Viviendas de integración social D.S.N °19, Condominio Don José Miguel I y II
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el “Viviendas de integración social D.S.N °19, Condominio Don José Miguel I y II”
Santiago
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”) admitida a trámite con fecha 05 de julio de 2023 mediante Resolución Exenta N° 202313001289 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago del Proyecto “Viviendas de integración social D.S.N °19, Condominio Don José Miguel I y II” presentado por INMOBILIARIA BRIO 16 SPA., el 28 de junio de 2023.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) N° 202313109158 de la DIA del Proyecto “Viviendas de integración social D.S.N °19, Condominio Don José Miguel I y II”.
3°. El Acta de Evaluación Nº03/2023 de fecha 19 de diciembre de 2023, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4°. El ICE N° 202313109158 de la DIA del Proyecto “Viviendas de integración social D.S.N °19, Condominio Don José Miguel I y II” de fecha 29 de diciembre de 2023.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 09 de enero de 2024.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Viviendas de integración social D.S.N °19, Condominio Don José Miguel I y II”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº 40, de 30 de octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N° 1/19.653, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 81 de fecha 11 de marzo de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución TRA N° 119046/260/2022 de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y en la Resolución Nº 7, de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776 Firmado Digitalmente por Velentina Alejandra Duran Medina Fecha: 22-01-2024 18:38:37:656 UTC -03:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Velentina Alejandra Duran Medina Fecha: 22-01-2024 18:38:38:338 UTC -03:00 Razón: Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que INMOBILIARIA BRIO 16 SPA (en adelante, el “Titular”) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) la DIA del Proyecto “Viviendas de integración social D.S.N °19, Condominio Don José Miguel I y II” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social INMOBILIARIA BRIO 16 SPA. Rut 77.015.581-9 Domicilio Av. Américo Vespucio 1301, Quilicura, Región Metropolitana. Teléfono +56 02 3273 9400 - 41 313 3095. Nombre representante legal Viviana Del Pilar Berrios Romero. Rut representante legal 12.960.818-8 Domicilio representante legal Av. Américo Vespucio 1301, Quilicura, Región Metropolitana. Teléfono representante legal +56 02 3273 9400 - 41 313 3095 Correo electrónico Titular o representante legal proyectos.20417@gmail.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de diciembre de 2023, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana ha recomendado no aprobar el Proyecto, considerando que:
• No Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; • No Cumple con los requisitos contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalado en el artículo142 del D.S. Nº 40/2012 MMA; • Genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 09 de enero de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana acordó calificar desfavorablemente el proyecto “Viviendas de integración social D.S.N °19, Condominio Don José Miguel I y II”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 29 de diciembre de 2024, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto “Viviendas de integración social D.S.N °19, Condominio Don José Miguel I y II” (en adelante, el “Proyecto”) es atender la demanda habitacional de la comuna de Renca, mediante la construcción y habilitación de dos condominios, que en total sumarán 504 departamentos distribuidos en un total de 6 edificios con 7 pisos cada uno. Descripción general del Proyecto El Proyecto consiste en la construcción y habilitación de dos condominios que, en conjunto, constituirán 504 departamentos y 6 edificios. Cada condominio estará comprenderá un total de 252 departamentos distribuidos en tres edificios respectivamente, de similares características, 7 pisos y 84 departamentos cada uno, según la siguiente distribución. Tabla 1: Características de los departamentos. Tipología Vivienda Conformación Superficie Número de Departamentos Condominio I Número de Departamentos Condominio II Total del Proyecto A 2D + 1B 49,56 126 126 252 B 2D + 1B 53,58 42 42 84 B1 2D + 1B 53,62 21 21 42 C 2D + 1B 57,59 60 60 120 C1 2D + 1B 59,56 3 3 6 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Total 252 252 504 Fuente: Tabla 3. Tipología y cantidad de departamentos del proyecto de la DIA.
Además, se proyectan obras complementarias tales como: áreas verdes, 2 salas multiuso, 424 estacionamientos vehiculares, 430 estacionamientos para bicicletas, 4 locales comerciales, zonas de precarguío de residuos y punto limpio, obras de accesibilidad universal, 2 caseta de conserjería, obras para el suministro de agua potable, obras de alcantarillado, solución para aguas lluvias, pavimentación, vialidad interna y vialidad externa (Ver acápite 1.2.2 de la DIA). La construcción de cada condominio durará 24 meses. No obstante, dado que difieren en su fecha de inicio de construcción, la duración total de la fase de construcción del proyecto tendrá una duración de 29 meses (Ver acápite 1.2.2 de la DIA). Ver Tabla 15 de la DIA, en donde, se ilustra Cronograma General del Proyecto en relación con las fases constructivas de la DIA. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones. Tipología principal: De acuerdo con el artículo 10 de la Ley N° 19.300 y al artículo 3 del D.S. N° 40/2012, del MMA, el Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra: “h.1.3) que se emplace en una superficie igual o superior a siete (7) hectáreas, o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.” Vida útil Indefinida. Monto de inversión USD 27.400.000,000.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto de modo sistemático, ininterrumpido y permanente es la instalación de faenas (Ver acápite 1.2.9 de la DIA). Proyecto se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se desarrollará por etapas, de acuerdo con lo señalado en el acápite 1.2.8 de la DIA.
X Proyecto modifica un Proyecto o actividad Si No El Proyecto no modifica otro Proyecto, acuerdo con lo señalado en el acápite 1.2.7 de la DIA.
X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto no modifica otra RCA, de acuerdo con lo señalado en el acápite 1.2.8 de la DIA.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se encuentra ubicado en la comuna Renca, provincia de Santiago, de la Región Metropolitana, específicamente en Avenida José Miguel Infante, en las propiedades de ROL 12899-14 y ROL 12899-15. Descripción de la localización El sitio de emplazamiento en donde se encuentra localizado el Proyecto, se sitúa dentro en sector urbano de la comuna de Macul, en la Zona ZM-2: “Zona Residencial Mixta Densidad Alta Comercial” del Plan Regulador Comunal de Macul, que permite los usos residenciales, áreas verdes y equipamiento, tal como se especifica en el Certificado de Informaciones Previas (CIP) y la Resolución de Aprobación de Anteproyecto de Edificación otorgada por la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Macul (ambos presentados en el Anexo B de la DIA). Además, en el área de emplazamiento se destaca la conectividad del sector por vías principales, así como la presencia de comercio y servicios. Por último, El detalle y análisis de la relación del proyecto con las políticas y planes de desarrollo, se presenta en el Capítulo 5 de la DIA, en donde se analizan la Estrategia Regional de Desarrollo, Capital Ciudadana, R.M., 2012- 2021 y el Plan de Desarrollo Comunal 2020-2026 (Ver acápite 2.2 de la DIA). Superficie El Proyecto que consta de la construcción de los condominios Don José Miguel I y Don José Miguel II, se emplazará en una superficie bruta que comprende 45.552 m2. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
De dicha superficie, 9.808,43 m2 corresponderá a urbanización externa y 35.743,61 m2 será la superficie útil para las obras del proyecto. (Ver Tabla 5 del Acápite 1.3.3 de la DIA). Asimismo, en el Anexo 3 de la DIA, se adjunta el plano de loteo general. Coordenadas UTM en Datum WGS84 En la siguiente tabla muestra las coordenadas en UTM Datum WGS84 H19S, de los vértices que conforman el polígono de ubicación del (Ver acápite 1.3.2 de la DIA): Tabla 2. Coordenadas de localización del Proyecto, Datum WGS 84, Huso 19S Vértice Coordenadas UTM Norte (m) Este (m) A 6302223 337060 B 6302368 337245 C 6302398 337304 D 6302399 337420 E 6302285 337412 F 6302284 337368 G 6302221 337365 Fuente: Tabla 4. Ubicación georreferenciada del área del proyecto de la DIA. Caminos de acceso En la fase de construcción se podrá acceder al proyecto por la vía Avenida José Miguel Infante, la cual intercepta a la Avenida Vicuña Mackenna y que a su vez, esta última, conecta con la Autopista Costanera Norte. Para la fase de operación, se accede al proyecto a través de la vía Avenida José Miguel infante. (ver acápite 1.3.4 de la DIA). Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferencia ción e información complementar ia sobre la localización de sus partes, obras y acciones - Tabla 4 de la DIA, Coordenadas del área del Proyecto. - Anexo 3 de la DIA, Plano General del Proyecto y KMZ - Anexo 4 de la DIA, Planos y Especificaciones Técnicas del Proyecto.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción Instalación de faenas (IIFF). La instalación de faenas consistirá principalmente en la habilitación de recintos de construcción liviana o contenedores reacondicionados y espacios definidos para oficinas, también se incluyen bodegas y talleres, y estacionamientos de vehículos y maquinarias. Esta fase contará con la instalación de un cierre perimetral que restrinja el acceso a la zona de construcción de personas ajenas a la obra, para lo cual se instalará una caseta de control de entrada con personal de guardia las 24 horas del día. Dicho acceso prestará servicios para la entrada y salida de camiones, vehículos de carga, personal, etc., y contará con la señalización de tránsito respectiva indicando el ingreso y salida de camiones. El área de la instalación de faenas contará con las siguientes instalaciones y espacios de acopio temporal: • Cierre perimetral; Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
• Caseta de Guardia; • Oficinas administrativas; • Comedor; • Baños químicos en los frentes de trabajo; • Camarines y duchas; • Bodega de sustancias peligrosas; • Bodega de combustible; • Acopio de moldaje; • Acopio de materiales; • Banco de enfierradores; • Patio de acopio de fierro; • Estacionamiento de maquinaria; • Estacionamiento de vehículos; • Acopio temporal de residuos no peligrosos; • Acopio temporal de residuos asimilables a domésticos; • Acopio de escombros; • Bodega de residuos peligrosos; • Sector de lavado de ruedas y canoas de camión mixer. Ver acápite 1.5.1 de la DIA. Cierre perimetral, y Caseta de Guardia Cierre perimetral: Consiste en un cercado del terreno para evitar acceso de personas ajenas a las obras. Caseta de guardia: En el acceso a la obra se ubicará una caseta de control de ingreso de 1,5 m x 1,5 m. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. Oficinas y Comedor Oficinas administrativas: Contará con oficinas tipo conteiner equipadas o similar para ser utilizadas por el personal administrativo de las obras. Comedor: Instalación techada y acondicionada como comedor, de conformidad con lo establecido en el D.S. N° 594/1999 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. Servicios Higiénicos Baños: De acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 594/1999, se dispondrá́ de baños químicos para los trabajadores. Camarines y ducha: La faena contará con camarines y duchas de acuerdo con lo establecido en el D.S. N° 594/1999, según las dimensiones que se indican en el plano de la instalación de faenas. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. Bodega de sustancias peligrosas Bodega de sustancias peligrosas: Para materiales inflamables o tóxicos, tales como pinturas y aceites, se dispondrá́ una bodega de 4 m de largo por 2 m de ancho. Esta bodega cumplirá́ con las condiciones de seguridad de manera de evitar riesgo en la salud de la población. Bodega de combustible: Para el combustible, se dispondrá́ una bodega de 4 m de largo por 2 m de ancho, que contará con todas las medidas de seguridad de manera de evitar alguna contingencia. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. Áreas de Acopio Acopio de moldaje: En la instalación de faena se dispondrá́ de un área de acopio de los moldajes utilizados en la construcción de las obras. Será un sector con una superficie de 7 m de ancho por 8 m de largo. Acopio de materiales: Para la ejecución de las obras, se dispondrá́ de un sector de acopio de materiales de construcción. Este sector será́ aproximadamente de 7 m de ancho por 8 m de largo. Banco de enfierradores: Consistirá́ en un sector en la instalación de faenas de aproximadamente 12 m de largo por 3 m de ancho en donde se realizará la enfierradura de las obras. Patio de acopio de fierro: Consistirá́ en un sector en la instalación de faenas de aproximadamente 15 m de largo por 6 m de ancho, designado para el acopio del fierro. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. Acopio temporal de residuos no peligrosos Acopio temporal de residuos no peligrosos: Corresponde a un sitio asignado en faenas para acopiar todos los residuos que no sean de clasificación peligrosa. Sus dimensiones aproximadas son 8 m de largo por 4 de ancho. Esta zona estará́ debidamente señalizada y delimitada. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Acopio temporal de residuos asimilables a domésticos: En la faena se dispondrá́ de un sector exclusivo de disposición temporal de los residuos asimilables a domésticos. En este sector se dispondrán los contenedores de basura de 360 litros. Cabe señalar que habrá́ 6 contenedores de 360 litros en la faena. Acopio de escombros: En la instalación de faenas se contará con un sector designado exclusivamente para el acopio de escombro. Cualquier residuo catalogado como escombro se dispondrá́ en este sector de 5 m de ancho por 5 m de largo aproximadamente. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. Bodega de residuos peligrosos Bodega de residuos peligrosos: Esta bodega abarca una superficie aproximada de 8 m2. Además, contará con las autorizaciones sanitarias correspondientes y será ejecutada conforme las exigencias del D.S. N°148/2003 “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. En la DIA se adjunta el PAS asociado a la bodega de residuos peligrosos. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. Estacionamientos Estacionamiento de maquinaria: Sitio en la instalación de faenas, designado para el estacionamiento de maquinarias. Su ubicación se indica en el plano de instalación de faenas. Será una superficie plana y sin vegetación. Estacionamiento de Vehículos: Sitio en la instalación de faenas, designado para el estacionamiento de vehículos. Su ubicación se indica en el plano de instalación de faenas. Será una superficie plana y sin vegetación. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. Sector de lavado de ruedas y canoas de camión mixer Sector de lavado de ruedas y canoas de camión mixer: Consistirá́ en una losa de concreto con radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm., con rampas de acceso y salida. La base de 5 m x 10 m, estará́ construida por capas, para evitar infiltración y mantener el agua residual contenida en la zona lavado. A fin de disminuir el gasto de agua y ejecutar de manera eficiente el lavado, se utilizará una hidrolavadora para retirar todos los restos de tierra o barro adherido en las ruedas. Posteriormente, el agua residual que se genera de la actividad de lavado quedará contenido tanto en la estructura de hormigón (cajón de lavado), así́ como también, en un estanque externo decantador de 5 m3, desde donde se extraerá́ el agua residual y decantada para reutilizar en el lavado de ruedas con el apoyo de la hidrolavadora. Cabe señalar que, en la medida que la cantidad de solidos suspendidos en el agua no permita el uso de maquinaria o lavado de ruedas, se efectuará el retiro de toda el agua residual contenida en el cajón de lavado y en el estanque decantador, a través de una empresa externa autorizada para el retiro y que cuente con lugar óptimo para la disposición final de este tipo de residuos. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. 4.3.1.2 ACCIONES Nombre Descripción Preparación del terreno La preparación del terreno se iniciará con el cierre y la limpieza del predio, labor que implicará el retiro de la cobertura vegetal mediante escarpe con maquinaria. La cobertura vegetal será́ apartada y utilizada como relleno para áreas verdes dentro del Proyecto y los excedentes de excavaciones para rellenar los desniveles existentes, emparejar sitios, rellenar áreas verdes y veredones. Posteriormente, se realizará la nivelación de la superficie a través de excavaciones y movimientos de tierra, con el objetivo de alcanzar el nivel para la adecuación y mejoramiento de la calidad del terreno previo a la construcción de los edificios y obras complementarias. Finalmente, se realizará la definición de trazados y niveles para calles, áreas verdes, estacionamientos, locales comerciales, sede social, equipamientos y viviendas. La superficie total a intervenir corresponde a 45.552 m2, estimándose un volumen total de tierra a ser removida de 6.832,8 m3, considerando un escarpe de 15 cm. Estos trabajos serán realizados mediante retroexcavadora y su transporte con camiones tolva de 20 toneladas de capacidad. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Control de acceso y flujo vehicular. En la Fase de construcción se podrá́ acceder al proyecto por la vía Avenida José Miguel Infante, la cual intersecta a la Avenida Vicuña Mackenna y que, a su vez, esta última, conecta con la Autopista Costanera Norte. Para la fase de construcción el Proyecto se considera medidas de control con la finalidad de no afectar la libre circulación, conectividad o un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento. Se mantendrá́ en forma permanente un cuidador que tendrá́ la labor de controlar el acceso a la obra y apoyar la entrada y salida de los vehículos. En este sector se controlará periódicamente el cumplimiento de las medidas de seguridad y se instalarán las señaléticas necesarias y normadas tendientes a minimizar y prevenir riegos, tanto para la salida como la entrada de vehículos. El arribo de camiones en general será́ planificado fuera de los horarios punta, así́ como también su permanencia en la obra, evitando aglomeraciones excesivas de vehículos en la calzada e irrupciones del tránsito normal. De esta manera, los camiones cargarán y/o descargarán materiales según sea el caso, al interior del predio. Para este fin, se habilitará un sector en el área de construcción, facilitando así́ el ingreso y permanencia de los vehículos mayores al interior del sitio del Proyecto. Los horarios que presentarán una mayor concentración de demanda son los horarios punta mañana y punta tarde, determinando las siguientes horas características: • Punta Mañana día laboral: 6:30 – 9:30 • Punta Tarde día laboral: 17:00 – 20:00 Finalmente, para acreditar en la fase de construcción el arribo de vehículos fuera del horario punta y poseer un control del tránsito de vehículos y camiones, se implementará un registro que será́ debidamente completado por el personal a cargo del control de acceso y egreso a las obras del área de emplazamiento del Proyecto. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. Edificios El proyecto consiste en la construcción de 504 departamentos, distribuidos en 2 condominios de 3 edificios cada uno. Todos los edificios del proyecto serán de similares características, correspondientes a 7 niveles y 84 departamentos. Los planos y especificaciones técnicas de los departamentos y edificios se adjuntan en el Anexo 4.1. de la DIA. Cabe señalar, que el proyecto presenta cinco tipologías de departamentos. Las obras para los edificios incluyen el trazado y niveles, ejecución de las fundaciones, construcción de muros, lozas y techumbre, instalaciones eléctricas, instalaciones para agua potable y alcantarillado y terminaciones. Todo esto según el documento de especificaciones técnicas adjunto en el Anexo 4.1. de la DIA. Por otra parte, el Proyecto incluye estacionamientos los que serán ejecutados de acuerdo con las exigencias a la Ordenanza del Plan Regulador Comunal Vigente de la Comuna de Renca. El Proyecto incluye 424 estacionamientos vehiculares, dispuestos espacialmente según se presenta en el plano general del proyecto Anexo 3 de la DIA. Además, se incluyen 430 estacionamientos para bicicletas. Finalmente, se efectúa un Informe Vial Básico que se detalla en el Capítulo 2.7.3 de la DIA y se adjunta en el Anexo 16 de la DIA. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. Urbanización y obras complementarias. La urbanización corresponderá a la construcción de la infraestructura básica para el desarrollo del Proyecto conforme al artículo 138 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Los elementos de diseño urbano incorporados en el Proyecto inmobiliario son los siguientes: - Áreas verdes. - Pérgolas. - Sala Multiuso. - Locales comerciales. - Caseta de conserjería. - Obras de conexión el sumidero de agua potable. - Obras de evacuación de aguas servidas y alcantarillado. - Obras de pavimentación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
- Proyecto de aguas lluvias.
- Suministro eléctrico. Ver acápite 1.5.1. de la DIA. 4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Provisión de agua potable El agua requerida será suministrada en primera instancia por terceros a través de agua potable envasada con sistemas de dispensadores para el consumo humano, dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable D.S Nº 594/1999 MINSAL, en sus artículos 13, 14 y 15, hasta que se realice la conexión a las redes de agua potable de Aguas Andinas dado que el proyecto cuenta con factibilidad de este servicio, otorgado por la empresa Aguas Andinas mediante certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la DIA. Ver acápite 1.5.5. de la DIA. Servicios higiénicos La instalación de faenas contará con baños químicos. Este sistema se utilizará sólo hasta la finalización de la conexión al sistema de alcantarillado de la Empresa Aguas Andinas, dado que el proyecto cuenta con factibilidad para ejecutar dicha conexión Según los certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la DIA. Los baños químicos serán proporcionados por una empresa autorizada y se exigirá al contratista la documentación que acredite que el vertido de las aguas servidas se efectuará en un lugar autorizado sanitariamente. La cantidad y disposición cumplirán con la normativa vigente aplicable D.S N°594/1999 MINSAL. Ver acápite 1.5.5. de la DIA. Electricidad El abastecimiento de electricidad será mediante la conexión a la red existente de CGE Distribución S.A. y será acorde con los requerimientos del Proyecto. Todas las redes de electricidad, de alumbrado público y sus respectivas obras complementarias, las cuales se ejecutarán en conformidad a las normas y especificaciones sobre diseño y construcción, de acuerdo con las normas técnicas vigentes. De acuerdo con la factibilidad de suministro eléctrico por parte de la empresa CGE Distribución S.A. Ver acápite 1.5.5. de la DIA. Alimentación La alimentación de los trabajadores, que participan en esta fase, será proporcionada por ellos mismos, para lo cual, dentro de la instalación de faenas se habilitará un comedor tipo container, que contará con mobiliario para atender a los trabajadores, tales como, mesas con cubierta lavable, sillas, refrigerador, lavaplatos, microondas, etc., lo anterior para cubrir la alimentación diaria; colación y almuerzo de todo el personal de faenas en horario establecidos dentro del recinto. Ver acápite 1.5.5. de la DIA. Transporte Los trabajadores que participan de las fases de construcción de este proyecto se trasladarán hacia la faena en locomoción colectiva o vehículos particulares y/o bicicletas, según su conveniencia o preferencia. Ver acápite 1.5.5. de la DIA. Suministro de combustible En cuanto al suministro de combustible para vehículos y maquinarias, éstos se abastecerán a través de estaciones de servicios cercanas al emplazamiento del Proyecto. Ver acápite 1.5.5. de la DIA. 4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES Al respecto dado que, para ejecutar la construcción de las obras del proyecto, se requiere realizar una limpieza de la capa vegetal, mediante escarpe superficial de suelo y además se contemplan excavaciones para cimientos y canalizaciones; el Proyecto requerirá extraer y utilizar parte del suelo del terreno, el que será posteriormente utilizado en nivelaciones dentro de la misma área de emplazamiento. La superficie total a intervenir corresponde a 45.552 m, estimándose un volumen total de tierra a ser removida de 6.832,8 m3, considerando un escarpe de 15 cm. Respecto a otros recursos naturales, cabe señalar que el proyecto en la fase de construcción no extraerá agua directamente desde algún cauce superficial o napa subterránea. El uso de agua en la fase de construcción corresponderá principalmente a agua potable para los trabajadores, suministrada por una empresa mediante agua envasada y con dispensadores y agua para preparación de hormigón, humectación y lavado de camiones mixer. Toda el agua utilizada será suministrada por terceros, específicamente, empresas que cumplan con la legislación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
aplicable en cada caso.. 4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA Nombre Descripción Emisiones atmosféricas Para la fase de construcción, se estiman que se generarán emisiones fugitivas de material particulado y gases de combustión, principalmente polvo resuspendido por las actividades de preparación del terreno (escarpes), excavación y debido al tránsito de vehículos pesados dentro del recinto durante el desarrollo del proyecto. Las actividades generadoras se presentan en la siguiente tabla.
Tabla 3. Fuentes de emisiones atmosféricas identificadas en fase de construcción. Tipo Actividad emisora Tipo de contaminante Directa Escarpe superficial MP10 y MP2,5 Directa Excavaciones MP10 y MP2,5 Directa Operaciones de carga y descarga de material MP10 y MP2,5 Directa Erosión eólica el suelo intervenido MP10 y MP2,5 Directa Compactación MP10 y MP2,5 Directa e indirecta Tránsito por caminos no pavimentados al interior del sitio donde se emplaza el Proyecto (vehículos) MP10 y MP2,5 y gases de combustión Directa e indirecta Tránsito por caminos pavimentados (vehículos) MP10 y MP2,5 y gases de combustión Directa Emisiones de combustión de maquinaria y vehículos MP10 y MP2,5 y gases de combustión Fuente: Tabla 36 del Anexo 11. Fuentes de emisiones atmosféricas identificadas en fase de construcción de la DIA. De acuerdo a los resultados obtenidos en la estimación de emisiones atmosféricas que se presentan en el informe del Anexo 11 de la DIA, junto a la memoria de cálculo, los resultados para las emisiones atmosféricas en la fase de construcción son los siguientes.
