Planta Procesadora De Frutos Secos Mostazal - Pacific Nut Company Chile S.A
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Libertador General Bernardo O Higgins
Califica Ambientalmente el proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A”
Rancagua
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), admitida a trámite con fecha 20 de junio de 2023, su Adenda de fecha 12 de enero de 2024 y su Adenda Complementaria de 1 de octubre de 2024,. del proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A”, presentado por Pacific Nut Company Chile S.A.
2°. La resolución exenta N° 202306103145, de fecha 22 de junio de 2023, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, que resuelve y tiene presente los documentos de gran tamaño los cuales se han cargado en el repositorio que dispone el SEA (https://archivos.sea.gob.cl), y que su respaldo se encuentra disponible en el siguiente link: https://archivos.sea.gob.cl/2023/06/15/2159392563/Pacific_Nut.rar; Código de validación: c0aa44f0422dbab53c0b0faa0f370382
3°. La resolución exenta N° 202406101353, de fecha 01 de octubre de 2024, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, que resuelve y tiene presente los documentos de gran tamaño los cuales se han cargado en el repositorio que dispone el SEA (https://archivos.sea.gob.cl), y que su respaldo se encuentra disponible en el siguiente link: https://archivos.sea.gob.cl/2024/09/26/2159392563/Pacific_Nut.rar; Código de validación: bcdc2c1b7f3a492f083cad421f10142b63a1c303e1eca29207697ed59b73caa2.
4°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A”.
5°. El Acta de Evaluación N°15/2024 de la sesión N°11 del Comité Técnico de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, de fecha 9 de septiembre de 2024.
6°. El ICE de la DIA del proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A” de 21 de octubre de 2024.
7°. El Acta de evaluación N°15/2024 de las Sesión Extraordinaria N°12 de fecha 29 de octubre de 2024.
8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A”.
- Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40 de 30 de octubre de 2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653 de 2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°202306101347/2023 de fecha 11 de septiembre de 2023, que Aprueba Modificación del Reglamento de Organización y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771 Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 14-11-2024 17:31:39:408 UTC -03:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 14-11-2024 17:31:42:437 UTC -03:00 Razón: Lugar:
Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins; en la Ley N°18.834, del Ministerio del Interior, que aprueba Estatuto Administrativo, que establece la subrogancia legal en sus artículos 79, 80 y siguientes, aplicadas en este caso en la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins; en la Resolución N°7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención a Trámite de toma de razón; y, en el D.S. N°82, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Fabio López Aguilera como Delegado Presidencial Regional de O’Higgins.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, Pacific Nut Company Chile S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Pacific Nut Company Chile S.A. Rut 96.629.050-1 Domicilio Camino Padre Hurtado 19956 Teléfono 56 2 2208 2993 Nombre representante legal Cristian Andrés Infante Heymann Felipe Gonzalo Andrade Berger Domicilio representante legal NUEVA DE LYON 145 Teléfono representante legal 56 2 2208 2993 Correo electrónico Titular o representante legal ypinto@arayaambiental.cl - fnavarrete@arayaambiental.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 21 de octubre de 2024, la Directora (S) del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O Higgins ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables (PAS 138, 139, 140, 142 y 161) identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, considerando la condición y exigencia identificada en la sección 11.2 del ICE.
3°. Que, en sesión extraordinaria N°15 de fecha 29 de octubre de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins acordó calificar favorablemente el proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 21 de octubre de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo general del Proyecto consiste en realizar la ampliación de infraestructura de la planta, que permita aumentar la capacidad de procesamiento de frutos secos desde las 6.000 toneladas anuales hasta alcanzar las 13.300 toneladas anuales, de estas, 12.000 toneladas anuales corresponderán a nueces y 1.300 toneladas anuales a almendras, de acuerdo con lo declarado en la respuesta N°1.1 de la Adenda Complementaria, debido a que el Proponente declara lo siguiente: “Por otro lado, es importante señalar que las etapas 3 y 4, se han eliminado del Proyecto en evaluación, lo que conlleva a una reducción considerable de la producción”. (Énfasis agregado). La siguiente tabla refleja la reducción de producción por la eliminación de las etapas 3 y 4.
Tabla N°1 – Producción según eliminación etapa 3 y 4 Ítem Nueces [t/año] Almendras [t/año] Total [t/año] Producción con Etapas 3 y 4 25.000 8.000 33.000 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Producción sin Etapas 3 y 4 12.000 1.300 13.300 Fuente: Respuesta N°1.1 de la Adenda Complementaria.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones El aumento en la capacidad de procesamiento se desarrollará de la siguiente forma:
- Etapa 0: consideró la construcción de una planta de despelonado y una máquina de cracker, que requirió de la instalación de un transformador de 1.000 KVA de potencia. Se construyó, además, una planta de secado a gas, la cual, al realizar la correspondiente conversión de unidades define una potencia de 20.000 KVA. Así, la etapa 0 consideró una potencia instalada de 21.000 KVA.
- Etapa 1: esta etapa consideró la implementación de una segunda planta de secado a gas, con una potencia equivalente de 20.000 KVA, además de la instalación de un segundo transformador de 1.250 KVA. Así, la etapa 1 consideró la implementación de 21.250 KVA de potencia instalada adicional.
- Etapa 2: Como parte de la ampliación de Proyecto, se contempla la instalación de un segundo transformador, con potencia equivalente a 1.250 KVA. De acuerdo con lo anterior, la potencia instalada total del Proyecto corresponderá a 43.500 KVA, superior al umbral de 2.000 KVA establecido en el subliteral k.1. del artículo 3° del Reglamento del SEIA.
Si bien el Proyecto no superará la generación de 8 toneladas/día de residuos orgánicos en algún día de su Fase de Operación; el Proyecto corresponde a una agroindustria que satisface el literal k.1 del Reglamento del SEIA; por lo tanto, tipifica en el subliteral l.1. del Reglamento del SEIA.
Debido a que en la etapa 2 de construcción, el Proyecto considerará la implementación de un sistema de tratamiento de RILes del tipo DAF, con disposición final del efluente tratado a riego por aspersión en sectores de pradera definidos, abarcando un total de 0,8 hectáreas. Por lo anterior, el Proyecto tipifica en el subliteral o.7.2. del Reglamento del SEIA en su ingreso a evaluación ambiental en el SEIA. Vida útil 50 Años Monto de inversión USD $ 7.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Instalación de Faenas Proyecto se desarrolla por etapas Si No De acuerdo a lo presentado por el titular en el Capitulo 1, literal 1.2.2 de la Adenda Complementaria el Proyecto consta de tres etapas de construcción, las cuales se denominan etapas 0, 1 y 2. [X]
Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No De acuerdo con lo declarado por el Proponente en la Adenda Complementaria, en lo que respecta a la etapa 0 y 1, se indica que estas ya fueron ejecutadas y se encuentran actualmente en operación; por lo tanto, la etapa 2 modifica el Proyecto, toda vez que corresponden a aquella etapa que forman parte de una futura Fase de Construcción. Lo anterior, sin perjuicio de que las etapas 0 y 1 del Proyecto se someten, de igual manera, a evaluación ambiental, toda vez que por sí solas requieren obligatoriamente ingresar al SEIA. [X]
Proyecto modifica otra(s) Si No De acuerdo con lo establecido en el Artículo 12 del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
RCA
[X] Reglamento del SEIA, cabe mencionar que el Proyecto sometido a evaluación, no corresponderá a una modificación asociada a un proyecto existente con RCA.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se ubica en la comuna de Mostazal, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. Figura 1. Emplazamiento
Fuente Cap. 1 Adenda complementaria
Descripción de la localización -El emplazamiento adyacente a Ruta 5 rpor su caletera permite el rápido desplazamiento tanto de los insumos, despacho de productos finales como el tránsito de sus trabajadores.
-Conforme lo indica el Plan Regulador Comunal de Mostazal, el área de emplazamiento del Proyecto es clasificada como Zona Industrial (ZI), la cual, según lo indicado en el artículo 7 de su Ordenanza, permite, entre otros usos el emplazamiento de actividades productivas inofensivas y molestas.
-Por su parte, el Plan Regulador Intercomunal de Rancagua, clasifica el área de emplazamiento del Proyecto como Zona de Equipamiento Industrial (ZEQ -1), la cual, según la Ordenanza de dicho Instrumento de Planificación Territorial, corresponde a “áreas para uso industrial incorporadas por los planes reguladores comunales […].
Por todo lo anterior, el área de emplazamiento resulta idónea para el Proyecto, toda vez que este se enmarca dentro de los usos de suelos permitidos en los respectivos Instrumentos de Planificación Territorial y, además, favorece el rápido desplazamiento desde y hacia el Proyecto. Superficie • Superficie Construida 43.200 m2 • Superficie Predial 113.658 m2 Coordenadas UTM en Datum WGS84 Tabla N°3 – Coordenadas geográficas (Datum WGS84 – UTM – 19S)
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Fuente: Anexo 10. Adenda complementaria
Ítem Vértices Este (m) Norte (m) Vértices de emplazamiento P1 342.585 6.239.018 P2 342.898 6.239.056 P3 343.029 6.238.631 P4 342.866 6.238.574 P5 342.834 6.238.638 P6 342.729 6.238.593 Caminos de acceso El acceso al Proyecto se realiza a través de la caletera de Ruta 5 Sur, km 62.9.
Figura 2. Acceso al proyecto
Fuente: Cap. 1. Adenda complementaria
Las coordenadas de acceso al proyecto corresponden a la siguiente.
Tabla N°4. Coordenada geográficas (Datum WGS84 – UTM – 19S)
Ítem Punto Este (m) Norte (m) Acceso Z1 342.655 6.238.828
Fuente: Elaboración propia, Tabla 8. Coordenadas de acceso al proyecto. Cap. 1. Adenda complementaria
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo N°2 - KMZ – Adenda Complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Cierre perimetral Conforme a lo exigido por el artículo 5.8.7 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, se levantará un cierre perimetral de carácter provisional que permitirá segregar y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
delimitar las áreas en donde se ejecutarán las obras constructivas. Instalación de faenas La instalación de faenas estará constituida por oficinas, instalaciones sanitarias para los trabajadores, bodega de materiales, área de estacionamientos, cierre perimetral, entre otros. El Proyecto requerirá de una zona para la instalación de faenas de aproximadamente 120 m2, que será materializado en base a contenedores de medida estándar, más áreas de estacionamientos de maquinarias, según se describe a continuación. - Oficinas: Corresponderá a dos contenedores habilitados en una superficie total de 20 m2, donde operará la administración y control de obra. A un costado de estos contenedores, se habilitará la oficina de la inspección técnica de obra (ITO). - Baños y duchas: De manera provisoria para la instalación de faenas, se dispondrá de la implementación de baños químicos para los trabajadores, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N°594/1999, del MINSAL, los cuales serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada. Esta implementación dará cumplimiento a las disposiciones establecidas en los artículos 24, 25 y 26 del D.S. N°594/1999, en relación a que: i. El número mínimo de artefactos se calculará en base a la Tabla del artículo 23 del D.S. N°594/1999, del MINSAL. ii. Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 metros del área de trabajo. Comedor: Es importante señalar que, por la naturaleza del Proyecto, durante la construcción y sus distintas etapas, cada trabajador estará a cargo de su alimentación, no contemplando, por tanto, la habilitación de cocina y/o casino. Sin perjuicio de lo anterior, se habilitará un recinto compuesto por 1 contenedor que incluirá los implementos necesarios para la adecuada alimentación de los trabajadores. Se considera la superficie de este contenedor dentro del ítem “Oficinas”. - Área de estacionamientos: Se habilitaron dos áreas de estacionamientos correctamente demarcados y señalizados. Se consideró un área de 20 m2 para 4 estacionamientos de vehículos menores y un área de 45 m2 para el estacionamiento de la maquinaria que no se encuentre operando en la obra de construcción. Zona de acopio transitorio de residuos no peligrosos Para la etapa de construcción se realizará el almacenamiento de residuos industriales no peligrosos en un sector delimitado con malla de 1,8 metros de altura, lo cual impedirá el libre acceso a personal que no esté autorizado a ingresar a este sector. Las superficies utilizadas corresponderán a un sector de 30 m2, emplazado en un sitio de piso compactado, claramente delimitado e identificado para el almacenamiento de este tipo de residuos. Por su parte, los residuos sólidos asimilables a domiciliarios generados corresponderán a restos de comida, papeles y bolsas de basura. Estos residuos serán dispuestos transitoriamente en contenedores de plástico de tapa hermética de 1 m3 ubicados en los frentes de trabajo. En lo que respecta a los residuos propios de las labores de construcción, estos serán acopiados en una tolva de acero A36, con tapa y cierre hermético de capacidad máxima equivalente a 20 m3. Estos residuos serán retirados con una frecuencia de 2 veces por semana con la finalidad de evitar descomposición de restos de alimentos, focos de insalubridad, malos olores y/o proliferación de vectores sanitarios. El retiro de estos residuos se realizará mediante camiones municipales y serán destinados a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud. Bodega de sustancias peligrosas Tendrá una superficie de 9 m2 aproximadamente, cierre perimetral, piso liso e impermeable, sistema de contención local y material de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
absorción, sistema manual de extinción de incendio a base de extintores y las respectivas HDS de cada sustancia. Bodega de residuos peligrosos El almacenamiento de residuos peligrosos en Fase de Construcción se llevará a cabo de forma temporal en una bodega de acero ASTM 36, modelo BSP6, de superficie equivalente a 15 m2, diseñado para el almacenamiento de residuos peligrosos. Los residuos almacenados se encontrarán debidamente etiquetados, dispuestos al interior de una bodega localizada al interior de la instalación de faenas. La bodega contará con acceso restringido. Acciones Limpieza del terreno Contempla las obras de nivelación de desniveles, además de escarpe superficial de 30 cm para la remoción de cobertura vegetal. De igual forma se construirá un cortafuego perimetral entre la zona de la planta procesadora y el cerco perimetral que colinde con zona arbustiva, esta medida corresponde a una faja de terreno donde se elimina toda la vegetación y se deja expuesto el suplo mineral. El ancho mínimo que tendrá el cortafuego no deberá ser inferior a 10 metros, medido en proyección horizontal, para asegurar la detención Recepción de materiales de construcción Consistirá en la recepción de materiales de construcción utilizados en las etapas 0, 1 y 2 de Construcción. Estos materiales fueron depositados y almacenados transitoriamente en la zona de instalación de faenas. Se contempla la habilitación de una infraestructura de acopio temporal de materiales para la fase de construcción. Es un área de almacenamiento de materiales y herramientas. Corresponde a una infraestructura con tabiques de madera revestida con paneles OSB y techo de zinc. La infraestructura se instala sobre tacos o pallets, destinados a separar los materiales del suelo. En dicha zona se acopiarán en forma ordenada, aquellos insumos y materiales que puedan almacenarse a la intemperie. El acopio de materiales se realizará directamente sobre el suelo, considerando trozos de madera (tacos o pallets) destinados a separar los materiales del suelo. Tendrá una superficie de 58m2. Implementación de cierre perimetral Conforme a lo exigido por el artículo 5.8.7 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, se levantó un cierre perimetral de carácter provisional que permitió segregar y delimitar las áreas en donde se ejecutaron las obras constructivas. Se consolidará la construcción de un cierre perimetral en cada una de las etapas de construcción. Esta acción permitirá delimitar el área de intervención de cada una de las etapas de construcción y, a su vez, limitar el acceso a zona de obras. Obra gruesa El Proyecto considera la ejecución de 3 etapas de construcción, las cuales corresponden a: - Etapa 0: consideró la construcción de un galpón y la implementación de una planta de despelonado y una máquina de cracker, con un transformador de 1.000 KVA. Se incorporó, además, una planta de secado a gas, la cual posee una potencia equivalente a 20.000 KVA. La obra ejecutada en la Etapa 0 involucra las siguientes estructuras: - Pozo de descarga - Galpón de despelonado - Galpón de secado - Pozo de descarga de RILes - Descarga de maxi sacos - Silos de almacenamiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
- Galón cracker nueces
- Galpón envasado NSC
- Galpón NCC
- Galpón cracker almendras
- Bodega envasado de almendras
- Bodega de almacenamiento de materia prima
- Bodega de producto terminado
- Bodega de producto en proceso
- Bodega de insumos
- Oficinas de producción
- Oficinas de calidad
- Oficinas de producto terminado
- Oficinas de administración y romana
- Caseta de guardias
- Taller de mantención
- Casino
- Baño
- Etapa 1: consideró la implementación de una segunda máquina de secado, con una potencia equivalente a 20.000 KVA, además de un segundo transformador de 1.250 KVA. La obra ejecutada en la Etapa 1 involucra las siguientes estructuras:
- Pozo de descarga
- Galpón de despelonado
- Galpón de secado
- Pozo de descarga de RILes
- Descarga de maxisacos
- Etapa 2: Parte de la obra gruesa considerada en la etapa 2 de la Fase de Construcción, corresponde a la materialización de las partes y obras que componen el sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos. Considerará la implementación y habilitación de un sistema de tratamiento de RILes con disposición de efluente tratado vía riego. Recursos naturales renovables No aplica/ No contempla. Emisiones y efluentes Emisión Atmosférica
Para la estimación de las emisiones atmosféricas generadas por el Proyecto sometido a evaluación, se elaboró un Estudio de Emisiones Atmosféricas – contenido en Anexo N°08 de la DIA, el que fue actualizado en Anexo N°07 de la Adenda y Anexo N°13 DE Adenda Complementaria. Durante la fase de construcción, se generan emisiones atmosféricas a partir de actividades como excavaciones, carga de material, compactación y tránsito de vehículos, así como la combustión de maquinaria. La Etapa 0, desarrollada en 2011, tuvo las mayores emisiones debido al escarpe en toda el área de la planta, superando los límites establecidos por el artículo 40 del D.S N°01/2021 MMA. En contraste, las Etapas 1 y 2 generaron emisiones menores, siendo la Etapa 2 la que proyecta la menor emisión para 2025. Además, se incluye una tabla que muestra los años en que se superan los límites, destacando el porcentaje de superación. Es Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
importante señalar que esta superación se debe a la superposición de las fases de construcción y operación del proyecto. Tabla N°5 – Superación PDA. Estudio de Emisiones Atmosféricas (Etapa de construcción y operación)
Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Tabla 130. Superación PDA. Estudio de Emisiones Atmosféricas (Etapa de construcción y operación). Adenda complementaria. La tabla que se presenta a continuación proporciona información detallada acerca de los años en los cuales se superan los límites establecidos en el artículo 40, junto con el porcentaje correspondiente de esta superación. Sin perjuicio de incluir las emisiones para la fase de operación y cierre, se presenta la tabla en esta parte, para efectos de la fase de construcción. Es importante señalar que la superación de los límites establecidos en el artículo 40 del PDA, se debe en gran medida a la superposición de las etapas de operación y construcción del proyecto a lo largo de los años. Con base en lo expuesto y de acuerdo con la información proporcionada en la tabla 26 del D.S. N°01/2021 MMA, se presentará, tras la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable y dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde su dictación, el Programa de Compensación de Emisiones Atmosféricas a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de O'Higgins, compensando el 120% de las emisiones totales anuales generadas por el Proyecto. Para el desarrollo del Programa de Compensación de Emisiones, se considerará el año de mayor emisión, el cual corresponde al año 2011, donde se genera la mayor emisión de MP10 en la zona delimitada donde aplica el PDA, ya que tal como indica el D.S. N°01/2021 MMA “ A efectos de la compensación de emisiones, N° Año Año Fase del proyecto MP10 MP2,5 SO2 NOx 1 2011 Construcción E0 /operación E0 3,18 0,73 0,28 4,57 2 2016 Construcción E1 /operación E0 y E1 1,65 0,55 0,28 4,48 3 2024 Operación E0 y E1 1 0,43 0,28 4,44 4 2025 Construcción E2 /operación E0 y E1 1,56 0,52 0,28 4,48 5 2026 Operación E0, E1 y E2 1,01 0,43 0,28 4,45 51 2061 Cierre 1,26 0,16 3,70E- 04 0,21
Límite de Emisión (D.S N°1/2021 MMA) 1,5 1 10 8
Valor de Emisiones a Compensar (120%) 3,82 No supera No Supera No supera Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
aquellos proyectos que, con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, presenten algunas(s), modificación(es) y/o ampliación(es) y que deban ingresar al SEIA, deberán sumar estás emisiones a las anteriores que forman parte del proyecto, exceptuando aquellas emisiones que hayan sido compensadas previamente”. Por lo tanto, al no haber compensado anteriormente las emisiones generadas por el proyecto, se considera una compensación del 120 % de MP10 del año 2011 del proyecto.
Emisión de efluentes (Aguas servidas) Durante la Fase de Construcción del Proyecto, así como sus respectivas etapas, se generaron aguas servidas provenientes de los baños y duchas de los trabajadores de la obra. Considerando la cantidad máxima de trabajadores durante las distintas etapas de la Fase de construcción, se puede construir la siguiente Tabla de generación de aguas servidas. Tabla 6. Generación de aguas servidas en Fase de Construcción Etapa Mano de obra máxima Generación [L/día] Etapa 0 30 4.500 Etapa 1 30 4.500 Etapa 2 40 6.000 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria. Por su parte, considerando las disposiciones del artículo 11 ter de la Ley, para efectos de la evaluación ambiental, debe considerarse la sumatoria de los impactos ambientales provocados tanto por el Proyecto original como por sus respectivas modificaciones. De este modo, y considerando la ocurrencia simultánea de la Fase de Operación con la ejecución de cada etapa de construcción respectiva, se construye la siguiente Tabla que resume la generación de aguas servidas.
Tabla N° 7. Generación de aguas servidas en etapa con ocurrencia simultánea Fase Generación diaria [m3/día] Etapa 0 4,5 Operación etapa 0 + Construcción Etapa 1 46,35 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Construcción etapa 2 47,85 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Operación etapa 2 41,85 Operación global 81,85 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria.
Para efectos de la sumatoria del factor de operación de las respectivas etapas, que corresponde al ítem con ocurrencia simultánea, se optó por sumar el escenario más desfavorable, que corresponde a la operación global en temporada, es decir, la operación total del Proyecto considerando 279 trabajadores.
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Emisión de efluentes (Residuos industriales Líquidos) Durante la Fase de Construcción del Proyecto, así como sus diferentes etapas, no se generaron residuos industriales líquidos. En el área del Proyecto no se realizaron actividades de lavado de maquinaria, trasvasije de combustible, aceite y otros, ni preparación de hormigón in situ. Todas estas actividades fueron efectuadas por las empresas responsables de las maquinarias en lugares habilitados y externos a los sitios de faenas.
Emisión de ruido Para efectos de modelar y proyectar las fases del proyecto, se consideran 5 escenarios de modelación, siguiendo siempre lo estipulado en el cronograma general del proyecto, para la evaluación de las situaciones bajo la peor condición de ruido. • Fase de Construcción (Etapa 0). • Fase de Construcción (Etapa 1) + Fase de Operación (Etapa 0). • Fase de Construcción (Etapa 2) + Fase de Operación (Etapa 0 y 1). • Fase de Operación Global. • Fase de Cierre. En relación a la modelación, se realizó en base a los sectores de población más cercano, identificando 6 puntos como receptores sensibles. Es importante mencionar que la fase de construcción se llevará a cabo solo en horario diurno de evaluación. Frente a lo anterior y considerando que la operación de la planta se desarrolla durante las 24 horas del día, para efectos de la evaluación durante horario nocturno, se realizará las proyecciones de ruido, correspondiente únicamente a la fase de operación de cada etapa, excluyendo en dicho horario el contexto de la fase de construcción. Adicionalmente cabe señalar que durante horario nocturno se encontrarán operando únicamente las áreas de nuez con cascara, retazos, cracker, envasado, secado y despelonado, donde la capacidad productiva en dichos sectores decrece levemente durante la noche. Por último, cabe consignar que las áreas de secado y despelonado solo se encuentra en operatividad durante los meses de Marzo, Abril y Mayo, manteniéndose apagadas durante el resto del año. Sin embargo, para efectos de crear un escenario desfavorable, se proyectará la contribución energética de dichas áreas de producción, como si estuviesen funcionando las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Los resultados de las proyecciones de ruido durante la fase de construcción de la Etapa 0 y Etapa 1 indican que se cumple con los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA, sin causar impacto acústico en la comunidad cercana. Sin embargo, en la fase de operación del proyecto, se registraron superaciones de estos límites en horario nocturno para los receptores R4 y R6, lo que sí ocasiona un impacto acústico en la comunidad. Por lo tanto, se requerirán medidas de control para mitigar este problema en el diseño del proyecto. De igual forma se puede observar Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo (Etapa 2) + operación (Etapa 0 y 1). Tabla N°8 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo global Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 50 65 Cumple R2 48 60 Cumple R3 48,7 65 Cumple R4 55 65 Cumple R5 48 65 Cumple R6 52,6 65 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria Tabla N°9 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo (Etapa 2) + operación (Etapa 0 y 1) Receptor Nivel Proyectado (dBA) Limite diurno (dBA) Evaluación D.S 38/11 MMA R1 49,8 65 Cumple R2 48 60 Cumple R3 48,7 65 Cumple R4 54,9 65 Cumple R5 47,9 65 Cumple R6 52,6 65 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Emisión de vibración Para proyectar las vibraciones en cada receptor se considera el mayor nivel de vibración de la maquinaria y la distancia entre receptor y foco vibratorio, o maquinaria. A partir de esto, se obtuvieron los siguientes resultados. Tabla N°10 – Niveles de vibración proyectados en receptores – Fase de construcción etapa 0 Receptor Lv Proyectado (VdB) Limite de molestia (VdB) limite daño estructural (VdB) Evaluación Molestia Evaluació daño estructura R1 62,3 72 90 Cumple Cumple R2 52.9 72 90 Cumple Cumple R3 48.5 72 90 Cumple Cumple R4 78,5 72 90 No Cumple Cumple R5 49,5 72 90 Cumple Cumple R6 49,2 72 90 Cumple Cumple Fuente: Estudio ruido y vibración, Anexo N°10, Adenda complementaria.
Tabla N°11 – Niveles de vibración proyectados en receptores – Fase de construcción etapa 1 Receptor Lv Proyectado (VdB) Limite de molestia (VdB) limite daño estructural (VdB) Evaluación Molestia Evaluación daño estructural R1 46,3 72 90 Cumple Cumple R2 40,1 72 90 Cumple Cumple R3 37.9 72 90 Cumple Cumple Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
R4 64,6 72 90 Cumple Cumple R5 53,5 72 90 Cumple Cumple R6 55,2 72 90 Cumple Cumple
Fuente: Estudio ruido y vibración, Anexo N°10, Adenda complementaria.
Tabla N°12 – Niveles de vibración proyectados en receptores – Fase de construcción etapa 2 Receptor Lv Proyectado (VdB) Limite de molestia (VdB) limite daño estructural (VdB) Evaluación Molestia Evaluación daño estructural R1 43,1 72 90 Cumple Cumple R2 38,4 72 90 Cumple Cumple R3 37,4 72 90 Cumple Cumple R4 54,3 72 90 Cumple Cumple R5 49,3 72 90 Cumple Cumple R6 57,0 72 90 Cumple Cumple
Fuente: Estudio ruido y vibración, Anexo N°10, Adenda complementaria. A partir de los resultados de las proyecciones arrojadas para las vibraciones del proyecto, se observa cumplimiento por parte de la normativa, para las fases de construcción en su etapa N°1 y N°2, no generando un impacto vibratorio en la comunidad más cercana, bajo el criterio de molestia en las personas y daño en la edificación. Sin embargo, para la fase de construcción en su etapa N°0, se advierte superación de los máximos permisibles en el receptor, dada la distancia existente entre el frente de trabajo y el emplazamiento de dichos puntos de evaluación. Frente a lo anterior se deberá emplear medida de control de vibraciones con el objetivo de reducir los niveles a modo de no generar un impacto vibratorio en la comunidad afectada por las emisiones.
Emisiones odoríferas Conforme a las características del Proyecto, no se prevé la generación de emisiones odoríferas en la Fase de Construcción del Proyecto, así como en sus respectivas etapas de construcción. Todo manejo de residuos se realizó y realizará específicamente en las zonas delimitadas para tales fines, en contenedores cerrados y herméticos. Por su parte, el manejo de aguas servidas en esta Fase se realizó y realizará mediante proveedores autorizados de baños químicos, quienes se encargaron y encargarán del tratamiento específico de este tipo de residuos.
Residuos sólidos domiciliario s y asimilables
Los residuos asimilables a domiciliarios generados durante la Fase de Construcción, corresponden a restos de comida, papeles y bolsas de basura. Estos residuos fueron y serán dispuestos transitoriamente en contenedores de plástico de tapa hermética de 1 m3 ubicados en los frentes de trabajo y, posteriormente, retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana – acorde a la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
planificación municipal – con la finalidad de evitar descomposición de restos de alimentos, focos de insalubridad, malos olores y/o vectores sanitarios. El retiro de estos residuos se realizó y realizará mediante camiones municipales y fueron y serán destinados a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud respectiva.
Se estima que se generaron y generarán aproximadamente 0,5 kg/día de residuos asimilables a domiciliarios por parte de los trabajadores. Así, y considerando la mano de obra correspondiente a cada etapa de construcción, se define la siguiente generación de residuos asimilables.
Tabla N°13 – Generación mensual de residuos asimilables a domiciliarios Etapa Generación Dia [kg/día] Generación Mensual Etapa 0 15 0,360 Etapa 1 15 0,360 Etapa 2 20 0,480 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Ahora, considerando las disposiciones del artículo 11 ter de la Ley, para efectos de la evaluación ambiental, deberá considerarse la sumatoria de los impactos ambientales provocados por el proyecto original y su modificación. De este modo, para efectos de la presente evaluación y considerando la ocurrencia simultánea de la Fase de Construcción y Operación, la siguiente Tabla resume la generación de residuos.
Tabla N°14 – Generación de residuos asimilables a domiciliarios en fases con ocurrencia simultánea Fase Generación diaria [t/mes] Construcción Etapa 0 0,36 Operación etapa 0 + Construcción Etapa 1 3,708 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Construcción Etapa 2 3,828 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Operación Etapa 2 3,348 Operación global 3,348
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Tal como en el caso de las aguas servidas, se considera la sumatoria del factor de operación de cada etapa construida considerando el escenario más desfavorable, es decir, plena operación con máxima mano de obra, es decir, 279 trabajadores en operación.
Residuos industriales sólidos no peligrosos
Los residuos sólidos no peligrosos generados en Fase de Construcción correspondieron y corresponderán principalmente a restos de hormigón, madera y despuntes metálicos.
Adicionalmente, se indica que los residuos no peligrosos fueron dispuestos en rellenos sanitarios y/o botaderos autorizados por la Seremi de Salud.
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Tabla N°15 – Generación de residuos solidos no peligrosos en Fase de construcción Etapa Fuente Cantidad o volumen Etapa 0 Restos de materiales moldajes, plásticos, fierros, etc. 3 t/mes Movimiento de tierra 15.104,8 m3 Etapa 1 Restos de materiales moldajes, plásticos, fierros, etc. 3 t/mes Etapa 2 Restos de materiales moldajes, plásticos, fierros, etc. 3 t/mes Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Ahora, considerando las disposiciones del artículo 11 ter de la Ley, para efectos de la evaluación ambiental, deberá considerarse la sumatoria de los impactos ambientales provocados por el Proyecto original más su modificación. De este modo, para efectos de la presente evaluación, considerando la ocurrencia simultánea de la Fase de Construcción y Operación actual, la siguiente Tabla resume los residuos generados por el Proyecto.
Tabla N° 16 – Generación de residuos en ocurrencia de fases simultáneas Etapa Generación diaria [t/mes] Construcción Etapa 0 3 Operación etapa 0 + Construcción Etapa 1 88,14 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Construcción Etapa 2 90,14 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Operación Etapa 2 85,14 Operación global 85,14 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Para efectos de la sumatoria de los residuos no peligrosos generados en fases simultáneas, se consideró el escenario más desfavorable de generación de residuos de esta naturaleza, que corresponde a la operación global en temporada.
Residuos peligrosos
Los residuos peligrosos generados durante la Fase de Construcción correspondieron y corresponderán principalmente a envases de pintura, adhesivos, solventes, tubos fluorescentes, trapos y guaipes, ropa y papeles sucios. Los residuos fueron contenidos de manera temporal en contenedores con tapa debidamente rotulados. Para dicho propósito existieron bodegas para la mantención transitoria de los residuos peligrosos, los cuales fueron manejados según lo dispuestos por el D.S. N°148/2003, del MINSAL. En la Tabla a continuación, se describen los principales residuos generados en cada etapa de construcción. Tabla N°17 – Generación de residuos peligrosos
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Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Ahora, considerando las disposiciones del artículo 11 ter de la Ley, para efectos de la evaluación ambiental, deberá considerarse la sumatoria de los impactos ambientales provocados por el proyecto original y su modificación. De este modo, para efectos de la presente evaluación y, considerando la ocurrencia simultánea de la Fase de Construcción y Operación, la siguiente Tabla resume los residuos generados por el Proyecto.
Tabla N°18 – Generación de residuos peligrosos 11 ter de la ley Etapa Generación diaria [Kg/mes] Construcción Etapa 0 75 Operación etapa 0 + Construcción Etapa 1 215 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Construcción Etapa 2 215 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Operación Etapa 2 140 Operación global 140 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Para efectos de la sumatoria de impactos ambientales, se consideró Etapa Fuente Cantidad [kg/año] Etapa 0
Envases de pintura, pegamentos y solventes. 20 Envases de pintura en spray 20 Envases de aguarrás 15 Tubis fluorecentes 10 Trapos, guaipes, ropas y papeles sucios y/o contaminados 10 Total Etapa 0
75 Etapa 1
Envases de pintura, pegamentos y solventes. 20 Envases de pintura en spray 20 Envases de aguarrás 15 Tubis fluorecentes 10 Trapos, guaipes, ropas y papeles sucios y/o contaminados 10 Total Etapa 1
75 Etapa 2
Envases de pintura, pegamentos y solventes. 20 Envases de pintura en spray 20 Envases de aguarrás 15 Tubis fluorescentes 10 Trapos, guaipes, ropas y papeles sucios y/o contaminados 10 Total Etapa 2
75 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
el escenario más desfavorable de operación que corresponde a la generación de residuos peligrosos en máxima operación y temporada.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Sustancias Peligrosas
Las sustancias peligrosas utilizadas durante la Fase de Construcción correspondieron y corresponderán a productos químicos propios de la actividad, tales como pintura, solventes, entre otros.
Estas sustancias peligrosas fueron almacenadas en una bodega común, en cantidades no superiores a 6 toneladas.
Asimismo, la zona destinada al almacenamiento de las sustancias peligrosas estuvo señalizada y demarcada, contó con el pictograma de indicación de clases y divisiones de las sustancias, conforme a la NCh 2190 Of2003, así como también con las respectivas Hojas de Datos de Seguridad.
A continuación, se detallan las cantidades de sustancias a utilizar en esta Fase.
Tabla N° 19 – Sustancias peligrosas a utilizar por el proyecto en Fase de Construcción Fuente Cantidad o volumen Almacenamiento Tubos fluorecentes 10 kg/mes Almacenamiento en bodega común, en recipients hermeticos y debidamente identificados, según lo dispuesto en la NCh2190/93, dentro de un área especialmente destinada para esta función. Baterías 5 kg/mes Aceites 15 kg/mes
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Anexo N°10. Adenda Complementaria. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Planta Agroindustrial (Planta procesadora de frutos secos) La planta agroindustrial corresponde a las edificaciones en las cuales se desarrolla la operación normal del Proponente, es decir, el procesamiento de nueces y almendras. Áreas de servicios
El área de servicios está compuesta por oficinas administrativas, casino, servicios higiénicos, camarines y estacionamientos. Bodega y taller de mantenimiento La bodega y taller de mantención funciona como pañol, prestando asistencia general a las diversas tareas de mantención que cotidianamente requiere el Proyecto. Las reparaciones que allí se realizan corresponden a reparaciones menores. Asimismo, en la bodega y taller de mantención se almacenan herramientas, elementos empleados en la mantención y otros insumos o materiales para estos fines. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Cabe mencionar que, dentro de los insumos que se almacenan en la bodega de estas instalaciones, no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas, toda vez que este almacenamiento se realiza en las instalaciones especialmente acondicionadas para estos fines, tal como se describirá en las secciones posteriores. La bodega de mantención corresponde a una estructura metálica y pavimentada de hormigón con entramado metálico en su revestimiento.
Sector de recolección de residuos orgánicos El sector de almacenamiento de residuos orgánicos – específicamente lo relacionado con pelón y cáscaras – corresponde a dos sectores temporales en los cuales se recolectan este tipo de residuos durante la época de procesamiento. Se considera 1 sitio para la recolección de los residuos orgánicos provenientes del proceso productivo de las nueces y otro sector para la recolección de los residuos orgánicos provenientes del proceso productivo de las almendras. Ambos tipos de residuos se acumulan transitoriamente en tolvas de 20 m3, a través de una cinta transportadora que se dispone de forma común en el circuito.
Sitios de acopio de residuos no peligrosos El proyecto incluye tres sitios de almacenamiento de residuos no peligrosos con las siguientes características técnicas: - Primer sitio: En este sitio se almacena cáscara de nuez, para lo cual se ha instalado una tolva de 8 toneladas correspondiente a cascara de nuez y 20 t correspondiente a cascara de almendras. Está construida de estructura metálica de acero al carbono de 4 mm de espesor, de dimensiones 8 metros de frente, 4 metros de fondo, 5,5 metros de altura, terminada en cono. Está montada sobre pilares metálicos de 500x300 fabricados en 6 mm de espesor, lo que le da una altura total de 9,5 metros, esto permite posicionar el camión de retiro de cáscara de nuez por debajo de la tolva para trasvasijar directo al camión. Cuenta con dos salidas de 1,5 metros de largo y 1 metro de ancho. Posee dos compuertas tipo guillotina, manipuladas electrónicamente con un pulsador manual y para seguridad, cuenta con dos terminales de carrera. Está anclada al piso con dado de hormigón de 1 m2, H30. La cáscara proviene del proceso de partido mecánico de nuez y el transporte se realiza en forma automática por succión y posteriormente, a través de una cinta transportadora desde el área de proceso hasta la tolva. La periodicidad del retiro del residuo será con una frecuencia mínima de dos días. El sitio se encuentra señalizado respecto al tipo de residuo y uso de implementos de seguridad y como medio de extinción de incendio se dispone de un gabinete con 2 extintores tipo PQS de 10 kg de capacidad. - Segundo Sitio: corresponde al sitio de almacenamiento reciclaje y residuos asimilables a domésticos. El punto de acopio, corresponde a una losa de hormigón de 20 m2, en el cual se disponen dos tolvas de 20 m3 de capacidad cada una. Una de las tolvas se considera para el almacenamiento transitorio de los plásticos de embalajes y restos de cartón, mientras que la segunda tolva se considera para el almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios. Ambas tolvas cuentan con tapa y cierre hermético. Tercer Sitio: el tercer sitio, por su parte, corresponde a un punto de acopio de residuos no peligrosos considerado de apoyo al sitio dos para los tiempos de Temporada. En esta zona, de 20 m2 se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
habilitarán 2 tolvas de 20 m3 cada una para el almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, además de residuos asimilables a domiciliarios.
Bodega de Almacenamiento de Residuos Peligrosos Se considera una bodega de almacenamiento temporal de RILes, la cual tendrá una superficie de 9 m2. Esta bodega contará con una superficie impermeabilizada, consistente en una losa con pretil de hormigón armado de 15 cm para la contención de potenciales derrames. La bodega contará con una ventilación por cerramiento con malla de acero y una cubierta de plancha tipo zincalum. Sistema Particular de Tratamiento de Aguas Servidas Los sistemas de tratamiento de residuos líquidos, corresponden a dos estructuras diferenciadas tanto para el tratamiento de residuos industriales líquidos como para aguas servidas. El sistema de tratamiento de aguas servidas considerado para el Proyecto corresponde un proceso biológico de Lodos Activados modalidad aireación extendida: - Ecualizador - Planta de elevación de aguas. - Reactor Biológico - Sedimentador secundario. - Desinfección. - Digestión aeróbica Luego será dispuesto vía riego a un sector definido. Sistema de Tratamiento de RILes Para la remoción de los parámetros excedidos en el RIL producto del proceso se utilizará un tratamiento físico-químico para lograr la calidad de efluente requerida en la NCh 1.333 Of 78 y otros parámetros indicados. Parte del agua tratada será recirculada al proceso productivo, mientras que el restante será incorporado al sistema de aguas servidas par finalmente ser almacenadas en estanques para riego. Por otro lado, los lodos serán acumulado en tolvas para su retiro y disposición por tercero autorizado. Según lo indicado en Adenda, se realiza modificación en la planta de tratamiento de RILes, donde se elimina el tratamiento secundario y terciario que son los siguientes: - Tratamiento secundario con reactor biológico y sedimentador. - Tratamiento terciario con desinfección y filtración Por lo cual el nuevo sistema de tratamiento indicado en la Adenda complementaria, eliminado las operaciones indicadas anteriormente consta de los siguientes procesos. Las etapas de tratamiento se indican a continuación: - Pretratamiento con filtro parabólico. - Ecualización. - Sistema de dosificación de químicos para coagulación y floculación del RIL. - Tratamiento primario con flotación por aire disuelto (DAF). Luego será dispuesto vía riego a un sector definido. Planta Agroindustrial (Planta procesadora de frutos secos) La planta agroindustrial corresponde a las edificaciones en las cuales se desarrolla la operación normal del Proponente, es decir, el procesamiento de nueces y almendras. Áreas de servicios
El área de servicios está compuesta por oficinas administrativas, casino, servicios higiénicos, camarines y estacionamientos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Bodega y taller de mantenimiento La bodega y taller de mantención funciona como pañol, prestando asistencia general a las diversas tareas de mantención que cotidianamente requiere el Proyecto. Las reparaciones que allí se realizan corresponden a reparaciones menores. Asimismo, en la bodega y taller de mantención se almacenan herramientas, elementos empleados en la mantención y otros insumos o materiales para estos fines. Cabe mencionar que, dentro de los insumos que se almacenan en la bodega de estas instalaciones, no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas, toda vez que este almacenamiento se realiza en las instalaciones especialmente acondicionadas para estos fines, tal como se describirá en las secciones posteriores. La bodega de mantención corresponde a una estructura metálica y pavimentada de hormigón con entramado metálico en su revestimiento.
Sector de recolección de residuos orgánicos El sector de almacenamiento de residuos orgánicos – específicamente lo relacionado con pelón y cáscaras – corresponde a dos sectores temporales en los cuales se recolectan este tipo de residuos durante la época de procesamiento. Se considera 1 sitio para la recolección de los residuos orgánicos provenientes del proceso productivo de las nueces y otro sector para la recolección de los residuos orgánicos provenientes del proceso productivo de las almendras. Ambos tipos de residuos se acumulan transitoriamente en tolvas de 20 m3, a través de una cinta transportadora que se dispone de forma común en el circuito.
Sitios de acopio de residuos no peligrosos El proyecto incluye tres sitios de almacenamiento de residuos no peligrosos con las siguientes características técnicas: - Primer sitio: En este sitio se almacena cáscara de nuez, para lo cual se ha instalado una tolva de 8 toneladas correspondiente a cascara de nuez y 20 t correspondiente a cascara de almendras. Está construida de estructura metálica de acero al carbono de 4 mm de espesor, de dimensiones 8 metros de frente, 4 metros de fondo, 5,5 metros de altura, terminada en cono. Está montada sobre pilares metálicos de 500x300 fabricados en 6 mm de espesor, lo que le da una altura total de 9,5 metros, esto permite posicionar el camión de retiro de cáscara de nuez por debajo de la tolva para trasvasijar directo al camión. Cuenta con dos salidas de 1,5 metros de largo y 1 metro de ancho. Posee dos compuertas tipo guillotina, manipuladas electrónicamente con un pulsador manual y para seguridad, cuenta con dos terminales de carrera. Está anclada al piso con dado de hormigón de 1 m2, H30. La cáscara proviene del proceso de partido mecánico de nuez y el transporte se realiza en forma automática por succión y posteriormente, a través de una cinta transportadora desde el área de proceso hasta la tolva. La periodicidad del retiro del residuo será con una frecuencia mínima de dos días. El sitio se encuentra señalizado respecto al tipo de residuo y uso de implementos de seguridad y como medio de extinción de incendio se dispone de un gabinete con 2 extintores tipo PQS de 10 kg de capacidad. - Segundo Sitio: corresponde al sitio de almacenamiento reciclaje y residuos asimilables a domésticos. El punto de acopio, corresponde a una losa de hormigón de 20 m2, en el cual se disponen dos tolvas de 20 m3 de capacidad cada una. Una de las tolvas se considera Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
para el almacenamiento transitorio de los plásticos de embalajes y restos de cartón, mientras que la segunda tolva se considera para el almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios. Ambas tolvas cuentan con tapa y cierre hermético. Tercer Sitio: el tercer sitio, por su parte, corresponde a un punto de acopio de residuos no peligrosos considerado de apoyo al sitio dos para los tiempos de Temporada. En esta zona, de 20 m2 se habilitarán 2 tolvas de 20 m3 cada una para el almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, además de residuos asimilables a domiciliarios.
Bodega de Almacenamiento de Residuos Peligrosos Se considera una bodega de almacenamiento temporal de RILes, la cual tendrá una superficie de 9 m2. Esta bodega contará con una superficie impermeabilizada, consistente en una losa con pretil de hormigón armado de 15 cm para la contención de potenciales derrames. La bodega contará con una ventilación por cerramiento con malla de acero y una cubierta de plancha tipo zincalum. Sistema Particular de Tratamiento de Aguas Servidas Los sistemas de tratamiento de residuos líquidos, corresponden a dos estructuras diferenciadas tanto para el tratamiento de residuos industriales líquidos como para aguas servidas. El sistema de tratamiento de aguas servidas considerado para el Proyecto corresponde un proceso biológico de Lodos Activados modalidad aireación extendida: - Ecualizador - Planta de elevación de aguas. - Reactor Biológico - Sedimentador secundario. - Desinfección. - Digestión aeróbica
Luego será dispuesto vía riego a un sector definido.
Sistema de Tratamiento de RILes Para la remoción de los parámetros excedidos en el RIL producto del proceso se utilizará un tratamiento físico-químico para lograr la calidad de efluente requerida en la NCh 1.333 Of 78 y otros parámetros indicados. Parte del agua tratada será recirculada al proceso productivo, mientras que el restante será incorporado al sistema de aguas servidas par finalmente ser almacenadas en estanques para riego. Por otro lado, los lodos serán acumulado en tolvas para su retiro y disposición por tercero autorizado. Según lo indicado en Adenda, se realiza modificación en la planta de tratamiento de RILes, donde se elimina el tratamiento secundario y terciario que son los siguientes: - Tratamiento secundario con reactor biológico y sedimentador. - Tratamiento terciario con desinfección y filtración Por lo cual el nuevo sistema de tratamiento indicado en la Adenda complementaria, eliminado las operaciones indicadas anteriormente consta de los siguientes procesos. Las etapas de tratamiento se indican a continuación: - Pretratamiento con filtro parabólico. - Ecualización. - Sistema de dosificación de químicos para coagulación y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
floculación del RIL. - Tratamiento primario con flotación por aire disuelto (DAF).
Luego será dispuesto vía riego a un sector definido.
Acciones Recepción de materia prima [nueces] El proceso de producción se realiza principalmente entre los meses de marzo a mayo de cada año, ya que ese periodo corresponde a la fase de cosecha de la nuez de nogal para su posterior procesamiento. El proceso comienza con la recepción de la materia prima proveniente directamente desde los campos de producción, mediante el transporte de camiones con carros de arrastre. La materia prima se descarga en una tolva que transporta las nueces. Por otro lado, el transporte de insumos es una actividad contemplada por el Proyecto y constituye una de las principales actividades operativas. Ahora bien, el flujo vehicular varía considerablemente en época de Temporada y No Temporada, ya que es en estos meses donde se reciben los camiones asociados a la recepción y despacho de nueces.
Pesado de materia prima [nueces] Para el control del ingreso de materia prima, las nueces son pesadas en el área de recepción. Para pasar posteriormente al proceso de Despelonado. Despelonado [nueces] el sistema de despelonado, el cual se encarga de retirar el pelón de las nueces. Esto se logra mediante un tambor giratorio al cual se le inyecta agua para facilitar el proceso, seguido de una ducha sanitizante que utiliza agua con peracético. Es importante destacar que durante el proceso de despelonado se generan residuos líquidos como resultado del uso de agua en el funcionamiento de la máquina. Estos residuos líquidos serán tratados en un sistema de tratamiento con una capacidad hidráulica de 22 m3/Hr . Los RILes son generados en la planta de despelonado de la fruta. Pacific Nut cuenta con dos líneas de despelonado de nueces (mediante tambor giratorio e inyección de agua), ambas con sistema de conducción y recepción de RILes, que permiten dirigir estos hacia la primera etapa del tratamiento, dedicada a la remoción de solidos gruesos. Selección y limpieza [nueces] El flujo continúa con una selección manual y la eliminación del exceso de agua mediante cuchillas de aire. El agua residual es derivada al estanque de acumulación para ser tratada en la planta de tratamiento de RILes. Secado [nueces] Las nueces que califican y no son recirculadas al proceso de despelonado, se transportan mediante cintas hasta bins estacionarios, que corresponden a cajones de metal con un fondo de reja inclinado en 45 grados de una capacidad de 4,5 a 5 toneladas cada uno. Mediante la aplicación de aire caliente por debajo de los cajones, generado por un equipo de secado con quemadores a gas natural, se retira el exceso de humedad hasta llegar a un máximo de 8%. El proceso puede durante entre 24 a 36 horas dependiendo de la humedad de las nueces, que en general, es mayor al inicio de la cosecha y disminuye gradualmente en el tiempo. Una vez que las nueces llegan a una humedad del 8%, se descargan desde los cajones de secado y son transportadas a través de cintas hasta la zona de almacenaje, en donde el producto se traspasa a bins plásticos a la espera del proceso de fumigación.
El secado es mediante quemadores que son de la Serie MAXON NP-LE AIRFLO que consisten en un robusto cuerpo de quemador de hierro fundido o aluminio (que sirve como colector de gas) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
perforado para descargar el combustible gaseoso entre las placas mezcladoras divergentes de acero inoxidable. Los quemadores están montados directamente en la corriente de aire que se está calentando. El combustible gaseoso se inyecta en la corriente de aire del proceso. Las planchas de mezclado en forma de V, diseñadas de forma única, mezclan íntimamente el gas y el aire de proceso. Todo el calor disponible del combustible gaseoso se libera directamente en la corriente de aire. El oxígeno requerido para la combustión se extrae progresivamente de la corriente de aire de proceso. Los patrones de aireación cuidadosamente controlados proporcionan una mezcla progresiva, ignición cruzada superior, retención de llama y combustión libre de olor. Almacenamiento [nueces] Una vez finalizado el tratamiento de fumigación, los bins son trasladados hacia la bodega de almacenaje en donde se acopian en la “zona limpia” junto al resto de los bins ya tratados. Calibrado y ensacado (nueces con cáscara) - Selección por tamaño, la que se realiza mediante el uso de una máquina calibradora que selecciona las nueces por diámetro y peso. - A medida que se van coordinando las entregas, en base a las necesidades de los compradores, las nueces de la zona limpia pasan al proceso de producto terminado, el que consiste en el envasado, etiquetado y paletizado. Terminado este proceso el producto se traslada a la bodega de producto terminado y se encuentra en condiciones de ser trasladados en contenedores al consumidor final. Proceso de partido (nueces sin cáscara) Respecto a aquellos compradores que requiera las nueces sin cáscara, se incorpora al proceso productivo el proceso de partido, el cual se realiza con una máquina de “cracker” la cual remueve la cáscara final de la nuez. Recepción [almendras] Los bins son trasladados hacia la bodega de almacenaje en donde se acopian en la “zona limpia” junto al resto de los bins. Cracker [almendras] Se realiza el proceso de crakeo para romper la cáscara de las almendras y revelar el núcleo comestible. Calibrado [almendras] Selección por tamaño, la que se realiza mediante el uso de una máquina calibradora que selecciona las nueces por diámetro y peso. Envasado [almendras] A medida que se van coordinando las entregas, en base a las necesidades de los compradores, las nueces de la zona limpia pasan al proceso de producto terminado, el que consiste en el envasado, etiquetado y paletizado. Terminado este proceso, el producto se traslada a la bodega de producto terminado y se encuentra en condiciones de ser trasladados en contenedores al consumidor final. Productos generados Nueces A medida que se van coordinando las entregas, en base a las necesidades de los compradores, las nueces de la zona limpia pasan al proceso de producto terminado, el que consiste en el envasado, etiquetado y paletizado. Terminado este proceso, el producto se traslada a la bodega de producto terminado y se encuentra en condiciones de ser trasladados en contenedores al consumidor final. Tabla N°20 – Cantidad de nueces Ítem Nueces [t/año] Recepción 12.000 Procesamiento 12.000 Despacho 12.000 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
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Almendras El proceso de envasado cuenta con 6 líneas de selección manual, donde se revisa toda la fruta que ingresa a las cajas. Las cajas con frutas se cierran y sellan para así armar los pallets para su posterior despacho Tabla N°21 – Cantidad de almendras Ítem Almendras [t/año] Recepción 1.300 Procesamiento 1.300 Despacho 1.300 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria El proceso productivo opera durante los meses de febrero, para el caso de las almendras, y durante los meses de marzo a mayo de cada año, época en la que se recepcionan las nueces cosechadas. De esta forma, el proceso productivo presenta una estacionalidad muy marcada, siendo estos meses del año en donde aumenta la generación de RILes, en relación al año completo.
Recursos naturales renovables Agua Aplica. Según lo indicado en punto 1.7 Fase de operación, en el literal 1.7.15.1 del Cap. 1 de la Adenda complementaria, el Agua Potable y para Fines Industriales, proviene de la red pública por un contrato vigente con la empresa ESSBIO. En la etapa de operación Pacific Nut cuenta con dos líneas de despelonado de nueces (mediante tambor giratorio e inyección de agua), ambas con sistema de conducción y recepción de RILes, principalmente agua del proceso. Las aguas del proceso estimada a tratar tienen los siguientes caudales: Tabla N°22 - RILes del proceso Parámetro Unidad Valor Caudal m3/día 528 Caudal m3/día 22,0 Fuente: Elaboración propia. Literal 1.7. Fase de operación. Cap. 1 Adenda Complementaria.
Emisiones y efluentes Emisión atmosférica A continuación, en la siguiente tabla se informa las estimaciones totales de las emisiones para las distintas etapas de operación del Proyecto. Para más detalles sobre la metodología de cálculo consultar el Apéndice n°1, Memoria de Cálculo, incorporada en el Anexo N°13 de la Adenda Complementaria. Durante la fase de operación, las emisiones de los mismos contaminantes están vinculadas al tránsito de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados, así como a la combustión de vehículos, grupos electrógenos y equipos de secado de frutos. La Etapa 2 operación es la que presenta las emisiones más altas, debido a que, en la etapa 2 se proyecta el funcionamiento de una planta de RILes, aumentando el flujo de vehículos relacionado a dicha actividad. Ninguna etapa de operación, individualmente, sobrepasa los límites señalados en el artículo 40 del D.S N°01/2021 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
MMA.
