Evaluación SEA

Parque Solar Fotovoltaico Chimango

Rol 2159225921
SEA · DIA · Aprobado · 2024-08-12 · Región del Maule · Parque Solar Fotovoltaico Chimango SpA

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 1 de 173

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Maule

RCA N°202407001129

Califica Ambientalmente el proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO”

Talca 01 de agosto del 2024

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO presentado por Parque Solar Fotovoltaico Chimango SpA con fecha 19 de mayo del 2023, su Adenda de fecha 20 de noviembre del 2023 y su Adenda Complementaria de 6 de junio de 2024.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.- del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO”.

3°. El Acta de Evaluación Nº 37 de fecha 005 de octubre del 2023 del Comité Técnico de la Región del Maule

4°. El ICE de la DIA del proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO” de fecha 001 de julio de 2024

5°. El acuerdo alcanzado en la sesión Ordinaria N°10 de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 10 de julio del 2024.

6°. La Resolución Exenta N°20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el reemplazo en sus funciones de la figura del “Intendente Regional” por el “Delegado Presidencial Regional” y establece su nuevo texto, el que incluye la antes señalada modificación.

7°. La Resolución Exenta N°66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la región del Maule, que autoriza al Secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la región del Maule.

8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO”.

9°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417; en el D.S. N°40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA) y sus modificaciones; en el D.F.L. Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Número 83 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Humberto Antonio Aqueveque Díaz como Delegado Presidencial Regional de la región del Maule; en lo dispuesto en el artículo 80 del DFL N°29, de 2004, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo; y la Resolución N°007 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

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CONSIDERANDO:

1°. Que, Parque Solar Fotovoltaico Chimango SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Tabla 1. Antecedentes del titular Nombre o Razón Social Parque Solar Fotovoltaico Chimango SpA RUT 77.562.249-0 Domicilio Príncipe de Gales 5921, oficina 1602, La Reina, Región Metropolitana Teléfono +56 9 62488379 Nombre Representante legal Hugo Alejandro Tardel Bustamante Rut Representante Legal 13.990.792-2 Domicilio Representante Legal Príncipe de Gales 5921, oficina 1602, La Reina, Región Metropolitana Correo electrónico alejandro.tardel@ebcoenergía.cl Fono +56 9 62488379

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 1 de julio de 2024, el Director (S) del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

• El Proyecto acredita que cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en el Punto 9.- de este documento

• El Proyecto acredita que cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectorial aplicables identificado en los Artículos 119, 138, 140, 142, 146, 148, 156 y 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

• El Proyecto acredita que no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental.

• El Proponente ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de fecha 10 de julio del 2024 la Comisión de Evaluación de la Región del Maule acordó calificar favorablemente el proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 1 de julio de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1.- ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto consiste en la construcción, operación y cierre de un parque solar fotovoltaico con la finalidad de generar electricidad e inyectarla al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) en la S/E Nueva Mataquito, obras que se emplazarán en el Fundo Eloísa, ubicado en la comuna de Hualañé, Provincia de Curicó, en la Región del Maule.

El Proyecto tiene por objeto satisfacer la creciente demanda energética, utilizando fuentes energías renovables no convencionales (ERNC), aprovechando el potencial solar de la zona. Descripción general del proyecto El Proyecto consiste en la construcción, operación y cierre de un parque solar fotovoltaico, denominado Parque Solar Fotovoltaico Chimango, que se emplazará en el Fundo Eloísa, ubicado en la comuna de Hualañé, Provincia de Curicó, en la Región del Maule. Considerando la instalación de 300.000 paneles solares de 625 Wp cada uno. De esta forma el proyecto alcanzará una potencia instalada de hasta 187,5 MWp DC.

A su vez se contempla la instalación de sistemas de baterías (BESS) de 187,5 MW por 5 horas.

El Proyecto considera la instalación de una línea de 147,6 metros de largo sostenida por cuatro (4) postes de hormigón, correesponde a una línea de evacuación de alta tensión de 220 kV de circuito simple que se Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 3 de 173

conectará a una Subestación Elevadora, la cual entregará la energía el Sistema de Transmisión Zonal grupo 3 S/E Itahue-S/E Hualqui conectándose por medio de la subestación Nueva Mataquito

El Proyecto abarcará una superficie aproximada de 249 hectáreas Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones La tipología principal del Proyecto corresponde a:

c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW

La tipología secundaría del Proyecto corresponde a:

b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

b.1 Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). Vida útil 30 AÑOS Monto de inversión USD $ 140.000.000 Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA Instalación de faenas, una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (en adelante “RCA”) y las autorizaciones sectoriales que sean pertinentes. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El Proyecto PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO no será desarrollado por etapas.

[X] Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No El Proyecto PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO es un proyecto nuevo y no corresponde a una modificación de un proyecto existente.

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO es un Proyecto nuevo y no modifica otras RCA.

[X]

Tabla 4.2.- Ubicación del proyecto o actividad División político- administrativa Región del Maule, provincia de Curicó, comuna de Hualañé Justificación de la localización El emplazamiento resulta favorable para la instalación del Proyecto debido a las condiciones de radiación solar, corroboradas mediante simulaciones de producción con datos de radiación de diversas bases de datos verificadas.

Además, el Proyecto presentado a evaluación se encuentra colindante al Proyecto “Sistema de Transmisión Zonal grupo 3 S/E Itahue-S/E Hualqui”, conectándose por medio de la subestación Nueva Mataquito, la que se encuentra ubicada en el mismo inmueble que el Proyecto, lo que facilita la viabilidad técnica y económica del Proyecto, y evita tener que construir una línea de alta tensión más allá de los límites del Proyecto.

El Proyecto considera la instalación de una línea de 147,6 metros de largo sostenida por cuatro (4) postes de hormigón, corresponde a una línea de evacuación de alta tensión de 220 kV de circuito simple que se conectará a una Subestación Elevadora, la cual entregará la energía el Sistema de Transmisión Zonal grupo 3 S/E Itahue-S/E Hualqui, iniciativa que comparte predio con el Parque Solar Fotovoltaico Chimango, conectándose por medio de la subestación Nueva Mataquito Superficie El Proyecto abarcará una superficie aproximada de 249 hectáreas para la ejecución

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Área Vértice Coordenadas UTM Datum WGS84 19S Superficie Aproximada Este Norte 1 1 254.096 6.118.925 87,92 2 254.135 6.118.974 Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 4 de 173

3 254.163 6.118.950 4 254.185 6.118.981 5 254.212 6.118.961 6 254.339 6.118.957 7 254.516 6.118.778 8 254.529 6.118.763 9 254.523 6.118.710 10 254.552 6.118.636 11 254.577 6.118.595 12 254.577 6.118.518 13 254.436 6.118.515 14 254.041 6.118.412 15 253.926 6.118.340 16 253.814 6.118.413 17 253.730 6.117.832 18 253.760 6.117.693 19 253.779 6.117.356 20 253.763 6.117.273 21 253.754 6.117.202 22 253.152 6.117.907 23 253.197 6.117.978 24 253.482 6.118.384 25 253.563 6.118.508 26 253.699 6.118.690 27 253.993 6.119.104 28 254.042 6.119.068 29 254.036 6.119.047 30 254.048 6.119.025 31 254.018 6.118.988 32 254.096 6.118.925 2 33 257.433 6.119.549 3,79 34 257.299 6.119.663 35 257.230 6.119.722 36 257.228 6.119.772 37 257.223 6.119.788 38 257.212 6.119.821 39 257.249 6.119.862 40 257.326 6.119.782 41 257.401 6.119.748 42 257.401 6.119.712 43 257.419 6.119.705 44 257.429 6.119.694 45 257.452 6.119.678 46 257.502 6.119.665 47 257.502 6.119.605 48 257.433 6.119.549 3 49 257.185 6.120.086 3,12 50 257.241 6.120.099 51 257.265 6.120.099 52 257.402 6.119.927 53 257.402 6.119.798 54 257.376 6.119.808 55 257.366 6.119.813 56 257.360 6.119.819 57 257.349 6.119.833 58 257.338 6.119.848 59 257.328 6.119.861 60 257.314 6.119.879 Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 5 de 173

61 257.302 6.119.893 62 257.294 6.119.898 63 257.269 6.119.922 64 257.252 6.119.938 65 257.185 6.120.025 66 257.185 6.120.086 4 67 255.678 6.118.660 33,15 68 255.517 6.118.468 69 255.416 6.118.280 70 255.285 6.118.371 71 255.230 6.118.431 72 255.177 6.118.496 73 255.130 6.118.675 74 255.133 6.118.773 75 255.167 6.118.903 76 255.249 6.118.965 77 255.357 6.119.026 78 255.383 6.119.042 79 255.420 6.119.085 80 255.422 6.119.150 81 255.382 6.119.273 82 255.382 6.119.334 83 255.436 6.119.334 84 255.477 6.119.269 85 255.492 6.119.188 86 255.541 6.119.168 87 255.585 6.119.148 88 255.612 6.119.088 89 255.612 6.118.905 90 255.677 6.118.905 91 255.678 6.118.779 92 255.678 6.118.660 5 93 255.484 6.119.456 29,58 94 255.483 6.119.511 95 255.798 6.119.649 96 255.899 6.119.677 97 256.012 6.119.681 98 256.070 6.119.711 99 256.127 6.119.742 100 256.228 6.119.825 101 256.280 6.119.892 102 256.381 6.119.899 103 256.383 6.119.949 104 256.552 6.120.010 105 256.716 6.120.213 106 256.785 6.120.244 107 256.961 6.120.217 108 256.914 6.120.139 109 256.915 6.120.006 110 256.852 6.119.942 111 256.726 6.119.879 112 256.650 6.119.797 113 256.537 6.119.808 114 256.399 6.119.801 115 256.262 6.119.786 116 256.193 6.119.745 117 256.130 6.119.645 118 256.033 6.119.585 Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 6 de 173

119 255.998 6.119.539 120 255.986 6.119.511 121 255.974 6.119.433 122 255.946 6.119.415 123 255.828 6.119.395 124 255.773 6.119.372 125 255.699 6.119.344 126 255.683 6.119.378 127 255.563 6.119.330 128 255.553 6.119.313 129 255.551 6.119.317 130 255.520 6.119.364 131 255.484 6.119.456 6 132 255.654 6.119.209 64,34 133 255.742 6.119.307 134 255.930 6.119.298 135 255.958 6.119.343 136 256.037 6.119.342 137 256.037 6.119.521 138 256.165 6.119.590 139 256.227 6.119.666 140 256.284 6.119.726 141 256.829 6.119.726 142 256.940 6.119.844 143 257.022 6.119.905 144 257.074 6.119.905 145 257.102 6.119.843 146 257.102 6.119.843 147 257.102 6.119.793 148 257.168 6.119.792 149 257.168 6.119.774 150 257.167 6.119.670 151 257.073 6.119.668 152 256.990 6.119.649 153 256.881 6.119.589 154 256.844 6.119.565 155 256.788 6.119.475 156 256.761 6.119.351 157 256.693 6.119.203 158 256.626 6.119.015 159 256.571 6.118.954 160 256.485 6.118.949 161 256.425 6.118.950 162 256.155 6.119.074 163 256.017 6.119.149 164 255.934 6.119.075 165 255.870 6.119.012 166 255.823 6.119.038 167 255.754 6.119.017 168 255.701 6.119.016 169 255.664 6.119.078 170 255.611 6.119.181 171 255.654 6.119.209 7 172 254.372 6.119.089 27,32 173 254.105 6.119.283 174 254.238 6.119.470 175 254.467 6.119.792 176 254.496 6.119.727 Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 7 de 173

177 254.522 6.119.694 178 254.574 6.119.653 179 254.606 6.119.636 180 254.643 6.119.621 181 254.677 6.119.596 182 254.708 6.119.562 183 254.718 6.119.489 184 254.710 6.119.386 185 254.692 6.119.305 186 254.675 6.119.262 187 254.658 6.119.219 188 254.636 6.119.172 189 254.625 6.119.149 190 254.612 6.119.119 191 254.566 6.119.057 192 254.511 6.119.035 193 254.437 6.119.015 194 254.412 6.119.005 195 254.383 6.118.992 196 254.374 6.118.998 197 254.372 6.119.089 Caminos o vías de acceso El Proyecto tendrá un acceso ubicado en el KM. 55 sobre la Ruta J60, sector Parronal, comuna de Hualañé, Región del Maule. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 1-2 KMZ del proyecto de la DIA Anexo A Cartografías de la Adenda Anexo I Cartografías del Proyecto de la Adenda Complementaria.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1.- FASE DE CONSTRUCCIÓN PARTES, OBRAS Y ACCIONES FASE DE CONSTRUCCIÓN Garita de acceso Se ubicará junto al acceso al Proyecto y su función es el control de acceso al predio, tendrá una superficie de 15 m2. Todo personal o vehículo que ingrese al Proyecto deberá ser registrado en esta garita e informado a las oficinas, tanto al ingreso como a la salida, con tal de llevar un control específico de quienes ingresaron/salieron al/del predio. Oficina técnica de obras Albergará las actividades de oficina y reuniones necesarias para el desarrollo de las actividades de construcción. Tendrá una superficie de 154 m2. Estacionamientos Se dispondrá de una superficie total de 538 m2 para el estacionamiento de vehículos livianos (transporte particular de personas) y otra de 600 m2 para vehículos pesados (camiones de carga de materiales, transporte de insumos, entre otros). Área de lavado de máquinas y camiones Considera una superficie de 91 m2 y contará con una piscina tipo bin, la cual irá enterrada en una excavación impermeabilizada con polietileno de alta densidad y tendrá una capacidad de almacenamiento de 1 m3. Área de soldadura Contará con un área de 439 m2, destinada para las actividades de soldadura necesarias para la construcción del Proyecto. Sala primeros auxilios Tendrá por función la atención primaria de trabajadores con problemas de salud, o que sufran alguna contingencia durante las labores de construcción del Proyecto. Contará con un área de 32 m2 Sala de cambio Corresponde a los vestidores donde los trabajadores podrán equiparse con las protecciones adecuadas. Contará con un área de 204 m2. Baños Para los servicios sanitarios se contará con instalaciones de carácter temporal, ubicados estratégicamente en el sector de la instalación de faenas. El número de baños y duchas corresponderá a lo establecido en la normativa vigente (D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud). Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 8 de 173

Comedor Contará con un área de 154 m2, espacio destinado a la alimentación de los trabajadores. Se dispondrán las condiciones apropiadas para que los trabajadores puedan llevar sus propios alimentos y consumirlos dentro de esta instalación, disponiendo para ello de hornos microondas y mobiliario en cantidades apropiadas para que puedan almorzar en los horarios dispuestos para ello. Área del generador Corresponderá a un área de 89 m2 para la ubicación de los grupos electrógenos necesarios para entregar la electricidad los distintos equipos y herramientas a utilizar en la construcción de las obras asociadas al Proyecto. Bodega de materiales Contará con un área de 86 m2, espacio destinado a la recepción y acopio de materiales para la construcción de las obras asociadas al Proyecto. Bodega de Sustancias Peligrosas Contará con un área de 94 m2. y dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. 43/2015 que Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas y el D.S 148/2003 que Aprueba Reglamento sobre Manejo de Residuos Peligrosos, ambos reglamentos del MINSAL Bodega de Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios (RSAD) Contará con un área de 77 m2 y será de tipo prefabricada con paneles armables que permitirá mantener posibles vectores alejados del área de almacenamiento de residuos. Bodega de Residuos Industriales No Peligrosos Contará con un área de 225 m2 y será de tipo prefabricada con paneles armables que permitirá mantener posibles vectores alejados del área de almacenamiento de residuos. Bodega de Residuos Peligrosos Contará con un área de 82 m2 y será de tipo modular que permitirá mantener posibles vectores alejados del área de almacenamiento de residuos. Patio de maniobras Corresponde a una zona para las maniobras asociadas de forma segura la descarga de equipo desde los camiones y, se dispondrá de una superficie de 2.298 m2 para tales labores. Sistema de tratamientos de aguas Estará conformado por una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Los sólidos generados serán retirados periódicamente por una empresa especializada en el rubro, la cual estará debidamente autorizada para realizar estas labores por la autoridad sanitaria. Instalación de faenas y cierre perimetral Las obras de construcción comienzan con el establecimiento de un cierre perimetral, que consiste en excavaciones para la instalación de los postes que conforman un cerco perimetral. Al mismo tiempo que se lleva a cabo la instalación de faenas. La cual corresponde a la instalación de todas las obras temporales y zonas de acopio de los insumos, materiales y equipos necesarios para la fase de construcción del Proyecto. Acondicionamiento instalaciones faenas Etapa en que las faenas deben estar operativas para dar comienzo a las obras de construcción. Obras civiles En esta etapa se habilitan caminos los de acceso y construyen zanjas para la instalación del cableado eléctrico, por el cual circulará la energía eléctrica desde el conjunto generador fotovoltaico. También se realizarán excavaciones las cimentaciones de los edificios. Cableado BT y MT Corresponde a la instalación soterrada del cableado de baja tensión (BT) y media tensión (MT). El cableado de baja tensión es utilizado para la conexión de los paneles fotovoltaicos con los inversores, en tanto el cableado de media tensión es utilizado para la conexión de los inversores con el transformador principal de poder. Estructuras Corresponde a las estructuras de soporte de los módulos fotovoltaicos, los cuales estarán conformados por perfiles de acero galvanizado hincados sobre el suelo. Sobre estos perfiles se instalan los módulos solares sobre un eje que permite su giro manteniendo inclinación hacia la dirección del sol. Centros Inversores Transformadores Baterías El Proyecto considera la instalación de 25 centros de transformación con inversores, distribuidos uniformemente en el área de paneles fotovoltaicos. Su función será recibir la corriente eléctrica desde los paneles y convertirla en corriente alterna dirigiéndola posteriormente por medio del cableado de media tensión hasta los lugares de almacenamiento de energía con baterías y transformador principal de poder. Módulos Corresponde a la instalación agrupada de los paneles fotovoltaicos, elemento base para la generación de la energía eléctrica. Se instalan en los soportes estructurales, una al lado de la otra, conectadas en serie, formando grupos que se conectarán en paralelo con cada inversor. Servicios auxiliares Obras asociadas a la gestión de las áreas de acopio de residuos, control de acceso, área de mantenimiento y reposición de materiales. Pruebas, puesta en marcha y conexiones Pruebas de funcionamiento para verificar la correcta operación mecánica y eléctrica del Proyecto. Además de verificar parámetros de operación y maniobras de seguridad, en coordinación con la conexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) en la subestación Nueva Mataquito. Desmovilización y retiro instalación de faenas Desarme y retiro de aquellas instalaciones preliminares y auxiliares cuya permanencia no se contempla en las operaciones del Proyecto. Los elementos de la Instalación de Faena que no puedan ser reutilizados, serán llevados a instalaciones habilitadas para su restitución. Los elementos que no puedan ser reciclados serán llevados por empresas especializadas a lugares debidamente habilitados y autorizados para su disposición final. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 9 de 173

Limpieza Terminado el retiro de todos los elementos ajenos al terreno que hayan formado parte de las instalaciones temporales de faena para la construcción del Proyecto, se procede a la limpieza del predio para posterior comienzo de la operación del Proyecto.

SUMINISTROS BÁSICOS FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre Descripción Servicios Higiénicos Se contará con baños químicos en los sectores alejados a más de 75 m de la instalación de faenas. Las aguas servidas generadas por estos serán dispuestas en lugares autorizados y estarán bajo la responsabilidad de la empresa contratista encargada de la limpieza de los baños químicos, sin perjuicio de lo anterior, el titular del Proyecto exigirá a dicha empresa las autorizaciones correspondientes. Agua Potable El agua potable para el consumo de los trabajadores será abastecida en una cantidad mínima de 150 litros por persona al día, según lo establece el D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud. Cabe mencionar que el agua será almacenada en estanques de agua potable para el suministro de agua de los baños y duchas. Para el consumo será distribuida en bidones de 20 litros. Agua Industrial El agua industrial durante la fase de construcción del Proyecto corresponde a 2.700 m3, la que se utilizará para la aplicación de supresor de polvo en caminos y será suministrada por la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Servicio de alimentación Durante esta fase, los trabajadores contarán con suministro de alimentos en un lugar (comedor) dentro del área de Proyecto especialmente habilitado para el consumo. Mantención de Maquinaria No se considera durante la fase de construcción una obra destinada a la mantención de maquinaria, esta será realizada por el proveedor, fuera del área del Proyecto. Energía Eléctrica Durante los meses de construcción del Proyecto, se contará con un grupo electrógeno de 50 kW para las oficinas que tendrá un funcionamiento diario de 8 horas y otro grupo electrógeno de 20 kW que tendrá un funcionamiento de 4 horas diarias. Suministro de Combustible Se estima un requerimiento de 2.000 litros mensuales de combustible, que serán suministrados directamente a las maquinarias desde un camión debidamente autorizado para este efecto. La carga de combustible a maquinarias y equipos se realizará en una zona definida y claramente demarcada dentro del área del Proyecto. Transporte Las actividades de construcción requerirán del apoyo de vehículos livianos y pesados para su ejecución. En el acápite 1.5.9 del Capítulo 1 de la DIA se detallan los flujos vehiculares asociados a esta fase. RECURSOS NATURALES A EXTRAER, EXPLOTAR O UTILIZAR FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre Descripción Suelo y Flora Las obras del Proyecto implican alteración del recurso suelo y retiro de cubierta vegetal, por la extracción de material para las edificaciones, zanjas de cableado e hincado asociadas a la instalación de los paneles fotovoltaicos y equipos asociados acorde a la superficie de instalación de las obras y habilitación de caminos. Agua Potable Durante la fase de construcción, el agua a utilizar por los trabajadores será obtenida por medio de camiones aljibes a través de proveedores que cuenten con todas sus certificaciones para ser almacenada en estanques. Agua Industrial El agua industrial durante la fase de construcción del Proyecto se utilizará para la aplicación de supresor de polvo en caminos EMISIONES A LA ATMÓSFERA FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre Descripción MP2,5 Origen: tránsito de vehículos para el transporte de personas y de maquinaria pesada, escarpe, compactación y nivelación del terreno, combustión de maquinaria y funcionamiento de generadores (grupos electrógenos).

Tasa de emisión: 0,13 [ton/mes].

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 [meses].

Sistema de control:  Aplicación de agua industrial como supresor de polvo sobre los caminos no pavimentados  Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales.  Los camiones tolva con carga de material de las excavaciones sólo circularán con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga.  Control de velocidad de circulación  Ficha de la maquinaria con revisión técnica al día y antigüedad menor a 10 años  Humectación previa a obras de excavación  Humectación previa a obras de escarpe  Humectación de área de carga y descarga Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 10 de 173

MP10 Origen: tránsito de vehículos para el transporte y de maquinaria pesada, escarpe, compactación y nivelación del terreno, combustión de maquinaria y funcionamiento de generadores (grupos electrógenos).

Tasa de emisión: 0,43 [ton/mes].

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 [meses].

Sistema de control:  Aplicación de agua industrial como supresor de polvo sobre los caminos no pavimentados  Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales.  Los camiones tolva con carga de material de las excavaciones sólo circularán con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga.  Control de velocidad de circulación  Ficha de la maquinaria con revisión técnica al día y antigüedad menor a 10 años  Humectación previa a obras de excavación  Humectación previa a obras de escarpe  Humectación de área de carga y descarga MPS Origen: tránsito de vehículos para el transporte de personas y de maquinaria pesada, escarpe, compactación y nivelación del terreno, combustión de maquinaria y funcionamiento de generadores (grupos electrógenos).

Tasa de emisión: 1,68 [ton/mes].

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 [meses].

Sistema de control:  Aplicación de agua industrial como supresor de polvo sobre caminos no pavimentados  Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales.  Los camiones tolva con carga de material de las excavaciones sólo circularán con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga.  Control de velocidad de circulación  Ficha de la maquinaria con revisión técnica al día y antigüedad menor a 10 años  Humectación previa a obras de excavación  Humectación previa a obras de escarpe  Humectación de área de carga y descarga CO Origen: combustión de maquinaria, vehículos y generadores (grupos electrógenos).

Tasa de emisión: 0,52 [ton/mes].

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 [meses].

Sistema de control: En relación con la flota de camiones, se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro III u otro de mayor tecnología (valores de emisión D.S. N°55/1994, artículo 8 bis) y revisiones técnicas al día y antigüedad menor a 10 años. COV Origen: combustión de maquinaria, vehículos y generadores (grupos electrógenos).

Tasa de emisión: 0,086 [ton/mes].

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 [meses].

Sistema de control: Se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro III u otro de mayor tecnología (valores de emisión D.S. N°55/1994, artículo 8 bis) y revisiones técnicas al día y antigüedad menor a 10 años. NOx Origen: combustión de maquinaria, vehículos y generadores (grupos electrógenos).

Tasa de emisión: 1,05 [ton/mes].

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 [meses].

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 11 de 173

Sistema de control: se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro III u otro de mayor tecnología (valores de emisión D.S. N°55/1994, artículo 8 bis) y revisiones técnicas al día y antigüedad menor a 10 años. SO2 Origen: combustión de maquinaria y vehículos

Tasa de emisión: 0,0004 [ton/mes].

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 [meses].

Sistema de control: Se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro III u otro de mayor tecnología (valores de emisión D.S. N°55/1994, artículo 8 bis) y revisiones técnicas al día y antigüedad menor a 10 años. SOx Origen: combustión de los generadores (grupos electrógenos).

Tasa de emisión: 0,014 [ton/mes].

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 [meses].

Sistema de control:  El equipo será declarado y registrado para posteriormente declarar sus emisiones.  Se realizará una paralización del funcionamiento los grupos electrógenos en episodios críticos de preemergencia y emergencia ambiental  Si su emisión de material particulado es superior a 32 y 28 (mg/m3 N), respectivamente. NH3 Origen: Combustión de maquinaria, vehículos y generadores (grupos electrógenos).

Tasa de emisión: 0,1167 [ton/mes].

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 [meses].

Sistema de control: Se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro III u otro de mayor tecnología (valores de emisión D.S. N°55/1994, artículo 8 bis) y revisiones técnicas al día y antigüedad menor a 10 años. EMISIONES LÍQUIDAS FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre Descripción Líquidos domiciliarios Origen: Aguas servidas producto de los servicios sanitarios.

Tasa de emisión: 97.500 [litros/día].

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 meses (duración fase de construcción).

Sistema de control: Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) particular, mecanismos de control y respuesta definidos en Anexo B “Plan de Contingencias y Emergencias” de la Adenda Complementaria EMISIONES DE RUIDO FASE DE CONSTRUCCIÓN Las emisiones de ruido en Fase de Construcción son los siguientes:

Receptores Humanos:

Origen: Flujo vehicular, operación de maquinaria, funcionamiento de grupos electrógenos.

Tasa de emisión: Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción y cierre con medida de control Receptor Nivel de presión sonora modelado (dBA) por escenario para cada receptor Nivel de Ruido Máximo Permitido según Zona D.S. N°38/11 del MMA. Diurno (dBA) Evaluación según D.S. 38/11 del MMA R1 50,0 63 Cumple R2 45,3 46 Cumple R3 44,3 46 Cumple R4 42,7 45 Cumple R5 50,3 62 Cumple Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 12 de 173

R6 52,7 63 Cumple Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 meses.

Sistema de control: Se implementará una barrera acústica para dar cumplimiento en los receptores R1, R2, R4, R5 y R6 según los detalles presentados en el Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda

Receptores Fauna:

Origen: Maquinarias de construcción definidas en el “capítulo 4.3.4 Emisiones de fuentes puntuales de ruido en fase de construcción y cierre” de la DIA

Tasa de emisión: Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción y cierre del PSF (Anfibios – umbral de 72dB(A)) con medida de control.

Receptor Nivel proyectado dB (C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RA1 61,9 72 dB(A) Sin efectos RA2 66,9 72 dB(A) Sin efectos RA3 64,8 72 dB(A) Sin efectos RA4 59,3 72 dB(A) Sin efectos RA5 65,6 72 dB(A) Sin efectos RA6 56,9 72 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Tasa de emisión: Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción y cierre del PSF (Mamíferos - umbral de 68dB(A)) con medida de control Receptor Nivel proyectado dB (C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RM1 62,9 68 dB(A) Sin efectos RM2 61,7 68 dB(A) Sin efectos RM3 61,5 68 dB(A) Sin efectos RM4 56,4 68 dB(A) Sin efectos RM5 60,9 68 dB(A) Sin efectos RM6 60,6 68 dB(A) Sin efectos RM7 59,0 68 dB(A) Sin efectos RM8 53,4 68 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Tasa de emisión: Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción y cierre del PSF (Reptiles - umbral de 75dB(C)) con medida de control

Receptor Nivel proyectado dB (C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RR1 72,3 75 dB(A) Sin efectos RR2 72,4 75 dB(A) Sin efectos RR3 72,9 75 dB(A) Sin efectos RR4 74,0 75 dB(A) Sin efectos RR5 73,1 75 dB(A) Sin efectos RR6 72,0 75 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 meses.

Sistema de control: Programa de rescate y relocalización, dando de esta manera cumplimiento a los umbrales máximos permitidos según la guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa del SEIA. Además, se implementará una barrera acústica en aquellos puntos más cercanos a los cursos de agua donde se encuentra el área de relevancia de anfibios. OTRAS EMISIONES FASE DE CONSTRUCCIÓN Las vibraciones en Fase de Construcción son los siguientes: Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 13 de 173

Origen: Rodillo compactador y flujo vehicular.

resultados para los criterios de molestia y daño producto de las vibraciones son los siguientes:

Receptor Lv proyectado [VdB] Límite de molestia [VdB] Límite estructural de daño [VdB] Distancia a maquinaria crítica [m] Evaluación criterio de molestia Evaluación criterio daño estructural R1 69,8 72 90 49 Cumple Cumple R2 55,8 72 90 143 Cumple Cumple R3 46,8 72 90 285 Cumple Cumple R4 49,2 72 90 238 Cumple Cumple R5 66,7 72 90 62 Cumple Cumple R6 70,6 72 90 46 Cumple Cumple Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 3 meses (duración de uso de maquinaria y flujo vehicular).

Sistema de control: No existirá sistema de control, ya que los resultados proyectados cumplen con la normativa de referencia utilizada (FTA) para todos los puntos identificados como sensibles a la emisión de vibraciones. RESIDUOS SÓLIDOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS (RSAD) FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre Descripción Papel Generación de 4.500 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Restos de envoltorios Generación de 4.500 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Restos orgánicos Generación de 4.500 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Vidrios Generación de 1.500 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Plásticos Generación de 4.500 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Lodos Generación de 732 kg/mes, provenientes de la Planta de Tratamientos de Aguas Servidas. Serán retirados con una frecuencia semestral, anual y según recomendación de la normativa aplicable y del fabricante, y cuyo traslado será realizado por una empresa debidamente autorizada hasta un relleno sanitario autorizado. RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre Descripción Restos de materiales de construcción y Elementos de Protección Personal (EPP) defectuosos Los restos de materiales más importantes generados durante la fase de construcción del Proyecto, (incluyendo entre otros, madera, acero, cables y hormigón), serán seleccionados y acopiados primeramente en los frentes de trabajo, donde se clasificarán separadamente para determinar la factibilidad de su reutilización inmediata.

Los EPP defectuosos se depositarán en contenedores especialmente dispuestos para ello.

Generación de 24.000 kg/mes, entre restos de materiales y EPP defectuosos, que serán acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia mensual para su traslado a un relleno sanitario autorizado. RESIDUOS PELIGROSOS FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre Descripción Envases usados de diluyentes, pinturas u otros Generación de 8 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Aceite lubricante y grasa usada Generación de 2 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 14 de 173

Elementos contaminados con hidrocarburos (paños, guantes, guaipes) Generación de 10 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Paneles Fotovoltaicos Generación de 140 kg/año, se dispondrá una superficie dentro de la Bodega RESPEL solo para almacenamiento temporal de emergencia correspondiente a una cantidad de cuatro (4) paneles fotovoltaicos, siendo estos retirados por una empresa autorizada hacia un lugar de disposición final autorizado cada vez que se cuente con 4 paneles acopiados en bodega RESPEL o bien cuando transcurran como máximo 6 meses. PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre Descripción Combustible Se estima un requerimiento de 2000 l/mes de combustible para abastecimiento de maquinaria, el cual será proporcionado por una empresa debidamente autorizada. Pintura Se estima un requerimiento de 32,4 kg/mes de pintura requerida para el pintado de las obras del Proyecto. Grasa lubricante Se estima un requerimiento de 6,4 kg/mes de diluyente para abastecimiento de maquinaria, el cual será proporcionado por una empresa debidamente autorizada. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.  4.2.- Partes y obras del proyecto  4.3.- Acciones del proyecto  4.6.1.1.- Partes y obras  4.6.1.2.- Acciones Fase de Construcción  4.6.2.- Suministros básicos Fase de Construcción  4.6.3.- Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Fase de Construcción  4.6.4.- Emisiones y efluentes Fase de Construcción  4.6.5.- Residuos Fase de Construcción

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

PARTES, OBRAS Y ACCIONES FASE DE OPERACIÓN Acceso al predio, caminos internos y badenes Se conservará el mismo acceso desde el KM 55 de la ruta J-60 definido en las obras temporales. Respecto de los caminos se presentan dos (2) tipos: un camino perimetral, que bordeará el predio en su conjunto; y los caminos internos del Proyecto, que permitirán el acceso a cada área de paneles fotovoltaicos. En cuatro puntos de los caminos se presentan cruces de esteros para los cuales se llevará a cabo la construcción de badenes que permitan la circulación vehicular a nuevas zonas de paneles. Garita de acceso Se conservará la portería descrita en las obras temporales para la fase de construcción, a ella se sumará una garita de control de acceso. Contará con una superficie de 15 m2. Estacionamientos Se conservarán las superficies de estacionamiento descritas en las obras temporales para la fase de construcción, como obras permanentes. Baños Los servicios sanitarios cumplirán en cantidad y con las condiciones a los requisitos dispuestos en el D.S. 594/1999 del MINSAL, que Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en Los Lugares de Trabajo. Sistema de tratamiento de aguas El Proyecto tendrá en Fase de Operación una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Los detalles respecto a su funcionamiento y características se presentan en el Anexo F PAS 138 de la Adenda. Subestación elevadora Tiene por función albergar el transformador principal de poder, equipos de maniobras eléctricas y establecer niveles adecuados de tensión para transmitir la energía eléctrica generada por el Proyecto, ocupará una superficie de 10.414 m2 Área de paneles fotovoltaicos Los módulos de paneles fotovoltaicos encargados de la generación eléctrica ocuparán una superficie total de 186,1 ha. Cerco perimetral Limitará el área de emplazamiento del Proyecto, con un perímetro total de 20.274 metros. Estará compuesto de malla Acma con postes metálicos y galvanizados. Zona de repuestos Corresponde a una bodega en que se almacenarán repuestos, ocupará una superficie de 27 m2 Sala de control La función al interior de esta obra es controlar los niveles de la generación eléctrica y monitorear el correcto funcionamiento del Proyecto. Contará con una superficie de 93 m2. Sistema de almacenamiento de energía en baterías (BESS) Área en que se resguardarán las baterías que acumularán la energía remanente para su utilización en periodos del día sin radiación solar, estarán agrupadas en dos bloques de 5.207 m2 y 5.516 m2 cada uno. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 15 de 173

Zona del inversor/transforma dor BESS Corresponde al inversor que transforma la energía eléctrica desde corriente AC en DC, para ser acumulada en las baterías. Ocupará un área de 3.230 m2. Línea eléctrica y postes El Proyecto considera la instalación de una línea de 147,6 metros de largo sostenida por cuatro (4) postes de hormigón, para conectarse a la subestación Nueva Mataquito, que se encuentra al interior del predio del Proyecto. Centro de transformación Junto a cada grupo de módulos de paneles fotovoltaicos, se dispondrá de un centro de transformación para elevar la tensión eléctrica. Esta instalación totaliza una superficie de 1.825 m2 Bodega de Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios (RSAD) Se contempla una bodega de acopio temporal de residuos domiciliarios o asimilables de 77 m2, la que estará debidamente señalizada y demarcada con cierre de malla Acma o similar, piso estabilizado. Su acceso estará restringido sólo a personal autorizado. Bodega de Residuos Industriales No Peligrosos Se contempla una bodega de acopio temporal de residuos industriales no peligrosos de 225 m2, que estará debidamente señalizada y demarcada con cierre de malla Acma o similar. Contará con piso estabilizado, y su acceso estará restringido pudiendo ingresar sólo personal autorizado. Bodega de residuos peligrosos y sustancias peligrosas Se considera la instalación de una bodega de 82 m2 para almacenar residuos peligrosos cuyas características estarán acorde a lo determinado en el D.S. N°148/2003, y para el almacenamiento de sustancias peligrosas consideradas por el Proyecto acorde a lo determinado en el D.S. N°43/2015, ambos decretos del MINSAL. Mantenimiento preventivo Consideran inspecciones del estado de paneles y circuitos eléctricos, poda y desbrozado de malezas en el área de paneles, revisión de las conexiones eléctricas y reemplazo de piezas desgastadas. Mantenimiento correctivo Considera el engrase del sistema de seguidores y reparaciones menores asociadas a la mantención de la infraestructura del Proyecto, así como de la parte mecánica, señalética eléctrica y caminos. Limpieza de paneles La limpieza de paneles solares es fundamental para asegurar eficiencia en la generación de energía eléctrica. Se contemplan dos (2) limpiezas de paneles al año las cuales se realizan utilizando agua. SUMINISTROS BÁSICOS FASE DE OPERACIÓN Nombre Descripción Energía Eléctrica Durante la fase de operación, la energía eléctrica necesaria para la iluminación de las instalaciones de la sala de control y de la propia central, será obtenida por medio de autoabastecimiento, lo cual corresponde a una muy pequeña parte de la energía generada por el propio Proyecto. Agua Potable Durante la operación del Proyecto, toda el agua potable será suministrada por medio de camiones aljibes en una dotación adecuada cumpliendo lo establecido por el D.S N°594/1999, del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” que establece que todo lugar de trabajo debe contar con agua potable destinada al consumo humano, la que independiente de su fuente de abastecimiento, debe cumplir con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia, los que están definidos en la Norma Oficial Chilena N°409/1 Of. 2005 de Calidad del Agua Potable. Agua Industrial Durante la operación del Proyecto será necesario el uso de 300 m3 anuales de agua industrial, orientada a las actividades de limpieza de paneles solares que será realizada 2 veces al año con agua. Esta frecuencia será reevaluada según la necesidad técnica de limpiezas. Servicios Sanitarios Los servicios higiénicos serán ubicados en el área administrativa, los cuales cumplirán en todo momento con lo establecido en el Artículo 25 del D.S N°594/1999 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, el cual indica que los servicios higiénicos deben estar instalados a menos de 75 metros de distancia del área de trabajo, salvo casos calificados por la Autoridad Sanitaria. La cantidad de servicios higiénicos se encontrará conforme a lo estipulado en el Artículo 22 D.S. N°594/1999 “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, de acuerdo con la cantidad de personas consideradas en obra. PRODUCTOS GENERADOS FASE DE OPERACIÓN Nombre Descripción Servicio de energía eléctrica El Parque Solar Fotovoltaico Chimango tendrá una potencia instalada de 187,5 MWp, energía eléctrica que por medio de la subestación Nueva Mataquito será entregada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). RECURSOS NATURALES A EXTRAER, EXPLOTAR O UTILIZAR FASE DE OPERACIÓN Nombre Descripción Agua Potable Durante la Fase de Operación, el agua a utilizar en las obras será obtenida por medio de camiones aljibes a través de proveedores que cuenten con todas sus certificaciones para ser almacenada en estanques. EMISIONES A LA ATMÓSFERA FASE DE OPERACIÓN Nombre Descripción MP2,5 Origen: Resuspensión en caminos pavimentados Tasa de emisión: 0,0055 [ton/año]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 [años]. Sistema de control: Vehículos y maquinarias que operen mantendrán revisión técnica al día. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 16 de 173

MP10

Origen: Resuspensión en caminos pavimentados Tasa de emisión: 0,0199 [ton/ año]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 [años]. Sistema de control: Vehículos y maquinarias que operen mantendrán revisión técnica al día. MPS Origen: Resuspensión en caminos pavimentados Tasa de emisión: 0,1 [ton/ año]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 [años]. Sistema de control: Vehículos y maquinarias que operen mantendrán revisión técnica al día. NOx Origen: combustión interna de vehículos Tasa de emisión: 0,043 [ton/ año]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 [años]. Sistema de control: Vehículos y maquinarias que operen mantendrán revisión técnica al día. NH3 Origen: Combustión interna de vehículos Tasa de emisión: 0,0000 [ton/ año]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 [años]. Sistema de control: Vehículos y maquinarias que operen mantendrán revisión técnica al día. CO Origen: combustión interna de vehículos Tasa de emisión: 0,0115 [ton/ año]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 [años]. Sistema de control: Vehículos y maquinarias que operen mantendrán revisión técnica al día. COV Origen: combustión interna de vehículos Tasa de emisión: 0,0023 [ton/ año]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 [años]. Sistema de control: Vehículos y maquinarias que operen mantendrán revisión técnica al día. SO2 Origen: Combustión interna de vehículos Tasa de emisión: 0,000 [ton/ año]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 [años]. Sistema de control: Vehículos y maquinarias que operen mantendrán revisión técnica al día. SOx Origen: No se generarán. Tasa de emisión: 0,000 [ton/ año]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 [años]. Sistema de control: No aplica. EMISIONES LÍQUIDAS FASE DE OPERACIÓN Nombre Descripción Líquidos domiciliarios Origen: Aguas servidas producto del uso de baños. Tasa de emisión: 7.500 [litros/día]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 años. Sistema de control: Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). EMISIONES DE RUIDO FASE DE OPERACIÓN Las emisiones de ruido en Fase de Operación son los siguientes:

Receptores Humanos:

Origen: Flujo de vehículos definidos en el “capítulo 4.3.5 Emisiones de fuentes de ruido en fase de operación” del Anexo G Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Tasa de emisión: Nivel de presión sonora modelado (dBA) por escenario para cada receptor, Fase de Operación. Horario diurno.

Receptor Nivel de presión sonora modelado (dBA) por escenario para cada receptor Nivel de Ruido Máximo Permitido según Zona D.S. N°38/11 del MMA. Diurno (dBA) Evaluación según D.S. 38/11 del MMA R1 35,8 63 Cumple R2 37,4 46 Cumple R3 33,8 46 Cumple R4 35,7 45 Cumple R5 31,1 62 Cumple R6 40,2 63 Cumple Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Tasa de emisión: Nivel de presión sonora modelado (dBA) por escenario para cada receptor, Fase de Operación. Horario nocturno. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 17 de 173

Receptor Nivel de presión sonora modelado (dBA) por escenario para cada receptor Nivel de Ruido Máximo Permitido según Zona D.S. N°38/11 del MMA. Diurno (dBA) Evaluación según D.S. 38/11 del MMA R1 35,8 50 Cumple R2 37,4 42 Cumple R3 33,8 41 Cumple R4 35,7 37 Cumple R5 31,1 50 Cumple R6 40,2 50 Cumple Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones.

Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 años.

Sistema de control: No existirá un sistema de control debido a que se da cumplimiento a los niveles máximos permisibles del D.S. N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente para los receptores identificados.

Receptores Fauna:

Origen: Equipos eléctricos y flujo vehicular definidos en el “capítulo 4.3.5 Emisiones de fuentes de ruido en fase de operación” del Anexo G Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Tasa de emisión: Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación del PSF (Anfibios – umbral de 62dB(C)) con medida de control

Receptor Nivel proyectado dB (C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RA1 56,5 62 dB(A) Sin efectos RA2 59,0 62 dB(A) Sin efectos RA3 60,2 62 dB(A) Sin efectos RA4 59,9 62 dB(A) Sin efectos RA5 58,6 62 dB(A) Sin efectos RA6 55,6 62 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G “Ruido y Vibraciones” de la Adenda.

Tasa de emisión: Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación PSF (Mamíferos - umbral de 68dB(A)) con medida de control

Receptor Nivel proyectado dB (C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RM1 38,8 80 dB(A) Sin efectos RM2 39,4 80 dB(A) Sin efectos RM3 37,3 80 dB(A) Sin efectos RM4 37,6 80 dB(A) Sin efectos RM5 34,4 80 dB(A) Sin efectos RM6 40,6 80 dB(A) Sin efectos RM7 37,9 80 dB(A) Sin efectos RM8 39,7 80 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G “Ruido y Vibraciones” de la Adenda.

Tasa de emisión: Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación del PSF (Reptiles - umbral de 75dB(C)) con medida de control

Receptor Nivel proyectado dB (C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RR1 58,7 75 dB(A) Sin efectos RR2 61,1 75 dB(A) Sin efectos RR3 56,3 75 dB(A) Sin efectos RR4 60,3 75 dB(A) Sin efectos RR5 59,4 75 dB(A) Sin efectos RR6 55,8 75 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G “Ruido y Vibraciones” de la Adenda.

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Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 30 años

Sistema de control: Programa de rescate y relocalización, dando de esta manera cumplimiento a los umbrales máximos permitidos según la guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa del SEIA.” OTRAS EMISIONES FASE DE OPERACIÓN No se identifican otro tipo de emisiones en Fase de Operación RESIDUOS SÓLIDOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS FASE DE OPERACIÓN Nombre Descripción Papel Generación de 350 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semanal para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Restos de envoltorios Generación de 350 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semanal para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Restos orgánicos Generación de 350 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semanal para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Vidrios Generación de 100 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semanal para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Plásticos Generación de 350 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semanal para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Lodos Generación de 57 kg/mes por la Planta de Tratamientos de Aguas Servidas. Serán retirados con una frecuencia semanal, anual y según recomendación de la normativa aplicable y del fabricante, cuyo traslado será realizado por una empresa debidamente autorizada hasta un relleno sanitario autorizado. RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS FASE DE OPERACIÓN Nombre Descripción Restos de materiales de mantención Restos de cables, maderas y plásticos que tendrán origen en los procesos de mantenimiento. Los EPP defectuosos se depositarán en contenedores dispuestos para ello para posteriormente ser trasladados a la bodega de residuos donde aguardarán su retiro por una empresa autorizada. Generación de 834 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia mensual para su traslado a un relleno sanitario autorizado. RESIDUOS PELIGROSOS FASE DE OPERACIÓN Nombre Descripción Residuos de aceites lubricantes y grasas usados Generación de 0,75 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Envases usados vacíos con diluyentes, pinturas u otros Generación de 0,75 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Elementos contaminados con hidrocarburos (paños, guantes, guaipes) Generación de 1 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Paneles fotovoltaicos Generación de 140 kg/año, se dispondrá una superficie dentro de la Bodega RESPEL solo para almacenamiento temporal de emergencia correspondiente a una cantidad de cuatro (4) paneles fotovoltaicos, siendo estos retirados por una empresa autorizada hacia un lugar de disposición final autorizado cada vez que se cuente con 4 paneles acopiados en bodega RESPEL o bien cuando transcurran como máximo 6 meses. PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE FASE DE OPERACIÓN Durante la fase de operación la cantidad de sustancias como pintura o grasas lubricantes a utilizar serán mínimas, siendo utilizadas solo en caso de detectarse necesario en las actividades de mantención.

En caso de ser necesario su uso, el almacenamiento será conforme a lo indicado en el D.S. N°43/2016 que Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Según su volumen, como mínimo se contará con gabinetes de almacenamiento, con medidas antisísmicas y antiderrames. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.  4.2.- Partes y obras del Proyecto  4.3.- Acciones del Proyecto  4.7.1.1.- Partes y obras Fase de Operación  4.7.1.2.- Acciones Fase de Operación  4.7.2.- Suministros básicos Fase de Operación  4.6.3.- Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Fase de Operación  4.6.4.- Emisiones y efluentes Fase de Operación  4.6.5.- Residuos Fase de Operación Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 19 de 173

4.3.3. FASE DE CIERRE

4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura La Fase de Cierre del Proyecto, considera las siguientes actividades:

 Instalación de Faenas: Montaje con obras temporales necesarias para el desmantelamiento del Proyecto, incluye la instalación de zonas de almacenamiento, depósito de materiales y estacionamiento para maquinarias. Se contempla usar las mismas ubicaciones de instalaciones de la Fase de Construcción.

 Desmontaje de paneles: En primera instancia se procede a un desconectado general para que no circule corriente, para así proceder con seguridad. Se desmantelan los paneles desenganchándolos de las estructuras metálicas sobre los que están dispuestos y se proceden a empacar para destinarlos a reutilización o reciclaje.

 Desmontaje de estructuras: Se apoyará mediante camión grúa o pluma, pues corresponde el retiro de las estructuras metálicas de soporte instaladas en el predio. Se destinarán a centro de reciclaje por su valor residual.

 Desmontaje de cableado: Una vez desconectados los paneles, se procede a remover el cableado de transmisión de energía eléctrica, junto con los cruces eléctricos. Estos componentes se derivarán a un sitio autorizado por la autoridad sanitaria para su disposición final.

 Desmontaje de transformadores/baterías/inversores: Se retiran de la superficie del predio el resto de los componentes eléctricos del Proyecto, correspondientes a los transformadores, baterías e inversores.

 Retiro de otras edificaciones de Faenas: Dentro de esta categoría se enmarca las bases de hormigón que se emplean para las edificaciones, elementos de soporte del cerco perimetral, fundaciones y cimentaciones de estructuras o perfiles. Los que serán retirados con apoyo de maquinaria.

 Limpieza: En esta etapa se procede a retirar toda obra instalada para fines de esta fase del Proyecto. Restauración  Restauración de la geoforma: La restauración de geoformas aplicará a aquellas zonas donde se realizó la extracción de las capas superficiales de material, tratando en lo posible de restaurar la condición a una similar a la existente de forma previa a la explotación.

 Restauración y preparación de suelo: En las zonas donde se desarrollen labores de restauración de suelo durante la fase de cierre, se procurará que quede espacio en el suelo con la finalidad que tenga capacidad de infiltración de agua y la suficiente aireación para la proliferación de microorganismos e invertebrado. El mecanismo de reconversión corresponderá el proceso natural de sucesión ecológica que se irá dando en el suelo que ha sido utilizado por el proyecto.

 Durante la Fase de Cierre se utilizará una subsoladora y herramientas manuales (palas, rastrillos) para realizar las labores de restauración consistirá

 No se consideran medidas de riego y fertilización, dado que posterior a la recuperación de geoformas se dará una proliferación natural de la flora local.

 Para verificar la cobertura vegetal efectiva al cierre, se realizará una inspección del terreno para determinar y cuantificar la superficie que ya cuente con vegetación herbácea y arbustiva de manera natural y así evaluar su crecimiento en visitas posteriores. En caso de que requiera alguna protección individual será instalada posterior a su determinación. Cabe destacar que la revegetación natural propicia un ambiente óptimo para los individuos establecidos y que se espera una mayor adecuación de la vegetación al sustrato.

 Como medida de protección se conservará el cercado del Proyecto para prevenir ingreso al predio y facilitar su recuperación natural en Flora y Fauna.

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 La afectación sobre el suelo y la geoforma es mínima, ya que sólo se requieren fundaciones para habilitar los centros de transformación y otras estructuras de peso, y no se realizará escarpe en el área del terreno donde se ubicarán los paneles, reduciendo drásticamente el área intervenida por esta acción.

 Los paneles van sobre pilotes hincados directamente al suelo, por lo que al ser desmanteladas el lugar quedará plenamente como en su estado anterior al finalizar la operación. Prevención de futuras emisiones La Fase de Cierre el Proyecto no generará pasivos que puedan gatillar futuras emisiones dado que el sitio de emplazamiento quedará desprovisto de elementos que generen emisiones de cualquier tipo.

Se tendrá especial cuidado de realizar el desmantelamiento de las obras de manera óptima y el retiro del total de los residuos generados para su posterior disposición en sitios autorizados por empresas autorizadas, según la legislación vigente. Mantención, conservación y supervisión Dada la baja intervención de las obras del Proyecto, sumado al carácter modular de sus componentes, no será necesario establecer actividades de mantención, conservación y supervisión en el área ocupada por las obras del proyecto posterior al cierre.

En caso de ser necesario, se realizará un calendario de visitas de inspección al área del Proyecto luego de su cierre y abandono, para supervisar y verificar el estado del terreno, a partir de lo cual se podrán establecer, en conjunto con la autoridad ambiental, posibles acciones para su mantención y conservación.

Se destaca que este punto será abordado en el Plan de Cierre específico que el titular entregará a la autoridad antes de comenzar la Fase de Cierre y Abandono. Donde se indicará en detalle las actividades y forma en que se lleve a cabo esta Fase. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta Fase. 4.3.3.- Fase de Cierre

4.4.- Cronología de las fases del proyecto o actividad 4.4.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Enero 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación de faenas Fecha estimada de término Julio 2026 Parte, obra o acción que establece el término Desarme de la instalación de faenas 4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Julio 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Comienzo de generación de electricidad y su distribución Fecha estimada de término Julio 2056 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión de la red eléctrica con la empresa distribuidora 4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Julio 2056 Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación de faenas Fecha estimada de término Marzo 2057 Parte, obra o acción que establece el término Desarme de la instalación de faenas

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1.- RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental no significativo Incremento de las concentraciones de material particulado y gases de combustión Incremento de los niveles de presión sonora. Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos y maquinaria. Operación de maquinaria. Obras de construcción. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada El área de influencia del Proyecto respecto al componente Medio Humano queda definida como el entorno construido entorno a la Localidad El Parronal, tomando en consideración el acceso al área del Proyecto que es desde la calle J-60 y J-70. Los detalles del estudio se presentan en el Anexo 2-6 Medio Humano de la DIA. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 21 de 173

Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. El Proyecto no genera la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental, o bien, el aumento significativo de la concentración por sobre los límites establecidos en ellas.

Emisiones atmosféricas: La actividad que representa la mayor cantidad de emisiones corresponde a la resuspensión de material particulado sedimentario (MPS) por el tránsito de vehículos en caminos no pavimentados) durante la construcción del Proyecto. Con respecto a la fase de operación también se estima que las mayores emisiones corresponderán al MPS. En ninguno de estos se sobrepasa los límites establecidos en la normativa vigente, siendo estos cálculos todos estimados para los casos más desfavorables de cada fase. En efecto, los datos considerados para el cálculo de emisiones de todas las fases del Proyecto, fue estimado en base a los escenarios más desfavorables. Efluentes: Respecto de las aguas servidas generadas por el Proyecto, se implementará una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), que tendrá por función el tratamiento de las aguas de los servicios higiénicos, tanto para la fase de construcción como para la de operación y cierre, y cuyos detalles de construcción y operación se describen en el Anexo F PAS 138 de la Adenda. En el Anexo B Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia de la Adenda Complementaria, se detallan las medidas a aplicar en caso de derrame de aguas servidas, las que se enfocan en evitar la ocurrencia del riesgo y las acciones a tomar en caso de una emergencia. En base a lo anterior, el Proyecto no superará los valores establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes. b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Las emisiones de ruido se asocian al funcionamiento de maquinaria en las fases de construcción y cierre. En el Anexo G de la Adenda se presentan las modelaciones acústicas realizadas para las partes, obras y acciones que se contemplan en los diferentes frentes de trabajo del Proyecto.

Se identificaron seis (6) puntos vinculados a zonas habitadas, seleccionados por su cercanía con las obras del Proyecto.

Resultados de la modelación para cada fase del Proyecto:

Fase de Construcción: Se implementarán paneles acústicos para dar cumplimiento al D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente únicamente para los receptores R1, R2, R4, R5 y R6, que corresponden a los más cercanos a los distintos frentes de trabajo. Fase de Operación: se cumple en todos los receptores y en todos los escenarios con el límite de presión sonora establecido por el D.S. N°38/2011, sin la necesidad de implementar medidas adicionales de resguardo. Fase de Cierre: Se implementarán paneles acústicos para dar cumplimiento al D.S. N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente únicamente para los receptores R1, R2, R4, R5 y R6, que corresponden a los más cercanos a los distintos frentes de trabajo.

Conforme a los resultados presentados y la incorporación de las medidas de control, en ninguna fase los valores superarán el límite máximo indicado en el Decreto Supremo Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”. c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Las emisiones asociadas al Proyecto no generarán un riesgo para la salud de la población, puesto que se cumplirá con la normativa vigente.

Las emisiones y efluentes que se consideran en el Proyecto corresponden a las siguientes:

Emisiones Atmosféricas: las mayores emisiones por parte del Proyecto corresponden al Material Particulado Sedimentario (MPS) generado a partir de la resuspensión de polvo en caminos debido a la circulación de vehículos al interior Proyecto.

Emisiones Sonoras: asociadas en su mayor parte al funcionamiento de maquinara y equipos durante la fase de construcción y cierre. Tal como se muestra en el Anexo G de la Adenda, con la implementación de paneles acústicos en las zonas cercanas a los receptores R1, R2, R4, R5 y R6, los niveles de presión sonora para las etapas de construcción y cierre se cumplirá con los niveles establecidos en el D.S. N° 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente.

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Emisiones de Vibraciones: asociadas en su mayor parte al rodillo compactador y a la hincadora de perfiles. Los resultados obtenidos fueron comparados con los niveles máximos permisibles según norma FTA [1], los que cumplen en horarios diurno para las fases de construcción, operación y cierre en los puntos identificados como sensible. Los antecedentes y resultados se presentan en el Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Efluentes: No existirá exposición del suelo, agua o aire a contaminantes líquidos, por cuanto durante la construcción, se dispondrá de baños químicos y una planta de tratamiento de aguas servidas. Para asegurar la calidad del agua tratada por la planta de tratamiento de aguas servidas, se realizarán monitoreos anuales. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Residuos sólidos asimilables para domiciliaros, industriales no peligrosos y residuos peligrosos, serán almacenados en tambores o recipientes estancos con tapa ubicados dentro de bodegas, de forma que no entren en contacto con los recursos suelo, agua y aire.

Las condiciones de almacenamiento se ajustarán a las características de cada residuo, según lo presentado en el Anexo A PAS 140 y PAS 142 de la Adenda Complementaria.

Con estas consideraciones, se determina que no hay un peligro de causar efectos adversos sobre los receptores identificados en el área de influencia asociado a esta componente, que concluye en un bajo riesgo, en función a los parámetros establecidos en la Guía para la Evaluación Ambiental del Riesgo para la Salud de la Población (2023).

5.2 - Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Impacto ambiental no significativo Incremento de la concentración de Material Particulado. Incremento de los niveles de presión sonora. Parte, obra o acción que lo genera Operación de vehículos y maquinaria. Movimiento de tierra. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. El Proyecto contempla intervención de quebradas estacionales y del estero Eloísa, con la consideración que no habrá afectación, pues se han determinado las medidas a implementar para resguardar el recurso hídrico.

No se han identificado impactos que pueda generar el Proyecto sobre el componente geología, geomorfología y riesgos naturales. Se incorpora caracterización de geología, geomorfología y riesgos naturales en Anexo 2-1 de la DIA. a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. El área de influencia determinada para la caracterización del componente suelo corresponde a la superficie de obras temporales y permanentes del Proyecto que abarca 249 hectáreas.

Debido a la inutilización de 248,96 ha de suelos de alto valor agrícola, correspondiente a 153,08 ha de suelos de clase II y 68,72 ha de suelos de clase III, el Titular presenta en el Anexo D de la Adenda Complementaria el Compromiso Ambiental Voluntario de mejora de riego, que busca asegurar el potencial de riego en predios agrícolas de la comuna.

Sin perjuicio de la inutilización de los suelos, la capacidad del suelo para sustentar vida no se verá mermada producto de las obras del Proyecto, por cuanto éstas no contemplan obras ni acciones que pudiesen afectar la calidad ni las condiciones morfológicas, fisicoquímicas o biológicas del suelo.

En el Anexo B de la Adenda Complementaria se presenta el Plan de Contingencias y Emergencias del Proyecto, se establecen acciones y medidas para la minimización de situaciones de riesgo o contingencia, así como acciones y procedimientos para enfrentar situaciones de emergencias. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o Para esta componente se realizaron tres (3) campañas de terreno, una en primavera 2022, otra en invierno 2023 y una en verano 2024. Los antecedentes y resultados del área de influencia correspondientes a las campañas realizadas se presentan en el Anexo F Ecosistemas Terrestres de la Adenda Complementaria, donde se obtuvieron los siguientes resultados:

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manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

Presencia de Bosque Nativo: Se identificaron las formaciones vegetacionales clasificadas como Bosque Nativo de Vachellia caven. Se presenta en Anexo A de la Adenda Complementaria el Permiso Ambiental Sectorial Mixto 148: Permiso para la Corta de Bosque Nativo. Flora leñosa y suculentas clasificadas en los listados nacionales de especies silvestres en estado de conservación; se identificó la especie suculenta Trichocereus chiloensis (Colla) Friedrich & G.D. Rowley subsp. chiloensis. Debido a la intervención directa sobre ejemplares de esta especie se presenta en el Anexo D de la Adenda Complementaria un Plan de Manejo Biológico para evitar la afectación de las especies. Cabe destacar que la especie Trichocereus chiloensis se encuentra en ambiente de pradera, por lo que no aplica la tramitación del PAS 150. Vegetación hidrófila nativa para efectos de la Ley N° 20.283: se identificaron este tipo de unidades en la Quebrada Honda que atraviesa el área considerada por el Proyecto, por lo que de acuerdo con la naturaleza de esta será considerada como una zona de exclusión de acuerdo con lo regulado por la Ley 20.283.

Fauna terrestre:

Se establece que seis (6) especies registrada en el área de influencia de fauna presentan mayor sensibilidad, resultando pertinente la aplicación de medidas de manejo para su debida conservación.

Para evitar la afectación a especies en categoría de conservación, el Proyecto contempla la presentación PAS 146, que se encuentra en el Anexo A PAS 146 de la Adenda Complementaria y el Anexo D de la Adenda Complementaria Plan de Perturbación Controlada.

Estas especies corresponden a la siguientes:

Rhinella arunco (VU) y Pleurodema thaul (NT) son de baja movilidad y requieren del medio acuático para su reproducción.

Liolaemus lemniscatus, de baja movilidad y en categoría LC.

Liolaemus chiliensis, de baja movilidad y en categoría LC.

Spalacopus cyanus, de vagilidad (capacidad de diseminación) restringida, endémico y en categoría LC (además potencialmente corresponde a la subespecie maulinus).

Anthus sp. No es una especie amenazada sin embargo se encontró anidamiento en el ambiente de matorral.

Como medida de manejo para resguardar la supervivencia de las especies sensibles y mantener la comunidad de fauna, se implementarán las siguientes medidas:

Excluir de toda intervención la zona de reproducción y hábitat de los anfibios, que corresponde al ambiente de estero. Lo que suma también en la protección del agua y la complejidad estructural de la vegetación que sirve de hábitat para rapaces diurnas y nocturnas, como carpinteros, torcazas, patos y paseriformes.

Un rescate y relocalización de reptiles para los ambientes de viñedo y matorral abierto con pradera. Con el fin de remover individuos de lagartos y posibles culebras, las cuales no abandonarán el área a través de una perturbación controlada. Estos ejemplares deben ser reubicados en sectores libres de intervención con similares características de hábitat. Para ello se presenta en el Anexo A el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 146.

Estudio de cururos para determinar la o las colonias activas y realizar una perturbación controlada, dirigiendo los individuos hacia sectores aledaños a las obras. Para ello se presenta el Plan de Perturbación Controlada de Cururos en Anexo D de la Adenda Complementaria.

En caso de estar ocupado el nido de bailarín chico cuando inicien las obras, generar una zona de protección en torno a nido hasta que éste sea abandonado, esto quiere considera eclosión, desarrollo Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 24 de 173

del polluelo, abandono por parte de los juveniles. Esta zona provee un margen dónde no se intervendrá (ni personas, vehículos o maquinaria). Se evaluará un buffer de 30 a 50 metros, para ello se realizará una inspección antes del inicio de las obras, con el fin de no generar afectación al nido aislado que se encontró. Hongos: Se realizó trabajo en terreno para realizar la caracterización de hongos en el área del Proyecto. Se levantaron 66 estaciones de monitoreo. Como resultado de la campaña, es importante precisar que, del total de especies identificadas, ninguna corresponde a especie endémica y, ninguna posee algún estado de clasificación en la lista roja de hongos chilenos o dentro de la normativa aplicable, la mayoría de los registros tienen distribución amplia (transcontinental) a cosmopolita. Ver el Anexo G Estudio de Hongos de la Adenda Complementaria. c) La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. De acuerdo con lo justificado en los literales a) y b) del acápite 2.3.2 del capítulo 2 de la DIA, que hace referencia al análisis del Artículo 6 del Reglamento del SEIA, no se evidencia afectación de suelo, aire o agua que implique impacto significativo. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso de que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el Proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. En el área de emplazamiento del Proyecto no se presentan normas secundarias de calidad ambiental vigentes que establezcan máximos o mínimos de concentraciones permisibles de sustancias o elementos en algún componente del medioambiente. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de Se realizó una modelación de emisiones acústicas para evaluar posibles efectos de ruido en fauna. Consideró la situación más desfavorable para los receptores evaluados y sus resultados se presentan Estudio Acústico Ruido en Fauna presentado en el Anexo G Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Según los criterios definidos, los resultados obtenidos y las medidas de control a implementar, es posible establecer que el Proyecto no generará un efecto acústico de carácter negativo en los receptores de fauna, toda vez que se incorporan barreras acústicas como medidas de diseño del Proyecto.

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relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. A continuación, se presentan los antecedentes que respaldan el cumplimiento de los umbrales máximos determinados en la guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa del SEIA.

Considerando las emisiones de ruido de las distintas fases del Proyecto (construcción, operación y cierre), se realizó una modelación de ruido para cada una de las fases mencionadas anteriormente. Producto de lo anterior, se definieron medidas de control para el cumplimiento de la normativa:

Medidas generales y de carácter administrativo en Fase de Construcción Como medida general se mantendrán lo más alejado posible de las áreas de relevancia de fauna todas aquellas maquinarias que generen altos niveles de presión sonora, como, por ejemplo, herramientas de corte y perforación principalmente. Se reducirá al mínimo posible el uso simultáneo de herramientas y maquinarias ruidosas. Esto será realizado con mayor énfasis en el uso simultáneo de retroexcavadoras, motoniveladora, camiones, entre otros, lo cual son herramientas que generan altos niveles de ruido.

A partir de las medidas de control mencionadas anteriormente, en el anexo G de la Adenda se realizó un estudio acústico, donde se entrega una proyección de ruido con las medidas de control asociadas (proyección realizada bajo un escenario de peor condición) de tal forma que los niveles de inmisión de ruido, no superarán al umbral de referencia para las especies del tipo anfibios, mamíferos y reptiles según la evaluación criterio del SEIA. f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Las sustancias peligrosas por utilizar durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto no generarán exposición del suelo a contaminantes, serán manejadas de acuerdo con la normativa de almacenamiento vigente.

Los residuos se manejarán de acuerdo con lo mencionado en el Anexo A PAS 140 para la fase de construcción, operación y cierre, y el Anexo A PAS 142 de la Adenda Complementaria para las fases de construcción, operación y cierre.

En la fase de construcción se utilizarán baños químicos y una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS). En el caso de los baños químicos estos serán debidamente mantenidos por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria. En el caso de la planta de tratamiento de aguas servidas, se realizarán monitoreos periódicos de calidad del agua, con el fin de asegurar la calidad de las aguas tratadas.

Los residuos sólidos serán almacenados en contenedores cerrados, los que serán mantenidos adecuadamente, por lo cual no se prevé una exposición a residuos de los recursos naturales renovables presentes en el área del Proyecto.

Las medidas de control de derrame se detallan en el Anexo B Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria.

