Evaluación SEA

Condominio Lihuén II y III

Rol 2159085289
SEA · DIA · Rechazado · 2024-05-27 · Región del Libertador General Bernardo O'Higgins · INMOBILIARIA ECASA TEMUCO S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Libertador General Bernardo O Higgins

Califica Ambientalmente el proyecto “Condominio Lihuén II y III”

Rancagua

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) presentada con fecha 05 de junio de 2023, acogida a trámite con fecha 09 de junio de 2023 mediante la Resolución Exenta N°2023060179, su Adenda de fecha 23 de noviembre de 2023, y su Adenda Complementaria de 1 de abril de 2024, del proyecto “Condominio Lihuén II y III”, presentado por Inmobiliaria Ecasa Temuco S.A.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Condominio Lihuén II y III”.

3°. El Acta de Evaluación N°3 de fecha 08 de abril de 2024, del Comité Técnico de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante, “Región de O’Higgins”).

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Condominio Lihuén II y III” de fecha 19 de abril de 2024.

5°. La sesión extraordinaria N°4 de fecha 29 de abril de 2024, de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Condominio Lihuén II y III”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40 de 30 de octubre de 2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653 de 2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°202306101347/2023 de fecha 11 de septiembre de 2023, que Aprueba Modificación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins; en la Resolución Exenta TRA N°119046/250/2021 del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 29 de julio de 2021, mediante el cual se renueva nombramiento en el cargo de Director Regional del SEA Región de O’Higgins; en la Resolución N°7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención a Trámite de toma de razón; y en el Decreto Supremo N°82, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Fabio López Aguilera como Delegado Presidencial Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins.

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CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Ecasa Temuco S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Condominio Lihuén II y III” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Inmobiliaria Ecasa Temuco S.A. Rut 76.342.240-2 Domicilio Avenida Vitacura N°2969 piso 13, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana de Santiago. Teléfono 229254430 Nombre representante legal Antonia Chicharro Benavente Domicilio representante legal Avenida Vitacura N°2969 piso 13, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana de Santiago. Teléfono representante legal 229254430 Correo electrónico Titular o representante legal proyectos@ecasa.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 19 de abril de 2024, el Director Regional de la Región de O’Higgins ha recomendado rechazar el Proyecto, por cuanto durante la presente evaluación de impacto ambiental, el titular no ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de aclaraciones, rectificaciones y Ampliaciones, particularmente lo propio sobre la generación de impactos significativos asociados al artículo 7 literal b) del Decreto Supremo N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, en especial sobre la justificación fundada de la NO generación de los efectos características o circunstancias de la letra c) del artículo 11 de la Ley N°19.300, y conforme indica el legislador, este Servicio recomienda rechazar el proyecto, conforme a los siguientes antecedentes:

En consideración a lo expresado por el Proponente en el Anexo 6.2 de la DIA, complementado en Anexo 3 del Adenda y Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y las respuestas 4.7 a la 4.22 del Adenda Complementaria, y discutida la materia durante todo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental por medio de lo indicado en las consultas 4.7 de la Carta N°202306103186 de fecha 25 de julio de 2023 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, correspondiente al Informe de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (en adelante “ICSARA “), y mediante Carta N°2024061034 de fecha 09 de enero de 2024 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins correspondiente al ICSARA Complementario, considerando además lo expresado por medio de los Oficios Ord. N°20192 de fecha 20 de julio de 2023 que se pronuncia sobre la DIA del Proyecto, en el Oficio Ord. N°34959 de fecha 01 de diciembre de 2023 que se pronuncia sobre el Adenda, y mediante Oficio Ord N°10474 de fecha 12 de abril de 2024, complementado con el Oficio Ord. N°11069 de fecha 16 de abril de 2024, todos de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins, esta Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, concluye que:

Debido a lo dispuesto por el legislador en el artículo c) de la Ley N°19.300 y sus modificaciones posteriores y pormenorizado en el artículo 7 literal b) del D.S. N°40/2012 y sus modificaciones del Ministerio de Medio Ambiente, que indica:

“Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”

El titular debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Se entiende por comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de personas que comparte un territorio, en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales, que eventualmente tienden a generar tradiciones, intereses comunitarios y sentimientos de arraigo. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas, se considera el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto o actividad…

A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considera la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las circunstancias que se mencionan a continuación, respecto de las cuales se debe analizar la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, en la medida que sea pertinente:

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b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Teniendo presente además, de la Resolución Exenta N°202299101740, de fecha 15 de septiembre de 2022, que da vigencia a los Criterio de evaluación en el SEIA, Objetos de protección, que señala:

Punto 1.2: “Objetos de protección y áreas de influencia Los impactos generados por las partes, obras y acciones de un proyecto o actividad en evaluación en el SEIA, pueden interactuar con uno o varios objetos de protección y, por tanto, estos son receptores de impacto. Para cada objeto de protección ambiental afectado o alterado por un proyecto, el titular deberá establecer los límites espaciales del área donde la afectación genere impactos, lo que se conoce como Área de Influencia (AI), para luego describir los atributos de los objetos de protección en su interior”.

Luego en Anexo 1. Tabla de Objetos de Protección Ambiental en el SEIA, Objeto de Protección: Circulación y conectividad del Grupo Humano, Descripción: Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento; que busca proteger: Conservar la calidad de vida del grupo humano, asegurando la no afectación de las circunstancias descritas.

Para determinar los criterios de significancia asociados a la mencionada norma (art.7 literal b), el SEA D.E., ha publicado mediante Resolución Exenta N°202299101771, de fecha 27 de septiembre de 2022, correspondiente a Criterio de evaluación en el SEIA: Contenidos técnicos para la evaluación del impacto sobre la libre circulación, conectividad y tiempos de desplazamiento en proyectos inmobiliarios, donde se indica:

“1.1.1. Paso 1: Descripción completa del proyecto o actividad: …Desde un punto de vista sectorial, la estimación de flujos inducidos permite definir la necesidad de presentar un IMIV básico, intermedio o mayor para la temporada o período más crítico, y sus correspondientes medidas de mitigación. En este sentido, en el caso de que el titular acompañe el IMIV en el procedimiento de evaluación ambiental, éste corresponde a un insumo para el proceso iterativo de construcción del área de influencia y determinación de impactos sobre los SVCGH. Por otro lado, el hecho de que un proyecto no requiera realizar de forma obligatoria un IMIV sectorial, no significa que no deban analizarse eventuales afectaciones a la letra b) del artículo 7° del Reglamento del SEIA, siguiendo los estándares ya indicados para estimar flujos inducidos de conformidad a lo establecido en el Decreto N°30 (MTT, 2019). La situación actual del SML y, específicamente, de la oferta y la demanda de transporte, corresponde a la existente en el área de influencia al momento en que se realicen las correspondientes mediciones de tránsito, las que no pueden tener una antigüedad superior a doce meses desde su presentación al Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad (SEIM). En el caso de no presentarse al SEIM, dicha antigüedad es en relación con la presentación al SEIA. Los proyectos deben indicar la descripción completa de la situación actual, con sus respectivas particularidades. Para lo anterior, se deben considerar todos los contenidos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019) y la normativa sectorial vigente, incluyendo los descriptores para identificar las principales acciones de los nuevos habitantes, en términos de sus hábitos viales y la utilización de equipamientos en el barrio, tanto para proyectos con y sin IMIV. Finalmente, para aquellos proyectos que presentaron un IMIV conjunto, según lo indicado en el Decreto N°30 (MTT, 2019), se consideraran las medidas establecidas para el respectivo proyecto en evaluación en el SEIA, de forma independiente”.

