Modificación Cantera Hernán Muñoz
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Valparaíso
Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz”.
Valparaíso <FECHA
VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 7 de noviembre de 2024 y su Adenda Complementaria de fecha 3 de octubre de 2025, del proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz”, presentado por Vladimir Hernán Muñoz Cavallera con fecha 15 de mayo de 2023. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz”. 3°. El Acta de Evaluación N°16 de fecha 29 de mayo de 2023, del Comité Técnico de la Región de Valparaíso. 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz” de fecha 10 de noviembre de 2025. 5°. El acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria N°23 de fecha 18 de noviembre de 2025, de la Comisión de Evaluación de la región de Valparaíso. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz”. 7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N°20.417; en el Decreto Supremo N°40 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”), de fecha 30 de octubre de 2012, publicado en el Diario Oficial con fecha 12 de agosto de 2013, Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “Reglamento SEIA”), y sus modificaciones; en la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°37, de fecha 15 de octubre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, que “Aprueba Modificación Texto Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso”; la Resolución Exenta RA 119046/195/2023, de fecha 16 de junio de 2023, de la Directora Ejecutiva del SEA, que nombra Directora Regional del SEA de la Región de Valparaíso a doña Paola La Rocca Mattar.; y, la Resolución Nº36, del 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
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CONSIDERANDO: 1°. Que, Vladimir Hernán Muñoz Cavallera (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social Vladimir Hernán Muñoz Cavallera. Rut 5.391.183-8. Domicilio Fundo El Palomar, Hijuela E, Ruta F-390 San Pedro, Quillota. Nombre del representante legal Vladimir Hernán Muñoz Cavallera. Domicilio del representante legal Fundo El Palomar, Hijuela E, Ruta F-390 San Pedro, Quillota. Correo electrónico Titular o representante legal vmunoz@canteralavirgen.cl 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 10 de noviembre de 2025, la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Valparaíso ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: • El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. • Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos establecidos en los artículos 138, 140, 148, 156, 157 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. • No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental. • El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. 3°. Que, por acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria N°23 de fecha 18 de noviembre de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso acordó calificar ambientalmente favorable el proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 10 de noviembre de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Aumentar la oferta de materiales, agregando a los dos frentes de trabajo en funcionamiento, un tercer frente denominado “Verónica”. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones “i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda” y según su Reglamento D.S. N°40/2013, Ministerio del Medio Ambiente, artículo 3, letra i.5. “Se entenderá que los proyectos o actividades de extracción de áridos o greda son de dimensiones industriales cuando: i.5.1. Tratándose de extracciones en pozos o canteras, la extracción de áridos y/o greda sea igual o superior a diez mil metros cúbicos mensuales (10.000 m³/mes), o a cien mil metros cúbicos (100.000 m³) totales de material removido durante la vida útil del proyecto o actividad, o abarca una superficie total igual o mayor a cinco hectáreas (5 ha)”. Vida útil 25 años. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 3
Monto de inversión USD $ 5.000.000.- (cinco millones de dólares estadounidenses). Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Instalación de señalización camino frente Verónica. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No Modifica un proyecto existente sin RCA. X
Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Valparaíso, provincia y comuna de Quillota, específicamente, en el predio rol 325-1 emplazado fuera del límite urbano vigente, en la Ruta F-64 11.500 Fundo El Palomar Sector Lo Venecia – San Pedro Hijuela E, según consta en el Certificado de Condiciones Previas Folio N°6887 adjunto en el Anexo 6 de la DIA. Descripción de la localización El predio donde se desarrollará el proyecto presenta buenas condiciones para la extracción de roca y maicillo, ya que, es un lugar con buenas características de material integral, en este caso, una roca sedimentaria, cuya principal cualidad es su buen comportamiento mecánico y su resistencia. Superficie Superficie total de explotación de 23,98 ha. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Tabla 4.2.1: Coordenadas UTM referenciales de los vértices del predio del Proyecto.
Fuente: Tabla 1.1 del Capítulo 1 de la DIA. Caminos de acceso Los caminos a utilizar son existentes y dependiendo del origen oriente o poniente de los vehículos que accederán a la cantera, se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 4
presentan dos vías diferentes para aproximarse al área del Proyecto: • Poniente: Ruta 64 / Ruta F-390. • Oriente: Ruta 60 CH / Ruta F-390. El acceso al Proyecto se efectúa por el portón de entrada al predio a través de la Ruta F-390 San Pedro – Quillota, este portón se encuentra a una distancia aproximada de 200 m desde la intersección de las rutas 64 y F-390, y a unos 26 km desde la intersección de las rutas 60 CH y 64. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Capítulo 1 de la DIA. En el Anexo B de la Adenda. Anexos B y H de la Adenda Complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN La Cantera Hernán Muñoz corresponde a una actividad que tiene tres frentes de trabajo, dos de los cuales (“La Virgen” y “Carolina”) iniciaron sus actividades en forma previa al año 1997. A contar del año 2002 se abre otro frente (“Verónica”), que hoy se encuentra cerrado. Por lo antes señalado, existen instalaciones ya construidas y que se utilizaran para la operación del presente proyecto y que se detallan en la siguiente tabla. Tabla 4.3.1.1: Instalaciones ya existentes y sus superficies.
Fuente: Tabla 1.4 del capítulo 1 de la DIA.
Lo mismo ocurre con los caminos:
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Tabla 4.3.1.2: Caminos interior existentes a utilizar por el proyecto y sus características.
Fuente: Tabla 1.5 del capítulo 1 de la DIA. Señalización. Señalización de tránsito para seguridad interna. Obras de acceso RutaF-390 Pavimentación del acceso a la ruta F-390 desde el Proyecto. Sistema de tratamiento de aguas servidas. Sistema de fosas sépticas, a ubicarse en la oficina de despacho de 2.200 litros, para 4 personas. Obras de canalización. • Canal 1: mampostería de piedra con una longitud de 372 m y una base de 90 cm. • Canal 2: mampostería de piedra con una longitud de 190 m y una base de 70 cm. • Badén: en mampostería de piedra de 30 cm, instalada sobre un emplantillado de hormigón de 10 cm. • Descarga (pedraplén): corresponderá a un rectángulo de 7 x 14 m aproximadamente. Instalación de señalética. Se instalarán los siguientes tipos de señalizaciones: a) Señales reglamentarias. b) Señales de advertencia de peligro. c) Señales informativas. Mejoramiento de caminos interiores. Se realizará una limpieza del camino existente de acceso al frente Verónica y posterior a ello, tanto para este camino como para los otros caminos existentes, se colocará un Tratamiento Superficial Simple (TSS) o similar, el cual consiste en la aplicación uniforme de una emulsión asfáltica sobre una base granular, seguida por una capa de agregado de tamaño uniforme. Obras de acceso Ruta F-390. Pavimentación del acceso a la ruta F-390 desde el Proyecto. Canalización de aguas lluvias. Construcción de canales para evitar la infiltración y acumulación de agua en los taludes de los frentes de trabajo. Recursos naturales renovables Para las obras de canalización se requerirá: a) Suelo: intervención de 1,1 ha. b) Vegetación: extracción de 0,71 ha. Emisiones y efluentes a) Material particulado (MP10, MP2,5 y MPS) y Gases (CO, NOx, SOx y HC). En el Anexo D.1 de la Adenda, se entrega el informe de estimación de emisiones para el proyecto, siendo este complementado en el Anexo D.2 de la Adenda Complementaria, en este último se entregan los datos para la fase de construcción de las obras de canalización que se introducen en esa Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 6
etapa del proceso de evaluación ambiental, por lo que las emisiones para esta fase se detallan en la siguiente tabla. Tabla: 4.3.1.3: Emisiones totales fase de construcción.
Fuente: Tabla 16 del Anexo D.2 de la Adenda Complementaria. Las emisiones más altas para la fase de construcción corresponden al MPS resuspendido por el tránsito de vehículos en caminos internos no pavimentados. Le siguen en importancia las emisiones de MP10 resuspendido por la misma actividad. En tercer lugar, se encuentran las emisiones de MPS resuspendido en caminos pavimentados Las emisiones atmosféricas más altas obtenidas para las obras de canalización corresponden al material particulado sedimentable (MPS) resuspendido por el tránsito de vehículos en caminos internos no pavimentados. Le siguen en importancia las emisiones de MP10 generado por la misma actividad. En tercer lugar, se encuentran las emisiones de MPS generado por las excavaciones. El Proyecto se encuentra dentro del área regulada por el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la provincia de Quillota y las comunas de Panquehue, Catemu y LlaiLlay, sin embargo, las emisiones atmosféricas máximas estimadas para las fases de ejecución del Proyecto no sobrepasarán los límites establecidos en el anteproyecto de dicho Plan. Tabla: 4.3.1.4: Emisiones fase de construcción en relación con el anteproyecto del Plan de prevención y descontaminación atmosférica Provincia de Quillota y las Comunas de Catemu, Panquehue y Llay Llay.
Fuente: Tabla 16 del Anexo D.2 de la Adenda Complementaria. De acuerdo con el artículo 67 del D.S. N°18/2023 del Ministerio del Medio Ambiente “Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Provincia de Quillota y las comunas de Catemu, Panquehue y Llaillay” publicado con fecha 23 de octubre 2025, el Proyecto no tendrá la obligación de compensar sus emisiones totales anuales. b) Emisiones líquidas o efluentes. Se estima una emisión máxima de 0,96 m³/día, las cuales serán manejadas en el sistema particular de tratamiento. c) Ruido. • Receptores humanos. En el Anexo D.1 de la Adenda Complementaria, se entrega el estudio de impacto acústico y vibratorio actualizado. Los receptores sensibles se muestran en la siguiente figura.
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Figura 4.3.1.1: Receptores sensibles medio humano.
Fuente: Ilustración 2 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Ruido fuentes fijas. Del análisis realizado, el proyecto no superará los límites establecidos por el D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, en periodo diurno, que es el que se evaluó ya que no habrá faenas en horario nocturno. Tabla 4.3.1.5: Evaluación de cumplimiento D.S. Nº38/2011 del MMA, construcción.
Fuente: Tabla 38 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Ruido fuentes móviles. La norma de referencia utilizada es la FTA Report No. 0123 “Transit Noise and Vibration Assessment” de Estados Unidos, respecto de la cual, la evaluación realizada muestra que no se superará el máximo establecido. Tabla 4.3.1.6: Emisiones de ruido.
Fuente: Tabla 50 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Por lo tanto, los niveles de ruido generados cumplirán con los máximos establecidos en el Decreto Supremo Nº38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente y en la norma de referencia FTA Report No. 0123 “Transit Noise and Vibration Assessment” de Estados Unidos. • Fauna nativa. Para la evaluación de ruido en fauna se utilizaron las referencias indicadas en el documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEA, diciembre 2022). Los hábitats de relevancia o receptores para el proyecto se muestran en la siguiente imagen.
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Figura 4.3.1.2: Receptores sensibles para fauna nativa.
Fuente: Ilustración 3 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Los resultados para cada uno de los taxones encontrados son los siguientes: Fuentes fijas. i. Mamíferos: Se aprecia en la siguiente tabla que las emisiones esperadas para la fase de construcción cumplirán con el umbral de 68 dB(A) que establece el Criterio SEA para efecto conductual para mamíferos. Tabla 4.3.1.7: Evaluación efecto conductual para mamíferos.
Fuente: Tabla 39 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. ii. Avifauna: Se aprecia en la siguiente tabla que las emisiones esperadas para la fase de construcción cumplirán con el umbral de 68 [dB(A)] que establece el Criterio SEA para efecto conductual y fisiológico para avifauna. Tabla 4.3.1.8: Evaluación efecto conductual y fisiológico para avifauna.
Fuente: Tabla 40 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. iii. Reptiles: Se aprecia en la siguiente tabla que las emisiones esperadas para la fase de construcción cumplirán con el umbral de 75 [dB(A)] que establece el Criterio SEA para efecto conductual de reptiles. Tabla 4.3.1.9: Evaluación efecto conductual de reptiles.
Fuente: Tabla 41 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Por otro lado, de acuerdo con la Ilustración 19 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria, el contorno de afectación se describe a 15 m, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 9
interceptando los puntos de fauna 2 y 5 que se encuentran dentro del área de intervención. Por lo anterior, se implementarán las siguientes medidas de control: • Buffer de perturbación controlada. En las fases de construcción, operación y cierre, para los receptores de fauna que se encuentran al interior de las áreas del proyecto, receptores de fauna 2 y 5, se implementará un plan de perturbación controlada, para cumplir con los valores límites; dicho buffer de perturbación controlada corresponde a 15 m para las fases de construcción, 115 m para la fase de operación y 24 m para la fase de cierre. • Pantalla acústica móvil o biombo acústico. Pantalla acústica instalada alrededor de la maquinaria o faena emisora hacia los receptores de fauna. Para su correcto funcionamiento, la materialidad de la pantalla cumplirá con una densidad mínima de 10 kg/m2 (ej.: planchas de OSB de 15 mm para construcción y hormigón para operación) y presentará hermeticidad en las uniones. Además, para la fase de construcción, se incorporará material fonoabsorbente (ej. lana de vidrio o mineral) en su cara interior (zona donde se encuentra la fuente de ruido). Dicha pantalla acústica se implementará sólo si se identifica presencia de avifauna y/o mamíferos dentro del área de proyecto antes o durante las actividades de construcción, operación o cierre. Fuentes móviles. i. Mamíferos. Se aprecia en la siguiente tabla que las emisiones esperadas para la fase de construcción cumplirán con el umbral de 68 dB(A) que establece el Criterio SEA para efecto conductual para mamíferos. Tabla 4.3.1.10: Evaluación efecto conductual para mamíferos.
Fuente: Tabla 51 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. ii. Avifauna. Se aprecia en la siguiente tabla que las emisiones esperadas para la fase de construcción cumplirán con el umbral de 68 dB(A) que establece el Criterio SEA para efecto conductual y fisiológico para avifauna. Tabla 4.3.1.11: Evaluación efecto conductual y fisiológico para avifauna.
Fuente: Tabla 51 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. iii. Reptiles. Se aprecia en la siguiente tabla que las emisiones esperadas para la fase de construcción cumplirán con el umbral de 75 dB(A) que establece el Criterio SEA para efecto conductual de reptiles.
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Tabla 4.3.1.12: Evaluación efecto conductual de reptiles.
Fuente: Tabla 41 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Por lo tanto, los niveles de ruido en los puntos receptores cumplirán con los umbrales analizados. d) Vibraciones. Los niveles vibratorios proyectados para maquinaria pesada fueron evaluados mediante la guía americana de la FTA Report No. 0123 “Transit Noise and Vibration Assessment”, los máximos que establece la norma de referencia usada se muestran en la siguiente tabla. Tabla 4.3.1.13: Niveles máximos de referencia según FTA.
Fuente: Tabla 20 Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Los resultados obtenidos indican que no se superaran los niveles máximos definidos por la norma de referencia utilizada. Tabla 4.3.1.14: Evaluación de cumplimiento. Vibraciones generadas por maquinaria pesada. Criterio de daño.
Fuente: Tabla 58 Anexo D.1 de la Adenda Complementaria.
Tabla 4.3.1.15: Evaluación preliminar de cumplimiento. Vibraciones generadas por maquinaria pesada. Criterio de molestia.
Fuente: Tabla 59 Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Por lo tanto, los niveles de vibración máxima en los puntos receptores, producto del uso de maquinaria asociada al proyecto, cumplirán con la norma de referencia utilizada. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuo sólido domiciliario: Se estima la generación promedio de 105 kg mensuales de estos residuos, los que serán almacenados temporalmente en la zona de almacenamiento de residuos, y retirados una vez por semana para ser dispuestos en sitios de disposición final autorizados. b) Residuos no peligrosos: Se estima la generación de 3 m³ de estos residuos durante toda la fase de construcción, como restos de hormigón, fierros, madera, PVC, etc., los que serán almacenados temporalmente en la zona de almacenamiento de residuos, y dispuestos en sitios autorizados. c) Residuos peligrosos: Se estima la generación de 0,24 m³ totales durante la fase de construcción, correspondientes a paños, huaipes y elementos de protección personal (EPP) contaminados con restos de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 11
aceite o petróleo y arena contaminada, entre otros, los que serán almacenados temporalmente en la zona de almacenamiento de residuos peligrosos existente, y dispuestos en sitios de disposición final autorizados. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.6 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Instalaciones de apoyo existentes. Corresponde a: • Oficina administrativa / técnica. • Dormitorios, baños y comedor. • Bodega de materiales generales. • Bodega de materiales peligrosos. • Zona mantenimiento. • Oficina de despacho de la cantera. • Polvorín de explosivos. Se cuenta con electricidad y conexión definitiva de agua potable y sistema particular de alcantarillado. Zona de acopio residuos no peligrosos. Sector destinado al acopio de residuos no peligrosos como fierros y otros. Frentes. Corresponde a los frentes de trabajo Carolina, La Virgen y Verónica. Taludes de extracción. Geoforma de las áreas extraídas de acuerdo con el proyecto de extracción que se adjunta en el Anexo A.1 de la Adenda Complementaria. Zona de acopio residuos no peligrosos. Consiste en un radier con canaleta de aguas lluvias, donde se dispondrán espacios separados para cartón, madera, fierro y vidrio, y un sector para residuos domiciliarios que contendrá tachos con tapas. Escarpe. Corte de la cobertura vegetal del área sobre la cual se efectuará la extracción de material, en promedio a 27 m³ mensuales. El escarpe se acopiará temporalmente a un costado de la zona de extracción despejada. Dicho material se irá depositando, durante la operación del proyecto, sobre las zonas de extracciones donde se haya concluido la actividad. Explotación canteras. Los volúmenes de explotación durante la vida útil del Proyecto se muestran en la siguiente tabla. Tabla 4.3.2.1: Volumen de material disponible y extracción proyectada.