Tabla N°23 – Superación PDA. Estudio de Emisiones Atmosféricas (Etapa de construcción y operación) N° Año Año Fase del proyecto MP10 MP2,5 SO2 NOx 1 2011 Construcción E0 /operación E0 3,18 0,73 0,28 4,57 2 2016 Construcción E1 /operación E0 y E1 1,65 0,55 0,28 4,48 3 2024 Operación E0 y E1 1 0,43 0,28 4,44 4 2025 Construcción E2 /operación E0 y E1 1,56 0,52 0,28 4,48 5 2026 Operación E0, E1 y E2 1,01 0,43 0,28 4,45
Límite de Emisión (D.S N°1/2021 MMA) 1,5 1 10 8
Valor de Emisiones a Compensar (120%) 3,82 No supera No Supera No supera
Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Tabla 130. Superación PDA. Estudio de Emisiones Atmosféricas (Etapa de construcción y operación) Con base en lo expuesto y de acuerdo con la información proporcionada en la Tabla 26 del D.S. N°01/2021 MMA, se presentará, tras la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable y dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la dictación de la RCA, el Programa de Compensación de Emisiones Atmosféricas a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de O'Higgins, compensando el 120% de las emisiones totales anuales generadas por el Proyecto. Además, se implementarán diversas acciones preventivas para minimizar los impactos ambientales del proyecto, tales como capacitaciones a los trabajadores sobre la prevención de la contaminación, transporte de materiales en camiones con lona hermética, control de emisiones. Cabe destacar que para el desarrollo del Programa de Compensación de Emisiones, se considerará el año de mayor emisión, el cual corresponde al año 2011, donde se genera la mayor emisión de MP10 en la zona delimitada donde aplica el PDA, ya que tal como indica el D.S. N°01/2021 MMA “ A efectos de la compensación de emisiones, aquellos proyectos que, con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, presenten algunas(s), modificación(es) y/o ampliación(es) y que deban ingresar al SEIA, deberán sumar estás emisiones a las anteriores que forman parte del proyecto, exceptuando aquellas emisiones que hayan sido compensadas previamente”. Por lo tanto, al no haber compensado anteriormente las emisiones generadas por el proyecto, se considera una compensación del 120 % de MP10 del año 2011 del proyecto. Es fundamental destacar que se han contemplado los escenarios mas desfavorables para todas las fases del proyecto, asegurando así Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
un enfoque precautorio y exhaustivo en la evaluación de los impactos ambientales.
Emisiones líquidas (Aguas Servidas) Se generarán aguas servidas que provienen principalmente de los servicios sanitarios, duchas y casinos del Proyecto. Para efectos de la estimación de caudales generados se utilizó una dotación promedio de 150 L/hab/día, de los cuales se considera un 100% del consumo que corresponderá efectivamente a aguas servidas. Tabla N°24 – Consumo aguas servidas Periodo Mano de Obra Generación diaria [m3/día] Temporada 279 41,85 No Temporada 141 21,15 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria Para el adecuado manejo de aguas servidas, el Proponente cuenta con un sistema de tratamiento de aguas servidas particular, del tipo Lodos activados, el cual permitirá tratar el efluente generado por el personal que trabaje durante la Fase de Operación, y disponerlo mediante riego. Para lo anterior, se solicita mediante la presente Adenda, el respecto Permiso Ambiental Sectorial Mixto contenido en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.
Emisiones líquidas (Residuos industriales líquidos)
Durante la Fase de Operación se generarán RILes provenientes del proceso productivo. El caudal generado de RILes asociado a estas actividades se describe a continuación. Tabla N°25 – Generación de Riles Mensual Mes Caudal de generación [m3/día] Enero 0 Febrero 528 Marzo 528 Abril 528 Mayo 528 Junio 0 Julio 0 Agosto 0 Septiembre 0 Octubre 0 Noviembre 0 Diciembre 0
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Tabla N°29 – Generación de RILES por Etapas Etapa operativa Cauda [m3/día] Disposición final Etapa 0 264 Recirculación + Riego Etapa 1 264 Recirculación + Riego Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Etapa 2 0 Recirculación + Riego
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Para la correcta disposición final de estos RILes, el Proponente contará con un sistema de tratamiento propio, del tipo DAF, el cual permitirá obtener un RIL tratado con calidad adecuada para su disposición vía riego, los parámetros que deberá cumplir las Normas de referencia de la guía SAG y NCh 1.333 Tomar en cuentas que se identificará la clasificación de aguas según su salinidad, por lo establecido en la Tabla 2 de la Norma Chilena N°1.333/78. En caso de que se supere el valor de DBO5 antes señalado, se utiliza como referencia la aplicación de una carga orgánica máxima de DBO5 DE 112 kg/ha*día de Carga Orgánica según Guía de evaluación ambiental, Aplicación de Efluentes al suelo.
Emisión de ruido
A continuación, se presentan los datos modelados para la Fase de Operación. Horario Diurno
Tabla N°26 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación global Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 50 65 Cumple R2 48 60 Cumple R3 48,7 65 Cumple R4 55 65 Cumple R5 48 65 Cumple R6 52,6 65 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
A partir de los resultados presentados en las proyecciones de ruido en horario diurno para la fase de construcción y operación en sus distintas etapas, se permite señalar la existencia de cumplimiento normativo a los límites máximos permisibles, para la totalidad de los receptores identificados y evaluados, según lo estipulado en el D.S. N°38/11 del MMA, no ocasionando un impacto acústico en la comunidad más cercana.
Horario Nocturno Tabla N°27 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0) Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 46,5 50 Cumple Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
R2 44,1 45 Cumple R3 44,6 50 Cumple R4 53,1 50 No cumple R5 44,3 50 Cumple R6 42,6 50 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Tabla N°28 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0 y Etapa 1)
Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 46,9 50 Cumple R2 44,4 45 Cumple R3 44,8 50 Cumple R4 53,4 50 No cumple R5 45,8 50 Cumple R6 50,8 50 No Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Tabla N°29 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación global Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 46,9 50 Cumple R2 44,4 45 Cumple R3 44,8 50 Cumple R4 53,4 50 No Cumple R5 45,9 50 Cumple R6 51,0 50 No Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
A partir de los resultados presentados en las proyecciones de ruido para la fase de operación del proyecto, se permite señalar la existencia de superación de los límites máximos permisibles en sus distintas etapas en horario nocturno, en los receptores R4 y R6 identificados y evaluados, según lo estipulado en el D.S. N°38/11 del MMA, ocasionando un impacto acústico en la comunidad receptora, razón por la cual se deberá implementar la siguiente medida de control como parte del diseño del proyecto.
Medida de control: Como medida de control para mitigar las superaciones normativas de ruido nocturno durante la operación del proyecto, se modificará la construcción de las naves de despelonado y secado. Actualmente, se utiliza un material "Instapanel PV-4" de 0,5 mm de espesor con un índice de reducción sonora de Rw=20dB. La solución consiste en revestir las fachadas de estas naves con placas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
de acero corrugado de 3 mm de espesor, mejorando el aislamiento acústico a un índice de Rw=37dB, especialmente en la nave más cercana al receptor R4.
Proyecciones de ruido con medida de control Se detalla en las siguientes tablas, los resultados de las proyecciones de ruido para la fase de operación en horario nocturno del proyecto con la medida de control de ruido a ejecutar, indicando el límite máximo permisible de ruido, además de la evaluación del cumplimiento del D.S. N°38/2011 del MMA. Tabla N°30 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0) Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 45,5 50 Cumple R2 43,8 45 Cumple R3 44,4 50 Cumple R4 49,3 50 Cumple R5 42,4 50 Cumple R6 39,0 50 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Tabla N°31 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0 y Etapa 1)
Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 45,1 50 Cumple R2 43,8 45 Cumple R3 44,4 50 Cumple R4 49,3 50 Cumple R5 42,9 50 Cumple R6 40,3 50 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Tabla N°32 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación global Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 45,6 50 Cumple R2 43,8 45 Cumple R3 44,4 50 Cumple R4 49,3 50 Cumple R5 43,1 50 Cumple R6 42,0 50 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
A partir de los resultados presentados en las proyecciones de ruido para la fase de operación en sus distintas etapas, y con medida de control, se permite señalar la existencia de cumplimiento a los límites máximos permisibles de ruido durante horario nocturno, en la totalidad de los receptores identificados, no ocasionando un impacto acústico en la comunidad receptora. Además, se presenta en Anexo un Compromiso Ambiental Voluntario en Anexo N°00 Cap. 7 de la presente Adenda Complementaria. El cual en el Literal 14.1.4 se detalla el siguiente objetivo, descripción y justificación:
Objetivo: Certificar que la medida de control cumpla con el D.S. N°38/2011 del MMA o la normativa vigente en curso al momento de las mediciones para fuentes fijas.
Descripción: Realizar una campaña de monitoreo de Nivel de Presión Sonora en horario diurno y nocturno, durante la fase de construcción, operación y cierre.
Justificación: Cumplir con los límites máximos permisibles de acuerdo a D.S. 38/2011 del MMA, con la finalidad de verificar la eficacia de la medida y, por tanto, acreditar la ausencia de impacto acústico en los receptores sensibles cercanos. Medidas generales y de carácter administrativo Como medida general se recomienda mantener lo más alejado posible de puntos receptores todas aquellas maquinarias que generen altos niveles de presión sonora, como, por ejemplo, herramientas de corte y perforación principalmente. Asimismo, se recomienda reducir en el mínimo posible, el uso simultáneo de herramientas y maquinarias ruidosas. Esto debe ser realizado con mayor énfasis en el uso simultáneo de retroexcavadoras, rodillo compactador, camiones, entre otros, lo cual son herramientas que generan altos niveles de ruido. A modo de medidas de control de carácter administrativo, se deberá contemplar lo siguiente: • Mantener el correcto estado de mantención de las distintas maquinarias. • Evitar el uso de silbatos y bocinas tanto al interior de la obra como en el ingreso a esta desde la calle. • Procurar que el tránsito de camiones en la obra se realice a las menores velocidades posibles. • Los camiones deberán mantener el motor apagado cada vez que no requieran encontrarse en movimiento. • Evitar situaciones de botadero de escombros a gran altura. • Evitar actividades de corte en puntos cercanos a receptores sensibles. • Al reducir el uso simultaneo de herramientas y maquinarias, se deben realizar secuencias de operaciones de trabajo.
Emisión de olores
De acuerdo a la Guía para la predicción y evaluación de impactos por olor en el SEIA, la determinación del AI se define a partir de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
pluma odorante. Es usual circunscribir el AI al espacio contenido por la Isodora de 1 [ouE/m3] que corresponda al umbral de detección del olor compuesto. Escenario Actual Los resultados de la modelación sugieren que: • Las plumas de dispersión presentan forma irregular, con una mayor inclinación en la dispersión de los contaminantes, principalmente en la zona de emplazamiento del proyecto. • Las plumas de dispersión presentan concentraciones modeladas que van desde 0,002 a 0,0006 [ouE/m3], las cuales son bajas en su totalidad respecto a la normativa de referencia. • Con relación a los puntos receptores, dentro de la zona que presenta las mayores concentraciones, se observa que solo los receptores Re3 y Re4 se encuentran dentro de ésta, contando ambos con una concentración de 0.002 [ouE/m3]. Sin embargo, esta última zona sigue presentando zonas con bajas concentraciones odoríficas respecto al valor límite de la normativa (1,5 [ouE/m3]). Escenario Proyectado Los resultados de la modelación sugieren que: • Las plumas de dispersión presentan forma irregular, con una mayor inclinación en la dispersión de los contaminantes, principalmente en la zona de emplazamiento del proyecto. • Las plumas de dispersión presentan concentraciones modeladas que van desde 0,6 a 0,006 [ouE/m3], las cuales son bajas en su totalidad respecto a la normativa de referencia. • Con relación a los puntos receptores, dentro de la zona que presenta las mayores concentraciones, no se observan receptores. Encontrándose en áreas que se encuentran entre 0,5 y 0,006 [ouE/m3]. Sin embargo, estas zonas siguen presentando concentraciones odoríficas bajas respecto al valor límite de la normativa (1,5 [ouE/m3]). A continuación, se presenta en la Tabla las concentraciones modeladas durante el escenario actual de emisiones, para cada punto discreto analizado.
Tabla N°37 – Concentración de olores modelados en puntos discretos – escenario actual Punto Receptor Concentración modelada [ouE/m3] Límite norma referencia [ouE/M3] Cumplimiento Normativo Re1 0,001 1,5 Si Re2 0,001 Si Re3 0,002 Si Re4 0,002 Si Re5 0,001 Si Re6 0,001 Si Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
La modelación de olores durante el escenario actual de emisiones en los puntos discretos sugiere concentraciones que van desde 0.001 a 0.002 [ouE/m3], siendo los receptores “Re3” y “Re4” aquel que presenta el máximo valor de concentración. Además, los resultados de la modelación y el análisis de los 6 receptores indican Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
que ninguno de los receptores, sobrepasa la norma de referencia de 1,5 [ouE/m3]. A continuación, se presenta en la Tabla siguiente las concentraciones modeladas durante el escenario proyectado de emisiones, para cada punto discreto analizado. Tabla N°38 – Concentración de olores modelados en puntos discretos – escenario proyectado Punto Receptor Concentración modelada [ouE/m3] Límite norma referencia [ouE/M3] Cumplimiento Normativo Re1 0,54 1,5 Si Re2 0,25 Si Re3 0,16 Si Re4 0,13 Si Re5 0,05 Si Re6 0,29 Si Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
La modelación de olores durante el escenario proyectado de emisiones en los puntos discretos sugiere concentraciones que van desde 0.05 a 0.54 [ouE/m3], siendo el receptor “Re1” aquel que presenta el máximo valor de concentración. Además, los resultados de la modelación y el análisis de los 6 receptores indican que ninguno de los receptores, sobrepasa la norma de referencia de 1,5 [ouE/m3]. Medidas a implementar Planta de Tratamiento de Aguas Servidas: Para prevenir la generación de olores, se debe asegurar el correcto funcionamiento de la Fosa Séptica, para ello se deben considerar las siguientes medidas: - Inspecciones visuales preventivas: Se realizarán inspecciones visuales diarias a la Fosa Séptica para identificar posibles derrames que puedan constituir un nuevo foco de emisión de olor. - Mantenciones: Se realizarán mantenciones a la Fosa Séptica según lo dispuesto en el plan respectivo, implementando cambios en el caso de ser necesario. Planta de Tratamiento de RILes Para prevenir la generación de olores, se debe asegurar el correcto funcionamiento de la Planta de Tratamiento de RILes. - Inspecciones visuales preventivas: Se llevarán a cabo inspecciones visuales cada vez que se descargue agua a la zona de riego, para prevenir la ocurrencia de contingencias, como el apozamiento de agua, la formación de costras o la obstrucción de ductos de conducción de agua. - Mantención y limpieza de sistema de riego: Se realizará limpieza y mantención a los equipos (en el caso de ser necesario), cada vez que se descargue agua a la zona de riego. Seguimiento y control Medidas Actualización de Estudio de Emisiones Odorante. Se contempla realizar una actualización anual del Estudio de Emisiones Odorantes de la Planta de Tratamiento de Frutos Secos, sin embargo, también se llevará a cabo está medida en el caso de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
realizar cambios significativos en el proceso productivo, como el aumento de capacidad de producción o la instalación de nuevas fuentes de emisión. La elaboración del estudio debe seguir los lineamientos establecidos en la Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Olor del SEA. Manejo de quejas y denuncias por malos olores Ante el registro de alguna queja, provocado por la operación de la Planta Procesadora de Frutos Secos, se seguirá el siguiente procedimiento: 1. Se dará aviso inmediato al jefe de Planta 2. Se constatará en terreno la veracidad de la queja y se realizará un análisis de cuáles son las causas de estas molestias. - Una vez evaluadas las causas de las molestias, el Jefe de Planta dará instrucciones al operador de la planta: - Identificación de la coordenada, fecha y hora de donde proviene el reclamo. - Revisión de las variables meteorológicas, especialmente los campos viento, al momento del reclamo. - Evaluación del posible origen de la emisión de olor que haya generado el reclamo.
Residuos sólidos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos
Los residuos asimilables a domiciliarios corresponderán específicamente a restos de comida, papeles, bolsas de basura, entre otros de similares características, estos residuos serán dispuestos en un contenedor de acero A36 de 20 m3 de capacidad máxima de almacenamiento, con tapa y cierre hermético. La frecuencia de retiro es de dos a tres veces por semana, según la planificación municipal. Se lleva registro de residuos generados y egresados, indicando su cantidad y tipo, el cual será informado a través del sistema de ventanilla única RETC. En la Tabla a continuación se detallan las cantidades de residuos generados. Tabla N° 33 – Generación de residuos asimilables a domiciliarios Periodo Mano de obra máxima Cantidad [t/mes] Temporada 279 3,348 No Temporada 141 1,692 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Se considera un promedio de generación de 0,5 kg/día por cada trabajador. Para lo anterior, en la presente DIA, se solicita el Permiso Ambiental Sectorial Mixto contenido en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Por su parte, los residuos sólidos industriales no peligrosos generados durante la Fase de Operación corresponden a cartones y papel de oficina. Estos residuos son dispuestos de forma transitoria en un contenedor de acero A36 de 20 m3 de capacidad de almacenamiento, con tapa y cierre hermético. El proyecto cuenta Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
con un sector de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos. El transporte de estos residuos es realizado por una empresa autorizada para estos efectos y por lo tanto, cuenta con su respectiva autorización por parte de la Seremi de Salud.
Tabla N° 34 – Residuos sólidos no peligrosos Detalle de residuos Cantidad [t/mes] Contenedor Cartón, madera, papel, plastic y basura. 85,14 Contendero metálico de 20 m3. Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Por su parte, el segundo sitio es para el almacenamiento de cáscaras, En este sitio se almacena cáscara de nuez, para lo cual se ha instalado una tolva de 69 m3 de capacidad, equivalente a 30.000 kg. Está construida de estructura metálica de acero al carbono de 4 mm de espesor, de dimensiones 8 metros de frente, 4 metros de fondo, 5,5 metros de altura, terminada en cono. Está montada sobre pilares metálicos de 500x300 fabricados en 6 mm de espesor, lo que le da una altura total de 9,5 metros, esto permite posicionar el camión de retiro de cáscara de nuez por debajo de la tolva para trasvasijar directo al camión. Cuenta con dos salidas de 1,5 metros de largo y 1 metro de ancho. Posee dos compuertas tipo guillotina, manipuladas electrónicamente con un pulsador manual y para seguridad, cuenta con dos terminales de carrera. Está anclada al piso con dado de hormigón de 1 m2, H30. La cáscara proviene del proceso de partido mecánico de nuez y el transporte se realiza en forma automática por succión y posteriormente, a través de una cinta transportadora desde el área de proceso hasta la tolva. La periodicidad del retiro del residuo será con una frecuencia mínima de dos días. El sitio se encuentra señalizado respecto al tipo de residuo y uso de implementos de seguridad y como medio de extinción de incendio se dispone de un gabinete con 2 extintores tipo PQS de 10 kg de capacidad. Los residuos orgánicos se almacenan de la siguiente forma:
Tabla N°35 – Generación de residuos no peligrosos Residuos Cantidad máxima Contenedor Cáscaras nuez 14 toneladas cada Tolva metálica de 30 2 días t. Cáscara 10 toneladas cada Tolva metálica de 30 almendras 2 días t. Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
El tercer sitio, por su parte, corresponde a un punto de acopio de residuos no peligrosos considerado de apoyo al sitio dos para los tiempos de Temporada. En esta zona, de 100 m2 se habilitarán 2 tolvas de 20 m3 cada una para el almacenamiento de residuos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
industriales no peligrosos, además de residuos asimilables a domiciliarios.
Residuos peligrosos
Los residuos peligrosos generados en el Proyecto corresponden a envases de plástico contaminados, envases de pintura, anticorrosivos, envases de pasta de muro, envases de pegamento, grasa industrial y envases de productos de aseo. Estos residuos son acopiados de forma transitoria en contenedores de tipo herméticos, con el espesor adecuado y resistencia correcta, es decir, capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación (carga, descarga y traslado), asegurándose en todo momento que no serán derramados. Estos residuos son almacenados en una bodega de superficie total de 9 m2, construida en malla de acero, cubierta de plancha del tipo zincalum, losa y pretil de hormigón armado de 15 cm de altura. Esta bodega cuenta con una capacidad de contención de derrames equivalente al 20% del volumen del contenedor de mayor capacidad. Cuenta con cierre perimetral que protege de las inclemencias del clima y ventilación natural. Señalizado de acuerdo a la NCh 2.190 Of 93, por cada tipo de residuos almacenados y como bodega de residuos peligrosos. El tiempo de almacenamiento de los residuos no excederá los 6 meses, cuidando siempre de evitar un sobrellenado superior al 80% de la capacidad máxima de almacenamiento. El transporte de estos residuos es realizado por una empresa autorizada para estos efectos, dando cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N°298/1994, del MINTRATEL. Estos residuos, finalmente, son dispuestos en sitios que cuentan con su respectiva autorización sanitaria. En virtud de lo anterior, mediante la presente DIA se efectúa la correspondiente solicitud del Permiso Ambiental Sectorial Mixto contenido en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Tabla N°36 – Generación de residuos peligrosos Tipo de residuo Cantidad [kg/6 Contenedor meses] Envases de pintura 40 Contenedor plástico de 120 L. Envases de 20 Tambores de PVC Anticorrosivos de 220 L. Envases de pasta de 10 Contenedor plástico Muro de 120 L. Envases de 10 Tambores de PVC Pegamento de 220 L. Grasa industrial 30 Contenedor de PVC de 220 L. Envases de 30 Tambores de PVC productos de aseo de 220 L. Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
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Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Sustancias Peligrosas
El Proyecto cuenta con una bodega de sustancias peligrosas. Las sustancias peligrosas almacenadas no superan las 10 toneladas de sustancias inflamables, ni las 30 toneladas de otras clases de sustancias peligrosas, de modo que la bodega no requiere de autorización sanitaria para su funcionamiento. Asimismo, esta bodega cumple con todas las exigencias establecidas en el D.S. N°43/2016. El manejo de las sustancias peligrosas se realiza acorde al Procedimiento de Manejo de Sustancias Peligrosas, el cual establece las siguientes exigencias.
- El personal involucrado debe estar capacitado y entrenado respecto al procedimiento, así como en las características del producto y la normativa respecto al manejo de sustancias peligrosas.
- El personal debe mantener el equipo de carga en buenas condiciones.
- El personal asociado a esta actividad debe usar el equipo de protección personal descrito y cualquier otro adicional que el producto requiera.
- Contar con recipientes de almacenamiento auxiliares en caso de accidentes. - Se prohíbe el uso de aparatos que emitan chispas.
- La zona de almacenamiento se ubica lejos de cualquier fuente de calor. - La zona de almacenamiento debe estar adecuadamente ventilada en forma permanente para evitar posibles acumulaciones de vapores inflamables.
- En el lugar de almacenamiento queda estrictamente prohibido mezclar productos de diferente naturaleza en el mismo lote o estiba. Por otro lado, los alimentos y otros productos de uso o consumo humano, no se deben almacenar en la bodega de estas sustancias.
- En el apilado de productos, el piso tiene que estar limpio y seco, para evitar la humedad y otros inconvenientes, los productos no deben estar en contacto directo con el piso o las pareces, por lo tanto, debe usarse pallets o tarimas. El alto de la estiba debe tomar en cuenta la resistencia del material de empaque.
- En el caso de las ventanas o ventilaciones verticales, la altura y la distancia entre estibas debe ser tal que no bloquee la iluminación natural y la ventilación. La distancia entre estiba debe ser entre 0,7 m a 1 m que permita el movimiento de personas en tareas de mantenimiento, control o manipulación. Con respecto a la seguridad en el almacenamiento, el procedimiento de manejo de sustancias indica: - Se debe conocer la naturaleza del material con que se está trabajando, incluyendo su nivel de toxicidad, síntomas de intoxicación y medidas de primeros auxilios. Asimismo, los trabajadores tienen la obligación de conocer los riesgos que implica la manipulación de estos productos, conocimientos que deben ser entregados por el Departamento de Prevención de Riesgos, Comités Paritarios, Mutuales o cualquier entidad competente.
-
Se debe proveer de una ventilación adecuada y permanente.
Almacenamiento ordenado sobre pallets o estanterías independientes o separadas según su clasificación específica e incompatibilidad según la NCh 382 Of 89. - Distancia mínima de productos en relación a muros perimetrales interiores de 0,4 metros y 0,8 metros en caso de productos químicos peligrosos.
- Hojas de Datos de Seguridad en la entrada de la bodega. Las características constructivas de la bodega de sustancias peligrosas corresponden a las siguientes:
-
Posee piso lavable, impermeable y no poroso de tal manera que se facilite la limpieza. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
-
Estructura sólida, malla de acero, zinc
- aluminio, o concreto resistente a 120 minutos de exposición al fuego.
- Sistema de ventilación forzada cuando existen sacos y solventes.
- Sistemas de captación de líquidos derramados contaminados (canaletas, declive, etc.) para captar, tratar y neutralizar dichos líquidos. - Plan de emergencia en caso de derrames o incendios.
- Existencia de al menos 2 extintores con un producto adecuado a los elementos combustibles.
- Deben existir letreros de clasificación de los productos.
- Instalación eléctrica en buenas condiciones y realizado por un técnico autorizado por la SEC y compatible con las características de los productos como materias primas o producto final. Las instalaciones eléctricas en caso de sustancias inflamables deben ser a prueba de explosiones.
Tabla N°437 – Sustancias peligrosas Producto Cantidad Tipo de envase Pintura blanca al agua 40 L Galón de 5 L Pintura blanca esmalte 10 L Galón de 5 L Pintura amarilla 20 L Galón de 5 L Industrial Pintura amarilla al agua 45 L Galón de 5 L Pintura wisard verde 10 L Galón de 10 L Pintura verde al agua 15 L Galón de 10 L Anticorrosivo 10 L Galón de 10 L Pintura morada al agua 17 L Galón de 5 L Pasta muro 5 kg - Pegamento 3 L Galón de 1 L Grasa 7 kg Envase de 1 kg Limpiadores 154 L Bidón de 20 L
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta Anexo N°10. Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
fase. 4.3.3. FASE DE CIERRE Cierre perimetral Conforme a lo exigido por el artículo 5.8.7 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, se levantará un cierre perimetral de carácter provisional que permitirá segregar y delimitar las áreas en donde se ejecutarán las obras constructivas.
Instalación de faenas La instalación de faenas estará constituida por oficinas, instalaciones sanitarias para los trabajadores, bodega de materiales, área de estacionamientos, cierre perimetral, entre otros.
Bodega de residuos peligrosos Los residuos peligrosos generados en la fase de cierre corresponderán a envases de pintura, solventes, adhesivos, guaipes y materiales contactados con aceites, grasas y lubricantes. Los residuos peligrosos serán retirados con una frecuencia no superior a 6 meses – intervalo suficiente para evitar el sobre llenado – y serán destinados a sitios de disposición final autorizados. Estos residuos serán contenidos de manera temporal en contenedores con tapa debidamente rotulados. Para dicho propósito, existirá una bodega de 15 m2 para la mantención transitoria de los residuos peligrosos, los cuales serán manejados según las disposiciones del D.S. N°148/2003, o el vigente a la época.
Zona de almacenamiento de residuos no peligrosos Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios generados durante la Fase de Cierre, corresponderán a restos de comida, papeles, bolsas de basura, entre otros. Estos residuos serán dispuestos transitoriamente en contenedores de plástico con tapa hermética de 1 m3 de capacidad máxima de almacenamiento, ubicados en los frentes de trabajo y, posteriormente, serán retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de restos de alimentos, focos de insalubridad, malos olores y/o vectores sanitarios. El retiro de estos residuos se realizará mediante camiones municipales que serán destinados a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud. Se estima que se generarán aproximadamente 0,5 kg/día de residuos asimilables a domiciliarios. Así y considerando una mano de obra de 50 trabajadores en Fase de Cierre, se prevé una generación de residuos de 25 kg/día. Por su parte, los residuos industriales sólidos no peligrosos a generarse en Fase de Cierre, corresponderán a escombros, maderas, vidrios, despuntes metálicos, entre otros asimilables a las labores de desmantelamiento y que no correspondan a residuos peligrosos. Estos residuos serán almacenados de manera transitoria en un contenedor de 20 m3 de capacidad máxima de almacenamiento, construido en acero A36, con tapa y cierre hermético abarcando una superficie de 9 m2. Acciones Desmantelamiento de la planta El desmantelamiento de la planta considera la desocupación de las instalaciones y la correspondiente demolición de las estructuras de metal y hormigón, así como el desensamblaje de estructuras modulares. Las instalaciones a desmontar/demoler corresponden a: IV. Planta procesadora de frutos secos: se desconectarán los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
equipos asociados a la producción diaria y
serán retirados del establecimiento. Dependiendo de las condiciones y estado de la maquinaria, esta podrá ser
vendida a otros productores o despachada a un sitio de disposición final de residuos electrónicos, especialmente autorizado por la Autoridad Sanitaria.
V. Bodegas de almacenamiento: la estructura de la bodega de residuos peligrosos corresponde a unidad modular, constituidas en planchas zincadas, instaladas conforme a planimetría de emplazamiento.
VI. Galpones: los galpones corresponden a estructuras metálicas con techumbres zincadas. El desmontaje de estas estructuras consiste básicamente en el desmontaje de las estructuras que unen los marcos modulares, muros y techumbres. Luego, estas estructuras son apiladas en un lugar delimitado para estos fines al interior del predio de emplazamiento, para ser posteriormente cargadas en un camión para su transporte y disposición en el sitio de disposición final especialmente autorizado por la Autoridad Sanitaria. Revisión y adaptación del plan de abandono Las instalaciones serán inspeccionadas y preparadas para ser retiradas de manera definitiva. Si se requiere, se evaluará la situación y se emitirá un diagnóstico para establecer el estado de las instalaciones al momento de comenzar la fase de cierre. Implementación de cierre Perimetral Conforme a lo exigido por el artículo 5.8.7 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, se levantará un cierre perimetral en donde se ejecutarán las labores de desmontaje y, el cual, no solo delimitará el área de desmontaje sino también impedirá el acceso no autorizado para garantizar la seguridad. Se utilizará, igualmente, como punto de control, la caseta actualmente existente en la planta agroindustrial. Limpieza del predio Se contempla la limpieza del predio luego del desarme de las estructuras y retiro de estos materiales y escombros a sitios específicamente autorizados por la Autoridad Sanitaria. Esta fase contempla el repaso del suelo compactado por las zonas pavimentadas con una retroexcavadora, dejando el suelo libre de escombros y pavimentos remanentes. Restauración de geoforma o morfología, vegetación y otros En lo referente a la restauración de la geoforma o morfología de la zona de emplazamiento del Proyecto, se debe destacar que el emplazamiento se da en Zona Industrial (ZI)– conforme lo indica el Plan Regulador Comunal – en un área especialmente clasificada para el emplazamiento de estructuras antrópicas y altamente intervenido por proyectos agroindustriales, inmobiliarios, red vial y equipamiento urbano. Por lo anterior, no es posible dar cuenta de una geoforma o morfología natural a la cual restaurar el estado del predio, así como tampoco vegetación u otro componente ambiental que haya sido modificado con ocasión de la implementación del Proyecto. En lo que respecta a cauces artificiales, se indica que estos, a la fecha de operación de la planta, mantienen sus trazados y no han sufrido ningún tipo de intervención por parte del Proyecto. Despacho de residuos de desmantelamiento Considera todos los viajes asociados al despacho de escombros y residuos de diversa naturaleza hacia los respectivos sitios de disposición final autorizados. Prevenir Futuras Emisiones desde la Ubicación del Proyecto o Actividad para Como se describió a lo largo de la presente DIA, el Proyecto corresponde a una planta procesadora de frutos secos. Por lo anterior, no se requiere el empleo y uso de materiales radioactivos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Evitar la Afectación del Ecosistema, Incluida Aire, Agua o Suelo o generación de residuos especiales que pudieran tener una persistencia en el tiempo. Por lo demás, tanto en la Fase de Construcción y sus tres etapas, así como en la Fase de Operación y Cierre, se contó con sitios especialmente definidos para el almacenamiento de residuos y sustancias peligrosas, los cuales se encontraron debidamente acondicionados y construidos para el correcto almacenamiento de estos residuos e insumos. Cabe mencionar que, durante la Fase de Cierre, se realizará un manejo diferenciado entre escombros y materiales de construcción residuales, segregando efectivamente aquellos con restos de pintura, aceites u otros, siendo tratados como residuos peligrosos y dispuestos en sitios especialmente autorizados por la Autoridad Sanitaria para la recepción y tratamiento de este tipo de residuos. Por lo anterior, no se prevén emisiones futuras desde la ubicación del Proyecto o actividad. Mantención, Conservación y Supervisión que Sean Necesarias Dado el desmantelamiento y limpieza total del predio de emplazamiento, no se considera la implementación de mantención, conservación o supervisión, toda vez que la estructura correspondiente al Proyecto, así como sus complementarios, serán totalmente removidas del predio.
Recursos naturales renovables No contempla / No considera Emisiones y efluentes Emisión atmosférica
A continuación, se informa las estimaciones totales de las emisiones para la fase de cierre del Proyecto. Para más detalles sobre la metodología de cálculo consultar el Apéndice n°1, memoria de cálculo, en Anexo N°13 de la Adenda Complementaria. Ninguna de los contaminantes reguladas por el PDA (MP10, MP2.5, NOx y SO2) supera los límites definidos en el artículo 40 del D.S N°01/2021 MMA.
Emisión de ruido
Las actividades, obras y partes durante la fase de cierre sólo se efectúan en Horario Diurno. Tabla N°38 – Nivele proyectado etapa de cierre Receptor Nivel Proyectado (dBA) Limite diurno (dBA) EvaluaciÓN d.s 38/11 MMA R1 47,6 65 Cumple R2 41,5 60 Cumple R3 37,2 65 Cumple R4 46,9 65 Cumple R5 52,2 65 Cumple R6 42,2 65 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Emisión de Vibraciones
Para proyectar las vibraciones en cada receptor se considera el mayor nivel de vibración de la maquinaria y la distancia entre receptor y foco vibratorio, o maquinaria.
Tabla N°39 – Niveles de vibración proyectados en receptores – fase Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
cierre
Fuente: Estudio Ruido y vibración, anexo 10, Adenda complementaria
Debido a las superaciones normativas respecto a los máximos permitidos presentados en la evaluación de la fase de cierre, es necesario implementar una medida de control de vibraciones para dar cumplimiento a las normativas utilizadas. Esto se debe a la mínima distancia existente entre el frente de trabajo del rodillo compactador (maquinaria de mayor emisión) y los receptores R4 y R5 puestos bajo evaluación.
La medida de control consiste en generar un rango en el área de trabajo en las cercanías de los puntos identificados, utilizando única y exclusivamente herramientas manuales, permitiendo un aumento en la distancia entre las maquinarias y los receptores, el cual no generará un impacto vibratorio en la comunidad.
Receptor Lv Proyectado (VdB) Limite de molestia (VdB) limite daño estructural (VdB) Evaluación Moleștia Evaluación daño estructural R1 62,3 72 90 Cumple Cumple R2 53 72 90 Cumple Cumple R3 48.5 72 90 Cumple Cumple R4 78,5 72 90 No Cumple Cumple R5 82,8 72 90 No Cumple Cumple R6 63,4 72 90 Cumple Cumple Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos
Los residuos asimilables a domiciliarios generados durante la Fase de Cierre, corresponderán a restos de comida, papeles, bolsas de basuras, entre otros similares. Estos residuos serán dispuestos transitoriamente en contenedores de plástico de 1 m 3 ubicados en el Área de acopio temporal de Residuos Domiciliarios, la cual estará dispuesta al interior de la instalación de faenas, con una superficie de 50 m 2. Posteriormente serán retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana – acorde a la planificación municipal – con la finalidad de evitar la descomposición de los restos de alimentos, focos de insalubridad, malos olores y/o vectores sanitarios. El retiro de estos se realizará mediante camiones municipales y serán destinados a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud. Se estima que se generarán, aproximadamente, 0,5 kg/día de residuos domiciliarios o asimilables a domiciliarios por trabajador. Así, y considerando la mano de obra máxima de 50 trabajadores tanto en la Fase de Construcción y Cierre, se estima una generación máxima diaria de 25 kg de residuos. Por otra parte, en lo que respecta a los Residuos Sólidos No Peligrosos, provenientes de las faenas de cierre del Proyecto, se indica que estos corresponderán principalmente a excedentes de materiales, tubos de PVC, maderas, etc que se desprendan del desmantelamiento. Sobre este tipo de residuos, se indica que serán dispuestos en rellenos sanitarios y/o botaderos autorizados por la SEREMI de Salud. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Con la finalidad de minimizar cualquier mecanismo que pudiera afectar la calidad del agua, aire y suelo, que pongan en riesgo la salud de la población, los residuos generados y a generar en fase de construcción y a generar en fase de cierre, serán dispuestos de forma inmediata al sitio temporal de almacenamiento sin etapas intermedias. De esta forma, no se almacenará o depositarán desechos o residuos no peligrosos en lugares no destinados para tales efectos.
Residuos peligrosos
El almacenamiento de los residuos peligrosos para la Fase de Construcción, en sus distintas etapas y en la fase de cierre, se llevó y llevará a cabo de forma temporal al interior de una bodega tipo conteiner de acero ASTM 36, modelo BSP6, diseñado para el almacenamiento de residuos peligrosos. Los residuos almacenados se encontraron y encontrarán debidamente etiquetados, dispuestos al interior de una bodega, localizada cerca a la instalación de faenas. La bodega contó y contará con acceso restringido.
Para la etapa de construcción y cierre, se habilitará una bodega temporal – descritas en los apartados anteriores – para el almacenamiento de los residuos peligrosos generados, tales como envases de pintura, adhesivos, solventes, tubos fluorescentes, trapos y guaipes, ropa y papeles sucios.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Anexo 10. Adenda complementaria
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN ETAPA 0 Fecha estimada de inicio Enero 2011 Parte, obra o acción que establece el inicio Despeje de vegetación y cierre perimetral Fecha estimada de término Julio 2011 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de obras temporales 4.4.2. FASE DE CONSTRUCCIÓN ETAPA 1 Fecha estimada de inicio Enero 2016 Parte, obra o acción que establece el inicio Despeje de vegetación y cierre perimetral Fecha estimada de término Julio 2016 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de obras temporales 4.4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN ETAPA 2 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Fecha estimada de inicio Diciembre 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Despeje de vegetación y cierre perimetral Fecha estimada de término Junio 2025 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de obras temporales 4.4.4. FASE DE OPERACIÓN ETAPA 0 Fecha estimada de inicio Enero 2011 Parte, obra o acción que establece el inicio Despeje de vegetación y cierre perimetral Fecha estimada de término Julio 2011 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de obras temporales 4.4.5. FASE DE OPERACIÓN ETAPA 1 Fecha estimada de inicio Enero 2016 Parte, obra o acción que establece el inicio Despeje de vegetación y cierre perimetral Fecha estimada de término Julio 2016 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de obras temporales 4.4.6. FASE DE OPERACIÓN ETAPA 2 Fecha estimada de inicio Diciembre 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Despeje de vegetación y cierre perimetral Fecha estimada de término Junio 2025 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de obras temporales 4.4.7. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Agosto 2061 Parte, obra o acción que establece el inicio Desalojo de instalaciones Fecha estimada de término Febrero 2062 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de obras temporales
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
5.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos 5.1 SOBRE LA INEXISTENCIA DE RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental -Superación en el límite del PDA para el Valle Central de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins en MP10 -Superación de lo estipulado en el D.S. N°38/11 del MMA -Superación de la Norma de Vibraciones Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada Circunscrita a la población residente y flotante en Mostazal. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.
Emisiones Atmosféricas:
Para la estimación de las emisiones atmosféricas generadas por el Proyecto sometido a evaluación, se elaboró un Estudio de Emisiones Atmosféricas – contenido en Anexo N°08 de la DIA, el que fue actualizado en Anexo N°07 de la Adenda.
Durante la fase de construcción, estas emisiones provienen de actividades como el escarpe, excavaciones, carga y volteo de material, erosión de material en pilas, compactación, nivelación, tránsito de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados, así como la combustión de vehículos y maquinaria fuera de ruta. Se ha observado que la Etapa 0 es la que contempló mayor emisión en el año de su desarrollo correspondiente a 2011, ya que se produjo escarpe de toda el área donde está actualmente habilitada la planta. Por otro lado, las etapas 1 y 2 contemplan emisiones de menor magnitud, siendo la etapa futura, etapa 2, la que considera la menor emisión, proyectada para el año 2025. Cabe destacar que la fase 0 de construcción, por sí sola, excede los límites establecidos por el Artículo 40 del D.S N°01/2021 MMA, lo que no sucede con las Etapas posteriores 1 y 2.
Durante la fase de operación, las emisiones de los mismos contaminantes están vinculadas al tránsito de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados, así como a la combustión de vehículos, grupos electrógenos y equipos de secado de frutos. La Etapa 2 operación es la que presenta las emisiones más altas, debido a que, en la etapa 2 se proyecta el funcionamiento de una planta de RILes, aumentando el flujo de vehículos relacionado a dicha actividad. Ninguna etapa de operación, individualmente, sobrepasa los límites señalados en el artículo 40 del D.S N°01/2021 MMA.
En la fase de cierre, las emisiones de los mismos contaminantes están relacionadas con las actividades de escarpe, carga y volteo de material, erosión de material en pilas, nivelación, tránsito de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados, así como la combustión de vehículos y maquinaria fuera de ruta. Ninguna de los contaminantes reguladas por el PDA (MP10, MP2.5, NOx y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
SO2) supera los límites definidos en el artículo 40 del D.S N°01/2021 MMA.
La tabla que se presenta a continuación proporciona información detallada acerca de los años en los cuales se superan los límites establecidos en el Artículo 40, junto con el porcentaje correspondiente de esta superación destacado en color naranjo. Es importante señalar que la superación de estos límites se debe en gran medida a la superposición de las etapas de operación y construcción del proyecto a lo largo de los años.
Tabla N°40 – Emisiones Atmosféricas
N° Año Año Fase del proyecto MP10 MP2,5 SO2 NOx 1 2011 Construcción E0 /operación E0 3,18 0,73 0,28 4,57 2 2016 Construcción E1 /operación E0 y E1 1,65 0,55 0,28 4,48 3 2024 Operación E0 y E1 1 0,43 0,28 4,44 4 2025 Construcción E2 /operación E0 y E1 1,56 0,52 0,28 4,48 5 2026 Operación E0, E1 y E2 1,01 0,43 0,28 4,45 51 2061 Cierre 1,26 0,16 3,70E- 04 0,21
Límite de Emisión (D.S N°1/2021 MMA) 1,5 1 10 8
Valor de Emisiones a Compensar (120%) 3,82 No supera No Supera No supera Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas, Adenda complementaria
Con base en lo expuesto y de acuerdo con la información proporcionada en la Tabla 26 del D.S. N°01/2021 MMA, se presentará, tras la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable y dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la dictación de la RCA, el Programa de Compensación de Emisiones Atmosféricas a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de O'Higgins, compensando el 120% de las emisiones totales anuales generadas por el Proyecto.
Además, se implementarán diversas acciones preventivas para minimizar los impactos ambientales del proyecto, tales como capacitaciones a los trabajadores sobre la prevención de la contaminación, transporte de materiales en camiones con lona hermética, control de emisiones.
Cabe destacar que para el desarrollo del Programa de Compensación de Emisiones, se considerará el año de mayor Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
emisión, el cual corresponde al año 2011, donde se genera la mayor emisión de MP10 en la zona delimitada donde aplica el PDA, ya que tal como indica el D.S. N°01/2021 MMA “ A efectos de la compensación de emisiones, aquellos proyectos que, con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, presenten algunas(s), modificación(es) y/o ampliación(es) y que deban ingresar al SEIA, deberán sumar estás emisiones a las anteriores que forman parte del proyecto, exceptuando aquellas emisiones que hayan sido compensadas previamente”. Por lo tanto, al no haber compensado anteriormente las emisiones generadas por el proyecto, se considera una compensación del 120 % de MP10 del año 2011 del proyecto.
Es fundamental destacar que se han contemplado los escenarios más desfavorables para todas las fases del proyecto, asegurando así un enfoque precautorio y exhaustivo en la evaluación de los impactos ambientales.
Además, se ha constatado que las emisiones generadas en cada fase e identificado aquellas que superan los límites establecidos por el artículo 40 del D.S N°01/2021 MMA, tanto para la fase de construcción como para la de operación y cierre, al tiempo que se han propuesto medidas preventivas para minimizar los impactos.
De lo mencionado, se obtuvieron los siguientes resultados:
Resultados escenario 1 y 2 de modelación
Material Particulado Fino (MP2.5)
A partir de los resultados de la modelación de material particulado fino, se puede concluir que las concentraciones finales de MP2,5 (situación basal, más aporte de otros proyectos y del proyecto en evaluación), tanto en su promedio anual como en el percentil 98 diario, exceden los límites establecidos para la norma de calidad primaria (D.S. N°12/2011 MMA), en cada uno de los receptores analizados. Es importante destacar que este escenario se debe en gran medida a las condiciones basales de la región, ya que previamente se ha declarado que la zona se encuentra saturada para MP2,5 atmosférico (D.S N°42/2017 MMA).
Concentración promedio anual de MP2,5
Tabla 41 - Concentración promedio anual de MP2,5 en receptores discretos – Escenario 1 y 2 de emisión
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Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
Los resultados de las concentraciones modeladas estiman una concentración inferior a la concentración promedio anual máxima permitida por la norma de calidad primaria para material particulado respirable MP2,5 (DS N°12/2022); el Receptor 3 (Re3) el que presenta mayor concentración con 0,61 y 0,13 [ug/m3N] respectivamente.
A partir de lo anterior, se estima que las concentraciones promedio anuales de MP2,5 producidas por las actividades del escenario 1 y 2 de emisiones, no generan impacto en los receptores discretos y en el entorno de este.
En las siguientes Tablas, se presentan las concentraciones en inmisión del percentil 98 del promedio diario de MP2,5 en los receptores discretos del proyecto durante el escenario 1 y 2 de emisión y la evaluación del cumplimiento del límite normativo establecido en el D.S N°12/2011 MMA.
Tabla N°42 - Concentración P98 del promedio diario de MP2,5 en receptores discretos – Escenarios 1 y 2 de emisión
Receptor Límite máximo permitido [ug/m3N] Escenario 1 Escenario 2 Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Re1 50 1,59 Sí 0,65 Sí Re2 1,57 Sí 0,57 Sí Re3 4,08 Sí 1,39 Sí Re4 2,32 Sí 0,57 Sí Re5 0,46 Sí 0,25 Sí Re6 1,07 Sí 0,56 Sí Re7 0,23 Sí 0,12 Sí Re8 0,33 Sí 0,16 Sí Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
Los resultados de las concentraciones modeladas estiman una concentración inferior a la concentración del percentil 98 del promedio diario máximo permitido por la norma de calidad primaria para material particulado respirable MP2,5 (DS N°12/2011 MMA) de 50 [ug/m3N], siendo el Receptor 3 Receptor Límite máximo permitido [ug/m3N] Escenario 1 Escenario 2 Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Re1 20 0,14 Sí 0,0603 Sí Re2 0,15 Sí 0,058 Sí Re3 0,61 Sí 0,13 Sí Re4 0,4 Sí 0,072 Sí Re5 0,086 Sí 0,035 Sí Re6 0,22 Sí 0,11 Sí Re7 0,032 Sí 0,014 Sí Re8 0,05 Sí 0,02 Sí Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
(Re3) el que presenta la concentración máxima de 4,08 y 1,39 [ug/m3] para los escenarios 1 y 2 respectivamente.
A partir de lo anterior, se estima que las concentraciones del percentil 98 del promedio diario de MP2,5 producidas por las actividades del escenario 1 y 2 de emisiones no generan impacto en los receptores discretos y en el entorno de este.
Material Particulado Grueso (MP10)
A partir de los resultados de la modelación de material particulado grueso, se puede concluir que las concentraciones finales de MP10 (situación basal, más aporte de otros proyectos y proyecto en evaluación), tanto en su promedio anual como en el percentil 98 diario, exceden los límites establecidos para la norma de calidad primaria (D.S. N°12/2021 MMA) en cada uno de los receptores analizados. Es importante destacar que este escenario se debe en gran medida a las condiciones basales de la región, ya que previamente se ha declarado que la zona se encuentra saturada para MP10 atmosférico (D.S. N°07/2009 MINSEGPRES).
Concentración promedio anual de MP10
En las siguientes Tablas, se presentan las concentraciones en inmisión del promedio anual de MP10 en los receptores discretos del proyecto durante el escenario 1 y 2 de emisión, y la evaluación del cumplimiento del límite normativo establecido en el D.S N°12/2021 MMA.
Tabla 43 – Concentración promedio anual de MP10 en receptores discretos – Escenario 1 y 2 de emisión Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
Tabla N°44 - MP10 [ug/m3N] promedio anual – Escenario 1 Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria Receptor Límite máximo permitido [ug/m3N] Escenario 1 Escenario 2 Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Re1 50 0,89 Sí 0,066 Sí Re2 0,94 Sí 0,066 Sí Re3 3,7 Sí 0,14 Sí Re4 2,49 Sí 0,075 Sí Re5 0,46 Sí 0,038 Sí Re6 1,26 Sí 0,15 Sí Re7 0,17 Sí 0,015 Sí Re8 0,28 Sí 0,021 Sí Receptor Valor modelado [ug/m3] Línea de base [ug/m3] Aporte otro proyecto con RCA [ug/m3] Concentración final [ug/m3N] Norma [ug/m3N] Coodenadas [m] UTM WGS-84, Huso 19S Este Oeste Re1 0,89 58,6 10,47 0,066 50 342.896 6.238.47 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
Los resultados de las concentraciones modeladas estiman una concentración inferior a la concentración promedio anual máxima permitida por la norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10 (DS N°12/2011) de 50 [ug/m3N], siendo para el escenario 1 el Receptor 3 (Re3) el que presente la concentración máxima con 3,7 [ug/m3N], mientras que, para el escenario 2 el Receptor 6 (Re6) es el que presenta una mayor concentración con 0,15 [ug/m3N].
Tabla N°45 – MP10 [ug/m3N] promedio anual – Escenario 2
A partir de lo anterior, se estima que las concentraciones promedio anuales de MP10 producidas por las actividades del escenario 1 y 2 de emisiones no generan impacto en los receptores discretos y en el entorno del proyecto.
Concentración percentil 98 del promedio de 24 horas de MP10
En las siguientes Tablas, se presentan las concentraciones en inmisión del percentil 98 del promedio diario de MP10 en los receptores discretos del proyecto durante el escenario 1 de emisión y la evaluación del cumplimiento del límite normativo establecido en el D.S N°12/2021 MMA.
Tabla N°46 – Concentración P98 del promedio diario de MP10 en receptores discretos – Escenarios 1 y 2 de emisión
Receptor Límite máximo permitido [ug/m3N] Escenario 1 Escenario 2 Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Re2 0,94 1,27 0,066 342.72 6.238.336 Re3 3,7 0,51 0,14 342.581 6.238.661 Re4 2,49 0,42 0,075 342.561 6.238.792 Re5 0,46 0.22 0,038 342.377 6.239.270 Re6 1,26 6,98 0,15 342.805 6.239.222 Re7 0,17 0,11 0,015 342.293 6.238.962 Re8 0,28 0,17 0,021 342.204 6.238.956 Receptor Valor modelado [ug/m3] Línea de base [ug/m3] Aporte otro proyecto con RCA [ug/m3] Concentración final [ug/m3N] Norma [ug/m3N] Coodenadas [m] UTM WGS-84, Huso 19S Este Oeste Re1 0,066 58,6 10,47 69,14
50 342.896 6.238.47 Re2 0,066 1,27 59,94 342.72 6.238.336 Re3 0.14 0,51 59,25 342.581 6.238.661 Re4 2,49 0,42 59,10 342.561 6.238.792 Re5 0,038 0.22 58,86 342.377 6.239.270 Re6 0,15 6,98 65,73 342.805 6.239.222 Re7 0,015 0,11 58,73 342.293 6.238.962 Re8 0,021 0,17 58,79 342.204 6.238.956 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Re1 130 9,9 Sí 0,69 Sí Re2 9,7 Sí 0,68 Sí Re3 25,05 Sí 1,39 Sí Re4 13,6 Sí 0,63 Sí Re5 2,38 Sí 0,26 Sí Re6 6,37 Sí 0,67 Sí Re7 1,3 Sí 0,13 Sí Re8 2,05 Sí 0,17 Sí Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
Los resultados de las concentraciones modeladas estiman una concentración inferior a la concentración del percentil 98 del promedio diario máximo permitido por la norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10 (D.S N°12/2021 MMA) de 130 [ug/m3N], siendo el Receptor 3 (Re3) el que presenta la concentración máxima de 25,05 y 1,39 [ug/m3N] durante el escenario 1 y 2 respectivamente].
Tabla N°47 – [ug/m3] percentil 98, 24 horas – Escenario 1 Receptor Valor modelado [ug/m3] Línea de base [ug/m3] Aporte otro proyecto con RCA [ug/m3] Concentración final [ug/m3N] Norma [ug/m3N] Coodenadas [m] UTM WGS-84, Huso 19S Este Oeste Re1- PMI 9,9 131,985 35,55 177,44 130 342.896 6.238.47 Re2 9,7 9,84 151,53 342.72 6.238.336 Re3 25,05 5,4 162,44 342.581 6.238.661 Re4 13,6 3,98 149,57 342.561 6.238.792 Re5 2,38 1,45 135,82 342.377 6.239.270 Re6 6,37 14,7 153,06 342.805 6.239.222 Re7 1,3 0,86 134,15 342.293 6.238.962 Re8 2,05 1,15 135,19 342.204 6.238.956 Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
Tabla N°48 – [ug/m3] percentil 98, 24 horas – Escenario 2
Receptor Valor modelado [ug/m3] Línea de base [ug/m3] Aporte otro proyecto con RCA [ug/m3] Concentración final [ug/m3N] Norma [ug/m3N] Coodenadas [m] UTM WGS-84, Huso 19S Este Oeste Re1 90,69,9 131,99 35,55 168,23 130 342.896 6.238.47 Re2 0,68 9,84 142,51 342.72 6.238.336 Re3 1,39 5,4 138,78 342.581 6.238.661 Re4 0,63 3,98 136,6 342.561 6.238.792 Re5 0,26 1,45 133,7 342.377 6.239.270 Re6 0,67 14,7 147,36 342.805 6.239.222 Re7 0,13 0,86 132,98 342.293 6.238.962 Re8 0,17 1,15 133,31 342.204 6.238.956
Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
A partir de lo anterior, se estima que las concentraciones del percentil 98 del promedio diario de MP10 producidas por las actividades del escenario 1 y 2 de emisiones no generan impacto en los receptores discretos y en el entorno del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
proyecto.
Dióxido de Azufre (SO2)
A partir de los resultados de la modelación atmosférica, se puede concluir que las concentraciones finales de SO2, tanto en su promedio anual como en el percentil 98,5 diario, no exceden los límites establecidos para la norma de calidad primaria (D.S. N°104/2018 MMA) en cada uno de los receptores analizados.
Concentración promedio anual de SO2
En las siguiente Tablas, se presentan las concentraciones en inmisión del promedio anual de SO2 en los receptores discretos del proyecto durante el escenario 1 y 2 de emisión y la evaluación del cumplimiento del límite normativo establecido en el DS N°104/2018 MMA.
Tabla N°49 - Concentración promedio anual de SO2 en receptores discretos – Escenario 1 y 2
Receptor Límite máximo permitido [ug/m3N] Escenario 1 Escenario 2 Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Re1 60 0,00602 Sí 0,009 Sí Re2 0,0079 Sí 0,012 Sí Re3 0,044 Sí 0,067 Sí Re4 0,023 Sí 0,035 Sí Re5 0,017 Sí 0,025 Sí Re6 0,031 Sí 0,047 Sí Re7 0,0061 Sí 0,0092 Sí Re8 0,0082 Sí 0,012 Sí
Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
Los resultados de las concentraciones modeladas estiman una concentración inferior a la concentración promedio anual máxima permitida por la norma de calidad primaria para material particulado respirable SO2 (D.S N°104/2018 MMA) de 60 [ug/m3N], siendo el Receptor 3 (Re3) el que presenta la concentración máxima de 0,044 y 0,067 [ug/m3N] durante el escenario 1 y 2 respectivamente.
Tabla N° 50 – SO2 Percentil 98,5, 1 hora – Escenario 1
Receptor Valor modelado [ug/m3] Línea de base [ug/m3] Aporte otro proyecto con RCA [ug/m3] Concentración final [ug/m3N] Norma [ug/m3N] Coodenadas [m] UTM WGS-84, Huso 19S Este Oeste Re1 0,11 1,36 0,75 2,22 350 342.896 6.238.47 Re2 0,18 0,28 1,82 342.72 6.238.336 Re3 0,95 0,15 2,46 342.581 6.238.661 Re4 0,45 0,101 1,91 342.561 6.238.792 Re5 0,31 0,033 1,7 342.377 6.239.270 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Re6 0,54 0,11 2,01 342.805 6.239.222 Re7 0,14 0,025 1,53 342.293 6.238.962 Re8 0,22 0,035 1,62 342.204 6.238.956 Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
Tabla 51 – SO2 Percentil 98,5, 1 hora – Escenario 2 Receptor Valor modelado [ug/m3] Línea de base [ug/m3] Aporte otro proyecto con RCA [ug/m3] Concentración final [ug/m3N] Norma [ug/m3N] Coodenadas [m] UTM WGS-84, Huso 19S Este Oeste Re1 0,11 1,36 0,75 2,22 350 342.896 6.238.47 Re2 0,18 0,28 1,78 342.72 6.238.336 Re3 0,95 0,15 2,52 342.581 6.238.661 Re4 0,45 0,101 2 342.561 6.238.792 Re5 0,31 0,033 1,62 342.377 6.239.270 Re6 0,54 0,11 1,81 342.805 6.239.222 Re7 0,14 0,025 1.48 342.293 6.238.962 Re8 0,22 0,035 1.52 342.204 6.238.956 Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
A partir de lo anterior, se estima que las concentraciones del percentil 98,5 de las concentraciones horarias de SO2 producidas por las actividades del escenario 1 y 2 de emisiones no generan impacto en los receptores discretos y en el entorno del proyecto.