Se agrega 1.1.7. Paso 7: Evaluación de impactos y medidas de reparación, mitigación y compensación:

Para establecer si los impactos identificados son o no significativos, se requiere realizar una estimación del impacto de forma cuantitativa y esta evaluarla en conjunto con la información cualitativa, en función de los criterios establecidos en la Ley N°19.300, en el Reglamento del SEIA y en guías específicas de evaluación de impactos. Para lo anterior, y en el caso de que se presente el IMIV aprobado en el marco del SEIA, este se utiliza como insumo para la determinación del impacto, considerándose los resultados obtenidos en el IMIV para el respectivo proyecto en evaluación, no siendo vinculante su conclusión con el proyecto en análisis en sede ambiental.

No obstante, se entiende que causa saturación en la capacidad de las vías –en uno o varios horarios punta– cuando en situación con proyecto esta sobrepase el 85% de saturación, en una o varios arcos o tramos entre esquinas de calles del área que viene definida a partir del IMIV, las cuales deben quedar claramente identificadas y caracterizadas, según lo indicado en el artículo 2.3.2, en el Decreto N°47 (MINVU, 1992).

Entendemos el grado de saturación como la razón entre el flujo vehicular y la capacidad vehicular de un arco en una vía, expresado en porcentaje. Para lo anterior, y de manera clara y debidamente justificada, se debe:

  1. Identificar el tipo de vía, su rol principal y su capacidad vehicular según lo indicado en el Decreto N°47 (Minvu, 1992) (ver tabla 1), y observando lo indicado en los instrumentos de planificación territorial, así como planes seccionales, planes reguladores, planes reguladores intercomunales, planes regionales de ordenamiento territorial. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

  2. Determinar los flujos para los diversos modos de transporte actuales en el área de influencia, siguiendo todos los contenidos técnicos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019).

  3. Identificar los flujos inducidos por el proyecto según lo indicado en IMIV del proyecto, y si no lo hubiere, siguiendo los contenidos del Decreto N°30 (MTT, 2019).

  4. Calcular el grado de saturación, expresado en porcentaje; es decir, la relación entre la capacidad de la vía y el flujo vehicular para cada arco o tramos entre las calles del área definidas por el IMIV, tanto para el escenario actual como para el escenario con proyecto. En el caso de que el escenario actual en cada una de las líneas de detención o pistas, para cada arco de modelación, sea superior al 85%, el proyecto debe buscar no aportar un aumento mayor al 1%, teniendo en consideración todos los antecedentes y excepciones indicadas en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30 (MTT, 2019) relativo a la mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio.

A la vista de todo lo anteriormente expuesto, se concluye que:

• Situación base con proyecto sin medidas:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-6 y 6-7 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

• Luego revisado el Análisis Proyecto Mejorado, correspondiente a los resultados de la modelación presentados mediante Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se señala:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% en una situación base, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% en una situación base, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% en una situación base, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% en una situación base, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

En atención a lo anterior, y trazable además con lo indicado en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30/2019 y sus modificaciones posteriores, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que indica:

“Mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio:

En el IMIV se debe precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de mitigación obligatorias aplicables. La eventual indicación de que éstas permitirían mantener algunos o todos los estándares de servicio en un nivel semejante al existente debe estar debidamente fundamentada, para efectos del análisis de suficiencia establecido en el artículo 3.6.2 de este reglamento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

En cuanto a la incidencia del proyecto en los conflictos en la circulación de vehículos motorizados, tanto los referidos en el artículo 3.5.3 de este reglamento como los detectados a través de la modelación, el IMIV debe proponer medidas de mitigación específicas, como la reprogramación de semáforos o el incremento de la oferta vial, con el objeto de solucionar el aumento de los conflictos o los nuevos conflictos detectados en aquellos puntos, intersecciones o tramos de vía afectados por éstos, sea que dichas medidas se implementen en tales lugares o en otros distintos que formen parte del área de influencia, y que mitiguen de manera efectiva los impactos del proyecto.

La mitigación de los impactos detectados en la circulación de vehículos motorizados y la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio existentes antes de la puesta en operación del proyecto y los resultantes de la misma se regirá por las siguientes reglas:

a) Respecto del impacto por incremento del flujo vehicular (IMP), la verificación de que la diferencia entre el costo social calculado para la situación con proyecto no es superior a 5% respecto del costo social previsto para la situación base, para los períodos analizados, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto. Si tal diferencia es superior en alguno de los períodos analizados, el proyecto deberá proponer medidas de mitigación destinadas a disminuirla, acreditando que en la situación con proyecto mitigado sí se cumpliría con el porcentaje antes referido. Cabe precisar que, para los efectos de este análisis, no será necesario incorporar a la modelación aquellas medidas de mitigación asociadas a circulación peatonal que impliquen la incorporación de elementos en la calzada tales como semáforos peatonales, cruces de peatones y reductores de velocidad, entre otros.

El referido parámetro de semejanza podrá aumentarse a 8% respecto de aquellos proyectos que propongan medidas de mitigación que mejoren el funcionamiento del servicio de transporte público mediante buses, por sobre lo que le corresponda mitigar al proyecto por sus impactos en la operación de ese modo de transporte, tales como las medidas detalladas en el literal d) del artículo 3.6.9.

Para el cálculo de los porcentajes señalados se podrá considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

b) Respecto del grado de saturación de las líneas de detención o pistas, la verificación de que éste no supera el 85% en la situación con proyecto y que, por tanto, los usuarios de vehículos motorizados no experimentarán demoras excesivas en ningún punto específico del área de influencia, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

Si en la situación con proyecto el grado de saturación de algún arco de modelación aumenta por sobre el 85%, el proyecto deberá proponer medidas de mitigación destinadas a disminuir tal saturación hasta alcanzar, por lo menos, dicho porcentaje. Por su parte, si en la situación base el grado de saturación ya es superior a 85%, el IMIV deberá acreditar que tal porcentaje no aumenta en la situación con proyecto mitigado más allá de un 1%.

Para el cálculo de los grados de saturación señalados se podrá considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

En el caso de que no resulte técnicamente factible cumplir, en el escenario con proyecto mitigado, con el máximo grado de saturación en todos los arcos modelados del área de influencia, se podrán proponer medidas de mitigación que apoyen la gestión del tránsito en aquellos puntos del área de influencia en los cuales se presentan altos grados de saturación; lo anterior, a través de elementos de gestión de tránsito tales como cámaras de televisión (CCTV), unidades de comunicación, cambio de equipos semafóricos y controladores norma UOCT, integración de semáforos a los sistemas de control de tránsito, fibra óptica, lámparas led, unidades de respaldo, estaciones de conteo, espiras, u otras tecnologías. La proposición de estas medidas de mitigación excepcionales será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

c) Respecto del impacto en el nivel de servicio de los caminos públicos con los que se conecten aquellos proyectos que pretendan emplazarse en área rural o en área de extensión urbana, la verificación de que los vehículos tendrían la posibilidad de circular por tales vías, en la situación con proyecto, con un nivel mínimo de servicio C conforme a los parámetros establecidos en el Manual de Carreteras que esté vigente al Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

momento de presentar el IMIV, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto, pues permite garantizar la circulación segura de los vehículos.

Para los mismos efectos, si en la situación base el nivel de servicio previsto es D o E, en la situación con proyecto mitigado tal nivel se debe, al menos, mantener. Por su parte, si el nivel de servicio en la situación base es F, en la situación con proyecto mitigado se deberá acreditar que la velocidad de operación no se reduce en más de un 5% respecto de la velocidad de operación prevista en la situación base.

d) Si se propone como medida de mitigación la reprogramación de los semáforos (cambio de tiempo de ciclo, optimización de repartos y desfases, y sintonía fina), deberá garantizarse el respectivo estudio de programaciones, de manera que se realice una vez que el proyecto o la respectiva etapa esté en funcionamiento.

Si la propuesta de medida de mitigación de reprogramación de semáforos incluye cambios en los tiempos de ciclo, el estudio señalado deberá incluir la modelación y optimización de la red o redes semaforizadas a las cuales pertenecen los semáforos del área de influencia, incluyendo aquellas intersecciones que se encuentren fuera del área de influencia y que pertenezcan a dichas redes. (Énfasis Agregado).