Fuente: Tabla 5 de la Adenda. En el Anexo A.1 de la Adenda Complementaria, se adjunta el proyecto de extracción, el informe de ensayos de laboratorio de mecánica de rocas para determinación de propiedades índice, resistentes y elásticas de roca Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 12
intacta del proyecto, y en el Anexo A.3 de la misma adenda, se adjunta informe estabilidad de talud. La extracción de arcilla y maicillo se realizará directamente desde el mismo cerro con una máquina excavadora y consiste en la remoción del material presente en el área de operación, el cual va siendo desprendido de la roca madre mediante la ejecución de terrazas de relación de aspecto 1:1 (H:V), de 10 m de altura y plataformas de 3 m a 30 m de ancho máximo. Este material se extraerá del cerro mediante un proceso de perforación y tronadura con explosivos. El proceso de perforación se realizará de manera interna con una perforadora, la cual funciona con estanque de agua para minimizar las partículas de polvo. El proceso de tronadura y manipulación de explosivos se realizará de manera programada, por una empresa externa autorizada. Posteriormente, el material será separado por tamaño y depositado en acopios temporales en la misma zona de extracción, para luego ser cargado sobre camiones de clientes, los cuales tendrán una capacidad promedio de 20 m3. Verificación geoforma taludes de extracción. De acuerdo con lo señalado en el proyecto de extracción actualizado, adjunto en el Anexo A de la Adenda Complementaria, se realizará un monitoreo anual mediante aerofotogrametría a medida que se desarrolle la extracción, emitiéndose un informe técnico elaborado por un profesional competente. Según se señala en la DIA, numeral 1.7.6.2, en caso de identificarse diferencias entre la geoforma real y la geoforma proyectada, se efectuará la rectificación correspondiente a la geoforma del talud. Las principales variables por analizar serán la pendiente del talud, altura y ancho y nivelación de terrazas, así como el perímetro del área de extracción. Reacondicionamiento del suelo. La tierra vegetal removida a medida que se avanza en la extracción de material se acopiará temporalmente a un costado de la zona de extracción ya escarpada, para ser utilizada posteriormente en el reacondicionamiento del suelo de las terrazas. A medida que se vaya concluyendo la actividad de extracción en cada terraza de los frentes de trabajo se irá cubriendo con una capa de esa tierra extraída y se agregará un fertilizante como mejorador de suelo. Será una actividad continua que se desarrollará desde la fase de operación, y culminará en la fase de cierre con el vertimiento del material de escarpe sobre las terrazas remanentes. Venta y retiro de material. Todos los productos, tanto maicillo, arcilla y roca, serán despachados y cargados sobre camiones de clientes. Durante esta fase se implementará un sistema de registro de salida de camiones de acuerdo con las guías de despacho y boletas, que se mantendrá en obra cuyo formato incluirá al menos: fecha de ingreso/salida, patente u otra identificación del camión, tipo y cantidad de material despachado y capacidad del camión. Productos generados Como productos, este Proyecto generará maicillo en su estado natural y roca como producto natural. Recursos naturales renovables a) Suelo: 23,98 ha para la extracción de áridos de los tres frentes. b) Vegetación: Corta de 19,52 ha de bosque esclerófilo. Emisiones y efluentes a) Material particulado (MP10, MP2,5 y MPS) y Gases (CO, NOx, SOx y HC). Durante esta fase se generarán emisiones a la atmósfera producto de las faenas de extracción de áridos en cada frente y del tránsito de camiones, que consistirá principalmente en material particulado. También se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 13
generarán las emisiones atmosféricas correspondientes a la combustión de motores de la maquinaria, camiones y grupo electrógeno utilizados durante las faenas de extracción de áridos. La evaluación de la totalidad de las emisiones asociadas al Proyecto, en el Anexo D.1 de la Adenda, se entrega la estimación de emisiones. Tabla 4.3.2.2: Estimación de emisiones atmosféricas operación.
Fuente: Tabla 6-2 del Anexo D.1 de la Adenda. A partir de los resultados obtenidos, se concluye que las mayores emisiones de contaminantes atmosféricos se generarán durante el año 25 de la fase de operación, donde se han estimado niveles de actividad considerando el máximo proyectado a extraer, con el propósito de evaluar el impacto del peor escenario posible. Las emisiones más importantes para la fase de operación corresponden al MPS emitido en las actividades de extracción de material en el frente “La Virgen” (8,2 t/año). Le siguen en importancia las emisiones de MPS generado por la excavación en el frente “Carolina” (5,7 t/año). En tercer lugar, se encuentran las emisiones de MP10 provenientes de las excavaciones realizadas en el sector correspondiente al frente “La Virgen” (1,7 t/año). El Proyecto se encuentra dentro del área regulada por el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la provincia de Quillota y las comunas de Panquehue, Catemu y LlaiLlay, sin embargo, las emisiones atmosféricas máximas estimadas para las tres fases del Proyecto no sobrepasan los límites establecidos en el anteproyecto de dicho Plan. Tabla 4.3.2.3: Emisiones del Proyecto respecto de los límites del anteproyecto del PPDA, operación.
Fuente: Tabla 7-2 del Anexo D.1 de la Adenda.
A continuación, considerando la peor condición, como los cálculos, teniendo presente los posibles traslapes de la fase de construcción y operación.
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Tabla 4.3.2.4: Emisiones del Proyecto respecto de los límites del anteproyecto del PPDA, operación.
Fuente: Tabla 24 de la Adenda. De acuerdo con el artículo 67 del D.S. N°18/2023 del Ministerio del Medio Ambiente “Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Provincia de Quillota y las comunas de Catemu, Panquehue y Llaillay” publicado con fecha 23 de octubre 2025, el Proyecto no tendrá la obligación de compensar sus emisiones totales anuales. Como una medida para el control de las emisiones generadas durante la operación del Proyecto, especialmente, de material particulado se aplicará asfalto en los caminos internos que recorrerán los camiones desde los frentes de extracción de material hacia la zona de despacho al cliente y la ruta F-390. Para controlar y minimizar estas emisiones, se adoptarán las siguientes medidas: • Durante la perforación de la roca se aplicará agua desde el estanque que dispone la perforadora. • Caminos con TSS (Tratamiento Superficial Simple) aplicado. En el Anexo D.2 de la Adenda, se entrega el informe de “Modelación de Calidad del Aire” mediante el modelo meteorológico WRF (Weather Research and Forecasting - WRF), y el modelo de dispersión CAL-PUFF. La modelación de dispersión de contaminantes atmosféricos consideró MP10, MP2,5, MPS, CO, NOx y SOx. A continuación, se presentan las coordenadas UTM con la ubicación de los receptores sensibles considerados en la evaluación del Proyecto. Tabla 4.3.2.5. Receptores sensibles del modelo.
Fuente: Tabla 3-4 del Anexo D.2 de la Adenda. Los receptores sensibles se muestran en la siguiente imagen:
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Figura 4.3.2.1: Distribución de receptores sensibles o discretos.
Fuente: Imagen 3-7 del Anexo D.2 de la Adenda. La normativa primaria de calidad del aire aplicable al proyecto se detalla en la siguiente tabla: Tabla: 4.3.2.6: Normativa primaria de calidad del aire aplicable al Proyecto.
Fuente: Tabla 4-1 del Anexo D.2 de la Adenda. Para el análisis de los efectos sobre los recursos naturales se consideraron las siguientes normas secundarias de calidad de aire. Tabla 4.3.2.7: Normativa secundaria de calidad del aire aplicable al Proyecto.
Fuente: Tabla 4-2 del Anexo D.2 de la Adenda. Por otro lado, la norma secundaria de referencia para el material particulado sedimentable (MPS) utilizada es la norma suiza “Ordenanza de la Confederación Suiza sobre Control de Contaminación del Aire”. En la Tabla siguiente se presenta el aporte a las concentraciones obtenidas en los nueve (9) receptores discretos o de interés que se han definido para el Proyecto.
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Tabla 4.3.2.8: Aporte del Proyecto en Receptores Discretos – Fase de operación Año 25.
Fuente: Tabla 5-3 del Anexo D.2 de la Adenda.
Para definir la línea de base de calidad del aire de dicho contaminante se han empleado los datos oficiales presentados en el “Informe Técnico Cumplimiento de Norma de Calidad del Aire por MP10, Redes de Calidad del Aire Interior de Valparaíso” (mayo 2023) elaborado por la Sección de Calidad del Aire y Cambio Climático de la División de Fiscalización y Cumplimiento Ambiental de la Superintendencia de Medio Ambiente.
Tabla 4.3.2.9 Línea de base de calidad del aire para MP10 - Estación San Pedro. Período 2020 – 2022.
Fuente: Tabla 2-3 del Anexo D.2 de la Adenda.
Tabla 4.3.2.10: Línea de base de calidad del aire para MP2,5 - Estación San Pedro. Período 2020 – 2022. Norma Valor Norma [ug/m3N] Año Concentración [ug/m3N] Promedio % Norma
MP2,5 24 horas P98
50 2020 36
52
104,0% 2021 60 2022 52
MP2,5 anual
20 2020 15
16
80,0% 2021 17 2022 17 Fuente: Elaboración Propia, en base a expediente DIA “Proyecto Adecuaciones y Mejoras del Complejo Termoeléctrico Nehuenco”, Adenda Complementaria, Anexo IV-3 Informe Línea de Base de Calidad del Aire.
A continuación, se presenta el análisis normativo en los receptores discretos para las normas de calidad ambiental primarias para MP10 y MP2,5. El análisis normativo se consideró la condición basal de acuerdo con la estación monitora con representatividad población (EMRP) San Pedro.
Tabla 4.3.2.11: Análisis normativo en receptores discretos – Concentración diaria MP10. Receptor Aporte Proyec to (AP) Línea Base (LB) Estación San Concentración Proyectada LB+AP Concentración Proyectada Respecto norma Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 17
[ug/m3 N] Pedro [ug/m3N] [ug/m3N] (%) R1 7,65
74 81,65 62,8% R2 2,35 76,35 58,7% R3 2,45 76,45 58,8% R4 2,10 76,10 58,5% R5 1,53 75,53 58,1% R6 2,78 76,78 59,1% Estación San Pedro 0,13 74,13 57,0% Fuente: Elaboración Propia.
Tabla 4.3.2.12: Análisis normativo en receptores discretos – Concentración anual MP10. Receptor Aporte Proyecto (AP) [ug/m3N] Línea Base (LB) Estación San Pedro [ug/m3N] Concentración Proyectada LB+AP [ug/m3N] Concentración Proyectada Respecto norma (%) R1 1,52
39 40,52 81,0% R2 1,07 40,07 80,1% R3 1,23 40,23 80,5% R4 0,88 39,88 79,8% R5 0,61 39,61 79,2% R6 0,60 39,60 79,2% Estación San Pedro 0,04 39,04 78,1% Fuente: Elaboración Propia.
Tabla 4.3.2.13: Análisis normativo en receptores discretos – Concentración diaria MP2,5. Receptor Aporte Proyecto (AP) [ug/m3N] Línea Base (LB) Estación San Pedro [ug/m3N] Concentración Proyectada LB+AP [ug/m3N] Concentración Proyectada Respecto norma (%) R1 3,75
52 55,75 111,5% R2 1,12 53,12 106,2% R3 1,17 53,17 106,3% R4 1,00 53,00 106,0% R5 0,73 52,73 105,5% R6 1,35 53,35 106,7% Estación San Pedro 0,06 52,06 104,1% Fuente: Elaboración Propia.
Tabla 4.3.2.14: Análisis normativo en receptores discretos – Concentración anual MP2,5. Receptor Aporte Proyecto (AP) [ug/m3N] Línea Base (LB) Estación San Pedro [ug/m3N] Concentración Proyectada LB+AP [ug/m3N] Concentración Proyectada Respecto norma (%) R1 0,75
16 16,75 83,8% R2 0,50 16,50 82,5% R3 0,58 16,58 82,9% R4 0,41 16,41 82,1% R5 0,29 16,29 81,5% R6 0,29 16,29 81,5% Estación San Pedro 0,02 16,02 80,1% Fuente: Elaboración Propia. Conforme a las tablas anteriores, se puede indicar que, para el MP10 para el estadístico diario se encuentra en condición normal, para la concentración anual en los receptores R1, R2 y R3 se alcanzará a una condición de latencia. En relación con el MP2,5 para la concentración diaria P98 la condición basal establece una condición de saturación con 104% del valor de la norma, el máximo aporte del Proyecto será en el R1 con un 7,5% del valor de la norma, para el estadístico anual de MP2,5 la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 18
concentración proyectada en todos los receptores se mantendrá en condición de latencia. Por lo anterior, para el MP2,5 no se generará un aumento significativo de la concentración por sobre los límites de la concentración para la norma anual. En el caso del Material Particulado Sedimentable (MPS) generado en la fase de operación, se obtiene que en el punto de máximo impacto (PMI) el promedio anual alcanzará un valor de 0,015 µg/m2s, equivalente a 1,3 mg/m2 d. Siendo la norma anual de 200 mg/m2día según la Ordenanza de la Confederación Suiza Sobre Control de Contaminación del Aire, el aporte del Proyecto es bajo (0,65% de la norma), por lo que no generará un impacto significativo sobre los recursos naturales que se encuentren dentro del área de influencia del Proyecto. Las curvas de isodeposición anual de MPS se presentan en la siguiente Figura. Figura 4.3.2.1: Curvas de isodeposición MPS anual – Fase de Operación.
Fuente: Figura 5-10 del Anexo D.2 de la Adenda. El análisis de los resultados de la modelación, indica que las concentraciones proyectadas para el área donde se emplazará el Proyecto no superarán la normativa primaria y secundaria de calidad del aire vigente y de referencia, tanto en los receptores discretos o sensibles como en los puntos de máximo impacto, para los cinco contaminantes analizados. b) Emisiones líquidas. Para la fase de operación, se considera la generación de aguas servidas provenientes de los baños, lavatorios y duchas de los tres frentes de la cantera, para una dotación de 9 trabajadores, se estima una generación de aguas servidas de 1,08 m3/día. c) Ruido. Receptores humanos. En el Anexo D.1 de la Adenda Complementaria, se entrega el estudio de impacto acústico y vibratorio actualizado. Los receptores sensibles se muestran en la siguiente Figura 4.3.1.1 de la presente resolución. Ruido fuentes fijas. Del análisis realizado, el proyecto no superará los límites establecidos en el DS. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, en periodo diurno, que es el que se evaluó ya que no habrá faenas en horario nocturno.
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Tabla 4.3.2.15: Evaluación de cumplimiento D.S. Nº38/2011 del MMA, operación.
Fuente: Tabla 42 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Ruido fuentes móviles. La norma de referencia utilizada es la FTA Report No. 0123 “Transit Noise and Vibration Assessment” de Estados Unidos, respecto de la cual, la evaluación realizada muestra que no se superará el máximo establecido. Tabla 4.3.2.16: Emisiones de ruido. Fuente: Tabla 50 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Tronaduras. Del análisis realizado, el proyecto superará los límites establecidos por la norma de referencia utilizada, para los receptores 2, 3 y 4. Tabla 4.3.2.17: Evaluación de cumplimiento, tronaduras, operación. Fuente: Tabla 54 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Por lo anterior, se ejecutarán las siguientes medidas: • Restricción de carga. Se restringirá la carga máxima en función de la distancia respecto a la fuente, para cumplir en los receptores 2, 3 y 4, en la siguiente tabla se presentan los valores de carga máxima instantánea para cumplir con el umbral máximo permitido a medida que las tronaduras se alejen 10 m del punto receptor y el frente de extracción más cercano. Tabla 4.3.2.18: Carga máxima permitida en función de la distancia (receptores 2, 3 y 4 – tronaduras). Fuente: Tabla 63 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Con la implementación de esta medida se cumplirá con el umbral, tal como se muestra en la siguiente tabla:
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Tabla 4.3.2.19: Evaluación de cumplimiento, con la aplicación de medida, operación.
Fuente: Tabla 67 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Del análisis realizado, el proyecto cumplirá con la norma de referencia utilizada, considerando la ejecución de la medida de restricción de carga máxima. Receptores fauna nativa. Los receptores sensibles se muestran en la Figura 4.3.1.2 de la presente resolución. i. Mamíferos: Del análisis realizado, se aprecia que el proyecto superará el umbral de 68 dB(A) que establece Criterio SEA para efecto conductual para mamíferos en el receptor 3 por una diferencia de 3 dB(A). Tabla 4.3.2.20: Evaluación efecto conductual para mamíferos, fase de operación.
Fuente: Tabla 43 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. ii. Avifauna: Del análisis realizado, se aprecia que el proyecto supera el umbral de 58 dB(A) que establece Criterio SEA para efecto conductual para avifauna en los puntos 3 y 4 por una diferencia de hasta 13 dB(A). Tabla 4.3.2.21: Evaluación efecto fisiológico y conductual para avifauna, fase de operación. Fuente: Tabla 44 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. iii. Reptiles: Del análisis realizado, se aprecia que el proyecto cumple con el umbral de 75 dB(C) que establece Criterio SEA para efecto conductual para reptiles en todos los puntos. Tabla 4.3.2.22: Evaluación efecto conductual para reptiles, fase de operación.
Fuente: Tabla 45 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. A partir de los mapas de ruido de la fase de operación, los contornos asociados al umbral de afectación de avifauna y mamíferos de 58 dB(A) se describen a una distancia de 115 m. A partir de lo anterior, en la medida que exista fauna de interés en los receptores 2 y 5, existirá una afectación preliminar. Por lo anterior, es necesario implementar las siguientes medidas de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 21
control: • Buffer de perturbación controlada. En las fases de construcción, operación y cierre, para los receptores de fauna que se encuentran al interior de las áreas del proyecto, receptores de fauna 2 y 5, se implementará un plan de perturbación controlada, dicho buffer de perturbación controlada corresponde a 115 m para la fase de operación. • Pantalla acústica móvil o biombo acústico. Pantalla acústica instalada alrededor de la maquinaria o faena emisora hacia los receptores de fauna. Dicha pantalla tendrá una densidad mínima de 10 kg/m2 (ej.: planchas de OSB de 15 mm para construcción y hormigón para operación) y hermética en las uniones, sin perforaciones, vanos o aberturas. Estas pantallas serán montadas rodeando la fuente de ruido. Esta pantalla será implementa sólo si se identifica presencia de avifauna y/o mamíferos dentro del área de proyecto antes o durante las actividades de construcción, operación o cierre. Con la implementación de las medidas de control antes señaladas los niveles de ruido cumplirán con los umbrales de ruido para cada taxa, tal como se muestra en las siguientes tablas: Mamíferos: Tabla 4.3.2.23: Evaluación efecto conductual para mamíferos, fase de operación con medidas de control. Fuente: Tabla 64 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Avifauna: Tabla 4.3.2.24: Evaluación efecto conductual y fisiológico para avifauna, fase de operación con medidas de control.
Fuente: Tabla 65 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Reptiles: Tabla 4.3.2.25: Evaluación efecto conductual para reptiles, fase de operación con medidas de control.
Fuente: Tabla 65 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. d) Vibraciones. Los niveles vibratorios proyectados para maquinaria pesada fueron evaluados mediante la guía americana de la FTA Report No. 0123 “Transit Noise and Vibration Assessment”, los máximos que establece la norma de referencia usada se muestran en la siguiente tabla. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 22
Tabla 4.3.2.26: Niveles máximos de referencia según FTA.
Fuente: Tabla 20 Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Los resultados obtenidos indican que no se superaran los niveles máximos definidos por la norma de referencia utilizada. Tabla 4.3.2.27: Evaluación de cumplimiento. Vibraciones generadas por maquinaria pesada. Criterio de daño.
Fuente: Tabla 58 Anexo D.1 de la Adenda Complementaria.
Tabla 4.3.2.28: Evaluación de cumplimiento. Vibraciones generadas por maquinaria pesada. Criterio de molestia.
Fuente: Tabla 59 Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Se ha estimado que los niveles de vibración máxima en los puntos receptores, producto del uso de maquinaria asociada al proyecto, cumplen con la norma de referencia utilizada. La evaluación de vibraciones por tronaduras se realizó de acuerdo con los lineamientos de la normativa alemana DIN 4150-3/1999 para viviendas y edificaciones de similar diseño y habitabilidad, en la que se establece un valor límite de 5 mm/s, por lo que los siete (7) puntos fueron evaluados de acuerdo con el máximo referencial recién descrito, tanto para el criterio de molestia como el criterio de daño, donde los valores cumplen con los máximos recomendados en todos los puntos. Tabla 4.3.2.29: Proyección de PPV y evaluación de cumplimiento. Vibraciones generadas por tronaduras.