Concentración percentil 99 de las concentraciones de 24 horas de SO2
En las siguientes Tablas, se presentan las concentraciones en inmisión del percentil 99 del promedio diario de SO2 en los receptores discretos del proyecto durante el escenario 1 y 2 de emisión, y la evaluación del cumplimiento del límite normativo establecido en el D.S N°104/2018 MMA.
Tabla N°52 – Concentración P99 del promedio diario de SO2 en receptores discretos – Escenarios 1 y 2 de emisión Receptor Límite máximo permitido [ug/m3N] Escenario 1 Escenario 2 Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Re1 150 0,088 Sí 0,13 Sí Re2 0,11 Sí 0,17 Sí Re3 0,84 Sí 1,27 Sí Re4 0,37 Sí 0,57 Sí Re5 0,15 Sí 0,23 Sí Re6 0,24 Sí 0,36 Sí Re7 0,086 Sí 0,13 Sí Re8 0,087 Sí 0,13 Sí
Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Los resultados de las concentraciones modeladas estiman una concentración inferior a la concentración del percentil 98 del promedio diario máximo permitido por la norma de calidad primaria para material particulado respirable SO2 (DS N°104/2018 MMA) de 150 [ug/m3N], siendo el Receptor 3 (Re3) el que presenta la concentración máxima de 0,84 y 1,27 [ug/m3N] durante el escenario 1 y 2 respectivamente.
A partir de lo anterior, se estima que las concentraciones del percentil 98,5 de las concentraciones horarias de SO2 producidas por las actividades del escenario 1 y 2 de emisiones no generan impacto en los receptores discretos y en el entorno del proyecto.
En las Tabla, se presentan las concentraciones en inmisión del percentil 99 del promedio diario de SO2 en los receptores discretos del proyecto durante el escenario 1 y 2 de emisión, y la evaluación del cumplimiento del límite normativo establecido en el D.S N°104/2018 MMA.
Los resultados de las concentraciones modeladas estiman una concentración inferior a la concentración del percentil 98 del promedio diario máximo permitido por la norma de calidad primaria para material particulado respirable SO2 (DS N°104/2018 MMA) de 150 [ug/m3N], siendo el Receptor 3 (Re3) el que presenta la concentración máxima de 0,84 y 1,27 [ug/m3N] durante el escenario 1 y 2 respectivamente.
A partir de lo anterior, se estima que las concentraciones del percentil 98 del promedio diario de SO2 producidas por las actividades del escenario 1 y 2 de emisiones no generan impacto en los receptores discretos y en el entorno del proyecto.
Dióxido de Nitrógeno (NO2)
A partir de los resultados de la modelación atmosférica de dióxido de nitrógeno, se puede concluir que las concentraciones finales de NO2, tanto en su promedio anual como en el percentil 99 de 1 hora, no exceden los límites establecidos para la norma de calidad primaria (D.S. N°114/2002 MINSEGPRES) en cada uno de los receptores analizados.
Concentración promedio anual de NO2
En las siguientes Tablas, se presentan las concentraciones en inmisión del promedio anual de NO2 en los receptores discretos del proyecto durante el escenario 1 y 2 de emisión y la evaluación del cumplimiento del límite normativo establecido en el DS N°114/2003.
Tabla N°53 – Concentración promedio anual de NO2 en receptores discretos – Escenario 1 y 2 de emisión
Receptor Límite Escenario 1 Escenario 2 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
máximo permitido [ug/m3N] Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Concentración promedio anual [ug/m3N] Cumplimiento Normativo Re1 100 0,15 Sí 0,21 Sí Re2 0,18 Sí 0,27 Sí Re3 0,91 Sí 1,58 Sí Re4 0,5 Sí 0,91 Sí Re5 0,28 Sí 0,44 Sí Re6 0,55 Sí 0,83 Sí Re7 0,1 Sí 0,163 Sí Re8 0,14 Sí 0,23 Sí Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
Los resultados de las concentraciones modeladas estiman una concentración inferior a la concentración promedio anual máxima permitida por la norma de calidad primaria para material particulado respirable NO2 (DS N°114/2003) de 100 [mg/m3N], siendo el Receptor 3 (Re3) el que presenta la concentración máxima de 0,91 y 1,58 [mg/m3N] durante el escenario 1 y 2 respectivamente.
Tabla N°54 – NO2 Promedio anual – Escenario 1 Receptor Valor modelado [ug/m3] Línea de base [ug/m3] Aporte otro proyecto con RCA [ug/m3] Concentración final [ug/m3N] Norma [ug/m3N] Coodenadas [m] UTM WGS-84, Huso 19S Este Oeste Re1 0,15 0 0,89 1,04 100 342.896 6.238.47 Re2 0,18 0,37 0,55 342.72 6.238.336 Re3 0,91 0,23 1,14 342.581 6.238.661 Re4 0,5 0,2 0,7 342.561 6.238.792 Re5 0,28 0,14 0,42 342.377 6.239.270 Re6 0,55 4,9 5,45 342.805 6.239.222 Re7 0,1 0,061 0,16 342.293 6.238.962 Re8 0,14 0,097 0,24 342.204 6.238.956 Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
Tabla N°55 – NO2 Promedio anual – Escenario 2
Receptor Valor modelado [ug/m3] Línea de base [ug/m3] Aporte otro proyecto con RCA [ug/m3] Concentración final [ug/m3N] Norma [ug/m3N] Coodenadas [m] UTM WGS-84, Huso 19S Este Oeste Re1 0,21 0 0,89 1,1 100 342.896 6.238.47 Re2 0,27 0,37 0,64 342.72 6.238.336 Re3 1,58 0,23 1,81 342.581 6.238.661 Re4 0,91 0,2 1,11 342.561 6.238.792 Re5 0,44 0,14 0,58 342.377 6.239.270 Re6 0,83 4,9 5,73 342.805 6.239.222 Re7 0,163 0,061 0,22 342.293 6.238.962 Re8 0,23 0,097 0,33 342.204 6.238.956 Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas - Adenda complementaria
A partir de lo anterior, se estima que las concentraciones promedio anuales de NO2 producidas por las actividades del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
escenario 1 y 2 de emisiones no generan impacto en los receptores discretos y en el entorno del proyecto.
Se analizan las concentraciones en inmisión del percentil 99 de las concentraciones horarias de NO2 en los receptores discretos del proyecto durante el escenario 1 y 2 de emisión, y la evaluación del cumplimiento del límite normativo establecido en el DS N°114/2003.
Los resultados de las concentraciones modeladas estiman una concentración inferior a la concentración del percentil 99 de las concentraciones horarias máxima permitida por la norma de calidad primaria para NO2 (DS N°114/2003) de 400 [mg/m3N], siendo el Receptor 4 (Re4) el que presenta la concentración máxima de 12,27 [mg/m3N] para el escenario 1. Mientras que para el escenario 2, la concentración máxima es de 39,86 [mg/m3N] y se da en el Receptor 3 (Re3).
Emisiones odoríferas:
De acuerdo a la Guía para la predicción y evaluación de impactos por olor en el SEIA, la determinación del AI se define a partir de la pluma odorante. Es usual circunscribir el AI al espacio contenido por la Isodora de 1 [ouE/m3] que corresponda al umbral de detección del olor compuesto.
Escenario actual:
La siguiente figura presentan el área de influencia del proyecto durante el escenario actual de emisiones, dado que el impacto odorante no alcanza a tener concentraciones sobre 1 [ouE/m3], es que se estableció como área de influencia la isodora con mayor concentración, correspondiente a 0,002 [ouE/m3]. Dentro del área de influencia se encuentran 2 receptor (Re3 y Re4) de los 6 receptores analizados.
Figura 3. Área de influencia durante el escenario actual de emisiones
Fuente: Adenda complementaria
El área de influencia correspondiente a una isodora de concentración de 0,002 [ouE/m3], posee una extensión radial Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
irregular, con una extensión máxima de 194 [m] en el eje este – oeste, y de 339 [m] en el eje norte – sur.
Escenario Proyectado:
La siguiente figura presentan el área de influencia del proyecto durante el escenario proyectado de emisiones, dado que el impacto odorante no alcanza a tener concentraciones sobre 1 [ouE/m3], es que se estableció como área de influencia la isodora con mayor concentración, correspondiente a 0,6 [ouE/m3]. Dentro del área de influencia no se encuentran ninguno de los 6 receptores analizados.
Figura 4. Área de influencia durante el escenario proyectado de emisiones
Fuente: Adenda complementaria
El área de influencia correspondiente a una isodora de concentración de 0,1 [ouE/m3], posee una extensión radial irregular, con una extensión máxima de 552 [m] en el eje este – oeste, y de 89 [m] en el eje norte – sur.
Dispersión de Odorantes:
Figura 5. Isoconcentración odorantes - Escenario Actual
Fuente: Adenda complementaria
Los resultados de la modelación sugieren que: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
• Las plumas de dispersión presentan forma irregular, con una mayor inclinación en la dispersión de los contaminantes, principalmente en la zona de emplazamiento del proyecto. • Las plumas de dispersión presentan concentraciones modeladas que van desde 0,002 a 0,0006 [ouE/m3], las cuales son bajas en su totalidad respecto a la normativa de referencia.
• Con relación a los puntos receptores, dentro de la zona que presenta las mayores concentraciones, se observa que solo los receptores Re3 y Re4 se encuentran dentro de ésta, contando ambos con una concentración de 0.002 [ouE/m3]. Sin embargo, esta última zona sigue presentando zonas con bajas concentraciones odoríficas respecto al valor límite de la normativa (1,5 [ouE/m3]).
Escenario Proyectado:
Figura 6. Isoconcentración odorantes – escenario proyectado
Fuente: Adenda complementaria
Los resultados de la modelación sugieren que:
• Las plumas de dispersión presentan forma irregular, con una mayor inclinación en la dispersión de los contaminantes, principalmente en la zona de emplazamiento del proyecto. • Las plumas de dispersión presentan concentraciones modeladas que van desde 0,6 a 0,006 [ouE/m3], las cuales son bajas en su totalidad respecto a la normativa de referencia.
• Con relación a los puntos receptores, dentro de la zona que presenta las mayores concentraciones, no se observan receptores. Encontrándose en áreas que se encuentran entre 0,5 y 0,006 [ouE/m3]. Sin embargo, estas zonas siguen presentando concentraciones odoríficas bajas respecto al valor límite de la normativa (1,5 [ouE/m3]).
Odorantes Sobre Receptores:
Escenario Actual:
A continuación, se presenta en la Tabla las concentraciones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
modeladas durante el escenario actual de emisiones, para cada punto discreto analizado.
Tabla N°60 – Concentración de olores modelados en puntos discretos – escenario actual Punto Receptor Concentración modelada [ouE/m3] Límite norma referencia [ouE/M3] Cumplimiento Normativo Re1 0,001 1,5 Si Re2 0,001 Si Re3 0,002 Si Re4 0,002 Si Re5 0,001 Si Re6 0,001 Si Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
La modelación de olores durante el escenario actual de emisiones en los puntos discretos sugiere concentraciones que van desde 0.001 a 0.002 [ouE/m3], siendo los receptores “Re3” y “Re4” aquel que presenta el máximo valor de concentración. Además, los resultados de la modelación y el análisis de los 6 receptores indican que ninguno de los receptores, sobrepasa la norma de referencia de 1,5 [ouE/m3]. A continuación, se presenta en la Tabla siguiente las concentraciones modeladas durante el escenario proyectado de emisiones, para cada punto discreto analizado. Tabla N°56 – Concentración de olores modelados en puntos discretos – escenario proyectado Punto Receptor Concentración modelada [ouE/m3] Límite norma referencia [ouE/M3] Cumplimiento Normativo Re1 0,54 1,5 Si Re2 0,25 Si Re3 0,16 Si Re4 0,13 Si Re5 0,05 Si Re6 0,29 Si Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
La modelación de olores durante el escenario proyectado de emisiones en los puntos discretos sugiere concentraciones que van desde 0.05 a 0.54 [ouE/m3], siendo el receptor “Re1” aquel que presenta el máximo valor de concentración. Además, los resultados de la modelación y el análisis de los 6 receptores indican que ninguno de los receptores, sobrepasa la norma de referencia de 1,5 [ouE/m3]. Para prevenir la generación de olores, se debe asegurar el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
correcto funcionamiento de la Fosa Séptica y el correcto funcionamiento de la Planta de Tratamiento de RILes. Se realizarán inspecciones visuales diarias para identificar posibles derrames que puedan constituir un nuevo foco de emisión de olor. Y cada vez que se descargue agua a la zona de riego, para prevenir la ocurrencia de contingencias, como el apozamiento de agua, la formación de costras o la obstrucción de ductos de conducción de agua. Vibraciones: Debido a las superaciones normativas respecto a los máximos permitidos presentados en la evaluación de la fase de construcción (Etapa 0) y fase de cierre, es necesario implementar una medida de control de vibraciones para dar cumplimiento a las normativas utilizadas. Esto se debe a la mínima distancia existente entre el frente de trabajo del rodillo compactador (maquinaria de mayor emisión) y los receptores R4 y R5 puestos bajo evaluación. La medida de control consiste en generar un rango en el área de trabajo en las cercanías de los puntos identificados, utilizando única y exclusivamente herramientas manuales, permitiendo un aumento en la distancia entre las maquinarias y los receptores, el cual no generará un impacto vibratorio en la comunidad.
Conclusiones Conforme a los antecedentes presentados para las atmosféricas, olores y vibraciones, se tiene lo siguiente: En lo que respecta a la estimación de emisiones atmosféricas, se tiene que las estimaciones presentadas en el inventario de emisiones atmosféricas, conforme al D.S. N°01/2021, del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece el Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins”, se puede apreciar que el Proyecto supera los límites establecidos en dicho Plan. Por lo señalado, el titular se compromete en presentar el respectivo Programa de Compensación de Emisiones, el cual será presentado ante la SEREMI de Medio Ambiente para su evaluación y posterior aprobación. Cabe destacar que para el desarrollo del Programa de Compensación de Emisiones, se considerará el año de mayor emisión, el cual corresponde al año 2011, donde se genera la mayor emisión de MP10 en la zona delimitada donde aplica el PDA, ya que tal como indica el D.S. N°01/2021 MMA “ A efectos de la compensación de emisiones, aquellos proyectos que, con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, presenten algunas(s), modificación(es) y/o ampliación(es) y que deban ingresar al SEIA, deberán sumar estás emisiones a las anteriores que forman parte del proyecto, exceptuando aquellas emisiones que hayan sido compensadas previamente”. Por lo tanto, al no haber compensado anteriormente las emisiones generadas por el proyecto, se considera una compensación del 120 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
% de MP10 del año 2011 del proyecto. Es fundamental destacar que se han contemplado los escenarios más desfavorables para todas las fases del proyecto, asegurando así un enfoque precautorio y exhaustivo en la evaluación de los impactos ambientales. Respecto a las emisiones odoríferas, considerando que el Proyecto en evaluación puede llegar a causar impactos por los olores en su fase de operación, se identifican las potenciales fuentes de emisión de olores en el marco de la elaboración de la DIA, en base a la Guía de “Generación de Antecedentes para la Elaboración de una Regulación para el Control de Olores en Chile”, contemplando medidas preventivas y correctivas asociadas al Plan de Gestión de Olores de la planta. Además, se realizarán campañas de monitoreo una vez iniciada la primera etapa de operación global – lo que considera las principales fuentes potenciales de generación de olores -, el cual se utilizará la metodología propuesta en la NCh 3386:2015 “Muestreo estático para olfatometría” y la NCh 3190:2010 “Calidad del Aire – Determinación de la concentración de olor por olfatometría dinámica”. El detalle metodológico y protocolos de acciones a seguir, se presenta en el Plan de Gestión de Olores acompañado en el Anexo N°07 de la DIA. Para hacerse cargo de la superación del nivel de vibraciones en la fase de construcción (Etapa 0) y fase de cierre, se utilizarán única y exclusivamente herramientas manuales, permitiendo un aumento en la distancia entre las maquinarias y los receptores. De esta forma, no se genera un impacto vibratorio en la comunidad.
b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Para determinar la susceptibilidad de generación de impacto ambiental que tiene la ejecución del proyecto en la población aledaña, se realizó una modelación de emisiones acústicas construida sobre la base de la ubicación de las partes, obras y acciones del Proyecto. Se consideran 5 escenarios de modelación, siguiendo siempre lo estipulado en el cronograma general del proyecto, para la evaluación de las situaciones bajo la peor condición de ruido. • Fase de Construcción (Etapa 0). • Fase de Construcción (Etapa 1) + Fase de Operación (Etapa 0). • Fase de Construcción (Etapa 2) + Fase de Operación (Etapa 0 y 1). • Fase de Operación Global. • Fase de Cierre. Es importante mencionar que la fase de construcción se llevará a cabo solo en horario diurno de evaluación. Frente a lo anterior y considerando que la operación de la planta se desarrolla durante las 24 horas del día, para efectos de la evaluación durante horario nocturno, se realizará las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
proyecciones de ruido, correspondiente únicamente a la fase de operación de cada etapa, excluyendo en dicho horario el contexto de la fase de construcción. Adicionalmente cabe señalar que durante horario nocturno se encontrarán operando únicamente las áreas de nuez con cascara, retazos, cracker, envasado, secado y despelonado, donde la capacidad productiva en dichos sectores decrece levemente durante la noche. Puntos de modelación. Según el Artículo 6° del D.S. N°38/2011 del MMA, se define receptor como “toda persona que habite, resida o permanezca en un recinto, ya sea en un domicilio particular o en un lugar de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa”. En este caso se consideran como receptores los habitantes de recintos de carácter residencial e industrial ubicados de manera colindante bajo un perfil representativo acorde a puntos cardinales de la actividad evaluada.
Figura 7. Identificación de Receptores
Fuente: Adenda complementaria En las siguientes tablas, se detalla la georreferenciación de los puntos de evaluación identificados, reflejando el tipo de receptor, las coordenadas de emplazamiento, altura estimada, una breve descripción del tipo de receptor a evaluar, la distancia al deslinde del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
En cuanto a los resultados de las modelaciones se obtuvo lo que indica a continuación. • Horario Diurno Tabla N°57 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación global Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 50 65 Cumple R2 48 60 Cumple R3 48,7 65 Cumple R4 55 65 Cumple R5 48 65 Cumple R6 52,6 65 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Tabla N°58 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
normativo (Etapa 2) + operación (Etapa 0 y 1) Receptor Nivel Proyectado (dBA) Limite diurno (dBA) Evaluación D.S 38/11 MMA R1 49,8 65 Cumple R2 48 60 Cumple R3 48,7 65 Cumple R4 54,9 65 Cumple R5 47,9 65 Cumple R6 52,6 65 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Tabla N°59 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de cierre Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 47,6 65 Cumple R2 41,5 60 Cumple R3 37,2 65 Cumple R4 46,9 65 Cumple R5 52,2 65 Cumple R6 42,2 65 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
A partir de los resultados presentados en las proyecciones de ruido en horario diurno para la fase de construcción y operación en sus distintas etapas, se permite señalar la existencia de cumplimiento normativo a los límites máximos permisibles, para la totalidad de los receptores identificados y evaluados, según lo estipulado en el D.S. N°38/11 del MMA, no ocasionando un impacto acústico en la comunidad más cercana. Horario Nocturno Tabla N°60 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0) Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 46,5 50 Cumple R2 44,1 45 Cumple R3 44,6 50 Cumple R4 53,1 50 No cumple R5 44,3 50 Cumple R6 42,6 50 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
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Tabla N°61 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0 y Etapa 1)
Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 46,9 50 Cumple R2 44,4 45 Cumple R3 44,8 50 Cumple R4 53,4 50 No cumple R5 45,8 50 Cumple R6 50,8 50 No Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Tabla N°62 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación global Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 46,9 50 Cumple R2 44,4 45 Cumple R3 44,8 50 Cumple R4 53,4 50 No Cumple R5 45,9 50 Cumple R6 51,0 50 No Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
A partir de los resultados presentados en las proyecciones de ruido para la fase de operación del proyecto, se permite señalar la existencia de superación de los límites máximos permisibles en sus distintas etapas en horario nocturno, en los receptores R4 y R6 identificados y evaluados, según lo estipulado en el D.S. N°38/11 del MMA, ocasionando un impacto acústico en la comunidad receptora, razón por la cual se deberá implementar la siguiente medida de control como parte del diseño del proyecto. Medida de control: Debido a las superaciones normativas respecto a los máximos permitidos presentados en la evaluación de la fase de operación del proyecto en sus distintas etapas durante horario nocturno de evaluación, el titular adoptará como medida de control la modificación de las características constructivas de las naves de despelonado y secado. Lo anterior, ya que actualmente el proyecto considera como materialidad para dichas naves de producción, material correspondiente a “Instapanel PV-4” con espesor de 0,5mm, el cual, según proyecciones de software de modelación de aislamiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
acústico, es capaz de entregar un índice de reducción sonora Rw= 20dB. La medida de control consiste en un revestimiento para reforzar el aislamiento acústico de la fachada de las naves de despelonado y secado, incorporando en las 4 caras de cada una de estas instalaciones, placas de acero corrugado con espesor de 3mm. Las dimensiones corresponden a todo el perímetro de la nave de despelonado y secado 1, que es la más cercana al Receptor R4. Este material permite entregar un grado de aislamiento acústico mucho más alto, mediante un índice de reducción sonora Rw= 37dB. Proyecciones de ruido con medida de control Se detalla en las siguientes tablas, los resultados de las proyecciones de ruido para la fase de operación en horario nocturno del proyecto con la medida de control de ruido a ejecutar, indicando el límite máximo permisible de ruido, además de la evaluación del cumplimiento del D.S. N°38/2011 del MMA.
Tabla N°63 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0) Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 45,5 50 Cumple R2 43,8 45 Cumple R3 44,4 50 Cumple R4 49,3 50 Cumple R5 42,4 50 Cumple R6 39,0 50 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Tabla N°64 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0 y Etapa 1)
Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 45,1 50 Cumple R2 43,8 45 Cumple R3 44,4 50 Cumple R4 49,3 50 Cumple R5 42,9 50 Cumple R6 40,3 50 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
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Tabla N°65 – Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación global Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite diurno (dBA) Evaluación D.S N°38/11 MMA R1 45,6 50 Cumple R2 43,8 45 Cumple R3 44,4 50 Cumple R4 49,3 50 Cumple R5 43,1 50 Cumple R6 42,0 50 Cumple Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
A partir de los resultados presentados en las proyecciones de ruido para la fase de operación en sus distintas etapas, y con medida de control, se permite señalar la existencia de cumplimiento a los límites máximos permisibles de ruido durante horario nocturno, en la totalidad de los receptores identificados, no ocasionando un impacto acústico en la comunidad receptora. Además, se presenta en Anexo un Compromiso Ambiental Voluntario en Anexo N°00 Cap. 7 de la presente Adenda Complementaria Medidas generales y de carácter administrativo Como medida general se recomienda mantener lo más alejado posible de puntos receptores todas aquellas maquinarias que generen altos niveles de presión sonora, como, por ejemplo, herramientas de corte y perforación principalmente. Asimismo, se recomienda reducir en el mínimo posible, el uso simultáneo de herramientas y maquinarias ruidosas. Esto debe ser realizado con mayor énfasis en el uso simultáneo de retroexcavadoras, rodillo compactador, camiones, entre otros, lo cual son herramientas que generan altos niveles de ruido. A modo de medidas de control de carácter administrativo, se deberá contemplar lo siguiente: • Mantener el correcto estado de mantención de las distintas maquinarias. • Evitar el uso de silbatos y bocinas tanto al interior de la obra como en el ingreso a esta desde la calle. • Procurar que el tránsito de camiones en la obra se realice a las menores velocidades posibles. • Los camiones deberán mantener el motor apagado cada vez que no requieran encontrarse en movimiento. • Evitar situaciones de botadero de escombros a gran altura. • Evitar actividades de corte en puntos cercanos a receptores sensibles. • Al reducir el uso simultaneo de herramientas y maquinarias, se deben realizar secuencias de operaciones de trabajo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Conclusiones: Conforme a los resultados observados en el estudio acústico, para la fase de operación del proyecto, se permite señalar la existencia de superación de los límites máximos permisibles en sus distintas etapas en horario nocturno, en los receptores R4 y R6 identificados y evaluados, según lo estipulado en el D.S. N°38/2011 del MMA, ocasionando un impacto acústico en la comunidad receptora. La medida de control permite cumplir los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 MMA. Para acreditar la eficacia de la medida, y por ende, verificar la inexistencia de impacto ambiental significativo, es que se presenta el CAV Monitoreo de Nivel de Presión Sonora, incorporado en el Capítulo 7, Tabla N°7 de la presente Adenda Complementaria (Anexo N°00).
c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Aguas Servidas
Durante la construcción del Proyecto se generaron aguas servidas provenientes de los baños y duchas de los trabajadores de la obra. Según las cantidades máximas de trabajadores durante la fase de construcción por etapa, y considerando un consumo de agua promedio de 150 L/habitante/día por trabajador, se estima la siguiente generación por etapa.
Tabla 66. Generación de aguas servidas en Fase de Construcción Etapa Mano de obra máxima Generación [m3/día] Etapa 0 30 4,5 Etapa 1 30 4,5 Etapa 2 40 6,0 Operación 279 41,85 Cierre 50 7,5 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria. Por su parte, considerando las disposiciones del artículo 11 ter de la Ley, para efectos de la evaluación ambiental, debe considerarse la sumatoria de los impactos ambientales provocados tanto por el Proyecto original como por sus respectivas modificaciones. De este modo, y considerando la ocurrencia simultánea de la Fase de Operación con la ejecución de cada etapa de construcción respectiva, se construye la siguiente Tabla que resume la generación de aguas servidas. Tabla 67. Generación de aguas servidas en etapa con ocurrencia simultánea Fase Generación diaria [m3/día] Etapa 0 4,5 Operación etapa 0 + Construcción Etapa 1 46,35 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Construcción etapa 2 47,85 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Operación etapa 2 41,85 Operación global 81,85 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria.
Durante la fase de operación, se generarán aguas servidas que provienen principalmente de los servicios sanitarios, duchas y casinos del Proyecto. Para efectos de la estimación de caudales generados se utilizó una dotación promedio de 150 L/hab/día, de los cuales se considera un 100% del consumo que corresponderá efectivamente a aguas servidas.
Tabla N°68 – Consumo aguas servidas Periodo Mano de Obra Generación diaria [m3/día] Temporada 279 41,85 No Temporada 141 21,15 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Finalmente, para el caso de la Fase de Cierre, se generarán aguas servidas provenientes de los baños y duchas de los trabajadores. Considerando la cantidad máxima de trabajadores durante la fase de cierre, correspondiente a 50 trabajadores, y un consumo de agua promedio por cada uno de ellos de 150 L/día, se estima una generación de 7,5 m3/día de aguas servidas durante esta fase.
Para la fase de construcción y cierre, las aguas servidas serán manejadas según un programa de mantenimiento con la empresa proveedora del servicio, quien se hará cargo tanto del transporte, como del tratamiento y la disposición final, conforme a la normativa vigente.
En tanto, para la fase de operación, se implementará un sistema de tratamiento particular de aguas servidas. Este sistema se compone de las siguientes etapas:
• Cámara Separadora de Grasas y Aceites: Remueve aceites y grasas del agua servida antes de su tratamiento principal. Se limpia semanalmente. • Filtro Parabólico: Filtra sólidos gruesos del agua servida con una eficiencia del 98% para partículas superiores a 0,6 mm. • Estanque de Desnitrificación: Convierte nitratos en nitrógeno gaseoso para su liberación al ambiente, evitando eutrofización. • Reactores Biológicos (Fase Aeróbica): Dos reactores en los que microorganismos consumen la materia orgánica bajo condiciones aeróbicas, transformándola en productos no contaminantes. • Estanque de Desaireación: Elimina gases disueltos que podrían interferir en los procesos posteriores. • Estanque Decantador: Facilita la sedimentación de flóculos de lodos, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
que luego se recirculan para optimizar la biodegradación de materia orgánica. • Estanque de Digestión: Los lodos estabilizados son almacenados y retirados periódicamente. • Desinfección: El agua pasa por un proceso de cloración, decloración y reposo antes de ser filtrada. • Filtros de Arena y Eliminadores de Hierro/Manganeso: Eliminan partículas en suspensión, hierro y manganeso presentes en el agua. • Estanque de Riego: El efluente final es almacenado para su uso en riego. • Generación y Gestión de Lodos: Los lodos generados son purgados, tratados y almacenado en un estanque de 26 m3, alcanzando un volumen diario de 3,12 m³, con una retirada semanal de 10,92 m³ mediante tercero autorizado.
Todas estas partes y sistemas, se encuentran contenidas en Anexo N°01.04 de la Adenda Complementaria, correspondiente al PASM N°138 actualizado.
Residuos Industriales Líquidos (RIL):
Durante las etapas de construcción no se generaron residuos industriales líquidos. En el área del Proyecto no se realizarán actividades de lavado de maquinaria, trasvasije de combustibles, aceites y otros. Todas estas actividades serán efectuadas por las empresas responsables de las maquinarias en lugares especialmente habilitados y autorizados, externos a la instalación de faenas. Durante la Fase de Operación se generarán RILes provenientes del proceso productivo, del cual se desprenden las siguientes generaciones de caudales de RILes.
Tabla N°69 – Generación de RILES Etapa operative Caudal [m3/día] Etapa 0 y 1 264 Etapa 2 264 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Para un manejo sustentable de estos RILes, se contempla una Planta de Tratamiento de RILes cuyo sistema considera etapas diseñadas para asegurar la adecuada gestión, depuración y descarga del efluente, cumpliendo con las normativas de calidad ambiental y promoviendo la reutilización del agua tratada. A continuación, se describe su funcionamiento:
1.Conducción y Remoción de Sólidos Gruesos
Los RILes generados en las plantas son recolectados y conducidos a través de tuberías hacia decantadores, donde se realiza una filtración primaria mediante un filtro parabólico. Este filtro separa los sólidos más grandes (>0,6 mm), que luego son recolectados y enviados a compostaje. Esta etapa es clave para evitar que los sólidos gruesos interfieran en los procesos posteriores.
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- Ecualización y Homogenización
El efluente filtrado es almacenado en un estanque de ecualización y homogenización de 40 m³. Aquí se asegura una mezcla homogénea del flujo de entrada y se ajusta el pH del líquido, garantizando condiciones óptimas para el siguiente tratamiento. Este paso es fundamental para estabilizar el flujo de los RILes y evitar variaciones en las siguientes fases.
- Tratamiento Físico-Químico (Coagulación y Floculación)
El siguiente proceso consiste en la coagulación y floculación, que utiliza dos tipos de productos químicos: un coagulante y un floculante.
• Coagulación: Se añaden coagulantes al agua para neutralizar las cargas eléctricas de las partículas suspendidas, permitiendo que se aglomeren en microflóculos. • Floculación: Se utiliza floculante para unir y aumentar el tamaño de estos microflóculos, facilitando su separación en las siguientes etapas.
- Separación Física (Sistema de Flotación por Aire Disuelto
-
DAF) El sistema DAF (Flotación por Aire Disuelto) se encarga de la separación física de las partículas suspendidas y otros contaminantes. Microburbujas de aire se adhieren a los flóculos, haciéndolos flotar para ser removidos de la superficie. Esta técnica es cinco veces más rápida que una decantación convencional, y permite una eficiente eliminación de sólidos. El agua tratada es parcialmente recirculada, optimizando el uso de los recursos hídricos, mientras que el exceso es enviado a las etapas finales de tratamiento.
-
Desinfección y Filtración
El efluente clarificado no recirculado se somete a una etapa de desinfección a través de una cámara de contacto, donde se realiza una cloración y decloración. Posteriormente, pasa por filtros de arena y filtros greensand, los cuales eliminan hierro y manganeso disueltos, cumpliendo con los parámetros normativos para su reutilización en riego. Este proceso asegura la calidad del agua tratada, haciéndola apta para su uso en aplicaciones agrícolas.
La disposición del RIL tratado se realizará mediante riego por aspersión, cumpliendo los parámetros de la NCh.1.333 y la Guía de Aplicación de Efluentes al Suelo, del Servicio Agrícola y Ganadero.
Conclusiones:
Para el caso de las aguas servidas, se les realizara un tratamiento mediante un sistema de aireación extendida, permitiendo eliminar prácticamente la totalidad de la DBO5, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
SST y otros contaminantes. Esto con el objetivo de poder descargarlas mediante riego y cumplir con lo establecido en la NCh 1333 Of78 que establece los requerimientos de agua para diferentes usos. Para los casos de las fases de construcción y cierre se considera la implementación de baños químicos. Por lo anterior, no se considera la existencia de descargas a cuerpos receptores de ningún tipo.
Finalmente, para el escenario de residuos industriales líquidos, para el correcto tratamiento de estos RILes, el Proponente cuenta con su propio sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos cuya vía de disposición final del efluente tratado corresponde a riego, posteriormente de ser tratadas las aguas en la planta de tratamiento de riles, lo cual se detallan los aspectos técnicos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto contenido en el artículo 139 del D.S. N°40/2012, en el Anexo N°02. 02 PASM 139.
Respecto a la componente aire, la tabla que se presenta a continuación proporciona información detallada acerca de los años en los cuales se superan los límites establecidos en el Artículo 40, junto con el porcentaje correspondiente de esta superación destacado en color naranjo. Es importante señalar que la superación de estos límites se debe en gran medida a la superposición de las etapas de operación y construcción del proyecto a lo largo de los años.
Tabla N°70 – Emisiones Atmosféricas
N° Año Año Fase del proyecto MP10 MP2,5 SO2 NOx 1 2011 Construcción E0 /operación E0 3,18 0,73 0,28 4,57 2 2016 Construcción E1 /operación E0 y E1 1,65 0,55 0,28 4,48 3 2024 Operación E0 y E1 1 0,43 0,28 4,44 4 2025 Construcción E2 /operación E0 y E1 1,56 0,52 0,28 4,48 5 2026 Operación E0, E1 y E2 1,01 0,43 0,28 4,45 51 2061 Cierre 1,26 0,16 3,70E- 04 0,21
Límite de Emisión (D.S N°1/2021 MMA) 1,5 1 10 8
Valor de Emisiones a Compensar (120%) 3,82 No supera No Supera No supera Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Estudio de Emisiones Atmosféricas, Adenda complementaria
Con base en lo expuesto y de acuerdo con la información proporcionada en la Tabla 26 del D.S. N°01/2021 MMA, se presentará, tras la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable y dentro del plazo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
de 60 días hábiles contados desde la dictación de la RCA, el Programa de Compensación de Emisiones Atmosféricas a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de O'Higgins, compensando el 120% de las emisiones totales anuales generadas por el Proyecto.
Para el componente suelo se establece el Plan de Monitoreo del Efluente tratado en la PTAS y en la Planta de Tratamiento de RILes, y asegurar el cumplimiento de los parámetros contenidos en el numeral 6 “Requisitos del agua para riego” de la NCh 1.333 Of.78 y Guía de Evaluación Ambiental – Aplicación de Efluentes al Suelo – SAG. Se realizarán mediciones mensuales del efluente tratado en el estanque de acumulación. Estos consistirán en tomas de muestras puntuales para posteriormente ser enviadas a un laboratorio autorizado, con el fin de obtener los parámetros vigentes para disponer vía riego. Acreditar el cumplimiento normativo en los p rámetros obtenido de laboratorio, conforme a las los valores contenidos en la Guía de Aplicación de Efluentes al Suelo, del Servicio Agrícola y Ganadero, complementada con todos los parámetros esta lecidos en la en el numeral 6 “Requisitos del agua para riego” de la NCh 1.333 Of78. Según lo determinado en el Plan de Monitoreo (Anexo N°09, Adenda Complementaria), el número de muestras anuales a realizar son 12, por lo tanto, es un monitoreo mensual. Estos consistirán en tomas de muestras puntuales para posteriormente ser enviadas a un laboratorio autorizado, con el fin de obtener los parámetros vigentes para disponer vía riego. Se entregará un Informe de Seguimiento Ambiental de manera trimestral durante 5 años, conforme al procedimiento descrito por la Resolución Exenta N°223/2015, de la SMA. Una vez finalizado este periodo inicial y siempre cuando se verifique el correcto funcionamiento del sistema de tratamiento de RILes a través del cumplimiento de los límites establecidos conforme a los parámetros requeridos, se mantendrá el monitoreo mensual, pero se solicitará a la SMA que el informe de seguimiento ambiental pase desde una frecuencia trimestral a semestral.
d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables:
Los residuos asimilables a domiciliarios generados durante la Fase de Construcción tanto para la etapa 0, 1 y 2, corresponden a restos de comida, papeles, bolsas de basura. Estos residuos fueron dispuestos transitoriamente en contenedores de plástico de tapa hermética de 1 m3 ubicados en los frentes de trabajo y, posteriormente, retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana con la finalidad de evitar descomposición de restos de alimentos, focos de insalubridad, malos olores y/o vectores sanitarios. El retiro de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
estos residuos se realizó mediante empresas debidamente autorizadas y fueron destinados a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud.
Se estima que se generaron aproximadamente 0,5 kg/día de residuos domiciliarios o asimilables por parte de los trabajadores en cada una de las etapas constructivas. De lo señalado considerando 4 semanas promedio por mes y jornada de trabajo de lunes a sábado, se presentan a continuación los residuos por etapa constructiva.
Tabla 71 – Generación mensual de residuos asimilables a domiciliarios Etapa Generación Dia [kg/día] Generación Mensual Etapa 0 15 0,360 Etapa 1 15 0,360 Etapa 2 20 0,480 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Ahora, considerando las disposiciones del artículo 11 ter de la Ley, para efectos de la evaluación ambiental, deberá considerarse la sumatoria de los impactos ambientales provocados por el proyecto original y su modificación. De este modo, para efectos de la presente evaluación y considerando la ocurrencia simultánea de la Fase de Construcción y Operación, la siguiente Tabla resume la generación de residuos.
Tabla N°72 – Generación de residuos asimilables a domiciliarios en fases con ocurrencia simultánea Fase Generación diaria [t/mes] Construcción Etapa 0 0,36 Operación etapa 0 + Construcción Etapa 1 3,708 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Construcción Etapa 2 3,828 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Operación Etapa 2 3,348 Operación global 3,348
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Para el caso de la Fase de Operación, cabe mencionar que la mano de obra del Proyecto para el peor escenario que corresponde a la época de temporada corresponde a un máximo de 279 operarios, encargados de las labores productivas. Esta mano de obra tendrá un carácter temporal, limitándose exclusivamente a los meses de temporada. Se estima la siguiente generación de residuos para la fase de operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Tabla N° 73 – Generación de residuos asimilables a domiciliarios Periodo Mano de obra máxima Cantidad [t/mes] Temporada 279 3,348 No Temporada 141 1,692 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Finalmente, para la fase de cierre, considerando una mano de obra máxima de 50 trabajadores y una generación promedio de 0,5 kg/día por cada uno de ellos, se estima una generación de 25 kg/día de este tipo de residuos.
Para lo anterior, en Anexo N°01.02 de la Adenda Complementaria, se presenta actualizado el Permiso Ambiental Sectorial Mixto contenido en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Residuos Sólidos No Peligrosos:
Los residuos sólidos no peligrosos generados en fase de construcción correspondieron principalmente a restos de hormigón, madera y despuntes metálicos de las obras civiles.
Adicionalmente, se indica que los residuos no peligrosos fueron dispuestos en rellenos sanitarios y/o botaderos autorizados por la Seremi de Salud.
A continuación, se presenta la caracterización de residuos No peligrosos generados en la fase de construcción.
Tabla N°74 – Generación de residuos solidos no peligrosos en Fase de construcción Etapa Fuente Cantidad o volumen Etapa 0 Restos de materiales moldajes, plásticos, fierros, etc. 3 t/mes Movimiento de tierra 15.104,8 m3 Etapa 1 Restos de materiales moldajes, plásticos, fierros, etc. 3 t/mes Etapa 2 Restos de materiales moldajes, plásticos, fierros, etc. 3 t/mes Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Ahora, considerando las disposiciones del artículo 11 ter de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
la Ley, para efectos de la evaluación ambiental, deberá considerarse la sumatoria de los impactos ambientales provocados por el Proyecto original más su modificación. De este modo, para efectos de la presente evaluación, considerando la ocurrencia simultánea de la Fase de Construcción y Operación actual, la siguiente Tabla resume los residuos estimados.
Tabla N° 75 – Generación de residuos en ocurrencia de fases simultáneas Etapa Generación diaria [t/mes] Construcción Etapa 0 3 Operación etapa 0 + Construcción Etapa 1 88,14 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Construcción Etapa 2 90,14 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Operación Etapa 2 85,14 Operación global 85,14
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Para el caso de la fase de operación, el Proyecto contará con tres sitios de almacenamiento de residuos no peligrosos, conforme al siguiente detalle:
- Primer sitio: En este sitio se almacena cáscara de nuez, para lo cual se ha instalado una tolva de 8 toneladas correspondiente a cascara de nuez y 20 t correspondiente a cascara de almendras. Está construida de estructura metálica de acero al carbono de 4 mm de espesor, de dimensiones 8 metros de frente, 4 metros de fondo, 5,5 metros de altura, terminada en cono. Está montada sobre pilares metálicos de 500x300 fabricados en 6 mm de espesor, lo que le da una altura total de 9,5 metros, esto permite posicionar el camión de retiro de cáscara de nuez por debajo de la tolva para trasvasijar directo al camión. Cuenta con dos salidas de 1,5 metros de largo y 1 metro de ancho. Posee dos compuertas tipo guillotina, manipuladas electrónicamente con un pulsador manual y para seguridad, cuenta con dos terminales de carrera. Está anclada al piso con dado de hormigón de 1 m2, H30.
La cáscara proviene del proceso de partido mecánico de nuez y el transporte se realiza en forma automática por succión y posteriormente, a través de una cinta transportadora desde el área de proceso hasta la tolva. La periodicidad del retiro del residuo será con una frecuencia mínima de dos días.
El sitio se encuentra señalizado respecto al tipo de residuo y uso de implementos de seguridad y como medio de extinción de incendio se dispone de un gabinete con 2 extintores tipo PQS de 10 kg de capacidad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Segundo Sitio: corresponde al sitio de almacenamiento reciclaje y residuos asimilables a domésticos. El punto de acopio, corresponde a una losa de hormigón de 20 m2, en el cual se disponen dos tolvas de 20 m3 de capacidad cada una. Una de las tolvas se considera para el almacenamiento transitorio de los plásticos de embalajes y restos de cartón, mientras que la segunda tolva se considera para el almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios. Ambas tolvas cuentan con tapa y cierre hermético. Tercer Sitio: el tercer sitio, por su parte, corresponde a un punto de acopio de residuos no peligrosos considerado de apoyo al sitio dos para los tiempos de Temporada. En esta zona, de 20 m2 se habilitarán 2 tolvas de 20 m3 cada una para el almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, además de residuos asimilables a domiciliarios. El transporte de estos residuos es realizado por una empresa autorizada para estos efectos y, por lo tanto, cuenta con su respectiva autorización por parte de la Seremi de Salud. Tabla N° 76 – Residuos sólidos no peligrosos Detalle de residuos Cantidad [t/mes] Contenedor Cartón, madera, papel, plastic y basura. 85,14 Contendero metálico de 20 m3. Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
El sitio se encuentra señalizado respecto al tipo de residuo y uso de implementos de seguridad y como medio de extinción de incendio se dispone de un gabinete con 2 extintores tipo PQS de 10 kg de capacidad. Los residuos orgánicos se almacenan de la siguiente forma: Tabla N°77 – Generación de residuos no peligrosos Residuos Cantidad máxima Contenedor Cáscaras nuez 14 toneladas cada Tolva metálica de 30 2 días t. Cáscara 10 toneladas cada Tolva metálica de 30 Almendras 2 días t.
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Finalmente, para el caso de la fase de cierre, considerando una duración de 6 meses para esta fase y considerando las pates y obras del Proyecto, se estima la siguiente generación de residuos en esta fase.
Residuos Peligrosos: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Los residuos peligrosos generados durante la Fase de Construcción corresponden principalmente a envases de pintura, adhesivos, solventes, tubos fluorescentes, trapos y guapes, ropa y papeles sucios.
Los residuos fueron y serán contenidos de manera temporal en contenedores con tapa debidamente rotulados. Para dicho propósito existieron bodegas para la mantención transitoria de residuos peligrosos, los cuales fueron manejados según lo dispuesto por el D.S. N°148/2003, del MINSAL.
Tabla N°78 – Generación de residuos peligrosos
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Etapa Fuente Cantidad [kg/año] Etapa 0
Envases de pintura, pegamentos y solventes. 20 Envases de pintura en spray 20 Envases de aguarrás 15 Tubis fluorescentes 10 Trapos, guaipes, ropas y papeles sucios y/o contaminados 10 Total Etapa 0
75 Etapa 1
Envases de pintura, pegamentos y solventes. 20 Envases de pintura en spray 20 Envases de aguarrás 15 Tubis fluorescentes 10 Trapos, guaipes, ropas y papeles sucios y/o contaminados 10 Total Etapa 1
75 Etapa 2
Envases de pintura, pegamentos y solventes. 20 Envases de pintura en spray 20 Envases de aguarrás 15 Tubis fluorescentes 10 Trapos, guaipes, ropas y papeles sucios y/o contaminados 10 Total Etapa 2
75 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Ahora, considerando las disposiciones del artículo 11 ter de la Ley, para efectos de la evaluación ambiental, deberá considerarse la sumatoria de los impactos ambientales provocados por el proyecto original y su modificación. De este modo, para efectos de la presente evaluación y, considerando la ocurrencia simultánea de la Fase de Construcción y Operación, la siguiente Tabla resume los residuos generados por el Proyecto.
Tabla N°79 – Generación de residuos peligrosos 11 ter de la ley Etapa Generación diaria [Kg/mes] Construcción Etapa 0 75 Operación etapa 0 + Construcción Etapa 1 215 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Construcción Etapa 2 215 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Operación Etapa 2 140 Operación global 140
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Para el caso de la fase de operación, para el almacenamiento de residuos peligrosos se considera una bodega de superficie total de 9 m2, construida en malla de acero, cubierta de plancha del tipo zincalum, losa y pretil de hormigón armado de 15 cm de altura. Esta bodega cuenta con una capacidad de contención de derrames equivalente al 20% del volumen del contenedor de mayor capacidad. Cuenta con cierre perimetral que protege de las inclemencias del clima y ventilación natural. Señalizado de acuerdo a la NCh 2.190 Of 93, por cada tipo de residuos almacenados y como bodega de residuos peligrosos. La Tabla a continuación presenta la cantidad máxima de generación de residuos peligrosos.
Tabla N°80 – Generación de residuos peligrosos Tipo de residuo Cantidad [kg/6 Contenedor meses] Envases de pintura 40 Contenedor plástico de 120 L. Envases de 20 Tambores de PVC Anticorrosivos de 220 L. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Envases de pasta de 10 Contenedor plástico Muro de 120 L. Envases de 10 Tambores de PVC Pegamento de 220 L. Grasa industrial 30 Contenedor de PVC de 220 L. Envases de 30 Tambores de PVC productos de aseo de 220 L.
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Estos residuos, finalmente, son dispuestos en sitios que cuentan con su respectiva autorización sanitaria. En cuanto a la fase de cierre del Proyecto, no se considera la generación de este tipo de residuos peligrosos.
Sustancias Peligrosas:
Las sustancias peligrosas utilizadas durante la Fase de Construcción corresponden y corresponderán a productos químicos propios de la actividad, tales como pinturas, solventes, entre otros.
Estas sustancias peligrosas fueron almacenadas en una bodega común en cantidades no superiores a 6 toneladas. Asimismo, la zona destinada al almacenamiento de las sustancias peligrosas estuvo señalizada y demarcada, contó con el pictograma de indicación de clases y divisiones de las sustancias, conforme a la NCh 2.190 Of. 2003, así como también con las respectivas Hojas de Datos de Seguridad.
A continuación, se detallan las cantidades de sustancias a utilizar en cada una de las Etapas.
Tabla N° 81 – Sustancias peligrosas a utilizar por el proyecto en Fase de Construcción
Fuente Cantidad o volumen Almacenamiento Tubos fluorecentes 10 kg/mes Almacenamiento en bodega común, en recipients hermeticos y debidamente identificados, según lo dispuesto en la NCh2190/93, dentro de un área especialmente destinada para esta función. Baterías 5 kg/mes Aceites 15 kg/mes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Para el caso de la fase de operación el proyecto actualmente cuenta con una bodega para este destino y se considera que las sustancias no serán almacenadas superando las 10 toneladas de sustancias inflamables, ni las 30 toneladas de otras clases de sustancias peligrosas, de modo que la bodega no requiere de autorización sanitaria para su funcionamiento. Asimismo, esta bodega cumple con todas las exigencias establecidas en el D.S. N°43/2015 MINSAL.
Tabla N°82 – Sustancias peligrosas Producto Cantidad Tipo de envase Pintura blanca al agua 40 L Galón de 5 L Pintura blanca esmalte 10 L Galón de 5 L Pintura amarilla 20 L Galón de 5 L Industrial Pintura amarilla al agua 45 L Galón de 5 L Pintura wisard verde 10 L Galón de 10 L Pintura verde al agua 15 L Galón de 10 L Anticorrosivo 10 L Galón de 10 L Pintura morada al agua 17 L Galón de 5 L Pasta muro 5 kg - Pegamento 3 L Galón de 1 L Grasa 7 kg Envase de 1 kg Limpiadores 154 L Bidón de 20 L
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Cabe señalar que, el manejo de las sustancias peligrosas se realiza acorde al Procedimiento de Manejo de Sustancias Peligrosas, seguridad en el almacenamiento y características constructivas de la bodega descritas en el acápite 2.6 del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
presente capítulo.
Finalmente, para la fase de cierre, dada la naturaleza del Proyecto, no se contempla el uso de sustancias peligrosas en fase de cierre.
5.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire 5.2 SOBRE LA INEXISTENCIA DE EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS Impacto ambiental El Proyecto no generará o presentará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. No se identifica perturbación o pérdida de hábitats de la fauna a causa del desarrollo del proyecto. No se identifica perdida de suelo, ya que las obras se localizan en suelo desnudo. No existe perdida modificación o perdida de hábitat para la flora y vegetación a causa del desarrollo del Proyecto. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. No se afecta la permanencia de dichos recursos, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro. No se altera su capacidad de regeneración o renovación, ni se alteran las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas, poniendo especial énfasis en aquellos recursos propios del país que sean escasos, únicos o representativos, según corresponda. a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. el Proyecto se emplaza en la denominada ZI (Zona Industrial) de acuerdo al PRC de Mostazal. Respecto al PRI de Rancagua, el Proyecto se emplaza en la zona ZEQ- l1. Esta zonificación corresponde a Zona Urbana: Zona de Equipamiento Industrial 1, la cual es parte de la delimitación Urbana en el PRI de Rancagua. Esta zona establece como usos permitidos aquellos relacionados con equipamiento científico, comercio, cultura y cultura, deporte, educación, salud, seguridad, servicios y social, actividades productivas inofensivas y molestas, infraestructura de transporte, sanitaria y energética. Al ser Zona Urbana se descarta la perdida irreversible del suelo generado por el emplazamiento y ocupación permanente.
Para estimar la erosión potencial de los suelos de Chile se utilizó un modelo empírico cualitativo (IREPOT), basado en la conceptualización de la erosión potencial descrita por Wischmeier y Smith (1978), el cual integra las características intrínsecas del suelo, topográficas, climáticas y biológicas (riesgo de erosión actual), que se relacionan en dos componentes principales, erodabilidad del suelo y erosividad de la lluvia.
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En el año 2010 la erosión del lugar de emplazamiento del Proyecto corresponde a la categoría de otros usos, lo cual no determina ningún nivel de erosión de la zona de emplazamiento.
Figura 7. Mapa de erosión año 2010 para la VI Región O´higgins
Fuente: CIREN, 2010. Adenda complementaria.
La última actualización de la erosión de la región se realizó el 2022, la cual muestra que la zona en la cual se ubica el Proyecto es en la cuenca Estero Codegua, con una clase de erosión de “No Suelo” que en este caso se refiere a Superficies artificiales; está dentro de una subclasificación denominada Urbano y Caminos.
Figura 8. Erosión del suelo
Fuente: CIREN 2022, Adenda complementaria
Debido a que las obras y partes del Proyecto están ubicadas en una zona que no es clasificada como suelo, no puede sufrir erosión, por lo cual se descarta la degradación por erosión por causa de las obras y partes del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
De igual forma se descartan los componentes de compactación, sellado y urbanización, teniendo en cuenta que la zona en la cual se emplaza el Proyecto se denomina ZI (Zona Industrial), la cual es parte de la delimitación Urbana en el PRC de Mostazal y como Zona de Equipamiento Industrial según el PRI de Rancagua. Por lo anterior, no puede ocurrir degradación de suelo. No obstante, el suelo colindante al área delimitada del Proyecto, está catalogada como erosión nula y su potencial de erosión también se determina como nulo, tal como lo muestra la siguiente figura.
Hay que destacar que el suelo colindante no será degradado, toda vez que el Proyecto no contempla ampliación en su superficie.
Además, se indica que los efluentes descargados mediante riego del tratamiento de aguas residuales, cumplirá con los parámetros establecidos en la NCh 1333. Of.78 Tabla N°1 y los parámetros de la “Guía de Evaluación Ambiental: Aplicación de Efluentes al Suelo” (SAG,2010). Para lo anterior se presenta un Plan de Monitoreo que considera lo siguiente:
-
Caracterización del efluente: considera los parámetros críticos del efluente de muestras captadas en el punto de salida del sistema de tratamiento.
-
Frecuencia de muestreos: el número total de muestreos de define en función del caudal de aplicación del efluente en el suelo.
-
Registro de caudal del efluente: se refiere a la mantención de un registro de caudales de efluente aplicados al suelo, para lo cual se instalarán caudalímetros.
De esta forma se descarta la afectación del recurso suelo, por ocasión de la ejecución del Proyecto. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. En general, la relación de los Proyectos con este componente, guarda relación con la remoción y despeje de la vegetación, explotación con fines productivos o inserción de especies invasoras en ecosistemas pratenses o forestales. Respecto a esto, el área de emplazamiento del Proyecto se circunscribe en un ecotopo de características industrial derivado de la actividad agrícola, ecotopo típico en las zonas rurales de Chile.
Respecto al área de estudio, se debe señalar que, se emplaza fuera de los límites urbanos de la comuna de Mostazal, encontrándose el predio en estudio en una matriz fuertemente antropizada, en que se registran mayoritariamente terrenos asociados a las actividades industriales agrícolas intensivas.
Ahora, sobre el área específica de emplazamiento del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Proyecto, se identificó una zona donde ya se encuentran materializadas las obras, correspondientes a la etapa 0 y 1, una segunda área que se puede identificar como sitio eriazo con parches de vegetación en el límite sur de predio, cumpliendo un rol de deslinde predial respecto a los predios más cercanos al área de estudio y por último se identifica un área destinada a la actividad agrícola en el sector sur oriente del predio, sin embargo este tercero será solo destinado para la recepción de riego con las aguas tratadas por el proyecto, en cumplimiento de la tabla N°1 de la NCh. 1333 Of.78.
Figura 8. Áreas identificadas en terreno
Fuente: Adenda complementaria
La figura anterior refleja las zonas determinadas previas a la modificación del Proyecto. Actualmente solo se considera la infraestructura regular y la realización de la Fase 2 de la construcción que incorpora una Planta de Tratamiento de RILes.
Además, el área destinada para la recepción del riego se ha modificado sustancialmente. La siguiente figura, ilustra los cambios realizados.