Por lo tanto, no se generará un impacto significativo sobre recursos naturales renovables por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos u otras sustancias. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles: Las actividades del Proyecto no consideran la explotación ni intervención de aguas fósiles subterráneas, tal como fue expuesto en el Anexo 2-1 Medio Físico de la DIA, considerando que no se identifican aguas fósiles en el área del Proyecto, como tampoco se prevén efectos sobre este recurso. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles: El Proyecto contempla la construcción de una serie de badenes para poder cruzar algunos de estos cauces, tal como se presenta en el Anexo F PAS 156 de la Adenda, las medidas de precaución se detallan en dicho anexo y en el Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas: El Proyecto no contempla la intervención de vegas y/o bofedales, por cuanto éstos no se presentan en el área de influencia del Proyecto. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales: El Proyecto no intervendrá áreas o zonas de Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 26 de 173

que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse humedales, estuarios y turberas, por cuanto éstos no se presentan en el área de influencia del Proyecto. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse: El Proyecto no intervendrá superficie o volumen de un glaciar, por cuanto éstos no se presentan en el área de influencia del Proyecto. os impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados: El Proyecto no generará impactos en el territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados, por cuanto el Proyecto no considera introducir especies exóticas de ningún tipo. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El Proyecto no generará impactos en el territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados, por cuanto el Proyecto no considera introducir especies exóticas de ningún tipo.

5.3 - Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto ambiental no significativo El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Parte, obra o acción que lo genera No Aplica. Fase en que se presenta No Aplica. Existencia de grupos humanos en el área de influencia Tanto las entidades identificadas de la localidad del Parronal como El Remolino están categorizadas como caseríos y Parcela-Hijuela. En el caso de la entidad Eloísa, corresponde a un Fundo-Estancia- Hacienda.

Estas entidades se encuentran insertas en la localidad del Parronal, cuya comunidad se encuentra organizada en la Junta de Vecinos del Parronal, la que participa de manera activa en la comunidad, en conjunto con otras organizaciones, tales como asociaciones deportivas, clubes de mujeres y asociaciones de canalistas. Reasentamiento de comunidades humanas No Aplica Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El Proyecto se implementará en un predio privado localizado en una zona rural de la comuna de Hualañé. El área de influencia del Proyecto se caracteriza por ser una zona agrícola y residencial. En ninguna de las fases del Proyecto se contempla una alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos a nivel local o comunal ubicados en el área de influencia del Proyecto, ni tampoco el uso o restricción del acceso a algún recurso natural que cuente con valor simbólico y/o productivo para la comunidad.

Antecedentes se disponen en el Anexo 2-5 Uso del Territorio y su Relación con la Planificación Territorial y Anexo 2-6 Medio Humano de la DIA.

En el sector se desarrolla de forma importante la apicultura, con presencia de productores de distintas escalas, desde producciones industriales con exportaciones al extranjero, hasta productores a escala Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 27 de 173

pequeña de comercialización local. A raíz de la información presentada en el Anexo E Censo Apícola de la Adenda Complementaria, se descarta una afectación tanto hacia los apicultores del sector, como una obstrucción o impacto a la libre circulación y desarrollo de las abejas. En dicho Anexo se analiza el tipo de vegetación presente en el previo privado donde se localizará el Proyecto, concluyéndose que ésta no se encuentra exclusivamente en dicho espacio, sino que se encuentra extensivamente en un radio de 5 km (área potencial de forrajeo). Por lo que se dispone de una amplia gama de usos de suelo propicios para el desarrollo de la apicultura. Además, en el área potencial de forrajeo existe una gran variedad de especies vegetales disponibles para las abejas, como la presencia de importantes especies melíferas, como Acacia caven, Eucaliptus globulus y Quillaja saponaria. Junto a esto, existe variedad de formaciones vegetales dentro del área potencial de forrajeo, de las cuales solo una sección menor al 4% tendría alguna relación con el Proyecto. La superficie de corta de vegetación calculada corresponde a un 3,7 % del total del Área Potencial de Forrajeo.

Por todo lo anterior, no existirá intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico en el área de influencia del Proyecto. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Se realizó un Estudio de Vialidad, presentado en el Anexo 2-7 de la DIA. Los resultados dan cuenta de que la construcción y operación del Parque Solar Fotovoltaico Chimango tendrían un efecto casi imperceptible para los usuarios, donde se obtuvo que en términos de tiempo podría haber incrementos del tiempo inferiores a 1 segundo a raíz de la incorporación del Proyecto.

En términos generales, se puede señalar que la infraestructura analizada cumple con las condiciones físicas adecuadas para absorber, en los escenarios evaluados, el aumento propio de la demanda vehicular, como el de los flujos del Proyecto.

Por lo anterior, el Proyecto no generará obstrucción para la circulación ni conectividad, y no aumentará tiempos de desplazamiento ni de transeúntes ni vehiculares. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Gran parte de los servicios, equipamientos e infraestructura se emplazan en la zona urbana de Hualañé o en los centros urbanos de las localidades de la comuna, por lo que el Proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos y servicios.

Dada la proximidad con los centros urbanos de Hualañé y Curicó, no se contempla la construcción de un campamento para el desarrollo de la fase de construcción. Por lo anterior, el Proyecto no generará un exceso de personas que impidan o alteren algún acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de los grupos humanos del área de influencia contemplada. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Las actividades y obras se realizarán solo al interior del área del Proyecto durante todas sus fases, donde no se han identificado la práctica de tradiciones culturales o intereses comunitarios. Si bien en el Anexo 2-6 de la DIA se da cuenta de la presencia de la Asociación Indígena Ñuke Mapu, la cual se ubica en la zona urbana de la comuna de Hualañé, específicamente en el poblado de Hualañé y La Huerta, pero también realizan actividades en el Cerro Chiripilco y la ribera del río Mataquito. Este cerro se encuentra a más de 4 km del área del Proyecto, mientras que Hualañé se ubica aproximadamente a 11 km y La Huerta a 5,5 km del área del Proyecto.

En el área de influencia no se identificaron organizaciones funcionales o territoriales que realicen actividades al interior del área del Proyecto, o que, en el caso de la Junta de Vecinos del Parronal, realicen actividades que se puedan ver interrumpidas.

Por lo anterior, el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Considerando que el predio donde se implementará el Proyecto corresponde a un predio privado, sin libre acceso a terceros, por lo que se descarta la realización de actividades por parte de la Asociación Ñuke Mapu al interior del predio del Proyecto.

Por lo anterior, el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de la asociación.

5.4 - Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 28 de 173

Impacto ambiental El Proyecto no es próximo ni genera impactos ambientales a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados. Parte, obra o acción que lo genera No Aplica Fase en que se presenta No Aplica Existencia de poblaciones protegidas En el área de influencia del Proyecto no existen poblaciones protegidas, entendiendo por éstas, a los “pueblos indígenas, independiente de su forma de organización” (artículo 8, D.S. N° 40/2013). En la comuna de Hualañé no se encuentran comunidades indígenas inscritas en el registro de CONADI, solo existiendo, la Asociación Indígena Ñuke Mapu, la cual se encuentra ubicada en el sector urbano del poblado de Hualañé y La Huerta, alejada del área de influencia del Proyecto. Antecedentes se disponen en el Anexo 2-6 Medio Humano de la DIA. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental El Proyecto no se localiza próximo a poblaciones, recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares, y no hay territorios con valor ambiental cercanos.

El área de protección oficial más cercana es el Sitio de Estrategia Regional Huaquén, que se encuentra a 0,6 km de distancia del área del Proyecto, sin embargo, las obras del Proyecto se encuentran fuera de la delimitación del sitio. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no posee localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. En el área de influencia del Proyecto no existen poblaciones protegidas, entendiendo por éstas, a los “pueblos indígenas, independiente de su forma de organización” (artículo 8, D.S. N° 40/2013). En la comuna de Hualañé no se encuentran comunidades indígenas inscritas en el registro de CONADI, solo existiendo la Asociación Indígena Ñuke Mapu, la cual se encuentra ubicada en el sector urbano del poblado de Hualañé y La Huerta, alejada del área de influencia del Proyecto. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. El Proyecto no se localiza próximo a poblaciones, recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares, y no hay territorios con valor ambiental cercanos. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Capítulo 2 de la DIA Antecedentes necesarios para determinar que el Proyecto no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

5.5 - Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Impacto ambiental no significativo El Proyecto no genera impactos ambientales en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de una zona. Parte, obra o acción que lo genera No Aplica Fase en que se presenta No Aplica Existencia de valor turístico La ubicación del Proyecto no cuenta con singularidades, atractivos paisajísticos y/o turísticos de acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo J Fotomontaje de la Adenda Existencia de valor paisajístico La ubicación del Proyecto no cuenta con singularidades, atractivos paisajísticos y/o turísticos de acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo J Fotomontaje de la Adenda Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 29 de 173

De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. De acuerdo con el Anexo 2-4 Estudio de Paisaje y Recursos Escénicos de la DIA y Anexo J Fotomontaje de la Adenda, el área de estudio no posee un valor paisajístico particular dentro de su entorno, ya que no cuenta con singularidades, atractivos paisajísticos y/o turísticos. La valoración del Paisaje entregó un valor medio por la presencia de elementos típicos de sectores rurales dando atributos biofísicos altos. El resto de los atributos analizados presentó una valoración baja a media.

Se presenta además Anexo J Fotomontaje de la Adenda, donde se realizó una simulación de la situación con Proyecto para establecer la visibilidad de las partes y obras del Proyecto en relación con su entorno.

Al respecto, las obras del Proyecto serán perceptibles de menor medida desde la ruta J-60, debido a que la ruta se encuentra en su mayoría a menor altura que la superficie del terreno, solamente siendo posible visualizarlo en zonas de menor altura topográfica y entre construcciones presentes al costado de dicha ruta. Por otro lado, en la ruta J-70i es posible apreciar el Proyecto en toda su extensión debido a la vista despejada hacia este. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. De acuerdo con el Anexo 2-4 Estudio de Paisaje y Recursos Escénicos de la DIA y Anexo J Fotomontaje de la Adenda, el área de estudio no posee un valor paisajístico particular dentro de su entorno, ya que no cuenta con singularidades, atractivos paisajísticos y/o turísticos. La valoración del Paisaje entregó un valor medio por la presencia de elementos típicos de sectores rurales dando atributos biofísicos altos. El resto de los atributos analizados presentó una valoración baja a media. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo J Fotomontaje de la Adenda y Anexo 2-4 Paisaje y Recursos Escénicos de la DIA.

5.6 - Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Impacto ambiental no significativo El Proyecto no genera alteración de sitios arqueológicos y elementos pertenecientes al patrimonio cultural arqueológico. Parte, obra o acción que lo genera Instalación de obras Fase en que se presenta Construcción Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. El Proyecto no alterara monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, ni en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, de acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo I Arqueología de la Adenda. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. En el área del Proyecto no se identificaron sitios con valor arqueológico, sin embargo, en el área de influencia del Proyecto, fue posible identificar dos (2) antecedentes de sitios arqueológicos, el primero, identificado como posibles piedras tacitas en el “Cerro Chiripilco”, localizado a 4,7 kilómetros aproximados del Proyecto; y el segundo, identificado como “Palquibudi”, y que se encuentra localizado a 11,4 Kilómetros aproximadamente.

No identifica la presencia de Monumentos Nacionales provistos de una declaratoria en un radio de 15 kilómetros alrededor del área de influencia del Proyecto. Si bien se realizó una inspección que abarco el 100% del área de influencia del Proyecto, no fue posible detectar, materiales patrimoniales, culturales, arqueológicos y o de valor históricos que se encuentren afectos a protección por parte la Ley N°17.288, 19.300 y 19.253.

Por otro lado, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico durante cualquier tipo de intervención, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño en Monumento Nacional establecido en el artículo 38° de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos 26° y 27° del mismo Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 30 de 173

cuerpo legal y el artículo 23° del Decreto Supremo N°484 de 1990, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas (DS N° 484 de 1990), paralizar toda actividad en el sector del hallazgo e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. No fue posible detectar materiales patrimoniales, culturales, arqueológicos y/o de valor histórico que se encuentren afectos a protección por parte de la Ley N° 17.288, 19.300 y 19.253.

En el Anexo I de la Adenda se presentan los resultados de la campaña en terreno. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. Debido a las características del Proyecto y su ubicación, éste no dificultará ni impedirá el ejercicio o la manifestación habitual propia de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, por cuanto no se presentan este tipo de manifestaciones en el área del Proyecto. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo I Arqueología de la Adenda.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

El permiso ambiental sectorial de contenido únicamente ambiental aplicable al proyecto es el siguiente:

6.1.1.- PAS 119.- PERMISO REALIZAR PESCA DE INVESTIGACIÓN, DEL ARTÍCULO 119 DEL RSEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Obras de intervención de cursos de aguas: Badén Nº1 (Cruce Cauce Quebrada Honda) Badén Nº2 (Cruce Estero Eloísa), Badén Nº3 (Quebrada s/n en el sector Noreste del Proyecto). y Badén Nº4 (Quebrada s/n en el sector Noreste del Proyecto) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en Preservar los recursos hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de investigación. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo A PAS 119 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda Complementaria de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (D.AC.) ORD. SEIA. N° 298 de fecha 21 de junio del 2024

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 31 de 173

Los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables al proyecto son los siguientes:

PAS 138.- Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del Artículo 138 del RSEIA (DS N°40). Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo F PAS 138 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda Complementaria de la SEREMI de Salud Región del Maule N° 539 de fecha 18 de junio del 2024

PAS 140.- Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y sectores de acopio temporal de residuos sólidos asimilables a domiciliarios Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo A PAS 140 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda Complementaria de la SEREMI de Salud Región del Maule N° 539 de fecha 18 de junio del 2024

PAS 142.- Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del Artículo 142 del RSEIA (DS N°40). Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo A PAS 142 de la Adenda Complementaria Pronunciamiento del órgano competente Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda Complementaria de la SEREMI de Salud Región del Maule N° 539 de fecha 18 de junio del 2024

PAS 146.- Permiso para realizar actividades de caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas, del Artículo 146 del RSEIA (DS N°40). Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todo el Proyecto Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el proyecto de caza o captura sea adecuado para la especie y necesario para los fines indicados. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 32 de 173

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo A PAS 146 de la Adenda Complementaria Pronunciamiento del órgano competente Oficio pronunciamiento sobre Adenda Complementaria del Servicio Agrícola y Ganadero Región del Maule N° 759 de fecha 19 de junio del 2024

  • Permiso para la corta de bosque nativo, del Artículo 148 del RSEIA (DS N°40). Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Área del Proyecto (Fundo Eloísa), sector 1 “entrada del Proyecto”, sector 2 “bifurcación”, sector 3 “estero Eloísa” y sector 4“quebrada estacional” Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en reforestar o regenerar una superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada, con especies del mismo tipo forestal. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo A PAS 148 de la Adenda Complementaria Pronunciamiento del órgano competente Oficio pronunciamiento sobre Adenda Complementaria de la Corporación Nacional Forestal Región del Maule N°50-EA/2024 de fecha 21 de junio del 2024

6.2.6.- PAS 156.- Permiso para efectuar modificaciones de cauces, del Artículo 156 del RSEIA (DS N°40). Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Obras de intervención de cursos de aguas: Badén Nº1 (Cruce Cauce Quebrada Honda) Badén Nº2 (Cruce Estero Eloísa), Badén Nº3 (Quebrada s/n en el sector Noreste del Proyecto). y Badén Nº4 (Quebrada s/n en el sector Noreste del Proyecto) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo F PAS 156 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda de la Dirección General de Aguas Región del Maule N° 1250 de fecha 11 de diciembre del 2023

PAS 160.- Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del Artículo 160 del RSEIA (DS N°40). Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todo el Proyecto Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo A PAS 160 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo Región del Maule de fecha 15 de diciembre del 2023

Oficio pronunciamiento sobre Adenda Complementaria del Servicio Agrícola y Ganadero Región del Maule N° 759 de fecha 19 de junio del 2024

Oficio Pronunciamiento sobre Adenda Complementaria de la SEREMI de Agricultura Región del Maule N°205 de fecha 25 de junio del 2024

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7°.- Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1.- Normativa de carácter general

  • Decreto Supremo N°100 de 2005 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, “Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile.” Componente o materia Medio Ambiente Norma Decreto Supremo N°100 de 2005 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, “Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile.” Otros cuerpos legales Legislación Nacional Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica A todo el Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular respeta la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 número 8, que establece el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, mediante el cumplimiento de la legislación ambiental vigente que exige el ingreso del Proyecto al SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental (RCA), procediendo el Titular a lo que ésta dispone, y permitiendo la fiscalización del Proyecto por parte de la SMA, de forma tal que el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación no se vea afectado. Forma de control y seguimiento De acuerdo con el control y seguimiento de las normativas específicas que se indican en el Capítulo 3 Plan de cumplimiento Normativa Ambiental Aplicable.

Ley N°19.300/1994 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que “Aprueba Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente” Componente o materia Medio Ambiente Norma Ley N°19.300/1994 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que “Aprueba Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente”. Otros cuerpos legales Ley N° 20.417/2010 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que “Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente”. Decreto Supremo N° 40/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que “Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, entre otros cuerpos legales relacionados con temas medioambientales, producción responsable, manejo de residuos y el cambio climático. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica A todo el Proyecto Forma de cumplimiento El Proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) como Declaración de Impacto Ambiental (DIA), elaborada conforme a lo establecido en el Artículo 19 y siguientes del Reglamento del SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental (RCA), procediendo el Titular a lo que ésta dispone, y permitiendo la fiscalización del Proyecto por parte de la SMA, de forma tal que el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación no se vea afectado. Forma de control y seguimiento Informes, registros, contratos u otros medios de prueba que acrediten el cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

Decreto Supremo N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, que “Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, Artículo 19 y siguientes Componente o materia Medio Ambiente Norma Decreto Supremo N° 40/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que “Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, Artículo 19 y siguientes. Otros cuerpos legales Ley N° 19.300/1994 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que “Aprueba Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente” Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 34 de 173

Ley N° 20.417/2010 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que “Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica A todo el Proyecto Forma de cumplimiento El Proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) como Declaración de Impacto Ambiental (DIA), elaborada conforme a lo establecido en el Artículo 19 y siguientes del Reglamento del SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental (RCA), procediendo el Titular a lo que ésta dispone, y permitiendo la fiscalización del Proyecto por parte de la SMA, de forma tal que el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación no se vea afectado. Forma de control y seguimiento Informes, registros, contratos u otros medios de prueba que acrediten el cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

Decreto N°430/1992 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.892, de 1989 y sus Modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura, Artículo 136 Componente o materia Medio Ambiente Norma Decreto N°430/1992 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.892, de 1989 y sus Modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura. Otros cuerpos legales Legislación Nacional Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Un (1) badén en el Estero Eloísa, un (1) badén en Quebrada Honda y dos (2) badenes en Quebradas s/n. Forma de cumplimiento Los cruces estarán en funcionamiento durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. No se permitirá bajo ningún concepto mantenimiento alguno de la maquinaria empleada en la zona de trabajos, ésta se realizará en los sectores que posea el área de instalación de faenas para aquello. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con registros que aseguren el cumplimiento de las medidas adoptadas, los cuales incluyen: registro de capacitaciones al personal respecto de importancia del recurso hídrico y los contaminantes y registro de programación de retiros de residuos. Forma de control y seguimiento El Proyecto considera mantener observación periódica de las obras de cruce, y en particular, la revisión exhaustiva de las mismas después de ocurrido un evento sísmico y/o pluviométrico de importancia. Lo anterior tendrá como objetivo verificar que las condiciones de uso asociadas a la obra no hayan sido afectadas, en caso contrario, serán reparadas.

Sin perjuicio de lo anterior, en el caso que pudiese existir algún tipo de afectación en la calidad de las aguas, se llevará a cabo un registro de calidad del agua una vez al año durante la temporada de lluvias tomando una primera medición antes de la construcción del badén para ser usado como situación base, y luego durante los primeros tres (3) años de funcionamiento de los badenes, con tal de constatar la no afectación de la calidad del agua por la construcción de estas obras. Los puntos de medición serán 100 m aguas arriba del badén y 100 m aguas abajo de este mismo, en todas las cuatro (4) quebradas. Los parámetros por medir, para verificar el estado de las aguas serán:

Oxígeno disuelto pH Conductividad Sólidos totales suspendidos Aceites y grasas

7.2.- Normativa de carácter específica

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 35 de 173

A continuación, se presentan aquellos cuerpos normativos que establecen normas ambientales de carácter específico, según cada componente ambiental, que se relacionan con las obras y actividades descritas en esta Declaración.

7.2.1.- Emisiones Atmósfericas

Decreto Supremo N°144/1961 del Ministerio de Salud, que “Establece norma para evitar Emanaciones o Contaminaciones de cualquier naturaleza” Componente o materia Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N°144/1961 del Ministerio de Salud, que “Establece norma para evitar Emanaciones o Contaminaciones de cualquier naturaleza”. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Las emisiones a la atmósfera asociadas a la fase de construcción del Proyecto corresponden al polvo en suspensión proveniente del tránsito vehicular del personal, los insumos y de la maquinaria a utilizar, además del material particulado asociado a la combustión de grupo electrógeno, y los equipos y maquinarias.

Para la fase de operación se consideran emisiones producto de la resuspensión por tránsito en caminos pavimentados y combustión interna de camiones y camionetas del Proyecto. Si bien, las características de las emisiones atmosféricas de la fase de cierre son de menor envergadura que las de la fase de construcción del Proyecto, se indica que se homologarán las emisiones de la fase de cierre a las de la fase de construcción para considerar el peor escenario posible.

El Proyecto contempla actividades tales como excavaciones, movimientos de tierra, tránsito de vehículos motorizados livianos y pesados por caminos pavimentados y no pavimentados. Forma de cumplimiento Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto se adoptarán las medidas necesarias para evitar y/o reducir las emisiones de gases y material particulado.

Se aplicará supresor de polvo en caminos no pavimentados internos. Se exigirá a los contratistas que sus vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día y que cumplan con la norma Euro III u otro de mayor tecnología, así como también que el transporte de materiales se realice de acuerdo a lo que establece el Reglamento, en Decreto Supremo N° 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Las maquinarias utilizadas contarán con la última tecnología, de manera de minimizar las emisiones a la atmósfera. Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. Los camiones con carga de material de las excavaciones sólo circularán con la tolva cubierta con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá copia de Revisión técnica al día en Registro de Revisión Técnica. Se mantendrá registro de aplicación de supresor de polvo (fecha, aplicación y mantenimiento, proveedor y contrato del servicio, camino al que fue aplicado, encargado de inspección y comentarios). Informe aplicación supresor. Informe visita mantenimiento proveedor. Se mantendrá carpeta de registros mensuales de mantención de maquinaria y equipos. Se mantendrá carpeta con registro fotográfico que acredite las medidas de control propuestas. Forma de control y seguimiento Se realizará chequeo de mantenciones de maquinarias y equipos. (fecha, individualización de encargado, comentarios respecto de revisión de documentos, copias). Se realizará inspección visual de todas las medidas señaladas. (La inspección visual se realizará cada vez que se aplique un supresor de polvo y que se realice un transporte de materiales, inspeccionándose que se evite la suspensión de polvo en los caminos y que la carga se encuentre correctamente dispuesta en cada vehículo de transporte, se llevarán registros de ambas inspecciones). Se solicitará el comprobante de revisión técnica al día de camiones y vehículos y se realizará una inspección de dichos documentos. (individualización del encargado de inspección de la documentación y del registro, y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica). Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 36 de 173

Comprobante de envío de informe aplicación supresor a SMA, en máximo 2 semanas desde el inicio de la fase de construcción. Copia de Informe Proveedor. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

Decreto N°1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma Decreto N°1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica El Proyecto generará emisiones de polvo y gases durante su ejecución. S, se trata de un Proyecto sujeto a la obtención de una RCA favorable, por lo que deberá declarar sus emisiones. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumplirá con la obligación de declarar sus emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes normados a través del Sistema de Ventanilla Única habilitado para tal efecto. Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de las emisiones de los equipos de grupo electrógeno a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) en su página web www.retc.cl Forma de control y seguimiento Comprobante de la Declaración disponible en las Oficinas del Proyecto, en caso de ser solicitado por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

Decreto Supremo N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”. Componente/materia Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”. Otros cuerpos legales Norma Chilena 2979 de 2006 de “Sustancias peligrosas – Segregación y embalaje/envase en el transporte rodoviario”. Norma Chilena 2190 de 2019 de “Transporte terrestre de mercancías peligrosas - distintivos para identificación de peligros”. Decreto Supremo N° 298/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Transporte de cargas peligrosas por calles y caminos”. Decreto Supremo N° 294/1984 del Ministerio de Obras Públicas, que “Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del Decreto con Fuerza de Ley N° 206, de 1960, del mismo Ministerio”, modificado por la Ley N° 19.474 de 1996. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Para la Fase de Construcción, Operación y Cierre, la actividad contempla flujo de vehículos regulados por la presente norma, los cuales corresponden al traslado de los insumos, realizados por empresas externas. En Fase de Operación, se contemplan principalmente camionetas para el traslado del personal. Forma de cumplimiento Se exigirá a los contratistas de los servicios de transporte de material el cumplimiento de la norma enunciada, y en especial, que los residuos no caigan al suelo durante el transporte. Los camiones con carga de material de las excavaciones sólo circularán con la tolva cubierta con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de inspección de carga y de cubierta de los camiones, en el cual se indicará hora, fecha, encargado y patente del camión que fue inspeccionado, el que se mantendrá en las oficinas del Proyecto. Se establecerá mediante contrato que todo el transporte de materiales para la construcción debe realizarse en camiones encarpados. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 37 de 173

Se mantendrá copia del comprobante de autorización sanitaria de la empresa contratista para el retiro y disposición de los residuos sólidos (industriales peligrosos e industriales no peligrosos). Forma de control y seguimiento Mantención de contrato vigente con empresas autorizadas para el retiro y disposición de los distintos tipos de residuos (industriales peligrosos e industriales no peligrosos) generados al interior de las faenas. Las copias de las boletas/facturas se mantendrán en las oficinas permanentemente para la revisión por la autoridad. Se realizarán inspecciones visuales a la cubierta y carga de los camiones, por cada camión que transporte de materiales e ingrese a faena y se generará un registro mensual de estas inspecciones. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

4.- Decreto Supremo N°211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos” Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera Norma Decreto Supremo N° 211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica El Proyecto contempla la utilización de camiones y maquinarias, los cuales emitirán gases a la atmósfera producto de la combustión de sus motores. Forma de cumplimiento Las emisiones de gases de los vehículos motorizados livianos ya sean propios, de contratistas, subcontratistas o de proveedores, deberán cumplir los requerimientos establecidos en este Decreto, por lo que se exigirá la respectiva revisión técnica e información de mantenciones para poder contratar con el Titular. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de la revisión técnica al día de vehículos. (individualización del encargado de registro y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica). Se mantendrá registro de mantención de maquinarias, equipos, camiones y/o vehículos. (fecha, individualización de encargado, comentarios respecto de revisión de documentos, copias). Forma de control y seguimiento Realización de control de revisión técnica al día de camiones y vehículos, se solicitarán los documentos correspondientes y se generarán los registros indicados. Se realizará chequeo de mantenciones de maquinarias, equipos, camiones y/o vehículos, generándose el registro correspondiente de manera mensual. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

Decreto Supremo N°55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica” Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera Norma Decreto Supremo N° 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica”. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica El Proyecto contempla la utilización de camiones y maquinarias, los cuales emitirán gases a la atmósfera producto de la combustión de sus motores. Forma de cumplimiento El Proyecto contempla la circulación de vehículos pesados. Las emisiones de gases de los vehículos motorizados que sean utilizados en el Proyecto ya sean propios, de contratistas, subcontratistas o de proveedores, deberán cumplir con lo establecido en este Decreto, por lo que se exigirá la respectiva revisión técnica e información de mantenciones para poder contratar con el Titular. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro diario de los camiones que ingresan y salen a las faenas. Se mantendrá registro de la revisión técnica al día de vehículos. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 38 de 173

Se mantendrá registro de mantención de maquinarias, equipos, camiones y/o vehículos. Copia de los documentos que acrediten el permiso de circulación. Forma de control y seguimiento Se realizará control diario de los camiones que ingresan y salen a las faenas, generándose un registro semanal (nombre conductor, patente, etc.). Se solicitarán los documentos que acrediten la revisión técnica al día de los vehículos, generándose un registro mensual que contenga la individualización del encargado de registro y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica. Se solicitarán los documentos y antecedentes que acrediten la mantención de maquinarias, equipos y vehículos y se generará un registro mensual con fecha, individualización de encargado, comentarios respecto de revisión de documentos, copias. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

Decreto Supremo N°54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica” Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera Norma Decreto Supremo N° 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica”. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados”. Decreto Supremo N° 279/1983 del Ministerio de Salud, que establece el “Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica El Proyecto contempla la utilización de camiones y maquinarias, los cuales emitirán gases a la atmósfera producto de la combustión de sus motores. Forma de cumplimiento Durante todas las fases del Proyecto se contempla la circulación de vehículos medianos, principalmente camionetas, por lo que el Titular exigirá que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de estos vehículos, ya sean propios, de contratistas, subcontratistas o de proveedores, sean las establecidas en este Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro diario de los vehículos que ingresan y salen a las faenas. Se mantendrá registro de la revisión técnica al día de vehículos. Se mantendrá registro de mantención de maquinarias, equipos, camiones y/o vehículos. Copia de los documentos que acrediten el permiso de circulación. Forma de control y seguimiento Se realizará control diario de los vehículos que ingresan y salen a las faenas, generándose un registro semanal (nombre conductor, patente, etc.). Se solicitarán los documentos que acrediten la revisión técnica al día de los vehículos, generándose un registro mensual que contenga la individualización del encargado de registro y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica. Se solicitarán los documentos y antecedentes que acrediten la mantención de maquinarias, equipos y vehículos y se generará un registro mensual con fecha, individualización de encargado, comentarios respecto de revisión de documentos, copias. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

Decreto Supremo N°4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control” Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera Norma Decreto Supremo N° 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados”. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos Decreto Supremo N° 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica”. Decreto Supremo N° 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica”. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 39 de 173

Decreto Supremo N° 279/1983 del Ministerio de Salud, que establece el “Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica El Proyecto contempla la utilización de camiones y maquinarias, los cuales emitirán gases a la atmósfera producto de la combustión de sus motores. Forma de cumplimiento Se cumplirá con los niveles máximos permitidos por la norma asociados al ennegrecimiento y opacidad para los vehículos diésel que transiten con ocasión de la ejecución del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro diario de los camiones y/o vehículos que ingresan y salen a las faenas. Se mantendrá registro de la revisión técnica al día de vehículos. Se mantendrá registro de mantención de maquinarias, equipos, camiones y/o vehículos. Copia de los documentos que acrediten el permiso de circulación. Forma de control y seguimiento Se realizará control diario de los camiones y/o vehículos que ingresan y salen a las faenas, generándose un registro semanal (nombre conductor, patente, etc.). Se solicitarán los documentos que acrediten la revisión técnica al día de los vehículos, generándose un registro mensual que contenga la individualización del encargado de registro y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica. Se solicitarán los documentos y antecedentes que acrediten la mantención de maquinarias, equipos y vehículos y se generará un registro mensual con fecha, individualización de encargado, comentarios respecto de revisión de documentos, copias. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

7.2.1.8.- Ley N°21.455/2022 del Ministerio de Medio Ambiente, Ley Marco de Cambio Climático Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera Norma Ley N°21.455 de 2022 del Ministerio de Medio Ambiente, Ley Marco de Cambio Climático Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Emisiones de gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta que se generen. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumplirá con la obligación de reportar anualmente sus emisiones a través del Sistema de Ventanilla Única habilitado para tal efecto, una vez dictado el reglamento y demás instrumentos y normas que establezcan las obligaciones de esta Ley. En el Anexo 1-6 Determinación de Riesgos Climáticos y en el Capítulo 2 de esta Declaración de Impacto Ambiental, se han analizado los impactos ambientales y riesgos asociados a los efectos adversos del cambio climático, según lo indicado en la “Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA” del Servicio de Evaluación Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de las emisiones a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) en su página web www.retc.cl Forma de control y seguimiento Comprobante de la Declaración, se mantendrá en oficinas administrativas en dependencias del Proyecto a disposición de la autoridad, formato físico o digital.

7.2.2.- Ruido

Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo N°146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.” Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera Norma Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo N°146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.” Otros cuerpos legales No aplica. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 40 de 173

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Durante la construcción y cierre del Proyecto se generará emisiones de ruido y vibraciones vinculadas, principalmente, a la utilización de maquinaria y movimientos de tierra. Forma de cumplimiento En cuanto a los resultados obtenidos para las modelaciones de ruido y vibraciones, en cada escenario, actualizados en el Anexo G de la Adenda, fueron comparados con los niveles máximos permisibles según el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente, de acuerdo con la zona de cada receptor, los que cumplen para fases de construcción, operación y cierre, a través de la utilización de barreras acústicas para los receptores más cercanos al área del Proyecto. Se tomarán las siguientes medidas de control de ruido, a fin de minimizar al máximo los niveles de ruido: Instalación de Barreras Acústicas para determinados escenarios de la fase de construcción, según lo descrito en Anexo G de la Adenda. Sólo se utilizarán camiones y maquinaria con revisión técnica al día. Se realizarán mantenciones periódicas de las maquinarias y equipos utilizados en las faenas. Indicador que acredita su cumplimiento Implementación y cumplimiento de Protocolo de Instalación de Barrera Acústica, presentado en el Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda, en el cual se establecen las características de la instalación de barrera acústica. Se mantendrá registro de la inspección visual y técnica de las barreras acústicas en los receptores cercanos al Proyecto durante la fase de construcción. Se mantendrá registro de la revisión técnica al día de vehículos. Se mantendrá registro de mantención de maquinarias, equipos, camiones y/o vehículos. Se mantendrá registro de las capacitaciones realizadas y de la asistencia de los trabajadores a las capacitaciones. (Fecha, nombre encargado capacitación, nombre trabajador asistente). Mediciones mensuales de ruido, frente a todos los receptores identificados, en horario diurno. Forma de control y seguimiento Seguimiento de la implementación a cabalidad el Protocolo de Instalación de Barrera Acústica, en el cual se indica que se llevará un registro con fotografías fechadas y georreferenciadas desde el punto de captura en que se aprecien las barreras acústicas y se mantendrá una copia del informe de monitoreo de ruido. Se realizará Inspección visual de la implementación de la Barrera Acústica en los receptores más cercanos a el área del Proyecto, durante la fase de construcción, que se cumpla con los parámetros comprometidos y se llevará un registro único con los resultados y comentarios de la inspección. Dicho registro contendrá fecha, individualización del profesional o técnico encargado y check list de cumplimiento. Se solicitarán los documentos que acrediten la revisión técnica al día y se generará un registro mensual con la individualización del encargado de registro y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica. Se realizará chequeo de los antecedentes que acrediten las mantenciones de maquinarias y equipos, y se generará un registro mensual con fecha, individualización de encargado, comentarios respecto de revisión de documentos, copias. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

7.2.3.- Recursos Hídricos

7.2.3.1.- Código de Aguas Componente/materia: Recursos Hídricos Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 1122/1981, del Ministerio de Justicia, que “Fija Texto del Código de Aguas”. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Obras de cruce de cauce. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 41 de 173

Forma de cumplimiento Las obras o acciones que se ejecuten dado el desarrollo del Proyecto que contemplen la intervención de cauces que regula el Código de Aguas, serán diseñadas y realizadas previa aprobación del Proyecto de especialidad correspondiente que lo autorice. Se requiere la construcción de cuatro badenes sobre quebradas que atraviesan el área de instalación de faenas y el sector de los paneles fotovoltaicos. Las obras tienen como fin conectar los sectores dentro del área del Proyecto, durante temporadas en que las quebradas se activen, mediante un camino vehicular. Debido a lo anterior, en el Anexo F PAS 156 de la Adenda se presentaron los antecedentes técnicos y formales para obtener el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 156 del RSEIA, esto es, el Permiso para efectuar modificaciones de cauce. Indicador que acredita su cumplimiento Tramitación y obtención del PAS 156. Forma de control y seguimiento Copia de la resolución sectorial que autoriza el Proyecto de especialidad correspondiente al PAS del Art. 156 del RSEIA.

7.2.4.- Residuos sólidos, líquidos y peligrosos

Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud, que “Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.” Componente/materia: Residuos Norma Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud, que “Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.” En sus artículos 16º, 17º, 18º, 19º, 20º, 24°, 26º y 42º. Otros cuerpos legales D.S. N°1.164/1974, del Ministerio de Obras Públicas, Oficializa la Norma Chilena N°389 of.74, del INN “Sustancias Peligrosas-almacenamiento de sólidos, líquidos y gases inflamables-Medidas generales de seguridad”. Decreto Supremo N°40/1969 del Ministerio de Salud, que “Aprueba Reglamento sobre prevención de riesgos profesionales” Ley N°16.744/1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que “Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”. Decreto Supremo N°655/1941 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social que “Aprueba el Reglamento sobre Higiene y Seguridad Industrial.” D.S. N°594, modificado por D.S. N°556, 201,57,97 y 4 “Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” Del 29 de abril de 2000, 28 de julio 2000, 05 de julio de 2001, 07 de noviembre de 2003, 07 de enero de 2011 y 22 de febrero de 2011, respectivamente del Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica El Proyecto contempla la generación de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, sólidos inertes y peligrosos. Forma de cumplimiento Los residuos sólidos domiciliarios o asimilables serán almacenados inicialmente en contenedores cerrados de 120 litros de capacidad, para posteriormente ser dispuestos temporalmente en el contenedor secundario principal de 660 litros, el cual será hermético, fácilmente transportable y manejable. Estos contenedores se mantendrán en el área delimitada para ellos al interior de la instalación de faena. serán retirados y trasladados por un Servicio de Recolección desde la faena hasta el sitio de disposición final autorizado, 2 a 3 veces por semana.

Los residuos sólidos industriales serán almacenados temporalmente en su bodega correspondiente, dentro del área de instalaciones de faenas con cerco perimetral y suelo natural compactado, los cuales serán retirados llevados a un sitio de disposición final autorizado mensualmente, por medio de transportistas que cuenten con autorización sanitaria vigente para dicha labor, autorizados por la SEREMI de Salud de la Región del Maule. Al respecto, sabe destacar que, como política del Proyecto, se privilegiará la reutilización y reciclaje de estos.

En el Anexo A de la Adenda Complementaria se presentan los antecedentes actualizados para tramitar el PAS 140.

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Se generarán residuos industriales peligrosos tales como equipos de protección personal contaminados con aceites; guaipes y paños con aceites; grasa usada; envases de lubricantes; arena contaminada con lubricante en caso de derrame; tarros de pintura; entre otros.

Estos residuos serán almacenados en contenedores con tapa y rotulados según la clasificación y el tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 03, dentro de la bodega de acopio temporal de residuos sólidos peligrosos, manejándose éstos de acuerdo con lo que indica el D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud.

La bodega de residuos industriales peligrosos contará con una base continua, impermeable, lisa, no porosa, lavable, resistente estructural y químicamente a los residuos e incombustible; con pendiente no inferior al 0,5%. En el Anexo A de la Adenda Complementaria, se presentan los antecedentes actualizados para tramitar el PAS 142. El Proyecto tendrá en construcción un Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas, conformado por una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas y drenes de infiltración, necesarios para el saneamiento de las aguas provenientes de los servicios higiénicos a instalar. Los sólidos generados serán retirados periódicamente por una empresa especializada en el rubro, la cual estará debidamente autorizada para realizar estas labores por la Autoridad Sanitaria. Los detalles respecto a su funcionamiento se presentan en el Anexo F PAS 138 de la Adenda.

En cuanto al cumplimiento de los artículos 16, 17, 18, 24, 26 y 42 específicamente, se señala:

El Proyecto no contempla la incorporación de sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, o explosivas con carácter peligroso a la red pública de desagües. El Proyecto no contempla la incorporación a las napas de agua subterránea de los subsuelos o canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general, de relaves industriales o mineros o aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza, ya que las aguas para la limpieza de barreras no contendrán productos tóxicos. El almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos contará con autorización sanitaria. En las faenas temporales se contará con baños químicos portátiles en la cantidad establecida en el artículo 24 del presente decreto. Una empresa externa autorizada se encargará de la mantención y retiro periódico de las aguas servidas generadas en los baños químicos, para su tratamiento fuera de las instalaciones del Proyecto. Las aguas servidas generadas por estos serán dispuestas en lugares autorizados y estarán bajo la responsabilidad de la empresa contratista encargada de la limpieza de los baños químicos, sin perjuicio de lo anterior, el titular exigirá a dicha empresa las autorizaciones correspondientes. El almacenamiento de sustancias peligrosas será dispuesto según lo establecido en el Decreto Supremo N°43 de 2015 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá en obra un registro del retiro de este tipo de residuos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda. Se mantendrá copia comprobante autorización sanitaria de la empresa contratista para el retiro y disposición de los residuos sólidos. Solicitud Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 140 del RSEIA. Forma de control y seguimiento Se realizará Inspección visual y/o registro fotográfico implementación sitio de acopio temporal residuos sólidos domiciliarios y residuos sólidos industriales inertes, generándose un registro con fecha, encargado y observaciones de estas inspecciones. Se llevará un registro por cada retiro que se realice de los distintos tipos de residuos, el cual contendrá Fecha, encargado, proveedor, boleta, factura o documento que acredite. Mantención de contrato vigente con empresas autorizadas para el retiro y disposición de los distintos tipos de residuos generados al interior de las faenas, el cual o los cuales se mantendrán en las oficinas del Proyecto para su revisión o fiscalización.

7.2.4.2.- Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario” Componente/materia: Residuos Norma Decreto con Fuerza de Ley N°725/1968 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario” Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 43 de 173

Otros cuerpos legales Decreto N°236/1926 del Ministerio de Salud Pública, “Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias” Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud, que “Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Las actividades asociadas a la construcción, operación y cierre del Proyecto generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables, sólidos inertes y peligrosos, y residuos líquidos domésticos producto de la utilización de los servicios higiénicos por los trabajadores. Forma de cumplimiento El Proyecto generará aguas servidas provenientes del uso de baños químicos en las fases de construcción, operación y cierre. El Proyecto tendrá un Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas, conformado por una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas y drenes de infiltración, necesarios para el saneamiento de las aguas provenientes de los servicios higiénicos a instalar. Los sólidos generados serán retirados periódicamente por una empresa especializada en el rubro, la cual estará debidamente autorizada para realizar estas labores por la Autoridad Sanitaria. Los detalles respecto a su funcionamiento se presentan en el Anexo F PAS 138 de la Adenda.

En todos los casos, el Proyecto cumplirá con lo señalado en el Código Sanitario en todas las fases. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá en obra un registro del retiro de este tipo de residuos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda. Se mantendrá copia comprobante autorización sanitaria de la empresa contratista para el retiro y disposición de los residuos sólidos. Se mantendrá en obra copia del contrato con empresa autorizada para el retiro de lodos, así como de la ficha registro de las veces que se hizo el retiro de lodos. Forma de control y seguimiento Se realizará Inspección visual y/o registro fotográfico implementación sitio de acopio temporal residuos sólidos domiciliarios y residuos sólidos industriales inertes, generándose un registro mensual con la información recopilada en estas inspecciones, el cual contendrá Fecha, encargado, observaciones y/comentarios con las fotografías correspondientes cuando proceda. Se llevará un control de los retiros de los distintos tipos de residuos, el cual se materializará en un registro que contendrá fecha, encargado, proveedor, boleta, factura o documento que acredite el retiro y/o disposición. Mantención de contrato vigente con empresas autorizadas para el retiro y disposición de los distintos tipos de residuos generados al interior de las faenas. Inspecciones de prevención de riesgos internas, para corroborar cumplimiento de las medidas de higiene y seguridad de los trabajadores.

Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud, que “Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos” Componente/materia: Residuos Norma Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud, que “Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Otros cuerpos legales Decreto con Fuerza de Ley N°725/1968 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica El Proyecto contempla la generación de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento El Titular cumplirá cabalmente con lo dispuesto en el presente Reglamento. Se generarán residuos industriales peligrosos tales como equipos de protección personal contaminados con aceites; guaipes y paños con aceites; grasa usada; envases de lubricantes; arena contaminada con lubricante en caso de derrame; tarros de pintura; entre otros. Estos residuos serán almacenados en contenedores con tapa y rotulados según la clasificación y el tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 03, dentro de la bodega de acopio temporal de residuos sólidos peligrosos, manejándose éstos de acuerdo con lo que indica el D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 44 de 173

El retiro de los residuos peligrosos a un sitio de disposición final lo realizará una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria, a la que se exigirá que cuente con autorización vigente a la fecha de prestación del servicio. La bodega de residuos industriales peligrosos contará con una base continua, impermeable, lisa, no porosa, lavable, resistente estructural y químicamente a los residuos e incombustible; con pendiente no inferior al 0,5%. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá en obra registro de Inspección visual de los recintos de almacenamiento de residuos peligrosos durante las etapas del Proyecto. Se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos peligrosos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda. Se mantendrá copia comprobante autorización sanitaria de la empresa contratista para el retiro y disposición de los residuos sólidos. Registro SIDREP para el retiro de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Se realizará inspección visual y/o registro fotográfico implementación bodega de acopio temporal residuos peligrosos, de dicha inspección se generarán fichas de ingresos y egresos de residuos para mantener el control periódico de dichos residuos, y un registro de las inspecciones realizadas y sus observaciones. Se controlará el retiro de los residuos peligrosos y se registrarán estos controles con los documentos que acrediten el retiro. El registro contendrá fecha, encargado, proveedor, boleta, factura o documento que acredite. Mantención de contrato vigente con empresas autorizadas para el retiro y disposición de los distintos tipos de residuos generados al interior de las faenas. Generación y mantención de hojas de seguridad. Comprobante de Declaración en Sistema de VU del RETC.

Ley N°20.920/2016 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece Marco para la Gestión de Residuos, la responsabilidad extendida del Productor y Fomento al Reciclaje. Componente/materia: Residuos Norma Ley N°20.920/2016 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece Marco para la Gestión de Residuos, la responsabilidad extendida del Productor y Fomento al Reciclaje. Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº12/2020 del Ministerio de Medio Ambiente “Establece Metas de Recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Durante la etapa de construcción, operación y cierre se podrían generar residuos de productos prioritarios de acuerdo con la Ley, como Aparatos Eléctricos y Electrónicos y/o Envases y embalajes, susceptibles de ser reciclados. Forma de cumplimiento En caso de que corresponda, el Titular deberá entregar el residuo de un producto prioritario al respectivo sistema de gestión, bajo las condiciones básicas establecidas por el productor. También tendrá la facultad de valorizar, por sí mismo o a través de gestores autorizados y registrados, los residuos de productos prioritarios que generen. En este caso, se informará al Ministerio de Medio Ambiente a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, sobre la valorización efectuada. Mientras no entren en vigor los decretos supremos que establezcan las metas y otras obligaciones asociadas de cada producto prioritario, el Titular informará anualmente, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, en el caso de así ser requerido por el Ministerio por determinarlo como un productor de productos prioritarios, según lo señalado en el artículo 10 de esta ley. Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones realizadas a través del RETC. Registro de entrega de residuos al sistema de gestión de que disponga el productor de los productos prioritarios o a un gestor autorizado. Se mantendrá registro de capacitaciones al personal. Forma de control y seguimiento Se mantendrá Contrato con un gestor de residuos autorizado y registrado, para la valorización de los residuos generados, y se generará un registro de los residuos entregados con fecha, tipo de residuo y sistema de gestión o gestor. Se ejecutará programa de capacitaciones al personal acerca de la gestión y valorización de los residuos, generándose un registro de estas capacitaciones que contendrá fecha, encargado, nombres asistentes.

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Decreto Supremo N°12/2020 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes Componente/materia: Residuos Norma Decreto Supremo Nº12/2020 del Ministerio de Medio Ambiente “Establece Metas de Recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes” Otros cuerpos legales Ley N°20.920/2016 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece Marco para la Gestión de Residuos, la responsabilidad extendida del Productor y Fomento al Reciclaje. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica El Proyecto eventualmente puede generar residuos de productos prioritarios consistentes en envases y/o embalajes, sujetos a REP (Responsabilidad Extendida del Productor), durante la ejecución de sus fases, tal como se detalló en el Capítulo 1 de la DIA. El titular los entregará a un sistema de gestión o los valorizará por sí mismo o a través de gestores autorizados y registrados. Forma de cumplimiento De ser procedente, se informará en RETC el volumen de envases de la subcategoría “otros” que genere el Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Reporte anual de residuos (Declaración en Sistema de VU del RETC). Forma de control y seguimiento Se mantendrá en oficinas administrativas del Proyecto, en formato físico o digital, copias de los documentos antes indicados.

7.2.4.6.- Decreto Ley N°3.557/1980, del Ministerio de Agricultura, que Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola Componente o Materia Residuos Norma Decreto Ley N°3.557/1980, del Ministerio de Agricultura, que Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola Otros cuerpos Legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Los residuos y sustancias peligrosas generadas por el Proyecto no tendrán contacto con el suelo, ya que dependiendo del tipo que sean, serán almacenados en tambores correctamente rotulados e identificados de acuerdo con su clasificación y/o composición. Posteriormente serán conducidos por una empresa autorizada, a un lugar igualmente autorizado. Forma de cumplimiento El retiro de los residuos corresponde a un contratista, el cual contará con las autorizaciones pertinentes emanadas para ejecutar las labores. Indicador que acredita su cumplimiento Certificados de disposición de residuos o ingreso a lugar autorizado. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en oficinas administrativas del Proyecto, en formato físico o digital, copias de los documentos antes indicados.

7.2.5.- Sustancias peligrosas

7.2.5.1.- Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Componente o Materia Sustancias Peligrosas Norma D.S. N°1.164/1974, del Ministerio de Obras Públicas, Oficializa la Norma Chilena N°389 of.74, del INN “Sustancias Peligrosas-almacenamiento de sólidos, líquidos y gases inflamables-Medidas generales de seguridad”. Otros cuerpos Legales Norma Chilena 2190 de 2019 de “Transporte terrestre de mercancías peligrosas - distintivos para identificación de peligros”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica El Proyecto considera utilizar sustancias peligrosas como insumo para distintas actividades, en las fases de construcción y cierre. Forma de cumplimiento El manejo de sustancias peligrosas se realizará de conformidad con la hoja de datos de seguridad (HDS) y respetando en su totalidad las indicaciones de seguridad establecidas en los procedimientos Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 46 de 173

de trabajo y en el Plan de Emergencias, para evitar riesgos para los trabajadores, la comunidad en general y el medio ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores. (Fecha, encargado, nombres asistentes) Se mantendrán informes mensuales con la aplicación de los procedimientos de trabajo y aplicación de los planes de emergencia, con sus revisiones y actualizaciones. Manejo de sustancias según lo establecido en Hojas de Datos de Seguridad (HDS). Se mantendrá un registro de las sustancias almacenadas, con respectiva identificación, rotulación y condiciones de almacenamiento. (nombre sustancia, identificación de peligrosidad según normas NCh 382/17 y NCh 2190/19, cantidad a ser almacenada o extraída de la bodega de sustancias peligrosas (según corresponda), nombre del encargado de la labor, fecha y condiciones del almacenamiento). Forma de control y seguimiento Se aplicarán los procedimientos de trabajo y se realizará una revisión y mantenimiento de los procedimientos de trabajo. Se aplicará el Plan de Emergencias y se realizará una revisión y actualización periódica de éste. Se establecerá el manejo de las sustancias peligrosas según lo indicado en las Hojas de Datos de Seguridad (HDS.)

7.2.5.2.- Decreto Supremo N° 43/2016 del MINSAL que “Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. Componente o Materia Sustancias Peligrosas Norma Decreto Supremo N° 43/2016 del Ministerio de Salud que “Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. Otros cuerpos Legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Durante las fases de construcción y operación, se utilizarán sustancias peligrosas como insumos de construcción (grasas, lubricantes, etc.). Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción serán necesarios insumos tales como pinturas, grasas lubricantes, entre otros, cuyo almacenamiento será conforme a lo indicado en el D.S. N°43/2016 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Según su volumen, como mínimo se contará con gabinetes de almacenamiento con medidas antisísmicas y antiderrames. Durante la fase de operación la cantidad de sustancias como pintura o grasas lubricantes a utilizar serán mínimas, siendo utilizadas solo en caso de detectarse necesario en las actividades de mantención. En caso de ser necesario su uso, el almacenamiento será conforme a lo indicado en el D.S. N°43/2016 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Según su volumen, como mínimo se contará con gabinetes de almacenamiento, con medidas antisísmicas y antiderrames. Se contará con un sistema de control de derrames también se dispondrá de un sistema manual de extinción de incendios a base de extintores, compatibles con los productos almacenados. Las sustancias peligrosas almacenadas estarán correctamente etiquetadas y existirá una hoja de datos de seguridad del producto en la que se describan e identifique los siguientes apartados: Identificación de la sustancia química y el proveedor. Se dispondrán de las hojas de datos se seguridad de cada una de las sustancias almacenadas. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de las sustancias almacenadas, con la respectiva identificación, rotulación y condiciones de almacenamiento (nombre sustancia, identificación de peligrosidad según normas NCh 382/17 y NCh 2190/19, cantidad a ser almacenada o extraída de la bodega de sustancias peligrosas (según corresponda), nombre del encargado de la labor, fecha y condiciones del almacenamiento). Forma de control y seguimiento Inspección visual de los recintos de almacenamiento de sustancias peligrosas, verificando que todas las sustancias almacenadas estén identificadas en el registro que se lleve y que todas cuenten con su etiqueta correspondiente e identificaciones. Hojas de datos se seguridad de las sustancias peligrosas almacenadas.

Decreto Supremo N° 160/2008 Del MINECON, que “Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”. Componente o Materia Sustancias Peligrosas Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 47 de 173

Norma Decreto Supremo N° 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que “Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”. Otros cuerpos Legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Requerimientos de combustible para uso en maquinarias y equipos. Forma de cumplimiento Registro en bodega de almacenamiento de combustible. Se estima un requerimiento de 2.000 litros mensuales de combustible, que serán suministrados directamente a las maquinarias desde un camión debidamente autorizado para este efecto. La carga de combustible a maquinarias y equipos se realizará en una zona definida y claramente demarcada. Los sistemas de control de eventuales derrames se encuentran presentados con mayor detalle en el Anexo A PAS 142 de la Adenda Complementaria y en el Anexo B Plan de Emergencias y Contingencias de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro del combustible almacenado, con la respectiva identificación, rotulación y condiciones de almacenamiento. Forma de control y seguimiento Inspección visual del recinto de almacenamiento de combustible, verificando que todas las sustancias almacenadas estén identificadas en el registro que se lleve y que todas cuenten con su etiqueta correspondiente e identificaciones. Hojas de datos se seguridad de las sustancias peligrosas almacenadas.

Decreto Supremo N°298/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Transporte de cargas peligrosas por calles y caminos” Componente o Materia Sustancias Peligrosas Norma Decreto Supremo N°298/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Transporte de cargas peligrosas por calles y caminos” Otros cuerpos Legales Decreto Supremo N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”. Norma Chilena 2190 de 2019 de “Transporte terrestre de mercancías peligrosas - distintivos para identificación de peligros”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica El Proyecto considera el transporte de combustible líquido y sustancias peligrosas para la operación de equipos y maquinarias durante las fases de construcción y cierre. Forma de cumplimiento Para el transporte de sustancias peligrosas se utilizarán vehículos debidamente acondicionados que cumplan con todos los requisitos. El Titular supervisará que el transporte, almacenamiento, manejo y disposición de estas sustancias se efectúe conforme a la normativa aplicable. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá copia de Autorizaciones de los vehículos y camiones para el transporte de cargas peligrosas. Se mantendrá registro de inspecciones realizadas a los vehículos que transporten estas cargas. Se mantendrá registro de revisión técnica al día de camiones y vehículos. Se mantendrá registro de mantención de maquinaria y equipos. Forma de control y seguimiento Chequeo de identificador de vehículos que transportan carga peligrosa. Se realizará Inspección de la carga y distintivos, de la cual se generará un registro por cada transporte de este tipo de carga que ingrese a faena y que contendrá fecha, encargado, comentarios y/o registros fotográficos. Se controlarán los documentos que acrediten la revisión técnica al día de vehículos y camiones, y se registrará sus resultados con la individualización del encargado de registro y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica. Se realizará mantención de vehículos y camiones y se controlarán los documentos que acrediten ésta, generándose un registro mensual con fecha, individualización de encargado, comentarios respecto de revisión de documentos, copias. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 48 de 173

ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

7.2.6.- Flora y Vegetación

7.2.6.1.- Aprueba Reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación Componente o Materia Flora y Vegetación Norma Decreto Supremo N°29/2012, del Ministerio de Medio Ambiente, “Aprueba Reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación” Otros cuerpos Legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Intervención de hábitats compuestos de Flora y Vegetación. Forma de cumplimiento En función de las 3 campañas de la componente flora y vegetación vascular realizadas en primavera 2022, invierno 2023 y verano 2024 en el área de emplazamiento del Proyecto, se identificaron un total de 15 individuos de Trichocereus chiloensis que serán afectados por las obras del Proyecto, estos están ubicados en formaciones vegetacionales identificadas como Pradera. Por lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas: Plan de Manejo Biológico, establecido en el Anexo D Compromisos Ambientales voluntarios “Plan de Manejo Biológico” de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de ejecución de medidas y monitoreos del Plan de Manejo Biológico, y su informe respectivo será remitido a CONAF y a la SMA. Forma de control y seguimiento Monitoreo de las actividades del Plan de Manejo Biológico. Comprobante de envío informe Plan de Manejo Biológico a CONAF y SMA. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

7.2.6.2.- Ley N° 20.283/2008, del Ministerio de Agricultura, “Ley de Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal” Componente/materia: Flora y vegetación Otros cuerpos Legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Toda el área del Proyecto. Forma de cumplimiento De acuerdo con lo indicado en el Anexo F Ecosistemas Terrestres de la Adenda Complementaria, en función de las 3 campañas de la componente flora y vegetación vascular realizadas los días 28 de noviembre al 1 de diciembre del 2022 (primavera), 26 de julio al 2 de agosto del 2023 y 1 al 5 de marzo del 2024 en el área de emplazamiento del Proyecto, de acuerdo con las 13 competencias ambientales del CONAF en el marco regulatorio del SEIA, se identificaron 3 de las mismas, sin embargo, el área que efectivamente será intervenida por el Proyecto corresponde a la presencia de Bosque Nativo. Se identificaron un total de 61,88 ha de superficie correspondiente a Bosque Nativo de Vachelia, las que serán intervenidas por los caminos, cerco interior y paneles solares del Proyecto, por lo que se presenta el Permiso Ambiental Sectorial Mixto 148: Permiso para la Corta de Bosque Nativo en el Anexo A de la Adenda Complementaria, donde se compromete la reforestación de una superficie que sea por lo menos igual al área talada para la instalación del Proyecto.

Se identificaron un total de 02 criterios de singularidad ambiental considerados por CONAF (2020) en los procesos de evaluación ambiental de los Proyectos sometidos al SEIA correspondientes a: Presencia de especies endémicas Presencia de especies clasificadas en categoría de conservación.

Se adoptarán las siguientes medidas:

Plan de Manejo Biológico, establecido en el Anexo D Compromisos Ambientales voluntarios “Plan de Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 49 de 173

Manejo Biológico” de la Adenda Complementaria. PAS 148 “Permiso para Corte de Bosque Nativo” establecido en el Anexo A de la Adenda Complementaria.

Además, se tomarán las siguientes medidas de prevención:

El acceso a personas al lugar de la corta será restringido. En el caso del predio de reforestación, la vigilancia también será efectuada por el cuidador que vive en él y cuenta con portón de acceso cerrado. El manejo de combustible al momento de la corta será supervigilado por el capataz de la faena, cargándose en la zona despejada de vegetación. En la zona afecta a la corta, el material de mayor tamaño será extraído y acopiado fuera del área cubierta con vegetación y posteriormente transportada fuera del predio. El material menor será instalado a orillas de la senda y tapado con el suelo que se extraerá de la faja, quedando sin peligro de combustión. Se prohibirá el uso del fuego al interior del predio mientras se ejecuten las actividades, informándose al personal de esta medida y haciendo una vigilancia permanente mediante el capataz de la obra. Se capacitará al personal respecto de las actividades que impliquen riesgos de incendio. El sector de intervención (corta) cuenta con señal de teléfono celular lo que permitirá una comunicación fluida con CONAF y Bomberos en caso de avistamiento de algún foco de Incendio. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de Charlas a trabajadores que ingresen a la instalación de faena, sobre la importancia de protección de la flora nativa. PAS 148, establecido en el Anexo A de la Adenda Complementaria. Se mantendrá registro de ejecución de medidas y monitoreos del Plan de Reforestación, y su informe respectivo será remitido a CONAF y a la SMA. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitaciones (Fecha, encargado capacitación, nombres asistentes). PAS 148, establecido en el Anexo A de la Adenda Complementaria. Monitoreo de las actividades del Plan de Reforestación. Comprobante de envío informe Plan de Reforestación a CONAF y SMA. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

7.2.6.3.- Reglamento general de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal Componente o Materia Flora y Vegetación Norma Decreto Supremo N°93/2009, del Ministerio de Agricultura, “Reglamento general de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal” Otros cuerpos Legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Intervención de hábitats compuestos de Flora y Vegetación. Forma de cumplimiento De acuerdo con lo indicado en el Anexo F Ecosistemas Terrestres de la Adenda Complementaria, en función de las 3 campañas de la componente flora y vegetación vascular realizadas en primavera 2022, invierno 2023 y verano 2024 en el área de emplazamiento del Proyecto, de acuerdo con lo anterior se identificaron un total de 61,88 ha de superficie correspondiente a Bosque Nativo de Vachelia, las que serán intervenidas por los caminos, cerco interior y paneles solares del Proyecto, por lo que se presenta el Permiso Ambiental Sectorial Mixto 148: Permiso para la Corta de Bosque Nativo en el Anexo A de la Adenda Complementaria, donde se compromete la reforestación de una superficie que sea por lo menos igual al área talada para la instalación del Proyecto. Además, se tomarán las siguientes medidas de prevención: El acceso a personas al lugar de la corta será restringido. En el caso del predio de reforestación, la vigilancia también será efectuada por el cuidador que vive en él y cuenta con portón de acceso cerrado. El manejo de combustible al momento de la corta será supervigilado por el capataz de la faena, cargándose en la zona despejada de vegetación. En la zona afecta a la corta, el material de mayor tamaño será extraído y acopiado fuera del área cubierta con vegetación y posteriormente transportada fuera del predio. El material menor será Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 50 de 173

instalado a orillas de la senda y tapado con el suelo que se extraerá de la faja, quedando sin peligro de combustión. Se prohibirá el uso del fuego al interior del predio mientras se ejecuten las actividades, informándose al personal de esta medida y haciendo una vigilancia permanente mediante el capataz de la obra. Se capacitará al personal respecto de las actividades que impliquen riesgos de incendio. El sector de intervención (corta) cuenta con señal de teléfono celular lo que permitirá una comunicación fluida con CONAF y Bomberos en caso de avistamiento de algún foco de Incendio. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de Charlas a trabajadores que ingresen a la instalación de faena, sobre la importancia de protección de la flora nativa. PAS 148, establecido en el Anexo F de la DIA. Se mantendrá registro de ejecución de medidas y monitoreos del Plan de Reforestación, y su informe respectivo será remitido a CONAF y a la SMA. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitaciones. (Fecha, encargado capacitación, nombres asistentes). PAS 148, establecido en el Anexo A de la Adenda Complementaria. Monitoreo de las actividades del Plan de Reforestación. Comprobante de envío informe Plan de Reforestación a CONAF y SMA. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

7.2.7.- Fauna

7.2.7.1.- Decreto Supremo N° 29/2011, del Ministerio de Medio Ambiente, “Aprueba Reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación” Componente o Materia Fauna Norma Decreto Supremo N° 29/2011, del Ministerio de Medio Ambiente, “Aprueba Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación” Otros cuerpos Legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Intervención de hábitats donde eventualmente sería posible encontrar especies de fauna silvestre. Forma de cumplimiento Se realizaron 3 campañas de terreno en el Área de influencia, entre los días 30 de noviembre y 3 de diciembre del 2022 (primavera), 26 de julio al 2 de agosto del 2023 (invierno) y 4 al 8 de marzo (verano). De acuerdo con lo indicado en el Anexo H Ecosistemas Terrestres de la Adenda Se establece que seis (6) especies registradas en el área de influencia del Proyecto son de mayor sensibilidad, resultando pertinente, la aplicación de medidas de manejo para su conservación. Estas especies corresponden: Spalacopus cyanus (Cururo), de vagilidad restringida, endémico y en categoría LC (además potencialmente corresponde a la subespecie maulinus). Rhinella arunco (Sapo de rulo), especie endémica, categoría VU, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción. Pleurodema thaul (Sapito de cuatro ojos), categoría NT, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción. Liolaemus lemniscata (Lagartija lemniscata), de baja movilidad y en categoría LC. Tachymenis chilensis (Culebra de cola corta), de baja movilidad, endémico, y categoría LC. Anthus sp. No es una especie amenazada sin embargo se encontró anidamiento en el ambiente de matorral.

Respecto a la posible afectación de ruido sobre fauna nativa, en el Anexo G Ruido y Vibraciones, se presenta los impactos por Ruido sobre Fauna Nativa, en virtud de lo establecido en la Guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa” (2022). De la modelación realizada en las distintas fases del Proyecto y para los receptores de fauna identificados, se concluye que el Proyecto cumplirá los umbrales establecidos en la mencionada guía.

Se adoptarán las siguientes medidas: Restricción de velocidad en toda el área del Proyecto. Plan de Perturbación Controlada de Cururos, establecido en el Anexo D de la Adenda Complementaria Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 51 de 173

“Plan de Perturbación Controlada”. Se presenta el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 146, en el Anexo A de la Adenda Complementaria, para el rescate y relocalización de reptiles para los ambientes de viñedo y matorral abierto con pradera. Con el fin de remover individuos de sapos, lagartijas y posibles culebras, las cuales no abandonarán el área a través de una perturbación controlada. Estos ejemplares deben ser reubicados en sectores libres de intervención con similares características de hábitat. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de Capacitación a trabajadores. Registro e Informe de ejecución de Plan de Perturbación Controlada. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitaciones. (Fecha, encargado capacitación, nombres asistentes) Comprobante de envío de informe de ejecución de Plan de Perturbación Controlada (Anexo D de la Adenda Complementaria) a SMA, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la realización de la campaña. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

7.2.7.2.- Ley N°19.473/1993 del Ministerio de Agricultura, que “Sustituye el texto de la Ley N°4.601, sobre caza, y artículo 609 del Código Civil” Componente/materia: Fauna Norma Ley N°19.473/1993 del Ministerio de Agricultura, que “Sustituye el texto de la Ley N°4.601, sobre caza, y artículo 609 del Código Civil” Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°5/1998, del Ministerio de Agricultura, “Aprueba Reglamento de la Ley de Caza” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica La construcción, operación y el cierre del Proyecto implica intervenir hábitats donde eventualmente sería posible encontrar especies de fauna silvestre. Forma de cumplimiento El desarrollo de las campañas de terreno en el Área de influencia, entre los días 30 de noviembre y 3 de diciembre del 2022 (primavera), 26 de julio al 2 de agosto del 2023 (invierno) y 4 al 8 de marzo (verano).

De acuerdo con lo indicado en el Anexo H Ecosistemas Terrestres de la Adenda, Se establece que seis (6) especies registradas en el área de influencia del Proyecto son de mayor sensibilidad, resultando pertinente, la aplicación de medidas de manejo para su conservación. Estas especies corresponden:

Spalacopus cyanus (Cururo), de vagilidad restringida, endémico y en categoría LC (además potencialmente corresponde a la subespecie maulinus). Rhinella arunco (Sapo de rulo), especie endémica, categoría VU, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción. Pleurodema thaul (Sapito de cuatro ojos), categoría NT, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción. Liolaemus lemniscata (Lagartija lemniscata), de baja movilidad y en categoría LC. Tachymenis chilensis (Culebra de cola corta), de baja movilidad, endémico, y categoría LC. Anthus sp. No es una especie amenazada, se encontró un nido aislado como parte de la carcaterización de fauna, esto en el ambiente de matorral.

