un sistema de extinción automático basado en gas inerte acorde a la composición de las baterías a proteger, boquillas de descarga, tuberías y fittings, botoneras para activación y desactivación manual, un panel de interfaz hombre-máquina de alarmas y señalización.

Los contenedores del sistema BESS se instalarán sobre una losa de hormigón armado de 40 cm de espesor y están compuestos por estructuras metálica recubierta con plancha metálica tipo zinc exterior. Transformador Corresponde al transformador de servicios auxiliares (SSAA) que se utiliza para energizar los equipos de proyecto eólico.

Áreas de Residuos Sitio almacenamiento temporal de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) Durante la operación se espera un volumen menor de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios. Los residuos serán almacenados de forma transitoria en un contenedor cercano al centro de operaciones y serán retirados por el mismo personal una vez que terminen las tareas para ser dispuestos en sitios autorizados.

Sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) Durante la fase de operación del Proyecto, se identifica la generación de RSINP en cantidades menores cercanas a los 50 kg/mes.

Sitio para el almacenamiento de residuos peligrosos (RESPEL) Con respecto a la fase de operación, el Proyecto considera la habilitación de una bodega para almacenar los residuos peligrosos (RESPEL). Los RESPEL generados por el Proyecto, corresponderán al recambio de aceites eléctricos y mecánicos de aerogeneradores y su correspondiente transformador interior, durante las labores de mantención del Proyecto. Por lo que dicho servicio, será contratado a una empresa externa la cual también será la responsable del manejo, gestión y disposición final de estos residuos.

Acciones Operación de las unidades de generación de energía eléctrica

Se realizarán pruebas para verificar el diseño, instalación, confiabilidad y capacidad de equipos y sistemas que integran la zona de los aerogeneradores y la línea soterrada de 23 kV. La sincronización de los aerogeneradores corresponde a la coordinación de los tiempos de entrega de energía, por cada uno de los generadores, para lo cual estos son conectados eléctricamente en paralelo con la finalidad de sumar las energías generadas individuales y obtener la generación de energía total de los 2 aerogeneradores.

El Proyecto generará un promedio de 25,4 GWh anuales por medio de 2 aerogeneradores. La transmisión de la energía del Proyecto se llevará a cabo a través de una línea de transmisión de media tensión de 23 KV, la cual irá soterrada y se conectará de manera directa a la línea de distribución local y a las BESS.

Mantenimiento de los aerogeneradores.

Mantenimiento preventivo. La mantención preventiva comprende limpieza e inspección de los equipos e instalaciones, ejecución de reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de verificación y chequeo, siguiendo estrictamente las indicaciones del fabricante. El servicio de mantenimiento preventivo será realizado de forma continua.

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Los intervalos de lubricación estándares se presentan a continuación en la Tabla 1-82

Fuente: Tabla 1-82 de Anexo 1.1. Actualización de la Descripción del Proyecto (Adenda Complementaria)

Mantenimiento contra falla o correctivo. La mantención correctiva se refiere a las reparaciones que se realizarán al sistema en el caso de detectarse anomalías que puedan producir fallas, según observaciones registradas en inspecciones periódicas que realizará el personal encargado de mantenimiento o empresas especializadas, tanto del parque como de la línea de transmisión.

Reparaciones ante eventos. La emergencia por falla del equipamiento en este tipo de sistemas es muy remota y en el evento de esta ocurrencia se requerirá de la participación de personal autorizado y especializado para la ejecución de las maniobras de reparación, comprobación de estados, lecturas de variables y todas las otras actividades relacionadas con la operación del sistema en su conjunto.

Para todas las labores de mantenimiento, el Titular exigirá a sus contratistas los elementos de seguridad y la planificación de las operaciones de acuerdo a lo dispuesto por DS Nº594/1999 del Ministerio de Salud.

Mantención del Sistema BESS.

Mantenimiento preventivo: estas acciones tendrán por objetivos la revisión, mantención y limpieza del sistema de almacenaje eléctrico para la prevención de fallas. Todas las actividades de mantención se realizarán semestralmente y/o en función de las indicaciones de los fabricantes.

Mantenimiento correctivo: estas acciones corresponden a reparaciones a las instalaciones o equipos del sistema BESS cuando ocurran o se detecten fallas que comprometan su funcionamiento o impliquen otro tipo de riesgos. Estas actividades pueden considerar correcciones, reparaciones o recambio de equipos. Estas actividades no son programadas, efectuándose solamente ante la ocurrencia de un evento.

Las baterías de litio que serán utilizadas tienen una vida útil que dependerá de su capacidad de ciclos de carga/descarga e intensidad de uso; luego de este periodo, estas serán retiradas por la empresa responsable de las actividades de mantenimiento del Proyecto y enviadas a sitios de disposición autorizado.

Transporte de insumos, productos, residuos y mano de obra.

El transporte requerido para la fase de operación será realizado mediante camionetas de la empresa o de colaboradores. Los flujos previstos para la fase de operación se indican en la siguiente tabla:

Tabla 1-83. Flujo vehicular en la fase de operación

Fuente: Tabla 1-83 de Anexo 1.1. Actualización de la Descripción del Proyecto (Adenda Complementaria)

Productos generados El Proyecto generará un promedio de 25,4 GWh anuales de energía renovable que se inyectará a la línea de distribución del SEN.

Recursos naturales renovables Durante la fase de operación el único recurso natural renovable que se utilizará es la energía cinética del viento y agua potable. No se requiere la extracción de otro recurso natural renovable para su operación.

Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas. Debido a la naturaleza del proyecto, dado que la energía eólica no genera gases de efecto invernadero, y a las características de operación del Proyecto; se estima que las emisiones a la atmósfera de material particulado, en la fase de operación del Proyecto, serán mínimas y despreciables, producto exclusivamente del tránsito de vehículos livianos para labores de mantenimiento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

En la siguiente tabla se presenta el total de emisiones para la fase de operación. Para mayores antecedentes ver el Anexo 3.11 de la Adenda Complementaria (Estimación de Emisiones Atmosféricas). Tabla 1-86. Resumen de emisiones atmosféricas fase de operación

Fuente: Anexo 3.11 de la Adenda complementaria – Estudio de Emisiones Atmosféricas

Emisiones de ruido.

Receptores Humanos. Para la fase de operación del proyecto, se estimó que el Proyecto operará siempre con los 2 aerogeneradores de manera simultánea, con una altura de buje de 163 m y el Sistema de Almacenamiento de energía BESS. Para realizar la predicción de ruido en los receptores, se utilizó el software el software SoundPLAN. El modelo de cálculo utilizado por el software corresponde al Modelo de Predicción ISO 9613-2 1996. Del mismo modo, para el levantamiento de los niveles basales en el área de influencia se consideraron las disposiciones de la Guía para la Aplicación del D.S. N°38/11 del MMA para Proyectos de Parques Eólicos en el SEIA. En la DIA y sus Adenda se presentan los niveles proyectados proveniente del funcionamiento de aerogeneradores a las alturas de buje de 163 metros, dentro de los tres rangos de velocidades de viento (6-8 m/s, 8-10 m/s y 10-12 m/s), junto con su evaluación en periodo diurno y nocturno, y mapas de ruido respectivos en su modo de mayor potencia sonora (Modo PO4). De los resultados obtenidos durante la fase de operación se puede observar que no se alcanzan niveles de ruido por sobre el máximo establecido según el D.S. N°38/11 del MMA. Por lo que no se genera afectación en los receptores cercanos al proyecto.

Ruido en Fauna. Durante la fase de operación, únicamente se observa afectación para anfibios [62 dB(C)] para las velocidades de viento entre 8 y 12 m/s, por lo que se implementará el uso de aspas con sierras dentadas en los aerogeneradores, lo que genera niveles por debajo de los 62 dB(C) a la altura del suelo, evitando la afectación en todos los hábitats durante la operación del proyecto. Lo anterior se presenta en Anexo 3.13 – Ruido en Fauna de la Adenda Complementaria, en las figuras: - Figura 1-3 y Figura 1-9. Mapa de ruido para fase de operación con altura de buje 163 m y de 8-10 m/s (Modo LO2). Anfibios, Umbral de 62 dB(C). - Figura 1-4 y Figura 1-10. Mapa de ruido para fase de operación con altura de buje 163 m y de 10-12 m/s (Modo LO2). Anfibios, Umbral de 62 dB(C)

Sombra parpadeante. de la normativa alemana de referencia (Guideline for Identification and Evaluation of the Optical Emissions of Wind Turbines”, 2002, Alemania), en virtud del Artículo 11 del DS N°40/12 del MMA. Los receptores evaluados son las viviendas más cercanas a la localización de aerogeneradores en un radio aproximado de 2.000 m.

En el punto 1.8.7.2 Estudio de Sombra Parpadeante (Shadow Flicker) del Anexo 1.1. Actualización de la Descripción del Proyecto (Adenda Complementaria), se presentan los resultados de la modelación de shadow flicker para cada uno de los receptores sensibles (Tabla 1-95); de lo cual se aprecia que, de los 69 receptores sensibles, en 3 casos (RS19, RS20 y RS30) se supera el límite de las 8 horas/año, según norma de referencia.

A pesar de que los resultados reflejados para algunos receptores, considerando el peor escenario (30 receptores) y escenario realista (3 receptores) indican valores resultantes mayores a los límites establecidos por la Guía técnica alemana “Indicaciones relativas a la investigación y evaluación de las emisiones ópticas de instalaciones de energía eólica (Versión 13.03.2002)“, luego de la implementación del dispositivo de detención de los aerogeneradores se evidencia el cumplimiento del límite indicado en la normativa de referencia.

Campos electromagnéticos. Empleando el programa QuickField versión 6.3.2.20.98, se ha modelado y calculado los niveles de intensidad de campo eléctrico y magnético del Proyecto, considerando como emisor la línea soterrada de 23 kV.

En la tabla siguiente se presenta las intensidades máximas de campo eléctrico y magnético calculadas para los receptores a 1 m sobre el suelo. Como se puede apreciar, los resultados calculados para el Proyecto no superan los valores de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

referencia entregados por el ICNIRP y el “Pliego Técnico Normativo RPTD N° 07” promulgados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Tabla 1-97. Intensidades de campo eléctrico y campo magnético calculadas y valores de normativos de referencia

Anexo 1.1. Actualización de la Descripción del Proyecto (Adenda Complementaria)

Para mayor detalle, se presenta el Anexo 2-12 de la DIA (Estudio de Campo electromagnético).

Efluentes de aguas servidas. Durante la operación se producirán residuos líquidos provenientes de aguas servidas del personal en terreno. El proyecto requiere la presencia de 5 trabajadores sólo 4 veces al año. Detalles sobre el sistema de manejo de las aguas servidas, que se efectuará mediante fosa séptica y drenes de infiltración, se presentan en Anexo 3.1 de la DIA, sobre PAS 138 del RSEIA y en Capítulo sobre PAS del presente Informe Consolidado.

Se presenta a continuación, en la Tabla 1-98 la cantidad de aguas servidas proyectadas en los días de mantenimiento y control durante la operación del Proyecto.

Fuente: Anexo 1.1. Actualización de la Descripción del Proyecto (Adenda Complementaria)

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables. Residuos domésticos (RSD) correspondientes a restos orgánicos, papel, y otros asimilables, cuyo volumen se estima en 5,5 kg/día, durante la fase de operación, según se resume en la Tabla 1-99. Cuadro resumen cantidad y manejo de residuos domiciliarios - Fase de operación, del Anexo 1.1. Actualización de la Descripción del Proyecto (Adenda Complementaria). Se indica que no habrá almacenamiento de este tipo de residuos, si no solo su mantención en contenedores plásticos con tapa, previo a su traslado y disposición final en sitio de disposición autorizado.

Fuente: Anexo 1.1. Actualización de la Descripción del Proyecto (Adenda Complementaria)

Residuos industriales no peligrosos. Residuos no peligrosos, cuyo volumen se estima en 50 kg/mes, durante la fase de operación, según se resume en la Tabla 1-100. Cuadro resumen cantidad y manejo de residuos industriales no peligrosos - Fase de operación, del Anexo 1.1. Actualización de la Descripción del Proyecto (Adenda Complementaria). El manejo de los residuos se concebirá como residuos asimilables a domiciliarios y será gestionado por una empresa con autorización sanitaria y dispuesta finalmente en un relleno sanitario autorizado. Su almacenamiento temporal se efectuará en Bodega RSINP, por un tiempo máximo de 1 mes, luego de lo cual, serán trasladados y dispuestos en relleno sanitario autorizado. Detalles de ello se presentan en Anexo 3.2 de la DIA y en Capítulo sobre PAS 140 del RSEIA, del ICE.

Residuos industriales peligrosos (RESPEL). Residuos correspondientes a lubricantes, aceites y grasas, paños y envases contaminados, cuyo volumen se estima en 306,6 kg/año, se generarán a partir del recambio de aceites eléctricos y mecánicos de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

aerogeneradores y su correspondiente transformador interior, durante las labores de mantención del Proyecto. Lo anterior, según se resume en la Tabla 1-101. Residuos peligrosos fase de operación, del Anexo 1.1. Actualización de la Descripción del Proyecto (Adenda Complementaria).

Los RESPEL a generar por el Proyecto en su fase de operación, corresponderán al recambio de aceites eléctricos y mecánicos de aerogeneradores y su correspondiente transformador interior, durante las labores de mantención del Proyecto. El servicio de mantención será contratado a una empresa externa la cual también será la responsable del manejo, gestión y disposición final de estos residuos. Esta empresa será debidamente acreditada y autorizada para estos efectos por la autoridad competente, para lo cual el titular se compromete a lo siguiente: - Retirar y transportar los residuos peligrosos a través de transportistas que cuenten con autorización sanitaria, y cumplan expresamente los requisitos aplicables de los artículos Nº36 al 42, del Título V "Del Transporte" del D.S. Nº148/2004. - Realizar la eliminación de los residuos peligrosos en Instalaciones de Eliminación que cuenten con la debida Autorización Sanitaria que comprenda tales residuos, - Proporcionar oportunamente la información correspondiente al Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos y entregar al transportista las respectivas Hojas de Seguridad para el Transporte de Residuos Peligrosos. - Efectuar las declaraciones de las cantidades de residuos generados en el sistema VU-RETC.

Su almacenamiento temporal se efectuará en BAT, por un tiempo máximo de 6 mes, luego de lo cual, serán trasladados y dispuestos en relleno de seguridad autorizado. Detalles de ello se presentan en el Capítulo sobre PAS 142 del RSEIA, del ICE. Según lo establecido en el artículo 25 del D.S. Nº148/2004, al no generar una cantidad superior a 12 toneladas de RESPEL, no se hace necesario la presentación de un plan de manejo de residuos peligrosos a la autoridad sanitaria durante la fase de operación del Proyecto.

Productos y sustancias químicas. El funcionamiento del parque eólico requerirá de 340 l de lubricantes para todos sus sistemas y su duración media es de 2 años.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.6 del ICE Fase de Construcción Tablas 4.6.1.1 y 4.6.1.2 Tabla 4.6.3 y 4.6.4 Tablas 4.6.5.1; 4.6.5.2; 4.6.5.3; 4.6.5.4 Tablas 4.6.6.1; 4.6.6.2; 4.6.6.3

4.3.3. FASE DE CIERRE Habilitar la instalación de faena

Para el desarrollo de la fase de cierre se requerirá la habilitación de una instalación de faenas (IF), tal como fue indicado en la fase de construcción. Las infraestructuras que compondrán la instalación de faena serán de tipo modular (conteiner). Para su emplazamiento se procederá a despejar y nivelar las superficies donde estas serán instaladas. El módulo será apoyado directamente sobre el terreno despejado y compactado. Esta área contará además con un cierre perimetral que impida el acceso de personas no autorizadas. Al término de las labores de cierre se procederá a retirar desde los sitios de la instalación de faena todos los materiales de desecho remanentes, equipos y maquinaria. Estas actividades incluirán la remoción o recubrimiento de las estructuras de hormigón como cimientos de construcciones temporales, y escarificación de los suelos compactados.

Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad La acción tiene por objetivo retirar y desmantelar todo el mobiliario, aerogeneradores, cables y cualquier instalación existente construida al tenor del proyecto. Todas las construcciones que sean factibles de desmontar serán desmanteladas, especialmente las que sean prefabricadas.

Las fundaciones de las estructuras de los aerogeneradores, principal obra constructiva del Proyecto, serán removidas hasta una profundidad mayor o igual a 30 cm, para posteriormente rehabilitar la superficie con la adición de suelo natural, que permita el restablecimiento de la vegetación, a través de procesos de sucesión ecológica, cuya procedencia será debidamente acreditada ante la autoridad ambiental. Los componentes de los aerogeneradores, luego de ser desmantelados, serán reciclados o reutilizados, según sea su estado de conservación.

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Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto o actividad Dado que el terreno no recibirá mayor preparación que las excavaciones de las fundaciones y habilitación de los caminos, se considera una afección marginal sobre el suelo y la geoforma, el lugar quedará plenamente como en su estado anterior al finalizar la operación. No existe otro componente ambiental que sea afectado durante la ejecución del proyecto que deba ser restaurado.

Prevención de futuras emisiones desde la ubicación del proyecto o actividad El cierre del Proyecto no guarda relación con futuras emisiones, puesto que no existirán elementos que se relacionen con algún tipo de emisión, ni tampoco se utilizan sustancias ni se generarán residuos que persistan en el lugar bajo ningún tipo de acopio o disposición. Actividades para la mantención, conservación y supervisión Retiradas las partes de la infraestructura desmantelada, y cubiertas las fundaciones con material para mantener el nivel del terreno natural, no se requieren labores de mantención de la fase de cierre, así como con la necesidad de monitoreo de emisiones, efluentes o residuos. Recursos naturales renovables No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre del Proyecto. Emisiones y efluentes Emisiones de material particulado y gases. Los niveles de material particulado y gases emitidos por las actividades de cierre del Proyecto son similares a las descritas para la fase de construcción. En la Tabla 1-103 se presenta el resumen de las emisiones totales del Proyecto durante la fase de cierre. Mayores antecedentes se presentan en Anexo 3.11 de Adenda Complementaria (Estimación de Emisiones Atmosféricas).

Emisiones de ruido. Del mismo modo que para las emisiones atmosféricas, el ruido para receptores humanos y de fauna puede ser homologado de forma conservadora con el aporte sonoro provocado por el Proyecto durante la construcción; toda vez que se tratará de menores acciones, menor tiempo de trabajo y por ende, de menores emisiones acústicas.

Vibraciones. Se estima que los niveles de vibración emitidos por las actividades de cierre del Proyecto son similares a las descritas para la fase de construcción. De acuerdo con los resultados obtenidos, se estima que tanto las PPV como los Lv se encuentran bajo el criterio de evaluación en todos los receptores, por lo tanto, no presentan riesgo de generar afectación. Más antecedentes de la estimación de vibración del Proyecto ver Anexo 3.12 de la Adenda Complementaria.

Emisiones de aguas servidas. En esta fase se utilizarán baños químicos en los frentes de trabajo. Las aguas negras de baños químicos serán retiradas con una frecuencia mínima de 3 veces por semana y su manejo estará a cargo de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables. Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) serán manejados en un sistema de dos componentes. El primer componente será el almacenamiento en contenedores primarios en el lugar de generación (frentes de trabajo), en bolsas plásticas dentro de tambores cerrados y posteriormente serán almacenados en el patio de residuos en contenedores secundarios herméticos y cerrados, a la espera de su retiro, transporte y disposición final.

La recolección interna de los RSD estará a cargo del personal de aseo que se encuentre destinado a dichas funciones en cada unidad del Proyecto, los cuales tendrán la función de recolectar las bolsas de residuos y derivarlas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal en el patio de residuos a la espera de que sean retirados. Las bolsas que contendrán los residuos serán cerradas al momento de ser retiradas desde los contenedores y una bolsa nueva será inmediatamente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

repuesta en el contenedor vacío. El personal a cargo contará con inducción para el manejo de residuos domiciliarios, conductas de higiene responsable y se le entregarán los implementos de seguridad necesarios para estas labores.

Durante el cierre y en su período de máxima producción, la frecuencia de recolección será de 3 veces a la semana. La recolección y disposición final adecuada de estos residuos estará a cargo del servicio de recolección municipal o de una empresa externa autorizada, quienes llevarán los residuos a un relleno sanitario u otro sitio de disposición final autorizado.

Durante la fase de cierre, estos residuos estarán compuestos principalmente de materia orgánica y en un porcentaje menor de otros componentes como papeles, cartones, plásticos, gomas, vidrios, metales, etc. A continuación, en la Tabla se indica la cantidad máxima estimada de RSD a generar durante la fase de cierre del Proyecto.

Residuos peligrosos. Los RSINP que se producirán durante esta fase, corresponderán principalmente a despuntes de acero y fierro, maderas, chatarra, restos de soldadura, cables, plásticos, carretes, madera de embalaje, etc. Estos residuos serán manejados mediante un sistema de dos componentes.

El primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados. En este lugar se determinará la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales, directamente en los frentes de trabajo. En caso de que ello no sea posible, los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en la Instalación de faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos serán segregados por tipo y se evaluará nuevamente su potencialidad para ser reciclados.

Los residuos serán transportados al lugar de almacenamiento en la medida que éstos se vayan generando, utilizando para ello los mismos camiones tolva u otros que se emplean en la obra.

Todo residuo generado en terreno será seleccionado según su posibilidad de reutilización. Todo fierro considerado como reciclable y despuntes serán depositados en contenedores identificados como “Metal Reciclable” para luego ser entregados a una empresa autorizada y certificada que se dedique al reciclado del fierro.

Otros restos, como escombros, residuos menores, etc., serán acopiados cerca de los frentes de faenas para posteriormente ser llevados al patio de residuos o salvataje y ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado.

Se estima que durante la fase de cierre se generará un total aproximado de 350 t de RSINP, durante 4 meses de faena, como se muestra en la Tabla siguiente.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.7 del ICE Fase de Construcción Tablas 4.7.1.1 y 4.7.1.2 Tablas 4.7.4.1; 4.7.4.2 y 4.7.4.3 Tablas 4.7.5.1 y 4.7.5.2

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4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio El inicio estimado de la fase de construcción será una obtenida la calificación ambiental favorable y los permisos ambientales sectoriales. Parte, obra o acción que establece el inicio El hito corresponde a la preparación del terreno para la habilitación de la instalación de faena. Fecha estimada de término 6 meses desde inicio fase de construcción Parte, obra o acción que establece el término El hito corresponde a la Interconexión a la red de distribución. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio La fecha que inicia la etapa de operación del Proyecto corresponde a una vez finalizada la fase de construcción Parte, obra o acción que establece el inicio El hito corresponde al inicio de ejecución de pruebas eléctricas que consisten en pruebas de conexión e inyección local. Fecha estimada de término 30 años desde inicio de la operación del proyecto Parte, obra o acción que establece el término El hito corresponde a la desconexión del parque eólico del empalme local; cese de la generación de energía. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Una vez finalizada la operación del proyecto. Parte, obra o acción que establece el inicio El hito corresponde a la habilitación de la instalación de faenas para el cierre. Fecha estimada de término 6 meses desde inicio fase de cierre Parte, obra o acción que establece el término El hito corresponde a restitución del terreno y abandono del sitio

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Afectación a la calidad del aire por aumento de la concentración ambiental de material particulado (MP10, MP2.5, u otros) y gases Parte, obra o acción que lo genera Actividades de la construcción, operación y cierre (movimientos de tierra, excavaciones, tránsito vehicular en caminos pavimentados y no pavimentados). Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre

Impacto ambiental Afectación a las personas por efecto de sombra parpadeante o shadow flicker Parte, obra o acción que lo genera Operación de los aerogeneradores Fase en que se presenta Operación

Impacto ambiental Afectación a las personas por aumento de los niveles de ruido por el uso de maquinaria, equipos y tránsito vehicular. Parte, obra o acción que lo genera Actividades realizadas principalmente por las maquinarias pesadas Fase en que se presenta Construcción y Cierre

Impacto ambiental Afectación a las personas producto de campos eléctricos y electromagnéticos. Parte, obra o acción que lo genera Línea de transmisión eléctrica de media tensión Fase en que se presenta Operación

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Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE Tabla 5.1 del ICE De acuerdo con lo descrito en la DIA y sus Adenda, y resumido en la Tabla 6.1 del ICE, el Proyecto, en sus fases de construcción, operación y cierre generará contaminantes de distinto tipo asociados a emisiones atmosféricas, emisiones de vibraciones, campos electromagnéticos y efluentes generados producto de las distintas actividades, no obstante, debido a su naturaleza, estos no suponen riesgo a la salud de la población, según lo que se resume a continuación:

Emisiones atmosféricas. Las principales actividades generadoras de emisiones atmosféricas corresponden a movimientos de tierra y tránsito de vehículos en caminos no pavimentados, en las fases de construcción y cierre, según actualización del Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas, adjunto en Anexo 3.11 de Adenda Complementaria, el que incluye la estimación de emisiones en las fases de construcción y cierre en zona saturada. El Proyecto generará emisiones de contaminantes relacionadas con las diversas actividades realizadas en cada una de sus fases, provenientes de la combustión de combustibles fósiles, específicamente CO2, CH4, CN y N2O, todos los cuales no tendrían un impacto significativo sobre la salud de la población, considerando, que en el sector de emplazamiento del proyecto no existe población dado que corresponde a predio privado que no presenta viviendas ni usos antrópicos actuales.

A partir de las modelaciones realizadas con respecto a las emisiones atmosféricas para las fases del Proyecto, se observa que los aportes de la modelación para el material particulado (MP10 y MP2,5) en los receptores de interés presentan valores bajo los límites establecidos en normas de calidad primaria y secundaria. De acuerdo con los análisis presentados en la DIA y sus Adenda, y de acuerdo a la Guía “Criterio de evaluación en el SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5” del año 2023 del MMA, se deprende que los aportes del proyecto no generarían impactos significativos, descartando los ECC del artículo 11 literal a) de la ley 19.300 para el contaminante MP10 y MP2.5, por cuanto los valores proyectados dentro de la zona saturada son inferiores a los límites establecidos en dicha Guía, alcanzando una concentración máxima de 0,1 ug/ m3 para MP2.5 en su métrica de 24 hrs, valor inferior al límite establecido relativo a 10 ug/ m3 en concentración diaria para el período de la fase de construcción de 6 meses, según tabla N°2 de la Guía.

En consecuencia, se concluye que el proyecto no genera impactos significativos sobre la salud de la población, toda vez que las concentraciones no aportan significativamente a la saturación o latencia del área de influencia de la zona del proyecto, así como tampoco en la zona saturada, considerando que los aportes son despreciables para cada uno de los compuestos evaluados en relación a los límites establecidos en la guía “Criterio de evaluación en el SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5” del año 2023 del MMA

Sombra parpadeante. Para el cálculo de sombra intermitente o shadow flicker se utilizó el programa especializado en la evaluación de parques eólicos WindPRO 3.4 y en Anexo 2-13 de la DIA se presentan los resultados. El análisis y evaluación del efecto sombra fue preparado considerando las recomendaciones establecidas en el documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Efecto Sombra Intermitente en Parques Eólicos (SEA, 2021)”, por lo que el Proyecto incorpora un sistema de desconexión transitoria automática para el control del efecto sombra intermitente, descartando con esto la generación de un impacto significativo que redunde en un riesgo para la salud de la población a causa de las molestias que podría ocasionar la sombra intermitente.

Campos electromagnéticos. Las emisiones de campos electromagnéticos se encuentran asociadas exclusivamente a la línea de transmisión eléctrica de media tensión (23 kV), que conectará directamente a la línea de distribución local a través del poste N°850272, sin considerar una subestación eléctrica elevadora. Respecto a las emisiones de campos electromagnéticos, los resultados del estudio adjunto en Anexo 2-12 de la DIA (Estudio de Campos Electromagnéticos), indican que las emisiones estimadas y modeladas están por debajo de los máximos establecidos en las recomendaciones de la “International Commission on Non-Ionizing Radiation Protection” (ICNIRP) y según el Pliego Técnico Normativo RPTD N°07, descartándose con esto el riesgo para la salud de la población a causa de estas emisiones.

El Sistema BESS, sistema de almacenamiento de energía en baterías del tipo ion-litio, no es una fuente importante de emisión de campos electromagnéticos, ya que como sus partes energizadas se encuentran dentro de contenedores metálicos, los campos generados son apantallados por ellos, disminuyendo sus magnitudes hasta valores despreciables.

Del análisis presentado anteriormente, cuyos antecedentes demuestran que el proyecto cumple con los valores de las normas primarias de calidad de aire, con la normativa de referencia de emisiones de campos electromagnéticos y con la guía alemana de referencia para efecto sombra intermitente, se concluye que no existe riesgo para la salud de la población presente en el área de influencia a causa de la calidad y cantidad de las emisiones atmosféricas, lumínicas y electromagnéticas que genera el Proyecto.

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Emisiones de ruido y vibraciones. Durante la fase de construcción, y cierre, las emisiones de ruido serán originadas principalmente por el tránsito de vehículos, por el uso de maquinaria pesada y generadores eléctricos; mientras que, durante la fase de operación, las emisiones serán generadas por el funcionamiento de las instalaciones eléctricas y el tránsito de vehículos. Según estudios presentados en Anexo 2.3 de la DIA y en Anexo 4.3 de Adenda Complementaria, el proyecto cumpliría, en todas sus fases, con el D.S N°38/2011, en todos los receptores evaluados y con la normativa de referencia para fuentes móviles.

Efluentes líquidos. El proyecto no emitirá efluentes al agua y al suelo por lo que no hay riesgo para la salud de la población debido a la contaminación del recurso natural renovable agua y suelo. El único efluente considerado serán las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos durante la construcción, operación y cierre. Las aguas servidas serán manejadas mediante la implementación de baños químicos (fases de construcción y cierre) y alcantarillado particular, durante la fase de operación, que conducirá las aguas servidas a un sistema de tratamiento con drenes de infiltración. Lo anterior, según detalles técnicos y descriptivos del sistema de tratamiento y disposición de las aguas servidas se presentan en el Anexo 3.1 PAS 138 y en la descripción del Proyecto incluida en el Capítulo 1 de la DIA.

Residuos sólidos. De acuerdo con los estudios y antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, se descarta el riesgo a la salud de la población a causa del manejo de los residuos toda vez que el Proyecto considera la implementación de áreas y sitios destinados al almacenamiento temporal de los residuos en sus distintas fases, las que contarán con autorización sanitaria. En la DIA se adjuntan los antecedentes técnicos y formales para la solicitud de los permisos ambientales sectoriales (PAS) mixtos del artículo 140 (Anexo 3.2) para el almacenamiento temporal de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos, y del artículo 142 (Anexo 3.3) para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Remoción de suelo por excavaciones para obras y acciones del proyecto Componente ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de zanjas para cableado subterráneo, plataformas de montaje, caminos de acceso, fundaciones de estructuras, áreas de faena, escarpe para estabilización de superficies y compactación de terrenos para tránsito vehicular. Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afloramiento de agua subterránea Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones, habilitación de zanjas para cableado subterráneo, plataformas de montaje, caminos de acceso, fundaciones de estructuras, Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación a la calidad del agua superficial Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Construcción de obras de defensa u modificación de cauce, para protección de plataformas de aerogeneradores Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación a la calidad del aire por material particulado Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Emisiones de material particulado asociadas a resuspensión de polvo debido a excavaciones y tránsito vehicular en caminos no pavimentados Fase en que se presenta Construcción y Cierre

Impacto ambiental Afectación a la calidad del aire por aumento de la emisión de gases Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Emisiones de gases asociadas al tránsito vehicular en caminos y al uso de generadores Fase en que se presenta Construcción y Cierre

Impacto ambiental Afectación a flora y vegetación nativa debido a obras permanentes y temporales del proyecto Componente ambiental afectado Flora Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Parte, obra o acción que lo genera Despeje del terreno para instalación de obras permanentes; excavaciones, corta de bosque nativo. Fase en que se presenta Construcción y Operación

Impacto ambiental Corta de vegetación leñosa aledaña a cursos de agua secundarios (vegetación ribereña) Componente ambiental afectado Flora Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones, despeje de vegetación, acondicionamiento del terreno para la construcción de obras, instalación de plataformas y habilitación de caminos internos. Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación a fauna terrestre de baja movilidad Componente ambiental afectado Fauna terrestre Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones y actividades de despeje del terreno Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación a fauna terrestre y avifauna debido a cambios en niveles de ruido Componente ambiental afectado Fauna terrestre y avifauna Parte, obra o acción que lo genera Emisiones de ruido, por el uso de maquinaria y actividades propias de la construcción y cierre del proyecto. Fase en que se presenta Construcción y Cierre

Impacto ambiental Afectación a avifauna producto de la operación del proyecto (colisión con aerogeneradores) Componente ambiental afectado Avifauna Parte, obra o acción que lo genera Operación de los aerogeneradores Fase en que se presenta Operación

Impacto ambiental Afectación a fauna terrestre y avifauna producto de la pérdida de hábitat por obras del proyecto Componente ambiental afectado Fauna terrestre y avifauna Parte, obra o acción que lo genera Obras temporales y permanentes del proyecto Fase en que se presenta Construcción y Operación

Impacto ambiental Afectación a fauna íctica nativa debido a obras de defensa u modificación de cauce Componente ambiental afectado Fauna íctica Parte, obra o acción que lo genera Construcción de obras de defensa u modificación de cauce, para protección de plataformas de aerogeneradores Fase en que se presenta Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE Tablas 5.2.1; 5.22; 5.2.3; 5.2.4.1 y 5.2.4.2 del ICE 1.- En base a lo señalado en el literal a) de la Tabla 6.2 del ICE, se estima que el Proyecto no genera un efecto adverso significativo sobre el componente suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. De acuerdo con los estudios realizados y la caracterización actualizada del componente Suelo (Anexo 3.8 Caracterización de Edafología de Adenda Complementaria), se concluye que la afectación del recurso natural suelo por parte del Proyecto es de carácter acotado y reversible, tanto en magnitud como en extensión espacial.

Las acciones que generarán mayor intervención física incluyen zanjas para cableado, fundaciones, plataformas y caminos estabilizados. Sin embargo, todo el material escarpado será reutilizado in situ, ya sea como relleno en fundaciones o distribuido homogéneamente en los alrededores, mientras que la fase de cierre del Proyecto contempla la restauración de la geoforma y cobertura vegetal, por medio de subsolado y descompactación, según se detalla en el CAV sobre control de la erosión, que incluye monitoreo a fin de verificar su eficacia. En cuanto a la presencia de contaminantes, el Proyecto contempla un manejo adecuado de residuos, mediante su acopio temporal en áreas habilitadas y posterior traslado a sitios de disposición final autorizados, siguiendo estándares normativos vigentes. Por lo tanto, no se prevén descargas ni vertimientos sobre el suelo ni se anticipan riesgos de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

contaminación asociada a las actividades del Proyecto.

En función de los antecedentes expuestos, y considerando el carácter acotado, reversible, la magnitud y extensión del Proyecto, los impactos asociados a la pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión o compactación son valorados como no significativos, se descarta la generación de los efectos, características o circunstancias del artículo 6 del RSEIA.

2.- Con relación a los antecedentes expuestos en el literal b) de la Tabla 6.2 del ICE, es posible concluir que de acuerdo a los resultados y conclusiones presentadas en la DIA y sus Adenda, se concluye que la materialización del Proyecto no tendrá efectos negativos significativos sobre los siguientes componentes:

Flora y vegetación. La materialización del Proyecto no tendrá efectos negativos significativos sobre la flora y vegetación, dado que su emplazamiento se realizará, principalmente, sobre formaciones vegetacionales descritas como pradera destinada a la ganadería, y a que la intervención del Proyecto se acota a una superficie 0,28 ha de bosque nativo, que serán consideradas para su compensación en el PAS 148, considerando como medida adicional la implementación de un CAV para la plantación de especies nativas leñosas, que conforman un tipo de vegetación ribereña, que deban ser extraídas para la ejecución del canal de contorno y de la construcción de la plataforma, priorizando especies como Drimys winteri y Luma apiculata, en áreas equivalentes dentro del predio. Por otra parte, el proyecto se localiza en un área donde el efecto de pérdida de flora por cambio climático es bajo; y, aunque se registraron 11 especies en alguna categoría de conservación. No se intervendrán especies en categoría de conservación superior a Baja Preocupación (LC). De acuerdo con la caracterización ambiental de Hongos, Líquenes y Briófitas, adjunta en el Anexo 3.5 de Adenda Complementaria, los resultados obtenidos de la campaña de primavera y otoño evidencian las alteraciones de la localidad por cambios de uso de suelo para actividades productivas, tanto agrícolas como silvícolas.

Hongos, Líquenes y Briófitas. De acuerdo con los análisis del levantamiento de información para el componente “criptógamas” en las campañas de primavera 2024 y otoño 2025, se puede concluir que, las especies presentes en el área de estudio son predominantemente hongos descomponedores de materia orgánica de origen introducido, líquenes con estado de conservación de “LC – preocupación menor”, y briófitas de distribución gondwanica y cosmopolita. Se agrega que ninguna de las especies registradas en las campañas de primavera 2024 y otoño 2025 se encuentra categorizada según lo indicado en la lista elaborada hasta el 19 ° Proceso de clasificación de especies (RCE) otorgado por el Ministerio Medio Ambiente. Por lo anteriormente descrito, se descartan impactos significativos que pueda tener el Proyecto sobre esta componente.

Fauna. De acuerdo con la información proporcionada en la DIA y actualizada en sus Adenda, considerando la tipología y dimensión del proyecto y las características del recurso natural fauna silvestre presente en el AI, el Titular concluye que no existen efectos adversos significativos sobre el recurso natural fauna dado que no se manifiestan las siguientes condicionantes que gatillan una afectación significativa del recurso: - No se afecta la permanencia del recurso natural fauna silvestre, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro. - En el hábitat de relevancia (la laguna), se mantendrá sin acceso, no habrá acciones ni obras del proyecto y permanecerá y continuará sin acceso a los trabajadores y no tendrá ningún tipo de intervención antrópica, descargas o uso del recurso. - Las conductas de tránsito aéreo de las aves registradas no presentan alturas de vuelo con riesgo alto o muy alto, lo que pronostica una baja colisión de estos.

Con relación a los potenciales impactos de un parque eólico sobre la fauna voladora, el Titular realizó un estudio de tránsito aéreo, donde se registró una riqueza de 36 especies de aves; del total de especies registradas 7 se encuentran en alguna categoría de conservación; y se observaron 23 especies de aves utilizando el espacio aéreo del área de influencia del Proyecto. En Ficha Resumen de Adenda Complementaria se presenta un análisis del Artículo 6 del RSEIA, en donde se detallan los impactos que podrían ocasionar proyectos de generación eólica sobre la avifauna y quirópteros, tales como colisión con los aerogeneradores, pérdida de hábitat (SAG, 2015); y, se presenta una serie de análisis de diversos autores que dan cuenta de que, en general, las aves evitan los parques eólicos, siendo las respuestas, altamente específicas a las especies, y que a nivel de abundancia no existen cambios significativos en las poblaciones y de la misma forma puede señalarse que no existió significancia en pérdida o ganancia de hábitat. El estudio, basado en radares, demostró que las aves pudieron mostrar conductas de evitamiento sobre 5 km de distancia a las turbinas, reorientando su vuelo o volando bajo las turbinas, frecuentemente equidistante entre ellas, minimizando la probabilidad de colisión.

3.- En el caso del literal c) de la Tabla 6.2 del ICE, considerando los antecedentes presentados y las características del Proyecto, no se prevé la afectación significativa de los siguientes componentes ambientales:

Suelo. De acuerdo con los análisis presentados, se estima que la intervención sobre la componente Suelo será acotada en superficie (2,54 ha equivalente al 1,8% de superficie total del predio), estando asociada exclusivamente a las obras que requieren intervención física del terreno, como la habilitación de zanjas de cableado soterrado, fundaciones, plataformas y caminos estabilizados. El material escarpado será reutilizado in situ como relleno o esparcido homogéneamente en el terreno colindante a la obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Aire. No se prevé la generación de emisiones atmosféricas contaminantes que pudieran provocar efectos adversos significativos sobre la calidad del aire considerando su baja magnitud y duración de las fases de construcción y cierre.

Agua. El diseño del Proyecto no considera descargas desde ni hacia aguas superficiales ni subterráneas. El cauce más cercano es el río Huicha que se localiza a más de 120 m desde el aerogenerador más cercano y la laguna, mencionada con anterioridad, a más de 750 desde el aerogenerador más cercano y ninguno de estos cuerpos de agua tendría intervención por parte del Proyecto. El Proyecto contempla la construcción de obras hidráulicas menores asociadas a los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 156 y 157 del RSEIA; la ubicación y características técnicas de estas obras están detalladas en los Anexos 4.4 y 4.5 de la Adenda Complementaria. Estas intervenciones han sido diseñadas respetando los principios de mínima alteración del sistema hídrico, implementándose medidas específicas de manejo ambiental para prevenir impactos sobre la calidad del agua, tales como: ejecución preferente en estiaje, instalación de barreras físicas, desviación provisoria del flujo, manejo adecuado de residuos y sustancias peligrosas, y capacitación ambiental del personal.

Considerando que las obras de construcción de las fundaciones de los aerogeneradores son puntuales y que la intervención de la napa ocurrirá solo en la fase de construcción (temporalmente acotada) y posterior a eso las aguas recuperarán naturalmente su nivel y sentido de escurrimiento, el Proyecto no impactaría a las aguas subterráneas ni en cantidad, ni en calidad. Por otra parte, el agua que se extrae temporalmente será reconducida y reinyectada al flujo subterráneo en el entorno inmediato, por lo tanto, no se contempla el aprovechamiento y/o consumo de dicho recurso. Por otra parte, se implementará el Compromiso Ambiental Voluntario CAV-07: Plan de Monitoreo de Calidad de Aguas Superficiales y Fauna Íctica Nativa, el cual establece campañas de monitoreo aguas arriba y aguas abajo de cada punto de intervención, antes y después de la ejecución de obras. Este monitoreo se extenderá también a la fase de operación del proyecto e incluirá parámetros fisicoquímicos, microbiológicos y biológicos, permitiendo verificar que las obras no alteran significativamente la calidad del agua ni las comunidades acuáticas del sector.

En base a lo anterior, y considerando que las obras proyectadas son de carácter puntual y acotadas en el tiempo, y que además el proyecto cuenta con un plan de medidas de contingencia y emergencias (Apéndice 1 del Anexo 1.1), se descarta que el Proyecto genere impactos significativos sobre la cantidad y calidad de las aguas superficiales del área de influencia.

4.- Respecto de lo señalado en el análisis del literal d) de la Tabla 6.2 del ICE, se indica que en las tablas presentadas en Anexo 3.14 de Adenda Complementaria, se visualizan los aportes obtenidos por la modelación para las fases de construcción, operación y cierre del proyecto en los puntos de interés (receptores discretos). De acuerdo con dicha información, se aprecia que el cumplimiento de la norma secundaria es ampliamente logrado, sumado a ello hay que considerar que esto solamente es causado durante la construcción (6 meses), por las emisiones de este contaminante no puede ocasionar un efecto adverso sobre la biota.

5.- En cuanto a los antecedentes y análisis expuestos en el literal e) de la Tabla 6.2 del ICE, de acuerdo con la evaluación de ruido en fauna se utilizaron las referencias indicadas en el documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEA, 2022), el cual presenta umbrales de referencia según la especie evaluada. Si bien, de acuerdo con los argumentos descritos en la DIA y sus Adenda, se considera que los anfibios y aves no se verán afectados negativamente por ruido, debido a la cantidad de superficie de las áreas de relevancia de anfibios que se solapan con proyecciones de ruido en construcción y la cantidad de especies registradas, se evaluó y descartó la existencia de impactos significativos, en base al documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa” (SEA, 2022), que señala que cuando los receptores (hábitats de relevancia) presentan un nivel de exposición a ruido que supere umbrales de referencia de efectos conductuales, se deberá evaluar la significancia del impacto en función de lo señalado en el artículo 6° del Reglamento del SEIA: - Afectación de la permanencia del recurso. - Alteración de la capacidad de regeneración o renovación del recurso. - Alteración de las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas, con especial énfasis en aquellos recursos propios del país que sean escasos, únicos y representativos.

De lo anterior, se concluye que el área de emplazamiento del Proyecto se encuentra ampliamente representado en el área de influencia, por lo que no habría afectación significativa a la permanencia de la componente fauna terrestre y avifauna, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro o la capacidad de regeneración o renovación del recurso, o bien, se alteren las condiciones que hacen posible su presencia y desarrollo.

6.- Para el caso de lo señalado en el literal f) de la Tabla 6.2 del ICE, el Proyecto no generará efectos adversos sobre los recursos naturales renovables en el área de influencia del Proyecto por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, y cualquier otra sustancia, lo anterior en función de las condiciones en que estos serán transportados, almacenados, utilizados y dispuestos en sitios autorizados, de acuerdo a lo descrito en los Anexo 3-2 y 3-3 de la DIA, sobre los PAS 140 PAS 142 del RSEIA, respectivamente.

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7.- Respecto del literal g) de la Tabla 6.2 del ICE, el Proyecto requiere el uso de agua potable e industrial, recurso que será adquirido a terceros autorizados; por otra parte, su diseño no considera extracciones ni descargas desde ni hacia aguas superficiales ni subterráneas. Así mismo, el Proyecto no se relaciona con el transvase de caudal de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra; ni tampoco intervendrá, ni explotará el recurso agua, ni su diseño considera extracciones/descargas desde/hacia aguas superficiales ni subterráneas. El Proyecto se emplaza sobre el acuífero Chiloé, específicamente en el SHAC Ancud, el cual no presenta zonas de prohibición ni restricción. El área de influencia del Proyecto se encuentra ubicada en un sector hidrogeológico de permeabilidad primaria en formación porosa e importancia hidrogeológica de alta a media, no se posee información sobre la productividad de pozos.

En función de lo indicado en la Adenda Complementaria, se identifican en los límites prediales cuatro tipos de humedales: Turbera antropogenizada; Laguna que constituye una zona de acumulación permanente de agua dulce; Zona de inundación emergente; y, sistema Río Huicha y efluentes. En base a la delimitación de las zonas de humedal presentes en el área de interés del Proyecto, se definieron los Objetos de Protección que representan aquellos componentes clave de los humedales que pudiesen sufrir alteración o impactos a partir de la implementación del proyecto, tales como suelo hídrico, agua subterránea y superficial, flora, fauna y servicios ecosistémicos, para todos los cuales el Titular efectúa el descarte de impactos significativos. Respecto de la pérdida o modificación de humedal, el Proyecto contempla la construcción de obras hidráulicas menores asociadas al Permiso Ambiental Sectorial PAS 156. En el marco del PAS 156, se proyecta la instalación de dos alcantarillas (A1 y A2) y dos canales de contorno (C1 y C2), con el objetivo de permitir el cruce de cauces menores por caminos proyectados y prevenir la inundación de plataformas de aerogeneradores mediante el desvío controlado del flujo superficial. Esto generará una modificación en los sitios de ubicación de los canales por el desvío y el trabajo que ello conlleva. No obstante, lo anterior, en consideración de la extensión de los humedales identificados y su tipología (10,173 ha), las obras afectan una porción puntual de un solo tipo de humedal (aprox. 0,3 ha), toda vez que se han descartado impactos significativos en el resto de los objetos de protección, a lo que se suma el Compromiso Ambiental Voluntario asociados a la recuperación y de componentes clave como hidrología, suelo y fauna.

8.- Con relación al literal h) presentado en la Tabla 6.2 del ICE, se indica que el Proyecto no considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados, en ninguna de sus fases, según consta en los antecedentes expuestos en la DIA y sus Adenda.

9.- En cuanto al análisis de los impactos generados por pérdida de resiliencia climática en los ecosistemas, según se detalla en el literal i) de la Tabla 6.2 del ICE, en el Anexo 3.10 de Adenda Complementaria, respecto de Consideraciones de Riesgo climático, se identificaron 7 elementos del medio ambiente u objetos de protección relacionados con el Proyecto (en términos de la Guía metodológica para la consideración del Cambio Climático en el SEIA, SEA 2023), para cada uno de los cuales se evaluó su condición base (sin Proyecto) y proyecciones por cambio climático, lo que relacionado a las caracterizaciones ambientales permiten indicar que el Proyecto no genera impactos que alteren o aumenten la pérdida de resiliencia climática de los ecosistemas. Para dicho análisis se consideró el riesgo de inundación por desborde del río Huicha en dos zonas del Proyecto, por lo cual se proyecta una obra de defensa para el cauce norte, y para el cauce del sur se proyecta una obra de modificación de cauce presentando los antecedentes de los PAS 156 y 157 del RSEIA. Se consideró, además, el índice de riesgo por pérdida de fauna por cambios de temperatura que para la comuna de Ancud es Moderado, por lo que se hace necesario realizar el análisis de especies, con un enfoque en las que estén en categoría de conservación desde Casi amenazada o superior. También, se aprecia que el índice de riesgo por pérdida de flora por cambios de precipitación para la comuna de Ancud es Moderado, por lo que se debe realizar el análisis de especies, con un enfoque en las que estén en categoría de conservación desde Casi amenazada o superior. Al respecto, la construcción y operación de obras que implican la preparación del terreno, la construcción de obras y otras actividades podrían impactar el hábitat de las especies en categoría de conservación, por lo que se requerirá el PAS 146 para realizar actividades de casa o captura de ejemplares de animales de especies protegidas, de esta forma se realiza un manejo acorde a la normativa vigente, no afectando la fauna presente en el área. Para la componente suelo y activación de procesos erosivos, se consideran los datos proyectados en un escenario de cambio climático y se obtiene un índice que califica el sector con una agresividad climática “muy alta”, lo que representa un aumento de riesgo de activación de procesos erosivos por cambio climático, por lo cual, de manera preventiva, se propone un CAV sobre monitoreo de activación de procesos erosivos.

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5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Parte, obra o acción que lo genera Excavación para instalar las fundaciones de los aerogeneradores y zanjas para línea eléctrica y otras obras del proyecto. Fase en que se presenta Construcción y cierre.

Impacto ambiental Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Parte, obra o acción que lo genera Transporte de partes y piezas de los aerogeneradores en camiones de grandes dimensiones, tránsito vehicular. Fase en que se presenta Construcción y cierre

Impacto ambiental Alteración al acceso a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructuras básicas. Parte, obra o acción que lo genera Transporte de partes y piezas de los aerogeneradores en camiones de grandes dimensiones, tránsito vehicular. Fase en que se presenta Construcción y cierre

Impacto ambiental Dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que pueden afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Parte, obra o acción que lo genera Obras de construcción y operación del parque eólico, tránsito vehicular para insumos, retiro de residuos y de producción; desmantelamiento de las obras del proyecto. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE Tabla 5.3 del ICE De acuerdo con los antecedentes y análisis expuestos en el literal a) de la Tabla 6.3 del ICE, el Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

Según se indica en la DIA y sus Adenda, las actividades socioeconómicas que serían dependientes de recursos naturales en el área de influencia corresponden, principalmente, a la agricultura y ganadería, las que requieren del recurso hídrico proporcionado por el río Huicha. Según información proporcionada por los entrevistados durante las campañas de terreno, los habitantes del sector utilizan el río Huicha en toda su extensión para dar de beber a los animales, así como para extraer agua para la agricultura y algunos agricultores tendrían colectores de aguas lluvias. El proyecto no hará uso del agua del río Huicha ni de otras aguas superficiales, así como tampoco contempla obras que impidan el acceso a la orilla del río para que los animales accedan a beber o al paso de cualquier persona que visite o haga uso de los recursos naturales asociados a este.

En lo que respecta a la agricultura, el proyecto no afecta superficie que es utilizada para esta actividad, dado que se emplaza en un área al interior de un predio privado la cual no presenta usos antrópicos actuales. En lo que respecta al recurso forestal, en las entrevistas llevadas a cabo en terreno se da cuenta de la extracción de madera, tanto para leña como para la elaboración de carbón. Esta extracción se haría de manera artesanal aprovechando los árboles caídos. No se da cuenta de zonas específicas de extracción de madera, si no que sería una práctica habitual y extendida a todo el territorio. Se da cuenta de que el proyecto no contempla dentro de sus actividades la extracción de este recurso, así como tampoco contempla el corte de gran cantidad de árboles o arbustos, por lo que no genera afectación a este recurso en el tiempo. En cuanto a la actividad de apicultura que se desarrolla a aproximadamente 1.093 m de distancia en dirección este, tal como se menciona, el proyecto no contempla la intervención de dicho sector, por lo que no implica un traslado de los cajones o núcleos.

Los residuos que se generarían en las diferentes etapas del proyecto serán tratados por una empresa externa y debidamente resguardados, no teniendo impacto el proyecto sobre los recursos naturales del área de estudio. En particular, el proyecto no impactará el suelo, los cursos de agua superficial y napas freáticas, toda vez que el agua para uso potable e industrial será provista de camiones aljibe debidamente autorizados.

Respecto del uso tradicional de recursos naturales, los entrevistados señalan que la cuenca del río Huicha es utilizada para la recolección de algunas hierbas, así como también frutos como la “murra”. Cabe mencionar que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

la cuenca del río Huicha y la presencia de especies vegetacionales se extiende por aproximadamente 20 km. El Proyecto se ubica cercano en solo 1 km, representando menos de un 5% de la extensión total. La sección donde coincide el proyecto con el Río Huicha ya se encuentra intervenida y dentro de los límites prediales establecidos históricamente, por lo que no difiere con la condición de línea de base y se mantendría el libre acceso que actualmente podrían tener los habitantes de sectores aledaños.

El terreno no cuenta con uso o desarrollo de actividades productivas ni prácticas culturales dependientes de recursos naturales, ni tampoco es utilizado como ruta de tránsito por GHPPI para el desarrollo de cualquiera de estas actividades, principalmente considerando que se trata de un predio privado de 142 hectáreas de las cuales, la intervención del Proyecto será menor. Sobre la base de lo anterior es factible aseverar que el proyecto no intervendrá ni restringirá el acceso a recursos naturales que son utilizados como sustente económico en el área de influencia. Respecto del área de emplazamiento es posible aseverar que no existen grupos humanos ni se realizan actividades económicas derivadas del uso de recursos naturales que puedan verse afectadas por las obras, partes y/o acciones del proyecto.

Según establece en análisis sobre literal b) del artículo 7 del RSEIA, detallado en el literal b) de la Tabla 6.3 del ICE, de acuerdo con los análisis presentados impacto vial, es posible establecer que los flujos inducidos por el Proyecto durante todas sus fases no generarán afectación a la libre circulación, ni un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento en la Ruta 5 Sur, que es el eje vial estructurante, que conecta la localidad de Chacao con la ciudad de Ancud, y es el eje a través del cual se accede a las distintas localidades emplazadas en el territorio. Los habitantes del sector suelen desplazarse principalmente hacia la ciudad de Ancud, principal centro de servicios y de empleos de la comuna, y donde se encuentra la mayor cantidad de establecimientos educacionales, servicios de salud, supermercados, así como servicios municipales. El acceso al área de emplazamiento del proyecto se realizará desde la Ruta 5 Sur, la cual tiene las condiciones suficientes para el traslado de los equipos y maquinarias del proyecto, mientras que se proyecta la construcción de un camino hacia el interior del predio, el cual no intervendrá ningún tipo de acceso a este.