En cuanto a la fauna silvestre, la caracterización realizada en primavera de 2023, se avistaron tres especies endémicas de Chile, las cuales se presentan en la tabla siguiente, indicando las coordenadas geográficas en WGS 84 Datum 19 Huso S de cada individuo, así como información taxonómica y el estado de conservación de tales especies.
Figura 10. Individuos registrados y su estado de conservación según RCE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Fuente: Cap. 10 Adenda complementaria Como se puede observar en la siguiente figura, se encontraron dos individuos de Liolaemus chiliensis y Liolaemus lemniscatus, mientras que se encontraron cinco individuos de Liolaemus tenuis.
En relación con las condiciones de hábitat de las especies identificadas, a continuación, se presenta la ubicación de las especies encontradas.
Figura 11. Especies en categoría de conservación en el área de influencia campaña primavera 2023
Fuente: Cap. 1º Adenda complementaria
Ante lo anteriormente expuesto, hay que tener en cuenta la modificación que ha sufrido el Proyecto, la cual consiste en no llevar a cabo las etapas de construcción 3 y 4; dejando por consiguiente la construcción de la Etapa 2, la cual consiste en la instalación de una Planta de Tratamiento de RILes como se ilustra a continuación.
Teniendo en cuenta lo anteriormente descrito, se descarta la presencia de las especies catastradas con alguna de las etapas proyectadas. A pesar de lo anterior, se contempla la realización de charlas para la concientización por parte de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
los operadores de la planta como también así un Plan de Monitoreo de Fauna, presentado en un Compromiso Ambiental Voluntario, el cual tiene como objetivo; Monitorear la riqueza, abundancia y diversidad de las especies de reptiles presentes en la zona de influencia del proyecto (Liolaemus tenuis, Liolaemus chilensis y Liolaemus lemniscatus) con el fin de detectar si existen cambios en la comunidad de reptiles como resultado de las actividades operativas. El plan consistirá en la implementación de monitoreos, centrados en la observación de la presencia/ausencia, riqueza (número de especies), abundancia (número de individuos por especie) y diversidad (índice de diversidad de Simpson o Shannon). Se utilizarán métodos de captura y recaptura mediante trampas de caída (pitfall traps), transectos y observación directa. Si se detectan alteraciones significativas, se propondrán e implementarán medidas correctivas. Su justificación es la existencia de especies de reptiles en categoría de conservación en áreas a ser intervenidas por el Proyecto. Estas especies corresponden a Liolaemus chiliensis (Lagarto Chileno) Liolaemus lemniscatus (Lagartija lemniscata) y Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta), todas en Preocupación Menor.
c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Tal como se aborda en la letra a) del artículo 6 del Reglamento del SEIA, el proyecto no genera efectos adversos sobre la perdida de suelo o de su capacidad de sustentar biodiversidad, toda vez que el Proyecto no se encuentra en zona que pueda ser erosionada, además de que el Proyecto no contempla ampliaciones a sectores colindantes.
Importante considerar que el suelo no se verá afectado por presencia de contaminantes ya que las aguas tratadas ocupadas para riego, no superan los parámetros establecidos en la NCh 1333. Of.78 y la Guía del SAG: Aplicación de Efluentes al Suelo.
Por otro lado, considerando el componente hídrico, se tiene lo siguiente.
Según “Criterio de Evaluación en el SEIA: Contenidos Técnicos para la Evaluación Ambiental del Recurso Hídrico”, dentro de las alteraciones sobre este, se pueden mencionar las siguientes11:
- Cambio en la calidad del agua
- Cambio en el patrón de infiltración o recarga
- Alteración del flujo subterráneo pasante
- Cambios en los niveles de agua subterránea
- Cambio en el volumen embalsado
- Alteración de causes y riberas
- Alteración régimen de caudales
-
Modificación de red de drenaje Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
-
Aumento de zona de inundación
- Cambio o eliminación del cuerpo de agua
- Modificación de la hidrodinámica lacustre
- Alteración del régimen sedimentológico
Se indica que las aguas subterráneas no se verán afectadas en los términos citados en el artículo 6, toda vez que las aguas dispuestas a riego no superarán los parámetros establecidos en la NCh 1333. Of78 y en la Guía del SAG: Aplicación de Efluentes al Suelo.
Se descarta de igual forma la infiltración de las aguas de riego hacia napas subterráneas, ya que la cantidad de agua estipulada para riego, va de la mano con el balance hídrico realizado. En esta línea, se determinó la Demanda de Riego, la cual asegura que el efluente dispuesto no avance a napas subterráneas por la percolación o que exista un escurrimiento superficial hacia lugares no deseados.
La seguridad en la calidad de las aguas dispuestas a riego, se asegura a través de un Plan de Monitoreo, el cual se incorpora en el Plan de Manejo, presente en el Anexo N°09 de la presente Adenda Complementaria.
Ante cualquier evento fuera de los parámetros estipulados en el monitoreo de las aguas dispuestas a riego, se realizará la suspensión de la operación de las plantas de tratamiento de aguas residuales, y se dará aviso a la SMA y la DGA.
Como se mencionó, durante este capítulo, la realización de calicatas en la prospección realizadas el 5 de marzo del 2024, no se registró afloramiento de agua; considerando que las calicatas tuvieron una profundidad de 4 metros.
Importante destacar que, si se encontrara eventualmente agua, esta no sería nivel freático sino más bien, sería acumulación de agua de riego y de lluvias debido a la impermeabilidad de los estratos.
Respecto del impacto sobre el aire, y de acuerdo a los antecedentes que se encuentran señalados en la letra a) del artículo 5 del Reglamento del SEIA, el Proyecto supera los límites normativos establecidos para el contaminante MP10. En consecuencia, el titular se compromete a presentar tras la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde su dictación, el Programa de Compensación de Emisiones Atmosféricas a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de O'Higgins, compensando el 120% de las emisiones totales anuales generadas por el Proyecto.
Cabe destacar que para el desarrollo del Programa de Compensación de Emisiones, se considerará el año de mayor emisión, el cual corresponde al año 2011, donde se genera la mayor emisión de MP10 en la zona delimitada Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
donde aplica el PDA, ya que tal como indica el D.S. N°01/2021 MMA “ A efectos de la compensación de emisiones, aquellos proyectos que, con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, presenten algunas(s), modificación(es) y/o ampliación(es) y que deban ingresar al SEIA, deberán sumar estás emisiones a las anteriores que forman parte del proyecto, exceptuando aquellas emisiones que hayan sido compensadas previamente”. Por lo tanto, al no haber compensado anteriormente las emisiones generadas por el proyecto, se considera una compensación del 120 % de MP10 del año 2011 del proyecto.
Por consiguiente, no se prevé impacto ambiental significativo sobre el suelo, agua o aire, en relación con la condición base. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. En el área del Proyecto y por las características de este, no resultan aplicables las normas secundarias de calidad ambiental. Por lo anterior, se puede concluir que el Proyecto no producirá superación de los valores de las concentraciones establecidas en dichas normas. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. En relación a los niveles de ruido, se observa que a nivel nacional no se cuenta con normativa relacionada con este tipo de impacto sobre fauna silvestre. Ahora bien, a efectos de evaluar impactos, se utilizó como referencia la guía Effects of Noise on Wildlife an Other Animals, 1971, United States Environmental Protection Agency (EPA), la cual establece como límite máximo recomendado 85 decibeles para no generar efectos sobre la fauna silvestre.
Ahora bien, para realizar la correcta evaluación de ruido generado por el Proyecto, se realizó un Estudio Acústico, el cual permite estimar los niveles de presión sonora para las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, los cuales se pueden observar en el Anexo N°10 de la Adenda Complementaria.
De acuerdo con el referido Anexo, la estimación de niveles de ruido proyectados en todas sus fases se encuentra bajo 85 dB, parámetro establecido por la EPA como el valor máximo por sobre el cual se podría ver afectada la fauna silvestre.
En efecto, se tiene que, considerando los criterios establecidos en la guía de referencia Effects of Noise on Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Wildlife an Other Animals, 1971, United States Environmental Protection Agency (EPA), en ningún momento se sobrepasan los límites máximos recomendados. Por consiguiente, no existirán impactos ambientales significativos en los términos que indica el presente literal. f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables:
Los residuos asimilables a domiciliarios generados durante la Fase de Construcción tanto para la etapa 0, 1, 2 , corresponden a restos de comida, papeles, bolsas de basura. Estos residuos fueron dispuestos transitoriamente en contenedores de plástico de tapa hermética de 1 m3 ubicados en los frentes de trabajo y, posteriormente, retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana con la finalidad de evitar descomposición de restos de alimentos, focos de insalubridad, malos olores y/o vectores sanitarios. El retiro de estos residuos se realizó mediante empresas debidamente autorizadas y fueron destinados a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud. Se estima que se generaron aproximadamente 0,5 kg/día de residuos domiciliarios o asimilables por parte de los trabajadores en cada una de las etapas constructivas. De lo señalado, considerando 4 semanas promedio por mes y jornada de trabajo de lunes a sábado, se presentan a continuación los residuos por etapa constructiva.
Residuos Sólidos No Peligrosos:
Los residuos sólidos no peligrosos generados en fase de construcción correspondieron principalmente a restos de hormigón, madera y despuntes metálicos de las obras civiles. Adicionalmente, se indica que los residuos no peligrosos fueron dispuestos en rellenos sanitarios y/o botaderos autorizados por la Seremi de Salud.
Tabla N°83 – Generación de residuos solidos no peligrosos en Fase de construcción
Etapa Fuente Cantidad o volumen Etapa 0 Restos de materiales moldajes, plásticos, fierros, etc. 3 t/mes Movimiento de tierra 15.104,8 m3 Etapa 1 Restos de materiales moldajes, plásticos, fierros, etc. 3 t/mes Etapa 2 Restos de materiales moldajes, plásticos, fierros, etc. 3 t/mes Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Ahora, considerando las disposiciones del artículo 11 ter de la Ley, para efectos de la evaluación ambiental, deberá considerarse la sumatoria de los impactos ambientales provocados por el Proyecto original más su modificación. De este modo, para efectos de la presente evaluación, considerando la ocurrencia simultánea de la Fase de Construcción y Operación actual, la siguiente Tabla resume los residuos generados por el Proyecto.
Tabla N° 84 – Generación de residuos en ocurrencia de fases simultáneas Etapa Generación diaria [t/mes] Construcción Etapa 0 3 Operación etapa 0 + Construcción Etapa 1 88,14 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Construcción Etapa 2 90,14 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Operación Etapa 2 85,14 Operación global 85,14 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Residuos peligrosos:
Los residuos peligrosos generados durante la Fase de Construcción corresponden principalmente a envases de pintura, adhesivos, solventes, tubos fluorescentes, trapos y guapes, ropa y papeles sucios. Los residuos fueron y serán contenidos de manera temporal en contenedores con tapa debidamente rotulados. Para dicho propósito existieron bodegas para la mantención transitoria de residuos peligrosos, los cuales fueron manejados según lo dispuesto por el D.S. N°148/2003, del MINSAL. En la Tabla a continuación, se describen los principales residuos generados en cada etapa de construcción. Tabla N°14 – Generación de residuos peligrosos
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Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Ahora, considerando las disposiciones del artículo 11 ter de la Ley, para efectos de la evaluación ambiental, deberá considerarse la sumatoria de los impactos ambientales provocados por el proyecto original y su modificación. De este modo, para efectos de la presente evaluación y, considerando la ocurrencia simultánea de la Fase de Construcción y Operación, la siguiente Tabla resume los residuos generados por el Proyecto.
Tabla N°85 – Generación de residuos peligrosos 11 ter de la ley Etapa Generación diaria [Kg/mes] Construcción Etapa 0 75 Operación etapa 0 + 215 Etapa Fuente Cantidad [kg/año] Etapa 0
Envases de pintura, pegamentos y solventes. 20 Envases de pintura en spray 20 Envases de aguarrás 15 Tubis fluorecentes 10 Trapos, guaipes, ropas y papeles sucios y/o contaminados 10 Total Etapa 0
75 Etapa 1
Envases de pintura, pegamentos y solventes. 20 Envases de pintura en spray 20 Envases de aguarrás 15 Tubis fluorecentes 10 Trapos, guaipes, ropas y papeles sucios y/o contaminados 10 Total Etapa 1
75 Etapa 2
Envases de pintura, pegamentos y solventes. 20 Envases de pintura en spray 20 Envases de aguarrás 15 Tubis fluorecentes 10 Trapos, guaipes, ropas y papeles sucios y/o contaminados 10 Total Etapa 2
75 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Construcción Etapa 1 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Construcción Etapa 2 215 Operación etapa 0 + Operación etapa 1 + Operación Etapa 2 140 Operación global 140 Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
Sustancias Peligrosas:
Tabla N° 86 – Sustancias peligrosas a utilizar por el proyecto en Fase de Construcción Fuente Cantidad o volumen Almacenamiento Tubos fluorecentes 10 kg/mes Almacenamiento en bodega común, en recipients hermeticos y debidamente identificados, según lo dispuesto en la NCh2190/93, dentro de un área especialmente destinada para esta función. Baterías 5 kg/mes Aceites 15 kg/mes
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria.
Tabla N°87 – Sustancias peligrosas fase de operación Producto Cantidad Tipo de envase Pintura blanca al agua 40 L Galón de 5 L Pintura blanca esmalte 10 L Galón de 5 L Pintura amarilla 20 L Galón de 5 L industrial Pintura amarilla al agua 45 L Galón de 5 L Pintura wisard verde 10 L Galón de 10 L Pintura verde al agua 15 L Galón de 10 L Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Anticorrosivo 10 L Galón de 10 L Pintura morada al agua 17 L Galón de 5 L Pasta muro 5 kg - Pegamento 3 L Galón de 1 L Grasa 7 kg Envase de 1 kg Limpiadores 154 L Bidón de 20 L
Fuente: Elaboración propia. Anexo 10. Adenda complementaria
g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. El Proyecto no considera la intervención de cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles.
g.2. Cuerpos o cursos de agua que se generen fluctuaciones de niveles. El Proyecto no considera la intervención de cuerpos de aguas subterráneas que puedan generar una fluctuación de niveles, dado que su alimentación del recurso hídrico será proveniente de la empresa proveedora del sector.
g.3. Vegas y/o bofedales que pudieran ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. El Proyecto no considera la intervención de vegas y/o bofedales que pudieran ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de agua. Tampoco estos ecosistemas se emplazan en las cercanías del Proyecto.
g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieran ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. El Proyecto no considera la intervención de áreas o zonas de humedales, estuarios y tuberas. Por su parte, estos ecosistemas tampoco se emplazan en las cercanías del Proyecto.
g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. El proyecto no considera la intervención de glaciares. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional.
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5.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos 5.3 SOBRE LA INEXISTENCIA DE REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE Impacto ambiental Se descarta que las partes, obras y/o acciones del Proyecto pueda afectar los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos identificados en el área de influencia, según establece el Artículo 7 del Reglamento SEIA. Existencia de grupos humanos en el área de influencia El Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos identificados, ya que las organizaciones sociales se concentran fuera del recinto de Pacific Nut Company Chile S.A., en el sector residencial urbano del área de influencia, a 500 metros aproximadamente al poniente del Proyecto. Reasentamiento de comunidades humanas Es posible concluir que el Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas, ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos o pueblos indígenas, por lo que el Proyecto no requiere ingresar al SEIA mediante un EIA por los efectos, características y circunstancias consideradas en el artículo 7 del Reglamento del SEIA. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Sustento Económico El Proyecto no intervendrá actividades productivas y económicas dependientes de la extracción de recursos naturales en el área de influencia, principalmente considerando que estas actividades se restringen a los límites del terreno en los cuales se emplazan, sin ser intervenidas por las obras, partes y acciones del Proyecto.
Sustento Tradicional ▪ Medicinal: En el área de influencia no se identifica recolección de hierbas medicinales por parte de los grupos humanos presentes. ▪ Espiritual: En el área de influencia no se identifican recursos naturales utilizados con fines espirituales por parte de los grupos humanos presentes. ▪ Cultural: En el área de influencia no se identifican actividades y/o manifestaciones culturales asociadas a recursos naturales por parte de los grupos humanos presentes.
Debido a la inexistencia de actividades productivas y/o tradicionales dependientes de recursos naturales en el área de influencia, las partes, obras y/o acciones del Proyecto no intervendrán, utilizarán o restringirán el acceso a estas con fines económicos de los grupos humanos o para cualquier otro uso tradicional, recreativo o cultural. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos El área de influencia del Proyecto se emplaza en el territorio comunal de Mostazal, específicamente hacia el oriente de la Ruta 5 Sur, a unos 700 metros respecto al Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
de desplazamiento. centro administrativo de la ciudad. Su conectividad está dada principalmente por la Ruta 5 y su acceso por la calle que conecta con la rotonda Luco.
Referido al Proyecto, actualmente este cuenta con la infraestructura de planta materializadas y en operación, por lo cual no se proyectan nuevos recorridos con la aplicación de las proyectadas, siendo el tránsito considerado en la fase de operación principalmente por Ruta 5 Sur. De esta manera, los camiones operarán sin transitar por vías del sector residencial y, por tanto, sin alterar las dinámicas de desplazamiento de la población.
En detalle se tiene lo siguiente:
La carga y descarga de insumos para el proyecto se realizará dentro de la propiedad, no generando una obstrucción en las calles adyacentes al área de influencia y no afectando los tiempos de desplazamiento de los usuarios, esto debido a que las capacidades de las vías mantendrán sus estándares normales de niveles de servicios. En la siguiente tabla, se pueden identificar los resultados de la modelación con proyecto, donde los grados de saturación de las vías no sobrepasan el 52%, lo que quiere decir que en todos los arcos analizados no se verán sobre cargados por los viajes inducidos del proyecto.
Figura 12. Modelación de resultados situación con proyecto norte
Fuente: Cap. 1º. Adenda complementaria
Figura 13. Modelación de resultados situación con proyecto sur Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Fuente: Cap. 1º. Adenda complementaria
● El proyecto no genera obstrucción a las estaciones, paraderos de buses y/o taxis colectivos, así como a los accesos a dichas infraestructuras de transporte. Además, los grupos humanos en el área de influencia no se verán afectados por el proyecto debido a que la zona donde se emplaza la iniciativa corresponde a suelos de uso industrial con baja densidad poblacional. En las siguientes figuras se identifica la Zona a la cual corresponde el proyecto según el Plan Regulador Comunal de Mostazal y las normas urbanísticas que rigen en él. Identificando que para la Zona ZI permite la instalación de industrias inofensivas y prohíbe el uso de suelo con destino residencial.
Figura 14 Ubicación proyecto, Plan Regulador de Mostazal
Fuente. Cap 10, Adenda complementaria
● El proyecto no genera alteración y obstrucción a rutas peatonales y ciclovías que se encuentran disponibles en el área de influencia. Aunque la iniciativa corresponde a una nueva construcción, no existirá modificación a los espacios públicos por la proyección de elementos verticales, manteniendo los estándares de accesibilidad universal actualmente disponibles en la Caletera. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
● De acuerdo con la simulación de categorización IMIV indicado en el capítulo 3.1 del Estudio de Acceso Vial actualizado, y considerando los viajes inducidos por el proyecto, estos no son significativos para generar una sobre carga al sistema de movilidad local, principalmente al transporte privado motorizado, y tampoco al transporte publico respecto a su capacidad máxima de atención.
● Respecto a la situación con proyecto y la saturación de la capacidad de la vía, cabe destacar que la Caletera poniente de la Ruta 5 Sur es la principal ruta de acceso y egreso del proyecto, dispone de una amplia faja con 2 pistas unidireccional de sur a norte, con ciclovía y acera peatonal, soportando todos los modos de transporte existentes. Además, los bajos valores en cuanto a los viajes atraídos y generados por el proyecto no permiten la saturación de la capacidad de la vía o veredas en los horarios puntas existentes. Esto se puede identificar en las modelaciones, donde indica que existe un nivel de servicio favorable para la cantidad de flujo actual y proyectado.
● Para finalizar y considerando los resultados obtenidos en las modelaciones del Estudio de Acceso Vial, se puede identificar que los valores asociados al modo caminata y bicicleta son bajos, concluyendo que la situación con proyecto no generaría afectación en las capacidades de las veredas y ciclovías existentes para la conectividad y libre circulación de los usuarios.
c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. La disponibilidad de servicios comerciales, financieros, administrativos, equipamiento de salud y educacional se concentra en el centro urbano de San Francisco de Mostazal, hacia donde la población se desplaza a diario con el fin de subsanar sus necesidades. En particular, el centro urbano se encuentra a aproximadamente 500 metros del área del Proyecto, en dirección poniente.
A mayor abundamiento, en cuanto a equipamiento de salud, los entrevistados indican acceder al Centro de Salud Familiar de Mostazal, emplazado en el centro urbano, considerando para casos de mayor urgencia, o atención de especialidades, dirigirse hacia el Hospital de Rancagua o Graneros.
En cuanto a los equipamientos educacionales, estos se encuentran en los alrededores de calle Luco, vía de desplazamiento principal que permite acceder a los colegios en el área de influencia correspondientes a los Colegios Teresiano Juanita Fernández, Colegio San Andrés, Colegio La Misión, y Colegio Andrés Bello.
Los servicios comerciales y financieros identificados corresponden a establecimientos menores como verdulerías, almacenes y minimarkets, y servicio de Cajas Vecinas de Banco de Estado para realizar los principales trámites financieros. Para mayor oferta, los grupos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
humanos se desplazan hacia el centro de San Francisco de Mostazal.
Debido a la naturaleza del Proyecto, este no aportará residentes permanentes al área de influencia, por lo que no alterará o restringirá el acceso y calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica actualmente utilizada por los grupos humanos del área de influencia para satisfacer sus necesidades. En cuanto a la mano de obra, la cantidad de trabajadores en fase de operación del Proyecto podría aumentar, pero no significativamente, debido a que la planta ya se encuentra en funcionamiento actual.
A su vez, la ruta de camiones asociada a la fase de operación del Proyecto será principalmente por la Ruta 5 y en fase de construcción por esta misma vía más una pequeña porción de calle Luco en dirección ferretería Chilemat S.A.
Por lo señalado, las partes, obras y/o acciones del Proyecto no generarán impactos en relación con el acceso a bienes, equipamientos, servicios e infraestructura básica por parte de la población del área de influencia.
d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. El área de influencia se caracteriza por representar una composición heterogénea, articulando distintos usos de territorio, como comerciales, industriales y residenciales, lo que conlleva a una configuración socialmente dinámica. Frente a la dificultad o impedimento para el ejercicio cultural o manifestación de tradiciones o intereses comunitarios que puedan afectar el sentimiento de arraigo y cohesión social, se ha considerado lo siguiente para poder descartar la presencia de potenciales impactos significativos:
- Procesos de cambio en el territorio.
- Distribución de organizaciones funcionales en el territorio y caracterización de la participación ciudadana (PAC).
- Identificación de actividades tipo socioculturales y localización espacial del desarrollo de festividades y/o hitos culturales.
- Catastro de sitios con significancia cultural.
Procesos de Cambio en el Territorio
Antiguamente, el sector se caracterizaba por la actividad agrícola. Según entrevistados, el sector se comienza a urbanizar hace 10 años. Hoy en día se utiliza el predio para la agroindustria, donde se encuentra en operación la planta procesadora de frutos secos, la cual proyecta una ampliación por la cual se encuentra entrando a evaluación ambiental. Cabe señalar que el sector de riego que se encuentra dentro del área del proyecto actualmente es de uso agrícola, actividad que no será modificada con la ampliación del mismo proyecto, solo será destinada esta zona para el riego con los riles tratados de la empresa. A Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
nivel del área de influencia se ha generado un importante desarrollo de la actividad agroindustrial, teniendo colindante al predio de emplazamiento, una gran cantidad de empresas dedicadas al rubro en cuestión.
Distribución de Organizaciones Funcionales en el Territorio y Caracterización de la Participación Ciudadana
Se identifica que la mayoría de la población adhiere a las actividades realizadas en la sede de la Unión Comunal para Adultos Mayores, emplazada en calle Nueva Luco. Sin embargo, se debe señalar que, si bien en el área de influencia se constata la presencia de organizaciones sociales, tales como junta de vecinos, agrupaciones religiosas, etc., estas se ubican en sectores aledaños al Proyecto y no en el emplazamiento mismo del proyecto, ni tampoco en las rutas de circulación de los flujos viales en las distintas etapas del proyecto, sin ver el modo de funcionamiento de las diversas agrupaciones.
Identificación de Actividades de Tipo Socioculturales y Localización Espacial del Desarrollo de Festividades y/o Hitos Culturales
La actividad social comunitaria se concentra en el sector residencial urbano, a aproximadamente 500 m del área de emplazamiento del proyecto. De la información primaria de esta línea base se puede señalar que la participación con mayor frecuencia de la población, corresponde a actividades que convoca la Municipalidad de Mostazal, como por ejemplo el aniversario comunal, festival de la canción y festividades como el día del padre, la madre, día del niño y navidad, las cuales son convocadas en la Plaza de Armas, o en parque La Terraza, fuera del área de influencia y ubicado a 740 metros aproximadamente en dirección sur poniente del área del Proyecto.
Respecto de las Festividades Religiosas, en la Comuna se identifican se identifican procesiones como Virgen del Carmen que se celebra el día 16 de julio en la Parroquia San Francisco de Asís, ubicada en el centro de la ciudad a aproximadamente 1,74 km en dirección sur poniente del área del Proyecto. La festividad religiosa que recuerda a San Francisco de Asís, patrono de la comuna, procesión que recorre las calles de la ciudad y se celebra el día 4 de octubre en la Parroquia San Francisco de Asís, ubicada en el centro de la ciudad aproximadamente 1,74 km en dirección sur poniente del área del Proyecto y por último la Fiesta de Cuasimodo que se celebra el fin de semana posterior a Semana Santa, el recorrido comienza desde la Parroquia San Francisco de Asís, para luego recorres el interior del sector urbano de la comuna de Mostazal, específicamente en las inmediaciones de Av. Independencia, a aproximadamente 850 metros de distancia en sentido poniente.
Respecto a la actividad social comunitaria identificada en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
el área de influencia, dado la naturaleza y ubicación del Proyecto, se descarta que sus partes, obras y/o acciones puedan intervenir su desarrollo o restringir la participación de la población en ella. Lo anterior, debido a que los camiones no circularán por ninguna de las calles internas de las villas del área de influencia, donde se encuentran las sedes sociales, lugar donde se realizan actividades de carácter comunitario. La ruta de camiones recorre principalmente la Ruta 5, autopista de alto flujo de vehículos en general, además de una pequeña porción de calle Luco en dirección ferretería Chilemat S.A, solo en la fase de construcción, sin afectar la realización de las actividades comunitarias mencionadas anteriormente.
Catastro de Sitios con Significación Cultural
Por su parte, la empresa Pacific Nut Company Chile S.A. no tiene lugar actividades comunitarias de acceso público.
Con relación a la presencia de población protegida, en el área de influencia no existen Asociaciones Indígenas, Comunidades Indígenas, Títulos de Merced, ni Áreas de Desarrollo Indígena. En este contexto, cabe precisar que en la empresa y en sus inmediaciones no existe infraestructura asociada a ritualidad o manifestaciones tradicionales.
A partir de los antecedentes señalados, el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos identificados, ya que las organizaciones sociales se concentran fuera del recinto de Pacific Nut Company Chile S.A., en el sector residencial urbano del área de influencia, a 500 metros aproximadamente al poniente del Proyecto.
Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Con relación a la presencia de población protegida, en el área de influencia no existen Asociaciones Indígenas, Comunidades Indígenas, Títulos de Merced, ni Áreas de Desarrollo Indígena.
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5.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar 5.4 SOBRE LA INEXISTENCIA DE LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Sobre la base de los antecedentes entregados y del emplazamiento del Proyecto, es posible afirmar que el Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, por lo que el Proyecto no requiere ingresar al SEIA mediante un EIA por los efectos, características y circunstancias consideradas en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Existencia de poblaciones protegidas El Proyecto no se emplaza en tierras indígenas ni cercano o próximo a comunidades o asociaciones indígenas. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental Las obras del Proyecto se emplazan fuera y alejadas de áreas protegidas y/o colocadas bajo protección oficial, incluidos los glaciares, humedales protegidos, sitios prioritarios y de valor ambiental. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. El Proyecto no se emplaza en tierras indígenas ni cercano o próximo a comunidades o asociaciones indígenas. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. En efecto, las áreas protegidas y/o colocadas bajo protección oficial más cercanas son las que se señalan a continuación.
Figura 15. Áreas protegidas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Fuente: Cap. 10. Adenda complementaria.
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De la Tabla anterior, se desprende que el Proyecto no se localiza en áreas colocadas bajo protección oficial, ni tampoco se localiza próximo a ellas. De tal modo, se descartan efectos negativos sobre los objetos de protección de algún área protegida o colocada bajo protección oficial.
Por su parte, en la región del Libertador General Bernardo O’Higgins no existen humedales protegidos clasificados en la categoría RAMSAR.
Por último, de acuerdo con el “Inventario de Glaciares de Chile de la Dirección General de Aguas”, en el área de influencia del Proyecto no se identifica el emplazamiento de ningún glaciar.
5.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona 5.5 SOBRE LA INEXISTENCIA DE ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No se identifica impacto ambiental. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Existencia de valor turístico
La relación de los Proyectos con el componente ambiental Zonas de Interés Turístico, guarda relación con la localización del Proyecto respecto al emplazamiento de estas zonas. Respecto a lo anterior, el área de emplazamiento del Proyecto no se encuentra en ninguna Zona de Interés Turístico y tampoco se identificaron obras y actividades en el predio que, potencialmente, pudieran generar impactos a ZOIT cercanas. Sumando a lo anterior, las Zonas de Interés Turístico existentes más cercanas al área de estudio se presentan en la siguiente tabla.
Figura 16. Zona de interés turístico
Fuente: Cap.10. Adenda complementaria
Dado lo anterior, no se identificaron actividades que generen potenciales impactos para este componente, por lo que no se justifica definir un AI para Zonas de Interés Turístico.
Existencia de valor paisajístico La relación de los Proyectos con el componente ambiental paisaje, guarda relación con el valor paisajístico de la zona de emplazamiento, la calidad visual del paisaje, la existencia de unidades singulares o de escasa representación local, y afectación de cuencas visuales. El área de estudio, por su parte, no posee atributos biofísicos y estéticos de valor, debido principalmente a que corresponde a un paisaje ampliamente antropizado, de nula Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
exclusividad y de estructuras comunes en ciudades. Así, el área de influencia del Proyecto se determina sobre la base del área visible del Proyecto por un observador, a través de la determinación de rangos de distancias dependiendo de la capacidad del observador de percibir detalles. Por ello, el área de influencia se define de acuerdo con los puntos de observación relevantes en el área de estudio, y su relación con las áreas de intervención del Proyecto.
De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. Entendiendo la definición de una zona de valor paisajístico según lo señalado anteriormente, en cuanto a que debe ser perceptible visualmente y que los atributos otorguen una calidad única y representativa, es importante aclarar que la accesibilidad visual hacia las partes, obras y acciones del Proyecto se encuentra completamente antropizado por el uso humano en el sector. El AI determinada para el componente paisaje está definida sobre la base de la disponibilidad de visibilidad del Proyecto desde determinados puntos de la comuna de Paine.
Destaca en el sector en el costado poniente la existencia del eje vial Ruta 5 Sur, y al norte, sur y nororiente zonas industriales, factores que actúan como barreras visuales. En cuanto al sector sur oriente se puede observar un sector agrícola, en el cual colinda con el sector destinado para riego, delimitado por calles locales.
En general, la calidad visual del paisaje es baja, así como su fragilidad visual, el protagonismo de las construcciones da cuenta del importante nivel de antropización y tecnificación del área de emplazamiento del Proyecto.
La combinación de elementos tales como industrias, residencia, comercio y red vial, no permiten la existencia de atributos escénicos relevantes, siendo estas estructuras aquellas que resaltan del paisaje.
Por lo anterior, no se genera una obstrucción a la visibilidad del Área de Influencia del paisaje.
b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. Considerando lo expuesto anteriormente, la zona de emplazamiento del Proyecto no presenta valor paisajístico, debido principalmente a la escasez de atributos y elementos que otorguen calidad visual única y representativa al sector, que generen una singularidad del área de emplazamiento del Proyecto, además de no existir accesibilidad visual hacia las partes, obras y acciones del Proyecto.
A lo anterior, debe sumarse que el área ha sido intervenida durante años por las actividades agrícolas e industria, por Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
lo que la naturalidad se ve restringida.
Conforme a lo anterior, se concluye que el Proyecto no contempla la alteración de zona con valor paisajístico.
A raíz de lo anterior, y conforme al análisis expuesto, el área de emplazamiento del Proyecto no presenta valor paisajístico, ni tampoco.
En cuanto a la existencia de atractivos de categoría cultural cercano al área de emplazamiento del Proyecto, se puede mencionar la existencia de la Estación de Ferrocarriles de San Francisco de Mostazal a 900 m al poniente aproximadamente, sin embargo, este se encuentra al otro lado de la Ruta 5 Sur.
La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. Desde el punto de vista del valor turístico, el área de emplazamiento del Proyecto no presenta flujo de visitantes o turistas que se atraigan actualmente y, a su vez, no presentan valor paisajístico, ni valor cultural ni tampoco valor patrimonial.
Según los lineamientos de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Valor Turístico en el SEIA (2017), el área de emplazamiento del Proyecto no reúne las condiciones de que presente valor turístico, en cuanto a que se deben presentar los siguientes rasgos:
- Atracción de flujos de visitantes o turistas.
- Valor paisajístico.
- Valor cultural.
- Valor patrimonial.
Conforme a lo anterior, se concluye que no resulta aplicable la tipología referida a alteración significativa de la accesibilidad y de una zona con valor turístico, considerando que no se reúnen las condiciones de valor turístico en el área de emplazamiento del Proyecto, y que no se generará una alteración de la accesibilidad a otras áreas de valor turístico ni tampoco se alterará una zona con valor turístico.
5.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural 5.6 SOBRE LA INEXISTENCIA DE ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental El Proyecto no generará impactos significativos en monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, situación por la cual el Proyecto no requiere ingresar al SEIA mediante un EIA. Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, Como resultado de la caracterización de Patrimonio Cultural y Arqueológico de la presente DIA, el área del Proyecto no se inserta ni se encuentra cercano a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Monumentos Históricos, Zona Típica o Pintoresca y Santuarios de la Naturaleza, según la Nómina de Monumentos Nacionales del CMN. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. En lo que respecta a la prospección arqueológica acompañada en el Anexo N°16 de la DIA, se indica que no se detectaron monumentos en el AI del Proyecto, siendo el Monumento Arqueológico más cercano, el correspondiente a Copec Codegua Poniente 1, ubicado a 3,4 km al sur oeste del Proyecto. Se destaca, igualmente, que el Proyecto se encuentra siendo sometido a evaluación ambiental para una regularización que contempla materializada las etapas 0 y 1, encontrándose ya antropizado el área de estudio. En cuanto al área donde se proyecta la etapa 2, ésta se inserta en las inmediaciones de las etapas ya construidas, y por tanto, intervenidas y antropizadas. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. En virtud de los resultados de la caracterización arqueológica, contenida en Anexo N°16 de la DIA, donde se indica que a partir de los resultados obtenidos en el presente informe de Línea Base Arqueológica, en relación a la revisión bibliográfica se puede señalar que no se demuestra una significativa presencia de antecedentes arqueológicos para la zona, existiendo algunos sitios a distancias cercanas del área del proyecto. Sin embargo, ninguno de estos se encuentra en el área que comprende el presente estudio. Los hallazgos más inmediatos se encuentran a una distancia aproximada de 4 km hacia el SW del área inspeccionada, relacionada con un sitio detectado bajo el marco de SEA, particularmente el sitio Copec Codegua Poniente 1. En cuanto a la inspección arqueológica del área del proyecto, no se detectó la presencia de restos arqueológicos ni culturales protegido por la Ley 17.288. Dicha inspección se realizó en condiciones generales de buena visibilidad en prácticamente toda la superficie. es posible sostener que el Proyecto no modificará o deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenece al patrimonio cultura. De la misma forma, no se registró la existencia de patrimonio cultural indígena en el AI del Proyecto. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. En virtud de los resultados expuestos en el estudio de caracterización de medio humano – véase Anexo N°06 de la Adenda Complementaria – se concluye que el Proyecto no generará alteración lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones culturales o folklore de alguna comunidad o grupo humano.
Con relación a la presencia de población protegida, en el área de influencia no existen Asociaciones Indígenas, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Comunidades Indígenas, Títulos de Merced, ni Áreas de Desarrollo Indígena. En este contexto, cabe precisar que en la empresa y en sus inmediaciones no existe infraestructura asociada a ritualidad o manifestaciones tradicionales. A partir de los antecedentes señalados, el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos identificados, ya que las organizaciones sociales se concentran fuera del recinto de PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A.”, en el sector residencial urbano del área de influencia, a 500 metros aproximadamente al poniente del Proyecto.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso del artículo 138 del Reglamento del SEIA.- Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de operación
Parte, obra o acción a la que aplica Planta de tratamiento particular de aguas servidas.
El Proyecto es saneado por un sistema de recolección de cañerías de PVC, las que conducen las aguas servidas a un sistema particular de tratamiento, consistente en una planta de tratamiento tipo lodo activado con capacidad de tratamiento de 37,5 m3 /día. En cuanto a la disposición final de los efluentes, estos serán almacenados en un estanque de 26 m3, para luego ser dispuestas mediante riego por aspersión en sectores definidos.
Figura 17. Ubicación de PTAS
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Fuente: Anexo 01. PAS 138. Adenda Complementaria.
Este sistema de alcantarillado se ha diseñado para recibir solamente las descargas de aguas servidas provenientes de los servicios sanitarios he higiene, a excepción de las unidades de desinfección y filtración finales que recibirán el efluente del Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas como del Sistema de Tratamiento de RILes. Todo el diseño, construcción y la puesta en servicio de esta instalación se rige y regula por el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado, así como también por la NCh 2.592 Of 2001 Uniones Domiciliarias de Alcantarillado en Tuberías de Policloruro de Vinilo (PVC) Rígido – Requisitos Generales.
Figura 18. Proceso PTAS
Fuente: Anexo 01. PAS 138. Adenda Complementaria.
Luego de pasar por el sistema de filtros las aguas serán dirigidas hacia un estanque de almacenamiento capaz de contener 26 m3. El diseño propuesto contempla el riego por aspersión en sectores definidos, abarcando un total de 0,8 hectáreas.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población. a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento. b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas. c) Generación de aguas servidas. d) Características físico - químicas de las aguas servidas. e) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas. f) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado, según corresponda. g) Indicación del período de retorno considerado para el diseño de los desagües de aguas lluvia. h) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa séptica. i) Descripción general de la generación y manejo de lodos. j) Programa de monitoreo. k) Plan de contingencias. l) Plan de emergencia.
Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI DE SALUD DE ORD. Nº 147 de fecha 30 de enero del 2024 se pronuncia conforme con lo presentado en adenda. Referencia al ICE para mayores detalles Ver Anexo 01. Adenda Complementaria
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6.1.2. Permiso del artículo 139 del Reglamento del SEIA.- Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Operación
Parte, obra o acción a la que aplica Planta de Tratamiento de Riles Los RILes son generados en la planta de despelonado de la fruta. Pacific Nut cuenta con dos líneas de despelonado de nueces (mediante tambor giratorio e inyección de agua), ambas con sistema de conducción y recepción de RILes, que permiten dirigir estos hacia la primera etapa del tratamiento, dedicada a la remoción de solidos gruesos.
Descripción Planta Tratamiento de Riles Homogenización de caudales: Se considera un estanque de 40 m3 (Tq 1) con el objetivo de ecualizar, homogenizar y ajustar pH en el RIL de entrada de proceso. Tratamiento Físico Químico: Tratamiento Químico Coagulación y Floculación. El DAF es un equipo que se utiliza para separar sólidos suspendidos y otros contaminantes del agua o de líquidos residuales mediante el uso de microburbujas de aire. Estas burbujas se adhieren a las partículas sólidas, haciéndolas menos densas y permitiendo que floten a la superficie, donde pueden ser fácilmente removidas. Estanque de recepción del RIL Clarificado: El clarificado excedente se enviará, mediante rebalse, a la planta de desinfección, ubicada después de la planta de tratamiento de aguas servidas, que, en conjunto serán pasados por sistema de filtros de arena y greensand para abatir el manganeso y el cloruro en exceso. Este proceso asegurará que las aguas tratadas cumplan con los estándares exigidos por la normativa chilena (NCh 1333 Of.78) y las guías del SAG, permitiendo su posterior reutilización en riego. Estanque Recepción de Lodos : El lodo será impulsado con una bomba de membrana neumática, hacia estanque de acumulación de 10 m3 , con el objetivo de almacenar y distribuir el lodo hacia tolva de disposición. Desinfección (Cámara de Contacto): El RIL Clarificado que no es recirculado al proceso de despelonado, se enviará, mediante rebalse, a la planta de desinfección, ubicada después de la planta de tratamiento de aguas servidas. Filtro de Arena: La filtración es una operación unitaria, en la que una suspensión sólido líquido circula a través de un medio poroso, el cual retiene los sólidos y deja pasar el líquido. Descarga: Luego de pasar por el sistema de filtros las aguas serán dirigidas hacia un estanque de almacenamiento capaz de contener 26 m3 . La descarga del agua tratada se realizará mediante riego por aspersión a sectores definidos. Figura 19. Zona de riego Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Fuente: Anexo 01. PAS 139. Adenda Complementaria.
Programa de monitoreo y control de parámetros de operación, incluyendo parámetros críticos • El monitoreo de las aguas de riego o efluente tratado se realizará conforme a los parámetros establecidos en el numeral 6 de la NCh 1.333 Of78 y aquellos parámetros de la “Guía de Evaluación Ambiental – Aplicación de Efluentes al Suelo – SAG”. • Se realizarán mediciones mensuales del efluente tratado en el estanque de acumulación, posterior a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental y estando operativo el sistema de tratamiento de RILes. Estos consistirán en tomas de muestras puntuales para posteriormente ser enviadas a un laboratorio autorizado, con el fin de obtener los parámetros vigentes para disponer vía riego. Se entregará un Informe de Seguimiento Ambiental de manera trimestral durante 5 años, conforme al procedimiento descrito por la Resolución Exenta N°223/2015, de la SMA. Control de parámetros operacionales: Se considera un plan de monitoreo diario para la detección de fallas o inconvenientes propios de la operación de PTR. El plan considera al operador de PTR con la revisión de todo el circuito de tratamiento al menos 2 veces por turno. Esta revisión cuenta con una lista de chequeo, para la documentación de eventos generados durante la temporada. Es importante mencionar que la planta cuenta con un laboratorio para el control estadístico de procesos. En este laboratorio se registrarán los resultados de los análisis realizados con el objetivo de mantener una planilla de registro actualizada diariamente con los parámetros definidos para PTR como también para el manejo de lodos.
Análisis de nivel freático Se realizo una campaña de terreno en donde se realizaron dos calicatas de aproximadamente 4 metros de profundidad, de las cuales no se detectaron niveles de agua en el Proyecto. A continuación, se presentan las calicatas realizadas en terreno. Figura 20. Calicata 1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Fuente: Anexo 01. PAS 139. Adenda Complementaria.
Figura 21. Calicata 2
Fuente: Anexo 01. PAS 139. Adenda Complementaria.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de residuos industriales líquidos no amenace la salud de la población. a) Descripción de los procesos en los que se generan los residuos líquidos industriales o mineros, estimación de sus caudales y caracterización. b) Plano de emplazamiento del sistema de tratamiento. c) Diseño del sistema de tratamiento que incluya diagrama de flujo y de las unidades y equipamiento necesario para conducir, tratar y descargar el efluente. d) Programa de monitoreo y control de parámetros operacionales, incluyendo parámetros críticos. e) Descripción y georreferenciación de las obras o infraestructura de descarga de los residuos tratados, si corresponde. f) Descripción y caracterización del cuerpo receptor superficial y/o subterráneo, identificando sus usos actuales y previstos. g) Efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o curso receptor, considerando los usos identificados. h) Plan de manejo de lodos y de cualquier otro residuo generado. i) Plan de contingencias. j) Plan de emergencia.
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Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI DE SALUD DE ORD. Nº 147 de fecha 30 de enero del 2024 se pronuncia conforme con lo presentado en adenda. Referencia al ICE para mayores detalles Ver Anexo 01. Adenda Complementaria.
6.1.3. Permiso del artículo 140 del Reglamento del SEIA .- Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase construcción, operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Proyecto: El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, será el establecido en los artículos 79 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley N°725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario, y siempre que no corresponda la aplicación de otro permiso ambiental sectorial por la misma acción.
Fase de construcción -Durante las etapas de construcción, los residuos asimilables a domiciliarios corresponden a restos de comida, papeles y bolsas de basura. Estos residuos fueron y serán dispuestos transitoriamente en dos contenedores de plástico de tapa hermética de 1 m3 de capacidad máxima de almacenamiento, ubicados en los frentes de trabajo y, posteriormente, retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana con la finalidad de evitar descomposición de restos de alimentos, focos de insalubridad, malos olores y/o vectores sanitarios. El retiro de estos residuos se realizó y realizará mediante camiones municipales y fueron y serán destinados a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud. -Se contempla la habilitación de un sitio de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, al interior de la instalación de faenas considerada para estas etapas. Este Sitio de Almacenamiento Temporal cumplirá con las disposiciones establecidas en el Código Sanitario y el Decreto Supremo 594/1999 MINSAL. Tendrá una superficie de 30 m2 y será emplazado dentro de los límites del predio, acorde a las especificaciones indicadas a continuación
Fase de Operación -Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios Los residuos asimilables a domiciliarios corresponderán específicamente a restos de comida, papeles, bolsas de basura, entre otros de similares características, estos residuos serán dispuestos en 3 contenedores de polietileno de alta densidad de 240 l de capacidad máxima de almacenamiento, con tapa y cierre hermético. La frecuencia de retiro es de dos a tres veces por semana, según la planificación municipal. -Por su parte, respecto a los residuos sólidos industriales no peligrosos generados durante la Fase de Operación, corresponden a cartones y papel de oficina. Estos residuos son dispuestos de forma transitoria en dos contenedores de polietileno de alta densidad de 1 m3 de capacidad de almacenamiento, con tapa y cierre hermético. El Proyecto cuenta con un sector de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos.
Fase de Cierre -Los residuos asimilables a domiciliarios generados durante la Fase de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Cierre, corresponderán a restos de comida, papeles, bolsas de basuras, entre otros similares. Estos residuos serán dispuestos transitoriamente en contenedores de plástico de 1 m3 ubicados en el Área de acopio temporal de Residuos Domiciliarios, la cual estará dispuesta al interior de la instalación de faenas, con una superficie de 3 m2 -Por otra parte, en lo que respecta a los Residuos Sólidos No Peligrosos, provenientes de las faenas de cierre del Proyecto, se indica que estos corresponderán principalmente a excedentes de materiales, tubos de PVC, maderas, etc que se desprendan del desmantelamiento.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de residuos industriales líquidos no amenace la salud de la población. a) Generales: a.1. Descripción y planos del sitio. a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes. a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. a.8. Plan de contingencias. a.9. Plan de emergencia. b) Tratándose de una estación de transferencia, además de lo señalado precedentemente: b.1 Descripción del sistema de carga y descarga de residuos. b.2. Plan de medición y monitoreo de emisiones gaseosas. b.3. Diseño del sistema de captación, conducción y manejo de líquidos lixiviados y de cualquier otro residuo líquido que se genere. b.4. Descripción y diseño de zona de almacenamiento transitorio de residuos, si se contempla. c) Tratándose de plantas de manejo de residuos orgánicos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): c.1. Descripción del sistema perimetral de intercepción y evacuación de escorrentías superficiales. c.2. Descripción del sistema de recolección y evacuación de las aguas que precipiten sobre la planta. c.3. Descripción del sistema de monitoreo de la calidad del agua subterránea. c.4. Programa de control de parámetros críticos de la operación de la planta. d) Tratándose de una planta de incineración, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): d.1. Programa de control de parámetros críticos de la operación del sistema. d.2. Plan de medición y monitoreo de emisiones gaseosas. e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): e.1. Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. e.2. Capacidad máxima de almacenamiento. e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
contenedores. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI DE SALUD DE ORD. Nº 147 de fecha 30 de enero del 2024 se pronuncia conforme con lo presentado en adenda. Referencia al ICE para mayores detalles Ver Anexo 01. Adenda Complementaria.
6.1.4. Permiso del artículo 142 del Reglamento del SEIA Artículo.- Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase construcción y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de residuos peligrosos Fase de operación y cierre El almacenamiento de los residuos peligrosos para la Fase de Construcción, en sus distintas etapas y en la fase de cierre, se llevó y llevará a cabo de forma temporal al interior de una bodega tipo conteiner de acero ASTM 36, modelo BSP6, diseñado para el almacenamiento de residuos peligrosos.
Figura 22. Emplazamiento bodega RESPEL Fase de Construcción y Cierre
Fuente: Anexo 01. PAS 142. Adenda Complementaria.
Fase de Operación Los residuos peligrosos generados en el Proyecto corresponden a envases de plástico contaminados, envases de pintura, anticorrosivos, envases de pasta de muro, envases de pegamento, grasa industrial y envases de productos de aseo. Estos residuos son acopiados de forma transitoria en contenedores de tipo herméticos, con el espesor adecuado y resistencia correcta, es decir, capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación (carga, descarga y traslado), asegurándose en todo momento que no serán derramados.
Figura 23. Emplazamiento bodega RESPEL Fase de Operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Fuente: Anexo 01. PAS 142. Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio que no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. a) Descripción del sitio de almacenamiento. b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. f) Plan de contingencias. g) Plan de emergencia. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI DE SALUD a la fecha no se pronuncia a la Adenda Complementaria. No obstante el titular presenta contenidos actualizados en la Adenda Complementaria y en el Anexo N°1 de Permisos Ambientales Sectoriales (03 PASM 142). Referencia al ICE para mayores detalles Ver Anexo 01. Adenda Complementaria.
7°. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando la obra como molesto.
7.1. Permiso del artículo 161 del Reglamento del SEIA. Pronunciamiento sobre la calificación de la instalación industrial o de bodegaje, según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Proyecto Figura 24. Plano de Planta Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Fuente: Anexo 01. PAS 161. Adenda Complementaria.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento a) Memoria técnica de características de construcción y ampliación del proyecto o actividad. b) Plano de planta. c) Memoria técnica de los procesos productivos y su respectivo flujograma. d) Anteproyecto de medidas de control de contaminación biológica, física y química. e) Caracterización cualitativa y cuantitativa de las sustancias peligrosas a manejar. f) Medidas de control de riesgos a la comunidad. Pronunciamiento del órgano competente Ver Anexo 01. Adenda Complementaria. Referencia al ICE para mayores detalles La SEREMI DE Vivienda y Urbanismo en el ORD. N°1738 de 10 de octubre del 2024 se pronuncia conforme. No obstante, se informa que en Anexo N°07 Planimetría y Cartografías, no se realiza correctamente, por lo que deberá rectificar lo señalado. La SEREMI DE SALUD DE ORD. Nº 147 de fecha 30 de enero del 2024 se pronuncia que la actividad a desarrollar es calificada como actividad “Molesta”, no obstante, este servicio no se pronuncia a la Adenda Complementaria, de igual manera el titular presenta contenidos técnicos en el Anexo N°1 de Permisos Ambientales Sectoriales (05 Pronunciamiento 161).
8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
8.1 Componente/materia: Normativa de carácter general. Norma Constitución Política de la República Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto ingresa a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), para evaluar sus impactos y determinar que éstos se ajustan a la Ley N°19.300, D.S: N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, correspondiente al Reglamento del SEIA, y las demás Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
normas legales y reglamentarias aplicables. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable Forma de control y seguimiento Expediente ambiental de evaluación, disponible en línea en http://www.sea.gob.cl. Además, seguimiento de obligaciones, compromisos ambientales e informes de seguimiento ambiental, a través de http://snifa.sma.gob.cl/v2/SeguimientoAmbiental. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.2 Componente/materia: Normativa de Carácter General. Norma Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Forma de cumplimiento El Proyecto ingresa a evaluación ambiental ya que es susceptible de ser subsumido en la tipología descrita por el literal k), l) y o) del artículo 10 de la Ley N°19.300. Respecto al literal k, el Proyecto en sus distintas etapas totaliza una potencia instalada total de 42.150 KVA, superando el umbral de 2.000 KVA de potencia instalada establecido en el artículo 3 literal k.1 del Reglamento del SEIA En cuanto al literal l) el Proyecto pertenece a la agroindustria. En este sentido, si bien no supera la generación de 8 t/día de residuos orgánicos en algún día de su fase de operación, aplica la parte final del literal l.1 del Reglamento del SEIA por cuanto corresponde a una agroindustria que reúne los requisitos del literal k.1. En cuanto al literal o) del artículo 10 de la Ley en comento, en la etapa 2 de la fase de construcción, el Proyecto considerará la implementación de un sistema de tratamiento de RILes del tipo DAF. Dicho sistema tendrá como vía de disposición final el riego de pradera. Por lo anterior, el Proyecto es susceptible de ser subsumido al literal o) del artículo 10 de la Ley N°19.300. En razón de ello, el Proyecto ingresa al SEIA. Asimismo – tal como se describe en la actualización del capítulo 2 – el Proyecto no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias descritos por el artículo 11 de la Ley en comento, de modo que, su evaluación se debe efectuar a través de una DIA. En consecuencia, la forma de cumplimiento consiste en el ingreso del Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a través de una Declaración de Impacto Ambiental para obtener una Resolución de Calificación Ambiental favorable Indicador que acredita su cumplimiento El Proyecto ingresa a través de una DIA al SEIA, con el fin de obtener una Resolución de Calificación Ambiental favorable. Forma de control y seguimiento Expediente ambiental de evaluación, disponible en línea en http://www.sea.gob.cl. Además, seguimiento de obligaciones, compromisos ambientales e informes de seguimiento ambiental, a través de http://snifa.sma.gob.cl/v2/SeguimientoAmbiental. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.3 Componente/materia: Normativa de Carácter General. Norma D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción/Operación/Cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Forma de cumplimiento El Proyecto ingresa al SEIA en razón de los literales k.1; l.1; y o.7.2 del artículo 3 de la norma en análisis. Respecto al literal k.1, el Proyecto en sus distintas etapas totaliza una potencia instalada total de 42.150 KVA, superando el umbral de 2.000 KVA. En cuanto al literal l.1; el Proyecto pertenece a la agroindustria. En este sentido, si bien no supera la generación de 8 t/día de residuos orgánicos en algún día de su fase de operación, aplica la parte final de este literal (l.1) por cuanto corresponde a una agroindustria que reúne los requisitos del literal k.1. En cuanto al literal o.7.2; en la etapa 2 de la fase de construcción, el Proyecto considerará la implementación de un sistema de tratamiento de RILes del tipo DAF. Dicho sistema tendrá como vía de disposición final el riego de pradera En consecuencia, el Proyecto da cumplimiento a la presente normativa sometiéndose al Sistema de Evaluación Ambiental a través de la presente Declaración de Impacto Ambiental, incluyendo los contenidos necesarios para su evaluación. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Resolución de Calificación Ambiental favorable Forma de control y seguimiento Expediente ambiental de evaluación, disponible en línea en http://www.sea.gob.cl. Registro del cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias y condiciones establecidas en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). conforme a las tipologías de ingreso del Proyecto. Además, seguimiento de obligaciones, compromisos ambientales e informes de seguimiento ambiental, a través de http://snifa.sma.gob.cl/v2/SeguimientoAmbiental. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.4 Componente/materia: Normativa de Carácter General. Norma Decreto Supremo N°31/2013 del Ministerio del Medio Ambiente Aprueba Reglamento del Sistema de Información de Fiscalización Ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de sanciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Seguimiento de Compromisos Ambientales. Forma de cumplimiento El Proponente, una vez obtenida la RCA favorable, y dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la respectiva RCA, entregará a la SMA la información señalada en el artículo 14 de la norma en análisis, en armonía con lo establecido en el artículo 1 de la Resolución Exenta N°1518/2013 de la SMA, por medio del formulario disponible en la página web http://www.sma.gob.cl. Para ello, se utilizará el usuario y contraseña para acceder a la plataforma y entregar la citada información. Asimismo, y siempre que dicha RCA contemple la ejecución de actividades de muestreo, medición, análisis y/o control, el Proponente contratará estos servicios a entidades acreditadas con el fin de realizar los seguimientos ambientales exigidos por la RCA e informará los resultados obtenidos a la SMA. Finalmente, cualquier modificación acerca de la información entregada, será oportunamente informada a la SMA
Indicador que acredita su • Informes de Seguimiento Ambiental Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
cumplimiento • Comprobante electrónico del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Forma de control y seguimiento Seguimiento de obligaciones, compromisos ambientales e informes de seguimiento ambiental, a través de http://snifa.sma.gob.cl/v2/SeguimientoAmbiental.