Tabla 4. Resumen Emisiones Atmosféricas en la fase de construcción. Año Emisión (t/año) MP10 MP2.5 Nox SO2 CO 2024 7,83, E-01 2,05, E-01 2,59, E-01 3,30, E-03 5,60, E-01 2025 3,45, E-01 9,29, E-02 1,12, E-01 1,50, E-03 2,67, E-01 2026 3,22, E-02 8,94, E-03 8,06, E-04 6,05, E-06 3,51, E-04 Fuente: Tabla 37 del Anexo 11. Resumen Emisiones Atmosféricas fase de construcción de la DIA. De acuerdo a lo señalado, no se superarán los valores máximos permitidos para MP10, MP2,5, NOx y SO2, establecidos en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago, Decreto 31/2017 del MMA. Además, se consideran medidas de control para emisiones atmosféricas. En síntesis, las emisiones en fase de construcción no superan los límites indicados en el Artículo 64 del PPDA para la región Metropolitana de Santiago (D.S. N°31/2017) correspondiente a 2,5 t/año de MP 10; 2,0 t/año de MP2,5; 8 t/año de NOx y 10 t/año de SO2. Ver Anexo 11. Resumen Emisiones Atmosféricas de la DIA La SEREMI del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana de Santiago, en su Oficio ORD. N° 598 de fecha 26 de julio de 2023, a objeto de acreditar que se encuentren debidamente identificadas las actividades asociadas al proyecto y la cuantificación de sus emisiones, en función de determinar si corresponde compensar emisiones respecto al cumplimiento del D.S. N° 31/2016, solicita ampliar la presentación del Anexo 11 de la DIA y aclarar la metodología utilizada. Finalmente, se señala que el artículo 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del Programa de Compensación de Emisiones. 4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos asimilables a domiciliarios Durante la Fase de Construcción se estima generar un volumen de 14,74 m3/año de residuos asimilables a domiciliarios personales (restos orgánicos, plásticos, papel, etc.), en una cantidad de 26.532 kg/año. El almacenamiento temporal se realizará en contenedores de 360 Litros con tapa, rotulados en área de acopio temporal destinada para este tipo de residuos en la instalación de faenas. El transporte, retiro y disposición final, se realizará 3 veces por semana desarrollado por empresa autorizada, hasta relleno sanitario autorizado. Residuos no peligrosos Durante la Fase de Construcción se estima generar lo siguiente:
Tabla 5. Resumen de residuos asimilables a domiciliarios y no peligrosos generados en la fase de construcción. Tipo de residuo Caracterización Almacenamiento Frecuencia retiro/responsa ble/ disposición final Cualitativa Cuantitativa
Fuente Volumen (m3/mes) Cantidad (Kg/año) Asimilables a domiciliario Personales (restos orgánicos, plásticos, papel, etc.) 14,74 26.532 Contenedores de 360 Litros con tapa, rotulados en área de acopio temporal destinada para este tipo de residuos en la instalación de faenas. Retiro, transporte y disposición final 3 veces por semana desarrollado por empresa autorizada, hasta relleno sanitario autorizado. No peligrosos Restos de metales (armaduras de acero, estructuras metálicas, perfiles para montar yeso cartón, paneles de encofrado en mal estado 0,04 257 Área de acopio temporal de residuos no peligrosos en la instalación de faenas. Retiro y transporte una vez por mes a sitio autorizado sanitariamente (se mantendrán certificados, boletas y/o facturas que lo acrediten).
Madera (restos de cortes o dimensionad o, de encofrados y pallets de madera). 0,03 0,41
Papel y cartón (sacos de cemento, de yeso y de arena y cal, y cajas de cartón) 0,05 51,1
Plásticos (restos de lonas y cintas de protección, conductos, marcos de ventana) 0,01 8,3
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Escombros (ladrillos, cerámicas, azulejos, hormigón y mortero endurecido) 5,33 10226,9
Escarpe y excavaciones 759,2 911034,4
Relleno en áreas verdes, desniveles existentes, emparejar sitios y veredones
Total 764,66 921740,7 - - Fuente: Tabla 40. Resumen residuos generados en fases de construcción de la DIA.
El almacenamiento temporal contará con un área de acopio temporal de residuos no peligrosos en la instalación de faenas. El transporte, retiro y disposición final, se realizará 1 vez por mes a sitio autorizado sanitariamente (se mantendrán certificados, boletas y/o facturas que lo acrediten). 4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Nombre Descripción Ruido En el Anexo 12 de la DIA, se realiza el estudio de ruido, mediciones en terreno del ruido de fondo, en sectores de evaluación correspondientes a zonas habitadas próximas a los trabajos a desarrollar, según el criterio de la menor distancia entre fuente y receptor; modelación de emisiones acústicas considerando la situación con proyecto y su posterior evaluación de cumplimiento de la normativa ambiental vigente. A su vez, en el Acápite 1.5.7. de la DIA, se indica la ubicación de los puntos de medición de ruido (puntos P1 a P5), fotografías, descripción de los puntos medidos, se describe la georreferenciación de coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 19H). Luego se realiza la medición de ruido de fondo, considerando el peor escenario correspondiente a la fase de construcción del proyecto, evaluando las emisiones de ruido sobre los puntos asociados al receptor, según los máximos permisibles especificados en la normativa El nivel proyectado en la fase de construcción, se muestran en la siguiente tabla:
Tabla 6. Evaluación del nivel proyectado en la Fase de Construcción. Punto Fase de construcción dB(A) Máximo D.S. N°38/11 diurno dB(A) Supera Si / No E1 E2 E3 E1 E2 E3 P1 61 62 55 60 SI SI NO P1.1 62 62 56 60 SI SI NO P2 66 64 58 60 SI SI NO P2.1 66 64 59 60 SI SI NO P3 68 68 67 60 SI SI SI P3.1 68 68 68 60 SI SI SI P4 58 65 63 60 NO SI SI P4.1 58 66 64 60 NO SI SI P5 52 67 62 60 NO SI SI P5.1 53 66 64 60 NO SI SI Fuente: Tabla 25. Evaluación del nivel proyectado en la Fase de Construcción de la DIA. De acuerdo con las proyecciones realizadas, se prevé superación de la norma en la línea base evaluada para la fase de construcción del proyecto, para receptores existentes. Debido a esta condición se hace necesaria la implementación de medidas de control de ruido a las faenas. La evaluación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
se estima únicamente en jornada diurna debido a que la fase se realizará dentro de los límites horarios para dicho período. Medidas de control de ruido: • MCR1: Barrera acústica perimetral. • MCR2: Cierre acústico móvil y cierres en altura. • MCR3: Cierre acústico para faenas puntuales. • MCR4: Túnel acústico para camión de hormigonado. • MCR5: Descarga de residuos de construcción. • Requerimiento al funcionamiento de maquinaria: silenciadores de escape en motores a combustión, y mantenimiento de maquinarias.
La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la fase de Construcción para los frentes de trabajo, considerando la medida de control propuesta para la jornada diurna, se detalla en la siguiente tabla:
Tabla 7. Evaluación de los niveles proyectados para la Fase de Construcción, en Jornada Diurna, con medidas de control. Punto Fase de construcción dB(A) Máximo D.S. N°38/11 diurno dB(A) Supera Si / No E1 E2 E3 E1 E2 E3 P1 51 48 47 60 NO NO NO P1.1 52 50 48 60 NO NO NO P2 55 48 45 60 NO NO NO P2.1 56 50 47 60 NO NO NO P3 56 54 48 60 NO NO NO P3.1 57 56 51 60 NO NO NO P4 48 50 46 60 NO NO NO P4.1 49 51 47 60 NO NO NO P5 52 51 45 60 NO NO NO P5.1 52 56 51 60 NO NO NO Fuente: Tabla 30. Evaluación de los niveles proyectados para la Fase de Construcción, en Jornada Diurna, con medidas de control de la DIA.
La evaluación solo se realizó en horario diurno debido a la naturaleza de las actividades, las cuales serán desarrolladas únicamente en dicho periodo de evaluación. En base a la proyección realizada, se puede concluir que es posible atenuar el nivel de ruido generado por la Fase de Construcción, mediante la completa implementación de la medida de control propuesta. Ver más detalles en Anexo 12 de la DIA. Vibraciones La modelación se realiza para la fase de construcción como peor condición, en el Acápite 1.5.7. de la DIA se visualiza la metodología de estimación de velocidad vibratoria, se considera la maquinaria de mayor emisión asociado a las faenas a desarrollar. Según el cálculo desarrollado, la proyección de vibraciones considero la maquinaria rodillo vibratorio, lo cual entrega un valor para Lv de 82 VdB a proyectar, siendo evaluado como equipo considerado de mayor emisión de vibraciones según las actividades a desarrollar, estimando la peor condición. Según la proyección es posible evaluar la influencia de las vibraciones generadas por la obra de construcción, en relación con los puntos evaluados, con los siguientes resultados:
Tabla 8. Evaluación de los niveles proyectados [VdB] para la Fase de Construcción. Punto Fase de construcció n VdB Valor Criterio 2 VdB Supera Si / No P1 60 72 NO P2 71 72 NO P3 72 72 NO Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
P4 73 72 SI P5 69 72 NO Fuente: Tabla 33. Evaluación de los niveles de vibración proyectados [VdB] para la Fase de Construcción de la DIA.
De acuerdo con los valores presentados en la tabla, los niveles de vibración proyectados hacia los receptores se encuentran sobre el nivel límite para criterio de molestia en Categoría 2, por lo cual, se aplican medidas de control, en base a la vibración generada por las actividades de construcción, considerando las edificaciones próximas existentes.
En el Acápite 1.5.7. de la DIA, se detallan las medidas de control para vibración, a considerar la ubicación y los procesos de la faena a desarrollar. Se desarrollaron consideraciones de diseño del proyecto; secuencia de operaciones; métodos alternativos de construcción; y control de vibración mediante la delimitación de una zona de seguridad. Luego del escenario a existir considerando la implementación de las medidas de control a la fase de construcción del proyecto. En la proyección se incorpora la zona de seguridad, la evaluación de la medida de control para vibraciones obtuvo los siguientes resultados:
Tabla 9. Evaluación de los niveles de vibraciones proyectados [VdB] para la Fase de Construcción. Punto Fase de construcció n VdB Valor Criterio 2 VdB Supera Si / No P1 58 72 NO P2 68 72 NO P3 69 72 NO P4 69 72 NO P5 66 72 NO Fuente: Tabla 35. Evaluación de los niveles de vibración proyectados [VdB] para la Fase de Construcción de la DIA. La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N° 2288 de fecha 26 de julio de 2023, solicita al titular entregar los cálculos y describir cómo llega a tales niveles de vibración en cada receptor, de modo de respaldar tales resultados. 4.3.5 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS 4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos asimilables a domiciliarios Durante la Fase de Construcción se estima generar un volumen de 14,74 m3/año de residuos asimilables a domiciliarios personales (restos orgánicos, plásticos, papel, etc.), en una cantidad de 26.532 kg/año. El almacenamiento temporal se realizará en contenedores de 360 Litros con tapa, rotulados en área de acopio temporal destinada para este tipo de residuos en la instalación de faenas. El transporte, retiro y disposición final, se realizará 3 veces por semana desarrollado por empresa autorizada, hasta relleno sanitario autorizado. 4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS Nombre Descripción Residuos industriales peligrosos (RESPEL). Se considera como residuos peligrosos, durante la Fase de Construcción del Proyecto, a los envases y restos de lubricantes y adhesivos, envases de aerosoles, envases de pinturas y barnices, envases de siliconas y otros productos de sellado, trapos, brochas y otros contaminados, toners y cartridges, en una cantidad de 15,34 kg/año. El almacenamiento temporal será en recipientes herméticos y debidamente identificados según lo indica la NCh 2.190/2003, que contempla el D.S. N°148/2003, dentro de la bodega de residuos peligrosos, por un período no mayor a 6 meses. El transporte, retiro y disposición final corresponde a la empresa externa autorizada sanitariamente. Se mantendrá en la instalación de bodegas los documentos (certificados, boletas y/o facturas) que acrediten la trazabilidad de estos residuos. En el Anexo 14.2 de la DIA se presenta los contenidos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
técnicos y formales para la solicitud del PAS del artículo 142 del Reglamento del SEIA durante la fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.6. del ICE. 4.4. FASE DE OPERACIÓN 4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.4.1.1 PARTES Y OBRAS. Nombre Descripción Edificios Edificios: Los edificios consistirán en seis (6) torres de siete (7) pisos cada una. 3 torres conformarán el Condominio Don José Miguel I y las 3 torres restantes el condominio Don José Miguel II. Los 6 edificios son de similares características y cada uno contendrá́ 84 departamentos. Los planos y especificaciones técnicas se adjuntan en el Anexo 4.1 de la DIA. Departamentos Departamentos: Cuenta con un total de departamento es de 504, es decir 84 por cada edificio del proyecto. todos los dormitorios tendrán 2 dormitorios y 1 baño. No obstante, hay 5 tipologías de departamentos, según su superficie. Estos son: tipo A con 49,56 m2, Tipo B con 53,58 m2, Tipo B1 con 53,62 m2, tipo C con 57,59 m2 y tipo C1 con 59,56 m2. Los planos de detalle de las tipologías de departamentos se adjuntan en el Anexo 4.2. de la DIA. Sala de basura. Sala de basura: Por ser un proyecto habitacional de tipología departamento, este consta de un proyecto de ductos y sala de basura como de sitio de disposición temporal, diseñado para el total de usuarios que vivirán en los condominios. Los planos de diseños del proyecto para desechos domiciliarios se adjuntan en el anexo 4.6. de la DIA. Áreas verdes Áreas verdes: El Proyecto incluye en sus obras, áreas verdes diseñadas de acuerdo al plano general y plano de paisajismo y con las características establecidas en el documento Especificaciones Técnicas de Áreas verdes adjunto en el Anexo 4.3. de la DIA. Respecto a las superficies de áreas verdes, estas corresponden a 21.156,94 m2 de paisajismo interno y 4.142,75 m2 de paisajismo exterior a los condominios. Además considera la implementación de lo siguiente: • Básico: - Sala Multiusos. - Plaza con juegos infantiles. - Senderos. - Área recreacional deportiva. - Equipamiento urbano. - Bicicleteros. - Punto Limpio. • Adicional: - Locales comerciales. - Ruta de circuito de trote con estaciones de ejercicios. - Juego de cuerda. Equipamiento • Pérgolas: Para Sectores colindantes con los Edificios se consideran Senderos. Tanto al comienzo como al término de estos senderos, se proyecta la construcción de pérgolas de madera según plano de detalle en Anexo 4.4 de la DIA, alrededor de estas, algunos tipos de vegetación tipo trepadora o enredadera para adornar los pilares de dicha pérgola. • Salas multiuso: El proyecto incluye 2 salas multiuso, una por cada condominio. • Locales comerciales: Se incluye en el Proyecto, cuatro locales comerciales, dos por cada condominio. • Punto limpio: Se trata de un lugar donde se reciben y almacenan los residuos reciclables. Consiste en una infraestructura tipo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
contenedores de mallas, donde se reciben los residuos. Este utiliza un espacio reducido en un lugar con acceso público para el depósito de los residuos, como: papel y cartón, plásticos de botellas (color y transparentes) latas de aluminio (cerveza y bebidas) envases de cartón, entre otros. • Casetas de conserjería: Al ingreso de cada condominio se localizará la conserjería para el control de seguridad de acceso. Ver Anexo 4.4. de la DIA, donde presenta las especificaciones, diseño arquitectónico y planos de las edificaciones a construir. Estacionamientos • Estacionamientos vehiculares: El Proyecto incluye 424 estacionamientos vehiculares, dispuestos espacialmente según se presenta en el plano general del proyecto. • Estacionamientos bicicletas: El Proyecto incluye 430 estacionamientos para bicicletas, dispuestos espacialmente según se presenta en el plano general del proyecto. Obras de urbanización • Obras de conexión al suministro de agua potable: El Proyecto cuenta con obras de extensión a la red pública de agua potable, dado que cuenta con factibilidad de este servicio, otorgado por la empresa Aguas Andinas mediante certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la presente DIA. Esta obra se construirá́ de acuerdo con la planimetría y especificaciones técnicas adjuntas en el Anexo 5.1. de la DIA. • Obras de evacuación de aguas servidas y alcantarillado: El Proyecto contará con obras de evacuación de aguas servidas dado que cuenta con factibilidad de este servicio, otorgado por la empresa Aguas Andinas mediante certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la presente DIA. Esta obra se construirá́ de acuerdo con la planimetría y especificaciones técnicas adjuntas en el Anexo 5.2. de la DIA. • Obras de Pavimentación: Parte de las obras de urbanización, el proyecto contará con pavimentación de los sectores que se presentan en los planos de pavimentación. La construcción de esta obra se realizará según se indica en las especificaciones técnicas que se presentan en el Anexo 5.4. de la DIA. Proyecto de aguas lluvias. • Proyecto de aguas lluvias: El proyecto de aguas lluvias considera la instalación de sumideros para captar las aguas lluvias desde las calzadas, tuberías para la red de descarga de aguas lluvias, cámaras de inspección y decantadoras y los drenes de infiltración. La construcción de esta obra se realizará según se indica en las especificaciones técnicas que se presentan en el Anexo 5.3. de la DIA. 4.4.1.2 ACCIONES. Nombre Descripción Tránsito o circulación por movilidad de la población. En la Fase de operación, se podrá acceder al proyecto a través de la vía Avenida José Miguel infante, dado que el Lote está afecto a utilidad pública en faja de dicha vía proyectada, la cual colindará con el perímetro norte del proyecto según se observa en la figura 29 de la DIA. Señala además las 4 intersecciones en los cuatro puntos cardinales dada la ubicación del proyecto, que constituyen el área de influencia vial. De acuerdo con el Informe de mitigación vial, al revisar la vialidad, se puede deducir que la ruta tanto de vehículos motorizados privados, como de ciclos y peatones será a través de las mismas vías, respectivamente por calzada, vehículos y ciclos y por las veredas los peatones. A continuación, se presentan las distintas rutas de ingreso y egreso al futuro proyecto considerando la red vial del área de influencia definida.
Rutas de Ingreso Modo vehículos Motorizados Privados, Modo caminata y Modo ciclos. Desde el Sur: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
-Av. Vicuña Mackenna y Av. José Miguel Infante Desde el Oriente: -Av. José Miguel Infante. Desde el Norte: -Av. Vicuña Mackenna y Av. José Miguel Infante. Desde el Poniente: -Av. José Miguel Infante.
Rutas de egreso Desde el Sur: -Av. José Miguel Infante y Av. Vicuña Mackenna. Desde el Oriente: -Av. José Miguel Infante. Desde el Norte: - Av. José Miguel Infante y Av. Vicuña Mackenna. Desde el Poniente: -Av. José Miguel Infante.
Rutas Modo Transporte Público Se menciona que existen servicios que transitan por el área de influencia. En particular, existen líneas de buses “RED” que operan en el sector pasando por Vicuña Mackenna y José Miguel Infante. El EISTU fue aprobado en marzo del año 2019, a través de ORD. SM/AGD/Nº2454 de fecha 07.03.2019, de la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana. En el Anexo D4 de la DIA, se adjunta el EISTU, incluidos los planos de medidas de mitigación aprobadas, además del oficio de aprobación ORD. SM/AGD/Nº2454. Ver acápite 2.6.1.1 de la DIA. 4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Sistema de agua potable y alcantarillado Se realizará conexión a las matrices existentes de agua potable y cámaras de inspección existentes de alcantarillado, de acuerdo con las condiciones que establece la empresa sanitaria. El proyecto cuenta con los certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la DIA otorgados por Aguas Andinas. Finalmente, los planos, memorias y especificaciones técnicas atingentes a los proyectos de urbanización de Agua Potable y Alcantarillado se adjuntan en el Anexo 5.1 y 5.2 de la DIA, respectivamente. Sistema de aguas lluvias El proyecto considera la instalación de sumideros para captar las aguas lluvias desde las calzadas, tuberías para la red de descarga de aguas lluvias, cámaras de inspección y decantadoras y los drenes de infiltración. De acuerdo con las especificaciones técnicas, adjuntas en el Anexo 5.3 de la DIA. Electricidad. La factibilidad del suministro de energía eléctrica será proporcionada por la empresa Enel y estará de acuerdo con las normas vigentes de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Cabe mencionar que las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), mediante instaladores eléctricos de la clase correspondiente, autorizados por esta, según lo establecido en el D.S. 92/83 del Ministerio de Economía, referido al Reglamento de Instaladores Eléctricos y Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos. En el Anexo D3 de la DIA se presenta la Memoria Explicativa del Proyecto Eléctrico. 4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS Debido a las características del Proyecto no se contempla la elaboración de productos en ninguna de sus fases. 4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto no tiene previsto extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer las necesidades de la fase de operación. Cabe señalar que el proyecto en la fase de operación requerirá de agua potable para el consumo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
de los habitantes de los condominios. Este recurso será suministrado por conexión a las redes de agua potable de la empresa Aguas Andinas, dado que cuenta con factibilidad de este servicio, otorgado por la empresa Aguas Andinas mediante certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la DIA. 4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES 4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS Emisiones atmosféricas En la fase de operación actividades que generarán emisiones atmosféricas corresponde al tránsito de vehículos liviano por caminos pavimentados. Además, se consideró un peor escenario a partir del cálculo del combustible producto de la calefacción domiciliaria que se estima utilizarán los habitantes de los departamentos según sea su criterio. Para el caso de este proyecto se basa en que las viviendas consideran un sistema de calefacción en base a kerosene lo cual cumple con lo establecido por el PPDA de la Región Metropolita, y además sería la peor condición en base a todas las alternativas de calefacción permitidas en la zona de estudio. Las fuentes emisoras de la fase de operación del proyecto se identifican en la siguiente tabla: Tabla 10. Fuentes de emisiones atmosféricas para la fase de operación. ACTIVIDAD EMISORA CONTAMINANTE Tránsito de vehículos por caminos pavimentados MP10; MP2,5 Combustión de motores de vehículos MP10; MP2,5, CO; HC y NOx Calefacción domiciliaria en base a Kerosene MP10; MP2,5, CO; HC y NOx Fuente: Tabla 48. Fuentes de emisiones atmosféricas identificadas en fase de operación de la DIA. Las emisiones atmosféricas generadas por el tránsito de vehículos corresponden a las asociadas al proceso de combustión del motor y al material particulado resuspendido (emisión fugitiva) de los caminos, pavimentados en este caso. Estas últimas emisiones se consideran indirectas, debido a que corresponden a actividades que no dependen de la ejecución del proyecto. Para el cálculo de estas emisiones se consideró una cantidad específica de vehículos. Además, se estableció el supuesto recorrido que realizarían diariamente los vehículos de los propietarios. El recorrido supuesto para estos vehículos se definió en función al trayecto desde el proyecto hacia la intersección dos Avenidas importantes de la Región Metropolitana es decir Avenida Manuel Rodríguez con Avenida Libertador Bernardo O’Higgins. A partir de lo anterior, las emisiones de la fase de operación del proyecto se identifican en la siguiente tabla:
Tabla 11. Resumen de emisiones atmosféricas en la fase de operación. Año Emisión (t/año) MP10 MP2.5 Nox SO2 CO 2026 1,75, E-02 3,96, E-01 8,14, E-02 1,10, E+00 6,53, E-02 2027 3,57, E-02 7,90, E-01 1,59, E-01 2,21, E+00 1,04, E-01 2028 3,57, E-02 7,93, E-01 1,63, E-01 2,21, E+00 1,32, E-01 2029 3,57, E-02 7,93, E-01 1,60, E-01 2,26, E+00 8,52, E-02 Fuente: Tabla 49. Resumen de emisiones atmosféricas en la fase de operación la DIA.