La fase de construcción del proyecto es la que tiene mayor uso de vialidad, producto del transporte de materiales, insumos y personal, de acuerdo con detalle de los viajes que se presenta en Ficha Resumen de Adenda Complementaria. Respecto a cargas sobredimensionadas, se presentará antecedentes ante la Dirección de Vialidad a fin de solicitar las autorizaciones correspondientes. El proyecto contempla un compromiso ambiental voluntario sobre un Plan de Comunicación sobre el Transporte Sobredimensionado, el cual asegura organizar los flujos vehiculares de carga sobredimensionada para asegurar el normal desarrollo de la vida cotidiana de la población (Anexo ADC-01 Actualización Capítulo 4 CAV de la Adenda Complementaria). Adicionalmente, el Titular se compromete a la apertura al diálogo y consideración de evaluar la detención de obras en caso de que las comunidades locales den cuenta de manifestaciones culturales o actividades cercanas, lo cual contribuye de manera adicional al propósito de resguardar los Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos (SVCGH). Por tanto, no se contempla la obstrucción de la Ruta 5, por las partes, obras y acciones del proyecto, por lo que no existirá un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento. El mayor flujo vehicular asociado al Proyecto será durante las fases de construcción y cierre, ambas con una duración acotada en el tiempo (6 meses), por lo que cualquier efecto sobre el desplazamiento será temporal. En conclusión, el Proyecto producto de sus obras y actividades y en sus distintas fases no obstruirá o restringirá la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Según lo señalado en análisis del literal c) de la Tabla 6.3 del ICE, el Proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica para habitantes del área de influencia. El pozo registrado más cercano corresponde al de la Escuela Senda Chacao, ubicado a una distancia de 1.574 m desde el aerogenerador COL-01; no obstante, para efectos de la evaluación se ha considerado el escenario más desfavorable, utilizando como referencia la distancia al receptor identificado más cercano al proyecto, correspondiente al receptor 2, ubicado a 868,4 m de la fundación del aerogenerador COL-01. En caso de requerirse agotamiento de napa para la construcción de fundaciones, el agua extraída será reintegrada en el entorno inmediato de los frentes de trabajo, a no más de 200 m del punto de extracción, lo que permite mantener el equilibrio del nivel freático y descartar efectos sobre la disponibilidad del recurso hídrico subterráneo para los usuarios en predios colindantes.

Considerando que los materiales utilizados para construir las fundaciones son inertes, de manera que no interactúan con el agua de la napa, y que la eventual intervención de la napa ocurriría solo en la fase de construcción (temporalmente acotada), se puede descartar el riesgo de contaminación a la napa. Así también, una vez construidas las fundaciones de los aerogeneradores, las aguas recuperarán naturalmente su nivel y sentido de escurrimiento, de manera que el Proyecto no modifica la cantidad ni calidad de las aguas subterráneas.

El río y su entorno es una zona de esparcimiento, pesca, recolección, y donde se realizan también visitas educativas, en tanto que parte del bosque aledaño al predio donde se ubica el proyecto, cuenta con circuitos de investigación científica, así como recorridos educativos. De acuerdo con lo señalado, el proyecto no intervendrá ninguna parte del bosque, así como ninguno de dichos circuitos, así como tampoco contempla generar ningún tipo de obstáculo para acceder al río o al bosque.

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Respecto de la disponibilidad de agua potable mediante APR de la zona, el Titular señala que el proyecto cuenta con medidas preventivas para evitar derrame de sustancias o residuos peligrosos, además de una bodega de residuos peligrosos y no peligrosos, por lo que se espera que no haya contaminación de suelos ni de aguas superficiales ni subterráneas.

La fase más intensiva de requerimiento de mano de obra del Proyecto corresponde a la fase de construcción, la cual dura 6 meses, contempla un promedio de 30 trabajadores y un peak de 50 personas. El servicio de transporte será provisto de manera particular y no se utilizará el transporte público disponible; y la alimentación a los trabajadores será suministrada por empresa o prestador autorizado sanitariamente, cercano al emplazamiento del Proyecto. El proyecto no considera la construcción de campamentos, dado que el personal de construcción se trasladará diariamente desde su lugar de alojamiento al frente de trabajo. Respecto de los servicios sanitarios, durante la fase de construcción, se habilitarán baños químicos en los frentes de trabajo e instalación de faenas por una empresa autorizada, la que será responsable de su retiro y posterior tratamiento fuera del área del Proyecto. La disposición final de dichas aguas y lodos residuales será ejecutada en una planta de tratamiento de aguas servidas autorizada en la Región.

Según los antecedentes y análisis expuestos en el literal d) de la Tabla 6.3 del ICE, es posible sostener que se descartan impactos negativos significativos que puedan dificultar o impedir el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos por cuanto en el área de influencia del Proyecto. Al respecto, se indica que el área de emplazamiento del Proyecto corresponde a un predio privado en donde existe evidencias de usos antrópicos relacionados con la agricultura y el pastoreo de vacunos; por lo que no es utilizado para prácticas culturales de GHPPI ni para llevar a cabo actividades propias del acervo cultural indígena. De acuerdo con el levantamiento de información, en el entorno del proyecto se realizan actividades referidas a la elaboración de cestería con fibras vegetales en sector ubicado a una distancia de aproximadamente 1.530 m al este del Proyecto, y el insumo utilizado –“ñocha”- se encuentra en el mismo lugar donde se elabora; y, a la crianza de ganado por parte de agricultores, en sector ubicado a aproximadamente 2.137 m al este del área de emplazamiento del proyecto, y los bebederos de agua del ganado a 1.980 m aproximadamente en la misma dirección. Dichas actividades se realizan acotadas a los espacios territoriales en donde se desarrollan, y no serán afectadas por ningunos de los factores generadores de impacto del proyecto, ya que se ubican espacialmente distantes y no mantienen relación con ninguna de las obras, partes y acciones del proyecto.

En lo que respecta a las prácticas culturales de las comunidades indígenas presentes en la comuna de Ancud y en el entorno del proyecto, se identificó a las siguientes, en torno a la cuenca del río Huicha: Fiesta costumbrista Los Carboneros de Pugueñún a aproximadamente 3.063 m al norte del área de emplazamiento del proyecto; y actividades centro ceremonial (ruka) Comunidad Indígena Leufu Huicha, el cual se ubica a aproximadamente 2.405 m al este del área de emplazamiento del proyecto.

En lo que respecta a sitios de significación religiosa, en la localidad de San Juan, parte del área de influencia del proyecto, se emplaza la Iglesia de San Juan y el Cementerio de San Juan; dicho sitio se encuentra en el área de influencia del componente ruido del proyecto, representado por el receptor R3, en el cual se alcanzan 52 dB emanados del proyecto durante su fase de construcción, la cual tiene una duración de 6 meses, por lo que este efecto es acotado en el tiempo. No obstante, a fin de evitar molestia en las situaciones que la hubiere, se incluyen los siguientes Compromisos Ambientales Voluntarios: Detención de aerogeneradores producto de la sombra intermitente (CAV-06), Plan de Monitoreo de Ruido (CAV-07) y Plan de Comunicación sobre el Transporte Sobredimensionado y Ajuste de Cronograma (CAV-10).

Considerando que el proyecto se emplazará distante a más de 2 km de la Comunidad Indígena Leufu Huicha y de su ruca, en dónde sus integrantes realizan actividades y ceremonias, según lo detallado en punto anterior, referido a la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se estima que, de acuerdo con la duración y/o magnitud de las obras del proyecto, estas no dificultarán o impedirán el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos identificados en el área de influencia.

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5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Afectación a ecosistemas de humedales o turberas del área de influencia del proyecto Parte, obra o acción que lo genera Construcción de obras de defensa u modificación de cauce, para protección de plataformas de aerogeneradores Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación a población protegida del área de influencia del proyecto Parte, obra o acción que lo genera Actividades de construcción, operación y cierre del proyecto Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre

Impacto ambiental Afectación al área protegida Estación Biológica Senda Darwin Parte, obra o acción que lo genera Partes, obras y acciones del proyecto Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE Tablas 5.4 y 5.5 del ICE De acuerdo con lo señalado en la DIA y sus Adenda, y resumido en la Tabla 6.4 del ICE y con fuentes de información primarias y secundarias, en el área de influencia del Proyecto respecto de los distintos componentes ambientales, ya sea alcances de ruido en fase de construcción y operación, de sombra intermitente, impacto vial u otros, no existen asociaciones o comunidades indígenas, así como tampoco sitios de significación cultural pertenecientes a pueblos originarios. La Comunidad Indígena más cercana se ubica a 2.095 m aproximadamente del proyecto. Sobre la base de los antecedentes expuestos en la DIA y sus Adenda, es factible descartar cualquier tipo de afectación a actividades culturales, económicas y sociales que involucren a población protegida por leyes especiales; en efecto, no se evidencia la presencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, que puedan ver alteradas sus formas de organización social particular y/o actividades como producto de las obras, partes y/o actividades del Proyecto. No obstante, a fin de evitar cualquier molestia o situación particular, el Proyecto contempla la implementación de Compromisos Ambientales Voluntarios referidos a la detención de aerogeneradores producto de la sombra intermitente, a plan de monitoreo de ruido y a plan de comunicación sobre el transporte sobredimensionado y ajuste de cronograma.

En cuanto a la existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, y zona con valor ambiental, de acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, el Proyecto no se relaciona con recursos protegidos colocados bajo protección oficial mediante un acto administrativo de autoridad competente, con la finalidad de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza o conservar el patrimonio ambiental. El análisis respecto de las especies en categoría de conservación, de acuerdo con el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) presentes en el área de influencia, se encuentra disponible en el literal b) del Artículo 6 del ICE.

Respecto de la existencia de áreas protegidas y sitios prioritarios para la conservación cabe señalar que, si bien el Proyecto se emplaza en la “Zona de Interés Turístico Archipiélago de Chiloé”, según D.S. N°145 de fecha 12 de agosto de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, el análisis de no afectación a la ZOIT se presenta en la DIA y sus Adenda.

En cuanto a la presencia de humedales protegidos, según el análisis presentado en la Tabla 11 del Anexo-00 de Adenda Complementaria, referida al resumen de impactos ambientales sobre el componente Humedales (Anexo-00. Evaluación de impactos y descarte de efectos significativos), señala el Titular que se realizó una delimitación de humedales cercanos al proyecto, encontrándose 4 tipo: Turbera antropogenizada, humedal continental del tipo palustre, la laguna, que constituye la zona de acumulación permanente de agua dulce, zona de inundación emergente y el sistema Río Huicha y efluentes, considerando zonas con presencia de suelos hídricos y vegetación hidrófita. Dicho análisis se realizó considerando los factores generadores de impacto, tales como: acondicionamiento y construcción de obras permanentes; construcción de obras viales; emisiones de ruido y vibraciones; emisiones atmosféricas; y, desmantelamiento de obras permanentes.

En cuanto al valor ambiental del territorio, se indica que el lugar de emplazamiento del Proyecto corresponde a un predio privado con intervención antrópica, en dónde se desarrolla la ganadería; por lo que no se trata de un territorio que provea de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, ni tampoco representa un ecosistema único, escaso o representativo, no es un ecosistema con alguna protección en particular. Señala el Titular que, de acuerdo con las disposiciones del artículo 2 de la Ley 20.283, no forma parte de un bosque de preservación y no ha sido categorizado como en riesgo de acuerdo a la aplicación de los criterios de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

IUCN por el MMA (2015). No obstante, el Proyecto se ubicará próximo al Área Protegida Privada “Estación Biológica Senda Darwin”, la que cuenta con dos equipos para el monitoreo de gases de efecto invernadero (dióxido de carbono, metano y óxido nitroso), los que se miden en un bosque nativo antiguo y en un pomponal. Dichos equipos consistentes en torres que albergan, cada una, un equipo que permite medir la velocidad del viento y la concentración de los gases de efecto invernadero, integrando el intercambio gaseoso de dióxido de carbono entre el bosque nativo y la atmósfera en una superficie de aproximadamente 100 hectáreas en torno a la torre en donde está montado el equipo. En el numeral 1.22 de la Adenda Complementaria, el Titular presenta los antecedentes relativos a las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) del proyecto, de igual manera señala que no hay alteración efectos de turbulencia y alteración del flujo atmosférico y adicionalmente, contempla un CAV de colaboración científico-ambiental con la Fundación Senda Darwin. El Proyecto no contempla fuentes de emisión fijas ni combustión continua; y las emisiones de GEI en fase de operación son bajas y no alteran los niveles de CO₂ de fondo atmosférico (Anexo 3.11-AP-5 de Adenda Complementaria). Además, la modelación de emisiones (Anexo 3.14 de Adenda Complementaria) no identificó impactos sobre receptores sensibles en el entorno de la Estación Senda Darwin. El Compromiso Voluntario (CAV-12: Cooperación con monitoreo de flujos de carbono y cambio climático) plantea que implementará mediante la suscripción de un acuerdo técnico entre el Titular del Proyecto y la Fundación Senda Darwin, dentro del primer año de operación del Proyecto; más información sobre este CAV se presenta en Anexo 1.5 - Compromisos Ambientales Voluntarios de la Adenda Complementaria.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Cambio en el paisaje en el área de influencia del proyecto Parte, obra o acción que lo genera Instalación de partes y obras del proyecto y a la operación y cierre de este. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre.

Impacto ambiental Afectación a la actividad turística del área de influencia del proyecto Parte, obra o acción que lo genera Actividades de construcción, operación y cierre del proyecto Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE Tabla 5.6 del ICE De acuerdo con el análisis presentado en el literal a) de la Tabla 6.5 del ICE, en cuanto a la duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico, se indica que el Proyecto fue modificado, pasando de 3 a 2 aerogeneradores, lo que implica una reducción del 33% en las obras principales y, por ende, una disminución proporcional en los impactos visuales asociados a la instalación del proyecto; esto redujo también la magnitud de la intervención paisajística prevista originalmente.

Las obras y partes del Proyecto se ubicarán sobre sectores que han sido dedicados a la producción ganadera desde hace años, por lo que ya se han modificado las condiciones paisajísticas preexistentes. De tal forma, la unidad de paisaje de Praderas y matorrales sobre la cual se sitúa el Proyecto presenta un paisaje que, según sus atributos visuales, no son considerados suficientes para definir al área de influencia como una zona única, singular ni representativa. La zona donde se emplazará el Proyecto posee valor paisajístico de calidad media, cuyos atributos se consideran comunes o recurrentes en la zona homogénea donde se encuentra ubicado el proyecto; según lo detallado en estudio presentado en el Anexo 2-08 de la DIA. Esto se debe a que la calidad visual percibida para los atributos biofísicos, estéticos y estructurales de las Unidades de Paisaje identificadas para el área de influencia del Proyecto denominadas: Unidad Área urbana e industrial (UP1), unidad Bosques (UP2), unidad Humedales (UP3) y finalmente la unidad de Praderas y Matorrales (UP4), se clasifican en su mayoría como medios. Del total de 44 atributos evaluados, 15 corresponden a valoraciones bajas, 22 corresponden a valoraciones medias y 7 son valoraciones con calidad visual alta.

Al analizar el área de influencia respecto a la situación sin y con Proyecto, mediante fotomontajes, se deduce que no se producirán impactos significativos en el paisaje debido a la instalación de las obras; considerando que el impacto en términos de obstrucción de visibilidad y bloqueo de vistas no es significativo, ya que la presencia del Proyecto no dificulta ni limita las condiciones actuales de visibilidad, donde se presenta una compacidad que va desde media a alta en gran parte de las cuencas visuales descritas y cercanas al Proyecto.

En respuesta a las observaciones ciudadanas recibidas, se realizaron nuevos análisis de visibilidad desde el Parque Ecológico y Mitológico y desde la Estación Biológica Senda Darwin (EBSD); constatándose, en este último caso, que las principales instalaciones de la EBSD (Centro Beagle y Casa de Huéspedes) se encuentran a una distancia mínima de 1.420 m del aerogenerador más cercano, y que existen múltiples barreras visuales de primer plano, principalmente vegetación arbórea densa, que limitan significativamente la visibilidad del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Respecto del análisis del componente turismo, se descartó la generación de impactos significativos sobre este componente para el área de influencia del Proyecto, la que presenta un valor turístico medio, considerando que las distancias a atractivos con categoría de sitio natural, identificados para la comuna de Ancud, siendo el más cercano a las obras del Proyecto, el estuario del río Pudeto y la Bahía de Caulín, ambos ubicados a más de 7 km. Detalles de estudios y análisis se presentan en el Anexo 2.14 de la DIA, Anexo 2.8 de la DIA, en Anexo Ciudadano de Adenda Complementaria y en el Anexos 0 y 3.1 de la Adenda Complementaria. El área de influencia del Proyecto no funciona como un eje receptor de visitantes o turistas debido a la ausencia de servicios y actividades; los turistas o visitantes que se dirigen a los principales atractivos de la comuna pasan por un tramo del área de influencia del Proyecto (Ruta 5), sin la necesidad de detenerse a realizar algún tipo de actividad en el lugar. Por otra parte, cabe señalar que las obras del proyecto se encuentran en predios privados de accesibilidad restringida, lo que no tiene incidencia en la atracción o alteración del eventual flujo de visitantes o turistas.

Según antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, y resumido en la Tabla 6.5 del ICE, es posible concluir que las obras del Proyecto no alteran los atributos ni se emplazan en una zona con valor paisajístico, y no obstruyen el acceso, ni se emplazan en una zona con valor turístico.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Afectación a patrimonio arqueológico, paleontológico o cultural Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones y movimiento de tierra para la construcción del proyecto Fase en que se presenta Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE Tabla 5.7 del ICE Según los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, referido a la magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288, según análisis del literal a) del artículo 6 del RSEIA, presentado en la Tabla 6.6 del ICE, el área de influencia del Proyecto no presenta sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural que pudiesen verse afectados por su construcción, según lo señalado en la DIA y sus Adenda.

Respecto a la prospección pedestre realizada en terreno, se pudo inspeccionar el 100% del AI del Proyecto, a través de una inspección visual del área donde se proyectan las obras permanentes y temporales. El área mostró una visibilidad que varía de media a alta, pudiendo observar la matriz natural en la mayor del área prospectada, con la excepción de los sectores con mayor vegetación natural. No se registraron elementos patrimoniales en superficie. Por otra parte, la habilitación de las obras del Proyecto no implica que se remueva destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288, por lo tanto, no sería aplicable la letra a) del Art. 10 del D.S. N°40/2012 del MMA.

Para el área de emplazamiento del proyecto se identificó un potencial paleontológico fosilífero, considerando que las rocas que integran el marco geológico del sector corresponden a Depósitos Morrénicos de la Glaciación Santa María y Depósitos Glaciofluviales de la Glaciación Llanquihue. Si bien, en la caracterización ambiental no se identificaron fósiles en terreno, en bibliografía, se hallaron antecedentes de flora fósil asociados a dichas unidades geológicas, las que son clasificadas como Fosilíferas, es decir, con un potencial paleontológico medio a alto. En relación con lo anterior, en su pronunciamiento sobre Adenda, el CMN solicita la realización de un monitoreo paleontológico permanente (diario) en las todas las obras del proyecto que impliquen excavaciones, escarpes y/o movimientos de tierra clasificadas como fosilíferas; y, por otra parte, solicita incorporar y detallar una metodología de extracción de posibles vertebrados, incluyendo los antecedentes completos solicitados para el informe paleontológico. Dentro de los compromisos ambientales voluntarios, el Proyecto considera la realización de charlas de inducción a todo el personal del Proyecto, lo que se detalla en Capitulo sobre CAV del ICE y de la presente Resolución.

En cuanto al análisis del literal b) de artículo 6 del RSEIA, según lo identificado en el Anexo 2-07 de la DIA, que contiene la caracterización ambiental arqueológica, en el Área de Influencia del Proyecto, así como en las áreas cercanas a este, no existen Monumentos Nacionales en sus categorías de Monumento Histórico y/o Zonta Típica o Pintoresca al interior del Área de Influencia del Proyecto. Conforme a lo anterior, el Proyecto no provocaría modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Respecto de este último aspecto, cabe indicar que conforme a lo señalado en el Artículo 8 del RSEIA en función de la información asociada al Anexo 2-11 Caracterización del Medio Humano de la DIA, respecto a GHPPI, se da cuenta de la ausencia de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

estos grupos al interior del Área de Influencia (AI) de Medio Humano, así como la inexistencia de manifestaciones culturales propias de pueblos originarios en el sector y particularmente asociado al emplazamiento de las obras del proyecto, no identificándose ningún tipo de actividad ceremonial o tradicional dentro del AI del Proyecto.

Respecto del análisis presentado en literal c) de la Tabla 6.6 del ICE, se indica que el área de emplazamiento del Proyecto corresponde a un predio privado en donde existe evidencias de usos antrópicos relacionados con la agricultura y la ganadería; por lo que no es utilizado para prácticas culturales de GHPPI ni para llevar a cabo actividades propias del acervo cultural indígena. En localidades cercanas al Proyecto se realizan actividades referidas a la elaboración de cestería con fibras vegetales en sector ubicado a una distancia de 1.530 m al este del Proyecto; y, a la crianza de ganado por parte de agricultores, en sector ubicado a 2.137 m al este del área de emplazamiento del Proyecto. En lo que respecta a prácticas culturales de comunidades indígenas presentes en la cuenca del río Huicha: Fiesta costumbrista Los Carboneros de Pugueñún a 3.063 m al norte del área de emplazamiento del proyecto; y actividades centro ceremonial (ruka) Comunidad Indígena Leufu Huicha, el cual se ubica a 2.405 m al este del área de emplazamiento del proyecto. Dichas actividades se realizan acotadas a los espacios territoriales en donde se desarrollan, y no serán afectadas por ningunos de los factores generadores de impacto del proyecto, ya que se ubican espacialmente distantes y no mantienen relación con ninguna de las obras, partes y acciones del proyecto.

El único sitio de significación propia de la cultura católica corresponde a la Iglesia de San Juan, emplazada a aproximadamente 1.075 m al sur del proyecto, donde además se ubica un cementerio. Se hace presente que este sitio se encuentra en el área de influencia del componente ruido del proyecto, representado por el receptor R3, en el cual se alcanzan 52 dB emanados del proyecto durante su fase de construcción, la cual tiene una duración de 6 meses, por lo que este efecto es acotado en el tiempo. No obstante, a fin de evitar molestia en las situaciones que la hubiere, se incluyen los siguientes Compromisos Ambientales Voluntarios: Detención de aerogeneradores producto de la sombra intermitente (CAV-06), Plan de Monitoreo de Ruido (CAV-07) y Plan de Comunicación sobre el Transporte Sobredimensionado y Ajuste de Cronograma (CAV-10). En cuanto al uso de las rutas, el acceso al proyecto se emplaza a una distancia de 370 m aproximados del acceso a la iglesia y cementerio, no viéndose este afectado por el uso de rutas del proyecto, ya que el acceso a la iglesia y cementerio está dado por la Ruta W-15, la cual no es utilizada por el proyecto.

En el área donde se ejecutará el Proyecto, no existen monumentos o sitios con valor antropológico, arqueológico o histórico, y en general que pertenezcan al patrimonio cultural, así como tampoco se localiza en lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones culturales o folclóricas de algún pueblo, comunidad o grupo humano, que puedan ser afectados por el Proyecto (Anexos 2-07 y 2-09 de la DIA; y, Anexo 3.7 de Adenda Complementaria).

De acuerdo con los antecedentes presentados y analizados, en el área de influencia del Proyecto no se identifican monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural; así como tampoco existen lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. Permisos Ambientales Sectoriales de Contenido Únicamente Ambiental

6.1.1. Permiso para realizar pesca de investigación, necesaria para el seguimiento de las poblaciones de especies hidrobiológicas, del artículo 119 del RSEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fases de Operación Parte, obra o acción a la que aplica Pesca de investigación para caracterización limnológica Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El permiso para realizar pesca de investigación necesaria para el seguimiento de las poblaciones de especies hidrobiológicas será el establecido en lo señalado en la Resolución Exenta N°1678 del 11 de agosto de 2023 y de acuerdo a la actualización del instructivo señalado en la R. Ex. N°00289 del 30 de octubre de 2023.

El requisito para su otorgamiento consiste en preservar los recursos hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de investigación.

Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

cumplimiento son los siguientes:

a) Identificación de las especies hidrobiológicas que se pretende extraer como especies principales y secundarias.

Especies principales: Especies de ictiofauna que se pretende extraer durante Plan de Seguimiento

Fuente: Tabla 1. Anexo 4.1 de Adenda Complementaria

Especies secundarias: Sin perjuicio de lo anterior, si durante el plan de seguimiento de la ictiofauna, se registra otro tipo de especies, ya sea de crustáceos o de ictiofauna, estas serán contabilizadas e informadas en el respectivo informe de campaña. Especies de fitoplancton, zooplancton, fitobentos (perifiton) y de flora acuática, identificadas en Anexo 4.1 - PAS 119 de Pesca de Investigación de la Adenda Complementaria.

b) Indicación del área en la cual se pretende desarrollar las actividades de investigación.

El Proyecto se localiza en la Región de Los Lagos, Provincia de Chiloé, comuna de Ancud, a aproximadamente 12 km del centro urbano de dicha comuna (en línea recta). En la Tabla 2 y la Figura 1, se presentan las coordenadas y se esquematiza, respectivamente, la ubicación de los sitios a caracterizar durante el plan de seguimiento de la ictiofauna.

Ubicación estaciones de muestreo Coordenadas UTM WGS 84, Datum 18 S:

Fuente: Anexo 4.1 de Adenda Complementaria

Figura 1. Ubicación geográfica de las estaciones de monitoreo consideradas

Polígono de color rojo, indica límite predial del proyecto Fuente: Extraído del Anexo 3.4 – Estudio de Ecosistemas acuáticos.

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c) Especificación de los objetivos generales y específicos que el proyecto de pesca de investigación persigue.

Objetivo general: Realizar un monitoreo de la ictiofauna, con el fin de evidenciar que los trabajos de construcción del proyecto, no generan alteración significativa en la composición y abundancia de la ictiofauna.

Objetivos específicos: Caracterizar la composición y abundancia de la ictiofauna durante el plan de seguimiento. Para comparar con los resultados obtenidos durante las campañas de línea de base del proyecto.

d) Identificación y características específicas del arte, aparejo o sistema de pesca a utilizar en la ejecución de la investigación.

La identificación y características específicas del arte, aparejo o sistema de pesca a utilizar se presentan en la Tabla 3:

Fuente: Anexo 4.1 de Adenda Complementaria

e) Especificación de la metodología a emplear, indicándose además su correspondiente soporte estadístico debidamente fundamentado.

Ictiofauna – Crustáceos. La metodología a aplicar considera en un equipo de trabajo que estará constituido por dos profesionales, el primero portará el equipo de pesca eléctrica (modelo SAMUS 1000 MP, o equivalente), mientras el segundo profesional recoge los peces y/o crustáceos que sean afectados por el arco eléctrico, para luego ser depositados en contenedores apropiados. La pesca se realizará remontando en cada canal a contracorriente y barriendo, con el ánodo, todos los hábitats identificados. El esfuerzo de captura variará en función de las condiciones del río y de los objetivos específicos de cada estudio. Cabe indicar, que este tipo de metodología permite capturar con vida un alto porcentaje de los organismos, por lo que no es necesario el uso de anestésicos o tranquilizantes para la captura o manipulación de estos.

Soporte Estadístico. Dependiendo del tipo de datos a obtener (distribución normal) se procederá a utilizar estadística paramétrica o no paramétrica. Lo anterior, permitirá inferir si existen diferencias significativas entre las abundancias de los grupos objetivos en el presente plan de seguimiento. Sin perjuicio de lo anterior, a continuación, se presentan los índices comunitarios a obtener durante el seguimiento de la ictiofauna.

Diversidad de Shannon (H’), el cual corresponde a un estimador de diversidad especifica basado en la relación riqueza-abundancia y se expresa de la siguiente manera:

Donde: H’= Índice de Shannon S= corresponde al número de especies (Riqueza) pi= representa la proporción de cada especie dentro de la población, el cual se obtiene a partir de la ecuación ni/N, en donde ni: número de individuos de una especie; N: población total.

Diversidad de Simpson (λ’), también es un estimador correspondiente a la relación riqueza-abundancia, basado en la probabilidad de que dos individuos extraídos de una comunidad infinitamente grande sean de la misma especie, dando más peso a la abundancia relativa de las especies en una comunidad y se expresa de la siguiente manera:

Donde: λ’= Índice de Simpson S= corresponde al número de especies (Riqueza) N= corresponde al total poblacional. n= corresponde al número de individuos de una especie. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Equidad de Pielou (J’), mide la proporción de la diversidad observada en relación con la máxima diversidad esperada y se expresa de la siguiente manera:

Donde: J’= Índice de Pielou S= corresponde al número de especies (Riqueza) H’= corresponde al índice de Shannon.

f) Resultados esperados. Se espera que la composición y abundancia de la ictiofauna presente en los cuerpos de agua sea similar a los resultados reportados en la campaña de terreno efectuada en invierno de 2024.

g) Duración del estudio y cronograma de actividades. Cabe señalar que las obras de construcción de las obras de atravieso podrían demorar hasta 2 semanas. Considerando lo anterior, se proponen 2 monitoreos para la fase de construcción, de acuerdo con el siguiente cronograma:

Tabla 4. Cronograma de actividades

Fuente: Anexo 4.1 de Adenda Complementaria

Previo a cualquier tipo de actividad de seguimiento de las comunidades biológicas, establecidos en el presente PAS, se notificará al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la región del inicio de las actividades, con al menos 7 días hábiles de anticipación. Lo anterior, mediante correo electrónico y una carta certificada dirigida al Director Regional, en donde se indicará las actividades a realizar con un plazo mínimo de anticipación de siete días antes de que se ejecute la campaña de terreno. Se adjunta Apéndice 1. Plan de Rescate y Relocalización de Comunidades Hidrobiológicas. Pronunciamiento del órgano competente La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, en su oficio ORD. N°(D.A.C.) ORD.SEIA N°299 de fecha 24 de junio de 2025, se pronuncia conforme con la DIA y sus Adenda, y señala que el proyecto presenta los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento del PAS del artículo 119 del RSEIA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE Tabla 9.1.1 del ICE

6.2. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

6.2.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, del artículo 132 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Movimientos de tierra y escarpe para obras de construcción Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en proteger y/o conservar el patrimonio cultural de la categoría monumento arqueológico, incluidos aquellos con valor antropológico o paleontológico.

Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) Identificación y descripción general de los sitios arqueológicos o de los yacimientos paleontológicos. El área para la cual se solicita este permiso se ubica en la comuna de Ancud, Región de Los Lagos, para la cual se identificó potencial paleontológico fosilífero. Las rocas que integran el marco geológico del Proyecto corresponden a depósitos morrénicos de la Glaciación Santa María y depósitos glaciofluviales de la Glaciación Llanquihue.

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En la caracterización ambiental no se identificaron fósiles en terreno, sin embargo, en bibliografía, se hallaron antecedentes de flora fósil en las unidades de depósitos morrénicos de la Glaciación Santa María y en los depósitos glaciofluviales de la Glaciación Llanquihue, ambas unidades en las que se encuentra emplazado el Proyecto. Debido a estos antecedentes, dichas unidades son clasificadas como Fosilífera, es decir, con un potencial paleontológico medio a alto. Sobre esta base se delimitó el área fosilífera a la totalidad del área de influencia del Proyecto, que es para la cual se solicita el Permiso.

La intervención propiamente del Proyecto por instalación de obras corresponde a una superficie menor. En la siguiente figura se puede observar la ubicación del sitio paleontológico y posteriormente se indican sus coordenadas.

Ubicación y coordenadas del sitio paleontológico. Elaboración Geosaurus Fuente: Anexo 4.2 – PAS 132 (Adenda Complementaria)

b) Descripción de las partes, obras y acciones que puedan afectar los sitios o yacimientos. El Proyecto consiste la construcción y operación de 2 aerogeneradores y una línea eléctrica de media tensión. A partir de ello, las actividades u obras que podrían afectar la componente paleontológica del medio ambiente, así como el tipo o forma de alteración de este, tienen relación con los movimientos de tierra, excavaciones, cortes de taludes, desmontes, y en general con cualquier actividad que implique la intervención física de componentes o partes de unidades geológicas con presencia de fósiles o potencial fosilífero.

Estas intervenciones ocurren en la fase de construcción del Proyecto, por lo que el impacto se manifiesta en este periodo. La Tabla 1 indica las actividades u obras del Proyecto y sus efectos sobre el factor de la componente ambiental paleontología durante la fase construcción.

Fuente: Anexo 4.2 – PAS 132 (Adenda Complementaria)

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A continuación, se detallan los efectos de remociones de tierra sobre restos paleontológicos: 1.- Si se trata de restos de vertebrados, la remoción de sedimentos sin monitoreo constante puede causar, ya sea la pérdida total, rotura y/o desarticulación de elementos óseos (en el caso que estén preservados ejemplares articulados), afectando directamente su valor científico por descontextualización o eliminación de caracteres de valor diagnóstico. 2.- Un efecto similar puede ser ocasionado sobre restos de invertebrados (descontextualización), aunque principalmente se puede incurrir en la destrucción de ejemplares completos, nuevos para la ciencia y/o especies no registradas previamente en la localidad.

c) Caracterización superficial y estratigráfica de los sitios o de los yacimientos. A continuación, se describen las unidades geológicas presentes en el área del Proyecto:

Contexto Geológico. El área para la cual se solicita el permiso corresponde al polígono en el cual se encuentran emplazadas las partes y obras del proyecto. En dicho polígono no se realizaron hallazgos de bienes paleontológicos durante la caracterización ambiental, no obstante, en bibliografía se registraron diversos hallazgos fósiles, permitiendo ser definida como fosilífera. Las rocas que integran el marco geológico del Proyecto corresponden a depósitos morrénicos de la Glaciación Santa María y depósitos glaciofluviales de la Glaciación Llanquihue. A continuación, se describen las unidades geológicas presentes en el área del Proyecto.

Figura 2. Proyección de las obras del Proyecto sobre la cartografía de Antinao et al. (2000). Se encuentran, en naranjo, Depósitos Morrénicos de la Glaciación Santa María (Plm2) y en color amarillo pálido los Depósitos Glaciofluviales de la Glaciación Llanquihue (Plgf1). Fuente: Anexo 4.2 – PAS 132 (Adenda Complementaria)

Depósitos de la Glaciación Santa María (Pleistoceno Medio) (Porter, 1981) Depósitos Morrénicos Plm2. Diamictos glaciales, macizos, heterogéneos, generalmente matrizsoportados, con mala selección, y con gravas y bolones. Los clastos, predominantemente redondeados a subredondeados, presentan, localmente, estrías y facetas glaciales y se presentan en una matriz compuesta de limo y arena fina. La matriz, compacta y cementada, tiene un color pardo rojizo debido a que gran parte de los minerales férricos, presentes en ella, se han oxidado y redepositado.

Depósitos de la Glaciación Llanquihue (Pleistoceno Superior) (Mercer, 1976) Depósitos Glaciofluviales Plgf1. Gravas, con moderada a buena selección, subredondeadas a redondeadas, compuestas principalmente por facies clasto soportadas, con matriz de arena gruesa, que alcanzan espesores expuestos de hasta 20 m en secciones costeras. Presentan estratificación planar horizontal, grano decreciente y entrecruzada e incluyen lentes arenosos. Los clastos son, principalmente, de composición andesítica y dacítica, y algunos poseen restos de facetas glaciales. Estos depósitos conforman planicies (outwash), que se extienden desde las morrenas de la Glaciación Llanquihue hacia el noroeste, y ocupan también anchas llanuras entre ellas. En algunos lugares, canales relictos cortan los cordones morrénicos, los que se extienden hacia el noroeste y delimitan los cauces de antiguos ríos de desagüe. Los depósitos glaciofluviales están cubiertos por una delgada capa de suelo pardo rojizo que, en profundidad, cambia a un color anaranjado y no alcanza más de un metro de espesor. El análisis de las edades Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

radiocarbono disponibles permite determinar que la mayoría de los depósitos se acumulan durante los avances principales de la Glaciación Llanquihue, ca. 29.400, 26.797 y 22.295-22.570 AP (Denton et al., 1999), que cubrieron, parcialmente, una antigua morfología de morrenas de la Glaciación Santa María.

Contexto Paleontológico Depósitos de la Glaciación Santa María (Pleistoceno Medio) Depósitos Morrénicos Plm2. La edad de estos depósitos es incierta; sin embargo, se han establecido edades radiocarbónicas mínimas para esta glaciación, que se sitúan en aproximadamente 57,800 ± 2,300/-3,200 años AP (Porter 1981) y >39,900 años AP (Mercer 1976). Estas edades se derivan de dataciones realizadas sobre restos de madera fósil, encontrados en un suelo desarrollado entre los depósitos morrénicos de las Glaciaciones Santa María y Llanquihue, cerca de Puerto Varas (Clayton y Antinao 2000).

Depósitos de la Glaciación Llanquihue (Pleistoceno Superior) Depósitos Glaciofluviales Plgf1. En varias localidades, se han encontrado depósitos con registros de troncos fósiles que arrojan luz sobre la rica historia paleobotánica de la región. En el sector de Punta Pelluco, Puerto Montt, Klohn (1976) describió restos in situ de Fitzroya cupressoides (Alerce), fechados por Heusser (1981) entre 42,600 y >45,600 años AP. En 1978, el Bosque Fósil de Punta Pelluco fue declarado Santuario de la Naturaleza (DS 48 de 1978), conservando un bosque alerzal fosilizado y no petrificado. Estudios posteriores por Roig et al. (2001) dataron los troncos entre 49,370 y 49,780 años AP, subrayando la importancia del sector como uno de los pocos registros de alerces fósiles en Chile.

Otras evidencias de Fitzroya cupressoides incluyen troncos encontrados a una profundidad de 8 m en depósitos glaciofluviales de la Depresión Intermedia en Osorno, según Schmithüsen (1960). Asimismo, se han identificado troncos en condiciones similares en la ruta de acceso a Puerto Varas, datados en 27,250 años AP. Posteriormente, varios autores (Villagrán 1985; Villagrán y Roig 2003; Villagrán et al. 2004; Villagrán et al. 2019; Londoño et al. 2018; Gómez 2019) incorporaron nuevos hallazgos de troncos fósiles, inicialmente descritos por Klohn, en el Seno de Reloncaví (Punta Pelluco e Isla Tenglo) y a lo largo de las costas oriental y norte de la Isla Grande de Chiloé (Huapilacuy, Punta Pihuío, Punta Pirquén, Pidpid, Punta Tentén, Punta Lelbún, Punta Agoní, Leutepe, Molulco y Punta Detico). Estos descubrimientos evidencian la presencia de bosques prehistóricos dominados por Nothofagus dombeyii (Coigüe), Fitzroya cupressoides (Alerce) y Pilgerodendron uviferum (Ciprés de las Guaitecas). Los ejemplares encontrados presentan edades y condiciones similares a los troncos fósiles de Punta Pelluco en Puerto Montt. Estas comunidades boscosas se distribuyeron en la Depresión Intermedia de la región de Los Lagos durante el último ciclo glacial- postglacial del Cuaternario, afectando al sur de los 43º S, los Andes y las cumbres de la Cordillera de la Costa (Villagrán y Roig 2003).

Villagrán et al. (2004) complementaron su investigación, centrada en troncos fósiles, con el análisis de polen en el Seno de Reloncaví y a lo largo de las costas oriental y norte de la Isla Grande de Chiloé. En este estudio, también destacaron la existencia prehistórica de bosques dominados por coigües, alerces y cipreses de las Guaitecas. Los registros polínicos encontrados en los depósitos glaciofluviales del Fundo Nueva Braunau han permitido inferir la presencia de un clima oceánico húmedo, variando entre frío subantártico y frío templado en la región. La edad estimada para estos registros se sitúa entre 70,000 años AP y 14,000 años AP, según Heusser et al. (2000).

Las litologías presentes en toda la extensión del área de influencia del proyecto son principalmente arenas finas a conglomeráticas, con ocasionales paleocanales identificables a poco metraje del escarpe. Se identifica una matriz poco sedimentaria, la cual se encuentra expuesta durante la gran parte de la extensión del área de influencia. Se destaca la abundante presencia de vegetación en toda el Área de Influencia; vegetación que cubría el suelo arcilloso a arena media, con ocasionales clastos de origen principalmente volcánico. Estos suelos, en algunos caminos que se encontraban adaptados con material antrópico, también presentaban clastos de origen fluvial, los cuales se presentaban redondeados y esféricos.

Dentro del Área de Influencia del Proyecto no se realizaron hallazgos fósiles durante la campaña de terreno.

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Figura 3. A) Vegetación en punto COL-9. B) Sedimento no consolidado con raíces y vegetación en punto COL-8. C) Sedimentos y clastos fluviales en punto COL-7. D) Vegetación en punto COL-12. Fuente: Anexo 4.2 – PAS 132 (Adenda Complementaria)

d) Descripción general de los tipos de análisis a realizar a los materiales recuperados. En caso de hallazgos paleontológicos, los materiales recuperados serán sometidos únicamente a análisis sistemáticos de tipo comparativo, con el objetivo de establecer su correcta identificación taxonómica. Este proceso se basará en una evaluación visual detallada, sin aplicación de técnicas invasivas ni análisis fisicoquímicos, priorizando la conservación e integridad de las piezas.

e) Propuesta de conservación de los materiales en terreno, laboratorio y depósito. En caso de que durante las excavaciones se registre material paleontológico, este será objeto de un protocolo específico de conservación en terreno, laboratorio y depósito, conforme a las directrices establecidas por el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Esta propuesta considera principalmente la recolección de vegetación fósil y la eventual aparición de restos de vertebrados.

En terreno, los ejemplares serán georreferenciados, fotografiados, etiquetados y embalados para su protección y posterior traslado. Las piezas serán manipuladas con herramientas de baja abrasividad, como cepillos de cerdas plásticas. En caso de requerir estabilización, se aplicarán consolidantes como Paraloid B-72 en distintas concentraciones, ajustadas a las características de cada fósil. Para piezas frágiles, también se podrá emplear Butvar B-76 o cianocrilatos, dependiendo de la situación. En el caso de hallazgos de vertebrados, se tomarán sus dimensiones, orientación, posición exacta mediante coordenadas y cotas relativas, y se documentarán con fotografías y dibujos en planta. Según su estado de conservación, los restos podrán ser consolidados antes de ser extraídos. Si presentan gran fragilidad o tamaño, se evaluará la confección de bochones de yeso para su traslado seguro. Todo el material será embalado con protección adecuada (espumas, papel libre de ácido, cajas) y trasladado a las oficinas de Geosaurus en Santiago.

En laboratorio, se llevará a cabo el proceso de preparación, que incluirá limpieza manual mecánica sin uso de químicos, empleando cepillos, martillos percutores e instrumentación de precisión. También se podrá realizar la reducción de matriz mediante cinceles, martillos o herramientas neumáticas. En esta fase se aplicarán consolidantes cuando sea necesario. Cada pieza será rotulada con un número provisorio de colección, registrada fotográficamente con escala, y clasificada taxonómicamente hasta nivel de familia, género o especie si es posible.

En depósito, los materiales serán conservados de acuerdo con los estándares del CMN. Las piezas serán previamente embaladas con planchas de Ethafoam y cubiertas con Tyvek©, ajustadas a la forma de cada ejemplar. Las de menor tamaño se ubicarán en cajas de cartón, mientras que las más voluminosas se dispondrán en cajas de madera. En algunos casos se añadirá una capa de plástico alveolar para evitar fricción entre elementos. Las etiquetas descriptivas indicarán un código preliminar, el título del proyecto, el taxón representado, la formación geológica de procedencia y la edad. Las piezas se organizarán de manera espaciada dentro de los contenedores.

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Toda la información será registrada en una base de datos Access que incluirá antecedentes como número de caja, número de muestra, procedencia geográfica, datos taxonómicos, estado de conservación, edad estimada, responsable del registro, institución y otros campos exigidos por el CMN. Esta información será complementada por fichas técnicas individuales de registro de material paleontológico, diseñadas conforme a las pautas establecidas por la autoridad.

f) Plan de traslado y depósito final de los materiales recuperados. Una vez recolectados en terreno, los materiales serán trasladados a Santiago para su estudio y preparación. La siguiente tabla indica el lugar de estudio de los materiales y la sugerencia de destino final.

Fuente: Anexo 4.2 – PAS 132 (Adenda Complementaria)

El traslado de la colección a su destino final se realizará por transporte terrestre considerando las medidas de seguridad adecuadas. Para ello, la colección se transportará en el interior de cajas de material rígido y debidamente acolchado en el interior con plástico de burbujas o escamas de poliestireno expandido.

g) Medidas de conservación de los sitios o yacimientos, si corresponde.

No aplica.

Pronunciamiento del órgano competente Oficio ORD. Nº3315 de fecha 30 de junio de 2025: en el cual, respecto del PAS 132, para el Componente paleontológico, el CMN se pronuncia conforme con la información presentada en Anexo 4.2 de Adenda Complementaria, y acepta como institución depositaria el Museo Regional de Ancud. Además, toma conocimiento que el Titular del proyecto, en su respuesta 3.2 acoge la implementación de un monitoreo paleontológico permanente (diario) y la realización de charlas de inducción paleontológica a cargo de un/a profesional paleontólogo/a, quien deberá cumplir con lo establecido en la Resolución Exenta N°650 de fecha 05.07.2022. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE Tabla 9.2.1 del ICE

6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fases de Operación y Cierre

Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de operación, se generarán aguas servidas por la utilización de baños e instalaciones sanitarias en el área de operaciones del Proyecto que requieren de solución sanitaria, la que contempla la implementación de una fosa séptica con sistema de infiltración. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento. La solución sanitaria se diseñará para el máximo de 5 trabajadores; contemplando una dotación de agua de 150/l/día1. A continuación, se describen las actividades consideradas en la fase anteriormente mencionadas.

Fase de operación del Proyecto: Respecto de la fase de operación, se contempla un sistema integrado de recolección y tratamiento a través de cañerías de PVC sanitario que conducirán las aguas residuales desde los puntos de generación (baños y duchas) hacia cámaras de desengrase y de inspección que derivan finalmente a una fosa séptica de polietileno (PE) de Alta Densidad donde se producen los procesos de sedimentación y digestión aeróbica de las aguas residuales para posteriormente ser infiltradas en el subsuelo a través de redes de drenaje. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

La fosa séptica permite realizar un primer tratamiento de las aguas servidas mediante dos procesos: - Separación física: Las partículas pesadas se depositan en el fondo para formar barros, y las más ligeras y las grasas permanecen en suspensión o flotando. - Fermentación anaerobia: por la acción de bacterias que prosperan en un medio privado de oxígeno, la fosa descompone una parte de la materia orgánica biodegradable de los barros y los flotantes. Esta descomposición conlleva producción de gas metano y dióxido de carbono que se acumula en la parte superior de la fosa creando una sobrepresión que se aprovecha para agitar la masa líquida residual y favorecer la licuefacción. Con esto se logra reducir la DBO5 (Demanda Biológica de Oxígeno a los 5 días) en el 35% y los SST (Sólidos en suspensión totales) en un 65%. Luego de un período de retención, el efluente, que sale cargado de materia orgánica en suspensión, finamente dividida, en estado coloidal y en solución, debe ser sometido a un tratamiento posterior (secundario) que en este caso consiste en disponer estas aguas en el suelo por medio de drenes de infiltración.

La fosa séptica se ubicará de tal forma de mantener una distancia de al menos 30 m de cualquier curso de agua superficial, ya sea intermitente o permanente. Por lo tanto, es posible concluir que lo proyectado cumple la condición de ubicarse a una distancia superior a 20 m de cualquier cuerpo o curso de agua presente en los alrededores (Artículo 70 del Decreto 236/262).

b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas. La localización de la fosa séptica contemplada para la fase de operación del Proyecto en evaluación será en las inmediaciones de la sala de control (obra permanente). Su ubicación se presenta en la Figura 2 del Anexo 3.1 – Permiso Ambiental Sectorial 138 (DIA) y sus coordenadas corresponden a las siguientes:

Fuente: TEBAL 2023

c) Generación de aguas servidas. La generación de aguas servidas corresponderá a las aguas provenientes de los servicios higiénicos e instalaciones que se dispondrán para el personal del Proyecto. Para la fase de operación la generación de aguas servidas será de 0,75 m3/día, considerando un máximo de 5 trabajadores, con un coeficiente de recuperación de 100%. La información precedente se resume en la siguiente tabla:

Tabla 2 - Caudal máximo de aguas servidas a generar en la fase de operación

d) Características físico - químicas de las aguas servidas. Las aguas residuales domiciliarias que se generarán durante la fase de operación presentarán características propias de las aguas residuales urbanas, tal como se muestra a continuación:

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Tabla 3 - Caracterización físico-química de las aguas servidas

e) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas. Para la fase de operación, se utilizará un tratamiento simple, ajustado a las condiciones rurales imperantes del entorno del Proyecto, basado en una fosa séptica ubicada en las inmediaciones de la sala de control, cuyas aguas tratadas serán incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración.

La fosa séptica permite realizar un primer tratamiento de las aguas servidas mediante dos procesos: - Separación física: Las partículas pesadas se depositan en el fondo para formar barros y las más ligeras y las grasas, permanecen en suspensión o flotando. - Fermentación anaerobia: Debido a la acción de bacterias que prosperan en un medio privado de oxígeno, la fosa descompone una parte de la materia orgánica biodegradable de los barros y los flotantes. Esta descomposición conlleva producción de gas metano y dióxido de carbono, el cual se acumula en la parte superior de la fosa creando una sobrepresión que se aprovecha para agitar la masa líquida residual y favorecer la licuefacción. Con esto se logra reducir la DBO5 (Demanda Biológica de Oxígeno a los 5 días) en el 35% y los SST (Sólidos en suspensión totales) en un 65%.

El efluente sale cargado con materia orgánica en suspensión, finamente dividida, en estado coloidal y en solución, el que debe ser sometido a un tratamiento posterior (secundario) que en este caso corresponderá a la incorporación de estas aguas al suelo mediante drenes de infiltración.

f) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado. Durante la operación, se implementará una fosa séptica contigua a la sala de control. A continuación, se realiza el cálculo de las dimensiones de la fosa séptica y la red de drenes durante la fase de construcción.

Cálculo dimensiones fosa séptica centro de control durante la fase de operación a) Bases de Diseño Población máxima (N): 5. Dotación Agua Potable (D): 150 l/hab/día. Caudal Máximo Diario (Q): 750 l/día. Coeficiente de Recuperación (Cr): 1 Período de Retención del Agua Servida: 1 día

b) Cálculo del volumen de la Fosa Séptica. El volumen se obtiene aplicando la fórmula siguiente:

V = N·D·T +100·N·Lf Donde: NDT= Volumen de agua de la dotación servida incluyendo período de retención. 100N Lf = Volumen de lodos generados por la dotación servida

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Detallando cada una las variables se tienen que: V: Volumen total de la fosa, en l. N: Número de habitantes (5 personas como máximo) D: Dotación de aguas servidas, en litros por habitante en un día (150 l/hab·día) T: Período de retención en días. (1 día). Lf: Contribución de lodos frescos. La contribución de lodos frescos se obtiene de la siguiente ecuación: Lf =1,8·10−3 D

Reemplazando para una dotación (D) igual a 150 l/hab./día, la contribución de lodos frescos resulta ser de 0,27 l/hab/día.

Considerando este valor el volumen de lodos generado para la dotación servida sería: NDT= 750 l/día 100N Lf= 135 l/día

De esta forma, el volumen mínimo de la fosa séptica (V) será de 885 l (app. 1 m³/día).

Dimensiones de la Fosa Séptica Operación. Por disponibilidad de mercado, se proyectará una fosa de 1 m3 para dar mayor autonomía al sistema.

Cálculo sistema de absorción centro de control durante la fase de operación. Se considera un sistema de absorción a través de zanjas de infiltración para el efluente de fosa séptica. Para asegurar el funcionamiento de éste se utilizará el coeficiente de absorción K analizado cuantitativamente en terreno en el área de emplazamiento del sistema. De los valores entregados en terrenos se tienen los siguientes resultados:

K instalación Centro de Operaciones =25 l/m²/día

Área de Infiltración Para obtener la superficie necesaria para infiltrar el efluente de la fosa séptica, se realiza el siguiente cálculo: S = Q/K

Donde: S: Área de infiltración, en m². Q: Caudal total de aguas a infiltrar (750 l/día) K: Coeficiente absorción para drenes en l/m²/día (25 l/m²/día).

Utilizando la ecuación para área de infiltración y para las características del suelo del área de emplazamiento del sistema de absorción, se obtiene un área de infiltración igual 30 m².

Utilizando zanjas de infiltración, el largo de éstas se puede calcular de la siguiente forma: L = S/ A Donde: L: Largo de la zanja en m. A: Ancho de la zanja en m. Se emplea A: 1,2 m

Utilizando la ecuación para calcular el largo de la zanja de infiltración y para las características del suelo del área de emplazamiento del sistema de absorción, se obtiene que el largo del sistema de drenaje es de aproximadamente 25 m. Mayores antecedentes del proyecto y su memoria técnica serán presentados en el informe para la formalización del permiso sectorial.

g) Indicación del período de retorno considerado para el diseño de los desagües de aguas lluvia. No aplica, debido a que el sistema de tratamiento propuesto no considerará edificaciones que colecten aguas lluvias, por lo tanto, el diseño de desagües no es necesario. El sistema de evacuación y recolección de aguas servidas corresponderá a un sistema cerrado, por lo que no habrá contacto de estos residuos líquidos con las aguas lluvias.

h) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa séptica. El sistema de tratamiento y disposición fue descrito en las letras anteriores del presente PAS.

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i) Descripción general de la generación y manejo de lodos. Dado que las aguas servidas corresponden a efluentes domésticos, los lodos generados por el tratamiento de éstas no contendrán sustancias reactivas o tóxicas, ni tampoco presentarán características de peligrosidad.

Los lodos generados corresponden al tipo estabilizados y serán retirados por una empresa externa autorizada para tales fines una vez cada año durante la operación. Los residuos se dispondrán en un sitio autorizado. En la siguiente tabla se indica la caracterización fisicoquímica de lodos estabilizados.

Tabla 4. Características físicas-químicas lodos

Se estima una generación de lodos de 0,18 l/día por trabajador, lo que representa en la situación peak de 5 trabajadores para la fase de operación de 0,9 l día. Estos lodos serán retirados de forma anual mediante camión limpia fosas, por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un lugar autorizado. El Titular llevará un estricto control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible la información de retiros para control de la Autoridad. Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos serán requisitos ineludibles para la firma del contrato con las empresas que realizarán el retiro y la disposición final.

j) Programa de monitoreo. Considerando las dimensiones y uso de la solución sanitaria, el proyecto no considera el monitoreo del efluente de la fosa séptica en la cámara de distribución.

k) Plan de contingencias. El Proyecto presenta un Plan de Contingencias que se presenta en el Anexo 1-3 de la DIA, pero en específico para las situaciones derivadas del mal funcionamiento del sistema particular de alcantarillado se procederá de la siguiente manera: - Una vez detectada la falla en la fosa, el encargado de la seguridad y ambiente dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpiafosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos. - En el caso de que la generación de olores tuviera su origen en la fosa séptica, se contemplan las siguientes medidas: Inspeccionar las cámaras y estanques de bombeo; Verificar el funcionamiento de todos los elementos del sistema; Verificar la cobertura de los estanques y finalmente dosificación con productos enzimáticos. - Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición de lodos autorizado. - El encargado de seguridad y ambiente elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y dará aviso a SEREMI de Salud de lo ocurrido.

El detalle de las acciones a seguir ante contingencias se presenta en el Capítulo sobre Planes de Contingencias y de Emergencias del presente Informe Consolidado.

l) Plan de emergencia. El proyecto presenta un Plan de Emergencias que se presenta en el Anexo 1-3 de la DIA, pero en específico para las situaciones de emergencias en el funcionamiento del sistema sanitario se procederá de la siguiente manera: - Suspender uso de servicios higiénicos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

- Movilizar al área de fosas una retroexcavadora que construirá pretiles de contención. - Retiro de aguas por camión limpia fosas. - Movilizar baños químicos al área del proyecto. - Retiro de materiales contaminados y disposición en sitio autorizado. - Comunicar situación a Seremi Salud de la región.

El detalle de las acciones a seguir ante contingencias se presenta en el Capítulo sobre Planes de Contingencias y de Emergencias del presente Informe Consolidado. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región de Los Lagos, en Oficio CP N°7649/2025 de fecha 29 de abril de 2024 se pronuncia conforme con la DIA y su Adenda, señalando que el proyecto cumple con la normativa ambiental de competencia de la Autoridad Sanitaria y presenta los antecedentes técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de los PAS Mixtos de los Artículos N°138, 140 y 142 del D.S. N°40 de 2012. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE Tabla 9.2.2 del ICE

6.2.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento temporal de residuos sólidos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que acredita el cumplimiento de otorgamiento del PAS 140, para cada una de las fases del Proyecto corresponden a los siguientes:

a.1) Descripción y planos del sitio. El Proyecto considera la habilitación de sitios para el acopio temporal de los residuos sólidos domésticos (RSD) y residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) que se generarán durante su fase de construcción, operación y cierre. A continuación, se describen las actividades consideradas en cada una de las fases anteriormente mencionadas:

Fase de construcción y cierre: Para la ejecución de la fase de construcción y cierre, se utilizará la instalación de faena, que contempla la habilitación de un sitio de almacenamiento temporal de Residuos domiciliarios (RSD) y residuos industriales no peligrosos (RSINP).