Respecto a la posible afectación de ruido sobre fauna nativa, en el Anexo G Ruido y Vibraciones, se presenta los impactos por Ruido sobre Fauna Nativa, en virtud de lo establecido en la Guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa” (2022). De la modelación realizada en las distintas fases del Proyecto y para los receptores de fauna identificados, se concluye que el Proyecto cumplirá los umbrales establecidos en la mencionada guía.

Se adoptarán las siguientes medidas:

Restricción de velocidad en toda el área del Proyecto. Plan de Perturbación Controlada de Cururos, establecido en el Anexo D de la Adenda Complementaria “Plan de Perturbación Controlada”.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 52 de 173

Se presenta el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 146, en el Anexo A de la Adenda Complementaria, para el rescate y relocalización de reptiles para los ambientes de viñedo y matorral abierto con pradera. Con el fin de remover individuos de sapos, lagartijas y posibles culebras, las cuales no abandonarán el área a través de una perturbación controlada. Estos ejemplares deben ser reubicados en sectores libres de intervención con similares características de hábitat. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de Capacitación a trabajadores. Registro e Informe de ejecución de Plan de Perturbación Controlada. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitaciones (Fecha, encargado capacitación, nombres asistentes). Comprobante de envío de informe de ejecución de Plan de Perturbación Controlada (Anexo D de la Adenda Complementaria) a SMA, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la realización de la campaña. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

7.2.7.3.- Decreto Supremo N°5/1998, del Ministerio de Agricultura, “Aprueba Reglamento de la Ley de Caza” Componente/materia: Fauna Norma Decreto Supremo N°5/1998, del Ministerio de Agricultura, “Aprueba Reglamento de la Ley de Caza” Otros cuerpos legales Ley N°19.473/1993 del Ministerio de Agricultura, que “Sustituye el texto de la Ley N°4.601, sobre caza, y artículo 609 del Código Civil” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica En el presente Proyecto no se consideran actividades asociadas a la caza o captura de fauna silvestre. Forma de cumplimiento Se realizaron 3 campañas de terreno en el Área de influencia, entre los días 30 de noviembre y 3 de diciembre del 2022 (primavera), 26 de julio al 2 de agosto del 2023 (invierno) y 4 al 8 de marzo (verano). De acuerdo con lo indicado en el Anexo H Ecosistemas Terrestres de la Adenda Se establece que seis (6) especies registradas en el área de influencia del Proyecto son de mayor sensibilidad, resultando pertinente, la aplicación de medidas de manejo para su conservación. Estas especies corresponden:

Spalacopus cyanus (Cururo), de vagilidad restringida, endémico y en categoría LC (además potencialmente corresponde a la subespecie maulinus). Rhinella arunco (Sapo de rulo), especie endémica, categoría VU, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción. Pleurodema thaul (Sapito de cuatro ojos), categoría NT, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción. Liolaemus lemniscata (Lagartija lemniscata), de baja movilidad y en categoría LC. Tachymenis chilensis (Culebra de cola corta), de baja movilidad, endémico, y categoría LC. Anthus sp. No es una especie amenazada sin embargo se encontró anidamiento en el ambiente de matorral.

Respecto a la posible afectación de ruido sobre fauna nativa, en el Anexo G Ruido y Vibraciones, se presenta los impactos por Ruido sobre Fauna Nativa, en virtud de lo establecido en la Guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa” (2022). De la modelación realizada en las distintas fases del Proyecto y para los receptores de fauna identificados, se concluye que el Proyecto cumplirá los umbrales establecidos en la mencionada guía.

Se adoptarán las siguientes medidas:

Restricción de velocidad en toda el área del Proyecto. Plan de Perturbación Controlada de Cururos, establecido en el Anexo L “Plan de Perturbación Controlada”. Se presenta el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 146, en el Anexo A de la Adenda Complementaria, para el rescate y relocalización de reptiles para los ambientes de viñedo y matorral abierto con pradera. Con el fin de remover individuos de sapos, lagartijas y posibles culebras, las cuales no abandonarán el área a través de una perturbación controlada. Estos ejemplares deben ser reubicados en sectores libres de intervención con similares características de hábitat. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 53 de 173

Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de Capacitación a trabajadores. Registro e Informe de ejecución de Plan de Perturbación Controlada. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitaciones (Fecha, encargado capacitación, nombres asistentes). Comprobante de envío de informe de ejecución de Plan de Perturbación Controlada (Anexo D de la Adenda Complementaria) a SMA, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la realización de la campaña. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

Decreto Exento N°878/2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, “Establece Veda Extractiva para especies que indica” Componente/materia: Fauna Norma Decreto Exento N°878/2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, “Establece Veda Extractiva para especies que indica” Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Se llevará a cabo el Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) para Muestreo de Biota Acuática relativo a la futura operación del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Chimango”. Se pretende extraer especies hidrobiológicas en categoría de conservación. Forma de cumplimiento De acuerdo con el estudio de Línea Base de biota acuática y su ambiente (Limnología), los muestreos realizados en periodos hidrológicos de estiaje o bajo caudal, y de crecida o alto caudal verano-invierno años 2023, registró la presencia de las especies icticas Cheirodon pisciculus y Cheirodon galusdae en las estaciones definidas para el Proyecto, las que se pretenden extraer con la finalidad de conservación y realizar actividades de Rescate y Relocalización en el marco de cumplimientos ambientales de un Proyecto que impacta ecosistemas acuáticos.

La especie Cheirodon pisciculus, presenta Categoría de conservación Vulnerable, según el DS 38/2015 MMA y la especie Cheirodon galusdae, presenta Categoría de conservación Vulnerable, según el DS 51/2018 del MMA.

Los antecedentes técnicos se encuentran en el Anexo A “Permisos Ambientales Sectoriales”, PAS 119 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de Capacitación a trabajadores. Permiso Ambiental Sectorial N° 119, el que se presenta en el Anexo A “Permisos Ambientales Sectoriales”. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitaciones (Fecha, encargado capacitación, nombres asistentes). Permiso Ambiental Sectorial N° 119, el que se presenta en el Anexo A “Permisos Ambientales Sectoriales”. Resolución de la Subsecretaría de Pesca que autoriza la captura de ejemplares vivos.

7.2.8.- Patrimonio Arqueológico

7.2.8.1.-Ley N°17.288/1970 del Ministerio de Educación, “Ley de Monumentos Nacionales” en especial sus artículos 7, 26 y 27 Componente o Materia Patrimonio Histórico, Arqueológico, Paleontológico y Cultural Norma Ley N°17.288/1970 del Ministerio de Educación, “Ley de Monumentos Nacionales” en especial sus artículos 7, 26 y 27 Otros cuerpos Legales Decreto Supremo N°484/1991 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Movimientos de tierra y excavaciones que podrían significar hallazgos arqueológicos. Forma de cumplimiento De acuerdo con lo mencionado en el Anexo I “Línea de base de Arqueología” de la Adenda, se realizó la Prospección Arqueológica, no fue posible detectar materiales patrimoniales, culturales, Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 54 de 173

arqueológicos y o de valor históricos que se encuentren afectos a protección por parte la Ley N°17.288, 19.300 y 19.253.

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las obras y acciones del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el Titular.

Se consideran las siguientes medidas acorde al Anexo B Plan de Contingencias y Emergencias:

En caso de evidenciar un hallazgo el jefe de obra deberá:

Detener las obras en el frente de donde se hayan detectado estos hallazgos. Solicitar la presencia inmediata de un arqueólogo para evaluar el daño y tomar acciones a seguir. Dar aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales. El titular reubicará las obras de ser necesario. Se llevará a cabo la medida que determine el CMN, las que estarán a cargo de un especialista calificado. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos (si corresponde). Se mantendrá registro de Charlas de inducción a los trabajadores del Proyecto tomando en cuenta para ello la “Guía para evaluación de informes paleontológicos” del Consejo de Monumentos Nacionales, según lo estipulado en la Etapa 3, acápite 3.2.4 de dicho documento. Informe mensual de monitoreo arqueológico. Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso al Consejo de Monumentos Nacionales del informe de rescate en caso de ocurrir algún hallazgo. Se realizarán a charlas de inducción a los trabajadores y se generará un registro por cada una de las charlas realizadas. El registro contendrá fecha, encargado capacitación, nombres asistentes. Se realizará un monitoreo arqueológico permanente, el cual será realizado por un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, para cada frente de trabajo, durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación en el área del Proyecto. El Informe mensual de monitoreo arqueológico será remitido a la SMA en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

Decreto con Fuerza de Ley N°458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Aprueba nueva Ley General de Urbanismo u Construcciones”, en específico su Artículo 55. Componente o Materia Ordenamiento Territorial Norma Decreto con Fuerza de Ley N°458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Aprueba nueva Ley General de Urbanismo u Construcciones”, en específico su Artículo 55. Otros cuerpos Legales Decreto Supremo N°47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la “Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Emplazamiento de instalaciones temporales y edificaciones permanentes del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se emplaza fuera del área urbana y no contempla la urbanización de terrenos rurales para la ejecución y desarrollo del mismo. Se emplazará en la zona rural de la comuna de Hualañé, en un sector de predominante desarrollo agrícola, lo cual se ve reflejado en el catastro de uso de suelos de CONAF (2016), más específicamente el área del Proyecto se caracteriza por poseer suelos con CCUS II, III y IV de alto potencial agrícola. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 55 de 173

De acuerdo con el análisis de los Instrumentos de Planificación pertinentes a la comuna de Hualañé, mencionados en el informe establecido en el Anexo 2-5 “Usos del Territorio e IPT” de la DIA, el Proyecto se encuentra emplazado fuera del límite urbano, regulado por el marco normativo vigente a nivel Nacional. Mas información al respecto, en el Anexo A “Permisos Ambientales Sectoriales PAS 160 de la Adenda Complementaria. Si bien el Proyecto se encuentra cercano a actividades productivas asociadas a la agricultura, el Proyecto no afectará a las actividades económicas que se llevan a cabo alrededor, por cuanto se emplazará en un predio privado, y no limitará el acceso para el desarrollo de las actividades económicas que se desarrollan en sus inmediaciones. Respecto a la presencia de construcciones relevantes, no se identificaron edificaciones de este tipo en el área de influencia. De esta forma, se afirma que el Proyecto y sus actividades asociadas son coherentes y aceptados por la regulación de la planificación territorial y la normativa nacional vigente para el territorio rural. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Aprobación autorización construcción. Registro con informes, aprobación y resultados y/o comentarios de las inspecciones realizadas. Forma de control y seguimiento Inspección en terreno de las construcciones, velando que se cumplan los requisitos técnicos de las autorizaciones entregadas. Se generará un registro con los resultados y/o comentarios de estas inspecciones. Comprobante de autorización de construcción en obra.

7.2.9.- Ordenamiento Teritorial

7.2.9.1.- Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones Componente o Materia Ordenamiento Territorial Norma Decreto con Fuerza de Ley N°458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Aprueba nueva Ley General de Urbanismo u Construcciones”, en específico su Artículo 55. Otros cuerpos Legales Decreto Supremo N°47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la “Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Emplazamiento de instalaciones temporales y edificaciones permanentes del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se emplaza fuera del área urbana y no contempla la urbanización de terrenos rurales para la ejecución y desarrollo del mismo. Se emplazará en la zona rural de la comuna de Hualañé, en un sector de predominante desarrollo agrícola, lo cual se ve reflejado en el catastro de uso de suelos de CONAF (2016), más específicamente el área del Proyecto se caracteriza por poseer suelos con CCUS II, III y IV de alto potencial agrícola. De acuerdo con el análisis de los Instrumentos de Planificación pertinentes a la comuna de Hualañé, mencionados en el informe establecido en el Anexo 2-5 “Usos del Territorio e IPT” de la DIA, el Proyecto se encuentra emplazado fuera del límite urbano, regulado por el marco normativo vigente a nivel Nacional. Si bien el Proyecto se encuentra cercano a actividades productivas asociadas a la agricultura, el Proyecto no afectará a las actividades económicas que se llevan a cabo alrededor, por cuanto se emplazará en un predio privado, y no limitará el acceso para el desarrollo de las actividades económicas que se desarrollan en sus inmediaciones. Respecto a la presencia de construcciones relevantes, no se identificaron edificaciones de este tipo en el área de influencia. De esta forma, se afirma que el Proyecto y sus actividades asociadas son coherentes y aceptados por la regulación de la planificación territorial y la normativa nacional vigente para el territorio rural. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Aprobación autorización construcción. Registro con informes, aprobación y resultados y/o comentarios de las inspecciones realizadas. Forma de control y seguimiento Inspección en terreno de las construcciones, velando que se cumplan los requisitos técnicos de las autorizaciones entregadas. Se generará un registro con los resultados y/o comentarios de estas inspecciones. Comprobante de autorización de construcción en obra.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 56 de 173

7.2.9.2.- Fija nuevo texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones Componente o Materia Ordenamiento Territorial Norma Decreto Supremo N° 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la “Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”. En específico el artículo 2.1.29 Otros cuerpos Legales Decreto con Fuerza de Ley N° 458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Aprueba nueva Ley General de Urbanismo u Construcciones”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Emplazamiento de instalaciones temporales y edificaciones permanentes del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto es de Infraestructura energética y se emplaza fuera del área urbana regulada por el Plan Regulador Comunal de Hualañé, tal como se indica en el Anexo 2-5 “Usos del Territorio e IPT” y en el Anexo A “Permisos Ambientales Sectoriales” PAS 160 de la Adenda Complementaria y, por lo que se permite la existencia de instalaciones o edificaciones de infraestructura energética, en cumplimiento con las autorizaciones exigidas para las construcciones de equipamiento de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, siempre que no contemplen procesos productivos, en cuyo caso, se le considerará como industria. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Aprobación autorización construcción. Registro con informes, aprobación y resultados y/o comentarios de las inspecciones realizadas. Forma de control y seguimiento Inspección en terreno de las construcciones, velando que se cumplan los requisitos técnicos de las autorizaciones entregadas. Se generará un registro con los resultados y/o comentarios de estas inspecciones. Comprobante de autorización de construcción en obra.

7.2.10.- Vialidad y Transporte

7.2.10.1.- Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Componente o Materia Vialidad y Transporte Norma Decreto Supremo N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”. Otros cuerpos Legales Norma Chilena 2979 de 2006 de “Sustancias peligrosas – Segregación y embalaje/envase en el transporte rodoviario” Norma Chilena 2190 de 2019 de “Transporte terrestre de mercancías peligrosas - distintivos para identificación de peligros”. Decreto Supremo N°298/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Transporte de cargas peligrosas por calles y caminos” Decreto Supremo N°294/1984 del Ministerio de Obras Públicas, que “Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del Decreto con Fuerza de Ley N°206, de 1960, del mismo Ministerio”, modificado por la Ley N°19.474 de 1996. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a las que aplica Uso de maquinaria e insumos, y se generarán residuos y sustancias peligrosas, todos los cuales serán transportados desde o hasta el lugar. Forma de cumplimiento Se exigirá a los contratistas de los servicios de transporte de material cumplir con la norma enunciada, de tal manera que los camiones que transporten los residuos generados en los frentes de trabajo deberán estar construidos y adecuados de forma que no caigan al suelo residuos durante su transporte. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá copia comprobante autorización sanitaria de la empresa contratista para el retiro y disposición de los residuos sólidos (industriales peligrosos e industriales no peligrosos). Mantención de contrato vigente con empresas autorizadas para el retiro y disposición de los distintos tipos de residuos (industriales peligrosos e industriales no peligrosos) generados al interior de las faenas. Registro con los resultados de inspección visual de la carga de los camiones. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 57 de 173

Forma de control y seguimiento Se realizará inspección visual de cubierta de la carga de los camiones, generándose un registro mensual con los resultados y/o comentarios de estas inspecciones.

8°.- Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes exigencias señadas por la Comisión de Evaluación de la Región del Maule

8.1.- El Titular deberá considerar en el desarrollo de las distintas Fases del Proyecto las medidas de gestión ambiental señaladas en la Guía de Buenas Prácticas para el Sector Turismo y Construcción disponible en https://gefhumedales.mma.gob.cl , en el entorno del Estero Eloisa y la Quebrada Honda, incluyendo las zonas de amortiguación correspondientes

8.2.- El Titular deberá considerar en el desarrollo de las distintas Fases del Proyecto las medidas de gestión ambiental para el control de las emisiones atmosféricas señaladas en el Anexo E de la Adenda, tales como aplicación de supresor de polvo, la instalación de pantallas atrapa polvo o barreras cortavientos artificiales, considerando la exposición de la población en el Área de influencia del Proyecto. Al respecto se deberán mentener los medios de verificación y registro

9°.- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto se comprometió voluntariamente a los siguientes compromisos:

9.1.- Compromiso ambiental voluntario: Mejora de Riego comuna de Hualañé Fase del Proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Área afectada por uso de suelos producto de la instalación de paneles fotovoltaicos Impacto asociado Uso temporal de suelo con capacidad de uso agrícola (clases II y III) durante la vida útil del Proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: mejorar la disponibilidad del recurso hídrico para el riego agrícola por medio de la mejora en la infraestructura de un canal de riego.

Descripción: El Titular se comprometerá a la ejecución de un compromiso ambiental voluntario que implica incorporar potencial hídrico para riego agrícola, equivalente a un suelo de 1:0,5 respecto del suelo a ocupar por el Proyecto. Consistente en revestimiento para reducción de infiltración y mejoramiento de obras de distribución. En consecuencia, las obras de mejora de infraestructura para riego permitirán subsanar la pérdida de recurso hídrico como para regar con suficiencia una superficie de 146,2 ha.

Justificación: Por medio de la mejora en la infraestructura de un canal de riego y habilitación de obras de distribución, se busca mejorar la productividad agrícola en una superficie al menos equivalente al 50% de la superficie afectada por las obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: predios ubicados en la comuna de Hualañé, asociados al Canal la Huerta, Región del Maule.

Forma: Revestimiento de canal de regadío y mejoramiento de obras de distribución.

Oportunidad: durante la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento  Se contará con registros fotográficos de las obras realizadas, tanto para el revestimiento del canal y mejora de obras de distribución. Estableciendo una comparativa previo a las obras que dé cuenta de las mejoras y un registro una vez terminada la misma.

 Se realizará medición de caudal con molinete para verificar mejora en el caudal, un mes después de finalizada la obra, en el momento que la disponibilidad de caudal lo permita según metodología.

 Registro de contratos de obras, facturas de compra de materiales y actas de reunión con regantes.

 Firma de acta de recepción conforme por parte de la Asociación de Canalistas, al entregarse las obras.

 Se mantendrá un registro fotográfico anual de resultados de cultivos en los predios beneficiados. Para ello, se tomará un registro previo al inicio de las obras, para luego, una vez finalizada, mantener un registro anual, durante los 3 años siguientes, registrando los predios indicados Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 58 de 173

como áreas a mejorar.  Se realizará una entrevista a los dueños de los predios beneficiados por el CAV un año después de implementadas las medidas asociadas al compromiso, de manera de evidenciar y tener testimonio directo de las mejoras que se esperan producto de la implementación del CAV y los motivos de su decisión Forma de control y seguimiento Reporte e Informe a la SMA y SAG. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo D Compromisos Ambientales Voluntarios de la Adenda.

9.2.- Compromiso ambiental voluntario: Manejo biológico para cactáceas Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Polígono rectangular de 2,55 ha donde existe formación vegetacional de Pradera, al noroeste del área de paneles fotovoltaicos. Impacto asociado Afectación de cactácea (Trichocereus chiloensis) por instalación de obras del parque solar fotovoltaico. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Salvaguardar la biodiversidad de la especie Trichoecereus chiloensis, manteniendo así la variabilidad genética dentro del ecosistema que será afectado mediante medidas.

Descripción: El presente compromiso voluntario consiste en el marcaje, rescate y relocalización de los individuos de la especie Trichocereus chiloensis.

Justificación: El plan de acción definido permitirá asegurar la protección de los ejemplares de Trichocereus chiloensis relocalizándolos en un espacio seguro donde puedan desarrollarse. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Fundo Eloísa, Rol 168-28, Comuna de Hualañé, provincia de Curicó, Región del Maule.

Forma: se identificarán los individuos de la especie mediante un micro ruteo y marcaje, posteriormente se rescatarán y relocalizarán en un sitio con condiciones adecuadas.

Oportunidad: durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Monitoreo durante 3 años con evaluación del estado fitosanitario, adaptación al trasplante y evaluación de sobrevivencia. Forma de control y seguimiento Se entregará un informe anual con los resultados del seguimiento de las medidas a la Superintendencia de Medio Ambiente con copia a CONAF. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo D Compromisos Ambientales Voluntarios de la Adenda Complementaria

9.3.- Compromiso ambiental voluntario: Plan de Perturbación Controlada para la especie Spalacopus Cyanus Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Donde se haya constatado la presencia de madrigueras Impacto asociado Impacto sobre madrigueras de la especie Spalacopus cyanus Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Resguardar la integridad de los individuos de la especie Spalacopus cyanus, que se encuentran presentes en el área del Proyecto.

Descripción: la perturbación controlada consiste en provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de fauna de baja o media movilidad, desde su lugar de origen hacia zonas inmediatamente adyacentes al hábitat receptor, a través de una alteración controlada del ambiente.

Justificación: La perturbación permitirá no generar impactos sobre la población de la especie Spalacopus cyanus. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Fundo Eloísa, Rol 168-28, Comuna de Hualañé, provincia de Curicó, Región del Maule.

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Forma: Consistirá en 4 pasos, donde se realizará un monitoreo previo, instalación de dispositivos de captura, remoción de madrigueras y monitoreo, detalles en Anexo D Compromisos Voluntarios de la Adenda.

Oportunidad: durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponderá a la entrega del informe de perturbación controlada a la Superintendencia de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Posterior a la campaña de perturbación, se realizará un monitoreo de la población receptora al día 7 y al día 15, de modo de evaluar la inexistencia de la especie y que no existe recolonización.

Se realizará un seguimiento y evaluación del éxito de la medida, el cual será de manera estacional por 2 años comprendiendo monitoreos en otoño, invierno, primavera y verano, el cual considera 2 ciclos reproductivos de la especie objetivo. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo D Compromisos Ambientales Voluntarios de la Adenda.

9.4.- Compromiso Ambiental Voluntario: Monitoreo de biota acuática Impacto asociado Posible afectación de biota acuática Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo del monitoreo es proteger a las especies hidrobiológicas reconocidas por el Proyecto.

Descripción: El monitoreo consiste en la caracterización de las condiciones físicas y químicas relevantes para el desarrollo de la fauna íctica. En cada sitio de muestreo se aplicará la pesca eléctrica por unidades de tiempo fija o bien se estandarizará recorriendo un tramo de 100 metros lineales en el sector de ribera del río incluyendo los diversos microhábitats acuáticos. Una vez producida la descarga, los peces serán extraídos con la ayuda de redes o chinguillos para ser identificados, medidos in situ (talla y peso) y ser devueltos posteriormente al mismo lugar desde donde fueron colectados. La abundancia y biomasa serán expresadas por unidad de esfuerzo, y serán comparadas entre las estaciones y periodos de muestreo. Para determinar variaciones entre las unidades de estudio, se desarrollará una ANOVA de un factor con su posterior prueba post hoc, asegurando los requerimientos de distribución normal e igualdad de variancia de los datos.

Justificación: Se espera evaluar la efectividad de las medidas de gestión ambiental que sean aplicadas para velar por la protección de especies hidrobiológicas que son reconocidas como objeto de protección ambiental para el Proyecto y que los elementos del medio ambiente evolucionen de acuerdo con lo previsto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Estero Eloísa

Forma: Como método de colecta de fauna íctica se utilizará pesca eléctrica con equipos electrónicos. Este tipo de equipos se componen de un generador de corriente alterna de 3A y 220 Volts, los que generan un bajo impacto sobre los ejemplares y permiten su pronta recuperación.

Oportunidad: El monitoreo durante la fase de construcción será cada 3 meses. Durante la operación se realizará 2 veces al año durante los primeros 3 años de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Índice comunitario que permita contener en un solo valor la información de la comunidad en su totalidad, por estación de muestreo. Forma de control y seguimiento Informes trimestrales durante la fase de construcción. Informes semestrales durante la fase de operación.

9.5.- Compromiso Ambiental Voluntario: Mantención de Relaciones Comunitarias Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica. Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación. Objetivo: Mantener las relaciones comunitarias con las localidades cercanas al proyecto.

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Descripción: La Planta Fotovoltaica se encuentra ubicada en la comuna de Hualañé, Región del Maule, con vecinos cercanos a la planta, en específico las Juntas de Vecinos Parronal, Peralillo y Remolino. En todas las fases del proyecto se mantendrán las relaciones con dichas organizaciones territoriales.

Justificación: El Titular buscar fomentar la comunicación y relacionamiento con la comunidad local, a través de un proceso comunicativo transparente y duradero, que propicie una buena relación entre la comunidad y el proyecto. Esto se alinea con valores como responsabilidad social y ambiental, atendiendo y sosteniendo una vinculación que aborde las inquietudes de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar de implementación: Se hará entrega de una carta formal en las dependencias de cada Junta de Vecinos, específicamente Parronal, Peralillo y Remolino.

Forma de implementación: Solo si la comunidad lo requiere y acepta el proceso, puede generarse una mesa de diálogo consensuada en su forma y contenidos por las partes, con el fin de propiciar la comunicación respectiva al proyecto. Esto será previa invitación del Titular mediante una carta formal. El detalle de la forma de implementación será definido con las partes involucradas, atendiendo a las necesidades de cada actor.

Oportunidad de implementación: Se enviará una invitación formal al inicio de cada fase. Indicador que acredite su cumplimiento. Registro de carta formal entregada por el Titular que acredite la invitación a participar de una mesa de dialogo a las Juntas de Vecinos Parronal, Peralillo y Remolino. Forma de control y seguimiento. En caso de que se conforme la instancia de relacionamiento comunitario, se hará seguimiento y control mediante una matriz de registro y gestión de comunicaciones externas.

9.6.- Compromiso Ambiental Voluntario: Comunicación con los Vecinos Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica. Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación. Objetivo: Mantener una comunicación fluida con los vecinos

Descripción: La Planta Fotovoltaica se encuentra ubicada en la comuna de Hualañé, Región del Maule, con vecinos cercanos a la planta, por lo cual, en todas las fases del Proyecto se implementará un procedimiento simple de recepción y registro de sugerencias, quejas y reclamos que facilite la comunicación y sea accesible para la comunidad, en general.

Justificación: Recibir, abordar, registrar/documentar y responder las quejas, consultas e inquietudes de las comunidades con respecto a la construcción, operación y cierre de la Planta. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar de implementación: Mediante sitio web.

Forma de implementación: Se implementará un sitio web durante las fases de construcción, operación y cierre para que los vecinos puedan dejar sus reclamos, sugerencias y/o denuncias.

Oportunidad de implementación: Se implementará al inicio de cada fase. Indicador que acredite su cumplimiento. Registro de las comunicaciones, asignando responsables y plazos de respuesta requeridos. Forma de control y seguimiento. Elaboración de matriz de registro y gestión de comunicaciones externas.

9.7.- Compromiso ambiental voluntario: Reducción Riesgo Electrocución Aves Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Línea de transmisión del proyecto Impacto asociado Aumento en el daño y/o mortalidad de aves por colisión con Línea de conexión con subestación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: reducir el riesgo de electrocución de aves con la LTE de unión con subestación Nueva Mataquito.

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Descripción: El Titular se comprometerá a la ejecución de un compromiso ambiental voluntario que implica la instalación de disuadores de vuelo en la conexión a la Subestación Nueva Mataquito

Justificación: Por medio de la instalación de disuadores de vuelo se proyecta una disminución en la probabilidad de ocurrencia de eventos de electrocución de aves en la línea de transmisión eléctrica. Cabe destacar que la línea presente corresponde a una conexión menor con postes. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: línea eléctrica conexión con Subestación Nueva Mataquito, comuna de Hualañé, Región del Maule. Forma: Instalación de disuadores en línea de transmisión eléctrica. Oportunidad: durante la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registros fotográficos de las obras realizadas, tanto para el revestimiento del canal y mejora de obras de distribución. Registro de contratos de obras, facturas de compra de materiales y actas de reunión con regantes, registro de mantenciones. Forma de control y seguimiento Reporte e Informe a la SMA. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo C Ficha Resumen de la Adenda Complementaria.

10.- Medidas Relevantes de los Planes de Contingencias y Emergencias

10.1.- Situación de Riesgo o Contingencia: Sismo Riesgo o contingencia Sismo Fase del Proyecto al que aplica Construcción operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones del Proyecto y superficie asociada al mismo Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con el objetivo de proteger la vida humana y minimizar impactos sobre el medio ambiente, las siguientes medidas deberán aplicarse de forma inmediata en caso de sismo, aplicarán a toda la superficie del Proyecto y a todas las fases del mismo:

Acciones o medidas en fase de construcción y cierre:

 Se contará con una Brigada de Emergencias que contará con implementos para manejar situaciones de emergencia.

Acciones o medidas en fase de construcción, operación y cierre:

 El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones obedecen a estándares nacionales e internacionales.  Los encargados en prevención realizarán charlas de inducción en materia de riesgos a los nuevos trabajadores y contratistas que realicen tareas en las instalaciones del Proyecto.  Instalación de señalética de zona de seguridad. Forma de control y seguimiento  Registro de actividades de capacitaciones.  Auditorías internas de cumplimiento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada  Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medidas de control de la emergencia Durante el Sismo o Terremoto:

 Dependiendo de la magnitud del sismo, se activará la alarma y si es pertinente el Jefe de Emergencia dará la instrucción al personal de evacuación hacia las zonas de seguridad.  Lo más importante en caso de sismos o terremotos es mantener la calma.  Procure calmar a los que están más nerviosos.  Ubíquese en un lugar seguridad, como el costado de muebles (triángulo de vida).  Aléjese de ventanas y elementos colgantes. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 62 de 173

 Aléjese de lugares donde existan objetos en altura, que puedan caer.  Apague equipos eléctricos (Computadores, calefactores, entre otros.)  Si ha habido derrumbes y hay personas lesionadas, llame de inmediato a los organismos de emergencia.  Si puede desconecte equipos eléctricos y apague fuentes de calor.  Aléjese de cables cortados ya que pueden estar energizados.  Si fuera necesario evacuar, los brigadistas deberán informar.

Después del Sismo o Terremoto:

 Después que haya sucedido el movimiento sísmico y si usted se encuentra bien deberá esperar a la Brigada de evacuación y/o jefe de área para que compruebe el normal funcionamiento de su área de trabajo y supervise el lugar con el fin de encontrar heridos.  Estar consiente y alerta a posibles réplicas, las que pueden ser similares al movimiento original.  No encienda artefactos que generen calor, no fume, no encienda fósforos, hasta que se verifique que no existan fugas de gas, derrames de aceites, entre otros.  Si se enfrenta con un foco de incendio de aviso con la bocina de emergencia, si no hay cerca de su puesto hágalo a viva voz y si puede use los extintores de acuerdo con las instrucciones recibidas, recuerde no usar agua sobre equipos eléctricos.  El jefe de mantención deberá chequear las instalaciones y evaluar los daños, además, deberá suspender el suministro o reponer a la brevedad los servicios básicos (electricidad, gas, agua, iluminación de emergencia), según sean las consecuencias del sismo.  Las personas lesionadas deberán ser trasladadas a la Mutual de Seguridad.  Si el rescate no está al alcance, se deberá llamar a Bomberos y Carabineros para colaborar y finalizar con esta labor.  La Brigada de Emergencia y/o los jefes de área, se cerciorarán de que no existan incendios, escapes de gas, agua, inflamables, deterioro de murallas, pisos, cableado eléctrico entre otros.  Si no se observan daños en los servicios de electricidad, agua, y gas, el personal de mantención deberá reponer gradualmente los servicios para prevenir fugas y/o accidentes.  Si existieran daños de tal magnitud que no sea viable intentar su reparación inmediata, se solicitará asesoría externa de personal competente (Servicios de agua, gas y electricidad). Vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias y Contingencias El encargado general dará aviso telefónico y por correo a las autoridades correspondientes, además de disponer del informe de registro en la oficina de operaciones.

10.2.- Situación de Riesgo o Contingencia: Derrame de sustancias peligrosas Riesgo o contingencia Derrame de sustancias peligrosas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones del Proyecto y superficie asociada al mismo Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Con el objetivo de proteger la vida humana y minimizar impactos sobre el medio ambiente, las siguientes medidas deberán aplicarse de forma inmediata en caso de derrame de sustancias peligrosas, aplicarán a toda la superficie del Proyecto y a todas las fases del mismo.  Se capacitará al personal que manipule y almacene temporalmente los residuos peligrosos y/o sustancias peligrosas. La capacitación será realizará por personal idóneo, en un lugar óptimo y habilitado para tal fin.  Las características constructivas del lugar de almacenamiento tanto de los residuos peligrosos como las sustancias darán cumplimiento a la normativa vigente, contarán con recipientes adecuados y suelos impermeables para poder controlar, en caso de accidente, la no llegada de los residuos o sustancias peligrosas al contacto con el suelo.  Se dispondrá de áreas exclusivas para la recarga de combustibles para las maquinarias, utilizando alguna capa protectora en el suelo para evitar la contaminación por posibles derrames de petróleo y aceite, entre otros.  No se permitirá la manipulación de lubricantes y combustibles en un área diferente a la establecida por la compañía. En caso de falla mecánica y potencial fuga de estos elementos hacia el suelo, se recogerá el material contaminado y se dispondrá en contenedores cerrados y rotulados, hasta su disposición final en sitio de disposición final autorizado. Forma de control y Respaldo de chequeos del estado de sistemas de contención de derrames en bodega de residuos Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 63 de 173

seguimiento peligrosos y de la condición de los contenedores para este tipo de residuo; indicando fecha de la revisión y encargado. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia  Las fugas o derrames pequeños (menos de 120 litros) deben ser controlados por los funcionarios que trabajan en las áreas afectadas utilizando arena, la cual debe ser desechada como residuo peligroso. Dar aviso al jefe de área y/o a la Brigada de Emergencia según corresponda.  Se dispondrá de 1 kit de control de derrame al interior de cada una de las bodegas, es decir, 1 kit se encontrará en la Bodega de RESPEL.  Si no es posible controlar el derrame, el Capitán de la brigada y/o jefe de área según corresponda deberá avisar las medidas a seguir y contactar con los organismos de emergencia.  El personal responsable junto al departamento SSOMA aislará el área afectada, identificará las características físico/químicas del producto de acuerdo con la información de la Hoja de Seguridad, verificando las posibilidades de detener el derrame a través del uso de productos absorbentes.  De ser necesario, se procederá a la evacuación del área afectada de acuerdo con el Plan de Emergencias.  Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten la aparición de dicha situación en el futuro. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El encargado general dará aviso telefónico y por correo a las autoridades correspondientes, además de disponer del informe de registro en la oficina de operaciones.

10.3.- Situación de Riesgo o Contingencia: Incendio Riesgo o contingencia Incendio Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones auxiliares, sector de paneles fotovoltaicos, zonas de operación de maquinarias. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Acciones o medidas en fase de construcción y cierre:

 Se creará una brigada contra incendios quienes deberán extinguir el fuego en caso de que sea controlable, caso contrario, deberá dar aviso inmediato a bomberos.

Acciones o medidas en fase de construcción y cierre:

 Se creará una brigada contra incendios quienes deberán extinguir el fuego en caso de que sea controlable, caso contrario, deberá dar aviso inmediato a bomberos.

Acciones o medidas en fase de construcción, operación y cierre:

 En las instalaciones auxiliares se dispondrá de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, tambores con arena, etc.), con su adecuada señalética y libre de obstáculos que interfieran con su rápida utilización.  Se capacitará a todos los trabajadores en procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios. La capacitación se efectuará por un profesional idóneo e incluirá el uso de los elementos de extinción de incendios, vías de evacuación e identificación de lasZonas de Seguridad.  Se instalarán alarmas para dar aviso en caso de incendios en bodegas de almacenamiento de sustancias y de residuos peligrosos, así como también en oficinas de control. El mantenimiento tendrá frecuencia acorde a lo indicado por el proveedor.  Instalación de señalética de "No fumar" en zonas donde se almacenen elementos inflamables y/o que pudiesen generar incendio.  De ninguna manera se permitirán despejes de vegetación a través de quemas o con métodos químicos. Tampoco se permitirán las quemas de los residuos vegetales.  Se establecerá un sistema de registro en caso de incendios, el cual contendrá a lo menos fecha de Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 64 de 173

ocurrencia del evento, personas involucradas, descripción de hechos, y en caso de fauna o vegetación, se definirán las especie involucradas.  Las mantenciones preventivas y correctivas de las instalaciones eléctricas serán realizadas por personal cualificado.  Se proveerá de herramientas, Elementos de Protección Personal (EPP) y equipos de protección individual con aislamientos adecuados para evitar quemaduras y electrocución. Forma de control y seguimiento  Registro de charlas de capacitación a trabajadores a disposición de las autoridades.  Registro de mantenimientos.  Registro del estado de señalética, alarmas y extintores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia  El personal dará alarma del siniestro al jefe de emergencia, quien informará a los coordinadores de área y encargados del Departamento de Prevención de Riesgos (DPR) para proceder a la evacuación del lugar. La alarma contra incendios dará aviso de la emergencia al personal.  Al detectarse un incendio, se activará el procedimiento contra incendios, existirá personal que estará capacitado en la utilización de extintores y tratarán de extinguirlo en caso de que este sea controlable. Caso contrario dará aviso inmediato a bomberos y se evacuará a todo trabajador hacia las zonas de seguridad.  En el caso de encontrar fauna silvestre o animales heridos, el encargado ambiental del Proyecto, deberá evaluar y coordinar las acciones frente a este tipo de eventualidad. Todo evento será debidamente informado a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) en un máximo de 24 horas, con quien se deberá definir el proceder posterior.  En el caso que el animal resultase muerto producto del incendio o posterior a la atención primaria, el evento quedará registrado, y se avisará al SAG y SMA (dentro de las primeras 24 horas) para que señale las acciones que corresponde realizar.  En el caso de que el evento haya producido daños a vegetación nativa y fauna silvestre, se avisará a la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y a la SMA. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez finalizado el siniestro, se deberá investigar las causas y elaborar un informe como sistema de registro. El encargado general dará aviso telefónico y por correo a las autoridades correspondientes, además de disponer del informe de registro en la oficina de operaciones.

10.4.- Situación de Riesgo o Contingencia: Incendio forestal Riesgo o contingencia Incendio forestal Fase del Proyecto al que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas e instalaciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Acciones o medidas aplicables a fase de construcción, operación y cierre, incluyendo área de corta de especies vegetales y áreas de reforestación:

 Realizar charla de concientización a visitas, personal vinculado directo con el Proyecto; de preferencia al aire libre, sobre la importancia de las Áreas Silvestres (las formaciones vegetales nativas existentes en la unidad). Es fundamental que se recalque el valor que ellas tienen, las funciones que cumplen para cada uno de nosotros y cómo pueden verse afectadas, donde un ejemplo deben ser los incendios forestales y sus causas.  Mantener caminos y/o senderos limpios y libres de obstáculos.  Los caminos y senderos que permiten el ingreso al Proyecto deben mantenerse limpios. Es importante que no exista vegetación seca en sus costados, pues ésta puede generar las condiciones para un incendio tipo forestal, si es que se arroja una colilla de cigarro encendida u otro medio de ignición.  No Fumar.  Nunca arrojar colillas de cigarrillos ni fósforos al suelo porque podrían causar un incendio forestal.  No encender fuego ni fogatas. Tampoco manipular otras fuentes de calor como velas o inciensos.  El acceso a personas al Proyecto será restringido. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 65 de 173

 El manejo de combustible al momento de la corta será supervigilado por el capataz de la faena, cargándose en la zona despejada de vegetación.  El sector de corta y reforestación contará con señal de teléfono celular lo que permitirá una comunicación fluida con CONAF y Bomberos en caso de avistamiento de algún foco de Incendio. Forma de control y seguimiento Revisión periódica del estado de los extintores y registro de capacitación al personal para el correcto uso de estos. Las capacitaciones se realizarán antes del inicio de los trabajos y cada vez que ingrese personal nuevo Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medidas de control de la emergencia Ante la presencia de un incendio el personal deberá actuar de la siguiente manera:

 Informar al Vigilante y/o al encargado del Departamento de Prevención de Riesgos (DPR) de la presencia de un incendio a través del teléfono, radios, alarma u otros medios.

Cuando se informe de la presencia de un incendio a través del teléfono, radios alarma u otros medios, procederá de la siguiente manera:

 Comunicará la emergencia por medio de los altavoces, radio o teléfono del Proyecto.  Verificará el lugar exacto del incendio.  Comunicará inmediatamente al Coordinador General o a la mayor jerarquía que se encuentre en el parque, al momento de ocurrida la emergencia.  Comunicada la emergencia al Coordinador General, se deberá desconectar la alarma de aviso.  Estar atento a cualquier llamado telefónico hasta que pase la emergencia.  El Vigilante debe dejar de lado cualquier trabajo que este ejecutando cuando se active la alarma de incendio y dedicarse por completo a cumplir con sus obligaciones y permanecer atento a cualquier solicitud de parte del Coordinador General de Emergencia.

En horarios específicos, en los cuales el parque se encuentre sin operarios presentes y sólo estén los Vigilantes, serán éstos quienes comunicarán la emergencia siguiendo el orden correlativo de los números telefónicos mencionadosa continuación. La primera jefatura que se informe sobre el siniestro tendrá que ordenar a Vigilancia si procede o no llamar al 133 (Bomberos). Adicionalmente se debe informar de lo sucedido al 130 (CONAF) o en su defecto al +56 71 222 6800 (CONAF Región del Maule).

Fuego Incipiente: Se entiende por fuego incipiente como aquel de muy pequeña magnitud y fácilmente controlable, como, por ejemplo un área menor a 1 m2 fuera del área del Proyecto.

Para estos casos, los trabajadores y/o Contratistas deberán considerar las siguientes pautas:

 Procure que la situación sea informada a la garita de vigilancia.  Inicie el combate del fuego utilizando medios de extinción portátiles.  Informe inmediatamente al Departamento de Prevención de Riesgos (DPR), al Supervisor del área y/o al Coordinador de Seguridad.  Use el teléfono sólo para reportar la emergencia.  Una vez controlado el fuego, participe en las tareas para reiniciar el proceso productivo.  En caso de no ser controlado este fuego incipiente comuníquelo por teléfono a la garita y prepárese para evacuar el lugar siguiendo las instrucciones de la brigada de evacuación y/o jefe de área según corresponda de su Sección.

Incendio Declarado: Para estos casos, los trabajadores y Contratistas deberán considerar las siguientes pautas:

 Parar los equipos según procedimientos de operaciones.  Cerrar ventanas y puertas después de evacuar el sector o lugar de trabajo.  No dejar obstáculos en los pasillos y corredores.  Ante la presencia de humos que entorpezcan la visibilidad desplazarse apegado al piso.  Al no poder salir debido al calor, llamas, u otras dificultades se refugiarán en sectores no comprometidos, dejando señales para ser ubicados. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 66 de 173

 Todo trabajador, a medida que evacua hacia Zonas de Seguridad, deberá avisar de la emergencia a toda persona que encuentre en su camino.  No debe volver por ningún motivo hacia el sector siniestrado.  Permanecer en las Zonas de Seguridad hasta que el Comité de Emergencia decida el retorno a la normalidad.  Los trabajadores deben obedecer estrictamente las instrucciones impartidas por los integrantes de las Brigadas y/o jefe de área según corresponda.  En caso de evacuación total el personal se dirigirá en orden, en dirección al área de estacionamiento, lo más lejos posible en dirección a la carretera principal.  La Evacuación Total sólo podrá ser ordenada por el Coordinador General; en su ausencia lo hará la persona con mayor rango en ese momento.  Si hubiese proyección de esquirlas el personal se ubicará detrás de muros y/o cualquier construcción que asegure su protección (muralla exterior, edificio administrativo, etc).  Una vez controlado el siniestro, colabore en las tareas de normalización de la producción, siguiendo siempre las instrucciones de los jefes de sección.

Se consideran además medidas relacionadas al permiso para corta de bosque nativo (Anexo A PAS 148 de la Adenda Complementaria), las cuales corresponden a las siguientes:

 El material producto del roce de la vegetación será dimensionado y extraído de manera de disminuir el material combustible. El material de menor tamaño será cubierto con el suelo que se extraiga de la senda.  En caso de avistamiento de foco de incendio el personal a cargo de las labores de corta estará capacitado para la realización del primer ataque. Complementariamente se estará avisando a Bomberos y a CONAF.  El predio cuenta con señal de teléfono celular, lo que permitirá tener las comunicaciones en forma permanente.  En terreno, mientras duren las actividades de corta y reforestación, se mantendrán extintores, de manera de atacar inmediatamente el foco de incendio evitando su propagación.  Se contará con herramientas (como palas, azadones, rozones, rastrillos) y equipos (como extintores) para realizar el primer ataque.  Se aislará el foco de incendio mediante la construcción de un cortafuego perimetral de 8 metros alrededor de los rodales en dirección al cerco perimetral, de manera de cortar el material combustible disponible. Vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias y Contingencias Se informará a la SMA, mediante un informe, en caso de que hubiera suspensión de las faenas laborales.

10.5.- Situación de Riesgo o Contingencia: Incendio en Bodega de residuos peligrosos RESPEL Riesgo o contingencia Incendio en bodega de residuos peligrosos. Fase del Proyecto al que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega RESPEL. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Estará prohibido fumar o portar fuego al interior de la zona de resguardo de los sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.  Se instalará señalética adecuada que establezca la prohibición de fumar o generar cualquier tipo de fuego por medio de fósforos, encendedores u otros elementos.  Se dispondrá de extintores adecuados en características y cantidad según lo establecido en el D.S. N° 594/2000, en un lugar próximo a los sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos y estarán debidamente señalizados indicando la ubicación y vías de evacuación.  Se realizarán capacitaciones al personal respecto al correcto uso y empleo de los equipos de extinción de incendios dispuestos en el área de almacenamiento. Las capacitaciones serán al inicio de la fase de construcción, además serán realizadas cada vez que se incorpore un nuevo trabajador. Las capacitaciones incorporarán los siguientes temas: - Inducción de seguridad, donde se les dará a conocer los riesgos laborales, la forma correcta de utilizar los EPP y las medidas de prevención que deben adoptar. - Medidas de detección de incendios. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 67 de 173

- Comportamiento del fuego. - Cómo actuar frente a la ocurrencia de un incendio. - Uso de herramientas.  El almacenamiento de RESPEL se realizará en recipientes rotulados cuyas características consideran su peligrosidad e incompatibilidad.  En caso de Existir más de un foco de incendio, que no sea posible controlar, o que se trate de un incendio declarado, el personal deberá dar aviso de inmediato a los números de emergencia 130 (CONAF) y 132 (Bomberos), y desalojar la zona de trabajo dirigiéndose a la Zona de Seguridad. Forma de control y seguimiento  Registro de charlas de capacitación a trabajadores a disposición de las autoridades.  Registro de mantenciones a la planta.  Registro del estado de señalética, alarmas y extintores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medidas de control de la emergencia  Los encargados del manejo de un derrame accidental deberán estar debidamente calificados, actuando con precaución y utilizando Elementos de Protección Personal (EPP)  De ser posible, identificar el origen y detener el flujo del derrame, evitando el contacto con cualquier fuente de electricidad, chispas o fuego. La detección del flujo se hará cavando zanjas de contención o utilizando sacos de arena para evitar que el derrame percole e ingrese a cursos de agua o afecte otros componentes ambientales.  Se mantendrá identificado y al interior de la zona de resguardo de los sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, un kit de contención para el manejo de un derrame de residuos peligrosos.  Se implementarán acciones para la descontaminación del área posterior a la emergencia. Esto consistirá en remover el suelo contaminado si es requerido y la descontaminación de equipos. El suelo contaminado y los residuos que se generen deberán tratarse como residuos peligrosos. Forma de control o seguimiento Se registrará y se tendrá constancia de la emergencia ocurrida. Este registro detallará los hechos de la emergencia, tales como el origen, personal involucrado, duración, detalles de afectación, registro fotográfico previo a la emergencia, forma de control de la emergencia y registro fotográfico posterior a la emergencia. Vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias y Contingencias  Una vez finalizado el siniestro, se deberá investigar las causas y elaborar un informe como sistema de registro.  El encargado general dará aviso telefónico y por correo a las autoridades correspondientes, además de disponer del informe de registro en la oficina de operaciones.

10.6.- Situación de Riesgo o Contingencia: Incendio en Bodega Residuos No Peligrosos Riesgo o contingencia Incendio en bodegas de residuos no peligrosos o domiciliarios Fase del Proyecto al que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodegas de residuos no peligrosos o domiciliarios Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se identificarán o reducirán las áreas de riesgo para reducir o eliminar la probabilidad de ocurrencia de una emergencia.

Estará prohibido fumar o aportar fuego al interior de la zona de resguardo de los sitios de almacenamiento temporal de residuos. Se instalará la señalética adecuada que establezca la prohibición de fumar o generar fuegos mediante fósforos, encendedores u otros elementos.

Se dispondrá de extintores adaptados y en un número adecuado según lo establecido por el D.S. N° 594/2000, en un lugar próximo a los sitios de almacenamiento temporal de residuos, con señalización que identifica la ubicación de los extintores y vías de evacuación. Se realizarán capacitaciones al personal respecto al correcto uso y empleo de los equipos de extinción de incendios dispuestos en el área de almacenamiento.

El almacenamiento de residuos se realizará en recipientes rotulados considerando su peligrosidad e incompatibilidad.

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Respecto a las capacitaciones y/o charlas de inducción a los trabajadores antes mencionadas, estas se realizarán al inicio de la etapa de construcción. Posteriormente, se realizará la charla de inducción cada vez que se incorpore un nuevo trabajador o trabajadora.

Los temas para tratar en las capacitaciones se presentan a continuación:

 Inducción de seguridad, en la cual se les dará a conocer los riesgos que involucra su trabajo, la forma correcta de utilizar los EPP y las medidas de prevención que debe adoptar.  Detección de incendios.  Comportamiento del fuego.  Como actuar frente a la ocurrencia de un incendio.  Uso de herramientas.

En caso de existir más de un foco de incendio, que no sea posible controlar, o que se trate de un incendio declarado, el personal deberá dar aviso de inmediato a los números de emergencia 130 (CONAF) y 132 (Bomberos), y desalojar la zona de trabajo dirigiéndose a una zona segura. En el área de instalación de faena se efectuarán las capacitaciones ante la ocurrencia de incendios, con el fin de que el personal sepa reaccionar oportunamente ante la emergencia. Al mismo tiempo, en las capacitaciones anteriormente mencionadas, se efectuará la divulgación de información respecto al peligro de incendios, prohibición de realizar fuego, prohibición de fumar en el área, correcta mantención de vehículos. Forma de control y seguimiento  Registro de charlas de capacitación a trabajadores a disposición de las autoridades.  Registro del estado de señalética, alarmas y extintores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medidas de control de la emergencia  En caso de detectar humo o llama, se dará un aviso de alerta de emergencia a viva voz y/o por el medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc.). Se dará aviso al jefe de obra y al cuerpo de bomberos.  Se desconectarán en forma inmediata los equipos eléctricos cercanos al lugar del incidente.  En caso de escuchar la alerta de incendio, dirigirse con extintor rápido al sitio del amago, sólo si está capacitado para usarlo, de lo contrario evacue el área a las zonas de seguridad. Los extintores portátiles sólo deben ser utilizados para controlar amagos y no incendios declarados.  Las faenas cercanas al foco de incendio serán suspendidas de inmediato.  El personal afectado deberá ser trasladado hacia una zona de seguridad predefinida.  Sólo cuando el personal autorizado dé el aviso de entrar al área de almacenamiento se podrá volver a entrar. Forma de control y seguimiento Se registrará y se tendrá constancia de la emergencia ocurrida. Este registro detallará los hechos de la emergencia ocurrida, tales como, el origen de ésta, personal involucrado, duración, detalle de la afectación, registro fotográfico previo en caso de poder realizarse en virtud de las condiciones de la emergencia, la forma de control de la emergencia y registro fotográfico posterior a la emergencia. Vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias y Contingencias  Una vez finalizado el siniestro, se deberá investigar las causas y elaborar un informe como sistema de registro.  El encargado general dará aviso telefónico y por correo a las autoridades correspondientes, además de disponer del informe de registro en la oficina de operaciones.

10.7.- Situación de Riesgo o Contingencia: Accidentes que afecten al recurso hídrico Riesgo o contingencia Accidentes que afecten al recurso hídrico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Carga de combustible y manejo de residuos (calidad de las aguas), en caso de que aplique. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Con el objetivo de proteger la vida humana y minimizar impactos sobre el medio ambiente, las siguientes medidas deberán aplicarse de forma inmediata en caso de afectación al recurso hídrico. Estas medidas aplicarán a toda la superficie del Proyecto y a todas las fases del mismo:  Camiones, maquinariasy vehículos deberán transitar en los caminos establecidos, además de respetar las velocidades para circular en los caminos de acceso e internos (velocidad máxima permitida 20 km/h), poniendo especial cuidado en los puntos de cruces de canales, en caso de Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 69 de 173

existir.  Prohibición de verter cualquier material,residuo líquido o sólido a los cursos de agua incluyendo ramas, hojas o troncos.  Instalar carpa protectora sobre los camiones durante el movimiento de tierra y humectar los caminos.  Se dispondrá de áreas exclusivas para el manejo de combustibles y materiales contaminantes, las que contarán con una capa protectora y aislante, de manera de evitar la contaminación por derrame e infiltración de combustible a las napas freáticas.  Capacitación en cuidado del recurso hídrico por contexto de cambio climático y escasez hídrica. Forma de control y seguimiento  Registro de charlas de capacitación a trabajadores a disposición de las autoridades.  Registro de mantenciones a la planta.  Respaldo de chequeos del estado de cumplimiento de las medidas indicando fecha de la revisión y encargado. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia En caso de un derrame de combustible, por posibilidad de contaminación de un cuerpo de agua o infiltración, se activará el plan de emergencia que aplica en caso de fuga o derrame de residuos líquidos peligrosos o sustancias almacenadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA sobre aquellos derrames que no hayan podido ser controlados por el personal en obra y que impliquen un peligro inminente para el medio ambiente y/o la salud de la población.

10.8.- Situación de Riesgo o Contingencia: Derrame de residuos no peligrosos Riesgo o contingencia Derrame de residuos industriales no peligrosos Fase del Proyecto al que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos, domiciliarios y su transporte Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Las instalaciones de faenas, frentes de trabajo, así como las zonas de acopio temporal de residuos industriales no peligrosos, zonas de acopio temporal de residuos sólidos asimilables a domiciliarios y zona de almacenamiento de materiales, se mantendrán limpias y ordenadas.  Programa de retiro según tipo de residuos con disposición final en un centro autorizado por la autoridad sanitaria.  Habrá un responsable que asegure el cumplimiento del programa de retiro de residuos.  Los lugares de acopio temporal de residuos contarán con características de construcción y dimensión adecuadas para estos residuos, contemplando una adecuada frecuencia de retiro.  Se tendrá alternativas de servicio de transporte de residuos que contemple la normativa aplicable.

Para minimizar la magnitud de la contingencia, el personal encargado contará con todos los implementos y elementos de protección para un adecuado control. Forma de control y seguimiento  Registro de charlas de capacitación a trabajadores a disposición de las autoridades.  Registro de inspección del estado de la bodega.  Registro de los volúmenes transportados cada vez que se retiren los residuos de la instalación de faenas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medidas de control de la emergencia En caso de falla o incumplimiento de la empresa encargada del retiro de los residuos:

 Se contactará a la empresa externa encargada del retiro y se solicitará la reanudación del servicio a la brevedad, en el caso de que exista capacidad de almacenamiento de residuos en los sitios destinados a ello, y los plazos lo permitan. Se contratará a otra empresa externa que efectúe un retiro de emergencia, en caso de que la empresa contratista a cargo del retiro no cumpla con lo solicitado, y los sitios de almacenamiento temporal de residuos estén llenos.  En caso de que factores externos (cortes de camino, movilizaciones u otros casos) impidan el traslado de los residuos fuera del área del Proyecto, el jefe o supervisor a cargo suspenderá las Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 70 de 173

labores en sus dependencias, por lo cual se procederá con el envío de los trabajadores a otros sitios de trabajo o a sus residencias, dado que se estaría ante un incumplimiento de las condiciones mínimas de higiene en el lugar de trabajo, según lo establece el D.S N°594/99 del Ministerio de Salud que “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.  Se realizará una investigación y registro de cualquier incidente relacionado a este ámbito.

En caso de malos olores o proliferación de vectores provenientes del sitio de acopio de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios:

 Se revisará el estado de los contenedores.  En caso de ser requerido, se realizará reemplazo de contenedores dañados.  En caso de ser requerido, se solicitará el retiro anticipado de estos residuos.  Se realizará limpieza de los contenedores.  Se realizará investigación y registro del incidente. Forma de control y seguimiento Se registrará y se tendrá constancia de la emergencia ocurrida. Este registro detallará los hechos de la emergencia ocurrida, tales como, el origen de ésta, personal involucrado, duración, detalle de la afectación, registro fotográfico previo en caso de poder realizarse en virtud de las condiciones de la emergencia, la forma de control de la emergencia y registro fotográfico posterior a la emergencia. Vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias y Contingencias No aplica.

10.9.- Situación de Riesgo o Contingencia: Derrame RESPEL Riesgo o Contingencia Derrame de residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega RESPEL. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Se informará a los trabajadores de forma previa a la ejecución del Proyecto, teniendo como finalidad que los trabajadores se familiaricen con la zona de resguardo de los sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos y se instruyan respecto a la gestión y el manejo adecuado de residuos peligrosos.  Habrá señalética adecuada al interior de la zona de resguardo de los sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, indicándose en cada uno de éstos qué residuos deben acopiarse.  Se prohibirá botar o acopiar residuos fuera de las áreas de almacenamiento definidas.  Se mantendrá la limpieza y el orden en las áreas de trabajo y en la zona de resguardo de los sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.  Se revisará regularmente el estado de los sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, asegurando la impermeabilidad de su base.  Para prevenir riesgos y contingencias por el transporte de sustancias y residuos peligrosos se considerará: - Los transportistas de la empresa encargada de retirar los residuos deberán seguir los procedimientos de seguridad para ingreso, circulación, carga y descarga. - Se registrarán los volúmenes transportados cada vez que se retiren los residuos de la instalación de faenas. - El transporte de residuos peligrosos será realizado según lo establecido por el D.S. N°148/03 del Ministerio de Salud.  En el caso de generación de olores las medidas preventivas estarán asociadas al orden y limpieza en el área de la bodega, para lo cual se consideran las siguientes medidas: - Las áreas de manejo de residuos se encontrarán, en todo momento, limpias y ordenadas. - Se mantendrá registro de los retiros de residuos. - Los residuos domiciliarios y asimilables serán dispuestos en tambores y bolsas plásticas en su interior, debidamente rotulados, los que se mantendrán tapados para evitar la generación de malos olores y propagación de insectos y vectores. Forma de control y seguimiento  Registro de charlas de capacitación a trabajadores a disposición de las autoridades.  Registro de inspección del estado de la bodega. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 71 de 173

 Registro del estado de señalética, alarmas y extintores.  Registro de los volúmenes transportados cada vez que se retiren los residuos de la instalación de faenas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia  Los encargados del manejo de un derrame accidental deberán estar debidamente calificados, actuando con precaución y utilizando Elementos de Protección Personal (EPP).  De ser posible, identificarán la fuente de origen y detendrán el flujo del derrame, evitando el contacto con cualquier fuente de electricidad, chispas o fuego. La detención del flujo se hará cavando zanjas de contención o utilizando sacos de arena para evitar que el derrame percole e ingrese a cursos de agua o afecte otros componentes ambientales.  Se mantendrá identificado y al interior de la zona de resguardo de los sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, un kit de contención para el manejo de un derrame de residuos peligrosos.  Se implementarán acciones para la descontaminación del área posterior a la emergencia. Esto consistirá en remover el suelo contaminado si es requerido y la descontaminación de equipos. El suelo contaminado y los residuos que se generen, en caso de ocurrir, serán tratados como residuos peligrosos y se dispondrán temporalmente en la bodega de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Se registrará y se tendrá constancia de la emergencia ocurrida.

El registro detallará los hechos de la emergencia ocurrida, tales como el origen de ésta, personal involucrado, duración, detalle de la afectación, registro fotográfico previo en caso de poder realizarse en virtud de las condiciones de la emergencia, la forma de control de la emergencia y registro fotográfico posterior a la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia  Una vez finalizado el siniestro, se deberá investigar las causas y elaborar un informe como sistema de registro.  El encargado general dará aviso telefónico y por correo a las autoridades correspondientes, además de disponer del informe de registro en la oficina de operaciones.

10.10.- Situación de Riesgo o Contingencia: Hallazgos Arqueológicos Riesgo o contingencia Hallazgos arqueológicos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Faenas de remoción de suelo y lugares de excavación del terreno Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Se realizarán charlas de inducción sobre patrimonio cultural a todo el personal involucrado en las labores de movimientos de tierra, en donde se incluya la prehistoria del sector.  Se contará con un monitoreo continuo en las zonas donde se realice movimientos de tierras, para que, en el momento que se detecten estos sitios, se pueda generar planes de conservación y recuperación de estos. Forma de control y seguimiento  Registro de charlas arqueológicas.  Registro e informe del monitoreo. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia En caso de evidenciar un hallazgo el jefe de obra deberá implementar las siguientes medidas:

 Detener las obras en el frente de donde se hayan detectado estos hallazgos.  Solicitar la presencia inmediata de un arqueólogo para evaluar el daño y tomar acciones a seguir.  Dar aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales.  El titular reubicará las obras de ser necesario.  Se llevará a cabo la medida que determine el CMN, las que estarán a cargo de un especialista calificado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la Se dará aviso de cualquier hallazgo arqueológico no previsto al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) en conformidad a la Ley de Monumentos Nacionales N°17.288. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 72 de 173

activación del Plan

10.11.- Situación de Riesgo o Contingencia: Afectación de flora y fauna silvestre Riesgo o contingencia Afectación de flora y fauna silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas e instalaciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se implementará un Programa de Capacitación Ambiental que tiene por objetivo informar al personal de obras sobre la importancia y el rol que juega el medio ambiente en nuestra sociedad, y en particular el ecosistema presente en las cercanías del Proyecto, así como los resguardos necesarios para su protección. Este programa se expondrá mediante charlas de inducción a los trabajadores de la obra, informando de las acciones o medidas generales a implementar para evitar la ocurrencia de situaciones de riesgo para la fauna y el ecosistema terrestre. Se deben establecer como mínimo las siguientes consideraciones:

 No afectar áreas fuera de los límites establecidos como áreas de trabajo. El tránsito de vehículos y personas estará restringido a los sectores del Proyecto.  Instalación de letrero informativo dentro de la obra, alusivo a la importancia del ecosistema y el medio biótico, sus características y las medidas de protección.  Prohibición de eliminar desechos al medio ambiente (se habilitará contenedores dentro de la obra).  Prohibición de alimentar fauna silvestre.  Prohibición de cazar, portar armas o artes de caza, tanto al personal del contratista como para el de la empresa.  No se permitirá molestar a la fauna silvestre, ni recolectar huevos o crías de especies nativas. Además, deberán dar aviso al Jefe de Obra, si encontraran animales heridos, crías y/o huevos.  Prohibir la presencia de animales domésticos en el área de la obra.  Programa de capacitación en temas biológicos para todo el personal que intervenga durante la etapa de construcción, ejecutado mediante una charla de inducción a los trabajadores, una vez que se comiencen las faenas.  El acopio de residuos sólidos domiciliarios se realizará en contenedores plásticos con tapa hermética, dispuestos dentro de un área aislada por un cierre perimetral.

Medida asociada a ejecución de corta de especies vegetales:  Sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras. Forma de control y seguimiento Registro de las capacitaciones a los trabajadores sobre las prohibiciones en cuanto a la fauna silvestre que se encuentre en el Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia En caso de evidenciar afectación de fauna silvestre el jefe de obra deberá:

 Trasladar el individuo a un centro de rehabilitación autorizado por el SAG para que se le practiquen los procedimientos necesarios para resguardar su vida (curaciones, cirugías, etc.).  Si posterior al incidente el individuo queda sin problemas de movilidad y se escapa, se reportará inmediatamente el incidente a la Unidad de Medio Ambiente indicando lugar, hora, y especie afectada. A su vez, esta unidad informará de manera inmediata al SAG.  Se dará aviso oportuno al SAG dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el suceso. Esto a través de un mail dirigido al Jefe de Oficina del SAG y del Director Regional del SAG Regional.  El titular realizará seguimiento de las acciones que determine este centro de rehabilitación en cuanto a la liberación del ejemplar y emitirá un informe al SAG que dé cuenta de esta acción a fin de registrar el procedimiento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlados los riesgos críticos, el supervisor dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). En función de la magnitud y naturaleza de la emergencia, el procedimiento de comunicación considerará dar aviso y solicitar apoyo al SAG y/o a otras entidades correspondientes. Luego se elaborarán los reportes e informes correspondientes.

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10.12.- Situación de Riesgo o Contingencia: Derrame de aguas servidas Riesgo o contingencia. Derrame de aguas servidas Fase del Proyecto a la que aplica. Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Sistema de tratamiento de aguas servidas y servicios higiénicos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.  El sistema de tratamiento de aguas servidas cumplirá con todos los estándares de diseño, construcción y operación dispuestos en la normativa vigente, además de cumplir con lo establecido en el art. 138 del R-SEIA sobre la “construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza”  Se capacitará a los trabajadores acerca del buen manejo de aguas servidas respecto al sistema de tratamientos, con el propósito de prevenir daños en el sistema de desagüe.  Se realizará periódicamente una inspección visual con el objeto de verificar que no existan problemas operativos del sistema de tratamiento de aguas servidas, como fisuras, roturas o fugas.  Se dispondrá de señalética en los servicios higiénicos para orientar sobre el correcto uso de las instalaciones, como la prohibición de eliminar elementos por el desagüe para lo cual el sistema no ha sido diseñado.  Programación en limpieza de la Planta de Tratamientos de Aguas Servidas (PTAS). Si ocurriese una contingencia inesperada, se contará con el contacto de una empresa autorizada que gestione el retiro de lodos. Forma de control y seguimiento.  Aprobación y aplicación de PAS 138  Registro de retiro de lodos por empresa autorizada por la autoridad sanitaria  Registro de inspecciones visuales que corroboren el correcto estado de la infraestructura de tratamiento de aguas servidas  Registro de las capacitaciones realizadas Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.  Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria  Anexo F Permiso Ambiental Sectorial 138 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia.  Quien detecte un fallo en el sistema de aguas servidas deberá dar aviso inmediato a su jefatura directa, quien contactará al equipo de mantenimiento para solucionar la emergencia junto con registrar el evento.  Si el equipo de mantenimiento no logra dar respuesta a la emergencia, se contactará a la empresa de respaldo para controlar la situación.  Se deberá dar a todo el personal la indicación de mantener distancia del lugar de la emergencia para evitar riesgos de enfermedad hasta que la situación haya sido controlada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan. El encargado general dará aviso telefónico y por correo a la SMA, la Superintendencia de Servicios Sanitarios y otras unidades correspondientes, además de disponer de los informes de registro en la oficina de operaciones.