Tal como se menciona anteriormente, quedará a criterio de cada habitante la implementación de un sistema de calefacción y en este caso se realiza el cálculo de calefacción con un artefacto en base a kerosene para las viviendas (departamentos) del proyecto, es decir, 504 departamentos. Por otro lado, se asume que la estufa será utilizada de abril a septiembre, durante 6 horas diarias, con una eficiencia del calefactor del 50%. Considerando 504 artefactos, uno para cada vivienda y departamento. Por otro lado, a continuación, se realiza el correspondiente análisis del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Artículo 64 del D.S. N° 31/2017 del Ministerio del Medio Ambiente. Las emisiones totales por cada contaminante, considerando mayor emisión anual obtenida en las fases de construcción y operación son las siguientes de acuerdo a los resultados presentados, las emisiones se consideran no significativas, dado que no superan los límites indicados en el Artículo 64 del PPDA para la región Metropolitana de Santiago (D.S. N°31/2017) correspondiente a 2,5 t/año de MP 10; 2,0 t/año de MP 2,5; 8 t/año de NOx y 10 t/año de SO2. Para mayores antecedentes revisar Anexo 11 de la Declaración de Impacto Ambiental, se adjunta el informe de estimación de emisiones atmosféricas que detallan los cálculos para la fase de construcción y operación del Proyecto. La SEREMI del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana de Santiago, en su Oficio ORD. N° 598 de fecha 26 de julio de 2023, a objeto de acreditar que se encuentren debidamente identificadas las actividades asociadas al proyecto y la cuantificación de sus emisiones, en función de determinar si corresponde compensar emisiones respecto al cumplimiento del D.S. N° 31/2016, solicita ampliar la presentación del Anexo 11 de la DIA y aclarar la metodología utilizada para poder aprobar el Plan de Compensación de Emisiones. 4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domiciliarios (aguas servidas). En esta fase se generarán aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes del condominio. Estas aguas evacuarán al sistema de alcantarillado de empresa de servicios sanitarios Aguas Andinas, según los certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la DIA. 4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Nombre Descripción Ruido Para la fase de operación y una vez concluida la fase de construcción, corresponderá a aquellas que caracterizan a un sector residencial, por lo tanto, el cumplimiento de las normas de emisión máxima de ruido será de responsabilidad exclusiva de los respectivos propietarios de los departamentos y el condominio propiamente tal. La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N° 2288 de fecha 26 de julio de 2023, se pronuncia con observaciones. 4.4.6 RESIDUOS 4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólidos domiciliarios Para la fase de operación se estima la generación residuos sólidos domiciliarios producto de las actividades diarias de los habitantes de los departamentos. Estos consisten en residuos orgánicos y envoltorios de alimentos, recipientes de vidrio y plásticos, empaques de cartones, papel bolsas plásticas, etc. Se estima un promedio de 3 personas por departamento en un edificio de 84 departamentos, se tiene un total de 252 personas por edificio y considerando un total de 6 edificios, en el proyecto habitarán aproximadamente 1.512 personas. De esta forma, al estimar que cada persona genera 4 litros/día de acuerdo al plano de Manejo de Residuos adjunto en el anexo 4.6 de la DIA, por lo que el volumen total de residuos asimilables a domésticos por cada edificio es de 3.024 m3/día. Para el manejo de los residuos domiciliarios, cada edificio contará con dos salas de basura en el primer piso, conectadas con los niveles superiores mediante ductos y cada nivel poseerá un closet de basura donde se localizará el ducto que conecta a la sala de basura. Según se indica en el plano del Anexo 4.6 de la DIA, la sala de basura tipo 1 constará de una superficie de 9,2 m2 y la sala tipo 2 de 9,9 m2. Para cada edificio del proyecto, la sala de basura tipo 1 contará con 4 contenedores de 360 L y 2 contenedores de 120 L; en la sala de basura tipo 2 se implementará 5 contenedores de 360 L y 2 contenedores de 120 L, es decir, la capacidad total por edificio para el manejo de residuos domiciliarios es de 3.720 L. Por lo tanto, la capacidad total del proyecto para el manejo de residuos domiciliarios es de 22.320 L. Los residuos serán almacenados y dispuestos en bolsas de nylon dentro de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
contenedores con tapas, rotulados e identificados, donde personal del condominio se encargará de trasladar los contenedores para el retiro municipal, con una frecuencia de 3 días. Los residuos serán trasladados por el servicio municipal, para su disposición final en un relleno sanitario autorizado. 4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS Residuos industriales peligrosos (RESPEL). No se proyecta la generación de RESPEL durante la fase de operación del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.7 del ICE. 4.5. FASE DE CIERRE Dadas las características de un Proyecto inmobiliario, se considera la fase de operación de carácter indefinida en cuanto a duración, por lo que no se considera fecha de término ni tampoco una fase de cierre o abandono.
4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio. Diciembre 2023 (Condominio 1); Mayo 2024 (Condominio 2). Total de 29 meses Parte, obra o acción que establece el inicio. Instalación de Faenas. Fecha estimada de término. Abril 2026. Parte, obra o acción que establece el término. Recepción final de los departamentos por parte de la Ilustre Municipalidad de Renca. 4.6.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio. Mayo 2026. Parte, obra o acción que establece el inicio. Obtenga el Certificado de Recepción Final, otorgado por la Ilustre Municipalidad de Renca. • Administración y entrega de departamentos. Mantención de áreas verdes. Fecha estimada de término. No aplica. Vida útil indefinida. Parte, obra o acción que establece el término. No aplica. Vida útil indefinida. 4.6.3. FASE DE CIERRE El Proyecto no contempla fase de cierre, en consideración que tendrá una vida útil indefinida.
5°. Que, durante el proceso de evaluación, se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental no significativo Aumento en la concentración de material particulado y gases; aumento en los niveles de emisión de ruido. Emisiones Atmosféricas: De acuerdo con los cálculos de emisiones atmosféricas, adjuntos en el Anexo N°11, Estudio de Emisiones Atmosféricas de la DIA, el Proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 64 del D.S. Nº31/2016 MMA del PPDA en ningunas de sus fases, por lo que el proyecto no deberá compensar sus emisiones. Sin perjuicio de ello, el Titular considera implementar medidas de control para la fase de construcción, de acuerdo con lo indicado en la Tabla 19 del citado Anexo. Mayores antecedentes en Anexo N°11, Estudio de Emisiones Atmosféricas de la DIA. Con fecha 17 de octubre de 2023 el SEA publica el ICSARA a la DIA, documento que incorpora solicitudes de aclaración, rectificación y ampliación de información necesarias para fundamentar la no generación de impactos de significancia del Proyecto sobre esta componente ambiental, incluyendo aquellas formuladas por la SEREMI de Medio Ambiente, mediante Of. Ord. N°598 de fecha 26/07/2023, y la SEREMI de Salud, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
mediante Of. Ord. N° 2288 de fecha 26/07/2023, ambos pronunciamientos con observaciones a la DIA en estas materias. Mediante Res. Ex. N° 202313001414 de fecha 02/10/2023 de la Comisión de Evaluación RMS, se resuelve extender la suspensión de plazo para la entrega de Adenda hasta el 30/11/2023, no siendo subsanadas ninguna de las solicitudes de aclaración, rectificación y ampliación de información formuladas en ICSARA, referidas a emisiones atmosféricas. Por lo anterior, no existen los antecedentes técnicos que permitan acreditar y justificar fundadamente que el Proyecto no genera alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 5º letra a) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
Para mayores antecedentes revisar Anexo 11 Estudio de Emisiones Atmosféricas de la DIA.
Ruido:
Fase de construcción: En el Anexo N° 12 de la DIA se presentan los resultados del Estudio de Ruido y Vibraciones del Proyecto. Respecto al ruido, las emisiones más significativas se presentarán durante la fase de construcción del Proyecto, situación que se debe a las labores de instalación de faenas, movimiento de tierras, montaje de estructuras y uso de vehículos y maquinaria. De acuerdo con los antecedentes presentados, el Titular señala que, dichas emisiones, bajo las condiciones más desfavorables y considerando las medidas de control incorporadas para ambas fases del proyecto, cumplen con los valores establecidos por el D.S. N°38/2011 del MMA. Cabe señalar que el Anexo N° 12 de la DIA Estudio de Ruido y Vibraciones del Proyecto, no incorpora antecedentes para la evaluación de impactos por ruido para la fase de operación del proyecto. Con fecha 17 de octubre de 2023, el SEA publica el ICSARA a la DIA, documento que incorpora solicitudes de aclaración, rectificación y ampliación de información necesarias para fundamentar la no generación de impactos de significancia del proyecto sobre esta componente ambiental, incluyendo aquellas formuladas por la SEREMI de Salud, mediante Of. Ord. N° 2288 de fecha 26/07/2023, pronunciamiento con observaciones a la DIA en estas materias. Mediante Res. Ex. N° 202313001414 de fecha 02/10/2023 de la Comisión de Evaluación RMS, se resuelve extender la suspensión de plazo para la entrega de Adenda hasta el 30/11/2023, no siendo subsanadas ninguna de las solicitudes de aclaración, rectificación y ampliación de información formuladas en ICSARA, referidas a ruido y salud de la población. Mayores antecedentes en Anexo N°12 de la DIA Estudio de Ruido y Vibraciones del Proyecto..
Vibraciones:
Respecto de las Vibraciones de la fase de construcción, en el Anexo N°12 de la DIA Estudio de Ruido y Vibraciones del Proyecto, el Titular utilizó la normativa de referencia FTA-VA90-1003-06 “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” (mayo del 2006), de la FTA de los Estados Unidos de América. De acuerdo con los resultados del citado estudio de vibraciones, en la fase de construcción, el proyecto cumplirá con el criterio de la normativa de referencia de la FTA, aplicando las medidas de control señaladas en numeral 5.4.1 de la DIA. Cabe señalar que el citado Anexo N° 12 de la DIA no incorpora antecedentes referidos a la evaluación de impacto por vibraciones para la fase de operación del proyecto. Con fecha 17 de octubre de 2023 el SEA publica el ICSARA a la DIA, documento que incorpora solicitudes de aclaración, rectificación y ampliación de información necesarias para fundamentar la no generación de impactos de significancia del proyecto sobre esta componente ambiental, incluyendo aquellas formuladas por la SEREMI de Salud, mediante Of. Ord. N° 2288 de fecha 26/07/2023, pronunciamiento con observaciones a la DIA en estas materias. Mediante Res. Ex. N° 202313001414 de fecha 02/10/2023 de la Comisión de Evaluación RMS, se resuelve extender la suspensión de plazo para la entrega de Adenda hasta el 30/11/2023, no siendo subsanadas ninguna de las solicitudes de aclaración, rectificación y ampliación de información formuladas en ICSARA, referidas a residuos líquidos y vibraciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Ver mayores antecedentes, en Anexo N°12 Estudio de Ruido y Vibraciones de la DIA.
Residuos líquidos:
Para los residuos líquidos en la Fase de Construcción, en primera instancia se dispondrán baños químicos para todos los trabajadores, los que serán proporcionados por una empresa autorizada. Se exigirá al Contratista la documentación que acredite que el vertido de las aguas servidas se efectuará en un lugar autorizado sanitariamente. La cantidad y disposición cumplirán con la normativa vigente aplicable D.S N°594/1999 MINSAL. Posteriormente, se utilizará la red de colectores de aguas servidas público, una vez conectados al sistema de alcantarillado de la empresa Aguas andinas, de acuerdo con los certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la DIA. En la Fase de Operación, el manejo de los residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas generadas por los habitantes de los condominios por el uso de los baños será conducida a la red de alcantarillado de aguas servidas de la empresa sanitaria Aguas Andinas, de acuerdo con los certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la DIA.
Residuos Líquidos Industriales:
Fase de construcción: En esta fase se generarán residuos líquidos asociados al lavado de ruedas de los camiones y de todos los vehículos que abandonan el área de trabajo, que se realizará siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten. Esta labor se desarrollará en una piscina especialmente diseñada para la actividad, que se encontrará ubicada próxima a los accesos vehiculares hacia la Avenida San Vicente de Paul y Av. Américo Vespucio (ver Plano de Instalación de Faenas adjunto en el Anexo B de la Adenda). Las aguas que se utilizarán en la piscina serán retiradas por un camión limpia fosas cada dos semanas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final, no efectuándose infiltración directa en el suelo (Ver acápite 2.5.6.2 de la DIA). En esta misma fase se generarán, a su vez, aguas residuales producto del lavado de concreto de canaletas de camiones mixer, el que se realizara con agua potable aplicada mediante hidrolavadora, no siendo incorporados productos de limpieza. Este lavado se realizará sobre un contenedor o receptáculo de hormigón impermeabilizado y con canalización de agua hacia una fosa de acumulación. El agua resultante de este lavado será posteriormente retirada por un camión limpia fosas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final, no efectuándose infiltración directa en el suelo. Es importante señalar que se prohibirá que en el área del Proyecto se realicen actividades de lavado de maquinarias, trasvasije de combustibles, aceites u otros, ni preparación de hormigón in situ. Todas estas actividades serán realizadas por las empresas responsables de las maquinarias en lugares habilitados para esta función, o serán adquiridas, en el caso del hormigón, de modo que el material sea fabricado por el proveedor y trasladado al lugar de faena; - Fase de operación: En esta fase no habrá generación de residuos líquidos industriales (ver acápite 2.6.10 de la DIA).
Residuos Sólidos asimilables a domiciliarios:
Los residuos sólidos asimilables a domésticos generados por el personal durante la Fase de Construcción del Proyecto corresponderán a envoltorios, recipientes de comida, recipientes de bebestibles, restos de comida, cáscaras, etc. Dado que algunos de estos residuos corresponden a restos de comida, es decir residuos orgánicos, se utilizarán contenedores herméticos con tapa y bolsas plásticas en su interior evitando que la posible generación de líquidos orgánicos tenga contacto con el suelo, evitando además la proliferación de vectores y la emisión de malos olores al aire. En cuanto a la disposición final, estos residuos serán retirados 3 veces por semana por una empresa especializada en transporte y disposición de residuos con los permisos sanitarios correspondientes. Para el almacenamiento de estos residuos, se ingresa el Permiso Ambiental Sectorial 140, adjunto en el Anexo 14.1 de la DIA. En la Fase de Operación, se generarán residuos sólidos domiciliarios, producto de las actividades diarias de los habitantes de los departamentos. Estos consisten en residuos orgánicos y envoltorios de alimentos, recipientes de vidrio y plásticos, empaques de cartones, papel bolsas plásticas, entre otros. En cuanto al manejo de estos residuos cada Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
edificio contará con dos salas de basura en el primer piso. Estas estarán conectadas con los niveles superiores mediante ductos. Cada nivel poseerá un closet de basura en donde se localizará el ducto que conecta a la sala de basura en donde se depositan los residuos en contenedores plásticos con tapa. Una vez llenos los contenedores, serán llevados por personal autorizado a la estación de precarguío. Posteriormente, el retiro de los residuos de la estación de precarguío estará a cargo del servicio municipal. Todos los residuos serán trasladados por el servicio municipal, 3 veces por semana, para su disposición final en un relleno sanitario autorizado
Residuos Peligrosos:
Durante la Fase de Construcción, este tipo de residuo corresponderá a envases de adhesivos de tuberías, envases usados de siliconas y otros productos de sellado Envases y materiales contaminados con pinturas, tales como trapos, brochas y otros útiles de obra contaminados. Respecto al manejo de estos residuos, en la faena serán almacenados temporalmente en contenedores con tapa hermética, debidamente rotulados al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL, cuyas características constructivas se indican en el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 142 del RSEIA (Anexo 14.2). Estos residuos serán manejados según lo establecido en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S N° 148/2003. De acuerdo con las características de almacenamiento, estos residuos en ningún momento tendrán contacto con el suelo natural, cuerpo de agua o abiertos al aire. El retiro y transporte de los residuos peligrosos se llevará a cabo por empresas externas autorizadas para esta actividad y contratadas por el titular. Durante la Fase de Operación no se generarán residuos peligrosos (Ver acápite 2.6.10 de la DIA).
Residuos sólidos no peligrosos:
Estos residuos corresponderán a restos de metales, madera, papel y cartón, plásticos y escombros. Los escombros contemplados corresponderán a ladrillos, cerámicas, azulejos, hormigón y mortero endurecido, producto de las actividades constructivas de las viviendas. De acuerdo con lo anterior, los residuos sólidos no peligrosos de la construcción corresponderán exclusivamente a materiales inertes, es decir inorgánicos, estables, que no se descomponen ni generan malos olores ni contaminantes, por lo que serán almacenados a granel o apilados en un sector designado para ese fin en la instalación de faena el cual contará con una superficie lisa e impermeable y señalización. Posteriormente, dichos residuos serán transportados por una empresa especializada en transporte y disposición de residuos con los permisos sanitarios correspondientes.
Con fecha 17 de octubre de 2023 el SEA publica el ICSARA a la DIA, documento que incorpora solicitudes de aclaración, rectificación y ampliación de información necesarias para fundamentar la no generación de impactos de significancia del proyecto sobre esta componente ambiental, incluyendo aquellas formuladas por la SEREMI de Salud, mediante Of. Ord. N° 2288 de fecha 26/07/2023, pronunciamiento con observaciones a la DIA en estas materias.
Mediante Res. Ex. N° 202313001414 de fecha 02/10/2023 de la Comisión de Evaluación RMS, se resuelve extender la suspensión de plazo para la entrega de Adenda hasta el 30/11/2023, no siendo subsanadas ninguna de las solicitudes de aclaración, rectificación y ampliación de información formuladas en ICSARA, referidas a residuos.
De acuerdo con lo anterior, no es posible evidenciar que el Proyecto no genere los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.1 del ICE.
El Proyecto genera y presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
AIRE Impacto ambiental significativo El Proyecto genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. El Proyecto se emplazará en un terreno privado urbano catalogado de acuerdo al Plan Regulador de la comuna de Renca como Zona Habitacional Mixta 3 (H-M3) y Zona de Equipamiento Preferentemente 2 (EP-2) que corresponde a Zona mixta asociada a vías importantes del sector poniente de la comuna, que permite la construcción de equipamiento y vivienda, por lo que el uso del suelo es acorde con el destino que se le ha asignado en el instrumento de ordenamiento territorial señalado, lo que se muestra en la Figura 6.2.2 del presente ICE. Adicionalmente, de acuerdo con lo ya mencionado el uso de suelo de la zona del Proyecto corresponde a Rotación Cultivo-Pradera (SIT 2013), con escasa vegetación y principalmente sobre pradera, como es posible visualizar en la figura 6.2.4 del ICE. El área de influencia está altamente intervenida, con praderas en desuso con progresiva degradación, zonas agrícolas y zonas residenciales. Por lo que podemos afirmar que las características vegetacionales del área de estudio se definen por el alto grado de intervención antrópica observada (acumulación de residuos domiciliarios) lo que ha modificado el paisaje y facilita el establecimiento de especies vegetales invasoras. De acuerdo con los estudios de flora y fauna silvestre, que fueron realizados mediante bibliografía y recopilación de información directamente en terreno, se pudo constatar que, el área del emplazamiento del proyecto corresponde a un terreno baldío de la comuna de Renca, situado en un área urbana que presenta una pradera degradada. Por otro lado, durante la fase de construcción y operación, se implementará el manejo y disposición final de residuos sólidos indicadas en el punto 2.5 de la DIA, los cuales se realizarán de acuerdo a las normativas vigentes aplicables para cada tipo de residuo, con el objetivo de evitar la afectación por exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales.
Suelo: El área de influencia del Proyecto sobre el componente suelo corresponde a la zona que será intervenida por el proyecto inmobiliario, definida como la superficie coincidente con la totalidad del terreno a utilizar para la construcción y operación del proyecto, correspondiente a 45.552,04 m2, como muestra siguiente figura:
Figura 1. Área de influencia del Proyecto de acuerdo a componente suelo.
Fuente: Antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de la DIA.
En relación a este literal, se puede indicar que, el proyecto se emplazará en un terreno privado urbano catalogado de acuerdo al Plan Regulador de la comuna de Renca como Zona Habitacional Mixta 3 (H-M3) y Zona de Equipamiento Preferentemente 2 (EP-2) que corresponde a Zona mixta asociada a vías importantes del sector poniente de la comuna, que permite la construcción de equipamiento y vivienda, por lo que el uso del suelo es acorde con el destino que se le ha asignado en el instrumento de ordenamiento territorial señalado.
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Figura 2. Emplazamiento del Proyecto en relación al PRC de Renca.
Fuente: Descripción de proyecto de la DIA.
Respecto a la fauna silvestre presente en la zona de emplazamiento, se puede indicar que, dado el alto grado de intervención que posee el lugar, la disponibilidad de hábitat se ve restringida a las especies con mayor capacidad de adaptación a zonas degradadas y a la intervención humana, las cuales corresponden en su mayoría a especies del grupo de las aves. De acuerdo con los estudios de flora y fauna silvestre, que fueron realizados mediante bibliografía y recopilación de información directamente en terreno, se pudo constatar que, el área del emplazamiento del proyecto corresponde a un terreno baldío de la comuna de Renca, situado en un área urbana que presenta una pradera degradada la cual actúa como hábitat para las especies registradas.
El SAG RM en su oficio ORD. N° 1060 de fecha 19 de julio de 2023, se pronunció conforme al proyecto. Según la información expuesta, el Proyecto no generará una afectación significativa al suelo en consideración a su condición base y teniendo presente que el proyecto se ajusta al uso de suelo permitido por el Plan Regulador Comunal de Renca.
Flora y Vegetación: Para el estudio de la línea base de flora y vegetación del Proyecto se determinó un área de influencia, en base a las guías “Guía para la Descripción del Área de Influencia de los componentes suelo, flora y fauna de ecosistemas terrestres en el SEIA” (2015), y la “Guía para la descripción de área de influencia en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del SEA” (2017). El área de influencia corresponde a la superficie que coincide con la totalidad del terreno a utilizar para la construcción y operación del proyecto más un buffer de 200 metros alrededor, donde eventualmente podría observarse un efecto sobre la flora y vegetación, comprendiendo principalmente áreas donde predominan praderas y algunos matorrales.
Figura 3. Área de influencia Flora y vegetación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Fuente: Anexo 7 de la DIA.
De acuerdo con el estudio de flora y vegetación (Anexo 7 de la DIA), se puede señalar que, de acuerdo con la información obtenida del Sistema de información Territorial de CONAF, se registra un uso de suelo que corresponde en su totalidad a Rotación Cultivo-Pradera (SIT 2013), el cual, al momento de la visita a terreno en 2023, se encuentra con escasa vegetación, destacándose la unidad ambiental de pradera que cubre prácticamente la totalidad del área del proyecto.
Figura 4. Catastro Vegetacional SIT CONAF 2013.
Fuente: Anexo 7 de la DIA.
El área de influencia se encuentra altamente intervenida, con praderas en desuso con progresiva degradación, zonas agrícolas y zonas residenciales, por lo que las características vegetacionales del área de estudio se definen por el alto grado de intervención antrópica observada (acumulación de residuos domiciliarios) lo que ha modificado el paisaje y facilita el establecimiento de especies vegetales invasoras, las cuales no permiten el crecimiento y desarrollo de especies de flora nativa. Mediante la metodología de la Carta de Ocupación de Tierras (COT) se obtuvieron tres unidades ambientales: 1. La Primera unidad corresponde a formación arbórea que bordea el área del proyecto, que se compone principalmente de la especie Platanus orientalis y Robinia pseudoacacia. Adicionalmente se encontró un ejemplar de Prosopis chilensis aislado, fuera del área del proyecto. 2. La segunda unidad ambiental corresponde a Pradera, la cual se compone principalmente por Datura stramonium, Vulpia bromoides, Centaurea solstitalis, Sisymbrium officinale y Cirsium vulgare todas en el área del proyecto. 3. La tercera unidad identificada corresponde a Infraestructura compuesta principalmente por conjuntos habitacionales.
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Figura 5. Resultados COT.
Fuente: Anexo 7 de la DIA.
La evaluación de la distribución geográfica indica que todas las especies reconocidas en la zona tienen una amplia distribución en Chile, no registrándose especies exclusivas del área de estudio o restringidas a la Región Metropolitana de Santiago. De acuerdo a lo observado en terreno, el área del proyecto se encuentra sobres áreas de praderas agrícolas principalmente, con escasos cordones arbóreos. La flora y vegetación del sector está compuesta principalmente por la presencia de especies introducidas, las más abundantes corresponden al grupo de las herbáceas de origen introducido como: Sisymbrium officinale (Mostacilla) y Centaurea solstitalis (Cardo amarillo), además de especies arbóreas introducidas como: Robinia pseudoacacia (Falsa acacia) y Platanus orientalis (Plátano oriental). El área de influencia está altamente intervenida, con praderas en desuso con progresiva degradación, zonas agrícolas y zonas residenciales Es importante destacar que ninguna de las especies registradas al interior del área del proyecto conforma bosque, ya que no ocupa una superficie de por lo menos 5.000 metros cuadrados y con un ancho mínimo de 40 metros de acuerdo a la Ley Nº 20.283/08 del MINAGRI (Ley 20.283, Artículo 2, 2008), por lo que se descarta y no se requiere presentar antecedentes para PAS 148 u otra normativa asociada. La mayoría de las especies reconocidas en terreno corresponden a especies introducidas (más del 55%), consideradas plantas frecuentes y colonizadoras de rápido crecimiento, con la presencia de escasas especies nativas en algunos sectores del área de influencia. De acuerdo a la revisión de antecedentes y la normativa vigente, en el área del proyecto se registró la especie de origen nativo Prosopis chilensis, emplazada en el área de influencia, la cual se encuentra según la Clasificación de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) clasificada en Preocupación menor (LC) y en el Reglamento para Clasificar Especies según Estado de Conservación (RCE), en categoría como Vulnerable (VU), de acuerdo al DS 13/2013 MMA, cabe destacar que dicha especie, no está sujeta a intervención, de acuerdo a las labores en el área del proyecto. Es importante considerar que de acuerdo a la normativa vigente todas las especies de árboles nativos se encuentran protegidos por la Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal” (DL. 20.283/2018). Además, se hizo una evaluación de acuerdo con los criterios entregados en la “Guía metodológica para la consideración del cambio climático en el SEIA”, para el área de influencia del proyecto, donde como resultado, se obtuvieron índices de pérdida de diversidad de flora por precipitación y temperatura siendo “Muy Alto” y “Moderado” respectivamente, un “Fuerte aumento” del índice de Sequía hidrológica y sin información asociada a la pérdida de verdor en bosques nativos de la comuna de Renca. Dado que los índices de perdida de diversidad de flora por precipitación y temperatura fueron “Muy alto” y “Moderado” respectivamente, fue necesario realizar un análisis de las especies que podrían verse afectadas, siendo el Algarrobo (Prosopis chilensis), la única especie que cumple con uno de los 5 requisitos mencionados anteriormente (que se encuentren en algún estado de conservación, sean endémicas, dominantes del ecosistema, indicadoras de condición o de hábitat reducido). Bajo escenario de cambio climático la especie presenta un aumento en la probabilidad de presencia a nivel nacional, siendo un indicio positivo considerando Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
que la especie se encuentra en categoría Vulnerable. Finalmente, dado que las agrupaciones arbóreas presentes no tienen una superficie igual o mayor a 0,5 ha, un ancho de 40 metros y una cobertura igual o mayor al 25%, no cumplen con las condiciones que establece la Ley N° 20.283 para conformar bosque, por lo tanto, no será necesario presentar los antecedentes mencionados anteriormente, cuando sea objeto de alguna intervención, las especie vegetales de origen nativo registradas, por lo tanto, se descarta la aplicación del PAS 148 y dado que no se afectará a plantaciones forestales, tampoco le aplica el PAS 149. Por tanto, de acuerdo a los resultados de este estudio y las características del terreno en general, se concluye que el proyecto no genera efecto negativo significativo sobre la vegetación descrita para el área de influencia. Mayores antecedentes en el Anexo 7 de la DIA.