- Sitio de residuos industriales no peligrosos: El primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados. En este lugar se determinará la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales, directamente en los frentes de trabajo. En caso de que ello no sea posible, los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en la Instalación de faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos serán segregados por tipo y se evaluará nuevamente su potencialidad para ser reciclados.

- Sitio de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán manejados por un sistema integrado de 2 componentes. Primero serán almacenados en contenedores primarios dentro de bolsas plásticas en su lugar de origen, posteriormente, en contenedores secundarios en la bodega de residuos domiciliarios.

En la Tabla 1 del Anexo 3.2 de la DIA, se indican las coordenadas de los sitios de almacenamiento temporal de residuos que se habilitarán en el marco de la fase de construcción; y, en la Figura 1 del mismo anexo se presenta la ubicación de los sitios que serán habilitados para la fase de construcción y cierre.

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Fase de operación: Por otra parte, en la fase de operación se considera un sitio de almacenamiento temporal de un sitio de almacenamiento temporal para RSINP, cuya ubicación se presenta en la Tabla 2 y Figura 2 del Anexo 3.2 de la DIA, incluyendo las coordenadas del sitio RSINP.

a.2) Descripción de variables meteorológicas relevantes. El Proyecto se sitúa en la comuna de Ancud, provincia de Chiloé, en la Región de los Lagos. Desde el punto de vista climático, la Región de los Lagos presenta un clima templado lluvioso, con régimen de precipitaciones distribuida en todo el año, por lo que registra una ausencia de períodos secos. Tanto el Océano Pacífico, en general, como la corriente de Humboldt, en particular, condicionan en gran medida la conducta de los elementos climáticos de la región. Las direcciones predominantes de los vientos, todas de componente oceánico y portadoras de humedad, explican la constante presencia de este factor en el clima regional. El carácter frío de la corriente de Humboldt determina la existencia permanente de una banda de bajas temperaturas vecinas a la costa, contribuyendo al descenso de las temperaturas continentales.

Según la clasificación climática de Köppen, el Proyecto se emplaza en un clima Marítimo de costa occidental (oceánico) o Cfb. Sus características son las siguientes: - Clima de latitudes medias: La temperatura media del mes más frío está entre - 3ºC (en algunas clasificaciones 0ºC) y 18ºC, y la temperatura media del mes más cálido supera los 10ºC. - Inviernos fríos o templados, y veranos frescos. - Régimen de lluvias Húmedo: Las precipitaciones están bien distribuidas a lo largo del año (constantes a lo largo del año, sin estación seca). - Tipo Templado: El verano es fresco pues no se superan los 22 °C de media en el mes más cálido. Las temperaturas medias superan los 10 °C al menos cuatro meses al año. - La vegetación natural son los bosques de frondosas.

Precipitaciones. Respecto a las precipitaciones, el comportamiento de la curva a lo largo de los años es relativamente regular, así es posible desprenderlo de la Figura 3. Dentro del período de estudio, la media anual en el 2020 corresponde a 113,48 mm, en el 2021 a 39,8 mm y en el 2022 a 104,28 mm, siendo el 2020 el año que presentó mayores precipitaciones. En el punto 1.1.1.1 del Anexo 3.2 de Adenda se presenta la Figura 3. Precipitación mensual acumulada, estación Liceo Agrícola de Ancud (INIA).

El área de estudio se caracteriza por concentrar el mayor volumen de precipitaciones durante los meses de otoño e invierno, mientras que en los meses de verano el volumen disminuye considerablemente. Respecto a lo anterior, durante el periodo considerado, las precipitaciones invernales en promedio en el año 2020 corresponden a 152,4 mm, a 53,86 mm en el 2021 (por lo que corresponde al invierno más seco del periodo), y a 135,1 mm en el 2022. Dentro de los meses invernales destaca agosto como el más lluvioso, con un promedio de precipitación de 113,13 mm.

La fase estival en la zona se caracteriza por presentar menos precipitaciones mensuales que durante los meses de invierno, concentrando eventos de lluvias principalmente durante el mes de diciembre (55,37 mm de precipitación en promedio), mientras que marzo representa al mes menos lluvioso de la estación y del año, presentando sólo 30,8 mm en promedio durante los años analizados, según Tabla 3. Precipitación mensual acumulada, estación Liceo Agrícola de Ancud, presentada en Anexo 3.2 de Adenda.

Radiación solar. La radiación global posee un comportamiento regular y cíclico dentro del período de estudio (2020-2022). En la Figura 4 de Anexo 3.2 de Adenda, se observan los peak sostenidos a través del tiempo para el período estival (trimestre diciembre, enero, febrero) incluso llegando a los 55,9 MJ/m² en diciembre del 2021. La situación opuesta ocurre a fines del otoño y durante gran parte del invierno (trimestre junio, julio y agosto), donde la radiación disminuye hasta un valor que bordea los 11,9 MJ/m² en promedio para el período.

Se observa, además, una tendencia de disminución desde febrero/marzo hasta junio, y posteriormente un aumento desde julio hasta noviembre/diciembre; y una periodicidad en los niveles de radiación, lo que la gráfica en forma de “campana invertida” como se demuestra en la Figura 4, antes identificada. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

A partir de la Tabla 4, sobre “Radiación mensual promedio, estación Liceo Agrícola de Ancud”, se pudo extraer que, en temporada estival, se tienen los valores de radiación más altos, promediando 43 MJ/m² en los meses de enero; y mínimos con un valor promedio de 9,2 MJ/m² durante el mes de junio. Por otra parte, en la temporada invernal los valores promedian 11,9 MJ/m², con valores mínimos que bordean los 5,8 MJ/m², mientras que los valores máximos presentan números sobre 21 MJ/m². Se estimó que la radiación promedio anual del período de estudio es de 25,42 MJ/m². Finalmente, cabe señalar que, los valores anuales promedio para el año 2020, 2021 y 2022 corresponden a 20,74 MJ/m², 33,94 MJ/m², y 21,6 MJ/m², respectivamente.

Humedad relativa. Este elemento climático y meteorológico tiene relación con la cantidad de vapor de agua presente en la atmósfera; vapor proviene de la evaporación de los mares, océanos, lagos, aguas superficiales u otros cuerpos de agua.

De acuerdo con los datos gráficos que se presentan en la Figura 5, del punto 1.1.1.3 del Anexo 3.2 de Adenda, se observa un patrón de comportamiento bastante regular. Para el periodo estudiado, los mayores valores de humedad relativa se presentan en los meses de primavera, verano e invierno, mientras que en los meses de otoño se observa una disminución de la misma (Figura 5. Humedad relativa mensual promedio, estación Liceo Agrícola de Ancud (INIA).

De acuerdo con la información de la Tabla 5 (Humedad relativa mensual promedio, estación Liceo Agrícola de Ancud), para el período estudiado (2020-2022), se presentan un valor mínimo de 16,5% de humedad en mayo de 2022 y un valor máximo de 86,2% en agosto del mismo año.

En primavera, se presenta el mayor porcentaje de humedad relativa correspondiente a 78%. En los meses de verano e invierno se presenta un promedio de humedad para el periodo cercano a 70% de humedad. Los meses de otoño presentan el menor promedio de humedad para el periodo, correspondiente a 59%. Finalmente, la cifra promedio de humedad relativa para todo el período de estudio es de 69,3%.

Presión atmosférica. La presión atmosférica presenta un valor relativamente constante en el período de estudio, según se distingue en la Figura 6 del Anexo 3.2 de la DIA, referida a Presión atmosférica mensual promedio, estación Liceo Agrícola de Ancud (INIA). Dicha figura permite evidenciar que los menores niveles de presión atmosférica se presentan entre junio y julio, y los mayores entre agosto-octubre. En el año 2021 las cifras de presión fueron la más bajas, mientras que en septiembre del año 2022 se registraron los valores de presión más altos.

Los registros en promedio por año se mantienen en el rango 1.011,15-1.014,9 milibares, es decir, la variación es bastante acotada, casi imperceptible. Como se observa en la Tabla 6 (Presión atmosférica mensual período 2020-2022, estación Liceo Agrícola de Ancud), junio es el mes con menor presión atmosférica a lo largo del período de estudio, su promedio es de 1.004,73 milibares; por contraparte, el mes con un máximo de presión atmosférica promedio es septiembre con 1.017,9 milibares. Para el periodo de estudio completo se presenta un promedio de 1.013,5 milibares.

Régimen de vientos. Respecto a la variable velocidad del viento, en la Figura 7, referida a la Velocidad del viento mensual promedio, Liceo Agrícola de Ancud, se observa un comportamiento relativamente constante, con valores que varían entre los 6 y los 12 km/hr. Se percibe una disminución de la velocidad del viento entre febrero y mayo; por otro lado, el peak se presenta entre octubre-enero.

Según los datos registrados en la Tabla 7, el año que presentó una velocidad promedio más alta fue el 2021 con 9,2 km/h, mientras que el año con velocidad promedio más baja ha sido el 2022, con una cifra de 8,4 km/h. La velocidad promedio anual del viento para el período de estudio corresponde a 8,82 km/h. Además, diciembre se presenta como el mes con mayor velocidad promedio (9,9 km/h); mientras que marzo corresponde al mes con la velocidad promedio más baja (7,6 km/h).

La dirección del viento predominante en la comuna de Ancud es Noroeste, y destaca también, aunque en menor medida, el viento proveniente desde el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Sursureste. De acuerdo con el explorador de energía eólica del Ministerio de energía1, el viento medio en el área de emplazamiento del Proyecto a una altura de 100 m de la superficie tiene un valor de 6,7 m/s.

a.3) Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar.

Fase de construcción y cierre: Durante la fase de construcción, se estima una producción de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios de 1,1 kg/trabajador/día, con un máximo estimado de 55 kg diarios para una dotación máxima de 50 trabajadores. Estos residuos se recolectarán con una frecuencia de 3 veces a la semana, en máxima actividad, por un tercero autorizado, y serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria. En términos generales y como experiencia de la empresa en parques similares en construcción, se puede señalar que la generación total de residuos industriales no peligrosos se estima en alrededor de 417,74 t/fase. No se consideran los excedentes de las excavaciones que serán reutilizados en el terreno. A continuación, en la Tabla 9 se presenta la estimación y caracterización de los residuos para la fase de construcción y cierre:

Tabla 9. Cuantificación y caracterización de residuos fase construcción y cierre

Fuente: Anexo 3.2 de Adenda

Durante la fase de operación, el personal visitará la planta 4 veces al año; por lo que se considera la generación de un total aproximado de RSD de 5,5 kg/día (por visita). Estos residuos serán almacenados en contenedores herméticos dentro de bolsas selladas y serán retirados de forma inmediata por el personal para ser dispuestos en un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria. Adicionalmente, durante la etapa de operación, se prevé una escasa generación de RSINP y de acuerdo con la experiencia de la empresa se establece en 50 kg/día (por visita).

Tabla 10. Cuadro resumen cantidad y manejo de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos. Fase de Operación.

Fuente: Anexo 3.2 de Adenda

a.4) Diseño de la planta de tratamiento. El Proyecto no considera una planta de tratamiento para el manejo de residuos, ya que estos serán retirados por empresas autorizadas por la SEREMI de la Región y dispuestos en lugares autorizados.

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a.5) Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. Medidas de control de material particulado y emisión de gases: a) Los camiones con carga que se desplacen fuera de la obra serán cubiertos con lonas para evitar el desprendimiento de material. b) Se realizará una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinarias y vehículos, por concepto de eficiencia operacional y minimización de emisiones atmosféricas. c) Se utilizarán contenedores con tapa que permanecerán cerrados d) La maquinaria utilizada contará con su documentación al día, especialmente en lo referido a los certificados de emisiones y revisión técnica. e) Se prohibirá la quema de residuos y materiales combustibles (madera, material vegetal, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo). f) Los camiones que se encuentren detenidos al interior de las obras por un tiempo prolongado deberán mantener sus motores apagados. g) Cada trabajador que ingrese a la obra será capacitado en las medidas ambientales aplicables al proyecto.

Manejo de residuos

Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios. Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) serán manejados en un sistema de dos componentes. El primer componente será el almacenamiento en contenedores primarios en el lugar de generación (frentes de trabajo durante la construcción y centro de operaciones durante la operación), en bolsas plásticas dentro de tambores cerrados y posteriormente serán almacenados en el patio de residuos en contenedores secundarios herméticos y cerrados, a la espera de su retiro, transporte y disposición final durante la construcción.

La recolección interna de los RSD estará a cargo del personal de aseo que se encuentre destinado a dichas funciones e, los cuales tendrán la función de recolectar las bolsas de residuos y derivarlas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal en el patio de residuos a la espera de que sean retirados. Las bolsas que contendrán los residuos serán cerradas al momento de ser retiradas desde los contenedores y una bolsa nueva será inmediatamente repuesta en el contenedor vacío.

Estos contenedores serán de polietileno inyectado de alta densidad, con resistencia térmica y mecánica, herméticos y con tapa; con un volumen desde 100 a 1.000 litros de capacidad (Figura 10). Se tomarán todas las precauciones necesarias para evitar la dispersión de residuos durante la maniobra de trasvasije, además, el personal del proyecto recolectará inmediatamente cualquier residuo que resulte disperso por acción del viento. Estos contenedores se ubicarán en el área de almacenamiento, el cual contará con un cierre perimetral y señalización adecuada.

El personal a cargo contará con inducción para el manejo de residuos domiciliarios, conductas de higiene responsable y se le entregarán los implementos de seguridad necesarios para estas labores.

Durante la construcción y en su período de máxima producción, la frecuencia de recolección será de 3 veces a la semana. La recolección y disposición final adecuada de estos residuos estará a cargo del servicio de recolección municipal o de una empresa externa autorizada, quienes llevarán los residuos a un relleno sanitario u otro sitio de disposición final autorizado.

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Figura 11. Manejo de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios Fuente: Anexo 3.2 de Adenda

Durante la fase de construcción, estos residuos estarán compuestos principalmente de materia orgánica y en un porcentaje menor de otros componentes como papeles, cartones, plásticos, gomas, vidrios, metales, etc.

Residuos Industriales No Peligrosos. Los residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) son aquellos desechos inertes que por sus características, formas o volumen no son asimilables a residuos sólidos domiciliarios, pero no presentan las características de peligrosidad definidas en el D.S. N°148/2004 “Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”.

Los RSINP que se producirán durante la construcción, corresponderán principalmente a despuntes de acero y fierro, maderas, chatarra, restos de soldadura, cables, plásticos, carretes, madera de embalaje, etc. Estos residuos serán manejados mediante un sistema de dos componentes.

El primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados. En este lugar se determinará la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales, directamente en los frentes de trabajo. En caso de que ello no sea posible, los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en la Instalación de faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos serán segregados por tipo y se evaluará nuevamente su potencialidad para ser reciclados.

Los residuos serán transportados al patio de residuos en la medida que éstos se vayan generando, utilizando para ello los mismos camiones tolva u otros que se emplean en la obra.

Figura 12. Manejo de residuos industriales no peligrosos Fuente: Anexo 3.2 de Adenda

Toda la madera de moldaje generada en terreno será seleccionada según su posibilidad de reutilización. La madera que pueda ser reutilizada será acopiada en forma ordenada y embalada para su posterior uso en la obra. El resto, será trasladado al patio de residuos para posteriormente ser dispuestos en sitios autorizados. Todo fierro considerado como reciclable y despuntes serán depositados en contenedores identificados como “Metal Reciclable” para luego ser entregados a una empresa autorizada y certificada de reciclado del fierro.

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Otros restos, como escombros, residuos menores, etc., serán acopiados cerca de los frentes de faenas para posteriormente ser reutilizados en relleno o para ser llevados al patio de residuos o salvataje y ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado.

a. 6) Descripción del sistema de manejo de rechazos. Debido a que no se efectuará un tratamiento de los residuos a almacenar, no habrá generación de rechazos.

a.7) Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. Debido a que no se efectuará un tratamiento de los residuos a almacenar, no habrá generación de rechazos.

a.8) Plan de contingencia. Ante cualquier situación de contingencia derivada del manejo y almacenamiento de residuos no peligrosos, domiciliarios y asimilables a domiciliarios se considera la ejecución del siguiente protocolo. - Se realizarán inspecciones preventivas de seguridad, con objeto de inspeccionar sistemáticamente los lugares y equipos de trabajo, es decir, las condiciones materiales con las que se desarrollan las tareas. - Se tendrá un listado de contratistas que presten el servicio de retiro y disposición de RSD y RSINP, en caso de que el servicio contratado no pueda llevarse a cabo por la empresa que con la se hubieran contratado los servicios. - Se programarán los retiros de RSD y RSINP con anticipación. - Los retiros serán programados antes de que la bodega o área de acopio alcance el 80% de su capacidad total. - Para que el sitio de almacenamiento temporal no llega a su máximo de capacidad los RSD serán retirados por lo menos 3 veces a la semana. Por su parte los RSINP se retirarán 1 vez al mes.

Las medidas de prevención de contingencia señaladas anteriormente se incluyen en la actualización del Plan de Contingencias y Emergencias, en el Anexo 1-3 de la DIA.

a.9) Plan de emergencia.

Detener faena u operación al momento de llegar al 80% de capacidad de los sitios de almacenamiento. - Solicitar retiro inmediato de los residuos y envío a sitio de disposición final autorizado, en caso de requerirse el retiro anticipado de estos residuos.

En caso de colapso del sitio de almacenamiento de RSD, si la emergencia corresponde a rotura de contenedores de RSD: - El personal de obras o, en su defecto, la empresa a cargo del retiro de residuos procederá a la limpieza y retiro de residuos los que serán enviados al sitio de almacenamiento. - En el caso de que el contratista no pueda proceder de manera inmediata a la emergencia, se llamará a otro proveedor autorizado.

Las medidas de emergencia señaladas anteriormente se incluyen en la actualización del Plan de Contingencias y Emergencias, en el Anexo 1-3 de la DIA.

e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9).

e.1) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.

Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán acopiados temporalmente en contenedores secundarios a la espera de su traslado y disposición final. Esta área estará delimitada y contendrá letreros que señalen que el sitio es utilizado para el “Almacenamiento Residuos Domiciliarios”. Las áreas de almacenamiento en donde se dispondrán los contenedores secundarios contarán con suelo estabilizado y cierre perimetral de malla, de forma de impedir el ingreso de animales y personas no autorizadas. Las características referenciales de estos contenedores, se presenta a continuación en la Tabla.

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Tabla 11. Características contenedores secundarios referenciales.

Fuente: Anexo 3.2 de Adenda

Características de la bodega de residuos industriales no peligrosos. Los residuos industriales no peligrosos dependiendo su naturaleza y posibilidad de valorización, se depositarán en contenedores diferenciados o directamente en una explanada compactada que contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura, en base a perfiles tubulares y malla metálico o similar, que impida el libre acceso de personas y animales y contará con señalética de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003. No se considerará la instalación de estructura de techumbre.

Medidas de protección de condiciones ambientales. El almacenamiento de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos se realizará en contenedores con tapa los cuales se mantendrán sellados para evitar la emisión de olores molestos, derrames de líquidos y de atracción de vectores sanitarios. Estos contenedores estarán dispuestos en una superficie sólida con cierre perimetral para evitar el ingreso de perros y ratones. Los residuos domiciliarios serán retirados de la instalación de faena 3 veces a la semana en períodos de mayor producción y serán derivados por personal autorizado hacia un sitio de disposición final. Por su parte, los residuos industriales no peligrosos serán retirados 1 vez a la semana o de acuerdo con la necesidad.

El Titular se compromete a mantener en buenas condiciones de orden y limpieza los lugares de generación y almacenamiento temporal de residuos, especialmente en los sectores donde se colocarán contenedores o acopiarán escombros. De la misma forma, se inducirá a todos los trabajadores a un manejo responsable de los residuos industriales no peligrosos y basuras domiciliarias.

e.2) Capacidad máxima de almacenamiento. Las bodegas de residuos contarán –en conjunto- con una capacidad máxima de almacenamiento cercana a los 100 m3.

e.3) Descripción del tipo de almacenamiento. Este tipo de residuos será dispuesto en contenedores secundarios herméticos en la instalación de faenas con capacidad de 10.000 a 60.000 l o similar con tapas apropiadas para impedir el ingreso de vectores sanitarios y la proliferación de olores molestos. Y estarán señalizados como “Basura Domiciliaria”. Se presenta una imagen referencial del tipo de contenedor secundario para el almacenamiento de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios.

Residuos Industriales No Peligrosos. Los residuos industriales no peligrosos serán almacenados temporalmente sobre el suelo y/o en contenedores, dentro del área demarcada con cerco perimetral. Para el transporte y la disposición final se contratarán los servicios de una empresa especializada y autorizada para este tipo de actividades.

A modo de detalle, los excedentes de excavación serán dispuestos a granel. La madera residual será ordenada en pilas de no más de 3 m mantenida a la intemperie, de la misma forma el fierro será apilado a la intemperie y los despuntes serán depositados en contenedores identificados como Metal Reciclable. Otros restos, como escombros y residuos menores serán acopiados en los frentes de faenas y posteriormente en la bodega de residuos para ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región de Los Lagos, en Oficio CP N°7649/2025 de fecha 29 de abril de 2024 se pronuncia conforme con la DIA y su Adenda, señalando que el proyecto cumple con la normativa ambiental de competencia de la Autoridad Sanitaria y presenta los antecedentes técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de los PAS Mixtos de los Artículos N°138, 140 y 142 del D.S. N°40 de 2012. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE Tabla 9.2.3 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

6.2.4. Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fases de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se generarán residuos peligrosos (RESPEL), por lo que se proyectan bodegas RESPEL de carácter temporal, para retirar dichos residuos y disponerlos en sitios autorizados. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos peligrosos sea un sitio que no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.

Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) Descripción del sitio de almacenamiento.

Fase de construcción y cierre: Los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos (RESPEL) consistirán en bodegas las cuales se ubicarán en un sector debidamente demarcado y darán cumplimiento al D.S.N°148/2004 del Ministerio de Salud, por lo que contarán con una base impermeable y resistente; tendrá cierre perimetral que impedirá el libre acceso de personas y animales; contarán con un pretil o pozo receptor, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Su base será continua, lavable, resistente al calor y al agua, impermeable, resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados. Además, contará con señalética normada según NFPA y NCh. 2.190 y medidas de seguridad y equipamiento contra incendios.

Durante las fases de construcción y cierre, el Proyecto considera la habilitación de una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (BAT RESPEL) en instalación de faena, como puede observarse en la Figura 1-1 del Anexo 3.3 – Permiso Ambiental Sectorial 142 (DIA); y en la y en la Tabla 1-1 se presentan sus coordenadas de localización.

En la fase de operación, el Proyecto considera la habilitación de una bodega para almacenar los residuos peligrosos (RESPEL) como se puede observar en la Figura 1-2 del Anexo 3.3 – Permiso Ambiental Sectorial 142 (DIA) y en la Tabla 1-2 del mismo anexo, se presentan las coordenadas referenciales de la bodega.

b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.

En todas las fases del Proyecto, la bodega de RESPEL cumplirá con las disposiciones técnicas exigidas en el artículo 33 del D.S. Nº148/2003 MINSAL, que se indican a continuación: • Base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos que se almacenarán. En este sentido, la bodega contará con pavimento interior rígido de hormigón armado, con inclinación lateral hacia una canaleta que dirigirá cualquier derrame eventual a una canaleta de recepción de derrame, la cual derivará a una pileta o bandeja. • Contará con un cierre perimetral de 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales. • Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Para esto, se dispondrá de una cubierta conformada con paneles estructurales de zinc o similar, de modo de proteger los residuos de las condiciones ambientales. • Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

La bodega contará con el siguiente equipamiento: • Con un extintor de polvo químico ABC – BC de 10 Kilos en el exterior de la bodega, el cual se ubicará en zona de fácil acceso y clara identificación, en todas las fases del Proyecto. Adicionalmente, durante las fases de operación y cierre del Proyecto, se contará con un extintor de cloruro de sodio de 9 kg, para apagar fuego de clase D (por el eventual acopio temporal de baterías del sistema BESS).

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Además, interiormente, la bodega estará subdividida para facilitar el almacenamiento independiente de cada tipo de residuo peligroso

Los contenedores utilizados para el almacenamiento de residuos peligrosos deberán cumplir con los siguientes requisitos: • Estar rotulados indicando, en forma claramente visible, las características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 / Of 2015, el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento. • Tener un espesor adecuado y estar construidos con materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones.

Cabe mencionar que, respecto a la materialidad y estructura, en términos de determinación de la Carga combustible y de la Resistencia al Fuego, se cumplirá con lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

A continuación, se presentan imágenes referenciales de bodega RESPEL.

c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. Los residuos peligrosos que se generen durante las distintas fases del Proyecto corresponderán los siguientes:

El Proyecto generará residuos peligrosos en todas sus fases, y serán almacenados de acuerdo a sus características de peligrosidad y compatibilidad química, permaneciendo hasta un máximo de 6 meses en la bodega de almacenamiento temporal, desde donde serán retirados y enviados a su disposición final a un lugar autorizado, lo anterior se considera para las fases de construcción, operación y cierre, se mantendrá en los sitios de almacenamiento toda la documentación de disposición final de los residuos.

A continuación, se presentan las cantidades que se generaran en las fases respectivas del Proyecto.

Tabla 1-3. Clasificación y cantidad de residuos peligrosos – Fase de construcción

A continuación, se presentan las cantidades que se generaran en las fases de operación.

Tabla 1-4. Clasificación y cantidad de residuos peligrosos – Fase de operación

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Tabla 1-5. Clasificación y cantidad de residuos peligrosos – Fase de Cierre

El período de almacenamiento de los residuos peligrosos, desde su generación hasta la salida de la BAT, en ningún caso excederá de 6 meses.

Durante la operación del Proyecto, la empresa encargada de las mantenciones del parque será la responsable de la gestión y manejo de estos residuos, sin perjuicio de la responsabilidad final del titular del Proyecto. Esta empresa deberá estar debidamente autorizada para estos efectos, realizando su disposición final adecuada fuera de las instalaciones del Proyecto.

d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población.

Estos residuos serán gestionados mediante un sistema de manejo de dos componentes. El primer componente del sistema de manejo tiene por objetivo el almacenamiento temporal en los puntos de generación. Para este fin se utilizarán contenedores primarios, dispuestos en los frentes de trabajo y otras instalaciones generadoras de estos residuos (oficinas, talleres, etc.). Todos estos contenedores serán herméticos, sellados con tapa, de fácil traslado y tendrán capacidad suficiente para contener el volumen de residuos peligrosos generados en el período de frecuencia de retiro.

Posteriormente, los residuos serán trasladados a una bodega de acopio temporal (BAT) de RESPEL al interior de la instalación de faena durante la construcción. Esta bodega representa el segundo componente del sistema de manejo. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores secundarios identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S.N°148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos.

La BAT corresponde a un recinto cerrado y especialmente habilitado, siguiendo los criterios de diseño y las exigencias contenidas en los artículos correspondientes al título IV “Del Almacenamiento” del D.S. N° 148/2004 y luego retirados por empresa con autorización sanitaria para su disposición final en un relleno de seguridad autorizado, u otro sitio que determine la autoridad competente. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos.

La frecuencia de retiro de RESPEL no superará los 6 meses, y serán informados con 48 horas de anticipación a la SEREMI de Salud de Los Lagos por medio físico o en formato digital en el Sistema de Declaración Electrónico de Residuos Peligrosos (SIDREP).

Figura 4. Manejo de residuos industriales peligrosos

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Las medidas de manejo anteriormente descritas, sumada a la materialidad de la BAT que cumplirá las disposiciones del D.S. 148/2003 del MINSAL, aseguran la no afectación de los componentes ambientales (agua, suelo, aire) y aseguran que no se pondrá en riesgo la salud de la población.

e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento.

La bodega de RESPEL tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, cumpliendo con todas las exigencias presentes en el D.S. N°148/2003 del MINSAL “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.

f) Plan de contingencias.

Ante riesgo o situación de posible derrame de residuos peligrosos dentro del área del proyecto se dará aviso inmediato al encargado, quien comandará las acciones durante la contingencia: - Se movilizará maquinaria para realizar pretiles para contener derrame. - Se colectarán los residuos y suelos que hayan sido contaminados. - Si la contingencia ocurre en el trayecto hacia el sitio de disposición final, la empresa contratista se comunicará con el encargado quien en conjunto con encargado ambiental de empresa de transportes coordinarán el retiro de material contaminado y la evaluación de los sitios donde se haya producido la contingencia.

Una vez terminada la contingencia, el encargado elaborará un informe de la contingencia y dará aviso correspondiente a SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos.

El detalle de las acciones o medidas a implementar para controlar una emergencia se presenta en el Capítulo sobre Planes de Contingencias y de Emergencias del presente Informe Consolidado.

g) Plan de emergencias. Ante una situación de emergencia se consideran las siguientes acciones:

Acciones para la contención inicial

Asegurar el área de riesgos físicos y exposición accidental del personal.

Hacer uso del equipo de protección personal apropiado.

Prevenir el esparcimiento del material, empleando materiales absorbentes como turba u otro material. - Determinar el límite físico del eventual derrame.

Acciones para el derrame de residuos peligrosos (se aplicarán según corresponda para derrames en suelos) - Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado. - Definir el equipo necesario y el plan de acción. - Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo. - Colectar y envasar el material contaminado. - Muestrear y analizar los alrededores del suelo, superficie contaminada para determinar los residuos de contaminación.

Acciones para la descontaminación (se aplicarán según corresponda)

Remover el suelo contaminado y escombros si requiere.

Descontaminar todos los equipos.

Envasar todo el material contaminado para descarte.

Colectar muestras para certificación.

Acciones Finales: Documentación (Reporte Final)

Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos

Mapa o dibujo del lugar

Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar

Fotografías

Información de la propiedad dañada y/o perjudicada.

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El detalle de las acciones o medidas a implementar para controlar una emergencia se presenta en el Capítulo sobre Planes de Contingencias y de Emergencias del Informe Consolidado. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región de Los Lagos, en Oficio CP N°7649/2025 de fecha 29 de abril de 2024 se pronuncia conforme con la DIA y su Adenda, señalando que el proyecto cumple con la normativa ambiental de competencia de la Autoridad Sanitaria y presenta los antecedentes técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de los PAS Mixtos de los Artículos N°138, 140 y 142 del D.S. N°40 de 2012. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE Tabla 9.2.4 del ICE

6.2.5. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Plan de rescate y relocalización de ejemplares de fauna terrestre, para especies protegidas y de baja movilidad registradas en área de proyecto, principalmente la herpetofauna (anfibios); mediante la captura, almacenamiento, traslado y reubicación de los individuos afectados desde su lugar de origen (área de rescate) hacia el lugar de destino (área de relocalización). En el marco del compromiso ambiental voluntario de “Rescate y relocalización de anfibios” planteado por el Titular del Proyecto PMDG Coloane, se requiere del permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas de baja movilidad en la superficie donde se removerá el terreno o se intervendrá el hábitat. El permiso será el establecido en el inciso 1º del artículo 9º de la Ley Nº4.601, sobre caza modificada por la Ley Nº19.473, y artículo 609 del Código Civil. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) De tratarse de caza o captura para fines de investigación, se presentará un proyecto de investigación científica que contendrá: a.1. Descripción del proyecto.

El Proyecto, localizado en la comuna de Calbuco, región de Los Lagos, aprovechará el recurso eólico existente en el territorio, mediante la construcción y operación de dos (2) aerogeneradores. Dichos aerogeneradores son de hasta 7,2 MW de potencia cada uno, que serán interconectados entre sí a través de una línea soterrada de media tensión e inyectarán 9 MW a la línea de distribución. Además, el Proyecto incorpora un Sistema de Almacenaje de Energía en Baterías (BESS, por su sigla en inglés).

Considerando que las obras, partes y actividades del Proyecto se localizarán exclusivamente en la región de Los Lagos y sus efectos ambientales se prevén no significativos de acuerdo con el análisis realizado, se presenta esta Declaración de Impacto Ambiental a la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, según lo señalado en el artículo 9 de la Ley N°19.300 y su modificación en la Ley N°20.417.

a.2. Especies, sexo y número de ejemplares estimados a cazar o capturar. Durante las campañas de terreno para la caracterización del componente fauna silvestre se registró la presencia especies de baja movilidad susceptibles de ser afectadas por el Proyecto y que no cumplen con los criterios técnicos para la aplicación de una perturbación controlada, y que por lo tanto cumplen con criterios para la ejecución de PAS146 (SEA, 2022). Dichas especies corresponden a los anfibios Eupsophus calcaratus, Eupsophus emiliopugini, Batrachyla leptopus, Batrachyla taeniata, Hylorina sylvatica y Pleurodema thaul. Estas especies objetivo son de origen nativo, 2 de ellas (B. taeniata y P. thaul) categorizadas como “Casi Amenazadas”, y el resto categorizadas como “Preocupación menor”. Por otra parte, no es posible Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

determinar a priori el sexo de los ejemplares a rescatar, sin embargo, se maximizará el rescate tanto de machos como de hembras.

Respecto del número de ejemplares estimados a capturar, se define referente a los parámetros obtenidos en instancia de Línea de Base y monitoreos complementarios.

Tabla 1. Densidad promedio de las especies de anfibios registradas en instancia de Línea de Base, detallado para cada estacionalidad climática

La información presentada en la Tabla anterior nos permite tener una noción de la cantidad aproximada de ejemplares que podemos esperar encontrar en cada sitio, donde finalmente se considerará que la medida fue implementada con éxito si se mantiene o aumenta la abundancia y densidad de las especies objetivo dentro del área de relocalización.

a.3. Estado de las poblaciones a intervenir.

Considerando los antecedentes proporcionados por IUCN (2015), el estado de las poblaciones de anfibios potenciales a capturar es variable y depende de cada especie:

A nivel nacional, P. thaul se considera “Casi Amenazada” según el Reglamento de Clasificación de Especies (D.S. N°41/2011 MMA), siendo su principal amenaza la pérdida de hábitat, con causas que varían según macrozona del país, siendo su distribución entre la región de Antofagasta hasta la región de Aysén. Es uno de los batracios que mejor tolera el efecto antrópico, ya que sus poblaciones pueden ser encontradas tanto en sectores boscosos prístinos, como también en sectores aledaños a zonas urbanas donde disponga cuerpos de agua, tales como tranques de regadío, acequias y canales. De día se refugia bajo troncos o piedras, mientras que, durante las noches, en la época reproductiva, se pueden escuchar coros de cientos de machos (Celis, 2011). Durante el verano austral se pueden observar oviposturas flotando en lagunas y charcos, en donde cada racimo puede contener 60 huevos, y no presenta cuidado parental. Su ciclo sexual es probablemente continuo en algunas zonas de Chile.

En cuanto a B. taeniata, esta especie se distribuye desde la provincia de Aconcagua (bosques de Zapallar) y bosque relicto de Quintero hasta Chiloé y Aysén. Es más frecuente desde Concepción al sur. Puerto Blest (Neuquén, Argentina) (Cei 1962: 67). Se documenta que la especie se extiende por unos 1600 km desde los 32º a los 46º Sur, ocupando unos 150.000 km cuadrados. Según esta misma fuente, le especie tiene una fragmentación natural hacia el norte de su distribución. Sallaberry et al. (1981) hicieron un estudio completo acerca de esta especie y, a las localidades entregados por Cei (1962) agregan las que en ese momento eran nuevas para esta especie (Sallaberry et al. 1981). No existen antecedentes cuantitativos; las poblaciones del norte de su distribución aparecen no muy abundantes, sin embargo, desde Concepción al sur existen poblaciones abundantes y relativamente estables.

Batrachyla leptopus se distribuye en Chile y Argentina. En Chile, tiene una amplia distribución que va desde Concepción hasta la región de Aysén (Formas & Brieva 2000, Úbeda et al. 2004, Rabanal & Núñez 2008). Altitudinalmente, alcanza hasta los 1.000 m, según Rabanal & Núñez (2008) y hasta los 2.000 m según Veloso & Navarro (1988). Veloso (2006) indica que esta especie está constituida por grandes poblaciones. Formas & Brieva (2000) estudiaron la variación genética con aloenzimas dentro y entre ocho poblaciones de las Regiones de Los Ríos y Los Lagos, incluyendo poblaciones continentales y de la isla de Chiloé. Estos autores encontraron un alto nivel de entrecruzamiento (“inbreeding”) dentro de esas poblaciones y altos niveles de subdivisión entre ellas. Además, encontraron un moderado nivel de diferenciación genética entre las poblaciones de la isla y el continente. En el Proyecto se registró postura y renacuajos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

E. calcaratus habita en Chile y Argentina. En Chile, su rango de distribución es el más extenso de las especies del género y estaba definido entre la localidad de Tres Chiflones (Región de Los Ríos) y Puerto Bertrand (Región de Aysén) (Núñez 2003, Rabanal & Núñez 2008). Posteriormente se describió en algunas islas de la Reserva Nacional Katalalixar ubicadas al norte de la Isla Wellington (Díaz-Páez et al. 2003). Se considera que está en categoría de “Preocupación menor” debido a que presenta una amplia distribución, por tener poblaciones presumiblemente grandes y porque es improbable que esté declinando lo suficientemente rápido como para ser listada en una categoría de amenaza.

En cuanto a E. emiliopugini, su localidad tipo corresponde a La Picada, 23 km al noreste (por el camino) de Ensenada, Provincia de Osorno, Chile (Formas 1989). La distribución conocida de esta especie, a la fecha de su descripción, se extendía desde Puyehue, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos, a Caleta Vidal, Provincia de Aysén, Región de Aysén. Las localidades y sus coordenadas se encuentran detalladas en Formas (1989). Díaz-Páez & Núñez (2002) encontraron individuos en la localidad de Isla Kent, Isla Melchor y Puerto Yates – Isla Rivero, Reserva Nacional Las Guaitecas, Región de Aysén. Esta especie también ha sido encontrada en la localidad de Isla Clemente, Región de Aysén, ampliando el límite sur de la distribución (J Núñez, comunicación personal, 2010). Las poblaciones son generalmente pequeñas. Durante la época de reproducción, hasta 15 individuos se pueden encontrar agregados (Úbeda et al. 2004).

Por último, H. sylvatica se distribuye desde el golfo de Arauco (Ramadillas) hasta la isla grande de Chiloé, ha sido documentada en los Chonos, y, por el margen pacífico de archipiélago de Chiloé hasta la isla Wellington. También en Argentina. Se estima la extensión de la presencia en 98.261 km². Sin antecedentes de su tamaño poblacional, aunque Veloso y Núñez (2003) señalan que las poblaciones son pequeñas.

Cabe destacar que es posible acreditar que la captura no generará riesgos a la supervivencia de las especies, ya que todas tienen un grado de tolerancia a las alteraciones del hábitat, y que las metodologías tanto de captura como de manejo y transporte serán las recomendadas por la Red Chilena de Herpetología (Lobos y col., 2011), tal como se describe a continuación.

a.4. Metodologías de caza, captura y manejo.

Para la captura de ejemplares, y en concordancia con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Caza (DS 5/1998), en primer lugar se solicitará al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) el permiso correspondiente, a través del “Formulario de solicitud de captura de animales de especies protegidas de fauna silvestre con fines de investigación (proyecto con resolución de calificación ambiental (RCA)).”, donde la solicitud será realizada a nombre de un profesional con experiencia en el manejo de anfibios. Además, se vuelve a destacar que la metodología será alineada a “Protocolo para el control de enfermedades infecciosas en Anfibios durante estudios de campo" (Lobos y col., 2011)

Se realizará una búsqueda exhaustiva de individuos en los sectores definidos como áreas de relevancia donde se registraron anfibios, recorriendo sectores húmedos o con características propicias para la presencia de anfibios, como refugios de rocas o cúmulos de ramas y troncos. Los individuos que se localicen serán capturados manualmente o con la ayuda de chinguillos. Los ejemplares serán retenidos temporalmente en contenedores plásticos, procurando su liberación en menos de 6 horas.

Conforme a los hábitos mayoritariamente nocturnos de las especies de anfibios que serán objeto de las capturas, se procurará complementar la campaña diurna con jornadas nocturnas de prospección, las que estarán condicionadas a los resguardos básicos en seguridad que puedan obtenerse para las áreas de captura y relocalización. En dichas prospecciones se utilizará la técnica de playback (Penna, 2010) para facilitar la detección de anfibios.

Para la realización de las actividades señaladas, se contempla como elementos básicos de bioseguridad el uso de guantes de nitrilo únicos por individuo y contenedores plásticos individuales para ejemplares adultos, juveniles y postmetamórficos; y hasta 10 individuos en fase larval por contenedor, los que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

además deberán incluir agua suficiente para la mantención de las larvas. Los contenedores plásticos se mantendrán en una nevera portátil a una temperatura de 15 °C. Además, se realizará desinfección de los materiales con los elementos indicados en el protocolo anteriormente mencionado.

En cuanto al manejo de los ejemplares, se realizará un procesamiento que consistirá en fotografiar, identificar la especie, sexo, medir el largo hocico-cloaca y evaluar su estado sanitario. En caso de individuos metamórficos (larvas) se registra el estado Gosner (1960) se mide parámetros corporales (longitud de hocico-cola y peso corporal). Se considera el rescate de la totalidad de anfibios que sean encontrados durante las labores captura.

Se privilegiará la implementación de esta medida durante los meses con menor actividad reproductiva, la cual se puede considerar entre los meses de enero y junio.

a.5. Lugar de captura y de destino de los animales.

Lugar de captura. El área de captura corresponde a zonas donde se registraron especies anfibias y existe una influencia directa e indirecta del Proyecto, mediante construcción de obras, operación de instalaciones, o efecto de ruido generado en las instancias anteriormente mencionadas. Los sitios de rescate corresponderán al área de emplazamiento directa de las obras del Proyecto como también a la superficie de los hábitats de relevancia que se vean afectados por ruido. La superficie total de los sitios de captura corresponde a 20,47 ha.

Los esfuerzos de captura se concentrarán en los sectores donde se encuentre el microambiente más adecuado para los anfibios, con lo cual se maximiza el éxito del rescate. El ambiente predominante en el área de rescate corresponde al ambiente de Bosque nativo. Este ambiente corresponde a una unidad vegetacional con fisionomía de Bosque, dominado por especies nativas. Dentro del AI del Proyecto se identificaron 8 subcategorías de bosque nativo:

• Bosque nativo de Drimys winteri y Laureliopsis phillipiana. Esta unidad corresponde a una formación de Bosque denso dominado por ejemplares nativos de Estrato Leñoso Alto como Drimys winteri y Laureliopsis phillipiana, los cuales comprenden alturas mayores a los 14 metros. Como especies acompañantes es posible identificar la presencia de Myrceugenia planipes, Podocarpus nubigena, Luma apiculata, Amomyrtus luma, Amomyrtus meli, entre otros, con alturas desde 2 a 14 metros. El estrato arbustivo está compuesto por especies como Rhaphithamnus spinosus, Gaultheria mucronata, Berberis microphylla, Luzuriaga radicans y Luzuriaga polyphylla. Con coberturas menores a 5%.

• Bosque nativo de Drimys winteri y Amomyrtus meli. Esta unidad corresponde a una formación de Bosque denso dominado por ejemplares nativos de Estrato Leñoso Alto como Drimys winteri y Amomyrtus meli, los cuales comprenden alturas mayores a los 8 metros. Como especies acompañantes es posible identificar la presencia de Luma apiculata, Amomyrtus meli, Caldcluvia paniculata, Embothrium coccineum, entre otros, con alturas desde 2 a 13 metros.

• Bosque nativo de Drimys winteri y Luma apiculata. Esta unidad corresponde a una formación de Bosque denso dominado por ejemplares nativos de Estrato Leñoso Alto como Drimys winteri y Luma apiculata, los cuales comprenden alturas mayores a los 8 metros. Como especies acompañantes es posible identificar la presencia de Amomyrtus luma, Amomyrtus meli, Caldcluvia paniculata, Embothrium coccineum, Eucryphia cordifolia, entre otros, con alturas desde 1,5 a 13 metros. El estrato arbustivo está compuesto por especies como Aristotelia chilensis, Rhaphithamnus spinosus, Gaultheria mucronata, Berberis microphylla, Myrceugenia pinifolia, Teline monspessulana, Luzuriaga radicans y Luzuriaga polyphylla, con coberturas en general menores a 5%.

• Bosque de nativo de Luma apiculata. Esta formación corresponde a un Bosque abierto dominado principalmente por ejemplares arbóreos de Luma apiculata los cuales presentan alturas de 7 metros en promedio. Como especie 22 acompañante se encuentra Amomyrtus meli, Amomyrtus luma y Myrceugenia planipes. En el estrato arbustivo domina Berberis microphylla y Berberis darwinii.

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• Bosque nativo de Luma apiculata y Embotrium coccineum. Bosque denso que se compone por ejemplares de Luma apiculata de 10 metros de altura, junto a la especie Embothrium coccineum de 10 metros de altura, además se presentan especies acompañantes como Amomyrtus luma y Myrceugenia parviflora. En cuanto a la estrata arbustiva destacan principalmente las especies de Rhaphithamnus spinosus, y Aristotelia chilensis y Berberis sp., en general, sus coberturas son cercanas o inferiores al 5%.

• Bosque nativo de Luma apiculata, Drimys winteri y Amomyrtus luma. Esta formación corresponde a un Bosque denso dominado por ejemplares arbóreos de Luma apiculata de 4 a 8 metros de altura, Drimys winteri, los cuales presentan alturas que van entre 1,5 a 15 metros, y Amomyrtus luma con alturas de aproximadamente 12 metros. Además, se identificaron especies acompañantes como Amomyrtus meli, Eucryphia cordifolia, Embothrium coccineum, entre otros.

• Bosque nativo de Myrceugenia exsucca. Bosque nativo semidenso que se encuentra dominado principalmente por ejemplares de Myrceugenia exuscca de 8 metros de altura, además se presentan especies acompañantes como Luma apiculata y Eucryphia cordifolia de entre 7 y 8 metros de altura. En la estrata arbustiva, se encuentra compuesto mayormente por Blechnum chilense, con una cobertura entre el 15 y 25%, además de ejemplares de Berberis microphylla y Raphithamnus spinosus.

• Bosque de Nothofagus nitida y Drimys winteri. Esta formación corresponde a un Bosque abierto compuesto por ejemplares arbóreos de Nothofagus nitida y Drimys winteri, los cuales presentan alturas que van entre 8 a 14 metros. Además, se identificó como especies acompañantes a Amomyrtus luma, Myrceugenia parvifolia, Podocarpus nubigena, Eucryphia cordifolia, Myrceugenia planipes y Caldcluvia paniculata. El estrato arbustivo posee coberturas inferiores a 5% y está compuesto principalmente por individuos de Raukaua laetevirens, Griselinia racemosa y Mitraria coccinea.

Adicionalmente a estos ambientes de Bosque nativo, se encuentra el sector de la Laguna con presencia principalmente de vegetación ribereña hidrófila, con abundante humedad y presencia de un cuerpo de agua constante el cual correspondió a un ambiente donde se registró presencia de algunas especies de anfibios.

Durante las campañas de terreno para la caracterización del componente fauna silvestre se registró la presencia especies de baja movilidad susceptibles de ser afectadas por el Proyecto y que no cumplen con los criterios técnicos para la aplicación de una perturbación controlada, y que por lo tanto cumplen con criterios para la obtención de PAS 146 (SEA, 2022). Dichas especies corresponden a los anfibios Eupsophus calcaratus, Eupsophus emiliopugini, Batrachyla leptopus, Batrachyla taeniata, Hylorina sylvatica y Pleurodema thaul. Estas especies objetivo son de origen nativo, 2 de ellas (B. taeniata y P. thaul) categorizadas como “Casi Amenazadas”, y el resto categorizadas como “Preocupación menor”. Por otra parte, no es posible determinar a priori el sexo de los ejemplares a rescatar, sin embargo, se maximizará el rescate tanto de machos como de hembras.

Set fotográfico 1 se evidencian las características geográficas y vegetacionales de los sitios donde se ejecutará la medida de rescate y relocalización.

Si bien el rescate se centrará en los ambientes de relevancia registrados para las especies objetivo, en el caso de encontrar alguna especie de anfibios durante la ejecución de las obras en cualquier sector del Proyecto, se instruirá a los trabajadores para que den aviso al encargado de medio ambiente, el cual gestionará el rescate del individuo, trasladando al animal de forma segura al sitio de relocalización definido en el presente documento.

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Figura 1. Ubicación de las áreas de rescate respecto al área de emplazamiento del Proyecto

Lugar de destino.

Para la recepción de los anfibios se definió un área en la cual se registró la presencia de las especies o posee elementos ambientales similares a los del área de rescate y/o son preferidos por la especie según literatura. En total, el sitio de relocalización abarca un área de cerca de 25,8 ha. ubicado a aproximadamente 250 metros de las obras. Al respecto, la selección del área de relocalización se basa en los siguientes criterios: - Corresponde a un área donde no habrá intervenciones futuras por parte del Titular. - El lugar presente en el área donde se ubicarán los puntos de relocalización presenta elementos ambientales similares que el área a rescatar y que fue caracterizado previamente. - Los puntos de relocalización poseerán abundantes recursos disponibles, en este caso, se privilegiará puntos con presencia de cuerpos lénticos y someros, que estén rodeados por vegetación similar.

El área en cuestión cuenta con el mismo tipo de ambiente del área de rescate, es decir, Bosque nativo de Nothofagus nitida - Drimys winteri y Bosque nativo de Drimys winteri - Tepualia stipularis - Amomyrtus luma. Ambas formaciones se presentan como formaciones boscosas semidensas dominadas por ejemplares nativos de Estrato Leñoso Alto.

El registro de anuros de esta nueva campaña en el sitio de relocalización se presenta en la siguiente Tabla:

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Al momento de la liberación de los individuos, estos se ubicarán separados entre sí en puntos ubicados al interior del área de relocalización. Estos puntos que estarán dentro del área de relocalización serán seleccionados in situ de acuerdo con los factores que han sido propuestos como requerimientos para asegurar la efectividad de la relocalización de especies de baja movilidad por las autoridades (Torres-Mura et al. 2014, SAG 2016, SEA 2022).

El área de relocalización es un 26% más grande que los sitios de rescate, por lo cual se aseguraría que las densidades poblacionales de las especies objetivo puedan ser albergadas y mantenerse durante el tiempo en el sitio de relocalización. También el sitio de relocalización cuenta con la presencia de algunas de las especies objetivo, específicamente Hylorina sylvatica con una abundancia total de un ejemplar y además de registros indirectos de su presencia. También se registraron vocalizaciones de Rana de antifaz (B. taeniata) y de Sapito de cuatro ojos (P. thaul). Por otro lado, no se registró la presencia de depredadores que puedan generar una presión adicional sobre los animales desplazados, asegurando de esta forma mejores condiciones para su asentamiento en el lugar.

a.6. Condiciones de transporte e instalaciones de cautiverio.

Los individuos capturados se retendrán temporalmente en contenedores plásticos con ventilación, los que contendrán una cantidad de agua para mantener la humedad y el sustrato en que se encontrarán los ejemplares. Los contendores se dispondrán en una nevera portátil a una temperatura adecuada. La liberación de los ejemplares se realizará antes de que transcurran seis horas desde su captura y será durante la misma jornada en que se registró.

El traslado de los individuos –bajo las condiciones anteriormente señaladas- será de forma pedestre, o en vehículo si las condiciones lo ameritan, asegurándose que los contenedores queden fijos y que la velocidad de desplazamiento no sea superior a los 20 km/h en el caso de existir caminos no pavimentados y/o con eventos. Esto de manera de minimizar el estrés de los animales.

Asimismo, se trabajará de acuerdo con lo indicado en la “Guía Técnica Para Implementar Medidas de Rescate/ Relocalización y Perturbación Controlada” encargada por el Servicio Agrícola y Ganadero (Torres-Mura et al. 2014), el “Protocolo para el control de enfermedades infecciosas en Anfibios durante estudios de campo" (Lobos y col., 2011), el documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Criterios Técnicos para la aplicación de la medida de Rescate y Relocalización” (SEA, 2022). Además, se seguirán las medidas de bioseguridad detalladas en el “Protocolo para el control de enfermedades infecciosas en anfibios durante estudios de campo”, publicado en línea por la Red Chilena de Herpetología.

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a.7. Cronograma de actividades a realizar y período por el que se solicita el permiso.

Las actividades de captura y relocalización de anfibios se realizarán como máximo, 5 días antes del inicio de las actividades constructivas ligadas al proyecto cercanas a los sitios de rescate establecidos (despeje de vegetación, preparación del terreno, etc.) y tendrá una duración de 4 días efectivos consecutivos, considerando dos equipos de profesionales, dividiendo la prospección del sector en horarios diurnos y nocturnos, correspondiendo a especialistas en fauna silvestre con experiencia en la aplicación de este tipo de procedimiento, nombres que serán informados oportunamente a la autoridad sectorial competente (SAG) durante la tramitación sectorial del permiso de captura. Cabe indicar que, si por algún motivo el inicio de las obras se retrasa y el plazo de 5 días es superado, el procedimiento de rescate y relocalización deberá repetirse.

Con relación al monitoreo del área de relocalización y de los individuos liberados, se propone que antes de efectuar las actividades de rescate y relocalización, se definirá un transecto a lo largo de las áreas de relocalización, en cuyo interior se contabilizarán todos los ejemplares observados, considerando un horario que coincida con los periodos de actividad de los anfibios. Esta evaluación inicial permitirá obtener información actualizada sobre la abundancia de batracios en el área de relocalización, en forma previa a la liberación de los ejemplares, los cuales podrán ser comparados a través del tiempo.

Una vez concluido el procedimiento de rescate y relocalización, en cada seguimiento se efectuará un monitoreo en los transectos previamente definidos, donde además se realizará búsqueda de las especies objetivo para evaluar la sobrevivencia al rescate. Esto se realizará a los 10, 30 y 60 días después de las labores de rescate y relocalización. Además, se mantendrá el seguimiento por tres ciclos reproductivos de las especies objetivos, por lo que se realizará un monitoreo semestral durante dos años, en épocas contrastantes y siendo una de ellas aquella donde las especies objetivo se encuentren en su punto de mayor expresión biológica (primavera).

a.8. Plan de seguimiento.

Las campañas de monitoreo tendrán como objetivo detectar el éxito de la relocalización y el estado de la población en general. Para estimar el éxito de la medida se considerarán los siguientes indicadores como parámetros a evaluar: - Riqueza de y abundancias de especies del ensamble (antes/después de la aplicación de la medida). - Estructura poblacional (Proporción de edad y sexo), y presencia de reproducción. - Diversidad del ensamble: Índice de Simpson, basado en la importancia de las especies más dominantes o el Índice de Shannon-Wiener, basado en la equidad tomando en cuenta el valor de importancia de cada especie. - Riqueza y Abundancia de otros grupos de fauna que conviven con las especies objetivo, para identificar potenciales competidores, depredadores y especies introducidas (identificación de factores de amenaza).

Por otro lado, en un plazo máximo de 30 días hábiles de cada labor, se enviará un informe del procedimiento realizado a las autoridades competentes, así como también el respectivo informe de captura al SAG regional. Ahora, en cuanto a la duración del permiso a solicitar, será de 12 meses y con opción de renovación, ya que se necesita considerar un seguimiento de tres ciclos reproductivos (SEA, 2022)

Plazo y frecuencia de entrega de los informes con la evaluación de los resultados

Rescate. Luego de finalizada la campaña de rescate, se entregará un informe a las autoridades, el que contendrá los resultados de dicha actividad. El plazo de entrega de este informe, así como la forma de entrega, será la indicada en la Resolución Exenta que autorice dichas capturas y que será emitida por el SAG.

Seguimiento. Se elaborará un informe que consolidará los resultados de las acciones de seguimiento que serán efectuados a los 10, 30 y 60 días después de las actividades de captura y relocalización y otro informe una vez finalizado el seguimiento completo. Estos informes serán entregados a la autoridad dentro de un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

plazo máximo de 30 días hábiles tras el término de la campaña de seguimiento, exceptuando el informe final, que se entregará como máximo 60 días hábiles.