10.13.- Situación de Riesgo o Contingencia: Inundaciones Riesgo o contingencia. Inundaciones Fase del Proyecto a la que aplica. Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Áreas de paneles fotovoltaicos, y badenes Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.  Se realizará periódicamente inspección visual de las obras con el objeto de verificar que no existan problemas operativos ante eventualidades.  Dentro de las charlas de prevención se capacitará en materia de evacuación y cadenas de comunicación ante inundaciones.  Frente a una inundación una alarma avisará a la zona de control para apagado de los circuitos eléctricos del Proyecto. Forma de control y seguimiento.  Aprobación Plan de evacuación  Registro de inspecciones visuales que corroboren el correcto estado de la infraestructura del Proyecto  Registro de las capacitaciones realizadas Referencia a documentos del expediente de evaluación que  Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria  Anexo 2-1 Medio físico de la DIA Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 74 de 173

contenga la descripción detallada. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia.  Quien detecte una situación de inundación, debe proceder a la evacuación del lugar y dar alarma del evento a su jefatura directa.  Se deberá dar a todo el personal la indicación de mantener distancia del lugar de la emergencia.  Posterior al evento se realizarán inspecciones y mantenciones para asegurar ausencia de daño estructural y correcto funcionamiento de las instalaciones del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan. El encargado general dará aviso telefónico y por correo a la SMA y las autoridades correspondientes, además de disponer de los informes de registro en la oficina de operaciones.

10.14.- Situación de Riesgo o Contingencia: Alteración en el sistema de transporte Riesgo o contingencia. Alteración en el sistema de transporte Fase del Proyecto a la que aplica. Construcción y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Transporte de insumos y de personal Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.  Re-demarcación en la calzada de líneas de eje central y pistas de la Ruta J-60  Reemplazo de señalización en mal estado en el área de emplazamiento del Proyecto  El acceso del Proyecto contará con una señal de PARE y delineadores y todos aquellos elementos y señales que refuercen la seguridad en la ruta.  Los camiones que circularán para el Proyecto deberán respetar los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N°158/1980 del Ministerio de Obras Públicas (MOP).  Realizar lavado de ruedas a los camiones que salen del Proyecto a la vía pública.  Se realizará coordinación horaria con los vecinos o asentamientos que realicen celebraciones o ceremonias que hagan uso de rutas que empleará el Proyecto, ya sea por traslados masivos hacia y desde éstas, o porque las rutas son usadas para desfiles, procesiones u otro tipo de manifestaciones.  Se utilizarán vehículos con una antigüedad menor a 10 años, y se deberán definir programas de mantención periódicos, contemplando una revisión técnica con la periodicidad que estipula el DS- MTT 156/90 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT).  Se exigirá al contratista contractualmente mantener sus vehículos y maquinaria con sus revisiones técnicas al día.  Se implementará un programa de capacitaciones anuales para todo el personal (contratista y subcontratistas), ya sea conductor habitual o esporádico, en materia de manejo a la defensiva y primeros auxilios, prácticas y cuidados adicionales en el paso por zonas pobladas, cultivos y lugares de pastoreo, entre otros temas. Forma de control y seguimiento.  Aprobación del diseño del acceso del Proyecto por la Dirección de Vialidad del MOP.  Comprobante de revisión técnica al día por parte del contratista.  Registro de capacitaciones realizadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.  Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria  Anexo 2-7 Estudio de Vialidad de la DIA Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia.  Ante la ocurrencia de un evento de congestión vehicular o accidente en las inmediaciones del Proyecto consecuencia de una actividad del Proyecto, se dará aviso a Jefatura Directa, quien a su vez dará aviso al encargado de Prevención de Riesgos y a las autoridades correspondientes para el control del evento.  Se dará la instrucción al personal involucrado de mantener la calma.  Posterior al evento se realizarán inspecciones y mantenciones para asegurar ausencia de daños en caso de accidente vehicular. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan. El encargado general dará aviso telefónico y por correo a la SMA y autoridades correspondientes, además de disponer de los informes de registro en la oficina de operaciones.

10.15.- Riesgo de Afloramiento de Aguas Subterráneas Riesgo o Contingencia Afloramiento de aguas subterráneas Fase del Proyecto a la que Construcción Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 75 de 173

aplica Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Lugares de excavación (cableado soterrado, postes de línea de transmisión, Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), entre otros) Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Como medidas preventivas se deberán realizar las siguientes acciones:

 Las actividades de excavación serán realizadas por sobre el nivel freático.  Se debe estar pendiente de los avisos meteorológicos de alerta temprana o alarmas generados por los medios de comunicación oficial que pudiesen aumentar el flujo de agua subterránea. Forma de control y seguimiento  Registro de capacitación a los trabajadores del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias.  Registro de mantenciones de las obras del Proyecto  Registro de control de excavaciones, para la verificación de su realización sobre el nivel freático.  Registro horario de avisos de alerta temprana o alarmas por condiciones meteorológicas para verificación de ausencia de afloramiento de aguas subterráneas en el área del Proyecto Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante el potencial afloramiento de aguas durante la fase de construcción del Proyecto, tanto el personal interno a cargo y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en un plazo menor a 24 horas, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

 Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.  Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.  Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).  Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.  Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.  Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez controlada la emergencia, el supervisor dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). En función de la magnitud y naturaleza de la emergencia, el procedimiento de comunicación considerará dar aviso y solicitar apoyo a las entidades correspondientes. Luego se elaborarán los reportes e informes correspondientes.

 Dar aviso por escrito a la SMA en un plazo no superior a 24 horas ocurrido el evento, en la página web de la SMA.  Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (SMA y SEREMI del Medio Ambiente) y a los organismos con competencia en la materia (SEREMI de Salud).

Como forma de control y seguimiento, se mantendrá una copia del informe de emergencias enviado a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo B Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 76 de 173

11.- Que no hubo otras Consideraciones Metodológicas o Criterios Relevantes durante el proceso de evaluación ambiental

12.- Proceso de Participación Ciudadana

Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto de la DIA del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

12.3.2.1. Enediht Rojas Meza

12.3.2.1.1 Observación:

“viernes 23 de junio de 2023, producto de la crecida del río Tinguiririca, una de las torres de la línea de alta tensión de 154 kV Tinguiririca-San Fernando fue “Arrastrada” por el torrente del río Tinguiririca.” “Transelec y sus contratistas siguen trabajando intensamente en terreno con el objetivo de recuperar la seguridad de suministro eléctrico y la redundancia de la red de transmisión que permita entregar un servicio continuo”, añadió la empresa transmisora. Sin embargo, detalló que debido al nivel de daños ocasionados y a la situación de peligro aún presente en el terreno, y en el entorno del Río Tinguiririca, estas tareas podrán tardar unos días.” Noticia de ese día en varios medios de comunicación nacional. A propósito del cambio climático, crecidas de ríos y sus consecuencias. Este proyecto fotovoltaico contempla generar energía eléctrica y ser transmitida mediante torres de alta tensión que pretenden cruzar el lecho del río Mataquito. Claramente, el diseño estructural y la resistencia, en función de estas cargas vivas que causaron el arrastre de la torre de alta tensión, más un factor de seguridad, no es viable el uso de este trayecto, por tanto, tampoco es factible conectar esta energía, el proyecto a este lado del río no se puede autorizar. Sería como la edificación del edificio Kandinsky de Concón y una tremenda irresponsabilidad. https://www.revistaei.cl/2023/06/24/transelec-trabaja-intensamente-para-reparar-torre-de-alta-tension-que-colapso-por-crecida- del-rio-tinguiririca

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a eventuales contingencias a propósito del cambio climático y su relación con el proyecto. A este respecto, cabe indicar que, de acuerdo con la Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA, se presentó el Anexo 1-6 de la Declaración de Impacto Ambiental, la evaluación del proyecto respecto a las variables de cambio climático.

Dentro de las cadenas de impacto identificadas, se encuentra el riesgo de inundaciones por desbordes de ríos. Al respecto, los índices muestran los efectos de inundaciones generadas por precipitaciones extremas de período de retorno de 100 años, las cuales aumentan los caudales en esteros y ríos, incrementando la altura de escurrimiento.

Dependiendo de las condiciones del río, este aumento podría generar desbordes en los cauces, lo que comúnmente define áreas inundadas en los centros poblados que colindan con los ríos. Los índices se obtienen desde la plataforma Arclim y para la comuna corresponden a los siguientes:

 Índice de amenaza: nivel moderado Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 77 de 173

 Índice de exposición: nivel bajo  Índice de sensibilidad: nivel moderado  Índice de riesgo (cruce de los índices anteriores): Bajo

El índice de “riesgo bajo” representa que la susceptibilidad que presenta la infraestructura hidráulica crítica, cercana al cauce principal que describe la zona urbana, a sufrir los impactos en mayor o menor magnitud frente a un desborde de río, es baja.

Respecto de otras cadenas de impacto que presentes un índice de riesgo significativo, se encuentran consideradas en el desarrollo de la DIA en las medidas del Anexo B, Plan de Contingencias y Emergencias, Capítulo 1 de descripción del Proyecto (donde la localización del Proyecto considera los riesgos determinados por concepto del cambio climático), y Anexo F y L de la Adenda, con medidas como perturbación controlada y relocalización.

Complementando lo anterior, en el Apéndice A del Anexo F PAS 156 se encuentra la modelación de zonas de inundación, considerando el peor escenario probabilístico en un periodo de 100 años. El resultado de esto se presenta en la figura 7. Por otro lado, es importante destacar que el proyecto no contempla torres de alta tensión para su conexión a la Subestación Nueva Mataquito, que estará emplazada en el mismo inmueble.

Figura Superficie de inundación en el Área del Proyecto .

Tal como se aprecia en la figura anterior, las zonas de inundación de los cauces y quebradas no interactúan mayormente con las áreas del Proyecto, puesto que este fue diseñado con estas en consideración. A pesar de esto, el diseño contempla una serie de intervenciones de cauces debido a cruces de caminos, los cuales se denominan badenes. Estos corresponden a una obra de ingeniería realizada en cruces de cauces naturales, cuya finalidad es preparar, estabilizar y proteger el lecho del cauce para el cruce de vehículos, evitando afectaciones a la calidad y cantidad del recurso hídrico.

Por todo lo anterior, el proyecto fue diseñado considerando las variables de cambio climático y el escenario más desfavorable de crecidas considerando un período de retorno de 100 años.

Por otro lado, hay que destacar que el proyecto no contempla torres de alta tensión para su conexión a la Subestación Nueva Mataquito, que estará emplazada en el mismo inmueble.

12.3.2.1.2 Observación

i)Fauna de vertebrados silvestres: En dicho enunciado las estadísticas señalan abundancia de aves; pero no señalan ninguna medida de mitigación con respecto a aves e insectos. Un nuevo informe del U.S. Fish and Wildlife Service (USFWS) encuentra que las instalaciones solares de California están actuando como "mega trampas" que matan y hieren pájaros. Como resultado, "enteras cadenas alimentarias" están siendo perturbadas. El laboratorio forense del USFWS, estudió tres granjas solares en el sur de California: Desert Sunlight, Genesis Solar, y a Icanpah Solar Electric Generating System (ISEGS). Doscientos treinta y tres diferentes pájaros de setenta y una especies fueron halladas muertas en el transcurso del estudio durante dos años.

Las tres causas principales de las muertes son: Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 78 de 173

 Flujo Solar: exposición a temperaturas de más de 800ºF (426.7ºC).  Trauma por Impacto (o fuerza bruta): Las alas de las aves quedaron inútiles durante el vuelo, causando que se estrellen contra el suelo. Los pájaros que no mueren son a menudo heridos de mala manera que los hace vulnerables a los predadores.  Cuando las alas un pájaro son afectadas y no puede volar, pierde su principal medio de defensa contra animales como zorros y coyotes.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a un eventual impacto sobre la fauna aérea. A este respecto el proponente considera como medida de no afectación a las aves la implementación de reflectantes en los cruces aéreos del proyecto. Respecto al estudio mencionado, cabe aclarar que las plantas mencionadas son plantas de energía solar térmica lo que en ningún caso corresponde al tipo de energía generada por el proyecto, que es energía solar eléctrica fotovoltaica. La principal diferencia es que las plantas de energía solar térmica utilizan el calor para generar energía lo que explica las altas temperaturas mencionadas en el informe citado, mientras que las plantas de energía solar eléctrica fotovoltaica utilizan la luz para generar energía lo que en ningún momento aumenta la temperatura del ambiente.

12.3.2.1.3 observación: recursos naturales

Se solicita al proponente, que señale, detalladamente, el o los métodos efectivos que usarán para ahuyentar de las generadoras, tanto a las aves como a los insectos, con el objetivo de no provocar desequilibrio ecosistémico.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a aspectos descriptivos del proyecto. En referencia a ello se indica que en la Adenda se incorporó en el Anexo B Plan de Contingencias y Emergencias las siguientes medidas para evitar la afectación a las aves: En aves la electrocución puede ocurrir cuando un ave hace de puente entre dos componentes energizados, o cuando hace contacto con un componente energizado y tierra a través del poste. Como medida preventiva, se mantendrá una distancia entre estructuras energizadas de al menos 1,5 metros entre conductores, y de 0,6 metros entre conductores y el suelo (SAG, 2015). En la línea de transmisión eléctrica se contará con balizas de señalización cuya función será la de desviar el vuelo de las aves. Adicional a lo anterior, las aves se consideran como especie de alta movilidad por lo que se alejan con las emisiones de ruido puntuales que genera el proyecto, pero retornarán una vez finalizada la actividad, por lo que no existirá una afectación a sus actividades, además no se encontraron hábitat relevantes para aves dentro del proyecto (sitios de nidificación, de alimentación y/o reproducción) que no puedan ser encontrados en áreas aledañas al proyecto. Cabe mencionar que el proyecto no generará desequilibrios ecosistémicos, por lo tanto, no se presentan medidas para insectos, es importante mencionar que el proyecto cuenta con una línea de 150 metros que no generará efectos adversos significativos.

12.3.2.1.4 Observación

Los paneles intervendrán un área demasiado importante de hábitat de flora y fauna, no olvidar que son aproximadamente 210 hectáreas, muchas de ellas de matorrales y bosque nativo, por tanto, el impacto no es menor. Lamentablemente las campañas de muestreo realizadas fueron a temporales y no se condicen con los períodos de mayor abundancia en nuestra zona, cuyo informe no es representativo y no refleja la realidad que, como habitantes del territorio podemos dar fe. Por lo que solicitamos que, el proponente realice un nuevo estudio, donde incluya las cuatro estaciones del año, y el de primavera tiene que ser al inicio de ésta, no al final de la estación.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a aspectos descriptivos del proyecto. Al respecto se indica que de acuerdo con lo señalado en la Guía SEA de Criterios Técnicos para Campañas en Terreno (SEA, 2022)”, en el caso de una Declaración de Impacto Ambiental se deben presentar dos campañas en épocas contrastadas, lo anterior fue actualizado en la Adenda, realizándose una nueva campaña de muestreo de fauna en época invernal, entre los días 26 de julio y 2 de agosto del año 2023, lo que permitió detectar diferencias de abundancia y densidad de especies principalmente para las taxas de aves y anfibios las cuales tienen que ver con la disponibilidad de hábitat y alimentos, condiciones climáticas, época reproductiva y de migración, los resultados se presentan en Anexo H de la Adenda. Las diferencias fundamentales entre ambas campañas se demuestran principalmente por los registros de anfibios y de aves. En la campaña de primavera se observaron muchos ejemplares juveniles y larvas de anfibios, sumado a algunos ejemplares adultos de las especies Rhinella arunco y Pleurodema thaul, en cambio en la campaña de invierno se observaron y escucharon solo ejemplares adultos de ambas especies. La principal razón del gran registro de juveniles es el ciclo reproductivo asociado a primavera y verano Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 79 de 173

para ambas especies, y por otro lado el aumento de las lluvias generó nuevos hábitats de la especie lo que permite explicar las mayores vocalizaciones en invierno. En cuanto a las aves hubo una mayor abundancia en la época de invierno, debido principalmente a la mayor disponibilidad de vegetación en esta época con el aumento de las lluvias, lo que genera una mejor disponibilidad de alimento y hábitat. También está la presencia de especies migratorias como es el caso de Muscisaxicola maclovianus (Dormilona tontita), la cual no se observó en la campaña de primavera y en la campaña de invierno fue la especie con mayor abundancia, la cual es residente anual de los Andes entre la Araucanía y Tierra del Fuego, pero en invierno migra hacia el norte en sectores bajos y costeros, en general en cercanías de campos agrícolas (Couve et al., 2016). El mismo caso es para las especies Fío-Fío y Viudita, las cuales se pueden ver en la zona en verano e invierno respectivamente.

Por otro lado, se pudo confirmar la presencia de la especie Anthus correndera (Bailarín chico). En la campaña de primavera se observó un registro indirecto (nido) y en la presente campaña hubo observación directa de algunos individuos. Se establece que cinco (5) especies registradas en el AI del proyecto son de mayor sensibilidad, resultando pertinente, la aplicación de medidas de manejo para su conservación. Estas especies corresponden:

 Spalacopus cyanus (Cururo), de vagilidad restringida, endémico y en categoría LC (además potencialmente corresponde a la subespecie maulinus).  Rhinella arunco (Sapo de rulo), especie endémica, categoría VU, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción.  Pleurodema thaul (Sapito de cuatro ojos), categoría NT, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción.  Liolaemus lemniscata (Lagartija lemniscata), de baja movilidad y en categoría LC.  Tachymenis chilensis (Culebra de cola corta), de baja movilidad, endémico, y categoría LC. Para las especies que presentan sensibilidad en el Anexo F de la Adenda se encuentra el permiso para el rescate y relocalización de reptiles y anfibios (sapo de rulo, sapito de cuatro ojos, lagartija lemniscata y culebra de cola corta) y como compromiso ambiental voluntario el plan de perturbación controlada para cururos (Anexo L de la Adenda) estas medidas se proponen para evitar la afectación de dichas especies.

12.3.2.1.5 Observación: recursos naturales

Fauna: La campaña del proponente con respecto a este ítem fue desde el 30 de noviembre al 03 de diciembre, es decir el catastro fue muy temporal, transitorio. Este proyecto provocará un impacto verdaderamente relevante en la fauna, ya que destruirá un área importante de su hábitat, por lo que se requiere de información completa, es decir, presentar el catastro de la fauna, de al menos un año corrido, la cual debe contemplar una campaña por cada estación del año. Por lo que se requiere que el proponente realice un levantamiento en la temporada de invierno y principio de primavera, ambas estaciones entregan datos importantes, ya sea por la escasez de las especies en invierno, como la estación en la cual se reproducen.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, toda vez que hace referencia a aspectos descriptivos del proyecto. De acuerdo con lo señalado en la Guía SEA de Criterios Técnicos para Campañas en Terreno (SEA, 2022)”, en el caso de una Declaración de Impacto Ambiental se deben presentar dos campañas en épocas contrastadas, lo anterior fue actualizado en la Adenda realizándose una nueva campaña de muestreo de fauna en época invernal, entre los días 26 de julio y 2 de agosto del año 2023 lo que permitió detectar diferencias de abundancia y densidad de especies principalmente para las taxas de aves y anfibios las cuales tienen que ver con la disponibilidad de hábitat y alimentos, condiciones climáticas, época reproductiva y de migración, los resultados se presentan en Anexo H de la Adenda. Las diferencias fundamentales entre ambas campañas se demuestran, principalmente, por los registros de anfibios y de aves. En la campaña de primavera se observaron muchos ejemplares juveniles y larvas de anfibios, sumado a algunos ejemplares adultos de las especies Rhinella arunco y Pleurodema thaul, en cambio en la campaña de invierno se observaron y escucharon solo ejemplares adultos de ambas especies. La principal razón del gran registro de juveniles es el ciclo reproductivo asociado a primavera y verano para ambas especies, y por otro lado el aumento de las lluvias generó nuevos hábitats de la especie lo que permite explicar las mayores vocalizaciones en invierno. En cuanto a las aves, hubo una mayor abundancia en la época de invierno, debido principalmente a la mayor disponibilidad de vegetación en esta época con el aumento de las lluvias, lo que genera una mejor disponibilidad de alimento y hábitat. También está la presencia de especies migratorias como es el caso de Muscisaxicola maclovianus (Dormilona tontita), la cual no se observó en la campaña de primavera y en la campaña de invierno fue la especie con mayor abundancia, la cual es residente anual de los Andes entre la Araucanía y Tierra del Fuego, pero en invierno migra hacia el norte en sectores bajos y costeros, en general en cercanías de campos agrícolas (Couve et al., 2016). El mismo caso es para las especies Fío-Fío y Viudita, las cuales se pueden ver en la zona en verano e invierno respectivamente. Por otro lado, se pudo confirmar la presencia de la especie Anthus correndera (Bailarín chico). En la campaña de primavera se observó un registro indirecto (nido) y en la presente campaña hubo observación directa de algunos individuos. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 80 de 173

Se establece que cinco (5) especies registradas en el AI del proyecto son de mayor sensibilidad, resultando pertinente, la aplicación de medidas de manejo para su conservación. Estas especies corresponden:

 Spalacopus cyanus (Cururo), de vagilidad restringida, endémico y en categoría LC (además potencialmente corresponde a la subespecie maulinus).  Rhinella arunco (Sapo de rulo), especie endémica, categoría VU, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción.  Pleurodema thaul (Sapito de cuatro ojos), categoría NT, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción.  Liolaemus lemniscata (Lagartija lemniscata), de baja movilidad y en categoría LC.  Tachymenis chilensis (Culebra de cola corta), de baja movilidad, endémico, y categoría LC. Para las especies que presentan sensibilidad en el Anexo F de la Adenda se encuentra el permiso para el rescate y relocalización de reptiles y anfibios (sapo de rulo, sapito de cuatro ojos, lagartija lemniscata y culebra de cola corta) y como compromiso ambiental voluntario el plan de perturbación controlada para cururos (Anexo L de la Adenda) estas medidas se proponen para evitar la afectación de dichas especies.

12.3.2.1.6 Observación:

Referente a la Ley 21.455, (Ley marco de cambio climático), es clarísima en señalar lo siguiente: “Los proyectos o actividades que se sometan a evaluación de impacto ambiental de acuerdo con la ley considerarán la variable de cambio climático en los componentes del medio ambiente que sean pertinentes, conforme lo disponga el reglamento respectivo” Si la evaluación ambiental de proyectos no considerase los efectos del cambio climático sobre los componentes ambientales, podría llegar a subvalorar la magnitud, extensión y duración y, por tanto, la significancia de los impactos, generando planes de medidas y de seguimiento insuficientes. Se solicita pronunciarse respecto a la consideración de esta variable.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, toda vez que hace referencia a la variable cambio climático. Al respecto se indica que el proyecto Parque Solar Fotovoltaico Chimango consideró en su diseño la evaluación de impactos por concepto del Cambio Climático. De acuerdo con la Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA, en la Declaración de Impacto Ambiental se presentó el Anexo 1-6 la evaluación del proyecto respecto a las variables de cambio climático. Como resultado se identificaron 7 cadenas de impacto que poseen un riesgo, las cuales corresponden a las siguientes:

 Riesgo de aprovechamiento de agua superficial  Sequías hidrológicas  Pérdida de Fauna por Cambio en la Precipitación  Pérdida de Fauna por Cambio en la Temperatura  Pérdida de Flora por Cambio en la Precipitación  Pérdida de Flora por Cambio en la Temperatura  Verdor en Plantaciones Forestales

Tales cadenas fueron consideradas en el desarrollo del Proyecto. Acorde a las indicaciones en el propio Anexo 1-6 presentado en la DIA, se presentan indicaciones sobre la inclusión de las cadenas en la definición de la localización del Proyecto (Acápite 1.2.7.5 del capítulo 1 Descripción del Proyecto), Capítulo 2-1 Medio físico y apéndices asociados (con medidas de perturbación controlada y relocalización definidas) y Anexo B de la Adenda Plan de Contingencias y Emergencias.

Se estableció además un análisis de efecto sinérgico con efectos del Cambio Climático, los cuales se detallan en el Capítulo 2 “Antecedentes Presentación” de la DIA, a continuación, se presenta el análisis sintetizado:

Tabla Sinergias Derivadas del Cambio Climático y la ejecución del Proyecto Comp.del medio ambiente Cadenas de Impacto Nivel Potenciales Impactos Producidos por el Proyecto Relación con el proyecto Fauna Pérdida de fauna por cambio en las precipitacio nes Alto Pérdidas de ecosistemas relevantes para el desarrollo de fauna en categoría de conservación. Tal como se aprecia en el Anexo H Ecosistemas Terrestres, en el área del Proyecto se encuentran algunas especies de baja movilidad en categoría de conservación (Sapo de Rulo, Sapito de cuatro ojos y Lagartija lemniscata), por lo tanto, se presenta el PAS 146 (Anexo F) para la ejecución de un plan de rescate y relocalización de estas especies. Adicionalmente, en el caso de la especie Spalacopus cyanus, se presenta un Compromiso Ambiental Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 81 de 173

Voluntario de perturbación controlada, con la finalidad de no generar una afectación sobre dicha especie. En cuanto a la disponibilidad del recurso Hídrico, si bien se contempla una disminución de las precipitaciones anuales en el sector según los escenarios de ARClim, el Proyecto no contempla la extracción y utilización de aguas provenientes de cuerpos de agua superficiales o subterráneos, ya que todo el recurso necesario será adquirido mediante un proveedor autorizado. En cuanto a la generación de posibles efluentes que puedan generar un detrimento a la calidad del agua, el Parque Solar Fotovoltaico Chimango contará con una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), la cual evitará afectaciones a las aguas subterráneas, ya que las aguas servidas generadas por el proyecto serán tratadas y luego almacenadas para un posterior uso en humectación y/o riego, además se tomarán todas las medidas y mantenciones periódicas para evitar derrame de residuos líquidos. Por lo tanto, el Proyecto no generará una sinergia negativa con esta cadena de impactos. Fauna Pérdida de Fauna por Cambio en la Temperatur a Alto Pérdidas de ecosistemas relevantes para el desarrollo de fauna en categoría de conservación. Tal como se aprecia en el Anexo H Ecosistemas Terrestres, en el área del Proyecto se encuentran algunas especies de baja movilidad en categoría de conservación (Sapo de Rulo, Sapito de cuatro ojos y Lagartija lemniscata), por lo tanto, se presenta el PAS 146 para la ejecución de un plan de rescate y relocalización de estas especies. Adicionalmente, en el caso de la especie Spalacopus cyanus, se presenta un Compromiso Ambiental Voluntario de perturbación controlada, con la finalidad de no generar una afectación sobre dicha especie. En cuanto al aumento de temperaturas, la instalación de las partes y obras del Proyecto no generará un aumento de éstas. Por lo tanto, el Proyecto no generará una sinergia negativa con esta cadena de impactos. Flora Perdida de Flora por Cambio en las Precipitacio nes Muy Alto Perdida de flora debido a la tala para la instalación de partes y obras del Proyecto. Tal como se aprecia en el Anexo H Ecosistemas Terrestres, parte del área del Proyecto se encuentra cubierta por bosques nativos de Vachellia caven. El Proyecto contempla la tala de estos para la instalación de las partes y obras, lo que generará una pérdida de bosque nativo. Para evitar la pérdida de flora, el Proyecto contempla un Compromiso Ambiental Voluntario de manejo biológico de cactáceas, con la finalidad de rescatar los ejemplares de la especie y así no disminuir la población de Trichocereus chiloensis. En cuanto al Bosque Nativo, en el Anexo F se presenta el PAS 148 para la corta de bosque nativo, donde se compromete la reforestación de una superficie que sea por lo menos igual al área talada para la instalación del Proyecto. En cuanto a la disponibilidad de recursos hídricos, se aclara que el Proyecto no contempla la utilización de los recursos presentes dentro del área del Parque Solar, tanto superficiales como subterráneos. El recurso hídrico a utilizar será obtenido de proveedores autorizados, evitando la afectación a la cantidad de recursos disponibles en la zona. Por lo tanto, el Proyecto no generará una sinergia negativa con esta cadena de impactos. Flora Pérdida de flora por cambio en la Temperatur a Alto Perdida de flora debido a la tala para la instalación de partes y obras del Proyecto. Tal como se aprecia en el Anexo H Ecosistemas Terrestres, parte del área del Proyecto se encuentra cubierta por bosques nativos de Vachellia caven. El Proyecto contempla la tala de estos para la instalación de las partes y obras, lo que generará una pérdida de bosque nativo y especies sensibles como el Trichocereus chiloensis. Para evitar la pérdida de flora, el Proyecto contempla un Compromiso Ambiental Voluntario de manejo biológico de cactáceas, con la finalidad de rescatar los ejemplares de la especie y así no disminuir la población de Trichocereus chiloensis. En cuanto al Bosque Nativo, en el Anexo F se presenta el PAS 148 para la corta de bosque nativo, donde se compromete la reforestación de una superficie que sea por lo menos igual al área talada para la instalación del Proyecto. Por lo tanto, el Proyecto no generará una sinergia negativa con esta cadena de impactos. Flora Pérdida Verdor en Muy Alto - En el área del Proyecto no se identificaron plantaciones forestales que puedan ser afectadas por partes, obras y acciones del Proyecto. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 82 de 173

plantacione s Forestales Por lo tanto, el Proyecto no generará una sinergia negativa con esta cadena de impactos. Fuente: Capítulo 2 Antecedentes necesarios para determinar que el proyecto no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, 2023.

12.3.2.1.7 Observación:

Este proyecto de generación para ser viable requiere de líneas de transmisión, las que se señalan en otro proyecto que se encuentra actualmente en calificación en el SEA, me refiero al “Sistema de transmisión zonal grupo 3 s/e Itahue – s/e Hualqui”, que contempla la instalación de torres en el lecho del río Mataquito. Como bien sabemos todos, especialmente las personas que habitamos en la costa de la provincia de Curicó, las consecuencias desastrosas del último frente de mal tiempo y como fue el comportamiento del río Mataquito, cuyo caudal además de inundar pueblos, sembradíos, se llevó consigo vidas humanas, puentes, casas que se encontraban en parcelas a 800 metros del cauce, árboles entre otros. Las veces que se observa esta problemática (inundaciones) a los proyectos presentados en el SEA, los proponentes responden que, de acuerdo con sus estadísticas es poco probable que una situación como la ocurrida días atrás en nuestra comuna suceda, cosa que quedó en manifiesto que sí ocurre, más aún con todo lo que estamos observando a nivel mundial, como son los desastres provocados por el cambio climático. En consecuencia, sería una irresponsabilidad conectar este proyecto a unas líneas de transmisión que pretenden cruzar el río Mataquito, las que sin duda la infraestructura instalada en el cauce sería demasiado inestable, además de las sinergias negativas que provocarán.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente dado que se refiere a eventuales contingencias. Al respecto se indica que el proyecto “Parque solar fotovoltaico Chimango” no considera como parte de sus obras la instalación de torres de alta tensión, sólo considera dentro del predio del proyecto la implementación de 4 postes para conectar su Subestación Elevadora con la Subestación Nueva Mataquito. Cabe descartar que no se realizará el cruce por el rio Mataquito. Lo anterior se puede observar en la siguiente Figura.

Figura Conexión del parque solar a Subestación Nueva Mataquito Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 83 de 173

Si bien, el proyecto “Sistema de transmisión zonal grupo 3 s/e Itahue – s/e Hualqui” requerirá de torres de alta tensión para la transmisión de la energía, es responsabilidad del Titular de dicho proyecto considerar las medidas de seguridad y consideraciones correspondientes para evitar afectación al medio. Respecto a las inundaciones al interior del predio del Proyecto, se aclara que el Proyecto fue diseñado con las zonas potenciales de inundación en mente. En la siguiente figura se presentan las zonas de inundación y su relación con las áreas del Proyecto. Figura Superficie de inundación en el Área del Proyecto

12.3.2.2. Oscar Andrés Valenzuela González

12.3.2.2.1 Observación:

El proyecto no se encuentra informado, registrado, revisado, autorizado, aprobado y con factibilidades en: Empresa Eléctrica Coordinador Eléctrico Nacional Superintendencia SEC Comisión Nacional de Energía Ministerio de Energía El proyecto no cumple con el DS 109 Reglamento de Producción, Transporte y Distribución de Energía Eléctrica El proyecto no cumple con el DS 101 Conexión de PMGD al SEN El proyecto no cumple con el art. 16. DS 327 Ley General de Servicios Eléctricos El proyecto no cumple con el DS 68 que modifica el 327 con la entrada en vigencia de las renovables El proyecto no cumple con DS 957 Ley de Concesiones del MOP El proyecto no cumple con RPTD 03 Proyectos y Estudios El proyecto no cumple con RPTD 17 Sistema de Gestión de Integridad de Instalaciones Eléctricas Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 84 de 173

El proyecto no cumple con STD-RPTD / DFL 4-20.018 -2006 / DS-92 / DS-88 El proyecto no cumple con la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio NTSYCS El proyecto no cumple con Ley N° 20.478/2010 sobre recuperación y continuidad en condiciones críticas y de emergencia del sistema público eléctrico nacional y de telecomunicaciones El proyecto no cumple con DS 2, modifica DS N° 23, de 2015, del ministerio de energía, que aprueba reglamento de operación y administración de los sistemas medianos establecidos en la ley general de servicios eléctricos (modificación reglamento administración SSMM) El proyecto no cumple con DS 3, aprueba reglamento de transferencia de potencias establecidas en la ley general de servicios eléctricos y deroga decreto que indica (transferencias de potencias).

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación no considera pertinente el conjunto de observaciones planteadas, dado que no responden a temas ambientales. Sin perjuicio de ello se indica que el proyecto Parque Solar Fotovoltaico Chimango, es un proyecto que se encuentra en su etapa de evaluación ambiental, una vez obtenida la RCA favorable, se avanzará en todos los permisos, autorizaciones y trámites correspondientes para su correcto funcionamiento. Por lo tanto, actualmente no corresponde ser informado, registrado, revisado, validado, autorizado, aprobado y con factibilidad para su conexión al SEN en Empresa Eléctrica, Coordinador Eléctrico Nacional, Superintendencia SEC, Comisión Nacional de Energía y Ministerio de Energía durante su evaluación ambiental, pero si serán tramitados, eventualmente, a posterior cumpliendo todos los requisitos técnicos, según lo indica el proponente. Por otra parte, el proponente señala que dará total cumplimiento a lo establecido con el DS 109 Reglamento de Producción, Transporte y Distribución de Energía Eléctrica, que aprueba reglamento de seguridad de las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica. Se dará cumplimiento a los requisitos mínimos de seguridad que se establece en materias de diseño, construcción, puesta en servicio, operación, mantenimiento, reparación, y término definitivo de operaciones, y a las obligaciones de las personas tanto naturales como jurídicas, que intervienen en dichas actividades a objeto de desarrollarlas en forma segura. Se aclara que la normativa citada correspondiente al DS 101 “Conexión de PMGD al SEN, que aprueba reglamento para medios de generación no convencionales y pequeños medios de generación establecidos en la ley general de servicios eléctricos” no es aplicable al proyecto dado que el proyecto Parque Solar Fotovoltaico Chimango, corresponde a un proyecto de características “Utility Scale”, no PMGD (pequeño medio de generación distribuido).

El proponente dará total cumplimiento a:

- Lo establecido con el art. 16. DS 327 Ley General de Servicios Eléctricos, que aprueba las concesiones definitivas tienen por objeto el establecimiento de centrales hidráulicas productoras de energía eléctrica, subestaciones eléctricas, líneas de transporte de energía eléctrica, así como también el establecimiento, operación y explotación de las instalaciones de servicio público de distribución. - Lo establecido con el DS 68 que modifica el Decreto 327 con la entrada en vigencia de las energías renovables, que modifica decreto supremo Nº 327, de 1997, del ministerio de minería, que fija reglamento de la ley general de servicios eléctricos. - Lo establecido con el DS 957 Ley de Concesiones del MOP, y a las normativas asociadas a la ejecución, reparación, conservación o explotación de obras públicas fiscales, por el sistema establecido en el artículo 87 del decreto supremo N° 294, del Ministerio de Obras Públicas, de 1985, las licitaciones y concesiones que deban otorgarse, ya se trate de la explotación de las obras y servicios. - Lo establecido con el RPTD 03 Proyectos y Estudios, y en las normativas vigentes asociadas a las instalaciones eléctricas de distribución de energía eléctrica, así como otras instalaciones eléctricas que se conecten a dichas instalaciones. - Lo establecido con el RPTD 17 Sistema de Gestión de Integridad de Instalaciones Eléctricas, cuyo objetivo es definir el conjunto de indicadores que contribuyan a mejorar las condiciones de seguridad, continuidad, calidad del suministro eléctrico, así como la integridad de sus instalaciones. - Lo establecido con el STD-RPTD Pliegos técnicos normativos, DFL 4-20.018-2006, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de minería, de 1982, ley general de servicios eléctricos, en materia de energía eléctrica ministerio de economía, fomento y reconstrucción; subsecretaria de economía, fomento y construcción, DS 92 Aprueba reglamento de instaladores eléctricos y de electricistas de recinto de espectáculos públicos y DS 88 Aprueba reglamento para medios de generación de pequeña escala - Lo establecido con la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio (NTSYCS), cuyo objetivo es establecer las exigencias de Seguridad y Calidad de Servicio de los sistemas interconectados. - Lo establecido en la Ley N°20.478/2010 sobre recuperación y continuidad en condiciones críticas y de emergencia del sistema público eléctrico nacional y de telecomunicaciones, y en las normativas asociadas a la instalación de paneles solares, así como en particular todos los inversores utilizados por el proyecto con aplicaciones fotovoltaicas conectadas a la red darán cumplimiento a los requisitos de seguridad. - Lo establecido en el DS 2, que modifica al DS 23, de 2015 del ministerio de energía el cual aprueba reglamento de operación y administración de los sistemas medianos establecidos en la ley general de servicios eléctricos. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 85 de 173

- Lo establecido en el DS 42, modifica decreto supremo N 62, de 2006, del ministerio de economía, fomento y reconstrucción, que aprueba reglamento de transferencias de potencia entre empresas generadoras establecidas en la ley general de servicios eléctricos, e introduce modificaciones al decreto que indica.

12.3.2.3 Sergio Antonio Núñez Aliaga

12.3.2.3.1 Observación:

Soy Sergio Núñez tengo una empresa familiar dedicada a la apicultura. Actualmente cuento con 1.700 colmenas. Vivo al frente donde la empresa pretende construir las oficinas de faena. Estoy bastante preocupado por mis abejas, hay estudios de la universidad católica del Maule que indican el daño hacia éste vital insecto. Además de los estudios, puedo informarles que a mi hermano Modesto Núñez unos paneles solares (ubicados en Villa Prat, Sagrada Familia) le mataron un 90% de colmenas. Las abejas serán atraídas por los paneles luego querrán descansar y morirán. Actualmente dejo mis colmenas en Remolino y Caone donde piensan instalar más de 1.000.000 de paneles solares. Si el proyecto se aprueba tendré que irme de la comuna de Hualañé.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que se refiere a eventuales impactos sobre la actividad apícola de la zona y su relación con el proyecto. Al respecto, cabe indicar que, según los resultados presentados en el estudio “Electromagnetic fields disrupt the pollination service by honeybees” (Molina et al, 2023), los campos electromagnéticos derivados de las líneas de alta tensión pueden generar estrés sobre los polinizadores. Para este estudio se simuló en laboratorio la emisión de un campo electromagnético de una intensidad aproximada de 7,8 µT, simulando una distancia de 10 m a las Líneas de Transmisión Eléctricas. Esta intensidad es exponencialmente mayor a los resultados obtenidos para la modelación de campos electromagnéticos (Apéndice B del Anexo 2-1 de la DIA) para el presente Proyecto. En el caso del Proyecto se contemplan 2 tipos de líneas, la primera corresponde a una línea de 33kV utilizada para los cruces aéreos entre las diferentes secciones del PSF Chimango, mientras que la segunda corresponde a una línea de alta tensión de 220 kV, la que conectará la subestación elevadora del Proyecto a la Subestación Nueva Mataquito, realizando todo su recorrido al interior del predio donde se instalará el Proyecto. A partir de este antecedente se procedió a hacer la comparación entre los resultados obtenidos para el límite de la franja de seguridad de las líneas del Proyecto con el valor utilizado en este estudio. En el caso de la línea de 33kV el valor de intensidad de los campos magnéticos corresponde a 3,34 µT, siendo menos de la mitad de los valores utilizados para el estudio. En el caso de la línea de alta tensión de 220kV los valores obtenidos para los límites de la franja de seguridad son de 1,86 µT, cuyo valor es más de 4 veces menor al utilizado en el estudio referenciado. Si bien, debido al bajo valor de los campos magnéticos no se generará una afectación a la apicultura local de la zona, también es necesario agregar que el estudio citado enmarca la zona de afectación entre los 10 a 25 metros desde la línea de transmisión que se utilizó como referencia y que corresponde a abejas expuestas durante un tiempo a los campos electromagnéticos. De esta forma, al no existir actividad apícola al interior del predio y la línea de transmisión del Proyecto encontrarse alejada de los posibles receptores más cercanos, se descarta que se genere un daño de cualquier intensidad sobre el desarrollo de la apicultura de la zona.

12.3.2.4. Paulina Verónica Fuenzalida de La Barra

12.3.2.4.1 Observación: Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 86 de 173

Seremos la Comunidad más cercana y vulnerada directamente por el proyecto y todos los efectos del desarrollo masivo de esta planta generadora de energía renovable.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación no considera pertinente la observación planteada, dado que no se refiere a aspectos ambientales concretos relacionados con el proyecto en evaluación ambiental, lo que impide su correcto abordaje y respuesta.

12.3.2.4.2 Observación

Daño Irreparable a la Apicultura (crianza y cuidado de las abejas). En Peralillo, Parronal, Remolino y sus alrededores, existen muchos vecinos y empresas familiares campesinas que se dedican y viven de la Apicultura. Tenemos casos reales y testimonios de apicultores que confirman el grave daño que produce la energía eléctrica y los paneles fotovoltaicos al normal desarrollo de esta actividad. Su protección es fundamental tanto para la integridad de los ecosistemas nativos del planeta, como la seguridad alimentaria, economía y finalmente la sobrevivencia de nuestra especie. Las abejas nativas no son solo patrimonio de esta zona sino de todo el planeta y serán acechadas por la intervención indiscriminada del sector

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que se refieren a eventuales impactos sobre la actividad apícola de la zona y su relación con el proyecto. Al respecto, cabe indicar que, según los resultados presentados en el estudio “Electromagnetic fields disrupt the pollination service by honeybees” (Molina et al, 2023), los campos electromagnéticos derivados de las líneas de alta tensión pueden generar estrés sobre los polinizadores. Para este estudio se simuló en laboratorio la emisión de un campo electromagnético de una intensidad aproximada de 7,8 µT, simulando una distancia de 10 m a las Líneas de Transmisión Eléctricas. Esta intensidad es exponencialmente mayor a los resultados obtenidos para la modelación de campos electromagnéticos (Apéndice B del Anexo 2-1 de la DIA) para el presente Proyecto. En el caso del Proyecto se contemplan 2 tipos de líneas, la primera corresponde a una línea de 33kV utilizada para los cruces aéreos entre las diferentes secciones del PSF Chimango, mientras que la segunda corresponde a una línea de alta tensión de 220 kV, la que conectará la subestación elevadora del Proyecto a la Subestación Nueva Mataquito, realizando todo su recorrido al interior del predio donde se instalará el Proyecto. A partir de este antecedente se procedió a hacer la comparación entre los resultados obtenidos para el límite de la franja de seguridad de las líneas del Proyecto con el valor utilizado en este estudio. En el caso de la línea de 33kV el valor de intensidad de los campos magnéticos corresponde a 3,34 µT, siendo menos de la mitad de los valores utilizados para el estudio. En el caso de la línea de alta tensión de 220kV los valores obtenidos para los límites de la franja de seguridad son de 1,86 µT, cuyo valor es más de 4 veces menor al utilizado en el estudio referenciado. Si bien, debido al bajo valor de los campos magnéticos no se generará una afectación a la apicultura local de la zona, también es necesario agregar que el estudio citado enmarca la zona de afectación entre los 10 a 25 metros desde la línea de transmisión que se utilizó como referencia y que corresponde a abejas expuestas durante un tiempo a los campos electromagnéticos. De esta forma, al no existir actividad apícola al interior del predio y la línea de transmisión del Proyecto encontrarse alejada de los posibles receptores más cercanos, se descarta que se genere un daño de cualquier intensidad sobre el desarrollo de la apicultura de la zona.

12.3.2.4.3 Observación: recursos naturales

Sufriremos daño agrícola en la calidad y cantidad de los frutos por la ausencia de polinización de especies cultivables, considerando que la polinización es el rol ecológico más importante que desempeñan estos insectos La floración de diversas especies silvestres autóctonas y manejadas será afectada directamente, ya que los agentes polinizadores serán afectados. Por ejemplo, la especie “Diente de León” El ciclo virtuoso de la vida y el ser humano será afectado por el término de la apicultura en la zona

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que se refiere a eventuales impactos del proyecto en evaluación. Con respecto a lo señalado, se aclara que no existirá afectación por parte del Proyecto, tanto para la calidad y cantidad de productos del sector agrícola. Si bien tal como se establece en la observación la polinización juega un rol fundamental en la producción y desarrollo del sector agrícola, no se identificó que al interior del predio se desarrollara la actividad apícola. Según lo planteado por Ribbands, (1951), las abejas mieleras pueden viajar distancias de hasta más de 3 km en caso de no encontrar fuentes de alimentación más cercanas, por lo tanto, no se puede descartar la posible importancia del predio respecto a la actividad apícola. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 87 de 173

Para la instalación del Proyecto se prevé la corta de vegetación tal como se menciona en el Capítulo 1 de la DIA y en el Anexo F de la Adenda, más específicamente en el PAS 148, pero solo se limita a la vegetación con la altura suficiente para interactuar con los paneles solares y la infraestructura eléctrica. De esta forma se permitirá el libre desarrollo de vegetación herbácea bajo estos tal como se establece en (Beatty et al, 2017), presentando fuentes de alimento para los posibles polinizadores que pudieran desplazarse hasta el área del Proyecto. Un ejemplo de esto es la especie “diente de león”. Por lo que, al interior del predio seguirán brotando especies herbáceas y existiendo flores que sirven para la alimentación de las abejas que pudiesen llegar. Por lo anterior, se descarta que la instalación del Proyecto genere el término de la apicultura en la zona, ya que al interior del predio no se realiza esta actividad y para las apícolas cercanas seguirá habiendo fuentes de alimentación al interior del predio y fuera de este.

12.3.2.4.4 Observación: salud

Perjuicio en la salud de las personas de tercera edad y lactantes

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que esta referida a una preocupación por la salud de las personas. Al respecto se indica que de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N°202399101187 del Servicio de Evaluación Ambiental, se publica la “Guía para la Evaluación Ambiental del Riesgo para la Salud de la Población”. Los detalles de la justificación de la no afectación a la salud de la población se presentan a continuación. El Proyecto se ubica en la comuna de Hualañé, Región del Maule. Dicha comuna no se encuentra declarada como zona saturada o latente para ningún contaminante regulado por ley, ni cuenta con Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica que establezca restricciones en términos de emisiones para los Proyectos a ejecutar en la zona. Asimismo, el proyecto se encuentra en un entorno rural, caracterizado por ser una zona agrícola y residencial, en la que no existe concentración de contaminantes. En base a lo anterior, se define, de acuerdo con la clasificación presentada en la mencionada guía, que el Proyecto corresponde al Escenario 2, descrito en la guía como: “caso en el cual la ejecución del proyecto genera un riesgo no existente en un escenario sin proyecto (no existe alguno de los tres componentes del riesgo, es decir, una determinada concentración observada de un contaminante en un determinado período, una ruta de exposición y la presencia de receptores humanos, tal como se presentó en el numeral 2.3 de esta Guía)”. En tal sentido, el numeral 2.3 establece “Para que se genere o presente este riesgo debe existir una fuente contaminante, un receptor (persona o población) y la posibilidad de migración del contaminante desde la fuente hasta un punto de contacto con el receptor”. En el sector donde se emplazará el Proyecto, existen receptores cercanos, pero no existen fuentes contaminantes ni rutas de exposición, por lo que corresponde al Escenario 2. Para la evaluación se analizaron todas las cadenas de interacción entre contaminantes y receptores por medio de un modelo conceptual de rutas de exposición, la figura se presenta a continuación.

Figura Modelo Conceptual de Riesgo a la Salud de la Población por emisiones, residuos y efluentes Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 88 de 173

El aseguramiento del cumplimiento normativo para cada contaminante considerado se compila en la siguiente tabla, la cual referencia los capítulos o acápites en los que se profundiza el análisis para cada componente:

Tabla Referencia de componentes y su cumplimiento normativo Componente Capítulo de estudio en la DIA y Adenda presentada Cumplimiento normativo Emisión de ruido Anexo G, Ruido y Vibraciones de la Adenda Cumple Emisión de vibración Anexo G, Ruido y Vibraciones de la Adenda Cumple Emisión electromagnética Anexo 2-1, Apéndice B Campos Electromagnéticos de la DIA Cumple Emisión atmosférica Anexo E Estimación de Emisiones Atmosféricas de la Adenda Cumple Residuos sólidos Anexo F PAS 140 y PAS 142 de la Adenda Cumple Emisión residuos líquidos Anexo F PAS 138 de la Adenda Cumple

La anterior tabla de referencia anterior pretende dar cuenta de cada estudio específico que presenta los antecedentes técnicos que justifican la no afectación en la salud de la población, dentro de la cual se encuentra la población infante y de edad avanzada.

12.3.2.4.5 Observación:

Disminución en la plusvalía de nuestros terrenos y predios por la instalación de paneles fotovoltaicos y torres de alta tensión. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 89 de 173

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación no considera pertinente la observación planteada dado que hace referencia a temas no ambientales.

12.3.2.4.6 Observación: turismo

Afectación directa en el turismo, ya que nos transformaremos en una zona Industrial. Daño en el bienestar familiar y daño al comercio local.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada dado que se refiere a eventuales impactos del proyecto en evaluación. A este respecto se indica que en el Anexo K de la Adenda se encuentra el “Estudio de Turismo” realizado para evaluar la afectación del proyecto a esta componente, para ello se realizó una visita a terreno entre los días 02 y 03 de agosto del 2023 para identificar los Servicios Turísticos no registrados en el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos de SERNATUR (2023), además de la identificación de la dinámica o el flujo de visitantes y/o turistas junto con los principales atractivos de la zona, a través de la aplicación de entrevistas semiestructuradas a habitantes del área de influencia y actores claves. Como resultado se obtuvo que, de acuerdo con la información recopilada, no se encuentran atractivos turísticos en el área de influencia del Proyecto, el área sólo presenta servicios relativos a restaurantes y confección de artesanías, siendo las únicas actividades con valor turístico presentes. Con respecto al Flujo de visitantes o turistas, es posible señalar que el área de influencia no presenta servicios de alojamiento turístico ni áreas protegidas del SNASPE. De esta manera, no es posible definir flujos de visitantes o turistas, de modo que el área de influencia no presenta Valor Turístico de acuerdo con lo indicado en la Guía de Valor Turístico en el SEIA (2017), la cual menciona expresamente que el flujo de visitantes o turistas debe estar siempre presente para que una zona posea esta característica. Se señala que las personas que circulan habitualmente por este sector lo hacen con fines laborales por ser una zona de carácter residencial y desarrollo agrícola a mediana y gran escala. Para la mayoría de las personas que llegan al sector, este corresponde a un entorno habitual, lo que según la Guía de Valor Turístico en el SEIA (2017) evita que se consideren visitantes o turistas a las personas que realizan desplazamientos frecuentes entre su domicilio y lugar de trabajo.

12.3.2.4.7 Observación:

Pérdida de empleo por la disminución del área agrícola y apícola, entre otros

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada dado que se refiere a eventuales impactos sobre el medio humano. Al respecto se indica que no existirá afectación sobre la pérdida de empleo, debido a que el área del Proyecto no presenta una actividad productiva permanente, y cuando se realizan cultivos o la cosecha de vid el dueño del predio utiliza a trabajadores de otros de sus predios, por lo tanto, el predio no cuenta con trabajadores propios.

12.3.2.4.8 Observación:

Apelamos a la protección del hábitat y conservación de la biodiversidad por la inminente crisis medioambiental mundial. Daño de la fauna, entre ellos el Cururo, aves e insectos Daño a la flora nativa e introducida. Contamos con un caso que demuestra la modificación del comportamiento de nuestra vegetación

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada dado que hace referencia a eventuales afectaciones o modificaciones en los recursos naturales. Respecto a lo señalado, cabe señalar que el proponente se hará cargo y tomará las medidas necesarias para evitar afectaciones a los ecosistemas, tanto al suelo con potencial agrícola, como al bosque nativo y la fauna del sector. Con relación al componente suelo, el Proyecto contempla principalmente 2 medidas para evitar la generación de una afectación permanente al recurso suelo. La primera medida corresponde a la implementación de un Compromiso Ambiental Voluntario de mejoramiento de infraestructura de riego en el canal La Huerta en la comuna de Hualañé. Esta mejora busca subsanar la pérdida de 102,8 l/s, permitiendo habilitar una superficie de suelo agrícola de 130,15 ha nuevas de riego. Esta medida tendrá una duración de 30 años (durante el funcionamiento del Proyecto), durante los cuales el Titular se hará cargo de su mantención y monitoreo de correcto funcionamiento. Este compromiso se presenta en mayor detalle en el Anexo L de la Adenda. La segunda medida a implementar para evitar la afectación permanente al componente suelo, corresponde a la implementación de un plan de cierre, el cual contempla realizar tareas de descompactación y restauración de pendientes en el área del Proyecto, con la Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 90 de 173

finalidad de restaurar las propiedades físicas del suelo a condiciones iguales o mejores a las encontradas antes de la construcción del Proyecto. De esta forma, durante la vida útil del Proyecto, este habilitará una superficie de suelos fértiles proporcionales a las utilizadas por el Proyecto, de forma de no generar una pérdida de suelos agrícolas en la región durante el funcionamiento de este. En cuanto a la fase de cierre y abandono del Proyecto, con la ejecución del plan de cierre se permitirá recuperar el potencial agrícola del suelo, evitando así la perdida permanente del área del Proyecto. En cuanto al componente Flora, el Proyecto contempla 3 medidas para evitar la afectación permanente a este recurso. La primera medida corresponde al compromiso ambiental voluntario de Plan de Manejo Biológico de Cactáceas (Anexo L de la Adenda), donde se presentan las medidas y metodologías a utilizar para remover y replantar 15 ejemplares de quiscos presentes en el área del Proyecto, asegurando su monitoreo y todas las medidas necesarias para su supervivencia. La segunda medida a implementar para evitar una afectación permanente es el Plan de Restauración presentado en el Anexo C de la Adenda, donde se detallan las medidas para recuperar las cualidades físicas del suelo y las medidas para fomentar el desarrollo vegetacional sobre este. La tercera medida a tomar es la tramitación del Permiso Ambiental Sectorial 148 (Anexo F de la Adenda), que al momento de ser tramitado se realizará un Plan de Manejo de Bosque Nativo. Este plan contempla la reforestación de una superficie igual a la de bosque nativo cortado por el Proyecto en algún predio de la región del Maule. Finalmente, para el componente Fauna, el Proyecto contempla tomar 2 medidas para evitar a la afectación a la fauna del área del Proyecto. La primera medida corresponde a un compromiso ambiental voluntario correspondiente a un Plan de Perturbación Controlada para la especie Spalacopus cyanus, más conocida como cururo, donde se tomarán las medidas necesarias para que los ejemplares de esta especie se desplacen hacia zonas con las condiciones ecosistémicas necesarias para su correcto desarrollo e instalación de madrigueras. La segunda medida corresponde al plan de captura y relocalización presentado en el Anexo F (PAS 146) de la Adenda, donde se contempla la relocalización de ejemplares de Sapo de Rulo, Sapito de cuatro ojos, Lagartija Lemniscata y Culebra de cola corta. Cada una de estas especies será capturada y manejada por profesionales, manteniendo todas las precauciones de higiene para evitar afectaciones. Posteriormente serán trasladadas a zonas alrededor del Área del Proyecto (Al interior del mismo predio) que cumplan las condiciones y tengan la capacidad de carga ecosistémica necesaria para su proliferación. De esta forma, se descarta la afectación permanente a ecosistemas, por lo tanto, si se alinea a los principios de la Política Energética de Chile 2050.

12.3.2.4.9 Observación:

Afectación visual y pérdida de nuestro medioambiente local

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada dado que hace referencia principalmente a temas de paisaje. A este respecto se indica que el estudio de paisaje presentado en la DIA descartó afectación a esta componente, sin embargo, para complementar lo anterior en el Anexo J de la Adenda se presenta el Fotomontaje del proyecto, con el fin de asegurar que no existirá afectación a la calidad visual del paisaje, como resultado se obtuvo que las principales obras del Proyecto corresponden a la instalación de paneles solares, los cuales cubrirán la mayoría del área del Proyecto. Estos no superan los 2 metros de altura desde la superficie del suelo. En este sentido, las obras del Proyecto serán perceptibles de menor medida desde la ruta J-60, debido a que la ruta se encuentra en su mayoría a menor altura que la superficie del terreno, solamente siendo posible visualizarlo en zonas de menor altura topográfica y entre construcciones presentes al costado de dicha ruta. Por otro lado, en la ruta J-70i es posible apreciar el Proyecto en toda su extensión debido a la vista despejada hacia este, pero debido a la distancia y la altura de los paneles, estos logran armonizar con el paisaje presente en la zona. Las obras no generarán incompatibilidad visual en el paisaje, dado que la intervención es de menor magnitud, puesto que las obras logran integrarse en el paisaje circundante, lo anterior se explica ya que los paneles solares son de color azul oscuro y baja altura, y por lo tanto no sobrepasaran la altura de la vegetación existente. El área posee fundamentalmente sectores con colores verdes, café y gris, debido a la vegetación, terrenos de barbecho y cordones montañosos del fondo escénico, mientras que los paneles son de color azulado opaco oscuro. La inclusión de estos elementos artificiales genera un impacto de menor magnitud ya que la alteración cromática en los reflejos o formas en el paisaje resultan sutiles. Por todo lo anterior, las obras del proyecto no obstruirán el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, por cuanto estas se ubican en un predio privado cercado y lejos de vías de acceso a este tipo de áreas.

12.3.2.4.10 Observación: recursos naturales

Daño al lecho del estero Eloísa, desechos químicos, intervención del cauce natural, sequía, etc.

Evaluación Técnica

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 91 de 173

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada dado que hace referencia posibles afectaciones y preocupaciones de la comunidad, frente al recurso agua. En lo específico, el proponente indicó que no existirá daño por desechos químicos, la intervención que se realizará al Estero Eloísa es la construcción de 2 badenes para permitir el cruce al interior del predio, para ello se tomarán las siguientes medidas.

- Capacitación de Trabajadores con respecto a la importancia del recurso hídrico y los contaminantes. - Se capacitará al personal a cargo de las obras con el objetivo de preservar las condiciones de los cursos de agua y evitar la perturbación por elementos, materiales o sustancias distintas a ellos. - Manejo de elementos o materiales contaminantes en la instalación de faenas en el lugar determinado para esto. - Se prohibirá efectuar cualquier tipo de reparación o mantención de vehículos o maquinarias en los frentes de trabajo y sitios aledaños a los cauces. - Por otra parte, el Proyecto empleará vehículos en buen estado y con revisiones técnicas al día, considerando realizar mantenciones, evitando de esta manera algún vertido accidental de combustible o hidrocarburos en los cauces.

Cabe destacar, que la habilitación de las obras de cruce no guarda relación con el vertido de ningún tipo de sustancias sobre los cursos de agua. Al respecto, el Proyecto manejará sus residuos conforme a sus características, y contará con sitios de almacenamiento temporal específicos para los residuos asimilables a domésticos, residuos industriales sólidos no peligrosos y residuos peligrosos, en sitios que se encontrarán al interior de la Instalación de faenas durante la fase de construcción. Además, se prohibirá en forma contractual al personal, cualquier tipo de descarga de residuos o efluentes sobre ninguna quebrada. De esta forma se evitará la afectación a la calidad de recurso hídrico superficial disponible. De igual forma, para la realización de estas intervenciones se presenta el permiso ambiental sectorial 156 (Anexo F de la Adenda), donde se compromete el monitoreo de la calidad del agua una vez implementados los badenes, de forma de asegurar, que no se genere ninguna afectación a este recurso. En cuanto a la cantidad del recurso hídrico, cabe señalar que el Proyecto no contempla la extracción ni utilización de los recursos hídricos tanto superficiales como subsuperficiales, y las obras de ingenierías para el atravieso de cauces, están diseñadas para permitir la libre circulación de este recurso. De esta forma no se generará sequía por la presencia del Proyecto.

12.3.2.4.11 Observación: recursos naturales

Sequía de las napas de aguas subterráneas y superficiales (sequía hidrológica)

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada dado que hace referencia a eventuales impactos sobre el recurso agua. Al respecto el proponente indicó que no existirá sequía de las napas de aguas subterráneas y superficiales, debido a que el proyecto no contempla la extracción de agua en ninguna de sus fases al interior del predio, no se hará extracción alguna del Estero Eloísa, toda el agua a utilizar por el Proyecto será comprada a proveedores externos que cuenten con los permisos correspondientes otorgados por la Autoridad Sanitaria.

12.3.2.4. 12 Observación: recursos naturales

Afectación del riego por agua superficial en niveles altos

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada dado que hace referencia a eventuales impactos sobre el recurso agua. Al respecto se indica que no existirá afectación del riego, debido a que no existirá extracción alguna de agua del Estero Eloísa ni de otros cursos de agua.

12.3.2.4.13 Observación: recursos naturales

Modificación de las precipitaciones con pérdida significativa en la flora y fauna

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada dado que hace referencia a eventuales afectaciones o modificaciones en los recursos naturales. Se aclara que debido al contexto del cambio climático se espera que se reduzca la cantidad total anual de precipitaciones recibidas en la zona, acompañado de una reducción en la cantidad de eventos de lluvia. A pesar de esto, el Proyecto no tiene relación con el aumento o disminución de las precipitaciones, ya que esto responde a al comportamiento climático de la zona y procesos a escala mucho más grandes que el Proyecto.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 92 de 173

12.3.2.4.14 Observación: recursos naturales

Pérdida alta de flora y fauna por aumento de temperatura

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, en el entendido de que se trata de eventuales afectaciones en relación a la operación del proyecto. A este respecto se indica que la implementación del Parque Solar Fotovoltaico Chimango no generará un aumento en las temperaturas. Si bien las primeras investigaciones científicas planteaban la posibilidad de la generación de una isla de calor bajo las instalaciones de los paneles solares, los estudios más recientes muestran que el efecto tiende a ser nulo o incluso generar una baja de temperatura. Un ejemplo de esto y que es atingente a las características del área del proyecto corresponde al paper “Ground-mounted photovoltaic solar parks promote land surface cool islands in arid ecosystems” (Guoqing et al, 2021), donde se muestra la formación de una célula de circulación de aire a escala pequeña (tal como se muestra en la siguiente figura), parecido al efecto producido por cuerpos de aguas como lagos o ríos. La generación de este fenómeno produce que las temperaturas en los alrededores de los Parques Solares disminuyan hasta 2,3°C en una distancia aproximada de 100 m.

Figura Esquema Células de Circulación al Interior de Parque Solares

Fuente: (Guiqing et al, 2021).

Ahora, dicha disminución de temperatura se genera debido a que los paneles solares tienden a comportarse como un ente regulador de la temperatura, disminuyendo la oscilación entre las temperaturas máximas y mínimas presentes en los alrededores del parque solar. Por lo tanto, el efecto que se presente en los alrededores del Parque Solar Fotovoltaico Chimango puede variar en su intensidad. Otro factor que puede afectar a la temperatura ambiental presente en los alrededores del Proyecto corresponde al desarrollo de vegetación bajo los paneles solares. Diferentes estudios tales como “Native Vegetation Performance under a Solar PV Array at the National Wind Technology Center” (Beatty et al, 2017) o “Photovoltaic Array Influences the Growht of Green Roff Plants” (Bousselot et al, 2017), han planteado que bajo los paneles solares se generan condiciones idóneas para el desarrollo autónomo de vegetación debido a la moderación en la fluctuación de temperatura del aire y el suelo. Este desarrollo vegetacional también contribuye al efecto generado por los paneles, ya que aportan a la humedad ambiental a través del proceso de evapotranspiración y retención de humedad. De esta forma, se puede descartar que el Proyecto genere aumentos de temperatura en la zona, descartándose así que existirá una pérdida de flora y fauna como consecuencia del posibles aumentos de temperatura por presencia del Parque Solar. De todas formas, debido a las consecuencias futuras del cambio climático, se podría generar un aumento de temperatura en la zona, acompañado de una disminución de las precipitaciones, lo que podría generar una perdida en la flora y fauna del sector, pero esto es independiente de la instalación del Proyecto. De esta manera, la instalación del Proyecto no generará un aumento significativo en las temperaturas superficiales, lo que no potenciaría el aumento de temperatura generado por las circunstancias futuras del cambio climático.

12.3.2.4.15 Observación:

Pérdida muy alta del verdor de la vegetación

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, en el entendido de que se trata de eventuales afectaciones en relación a la operación del proyecto. En este sentido se indica que no existirá pérdida del verdor de la vegetación, ya Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 93 de 173

que los paneles al contar con seguidores siguen la trayectoria del sol moviéndose durante el día, esto permite que la vegetación que queda debajo de los paneles pueda realizar fotosíntesis.

12.3.2.4.16 Observación:

Inundaciones de terrenos por desvíos de aguas y cauces naturales

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, en el entendido de que se trata de eventuales afectaciones con relación a la operación del proyecto. A este respecto se indica que no existirán desviaciones a cauces naturales, la única intervención que se realizará al Estero Eloísa es la construcción de 4 badenes, que constituyen un refuerzo de los cruces existentes, para permitir los cruces vehiculare al interior del proyecto. Para ello se tomarán las siguientes medidas.

- Capacitación de Trabajadores con respecto a la importancia del recurso hídrico y los contaminantes. - Se capacitará al personal a cargo de las obras con el objetivo de preservar las condiciones de los cursos de agua y evitar la perturbación por elementos, materiales o sustancias distintas a ellos. - Manejo de elementos o materiales contaminantes en la instalación de faenas en el lugar determinado para esto. - Se prohibirá efectuar cualquier tipo de reparación o mantención de vehículos o maquinarias en los frentes de trabajo y sitios aledaños a los cauces. - Por otra parte, el Proyecto empleará vehículos en buen estado y con revisiones técnicas al día, considerando realizar mantenciones, evitando de esta manera algún vertido accidental de combustible o hidrocarburos en los cauces. - Cabe destacar, que la habilitación de las obras de cruce no guarda relación con el vertido de ningún tipo de sustancias sobre los cursos de agua. Al respecto, el Proyecto manejará sus residuos conforme a sus características, y contará con sitios de almacenamiento temporal específicos para los residuos asimilables a domésticos, residuos industriales sólidos no peligrosos y residuos peligrosos, en sitios que se encontrarán al interior de la Instalación de faenas durante la fase de construcción. Además, se prohibirá en forma contractual al personal, cualquier tipo de descarga de residuos o efluentes sobre ninguna quebrada.

12.3.2.4.17 Observación:

Incremento de las temperaturas sumado al calentamiento global y cambio climático

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, en el entendido de que se trata de temas de cambio climático y el proyecto en evaluación. Al respecto se puede señalar que la implementación del Parque Solar Fotovoltaico Chimango no generará un aumento en las temperaturas. Si bien las primeras investigaciones científicas planteaban la posibilidad de la generación de una isla de calor bajo las instalaciones de los paneles solares, los estudios más recientes muestran que el efecto tiende a ser nulo o incluso generar una baja de temperatura. Un ejemplo de esto y que es atingente a las características del área del proyecto corresponde al paper “Ground-mounted photovoltaic solar parks promote land surface cool islands in arid ecosystems” (Guoqing et al, 2021), donde se muestra la formación de una célula de circulación de aire a escala pequeña (tal como se muestra en la siguiente figura), parecido al efecto producido por cuerpos de aguas como lagos o ríos. La generación de este fenómeno produce que las temperaturas en los alrededores de los Parques Solares disminuyan hasta 2,3°C en una distancia aproximada de 100 m.