Fauna: El área de influencia de fauna se estableció como el área de emplazamiento de las obras temporales y permanentes del proyecto con una proyección de 100 metros, considerando una extensión total de 9,72 ha, que se muestra en la siguiente figura:
Figura 6. Área de influencia de fauna silvestre.
Fuente: Anexo 7 de la DIA.
En términos bibliográficos, se han descrito un total de 79 especies para la Región Metropolitana, de las cuales el 39,2% corresponden a aves (31 especies). Para el grupo de los anfibios se ha descrito 7 potenciales especies, para reptiles se ha identificado 21 potenciales especies, mientras que para el grupo de los Mamíferos se describen 20 especies. No obstante, dado el alto grado de intervención que posee el lugar, la disponibilidad de hábitat se ve restringida a las especies con mayor capacidad de adaptación a zonas degradadas y a la intervención humana, las cuales corresponden en su mayoría a especies del grupo de las aves. Para este grupo se registraron un total de 8 especies, siendo todas ellas especies de amplia distribución en el territorio nacional y adecuadas a vivir junto a zonas urbanizadas. En cuanto a especies de anfibios, no se observaron condiciones de hábitats adecuados para su desarrollo, por lo tanto, no se registró especies de anfibios en el área de influencia del proyecto. Asimismo, durante la campaña y mediante la metodología de búsqueda y observación directa no fue posible el registro de reptiles. En cuanto a especies de mamíferos, conforme a las condiciones del área de estudio, donde se observa un suelo expuesto y con poca cobertura de la vegetación y, a pesar del esfuerzo de muestreo desarrollado, no se registró presencia de mamíferos de fauna silvestre en el área del proyecto, sólo se observó la presencia de animales domesticados como Caballos y Vacas. No se registraron especies con problemas de conservación significativos para la zona dentro del área de influencia del proyecto, aun cuando algunas de ellas se catalogan como especies beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria y benéficas para el equilibrio de los ecosistemas como el caso de H. rustica y V. chilensis. Además, debe considerarse que la presencia de mamíferos domesticados como perros ejercen influencia negativa para la presencia de otras especies. En conclusión, de acuerdo a los resultados, la escasa riqueza de especies y las condiciones actuales del terreno, se puede descartar que el proyecto genere un efecto adverso significativo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
sobre el componente fauna, considerando que la gran mayoría de las especies identificadas poseen facilidad de adaptación y reacción frente a la perturbación de su hábitat. Por su parte, cabe señalar que el SAG mediante su oficio ORD. N° 1060 de fecha 19 de julio de 2023, se pronunció conforme al proyecto. En tanto, SEREMI de Medio Ambiente en su oficio ORD. N° 598 de fecha 26 de julio de 2023, se pronunció con observaciones solicitando un CAV que diga relación a la Construcción de Posaderas y Comederos, para Aves en las zonas destinadas para áreas verdes. Mayores antecedentes en el Anexo 8 de la DIA.
Manejo de los residuos:
Fase de construcción: • Residuos asimilables a domésticos Para los residuos sólidos asimilables a domésticos generados por el personal durante la fase de construcción, se utilizarán contenedores herméticos con tapa y bolsas plásticas en su interior evitando que la posible generación de líquidos orgánicos tenga contacto con el suelo, evitando además la proliferación de vectores y la emisión de malos olores al aire. En cuanto a la disposición final, estos residuos serán retirados 3 veces por semana por una empresa especializada en transporte y disposición de residuos con los permisos sanitarios correspondientes.
- Fase de operación: En cuanto al manejo de estos residuos en la fase de operación cada edificio contará con dos salas de basura en el primer piso. Estas estarán conectadas con los niveles superiores mediante ductos. Cada nivel poseerá un closet de basura en donde se localizará el ducto que conecta a la sala de basura en donde se depositan los residuos en contenedores plásticos con tapa. Todos los residuos serán trasladados por el servicio municipal, 3 veces por semana, para su disposición final en un relleno sanitario autorizado.
Para el almacenamiento de estos residuos, fue ingresado el Permiso Ambiental Sectorial 140, adjunto en el Anexo 14.1 de la DIA. Al respecto SEREMI de Salud mediante su oficio ORD. N° 2288 de fecha 26 de julio de 2023, se pronuncia conforme respecto del otorgamiento del PAS 140 considerando las condiciones informadas por el Titular en la DIA.
• Residuos sólidos no peligrosos Los residuos sólidos no peligrosos de la construcción corresponderán exclusivamente a materiales inertes y estables, que no se descomponen ni generan malos olores ni contaminantes, por lo que serán almacenados a granel o apilados en un sector designado para ese fin en la instalación de faena el cual contará con una superficie lisa e impermeable y señalización. Posteriormente, dichos residuos serán transportados por una empresa especializada en transporte y disposición de residuos con los permisos sanitarios correspondientes.
• Residuos peligrosos Respecto al manejo de estos residuos en la fase de construcción, en la faena serán almacenados temporalmente en contenedores con tapa hermética, debidamente rotulados al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL, cuyas características constructivas se indican en el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 142 del RSEIA (Anexo 14.2 de la DIA). Estos residuos serán manejados según lo establecido en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S N° 148/2003. De acuerdo con las características de almacenamiento, estos residuos en ningún momento tendrán contacto con el suelo natural, cuerpo de agua o abiertos al aire. El retiro y transporte de los residuos peligrosos se llevará a cabo por empresas externas autorizadas para esta actividad y contratadas por el titular. Al respecto SEREMI de Salud mediante su oficio ORD. N° 2288 de fecha 26 de julio de 2023, se pronuncia con observaciones respecto del PAS 142.
• Residuos Líquidos Para los residuos líquidos tanto en la fase de construcción como de operación, su cantidad y disposición cumplirán con la normativa vigente aplicable D.S N°594/1999 MINSAL. Posteriormente, se utilizará la red de colectores de aguas servidas público, una vez conectados al sistema de alcantarillado de la empresa Aguas andinas, de acuerdo con los certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la DIA. En ningún momento se verterán residuos líquidos directamente al suelo natural, o algún cuerpo de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
agua. Al respecto, SEREMI de Salud se pronuncia con observaciones respecto de las aguas servidas en su oficio ORD. N° 2288 de fecha 26 de julio de 2023
Agua: El proyecto no generará residuos líquidos o algún tipo de efluente sobre algún cuerpo de agua por lo que no habrá alteración sobre la calidad de cuerpos de aguas, según se indica a continuación: - Fase de construcción: El agua potable requerida será suministrada en primera instancia por terceros hasta que se realice la conexión a las redes de agua potable de Aguas Andinas. El suministro será a través de agua potable envasada con sistemas de dispensadores para el consumo humano, dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable D.S Nº 594/1999 MINSAL, en sus artículos 13, 14 y 15. Cabe señalar que el Proyecto no contempla la emisión de efluentes sobre cuerpos de agua superficiales cercanos al Proyecto. La generación de aguas residuales en fase de construcción corresponde a las aguas servidas generadas por todo el personal donde se almacenarán en baños químicos. La mantención de los baños químicos, así como el retiro de los residuos estará a cargo de empresas autorizadas sanitariamente. El vertido de las aguas servidas se efectuará en un lugar autorizado que cumpla con la normativa vigente. Esta acción se realizará hasta que exista la conexión al sistema de alcantarillado provisto por Aguas Andinas. Según los certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la DIA. - Fase de operación: Para el suministro de agua potable se realizará conexión a las matrices existentes de agua potable y cámaras de inspección existentes de alcantarillado, de acuerdo con las condiciones que establece la empresa sanitaria Aguas Andinas, de acuerdo con los certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la DIA. Se realizará la conexión al sistema de colectores públicos desde la ubicación de la unión domiciliaria del condominio, hasta el punto de empalme a la red de aguas servidas de Aguas Andinas según lo indicado en los certificados de factibilidad sanitaria N°003408 y N°003410, ambos del 20/04/2023 adjuntos en el Anexo 2 de la presente DIA. En relación con la solución de aguas lluvias, se ha considerado el escurrimiento de las aguas lluvias de los condominios de forma superficial, con almacenamiento del aporte excedente a drenes de infiltración, ubicados en las zonas de áreas verdes. Para ello se dispone de una red domiciliaria de aguas lluvias, cámaras de inspección, sumideros, cámaras de decantación y los drenes.
Respecto de la generación de residuos, DGA mediante su oficio ORD. N° 729 de fecha 28 de julio de 2023 presentó observaciones.
Aire:
Fase de construcción: Se estima que se generarán emisiones fugitivas de material particulado y gases de combustión, principalmente polvo resuspendido por las actividades de preparación del terreno (escarpes), excavación y debido al tránsito de vehículos pesados dentro del recinto durante el desarrollo del proyecto, los resultados se resumen en la siguiente Tabla:
Tabla 12. Resumen emisiones atmosféricas fase de construcción. Año Emisión (t/año) MP10 MP2,5 NOx SO2 CO 2024 7,83, E-01 2,05, E-01 2,59, E-01 3,30, E-03 5,60, E-01 2025 3,45, E-01 9,29, E-02 1,12, E-01 1,50, E-03 2,67, E-01 2026 3,22, E-02 8,94, E-03 8,06, E-04 6,05, E-06 3,51, E-04 Fuente: Anexo 11 de la DIA.
En la tabla anterior, se observa que en fase de construcción no se superarán los valores máximos permitidos para MP10, MP2,5, NOx y SO2, establecidos en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago, Decreto 31/2017 del MMA. Al respecto, se consideran las siguientes medidas de control tendientes a reducir las emisiones fugitivas de material particulado: • Revisión técnica al día. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
• Mantenciones. • Encarpado de camiones. • Límite de velocidad. • Humectación.
Al respecto el Titular indica que en síntesis, las emisiones en fase de construcción no superan los límites indicados en el Artículo 64 del PPDA para la región Metropolitana de Santiago (D.S. N°31/2017) correspondiente a 2,5 t/año de MP 10; 2,0 t/año de MP2,5; 8 t/año de NOx y 10 t/año de SO2.
- Fase de operación: Las actividades que generarán emisiones atmosféricas en la fase de operación corresponderán únicamente al tránsito de vehículos livianos por caminos pavimentados. Además, se consideró el peor escenario a partir del cálculo del combustible producto de la calefacción domiciliaria que se estima utilizarán los habitantes de las viviendas unifamiliares (casas y departamentos) según sea su criterio. Para el caso de este proyecto se basa en que las viviendas consideran un sistema de calefacción en base a kerosene lo cual cumple con lo establecido por el PPDA de la Región Metropolitana, considerando la peor condición en base a todas las alternativas de calefacción permitidas en la zona de estudio. Por lo tanto, las fuentes emisoras de la fase de operación del proyecto se identifican como: tránsito de vehículos por caminos pavimentados, combustión de motores de vehículos y calefacción domiciliaria en base a kerosene. Las emisiones atmosféricas generadas por el tránsito de vehículos corresponden a las asociadas al proceso de combustión del motor y al material particulado resuspendido (emisión fugitiva) de los caminos, pavimentados en este caso. Estas últimas emisiones se consideran indirectas, debido a que corresponden a actividades que no dependen de la ejecución del proyecto. Para el cálculo de estas emisiones se consideró una cantidad específica de vehículos. Además, se estableció el supuesto recorrido que realizarían diariamente los vehículos de los propietarios. El recorrido supuesto para estos vehículos se definió en función al trayecto desde el proyecto hacia la intersección dos Avenidas importantes de la Región metropolitana es decir Avenida Manuel Rodríguez con Avenida Libertador Bernardo O’Higgins. A partir de lo anterior, las emisiones de la fase de operación del proyecto se identifican en la siguiente tabla:
Tabla 13. Resumen de emisiones atmosféricas en la fase de operación. Año Emisión (t/año) MP10 MP2,5 NOx SO2 CO 2026 1,75, E-02 3,96, E-01 8,14, E-02 1,10, E+00 6,53, E-02 2027 3,57, E-02 7,90, E-01 1,59, E-01 2,21, E+00 1,04, E-01 2028 3,57, E-02 7,93, E-01 1,63, E-01 2,21, E+00 1,32, E-01 2029 3,57, E-02 7,93, E-01 1,60, E-01 2,26, E+00 8,52, E-02 Fuente: Anexo 11 de la DIA.
Tal como se menciona anteriormente, quedará a criterio de cada habitante la implementación de un sistema de calefacción y en este caso se realiza el cálculo de calefacción con un artefacto en base a kerosene para las viviendas (departamentos) del proyecto, es decir, 504 departamentos. Por otro lado, se asume que la estufa será utilizada de abril a septiembre, durante 6 horas diarias, con una eficiencia del calefactor del 50%. Considerando 504 artefactos, uno para cada vivienda y departamento. De acuerdo con los resultados presentados en la tabla, las emisiones se consideran no significativas, dado que no superan los límites indicados en el Artículo 64 del PPDA para la región Metropolitana de Santiago (D.S. N°31/2017) correspondiente a 2,5 t/año de MP 10; 2,0 t/año de MP 2,5; 8 t/año de NOx y 10 t/año de SO2. Mayores antecedentes en el Anexo 11 de la DIA.
Respecto de los antecedentes presentados, la SEREMI del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana de Santiago, en su Oficio ORD. N° 598 de fecha 26 de julio de 2023, a objeto de acreditar que se encuentren debidamente identificadas las actividades asociadas al proyecto y la cuantificación de sus emisiones, en función de determinar si corresponde compensar emisiones respecto al cumplimiento del D.S. N° 31/2016, solicitó ampliar la presentación del Anexo 11 de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
DIA y aclarar la metodología utilizada. Finalmente, se señala que el artículo 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones sólo podrán iniciar la ejecución del Proyecto o actividad al contar con la aprobación del Programa de Compensación de Emisiones. Por tanto, según los antecedentes planteados en el presente literal, el Titular no acredita que no se generarán o presentarán efectos adversos significativos en magnitud y duración del impacto del Proyecto sobre el componente aire.
Aire:
Respecto del D.S. N° 4/1992. Establece normas de calidad del aire para material particulado sedimentable en la cuenca del río Huasco III Región: Esta norma secundaria no aplica al presente Proyecto. - Decreto Supremo 22/2009. Establece norma de calidad secundaria de aire para anhídrido sulfuroso (SO2): El Proyecto no contempla la emisión de este contaminante de manera significativa; se emitirá a partir de la combustión de motores diésel, los cuales contarán con mantenciones periódicas, para el óptimo funcionamiento de éstos.
Agua:
En lo que respecta a las normas secundarias de calidad ambiental vigentes, no le son aplicables al Proyecto, dado que éste se encuentra fuera de la zona de aplicación de ellas.
Ruido en asentamientos humanos: El área de influencia de ruido en receptores humanos se determinó considerando la fase de mayor nivel de emisión sobre el entorno de cada receptor, correspondiente a la Fase de construcción en periodo diurno, considerando el polígono en el cual se iguala el menor nivel de ruido medido, asociado al periodo en que será desarrollada la actividad. Para el Proyecto, se consideró 48 dB(A) para el horario diurno como menor nivel de ruido por lo que se establece el área de influencia en la curva de los 48 dB(A). A continuación, se observa el área de influencia de ruido del proyecto.
Figura 7. Área de influencia de ruido.
Fuente: Anexo 12 de la DIA.
Como es posible apreciar, existen receptores que se encuentran dentro del área de influencia directa del proyecto, considerando los sectores habitados a menor distancia de su límite perimetral. En las figuras se indica el área de influencia para 48 dB(A) (área roja), según la proyección realizada, al interior de esta se calculan niveles sobre los 48 dB(A), para el escenario y condiciones descritas, en una superficie de 86 ha en torno al proyecto y distancia máxima de 500 metros desde su límite. En tanto, se realizó la evaluación de los niveles proyectados por el software CadnaA, en base a la normativa descrita en el capítulo tres de la DIA. Esta evaluación supone únicamente el aporte de las fuentes emisoras de ruido descritas en cada Fase considerada en el estudio, sobre los puntos asociados a un receptor, según los máximos permisibles especificados en el D.S. N°38/11 MMA. La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la fase de construcción se detalla en la siguiente tabla:
Tabla 14. Evaluación del nivel proyectado en Fase de Construcción. Punto Fase de construcción dB(A) Máximo D.S. N° 38/11 Supera Si/No Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
E1 E2 E3 diurno dB(A) E1 E2 E3 P1 61 62 55 60 SI SI NO P1.1 62 62 56 60 SI SI NO P2 66 64 58 60 SI SI NO P2.1 66 64 59 60 SI SI NO P3 68 68 67 60 SI SI SI P3.1 68 68 68 60 SI SI SI P4 58 65 63 60 NO SI SI P4.1 58 66 64 60 NO SI SI P5 52 67 62 60 NO SI SI P5.1 53 66 64 60 NO SI SI Fuente: Anexo 12 de la DIA.
Las mediciones se realizaron de acuerdo a lo señalado en el D.S. N° 38/11 MMA, siendo aplicado tanto el método de medición y evaluación, como lo referido al tipo de instrumental utilizado. La proyección de los niveles asociados al proyecto se realizó considerando la peor condición de trabajo en ambas fases definidas, acorde a la normativa ISO 9613, en base al software de modelación CadnaA. Para la evaluación se consideró el funcionamiento de los frentes de trabajo, bajo las mismas condiciones indicadas en la fase de construcción (peor condición), al interior del predio a intervenir. El estudio realizado arrojó que existen receptores que pudieran verse afectados por las emisiones de ruido que generará el proyecto, dado que, con las proyecciones realizadas, se prevé superación de la norma en la línea base evaluada para la fase de construcción del proyecto. Por lo tanto, debido a esta condición se hace necesaria la implementación de medidas de control de ruido a las faenas. El Titular propone las siguientes medidas de control de barreras acústicas: • Barrera acústica perimetral. • Cierre acústico móvil y cierres en altura. • Cierre acústico para faenas puntuales. • Túnel acústico para camión de hormigonado. • Descarga de residuos de construcción. Se realizó la evaluación de las medidas de control propuestas para los frentes de trabajo de la fase de construcción en horario diurno debido a la naturaleza de las actividades, las cuales serán desarrolladas únicamente en dicho periodo de evaluación (ver Tabla siguiente).
Tabla 15. Evaluación del nivel proyectado en Fase de Construcción. Punto Fase de construcción dB(A) Máximo D.S. N° 38/11 diurno dB(A) Supera Si/No E1 E2 E3 E1 E2 E3 P1 51 48 47 60 NO NO NO P1.1 52 50 48 60 NO NO NO P2 55 48 45 60 NO NO NO P2.1 56 50 47 60 NO NO NO P3 56 54 48 60 NO NO NO P3.1 57 56 51 60 NO NO NO P4 48 50 46 60 NO NO NO P4.1 49 51 47 60 NO NO NO P5 52 51 45 60 NO NO NO P5.1 52 56 51 60 NO NO NO Fuente: Anexo 12 de la DIA.
En base a la proyección realizada, se puede concluir que es posible atenuar el nivel de ruido generado por la Fase de Construcción, mediante la completa implementación de las medidas de control propuesta, por tanto, Según la evaluación realizada es posible determinar que dichas emisiones no superaran la normativa vigente, D.S. N° 38/11 MMA.
Ruido en fauna: Para la evaluación se consideró el funcionamiento de los frentes de trabajo anteriormente descritos, bajo las mismas condiciones indicadas en la fase de construcción (peor condición), al interior del predio a intervenir. Esto se hizo con el fin de determinar el nivel de impacto sobre el ambiente acústico de la fauna residente en el sector en base al parámetro establecido por el criterio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
de evaluación indicado en las referencias de la guía para evaluación de fauna nativa en el SEIA, punto 5. Para la caracterización del entorno asociado a fauna, fueron considerados los siguientes parámetros, acorde con el catastro de fauna desarrollado al proyecto. - Anfibios: no se observaron condiciones de hábitats adecuados para el desarrollo de especies de este grupo, por lo tanto, no se registró especies de anfibios en el área de influencia del proyecto. - Reptiles: durante las campañas y mediante la metodología de búsqueda y observación directa no fue posible el registro de reptiles. - Mamíferos: conforme a las condiciones del área de estudio, donde se observa un suelo expuesto y con poca cobertura de la vegetación y, a pesar del esfuerzo de muestreo desarrollado, no se registró presencia de mamíferos de fauna silvestre en el área del proyecto, sólo se observó la presencia de animales domesticados de la especie Equus caballus (Caballos) y Bos primigenius taurus (Vacas). - Aves: durante las campañas de terreno realizadas en distintas temporadas se determinó la presencia de avifauna de las que, en términos de riqueza, registró la presencia de 8 especies, todas de amplia distribución en el territorio nacional y adecuadas a vivir junto a zonas urbanizadas.
No se registraron especies con problemas de conservación significativos para la zona dentro del área de influencia del proyecto, aun cuando algunas de ellas se catalogan como especies beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria y benéficas para el equilibrio de los ecosistemas como el caso de H. rustica y V. chilensis. El área donde se emplazará el proyecto posee un alto grado de intervención, la disponibilidad de hábitat se ve restringida a las especies con mayor capacidad de adaptación a zonas degradadas y a la intervención humana, las cuales corresponden en su mayoría a especies del grupo de las aves. Según lo anterior se considera para el presente análisis el nivel mayormente restrictivo asociado a la mayor abundancia de especies, la cual corresponde a avifauna y mamíferos, en base al parámetro de afectación que pudiera poner en riesgo la conservación del recurso en el tiempo, como peor condición. Considerando los parámetros indicados en el catastro de fauna del proyecto, es posible establecer los hábitats de interés para las especies indicadas, los cuales corresponden a los siguientes: • Hábitat pradera. • Hábitat formación arbórea. En base a la información indicada, fueron determinados puntos de medición para hábitat representativo de fauna, el cual indica la sectorización para el ruido de fondo asociado a la componente y el sector que concentra mayor abundancia de especies. A continuación, se indica el detalle de la evaluación.
Figura 8. Ubicación de los sectores en evaluación para fauna.
Fuente: Anexo 12 de la DIA.
Fueron identificados sectores en los cuales se registraron hallazgos asociados a la concentración de especies, en ambientes propicios para su nidificación, alimentación o reproducción. Según los parámetros indicados en el Criterio para evaluación de impactos por ruido sobre fauna Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
nativa, se identifican los máximos a considerar para las especies indicadas como sensibles, asociado a los parámetros mayormente restrictivos para aves, los cuales corresponderán en el presente estudio al umbral 58 dB(A) y para mamíferos 68 dB(A), con lo cual se abarca el umbral completo de afectación, asociado a la peor condición, es decir el umbral más bajo a ser alterado, para parámetros que podrían afectar la mantención del recurso en el tiempo.
A fin de establecer gráficamente la influencia del proyecto sobre el entorno habitado por fauna, se elaboró un mapa de ruido estableciendo un radio de influencia fijado en 58 dB(A) y 68 dB(A) como peor condición, el cual se indica a continuación.
Figura 9. Área de influencia sobre fauna – aves y mamíferos.
Fuente: Anexo 12 de la DIA.
Es posible determinar que se proyectan niveles sobre los 58 dB(A) y 68 dB(A) para las actividades a desarrollar al interior del predio a intervenir (nivel mayor o igual), según la modelación realizada. Sin embargo, dicho nivel se prevé en un radio de propagación máximo de 120 metros desde el límite para niveles sobre los 58 dB(A) y 35 metros para niveles sobre 68 dB(A), acotando el área de afectación bajo la peor condición de evaluación, a un área reducida considerando especies de alta movilidad y capacidad de reacción frente alteraciones de su entorno, con lo cual se prevé una afectación reducida del recurso. Respecto a la alteración de la situación basal asociado a fauna se prevé un área de influencia considerando el área que abarca la proyección de ruido, hasta alcanzar la curva asociada al menor nivel de ruido de fondo medido para fauna, el cual corresponde a 49 dB(A). Según lo anterior, este criterio considera el área dentro del cual se prevén niveles sobre el menor nivel basal registrado, para la componente fauna, el cual se extiende en un radio de 395 metros desde el límite del proyecto. A continuación, se indica el área de influencia para afectación sobre nivel basal de la componente fauna.
Figura 10. Área de influencia sobre fauna, según situación basal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Fuente: Anexo 12 de la DIA.
Tabla 16. Análisis de Ruido proyectado para Fauna. Aves (AV). ANALISIS DE RUIDO PROYECTADO PARA FAUNA NATIVA Área Curva LEQ dB Umbral DB Supera Ruido de Fondo Diferencia entre Nivel Proyectado y RF Altera RF Si/No AV F1 A 71 58 Si 49 22 Si F2 A 58 58 No 49 9 Si Fuente: Anexo 12 de la DIA.