A partir de expuesto anteriormente y pormenorizando en numeral 6.3 del presente Informe Consolidado de Evaluación, se indica que de los antecedentes expuestos durante la presente evaluación de impacto ambiental, que el titular no ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de aclaraciones, rectificaciones y Ampliaciones, particularmente lo propio sobre la generación de impactos significativos asociados al artículo 7 literal b) del Decreto Supremo N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, en especial sobre la justificación fundada de la NO generación de los efectos características o circunstancias de la letra c) del artículo 11 de la Ley N°19.300, y conforme indica el legislador, este Servicio recomienda rechazar el proyecto, conforme a los antecedentes anteriormente expuestos. (Énfasis agregado).

3°. Que, en sesión de 29 de abril de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O’ Higgins acordó calificar desfavorablemente el proyecto “Condominio Lihuén II y III”, aprobando el contenido del ICE de fecha 19 de abril de 2024.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto Condominio “Lihuén II y III” (en adelante, “Proyecto”), tiene por objetivo responder a la demanda habitacional de la comuna de Rancagua mediante la construcción y habilitación de 6 edificios de 9 pisos de altura, considerando un total de 450 viviendas para uso residencial, contando además con estacionamientos vehiculares y para bicicletas, áreas verdes y equipamiento. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones El Proyecto inmobiliario debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental ( en adelante “SEIA”), de acuerdo a lo establecido en el artículo 10° de la Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley Nº20.417 del Ministerio del Medio Ambiente, y el artículo 3° del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante, “MMA”) correspondiente al Reglamento del SEIA, que indica que son susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, y deben ser sometidos al SEIA los siguientes tipos de proyectos:

h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: h.1.1. Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas;

De acuerdo a lo indicado en los Certificados de Informaciones Previas N°2018, 2019 y 2020 y al Plan Regulador Comunal de Rancagua, el Proyecto se ubica en zona de extensión urbana (EX1), sin embargo, cuenta con conexión de agua potable y aguas servidas de la empresa ESSBIO S.A. para lo cual se presenta los certificados de factibilidad N°202301005744 con fecha 26 de septiembre de 2023 y N°202301002694 con fecha 04 de mayo de 2023, adjuntos en Anexo 01 del Adenda.

h.1.2. Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; De acuerdo a lo indicado en los Certificados de Informaciones Previas N°2018, 2019 y 2020, la línea oficial del proyecto es la calle Camino San Ramón (H- 2140), la cual corresponde a una vía colectora, por lo que no incorpora al dominio nacional vías expresas o troncales.

h.1.3 Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas. El Proyecto se emplaza en una superficie de 44.236,15 m2 (4,4 ha) y contempla la construcción de 450 departamentos, que sumados a la situación base suman 744 departamentos en una superficie de 6,45 hectáreas.

h.1.4. Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos. Los edificios de Condominio Lihuén II y III tiene un destino habitacional y contemplan un total de 366 estacionamientos en una superficie total de 4.540 m2.

De conformidad con la tipología de proyecto inmobiliario antes citada, el Proyecto requiere ingresar al SEIA en consideración a que:

(i) Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica dentro del Valle Central de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins, la cual ha sido declarada zona saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración anual y de 24 horas el valle central de la VI Región. Cabe destacar que la región cuenta con un Plan de Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 15 de la Ley Bases del Medio Ambiente. Por lo tanto, se cumple el primer requisito relativo a emplazarse en una zona declarada saturada. (ii) La ampliación del Proyecto considera la construcción de 450 viviendas, las cuales sumadas a las del proyecto anterior contemplarían un total de 744 viviendas, en una superficie total de 6,44 ha aproximadamente. En vista de lo señalado, se concluye que el Proyecto “Condominio Lihuén II y III” debe someterse al SEIA al cumplir los requisitos del artículo 3° del Decreto Supremo N°40/2021 del Ministerio de Medio Ambiente (MMA), en particular lo señalado en el literal h.1) sub-literal h.1.3.

Artículo 3°, p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita.

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Dentro de las áreas que se relacionan a dicho literal, se realizó la revisión de fuentes oficiales públicas respecto a áreas bajo protección oficial, correspondientes a áreas naturales o silvestres (“áreas protegidas” referidas en el artículo 11 letra d) de la Ley 19.300; y artículo 3 letra p) del reglamento del SEIA), tales como unidades del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), sitios Ramsar, Santuarios de la Naturaleza y Bienes Nacionales Protegidos (BNP); u otras áreas relevantes para protección de la biodiversidad como Sitios Prioritarios, Reservas de la Biósfera, o Áreas Protegidas Privadas. Respecto al SNASPE, de acuerdo a las bases vigentes no existen unidades en el área del Proyecto, siendo los más cercanos la Reserva Nacional Roblería del Cobre de Loncha, ubicada en la comuna de Alhué a una distancia en línea recta, de 12 km, el Santuario de la Naturaleza Cerro Poqui, ubicado entre las comunas Coltauco y Doñihue, a una distancia en línea recta de 24 km, y el Parque Nacional Palmas de Cocalán ubicado en la comuna Las Cabras a una distancia de 27 km del Proyecto, tal como se observa en la siguiente figura:

Fuente: Ilustración 3 “Áreas protegidas cercanas al Proyecto” del Adenda.

Vida útil Indefinida Monto de inversión US$ 52.500.797 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El acto o faena mínima que, según la naturaleza y tipología del Proyecto da cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente corresponde a los cierres provisorios seguido de la instalación de faenas. Se realiza registro fotográfico de la instalación de cierros provisorios, manteniendo dicho registro en obras para la posterior fiscalización de la autoridad competente. Finalmente, el Titular se compromete a informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de ejecución de obras, además de dar aviso con al menos una semana de anticipación a la Superintendencia del Medio Ambiente el inicio de ejecución de cada fase del Proyecto.

Proyecto se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se desarrolla por etapas, no obstante lo anterior, la fase de construcción se desarrolla en 2 fases constructivas que considera la construcción de los edificios y urbanización correspondientes en un periodo total estimado de 29 meses.

X Proyecto Si No El Proyecto no modifica otro proyecto con Resolución de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

modifica un proyecto o actividad

X Calificación Ambiental. Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto corresponde a una ampliación (modificación) del proyecto “Condominio Lihuén I” el cual no requirió ingreso obligatorio al SEIA en forma previa a su ejecución, debido a que no le aplica lo señalado en los literales h.1.1. h.1.2. h.1.3. h1.4 y h.2. En específico, el cambio de Proyecto respecto de la situación base, corresponde a una ampliación en el número de viviendas que considera lo siguiente: • La construcción de 450 departamentos para uso residencial, los cuales cuentan con estacionamientos, equipamientos, obras de circulación y áreas verdes ubicadas en un terreno de 4,4 ha aproximadamente, adyacentes al terreno original en el deslinde poniente del proyecto “Condominio Lihuén I” que consiste en 294 unidades habitacionales emplazados en un terreno de 2,05 ha aproximadamente. X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se encuentra emplazado en calle Camino San Ramón (H-240), comuna de Rancagua, Región de O'Higgins. Según la información indicada en los Certificados de Informaciones Previas, el Proyecto se encuentra sujeto al Plan Regulador Comunal de Rancagua, vigente desde el año 1990, y su modificación Nº22 publicada en el Diario Oficial el día 10 de diciembre del 2020. En la actualización del año 2009 se incorporó la Zona EX1, actualmente vigente en texto refundido en PRC, corresponde a una zona de extensión urbana y es donde actualmente se emplaza el Proyecto. Esta zona tiene las siguientes características: Usos permitidos: Vivienda, equipamiento de salud, educación, culto, cultura, organización comunitaria, áreas verdes, deporte, esparcimiento y turismo, comercio, servicios; transporte; industria, almacenamiento y talleres inofensivo.

A continuación, se presenta cartografía con la localización del Proyecto en relación al Plan Regulador Comunal:

Fuente: Ilustración 12 “Localización del proyecto en relación al PRC de Rancagua” de la DIA.