Los informes incluirán parámetros poblacionales, caracterización de ambientes, como también algunos parámetros biológicos tales como: capacidad de carga de los sitios receptores, factor de crecimiento poblacional e indicador de éxito de la medida. El indicador de éxito de la medida corresponderá a un aumento o mantención de las densidades de las especies objetivo en los sitios de relocalización. Pronunciamiento del órgano competente El SAG Región de Los Lagos, en su oficio ORD. N°690 de fecha 21 de mayo de 2024, se pronuncia conforme con la DIA y Adenda, y señala que el proyecto cumple con la normativa ambiental de su competencia y se pronuncia conforme a los antecedentes técnicos y formales presentados en cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial Mixto, aplicable al proyecto y establecido en el Artículo 146 del D.S. N°40 de 2012. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE Tabla 9.2.5 del ICE

6.2.6. Permiso para efectuar corta de bosque nativo, del artículo 148 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Corta de bosque para excavaciones Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Para entregar los contenidos enunciados en el artículo 148 del RSEIA la mayor parte de la información requerida para el proceso de evaluación ambiental se presenta en el formulario sectorial de CONAF “Plan de manejo corta y reforestación de bosques nativos para ejecutar obras civiles (Para efecto del Artículo 21º, Ley 20.283)” (en adelante Formulario CONAF), adjuntado la cartografía respectiva.

A continuación, se detallan cada uno de los elementos solicitados en el PAS 148, en función de lo establecido en la guía de permisos ambientales sectoriales en el SEIA: Permiso Para Corta de Bosque Nativo:

a) Antecedentes del predio objeto de intervención

Superficie Total del Predio (ha): 143,1 ha (Estudio técnico)

Vías de Acceso: Desde la comuna de Ancud dirigirse hacia el Sur por Panamericana Sur, Ruta 5, unos 11,5 km aproximadamente hasta el camino de acceso del Predio (Pto. referencia) que se encuentra a la izquierda del camino.

Uso actual del Suelo:

Objetivo de la corta: El objetivo de la corta responde a la construcción del Proyecto Parque Eólico Coloane compuesto por 2 Aerogeneradores, que permitirán la generación de energía eléctrica a partir de la energía eólica, enmarcándose en las Energías Renovables no Convencionales (ERNC). Las obras asociadas que provocarán esta intervención de corta corresponden a la implementación de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

caminos internos, plataformas aerogeneradores y extensión de la Línea soterrada de MT. Dichas obras requerirán de la intervención de 0,28 ha de Bosque Nativo.

b) Descripción de las obras asociadas a la intervención

La superficie total del Proyecto abarca 2,89 ha de las cuales 0,28 ha corresponden a Bosque Nativo Tipo Forestal Siempreverde donde se emplazan parte de las obras de caminos internos, plataformas aerogeneradores y extensión de la Línea soterrada de Media Tensión.

Para todas las obras implicadas es necesario despejar completamente la superficie de la vegetación existente. En consecuencia, será necesaria la corta y descepado de 0,28 ha de vegetación que de acuerdo con la legislación vigente corresponde a Bosque Nativo.

c) Descripción del área y especies a intervenir

Suelos: Las áreas a intervenir se ubican en Suelo de Capacidad de Uso II, V y VII para el cual se señalan algunas referencias como Pendiente (%) y superficie de éstos. Fuente: La capa de uso de suelos fue obtenida a través de la Información Geográfica asociada al Estudio Agrológico de Suelos (CIREN), 2012, Región de Los Lagos.

Fuente: Anexo 4.3 de Adenda Complementaria Recursos hídricos: Respecto de los recursos hídricos, en el siguiente cuadro se presenta los cursos hídricos presentes en las cercanías del Predio a objeto de intervención, para el cual se señalan algunas referencias como por ejemplo temporalidad, la distancia al área a intervenir y el ancho estimado de éstos.

Fuente: Anexo 4.3 de Adenda Complementaria

Vegetación: Para caracterizar la vegetación, que pertenece al Tipo Forestal Siempreverde, se registró información mediante parcelas de muestreo de 500 m² cada una repartidas al azar sobre toda el área en que se encuentra el área de intervención del Proyecto. En específico en el área a intervenir se registró ocho (8) parcelas con bosque nativo. La información obtenida permitió determinar qué áreas corresponden a Bosque Nativo (con una cobertura de especies arbóreas superior al 25%). De las 2,89 hectáreas del área total de intervención del Proyecto, 0,28 ha corresponden a Bosque Nativo del Tipo Forestal Siempreverde. En estos bosques, las especies dominantes son Luma apiculata, Embotrium coccineum, Myrceugenia exsucca, Nothofagus nítida, Drymis winteri, Amomyrtus luma y Laureliopsis phillipiana. Entre las especies arbustivas, Gaultheria mucronata Berberis microphylla, Rhaphithamnus spinosus. En el área, a intervenir no se avistaron especies de flora con problemas de conservación.

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Fuente: Anexo 4.3 de Adenda Complementaria

Fauna con problemas de conservación: La información que se presenta en la siguiente tabla corresponde a los resultados de la Línea de Base de Fauna Terrestre del Proyecto con respecto al estado de conservación vigente, según los procesos de clasificación de especies.

Fuente: Anexo 4.3 de Adenda Complementaria

d) Programa de actividades:

De la corta: Para la construcción del proyecto se propone el siguiente calendario de corta de bosque:

Fuente: Anexo 4.3 de Adenda Complementaria

De la reforestación: El Titular se compromete a la reforestación con especies del mismo tipo forestal Siempreverde a intervenir, correspondientes a Bosque Nativo, cuya densidad total será de 1.600 plantas/ha. La elección de especies puede variar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

según la disponibilidad de ellas en los viveros de la zona. Respecto al área a reforestar, los sitios que se seleccionen presentarán condiciones similares al área intervenida con el propósito de que permitan asegurar la sobrevivencia de los ejemplares plantados. Se realizará en un terreno distinto de aquel en que se efectuó la corta, de preferencia ubicado en la misma provincia, la que debe ser como mínimo equivalente a la de corta. El área a reforestar además deberá efectuarse en suelos con clase de capacidad de uso entre VI y VII (Suelos de Aptitud Preferentemente Forestal). El seguimiento de la reforestación se realizará en un plazo de cinco años, entregando un informe anual durante el mes de junio.

Fuente: Anexo 4.3 de Adenda Complementaria

e) Medidas de protección

Tipo de restricción: Suelos Medidas de protección: - El movimiento de tierra, necesario para la construcción de las obras se efectuará sólo en aquellas zonas delimitadas y autorizadas, con el objeto de minimizar la alteración de las características naturales del terreno y su geoforma, de tal forma de evitar la activación de procesos erosivos; - Durante la etapa de construcción del Proyecto, queda estrictamente prohibido al personal de terreno depositar en el suelo residuos domésticos, industriales o peligrosos. Dichos elementos serán depositados en contenedores habilitados para tales fines, y serán retirados periódicamente por empresas autorizadas; - El acceso y tránsito de vehículos livianos y equipo pesado será controlado por el contratista y se llevará a cabo sólo por caminos definidos y habilitados para tales fines, razón por la que se minimizará la compactación de suelos producto del tránsito vehicular. Se privilegiará el uso de huellas y caminos existentes; - No se empleará fuego como medio para realizar roce y eliminación de residuos de la corta, con el objeto de no alterar los componentes orgánicos del suelo; - La eliminación de la vegetación en el área de intervención se efectuará mediante cortas a tala rasa, de manera sectorizada. Los ejemplares cortados serán desramados y trozados en terreno, para luego ser extraídos por caminos existentes minimizando la alteración del suelo; - La carga de combustible y/o mantención de maquinaría se efectuará en áreas exclusivas recubiertas con geomembranas u otra capa impermeable protectora del suelo para evitar la contaminación por posibles derrames de hidrocarburos u otras sustancias. En caso de haber contaminación del suelo, se procederá a controlar y limpiar inmediatamente el derrame, para posteriormente hacer retiro del suelo contaminado y luego ser llevado a la bodega de residuos peligrosos a la espera de su disposición final por las empresas autorizadas;

Tipo de restricción: Flora y Fauna terrestre Medidas de protección: - Se cortará la vegetación exclusivamente aprobada y autorizada para la construcción de las obras del Proyecto y que es objeto del presente Plan; - Se delimitará el área a despejar de vegetación con estacas de madera y/o con señalización de color llamativo, con el fin de que el personal de terreno enmarque sus áreas de corta establecidas en el presente plan de manejo y no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella; - Durante la etapa de construcción, para evitar el levantamiento de material Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

particulado que pudiese adherirse a las hojas de los árboles adyacentes al camino de acceso, producto del tránsito de vehículos a las obras del proyecto, ésta será prevenida con la instalación de una malla raschel de 1,8 m de altura al lado del camino (hacia el bosque) y supresor de polvo al menos dos veces al día con el fin de evitar el levantamiento de partículas hacia los árboles; - Se capacitará al personal sobre el cuidado de la flora existente en las áreas aledañas del proyecto mediante charlas semanales de cinco minutos; - Se prohibirá todo tipo de actividad que pueda provocar alteración de hábitat y a los recursos naturales, tanto dentro del área de proyecto como fuera de él; - Se contempla la construcción de un cierre perimetral, con el objeto de impedir el ingreso de animales domésticos y silvestres a la faena; - Se prohibirá al interior de los predios de corta y reforestación, la caza o captura de animales, mediante inducciones al personal y la instalación en cada predio, de un letrero alusivo a la prohibición de esta actividad, así como también estará prohibido alimentar a la fauna silvestre; - Para la fauna nativa se pondrá en práctica medidas de mitigación sobre las especies a través del método de perturbación contralada sugerida por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); - No se permitirá la tenencia de perros en las zonas de faenas que impliquen un riesgo hacia la fauna silvestre de la zona; en el caso de que se incorporarán a la zona de trabajo inesperadamente, estos deberán ser retirados del lugar; - Capacitación a personal del proyecto sobre el eventual cruce de animales, indicando la prohibición de uso de bocinas en el caso de encuentro con fauna en área de tránsito de vehículos; - El acceso al predio estará controlado, restringiendo el ingreso a personas ajenas a las obras. - Los residuos domésticos serán almacenados en contenedores herméticos y luego retirados para posteriormente ser depositados en vertederos autorizados. De modo de evitar la contaminación y presencia de roedores en el sector; - Se prohibirá el uso del fuego y la quema. La prohibición del uso del fuego evitará la ocurrencia de accidentes que conlleven la pérdida de ambientes para la flora y la fauna. Esta medida será materializada mediante una reglamentación interna y la instalación de señalética, tanto en el área de obras del proyecto como en el camino de acceso; - La puesta en práctica de las medidas arriba enunciadas se estima son suficientes y realistas para la mantención de la fauna presente en el sector y, de este modo, conservar la diversidad biológica del país.

Tipo de Restricción: Recursos hídricos y quebradas Medidas de protección: - Durante la etapa de construcción, así como en la etapa de operación, no existirá descarga de aguas de ningún tipo, como tampoco de materiales a las quebradas aledañas al área de proyecto; - Se prohibirá depositar y/o arrojar residuos de cualquier tipo, sean líquidos o sólidos, provenientes del proyecto, en zonas próximas a quebradas y cursos de agua; - No se impedirá u obstruirá el libre escurrimiento de las aguas de los cauces naturales, y se privilegiará llevar a cabo las obras durante los períodos de menor precipitación; - Durante las faenas de corta no se permitirá vaciar o depositar residuos líquidos o sólidos domésticos o industriales en los cursos de agua, incluyendo ramas, hojas o troncos. De igual modo, no se efectuará obras que originen derrames de material a los cursos de agua; y - El lavado de maquinarias y vehículos se llevará a cabo en áreas habilitadas para tales actividades procurando que dichas áreas estén lejos de cursos de agua tanto temporales como permanentes.

Protección al establecimiento de la reforestación Medidas de Protección: - Se contará con cerco perimetral para evitar el ingreso de ganado y de vehículos al interior de las áreas de reforestación como tampoco se permitirá el ingreso de personas ajenas a las faenas. Previo a las labores de plantación, el cerco perimetral será revisado de manera constante para asegurar la exclusión efectiva y así proteger las plántulas establecidas. - Se efectuará una preparación previa del suelo pudiendo realizarse subsolado en caso de ser necesario y según lo permita la pendiente y topografía, para asegurar de esta manera el establecimiento de la plántula y favorecer su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

desarrollo radicular.

Se realizará control mecánico o manual de malezas en el lugar de plantación, durante los primeros años de modo de evitar la competencia de la planta, para de esta manera favorecer su desarrollo radicular y la captación de agua de precipitaciones. - La plantación se hará con distribución al azar para cada ejemplar que sea plantado, con el objeto de replicar la distribución natural de las especies. Se extraerán las piedras de tamaño mayor en la eventualidad de que aparezcan. Si es necesario, se aplicará tierra de hoja para rellenar. De este modo las plantas tendrán suficiente espacio para que se desarrolle su sistema radicular. Un espacio menor hace que las plantas queden constreñidas y su crecimiento se ve perjudicado. Las plantas deberán contar con un tratamiento adecuado en cuanto a riegos, fertilización, una buena relación tallo/raíz y DAC (Diámetro a la altura del cuello) y altura no menor de 45-50 cm. Se encargará la producción de las plantas en un vivero especializado, que cumpla con los estándares o protocolos de producción. Las plantas tendrán una edad de dos años en vivero. Este aspecto es fundamental para la programación de la reforestación en terreno. El suministro de ejemplares deberá provenir de la compra a viveros de la región, de preferencia proveniente de las cercanías de la comuna de Ancud. Se privilegiará que las semillas utilizadas para la producción de plantas en vivero sean de origen local. - La plantación se hará, en lo posible, después de ocurridas abundantes lluvias que hayan infiltrado el suelo. Posterior a ello se aplicará fertilizante (NPK forestal, 8-20-16) granulado a cada planta. Este fertilizante se aplicará en una sola dosis de 100 gramos por planta, aplicado al momento de la plantación en dos hoyos ubicados a 20 cm de la base de la planta y a 20 cm de profundidad. No se aceptará productos ni dosis diferentes. - Se instalará una malla de protección a cada ejemplar plantado, la que será confeccionada con malla rashell o similar. Esta protección evitará el ramoneo de los ejemplares por la fauna residente, además de conferir protección contra la radiación, barrera contra el viento y mitigar la pérdida de humedad del suelo y del ejemplar. - Una vez efectuada la plantación, las plántulas recibirán un riego inicial o de establecimiento de 3 litros al momento de la plantación el que dependerá de las condiciones de humedad del suelo y del estado de la temporada invernal de la zona. De acuerdo al monitoreo y seguimiento de la plantación, se aplicará riego en el caso de que la plantación lo requiera durante el primer año, el cual irá disminuyendo progresivamente durante el segundo año hasta retirar el riego por completo a finales de este. El riego estará sujeto al monitoreo y seguimiento de la plantación lo que permitirá definir la frecuencia de este considerando las proyecciones pluviométricas de la temporada invernal en la zona. De esta manera se evitará que la plantación presente una humedad sostenida, la que podría presentar malas condiciones de sanidad y alta probabilidad de aparición de organismos patógenos producto del exceso de riego. - Lo anterior, será realizado para cumplir con el 75% de prendimiento a finales del primer año. En caso contrario, y a fin de cumplir con el porcentaje de éxito de la plantación, se evaluarán medidas de reposición de ejemplares y la implementación de riego quincenal durante el primer semestre del segundo año y una disminución del riego paulatina durante el segundo semestre. - La mantención de la reforestación se realizará al menos durante dos (2) años a contar de la plantación de los individuos. - Se realizarán un programa de monitoreo y seguimiento, con el objeto de asegurar que las plantas se desarrollen en forma normal y/o detectar a tiempo, problemas que puedan afectar la sobrevivencia de la plantación. Este monitoreo constará de un seguimiento del Estado sanitario, Vigor, Porcentaje de Sobrevivencia, Altura y Diámetro promedio de la Plantación. - La frecuencia de monitoreo y seguimiento será mensual durante el primer año de la plantación y, en caso de registrar un porcentaje de sobrevivencia igual o mayor al 75%, será semestral durante el segundo. Luego a los dos (2) años se continuará el seguimiento por cinco (5) años de manera semestral. En caso contrario, se mantendrá el monitoreo mensual, con el objetivo de responder a tiempo ante eventuales factores que atenten contra el éxito de la plantación. - A finales de cada año de reforestación se emitirá un informe del estado de la plantación y de la actividad de seguimiento y protección realizada, con apoyo de registros fotográficos, planos, cartografía digital georreferenciada en Coordenadas UTM, Datum WGS 84, archivos Kmz, que se remitirá SMA y CONAF. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Plagas y enfermedades

Se hará monitoreo y seguimiento con el fin de detectar cualquier foco de plagas o enfermedades en las áreas de reforestación. En general se monitoreará el estado sanitario de la plantación al menos 3 veces por año durante el primer y segundo año. En caso de la detección de alguna plaga o enfermedad, se dará aviso a SAG y CONAF Regional, con el fin de solicitar ayuda para el control. En caso de constatarse muerte o daños severos, que impidan el crecimiento de los individuos plantados, serán repuestos con plantas de la misma especie.

Protección contra Incendios Forestales Medidas de Prevención, Mitigación y Control de Incendios Forestales en la Reforestación - Como Medidas de Prevención, se procederá a la Instalación y mantención de letrero visible en el área de reforestación, de fácil lectura, con medidas mínimas de 3 m x 2 m, a una altura no inferior a los 2m, en lugares de acceso al predio en sectores adyacentes al predio de tránsito regular o en caminos principales circundantes, que contenga la Identificación del proyecto (DIA), que genera la obligación de reforestar, N° de Resolución aprobatoria de CONAF acerca del Plan de Manejo de corta de bosques para ejecutar obras civiles, Año de reforestación, Especies forestales utilizadas, densidad y superficie, nombre del predio y los siguientes números de emergencias: CONAF 130, BOMBEROS 132, CARABINEROS 133. El letrero podrá además informar a la comunidad la importancia de la prevención de incendios forestales y medidas básicas de prevención en cuanto al riesgo que implica el encender fuego en ambientes naturales (por ejemplo: no realizar fogatas; evitar botar basuras, cigarrillos, fósforos, u otros). - El cerco perimetral de protección al área de reforestación podrá impedir el tránsito de personas desde sectores habitados, sectores turísticos, caminos, líneas férreas, cultivos agrícolas e infraestructura crítica, entre otros, hacia el recurso a proteger. - Como Medidas de Mitigación, se contemplará el uso de los propios caminos de acceso al área de reforestación y/o huellas existentes, como Fajas libres de vegetación y/o fajas cortafuegos. De acuerdo al Monitoreo y Seguimiento de la Plantación, se procederá a la mantención anual de dichas fajas, para la eliminación de potenciales especies de herbáceas o arbustos menores que podrían haberse desarrollado en el área. La eliminación o roce de las especies vegetales se podrá ejecutar tanto de manera manual o mecánica utilizando las herramientas adecuadas para dar curso a este trabajo, evitando de esta manera alternativas químicas o uso del fuego para su control. - En épocas de verano y de riesgos de incendios, se deberán incrementar las acciones de vigilancia de la plantación para detectar oportunamente la eventual presencia de fuego, de manera que permita dar aviso oportunamente a CONAF o instituciones del Sistema de Protección Civil como Carabineros, Bomberos, entre otros, ante la existencia de focos de incendio, de manera de facilitar un combate rápido y eficiente. - Finalmente, como Medidas de Control de Incendios Forestales en la Reforestación se contemplan las mismas medidas de control estipuladas a continuación en el Ítem de Protección contra incendios forestales determinadas en el presente Plan de manejo

A continuación, se presenta las Medidas de Protección Contra Incendios Forestales, considerando Medidas de Prevención y Medidas de Control:

a) Medidas de Prevención

Se deberá considerar la realización de charlas de capacitación tanto para el personal de planta como para los propios trabajadores de las obras. Estas charlas deberán tratar temas relativos a la prevención de incendios como: la Prohibición del uso del fuego en áreas de trabajo, así como las instrucciones de práctica básica sobre el combate de incendios, las formas de organizarse y construir colectivamente líneas rudimentarias de control de fuego, a fin de combatir preliminarmente cualquier foco de incendio hasta que llegue el personal especializado. El momento de estas capacitaciones, será previo al inicio de cualquier actividad de las obras y deberán ser realizadas por un profesional acreditado, el cual cuente con la suficiente pertinencia y experiencia en estos temas. - Adicionalmente se deberá informar al personal de los riesgos asociados a cada Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

actividad, y de las medidas tendientes a prevenir estos riesgos. Esta información deberá ser transmitida con letreros especialmente diseñados, así como en las capacitaciones que el encargado realice. Además, se entregarán nociones teóricas básicas con respecto al comportamiento del fuego y los métodos de combate de incendios forestales. - Se deberá proceder a la instalación de señaléticas y/o afiches que indiquen los pasos a seguir en caso de presentarse algún siniestro. Así como letreros que prohíban fumar y la realización de fogatas en el área del proyecto. - En letreros se indicará la prohibición de botar basura, cigarrillos, restos vegetales, entre otros, a modo de evitar la acumulación de material combustible en las dependencias y entorno de las obras. Dicho material interpretativo, deberá contener al menos los números telefónicos de Bomberos, Carabineros y CONAF, para hacer frente ante una eventual emergencia.

Entre las medidas preventivas que serán aplicadas durante la ejecución del proyecto, particularmente en épocas de sequía, destacan aquellas orientadas a la reducción del riesgo de ocurrencia: - Reducción del riesgo de ocurrencia: como norma general, se tratará que las faenas de corta sean efectuadas en épocas de bajo riesgo de ocurrencia de incendios. - Vigilancia: Existirá una inspección técnica a cargo del titular. Dentro de sus funciones estará la detección permanente de acciones y condiciones inseguras que estén produciéndose durante el desarrollo de las faenas. La inspectoría comunicará las deficiencias anotadas al contratista, con el objeto de que se corrijan las fallas y deficiencias observadas. - Control del riesgo: Se controlará el acceso a las faenas, impidiendo el acceso a personas ajenas a la faena. Los caminos de acceso podrán actuar como áreas libres de vegetación y/o cortafuegos para el desplazamiento del personal, brigadistas o maquinaria las que se mantendrán despejadas, esto bajo una supervisión rutinaria por parte del jefe de obra. - Reducción del peligro de ocurrencia: La ordenación de combustible, comprenderá el apilado ordenado de troncos durante la faena de corta dentro de la faja para ser retirados posteriormente. Las ramas y hojas de árboles, será ordenado en fajas y dispuestos a orilla de camino para ser retirados. - Comportamiento básico del personal en el proyecto: Los operarios tendrán prohibido fumar durante las faenas de corta, además, tendrán prohibición absoluta de encender fogatas.

Herramientas y equipos de combate: En caso de ocurrencia de algún amago de incendio, se utilizarán los equipos y herramientas utilizados para realizar el trabajo de descepado de los ejemplares, así como también las herramientas de combate de incendios forestales que deben estar presentes en todo momento en el lugar de la faena y que serán de fácil acceso para todo el personal capacitado. Las bombas de espalda mencionadas deberán estar siempre cargadas a plena capacidad con agua y deberán disponer de un estanque móvil cercano para recarga de las bombas de a lo menos 1000 litros.

Maquinaria y equipos de apoyo: La maquinaria de apoyo será la misma utilizada en las obras de construcción del proyecto.

Comunicaciones: Se designará una persona que estará a cargo de disponer o instruir el traslado de recursos y personal si fuere necesario, así como realizar coordinación con CONAF para solicitar la participación de brigadas profesionales de combate de incendios.

b) Medidas de Control. Durante la ejecución de los trabajos de corta, especialmente en épocas de sequía, se consideran las siguientes medidas de control: - Detección oportuna: Contar con el equipamiento de comunicación para recibir las instrucciones para iniciar el combate. - Organización de medios de combate: en caso de ocurrir un siniestro se adoptarán inicialmente las siguientes medidas: - El personal que se encuentre más cerca del incendio, dará aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, tales como tipo de combustible que se está quemando, cantidad de combustible y recursos amenazados, disponibilidad de agua, vías de acceso al lugar, estimación de la superficie afectada hasta el momento, topografía del lugar, condiciones meteorológicas locales, especialmente dirección y fuerza del viento y, en especial si se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

requiere de más personal para el combate.

El personal que se encuentre disponible más cerca del lugar del incendio comenzará a combatir de inmediato, construyendo las líneas de control que sean necesarias. En primera instancia, asumirá la responsabilidad el técnico o capataz encargado de las faenas que primero llegue al lugar del incendio. - Esta persona organizará a su personal, hará rápidamente una evaluación de los valores afectados y será quien proporcione las informaciones vía radial. - La persona encargada de las operaciones comunicará de inmediato a CONAF, la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de este y demás antecedentes, con el objeto de que dicha institución tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y realice las evaluaciones necesarias. - El encargado de las comunicaciones dará primera prioridad a las referidas al incendio y dispondrá el traslado del personal al lugar del incendio en el caso que sea necesario o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones.

El jefe de cuadrilla dará primera prioridad al incendio y dispondrá el traslado del personal al lugar del siniestro, si fuese necesario, o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. Si CONAF envía brigadistas contra incendios al lugar, el personal de la empresa contratista que se encuentre en el lugar se pondrá a las órdenes del jefe de incendio.

Capacitación del personal:

Se instruirá al personal que efectúe la corta, sobre los riesgos que implica esta faena. Además, se le entregarán nociones técnicas básicas con respecto al comportamiento del fuego y los métodos de combate de incendios forestales. - Se proporcionará al personal la instrucción práctica básica sobre el combate de incendios forestales, las formas de organizarse y construir efectivamente líneas rudimentarias de control de fuego, a fin de combatir preliminarmente cualquier foco de incendio hasta que llegue el personal especializado de CONAF. - Comportamiento básico del personal durante un siniestro: los operarios seguirán las instrucciones del jefe de incendio designado y adoptarán las medidas de seguridad que se les indiquen. Herramientas y Equipos de apoyo: además de los equipos y herramientas que se utilicen para realizar faenas de roce, se implementarán herramientas básicas para el combate inicial de un incendio, tales como: palas, rozones, rastrillos y bombas de espalda. - Maquinaria y equipos de apoyo: la maquinaria y equipo de apoyo será la misma utilizada en las obras de habilitación de caminos, es decir, camiones, palas mecánicas y bulldozers.

Comunicaciones:

Se dotará de teléfono celular o equipo de radio al jefe de cada cuadrilla que esté realizando faenas en los diversos frentes de trabajo, a fin de facilitar la comunicación inmediata ante emergencias producidas durante las faenas. - En cada estructura de operación del proyecto, se designará una persona que tendrá como objetivo recibir la información de las cuadrillas de trabajo, disponer o instruir el traslado de mayores recursos y persona, además, si fuese necesario realizará coordinación con CONAF para solicitar la participación de brigadas profesionales contra el combate de incendios. Esta persona estará equipada con un teléfono celular o equipo de radio, cumpliendo además otras funciones que le sean asignadas.

Manipulación de combustibles: considerando que para cortar la vegetación se emplearán motosierras que usan combustible: - Se instruirá al personal para que el combustible sea manipulado de la manera más cuidadosa posible, bajo altos estándares de seguridad. - Combustibles no se podrán almacenar en el lugar, y el traslado del combustible se realizará en envases estancos, sellados y seguros. - La recarga de los estanques de motosierras en el bosque se hará en un lugar desprovisto de vegetación. Si no existe este lugar, se habilitará un área de al menos dos metros cuadrados y se cuidará de no derramar combustible.

Cartografía digital georeferenciada. Se adjunta en el anexo, el plano predial donde se detalla el área de corta. También se adjuntan los archivos digitales que permitieron elaborar este estudio en formato Shapefile. Pronunciamiento del órgano competente CONAF Región de Los Lagos, en su oficio ORD. Nº24-EA/2025 de fecha 9 de junio de 2025, se pronuncia conforme sobre la DIA, su Adenda y Adenda Complementaria, y señala que el proyecto cumple con los requisitos técnicos y formales de los PAS 148 y 153 del RSEIA; respecto del PAS 148, CONAF plantea Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

las siguientes condiciones:

Al momento de presentar el permiso sectorial correspondiente, deberán adjuntarse las coberturas actualizadas que reflejen la superficie efectiva de corta, conforme a lo señalado en la última presentación. - La superficie destinada a reforestación deberá ubicarse en un área anexa a una zona que cumpla con las condiciones necesarias para ser definida como bosque nativo, así como con las características requeridas para el establecimiento de las especies propuestas. Se aclara que el compromiso ambiental voluntario corresponde a una actividad adicional a la obligación legal que emana de la corta de bosque nativo y su correspondiente reforestación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE Tabla 9.2.6 del ICE Anexo 4.3 de Adenda Complementaria

6.2.7. Permiso para la corta de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección, del artículo 153 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Corta de de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El Decreto Supremo N°237 de 1974, del Ministerio de Agricultura, prohíbe la corta de o aprovechamiento en cualquier forma de los arbustos y árboles que se encuentren situados a menos de cien (100) metros de ambas orillas del camino longitudinal denominado también Carretera N°5 en el tramo comprendido entre la ciudad de Chillán, provincia de Ñuble por el Norte y el pueblo de Quellón, provincia de Chiloé, por el Sur. En el área de emplazamiento del proyecto, así como en el área de instalación de faenas, existe una gran cantidad de árboles nativos aislados, que no constituyen bosque conforme a la definición legal, pero que, sin embargo, se encuentran afectos a la prohibición y regulación del D.S. 237 de 1974, por encontrarse a menos de 100 m de la berma de la Ruta 5 Sur. En Adenda, el Titular presenta los antecedentes para acreditar el cumplimiento del PAS 153, con todos los antecedentes y requisitos respectivos, conforme al D.S. N°40/ 2012 del MMA, Reglamento del SEIA. Dicho PAS es necesario para llevar a cabo la corta de árboles y arbustos aislados, situados a menos de cien (100) metros de ambas orillas de la Ruta 5 Sur. El formulario respectivo se encuentra disponible en la página web de CONAF. a) Antecedentes del o los predios objeto de intervención El predio a intervenir corresponde al Predio Uno A. A continuación, se presentan los antecedentes: • Nombre del propietario: Fabián Andrés Haase Cárcamo • Rut: 15.645.065-0 • Nombre del predio: Uno A • Superficie: 134,5 ha • Rol de avalúo: 01129 − 00015 • Comuna: Ancud • Provincia: Chiloé • Región: Los Lagos • Vías de acceso: Ruta 5 • Coordenadas U.T.M: 608.906; 5.362.036

b) Descripción de las obras asociadas a la intervención

Para acceder a los frentes de trabajo al interior del polígono de emplazamiento de las turbinas, se habilitarán caminos internos para el tránsito de vehículos que transportan los insumos, equipos y maquinarias a los diferentes frentes de trabajo. Estos caminos, a su vez, facilitarán la operación y mantenimiento de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

aerogeneradores e instalaciones eléctricas, en fase de operación. El total de caminos internos corresponde a 1,31 km de camino estabilizado de 6,0 m de ancho. Esta obra, considerando los anchos variables por cortes y taludes, utiliza una superficie total de 9.605 m².

b.1) Obras del proyecto. El Proyecto consiste en la construcción y operación de 2 aerogeneradores (“AG”) de hasta 7,2 MW de potencia nominal cada uno y una línea eléctrica de media tensión (23 KV) que une a los aerogeneradores, con un Sistema BESS y que inyectará 9 MW a la línea de distribución local. Con el fin de acceder a todas las instalaciones del Parque, se contempla la habilitación y/o mejoramiento de caminos existentes para el acceso al Proyecto y estructuras de la línea de media tensión, de 1,31 km aproximados.

b.2) Obras de intervención a los ejemplares. La obra asociada a la intervención de ejemplares vegetacionales son los caminos internos del proyecto, los cuales permitirán el tránsito de los vehículos que transportan los insumos, equipos y maquinarias a los diferentes frentes de trabajo, además de facilitar la operación y mantenimiento de los aerogeneradores e instalaciones eléctricas.

c) Descripción del área y especies a intervenir

El área a intervenir se constituye de 4 unidades vegetacionales correspondientes a arbustos de las especies Aristotelia chilensis (Maqui) y Rubus ulmifolius (Zarza mora), que se encuentran alrededor de pradera, de las especies Ranunculus repens y Trifolium repens. Estas formaciones se encuentran a menos de 100 metros de la Ruta 5, en donde se contempla la construcción de caminos internos para las obras del Proyecto.

d) Medidas de protección

Quedará prohibida cualquier intervención a la vegetación aledaña a las obras, que no se encuentre inserta dentro del área contemplada en la presente solicitud de corta, para aquello, las actividades de corta, descepado de árboles y arbustos se efectuarán con herramientas apropiadas (hacha, motosierras, palas, entre otras) y bajo métodos que no ocasionen daños a la vegetación aledaña a las áreas afecta. - Las labores de corta de ejemplares estarán supervisadas por un especialista ambiental, quien delimitará las áreas de trabajo y velará por el correcto operar de las faenas, evitando la afectación de flora. - Se prohibirá el uso de fuego y quemas de cualquier tipo - Se realizarán inducciones al personal, de manera quincenal, alusivas a la prohibición de la corta y quema de la vegetación nativa existente en el área de intervención del Proyecto, como también, la importancia y respeto que se le debe dar a los ecosistemas silvestres. - Se enfatizará sobre la protección de especies clasificadas en categoría de conservación. Para ello se realizarán charlas quincenales, las cuales se presentarán a través de métodos visuales para su adecuado reconocimiento y evitar afectación de ejemplares fuera de las áreas solicitadas. - Se capacitará a los todos los trabajadores en procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios; y se realizarán charlas de inducción y sensibilización en temas educación ambiental y prevención de incendios forestales a los trabajadores, dando énfasis principalmente a los factores de riesgo en cuanto a actividades y comportamientos habituales de las personas que pueden provocar focos de incendios.

e) Cartografía georreferenciada

En el Apéndice PAS 153-1 se presenta la cartografía georreferenciada.

Pronunciamiento del órgano competente CONAF Región de Los Lagos, en su oficio ORD. Nº24-EA/2025 de fecha 9 de junio de 2025, se pronuncia conforme sobre la DIA, su Adenda y Adenda Complementaria, y señala que el proyecto cumple con los requisitos técnicos y formales de los PAS 148 y 153 del RSEIA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE Tabla 9.2.7 del ICE

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6.2.8. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Construcción de canal de desvío del flujo de cauce natural, mediante canal de contorno, con el fin de realizar un manejo de las aguas y así prevenir eventuales inundaciones de plataforma en la cual se ubica uno de los aerogeneradores. Construcción de obras de atravieso tipo alcantarilla, a fin de permitir el paso del flujo del cauce existente en el camino proyectado y la circulación de vehículos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas. Los contenidos técnicos y formales que se presentan para acreditar su cumplimiento son los que se actualizan en Anexo 5 de Adenda (PAS 156) y en Anexo 4.4 de Adenda Complementaria, según se resume a continuación:

a) Descripción del lugar de emplazamiento de la obra. En la Figura 3.1 del Anexo 4.4 de Adenda Complementaria se presenta la ubicación de las obras objeto del presente permiso.

Figura 3.1. Ubicación de la obra Fuente: anexo 4.4 de Adenda Complementaria

a.1. Identificación del cauce en cartografía IGM 1:50.000 o en una cartografía de mayor detalle, dependiendo de la necesidad de visualización del caso.

Para el análisis de la hidrología local se utilizó como base la visita a terreno y el levantamiento topográfico disponible, debido a que el cauce identificado no está reconocido en la cartografía IGM del sector (carta IGM Chacao H-67). En la Figura 3.2 se muestra el eje del cauce en estudio de acuerdo con las imágenes satelitales y el levantamiento topográfico disponible.

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Figura 3.2. Identificación de cauces en estudio Fuente: anexo 4.4 de Adenda Complementaria

a.2. Coordenadas UTM, indicando Huso y Datum, de la ubicación y descripción del sector en que se emplazará la obra.

En la Tabla 3.1 de Anexo 4.4 de Adenda Complementaria se indican las coordenadas de las obras proyectadas:

Fuente: anexo 4.4 de Adenda Complementaria

a.3. Descripción de las características generales del cauce

En la Figura 3.3 de Anexo 4.4 de Adenda Complementaria se presenta la ubicación espacial del registro fotográfico del cauce en estudio, el que es representativo de la caracterización 100 m aguas arriba y 100 m aguas debajo de las obras proyectadas. En la Tabla 3.2 se presenta extracto del set fotográfico obtenido en visita a terreno, realizada el día 09 de enero de 2024. Mayor información del cauce se presenta en el Estudio Hidrológico – Hidráulico, adjunto al Anexo 4.4 de Adenda Complementaria.

Figura 3.3. Ubicación registro fotográfico Fuente: anexo 4.4 de Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

b) Descripción de la obra y sus fases.

En la situación con proyecto, se considera la construcción de obras de atravieso tipo alcantarilla, con la finalidad de permitir conjuntamente el paso del flujo del cauce y la circulación de vehículos; y se proyecta la construcción de un canal que desvíe el flujo de un cauce por el contorno de las plataformas en la cual se ubican los aerogeneradores.

b.1. Detallar tipo de obra, función, características constructivas y dimensiones básicas.

En la Figura 3.4 y Figura 3.5 del Anexo 4.4 de Adenda Complementaria, se muestra una sección transversal tipo para las obras proyectadas y en la Tabla 3.3 se indican sus dimensiones. Mayor detalle de las dimensiones de las obras se presenta en Apéndice 6 Anexo 4.4 – Planos (Adenda Complementaria).

b.2. Incluir una descripción de la etapa de construcción, operación y cierre si corresponde

Etapa de Construcción. Para la construcción de las obras proyectadas se realizará la preparación del terreno, con el fin de adecuar la topografía a las condiciones que se requieran. Cabe señalar que se exigirá contractualmente al contratista el cuidado de las operaciones de preparación, a fin de evitar cualquier actividad que pueda afectar las características generales en la zona de estudio.

Se considerarán dos situaciones en la fase de construcción: c) Estero Sin Flujo: Considerando el tiempo de construcción de la obra, de no existir flujos en el cauce, la construcción del canal se realizará sin desvíos de flujo. d) Estero con flujo: De existir flujos en el cauce, se realizará un desvío provisorio del cauce 40 m aguas arriba y 40 m aguas abajo del punto de trabajo, el desvío se realizará con el material excavado y protegidos con sacos de arena.

Etapa de Operación. Durante la fase de operación, la obra se encontrará completamente habilitada y permitirá el libre escurrimiento del flujo. Frente a eventos de crecida, se deberá hacer una inspección de la obra, observando que se mantenga la integridad de la obra y que ésta no presente acumulación de basura o vegetación. En caso de encontrarse alguno de los elementos mencionados, se deberán tomar las medidas correspondientes para reestablecer la obra a su situación de diseño original.

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Etapa de Cierre. La obra no contempla un plan de cierre, por lo que este tipo de obra se encuentra diseñada para no generar cambios significativos en el eje hidráulico del cauce intervenido y está construido con materiales que no son nocivos para el recurso hídrico, por lo que tampoco existe un efecto adverso en la cantidad y calidad de las aguas.

Aun cuando se ha justificado que las obras no generarán impactos significativos en el cauce, de igual manera se propone un plan de cierre en la eventual situación de retirar las obras. Este plan contendrá lo siguiente a modo general: (i) verificación de estabilidad de las obras, donde se evaluarán las medidas específicas para retirar los materiales sin afectar al entorno; (ii) restauración, se procederá con la restauración del suelo y vegetación de la zona donde se implementó la obra; y (iii) monitoreo posterior al cierre, donde se asegurará mediante informe técnico que las obras han sido retiradas conformes en su totalidad.

c) Estimación de los plazos y periodos de construcción de las obras.

El desarrollo de esta obra se realizará en un plazo estimado de dos semanas de construcción. En las Tablas 3.4 y 3.5 de Anexo 4.4 de Adenda Complementaria, se presenta el cronograma asociado a la construcción de las obras proyectadas, el cual es estimativo y puede variar en función de diversos factores.

d) Medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras.

Para la fase de construcción de las obras descritas, se implementarán las medidas necesarias para minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, evitando generar contaminación de cualquier tipo que pueda afectar el agua en caso de que exista escurrimiento (desechos, derrames, entre otros), con lo que se mantiene la calidad original de las aguas del cauce. Para lo anterior se consideran las disposiciones expuestas en la norma NCh 349, por lo que se implementarán las siguientes medidas: - Las obras proyectadas deberás ser construidas en dirección desde aguas abajo hacia aguas arriba; procurando no generar contaminación al cauce. - Solo en caso de existir escurrimiento se realizarán desvíos de flujo en el sector. - No se realizarán mantenciones de maquinarias o equipos al interior de la obra. - Se capacitará constantemente a los trabajadores mediante charlas sobre la importancia de mantener limpio los lugares de obras, como no botar restos de materiales (por ejemplo, despuntes de madera, bolsas plásticas, restos de hormigón), y tener especial atención en el manejo adecuado de los residuos peligrosos que se manejen en obra tales como solventes, pinturas, aceites, combustibles, entre otros. - No se considera la instalación de faenas o de bodegas de almacenamiento de ningún tipo de materiales en la zona de influencia del cauce. - El transporte de personal y maquinaria se realizará por caminos y huellas destinadas para ello, prohibiéndose el uso de huellas alternativas. - Se prohibirá a los trabajadores vaciar o depositar residuos líquidos o sólidos en los cursos de agua, incluyendo ramas, hojas o troncos. - Cualquier residuo que se genere en los frentes de trabajo se retirará de inmediato del área y será dispuesto en áreas debidamente habilitadas y autorizadas, a fin de evitar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

que ante la presencia de escorrentía el material puede ser transportado por el cauce. - Se prohibirá a los trabajadores manipular combustible o sustancias peligrosas en las inmediaciones del cauce. - No se realizará mantención mecánica a los vehículos que participen en la fase de construcción de la obra en los frentes de trabajo. - Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en manejo y manipulación de las sustancias que transportan para control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). - Se prohibirá el lavado de maquinarias en los cauces o en lugares próximos a este, considerándose para tales efectos realizar mantenciones y lavados en centros autorizados fuera de las inmediaciones del proyecto.

e) Plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante la fase constructiva

En la fase de construcción se incorpora el siguiente plan de seguimiento en la calidad de las aguas: - Se establecerán dos puntos de muestreos, uno aguas arriba y otro aguas debajo de cada obra proyectada, realizando tomas de muestras antes y después de su construcción, con la finalidad de establecer una condición basal con la cual comparar los resultados del monitoreo de seguimiento. La ubicación de estos puntos se indica en la Tabla 3.6 del Anexo 4.4 de Adenda Complementaria.

  • Se considerarán todos los parámetros establecidos en la NCh 1.333 Of 78 de Calidad de agua para riego.
  • Se efectuará un monitoreo inicial, previo a la construcción de la obra en el cauce, a fin de establecer la condición basal.
  • Se efectuará un monitoreo al finalizar la construcción de la obra, con el fin de comparar los resultados con condición basal.
  • Se efectuará registro fotográfico con fecha durante la ejecución de la obra, la no presencia de agua en el cauce en monitoreo de seguimiento respectivo (si así ocurre), se utilizará como medio de verificación de la no aplicación de monitoreo.
  • Se realizará un catastro visual de la obra para asegurar el funcionamiento adecuado de sus operaciones y frente a la ocurrencia de alguna contingencia en la construcción de la obra en el cauce. Dicho catastro debe formar parte del Informe a ser enviado a la SMA.
  • Se elaborará un informe, el cual será remitido a la SMA, al quinto día de haber obtenido los resultados y se elaborará en conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°223, de 26 de marzo de 2015, de la SMA, considerando las siguientes secciones: Resumen; Introducción; Objetivos; Materiales y método; Resultados (Incluido catastro visual); Discusiones; Conclusiones; Referencias; Anexos (Informes de laboratorio, fotografías, entre otros). Además, el Informe de Seguimiento considerará un resumen de los resultados obtenidos de los monitoreos, el cual será presentado en formato .xlsx (planillas Excel), con la estructura indicada en la Tabla 3.7 de Anexo 4.4 de Adenda Complementaria. El Informe además debe dar cumplimiento a lo establecido por la Resolución Exenta N°894, de 24 de junio de 2019, de la SMA, que dicta instrucciones para la elaboración y remisión de informes de seguimiento ambiental del componente ambiental agua y de forma complementaria a los contenidos mínimos establecidos en la Resolución N°223/2015, antes indicada.

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f) Estudios de topografía e hidrología

En Anexo 4.4 de Adenda Complementaria, se presenta el Estudio de Topografía (Apéndice 6 – Planos) y el Estudio de Hidrología (Apéndice 4 – Estudio Hidrológico). continuación, se muestran los principales resultados obtenidos.

f.1. Estudio de topografía. En la Figura 3.6 se presenta el tramo analizado para la ubicación del Proyecto y sus respectivas curvas de nivel (definidas cada 0,5 m).

Figura 3.6. Ubicación zona de análisis

f.2. Estudio de hidrología. Para el estudio hidráulico se han considerado los resultados obtenidos en el Estudio Hidrológico, donde se obtienen los caudales de crecida para diferentes periodos de retorno. En la Tabla 3.8 se presentan los resultados de caudales máximos obtenidos, utilizando el Método Racional para cuencas pequeñas (cuencas menores a 20 km2).

g) Memoria de cálculo hidráulico. Los resultados hidráulicos obtenidos se adjuntan en el documento “Memoria de cálculo hidráulico” adjunto en Apéndice 1 del Anexo 4.4 de Adenda Complementaria. Para la modelación hidráulica se utilizó el levantamiento topográfico disponible, caracterizado por medio de perfiles transversales en sentido del escurrimiento. Los perfiles transversales fueron extraídos cada 20 m, logrando obtener una representación adecuada de la batimetría del tramo de cauce estudiado. Para la modelación hidráulica no se consideró el humedal cercano al área del Proyecto, debido a que este no forma parte del cauce a modificar en 100 m aguas arriba y 100 m aguas abajo de las obras proyectadas. En la Figura 3.7 se muestran los perfiles transversales realizados y su ubicación respecto al Proyecto.

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Figura 3.7. Ubicación perfiles transversales asignados para la modelación hidráulica

La modelación hidráulica se realiza para la situación sin y con proyecto, donde la situación sin proyecto considera las condiciones naturales del cauce, y la situación con proyecto considera la construcción de las obras proyectadas.

En la Tabla 3.9 se muestran los resultados obtenidos en los perfiles analizados para el Río Huicha (cauce principal), para periodos de retorno de T=100 años.

En las Figura 3.8 y 3.9 se presenta el área de inundación del cauce y su relación con el área del Proyecto, para la situación sin y con proyecto, respectivamente.

Figura 3.8. Área de inundación cauce natural, en situación sin proyecto Figura 3.8. Área de inundación con obras proyectadas

Con la modelación hidráulica realizada se verifica que la construcción de las alcantarillas proyectadas cumple con lo requerido, que es permitir conjuntamente el paso del flujo del cauce existente y la circulación de vehículos a la zona del Proyecto, manteniendo una revancha de al menos el 30 % de la altura de la crecida de 50 años de periodo de retorno, y soportando la totalidad del caudal para una crecida de 100 años de periodo de retorno. Y la construcción de los canales de contorno proyectados cumplen con lo requerido, que es evitar que el flujo del cauce afecte a la plataforma del Proyecto para una crecida de 100 años de periodo de retorno. El canal solo realiza un desvío del flujo, devolviéndolo al mismo cauce desde el cual fue obtenido, por lo que se mantiene la cantidad y calidad del recurso hídrico, no cambiando significativamente el curso de las aguas. Pronunciamiento del órgano competente La DGA Región de Los Lagos, en su oficio ORD. N°1075 de fecha 16 de junio de 2025 se pronuncia conforme sobre la DIA y sus Adenda, señala que el proyecto cumple con los requisitos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento del PAS del artículo 156 del RSEIA; y plantea que la descarga de aguas lluvia no se efectúe hacia los cauces naturales reconocidos en las fuentes oficiales para la identificación de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

cauces naturales de la Resolución Exenta N°135 (31.01.2020) de la DGA/MOP. Señala el pronunciamiento que, dado que el proyecto fue ingresado al SEIA durante la vigencia de la Resolución DGA N°135/2020 (derogada mediante Resolución Exenta N°2116 del 16.08.2024 de la DGA/MOP), corresponde aplicar dicha normativa para la evaluación ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE Tabla 9.2.8 del ICE Anexo 4.4 de Adenda Complementaria

6.2.9. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, del artículo 157 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Construcción de defensa fluvial para que el flujo se mantenga en cauce natural (Río Huicha), necesario para la construcción de plataforma de uno de los aerogeneradores. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no alteración significativa del escurrimiento y de los procesos erosivos naturales del cauce y la no contaminación de las aguas.

Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) Descripción del lugar de emplazamiento de la obra. El Proyecto está ubicado al lado oeste del Río Huicha, el cual tiene dos cursos de agua efluentes que interactúan con las plataformas en la cual se ubican los aerogeneradores. En la Figura 3.1 del Anexo 4.5 de Adenda Complementaria, se presenta la ubicación de la obra objeto del presente permiso.

Figura 3.1. Ubicación de la obra Fuente: Anexo 4.5 de Adenda Complementaria

a.1. Identificación de cauces. Para el análisis de la hidrología local se utilizó como base la visita a terreno, el levantamiento topográfico elaborado para el proyecto PMGD Coloane y la información de la cartografía IGM Chacao H-67, en escala 1:50.000, donde el cauce identificado no está reconocido en la cartografía IGM del sector. En la Figura 3.2 1 del Anexo 4.5 de Adenda Complementaria, se presenta el eje del cauce en estudio de acuerdo con las imágenes satelitales, visitas a terreno y el levantamiento topográfico disponible.

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Figura 3.2. Identificación del cauce en estudio Fuente: Anexo 4.5 de Adenda Complementaria

a.2. Coordenadas UTM. En la Tabla 3.1 se indican las coordenadas del punto donde se proyecta la construcción de la defensa.

Fuente: Anexo 4.5 de Adenda Complementaria

a.3. Descripción de las características generales del cauce.

En la Tabla 3.2 se muestran las fotografías obtenidas en las visitas a terreno realizadas, las cual son representativas de la caracterización 100 m aguas arriba y 100 m aguas abajo de las obras proyectadas. Mayores antecedentes del cauce se presentan en el Estudio Hidrológico (Apéndice 4) adjunto al Anexo 4.5 de Adenda Complementaria.

b) Descripción de la obra y de sus fases (fases de construcción, operación y cierre).

En la situación con proyecto, se considera la construcción de una defensa para que el flujo se mantenga en el cauce natural (Río Huicha), la cual está construida de acuerdo con lo indicado en el Manual de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas (MOP, 2024).

b.1. Tipo de Obra. En las Figuras 3.3 y 3.4 del Anexo 4.5 de Adenda Complementaria se presenta el diseño de la obra proyectada para dar cumplimiento con las exigencias estructurales y de diseño propuestas en el Manual de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas.

Figura 3.4. Diseño de defensa con gaviones (sección transversal) Fuente: Anexo 4.5 de Adenda Complementaria

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Figura 3.4. Vista en planta de defensa proyectada Fuente: Anexo 4.5 de Adenda Complementaria

b.2. Descripción de fases (Etapas de construcción, operación, y cierre).

b.2.1. Etapa de Construcción. Para la construcción de la obra proyectada se realizará la preparación del terreno, con el fin de adecuar la topografía a las condiciones que se requieran. Se exigirá al contratista el cuidado de las operaciones de preparación, a fin de evitar cualquier actividad que pueda afectar las características generales en la zona de estudio.

Se considerarán dos situaciones en la fase de construcción:

Estero Sin Flujo: Considerando el tiempo de construcción de la obra, de no existir flujos en el cauce, la construcción de la obra se realizará sin desvíos de flujo. - Estero con flujo: De existir flujos en el cauce, se realizará un desvío provisorio del cauce 40 m aguas arriba y 40 m aguas abajo del punto de trabajo, el desvío se realizará con el material excavado y protegidos con sacos de arena.

b.2.2. Etapa de Operación. Durante la fase de operación, la obra se encontrará completamente habilitada y permitirá el libre escurrimiento del flujo. Frente a eventos de crecida, se deberá hacer una inspección de la obra, observando que se mantenga la integridad de la obra y que ésta no presente acumulación de basura o vegetación. En caso de encontrarse alguno de los elementos mencionados, se deberán tomar las medidas correspondientes para reestablecer la obra a su situación de diseño original.

b.2.3. Etapa de Cierre. Una vez completada la vida útil del Proyecto, se realizará el retiro de la obra proyectada y se restituirá el terreno para mantener las condiciones de la situación actual del cauce. La obra será construida con materiales no nocivos para el recurso hídrico, por lo que no existirá un efecto adverso en la cantidad y calidad de las aguas.

El plan de cierre considera lo siguiente a modo general: (i) verificación de estabilidad de la obra, donde se evaluarán las medidas específicas para retirar los materiales sin afectar al entorno; (ii) restauración, se procederá con la restauración del suelo y vegetación de la zona donde se implementó la obra; y (iii) monitoreo posterior al cierre, donde se asegurará mediante informe técnico que las obras han sido retiradas conformes en su totalidad.

c) Estimación de los plazos y periodos de construcción de las obras.

El desarrollo de esta obra se realizará en un plazo estimado de dos semanas de construcción. En la Tabla 3.3 del Anexo 4.5 de Adenda Complementaria se presenta el cronograma estimativo del Proyecto, pudiendo variar en función de diversos factores.

Tabla 3.3. Cronograma de actividades de construcción

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d) Plano topográfico de planta y perfiles, georreferenciado, de la obra y del área susceptible de ser afectada.

El plano topográfico se adjunta en el Apéndice 6 - Planos del Anexo 4.5 de Adenda Complementaria. A continuación, se muestran los principales resultados obtenidos.

d.1. Plano topográfico. En la Figura 3.5 del Anexo 4.5 de Adenda Complementaria se presenta el tramo analizado para la ubicación del Proyecto y sus respectivas curvas de nivel (definidas cada 0,5 m).

Figura 3.5. Ubicación zona de análisis Fuente: Anexo 4.5 de Adenda Complementaria

d.2. Perfil longitudinal del cauce. En la Figuras 3.6 y 3.7 se presenta el perfil longitudinal del cauce en el área de influencia de la obra, para la situación sin y con proyecto, respectivamente.

d.3. Perfiles transversales del cauce. El estudio de topografía se adjunta en el Apéndice 6 – Planos del Anexo 4.5 de Adenda Complementaria.

e) Memoria del cálculo del estudio hidrológico, hidráulico, de arrastre de sedimentos y de socavaciones, para la situación con y sin proyecto, según corresponda.

e.1. Memoria de cálculo del estudio hidrológico Para el estudio hidráulico se han considerado los resultados obtenidos en el Estudio Hidrológico (Apéndice 4 del Anexo 4.5 de Adenda Complementaria), donde se obtienen los caudales de crecida para diferentes periodos de retorno. En la Tabla 3.4 se muestran los resultados de caudales máximos obtenidos, utilizando el Método Racional para cuencas pequeñas (cuencas de áreas menores a 20 km2).

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e.2. Memoria de cálculo del estudio hidráulico. Los resultados hidráulicos obtenidos se adjuntan en el documento Memoria de Cálculo Hidráulico Apéndice 4 del Anexo 4.5 de Adenda Complementaria). Para la modelación hidráulica se utilizó el levantamiento topográfico disponible, caracterizado por medio de perfiles transversales en sentido del escurrimiento. Los perfiles transversales fueron extraídos cada 20 m, logrando obtener una representación adecuada de la batimetría del tramo de cauce estudiado. En la Figura 3.8 se muestran los perfiles transversales realizados y su ubicación respecto al Proyecto.

Figura 3.8. Ubicación perfiles transversales asignados para la modelación hidráulica Fuente: Anexo 4.5 de Adenda Complementaria

La modelación hidráulica se realiza para la situación sin y con proyecto, donde la situación sin proyecto considera las condiciones naturales del cauce, y la situación con proyecto considera la construcción de las obras proyectadas.

En la Tabla 3.5 se muestran los resultados obtenidos en los perfiles analizados para el Río Huicha (cauce principal), para periodos de retorno de T=100 años.

En la Figura 3.9 y Figura 3.10 se muestra el área de inundación del cauce y su interacción con el área del Proyecto, para la situación sin y con proyecto, respectivamente.

Con la modelación hidráulica realizada se verifica que la construcción de la defensa cumple con lo requerido, que es evitar que el flujo del cauce afecte a la plataforma del Proyecto, para una crecida de 100 años de periodo de retorno.

e.3. Memoria de cálculo del estudio de arrastre de sedimentos. Los resultados de arrastre de sedimentos se adjuntan en el Estudio Mecánica Fluvial (Apéndice 5 del Anexo 4.5 de Adenda Complementaria).