Figura Esquema Células de Circulación al Interior de Parque Solares

Fuente: (Guiqing et al, 2021). Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 94 de 173

Ahora, dicha disminución de temperatura se genera debido a que los paneles solares tienden a comportarse como un ente regulador de la temperatura, disminuyendo la oscilación entre las temperaturas máximas y mínimas presentes en los alrededores del parque solar. Por lo tanto, el efecto que se presente en los alrededores del Parque Solar Fotovoltaico Chimango puede variar en su intensidad. Otro factor que puede afectar a la temperatura ambiental presente en los alrededores del Proyecto corresponde al desarrollo de vegetación bajo los paneles solares. Diferentes estudios tales como “Native Vegetation Performance under a Solar PV Array at the National Wind Technology Center” (Beatty et al, 2017) o “Photovoltaic Array Influences the Growht of Green Roff Plants” (Bousselot et al, 2017), han planteado que bajo los paneles solares se generan condiciones idóneas para el desarrollo autónomo de vegetación debido a la moderación en la fluctuación de temperatura del aire y el suelo. Este desarrollo vegetacional también contribuye al efecto generado por los paneles, ya que aportan a la humedad ambiental a través del proceso de evapotranspiración y retención de humedad. De esta manera, la instalación del Proyecto no generará un aumento significativo en las temperaturas superficiales, lo que no potenciaría el aumento de temperatura generado por las circunstancias futuras del cambio climático.

12.3.2.4.18 Observación: plan de contingencia

Aumento incendios forestales por alza de temperaturas y errores humanos durante el proceso de construcción y mantención del parque y de las torres

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a eventuales contingencias en relación con el proyecto. A este respecto se indica que se considera la ampliación de medidas preventivas contra incendios forestales en el Anexo B Plan de Contingencias y Emergencias, los antecedentes se disponen a continuación:

 Acciones o medidas preventivas para prevenir una contingencia: - Se realizarán charlas de concientización a visitas, personal vinculado directo con el proyecto; de preferencia al aire libre, sobre la importancia de las Áreas Silvestres (las formaciones vegetales existentes en la unidad). Es fundamental que se recalque el valor que ellas tienen, las funciones que cumplen para cada uno de nosotros y cómo pueden verse afectadas, donde un ejemplo deben ser los incendios forestales y sus causas. - Se mantendrán caminos y/o senderos limpios y libres de obstáculos. - Los caminos y senderos que permiten el ingreso al proyecto deben mantenerse limpios en la medida de lo posible. Es importante que no exista vegetación seca en sus costados, pues ésta puede generar las condiciones para un incendio tipo forestal, si es que se arroja una colilla de cigarro encendida u otro medio de ignición. - Evitar fumar en lugares con vegetación que pueda arder (vegetación seca). - Nunca arrojar colillas de cigarrillos ni fósforos al suelo porque podrían causar un incendio forestal. - No encender fogatas en zonas cercanas a vegetación. Tampoco manipular otras fuentes de calor como velas o inciensos. - Se consideran además medidas relacionadas al permiso para corta de bosque nativo (Anexo F PAS 148), las cuales corresponden a las siguientes:  El acceso a personas al lugar de la corta será restringido.  En el caso del predio de reforestación, la vigilancia también será efectuada por el cuidador que vive en él y cuenta con portón de acceso cerrado.  El manejo de combustible al momento de la corta será supervigilado por el capataz de la faena, cargándose en la zona despejada de vegetación.  En la zona afecta a la corta, el material de mayor tamaño será extraído y acopiado fuera del área cubierta con vegetación y posteriormente transportada fuera del predio. El material menor será instalado a orillas de la senda y tapado con el suelo que se extraerá de la faja, quedando sin peligro de combustión.  Se prohibirá el uso del fuego al interior del predio mientras se ejecuten las actividades, informándole al personal de esta medida durante la charla que deberán asistir y firmar asistencia. Además, se realizará vigilancia permanente mediante el capataz de la obra.  Se capacitará al personal respecto de las actividades que impliquen riesgos de incendio.  El sector de intervención (corta) cuenta con señal de teléfono celular lo que permitirá una comunicación fluida con CONAF y Bomberos en caso de avistamiento de algún foco de Incendio.

Además, se consideran acciones o medidas para el control de una emergencia:

Ante la presencia de un incendio el personal deberá informar al Vigilante de la presencia de un incendio a través del teléfono, radios, alarma u otros medios. Cuando se informe al Vigilante de la presencia de un incendio a través del teléfono, radios alarma u otros medios, procederá de la siguiente manera:

 Comunicará la emergencia por medio de los altavoces, radio o teléfono del Proyecto. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 95 de 173

 Verificará el lugar exacto del incendio.  Comunicará inmediatamente al Coordinador General o a la mayor jerarquía que se encuentre en el parque, al momento de ocurrida la emergencia.  Comunicada la emergencia al Coordinador General, se debe proceder a desconectar la alarma de aviso.  Estar atento a cualquier llamado telefónico hasta que pase la emergencia.  El Vigilante debe dejar de lado cualquier trabajo que este ejecutando cuando se active la alarma de incendio y dedicarse por completo a cumplir con sus obligaciones y permanecer atento a cualquier solicitud de parte del Coordinador General de Emergencia.

En horarios específicos, en los cuales el parque se encuentre sin operarios presentes y sólo estén los Vigilantes, serán éstos quienes comunicarán la emergencia siguiendo el orden correlativo de los números telefónicos mencionados anteriormente. La primera jefatura que se informe sobre el siniestro tendrá que ordenar a Vigilancia si procede o no llamar a Bomberos. Adicionalmente se debe informar de lo sucedido a:

 CONAF Región del Maule: (56) 712209517  Bomberos: 132

Frente a un Fuego Incipiente: se entiende por fuego incipiente como aquel de muy pequeña magnitud y fácilmente controlable, como, por ejemplo, un área menor a 1 m2 fuera del área del Proyecto. Para estos casos, los trabajadores y Contratistas en general deberán considerar las siguientes pautas:

 Procure que la situación sea informada a la garita de vigilancia.  Inicie el combate del fuego utilizando medios de extinción portátiles.  Informe inmediatamente al Supervisor del área y al Coordinador de Seguridad.  Use el teléfono sólo para reportar la emergencia.  Una vez controlado el fuego, participe en las tareas para reiniciar el proceso productivo.  En caso de no ser controlado este fuego incipiente comuníquelo por teléfono a la garita y prepárese para evacuar el lugar siguiendo las instrucciones de la brigada de evacuación de su Sección.  Se considera el establecimiento de estaciones de emergencia las cuales contarán con equipos extintores portátiles y herramientas e implementos básicos para el combate inicial, contará además con un registro de los números de emergencia y con radiocomunicación, los números de contacto corresponderán a Bomberos y CONAF para el control de la emergencia.

Frente a un Incendio Declarado: Para estos casos, los trabajadores y Contratistas en general deberán considerar las siguientes pautas:

 Parar los equipos según procedimientos de operaciones.  Cerrar ventanas y puertas después de evacuar el sector o lugar de trabajo.  No dejar obstáculos en los pasillos y corredores.  Ante la presencia de humos que entorpezcan la visibilidad desplazarse apegado al piso.  Al no poder salir debido al calor, llamas, u otras dificultades se refugiarán en sectores no comprometidos, dejando señales para ser ubicados.  Todo trabajador, a medida que evacua hacia zonas de seguridad (PEE), deberá avisar de la emergencia a toda persona que encuentre en su camino.  No debe volver por ningún motivo hacia el sector siniestrado.  Permanecer en las zonas de seguridad hasta que el Comité de Emergencia decida el retorno a la normalidad.  Los trabajadores deben obedecer estrictamente las instrucciones impartidas por los integrantes de las Brigadas.  En caso de evacuación total el personal se dirigirá en orden, en dirección al área de estacionamiento, lo más lejos posible en dirección a la carretera principal.  La Evacuación Total sólo podrá ser ordenada por el Coordinador General; en su ausencia lo hará la persona con mayor rango en ese momento.  Si hubiese proyección de esquirlas el personal se ubicará detrás de muros y/o cualquier construcción que asegure su protección (Muralla Exterior, Edificio Administrativo).  Una vez controlado el siniestro, colabore en las tareas de normalización de la producción, siguiendo siempre las instrucciones de los Jefes de Sección.

Se consideran además medidas relacionadas al permiso para corta de bosque nativo (Anexo F PAS 148), las cuales corresponden a las siguientes:

- El material producto del roce de la vegetación será dimensionado y extraído de manera de disminuir el material combustible. El material de menor tamaño será cubierto con el suelo que se extraiga de la senda. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 96 de 173

- En caso de avistamiento de foco de incendio el personal a cargo de las labores de corta estará capacitado para la realización del primer ataque. Complementariamente se estará avisando a Bomberos y a CONAF. - El predio cuenta con señal de teléfono celular, lo que permitirá tener las comunicaciones en forma permanente. - En terreno, mientras duren las actividades de corta y reforestación, se mantendrán extintores, de manera de atacar inmediatamente el foco de incendio evitando su propagación. - Se contará con herramientas (como palas, azadones, rozones, rastrillos) y equipos (como extintores) para realizar el primer ataque. - Se aislará el foco de incendio mediante la construcción de un cortafuego perimetral de 8 metros alrededor de los rodales en dirección al cerco perimetral, de manera de cortar el material combustible disponible.

12.3.2.4.19 Observación:

Problema social por la población flotante durante la construcción. El sector de Peralillo, Parronal y Remolino suman alrededor de 1000 habitantes y durante la construcción del parque habrá una sobrepoblación de al menos 600 personas externas con intereses exclusivamente laborales

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a un aspecto de la descripción del proyecto. A este respecto se indica que no existirá un problema por la población flotante durante la construcción, debido a que los trabajadores irán al proyecto desde Curicó, este tránsito vehicular fue evaluado en el Estudio de Vialidad presentando en el Anexo 2-7 de la DIA, además se priorizará la compra de insumos en otras localidades para no generar desabastecimiento en el sector.

12.3.2.4.20 Observación: medio humano

Desabastecimiento de recursos durante la construcción del parque (bencina, alimentos, dinero, etc.)

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a eventuales afectaciones sobre los modos de vida de las comunidades cercanas al proyecto. A este respecto se indica que no existirá un problema por la población flotante durante la construcción, debido a que los trabajadores irán al proyecto desde Curicó, este tránsito vehicular fue evaluado en el Estudio de Vialidad presentando en el Anexo 2-7 de la DIA, además se priorizará la compra de insumos en otras localidades para no generar desabastecimiento en el sector. Gran parte de los servicios, equipamientos e infraestructura se emplazan en la zona urbana de Hualañé o en los centros urbanos de las localidades de la comuna, por lo que el Proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos y servicios. Dada la proximidad con los centros urbanos de Hualañé y Curicó, no se contempla la construcción de un campamento para el desarrollo de la fase de construcción. Por lo anterior, el Proyecto no generará un exceso de personas que impidan o alteren algún acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de los grupos humanos del área de influencia contemplada.

12.3.2.4.21 Observación:

Aumento del parque vehicular y tasa de accidentabilidad en la Ruta J 60 durante el proceso de construcción.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a eventuales impactos del proyecto. A este respecto se indica que en la Declaración de Impacto Ambiental, específicamente en el Anexo 2-7 de la DIA se presenta el estudio de vialidad del proyecto, en dónde se evaluó el estado de las rutas a utilizar por el proyecto y la capacidad de éstas por el aumento del flujo vehicular durante las distintas fases del proyecto (construcción, operación y cierre) como resultado se obtuvo que la infraestructura analizada cumple con las condiciones físicas adecuadas para absorber, el aumento propio de la demanda vehicular, como el de los flujos del Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular considera las siguientes medidas para evitar cualquier afectación.

 Se presentará a la Dirección de Vialidad un proyecto de ingeniería con el diseño del Acceso definitivo que contará el Proyecto en la Ruta J-60.  Los camiones que circularán para el Proyecto deberán respetar los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N° 158/1980 del MOP. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 97 de 173

 Las obras que se realicen en la vía pública deben considerar lo dispuesto en Capítulo N° 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Segundad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos, de acuerdo al Decreto Supremo N° 90/2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado el 20 de enero de 2003 en el Diario Oficial.  Realizar lavado de ruedas a los camiones que salen del proyecto a la vía pública, durante la etapa de construcción.  Los camiones que intervendrán en la etapa de construcción deberán utilizar los estacionamientos establecidos dentro del predio, a su vez, la carga y descarga de los materiales y/o desechos de construcción se deberán realizar en un lugar de acopio fuera de la vía pública.  Se exigirá al contratista contractualmente mantener sus vehículos y maquinaria con sus revisiones técnicas al día.  De acuerdo a la normativa nacional vigente, se deben emplear camiones en perfecto estado de mantenimiento y en las mejores condiciones mecánicas. Para ello se considera inspecciones de la flota de camiones y buses asociados al transporte de carga y personal.  Se emplearán vehículos que cumplan con la normativa vigente, en cuanto a dimensiones máximas permitidas y pesos máximos admisibles.  Las empresas encargadas del transporte de combustibles y otras sustancias peligrosas en general deben cumplir con un Programa de Seguridad y Prevención de Riesgos, ajustado a la normativa vigente, para prevenir derrames, filtraciones o cualquier situación de riesgo durante el transporte. Asimismo, se deben definir planes de contingencia en caso de accidentes viales de este tipo de carga, además de los vehículos destinados al traslado de personal.  El Titular instruirá y supervisará que los contratistas den cumplimiento a las restricciones de velocidad tendientes a evitar accidentes de tránsito.  Se aplicará el Plan de Contingencia de Transporte (en caso de emergencia) ya sea para vehículos livianos, buses de personal y vehículos de carga (sobre todo de sustancias peligrosas), definiendo los procedimientos de manejo y protocolo comunicacional con principales actores (dentro de la compañía, con las autoridades atingentes y con organismos de emergencia), a efectos de tomar las medidas y/o decisiones pertinentes al caso.  Se instruirá a los conductores (tanto de buses, camionetas y camiones) respecto de los conflictos viales señalados en este informe, a fin de tomar las precauciones necesarias para el desarrollo de un transporte fluido y seguro.  Se instruirá al personal del Proyecto los procedimientos de seguridad frente al cruce/atravieso de animales o el tránsito de ellos mismos, por ejemplo, cuando se trasladan en sus ciclos de veranadas e invernadas. Ello considera la detención del vehículo hasta que el animal despeje la ruta y no podrá utilizarse la bocina como elemento de persuasión de animales.  Se implementará un programa de capacitaciones anuales para todo el personal (contratista y subcontratistas), ya sea conductor habitual o esporádico, en materia de manejo a la defensiva y primeros auxilios, prácticas y cuidados adicionales en el paso por zonas pobladas, cultivos y lugares de pastoreo, entre otros temas.  Se mantendrá un sistema de licencia interna, que permita operar con personal calificado y experimentado para la conducción vehicular (transporte de carga y personal).  Se realizará coordinación horaria con los asentamientos que realicen celebraciones o ceremonias que hagan uso de rutas que empleará el proyecto, ya sea por traslados masivos hacia y desde éstas, o porque las rutas son usadas para desfiles, procesiones u otro tipo de manifestaciones. En estos casos la coordinación se realizará con las organizaciones locales representativas.

12.3.2.4.22 Observación:

Aumento de desechos químicos y orgánicos por la población flotante y durante la construcción

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a aspectos descriptivos del proyecto en evaluación. A este respecto se indica que la población flotante no permanecerá en la localidad, dispondrán de transporte diario desde la ciudad de Curicó. Los residuos generados serán debidamente gestionados acorde a los antecedentes dispuestos en el Anexo F, donde se incorpora, entre otros, el Permiso Ambiental Sectorial 140 de Residuos No Peligrosos, y Permiso Ambiental Sectorial 142 de Residuos Peligrosos, detallando en ambos permisos las medidas estrictas de gestión que aseguran el correcto manejo de los residuos generados en el marco del desarrollo del Proyecto.

12.3.2.4.23 Observación:

Seremos zona de sacrificio por instalación de miles de paneles solares Instalación del parque fotovoltaico y la subestación eléctrica será emplazada frente y colindante a los patios y terrenos de nuestros vecinos (casas, iglesia, cabañas de agrado, parcelas, siembras, bosques, etc.)

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a eventuales impactos sobre el medio humano. A este respecto se indica que para descartar la afectación a los vecinos colindantes del proyecto se realizó la evaluación de los posibles impactos por ruido, emisiones atmosféricas, campos electromagnéticos, vialidad, paisaje, residuos y medio Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 98 de 173

humano. Como resultado de estos estudios a continuación se presenta una tabla resumen que descarta afectación a medio humano por la implementación del proyecto.

Tabla Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto ambiental no significativo El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Parte, obra o acción que lo genera No Aplica. Fase en que se presenta No Aplica. Existencia de grupos humanos en el área de influencia Tanto las entidades identificadas del Parronal como el Remolino están categorizadas como caseríos y Parcela-Hijuela. En el caso de la entidad Eloísa, corresponde a un Fundo-Estancia- Hacienda. Estas entidades se encuentran insertas en la localidad del Parronal, cuya comunidad se tra organizada en la Junta de Vecinos del Parronal, la que participa de manera activa encuenen la comunidad, en conjunto con otras organizaciones, tales como asociaciones deportivas, clubes de mujeres y asociaciones de canalistas. Reasentamiento de comunidades humanas No Aplica Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El Proyecto se implementará en un predio privado localizado en una zona rural de la comuna de Hualañé. El área de influencia del Proyecto se caracteriza por ser una zona agrícola y residencial. En ninguna de las fases del Proyecto se contempla una alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos a nivel local o comunal ubicados en el área de influencia del Proyecto, ni tampoco el uso o restricción del acceso a algún recurso natural que cuente con valor simbólico y/o productivo para la comunidad. Antecedentes se disponen en el Anexo 2-5 Uso del Territorio y su Relación con la Planificación Territorial y Anexo 2-6 Medio Humano. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Se realizó un Estudio de Vialidad, presentado en el Anexo 2-7 de la DIA. Los resultados dan cuenta de que la construcción y operación del Parque Solar Fotovoltaico Chimango tendrían un efecto casi imperceptible para los usuarios, donde se obtuvo que en términos de tiempo podría haber incrementos del tiempo inferiores a 1 segundo a raíz de la incorporación del proyecto. En términos generales, se puede señalar que la infraestructura analizada cumple con las condiciones físicas adecuadas para absorber, en los escenarios evaluados, el aumento propio de la demanda vehicular, como el de los flujos del Proyecto. Por lo anterior, el Proyecto no generará obstrucción para la circulación ni conectividad, y no aumentará tiempos de desplazamiento ni de transeúntes ni vehiculares. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Gran parte de los servicios, equipamientos e infraestructura se emplazan en la zona urbana de Hualañé o en los centros urbanos de las localidades de la comuna, por lo que el Proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos y servicios. Dada la proximidad con los centros urbanos de Hualañé y Curicó, no se contempla la construcción de un campamento para el desarrollo de la fase de construcción. Por lo anterior, el Proyecto no generará un exceso de personas que impidan o alteren algún acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de los grupos humanos del área de influencia contemplada. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Las actividades y obras se realizarán solo al interior del área del Proyecto durante todas sus fases, donde no se han identificado la práctica de tradiciones culturales o intereses comunitarios. Si bien en el Anexo 2-6 de la DIA se da cuenta de la presencia de la Asociación Indígena Ñuke Mapu, la cual se ubica en la zona urbana de la comuna de Hualañé, específicamente en el poblado de Hualañé y La Huerta, pero también realizan actividades en el Cerro Chiripilco y la ribera del río Mataquito. Este cerro se encuentra a más de 4 km del área del Proyecto, mientras que Hualañé se ubica aproximadamente a 11 km y La Huerta a 5,5 km del área del Proyecto. En el área de influencia no se identificaron organizaciones funcionales o territoriales que realicen actividades al interior del área del Proyecto, o que, en el caso de la Junta de Vecinos del Parronal, realicen actividades que se puedan ver interrumpidas. Por lo anterior, el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 99 de 173

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Considerando que el predio donde se implementará el proyecto corresponde a un predio privado, sin libre acceso a terceros, por lo que se descarta la realización de actividades por parte de la Asociación Ñuke Mapu al interior del proyecto. Por lo anterior, el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de la asociación. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 2-6 Medio humano de la DIA.

12.3.2.4.24 Observación: descripción del proyecto

¿Cuál será el destino de los desechos y residuos peligrosos durante y al término de la vida útil de los paneles solares?

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a aspectos descriptivos del proyecto en evaluación. A este respecto se indica que los residuos peligrosos serán destinados a un relleno sanitario de seguridad autorizado por la autoridad sanitaria. En el caso particular de los paneles solares, su disposición dependerá del estado del módulo fotovoltaico, definiéndose un tratamiento acorde a la siguiente tabla:

Estado del módulo Vía de tratamiento El módulo deja de funcionar debido a fallas menores reparables. Acondicionamiento a través de reparación o cambio de partes del módulo para su reutilización. El módulo ha llegado al fin de su garantía o vida útil predeterminado por el productor (sin dejar de funcionar) El módulo sigue en su lugar instalado sin cambios o se desinstala para su reutilización en un mercado secundario. El módulo ha bajado en eficiencia (degradado) de forma leve y todavía cuenta con una eficiencia útil Desinstalación y reciclaje El módulo deja de funcionar por fallas mayores que no son reparables Desinstalación y reciclaje

Los paneles utilizados en el proyecto se componen de silicio cristalino sustancia no catalogada como peligrosa de acuerdo con la Resolución 714 del Ministerio de Salud. Por lo que los paneles serán tratados como residuos industriales, no peligrosos. Para la disposición final de los módulos, se contará con un profesional encargado con la responsabilidad de verificar si surge en Chile una empresa que realice reciclaje de paneles solares a través del proceso de separación mecánica o física. En caso de que tal empresa no exista, ese derivará los paneles a una empresa de valorización de residuos que se adapte a los requerimientos, y que se encuentre más cercana al área de emplazamiento del Proyecto. Cabe destacar que la vida útil promedio de los paneles es de 30 años, por lo tanto, el reemplazo de paneles antes de eso será algo que ocurrirá de forma ocasional, solo en la medida que haya fallas de algunas unidades.

12.3.2.4.25 Observación: medio humano

Se estima un colapso de los sistemas públicos y privados por la sobrepoblación flotante y estacionaria durante el proceso de construcción del parque.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a una eventual afectación por el proyecto en evaluación. A este respecto se indica que gran parte de los servicios, equipamientos e infraestructura se emplazan en la zona urbana de Hualañé o en los centros urbanos de las localidades de la comuna, por lo que el Proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos y servicios. Dada la proximidad con los centros urbanos de Hualañé y Curicó, no se contempla la construcción de un campamento para el desarrollo de la fase de construcción. Por lo anterior, el Proyecto no generará un exceso de personas que impidan o alteren algún acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de los grupos humanos del área de influencia contemplada.

12.3.2.4.26 Observación:

Producir esta energía renovable a la escala en que se está pensando realizar en esta zona, no sólo es hipotecar el futuro de la gente que vivimos en esta región, sino que es también poner en peligro todos los sistemas de vida que aquí existen.

Evaluación Técnica Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 100 de 173

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a temas relativos al medio humano en relación con el proyecto. A este respecto se indica que para descartar la afectación a los vecinos colindantes del proyecto se ha realizado la evaluación de los posibles impactos por ruido, emisiones atmosféricas, campos electromagnéticos, vialidad, paisaje, residuos y medio humano. Como resultado de estos estudios a continuación se presenta una tabla resumen que descarta afectación a medio humano por la implementación del proyecto.

Tabla Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto ambiental no significativo El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Parte, obra o acción que lo genera No Aplica. Fase en que se presenta No Aplica. Existencia de grupos humanos en el área de influencia Tanto las entidades identificadas del Parronal como el Remolino están categorizadas como caseríos y Parcela-Hijuela. En el caso de la entidad Eloísa, corresponde a un Fundo-Estancia- Hacienda. Estas entidades se encuentran insertas en la localidad del Parronal, cuya comunidad se encuentra organizada en la Junta de Vecinos del Parronal, la que participa de manera activa en la comunidad, en conjunto con otras organizaciones, tales como asociaciones deportivas, clubes de mujeres y asociaciones de canalistas. Reasentamiento de comunidades humanas No Aplica Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El Proyecto se implementará en un predio privado localizado en una zona rural de la comuna de Hualañé. El área de influencia del Proyecto se caracteriza por ser una zona agrícola y residencial. En ninguna de las fases del Proyecto se contempla una alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos a nivel local o comunal ubicados en el área de influencia del Proyecto, ni tampoco el uso o restricción del acceso a algún recurso natural que cuente con valor simbólico y/o productivo para la comunidad. Antecedentes se disponen en el Anexo 2-5 Uso del Territorio y su Relación con la Planificación Territorial y Anexo 2-6 Medio Humano. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Se realizó un Estudio de Vialidad, presentado en el Anexo 2-7 de la DIA. Los resultados dan cuenta de que la construcción y operación del Parque Solar Fotovoltaico Chimango tendrían un efecto casi imperceptible para los usuarios, donde se obtuvo que en términos de tiempo podría haber incrementos del tiempo inferiores a 1 segundo a raíz de la incorporación del proyecto. En términos generales, se puede señalar que la infraestructura analizada cumple con las condiciones físicas adecuadas para absorber, en los escenarios evaluados, el aumento propio de la demanda vehicular, como el de los flujos del Proyecto. Por lo anterior, el Proyecto no generará obstrucción para la circulación ni conectividad, y no aumentará tiempos de desplazamiento ni de transeúntes ni vehiculares. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Gran parte de los servicios, equipamientos e infraestructura se emplazan en la zona urbana de Hualañé o en los centros urbanos de las localidades de la comuna, por lo que el Proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos y servicios. Dada la proximidad con los centros urbanos de Hualañé y Curicó, no se contempla la construcción de un campamento para el desarrollo de la fase de construcción. Por lo anterior, el Proyecto no generará un exceso de personas que impidan o alteren algún acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de los grupos humanos del área de influencia contemplada. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Las actividades y obras se realizarán solo al interior del área del Proyecto durante todas sus fases, donde no se han identificado la práctica de tradiciones culturales o intereses comunitarios. Si bien en el Anexo 2-6 de la DIA se da cuenta de la presencia de la Asociación Indígena Ñuke Mapu, la cual se ubica en la zona urbana de la comuna de Hualañé, específicamente en el poblado de Hualañé y La Huerta, pero también realizan actividades en el Cerro Chiripilco y la ribera del río Mataquito. Este cerro se encuentra a más de 4 km del área del Proyecto, mientras que Hualañé se ubica aproximadamente a 11 km y La Huerta a 5,5 km del área del Proyecto. En el área de influencia no se identificaron organizaciones funcionales o territoriales que realicen actividades al interior del área del Proyecto, o que, en el caso de la Junta de Vecinos del Parronal, realicen actividades que se puedan ver interrumpidas. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 101 de 173

Por lo anterior, el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Considerando que el predio donde se implementará el proyecto corresponde a un predio privado, sin libre acceso a terceros, por lo que se descarta la realización de actividades por parte de la Asociación Ñuke Mapu al interior del proyecto. Por lo anterior, el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de la asociación. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 2-6 Medio humano de la DIA.

12.3.2.4.27 Observación:

Esta construcción está planteada como una actividad exportadora y no diseñada para el beneficio y la transición energética que la zona y Chile necesita

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que se refiere a aspectos descriptivos del proyecto en evaluación. A este respecto se indica que el proyecto está planteado para inyectar energía al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante la conexión del parque solar a la Subestación Nueva Mataquito, que forma parte del Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Zonal del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) decretado por el Ministerio de Energía cuyo objetivo es reforzar al SEN. Por lo que en ningún caso está planteado como una actividad exportadora y la energía que genere será 100% consumida en Chile.

12.3.2.4.28 Observación:

No se observan medidas de mitigación ni mejoras que beneficien directamente a las localidades inmersas en el proyecto.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a compromisos voluntarios en relación con el proyecto. A este respecto se indica que una de las medidas que beneficiará directamente a la localidad es la implementación del Compromiso Ambiental Voluntario de Riego (Anexo L de la Adenda), donde se revestirán 2,3 km del canal La Huerta para aumentar la disponibilidad del recurso hídrico para riego.

12.3.2.4.29 Observación:

¿Cuáles fueron los criterios que se adoptaron para la elección del lugar de emplazamiento del Parque?? Presentar la ubicación del Proyecto.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada dado que hace referencia a aspectos descriptivos del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que la justificación para la definición de la localización del Proyecto se basa en dos aspectos técnicos relevantes. En primer lugar, se encuentran las condiciones de radiación solar, las cuales han sido corroboradas mediante simulaciones de generación de energía con datos de radiación de diversas bases de datos verificadas. El segundo punto relevante para la localización se relaciona con el Proyecto colindante denominado “Sistema de Transmisión Zonal grupo 3 S/E Itahue- S/E Hualqui”, el cual se encuentra en proceso de evaluación ambiental. La relevancia se relaciona con que el Proyecto Parque Solar Fotovoltaico Chimango se conectará por medio de la subestación Nueva Mataquito al sistema de transmisión zonal, la que se encuentra ubicada en el mismo inmueble que el Proyecto, lo que facilita la viabilidad técnica y económica del Proyecto, y evita tener que construir una línea de alta tensión más allá de los límites del proyecto, para conectar el proyecto a la S/E Mataquito, reduciendo así la cantidad de obras requeridas para la ejecución del Proyecto y por tanto reduciendo los impactos del mismo.

12.3.2.4.30 Observación:

Con un desconocimiento de su suelo de gran valor productivo (clasificado como tipo III-IV CIREN 2013), esto tiene estricta relación con nuestra identidad de pueblo agrícola. De acuerdo con lo anterior, Se solicita al Proponente ampliar la información de los criterios establecidos para justificación de la localización del proyecto. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 102 de 173

Fase de construcción Emisiones, efluentes y residuos a generarse en la fase de construcción

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos descriptivos del mismo. Al respecto se indica que la justificación para la definición de la localización del Proyecto se basa en dos aspectos técnicos relevantes. En primer lugar, se encuentran las condiciones de radiación solar, las cuales han sido corroboradas mediante simulaciones de producción con datos de radiación de diversas bases de datos verificadas. El segundo punto relevante para la localización se relaciona con el Proyecto colindante denominado “Sistema de Transmisión Zonal grupo 3 S/E Itahue-S/E Hualqui”, el cual se encuentra en proceso de evaluación ambiental. La relevancia se relaciona con que el Proyecto Parque Solar Fotovoltaico Chimango se conectará por medio de la subestación Mataquito al sistema de transmisión zonal, la que se encuentra ubicada en el mismo inmueble que el Proyecto, lo que facilita la viabilidad técnica y económica del Proyecto, y evita tener que construir una línea de alta tensión más allá de los límites del proyecto, para conectar el proyecto a la S/E Mataquito, reduciendo así la cantidad de obras requeridas para la ejecución del Proyecto y por tanto reduciendo los impactos del mismo. Respecto de las emisiones, efluentes y residuos a generarse durante la fase de construcción, la siguiente tabla presenta un resumen de estas.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 103 de 173

Tabla Resumen de emisiones, efluentes y residuos fase de construcción Resumen de emisiones totales de la Fase de Construcción Fuente Emisiones Totales [t] Fase de Construcción MP2,5 MP10 MPS CO COV NOx SO2 SOx NH3 Escarpe Terreno 0,0020 0,0135 0,0135 - - - - - - Excavación 0,0102 0,0725 0,1595 - - - - - - Compactación 0,0014 0,0096 0,0212 - - - - - - Nivelación del Terreno 0,0009 0,0083 0,0219 - - - - - - Transferencia de Material 0,0051 0,0336 0,0710 - - - - - - Resuspensión en Caminos Pavimentados 0,9858 4,0745 21,2270 - - - - - - Resuspensión en Caminos no Pavimentados 0,2442 2,4418 7,9765 - - - - - - Combustión Interna Maquinaria 0,4979 0,4979 0,4979 4,7449 0,6014 5,6377 0,0001 - 1,2606 Combustión Interna de Vehículos 0,1317 0,1330 0,1330 1,4485 0,2924 6,3002 0,0077 - 0,0026 Combustión Interna Generador 0,2730 0,2730 0,2730 0,8367 0,3171 3,8843 0,0000 0,2554 - TOTAL 2,1521 7,5578 30,3946 7,0302 1,2109 15,8222 0,0078 0,2554 1,2632 Corresponden al polvo en suspensión proveniente del tránsito vehicular del personal, los insumos y de la maquinaria a utilizar además de al material particulado asociado a la combustión de grupo electrógeno y los equipos y maquinarias.

Resumen emisiones líquidas Fase de construcción Nombre Descripción Líquidos domiciliarios Origen: Aguas servidas producto de los servicios sanitarios. Tasa de emisión: 97.500 [litros/día]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 meses (duración fase de construcción). Sistema de control: Tratamiento por Planta de Tratamiento de Aguas Servidas particular, mecanismos de control y respuesta definidos en Anexo B “Plan de Contingencias y Emergencias” Se asocian solamente al uso de agua en los baños por parte de los trabajadores, considerando un peak de 650 personas y un factor de generación de 150 l/persona/día.

Resumen de emisiones de ruido de la Fase de construcción Receptor Nivel de presión sonora modelado (dBA) por escenario para cada receptor Nivel de Ruido Máximo Permitido según Zona D.S. N°38/11 del MMA. Diurno (dBA) Evaluación según D.S. 38/11 del MMA R1 50,0 63 Cumple R2 45,3 46 Cumple R3 44,3 46 Cumple R4 42,7 45 Cumple R5 50,3 62 Cumple R6 52,7 63 Cumple Se asocian a los motores de los vehículos de transporte de personal, insumos y materiales, además del uso de la maquinaria y funcionamiento del grupo electrógeno.

Resumen de emisiones de vibración de la Fase de construcción, criterio de molestia Receptor Distancia a maquinaria crítica [m] Lv máximo permitido [VdB] Lv proyectado [VdB] Evaluación R1 49 72 69,8 Cumple R2 143 72 55,8 Cumple R3 285 72 46,8 Cumple R4 238 72 49,2 Cumple R5 62 72 66,7 Cumple R6 46 72 70,6 Cumple Se asocian a los motores de los vehículos de transporte de personal, insumos y materiales, además del uso de la maquinaria y funcionamiento del grupo electrógeno. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 104 de 173

Resumen de emisiones de vibración de la Fase de construcción, criterio de daño Receptor Distancia a maquinaria crítica [m] Lv máximo permitido [VdB] Lv proyectado [VdB] Evaluación R1 49 72 69,8 Cumple R2 143 72 55,8 Cumple R3 285 72 46,8 Cumple R4 238 72 49,2 Cumple R5 62 72 66,7 Cumple R6 46 72 70,6 Cumple Se asocian a los motores de los vehículos de transporte de personal, insumos y materiales, además del uso de la maquinaria y funcionamiento del grupo electrógeno.

Residuos sólidos asimilables a domésticos Fase de Construcción Nombre Descripción Papel Generación de 7.000 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos domésticos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Restos de envoltorios Generación de 7.000 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos domésticos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Restos orgánicos Generación de 7.000 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos domésticos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Vidrios Generación de 1.250 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos domésticos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Plásticos Generación de 7.000 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos domésticos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Lodos Generación de 732 kg/mes por la planta de tratamientos de aguas servidas. Serán retirados con una frecuencia anual o según recomendación del fabricante por una empresa debidamente autorizada hasta un relleno sanitario autorizado.

Residuos no peligrosos Fase de Construcción Nombre Descripción Restos de materiales de construcción y EPP defectuosos Los restos de materiales, incluyendo entre los más importantes madera, acero, cables y hormigón generados en la fase de construcción serán seleccionados y acopiados primeramente en los frentes de trabajo, donde se clasificarán separadamente para determinar la factibilidad de su reutilización inmediata. Los EPP defectuosos se depositarán en contenedores dispuestos para ello para posteriormente ser trasladados a la bodega de residuos no peligrosos donde aguardarán su retiro por una empresa autorizada. Generación de 24.000 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos no peligrosos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia mensual para su traslado a un relleno sanitario autorizado.

Residuos peligrosos Fase de Construcción Nombre Descripción Envases usados de diluyentes, pinturas u otros Generación de 4 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos peligrosos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Aceite lubricante y grasa usada Generación de 2 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos peligrosos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Elementos contaminados con hidrocarburos (paños, guantes, guaipes) Generación de 4 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos peligrosos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 105 de 173

12.3.2.4.31 Observación:

¿De dónde sacaran el agua de uso para limpieza de paneles, agua de consumo humano, baños, etc, así como también que utilizaran para controlar las emisiones atmosféricas ya que el proyecto está en zona de restricción del uso de los acuíferos?

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a aspectos descriptivos del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que la justificación De acuerdo con lo solicitado, a continuación, se presenta el detalle del origen y uso del agua por fase del proyecto.

Tabla Detalle del origen y uso del agua, fases de construcción, operación y cierre. Fase Uso del agua Origen Construcción Potable El agua potable será abastecida por medio de camiones aljibe y para el consumo de los trabajadores dentro del Proyecto a través de bidones sellados, que serán suministrados por un proveedor autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Industrial El agua industrial durante la fase de construcción del proyecto se utilizará para la aplicación de supresor de polvo en caminos. Será extraída de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, mediante camión aljibe y abastecida por proveedor externo durante los meses que no se produzca agua desde la PTAS. Se contará con toda la documentación que acredite el origen de las aguas en obra para su verificación y control. Operación Potable El agua potable para el consumo de los trabajadores será abastecida a través de bidones sellados, que serán suministrados por un proveedor autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Industrial El agua industrial será utilizada para el lavado de paneles, ésta será suministrada por un proveedor autorizado por la Autoridad Sanitaria. Cierre Potable El agua potable para el Proyecto será abastecida por medio de camiones aljibe, y dentro del área del Proyecto para el consumo de los trabajadores será abastecida a través de bidones sellados, que serán suministrados por un proveedor autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Industrial El agua industrial durante la fase de cierre del proyecto se utilizará para la aplicación de supresor de polvo en caminos. Será extraída de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, mediante camión aljibe y abastecida por proveedor externo durante los meses que no se produzca agua desde la PTAS. Se contará con toda la documentación que acredite el origen de las aguas en obra para su verificación y control.

Para el control de las emisiones atmosféricas se utilizarán medidas de gestión asociadas a al transporte: circulación de camiones con cubierta, límite de velocidad para circulación vehicular, utilización de supresor de polvo y humectación de caminos internos, el agua necesaria para esta actividad será obtenida desde la misma planta de tratamiento de aguas servidas del proyecto. Por lo que es importante precisar que el Proyecto no considera extracción de agua desde acuíferos.

12.3.2.4.32 Observación:

Eminentemente favorecer planes de acción contra el cambio climático, en cuanto a la utilización de aguas y cualquier recurso natural que se utilice o menoscabe. Normativa Ambiental Aplicable Se solicita al titular evaluar los efectos acumulativos y sinérgicos de acuerdo con la Ley 20417, artículo 2° letra "h bis) en la cual se define el Efecto Sinérgico, como aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la presencia simultánea de varios agentes supone una incidencia ambiental mayor que el efecto suma de las incidencias individuales contempladas aisladamente;". y aplicar el Informe Final Recomendaciones metodológicas para la evaluación de impactos acumulativos en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de Chile, elaborado por GAC Consultores el año 2020. Lo anterior debido a que en este sector confluyen tres “Proyectos” EIA Línea de transmisión Itahue-Hualqui, DIA Sol de Caone y DIA Chimango. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos relativos a la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que el proponente ha considerado evaluar el efecto sinérgico con el Proyecto Sistema de Transmisión Zonal Grupo 3 S/E Itahue – S/E Hualqui, en los componentes campos electromagnéticos, ruido y emisiones atmosféricas, los resultados se presentan a continuación. Campos Electromagnéticos Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 106 de 173

Para esta componente se consideró la Subestación Mataquito y el trazado de línea de alta tensión que se encontrarían dentro del predio del Proyecto. Los resultados de la evaluación de campos electromagnéticos se presentan en la siguiente Tabla, donde se muestra que no se superan los valores límites ni para campos magnéticos ni para electromagnéticos.

Tabla Valores de campos eléctricos y campos magnéticos proyectados por las obras del proyecto Equipo Campo magnético [µT] Límite [µT] % Valor límite Campo Eléctrico [kV/m] Límite [kV/m] % Valor límite Transformador 90 MVA 28,8 100 29 % No aplica* 5 No aplica Transformador de 6,6 MVA 2,9 100 2,9 % No aplica 5 No aplica Conductor soterrado en subestación elevadora Limite franja seguridad derecha 9,21 100 9,2% No aplica 5 No aplica

Limite franja seguridad izquierda 9,33 100 9,3% No Aplica 5 No Aplica

Valor máximo en perfil 20,00 100 20,0% No aplica 5 No aplica Línea aérea 33 kV Limite franja seguridad derecha 3,34 100 3,3% 0,21 5 4,2%

Limite franja seguridad izquierda 3,34 100 3,3% 0,21 5 4,2%

Valor máximo en perfil 5,70 100 5,7% 0,22 5 4,4% Línea 220 kV Limite franja seguridad derecha 1,86 100 1,9% 0,53 5 10,6%

Limite franja seguridad izquierda 1,78 100 1,8% 0,49 5 9,8%

Valor máximo en perfil 10,36 100 10,4% 3,19 5 63,8% Marco de línea en Subestación Mataquito 220 kV Limite franja seguridad derecha 3,04 100 3,0% 0,48 5 9,6%

Limite franja seguridad izquierda 4,06 100 4,1% 0,50 5 10,1%

Valor máximo en perfil 9,26 100 9,3% 1,35 5 27,0% * son una fuente nula de campo eléctrico. Fuente: Anexo 2-1 Medio Físico, elaborado en base al Apéndice B Campos Electromagnéticos.

Ruido y vibraciones Para realizar análisis sinérgico de dicha condición de emisión, se desarrolló una suma logarítmica de ruido, a partir de los niveles de ruido obtenidos como antecedentes de los proyectos que se encuentran en las cercanías del parque fotovoltaico Chimango, los cuales se encuentran actualmente “en calificación”. Para ello se consideró, la evaluación de los siguientes contextos o escenarios de proyección.

 Escenario N°1: Fase de Construcción (PFV Chimango) + Fase de Construcción (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Construcción (PFV Sol de Caone).  Escenario N°2: Fase de Operación (PFV Chimango) + Fase de Operación (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Operación (LTE PFV Sol de Caone).

A continuación, se presentan los resultados obtenidos a partir de la suma logarítmica de ruido para los 2 escenarios propuestos, bajo la evaluación sinérgica de los proyectos.

 Escenario N°1: Fase de Construcción (PFV Chimango) + Fase de Construcción (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Construcción (LTE PFV Sol de Caone).

Tabla Suma logarítmica de ruido – Escenario N°1 para evaluación sinérgica. Receptor Nivel de ruido en dB(A) Nivel de ruido en suma logarítmica dB(A)

Chimango S/E Itahue- S/E Hualqui Sol de Caone

R1 50,0 27,3 - 50,0 Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 107 de 173

R2 45,3 31,6 28,0 45,6 R3 44,3 36,3 27,0 45,0 R3.1 39,9 31,1 27,0 40,6 R4 42,7 25,2 43,0 45,9 R5 50,3 24,4 - 50,3 R6 52,7 25,8 - 52,7

 Escenario N°2: Fase de Operación (PFV Chimango) + Fase de Operación (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Operación (LTE PFV Sol de Caone).: Para el escenario N°2 de las fases de operación de los proyectos, se deduce que no existirá un impacto acústico acumulativo, puesto que la diferencia de niveles de ruido entre los proyectos es mayor a 10 dB(A) dada la gran distancia existente entre las áreas de los proyectos, estableciéndose que no existirá contribución del proyecto a los niveles de ruido en operación sinérgica, descartando la generación del efecto sinérgico asociado a impactos por ruido sobre la salud de la población.

Evaluación del cumplimiento normativo : Tal como lo señala el documento “Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación del efecto sinérgico asociado a impactos por ruido sobre la salud de la población” la Ley 7/2010 contra la contaminación acústica de Aragón, establece los objetivos de calidad acústica tanto para áreas urbanizadas como para zonas tranquilas y campo abierto, así como los descriptores y las metodologías de evaluación que deben utilizarse. Dicho estándar de calidad puede ser utilizado para la evaluación del efecto sinérgico, debido a emisiones de ruido producto del uso de maquinarias en proyectos de infraestructura, construcción, actividades industriales, comerciales y de servicio, debiendo ser justificado durante el proceso de evaluación. Frente a lo anterior, se detalla en la siguiente tabla los objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a áreas urbanizadas existentes.

12.3.2.4.33 Observación:

Se solicita al Titular, incorporar de qué forma se dará cumplimiento normativo referido a la Calificación Industrial y las medidas de mitigación asociadas a las emisiones, acreditando el cumplimiento y formas seguimiento. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural).

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos relativos a la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que el proponente aclaró que el proyecto no contempla instalaciones industriales y de bodegaje, por lo que no debe cumplir con la normativa referida a la calificación industrial.

En cuanto a las medidas de control asociadas a las emisiones y la acreditación de su cumplimiento y formas de seguimiento se detallan a continuación:

Componente o Materia: Emisiones Atmosféricas Medidas de Mitigación Aplicación de supresor de polvo en caminos no pavimentados internos. Vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día y que cumplan con la norma Euro III u otro de mayor tecnología. Maquinarias utilizadas contarán con la última tecnología, de manera de minimizar las emisiones a la atmósfera. Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. Los camiones con carga de material de las excavaciones sólo circularán con la tolva cubierta con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga. Acreditación Cumplimiento

Se mantendrá copia de Revisión técnica al día en Registro de Revisión Técnica. Se mantendrá registro de aplicación de supresor de polvo (fecha, aplicación y mantenimiento, proveedor y contrato del servicio, camino al que fue aplicado, encargado de inspección y comentarios). Informe aplicación supresor. Informe visita mantenimiento proveedor. Se mantendrá carpeta de registros mensuales de mantención de maquinaria y equipos. Se mantendrá carpeta con registro fotográfico que acredite las medidas de control propuestas. Forma de Seguimiento Se realizará chequeo de mantenciones de maquinarias y equipos (fecha, individualización encargado, comentarios respecto de revisión de documentos, copias). Se realizará inspección visual de todas las medidas señaladas (la inspección visual se realizará cada vez que se aplique un supresor de polvo y que se realice un transporte de materiales, inspeccionándose que se evite la suspensión de polvo en los caminos y que la carga se encuentre correctamente dispuesta en cada vehículo de transporte, se llevarán registros de ambas inspecciones). Se solicitará el comprobante de revisión técnica al día de camiones y vehículos y se realizará una inspección de dichos documentos (individualización del encargado de inspección de la documentación y del registro, y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica). Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 108 de 173

Comprobante de envío de informe aplicación supresor a SMA, en máximo 2 semanas desde el inicio de la fase de construcción. Copia de Informe Proveedor. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

12.3.2.4.34 Observación:

Según la presentación de los antecedentes del PAS 148, con respecto al uso de suelo, el proyecto está emplazado en dos clases de suelo; clase III y de aptitud forestal clase VII, donde el sector agrícola no presenta cobertura vegetal a diferencia del sector de clase III. En relación con lo antes expuesto, solicitamos al Titular lo siguiente: a) Generar una explicación y tratamiento por separado cada clase de suelo. b) No concuerdan con las especies declaradas en la DIA, ya que, en una descripción, solo es mencionada la Acacia Caven y una cactácea, además hay que tener en cuenta la existencia de otras especies como el boldo, litre, espino, peumo, maitén, maquí, quillay, etc. ¿Que se realizara con estos? ¿Se entregarán a la comunidad como leña? ¿O se destinaran a algún relleno sanitario autorizado?

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos relativos a la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que el PAS 148 se presenta para la corta de bosque nativo, en el caso del proyecto se identificó bosque nativo de Vachellia caven (Espino) por lo que el permiso aplica para esta especie que conforma bosque. Los suelos de carácter agrícola se encuentran cubiertos en su mayoría por Bosque Nativo de espino y espinillo, plantaciones recientes de Avena, y praderas silvestres. Con el objetivo de evitar que los desechos madereros y/o forestales circulen como leña verde, estos serán retirados y dispuestos por una empresa debidamente autorizada por la autoridad sanitaria. Lo anterior se verificará con las copias de las autorizaciones sanitarias correspondientes, las cuales se mantendrán a disposición de las autoridades, con el fin de cumplir con los elementos y obligaciones establecidas en el Plan de Descontaminación Atmosférica, medidas consideradas pese a que el Proyecto se ubica fuera de los límites definidos por dicho Plan de Descontaminación. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular buscará alternativas para reutilizar los desechos madereros y/o forestales, realizando siempre mediciones de humedad para certificar que no sean utilizados como leña verde, y posteriormente poder ofrecerlos a la comunidad para otros usos. El titular del proyecto contará con los respaldos físicos de las mediciones de humedad, los que servirán como medios de verificación y estarán a disposición para las autoridades, ante eventuales fiscalizaciones.

12.3.2.4.35 Observación:

Antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley. Determinación y justificación del área de influencia Impactos

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos relativos a la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que los antecedentes presentados en el proceso de evaluación ambiental del proyecto permiten concluir que no se producen los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley. El detalle de este análisis se encuentra en el Anexo N de la Adenda página 59 y posteriores

12.3.2.4.36 Observación:

Artículo 5° observación: salud Solicitamos al Titular ampliar la información relacionada al tipo de supresor de polvo o que otros mecanismos han contemplado para la reducción de emisiones atmosféricas y de qué forma darán cumplimiento a las normas vigentes, no tan solo del PM10 sino también del PM2,5.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos relativos a la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que como mecanismo principal para la reducción de polvo tanto MP 10 como MP 2,5, en el área del Proyecto se utilizará de una supresor de polvo, específicamente Bischofita, la cual se compone de cloruro de magnesio, el cual es Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 109 de 173

uno de los agentes más efectivos para el control de polvo en suspensión y estabilización de suelo. Se adjunta ficha técnica del supresor de polvo en el apéndice A del Anexo E Emisiones Atmosféricas de la Adenda.

Como complemento se consideran las siguientes medidas para el control de emisiones atmosféricas:

 La velocidad de circulación de vehículos y maquinarias será limitada.  Los vehículos de transporte de materiales utilizarán cubierta y una carga adecuada. Los camiones con carga de material de las excavaciones sólo circularán con la tolva cubierta con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga.  Respecto de la flota de camiones, se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro III u otro de mayor tecnología (valores de emisión D.S. N°55/1994, artículo 8 bis) y revisiones técnicas al día.

En consideración que las emisiones del Proyecto se limitan a la quema de combustible y levantamiento de polvo por circulación vehicular, además de operación temporal de un generador. Las medidas antes dispuestas están enfocadas a la disminución global de emisiones y no solo de un tipo particular de contaminante.

12.3.2.4.37 Observación:

Se solicita al Titular poder aclarar cuáles serán las medidas que se adoptaran frente al ruido y vibraciones en la etapa de construcción del proyecto, debido a que éstas pueden producir movimientos de tierra, derrumbes, además de la huida de la fauna silvestre y aves protegidas, como el Tunduco, ya que estas especies por sus características, estables y coloniales. Se solicitan mayores estudios científicos sobre esta especie característica del lugar de emplazamiento. Consideraciones establecidas en la “Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos Por Ruido y Vibraciones en el SEIA” Artículo 6° Componente flora y vegetación

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos relativos a la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que en el Anexo G de la Adenda se encuentra el estudio de ruido y vibraciones para fauna, en él se evalúa la posible afectación de fauna por las actividades del proyecto considerando el documento “Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa” (SEIA, 2022), se consideraron los hábitats de relevancia de los anfibios, reptiles y mamíferos para realizar la evaluación. Los resultaros para todas las fases del proyecto (construcción, operación y cierre) arrojaron que no existe afectación, lo anterior se evidencia en las siguientes Tablas.

Anfibios  Fase de Construcción y Cierre

Tabla Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción y cierre del PSF (Anfibios – umbral de 72dB(A)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RA1 61,9 72 dB(A) Sin efectos RA2 66,9 72 dB(A) Sin efectos RA3 64,8 72 dB(A) Sin efectos RA4 59,3 72 dB(A) Sin efectos RA5 65,6 72 dB(A) Sin efectos RA6 56,9 72 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

 Fase de Operación

Tabla Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación del PSF (Anfibios – umbral de 62dB(C)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RA1 56,6 62 dB(C) Sin efectos RA2 59,0 62 dB(C) Sin efectos RA3 60,2 62 dB(C) Sin efectos RA4 59,9 62 dB(C) Sin efectos RA5 58,6 62 dB(C) Sin efectos RA6 55,6 62 dB(C) Sin efectos Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 110 de 173

Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda. Mamíferos

 Fase de Construcción y Cierre

Tabla Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción y cierre del PSF (Mamíferos - umbral de 68dB(A)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(A) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RM1 62,9 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM2 61,7 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM3 61,5 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM4 56,4 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM5 60,9 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM6 60,6 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM7 59,0 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM8 53,4 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

 Fase de Operación

Tabla Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación PSF (Mamíferos - umbral de 68dB(A)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(A) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RM1 38,8 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM2 39,4 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM3 37,3 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM4 37,6 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM5 34,4 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM6 40,6 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM7 37,9 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM8 39,7 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Reptiles

 Fase de Construcción y Cierre

Tabla Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción y cierre del PSF (Reptiles - umbral de 75dB(C)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RR1 72,3 75 dB(C) Sin efectos RR2 72,4 75 dB(C) Sin efectos RR3 72,9 75 dB(C) Sin efectos RR4 74,0 75 dB(C) Sin efectos RR5 73,1 75 dB(C) Sin efectos RR6 72,0 75 dB(C) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

 Fase de Operación

Tabla Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación del PSF (Reptiles - umbral de 75dB(C)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RR1 58,7 75 dB(C) Sin efectos RR2 61,1 75 dB(C) Sin efectos RR3 56,3 75 dB(C) Sin efectos RR4 60,3 75 dB(C) Sin efectos RR5 59,4 75 dB(C) Sin efectos RR6 55,8 75 dB(C) Sin efectos Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 111 de 173

Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

De esta forma, se puede apreciar que los niveles de emisión sonora cumplen para todas las fases del Proyecto con el umbral más bajo evaluado. De esta forma, se descarta cualquier afectación por parte del Proyecto a la fauna presente en el área.

12.3.2.4.38 Observación

Se solicitan mayores estudios científicos sobre el (Tunduco), especie característica del lugar de emplazamiento. Consideraciones establecidas en la “Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos Por Ruido y Vibraciones en el SEIA”.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos relativos a la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que de acuerdo con los estudios realizados en terreno, no se identificaron ejemplares de Tunduco (Aconaemys fuscus) en el área del Proyecto, pero sí se identificó otro roedor similar de la familia Octodontidae, correspondiente al Cururo (Spalacopus cyanus), el cual se encuentra en categoría de Preocupación Menor (LC). Debido a esto, para el caso de esta consulta, se asumirá que la observación refiere al Cururo y no el Tunduco. De todas maneras, en caso de existir la presencia de esta especie durante la fase de construcción, operación y cierre se cumplirían los límites establecidos por la Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos Por Ruido y Vibraciones en el SEIA”. Respecto a potenciales impactos producidos por emisiones acústicas derivadas de las diferentes fases del Proyecto, cabe aclarar que dicha especie será objetivo de un plan de perturbación controlada, medida que busca alejar del área del Proyecto a la especie, hacia zonas estudiadas que presentan las condiciones y capacidad de carga para recibir a la cantidad de ejemplares a movilizar (esto se presenta con mayor detalle en el Anexo L de la adenda, en el Documento Plan de Perturbación Controlada). Debido a esto, para la modelación acústica se tomaron estas zonas como hábitats de relevancia a considerar. Según lo dispuesto en la guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa”12, para los cururos se evalúa el posible efecto sobre la Reducción de la eficiencia reproductiva, para la cual se establece un umbral del 68 dB(A) promedio. Teniendo en cuenta este umbral, se procedió a realizar una modelación de emisiones acústicas estableciendo como receptores los puntos más cercanos a las fuentes de emisión de estas emisiones, tal como se presenta en la siguiente figura.

Figura Hábitats de Interés y Fuentes Emisoras

Fuente: Anexo G de la Adenda, 2023

Una vez definidos los receptores más cercanos posibles a la fuente de emisión, se procedió a realizar la modelación de emisiones acústicas para las diferentes fases del proyecto, tal como se muestra en la siguiente tabla.

Tabla Niveles de Presión Sonora para las Fases de Construcción y Operación Receptor Nivel proyectado dB(A) Fase de Construcción Nivel proyectado dB(A) Fase de Operación Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RM1 62,9 38,8 68 dB(A) Sin efectos RM2 61,7 39,4 68 dB(A) Sin efectos RM3 61,5 37,3 68 dB(A) Sin efectos RM4 56,4 37,6 68 dB(A) Sin efectos RM5 60,9 34,4 68 dB(A) Sin efectos RM6 60,6 40,6 68 dB(A) Sin efectos RM7 59 37,9 68 dB(A) Sin efectos Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 112 de 173

RM8 53,4 39,7 68 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G de la Adenda, 2023

De esta forma, se puede apreciar que los niveles de emisión sonora cumplen para todas las fases del Proyecto con el umbral más bajo evaluado. De esta forma, se descarta cualquier afectación por parte del Proyecto a los Cururos, derivado de las emisiones acústicas generadas por las partes, obras y acciones del Proyecto.

12.3.2.4.39 Observación:

De acuerdo a las dos consultas ciudadanas del proyecto del parque fotovoltaico Chimango, aún no demuestran que cuentan con algún estudio que garantice y proteja que este proyecto no afectará a los productores apícolas que existen en el sector, La empresa no consideró la existencia de estos productores apícolas de la zona, es una gran preocupación por parte de la comunidad ya que las abejas son indispensables para el ecosistema y sobrevivencia de este planeta.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a un posible efecto ambiental del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA. Con respecto a lo señalado, se aclara que no existirá afectación por parte del Proyecto tanto para la calidad y cantidad de productos del sector agrícola. Si bien tal como se establece en la observación la polinización juega un rol fundamental en la producción y desarrollo del sector agrícola, no se identificó que al interior del predio se desarrollara la actividad apícola. Según lo planteado por Ribbands, (1951), las abejas mieleras pueden viajar distancias de hasta más de 3 km en caso de no encontrar fuentes de alimentación más cercanas, por lo tanto, no se puede descartar la posible importancia del predio respecto a la actividad apícola. Para la instalación del Proyecto se prevé la corta de vegetación tal como se menciona en el Capítulo 1 de la DIA y en el Anexo F de la Adenda, más específicamente en el PAS 148, pero solo se limita a la vegetación con la altura suficiente para interactuar con los paneles solares y la infraestructura eléctrica. De esta forma se permitirá el libre desarrollo de vegetación herbácea bajo estos tal como se establece en (Beatty et al, 2017), presentando fuentes de alimento para los posibles polinizadores que pudieran desplazarse hasta el área del Proyecto. Un ejemplo de esto es la especie ”diente de león”. Por lo que, al interior del predio seguirán brotando especies herbáceas y existiendo flores que sirven para la alimentación de las abejas que pudiesen llegar. Por lo anterior, se descarta que la instalación del Proyecto genere el término de la apicultura en la zona, ya que al interior del predio no se realiza esta actividad y para las apícolas cercanas seguirá habiendo fuentes de alimentación al interior del predio y fuera de este.

12.3.2.4.40 Observación:

Se solicita al Proponente ampliar la información entregada en el anexo Medio humano, levantando información sobre la presencia de productores apícolas y del hábitat propicio para las abejas. Esta información deberá contener detalladamente metodología empleada para la identificación de los sectores donde se realiza la actividad, donde se determina la presencia y/o ausencia de estas abejas, así como en análisis de impacto en términos de: la especie, su hábitat asociadas al artículo 6 literal b y 7°, literal a) ambos del D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos referidos a la evaluación de medio humano y sus caracterización. Al respecto se indica que se realizó un levantamiento de la actividad apícola cercana al área del proyecto, entre los días 22 y 24 de enero con una visita a terreno y entrevistas/encuestas a los vecinos que realizan esta actividad en el sector. Los resultados se presentan en el Anexo E Caracterización Actividad Apícola de Adenda Complementaria.

En el levantamiento de información en terreno se identificó la presencia de 19 apiarios y de 13 apicultoras y apicultores, los cuales se encuentran distribuidos en las localidades cercanas al área del Proyecto. Dentro del área de estudio se identificó la presencia de 8 apiarios. Los apicultores identificados dentro del área de estudio se emplazan en relación con los ejes viales del sector: la Ruta J-60, J-70-I (Camino a Los Coipos) y Camino a Las Viñas. La Figura ilustra lo anteriormente comentado.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 113 de 173

Figura AC-: Ubicación Apiarios

En la campaña de terreno se entrevistó a 6 apicultores, 5 de estos se ubican en el sector del Área de estudio. La individualización y la ubicación de cada apicultor entrevistado puede ser revisada en el Anexo E Caracterización Actividad Apícola, y en la Figura AC-.

Figura AC-: Ubicación Apicultores Entrevistados

En relación con especies florales, dentro del radio de forrajeo definido en el Anexo E Censo Apícola, se encontraron las siguientes especies melíferas, las que se presentan en la Tabla AC-.

Tabla AC-: Especies Melíferas potencialmente presentes en la zona de estudio Especie Origen Forma de Vida Acacia caven Nativa Árbol Aristotelia chilensis Nativa Árbol Brassica rapa Exótica Hierba Caesalpinia spinosa Nativa Árbol Echium vulgare Exótica Hierba Escallonia pulverulenta Nativa Árbol Escallonia revoluta Nativa Árbol Escallonia rubra Nativa Arbusto Eucalyptus globulus Exótica Árbol Gevuina avellana Nativa Árbol Hypochaeris radicata Exótica Hierba Lithraea caustica Nativa Árbol Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 114 de 173

Lotus uliginosus Exótica Hierba Luma apiculata Nativa Árbol Medicago sativa Exótica Hierba Myrceugenia exsucca Nativa Árbol Persea americana Exótica Árbol Peumus boldus Nativa Árbol Quillaja saponaria Nativa Árbol Rubus ulmifolius Exótica Arbusto Schinus latifolius Nativa Árbol Schinus poligamus Nativa Árbol Retanilla trinervis Nativa Arbusto Elaboración Según: SAG (2023) y R. Ramírez y G. Montenegro (2004); 2024.

Cabe destacar que existe preocupación en los entrevistados por la sobrevivencia de las abejas ante el uso de herbicidas en el manejo agrícola, forestal o industrial. No obstante, en el presente Proyecto fotovoltaico no se contempla el uso de este tipo de productos herbicidas o pesticidas.

El radio de forrajeo de abejas es amplio, recorriendo una distancia aproximada promedio de 5 km, la cual puede variar hacia distancias mayores según existan fuentes de alimento atractivas.

En el Área Potencial de Forrajeo existe una gran variedad de especies vegetales disponibles para las abejas. Además, se observa la presencia importante de especies de tipo melíferas dentro del área señalada, por ejemplo: Acacia caven, Eucaliptus globulus y Quillaja saponaria. Existe variedad de formaciones vegetales dentro del área potencial de forrajeo, de las cuales solo una sección menor al 4% tendría alguna relación con el Proyecto. La superficie de corta de vegetación calculada corresponde a un 3,7 % del total del Área Potencial de Forrajeo.

12.3.2.4.41 Observación:

Este Proyecto contempla la tala de árboles, entre ellos nativos, la reforestación sería en otro lugar que no sería en esta localidad. La tala de estos nativos se contrapone ya que por ser nativos están protegidos. Además, los árboles proporcionan hábitats esenciales para una amplia variedad de especies desde aves hasta insectos y mamíferos, la tala reduce la biodiversidad al destruir hábitats cruciales y característicos en la zona, siendo esta la única zona en que existe dicho mamífero (tunduco) Los bosques ofrecen una alta gama de servicios ecosistémicos como regulación del clima purificación del aire y el agua, la polinización de cultivos y la protección contra desastres naturales como deslizamientos de tierra e inundaciones del Estero Eloísa. Por lo que creo que este proyecto es inviable para esta localidad ya que nos está destruyendo nuestro ecosistema local. Este procedimiento nos lleva una destrucción del ecosistema local. Por lo que creo que este proyecto es inviable para esta localidad ya que nos está destruyendo nuestro ecosistema local. En base a la consulta anterior,

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a un posible efecto ambiental del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA. Respecto a lo señalado, al momento de realizar el descarte de afectación se consideró la presencia de flora y fauna en la totalidad del área del Proyecto, debido a lo cual se tomaron una serie de medidas para evitar su afectación. En el caso de la flora las principales sensibilidades detectadas al interior del área del Proyecto es la presencia de Bosque Nativo de espino (Vachellia caven), y la presencia de ejemplares de Quisco (Echinopsis chiloensis). Para evitar la afectación del bosque nativo, se presenta el PAS 148 en el Anexo F de la Adenda, donde se presenta la información detallada del proceso de tala de estos ejemplares, y el compromiso de generar una reforestación de igual o mayor superficie en un predio de la región. Esta reforestación tendrá que presentar densidades similares a las presentadas en el área del Proyecto, y tendrá que asegurar el éxito de la reforestación, presentando un desarrollo óptimo de los ejemplares reforestados, en un marco de tiempo establecido en el Plan de Manejo de Bosque Nativo que se presentará ante CONAF. En el caso de los ejemplares de Quisco, en el Anexo L de la Adenda, se presenta un compromiso ambiental voluntario de manejo biológico de cactáceas, donde se presentan las medidas y forma de manejo para replantar los ejemplares en otra zona dentro del mismo predio.

12.3.2.4.42 Observación:

Se solicita al Proponente ampliar la información realizando el análisis de impacto para la componente flora y vegetación asociada al artículo 6 literal b) del D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA, para luego dar respuesta a lo señalado en el párrafo anterior. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 115 de 173

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a un posible efecto ambiental del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA. Al respecto se informa que para la componente flora y vegetación se realizaron tres (3) campañas de terreno, una en primavera 2022, otra en invierno 2023 y una en verano 2024. Los antecedentes y resultados del área de influencia correspondientes a las campañas realizadas se presentan en el Anexo F Ecosistemas Terrestres de la Adenda Complementaria, donde se obtuvieron los siguientes resultados:

Flora y Vegetación: De acuerdo con las 13 competencias ambientales del CONAF en el marco regulatorio del SEIA, se identificaron 3 de las mismas de acuerdo con lo siguiente: Presencia de Bosque Nativo: Se identificaron las formaciones vegetacionales clasificadas como Bosque Nativo de Vachellia caven. Se presenta en Anexo A de la Adenda Complementaria el Permiso Ambiental Sectorial Mixto 148: Permiso para la Corta de Bosque Nativo. Flora leñosa y suculentas clasificadas en los listados nacionales de especies silvestres en estado de conservación; se identificó la especie suculenta Trichocereus chiloensis (Colla) Friedrich & G.D. Rowley subsp. chiloensis. Debido a la intervención directa sobre ejemplares de esta especie se presenta en el Anexo D de la Adenda Complementaria un Plan de Manejo Biológico para evitar la afectación de las especies. Cabe destacar que la especie Trichocereus chiloensis se encuentra en ambiente de pradera, por lo que no aplica la tramitación del PAS 150. Vegetación hidrófila nativa para efectos de la Ley N° 20.283: se identificaron este tipo de unidades en la Quebrada Honda que atraviesa el área considerada por el Proyecto, por lo que de acuerdo con la naturaleza de la misma será considerada como una zona de exclusión de acuerdo con lo regulado por la Ley 20.283.