A continuación, se presenta cartografía con la localización del Proyecto en relación al Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

O’Higgins:

Fuente: Ilustración 3 “Localización del proyecto en relación a la Zona saturada” de la DIA.

El Proyecto se encuentra emplazado en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, región de O´Higgins. La comuna de Rancagua se ubica dentro del Valle Central de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins, la cual ha sido declarada zona saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración anual y de 24 horas el valle central de la VI Región. Cabe destacar que la región cuenta con un Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA), que ha sido dictado conforme al artículo 15 de la Ley Bases del Medio Ambiente.

Descripción de la localización La justificación de la localización del Proyecto se debe a la natural expansión de la comuna y su creciente demanda habitacional. Según indica el portal del Observatorio Urbano de MINVU, el requerimiento de nuevas viviendas en la comuna de Rancagua es de 3.068 casas (en base a análisis datos censo 2017), por concepto de reemplazo de viviendas no habitables y erradicación del hacinamiento y hogares allegados. Es así como el proyecto contribuye a disminuir el déficit habitacional de la comuna a través de la incorporación de 450 departamentos acogidos al programa Decreto Supremo Nº19 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Por otra parte, el Proyecto se encuentra ubicado en la Zona catalogada como EX1 preferente vivienda, equipamiento de salud, educación, culto, cultura, organización comunitaria, áreas verdes, deporte, esparcimiento y turismo, comercio, servicios; transporte; industria, almacenamiento y talleres inofensivo., según el PRC de Rancagua vigente desde el año 1990, y su modificación Nº22 publicada en el Diario Oficial el día 10 de diciembre del 2020, y lo expuesto en los Certificados de Informaciones Previas (CIP).

En la siguiente figura se puede visualizar la localización del Proyecto en relación al Plan Regulador Comunal de Rancagua: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Ilustración 12 “Localización del proyecto en relación al PRC de Rancagua” de la DIA.

El Proyecto contempla el manejo de agua potable y aguas servidas a través de la conexión a la red de la empresa ESSBIO S.A. Se adjunta Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas Nº202301002694. Dicha factibilidad permite la dotación de agua potable y alcantarillado de aguas servidas a una población de estimada de 1.530 habitantes aproximadamente.

Superficie La superficie predial del área donde se emplaza el Proyecto es de 6,45 ha en total, 2,05 ha destinada al proyecto existente (294 departamentos) y 4,4 ha para la ampliación del proyecto (450 departamentos). A continuación, se presenta cuadro de superficies general de cada fase constructiva del proyecto, y tipologías de las viviendas proyectadas.

Lihuén I Lihuén II Lihuén III Número de edificios/departamentos 6 3 3 Superficie predial 20.772,60 20.455,00 23,781,25 Superficie intervenida 20.772,60 20.455,00 23,781,25 Edificios 3.011,60 1.886,27 1.886,27 Áreas verdes y senderos 12.494,30 12.450,34 15.776,69 Locales comerciales 75,32 56,46 56,46 Lotes de equipamientos 192,59 891,24 891,24 Circulación vehicular y estacionamientos 4.709,16 4.052,51 4.052,51 Circulación peatonal - 1.118,08 1.118,08 Portería 16,95 - - Superficie total 20.499,92 20.454,90 23,781,25 Fuente: Tabla 1 “Cuadro resumen situación base y ampliación” del Adenda.

Fuente: Tabla 22 “Cuadro resumen tipología de viviendas por edificio” de la DIA.

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Coordenadas UTM en Datum WGS84 En la siguiente tabla se identifica la localización georreferenciada de la fase constructiva Lihuén II:

Vértice Coordenada UTM WGS 84 H19S Norte (m) Este (m) v1 6.218.440 336.111 v2 6.218.400 336.258 v3 6.218.350 336.241 v4 6.218.380 336.148 v5 6.218.170 336.086 v6 6.218.180 336.032 Fuente: Tabla 17 “Localización georreferenciada de la fase constructiva Lihuén II” de la DIA.

Mientras que las coordenadas geográficas UTM WGS84 H19, se detallan en la tabla continuación para Condominio Lihuén III:

Vértice Coordenada UTM WGS 84 H19S Norte (m) Este (m) v1 6.218.490 336.078 v2 6.218.440 336.271 v3 6.218.400 336.258 v4 6.218.440 336.111 v5 6.218.180 336.032 v6 6.218.190 335.979 v7 6.218.190 336.023 v8 6.218.340 336.037 Fuente: Tabla 18 “Coordenadas geográficas UTM WGS84 H19S Condominio Lihuén III” de la DIA.

A mayor abundamiento en la siguiente tabla se detallan las partes y obras temporales y permanentes del Proyecto para el Condominio Lihuén II:

Tipo de obra Obra Superficie (m2) Coordenadas UTM (Datum WGS 84 H19S) Este Norte Temporal Acopio de materiales (3 patios de fierro y 3 patios de moldaje) 540 336.076 6.218.191 336.080 6.218.205 336.086 6.218.203 336.082 6.218.189 336.088 6.218.209 336.082 6.218.210 336.086 6.218.225 336.092 6.218.223 336.099 6.218.231 336.094 6.218.233 336.098 6.218.247 336.104 6.218.245 336.100 6.218.252 336.104 6.218.266 336.110 6.218.264 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.105 6.218.250 336.113 6.218.294 336.107 6.218.296 336.111 6.218.311 336.117 6.218.309 336.120 6.218.317 336.114 6.218.319 336.118 6.218.333 336.124 6.218.331 Temporal Acopio de escombros 30,7 335.998 6.218.247 335.993 6.218.248 335.994 6.218.254 335.999 6.218.253 Temporal Bodega de materiales y herramientas 330 336.033 6.218.194 336.023 6.218.197 336.032 6.218.226 336.042 6.218.223 Temporal Bodega de maquinarias 15 336.046 6.218.181 336.047 6.218.183 336.053 6.218.182 336.052 6.218.179 Temporal Bodega RESDOM 17,4 335.999 6.218.260 335.996 6.218.260 335.998 6.218.266 336.000 6.218.265 Temporal Bodega SUSPEL 9 336.039 6.218.225 336.036 6.218.226 336.037 6.218.229 336.040 6.218.228 Temporal Bodega RESPEL 9 336.035 6.218.226 336.032 6.218.227 336.033 6.218.230 336.036 6.218.229 Temporal Caseta guardia 2,25 335.980 6.218.198 335.978 6.218.198 335.979 6.218.199 335.980 6.218.199 Temporal Comedor 124,8 336.046 6.218.181 336.026 6.218.186 336.027 6.218.189 336.047 6.218.184 Temporal Duchas, baños y vestidores 57,6 336.060 6.2181.77 336.060 6.218.180 336.079 6.218.176 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.078 6.218.173 336.060 6.218.177 336.052 6.218.179 336.053 6.218.180 336.060 6.218.177 Temporal Estacionamientos 250 336.023 6.218.270 336.013 6.218.273 336.020 6.218.297 336.030 6.218.295 Temporal Lavado de canoas y betoneras 15 335.990 6.218.232 335.988 6.218.233 335.989 6.218.239 335.992 6.218.238 Temporal Lavado de ruedas 53,75 335.988 6.218.218 335.983 6.218.219 335.987 6.218.231 335.991 6.218.230 Temporal Oficinas 45 336.026 6.218.186 336.009 6.218.191 336.009 6.218.193 336.027 6.218.189 Temporal Taller de cortes 42 336.071 6.218.258 336.073 6.218.265 336.076 6.218.264 336.074 6.218.257 Sub total obras temporales 1.541,5