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En las siguientes figuras se presentan gráficamente los valores obtenidos para una probabilidad de excedencia de 95%, 80% y 60%, en condiciones sin y con proyecto, respectivamente.

De acuerdo con los resultados mostrado en los gráficos anteriores se obtiene que la diferencia en el arrastre de sedimento de la situación sin y con proyecto es menos de 0,3 kg/m/s.

e.4. Memoria de cálculo del estudio de socavaciones. Los resultados de socavación se adjuntan en el Estudio Mecánica Fluvial (Apéndice 5 del Anexo 4.5 de Adenda Complementaria). En las Tablas 3.5 y 3.6 se resumen los resultados de socavación general del Río Huicha, donde se ubica la defensa proyectada, para la situación sin y con proyecto, respectivamente. De acuerdo con lo recomendado en el Manual de Carretas Volumen 3 (MOP, 2022), la socavación general para el diseño será el promedio de los valores obtenidos con la metodología de Neill y Lischtvan-Levediev.

En la Tabla 3.8 se presenta los resultados de socavación obtenidos al comparar la situación sin y con Proyecto.

Para una crecida de diseño (T=100 años), no se considera la construcción de obras de protección aguas arriba ni aguas abajo de la defensa proyectada; lo anterior de acuerdo con los resultados obtenidos que indican que, para la situación con Proyecto la socavación general máxima es de 0 cm, siendo igual que en la condición natural del cauce.

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f) Plan de monitoreo. En la fase de construcción se incorpora el siguiente plan de seguimiento en la calidad de las aguas:

  • Se establecerán dos puntos de muestreos, uno aguas arriba y otras aguas abajo de la obra proyectada, realizando tomas de muestras antes y después de su construcción, a fin de establecer una condición basal con la cual comparar los resultados del monitoreo de seguimiento. La ubicación de estos puntos se indica en la Tabla 3.9.

  • Se considerarán todos los parámetros establecidos en la NCh 1.333 Of 78 de Calidad de agua para riego.

  • Se efectuará un monitoreo inicial, previo a la construcción de la obra en el cauce, a fin de establecer la condición basal.
  • Se efectuará un monitoreo al finalizar la construcción de la obra, con el fin de comparar los resultados con condición basal.
  • Se efectuará un registro fotográfico con fecha durante la ejecución de la obra, la no presencia de agua en el cauce en el monitoreo de seguimiento respectivo (si así ocurre), se utilizará como medio de verificación de la no aplicación de monitoreo.
  • Se realizará un catastro visual de la obra para asegurar el funcionamiento adecuado de sus operaciones y frente a la ocurrencia de alguna contingencia en la construcción de la obra en el cauce. Dicho catastro debe formar parte del Informe a ser enviado a la SMA.
  • Se elaborará un informe, el cual será remitido a la SMA, al quinto día de haber obtenido los resultados y se elaborará en conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°223, de 26 de marzo de 2015, de la SMA, considerando las siguientes secciones: Resumen; Introducción; Objetivos; Materiales y método; Resultados (Incluido catastro visual); Discusiones; Conclusiones; Referencias; Anexos (Informes de laboratorio, fotografías, entre otros). Además, el Informe de Seguimiento considerará un resumen de los resultados obtenidos de los monitoreos, el cual será presentado en formato .xlsx (planillas Excel), con la estructura indicada en la Tabla 3.10. El Informe además debe dar cumplimiento a lo establecido por la Resolución Exenta N°894, de 24 de junio de 2019, de la SMA, que dicta instrucciones para la elaboración y remisión de informes de seguimiento ambiental del componente ambiental agua y de forma complementaria a los contenidos mínimos establecidos en la Resolución N°223/2015, antes indicada.

g) Medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras. Para la fase de construcción de la obra descrita, se implementarán las medidas necesarias para minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, evitando generar contaminación de cualquier tipo que pueda afectar el agua en caso de que exista escurrimiento (desechos, derrames, entre otros), con lo que se mantiene la calidad original de las aguas del cauce. Para lo anterior se consideran las disposiciones expuestas en la norma NCh349, por lo que se implementarán las siguientes medidas: - La obra proyectada deberá ser construida en dirección desde aguas abajo hacia aguas arriba. Procurando en todo momento no generar contaminación al cauce. - Solo en caso de existir escurrimiento se realizarán desvíos de flujo en el sector. - No se realizarán mantenciones de maquinarias o equipos al interior de la obra. - Se capacitará constantemente a los trabajadores mediante charlas sobre la importancia de mantener limpio los lugares de obras, como no botar restos de materiales (por ejemplo, despuntes de madera, bolsas plásticas, restos de hormigón), y tener especial atención en el manejo adecuado de los residuos peligrosos que se manejen en obra tales como solventes, pinturas, aceites, combustibles, entre otros. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

- No se considera la instalación de faenas o de bodegas de almacenamiento de ningún tipo de materiales en la zona de influencia del cauce. - El transporte de personal y maquinaria se realizará por caminos y huellas destinadas para ello, prohibiéndose el uso de huellas alternativas. - Se prohibirá a los trabajadores vaciar o depositar residuos líquidos o sólidos en los cursos de agua, incluyendo ramas, hojas o troncos. - Cualquier residuo que se genere en los frentes de trabajo se retirará de inmediato del área y será dispuesto en áreas debidamente habilitadas y autorizadas, de esta manera se evitará que ante la presencia de escorrentía el material puede ser transportado por el cauce. - Se prohibirá a los trabajadores manipular combustible o sustancias peligrosas en las inmediaciones del cauce. - No se realizará mantención mecánica a los vehículos que participen en la fase de construcción de la obra en los frentes de trabajo. - Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en manejo y manipulación de las sustancias que transportan para control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). - Se prohibirá el lavado de maquinarias en los cauces o en lugares próximos a este, considerándose para tales efectos realizar mantenciones y lavados en centros autorizados fuera de las inmediaciones del proyecto.

h) Plan de contingencias. De todos los riesgos identificados, las obras y la calidad del agua se pueden ver principalmente afectadas por el derrame de sustancias y/o residuos peligrosos, por lo que el Plan de Contingencia se resume en: - Los conductores de los vehículos de trasporte deben cumplir con la legislación vigente y contarán con capacitación en manejo y manipulación de las sustancias que trasportan para control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). - Las sustancias y/o residuos peligrosos serán almacenadas y manipuladas por personal capacitado, de acuerdo con la legislación vigente y en los lugares establecidos. - La forma de control y seguimiento consiste en un registro con el listado y firma de asistencia de los trabajadores a charla acerca de las medidas de seguridad a adoptar en caso de derrame de sustancia y/o residuos peligrosos y se informará del lugar y tipo de elementos para la contención de derrames. Además, se instruirá acerca de la manipulación y almacenamiento de este tipo de sustancias.

i) Plan de emergencia, si aplica. Basado en lo indicado en el acápite anterior, el plan para aquellas posibles emergencias durante la vida del Proyecto que puedan afectar el medio ambiente o la población consiste en las medidas que minimicen los daños a comunidades y al medio ambiente. Las que se aplican a partir de un llamado mediante cualquier sistema de comunicación existente y se resumen en: - Contener el derrame. - Verificar si hay personas afectadas por el derrame y mantener alejado al personal no autorizado. - Determinar la naturaleza del derrame e identificar el tipo de producto derramado. - Llamar al número de emergencia. - Aislar el área del derrame como mínimo 50 m en todas las direcciones. - Verificar las condiciones y presencia de cuerpos de agua que se puedan ver afectados. - Taponear o sellar los puntos de fuga de sustancias. - Una vez controlada la fuente del derrame proceder a retirar todo el material contaminado. - Luego de controlada la emergencia, el Supervisor Directo y el Jefe de Terreno deberán emitir un informe con todos los antecedentes correspondientes. - Realizar una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas. - Establecer y seguir los procedimientos confeccionados para cada caso, así como las recomendaciones establecidas en las Hojas de Seguridad de cada producto utilizado. - Realizar acciones destinadas a recuperar o reparar el área afectada. Pronunciamiento del órgano competente La DGA Región de Los Lagos, en su oficio ORD. N°1075 de fecha 16 de junio de 2025 se pronuncia conforme sobre la DIA y sus Adenda, señala que el proyecto cumple con los requisitos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento del 157 del RSEIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE Tabla 9.2.9 del ICE Anexo 4.5 de Adenda Complementaria

6.2.10. para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fases de Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera instalaciones de tipo industrial e infraestructura eléctrica y se implementa en suelo rural, por lo que debe solicitar el permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos de la Comuna de Ancud. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) De tratarse de subdivisiones y urbanizaciones. El Proyecto no contempla subdivisiones ni urbanizaciones, por lo cual no aplicará la presentación de los antecedentes indicados en los subliterales a.1 al a.7, de este literal. b) De tratarse de Construcciones. Destino de la edificación. Las edificaciones del proyecto que requieren el permiso de construcción fuera del límite urbano, corresponden a obras constructivas permanentes y temporales del Proyecto, incluyendo a los propios aerogeneradores, ya que éstos igualmente se consideran construcciones en el área rural que deben cumplir con todas las disposiciones del ordenamiento jurídico vigente, incluyendo lo dispuesto por el Art. 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Fuente: Anexo 4.5 - PAS 160 (Adenda Complementaria)

El destino de las obras temporales dentro de la instalación de faenas permitirá satisfacer todas las necesidades constructivas de la obra durante su construcción, incluyendo instalaciones para el personal como comedor, bodegas, oficinas y otras.

b.2. Plano de ubicación, que señale la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público. El plano de ubicación, que señala la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes se presenta en la Figura 2 del Anexo 4.5 – PAS 160 (Adenda Complementaria).

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Figura 2. Predios colindantes al Proyecto. Fuente: Anexo 4.5 - PAS 160 (Adenda Complementaria)

b.3. Plano de emplazamiento de las edificaciones. En las Figura 3 y 4 del Anexo 4.5 - PAS 160 de la Adenda Complementaria, se muestra el emplazamiento de las distintas edificaciones que contempla en Proyecto.

Figura 3. Obras permanentes afectas al PAS 160. Fuente: Anexo 4.5 - PAS 160 (Adenda Complementaria)

Figura 4. Obras temporales afectas al PAS 160. Fuente: Anexo 4.5 - PAS 160 (Adenda Complementaria) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

b.4. Plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones que ilustren los puntos más salientes, su altura, número de pisos y la línea correspondiente al suelo natural. Las plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones de cada una de las obras temporales y permanentes del Proyecto, afectas al PAS 160, se adjuntan en el Apéndice 3 del Anexo 4.5 – PAS 160 (Adenda Complementaria).

b.5. Caracterización del suelo. La clase de capacidad de uso del suelo (CCUS) determinada en el AI indica que las clases son III y IV, abarcando una superficie de 0,8 Ha, representando el 28,4% del AI y 1,8 Ha (66,4% del AI), respectivamente. Además, una superficie de 0,1 Ha (5,2% del AI) debido a su condición de no suelo o alta intervención, fue categorizada como no corresponde (n.c.). Los antecedentes referidos al suelo se presentan en Anexo 3.8 Caracterización del Edafología de la Adenda Complementaria. Los antecedentes referidos al suelo se presentan en Anexo 2- 4 Caracterización del Suelo de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Agricultura, en su oficio ORD. N°92 de fecha 7 de mayo de 2024, se pronuncia conforme con la DIA y su Adenda. SAG, Región de Los Lagos, en su oficio ORD. N°690 de fecha 21 de mayo de 2024, se pronuncia conforme sobre la DIA y su Adenda, señalando que el proyecto cumple con los requisitos de los PAS 146 y 160 del RSEIA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE Tabla 9.2.10 del ICE Anexo 4.5 – PAS 160 (Adenda Complementaria)

7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. Ley N°19.300. Aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente Componente/materia: - Sobre derechos y deberes constitucionales. - Proyectos que deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). - Evaluación de Impacto Ambiental Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones, residuos y sustancias.

Forma de cumplimiento El Proyecto se somete a evaluación mediante la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), debido a que se encuentra en la lista del artículo 10, la cual corresponde a: Letra c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Dado que el proyecto tiene por objeto genera 9 MW al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) bajo la categoría de un Proyecto de Media Generación Distribuida (PMGD). Por su parte, en esta DIA, se analizan los efectos, características o circunstancias descritas en el artículo 11 de la Ley, que definen la pertinencia de ingresar al SEIA a través de una DIA. El ingreso de este Proyecto bajo dicho instrumento se justifica debido a la inexistencia de los efectos, características y circunstancias descritas en los literales del artículo 11 de la Ley. Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso de la Declaración de Impacto Ambiental al Servicio de Evaluación Ambiental y obtención de RCA favorable. Forma de control y seguimiento - Inscripción de la RCA en el Portal de Seguimiento de RCAs de la SMA https://srca.sma.gob.cl/ - Informes a la SMA de seguimiento de variables ambientales y de condiciones indicadas en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.1.1 del ICE

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7.2. D.S. N°40 de 2010 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA Componente/materia: Este reglamento establece las disposiciones por las cuales se rige el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y la Participación de la Comunidad en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, conforme a lo establecido en la Ley N°19.300. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular del proyecto se someterá al SEIA, a fin de obtener la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental (RCA), para lo cual se elabora la presente DIA que se presenta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, cumpliendo con los contenidos e información correspondiente. Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso de la Declaración de Impacto Ambiental al Servicio de Evaluación Ambiental y obtención de una Resolución de Calificación Ambiental favorable. El Titular procederá de acuerdo a los términos estipulados en la RCA, lo cual se corrobora, tanto por los indicadores de cumplimiento específicos de cada cuerpo normativo aplicable, que se detalla en el presente capítulo, como por el cumplimiento y la forma de acreditación de los demás compromisos que adquiera el Titular en el proceso de evaluación ambiental. Forma de control y seguimiento Inscripción de la RCA en el Portal de Seguimiento de RCAs de la SMA https://srca.sma.gob.cl/

Informes a la SMA de seguimiento de variables ambientales y de condiciones indicadas en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.1.2 del ICE

7.3. D. S. N°30/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación Componente/materia: Este Reglamento establece las disposiciones por las cuales se regirá la Autodenuncia - establecida en el art. 41 de la Ley 19.300, y el programa de cumplimiento y plan de reparación del daño ambiental –establecidos en los artículos 42 y 43 de la Ley. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Forma de cumplimiento El Proyecto una vez obtenida su resolución de calificación ambiental favorable, deberá someterse a la fiscalización de la SMA. Asimismo, dará cumplimiento a las disposiciones referentes a la Autodenuncia, en el caso de requerirse, y de optar por esta vía. Por último, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los Programas de Cumplimiento y Planes de Reparación en el evento improbable de haberse iniciado un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de presentación de autodenuncia, Programa de cumplimiento y/o plan de reparación en caso de proceder. Forma de control y seguimiento Fiscalización cumplimiento RCA. Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.1.3 del ICE

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7.4. D.S. N°31/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y de los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones. Componente/materia: Establece las disposiciones por las cuales se regirán la conformación, contenido, actualización, publicidad y forma en la cual operará el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones, de conformidad con lo señalado por la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y la Ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a esta Norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al tratarse de un proyecto que contará con una Resolución de Calificación Ambiental favorable. Indicador que acredita su cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta Norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Forma de control y seguimiento Fiscalización cumplimiento RCA. Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.1.4 del ICE

7.5. Resolución Exenta N°1.518 de 2013, de la Superintendencia del Medio Ambiente. Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº574 Exenta, de 2012. Componente/materia: - El presente texto legal fija bases, situaciones y plazos a seguir para presentar información requerida al órgano regulador del medio ambiente. Aquí se fijan datos requeridos para iniciar el proceso de evaluación ambiental. También presenta plazos y lugares en los cuales se debe inscribir los datos correspondientes. - En el artículo 1 se detallan los datos expresos que el titular debe otorgar. En el artículo 2, se presentan los plazos para la presentación de las resoluciones de calificación ambiental (RCA), la cual tiene un plazo de 15 días si fue otorgada desde el 28 de febrero de 2014 en adelante. - En el artículo 4 establece: “Forma y modos de entrega de la información requerida. La información requerida deberá ser ingresada en el formulario electrónico asociado a esta resolución, disponible en la página web http://www.sma.gob.cl, en la forma y modo que ahí se señale.” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones de las fases del Proyecto. El Proyecto una vez obtenida su resolución de calificación ambiental favorable deberá someterse a la fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Forma de cumplimiento Una vez que se obtenga una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, dentro del plazo de 15 días desde que se notifique la Resolución, se ingresará al portal http://www.sma.gob.cl y se realizarán las gestiones para obtener el usuario y contraseña y se completará el formulario presente en la plataforma web, del modo exigido por la Resolución. Los cambios de estado o fase de ejecución del Proyecto serán informados de acuerdo con lo instruido mediante la Resolución. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA y carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. Registros Electrónicos en portal de la SMA Forma de control y seguimiento Control interno de los comprobantes de ingreso y de las comunicaciones realizadas a la SMA. Presentación de documentos en casos de fiscalización de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.1.5 del ICE

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7.6. Resolución Exenta N°1.184/2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente. Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre Fiscalización Ambiental Componente/materia: Contiene instrucciones de carácter general sobre fiscalización ambiental. En el artículo cuarto indica que los sujetos fiscalizados y sus dependientes, deberán dar a los fiscalizadores todas las facilidades para el correcto y adecuado desarrollo de las actividades de fiscalización, y no podrán negarse a proporcionar la información requerida sobre los aspectos de la materia a fiscalizar. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones de las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a esta norma dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse y proporcionando la información requerida. Indicador que acredita su cumplimiento Entrega de información requerida por los fiscalizadores ambientales. Entregar las facilidades a los fiscalizadores ambientales en el desarrollo de las actividades de fiscalización. Forma de control y seguimiento Mantención de los registros respectivos dispuestos para los fiscalizadores ambientales. Copia de actas de fiscalización o similares en registros de la empresa, así como en el e-SEIA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.1.6 del ICE

7.7. Ley N°21.455. Ley Marco de Cambio Climático. Ministerio de Medio Ambiente. Componente/materia: Establece un marco jurídico para hacer frente a los desafíos que presenta el cambio climático, con la finalidad de alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero al año 2050 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones de las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a lo establecido en dicha Ley, según se señala en el Artículo 2°. - Principios. Las políticas, planes, programas, normas, acciones y demás instrumentos que se dicten o ejecuten en el marco de la Ley. Indicador que acredita su cumplimiento Análisis de riesgo de cambio climático realizado para el Proyecto en el contexto de la DIA presentada. Forma de control y seguimiento Expediente de DIA existente el e-SEIA RCA favorable del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.1.7 del ICE

7.8. D.F.L. Nº458 - Ley General de Urbanismo y Construcciones, del 13 de abril de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Componente/materia: El artículo N°55 de este cuerpo legal establece que “Fuera de los límites urbanos establecidos en los Planes Reguladores no será permitido abrir calles, subdividir para formar poblaciones, ni levantar construcciones, salvo aquellas que fueren necesarias para la explotación agrícola del inmueble (...)”. …Igualmente, las construcciones industriales, de infraestructura, de equipamiento, turismo, y poblaciones, fuera de los límites urbanos, requerirán, previamente a la aprobación correspondiente de la Dirección de Obras Municipales, del informe favorable de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y del Servicio Agrícola que correspondan. En el inciso primero del artículo 62 del presente decreto, se establece las condiciones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

por las cuales el terreno donde están emplazadas obras anteriores puede ser modificado o ampliado. Junto con esto, entregan situaciones en las cuales el territorio no se decreta congelado y permite cambios en estructuras, estética o funcionamiento. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la instalación de las siguientes obras permanentes: 2 aerogeneradores, un sistema de baterías BESS, una sala de control además de bodegas para el manejo de residuos. Adicionalmente, para su construcción requiere de instalación de obras y partes de la instalación de faenas: Oficinas y bodegas. Todas estas instalaciones se encuentran emplazadas fuera del límite urbano de la comuna de Ancud según la zonificación del Plan Regulador Comunal vigente. Forma de cumplimiento Para dar cumplimiento a lo establecido en la esta Ley, el Titular del Proyecto solicitará, previamente el informe favorable para la construcción (IFC) en la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero y en la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Posteriormente se requerirá de la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipal de Ancud. Para este efecto, y por tratarse del Permiso Ambiental Sectorial señalado en el artículo 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, (ver Anexo 4.6) de la adenda complementaria donde se presentan los requisitos y contenidos técnicos y formales necesarios para la tramitación del contenido ambiental del mencionado permiso. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del PAS 160. - Solicitud sectorial del Informe Favorable para la Construcción para las obras de edificación que lo requieran. - Permiso de Obras de la DOM. Forma de control y seguimiento - Registro y control de la obtención del PAS 160. - Registro y control de Resolución aprobatoria del Informe favorable para la construcción. - Permiso de Obras de la DOM. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.1.8 del ICE

7.9. D.F.L. Nº47/1992. Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Componente/materia: Ordenamiento territorial. El artículo 2.1.29, de este cuerpo legal establece que El tipo de uso Infraestructura se refiere a las edificaciones o instalaciones y a las redes o trazados destinados a: (…) - Infraestructura energética, tales como, centrales de generación o distribución de energía, de gas y de telecomunicaciones, gasoductos, etc. (…) Las instalaciones o edificaciones de infraestructura en el área rural requerirán las autorizaciones exigidas para las construcciones de equipamiento conforme al artículo 55º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, siempre que no contemplen procesos productivos. En caso contrario se considerarán como industria”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la instalación de 2 aerogeneradores y un sistema de baterías BESS que son considerados como infraestructura eléctrica. Todas estas instalaciones se encuentran emplazadas fuera del límite urbano de la comuna de Ancud según la zonificación del Plan Regulador Comunal vigente. Forma de cumplimiento Como se establece en el artículo 2.1.29 del presente decreto, el Proyecto se clasifica como Infraestructura Energética y se sujetará a las disposiciones que establezcan los organismos competentes. En relación a lo señalado en el decreto y considerando que el área de emplazamiento del Proyecto se encuentra en un área Rural, se solicitará el PAS Nº160 “Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos”. Los antecedentes técnicos y formales requeridos para la obtención de este permiso se encuentran detallados en el Anexo 4.6 de la Adenda Complementaria (PAS 160). Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del PAS 160. - Solicitud sectorial del Informe Favorable para la Construcción para las obras de edificación que lo requieran. - Permiso de Obras de la DOM. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros de la RCA del proyecto y de la Resolución aprobatoria del Informe favorable para la construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.1.9 del ICE

7.10. Ordenanza Municipal N°11 de la Ilustre Municipalidad de Ancud Componente/materia: Ordenamiento territorial. Ordenanza Local para la extracción, procesamiento, comercialización y transporte de áridos en la comuna de Ancud. La presente ordenanza tiene por objeto establecer los derechos y deberes vinculados con la protección del medio ambiente comunal, en relación con la extracción, procesamiento, comercialización y transporte de áridos en o desde: pozos lastraros de propiedades particulares. fiscales, y desde cuerpos de agua; con miras a contribuir a la debida protección de la calidad de vida de los ciudadanos y a una correcta gestión ambiental en la comuna.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se contempla el uso de áridos para la construcción de las plataformas de los aerogeneradores, los que serán transportados al Proyecto mediante un proveedor autorizado. Cabe destacar que el proyecto no contempla la extracción, procesamiento ni comercialización de áridos, si no que únicamente transporte mediante un tercero autorizado. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto se llevará a cabo la solicitud de permisos sectoriales, los que son otorgados a medida que se acredite el cumplimiento de lo definido en la RCA. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorización de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y Dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Ancud. El proveedor de áridos del Proyecto debe contar con derecho Municipal de extracción Forma de control y seguimiento El seguimiento se realizará por Carabineros de Chile y/o Inspectores Municipales, autorizados para inspeccionar las instalaciones, obligando a sus propietarios a cumplir la Ordenanza N°11. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.1.10 del ICE

7.11. Ordenanza Municipal N°12 de la Ilustre Municipalidad de Ancud Componente/materia: Ordenamiento territorial. Ordenanza Local para la extracción, procesamiento, comercialización y transporte de áridos en la comuna de Ancud. La presente ordenanza tiene por objeto establecer los derechos y deberes vinculados con la protección del medio ambiente comunal, en relación con la extracción, procesamiento, comercialización y transporte de áridos en o desde: pozos lastraros de propiedades particulares. fiscales, y desde cuerpos de agua; con miras a contribuir a la debida protección de la calidad de vida de los ciudadanos y a una correcta gestión ambiental en la comuna. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación, Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Capítulo IX: De los Impactos Ambientales asociados a las Emisiones Liquidas Fase de Construcción y Cierre: Se utilizarán baños químicos que estarán ubicados en los frentes de trabajo. Las aguas negras de baños químicos serán retiradas con una frecuencia mínima de 3 veces por semana y su manejo estará a cargo de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria.

Fase de Operación: Se utilizará una fosa séptica con sistema de infiltración. Los lodos generados serán retirados de forma anual mediante camión limpia fosas, por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un lugar autorizado. El Titular llevará Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

un estricto control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible la información de retiros para control de la Autoridad.

Capítulo VII: Residuos Sólidos y Asimilables Durante la construcción y cierre en su período de máxima producción, la frecuencia de recolección será de 3 veces a la semana. La recolección y disposición final adecuada de estos residuos estará a cargo de una empresa externa, para que sean trasladas fuera de la provincia o en un sitio de disposición autorizado.

Fase de Operación: Los residuos serán almacenados de forma transitoria en un contenedor cercano al centro de operaciones y serán retirados por el mismo personal una vez que terminen las tareas para ser dispuestos en sitios autorizados.

Capítulo IX: De los Impactos Ambientales Asociados a las Emisiones Líquidas Respecto a las emisiones liquidas, durante la fase de construcción y cierre se utilizarán baños químicos en los frentes de trabajo. Las aguas negras de baños químicos serán retiradas con una frecuencia mínima de 3 veces por semana y su manejo estará a cargo de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria. Respecto a la fase de operación se utilizará fosa séptica con sistema de infiltración. Los lodos generados serán retirados de forma anual mediante camión limpia fosas, por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un lugar autorizado. El Titular llevará un estricto control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible la información de retiros para control de la Autoridad.

Capítulo X: De la Extracción, Procesamiento, Comercialización y Transporte del Recurso Forestal El titular no considera la comercialización del producto forestal, sin embargo, el Proyecto considera la corta de 0,28 ha de bosque nativo, los cuales serán reforestados tal como se indica en el PAS 148 del proyecto.

Capítulo XII: De la Protección y Uso de los Humedales El Proyecto no realizará intervenciones en el área referida a Humedales cercano al AI del Proyecto.

Capítulo XIII: De la Regulación de otros Problemas Ambientales Respecto a otros problemas ambientales, las caracterizaciones de los componentes permiten establecer que no se generarán problemas en el AI del proyecto, debido a que no hay impactos significativos.

Capítulo XIV: De los Proyectos funcionando o a implementarse dentro de la Comuna El Proyecto PMGD Coloane está sometido al Servicio de Evaluación Ambiental. Cabe agregar, que el Proyecto cumplirá con la normativa propuesta, tal como se establece en el Anexo 1.3 de Legislación Ambiental Aplicable. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto se llevará a cabo la solicitud de permisos sectoriales, los que son otorgados a medida que se acredite el cumplimiento de lo definido en la RCA. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorización de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y Dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Ancud. Forma de control y seguimiento El seguimiento se realizará por Carabineros de Chile y/o Inspectores Municipales, autorizados para inspeccionar las instalaciones, obligando a sus propietarios a cumplir la Ordenanza N°12. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.1.11 del ICE

7.12. Ley 20.920/2016 del Ministerio de Medio Ambiente. “Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje” Componente/materia: Ley 20.920 Establece Marco para la Gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, en materia de etiquetado de productos prioritarios. La Ley tiene por objeto disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización, a través de la instauración de la responsabilidad extendida del productor y otros instrumentos de gestión de residuos, con el fin de proteger la salud de las personas y el medio ambiente. En su Artículo 4 se indica que todo residuo potencialmente valorizable deberá ser destinado a tal fin evitando su eliminación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

En su Artículo 5 se indica que todo generador de residuos deberá entregarlos a un gestor autorizado para su tratamiento, de acuerdo con la normativa vigente, salvo que proceda a manejarlos por sí mismo en conformidad al artículo siguiente. El almacenamiento de tales residuos deberá igualmente cumplir con la normativa vigente. Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables deberán ser entregados a la municipalidad correspondiente o a un gestor autorizado para su manejo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos sólidos no peligrosos. Se realizará segregación de la fracción valorizable de los residuos sólidos industriales no peligrosos, para su posterior entrega a empresas debidamente autorizadas para que realicen su reutilización y/o reciclaje. Se mantendrá registro de dichas entregas y se realizará la declaración correspondiente en la plataforma de Ventanilla Única RETC. Forma de cumplimiento El generador dará cumplimiento a los artículos 5 y 34 a) El titular entregará a un gestor los envases, embalajes, y cualquier otro producto prioritario generados en cada una de las fases del proyecto b) Clasificará y segregará para facilitar su reciclaje c) Mantendrá almacenados temporalmente los residuos en las condiciones que los gestores especifiquen para asegurar su calidad y permitir su reciclaje.

El titular informará anualmente, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, lo siguiente: a) Cantidad de productos prioritarios comercializados en el país durante el año inmediatamente anterior. b) Las actividades de recolección, valorización y eliminación realizadas en igual período, y su costo. c) La Cantidad de residuos recolectados, valorizados y eliminados en dicho lapso. d) Indicación de si la gestión para las actividades de recolección y valorización es individual o colectiva. Conforme a los plazos prescritos por el Reglamento, el Titular cargará los reportes asociados a los residuos y emisiones. De manera previa al inicio de la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: - Designación del encargado de establecimiento. - Acceso a la plataforma virtual del RETC con RUT del Titular. - Carga al sistema en formato digital del poder notarial y fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder notarial. Efectuados los pasos anteriores, y una vez obtenido el comprobante de ingreso electrónico al RETC, se presentarán el poder, la cédula de identidad del encargado y el comprobante en formato físico en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema.

Se debe solicitar en la página web del RETC la inscripción del establecimiento, para luego solicitar los sistemas sectoriales para Registros de Fuentes y procesos y Registro único de emisiones atmosféricas.

De acuerdo con el Artículo 44, que establece la responsabilidad penal y califica como delito el tráfico de residuos peligrosos, el Titular gestionará que la fracción de residuos de construcción y demolición de tipo peligrosa sea derivada a lugares de disposición autorizados, de manera diferenciada de aquellos residuos no peligrosos.

Respecto a la generación de residuos, en especial para los envases y embalajes, el Titular aplicará el principio d) jerarquía en el manejo de residuos, indicado en la Ley N°20.920 del Ministerio del Medio Ambiente, el que señala que considera como primera alternativa la prevención en la generación de residuos, luego la reutilización, el reciclaje de los mismos o de uno o más de sus componentes y la valorización energética de los residuos, total o parcial, dejando como última alternativa su eliminación, acorde al desarrollo de instrumentos legales, reglamentarios y económicos pertinentes. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobantes de retiro de los residuos a reciclar por una empresa que se encargue de dicho reciclaje, exigiéndose las autorizaciones correspondientes y el certificado que acredite dicha acción.

Planilla con registro de envío de residuos a reciclaje: el registro incluye sitio de destino, volumen de carga a reciclar, nombre de encargado y fecha de reciclaje.

El Titular informará a través del Sistema REP cuando corresponda, el cual se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

encuentra disponible en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Para lo cual se:

Ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. - Obtendrá el identificador y contraseña requeridos. - Realización de declaraciones - de contaminantes en RETC en las fechas establecidas por resolución del Ministerio de Medio Ambiente. - Mantendrá el registro generado por el sistema. Forma de control y seguimiento Se mantendrá el registro y seguimiento de los residuos entregados a gestores autorizados para su reciclaje a través de una planilla, de las declaraciones anuales en RETC y del informe de seguimiento en RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.1 del ICE

7.13. D.S. N°31/2017 del Ministerio de Medio Ambiente. Modifica D.S. N°1 de 2013, que Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Artículo y/o Materia Emisiones atmosféricas. Modificaciones al Decreto Supremo N°1, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica El Proyecto contempla utilizar grupos electrógenos durante las fases de construcción y cierre, como se detalla a continuación: Fase de construcción: Se utilizarán un grupo electrógeno estacionario de 50 KVA en la instalación de faenas y 1 grupo electrógeno móvil de 10 KVA. Fase de cierre: Se utilizarán un grupo electrógeno estacionario de 50 KVA en la instalación de faenas y 1 grupo electrógeno móvil de 10 KVA. Forma de cumplimiento El Titular se compromete a declarar las emisiones de los grupos electrógenos que utilicen durante la ejecución de las distintas fases del Proyecto, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (https://portalvu.mma.gob.cl/). Indicador que acredita su cumplimiento Registro que acredite el ingreso de declaración de emisiones.

Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de las declaraciones de emisiones y transferencias de contaminantes realizadas en sistema de ventanilla única (VU-RETC) en las oficinas administrativas del Proyecto para su fiscalización por la autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.2 del ICE

7.14. Resolución Exenta N°144/2020, del Ministerio de Medio Ambiente. Establece las reglas básicas para el mejor funcionamiento del RETC mediante la VU, derogando la norma anterior Res.Exenta 1.139/2013. Componente/materia: Transporte y emisiones atmosféricas RETC mediante Ventanilla Única Residuos Sólidos - No peligrosos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de construcción: Se utilizarán un grupo electrógeno estacionario de 50 KVA en la instalación de faenas y 1 grupo electrógeno móvil de 10 KVA. Fase de cierre: Se utilizarán un grupo electrógeno estacionario de 50 KVA en la instalación de faenas y 1 grupo electrógeno móvil de 10 KVA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Forma de cumplimiento El Proyecto registrará y declarará las emisiones, residuos y/o transferencia de contaminantes a través del formulario electrónico disponible en el sistema de ventanilla única RETC, página web http://www.retc.cl del Ministerio del Medio Ambiente siguiendo las reglas básicas para realizar adecuadamente, a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC, la actualización de razón social, cambio de titularidad, cese de funciones o cierre del establecimiento, y envío de documentación en formato digital. Tal como lo indica el Artículo 8, toda la documentación será adjuntada electrónicamente en el portal web del Sistema VU del RETC y los documentos originales permanecerán en obra por un plazo de 2 años y se encontrarán disponibles para la Autoridad.

El Titular se compromete a declarar las emisiones de los grupos electrógenos que utilicen durante la ejecución de las distintas fases del Proyecto, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (https://portalvu.mma.gob.cl/). Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención de Identificador y contraseña para el establecimiento. - Verificación de las condiciones de los sitios de acumulación. - Registro de los permisos y/o autorizaciones de las empresas correspondientes. - Declaraciones al Sistema Nacional de Declaración de Residuos SINADER. Forma de control y seguimiento - Se mantendrán los registros de las declaraciones de emisiones y transferencias de contaminantes realizadas en sistema de ventanilla única (VU-RETC) en las oficinas administrativas del Proyecto para su fiscalización por la autoridad. - Copia de las empresas que retiren residuos no peligrosos autorizados por la Seremi de Salud. - Registro de autorización, certificados y/o boletas de las empresas que retiren, manipulen y transporten los residuos. - Registro Declaraciones al Sistema Nacional de Declaración de Residuos SINADER (Certificado de declaración mensual) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.3 del ICE

7.15. D.S. N°4/1994, del Ministerio Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera / calidad de aire Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto consideran la utilización de vehículos para el transporte de materiales, personal y maquinarias.

Forma de cumplimiento Se listan una serie de medidas que serán implementadas durante las distintas fases del Proyecto: - Transporte de materiales en camiones con la carga cubierta mediante el empleo de lona. - Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto. - Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día. - Limitación de velocidad máxima a 30 km/hr. en caminos internos. - Se capacitará al personal sobre la reducción de emisiones atmosféricas, dando a conocer las actividades que las generan en los frentes de trabajo y, las medidas de abatimiento y control contempladas para su aplicación. La capacitación se realizará a todo el personal que trabaje en la obra. - No recargar tolvas a camiones: Cargar el material hasta 10 cm bajo la línea de superficie de la tolva con el objetivo de minimizar la emisión de material particulado y evitar la caída de material en el trayecto. - El Proyecto exigirá a las empresas contratistas que los vehículos motorizados cuenten con la mantención o revisión técnica al día, los que no podrán exceder las concentraciones máximas de CO y HC, según lo establece la norma, comprobado mediante el sello en los vehículos que acredite la certificación de cumplimiento de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

los límites máximos de sus emisiones o la revisión técnica al día.

Mantención preventiva de equipos, maquinarias y vehículos: Realizar inspecciones periódicas mensuales a maquinarias y equipos generadores de gases de combustión. Se llevará registro del certificado de emisiones y de la revisión técnica de los vehículos de la obra. Indicador que acredita su cumplimiento - Flota de vehículos empleados en el Proyecto contarán con permiso de circulación y la revisión técnica al día. - Se mantendrá un registro actualizado en instalaciones del Proyecto de mantenciones periódicas por parte del personal encargado. - Se contará con copias de la documentación relativa a permiso de circulación y revisión técnica, las que se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. - Se exigirá copias de los permisos de circulación y certificados de revisión técnica al día de todos los vehículos que serán utilizados en este Proyecto. - Certificados de Revisión Técnica y Emisiones de Gases Contaminantes vigentes, o en su defecto Certificado de Homologación Individual vigente, de cada vehículo a utilizar si corresponde. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros referidos a contratos con exigencias contractuales a contratistas, copias de certificados de revisiones técnicas y de gases al día para cada vehículo motorizado utilizado en la ejecución del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.4 del ICE

7.16. D.S. N°54/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica Componente/materia: Emisiones a la atmósfera / calidad de aire Establece los límites de emisión máxima para contaminantes emitidos por vehículos medianos, esto es, aquellos destinados al transporte de personas o carga, por calles y caminos cuyo peso bruto vehicular es igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante sus distintas fases, el Proyecto puede utilizar vehículos motorizados medianos. Por tanto, se producirán emisiones atmosféricas correspondientes a su uso.

Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que se utilicen en el desarrollo del Proyecto, durante todas sus etapas.

Se realizarán mantenciones preventivas de vehículos y se exigirá a los contratistas la destinación de vehículos adecuados a los fines del servicio prestado al Proyecto, de lo que se dejará constancia en los respectivos contratos u órdenes de compra que se suscribirán con los contratistas. Se exigirá que los vehículos cuenten con certificado de revisión técnica al día y con las revisiones periódicas recomendadas, que garanticen el adecuado funcionamiento y cumplimiento de las normas de emisión. Indicador que acredita su cumplimiento Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas y de gases al día de los vehículos motorizados a utilizar en el Proyecto.

Certificado vigente de revisión técnica y de gases de cada vehículo motorizado a utilizar en la ejecución del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros referidos a contratos con exigencias contractuales a contratistas, copias de certificados de revisiones técnicas y de gases al día para cada vehículo motorizado utilizado en la ejecución del Proyecto Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.5 del ICE

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7.17. D.S. N°55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera / calidad de aire Los límites de emisión máxima para contaminantes emitidos por vehículos pesados, aquellos destinados al transporte de personas o carga, por calles y caminos cuyo peso bruto vehicular es igual o superior a 3.860 kilogramos. En el artículo 4° se establece los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y material particulado (PM). En el Artículo 6° se señala que se recibirá un autoadhesivo de color verde al momento de obtener su primer permiso de circulación (que señala que cumple con las normas de emisión) o en una oportunidad posterior si la acreditación de cumplimiento de la respectiva norma de emisión se produce con posterioridad a la obtención de dicho primer permiso de circulación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto durante todas sus fases considera la utilización de vehículos motorizados pesados para diferentes funciones tales como traslado de insumos, residuos y otros. Forma de cumplimiento El Titular deberá asegurar que todos los vehículos motorizados pesados utilizados en el Proyecto cumplan con los límites máximos de concentraciones de emisiones establecidos en el inciso primero del artículo 2 del D.S. N°55/94. Los vehículos estarán inscritos en el registro nacional de vehículos motorizados y portarán el sello autoadhesivo que certifique el cumplimiento de la norma.

Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, durante todas sus etapas, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Las copias de estos documentos se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. Indicador que acredita su cumplimiento - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas y de gases al día de los vehículos motorizados a utilizar en el Proyecto. - Certificado vigente de revisión técnica y de gases de cada vehículo motorizado a utilizar en la ejecución del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros referidos a contratos con exigencias contractuales a contratistas, copias de certificados de revisiones técnicas y de gases al día para cada vehículo motorizado utilizado en la ejecución del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.6 del ICE

7.18. D.S. N°75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera / calidad de aire “Artículo 2. Los vehículos que transporten desperdicios, arenas, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción: - Se requerirá de insumos, tales como arena y ripio. - Se generarán residuos como lodos del tratamiento de aguas servidas provenientes de los baños químicos y otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse.

En la Fase de Operación, no se requerirá de insumos u otro material que deba ser transportado a granel de forma permanente. No obstante, se realizará el transporte de los lodos del tratamiento de aguas servidas provenientes de la fosa séptica contigua a la sala de control. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Durante la Fase de Cierre, se requerirá transportar residuos tales como escombros y lodos del tratamiento de aguas servidas provenientes de los baños químicos de la instalación de faenas y la fosa séptica de la sala de control. Forma de cumplimiento - El transporte de materiales e insumos estará a cargo de las empresas contratistas autorizadas, las que de manera contractual acreditarán el cumplimiento de este Decreto. - Los vehículos que transporten materiales o residuos a granel efectuarán el transporte siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lona sujeta a la carrocería que impida el escurrimiento de estos y fuga de polvo. - Los vehículos que transporten líquidos o lodos que puedan escurrirse contarán con un contenedor estanco y cerrado para el transporte de tales sustancias y deberán, cuando sea pertinente, contar con autorización sanitaria. - Los caminos de servicio dentro del área del Proyecto se mantendrán en buen estado, a fin de facilitar el tránsito de vehículos. - Se realizarán mantenciones a maquinarias y equipos de forma de poseer las revisiones técnicas y de gases al día de vehículos. - Se establecerá una velocidad máxima de 40 km/h en caminos no pavimentados de servicio dentro del área del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de estado de caminos internos de servicio. - Registro de inspección visual de cobertura en camiones. - Autorización sanitaria de camiones - Revisiones técnicas y de gases al día de maquinarias y vehículos. - Registro de señalética de velocidad máxima en caminos no pavimentados dentro del área del Proyecto y registro de capacitaciones al personal del Proyecto que conduzca vehículos en donde se informe acerca de la velocidad máxima en caminos no pavimentados de servicio dentro del área del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros de contratos con exigencias contractuales a contratistas, copias de certificados revisiones técnicas y de gases al día de equipos, maquinaria y vehículos, de capacitaciones (velocidad máxima), de inspección visual a camiones y del estado de los caminos internos de servicio y las autorizaciones sanitarias que resulten pertinentes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.7 del ICE

7.19. D.S. N°144 de 1961. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera / calidad de aire En el Artículo 1° se establece que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen daños o molestias.

En el Artículo 7: Prohíbase la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las emisiones de mayor magnitud generadas por el proyecto corresponden a las actividades de las fases de Construcción y Cierre, con valores de tasa de emisión de 0,77 ton/año para MP10 en la zona directa del proyecto (área no saturada) y 0,20 ton/año de MP2.5 respectivamente, mientras que para la zona saturada se proyecta como tasa emisión de MP10 de 0,09 ton/año y 0,01 ton/año para MP2.5. Por su parte, la actividad que mayor emisión representa corresponde al transporte de vehículos sobre caminos pavimentados a utilizar durante el Proyecto. En la fase de operación se prevén menores emisiones (material particulado y gases) debido a que las actividades a desarrollar en esta fase son muy menores. Para mayores antecedentes, ver Anexo 3.11 de la Adenda Complementaria sobre Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas. Forma de cumplimiento De acuerdo al Informe de estimación de emisiones, las principales emisiones ocurren en las fases de construcción y cierre, las que tienen periodos acotados de seis meses, las emisiones de material particulado estimadas para estas fases no son de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

consideración, además todas las actividades serán realizadas en un periodo acotado.

Las medidas consideradas para el control de las emisiones atmosféricas del Proyecto son las siguientes: - Todos los materiales que ingresen o salgan del sitio del Proyecto, que generen dispersión de material particulado, se transportarán en camiones con la tolva cubierta. - Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 40 km/h dentro de los caminos internos del Proyecto. - Se exigirá a los contratistas, la implementación de charlas sobre buenas prácticas por parte de los trabajadores en relación al uso de equipos y artefactos de combustión y actividades que generen emisiones al aire. - Se exigirá a los contratistas una mantención adecuada de cada equipo y vehículos a utilizar (todas las mantenciones se realizarán en talleres autorizados, fuera del área del Proyecto). Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de estado de caminos internos de servicio. - Registro de inspección visual de cobertura en camiones. - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas y de gases al día de maquinarias y vehículos. - Registro de señalética de velocidad máxima en caminos no pavimentados dentro del área del Proyecto y registro de charla de seguridad al personal del Proyecto que conduzca vehículos en donde se informe acerca de la velocidad máxima en caminos no pavimentados de servicio dentro del área del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros de contratos con exigencias contractuales a contratistas, copias de certificados de revisiones técnicas y de gases al día, de mantenciones mecánicas de equipos, maquinaria y vehículos, de charlas de seguridad (velocidad máxima y prohibición de quema), de inspección visual a camiones y del estado de los caminos internos de servicio. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.8 del ICE

7.20. D.S. N°47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que Establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones Componente/ Materia Emisiones a la atmósfera / Calidad de aire Según el artículo 5.8.3, en todo Proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas, con el objeto de controlar las emisiones de polvo y material: Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de relleno y excavaciones; Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta; y Mantener la obra aseada y sin desperdicios, mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Durante la fase de construcción se utilizarán diversos tipos de vehículos para el transporte de materiales, algunos de los cuales serán a granel y que transitarán por caminos de servicio no pavimentados, y de diversas maquinarias para actividades de excavaciones y relleno.

Durante la fase de operación se utilizarán vehículos para las actividades de mantención que transitarán por caminos de servicio no pavimentados.

En la fase de cierre se utilizarán diversos tipos de vehículos para el transporte de materiales, algunos de los cuales serán a granel y que transitarán por caminos de servicio no pavimentados, y de diversas maquinarias para actividades de demoliciones, excavaciones y relleno. Forma de cumplimiento Las medidas consideradas para el control de las emisiones atmosféricas del Proyecto son las siguientes: - Todos los materiales que ingresen o salgan del sitio del Proyecto, que generen dispersión de material particulado, se transportarán en camiones con la tolva cubierta. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

- Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 40 km/h dentro de los caminos internos del Proyecto. - Se exigirá a los contratistas, la implementación de charlas y capacitaciones sobre buenas prácticas por parte de los trabajadores en relación al uso de equipos y artefactos de combustión y actividades que generen emisiones al aire. - Se exigirá a los contratistas una mantención adecuada de cada equipo y vehículos a utilizar (todas las mantenciones se realizarán en talleres autorizados, fuera del área del Proyecto). Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de estado de caminos internos de servicio. - Registro de inspección visual de cobertura en camiones. - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas y de gases al día de maquinarias y vehículos. - Registro de señalética de velocidad máxima en caminos no pavimentados dentro del área del Proyecto y registro de capacitaciones al personal del Proyecto que conduzca vehículos en donde se informe acerca de la velocidad máxima en caminos no pavimentados de servicio dentro del área del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros de contratos con exigencias contractuales a contratistas, copias de certificados revisiones técnicas y de gases al día, de mantenciones mecánicas de equipos, maquinaria y vehículos, de charlas de seguridad (velocidad máxima y prohibición de quema), de inspección visual a camiones, del estado de los caminos de servicio internos y de su humectación y registro visual de los contenedores utilizados para los residuos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.9 del ICE

7.21. D.S. N°138/2005, del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones que indica Componente/ Materia Emisiones a la atmósfera / Calidad de aire Artículo 2: Estarán afectas a la obligación de proporcionar los antecedentes para la determinación de emisión de contaminantes las fuentes fijas que correspondan a los siguientes rubros, actividades o tipo de fuente: Calderas generadoras de vapor y/o agua caliente; Producción de celulosa; Fundiciones primarias y secundarias; Centrales termoeléctricas; Producción de cemento, cal o yeso; Producción de vidrio; Producción de cerámica; Siderurgia; Petroquímica; Asfaltos; Equipos electrógenos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica El Proyecto contempla utilizar grupos electrógenos durante las fases de construcción y cierre, como se detalla a continuación: Fase de construcción: Se utilizarán un grupo electrógeno estacionario de 50 KVA en la instalación de faenas y 1 grupo electrógeno móvil de 10 KVA. Fase de cierre: Se utilizarán un grupo electrógeno estacionario de 50 KVA en la instalación de faenas y 1 grupo electrógeno móvil de 10 KVA. Forma de cumplimiento El Titular se compromete a declarar las emisiones de los grupos electrógenos que utilicen durante la ejecución de las distintas fases del Proyecto, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (https://portalvu.mma.gob.cl/). Indicador que acredita su cumplimiento Registro que acredite el ingreso de declaración de emisiones.

Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de las declaraciones de emisiones y transferencias de contaminantes realizadas en sistema de ventanilla única (VU-RETC) en las oficinas administrativas del Proyecto para su fiscalización por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.10 del ICE

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7.22. D.S. N°211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos Componente/ Materia Emisiones a la atmósfera / Calidad de aire Normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. Artículo 3°: Todos los vehículos motorizados livianos cuya primera inscripción se solicite a contar del 1° de septiembre de 1992, deberán llevar un rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la parte interior del compartimiento del motor, que indicará, a lo menos: que el vehículo cumple con las normas nacionales de emisión y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones. Este rótulo será colocado en los vehículos por su fabricante o armador o su representante legal y deberá reunir las características que señale el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica El Proyecto, durante todas sus fases, considera la utilización de vehículos motorizados livianos para el traslado del personal, entre otros. Forma de cumplimiento - Se verificará que los vehículos motorizados livianos estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados después del 01 de septiembre de 1994 y que porten el sello autoadhesivo que acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones. Aquellos que no lo porten no serán admitidos. - Se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos que participen en el desarrollo del Proyecto dispongan del correspondiente certificado de revisión técnica y de gases vigente. Indicador que acredita su cumplimiento - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas y de gases al día de los vehículos motorizados livianos a utilizar en el Proyecto. - Certificado vigente de revisión técnica y de gases de cada vehículo motorizado liviano a utilizar en la ejecución del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros referidos a contratos con exigencias contractuales a contratistas, copias de certificados de revisiones técnicas y de gases al día para cada vehículo motorizado liviano utilizado en la ejecución del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.11 del ICE

7.23. D.S. N°12/2011, del Ministerio de Medio Ambiente. “Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino Respirable MP2,5” Artículo y/o Materia Emisiones Atmosféricas y Calidad del Aire. Artículo 3º. La norma primaria de calidad del aire para material particulado fino es veinte microgramos por metro cúbico (20 μg/m3), como concentración anual, y cincuenta microgramos por metro cúbico (50 μg/m3), como concentración de 24 horas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, a la que aplica Material particulado MP2,5 generado por obras y acciones del Proyecto. La ejecución de las obras y actividades del Proyecto tiene como consecuencia la generación de emisiones contaminantes a la atmósfera. Dichas emisiones, en ninguna de las fases, superarán los límites establecidos por la presente norma primaria de calidad.

Forma de cumplimiento En el Anexo 3.11 de la Adenda Complementaria presenta la estimación de emisiones atmosféricas que señala que el Proyecto durante los 6 meses de construcción generará 0,20 t de MP2,5 en un área con excelente ventilación. Durante la operación, la generación anual es prácticamente imperceptible 0,0002 t/año.

Aunque los valores de emisión son menores en todas las fases se han considerado las siguientes medidas para el control de material suspendido: - Mantener los caminos de servicio dentro del área del Proyecto en buen estado, a fin de facilitar el tránsito de vehículos. - Transportar los materiales a granel en camiones encarpados con lona sujeta a la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

carrocería que impida el escurrimiento de estos y fuga de polvo.

Realizar mantenciones a maquinarias y equipos de acuerdo con lo recomendado por el fabricante y revisiones técnicas y de gases al día de vehículos. - Se establecerá una velocidad máxima de 40 km/h en caminos no pavimentados de servicio dentro del área del Proyecto. - Se prohibirá la quema de basuras u otro tipo de fogatas. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de estado de caminos internos de servicio. - Registro de inspección visual de cobertura en camiones. - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas y de gases al día de maquinarias y vehículos. - Registro de señalética de velocidad máxima en caminos no pavimentados dentro del área del Proyecto y registro de capacitaciones al personal del Proyecto que conduzca vehículos en donde se informe acerca de la velocidad máxima en caminos no pavimentados de servicio dentro del área del Proyecto. - Registro de capacitaciones al personal del Proyecto acerca de la prohibición de la quema de basuras u otro tipo de fogatas. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros de contratos con exigencias contractuales a contratistas, copias de certificados revisiones técnicas y de gases al día, de mantenciones mecánicas de equipos, maquinaria y vehículos, de capacitaciones (velocidad máxima y prohibición de quema), de inspección visual a camiones y del estado de los caminos internos de servicio. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.12 del ICE

7.24. D.S. N°2/2022, del Ministerio de Medio Ambiente. “Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10” Artículo y/o Materia Emisiones Atmosféricas y Calidad del Aire. Artículo 3º La norma primaria de calidad ambiental para material particulado respirable MP10 es cincuenta microgramos por metro cúbico normal (50 μg/m3N), como concentración anual, y ciento treinta microgramos por metro cúbico normal (130 μg/m3N), como concentración de 24 horas.

Artículo 4°. Se considerará sobrepasada la norma primaria de calidad ambiental para material particulado respirable MP10 como concentración anual, cuando el promedio aritmético de tres años calendarios consecutivos, en cualquier estación monitora calificada como EMRP, sea mayor o igual a 50 μg/m3N.

Artículo 5°. Se considerará sobrepasada la norma primaria de calidad ambiental para material particulado respirable MP10, como concentración de 24 horas, cuando ocurra, en cualquier estación monitora calificada como EMRP, una de las siguientes condiciones: a.En un año calendario, el valor correspondiente al percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas, sea mayor o igual a 130 μg/m3N b.Si antes que concluya un año calendario, el número de días con mediciones sobre el valor de 130 μg/m3N, sea mayor que siete. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, a la que aplica Material particulado MP10 generado por obras y acciones del Proyecto. La ejecución de las obras y actividades del Proyecto tiene como consecuencia la generación de emisiones contaminantes a la atmósfera. Dichas emisiones, en ninguna de las fases, superarán los límites establecidos por la presente norma primaria de calidad. Forma de cumplimiento En el Anexo 3.11 de la Adenda Complementaria presenta la estimación de emisiones atmosféricas que señala que: - El Proyecto durante los 6 meses de construcción generará 1,11t de MP10 en un área con excelente ventilación. Durante la operación, la generación anual es prácticamente imperceptible 0,004t/año. Aunque los valores de emisión de MP10 son menores en todas las fases se han considerado las siguientes medidas para el control de material suspendido: - Mantener los caminos de servicio dentro del área del Proyecto en buen estado, a fin de facilitar el tránsito de vehículos. - Transportar los materiales a granel en camiones encarpados con lona sujeta a la carrocería que impida el escurrimiento de los mismos y fuga de polvo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

- Realizar mantenciones a maquinarias y equipos de acuerdo a lo recomendado por el fabricante y revisiones técnicas y de gases al día de vehículos. - Se establecerá una velocidad máxima de 40 km/h en caminos no pavimentados de servicio dentro del área del Proyecto. - Se prohibirá la quema de basuras u otro tipo de fogatas.