Tabla 17. Análisis de Ruido proyectado para Fauna. Mamíferos (MA). ANALISIS DE RUIDO PROYECTADO PARA FAUNA NATIVA Área Curva LEQ dB Umbral DB Supera Ruido de Fondo Diferencia entre Nivel Proyectado y RF Altera RF Si/No AV F1 A 71 68 Si 49 22 Si F2 A 58 68 No 49 9 Si Fuente: Anexo 12 de la DIA.
Es posible indicar que se presenta influencia de la actividad sobre el ruido de fondo del sector asociado a fauna, y se prevé superación del umbral indicado para afectación de fauna nativa en zonas ubicadas dentro o cercanas al área de alteración directa del proyecto, según los puntos definidos para análisis. Según los datos entregados en el catastro de fauna desarrollado al proyecto, donde se establece que la avifauna presente en el área de estudio está representada por especies que presentan una amplia distribución en Chile, se encontraron especies beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria y benéficas para el equilibrio de los ecosistemas como H. rustica y V. chilensis. Para el caso de los mamíferos, se registraron 2 y 5 individuos de las especies Equus caballus (Caballos) y Bos primigenius taurus (Vacas) respectivamente. Además, se registró tránsito de personas dentro del área de influencia del proyecto, influyendo en la presencia de animales de menor tamaño (especialmente, micromamíferos). Además, debe considerarse que la presencia de mamíferos domesticados como Canis lupus familiaris, los que ejercen influencia negativa para la presencia de otras especies, en ambos grupos sin encontrar especies con problemas de conservación. En cuanto a los grupos anfibios y reptiles, no fue posible encontrar especies debido a un alto grado de intervención del área. Sin perjuicio de lo anterior, es importante indicar que todas las especies mencionadas presentan una amplia movilidad y se encuentran adaptadas a la influencia humana, por lo cual es posible indicar que se espera una afectación reducida del recurso. La evaluación para el área de influencia del proyecto sobre fauna del sector arrojó como resultado, que si bien se proyectan niveles sobre los parámetros indicados, esto será en un radio máximo de 120 metros en torno a la principal fuente generadora de ruido, por lo cual es posible determinar que el efecto sobre la fauna del sector expuesta a los niveles de ruido del proyecto no corresponde Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
a un efecto adverso significativo sobre el componente Fauna.
Vibraciones El Proyecto contempla en su fase de construcción, la preparación del terreno y la construcción de viviendas, a continuación, se presenta la proyección de vibración para el proyecto.
Figura 11. Modelación de vibración – Fase de Construcción.
Fuente: Anexo 12 de la DIA.
Según la proyección realizada y los antecedentes señalados, es posible evaluar la influencia de las vibraciones generadas por la obra de construcción, a continuación, se presentan los resultados de dicha evaluación.
Tabla 18. Evaluación de los niveles de vibración proyectados [VdB] para la Fase de Construcción. Punto Fase de construcción VdB Valor Criterio 2 VdB Supera Si/No P1 60 72 NO P2 71 72 NO P3 72 72 NO P4 73 72 SI P5 69 72 NO Fuente: Anexo 12 de la DIA.
Según los valores presentados en la tabla, los niveles de vibración proyectados hacia los receptores se encuentran sobre el nivel límite para criterio de molestia en Categoría 2, por lo cual es posible indicar que es necesario aplicar medidas de control, en base a la vibración generada por las actividades de construcción, considerando las edificaciones próximas existentes. Para ello se contemplan consideraciones en la ubicación y procesos de la faena a desarrollar: Consideraciones de diseño del proyecto - Dirigir los camiones y maquinaria pesada lejos de sectores residenciales sensibles. Seleccionar lugares con la menor cantidad de hogares si no hay alternativas disponibles. - Opere el equipo de movimiento de tierra en el lote de construcción lo más lejos posible de sitios sensibles a la vibración. Secuencia de operaciones: - Evitar faenas simultáneas de movimiento de tierra e impacto en el suelo, para que no ocurra en el mismo período de tiempo. A diferencia del ruido, el nivel de vibración total producido podría ser significativamente menor cuando cada fuente de vibración funciona por separado. Métodos alternativos de construcción: - Seleccionar métodos de construcción que no impliquen impacto, siempre que sea posible. Por ejemplo, retirar paneles de suelo en vez de usar martillos neumáticos para su demolición. - Evitar rodillos vibratorios cerca de áreas sensibles, priorizando el uso de maquinaria de menor emisión de vibraciones como placas compactadoras, con niveles de vibración no superior a 72 VdB a 20 metros. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
- Evitar maquinaria pesada generadora de vibración cerca de áreas sensibles, priorizando el uso de equipos o métodos constructivos que no generen vibración sobre el suelo o bien que generen niveles de vibración mínimos. Control de vibración mediante la delimitación de una zona de seguridad. - Se recomienda la implementación de una zona de seguridad en relación a la ubicación de los receptores afectados con superación normativa, dicha solución busca generar un área dentro del cual se restringe la circulación de maquinaria pesada al interior del predio, alejando las fuentes de vibración de los receptores afectados. El criterio aplicado, considera una zona dentro de la cual es recomendable evitar el uso de equipos generadores de vibración sobre el suelo, con lo cual se genera un distanciamiento hacia los receptores afectados con superación normativa. - La zona de seguridad deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para asegurar su correcta operación. - El radio de seguridad debe considerar una distancia mínima de 10 metros desde el límite de la fase constructiva 1 y 8 metros desde el límite de la fase constructiva 2, en dirección a los receptores afectados con superación normativa, con lo cual se alejan las fuentes de vibración, según el área indicada. A continuación, se indica en imágenes la ubicación de la zona de seguridad (zona roja).
Figura 12. Ubicación de zona de seguridad.
Fuente: Anexo 12 de la DIA.
Además, se considera la implementación de un Plan de control de vibraciones. A partir de estas medidas se presenta el escenario a existir considerando dichas medidas en la fase de construcción del proyecto incorporando la zona de seguridad (ver Tabla siguiente).
Tabla 19. Evaluación de los niveles de vibración proyectados [VdB] para la Fase de Construcción. Punto Fase de construcción VdB Valor Criterio 2 VdB Supera Si/No P1 58 72 NO P2 68 72 NO P3 69 72 NO P4 69 72 NO P5 66 72 NO Fuente: Anexo 12 de la DIA.
Según la información levantada, el Titular señala que es posible concluir que los niveles de emisión para el proyecto no superarán los máximos establecidos en la normativa citada, en base a las estimaciones entregadas en el estudio de ruido y vibraciones de la DIA. Mayores antecedentes en el Anexo 12 de la DIA.
Sin embargo, respecto del componente ruido y vibraciones, la SEREMI de Salud mediante su oficio ORD. N° 2288 de fecha 26 de julio de 2023 se pronunció con observaciones a lo presentado Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
por el Titular, señalando, entre los aspectos más importantes, que: a. Respecto de los receptores se solicita especificar cuál es el punto de evaluación dentro de cada uno de ellos que será utilizado para acreditar el cumplimiento normativo, por lo que se deberán entregar imágenes por separado de cada uno de los receptores en donde se señale y muestre con claridad dicho punto de evaluación, el cual deberá corresponder al lugar dentro del predio de cada receptor lo más cercano al proyecto dado que todos los receptores tienen derecho a ser protegido en todo su predio, ya sea a nivel de suelo como en pisos superiores de las edificaciones; b. Ampliar la información de cómo considera el frente de trabajo de obra gruesa en altura dado que el proyecto considera edificios de hasta 7 pisos de alto, lo que implica que habrá trabajos de obra gruesa en altura que no han sido considerados a parte de la obra gruesa a nivel de piso, lo que debe especificarse en la evaluación. c. Elaborar los mapas de ruido por separado para cada frente de trabajo y receptor asociado a una escala tal que se pueda ver en detalle la delimitación del predio receptor y su edificación así como el punto de evaluación con el cual se declara el nivel de ruido resultante, de modo de poder revisar en detalle los resultados obtenidos; d. Revisar las medidas de control de ruido o modificarlas, según corresponda, para acreditar el cumplimiento normativo; e. Dimensionar toda medida de control de vibraciones de modo que haya una forma objetiva de verificación y fiscalización por parte de la autoridad entregando dimensiones y descripciones objetivas de verificación; f. Entregar los cálculos y describir cómo llega a tales niveles de vibración en cada receptor, de modo de respaldar tales resultados. De acuerdo con lo anteriormente expuesto en el literal c), con la ejecución de las partes obras y acciones del proyecto, se generarán residuos, específicamente, asimilables a domésticos, industriales no peligrosos de la construcción y residuos peligrosos principalmente provenientes de envases de productos empleados en la construcción. No obstante, a lo anterior, el proyecto en ninguna de sus fases generará un impacto sobre los recursos naturales, por el manejo de los residuos que se generen en sus fases dado que el correcto manejo cumplirá con la normativa ambiental aplicable, evitando el contacto directo con los recursos naturales. En ningún momento se verterán residuos líquidos directamente al suelo natural, o algún cuerpo de agua. Por tanto, en base a los antecedentes presentados, el proyecto no generará impacto sobre los recursos naturales debido a la utilización o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Mayores antecedentes en la Descripción de proyecto de la DIA.
g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles: El presente Proyecto no contempla intervenir o explotar cursos o cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles. Tal como se indica en el Estudio de mecánica de Suelos, de acuerdo con la información geológica contenida en la publicación “Suelo de fundación de Gran Santiago” (Valenzuela, 1978) que considera la información obtenida de pozos profundos para extractos de agua, se tiene que la profundidad del nivel freático es cercana a los 10 m a las faldas del cerro Renca. La información antes presentada ha sido actualizada por la Dirección General de Aguas (DGA) y el Banco Nacional de Aguas (BNA), mediante el estudio de los niveles estáticos de agua subterráneas de pozos en monitoreo, se observa que, en la zona oeste de la cuenca de Santiago, sector donde se encuentra emplazado el sitio del proyecto, el nivel freático se presenta en una profundidad entre 5 y 15 m (Vergara y Verdugo, 2015).
g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles: Este Proyecto no contempla intervenir o extraer recursos hídricos de cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.
g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas: No se contempla en este Proyecto intervenir o explotar vegas y/o bofedales.
g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales: Este Proyecto no contempla intervenir o explota áreas o zonas de humedales, estuarios o turberas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse: No se contempla intervenir o explotar glaciares en el presente Proyecto.
El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas de ningún tipo al territorio nacional, o en áreas, zonas o ecosistema alguno.
Ruido y vibraciones Respecto de la inexistencia de los efectos, características y circunstancias del Artículo 11 de la Ley en cuanto al ruido y vibraciones en receptores humanos y fauna, el siguiente servicio se pronunció con observaciones: SEREMI de Salud mediante ORD. N° 2288 de fecha 26 de julio de 2023 El servicio se pronuncia de la siguiente forma mediante su oficio respecto de ruido: “RUIDO 1.1.1 En “2 Ubicación de Los Puntos de Medición” del anexo “12 Estudio de Ruido y Vibraciones” de la DIA el titular muestra en la figura “1 Ubicación de los Sectores en Evaluación” a los 5 (cinco) lugares de evaluación del componente ruido y vibraciones. Del mismo modo, se muestra en la tablas 1 y 2 fotografías que muestran el punto o lugar de mediciones identificados como P1 a P5, los que además están identificados en las tablas 3 y 4. Al respecto, se solicita al titular que rectifique el acápite 2 del anexo dado que se requiere identificar en detalle a los receptores y no los puntos de medición. Respecto de los receptores se solicita especificar cuál es el punto de evaluación dentro de cada uno de ellos que será utilizado para acreditar el cumplimiento normativo, por lo que se deberán entregar imágenes por separado de cada uno de los receptores en donde se señale y muestre con claridad dicho punto de evaluación, el cual deberá corresponder al lugar dentro del predio de cada receptor lo más cercano al proyecto dado que todos los receptores tienen derecho a ser protegido en todo su predio, ya sea a nivel de suelo como en pisos superiores de las edificaciones. Además debe seleccionarse la vivienda o edificación más cercana al proyecto por lo que los puntos rojos mostrados en la figura dan cuenta de lugares que con cumplen con dicha condición, lo que debe ser rectificado. 1.1.2 En “5.2.1.1 Etapa de Construcción” del anexo “12 Estudio de Ruido y Vibraciones” de la DIA el titular muestra en las tablas 15. 16, 17 y 18 lo que serían los frentes de trabajo agrupando las fuentes de ruido en cada uno de ellos, de los cuales ha definido el frente de trabajo de Obra gruesa y Terminaciones. Al respecto, se solicita al titular ampliar la información de cómo considera el frente de trabajo de obra gruesa en altura dado que el proyecto considera edificios de hasta 7 pisos de alto, lo que implica que habrá trabajos de obra gruesa en altura que no han sido considerados a parte de la obra gruesa a nivel de piso, lo que debe especificarse en la evaluación. 1.1.3 En “5.2.1.1 Etapa de Construcción” del anexo “12 Estudio de Ruido y Vibraciones” de la DIA el titular muestra en las figuras 5, 6 y 7 los mapas de ruido para los 3 (tres) escenarios definidos para la evaluación del cumplimiento normativo cuya escala no permite ver en detalle los lugares evaluados. Al respecto, se solicita al titular que elabore los mapas de ruido por separado para cada frente de trabajo y receptor asociado a una escala tal que se pueda ver en detalle la delimitación del predio receptor y su edificación así como el punto de evaluación con el cual se declara el nivel de ruido resultante, de modo de poder revisar en detalle los resultados obtenidos. Del mismo modo, se aprecia que para el condominio 1 no se han identificado receptores pertenecientes a dicho condominio que al estar habitado serán receptores en la etapa de construcción del condominio 2, lo que debe rectificarse según corresponda. 1.1.4 En “5.3.1.1 Etapa de Construcción” del anexo “12 Estudio de Ruido y Vibraciones” de la DIA el titular muestra en la figura “13 Modelación de Vibración – Etapa de Construcción” lo que sería el modelo espacial de la estimación de las vibraciones en los receptores. Al respecto, tal como se observó para el componente ruido, la imagen tiene una escala tal que no permite ver en detalle la ubicación del punto de evaluación para el componente ruido toda vez que se muestran puntos rojos en dicha imagen que no representarían los lugares más cercanos al proyecto, lo que debe rectificarse según corresponda, entregando imágenes por separado para cada receptor que deberá corresponder a la vivienda o edificación más cercana al proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
1.1.5 En “5.4 Medidas de Control de Ruido” del anexo “12 Estudio de Ruido y Vibraciones” de la DIA, el titular presenta las medidas de control de ruido que serán necesarias para el cumplimiento normativo para cada uno de los escenarios que consistirían en Barrera acústica perimetral de diferentes alturas y ubicadas como se muestra en la figura “27 Ubicación de Barrera Perimetral Propuesta. B1 y B2” del anexo de 3,6 m y 4,1 m respectivamente. Del mismo modo se plantea el uso de Cierre acústico móvil para las faenas de Obra gruesa y terminaciones tanto a nivel de suelo como en altura de 2,5 m de altura y de al menos 2 m de extensión. Del mismo modo se plantean Cierres en altura (cierre de vanos) según se terminen las plantas de los edificios y Cierres acústicos para faenas puntuales como taller de corte, motor generador de grúa pluma y faena de hormigonado, así como Túnel acústico para Camión mixer. Por último, se plantea el uso de un ducto de descarga de material plástico para reducir el impacto de materiales en su interior. Al respecto, dadas las observaciones anteriores de deberán revisar estas medidas de control de ruido o modificarlas según corresponda para acreditar el cumplimiento normativo. 1.1.6 En “5.5 Medidas de Control Para Vibración” del anexo “12 Estudio de Ruido y Vibraciones” de la DIA, el titular presenta las medidas de control de vibraciones que serán necesarias para el cumplimiento normativo, las que consisten en una serie de medidas y acciones las que no están debidamente dimensionadas, descritas, especificadas e identificadas de modo que pueda ser fiscalizada por la autoridad competente. Al respecto, toda medida de control debe estar debidamente dimensionada, descrita y detallada de modo que pueda ser debidamente fiscalizada, por ello no es posible aceptar medidas de control de vibraciones en las que se emplean términos tales como, lo más lejos posible, si no hay alternativa posible, lejos, evitar, siempre que sea posible, etc. Por lo tanto, se solicita que se dimensione toda medida de control de vibraciones de modo que haya una forma objetiva de verificación y fiscalización por parte de la autoridad entregando dimensiones y descripciones objetivas de verificación. 1.1.7 En “5.5.2 Evaluación de la Medida de Control Para la Vibración” del anexo “12 Estudio de Ruido y Vibraciones” de la DIA, el titular muestra en la tabla “37 Evaluación de los Niveles de Vibración Proyectados [VdB] Para la Etapa de Construcción” en la cual muestra los niveles proyectados en los receptores una vez implementadas las medidas de control incorporando una zona de seguridad. Al respecto, se solicita al titular entregar los cálculos y describir cómo llega a tales niveles de vibración en cada receptor, de modo de respaldar tales resultados.”
Emisiones atmosféricas Respecto de la inexistencia de los efectos, características y circunstancias del Artículo 11 de la Ley sobre emisiones atmosféricas, el siguiente servicio se pronunció con observaciones:
SEREMI de Salud mediante ORD. N° 2288 de fecha 26 de julio de 2023 El servicio se pronuncia de la siguiente forma mediante su oficio: “EMISIONES 1.2.1 Se solicita rectificar los antecedentes que dan lugar a la confección de tabla 49 de la DIA y lo informado en tabla 21 de anexo 11 del estudio de Emisiones Atmosféricas, toda vez que es incoherente que las emisiones de MP2.5 sean mayores a las emisiones informadas de MP10, ya que MP2.5 es subconjunto de MP10. 1.2.2 En relación a punto 1.6.9 b) en la DIA, referido al criterio considerado para la determinación de las emisiones según el recorrido de las fuentes móviles en fase operación, este debe ser consistente con la distancia al anillo Américo Vespucio, siempre que el proyecto se encuentre al exterior de este, de acuerdo a punto 1.6 de la guía de emisiones 2020 para proyectos inmobiliarios en fase operación.”
Residuos Respecto de la inexistencia de los efectos, características y circunstancias del Artículo 11 de la Ley en relación a los residuos del proyecto, el siguiente servicio se pronunció con observaciones:
La SEREMI de Salud mediante ORD. N° 2288 de fecha 26 de julio de 2023, se pronunció de la siguiente manera:
“RESIDUOS 1.3.1 El titular deberá considerar que en su generalidad, el manejo de residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas como el tratamiento y/o la disposición. 1.3.2 Respecto de los residuos domiciliarios generados en la etapa de construcción, el titular deberá instalar contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas, estos residuos deben ser retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad. 1.3.3 El titular deberá disponer los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción (restos de hormigón, enfierraduras, materiales sintéticos, madera, etc.), en pozos con planes de recuperación de suelos, autorizados. 1.3.4 El proyecto deberá incorporar un sistema de control de vectores de interés sanitario, a través de la implementación de un cordón sanitario alrededor de la obra, que incluya tanto la desratización, desinsectación y sanitización de toda la instalación, de acuerdo a un plan periódico de trabajo (programa de control de vectores sanitarios) efectuado por una empresa debidamente autorizada por esta SEREMI de Salud. 1.3.5 En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, líquidos hidráulicos y/o combustible durante la etapa de construcción, el titular debe recuperar y almacenar los residuos en tambores con tapa, en un sector con piso impermeable, con control de derrame, bajo techo y señalizado, para luego ser dispuesto en sitios autorizados por está Autoridad Sanitaria. Este tipo de residuos, por sus características, es considerado un residuo peligroso, por lo que para proceder a su mejor manejo, eliminación y/o tratamiento en planta autorizada, el titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N° 148 de 2003 del MINSAL, que “APRUEBA REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS”. AGUAS SERVIDAS 1.4.1. Dado que al inicio de la etapa de construcción será necesario utilizar baños químicos, se hace presente que será responsabilidad del titular la instalación, mantención, limpieza y transporte de estos servicios higiénicos provisorios, considerando además que: • El número mínimo de artefactos se debe calcular en base a la tabla del artículo 23 del DS 594/99 del MINSAL. • Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad. • Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo. • El punto de descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga”. Agua Respecto de la inexistencia de los efectos, características y circunstancias del Artículo 11 de la Ley en relación al componente hídrico del proyecto, el siguiente servicio se pronunció con observaciones:
DGA mediante ORD. N° 729 de fecha 28 de julio de 2023 El servicio se pronuncia de la siguiente forma mediante su oficio:
“Antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley
- El Titular declara en el acápite 2.4 del anexo 06 que: “se observa una zanja en los deslindes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Sur y Oriente, de ancho de 2.00 m y una profundidad de 2.50 aproximadamente (ver Fig. 7 y 8). Por otro lado, se observa un canal con abundante basura al exterior del deslinde Oriente del sitio, como se muestra en las Fig. 8 a la 10, que cuenta con un ancho variable de 4.00 a 5.00 m y una profundidad de 2.50 m, aproximadamente (Énfasis agregado). Al respecto, se solicita al titular:
En atención a que la referida información es indispensable para la evaluación ambiental del proyecto, se observa y se solicita al Titular lo siguiente: a) Identificar en cartografía en escala 1:1.000 o similar y en archivo digital kmz, que pueda ser desplegado en Google earth®, los cauces naturales y artificiales existentes (abiertos o entubados; canales, acequias, zanjas) y representarlos en conjunto con las partes y obras del proyecto (Edificaciones, Descarga de aguas lluvias, Caminos de acceso, Caminos internos, LMT u otros). La identificación de cauces debe ser ejecutada a escala de proyecto e independientemente de las cartas IGM u otro antecedente previo, estableciendo la red hídrica existente, se encuentre ésta operativa o en desuso, se trate de cauces continuos, discontinuos, entre otras situaciones. b) Indicar nombre oficial del cauce o asignar uno para su identificación, tipo de cauce, sus características (caudal, capacidad de porteo (l/s y m3 /h), ancho, profundidad, revestimiento, dispositivos existentes, régimen del cauce) y cercanía con el proyecto (distancia, m), según corresponda. c) Origen de las aguas, uso y administración del cauce, cuando corresponda. d) Medidas contempladas a fin de evitar impacto sobre las aguas de los cauces colindantes en caso de accidente y/o derrames, según corresponda. e) Aclarar y declarar si efectuará alguna obra de reemplazo o modificación de los cauces, ya sea desvío u otro, a fin asegurar la no afectación de la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas y se garantice el libre escurrimiento de aguas y su funcionamiento y ejercicio de los DAA de terceros, según corresponda. f) Describir las obras en el cauce (caudales, dimensiones, materialidad, funciones) y adjuntar planos a escala, y PAS aplicables, según corresponda. g) Indicar las Coordenadas UTM (m) Datum WGS84 de la ubicación de cada una de las obras en el cauce, según corresponda. h) Especificar a qué tipología de cauce corresponden los “zanja” identificados en la figura 6 y 7 presente en el acápite 2.5 de mecánica de suelo del Anexo 6. i) Téngase presente, además, que la titular deberá contar y exhibir, según se requiera, el certificado o documento que acredite el conocimiento y conformidad de los propietarios, administradores o titulares de derechos de agua del canal de riego, para la materialización de las obras, según corresponda. j) Actualizar acápite 2.1.2 “Componente Agua” del capítulo 02 de la DIA. 7. En el acápite 2.3 del Anexo 6, el Titular declara respecto a la profundidad de la napa que: “La información antes presentada ha sido actualizada por la Dirección General de Aguas (DGA) y el Banco Nacional de Aguas (BNA), mediante el estudio de los niveles estáticos de agua subterráneas de pozos en monitoreo, se observa que, en la zona oeste de la cuenca de Santiago, sector donde se encuentra emplazado el sitio del proyecto (ver Figura 6), el nivel freático se presenta en una profundidad entre 5 y 15 m (Énfasis agregado)”. Por tanto, a juicio de este servicio los datos aportados no son suficientes para descartar eventuales impactos en las aguas subterráneas. En consecuencia, se solicita al titular: a) Indicar la profundidad de la napa freática en la zona de emplazamiento del proyecto para la época más crítica del año (menor profundidad). Lo anterior con el objetivo de verificar la no intervención del acuífero a consecuencia de la ejecución de las obras que contempla el complejo inmobiliario, comparando dichos niveles con la máxima profundidad que poseen las obras civiles proyectadas, en particular, los cimientos o fundaciones de los edificios, el alcantarillado y los drenes de aguas lluvias, refiriéndose, en el caso que corresponda, a la necesidad de realizar extracciones para el agotamiento de la napa, describiendo en detalle las consideraciones tanto técnicas como administrativas (autorización) para ejecutar dichas labores. b) Para verificar lo anterior, se deberá adjuntar un plano de elevación escala 1:500 o similar con los respectivos detalles. Lo solicitado, de acuerdo con el inciso segundo del Art. 41 del Código de Aguas, ya individualizado.