Fuente: Tabla 61 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos domiciliarios. Los residuos de tipo domiciliario o asimilables se estiman en 70 kg semanales y 294 kg mensuales durante la fase de operación. Para el almacenamiento temporal de estos residuos se dispondrá contenedores con ruedas y tapa de 120 litros de capacidad y serán retirados con una frecuencia de una vez por semana por el servicio municipal. b) Otros residuos no peligrosos. Los residuos no peligrosos corresponderán principalmente a restos de acero, EPP y filtros de aire, entre otros, y se estima que en total se generará 1 m3 mensual, siendo almacenados temporalmente en la zona de acopio, en una superficie que tiene una dimensión aproximada de 150 m2, posteriormente serán transportados a un lugar autorizado, manteniendo un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 23
registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. Tabla 4.3.2.30: Proyección generación mensual por tipo de residuo.
Fuente: Tabla 1.32 del capítulo 1 de la DIA. c) Residuos peligrosos. Se generará aceite usado, filtros de aceite usados; elementos de protección personal desechados, huaipes, paños y envases impregnados con aceite usado o petróleo, baterías usadas y arena contaminada. Tabla 4.3.2.31: Estimación de residuos peligrosos generados semestralmente en la fase de operación.
Fuente: Tabla 1.34 del capítulo 1 de la DIA. Los residuos peligrosos serán dispuestos en forma temporal en la bodega de residuos peligrosos, en recipientes identificados, para luego ser retirados con una frecuencia máxima de 6 meses por empresas de transporte autorizadas, disponiendo finalmente los residuos peligrosos en lugares también autorizados. La cantera cuenta con una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos con una capacidad máxima de almacenamiento de 20 m3, la cual se encuentra autorizada por la Seremi de Salud Oficina Provincial Quillota mediante la Resolución N°351 de fecha 10 de abril de 2019, documento que se adjunta en el Anexo 6 de la DIA, la cual cuenta con capacidad para ser utilizada por el presente proyecto. d) Sustancias peligrosas. Sustancias peligrosas como pintura y diluyente, estimando un total de 5 litros mensuales. e) Explosivos. El detalle se muestra en la siguiente tabla.
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Tabla 4.3.2.32: Almacenamiento promedio de explosivos.
Fuente: Tabla 1.24 del capítulo 1 de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.7 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE Cercos de seguridad. Instalación de cercos delimitadores para accesos seguros. Instalaciones de apoyo. Las existentes y utilizadas en las otras fases. Señalización. Desinstalación señalética de operación e instalación señalética de seguridad para el cierre. Verificación geoforma taludes de extracción. Se realizará una topografía de las áreas sometidas a extracción con la finalidad de verificar que estén cumpliendo con la geoforma final establecida para el cierre. En caso de identificarse diferencias entre la geoforma real y la proyectada, se efectuará la rectificación correspondiente a la geoforma del talud. Las principales variables por analizar serán la pendiente del talud, altura y ancho de terrazas, así como el perímetro del área de extracción. Retiro de maquinaria. Una vez verificada la geoforma final de los taludes del proyecto de extracción, todos los equipos y maquinarias utilizadas para la extracción de roca y maicillo, descritas en el Considerando 4.3.2 de la presente resolución, serán retiradas de los frentes de trabajo. Reacondicionamiento de suelo. A medida que se vaya concluyendo la actividad de extracción en cada terraza de los frentes de trabajo se irá cubriendo con una capa de esa tierra extraída y se agregará un fertilizante como mejorador de suelo. Si bien esta actividad se desarrollará de forma continua desde la fase de operación, culminará en la fase de cierre con el vertimiento del material de escarpe sobre las terrazas remanentes. Durante esta fase, y como una forma de seguimiento y control, se verificará que el material de escarpe haya sido depositado en las terrazas existentes. Para esto, un especialista realizará un recorrido pedestre en cada terraza, tomando registro fotográfico de su estado, lo que quedará como registro en la Oficina Técnica. Retiro señalización. Retiro de toda la señalización relacionada con la operación de las canteras y se reemplazará por señalética de seguridad, según características del terreno al tiempo del cierre. Revegetación. El plan de revegetación a ejecutar se detalla en el Anexo A.5 de la Adenda Complementaria, y considera: a) Superficies a revegetar son las que se muestran a continuación.
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Tabla 4.3.3.1: Superficies de las áreas por reforestar dentro del Proyecto.
Fuente: Tabla 1 del Anexo A.5 de la Adenda Complementaria. b) Especies para revegetar: Tabla 4.3.3.2: Detalle de las especies a utilizar.
Fuente: Tabla 2 del Anexo A.5 de la Adenda Complementaria. c) Densidad de plantación: 300 plantas por hectárea. d) Plantación: se dispondrán protectores individuales, de preferencia, de malla Rachell negra o verde con tres tutores. e) Preparación del sitio: se hará control de malezas, a través de un control mecánico. f) Riego: se llevará a cabo con camiones aljibe y mangueras para el riego directo de cada planta. El programa de riego considera un riego inicial que se efectuará al momento de la plantación; se harán riegos de establecimiento, contemplando tres de este tipo post plantación, cada 15 días; también se contemplan riegos de apoyo, que considera un riego mensual, desde octubre a marzo, por al menos los dos primeros años. Como también, riegos de emergencia ante eventos no planificados y en función de la condición de la plantación. g) Medio de verificación: • Se realizarán inspecciones periódicas a los sectores plantados para detectar problemas que afecten la supervivencia de la plantación. • En los sectores en que se evidencie pérdida de plantas, se ejecutarán faenas de replante considerando el nivel de sobrevivencia esperado. • Se realizará control de malezas permanente hasta que la planta se haya establecido. • En el caso de deficiencias nutricionales se realizará fertilizaciones correctivas. h) Indicadores de seguimiento: Tabla 4.3.3.3.: Indicadores para la revegetación.
Fuente: Tabla 3 del Anexo A.5 de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 26
i) Indicador de cumplimiento: prendimiento del 75% de los ejemplares plantados en cada una de las áreas revegetadas. j) Monitoreo revegetación: El prendimiento y crecimiento de las plantas será monitoreados cada 6 meses, durante un período de 3 años, mediante una inspección en terreno realizada por un profesional especialista, quien emitirá un Informe que quedará como registro en la Oficina Técnica. Como resultado del monitoreo, se tomarán las medidas correspondientes como plantaciones adicionales en caso de que el prendimiento haya sido inferior a un 75% u otras medidas establecidas por el especialista. k) Monitoreo de Área Intervenida (aerofotogrametría): Se realizará un monitoreo a los 3 años de finalizado el proyecto mediante aerofotogrametría con el objetivo de contrastar el área intervenida, de la cual se generará un Informe que estará disponible en las oficinas administrativas. Se verificará que el área intervenida corresponda en un 90% al área proyectada, pudiendo existir desviaciones menores. A su vez, se analizará el volumen de extracción, el cual al finalizar la vida útil debe coincidir con lo proyectado con una variación de 10% adicional o inferior. Caracterización del suelo. Al finalizar el Proyecto se entregará una caracterización del componente suelo y se generará un Informe que estará disponible en las oficinas administrativas, con la finalidad de comparar si una vez finalizado el Proyecto queda el suelo en condiciones similares previa a la ejecución de Proyecto. La base de comparación será la Caracterización del Componente Suelo del área de influencia, que se adjuntó en la Adenda, Anexo C. Prevención de futuras emisiones. Una vez concluida la extracción de áridos del Frente Verónica, y con las actividades de cierre de la explotación previamente señaladas, no se generarán las emisiones atmosféricas, acústicas o líquidas. Mantención, conservación y supervisión Durante la fase de cierre se continuará efectuando la mantención, conservación y supervisión que sean necesarias para el desarrollo de las zonas reforestadas, y en caso de que se enajenara el predio, se pondrá en el contrato de compraventa una cláusula para que el nuevo propietario continúe con su mantenimiento. Limpieza final. Limpieza del área intervenida por el proyecto de extracción y todos los residuos domiciliarios, no peligrosos y peligrosos se dispondrán en lugares autorizados. Monitoreos. En el Anexo A.4 de la Adenda Complementaria, se entrega el plan de cierre actualizado, comprometiendo los siguientes monitoreos:
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Tabla 4.3.3.4: Tabla resumen Monitoreos Fase de Cierre.
Fuente: Tabla s/n del numeral 10 del Anexo A.4 de la Adenda complementaria. Recursos naturales renovables El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre. Emisiones y efluentes a) Material particulado (MP10, MP2,5 y MPS) y Gases (CO, NOx, SOx y HC). Durante esta fase se generarán emisiones a la atmósfera producto del tránsito de camiones y trabajo de maquinarias, que consistirán principalmente en material particulado, y a la combustión de motores de la maquinaria y camiones utilizados en estas faenas. En el Anexo D.1 de la Adenda, se entrega la estimación de emisiones, en la siguiente tabla se presenta un resumen de las emisiones para la fase de cierre. Tabla 4.3.3.5: Emisiones totales estimadas para la fase de cierre.
Fuente: Tabla 6-3 del Anexo D.1 de la Adenda. Las emisiones estimadas para la fase de cierre corresponden al NOx generado por la operación de la excavadora considerada para el desmantelamiento de la planta. Le siguen en importancia las emisiones de MPS resuspendido por el tránsito de vehículos en caminos no pavimentados. En tercer lugar, se encuentran las emisiones CO producido también por la operación de la excavadora. El Proyecto se encuentra dentro del área regulada por el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la provincia de Quillota y las comunas de Panquehue, Catemu y LlaiLlay, sin embargo, las emisiones atmosféricas máximas estimadas para las tres fases del Proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 28
no sobrepasarán los límites establecidos en el anteproyecto de dicho Plan. Tabla 4.3.3.6: Emisiones del Proyecto vs. límites establecidos en el Anteproyecto del PPDA.
Fuente: Tabla 7-3 del Anexo D.1 de la Adenda. De acuerdo con el artículo 67 del D.S. N°18/2023 del Ministerio del Medio Ambiente “Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Provincia de Quillota y las comunas de Catemu, Panquehue y Llaillay” publicado con fecha 23 de octubre 2025, el Proyecto no tiene la obligación de compensar sus emisiones totales anuales. Para controlar y minimizar estas emisiones, se considera mantener la tolva de los vehículos de transporte cargados con materiales que abandonen el predio del Proyecto cubierta con una lona, asegurada por todos sus costados. b) Aguas servidas. Durante la fase de cierre, se generarán aguas servidas provenientes de los baños, lavatorios y duchas. Para una dotación máxima de 8 trabajadores, se estima una generación de 0,96 m3/día. c) Ruido. Receptores humanos. En el Anexo D.1 de la Adenda Complementaria, se entrega el estudio de impacto acústico y vibratorio actualizado. Ruido fuentes fijas. Del análisis realizado, el proyecto no superará los límites establecidos por el DS. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, en periodo diurno, que es el que se evaluó ya que no habrá faenas en horario nocturno. Tabla 4.3.3.7: Evaluación de cumplimiento D.S. Nº38/2011 del MMA, cierre.
Fuente: Tabla 46 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Fuentes móviles. Según las estimaciones realizadas, las emisiones producto del flujo vehicular, vinculado al proyecto, no superarán los máximos que establece la guía de referencia de la FTA. Tabla 4.3.3.8: Evaluación de cumplimiento de la norma de referencia utilizada.
Fuente: Tabla 50 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. Receptores fauna nativa. Los receptores sensibles se muestran en la Figura 4.3.1.2 de la presente resolución. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 29
i. Mamíferos: Del análisis realizado, se aprecia que el proyecto no superará el umbral de 68 dB(A) que establece Criterio SEA para efecto conductual para mamíferos. Tabla 4.3.3.9: Evaluación efecto conductual para mamíferos.
Fuente: Tabla 47 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. ii. Avifauna: Del análisis realizado, se aprecia que el proyecto no superará el umbral de 68 dB(A) que establece Criterio SEA para efecto conductual y fisiológico para avifauna. Tabla 4.3.3.10: Evaluación efecto fisiológico y conductual para avifauna.
Fuente: Tabla 48 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. iii. Reptiles: Del análisis realizado, se aprecia que el proyecto cumple con el umbral de 75 dB(C) que establece Criterio SEA para efecto conductual para reptiles en todos los puntos. Tabla 4.3.3.11: Evaluación efecto conductual para reptiles.
Fuente: Tabla 49 del Anexo D.1 de la Adenda Complementaria. d) Vibraciones. Los niveles vibratorios proyectados para maquinaria pesada fueron evaluados mediante la guía americana de la FTA, tanto para el criterio de molestia como el criterio de daño, donde los valores cumplen con los máximos recomendados en todos los puntos, en el mismo rango que para la fase de construcción y que se muestran en las tablas del Considerando 4.3.1 de la presente resolución. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos domiciliarios. Los residuos de tipo domiciliario o asimilables se estiman en 25 kg semanales y 315 kg para toda la fase de cierre (1 kg/persona-día, 5 trabajadores, 21 días laborales por mes, 3 meses). Para el almacenamiento temporal de estos residuos se dispondrá contenedores con ruedas y tapa, de 120 l de capacidad y serán retirados con una frecuencia de una vez por semana por el servicio municipal. b) Otros residuos no peligrosos. Se estima la generación de 5 m³ de residuos no peligrosos durante toda la fase de cierre, y que corresponderán principalmente a restos de hormigón, fierro, madera y PVC, los que serán almacenados temporalmente en la zona de almacenamiento de residuos, y dispuestos en sitios de disposición final autorizados. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.8 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 30
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio 01 de noviembre de 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio instalación señalización camino frente “Verónica”. Fecha estimada de término 31 de diciembre de 2025. Parte, obra o acción que establece el término Entrega señalización camino frente “Verónica”. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio 01 de noviembre de 2025. Parte, obra o acción que establece el inicio Escarpe área extracción frente “Verónica”. Fecha estimada de término 31 de octubre de 2050. Parte, obra o acción que establece el término Retiro maquinaria extracción frente “Verónica”. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio 02 de mayo de 2051 Parte, obra o acción que establece el inicio Retiro maquinaria carga camiones frente “Verónica”. Fecha estimada de término 02 de mayo de 2054. Parte, obra o acción que establece el término Presentación del informe de cierre a la SMA una vez concluidos los monitoreos.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Emisiones atmosféricas. Parte, obra o acción que lo genera Extracción de roca y maicillo, operación de maquinaria interna, transferencia de materiales, tránsito de vehículos, escarpe, excavación. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numerales 5.1.y 6.1 del ICE. Durante las fases de ejecución del Proyecto se generarán emisiones a la atmósfera, según se detalla en los Considerandos 4.3.1, 4.3.2 y 4.3.3 de la presente resolución. Respecto a los resultados de la modelación de dispersión de contaminantes atmosféricos hacia los receptores discretos se prevé que no se generará un aumento de los valores límites de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes. Asimismo, no se generará un aumento significativo de la concentración diaria de MP2,5 sobre los límites establecidos. Por lo tanto, la ejecución del proyecto no generará un riesgo para la salud de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 31
población. De los resultados de la estimación de emisión de contaminantes a la atmósfera durante la ejecución del Proyecto, se obtiene que la fase de operación presenta la mayor tasa de emisión, valores que se presentan en el Considerando 4.3.2 de la presente resolución, por lo cual se implementarán las siguientes acciones para controlar la emisión de estos contaminantes: • Durante la perforación de la roca se aplicará agua desde el estanque que dispone la perforadora. • Caminos con TSS (Tratamiento Superficial Simple) aplicado. Conforme a los resultados de la proyección de los niveles de presión sonora que se alcanzará en los receptores analizados en sectores habitados del área de influencia del Proyecto, no se superarán los límites máximos establecidos en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, en todas sus fases. Los efluentes líquidos serán manejados en los términos que se indica en los numerales 4.6.4.2, 4.7.5.2 y 4.8.5.2 del ICE. Para ello, se presentan los antecedentes técnicos y formales para el otorgamiento del PAS establecido en el artículo 138 del Reglamento del SEIA (Mayor detalle en el Considerando 6.2.1 de la presente Resolución). Los residuos sólidos generados en las distintas fases del proyecto serán manejados y dispuestos de acuerdo con lo señalado en los numerales 4.6.5, 4.7.6 y 4.8.6 del ICE. Para ello, se presentan los antecedentes técnicos y formales para el otorgamiento de los PAS establecido en el artículo 140 del Reglamento del SEIA (Mayor detalle en el Considerando 6.2.2 de la presente Resolución). Por lo antes expuesto, el proyecto no genera ni presenta un riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental 1 Pérdida de 23,98 hectáreas de suelo para la extracción de áridos. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo. Parte, obra o acción que lo genera Escarpe, extracción y movimiento de tierra. Fase en que se presenta Operación. Impacto ambiental 2 Aumento de emisiones de material particulado sedimentable (MPS). Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Aire. Parte, obra o acción que lo genera Escarpe, extracción y movimiento de tierra. Fase en que se presenta Operación. Impacto ambiental 3 Corta de 19,52 hectáreas de bosque nativo esclerófilo. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora. Parte, obra o acción que lo genera Extracción de áridos. Fase en que se presenta Operación. Impacto ambiental 4 Pérdida de ejemplares de flora, específicamente de Echinopsis Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 32
chiloensis. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora. Parte, obra o acción que lo genera Extracción de áridos. Fase en que se presenta Operación. Impacto ambiental 5 Pérdida de hábitat de fauna nativa en estado de conservación. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna nativa. Parte, obra o acción que lo genera Actividades propias de la operación de las canteras. Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numerales 5.2 y 6.2 del ICE. a) Suelo. La superficie considerada como área de influencia para la componente suelo corresponde a 40,91 hectáreas, al interior del área de influencia se desarrollarán obras como caminos y faenas de extracción. La campaña de terreno se ejecutó entre los días 9 y 10 de mayo de 2024 y se realizaron puntos de descripción y muestreo de condición biológica del suelo cuyas coordenadas se entregan en la siguiente tabla. Tabla 5.2.1: Coordenadas ubicación de los puntos de muestreo.
Fuente: Tabla 5-1 del Anexo C.8 de la Adenda. Se identificó que toda la superficie corresponde a la misma unidad geológica y corresponde a suelos desarrollados a partir de roca intrusiva de tipo plutónica granítica. Los suelos fueron calificados sólo como suelos de cerros, los cuales se caracterizan por ser de delgados a profundos, desarrollados sobre rocas plutónicas de tipo granítico, con una textura predominante franco arenosa. Tabla 5.2.2: Unidades de suelos y superficies en el área de influencia.
Fuente: Tabla 5-2 del Anexo C.8 de la Adenda. En la siguiente figura, se muestran las unidades homogéneas de capacidad de uso de suelo para el área del Proyecto y la ubicación de los puntos de muestreo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 33
Figura 5.2.1: Unidades homogéneas y distribución de puntos de muestreo en área de influencia.