Adicionalmente, de manera de entregar más antecedentes, el Titular en Anexo 3.11 entrega la modelación donde se releva el cumplimiento de la presente normativa. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de estado de caminos internos de servicio. - Registro de inspección visual de cobertura en camiones. - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas y de gases al día de maquinarias y vehículos. - Registro de señalética de velocidad máxima en caminos no pavimentados dentro del área del Proyecto y registro de capacitaciones al personal del Proyecto que conduzca vehículos en donde se informe acerca de la velocidad máxima en caminos no pavimentados de servicio dentro del área del Proyecto. - Registro de capacitaciones al personal del Proyecto acerca de la prohibición de la quema de basuras u otro tipo de fogatas. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros de contratos con exigencias contractuales a contratistas, copias de certificados revisiones técnicas y de gases al día, de mantenciones mecánicas de equipos, maquinaria y vehículos, de capacitaciones (velocidad máxima y prohibición de quema), de inspección visual a camiones y del estado de los caminos internos de servicio. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.13 del ICE

7.25. D.F.L. N°725/1967. Código Sanitario Artículo y/o Materia Emisiones Atmosféricas y Calidad del Aire. Art. 89. El reglamento comprenderá normas como las que se refieren a: - La conservación y pureza del aire y evitar en él la presencia de materias u olores que constituyan una amenaza para la salud, seguridad o bienestar del hombre o que tengan influencia desfavorable sobre el uso y goce de los bienes. - La reglamentación determinará, además, los casos y condiciones en que podrá ser prohibida o controlada la emisión a la atmósfera de dichas substancias Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, a la que aplica Transporte de personal, materiales e insumos, equipos y residuos Forma de cumplimiento Se aplicarán medidas de control de emisiones tales como: mantención de caminos internos, utilización de maquinarias con mantenciones y revisión técnica al día, velocidad máxima de desplazamiento (se considera como velocidad máxima de 20 Km/h al interior de la faena), los camiones que transporten material fuera del área del Proyecto serán cubiertos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión en el aire. Indicador que acredita su cumplimiento Certificados de control de gases y revisión técnica vehículos y maquinarias. Mantenciones vehículos y maquinarias al día. Forma de control y seguimiento Se mantendrá toda la documentación necesaria a disposición de la autoridad fiscalizadora en la oficina administrativa del Proyecto. Copia de la documentación de los vehículos y maquinarias: Permisos de circulación, control de gases, revisiones técnicas vigentes. Registro de las mantenciones a vehículos y maquinarias. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.14 del ICE

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7.26. D.S. N°279/1983. Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna Artículo y/o Materia Emisiones a la atmósfera / Calidad de aire Aprueba reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna. Artículo 1.- El presente reglamento establece los aspectos normativos y técnicos para el control de la emisión de contaminantes evacuados por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, que operen según el sistema Diésel (petroleros) o ciclo Otto (bencineros) de dos y cuatro tiempos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, Operación y Cierra Parte, obra, acción, a la que aplica Transporte de materiales, equipos y residuos

Forma de cumplimiento Para todas las fases del Proyecto, se exigirá que los vehículos motorizados cumplan con estas normas, lo que se verificará con el correspondiente certificado de revisión técnica y gases. Los vehículos estarán inscritos en el Registro Nacional de vehículos Motorizados y portarán el sello autoadhesivo que certifique el cumplimiento de la norma. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de certificado de revisión técnica vigente y de gases estarán disponibles en faena para su revisión periódica. Registro de mantenciones vehículos y maquinarias al día. Forma de control y seguimiento Registro en formato digital actualizados. Visualización del sello verde adherido y en buen estado, en caso de que corresponda. Copia del estado de la maquinaria (revisiones técnicas y de gases al día), lo cual se evaluará semestralmente para las fases de construcción y de cierre, y de forma anual para la fase de operación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.15 del ICE

7.27. D.S. N°38/2012. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada partir de la revisión del D.S. N°146, de 1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Artículo y/o Materia Emisiones de ruido En su artículo 6, punto 13, define “fuente emisora de ruido” como toda actividad productiva, comercial de esparcimiento y de servicios, faenas constructivas, y elementos de la infraestructura que generen emisiones de ruido hacia la comunidad, excluyéndose las fuentes señaladas en su artículo 5. El artículo 7, establece los niveles de presión sonora corregidos (NPC) que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, que no podrán exceder los valores que se establecen en la siguiente tabla 1:

En el artículo 9, indica que para zonas rurales se aplicará como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: a) Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A) b) NPC para Zona III de la Tabla 1. Este criterio se aplicará tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. En el artículo 10, indica que los niveles generados por fuentes emisoras de ruido deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos, correspondiente a la zona en que se encuentre el receptor. El Articulo 11, a su vez, señala que “Las mediciones se efectuarán con un sonómetro integrador - promediador que cumpla con las exigencias señaladas para las clases 1 ó 2, establecidas en la norma IEC 61672/1:2002 "Sonómetros" ("Sound Level Meters"). Lo anterior se deberá respaldar mediante la presentación de un Certificado de Calibración Periódica vigente”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

El Artículo 12 establece que “El sonómetro integrador promediador deberá contar, además de lo dispuesto en el artículo anterior, con su respectivo calibrador acústico específico para cada marca y modelo, el cual cumpla con las exigencias señaladas para la clase 1 ó 2, en la norma IEC 60942:2003 "Electroacústica - Calibradores acústicos" ("Electroacoustics-Sound calibrators"). Lo anterior se deberá respaldar mediante la presentación de un Certificado de Calibración Periódicavigente”.

En el Artículo 13, señala “Las exigencias relativas a los certificados de calibración periódica, respecto a su contenido, período de vigencia, trazabilidad y otros aspectos técnicos, tanto para los sonómetros integradores-promediadores como para sus respectivos calibradores acústicos, se sujetarán a las normas técnicas que para tales efectos dicte el Ministerio de Salud”. En el artículo 18, punto 18 se define “receptor”, como toda persona que habite, resida o permanezca en un recinto, ya sea en domicilio particular o en un lugar de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fases de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, a la que aplica Fase de Construcción: Las principales fuentes de ruido estarán asociadas a la habilitación de obras temporales y a la construcción de las obras permanentes, entiéndase por estas: utilización de maquinarias para las actividades de movimientos de tierra, trasporte de materiales, excavaciones, entre otras. Dichas actividades contemplan la utilización de retroexcavadoras, cargador frontal, camión grúa, generador eléctrico, camión mixer, camión tolva, camión aljibe, entre otros.

Fase de operación: Las principales fuentes de ruido estarán asociadas a la operación de los aerogeneradores.

Fase de cierre: Las principales fuentes de ruido estarán asociadas a la habilitación de obras temporales y al desmantelamiento de las instalaciones. Dichas actividades contemplan la utilización de retroexcavadoras, cargador frontal, camión grúa, generador eléctrico, camión mixer, camión tolva, camión aljibe, entre otros.

El resultado del estudio de impacto acústico que se presenta en el Anexo 3.12 de la Adenda Complementaria, indica que la predicción de los niveles de ruido del Proyecto, no supera los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, el D.S. Nº 38/11 del MMA, no produciendo impacto acústico significativo dentro para las comunidades y viviendas cercanas al Proyecto. Forma de cumplimiento El resultado del estudio de estudio acústico que se presenta en el Anexo 3.12 de la Adenda Complementaria, indica que la predicción de los niveles de ruido del Proyecto, cumple con los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, el D.S. N°38/11 del MMA, para todas las fases, no produciendo impacto acústico significativo dentro para las comunidades y viviendas cercanas al Proyecto.

Durante la ejecución del Proyecto:

Se procederá conforme a los supuestos establecidos en el estudio de impacto acústico. - Se realizarán las obras de construcción en período diurno y de montaje de los aerogeneradores en horario diurno. - Se verificará el correcto estado de los vehículos y maquinarias a utilizar durante la ejecución del Proyecto, manteniendo sus respectivos registros. Indicador que acredita su cumplimiento Para la fase de construcción: - Ubicación y cantidad de frentes trabajo.

Para todas las fases: - Resultados de la modelación de la propagación de Ruido para cada una de las fases del Proyecto. - Fichas técnicas de equipos y maquinarias utilizadas en cada fase del proyecto. Forma de control y seguimiento Los registros de los indicadores de cumplimiento estarán disponibles en las oficinas del Proyecto en caso de que se requiera fiscalización por parte de la autoridad, a fin de verificar la no superación de los niveles máximos permitidos en la norma. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.16 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

7.28. D.S. N°594/2000, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Artículo y/o Materia Aguas servidas. - Artículo 16: No podrán vaciarse a la red pública de desagües de aguas servidas sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente. La descarga de contaminantes al sistema de alcantarillado se ceñirá a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente y las normas de emisión y demás normativa complementaria de ésta. - Artículo 21 dispone que todo lugar de trabajo estará provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, que dispondrán como mínimo de excusado y lavatorio. - En el artículo 24 se establece que en las faenas temporales que no sea posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el proveedor deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calcular según el presente artículo, además establece que una vez finalizada la faena temporal el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación. - En el artículo 26 se establece que las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, Operación, Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Durante la fase de construcción se considera la generación de aguas servidas, la que provienen desde instalación de faenas (IFF) y los frentes de faenas, con un máximo de 7,5 m3/día estimado en 50 trabajadores. Las aguas servidas serán manejadas por una empresa autorizada a través de baños químicos.

Durante la fase de operación se producirán aguas servidas provenientes de los baños localizados en la sala de control del Proyecto, las que serán tratadas mediante una fosa séptica. Se prevé generar 0,75 m3/día de aguas servidas proveniente de la mano de obra (5 trabajadores máximo).

Durante la fase de cierre se considera la generación de aguas servidas, la que provienen desde instalación de faenas (IFF) y los frentes de faenas, con un máximo de 7,5 m3/día estimado en 50 trabajadores. Las aguas servidas serán manejadas por una empresa autorizada a través de baños químicos. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo porque el Titular realizará las siguientes acciones: - Para las fases de construcción y de cierre, se instalarán baños químicos en frentes de trabajo y en la instalación de faenas (IFF) durante los 6 y 4 meses de ejecución respectivamente. - Para la operación se implementará una solución de fosa séptica con redes de drenaje. - En ambos casos los lodos y excedentes serán enviados a una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) autorizada por una empresa especializada. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de retiro de residuos de aguas servidas generadas en los baños químicos (boletas de retiro) - Autorización sanitaria de la empresa que preste el servicio de arriendo y mantención de baños químicos. - Registros de retiro de baños químicos y lodos provenientes el tratamiento de aguas servidas, según corresponda. - Registro mantención de baños portátiles, el cual deberá indicar la mantención efectuada y el lugar de disposición final de los residuos líquidos retirados. - Obtención PAS del artículo 138 para la fase de operación del proyecto - Resolución sanitaria de autorización de Proyecto y funcionamiento de solución sanitaria de fosa séptica para fase de operación. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros referidos a las autorizaciones sanitarias del Proyecto, a los retiro y disposición final de residuos de baños químicos y lodos provenientes el tratamiento de aguas servidas, por empresas autorizadas, respectivamente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.17 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

7.29. D.F.L. N°725/1967. Código Sanitario y D.F.L. N°1/1989, del Ministerio de Salud. Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Artículo y/o Materia Aguas servidas El Artículo 71, literal b) del Código Sanitario dispone que le corresponderá al Servicio Nacional de Salud (hoy SEREMI de Salud) aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros. Asimismo, deberá ser autorizada la operación de dichas obras una vez construidas de acuerdo al proyecto aprobado. En el artículo 73, del párrafo I y título II se establece que se prohíbe descargar las aguas servidas y los residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o para balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Durante la fase de construcción se considera la generación de aguas servidas, la que provienen desde instalación de faenas (IFF) y los frentes de faenas, con un máximo de 7,5 m3/día estimado en 50 trabajadores. Las aguas servidas serán manejadas por una empresa autorizada a través de baños químicos.

Durante la fase de operación se producirán aguas servidas provenientes de los baños localizados en la sala de control del Proyecto, las que serán tratadas mediante una fosa séptica. Se prevé generar 0,75 m3/día de aguas servidas proveniente de la mano de obra (5 trabajadores máximo).

Durante la fase de cierre se considera la generación de aguas servidas, la que provienen desde instalación de faenas (IFF) y los frentes de faenas, con un máximo de 7,5 m3/día estimado en 50 trabajadores. Las aguas servidas serán manejadas por una empresa autorizada a través de baños químicos. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo porque el Titular realizará las siguientes acciones: - Para las fases de construcción y de cierre, se instalarán baños químicos en frentes de trabajo y en la instalación de faenas (IFF) durante los 6 y 4 meses de ejecución respectivamente. - Para la operación se implementará una solución de fosa séptica con redes de drenaje. - En ambos casos los lodos y excedentes serán enviados a una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) autorizada por una empresa especializada. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de retiro de residuos de aguas servidas generadas en los baños químicos (boletas de retiro) - Autorización sanitaria de la empresa que preste el servicio de arriendo y mantención de baños químicos. - Registros de retiro de baños químicos y lodos provenientes el tratamiento de aguas servidas, según corresponda. - Registro mantención de baños portátiles, el cual deberá indicar la mantención efectuada y el lugar de disposición final de los residuos líquidos retirados. - Obtención PAS del artículo 138 para la fase de operación del proyecto - Resolución sanitaria de autorización de Proyecto y funcionamiento de solución sanitaria de fosa séptica para fase de operación. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros referidos a las autorizaciones sanitarias del Proyecto, a los retiro y disposición final de residuos de baños químicos y lodos provenientes el tratamiento de aguas servidas, por empresas autorizadas, respectivamente.

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.18 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

7.30. D.F.L. N°725/1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley 20.380 de 2009. Código Sanitario. Artículo y/o Materia Residuos sólidos domiciliarios, industriales y peligrosos. Artículo 80: Corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) - Para la fase de construcción, estos corresponden básicamente a residuos con características domiciliarias generadas por los trabajadores tales como restos de comida, envases y envoltorios, papeles y cartones, entre otros. Durante esta fase, se estima que se generarán 8,58 t de residuos sólidos domésticos, lo que equivale a 4,77 m3/mes. - Durante la fase de operación, como no se espera una habitación continua de la sala de control, se contempla una tasa de generación diaria de residuos sólidos máxima de 5 kg los cuales no serán almacenados y serán dispuestos en sitios con autorización de forma inmediata. - En la fase de cierre, se estima una tasa de generación de 8,58 t de residuos sólidos domésticos, lo que equivale a 4,77 m3/mes.

Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos

En la fase de construcción se generarán residuos de cemento, hormigón de desecho, restos de madera, fierros, entre otros. Se considera una tasa de generación de total de residuos sólidos industriales no peligrosos de 417,74 t/fase. - Para la fase de operación se contempla la generación máxima de 50 kg/mes de RSINP. - Durante la fase de cierre, los residuos sólidos industriales no peligrosos corresponden a estructuras desmanteladas y chatarra. Se considera una tasa de generación de 350 t/fase.

Residuos sólidos peligrosos (RESPEL)

En la fase de construcción se generarán residuos peligrosos tales como restos de aceites, grasas y lubricantes; paños y envases contaminados con hidrocarburos; envases de pinturas y solventes; y huaipes y EPPs contaminados con hidrocarburos. Se considera una tasa de generación de residuos peligrosos de 0,14 t/fase. - Para la fase de operación, se considera la generación de residuos peligrosos provenientes de las actividades de mantención tales el recambio de aceites eléctricos y mecánicos de aerogeneradores. Se espera una generación aproximada de 306,6 kg/año. - Durante la fase de cierre, los residuos sólidos peligrosos serán similares en tipo a los de la fase de construcción. Se considera una tasa de generación residuos peligrosos de 1,6 t/fase aproximadamente. Forma de cumplimiento Todos los residuos generados en las obras del Proyecto serán acopiados convenientemente (clasificados según tipo) dentro de las bodegas/sitios de residuos, para posteriormente ser transportados y dispuestos por una empresa autorizada en un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Se contará con una bodega temporal de almacenamiento de residuos peligrosos (BAT), durante toda la vida útil del Proyecto. Cabe destacar que, si bien el transporte de residuos sólidos será encargado a un tercero, se exigirá a éste que tenga autorización sanitaria para funcionar, y que reúna los requisitos para ésta, conforme al artículo 81 de la presente norma. Una vez obtenida la RCA Favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud de la Región de los Lagos, la autorización de las siguientes instalaciones destinadas al manejo de residuos: - Sitio o Bodegas de almacenamiento transitorio de residuos domiciliarios y asimilables y de residuos industriales no peligrosos. - Bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.

Los antecedentes ambientales del permiso de las obras de almacenamiento transitorio de residuos sólidos se entregan en los Anexos 3.2 y 3.3 de Adenda, correspondientes a los antecedentes de los PAS Nº140 y PAS Nº142. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Indicador que acredita su cumplimiento - Aprobación/Obtención de los Permisos Ambiental Sectorial establecido en el artículo 140 y 142 del D.S. N°40/2013 del MMA. - Registro de los residuos generados y almacenados en lugares autorizados en las distintas fases del Proyecto. - Facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos, por tipo (asimilables a domésticos, industriales no peligrosos y peligrosos), expedidos del parque eólico, durante cada una de las fases del Proyecto. - Autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas de residuos sólidos, por tipo, para cada una de las fases del Proyecto. - Autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final donde serán enviados cada tipo de residuos sólidos, durante cada una de las fases del Proyecto. - En caso de que corresponda, comprobante de ingreso a la plataforma de reporte anual de residuos peligrosos realizada en el Sistema de Ventanilla Única, RETC. Dichos comprobantes se mantendrán en las oficinas correspondientes, a modo de respaldo para futuras fiscalizaciones de cumplimiento Forma de control y seguimiento - Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros referidos a las autorizaciones sanitarias del Proyecto y de las empresas transportistas y de disposición final de cada tipo de residuo. - Se reportará a la SMA la resolución de autorización sectorial de las instalaciones de almacenamiento temporal de residuos sólidos. - Registro de facturación de residuos en relleno sanitario autorizado declaración en sistema nacional de declaración de residuos no peligrosos (SINADER) y peligrosos SIDREP. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.19 del ICE

7.31. D.S. N°594/1999, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Artículo y/o Materia Condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, que incluye el manejo de residuos sólidos.

Artículo 18 establece que la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Artículo 19 establece que las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Artículo 20 “En todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos.” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) - Para la fase de construcción, estos corresponden básicamente a residuos con características domiciliarias generadas por los trabajadores tales como restos de comida, envases y envoltorios, papeles y cartones, entre otros. Durante esta fase, se estima que se generarán 8,58 t de residuos sólidos domésticos, lo que equivale a 4,77 m3/mes. - Durante la fase de operación, como no se espera una habitación continua de la sala de control, se contempla una tasa de generación diaria de residuos sólidos máxima de 5 kg los cuales no serán almacenados y serán dispuestos en sitios con autorización de forma inmediata. - En la fase de cierre, se estima una tasa de generación de 8,58 t de residuos sólidos domésticos, lo que equivale a 4,77 m3/mes.

Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos

En la fase de construcción se generarán residuos de cemento, hormigón de desecho, restos de madera, fierros, entre otros. Se considera una tasa de generación de total de residuos sólidos industriales no peligrosos de 417,74 t/fase. - Para la fase de operación se contempla la generación máxima de 50 kg/mes de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

RSINP.

Durante la fase de cierre, los residuos sólidos industriales no peligrosos corresponden a estructuras desmanteladas y chatarra. Se considera una tasa de generación de 350 t/fase.

Residuos sólidos peligrosos (RESPEL)

En la fase de construcción se generarán residuos peligrosos tales como restos de aceites, grasas y lubricantes; paños y envases contaminados con hidrocarburos; envases de pinturas y solventes; y huaipes y EPPs contaminados con hidrocarburos. Se considera una tasa de generación de residuos peligrosos de 0,14 t/fase. - Para la fase de operación, se considera la generación de residuos peligrosos provenientes de las actividades de mantención tales el recambio de aceites eléctricos y mecánicos de aerogeneradores. Se espera una generación aproximada de 306,6 kg/año. - Durante la fase de cierre, los residuos sólidos peligrosos serán similares en tipo a los de la fase de construcción. Se considera una tasa de generación residuos peligrosos de 1,6 t/fase aproximadamente. Forma de cumplimiento Todos los residuos generados en las obras del Proyecto serán acopiados convenientemente (clasificados según tipo) dentro de las bodegas/sitios de residuos, para posteriormente ser transportados y dispuestos por una empresa autorizada en un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Se contará con una bodega temporal de almacenamiento de residuos peligrosos (BAT), durante toda la vida útil del Proyecto. Cabe destacar que, si bien el transporte de residuos sólidos será encargado a un tercero, se exigirá a éste que tenga autorización sanitaria para funcionar, y que reúna los requisitos para ésta, conforme al artículo 81 de la presente norma. Una vez obtenida la RCA Favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud de la Región de los Lagos, la autorización de las siguientes instalaciones destinadas al manejo de residuos: - Sitio o Bodegas de almacenamiento transitorio de residuos domiciliarios y asimilables y de residuos industriales no peligrosos. - Bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.

Los antecedentes ambientales del permiso de las obras de almacenamiento transitorio de residuos sólidos se entregan en los Anexos 3.2 y 3.3 de Adenda, correspondientes a los antecedentes de los PAS Nº140 y PAS Nº142. Indicador que acredita su cumplimiento - Aprobación/Obtención de los Permisos Ambiental Sectorial establecido en el artículo 140 y 142 del D.S. N°40 del MMA. - Registro de los residuos generados y almacenados en lugares autorizados en las distintas fases del Proyecto. - Facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos, por tipo (asimilables a domésticos, industriales no peligrosos y peligrosos), expedidos del parque eólico, durante cada una de las fases del Proyecto. - Autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas de residuos sólidos, por tipo, para cada una de las fases del Proyecto. - Autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final donde serán enviados cada tipo de residuos sólidos, durante cada una de las fases del Proyecto. - En caso de que corresponda, comprobante de ingreso a la plataforma de reporte anual de residuos peligrosos realizada en el Sistema de Ventanilla Única, RETC. Dichos comprobantes se mantendrán en las oficinas correspondientes, a modo de respaldo para futuras fiscalizaciones de cumplimiento Forma de control y seguimiento - Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros referidos a las autorizaciones sanitarias del Proyecto y de las empresas transportistas y de disposición final de cada tipo de residuo. - Se reportará a la SMA la resolución de autorización sectorial de las instalaciones de almacenamiento temporal de residuos sólidos. - Registro de facturación de residuos en relleno sanitario autorizado declaración en sistema nacional de declaración de residuos no peligrosos (SINADER) y peligrosos SIDREP. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.20 del ICE

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7.32. D.S. N°148/2004, del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Artículo y/o Materia Residuos Sólidos – Peligrosos - En el artículo 1 se establecen las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. - Artículo 4: Los residuos peligrosos deberán identificarse y etiquetarse de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2.190 of.93. - Artículo 6: Durante el manejo de los residuos peligrosos se deberán tomar todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Además, durante las diferentes etapas del manejo de tales residuos, se deberán tomar todas las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente. - Artículo 7: En cualquier etapa del manejo de residuos peligrosos, queda expresamente prohibida la mezcla de éstos con residuos que no tengan ese carácter o con otras sustancias o materiales, cuando dicha mezcla tenga como fin diluir o disminuir su concentración. - En el Artículo 8 se indican los requisitos que deben cumplir los contenedores de residuos peligrosos. - En el artículo 25 se establece que las instalaciones, establecimientos o actividades que anualmente den origen a más de 12 kg de residuos tóxicos agudos o a más de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad deberán contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos presentado ante la Autoridad Sanitaria - En el artículo 28 se establece el manejo diferenciado entre RESPEL y no peligrosos. - En el artículo 29 se establece que todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos deberá contar con la correspondiente autorización sanitaria de instalación. - En el artículo 31 se establece el período de almacenamiento máximo de residuos peligrosos. - En los artículos 33, 34 y 35 se establecen las condiciones que deben cumplir los sitios de almacenamiento de este tipo de residuos, los accesos restringidos de estos lugares y las distancias a los deslindes de la propiedad. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Bodega de Residuos Peligrosos (almacenamiento temporal de RESPEL) La generación de residuos peligrosos durante las fases del proyecto será de: - Construcción: 0,14 t/fase. - Operación: 306,6 kg/año. - Cierre: 1,6 t/fase. Forma de cumplimiento - Los RESPEL serán almacenados transitoriamente en contenedores adecuados, identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena 2.190 Of.2019. - Las áreas de almacenamiento temporal de RESPEL contarán con la respectiva autorización sanitaria y cumplirán con los requerimientos especificados en el D.S. N°148/2004. - El período de almacenamiento de RESPEL en ningún caso excederá los 6 meses. - Anualmente se realizará la declaración de residuos peligrosos generados en sus distintas fases. - Los RESPEL serán ubicados en la bodega considerando la incompatibilidad de éstos. Además, la bodega estará emplazada en una zona alejada de fuentes de calor y lejos de cursos de agua. - El transporte y disposición final de los RESPEL estará a cargo de empresas debidamente autorizadas para estos efectos, realizando la disposición final adecuada fuera de las instalaciones del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Aprobación/Obtención del PAS N°148. - Autorización de SEREMI de Salud para funcionamiento de Bodega RESPEL. - Facturas y/o guías de despacho de los residuos peligrosos, expedidos del parque eólico, durante cada una de las fases del Proyecto. - Autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas de los residuos peligrosos. - Autorizaciones sanitarias de empresas de disposición final de residuos peligrosos. - Registros de recepción de residuos por empresa encargada de disposición final. Forma de control y seguimiento - Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros referidos a las autorizaciones sanitarias del Proyecto y de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

las empresas transportistas y de disposición final de cada tipo de residuo.

Se reportará a la SMA la resolución de autorización sectorial de las instalaciones de almacenamiento temporal de residuos sólidos. - Registro de facturación de residuos en relleno sanitario autorizado declaración en sistema nacional de declaración de residuos no peligrosos (SINADER) y peligrosos SIDREP. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.21 del ICE

7.33. D.S. N°160/2008. Aprueba Reglamento de Seguridad Para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos Artículo y/o Materia Sustancias peligrosas La norma citada establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo y biocombustibles y las operaciones asociadas a la producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento, así como las obligaciones de las personas naturales y jurídicas que intervengan en ellas.

La norma señala que los propietarios de esta clase de instalaciones son responsables de dar cumplimiento a la normativa manteniendo las instalaciones en buen estado y en condiciones de impedir o reducir cualquier filtración, emanación o residuo que pueda causar peligro, daños o molestias a las personas y/o cosas, cursos de agua superficiales, subterráneas, lagos o mares; son responsables de que su diseño se ajuste a normas legales, reglamentarias y técnicas; deben velar por su correcta operación y mantenimiento; deben disponer de manuales que contengan procedimientos para efectuar la operación, mantenimiento e inspección de las instalaciones que deben formar parte del Programa o Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos (MSCL) e informar accidentes según establece su Artículo 32, entre otras de importancia.

Los Artículos 298 y 299 establecen la obligación de informar a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles previamente al inicio de la construcción de cualquier instalación de combustibles líquidos (CL), así como la de inscribir en el Registro de Inscripción a cargo de ésta las instalaciones cuyo volumen total de almacenamiento sea igual o superior a 1.100 litros. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Durante la fase de construcción y cierre del Proyecto, se contempla el almacenamiento de combustible requeridos en faena por un total de 1.000 l, los que serán suministrados por las compañías distribuidoras del mercado regional. Asimismo, se surtirá a través de camiones maquinaria pesada en las faenas. Forma de cumplimiento - El abastecimiento de combustible, tanto para maquinaria como para el estanque de almacenamiento, estará a cargo de empresas calificadas y debidamente autorizadas, las cuales se regirán por la normativa correspondiente - La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la construcción se hará en un área previamente definida y claramente demarcada. - Se dispondrán en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. - El estanque de almacenamiento de combustible cumplirá con lo establecido en el D.S. Nº160/2009. Indicador que acredita su cumplimiento Se exigirá y mantendrá copia de las autorizaciones asociadas a las empresas distribuidoras, que abastezcan de combustible la obra. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros de las autorizaciones de las empresas encargadas del abastecimiento de combustible. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.22 del ICE

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7.34. D.S. N°43/2015. Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, del Ministerio de Salud Artículo y/o Materia Sustancias peligrosas Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Almacenamientos de sustancias peligrosas. En fase de operación se utilizará aceites lubricantes; cada aerogenerador requiere de 340 l de lubricantes para todos sus sistemas y su duración media es de 2 años. La tendencia indica que el período de recambio para estos lubricantes de última generación puede aumentar, haciendo más largos los períodos libres de re-lubricación. Estos serán utilizados durante las mantenciones periódicas de los aerogeneradores. Forma de cumplimiento Se contará con la hoja de seguridad del producto clasificado como sustancia peligrosa Se incluye en el Plan de contingencias y de Emergencias las emergencias asociadas al manejo de las sustancias peligrosas La persona a cargo del almacenamiento y manejo de las sustancias estará debidamente capacitada para su manejo. Las sustancias peligrosas serán debidamente etiquetadas y almacenadas en la bodega de materiales, tendrá una zona donde se almacenarán según su peligrosidad, cumpliendo con todas las medidas establecidas en el D.S Nº43/2016. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las condiciones de uso y manejo de las sustancias peligrosas. Se mantendrá registro del tipo y cantidad de sustancias peligrosas que se almacenen Forma de control y seguimiento Mantención de una copia de los registros de uso de sustancias peligrosas en el área de emplazamiento del proyecto (tipo, nombre, volumen, periodicidad). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.23 del ICE

7.35. D.S. N°594/1999, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Artículo y/o Materia Condiciones generales de seguridad Artículo 42, referido a las exigencias para el almacenamiento de materiales y sustancias, señala que todo lo referente al almacenamiento de sustancias peligrosas se regirá por el D.S. N°43 de 2015.

Artículo 52, señala que en los lugares en que se almacenen o manipulen sustancias peligrosas, la autoridad sanitaria podrá exigir un sistema automático de detección de incendios. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Operación Parte, obra, acción, a la que aplica Almacenamientos de sustancias peligrosas. En fase de operación se utilizará aceites lubricantes; cada aerogenerador requiere de 340 l de lubricantes para todos sus sistemas y su duración media es de 2 años. La tendencia indica que el período de recambio para estos lubricantes de última generación puede aumentar, haciendo más largos los períodos libres de re-lubricación. Estos serán utilizados durante las mantenciones periódicas de los aerogeneradores. Forma de cumplimiento Se contará con la hoja de seguridad del producto clasificado como sustancia peligrosa Se incluye en el Plan de contingencias y de Emergencias las emergencias asociadas al manejo de las sustancias peligrosas La persona a cargo del almacenamiento y manejo de las sustancias estará debidamente capacitada para su manejo. Las sustancias peligrosas serán debidamente etiquetadas y almacenadas en la bodega de materiales, tendrá una zona donde se almacenarán según su peligrosidad, cumpliendo con todas las medidas establecidas en el D.S Nº43/2016. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las condiciones de uso y manejo de las sustancias peligrosas. Se mantendrá registro del tipo y cantidad de sustancias peligrosas que se almacenen Forma de control y seguimiento Mantención de una copia de los registros de uso de sustancias peligrosas en el área de emplazamiento del proyecto (tipo, nombre, volumen, periodicidad). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.2.24 del ICE

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7.36. Ley Nº19.473, Sustituye texto de la Ley N°4.601, sobre Caza Artículo y/o Materia Regula la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos, cuya preservación se rige por la Ley Nº18.892 General de Pesca y Acuicultura. Prohíbe en todo el territorio de la nación la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligros de extinción, vulnerables, raros y escasamente conocidos, así como las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. Prohíbe en toda época levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos y crías, excepto en el caso de especies declaradas dañinas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Actividades de movimiento de tierra y despeje del terreno; excavaciones y frentes de trabajo. Rescate y relocalización de especies de fauna de baja movilidad Operación de aerogeneradores (colisión y barotrauma en avifauna y quirópteros) Actividades de desmantelamiento de instalaciones Forma de cumplimiento - El personal de faenas será inducido en temas de resguardo de fauna. - Previa construcción de obras, se implementará un plan de rescate y relocalización de fauna (PAS 146 Anexo 4.7). - Se implementarán señaléticas en caminos y otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa existente. - Se evitará la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. - Se prohibirá toda forma de captura y/o caza de fauna silvestre al personal durante las distintas fases del Proyecto, y a su vez se promoverá el cuidado de la fauna mediante distintas acciones. - Se realizará un Programa de Monitoreo Precautorio de Avifauna y Quirópteros. Indicador que acredita su cumplimiento - Contratos con cláusulas especiales sobre cuidado de flora y fauna. - Plan de capacitación y registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa durante las distintas fases del Proyecto, explicitando la protección de la fauna establecida en la Ley. Registro de capacitaciones realizadas en cada fase a trabajadores, con fecha y firma de asistentes. - Informe de resultados del Plan de rescate y relocalización realizado. - Señaléticas implementadas en zonas estratégicas dentro del área de emplazamiento del Proyecto. Registro fotográfico de señaléticas (carteles u otros elementos) requeridas en el Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros referidos a contratos con cláusulas y capacitación a trabajadores (con fecha y firma de asistentes) respecto del cuidado de la flora y la fauna, informe con resultados del Plan de rescate y relocalización, registro fotográfico de señaléticas implementadas e informes de monitoreo precautorio de avifauna y quirópteros. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.1 del ICE

7.37. D.S. N°5/1998. Aprueba Reglamento de la Ley de Caza Artículo y/o Materia Este Decreto reglamenta lo dispuesto en la Ley de Caza, definiendo conceptos, enlistando las especies permitidas de caza, cuota por jornada y períodos de caza permitidos, así mismo, entrega una lista de especies de fauna silvestre consideradas como perjudiciales o dañinas. Adicionalmente, incluye un listado de aquellas especies consideradas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, y para la mantención del equilibrio de los ecosistemas. El Reglamento establece en su Artículo 4° el listado de las especies de fauna silvestre que están en alguna categoría de conservación, distinguiendo en esta clasificación la zona que habitan y el estado de conservación específico para dicha zona. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, a la que aplica Actividades de movimiento de tierra y despeje del terreno; excavaciones y frentes de trabajo. Rescate y relocalización de especies de fauna de baja movilidad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Operación de aerogeneradores (colisión y barotrauma en avifauna y quirópteros) Actividades de desmantelamiento de instalaciones Forma de cumplimiento - El personal de faenas será inducido en temas de resguardo de fauna. - Previa construcción de obras, se implementará un plan de rescate y relocalización de fauna (PAS 146 Anexo 4.7). - Se implementarán señaléticas en caminos y otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa existente. - Se evitará la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. - Se prohibirá toda forma de captura y/o caza de fauna silvestre al personal durante las distintas fases del Proyecto, y a su vez se promoverá el cuidado de la fauna mediante distintas acciones. - Se realizará un Programa de Monitoreo Precautorio de Avifauna y Quirópteros. Indicador que acredita su cumplimiento - Contratos con cláusulas especiales sobre cuidado de flora y fauna. - Plan de capacitación y registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa durante las distintas fases del Proyecto, explicitando la protección de la fauna establecida en la Ley. Registro de capacitaciones realizadas en cada fase a trabajadores, con fecha y firma de asistentes. - Informe de resultados del Plan de rescate y relocalización realizado. - Señaléticas implementadas en zonas estratégicas dentro del área de emplazamiento del Proyecto. Registro fotográfico de señaléticas (carteles u otros elementos) requeridas en el Proyecto. - Programa de Monitoreo Precautorio de Avifauna y Quirópteros. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros referidos a contratos con cláusulas y capacitación a trabajadores (con fecha y firma de asistentes) respecto del cuidado de la flora y la fauna, informe con resultados del Plan de rescate y relocalización, registro fotográfico de señaléticas implementadas e informes de monitoreo precautorio de avifauna y quirópteros. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.2 del ICE

7.38. R.E. N°133/2005, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera Artículo y/o Materia Biodiversidad

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la que aplica Insumos y materiales a ser utilizados por el Proyecto que se encuentren embalados en embalajes de madera.

Forma de cumplimiento Para el caso de los aerogeneradores y eventualmente equipamiento eléctrico, las necesidades de equipamiento impiden adquirir equipos dentro del territorio nacional y por consiguiente se debe incurrir a la importación de insumos y equipos desde el extranjero. El Titular exigirá a la o las empresas distribuidoras que cumplan con lo exigido en este cuerpo normativo mediante contrato, esto es, que los embalajes de madera provenientes del extranjero presenten la certificación que avalúe que fueron sometidos a alguno de los tratamientos dispuestos en el punto 1 de la Res. N°133. Indicador que acredita su cumplimiento Registro fotográfico de embalajes con marcas de haber sido sometidos a alguno de los tratamientos fitosanitarios aprobados, señalados precedentemente.

Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros fotográficos de embalajes con marcas de haber sido sometidos a alguno de los tratamientos fitosanitarios aprobados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.3 del ICE

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7.39. D.S. 430/1991 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.892, de 1989 y sus modificaciones, ley general de pesca y acuicultura

Artículo y/o Materia Recursos hidrobiológicos. En su Artículo 136 establece que el que sin autorización, o contraviniendo sus condiciones o infringiendo la normativa aplicable introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, será sancionado con presidio menor en su grado medio a máximo y multa de 100 a 10.000 unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la que aplica Esta norma aplica a las obras proyectadas en cuerpos de agua del área de emplazamiento del Proyecto que podrían implicar el ingreso de agentes contaminantes físicos, químicos o biológicos, como sedimentos, turbiedad o residuos incidentales derivados de la construcción, y que eventualmente pudieran afectar los recursos hidrobiológicos presentes en dichos ecosistemas.

La caracterización hidrobiológica presentada en Anexo 3.4 de Adenda Complementaria, presenta la condición de base de los cuerpos de agua ubicados en el área de influencia del Proyecto; e incluyó estaciones de muestreo de parámetros físicos, químicos y microbiológicos de la columna de agua y sedimentos, así como el levantamiento de atributos biológicos vinculados a la composición y abundancia de la biota acuática, tales como ictiofauna, crustáceos, macroinvertebrados bentónicos, fitoplancton, zooplancton y fitobentos. Como resultado de esta campaña, se constató la presencia de especies ícticas nativas en categoría de conservación "Vulnerable", según el D.S. N°19/2012, Geotria australis (Lamprea de bolsa), Galaxias maculatus (Puye), y Brachygalaxias bullocki (Puye rojo).

En el caso del PAS 156 (Anexo 4.4 de Adenda Complementaria), se contempla la construcción de dos canales de contorno, los cuales permitirán desviar el flujo superficial en tramos definidos, con el fin de proteger las plataformas de aerogeneradores frente a riesgos de inundación asociados a crecidas con periodos de retorno de hasta 100 años. Además, se proyecta la instalación de tres alcantarillas en puntos donde los caminos del Proyecto cruzan cauces menores. Estas estructuras están diseñadas para permitir el paso continuo del flujo de agua, asegurando la conectividad hídrica y minimizando el impacto sobre los cursos intervenidos. Todas las obras están diseñadas para devolver el flujo al mismo cauce desde el cual fue desviado, sin alterar la calidad ni la cantidad del recurso hídrico.

Por su parte, el PAS 157 (Anexo 4.5 de Adenda Complementaria), contempla la ejecución de una obra de defensa hidráulica mediante gaviones, ubicada en un tramo de un cauce natural proveniente del río Huicha, con el objetivo de mantener el escurrimiento dentro del cauce y evitar procesos erosivos que puedan afectar la estabilidad del Proyecto.

Se estima que las acciones asociadas a la construcción de las obras asociadas al PAS 156 y PAS 157 del Proyecto inducirán un efecto reversible sobre las características fisicoquímicas y la fauna íctica de los cursos de agua indicados, el que se manifestará solo mientras se realice la acción, de forma temporal, en espacios de tiempo breves y tendrá un bajo alcance. Forma de cumplimiento Las intervenciones asociadas a los Permisos Ambientales Sectoriales PAS 156 y PAS 157 corresponden a obras puntuales, de corta duración (2 semanas cada una), que se ejecutarán con medidas de precaución para minimizar la alteración del hábitat de las especies hidrobiológicas presentes en el área, especialmente en aquellos cauces que presentan caudal.

La ejecución de estas obras priorizará su realización durante la temporada de estiaje (verano), cuando los cauces se encuentren secos o con caudal mínimo. En caso de encontrarse flujo activo, se implementará un desvío provisorio del cauce, 40 m aguas arriba y aguas abajo del punto de intervención, utilizando material excavado y sacos de arena como protección. Esta medida permitirá mantener el curso natural del agua sin interrupciones ni represamientos.

Cabe destacar que, durante el desarrollo de la fase de construcción, el proyecto no considera el vertimiento de sustancias de carácter tóxico en los cursos de agua que se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

encuentran en la zona del emplazamiento del proyecto. De acuerdo a lo anterior, cabe señalar que se tomarán todas las medidas para evitar el vertimiento o derrame de combustibles u otras sustancias químicas, las cuales consistirán en la implementación de medidas de prevención, de contingencias y emergencia (Apéndice 1, del Anexo 1.1 de Adenda complementaria) asociadas al riesgo de contaminación por sustancias peligrosas sobre el recurso hídrico e hidrobiológico.

En cumplimiento del Artículo 136 del D.S. N°430/1991, el proyecto presentará los antecedentes para la obtención del PAS del artículo 119 del RSEIA (PAS 119), el cual incluye en su apéndice un Plan de Rescate y Relocalización para las especies de fauna íctica nativa en categoría de conservación de conservación.

Como medida complementaria, se implementará el CAV-07, correspondiente a un Plan de monitoreo de calidad de aguas superficiales y fauna íctica nativa. Para mayor detalle, ver Anexo 0 de la Adenda Complementaria, donde se presenta la evaluación de impactos y descarte de efectos significativos, Anexo 1.5 de la Adenda complementaria sobre este Compromiso Ambiental Voluntario. En el Anexo 4.1 de la Adenda complementaria se presentan todos los antecedentes técnicos y formales para el correspondiente PAS N°119, y en el Apéndice 1 de dicho Anexo se presenta el Plan de Rescate y Relocalización. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del Permiso de Pesca de Investigación (PAS 119) - Presentación del Plan de Rescate y Relocalización de fauna íctica - Ejecución del CAV 07: Plan de Monitoreo de Calidad de Aguas Superficiales y Fauna Íctica Nativa, incluyendo campañas de monitoreo y reporte de resultados Forma de control y seguimiento - Envío de informes del Plan de Rescate y Relocalización a SERNAPESCA y a la SMA, conforme a los plazos establecidos. - Reporte de resultados del CAV 07 a la SMA, dentro de los plazos definidos (5 días hábiles tras recibir los resultados de laboratorio). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.4 del ICE

7.40. D.S. N°461/95 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Establece requisitos que deben cumplir las solicitudes sobre pesca de investigación.

Artículo y/o Materia Recursos Hidrobiológicos El presente Reglamento regula las informaciones o antecedentes que deberán incluir las solicitudes para desarrollar pesca de investigación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la que aplica La norma aplica a las actividades de pesca de investigación desarrolladas en el marco de la campaña de caracterización limnológica, específicamente en cuerpos de agua localizados dentro del área de influencia del Proyecto, como el río Huicha y sus canales de descarga, los cuales serán objeto de intervenciones asociadas a las obras del PAS 156 y PAS 157. Forma de cumplimiento Efectuar la solicitud formal de autorización para realizar pesca de investigación, la cual fue presentada por escrito ante la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, incluyendo los antecedentes requeridos en los artículos 3°, 4° y 5° del D.S. N°461/1995. Dicha solicitud fue ingresada para autorizar la ejecución de la caracterización hidrobiológica previa a la intervención de los cursos de agua. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución Exenta N°E-2024-619 de la Subsecretaría de Pesca que autoriza a Carlos Muñoz a la Caracterización Limnológica Asociada al Proyecto PMGD Coloane. Forma de control y seguimiento La resolución que acredita el cumplimiento se encuentra adjunta en el Apéndice 1 del Anexo 3.4 de Adenda Complementaria, constituyendo respaldo formal de la gestión ambiental realizada conforme a la normativa vigente.

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.5 del ICE

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7.41. D.S. N°879/2011 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Establece una veda extractiva por el término de 15 años para las especies indicadas en el decreto extractado, en las aguas marítimas de todo el territorio nacional. Artículo y/o Materia Recursos Hidrobiológicos Establece una veda extractiva por el término de 15 años para las especies indicadas en el decreto extractado, en las aguas marítimas de todo el territorio nacional, a contar de la publicación del presente decreto de conformidad con Ley General de Pesca y Acuicultura”.

Artículo 3: “Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, para todas las especies indicadas en el artículo 1, la Subsecretaría de Pesca podrá autorizar, mediante resolución, la captura de ejemplares vivos para mantención en laboratorios o centros de investigación, siempre y cuando exista como finalidad la conservación ex situ de la(s) especie(s), la investigación científica y/o actividades de docencia, así mismo para actividades de Rescate y Relocalización en el marco de cumplimientos ambientales de proyectos que impacten ecosistemas acuáticos o de cualquier otro requerimiento cuando sea afectada la supervivencia de estas especies protegidas”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la que aplica Esta norma aplica a las intervenciones proyectadas en cuerpos de agua continentales del área de emplazamiento del Proyecto PMGD Coloane, específicamente aquellas que forman parte de los PAS 156 y 157, tales como la construcción de alcantarillas, canales de contorno y una defensa hidráulica, que involucran modificación del cauce y potencial afectación del hábitat acuático.

De acuerdo con la Caracterización de Ecosistemas Acuáticos (Anexo 3.4), en el brazo del canal de descarga denominado Cauce S/N se constató la presencia de especies ícticas nativas en categoría de conservación “Vulnerable”, según el D.S. N°19/2012 (Geotria australis, Galaxias maculatus y Brachygalaxias bullocki). Esta situación hace aplicable lo dispuesto en el Artículo 3 del D.S. N°878/2011, que permite la captura de ejemplares vivos para fines de conservación o relocalización, cuando un proyecto pueda afectar la supervivencia de estas especies protegidas. Forma de cumplimiento El cumplimiento de esta norma se materializa mediante la implementación de un Plan de Rescate y Relocalización de fauna íctica nativa, desarrollado en el marco de la caracterización limnológica y detallado en el Apéndice 1 del Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria. Este plan contempla la captura controlada, traslado y liberación en condiciones adecuadas de ejemplares vivos de especies ícticas protegidas, previo a la ejecución de las obras que interfieren cuerpos de agua.

Dado que las especies registradas se encuentran en categoría de conservación “Vulnerable”, se ha tramitado el Permiso Ambiental Sectorial N°119, conforme al artículo 119 del D.S. N°40/2012 del RSEIA. Este instrumento incluye la solicitud y obtención de la autorización formal de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, en aplicación del artículo 3 del D.S. N°878/2011, que permite la captura de ejemplares vivos con fines de conservación y cumplimiento ambiental.

Además, el Proyecto implementará el CAV-07: Plan de Monitoreo de Calidad de Aguas y Fauna Íctica Nativa, como medida complementaria para verificar la eficacia de las acciones de rescate y relocalización, así como el resguardo de calidad del agua superficial. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del Permiso Ambiental Sectorial N°119, tramitado conforme al artículo 119 del D.S. N°40/2012. - Autorización formal de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, que permite la captura de ejemplares vivos en el marco del Plan de Rescate. - Ejecución efectiva del Plan de Rescate y Relocalización, con registro fotográfico, fichas de terreno y actas de liberación de ejemplares. - Informe del CAV-07: Plan de Monitoreo de Calidad de Aguas y Fauna Íctica Nativa. Forma de control y seguimiento - Envío de informes técnicos de ejecución del Plan de Rescate y Relocalización a la SMA y SUBPESCA, incluyendo resultados del rescate, ubicación de liberación, documentación de la campaña y medidas implementadas. - Remisión anual del informe de seguimiento a la SMA del CAV-07, con resultados de monitoreo de biota acuática (fauna íctica y calidad del agua), durante fase de operación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.6 del ICE

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7.42. Ley N°20.283, del Ministerio de Agricultura. Ley de Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal Artículo y/o Materia Flora y vegetación Artículo 5º.- Toda acción de corta de bosque nativo, cualquiera sea el tipo de terreno en que éste se encuentre, deberá hacerse previo plan de manejo aprobado por la Corporación. Deberá cumplir, además, con lo prescrito en el decreto Ley Nº701, de 1974. Los planes de manejo aprobados deberán ser de carácter público y estar disponibles en la página web de la Corporación para quien lo solicite. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la que aplica Se requerirá la corta de 0,28 ha de bosque nativo para la habilitación de las obras del Proyecto que corresponde a Bosque Nativo Tipo Forestal Siempreverde. Forma de cumplimiento El Titular presenta a evaluación el Permiso Ambiental Sectorial PAS N°148 “Permiso para corta de Bosque Nativo”, además del respectivo programa de reforestación en Anexo 4.3 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento - Aprobación/Obtención del PAS Nº148. - Plan de Manejo Forestal para Corta de Bosque Nativo y programa de reforestación respectivo, aprobado por CONAF.

Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, copias de la RCA, de las resoluciones de la aprobación del Plan de Manejo y de los informes de seguimiento, para ser fiscalizados por la Autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.7 del ICE

7.43. D.S. N°93/2008 del Ministerio de Agricultura. “Reglamento General de la Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal” Artículo y/o Materia Flora y vegetación El Artículo 1 letra j) define Plan de Trabajo como el “Instrumento que organiza espacial y temporalmente un conjunto de intervenciones silviculturales necesarias para obtener una estructuración tal del bosque, que permita el rendimiento sostenido, sin afectar negativamente su productividad, ni de manera significativa las funciones ambientales del mismo”. La letra g) del citado Artículo, define Plan de Manejo Forestal como el “Instrumento que planifica el aprovechamiento sustentable de los recursos forestales nativos de un terreno determinado, con el objetivo de obtener bienes madereros y no madereros, considerando la multifuncionalidad de los bosques y la diversidad biológica, resguardando la calidad de las aguas y evitando el deterioro de los suelos”. La letra i) del mismo artículo, define a Plan de Manejo de Preservación como el “Instrumento que planifica la gestión del patrimonio ecológico buscando resguardar la diversidad biológica, asegurando la mantención de las condiciones que hacen posible la evolución y el desarrollo de las especies y ecosistemas contenidos en el área objeto de su acción, resguardando la calidad de las aguas y evitando el deterioro de los suelos”. El Artículo 2° del citado Reglamento, establece que “Para dar cumplimiento a las obligaciones que la Ley señala, se deberá contar con un plan de manejo, plan de trabajo, o autorización simple de corta, según corresponda”. El Artículo 3° dispone que “Toda acción de corta de bosque nativo obligará a la presentación y aprobación previa, por parte de la Corporación, de un plan de manejo forestal, el que deberá considerar las normas de protección ambiental establecidas en la ley”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la que aplica El Proyecto implica la corta de bosque nativo que deberán presentar planes de manejo de acuerdo al Artículo 5º de la Ley que señala (literal). Toda acción de corta de bosque nativo, cualquiera sea el tipo de terreno en que éste se encuentre, deberá hacerse previo plan de manejo aprobado por la Corporación. Deberá cumplir, además, con lo prescrito en el Decreto Ley N°701, de 1974. Los planes de manejo aprobados deberán ser de carácter público y estar disponibles en la página web de la corporación para quien lo solicite. Forma de cumplimiento Se presenta PAS N°148 para la corta de 0,28 ha de bosque nativo para la habilitación de las obras del Proyecto que corresponde a Bosque Nativo Tipo Forestal Siempreverde en Anexo 4.3 de Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación/Obtención del PAS Nº148. Aprobación y ejecución de los Planes de Manejo Forestal.

Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, copias de la RCA, de los informes y registros de monitoreo de flora.

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.8 del ICE

7.44. D.S. N°82/2010 del Ministerio de Agricultura. Reglamento de Suelos, Aguas y Humedales Artículo y/o Materia Flora y vegetación Artículo 1º. Para dar cumplimiento a las obligaciones que señala la ley Nº 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, la corta, destrucción, eliminación o menoscabo de árboles y arbustos nativos, en bosque nativo, y la corta, destrucción o descepado de árboles, arbustos y suculentas, en formaciones xerofíticas según definición de ellas contenida en el numeral 14 del artículo 2º de la ley, así como la corta de plantaciones acogidas a lo establecido en el inciso segundo del artículo 13 del Decreto Ley Nº701, de 1974, que se realicen de acuerdo a un plan de manejo, plan de trabajo, o autorización simple de corta, según corresponda, deberán cumplir con las prescripciones establecidas en este Reglamento, con el objeto de proteger los suelos, manantiales, cuerpos y cursos naturales de agua y humedales declarados sitios prioritarios de conservación, por la Comisión Nacional del Medioambiente, o sitios Ramsar, en adelante "humedales", evitando su deterioro y resguardando la calidad de las aguas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la que aplica Se requerirá la corta de 0,28 ha de bosque nativo para la habilitación de las obras del Proyecto que corresponde a Bosque Nativo. El proyecto no contempla la corta de formaciones xerofíticas, ni plantaciones forestales; y no se localiza en humedales pertenecientes a Sitios Prioritarios de Conservación de la Biodiversidad o RAMSAR. Forma de cumplimiento El Titular presenta a evaluación el Permiso Ambiental Sectorial PAS Nº148 “Permiso para corta de Bosque Nativo”, además del respectivo programa de reforestación en Anexo 4.3 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación/Obtención del PAS Nº148. Aprobación y ejecución de los Planes de Manejo Forestal.

Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, copias de la RCA, de las resoluciones de la aprobación del Plan de Manejo y de los informes de seguimiento, para ser fiscalizados por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.9 del ICE

7.45. D.S. N°237/1974 del Ministerio de Agricultura. Reglamento para la corta de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección Artículo y/o Materia Flora y vegetación Artículo 1. Prohíbase la corta o aprovechamiento en cualquier forma de los arbustos y árboles que se encuentren situados a menos de cien (100) metros de ambas orillas del camino longitudinal denominado también Carretera N°5 en el tramo comprendido entre la ciudad de Chillán, provincia de Ñuble por el Norte y el pueblo de Quellón, provincia de Chiloé, por el Sur. Los cien metros deberán medirse desde las bermas del camino referido. Artículo 2. No obstante lo dispuesto en el artículo 1, la Corporación Nacional Forestal podrá autorizar la corta de arbustos y árboles, dentro de los límites fijados anteriormente, cuando dichas faenas tengan por fin despejar terrenos para la construcción o realización de obras de beneficio público, o la puesta en práctica de planes da manejo o de mejoramiento de las mismas masas vegetales que se están protegiendo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la El proyecto no requiere la corta o aprovechamiento en cualquier forma de los arbustos y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

que aplica árboles que se encuentren situados a menos de 100 metros de ambas orillas del camino longitudinal denominado Ruta 5. Forma de cumplimiento El Titular presenta a evaluación el Permiso Ambiental Sectorial PAS Nº153 “Permiso para la corta de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección.

Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación/Obtención del PAS Nº153. Aprobación y ejecución de los Planes de Manejo Forestal.

Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, copias de la RCA, de las resoluciones de la aprobación del Plan de Manejo y de los informes de seguimiento, para ser fiscalizados por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.10 del ICE

7.46. Ley N°17.288/1970, del Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales Artículo y/o Materia Conservación del patrimonio. Legisla sobre Monumentos Nacionales. Define los Monumentos Nacionales. Los Monumentos Históricos, Monumentos arqueológicos, indicando que su control y supervigilancia recaen en el Consejo de Monumentos Nacionales y que todo trabajo de conservación, reparación o restauración de ellos estará sujeto a su autorización previa. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la que aplica Todas las actividades que se encuentren vinculadas con movimientos de tierra, excavaciones, instalaciones de faenas, que podrían eventualmente significar hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de producirse hallazgos asociados al patrimonio cultural y/o arqueológico o paleontológico, será dará aviso al Gobernador Provincial respectivo y al Consejo de Monumentos Nacionales, en cumplimiento del artículo 26 de la presente en la normativa, a través de: - Aviso de hallazgo no previsto - Reportes de monitoreo arqueológico / Paleontológico. - Informes al Consejo de Monumentos Nacionales en caso de producirse un hallazgo patrimonial.

Adicionalmente, se realizarán capacitaciones al personal acerca de la protección del Patrimonio Cultural. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros de las capacitaciones (con fecha y firma de los participantes) y del aviso a la Autoridad en caso de eventual hallazgo arqueológico/paleontológico. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.11 del ICE

7.47. D.S. N°484/1991. Reglamento de la Ley N°17288. Sobre Monumentos Nacionales, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Artículo y/o Materia Conservación del patrimonio, bienes nacionales, arte y cultura Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, a la que aplica Movimientos de tierra llevado a cabo para la construcción y habilitación del Proyecto. Durante la Fase de Construcción del Proyecto se realizarán movimientos de tierra y excavaciones que podrían eventualmente significar hallazgos arqueológicos o paleontológicos no previstos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de producirse hallazgos asociados al patrimonio cultural y/o arqueológico o paleontológico, será dará aviso al Gobernador Provincial respectivo y al Consejo de Monumentos Nacionales, en cumplimiento del artículo 26 de la presente en la normativa, a través de: - Aviso de hallazgo no previsto - Reportes de monitoreo arqueológico / Paleontológico. - Informes al Consejo de Monumentos Nacionales en caso de producirse un hallazgo patrimonial.