Permanente Sala de administración 24,76 336.073 6.218.192 336.077 6.218.191 336.076 6.218.185 336.072 6.218.187 Permanente Área deporte 601,04 336.214 6.218.405 336.244 6.218.396 336.239 6.218.379 336.232 6.218.381 336.232 6.218.379 336.214 6.218.384 336.215 6.218.386 336.208 6.218.388 Permanente Áreas verdes* 7.622 336.062 6.218.198 336.038 6.218.195 336.046 6.218.206 336.050 6.218.238 336.060 6.218.231 336.070 6.218.257 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.087 6.218.255 336.078 6.218.278 336.084 6.218.348 336.097 6.218.312 336.107 6.218.369 336.124 6.218.346 336.129 6.218.360 336.126 6.218.396 336.113 6.218.408 336.121 6.218.424 336.139 6.218.415 336.137 6.218.403 336.143 6.218.391 336.189 6.218.394 336.173 6.218.409 336.190 6.218.388 336.136 6.218.425 336.124 6.218.437 336.204 6.218.394 336.219 6.218.378 336.235 6.218.402 Permanente Bicicleteros 218,26 336.072 6.218.193 336.074 6.218.202 336.076 6.218.201 336.073 6.218.192 336.075 6.218.205 336.078 6218.215 336.080 6.218.214 336.077 6.218.205 336.070 6.218.234 336.084 6.218.230 336.083 6.218.228 336.070 6.218.232 336.073 6.218.236 336.085 6.218.233 336.084 6.218.231 Permanente Edificio 1 (81 departamentos) 683,63 336.098 6.218.332 336.098 6.218.286 336.085 6.218.285 336.084 6.218.333 Edificio 1 Piso 1 (9 departamentos) 525,70

Edificio 1 Piso 2 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 3 (9 departamentos) 525,70 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Edificio 1 Piso 4 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 5 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 6 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 7 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 8 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 9 (9 departamentos) 525,70 Permanente Edificio 2 (63 departamentos) 542,56 336.074 6.218.238 336.085 6.218.275 336.098 6.218.270 336.088 6.218.235 Edificio 2 Piso 1 (7 departamentos) 422,80 - - Edificio 2 Piso 2 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 3 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 4 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 5 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 6 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 7 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 8 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 9 (7 departamentos) 420,15 Permanente Edificio 3 (81 departamentos) 683,63 336.080 6.218.222 336.054 6.218.183 336.042 6.218.190 336.069 6.218.230 Edificio 3 Piso 1 (9 departamentos) 525,70 - - Edificio 3 Piso 2 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 3 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 4 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 5 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 6 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 7 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 8 (9 departamentos) 525,70 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Edificio 3 Piso 9 (9 departamentos) 525,70

Enfermería 16,05 336.051 6.218.248 336.054 6.218.255 336.056 6.218.254 336.055 6.218.252 336.055 6.218.252 336.053 6.218.247 Permanente Estacionamientos 2.270,11 336.080 6.218.170 336.082 6.218.180 336.075 6.218.190 336.087 6.218.230 336.087 6.218.200 336.140 6.218.380 336.099 6.218.270 336.116 6.218.330 336.095 6.218.340 336.121 6.218.340 336.099 6.218.360 336.125 6.218.350 336.103 6.218.370 336.129 6.218.360 336.106 6.218.380 336.132 6.218.370 336.129 6.218.380 336.134 6.218.380 Permanente Grupo electrógeno 21,45 336.087 6.218.189 336.089 6.218.196 336.092 6.218.195 336.090 6.218.188 Permanente Huertos 598,52 336.112 6.218.449 336.118 6.218.447 336.115 6.218.435 336.106 6.218.430 336.103 6.218.419 336.110 6.218.420 336.105 6.218.401 336.098 6.218.402 336.098 6.218.401 336.104 6.218.400 336.098 6.218.377 336.092 6.218.383 336.092 6.218.381 336.097 6.218.376 336.095 6.218.370 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.086 6.218.360 336.087 6.218.340 336.082 6.218.347 336.085 6.218.358 336.095 6.218.367 Permanente Locales comerciales 52,85 336.069 6.218.180 336.071 6.218.187 336.075 6.218.186 336.073 6.218.179 336.068 6.218188 336.071 6.218.187 336.069 6.218.180 336.066 6.218.181 Permanente Piscina 106,96 336.060 6.218.255 336.068 6.218.252 336.064 6.218.239 336.057 6.218.241 Permanente Pre-carguío 47,12 336.085 6.218.188 336.088 6.218.187 336.088 6.218.188 336.090 6.218.188 336.087 6.218.177 336.082 6.218.178 Permanente Punto limpio 3,05 336.084 6.218.188 336.085 6.218.189 336.088 6.218.188 336.087 6.218.187 Permanente Quinchos 101,05 336.117 6.218.393 336.119 6.218.394 336.122 6.218.386 336.119 6.218.385 336.126 6.218.387 336.134 6.218.390 336.135 6.218.387 336.127 6.218.384 336.105 6.218.396 336.113 6.218.398 336.114 6.218.395 336.106 6.218.393 336.121 6.218.407 336.129 6.218.404 336.128 6.218.401 336.120 6.218.404 Permanente Sala de basura edificio 1 64,69 336.100 6.218.300 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Sala de basura edificio 2 54,57 336.095 6.218.250 Sala de basura edificio 3 64,69 336.066 6.218.200 Permanente Sala eléctrica 6,26 336.088 6.218.196 336.089 6.218.198 336.092 6.218.197 336.091 6.218.195 Permanente Salón multiuso 118,74 336.062 6.218.259 336.055 6218.262 336.060 6.218.280 336.068 6.218.278 Permanente Pavimentación 2.460,33 336.111 6.218.398 336.118 6.218.388 336.130 6.218.390 336.126 6.218.405 336.111 6.218.415 336.125 6.218.413 336.195 6.218.392 336.166 6.218.386 336.050 6.218.220 336.076 6.218.307 336.064 6.218.269 Permanente Tránsito peatonal* 2.453,04 336.146 6.218.420 336.166 6.218.390 336.079 6.218.330 336.039 6.218.210 336.038 6.218.190 336.056 6.218.220 336.060 6.218.220 336.054 6.218.240 336.060 6.218.260 336.071 6.218.280 336.081 6.218.270 336.066 6.218.180 336.068 6.218.200 336.086 6.218.230 336.068 6.218.230 336.071 6.218.240 336.099 6.218.280 336.085 6.218.280 336.065 6.218.290 336.103 6.218.310 336.082 6.218.340 336.115 6.218.330 336.082 6.218.350 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.087 6.218.340 336.086 6.218.360 336.095 6.218.370 336.093 6.218.380 336.097 6.218.380 336.103 6.218.390 336.098 6.218.400 336.104 6.218.400 336.108 6.218.410 336.104 6.218.420 336.111 6.218.420 336.115 6.218.430 336.118 6.218.440 336.139 6.218.430 336.112 6.218.420 336.109 6.218.410 336.118 6.218.400 336.134 6.218.400 336.142 6.218.410 336.130 6.218.430 336.145 6.218.420 336.117 6.218.410 336.120 6.218.400 336.123 6.218.390 336.135 6.218.400 336.126 6.218.380 336.119 6.218.400 336.139 6.218.390 336.136 6.218.390 336.151 6.218.390 336.215 6.218.390 336124 6.218.420 336.219 6.218.410 336.156 6.218.400 336.193 6.218.400 336.205 6.218.370 336.250 6.218.390 336.193 6.218.420 Permanente Vialidad** 1.648,10 336.066 6.218.180 336.078 6.218.170 336.125 6.218.340 336.130 6.218.350 336.134 6.218.370 336.137 6.218.380 336.103 6.218.380 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.099 6.218.360 336..095 6.218.350 Sub total obras permanentes 20.274,5

Superficie total de intervención 21.816 Se considera coordenadas geográficas de punto central de cada polígono. *Se considera coordenadas geográficas de inicio y fin de cada tramo Fuente: Tabla 5 “Obras temporales y permanentes, Condominio Lihuén II” del Adenda Complementaria.