8.5 Componente/materia: Normativa de Carácter General. Norma Resolución Exenta N°1518/2013 Requiere información que indica e instruye la forma y el modo de presentación de los antecedentes solicitados. Superintendencia del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Seguimiento de compromisos ambientales. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la respectiva RCA (artículo 2), se entregarás a la SMA la información señalada en el artículo 1, por medio del formulario disponible en la página web http://www.sma.gob.cl. Para ello, se creará un usuario y contraseña que permita acceder y entregar la citada información. Finalmente, cualquier modificación de la información entregada será oportunamente informada a la SMA.
Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA, y entrega de información requerida. Forma de control y seguimiento Seguimiento de obligaciones, compromisos ambientales e informes de seguimiento ambiental, a través de http://snifa.sma.gob.cl/v2/SeguimientoAmbiental. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.6 Componente/materia: Normativa de Carácter General. Norma Resolución Exenta N°233/2015 Dicta instrucciones generales sobre la elaboración del Plan de Seguimiento de Variables Ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Seguimiento de Compromisos Ambientales Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable, y siembre que dicha RCA contemple la ejecución de actividades de muestreo, medición, análisis y/o control, se entregarán los resultados por medio de un informe de seguimiento ambiental, de acuerdo a los contenidos exigidos por el artículo 15 y siguientes, de la Resolución en comento. La información consolidada en el informe de seguimiento ambiental, será entregada a la SMA, en los plazos establecidos en la respectiva RCA y será enviada a través del sistema electrónico de seguimiento ambiental.
Indicador que acredita su cumplimiento • Informes de Seguimiento Ambiental • Comprobante electrónico del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Forma de control y seguimiento Seguimiento de obligaciones, compromisos ambientales e informes de seguimiento ambiental, a través de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
http://snifa.sma.gob.cl/v2/SeguimientoAmbiental.
8.7 Componente/materia: Normativa de Carácter General. Norma Decreto Supremo N°01/2013 Aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes RETC Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos Sólidos Domésticos y Asimilables Forma de cumplimiento El Proponente cuenta con un usuario, contraseña y el certificado de ingreso al Sistema de Ventanilla Única RETC. Además, realizará las respectivas declaraciones en la forma y en los plazos establecidos para ello, particularmente aquellas referidas a residuos sólidos asimilables a domiciliarios y domiciliarios. Estos residuos generados por el Proyecto serán declarados en los términos y condiciones establecidas en el artículo 17, 18 y 30 del presente Decreto
Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de ingreso al Sistema de Ventanilla Única RETC. • Declaraciones RETC. Forma de control y seguimiento Registro de la generación de residuos, trasporte y lugar de disposición en el sitio web Ventanilla Única RETC, indicando fecha y hora.
8.8 Componente/materia: Emplazamiento del Proyecto. Norma Decreto con Fuerza de Ley N°478/1975 Ley General de Urbanismo y Construcción Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras temporales de fase de construcción, Obras Permanentes de fase de operación. Forma de cumplimiento El Proyecto se emplaza en zona urbana, específicamente en la zona denominada ZI (Zona Industrial) del Plan Regulador Comunal de Mostazal. Esta zonificación permite entre sus usos las actividades productivas inofensivas y molestas. En consecuencia, el Proyecto se ajusta a los usos permitidos en el señalado IPT. Por encontrarse fuera del límite urbano, en Zona Industrial, según se sostuvo, el Proyecto no requiere la tramitación del Informe Favorable para la Construcción, establecido en el artículo 55. El artículo 116 establece, para los efectos pertinentes, las condiciones para la otorgación del permiso de edificación, el que aplica tanto para obras temporales como permanentes y debe ser tramitado ante la Dirección de Obras Municipales (DOM) competente. Respecto a la forma de cumplimiento de la disposición en análisis, el Proponente efectuará la tramitación ante la DOM de la I. Municipalidad de Mostazal de los permisos de construcción aplicables. Respecto al permiso de demolición -de proceder- se tramitará antes del inicio de la fase de cierre. En esa misma línea, el Proponente, previo a la ocupación de cualquiera de las instalaciones afectas a permisos de edificación, una vez concluidas dichas obras, solicitará ante la Dirección de Obras Municipales, la correspondiente Recepción Definitiva. Por su parte, el artículo 145 inciso primero establece “Ninguna obra podrá ser habitada o destinada a uso alguno antes de su recepción definitiva Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
parcial o total”. De acuerdo a la norma citada, el Proponente solicitará - conforme al procedimiento establecido en el artículo 144 de la Ley en comento- la recepción municipal definitiva de aquellas obras respecto a las cuales solicitó permisos de edificación. En tanto no sea otorgada la recepción definitiva por la D.O.M de la I. Municipalidad de Mostazal, no podrán llevarse a cabo ni usarse según su destinación, las obras objeto de los permisos de edificación. El Proponente, una vez terminadas las obras en cuya virtud se solicitaron los permisos de construcción, pedirá la recepción definitiva conforme al artículo 144 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de Informaciones Previas. Obtención del acto jurídico municipal que autoriza a construir o demoler, según sea el caso. Obtención del acto jurídico municipal que acredita que la obra ejecutada ha sido construida conforme al permiso otorgado, y por lo mismo, se ejecutó conforme a la normativa urbanística Forma de control y seguimiento Registro en oficinas administrativas del Proyecto del permiso otorgado y el respectivo certificado de recepción definitiva, disponibles para la fiscalización de la autoridad competente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.9 Componente/materia: Emplazamiento del Proyecto. Norma Decreto Supremo N°47/1992. Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalaciones de Infraestructura del Proyecto que contemplen un proceso de transformación. Forma de cumplimiento El artículo 2.1.29 de la OGUC se refiere al tipo de uso de suelo “Infraestructura”. El inciso quinto agrega que las instalaciones o edificaciones de este tipo de uso (uso de suelo Infraestructura) que contemplen un proceso de transformación deberán ser calificadas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 4.14.2. (ratificado por la Circular N°218/2009, de la División de Desarrollo Urbano del MINVU, en su numeral 6 letra d. Procedencia de Calificación de la Infraestructura). Por su parte, el artículo 4.14.2 de la OGUC, establece: “Los establecimientos industriales o de bodegaje serán calificados caso a caso por la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva, en consideración a los riesgos que su funcionamiento pueda causar a sus trabajadores, vecindario y comunidad; para estos efectos, se calificarán como sigue: ficación de la Infraestructura). Por su parte, el artículo 4.14.2 de la OGUC, establece: “Los establecimientos industriales o de bodegaje serán calificados caso a caso por la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva, en consideración a los riesgos que su funcionamiento pueda causar a sus trabajadores, vecindario y comunidad; para estos efectos, se calificarán como sigue: icación de la Infraestructura). Por su parte, el artículo 4.14.2 de la OGUC, establece: “Los establecimientos industriales o de bodegaje serán calificados caso a caso por la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva, en consideración a los riesgos que su funcionamiento pueda causar a sus trabajadores, vecindario y comunidad; para estos efectos, se calificarán como sigue: 1. Peligroso: el que por el alto riesgo potencial permanente y por la índole eminentemente peligrosa, explosiva o nociva de sus procesos, materias primas, productos intermedios o finales o acopio de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
mismos, pueden llegar a causar daño de carácter catastrófico para la salud o la propiedad, en un radio que excede los límites del propio predio. procesos, materias primas, productos intermedios o finales o acopio de los mismos, pueden llegar a causar daño de carácter catastrófico para la salud o la propiedad, en un radio que excede los límites del propio predio. 2. Insalubre o contaminante: el que por destinación o por las operaciones o procesos que en ellos se practican o por los elementos que se acopian, dan lugar a consecuencias tales como vertimientos, desprendimientos, emanaciones, trepidaciones, ruidos, que puedan llegar a alterar el equilibrio del medio ambiente por el uso desmedido de la naturaleza o por la incorporación a la biósfera de sustancias extrañas, que perjudican directa o indirectamente la salud humana y ocasionen daños a los recursos agrícolas, forestales, pecuarios, piscícolas, u otros. rio del medio ambiente por el uso desmedido de la naturaleza o por la incorporación a la biósfera de sustancias extrañas, que perjudican directa o indirectamente la salud humana y ocasionen daños a los recursos agrícolas, forestales, pecuarios, piscícolas, u otros. forestales, pecuarios, piscícolas, u otros. 3. Molesto: aquel cuyo proceso de tratamientos de insumos, fabricación o almacenamiento de materias primas o productos finales, pueden ocasionalmente causar daños a la salud o la propiedad, y que normalmente quedan circunscritos al predio de la propia instalación, o bien, aquellos que puedan atraer insectos o roedores, producir ruidos o vibraciones, u otras consecuencias, causando con ello molestias que se prolonguen en cualquier período del día o de la noche. 4. Inofensivo: aquel que no produce daños ni molestias a la comunidad, personas o entorno, controlando y neutralizando los efectos del proceso productivo o de acopio, siempre dentro del propio predio e instalaciones, resultando éste inocuo. olestias a la comunidad, personas o entorno, controlando y neutralizando los efectos del proceso productivo o de acopio, siempre dentro del propio predio e instalaciones, resultando éste inocuo. Así las cosas, se cumple con lo dispuesto en el artículo 2.1.29. por cuanto el desarrollo del proyecto corresponde a una actividad productiva o industrial que contempla procesos de transformación de materia prima. En cuanto al cumplimiento del artículo 4.14.2, aplica la calificación industrial establecida en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, ya que el desarrollo del proyecto corresponde a un establecimiento industrial cuya infraestructura contempla un proceso de transformación, y por lo tanto debe ser calificado como “molesta” o “inofensiva” por la SEREMI de Salud de la Región de del Libertador Bernardo O´Higgins, durante la actual evaluación ambiental. Sobre el particular, en Anexo N°01 PAS de la Adenda Complementaria, se presentan los antecedentes técnicos y formales del pronunciamiento contenido en el artículo 161 del Reglamento del SEIA Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención calificación industrial con aprobación ambiental del artículo 161 del D.S N°40/2012 • Resolución de Calificación Ambiental favorable. • Calificación industrial de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, otorgada mediante resolución sanitaria. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias administrativas del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.10 Componente/materia: Emplazamiento del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Norma Resolución N°203/2010 Actualización Plan Regulador Intercomunal de Rancagua Gobierno Regional del Libertador General Bernardo O`Higgins Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se emplaza en la zona ZEQ-l1. Esta zonificación corresponde a Zona Urbana: Zona de Equipamiento Industrial 1, conforme al artículo 10 del Instrumento de Planificación Territorial en comento. En consecuencia, el Proyecto se ajusta a los usos permitidos en el instrumento de planificación territorial en comento. Con todo, el Proyecto debe dar cumplimiento presentando en el marco de esta evaluación ambiental, los antecedentes correspondientes al pronunciamiento establecido en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, cuyos contenidos técnicos y formales se acompañan en Anexo 01.05 de la Adenda Complementaria Indicador que acredita su cumplimiento • Aprobación ambiental del pronunciamiento del artículo 161 del Reglamento del SEIA • Calificación industrial de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, otorgada mediante resolución sanitaria Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias administrativas del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.11 Componente/materia: Emplazamiento del Proyecto. Norma Decreto Alcaldicio N°3486/2018 Aprueba la Modificación del Plan Regulador Comunal y Ordenanza local del Plan Regulador Comunal de Mostazal, que comprende las localidades de San Francisco; La Punta - El Rincón y Los Marcos. Municipalidad de Mostazal Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se emplaza en la zona denominada ZI (Zona Industrial) de San Francisco de Mostazal. Esta zonificación permite entre sus usos las actividades productivas inofensivas y molesta, conforme al artículo 7 del IPT en análisis. Con todo, el Proyecto debe dar cumplimiento presentando en el marco de esta evaluación ambiental, los antecedentes correspondientes al pronunciamiento establecido en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, cuyos contenidos técnicos y formales se acompañan en Anexo 01.05 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento • Aprobación ambiental del pronunciamiento del artículo 161 del Reglamento del SEIA • Calificación industrial de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, otorgada mediante resolución sanitaria. Forma de control y seguimiento Resolución sanitaria en dependencias administrativas del Proyecto, disponible en todo momento para la fiscalización de la Autoridad.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
8.12 Componente/materia: Emplazamiento del Proyecto. Norma Decreto Alcaldicio N°3486/2018 Aprueba la Modificación del Plan Regulador Comunal y Ordenanza local del Plan Regulador Comunal de Mostazal, que comprende las localidades de San Francisco; La Punta - El Rincón y Los Marcos. Municipalidad de Mostazal Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se emplaza en la zona denominada ZI (Zona Industrial) de San Francisco de Mostazal. Esta zonificación permite entre sus usos las actividades productivas inofensivas y molesta, conforme al artículo 7 del IPT en análisis. Con todo, el Proyecto debe dar cumplimiento presentando en el marco de esta evaluación ambiental, los antecedentes correspondientes al pronunciamiento establecido en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, cuyos contenidos técnicos y formales se acompañan en Anexo 01.05 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento • Aprobación ambiental del pronunciamiento del artículo 161 del Reglamento del SEIA • Calificación industrial de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, otorgada mediante resolución sanitaria. Forma de control y seguimiento Resolución sanitaria en dependencias administrativas del Proyecto, disponible en todo momento para la fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.13 Componente/materia: Sustancias Peligrosas Norma Decreto Supremo N°43/2015 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Durante las fases de construcción y cierre, las sustancias peligrosas correspondieron/corresponderán a aquellas necesarias para el desarrollo de las labores de construcción y posterior cierre. Estas consisten principalmente a pinturas, lubricantes y aceites. Estas sustancias fueron/serán almacenadas en una bodega común en la instalación de faenas. Asimismo, la zona destinada al almacenamiento de sustancias estuvo/estará señalizada y demarcada, contará con el pictograma de indicación de clases y divisiones de las sustancias conforme a la NCh. 2190 Of. 2003, así como también con las respectivas HDS. Por su parte, durante la fase de operación, las sustancias peligrosas corresponderán a aquellos insumos necesarios para las labores de limpieza de las instalaciones. Estas sustancias no superan las 10 toneladas de sustancias inflamables, ni las 30 toneladas de otra clase de sustancias peligrosas, de modo que la bodega no requiere de autorización sanitaria para su funcionamiento (artículo 5). El sitio de almacenamiento de sustancias contará con piso lavable, impermeable y no poroso, de tal manera de facilitar su limpieza; estará construido de manera sólida, contará con un sistema de ventilación natural, y un sistema de captación de líquidos derramados. Por otra parte, la bodega contará con un sistema Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
manual de extinción de incendios a base de extintores, compatible con los productos almacenados; un sistema automático de detección de incendios y un sistema de extinción automática. La revisión y mantenciones de estos sistemas se realizan conforme a la periodicidad exigida por el artículo 51 del D.S. N°594/1999 MINSAL. Las sustancias peligrosas serán almacenadas en envases debidamente etiquetados, los cuales impedirán la pérdida de contenido, siendo de un material químicamente compatible con la sustancia peligrosa (artículos 9, 182 y ss. de la norma en análisis). Además, se llevará un registro de las sustancias peligrosas almacenadas, indicando nombre químico de las sustancias, capacidad máxima de la instalación, cantidad almacenada, promedio semestral, clase y división por peligrosidad, y las HDS, conforme al artículo 11 y artículo 14. Las sustancias peligrosas serán almacenadas acordes a sus características o estado, vale decir, en racks, estante o cajas plásticas, y se mantendrán a una distancia de 0,4 metros y 0,8 metros entre las sustancias incompatibles (artículos 54, 55, 56, 58 de la norma en análisis). Finalmente, el Proyecto cuenta con un plan de emergencias, el cual contiene, entre sus apartados, un plano a escala del predio y su entorno, un plano de cada instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas, listado de sustancias peligrosas almacenadas, la cadena de mando y descripción del procedimiento de emergencia. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro e inventario de sustancias peligrosas almacenadas. • Hojas de Datos de Seguridad de cada producto almacenado. • Plan de emergencia. • Registro de capacitaciones del plan de emergencia. • Facturas de compras de elementos de protección personal Forma de control y seguimiento Mantención de inventario de sustancias peligrosas, facturas de compra de EPP y HDS en oficinas administrativas del Proyecto, disponibles en todo momento para la fiscalización por la Autoridad Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.14 Componente/materia: Sustancias Peligrosas Norma Decreto Supremo N°298/1994. Reglamento de transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Manejo de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Actualmente, el Proponente externaliza el transporte o traslado de sustancias peligrosas, de modo que se exigirá contractualmente a los proveedores, expedidor o transportista que preste el servicio, el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente cuerpo legal, y hará seguimiento estricto de su cumplimiento. En cuanto a la recepción y almacenamiento de las sustancias peligrosas, todo el personal que participa en estas operaciones debe verificar que el vehículo se encuentre completamente detenido y apagado, salvo que las operaciones requieran mecanismos que permitan llevar a cabo esta operación. Asimismo, se le exige al personal asociado a esta actividad utilizar en todo momento equipos de protección personal y cualquier otro elemento que el producto o sustancia peligrosa requiera. Indicador que acredita su cumplimiento • Factura de compras de elementos de protección personal. • Ficha de entrega de vestuario y EPP a cada trabajador Forma de control y seguimiento • Copia de facturas de compra de elementos de protección personal otorgadas por el tercero transportista al titular, mantenidas en las oficinas administrativas y disponibles en todo momento para la fiscalización de la Autoridad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
• Mantención de fichas de entrega de vestuario y elementos de protección personal, en las oficinas administrativas y disponibles en todo momento para la fiscalización de la Autoridad.
8.15 Componente/materia: Sustancias Peligrosas Norma Decreto Supremo N°594/1999. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Manejo de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Durante las fases de construcción y cierre, las sustancias peligrosas correspondieron/corresponderán a aquellas necesarias para el desarrollo de las labores de construcción y posterior cierre. Se trata principalmente de pinturas, lubricantes y aceites. El almacenamiento de estas sustancias fue/será construido según lo dispuesto en el artículo 42, generando de esta forma un lugar apropiado y seguro para los trabajadores. Asimismo, la zona destinada al almacenamiento de sustancias estará señalizada y demarcada, contará con el pictograma de indicación de clases y divisiones de las sustancias conforme a la NCh 2190 Of 2003, así como también con las respectivas HDS. Por su parte, durante la fase de operación, las sustancias peligrosas corresponderán a aquellos insumos necesarios para las labores de limpieza de las instalaciones. Estas sustancias no superan las 10 toneladas de sustancias inflamables, ni las 30 toneladas de otra clase de sustancias peligrosas, de modo que la bodega no requiere de autorización sanitaria para su funcionamiento (artículo 5 del D.S. N°43/2016 MINSAL). El sitio de almacenamiento de sustancias contará con piso lavable, impermeable y no poroso, de tal manera de facilitar su limpieza, estará construido de manera sólida, contará con un sistema de ventilación natural, y un sistema de captación de líquidos derramados. Por otra parte, la bodega contará con un sistema manual de extinción de incendios a base de extintores, compatible con los productos almacenados; un sistema automático de detección de incendios y un sistema de extinción automática. La revisión y mantenciones de estos sistemas se realizan conforme a la periodicidad exigida por el artículo 50 y el artículo 51 de la norma en análisis. Las sustancias peligrosas serán almacenadas en envases debidamente etiquetados, los cuales impedirán la pérdida de contenido, siendo de un material químicamente compatible con la sustancia peligrosa (artículos 9, 182 y ss. del D.S. N°43/2016 MINSAL). Además, se llevará un registro de las sustancias peligrosas almacenadas, indicando nombre químico de las sustancias, capacidad máxima de la instalación, cantidad almacenada, promedio semestral, clase y división por peligrosidad, y las HDS. Las sustancias peligrosas serán almacenadas acordes a sus características o estado, vale decir, en racks, estante o cajas plásticas, y se mantendrán a una distancia de 0,4 metros y 0,8 metros entre las sustancias incompatibles. Finalmente, el Proyecto cuenta con un plan de emergencias, el cual contiene, entre sus apartados, un plano a escala del predio y su entorno, un plano de cada instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas, listado de sustancias peligrosas almacenadas, la cadena de mando y descripción del procedimiento de emergencia. Indicador que acredita su cumplimiento • Se realizará el almacenamiento de acuerdo a lo estipulado en el D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud, para el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
almacenamiento en bajas cantidades. Hoja de Datos de Seguridad a disposición de la autoridad fiscalizadora en el sitio de almacenamiento. Forma de control y seguimiento • Registros disponibles para la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.16 Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N°144/1961 Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones Atmosféricas Forma de cumplimiento El Proyecto considera la circulación de vehículos propios, contratistas, subcontratistas y proveedores, tanto en fase de construcción como de operación. El Proponente continuará asegurando que estos vehículos motorizados cuenten con sello distintivo de color verde, indicador que permite confirmar que se cumple con las normas nacionales de emisión. Adicionalmente, se continuará exigiendo que todo vehículo cuente con su revisión técnica y emisión de gases al día, así como su respectivo permiso de circulación vigente. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de revisión técnica y emisión de gases al día. • Registro de permiso de circulación vigente de todos los vehículos motorizados. • Registro de mantenciones. • Sello verde Forma de control y seguimiento Mantención de revisión técnica, emisiones de gases y permiso de circulación en las oficinas administrativas de la planta disponibles en todo momento para la fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N°47/1992. Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las emisiones a material particulado están asociadas a movimientos de tierra, excavaciones y tránsito de camiones, maquinaria y vehículos. Forma de cumplimiento Humectación de superficies, excepto en períodos de lluvia. Se registrará velocidad a 30 km/h. Toda la carga de camiones deberá ir encarpada. Se exigirá que todos los vehículos relacionados con el Proyecto tengan su revisión técnica al día y se revisarán que las mantenciones se encuentren vigentes. Además, se prohibirá realizar faenas y depositar materiales en el espacio público y se mantendrá en adecuadas condiciones de aseo. Indicador que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos y maquinarias, humectación de caminos, instalación de señalética que indique como velocidad máxima 30 km/h, encarpe de camiones. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de las revisiones técnicas y mantención al día de los vehículos y maquinarias, así como el registro de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
humectación, disponibles en las dependencias administrativas del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.17 Componente/materia: Emisiones Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1/2007 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos vehiculares Forma de cumplimiento Los vehículos utilizados para la construcción y operación del Proyecto tendrán por finalidad el transporte y traslado de materiales y retiro de residuos y escombros. En este orden de ideas, todos los vehículos cuentan y contarán con todos los sistemas y accesorios exigidos por la norma en análisis, que permitan y garanticen la seguridad requerida para su correcto funcionamiento. Adicionalmente, la carga se encontrará siempre correctamente estibada y asegurada, respetando siempre el peso máximo de carga. Finalmente, los vehículos motorizados estarán equipados, ajustados y carburados, a fin que éstos no emitan materiales o gases contaminantes, en un índice superior al permitido. Para ello, se controlará que éstos no despidan humo visible por su tubo de escape. Además, se exigirá que todo vehículo cuente con su revisión técnica y emisión de gases al día, así como su respectivo permiso de circulación vigente. Respecto de las máquinas que no requieran el certificado antes indicado, se exigirá la realización de mantención permanente Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de revisión técnica y emisión de gases al día. • Registro de permiso de circulación vigente de todos los vehículos motorizados. • Sello verde. Forma de control y seguimiento Mantención de registros que contienen copia de revisión técnica, certificado de emisión de gases, permiso de circulación y otros, en las oficinas administrativas del Proyecto, disponibles en todo momento para la fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.18 Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N°211/1991. Norma sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. Ministerio de transporte y telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos vehiculares. Forma de cumplimiento Durante la materialización y operación del Proyecto. se utilizarán vehículos motorizados livianos, en función de los requerimientos propios de esta actividad. El Proponente se aseguró y asegurará (para fases de operación y cierre) que estos vehículos motorizados cuenten con sello distintivo de color verde, indicador que permite confirmar que se cumple con las normas nacionales de emisión. Adicionalmente, se indica que no utilizan ni utilizarán vehículos livianos con sello amarillo o rojo. Finalmente, se exige que todo vehículo cuente con su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
revisión técnica y emisión de gases al día, así como su respectivo permiso de circulación vigente. Respecto de las máquinas que no requieran el certificado antes indicado, se exige la realización de mantención permanente Indicador que acredita su cumplimiento Sello verde • Registro de revisión técnica y emisión de gases al día. Forma de control y seguimiento Mantención de registros que contienen copia de revisión técnica, certificado de emisión de gases, y sello verde, en las oficinas administrativas del Proyecto, disponibles en todo momento para la fiscalización de la Autoridad.
8.19 Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N°54/1994. Establece Normas de Emisiones Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos vehiculares Forma de cumplimiento Durante la construcción y operación del Proyecto se utilizaron y utilizarán vehículos motorizados, en función de los requerimientos de este Proyecto. El Proponente asegurará que estos vehículos motorizados cuenten con sello distintivo de color verde, indicador que permite confirmar que se cumple con las normas nacionales de emisión. Adicionalmente, se indica que no se utilizaron ni utilizarán vehículos con sello amarillo o rojo, dando cumplimiento a las normas sobre circulación establecida en el artículo 8 del Decreto Supremo N°54/1994 y artículo 9 y 10 del Decreto Supremo N°211/1991, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Finalmente, se exigirá que todo vehículo cuente con su revisión técnica y emisión de gases al día, así como su respectivo permiso de circulación vigente. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de revisión técnica y emisión de gases al día. • Registro de permiso de circulación vigente de todos los vehículos motorizados. • Sello verde, en vehículos motorizados medianos. Forma de control y seguimiento Mantención de registros que contienen copia de revisión técnica, certificado de emisión de gases, sello verde y permiso de circulación vigente, en las oficinas administrativas del Proyecto, disponibles en todo momento para la fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.20 Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N°55/1994. Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos. Motorizados Pesados que indica Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos vehiculares Forma de cumplimiento Durante la construcción del Proyecto se utilizaron vehículos motorizados pesados, en función de los requerimientos propios del Proyecto. En idéntico sentido, para la fase de cierre. El Proponente aseguró y asegurará que estos vehículos motorizados cuenten con sello distintivo de color verde, indicador que permite confirmar que se cumple con las normas nacionales de emisión. Adicionalmente, se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
indica que no se utilizaron ni utilizarán vehículos pesados con sello amarillo o rojo Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de revisión técnica y emisión de gases al día. • Registro de permiso de circulación vigente • Sello verde, en vehículos motorizados pesados Forma de control y seguimiento Mantención de registros que contienen copia de revisión técnica, certificado de emisión de gases, sello verde y permiso de circulación vigente, en las oficinas administrativas del Proyecto, disponibles en todo momento para la fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.21 Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N°75/1987. Establece condiciones para el transporte de carga que indica. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos vehiculares Forma de cumplimiento Los vehículos utilizados en todas las fases del Proyecto se encontrarán debidamente estibados y con la carga debidamente asegurada, evitando que se desprendan elementos. Para el caso de residuos, según corresponda, el vehículo se encontrará cubierto y encarpado, evitando así que la carga escurra o se disperse en el aire en forma de polvo en suspensión. Indicador que acredita su cumplimiento Se generará una planilla de registros de todos los vehículos que ingresen al área del Proyecto, anotando el horario de ingreso, hora de salida, patente, nombre del conductor y la empresa. Esta planilla se encontrará en las oficinas administrativas de la planta. Forma de control y seguimiento Mantención de la planilla en las oficinas administrativas del Proyecto, disponibles en todo momento para la fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.22 Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N°4/1994. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos vehiculares. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá a todos los vehículos motorizados pesados y livianos, que se sometan a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Además, se optimizará el tiempo de funcionamiento de vehículos motorizados. Indicador que acredita su cumplimiento • Parque vehicular asociado al proyecto con permiso de circulación y la revisión técnica al día. • Registros de mantenciones periódicas por parte del personal encargado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
• Copias de la documentación relativa a permiso de circulación y revisión técnica disponibles al interior de vehículos. Forma de control y seguimiento Documentación mantenida al interior de los vehículos que sean utilizados por el Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.23 Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N°279/1983 Aprueba reglamento para el control de emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos vehiculares. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá a todos los vehículos motorizados pesados y livianos, que se sometan a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento • Parque vehicular asociado al proyecto con permiso de circulación y la revisión técnica al día. • Registros de mantenciones periódicas por parte del personal encargado. • Copias de la documentación relativa a permiso de circulación y revisión técnica disponibles al interior de vehículos. Forma de control y seguimiento Documentación será mantenida al interior de los vehículos que utilizados por el Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.24 Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N°1/2021. Establece plan de descontaminación atmosférica para el valle central de la región del Libertador General Bernardo O’Higgins. Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de movimiento de material, operación de equipos, maquinaria, tránsito de vehículos livianos y pesados. Forma de cumplimiento A lo largo de las distintas fases del proyecto, se han identificado múltiples actividades generadoras de emisiones de partículas particuladas respirables (MP10), finas (MP2.5), sedimentables (MPS) y gases (NOx, SO2, NH3, CO y COVs). Durante la fase de construcción, estas emisiones provienen de actividades como el escarpe, excavaciones, carga y volteo de material, erosión de material en pilas, compactación, nivelación, tránsito de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados, así como la combustión de vehículos y maquinaria fuera de ruta. Se ha observado que la Etapa 0 es la que contempló mayor emisión en el año de su desarrollo correspondiente a 2011, ya que se produjo escarpe de toda el área donde está actualmente habilitada la planta. Por otro lado, las etapas 1 y 2 contemplan emisiones de menor magnitud, siendo la futura etapa Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
2, la que considera la menor emisión, proyectada para el año 2025. Cabe destacar que la fase 0 de construcción, por sí sola, excede los límites establecidos por el artículo 40 del D.S N°01/2021 MMA, lo que no sucede con las Etapas posteriores 1 y 2. Durante la fase de operación, las emisiones de los mismos contaminantes están vinculadas al tránsito de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados, así como a la combustión de vehículos, grupos electrógenos y equipos de secado de frutos. La Etapa 2 operación es la que presenta las emisiones más altas, debido a que, en la etapa 2 se proyecta el funcionamiento de una planta de RILes, aumentando el flujo de vehículos relacionado a dicha actividad. Ninguna etapa de operación, individualmente, sobrepasa los límites señalados en el artículo 40 del D.S N°01/2021 MMA. En la fase de cierre, las emisiones de los mismos contaminantes están relacionadas con las actividades de escarpe, carga y volteo de material, erosión de material en pilas, nivelación, tránsito de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados, así como la combustión de vehículos y maquinaria fuera de ruta. Ninguna de los contaminantes reguladas por el PDA (MP10, MP2.5, NOx y SO2) supera los límites definidos en el artículo 40 del D.S N°01/2021 MMA A continuación, se detallan los años en los cuales se superan los límites establecidos en el artículo 40, junto con el porcentaje correspondiente de esta superación. Resulta menester precisar que la superación de estos límites se debe en gran medida a la superposición de las etapas de operación y construcción del proyecto a lo largo de los años. Tabla – Superación PDA. Estudio de Emisiones Atmosféricas (Etapa de construcción y operación) N° Año Año Fase del proyecto MP10 MP2,5 SO2 NOx 1 2011 Construcción E0 /operación E0 3,18 0,73 0,28 4,57 2 2016 Construcción E1 /operación E0 y E1 1,65 0,55 0,28 4,48 3 2024 Operación E0 y E1 1 0,43 0,28 4,44 4 2025 Construcción E2 /operación E0 y E1 1,56 0,52 0,28 4,48 5 2026 Operación E0, E1 y E2 1,01 0,43 0,28 4,45 51 2061 Cierre 1,26 0,16 3,70E- 04 0,21 Límite de Emisión (D.S N°1/2021 MMA) 1,5 1 10 8 Valor de Emisiones a Compensar (120%) 3,82 No supera No Supera No supera
Fuente: Elaboración propia. Anexo N°10. Tabla 130. Superación PDA. Estudio de Emisiones Atmosféricas (Etapa de construcción y operación)
Según se aprecia y conforme a la tabla 26 del artículo 40 del instrumento de gestión ambiental en análisis, se presentará, tras la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable y dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde su dictación, el Programa de Compensación de Emisiones Atmosféricas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de O'Higgins, compensando el 120% de las emisiones totales anuales generadas por el Proyecto. Cabe destacar que para el desarrollo del Programa de Compensación de Emisiones, se considerará el año de mayor emisión, el cual corresponde al año 2011, donde se genera la mayor emisión de MP10 en la zona delimitada donde aplica el PDA, ya que tal como prescribe el artículo 40 inciso 2° “A efectos de la compensación de emisiones, aquellos proyectos que, con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, presenten algunas(s), modificación(es) y/o ampliación(es) y que deban ingresar al SEIA, deberán sumar estás emisiones a las anteriores que forman parte del proyecto, exceptuando aquellas emisiones que hayan sido compensadas previamente”. Por lo tanto, al no haber compensado anteriormente las emisiones generadas por el proyecto, se considera una compensación del 120 % de MP10 del año 2011 del proyecto. En cuanto a los grupos electrógenos, el proyecto contempla la utilización de un grupo electrógeno que supera los 50 kW, dentro del área de aplicación del PDA. En consecuencia, y de conformidad al artículo 33 del Plan de Descontaminación en comento, se instalará un horómetro digital, sellado e inviolable, sin vuelta a cero, para efectos de medir sus horas de funcionamiento. Sobre el particular, ver Compromiso Ambiental Voluntario contenido en Anexo N°00.07 de la Adenda Complementaria, Capítulo Compromisos Ambientales Voluntarios. Indicador que acredita su cumplimiento Carta de recepción de Programa de Compensación de emisiones timbrada por SEREMI de Medio Ambiente de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins. • Fotografías del horómetro instalado en los grupos electrógenos. • Horas de funcionamiento de los grupos electrógenos, registradas e informadas anualmente a la SMA. Forma de control y seguimiento Carta de recepción de Programa de Compensación de emisiones timbrada por SEREMI de medio ambiente Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, mantenida en las oficinas administrativas de la planta • Carta de recepción de registro de uso de grupo electrógeno de la Superintendencia del Medio Ambiente, así como las entregas anuales, serán mantenido en oficinas administrativas de la planta. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.25 Componente/materia: Ruido. Norma Decreto Supremo N°38/2011. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el Proyecto Forma de cumplimiento El Estudio Acústico actualizado, contenido en Anexo N°10 de la Adenda Complementaria, consideró 5 escenarios de modelación, siguiendo siempre lo estipulado en el cronograma general del proyecto, para la evaluación de las situaciones bajo la peor condición de ruido. • Fase de Construcción (Etapa 0). • Fase de Construcción (Etapa 1) + Fase de Operación (Etapa 0). • Fase de Construcción (Etapa 2) + Fase de Operación (Etapa 0 y 1). • Fase de Operación Global. • Fase de Cierre. En relación a la modelación, se realizó en base a los sectores de población más cercano, identificando 6 puntos como receptores sensibles. Los resultados de las mediciones y modelaciones arrojaron los siguientes resultados:
Construcción Las actividades, obras y partes durante la fase de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
construcción sólo se efectúan en Horario Diurno.
Horario Diurno • Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción (Etapa 0)
Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción (Etapa 1) + operación (Etapa 0).
Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción (Etapa 2) + operación (Etapa 0 y 1).
A partir de los resultados presentados en las proyecciones de ruido en horario diurno para la fase de construcción en sus distintas etapas y superposiciones, se permite señalar la existencia de cumplimiento normativo a los límites máximos permisibles, para la totalidad de los receptores identificados y evaluados, según lo estipulado en la norma en análisis, no ocasionando un impacto acústico en la comunidad más cercana
Operación
Horario Diurno • Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación global.
Horario Nocturno • Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0).
Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0 y 1).
Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación global.
A partir de los resultados presentados en las proyecciones de ruido para la fase de operación del proyecto, se permite señalar la existencia de superación de los límites máximos permisibles en sus distintas etapas en horario nocturno, en los receptores R4 y R6 identificados y evaluados, según lo estipulado en el D.S. N°38/11 del MMA, ocasionando un impacto acústico en la comunidad receptora, razón por la cual se deberá implementar la siguiente medida de control como parte del diseño del proyecto: - Medida de Control Revestimiento para reforzar el aislamiento acústico de la fachada de las naves de despelonado y secado, incorporando en las 4 caras de cada una de estas instalaciones, placas de acero corrugado con espesor de 3mm. Las dimensiones corresponden a todo el perímetro de la nave de despelonado y secado 1, que es la más cercana al Receptor R4. Este material permite entregar un grado de aislamiento acústico mucho más alto, mediante un índice de reducción sonora Rw= 37Db. de Control Revestimiento para reforzar el aislamiento acústico de la fachada de las naves de despelonado y secado, incorporando en las 4 caras de cada una de estas instalaciones, placas de acero corrugado con espesor de 3mm. Las dimensiones corresponden a todo el perímetro de la nave de despelonado y secado 1, que es la más cercana al Receptor R4. Este material permite entregar un grado de aislamiento acústico mucho más alto, mediante un índice de reducción sonora Rw= 37Db. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
En base a la medida de control anteriormente descrita las siguientes tablas acreditan el cumplimiento de la norma en análisis: e descrita las siguientes tablas acreditan el cumplimiento de la norma en análisis:
• Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0).
Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación (Etapa 0 y 1).
Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación global.
A partir de los resultados presentados en las proyecciones de ruido para la fase de operación en sus distintas etapas, y con medida de control, se permite señalar la existencia de cumplimiento a los límites máximos permisibles de ruido durante horario nocturno, en la totalidad de los receptores identificados, no ocasionando un impacto acústico en la comunidad receptora.
Además, con el objetivo de verificar el cumplimiento de la medida de control, se presenta como CAV el monitoreo de Nivel de Presión Sonora en los receptores R4, R5, y R6, conforme a la metodología, frecuencia y forma de control y seguimiento descritos en el Capítulo 7 de la Adenda Complementaria, correspondiente a la Actualización de los Compromisos Ambientales Voluntarios. Cierre Las actividades, obras y partes durante la fase de cierre sólo se efectúan en Horario Diurno. • Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Indicador que acredita su cumplimiento • Actualización Estudio Acústico acompañado en Anexo N°10 de la Adenda Complementaria. • Implementación de la medida de control. • Compromiso Ambiental Voluntario Monitoreo de Nivel de Presión Sonora. Forma de control y seguimiento − Registro de mantención y verificación de estado de equipos y maquinaria. − Implementación de la medida de control: Mediciones y reporte de éstas a la SMA y SEREMI de Medio Ambiente de la Región de O´Higgins, en un plazo de 60 días hábiles contados desde la obtención de RCA favorable. − CAV Monitoreo de Nivel de Presión Sonora: reporte técnico remitido a la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de O´Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la ejecución de las mediciones. Carga de informe de seguimiento ambiental al sitio web https://ssa.sma.gob.cl/ conforme a la frecuencia establecida para el CAV.
8.26. Componente/materia:Residuos líquidos Norma Decreto Supremo N°594/1999 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en Lugares de Trabajo Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos Sólidos No Peligrosos-Aguas Servidas-Residuos Industriales Líquidos Forma de cumplimiento Residuos Industriales Sólidos no asimilables a Domésticos Los Residuos Sólidos No Peligrosos (RESNOPEL) son residuos inertes provenientes de la Fase de Construcción, correspondientes a excedentes generados en las distintas etapas de esta fase. En efecto, correspondieron y corresponderán principalmente a restos de hormigón, madera y despuntes metálicos. Para la capacidad máxima de almacenamiento se considera un contenedor de acero de 20.000 kg el cual está conformado en acero ASTM A36 Adicionalmente, dichos contenedores contarán con tapa, lo cual generará un cierre hermético, previniendo así la generación de olores o emisiones de cualquier tipo, además de prevenir el ingreso de vectores a los residuos. Este tipo de manejo impide que se verifique cualquiera de las acciones del artículo 16 y 17. Para efectos del almacenamiento transitorio de estos residuos, y conforme al artículo 18 del cuerpo normativo en análisis, se presenta en Anexo N°01.02 de esta Adenda Complementaria, el PASM 140 actualizado. Este tipo de residuos fueron y serán dispuestos en rellenos sanitarios y/o botaderos autorizados por la SEREMI de Salud, en cumplimiento del artículo 19 del cuerpo normativo en análisis. Operación Los residuos sólidos no peligrosos serán almacenados transitoriamente en 2 contenedores de polietileno de alta densidad de 250 kg (1 m3) de capacidad de almacenamiento. Se cuenta con 3 sitios Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
de almacenamiento de residuos no peligrosos, dos de estos corresponden a una bodega losa de hormigón H15 recubierta de pintura epóxica de 32 m2, la cual evitará eventuales percolaciones desde los contenedores, o aquellas que se presenten a consecuencia de la caída de material durante las labores de carga y descarga de los residuos, impidiendo que se genere algún efecto sobre el suelo, cumpliendo de esta manera, los artículos 16 y 17 de la norma en análisis. Si bien por la naturaleza de las faenas, los residuos en referencia son sólidos, de todos modos, se ha concebido la colocación de esta losa. Para efectos del almacenamiento transitorio de estos residuos, y conforme al artículo 18 del cuerpo normativo en análisis, se presenta en Anexo N°01.02 de esta Adenda Complementaria, el PASM 140 actualizado. Estos residuos serán dispuestos finalmente por empresas que cuenten con su respectiva autorización sanitaria, conforme prescribe el artículo 19. Se llevará un registro de residuos generados y egresados, indicando su cantidad y tipo, el cual será informado a través del SIDREP mediante la Ventanilla Única RETC.
Residuos Industriales Líquidos no asimilables a Domésticos
El presente Proyecto genera aguas servidas y residuos industriales líquidos sólo en su fase de operación. En lo que respecta a las aguas servidas, estas provendrán de servicios higiénicos y sanitarios. El Proyecto implementará una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Todas las partes y sistema de la PTAS, se encuentran contenidas en Anexo N°01.04 de la Adenda Complementaria, correspondiente a la actualización del PASM N°138. Respecto a los Residuos Industriales Líquidos, se aclara que este tipo de residuos se generarán solo en la fase de operación, los que serán tratados por un sistema de tratamiento de RILES, respecto al cual, se presenta en Anexo 01.01 de la presente Adenda Complementaria, el PASM 139 actualizado. Por otra parte, se debe precisar que, como vía de disposición del efluente tratado tanto en la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas como del RIL tratado en la Planta de Tratamiento de RILes, no se considera la infiltración a aguas subterráneas, ni la descarga en suelo desnudo, así como tampoco la descarga a cuerpos de agua superficial. Lo anterior, toda vez que los efluentes tratados serán dispuestos a través de riego por aspersión. Indicador que acredita su cumplimiento • Resolución de Calificación Ambiental que certifica el cumplimiento de los PASM 140, 138 y 139. • Autorizaciones sanitarias de empresas encargadas del retiro y disposición final de los RESNOPEL. • Autorización sanitaria sectorial para el almacenamiento transitorio de RESNOPEL. • Autorización sanitaria sectorial de la PTAS. • Autorización sanitaria de la Planta de Tratamiento de RILes. Forma de control y seguimiento Mantenimiento de documentación en oficinas administrativas del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
Residuos Sólidos
8.27. Componente/materia: Residuos Sólidos Norma Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967, Código Sanitario Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o Residuos sólidos domiciliarios, asimilables a domiciliarios como también residuos con características no peligrosos (RESNOPEL). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento Conforme al artículo 79 y 80, para obtener la aprobación del PASM 140, contenido en Anexo N°01.02 del a Adenda Complementaria, se indica: Para la fase de construcción y cierre se consideró/contempla la habilitación de un sitio de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, al interior de la instalación de faenas considerada para estas fases. Este Sitio de Almacenamiento Temporal cumplirá con las disposiciones establecidas en el Código Sanitario y el Decreto Supremo 594/1999 MINSAL. Tendrá una superficie de 30 m2 y será emplazado dentro de los límites del predio. Los residuos sólidos domiciliarios generados durante esta fase, corresponden a los generados por el personal que trabajará en las faenas. Estos residuos serán acumulados transitoriamente en contenedores herméticos para posteriormente ser retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana – acorde a la planificación municipal – con la finalidad de evitar la descomposición de los restos de alimentos, focos de insalubridad, malos olores y/o vectores sanitarios. El retiro de estos se realizará mediante camiones municipales y serán destinados a sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud. En cuanto los Residuos Sólidos No Peligrosos (RESNOPEL) se trata de residuos inertes provenientes de la Fase de Construcción, correspondientes a excedentes generados en las distintas etapas de esta fase. En efecto, correspondieron y corresponderán principalmente a restos de hormigón, madera y despuntes metálicos. Este tipo de residuos fueron y serán dispuestos en rellenos sanitarios y/o botaderos autorizados por la SEREMI de Salud. Para la capacidad máxima de almacenamiento se considera un contenedor de acero de 20.000 kg el cual está conformado en acero ASTM A36. Adicionalmente, dichos contenedores contarán con tapa, lo cual generará un cierre hermético, previniendo así la generación de olores o emisiones de cualquier tipo, además de prevenir el ingreso de vectores a los residuos. El sitio de acopio transitorio de residuos industriales no peligrosos, domiciliarios y asimilables a domiciliarios, supone los siguientes elementos: os, domiciliarios y asimilables a domiciliarios, supone los siguientes elementos:
• Cierre perimetral: Se considera un cierre perimetral con el fin de impedir el libre acceso de personas y animales • Piso: Contará con terreno estabilizado y piso nivelado. • Sistemas de contención de derrames: No se considera sistema de contención, sin embargo, se contará con los implementos necesarios para asear el contenedor en caso de producirse algún volcamiento o derrame de residuos. • Señalética: el sitio estuvo y estará debidamente identificado, con señalética que prevenga posibles riesgos asociados. • Extintores: el sitio contó y contará con las medidas para controlar eventuales amagos de incendio.
Fase de Operación: Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, serán dispuestos en un contenedor de acero A36 de 20 m3 de capacidad de almacenamiento, con tapa y cierre hermético. Los residuos orgánicos corresponderán a los provenientes de la etapa de despelonado. Estos residuos serán almacenados transitoriamente en 3 contenedores de polietileno de alta densidad, con 110 kg (240l) de capacidad máxima de almacenamiento, con tapa y cierre hermético. Por su parte, los residuos no peligrosos serán almacenados transitoriamente en 2 contenedores de polietileno de alta densidad de 250 kg (1 m3) de capacidad de almacenamiento. Se cuenta con 3 sitios de almacenamiento de residuos no peligrosos, dos de estos es una bodega losa de hormigón H15 recubierta de pintura epóxica de 32 m2, la cual Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
evitará eventuales percolaciones desde los contenedores, o aquellas que se presenten a consecuencia de la caída de material durante las labores de carga y descarga de los residuos, generen algún efecto sobre el suelo. Si bien por la naturaleza de las faenas, los residuos en referencia son sólidos, de todos modos, se ha concebido la colocación de esta losa. Estos residuos serán dispuestos finalmente por empresas que cuenten con su respectiva autorización sanitaria. Se llevará un registro de residuos generados y egresados, indicando su cantidad y tipo, el cual será informado a través del SIDREP a través de la Ventanilla Única RETC. Indicador que acredita su cumplimiento • RCA que certifica cumplimiento y otorga el PASM 140. • Registro del camión que realiza el retiro de los residuos donde se indique la cantidad retirada. • Declaración SIDREP en Ventanilla Única RETC • Autorización sanitaria sectorial del PAS 140. Forma de control y seguimiento Mantención de documentación en oficinas administrativas del Proyecto
8.28. Componente/materia: Residuos Norma Decreto Supremo N°594/1999. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales mínimas en lugares de trabajo. Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos domésticos y asimilables. Forma de cumplimiento Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables serán acumulados transitoriamente en contenedores herméticos, en sectores dentro del lugar de emplazamiento del Proyecto, para posteriormente ser retirados mediante camiones municipales y destinados a sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud.
Fase de Construcción y Cierre: Los residuos sólidos domiciliarios generados durante esta fase, corresponden a los generados por el personal que trabajará en las faenas constructivas. Estos residuos corresponden, en general, a restos orgánicos, envases, papeles, cartones, plásticos y cajas. Estos residuos serán trasladados y almacenados de forma transitoria en un lugar de acopio, respecto del cual, en Anexo N°00.02 de la Adenda se actualiza el PASM 140. os corresponden, en general, a restos orgánicos, envases, papeles, cartones, plásticos y cajas. Estos residuos serán trasladados y almacenados de forma transitoria en un lugar de acopio, respecto del cual, en Anexo N°00.02 de la Adenda se actualiza el PASM 140.
Fase de Operación: Para la fase de operación, los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, serán dispuestos en un contenedor de acero A36 de 20 m3 de capacidad de almacenamiento, con tapa y cierre hermético. Estos residuos serán dispuestos finalmente por empresas que cuenten con su respectiva autorización sanitaria. Se llevará un registro de residuos generados y egresados, indicando su cantidad y tipo, el cual será informado a través del Sistema de Ventanilla Única RETC. Por su parte, los residuos orgánicos corresponderán a los provenientes de la etapa de despelonado. Estos residuos serán almacenados en un contenedor de acero A36 de 20 m3 de capacidad máxima de almacenamiento, con tapa y cierre hermético. Indicador que acredita su • Solicitud de PASM 140 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
cumplimiento • Resolución de calificación ambiental que otorga permiso solicitado. • Autorización sanitaria de sitio de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos. • Declaración SIDREP en RETC. • Autorización sanitaria de empresas transportistas. • Autorización de sitio de disposición final. Forma de control y seguimiento • Tramitación sectorial y obtención de resolución sanitaria para el sitio de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos. • Registro de las resoluciones de funcionamiento de los sitios destinados a la disposición final y empresa transportista de residuos. • Comprobantes de reportes cargados en el SIDREP a través de la Ventanilla Única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.29. Componente/materia: Residuos Norma Decreto Supremo N°1/2013. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de contaminantes RETC. Ministerio del Medio Ambiente.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos sólidos domiciliarios y asimilables. Forma de cumplimiento El Proponente dará cumplimiento a su obligación de informar sus emisiones, residuos y otros mediante el portal electrónico del RETC Indicador que acredita su cumplimiento • Declaración de generación de residuos realizada a través del sistema de ventanilla única RETC • Realización de la declaración jurada dando fe de la veracidad de la información ingresada al RETC. Forma de control y seguimiento Registro y mantención de información contenida en los reportes declarados en el sistema de ventanilla única del RETC.
8.30. Componente/materia: Lodos Norma Decreto Supremo N°3/2012 Reglamento para el manejo de lodos provenientes de plantas de tratamiento de efluentes de la industria procesadora de frutas y hortalizas Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Decreto Supremo N°27/2021 MMA Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Lodos provenientes del sistema de tratamiento de RILes. Forma de cumplimiento El sistema de tratamiento de RILes genera lodos, los que serán impulsado con una bomba de membrana neumática, hacia estanque de acumulación de 10 m3, con el objetivo de almacenar y distribuir el lodo hacia tolva de disposición En esta tolva, los lodos se acumularán y desaguarán con el objetivo de evaluar si cumplen los requisitos de humedad definidos para su disposición o, en su defecto, para mezclarlos con los sólidos gruesos removidos en etapas previas al tratamiento de RILes, tales como sólidos provenientes del proceso de despelonado entre otros, cuya baja humedad permitiría estabilizar el lodo proveniente de este sistema. La tolva estará ubicada a más de 20 metros de distancia de cualquier cuerpo de agua superficial. Además, el PAS 139 contenido en Anexo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
01.01 de la presente Adenda Complementaria, establece un Plan de Manejo de Lodos.
Indicador que acredita su cumplimiento -. RCA que certifica el cumplimiento del PASM 139 -. Autorización sanitaria del proyecto y funcionamiento de la planta de tratamiento de RILes. Forma de control y seguimiento Mantención de autorizaciones en dependencias administrativas del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.31 Componente/materia: Residuos Peligrosos Norma Decreto Supremo N°148/2003 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos peligrosos Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre. El almacenamiento de los residuos peligrosos para la Fase de Construcción, en sus distintas etapas y en la fase de cierre, se llevó y llevará a cabo de forma temporal al interior de una bodega tipo conteiner de acero ASTM 36, modelo BSP6, diseñado para el almacenamiento de residuos peligrosos. Los residuos almacenados se encontraron y encontrarán debidamente etiquetados, dispuestos al interior de una bodega, localizada cerca a la instalación de faenas. La bodega contó y contará con acceso restringido. Los residuos peligrosos serán contenidos de manera temporal en contenedores con tapa debidamente rotulados. Para dicho propósito existirá una bodega que cumpla con las disposiciones establecidas en la norma en análisis. En general, este sitio contará con una base continua, impermeable, resistente estructural y químicamente a residuos, cierre perimetral, techada, capacidad de retención de escurrimiento no menor al 20% del volumen total almacenado, señalización acorde a NCh N°2190, acceso restringido y extintores de polvo químico. Fase de operación
Para la fase de operación, los residuos peligrosos son almacenados en una bodega ubicada al interior del predio y especialmente acondicionada para tales fines. Construida en estructura metálica con malla metálica y cubierta de planchas metálicas, dos puertas de corredera de igual manera. Subdividida en dos sectores con estructura metálica de muro a cielo y cubierta con plancha de zinc, piso de hormigón, techo con plancha de zinc, control de derrames consistente en sifón al medio de la bodega y con salida al exterior en sifón al medio de la bodega en un contenedor con capacidad de absorción mayor al 20% del volumen total almacenado. Cuenta con cierre perimetral que protege de las inclemencias del clima y ventilación natural. Señalizado de acuerdo a NCh 2190, por tipo de residuos y como bodega de residuos peligrosos. En cuanto a la forma de cumplimiento del artículo 29, se presentan los contenidos técnicos y formales para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, correspondientes al PAS 142, Anexo 01.04 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento • Solicitud de Permiso Ambiental Sectorial Mixto 142. • Resolución de Calificación Ambiental que otorga PASM 142. • Autorización sanitaria de sitio de almacenamiento de residuos peligrosos, en conformidad al artículo 29 del presente cuerpo legal. Forma de control y Mantención de copia de documentación en oficinas administrativas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
seguimiento del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
Residuos Líquidos
8.32. Componente/materia: Residuos líquidos Norma Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967, Código Sanitario Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) Forma de cumplimiento Se generarán aguas servidas provenientes de los baños utilizados por los trabajadores durante la fase de operación. El Proyecto implementará un sistema de tratamiento particular de aguas servidas. Este sistema se compone de las siguientes etapas:
Cámara Separadora de Grasas y Aceites: Remueve aceites y grasas del agua servida antes de su tratamiento principal. Se limpia semanalmente. • Filtro Parabólico: Filtra sólidos gruesos del agua servida con una eficiencia del 98% para partículas superiores a 0,6 mm. • Estanque de Desnitrificación: Convierte nitratos en nitrógeno gaseoso para su liberación al ambiente, evitando eutrofización. • Reactores Biológicos (Fase Aeróbica): Dos reactores en los que microorganismos consumen la materia orgánica bajo condiciones aeróbicas, transformándola en productos no contaminantes. • Estanque de Desaireación: Elimina gases disueltos que podrían interferir en los procesos posteriores. • Estanque Decantador: Facilita la sedimentación de flóculos de lodos, que luego se recirculan para optimizar la biodegradación de materia orgánica. • Estanque de Digestión: Los lodos estabilizados son almacenados y retirados periódicamente. • Desinfección: El agua pasa por un proceso de cloración, decloración y reposo antes de ser filtrada. • Filtros de Arena y Eliminadores de Hierro/Manganeso: Eliminan partículas en suspensión, hierro y manganeso presentes en el agua. • Estanque de Riego: El efluente final es almacenado para su uso en riego. • Generación y Gestión de Lodos: Los lodos generados son purgados, tratados y almacenado en un estanque de 26 m3, alcanzando un volumen diario de 3,12 m³, con una retirada semanal de 10,92 m³ mediante tercero autorizado.