Fuente: Figura 1-4 del Anexo C.5 de la Adenda Complementaria. Por su parte, la siguiente figura muestra la categoría de erosión existente. Figura 5.2.2: Categorías de erosión actual en el área de influencia.
Fuente: Figura 1-5 del Anexo C.5 de la Adenda Complementaria. En el numeral 5.3.1.1 del Anexo C.8 de la Adenda se entrega la descripción de cada punto de muestreo. La condición biológica del suelo del área de influencia del Proyecto se realizó por medio del modelo propuesto por Sabaini y Ávila (2015). El muestreo considera la evaluación in situ e in visu de las propiedades consideradas críticas para el desarrollo de biodiversidad en el suelo (esferas del suelo), asignando la valoración de bueno (3), regular (2) y malo (1) según sea su estado actual. La evaluación de la condición para cada punto de muestreo es la siguiente: a) Punto SUS146-P001: Condición buena, condición que comparten las esferas del suelo detritósfera, agregatósfera, rizósfera y porósfera, el detalle de las 5 esferas evaluadas se presenta en la Tabla 5-25 del Anexo C-8 de la Adenda. b) Punto SUS146-P002: Condición buena en su estado general, siendo inferior sólo la esfera de la drilósfera, el detalle de las 5 esferas evaluadas se presenta en la Tabla 5-26 del Anexo C-8 de la Adenda. c) Punto SUS146-P003: Condición buena en su estado general, siendo pobre sólo la esfera de la drilósfera, el detalle de las 5 esferas evaluadas se presenta en la Tabla 5-27 del Anexo C-8 de la Adenda. d) Punto SUS146-P004: Condición buena en su estado general, y la única esfera que presenta una Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 34
condición Regular es la rizósfera. El detalle de las 5 esferas evaluadas se presenta en la Tabla 5-28 del Anexo C-8 de la Adenda. e) Punto SUS146-P005: Condición entre buena y regular, manteniéndose la condición pobre para la esfera drilósfera que ha sido observada en los otros puntos, el detalle de las 5 esferas evaluadas se presenta en la Tabla 5-29 del Anexo C-8 de la Adenda. f) Punto SUS146-P006: Condición buena en su estado general, siendo pobre sólo la esfera de drilósfera. El detalle de las 5 esferas evaluadas se presenta en la Tabla 5-30 del Anexo C-8 de la Adenda. g) Punto SUS146-P007: Condición Regular en su estado general, siendo Pobre la condición de la detritósfera y buena la condición de la agregatósfera. El detalle de las 5 esferas evaluadas se presenta en la Tabla 5-31 del Anexo C-8 de la Adenda. Dado los ajustes al layout del proyecto ingresados en la Adenda Complementaria, Anexo C.5, se presenta una actualización del estudio de suelos, en el cual se muestra que el área de influencia se mantiene dentro de la zona previamente estudiada, Anexo C.8 de la Adenda, por lo que, las conclusiones se mantienen vigentes, incluyendo tanto los resultados de la evaluación de la condición biológica suelo, como los alcances de la implementación del Proyecto. De la evaluación de la condición biológica del suelo se determina que, dada la presencia de vegetación arbustiva y herbácea, desarrollo de estructura y porosidad del suelo, se reúnen características para calificarlo como bueno, aunque se debe destacar la situación frecuente en todos los sitios donde no hubo presencia de lombrices o especies que actúen como descomponedores de la materia orgánica, y sólo se registró la evidencia de arácnidos que ocupan el suelo como refugio. Por lo tanto, se descartan efectos significativos basado en que no se afectará suelos de alta productividad agrícola (CUS I, II o III) y los suelos a intervenir son comunes en la zona desde el punto de vista de la biodiversidad, no sustentando hábitats únicos. b) Flora y vegetación. En el Anexo C.1 de la Adenda, se entrega la caracterización de la flora y vegetación y su actualización se presentó en el Anexo C.1 de la Adenda Complementaria. Para la definición de la comunidad vegetal y la composición de especies, se desarrolló una visita el 25 y 26 de octubre de 2022, correspondiente a campaña de primavera; lo que se complementó el 01 de diciembre de 2023 (primavera), con la inspección del camino al frente de explotación “Verónica”; además, de la campaña de otoño, ejecutada entre el 02 y 03 de mayo de 2024 en toda el área de intervención directa del Proyecto. Figura 5.2.3: Ubicación de parcelas de inspección de flora y vegetación.
Fuente: Figura 2 del Anexo C.1 de la Adenda. Para la determinación del área de influencia, y en función de lo señalado por la “Guía Metodológica para la consideración del Cambio Climático en el SEIA (SEA, 2023)”, se abordó lo relacionado con el Mapa de Especies, donde el análisis se enfocó en aquellas especies registradas en terreno con algún nivel de amenaza a nivel nacional y/o especies endémicas proporcionando información de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 35
probabilidad de presencia (histórica y futura) de éstas en el área de influencia, y, por otra parte, lo señalado en los Mapas de Relevancia, donde se define las prioridades de conservación en reconocimiento de las amenazas a la biodiversidad. Parte del análisis, contempló comparar la posible evolución de las plantas “sin proyecto”, respecto al estado “con proyecto”, considerando los posibles efectos del cambio climático. Como parte de esto, se obtuvo una delimitación geográfica de los impactos dentro del área de influencia. De acuerdo con lo expresado en la Guía de Ecosistemas Terrestres (SEA, 2015), la caracterización de vegetación se desarrolló a través de la Carta de Ocupación de Tierras (COT), adaptada por Etienne & Prado en 1982. De acuerdo con el trabajo en terreno, se detectaron un total de 67 especies, correspondiendo a 14 nativas, 15 endémicas y 38 introducidas. Del total de especies registradas, se detectó un taxón en categoría de conservación, correspondiendo a Echinopsis chiloensis (Quisco), en Casi Amenazada (D.S. 41/2011 MMA), encontrándose 85 individuos. De acuerdo al Mapa de Especies, cuya herramienta desarrollada por el Ministerio del Medio Ambiente, permite visualizar y descargar modelos de distribución de especies para especies de flora y fauna nativas y endémicas presentes en Chile continental para un periodo histórico reciente (1980- 2010) y un periodo futuro cercano (2035-2065) considerando intensas emisiones de gases de efecto invernadero, lo que permite acercarse a la evolución de los objetos de protección en el escenario sin proyecto, se obtuvo que existe información de dos especies, Adiantum chilense (Palito negro) y Beilschmiedia miersii (Belloto de norte), las que poseen un porcentaje de cambio positivo, es decir, una mayor probabilidad de presencia. Por otro lado, para el piso vegetacional Bosque esclerófilo mediterráneo costero de Lithrea caustica y Cryptocarya alba, el que se encuentra en las zonas bajas de la vertiente occidental de la cordillera de la Costa de las regiones de Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana, 0–900 m, ha sido clasificado como de Preocupación Menor o LC y tiene una categoría de relevancia del ecosistema media. La categoría de Preocupación Menor es una de las ocho desarrolladas por la UICN que evalúa el riesgo de colapso de los ecosistemas, la que habla de que este ecosistema de forma ambigua no cumple ninguno de los cinco criterios cuantitativos, por lo que se considera que no está bajo amenaza. Dado los ajustes al layout del proyecto ingresados en la Adenda Complementaria, Anexo C.1, se presenta una actualización de la flora y vegetación, en el cual se muestra que el área de influencia se mantiene dentro de la zona previamente estudiada, por lo que las conclusiones se mantienen vigentes, según lo entregado en el Anexo C.1 de la Adenda. En resumen, producto de la ejecución del proyecto se realizará la corta de 19,52 hectáreas de bosque nativo esclerófilo y la pérdida de ejemplares de Echinopsis chiloensis. Para lo cual se contempla: • Compromiso Ambiental Voluntario: “Rescate y Relocalización de Echinopsis chiloensis”, el cual se detalla en el Considerando 8.4 de la presente Resolución. • Permiso Ambiental Sectorial 148 para la corta de bosque nativo, que, a la vez, para su cumplimiento sectorial deberá realizar la reforestación de al menos la misma superficie cortada. Los requisitos técnicos y formales del PAS 148 se entregan en el Anexo F.2 de la Adenda Complementaria. • Durante la fase de cierre se realizará la revegetación de la zona utilizada, en los términos indicados en el Considerando 4.3.3 de la presente Resolución. c) Fauna nativa. En el Anexo C.3 de la Adenda, se entrega la caracterización de la fauna y su actualización se presentó en el Anexo C.2 de la Adenda Complementaria. Se realizaron visitas a terreno, abarcando primavera y otoño, entre el 23 y 25 de noviembre del 2022: el 6 de diciembre 2023 y entre el 28 y 31 de mayo del 2024, respectivamente. La campaña fue realizada por dos (2) profesionales, especialistas en fauna terrestre. Durante la prospección se recorrió el área del Proyecto, con el fin de identificar los ambientes más característicos para la fauna y establecer la presencia actual o potencial de las especies de vertebrados. Los ambientes descritos para fauna en el área de influencia y sus superficies se muestran en la siguiente tabla.
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Tabla 5.2.3: Ambientes para fauna y sus superficies.
Fuente: Tabla 5 del Anexo C.2 de la Adenda Complementaria. Según tipo de ambiente se detallan a continuación la fauna en categoría de conservación registrada en terreno: i. Bosque claro: Constituye al ambiente dominante dentro del área de influencia. Se registró una riqueza de 40 especies, correspondientes a 34 aves, dos (2) mamíferos y cuatro (4) reptiles. La especie más abundante corresponde a la gaviota dominicana, seguida por el Jote de cabeza negra. Tabla 5.2.4: Especies en categoría de conservación registradas en ambiente bosque claro.
Fuente: Tabla 8 del Anexo C.2 de la Adenda Complementaria. ii. Matorral denso: Se registró una riqueza de 29 especies durante las campañas de terreno: 24 aves, tres (3) mamíferos y dos (2) reptiles. La especie más abundante corresponde a la gaviota dominicana, seguida por el tiuque. Tabla 5.2.5: Especies en categoría de conservación registradas en ambiente matorral denso.
Fuente: Tabla 9 del Anexo C.2 de la Adenda Complementaria. iii. Quebrada: Durante las campañas de terreno se registró una riqueza total de 31 especies: 24 aves, cinco (5) mamíferos y dos (2) reptiles. La especie más abundante fue la gaviota dominicana, seguida por el tiuque y la loica. Tabla 5.2.6: Especies en categoría de conservación registradas en ambiente quebrada.
Fuente: Tabla 10 del Anexo C.2 de la Adenda Complementaria. iv. Intervenido: Se registró una riqueza de cinco especies durante las campañas de terreno correspondientes a tres (3) aves y dos (2) especies de mamíferos. La especie más abundante corresponde a la gaviota Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 37
dominicana, seguida por el jote de cabeza colorada. Tabla 5.2.7: Especies en categoría de conservación registradas en ambiente bosque claro.
Fuente: Tabla 11 del Anexo C.2 de la Adenda Complementaria. En base a las prospecciones realizadas en terreno, se detectó un total de diez (10) especies en categoría de conservación, correspondientes a seis (6) reptiles y cuatro (4) mamíferos, dado su valor de conservación y su susceptibilidad a ser afectados por las obras del proyecto se analiza para ellas su disponibilidad y distribución futura. Las especies modeladas en el Mapa de Especies del Ministerio del Medio Ambiente, herramienta oficial que permite visualizar y descargar modelos de distribución de especies nativas y endémicas de Chile, tanto en un escenario histórico (1980–2010) como en un escenario futuro (2035–2065) bajo condiciones de intensas emisiones de gases de efecto invernadero. Esta información se utilizó para contextualizar la situación ecológica de las especies más allá del estado actual, proyectando su disponibilidad y distribución futura en ausencia del proyecto, lo cual enriquece el análisis del escenario "sin proyecto". En la siguiente tabla se presenta un cuadro resumen con los antecedentes obtenidos desde el Mapa de Especies para las especies detectadas en categoría de conservación, señalando su probabilidad de presencia histórica, probabilidad de presencia futura, y el porcentaje de cambio esperado en su distribución. Tabla 5.2.8: Probabilidad de presencia de especies según mapa del MMA.
Fuente: Tabla 3 del Anexo C.2 de la Adenda Complementaria. En un escenario futuro de cambio climático se destaca la situación de especies como Liolaemus lemniscatus y Liolaemus tenuis, las cuales presentan una reducción proyectada en su probabilidad de presencia. Por el contrario, especies como Liolaemus chilinesis y Liolaemus fuscus muestran una proyección levemente positiva, lo que podría reflejar una mayor adaptabilidad ecológica a escenarios de cambio ambiental. Cabe señalar que, para algunas especies, como Thylamys elegans y Myotis chiloensis, el Mapa de Especies no cuenta con información suficiente para modelar su distribución en los períodos considerados, por lo que se mantiene una incertidumbre asociada a su evolución futura, la cual será abordada a través de medidas precautorias en el marco del plan de gestión ambiental del proyecto. De acuerdo con los análisis de endemismo y categoría de conservación de las especies, se identificaron las siguientes singularidades ambientales: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 38
• Especies endémicas: se registraron nueve especies endémicas del territorio nacional. • Especies amenazadas: No se registraron especies en categoría de Amenazada. Se registro 10 especies en categoría no amenazada clasificada como “Preocupación menor” y el lagarto nítido se encuentra como “Casi amenazada”. • Especies con poblaciones reducidas: de acuerdo con lo indicado en el Reglamento de la Ley de Caza (SAG 2015) del total de las 57 especies registradas en el área del Proyecto, cinco especies poseen poblaciones reducidas, correspondiente a la lagartija lemniscata, lagarto nítido, la lagartija esbelta, el platero y el carpinterito. La mayoría especies en categoría de conservación registradas se detectaron fuera del área de intervención directa del Proyecto a excepción la lagartija lemniscata y algunas curureras activas. Por otra parte, el lagarto nítido y el lagarto chileno fueron registrados adyacente del camino existente, el cual no será intervenido. Como medidas de protección para la fauna se ejecutarán los siguientes compromisos ambientales voluntarios: • Compromiso ambiental voluntario: “Charla Educación Ambiental”, el cual se detalla en el Considerando 8.1 de la presente Resolución. • Compromiso ambiental voluntario: “Carteles informativos sitios de interés para fauna”, el cual se detalla en el Considerando 8.2 de la presente Resolución • Compromiso ambiental voluntario: “Plan de Perturbación Controlada”, según se detalla en el Considerando 8.3 de la presente Resolución. d) Material particulado sedimentable (MPS). Durante las fases de ejecución del Proyecto se generará la emisión de material particulado sedimentable a la atmósfera, según se detalla en los Considerandos 4.3.1, 4.3.2 y 4.3.3 de la presente Resolución. Además, durante la ejecución de la fase de operación se implementarán las siguientes acciones para controlar la emisión de estos contaminantes: • Durante la perforación de la roca se aplicará agua desde el estanque que dispone la perforadora. • Caminos con TSS (Tratamiento Superficial Simple) aplicado. Respecto al MPS que se emitirá durante la ejecución del Proyecto, se modelo la dispersión y transporte de este contaminante conforme a la emisión que se generará durante la fase de operación, ya que corresponde a la peor condición. Los resultados indican que el aporte de MPS sobre los receptores está bajo el 1% de la norma de referencia considerada (Confederación Suiza), lo que permite descartar cualquier impacto sobre el área intervenida y los receptores sensibles identificados. e) Ruido. Durante todas las fases de ejecución del Proyecto se generará la emisión de ruido, según se detalla en los Considerandos 4.3.1, 4.3.2 y 4.3.3 de la presente Resolución. Conforme a los resultados de la proyección de los niveles de presión sonora que se alcanzará en los hábitats de relevancia en el área de influencia del Proyecto, no se superarán los límites máximos establecidos en el documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEA, diciembre 2022), para las fases de construcción y cierre. En lo que respecta a la fase de operación se ejecutaran las siguientes acciones. • Buffer de perturbación controlada. • Pantalla acústica móvil o biombo acústico. Con esas acciones se dará cumplimiento con los límites sugeridos en el criterio técnico del SEA (2022), también durante la operación. Por lo anterior, se prevé que la emisión de ruido no generará impacto significativo a la fauna nativa asociada a hábitats de relevancia. f) Recursos hídricos. De acuerdo con las partes, obras y acciones del Proyecto, descritas en los Considerandos 4.3.1 y 4.3.2 de la presente Resolución, no se contempla la extracción de recursos hídricos. En efecto, el agua requerida es solo para consumo humano y será abastecida por el sistema existente en la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 39
cantera, sin requerir modificación. En el Anexo C.9 de la Adenda, se entrega la caracterización del componente hídrico, que fue complementada en el Anexo C.4 de la Adenda Complementaria. En la siguiente figura, se muestran las cuencas existentes dentro del área del proyecto, las cuales fueron delimitadas usando el modelo de elevación digital (DEM por sus siglas en inglés) generado a partir del levantamiento topográfico del sitio, de 1 m de resolución. Con este modelo de elevación se determinaron los principales parámetros morfométricos de las cuencas, es decir, área, longitud de cauce principal, cotas máxima, mínima y media, pendiente media, etc. Figura 5.2.4: Cuencas de los cauces en estudio.
Fuente: Figura 6 del Anexo C.4.1 de la Adenda Complementaria. Los potenciales impactos analizados se resumen en la siguiente tabla. Tabla 5.2.9: Resumen de potenciales impactos en componente hídrica.