A mayor abundamiento en la siguiente tabla se detallan las partes y obras temporales y permanentes del Proyecto para el Condominio Lihuén III:

Tipo de obra Obra Superficie (m2) Coordenadas UTM (Datum WGS 84 H19S) Este Norte Temporal Acopio de materiales (3 patios de fierro y 3 patios de moldaje) 540 335.999 6.218.210 336.003 6.218.220 336.009 6.218.220 336.005 6.218.210 336.004 6.218.230 336.009 6.218.240 336.014 6.218.240 336.010 6.218.220 336.028 6.218.250 336.032 6.218.270 336.038 6.218.260 336.034 6.218.250 336.032 6.218.270 336.037 6.218.290 336.042 6.218.280 336.038 6.218.270 336.029 6.218.310 336.034 6.218.320 336.039 6.218.320 336.035 6.218.310 336.034 6.218.330 336.039 6.218.340 336.044 6.218.340 336.040 6.218.320 Temporal Acopio de escombros 30,7 335.993 6218.250 335.995 6.218.250 336.000 6.218.250 335.998 6.218.250 Temporal Bodega de materiales y herramientas 330 336.034 6.218.190 336.024 6.218.200 336.032 6.218.230 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.042 6.218.220 Temporal Bodega de maquinarias 15 336.051 6.218.250 336.048 6.218.250 336.050 6.218.260 336.052 6.218.250 Temporal Bodega RESDOM 29 335.996 6.218.260 335.999 6.218.270 336.002 6.218.270 335.999 6.218.260 Temporal Bodega SUSPEL 9 336.039 6.218.230 336.036 6.218.230 336.037 6.218.230 336.040 6.218.230 Temporal Bodega RESPEL 9 336.035 6.218.230 336.033 6.218.230 336.033 6.218.230 336.036 6.218.230 Temporal Caseta guardia 2,25 335.978 6.218.200 335.979 6.218.200 335.980 6.218.200 335.980 6.218.200 Temporal Comedor 124,8 336.009 6.218.190 335.988 6.218.200 335.989 6.218.200 336.009 6.218.190 Temporal Duchas, baños y vestidores 57,6 336.057 6.218.280 336.052 6.218.260 336.054 6.218.260 336.060 6.218.280 336.052 6.218.250 336.049 6.218.260 336.051 6.218.260 336.054 6.218.260 Temporal Estacionamientos 1.000 336.045 6.218.370 336.077 6.218.480 336.081 6.218.480 336.049 6.218.370 336.063 6.218.400 336.086 6.218.480 336.090 6.218.480 336.067 6.218.400 Temporal Lavado de canoas y betoneras 15 335.988 6.218.230 335.990 6.218.240 335.992 6.218.240 335.991 6.218.230 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Temporal Lavado de ruedas 53,75 335.984 6.218.220 335.988 6218.230 335.992 6.218.230 335.988 6.218.220 Temporal Oficinas 45 336.026 6.218.190 336.009 6.218.190 336.010 6.218.190 336.027 6.218.190 Temporal Taller de cortes 42 336.042 6.218.270 336.043 6.218.280 336.046 6.218.280 336.044 6.218.270 Sub total obras temporales 2.303,1

Permanente Administración 22,87 335.996 6.218.211 336.001 6.218.210 335.999 6.218.205 335.995 6.218.206 Permanente Área deporte 599,55 336.227 6.218.446 336.257 6.218.436 336.252 6.218.419 336.246 6.218.421 336.245 6.218.419 336.228 6.218.425 336.229 6.218.426 336.222 6.218.428 Permanente Áreas verdes* 9.491,62 336.018 6.218.208 336.045 6.218.239 336.015 6.218.281 336.021 6.218.272 336.034 6.218.239 336.040 6.218.266 336.044 6.218.288 336.045 6.218.325 336.077 6.218.439 336.094 6.218.442 336.071 6.218.451 336.084 6.218.469 336.143 6.218.455 336.115 6.218.465 336.182 6218.433 336.213 6.218.439 336.207 6.218.434 336.099 6.218.429 336.053 6.218.366 336.057 6.218.381 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.062 6.218.395 336.150 6.218.432 Permanente Bicicleteros 240,28 336.002 6.218.222 336.004 6.218.221 336.001 6.218.211 335.999 6.218.211 336.002 6.218.222 336.007 6.218.239 336.009 6.218.238 336.005 6.218.225 336.004 6.218.226 336.007 6.218.239 336.012 6.218.252 336.025 6.218.248 336.024 6.218.246 336.011 6.218.250 336.012 6.218.252 336.011 6.218.249 336.024 6.218.245 336.023 6.218.243 336.010 6.218.247 336.011 6.218.249 336.007 6.218.256 336.013 6.218.275 336.014 6.218.274 336.009 6.218.255 336.007 6.218.256 336.027 6.218.307 336.034 6.218.329 336.035 6.218.328 336.029 6.218.307 336.027 6.218.307 336.024 6.218.296 336.037 6.218.292 336.037 6.218.290 336.024 6.218.294 336.024 6.218.296 336.025 6.218.299 336.038 6.218.295 336.038 6.218.293 336.024 6.218.297 336.025 6.218.299 336.037 6.218.339 336.047 6.218.347 336.048 6.218.345 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.039 6.218.337 336.037 6.218.339 Permanente Edificio 1 (81 departamentos) 683,63 336.052 6.218.344 336.065 6.218.339 336.042 6.218.295 336.030 6.218.303 Edificio 1 Piso 1 (9 departamentos) 525,70 - - Edificio 1 Piso 2 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 3 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 4 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 5 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 6 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 7 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 8 (9 departamentos) 525,70 Edificio 1 Piso 9 (9 departamentos) 525,70 Permanente Edificio 2 (63 departamentos) 524,56 336.023 6.218.291 524,56 336.037 6.218.288 524,56 336.025 6.218.250 524,56 336.013 6.218.255 Edificio 2 Piso 1 (7 departamentos) 422,80

Edificio 2 Piso 2 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 3 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 4 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 5 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 6 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 7 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 8 (7 departamentos) 420,15 Edificio 2 Piso 9 (7 departamentos) 420,15 Permanente Edificio 3 (81 departamentos) 683,63 336.025 6.218.241 336.020 6.218.192 336.007 6.218.195 336.001 6.218.241 Edificio 3 Piso 1 (9 departamentos) 525,70 - - Edificio 3 Piso 2 (9 departamentos) 525,70 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Edificio 3 Piso 3 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 4 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 5 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 6 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 7 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 8 (9 departamentos) 525,70 Edificio 3 Piso 9 (9 departamentos) 525,70 Permanente Enfermería 16,39 336.050 6.218.257 336.052 6.218.256 336.050 6.218.248 336.048 6.218.249 336.050 6.218.254 336.049 6.218.254 Permanente Estacionamientos 2.317,86 335.978 6.218.200 335.980 6.218.210 335.994 6.218.220 336.005 6.218.250 335.986 6.218.230 336.022 6.218.350 336.018 6.218.300 336.030 6.218.340 336.038 6.218.350 336.058 6.218.420 336.050 6.218.360 336.070 6.218.350 336.055 6.218.370 336.074 6.218.360 336.059 6.218.390 336.078 6.218.380 336.064 6.218.400 336.083 6.218.390 336.066 6.218.410 336.086 6.218.400 336.066 6.218.410 336.068 6.218.420 Permanente Grupo electrógeno 21,25 335.985 6.218.223 335.988 6.218.222 335.986 6.218.216 335.983 6.218.217 Permanente Huertos 521,56 336.073 6.218.330 336.068 6.218.336 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.072 6.218.344 336.077 6.218.346 336.073 6.218.330 336.072 6.218.345 336.079 6.218.369 336.081 6.218.359 336.078 6.218.348 336.072 6.218.345 336.082 6.218.362 336.080 6.218.371 336.083 6.218.381 336.088 6.218.382 336.082 6.218.362 336.088 6.218.384 336.083 6.218.383 336.089 6.218.404 336.094 6.218.402 336.088 6.218.384 336.103 6.218.433 336.099 6.218.437 336.104 6.218.455 336.109 6.218.454 336.103 6.218.433 336.094 6.218.403 336.090 6.218.405 336.095 6.218.424 336.099 6.218.420 336.094 6.218.403 Permanente Locales comerciales 51,68 336.000 6.218.204 336.003 6.218.203 336.001 6.218.197 335.998 6.218.198 335.998 6.218.198 335.994 6.218.199 335.996 6.218.205 336.000 6.218.204 Permanente Piscina 107,31 336.038 6.218.261 336.046 6.218.259 336.042 6.218.246 336.034 6.218.248 Permanente Pre-carguío 48,13 335.980 6.218.206 335.983 6.218.216 335.984 6.218.215 335.984 6.218.214 335.987 6.218.213 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