12.3.2.4.43 Observación:

De acuerdo a las dos consultas ciudadanas del proyecto del parque fotovoltaico Chimango, aún no demuestran que cuentan con algún estudio que garantice y proteja que este proyecto no afectará a los productores apícolas que existen en el sector, La empresa no consideró la existencia de estos productores apícolas de la zona, es una gran preocupación por parte de la comunidad ya que las abejas son indispensables para el ecosistema y sobrevivencia de este planeta.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a un posible efecto en materia de efectos sobre las especies apícolas de la zona. Al respecto se indica que se realizó un levantamiento de la actividad apícola cercana al área del proyecto, entre los días 22 y 24 de enero con una visita a terreno y entrevistas/encuestas a los vecinos que realizan esta actividad en el sector. Los resultados se presentan en el Anexo E Caracterización Actividad Apícola, y en la siguiente Figura se encuentra la ubicación de estos.

Figura AC- Ubicación de actividad apícola cercana al proyecto.

En relación con los efectos del cambio en la cobertura vegetal producto de la construcción del proyecto en la producción de los apiarios cercanos. En este caso, se analizará el caso de la colmena más cercana al proyecto, esta se encuentra a menos de 100 m de distancia. Si consideramos que, a una menor distancia del proyecto su efecto es potencialmente mayor para la actividad apícola, Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 116 de 173

producto de la construcción y operación de Parque Fotovoltaico, especialmente por el cambio en la cobertura vegetacional de diferentes usos del suelo, potencialmente explorado por las abejas. Configurando un área de 10.033,34 ha. Esta área se cruzó con los distintos usos del suelo, según el Catastro de la Vegetación de la Corporación Nacional Forestal (CONAF, 2020). Ver Figura AC-.

Figura AC-: Radio Forrajeo Potencial

Por otro lado, considerando que el área de influencia del parque fotovoltaico sobre la vegetación es de una superficie total de afectación de 290,4 ha. Se puede ver que esto corresponde al 2,89% del total de área potencial que puede recorrer una abeja. Dentro del área potencial de alimentación se encuentran representados 23 tipos de usos diferentes, de los cuales solo 8 tipos de uso son afectados por el proyecto. Esto deja a las abejas una serie de alternativas disponibles en superficie, en calidad y variedad de alternativas de forrajeo.

12.3.2.4.44 Observación:

Se solicita al Proponente ampliar la información entregada en el anexo Medio humano, levantando información sobre la presencia de productores apícolas y del hábitat propicio para las abejas. Esta información deberá contener detalladamente metodología empleada para la identificación de los sectores donde se realiza la actividad, donde se determina la presencia y/o ausencia de estas abejas, así como en análisis de impacto en términos de: la especie, su hábitat asociadas al artículo 6 literal b y 7°, literal a) ambos del D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA. La Planta fotovoltaica Chimango, quiere instalarse en terreno agrícola fértil, condición que se contrapone a las necesidades alimentarias de la nación. Como país debemos garantizar la seguridad alimentaria, por tanto, la elección de terrenos debe ser como exigencia estéril ya que si se instala esta planta fotovoltaica en suelos fértiles contribuirá al riesgo de escazes alimentaria.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a un posible efecto ambiental del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA. Con respecto a lo señalado, se aclara que no existirá afectación por parte del Proyecto tanto para la calidad y cantidad de productos del sector agrícola. Si bien tal como se establece en la observación la polinización juega un rol fundamental en la producción y desarrollo del sector agrícola, no se identificó que al interior del predio se desarrollara la actividad apícola. Según lo planteado por Ribbands, (1951), las abejas mieleras pueden viajar distancias de hasta más de 3 km en caso de no encontrar fuentes de alimentación más cercanas, por lo tanto, no se puede descartar la posible importancia del predio respecto a la actividad apícola. Para la instalación del Proyecto se prevé la corta de vegetación tal como se menciona en el Capítulo 1 de la DIA y en el Anexo F de la Adenda, más específicamente en el PAS 148, pero solo se limita a la vegetación con la altura suficiente para interactuar con los paneles solares y la infraestructura eléctrica. De esta forma se permitirá el libre desarrollo de vegetación herbácea bajo estos tal como se establece en (Beatty et al, 2017), presentando fuentes de alimento para los posibles polinizadores que pudieran desplazarse hasta el área del Proyecto. Un ejemplo de esto es la especie” diente de león”. Por lo que, al interior del predio seguirán brotando especies herbáceas y existiendo flores que sirven para la alimentación de las abejas que pudiesen llegar. Por lo anterior, se descarta que la instalación del Proyecto genere el término de la apicultura en la zona, ya que al interior del predio no se realiza esta actividad y para las apícolas cercanas seguirá habiendo fuentes de alimentación al interior del predio y fuera de este.

12.3.2.4.45 Observación

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 117 de 173

Se solicita al Proponente referirse al análisis de impacto del componente suelo como desarrollo para la actividad económico agrícola, asociada al Artículo 7 literal a) del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a un posible efecto ambiental del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA A continuación, se presenta el análisis del Literal a) del Artículo N°7 del D.S N°40/2013, sobre el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental. a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Cabe mencionar que el predio no ha sido utilizado, ni es utilizado, para la actividad agrícola. El único intento se realizó el año 2014, el cual no prosperó. El dueño del predio indica que esto deriva por falta de acceso al recurso hídrico que posee el predio, por lo que no es posible desarrollar actividades agrícolas extensivas en el lugar. Sin embargo, debido a la inutilización de 247,52 ha de suelos de alto valor agrícola potencial (clase II y clase III), el Titular presenta en el Anexo L de la Adenda un Compromiso Ambiental Voluntario de mejora de riego, que busca aumentar el potencial de riego en predios agrícolas de la comuna. Sin perjuicio de la inutilización de los suelos, la capacidad del suelo para sustentar vida no se verá mermada, por cuanto el Proyecto no contemplan obras ni acciones que pudiesen afectar la calidad ni las condiciones morfológicas, fisicoquímicas o biológicas del suelo durante el periodo en que se emplace en el predio ya caracterizado. En tal sentido, el Proyecto tendrá un bajo efecto en el suelo y no implicará una pérdida, contaminación o degradación del recurso suelo, en base a lo siguiente:

 Durante la fase de construcción, el Proyecto contempla la utilización de sustancias y elementos químicos, las que serán debidamente almacenadas conforme a lo establecido en el D.S. N°43/2016 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Cabe señalar que estos productos y sustancias contarán con las respectivas Hojas de Datos de Seguridad y serán abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones de la autoridad pertinente.  En la fase de construcción, se contará con un área destinada al lavado de maquinaria y camiones. Este sector contará con una piscina tipo bin, la cual irá enterrada en una excavación impermeabilizada con polietileno de alta densidad y tendrá una capacidad de almacenamiento de 1 m3, volumen más que suficiente para almacenar los residuos líquidos industriales provenientes de esta actividad. Las aguas residuales del proceso de lavado serán conducidas a la piscina de acumulación, en donde se producirá el proceso de evaporación del agua y decantación para separar los sólidos. Se espera que los residuos líquidos generados se evaporen casi en su totalidad, sin embargo, en el caso de que queden remanentes sin evaporar, estos serán almacenados en tambores cerrados, para luego ser acopiados temporalmente en la bodega de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos, desde donde serán retirados para su disposición final en un sitio autorizado.  Durante todas las fases del proyecto, no se contempla la utilización de sustancias y elementos químicos que puedan alterar las propiedades minerales y orgánicas del suelo. Tampoco se alterará el grado de acidez o alcalinidad y la concentración de sales en el perfil. En general, las propiedades químicas de los suelos están, sobre todo, asociadas con su capacidad de uso y en este caso no hay modificación de propiedades químicas. Asimismo, durante todas las fases, se adoptarán todas las medidas para evitar y contener posibles derrames de sustancias.  El ángulo de instalación de los paneles fotovoltaicos permitirá el acceso a los rayos solares en distintas horas del día y a lo largo del año calendario; igualmente, no será un impedimento para que la precipitación pueda infiltrar en el perfil del suelo, accediendo por gravedad a los distintos horizontes. Así, los paneles permitirán la libre infiltración de las aguas en el sector, por lo que no existirá impermeabilización del área.  Es importante señalar que, si bien los suelos ubicados bajo los paneles tendrán una cantidad menor de luz solar, esta condición no afectará sus propiedades fisicoquímicas, por lo que, mantiene su capacidad actual de sustentar la biodiversidad, lo que se reflejará en el crecimiento normal de la estrata herbácea y recolonización natural de vegetación, cuya altura de crecimiento será controlada mediante el corte mecanizado y/o manual. En ningún caso, habrá tratamiento químico para la regulación de la estrata vegetal, por lo que se contribuye a la adición de materia orgánica del suelo y con esto una renovación del recurso respecto a su condición actual.

En complemento, en el Anexo B de la Adenda se acompaña el Plan de Contingencias y Emergencias del proyecto, el que establece acciones y medidas para la minimización de situaciones de riesgo o contingencia, así como acciones y procedimientos para enfrentar situaciones de emergencias, asociadas a todas las fases del proyecto. En este sentido, se establecen acciones y medidas para eventos de funcionamiento deficiente del almacenamiento temporal de aguas servidas; almacenamiento deficiente de residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos; derrame de residuos peligrosos y manipulación deficiente de combustibles líquidos. Adicionalmente, en el Anexo C de la Adenda, se contempla un plan de cierre al término de la vida útil del proyecto, donde se procederá a retirar y desmantelar todo el mobiliario, paneles, equipos, cables y cualquier instalación existente construida a tenor del proyecto. Donde se restaurarán las geoformas presentes en las áreas intervenidas para dejarlas en las mismas condiciones en las que se encontró originalmente el predio. Parte de estas medidas, corresponden al retiro de estructuras, retiro de hormigón, des compactación de suelo a través de arado subsolador en las zonas donde se haya compactado, y restauración de dirección e intensidad de pendientes en las zonas donde se hayan intervenido. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 118 de 173

Finalmente, y en complemento a lo anteriormente expuesto, en el Anexo L de la Adenda, se adjunta un Compromiso Ambiental Voluntario de mejoramiento de infraestructura hidráulica a realizarse en el canal La Huerta, con el que mejorarán las condiciones del canal y su infraestructura auxiliar, de forma de aumentar la disponibilidad de agua para riego. Conforme a lo expuesto, el Proyecto se emplazará en un área donde no generará de forma permanente erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo. De esta manera, el Proyecto no generará cambios sustanciales sobre el suelo, de modo que, una vez finalizado el Proyecto, el suelo podrá seguir siendo utilizado para la actividad agrícola según la capacidad de uso de suelo descrita.

12.3.2.4.46 Observación:

Se solicita al Titular poder mencionar cuáles serán los beneficios que traerá el proyecto a la comuna, ya que todo será emplazado en un recinto privado, en donde el camino se construirá en beneficio del fundo, siendo que el acceso al proyecto es por la ruta J-60 y visto desde la misma (paisaje) y la ruta J-70I.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a un posible efecto ambiental del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA. En el Anexo J de la Adenda se encuentra el Estudio de Fotomontaje el que complementa el Estudio de Paisaje presentado en la DIA (Anexo 2-4), para ello se realizó una simulación fotográfica de cómo se vería el proyecto implementado en el predio, como resultado se obtuvo que, las principales obras del Proyecto corresponden a la instalación de paneles solares, los cuales cubrirán la mayoría del área del Proyecto. Estos no superan los 2 metros de altura desde la superficie del suelo. En este sentido, las obras del Proyecto serán perceptibles de menor medida desde la ruta J-60, debido a que la ruta se encuentra en su mayoría a menor altura que la superficie del terreno, solamente siendo posible visualizarlo en zonas de menor altura topográfica y entre construcciones presentes al costado de dicha ruta. Por otro lado, en la ruta J-70i es posible apreciar el Proyecto en toda su extensión debido a la vista despejada hacia este, pero debido a la distancia y la altura de los paneles, estos logran armonizar con el paisaje presente en la zona. Las obras no generarán incompatibilidad visual en el paisaje, dado que la intervención es de menor magnitud, puesto que las obras logran integrarse en el paisaje circundante, lo anterior se explica ya que los paneles solares son de color azul oscuro y baja altura, y por lo tanto no sobrepasaran la altura de la vegetación existente. El área posee fundamentalmente sectores con colores verdes, café y gris, debido a la vegetación, terrenos de barbecho y cordones montañosos del fondo escénico, mientras que los paneles son de color azulado opaco oscuro. La inclusión de estos elementos artificiales genera un impacto de menor magnitud ya que la alteración cromática en los reflejos o formas en el paisaje resultan sutiles. Por todo lo anterior, las obras del proyecto no obstruirán el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, por cuanto estas se ubican en un predio privado cercado y lejos de vías de acceso a este tipo de áreas.

12.3.2.4.47 Observación:

Se solicita al Titular de qué manera de responsabilizaran por los posibles daños producidos en los caminos públicos durante las diferentes etapas de proyecto, considerando la maquinaria pesada, sobrecarga y sobredimensionamiento. Todo esto debido a la utilización de la Ruta J -60, la cual tiene un flujo vehicular medio durante gran parte del año, ya que dicha ruta es utilizada para el ingreso en verano de miles de personas a la costa curicana (Iloca, Duao, Vichuquén y Boyeruca). Tenemos claro que tenemos que renovar nuestra energía. Pero no sacrificando nuestros campos. Que son los primeros suelos en la cadena alimentaria. Esto estará en el medio de la cuenca del Mataquito por donde está rodeado, de predios agrícola y frutícola. A donde trabajan con colmenas de abejas, para polinizar. Y son fuentes de trabajo para nuestras localidades y la región. Si por lo tanto debe reconsiderar. No queremos ser más zona de sacrificio.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a un posible efecto ambiental del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA. Para definir el impacto local por el aumento de tráfico vehicular consecuencia de las obras del Proyecto, se llevó a cabo un estudio de vialidad (Anexo 2-7 de la DIA presentada). Sobre la base de los resultados de la modelación realizada, se concluye que, para prácticamente todos los tramos y subtramos evaluados, el Proyecto no genera una disminución en los Niveles de Servicios obtenidos para la Situación Base año 2024, y Base Proyectada año 2025, y que en términos de tiempo podría haber incrementos imperceptibles para el usuario en los tiempos y la velocidad media de viajes, bajo las condiciones y supuestos considerados. Aunque el estudio vial da cuenta que el Proyecto no tendrá impactos en el sistema de transporte, se consideran las siguientes medidas de control: Se realizará la demarcación en la calzada de líneas de eje central y pistas de la Ruta J-60 en el área de emplazamiento del Acceso durante la Fase de Construcción, previa coordinación con la Dirección de Vialidad Regional. Se reemplazará la señalización en mal estado en el área de emplazamiento del acceso del Proyecto, previa coordinación con la Dirección Regional de Vialidad. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 119 de 173

En el acceso del proyecto se deberá instalar una señal PARE y delineadores y todos aquellos elementos que refuercen la seguridad en la Ruta. Esto, previa coordinación con la Dirección Regional de Vialidad. Además, en consideración de que las medidas de control se hagan cargo de los posibles daños en la infraestructura y molestias por ruido o congestión vial, se tomarán las siguientes medidas: Se presentará a la Dirección de Vialidad un proyecto de ingeniería con el diseño del Acceso definitivo que contará el Proyecto en la Ruta J-60. Los camiones que circularán para el Proyecto deberán respetar los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N° 158/1980 del MOP. Las obras que se realicen en la vía pública deben considerar lo dispuesto en Capítulo N° 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Segundad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 90/2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado el 20 de enero de 2003 en el Diario Oficial. Lavado de ruedas a los camiones que salen del proyecto a la vía pública, durante la etapa de construcción. Los camiones que intervendrán en la etapa de construcción deberán utilizar los estacionamientos establecidos dentro del predio, a su vez, la carga y descarga de los materiales y/o desechos de construcción se deberán realizar en un lugar de acopio fuera de la vía pública. Se exigirá al contratista contractualmente mantener sus vehículos y maquinaria con sus revisiones técnicas al día.

De acuerdo a la normativa nacional vigente, se deben emplear camiones en perfecto estado de mantenimiento y en las mejores condiciones mecánicas. Para ello se considera inspecciones de la flota de camiones y buses asociados al transporte de carga y personal. Se emplearán vehículos que cumplan con la normativa vigente, en cuanto a dimensiones máximas permitidas y pesos máximos admisibles. Las empresas encargadas del transporte de combustibles y otras sustancias peligrosas en general deben cumplir con un Programa de Seguridad y Prevención de Riesgos, ajustado a la normativa vigente, para prevenir derrames, filtraciones o cualquier situación de riesgo durante el transporte. Asimismo, se deben definir planes de contingencia en caso de accidentes viales de este tipo de carga, además de los vehículos destinados al traslado de personal. El proponente instruirá y supervisará que los contratistas den cumplimiento a las restricciones de velocidad tendientes a evitar accidentes de tránsito. Se aplicará el Plan de Contingencia de Transporte (en caso de emergencia) ya sea para vehículos livianos, buses de personal y vehículos de carga (sobre todo de sustancias peligrosas), definiendo los procedimientos de manejo y protocolo comunicacional con principales actores (dentro de la compañía, con las autoridades atingentes y con organismos de emergencia), a efectos de tomar las medidas y/o decisiones pertinentes al caso. Se instruirá a los conductores (tanto de buses, camionetas y camiones) respecto de los conflictos viales señalados en este informe, a fin de tomar las precauciones necesarias para el desarrollo de un transporte fluido y seguro Se instruirá al personal del Proyecto los procedimientos de seguridad frente al cruce/atravieso de animales o el tránsito de ellos mismos, por ejemplo, cuando se trasladan en sus ciclos de veranadas e invernadas. Ello considera la detención del vehículo hasta que el animal despeje la ruta y no podrá utilizarse la bocina como elemento de persuasión de animales. Se implementará un programa de capacitaciones anuales para todo el personal (contratista y subcontratistas), ya sea conductor habitual o esporádico, en materia de manejo a la defensiva y primeros auxilios, prácticas y cuidados adicionales en el paso por zonas pobladas, cultivos y lugares de pastoreo, entre otros temas. Esto durante la fase de construcción y cierre. Se mantendrá un sistema de licencia interna, que permita operar con personal calificado y experimentado para la conducción vehicular (transporte de carga y personal). Se realizará coordinación horaria con los asentamientos que realicen celebraciones o ceremonias que hagan uso de rutas que empleará el proyecto, ya sea por traslados masivos hacia y desde éstas, o porque las rutas son usadas para desfiles, procesiones u otro tipo de manifestaciones. En estos casos la coordinación se realizará con las organizaciones locales representativas, siempre y cuando se haga la solicitud directa.

12.3.2.4.48 Observación:

Se solicita al Proponente referirse al análisis de impacto del componente suelo como desarrollo para la actividad económico agrícola, asociada al Artículo 7 literal a) del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a un componente ambiental del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA. Cabe mencionar que el predio no ha sido utilizado, ni es utilizado, para la actividad agrícola. El único intento se realizó el año 2014, el cual no prosperó. El dueño del predio indica que esto deriva por falta de acceso al recurso hídrico que posee el predio, por lo que no es posible desarrollar actividades agrícolas extensivas en el lugar. Sin embargo, debido a la inutilización de 247,52 ha de suelos de alto valor agrícola potencial (clase II y clase III), el Titular presenta en el Anexo L de la Adenda un Compromiso Ambiental Voluntario de mejora de riego, que busca aumentar el potencial de riego en predios agrícolas de la comuna. Sin perjuicio de la inutilización de los suelos, la capacidad del suelo para sustentar vida no se verá mermada, por cuanto el Proyecto no contemplan obras ni acciones que pudiesen afectar la calidad ni las condiciones morfológicas, fisicoquímicas Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 120 de 173

o biológicas del suelo durante el periodo en que se emplace en el predio ya caracterizado. En tal sentido, el Proyecto tendrá un bajo efecto en el suelo y no implicará una pérdida, contaminación o degradación del recurso suelo, en base a lo siguiente:

Durante la fase de construcción, el Proyecto contempla la utilización de sustancias y elementos químicos, las que serán debidamente almacenadas conforme a lo establecido en el D.S. N°43/2016 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Cabe señalar que estos productos y sustancias contarán con las respectivas Hojas de Datos de Seguridad y serán abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones de la autoridad pertinente. En la fase de construcción, se contará con un área destinada al lavado de maquinaria y camiones. Este sector contará con una piscina tipo bin, la cual irá enterrada en una excavación impermeabilizada con polietileno de alta densidad y tendrá una capacidad de almacenamiento de 1 m3, volumen más que suficiente para almacenar los residuos líquidos industriales provenientes de esta actividad. Las aguas residuales del proceso de lavado serán conducidas a la piscina de acumulación, en donde se producirá el proceso de evaporación del agua y decantación para separar los sólidos. Se espera que los residuos líquidos generados se evaporen casi en su totalidad, sin embargo, en el caso de que queden remanentes sin evaporar, estos serán almacenados en tambores cerrados, para luego ser acopiados temporalmente en la bodega de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos, desde donde serán retirados para su disposición final en un sitio autorizado. Durante todas las fases del proyecto, no se contempla la utilización de sustancias y elementos químicos que puedan alterar las propiedades minerales y orgánicas del suelo. Tampoco se alterará el grado de acidez o alcalinidad y la concentración de sales en el perfil. En general, las propiedades químicas de los suelos están, sobre todo, asociadas con su capacidad de uso y en este caso no hay modificación de propiedades químicas. Asimismo, durante todas las fases, se adoptarán todas las medidas para evitar y contener posibles derrames de sustancias. El ángulo de instalación de los paneles fotovoltaicos permitirá el acceso a los rayos solares en distintas horas del día y a lo largo del año calendario; igualmente, no será un impedimento para que la precipitación pueda infiltrar en el perfil del suelo, accediendo por gravedad a los distintos horizontes. Así, los paneles permitirán la libre infiltración de las aguas en el sector, por lo que no existirá impermeabilización del área. Es importante señalar que, si bien los suelos ubicados bajo los paneles tendrán una cantidad menor de luz solar, esta condición no afectará sus propiedades fisicoquímicas, por lo que, mantiene su capacidad actual de sustentar la biodiversidad, lo que se reflejará en el crecimiento normal de la estrata herbácea y recolonización natural de vegetación, cuya altura de crecimiento será controlada mediante el corte mecanizado y/o manual. En ningún caso, habrá tratamiento químico para la regulación de la estrata vegetal, por lo que se contribuye a la adición de materia orgánica del suelo y con esto una renovación del recurso respecto a su condición actual.

En complemento, en el Anexo B de la Adenda se acompaña el Plan de Contingencias y Emergencias del proyecto, el que establece acciones y medidas para la minimización de situaciones de riesgo o contingencia, así como acciones y procedimientos para enfrentar situaciones de emergencias, asociadas a todas las fases del proyecto. En este sentido, se establecen acciones y medidas para eventos de funcionamiento deficiente del almacenamiento temporal de aguas servidas; almacenamiento deficiente de residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos; derrame de residuos peligrosos y manipulación deficiente de combustibles líquidos.

Adicionalmente, en el Anexo C de la Adenda, se contempla un plan de cierre al término de la vida útil del proyecto, donde se procederá a retirar y desmantelar todo el mobiliario, paneles, equipos, cables y cualquier instalación existente construida a tenor del proyecto. Donde se restaurarán las geoformas presentes en las áreas intervenidas para dejarlas en las mismas condiciones en las que se encontró originalmente el predio. Parte de estas medidas, corresponden al retiro de estructuras, retiro de hormigón, des compactación de suelo a través de arado subsolador en las zonas donde se haya compactado, y restauración de dirección e intensidad de pendientes en las zonas donde se hayan intervenido.

Finalmente, y en complemento a lo anteriormente expuesto, en el Anexo L de la Adenda, se adjunta un Compromiso Ambiental Voluntario de mejoramiento de infraestructura hidráulica a realizarse en el canal La Huerta, con el que mejorarán las condiciones del canal y su infraestructura auxiliar, de forma de aumentar la disponibilidad de agua para riego.

Conforme a lo expuesto, el Proyecto se emplazará en un área donde no generará de forma permanente erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo. De esta manera, el Proyecto no generará cambios sustanciales sobre el suelo, de modo que, una vez finalizado el Proyecto, el suelo podrá seguir siendo utilizado para la actividad agrícola según la capacidad de uso de suelo descrita.

12.3.2.4.49 Observación:

Artículo 9° Valor paisajístico Los ciudadanos no se ven favorecidos más bien perjudicados en la pérdida de valor paisajístico del territorio. En base a la consulta anterior Se solicita al Proponente aclarar ampliar la información asociado a determinación y justificación el área de influencia para el componente paisaje, así como también el análisis de impactos siguiendo los criterios establecidos por él SEA en la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental “Valor paisajístico en el SEIA”. y según corresponda adoptar compromisos voluntarios sugeridos en el numeral 5.2.3 de la citada guía. Relación del proyecto con las políticas, planes y programas de desarrollo regional Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 121 de 173

El proyecto no aporta a los planes de desarrollo comunal. En base a la consulta anterior,

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a un componente ambiental del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA. En el Anexo K de la Adenda se encuentra el Estudio de Turismo realizado para evaluar la afectación del proyecto a esta componente, para ello se realizó una visita a terreno entre los días 02 y 03 de agosto del 2023 para identificar los Servicios Turísticos no registrados en el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos de SERNATUR (2023), además de la identificación de la dinámica o el flujo de visitantes y/o turistas junto con los principales atractivos de la zona, a través de la aplicación de entrevistas semiestructuradas a habitantes del área de influencia y actores claves. Como resultado se obtuvo que, de acuerdo con la información recopilada, no se encuentran atractivos turísticos en el área de influencia del Proyecto, el área sólo presenta servicios relativos a restaurantes y confección de artesanías, siendo las únicas actividades con valor turístico presentes. Con respecto al Flujo de visitantes o turistas, es posible señalar que el área de influencia no presenta servicios de alojamiento turístico ni áreas protegidas del SNASPE. De esta manera, no es posible definir flujos de visitantes o turistas, de modo que el área de influencia no presenta Valor Turístico de acuerdo con lo indicado en la Guía de Valor Turístico en el SEIA (2017), la cual menciona expresamente que el flujo de visitantes o turistas debe estar siempre presente para que una zona posea esta característica. Se señala que las personas que circulan habitualmente por este sector lo hacen con fines laborales por ser una zona de carácter residencial y desarrollo agrícola a mediana y gran escala. Para la mayoría de las personas que llegan al sector, este corresponde a un entorno habitual, lo que según la Guía de Valor Turístico en el SEIA (2017) evita que se consideren visitantes o turistas a las personas que realizan desplazamientos frecuentes entre su domicilio y lugar de trabajo.

12.3.2.4.50 Observación:

Se solicita al Proponente ampliar los antecedentes asociados a la relación del proyecto con los Objetivos del Plan de Desarrollo Comunal de Hualañe, hoy en fase final de actualización, de manera de contribuir con los objetivos ambientales que se pretenden desarrollar en la comuna.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a la compatibilidad del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA con las políticas planes y programas. De acuerdo con lo solicitado, a continuación, se muestra la relación del proyecto con los lineamientos estratégicos del PLADECO actualizado 2018-2022.

Tabla Relación del proyecto con PLADECO de Hualañé (2018-2022) Objetivo Lineamiento estratégico Relación con el Proyecto Desarrollo Económico Promover la actividad agrícola, incorporando nuevos productos y las hectáreas a cultivo El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Si bien el proyecto inutilizará suelos con potencial agrícola, se hará cargo de esto a través del Compromiso Ambiental Voluntario de Riego presentado en Anexo L de la Adenda. Aumentar hectáreas a riego El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Si bien el proyecto inutilizará suelos con potencial agrícola, se hará cargo de esto a través del Compromiso Ambiental Voluntario de Riego presentado en Anexo L de la Adenda. Promover el turismo como un sector económico relevante en la estructura económica de la comuna El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover en los emprendedores el desarrollo de capacidades, competencias e innovaciones así como la obtención de recursos desde fuentes de financiamiento concursable El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover una cultura del emprendimiento y la innovación El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Desarrollo Territorial Mejorar y promover las condiciones de infraestructura y equipamientos de la comuna favoreciendo su conectividad El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover y aprovechar la conectividad interregional e interprovincial El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 122 de 173

Promover el mejoramiento de la cobertura y la conectividad de internet y telefónica El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover programas habitacionales para disminuir el déficit existente El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Desarrollo Social Fortalecer la capacidad de gestión y participación de la población en particular los jóvenes El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Mejorar el desarrollo de las oportunidades formativa y educacional de los jóvenes El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover una seguridad pública basada en la articulación de acciones y voluntades entre la municipalidad, las policías y la comunidad. El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Robustecer y potenciar la identidad cultural e histórica de los barrios y localidades de la comuna en coherencia con la política gubernamental El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Estimular el desarrollo de actividades y expresiones culturales en sectores vulnerables El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Estimular y fortalecer la actividad física y deportiva. Mejorando la calidad de vida de la población El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Mejorar la atención y el apoyo social a la población El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover acciones para mejorar la calidad de vida de la población El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Salud Comunal Promover el acceso a la salud oportuna en cada lugar del territorio según los estándares del Ministerio de Salud (MINSAL) El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Fomentar la calidad de la atención en salud y de los recintos El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Mejorar la gestión y la resolución en la salud rural El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Medio Ambiente Promover el cuidado del medio ambiente en el cual está inserto la comuna, generando un comportamiento ambientalmente sustentable en niños, jóvenes y adultos, a través de la educación ambiental, detonando acciones de sensibilización y cambio de consciencia El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover la protección del medio ambiente estableciendo actuaciones que permitan un adecuado manejo de los residuos sólidos y líquidos que produce la actividad humana El Proyecto se relaciona con este lineamiento favorablemente ya que generará e inyectará al SEN la energía generada, contribuyendo a la diversificación de la matriz energética. Además, al ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a través de una DIA se hace cargo de las externalidades ambientales que pudiese causar. A través de su calificación en el SEIA, se compromete a cumplir con la normativa ambiental vigente. Incentivar el cuidado de las áreas naturales que hay en la comuna, planteando una gestión preventiva y coordinación con las instituciones respectivas para el control de incendios forestales. El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Sin embargo, en el Anexo B de la Adenda se encuentra el Plan de Contingencias y Emergencias que considera medidas ante incendios forestales. Saneamiento Territorial Promover y desarrollar las acciones necesarias para la descontaminación de aguas El Proyecto para prevenir la contaminación de aguas presenta en el Anexo P el PAS 156 con las medidas que tomará para la no afectación del recurso. Mejorar la cobertura de las obras de saneamiento y redes de alcantarillado de la comuna El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Fuente: Elaboración propia en base a https://hualane.cl/transparencia/index.php?action=plantillas_generar_archivo&ig=529&m=6&a=2019&ia=4895.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 123 de 173

12.3.2.4.51 Observación:

Y en sus costumbres, además no hay un plan claro para el área de conservación de especies y biodiversidad del sector; hace mención de la estrategia 2008- 2015 pero esta fue modificada en el presente año por la ley 20.417. Por ende, no abarca todas las dimensiones como un proyecto confiable o sostenible, puesto que no cumple con su segundo propósito de la política energética 2050. La Política Energética de Chile 2050 establece que la visión del sector energético de Chile al año 2050 es la de un sector energético confiable, inclusivo, competitivo y sostenible, donde la energía será un motor de desarrollo del país, con un desarrollo consciente de las personas, del medio ambiente y de la productividad, en un proceso continuo de mejoramiento de las condiciones de vida sin embargo este proyecto no se alinea, ni cumple principalmente en el aspecto de sostenibilidad, desarrollo consciente de las personas y del medio ambiente pues causa un daño en el ecosistema, que provoca la pérdida de suelo fértil y bosque nativo con impacto en la flora y fauna, la actividad agrícola, disminuyendo a calidad de vida de las personas que habitan los sectores aledaños al proyecto. En términos generales este proyecto irrespeta la biodiversidad y la cultura del sector, en contrasentido con la política energética y alimentaria nacional. La Declaración de Impacto Ambiental, capítulo 4, en relación a los propósitos que sustentan la Política Energética de Chile 2050, el primero de estos plantea que se debe ser protagonista de la ambición climática de Chile, donde el objetivo general establece la baja en emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), y en sus objetivos específicos se enfoca en la carbono neutralidad y la mitigación de las emisiones en cada sector, considerando la competitividad de cada tecnología y el respeto por los territorios y sus dinámicas, aprovechando al máximo los avances tecnológicos con bajas en las emisiones. Al respecto la empresa declara en su relación con este objetivo que contribuye a la des carbonización de la matriz energética del País, pues no genera emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), sin embargo la pérdida de suelo agrícola y bosque nativo (que corresponde aproximadamente el 25% del suelo a intervenir) aumentaría la huella de carbono del proyecto, según lo establecido por Claudia Rojas Alvarado, investigadora de la Universidad de O’Higgins (UOH), experta en salud y calidad de suelo, quien señala que el almacenamiento de carbono en el suelo es mayor que el del aire y la vegetación, apuntando a las medidas de remediación del suelo, como principal captador del CO2 atmosférico, donde los ecosistemas edáficos concentran alrededor del 25% de la vida en el planeta, entonces las características de este proyecto además de evitar la captación de CO2, provoca un daño irreparable del ecosistema y va contra los enfoque que abala el ministerio de agricultura en el cual se trabaja con la recuperación de suelo, para el restablecimiento de la vegetación y con esto la valorización de servicios eco sistémicos. Además, el aumento de la huella de carbono del proyecto en evaluación podría ser menor pero no hay voluntad ni intención de esto, pues a pesar de existir tecnologías que permiten el cultivo asociado a los paneles fotovoltaicos, esta no es considerada en el proyecto.

La Declaración de Impacto Ambiental, capítulo 4, en relación a los propósitos que sustentan la Política Energética de Chile 2050, el segundo de estos, Energía para una mejor calidad de vida, plantea en su objetivo general el acceso universal y equitativo a servicios energéticos de calidad, que sean seguros, confiables, eficientes y sustentables y en sus objetivos específicos Garantizar el acceso físico seguro y de calidad a los servicios energéticos requeridos para satisfacer las necesidades energéticas básicas de todos los hogares, lograr que todos los hogares tengan un gasto energético asequible en relación a sus ingresos, considera educar y fomentar la reducción de costos de los energéticos y mejorar la eficiencia de los artefactos y equipos energéticos que se utilizan en el hogar. Al respecto la empresa declara en su relación con este objetivo que no se relaciona con asegurar el acceso universal y equitativo a servicios energéticos de calidad, declara que el Proyecto se alinea y desarrolla de manera armónica con este objetivo general, debido a que contribuye en la generación de energía eléctrica cercano a los puntos de consumo, sin embargo esto no es real pues la energía generada se conecta a través de líneas de media tensión al Sistema Eléctrico Nacional, a través de la subestación Nueva Mataquito ( EIA en Proceso “Línea de Transmisión Itahue -Hualqui”, por lo cual no hay beneficio real para el sector donde se desarrolla el proyecto, pero si se produce un impacto real con la pérdida de suelo agrícola de tipos III según CIREN 2013 y bosque nativo.

Al respecto la empresa declara en su relación con este objetivo que, si bien el Proyecto no se relaciona con aspectos educativos, si se alinea con este objetivo proponiendo que al ingresar el Proyecto al SEIA, permite el acceso a la información por parte de la comunidad. La cual podrá abrir un proceso de participación ciudadana a solicitud de los interesados, aspecto que absolutamente insuficiente como medio de acceso a la información, pues no hay una previa interacción con la comunidad que permita que esta tenga conocimiento del proyecto, obligándola a la búsqueda de la información, evidenciando la poca voluntad por parte de la empresa de que la población se eduque respecto al proyecto y sus alcances en el marco de la política energética nacional.

La Declaración de Impacto Ambiental, capítulo 4, en relación a los propósitos que sustentan la Política Energética de Chile 2050, el tercero de estos, Nueva identidad productiva para Chile, en su objetivo general Desarrollo económico inclusivo, propone promover desde la energía el desarrollo económico y la productividad del país, con un enfoque descentralizado, sustentable y armónico con el entorno, mientras que en sus objetivos específicos establece la equidad en todos los ámbitos del desarrollo energético, aprovechar los recursos de Chile en materia energética relacionados a las energías renovables articulado de innovación que impulse la investigación aplicada y con compromisos de largo plazo. Al respecto en su relación con este objetivo, la empresa declara que el Proyecto se desarrolla armónicamente con este apuntando a la des carbonización de la matriz energética, aportar energía al sistema eléctrico durante las horas de mayor demanda, sin embargo el la pérdida de suelo fértil aumenta la huella de carbono, pues el suelo capta más CO2 que las plantas y el aporte de energía es al Sistema Eléctrico Nacional por lo que la comunidad no se ve beneficiada por el aporte a las horas de mayor demanda.

Evaluación Técnica Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 124 de 173

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a la compatibilidad del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA con las políticas planes y programas. Respecto a lo señalado, cabe destacar que el objetivo específico mencionado y la carbono neutralidad mencionada, hace referencia a la producción de energía a través de procesos de generación que no generen emisiones de carbono. En el caso del Proyecto, el proceso de producción de energía se genera al transformar radiación solar en energía eléctrica a través de paneles fotovoltaicos, por lo que si contribuye a la generación de energía de manera limpia. De esta manera, el Proyecto si se relaciona con este objetivo específico de la Política energética de Chile 2050. Respecto al almacenamiento de carbono en el suelo, estudios recientes plantean que la presencia de parque solares aumenta la capacidad de los suelos de secuestrar carbono atmosférico. Más específicamente, en el estudio “Ecohydrological insight: Solar farms facilitate carbon sink enhancement in drylands” (Wu et al, 2023)25 se plantea que el secuestro y fijación de carbono a la tierra puede aumentar entre un 3,5 y 10% por la presencia de Parques Solares. Este fenómeno se produce debido a las condiciones generadas bajo los paneles solares para el desarrollo de vegetación, donde se generan menores fluctuaciones de temperatura, y se presenta más humedad. El porcentaje de aumento en la captura de carbono dependerá netamente de las condiciones climáticas de la zona de emplazamiento del Parque Solar y el tipo de vegetación se crezca bajo los paneles. De esta forma, el Proyecto no se contrapone de ninguna forma a la Política Energética de Chile 2050.

12.3.2.4.52 Observación:

Compatibilidad Territorial Del Proyecto ¿Cómo se pretende dar cumplimiento al Art. 55 la cual señala: “… las construcciones industriales, de infraestructura, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los limites urbanos requerirán-previamente la aprobación correspondientes a la Dirección de Obras Municipales- de informe favorables para la construcción (IFC) de la Secretaria Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismos y del Servicio Agrícola”, pero no un informe favorable de cambio de uso de suelo como es señalado por el Proyecto.?

Evaluación Técnica Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia al cumplimiento de la legislación vigente por parte del tiutlar del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA. Al respecto se señala que en el Anexo 3-7 PAS 160 de la DIA se presentó el Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, que es el que le aplica al proyecto y que evalúa en el proceso ambiental la Secretaria Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismos y del Servicio Agrícola para otorgar el IFC. Finalmente se indica que se cuenta con los pronunciamientos favorables respecto al IFC y consecuentemente respecto al PAS 160 por parte de los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental OAECAS. Otras consideraciones relacionadas con el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto Es imprescindible que la sociedad civil y sus controversias sean respetados y valorados con el fin de mantener un diálogo fuera de lo judicial el cual garantice y aseguren el resguardo del medio ambiente, y el bienestar de las personas en tiempo.

12.3.2.4.53 Observación:

¿Porque no se les dio a conocer a los vecinos del sector sobre el proyecto, pero si al dueño del fundo??

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia a la difusión de los proyectos sometidos a evaluación en el ámbito del SEIA. Al respecto se indica que se dio cumplimiento al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por cuanto la DIA del proyecto Parque Solar Fotovoltaico Chimango fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el diario Avisos Legales Vive País con fecha 01 de junio de 2023. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Radio Nuestra FM entre los días 02 de junio al 08 de junio de 2023, según consta en el certificado emitido por la misma radio y que consta en el Folio. Por lo señalado se concluye que la comunidad fue debidamente informada del ingreso del proyecto al proceso de evaluación ambiental. Finalmente se indica que no es parte del proceso de evaluación ambiental las relaciones comerciales ente el titular del proyecto y el propietario del sitio de emplazamiento del mismo.

12.3.2.4.54 Observación:

Se solicita al Titular que se pueda aclarar la calidad jurídica del proyecto, señalando si corresponde a una servidumbre o un Bien Nacional de uso público, además de indicar claramente los tramos a construir en relación con los caminos de ingreso al proyecto.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada toda vez que hace referencia al sitio de emplazamiento del proyecto sometido a evaluación en el ámbito del SEIA. Al respecto se aclara que el terreno donde se emplazará el proyecto corresponde a un predio privado. Respecto a los caminos de ingreso, se accederá a través de la Ruta J-60 km 55, sector Parronal. El Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 125 de 173

Titular deberá considerar que toda intervención de caminos públicos en el empalme de este camino con la ruta publica J-60, debe autorizarse previamente por la Dirección de Vialidad del MOP de forma independiente a esta tramitación ambiental.

12.3.2.5 Leonardo Alberto Céspedes Céspedes

12.3.2.5.1 Observación:

Se ha observado que la ubicación del proyecto Chimango está emplazado en el mismo lugar que 1 subestación que ha sido proyectada por el proyecto de transmisión de torres de alta tensión denominado "Sistema de Transmisión Zonal Grupo 3 S/E Itahue S/E Hualqui" pero no se ha declarado impacto sinérgico el funcionamiento en conjunto de ambos proyectos y la afectación en el aumento de temperatura de la zona por la disipación de temperatura de ambos proyectos en su conjunto

Evaluación Técnica

Este Servicio considera pertinente la observación dado que esta referida al proyecto en evaluación y eventual efecto sinérgico de éste con el proyecto "Sistema de Transmisión Zonal Grupo 3 S/E Itahue S/E Hualqui". A este respecto el proponente evaluó el efecto sinérgico con el Proyecto Sistema de Transmisión Zonal Grupo 3 S/E Itahue – S/E Hualqui, en los componentes campos electromagnéticos, ruido y emisiones atmosféricas, los resultados se presentan a continuación. Campos Electromagnéticos. Para esta componente se consideró la Subestación Mataquito y el trazado de línea de alta tensión que se encontrarían dentro del predio del Proyecto. Los resultados de la evaluación de campos electromagnéticos se presentan en la siguiente Tabla, donde se muestra que no se superan los valores límites ni para campos magnéticos ni para electromagnéticos.

Tabla Valores de campos eléctricos y campos magnéticos proyectados por las obras del proyecto Equipo Campo magnético [µT] Límite [µT] % Valor límite Campo Eléctrico [kV/m] Límite [kV/m] % Valor límite Transformador 90 MVA 28,8 100 29 % No aplica* 5 No aplica Transformador de 6,6 MVA 2,9 100 2,9 % No aplica 5 No aplica Conductor soterrado en subestación elevadora Limite franja seguridad derecha 9,21 100 9,2% No aplica 5 No aplica Limite franja seguridad izquierda 9,33 100 9,3% No Aplica 5 No Aplica Valor máximo en perfil 20,00 100 20,0% No aplica 5 No aplica Línea aérea 33 kV Limite franja seguridad derecha 3,34 100 3,3% 0,21 5 4,2% Limite franja seguridad izquierda 3,34 100 3,3% 0,21 5 4,2% Valor máximo en perfil 5,70 100 5,7% 0,22 5 4,4% Línea 220 kV Limite franja seguridad derecha 1,86 100 1,9% 0,53 5 10,6% Limite franja seguridad izquierda 1,78 100 1,8% 0,49 5 9,8% Valor máximo en perfil 10,36 100 10,4% 3,19 5 63,8% Marco de línea en Subestación Mataquito 220 kV Limite franja seguridad derecha 3,04 100 3,0% 0,48 5 9,6% Limite franja seguridad izquierda 4,06 100 4,1% 0,50 5 10,1% Valor máximo en perfil 9,26 100 9,3% 1,35 5 27,0% Fuente: Anexo 2-1 Medio Físico, elaborado en base al Apéndice B Campos Electromagnéticos.

Ruido y vibraciones: Se presenta en la siguiente figura, el cruce de las áreas de influencia de los proyectos que serán sometidos a la evaluación sinérgica, los cuales se visualizan a continuación.

Figura Áreas de influencia de los proyectos Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 126 de 173

Fuente: Anexo G de la Adenda.

Para realizar análisis sinérgico de dicha condición de emisión, se desarrolló una suma logarítmica de ruido, a partir de los niveles de ruido obtenidos como antecedentes de los proyectos que se encuentran en las cercanías del parque fotovoltaico Chimango, los cuales se encuentran actualmente “en calificación”. Para ello se consideró, la evaluación de los siguientes contextos o escenarios de proyección.

 Escenario N°1: Fase de Construcción (PFV Chimango) + Fase de Construcción (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Construcción (PFV Sol de Caone).  Escenario N°2: Fase de Operación (PFV Chimango) + Fase de Operación (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Operación (LTE PFV Sol de Caone).

A continuación, se presentan los resultados obtenidos a partir de la suma logarítmica de ruido para los 2 escenarios propuestos, bajo la evaluación sinérgica de los proyectos.

 Escenario N°1: Fase de Construcción (PFV Chimango) + Fase de Construcción (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Construcción (LTE PFV Sol de Caone).

Tabla Suma logarítmica de ruido – Escenario N°1 para evaluación sinérgica. Receptor Nivel de ruido en dB(A) Nivel de ruido en suma logarítmica dB(A) Chimango S/E Itahue- S/E Hualqui Sol de Caone R1 50,0 27,3 - 50,0 R2 45,3 31,6 28,0 45,6 R3 44,3 36,3 27,0 45,0 R3.1 39,9 31,1 27,0 40,6 R4 42,7 25,2 43,0 45,9 R5 50,3 24,4 - 50,3 R6 52,7 25,8 - 52,7

 Escenario N°2: Fase de Operación (PFV Chimango) + Fase de Operación (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Operación (LTE PFV Sol de Caone).

Para el escenario N°2 de las fases de operación de los proyectos, se deduce que no existirá un impacto acústico acumulativo, puesto que la diferencia de niveles de ruido entre los proyectos es mayor a 10 dB(A) dada la gran distancia existente entre las áreas de los proyectos, estableciéndose que no existirá contribución del proyecto a los niveles de ruido en operación sinérgica, descartando la generación del efecto sinérgico asociado a impactos por ruido sobre la salud de la población.

Evaluación del cumplimiento normativo: Tal como lo señala el documento “Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación del efecto sinérgico asociado a impactos por ruido sobre la salud de la población” la Ley 7/2010 contra la contaminación acústica de Aragón, establece los objetivos de calidad acústica tanto para áreas urbanizadas como para zonas tranquilas y campo abierto, así como los descriptores y las metodologías de evaluación que deben utilizarse. Dicho estándar de calidad puede ser utilizado para la evaluación del efecto sinérgico, debido a emisiones de ruido producto del uso de maquinarias en proyectos de infraestructura, construcción, actividades industriales, comerciales y de servicio, debiendo ser justificado durante el proceso de evaluación. Frente a lo anterior, se detalla en la siguiente tabla los objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a áreas urbanizadas existentes.

Tabla Objetivos de calidad acústica de ruido – Ley 7/2010 contra la contaminación acústica de Aragón. Tipo de área acústica Índices de ruido dB(A) Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 127 de 173

Ld Le Ln E Sectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica 60 60 50 A Sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial 65 65 55 D Sectores del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en C). 70 70 65 C Sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos 73 73 63 B Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial 75

Pensando que el proyecto puesto bajo estudio se encuentra emplazado en un territorio con características de uso de suelo netamente rural y el estándar de calidad español: Ley 7/2010 contra la contaminación acústica de Aragón, establece los objetivos de calidad acústica de ruido, aplicable a áreas urbanizadas existentes, es que no se define un tipo de área acústica para usos de suelo rurales. Frente a lo anterior, y como escenario más desfavorable para la evaluación del cumplimiento normativo, es que se utilizará el tipo de área acústica con los niveles de ruido más bajos, los cuales corresponde al área acústica “E: Sectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica”, asumiendo de esta manera como límite máximo permisible para la evaluación del efecto sinérgico, los índices de ruido de 60 dB(A) para el día y la tarde y de 50 dB(A) para la noche. Se detalla en la siguiente tabla, los resultados de los niveles de ruido de la evaluación sinérgica realizada para los proyectos “Parque Fotovoltaico Chimango”, “Sistema de transmisión zonal grupo 3 S/E Itahue – S/E Hualqui” y “Parque Fotovoltaico Sol de Caone”, bajo el escenario N°1 de análisis, indicando además, el límite máximo permisible y cumplimiento de los objetivos de calidad acústica estipulados en la normativa de referencia correspondiente a la ley 7/2010 contra la contaminación acústica de Aragón, únicamente en horario diurno, el cual es el periodo exclusivo de funcionamiento de la fase de construcción.

 Escenario N°1: Fase de Construcción (PFV Chimango) + Fase de Construcción (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Construcción (LTE PFV Sol de Caone).

Tabla Niveles de presión sonora obtenidos de la evaluación sinérgica y evaluación de cumplimiento normativo en escenario N°1. Receptor Nivel de ruido evaluación sinérgica (dBA) Índice de ruido Ld o Le (dBA) Evaluación Ley 7/2010 contra la contaminación acústica de Aragón R1 50,0 60 Cumple R2 45,6 60 Cumple R3 45,0 60 Cumple R3.1 40,6 60 Cumple R4 45,9 60 Cumple R5 50,3 60 Cumple R6 52,7 60 Cumple

A partir de los resultados presentados en la tabla precedente para la evaluación sinérgica de ruido para la fase de construcción y cierre del proyecto considerando el análisis conjunto de los proyectos “Parque Fotovoltaico Chimango”, “Sistema de transmisión zonal grupo 3 S/E Itahue – S/E Hualqui” y “Parque Fotovoltaico Sol de Caone”, se permite concluir la existencia de cumplimiento normativo por parte de los 3 proyectos en horario diurno, según lo estipulado en la ley 7/2010 contra la contaminación acústica de Aragón, no ocasionando un impacto acústico acumulativo en la comunidad más cercana.

 Escenario N°2: Fase de Operación (PFV Chimango) + Fase de Operación (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Operación (LTE PFV Sol de Caone).

Para el escenario N°2 de las fases de operación de los proyectos, se deduce que no existirá un impacto acústico acumulativo, puesto que la diferencia de niveles de ruido entre los proyectos es mayor a 10 dB(A) dada la gran distancia existente entre las áreas de los proyectos, estableciéndose que no existirá contribución del proyecto a los niveles de ruido en operación sinérgica, descartando la generación del efecto sinérgico asociado a impactos por ruido sobre la salud de la población.

Emisiones Atmosféricas: Para la evaluación de efectos sinérgicos para emisiones atmosféricas, se consideraron los proyectos actualmente en evaluación, “Sol de Caone” y “Sistema de Transmisión Zonal Grupo 3 S/E Itahue – S/E Haulqui”, en el caso del segundo proyecto en mención, en el Anexo 8 de su Adenda complementaria, ingresada al sistema el 23/03/2023, se presenta una actualización de la estimación de emisiones del Proyecto, sin embargo, no se presenta una actualización de la modelación de emisiones atmosféricas, por lo que se efectuó el análisis acorde a las conclusiones de su Anexo 4-1B “Modelación De Emisiones Atmosféricas Talca – Maule”. En cuanto al proyecto “Sol de Caone”, cuenta, en el Anexo 9 de su Adenda, con una modelación realizada con el Software ScreenView, solo para el contaminante MP10, subida al sistema el 07/12/2022. El área de influencia determinada abarca una distancia de 2,7 km alrededor del proyecto. Sin embargo, es importante señalar que esta modelación presenta una discrepancia significativa con la información real del proyecto, debido a que las emisiones del parque solar son distribuidas homogéneamente sobre la extensión de la Línea de Transmisión proyectada, lo que podría llevar a una sobreestimación de los efectos sinérgicos. En la Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 128 de 173

Tabla que viene a continuación se presenta la evaluación de efectos acumulativos, considerando para esto las concentraciones máximas obtenidas para los receptores evaluados en el Proyecto, mientras que para los proyectos solicitados por la Autoridad se consideraron también los porcentajes máximos de aporte de las emisiones atmosféricas presentados en sus respectivos anexos de forma de evaluar el peor escenario posible.

Tabla Aportes máximos del Proyecto y sus efectos acumulativos Parámetro Estadístico Aporte Proyecto Parque Solar Fotovoltaico Chimango (%) Aporte Proyecto “Sistema de Transmisión Zonal Grupo 3 S/E Itahue – S/E Haulqui” (%) Aporte Proyecto “Sol de Caone” (%) Limite Norma (μg/m3N) % Norma MP10 Promedio Anual 23.7% 3.9% - 50 27.6% Percentil 98 diario 24.2% 4.28% 1.87% 130 30.35% MP2,5 Promedio Anual 44.9% 1.77% - 20 46.67% Percentil 98 diario 47.9% 2.06% - 50 49.96% SO2 Promedio Anual 2.7% 0.07% - 60 2.77% Percentil 99 diario 0% 0.09% - 130 0.09% Percentil 98,5 horario 5% 0.29% - 350 5.29% NO2 Promedio Anual 11.6% 1.13% - 100 12.73% Percentil 99 horario 27.8% 5.58% - 400 33.38% CO Percentil 99 8 horas 2.19% 0.05% - 10000 2.24% Percentil 99 horario 3.44% 0.05% - 30000 3.49% MPS Promedio Anual 12.0% 0.35% - 200 mg/(m2*día) 12.35%

Los resultados indican que en ningún caso se superan los límites normativos o el estándar internacional de referencia para MPS, ni aun sumando los porcentajes de mayor aporte de las normativas de todos los proyectos estudiados. Por lo que se puede concluir que los aportes del Proyecto en términos de calidad del aire serán acotados en el tiempo y de baja magnitud por lo que se descartan impactos significativos, según lo establecido en los literales del artículo 11 de la Ley 19.300. Estos resultados se condicen con la realidad del proyecto, dado que las actividades que más generan emisiones atmosféricas durante la construcción son el tránsito de vehículos en caminos interiores de tierra y el movimiento de tierras, que dentro del área de proyecto solo se realiza en ciertas zonas específicas, y no en toda la superficie de proyecto.

Aumento de Temperatura: Respecto a la consulta por aumento de la temperatura, acorde a los antecedentes presentados en el Anexo 1-6 Determinación de Riesgos Climáticos de la DIA , estudios como “Ground-mounted photovoltaic solar parks promote land surface cool islands in arid ecosystems” (Guoqing et al, 2021), dan cuenta de que producto de la instalación de un parque fotovoltaico se genera en efecto disminución de temperatura por el impedimento de la llegada de los rayos solares al suelo.

1.4. Se solicita especificar cual es la conexión y diseño técnico de la unión de ambos proyectos, “Sistema de Transmisión Zonal Grupo 3 S/E Itahue - S/E Hualqui” y “Parque Solar Fotovoltaico Chimango” ejemplos; número de estructuras, y trabajos u obras anexas.

El proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Chimango” considera la instalación de un línea de 147,6 metros de largo, sostenida por 4 postes de hormigón, para conectarse a la Subestación Mataquito, que es parte del “Sistema de Transmisión Zonal Grupo 3 S/E Itahue - S/E Hualqui”. La siguiente Figura presenta la planimetría de unión entre la subestación elevadora del Parque Solar Fotovoltaico Chimango y la Subestación.

Figura Conexión del parque solar a Subestación Mataquito Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 129 de 173

12.3.2.5.2 Observación:

Se solicita al proponente un estudio que acredite que la zona, los bosques esclerófilos presentes, flora y fauna del sector, no se verán afectadas por dicho aumento de temperatura media del ambiente considerando posibles incendios debido a la disipación de temperatura de los paneles y equipos, del proyecto chimango y la subestación.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada dado que hace referencia aspectos descriptivos y de análisis del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que la implementación del Parque Solar Fotovoltaico Chimango no generará un aumento en las temperaturas. Si bien las primeras investigaciones científicas planteaban la posibilidad de la generación de una isla de calor bajo las instalaciones de los paneles solares, los estudios más recientes muestran que el efecto tiende a ser nulo o incluso generar una baja de temperatura. Un ejemplo de esto y que es atingente a las características del área del proyecto corresponde al paper “Ground-mounted photovoltaic solar parks promote land surface cool islands in arid ecosystems” (Guoqing et al, 2021), donde se muestra la formación de una célula de circulación de aire a escala pequeña (tal como se muestra en la siguiente figura), parecido al efecto producido por cuerpos de aguas como lagos o ríos. La generación de este fenómeno produce que las temperaturas en los alrededores de los Parques Solares disminuyan hasta 2,3°C en una distancia aproximada de 100 m.

Figura Esquema Células de Circulación al Interior de Parque Solares

Fuente: (Guiqing et al, 2021).

Ahora, dicha disminución de temperatura se genera debido a que los paneles solares tienden a comportarse como un ente regulador de la temperatura, disminuyendo la oscilación entre las temperaturas máximas y mínimas presentes en los alrededores del parque solar. Por lo tanto, el efecto que se presente en los alrededores del Parque Solar Fotovoltaico Chimango puede variar en su intensidad. Otro factor que puede afectar a la temperatura ambiental presente en los alrededores del Proyecto corresponde al desarrollo de vegetación bajo los paneles solares. Diferentes estudios tales como “Native Vegetation Performance under a Solar PV Array at the National Wind Technology Center” (Beatty et al, 2017) o “Photovoltaic Array Influences the Growht of Green Roff Plants” (Bousselot Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 130 de 173

et al, 2017), han planteado que bajo los paneles solares se generan condiciones idóneas para el desarrollo autónomo de vegetación debido a la moderación en la fluctuación de temperatura del aire y el suelo. Este desarrollo vegetacional también contribuye al efecto generado por los paneles, ya que aportan a la humedad ambiental a través del proceso de evapotranspiración y retención de humedad. De esta manera, la instalación del Proyecto no generará un aumento significativo en las temperaturas superficiales, lo que no potenciaría el aumento de temperatura generado por las circunstancias futuras del cambio climático. En cuanto a los incendios forestales, el Proyecto contempla la implementación de una franja de seguridad alrededor del cierre perimetral, con la finalidad de evitar la propagación de incendios.

12.3.2.5.3 Observación:

Se solicita especificar cual es la conexión y diseño técnico de la unión de ambos proyectos, ejemplos; N° estructuras, y trabajos u obras anexas.

Evaluación Técnica

Este Servicio considera pertinente la observación planteada dado que se refiere a aspectos de descripción del proyecto. Al respecto se indica que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Chimango” considera la instalación de un línea de 147,6 metros de largo, sostenida por 4 postes de hormigón, para conectarse a la Subestación Mataquito, que es parte del “Sistema de Transmisión Zonal Grupo 3 S/E Itahue - S/E Hualqui”. La siguiente Figura presenta la planimetría de unión entre la subestación elevadora del Parque Solar Fotovoltaico Chimango y la Subestación.

Figura Conexión del parque solar a Subestación Mataquito

12.3.2.5.4 Observación:

Se ha observado que el proyecto considera obras civiles de montaje que realizarán movimiento de tierras en una gran cantidad de hectáreas de la comuna y el sector de Parronal y Remolino.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación, dado que se refiere a aspectos descriptivos del proyecto. A este respecto se indica que los movimientos de tierra serán sólo dentro del área del proyecto, lo que corresponde al Fundo Eloísa. Las actividades consideradas para movimiento de tierra son las siguientes:

 Excavación  Escarpe  Relleno

Como medios de verificación se mantendrá un registro de movimientos de tierra con fechas y maquinarias utilizadas. Se contará además con señalización de las áreas de acopio de material extraído. Cabe mencionar que el movimiento de tierra es necesario sólo para algunas obras del proyecto, que son el área de instalación de faenas, caminos interiores, camino perimetral, área de subestación elevadora, área de baterías y zanjas de cableado. El detalle se presenta en la siguiente figura, identificando las obras que conllevan excavaciones y escarpes, y como todas ellas están comprendidas dentro del Fundo Eloísa, donde se ubica el proyecto: Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 131 de 173

Figuras: Obras que requieren movimientos de tierra por concepto de escarpe y excavaciones Obras Escarpe Obras Excavación

12.3.2.5.5 Observación:

La comuna de Hualañé se ha visto afectada por las pasadas lluvias con grandes inundaciones de terrenos agrícolas y casas donde no se inundaba anteriormente debido al escurrimiento de terreno de caminos y movimientos de tierras menores realizadas en otros sectores. Se solicita al proponente un estudio hidrográfico superficial y subterráneo de la zona y asegurar que esta situación de escurrimiento de material suelto hacia esteros por movimientos de tierras del proyecto en sí no inundará ninguna casa o terrenos agrícolas adyacentes u obstruirá cursos de aguas superficiales o subterráneos colindantes

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación, dado que se refiere a aspectos descriptivos del proyecto. A este respecto se indica que la solicitud de aclaración apunta hacia un análisis de las zonas de inundación, y como las partes, obras y acciones del Proyecto podrían modificar estas al punto de generar afectaciones a vecinos inmediatos del Parque Solar Fotovoltaico Chimango. Respecto al estudio hidrográfico superficial, en el Apéndice A del Permiso Ambiental Sectorial N°156 presentado en el Anexo F de la Adenda, se presenta un estudio hidrológico de los cauces naturales presentes en el área del Proyecto (incluye Estero Eloísa, Quebrada Honda, y una serie de quebradas menores identificadas en la cartografía 1:25.000 elaborada por el Instituto Geográfico Militar para la zona). La hidrografía del área del Proyecto se caracteriza por estar conformada por cauces naturales según la red hidrológica contenida en la carta IGM del sector. Los cauces mencionados, ubicados en las partes bajas de las quebradas del sector, presentan regímenes intermitentes y son activados principalmente ante la presencia de eventos pluviales, lo anterior se observa en la siguiente Figura.

Figura Hidrografía Área del Proyecto

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 132 de 173

Teniendo en cuenta estos cauces, se procedió a realizar la delimitación de cuencas, las cuales fueron definidas de forma manual, a partir de curvas de nivel obtenidas de un modelo de elevación digital (DEM) de la zona y del software Qgis. El DEM mencionado es un producto disponible de manera gratuita en la página del ministerio de bienes nacionales, los datos cuentan con una resolución de 12.5 m. Estos resultados se presentan en la siguiente figura.

Figura Cuencas en el Área del Proyecto

Una vez definidas las cuencas, se procedió a la descripción de los parámetros morfométricos de estas, los cuales se obtuvieron a partir de la geometría de la cuenca. Los parámetros son los siguientes:

a) Área (A): Superficie total de la cuenca. b) Longitud del Cauce principal (L): Se obtiene de la medición directa de la longitud del cauce principal de la cuenca a lo largo de su trayectoria. c) Perímetro (P): Largo de todo el borde de la cuenca definida por el punto de salida. d) Desnivel Máximo de la Cuenca (H): Corresponde a la diferencia entre la cota del punto de la divisoria de las aguas de la cuenca más alto y alejado de su salida y la cota del punto de término del cauce principal. e) Elevación media de la cuenca (Hm): Se obtiene como el promedio de las elevaciones de los puntos de la cuenca. f) Pendiente media del cauce principal (Sc): se calcula como la razón entre el desnivel del cauce principal y su longitud.

En la siguiente tabla se presentan los resultados de los parámetros morfométricos obtenidos para las diferentes Cuencas.

Tabla Parámetros Morfométricos de las cuencas Cuenca A (Km2) P (Km) L (Km) Hmax(m.s.n.m) Hmin (m.s.n.m) H (m.s.n.m) Hm (m) Sc(m/m) 1 39,65 41,64 17,21 509 61 448 210,13 0,026 2 9,69 2,57 6,60 328 61 267 158,47 0,040 3 4,92 44,89 18,43 509 58 451 199,13 0,024 4 1,50 7,67 1,18 73 58 15 53,45 0,013 5 0,77 5,57 0,64 72 64 8 15,61 0,013 6 0,94 6,55 1,07 303 71 232 80,37 0,218 7 0,25 3,12 0,89 162 68 94 38,72 0,105

Una vez teniendo claros los parámetros morfométricos de las cuencas definidas, se procedió a realizar la estimación de caudales para las diferentes cuencas, para esto se utilizaron diferentes metodologías presentadas y explicadas a detalle en el Apéndice A del Permiso Ambiental Sectorial N°156 presentado en el Anexo F de la Adenda. Los resultados de esta estimación de caudales se presentan en la siguiente tabla.

Tabla Resultados de caudales obtenidos por los distintos métodos utilizados Caudal - Método racional Cuenca TR= 5 años TR= 10 años TR= 20 años TR= 25 años TR= 50 años TR= 100 años 1 33,53 39,59 45,40 51,96 63,49 73,17 2 10,39 12,27 14,07 16,10 19,67 22,67 3 42,21 49,84 57,15 65,41 79,92 92,11 4 1,60 1,89 2,17 2,49 3,04 3,50 Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 133 de 173

5 0,83 0,98 1,12 1,29 1,57 1,81 6 1,00 1,19 1,37 1,56 1,91 2,20 7 0,26 0,31 0,36 0,41 0,50 0,58 Caudal - Método Verni & King modificado Cuenca TR= 5 años TR= 10 años TR= 20 años TR= 25 años TR= 50 años TR= 100 años 1 18,09 24,55 30,62 32,17 37,02 43,64 2 5,23 7,10 8,86 9,31 10,71 12,63 3 22,15 30,06 37,49 39,39 45,33 53,44 4 1,01 1,37 1,71 1,80 2,07 2,44 5 0,57 0,77 0,96 1,01 1,16 1,37 6 0,67 0,91 1,14 1,19 1,38 1,62 7 0,21 0,28 0,35 0,37 0,42 0,50 Caudal - Método DGA-AG Cuenca TR= 5 años TR= 10 años TR= 20 años TR= 25 años TR= 50 años TR= 100 años 1 18,13 22,11 30,95 34,05 45,10 57,93 2 4,60 5,61 7,86 8,64 11,45 14,70 3 22,68 27,66 38,72 42,59 56,42 72,47 4 0,75 0,91 1,28 1,40 1,86 2,39 5 0,39 0,48 0,67 0,74 0,98 1,26 6 0,48 0,58 0,81 0,89 1,18 1,52 7 0,13 0,16 0,22 0,24 0,32 0,41 Fuente: Elaboración propia, 2023.

A partir de los parámetros morfométricos de las cuencas y de la estimación de caudales con sus respectivos retornos, se procedió a hacer la modelación de zonas de inundación, considerando el peor escenario probabilístico en un periodo de 100 años. El resultado de esto se presenta en la siguiente figura.

Figura Superficie de inundación en el Área del Proyecto

Tal como se aprecia en la figura anterior, las zonas de inundación de los cauces y quebradas no interactúan mayormente con las áreas del Proyecto, puesto que este fue diseñado con estas en consideración. A pesar de esto, el diseño contempla una serie de intervenciones de cauces debido a 4 cruces de caminos, los cuales se denominan badenes. Estos corresponden a una obra de ingeniería realizada en cruces de cauces naturales, cuya finalidad es preparar, estabilizar y proteger el lecho del cauce para el cruce de vehículos, evitando afectaciones a la calidad y cantidad del recurso hídrico. En cuanto al posible transporte de sedimentos debido a las partes, obras y acciones del Proyecto, las tareas de movimientos de tierra se realizarán solamente en la fase de construcción del Proyecto, y estas consistirán en la habilitación de caminos, emparejado de terreno para la instalación de dependencias (oficinas, comedores y baños), instalación de central de baterías, construcción de la subestación y la canalización de cableado. Respecto a estas actividades, el material extraído se depositará temporalmente junto a las obras de donde se extrajo, para luego ser utilizado para tapar las obras en el caso de las canalizaciones, y en el resto para estabilizar y rellenar el terreno. De esta forma, el Proyecto no dejaría material suelto en superficie que pudiese ser arrastrado por flujos laminares superficiales hasta llegar a cauces naturales. Finalmente, en cuanto a la afectación a aguas subsuperficiales, el Proyecto no contempla a la extracción de aguas subterráneas en ninguna de sus fases, por lo que no aportará a la disminución del nivel de este recurso. En cuanto a la calidad de esta, el proyecto contempla la Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 134 de 173

incorporación de una planta de tratamiento de aguas servidas, por lo que las aguas provenientes del uso humano serán tratadas, una vez tratada no se infiltrará en la tierra, si no que será dispuesta por alguna empresa autorizada.