Fuente: Tabla 1 del Anexo C.4.2 de la Adenda Complementaria. Dado que tanto el área del proyecto como el tamaño de los cauces son acotados, y la propia naturaleza del proyecto que no contempla la extracción ni explotación del recurso hídrico; además para no afectar las quebradas existentes y mantener el libre escurrimiento de las aguas en estos cauces, evitando desbordes en crecidas y permitiendo el correcto drenaje de los cauces sin interacciones negativas con el Proyecto; se modificaron las zonas de extracción para quedar fuera del área de inundación para un periodo de 100 años y se ejecutaran obras a las que le son aplicables los permisos ambientales sectoriales (PAS) de los artículos 156 y 157 del Reglamento del SEIA, cuyos antecedentes técnicos y formales fueron entregados durante el proceso de evaluación en los términos indicados en los Considerandos 6.2.4 y 6.2.5 de la presente Resolución. g) Resiliencia climática. A partir del análisis realizado respecto de la inclusión de la variable del cambio climático y su relación con el Proyecto (Anexo 9 de la DIA), se realizó de acuerdo con la “Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA (2023)” y a la información para los factores generadores de impactos (FGI) fue obtenida de la herramienta Arclim del Ministerio del Medio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 40
ambiente disponible en https://arclim.mma.gob.cl, para la comuna de Quillota. Del análisis efectuado, no se detectaron factores generadores de impacto que posean vínculo del proyecto con objetos de protección susceptibles al cambio climático, en el caso de incendio forestal en bosque nativo, se presenta un riesgo climático de índice bajo lo cual representa el aumento del riesgo de ocurrencia de incendios forestales a consecuencia de olas de calor, entre el periodo histórico y futuro; por lo que se ha incluido este riesgo climático en el Plan de Contingencias y de Emergencias del Proyecto. Por lo antes expuesto, el proyecto no generará ni presentará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS. Impacto ambiental Eventual afectación a los habitantes del sector por actividades del proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Actividades propias de la actividad de extracción de áridos. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numerales 5.3 y 6.3 del ICE. Con relación a lo indicado en el Capítulo 1 de la DIA, el proyecto se emplazará en un predio privado que no desarrolla actividad agrícola. De lo dispuesto en la Adenda, Anexo C.4: Caracterización de Medio Humano, no se identificaron personas externas o grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) que hicieran uso del terreno para actividades, festividades o uso de los recursos naturales dentro del área donde se emplazará el Proyecto. Sobre la posible afectación por la pérdida de capacidad fotosintética de los cultivos cercanos, que pudiese generar una merma en la producción agrícola y por consecuente pérdida de ingresos, derivado de las emisiones de MPS, se informa que de acuerdo lo indicado en el Anexo D.2 de la Adenda, las curvas de isodepositaciones de MPS no superarán los límites de la norma de referencia utilizada, alcanzando un 0,65% de la norma en la peor condición correspondiente a la fase de operación. La norma de referencia utilizada corresponde a la Confederación Suiza. Por lo anterior, es posible descartar un impacto significativo en la intervención, uso o restricción de los recursos naturales utilizados como sustento económico u otro uso. De acuerdo con lo señalado en la Adenda Complementaria, página 104, el proyecto tendrá un acceso, por la Ruta F-390, a metros de la intersección con la Ruta 64. En la Adenda Complementaria, página 99, se indica que el aporte vehicular del proyecto para la fase de construcción será de 7 vehículos/día, para la fase de operación será de 3 vehículos/día y para la fase de cierre será de 8 vehículos/día. Considerando la peor condición en las fases de construcción y operación con un aporte de 10 vehículos/día. A continuación, se presenta una tabla resumen con el detalle del aporte vehicular asociado al Proyecto y a terceros. Tabla 5.3.1: Aporte vehicular del proyecto y de terceros.
Fase Aporte vehículo/dí a proyecto Aporte vehículo/día terceros
Total Construcción 7 0 7 Operación 3 57 60 Cierre 8 0 8 Fuente: Elaboración propia a partir de información en Adenda Complementaria, Tablas 31 y 33. Asimismo, el flujo vial que posee la Ruta 64 es de 1.000 vehículos por hora, y el aporte del Proyecto será de 10 vehículos/día, considerando para el análisis un aporte de 4 vehículos/hora como la peor Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 41
condición. Lo que corresponde a un aporte a la vía del 0,4% para la Ruta 64. El traslado del material extraído en la cantera será responsabilidad del tercero que compra el producto, ya que éste es vendido con retiro en el predio. Sin embargo, se presenta el análisis vial con el aporte vehicular del traslado de material asociado a terceros, correspondiendo a 57 vehículos/diarios para la fase de operación del proyecto. El flujo vial que posee la Ruta 64 es de 1.000 vehículos por hora, y el aporte de terceros será de 57 vehículos/día, considerando para el análisis un aporte de 7 vehículos/hora aproximadamente como la peor condición. Lo que corresponde a un aporte de la vía del 1,5% para la Ruta 64. Luego, la suma del aporte vehicular que generará el Proyecto y terceros, indicando que en total correspondería a 67 vehículos/día, considerando para el análisis un aporte de 18 vehículos/hora como la peor condición. Considerando el tránsito de 1.000 vehículos por hora para la Ruta 64, el aporte de proyecto y de terceros será de un 1,8%. En atención a lo anterior, es posible descartar un impacto significativo en la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. De acuerdo con el Anexo C.4 de la Adenda, el área de influencia de la componente de medio humano establecida por el Titular, no cuentan con servicios como posta, bomberos, comisaría, escuelas públicas, ni centros de salud. Por lo tanto, para acceder a este tipo de servicios y equipamientos, los grupos humanos del área de influencia se deben desplazar a la localidad de San Pedro o pueden dirigirse al área urbana de las comunas de Quillota o Limache. El proyecto no contempla el establecimiento de campamento, que pudieran generar una alteración a los bienes y servicios. De lo anterior, y con relación a las características del proyecto, no se contempla que las partes, obras y acciones puedan generar una alteración al acceso o a la calidad de los bienes, equipamientos y servicios, o infraestructura básica. De acuerdo con el Anexo C.4 de la Adenda, se indica que, en el predio del Proyecto no existen actividades o manifestaciones culturales debido a que el predio es privado y no se tiene un libre acceso. Respecto del área de influencia según información primaria obtenida de las entrevistas en terreno, se determina que no se realizan fiestas típicas, ni costumbristas ni manifestaciones culturales ni tradicionales. Las escasas actividades que se realizan ocurren fuera del área de influencia, en el pueblo de San Pedro de la comuna de Quillota, asociadas a las fechas de fiestas patrias y navidad. De igual forma, para el área de influencia que comprende el sector de Tabolango, no se registraron manifestaciones. En atención a lo anterior, se descarta un impacto significativo sobre la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. En la caracterización del área de influencia de Medio Humano, presentada en el Anexo C.4 de la Adenda, y juntamente con los registros de CONADI, no se registra la presencia de Áreas de Desarrollo y Comunidades Indígenas. De acuerdo con lo indicado por el Titular y los registros de CONADI, para la comuna de Quillota figuran tres (3) asociaciones indígenas que corresponden a: la Asociación de Pueblos Originarios de Quillota, Asociación Diaguita de Quillota Ashpai Milanka y la Asociación Indígena Multicultural Pulle-Che. Todas las organizaciones se ubican fuera del área de influencia realizando sus actividades en el área urbana de la comuna de Quillota. De igual forma, se identifica a la Asociación Newen, ubicada en la comuna de Limache, fuera del área de influencia, realizando sus actividades en el paradero 19 de la comuna. De lo expuesto, es posible descartar que las obras y/o actividades del proyecto generen efectos sobre los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. En base a los antecedentes antes detallados el proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
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5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR. Impacto ambiental No hay. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 6.4 de ICE. En la caracterización del área de influencia de Medio Humano, presentada en el Anexo C.4 de la Adenda, y juntamente con los registros de CONADI, no se registra la presencia de Áreas de Desarrollo y Comunidades Indígenas. De acuerdo con lo indicado por el Titular y los registros de CONADI, para la comuna de Quillota figuran tres (3) asociaciones indígenas que corresponden a: la Asociación de Pueblos Originarios de Quillota, Asociación Diaguita de Quillota Ashpai Milanka y la Asociación Indígena Multicultural Pulle-Che. Todas las organizaciones se ubican fuera del área de influencia realizando sus actividades en el área urbana de la comuna de Quillota. De igual forma, se identifica a la Asociación Newen, ubicada en la comuna de Limache, fuera del área de influencia, realizando sus actividades en el paradero 19 de la comuna. De lo expuesto, es posible descartar que las obras y/o actividades del proyecto generen efectos sobre los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. El Monumento Histórico más próximo al proyecto es la Casa Colonial de Quillota, que se ubica a más de 10 kilómetros de distancia. Por lo antes expuesto, el proyecto no se localizará en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA. Impacto ambiental No hay. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 6.5 de ICE. En el Anexo C.7 de la Adenda, se entregan los antecedentes del componente valor turístico, donde se concluye que el Proyecto no interferirá con algún atractivo o actividad turística a nivel nacional, regional, local, ya que todos los atractivos identificados se encuentran fuera del área de intervención directa del proyecto y los atractivos turísticos de la comuna, se encuentran lejanos al Proyecto, principalmente en el centro urbano de la comuna de Quillota. De acuerdo con la Caracterización Turística, adjunta en el Anexo C.7 de la Adenda, el paisaje del lugar del emplazamiento del Proyecto corresponde a un paisaje rural, sin elementos naturales que le otorguen el carácter de único. Todos los atributos se valoran como “baja” o “nula”, por lo que es posible señalar que la calidad del paisaje es baja. De esta forma se descarta el Valor Paisajístico del área de estudio. De acuerdo con la Caracterización Turística, adjunta en el Anexo C.7 de la Adenda, se realizó la evaluación en base a los atributos Biofísicos, Estéticos y Estructurales, los cuales presentan un valor bajo, dado principalmente por la intervención antrópica y por la escasa presencia de atributos únicos. Todos los atributos se valoran como “baja” o “nula”, por lo que es posible señalar que la calidad del paisaje es baja. De esta forma se descarta el Valor Paisajístico del área de estudio. La comuna de Quillota en cuestión no posee ZOIT (Zonas de Interés Turístico), encontrando en la Región de Valparaíso cinco (5) zonas con esta declaración (ZOIT Putaendo, ZOIT Valparaíso, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 43
ZOIT Olmué, ZOIT Casablanca y ZOIT Robinson Crusoe). De las mencionadas, la Zona de Interés Turístico de Olmué asociada al Parque Nacional La Campana es la más cercana al área del proyecto, aun cuando se encuentra a más de 15 kilómetros lineales del polígono a trabajar. El área donde se ejecutarán las obras del Proyecto no posee valor turístico de acuerdo con la Caracterización Turística, adjunta en Anexo C.7 de la Adenda. Tabla 5.5.1: Valoración Turística del Área de Influencia.
Fuente: Tabla 5 del Anexo C.7 de la Adenda. Por lo antes expuesto, el proyecto no genera ni presenta una alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL. Impacto ambiental No hay. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 6.5 de ICE. En el Anexo 5.6 de la DIA se entregan los antecedentes del análisis del componente arqueología. Se realizó la revisión de antecedentes técnicos y bibliográficos, como también una prospección arqueológica en el área de influencia. Figura 5.6.1: Tracks de la prospección arqueológica realizada.
Fuente: Figura 6 del Anexo 5.6 de la DIA. La revisión de antecedentes muestra que existe una importante cantidad de hallazgos arqueológicos en el área cercana a la ciudad de Quillota, de estos hay 2 hallazgos próximos que fueron reconocidos en un trabajo del año 2022, en una prospección del cerro Queronque situado al sur del proyecto. Sin embargo, durante la prospección realizada en febrero de 2023, poniendo especial énfasis al punto de coordenadas del sitio, no fue encontrado dicho hallazgo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 44
Por lo anterior, se concluye que no existe, dentro del área de influencia, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, de acuerdo con el buffer de 2 kilómetros en torno al Proyecto que se analizó. Por lo antes expuesto, el proyecto no generará ni presentará una alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.
Al proyecto no le son aplicables permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.
6.2. Permisos ambientales sectoriales mixtos.
6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Sistema particular de aguas servidas que serán manejadas mediante un sistema de fosa séptica y drenes. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentan en la Adenda Complementaria, Anexo F.1 PAS 138. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Ord. N°98 de fecha 20 de octubre de 2025, la SEREMI de Salud de la región de Valparaíso, se pronunció conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla10.2.1 del ICE.
6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la Instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios y residuos no peligrosos. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentan en la DIA, Anexo 7.1 PAS 140, respuesta 49 de la Adenda y respuesta 14 de la Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En el trámite sectorial, el titular deberá presentar los antecedentes asociados al lavado de contenedores de los residuos domiciliarios. Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Ord. N°98 de fecha 20 de octubre de 2025, la SEREMI de Salud de la región de Valparaíso se pronunció conforme. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 45
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla10.2.2 del ICE.
6.2.3. Permiso para corta de bosque nativo, según se establece en el artículo 148 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Corta de 19,52 hectáreas de bosque nativo. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentan en la Adenda Complementaria, Anexo F.2 PAS 148. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En el trámite sectorial, el titular deberá: • Iniciar faenas de corta solo una vez obtenida la Resolución sectorial para el PAS 148, consistente en la corta de 19,52 ha de bosque nativo esclerófilo, y la reforestación de igual superficie, en terrenos de aptitud preferentemente forestal, considerando una combinación de especies de la tipología forestal intervenida y en una densidad no inferior al promedio de la cortada. • El Estudio Técnico y Cartografía del Plan de Manejo Corta y Reforestación de Bosques nativos para Ejecutar Obras Civiles, deberá utilizar un máximo de dos decimales y ceñirse a los "Requerimientos técnicos para la cartografía digital georreferenciada", versión 6.0, de marzo 2025, de CONAF, (https://www.conaf.cl/tramites/permisos-bosque-nativo-y- formaciones-xerofiticas/ ).” Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Ord. N°128-EA/2025 de fecha 16 de octubre de 2025, la Corporación Nacional Forestal de la región de Valparaíso, se pronunció conforme condicionado. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla10.2.3 del ICE.
6.2.4. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica • Alcantarillas (3) existentes en camino interior. • Ejecución de badén y descarga. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentan en la Adenda Complementaria, Anexo F.3.1 PAS 156. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente La Dirección General de Aguas de la región de Valparaíso, mediante su Ord. N°999, de fecha 20 de octubre de 2025, se pronunció conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla10.2.4 del ICE.
6.2.5. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, según se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 46
establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Canalización de quebradas identificadas como Cauce 1 y Cauce 4. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentan en la Adenda Complementaria, Anexo F.4 PAS 157. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente La Dirección General de Aguas de la región de Valparaíso, mediante su Ord. N°999, de fecha 20 de octubre de 2025, se pronunció conforme. La Dirección de Obras Hidráulicas de la región de Valparaíso, mediante el Ord. N°1014 de fecha 20 de octubre de 2025, se pronunció conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla10.2.5 del ICE.
6.2.6. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Utilización de 380,88 m2 para las instalaciones de apoyo a las faenas de extracción que corresponden a: oficina administrativa / técnica, dormitorios, baños, comedor, bodega de materiales, bodega de residuos peligrosos, zona mantenimiento, polvorín, zona de acopio y oficina de despacho. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentan en la Adenda Complementaria, Anexo F.5 PAS 160. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Ord. N°2719 publicado con fecha 20 de octubre de 2025, el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Valparaíso, se pronunció conforme. Mediante el Ord. N°599 de fecha 28 de octubre de 2025, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, se pronunció conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla10.2.5 del ICE. 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 7.1. Norma D.F.L. 458/1976 del Ministerio Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones. Componente/materia: Medio construido. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 47/92 del Ministerio Vivienda y Urbanismo, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 47
Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica En predio en el que se emplazará el Proyecto se verifica un suelo de uso rural en el que actualmente existen construcciones e instalaciones de apoyo a las faenas de extracción que corresponden a: oficina administrativa / técnica, dormitorios, baños, comedor, bodega de materiales, bodega de residuos peligrosos, zona mantenimiento, polvorín, zona de acopio y oficina de despacho. Forma de cumplimiento Las obras señaladas contarán con la autorización e informes favorables que se establecen en el inciso 4° del artículo 55. Cuestión que se acreditará con la obtención PAS 160 del Reglamento del SEIA, Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos. Indicador que acredita su cumplimiento Recepción definitiva de las obras por Dirección de Obras Municipales de Quillota. Forma de control y seguimiento Registro del Acta de la Recepción Definitiva en oficina administrativa disponible para revisión por la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1 del ICE.
7.2. Norma: Decreto Supremo Nº144/1961 del Ministerio de Salud, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Componente/materia: Aire y fuentes emisoras. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica En la construcción la actividad de mejoramiento de caminos y accesos generará emisiones atmosféricas producto del movimiento de tierras y de la circulación de camiones de carga de materiales, insumos y productos. En la operación se generarán emisiones atmosféricas de material particulado producto de las faenas de extracción de áridos, el proceso de perforación, movimiento de tierras y gases producto de la circulación de vehículos, grupo electrógeno de respaldo de 2,2 kW para funcionamiento de oficinas administrativas y el uso de maquinarias. En el cierre se generarán emisiones atmosféricas por movimiento de camiones de carga de residuos. Forma de cumplimiento Las emisiones atmosféricas serán de baja magnitud y puntuales, no obstante, para controlar y minimizar estas emisiones, se adoptarán las siguientes medidas: En la construcción: • Aplicación de Tratamiento Superficial Simple a los caminos para disminuir la emisión de partículas por el tránsito de vehículos. En la operación: • El proceso de perforación será realizado de manera interna con una perforadora, la cual funcionará con estanque de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 48
agua para minimizar las partículas de polvo. • En el caso del grupo electrógeno, deberán realizarse mantenciones. En las distintas fases: • Los camiones estarán cubiertos mediante lona sujeta a la carrocería, con el objetivo de evitar derrame. Indicador que acredita su cumplimiento • Constancia fotográfica de las faenas de mejoramiento de caminos. • Realización de inspección mensual a los camiones de propiedad del titular que salgan del sitio del proyecto, revisando si cumple con la utilización de lona para el control de emisiones, dejándose registro de dicha inspección. • Dos inspecciones mensuales de la máquina perforadora para corroborar su adecuado funcionamiento. • Mantención anual del grupo electrógeno, según corresponda. Forma de control y seguimiento • Registro fotográfico de las obras de mejoramiento de caminos concluidas. • Registro de las inspecciones realizadas que señale la fecha, patente del vehículo inspeccionado o indicación de la máquina perforadora y nombre del encargado. • Registro anual de las mantenciones realizadas al grupo electrógeno. • Los registros estarán disponibles y actualizados en la oficina administrativa de la obra para su consulta por la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.1 del ICE.
7.3. Norma: Norma Decreto Supremo Nº1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Componente/materia: Aire y fuentes emisoras. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica En la construcción la actividad de mejoramiento de caminos y accesos generará emisiones atmosféricas producto del movimiento de tierras y de la circulación de camiones de carga de materiales, insumos y productos. En la operación se generarán emisiones atmosféricas de material particulado producto de las faenas de extracción de áridos, el proceso de perforación, movimiento de tierras y gases producto de la circulación de vehículos, grupo electrógeno de respaldo de 2,2 kW para funcionamiento de oficinas administrativas y el uso de maquinarias. En el cierre se generarán emisiones atmosféricas por movimiento de camiones de carga de residuos. Forma de cumplimiento El titular realizará la declaración de emisiones a través del sistema de Ventanilla Única del RETC http://vu.mma.gob.cl/. Indicador que acredita su Comprobante de ingreso de declaración de emisiones en sistema Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 49
cumplimiento RETC Suscripción de contratos de compraventa con la cláusula señalada en la forma de cumplimiento. Forma de control y seguimiento Registro en obra de comprobante de ingreso de declaración de emisiones, los que estarán disponibles para su consulta por la autoridad fiscalizadora. El registro tendrá como contenido mínimo: fecha de la declaración, persona que realiza la declaración, respaldo electrónico de la declaración. Registro electrónico de contratos suscritos en las oficinas del titular. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.2 del ICE.