335.985 6.218.204 Permanente Punto limpio 3,72 335.984 6.218.214 335.984 6.218.215 335.988 6.218.214 335.987 6.218.213 Permanente Quinchos 101,37 336.086 6.218.442 336.078 6.218.444 336.079 6.218.447 336.087 6.218.445 336.087 6.218.432 336.089 6.218.434 336.094 6.218.427 336.092 6.218.425 336.064 6.218.436 336.067 6.218.438 336.072 6.218.432 336.069 6.218.430 336.081 6.218.433 336.083 6.218.431 336.077 6.218.426 336.075 6.218.428 Permanente Sala de basura edificio 1 64,69 336.042 6.218.330 Sala de basura edificio 2 59,57 336.017 6.218.280 Sala de basura edificio 4 64,69 336.008 6.218.220 Permanente Sala eléctrica 6,26 335.985 6.218.223 335.986 6.218.225 335.989 6.218.224 335.988 6.218.222 Permanente Salón multiuso 119,23 336.059 6.218.280 336.054 6.218.263 336.046 6.218.264 336.052 6.218.283 Permanente Pavimentación* 1.495,82 335.980 6.218.198 336.033 6.218.220 335.987 6.218.220 336.051 6.218.274 336.061 6.218.314 336.040 6.218.345 336.078 6.218.428 336.069 6.218.436 336.090 6.218.433 336.081 6.218.446 336.099 6.218.447 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.086 6.218.453 336.076 6.218.462 336.093 6.218.461 Permanente Tránsito peatonal 2.666,62 336.023 6.218.190 336.038 6.218.210 335.997 6.218.190 336.006 6.218.220 336.028 6.218.250 336.029 6.218.230 336.042 6.218.240 336.011 6.218.250 336.069 6.218.340 336.036 6.218.320 336.025 6.218.300 336.039 6.218.280 336.053 6.218.290 336.060 6.218.290 336.071 6.218.330 336.077 6.218.350 336.081 6.218.360 336.088 6.218.380 336.093 6.218.400 336.099 6.218.420 336.099 6.218.460 336.182 6.218.440 336.227 6.218.430 336.092 6.218.420 336.070 6.218.430 336.063 6.218.440 336.074 6.218.470 336.085 6.218.470 336.153 6.218.460 336.209 6.218.440 336.264 6.218.430 336.076 6.218.470 336.099 6.218.440 336.092 6.218.470 336.071 6.218.450 336.070 6.218.460 336.088 6.218.440 336.101 6.218.450 336.069 6.218.440 336.085 6.218.440 Permanente Vialidad 1.856,97 335.984 6.218.190 336.029 6.218.340 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

336.071 6.218.350 336.051 6.218.360 336.075 6.218.370 336.055 6.218.370 336.080 6.218.380 336.059 6.218.390 336.084 6.218.400 336.064 6.218.400 336.066 6.218.420 Sub total obras permanentes 21.612,41

Superficie total de intervención 23.915,51 Se considera coordenadas geográficas de punto central de cada polígono. *Se considera coordenadas geográficas de inicio y fin de cada tramo. Fuente: Tabla 6 “Obras temporales y permanentes, Condominio Lihuén III” del Adenda Complementaria.

Caminos de acceso Los accesos vehiculares y peatonales al terreno del proyecto se realizan a través de Camino San Ramón. A continuación, se observa la localización de la vía de acceso con respecto al Proyecto, durante su fase de construcción y operación:

Fuente: Ilustración 2 “Vialidad Proyecto” del Adenda.

En la siguiente tabla se indican información con la descripción de los caminos de acceso al Proyecto:

Nombre Longitud (m) Ancho de la calzada y berma Tipo de material de la carpeta de rodado1 Camino nuevo o existente2 Camino temporal o permanente Clasificación según instrumento planificación territorial3 Av. General Baquedano 1716,33 7,00 Hormigón Existente Permanente Local Salvador 191,14 7,00 Hormigón Existente Permanente Colectora

1 Hormigón, asfalto, ripio, tratamiento de bischofita, suelo natural, otro. 2 De tratarse de un camino público existente, debe identificarse con precisión el rol que tenga asignado. 3 De tratarse de un camino público existente, debe identificarse con precisión el rol que tenga asignado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Allende H-210 Camino San Ramón 524,29 7,20 Asfalto Existente H-240 Permanente Colectora Camino San Ramón 1528,00 7,20 Asfalto Existente H-240 Permanente Colectora Fuente: Tabla 6 “Descripción camino de acceso al proyecto” del Adenda.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Para mayor información, Remitirse a Anexo 2 de la DIA, complementados en Anexo 2 del Adenda, y Anexo 1 del Adenda Complementaria.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Habilitación de las instalaciones de faena La constructora debe considerar la instalación de una oficina para la ITO/ECO, bodegas, servicios higiénicos, camarines, comedor, y todas las construcciones e instalaciones provisorias necesarias para el normal funcionamiento de la obra. La primera actividad a realizar previo a cualquier otra actividad de construcción corresponde a la instalación del cierre perimetral de toda el área del Proyecto por medio de placas OSB que tienen un material de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente) para evitar el ingreso de personal no autorizado al área de las obras. Además, tiene fines acústicos en los sectores donde sea requerido. Posteriormente se procede a la instalación de la infraestructura necesaria para la construcción de las urbanizaciones y edificios. Se destinan los espacios apropiados dentro del área del Proyecto para instalación de la infraestructura de faena y cuyo criterio de distribución optimice los desplazamientos. Comprende la habilitación de:

  • Zona de acopio de materiales.
  • Zona de acopio de escombros.
  • Bodega de materiales.
  • Bodega de maquinarias.
  • Bodegas RESDOM, SUSPEL y RESPEL.
  • Comedor.
  • Duchas y baños.
  • Estacionamientos.
  • Zona de lavado de ruedas.
  • Zona de lavado de canoas y betoneras.
  • Oficinas.

Los servicios sanitarios (lavatorios, baños y duchas), serán implementados de acuerdo con el Decreto Supremo N°594 de 1999 del Ministerio de Salud, “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”. Respecto al suministro de agua potable y servicio de alcantarillado son entregados por la empresa ESSBIO S.A. a través de las conexiones existentes en el terreno, de acuerdo con las factibilidades adjuntas en el Anexo 01 de la Adenda.

Se tiene presente, además, lo siguiente: - El número mínimo de artefactos se calcula en base a la tabla del artículo 23 del Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud. - Las duchas portátiles cuentan con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

  • Los baños químicos están instalados a menos de 75 m del área de trabajo.

Para el establecimiento de las bodegas deben construirse sobre una base continua de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos, de tal manera que retenga los líquidos en caso de vertido y evite la contaminación de la capa superficial del suelo. El resto del terreno no se impermeabiliza, permitiendo que el suelo natural sea capaz de absorber las aguas lluvias.

La instalación de faenas se mantiene operativa durante toda la fase de construcción del Proyecto. Cabe mencionar que, de acuerdo al cronograma de actividades, las instalaciones son trasladadas una vez comience la construcción de Lihuén III.

Una vez concluida la construcción, se procede a su cierre mediante la desinstalación de las estructuras temporales y limpieza del área. Asimismo, se realiza el retiro de mobiliario, maquinarias y equipos que se hayan utilizado durante las faenas de construcción.