12.3.2.5.6 Observación:

Considerar también la cantidad de superficie que será destinada a caminos y movimiento de tierra superficial en lugares donde existe flora y fauna vulnerable en la zona como aves, coruros, zorros, geófitos endémicos de la zona y el efecto que tendrá en ellos la disminución de su alimento por este movimiento de tierras

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación, dado que se refiere a aspectos descriptivos del proyecto. A este respecto se indica que al momento de realizar el descarte de afectación se consideró la presencia de flora y fauna en la totalidad del área del Proyecto, debido a lo cual se tomaron una serie de medidas para evitar su afectación. En el caso de la flora las principales sensibilidades detectadas al interior del área del Proyecto es la presencia de Bosque Nativo de espino (Vachellia caven), y la presencia de ejemplares de Quisco (Echinopsis chiloensis). Para evitar la afectación del bosque nativo, se presenta el PAS 148 en el Anexo F de la Adenda, donde se presenta la información detallada del proceso de tala de estos ejemplares, y el compromiso de generar una reforestación de igual o mayor superficie en un predio de la región. Esta reforestación tendrá que presentar densidades similares a las presentadas en el área del Proyecto, y tendrá que asegurar el éxito de la reforestación, presentando un desarrollo óptimo de los ejemplares reforestados, en un marco de tiempo establecido en el Plan de Manejo de Bosque Nativo que se presentará ante CONAF. En el caso de los ejemplares de Quisco, en el Anexo L de la Adenda, se presenta un compromiso ambiental voluntario de manejo biológico de cactáceas, donde se presentan las medidas y forma de manejo para replantar los ejemplares en otra zona dentro del mismo predio. En cuanto a fauna, al interior del área del Proyecto se identificaron once especies bajo alguna categoría de conservación, correspondientes a las siguientes:

 Rhinella arunco (Sapo de rulo), categorizado como Vulnerable (VU) (D.S. 41/2011 MMA).  Pleurodema thaul (Sapito de cuatro ojos), categorizado como Casi amenazado (NT) (D.S. 41/2011 MMA).  Liolaemus lemniscatus (Lagartija Lemniscata), categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. 19/2012 MMA).  Tachymenis chilensis (Culebra de cola corta), categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. 16/2016 MMA).  Oreopholus ruficollis (Chorlo de campo), categorizado como Casi amenazado (NT) (D.S. 23/2019 MMA).  Gallinago paraguaiae (Becacina), categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. 16/2016 MMA).  Patagioenas araucana (Torcaza), categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. 16/2016 MMA).  Lasiurus villosissimus (Murciélago ceniciento), categorizado como Datos insuficientes (DD) (D.S. 16/2016 MMA).  Tadarida brasiliensis (Murciélago cola de ratón), categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. 06/2017 MMA).  Lycalopex culpaeus (Zorro culpeo), categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. 33/2012 MMA).  Spalacopus cyanus (Cururo), categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. 16/2016 MMA).

De estas once (11) especies en categoría de conservación cinco (5) corresponden a especies de baja movilidad, lo que las hace más sensibles a la implementación del Proyecto. Estas especies son:

 Spalacopus cyanus (Cururo), de vagilidad restringida, endémico y en categoría LC (además potencialmente corresponde a la subespecie maulinus).  Rhinella arunco (Sapo de rulo), especie endémica, categoría VU, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción.  Pleurodema thaul (Sapito de cuatro ojos), categoría NT, de baja movilidad y requiere del medio acuático para su reproducción.  Liolaemus lemniscata (Lagartija lemniscata), de baja movilidad y en categoría LC.  Tachymenis chilensis (Culebra de cola corta), de baja movilidad, endémico, y categoría LC.

Debido a su naturaleza como especies de baja movilidad, el Proyecto implementará un compromiso ambiental voluntario denominado “Plan de Perturbación Controlada” presentado en el Anexo L de la Adenda. Este compromiso tiene como objetivo el desplazar a los ejemplares de cururo a zonas aptas alrededor del área del Proyecto, con la finalidad de que vuelvan a generar sus madrigueras, y así evitar su afectación.

En el caso del resto de las especies de baja movilidad, en el Anexo F de la Adenda se presenta el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo N°146 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, el que corresponde a un plan de captura y relocalización, el cual será aplicado al resto de las especies de baja movilidad. Este plan contempla la captura y relocalización de ejemplares de esta especie, con la finalidad de alejarlas de los frentes de trabajo durante la fase de construcción, evitando así cualquier afectación.

En el caso de los mamíferos de alta movilidad presentada al interior del área del Proyecto, se capacitará a los trabajadores para no interactuar con estos, y en caso de algún accidente que involucre a la fauna se dará aviso inmediatamente al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) sobre el incidente dentro de las primeras 24 horas del suceso. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 135 de 173

Finalmente, en el caso de las Aves, no se identificaron zonas de nidificación al interior del Proyecto, por lo tanto, las medidas se orientan a prevenir la caída de ejemplares por colisiones con el trazado eléctrico del Proyecto al momento de desplazarse. Para evitar esto, se instalarán desviadores de vuelo en el tendido eléctrico aéreo del Parque Solar, el cual se utilizará solamente para el cruce de cauces de agua, y para la conexión de la subestación elevadora propia del Parque a la subestación Mataquito. De esta forma, se descarta que se genere una afectación particular sobre la flora y fauna debido a los movimientos de tierra, ya que el Proyecto contempla las medidas necesarias para evitar y mitigar las posibles afectaciones que se podrían generar por la instalación de las partes y obras del Parque Solar.

12.3.2.5.7 Observación:

Se ha observado que en el proyecto Localización del Proyecto Necesitamos que se nos aclare la siguiente información: a) ¿Cuáles fueron los criterios que se adoptaron para la elección del lugar de emplazamiento del Parque? b) Presentar la ubicación del Proyecto. Con un desconocimiento de su suelo de gran valor productivo (clasificado como tipo III-IV CIREN 2013), esto tiene estricta relación con nuestra identidad de pueblo agrícola. De acuerdo con lo anterior, se solicita al Proponente ampliar la información de los criterios establecidos para justificación de la localización del proyecto. Fase de construcción Emisiones, efluentes y residuos a generarse en la fase de construcción

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos descriptivos del mismo. Al respecto se indica que la justificación para la definición de la localización del Proyecto se basa en dos aspectos técnicos relevantes. En primer lugar, se encuentran las condiciones de radiación solar, las cuales han sido corroboradas mediante simulaciones de producción con datos de radiación de diversas bases de datos verificadas. El segundo punto relevante para la localización se relaciona con el Proyecto colindante denominado “Sistema de Transmisión Zonal grupo 3 S/E Itahue-S/E Hualqui”, el cual se encuentra en proceso de evaluación ambiental. La relevancia se relaciona con que el Proyecto Parque Solar Fotovoltaico Chimango se conectará por medio de la subestación Mataquito al sistema de transmisión zonal, la que se encuentra ubicada en el mismo inmueble que el Proyecto, lo que facilita la viabilidad técnica y económica del Proyecto, y evita tener que construir una línea de alta tensión más allá de los límites del proyecto, para conectar el proyecto a la S/E Mataquito, reduciendo así la cantidad de obras requeridas para la ejecución del Proyecto y por tanto reduciendo los impactos del mismo. Respecto de las emisiones, efluentes y residuos a generarse durante la fase de construcción, la siguiente tabla presenta un resumen de estas.

Tabla Resumen de emisiones, efluentes y residuos fase de construcción Resumen de emisiones totales de la Fase de Construcción Fuente Emisiones Totales [t] Fase de Construcción MP2,5 MP10 MPS CO COV NOx SO2 SOx NH3 Escarpe Terreno 0,0020 0,0135 0,0135 - - - - - - Excavación 0,0102 0,0725 0,1595 - - - - - - Compactación 0,0014 0,0096 0,0212 - - - - - - Nivelación del Terreno 0,0009 0,0083 0,0219 - - - - - - Transferencia de Material 0,0051 0,0336 0,0710 - - - - - - Resuspensión en Caminos Pavimentados 0,9858 4,0745 21,2270 - - - - - - Resuspensión en Caminos no Pavimentados 0,2442 2,4418 7,9765 - - - - - - Combustión Interna Maquinaria 0,4979 0,4979 0,4979 4,7449 0,6014 5,6377 0,0001 - 1,2606 Combustión Interna de Vehículos 0,1317 0,1330 0,1330 1,4485 0,2924 6,3002 0,0077 - 0,0026 Combustión Interna Generador 0,2730 0,2730 0,2730 0,8367 0,3171 3,8843 0,0000 0,2554 - TOTAL 2,1521 7,5578 30,3946 7,0302 1,2109 15,8222 0,0078 0,2554 1,2632

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 136 de 173

Corresponden al polvo en suspensión proveniente del tránsito vehicular del personal, los insumos y de la maquinaria a utilizar además de al material particulado asociado a la combustión de grupo electrógeno y los equipos y maquinarias.

Resumen emisiones líquidas Fase de construcción Nombre Descripción Líquidos domiciliarios Origen: Aguas servidas producto de los servicios sanitarios. Tasa de emisión: 97.500 [litros/día]. Periodo de tiempo en que se generan las emisiones: 18 meses (duración fase de construcción). Sistema de control: Tratamiento por Planta de Tratamiento de Aguas Servidas particular, mecanismos de control y respuesta definidos en Anexo B “Plan de Contingencias y Emergencias”

Se asocian solamente al uso de agua en los baños por parte de los trabajadores, considerando un peak de 650 personas y un factor de generación de 150 l/persona/día.

Resumen de emisiones de ruido de la Fase de construcción Receptor Nivel de presión sonora modelado (dBA) por escenario para cada receptor Nivel de Ruido Máximo Permitido según Zona D.S. N°38/11 del MMA. Diurno (dBA) Evaluación según D.S. 38/11 del MMA R1 50,0 63 Cumple R2 45,3 46 Cumple R3 44,3 46 Cumple R4 42,7 45 Cumple R5 50,3 62 Cumple R6 52,7 63 Cumple

Se asocian a los motores de los vehículos de transporte de personal, insumos y materiales, además del uso de la maquinaria y funcionamiento del grupo electrógeno.

Resumen de emisiones de vibración de la Fase de construcción, criterio de molestia Receptor Distancia a maquinaria crítica [m] Lv máximo permitido [VdB] Lv proyectado [VdB] Evaluación R1 49 72 69,8 Cumple R2 143 72 55,8 Cumple R3 285 72 46,8 Cumple R4 238 72 49,2 Cumple R5 62 72 66,7 Cumple R6 46 72 70,6 Cumple

Se asocian a los motores de los vehículos de transporte de personal, insumos y materiales, además del uso de la maquinaria y funcionamiento del grupo electrógeno.

Resumen de emisiones de vibración de la Fase de construcción, criterio de daño Receptor Distancia a maquinaria crítica [m] Lv máximo permitido [VdB] Lv proyectado [VdB] Evaluación R1 49 72 69,8 Cumple R2 143 72 55,8 Cumple R3 285 72 46,8 Cumple R4 238 72 49,2 Cumple R5 62 72 66,7 Cumple R6 46 72 70,6 Cumple Se asocian a los motores de los vehículos de transporte de personal, insumos y materiales, además del uso de la maquinaria y funcionamiento del grupo electrógeno.

Residuos sólidos asimilables a domésticos Fase de Construcción Nombre Descripción Papel Generación de 7.000 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos domésticos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 137 de 173

Restos de envoltorios Generación de 7.000 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos domésticos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Restos orgánicos Generación de 7.000 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos domésticos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Vidrios Generación de 1.250 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos domésticos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Plásticos Generación de 7.000 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos domésticos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Lodos Generación de 732 kg/mes por la planta de tratamientos de aguas servidas. Serán retirados con una frecuencia anual o según recomendación del fabricante por una empresa debidamente autorizada hasta un relleno sanitario autorizado.

Residuos no peligrosos Fase de Construcción Nombre Descripción Restos de materiales de construcción y EPP defectuosos Los restos de materiales, incluyendo entre los más importantes madera, acero, cables y hormigón generados en la fase de construcción serán seleccionados y acopiados primeramente en los frentes de trabajo, donde se clasificarán separadamente para determinar la factibilidad de su reutilización inmediata. Los EPP defectuosos se depositarán en contenedores dispuestos para ello para posteriormente ser trasladados a la bodega de residuos no peligrosos donde aguardarán su retiro por una empresa autorizada. Generación de 24.000 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos no peligrosos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia mensual para su traslado a un relleno sanitario autorizado.

Residuos peligrosos Fase de Construcción Nombre Descripción Envases usados de diluyentes, pinturas u otros Generación de 4 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos peligrosos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Aceite lubricante y grasa usada Generación de 2 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos peligrosos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado. Elementos contaminados con hidrocarburos (paños, guantes, guaipes) Generación de 4 kg/mes, acopiados temporalmente en bodega de residuos peligrosos para posterior retiro por empresa autorizada con una frecuencia semestral para su traslado a un relleno sanitario autorizado.

12.3.2.5.8 Observación:

¿De dónde sacaran el agua de uso para limpieza de paneles, agua de consumo humano, baños, etc, así como también que utilizaran para controlar las emisiones atmosféricas ya que el proyecto está en zona de restricción del uso de los acuíferos?

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos descriptivos del mismo. Al respecto a continuación se presenta el detalle del origen y uso del agua por fase del proyecto.

Tabla Detalle del origen y uso del agua, fases de construcción, operación y cierre. Fase Uso del agua Origen Construcción Potable El agua potable será abastecida por medio de camiones aljibe y para el consumo de los trabajadores dentro del Proyecto a través de bidones sellados, que serán suministrados por un proveedor autorizado por la Autoridad Sanitaria. Industrial El agua industrial durante la fase de construcción del proyecto se utilizará Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 138 de 173

para la aplicación de supresor de polvo en caminos. Será extraída de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, mediante camión aljibe y abastecida por proveedor externo durante los meses que no se produzca agua desde la PTAS. Se contará con toda la documentación que acredite el origen de las aguas en obra para su verificación y control. Operación Potable El agua potable para el consumo de los trabajadores será abastecida a través de bidones sellados, que serán suministrados por un proveedor autorizado por la Autoridad Sanitaria. Industrial El agua industrial será utilizada para el lavado de paneles, ésta será suministrada por un proveedor autorizado por la Autoridad Sanitaria. Cierre Potable El agua potable para el Proyecto será abastecida por medio de camiones aljibe, y dentro del área del Proyecto para el consumo de los trabajadores será abastecida a través de bidones sellados, que serán suministrados por un proveedor autorizado por la Autoridad Sanitaria. Industrial El agua industrial durante la fase de cierre del proyecto se utilizará para la aplicación de supresor de polvo en caminos. Será extraída de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, mediante camión aljibe y abastecida por proveedor externo durante los meses que no se produzca agua desde la PTAS. Se contará con toda la documentación que acredite el origen de las aguas en obra para su verificación y control.

Para el control de las emisiones atmosféricas se utilizarán medidas de gestión asociadas a al transporte: circulación de camiones con cubierta, límite de velocidad para circulación vehicular, utilización de supresor de polvo y humectación de caminos internos, el agua necesaria para esta actividad será obtenida desde la misma planta de tratamiento de aguas servidas del proyecto. Por lo que es importante precisar que el Proyecto no considera extracción de agua desde acuíferos.

12.3.2.5.9 Observación:

Eminentemente favorecer planes de acción contra el cambio climático, en cuanto a la utilización de aguas y cualquier recurso natural que se utilice o menoscabe. Normativa Ambiental Aplicable Se solicita al titular evaluar los efectos acumulativos y sinérgicos de acuerdo con la Ley 20417, artículo 2° letra "h bis) en la cual se define el Efecto Sinérgico, como aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la presencia simultánea de varios agentes supone una incidencia ambiental mayor que el efecto suma de las incidencias individuales contempladas aisladamente;". y aplicar el Informe Final Recomendaciones metodológicas para la evaluación de impactos acumulativos en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de Chile, elaborado por GAC Consultores el año 2020. Lo anterior debido a que en este sector confluyen tres “Proyectos” EIA Línea de transmisión Itahue-Hualqui, DIA Sol de Caone y DIA Chimango. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de eventuales efectos sinérgicos del proyecto con otros que operarían en la zona. Al respecto se indica que acorde a los antecedentes presentados el Proyecto Parque Fotovoltaico Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 139 de 173

Chimango ha considerado en su evaluación sinergias respecto del Proyecto Sistema de Transmisión Zonal Grupo 3 S/E Itahue – S/E Hualqui respecto de los campos eléctricos y electromagnéticos acorde al Apéndice B del capítulo 2 de la DIA: Caracterización de Campos Electromagnéticos. Los resultados obtenidos de la modelación de los campos eléctricos y magnéticos se dan cuenta de valores que se encuentran bajo los valores máximos establecidos en la normativa de referencia.

Tabla Valores de campos eléctricos y campos magnéticos proyectados por las obras del proyecto Equipo Campo magnético [µT] Límite [µT] % Valor límite Campo Eléctrico [kV/m] Límite [kV/m] % Valor límite Transformador 90 MVA 28,8 100 29 % No aplica* 5 No aplica Transformador de 6,6 MVA 2,9 100 2,9 % No aplica 5 No aplica Conductor soterrado en subestación elevadora Limite franja seguridad derecha 9,21 100 9,2% No aplica 5 No aplica Limite franja seguridad izquierda 9,33 100 9,3% No Aplica 5 No Aplica Valor máximo en perfil 20,00 100 20,0% No aplica 5 No aplica Línea aérea 33 kV Limite franja seguridad derecha 3,34 100 3,3% 0,21 5 4,2% Limite franja seguridad izquierda 3,34 100 3,3% 0,21 5 4,2% Valor máximo en perfil 5,70 100 5,7% 0,22 5 4,4% Línea 220 kV Limite franja seguridad derecha 1,86 100 1,9% 0,53 5 10,6% Limite franja seguridad izquierda 1,78 100 1,8% 0,49 5 9,8% Valor máximo en perfil 10,36 100 10,4% 3,19 5 63,8% Marco de línea en Subestación Mataquito 220 kV Limite franja seguridad derecha 3,04 100 3,0% 0,48 5 9,6% Limite franja seguridad izquierda 4,06 100 4,1% 0,50 5 10,1% Valor máximo en perfil 9,26 100 9,3% 1,35 5 27,0% * son una fuente nula de campo eléctrico. Fuente: Anexo 2-1 Medio Físico, elaborado en base al Apéndice B Campos Electromagnéticos.

Respecto de las emisiones de ruido, en las cercanías del área del proyecto “Parque Fotovoltaico Chimango”, existen dos proyectos actualmente “en calificación”, los cuales corresponden a los proyectos “Sistema de transmisión zonal grupo 3 S/E Itahue – S/E Hualqui” y “Parque Fotovoltaico Sol de Caone”, los cuales serán considerados al presentar un cruce en el área de influencia de los proyectos y compartir la identificación y evaluación de algunos puntos receptores en los 3 proyectos a evaluar. Para realizar análisis sinérgico de dicha condición de emisión, se desarrollará una suma logarítmica de ruido, a partir de los niveles de ruido obtenidos como antecedentes de los proyectos que se encuentran en las cercanías del parque fotovoltaico Chimango, los cuales se encuentran actualmente “en calificación”. Se propone la evaluación de 2 contextos o escenarios de proyección, obteniendo los siguientes resultados:

 Escenario N°1: Fase de Construcción (PFV Chimango) + Fase de Construcción (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Construcción (LTE PFV Sol de Caone).

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 140 de 173

Tabla Suma logarítmica de ruido – Escenario N°1 para evaluación sinérgica. Receptor Nivel de ruido en dB(A) Nivel de ruido en suma logarítmica dB(A) Chimango S/E Itahue- S/E Hualqui Sol de Caone R1 50,0 27,3 - 50,0 R2 45,3 31,6 28,0 45,6 R3 44,3 36,3 27,0 45,0 R3.1 39,9 31,1 27,0 40,6 R4 42,7 25,2 43,0 45,9 R5 50,3 24,4 - 50,3 R6 52,7 25,8 - 52,7 Fuente: Anexo G Ruido y Vibraciones, 2023.

La siguiente tabla presenta los resultados de los niveles de ruido de la evaluación sinérgica realizada para los proyectos “Parque Fotovoltaico Chimango”, “Sistema de transmisión zonal grupo 3 S/E Itahue – S/E Hualqui” y “Parque Fotovoltaico Sol de Caone”, indicando el límite máximo permisible y cumplimiento de los objetivos de calidad acústica estipulados en la normativa de referencia correspondiente a la ley 7/2010 contra la contaminación acústica, únicamente en horario diurno (periodo de funcionamiento de la fase de construcción).

Tabla Suma logarítmica de ruido – Escenario N°1 para evaluación sinérgica. Receptor Nivel de ruido evaluación sinérgica (dBA) Índice de ruido Ld o Le (dBA) Evaluación Ley 7/2010 contra la contaminación acústica de Aragón R1 50,0 60 Cumple R2 45,6 60 Cumple R3 45,0 60 Cumple R3.1 40,6 60 Cumple R4 45,9 60 Cumple R5 50,3 60 Cumple R6 52,7 60 Cumple Fuente: Anexo G Ruido y Vibraciones, 2023.

A partir de los resultados presentados para la evaluación sinérgica de ruido para la fase de construcción y cierre del proyecto, que considera el análisis conjunto de los proyectos “Parque Fotovoltaico Chimango”, “Sistema de transmisión zonal grupo 3 S/E Itahue – S/E Hualqui” y “Parque Fotovoltaico Sol de Caone”, se permite concluir la existencia de cumplimiento normativo por parte de los 3 proyectos en horario diurno, según lo estipulado en la ley 7/2010 contra la contaminación acústica de Aragón, no ocasionando un impacto acústico acumulativo en la comunidad más cercana.

 Escenario N°2: Fase de Operación (PFV Chimango) + Fase de Operación (S/E Itahue – S/E Hualqui) + Fase de Operación (LTE PFV Sol de Caone).

Para el escenario N°2 de las fases de operación de los proyectos, se deduce que no existirá un impacto acústico acumulativo, puesto que la diferencia de niveles de ruido entre los proyectos es mayor a 10 dB(A) dada la gran distancia existente entre las áreas de los proyectos, estableciéndose que no existirá contribución del proyecto a los niveles de ruido en operación sinérgica, descartando la generación del efecto sinérgico asociado a impactos por ruido sobre la salud de la población. Respecto de las emisiones atmosféricas, acorde a los antecedentes dispuestos en el Anexo E Emisiones Atmosféricas, se revisaron los dos proyectos listados, y solo se pudo incluir los aportes de Sol de Caone, por tener resultados de modelación en uno de los contaminantes (MP10), mientras que el Proyecto de Transmisión Itahue-Hualqui, solo presentaba resultados de modelación para tramos fuera del AI, incluso fuera de la Región del Maule, lo que imposibilitó conocer los aportes a la Línea Base de Calidad de Aire. Por parte del Proyecto Sol de Caone, solo existe información del contaminante MP10 (Modelación Screen View), mientras que el Proyecto de Sistema de Transmisión, no informó la modelación de los contaminantes para el tramo cercano al Proyecto, pero de igual forma se incluyó con el fin de mostrar el peor escenario. La siguiente tabla presenta los resultados de los aportes del Proyecto a la calidad del aire con consideración de sinergias:

Tabla Aportes del Proyecto a la Línea de Base de Calidad del Aire Parámetro Estadístico AP (μg/m3N) LB (μg/m3N) OP1 (μg/m3N) AP+LB+OP (μg/m3N) Limite Norma (μg/m3N) % Norma Aporte del Proyecto a la LB MP10 Promedio Anual 11,86 - 0 - 50 23,7% -

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 141 de 173

Percentil 98 diario 34,44 - 2,43 36,87 130 28,36% - MP2,5 Promedio Anual 8.98 - 0 - 20 44.9% - Percentil 98 diario 23.93 - 0 - 50 47.9% - SO2 Promedio Anual 3.0097 - 0 - 60 2,7% - Percentil 99 diario 0.0001 - 0 - 130 0% - Percentil 98,5 horario 9.5276 - 0 - 350 5% - NO2 Promedio Anual 11.63 - 0 - 100 11.6% - Percentil 99 horario 111.16 - 0 - 400 27.8% - CO Percentil 99 8 horas 655.85 - 0 - 10000 2.19% - Percentil 99 horario 343.73 - 0 - 30000 3.44% - Fuente: Anexo E Estimación de Emisiones Atmosféricas, Modelación de calidad del Aire

Los resultados indican que en ninguna de las ubicaciones evaluadas se superarían los límites establecidos para la calidad del aire (MP10, MP2,5, SO2, NO2 y CO), ni el estándar internacional de referencia para MPS en el Escenario 1. En resumen, no se esperan impactos significativos en la calidad del aire ni en los recursos naturales cercanos al Proyecto.

Estos resultados se condicen con la realidad del proyecto, dado que las actividades que más generan emisiones atmosféricas durante la construcción son el tránsito de vehículos en caminos interiores de tierra y el movimiento de tierras, que dentro del área de proyecto solo se realiza en ciertas zonas específicas, y no en toda la superficie del proyecto.

12.3.2.5.10 Observación:

Se solicita al Titular, incorporar de qué forma se dará cumplimiento normativo referido a la Calificación Industrial y las medidas de mitigación asociadas a las emisiones, acreditando el cumplimiento y formas seguimiento.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se trata de aspectos descriptivos del mismo. Al respecto se indica que el proyecto no contempla instalaciones industriales y de bodegaje, por lo que no debe cumplir con la normativa referida a la calificación industrial. En cuanto a las medidas de control asociadas a las emisiones y la acreditación de su cumplimiento y formas de seguimiento se detallan a continuación:

Componente o Materia: Emisiones Atmosféricas Medidas de Mitigación Aplicación de supresor de polvo en caminos no pavimentados internos. Vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día y que cumplan con la norma Euro III u otro de mayor tecnología. Maquinarias utilizadas contarán con la última tecnología, de manera de minimizar las emisiones a la atmósfera. Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. Los camiones con carga de material de las excavaciones sólo circularán con la tolva cubierta con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga. Acreditación Cumplimiento

Se mantendrá copia de Revisión técnica al día en Registro de Revisión Técnica. Se mantendrá registro de aplicación de supresor de polvo (fecha, aplicación y mantenimiento, proveedor y contrato del servicio, camino al que fue aplicado, encargado de inspección y comentarios). Informe aplicación supresor. Informe visita mantenimiento proveedor. Se mantendrá carpeta de registros mensuales de mantención de maquinaria y equipos. Se mantendrá carpeta con registro fotográfico que acredite las medidas de control propuestas. Forma de Seguimiento Se realizará chequeo de mantenciones de maquinarias y equipos (fecha, individualización encargado, comentarios respecto de revisión de documentos, copias). Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 142 de 173

Se realizará inspección visual de todas las medidas señaladas (la inspección visual se realizará cada vez que se aplique un supresor de polvo y que se realice un transporte de materiales, inspeccionándose que se evite la suspensión de polvo en los caminos y que la carga se encuentre correctamente dispuesta en cada vehículo de transporte, se llevarán registros de ambas inspecciones). Se solicitará el comprobante de revisión técnica al día de camiones y vehículos y se realizará una inspección de dichos documentos (individualización del encargado de inspección de la documentación y del registro, y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica). Comprobante de envío de informe aplicación supresor a SMA, en máximo 2 semanas desde el inicio de la fase de construcción. Copia de Informe Proveedor. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

12.3.2.5.11 Observación:

Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural).

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se refiere a temas normativos del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que el cumplimiento normativo para cada contaminante se compila en la siguiente tabla, la cual referencia los capítulos o acápites en los que se profundiza el análisis para cada componente:

Tabla Referencia de componentes y su cumplimiento normativo Componente Capítulo de estudio en la DIA y Adenda presentada Cumplimiento normativo Emisión de ruido Anexo G, Ruido y Vibraciones de la Adenda Cumple Emisión de vibración Anexo G, Ruido y Vibraciones de la Adenda Cumple Emisión electromagnética Anexo 2-1, Apéndice B Campos Electromagnéticos de la DIA Cumple Emisión atmosférica Anexo E Estimación de Emisiones Atmosféricas de la Adenda Cumple Residuos sólidos Anexo F PAS 140 y PAS 142 de la Adenda Cumple Emisión residuos líquidos Anexo F PAS 138 de la Adenda Cumple

12.3.2.5.12 Observación:

Antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del Artículo 11 De La Ley Determinación y justificación del área de influencia Impactos Artículo 5°: Solicitamos al Titular ampliar la información relacionada al tipo de supresor de polvo o que otros mecanismos han contemplado para la reducción de emisiones atmosféricas y de qué forma darán cumplimiento a las normas vigentes, no tan solo del PM10 sino también del PM2,5

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un eventual impacto del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que en el Anexo J de la Adenda se encuentra el Estudio de Fotomontaje el que complementa el Estudio de Paisaje presentado en la DIA (Anexo 2-4), para ello se realizó una simulación fotográfica de cómo se vería el proyecto implementado en el predio, como resultado se obtuvo que, las principales obras del Proyecto corresponden a la instalación de paneles solares, los cuales cubrirán la mayoría del área del Proyecto. Estos no superan los 2 metros de altura desde la superficie del suelo. En este sentido, las obras del Proyecto serán perceptibles de menor medida desde la ruta J-60, debido a que la ruta se encuentra en su mayoría a menor altura que la superficie del terreno, solamente siendo posible visualizarlo en zonas de menor altura topográfica y entre construcciones presentes al costado de dicha ruta. Por otro lado, en la ruta J-70i es posible apreciar el Proyecto en toda su extensión debido a la vista despejada hacia este, pero debido a la distancia y la altura de los paneles, estos logran armonizar con el paisaje presente en la zona. Las obras no generarán incompatibilidad visual en el paisaje, dado que la intervención es de menor magnitud, puesto que las obras logran integrarse en el paisaje circundante, lo anterior se explica ya que los paneles solares son de color azul oscuro y baja altura, y por lo tanto no sobrepasaran la altura de la vegetación existente. El área posee fundamentalmente sectores con colores verdes, café y gris, debido a la vegetación, terrenos de barbecho y cordones montañosos del fondo escénico, mientras que los paneles son de color azulado opaco oscuro. La inclusión de estos elementos artificiales genera un impacto de menor magnitud ya que la alteración cromática en los reflejos o formas en el paisaje resultan sutiles. Por todo lo anterior, las obras del proyecto no obstruirán el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, por cuanto estas se ubican en un predio privado cercado y lejos de vías de acceso a este tipo de áreas.

12.3.2.5.13 Observación: Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 143 de 173

Se solicita al Titular poder aclarar cuáles serán las medidas que se adoptaran frente al ruido y vibraciones en la etapa de construcción del proyecto, debido a que éstas pueden producir movimientos de tierra, derrumbes, además de la huida de la fauna silvestre y aves protegidas, como el Tunduco, ya que estas especies por sus características, estables y coloniales.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto técnico del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que en el Anexo G de la Adenda se encuentra el estudio de ruido y vibraciones para fauna, en él se evalúa la posible afectación de fauna por las actividades del proyecto considerando el documento “Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa” (SEIA, 2022), se consideraron los hábitats de relevancia de los anfibios, reptiles y mamíferos para realizar la evaluación. Los resultaros para todas las fases del proyecto (construcción, operación y cierre) arrojaron que no existe afectación, lo anterior se evidencia en las siguientes Tablas.

Anfibios  Fase de Construcción y Cierre

Tabla Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción y cierre del PSF (Anfibios – umbral de 72dB(A)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RA1 61,9 72 dB(A) Sin efectos RA2 66,9 72 dB(A) Sin efectos RA3 64,8 72 dB(A) Sin efectos RA4 59,3 72 dB(A) Sin efectos RA5 65,6 72 dB(A) Sin efectos RA6 56,9 72 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

 Fase de Operación

Tabla Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación del PSF (Anfibios – umbral de 62dB(C)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RA1 56,6 62 dB(C) Sin efectos RA2 59,0 62 dB(C) Sin efectos RA3 60,2 62 dB(C) Sin efectos RA4 59,9 62 dB(C) Sin efectos RA5 58,6 62 dB(C) Sin efectos RA6 55,6 62 dB(C) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Mamíferos

 Fase de Construcción y Cierre

Tabla Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción y cierre del PSF (Mamíferos - umbral de 68dB(A)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(A) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RM1 62,9 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM2 61,7 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM3 61,5 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM4 56,4 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM5 60,9 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM6 60,6 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM7 59,0 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM8 53,4 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

 Fase de Operación

Tabla Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación PSF Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 144 de 173

(Mamíferos - umbral de 68dB(A)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(A) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RM1 38,8 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM2 39,4 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM3 37,3 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM4 37,6 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM5 34,4 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM6 40,6 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM7 37,9 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos RM8 39,7 68 dB(A) 80 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Reptiles

 Fase de Construcción y Cierre

Tabla. Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción y cierre del PSF (Reptiles - umbral de 75dB(C)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RR1 72,3 75 dB(C) Sin efectos RR2 72,4 75 dB(C) Sin efectos RR3 72,9 75 dB(C) Sin efectos RR4 74,0 75 dB(C) Sin efectos RR5 73,1 75 dB(C) Sin efectos RR6 72,0 75 dB(C) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

 Fase de Operación

Tabla Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación del PSF (Reptiles - umbral de 75dB(C)) con medida de control. Receptor Nivel proyectado dB(C) Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RR1 58,7 75 dB(C) Sin efectos RR2 61,1 75 dB(C) Sin efectos RR3 56,3 75 dB(C) Sin efectos RR4 60,3 75 dB(C) Sin efectos RR5 59,4 75 dB(C) Sin efectos RR6 55,8 75 dB(C) Sin efectos Fuente: Anexo G Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

De esta forma, se puede apreciar que los niveles de emisión sonora cumplen para todas las fases del Proyecto con el umbral más bajo evaluado. De esta forma, se descarta cualquier afectación por parte del Proyecto a la fauna presente en el área.

12.3.2.5.14 Observación:

Dado lo anterior es que se solicitan mayores estudios científicos sobre esta especie (Tunduco) característica del lugar de emplazamiento. Consideraciones establecidas en la “Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos Por Ruido y Vibraciones en el SEIA”.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto técnico del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que de acuerdo con los estudios realizados en terreno, no se identificaron ejemplares de Tunduco (Aconaemys fuscus) en el área del Proyecto, pero sí se identificó otro roedor similar de la familia Octodontidae, correspondiente al Cururo (Spalacopus cyanus), el cual se encuentra en categoría de Preocupación Menor (LC). Debido a esto, para el caso de esta consulta, se asumirá que la observación refiere al Cururo y no el Tunduco. De todas maneras, en caso de existir la presencia de esta especie durante la fase de construcción, operación y cierre se cumplirían los límites establecidos por la Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos Por Ruido y Vibraciones en el SEIA”. Respecto a potenciales impactos producidos por emisiones acústicas derivadas de las diferentes fases del Proyecto, cabe aclarar que dicha especie será objetivo de un plan de perturbación controlada, medida que busca alejar del área del Proyecto a la especie, hacia zonas estudiadas que presentan las condiciones y capacidad de carga Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 145 de 173

para recibir a la cantidad de ejemplares a movilizar (esto se presenta con mayor detalle en el Anexo L de la Adenda, en el Documento Plan de Perturbación Controlada). Debido a esto, para la modelación acústica se tomaron estas zonas como hábitats de relevancia a considerar. Según lo dispuesto en la guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa”, para los cururos se evalúa el posible efecto sobre la Reducción de la eficiencia reproductiva, para la cual se establece un umbral del 68 dB(A) promedio. Teniendo en cuenta este umbral, se procedió a realizar una modelación de emisiones acústicas estableciendo como receptores los puntos más cercanos a las fuentes de emisión de estas emisiones, tal como se presenta en la siguiente figura.

Figura Hábitats de Interés y Fuentes Emisoras

Fuente: Anexo G de la Adenda, 2023

Una vez definidos los receptores más cercanos posibles a la fuente de emisión, se procedió a realizar la modelación de emisiones acústicas para las diferentes fases del proyecto, tal como se muestra en la siguiente tabla.

Tabla Niveles de Presión Sonora para las Fases de Construcción y Operación Receptor Nivel proyectado dB(A) Fase de Construcción Nivel proyectado dB(A) Fase de Operación Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RM1 62,9 38,8 68 dB(A) Sin efectos RM2 61,7 39,4 68 dB(A) Sin efectos RM3 61,5 37,3 68 dB(A) Sin efectos RM4 56,4 37,6 68 dB(A) Sin efectos RM5 60,9 34,4 68 dB(A) Sin efectos RM6 60,6 40,6 68 dB(A) Sin efectos RM7 59 37,9 68 dB(A) Sin efectos RM8 53,4 39,7 68 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G de la Adenda, 2023

De esta forma, se puede apreciar que los niveles de emisión sonora cumplen para todas las fases del Proyecto con el umbral más bajo evaluado. De esta forma, se descarta cualquier afectación por parte del Proyecto a los Cururos, derivado de las emisiones acústicas generadas por las partes, obras y acciones del Proyecto.

12.3.2.5.15 Observación:

Artículo 6° Componente flora y vegetación De acuerdo con las dos consultas ciudadanas del proyecto del parque fotovoltaico Chimango, aún no demuestran que cuentan con algún estudio que garantice y proteja que este proyecto no afectará a los productores apícolas que existen en el sector, La empresa no consideró la existencia de estos productores apícolas de la zona, es una gran preocupación por parte de la comunidad ya que las abejas son indispensables para el ecosistema y sobrevivencia de este planeta. En base a lo anterior, Se solicita al Proponente ampliar la información entregada en el anexo Medio humano, levantando información sobre la presencia de productores apícolas y del hábitat propicio para las abejas. Esta información deberá contener detalladamente metodología empleada para la identificación de los sectores donde se realiza la actividad, donde se determina la presencia y/o ausencia de estas abejas, así como en análisis de impacto en términos de: la especie, su hábitat asociadas al artículo 6 literal b y 7°, literal a) ambos del D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 146 de 173

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de descripción de medio humano y actividades asociadas. Al respecto se indica que debido a la naturaleza de la actividad apícola y la alta movilidad que presentan las abejas mieleras se hace imposible localizar de manera exacta las zonas donde se desarrolle la actividad, o las zonas fundamentales para su alimentación. Debido a esto, para realizar el análisis solicitado se pondrá en el peor de los casos posibles, donde se asumirá que la actividad apícola se desarrolla en los predios contiguos al área del Proyecto. A continuación, se presenta el descarte de los literales solicitados, enfocado particularmente en la actividad apícola. Artículo N°6 D.S N°40/2012 sobre el RSEIA b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley. Respecto a este literal, se entiende que no se generará afectación sobre la actividad apícola debido a que esta no se genera directamente al interior del predio, y si bien se puede entender que la flora al interior del área del Proyecto puede cumplir una función alimenticia para las abejas mieleras, solamente se cortará la vegetación con altura como para intervenir por lo que no se removerán todas las fuentes de alimentación herbácea. Igualmente, tal como se plantean en diferentes estudios como “Native Vegetation Performance under a Solar PV Array at the National Wind Technology Center” (Beatty et al, 2017) o “Photovoltaic Array Influences the Growht of Green Roff Plants” (Bousselot et al, 2017), tras la instalación del Parque Solar, la vegetación se seguirá desarrollando bajo estos, debido a que actúan como invernaderos que ayudan a regular la humedad y temperaturas de los suelos. Con respecto a la afectación a las abejas en si mismas, según los resultados presentados en el estudio “Electromagnetic fields disrupt the pollination service by honeybees” (Molina et al, 2023), los campos electromagnéticos derivados de las líneas de alta tensión pueden generar estrés sobre los polinizadores. Para este estudio se simuló en laboratorio la emisión de un campo electromagnético de una intensidad aproximada de 7,8 µT, simulando una distancia de 10 m a las Líneas de Transmisión Eléctricas. Esta intensidad es exponencialmente mayor a los resultados obtenidos para la modelación de campos electromagnéticos (Apéndice B del Anexo 2-1 de la DIA) para el presente Proyecto. En el caso del Proyecto se contemplan 2 tipos de líneas, la primera corresponde a una línea de 33kV utilizada para los cruces aéreos entre las diferentes secciones del PSF Chimango, mientras que la segunda corresponde a una línea de alta tensión de 220 kV, la que conectará la subestación elevadore del Proyecto a la subestación Mataquito, realizando todo su recorrido al interior del predio donde se instalará el Proyecto. A partir de este antecedente se procedió a hacer la comparación entre los resultados obtenidos para el límite de la franja de seguridad de las líneas del Proyecto con el valor utilizado en este estudio. En el caso de la línea de 33kV el valor de intensidad de los campos magnéticos corresponde a 3,34 µT, siendo menos de la mitad de los valores utilizados para el estudio. En el caso de la línea de alta tensión de 220kV los valores obtenidos para los límites de la franja de seguridad son de 1,86 µT, cuyo valor es más de 4 veces menor al utilizado en el estudio referenciado. Si bien, debido al bajo valor de los campos magnéticos no se generará una afectación a la apicultura local de la zona, también es necesario agregar que el estudio citado enmarca la zona de afectación entre los 10 a 25 metros desde la línea de transmisión que se utilizó como referencia y que corresponde a abejas expuestas durante un tiempo a los campos electromagnéticos. De esta forma, al no existir actividad apícola al interior del predio y la línea de transmisión del Proyecto encontrarse alejada de los posibles receptores más cercanos, se descarta que se genere un daño de cualquier intensidad sobre el desarrollo de la apicultura de la zona. Artículo N°7 D.S N°40/2012 sobre el RSEIA a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Respecto a este literal, al igual que en el Literal b) del artículo N°6, se descarta que el las diferentes partes, obras y acciones del Proyecto en sus diferentes fases puedan generar algún tipo de detrimento a la actividad apícola que pueda ser el sustento económico de grupos humanos.

12.3.2.5.16 Observación:

Este Proyecto contempla la tala de árboles, entre ellos nativos, la reforestación sería en otro lugar que no sería en esta localidad. La tala de estos nativos se contrapone ya que por ser nativos están protegidos. Además, los árboles proporcionan hábitats esenciales para una amplia variedad de especies desde aves hasta insectos y mamíferos, la tala reduce la biodiversidad al destruir hábitats cruciales y característicos en la zona, siendo esta la única zona en que existe dicho mamífero (tunduco) Los bosques ofrecen una alta gama de servicios ecosistémicos como regulación del clima purificación del aire y el agua, la polinización de cultivos y la protección contra desastres naturales como deslizamientos de tierra e inundaciones del Estero Eloísa. Por lo que creo que este proyecto es inviable para esta localidad ya que nos está destruyendo nuestro ecosistema local. Este procedimiento nos lleva una destrucción del ecosistema local. Por lo que creo que este proyecto es inviable para esta localidad ya que nos está destruyendo nuestro ecosistema local. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 147 de 173

En base a la consulta anterior, se solicita al Proponente ampliar la información realizando el análisis de impacto para la componente flora y vegetación asociada al artículo 6 literal b) del D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA, para luego dar respuesta a lo señalado en el párrafo anterior.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a eventuales impactos en los componentes flora y vegetación. Al respecto se indica que tal como se aprecia en el Anexo H Ecosistemas Terrestres, parte del área del Proyecto se encuentra cubierta por bosques nativos de Vachellia caven. El Proyecto contempla la tala de estos para la instalación de las partes y obras, lo que generará una pérdida de bosque nativo. Para evitar la pérdida de flora, el Proyecto contempla un Compromiso Ambiental Voluntario de manejo biológico de cactáceas, con la finalidad de rescatar los ejemplares de la especie y así no disminuir la población de Trichocereus chiloensis. En cuanto al Bosque Nativo, en el Anexo F se presenta el PAS 148 para la corta de bosque nativo, donde se compromete la reforestación de una superficie que sea por lo menos igual al área talada para la instalación del Proyecto. En cuanto a la disponibilidad de recursos hídricos, se aclara que el Proyecto no contempla la utilización de los recursos presentes dentro del área del Parque Solar, tanto superficiales como subterráneos. El recurso hídrico a utilizar será obtenido de proveedores autorizados, evitando la afectación a la cantidad de recursos disponibles en la zona. Por lo tanto, el Proyecto no generará una sinergia negativa con esta cadena de impactos.

12.3.2.5.17 Observación:

De acuerdo con las dos consultas ciudadanas del proyecto del parque fotovoltaico Chimango, aún no demuestran que cuentan con algún estudio que garantice y proteja que este proyecto no afectará a los productores apícolas que existen en el sector, La empresa no consideró la existencia de estos productores apícolas de la zona, es una gran preocupación por parte de la comunidad ya que las abejas son indispensables para el ecosistema y sobrevivencia de este planeta.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de descripción de medio humano y actividades asociadas. Al respecto se indica que debido a la naturaleza de la actividad apícola y la alta movilidad que presentan las abejas mieleras se hace imposible localizar de manera exacta las zonas donde se desarrolle la actividad, o las zonas fundamentales para su alimentación. Debido a esto, para realizar el análisis solicitado se pondrá en el peor de los casos posibles, donde se asumirá que la actividad apícola se desarrolla en los predios contiguos al área del Proyecto. A continuación, se presenta el descarte de los literales solicitados, enfocado particularmente en la actividad apícola. Artículo N°6 D.S N°40/2012 sobre el RSEIA b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley. Respecto a este literal, se entiende que no se generará afectación sobre la actividad apícola debido a que esta no se genera directamente al interior del predio, y si bien se puede entender que la flora al interior del área del Proyecto puede cumplir una función alimenticia para las abejas mieleras, solamente se cortará la vegetación con altura como para intervenir por lo que no se removerán todas las fuentes de alimentación herbácea. Igualmente, tal como se plantean en diferentes estudios como “Native Vegetation Performance under a Solar PV Array at the National Wind Technology Center” (Beatty et al, 2017) o “Photovoltaic Array Influences the Growht of Green Roff Plants” (Bousselot et al, 2017), tras la instalación del Parque Solar, la vegetación se seguirá desarrollando bajo estos, debido a que actúan como invernaderos que ayudan a regular la humedad y temperaturas de los suelos. Con respecto a la afectación a las abejas en si mismas, según los resultados presentados en el estudio “Electromagnetic fields disrupt the pollination service by honeybees” (Molina et al, 2023), los campos electromagnéticos derivados de las líneas de alta tensión pueden generar estrés sobre los polinizadores. Para este estudio se simuló en laboratorio la emisión de un campo electromagnético de una intensidad aproximada de 7,8 µT, simulando una distancia de 10 m a las Líneas de Transmisión Eléctricas. Esta intensidad es exponencialmente mayor a los resultados obtenidos para la modelación de campos electromagnéticos (Apéndice B del Anexo 2-1 de la DIA) para el presente Proyecto. En el caso del Proyecto se contemplan 2 tipos de líneas, la primera corresponde a una línea de 33kV utilizada para los cruces aéreos entre las diferentes secciones del PSF Chimango, mientras que la segunda corresponde a una línea de alta tensión de 220 kV, la que conectará la subestación elevadore del Proyecto a la subestación Nueva Mataquito, realizando todo su recorrido al interior del predio donde se instalará el Proyecto. A partir de este antecedente se procedió a hacer la comparación entre los resultados obtenidos para el límite de la franja de seguridad de las líneas del Proyecto con el valor utilizado en este estudio. En el caso de la línea de 33kV el valor de intensidad de los campos magnéticos corresponde a 3,34 µT, siendo menos de la mitad de los valores utilizados para el estudio. En el caso de la línea de alta tensión de 220kV los valores obtenidos para los límites de la franja de seguridad son de 1,86 µT, cuyo valor es más de 4 veces menor al utilizado en el estudio referenciado. Si bien, debido al bajo valor de los campos magnéticos no se generará una afectación a la apicultura local de la zona, también es necesario agregar que el estudio citado enmarca la zona de afectación entre los 10 a 25 metros desde la línea de transmisión que se Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 148 de 173

utilizó como referencia y que corresponde a abejas expuestas durante un tiempo a los campos electromagnéticos. De esta forma, al no existir actividad apícola al interior del predio y la línea de transmisión del Proyecto encontrarse alejada de los posibles receptores más cercanos, se descarta que se genere un daño de cualquier intensidad sobre el desarrollo de la apicultura de la zona. Artículo N°7 D.S N°40/2012 sobre el RSEIA a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Respecto a este literal, al igual que en el Literal b) del artículo N°6, se descarta que el las diferentes partes, obras y acciones del Proyecto en sus diferentes fases puedan generar algún tipo de detrimento a la actividad apícola que pueda ser el sustento económico de grupos humanos.

12.3.2.5.18 Observación:

En base a lo anterior, Se solicita al Proponente ampliar la información entregada en el anexo Medio humano, levantando información sobre la presencia de productores apícolas y del hábitat propicio para las abejas. Esta información deberá contener detalladamente metodología empleada para la identificación de los sectores donde se realiza la actividad, donde se determina la presencia y/o ausencia de estas abejas, así como en análisis de impacto en términos de: la especie, su hábitat asociadas al artículo 6 literal b y 7°, literal a) ambos del D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de descripción de medio humano y actividades asociadas. Al respecto se indica que se realizó un levantamiento de la actividad apícola cercana al área del proyecto, entre los días 22 y 24 de enero con una visita a terreno y entrevistas/encuestas a los vecinos que realizan esta actividad en el sector. Los resultados se presentan en el Anexo E Caracterización Actividad Apícola de Adenda Complementaria. En el levantamiento de información en terreno se identificó la presencia de 19 apiarios y de 13 apicultoras y apicultores, los cuales se encuentran distribuidos en las localidades cercanas al área del Proyecto. Dentro del área de estudio se identificó la presencia de 8 apiarios. Los apicultores identificados dentro del área de estudio se emplazan en relación con los ejes viales del sector: la Ruta J-60, J-70-I (Camino a Los Coipos) y Camino a Las Viñas. La figura ilustra lo anteriormente comentado.

Figura: Ubicación Apiarios

En la campaña de terreno se entrevistó a 6 apicultores, 5 de estos se ubican en el sector del Área de estudio. La individualización y la ubicación de cada apicultor entrevistado puede ser revisada en el Anexo E Caracterización Actividad Apícola, y en la Figura AC-.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 149 de 173

Figura AC-: Ubicación Apicultores Entrevistados

En relación con especies florales, dentro del radio de forrajeo definido en el Anexo E Censo Apícola, se encontraron las siguientes especies melíferas, las que se presentan en la Tabla AC-.

Tabla AC-: Especies Melíferas potencialmente presentes en la zona de estudio Especie Origen Forma de Vida Acacia caven Nativa Árbol Aristotelia chilensis Nativa Árbol Brassica rapa Exótica Hierba Caesalpinia spinosa Nativa Árbol Echium vulgare Exótica Hierba Escallonia pulverulenta Nativa Árbol Escallonia revoluta Nativa Árbol Escallonia rubra Nativa Arbusto Eucalyptus globulus Exótica Árbol Gevuina avellana Nativa Árbol Hypochaeris radicata Exótica Hierba Lithraea caustica Nativa Árbol Lotus uliginosus Exótica Hierba Luma apiculata Nativa Árbol Medicago sativa Exótica Hierba Myrceugenia exsucca Nativa Árbol Persea americana Exótica Árbol Peumus boldus Nativa Árbol Quillaja saponaria Nativa Árbol Rubus ulmifolius Exótica Arbusto Schinus latifolius Nativa Árbol Schinus poligamus Nativa Árbol Retanilla trinervis Nativa Arbusto

Cabe destacar que existe preocupación en los entrevistados por la sobrevivencia de las abejas ante el uso de herbicidas en el manejo agrícola, forestal o industrial. No obstante, en el presente Proyecto fotovoltaico no se contempla el uso de este tipo de productos herbicidas o pesticidas. El radio de forrajeo de abejas es amplio, recorriendo una distancia aproximada promedio de 5 km, la cual puede variar hacia distancias mayores según existan fuentes de alimento atractivas. En el Área Potencial de Forrajeo existe una gran variedad de especies vegetales disponibles para las abejas. Además, se observa la presencia importante de especies de tipo melíferas dentro del área señalada, por ejemplo: Acacia caven, Eucaliptus globulus y Quillaja saponaria. Existe variedad de formaciones vegetales dentro del área potencial de forrajeo, de las cuales solo una sección menor al 4% tendría alguna relación con el Proyecto. La superficie de corta de vegetación calculada corresponde a un 3,7 % del total del Área Potencial de Forrajeo.

12.3.2.5.19 Observación: Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 150 de 173

La Planta fotovoltaica Chimango, quiere instalarse en terreno agrícola fértil, condición que se contrapone a las necesidades alimentarias de la nación. Como país debemos garantizar la seguridad alimentaria, por tanto, la elección de terrenos debe ser como exigencia estéril ya que si se instala esta planta fotovoltaica en suelos fértiles contribuirá al riesgo de escazes alimentaria. En base a lo anterior,

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que el Proyecto se hará cargo y tomará las medidas necesarias para evitar afectaciones a los ecosistemas, tanto al suelo con potencial agrícola, como al bosque nativo y la fauna del sector. En relación al componente suelo, el Proyecto contempla principalmente 2 medidas para evitar la generación de una afectación permanente al recurso suelo. La primera medida corresponde a la implementación de un Compromiso Ambiental Voluntario de mejoramiento de infraestructura de riego en el canal La Huerta en la comuna de Hualañé. Esta mejora busca subsanar la pérdida de 102,8 l/s, permitiendo habilitar una superficie de suelo agrícola de 130,15 ha nuevas de riego. Esta medida tendrá una duración de 30 años (durante el funcionamiento del Proyecto), durante los cuales el Titular se hará cargo de su mantención y monitoreo de correcto funcionamiento. Este compromiso se presenta en mayor detalle en el Anexo L de la Adenda. La segunda medida a implementar para evitar la afectación permanente al componente suelo, corresponde a la implementación de un plan de cierre, el cual contempla realizar tareas de descompactación y restauración de pendientes en el área del Proyecto, con la finalidad de restaurar las propiedades físicas del suelo a condiciones iguales o mejores a las encontradas antes de la construcción del Proyecto. De esta forma, durante la vida útil del Proyecto, este habilitará una superficie de suelos fértiles proporcionales a las utilizadas por el Proyecto, de forma de no generar una pérdida de suelos agrícolas en la región durante el funcionamiento de este. En cuanto a la fase de cierre y abandono del Proyecto, con la ejecución del plan de cierre se permitirá recuperar el potencial agrícola del suelo, evitando así la perdida permanente del área del Proyecto. En cuanto al componente Flora, el Proyecto contempla 3 medidas para evitar la afectación permanente a este recurso. La primera medida corresponde al compromiso ambiental voluntario de Plan de Manejo Biológico de Cactáceas (Anexo L de la Adenda), donde se presentan las medidas y metodologías a utilizar para remover y replantar 15 ejemplares de quiscos presentes en el área del Proyecto, asegurando su monitoreo y todas las medidas necesarias para su supervivencia. La segunda medida a implementar para evitar una afectación permanente es el Plan de Restauración presentado en el Anexo C de la Adenda, donde se detallan las medidas para recuperar las cualidades físicas del suelo y las medidas para fomentar el desarrollo vegetacional sobre este. La tercera medida a tomar es la tramitación del Permiso Ambiental Sectorial 148 (Anexo F de la Adenda), que al momento de ser tramitado se realizará un Plan de Manejo de Bosque Nativo. Este plan contempla la reforestación de una superficie igual a la de bosque nativo cortado por el Proyecto en algún predio de la región del Maule.

12.3.2.5.20 Observación:

Se solicita al Proponente referirse al análisis de impacto del componente suelo como desarrollo para la actividad económico agrícola, asociada al Artículo 7 literal a) del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA. Se solicita al Titular poder mencionar cuáles serán los beneficios que traerá el proyecto a la comuna, ya que todo será emplazado en un recinto privado, en donde el camino se construirá en beneficio del fundo, siendo que el acceso al proyecto es por la ruta J-60 y visto desde la misma (paisaje) y la ruta J-70I

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un eventual impacto del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que en el Anexo J de la Adenda se encuentra el Estudio de Fotomontaje el que complementa el Estudio de Paisaje presentado en la DIA (Anexo 2-4), para ello se realizó una simulación fotográfica de cómo se vería el proyecto implementado en el predio, como resultado se obtuvo que, las principales obras del Proyecto corresponden a la instalación de paneles solares, los cuales cubrirán la mayoría del área del Proyecto. Estos no superan los 2 metros de altura desde la superficie del suelo. En este sentido, las obras del Proyecto serán perceptibles de menor medida desde la ruta J-60, debido a que la ruta se encuentra en su mayoría a menor altura que la superficie del terreno, solamente siendo posible visualizarlo en zonas de menor altura topográfica y entre construcciones presentes al costado de dicha ruta. Por otro lado, en la ruta J-70i es posible apreciar el Proyecto en toda su extensión debido a la vista despejada hacia este, pero debido a la distancia y la altura de los paneles, estos logran armonizar con el paisaje presente en la zona. Las obras no generarán incompatibilidad visual en el paisaje, dado que la intervención es de menor magnitud, puesto que las obras logran integrarse en el paisaje circundante, lo anterior se explica ya que los paneles solares son de color azul oscuro y baja altura, y por lo tanto no sobrepasaran la altura de la vegetación existente. El área posee fundamentalmente sectores con colores verdes, café y gris, debido a la vegetación, terrenos de barbecho y cordones montañosos del fondo escénico, mientras que los paneles son de color azulado opaco oscuro. La inclusión de estos elementos artificiales genera un impacto de menor magnitud ya que la alteración cromática en los reflejos o formas en el paisaje resultan sutiles. Por todo lo anterior, las obras del proyecto no obstruirán el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, por cuanto estas se ubican en un predio privado cercado y lejos de vías de acceso a este tipo de áreas.

12.3.2.5.21 Observación:

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 151 de 173

En los caminos públicos durante las diferentes etapas de proyecto. Se solicita al Titular de qué manera se responsabilizarán por los posibles daños producidos maquinaria pesada, sobrecarga y sobredimensionamiento. Todo esto debido a la utilización de la Ruta J - 60, la cual tiene un flujo vehicular medio durante gran parte del año, ya que dicha ruta es utilizada para el ingreso en verano de miles de personas a la costa curicana (Iloca, Duao, Vichuquén y Boyeruca).

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un eventual impacto del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que para definir el impacto local por el aumento de tráfico vehicular consecuencia de las obras del Proyecto, se llevó a cabo un estudio de vialidad (Anexo 2-7 de la DIA presentada). Sobre la base de los resultados de la modelación realizada, se concluye que, para prácticamente todos los tramos y subtramos evaluados, el Proyecto no genera una disminución en los Niveles de Servicios obtenidos para la Situación Base año 2024, y Base Proyectada año 2025, y que en términos de tiempo podría haber incrementos imperceptibles para el usuario en los tiempos y la velocidad media de viajes, bajo las condiciones y supuestos considerados.

Aunque el estudio vial da cuenta que el Proyecto no tendrá impactos en el sistema de transporte, se consideran las siguientes medidas de control:

  • Se realizará la demarcación en la calzada de líneas de eje central y pistas de la Ruta J-60 en el área de emplazamiento del Acceso durante la Fase de Construcción, previa coordinación con la Dirección de Vialidad Regional.
  • Se reemplazará la señalización en mal estado en el área de emplazamiento del acceso del Proyecto, previa coordinación con la Dirección Regional de Vialidad.
  • En el acceso del proyecto se deberá instalar una señal PARE y delineadores y todos aquellos elementos que refuercen la seguridad en la Ruta. Esto, previa coordinación con la Dirección Regional de Vialidad.

Además, en consideración de que las medidas de control se hagan cargo de los posibles daños en la infraestructura y molestias por ruido o congestión vial, se tomarán las siguientes medidas:

  • Se presentará a la Dirección de Vialidad un proyecto de ingeniería con el diseño del Acceso definitivo que contará el Proyecto en la Ruta J-60.
  • Los camiones que circularán para el Proyecto deberán respetar los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N° 158/1980 del MOP.
  • Las obras que se realicen en la vía pública deben considerar lo dispuesto en Capítulo N° 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Segundad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 90/2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado el 20 de enero de 2003 en el Diario Oficial.
  • Lavado de ruedas a los camiones que salen del proyecto a la vía pública, durante la etapa de construcción.
  • Los camiones que intervendrán en la etapa de construcción deberán utilizar los estacionamientos establecidos dentro del predio, a su vez, la carga y descarga de los materiales y/o desechos de construcción se deberán realizar en un lugar de acopio fuera de la vía pública.
  • Se exigirá al contratista contractualmente mantener sus vehículos y maquinaria con sus revisiones técnicas al día.
  • De acuerdo a la normativa nacional vigente, se deben emplear camiones en perfecto estado de mantenimiento y en las mejores condiciones mecánicas. Para ello se considera inspecciones de la flota de camiones y buses asociados al transporte de carga y personal.
  • Se emplearán vehículos que cumplan con la normativa vigente, en cuanto a dimensiones máximas permitidas y pesos máximos admisibles.
  • Las empresas encargadas del transporte de combustibles y otras sustancias peligrosas en general deben cumplir con un Programa de Seguridad y Prevención de Riesgos, ajustado a la normativa vigente, para prevenir derrames, filtraciones o cualquier situación de riesgo durante el transporte. Asimismo, se deben definir planes de contingencia en caso de accidentes viales de este tipo de carga, además de los vehículos destinados al traslado de personal.
  • El Titular instruirá y supervisará que los contratistas den cumplimiento a las restricciones de velocidad tendientes a evitar accidentes de tránsito.
  • Se aplicará el Plan de Contingencia de Transporte (en caso de emergencia) ya sea para vehículos livianos, buses de personal y vehículos de carga (sobre todo de sustancias peligrosas), definiendo los procedimientos de manejo y protocolo comunicacional con principales actores (dentro de la compañía, con las autoridades atingentes y con organismos de emergencia), a efectos de tomar las medidas y/o decisiones pertinentes al caso.
  • Se instruirá a los conductores (tanto de buses, camionetas y camiones) respecto de los conflictos viales señalados en este informe, a fin de tomar las precauciones necesarias para el desarrollo de un transporte fluido y seguro
  • Se instruirá al personal del Proyecto los procedimientos de seguridad frente al cruce/atravieso de animales o el tránsito de ellos mismos, por ejemplo, cuando se trasladan en sus ciclos de veranadas e invernadas. Ello considera la detención del vehículo hasta que el animal despeje la ruta y no podrá utilizarse la bocina como elemento de persuasión de animales. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 152 de 173

  • Se implementará un programa de capacitaciones anuales para todo el personal (contratista y subcontratistas), ya sea conductor habitual o esporádico, en materia de manejo a la defensiva y primeros auxilios, prácticas y cuidados adicionales en el paso por zonas pobladas, cultivos y lugares de pastoreo, entre otros temas. Esto durante la fase de construcción y cierre.

  • Se mantendrá un sistema de licencia interna, que permita operar con personal calificado y experimentado para la conducción vehicular (transporte de carga y personal).
  • Se realizará coordinación horaria con los asentamientos que realicen celebraciones o ceremonias que hagan uso de rutas que empleará el proyecto, ya sea por traslados masivos hacia y desde éstas, o porque las rutas son usadas para desfiles, procesiones u otro tipo de manifestaciones. En estos casos la coordinación se realizará con las organizaciones locales representativas, siempre y cuando se haga la solicitud directa.

12.3.2.5.22 Observación:

Tenemos claro que tenemos que renovar nuestra energía. Pero no sacrificando nuestros campos. Que son los primeros suelos en la cadena alimentaria. Esto estará en el medio de la cuenca del Mataquito por donde está rodeado, de predios agrícola y frutícola. A donde trabajan con colmenas de abejas, para polinizar. Y son fuentes de trabajo para nuestras localidades y la región. Si por lo tanto debe reconsiderar. No queremos ser más zona de sacrificio. En base a la consulta anterior, Se solicita al Proponente referirse al análisis de impacto del componente suelo como desarrollo para la actividad económico agrícola, asociada al Artículo 7 literal a) del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un eventual impacto en el componente suelo Al respecto se indica que el predio no ha sido utilizado, ni es utilizado, para la actividad agrícola. El único intento se realizó el año 2014, el cual no prosperó. El dueño del predio indica que esto deriva por falta de acceso al recurso hídrico que posee el predio, por lo que no es posible desarrollar actividades agrícolas extensivas en el lugar.

Sin embargo, debido a la inutilización de 247,52 ha de suelos de alto valor agrícola potencial (clase II y clase III), el Titular presenta en el Anexo L de la Adenda un Compromiso Ambiental Voluntario de mejora de riego, que busca aumentar el potencial de riego en predios agrícolas de la comuna.

Sin perjuicio de la inutilización de los suelos, la capacidad del suelo para sustentar vida no se verá mermada, por cuanto el Proyecto no contemplan obras ni acciones que pudiesen afectar la calidad ni las condiciones morfológicas, fisicoquímicas o biológicas del suelo durante el periodo en que se emplace en el predio ya caracterizado. En tal sentido, el Proyecto tendrá un bajo efecto en el suelo y no implicará una pérdida, contaminación o degradación del recurso suelo, en base a lo siguiente:

 Durante la fase de construcción, el Proyecto contempla la utilización de sustancias y elementos químicos, las que serán debidamente almacenadas conforme a lo establecido en el D.S. N°43/2016 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Cabe señalar que estos productos y sustancias contarán con las respectivas Hojas de Datos de Seguridad y serán abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones de la autoridad pertinente.  En la fase de construcción, se contará con un área destinada al lavado de maquinaria y camiones. Este sector contará con una piscina tipo bin, la cual irá enterrada en una excavación impermeabilizada con polietileno de alta densidad y tendrá una capacidad de almacenamiento de 1 m3, volumen más que suficiente para almacenar los residuos líquidos industriales provenientes de esta actividad. Las aguas residuales del proceso de lavado serán conducidas a la piscina de acumulación, en donde se producirá el proceso de evaporación del agua y decantación para separar los sólidos. Se espera que los residuos líquidos generados se evaporen casi en su totalidad, sin embargo, en el caso de que queden remanentes sin evaporar, estos serán almacenados en tambores cerrados, para luego ser acopiados temporalmente en la bodega de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos, desde donde serán retirados para su disposición final en un sitio autorizado.  Durante todas las fases del proyecto, no se contempla la utilización de sustancias y elementos químicos que puedan alterar las propiedades minerales y orgánicas del suelo. Tampoco se alterará el grado de acidez o alcalinidad y la concentración de sales en el perfil. En general, las propiedades químicas de los suelos están, sobre todo, asociadas con su capacidad de uso y en este caso no hay modificación de propiedades químicas. Asimismo, durante todas las fases, se adoptarán todas las medidas para evitar y contener posibles derrames de sustancias.  El ángulo de instalación de los paneles fotovoltaicos permitirá el acceso a los rayos solares en distintas horas del día y a lo largo del año calendario; igualmente, no será un impedimento para que la precipitación pueda infiltrar en el perfil del suelo, accediendo por gravedad a los distintos horizontes. Así, los paneles permitirán la libre infiltración de las aguas en el sector, por lo que no existirá impermeabilización del área.  Es importante señalar que, si bien los suelos ubicados bajo los paneles tendrán una cantidad menor de luz solar, esta condición no afectará sus propiedades fisicoquímicas, por lo que, mantiene su capacidad actual de sustentar la biodiversidad, lo que se reflejará en el crecimiento normal de la estrata herbácea y recolonización natural de vegetación, cuya altura de crecimiento será controlada Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 153 de 173

mediante el corte mecanizado y/o manual. En ningún caso, habrá tratamiento químico para la regulación de la estrata vegetal, por lo que se contribuye a la adición de materia orgánica del suelo y con esto una renovación del recurso respecto a su condición actual.