7.4. Norma: D.S. Nº279/1983 del Ministerio de Salud que Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Componente/materia: Aire y fuentes emisoras. Otros cuerpos legales • Decreto Supremo Nº4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, modificado por Decreto Supremo N°58/2004. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. • Decreto Supremo Nº211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. • Decreto Supremo Nº54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece las Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos. • Decreto Supremo N°55/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que indica”, y sus modificaciones. • D.S. N°103/2000 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Norma de emisión de hidrocarburos no metánicos para vehículos livianos y medianos. • D.S. N°149/2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión de NO, HC y CO para el control de NOx en vehículos en uso, de encendido por chispa. (Ciclo Otto) que cumplen con las normas de emisión establecidas en el D.S. Nº211/1991 y D.S. 54/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Modificado por D.S. 35/2017. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera el uso de vehículos motorizados destinados al transporte de carga, por calles y caminos, los cuales debido a su tránsito generarán material particulado y gases de combustión. Forma de cumplimiento Los vehículos motorizados que se utilicen en el Proyecto destinados a circular por las vías públicas contarán con sus respectivas revisiones técnicas al día, rótulos y distintivos que acrediten el cumplimiento de la norma. Si algún vehículo presentase una falla visible en sus emisiones, será retirado de la faena y no podrá retomar sus tareas hasta que la falla haya sido reparada. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 50
Indicador que acredita su cumplimiento En la Operación: Anualmente se efectuarán inspecciones de todos los vehículos involucrados en las faenas de la cantera, revisando el estado del mismo y sus documentos, dejando registro de dicha inspección. En la Construcción y Cierre: Al iniciar la fase se efectuarán inspecciones de todos los vehículos involucrados en las faenas de la cantera, revisando el estado del mismo y sus documentos, dejando registro de dicha inspección. Forma de control y seguimiento Registro de las inspecciones realizadas, que dé cuenta del día, hora y vehículos inspeccionado, el que estará disponible y actualizado en la oficina administrativa de la obra, para su consulta por la autoridad fiscalizadora (Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan a la Superintendencia del Medio Ambiente). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.3 del ICE.
7.5. Norma: Decreto Supremo N°75/1987, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece condiciones para el transporte de carga que indica. Componente/materia: Aire y fuentes emisoras. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera el uso de vehículos motorizados para el transporte de carga de materiales, suministros, productos y residuos, por lo cual deben regirse por este decreto. Forma de cumplimiento Los camiones que realicen el transporte de carga por caminos públicos y sean de propiedad o presten servicios al titular, estarán cubiertos mediante lona sujeta a la carrocería, con el objetivo de evitar derrame, caída o dispersión de los materiales en el aire en las distintas fases. Indicador que acredita su cumplimiento Realización de inspección mensual a los camiones de propiedad del titular que salgan del sitio del proyecto, revisando si cumple con la utilización de lona para el control de emisiones, dejándose registro de dicha inspección. Forma de control y seguimiento Registro de la inspección realizada a camiones, que señale la fecha, patente del vehículo inspeccionado y nombre del encargado, el que estará disponible y actualizado en la oficina administrativa de la obra, para su consulta por la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.4 del ICE.
7.6. Norma: Decreto Supremo Nº38/2011, Ministerio del Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Componente/materia: Ruido. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación, cierre. Parte, obra o acción a la que Construcción: las faenas de construcción generarán el ruido y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 51
aplica vibraciones propio que se asocia a las actividades de movilización de maquinaria pesada y de camiones al interior del recinto. Operación: La ejecución del Proyecto generará emisiones de ruido y vibraciones que se asocia a las actividades de extracción: tronadura, perforación, movimiento de maquinaria y camiones. Cierre: Durante las faenas de desmontaje se generarán el ruido y vibraciones propio que se asocia a las actividades de operación de maquinaria pesada y de camiones al interior del recinto. Forma de cumplimiento De acuerdo con los antecedentes detallados en los Considerandos 4.3.1, 4.3.2 y 4.3.3 de la presente Resolución, el proyecto dará cumplimiento con los niveles máximos permitidos por dicha normativa en todos los receptores sensibles. Indicador que acredita su cumplimiento Inspección de la correcta implementación de la medida de control de lo cual se dejará constancia en Registro de Tronaduras. Forma de control y seguimiento Registro de Tronaduras que deberá indicar la fecha de la inspección y la persona encargada, el que se encontrará disponible y actualizado en las oficinas administrativas de la obra para su consulta por la autoridad fiscalizadora (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.5 del ICE.
7.7. Norma: Decreto Supremo Nº594/1999, Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Componente/materia: Aguas servidas y efluentes líquidos. Otros cuerpos legales Decreto con Fuerza de Ley Nº725/1967, Ministerio de Salud, Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica La ejecución del proyecto, en sus distintas fases, generará efluentes líquidos provenientes de las duchas y servicios higiénicos del personal, correspondientes a aguas servidas. Forma de cumplimiento Los efluentes líquidos provenientes de las duchas y servicios higiénicos del personal, correspondientes a aguas servidas, serán evacuadas al Sistema Particular de Alcantarillado existente de 2.200 L para 6 personas, autorizado por la Resolución N°269 de fecha 31 de marzo de 2015, de la Oficina Provincial Quillota de la Seremi de Salud. Además, en la Oficina de Despacho se cuenta con otro Sistema Particular de Alcantarillado, esta vez de 2.200 L para 4 personas respecto del cual se presenta el PAS 138. Adicionalmente, durante la construcción, se instalarán 3 baños químicos portátiles que se irán desplazando según el avance de las obras, en cumplimiento con el D.S. N°594/1999 del MINSAL y sus modificaciones, los cuales serán provistos y retirados por una empresa autorizada, con una frecuencia de 3 veces por semana. Indicador que acredita su cumplimiento Se acreditará el cumplimiento con los permisos respectivos con que cuente la empresa, esto es, la Resolución Sanitaria N°269 y la obtención del PAS 138. Verificación del retiro semanal de baños químicos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 52
Forma de control y seguimiento Los certificados de autorización sanitaria se mantendrán disponibles en la oficina administrativa de la obra. Registro de verificaciones de retiro de baños químicos por empresa autorizada, disponible y actualizado en la oficina administrativa de la obra, para su consulta por la autoridad fiscalizadora (SEREMI Salud). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.6 del ICE.
7.8. Norma: Decreto con Fuerza de Ley Nº725/1967, Ministerio de Salud, Código Sanitario. Componente/materia: Residuos sólidos. Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº594/1999, Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las distintas fases del Proyecto se generarán residuos de tipo domiciliario, compuestos principalmente por el consumo de alimentos, restos de envoltorios de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes. En las fases de construcción y operación del Proyecto se generarán residuos no peligrosos, de provenientes de la instalación de la señalización, faenas de extracción y mantenimiento de maquinaria corresponderán principalmente a restos acero, de hormigón, fierro, madera y PVC, EPP, filtros de aire, entre otros. En la fase de cierre serán residuos provenientes del desmontaje de las instalaciones. Forma de cumplimiento Los residuos serán manejados y dispuestos en los términos detallados en los Considerandos 4.3.1, 4.3.2 y 4.3.3 de la presente Resolución. Indicador que acredita su cumplimiento Se acreditará el cumplimiento con los permisos respectivos con que cuenta la empresa, esto es, la Resolución Sanitaria N°351 y la obtención del PAS 140. Forma de control y seguimiento Se llevará un Registro de: • Retiro de residuos por empresas autorizadas. • Registro de las actas de inspección mensual de los sitios de almacenamiento. Los Registros estarán disponibles y actualizados en la oficina administrativa de la obra para su consulta por la autoridad fiscalizadora. Se mantendrán en oficina administrativa de la obra las respectivas Resoluciones Sanitarias que autorizan las bodegas de residuos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.7 del ICE.
7.9. Norma: Decreto Supremo Nº148/2003, Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Componente/materia: Residuos peligrosos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 53
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica En las fases de construcción y operación se generarán residuos sólidos peligrosos, consistentes en paños, huaipes y EPP contaminados con restos de aceite o petróleo, y arena contaminada. Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos serán dispuestos en forma temporal en la Bodega existente de Residuos Peligrosos en recipientes debidamente identificados, para luego ser retirados con una frecuencia máxima de 6 meses, por empresas de transporte autorizadas, las que definirán la ruta de tránsito desde el sitio del proyecto a su destino final, disponiéndolos finalmente en lugares también autorizados. Esta bodega cuenta con autorización sanitaria mediante la Resolución N°351 de fecha 10 de abril de 2019, de la SEREMI de Salud Oficina Provincial Quillota, la cual se adjunta en el Anexo. Dado que la cantidad de residuos peligrosos generados en la fase de construcción del frente Verónica es de 95 kg. y en fase de operación de los tres frentes es de 988 kg. anuales, el titular no estará sujeto a la obligación de declarar residuos peligrosos a través del Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP) contenida en el D.S. N°148/2003. Indicador que acredita su cumplimiento Se harán inspecciones mensuales del lugar de almacenamiento. El encargado de la inspección llenará registro, dando cuenta del cumplimiento de cada una de las condiciones de almacenamiento señaladas. El registro indicará la fecha de la inspección y será firmada por el encargado. Forma de control y seguimiento Se llevará un Registro de: • Retiro de residuos por empresas autorizadas. • Registro de las actas de inspección mensual del sitio de almacenamiento. Los Registros estarán disponibles y actualizados en la oficina administrativa de la obra para su consulta por la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.8 del ICE.
7.10. Norma: Decreto Supremo Nº43/2015, Ministerio de Salud, Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Componente/materia: Sustancias Peligrosas Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº594/1999, Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de Construcción se utilizará una emulsión asfáltica para el tratamiento superficial simple de caminos interiores. Durante la fase de Operación, se considera que será necesario el uso de sustancias peligrosas como pintura y diluyente, estimando un total de 5 litros mensuales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 54
Forma de cumplimiento Todas las sustancias peligrosas serán provistas por terceros. Atendida la cantidad de sustancias que se utilizarán es menor a 600 kg., estas se almacenarán envasadas sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, en una instalación que cuenta con estas características, denominada Sector Almacenamiento Sustancias Peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento Inspecciones semestrales del lugar de almacenamiento a fin de verificar que no haya deterioro en los envases, en el piso o estanterías donde se almacenan las sustancias peligrosas. El encargado de la inspección levantará acta del cumplimiento de cada una de las condiciones de almacenamiento señaladas en la forma de cumplimiento. Forma de control y seguimiento Registro de las actas de inspección interna semestral del sitio de almacenamiento de sustancias peligrosas, el que estará disponible y actualizado en la oficina administrativa de la obra para su consulta por la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.9 del ICE.
7.11. Norma: Ley N°17.288 Sobre Monumentos Nacionales. Componente/materia: Patrimonio cultural. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°484/1990, Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Faenas de excavación, escarpe y movimientos de tierra. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable y dentro de un plazo de 15 días hábiles y cada vez que ingrese un nuevo trabajador se realizarán charlas de inducción por un arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología respecto de las características de eventuales hallazgos arqueológicos o paleontológicos, del contenido de la Ley de Monumentos, de los reglamentos, siguiendo los pasos indicados en las guías del CMN (disponibles en (www.monumentos.cl) y protocolos establecidos en caso de hallazgo fortuito. Los reportes de las charlas de inducción serán remitidos al CMN al finalizar la etapa de excavaciones y movimientos de tierra, incluyendo los siguientes puntos: a) Nombre y firma del profesional que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción realizada. c) Copia del material gráfico presentado a los/as asistentes. d) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. e) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los/as asistentes. f) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá estar firmada por cada uno/a de los/as trabajadores/as. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 55
delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo 38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N°17.288 y el artículo 23 del Decreto Supremo N°484 de 1990 del Ministerio de Educación, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. Para tales efectos se procederá conforme al siguiente protocolo: a. Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. b. Dar aviso de manera inmediata al jefe de obra, informando de su localización exacta al arqueólogo que asesora y representa al Titular del Proyecto. En caso de que el arqueólogo determine que se trata de un hallazgo paleontológico, se dará aviso inmediato al profesional paleontólogo, informándole de la localización exacta del hallazgo paleontológico. c. Se deberá proceder a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral que limite y resguarde el hallazgo. d. Se deberá notificar al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) acerca del hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el profesional arqueólogo o paleontólogo, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N° 484 de 1990. Indicador que acredita su cumplimiento Los indicadores de cumplimiento serán: • Charlas de inducción realizadas, respecto de las cuales se levantará acta que indicará día, hora, materia tratada, nombre y firma del profesional que la realiza, contenidos de la indicción y copia del material gráfico presentado, registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad y lista de los asistentes indicando cargo y rut, la que deberá ser firmada por éstos. • Levantar acta del hallazgo arqueológico o paleontológico, el que señalará, la fecha, localización, características del hallazgo y firma del profesional. • Comunicación a las autoridades dando cuenta del hallazgo en el área del Proyecto. • Entrega de informes tanto a la SMA como al CMN dentro de un plazo de 15 días hábiles. Forma de control y seguimiento Registro de: • Actas de las charlas de inducción realizadas. • Reportes de las charlas de inducción remitidas al CMN. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 56
• Acta de hallazgo imprevisto y comunicación a la autoridad. • Constancia de la entrega de información a CMN y SMA • Permanencia del Protocolo de hallazgos arqueológicos o paleontológicos en las oficinas administrativas. • Los Registros estarán disponibles y actualizados en la oficina administrativa de la obra para su consulta por la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.1 del ICE.
7.12. Norma: Ley Nº19.473 de Caza. Componente/materia: Fauna. Otros cuerpos legales D.S. Nº5/1998, del Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de Caza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable y dentro de un plazo de 15 días hábiles, se realizarán charlas de inducción a los trabajadores respecto de la fauna silvestre del sector e impartirán instrucciones sobre las siguientes medidas a adoptar: • Prohibición de sustraer, cazar o alterar de alguna forma las especies silvestres del sector. • Prohibición de alimentación a animales. • Prohibición de arrojar basura doméstica fuera de los lugares específicamente habilitados para tal efecto. Se realizará una restricción y control de velocidad (30km/h), en caminos interiores del área de proyecto mediante instalación de señalética vial. Indicador que acredita su cumplimiento • Charla de inducción impartida a trabajadores, de lo cual se levantará acta con indicación de la fecha y lugar de realización, materia tratada, nombre y firma del profesional a cargo y firma de los asistentes. • Instalación de la señalética vial. Forma de control y seguimiento • Registro que contenga el acta de la charla de inducción, el cual deberá mantenerse disponible en la oficina administrativa a disposición de la autoridad fiscalizadora. • Registro fotográfico de la señalética instalada en los caminos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.2 del ICE.
7.13. Norma: Ley N°20.283 Sobre Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal. Componente/materia: Flora y vegetación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Operación y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 57
cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica La faena extracción de áridos supone intervención de 19,52 hectáreas de bosque nativo con presencia predomina de Matorral denso de Retanilla trinervia y Bosque poco denso de Vachellia caven. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentan en la Adenda Complementaria, Anexo F.2 PAS 148. Forma de cumplimiento Presentación de los contenidos técnicos y formales para la obtención del PAS 148, Permiso para Corta de Bosque Nativo del Reglamento del SEIA, además de la tramitación sectorial del plan de manejo de corta y reforestación de bosque nativo para ejecutar obras civiles. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la autorización sectorial del plan de manejo. Forma de control y seguimiento El Permiso estará disponible y en la oficina administrativa de la obra a disposición de la Autoridad Fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.3 del ICE.
7.14. Norma D.F.L. N°1.122/1981, de Ministerio de Justicia, Código de Aguas. Componente/materia: Recurso hídrico Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere ejecutar obras de regularización o defensa de 3 cauces naturales. La Canalización de quebradas identificadas como Cauce 1 y Cauce 4. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentan en la Adenda Complementaria, Anexo F.4 PAS 157. Además, se requiere la regularización de tres (3) alcantarillas existentes en el sector norte del predio para compatibilizar el drenaje de aguas lluvias con el flujo de vehículos motorizados y la ejecución de un badén y descarga. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentan en la Adenda Complementaria, Anexo F.3.1 PAS 156. Forma de cumplimiento Obtención sectorial de los dos (2) permisos ambientales mixtos. Indicador que acredita su cumplimiento El Titular remitirá luego de obtenida la RCA favorable, los proyectos definitivos de las obras a ejecutar, a la Dirección General de Aguas para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. Forma de control y seguimiento Registro que contenga copia de las autorizaciones sectoriales de ambos PAS, documentos que estarán disponibles en la oficina administrativa de la obra, para su consulta por la autoridad fiscalizadora (Dirección General de Aguas). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.4 del ICE. 8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 8.1. Compromiso Ambiental Voluntario: Charla Educación Ambiental. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 58
Impacto asociado Afectación sitios de interés de fauna. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Sensibilizar a los trabajadores sobre las especies de fauna presentes en el área del Proyecto. Descripción: El encargado ambiental del Proyecto realizará una charla al inicio de las actividades para los trabajadores, con el fin de informar sobre la fauna que podría encontrarse en el sector, su posible ubicación y su manejo para evitar afectación, en el marco de lo establecido en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Justificación: Ante la existencia de sitios de interés para fauna en el área del Proyecto, se ha optado por realizar una charla sobre fauna para los trabajadores del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el predio o un lugar adecuado para realizar la charla. Forma: El encargado ambiental del Proyecto realizará una charla para informar a los trabajadores sobre la fauna potencial del sector, su posible ubicación y su manejo en el marco del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Oportunidad: Las charlas se realizarán durante los primeros 15 días hábiles de iniciada cada fase. Indicador que acredite su cumplimiento Listado de asistencia firmado por los asistentes y presentación. Forma de control y seguimiento El listado de asistencia y la presentación se tendrán disponibles en la Oficina de la Obra una vez realizada la capacitación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.1 del ICE.
8.2. Compromiso Ambiental Voluntario: Carteles informativos sitios de interés para fauna. Impacto asociado Afectación sitios de interés de fauna. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la afectación de sitios de interés para la fauna mediante la instalación de señalética preventiva. Descripción: Instalación de carteles informativos en las proximidades de los sitios identificados como de interés para la fauna, según la Adenda Complementaria, Anexo C.2 Caracterización Fauna Actualizada, con mensajes que adviertan sobre la presencia y protección de especies. Justificación: Dada la presencia de sitios de interés para la fauna en el área del Proyecto, se propone la instalación de carteles informativos para prevenir su afectación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En las proximidades de los sitios identificados como de interés para la fauna, de acuerdo con la Adenda Complementaria, Anexo C.2 Caracterización Fauna Actualizada. Forma: Se instalarán carteles de manera previa a la ejecución de las obras del Proyecto. Oportunidad: Previo inicio de las obras. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de carteles. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 59
Forma de control y seguimiento Registro fotográfico de carteles en la Oficina de la Obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.2 del ICE.
8.3. Compromiso Ambiental Voluntario: Plan de Perturbación Controlada. Impacto asociado Pérdida de hábitat. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inducir el desplazamiento gradual o el abandono de individuos de fauna de baja movilidad, especialmente aquellos que se encuentren en alguna categoría de conservación y que hayan sido detectados, que se presenta en la Adenda Complementaria, Anexo C.2 Caracterización Fauna Actualizada, desde las áreas que serán intervenidas por las obras hacia zonas inmediatamente adyacentes, de manera previa al inicio de las actividades del Proyecto. Descripción: La Perturbación Controlada aplicada a especies de baja movilidad contempla el desplazamiento dirigido y la reubicación de los individuos afectados, por sus propios medios, desde el sitio de perturbación hacia un área adyacente no intervenida. La fauna será inducida a movilizarse hacia el terreno contiguo. Las especies objetivo son las siguientes: Tabla 8.3.1: Especies objetivo del plan de perturbación controlada.