Todas estas partes y sistemas, se encuentran contenidas en Anexo N°01.04 de la Adenda Complementaria, correspondiente al PASM N°138 actualizado. Indicador que acredita su cumplimiento • Solicitud de PASM 138. • Resolución de calificación ambiental que otorga permisos solicitados. • Autorización sanitaria de la planta de tratamiento de aguas servidas Forma de control y seguimiento Mantención de documentación en oficinas administrativas del Proyecto Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
8.33. Componente/materia: Aguas Servidas Norma D.S. N°50/2002 Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) Forma de cumplimiento
Para calcular la dotación de agua potable, se obtiene del Anexo 4 del RIDDA. Los estanques de almacenamiento del agua tratada se encuentran diseñados de manera de preservar la calidad de agua, evitando la contaminación por ingreso de materiales extraños, por ingreso de agua distinta a la alimentación y empleando materiales impermeables, resistentes y no tóxicos
Indicador que acredita su cumplimiento -. Autorización Sanitaria del proyecto de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. -. Autorización Sanitaria de funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Forma de control y seguimiento Registro y mantención de las autorizaciones sanitarias en las dependencias administrativas del proyecto
8.35. Componente/materia: Residuos líquidos Norma Decreto Supremo N°236/1926 Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión y Trabajo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos líquidos Relación con el Proyecto
El Proyecto considera un sistema de tratamiento particular de aguas servidas, el cual funcionará durante toda la fase de operación. Forma de cumplimiento Se generarán aguas servidas provenientes de los baños utilizados por los trabajadores durante la fase de operación. Estas aguas servidas califican como “aguas servidas caseras”, conforme al artículo 10 del cuerpo normativo en análisis, por contener substancias excrementicias y urinarias. El Proyecto implementará un sistema de tratamiento particular de aguas servidas. Este sistema considera las siguientes etapas: • Cámara Separadora de Grasas y Aceites: Remueve aceites y grasas del agua servida antes de su tratamiento principal. Se limpia semanalmente. • Filtro Parabólico: Filtra sólidos gruesos del agua servida con una eficiencia del 98% para partículas superiores a 0,6 mm. • Estanque de Desnitrificación: Convierte nitratos en nitrógeno gaseoso para su liberación al ambiente, evitando eutrofización. • Reactores Biológicos (Fase Aeróbica): Dos reactores en los que microorganismos consumen la materia orgánica bajo condiciones aeróbicas, transformándola en productos no contaminantes. • Estanque de Desaireación: Elimina gases disueltos que podrían interferir en los procesos posteriores. • Estanque Decantador: Facilita la sedimentación de flóculos de lodos, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
que luego se recirculan para optimizar la biodegradación de materia orgánica. • Estanque de Digestión: Los lodos estabilizados son almacenados y retirados periódicamente. • Desinfección: El agua pasa por un proceso de cloración, decloración y reposo antes de ser filtrada. • Filtros de Arena y Eliminadores de Hierro/Manganeso: Eliminan partículas en suspensión, hierro y manganeso presentes en el agua. • Estanque de Riego: El efluente final es almacenado para su uso en riego. • Generación y Gestión de Lodos: Los lodos generados son purgados, tratados y almacenado en un estanque de 26 m3, alcanzando un volumen diario de 3,12 m³, con una retirada semanal de 10,92 m³ mediante tercero autorizado.
Todas estas partes y sistemas, se encuentran contenidas en Anexo N°01.04 de la Adenda Complementaria, correspondiente a la actualización del PASM N°138. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de calificación ambiental que certifique el cumplimiento de los requisitos de carácter ambiental del PASM N°138. - Resolución sanitaria otorgada por la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins, que apruebe sectorialmente el sistema de tratamiento de aguas servidas. Forma de control y seguimiento Registro y mantención en las oficinas administrativas del proyecto, tanto de la RCA como de la resolución sanitaria, disponible para fiscalización de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.36. Componente/materia: Residuos industriales líquidos Norma Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967, Código Sanitario Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Planta de Tratamiento de RILes Forma de cumplimiento Los RILes son generados en la planta de despelonado de la fruta. Este tipo de residuos se generarán solo en la fase de operación, los que serán tratados por un sistema de tratamiento de RILES, respecto al cual, se presenta en Anexo 01.01 de la presente Adenda Complementaria, el PASM 139 actualizado. El sistema de tratamiento de RILes empleado consta de varias etapas diseñadas para asegurar la adecuada gestión, depuración y descarga del efluente, cumpliendo con las normativas de calidad ambiental y promoviendo la reutilización del agua tratada. A continuación, se describe su funcionamiento:
Conducción y Remoción de Sólidos Gruesos Los RILes generados en las plantas son recolectados y conducidos a través de tuberías hacia decantadores, donde se realiza una filtración primaria mediante un filtro parabólico. Este filtro separa los sólidos más grandes (>0,6 mm), que luego son recolectados y enviados a compostaje. Esta etapa es clave para evitar que los sólidos gruesos interfieran en los procesos posteriores.
Ecualización y Homogenización El efluente filtrado es almacenado en un estanque de ecualización y homogenización de 40 m³. Aquí se asegura una mezcla homogénea del flujo de entrada y se ajusta el pH del líquido, garantizando condiciones óptimas para el siguiente tratamiento. Este paso es fundamental para estabilizar el flujo de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
RILes y evitar variaciones en las siguientes fases.
Tratamiento Físico-Químico (Coagulación y Floculación) El siguiente proceso consiste en la coagulación y floculación, que utiliza dos tipos de productos químicos: un coagulante y un floculante. • Coagulación: Se añaden coagulantes al agua para neutralizar las cargas eléctricas de las partículas suspendidas, permitiendo que se aglomeren en microflóculos. • Floculación: Se utiliza floculante para unir y aumentar el tamaño de estos microflóculos, facilitando su separación en las siguientes etapas.
Separación Física (Sistema de Flotación por Aire Disuelto - DAF) El sistema DAF (Flotación por Aire Disuelto) se encarga de la separación física de las partículas suspendidas y otros contaminantes. Microburbujas de aire se adhieren a los flóculos, haciéndolos flotar para ser removidos de la superficie. Esta técnica es cinco veces más rápida que una decantación convencional, y permite una eficiente eliminación de sólidos. El agua tratada es parcialmente recirculada, optimizando el uso de los recursos hídricos, mientras que el exceso es enviado a las etapas finales de tratamiento. Desinfección y Filtración El efluente clarificado no recirculado se somete a una etapa de desinfección a través de una cámara de contacto, donde se realiza una cloración y decloración. Posteriormente, pasa por filtros de arena y filtros greensand, los cuales eliminan hierro y manganeso disueltos, cumpliendo con los parámetros normativos para su reutilización en riego. Este proceso asegura la calidad del agua tratada, haciéndola apta para su uso en aplicaciones agrícolas. Indicador que acredita su cumplimiento -. Resolución de calificación ambiental que otorga el PASM 139. -. Autorización sanitaria del proyecto y de funcionamiento de la Planta de Tratamiento de RILes. Forma de control y seguimiento Mantención de documentación en oficinas administrativas del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
Componente/materia: Efluentes tratados dispuestos a riego Norma NCh 1.333 Of 78 Requisitos de calidad del agua para diferentes usos Instituto Nacional de Normalización Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aguas destinadas a riego provenientes de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) y la Planta de Tratamiento de RILes (PTR). Forma de cumplimiento Se realizarán monitoreos periódicos, tal como se indica e el Anexo N°09 “Plan de Monitoreo” de la presente Adenda Complementaria. En este Plan, se establece como parámetros a evaluar los indicadas en el numeral 6 “Requisitos del agua para riego” de la NCh 1333 Of.78 y de la Guía: Evaluación Ambiental de Aplicación de Efluentes al Suelo”, SAG.
Además, los monitoreos se realizarán considerando la clasificación de aguas según su salinidad, conforme a lo establecido en la Tabla 2 de la Norma Chilena N°1.333/78.
En caso que se supere el valor de DBO5 antes señalado, se utiliza como referencia la aplicación de una carga orgánica máxima de fuente: Guía de Evaluación Ambiental – Aplicación de Efluentes al Suelo – SAG Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Indicador que acredita su cumplimiento Plan de Monitoreo de Aguas para Riego, contenido en Anexo N°09 de la Adenda Complementaria. Forma de control y seguimiento Carga de los reportes del CAV Plan de Monitoreo del Efluente tratado en la PTAS y en la Planta de Tratamiento de RILes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
Normas Relacionadas con Componentes Ambientales
8.37. Componente/materia:Fauna. Norma Resolución N°133/2005. Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso e embalajes de Madera. Servicio Agrícola y Ganadero. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Materiales de construcción. Forma de cumplimiento
Si bien el Proyecto no contempla la importación de mercaderías ni el desembarque de productos de procedencia extranjera susceptible de infectarse por plagas, eventualmente, podría requerirse el ingreso de materiales, partes y piezas provenientes del extranjero. Respecto a los potenciales embalajes provenientes del exterior, se verificará que éstos cumplan con las disposiciones establecidas en la presente Resolución y sus modificaciones, en lo que dice relación con el tratamiento de la madera y las marcas de certificación de los tratamientos fitosanitarios. Para lo anterior, se exigirá contractualmente a los contratistas, que la internación de equipos o piezas en embalaje de madera sea realizada bajo las medidas de tratamiento fitosanitario descritas en la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias, que entrega las directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional. Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de tratamientos fitosanitarios de embalajes provenientes del exterior. • Registro de fumigación o certificado de cuarentena en caso de que sea decretado por el SAG. • Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los embalajes de maderas. Forma de control y seguimiento Registro de certificados y copias de contratos disponibles en las oficinas administrativas del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.38. Componente/materia: Fauna terrestre Norma D.S. N°5/1998 Ministerio de Agricultura Otros cuerpos legales asociados D.S.N°29/2011 del Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, Todas las partes, obras y acciones del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento La Caracterización de fauna terrestre, contenida en Anexo N°06 de la Adenda, registra la campaña llevada a cabo en la primavera de 2023. Los resultados de esta campaña, identificaron en el área de influencia de este componente a las siguientes especies en categoría de conservación: Liolaemus chiliensis (Lagarto Chileno) Liolaemus lemniscatus (Lagartija lemniscata) y Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta), todas en Preocupación Menor. Estas especies se registraron en el área donde se emplazarían las etapas 3 y etapa 4. Se propuso un Plan de Perturbación Controlada, ya que el sitio de destino era contiguo al área de perturbación y formaban parte de la misma formación. No obstante, las etapas 3 y 4 se eliminaron de la configuración del proyecto, lo que impide realizar la perturbación controlada ya que no se cumplen los criterios y supuestos para su ejecución. Con todo, se remplaza por el CAV Plan de Monitoreo de Fauna, consistente en la implementación de monitoreos, centrados en la observación de la presencia/ausencia, riqueza (número de especies), abundancia (número de individuos por especie) y diversidad (índice de diversidad de Simpson o Shannon) de las mismas especies (Liolaemus chiliensis, Liolaemus lemniscatus y Liolaemus tenuis ). Se utilizarán métodos de captura y recaptura mediante trampas de caída (pitfall traps), transectos y observación directa. Si se detectan alteraciones significativas, se propondrán e implementarán medidas correctivas. De esta forma, se monitorea la riqueza, abundancia y diversidad de las especies de Liolaemus tenuis, Liolaemus chilensis y Liolaemus lemniscatus; con el fin de detectar si existen cambios en la comunidad de reptiles como resultado de las actividades operativas. Además, se especificará contractualmente al personal propio como a los contratistas, sobre la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas.
Indicador que acredita su cumplimiento -. RCA que apruebe el CAV Plan de Monitoreo de Fauna. -. Cláusulas contractuales. Forma de control y seguimiento -. Se generarán informes por campaña realizada. Los informes incluirán los datos obtenidos de riqueza, abundancia y diversidad, comparando los resultados con los valores de referencia establecidos en la Línea de Base. -. Carga de informe de seguimiento ambiental al sitio web https://ssa.sma.gob.cl/ -. En caso de que se detecte un declive en la riqueza o abundancia de las especies, o un cambio desfavorable en la diversidad, se implementarán medidas correctivas. -. Registro de contratos en las dependencias administrativas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.39. Componente/materia:Fauna silvestre Norma D.S. N°29/2011 Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto.
Forma de cumplimiento La Caracterización de fauna terrestre, contenida en Anexo N°06 de la Adenda, registra la campaña llevada a cabo en la primavera de 2023. Los resultados de esta campaña, identificaron en el área de influencia de este componente a las siguientes especies en categoría de conservación: Liolaemus chiliensis (Lagarto Chileno) Liolaemus lemniscatus (Lagartija lemniscata) y Liolaemus tenuis (Lagartija Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
esbelta), todas en Preocupación Menor. Considerando lo anterior, se presenta el CAV Plan de Monitoreo de Fauna, consistente en la implementación de monitoreos, centrados en la observación de la presencia/ausencia, riqueza (número de especies), abundancia (número de individuos por especie) y diversidad (índice de diversidad de Simpson o Shannon) de las mismas especies (Liolaemus chiliensis, Liolaemus lemniscatus y Liolaemus tenuis ). Se utilizarán métodos de captura y recaptura mediante trampas de caída (pitfall traps), transectos y observación directa. Si se detectan alteraciones significativas, se propondrán e implementarán medidas correctivas. De esta forma, se monitorea la riqueza, abundancia y diversidad de las especies de Liolaemus tenuis, Liolaemus chilensis y Liolaemus lemniscatus; con el fin de detectar si existen cambios en la comunidad de reptiles como resultado de las actividades operativas. Además, se especificará contractualmente al personal propio como a los contratistas, sobre la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas.
Indicador que acredita su cumplimiento -. RCA que apruebe el CAV Plan de Monitoreo de Fauna. -. Cláusulas contractuales. Forma de control y seguimiento . Se generarán informes por campaña realizada. Los informes incluirán los datos obtenidos de riqueza, abundancia y diversidad, comparando los resultados con los valores de referencia establecidos en la Línea de Base. -. Carga de informe de seguimiento ambiental al sitio web https://ssa.sma.gob.cl/ -. En caso de que se detecte un declive en la riqueza o abundancia de las especies, o un cambio desfavorable en la diversidad, se implementarán medidas correctivas. -. Registro de contratos en las dependencias administrativas Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.40. Componente/materia: Suelo Norma Decreto con Fuerza de Ley N°478/1975. Ley General de Urbanismo y Construcción. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras temporales de fase de construcción, Obras Permanentes de fase de operación. Forma de cumplimiento El proyecto se emplaza zona urbana, específicamente en la zona denominada Zona de Equipamiento Industrial (ZEQ -1), la cual, según la Ordenanza de dicho Instrumento de Planificación Territorial, corresponde a “áreas para uso industrial incorporadas por los planes reguladores comunales […].. Respecto a lo anterior, esta zonificación corresponde a Zona de Equipamiento Industrial 1, la cual permite entre sus usos las actividades productivas inofensivas y molestas, solo vivienda de cuidadores, áreas verdes, espacio público, instalaciones complementarias de infraestructura sanitaria, eléctrica, telecomunicaciones, vialidad y transporte, y equipamiento complementario a las actividades productivas de comercio y servicios. Así, el Proyecto se ajusta a los usos permitidos en los respectivos instrumentos de planificación territorial. Por su parte, se considerarán las disposiciones establecidas en los artículos 116 y 145 de la LGUC, de la siguiente forma: - Fase de construcción y cierre El Proponente solicitará la solicitud de permiso de edificación para todas aquellas instalaciones que deban ser ejecutadas con la finalidad de llevar a cabo la fase de construcción y la futura fase de cierre. En esa misma línea, el Proponente, previo a la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
ocupación de cualquier de las instalaciones afectas a permiso de edificación, una vez concluidas dichas obras, solicitará ante la dirección de obras municipales, la correspondiente Recepción Definitiva. - Fase de operación En todas aquellas estructuras que corresponda se solicitará el correspondiente permiso de edificación junto con su posterior Recepción Definitiva. Por su parte, para asegurar la no afectación del recurso suelo debido al empleo de RILes para riego, se efectuarán análisis químicos semestrales, considerando los parámetros: textura, pH, nitrógeno y fósforo. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de informaciones previas. • Resolución de calificación ambiental favorable. • Permisos de edificación y recepción definitiva en aquellas obras que se requiera. • Análisis químicos semestrales. • Comprobante de carga de análisis al sitio web de la SMA. Forma de control y seguimiento Registro en oficinas administrativas del Proyecto que acreditan el cumplimiento de la normativa y los permisos aplicables, los cuales serán solicitados con posterioridad a la obtención de la RCA.
8.40. Componente/materia: Suelo Norma Decreto Supremo N°47/1992. Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Ministerio de Vivienda y Urbanismo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emplazamiento del proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se emplaza zona urbana, específicamente en la zona denominada ZEQ-I1 del Plan Regulador Intercomunal de Rancagua. Respecto a lo anterior, esta zonificación corresponde a Zona de Equipamiento Industrial 1, la cual permite entre sus usos las actividades productivas inofensivas y molestas, solo vivienda de cuidadores, áreas verdes, espacio público, instalaciones complementarias de infraestructura sanitaria, eléctrica, telecomunicaciones, vialidad y transporte, y equipamiento complementario a las actividades productivas de comercio y servicios. Así, el Proyecto se ajusta a los usos permitidos en los respectivos instrumentos de planificación territorial. Por su parte, se considerarán las disposiciones establecidas en los artículos 116 y 145 de la LGUC, de la siguiente forma: o Fase de construcción y cierre El Proponente solicitará la solicitud de permiso de edificación para todas aquellas instalaciones que deban ser ejecutadas con la finalidad de llevar a cabo la fase de construcción y la futura fase de cierre En esa misma línea, el Proponente, previo a la ocupación de cualquier de las instalaciones afectas a permiso de edificación, una vez concluidas dichas obras, solicitará ante la dirección de obras municipales, la correspondiente Recepción Definitiva.
Fase de operación En todas aquellas estructuras que corresponda se solicitará el correspondiente permiso de edificación (de manera posterior a la obtención del Informe Favorable, junto con su posterior Recepción Definitiva. Por su parte, para asegurar la no afectación del recurso suelo debido al empleo de RILes para riego, se efectuarán análisis químicos semestrales, considerando los parámetros: textura, pH, nitrógeno y fósforo. - Fase de construcción y cierre Tal como indica el artículo 5.8.3 del presente cuerpo normativo, “En todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas: i. Con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y materia: a. Regar el terreno en forma oportuna y suficiente durante el periodo en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones. b. Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6. c. Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. d. Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena. e. Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientes identificados y ubicados Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos. g. La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión de polvo e impedir la caída de material hacia el exterior. h. Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla. El Director de Obras Municipales podrá excepcionalmente eximir del cumplimiento de las medidas contempladas en las letras a), d) y h), cuando exista déficit, estas medidas serán siempre obligatorias respecto de las obras ubicadas en zonas declaradas latentes o saturadas por polvo o material particulado, en conformidad a la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente. ii. Se prohíbe realizar faenas y depositar materiales y elementos de trabajo en el espacio público, excepto en aquellos espacios públicos expresamente autorizados por el Director de Obras Municipales de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior. iii. Mantener adecuadas condiciones de aseo del espacio público que enfrenta la obra. Cuando dicho espacio existan árboles y jardines, deberá mantenerlos en buenas condiciones y reponerlos si corresponde. iv. Por constituir las faenas de construcción fuentes transitorias de emisión de ruidos y con el objeto de controlar su impacto, el constructor deberá entregar, previo al inicio de la obra, un programa de trabajo de ejecución de las obras que contenga los siguientes antecedentes: a) horario de funcionamiento de la obra b) Lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas. c) Nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, si lo hubiere. - Calificación industrial Conforme se establece en el artículo 4.14.2 del presente cuerpo normativo en el Anexo N°01 de la Adenda se actualizan los antecedentes técnicos necesarios para solicitar la Calificación Industrial, en el contexto de la solicitud y obtención de Pronunciamiento 161. Indicador que acredita su cumplimiento • Resolución de Calificación Ambiental favorable. • Permisos de Edificación y Recepción Definitiva en aquellas obras que lo requieran. • Análisis químicos semestrales. Forma de control y seguimiento Registro en oficinas administrativas del Proyecto de los permisos aplicables, los cuales serán solicitados con posterioridad a la obtención de la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.41. Componente/materia: Suelo Norma Resolución 52/2001. Aprueba Plan Regulador Intercomunal de Rancagua. Gobierno Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, Emplazamiento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento El presente Proyecto – tal como se describió en el Capítulo 1 – se emplaza en la comuna de Mostazal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, específicamente en el ROL SII 173-42. Dicha área en donde se emplaza el Proyecto, conforme al Plan Regulador Intercomunal de Rancagua corresponde a ZEQ – I1, en la cual se permite el emplazamiento de actividades productivas o industriales de carácter inofensivo y/o molesto. Para acreditar la compatibilidad de uso de suelo, se está tramitando en la presente evaluación ambiental, el pronunciamiento sectorial contenido en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, el cual guarda relación con la calificación a la que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. De este modo, se cumple con las condiciones generales de emplazamiento, dando cumplimiento a la zonificación del Plan Regulador Intercomunal de Rancagua y, por lo tanto, a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental que otorga el pronunciamiento del artículo 161 del Reglamento del SEIA. - Resolución sanitaria que califique al Proyecto como inofensivo o molesto. Forma de control y seguimiento Registro en las oficinas administrativas del Proyecto de la resolución sanitaria Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.42. Componente/materia: Suelos Norma Decreto Alcaldicio 208/2018. Aprueba la Modificación del Plan Regulador Comunal y Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Mostazal, que Comprende las localidades de San Francisco; La Punta – El Rincón y Los Marcos. Municipalidad de Mostazal Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emplazamiento. Forma de cumplimiento El presente Proyecto – tal como se describió en el Capítulo 1 – se emplaza en la comuna de Mostazal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, específicamente en el ROL SII 173-42. Dicha área en donde se emplaza el Proyecto, conforme al Plan Regulador Comunal de Mostazal corresponde a ZI, en la cual se permite el emplazamiento de actividades productivas o industriales de carácter inofensivo y/o molesto. Para acreditar la compatibilidad de uso de suelo, se está tramitando en la presente evaluación ambiental, el pronunciamiento sectorial contenido en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, el cual guarda relación con la calificación a la que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. De este modo, se cumple con las condiciones generales de emplazamiento, dando cumplimiento a la zonificación del Plan Regulador Intercomunal de Rancagua y, por lo tanto, a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental que otorga el pronunciamiento del artículo 161 del Reglamento del SEIA. Resolución sanitaria que califique al Proyecto como inofensivo o molesto. Forma de control y seguimiento Registro en las oficinas administrativas del Proyecto de la resolución sanitaria. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
8.43. Componente/materia: Suelos Norma Decreto Ley N°3.557. Establece disposiciones sobre protección agrícola. Ministerio de Agricultura. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto. Forma de cumplimiento El área en donde se emplaza el proyecto, al ser Zona Industrial, se encuentra totalmente intervenida, por lo que no se verifican riesgos que afecten la calidad de los suelos ni el patrimonio fitosanitario. Con todo, el Proponente maneja y manejará todos los residuos, tanto líquidos como sólidos, conforme a sus respectivas reglamentaciones, según se explicó en el acápite de Residuos del presente capítulo. A mayor abundamiento, existe un correcto manejo de los Residuos Sólidos No Peligrosos, Residuos Sólidos Peligrosos, Aguas Servidas y Residuos Industriales Líquidos, tal como lo acredita el contenido de los PASM 138, 139, 140 y 142. Con el fin de evitar o impedir la contaminación, se adoptan las medidas del Plan de Contingencia y Emergencia de cada uno de los referidos PASM, así como las medidas del Plan de Contingencia y Emergencia del Proyecto, contenido en Anexo N°05 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Se han adoptado todas las medidas técnicas y prácticas para evitar cualquier tipo de contaminación de los suelos. Para ello, en relación a los residuos, el Proponente aseguró y asegurará el retiro de todos los residuos sólidos generados, así como el manejo adecuado de los residuos líquidos, tal como se explicó en el acápite de residuos sólidos y residuos líquidos del presente capítulo. Forma de control y seguimiento Plan de Contingencia y Emergencias. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.44. Componente/materia: Patrimonio arqueológico Norma Ley N°17.288. Ley sobre Monumentos Nacionales. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sitio de emplazamiento del Proyecto Forma de cumplimiento Conforme a lo indicado anteriormente, el área de emplazamiento del Proyecto se ha caracterizado por contar con presencia de una importante matriz agrícola y agroindustrial. Según lo señalado en la nómina de monumentos nacionales de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM) en el sector donde se emplaza el Proyecto no se presentan Monumentos Históricos, Arqueológicos, Zonas Típicas o Pintorescas o Santuarios de la Naturaleza, por lo que no se ocasionará un deterioro a Monumentos Nacionales ni se altera el valor paisajístico del área. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo 38 del cuerpo legal en análisis, se deberá proceder según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley en comento, y el artículo 23 del Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Proponente del Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento Comunicación expedita y por escrito con el CMN en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico y/o paleontológico, de acuerdo con las acciones y plazos descritos. • El adecuado resguardo del hallazgo hasta el pronunciamiento del CMN y la pronta implementación de los procedimientos a seguir indicados por el CMN. Forma de control y seguimiento • Seguimiento por medio de personal que supervise las obras, en caso de realizar algún hallazgo, se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN. • Registro fotográfico contendrá fecha y hora.
8.45. Componente/materia: Patrimonio cultural. Norma Decreto Supremo N°484/1990 MINEDUC Reglamento de la Ley N°17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Ministerio de Educación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sitio de emplazamiento del Proyecto Forma de cumplimiento Conforme a lo indicado anteriormente, el área de emplazamiento del Proyecto se ha caracterizado por contar con presencia de una importante matriz agrícola y agroindustrial. Según lo señalado en la nómina de monumentos nacionales de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM) en el sector donde se emplaza el Proyecto no se presentan Monumentos Históricos, Arqueológicos, Zonas Típicas o Pintorescas o Santuarios de la Naturaleza, por lo que no se ocasionará un deterioro a Monumentos Nacionales o se altera el valor paisajístico del área. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo 38 del cuerpo legal en análisis, se deberá proceder según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley en comento, y el artículo 23 del Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Proponente del Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento Comunicación expedita y por escrito con el CMN en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico y/o paleontológico, de acuerdo con las acciones y plazos descritos. El adecuado resguardo del hallazgo hasta el pronunciamiento del CMN y la pronta implementación de los procedimientos a seguir indicados por el CMN. Forma de control y seguimiento Seguimiento por medio de personal que supervise las obras, en caso de realizar algún hallazgo, se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN. • Registro fotográfico contendrá fecha y hora.
8.46. Componente/materia: Recursos Naturales. Norma D.S. N°82 de 2010. Aprueba Reglamento de Suelos, Aguas y Humedales Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o Emplazamiento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento Sobre el área específica de emplazamiento del Proyecto, se tiene que este se circunscribe en una matriz eminentemente urbana y agrícola. Conforme a la revisión histórica del emplazamiento del Proyecto, ésta siempre ha tenido características agrícolas, al menos desde 1973, correspondiente al año del primer registro visual consultado. Por lo anterior, no se distinguen formaciones vegetacionales en categoría de conservación, susceptibles de verse afectadas por la materialización del Proyecto o actual funcionamiento del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Capítulo 2 de la DIA. Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.47. Componente/materia: Recursos Naturales. Norma Decreto 276/1980. Reglamento sobre roce a fuego. Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emplazamiento. Forma de cumplimiento Sobre el área específica de emplazamiento del Proyecto, se tiene que este se circunscribe en una matriz eminentemente urbana y agrícola. Conforme a la revisión histórica del emplazamiento del Proyecto, ésta siempre ha tenido características agrícolas, al menos desde 1973, correspondiente al año del primer registro visual consultado. Por lo anterior, no se distinguen formaciones vegetacionales o especies en alguna categoría de conservación, susceptibles de verse afectadas por la materialización del Proyecto o actual funcionamiento del Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento Capítulo 2 de la DIA. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) Otras Normativas
8.48. Componente/materia: Salud, seguridad ocupacional y medio ambiente de los trabajadores Norma Ley N°20.096 Establece mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadoras de la capan de ozono Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Mano de Obra Forma de cumplimiento Tanto en la fase de construcción, operación y cierre, se adoptaron y adoptarán todas las medidas necesarias para proteger a los trabajadores del Proyecto expuestos a radiación ultravioleta. Para ello, se entrega gratuitamente al personal, elementos de protección personal, entre ellos, gorros y crema de protección solar Indicador que acredita su cumplimiento Factura de compras de elementos de protección personal. • Ficha de entrega de elementos de protección personal a cada trabajador. • Reglamento interno de higiene y seguridad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Forma de control y seguimiento Mantenimiento en caseta de acceso las facturas de compra de elementos de protección personal y registros de entrega a trabajadores, con indicación de nombre, Rut y firma de cada uno Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.49. Componente/materia: Salud, Seguridad Ocupacional y Medio Ambiente de los Trabajadores Norma Decreto Supremo N°735/1969. Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano, Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Mano de Obras/Suministro de Agua Potable. Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre. El Proyecto suministrará de agua potable a los trabajadores que se encarguen de las labores de construcción y cierre a través de bidones de agua instalados en la instalación de faenas y mediante la provisión de agua embotellada. Fase de operación: El Proyecto cuenta con conexión al sistema de agua potable mediante red de distribución pública. En el contexto de operación, tanto las aguas para consumo humano como las utilizadas en el proceso productivo se derivan desde la red pública de distribución. Respecto al agua de consumo humano, como se indicó anteriormente, esta proviene de la red pública mediante un arranque, siendo suministrada por la empresa prestadora de servicios del sector, la cual cuenta con su respectiva resolución sanitaria, y da cumplimiento a los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409/1 Of 2005, Norma de Calidad de Agua Potable. De esta forma, se garantiza una dotación diaria de 150 litros por persona al día, los cuales serán destinados tanto para el consumo humano como las necesidades básicas de higiene y aseo personal, conforme a lo establecido por el artículo 14 del Decreto Supremo N°594/1999, del MINSAL. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de autorizaciones sanitarias de empresas proveedoras del suministro de agua potable en fase de operación y cierre. - Registro de compra y provisión de agua potable. Forma de control y seguimiento Mantención de documentación asociada en planta Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.50. Componente/materia: Vialidad y transporte Norma Decreto con fuerza de ley N°850/1997. Fija el texto, refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del D.F.L. N°206/1960, sobre construcción y conservación de caminos. Ministerio de Obras Públicas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos viales. Forma de cumplimiento Los vehículos utilizados para la construcción y cierre del Proyecto, tuvieron/tendrán por finalidad el traslado de materiales y desarrollo de las obras de construcción. Por su parte, los vehículos utilizados para la operación del Proyecto tendrán por finalidad el transporte y traslado de insumos para la producción y despacho de productos terminados. En este orden de ideas, todos los vehículos cuentan con todos los sistemas y accesorios exigidos por el D.F.L N°1/2007, del MINTRATEL, que permiten y garantizan la seguridad requerida para su correcto funcionamiento. Adicionalmente, la carga se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
encuentra siempre correctamente estibada y asegurada, respetando siempre el peso máximo de carga. Los vehículos motorizados de propiedad del Proponente, no transportarán maquinaria u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones máximos permitidos y establecidos por el punto 2.1 del Decreto N°158/1980, del MOP, el artículo 1 del Decreto N°200/1993, del MOP, y el artículo 1 de la Resolución N°1/1995, del MINTRATEL. En caso de requerir transporte de maquinaria pesada o sobredimensionada, se solicitará la autorización a la Dirección de Vialidad competente, pagando los aranceles correspondientes. Asimismo, se exige contractualmente a contratistas, subcontratistas y proveedores dar cumplimiento estricto a los permisos y autorizaciones exigida por este Decreto con Fuerza de Ley y el DFL N°850/1997, del MOP, el Decreto N°158/1980 del MOP y Resolución N°1/1995 del MINTRATEL. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisión técnica. - Autorización otorgada por la Dirección de Vialidad, según corresponda Forma de control y seguimiento Copia de documentación en planta.
8.51. Componente/materia: Vialidad y transporte Norma Decreto con fuerza de ley N°1/2007 Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley de tránsito Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos vehiculares. Forma de cumplimiento Los vehículos motorizados de propiedad del Proponente, así como los utilizados en la fase de construcción y cierre, no transportarán maquinaria u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones máximos permitidos y establecidos por el punto 2.1 del Decreto N°158/1980, del MOP. En caso de requerir transporte de maquinaria pesada o sobredimensionada, se solicitará la autorización a la Dirección de Vialidad competente, pagando los aranceles correspondientes, conforme a lo establecido en el artículo 63. Asimismo, se exige contractualmente a contratistas, subcontratistas y proveedores, dar cumplimiento estricto a los permisos y autorizaciones exigidas por el DFL N°850/1997 y el Decreto N°158/1980, ambos del MOP Indicador que acredita su cumplimiento Autorización otorgada por la Dirección de Vialidad, si correspondiera. Forma de control y seguimiento Copia de documentación en planta. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.52. Componente/materia: Vialidad y transporte Norma Decreto N°158/1980. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos, Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos vehiculares Forma de cumplimiento Los vehículos motorizados del Proponente no transportan ni transportarán maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones máximos permitidos y establecidos por el punto 2.1 del Decreto N°158/1980, del MOP, el artículo 1° del Decreto N°200/1993, del MOP y el artículo 1° de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
la Resolución N°1/1996, del MNINTRATEL. En caso de que se requiera sobrepasar el límite de peso máximo de 45 toneladas en el peso bruto total de los vehículos que requieran circular por caminos públicos, se solicitará autorización al Director de Vialidad, con el visto bueno del Ministro de Obras Públicas y previo informe técnico favorable de la Subdirección respectiva. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización otorgada por la Dirección de Vialidad, según corresponda. Forma de control y seguimiento Mantención de documentación asociada en planta. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.53. Componente/materia: Vialidad y transporte Norma Decreto supremo N°200/1993. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías públicas urbanas del país Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos vehiculares Forma de cumplimiento Los vehículos motorizados utilizados en el Proyecto no transportan ni transportarán maquinarias u objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones máximas permitidas y establecidas por el artículo 1 de la norma en análisis, así como lo establecido en el artículo 2 del D.S. N°158/1980 MOP. En caso de requerir transporte de maquinaria pesada o sobredimensionada, se solicitará la autorización a la Dirección de Vialidad competente, pagando los aranceles correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización otorgada por la Dirección de Vialidad, según corresponda. Forma de control y seguimiento Mantención de documentación asociada en planta. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.54. Componente/materia: Vialidad y transporte Norma Resolución N°1/1995. Establece dimensiones máximas a vehículos que indica Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujos vehiculares Forma de cumplimiento Durante las distintas fases del Proyecto, se cumplirá con las dimensiones para los vehículos que se utilicen en el Proyecto. En casos de excepción debidamente calificados, se solicitará a la Dirección de Vialidad autorizar la circulación de vehículos que excedan las dimensiones establecidas como máximas, con las precauciones que en cada caso se dispongan, conforme al artículo 63 de la Ley de Tránsito y el artículo 3 de la Resolución en análisis. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización otorgada por la Dirección de Vialidad, según corresponda. Forma de control y seguimiento Mantención de documentación asociada en planta Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
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8.55. Componente/materia: Vialidad Norma Decreto Supremo N°30/2017 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujo vehicular inducido por el Proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto regulariza y construye un total de 2.746,17 m2 en un predio de 51.729 m2. Aplicando la categorización SEIM indica las siguientes tasas de viajes inducidos por la iniciativa. Tasas de viaje de entrada inducidos por el Proyecto
Tasas de viaje de salida inducidos por el Proyecto
Del cálculo anterior, se obtiene que el proyecto se categoriza exento de IMIV, tal como lo acredita la Simulación de Categorización, contenido en Anexo N°08 de la Adenda Complementaria. No obstante, en el mismo Anexo N°08 se incorpora un detallado Estudio Vial (Accesibilidad y Movilidad). Asimismo, en el Capítulo 8.1 del referido Estudio, se proponen Mitigaciones para Grupos Humanos en Usos Industriales, Usos Residenciales y Usos Agrícolas. Estas mitigaciones viales se adoptan como Compromisos Ambientales Voluntarios, cuyo detalle se presenta en Anexo N°00. Cuerpo de la DIA, Capítulo 7, de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Anexo N°08 de la Adenda Complementaria. CAV Mitigación Vial para Grupos Humanos en Usos Industriales, Usos Residenciales y Usos Agrícolas Forma de control y seguimiento Reportes de los CAV a través del sitio https://ssa.sma.gob.cl/ Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.56. Componente/materia: Vialidad Norma Resolución Exenta N°4865 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujo vehicular inducido por el Proyecto. Forma de cumplimiento La resolución en comento, actualiza las tasas establecidas en el cuadro inserto en el literal "h) Uso de suelo equipamiento, clase educación", en proyecto "Establecimiento de educación parvularia (salas cuna y ardines infantiles) y pre básica", para los flujos de entrada y salida del artículo 1.2.3 del D.S. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
N°30/2017 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (D.S. N°30/2017 MTT). Indicador que acredita su cumplimiento La Actualización del Estudio Vial, contenido en Anexo N°08.02 de la presente Adenda Complementaria, para calcular las tasas de viaje de entrada y salida inducidos por el Proyecto, utilizó las tasas de inducción de flujos establecidas en el artículo 1.2.3 del D.S N°30/2017 MTT, por período, distinguiendo según se trate de flujos en transporte privado, en transporte público, peatones o ciclos. Forma de control y seguimiento Tasas de viaje de entrada inducidos por el Proyecto
Tasas de viaje de salida inducidos por el Proyecto
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.57. Componente/materia: Vialidad Norma Resolución Exenta N°232 Ministerio de Obras Públicas Dirección de Vialidad Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción/Operación/Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Acceso vial Forma de cumplimiento Para dar cumplimiento a la resolución en comento, se presentó mediante la plataforma web de la Dirección de Vialidad, carta conductora y Formulario de Solicitud de Acceso a Rutas Nacionales y Rutas Concesionadas autorizado por Notario Público. La Dirección de Vialidad de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins asignó el número de carta 2274, número de proceso 18323518, número de solicitud 332024. Con fecha 12 de septiembre de 2024, el Director Regional de Vialidad de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins dicta Ordinario N°1399/2024, por el cual remite solicitud de factibilidad de acceso a la Ruta 5 Sur km.62,9 al Jefe del Departamento de Regulación y Administración Vialidad Nivel Central, bajo el número de proceso 18428349. Resulta menester precisar que en el ya singularizado Ordinario N°1399/2024, el Director Regional de Vialidad de la Región de O'Higgins, solicita revisión al Nivel Central, señalando no ver inconveniente en otorgar la factibilidad de acceso. Indicador que acredita su cumplimiento Carta conductora, Formulario de Solicitud de Acceso a Rutas Nacionales y Rutas Concesionadas autorizado por Notario Público, correo electrónico que asigna número de proceso y Ordinario N°1399/2024 del Director Regional de Vialidad de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins, contenido en Anexo N°12 de la presente Adenda Complementaria. Forma de control y seguimiento Regularización del acceso vial del Proyecto, conforme a las exigencias de la presente resolución, visita a terreno y requerimientos al proyecto de ingeniería Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
una vez otorgada la Factibilidad de Acceso. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
8.58. Componente/materia: Combustible Norma Decreto Supremo N.º 160 de 2008, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, Ministerio de Fomento, Economía y Reconstrucción. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Combustible Forma de cumplimiento En la fase de Construcción, la recarga de combustible para las maquinarias y camiones se realizó diariamente en las estaciones de servicio más cercanas, o aquellas con la cual se realizase un convenio de suministro. Por otro lado, en la Fase de Operación, no se requiere de un suministro de combustible. Indicador que acredita su cumplimiento No aplica Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
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- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1 Compromiso ambiental voluntario Plan de Monitoreo del Componente Suelo por riego de cultivos. Impacto asociado [si aplica] Alteración de las propiedades químicas del suelo. Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Descartar afectación del suelo en sus propiedades fisicoquímicas, biológicas y capacidad para sustentar biodiversidad durante la Ejecución y Operación del Proyecto.
Descripción: Se realizará un muestreo trimestral durante un año para generar una línea de base. Posteriormente se realizará un monitoreo semestral.
Justificación: Velar así por la conservación de las propiedades físicas y químicas del suelo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sector de riego con efluentes tratados de las plantas de Tratamiento de Aguas Servidas y de RILes.
Forma: Realizar un análisis de muestras de suelo en laboratorio para la determinación de indicadores químicos. El análisis de los indicadores químicos se debe realizar en un laboratorio autorizado por la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) de la Sociedad de Ciencias del Suelo de Chile. • Parámetros a monitorear Los parámetros a monitorear son los siguientes: 1. Materia Orgánica 2. Granulometría 3. Nitrógeno Total 4. Fosforo 5. Conductividad Eléctrica (CE) 6. pH 7. Humedad 8. Capacidad de intercambio catiónico (CIC) 9. Capacidad orgánica del suelo
• Toma de muestras Para los parámetros del se considera una toma de muestra por 5 hectáreas. Se tienen que obtener muestras a los 15,30 y 60 cm de profundidad en cada oportunidad, ya que las principales reacciones de intercambio se desarrollan en el horizonte superficial. Cada muestra es resultado de la mezcla de alrededor de 10 submuestras obtenidas a intervalos regulares, de manera de representar las características promedio del Área. Las submuestras se mezclarán en un balde limpio desde donde se extraerá la muestra compuesta con un peso aproximado de 1 kg. Las submuestras deberán ser tomadas con palas o barrenos agrológicos. No se muestreará cerca de caminos, puertas, acequias, canales, arboles u otros sectores poco representativos.
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Monitoreo de humedad El monitoreo de la humedad se realizará en profundidad, manteniendo mediciones a 30; 60 y 90 cm de profundidad.
Para le medición de la humedad del suelo, se utilizará cualquiera de los siguientes métodos: - Método TDR (Time Domain Reflectrometry) - Método FDR (Frecuency Domain Reflectrometry) - Bloque de Bouyoucos - Tensiómetro Se realiza un muestreo por hectárea.
Oportunidad: • Dos muestreos al año, uno al inicio de la temporada de riego y el segundo al finalizar la temporada de riego. • Medición de la humedad se realizará cada 15 días durante el periodo de riego Indicador que acredite su cumplimiento Documentación de análisis recibidos desde el laboratorio semestralmente. Carga del reporte anual a la SMA, donde se compile la información mensual. Forma de control y seguimiento Carga de informe de seguimiento ambiental al sitio web https://ssa.sma.gob.cl/
9.2 Compromiso ambiental voluntario Plan Integral de Monitoreo de la Calidad Efluente Aguas Residuales (AS y RILes) Impacto asociado [si aplica] Contaminación de suelos, cultivos o recursos hídricos por no cumplimiento de los parámetros establecidos Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Velar por la calidad del recurso hídrico a utilizar en riego como los recursos hídricos subterráneos y establecer medidas y procedimientos operacionales en caso de identificar una excedencia en parámetros analizados
Descripción: Se realizará 1 muestreo mensual. Estos consistirán en tomar muestras del efluente tratado generado en PTAS y RILes, para ser enviado a un laboratorio autorizado, con el fin de obtener los parámetros e identificar que se encuentren dentro de lo exigido por la NCh 1.333 Of78 y lo establecido en la Guía del SAG. De este modo se evaluará la correcta efectividad de los Sistema de Tratamiento respectivos. En caso de identificar una excedencia en los parámetros monitoreados se realizarán medidas y procedimientos operacionales para enfrentar la contingencia.
Justificación: Asegurar que el efluente previo a su descarga cumple los parámetros establecidos el numeral 6 “Requisitos del agua para riego” de la NCh 1.333. y los parámetros de la “Guía de Evaluación Ambiental – Aplicación de Efluentes al Suelo – SAG” Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En estanque de acumulación del efluente tratado respectivo para cada planta de tratamiento (AS y RILes).
Forma: Caracterizar el efluente de las muestras captadas en el punto de salida del sistema de tratamiento. Según la “Guía de Evaluación Ambiental – Aplicación de Efluentes al Suelo – SAG”, los métodos de análisis son establecidos en el D.S.90/00. De este se desprende lo siguiente: La cantidad de muestra colectadas depende del caudal que se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
dispondrá para riego, según lo indicado en el D.S 90/00 la siguiente tabla determina el número mínimo de días del muestreo en el año calendario.
El número mínimo de días de toma de muestras anual debe distribuirse mensualmente, determinándose el número de días de toma de muestra por mes en forma proporcional a la distribución del volumen de descarga de residuos líquidos en el año. Para el presente Proyecto, el mínimo de muestras correspondería a 12, debido a que volumen es menor a 5.000 x 103 al año. El total anual mínimo de días de toma de muestras, debe distribuirse mensualmente, determinándose el número de días por mes en forma proporcional a la distribución del volumen de descarga de RILes en el año. Por lo anterior, se determinan 1 día de muestreo al mes.
• Número de muestras. Se obtendrá una muestra compuesta por cada punto de descarga. Cada muestra compuesta debe estar constituida por la mezcla homogénea de al menos: - Tres muestras puntuales, en los casos en que la descarga tenga una duración inferior a cuatro horas. - Muestras puntuales obtenidas a lo más cada dos (2) horas, en los casos en que la descarga sea superior o igual a cuatro (4) horas. En cada muestra puntual se debe registrar el caudal del efluente. La muestra puntual debe estar constituida por la mezcla homogénea de dos submuestras de igual volumen, extraídas en lo posible de la superficie y del interior del fluido.
• Medición de caudal y tipo de muestra. La medición del caudal informado deberá efectuarse con la siguiente metodología, de acuerdo al volumen de descarga: * menor a 30 m3/día, la metodología de medición deberá estimarse por el consumo del agua potable y de las fuentes propias. La muestra deberá ser compuesta proporcional al caudal de la descarga. La autoridad competente, podrá autorizar otra metodología de medición del caudal, cuando la metodología señalada no pueda realizarse.
• Parámetros Físico-Químicos Sensibles o Relevantes - Parámetros de Interés: Se medirán y analizarán los parámetros físico- químicos relevantes, como pH, conductividad eléctrica, sólidos suspendidos totales, contenido de nutrientes esenciales (nitrógeno, fósforo, potasio), metales pesados y otros parámetros establecidos en la norma. - Umbrales de Alerta Umbrales de Alerta Temprana y de Alerta: Se establecerán umbrales de alerta temprana y de alerta para cada parámetro medido, basados en los valores límite establecidos en la Norma Chilena NCh 1333 of78. Estos umbrales servirán como indicadores de posibles desviaciones en la calidad del agua.
• Medidas y procedimientos operacionales
Planta de Aguas Servidas: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
- Ajustar el suministro de aire a la demanda adicional del residuo líquido, esto se traduce en controlar con una mayor frecuencia el contenido de oxígeno disuelto en el reactor, modificando la modalidad de operación de los sopladores
- Aportar bacterias y enzimas externos para activar el crecimiento bacteriano endógeno.
- Ajustar la desinfección - Limpiar la línea completa de tratamiento y disponer el residuo en planta de tratamiento de RILes.
Planta de RILes: - Detención de procesos que generan residuos líquidos (despelonado). - Recirculación de RIL desde estanque de acumulación final hacia el pretratamiento para efectuar un segundo tratamiento al RIL. - Efectuar contra muestreo del RIL tratado nuevamente. - Si el RIL cumple con los parámetros, se reanuda la operación normal de la planta. - En la eventualidad que el RIL se mantenga fuera de parámetros, se procederá a retirar todo el RIL del sistema de tratamiento de RILes a través de camiones limpia fosas, y será trasladado hasta un tercero autorizado para la recepción y tratamiento de residuos industriales líquidos provenientes de agroindustrias. - Se inspeccionará una a una las unidades del sistema de RILes y se efectuarán las reparaciones necesarias. - Se pondrá nuevamente en puesta en marcha el sistema y se verificarán todas las etapas anteriormente descritas. - Este procedimiento se repetirá hasta obtener el efluente nuevamente en cumplimiento.
Oportunidad: - Muestreo mensual - Las medidas y procedimientos operacionales se implementarán cada vez que se identifique una excedencia de los parámetros analizados.
Aguas subterráneas Lugar Se tendrán 3 puntos de monitoreo: - Un pozo aguas arriba del área de emplazamiento del Proyecto u otro lugar cercano representativo de la misma napa. - Un pozo dentro de las áreas sometidas a riego. - Dos pozos aguas abajo de las áreas de riego.
Forma Los pozos de monitoreo deben construirse a una profundidad suficiente para permitir el muestreo considerando las fluctuaciones estacionales de cada napa. Posterior a ser construidos deben quedar claramente identificados, aislados para evitar el ingreso de agua superficial (base de hormigón en superficie) y cerrados con el objeto de impedir contaminación por terceros.
• Numero de muestras Se obtendrá una muestra compuesta por cada punto de descarga i Cada muestra compuesta debe estar constituida por la mezcla homogénea de al menos: ii Tres (3) muestras puntuales, en los casos en que la descarga tenga una duración inferior a cuatro (4) horas. iii Muestras puntuales obtenidas a lo más cada dos (2) horas, en los casos en que la descarga sea superior o igual a cuatro (4) horas. La muestra Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
puntual debe estar constituida por la mezcla homogénea de dos submuestras de igual volumen, extraídas en lo posible de la superficie y del interior del fluido. • Condiciones para la extracción de muestras y volúmenes de muestra. Las condiciones sobre el lugar de análisis, tipo de envase, preservación de las muestras, tiempo máximo entre la toma de muestra y el análisis, y los volúmenes mínimos de muestras que deben extraerse, se someterán a lo establecido en la NCh 411/Of. 96, a las NCh 2313 y a lo descrito en el Standard Methods for the Examination of Water and Wastewater; 19th Ed, 19953. • Parámetros de monitoreo - Profundidad de la napa - pH - Nitratos - Nitritos - Fósforo total - Conductividad eléctrica
Oportunidad de implementación Monitoreo semestral Indicador que acredite su cumplimiento - Se mantendrán registros detallados de los resultados de monitoreo para cada punto y parámetro evaluado. - Se documentarán todas las acciones tomadas en respuesta a los resultados de monitoreo, incluidas las medidas preventivas y correctivas implementadas. - Carga del reporte trimestral a la SMA durante 5 años. Luego se solicitara a la SMA realizar el reporte de manera semestral. - Carga reporte semestral monitoreo aguas subterráneas Forma de control y seguimiento Carga de informe de seguimiento ambiental al sitio web https://ssa.sma.gob.cl/ Referencia al ICE para mayores detalles Capitulo N° 14 del Informe Consolidado de evaluación
9.3. Compromiso ambiental voluntario Implementación de charlas de inducción con respecto a protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto. Impacto asociado [si aplica] Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inducciones de procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto. Descripción: Inducciones dirigidas a la totalidad de las/los trabajadoras/es del Proyecto, quienes deberán recibir la correspondiente capacitación al momento de ingresar a la obra. Estas, deberán ser implementadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, debiendo abordar el componente arqueológico que se podría encontrar en el área del Proyecto, marco legal de protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto.
Justificación: Acreditar el cumplimiento normativo de la Ley N°17.288 y el D.S. N°484/1990 MINEDUC. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del Proyecto.
Forma: Ejecución de charlas a los trabajadores, acerca del procedimiento a seguir en caso de hallazgos arqueológicos no previstos.
Oportunidad: 1 vez cada 6 meses durante las fases de construcción, operación y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de Charlas Realizadas a los trabajadores. - Lista de asistencia Forma de control y seguimiento - Seguimiento por medio de personal que supervise las obras de construcción y cierre, en caso de realizar algún hallazgo, se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN. - Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles del ingreso del (los) trabajador(es), el (los) informe(s) de charla de inducción, elaborado por el/la arqueólogo/a Referencia al ICE para mayores detalles Capitulo N° 14 del Informe Consolidado de evaluación
9.4. Compromiso ambiental voluntario Monitoreo de los Niveles de Presión Sonora Impacto asociado Potencial aumento de los niveles de presión sonora de inmisión existentes en los receptores R4, R5 y R6, a consecuencia de la actividad de construcción, operación y cierre del proyecto, al ser los puntos de evaluación más cercanos a la actividad evaluada. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Certificar que la medida de control cumpla con el D.S. N°38/2011 del MMA o la normativa vigente en curso al momento de las mediciones para fuentes fijas.
Descripción: Realizar una campaña de monitoreo de Nivel de Presión Sonora en horario diurno y nocturno, durante la fase de construcción, operación y cierre.
Justificación: Cumplir con los límites máximos permisibles de acuerdo a D.S. 38/2011 del MMA, con la finalidad de verificar la eficacia de la medida y, por tanto, acreditar la ausencia de impacto acústico en los receptores sensibles cercanos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Receptor R4, Receptor R5 y Receptor R6.
Forma: Campaña de 2 días seguidos por todo el periodo que comprende la fase de construcción y cierre. Por otro lado, para la fase de operación, se realizará con una frecuencia anual. Las mediciones se efectuarán siguiendo los procedimientos del D.S. N°38/2011 MMA. El resultado de las mediciones se presentará a través de un reporte técnico, en base a lo dispuesto en la Resolución exenta N°223/2015 de la Superintendencia del Medio Ambiente.
Oportunidad: El monitoreo se iniciará el primer trimestre contado desde la dictación de la RCA favorable. Se realizará con una frecuencia trimestral por todo el periodo que comprende la fase de construcción y cierre. Para la fase de operación, se realizará con una frecuencia anual.
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Indicador que acredite su cumplimiento Leq: Nivel de presión sonora equivalente, no superando los límites permisibles señalados en el Estudio Acústico actualizado, contenido en Anexo N°10 de la Adenda Complementaria. Forma de control y seguimiento • Reporte técnico remitido a la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de O´Higgins y a la SMA, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la ejecución de las mediciones. • Carga de informe de seguimiento ambiental al sitio web https://ssa.sma.gob.cl/ Referencia al ICE para mayores detalles Capitulo N° 14 del Informe Consolidado de evaluación
9.5. Compromiso ambiental voluntario Implementación de Horómetro Digital Impacto asociado Impacto no significativo a calidad de aire Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementación de medida de control de emisiones para grupo electrógeno, de acuerdo a lo establecido en artículo 33 de D.S. N°1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente
Descripción: Implementación de horómetro digital, sellado e inviolable, sin vuelta a cero, con el cual se medirán las horas de funcionamiento del grupo electrógeno. Posterior a la implementación del horómetro digital, una vez obtenida la RCA del proyecto. Posteriormente, las horas serán registradas e informadas anualmente a la Superintendencia del Medio Ambiente, mediante oficina de partes.
Justificación: El proyecto contempla la utilización de un grupo electrógeno que supera los 50 kW, dentro del área de aplicación del PDA. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Grupo electrógeno de “Planta Procesadora de Frutos Secos Mostazal – Pacific Nut Company Chile S.A”, ubicado en la comuna de Mostazal, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Forma: En primer lugar, se verificará que el grupo electrógeno, se encuentre en buen estado, realizando mantención en caso de ser necesario. Posteriormente, se contratará especialista que realice la instalación del horómetro digital. Se realizará una partida de funcionamiento de 12 horas del grupo electrógeno, para corroborar el correcto funcionamiento del horómetro digital. Una vez comprobado el estado del grupo electrógeno y el horómetro digital por el especialista, será responsabilidad del encargado de operación de la planta, mantener registro anual de las horas de funcionamiento del grupo electrógeno, el cual, en el mes de enero del año siguiente al registro, entregará mediante oficina de partes el registro del horómetro a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Oportunidad: Entrega anual de horas de funcionamiento de grupo electrógeno de la planta, durante toda la vida útil del proyecto, a partir del año 2026. Indicador que acredite su cumplimiento Carta de recepción de registro de uso de grupo electrógeno a la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Carta de recepción de registro de uso de grupo electrógeno de la Superintendencia del Medio Ambiente, así como las entregas anuales, serán mantenidas en oficinas administrativas de la planta. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Referencia al ICE para mayores detalles Capitulo N° 14 del Informe Consolidado de evaluación
9.6. Compromiso ambiental voluntario Mitigación Vial para Grupos Humanos en Usos Industriales Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar las condiciones de seguridad de los grupos humanos que se movilizan en zona industrial. Descripción: - Se realiza mejoramiento de las señalizaciones horizontales y verticales de todos los refugios peatonales y paraderos del área de influencia. - Se incorpora espejo convexo en acceso al proyecto. - Se incorpora señal de tráfico calmado en zona de industrias principalmente en perímetro del proyecto.