- Respecto a la observación 5 del presente Oficio, y en atención a que los aportados no son suficientes para descartar eventuales impactos en las aguas subterráneas (someras) resulta Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
relevante para la evaluación ambiental de proyectos, consideras las siguientes medidas ante eventuales situaciones de riesgo o contingencia que pueden generar los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 del RSEIA. Además, se solicita que la medida sea incorporada en el Plan de Contingencias y Emergencias. Por tanto, ante un afloramiento de aguas subterráneas, tanto en Fase de Construcción como de Operación, la medida a aplicar será la siguiente: “Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción y en la Fase de Operación del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades”: i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de las obras en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
- Se hace presente al titular que el área de proyecto se encuentra en el Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común (SHAC) Santiago Central del acuífero del Río Maipo, el cual se encuentra declarado zona de prohibición para nuevas explotaciones de aguas subterráneas, de acuerdo a la Resolución D.G.A N° 286, publicada en el D.O el 01 de octubre de 2005, por tanto, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en todas las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.
- Respecto de si la Declaración de Impacto Ambiental entrega los antecedentes necesarios para evaluar que el proyecto no requiere presentar un Estudio de Impacto Ambiental, y por lo tanto, no genera o presenta los efectos adversos, características o circunstancias sobre el recurso agua, señalados en el artículo 11 de la LBGMA, este servicio emitirá una opinión una vez sean respondidas las presentes consultas, y se tenga claridad de los efectos asociados al Recurso Hídrico.”
Al respecto, esta Dirección regional hace presente que el Titular no presentó la Adenda correspondiente en el plazo otorgado para responder a las consultas realizadas por los órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental, por tanto, no se subsanaron las solicitudes, aclaraciones y rectificaciones solicitadas mediante el Informe Consolidado N° 202313103503 de fecha 17 de agosto de 2023.
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto no genere los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 6º del Decreto Supremo Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.2 del ICE.
El Proyecto genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental no significativo No Aplica. Respecto de la intervención, usa o restricción del acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico relacionados con el componente “Medio Humano”, cuyos antecedentes se adjuntan en el Anexo 13 de la DIA se puede señalar, que no el Proyecto no logró acreditar de que no interfiriera en el desarrollo de las prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población respecto del uso de los recursos naturales utilizados dentro del área de emplazamiento del Proyecto. Ahora bien, el trabajo de terreno realizado por el Titular con el catastro fotográfico, entrevistas y caracterización no fue posible reconocer uso de recursos naturales por parte de los grupos humanos presentes dentro del área del proyecto. Sin embargo, es posible reconocer predios al costado del área del proyecto, que cuentan con rastros de cultivo agrícola y crianza de animales, como caballos, vacunos y aves. De igual manera, no se observan espacios naturales que sean usados por los grupos humanos para prácticas recreativas y/o turísticas que se puedan ver afectadas por la ejecución del proyecto. Cabe mencionar que el Río Mapocho corresponde al Humedal asociado a limite urbano “Sist. Rios-Maipo-Mapocho, esteros Colina-Angostura-Puangue y Trib.”, este se encuentra a 530 metros hacia el sur del área del proyecto en evaluación. Al respecto, es importante señalar que el proyecto no contempla emplazar partes y obras temporales o permanentes en el Humedal, así como tampoco descargar aguas lluvias en este, por lo que no se proyecta alguna afectación de sobre el cuerpo de agua o ecosistema asociado (ver Figura siguiente).
Figura 14. Zonificación del humedal asociado a limite urbano “Sist. Rios-Maipo-Mapocho, esteros Colina-Angostura-Puangue y Trib.” y área del proyecto en evaluación.
En conclusión, el Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron recursos naturales que fuesen empleados por la población perteneciente al área de influencia del Proyecto. De mismo modo, no se percibieron prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población, que refirieran a utilización de recursos naturales. Mayores antecedentes en Anexo 13 de la DIA.
En relación con la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, según lo presentado por el Titular en su Anexo 13, el Proyecto contempla un Informe de Mitigación Vial intermedio, debido al flujo vehicular generado en el transporte en el área del Proyecto, por lo que el área de influencia para este literal se define de la siguiente manera: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Figura 15. Área de influencia de flujos viales.
Fuente: Anexo 13 d la DIA.
En particular, se explicitan las 4 intersecciones en los cuatro puntos cardinales disponibles dada la ubicación del proyecto. Para efectos de análisis de aquí en adelante, se realizará análogamente entre modos de transporte privado y otros modos extendiendo así en una intersección el análisis de los otros modos.
Figura 16. Área de influencia y número de intersecciones.
Fuente: Anexo 13 de la DIA.
De acuerdo con el Informe de mitigación Vial disponible en el Anexo 16 de la DIA, de los análisis realizados, se concluye que el impacto que genera el proyecto en análisis sobre la vialidad existente es despreciable, toda vez que los niveles de congestión y tiempos de viaje se mantienen por debajo del límite de la capacidad de las vías, llegando como máximo a un 52% en la situación con proyecto. A su vez, se presentan medidas de mitigación obligatorias dentro del estudio, respecto de la circulación segura y condiciones de accesibilidad para peatones, ciclistas, transporte público y vehículos motorizados; interacción con el sistema de movilidad e inserción armónica con el entorno urbano Se observa que en términos de costos sociales el incremento del escenario con proyecto respecto del escenario base es de un 8% en el periodo punta mañana laboral y un 16% en el punta tarde laboral. Por otro lado, si el análisis se centra en la variación de los niveles de saturación u ocupación de la vía, el arco de mayor relación flujo/capacidad corresponde al arco 110 (Av. Vicuña Mackenna esquina Av. José Miguel Infante), tanto en la base como en el proyecto, alcanzando niveles de ocupación máxima de 51.9% de la capacidad total en el arco de mayor carga. Ciertamente un arco operando a un 52% de su capacidad no presenta problemas se congestión, demoras ni impactos atribuibles al proyecto. En términos de flujo, esta variación corresponde a un total de 101 vehículos equivalentes en una hora. En conclusión, el proyecto no considera mayores efectos para el literal b) de obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, como consecuencia de las partes, obras y acciones del proyecto. Dado que se tendrán una serie de medidas para la fase de construcción en consideración de descartar cualquier efecto negativo. Mayores antecedentes en Anexo 13 y Anexo 16 de la DIA.
Al respecto SEREMI de Transportes y telecomunicaciones, a través de su pronunciamiento oficio ORD. N° 20887/2023 SRM-RM de fecha 26 de julio de 2023, se presentó con observaciones, señalando que si el proyecto presenta un estudio sectorial de transporte aprobado, éste debiese ser incorporado dentro de las medidas desarrolladas por el Proyecto. Además, solicita un estudio de movilidad, que se ajuste a la metodología de evaluación descrita en los criterios de evaluación del SEIA. Por lo tanto, según los antecedentes planteados en el presente literal, el Titular no acredita que no se generarán o presentarán efectos adversos significativos en magnitud y duración del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
impacto del Proyecto sobre la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.
Respecto de la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, de acuerdo con lo presentado por el Titular, en la Fase de Construcción, se prevé que las personas que trabajen en la obra correspondan a población flotante, por lo tanto, no permanente, por lo que no hará uso de servicios tales como salud o educación cercanos, por lo tanto, es posible acreditar que el Proyecto durante su fase de construcción no generará una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Conforme a lo anterior, es posible acreditar que el Proyecto durante su fase de construcción no generará una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Fase de operación: El acceso a establecimientos educaciones con respecto a la ubicación del proyecto se muestra en la siguiente figura, donde se observan los establecimientos de educación que se encuentran tanto en el área de influencia como colindantes a ella.
Figura 17. Establecimientos Educación Área de influencia Medio Humano.
Fuente: Anexo 13 de la DIA.
Es posible observar que dentro del área de influencia se encuentran los siguientes establecimientos de educación: Colegio Alonzo de Córdoba, Colegio El Bosque de Renca, Escuela Lo Velázquez, escuela básica Namuncura, Colegio Jacarandá y la escuela Jorge Alessandri Rodríguez. Colindantes al área de influencia se encuentran el Instituto Cumbres de Cóndores Poniente, Colegio Lo Boza, Centro educacional Goyenechea. El Proyecto contempla la construcción de un total de 504 departamentos distribuidos en 6 edificios, los que aproximadamente albergarán a 1.713 personas (considerando el promedio comunal de personas por hogar). De acuerdo a esto, la cantidad proyectada de personas en edad escolar equivale a 496 habitantes (considerando que la población en edad escolar para la comuna de Renca corresponde a un 29,44%). La capacidad de matrícula de los establecimientos educacionales del Área del Proyecto corresponde a 617 matrículas en el nivel prekínder y kínder, 3.038 matrículas en el nivel de educación básica y 665 matrículas en el nivel de educación media por lo que no se presentarían efectos significativos en cuanto acceso a educación en el área de influencia.
Acceso a servicios de salud: Respecto los tipos de cobertura de salud, el 85% de la población se atiende en sistema público por medio de FONASA, el 12% por medio de ISAPRES y un 2% de la población no cuenta con sistema de previsión de salud. Por su parte, en lo relativo al acceso a salud, el 96% de la población indica contar con un centro de salud a menos de 8 cuadras, mientras que un total de 5.342 personas no cuentan con un centro de salud a menos de 8 cuadras. Al respecto, la comuna cuenta con 4 consultorios generales urbanos, 1 consultorio de salud mental, 2 servicios de atención primaria de urgencia y 1 servicio de atención primaria de urgencia de alta resolutividad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Centros de salud con respecto a la ubicación del proyecto: A continuación, se presentan los establecimientos de salud con respecto a la ubicación del proyecto:
Figura 18. Establecimientos de atención primaria.
Fuente: Anexo 13 de la DIA.
Es posible observar que dentro del área de influencia no existen centro de salud, fuera del área de influencia y más cercano se encuentra el CESFAM Bicentenario de Renca.
Acceso a servicios básicos:
Electricidad: En lo relativo al servicio de electricidad, el 99% de la comuna está conectada a la red eléctrica, lo que equivale a 123,700 viviendas.
- Agua Potable y Alcantarillado: El 100% de la comuna se encuentra con agua potable. El sistema de producción de Aguas Andinas en la comuna tiene derechos de explotación suficientes y con la capacidad de obras de captación de aguas subterráneas, si la infraestructura es debidamente operada y mantenida. Todo el territorio comunal está operado por la empresa sanitaria Aguas Andinas. Sin embargo, puede esperarse una significativa mayor demanda de agua por el aumento de la población, particularmente en la zona norponiente donde se ubican los nuevos condominios y viviendas sociales.
- Acceso a servicio de transporte público: En cuanto al acceso a servicios básicos generales, CASEN 2017 expresa que el 99% de la población cuenta con acceso a servicio de transporte público a menos de 8 cuadras. Mientras que el 1% indica que no cuenta con acceso a servicio de transporte público a menos de 8 cuadras, es decir, un total de 1.358 personas. En términos de acceso a transporte, si bien Renca se encuentra alejada del resto de la ciudad de Santiago, cuenta con 11 recorridos de Transantiago que conectan la comuna con el resto de la ciudad, las cuales se detallan a continuación: - Recorrido 105: permite conectar comunas tales como Renca, Quinta Normal, Estación Central. - Recorrido 109: permite acceder a comunas de Quinta Normal, Estación Central, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos y Maipú. - Recorrido 110: permite conectar las comunas de Quilicura, Renca, Cerro Navia, Lo Prado, Estación Central, Maipú y Cerrillos. - Recorrido 110c: permite conectar las comunas de Renca, Cerro Navia, Lo Prado, Estación Central. - Recorrido 408e: habilita la conexión entre las comunas de Renca y Santiago. - Recorrido 410: conecta las comunas de Renca y Providencia. - Recorrido 410e: desarrolla la conexión entre las comunas de Renca y Santiago. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
- Recorrido B03: conecta la comuna de Renca con la comuna de Independencia y Recoleta. - Recorrido B09: habilita el traslado entre las comunas de Renca y Quinta Normal. - Recorrido B20: conecta la comuna de Renca con la comuna de Independencia y Recoleta. - Recorrido B30N: permite conectar la comuna de Renca con el Centro de Santiago. También cuentan con servicios de colectivos, taxis y vehículos privados. Recientemente, se habilitó una ciclovía con una extensión total de 5 km demarcados al costado derecho de ambas calzadas de José Miguel Infante, desde Vicuña Mackenna hasta Condell, y por Condell, desde J.M. Infante hasta Río Mapocho. Su ancho es de 1,5 metros y 30 cm de demarcación divisoria, incluyendo tachas y 28 hitos abatibles en paraderos del transporte público e intersecciones importantes.
En conclusión, es posible acreditar que el Proyecto durante su fase de construcción y operación no generará una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, esto en consideración a que los establecimientos cercanos al área del proyecto contemplan la demanda para la población proyectada. Mayores antecedentes en el Anexo 13 de la DIA.
Respecto de impedir o dificultar el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de grupos humanos, el Titular no logró acreditar de que no se identificaran grupos humanos que en el área de influencia no realizaran actividades o prácticas culturales vinculadas a mantener o fortalecer sentimiento de arraigo o pertenencia a una identidad local determinada. Al respecto el Titular presentó la siguiente información:
Población indígena: Según el Censo (2017), en el territorio comunal 20.601 habitantes declaran adscribir a algún pueblo originario, vale decir, el 14% de la población total, declarándose el 92,8% como mapuche. Áreas de Desarrollo Indígena (ADI) y Organizaciones Indígenas Según el registro de comunidades y asociaciones indígenas de CONADI 2021, se registran 9 organizaciones indígenas en la comuna de Renca. Cabe señalar que no se registran Áreas de Desarrollo Indígena en el sector. En el área del proyecto, se observan cuatro asociaciones indígenas presentes en el área de influencia: - Asociación Indígena "Huilkunche, - Asociación Indígena Mapuche Weichafe, - Asociación Indígena Rayen Wingkul, - Asociación Indígena Dzomo Tañi Rakiduam.
Fuera del área de influencia se encuentran la Asociación Indígena Mapuche "Lonko Kallfukura", un poco más alejada pero dentro de la comuna se encuentran las Asociaciones Mapuche Meli Newen Mapu, Mapuche Renca Winchanlof y la comunidad Comunidad Quiñileo Neculqueo.
En consideración a la naturaleza del proyecto(viviendas), este no produciría efectos a las asociaciones y comunidad presentes en ningún ámbito. Sin embargo, es relevante hacer alusión a la cosmovisión mapuche y la visión de las comunidades de la comuna de Renca. A continuación, se presenta la descripción de celebraciones tradicionales que presentan las asociaciones y su significado a través de la cosmovisión y visión del pueblo mapuche. Descripción de celebraciones: • El Nguillatun es uno del ritual más importante del pueblo Mapuche, según la cosmovisión mapuche es que la totalidad de la sociedad Mapuche, las comunidades de vivos y difuntos, se hace presente en el Nguillatun dando vida a una representación simbólica compleja y poderosa a través de la cual los propios Mapuches se identifican a sí mismos y se constituyen diferenciadamente frente a los demás. Además, en este ritual se pide a los cuatro dioses del wenu mapu que significa la tierra de arriba y mantener o restituir el bienestar y equilibrio de los habitantes del mapu (tierra)" (Catrileo ,1995). Esta celebración se lleva a cabo al interior de una ramada, en la cual el rewe se ubica en su centro rodeado por los demás miembros de la comunidad. Durante el transcurso de la ceremonia, se realizan bailes y oraciones en las que los participantes piden por el clima, las cosechas la salud y la abundancia. • El We Tripantu o wüñoy Tripantu se celebra entre los días 21 y 24 de junio, el cual representa una nueva salida del sol y la luna, esta fecha marca el punto máximo de distancia que puede alcanzar el sol de la tierra, por ello, desde este punto se inicia el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
retorno, que representa un nuevo comienzo, lo que significa para la cosmovisión mapuche un cambio de ciclo de la vida y agrario, cuya clara señal es el solsticio de invierno. • Por último, el Trafkintu es una celebración que contempla en realizar intercambios de bienes y conocimiento (kimun) entre personas y comunidades, especialmente de productos que entrega la madre tierra (ñuke mapu), tales como semillas, animales, frutas, artesanías y alimentos.
Manifestaciones de la cultura de la población: Actualmente, al interior de la comuna de Renca, se realiza, entre otras, la celebración de Cuasimodo en abril, donde se realiza un recorrido por toda la comuna el primer domingo, después de Pascua de resurrección. La fiesta de Cuasimodo en la comuna tiene una gran tradición histórica, comenzando a mediados del siglo XIX, cuando Renca, era una localidad rural, aledaña a la ciudad de Santiago. Si bien la celebración ha tenido lugar en distintos sectores de la comuna, destacan la parroquia “El Señor de Renca” (calle Diego Portales) y la Capilla Nuestra señora del Carmen (Calle Serrano, El Perejil) como instituciones que acogen dicha celebración, además de calle Lo Boza y el centro de la comuna (Sistema de Información para la Gestión del Patrimonio Cultural Inmaterial SIGPA, 2013).
Sitios de significancia cultural, patrimonial y turístico: Según lo establecido en el resumen ejecutivo del PRC (2020, p. 57) el patrimonio cultural de Renca se caracteriza principalmente por aspectos históricos y sociales, identificando inmuebles y sectores que contribuyen a la identidad local, principalmente vinculados al pasado agrícola del territorio, a la conformación de las primeras poblaciones y luego al auge industrial. Se definen siete inmuebles posibles a ser incorporados en el PRC como Inmuebles de Conservación Histórica (ICH), estos son los siguientes: 1. Casona Lo Varas; inserta dentro del parque del mismo nombre, antes de su destrucción representaba una de las pocas casonas patronales del fundo de Renca. 2. Hacienda La Punta; hacienda que fue donada a los jesuitas en el año 1593, luego de su expulsión del país, fue adquirida sucesivamente por diferentes propietarios. Del proyecto original solo se conservan algunos elementos. 3. Casa Av. Brasil; prototipo de las edificaciones que consolidaron los grupos humanos. primeros territorios en Renca. En su ubicación, es la única en cuanto a tipología y antigüedad. 4. Casona Vicuña Mackenna; inmueble de estilo neoclásico, de gran tamaño constructivo y predial. Destaca arquitectónicamente sobre las edificaciones aledañas. 5. Ruina 1 en calle Balmaceda; Vestigios de un inmueble inserto en un amplio predio en la calle Balmaceda, de gran interés por su morfología. 6. Ruina 2 en calle Balmaceda; Vestigios de un inmueble inserto en un amplio predio en la calle Balmaceda, de gran interés por su morfología. 7. Central Termoeléctrica; la termoeléctrica constituye un hito relevante en la historia de la comuna, aun cuando su impacto no ha sido positivo desde el punto de vista medioambiental. Aun así, se propone proteger la edificación de la Central Renca 1 con sus chimeneas, pensando en que una futura reconversión del área mantenga, con otro uso, un vestigio de esta zona productiva de la comuna. Además, se incluyen dos tipos de Zonas de Conservación Histórica, áreas de valor urbano e histórico, que están relacionadas con el proceso de poblamiento y consolidación de la comuna de Renca: 1. Poblaciones Históricas: poblaciones Matucana, CCU, Caupolicán Obrero, Ferriloza y CORFO. 2. Conjuntos de Condominios Sociales; conjuntos de departamentos Empleados Hirmas y Villa El Salvador, edificados entre los años 1950 y 1970 reflejan políticas públicas de vivienda social emblemáticas implementadas por la Corporación de la Vivienda y la Corporación de Mejoramiento Urbano.
Organizaciones sociales: Según información recibida mediante una solicitud de transparencia respecto del listado de organizaciones comunitarias inscritas en el Municipio, en Renca hay actualmente un total de 121 juntas de vecinos. Al respecto, según una fuente del 2017, puntualmente el Sistema Nacional de Información Municipal (SNIM, 2017), en la comuna existían 592 organizaciones sociales y comunitarias, de las cuáles 206 correspondían a “Otras Organizaciones Funcionales”; 121 a Juntas de Vecinos; 83 a Centros y Organizaciones de Personas Mayores; y 86 a Clubes Deportivos (13). Mayores antecedentes en el Anexo 13 de la DIA.
Respecto de la inexistencia de los efectos, características y circunstancias del Artículo 11 de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Ley en relación a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, los siguientes servicios se pronunciaron con observaciones a la DIA:
CONADI mediante ORD. N° 797 de fecha 25 de julio de 2023 El servicio se pronuncia de la siguiente forma mediante su oficio: “En razón de lo expuesto en los acápites precedentes, esta Corporación estima que, el Titular si bien realiza un levantamiento de información no es suficiente para acreditar adecuadamente la no afectación de la población protegida, en virtud a que solamente se registra haber preguntado sobre el tema a una persona, quién manifestó no tener conocimiento, lo que impide sostener cualquier conclusión en relación al emplazamiento o no emplazamiento de GHPPI en el área de influencia. Por lo tanto, debe efectuarse un nuevo levantamiento de información primaria que sustente y acredite la conclusión del Titular, adjuntando el detalle de las campañas a terreno y la metodología usada para levantar información primaria, incorporando las pautas y las transcripciones de las entrevistas efectuadas. A su vez, se solicita tomar contacto con las asociaciones indígenas que se encuentran dentro del AI, para verificar que la ejecución del proyecto no interfiere en su desarrollo ni en sus manifestaciones culturales u otros usos territoriales que éstos puedan tener. En base a la información levantada, se solicita georreferenciar a todos los GHPPI de la comuna en relación al proyecto y su área de influencia, incluyendo a la asociación indígena indígena “Piuke Winkul Ko Renca”. Deberá considerarse aquellos lugares en que éstos realicen sus activades culturales. Lo anterior, a efecto de descartar la existencia de los efectos, características o circunstancias (“ECC”) del artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre los GHPPI, de conformidad al literal b.6 del artículo 19 del RSEIA”.
SEREMI de Transportes y telecomunicaciones mediante ORD. N° 20887/2023 SRM-RM de fecha 26 de julio de 2023: “El servicio se pronuncia con observaciones generales al proyecto y observaciones específicas del Estudio de movilidad, solicitando una actualización del estudio y la actualización del análisis de la inexistencia de efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley, respecto de la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de grupos humanos en el área de influencia del proyecto. Al respecto, esta Dirección regional hace presente que el Titular no presentó la Adenda correspondiente en el plazo otorgado para responder a las consultas realizadas por los órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental, por tanto, no se subsanaron las solicitudes, aclaraciones y rectificaciones solicitadas mediante el Informe Consolidado N° 202313103503 de fecha 17 de agosto de 2023”.
Por lo anteriormente expuesto, el Titular no logró acreditar que no generará alteración en los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, en sus formas de organización social particular.
Al respecto, CONADI mediante su oficio ORD. N° 797 de fecha 25 de julio de 2023, se pronunció con observaciones respecto del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.3 del ICE.
El Proyecto no acredita que no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental no significativo No Aplica. En relación a la localización del proyecto y poblaciones protegidas, cabe señalar que, de acuerdo con el estudio de medio humano, adjunto en el Anexo 13 de la presente DIA, según el Censo (2017), en el territorio comunal 20.601 habitantes declaran adscribir a algún pueblo originario, vale decir, el 14% de la población total, declarándose el 92,8% como mapuche, según se observa en la tabla que se presenta a continuación.
Tabla 20. Población indígena nivel comunal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Pueblo Originario Porcentaje de población (%) Mapuche 92,8% Aymara 1,4% Diaguita 1,0% Quechua 0,6% Rapa Nui 0,2% Lican Antai 0% Colla 0,1% Kwésqar 0,1% Yagan o Yámara 0,1% Otro 0,7% Fuente: Censo, 2017.
De acuerdo a la DIA, respecto a la ubicación del proyecto y tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas, según el registro de comunidades y asociaciones indígenas de CONADI 2021, se registran 9 organizaciones indígenas en la comuna de Renca. Cabe señalar que no se registran Áreas de Desarrollo Indígena. La Figura 46 y la Tabla 86 de la DIA muestran las organizaciones indígenas de la comuna de Renca. Existen cuatro asociaciones indígenas en el área de influencia del proyecto: Huilkunche, Weichafe, Rayen Wingkul y Dzomo Tañi Rakiduam. También hay otras asociaciones y una comunidad mapuche en la comuna pero más alejadas. Debido a la naturaleza del proyecto de viviendas, éste no tendría efectos sobre dichos grupos en ningún ámbito. El estudio determinó que el proyecto no interviene, usa ni restringe el acceso a recursos naturales que utilicen estos grupos con fines económicos, medicinales, espirituales o culturales, y no se identificaron prácticas relacionadas dentro del área. Tampoco se reconoció algún uso de recursos naturales por estos grupos en el área, ni se identificaron actividades o prácticas culturales vinculadas a mantener sentimientos de arraigo o pertenencia a una identidad local determinada que pudieran verse afectadas. El Titular no da respuesta a lo solicitado en las observaciones 4.37 y 4.38 del ICSARA, donde se le solicita al titular pronunciarse sobre la asociación indígena "Piuke Winkul Ko Renca" e incorporarla en el análisis junto a las demás organizaciones identificadas en el área de influencia. Debe realizar un nuevo levantamiento de información primaria mediante entrevistas y campañas en terreno que permitan sustentar la conclusión de que el proyecto no tendría efectos sobre dichos grupos, detallando la metodología utilizada. También se pide tomar contacto directo con las asociaciones indígenas dentro del área de influencia para confirmar que la ejecución del proyecto no interfiere con sus actividades de desarrollo, manifestaciones culturales u otros usos territoriales.