Adicionalmente, se realizarán capacitaciones al personal acerca de la protección del Patrimonio Cultural. Forma de control y seguimiento Se mantendrán, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros de las capacitaciones (con fecha y firma de los participantes) y del aviso a la Autoridad en caso de eventual hallazgo arqueológico/paleontológico. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE Tabla 8.3.12 del ICE

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N°19.300:

8.1. Monitoreo de niveles piezométricos en sectores donde se ejecuten los agotamientos de napas Impacto asociado Afloramiento de aguas subterráneas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear los niveles piezométricos en sectores donde se ejecuten agotamiento de napas, para permitir que las áreas de trabajo se mantengan secas y seguras para realizar excavaciones y/o construcciones de obras en cauces naturales.

Descripción: Se deberá efectuar el monitoreo de los niveles piezométricos en aquellos sectores en donde se ejecutará el agotamiento de napas para las obras de construcción de las fundaciones y de obras defensa del cauce, mediante la toma de muestras y la utilización de instrumentos adecuados.

Justificación: Se deberá considerar lo señalado por la DGA Región de Los Lagos, en su oficio ORD. N°1075 de fecha 16 de junio de 2025, señala que “El monitoreo de niveles piezométricos deberá realizarse dentro del área de influencia del sector donde se ejecuten los agotamientos. Para ello, el titular deberá habilitar puntos de observación cercanos que permitan una medición representativa y efectiva del comportamiento del nivel freático”. Lo anterior, independiente de que el eventual agotamiento de napa durante la construcción sea puntual, sucesivo y de corta duración, y que no vaya a afectar de forma permanente los niveles freáticos ni a terceros usuarios. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sectores en donde se realizará el agotamiento de la napa. Esta condición se podría complementar con el CAV-11 – Plan de Seguimiento de Calidad y Niveles de Aguas Subterráneas, presentada en Anexo 5.1 Adenda Técnica Complementaria y en Tabla 10.1.11 del ICE.

Forma: El Titular deberá habilitar puntos de observación cercanos que permitan una medición representativa y efectiva del comportamiento del nivel freático.

Oportunidad: Se realizará una medición de calidad de agua y niveles piezométricos previa al inicio del agotamiento puntual, en caso de detectarse afloramiento de agua, producto de las obras de construcción. El monitoreo de niveles piezométricos se mantendrá mientras duren las actividades de agotamiento, hasta que finalice la construcción de la fundación. Indicador que acredite su Presentación de propuesta de monitoreo a la autoridad competente (DGA) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

cumplimiento El Titular deberá acreditar sectorialmente, durante la fase de construcción del Proyecto, que la programación del monitoreo cumpla con lo indicado por la autoridad. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico de actividades de monitoreo realizadas. Presentación de antecedentes e informes a la DGA y SMA Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 5.2 y 6.2 del ICE Punto 10.2.1 del ICE

8.2. Actualización de informe de caracterización paleontológica Impacto asociado Afectación a patrimonio arqueológico, paleontológico o cultural Fase del Proyecto a la que aplica Construcción

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Actualizar el informe de caracterización paleontológica y remitirlo al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), de acuerdo con lo solicitado por dicho consejo en sus oficios Ord. CMN N°2253 de fecha 15 de mayo de 2024 y Ord. CMN N°3315 de fecha 30 de junio de 2025, pronunciamientos sobre la Adenda y Adenda Complementaria, respectivamente.

Descripción: El Titular deberá actualizar y remitir al CMN el informe de caracterización paleontológica, previo al inicio de la fase de construcción y tener en consideración los siguientes antecedentes a ser mejorados o incorporados: - Se deberá incluir los antecedentes paleontológicos de las Ichnoespecie Lamaichnum guanicoe y Proboscipeda enigmatica (Campos-Medina et al. 2022) en sector Pelluco, antecedentes del sitio Monte Verde (Dillehay et al., 2008) y molares de Gomphoteriidae indet., mencionado por Recabarren (2007) y, Campos- Medina y colaboradores (2019) como proveniente del Lago Natri, 37 km al sur de Castro, asimismo, en otra publicación se menciona como proveniente de Castro (Recabarren, Pino y Alberdi, 2014). - Se deberá incorporar el proyecto SEIA mencionado en el informe (en la Figura 3 donde se visualizan los antecedentes paleontológicos), y la unidad geológica de los hallazgos realizados en el proyecto SEIA referido, incluyendo el track de recorrido en mapa donde se proyectan los puntos de control (Figura 5), realizado por los/as profesionales a cargo del informe paleontológico.

Justificación: Considerando que si bien durante las inspecciones en terreno para la caracterización del área de influencia no se detectaron hallazgos fosilíferos, la solicitud del CMN de actualizar el informe de caracterización paleontológica, dado que una de las unidades geológicas (Depósitos morrénicos), descrita para el área de influencia del proyecto, cuenta con registro de hallazgos de troncos de coníferas fósiles, por lo que es considerada fosilífera bajo los criterios de Potencial Paleontológico del Consejo Nacional de Monumentos (CMN).

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Informes enviados de acuerdo a los procedimientos establecidos por el CMN.

Forma: El Titular deberá actualizar y remitir al CMN el informe de caracterización paleontológica, previo al inicio de la fase de construcción, según lo indicado en los párrafos sobre “Objetivo, descripción y justificación” de la presente tabla.

Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto, de modo preventivo, considerando el potencial fosilífero de una de las unidades geológicas (depósitos morrénicos), descrita para el área de influencia del proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Informe actualizado presentado al CMN Forma de control y seguimiento Informes al CMN y a la SMA, dando cuenta del cumplimiento de la presente condición. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 5.6 y 6.6 del ICE Punto 10.2.2 del ICE

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8.3. Complementar los Planes de Prevención de Emergencias y Contingencias para enfrentar eventos meteorológicos extremos. Impacto asociado Afectación a la calidad del aire por aumento de la emisión de gases

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivos: - Incorporar en los Planes de Prevención de Emergencias y Contingencias medidas para enfrentar eventos meteorológicos extremos, específicamente para precipitación y viento máximo diario. Lo anterior, en base a los resultados presentados en el Capítulo 4.1.1 del Anexo 3.10 “Consideraciones de Riesgo Climático”. - Respecto a las emisiones de Gases de Efecto Invernadero, el Titular deberá realizar una reestimación de las emisiones de CO2 por intervención de suelos ñadis y, en caso de que corresponda, presentar medidas de manejo o acciones de mitigación, a fin de minimizar dichas emisiones.

Descripción: La incorporación de la variable cambio climático se deberá efectuar siguiendo los lineamientos de la “Guía metodológica para la consideración del Cambio Climático en el SEIA” (2024).

Justificación: El Titular deberá complementar el Plan de Prevención de Emergencias y Contingencias asociado a condiciones climáticas extremas, en función del pronunciamiento de la SEREMI de Medio Ambiente, sobre la Adenda Complementaria, oficio ORD. Nº03759/2025 de fecha 16 de junio de 2025.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Documentos enviados de acuerdo con procedimientos establecidos

Forma: Mediante presentación de los planes actualizados que incorporen las medidas para enfrentar eventos meteorológicos extremos, tales como precipitación y viento máximo diario.

Oportunidad: En forma previa al inicio de la fase de construcción.

Indicador que acredite su cumplimiento Plan de Prevención de Emergencias y Contingencias sobre riesgo asociado a condiciones climáticas anormales o extremas, actualizados y conteniendo medidas para enfrentar eventos meteorológicos extremos, tales como precipitación y viento máximo diario. Forma de control y seguimiento Informes a la Seremi de Medio Ambiente y a la SMA, dando cuenta del cumplimiento de la presente condición. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 7.1.10 del ICE Punto 10.2.3 a) del ICE

8.4. Incorporación de punto de control adicional en el Plan de Monitoreo propuesto en el CAV-11 Impacto asociado Afectación a ecosistemas de humedales o turberas del área de influencia del proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Respecto del Plan de Monitoreo propuesto en el CAV-11, se deberá incluir, al menos, un punto de control adicional en alguno de los humedales identificados en Adenda Complementaria. Lo anterior, ya que según señala la SEREMI de Medio Ambiente, dicho CAV se orienta a detectar desviaciones en los parámetros que caracterizan las aguas subterráneas y su expresión en el Comité de Agua Potable Rural (APR) próximo, mas no en desviaciones de estos parámetros que pudiesen ocasionar impactos en humedales. Lo anterior, en relación con el pronunciamiento de la SEREMI de Medio Ambiente, sobre la Adenda Complementaria, oficio ORD. Nº03759/2025 de fecha 16 de junio de 2025. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear parámetros que den cuenta de desviaciones que pudiesen ocasionar impactos ambientales no previstos en humedal asociado al sistema Río Huicha y efluentes, considerando zonas con presencia de suelos hídricos y vegetación hidrófita.

Descripción: Se deberá proponer, al menos, un punto adicional de muestreo en el sistema Río Huicha y efluentes, en sectores de construcción de fundaciones u otras.

Justificación: Durante la evaluación del Proyecto se reconoce la presencia de humedales en su área de influencia, los cuales fueron identificados y caracterizados en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Adenda Complementaria. Lo anterior, ya que según señala la SEREMI de Medio Ambiente, dicho CAV se orienta a detectar desviaciones en los parámetros que caracterizan las aguas subterráneas y su expresión en el Comité de Agua Potable Rural (APR) próximo, mas no en desviaciones de estos parámetros que pudiesen ocasionar impactos en humedales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se deberá incluir, al menos, un punto de control adicional en el Humedal 4 de la Tabla 9 identificado en Adenda Complementaria. (4. Humedal continental, 4.1. Ribereños, 4.1.1. Ríos y esteros permanentes), correspondiente al sistema Río Huicha y efluentes, considerando zonas con presencia de suelos hídricos y vegetación hidrófita.

Forma: Incluir al menos un punto de muestreo adicional en el Humedal 4 identificado como sistema Río Huicha y efluentes, considerando zonas con presencia de suelos hídricos y vegetación hidrófita, a fin de dar cuenta de la

Oportunidad: En forma previa a la construcción de obras que pudiesen afectar a dicho humedal. Indicador que acredite su cumplimiento Presentación de propuesta de monitoreo a la autoridad competente (Seremi de Medio Ambiente) El Titular deberá acreditar, durante la fase de construcción del Proyecto, el monitoreo cumpla con lo indicado por la autoridad Forma de control y seguimiento Informes a la Seremi de Medio Ambiente y a la SMA, dando cuenta del cumplimiento de la presente condición. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 5.2 y 6.2 del ICE Punto 10.2.3 b) del ICE

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. CAV-01 “Plan de Monitoreo de Avifauna y Quirópteros” Impacto asociado Potencial afectación de aves y quirópteros por colisión producto de la operación de los aerogeneradores. Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Registrar los eventos de colisión de aves y quirópteros dentro del Área de Influencia del Proyecto, así como también definir un protocolo frente a su ocurrencia.

Descripción Metodología de muestreo. Durante la etapa de operación, personal previamente capacitado realizará búsqueda de carcasas mediante transectos circulares al pie de los aerogeneradores, en un radio cuya medida sea el doble del largo de las aspas. Cada observador recorrerá a través de su eje de progresión separados entre sí equidistantemente.

El registro de la información será documentado en una ficha donde se indicarán las variables propias del individuo accidentado, ubicación, y las características del sector. Esta información debe ser recabada y sistematizada para su posterior análisis. La información registrada en cada incidente de colisión será exhaustiva con tal de identificar los factores que influyen en la mortalidad de los individuos.

Tabla 1. Ficha de registro de carcasas por colisión, la que se presenta en Tabla 94 de Ficha Resumen de la DIA y en Tabla 1 de Anexo 1.5 Actualización de CAV (Adenda Complementaria), la cual corresponde a elaboración propia del Titular, en base a SAG (2015).

En caso de encontrarse un ave o murciélago herido por parte de un trabajador y/o personal asociado al Proyecto, estos deberán dar aviso al encargado de medio ambiente del Proyecto, quien será el responsable de realizar una primera evaluación del estado del individuo. En base a esta primera evaluación, el titular dará aviso al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento de hallazgo de fauna silvestre afectada, para definir en conjunto los pasos a seguir, dependiendo de la especie y de su condición. El titular se adjudicará la responsabilidad del traslado del animal herido hacia una clínica veterinaria o centro de rehabilitación de fauna silvestre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

que esté autorizado para su recuperación, en coordinación con SAG regional y el encargado de medio ambiente del Proyecto. Esto será realizado dentro de las primeras 24 horas luego de su detección. Se privilegiará el uso de centros de rehabilitación cercanos (certificados por SAG).

Entrega de informes. Se entregará al Servicio Agrícola y Ganadero (Departamento de Recursos Naturales) y la Superintendencia de Medio Ambiente y Seremi de Medio Ambiente de manera semestral un informe que dé cuenta de los eventuales incidentes de colisión dentro del Área de Influencia del Proyecto durante la fase de operación. Este informe será utilizado como medio de verificación para eventuales labores de fiscalización.

Justificación: Las características del Proyecto hacen que las aves y quirópteros sean la fauna más sensible durante la etapa de operación del Proyecto, al existir riesgo de colisión. Por lo tanto, el plan permitirá evaluar como la fauna voladora se desarrolla con relación a la implementación del Proyecto en sus distintas fases, de modo que se pueden detectar los efectos y tomar las medidas, respecto de la interacción de la comunidad de aves con los aerogeneradores. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento de los aerogeneradores.

Forma: Durante la fase de operación se desarrollará un registro por parte de personal previamente capacitado, de la presencia de carcasas en los alrededores de cada aerogenerador

Oportunidad: El primer monitoreo se desarrollará mensual durante el primer año de operación del Proyecto y trimestral durante los dos años siguientes. Indicador que acredite su cumplimiento - Registros de carcasas por colisión. - Registro fotográfico de los hallazgos. - Entrega de informe semestral a Servicio Agrícola Ganadero y Superintendencia del Medio Ambiente Forma de control y seguimiento Informes semestrales a Servicio Agrícola Ganadero y Superintendencia del Medio Ambiente, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (https://ssa.sma.gob.cl/ ). Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.1 del ICE

9.2. CAV-02 “Monitoreo anual de activación de procesos erosivos” Impacto asociado Potencial afectación del suelo por activación de procesos erosivos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo Activación de Procesos Erosivos en el área de influencia del Proyecto.

Descripción: Trimestralmente se procederá a verificar visualmente durante la fase de construcción y operación del Proyecto, que no se activen procesos erosivos en el área de influencia de suelos, que se circunscribe solo a las áreas con obras del Proyecto donde se haya intervenido el suelo directamente, y con particular énfasis en las zonas con riesgo de activación de procesos erosivos muy alto del Proyecto. Para ello se considerará como erosión la presencia de signos como: Flujo pre-canalizado, en forma de surcos, zanja o cárcavas. Lo anterior comprende una campaña, trimestral, de inspección circunscrita al área de influencia de suelos (que se circunscribe solo al área con obras del Proyecto), mediante un recorrido visual de caminos, plataformas y otras obras permanentes y temporales, con particular énfasis en las zonas con riesgo de activación de procesos erosivos muy alto (ver Anexo 2.4.1, informe de riesgo de activación de procesos erosivos, de la DIA).

Justificación: Los resultados del Análisis de Riesgo de Activación de Procesos Erosivos (adjunto en Anexo 2.4.1 de la DIA) determinaron que la construcción del Proyecto modificará las condiciones existentes, incrementándose el riesgo de Activación de Procesos Erosivos. Si bien, se consideran medidas para evitar la activación de procesos erosivos (diseño de caminos), en forma preventiva se propone monitorear la presencia de signos de activación de procesos erosivos para tomar medidas oportunas. Para ello se plantea un monitoreo trimestral.

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Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia de suelos del Proyecto, que se circunscribe al área donde se emplazan las obras del Proyecto donde haya sido intervenido el suelo directamente.

Forma: Con el inicio de la fase de construcción y operación, trimestralmente se procederá a recorrer el área de influencia de suelos, realizando registros fotográficos; observaciones georreferenciadas e identificando si ha ocurrido la formación de los siguientes signos de erosión: Flujo pre-canalizado, en forma de surcos, zanja o cárcavas.

Lo anterior poniendo especial énfasis en las zonas con riesgo de activación de procesos erosivos alto o muy alto (Anexo 2.4.1, informe de riesgo de activación de procesos erosivos, de la DIA). De igual modo se inspeccionará el correcto funcionamiento de las cunetas.

En el caso de que se identifique la presencia de algún signo de erosión este será georreferenciado para la posterior toma de medidas utilizando algunas de las siguientes técnicas: •Relleno de los surcos, zanjas y cárcavas. •Aplicación de barreras físicas para favorecer la contención del suelo mayor escorrentía. •Construcción de zanjas de infiltración o cualquier obra de contención de suelos que impida el arrastre de suelo por efecto de la escorrentía.

Oportunidad: Este compromiso se ejecutará trimestralmente, durante la fase de construcción y operación del Proyecto; y su duración no debe ser inferior a tres años de modo de efectivamente dar representatividad a los resultados que se obtengan, de acuerdo con lo señalado por el SAG en su pronunciamiento sobre la DIA (oficio ORD.N°685/2023 de fecha 10 de agosto de 2023). Indicador que acredite su cumplimiento Informe anual que contendrá el registro del monitoreo y las eventuales acciones tomadas.

Forma de control y seguimiento Informes anuales a Servicio Agrícola Ganadero y Superintendencia del Medio Ambiente, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (https://ssa.sma.gob.cl/ ). Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.2 del ICE

9.3. CAV-03 “Monitoreo arqueológico permanente” Impacto asociado Potencial afectación por movimientos de tierra de hallazgos arqueológicos no previstos durante la fase de construcción. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El monitoreo tiene por objetivo supervisar y hacer un seguimiento de las labores constructivas en cada uno de los frentes de trabajo para asegurar la no afectación de los potenciales elementos arqueológicos que puedan ser encontrados durante esta fase del Proyecto.

Descripción: Este compromiso estará a cargo de un arqueólogo o un licenciado en arqueología durante todas las labores de movimiento de tierra que se desarrollarán durante la fase de construcción del Proyecto. El especialista a cargo del monitoreo deberá hacer entrega de un informe mensual en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes al CMN. Este informe dará cuenta de los siguientes aspectos: - Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con su respectiva fecha. - Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. - Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. - Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. - Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. - De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: • Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). • Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del Proyecto. • Medidas de protección y/o conservación implementadas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

• Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

  • Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.).
  • El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado materiales arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.
  • De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberán ser indicados al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora. Todo lo anterior, será respaldado a través fotos y planos.

Justificación: El informe y el contrato por servicios del especialista serán utilizados como medios de verificación para eventuales labores de fiscalización.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los frentes de trabajo que impliquen movimientos de tierra, producto de excavaciones, nivelación y escarpes durante la fase de construcción.

Forma: El monitoreo arqueológico estará a cargo de un arqueólogo o licenciado en arqueología y será efectuado de manera simultánea a la ejecución de las obras de remoción de tierra en los frentes de trabajo que se requiera. Posteriormente, el especialista a cargo del monitoreo deberá hacer entrega de un informe mensual en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes al Consejo de Monumentos Nacionales.

Oportunidad: Durante los trabajos de movimientos de tierra de la fase de construcción.

Indicador que acredite su cumplimiento - Contratación de profesional del área arqueología durante la etapa de movimientos de tierra de la fase de construcción. - Registro de charlas de inducción al personal. - Informes arqueológicos mensuales durante fase de construcción presentados al Consejo de Monumentos Nacionales. - Correspondencia entre Titular y Consejo de Monumentos Nacionales.

Forma de control y seguimiento - En el caso eventual de detectar hallazgos patrimoniales no detectados durante la prospección arqueológica, se procederá de acuerdo con lo establecido en los Artículos 26° y 27° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los Artículos 20° y 23° de su Reglamento, con el propósito de diseñar y realizar actividades de salvataje arqueológico adecuadas. Asimismo, se deberá dar cuenta de inmediato y por escrito al CMN, para que este organismo determine los procedimientos específicos a seguir. - Informe a la SMA en caso de ser solicitado. Informe de cumplimiento a SMA será reportado a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (https://ssa.sma.gob.cl/ ). - Informes anuales a Servicio Agrícola Ganadero y Superintendencia del Medio Ambiente, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (https://ssa.sma.gob.cl/ ).

Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.3 del ICE

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9.4. CAV-04 “Inducción ambiental a trabajadores” Impacto asociado Sin impacto asociado. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Entregar conocimientos respecto a flora y fauna, cultura local y patrimonio a todo el personal involucrado en la fase de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto, con el objetivo de generar conciencia en torno a los componentes mencionados en el área de influencia del Proyecto y aportar a su cuidado

Descripción: En el contexto de inducciones, se desarrollarán charlas de educación ambiental a todo el personal involucrado en la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, considerando los siguientes tópicos: - Flora y Fauna: Entregar conocimientos respecto a las especies de Flora y Fauna presentes en el sector y las sensibilidades/singularidades de dichas componentes en el área del Proyecto y medidas de resguardo. - Cultura local: Entregar conocimientos respecto a valor de actividades y costumbres de comunidades cercanas al área del proyecto, tales como actividades de celebraciones, fiestas costumbristas, entre otros. - Patrimonio: Entregar conocimientos sobre patrimonio cultural arqueológico y paleontológico, su relevancia, cuidado y protocolos de acción en caso de hallazgos imprevistos

Justificación: Los trabajadores y contratistas del Proyecto deben estar concientizados sobre la importancia de seguir protocolos y programas, con el objetivo de evitar un potencial impacto sobre los componentes Flora y Vegetación, Fauna de Vertebrados Terrestres, Arqueología y Paleontología en el área del Proyecto y áreas donde no se realice intervención directa de las mismas.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del Proyecto

Forma: Charlas de educación ambiental, en el contexto de las inducciones obligatorias, al ingreso de cada trabajador y previo al ingreso a faena.

Oportunidad: Toda vez que ingrese un nuevo trabajador (charla hombre nuevo).

Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a charla por parte de la mano de obra contratada por el Proyecto. Dicho registro será administrado por el contratista en las oficinas in situ del Proyecto. Forma de control y seguimiento Una vez realizada la charla a los trabajadores, se mantendrá dentro de las instalaciones del Proyecto, la ficha de registro de dicha actividad disponible para consulta de la autoridad en caso de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.4 del ICE

9.5. CAV-05 “Relacionamiento Comunitario y Monitoreo” Impacto asociado Sin impacto específico asociado. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contar con un canal de comunicación permanente para mantener una interacción entre el Titular y los vecinos de la comunidad del área de influencia, con el fin de responder las inquietudes que se manifiesten en torno al Proyecto.

Descripción: Este compromiso contempla la implementación de un plan de comunicación permanente con la comunidad, cuyo diseño estará centrado en los siguientes lineamientos: - Establecer procedimientos de comunicación oportunos que permitan resolver en forma efectiva contingencias que puedan ocasionarse durante las fases de construcción, operación y/o cierre del Proyecto. - Mantener un registro actualizado de las gestiones solicitadas y/o reportadas por la comunidad.

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Justificación: Es necesario contar con un mecanismo directo de comunicación con comunidades locales vecinas del área de influencia del Proyecto para dar soluciones oportunas a eventuales problemáticas que pudiesen surgir a causa de las obras y actividades del Proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Este compromiso se realizará de manera virtual o telefónica, no en un lugar físico.

Forma: Se implementará un procedimiento interno de gestión de consultas y reclamos comunitarios orientados a identificar, controlar y dar seguimiento a las situaciones o actividades que estén produciendo una afectación negativa a las localidades presentes en el área de influencia. Para ello el Titular dispondrá de un registro de recepción de consultas y reclamos comunitarios, a través de un canal de comunicación permanente (por ejemplo, una página web) en base a correo electrónico, teléfono y contacto de personal a definir. Dichos antecedentes serán informados oportunamente a las juntas de vecinos identificadas en el área de influencia de medio humano.

Oportunidad: Este compromiso comenzará a ejecutarse de forma previa al inicio de las actividades de construcción del Proyecto, manteniéndose operativo a lo largo de toda la vida útil del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Reporte de gestión y comunicación comunitaria, que estará disponible en las oficinas del Titular. Los reportes tendrán la siguiente información: - Registro de quejas, reclamos y/o sugerencias recibidas durante el periodo correspondiente. - Individualización de las personas que dejaron sus quejas, reclamos y/o sugerencias. - Procedimientos y acciones adoptadas para resolver las quejas, reclamos y/o sugerencias Forma de control y seguimiento Informe anual a la SMA con los registros de quejas, reclamos y/o sugerencias y los procedimientos adoptados en cada caso. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.5 del ICE

9.6. CAV-06 “Detención de aerogeneradores producto de la sombra intermitente” Impacto asociado Superación de la cantidad de horas anuales y minutos diarios de efecto por sombra intermitente recomendados por la Guía técnica alemana utilizada como referencia. Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a la autoridad y a la comunidad sobre los periodos de detención de los aerogeneradores, producto de la posible superación de los máximos de horas anuales y minutos diarios recomendados por la Guía técnica alemana de referencia.

Descripción: El sistema de desconexión transitoria automática de aerogeneradores, implementado desde el diseño del Proyecto, entrega un registro de todos los eventos y detenciones de los aerogeneradores. A partir de dicho registro se generará un informe técnico de carácter anual, durante los tres primeros años de operación del Proyecto.

Justificación: Se establece como diseño del Proyecto la incorporación de Sistema de desconexión transitoria automática de los aerogeneradores con el fin de prevenir una posible superación del máximo recomendado, por la Guía técnica alemana de referencia, de cantidad de horas anuales y minutos diarios de efecto por sombra intermitente que recibirán los receptores susceptibles (dentro del área de influencia de sombra) a verse afectados por este fenómeno. A modo de informar a la autoridad y comunidad, se entregarán informes técnicos presentando el registro de los tiempos de detención de los aerogeneradores. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El sistema de desconexión transitoria automática será instalado en todos los aerogeneradores del Proyecto, con el fin de controlar el efecto de sombra intermitente en todos los receptores dentro del área de influencia. El registro de detención, así como los informes técnicos generados, serán subidos al SMA y se mantendrá un respaldo de estos documentos en el edificio de control del Proyecto.

Forma: El sistema de desconexión transitoria automática genera un registro de todos los eventos de proyección de sombra. El registro contiene los siguientes datos: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

• Código del aerogenerador • Fecha y hora de la detención de aerogenerador • Fecha y hora de reinicio de aerogenerador • Duración de la detención

A partir de los datos presentados por el sistema, se generará un informe técnico, verificando el cumplimiento de máximos diarios (30 minutos por día) y máximo anual (8 horas por año) configurados en el sistema, en los receptores. El informe técnico tendrá la siguiente estructura: • Introducción / Objetivos • Marco teórico / Metodología • Resultados / Verificación de cumplimiento de Guía técnica alemana de referencia • Conclusiones

Oportunidad: El informe técnico se generará de forma anual, durante los treinta (30) años que dure la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico de la instalación del sistema de desconexión transitoria automática de aerogeneradores. - Respaldo de documentos de registro de detención e informe técnico en el edificio de control del Proyecto. Forma de control y seguimiento El informe técnico será remitido de forma anual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) durante la fase de operación del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.6 del ICE

9.7. CAV-07 “Plan de Monitoreo de Calidad de aguas superficiales y Fauna Íctica Nativa” Impacto asociado Afectación potencial de ejemplares de fauna íctica nativa producto de la obra proyectada en cuerpos de agua (Obras del PAS 156 y PAS 157). Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar que las obras realizadas durante la fase de construcción no generan alteraciones significativas en la calidad de las aguas ni en la composición de las comunidades ícticas presentes en los cuerpos de agua del área de influencia del Proyecto.

Descripción: El compromiso voluntario consiste en realizar monitoreos de calidad de aguas y de fauna íctica nativa antes y después de la ejecución de las obras de atravieso, en cuerpos de agua asociados a PAS 156 y PAS 157. La determinación de la calidad del agua se realizará mediante la medición de parámetros físicoquímicos. La caracterización biológica se enfocará únicamente en la fauna íctica presente. Justificación: Este compromiso se sustenta en la presencia de fauna íctica nativa registrada en la línea base limnológica (Anexo 3.4 de la Adenda Complementaria), en cuerpos de agua sujetos a intervención por obras proyectadas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los cuerpos de agua afectados por las obras asociadas a los PAS 156 y 157, considerando dos puntos de muestreo por obra (aguas arriba y aguas abajo), según se indica en la siguiente tabla:

Fuente: Tabla 7.CAV-07 de Anexo 1.5 de Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Forma: Calidad de las aguas. La determinación de valores y concentraciones de parámetros de calidad de agua se realizará mediante el registro in situ de parámetros físicoquímicos (temperatura, pH, conductividad eléctrica y oxígeno disuelto), con equipo multiparamétrico, siguiendo su instructivo de uso, mantención y verificación, registrando todos los valores en un formulario de terreno, y mediante la colecta de muestras para posterior determinación de otros parámetros. Además, se realizará la observación directa de la presencia de colores artificiales, sólidos flotantes, espumas no naturales y cualquier tipo de hidrocarburo presente en el agua. La caracterización química de sedimentos (nitrógeno total, fósforo total, carbono orgánico total, materia orgánica, composición de la granulometría), será mediante muestras y preservación de los parámetros de calidad de agua, de acuerdo con las Normas Chilenas NCh411/1. Of96, NCh411/2. Of96, NCh411/3. Of96, NCh411/4. Of97 y NCh411/6. Of98. El análisis de las muestras de agua y sedimentos deberán ser ejecutados por un laboratorio enlistado en el Registro Nacional de Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFA, D.S. N°38/2013 del Ministerio del Medio Ambiente).

Biota acuática. Para el caso de la biota acuática, se realizará un muestreo de la fauna íctica en los cuerpos de agua señalados. Este tipo de metodología permite capturar con vida un alto porcentaje de los organismos capturados, por lo que no es necesario el uso de anestésicos o tranquilizantes para la captura o manipulación de estos. Todos los ejemplares recolectados, se identificarán in situ hasta el nivel taxonómico de especie, siguiendo las referencias indicadas por Habit et al. 2006. Además, se procederá a determinar la longitud total (LT) y peso total (PT) de los individuos capturados, para posteriormente liberarlos en la misma estación donde fueron capturados. Los detalles de los métodos y materiales para el desarrollo del monitoreo de especies hidrobiológicas se encuentran en el PAS N° 119 (véase el Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria).

Oportunidad: Fase de Construcción:

Monitoreo previo al inicio de obras (condición basal).

Monitoreo posterior a la finalización de las obras de atravieso.

Informe comparativo entre ambos monitoreos, con remisión a la SMA.

Fase de Operación:

Monitoreos semestrales durante los primeros 2 años: uno en verano y otro en invierno, para capturar variabilidad estacional.

Informes anuales a la SMA, incluyendo los resultados de ambas campañas estacionales y su comparación con la condición basal (“sin proyecto”). Indicador que acredite su cumplimiento Informes técnicos que incluyan: - Registro fotográfico y fichas de terreno. - Datos de laboratorio. - Comparación de resultados respecto de condición basal. - Variabilidad no significativa en la composición y abundancia de la biota acuática y en los parámetros de calidad de agua. Forma de control y seguimiento El informe técnico será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al quinto día hábil posterior a la recepción de los resultados de laboratorio. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.7 del ICE

9.8. CAV-08 “Restauración de la geoforma del suelo y revegetación” Impacto asociado Afectación del suelo Fase del Proyecto a la que aplica Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Restaurar la geoforma del suelo y repoblar la zona con vegetación nativa a aquellas áreas intervenidas por el Proyecto, recuperando las mismas condiciones funcionales del terreno previo a la intervención.

Descripción: Para restaurar la geoforma, estas actividades implicarán la remoción de las estructuras de hormigón, como cimientos de construcciones temporales, y la reposición de los suelos si existieren excedentes de suelo provenientes de las excavaciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Justificación: Este compromiso se justifica considerando que el Proyecto generará movimientos de tierra, escarpe y compactación en la fase de construcción, para poder llevar a cabo la instalación de las obras permanente y temporales. Por tanto, al realizar esta medida se estará recuperando de forma progresiva las condiciones naturales y originales del terreno, asegurando la estabilidad física a largo plazo y limitando la pérdida por erosión. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La restauración se realizará de manera física en las áreas en que se hayan instalado obras permanentes y temporales del Proyecto.

Forma: Se evaluará el recurso suelo, según la Pauta para Estudio de Suelo del SAG, para aclarar la condición final del suelo. Para restablecer el suelo se contempla el perfilamiento del terreno, mediante el uso de retroexcavadora, de manera de suavizar la geoforma y en la medida de lo posible, recuperar las mismas condiciones funcionales del terreno previo a su intervención.

Una vez que el terreno haya sido perfilado, se cubrirá con suelo común y posteriormente suelo orgánico, según las condiciones originales del terreno donde se emplazó. La forma ideal de disposición del suelo para una eventual revegetación, a determinar caso a caso y según las condiciones originales, es la siguiente: - 50 cm de suelo común compactado - 15 cm de suelo orgánico

Una vez finalizado, se implementará un plan de revegetación, que considerará las siguientes etapas: - Elección de especies: se efectuará revegetación con especies similares a las que existían en el sector o en las inmediaciones de éste antes de la intervención, a modo de revegetar bajo las condiciones basales. - Preparación del terreno: la preparación del terreno para la plantación se debe a que facilita el arraigo y primeros desarrollos de los ejemplares. La preparación del suelo (casillas de plantación) se realizará de manera puntual y de manera manual, con una profundidad media (30 a 40 cm). cabe recordar que, el suelo debiera ser descompactado. - Procedimiento de revegetación: se depositarán las semillas y/o plántulas, para posteriormente ser cubiertas con el material de relleno extraído. Se asegurará que no existan bolsas de aire en el interior del perfil edáfico. Una vez plantados los individuos se efectuará un riego.

Oportunidad: Las actividades de restauración de suelo se implementarán una vez finalizado el desmantelamiento de las obras y retiro de los equipos asociados al Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Se hará entregará un Informe anual a la SMA que incluya el registro fotográfico de la restauración del suelo, además de realizar un informe con registros fotográficos del proceso de revegetación con las respectivas estadísticas de prendimiento. Se considera como indicador de éxito la sobrevivencia del 75% del total de ejemplares repoblados por hectárea. Forma de control y seguimiento El monitoreo será de manera mensual durante los primeros 3 meses, y trimestral durante el resto del primer año. Durante el segundo año se realizará un monitoreo semestral;y luego se realizará un monitoreo final al tercer año. El seguimiento se realizará por un período de tres (3) años. Dicha actividad será documentada con fotografías y se entregará un informe anual a la Autoridad, con los resultados parciales del indicador de éxito, dentro del mes siguiente de haber realizado cada actividad de monitoreo. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.8 del ICE

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9.9. CAV-09 “Medida de control de emisiones atmosféricas” Impacto asociado Potencial afectación de la calidad del aire Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Controlar las emisiones de material particulado producto de las actividades del proyecto.

Descripción: Se circulará a una velocidad no superior a 30 km/h, para todo tipo de vehículos al interior del área del Proyecto y en los caminos de acceso a éste.

Justificación: Con la finalidad de controlar las emisiones producto del tránsito generado por el proyecto, se procede a limitar la velocidad de circulación dentro del área del Proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todos los caminos del Proyecto

Forma: Se implementará señalética que restrinja la velocidad máxima de circulación al interior del Proyecto a 30 km/hora.

Oportunidad: El momento de implementación del compromiso corresponde a las fases de construcción y cierre, en áreas donde se realicen movimientos de vehículos y maquinaria; en todos los caminos al interior del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico fechado de la señalética implementada, documentado al inicio de las fases de construcción y cierre.

Forma de control y seguimiento Se entregará un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (https://ssa.sma.gob.cl/) al finalizar el primer mes de iniciada la fase de construcción, y se entregará otro informe durante el primer mes de iniciada la fase de cierre. Este informe incluirá registros fotográficos fechados y georreferenciados.

Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.9 del ICE

9.10. CAV-10 “Plan de gestión de ruido en fase de construcción y operación” Impacto asociado Potencial afectación de la calidad del aire Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Efectuar un plan de monitoreo de ruido en donde deberán efectuarse mediciones acordes a los procedimientos establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA en los receptores indicados en el informe de evaluación acústica contenido en el Anexo 3.12 de la Adenda Complementaria, para comprobar el cumplimiento de los niveles máximos de ruido permitidos, tanto para el horario diurno como nocturno.

Descripción: El programa de monitoreo se refiere a la evaluación acústica de la fase de operación del proyecto PMGD Coloane, en los puntos de medición los receptores, seleccionados de acuerdo con su cercanía con las futuras fuentes generadoras de ruido del proyecto.

Justificación: Si bien los resultados de la modelación de ruido en la fase de operación del proyecto señalan el cumplimiento normativo para la totalidad de los receptores, el Titular propone un seguimiento de manera voluntaria para comprobar el cumplimiento normativo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo diurno y nocturno se implementará en los siguientes receptores:

Fuente: Tabla 10 de Anexo 1.5 de Adenda Complementaria

Forma: Las actividades generales asociadas a cada campaña de monitoreo serán las siguientes: - Se contratará una Empresa Autorizada por la SMA (ETFA) - Mediciones semestrales en terreno - Elaboración de informe y planillas técnicas - Envío del informe de monitoreo a la SMA

El método de medición se hará de acuerdo al procedimiento establecido en el D.S. N° 38/2011 del MMA, haciendo uso de las respectivas fichas asociadas al informe técnico indicado en el Artículo 15 de dicha normativa.

Se realizará la medición de ruido en horario diurno y nocturno en los puntos de medición relevantes. En el punto de medición se tomarán muestras cada 5 minutos, por un período de 15 a 25 minutos, bajo el criterio de estabilización de la lectura, registrando los valores en cada intervalo de medición hasta obtener una diferencia que sea igual o inferior a 2 dB(A) entre intervalos consecutivos sin interrupción.

El principal instrumento para utilizar será un sonómetro. La marca y modelo de la instrumentación utilizada será exclusiva elección y responsabilidad de la empresa calificada responsable de ejecutar los trabajos de monitoreo bajo los estándares y procedimientos de trabajo estipuladas en las normativas e instructivos vigentes. El equipo será debidamente calibrado.

Una vez finalizado el monitoreo, se implementará un plan información a la comunidad que se encuentre al interior del AI, dicho programa considerará las siguientes etapas: -Fechas de inicio y término de la obra. -Días y horarios regulares de trabajo. -Programación de faenas ruidosas y que además puedan generar vibraciones, señalando los días y horarios en que se realizarán. -Descripción del plan de gestión de ruido que se está implementando en la obra, describiendo las medidas de control y gestión de ruido adoptadas.

Cabe agregar que la información de los resultados del monitoreo será difundida mediante la implementación de carteles cercanos al área de emplazamiento del Proyecto.

Oportunidad: Durante la fase de construcción, se realizará un monitoreo durante la fase de construcción diurno y nocturno. Asimismo, durante la fase de operación, se realizará el monitoreo con una semestral por un período de 1 año. A partir del segundo año se realizará una vez al año.

Indicador que acredite su cumplimiento Informe semestral de monitoreo. Ficha de medición de ruido en terreno. Registros fotográficos de las mediciones de terreno Certificado de calibración vigente del sonómetro utilizado para la medición. Forma de control y seguimiento Se entregará un informe semestral a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (https://ssa.sma.gob.cl/). Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.10 del ICE

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9.11. CAV-11 “Plan de Seguimiento calidad y niveles de aguas subterráneas” Impacto asociado Potencial afectación de la calidad y disponibilidad de aguas subterráneas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear la calidad y los niveles del agua subterránea en el área de construcción de las fundaciones, en caso de detectarse afloramiento de aguas subterráneas que requiera la ejecución de labores de agotamiento puntual de la napa, a además a fin de que el APR Huicha pueda mantener un mejor control de la calidad del agua subsuperficial en el punto de extracción, sin que se vea afectado por la intermitencia en el suministro eléctrico se incluye la implementación de un sistema fotovoltaico de 20 kWp a modo de respaldo para la operación del sistema de potabilización y control de la calidad de agua del APR. Todo esto con el fin de verificar aún más que dichas intervenciones no comprometen la calidad ni la disponibilidad del recurso hídrico en el entorno del Proyecto.

En particular, se incorpora la medición del APR Huicha de manera de asegurar que el proyecto no interviene el óptimo funcionamiento de la organización comunitaria. Además, para aportar a la eficiencia operacional del APR, se compromete gestionar o financiar un sistema fotovoltaico de autoconsumo, con el objetivo de disminuir sus costos operacionales y suministrar energía renovable para el APR. Siempre y cuando exista expresa aceptación por parte del APR mediante carta certificada se procederá con la colaboración.

Descripción: Si durante la construcción de las fundaciones se detecta afloramiento de agua, se tomará una muestra representativa de la calidad del agua antes de iniciar las labores de agotamiento puntual. Una vez que el agua extraída sea depositada en las zanjas de infiltración, ubicadas a no más de 200 metros del frente de obra, se procederá a tomar una segunda muestra antes de la infiltración.

En atención a la presencia de pozos en el entorno del Proyecto, se ha incorporado un compromiso consistente en el monitoreo de niveles piezométricos durante la ejecución de las labores de agotamiento. Se realizará una medición en el pozo más cercano antes del inicio del agotamiento de napa, y uno posterior, al finalizar la obra. Así también se medirá en el sector de extracción de agua del APR Huicha.

Se elaborará un informe comparativo que contenga todos los análisis, tanto para verificar que la calidad como la cantidad del recurso se mantiene sin alteraciones significativa de lo presentado en la fuente de origen. Asimismo, se elaborará un informe con los resultados verificables de la implementación del sistema solar fotovoltaico.

Justificación: Ante la posibilidad de que, durante la excavación para las fundaciones (proyectadas hasta 6 m de profundidad), se requiera realizar el agotamiento puntual de la napa, es fundamental monitorear la calidad y los niveles del agua para asegurar que la intervención no compromete la integridad del recurso hídrico. Además, el agua extraída se reintegra al sistema mediante zanjas de infiltración, por lo que resulta indispensable verificar que este proceso no altera los parámetros de calidad ni afecta a las fuentes de captación del entorno.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las muestras de agua se tomarán en el área de intervención, donde se construirán las fundaciones de los aerogeneradores. La segunda muestra de agua en las zonas de las zanjas de infiltración. La tercera muestra será en el sector de extracción del APR Huicha. El monitoreo de niveles piezométricos se realizará en las fuentes de captación cercanas (pozo más cercano al proyecto).

La implementación del sistema fotovoltaico será en las cercanías del APR Huicha de manera que la energía sea autoconsumida y los excedentes puedan ser inyectados a la red local de distribución. Esto será en un predio provisto por el mismo APR.

Cabe agregar que de acuerdo a lo señalado por la DGA en su oficio ORD. N°1075 de fecha 16 de junio de 2025, el monitoreo de niveles piezométricos deberá realizarse dentro del área de influencia del sector donde se ejecuten los agotamientos; para lo cual, el Titular deberá habilitar puntos de observación cercanos que permitan una medición representativa y efectiva del comportamiento del nivel freático. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Forma:

Se utilizarán equipos de muestreo certificados para la recolección de muestras de agua, las cuales serán analizadas en un laboratorio acreditado. - Los niveles piezométricos serán monitoreados mediante instrumentos adecuados (por ejemplo, piezómetros manuales o automáticos). - Cada medición se documentará con fecha, hora y coordenadas geográficas, registrando los parámetros relevantes. - Las características de la implementación del sistema fotovoltaico (fecha, horario, personal requerido y ubicación de su instalación) y potencia final serán definidas según el perfil de demanda del APR al momento de su ejecución. La obra se llevará a cabo siempre y cuando se tenga la aprobación explícita de la organización conformada por el APR de Huicha, a través del envío de una carta formal al Proyecto. Se contempla realizar una capacitación al personal del APR de Huicha para realizar el mantenimiento del sistema fotovoltaico durante su operación y para instruir sobre su correcto funcionamiento, peligros asociados, cuidados de manejo, recomendaciones del fabricante, mantenciones requeridas y cualquier otra consideración sobre su utilización. Esto se llevará a cabo siempre y cuando exista expresa aceptación por parte del APR mediante carta certificada se procederá con la colaboración.

Oportunidad:

Se realizará una medición de calidad de agua y niveles piezométricos previa al inicio del agotamiento puntual, en caso de detectarse afloramiento de agua. - Se ejecutará una segunda medición de calidad al momento de la deposición del agua en las zanjas de infiltración. - El monitoreo de niveles piezométricos se mantendrá mientras duren las actividades de agotamiento, hasta que finalice la construcción de la fundación. - Respecto del sistema fotovoltaico y considerando que el abastecimiento eléctrico en la zona presenta el riego de intermitencias se hace necesario implementar el sistema fotovoltaico propuesto a fin de poder asegurar la continuidad en calidad y cantidad del suministro de agua en beneficio del funcionamiento y continuidad operacional del APR de Huicha, en caso de que sus representantes, mediante una carta formal, soliciten la ejecución del presente Compromiso Ambiental Voluntario.

Indicador que acredite su cumplimiento - Certificación y validación de los resultados mediante informe de una entidad técnica certificada (ETFA). - Comparación de los análisis de calidad del agua, considerando los parámetros establecidos en la NCh 1.333 Of.78 de calidad de agua para riego, tomando como condición basal la muestra obtenida antes del inicio de las obras. La segunda muestra, recolectada antes de la reinfiltración del agua extraída, será comparada con dicha condición basal, a fin de verificar que no se han producido alteraciones significativas en la calidad del recurso hídrico. - Registros de niveles piezométricos que acrediten la ausencia de impactos sobre las fuentes de captación cercanas. - Para el sistema fotovoltaico se tomará registro fotográfico del proceso de instalación y puesta en marcha del sistema fotovoltaico, estableciéndose registro de acta de recepción firmada por la Directiva del APR de Huicha. Esto se llevará a cabo siempre y cuando exista expresa aceptación por parte del APR mediante carta certificada se procederá con la colaboración.

Forma de control y seguimiento El informe técnico será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dentro de un plazo de 15 días hábiles posteriores a la entrega de los resultados de laboratorio del segundo muestreo de calidad de aguas. Dicho informe incluirá también los registros del monitoreo piezométrico realizados durante el período de ejecución del agotamiento.

Para el sistema fotovoltaico será el registro fotográfico del estado de avance y acta de entrega de los equipos. Así también el respaldo en Plataforma de la SMA de la ejecución de las acciones y envío de un único informe con fotografías del proceso (instalación y puesta en marcha). Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.11 del ICE

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9.12. CAV-12 “Cooperación con monitoreo de flujos de carbono y cambio climático” Impacto asociado Potencial afectación a mediciones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer una colaboración científico-ambiental entre el Proyecto PMGD Coloane y la Fundación Senda Darwin, con el fin de facilitar el intercambio de información, la coordinación técnica y el apoyo logístico en torno al monitoreo de flujos de carbono, gases de efecto invernadero (GEI) y procesos ecológicos vinculados al cambio climático, generando una sinergia positiva entre la operación del proyecto de energía renovable y las investigaciones científicas que se desarrollan en el entorno del área de influencia. Para ello, el Titular pondrá a disposición de la Fundación Senda Darwin, toda la información generada de monitoreos que realice durante la fase de operación del Proyecto.

Descripción: El presente compromiso establece una instancia formal de cooperación entre el Proyecto PMGD Coloane y la Fundación Senda Darwin, orientada a fortalecer la compatibilidad entre la operación de un proyecto de generación de energía renovable y el desarrollo de investigaciones científicas vinculadas al cambio climático. La colaboración contempla diversas acciones prácticas, tales como el suministro de datos meteorológicos generados por el Proyecto, el apoyo a la operación de la torre Eddy Flux utilizada para la medición de flujos de carbono.

Además, se contempla establecer mecanismos de coordinación periódica con la Fundación, que permitan mantener una comunicación fluida y un monitoreo conjunto de potenciales interacciones entre ambas actividades. Esta instancia busca anticiparse a eventuales preocupaciones o incertidumbres, facilitar el trabajo de campo de los equipos científicos, y aportar desde la experiencia operativa del Proyecto a la comprensión local de los fenómenos climáticos y ecológicos en estudio. De esta forma, el CAV promueve un enfoque preventivo, cooperativo y basado en el conocimiento, coherente con los principios de sostenibilidad y corresponsabilidad ambiental.

Justificación: La Fundación Senda Darwin, a través de su Estación Biológica, realiza investigaciones de largo plazo sobre el comportamiento del carbono y los flujos de GEI en ecosistemas templados húmedos del sur de Chile, contribuyendo al conocimiento científico nacional e internacional en materia de cambio climático. Aunque el Proyecto PMGD Coloane no representa una amenaza a estas mediciones, se reconoce la proximidad geográfica entre ambas iniciativas. El proyecto no afectará el normal funcionamiento de las mediciones y labores que realiza Fundación Senda Darwin, por lo que podrá seguir operando en el ámbito científico con total normalidad. En este contexto, para seguir manteniendo el óptimo funcionamiento, se considera adecuado establecer un mecanismo de colaboración técnica que permita prevenir eventuales interferencias no previstas, generar transparencia en el desarrollo de ambas actividades y contribuir desde distintos enfoques a un objetivo compartido: la mitigación de los efectos del cambio climático.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del Proyecto PMGD Coloane, en sector colindante con predio de la Estación Biológica Senda Darwin, comuna de Ancud, Región de Los Lagos.

Forma: El compromiso se implementará dentro del primer año de operación del Proyecto; poniendo el Titular a disposición de Fundación Senda Darwin: acceso a datos operacionales, intercambio de información meteorológica, visitas técnicas, y coordinación de actividades de monitoreo.

En caso de que la Fundación Senda Darwin lo estime conveniente, se podrá suscribir un acuerdo técnico entre el Titular del Proyecto y la Fundación, cuya implementación incluirá: - El intercambio de datos de medición de viento y meteorología generados por los instrumentos y estaciones del Proyecto. - La disposición del Titular para colaborar en la mantención y operación del instrumento Eddy Flux actualmente utilizado por la estación. - ara complementar las mediciones existentes, se propone la implementación de un nuevo equipo de monitoreo según las características técnico-específicas del sitio que se acuerde entre ambas partes. - El análisis de las variables de operación del proyecto, en sus condiciones técnicas al momento en que se dé inicio a la fase de operación y que puedan contribuir aún más al Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

resguardo de implementos del entorno.

Oportunidad: Durante el primer año de operación del Proyecto se implementarán las medidas que se desarrollarán de forma progresiva, poniéndose a disposición de la Fundación, la información y datos obtenidos, conforme a las necesidades y prioridades técnicas que ésta establezca.

Indicador que acredite su cumplimiento Compromiso del Titular para colaborar en el seguimiento de variables de interés para la Fundación, mediante acuerdo de colaboración suscrito por ambas partes, en caso de ser posible. Evidencia de intercambio de datos. Registros de reuniones técnicas sostenidas. Informe anual de colaboración técnica. Documentación que acredite acciones de mantención. Forma de control y seguimiento Entrega anual de antecedentes a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), incluyendo registros de implementación del acuerdo, documentación técnica, actas de reuniones, evidencia de colaboración y reportes de avance de actividades conjuntas. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.12 del ICE

9.13. CAV-13 “Plan de comunicación sobre el transporte sobredimensionado y ajuste de cronograma” Impacto asociado Aumento del flujo vial por transporte de carga sobredimensionada del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Organizar los flujos vehiculares de carga sobredimensionada del Proyecto PMGD Coloane para asegurar el desarrollo de la vida cotidiana de la población y restringir el transporte y funcionamiento del Parque durante fechas en que se realizan manifestaciones y/o actividades culturales.

Descripción: El Plan de Tránsito y Comunicaciones contempla medidas de control, como horarios de traslado, estrategias de comunicación y de seguridad, para organizar los flujos vehiculares de carga sobredimensionada del Proyecto con los flujos viales locales durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, considerando un protocolo de información permanente para la comunidad, y para no intervenir con las actividades culturales del área de influencia del Proyecto PMGD Coloane. De todos los esfuerzos realizados a lo largo de la tramitación ambiental, no se registran actividades de significancia cultural, pero para evitar aún más posibles interacciones se restringe cualquier transporte vehicular del Proyecto en fase de construcción, operación y cierre, y la detención del funcionamiento del parque, incluyendo restricción de tránsito vehicular y la detención de aerogeneradores en las fechas que se desarrollen actividades de significancia cultural y/o de relevancia comunitaria, siempre que sean informadas previamente por la comunidad, y analizadas y aceptadas por el Titular.

Justificación: Durante la fase de construcción y cierre del Proyecto se contempla el transporte de vehículos de carga sobredimensionada por rutas locales, y el transporte de otros insumos. Dichas vías son utilizadas por los habitantes del área de influencia, por lo que para prever cualquier tipo de interferencia a las actividades cotidianas y de significancia para y de las comunidades se informará con respecto a las actividades a desarrollar, fechas y horarios de trabajo. Durante la fase de operación se detendrá el funcionamiento del parque y contempla la detención de los aerogeneradores. Esto se realizará solo en las fechas que de desarrollen actividades de significancia cultural y/o de relevancia comunitaria, siempre que sean informadas previamente por la comunidad, y analizadas y aceptadas por el Titular Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Rutas por donde se realizará el tránsito de carga sobredimensionada del Proyecto y el resto de transporte de parte del Proyecto.

Forma: A continuación de detalla la forma de implementación: •Horarios de tránsito: el tránsito de camiones será paulatino, entre las 09.00 y 17.00, para así evitar las horas punta. La frecuencia será programada en función de la autorización de las respectivas autoridades (Carabineros y Vialidad). Respecto a la forma de circulación del camión en la ruta, éste debe transitar de manera que permita a los demás vehículos que ocupan la vía, el cruce, el enfrentamiento y el adelantamiento. Además, se evitará el uso de estas rutas en fase de construcción, operación y cierre en fechas que se desarrollen actividades de significancia cultural y/o de relevancia comunitaria, siempre que sean informadas previamente por la comunidad, y analizadas y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

aceptadas por el Titular •Medidas de comunicación: Se designará una vía de comunicación adecuada, así como un encargado de comunicaciones con la comunidad, a fin de solucionar rápidamente las contingencias que se presenten. •Medidas de seguridad: Apostamiento de banderilleros que regularán la entrada y salida de por las rutas de carga sobredimensionada. Los vehículos que transporten los equipos contarán con las señalizaciones exigidas por la legislación vigente. • El camión debe portar un letrero visible que señale “CARGA ANCHA”, tanto en su parte posterior como en su parte anterior, de dimensiones ampliamente visible por los demás conductores. • Respecto a la forma de circulación del camión en la ruta, éste debe transitar de manera que permita a los demás vehículos que ocupan la vía, el cruce, el enfrentamiento y el adelantamiento. •La velocidad máxima de la carga con sobredimensión no puede ser superior a 50 km/h, salvo que Carabineros de Chile indique otra velocidad. Los vehículos cumplirán con la legislación de tránsito aplicable, como contar con revisión técnica al día, seguros vigentes, permiso de transporte vigente, entre otros. •Los sistemas de amarras (cadenas, tensores, eslingas, estrobos, grilletes, pulpos entre otros), que serán utilizados para asegurar la carga, deberán ser previamente revisados antes del inicio de la carga sobredimensionada. Está estrictamente prohibido el uso de accesorios en mal estado. •Toda carga que no tenga una base estable debe contar con un sistema de anclajes de resistencia tal que permita hacerla estable, de acuerdo con su peso, volumen y características de la misma. •Se contará con escolta que acompañará a la carga sobredimensionada en todo su recorrido. Se contará con un sistema de comunicaciones (radios, teléfonos celulares u otros) que permita la comunicación expedita con las distintas áreas de trabajo. •Por último, todo vehículo circulará con las luces bajas encendidas a toda hora del día.

Oportunidad: Durante la fase de construcción, operación y cierre del proyecto, en la forma descrita anteriormente.