Justificación: En zonas industriales, el tráfico vehicular, especialmente de vehículos pesados, es intenso y frecuente. Esto aumenta los riesgos de accidentes tanto para vehículos ligeros como para peatones y ciclistas. La actualización y mejora de la señalización en las intersecciones próximas al proyecto es crucial para mantener una adecuada regulación del tránsito y reducir los puntos de conflicto. Una señalización clara y visible contribuye a una mejor comprensión de las reglas de tránsito y facilita la toma de decisiones de los usuarios, reduciendo la probabilidad de accidentes y mejorando el orden vial.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: - Intersección caletera 5 sur oriente con ruta H-130 - Intersección Caletera 5 sur oriente con ruta H-146 - Caletera 5 sur oriente en área de influencia del proyecto
Forma: 1). Redemarcación y mejoramiento de las señales horizontales y verticales que se encuentren en mal estado. 2). Instalación de espejo convexo en egreso del proyecto 3). Instalación de señal de tráfico calmado en caletera 5 sur oriente.
Oportunidad: Única. 30 días hábiles contados desde la dictación de la RCA favorable. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico que dé cuenta del estado anterior a la implementación del CAV, así como de la ejecución de este compromiso. Forma de control y seguimiento Carga del registro fotográfico a través del sitio https://ssa.sma.gob.cl/
9.7. Compromiso ambiental voluntario Mitigación Vial para Grupos Humanos en Usos Residenciales Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y Objetivo: Mejorar las condiciones de seguridad de los grupos humanos que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
justificación se movilizan en zona Residencial
Descripción: - Se realiza mejoramiento y redemarcación de las señalizaciones horizontales y verticales de todas las intersecciones que se ubican en el área de influencia. - Se realiza mejoramiento de las señalizaciones horizontales y verticales de todos los refugios peatonales y paraderos del área de influencia.
Justificación: La correcta señalización en las intersecciones y paraderos es crucial para garantizar la seguridad vial de los usuarios. En áreas de alta interacción vehicular, la falta de claridad en la señalización puede aumentar el riesgo de colisiones y generar confusión en los conductores. Al mejorar y redemarcar las señales tanto horizontales como verticales, se garantiza una adecuada visibilidad y comprensión de las reglas de tránsito. Esto ayuda a reducir los accidentes, mejorar la circulación y reforzar el respeto por las normativas viales en puntos críticos del área de influencia Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: - Intersección caletera 5 sur oriente con ruta H-130 - Intersección Caletera 5 sur oriente con ruta H-146 - Caletera 5 sur oriente en área de influencia del proyecto
Forma: Redemarcación mediante pintura termoplástica de pare, líneas de separación de pistas en la calzada, lomo toro y cajones de parada de transporte público del área de influencia.
Oportunidad: Única. 30 días hábiles contados desde la dictación de la RCA favorable.
Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico que dé cuenta del estado anterior a la implementación del CAV, así como de la ejecución de este compromiso. Forma de control y seguimiento Carga del registro fotográfico a través del sitio https://ssa.sma.gob.cl/ Referencia al ICE para mayores detalles Capitulo N° 14 del Informe Consolidado de evaluación
9.8. Compromiso ambiental voluntario Mitigación Vial para Grupos Humanos en usos Agrícolas Impacto asociado Mitigación Vial para Grupos Humanos en usos Agrícolas Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar las condiciones de seguridad de los grupos humanos que se movilizan en zona industrial.
Descripción: - Se solicita incorporar señalización rural que indique zona agrícola y límite de velocidad con el objeto de no alterar la movilidad de los habitantes del sector. - Se realiza mejoramiento y Redemarcación de las señalizaciones horizontales y verticales de todas las intersecciones que se ubican en el área de influencia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Justificación: En áreas rurales con uso agrícola, la señalización que advierte sobre la naturaleza del entorno es crucial para la seguridad vial. Las zonas agrícolas suelen estar frecuentadas por maquinaria agrícola lenta, peatones y vehículos pesados, lo que puede generar peligros si los conductores no son conscientes de las particularidades del área. Establecer límites de velocidad apropiados y advertir sobre la presencia de actividades agrícolas ayudara a reducir la velocidad de los vehículos y a promover una conducción más cautelosa. Esto no solo evita accidentes, sino que también asegura que las dinámicas de movilidad locales no se vean alteradas por el tráfico externo, preservando la seguridad de los grupos humanos que habitan el sector y las actividades agrícolas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: - Intersección caletera 5 sur oriente con ruta H-130 - Intersección Caletera 5 sur oriente con ruta H-146 - Caletera 5 sur oriente en área de influencia del proyecto
Forma: 1). Instalación de señal de aviso de trafico de tractores en caletera 5 sur oriente, la ubicación se indica en plano de situación mitigada del estudio vial. 2). Redemarcación mediante pintura termoplástica de pare, líneas de separación de pistas en la calzada, lomo toro y cajones de parada de transporte público del área de influencia.
Oportunidad: Única. 30 días hábiles contados desde la dictación de la RCA favorable. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico que dé cuenta del estado anterior a la implementación del CAV, así como de la ejecución de este compromiso. Forma de control y seguimiento Carga del registro fotográfico a través del sitio https://ssa.sma.gob.cl/
9.9. Compromiso ambiental voluntario para monitoreo de fauna Impacto asociado Potencial impacto en reptiles en categoría de conservación Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear la riqueza, abundancia y diversidad de las especies de reptiles presentes en la zona de influencia del proyecto (Liolaemus tenuis, Liolaemus chilensis y Liolaemus lemniscatus) con el fin de detectar si existen cambios en la comunidad de reptiles como resultado de las actividades operativas.
Descripción: El plan consistirá en la implementación de monitoreos, centrados en la observación de la presencia/ausencia, riqueza (número de especies), abundancia (número de individuos por especie) y diversidad (índice de diversidad de Simpson o Shannon). Se utilizarán métodos de captura y recaptura mediante trampas de caída (pitfall traps), transectos y observación directa. Si se detectan alteraciones significativas, se propondrán e implementarán medidas correctivas.
Justificación: Existencia de especies de reptiles en categoría de conservación en áreas a ser intervenidas por el Proyecto. Estas especies corresponden a Liolaemus chiliensis (Lagarto Chileno) Liolaemus Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
lemniscatus (Lagartija lemniscata) y Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta), todas en Preocupación Menor.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo se realizará en el área de influencia del proyecto, especialmente en áreas cercanas a las especies y hábitats identificados en la Línea de Base.
Forma: • Trampas de caída (pitfall traps): Se colocarán trampas en diferentes puntos del área de monitoreo para capturar los reptiles de forma pasiva. Las trampas se revisarán diariamente durante el periodo de monitoreo para identificar y liberar a las especies. • Transectos fijos: Se establecerán rutas de observación y muestreo en transectos fijos, cubriendo las zonas identificadas en la imagen. Los transectos serán recorridos a intervalos regulares para registrar la presencia y abundancia de reptiles Oportunidad: .El monitoreo comenzará una vez obtenida la RCA favorable. Se realizará de manera trimestral el primer año y luego se irá ajustando la frecuencia en función de los resultados obtenidos Indicador que acredite su cumplimiento Riqueza específica: Se mantendrá el número de especies presentes (Liolaemus tenuis, Liolaemus chilensis, Liolaemus lemniscatus). Abundancia: Número de individuos de cada especie capturados por monitoreo en relación con la Línea de Base. Índice de diversidad: Evaluación del índice de diversidad de Shannon o Simpson antes y durante la operación. Un descenso significativo podría indicar un impacto sobre la comunidad de reptiles. Tasa de recaptura: En los individuos marcados (si se utiliza método de captura y recaptura), para evaluar movimientos y posibles desplazamientos. Presencia/ausencia: Registro continuo de la presencia o ausencia de las especies clave en los puntos de monitoreo Forma de control y seguimiento • Se generarán informes por campaña realizada. Los informes incluirán los datos obtenidos de riqueza, abundancia y diversidad, comparando los resultados con los valores de referencia establecidos en la Línea de Base. • Carga de informe de seguimiento ambiental al sitio web https://ssa.sma.gob.cl/ • En caso de que se detecte un declive en la riqueza o abundancia de las especies, o un cambio desfavorable en la diversidad, se implementarán medidas correctivas
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
10.1. Contingencia: Recurso hídrico y sequia Contingencia Posible riesgo en la disponibilidad de agua superficial para fines ambientales, por efectos del cambio climático. Fase del proyecto a la que aplica Construcción/operación/cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Aguas Servidas; Residuos industriales líquidos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Según los datos entregados por ARClim en relación al riesgo en la disponibilidad de agua superficial para fines ambientales (mantenimiento del caudal ecológico) en la cuenca del Rio Maipo (lugar de emplazamiento del proyecto) existe un grado de riesgo en la disponibilidad de este recurso. Sin embargo, la cuenca posee una alta capacidad de adaptación, lo que proyecta una disminución considerable de este riesgo. De la mano por el Ministerio de Obras Publicas se establece un Plan Estratégico de Gestión Hídrica en la cuenca del Rio Maipo, donde aborda distintos ejes sobre el uso estratégico del recurso, información y monitoreo del recurso hídrico, gestión y gobernanza del agua, conservación y protección del recurso y del ecosistema hídrico. Dentro de las acciones de este plan plantea como medida de obtener nuevas fuentes agua el reúso de las aguas servidas, que, en relación al proyecto en cuestión, este contempla disponer de sus aguas de proceso y servidas para regar sectores definidos, aportando en reducir la brecha hídrica. Para esto y con el objetivo de conservar la calidad de las aguas se le realizara un tratamiento el cual garantizara cumplir con los requisitos de calidad planteados por la Norma Chilena 1.333 Of78 y aquellos parámetros de la “Guía de Evaluación Ambiental – Aplicación de Efluentes al Suelo – SAG”. Del mismo modo las aguas servidas pasaran por un tratamiento especializado el cual garantizara el cumplimiento de la norma de riego mencionada anteriormente. Esta medida va de la mano con los establecido en “Plan de Acción Regional de Cambio Climático - Región de O’Higgins”, que establece medidas de adaptación en diferentes ámbitos y transversales, como es la Gestión eficiente del recurso hídrico. En relación a la fase de construcción y cierre no se prevé ninguna exposición a contaminantes, ya que no se llevarán a cabo descargas de residuos líquidos de ninguna naturaleza, ya que estas serán manejadas según un programa de mantenimiento con la empresa proveedora del servicio, quien se hará cargo tanto del transporte, como del tratamiento y la disposición final, conforme a la normativa vigente.
Forma de control y seguimiento − Monitoreo frecuente − NCh N°1333 Of78 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
− Guía de Evaluación Ambiental – Aplicación de Efluentes al Suelo – SAG Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementaria Plan de Contingencia y Emergencia Anexo N°01.04 PAS 138 y Anexo N°01.01 PAS139 de Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Estas descargas serán controladas mediante monitoreos frecuentes con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la norma, los cuales serán informados a la autoridad. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado del reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia
10.2. Contingencia: Disminución en la producción de almendras y nueces Riesgo o contingencia Disminución en la producción de almendras y nueces por efectos del cambio climáticos Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Recepción de materia prima
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El proyecto pertenece al sector silvoagropecuario y se encuentra emplazado en la comuna de Mostazal. Donde la materia prima (nueces y almendras) es adquirida de diferentes regiones y no exclusivamente de la región de O’Higgins. Con esto en mente, mediante el uso de la herramienta ARClim se dispuso a identificar las afectaciones del cambio climático en el sector agrícola, específicamente en el cambio de productividad del cultivo de almendro y nueces. En el caso de las nueces, estas son obtenidas principalmente de la región de metropolitana y de O’Higgins. Donde se proyecta que abra una disminución del rendimiento productivo, reflejándose mayoritariamente en el sector valle, presentando un alto riesgo en la oportunidad de producción por efectos del cambio climático a excepción de San José de Maipo donde se ve reflejado un aumento en la producción. En el caso de las almendras, estas son obtenidas principalmente de la región metropolitana. De lo desprendido por ARClim el escenario es un poco más favorable debido a que son menos comunas las que presentan una disminución en el rendimiento productivo de este fruto, además que se evidencia que no existe un riesgo en la oportunidad de la producción en el cultivo de almendras por efectos del cambio climático.
Forma de control y seguimiento Evaluación frecuente de la producción sectorial de cada fruto Referencia a documentos del expediente de Anexo N°05 de la Adenda complementaria Plan Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
evaluación que contenga la descripción detallada de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Por parte del Ministerio de Agricultura se elaboró el Plan de Adaptación al Cambio Climático del Sector Silvoagropecuario, donde propone diferentes medidas. Una de estas conlleva establecer nuevos calendarios de siembra acorde con las nuevas condiciones climáticas. Con esto en mente se ira evaluando cuáles serán los sectores con mayores oportunidades de producción para cada caso y buscar aquellos productores que estén adaptándose a las nuevas condiciones climáticas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado del reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia
10.3. Contingencia: Afectación Sobre la fauna, flora y vegetación Contingencia Esta contingencia está relacionada a la pérdida de biodiversidad de especies por las acciones del proyecto, la cual puede verse magnificada por las sinergias negativas que pueden ocurrir por las acciones del proyecto y los efectos del cambio climático. Fase del proyecto a la que aplica Construcción/Operación/Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Limpieza de terreno, obra gruesa, Descarga de efluentes tratados y/o acciones de los trabajadores. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Elaboración de un procedimiento de trabajo que establezca que las áreas habilitadas para la construcción y operación son aquellas estrictamente necesarias para el Proyecto. − Elaboración de procedimiento de trabajo que prohíba la intervención del resto de las áreas que no sean necesarias para le ejecución de obras civiles, Se realizarán monitoreos frecuentes para garantizar de que el efluente tratado (AS y RILes) las cuales deberán preservar sus condiciones naturales, en el entendido que corresponden a bienes a preservar − Se dictarán charlas ambientales periódicas que apuntarán a sensibilizar a los trabajadores respecto del tipo, características y valor de la flora y fauna silvestre, donde además se instruirá sobre la prohibición de captura de fauna y el ingreso de animales domésticos. − Se realizarán monitoreos frecuentes para garantizar de que el efluente tratado (AS y RILes) cumpla con lo expuesto en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
NCh 1.333 Of78 y Guía del SAG − Forma de control y seguimiento − Revisión y mantención de la señalética con la prohibición de intervenir áreas que no sean necesarias para la ejecución de obras civiles. − Mantención de un registro de chequeo de revisiones periódicas de señalética y capacitaciones ambientales a los trabajadores. − Monitoreos Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementaria Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Antes de la construcción se realizará un plan de perturbación controlada para las especies de baja movilidad identificadas en el AI de Fauna. Para garantizar su eficacia se realizará un seguimiento evaluando distintos parámetros como riqueza, abundancia, diversidad, grado de desplazamiento, entre otros. En el Análisis Cambio Climático realizado se determinó que estas especies no se verán afectadas toda vez que se considera la ejecución de la medida Perturbación Controlada Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web en el apartado de Reporte de Contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.4. Contingencia: Remoción en masa y aluviones Riesgo o contingencia La remoción en masa y los aluviones son eventos geológicos que se caracterizan por el desplazamiento de grandes cantidades de tierra, rocas, sedimentos que pudiesen verse incrementados por efectos del cambio climático. Fase del proyecto a la que aplica Construcción/Operación/Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a todas las partes y obras del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Elaboración y difusión del plan de prevención de contingencias que permita identificar las faenas sensibles y factores de riesgos durante la operación y faenas de cierre del Proyecto. − Elaboración de un procedimiento de trabajo que establezca que las áreas habilitadas para la construcción del Proyecto y su posterior operación, sean aquellas estrictamente necesarias para la ejecución de las obras civiles, prohibiendo la intervención del resto de las áreas que deberán preservar sus condiciones actuales con el fin de evitar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
la generación de procesos de remoción o desplazamiento de materiales. − Instalación de señalética con la prohibición de intervenir áreas que no sean necesarias para la ejecución y operación de las obras. - Instalación de señaléticas dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.). − Protocolos de trabajo que establezcan el retiro de todos los materiales suelos generados, tales como, acopios, una vez finalizada las labores de construcción. − El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. Es importante mencionar que estas acciones y medidas se realizan en consideración de los efectos del cambio climático. Esto debido a que este riesgo puede aumentar su frecuencia y magnitud producto de sus efectos. Pueden verse afectadas todas las parte y obras del proyecto Forma de control y seguimiento − Difusión del plan de prevención de contingencias para las faenas de remoción de suelo y registro de capacitación de trabajadores de fase de cierre. − Revisión y mantención de la señalética − Mantención de un registro de chequeo de revisiones periódicas y capacitaciones ambientales de los trabajadores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementaria Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia − Monitorear los movimientos de tierras generados por las obras de cierre del Proyecto, cuidando de evitar situaciones de inestabilidad potencial de aquellas áreas que sean consideradas para el acopio de materiales.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.5. Contingencia: Lluvia prolongada y abundante y lluvia intensa Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Contingencia Lluvia prolongada y abundante y lluvia intensa de gran magnitud que puedan verse acelerados por el cambio climático. Fase del proyecto a la que aplica Construcción/operación/cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada − Almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables; almacenamiento de residuos no peligrosos; sistema de tratamiento de RILes; Faenas de construcción. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Habilitación de sitio especialmente condicionado para el almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables y no peligrosos, que deberá cumplir con las características mínimas de resguardo exigidas en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. − Sistema cerrado y protegido de condiciones ambientales para el sistema de tratamiento de RILes − Por no haber forma de disponer el efluente vía riego se retirarán los RILes tratados cuando los estanques lleguen a un 80% de su capacidad. Es importante mencionar que estas acciones y medidas se realizan en consideración de los efectos del cambio climático. Esto debido a que este riesgo puede aumentar su frecuencia y magnitud producto de sus efectos Forma de control y seguimiento − Registro de inspecciones periódicas del sitio de almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables y no peligrosos. − Registro de inspecciones a zona de obras. − Registro de inspecciones a sistema de tratamiento de RILes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementaria Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia − Se efectuarán inspecciones constantes en la zona de obra, procurando revisar la existencia de zonas anegadas, desplazamiento de material u otras condiciones similares.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.6. Contingencia: Ocurrencia de lluvias excepcionales Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Contingencia Las lluvias excepcionales se caracterizan por ser eventos de precipitación mucho más intensos que lo normal para un lugar determinado, que puedan verse acelerados por el cambio climático. Evento que podría ser inesperado por ende se planifican resguardos para la contingencia. Fase del proyecto a la que aplica Construcción/Operación/Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada − Almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables; Almacenamiento de residuos no peligrosos; Sistema de tratamiento de RILes; Faenas de construcción. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Habilitación de sitio especialmente condicionado para el almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables y no peligrosos, que deberá cumplir con las características mínimas de resguardo exigidas en el artículo 140° del D.S. N°40/2012. − Se efectuarán inspecciones constantes en la zona de obra, procurando revisar la existencia de zonas anegadas, desplazamiento de material u otras condiciones similares. − Sistema cerrado y protegido de condiciones ambientales para el sistema de tratamiento de RILes − Por no haber forma de disponer el efluente vía riego se retirarán los RILes tratados cuando los estanques lleguen a un 80% de su capacidad.
Forma de control y seguimiento − Registro de inspecciones periódicas del sitio de almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables y no peligrosos. − Registro de inspecciones a zona de obra. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementaria Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Es importante mencionar que estas acciones y medidas se realizan en consideración de los efectos del cambio climático. Esto debido a que este riesgo puede aumentar su frecuencia y magnitud producto de sus efectos Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.7. Contingencia: Ocurrencias de sismos y terremotos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Contingencia Los terremotos, o sismos, son fenómenos naturales que generan vibraciones en la corteza terrestre. Aunque no podemos controlar su magnitud ni su frecuencia, sí se pueden tomar medidas para prevenir los riesgos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción/Operación/Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Elaboración de un protocolo de prevención de riesgos y emergencias específico para actuaciones frente a eventos sísmicos, será específico para actuaciones frente a eventos sísmicos, el cual será difundido a través de inducciones a los trabajadores que participen en la obra, el cual contempla los siguientes tópicos: − Definir un líder que deberá actuar como guía ante la ocurrencia de situaciones de emergencia. − Identificación de las zonas de seguridad en las áreas de trabajo del proyecto y realización de simulacros de evacuación. − Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras. − Evitar colgar elementos que puedan caer con facilidad. − Revisión, orden e higiene permanente en todos los lugares de trabajo, haciendo hincapié en las condiciones de almacenamiento de residuos. Pueden verse afectadas todas las parte y obras del proyecto. Forma de control y seguimiento − Difusión del protocolo de prevención de riesgos y emergencias ante sismos; y registro de inducciones ambientales a los trabajadores de la obra, para informar sobre riesgos ante sismos o terremotos, incluidos los simulacros de evacuación. − Registro de revisión periódica de la señalética, vías de evacuación y orden del sitio de acopio de residuos sólidos domésticos y asimilables y no peligrosos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementaria Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Elaboración de un protocolo de prevención de riesgos y emergencias específico para actuaciones frente a eventos sísmicos, será específico para actuaciones frente a eventos sísmicos Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web en el apartado de Reporte de Contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
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10.8. Contingencia: Ocurrencia de incendios Contingencia La ocurrencia de incendios es un fenómeno complejo que puede tener diversas causas, tanto naturales como antrópicas. Propagación de fuego que puede representar un peligro para la vida de las personas, animales y/o la propiedad pública o privada. Este puede verse intensificada su ocurrencia a efectos del cambio climático Fase del proyecto a la que aplica Construcción/Operación/Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada • Bodega SUSPEL, RESPEL • Acumulación de materiales de desecho combustibles. • Cableado y equipos eléctricos. • Trabajos de soldaduras o carga de combustible Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Elaboración y difusión de un plan de prevención de riesgos contra incendios que permita identificar las potenciales fuentes de ignición, presencia de materiales combustibles y factores que contribuyen a la coexistencia de fuentes de ignición y combustibles en espacio y tiempo cercanos. − Instalación de elementos para la extinción de fuego en lugares visibles y accesibles para todo el personal. − Ejecución de charlas para prevenir todo riesgo de ocurrencia de incendios. Se educará a los trabajadores por medio de charlas respecto al valor de los recursos naturales, y el cuidado necesario para prevenir incendio. − Se realizará una capacitación y prácticas del personal en el uso y manejo de elementos básicos de extinción de fuego. − Mantención y verificación del estado de los extintores. − Instalación de carteles informativos con las medidas contra incendio. − Se realizará la identificación correspondiente a las zonas susceptibles a producir incendios a través de letreros y/o señaléticas donde estén prohibidas las actividades que puedan generar chispas, tales como encender fuego, fumar, etc. − Prohibición de fumar al interior de las instalaciones, establecido en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad del proyecto. − Mantener la obra limpia y ordenada para evitar eventuales fuentes de ignición de fuego. En la fase de construcción, la zona donde se instalará la instalación de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
faenas no presenta árboles ni arbustos que puedan incendiarse. La instalación de faena contará con los equipos apropiados para controlar incendios, los cuales serán debidamente mantenidos de acuerdo a la normativa vigente. − En fase de operación, se realizará el desmalezado en torno a las instalaciones. Se realizará la mantención de caminos, los cuales actuarán como cortafuegos. Es importante mencionar que estas acciones y medidas se realizan en consideración de los efectos del cambio climático. Esto debido a que este riesgo puede aumentar su frecuencia y magnitud producto de sus efectos. Pueden verse afectadas todas las parte y obras del proyecto. Forma de control y seguimiento − Mantener en caseta de control de los registros de la difusión del plan de prevención de riesgos contra incendios, los cuales deberán contar con la firma de cada trabajador. − Presencia de extintores con rotulación y certificación de la vigencia para su óptimo uso. − Mantener en obra los registros de la ejecución de capacitación y prácticas del personal en el uso y manejo de elementos básicos de extinción de fuego, las cuales deben contar con la firma de cada trabajador. − Instalación y mantención de la señalética y carteles informativos que adviertan de la presencia de materiales combustibles, ubicación de extintores y vías de evacuación en caso de emergencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia − Elaboración y difusión de un plan de prevención de riesgos contra incendios que permita identificar las potenciales fuentes de ignición, presencia de materiales combustibles y factores que contribuyen a la coexistencia de fuentes de ignición y combustibles en espacio y tiempo cercanos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web en el apartado de Reporte de Contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
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10.9. Contingencia: Ocurrencia de incendios Forestal Contingencia La ocurrencia de incendios es un fenómeno complejo que puede tener diversas causas, tanto naturales como antrópicas. Propagación de fuego que puede representar un peligro para la vida de las personas, animales y/o la propiedad pública o privada. Este puede verse intensificada su ocurrencia a efectos del cambio climático. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada • Bodega SUSPEL, RESPEL • Acumulación de materiales de desecho combustibles. • Cableado y equipos eléctricos. • Trabajos de soldaduras o carga de combustible Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se mantendrá a una cuadrilla capacitada para el primer ataque y que cuente con el equipamiento adecuado, además de mantener a todo el personal con su debida inducción de seguridad. • Se contará con señaléticas específica en el cual se aluda a la prevención de incendios forestales. • Se contará con vehículos y herramientas adecuadas para combatir un amago de incendio. • Se realizarán inspecciones para verificar la existencia y el estado de los equipos de control de incendios. • Se realizarán inspecciones para verificar la existencia y el estado de los equipos de control de incendios. • Se impedirá el uso del fuego como elemento para roce de vegetación en la limpieza del terreno. • Se construirá un cortafuego perimetral entre la zona de la planta procesadora y el cerco perimetral que colinde con zona arbustiva, esta medida corresponde a una faja de terreno donde se elimina toda la vegetación y se deja expuesto el suplo mineral. El ancho mínimo que tendrá el cortafuego no deberá ser inferior a 10 metros, medido en proyección horizontal, para asegurar la detención del fuego en caso de siniestro. • Se construirá un cerco para impedir el tránsito de personas desde sectores habitados, sectores turísticos, caminos, etc. Hacia el recurso a proteger. Esta medida será implementada solo en caso de extrema necesidad. De lo contrario se recomienda la implementación de corredores biológicos favoreciendo el tránsito de fauna de mayor tamaño en caso de incendio forestal. Medidas de prevención: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
i. Reducción del riesgo de ocurrencia.
• Construcción de cortafuegos perimetral entre la zona de la planta procesadora y el cerco perimetral. • El cortafuego es una faja de terreno donde se elimina toda la vegetación y se deja expuesto el suplo mineral. El ancho mínimo que tendrá el cortafuegos no deberá ser inferior a 10 metros, medido en proyección horizontal, para asegurar la detención del fuego en caso de siniestro. • Mantener una cuadrilla capacitada para el primer ataque y que cuente con el equipamiento adecuado. • Colocar un cartel alusivo a la prevención de incendios forestales. • Contar con vehículos y herramientas adecuadas para combatir un amago de incendio. • Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, entre estas; • De la vigilancia y el aviso a la autoridad: se mantendrá vigilancia permanente en todos los frentes de trabajo a fin de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. En caso de ocurrir un evento de incendio, desde teléfonos celulares y de red fija, se dará aviso a los números de emergencias 130 y 132 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF y Bomberos de Chile, respectivamente). • De la difusión: Se dará aviso a la junta de vecinos del sector acerca de las faenas realizadas en el predio, y en el acceso a este, se colocará un cartel que indique que se están realizando faena de limpieza de predio, donde se contempla la corta y retiro de vegetación. Instalación y mantención de al menos un letrero visible, de fácil lectura, con medidas mínimas de 3m x 2m, a una altura no inferior a los 2m, en lugares de acceso al predio, en sectores adyacentes al predio de tránsito regular o en caminos principales circundantes, que contenga el nombre del predio y los siguientes números de emergencias: CONAF 130, BOMBEROS 132, CARABINEROS 133
• Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, entre estas; realizar retiro inmediato (diario) de los residuos vegetales en sector (despeje de vegetación), prohibir la acumulación de los mismos, realizar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del Proyecto.
ii. Reducción del peligro de ocurrencia. • Los residuos generados por la intervención de vegetación serán ordenados y clasificados para posterior retiro a sitios autorizados para su disposición final. Es importante destacar que en ningún caso se utilizará el fuego para la eliminación de residuos.
Medidas de control:
De la detección oportuna: en caso de ocurrir un siniestro se adoptarán las siguientes medidas. • Se dará aviso de inmediato a propietarios de predios colindantes, de manera de coordinar una eventual evacuación o ayuda en el combate. • El personal que aviste primero la columna de humo y/o incendio, en caso de tener cobertura de telefonía celular, dará aviso de inmediato al 130 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF) y al 132 (Bomberos de Chile) y ONEMI, y en segunda instancia, a la persona encargada de coordinar las comunicaciones, proporcionando todos los antecedentes que sean necesarios, tales como: tipo de combustible afectado por el fuego, cantidad y continuidad del combustible afectado y amenazado, hasta el momento, topografía general del lugar (pendiente), estimación de la superficie afectada hasta el momento, topografía general del lugar (pendiente), estimación de las condiciones meteorológicas locales (dirección e intensidad del viento). En caso de que el personal que avistó primero el siniestro no tenga cobertura de telefonía celular, dará aviso a la persona encargada de coordinar las comunicaciones proporcionándole la información antes mencionada, y esta persona se pondrá en contacto con las centrales de emergencias antes mencionadas. • Se dará aviso de inmediato a propietarios de predios colindantes, de manera de coordinar una eventual evacuación o ayuda en el combate. • En caso de un foco inicial de incendio, y en medida de lo posible, el personal que se encuentre disponible más cerca del lugar en cuestión, comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan disponibles, ya sean palas para construir cortafuego, extintores, agua, baldes con arena, maquinaria mecanizada, o una combinación de estos. • En primera instancia, asumirá el liderazgo el técnico o capataz encargado de las faenas que primero llegue al lugar del incendio, o que allí se encuentre al momento de inicio del siniestro. Esta persona organizará al personal, hará Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
rápidamente una evaluación de los valores afectados, y será quien proporcione las informaciones vía radial. No obstante, lo anterior, en caso de encontrarse el ITO en el lugar, será él quien liderará las acciones a seguir. • Tanto la persona que lidere el combate, como el encargado de las comunicaciones, dará primera prioridad a las referidas a las personas y segunda prioridad al combate del incendio; en caso de ser necesario, éste dispondrá el traslado de personal al lugar del incendio, o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. • Una vez arribado al lugar el personal de CONAF y/o Bomberos, liderarán el combate, poniéndose al personal de la faena a disposición para el apoyo a la operación, siempre y cuando sean requeridos. • Es importante aclarar, que la comunicación con las centrales de emergencias debe hacerse lo más pronto posible, a pesar de que el personal haya logrado controlar o extinguir el incendio. De la organización de personal de combate: Las cuadrillas de trabajo del Proyecto serán capacitadas en nociones básicas de combate de incendio y quedará organizada de tal modo que sepa reaccionar ante el evento de un incendio. De la capacitación del personal: las medidas a aplicar en este punto serán las siguientes. • Instrucción dirigida al personal del o los contratistas que realicen cualquier tipo de faena, referida a los riesgos propios del fuego en cada una de sus actividades. • Inducción y entrega de nociones básicas al personal respecto del comportamiento del fuego y de los métodos de combate en los incendios forestales. • Instrucción Práctica-Básica a todo el personal sobre el combate de incendios forestales, formas de organizarse, y construir colectivamente líneas rudimentarias de control de fuego a fin de combatir preliminarmente cualquier foco de incendio hasta que llegue el personal especializado. Además, a todo el personal se les instruirá del reconocimiento y tránsito por rutas de escape del fuego. • Del comportamiento básico del personal en el área de Proyecto. En este punto se deberán tomar las siguientes medidas: • Prohibición de fumar. • Prohibición de encender fuego. • Para evitar emisiones de humos y riesgos de incendios, estará estrictamente prohibido que el personal de la o las empresas contratistas quemen basuras, desperdicios o desechos, todos los residuos serán transportados y depositados en lugares autorizados, para lo que deberá acreditar las Guías de Libre Tránsito a requerimiento de la autoridad correspondiente, de acuerdo al inciso primero, del Artículo 58°, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
de la Ley N°20.283, sobre Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal. De las maquinarias y de los equipos de apoyo: En caso de siniestro, se podrá contar con las maquinarias y los equipos utilizados para la implementación del mismo proyecto, es decir, camiones aljibes, las palas mecánicas, etc. De las comunicaciones: Para contar con comunicaciones rápidas y eficientes, se contará con equipos de radio, los cuales permitan una pronta y adecuada comunicación entre todos los actores de este Proyecto, en especial ante un foco de incendio. Dentro del organigrama del Proyecto, se designará una persona que aparte de sus funciones en la obra, tenga la responsabilidad de recibir la información desde las cuadrillas de trabajo, disponer o instruir el traslado de mayores recursos y de personal en caso necesario. Esta persona estará equipada con un equipo de radio y un teléfono celular. De la habilitación de fuentes de agua: Previo al inicio de las faenas de despeje de vegetación, se deberán reconocer las potenciales fuentes de agua y de acceso a éstas, de tal modo que, en caso de siniestro, se pueda tener un acceso rápido, una pronta reacción de control y supresión del incendio. De la vigilancia: el ITO tendrá como función fiscalizar todas y cada una de las actividades, y en caso de observar falencias en las acciones y en las condiciones de trabajo, éstas serán comunicadas a quien corresponda. El ITO comunicará las deficiencias anotadas al contratista, con el objeto que se corrijan las situaciones detectadas. En caso de no encontrarse el ITO, este deberá dejar a una persona en su reemplazo para que se acaten las instrucciones que sean dejadas al personal. Fase de Construcción: -Se colocarán letreros de Prevención de Incendios Forestales en áreas estratégicas del área de emplazamiento del proyecto, los cuales serán de fácil lectura, con medidas mínimas de 3x2 m, a una altura no inferior a los 2 m, que contenga el nombre del predio y los siguientes números de emergencias: CONAF 130, Bomberos 132, Carabineros 133. Estos letreros deberán de estar en su posición y en buenas condiciones durante toda la vida útil del proyecto, adicional se consideran letreros que indiquen el ingreso y evacuación de la plata fotovoltaica, con la finalidad de hacer más expedito el ingreso a las entidades, y la evacuación en el caso de siniestros. -Se construirá cerco perimetral en toda el área de emplazamiento del proyecto, para impedir el tránsito de personas y animales mayores. Estos cercos deberán de estar en su posición y en buenas condiciones durante toda la vida útil del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
-Eliminación de los residuos vegetales: Los residuos se eliminarán de forma mecánica o manual según lo siguiente: • Los residuos de 10cm o más de diámetro serán retirados por parte de la empresa contratada específicamente para estos efectos o por particulares, según se acuerde, para su aprovechamiento. En caso de no ser factible el aprovechamiento de todo este material leñoso, el restante será llevado a lugares autorizados. • Los residuos de cosecha menores a 10 cm serán reducidos a astillas por chipeadoras portátiles. Estas astillas serán esparcidas uniformemente sobre el suelo de manera que se incorpore lentamente mediante su pudrición aportando nutrientes. • No se utilizará el fuego ni sustancias químicas para la eliminación de residuos vegetales. • La disposición de los residuos vegetales se colocará en dirección paralela a los vientos predominaste. La altura máxima de acumulación no puede ser superior a 1,5 m, el largo no superará los 20 m y con una discontinuidad de al menos de 5 m. Entre fajas se debe dejar una separación de al menos 10 m. Fase de Construcción, Operación y Cierre: a) En las fases de construcción, operación y Cierre, el uso del fuego está prohibido, salvo en trabajos que así lo ameriten. b) En el caso de trabajos que involucren el uso de fuego, soldaduras, esmeril angular, etc., a priori se limpiará el sector y se utilizarán pantallas de protección ignifugas o carpas a fin de evitar la propagación de las chispas producidas por tales trabajos. Habrá personal asignado a la supervisión constante de los trabajos con fuego, asegurándose de que se cumplan las medidas de seguridad y tomando acciones inmediatas en caso de cualquier anomalía. Se posicionarán equipos de extinción, como extintores y mangueras contra incendios, en lugares estratégicos y de fácil acceso para responder rápidamente en caso de emergencia. Proporcionar capacitación a los trabajadores sobre prácticas seguras de soldadura y el uso adecuado de extintores. c) Se podrá abastecer de combustible y lubricantes a maquinarias en los sectores habilitados y caminos, previo despliegue de un plástico protector que contenga posibles derrames. Se asignará un operador o supervisor para supervisar el proceso de abastecimiento y estar atento a cualquier signo de derrame o fuga. Se asegurará de que haya extintores y materiales de extinción cercanos en caso de que un derrame accidental genere un riesgo de incendio. Brindar capacitación a los operadores y trabajadores encargados del abastecimiento sobre los procedimientos adecuados para prevenir derrames y cómo responder eficazmente en caso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
de emergencia. d) Dentro del área del Proyecto, sólo se podrá fumar en una zona autorizada y habilitada para este propósito, donde deberá haber señalética y un cenicero, el que será limpiado en forma diaria. En el exterior de las zonas autorizadas, no se podrá fumar en ningún caso, esta medida será válida para todas las fases del Proyecto. e) Se publicarán los números de contacto del responsable de emergencia o Jefe de Emergencia, bomberos, y CONAF de manera de tener una comunicación fluida en caso de alguna alarma asociada al fuego. f) Se desarrollará un control de acceso a las Instalaciones. g) Se verificará el buen estado de los equipos contra incendio. h) Se verificará el buen estado de los extintores y su vigencia. i) En las áreas de almacenamiento residuos peligrosos, se contará con señalética de los residuos peligrosos y de las actividades que NO podrán ser desarrolladas. j) Los equipos, maquinarias, herramientas, instalaciones eléctricas y sectores de almacenamiento de residuos peligrosos tendrán medidas especiales tendientes a evitar que provoquen incendios forestales, tales medidas corresponden a: Labores de control, mantención alrededor de ellos, instalación de extintores manuales debidamente señalizados, entre otros. k) Se capacitará a los todos los trabajadores en procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios incluido incendios en las instalaciones eléctricas; y se realizarán charlas de inducción y sensibilización en temas educación ambiental y prevención de incendios forestales a los trabajadores de las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, dando énfasis principalmente a los factores de riesgo en cuanto a actividades y comportamientos habituales de las personas que pueden provocar focos de incendios. l) Se hará entrega de material informativo a trabajadores de las fases de construcción, operación y cierre del proyecto sobre las situaciones que puedan ocasionar un incendio, destacando cuales son las buenas prácticas en el trabajo con respecto al fuego. m) El personal será capacitado en el uso de extintores. n) Se establecerán zonas de seguridad y vías de escape ante la posibilidad de un incendio forestal durante todas las fases del Proyecto. o) Se señalizará las vías de ingreso y evacuación, para facilitar el ingreso del personal especializado (CONAF o Bomberos). p) El Proyecto contará con un Sistema de Video Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
vigilancia que contará con una Central de Alarmas, que recibirá las alarmas del sistema perimetral en caso de incendios, fallas, roturas de paneles y/o emergencias de cualquier tipo. q) Se realizará un programa de mantención de los sistemas de alarma y los extintores, donde el encargado, deberá llevar un registro del estado de estos equipos. Es importante mencionar que estas acciones y medidas se realizan en consideración de los efectos del cambio climático. Esto debido a que este riesgo puede aumentar su frecuencia y magnitud producto de sus efectos. Pueden verse afectadas todas las parte y obras del proyecto. Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de capacitación que se realizará a la brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios forestales. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia, corresponden a las siguientes: Fase de Construcción, Operación y Cierre - Se activará la alarma de incendio. - Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias y al Coordinador de Emergencias. - Se activará el procedimiento contra incendios forestales. - Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. - Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y Carabineros y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA a través de su página web Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
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10.10. Contingencia Exceso de acumulación de RILes Contingencia Sobre acumulación de RILes en cualquiera de los tanques el cual si no existiesen medidas preventivas podría ocasionar derrames y/o Fallas en el sistema Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema de tratamiento de RILes, tanque acumulación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En caso de rebalse • La planta fue diseñada con un sistema de recolección de líquidos generados por alguna problemática que impida la operación normal de PTR. La configuración completa del diseño de PTR contempla en todo su perímetro canaletas de recolección de derrames líquidos, los que son conducidos hacia un estanque de recepción ubicado bajo el nivel de la planta. El estanque de recepción tiene una capacidad de acumulación de 5 m3, y cuenta con una bomba sumergible que retorna los líquidos contenidos hacia la piscina de RIL filtrado En caso de lluvias intensas • Sistema cerrado y protegido de condiciones ambientales para el sistema de tratamiento de RILes Forma de control y seguimiento − Seguimiento de datos entregados por sensor − Alerta del sensor Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementaria Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que la piscina de Ril filtrado no pueda recibir el volumen de contingencia se adhieren dos piscinas de contención de 500 m3 cada una, ambas impermeabilizadas con el objetivo de evitar la infiltración.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado del reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.11. Contingencia: Contaminación al componente agua superficial y agua subterránea Contingencia Las aguas residuales, producto del desecho humano y de actividades industriales, albergan una variedad de componentes físico-químicos que, en concentraciones elevadas, pueden ser perjudiciales para el medio ambiente y la salud Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
pública. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de RILes y Planta de Aguas Servidas Acciones o medida a implementar para prevenir la emergencia − Aplicación de Efluentes al Suelo – SAG”. Se aplicarán y cumplirán los requerimientos máximos de emisión especificados en estos instrumentos. Además, se desarrollará un Programa de Monitoreo adecuado para garantizar la supervisión continua de las emisiones y el cumplimiento constante de los estándares establecidos. Este enfoque garantizará no solo la conformidad con las regulaciones gubernamentales sino también la protección del medio ambiente. − Los Riles generados serán sometidos a un sistema de tratamiento integral diseñado específicamente para cumplir con los exigentes estándares de calidad definidos en la Norma Chilena 1333 Of 78 y en la Guía de Evaluación Ambiental – Aplicación de efluentes a suelos establecida por el SAG. Esta medida es esencial ya que el efluente tratado será destinado para su uso en la irrigación de un terreno específico. La Norma Chilena 1333 Of78 establece criterios rigurosos de calidad del agua, que incluyen concentraciones máximas permitidas de elementos químicos, niveles de pH, salinidad, pesticidas y requisitos bacteriológico. Por parte de la Guía del SAG se establecen concentraciones máximas recomendada de parámetros en los efluentes de agroindustrias. Estos estándares están diseñados para garantizar la idoneidad del agua utilizada en el riego y, al mismo tiempo, preservar la integridad del entorno ambiental circundante. La implementación de este sistema de tratamiento asegurará que los efluentes cumplan plenamente con los requisitos de la normativa, lo que contribuirá a una gestión sostenible y responsable de los recursos hídricos en consonancia con las normativas medioambientales vigentes en Chile. Es importante mencionar que no se verterán aguas de ningún tipo a aguas subterráneas. Forma de control y seguimiento − Monitoreos frecuentes de efluentes − NCh N°1333 Of78 − Guía de Evaluación Ambiental - Aplicación de Efluentes al Suelo – SAG Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada − Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para − Se implementará un sistema de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
controlar la emergencia tratamiento de aguas residuales con el propósito de tratar y disponerlas vía riego. Este enfoque se basa en el cumplimiento riguroso de las disposiciones establecidas en la NCh 1333 Of78 que define los requerimientos del agua para diferentes usos y aquellos parámetros de la “Guía de Evaluación Ambiental. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias − Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.12. Contingencia: Discontinuidad en el aporte de agua residual desde el proceso agroindustrial Contingencia Discontinuidad en el aporte de agua residual desde el proceso agroindustrial, debido a obstrucciones en el sistema de recolección. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta agroindustrial Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Monitoreo visual de canales y potenciales obstrucciones. − Inspección visual.
Forma de control y seguimiento − Programa de inspección. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia − Limpieza de canaletas de recolección de efluentes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.13. Contingencia: Rotura o detección de fugas en tuberías de conducción del RIL Contingencia Rotura o detección de fugas en tuberías de conducción del RIL, que puedan provocar mal funcionamiento del sistema y posibles derrames Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta agroindustrial Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Inspección visual de tuberías de conducción de RILes. − Plan de mantenimiento y limpieza de tuberías. Forma de control y seguimiento − Inspección visual. − Programa de inspección. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Plan de mantenimiento y limpieza de tuberías. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.14. Contingencia: Fallas en la Planta de Tratamiento de Riles Contingencia Fallas en la Planta de Tratamiento de Riles, provocados por falta de mantenciones de las unidades o mal operación del sistema. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Funcionamiento Planta de Tratamiento Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia 1. Solo personal autorizado y capacitado podrá operar el sistema de tratamiento. 2. Se realizarán mantenciones a las unidades según recomendación del fabricante: • Siguiendo las pautas y recomendaciones del manual del fabricante. • Utilizando repuestos y piezas originales. Forma de control y seguimiento − Registro de actividades de mantención y monitoreo Planta de Riles − Registros de capacitación − Registro de incidentes Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia 1. En caso de rebalse: • Detención de las operaciones de generación de RIL y establecer un perímetro con material absorbente alrededor del estanque receptor. • Bombeo de RIL derramado hacia estanques disponibles en el establecimiento para su acopio provisorio y se contactará inmediatamente a camiones limpia fosas para continuar y dar término a la succión del RIL derramado. • Análisis del suelo sometido al derrame. 2.Falla en estanque almacenamiento de químicos: • Realizar contención del líquido en los pretiles que existentes de estos estanques. Operador debe avisar a superior de PTR Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado del reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la
Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
descripción detallada
10.15. Contingencia: Excedencia en concentración de parámetros en el RIL tratado Contingencia Si luego del monitoreo se detecta que existen concentraciones de ciertos parámetros por sobre a los requerimientos establecidos en los cuerpos normativos y al diseño del sistema, pueden existir unidades que estén dañadas, obstruidas o se requiera de un ajuste de la operación. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Despelonado; Sistema de tratamiento RILes Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Recirculación de RIL desde estanque de acumulación final hacia el pretratamiento para efectuar un segundo tratamiento al RIL. − Efectuar contra muestreo del RIL tratado nuevamente. − Si el RIL cumple con los parámetros, se reanuda la operación normal de la planta. − En la eventualidad que el RIL se mantenga fuera de parámetros, se procederá a retirar todo el RIL del sistema de tratamiento de RILes a través de camiones limpiafosas, y será trasladado hasta un tercero autorizado para la recepción y tratamiento de residuos industriales líquidos provenientes de agroindustrias. − Se inspeccionará una a una las unidades del sistema de RILes y se efectuarán las reparaciones necesarias. − Se pondrá nuevamente en puesta en marcha el sistema y se verificarán todas las etapas anteriormente descritas. − Este procedimiento se repetirá hasta obtener el efluente nuevamente en cumplimiento. − Monitoreos en base a NCh 1.333 OF78 y Guía del SAG Forma de control y seguimiento Se confeccionará un informe de control y seguimiento que contendrá: a) Antecedentes: tipo y causa de excedencia de parámetros; sustancia o equipo involucrado; residuo generado; duración del evento; acciones de control efectuadas, destino del retiro de RILes. b) Identificación y explicación de técnicas: identificar y explicar las técnicas y/o acciones que se implementaron para conseguir el restablecimiento del cumplimiento de parámetros en el RIL tratado. c) Protocolo: describir el protocolo aplicable al manejo de los residuos líquidos generados. Este informe será mantenido en planta por un máximo de 3 años. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Anexo N°01.01 PAS139 de Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Detención de procesos que generan residuos líquidos (despelonado). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado del reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.16. Contingencia: Situación de excedencia de parámetros en el lodo a disponer Contingencia El lodo por su contenido en metales y otros contaminantes puede contribuir a la contaminación. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema de RILES, línea de lodos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En la etapa final de recolección de lodos en tolva, se monitoreará la humedad para su disposición final. Si los lodos no cumplen con los parámetros establecidos, se tomarán las siguientes acciones: 1. Mezcla con sólidos gruesos generados en el filtro parabólico (PTR): Se mezclarán los lodos físico químicos con los sólidos gruesos acumulados en los BIMs (provenientes del proceso de remoción de sólidos). Se realizarán análisis de laboratorio para verificar si la mezcla cumple con los parámetros de humedad. Si es aceptable, se autorizará su disposición. De no cumplir, se procederá a la siguiente opción. 2. Mezcla con sólidos gruesos de la máquina de despelonado: Los sólidos removidos (tierra, hojas, ramas) ya cumplen con los requisitos para su disposición final. Se mezclarán con los lodos para alcanzar los parámetros necesarios y evitar procesos adicionales de deshidratación. Se realizarán análisis de laboratorio para determinar la proporción adecuada de la mezcla. Forma de control y seguimiento Monitoreo: Se controlará la humedad de los lodos en tolva mediante análisis de laboratorio periódicos. Análisis de laboratorio: Se realizarán pruebas en las mezclas de lodos y sólidos gruesos para verificar que cumplan con los parámetros de humedad requeridos. Registro: Los resultados de los análisis y las proporciones de mezcla serán documentados. Revisión periódica: Se evaluarán regularmente los procesos para mejorar su eficiencia y cumplimiento normativo. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada − Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia − Anexo N°01.01 PAS139 de Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar emergencia − Acciones correctivas: Si los parámetros no se cumplen, se ajustarán las mezclas o se aplicarán otras medidas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado del reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
de evaluación que contenga la descripción detallada Adenda Complementaria.
10.17. Contingencia: Accidente en el traslado de lodos Contingencia Un accidenten en el traslado de lodos puede afectar la salud de la población y al medio ambientes por posible contaminación de suelos y cuerpos de agua Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte de lodos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Aviso de inmediato a Seremi de Salud respectiva y SMA de la ocurrencia del accidente. − Acordonamiento del área de influencia del accidente. − Recolección de lodos tratados mediante un camión auxliar. − Limpieza en seco de la zona para evitar la generación de escorrentías con lodos tratados. − Entrega de informe de contingencia a Seremi de Salud. Forma de control y seguimiento Se confeccionará un informe de control y seguimiento que contendrá: d) Antecedentes: tipo y causa de excedencia de accidente; sustancia o equipo involucrado; cantidad de lodo afectado; duración del evento; acciones de control efectuadas, cantidad de lodo recolectado. e) Identificación y explicación de técnicas: identificar y explicar las técnicas y/o acciones que se implementaron para conseguir el restablecimiento del transporte. f) Protocolo: describir el protocolo aplicable al manejo de los residuos generados. Este informe será mantenido en planta por un máximo de 3 años. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Anexo N°01.04 PAS 138 y Anexo N°01.01 PAS139 de Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia − Aviso de inmediato a Seremi de Salud respectiva y SMA de la ocurrencia del accidente. − Acordonamiento del área de influencia del accidente. − Recolección de lodos tratados mediante un camión auxliar. − Limpieza en seco de la zona para evitar la generación de escorrentías con lodos tratados.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado del reporte de contingencias Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
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10.18. Contingencia: Generación de olores molestos Contingencia Generación de olores molestos, nauseabundo, fétidos y penetrantes Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta agroindustrial, sitios de acumulación de residuos sólidos, sistema de tratamiento de RILes y PTAS Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Monitoreo de olores. − Plan de gestión de olores. − Capacitaciones a los trabajadores del plan de gestión de olores. Forma de control y seguimiento Carga de monitoreo de olores al sitio web de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Anexo N°01.04 PAS 138 y Anexo N°01.01 PAS139 de Adenda Complementaria Anexo N°08 Plan de gestión de olores de Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar emergencia.
Medidas. Actualización de Estudio de Emisiones Odorante Se contempla realizar una actualización anual del Estudio de Emisiones Odorantes de la Planta de Tratamiento de Frutos Secos, sin embargo, también se llevará a cabo está medida en el caso de realizar cambios significativos en el proceso productivo, como el aumento de capacidad de producción o la instalación de nuevas fuentes de emisión. c La elaboración del estudio debe seguir los lineamientos establecidos en la Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Olor del SEA. 6.1.2. Manejo de quejas y denuncias por malos olores Ante el registro de alguna queja, provocado por la operación de la Planta Procesadora de Frutos Secos, se seguirá el siguiente procedimiento: 1. Se dará aviso inmediato al jefe de Planta 2. Se constatará en terreno la veracidad de la queja y se realizará un análisis de cuáles son las causas de estas molestias. - Una vez evaluadas las causas de las molestias, el Jefe de Planta dará instrucciones al operador de la planta: - Identificación de la coordenada, fecha y hora de donde proviene el reclamo. - Revisión de las variables meteorológicas, especialmente los campos viento, al momento del reclamo. - Evaluación del posible origen de la emisión de olor que haya generado el reclamo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.19. Contingencia: Fallas de unidades y/o equipos Contingencia Fallas de unidades y/o equipos, que puedan generar un tratamiento ineficiente, en consecuencia, alteraciones en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
efluente final. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema de tratamiento de RILes Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Plan de mantenciones del sistema de tratamiento de RILes según recomendaciones del fabricante. − Visitas inspectivas al sistema de tratamiento. Forma de control y seguimiento Carga de reporte de contingencias al sitio web de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada − Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia − Anexo N°01.01 PAS139 de Adenda Complementaria
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Emergencia y contingencia en PAS 138 En caso que se produzcan emergencias asociadas al tratamiento de las aguas servidas, se deberá proceder de la siguiente forma: - Contratar a una empresa especializada para revisar y realizar las reparaciones del sistema. - De detectar un problema de mayor envergadura, que no pueda ser resuelto de forma inmediata y que requiera paralizar el proceso, se detendrá la operación de la planta, hasta que se normalice el funcionamiento del sistema. - En caso que la contingencia persista por un periodo mayor a un día, y para dar continuidad operacional a la planta de cultivo, las aguas serán retiradas previo al ingreso a la planta de tratamiento de aguas servidas, por una empresa con autorización sanitaria para el manejo de aguas residuales, que las llevará a un sitio de disposición final igualmente autorizado. Asimismo, se dispondrán de baños químicos en cantidad suficiente para cubrir las necesidades del personal. - Si para efectuar las reparaciones se requiere disminuir el volumen de lodos o de aguas servidas, se coordinará un retiro mediante empresa autorizada, para su transporte hasta un sitio autorizado. - En el caso de desborde de aguas servidas, se realizará limpieza de áreas afectadas, para lo cual se utilizarán elementos de protección personal (guantes, lentes, zapatos cerrados y mascarillas). - Terminados los trabajos de reparación, se limpiarán y se desinfectarán todas las áreas o elementos que tuvieron contacto con las aguas servidas. - Se retirarán los materiales contaminados y se dispondrán en sitio autorizado, de acuerdo a la materialidad.
Emergencia y contingencia en PAS139 En caso de rebalse puntual o generalizado • Detención de las operaciones de generación de RIL y establecer un perímetro con material absorbente alrededor del estanque receptor. • La configuración completa del diseño del sistema de Riles contempla en todo su perímetro canaletas de recolección de derrames líquidos, los que son conducidos hacia un estanque de recepción ubicado bajo el nivel de la planta • En caso de emergencia donde los estanques de recepción no den abasto se adhieren dos piscinas impermeables de 500 m3 cada una. Estas cuentan con bombas de envío y retorno con el objetivo de re procesar los RILes derivados por Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
emergencia y de esta forma poder tratar el total de residuos líquidos generados en el proceso normal de planta. • No se realizarán descargas de Riles en el canal hijuela menor. - En caso de falla de elementos del sistema de Riles • Como medida de prevención se realizarán chequeos y manutención frecuente del sistema de tratamiento de Riles, de acuerdo a especificaciones del fabricante. • Detención del proceso si se detecta una falla en la bomba de dosificación de coagulantes o floculantes, para luego identificar si debe ser reparada o remplazada • En caso de acumulación de material en los orificios del filtro parabólico, se detendrá el flujo de Riles hacia el filtro para evitar daños mayores. Luego se realizará una limpieza exhaustiva y, si es necesario, desmontar el filtro para una limpieza más profunda. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.20. Contingencia: Contaminación de cuerpos de agua (canales de regadíos) Contingencia La contaminación de canales de regadío con aguas servidas puede provocar problemas en la salud de la población y daños en el medio ambiente, por ende, en construcción se deben tomar medidas para evitar esta contingencia Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Baños químicos // aguas servidas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las aguas servidas para la fase de construcción serán manejadas según un programa de mantenimiento con la empresa proveedora del servicio, quien se hará cargo tanto del transporte, como del tratamiento y la disposición final, conforme a la normativa vigente. No se verterán efluentes al canal de riego. Forma de control y seguimiento Seguimiento y registro del servicio de recolección de las aguas servidas en fase de construcción. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia No se verterán efluentes al canal de riego. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA a través de su página web Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.21. Contingencia: Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Contingencia Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios, que puedan afectar la salud de la población, trabajadores y provocar daños en el medio ambiente. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada − Sitio de acopio de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia − Uso de contenedores herméticos para la acumulación de residuos no peligrosos. − Habilitación de contenedores acondicionados para el almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables y no peligrosos, que deberá cumplir con las características mínimas de resguardo exigidas en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. − Revisión constante de los contenedores − Capacita al personal en la identificación de situaciones de emergencia y en el uso de equipo de seguridad − El personal a cargo contara con el equipo de protección personal necesario, como guantes, gafas de seguridad y ropa protectora, entre otros. − En caso de que la contingencia se presente en el transito desde el sitio de almacenamiento temporal al sitio de disposición final el jefe a cargo de la gestión y manejo de los residuos, coordinará con el encargado ambiental y de seguridad de la empresa contratista, el correcto proceder en la restauración del terreno afectado. Se garantizará la seguridad del personal involucrado, asegurándose de que reciban atención médica si es necesario y se alejen de cualquier riesgo adicional.