De acuerdo al capítulo 2.7.2 de la DIA, no existen áreas protegidas cercanas al área de emplazamiento del proyecto ni a las áreas de influencia de los componentes ambientales evaluados. El cuerpo de agua natural más próximo es el Río Mapocho, ubicado a 560 metros aproximadamente, existiendo barreras entre éste y el proyecto. El Río Mapocho corresponde a un Humedal asociado al límite urbano, pero el proyecto no contempla emplazar partes del mismo cerca a éste. El área de emplazamiento presenta una elevada intervención antrópica según el estudio de flora y vegetación. Mediante el método de la Carta de Ocupación de Tierras se identificaron 3 unidades ambientales: formación arbórea con poca abundancia, pradera altamente intervenida con especies introducidas, e infraestructura compuesta por conjuntos habitacionales. Los estudios constataron que el área no posee servicios ecosistémicos locales ni ecosistemas o formaciones naturales únicos, escasos o representativos. En base a esto, el Titular concluye que el proyecto, en cualquiera de sus fases, no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como tampoco en un territorio con alto valor ambiental. El Titular no da respuesta a las observaciones 4.39 y 4.40 del ICSARA donde se le solicita al Titular identificar en cartografía los cauces naturales y artificiales existentes en el área de proyecto, indicando nombre, tipo de cauce, características, cercanía al proyecto y origen de las aguas. Especificando medidas ante posibles impactos y derrames sobre cauces colindantes y si se realizarán obras de reemplazo o modificación de cauces, describiendo dichas obras. También el Titular no aclararó a qué tipología de cauce corresponden las zanjas identificadas y actualizar el componente agua en el capítulo 2 de la DIA. Respecto a la napa freática, se solicitó indicar su profundidad en la zona de emplazamiento en la época más crítica del año y verificar la no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
intervención del acuífero por las obras civiles proyectadas.
CONADI mediante ORD. N° 797 de fecha 25 de julio de 2023 El servicio se pronuncia de la siguiente forma mediante su oficio: “En razón de lo expuesto en los acápites precedentes, esta Corporación estima que, el Titular si bien realiza un levantamiento de información no es suficiente para acreditar adecuadamente la no afectación de la población protegida, en virtud a que solamente se registra haber preguntado sobre el tema a una persona, quién manifestó no tener conocimiento, lo que impide sostener cualquier conclusión en relación al emplazamiento o no emplazamiento de GHPPI en el área de influencia. Por lo tanto, debe efectuarse un nuevo levantamiento de información primaria que sustente y acredite la conclusión del Titular, adjuntando el detalle de las campañas a terreno y la metodología usada para levantar información primaria, incorporando las pautas y las transcripciones de las entrevistas efectuadas. A su vez, se solicita tomar contacto con las asociaciones indígenas que se encuentran dentro del AI, para verificar que la ejecución del proyecto no interfiere en su desarrollo ni en sus manifestaciones culturales u otros usos territoriales que éstos puedan tener. En base a la información levantada, se solicita georreferenciar a todos los GHPPI de la comuna en relación al proyecto y su área de influencia, incluyendo a la asociación indígena indígena “Piuke Winkul Ko Renca”. Deberá considerarse aquellos lugares en que éstos realicen sus activades culturales. Lo anterior, a efecto de descartar la existencia de los efectos, características o circunstancias (“ECC”) del artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre los GHPPI, de conformidad al literal b.6 del artículo 19 del RSEIA”.
De acuerdo con lo anterior, el Titular no logró evidenciar que el Proyecto no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 8º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.4 del ICE.
El Proyecto se localiza en o próximo recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental no significativo No Aplica. De acuerdo con el capítulo 2.7.5 de la DIA, el proyecto se emplaza en la macrozona Centro, subzona de las cuencas y valles interiores entre el llano central y la Cordillera de la Costa, correspondiendo a las cuencas de Santiago y Rancagua. El área presenta un paisaje característico con expansión urbana de viviendas y áreas despejadas. El uso de suelo es rotación cultivo-pradera. Según el estudio de los atributos biofísicos del paisaje (relieve, suelo, vegetación, fauna) que fueron valorizados, el área tiene un valor paisajístico bajo determinado por ser urbana y antropizada. El análisis de intervisibilidad desde puntos de observación determinó una vulnerabilidad visual de las zonas relacionada al acceso visual de los observadores. Se identificaron 3 unidades de paisaje: arbóreo, pradera e infraestructura. La calidad visual de estas unidades también fue evaluada como baja dado la falta de elementos originales reemplazados por urbanización. Por ello, el proyecto no afectaría la calidad visual existente de baja homogeneidad. Respecto al cambio climático, se concluye que no existe sinergia entre las condiciones actuales y futuras, y que el proyecto no afectaría el valor paisajístico futuro. Bajo el escenario de cambio climático, los atributos agua y vegetación sí verían disminuido su valor por sequías e incrementos de temperatura y precipitaciones.
Según el Estudio de Paisaje del Anexo 9 de la DIA, en el área de influencia se identificaron 3 unidades de paisaje que abarcan la totalidad del área: UP-1, UP-2 y UP-3. La valoración de estas unidades determinó una calidad visual del paisaje baja para las 3, dado que los elementos originales han sido reemplazados por actividades antrópicas como agricultura y uso urbano. El proyecto se emplaza en la UP-2, correspondiente a un área intervenida como praderas, por lo que no alterará las características visuales de esta unidad ni generará impactos en componentes singulares al carecer de ellos. En cuanto a la fragilidad del paisaje, tras la ponderación de atributos biofísicos, estéticos y estructurales, se obtuvo un valor nominal bajo, es decir, una vulnerabilidad visual muy baja en el área de estudio que no presenta susceptibilidad a disminuir su calidad visual. El proyecto no alterará atributos de una zona con valor paisajístico, al emplazarse en un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
área con uso antrópico intervenida, sin características visuales singulares.
De acuerdo con el Estudio de Paisaje del Anexo 9 de la DIA, el Proyecto no altera atributos de alguna zona con valor paisajístico o turístico, puesto que en su área de influencia no se localizan zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna, y se inserta en un área que permite el uso de suelo residencial.
Cabe señalar que el área de Proyecto no se encuentra emplazado en ninguna Zona de Interés Turístico declarada bajo la Ley N° 20.423 del 2010. Tampoco se encuentra emplazado en alguna Zona de Interés Turístico declarada bajo el D.L. N° 1.224 Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.5 del ICE.
El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental no significativo No Aplica. El Informe de Evaluación Arqueológica correspondiente al Anexo 10 de la DIA indica que en la comuna de Renca no existen Zonas Típicas declaradas ni Monumentos Nacionales con Declaratoria según el registro del Consejo de Monumentos Nacionales. El Monumento más cercano corresponde a la Zona Típica de Quinta Normal, ubicada a 7,1 km. Los sitios arqueológicos conocidos más próximos son Cerro Colorado y un hallazgo en Pique Huelén de la Línea 7 de Metro, ambos a más de 2 km. La inspección visual arqueológica realizada no detectó materiales culturales de interés patrimonial en la superficie del área de estudio ni en los perfiles expuestos. Se concluye que el proyecto no alterará atributos de una zona con valor paisajístico o patrimonial declarado. En el informe no se identifican antecedentes que señalen alguna afectación, intervención o modificación sobre un Monumento Nacional protegido por la Ley 17.288, por lo que no existirían indicios sobre la magnitud en que el proyecto pudiese impactar en alguno de estos monumentos. El Titular no responde a las observaciones 2.1, 3.3, 4.41 y 10.18 del ICSARA, donde se le solicita proceder según lo establecido en la Ley 17.288 y D.S. N°484 en caso de hallazgos arqueológicos o paleontológicos durante la construcción, evaluar la necesidad de obtener el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 132 para intervenir sitios arqueológicos, realizar una caracterización arqueológica de los depósitos subsuperficiales ante la alta probabilidad de encontrar materiales arqueológicos por obras aledañas.
Basado en la bibliografía revisada y en la prospección en terreno realizada en el marco del informe de evaluación arqueológica del Anexo 10 de la DIA, se pudo constatar la ausencia en el área de proyecto de construcciones, lugares o sitios que, por sus características, antigüedad, valor científico, contexto histórico o singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural o patrimonio cultural indígena. En la comuna de Renca no existen Zonas Típicas ni Monumentos Nacionales declarados según el registro del Consejo de Monumentos Nacionales. El monumento más próximo es la Zona Típica de Quinta Normal, ubicada a 7,1 km al sureste. La inspección visual realizada tampoco detectó manifestaciones de patrimonio cultural o indígena en la superficie o perfiles del área de estudio. Por lo tanto, se concluye que el proyecto no modificaría ni deterioraría permanentemente sitios o construcciones identificados como patrimonio cultural en el área de influencia.
Respecto a manifestaciones de la cultura o folclore de comunidades del sector, existen cuatro asociaciones indígenas dentro del área de influencia del proyecto: Huilkunche, Weichafe, Rayen Wingkul y Dzomo Tañi Rakiduam; y otras asociaciones mapuches más alejadas pero en la comuna de Renca. Considerando la naturaleza del proyecto de viviendas, se determinó mediante estudio bibliográfico presentado en el Anexo 13 de la DIA y trabajo en terreno que este no produciría efectos sobre dichas agrupaciones en ningún ámbito. El proyecto no intervendría, usaría ni restringiría el acceso a recursos naturales de uso tradicional, económico, medicinal, espiritual o cultural por parte de estas comunidades. Tampoco se identificaron en el área de influencia actividades o prácticas culturales vinculadas a arraigo o identidad local que pudiesen verse Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
afectadas con la ejecución del proyecto habitacional. Se describen algunas celebraciones tradicionales de importancia para la cosmovisión mapuche que realizan las comunidades en la zona, como el Nguillatun, We Tripantu y Trafkintu. A nivel local, en la comuna de Renca se efectúa la celebración de Cuasimodo cada año. Sin embargo, en los terrenos de emplazamiento del proyecto no tienen ocurrencia manifestaciones culturales o folclóricas habituales de algún grupo humano. En conclusión, el proyecto no generaría alteraciones sobre manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial en el entorno próximo Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.6 del ICE.
El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Sitio destinado a la acumulación temporal de residuos asimilables a domiciliarios y sitio destinado a residuos inertes. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Durante el desarrollo de la fase de construcción, los residuos asimilables a domésticos se almacenarán temporalmente en bolsas de nylon negras dentro de contenedores de 360 L con tapas, de esta manera, se minimizarán los riesgos asociados a la acumulación de residuos orgánicos, tales como dispersión de olores y proliferación de vectores. Estos contenedores, permanecerán en un sitio de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos que corresponde a una superficie de 18 m2 compactada e impermeabilizada. Pronunciamiento del órgano competente Los contenedores serán retirados de la instalación de faenas con una frecuencia estimada de 3 veces por semana, lo que reduce considerablemente los riesgos mencionados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.1 del ICE.
6.1.2 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento [Los residuos peligrosos a generar en fase de construcción consistirán principalmente en: Envases de adhesivos para tuberías, envases de silicona y otros productos de sellado, envases y materiales contaminados con pinturas, tales como trapos, brochas y otros útiles de obra contaminados; envases de adhesivos, toners y cartridges usados. Los residuos peligrosos serán almacenados temporalmente en contenedores con tapa hermética, debidamente rotulados al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL. Además, es preciso señalar que, durante el desarrollo del Proyecto, se dará cumplimiento al D.S 594/1999, específicamente los artículos: 16, 17, 18, 19, 20, 24. Los contenidos desarrollados para este Permiso Ambiental Sectorial se presentan en el Anexo 14.2. Pronunciamiento del La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, en su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
órgano competente oficio ORD. N° 1363 de fecha 17 de abril de 2023, se pronuncia con observaciones respecto del otorgamiento del PAS 142. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.2 del ICE
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto.
Tabla 7.1.1 D.F.L. N° 458 de 1975 y D.S. N°47/1992 OGUC. Componente/materia: D.F.L. N°458 de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones y el D.S. N°47, de 1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción de viviendas y urbanizaciones contempladas dentro del proyecto Forma de cumplimiento El titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del permiso de urbanización y edificación. Una vez finalizada la fase construcción se dará cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales. Para obtener recepción de Viviendas, se presentará Resolución de calificación Ambiental Favorable. Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Urbanización y Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Cumplimiento y fiscalización de RCA, Permiso de edificación y Recepciones municipales
Tabla 7.1.2 Decreto Supremo N° 144/1961 del Ministerio de Salud que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”. Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera Otros cuerpos legales asociados D. S. N°47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo D.S. N°594/1999 Ministerio de Salud D.F.L. N°725/1968, art 67 del Ministerio de Salud D.S. N°12/2011 Ministerio de Medio Ambiente D.S. N°59/1998 Ministerio Secretaría General de la Presidencia Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de camiones y maquinaria pesada en actividades de movimiento de tierra (preparación de terreno) y actividades de carga y descarga Forma de cumplimiento Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizarán tomando las medidas necesarias para minimizar el material resuspendido que corresponden a las siguientes: - Toda maquinaria y vehículos tendrán mantenciones preventivas y contarán con sus revisiones técnicas al día; - Humectación del material de excavación y caminos no pavimentados; - Estabilización de las zonas de tránsito o caminos no pavimentados mediante compactación física. - Restricción de velocidad máxima de tránsito al interior del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
proyecto en 30 km/h. - Los camiones circulan cubriendo totalmente su carga con lonas o plásticos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria; control de certificados de revisión técnica a maquinarias y vehículos por parte de la empresa contratista y mantenciones; verificación en terreno de estabilización de caminos; registro de las humectaciones; verificación en terreno de estabilización de caminos; instalación de señaléticas de tránsito; verificación de camiones encarpados. Forma de control y seguimiento Registros disponibles en instalación de faenas de las medidas anteriormente señaladas y/o verificación visual en terreno.
Tabla 7.1.3 Decreto Supremo Nº 4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera Otros cuerpos legales asociados D.S. N°54/1994 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. D.S. N°55/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. D.S. N°211/1991 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. D.S. N°279/1983 Ministerio de Salud. D.S. N°1215/1978 Ministerio de Salud. D.S. N°113/2002. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. D.S. N°114/2003 Ministerio Secretaría General de la Presidencia. D.S. N°115/2002 Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de camiones en el área de emplazamiento del proyecto. Forma de cumplimiento Los camiones que participen de la fase de construcción del proyecto contarán con la revisión técnica al día y mantenciones, dando cumplimiento a la norma de emisión indicada en este cuerpo legal. Asimismo, se contará con el correspondiente certificado de emisión de contaminantes. Esto se hará exigible por el Titular en caso de necesitar empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisión técnica y certificado de emisión de contaminantes en obras. Forma de control y seguimiento Documentos disponibles en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.
Tabla¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. 7.1.4 Decreto Supremo N° 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que “Establece Condiciones para el T t d C I di ” Componente/materia: Emisiones a la atmósfera. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de materiales y/o carga de camiones. Forma de cumplimiento Los camiones que transportan materiales serán encarpados, es decir, cubiertos de manera eficaz mediante lonas o plásticos, para evitar que se produzcan escurrimientos o caídas involuntarias. Adicionalmente, antes de comenzar la operación de transporte deberán verificarse las condiciones de carga de los vehículos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro y verificación de camiones que ingresen/egresen encarpados y que transporten material para ser utilizado en la construcción del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Forma de control y seguimiento Los registros se encontrarán en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras. Verificación visual en terreno.
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.5 Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Componente/materia: Residuos peligrosos. Otros cuerpos legales asociados No Aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de residuos peligrosos (RESPEL) en instalación de faenas. Forma de cumplimiento Para la mantención temporal de residuos peligrosos se utilizarán contenedores rotulados, los cuales serán manejados en una bodega RESPEL, ubicado en el área de instalación de faenas (RESPEL). Posteriormente estos residuos, serán retirados y trasladados por una empresa autorizada sanitariamente, para finalmente dar disposición final en relleno de seguridad autorizado. Asimismo, el Titular presentó el PAS 142 (Anexo 14.2 de la DIA), que permite el acopio en sitios temporales de este tipo de residuos. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria para los sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, registros y/o certificados de retiro, transporte y disposición final de los residuos en sus instalaciones y hacia terceros autorizados. Forma de control y seguimiento Los documentos y registros se deberán mantener en oficinas de la instalación de faenas ante posibles organismos fiscalizadores.
Tabla 7.1.6 D.F.L. 725/1968 Ministerio de Salud, “Código Sanitario”. Componente/materia: Residuos sólidos no peligrosos. Otros cuerpos legales asociados D.S. N°594/1999 Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción los residuos sólidos domiciliarios serán dispuestos en contenedores con tapa y acumulados transitoriamente para luego ser llevados hasta un relleno sanitario que cuente con autorización sanitaria, por el servicio de recolección de la comuna. Indicador que acredita su cumplimiento Implementación de sectores señalizados en donde se encuentren los contenedores de residuos domiciliarios o asimilables. Forma de control y seguimiento Registro servicio de recolección comunal que realiza el retiro de los residuos domiciliarios.
Tabla 7.1.7 D.S. N° 1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”. Componente/materia: Residuos sólidos no peligrosos. Otros cuerpos legales asociados D.S. N°594/1999 Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que El proyecto generará residuos industriales no peligrosos y peligrosos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
aplica Forma de cumplimiento Se declarará la generación de residuos a través de la ventanilla única que dispone el RETC. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros y declaraciones.
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.8 Resolución N°7328/1976 Ministerio de Salud. Componente/materia: Residuos sólidos no peligrosos. Otros cuerpos legales asociados DFL 725/1968 Código Sanitario. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Manejo de residuos en los condominios. Forma de cumplimiento Todos los edificios que constituyen el proyecto deberán cumplir todos los requisitos en cuanto a ductos y buzones, receptáculos, cámara de recolección y condiciones de operación que indica la presente resolución. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación de la seremi de salud. Forma de control y seguimiento Comprobante de aprobación de la seremi de salud.
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Decreto Supremo N° 43/2015 del Ministerio de Salud, “Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. Componente/materia: Sustancias peligrosas. Otros cuerpos legales asociados D.S. N°594/1999 Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Toda sustancia peligrosa utilizada para la construcción del proyecto será almacenada en una bodega destinada para este fin, clasificadas según peligrosidad y compatibilidad. Su clasificación será visible para disponerlas correctamente en la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las sustancias peligrosas almacenadas en el interior de las obras (la cantidad y la peligrosidad). Forma de control y seguimiento Registros en obras y la inspección deberá ser visual por parte de la Autoridad fiscalizadora.
Tabla 7.1.10 D.F.L. Nº 458/76 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ley General de Urbanismo y Construcciones” Artículo 55. Componente/materia: Ordenamiento territorial. Otros cuerpos legales asociados No Aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento D.S. Nº 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que Construcción y operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
aplica Forma de cumplimiento De acuerdo con el Plan de Regulador Comunal de Renca, el terreno donde se emplazará el proyecto se encuentra en la Zona Habitacional Mixta 3 (HM-3), el cual admite dentro de sus usos permitidos todo tipo de vivienda. Indicador que acredita su cumplimiento Permiso de edificación o recepción de las viviendas. Forma de control y seguimiento No aplica, dado que el proyecto se localizará en zona que admite uso residencial.
7.2 Normas relacionadas con vialidad y transporte.
Tabla 7.2.1 Decreto Supremo N° 298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”. Componente/materia: Vialidad y transporte. Otros cuerpos legales asociados No Aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vialidad y transporte. Forma de cumplimiento El Titular velará porque en todo momento que se realice transporte de cargas peligrosas asociada al Proyecto se ajuste a lo indicado en este decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas que los camiones cumplan con el equipamiento indicado en este decreto. Forma de control y seguimiento Registro en obra del transportista y de las características de los camiones que efectúan el transporte de sustancias peligrosas. Dicha información deberá permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.
Tabla 7.2.2 Norma Decreto Supremo N° 158/1987 del Ministerio de Obras Públicas que “Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos”. Componente/materia: Vialidad y transporte. Otros cuerpos legales asociados -D.S. Nº 200/1993 del Ministerio de Obras Públicas. -Ley N°18.290/1984, Congreso Nacional de la República, Ley de Tránsito. -D.F.L. N° 850/1998 del Ministerio de Obras Públicas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vialidad y transporte. Forma de cumplimiento El Proyecto en su construcción requiere del transporte de materiales en camiones, cuyo tonelaje promedio corresponderá a 27 toneladas. De esta forma, se dará cumplimiento al no exceder el peso máximo permitido. Por otra parte, en todo momento el transporte de cargas hacia y desde el Proyecto se realizará con camiones que cumplan las normas establecidas. Indicador que acredita su cumplimiento Registro y control de camiones, se poseerá la ficha técnica de los camiones indicando el peso máximo permitido, control de licencias de operadores de camiones que prestan servicios, control de peso de camiones y carga. Forma de control y seguimiento Los registros se deberán mantener en instalación de obras ante posibles fiscalizaciones, inspección visual en terreno. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Tabla 7.2.3 Norma Decreto Supremo. N°18/2001 Prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio. Componente/materia: Vialidad y transporte. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vialidad y transporte. Forma de cumplimiento El titular hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales, que suscriba durante el desarrollo de la obra, lo establecido en la presente normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que evidencien que el titular ha exigido al transportista contratado la obligatoriedad de cumplir este decreto, por ejemplo, mediante contrato de prestación de servicios. Forma de control y seguimiento Registro en obra de contrato de prestación de servicios donde se acredite el cumplimiento de este decreto.
Tabla 7.2.4 D.S. N° 19/1984, modificado por Decreto Nº 1.665/2002 del Ministerio de Obras Públicas Establece Autorizaciones especiales para transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos máximos permitido. Componente/materia: Vialidad y transporte. Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N° 1/2007 del Ministerio de Transporte. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vialidad y transporte. Forma de cumplimiento En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con los permisos de la Dirección de Vialidad en caso de que sean aplicables. Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización.
7.3 Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural).
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.7.3.1 Ley 17.288/1970 del Ministerio de Educación, sobre “Monumentos Nacionales” y su Reglamento D.S. N° 484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones, arqueológicas, antropológicas y paleontológicas Componente/materia: Patrimonio cultural. Otros cuerpos legales asociados D.S. N°484/1990, Ministerio de Educación y Monumentos Nacionales. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Luego de la limpieza y despeje del terreno a intervenir, escarpe y obras de ejecución del proyecto (excavaciones). Forma de cumplimiento Para dilucidar si en el área de emplazamiento del proyecto hay presencia de algún elemento que pueda definirse como parte del patrimonio cultural, se ha realizado un informe de evaluación arqueológica, adjunto en el Anexo 10 de la presente DIA, el que se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
efectuó mediante la metodología de revisión bibliográfica e inspección visual del terreno. A partir de lo anterior se obtuvieron los siguientes resultados: 1) La revisión bibliográfica sobre diversas fuentes consultadas da cuenta de la presencia de monumentos arqueológicos en distancias superiores a 2 km con respecto al área de estudio, como son los hallazgos de Cerro Colorado (Stehberg et al. 1994), al norte, y el pique Huelén de la Línea 7 de Metro (Mankuk 2020), al sur. 2) La inspección visual arqueológica tuvo una cobertura del 71% del área de estudio, definida por dos usos principales del suelo: El Área 1, de carácter agrícola, con índices de accesibilidad y visibilidad en rango Alto y obstrusividad Baja, donde se registra la ausencia de elementos de carácter patrimonial en superficie. En tanto, el Área 2, con accesibilidad en rango Medio, visibilidad en rango Alto y obstrusividad en rango Bajo corresponde a una zona de alta intervención antrópica dominada por la presencia de dos zanjas paralelas que separan los terrenos agrícolas y de pastoreo de las áreas habitacionales emplazadas hacia el este y hacia el sur. 3) Los materiales culturales detectados en ambas áreas corresponden a desechos domésticos en forma de microbasurales o bolsones de basura, de cronología subactual, donde se representan diversos tipos de materialidades, con plástico en su mayoría. En consecuencia, la inspección visual arqueológica pudo detectar la ausencia de materiales culturales de interés patrimonial en la superficie del terreno. Ante la posibilidad de registrar hallazgos arqueológicos a nivel de subsuelo durante la construcción del Proyecto, se recuerda al Titular que deben detener la obra en el lugar de los mismo y avisar a la autoridad patrimonial competente, con el fin de dar cumplimiento a la normativa ambiental y patrimonial vigente. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de hallazgo, se comunicará el hallazgo al Gobernador Provincial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y el artículo 23 del Reglamento de la citada Ley. Forma de control y seguimiento En caso de efectuarse hallazgos de valor patrimonial (restos óseos, culturales o ecofactuales) durante las actividades que involucren remoción del subsuelo, deberá procederse según lo establecido en los artículos Nº26 y 27 de la Ley de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ante esta situación, se deberá paralizar la obra en el sector afectado e informar a la brevedad al Consejo de Monumentos Nacionales, entidad encargada de dictaminar los diferentes procedimientos afines a la legislación vigente.