Indicador que acredite su cumplimiento - Horarios de tránsito: Registros de horarios de entrada y salida de vehículos de carga sobredimensionada del Proyecto. - Medidas de comunicación: Registro de entrega de folletos y de mensajería de texto intercambiada con las comunidades y habitantes cercanos al Proyecto. Registro de folletos informativos, y fotografías de carteles informativos. - Medidas de Seguridad: Registro de velocímetros y GPS de los vehículos de carga sobredimensionada. Registro de captaciones al personal de faena sobre las medidas de seguridad contempladas en el plan de tránsito. - Informe que acredite mediante registros verificables la detención del Parque: Registro escritos con fechas y descripción de los momentos de detención del Parque. Registro de fotografías de los equipos detenidos y firma de profesional a cargo de realizar las gestiones. Forma de control y seguimiento Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un reporte con los indicadores que acreditan el cumplimiento de este compromiso, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (https://ssa.sma.gob.cl/). Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.13 del ICE

9.14. CAV-14 “Plan de Revegetación de Especies Nativas Leñosas” Impacto asociado Corta de vegetación ribereña. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Revegetar con especies nativas leñosas borde de canal de contorno proyectado, siguiendo criterios técnicos de restauración ecológica, debido a intervención de vegetación ribereña producto del emplazamiento de plataforma aerogenerador COL-01 y plataforma aerogenerador COL-03 y la construcción de canal de contorno.

Descripción: El Proyecto considera, entre otras obras, el emplazamiento de dos aerogeneradores cuya construcción contempla la corta de vegetación cercana a cursos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

de agua correspondiente a vegetación ribereña, que, para el estrato arbóreo, corresponde a Drimys winteri, Luma apiculata, Amomyrtus luma y Myrceugenia planipes y, para el estrato arbustivo, corresponde a Berberis microphylla, Rhaphitamnus spinosus y Parablechnum chilense. Para desafectar estos cauces, es que el proyecto propone la construcción de dos canales de contorno, cada uno asociado a una plataforma, con el objetivo de manejar adecuadamente las aguas lluvias y prevenir inundaciones locales. El Canal 1 se encuentra vinculado a la plataforma del aerogenerador COL-01, y presenta una base de 3,0 metros y una altura de 0,5 metros. El Canal 2, asociado al aerogenerador COL-03, tiene una base de 5,0 metros y una altura de 0,8 metros. Ambos canales fueron definidos a partir de una modelación hidrológica que permitió identificar zonas con riesgo de anegamiento ante eventos con período de retorno de 100 años, recomendando obras de drenaje superficial para su control.

Justificación: Compensar, adicionalmente a las medidas ya tomadas, la pérdida de vegetación que no es parte de ninguna obligación legal, producto de las obras temporales del proyecto y la construcción de canales de contorno, y así reestablecer la cobertura vegetal intervenida, recreando las condiciones iniciales con el objetivo de recuperar la biodiversidad y proteger el suelo, entre otras razones. Para ello, la medida implica la plantación de 10 ejemplares por cada individuo intervenido de cada especie, distribuidos de manera uniforme en el borde del canal con la finalidad de favorecer la presencia de las especies afectas a corta. Esta medida se realizará para cada uno de los canales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La plantación de especies leñosas será en el borde de los canales de contorno proyectados, distribuidas de manera uniforme a lo largo de él y en áreas con similares condiciones dentro del predio asociado al proyecto.

Forma: La Replantación de especies leñosas considerará los siguientes procesos: - Elección de especies: se efectuará una plantación con especies similares a las que existían en el sector o en las inmediaciones de éste antes de la intervención, a modo de revegetar bajo las condiciones basales, priorizando especies como de Drimys winteri y Amomyrtus meli. - Se efectuará una preparación previa del suelo pudiendo realizarse subsolado en caso de ser necesario y según lo permita la pendiente y topografía, para asegurar de esta manera el establecimiento de la plántula y favorecer su desarrollo radicular. - La plantación se hará con distribución al azar para cada ejemplar que sea plantado, con el objeto de replicar la distribución natural de las especies. Se extraerán las piedras de tamaño mayor en la eventualidad de que aparezcan. Si es necesario, se aplicará tierra de hoja para rellenar. De este modo las plantas tendrán suficiente espacio para que se desarrolle su sistema radicular. Un espacio menor hace que las plantas queden constreñidas y su crecimiento se ve perjudicado. Cabe señalar que las plantas deberán contar con un tratamiento adecuado en cuanto a riegos, fertilización, una buena relación tallo/raíz y DAC (Diámetro a la altura del cuello) y altura no menor de 45-50 cm. Se encargará la producción de las plantas en un vivero especializado, que cumpla con los estándares o protocolos de producción. Las plantas tendrán una edad de dos años en vivero. Este aspecto es fundamental para la programación de la reforestación en terreno. El suministro de ejemplares deberá provenir de la compra a viveros de la región, de preferencia proveniente de las cercanías de la comuna de Ancud. Se privilegiará que las semillas utilizadas para la producción de plantas en vivero sean de origen local. - Una vez efectuada la plantación, las plántulas recibirán un riego inicial o de establecimiento de 3 litros al momento de la plantación el que dependerá de las condiciones de humedad del suelo y del estado de la temporada invernal de la zona. De acuerdo al monitoreo y seguimiento de la plantación, se aplicará riego en el caso de que la plantación lo requiera durante el primer año, el cual irá disminuyendo progresivamente durante el segundo año hasta retirar el riego por completo a finales de este. El riego estará sujeto al monitoreo y seguimiento de la plantación lo que permitirá definir la frecuencia de este considerando las proyecciones pluviométricas de la temporada invernal en la zona. De esta manera se evitará que la plantación presente una humedad sostenida, la que podría presentar malas condiciones de sanidad y alta probabilidad de aparición de organismos patógenos producto del exceso de riego.

Oportunidad: La plantación se hará, en lo posible, después de ocurridas abundantes lluvias que hayan infiltrado el suelo. Posterior a ello se aplicará fertilizante (NPK forestal, 8-20-16) granulado a cada planta. Este fertilizante se aplicará en una sola dosis de 100 gramos por planta, aplicado al momento de la plantación en dos hoyos ubicados a 20 cm de la base de la planta y a 20 cm de profundidad. No se aceptará productos ni dosis diferentes.

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Indicador que acredite su cumplimiento -Cumplir con el 75% de prendimiento a finales del primer año. En caso contrario, y con el objetivo de cumplir con el porcentaje de éxito de la plantación, se evaluarán medidas de reposición de ejemplares y la implementación de riego quincenal durante el primer semestre del segundo año y una disminución del riego paulatina durante el segundo semestre. -Mantención de la reforestación, la cual se realizará durante cinco (5) años a contar de la plantación de los individuos. -Programa de monitoreo y seguimiento, con el objeto de asegurar que las plantas se desarrollen en forma normal y/o detectar a tiempo, problemas que puedan afectar la sobrevivencia de la plantación. Este monitoreo constará de un seguimiento del Estado sanitario, Vigor, Porcentaje de Sobrevivencia, Altura y Diámetro promedio de la Plantación. -La frecuencia de monitoreo y seguimiento será anual, durante cinco (5) años. -Durante los meses de abril y mayo se realizará monitoreo de la reforestación y en junio de cada año se emitirá un informe del estado de la plantación y de la actividad de seguimiento y protección realizada, con apoyo de registros fotográficos, planos, cartografía digital georreferenciada en Coordenadas UTM, Datum WGS 84, archivos Kmz, que se remitirá SMA y CONAF. Forma de control y seguimiento Se comenzará a dar cumplimiento una vez obtenida la RCA favorable y comunicado el inicio de ejecución del proyecto. -Previo a la actividad de extracción de especies leñosas el titular verificará que se cuente con la autorización correspondiente. -Se dispondrá del informe de ejecución de actividades de plantación de individuos en dependencias del proyecto, para fines de fiscalización. Adicionalmente se enviará una copia del informe a SMA y CONAF regional correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.14 del ICE

9.15. CAV-15 “Plan de gestión y monitoreo de ruido comunitario” Impacto asociado Emisiones de ruido que se pudieran percibir como molestas por la comunidad Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: 1.Efectuar un plan de monitoreo de ruido en donde deberán efectuarse mediciones acordes a los procedimientos establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA en los receptores indicados en el informe de evaluación acústica contenido en el Anexo 3.12 de la Adenda Complementaria, para comprobar el cumplimiento de los niveles máximos de ruido permitidos, tanto para el horario diurno como nocturno. 2.Entregar información a los grupos humanos identificados en el área de influencia de ruido del Proyecto –alrededor de 70 viviendas-considerados como receptores de este tipo de emisiones, El objetivo de sociabilizar el desarrollo del proyecto y en especial el desarrollo de las faenas ruidosas de la etapa de construcción, considerando la brecha digital, lo cual guarda relación con la consideración normativa y también la atención de la percepción social del ruido.

Descripción: El programa de monitoreo se refiere a la evaluación acústica de la fase de construcción y el primer año de operación del proyecto PMGD Coloane, en los puntos de medición de los receptores -70 viviendas aproximadamente que se encuentran dentro del área de influencia de ruido-, seleccionados de acuerdo con su cercanía con las futuras fuentes generadoras de ruido del proyecto. En tanto el plan de información se enmarca como aspecto relevante del relacionamiento comunitario del Titular por medio de la entrega de información y generación de canales de comunicación directos que se habilitarán entre la comunidad y la empresa, con objeto de informar sobre las faenas ruidosas. La entrega de información a la comunidad buscará presentar las características del Proyecto y el cronograma de las actividades que este considera para su desarrollo, considerando: •Fechas de inicio y término de la obra; •Días y horarios regulares de trabajo; programación de faenas ruidosas y que además puedan generar vibraciones, señalando los días y horarios en que se realizarán; •Descripción del plan de gestión de ruido que se está implementando en la obra, describiendo las medidas de control y gestión de ruido adoptadas.

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Justificación: Si bien los resultados de la modelación de ruido en todas las fases del proyecto señalan el cumplimiento normativo para la totalidad de los receptores, el Titular propone un seguimiento de manera voluntaria para comprobar el cumplimiento normativo. Por otra parte, y respecto al plan de información “puerta a puerta” se enmarca en la generación de canales de comunicación con la Comunidad de una manera efectiva considerando la brecha digital, las lluvias y eventuales cortes de luz, posterior a la tramitación ambiental del Proyecto, de manera de informar oportunamente a las comunidades o grupos humanos involucrados en las distintas fases de ejecución del Proyecto, especialmente sobre las faenas ruidosas, además de indicar un canal de comunicación directo donde puedan emitir comentarios al Titular. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Ancud, en cada vivienda del área de influencia de ruido del proyecto.

Figura. Receptores Plan de gestión de ruido en fase de construcción y primer año de operación y plan de información a la comunidad “puerta a puerta”.

Fuente: Tabla 15 de Anexo 1.5 Actualización de CAV (Adenda Complementaria)

Fuente: Tabla 15 de Anexo 1.5 Actualización de CAV (Adenda Complementaria)

Forma: Las actividades generales asociadas a cada campaña de monitoreo serán las siguientes: -Se contratará una Empresa Autorizada por la SMA (ETFA) -Mediciones semestrales en terreno -Elaboración de informe y planillas técnicas -Envío del informe de monitoreo a la SMA

El método de medición se hará de acuerdo al procedimiento establecido en el D.S. N°38/2011 del MMA, haciendo uso de las respectivas fichas asociadas al informe técnico indicado en su artículo 15. Se realizará la medición de ruido en horario diurno y nocturno en los puntos de medición relevantes. En el punto de medición se tomarán muestras cada 5 minutos, por un período de 15 a 25 minutos, bajo el criterio de estabilización de la lectura, registrando los valores en cada intervalo de medición hasta obtener una diferencia que sea igual o inferior a 2 dB(A) entre intervalos consecutivos sin interrupción.

El principal instrumento para utilizar será un sonómetro. La marca y modelo de la instrumentación utilizada será exclusiva elección y responsabilidad de la empresa calificada responsable de ejecutar los trabajos de monitoreo bajo los estándares y procedimientos de trabajo estipuladas en las normativas e instructivos vigentes. El equipo será debidamente calibrado.

Una vez finalizado el monitoreo, se implementará un plan información a la comunidad que se encuentre al interior del AI, dicho programa considerará las siguientes etapas: -Fechas de inicio y término de la obra. -Días y horarios regulares de trabajo. -Programación de faenas ruidosas y que además puedan generar vibraciones, señalando los días y horarios en que se realizarán. -Descripción del plan de gestión de ruido que se está implementando en la obra, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

describiendo las medidas de control y gestión de ruido adoptadas.

Cabe agregar que la información de los resultados del monitoreo será difundida mediante la implementación de carteles cercanos al área de emplazamiento del Proyecto. Además, se entregará información en las radios comunitarias locales así como en las juntas de vecinos más cercanas.

En cuanto al plan de información a la comunidad “puerta a puerta” éste se llevará a cabo previo al inicio y al término de las fases de construcción del proyecto, así como también en el primer año de operación del mismo, en el cual se entregarán informativos a cada vivienda emplazada en el área de influencia de ruido. Esta actividad será llevada a cabo por un equipo encargado de comunidades del Titular, quienes acudirán a cada vivienda identificada en el área de influencia del componente ruido. En caso de no encontrar personas en las viviendas en el momento de la visita, se les dejará el informativo en un lugar visible de la vivienda en un envoltorio impermeable.

Oportunidad: Durante la fase de construcción y el primer año de operación, se realizará un monitoreo diurno y nocturno. Asimismo, durante la fase de construcción y el primer año de operación se realizará un monitoreo semestral. Posterior al primer año de operación se facilitará información de contacto -teléfono y correo electrónico- el cual quedará plasmada en el cartel de ingreso al área de proyecto. Para efectos del plan de información a la comunidad “puerta a puerta” el compromiso se llevará a cabo previo al inicio de la fase de construcción del proyecto, en tanto que los canales de comunicación se encontrarán habilitados durante toda la vida útil del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Se presentan a continuación los indicadores de cumplimiento del plan de gestión de ruido en la fase de construcción y primer año de operación. -Informe semestral de monitoreo. -Ficha de medición de ruido en terreno. -Registros fotográficos de las mediciones de terreno -Certificado de calibración vigente del sonómetro utilizado para la medición.

Asimismo, se presentan los indicadores de cumplimiento del plan de información a la comunidad “puerta a puerta”: -Fotografías de la campaña puerta a puerta -Registro en un listado y en un mapa de las viviendas visitadas, diferenciando aquellas viviendas en que recibió una persona el informativo y aquellas en que se dejó en la vivienda sin moradores. -Plan Comunicacional por implementar (protocolo). -Resultados de encuesta aplicada a grupos humanos del área de influencia de ruido que determine la calidad de la información entregada. Forma de control y seguimiento Los resultados del plan de gestión de ruido en la fase de construcción y primer año de operación y plan de información a la comunidad “puerta a puerta” serán entregados de manera semestral a la Superintendencia del Medio Ambiente. Así como también la sistematización y respaldo de ejecución del CAV. Adicionalmente, se presentará un informe con los resultados de las observaciones emitidas por la comunidad a través de la encuesta respecto de la calidad de la información entregada.

Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 10 del ICE Tabla 10.1.15 del ICE

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. Falla en sistema de almacenamiento residuos domiciliarios e industriales no peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Parte, obra asociada o acción Fase de construcción y cierre: Se contempla habilitar un sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios (RSD) y residuos industriales no peligrosos (RSINP), los que estarán ubicados en el área destinada a la instalación de faena.

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Fase de operación: Se considera habilitar un sitio de almacenamiento de RSD y un sitio de almacenamiento de RSINP en las inmediaciones del centro de control.

Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia Se tendrá un listado de contratistas que presten el servicio de retiro y disposición de RSD y RSINP, en caso de que el servicio contratado no pueda llevarse a cabo por la empresa que con la se hubieran contratado los servicios.

Los RSD estarán en bolsas plásticas de alta calidad y se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno y se respetará la frecuencia de retiro. Para que el sitio de almacenamiento temporal no llega a su máximo de capacidad los residuos serán retirados por lo menos 3 veces a la semana durante fase de construcción y cierre. Para el caso de la fase de operación se considera una mano de obra menor, lo que se prevé que los mismos trabajadores transportes sus residuos hasta un contenedor de basura.

Los RSINP: Los retiros serán programados antes de que la bodega o área de acopio alcance el 80% de su capacidad total. Se prevé que su retiro por empresa autorizada sea 1 vez al mes, y en caso de ser necesario con una mayor frecuencia.

Se dispondrán señaléticas que indiquen almacenamiento temporal del residuo, acceso restringido, prohibición de fumar, uso de elementos de protección personal (EEPP), entre otros. Forma de seguimiento control y - Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. - RSD: Se mantendrá un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser enviado en forma mensual a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos. - RSINP: Diariamente el encargado de bodega revisará que los acopios estén bajo su capacidad de almacenamiento, gestionando su retiro en caso de que ya estén al 80% de su capacidad. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de colapso del sitio de almacenamiento de RSINP: En caso de requerirse el retiro anticipado de estos residuos se deberá realizar el retiro inmediato de los residuos y envío a sitio de disposición final autorizado.

En caso de rotura de contenedores de RSD: El personal de obras o, en su defecto, la empresa a cargo del retiro de residuos procederá a la limpieza y retiro de residuos los que serán enviados al sitio de almacenamiento. En el caso de que el contratista no pueda proceder de manera inmediata a controlar la emergencia, se llamará a otro proveedor autorizado.

En caso de interrupción del servicio de retiro de residuos: Se deberá proceder al retiro manual con personal y camión autorizado para el despacho de los residuos hacia el recinto autorizado más cercano al lugar de emplazamiento del proyecto, eso con el fin de evitar la proliferación de olores y vectores sanitarios en las inmediaciones del proyecto. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faenas es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.1 del ICE

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10.2. Derrame de residuos peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada Derrame de residuos peligrosos (RESPEL) por incidentes en manejo y/o almacenamiento en bodega en fase de construcción, operación y cierre.

Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia En el caso de transporte de residuos peligrosos, se han de implementar las siguientes medidas de prevención de contingencia: - Cumplimiento de los requerimientos del D.S. N° 298/94 “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos” y de la legislación aplicable al transporte de combustible. - Los conductores de los vehículos que transporten residuos peligrosos deberán estar capacitados para actuar en caso de accidentes con derrame de las sustancias transportadas. - Todos los vehículos asociados al Proyecto deberán contar con señalética que identifique al Titular y al Proyecto al que pertenece, como también de los servicios que contrate, de manera que puedan ser identificados en caso de accidentes. - Para evitar una falla en la frecuencia del retiro de residuos se deberán mantener operativos los canales de comunicación directos, con empresa encargada del retiro de residuos de manera de evitar que existan descoordinaciones en la periodicidad de los retiros de estos. - Para cada una de las fases del Proyecto, se deberá realizar retiros periódicos de los residuos peligrosos generados por el Proyecto los cuales no deben sobrepasar los 6 meses de almacenamiento, esto según lo estipulado por el decreto N°148/2004 del MINSAL. - Dar cumplimiento de los requerimientos dispuestos en el D.S. N°148/2004 del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. - Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Mantener limpieza y orden de las bodegas RESPEL. El almacenamiento de RESPEL será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso a las bodegas para el retiro de residuos. - Se procederá a impermeabilizar la superficie de la zona de seguridad con geotextil a modo de crear una capa impermeable al suelo, la cual pueda ser removida y acopiada en la bodega de residuos peligrosos si es que existe derrame accidental. Forma de control y seguimiento

- Copia contractual en donde se estipule para los transportistas el cumplimiento de la normativa vigente. - Chequeo de que se cuente en obra con las HDS, registros de mantenciones preventivas, protocolos de manejo y capacitaciones. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de derrame debido a accidente de tránsito se deberá cumplir, al menos, con lo siguiente: Acciones iniciales: - Riesgo o situación de posible derrame de residuos peligrosos dentro del área del Proyecto se dará aviso inmediato al jefe de oficina del Titular en terreno, quien comandará las acciones durante la contingencia. - El chofer, operador u otro dará aviso Inmediato al Supervisor Directo y tierra u otro elemento del que disponga. - Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso de que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas. - Se determinará la naturaleza del derrame respecto de si esta es producto de sustancias transportadas o procedentes del vehículo siniestrado. - Si corresponde a transporte de sustancias se identificará el tipo de productos transportados y que sean causantes del derrame a través de la individualización de los productos contenidos en el vehículo y sus registros, además se solicitará la copia de las hojas de seguridad de los productos transportados y el procedimiento en caso de emergencia establecido en la Guía GRE, de no encontrarse, se procederá a buscar por parte del equipo de respuesta a emergencias. Acciones de control: - Se procederá a llamar al número de emergencia consignado en el vehículo de transporte, llamar a Bomberos y Carabineros más cercanos al lugar del accidente. - Como acción inmediata de precaución, aislar el área del derrame o escape como Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

mínimo cincuenta metros en todas las direcciones

En caso de derrames de líquidos, trate de contener el avance de este mediante la confección de diques de tierra en círculos concéntricos, evite la utilización de maquinarias que puedan provocar chispas hasta definir la naturaleza de la sustancia derramada. - Mediante el equipo de respuesta a emergencias trate de taponear o sellar los puntos de fuga de sustancias a través del uso de piezas de madera. - Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros producto de la emergencia, se dará aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria y a la municipalidad involucrada, sobre la localización y magnitud del evento, para dar cumplimiento a esto el equipo de respuesta a emergencias, la ITO y el Titular contarán con un listado de teléfonos de los servicios, municipalidad, bomberos y carabineros de la localidad involucrada en el Proyecto. Acciones posteriores: Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS N°148, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos: i. Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada. ii. Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. iii. Se utilizarán envases de polietileno iv. Si el accidente ocurriese en una vía de tránsito pública se incorporarán las acciones necesarias que permitan un despeje oportuno y rápido de la vía afectada en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad, para esto tanto la EPS como el Titular pondrán a disposición los medios necesarios para dar soporte a estas instituciones v. Luego de controlada la emergencia, es Supervisor Directo y el jefe de Terreno deberán emitir un informe que contenga los antecedentes del incidente, componentes afectados, procedimientos realizados y antecedentes con las acciones destinadas a recuperar o reparar el suelo a las mismas condiciones en que se encontraba previo al incidente. En caso de derrame de sustancias peligrosas al suelo: - Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea esta causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización. - Detectado el punto de fuga este será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo. - Como acción inmediata de precaución se aislará el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones. - Se medirán las dimensiones del suelo retirado, en cuanto a superficie y volumen, para posteriormente restablecer en su condición original. - Se tomarán fotografías de antes de retirar, mientras se retira y posterior a la incorporación de suelo nuevo para dejar registro del restablecimiento del suelo en su condición original Para el caso de ocurrir afectación al componente agua (cauces): - En el caso de afectación al componente agua se deberá realizar el monitoreo aguas arriba y en el sector del derrame, antes y después de las medidas de acción de saneamiento, descontaminación y similares, con el objetivo de comparar ambos resultados y buscando obtener una similitud. - Se considerarán todos los parámetros establecidos en la NCh 1.333 Of 78 de Calidad de Agua para Riego. Acciones generales en caso de derrames de cualquier tipo - Evaluar la situación producida, detectar lugar exacto de la fuga y posibles reacciones tales como vapor, temperatura o humos. - Si no conoce el producto derramado o en fuga, trate de identificarlo mediante la observación del etiquetado. Una vez identificado el producto, informe al personal especializado al momento de hacerse presente. - Se movilizará las herramientas para realizar pretiles para contener derrame. - Se colectarán los residuos peligrosos y suelos que hayan sido contaminados, tomando en cuenta lo siguiente: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

• Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado. • Acciones para la descontaminación (se aplicarán según corresponda): o Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo. o Remover el suelo contaminado y escombros si requiere. o Envasar todo el material contaminado. o Muestrear el suelo durante y posterior al evento y los alrededores del suelo contaminado. o Las muestras serán enviadas a un laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Normalización (INN). o Descontaminar todos los equipos. • Acciones Finales: o Documentación (Reporte Final) o Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos. o Mapa o dibujo del lugar. o Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar. o Fotografías. o Información de la propiedad dañada y/o perjudicada.

  • Se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición.
  • Si la contingencia ocurre en el trayecto hacia el sitio de disposición final, la empresa contratista se comunicará con Jefe de oficina del Titular quien en conjunto con encargado ambiental de empresa de transportes coordinará el retiro de material contaminado y la evaluación de los sitios donde se haya producido la contingencia.
  • No se efectuará acciones de contención sin los elementos de protección personal y recursos materiales de absorción mecánica de sustancias. El personal especializado establecerá las acciones de contención requeridas.

Una vez terminada la contingencia, el jefe de oficina del Titular elaborará un informe de la situación acontecida y dará aviso correspondiente a SEREMI de Salud, SEA y SMA. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faenas es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente.

Se elaborará un informe de la situación de emergencia en caso de daño a personas y/o componente ambiental como suelo o agua, el cual se deberá enviar en un plazo no superior a 24 horas a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.2 del ICE

10.3. Derrames de combustibles líquidos

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre.

Parte, obra o acción asociada Zona de carga de combustible en Instalación de faenas, para trasvasije de combustible (carga in situ) de maquinaria en general y grupos electrógenos, durante las fases de construcción y cierre.

Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia La descarga de combustible se realizará en un área determinada específicamente para carga de combustible, la cual estará claramente demarcada.

En el área de carga y descarga de combustible que se encuentra dentro de las instalaciones del proyecto, se incorporará un pretil y/o lona plástica en la parte inferior de las válvulas.

Se realizará la puesta a tierra del camón cada vez que se realice la actividad de carga y descarga, con la finalidad de evitar la contaminación del recurso suelo y tener fuentes de ignición por carga estática. Cada camión que preste servicio al Proyecto deberá portar extintores a base de Polvo Químico Seco, con su correspondiente sello de seguridad y etiqueta con fecha de revisión Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

y vencimiento, y deberán estar en una adecuada condición de uso, con su carga completa y ubicada de tal manera que puedan utilizarse en forma rápida y expedita. La revisión de su estado se efectuará a lo menos cada 15 días durante la fase de construcción y cierre. Forma de control Registro firmado por el personal de obras de las capacitaciones el cual se encontrará en las oficinas administrativas de la instalación de faenas (en fases de construcción y cierre), y en oficinas administrativas del centro de control (en fase de operación) a disposición de la autoridad para efectos de fiscalización.

La persona que se encuentre a cargo del control de la emergencia se mantendrá en constante contacto con el encardo del PMGD. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de generarse derrames de combustible se contará con un kit de control para dichos derrames, el que corresponde a material de contención y los Elementos de Protección Personal necesarios para que los trabajadores lo puedan retirar. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. Una vez terminada la emergencia generará un informe completo de la emergencia, mencionando y explicando el origen de la emergencia, la gravedad, las medidas tomadas, etc. el que será remitido a la SMA, en un plazo máximo de 30 días hábiles una vez ocurrido el hecho, a través del módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA de acuerdo a lo estipulado en la Resolución N°885/2016.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.3 del ICE

10.4. Incendio en el interior del Proyecto o sus deslindes

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia Se efectuarán inspecciones trimestrales a los equipos y obras del Proyecto, para identificar y prevenir la existencia de situaciones que deban ser modificadas para evitar potenciales incendios.

Se realizará capacitación en prevención y control de incendios -buenas prácticas para evitar la generación y propagación de incendios, uso de extintores, vías de evacuación y zonas de seguridad, etc. - a todo el personal de las obras, al inicio de cada fase o cada vez que ingrese personal nuevo a trabajar en el Proyecto. Se encontrará prohibido utilizar fuego con el fin de quemar basura, quemar vegetación para despejar, realizar asados, o cualquier actividad que pueda llegar a ser una fuente de incendio. Forma de control y seguimiento - Registro de inspecciones a equipos y obras del Proyecto - Registro fotográfico con identificación de zonas habilitadas para fumar. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de detectar humo o llama en gran magnitud y que esté causando daño directo a la propiedad, instalaciones y/o personas cercanas al Proyecto, el personal dará de inmediato aviso de alerta de emergencia, a viva voz y/o por medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc.).

Los aerogeneradores del Proyecto contarán con un sistema autónomo contra incendios que permitirá detectar oportunamente un incendio, contenerlo y/o controlarlo y alertar a los equipos de emergencias durante la fase de operación.

En caso de sobrecalentamiento de los transformadores, se activará el dispositivo que permite cortar la corriente de la sección del Proyecto a la que corresponda dicho transformador, generando un aviso remoto al responsable del monitoreo durante la fase de operación.

En función de la magnitud otorgada a la emergencia, se activará la alarma de incendio parcial o bien en toda la zona del Proyecto.

En función de la clasificación del incidente, el personal deberá evacuar ordenadamente las instalaciones hacia las zonas de seguridad establecidas previamente y debidamente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

señalizadas al interior de las inmediaciones, acorde a lo estipulado en el D.S. N°549/1999 del Ministerio de Salud, específicamente aquello enunciado en los artículos número 37, 42 y 47 de éste.

Se procederá a notificar del evento a autoridades especializadas en el control de incendios, tales como Bomberos (132) y Corporación Nacional Forestal (130), de manera preventiva ante la eventualidad de que el incendio se propague desde las obras del Proyecto hacia su entorno. Si no es posible controlar la situación con recursos propios, se dará aviso inmediato a Bomberos (132).

Una vez controlado el siniestro, y en caso de que el incendio haya afectado a las obras del Proyecto se procederá a realizar una cuantificación de los daños. Posteriormente, se procederá a remediar los daños para poder volver a funcionar de forma normal. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. En caso de que se presente un incendio en el área del Proyecto se dará aviso el jefe de faenas o encargado de seguridad (“HSE”), el cual evaluará la situación.

Una vez pasada la emergencia y en un máximo de 24 horas generará y enviará un informe completo de la emergencia, mencionando y explicando el origen de la emergencia, la gravedad, las medidas tomadas, etc. el que será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.4 del ICE

10.5. Colisión de avifauna y quirópteros (barotrauma) con aerogeneradores

Fase del Proyecto a la que aplica Operación Parte, obra o acción asociada Aerogeneradores, su entorno inmediato.

Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia Las aspas poseerán bandas de color para aumentar su visibilidad.

El sistema de iluminación de las góndolas de los aerogeneradores será a través de luces intermitentes STROBE o LED, y sus destellos se programarán de forma simultánea para reducir el tiempo en que las luces potencialmente atraigan a la fauna voladora.

Se evitará la concentración de basura y de carcasas cerca de las instalaciones del Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico del pintado de aspas una vez finalizada la fase de construcción. Ficha técnica del sistema de iluminación de las góndolas de los aerogeneradores. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de encontrarse ejemplares heridos, ya sea de avifauna colisionados o quirópteros que se encuentren afectados por barotrauma, se aplicará un procedimiento que seguirá los siguientes pasos: - Identificación de la especie. - Aviso de los eventos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) informando la activación del Plan. - Rescate y traslado de animales heridos a centros de rehabilitación. - Finalmente, con los datos obtenidos se elaborará un informe que consolide y sistematice la detección de ejemplares muertos y/o heridos de avifauna y quirópteros por colisión con las aspas de los aerogeneradores del Proyecto.

En caso de encontrarse ejemplares muertos (carcasas), se documentarán en los reportes de búsqueda de carcasas. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. Todas las actividades mencionadas deberán ser reportadas 20 días después del suceso en un informe anual, el cual será subido a la plataforma de la Superintendencia de Medio Ambiente y entregado al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) en los casos que amerite. Dar aviso a la Municipalidad de Ancud. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.5 del ICE

10.6. Accidente de fauna silvestre

Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o

acción asociada Área de instalación del PMGD y caminos de accesos al Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia Se implementará señalética que aluda y advierta a los conductores y personal del Proyecto sobre la presencia de fauna silvestre. Dicha señalética será instalada aledaña al tramo de la ruta local que será utilizada por el Proyecto y al interior del PMGD.

La circulación de vehículos se realizará exclusivamente por caminos habilitados, establecidos y debidamente señalizados para la ejecución del Proyecto. Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre, en el camino (o sectores asociados al camino) y desde un vehículo en movimiento, deberá disminuir la velocidad, encender las luces intermitentes y dar aviso por radio a los conductores que pudieran transitar por dicha área. El vehículo podrá transitar a una velocidad máxima de 30 km/h y con las luces intermitentes encendidas hasta que se haya superado largamente el punto de intersección animal y el camino. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico de las charlas de señalética

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se deberá evitar cualquier movimiento o manejo del animal accidentado, hasta que se tengan indicaciones claras del profesional a contactar. Así mismo, se deberán reducir las causas de estrés, tales como el aglomeramiento de personas alrededor del animal, movimientos bruscos, ruidos, entre otros.

El jefe de faenas deberá realizar una búsqueda y análisis rápido de las causas del accidente, de manera de controlarlas oportunamente y así evitar el aumento del número de ejemplares accidentados. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. Una vez finalizada la emergencia se generará un reporte técnico que será enviado al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la Región, y que además será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo no mayor a 24 horas desde la finalización de la emergencia, a través de la plataforma de la Superintendencia de Medio Ambiente de acuerdo a lo estipulado en la Resolución N°885/2016. Además, de dar aviso a la Municipalidad de Ancud. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.6 del ICE

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10.7. Caída de aspas de los aerogeneradores Fase del Proyecto a la que aplica Operación Parte, obra o

acción asociada Aerogeneradores, y su entorno inmediato

Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia La primera medida para prevenir la contingencia corresponde a garantizar que la construcción y diseño de los aerogeneradores y sus respectivas fundaciones, serán desarrolladas conforme a las recomendaciones del fabricante y la normativa vigente. Las estructuras serán instaladas por personal capacitado y especializado en esta labor.

La supervisión del funcionamiento del PMGD se realizará considerando los requerimientos del fabricante, incluyendo el seguimiento de las condiciones meteorológicas extremas, cuando se tomarán las medidas necesarias para minimizar el riesgo de caída de las aspas.

Luego de un evento meteorológico extremo, se realizará una evaluación del estado de las estructuras que componen los aerogeneradores, para determinar si existen daños, y definir posibles medidas de acción. A través de esta evaluación, se resolverá si es factible la continuidad de operación en condiciones óptimas de seguridad, o si es necesario la reparación o recambio de componentes o estructuras de los aerogeneradores, de acuerdo con las recomendaciones de los fabricantes, con el objetivo de evitar episodios futuros de caída de aspas. También se efectuarán inspecciones preventivas programadas, en concordancia con los planes de mantención y, en caso de que sea necesario, se realizarán mantención de aspas y otras partes móviles de los aerogeneradores, a lo menos una vez por año con el objetivo de identificar y prevenir la existencia de situaciones que deban ser modificadas para evitar una eventual caída de aspas de los aerogeneradores. Además, se realizará capacitación de personal encargado de limpieza y mantención de las inmediaciones de los aerogeneradores. Forma de control y seguimiento Registro de inspección general al estado de la estructura de los aerogeneradores. Se mantendrán registros de mantenciones y actividades afines actualizadas, indicando resultados y medidas tomadas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las acciones para controlar la emergencia en el caso caída de aspas de los aerogeneradores serán: - Aislar el área en el entorno del aerogenerador para evitar ingreso de terceros al área. - Se realizará una inspección el lugar afectado y se evaluarán los daños de estructura, como también el que se pudiese haber generado en los alrededores del aerogenerador. - Se procederá a avisar a los servicios de emergencia pertinentes (carabineros, bomberos, servicio de salud) del evento. - Se procederá a tomar acciones para volver al normal funcionamiento, tales como realizar mantención y/o sustituir el aspa afectada. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. Una vez finalizada la emergencia se generará un informe completo mencionando y explicando el origen de la emergencia, la gravedad, las medidas tomadas, etc. el que será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en un plazo máximo de 24 horas una vez ocurrido el hecho, a través del módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente de acuerdo con lo estipulado en la Resolución N°885/2016. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.7 del ICE

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10.8. Incendio de aerogeneradores Fase del Proyecto a la que aplica Operación Parte, obra o

acción asociada Sector de instalación de aerogeneradores, y área de baterías y su entorno inmediato Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia Se considera que la construcción y diseño de los aerogeneradores y sus respectivas fundaciones, serán desarrolladas conforme a las recomendaciones del fabricante y la normativa vigente. Se verificará que los aerogeneradores cuenten con sus mantenciones al día, dado que, por falta de aceite, por ejemplo, se podría generar un incendio. Asimismo, respecto a pararrayos y protección a tierra, si cae un rayo esto evita que se genere un incendio en el aerogenerador. Se efectuarán inspecciones preventivas programadas, en concordancia con los planes de mantención y, en caso de que sea necesario, se realizarán mantención de los componentes que lo requieran, a lo menos una vez por año con el objetivo de identificar y prevenir la existencia de situaciones que deban ser modificadas para evitar un eventual incendio.

Los equipos de extinción se localizarán en las proximidades de los puntos probables de incendio (aerogeneradores y área de baterías), junto a los caminos internos del PMGD siendo accesibles por parte de los trabajadores y demarcando el área donde están ubicados de acuerdo a la normativa vigente (D.S. N°594/1999 del MINSAL).

Se encontrará prohibido utilizar fuego con el fin de quemar basura, hacer fogatas, realizar asados, o cualquier actividad que pueda llegar a ser una fuente de incendio. Se asignará un área de fumadores en la instalación de faenas. Forma de control y seguimiento Registro de inspección general al estado de la estructura de los aerogeneradores. Se deberá mantener un control de las capacitaciones de prevención y control de incendios a través de un registro firmado por el personal, disponible en oficinas del PMGD para su fiscalización. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las acciones para controlar la emergencia en el caso de incendio de un aerogenerador serán: - Los trabajadores capacitados se responsabilizarán del manejo, mitigación y control inicial de la emergencia., mientras llega la ayuda especializada (Bomberos o brigadistas privados). - Aislar el área en el entorno del aerogenerador siniestrado para evitar ingreso de terceros al área, dando aviso de alerta de emergencia a viva voz y/o por medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc.). - En función de la clasificación de la emergencia, el personal deberá evacuar ordenadamente las instalaciones hacia las zonas de seguridad establecidas previamente y debidamente señalizadas al interior de las inmediaciones, acorde a lo estipulado en el D.S. N°549/del Ministerio de Salud, específicamente aquello enunciado en los artículos número 37 (trata acerca de la identificación y señalización de vías de evacuación y zonas de seguridad), artículo 42 (entre otros puntos, señala la necesidad de establecer un plan de emergencias que considere la evacuación del personal hasta zonas seguras, equipos y elementos para combatir una emergencia con sustancias peligrosas), y artículo 47 de éste (establece las condiciones que se deben cumplir en la ubicación de los extintores en los lugares de trabajo). - Se realizará una inspección el lugar afectado y se evaluarán los daños de estructura, como también el que se pudiese haber generado en los alrededores del aerogenerador.

Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia La oportunidad y vía de comunicación de las emergencias y contingencias del Proyecto dentro de las 24 horas siguientes al evento y a través del módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente de acuerdo con lo estipulado en la Resolución N°885/2016. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.8 del ICE

10.9. Sismos

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada Todo el emplazamiento del Proyecto incluido sus partes, instalaciones de faenas y obras asociadas en cualquiera de sus fases. Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia Se dispondrá de planes de evacuación del personal para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados y las zonas de seguridad, acorde a lo establecido en la NCh2189.Of. 92, lo que será difundido a todos los trabajadores y personas que visiten el Proyecto.

Todos los trabajadores conocerán las zonas seguras ante un movimiento telúrico. El personal de obras o, en su defecto, el personal de la empresa a cargo del aseo del Proyecto mantendrá las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una eventual evacuación.

Se realizarán inspecciones periódicas a las instalaciones y equipos de emergencia. Forma de control y seguimiento Registro de plan de evacuación emitido al personal que haya recibido la instrucción sobre las zonas seguras y el plan de evacuación en caso de sismos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Dependiendo de la intensidad del sismo, el jefe de faenas o encargado del Proyecto evaluarán si es necesario detener la operación. Si es necesario, se cortarán las fuentes de electricidad.

Si es pertinente, se evacuará al personal del lugar de trabajo para dirigirse a las zonas de seguridad establecidas acorde a lo establecido en la NCh2189.Of. 92, en donde no deberá existir peligro de caída de objeto, materiales, etc.

Una vez terminado el sismo se debe evaluar rápidamente el entorno. Evacuar hacia una zona segura y tomar contacto con personal de seguridad. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. En caso de que, a causa del sismo, se hubiera definido la suspensión de faenas, laborales o se genere algún daño estructural o daño a personas, una vez controlada la emergencia, se elaborará un informe que dé cuenta de la activación y ejecución del Plan y del estado de las partes u obras del Proyecto, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 30 días hábiles luego de la finalización de la emergencia, a través del módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente de acuerdo con lo estipulado en la Resolución N°885/2016.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.9 del ICE

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10.10. Condiciones climáticas anormales o extremas

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada Todo las obras temporales y permanentes del Proyecto

Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia Revisión periódica de los pronósticos y alertas meteorológicas proporcionadas por la Dirección de meteorología de Chile (DMC), para el área donde se emplazará el Proyecto.

Si se anuncia que se producirán lluvias:

Se efectuará una inspección de las áreas de trabajo y sectores adyacentes, para verificar que no se encuentren equipos, herramientas o maquinarias sin proteger. - Las piscinas de lavado de camiones mixer se cubrirán con una capa de plástico hermética de polímeros (tipo nylon), para evitar que el agua lluvia se mezcle con el agua residual acumulada en la piscina y se genere un eventual derrame. - Se mantendrán las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una rápida evacuación. - Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona visible. - Protocolo de evacuación a la(a) zona(s) de seguridad del Proyecto. - Entrega de datos de contacto e información ante emergencia por eventos naturales. - Conducción de vehículos 4x4 y protocolos de acción frente a eventos meteorológicos extremos.

Se deberá incorporar en los Planes de Prevención de Emergencias y Contingencias medidas para enfrentar eventos meteorológicos extremos, específicamente para precipitación y viento máximo diario. Lo anterior, en base a los resultados presentados en el Capítulo N°4.1.1 del Anexo 3.10 “Consideraciones de Riesgo Climático”. Forma de control y seguimiento Registro de inspecciones preventivas frente a anuncio de condiciones climáticas adversas en la zona del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrir uno o más eventos meteorológicos extremos, tales como lluvias y vientos de gran magnitud, se procederá a la evacuación de todo el personal hacia los puntos de encuentro o zonas de seguridad, solo como medida preventiva, paralizando todas las actividades que se estén desarrollando.

Una vez que se termine el evento, el personal realizará una rápida revisión del estado de las instalaciones para autorizar el reinicio de las actividades.

Cuando las condiciones meteorológicas vuelvan a ser favorables para el desarrollo de actividades, se deberá evaluar el área de trabajo para su posterior autorización de reanudación de las faenas. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. El jefe de faenas o encargado de seguridad (“HSE”) avisará a las autoridades competentes (Superintendencia del Medio Ambiente, Servicio Agrícola y Ganadero, Secretaría Regional Ministerial de Salud, I. Municipalidad, entre otras), para que estén en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante Condiciones Climáticas Adversas; este aviso se realizará siempre que las condiciones climáticas anormales o extremas tengan efectos sobre el medio ambiente, previa evaluación interna y valoración del aviso para ser informado, en un plazo de 1 mes luego de la finalización de la emergencia.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.10 del ICE

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10.11. Incendio forestal Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada Caminos de acceso, obras temporales y permanentes del Proyecto. El riesgo de incendio forestal se refiere a una condición que puede contribuir al inicio o propagación del fuego por el acopio o acumulación de residuos forestales (residuos vegetales provenientes de la corta en fase de construcción). Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia Se instalarán letreros en las instalaciones del Proyecto visibles desde caminos públicos que contengan información sobre prevención de incendios forestales como por ejemplo no botar colillas de cigarro, no realizar fogatas, no botar basura, etc.; y los respectivos números de contacto (Bomberos 132 y Corporación Nacional Forestal 130).

Se encontrará prohibido utilizar fuego con el fin de quemar basura, hacer fogatas, realizar asados, o cualquier actividad que pueda llegar a ser una fuente de incendio.

La totalidad de los desechos forestales serán entregados, a un comercializador de leña formal, mediante un registro donde se señale la fecha, volumen y nombre de la entidad comercializadora, sin embargo, en el caso de que no se pueda gestionar la totalidad de los desechos menores a 5 cm a un comercializador de leña formal, estos serán chipeados, a su vez, este material será humedecido y reincorporados al suelo vegetal y así favorecer su descomposición natural en sectores que no se verán afectados por las obras del Proyecto, como por ejemplo en el sector de reforestación, adicionalmente, en la medida de lo posible esta actividad será realizada en épocas del año de menor temperatura.

Se realizarán limpiezas con una frecuencia periódica, de acuerdo a la temporada estacional (invierno-verano), a las fajas de los caminos del PMGD y alrededor de toda la instalación que pudiese verse afectada por un incendio forestal, como aerogeneradores y líneas de media tensión, para evitar el contacto con vegetación o material fino seco o muerto.

Comunicación con los propietarios de los predios vecinos del predio del Proyecto, con el objeto de detectar posibles conductas riesgosas de terceros que propicien la generación o bien propagación de un incendio forestal. Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de cada vez que se realicen las limpiezas.

Se realizará un registro fotográfico de cada señalética y de la mantención, los cuales se encontrarán en las oficinas administrativas a disposición de la autoridad ambiental para eventos de fiscalización. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se deberá informar de la emergencia al jefe de faenas o encargado y a las personas que se encuentran cerca de la zona afectada, dando a conocer el tipo y lugar de la emergencia.

Se retirará a todo el personal que se encuentre cercano al foco del incendio a una zona segura alejada de área de emergencia. Permitiendo que los servicios de emergencias especialistas se hagan cargo.

Si es necesario, se deberán cortar las fuentes de suministros y de energía eléctrica del Proyecto.

Se activará el procedimiento contra incendios, se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable.

Se dará aviso inmediato a Bomberos (132), Corporación Nacional Forestal (CONAF) (130) Carabineros (133) y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. Una vez finalizada la emergencia se generará un informe completo con los antecedentes recopilados por bomberos, mencionando y explicando el origen de la emergencia, la gravedad, las medidas tomadas, etc. el que será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en un plazo máximo de 30 días hábiles una vez ocurrido el hecho, a través del módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente de acuerdo a lo estipulado en la Resolución N°885/2016. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.11 del ICE

10.12. Afectación a sitios arqueológicos y/o paleontológicos no registrados previamente Fase del Proyecto a la que aplica Construcción

Parte, obra o acción asociada Actividades de despeje de vegetación, escarpe y excavaciones en el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia Instruir y capacitar al personal del Proyecto relacionado con los trabajos de movimiento de tierras, respecto a las acciones a realizar ante un hallazgo o sitio no registrado previamente, y la relevancia de los sitios arqueológicos y paleontológicos del país, en conformidad a lo establecido en la Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales y normas relacionadas.

Se mantendrá un arqueólogo/a o licenciado en arqueología de forma permanente durante la construcción del Proyecto en toda obra que requiera movimiento de tierras, ya sea: despeje de vegetación, remoción de tierra vegetal y/o excavación. Forma de control y seguimiento Registro de realización de charlas y capacitaciones del personal de faena relacionado con los trabajos de movimiento de tierras.

Documento oficial o, en su defecto, copia legalizada del documento que acredite la calificación académica del profesional arqueólogo/a o licenciado en arqueología que se mantendrá de forma permanente en obras de construcción del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso que se registre un hallazgo de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se deberá dar cumplimiento a la Ley 17.288, que establece, que toda persona, que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos del carácter mencionado, deberá paralizar las obras y se dará aviso inmediatamente del descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 de la referida ley.

Se deberán detener las obras en el lugar donde se generó el hallazgo hasta que el sector sea estudiado por un arqueólogo o un profesional idóneo; y, dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. Dar aviso inmediato al jefe de faenas o encargado de seguridad; y, una vez terminada la emergencia generará un informe completo, mencionando y explicando el origen de la emergencia, la gravedad, las medidas tomadas, etc. el que será remitido al Consejo de Monumentos Nacionales. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.12 del ICE

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10.13. Accidentes que comprometan los recursos hídricos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre

Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto, donde se encuentren cuerpos de agua. Afloramiento de aguas subterráneas durante la construcción de las fundaciones de los aerogeneradores. Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia - El titular instruirá al contratista para que minimice el ingreso al cauce de maquinarias y vehículos, limitándolo a lo estrictamente necesario para la construcción de obras, y prohibiendo además su estacionamiento, reparación o limpieza en dicha zona. - Contractualmente, se prohibirá al contratista el acopio de materiales de corte, inertes o insumos de la construcción en el interior o próximo al cauce, para minimizar riesgo de caída o arrastre de materiales al agua. - Los camiones y vehículos deberán transitar en los caminos establecidos para aquello, además de respetar las velocidades para circular en los caminos de acceso e internos. - Se exigirá la instalación de lonas que cubran las cargas de los camiones tolva, para evitar la caída de material durante el traslado de este y durante las actividades de movimiento de tierra. - Delimitación en plano de las áreas de trabajo cercanas a cursos de agua y supervisión de su materialización en terreno mediante señalización. Los trabajos se concentrarán en esta área evitando que tanto el personal como la maquinaria y vehículos se desplacen fuera de ella. - Capacitación al personal respecto al Plan de contingencia y emergencia del proyecto. - Monitoreo de los parámetros de calidad de las aguas cercanas al área del Proyecto a través de Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFA) o de laboratorios certificados por el Instituto Nacional de Normalización (INN), que sean autorizados por la SMA. Forma de controly seguimiento Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Verificar y tener en obra, registros de capacitaciones realizadas en materias de prevención de derrames y en la forma de actuar para controlarlos, en caso de que ocurra. - Cláusula en contrato de contratistas a cargo del transporte de sustancias peligrosas. - Registro de las charlas firmada por los asistentes. - Informes de monitoreo de los parámetros de calidad de agua. - Registro del Plan de Descontaminación. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: - Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado: - Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. - Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además permita diseñar las medidas para el control. - Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos, añadiendo imágenes fotográficas (con fecha) describiendo los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). - Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. - En caso de ser necesario, se propondrá un Programa de Medidas de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad (sólo en caso de accidentes). - Cuando exista presencia de afloramiento de aguas subterráneas se procederá con las siguientes acciones o medidas: • Dar aviso al jefe de Emergencia. • En el caso de afloramiento al realizar las fundaciones de los aerogeneradores, se excavará un pozo de drenaje con el fin de disminuir el nivel de la napa desde allí. El agotamiento en el pozo de drenaje se realizará mediante bomba succionadora y se procederá con sistema de punteras. Este sistema permite extraer parte del caudal de la napa bajando localmente (puntualmente en la zona de trabajo) el nivel de agua hasta el nivel deseado para realizar los trabajos en seco, restituyendo el agua extraída inmediatamente, mediante un pozo de drenaje. El objetivo de esta acción es devolver las aguas a su condición subsuperficial por absorción del suelo, en la misma cantidad y calidad. • Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. • Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además permita diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. • Se enviará de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos, añadiendo imágenes fotográficas (con fecha) describiendo los procedimientos seguidos y realizando un análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). • Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. • Se deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.13 del ICE

10.14. Riesgo de afectación al área de baterías BESS Fase del Proyecto a la que aplica Operación

Parte, obra o acción asociada Área de Baterías (BESS) Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia El titular realizará un mantenimiento preventivo de manera semestral o según lo indique el fabricante de baterías para detectar desgaste o daño. - El titular realizará mantenimiento correctivo cuando se detecten fallas en el sistema de baterías. - Verificación de correcto funcionamiento de los sistemas de monitoreo remoto (revisión de humedad, temperatura y presión calibrados según fabricante) - El sistema constará de sistema de protección contra incendios en tres niveles (célula, módulo y compartimiento) ver Anexo 5.2 de la Adenda Ciudadana. - Se realizará capacitación y entrenamiento del personal que se encuentre en el Proyecto durante la fase de operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación del personal que garantice que sepan cómo actuar ante una emergencia. - Verificación de las mantenciones al sistema de batería. - Informes de mantenimiento de las instalaciones de manera preventiva semestrales y/o en función de lo que proponga el fabricante. - En caso de incendio, se realizará un informe de daño de la emergencia donde se incluya el impacto de baterías y área afectada. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de detectar humo o llama en gran magnitud y que esté causando daño directo a las baterías del Proyecto, el personal dará de inmediato aviso de alerta de emergencia, a viva voz y/o por medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc.).

En función de la magnitud otorgada a la emergencia, se activará la alarma de incendio parcial o bien en toda la zona del Proyecto.

En función de la clasificación del incidente, el personal deberá evacuar ordenadamente las instalaciones hacia las zonas de seguridad establecidas previamente y debidamente señalizadas al interior de las inmediaciones, acorde a lo estipulado en el D.S. N°549/1999 del Ministerio de Salud, específicamente aquello enunciado en los artículos número 37, 42 y 47 de éste.

Se procederá a notificar del evento a autoridades especializadas en el control de incendios, tales como Bomberos (132) y Corporación Nacional Forestal (130), de manera preventiva ante la eventualidad de que el incendio se propague desde las obras del Proyecto hacia su entorno. Si no es posible controlar la situación con recursos propios, se dará aviso inmediato a Bomberos (132).

Una vez controlado el siniestro, y en caso de que el incendio haya afectado a las obras del Proyecto se procederá a realizar una cuantificación de los daños.

Posteriormente, se procederá a remediar los daños para poder volver a funcionar de forma norma. Oportunidad y vías de comunicación de la SMA de la activación del Plan de emergencia. En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Tabla 7.1.14 del ICE

11.- Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido del acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.

12.- Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que se señala en el Anexo 1. Observaciones Ciudadanas, adjunto a la presente RCA.

13.- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667

14.- Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.

15.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción de este.

16.- Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

17.- Que, para que el proyecto “PMGD Coloane” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

18.- Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

19.- Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

20.- Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

21.- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “PMGD Coloane”, de Coloane SpA.

2°. Certificar que el proyecto “PMGD Coloane” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “PMGD Coloane” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 146, 148, 153, 156, 157 y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Disponer el otorgamiento del permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 119 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5°. Certificar que el proyecto “PMGD Coloane” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4 del presente acto.

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7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la de la Ley Nº19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Paulina Lorena Muñoz Molina Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

JHS/CVC/PSP

Distribución:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Roberto Mayol Brierley roberto.mayol@gmail.com Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl SERNAGEOMIN, Zona Sur <gabriela.mino@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> CONADI, Región de Los Lagos murbano@conadi.gob.cl CONAF, Región de Los Lagos marco.inarejo@conaf.cl DGA, Región de Los Lagos fabiola.pizarro@mop.gov.cl DOH, Región de Los Lagos rodrigo.valenzuela@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Los Lagos alejandro.santana@goreloslagos.cl Ilustre Municipalidad de Ancud vale.ingmedioambiente@gmail.com SAG, Región de Los Lagos cristian.andrade@sag.gob.cl SEC, Región de Los Lagos alomaosorio@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos tania.salas@minagri.gob.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Los Lagos ejaramillo@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región de Los Lagos lalarcon@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región de Los Lagos <sofia.torres@redsalud.gov.cl, carlos.herrera@redsalud.gov.cl> SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos pjoost@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos fnail@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos adelafuente@mma.gob.cl SEREMI MOP, Región de Los Lagos fernando.alvarado@mop.gov.cl Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos lhurtado@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales jplacencia@monumentos.gob.cl Subsecretaría de Pesca y Acuicultura csilva@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl,rhager@subpesca.cl CC: Encargada de PAC maria.correa@sea.gob.cl Oficial de Partes de la Región pgallardo.10@sea.gob.cl Encargado SEIA msanhueza.10@sea.gob.cl Matías Alberto Betancour Soto matibetancoursoto@gmail.com Laura Del Pilar Gómez Opazo laura.gmez@uc.cl Roberto Román Sánchez Antimán rrsanchezantiman@gmail.com Juan Manuel Huentelicán Huentelicán juanmanuelhuentelican@gmail.com Jenny Mariana Ayesha Araya Vega dr.jenny.schmid.araya@gmail.com https://validador.sea.gob.cl/validar/2165798667 Firmado por: Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Fecha: 22/07/2025 14:47:52 CLT Paulina Lorena Muñoz Molina Firmado digitalmente por Paulina Lorena Muñoz Molina Fecha: 2025.07.25 09:50:30 -04'00' Fundación Senda Darwin mabustamante.sanchez@gmail.com Comunidad Indígena Newenche lidiaangelaullon5419@gmail.com Junta de Vecinos Rural de Huicha libertadballeainol@gmail.com Mariela Cecilia Núñez Ávila mnunezavila@gmail.com