Fuente: Tabla 1 del Anexo C.3 de la Adenda Complementaria. Justificación: Considerando que la superficie a intervenir por el Proyecto podría afectar a reptiles o micromamíferos no marsupiales en alguna categoría de conservación, y que existen hábitats adecuados conectados con el área de intervención, se propone su desplazamiento por sus propios medios, con el fin de evitar el estrés, los riesgos sanitarios y la mortalidad asociada a su manipulación directa. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de intervención del Proyecto. Forma: La forma de implementación de la perturbación controlada será: 1. Remoción de refugios (vegetación arbustiva, rocas y piedras) de las especies de interés previo al inicio de las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras. Esto será realizado en forma cuidadosa despejando principalmente la vegetación de tipo arbustiva y de baja altura además de las rocas y piedras de mediano tamaño. Para realizar esta actividad se recorrerá de forma completa el área a afectar por cada etapa del proyecto identificando los sitios a remover. 2. Traslado de los restos de vegetación cortados y piedras, hacia lugares fuera del área de intervención del proyecto. Este material será colocado en forma estratégica con el objetivo de compensar los refugios removidos y además orientar el escape de los individuos. Los sitios receptores son áreas que se encuentran inmediatamente fuera Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 60
del perímetro del área de intervención (área de perturbación) del Proyecto, de forma adyacente. 3. Retiro de los restos de vegetación y piedras con el fin de evitar una posible recolonización mientras dure la construcción de la etapa del proyecto. El detalle se entrega en el Anexo C.3 de la Adenda Complementaria. Oportunidad: La implementación de la medida se realizará de acuerdo con el avance del Proyecto de extracción, siendo lo más próxima en el tiempo a la intervención del área, considerando entre 0 a 5 días previos al inicio de las acciones en el área a intervenir. Indicador que acredite su cumplimiento Posterior al término de la medida de perturbación, se comprobará la liberación del área con la ausencia individuos o disminución de al menos el 85% de los individuos registrados en los transectos previos, en el área perturbada durante el recorrido de verificación. En caso de observar una mayor cantidad de individuos de lo recién mencionado durante este recorrido, se implementará nuevamente la metodología propuesta en el presente plan, con el fin de garantizar el movimiento de los ejemplares que hayan ingresado nuevamente al área o que no hayan abandonado el área. De este modo, la medida debe aplicarse hasta cumplir con la disminución de al menos el 85% de los individuos registrados en los transectos previos para poder liberar el área a intervenir. Forma de control y seguimiento El monitoreo de las áreas de destino comenzara al día siguiente del término de la implementación de la medida. En este primer monitoreo se evaluará de forma visual la actividad de las especies objetivo en el área de destino, así como la eventual presencia de ejemplares estresados o muertos. Luego se realizará seguimiento a los siete (7) días, a los 14 días y a los 45 días posteriores a la medida; completando un total de cuatro (4) monitoreos al finalizar cada área de perturbación. Cada uno de estos monitoreos serán informado 45 días posteriores, una vez finalizados los 4 monitoreos, acompañada de una planilla de datos, evidencia fotográfica, información georreferenciada y un informe de resultados, el cual será entregado a la SMA. Además, los informes resultantes de cada campaña de perturbación y seguimiento serán archivados en la Oficina de la Obra y permanecerán disponibles para su inspección. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.3 del ICE.
8.4. Compromiso Ambiental Voluntario: Rescate y Relocalización de Echinopsis chiloensis. Impacto asociado Pérdida de ejemplares de flora, específicamente de Echinopsis chiloensis. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir efectos negativos sobre la población de Echinopsis chiloensis, conservando el material genético de la especie. Descripción: Previo a la intervención de las áreas donde se encuentren individuos de esta especie, se procederá a extraer los ejemplares identificados, con el fin de reubicarlos en el sitio de relocalización previamente establecido. Justificación: Si bien el impacto de pérdida de ejemplares se ha estimado como no significativo, la especie objeto del rescate y relocalización, presenta singularidades, al tratarse de una especie endémica y estar en categoría de conservación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 61
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el predio del Proyecto. Forma: El área de relocalización fue seleccionada considerando su similitud con las condiciones del sitio de origen de los ejemplares, incluyendo factores como exposición, soleamiento, posición respecto a la escorrentía de aguas lluvias, régimen de vientos, tipo de sustrato, entre otras características relevantes. Este sector, de aproximadamente 1,9 hectáreas, corresponde a la misma comunidad vegetacional desde donde se extraerán los ejemplares, específicamente el Bosque Claro de Vachellia caven y Puya berteroniana, ubicado dentro de la Unidad de Hábitat Vegetacional, descrita en la Caracterización de Flora y Vegetación y sus actualizaciones (Anexo C.1 de la Adenda Complementaria). Dentro del área de relocalización se instalará un sombreadero para ubicar los esquejes de Echinopsis chiloensis. La estructura estará compuesta por una base de pallets de madera, que evitará el contacto directo de los cactus con el suelo, y una malla raschel (80%) para reducir la evapotranspiración y minimizar la deshidratación. El sombreadero estará perimetrado con una malla anticonejo para prevenir daños ocasionados por fauna de mayor tamaño. Figura 8.4.1: Sitio de relocalización (color celeste). Fuente: Imagen s/n de la Tabla 4 del Anexo G de la Adenda Complementaria. En el área de rescate, la primera actividad consistirá en verificar la ubicación de los ejemplares según lo indicado en la caracterización incluida en el Anexo C de la Adenda, contrastándola con el área de explotación para determinar cuáles serán objeto de la medida. Previo a la extracción, se marcará la orientación norte de cada ejemplar, registrando además su estado fenológico y nivel de vigor. Cada espécimen será fotografiado para su registro. Una vez identificados y georreferenciados, se procederá a extraer los esquejes, evitando generar heridas adicionales o daños por contacto con otras partes del cactus. La extracción se realizará preferentemente con sierra manual y utilizando guantes anticorte para prevenir lesiones y daños a los ejemplares. Posteriormente, los esquejes se trasladarán cuidadosamente al sitio de estabilización, procurando que no se perforen entre sí durante el transporte. Una vez descargados, se ubicarán sobre pallets, se aplicará enraizante y se cubrirán los cortes con pasta de poda con fungicida. Se extraerán al menos dos esquejes por ejemplar, destinando algunos a vivero en macetas para reemplazos en caso de enfermedades o problemas, con el fin de cumplir con el porcentaje de prendimiento comprometido (75%). Los esquejes permanecerán en estabilización un mínimo de 15 días, buscando llegar a 30 días para favorecer el desarrollo de raíces. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 62
Transcurrido este período, se procederá a la plantación en el sitio de relocalización. Para ello, se excavarán casillas de aproximadamente 30 cm x 30 cm y 40 cm de profundidad, en cuyo fondo se aplicará tierra de hojas enriquecida con abono y desinfectada. Cada ejemplar será ubicado en su casilla y cubierto con tierra de hojas para asegurar sujeción. Posteriormente, se regará con enraizante para favorecer el arraigo. Finalmente, cada individuo será georreferenciado e identificado con una placa metálica con código único para su seguimiento. Oportunidad: Se realizará de acuerdo con el avance del Proyecto de extracción, cuando se identifique zonas donde esta especie se vería afectada. Indicador que acredite su cumplimiento • Supervivencia del 75% de los ejemplares trasplantados. • Informe de rescate, que entregue información sobre los individuos extraídos desde su lugar de origen, en concordancia con el avance del proyecto de explotación. • Informe de relocalización que dé cuenta de la nueva ubicación de los ejemplares relocalizados en el sitio designado. • Informe final. Forma de control y seguimiento Los informes serán presentados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de un mes desde la ejecución de la actividad. Al finalizar el proceso de rescate y relocalización, se emitirá un informe final que acredite el cumplimiento del Compromiso Ambiental Voluntario. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.4 del ICE.
8.5. Compromiso Ambiental Voluntario: Plan Comunicacional. Impacto asociado Eventual afectación a los habitantes del sector por actividades del proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar y proveer un canal de comunicación entre la comunidad y el titular del Proyecto. Descripción: Se realizará una reunión inicial, convocando a las Juntas de Vecinos del sector, la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Quillota (UNCO) y el Municipio con el fin de informar sobre el Proyecto. A su vez, por correo electrónico se enviará un calendario tentativo trimestral de tronadura durante los 3 primeros años. Posteriormente se entregará información anual por correo electrónico siempre y cuando existan tronaduras. Se creará una casilla de correo electrónico destinada a recibir consultas o reclamos por parte de la comunidad. Justificación: En virtud del principio de acceso a la información ambiental establecido en el Tratado de Escazú, y considerando las actividades del Proyecto y su posibilidad de eventual afectación a la población, se considera pertinente generar instancias de comunicación con la comunidad que permitan facilitar el acceso a la información y a la comunicación con el titular. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Lugar adecuado para la realización de una reunión (presencial o mediante plataformas electrónicas) y correo electrónico. Forma: Al comienzo de las obras, se realizará una reunión inicial, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 63
convocando a las Juntas de Vecinos del sector, la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Quillota (UNCO) y el Municipio con el fin de informar sobre el Proyecto en general, la Resolución de Calificación obtenida, el tipo de actividades a desarrollar, Plan de Contingencia y Emergencia, y el canal de comunicación establecido para tomar contacto en caso de requerirlo. A su vez, por correo electrónico se enviará un calendario tentativo trimestral de tronadura durante los 3 primeros años. Posteriormente se entregará información anual por correo electrónico siempre y cuando existan tronaduras. La casilla de correo electrónico destinada a recibir consultas o reclamos por parte de la comunidad estará bajo la responsabilidad del Encargado de Obra. Dicho medio será revisado diariamente y se procurará entregar respuesta en un plazo máximo de 72 horas. Oportunidad: Durante el desarrollo del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Copia de invitaciones y correos enviados. • Listado de asistencia. • Presentación utilizada. • Registro de consultas y respuestas. Forma de control y seguimiento • Revisión anual de los resultados obtenidos por el equipo del proyecto y entrega de información a la comunidad. • Informes anuales entregados a la SMA, con detalles de las actividades del plan comunicacional realizadas y los resultados obtenidos, máximo un mes después de la entrega de información a la comunidad para cada una de las fechas de las reuniones establecidas. • La trazabilidad del compromiso se dará a partir de la presentación de toda la documentación anterior a la SMA y otros organismos que así lo soliciten, como también, la disponibilidad de los registros en la oficina de la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.5 del ICE.
8.6. Compromiso Ambiental Voluntario: Charla Arqueológica y Paleontológica de Inducción. Impacto asociado Eventual afectación al patrimonio arqueológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar la posibilidad de afectación de patrimonio arqueológico eventualmente presente en el área de excavación del proyecto. Descripción: Se realizarán charlas de inducción a los trabajadores por un Arqueólogo o licenciado en Arqueología para el componente de arqueología, y las paleontológicas serán realizadas o supervisadas por un paleontólogo, respecto de las características de eventuales hallazgos arqueológicos o paleontológicos respectivamente, del contenido de la Ley de Monumentos y de su Reglamento, siguiendo los pasos indicados en las guías del CMN y protocolos establecidos en caso de hallazgo fortuito. Justificación: Considerando la baja posibilidad de hallazgos arqueológicos en la zona, una vez que se comience a excavar el terreno natural, se realizarán charlas. Lugar, forma y Lugar: Las charlas se realizarán en el predio del proyecto o en un lugar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 64
oportunidad de implementación establecido que permita recibir asistentes. Forma: Las charlas serán realizadas por un Arqueólogo o licenciado en Arqueología y por un paleontólogo respectivamente, previo a las obras de excavación o durante ellas para los trabajadores que se integren. Oportunidad: Las charlas se realizarán durante los primeros 15 días hábiles después de haber obtenido la RCA Indicador que acredite su cumplimiento Charlas de inducción realizadas, respecto de las cuales se levantará acta que indicará día, hora, materia tratada, nombre del profesional que la realiza y lista de los asistentes, la que deberá ser firmada por éstos. Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles, el (los) informe(s) de charla de inducción, elaborado por el/la arqueólogo/a y por el/la paleontólogo, el cual deberá contener: a) Nombre y firma del paleontólogo que realizó o supervisó la charla de inducción o del arqueólogo que realizó la correspondiente. b) Contenidos de la inducción realizada. c) Copia del material gráfico presentado a los asistentes. d) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. e) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los asistentes. f) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá debidamente firmada por cada uno de los trabajadores. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. Forma de control y seguimiento Acta de Charlas de Inducción realizadas. Informes mensuales (cuando se hayan realizado charlas) remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) elaborados por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Protocolo de procedimiento ante hallazgos paleontológicos/arqueológicos imprevistos disponible en oficina técnica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.6 del ICE.
9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Situación de Riesgo o Contingencia: Incendio. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las partes, obras o acciones a desarrollar. Acciones o medidas a implementar para prevenir la Generales: • Se instalará un letrero en la entrada del predio, referente a prevenir la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 65
contingencia ocurrencia de incendios. • Se prohibirá la utilización de fuego en las faenas a fin de minimizar la ocurrencia de incendios, salvo con la autorización expresa del Gerente de Operaciones Cantera Hernán Muñoz. Extintores de Incendio: • Todos los extintores instalados se mantendrán con su revisión al día a fin de asegurar su funcionamiento. • Todos los extintores estarán ubicados en lugares adecuados e identificados, de acuerdo con la normativa. • Cualquier extintor que sea utilizado por cualquier motivo, será reemplazado de inmediato. Para esto se contará con un stock de repuesto de 3 extintores en la bodega. • Se capacitará a los trabajadores respecto al manejo de los extintores. Bodega de Residuos Peligrosos y Polvorín de Explosivos: • Estará prohibido fumar en el perímetro circundante de estos recintos a fin de prevenir la ocurrencia de incendios, señalado por un letrero instalado en el lado exterior. • El perímetro de estos recintos se mantendrá libre de maleza y de materiales. Forma de control y seguimiento • Registro de Capacitaciones. • Registro de Inspección. Los registros que se utilizarán para el control y seguimiento de las medidas de prevención de contingencias para determinados riesgos del Proyecto se mantendrán actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por algún órgano de la administración del Estado con competencias fiscalizadoras en la Oficina Técnica de la Cantera. El contenido mínimo de cada registro a implementar será: Título, Fecha, Materia que se registra y "Nombre de quien lo completa. En el caso de Capacitación se agrega Nombre y RUT de Asistentes, su firma, Contenido de la capacitación y Relator. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Adenda Complementaria, Anexo E, Tabla 4.1, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se dará aviso en forma inmediata al Gerente de Operaciones. • De ser posible, y sin exponer la integridad física de los trabajadores, se intentará controlar y extinguir el incendio mediante extintores dispuestos en la obra. En este caso se prestará atención a la dirección del viento para evitar que las llamas alcancen al operador del extintor. • Podrá intentarse también la extinción con agua presente en la obra, siempre que se haya desconectado previamente la energía eléctrica o la faena se esté realizando sin energía eléctrica. • Si se observa que no será posible controlar el incendio, el Gerente de Operaciones solicitará la presencia de Bomberos en el lugar de la obra. • Una vez extinguido el incendio, se efectuará el retiro de escombros, los cuales serán llevados a un botadero autorizado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA Aviso de la activación de este plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no superior de 24 horas de ocurrido el incidente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 66
de la activación del Plan de Emergencia http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/ Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1 del ICE.
9.2¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Situación de Riesgo o Contingencia: Incendio forestal. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las partes, obras o acciones a desarrollar. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se instalarán letreros de Prevención en todos los frentes de trabajo, indicando nivel de riesgo de ocurrencia de incendios y prohibiciones de fumar, generar cualquier tipo de fuego y derramar combustible en suelo y/o vegetación. • Se capacitará a los trabajadores respecto a la prohibición del uso del fuego en las labores de corta de bosque y matorrales y despeje de vegetación, como también en las labores de preparación del terreno para la reforestación. • Se capacitará a los trabajadores respecto a los peligros y riesgos de los incendios forestales y los daños que se pueden generar, así como instrucción práctica básica sobre combate de incendios forestales, formas de organizarse y construir líneas rudimentarias de control de fuego, a fin de combatir preliminarmente cualquier foco de incendio hasta que llegue el personal especializado. Si se utilizarán motosierras, también se realizará capacitación sobre el manejo del combustible líquido. • Respecto al manejo de combustible, el desecho vegetal proveniente de la intervención se retirará y transportará a sectores habilitados de acopio. Los árboles extraídos serán derramados y trozados para luego ser acopiados en el predio. Los matorrales y residuos vegetales serán, en lo posible, astillados (chips) para ser esparcidos en el terreno a reforestar o serán destinados a vertederos autorizados por la Autoridad Sanitaria. Tampoco acumular leña o materiales combustibles (ramas o maleza) cerca de los frentes de trabajo ni de bodegas u otras construcciones. • Los caminos interiores se mantendrán despejados de todo tipo de combustible en una franja de 5 m a orilla de camino, a fin de que cumplan la función de Cortafuegos. • Los combustibles líquidos para el funcionamiento de las motosierras, si se utilizaran, se almacenarán y manipularán de acuerdo con lo señalado en el numeral 7.3 del formulario del PAS 148 (Anexo F.2 de la Adenda). Forma de control y seguimiento • Registro de Capacitaciones. • Registro de Inspección. Los registros que se utilizarán para el control y seguimiento de las medidas de prevención de contingencias para determinados riesgos del Proyecto se mantendrán actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por algún órgano de la administración del Estado con competencias fiscalizadoras en la Oficina Técnica de la Cantera. El contenido mínimo de cada registro a implementar será: Título, Fecha, Materia que se registra y Nombre de quien completa. En el caso de Capacitación se agrega Nombre y RUT de Asistentes, su firma, Contenido Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 67
de la Capacitación y Relator. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Adenda Complementaria, Anexo E, Tabla 4.2, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • El personal que se encuentre más cerca del incendio, dará aviso de inmediato al Gerente de Operaciones o la persona encargada de la faena, y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, tales como: tipo de combustible que se está quemando, cantidad de combustible, disponibilidad de agua, vías de acceso al lugar, estimación de la superficie afectada hasta ese momento, topografía del lugar, condiciones meteorológicas locales, especialmente dirección y fuerza del viento y, en especial, si se requiere de más personal para el combate. • El Gerente de Operaciones comunicará de inmediato a CONAF de la región de Valparaíso la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de este y demás antecedentes, con el objeto de que dicha institución tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y se comiencen a realizar las evaluaciones necesarias. Si amerita, solicitará la participación de brigadas profesionales de combate de incendios. • El personal que se encuentre disponible más cerca del lugar del amago de incendio comenzará a combatirlo de inmediato, construyendo las líneas de control que sean necesarias. En primera instancia, asumirá el liderazgo el Operador de las faenas que primero llegue al lugar. Si el líder considera que es de alto riesgo efectuar acciones para combatir el incendio, se procederá a la evacuación hacia zona segura. • El Gerente de Operaciones también dará aviso a Bomberos y a la Oficina Municipal de Gestión de Riesgo de Desastres. • Una vez extinguido el incendio, se efectuará el retiro de escombros, los cuales serán llevados a un botadero autorizado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Aviso a CONAF 130. • Aviso a Bomberos 132. • Aviso a la Oficina Municipal de Gestión de Riesgo de Desastres. • Aviso de la activación de este plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no superior de 24 horas de ocurrido el incidente. http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/ Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2 del ICE.