En complemento, en el Anexo B de la Adenda se acompaña el Plan de Contingencias y Emergencias del proyecto, el que establece acciones y medidas para la minimización de situaciones de riesgo o contingencia, así como acciones y procedimientos para enfrentar situaciones de emergencias, asociadas a todas las fases del proyecto. En este sentido, se establecen acciones y medidas para eventos de funcionamiento deficiente del almacenamiento temporal de aguas servidas; almacenamiento deficiente de residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos; derrame de residuos peligrosos y manipulación deficiente de combustibles líquidos.

Adicionalmente, en el Anexo C de la Adenda, se contempla un plan de cierre al término de la vida útil del proyecto, donde se procederá a retirar y desmantelar todo el mobiliario, paneles, equipos, cables y cualquier instalación existente construida a tenor del proyecto. Donde se restaurarán las geoformas presentes en las áreas intervenidas para dejarlas en las mismas condiciones en las que se encontró originalmente el predio. Parte de estas medidas, corresponden al retiro de estructuras, retiro de hormigón, des compactación de suelo a través de arado subsolador en las zonas donde se haya compactado, y restauración de dirección e intensidad de pendientes en las zonas donde se hayan intervenido.

Finalmente, y en complemento a lo anteriormente expuesto, en el Anexo L de la Adenda, se adjunta un Compromiso Ambiental Voluntario de mejoramiento de infraestructura hidráulica a realizarse en el canal La Huerta, con el que mejorarán las condiciones del canal y su infraestructura auxiliar, de forma de aumentar la disponibilidad de agua para riego.

Conforme a lo expuesto, el Proyecto se emplazará en un área donde no generará de forma permanente erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo. De esta manera, el Proyecto no generará cambios sustanciales sobre el suelo, de modo que, una vez finalizado el Proyecto, el suelo podrá seguir siendo utilizado para la actividad agrícola según la capacidad de uso de suelo descrita.

12.3.2.5.23 Observación:

Artículo 9°, Valor paisajístico: Los ciudadanos no se ven favorecidos más bien perjudicados en la pérdida de valor paisajístico del territorio. En base a la consulta anterior,

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que en el Anexo J de la Adenda se encuentra el Estudio de Fotomontaje el que complementa el Estudio de Paisaje presentado en la DIA (Anexo 2-4), para ello se realizó una simulación fotográfica de cómo se vería el proyecto implementado en el predio, como resultado se obtuvo que, las principales obras del Proyecto corresponden a la instalación de paneles solares, los cuales cubrirán la mayoría del área del Proyecto. Estos no superan los 2 metros de altura desde la superficie del suelo. En este sentido, las obras del Proyecto serán perceptibles de menor medida desde la ruta J-60, debido a que la ruta se encuentra en su mayoría a menor altura que la superficie del terreno, solamente siendo posible visualizarlo en zonas de menor altura topográfica y entre construcciones presentes al costado de dicha ruta. Por otro lado, en la ruta J-70i es posible apreciar el Proyecto en toda su extensión debido a la vista despejada hacia este, pero debido a la distancia y la altura de los paneles, estos logran armonizar con el paisaje presente en la zona. Las obras no generarán incompatibilidad visual en el paisaje, dado que la intervención es de menor magnitud, puesto que las obras logran integrarse en el paisaje circundante, lo anterior se explica ya que los paneles solares son de color azul oscuro y baja altura, y por lo tanto no sobrepasaran la altura de la vegetación existente. El área posee fundamentalmente sectores con colores verdes, café y gris, debido a la vegetación, terrenos de barbecho y cordones montañosos del fondo escénico, mientras que los paneles son de color azulado opaco oscuro. La inclusión de estos elementos artificiales genera un impacto de menor magnitud ya que la alteración cromática en los reflejos o formas en el paisaje resultan sutiles. Por todo lo anterior, las obras del proyecto no obstruirán el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, por cuanto estas se ubican en un predio privado cercado y lejos de vías de acceso a este tipo de áreas.

12.3.2.5.24 Observación:

Se solicita al Proponente aclarar/ampliar la información asociada a determinación y justificación el área de influencia para el componente paisaje, así como también el análisis de impactos siguiendo los criterios establecidos por él SEA en la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental “Valor paisajístico en el SEIA”. y según corresponda adoptar compromisos voluntarios sugeridos en el numeral 5.2.3 de la citada guía.

Evaluación Técnica

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 154 de 173

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que el área de influencia determinada y presentada en el Anexo 2-4 de la DIA, se realizó según lo indica la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental “Valor paisajístico en el SEIA”, con ello se determinaron 24 puntos de observación representativos: 11 puntos posiblemente identificables por un observador común desde los caminos colindantes al área del Proyecto y 13 puntos dentro de la cuenca visual donde se emplaza el Proyecto. La siguiente Figura muestra los receptores considerados.

Figura Puntos de Observación de Paisaje y Área de Influencia

Fuente: Anexo 2-4 de la DIA.

El estudio de paisaje presentado en la DIA descartó afectación a esta componente, sin embargo, para complementar lo anterior en el Anexo J de la Adenda se presenta el Fotomontaje del proyecto, con el fin de asegurar que no existirá afectación a la calidad visual del paisaje, como resultado se obtuvo que las principales obras del Proyecto corresponden a la instalación de paneles solares, los cuales cubrirán la mayoría del área del Proyecto. Estos no superan los 2 metros de altura desde la superficie del suelo. En este sentido, las obras del Proyecto serán perceptibles de menor medida desde la ruta J-60, debido a que la ruta se encuentra en su mayoría a menor altura que la superficie del terreno, solamente siendo posible visualizarlo en zonas de menor altura topográfica y entre construcciones presentes al costado de dicha ruta. Por otro lado, en la ruta J-70i es posible apreciar el Proyecto en toda su extensión debido a la vista despejada hacia este, pero debido a la distancia y la altura de los paneles, estos logran armonizar con el paisaje presente en la zona. Las obras no generarán incompatibilidad visual en el paisaje, dado que la intervención es de menor magnitud, puesto que las obras logran integrarse en el paisaje circundante, lo anterior se explica ya que los paneles solares son de color azul oscuro y baja altura, y por lo tanto no sobrepasaran la altura de la vegetación existente. El área posee fundamentalmente sectores con colores verdes, café y gris, debido a la vegetación, terrenos de barbecho y cordones montañosos del fondo escénico, mientras que los paneles son de color azulado opaco oscuro. La inclusión de estos elementos artificiales genera un impacto de menor magnitud ya que la alteración cromática en los reflejos o formas en el paisaje resultan sutiles. Por todo lo anterior, las obras del proyecto no obstruirán el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, por cuanto estas se ubican en un predio privado cercado y lejos de vías de acceso a este tipo de áreas.

12.3.2.5.25 Observación:

En relación del proyecto con las políticas, planes y programas de desarrollo regional. El proyecto no aporta a los planes de desarrollo comunal. En base a la consulta anterior, se solicita al Proponente ampliar los antecedentes asociados a la relación del proyecto con los Objetivos del Plan de Desarrollo Comunal de Hualañe, hoy en fase final de actualización, de manera de contribuir con los objetivos ambientales que se pretenden desarrollar en la comuna.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que De acuerdo con lo solicitado, a continuación se muestra la relación del proyecto con los lineamientos estratégicos del PLADECO actualizado 2018-2022.

Tabla Relación del proyecto con PLADECO de Hualañé (2018-2022) Objetivo Lineamiento estratégico Relación con el Proyecto Desarrollo Económico Promover la actividad agrícola, incorporando nuevos productos y las hectáreas a cultivo El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Si bien el proyecto inutilizará Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 155 de 173

suelos con potencial agrícola, se hará cargo de esto a través del Compromiso Ambiental Voluntario de Riego presentado en Anexo L de la Adenda. Aumentar hectáreas a riego El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Si bien el proyecto inutilizará suelos con potencial agrícola, se hará cargo de esto a través del Compromiso Ambiental Voluntario de Riego presentado en Anexo L de la Adenda. Promover el turismo como un sector económico relevante en la estructura económica de la comuna El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover en los emprendedores el desarrollo de capacidades, competencias e innovaciones así como la obtención de recursos desde fuentes de financiamiento concursable El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover una cultura del emprendimiento y la innovación El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Desarrollo Territorial Mejorar y promover las condiciones de infraestructura y equipamientos de la comuna favoreciendo su conectividad El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover y aprovechar la conectividad interregional e interprovincial El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover el mejoramiento de la cobertura y la conectividad de internet y telefónica El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover programas habitacionales para disminuir el déficit existente El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Desarrollo Social Fortalecer la capacidad de gestión y participación de la población en particular los jóvenes El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Mejorar el desarrollo de las oportunidades formativa y educacional de los jóvenes El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover una seguridad pública basada en la articulación de acciones y voluntades entre la municipalidad, las policías y la comunidad. El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Robustecer y potenciar la identidad cultural e histórica de los barrios y localidades de la comuna en coherencia con la política gubernamental El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Estimular el desarrollo de actividades y expresiones culturales en sectores vulnerables El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Estimular y fortalecer la actividad física y deportiva. Mejorando la calidad de vida de la población El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Mejorar la atención y el apoyo social a la población El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover acciones para mejorar la calidad de vida de la población El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Salud Comunal Promover el acceso a la salud oportuna en cada lugar del territorio según los estándares del Ministerio de Salud (MINSAL) El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Fomentar la calidad de la atención en salud y de los recintos El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Mejorar la gestión y la resolución en la salud rural El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Medio Ambiente Promover el cuidado del medio ambiente en el cual está inserto la comuna, generando un comportamiento ambientalmente sustentable en niños, jóvenes y adultos, a través de la educación ambiental, detonando acciones de sensibilización y cambio de consciencia El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Promover la protección del medio ambiente estableciendo actuaciones que permitan un adecuado manejo de los residuos sólidos y líquidos que produce la actividad humana El Proyecto se relaciona con este lineamiento favorablemente ya que generará e inyectará al SEN la energía generada, contribuyendo a la diversificación de la matriz energética. Además, al ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a través de una DIA se Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 156 de 173

hace cargo de las externalidades ambientales que pudiese causar. A través de su calificación en el SEIA, se compromete a cumplir con la normativa ambiental vigente. Incentivar el cuidado de las áreas naturales que hay en la comuna, planteando una gestión preventiva y coordinación con las instituciones respectivas para el control de incendios forestales. El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. Sin embargo, en el Anexo B de la Adenda se encuentra el Plan de Contingencias y Emergencias que considera medidas ante incendios forestales. Saneamiento Territorial Promover y desarrollar las acciones necesarias para la descontaminación de aguas El Proyecto para prevenir la contaminación de aguas presenta en el Anexo P el PAS 156 con las medidas que tomará para la no afectación del recurso. Mejorar la cobertura de las obras de saneamiento y redes de alcantarillado de la comuna El Proyecto no se relaciona ni se contrapone con este lineamiento estratégico. https://hualane.cl/transparencia/index.php?action=plantillas_generar_archivo&ig=529&m=6&a=2019&ia=4895

12.3.2.5.26 Observación:

Y en sus costumbres, además no hay un plan claro para el área de conservación de especies y biodiversidad del sector; hace mención a la estrategia 2008- 2015 pero esta fue modificada en el presente año por la ley 20.417. Por ende, no abarca todas las dimensiones como un proyecto confiable o sostenible, puesto que no cumple con su segundo propósito de la política energética 2050.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que, se entiende que la pregunta refiere exclusivamente a la relación del Proyecto con el segundo propósito de la Política Energética de Chile al año 2050, por lo que a continuación se presenta un análisis de la relación entre estos. Política Energética de Chile 2050- segundo propósito: Energía para una Mejor Calidad de Vida.

 Objetivo Especifico 2.1: Garantizar el acceso físico seguro y de calidad a los servicios energéticos requeridos para satisfacer las necesidades energéticas básicas de todos los hogares.

Relación: Si bien el Proyecto contempla la generación de energía a través de la conversión de radiación solar e energía eléctrica a través de módulos fotovoltaicos, ayudando a satisfacer la necesidad de energía de los hogares, no se relaciona ni contrapone con este objetivo, ya que no contempla medidas para mejorar el acceso físico seguro y de calidad a los servicios energéticos, debido a que el Proyecto contempla solo la generación de energía.

 Objetivo Especifico 2.2: Lograr que todos los hogares tengan un gasto energético asequible en relación a sus ingresos, sin sacrificar otras necesidades básicas, y tomando en cuenta las diferentes realidades socioeconómicas. Esto considera educar y fomentar la reducción de costos de los energéticos y mejorar la eficiencia de los artefactos y equipos energéticos que se utilizan en el hogar.

Relación: Si bien el Proyecto ayudará a la generación energética, haciendo que haya mayor disponibilidad de esta, la fijación de tarifas y tomas de medidas de reducción de costos no es responsabilidad de empresas generadoras de energía, por lo tanto, el proyecto no se relaciona ni contrapone con este objetivo.

 Objetivo Especifico 2.3: Priorizar iniciativas de inversión y financiamiento dirigidas a pueblos indígenas para el acceso a servicios energéticos y propiciar su desarrollo.

Relación: El Proyecto no tiene relación alguna con este objetivo, por lo tanto, el Proyecto no se contrapone a este objetivo.

 Objetivo Especifico 2.4: Lograr viviendas adecuadas y saludables energéticamente, a través de la mejora de la eficiencia energética de las viviendas existentes, que sea adecuado a las necesidades actuales y futuras, y el establecimiento de programas e instrumentos para acondicionar viviendas existentes.

Relación: El Proyecto consiste en una central generadora de energía a partir de radiación solar, por lo tanto no tiene ninguna relación con el mejoramiento de viviendas.

 Objetivo Especifico 2.5: Reducir el uso de fuentes de energía contaminantes en las viviendas (especialmente para calefacción) y el uso de artefactos que perjudiquen la salud de las personas, cambiando a opciones energéticas limpias.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 157 de 173

Relación: El Proyecto consiste en una central generadora de energía a partir de radiación solar, por lo tanto, no tiene ninguna relación con la reducción de fuentes de energía contaminantes en las viviendas.

 Objetivo Especifico 3.1: Integrar en la planificación, diseño y gestión urbana, el ámbito energético como uno de los componentes claves del desarrollo urbano; para contar con ciudades sustentables en cuanto a su eficiencia energética, resiliencia y bajas emisiones, fomentando y viabilizando el uso de los recursos energéticos renovables locales y el desarrollo de infraestructura energética necesaria.

Relación: Si bien el Proyecto consiste en la generación de energía renovables, este se ubica en un sector rural, por lo tanto, no se enmarca en la planificación, diseño y gestión urbana asociado al diseño de ciudades. De esta forma el Proyecto no se relaciona con este objetivo.

 Objetivo Especifico 3.2: Disminuir las emisiones de contaminantes locales provenientes del consumo de combustibles en transporte, generación eléctrica, industria y los hogares, de manera de mejorar la salud y calidad de vida de las personas.

Relación: El Proyecto contribuye a este objetivo específico, ya que este consiste en la construcción de un Parque Solar Fotovoltaico de 187,5 MW. Esta generación se realizará a través de la conversión de la radiación solar en energía eléctrica, por lo que no se necesita el consumo de combustibles para la generación.

 Objetivo Especifico 3.3: Mejorar sustancialmente el desempeño energético de las edificaciones, tanto nuevas como existentes y de uso público y privado; complementado con gestión energética, generación propia de energía y soluciones colectivas, que permitan lograr niveles adecuados de confort maximizando la eficiencia en el uso de la energía y avanzando hacia edificaciones de consumo de energía neta cero.

Relación: El Proyecto consiste en una central generadora de energía a partir de radiación solar, por lo tanto, no tiene ninguna relación con el mejoramiento del desempeño energético en edificaciones.

 Objetivo General 4: Promover la incorporación de vehículos, tecnologías y combustibles cero emisiones con el mejor rendimiento y estándares en los distintos modos de transporte, para tener un sistema de movilidad sustentable y eficiente energéticamente, asegurando contar con la infraestructura necesaria para su implementación.

Relación: El Proyecto consiste en una central generadora de energía a partir de radiación solar, por lo tanto, no tiene ninguna relación con la incorporación de vehículos, tecnologías y combustibles cero emisiones para mejorar los estándares de transporte.

 Objetivo Especifico 5.1: Generar un cambio cultural en cuanto a la relación de las personas con la energía, que permita su uso responsable, el desarrollo de una consciencia ambiental y el ejercicio de la participación ciudadana en conocimiento tanto los de impactos del sector a nivel local y global, como de los derechos y deberes de las personas. Esto implica proveer de información y educación a la ciudadanía para la toma de decisiones informadas que le permita involucrarse en el desarrollo energético sustentable del país, considerando las realidades locales y culturales.

Relación: El Proyecto no se relaciona con este objetivo, ya que está dirigido a las autoridades, donde se busca fortalecer y promover la participación de la ciudadanía en las tomas de decisiones para el sector energético.

 Objetivo Especifico 5.2: Asegurar que los pueblos indígenas y las comunidades locales cuenten con información oportuna y transparente sobre energía que les permite el ejercicio de la participación ciudadana y el conocimiento de sus derechos y deberes, así como con educación para la toma de decisiones informadas que les permita involucrarse en el desarrollo energético sustentable del país, considerando las realidades locales y culturales.

Relación: El Proyecto consiste en una central generadora de energía a partir de radiación solar, por lo tanto, no tiene ninguna relación con este objetivo.

 Objetivo Especifico 5.3: Generar estrategias en conjunto con el sistema educativo para implementar iniciativas que releven los conceptos y contenidos de energía a partir de los instrumentos curriculares en todos los niveles de educación formal.

Relación: El Proyecto consiste en una central generadora de energía a partir de radiación solar, por lo tanto, no tiene ninguna relación con este objetivo.

A partir de este análisis es posible concluir que el Proyecto no se contrapone al segundo propósito de la Política Energética de Chile 2050, inclusive, ayuda a la realización del Objetivo Especifico 3.2 de dicha política.

12.3.2.5.27 Observación: Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 158 de 173

La Política Energética de Chile 2050 establece que la visión del sector energético de Chile al año 2050 es la de un sector energético confiable, inclusivo, competitivo y sostenible, donde la energía será un motor de desarrollo del país, con un desarrollo consciente de las personas, del medio ambiente y de la productividad, en un proceso continuo de mejoramiento de las condiciones de vida sin embargo este proyecto no se alinea, ni cumple principalmente en el aspecto de sostenibilidad, desarrollo consciente de las personas y del medio ambiente pues causa un daño en el ecosistema, que provoca la pérdida de suelo fértil y bosque nativo con impacto en la flora y fauna, la actividad agrícola, disminuyendo a calidad de vida de las personas que habitan los sectores aledaños al proyecto. En términos generales este proyecto irrespeta la biodiversidad y la cultura del sector, en contrasentido con la política energética y alimentaria nacional.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que Respecto a lo señalado, cabe destacar que el Proyecto se hará cargo y tomará las medidas necesarias para evitar afectaciones a los ecosistemas, tanto al suelo con potencial agrícola, como al bosque nativo y la fauna del sector. En relación al componente suelo, el Proyecto contempla principalmente 2 medidas para evitar la generación de una afectación permanente al recurso suelo. La primera medida corresponde a la implementación de un Compromiso Ambiental Voluntario de mejoramiento de infraestructura de riego en el canal La Huerta en la comuna de Hualañé. Esta mejora busca subsanar la pérdida de 102,8 l/s, permitiendo habilitar una superficie de suelo agrícola de 130,15 ha nuevas de riego. Esta medida tendrá una duración de 30 años (durante el funcionamiento del Proyecto), durante los cuales el Titular se hará cargo de su mantención y monitoreo de correcto funcionamiento. Este compromiso se presenta en mayor detalle en el Anexo L de la Adenda. La segunda medida a implementar para evitar la afectación permanente al componente suelo, corresponde a la implementación de un plan de cierre, el cual contempla realizar tareas de descompactación y restauración de pendientes en el área del Proyecto, con la finalidad de restaurar las propiedades físicas del suelo a condiciones iguales o mejores a las encontradas antes de la construcción del Proyecto. De esta forma, durante la vida útil del Proyecto, este habilitará una superficie de suelos fértiles proporcionales a las utilizadas por el Proyecto, de forma de no generar una perdida de suelos agrícolas en la región durante el funcionamiento de este. En cuanto a la fase de cierre y abandono del Proyecto, con la ejecución del plan de cierre se permitirá recuperar el potencial agrícola del suelo, evitando así la perdida permanente del área del Proyecto. En cuanto al componente Flora, el Proyecto contempla 3 medidas para evitar la afectación permanente a este recurso. La primera medida corresponde al compromiso ambiental voluntario de Plan de Manejo Biológico de Cactáceas (Anexo L de la Adenda), donde se presentan las medidas y metodologías a utilizar para remover y replantar 15 ejemplares de quiscos presentes en el área del Proyecto, asegurando su monitoreo y todas las medidas necesarias para su supervivencia. La segunda medida a implementar para evitar una afectación permanente es el Plan de Restauración presentado en el Anexo C de la Adenda, donde se detallan las medidas para recuperar las cualidades físicas del suelo y las medidas para fomentar el desarrollo vegetacional sobre este. La tercera medida a tomar es la tramitación del Permiso Ambiental Sectorial 148 (Anexo F de la Adenda), que al momento de ser tramitado se realizará un Plan de Manejo de Bosque Nativo. Este plan contempla la reforestación de una superficie igual a la de bosque nativo cortado por el Proyecto en algún predio de la región del Maule. Finalmente, para el componente Fauna, el Proyecto contempla tomar 2 medidas para evitar a la afectación a la fauna del área del Proyecto. La primera medida corresponde a un compromiso ambiental voluntario correspondiente a un Plan de Perturbación Controlada para la especie Spalacopus cyanus, más conocida como cururo, donde se tomarán las medidas necesarias para que los ejemplares de esta especie se desplacen hacia zonas con las condiciones ecosistémicas necesarias para su correcto desarrollo e instalación de madrigueras. La segunda medida corresponde al plan de captura y relocalización presentado en el Anexo F (PAS 146) de la Adenda, donde se contempla la relocalización de ejemplares de Sapo de Rulo, Sapito de cuatro ojos, Lagartija Lemniscata y Culebra de cola corta. Cada una de estas especies será capturada y manejada por profesionales, manteniendo todas las precauciones de higiene para evitar afectaciones. Posteriormente serán trasladadas a zonas alrededor del Área del Proyecto (Al interior del mismo predio) que cumplan las condiciones y tengan la capacidad de carga ecosistémica necesaria para su proliferación. De esta forma, se descarta la afectación permanente a ecosistemas, por lo tanto, si se alinea a los principios de la Política Energética de Chile 2050.

12.3.2.5.28 Observación:

La Declaración de Impacto Ambiental, capítulo 4, en relación a los propósitos que sustentan la Política Energética de Chile 2050, el primero de estos plantea que se debe ser protagonista de la ambición climática de Chile, donde el objetivo general establece la baja en emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), y en sus objetivos específicos se enfoca en la carbono neutralidad y la mitigación de las emisiones en cada sector, considerando la competitividad de cada tecnología y el respeto por los territorios y sus dinámicas, aprovechando al máximo los avances tecnológicos con bajas en las emisiones. Al respecto la empresa declara en su relación con este objetivo que contribuye a la des carbonización de la matriz energética del País, pues no genera emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), sin embargo la pérdida de suelo agrícola y bosque nativo (que corresponde aproximadamente el 25% del suelo a intervenir) aumentaría la huella de carbono del proyecto, según lo establecido por Claudia Rojas Alvarado, investigadora de la Universidad de O’Higgins (UOH), experta en salud y calidad de suelo, quien señala que el almacenamiento de carbono en el suelo es mayor que el del aire y la vegetación, apuntando a las medidas de remediación del suelo, como principal captador del CO2 atmosférico, donde los ecosistemas edáficos concentran alrededor del 25% de la vida en el planeta, entonces las características de este proyecto además de evitar la captación de CO2, provoca un daño irreparable del ecosistema y va contra los enfoque que abala el ministerio de agricultura en el cual se trabaja con la recuperación de suelo, para el restablecimiento de la vegetación y con esto la Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 159 de 173

valorización de servicios eco sistémicos. Además, el aumento de la huella de carbono del proyecto en evaluación podría ser menor pero no hay voluntad ni intención de esto, pues a pesar de existir tecnologías que permiten el cultivo asociado a los paneles fotovoltaicos, esta no es considerada en el proyecto.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que el objetivo específico mencionado y la carbono neutralidad mencionada, hace referencia a la producción de energía a través de procesos de generación que no generen emisiones de carbono. En el caso del Proyecto, el proceso de producción de energía se genera al transformar radiación solar en energía eléctrica a través de paneles fotovoltaicos, por lo que si contribuiría a la generación de energía de manera limpia. De esta manera, el Proyecto si se relaciona con este objetivo específico de la Política energética de Chile 2050. Respecto al almacenamiento de carbono en el suelo, estudios recientes plantean que la presencia de parque solares aumenta la capacidad de los suelos de secuestrar carbono atmosférico. Más específicamente, en el estudio “Ecohydrological insight: Solar farms facilitate carbon sink enhancement in drylands” (Wu et al, 2023) se plantea que el secuestro y fijación de carbono a la tierra puede aumentar entre un 3,5 y 10% por la presencia de Parques Solares. Este fenómeno se produce debido a las condiciones generadas bajo los paneles solares para el desarrollo de vegetación, donde se generan menores fluctuaciones de temperatura, y se presenta más humedad. El porcentaje de aumento en la captura de carbono dependerá netamente de las condiciones climáticas de la zona de emplazamiento del Parque Solar y el tipo de vegetación se crezca bajo los paneles. De esta forma, el Proyecto no se contrapondría de ninguna forma al Primer Objetivo Específico de la Política Energética de Chile 2050.

12.3.2.5.29 Observación:

La Declaración de Impacto Ambiental, capítulo 4, en relación a los propósitos que sustentan la Política Energética de Chile 2050, el segundo de estos, Energía para una mejor calidad de vida, plantea en su objetivo general el acceso universal y equitativo a servicios energéticos de calidad, que sean seguros, confiables, eficientes y sustentables y en sus objetivos específicos Garantizar el acceso físico seguro y de calidad a los servicios energéticos requeridos para satisfacer las necesidades energéticas básicas de todos los hogares, lograr que todos los hogares tengan un gasto energético asequible en relación a sus ingresos, considera educar y fomentar la reducción de costos de los energéticos y mejorar la eficiencia de los artefactos y equipos energéticos que se utilizan en el hogar. Al respecto la empresa declara en su relación con este objetivo que no se relaciona con asegurar el acceso universal y equitativo a servicios energéticos de calidad, declara que el Proyecto se alinea y desarrolla de manera armónica con este objetivo general, debido a que contribuye en la generación de energía eléctrica cercano a los puntos de consumo, sin embargo esto no es real pues la energía generada se conecta a través de líneas de media tensión al Sistema Eléctrico Nacional, a través de la subestación Nueva Mataquito ( EIA en Proceso “Línea de Transmisión Itahue -Hualqui”, por lo cual no hay beneficio real para el sector donde se desarrolla el proyecto, pero si se produce un impacto real con la pérdida de suelo agrícola de tipos III según CIREN 2013 y bosque nativo.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que el Proyecto consiste solamente en la construcción, operación y cierre de un Parque Solar Fotovoltaico, el cual generará energía eléctrica y se inyectará al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), pero el destino de esta será determinado por el administrador del SEN. En relación al componente suelo, el Proyecto contempla principalmente 2 medidas para evitar la generación de una afectación permanente al recurso suelo. La primera medida corresponde a la implementación de un Compromiso Ambiental Voluntario de mejoramiento de infraestructura de riego en el canal La Huerta en la comuna de Hualañé. Esta mejora busca subsanar la pérdida de 102,8 l/s, permitiendo habilitar una superficie de suelo agrícola de 130,15 ha nuevas de riego. Esta medida tendrá una duración de 30 años (durante el funcionamiento del Proyecto), durante los cuales el Titular se hará cargo de su mantención y monitoreo de correcto funcionamiento. Este compromiso se presenta en mayor detalle en el Anexo L de la Adenda. La segunda medida a implementar para evitar la afectación permanente al componente suelo, corresponde a la implementación de un plan de cierre, el cual contempla realizar tareas de descompactación y restauración de pendientes en el área del Proyecto, con la finalidad de restaurar las propiedades físicas del suelo a condiciones iguales o mejores a las encontradas antes de la construcción del Proyecto. En cuanto al componente Flora, el Proyecto contempla 3 medidas para evitar la afectación permanente a este recurso. La primera medida corresponde al compromiso ambiental voluntario de Plan de Manejo Biológico de Cactáceas (Anexo L de la Adenda), donde se presentan las medidas y metodologías a utilizar para remover y replantar 15 ejemplares de quiscos presentes en el área del Proyecto, asegurando su monitoreo y todas las medidas necesarias para su supervivencia. La segunda medida a implementar para evitar una afectación permanente es el Plan de Restauración presentado en el Anexo C de la Adenda, donde se detallan las medidas para recuperar las cualidades físicas del suelo y las medidas para fomentar el desarrollo vegetacional sobre este. La tercera medida a tomar es la tramitación del Permiso Ambiental Sectorial 148 (Anexo F de la Adenda), que al momento de ser tramitado se realizará un Plan de Manejo de Bosque Nativo. Este plan contempla la reforestación de una superficie igual a la de bosque nativo cortado por el Proyecto en algún predio de la región del Maule. De esta forma se evita que el Proyecto genere una afectación negativa de forma permanente en el área de emplazamiento. De esta forma, durante la vida útil del Proyecto, este habilitará una superficie de suelos fértiles proporcionales a las utilizadas por el Proyecto, de forma de no generar una pérdida de suelos agrícolas en la región durante Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 160 de 173

el funcionamiento de este. En cuanto a la fase de cierre y abandono del Proyecto, con la ejecución del plan de cierre se permitirá recuperar el potencial agrícola del suelo, evitando así la perdida permanente del área del Proyecto.

12.3.2.5.30 Observación:

Al respecto la empresa declara en su relación con este objetivo que, si bien el Proyecto no se relaciona con aspectos educativos, si se alinea con este objetivo proponiendo que al ingresar el Proyecto al SEIA, permite el acceso a la información por parte de la comunidad. La cual podrá abrir un proceso de participación ciudadana a solicitud de los interesados, aspecto que absolutamente insuficiente como medio de acceso a la información, pues no hay una previa interacción con la comunidad que permita que esta tenga conocimiento del proyecto, obligándola a la búsqueda de la información, evidenciando la poca voluntad por parte de la empresa de que la población se eduque respecto al proyecto y sus alcances en el marco de la política energética nacional.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que el Proyecto al ingresar al SEIA es difundido a través de radiodifusión por medios locales durante 5 días y su ingreso es publicado en el Diario Oficial, además al ser un proceso de carácter público la información se encuentra disponible en la página web del SEA. Por otra parte, en el marco de la elaboración del proyecto se realizó una entrevista a vecinos pertenecientes a la Junta de Vecinos del Parronal, donde se levantó información y se dio conocimiento del proyecto.

12.3.2.5.31 Observación:

La Declaración de Impacto Ambiental, capítulo 4, en relación a los propósitos que sustentan la Política Energética de Chile 2050, el tercero de estos, Nueva identidad productiva para Chile, en su objetivo general Desarrollo económico inclusivo, propone promover desde la energía el desarrollo económico y la productividad del país, con un enfoque descentralizado, sustentable y armónico con el entorno, mientras que en sus objetivos específicos establece la equidad en todos los ámbitos del desarrollo energético, aprovechar los recursos de Chile en materia energética relacionados a las energías renovables articulado de innovación que impulse la investigación aplicada y con compromisos de largo plazo. Al respecto en su relación con este objetivo, la empresa declara que el Proyecto se desarrolla armónicamente con este apuntando a la descarbonización de la matriz energética, aportar energía al sistema eléctrico durante las horas de mayor demanda, sin embargo el la pérdida de suelo fértil aumenta la huella de carbono, pues el suelo capta más CO2 que las plantas y el aporte de energía es al Sistema Eléctrico Nacional por lo que la comunidad no se ve beneficiada por el aporte a las horas de mayor demanda.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que respecto de la pérdida de suelo fértil, el Proyecto contempla la utilización temporal de 173,29 ha de suelo con capacidad de clase II y 74,23 ha de suelo con capacidad de suelo clase III, un total de 247,52 ha de suelo fértil afectado por concepto de la instalación de obras para la operación del parque fotovoltaico. En compromiso con la no perdida de suelos agrícolas por la utilización de esta superficie, el Proyecto presenta un compromiso ambiental voluntario de mejora de riego (Anexo L de Adenda), el cual busca mejorar la disponibilidad del recurso hídrico para el riego agrícola por medio de la mejora en la infraestructura de un canal de riego, consistente en su revestimiento para reducción de infiltración y mejoramiento de obras de distribución. Por medio obras de revestimiento de canales de riego y obras de distribución, se beneficiarán un total de 130,15 hectáreas. Por otra parte, se presenta un plan de restauración (Anexo C de la Adenda, en el cual se incorporan medidas que da cuenta de una revegetación natural pasiva monitorizada en las áreas de paneles del Proyecto, vegetación que solo será controlada en medida que esta no implique daños a la correcta operación del Parque Fotovoltaico. Se presentan medidas además para que, al momento del término de vida útil del Proyecto, se asegurará que las condiciones del terreno queden en condiciones naturales equivalentes a las previas a la instalación del Proyecto. Respecto al almacenamiento de carbono en el suelo, estudios recientes plantean que la presencia de parque solares aumenta la capacidad de los suelos de secuestrar carbono atmosférico. Más específicamente, en el estudio “Ecohydrological insight: Solar farms facilitate carbon sink enhancement in drylands” (Wu et al, 2023) se plantea que el secuestro y fijación de carbono a la tierra puede aumentar entre un 3,5 y 10% por la presencia de Parques Solares. Este fenómeno se produce debido a las condiciones generadas bajo los paneles solares para el desarrollo de vegetación, donde se generan menores fluctuaciones de temperatura, y se presenta más humedad. El porcentaje de aumento en la captura de carbono dependerá netamente de las condiciones climáticas de la zona de emplazamiento del Parque Solar y el tipo de vegetación se crezca bajo los paneles. Respecto del beneficio local, tal como indica la observación, la energía generada tiene como destino al Sistema Eléctrico Nacional. Se debe aclarar al respecto que, si bien no es un beneficio local únicamente, ampliar la disponibilidad eléctrica Nacional tiene por consecuencia la mejora en la estabilidad del servicio eléctrico junto con promover el desarrollo de la infraestructura nacional, cuya consecuencia implica un beneficio global. Considerando además el origen de la energía generada, la cual corresponderá a Energía Renovable No Convencional. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 161 de 173

Con estas consideraciones, se indica que el Proyecto se encuentra alineado con los propósitos que sustentan la Política Energética de Chile 2050 en su objetivo de Desarrollo energético inclusivo.

12.3.2.5.32 Observación:

Compatibilidad Territorial Del Proyecto ¿Cómo se pretende dar cumplimiento al Art. 55 la cual señala: “… las construcciones industriales, de infraestructura, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los limites urbanos requerirán-previamente la aprobación correspondientes a la Dirección de Obras Municipales- de informe favorables para la construcción (IFC) de la Secretaria Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismos y del Servicio Agrícola”, pero no un informe favorable de cambio de uso de suelo como es señalado por el Proyecto.? Otras consideraciones relacionadas con el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto Es imprescindible que la sociedad civil y sus controversias sean respetados y valorados con el fin de mantener un diálogo fuera de lo judicial el cual garantice y aseguren el resguardo del medio ambiente, y el bienestar de las personas en tiempo.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que en el Anexo 3-7 PAS 160 de la DIA se presentó el Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, que es el que le aplica al proyecto y que evalúa en el proceso ambiental la Secretaria Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismos y del Servicio Agrícola para otorgar el IFC.

12.3.2.5.33 Observación:

¿Porque no se les dio a conocer a los vecinos del sector sobre el proyecto, pero si al dueño del fundo?

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que antes del ingreso del proyecto según lo estipulado en la “Guía Área de Influencia de los Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos en el SEIA” del año 2020, se realizaron entrevistas semiestructuradas a vecinos pertenecientes a las juntas de vecinos para informar sobre el proyecto y levantar información desde fuentes primarias, por lo que no sólo fue informado el dueño del predio.

12.3.2.5.34 Observación:

Se solicita al Titular que se pueda aclarar la calidad jurídica del proyecto, señalando si corresponde a una servidumbre o un Bien Nacional de uso público, además de indicar claramente los tramos a construir con relación a los caminos de ingreso al proyecto.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que el terreno donde se emplazará el proyecto corresponde a un predio privado. Respecto a los caminos de ingreso, se accederá a través de la Ruta J-60 km 55, sector Parronal. El Titular tiene en consideración que toda eventual intervención de caminos públicos en el empalme de este camino existente con la ruta publica J-60, debe ser autorizada previamente por la Dirección de Vialidad del MOP de forma independiente a la presente tramitación ambiental.

12.3.2.5.35 Observación:

Según la presentación de los antecedentes del PAS 148, con respecto al uso de suelo, el proyecto está emplazado en dos clases de suelo; clase III y de aptitud forestal clase VII, donde el sector agrícola no presenta cobertura vegetal a diferencia del sector de clase III. En relación con lo antes expuesto, solicitamos al Titular lo siguiente: Generar una explicación y tratamiento por separado cada clase de suelo. No concuerdan con las especies declaradas en la DIA, ya que, en una descripción, solo es mencionada la Acacia Caven y una cactácea, además hay que tener en cuenta la existencia de otras especies como el boldo, litre, espino, peumo, maitén, maqui, quillay, etc. ¿Que se realizara con estos? ¿Se entregarán a la comunidad como leña? ¿O se destinaran a algún relleno sanitario autorizado?

Evaluación Técnica Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 162 de 173

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que se refiere a aspectos de la evaluación ambiental. Al respecto se indica que el PAS 148 se presenta para la corta de bosque nativo, en el caso del proyecto se identificó bosque nativo de Vachellia caven (Espino) por lo que el permiso aplica para esta especie que conforma bosque. Respecto a las clases de usos de suelo, en la siguiente figura se presenta su distribución, y su relación con la cobertura de suelo identificada. Tal como se puede apreciar los suelos de carácter agrícola se encuentran cubiertos en su mayoría por Bosque Nativo de espino y espinillo, plantaciones recientes de Avena, y praderas silvestres.

Figura Cobertura de suelos vs Clase de suelos.

Con el objetivo de evitar que los desechos madereros y/o forestales circulen como leña verde, estos serán retirados y dispuestos por una empresa debidamente autorizada por la autoridad sanitaria. Lo anterior se verificará con las copias de las autorizaciones sanitarias correspondientes, las cuales se mantendrán a disposición de las autoridades, con el fin de cumplir con los elementos y obligaciones establecidas en el Plan de Descontaminación Atmosférica, medidas consideradas pese a que el Proyecto se ubica fuera de los límites definidos por dicho Plan de Descontaminación. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular buscará alternativas para reutilizar los desechos madereros y/o forestales, realizando siempre mediciones de humedad para certificar que no sean utilizados como leña verde, y posteriormente poder ofrecerlos a la comunidad para otros usos. El titular del proyecto contará con los respaldos físicos de las mediciones de humedad, los que servirán como medios de verificación y estarán a disposición para las autoridades, ante eventuales fiscalizaciones.

12.3.2.6.-Nombre: Juan Ramón Herrera Espronceda

12.3.2.6.1. Observación:

La Planta fotovoltaica Chimango, quiere instalarse en terreno agrícola fértil, condición que se contrapone a las necesidades alimentarias de la nación. Como país debemos garantizar la seguridad alimentaria, por tanto, la elección de terrenos debe ser como exigencia estéril ya que si se instala esta planta fotovoltaica en suelos fértiles contribuirá al riesgo de escasez alimentaria. En base a lo anterior, Se solicita al Proponente referirse al análisis de impacto del componente suelo como desarrollo para la actividad económico agrícola, asociada al Artículo 7 literal a) del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se indica que el Proyecto se hará cargo y tomará las medidas necesarias para evitar afectaciones a los ecosistemas, tanto al suelo con potencial agrícola, como al bosque nativo y la fauna del sector. En relación al componente suelo, el Proyecto contempla principalmente 2 medidas para evitar la generación de una afectación permanente al recurso suelo. La primera medida corresponde a la implementación de un Compromiso Ambiental Voluntario de mejoramiento de infraestructura de riego en el canal La Huerta en la comuna de Hualañé. Esta mejora busca subsanar la pérdida de 102,8 l/s, permitiendo habilitar una superficie de suelo agrícola de 130,15 ha nuevas de riego. Esta medida tendrá una duración de 30 años (durante el funcionamiento del Proyecto), durante los cuales el Titular se hará cargo de su mantención y monitoreo de correcto funcionamiento. Este compromiso se presenta en mayor detalle en el Anexo L de la Adenda. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 163 de 173

La segunda medida a implementar para evitar la afectación permanente al componente suelo, corresponde a la implementación de un plan de cierre, el cual contempla realizar tareas de descompactación y restauración de pendientes en el área del Proyecto, con la finalidad de restaurar las propiedades físicas del suelo a condiciones iguales o mejores a las encontradas antes de la construcción del Proyecto. De esta forma, durante la vida útil del Proyecto, este habilitará una superficie de suelos fértiles proporcionales a las utilizadas por el Proyecto, de forma de no generar una pérdida de suelos agrícolas en la región durante el funcionamiento de este. En cuanto a la fase de cierre y abandono del Proyecto, con la ejecución del plan de cierre se permitirá recuperar el potencial agrícola del suelo, evitando así la perdida permanente del área del Proyecto. En cuanto al componente Flora, el Proyecto contempla 3 medidas para evitar la afectación permanente a este recurso. La primera medida corresponde al compromiso ambiental voluntario de Plan de Manejo Biológico de Cactáceas (Anexo L de la Adenda), donde se presentan las medidas y metodologías a utilizar para remover y replantar 15 ejemplares de quiscos presentes en el área del Proyecto, asegurando su monitoreo y todas las medidas necesarias para su supervivencia. La segunda medida a implementar para evitar una afectación permanente es el Plan de Restauración presentado en el Anexo C de la Adenda, donde se detallan las medidas para recuperar las cualidades físicas del suelo y las medidas para fomentar el desarrollo vegetacional sobre este. La tercera medida a tomar es la tramitación del Permiso Ambiental Sectorial 148 (Anexo F de la Adenda), que al momento de ser tramitado se realizará un Plan de Manejo de Bosque Nativo. Este plan contempla la reforestación de una superficie igual a la de bosque nativo cortado por el Proyecto en algún predio de la región del Maule.

12.3.2.6.2. Observación:

Se solicita al Titular poder mencionar cuáles serán los beneficios que traerá el proyecto a la comuna, ya que todo será emplazado en un recinto privado, en donde el camino se construirá en beneficio del fundo, siendo que el acceso al proyecto es por la ruta J-60 y visto desde la misma (paisaje) y la ruta J-70I.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un eventual impacto del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que en el Anexo J de la Adenda se encuentra el Estudio de Fotomontaje el que complementa el Estudio de Paisaje presentado en la DIA (Anexo 2-4), para ello se realizó una simulación fotográfica de cómo se vería el proyecto implementado en el predio, como resultado se obtuvo que, las principales obras del Proyecto corresponden a la instalación de paneles solares, los cuales cubrirán la mayoría del área del Proyecto. Estos no superan los 2 metros de altura desde la superficie del suelo. En este sentido, las obras del Proyecto serán perceptibles de menor medida desde la ruta J-60, debido a que la ruta se encuentra en su mayoría a menor altura que la superficie del terreno, solamente siendo posible visualizarlo en zonas de menor altura topográfica y entre construcciones presentes al costado de dicha ruta. Por otro lado, en la ruta J-70i es posible apreciar el Proyecto en toda su extensión debido a la vista despejada hacia este, pero debido a la distancia y la altura de los paneles, estos logran armonizar con el paisaje presente en la zona. Las obras no generarán incompatibilidad visual en el paisaje, dado que la intervención es de menor magnitud, puesto que las obras logran integrarse en el paisaje circundante, lo anterior se explica ya que los paneles solares son de color azul oscuro y baja altura, y por lo tanto no sobrepasaran la altura de la vegetación existente. El área posee fundamentalmente sectores con colores verdes, café y gris, debido a la vegetación, terrenos de barbecho y cordones montañosos del fondo escénico, mientras que los paneles son de color azulado opaco oscuro. La inclusión de estos elementos artificiales genera un impacto de menor magnitud ya que la alteración cromática en los reflejos o formas en el paisaje resultan sutiles. Por todo lo anterior, las obras del proyecto no obstruirán el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, por cuanto estas se ubican en un predio privado cercado y lejos de vías de acceso a este tipo de áreas.

12.3.2.7. Marta Elena Espronceda Retamal

12.3.2.7.1 Observación: medio humano

Componente flora y vegetación De acuerdo con las dos consultas ciudadanas del proyecto del parque fotovoltaico Chimango, aún no demuestran que cuentan con algún estudio que garantice y proteja que este proyecto no afectará a los productores apícolas que existen en el sector, La empresa no consideró la existencia de estos productores apícolas de la zona, es una gran preocupación por parte de la comunidad ya que las abejas son indispensables para el ecosistema y sobrevivencia de este planeta. En base a lo anterior, Se solicita al Proponente ampliar la información entregada en el anexo Medio humano, levantando información sobre la presencia de productores apícolas y del hábitat propicio para las abejas. Esta información deberá contener detalladamente metodología empleada para la identificación de los sectores donde se realiza la actividad, donde se determina la presencia y/o ausencia de estas abejas, así como en análisis de impacto en términos de: la especie, su hábitat asociadas al artículo 6 literal b y 7°, literal a) ambos del D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 164 de 173

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un eventual impacto del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que, se realizó un levantamiento de la actividad apícola cercana al área del proyecto, entre los días 22 y 24 de enero con una visita a terreno y entrevistas/encuestas a los vecinos que realizan esta actividad en el sector. Los resultados se presentan en el Anexo E Caracterización Actividad Apícola de Adenda Complementaria. En el levantamiento de información en terreno se identificó la presencia de 19 apiarios y de 13 apicultoras y apicultores, los cuales se encuentran distribuidos en las localidades cercanas al área del Proyecto. Dentro del área de estudio se identificó la presencia de 8 apiarios. Los apicultores identificados dentro del área de estudio se emplazan en relación con los ejes viales del sector: la Ruta J-60, J-70-I (Camino a Los Coipos) y Camino a Las Viñas. La Figura ilustra lo anteriormente comentado.

Figura AC-1: Ubicación Apiarios

En la campaña de terreno se entrevistó a 6 apicultores, 5 de estos se ubican en el sector del Área de estudio. La individualización y la ubicación de cada apicultor entrevistado puede ser revisada en el Anexo E Caracterización Actividad Apícola, y en la Figura AC-.

Figura AC: Ubicación Apicultores Entrevistados

En relación con especies florales, dentro del radio de forrajeo definido en el Anexo E Censo Apícola, se encontraron las siguientes especies melíferas, las que se presentan en la Tabla AC-.

Tabla AC-: Especies Melíferas potencialmente presentes en la zona de estudio Especie Origen Forma de Vida Acacia caven Nativa Árbol Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 165 de 173

Aristotelia chilensis Nativa Árbol Brassica rapa Exótica Hierba Caesalpinia spinosa Nativa Árbol Echium vulgare Exótica Hierba Escallonia pulverulenta Nativa Árbol Escallonia revoluta Nativa Árbol Escallonia rubra Nativa Arbusto Eucalyptus globulus Exótica Árbol Gevuina avellana Nativa Árbol Hypochaeris radicata Exótica Hierba Lithraea caustica Nativa Árbol Lotus uliginosus Exótica Hierba Luma apiculata Nativa Árbol Medicago sativa Exótica Hierba Myrceugenia exsucca Nativa Árbol Persea americana Exótica Árbol Peumus boldus Nativa Árbol Quillaja saponaria Nativa Árbol Rubus ulmifolius Exótica Arbusto Schinus latifolius Nativa Árbol Schinus poligamus Nativa Árbol Retanilla trinervis Nativa Arbusto Elaboración: SAG (2023) y R. Ramírez y G. Montenegro (2004); 2024.

Cabe destacar que existe preocupación en los entrevistados por la sobrevivencia de las abejas ante el uso de herbicidas en el manejo agrícola, forestal o industrial. No obstante, en el presente Proyecto fotovoltaico no se contempla el uso de este tipo de productos herbicidas o pesticidas. El radio de forrajeo de abejas es amplio, recorriendo una distancia aproximada promedio de 5 km, la cual puede variar hacia distancias mayores según existan fuentes de alimento atractivas. En el Área Potencial de Forrajeo existe una gran variedad de especies vegetales disponibles para las abejas. Además, se observa la presencia importante de especies de tipo melíferas dentro del área señalada, por ejemplo: Acacia caven, Eucaliptus globulus y Quillaja saponaria.Existe variedad de formaciones vegetales dentro del área potencial de forrajeo, de las cuales solo una sección menor al 4% tendría alguna relación con el Proyecto. La superficie de corta de vegetación calculada corresponde a un 3,7 % del total del Área Potencial de Forrajeo.

12.3.2.8 Carolina Andrea Muñoz Herrera

12.3.2.8.1 Observación:

Determinación y justificación del área de influencia Impactos: Artículo 5°: Solicitamos al Titular ampliar la información relacionada al tipo de supresor de polvo o que otros mecanismos han contemplado para la reducción de emisiones atmosféricas y de qué forma darán cumplimiento a las normas vigentes, no tan solo del PM10 sino también del PM2,5.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un eventual impacto del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que en el Anexo J de la Adenda se encuentra el Estudio de Fotomontaje el que complementa el Estudio de Paisaje presentado en la DIA (Anexo 2-4), para ello se realizó una simulación fotográfica de cómo se vería el proyecto implementado en el predio, como resultado se obtuvo que, las principales obras del Proyecto corresponden a la instalación de paneles solares, los cuales cubrirán la mayoría del área del Proyecto. Estos no superan los 2 metros de altura desde la superficie del suelo. En este sentido, las obras del Proyecto serán perceptibles de menor medida desde la ruta J-60, debido a que la ruta se encuentra en su mayoría a menor altura que la superficie del terreno, solamente siendo posible visualizarlo en zonas de menor altura topográfica y entre construcciones presentes al costado de dicha ruta. Por otro lado, en la ruta J-70i es posible apreciar el Proyecto en toda su extensión debido a la vista despejada hacia este, pero debido a la distancia y la altura de los paneles, estos logran armonizar con el paisaje presente en la zona. Las obras no generarán incompatibilidad visual en el paisaje, dado que la intervención es de menor magnitud, puesto que las obras logran integrarse en el paisaje circundante, lo anterior se explica ya que los paneles solares son de color azul oscuro y baja altura, y por lo tanto no sobrepasaran la altura de la vegetación existente. El área posee fundamentalmente sectores con colores verdes, café y gris, debido a la vegetación, terrenos de barbecho y cordones montañosos del fondo escénico, mientras que los paneles son de color azulado opaco oscuro. La inclusión de estos elementos artificiales genera un impacto de menor magnitud ya que la alteración cromática en los reflejos o formas en el paisaje resultan sutiles. Por todo lo anterior, las obras del proyecto no obstruirán el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, por cuanto estas se ubican en un predio privado cercado y lejos de vías de acceso a este tipo de áreas. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 166 de 173

En cuanto a las medidas de control asociadas a las emisiones y la acreditación de su cumplimiento y formas de seguimiento se detallan a continuación:

Componente o Materia: Emisiones Atmosféricas Medidas de Mitigación Aplicación de supresor de polvo en caminos no pavimentados internos. Vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día y que cumplan con la norma Euro III u otro de mayor tecnología. Maquinarias utilizadas contarán con la última tecnología, de manera de minimizar las emisiones a la atmósfera. Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. Los camiones con carga de material de las excavaciones sólo circularán con la tolva cubierta con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga. Acreditación Cumplimiento

Se mantendrá copia de Revisión técnica al día en Registro de Revisión Técnica. Se mantendrá registro de aplicación de supresor de polvo (fecha, aplicación y mantenimiento, proveedor y contrato del servicio, camino al que fue aplicado, encargado de inspección y comentarios). Informe aplicación supresor. Informe visita mantenimiento proveedor. Se mantendrá carpeta de registros mensuales de mantención de maquinaria y equipos. Se mantendrá carpeta con registro fotográfico que acredite las medidas de control propuestas. Forma de Seguimiento Se realizará chequeo de mantenciones de maquinarias y equipos (fecha, individualización encargado, comentarios respecto de revisión de documentos, copias). Se realizará inspección visual de todas las medidas señaladas (la inspección visual se realizará cada vez que se aplique un supresor de polvo y que se realice un transporte de materiales, inspeccionándose que se evite la suspensión de polvo en los caminos y que la carga se encuentre correctamente dispuesta en cada vehículo de transporte, se llevarán registros de ambas inspecciones). Se solicitará el comprobante de revisión técnica al día de camiones y vehículos y se realizará una inspección de dichos documentos (individualización del encargado de inspección de la documentación y del registro, y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica). Comprobante de envío de informe aplicación supresor a SMA, en máximo 2 semanas desde el inicio de la fase de construcción. Copia de Informe Proveedor. Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

Para el control de las emisiones atmosféricas se utilizarán medidas de gestión asociadas a al transporte: circulación de camiones con cubierta, límite de velocidad para circulación vehicular, utilización de supresor de polvo y humectación de caminos internos, el agua necesaria para esta actividad será obtenida desde la misma planta de tratamiento de aguas servidas del proyecto. Por lo que es importante precisar que el Proyecto no considera extracción de agua desde acuíferos.

12.3.2.8.2 observaciones:

Se solicita al Titular poder aclarar cuáles serán las medidas que se adoptaran frente al ruido y vibraciones en la etapa de construcción del proyecto, debido a que éstas pueden producir movimientos de tierra, derrumbes, además de la huida de la fauna silvestre y aves protegidas, como el Tunduco, ya que estas especies por sus características, estables y coloniales. Dado lo anterior es que se solicitan mayores estudios científicos sobre esta especie característica del lugar de emplazamiento. Consideraciones establecidas en la “Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos Por Ruido y Vibraciones en el SEIA”.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto técnico del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que de acuerdo con los estudios realizados en terreno, no se identificaron ejemplares de Tunduco (Aconaemys fuscus) en el área del Proyecto, pero sí se identificó otro roedor similar de la familia Octodontidae, correspondiente al Cururo (Spalacopus cyanus), el cual se encuentra en categoría de Preocupación Menor (LC). Debido a esto, para el caso de esta consulta, se asumirá que la observación refiere al Cururo y no el Tunduco. De todas maneras, en caso de existir la presencia de esta especie durante la fase de construcción, operación y cierre se cumplirían los límites establecidos por la Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos Por Ruido y Vibraciones en el SEIA”. Respecto a potenciales impactos producidos por emisiones acústicas derivadas de las diferentes fases del Proyecto, cabe aclarar que dicha especie será objetivo de un plan de perturbación controlada, medida que busca alejar del área del Proyecto a la especie, hacia zonas estudiadas que presentan las condiciones y capacidad de carga para recibir a la cantidad de ejemplares a movilizar (esto se presenta con mayor detalle en el Anexo L de la Adenda, en el Documento Plan de Perturbación Controlada). Debido a esto, para la modelación acústica se tomaron estas zonas como hábitats de relevancia a considerar. Según lo dispuesto en la guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa”, Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 167 de 173

para los cururos se evalúa el posible efecto sobre la Reducción de la eficiencia reproductiva, para la cual se establece un umbral del 68 dB(A) promedio. Teniendo en cuenta este umbral, se procedió a realizar una modelación de emisiones acústicas estableciendo como receptores los puntos más cercanos a las fuentes de emisión de estas emisiones, tal como se presenta en la siguiente figura.

Figura Hábitats de Interés y Fuentes Emisoras

Fuente: Anexo G de la Adenda, 2023

Una vez definidos los receptores más cercanos posibles a la fuente de emisión, se procedió a realizar la modelación de emisiones acústicas para las diferentes fases del proyecto, tal como se muestra en la siguiente tabla.

Tabla Niveles de Presión Sonora para las Fases de Construcción y Operación Receptor Nivel proyectado dB(A) Fase de Construcción Nivel proyectado dB(A) Fase de Operación Umbral de Referencia Evaluación Criterio SEIA RM1 62,9 38,8 68 dB(A) Sin efectos RM2 61,7 39,4 68 dB(A) Sin efectos RM3 61,5 37,3 68 dB(A) Sin efectos RM4 56,4 37,6 68 dB(A) Sin efectos RM5 60,9 34,4 68 dB(A) Sin efectos RM6 60,6 40,6 68 dB(A) Sin efectos RM7 59 37,9 68 dB(A) Sin efectos RM8 53,4 39,7 68 dB(A) Sin efectos Fuente: Anexo G de la Adenda, 2023

De esta forma, se puede apreciar que los niveles de emisión sonora cumplen para todas las fases del Proyecto con el umbral más bajo evaluado. De esta forma, se descarta cualquier afectación por parte del Proyecto a los Cururos, derivado de las emisiones acústicas generadas por las partes, obras y acciones del Proyecto.

12.3.2.8.3 observación:

Además, se solicita aclaración de la forma en que tratarán los residuos peligrosos una vez que vayan haciendo mantenimiento a los paneles solares.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a aspectos descriptivos del proyecto en evaluación. A este respecto se indica que los residuos peligrosos serán destinados a un relleno sanitario de seguridad autorizado por la autoridad sanitaria. En el caso particular de los paneles solares, su disposición dependerá del estado del módulo fotovoltaico, definiéndose un tratamiento acorde a la siguiente tabla:

Estado del módulo Vía de tratamiento El módulo deja de funcionar debido a fallas menores reparables. Acondicionamiento a través de reparación o cambio de partes del módulo para su reutilización. El módulo ha llegado al fin de su garantía o vida útil predeterminado por el productor (sin dejar de funcionar) El módulo sigue en su lugar instalado sin cambios o se desinstala para su reutilización en un mercado secundario. Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 168 de 173

El módulo ha bajado en eficiencia (degradado) de forma leve y todavía cuenta con una eficiencia útil Desinstalación y reciclaje El módulo deja de funcionar por fallas mayores que no son reparables Desinstalación y reciclaje

Los paneles utilizados en el proyecto se componen de silicio cristalino sustancia no catalogada como peligrosa de acuerdo con la Resolución 714 del Ministerio de Salud. Por lo que los paneles serán tratados como residuos industriales, no peligrosos. Para la disposición final de los módulos, se contará con un profesional encargado con la responsabilidad de verificar si surge en Chile una empresa que realice reciclaje de paneles solares a través del proceso de separación mecánica o física. En caso de que tal empresa no exista, ese derivará los paneles a una empresa de valorización de residuos que se adapte a los requerimientos, y que se encuentre más cercana al área de emplazamiento del Proyecto. Cabe destacar que la vida útil promedio de los paneles es de 30 años, por lo tanto, el reemplazo de paneles antes de eso será algo que ocurrirá de forma ocasional, solo en la medida que haya fallas de algunas unidades.

12.3.2.8.4 observación:

También se pide aclaración de todo el impacto que tendrá en la comunidad todo el personal que trabajará en la faena, el cual es alrededor de un tercio de toda la población de Remolino, Parronal y Remolino.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que hace referencia a un aspecto de la descripción del proyecto. A este respecto se indica que no existirá un problema por la población flotante durante la construcción, debido a que los trabajadores irán al proyecto desde Curicó, este tránsito vehicular fue evaluado en el Estudio de Vialidad presentando en el Anexo 2-7 de la DIA, además se priorizará la compra de insumos en otras localidades para no generar desabastecimiento en el sector.

12.3.2.8.5 Observación:

Actualmente soy la presidenta de la junta de vecinos de Peralillo, comuna de Hualañé. En representación de algunos vecinos adjunto sus observaciones, que principalmente están enfocadas en el cuidado de las abejas. Daño y desorientación de las abejas poniendo a futuro en riesgo la agricultura que bastante esta dañada con los desastres vividos últimamente con el tema climático y por posibles incendios.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación dado que hace referencia a un aspecto de descripción de medio humano y actividades asociadas. Al respecto se indica que se realizó un levantamiento de la actividad apícola cercana al área del proyecto, entre los días 22 y 24 de enero con una visita a terreno y entrevistas/encuestas a los vecinos que realizan esta actividad en el sector. Los resultados se presentan en el Anexo E Caracterización Actividad Apícola de Adenda Complementaria. En el levantamiento de información en terreno se identificó la presencia de 19 apiarios y de 13 apicultoras y apicultores, los cuales se encuentran distribuidos en las localidades cercanas al área del Proyecto. Dentro del área de estudio se identificó la presencia de 8 apiarios. Los apicultores identificados dentro del área de estudio se emplazan en relación con los ejes viales del sector: la Ruta J-60, J-70-I (Camino a Los Coipos) y Camino a Las Viñas. La figura ilustra lo anteriormente comentado.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 169 de 173

Figura: Ubicación Apiarios

En la campaña de terreno se entrevistó a 6 apicultores, 5 de estos se ubican en el sector del Área de estudio. La individualización y la ubicación de cada apicultor entrevistado puede ser revisada en el Anexo E Caracterización Actividad Apícola, y en la Figura AC-.

Figura AC-: Ubicación Apicultores Entrevistados

En relación con especies florales, dentro del radio de forrajeo definido en el Anexo E Censo Apícola, se encontraron las siguientes especies melíferas, las que se presentan en la Tabla AC-.

Tabla AC-: Especies Melíferas potencialmente presentes en la zona de estudio Especie Origen Forma de Vida Acacia caven Nativa Árbol Aristotelia chilensis Nativa Árbol Brassica rapa Exótica Hierba Caesalpinia spinosa Nativa Árbol Echium vulgare Exótica Hierba Escallonia pulverulenta Nativa Árbol Escallonia revoluta Nativa Árbol Escallonia rubra Nativa Arbusto Eucalyptus globulus Exótica Árbol Gevuina avellana Nativa Árbol Hypochaeris radicata Exótica Hierba Lithraea caustica Nativa Árbol Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 170 de 173

Lotus uliginosus Exótica Hierba Luma apiculata Nativa Árbol Medicago sativa Exótica Hierba Myrceugenia exsucca Nativa Árbol Persea americana Exótica Árbol Peumus boldus Nativa Árbol Quillaja saponaria Nativa Árbol Rubus ulmifolius Exótica Arbusto Schinus latifolius Nativa Árbol Schinus poligamus Nativa Árbol Retanilla trinervis Nativa Arbusto

Cabe destacar que existe preocupación en los entrevistados por la sobrevivencia de las abejas ante el uso de herbicidas en el manejo agrícola, forestal o industrial. No obstante, en el presente Proyecto fotovoltaico no se contempla el uso de este tipo de productos herbicidas o pesticidas. El radio de forrajeo de abejas es amplio, recorriendo una distancia aproximada promedio de 5 km, la cual puede variar hacia distancias mayores según existan fuentes de alimento atractivas. En el Área Potencial de Forrajeo existe una gran variedad de especies vegetales disponibles para las abejas. Además, se observa la presencia importante de especies de tipo melíferas dentro del área señalada, por ejemplo: Acacia caven, Eucaliptus globulus y Quillaja saponaria. Existe variedad de formaciones vegetales dentro del área potencial de forrajeo, de las cuales solo una sección menor al 4% tendría alguna relación con el Proyecto. La superficie de corta de vegetación calculada corresponde a un 3,7 % del total del Área Potencial de Forrajeo.

12.3.2.8.6 Observación:

Considero que a este proyecto le faltó preocuparse de los Apicultores, son demasiadas las colmenas que existen. Va a generar desorientación en las abejas. Hay pruebas del daño en las abejas. Don Modesto Núñez tuvo como 70 colmenas a 50 metros de un proyecto fotovoltaico pequeño ubicado en Villa Prat. Al día de hoy sólo le quedaron 3 colmenas.

Evaluación Técnica

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, dado que se relaciona con eventuales efectos negativos del proyecto en evaluación. Respecto a lo señalado, según los resultados presentados en el estudio “Electromagnetic fields disrupt the pollination service by honeybees” (Molina et al, 2023), los campos electromagnéticos derivados de las líneas de alta tensión pueden generar estrés sobre los polinizadores. Para este estudio se simuló en laboratorio la emisión de un campo electromagnético de una intensidad aproximada de 7,8 µT, simulando una distancia de 10 m a las Líneas de Transmisión Eléctricas. Esta intensidad es exponencialmente mayor a los resultados obtenidos para la modelación de campos electromagnéticos (Apéndice B del Anexo 2-1 de la DIA) para el presente Proyecto. En el caso del Proyecto se contemplan 2 tipos de líneas, la primera corresponde a una línea de 33kV utilizada para los cruces aéreos entre las diferentes secciones del PSF Chimango, mientras que la segunda corresponde a una línea de alta tensión de 220 kV, la que conectará la subestación elevadora del Proyecto a la Subestación Nueva Mataquito, realizando todo su recorrido al interior del predio donde se instalará el Proyecto. A partir de este antecedente se procedió a hacer la comparación entre los resultados obtenidos para el límite de la franja de seguridad de las líneas del Proyecto con el valor utilizado en este estudio. En el caso de la línea de 33kV el valor de intensidad de los campos magnéticos corresponde a 3,34 µT, siendo menos de la mitad de los valores utilizados para el estudio. En el caso de la línea de alta tensión de 220kV los valores obtenidos para los límites de la franja de seguridad son de 1,86 µT, cuyo valor es más de 4 veces menor al utilizado en el estudio referenciado. Si bien, debido al bajo valor de los campos magnéticos no se generará una afectación a la apicultura local de la zona, también es necesario agregar que el estudio citado enmarca la zona de afectación entre los 10 a 25 metros desde la línea de transmisión que se utilizó como referencia y que corresponde a abejas expuestas durante un tiempo a los campos electromagnéticos. De esta forma, al no existir actividad apícola al interior del predio y la línea de transmisión del Proyecto encontrarse alejada de los posibles receptores más cercanos, se descarta que se genere un daño de cualquier intensidad sobre el desarrollo de la apicultura de la zona.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 171 de 173

13.- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

14.- Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1.- de la presente Resolución.

15.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

16.- Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

17.- Que, para que el proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

18.- Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

19.- Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VII Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

20.- Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

21.- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO”, de Parque Solar Fotovoltaico Chimango SpA.

2°. Certificar que el proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO CHIMANGO” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146, 148, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Resolución de Calificación Ambiental ; PARQUE FOTOVOLTAICO CHIMANGO ; Página 173 de 173

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Maule SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule SEREMI Medio Ambiente, Región del Maule SEREMI MOP, Región del Maule Servicio Nacional Turismo, Región del Maule CONADI, Región del Biobío Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Distribución Observantes PAC

1.- Enediht Rojas Meza, rojasenediht@gmail.com 2.- Oscar Valenzuela, contacto@grupoasec.cl 3.-Sergio Antonio Núñez Aliaga, sergionu.a@gmail.com 4.- Paulina Verónica Fuenzalida de La Barra, pfuenzalidadlb@gmail.com 5.- Leonardo Alberto Céspedes Céspedes, leonar2.cespedes@gmail 6.- Juan Román Herrera Espronceda, carolinamh7@gmail.com 7.- Marta Elena Espronceda Retamal, carolinamh7@gmail.com 8.- Carolina Andrea Muñoz Herrera, carolinamh7@gmail.com

CC:

Encargada Participación Ciudadana Oficial de Partes SEA Región del Maule