Forma de control y seguimiento Se procederá a contener dicho derrame o percolación con material absorbente, si corresponde, posteriormente el material contenedor será dispuesto según corresponda. - Se cambiará el contenedor o basurero defectuoso - Se tendrán encargados para cada caso. Es necesario considerar medidas en caso de la ocurrencia de una emergencia de dispersión de materiales, que puede ser causada producto del mal cierre de los contenedores o mala disposición de los residuos, para lo que se deben tomar las siguientes medidas: - Dar aviso de la emergencia en cuanto se detecten residuos dispersos fuera de la correspondiente zona de almacenamiento. - Para evitar la afectación al personal y actuar debidamente ante esta emergencia, se debe proceder de la siguiente manera: i. Use siempre los elementos de protección personal. ii. Limpie el área afectada siguiendo las instrucciones de los procedimientos respectivos Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Anexo N°01.02 PAS 140 Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia − En caso de que la contingencia se presente en el transito desde el sitio de almacenamiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
temporal al sitio de disposición final el jefe a cargo de la gestión y manejo de los residuos, coordinará con el encargado ambiental y de seguridad de la empresa contratista, el correcto proceder en la restauración del terreno afectado. Se garantizará la seguridad del personal involucrado, asegurándose de que reciban atención médica si es necesario y se alejen de cualquier riesgo adicional.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
10.22. Contingencia: Ocurrencia de derrame en el transporte, manejo y almacenamiento de sustancias y/o residuos peligrosos. Contingencia Ocurrencia de derrame en el transporte, manejo y almacenamiento de sustancias y/o residuos peligrosos, que pueda provocar afectaciones a la salud pública y/o daños ambientales. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Almacenamiento temporal RESPEL y SUSPEL. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Instruir al personal del Proyecto y a los contratistas encargados, sobre generación de residuos peligrosos del Proyecto, disposición final y sus eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades de capacitación como charlas y reuniones. Realización de inspecciones preventivas a las bodegas de residuos peligrosos. Dentro de las actividades a realizar, se verificará el estado de almacenamiento de las bodegas, con la finalidad de evitar que se sobrepase la capacidad de almacenamiento. Los RESPEL serán almacenados en contenedores de 120 y 220 litros, cerrados herméticamente y por un tiempo máximo de 6 meses al interior de cada una de las bodegas para su disposición final a través de una empresa autorizada, declarando oportunamente su cantidad en el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) del Ministerio del Medio Ambiente (MMA). Es necesario considerar medidas en caso de la ocurrencia de una emergencia de dispersión de materiales, que puede ser causada producto del mal cierre de los contenedores o mala disposición de los residuos, para lo que se deben tomar las siguientes medidas: - Dar aviso de la emergencia en cuanto se detecten residuos dispersos fuera de la correspondiente zona de almacenamiento. - Para evitar la afectación al personal y actuar debidamente ante esta emergencia, se debe proceder de la siguiente manera: i. Use siempre los elementos de protección personal. ii. Limpie el área afectada siguiendo las instrucciones de los procedimientos respectivos. - Habilitación de sitio especialmente condicionado para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
el almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables y no peligrosos, que deberá cumplir con las características mínimas de resguardo exigidas en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. - Se efectuarán inspecciones constantes en la zona de obra, procurando revisar la existencia de zonas anegadas, desplazamiento de material u otras condiciones similares. - Sistema cerrado y protegido de condiciones ambientales para el sistema de tratamiento de RILes. Forma de control y seguimiento Construcción de un registro interno que dé cuenta de las medidas implementadas. Paralelamente se mantendrán los registros de retiro y disposición final conforme lo determina la normativa vigente Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°5 – Plan de Contingencia y Emergencia. Adenda Complementaria.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante emergencias derivadas del mal manejo y almacenamiento de residuos peligrosos, para todas las fases del Proyecto, se procederá de la siguiente manera: Ante una contingencia derivada del derrame de residuos peligrosos se procederá de la siguiente manera: • Se dará aviso inmediato al prevencionista de riesgos, quien comandará las acciones durante la contingencia. • En caso de ser necesario, se movilizará maquinaria para realizar pretiles para contención de derrames. • Se colectarán los residuos y suelos que hayan sido contaminados y serán dispuestos en contenedores cerrados, para que sean enviados a un sitio de disposición final autorizado. Si la contingencia ocurre en el trayecto hacia el sitio de disposición final: • La empresa contratista se comunicará con jefe de oficina de seguridad y medio ambiente, quien en conjunto con encargado ambiental de empresa de transportes coordinará el retiro de material contaminado y la evaluación de los sitios donde se haya producido la contingencia. Ante errores en la clasificación de residuos se procederá de la siguiente manera: • Verificar el tipo de residuo a recolectar siendo revisado por personal idóneo para ser trasladado a los contenedores correspondientes (señalizados) • Revisar la rotulación de los contenedores, los cuales deben estar en línea con el tipo de residuo almacenado. • Realizar un seguimiento administrativo de los residuos que salen del Proyecto a disposición final. • El jefe de faena deberá tomar las acciones inmediatas y resolver dicha contingencia en un plazo máximo de 24 horas. Ante fallas del sistema de transporte autorizado se procederá de la siguiente forma: • En caso de que la empresa externa encargada del retiro de residuos no pueda realizar este servicio, el encargado de prevención se comunicará con la empresa a cargo para realizar el retiro de los residuos a la brevedad. En caso contrario, se pondrá en contacto con otra empresa, también autorizada por la autoridad sanitaria, para que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
realice el retiro de los residuos peligrosos. • Se comunicará al personal en general la orden de reducir al mínimo la generación de residuos. Ante el colapso del sitio de almacenamiento, se procederá de la siguiente forma: • Este riesgo pudiese estar relacionado con la eventual falla de la frecuencia de retiro de residuos, por lo que se llevarán a cabo las siguientes medidas: • El encargado de prevención se comunicará con la empresa a cargo para realizar el retiro de los residuos a la brevedad. En caso contrario, se pondrá en contacto con otra empresa, también autorizada por la autoridad sanitaria, para que realice el retiro de los residuos. • Se comunicará al personal en general la orden de reducir al mínimo la generación de residuos. • Se aumentará la frecuencia de inspección, limpieza y desinfección de las zonas destinadas al almacenamiento de residuos. Una vez terminada la contingencia, el prevencionista de riesgos elaborará un informe de la contingencia y dará aviso correspondiente a SEREMI de Salud y SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de que se presente una emergencia por residuos peligrosos se generará un informe completo de la emergencia, mencionando y explicando el origen de la emergencia, la gravedad, las medidas tomadas, etc., el que será remitido a la SMA
10.23. Contingencia: incendio o sismos en sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios Contingencia Contingencia por incendio o sismos en sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios. Fase del proyecto a la que aplica Construcción/operación/cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sitio de acopio de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En caso de incendios − Se asegurará que haya suficiente espacio entre los residuos y cualquier fuente de ignición. − Se mantendrá las instalaciones de almacenamiento en buen estado y verifica regularmente la integridad de las estructuras y techos − Se implementarán medidas de seguridad contra incendios como extintores y alarmas. − Se clasificarán y separarán adecuadamente los residuos para evitar la mezcla de materiales que puedan aumentar el riesgo de incendio. − Proporciona capacitación regular a los trabajadores sobre la prevención de incendios, el uso adecuado de extintores y otros equipos de seguridad. En caso de sismo o terremoto - Se realizarán simulacros de sismos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
- Asegurarse de que los residuos estén almacenados de manera segura y que los recipientes estén bien sujetos para evitar derrames. − Después del sismo, se realizará una evaluación inmediata de la infraestructura de almacenamiento y de la seguridad de los trabajadores. − Se inspeccionarán las instalaciones de almacenamiento en busca de daños estructurales. Se tomarán medidas de seguridad para evitar la caída de residuos o el colapso de las estructuras. Forma de control y seguimiento - Registro de los simulacros - Registro de incidentes pasados - Difusión del protocolo de prevención de riesgos y emergencia ante sismos o incendios. - Registro de revisión periódica de la señalética, vías de evacuación - Un equipo de respuesta a emergencias supervisará la implementación del plan y realizará revisiones periódicas para garantizar su eficacia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia - Anexo N°01.02 PAS 140 Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar emergencia. - Si se considera necesario, se llevará a cabo una evacuación inmediata de los trabajadores y cualquier persona presente en el área de almacenamiento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Anexo N°01.02 PAS 140 Adenda Complementaria
10.24. Contingencia: Derrame o percolación por mal almacenamiento de sustancias o residuos peligrosos. Contingencia Derrame o percolación por mal almacenamiento de sustancias o residuos peligrosos, que pueda provocar daños a los trabajadores o al medio ambiente Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sitio de acopio de residuos peligrosos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Cumplir con lo indicado en la normativa respecto del almacenamiento de sustancias peligrosas (D.S. N°43/2015) y residuos peligrosos (D.S. N°148/2004). Respecto a almacenamiento, señalizaciones, manipulación, transporte y disposición final. - Charlas al personal que manipule las sustancias y/o residuos peligrosos. - Capacitaciones al personal sobre procedimientos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
de manejo seguro de residuos peligrosos y acciones en caso de emergencia. - Las mantenciones de maquinarias y vehículos se harán fuera de las obras en talleres mecánicos. - Revisión periódica de la bodega de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento - La bodega de residuos peligrosos deberá contar con resolución de aprobación. (Se presenta el Anexo N°01.03 PASM 142) - Se implementarán pretiles de contención en las bodegas, además se contará con baldes con arena y/o aserrín como material de contención. - Llevar un registro detallado de las inspecciones diarias, incluyendo cualquier anomalía encontrada y las acciones tomadas. - Registrar la capacitación del personal y programar actualizaciones regulares. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia. - Mantener en un sitio de fácil acceso las hojas de seguridad de las sustancias y residuos peligrosos presentes en la instalación de faena Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.25. Contingencia: Déficit de suministro e insumos para la operación del sistema de tratamiento de RILes Contingencia Déficit de suministro e insumos para la operación del sistema de tratamiento de RILes, el cual pudiese generar fallos en el sistema provocando una ineficiencia en tratamiento. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema de tratamiento de RILes. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Mantenimiento en planta de insumos suficientes para la operación del sistema del tratamiento de RILes para al menos 1 semana. Forma de control y seguimiento - Guías de despacho de recepción de insumos. - Inventario actualizado de insumos para el sistema de tratamiento de RILes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Plan de mantenciones del sistema de tratamiento de RILes. - Visitas de inspección operacional al sistema de tratamiento. - Mantenimiento en planta de insumos suficientes para la operación del sistema del tratamiento de RILes para al menos 1 semana Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado de reporte de contingencias. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.26. Contingencia: Imposibilidad de retiro de lodos de la planta de tratamiento de RILes. Contingencia Imposibilidad de retiro de lodos de la planta de tratamiento de RILes, provocando exceso de lodos y en consecuencia riesgo de desbordamiento, contaminación de suelos y agua, afectación a la salud de los trabajadores Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema de tratamiento de RILes Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se mantendrá contacto con empresas adicionales de retiro de lodos y así evitar que ocurran incidentes. - Detención de proceso productivo si no es posible vaciar estanque al menos al 50% de capacidad. Forma de control y seguimiento - Resoluciones sanitarias en planta. - Guías de despacho en planta. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Control de contrato de empresas proveedoras en planta. Se confeccionará un informe de control y seguimiento que contendrá: - Antecedentes: tipo y causa de excedencia de accidente; sustancia o equipo involucrado; cantidad de lodo afectado; duración del evento; acciones de control efectuadas, cantidad de lodo recolectado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.27. Contingencia: Afectación a recursos hídricos Contingencia Afectación a recursos hídricos que puedan deberse a malas prácticas por parte de trabajadores, mal funcionamiento de operaciones, falta de mantención de área de trabajo, entre otros, que puedan afectar los cursos de agua cercanos al proyecto. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Capacitación al personal a través de charlas sobre cómo evitar la contaminación de los recursos hídricos, el uso correcto de equipo y herramientas y medidas de protección a cursos de agua. Por ejemplo: el no vertimiento de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
residuos o materias a cauces naturales, el no ingreso a los cauces de río para tomar baños o uso de urinario. - Mantención de la limpieza y orden en las áreas de trabajo en todas las fases del proyecto. - Manejo adecuado de residuos: segregación in situ de residuos domésticos, asimilables y residuos industriales no peligrosos, los que serán retirados por empresas debidamente autorizadas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las inducciones al personal Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Control de derrames: Para controlar eventuales derrames de sustancias químicas se dispondrá en terreno de un kit de control de derrames que incluirá material absorbente, pala y bolsa de polietileno. i. Esparcir el material absorbente (Arena o vermiculita) sobre la superficie del derrame desde la periferia hacia dentro. ii. Esperar unos minutos para asegurar que el derrame fue completamente absorbido. iii. Recoger el material impregnado utilizando la pala y escoba del Kit de Control de derrames y disponerlo en la bolsa plástica destinada para tal fin y cerrar. iv. Etiquetar la bolsa con la identificación de la sustancia derramada con el fin de que se identifique posteriormente la clase de peligrosidad, para su disposición final según tipo de sustancia. v. Limpiar la superficie afectada con un paño absorbente, agua y detergente. vi. Limpiar los implementos utilizados para el control del derrame Se preverá realizar una inspección de los terrenos para detectar posible afectación de recursos hídricos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.28. Contingencia: Falta de comunicación con la comunidad Contingencia Falta de comunicación con la comunidad, provocando desconfianza y desinformación, aumentando el riesgo de conflictos sociales. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Considerando la importancia de tener definido una estrategia (plan) de comunicaciones con la finalidad de recoger sugerencias, consultas, reclamos de parte de la comunidad, y del mismo modo, poner en su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
conocimiento cualquier evento o emergencia ocurrida dentro del Proyecto, que pueda afectar al exterior, se ha definido la siguiente estrategia comunicacional: Recepción de Comunicación por parte interesada externa Para la realización de la comunicación con partes interesadas se emplearán oficialmente los siguientes canales: - Correo electrónico: Se habilitará un e-mail a cargo del Proponente, con el fin de recibir todo tipo de comunicación (consulta, sugerencia, reclamo) con la comunidad local en relación al Proyecto. El e-mail recibido será transformado en una respuesta formal, que será remitida en forma directa por el Gerente General. El plazo para respuestas será de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de recepción del correo electrónico. Emisión de Comunicación o respuestas a partes interesadas externas. Una vez confeccionada la respuesta, esta será remitida vía correo electrónico al mismo e-mail recibido, dentro de plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de recepción del correo electrónico. Si por la complejidad de la consulta o reclamo no se pudiere dar solución en el plazo definido, se indicará una ampliación de plazo de 10 días hábiles para otorgar la respuesta. Forma de control y seguimiento Responsabilidades: Gerencia General: - Asegurar los recursos para la implementación de los medios de comunicación y garantizar su operatividad. - Instruir que se dé estricto cumplimiento a las directrices comunicacionales. – Responsable directo de las comunicaciones con todos los organismos externos en la fase de operación.
Jefe de Proyecto: - Asegurar y gestionar los recursos económicos para la adquisición de elementos y dispositivos requeridos para realización de comunicaciones. - Responsable directo de las comunicaciones con todos los organismos externos en la fase de construcción y cierre.
Jefe de Terreno: - Asegurar que las comunicaciones se realicen a través de los canales definidos.
Supervisor: - Asegurar que las comunicaciones se realicen a través de los canales definidos. Prevencionista de Riesgos: -Diseñar y mantener actualizado el Plan de Comunicaciones. - Velar por la correcta aplicación del Plan, asesorando a la Gerencia y Jefatura de Proyecto en su correcta implementación. -Coordinar y ejecutar instancias de capacitación y entrenamiento al personal al interior.
Coordinador de Comité de Emergencias: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
- Convocar al Comité de Emergencias.
- Dirigir las reuniones del Comité, sean estas de carácter ordinarias como extraordinarias.
- Asegurar el cumplimiento de las decisiones adoptadas en el Comité. - Gestionar los recursos necesarios para el funcionamiento del plan de control de incendios forestales y/o agrícolas.
- En caso de que amerite, generar la orden de evacuación. Personal:
- Acatar las medidas indicadas en la presente Estrategia de Comunicación.
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Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Participar activamente en actividades de capacitación y formación. - Responsable de garantizar que exista y se implemente el siguiente plan de comunicaciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.29. Contingencia: Derrame de materiales en bodega de materiales Contingencia Derrame accidental de materiales en el área de acopio (Bodega de materiales), que pudiese afectar al suelo. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de Materiales Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Uso de tacos o pallets para evitar el contacto directo con el suelo. Cubrir los materiales con lonas impermeables. No se almacenarán insumos líquidos que puedan derramarse o filtrarse en suelo Disposición final de los materiales tras el desarme del acopio: • Una vez que la bodega temporal deje de ser necesaria, los materiales estructurales (como los tacos, pallets, paneles OSB y el techo de zinc) serán desmontados cuidadosamente para su reutilización o disposición final. • Los tacos o pallets que no puedan ser reutilizados serán gestionados de acuerdo con la normativa aplicable para la disposición de residuos sólidos, utilizando gestores autorizados. Forma de control y seguimiento El área de almacenamiento será supervisada periódicamente para asegurar el correcto manejo y evitar riesgos de afectación al suelo. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga
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la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Control de derrames: Para controlar eventuales derrames de sustancias. - Recoger el material del control de derrames y disponerlo en la bolsa plástica (En caso de ser necesario) destinada para tal fin y cerrar. - Etiquetar la bolsa con la identificación de la sustancia derramada con el fin de que se identifique posteriormente la clase de peligrosidad, para su disposición final según tipo de sustancia. - Se preverá realizar una inspección de los terrenos para detectar posible afectación de recursos hídricos, suelo o aire. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.29.Contingencia: Generación de olores molestos Contingencia Generación de malo olores debido a un mal funcionamiento del sistema. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Digestores de lodos, sedimentadores, reactores biológicos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Mantenimiento regular del sistema de aireación. - Monitoreo de la concentración de oxígeno disuelto en los reactores biológicos y digestores de lodos. - Gestión eficiente de lodos para evitar su acumulación y descomposición anaeróbica. Forma de control y seguimiento - Monitoreo diario de los niveles de oxígeno. - Inspecciones semanales en los tanques de lodos y sistemas de aireación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de alguna emergencia, que genere situaciones de riesgo o contingencia se deben seguir los siguientes pasos: 1. Identificar situación de contingencia 2. Verificar las posibles causas, que en general se deben a: - Mal funcionamiento del equipo. - Gestión incorrecta en procedimientos. - Accidente 3. De acuerdo a lo anterior, debe haber responsables a cargo de cumplimiento del programa de contingencia, que den cuenta el éxito del plan y sean a vía de comunicación entre la comunidad y la autoridad correspondiente. 4. Una vez establecido la ubicación y la causa que dio origen a la situación de riesgo o contingencia, se deberá aplicar las medidas correctivas establecidas en la Tabla X y así evitar la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
propagación de olor a la comunidad. 5. Luego se debe dar aviso a la autoridad. 6. Establecer un vínculo con la comunidad para estimar la afectación. 7. Dar aviso a la comunidad del evento y las medidas establecidas. 8. Analizar el origen del incidente para establecer la falla y no repetir el error. 9. Definir los responsables que deben adoptar las medidas preventivas después del incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria
10.31 Contingencia: Falla en la impulsión del Afluente Contingencia Fallas Sistema de bombeo que transporta el afluente al reactor biológico. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Mantenimiento preventivo de bombas. - Disponibilidad de bombas de repuesto para su rápida instalación en caso de fallo. Forma de control y seguimiento - Monitoreo diario de los niveles de oxígeno. - Inspecciones semanales en los tanques de lodos y sistemas de aireación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Plan de mantenciones del sistema de tratamiento de RILes. - Limpieza de tuberías de bombeo.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria.
10.32. Contingencia: Falla en la Aireación Contingencia Fallas en el sistema de aireación en los reactores biológicos. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Mantenimiento regular de los sistemas de aireación. - Instalación de un sistema de respaldo o compresores adicionales para evitar interrupciones prolongadas. Forma de control y seguimiento Monitoreo constante de los niveles de oxígeno disuelto en los reactores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga
Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
la descripción detallada Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia -Realizar contención del líquido en los pretiles que existentes de estos estanques. -Operador debe avisar a superior de PTR -Las reparaciones menores se hacen inmediatamente en planta, como el reemplazo de bombas, dado que cada unidad cuenta con sus respectivas refacciones. Si la falla es de alguno de los equipos de mayor envergadura, se detendrá el proceso productivo y se efectuarán las debidas reparaciones a través de la empresa contratista encargada de la mantención del sistema de tratamiento de RILes. - En caso de cortes de energía eléctrica, el operador deberá cerciorarse que se haya puesto en funcionamiento el Grupo Generador de Respaldo Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria.
10.33. Contingencia Falla en la desinfección Contingencia Fallas en la cámara de contacto Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Cámara de contacto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Mantenimiento preventivo del sistema de dosificación de cloro. - Monitoreo continuo del residual de cloro en el efluente para asegurar que se mantengan los niveles óptimos de desinfección. - Tener un suministro suficiente de cloro almacenado en condiciones seguras. - Monitoreo del nivel de decloración en el efluente para asegurar que no se liberen excesos de cloro al medio ambiente. - Mantenimiento regular del sistema de dosificación de agentes declorantes. -
- Mantenimiento de las estructuras de la cámara de contacto para prevenir bloqueos o fallas en el flujo de agua Forma de control y seguimiento - Monitoreo del residual de cloro con análisis del agua tratada para confirmar la eficiencia de la cloración. - Análisis del residual de cloro en el efluente tratado. - Mantenimiento preventivo del equipo de decloración. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria.
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Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Cortar el sistema de riego por aspersión. - Ajustar las operaciones de la cámara de contacto en caso de fluctuaciones de caudal para evitar tiempos de retención inadecuados. - Control del tiempo de retención en los reactores. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria.
10.34. Contingencia : Sobrecarga Hidráulica y/u Orgánica de la Planta de Tratamiento Contingencia Sobrecarga que pudiese generar problemas en la remoción de contaminantes en el sistema Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Monitoreo del caudal y carga orgánica de entrada. - Control de la tasa de alimentación al sistema en caso de detectar sobrecarga. Forma de control y seguimiento - Monitoreo de DBO, DQO y carga de sólidos suspendidos para ajustar las operaciones. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia -Contratar a una empresa especializada para revisar y realizar las reparaciones del sistema. - De detectar un problema de mayor envergadura, que no pueda ser resuelto de forma inmediata y que requiera paralizar el proceso, se detendrá la operación de la planta, hasta que se normalice el funcionamiento del sistema. - En caso que la contingencia persista por un periodo mayor a un día, y para dar continuidad operacional a la planta de cultivo, las aguas serán retiradas previo al ingreso a la planta de tratamiento de aguas servidas, por una empresa con autorización sanitaria para el manejo de aguas residuales, que las llevará a un sitio de disposición final igualmente autorizado. - Si para efectuar las reparaciones se requiere disminuir el volumen de lodos o de aguas servidas, se coordinará un retiro mediante empresa autorizada, para su transporte hasta un sitio autorizado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
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10.35. Contingencia Subcarga Hidráulica y/u Orgánica de la Planta de Tratamiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Contingencia Subcarga que pudiese generar problemas en la remoción de contaminantes en el sistema Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Reactores biológicos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Ajuste de la tasa de recirculación para compensar la baja carga de afluente. - Control del tiempo de retención en los reactores. - . Forma de control y seguimiento Monitoreo continuo de los parámetros de la biología del sistema (niveles de nitrógeno y DBO). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Monitoreo de DBO, DQO y carga de sólidos suspendidos para ajustar las operaciones. - Monitoreo constante de los niveles de oxígeno disuelto en los reactores. Contratar a una empresa especializada para revisar y realizar las reparaciones del sistema. - De detectar un problema de mayor envergadura, que no pueda ser resuelto de forma inmediata y que requiera paralizar el proceso, se detendrá la operación de la planta, hasta que se normalice el funcionamiento del sistema. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA por medio de su página web, en el apartado de reporte de contingencias. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
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10.37. Riesgo: Remoción en masa y aluviones. Riesgo La remoción en masa y los aluviones son eventos geológicos que se caracterizan por el desplazamiento de grandes cantidades de tierra, rocas, sedimentos que pudiesen verse incrementados por efectos del cambio climático Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia o Antes de un aluvión: - Si la instalación de faenas y obra en sí se encuentran en una zona con posibilidad de aluviones, se debe consultar a un especialista sobre las medidas preventivas que se pueden adoptar. - Limpiar los cauces cercanos a la obra o instalación, para no obstaculizar el paso del agua en evento de lluvias. - Diariamente se debe revisar el estado del tiempo, además de asesorar con carabineros de la zona, CONAF u otro organismo oficial respecto al Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
protocolo oficial que ellos manejan para estos eventos. - Asegurar el óptimo funcionamiento de equipos de comunicación y de emergencia. - Si está lloviendo, alejarse de esteros, canales u otras fuentes de agua. - La administración de obra deberá establecer un protocolo de trabajo bajo intensas lluvias con el fin de establecer bajo qué criterios se trabaja o no.
Pueden verse afectadas todas las parte y obras del proyecto Forma de control y seguimiento - Documentación y registro de incidentes - Asegúrate de que todo el personal esté informado y concienciado sobre el plan de emergencia - Revisión de recursos necesarios para enfrentar la emergencia. - Mantener contacto con los servicios de emergencia (carabineros, bomberos, atención medica) Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Durante un aluvión - Durante la época de lluvias o deshielos, deben estar atentos a una disminución o aumento del nivel de curso de agua, ya que esto podría ser un indicador de movimiento de tierra. - Deja de realizar las actividades normales y dar aviso. - Todo personal que porte radio portátil debe dar aviso de lo que está pasando y comunicar que todo el personal se debe resguardar en un lugar rígido, idealmente en altura y con vías de evacuación cercanas. - Avisar a las autoridades de la obra y a las instituciones correspondientes y prepararse para evacuar. - Si los trabajadores se encuentran dentro de la obra, en un lugar donde no sea posible evacuar, deben resguardarse bajo algún elemento sólido, cubriendo cabeza con brazos. - Si los trabajadores se encuentran en espacio abierto: deben alejarse de la trayectoria del aluvión, dirigirse rápidamente a un lugar en altura y sólido más cercano, si las rocas o escombros están acercándose, correr al refugio más cercano. Después de un aluvión: - Mantenerse alejado del área de derrumbe. - Desalojar el área afectada una vez que las autoridades indiquen que es seguro. - Contabilizar al personal de obra. - Mantener comunicación constante con todos los interlocutores radiales de la obra para tener pleno conocimiento de la situación de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
trabajadores. Es importante mencionar que estas acciones y medidas se realizan en consideración de los efectos del cambio climático. Esto debido a que este riesgo puede aumentar su frecuencia y magnitud producto de sus efectos
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Remitirse al numeral 14 del Plan de Emergencias del Anexo N°05 de la Adenda Complementaria. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
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10.38 Riesgo: Ocurrencia de sismos y terremotos. Riesgo Los terremotos, o sismos, son fenómenos naturales que generan vibraciones en la corteza terrestre. Aunque no podemos controlar su magnitud ni su frecuencia, sí se pueden tomar medidas para prevenir los riesgos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Simulacros de evacuación periódicos. Mantén suministros de emergencia en el lugar, como botiquines de primeros auxilios, linternas, extintores, radios y agua potable. Pueden verse afectadas todas las parte y obras del proyecto Forma de control y seguimiento -Registro de incidentes - Simulacros de evacuación -Mantén suministros de emergencia en el lugar, como botiquines de primeros auxilios, linternas, extintores, radios y agua potable. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria.
Personal en oficinas de la instalación de faena.
Al detectar el sismo, mantener la serenidad.
Al percibir el sismo, suspender la actividad que está realizando y apague cualquier equipo eléctrico que esté usando. - Abra las puertas de ingreso a la oficina. - Colocarse debajo de una mesa o escritorio resistente o bien, arrodillarse en una esquina alejada de ventanales, equipos eléctricos que pudieran caer o volcar. - Con sus brazos y mano proteja su cabeza y cuello. - No mire ventanales. - Mantenga la posición y ubicación hasta que el sismo haya pasado. - Esperar las instrucciones del personal encargado de la emergencia. De no detectarse nuevos riesgos, permanezca junto a las demás personas en dicha zona. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
- Retomar sus actividades solo cuando se le indique. b. Personal ubicado en espacio exterior, obra en sí, lugar de trabajo - Mantener la serenidad. - Al percibir el sismo, suspender la actividad que está realizando. - Si está de peatón, alejarse de material apilado, tierra de excedente o pendientes pronunciados. - Si se encuentra dentro de una excavación profunda busque resguardo bajo un posible “techo” o plataforma que lo pueda proteger de los materiales que pudieran caer. - Diríjase a la zona de seguridad más cercana del lugar donde se encuentra. Mientras se desplaza, mantenerse alejado de postes, cables eléctricos y estructuras inestables. - De no detectarse nuevos riesgos, permanezca junto a las demás personas en dicha zona. - Si maneja un vehículo, estaciónelo a un costado de la vía donde este transitando evitando queda cerca de postes, cables eléctricos y estructuras inestables. - Permanezca al interior del vehículo hasta que el sismo haya pasado y no sea riesgoso salir. - No ingrese por motivo alguno a las instalaciones en construcción hasta que se evalúen las condiciones. - Si no puede desplazarse, mantener la calma y tratar de comunicarse por radio u otro medio. - Espere las instrucciones del personal encargado de la emergencia. - Retomar las actividades solo cuando se le indique. No actuar por iniciativa propia.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Remitirse al numeral 14 del Plan de Emergencias del Anexo N°05 de la Adenda Complementaria. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
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10.38. Riesgo: Incendios Riesgo La ocurrencia de incendios es un fenómeno complejo que puede tener diversas causas, tanto naturales como antrópicas. Propagación de fuego que puede representar n peligro para la vida de las personas, animales y/o la propiedad pública o privada. Este puede verse intensificada su ocurrencia a efectos del cambio climático Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada • Bodega SUSPEL, RESPEL • Acumulación de materiales de desecho combustibles. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
• Cableado y equipos eléctricos. • Trabajos de soldaduras o carga de combustible Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En general se deberá actuar de la siguiente manera: Deberes del personal – Conocer el procedimiento para caso de emergencia y conocer las zonas de seguridad para estos eventos establecidos en las distintas áreas de trabajo. - Tener una especial preocupación por que se mantenga el orden y aseo de las zonas de trabajo. - Inspeccionar y verificar que tanto, las salidas de emergencia de emergencia como los equipos de combate de incendio se mantengan libres de obstáculos. Cualquier anomalía debe informarla de inmediato a sus supervisores o prevencionista de riesgos. - Queda prohibido a todo trabajador fumar o encender fuego de ninguna especie en las dependencias de la obra, donde se encuentren sustancias inflamables, lugares cerrados y donde exista señalética que prohíba fumar o encender fuegos. Solo se podrá realizar esta actividad en lugares asignados para fumadores. - Si detecta instalaciones eléctricas en mal estado, reparaciones provisorias o en condiciones bajo el estándar, comuníquelo inmediatamente a su supervisor, capataz o prevencionista de obra. - Evite el sobreconsumo eléctrico por circuito. - Antes de abandonar el lugar de trabajo des energizar aparatos de suministro eléctrico y de combustible.
Pueden verse afectadas todas las parte y obras del proyecto Forma de control y seguimiento - Realizar inspecciones periódicas para verificar la existencia y el estado de los equipos de control de incendios. - Mantener registros de capacitación, inspecciones y cualquier incidente relacionado con incendios. - Realizar programas de mantención de sistemas de alarma y extintores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
a. Persona que detecta el fuego. - Avisar a vivía voz la situación de incendio. - Si el fuego es pequeño, y solo teniendo los conocimientos y habilidades correspondientes, utilice un extintor adecuado para intentar apagarlo. De lo contrario, retírese rápidamente del lugar. -Si al intentar apagarlo, el fuego se mantiene o aumenta, retírese rápidamente del lugar y diríjase a la zona de seguridad que corresponda. b. Perona que escucha aviso de fuego. Quien escucha el aviso debe comunicar inmediatamente el problema al líder de emergencia o capataz. Si el fuego es todavía pequeño y tiene conocimientos o habilidades correspondientes, diríjase a la zona del fuego, utilice un extintor adecuado para intentar apagarlo. De lo contrario, retírese rápidamente del lugar. Si al intentar apagarlo, el fuego se mantiene o aumenta, retírese rápidamente del lugar y diríjase a la zona de seguridad que corresponda. Llame a bomberos (132) o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
indique a un compañero que lo haga. o Líder de emergencia Es importante mencionar que estas acciones y medidas se realizan en consideración de los efectos del cambio climático. Esto debido a que este riesgo puede aumentar su frecuencia y magnitud producto de sus efectos Recibido el aviso y confirmada la presencia de fuego, independientemente de su magnitud, debe contactarse con bomberos y solicitar la ayuda correspondiente. - Debe decidir la evacuación del área siniestrada. - Activar alarma de emergencia a toda la obra si esta no ha sido activada. - Debe recibir a bomberos en el lugar de los hechos y cooperar con lo que éstos pudieran requerir. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Remitirse al numeral 14 del Plan de Emergencias del Anexo N°05 de la Adenda Complementaria. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.39. Riesgo: Incendio por soldaduras o por manipulación de combustibles Riesgo La ocurrencia de incendios por soldadura o manipulación de combustible es debido un mal procedimiento y/o falta de medidas preventivas al momento de su realización. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada • Trabajos de soldaduras o carga de combustible Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Riesgo de incendio por soldaduras: En caso de detectar humo, llamas no controladas o cualquier signo de incendio, suspender inmediatamente las operaciones de soldadura. Accionar la alarma de emergencia para alertar al personal y activar el protocolo de evacuación si es necesario. Si el incendio no puede ser controlado, se debe activar la evacuación siguiendo las rutas preestablecidas y dirigiéndose a los puntos de reunión seguros. Se contactará con los servicios de emergencia (bomberos, ambulancia, carabineros) y aviso a la autoridad. Válido para la fase de construcción y labores de mantención Riesgo de incendio por manipulación de combustible: En caso de un derrame o fuga de combustible, detener inmediatamente cualquier operación que implique fuego o chispas. Se procederá a recoger rápidamente la fracción de suelo afectado y será manejado como residuo peligroso, de acuerdo a los procedimientos vigentes En caso de incendio incontrolable, se activará el protocolo de evacuación y se guiará a los trabajadores hacia las rutas de escape seguras. Se contactará a los servicios de emergencia y se notificará a la autoridad. Pueden verse afectadas todas las parte y obras del proyecto Forma de control y seguimiento Monitoreo y detección de riesgos - Suspensión de operaciones - Alarmas de emergencia - Protocolo de evacuación Registro detallado de todos los incidentes, simulacros de evacuación y acciones tomadas en caso de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
incendio - Capacitación Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Anexo N°01.02 PAS 140 Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia . Persona que detecta el fuego. - Avisar a vivía voz la situación de incendio. - Si el fuego es pequeño, y solo teniendo los conocimientos y habilidades correspondientes, utilice un extintor adecuado para intentar apagarlo. De lo contrario, retírese rápidamente del lugar. -Si al intentar apagarlo, el fuego se mantiene o aumenta, retírese rápidamente del lugar y diríjase a la zona de seguridad que corresponda. b. Perona que escucha aviso de fuego. Quien escucha el aviso debe comunicar inmediatamente el problema al líder de emergencia o capataz. Si el fuego es todavía pequeño y tiene conocimientos o habilidades correspondientes, diríjase a la zona del fuego, utilice un extintor adecuado para intentar apagarlo. De lo contrario, retírese rápidamente del lugar. Si al intentar apagarlo, el fuego se mantiene o aumenta, retírese rápidamente del lugar y diríjase a la zona de seguridad que corresponda. Llame a bomberos (132) o indique a un compañero que lo haga. Líder de emergencia Es importante mencionar que estas acciones y medidas se realizan en consideración de los efectos del cambio climático. Esto debido a que este riesgo puede aumentar su frecuencia y magnitud producto de sus efectos Recibido el aviso y confirmada la presencia de fuego, independientemente de su magnitud, debe contactarse con bomberos y solicitar la ayuda correspondiente. - Debe decidir la evacuación del área siniestrada. - Activar alarma de emergencia a toda la obra si esta no ha sido activada. - Debe recibir a bomberos en el lugar de los hechos y cooperar con lo que éstos pudieran requerir. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Remitirse al numeral 14 del Plan de Emergencias del Anexo N°05 de la Adenda Complementaria Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Anexo N°01.02 PAS 140 Adenda Complementaria
10.40. Riesgo: Fallas en la Planta de Tratamiento de Riles Riesgo Fallas en la Planta de Tratamiento de Riles, provocados por falta de mantenciones de las unidades o mal operación del sistema. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de Tratamiento de RILes Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Como medida de prevención se realizarán chequeos y manutención frecuente del sistema de tratamiento de Riles, de acuerdo a especificaciones del fabricante. • Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Detención del proceso si se detecta una falla en la bomba de dosificación de coagulantes o floculantes, para luego identificar si debe ser reparada o remplazada • En caso de acumulación de material en los orificios del filtro parabólico, se detendrá el flujo de Riles hacia el filtro para evitar daños mayores. Luego se realizará una limpieza exhaustiva y, si es necesario, desmontar el filtro para una limpieza más profunda. Inspeccionar el filtro para asegurarse de que no haya otros problemas. - Falla en estanque almacenamiento de químicos • Realizar contención del líquido en los pretiles que existentes de estos estanques. • Operador debe avisar a superior de PTR. Forma de control y seguimiento Registro de actividades de mantención y monitoreo Planta de Riles - Registro de incidentes Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de rebalse puntual o generalizado - Detención de las operaciones de generación de RIL y establecer un perímetro con material absorbente alrededor del estanque receptor. - La configuración completa del diseño del sistema de Riles contempla en todo su perímetro canaletas de recolección de derrames líquidos, los que son conducidos hacia un estanque de recepción ubicado bajo el nivel de la planta - En caso de emergencia donde los estanques de recepción no den abasto se adhieren dos piscinas impermeables de 500 m3 cada una. Estas cuentan con bombas de envío y retorno con el objetivo de re procesar los RILes derivados por emergencia y de esta forma poder tratar el total de residuos líquidos generados en el proceso normal de planta. - No se realizarán descargas de Riles en el canal hijuela menor. - En caso de falla de elementos del sistema de Riles. - Para el caso del estanque de almacenamiento de lodos y filtro parabólico, se procederá al retiro por una empresa que cuente con autorización sanitaria para su transporte y posterior disposición. - Posterior a su retiro, se procederá a limpiar las unidades de tratamiento. - Finalizada la emergencia, se remitirán los respectivos informes, tanto a la comunidad (si corresponde) como a la autoridad respectiva, en un plazo no mayor a 48 horas de ocurrida la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Remitirse al numeral 14 del Plan de Emergencias del Anexo N°05 de la Adenda Complementaria. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
10.41. Riesgo: Desastres naturales derivados de condiciones climáticas extremas Riesgo Desastres naturales derivados de condiciones climáticas extremas, tales como inundaciones, deslizamientos, remociones, generados por lluvias intensas, prolongadas y abundantes, que puedan verse acelerados por el cambio climático. Fase del proyecto a la que aplica Construcción/operación/cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En caso de que ocurra un incidente de consideración en fase de operación y se evidencie algún tipo de deterioro, se tomarán medidas para interrumpir la producción y desconectar los equipos. Posteriormente, se llevará a cabo una inspección de todos los componentes con el propósito de detectar las posibles afectaciones en estructuras y equipos. Según los resultados de esta evaluación, se procederá con las reparaciones necesarias o la sustitución pertinente de los elementos afectados. - Se habilitará un sitio especialmente condicionado para el almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables y no peligrosos, que deberá cumplir con las características mínimas de resguardo exigidas en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. - Se efectuarán inspecciones constantes en la zona de obra, procurando revisar la existencia de zonas anegadas, desplazamiento de material u otras condiciones similares. - El Sistema de Riles se encuentra cerrado y protegido de condiciones ambientales. Sin embargo, en caso de extremos se dispondrá a detener la producción de generación de RIL. Es importante mencionar que estas acciones y medidas se realizan en consideración de los efectos del cambio climático. Esto debido a que este riesgo puede aumentar su frecuencia y magnitud producto de sus efectos Se ven afectadas todas las partes y obras del Proyecto Forma de control y seguimiento Simulacros de emergencia - Seguimiento de evaluaciones realizadas. - Registro de inspecciones periódicas del sitio de almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables y no peligrosos. - Registro de inspecciones a zona de obras Registro de inspecciones a sistema de tratamiento de RILes Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Anexo N°01.01 Complementaria - PAS139 de Adenda Anexo N°01.02 PAS 140 Adenda Complementaria
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso de un desastre natural como inundación, remociones de masa o deslizamiento, provocados por lluvias intensas, prolongadas y abundantes, Todos los empleados deberán dirigirse al área designada de seguridad, de ser posible, con el fin de realizar un seguimiento de todos los presentes y tomar las medidas pertinentes. - Se pondrá en contacto con el centro médico más cercano y así solicitar asistencia o atención adecuada, en caso de haber lesionados. - Luego de que termine la amenaza natural se comprobará el estado de las instalaciones, cualquiera sea la fase en la que se presente. Los daños serán reportados rápidamente, y se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
avisará a las autoridades correspondientes (carabineros, bomberos, ambulancia, SMA), dependiendo de los daños generados - Si la amenaza se presentara en la fase de construcción o cierre, se dispondrá a suspender todas las operaciones de movimiento mecánico hasta que se confirme mediante una evaluación técnica que no hay peligro para los trabajadores y sea seguro continuar con dichas operaciones. Esta actividad incluye comprobar la seguridad de elementos existentes como materiales, equipos, cables, baños químicos y almacenamiento de residuos, con el objetivo de garantizar la seguridad integral.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Remitirse al numeral 14 del Plan de Emergencias del Anexo N°05 de la Adenda Complementaria Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Anexo N°01.01 Complementaria - PAS139 de Adenda Anexo N°01.02 PAS 140 Adenda Complementaria
10.42. Riesgo: Afectación sobre la fauna, flora y vegetación terrestre. Riesgo Afectación sobre la fauna, flora y vegetación terrestre, relacionadas al riesgo a pérdida de biodiversidad de especies por parte, obras y/o acciones del proyecto Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El área de manipulación deberá estar protegida del sol, viento y frío, además debe estar equipado con un mesón de superficie lavable, un pie de metro, guantes quirúrgicos, guantes de cabritilla, e implementos de limpieza y desinfección (para el mesón y otros equipamientos), como son el amonio cuaternario la clorhexidina. o Los individuos serán liberados el mismo día de la captura. Solo en el caso de existir condiciones climáticas muy desfavorables, serán mantenidos en cautiverio durante un máximo de 24 horas, de modo de minimizar el estrés inducido por la manipulación. - En caso que se detecten individuos con heridas, estos serán atendidos en primera instancia por un médico veterinario y luego trasladados al centro de rehabilitación de fauna silvestre del comité pro defensa de la fauna y flora (CODEFF).
Es importante mencionar que estas acciones y medidas se realizan en consideración de los efectos del cambio climático. Esto debido a que este riesgo puede verse magnificado por las sinergias negativas que pueden ocurrir por las acciones del proyecto y los efectos del cambio climático. Forma de control y seguimiento Revisión y mantención de la señalética con la prohibición de intervenir áreas que no sean necesarias para la ejecución de obras civiles. - Mantención de un registro de chequeo de revisiones periódicas de señalética y capacitaciones ambientales a los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
trabajadores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso que por error se intervengan áreas no contempladas para la ejecución del proyecto, las que provoquen situaciones de emergencia que afecte a individuos o hábitat de flora y fauna silvestre, se procederá de la siguiente forma: Se paralizarán las obras en toda el área intervenida por el proyecto. El área será demarcada y delimitada. Se solicitará la presencia de un profesional especialista en flora y fauna para que evalúe el impacto generado. En el caso de fauna silvestre, los individuos presentes en el área intervenida serán rescatados bajo el siguiente protocolo, previa autorización del Servicio Agrícola y Ganadero. o La manipulación se realizará evitando el estrés en los individuos. o Los reptiles serán mantenidos en cautiverio por el menor tiempo posible. o Para la captura de micromamíferos no fosoriales se utilizarán trampas de captura viva como Sherman. o La manipulación de micromamíferos capturados debe realizarse exclusivamente por los especialistas autorizados por el SAG en el permiso de captura, equipados con guantes y mascarillas. o Los animales capturados serán mantenidos en cajas plásticas transparentes, con agujeros óptimos para la circulación de oxígeno, y serán manejadas de tal manera que los reptiles tengas acceso al sol y a la sombra en días soleados, y deberán ser resguardados del frío en días nublados en lugares habilitados para ello. Lo anterior, cobra importancia para los periodos entre la captura y el traslado hacia el sitio de liberación. o Se deberá acondicionar la caja con sustrato del sector de captura (tierra, hojas, etc). Dentro de cada caja se debe cuidar de que todos los animales puedan moverse libremente (el número de individuos dependerá del tamaño de cada especie), y que haya separaciones por rango etario. o Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Remitirse al numeral 14 del Plan de Emergencias del Anexo N°05 de la Adenda Complementaria Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.44. Riesgo: Aumento de caudal en canales de riego Riesgo Riesgo por aumento de caudal en canales de riego, que pueda generar daños en el área del proyecto Fase del proyecto a la que aplica Construcción/ Operación/ Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Cercanos al proyecto se encuentran cuatro canales de regadíos: Hijuela menor, SD San Pedro, Empresa, D1 Tronco. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Mantener un monitoreo constante de los pronósticos meteorológicos locales y regionales para identificar condiciones climáticas adversas que puedan llevar a un aumento del caudal. Capacitar al personal de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
construcción en la identificación de señales de aumento de caudal y en la respuesta adecuada en caso de emergencia.
Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones - Registro de incidentes Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se instalarán señales de alarma visibles y audibles en puntos estratégicos a lo largo del canal. Estas señales se activarán en caso de una emergencia y servirán para alertar al personal de construcción. Se tendrán mapas de riesgo donde se identificará las zonas de riesgo y rutas de evacuación Se dispondrá a suspender todas las operaciones de movimiento mecánico hasta que se confirme mediante una evaluación técnica que no hay peligro para los trabajadores y sea seguro continuar con dichas operaciones Pueden verse afectadas todas las partes y obras del proyecto Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Remitirse al numeral 14 del Plan de Emergencias del Anexo N°05 de la Adenda Complementaria Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.45. Riesgo: Fallas en servicio de transporte de residuos y/o sustancias químicas. Riesgo Riesgo por fallas en servicio de transporte de residuos y/o sustancias químicas que pueda generar consecuencias en la salud de los trabajadores o daños al medio ambiente. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega SUSPEL • Transporte de Residuos y Sustancias química Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En caso de un incidente o falla en el transporte, se notificará de inmediato a las autoridades competentes, al personal de seguridad y a los proveedores. Se evaluar el alcance del incidente, identificando si hay fugas, derrames o cualquier otro peligro potencial. Control de la zona y evacuación si es necesario. Forma de control y seguimiento Inspecciones regulares a los vehículos de transporte - Mantener registros detallados de los productos químicos almacenados y las cantidades. - Realizar simulacros de derrame de sustancias químicas para evaluar la preparación y capacidad de respuesta. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de derrames, implementar medidas de contención y limpieza siguiendo los protocolos establecidos por el proveedor. Coordinar con los proveedores del transporte y de sustancias químicas para recibir orientación sobre cómo manejar la situación de manera segura. Si el incidente es grave y está fuera de control, llamar a los servicios de emergencia, proporcionando detalles precisos sobre la naturaleza del incidente y su ubicación. Pueden verse Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
afectada las instalaciones de construcción Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Remitirse al numeral 14 del Plan de Emergencias del Anexo N°05 de la Adenda Complementaria Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.46 Riesgo: Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos peligrosos Riesgo Riesgo por derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos peligrosos que pueda generar consecuencias en la salud de los trabajadores o daños al medio ambiente. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sitio de acopio de residuos peligrosos; Sitio de acopio de sustancias peligrosas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para prevenir un derrame de sustancias peligrosas, se deberán tomar las siguientes medidas: - Todos los residuos peligrosos que pudiese generar un derrame serán almacenados en contendores rotulados y cerrados. - Se instalará en faena una estación de emergencia ambiental condicionada para la contención y absorción de derrames. El área de almacenamiento contará con extintores de la clase y capacidad adecuada para la cantidad de combustible. En caso de emergencia: - Se cuenta con un sistema de contención de derrames diseñados para contener al menos 20% del volumen total de los residuos peligrosos almacenados en todas las fases - En caso de un derrame o incidente grave, el personal debe activar la alarma de emergencia y notificar a todos los trabajadores presentes en el sitio para que se alejen de la zona afectada - Establecer una zona de exclusión alrededor del área afectada para evitar la entrada de personal no autorizado y prevenir la propagación de la emergencia. - Activar y desplegar equipos de respuesta a emergencias capacitados y equipados con equipos de protección personal adecuados. - Notificar de inmediato a las autoridades competentes, como la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y los servicios de emergencia locales, proporcionando detalles precisos de la situación. - En caso de que sea necesario, activar un plan de evacuación para trasladar a los trabajadores y a la comunidad cercana a un lugar seguro. . Forma de control y seguimiento Se procederá a contener dicho derrame o percolación con material absorbente, si corresponde, posteriormente el material contenedor será dispuesto según corresponda. - Se cambiará el contenedor o basurero defectuoso - Capacitaciones. - Mantener copia de las hojas de seguridad de todas las sustancias químicas almacenadas en faena. Mantener un registro detallado de la emergencia, incluyendo la hora de inicio, la causa, las acciones tomadas y el personal involucrado. - Mantener un inventario y control sobre el uso de las sustancias y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
residuos peligrosos. Contactos de emergencia: - Encargado ante emergencias: Matías Urzua (+56) 9 7431 4994 - Ambulancia: 131 - Bomberos: 132 - Carabineros: 133 Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante contingencias derivadas del mal manejo y almacenamiento de residuos peligrosos, para todas las fases del Proyecto, se procederá de la siguiente manera: Ante una contingencia derivada del derrame de residuos peligrosos se procederá de la siguiente manera: • Se dará aviso inmediato al prevencionista de riesgos, quien comandará las acciones durante la contingencia. • En caso de ser necesario, se movilizará maquinaria para realizar pretiles para contención de derrames. • Se colectarán los residuos y suelos que hayan sido contaminados y serán dispuestos en contenedores cerrados, para que sean enviados a un sitio de disposición final autorizado. Si la contingencia ocurre en el trayecto hacia el sitio de disposición final: • La empresa contratista se comunicará con jefe de oficina de seguridad y medio ambiente, quien en conjunto con encargado ambiental de empresa de transportes coordinará el retiro de material contaminado y la evaluación de los sitios donde se haya producido la contingencia. Ante errores en la clasificación de residuos se procederá de la siguiente manera: • Verificar el tipo de residuo a recolectar siendo revisado por personal idóneo para ser trasladado a los contenedores correspondientes (señalizados). • Revisar la rotulación de los contenedores, los cuales deben estar en línea con el tipo de residuo almacenado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Remitirse al numeral 14 del Plan de Emergencias del Anexo N°05 de la Adenda Complementaria. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
10.47. Riesgo: Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios Riesgo Riesgo por derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sitio de acopio de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Contención Inmediata: Detener la fuente del derrame y aplicar medidas de contención para evitar la propagación. - Equipos de Respuesta Rápida: Desplegar equipos de respuesta rápida equipados con materiales absorbentes y barreras para contener y recoger los residuos. - Evacuación del Personal: En caso de riesgo, realizar una evacuación inmediata del personal y restringir el acceso al área afectada. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
Forma de control y seguimiento Se procederá a contener dicho derrame o percolación con material absorbente, si corresponde, posteriormente el material contenedor será dispuesto según corresponda. - Se cambiará el contenedor o basurero defectuoso Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Es necesario considerar medidas en caso de la ocurrencia de una emergencia de dispersión de materiales, que puede ser causada producto del mal cierre de los contenedores o mala disposición de los residuos, para lo que se deben tomar las siguientes medidas: - Dar aviso de la emergencia en cuanto se detecten residuos dispersos fuera de la correspondiente zona de almacenamiento. - Para evitar la afectación al personal y actuar debidamente ante esta emergencia, se debe proceder de la siguiente manera: i. Use siempre los elementos de protección personal. ii. Limpie el área afectada siguiendo las instrucciones de los procedimientos respectivos Habilitación de sitio especialmente condicionado para el almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables y no peligrosos, que deberá cumplir con las características mínimas de resguardo exigidas en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. - Se efectuarán inspecciones constantes en la zona de obra, procurando revisar la existencia de zonas anegadas, desplazamiento de material u otras condiciones similares. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Remitirse al numeral 14 del Plan de Emergencias del Anexo N°05 de la Adenda Complementaria. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°05 de la Adenda complementara Plan de Contingencia y Emergencia
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Que, la DIA del Proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el Diario Avisos Legales vivepais.cl, ambos con fecha 3 de julio del 2023. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio FM Fiesta, zona de Servicio y cobertura en la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, los días 04 de julio de 2023, 05 de julio de 2023, 06 de julio de 2023, 07 de julio de 2023 y 10 de julio de 2023 en los siguientes horarios de las 10.00, 13.00, 14.30, 17.00 y 19.30 hrs, según consta en el Certificado Emitido por la misma radio y formalizado por el Titular el día 11 de julio de 2023. Con fecha 14 de agosto de 2023, venció el plazo de 30 días hábiles establecido en el Reglamento del SEIA, para solicita apertura de un proceso de participación ciudadana; al respecto no se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana según los requisitos previstos en la Ley N° 19.300, por lo tanto, no hubo un Proceso de Participación Ciudadana en el presente Proyecto.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771
toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
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Que, para que el proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VI Región del Libertador General Bernardo O Higgins la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A”, de Pacific Nut Company Chile S.A..
2°. Certificar que el proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 139, 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la obra como molesto.
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5°. Certificar que el proyecto “"PLANTA PROCESADORA DE FRUTOS SECOS MOSTAZAL" ? PACIFIC NUT COMPANY CHILE S.A” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.
7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Fabio Andrés López Aguilera Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O Higgins
Lidia F. Salazar Pérez Directora (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O Higgins
EGP/GHR/CFV
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Cristian Andrés Infante Heymann fnavarrete@arayaambiental.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins oscar.galdames@conaf.cl DGA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins dayanna.aravena@mop.gov.cl Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins maurice.dintrans@mop.gov.cl DOH, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins CESAR.ACEVEDO@MOP.GOV.CL Gobierno Regional, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins pablo.silva.amaya@goreohiggins.cl Ilustre Municipalidad de Mostazal alcalde@mostazal.cl SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins eric.guital@sag.gob.cl SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins flerzundi@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cristian.silva@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, https://validador.sea.gob.cl/validar/2163713771 Firmado Digitalmente por Lidia Froderina Salazar Pérez Fecha: 14-11-2024 17:31:09:701 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: PUF Fabio Andrés López Aguilera Firmado digitalmente por Fabio Andrés López Aguilera Fecha: 2024.11.15 14:07:36 -03'00' Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cguajardo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins nahumadah@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cmartinez@minenergia.cl SEREMI de Minería, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins BGAVIA@MINMINERIA.CL SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins carolina.torrespinto@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins fgonzalezu@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins lbarboza@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins gamaya@mma.gob.cl SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins maria.latorre.e@mop.gov.cl SERNAGEOMIN, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins <pablo.yanez@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> Servicio de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins rfigueroaf@minvu.cl Servicio Nacional Turismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cescobar@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Encargado Participación Ciudadana agonzalez.6@sea.gob.cl