9.3¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Situación de Riesgo o Contingencia: Sismo o Terremoto. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las partes, obras o acciones a desarrollar. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 68
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Mantener las bodegas ordenadas y los materiales más pesados guardados a nivel de piso. • Toda estructura en altura, como andamios o estructuras para oficinas, estarán debidamente fijadas para evitar que se deslicen o muevan en caso de sismo. Forma de control y seguimiento Los registros que se utilizarán para el control y seguimiento de las medidas de prevención de contingencias para determinados riesgos del Proyecto se mantendrán actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por algún órgano de la administración del Estado con competencias fiscalizadoras en la Oficina Técnica de la Cantera. El contenido mínimo de cada registro a implementar será: Título, Fecha, Materia que se registra y Nombre de quien lo completa. En el caso de Capacitación se agrega Nombre y RUT de asistentes, su firma, Contenido de la capacitación y Relator. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Adenda Complementaria, Anexo E, Tabla 4.3, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Instalación de Faenas: A fin de minimizar el riesgo adicional de incendio, cortar el suministro eléctrico si es posible y no utilizar velas. • Conduciendo Maquinaria: Si se está manejando algún tipo de maquinaria con carga, dirigir la carga al suelo lentamente, a fin de no generar otro riesgo. Cerrar el contacto de la máquina sin obstruir el camino, para permitir el posible paso de bomberos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Aviso de la activación de este plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no superior de 24 horas de ocurrido el incidente. http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/ Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3 del ICE.
9.4¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Situación de Riesgo o Contingencia: Desestabilización de taludes. Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las partes, obras o acciones a desarrollar. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Efectuar la extracción de acuerdo con la geoforma de taludes definida para la Cantera en el Informe Estabilidad de Talud (Tabla 21, Anexo A.7 de la Adenda). • Se implementará un programa de monitoreo regular de los taludes, para detectar cualquier cambio en las condiciones de estabilidad. Este monitoreo incluirá la observación de grietas, desprendimientos y movimientos inusuales. • Se implementará un sistema de control de aguas superficiales para evitar la infiltración y acumulación de agua en los taludes. Se construirán canales y zanjas de contorno para desviar las aguas pluviales si fuese necesario. • Se revisará y ajustará el diseño de los taludes y rampas, según sea Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 69
necesario, para adaptarse a cambios geológicos o de operación. El rediseño puede incluir ajustes en el ángulo y la altura de los taludes, así como el ancho de las bermas. Forma de control y seguimiento • Informe de monitoreo de taludes. • Informe de control de aguas. • Informe de revisión diseño de taludes. Los registros que se utilizarán para el control y seguimiento de las medidas de prevención de contingencias para determinados riesgos del Proyecto se mantendrán actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por algún órgano de la administración del Estado con competencias. El contenido mínimo de cada registro a implementar será: Título, Fecha, Materia que se registra y Nombre de quien lo completa. En el caso de Capacitación se agrega Nombre y RUT de asistentes, su firma, Contenido de la capacitación y Relator. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Adenda Complementaria, Anexo E, Tabla 4.4, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Cuando se detecte algún cambio en las condiciones de estabilidad de un talud, como pudieran ser grietas, desprendimientos y/o movimientos inusuales, se solicitará una inspección del o de los taludes afectados por parte de un profesional especialista, y se procederá a suspender la actividad de extracción en los taludes afectados, hasta obtener la aprobación de reanudación de faenas por parte del especialista. • En caso de detectarse infiltración y/o acumulación de agua en los taludes, se determinará la causa que dio origen a la presencia de agua, y si es necesario, se construirán canales y/o zanjas de contorno adicionales para evitar que estas aguas superficiales alcancen las zonas comprometidas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Aviso de la activación de este plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no superior de 24 horas de ocurrido el incidente. http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/ Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.4 del ICE.
9.5¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Situación de Riesgo o Contingencia: Derrame de sustancias peligrosas, residuos peligrosos o combustible. Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Almacenamiento de sustancias peligrosas; almacenamiento, traslado, trasvasije o disposición transitoria de residuos peligrosos y trasvasije de combustible líquido. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • El traslado y almacenamiento de las sustancias peligrosas se hará únicamente en el envase en que este viene del proveedor, manteniéndolos en todo momento debidamente cerrados, a fin de evitar derrames. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 70
• El traslado y almacenamiento de los residuos peligrosos se hará si es posible en el envase en que este viene del proveedor, o en bidones apropiados para dicho residuo, manteniéndolos en todo momento debidamente cerrados, a fin de evitar derrames. • Estos envases estarán siempre almacenados en la Bodega de Residuos Peligrosos o temporalmente en su punto de uso, quedando prohibido mantenerlos en otro lugar. • Todo envase en el cual se almacene residuos peligrosos se encontrará rotulado de acuerdo con el residuo que contiene. • Mantener en la Oficina Técnica las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias peligrosas y los residuos peligrosos que se manejen en la obra. • Capacitar a los trabajadores respecto de la prevención de derrames de las sustancias peligrosas y los residuos peligrosos. • Realizar la manipulación de productos con potencial de derrame en lugares que cuenten con protección del suelo. Forma de control y seguimiento • Registro de Capacitaciones. • Registro de Inspección. Los registros que se utilizarán para el control y seguimiento de las medidas de prevención de contingencias para determinados riesgos del Proyecto se mantendrán actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por algún órgano de la administración del Estado con competencias fiscalizadoras en la Oficina Técnica de la Cantera. El contenido mínimo de cada registro a implementar será: Título, Fecha, Materia que se registra y Nombre de quien lo completa. En el caso de Capacitación se agrega Nombre y RUT de asistentes, su firma, Contenido de la capacitación y Relator. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Adenda Complementaria, Anexo E, Tabla 4.5, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia a) Detener de inmediato cualquier operación. b) Desconectar inmediatamente la electricidad del sector, apagar las máquinas que operen cerca del derrame y evitar toda fuente de chispa. c) Disponer de la Hoja de Datos de Seguridad de la sustancia o residuo derramado. d) Ingresar al área del derrame sólo con elementos de protección personal adecuados. e) Ubicar la fuente del derrame y detenerlo para evitar un mayor daño. f) Contener el derrame en el lugar. g) Cubrir con absorbente adecuado (arena seca) el derrame. h) Si fuera necesario, construir un dique temporal de contención e impedir que alcance sectores bajos. i) Una vez controlado el derrame, disponer los residuos en la Bodega de Residuos Peligrosos. j) Descontaminar el área según corresponda, hasta eliminar totalmente el material o residuo peligroso: - En caso de ser hormigón u otra superficie impermeable, limpiar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 71
con material absorbente.
En caso de ser sobre tierra o arena, extraer todo el material visiblemente afectado, y al menos 30 cm de espesor adicionales. • Disponer como residuos peligrosos todo el material utilizado para contener y limpiar el derrame. • Completar los formularios correspondientes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Aviso de la activación de este plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no superior de 24 horas de ocurrido el incidente. http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/ Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.5 del ICE.
9.6¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Situación de Riesgo o Contingencia: Desprendimiento de rocas hacia cauces naturales. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las partes, obras o acciones a desarrollar. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Durante la fase de construcción, y a medida que se avance en las faenas de extracción de cada frente de trabajo, se analizará la posibilidad de caída de rocas hacia un cauce natural, y si fuese necesario, se instalara una barrera que evite la llegada de alguna roca al cauce. • Se capacitará a los trabajadores respecto a la existencia y función (vía para agua y fauna) de los cauces naturales existentes en los frentes de trabajo. • Se capacitará a los trabajadores respecto a una posible situación de desprendimiento de rocas hacia cauces naturales. Forma de control y seguimiento • Registro de análisis efectuado. • Registro de capacitaciones respecto a existencia y función de cauces naturales existentes. • Registro de capacitaciones frente a posibles desprendimientos de roca hacia cauce naturales. Los registros que se utilizarán para el control y seguimiento de las medidas de prevención de contingencias para determinados riesgos del Proyecto se mantendrán actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por algún órgano de la administración del Estado con competencias fiscalizadoras en la Oficina Técnica de la Cantera. El contenido mínimo de cada registro a implementar será: Título, Fecha, Materia que se registra y Nombre de quien lo completa. En el caso de Capacitación se agrega Nombre y RUT de asistentes, su firma, Contenido de la capacitación y Relator. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Adenda Complementaria, Anexo E, Tabla 4.7, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 72
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Detener la actividad en el frente de trabajo correspondiente. • Proceder al retiro inmediato de las rocas que hayan caído al cauce natural afectado. • Evaluar si es necesario instalar una barrera de contención para evitar que se repitan nuevas llegadas de rocas al cauce natural. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Si la obstrucción del cauce no puede ser despejada en el lapso de una hora, avisar de la activación de este plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no superior de 24 horas de ocurrido el incidente. http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/ Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.6 del ICE.
9.7¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Situación de Riesgo o Contingencia: Erosión. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las partes, obras o acciones a desarrollar. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Realizar evaluaciones de riesgos geológicos en áreas propensas a deslizamientos de tierra (principalmente zonas con mayor pendiente), con el fin de controlar y minimizar la aparición y desarrollo de la erosión. • Mantener sin cortar la vegetación de las zonas de extracción, hasta que sea necesario efectuar el escarpe. • Se construirán canales y/o zanjas de contorno para desviar las aguas pluviales y minimizar que estas aguas superficiales alcancen las zonas con pendientes, disminuyendo la infiltración y acumulación de agua. • Dar aviso al encargado, y ejecutar los reparos correspondientes si durante el escarpe y excavación de las obras de canalización no se realiza la compactación adecuada y se generan problemas con la excavación. • Se capacitará a los trabajadores respecto a las condiciones que favorecen la erosión (precipitaciones, pendiente del terreno, falta de cobertura vegetal). Forma de control y seguimiento • Informe de Evaluación de Riesgos de Erosión / Remoción en Masa. • Plan de escarpe proceso de extracción. • Registro de capacitaciones (prevención de erosiones). • Informe y registro fotográfico de reparos. Los registros que se utilizarán para el control y seguimiento de las medidas de prevención de contingencias para determinados riesgos del Proyecto se mantendrán actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por algún órgano de la administración del Estado con competencias fiscalizadoras en la Oficina Técnica de la Cantera. El contenido mínimo de cada registro a implementar será: Título, Fecha, Materia que se registra y Nombre de quien lo completa. En el caso de Capacitación se agrega Nombre y RUT de asistentes, su firma, Contenido de la capacitación y Relator. Referencia a Adenda Complementaria, Anexo E, Tabla 4.8, Plan de Prevención de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 73
documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Contingencias y Emergencias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de detectarse sectores con pendiente y con baja cobertura de vegetación en el área de extracción, se solicitará una inspección del sector a un profesional en vegetación, y se procederá a ejecutar las acciones correspondientes según su recomendación, en un plazo no superior a 60 días. • En caso de detectarse surcos por escurrimiento de agua superficial en el área de extracción, principalmente en los sectores de mayor pendiente, se determinará la causa que dio origen a los surcos, y si es necesario se construirán canales y/o zanjas de contorno adicionales para evitar que estas aguas superficiales alcancen las zonas comprometidas. La misma acción se tomará en caso de detectarse infiltración y/o acumulación de agua. • En caso de detectarse erosión asociado a las obras de escarpe y excavación correspondiente a las obras de canalización, se solicitará una inspección de un profesional y se procederá a ejecutar las acciones correspondientes según su recomendación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Aviso de la activación de este plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no superior de 24 horas de ocurrido el incidente. http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/ Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.7 del ICE.
9.8¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Situación de Riesgo o Contingencia: Remoción en masa. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las partes, obras o acciones a desarrollar Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Efectuar actualización de evaluaciones de riesgos geológicos según categoría de susceptibilidad de eventos de remoción en masa. • Mantener sin cortar la vegetación de las zonas de extracción, hasta que sea necesario efectuar el escarpe. • Se construirán canales y/o zanjas de contorno para desviar las aguas pluviales y minimizar que estas aguas superficiales alcancen las zonas con pendientes, disminuyendo la infiltración y acumulación de agua. • Se realizarán inspecciones anuales de las obras de canalización. • Se capacitará a los trabajadores respecto a una posible situación de remoción en masa y las causas que lo favorecen (lluvia intensa, pendiente fuerte, ausencia de vegetación). • Se realizará un Plan de Cierre (Anexo A.4 de la Adenda complementaria) que incluye la verificación de la geoforma de los taludes. Forma de control y seguimiento • Informe de Evaluación de Riesgos de Erosión / Remoción en Masa. • Registro de capacitaciones frente a posibles remociones en masa. • Plan de Cierre disponible en oficina. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 74
Los registros que se utilizarán para el control y seguimiento de las medidas de prevención de contingencias para determinados riesgos del Proyecto se mantendrán actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por algún órgano de la administración del Estado con competencias fiscalizadoras en la Oficina Técnica de la Cantera. El contenido mínimo de cada registro a implementar será: Título, Fecha, Materia que se registra y Nombre de quien lo completa. En el caso de Capacitación se agrega Nombre y RUT de asistentes, su firma, Contenido de la capacitación y Relator. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Adenda Complementaria, Anexo E, Tabla 4.9, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Detener la actividad en el frente de trabajo correspondiente. • Una vez terminado el deslizamiento de tierra, detrito y/o roca en los frentes de trabajo y/o en las obras de canalización proceder a despejar el terreno, y apilar el material deslizado en un lugar seguro del frente de trabajo. • En caso de pérdida de vegetación, se efectuarán acciones de revegetación acorde al daño producido, y en el caso de daño a cauces, serán reparados en concordancia con los estándares establecidos en la DIA del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Aviso de la activación de este plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no superior de 24 horas de ocurrido el incidente. http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/ Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.8 del ICE.
9.9¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Situación de Riesgo o Contingencia: Presencia de una especie de la fauna silvestre. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades a ser realizadas en el predio para la ejecución del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • En caso de que se detecte en el terreno del Proyecto la presencia de una o más especies de la fauna silvestre mientras se realizan las obras, no se les molestará. Lo más probable es que al encontrarse con personas, estas especies huyan, sin embargo, si ese no es el caso, se detendrá la faena en la zona donde se encuentran estas especies y se ahuyentará al o los individuos sin provocarles daño. • Si la especie no huye o no busca refugio, ya sea porque se encuentre herida o con dificultad para moverse, se activará el plan de emergencia. • Se capacitará a los trabajadores respecto a la posible presencia de una o más especies de la fauna silvestre mientras se realizan las obras, a fin de que tengan conocimientos básicos que les permitan evitar daños a la fauna. Forma de control y • Registro de presencia de fauna silvestre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 75
seguimiento • Registro de Capacitación. Los registros que se utilizarán para el control y seguimiento de las medidas de prevención de contingencias para determinados riesgos del Proyecto se mantendrán actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por algún órgano de la administración del Estado con competencias fiscalizadoras en la Oficina Técnica de la Cantera. El contenido mínimo de cada registro a implementar será: Título, Fecha, Materia que se registra y Nombre de quien lo completa. En el caso de Capacitación se agrega Nombre y RUT de asistentes, su firma, Contenido de la capacitación y Relator. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Adenda Complementaria, Anexo E, Tabla 4.10, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Si se causa daño a una especie de la fauna silvestre durante la ejecución de las obras, o se presenta un individuo herido o con dificultad para moverse por sus propios medios, se tomarían las siguientes medidas: • Se debe tener presente que solamente personal especializado debe prestar auxilio corporal a la fauna afectada. • Solicitar inmediatamente la presencia de un Veterinario o especialista en fauna, explicando que se trata de una especie silvestre, en lo posible indicando cuál. • Mientras llega el veterinario o especialista en fauna, favorecer un ambiente tranquilo para el animal y no moverlo, pero tampoco permitir que se escape, ya que tendrá más posibilidades de sobrevivir si recibe la atención adecuada. • Una vez que el individuo de fauna haya sido atendido por el veterinario, trasladarlo a un Centro de Rehabilitación o Rescate inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Aviso al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), en un plazo no superior de 24 horas de ocurrido el incidente. Aviso de la activación de este plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no superior de 24 horas de ocurrido el incidente. http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/ Posteriormente, en forma anual, se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), mediante un informe con registro y análisis respectivo de los incidentes vinculados a fauna en el área de influencia del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.9 del ICE. 10°. Que, no se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana según los requisitos previstos en la Ley N°19.300. 11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 76
de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución. 13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 14°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz 15°. Que, para que el proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Valparaíso la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
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RESUELVO: 1°. Calificar ambientalmente favorable la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz” de Vladimir Hernán Muñoz Cavallera. 2°. Certificar que el proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 138, 140, 148, 156, 157 y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto “Modificación Cantera Hernán Muñoz” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Yanino Riquelme González Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Valparaíso
Paola La Rocca Mattar Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Valparaíso
CVN/DCM/PIM/DMT
Distribución: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389 Firmado por: Paola La Rocca Mattar Fecha: 02/12/2025 17:28:46 CLST Yanino Riquelme González Firmado digitalmente por Yanino Riquelme González Fecha: 2025.12.04 17:19:42 -03'00' 78
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl Vladimir Hernan Muñoz Cavallera vmunoz@canteralavirgen.cl Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso mauricio.nunez@conaf.cl Dirección de Obras Hidráulica, Región de Valparaíso pedro.plaza@mop.gov.cl Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso pedro.astudillo@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Valparaíso rodrigo.mundaca@gorevalparaiso.gob.cl Ilustre Municipalidad de Quillota oscar.calderon@quillota.cl SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso sergio.salvador@minagri.gob.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Valparaíso cespinozac@desarrollosocial.gob.cl SEREMI de Economía, Fomento y Turismo, Región de Valparaíso cinostroza@economia.cl SEREMI de Energía, Región de Valparaíso aottone@minenergia.cl SEREMI del Medio Ambiente, Región de Valparaíso agalleguillos@mma.gob.cl SEREMI de Minería, Región de Valparaíso jrojas@minmineria.cl SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso dennys.mendoza@mop.gov.cl SEREMI de Salud, Región de Valparaíso carlos.zamorar@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso jpugarte@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso < bparedes@minvu.cl> SERNAGEOMIN, Zona Central <christian.orellana@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso astrid.tala@sag.gob.cl Servicio Nacional Turismo, Región de Valparaíso mvidala@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales jplacencia@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena kriquelme@conadi.gov.cl Subsecretaría de Pesca y Acuicultura csilva@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl,rhager@subpesca.cl CC: Sr. Coordinador Unidad de Participación Ciudadana, Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso ganabalon@sea.gob.cl, Delegado Presidencial Regional yriquelme@interior.gob.cl Oficial de Partes de la Región fanny.arias@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2167098389