Tabla 7.3.2 Ley N°19.473/1996 del Ministerio de Agricultura. Componente/materia: Flora y Fauna. Otros cuerpos legales asociados D.S. N°5/1998 del Ministerio de Agricultura. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las partes y obras de la fase de construcción. Forma de cumplimiento Caracterización De Fauna Silvestre en el área de influencia del proyecto: Para establecer la metodología de levantamiento de información en terreno para el estudio de fauna silvestre (Anexo 8), se trabajó en base a los criterios incluidos en los documentos oficiales, mencionados anteriormente “Guía de evaluación de Línea Base Componente Fauna Silvestre” (SAG, 2012), la “Guía para la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
descripción de los componentes suelo, flora y fauna de ecosistemas terrestres en el SEIA” (SEA, 2015) y la “Guía de Evaluación Ambiental Componente Fauna Silvestre” (SAG 2016).
Anfibios No se observaron condiciones de hábitats adecuados para el desarrollo de especies de este grupo, por lo tanto, no se registró especies de anfibios en el área de influencia del proyecto.
Reptiles Durante la campaña y mediante la metodología de búsqueda y observación directa no fue posible el registro de reptiles.
Mamíferos Conforme a las condiciones del área de estudio, donde se observa un suelo expuesto y con poca cobertura de la vegetación y, a pesar del esfuerzo de muestreo desarrollado, no se registró presencia de mamíferos de fauna silvestre en el área del proyecto, sólo se observó la presencia de animales domesticados de la especie Equus caballus (Caballos) y Bos primigenius taurus (Vacas).
Aves Durante la primera campaña realizada el 13 de octubre del 2021, temporada de primavera se determinó, para el grupo de las aves, los parámetros biológicos: riqueza y abundancia relativa a nivel de especie. El análisis de la riqueza de este grupo de vertebrados muestra un total de 5 especies pertenecientes a 3 órdenes, donde el orden Passeriformes representa un 64,6% de la abundancia total – con tres especies -, seguido por el orden Columbiformes con un 25% y finalmente el orden Charadriiformes con un 10,4%. Durante la segunda campaña realizada el 13 de marzo de 2023, temporada de verano se determinó, para el grupo de las aves, los parámetros biológicos: riqueza y abundancia relativa a nivel de especie. El análisis de la riqueza de este grupo muestra un total de 6 especies pertenecientes a 4 órdenes, donde el orden de los Columbiformes está representado por el 36,8 % del total de las especies obcecadas, seguido por Passeriformes con un 28,9%, seguido por el orden Charadriiformes con un 21,1% y finalmente el orden Falconiformes con un 13,2%. Para la tercera campaña se evidenció una notable disminución en la presencia de especies en el área del proyecto logrando observar e identificar solo a las especies Vanellus chilensis y Milvago chimango. Estas 2 especies pertenecen a los órdenes Charadriiformes con 71,4% y Falconiformes con un 28,6. De acuerdo con lo anterior, debido a que el terreno se encuentra completamente intervenido, sólo se pudo observar la presencia de especies de aves. Para cumplir con la presente normativa, se informará a todo el personal sobre la prohibición de caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre, catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerable, raro y escasamente conocido, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de charla informativa. Forma de control y seguimiento Cada vez que ingrese personal nuevo a la obra se le realizará una charla informativa y se dejará un registro.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300: 8.1. Condición o exigencia 1: Instrumento de Planificación Territorial (IPT). Impacto asociado. No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica. Construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Objetivo. Cumplir con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS). Condición o exigencia. El Servicio de Vivienda y Urbanización, Serviu, de la Región Metropolitana de Santiago, mediante su Oficio ORD. N° 3576 de fecha 26/07/2022, señala lo siguiente: “En base a la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Declaración de Impacto Ambiental antes mencionada. Sin embargo, se deberá tener presente que los proyectos de pavimentación y de aguas lluvias en vías públicas, previo a su ejecución, deberán ser presentados a revisión y aprobación en el SERVIU Metropolitano, teniendo presente la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS). Para esta etapa se deberá tener presente lo siguiente: - Las obras proyectadas en la Av. José Miguel Infante deberán ser compatibles con el perfil definitivo de esta mencionada vía, de acuerdo al Instrumento de Planificación Territorial respectivo”.
-
Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no propuso Compromisos Ambientales Voluntarios establecidos en el artículo 19, literal d), del D.S. N° 40/2012.
-
Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
10.1.1. Riesgo 1: Incendio o amago de incendio. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, desde el momento de la instalación de faenas hasta el término de la obra. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Todas las estructuras para el almacenamiento de sustancias o residuos peligrosos contarán con las medidas de prevención de incendios establecidas en la normativa vigente; - Todas las instalaciones eléctricas se diseñarán para la carga máxima a la que será sometida; - Como medida de detección de incendios, se utilizará la vigilancia móvil la que será realizada principalmente a pie por los jefes de obra o prevencionistas de riesgos, aunque también se consideran rondas en vehículo, sobre todo en época estival. Se consideran como mínimo dos rondas por rutas planificadas, a pie en los frentes de trabajos correspondientes y dos en vehículo, las que tendrán rutas planificadas a seguir por el perímetro del proyecto; - Se dispondrá en las áreas de trabajo todos los elementos básicos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.); - Para evitar un principio de incendio, se dispondrán de extintores en lugares estratégicos, accesibles y bien señalados, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N.º 594/1999 y según las características del fuego que se desea extinguir (ver Tabla y formato en acápite 9.1.1 del Anexo 15 de la DIA). Además, se contará con un sistema de mantención preventiva y se capacitará a todo el personal para su uso correcto Forma de control y seguimiento El jefe directo verificará durante la fase de construcción que las acciones se realicen libres de materiales inflamables o combustibles, así como también, se prohibirá el uso de fuego para todas las fases. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Del mismo modo, se prohibirá fumar en las instalaciones del proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 15 de la DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se deberá evaluar la factibilidad del control de incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamables; - Si se determina la factibilidad de combatir el siniestro con los medios disponibles, se deberá considerar el uso del equipo de seguridad adecuado por parte del personal, para el control de incendios procurando: • Trabajar siempre a favor del viento, es decir, el viento deberá dar en la espalda del personal que combate el incendio; • Trabajar lo más alejado posible de donde se originó el fuego; • Evitar que el fuego se propague mojando los recintos adyacentes con agua. - Si no es posible controlar el incendio se deberá evacuar el área de todo el personal, esperando el ingreso de bomberos, a los cuales se les deberá proporcionar toda la información que soliciten y la ayuda que requieran. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. - Se contará protocolo general que establezca canales de comunicación tanto internos como externos ante este tipo de eventos, tales como: • El canal de información interno: Comienza inicia con el reporte de los testigos y/o involucrados al jefe de obras el que será el encargado de contactar a su superior el cual finalmente tendrá la responsabilidad de informar a las autoridades correspondientes externas al proyecto; • El canal de información externo: Se refiere a la comunicación del encargado en terreno del proyecto con las distintas autoridades, las cuales en conjunto con los responsables de la empresa coordinarán y llevarán a cabo las labores de evacuación del personal y comunidad aledaña en caso de requerirse y aplicar las medidas para el control del avance del siniestro, sin arriesgar la integridad física de ninguna persona.
Las principales autoridades a las que se debe dar aviso en caso de un evento de este tipo son: Bomberos (132); Carabineros (133); CONAF (130); y Comité de Emergencia (Anexo 3681). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.1. del ICE.
10.1.2. Riesgo 2: Ocurrencia de sismo derrame de hidrocarburos y/o fluidos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, desde el momento de la instalación de faenas hasta el término de la obra. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - El jefe directo, se encargará de verificar y actualizar el registro de la maquinaria utilizada, las que se mantendrán archivadas en la oficina de administración; - Si bien se dispondrá de estanque o tambores de almacenamiento de aceites, lubricantes o combustibles en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
área de construcción, se contarán con la normativa y procedimiento interno para el manejo de este tipo y prevenir un derrame; - Los camiones de carga deberán circular a velocidad controlada (30 km/h) dentro y fuera del predio y con sus mantenciones al día; - Si bien se realizará la mantención a los equipos en las zonas de trabajo, se contarán con la normativa y procedimiento interno para el manejo de los residuos y prevenir un derrame; - Se evitarán en lo posible choques o colisiones, manteniéndose una velocidad máxima de tránsito de 30 km/h en el área de construcción; - Las descargas de aguas servidas en fase de construcción, proveniente de las actividades diarias de los trabajadores, serán dispuestas a través de servicios sanitarios los que serán retirados del lugar, por una empresa autorizada sanitariamente; - Respecto a la generación de residuos asimilables a domésticos, no peligrosos y peligrosos, se contará con contenedores, zona de acopio temporal y bodega RESPEL en el área de instalación de faenas, respectivamente, con la finalidad de dar una adecuada disposición final y además evitar la disposición de escombros y basuras en el área de emplazamiento del proyecto. Forma de control y seguimiento Existencia de los registros de la maquinaria utilizada y sus mantenciones en talleres debidamente autorizados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 15 de la DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia No fueron presentados por el Titular. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. No fueron presentados por el Titular. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.2. del ICE.
10.1.3. Riesgo 3: Riesgo o contingencia: Vertimiento accidental de Residuos Peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se prohíbe la manipulación de residuos peligrosos en zonas ubicadas fuera de las instalaciones de faenas, es decir, caminos de circulación o acceso, entre otros; - Los residuos peligrosos se almacenarán en el sector destinado para este fin y cumplirán con los requerimientos dispuestos en el D.S. N° 78/2009 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas” y en el D.S. Nº 148/2013 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”; - Posteriormente se dará disposición final en sitios autorizados sanitariamente; Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
- El traslado se deberá realizar por un vehículo destinado al transporte de este tipo de residuos autorizado sanitariamente Forma de control y seguimiento Verificar que no exista ningún residuo asociado al proyecto fuera de los lugares previamente establecidos (bodega de residuos peligrosos). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 15 de la DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia No fueron presentados por el Titular. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. No fueron presentados por el Titular. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.3 del ICE.
10.1.4. Riesgo 4: Golpes eléctricos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Utilizar ropa aislante (zapatos de seguridad, guantes, etc.) al momento de operar algún equipo o herramienta eléctrica.; - Mantener aisladas y en buen estado todas las conexiones eléctricas; - Maniobrar de manera adecuada y siguiendo las rutas establecidas dentro del área del proyecto vehículos pesados, para no pasar a llevar instalaciones eléctricas (postes, cables). Forma de control y seguimiento Las maquinarias se mantendrán alejadas de instalaciones eléctricas, con ruta demarcada al interior del proyecto. Será tarea del jefe directo vigilar que se respeten las rutas trazadas. Durante la habilitación de electricidad en oficinas y otros, los trabajadores deberán utilizar equipo de protección aislante, la supervisión para cumplimiento estará encargada del jefe directo y en caso de contar con uno también al prevencionista de riesgo. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 15 de la DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Prestación de primeros auxilios al momento de ser rescatado el accidentado; - Comunicación inmediata con el servicio de emergencias al 131 (ambulancia). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. Ante la eventualidad de una emergencia, el titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando: - Datos del accidente; - Caracterización de área afectada y su extensión; - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados; - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado; - Protocolo de manejo de residuos generados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.4. del ICE.
10.1.5. Riesgo 5: Volcamientos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se debe evitar circular por pendientes pronunciadas o a exceso de velocidad y sobrecargar la maquinaria y camiones; - La maquinaria y camiones deben circular a una distancia prudente entre sí; - Mantener la revisión técnica de la maquinaria y camiones al día; - Los conductores de las maquinarias deben tener licencia de conducir acorde. Forma de control y seguimiento Delimitación de ruta dentro del área del proyecto de la cual el jefe directo se encargará de supervisar, al igual que el flujo y distancia de la maquinaria. Se mantendrá en oficina los documentos que respalden la revisión técnica de la maquinaria y camiones, al igual que una copia de las licencias de conducir de los operadores conductores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 15 de la DIA Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Paralización de todas las obras; - Si alguien está aprisionado debajo del vehículo o maquinaria, no debe ser retirado a menos que haya suficientes personas con fuerza para hacerlo; - No debe moverse de la posición original a las víctimas. Si es posible, es conveniente examinarlas tomando el pulso en el cuello o la muñeca, observando su respiración. Debe visualizarse heridas, fracturas o hemorragias atendiéndolas con seguridad; - Prestar primeros auxilios al operador de la maquinaria; - Comunicación inmediata al 131. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante la eventualidad de una emergencia, el titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando: - Datos del accidente; - Caracterización de área afectada y su extensión; - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados; - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado; - Protocolo de manejo de residuos generados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.5. del ICE.
10.1.6. Riesgo 6: Movimientos sísmicos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Capacitar al personal con los pasos a seguir ente esta situación de riesgo; - Verificar que los objetos más pesados se encuentren almacenados en las estanterías inferiores para darle estabilidad a los muebles, se debe evitar mantener elementos metálicos sueltos; - Mantener señalizada la zona de seguridad hacia donde puede desplazarse en caso de una emergencia, se debe mantener además despejadas las vías de circulación hacia las zonas de seguridad; - Mantener en buen estado de conservación las instalaciones eléctricas, de cumplimiento al reglamento correspondiente. Mantener en buen estado de uso una linterna para utilizarla en caso de corte de luz; - Listado actualizado del personal que trabaja durante la ejecución del proyecto en las diferentes áreas y asignar personas que estén a cargo de despejar las vías de evacuación, en caso de quedar obstruidas por el sismo, además de asignar personar de cortar el suministro eléctrico, agua y gas; - Plan interno para actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos Forma de control y seguimiento En fase de construcción: Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Existencia de una zona de seguridad señalada, con las vías de circulación despejadas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se deberá mantener la calma, no correr ni desplazarse en forma precipitada. - Se deben des-energizar todas las máquinas o equipos eléctricos. Cortar suministros de gas, electricidad y otras fuentes alimentadoras de materiales, combustibles o cualquier otro tipo de energía. - Alejarse de estructuras elevadas a una distancia mínima de 1,5 veces la altura de la estructura. - No afirmarse de circuitos energizados ya que pueden presentar fallas en la aislación y recibir un golpe eléctrico. Alejarse de ventanas y abrir las puertas - No encender fósforos ni encendedores. - Si se encuentra cercano a estructuras metálicas y no es posible desplazarse hacia la zona de seguridad, ubicarse de espalda a vidrios, con la cabeza inclinada hacia el pecho y las dos manos sobre la cabeza cubriendo los oídos para evitar una lesión. - Las personas asignadas deben cerciorarse de que no existan incendios, escapes de gas, agua, inflamables, deterioro de murallas, pisos, cableado eléctrico, etc., para que con esta información los mandos altos puedan determinar si las actividades se suspenden o se reinician parcial o totalmente. - Si no se observan daños en los servicios de electricidad, agua y gas se debe reponer en forma gradual los servicios para prevenir fugas y/o accidentes. - Si se encuentra dentro de una excavación, trate de salir lo antes posible a la superficie. - Si va conduciendo; deténgase a un costado de la pista, encienda las luces de emergencia y espere el término del movimiento telúrico. Procedimientos después del sismo en fase de construcción: - Una vez finalizado el sismo desplazarse hacia la zona de seguridad, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
evitar pisar pozas de aguas, ya que si hubiera algún conductor energizado puede estar en contacto con él y generar un problema mayor de electrocución. - Si se tiene conocimiento de Primeros Auxilios brindar la ayuda al personal lesionado, posteriormente llamar a mutualidad asociada, si se requiere de atención médica. - Cortar los suministros de los gases, de proceder, presiones que están en uso cerrando las válvulas de los cilindros a presión y posteriormente colocando el gorro para proteger la válvula de algún daño. - Si algún trabajador se encuentra lesionado seriamente, proceder a brindarle los Primeros Auxilios, solicitar una ambulancia para su traslado a un centro asistencial, mientras llega ambulancia para su traslado a un centro asistencial. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando: - Datos del accidente - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.6 del ICE.
10.1.7. Riesgo 7: Incendios Forestales. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la emergencia - Se prohíbe realizar fogatas o quemas en las áreas de trabajo, siendo el jefe directo de cada área de trabajo, el responsable de dar cumplimiento e instrucción de esta disposición a sus trabajadores y subcontratados; - Se dispondrá de una fuente de agua permanente durante la fase de construcción, en el área de instalación de faenas correspondiente a la conexión al servicio de agua potable de aguas Araucanía S.A. Además de ser necesario el camión aljibe destinado a la humectación de caminos será utilizado para el control de contingencias y emergencias de este tipo; - Se prohíbe fumar dentro del área de emplazamiento del proyecto, donde se instalarán señaléticas indicando esta orden, especialmente en las áreas donde predominen las zonas vegetacionales; - Capacitación constante al personal frente a la prevención de incendios de vegetación, programando actividades durante el periodo que dure el proyecto; - Durante la época estival se implementarán cortafuegos en los límites del proyecto que deslinden con áreas agrícolas y/o con vegetación. Las características de estos serán definidas y evaluadas por profesionales competentes en el área. Forma de control y seguimiento Delimitación de ruta dentro del área del proyecto de la cual el jefe directo se encargará de supervisar, al igual que el flujo y distancia de la maquinaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
Se mantendrá en oficina los documentos que respalden la revisión técnica de la maquinaria y camiones, al igual que una copia de las licencias de conducir de los operadores conductores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 15 de la DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Dar aviso al jefe directo o encargado de obras. - Paralización de todo tipo de obras del proyecto. - Evacuar y aislar el área afectada. - El primer ataque al fuego se realizará con los recursos disponibles en terreno. - El personal solo actuará ante un amago de incendio fuego incipiente que se produzca dentro del área de trabajo, delimitada por los cercos y se limitará en dar aviso en caso de divisar algún siniestro del área de trabajo. - En el caso de que un siniestro ajeno al área de trabajo amenace con llegar hasta las instalaciones o faja de trabajo, se procederá a contener el avance del fuego con cortafuegos y humectación del área con el agua disponible. Paralelamente, se dará aviso a bomberos (132) y a CONAF (130) para combatir el incendio. - El superior a cargo de avisar a las autoridades, además tendrá la tarea de designar y coordinar un grupo dentro del personal, para que se encargue de asegurar que las vías de acceso a las áreas de trabajo sean expeditas para el ingreso de vehículos de emergencia. Estos trabajadores también tendrán la tarea de guiar en terreno al personal externo hacia la ubicación precisa del foco de incendio y fuentes de agua. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante la eventualidad de una emergencia, el titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando: - Datos del accidente. - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.7 del ICE.
10.1.8. Riesgo 8: Lluvia extrema, inundaciones fluviales e inundaciones repentinas, inundaciones por tormentas. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la emergencia Fase de construcción: - Se revisarán los pronósticos del tiempo periódicamente frente a posibles eventos de tormentas fuertes en corto plazo (http://www.meteochile.gob.cl/PortalDMCweb/index.xhtml). - Se mantendrá una revisión constante de la página del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED https://senapred.cl/).
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Fase de operación:
El proyecto inmobiliario cuenta con obras asociadas a la solución de aguas lluvias para avenida, calles y pasajes basado en las disposiciones del Manual de Carreteras Volumen 3, Capítulo 3.700 “Diseño del Drenaje, Saneamiento, Mecánica e Hidráulica Fluvial”, en la Guía de Diseño de Técnicas Alternativas para Soluciones de Aguas Lluvias en Sectores Urbanos del MINVU, en el Código de Normas de obras de Pavimentación del MINVU 2008. Forma de control y seguimiento Fase de construcción: registro meteorológico en épocas de mayor probabilidad de lluvias (otoño e invierno). Fase de operación: Limpieza municipal de cunetas y calzadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 15 de la DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Construcción: - Dar aviso al jefe directo o encargado de obras; - Paralización de todo tipo de obras del proyecto; - Evacuar la faena; - El superior a cargo de dar aviso a las autoridades. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante la eventualidad de una emergencia, el titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando: - Datos de la emergencia; - Caracterización de área afectada y su extensión; - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados; - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado; - Protocolo de manejo de residuos generados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.8 del ICE.
10.1.9 Riesgo 9: Derrame de hidrocarburos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto (área de emplazamiento del proyecto). Acciones o medidas a implementar para prevenir la emergencia No fue presentado por el Titular. Forma de control y seguimiento No fue presentado por el Titular. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 15 de la DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - De forma inmediata se deberá detener el derrame de hidrocarburos; - Ante eventuales derrames de aceites, lubricantes o grasas en los frentes de trabajo, el vertimiento debe ser cubierto con aserrín o arena, recogido con palas y depositado en tambores siendo trasladados ese mismo día a la bodega de residuos peligrosos. Los tambores deben ser debidamente rotulados Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
indicando el contenido;
Se debe retirar el material impregnado con ropa de seguridad, utensilios y envases adecuados; - Se debe limpiar la zona del derrame, retirando la totalidad del derrame; - Eliminar los envases con residuos en un sitio seguro de disposición final; - Dejar registro en un archivo del volumen derramado, y los métodos utilizados para su limpieza; - Dar aviso a las autoridades competentes sobre el tema, de ser necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante la eventualidad de una emergencia, el titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando: - Datos del accidente; - Caracterización de área afectada y su extensión; - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados; - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado; - Protocolo de manejo de residuos generados Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.10 del ICE.
10.1.10 Riesgo 10: Vertimiento accidental de Residuos Peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la emergencia No fue presentado por el Titular. Forma de control y seguimiento No fue presentado por el Titular. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 15 de la DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Bloqueo del flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente; - De ser necesario, uso de barreras absorbentes para cercar y contener derrames; - Cubrimiento y cierre inmediato de todos los sumideros de aguas lluvias y las alcantarillas sanitarias; - Una vez controlado el derrame, el material absorbente se dispondrá como residuo peligroso; - En todo evento de esta naturaleza se informará al jefe directo; - En caso de que un derrame amenace con descargar, o descargue en algún curso de aguas lluvias, alcantarillado o fuente de agua potable, se debe informar inmediatamente a bomberos y carabineros; - La disposición final de los residuos recuperados y almacenados se realizará en sitios autorizados por la autoridad sanitaria competente; Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776
- El jefe directo, será el encargado de dar la señal de alarma y preocuparse de las comunicaciones, coordinar las acciones para el control del fuego e informar a bomberos, en caso de que la gravedad lo amerite; - Ante cualquier señal de peligro se deberá proceder a evacuar el lugar de inmediato. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante la eventualidad de una emergencia, el titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando: - Datos del accidente; - Caracterización de área afectada y su extensión; - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados; - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado; - Protocolo de manejo de residuos generados Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.11 del ICE.
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Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
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Que, conforme a lo señalado en el artículo 19 inciso tercero de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, “se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no se subsanaren los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca o si el respectivo proyecto o actividad requiere de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditare el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la misma Ley”
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Atendido lo anterior, corresponde rechazar el proyecto “Viviendas de integración social D.S. N° 19, Condominio Don José Miguel I y II”, por cuanto el Titular no ha subsanado los errores, omisiones o inexactitudes de que adolece la Declaración de Impacto Ambiental en relación a las emisiones del Proyecto relacionadas con el componente aire y ruido, toda vez que, no logró acreditar que su proyecto o actividad no generará ni presentará los efectos, características o circunstancias del artículo 11 letra a) y b) de la Ley N° 19.300 que dan origen a la necesidad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental, en particular al artículo 5 y 6 del RSEIA del D.S. 40/2012 MMA, en específico la falta de antecedentes del cumplimiento del D.S. Nº 31/2016 y D.S. N°38/2011, ambos del MMA, identificado en las secciones 6.1 y 6.2 del ICE, y 5.1 y 5.2 de la presente Resolución.
El Titular tampoco subsanó los antecedentes respecto del literal b) del artículo 7 del D.S. N° 40/2012 del MMA, puesto que no acredita que no se generarán o presentarán efectos adversos significativos en magnitud y duración del impacto del Proyecto sobre la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, no logrando acreditar, por lo tanto, que su proyecto o actividad no generará ni presentará los efectos, características o circunstancias del artículo 11 letra c) de la Ley N° 19.300 que dan origen a la necesidad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental, identificado en la sección 6.3 del ICE y 5.3 de la presente Resolución.
De manera complementaria, tampoco fue posible acreditar de que el proyecto cumpla con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 de este documento; ni tampoco si cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambientales Sectorial 142 identificado en la sección 9.1.2 del ICE y 6.1.2 de la presente Resolución.
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RESUELVO:
1°. Calificar desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Viviendas de integración social D.S.N °19, Condominio Don José Miguel I y II”, de INMOBILIARIA BRIO 16 SPA.
2°. Hacer presente que el proyecto “Viviendas de integración social D.S.N °19, Condominio Don José Miguel I y II” no se podrá ejecutar y que los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental no podrán otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón del impacto ambiental del referido proyecto, aun cuando se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto, no se les notifique pronunciamiento en contrario.
3°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Constanza Paz Martínez Gil Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
Arturo Farías Alcaíno Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
AFA/JGM/JMM/FCP
Distribución: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161137776 Firmado Digitalmente por Arturo Nicolas Farías Alcaíno Fecha: 22-01-2024 18:38:20:742 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: PUF Consta nza Paz Martín ez Gil Firmado digitalmente por Constanza Paz Martínez Gil Fecha: 2024.01.24 11:13:29 -03'00'