Para el proceso de desmantelamiento de la instalación de faenas se tiene presente lo siguiente: - Limpiar los lugares utilizados una vez terminados los trabajos. - En las excavaciones menores, rehabilitarlas rellenándolas con material de terreno a nivel de superficie. - Retiro de chatarra, escombros, señales e instalaciones transitorias. Sólo permanecen aquellos elementos que presenten utilidad hasta el momento de la recepción final.

Acondicionamiento de terreno Despeje de terreno Previo al inicio de los trabajos se consulta acta de entrega de terreno. La constructora debe despejar el terreno de escombros, construcciones existentes u otros que impidan el normal desarrollo de los trabajos.

Replanteo, trazado y niveles Se replantea el trazado del Proyecto de acuerdo a plano general de emplazamiento aprobado, mediante instrumento de precisión, materializando los ejes de los edificios por medio de crucetas de madera convenientemente afianzadas. Los niveles de piso terminado se establecen en el cerco perimetral. El trazado y niveles deben ser recibidos por el arquitecto e ITO/ECO firmando el acta de recepción de trazados.

Cierros perimetrales Previo a la instalación de faena, el terreno debe tener su perímetro completamente cercado ya sea con un cierro provisorio o definitivo, de tal manera de resguardar adecuadamente los materiales y equipos de la obra, control de ingreso de personal y protección de polvo y ruido a los vecinos colindantes. Durante la fase de construcción se cuenta con cierre perimetral en todos los deslindes de la obra con malla tipo raschel de altura 2 m. Se cuenta además con secciones de barreras acústicas de madera OSB con una densidad de al menos 10 kg/m2 y un espesor mínimo de 15 mm. Se presenta a continuación los detalles y ubicación de las barreras perimetrales:

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Fuente: Ilustración 20 “Ubicación de las barreras perimetrales” del Adenda.

Vértices Coordenadas UTM Huso 19 H Detalle por segmento E N Segmento Altura (m) Cumbrera Longitud (m) V1 335.978 6.218.191

V1-V2 3,6 Si 160 V2 336.039 6.218.403 V2-V3 2,4 No 58 V3 336.031 6.218.177 V3-V4 3,6 No 220 V4 336.094 6.218.389 V5 336.085 6.218.164 V5-V6 3,6 Si 220 V6 336.147 6.218.375 Fuente: Tabla 32 “Detalles de la barrera perimetral” del Adenda.

Por otra parte, se indica que se considera realizar las actividades de compactación y nivelación, las cuales se desarrollan durante el primer año de la fase constructiva, de acuerdo al cronograma de actividades. El área a intervenir corresponde a 20.454 m2 en Lihuén II, y 23.781 m2 en Lihuén III, tal como se observa en la siguiente cartografía: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Ilustración 22 “Superficie a compactar y nivelar” del Adenda.

A continuación, se muestran las características de la maquinaria a utilizar:

Ítem Maquinaria compactación Maquinaria nivelación Unidad Valor Unidad Valor Ancho de rodillo m 3,7 m 3,7 Velocidad media km/h 12 km/h 11,4 Numero pasadas - 6 - 3 Fuente: Tabla 33 y 34 “Características maquinaria compactación y nivelación” respectivamente del Adenda.

De acuerdo con las características de las maquinarias y del área a compactar y nivelar, el nivel de actividad de compactación y nivelación anual se presentan en las siguientes tablas, respectivamente:

Año Superficie Nivel de actividad (horas) 1 44.236 18,43 Fuente: Tabla 35 “Horas de compactación” del Adenda.

Año Superficie Nivel de actividad (km) 1 44.236 35,87 Fuente: Tabla 36 “Km de nivelación” del Adenda.

Finalmente, se aclara que no se considera impermeabilización del terreno.

Escarpes y rebajes Se deben considerar los escarpes, rebajes y movimientos de tierra necesarios previos al replanteo de la obra. La siguiente tabla presenta información síntesis de acondicionamiento de terreno para Lihuén II y Lihuén III:

Superficie escarpe (m2) Profundidad escarpe (m) Volumen escarpe (m3) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Lihuén II 20.454 0,20 4.209 Lihuén III 23.781 0,20 4.455 Fuente: Tabla 30 “Detalle de capa vegetal y de suelo a extraer” del Adenda.

A continuación, se presenta una representación cartográfica con la superficie del proyecto a escarpar.

Fuente: Ilustración 19 “Superficie a escarpar, Lihuén II y Lihuén III” del Adenda.

Todo el retiro de la capa vegetal, correspondiente a Lihuén II y III, se realiza utilizando una retro excavadora, la cual deja el material de escarpe en la zona de escombros constituyendo un residuo, de no ser retirado el mismo día estos son protegidos por un polietileno afianzado con estacas, para su retiro al día siguiente.

Asimismo, se realizan otras actividades complementarias al acondicionamiento del terreno, tales como:

Permisos El mandante considera la tramitación y aporte, a su cargo, del respectivo permiso de edificación de la obra. Los permisos de: instalación de faena, instalación de grúa y otros atingentes a la obra son de cargo de la empresa constructora.

Empalme de electricidad y agua potable La propiedad debe disponer de empalmes provisorios con estos servicios habilitados y operativos para abastecer adecuadamente la obra durante el periodo de construcción. La tramitación y costo son de cargo de la constructora. Se debe considerar la existencia de instalaciones propias de la inmobiliaria, tales como oficinas y sala de información, los consumos de éstas son pagados por el mandante.

Caminos de acceso temporales y permanentes Los accesos vehiculares y peatonales al terreno del proyecto se realizan a través de Camino San Ramón. A continuación, se observa la localización de la vía de acceso con respecto al proyecto, y su longitud, durante su fase de construcción y operación.

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Fuente: Ilustración 10 “Rutas vehiculares de ingreso al Proyecto” del Adenda.

En la siguiente tabla se indican las rutas de ingreso para el transporte privado motorizados, y su gráfica en la imagen a continuación:

Rutas de Ingreso Poniente Camino San Ramón - Proyecto Oriente Baquedano - Av. Salvador Allende - Camino San Ramón - Proyecto Sur Camino a Doñihue - Camino San Ramón - Proyecto Norte Av. Salvador Allende - Camino San Ramón - Proyecto Fuente: Tabla 23 “Rutas ingreso transporte privado motorizado” de la DIA.

Fuente: Ilustración 11 “Rutas vehiculares de ingreso al Proyecto” del Adenda.

Rutas vehiculares de egreso del Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Ilustración 12 “Rutas vehiculares de egreso del Proyecto” del Adenda

Rutas de Egreso Poniente Proyecto - Camino San Ramón Oriente Proyecto - Camino San Ramón - Baquedano Sur Proyecto - Camino San Ramón - Camino a Doñihue Norte Proyecto - Camino San Ramón - Baquedano - Av. Salvador Allende Fuente: Tabla 24 “Rutas egreso transporte privado motorizado” de la DIA.

Considerando que la ubicación del proyecto condiciona también la circulación de peatones, ciclistas y del transporte público, es que se considera la misma área de influencia que para el transporte privado. Las rutas de ingreso y egreso de Otros Modos relacionadas con el proyecto, principalmente se relacionan a paradas del transporte público y ciclovías.

La ruta recorrida desde el proyecto hacia el paradero más alejado no supera los 1000 metros respecto del acceso del proyecto, tal como se observa en la siguiente imagen:

Fuente: Ilustración 15 “Ubicación refugios peatonales dentro del área de influencia” de la DIA.

A mayor abundamiento en la siguiente tabla se amplía información sobre las características de las rutas de ingreso y egreso al Proyecto:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Tabla 10 “Rutas vehiculares de ingreso y egreso al Proyecto” del Adenda.

Movimientos de tierra Excavación Se realizan acciones de excavación, para lo cual se presenta la siguiente tabla pormenorizando la información solicitada para Lihuén II y Lihuén III:

Volumen a remover (m3) Porcentaje de finos (%) Porcentaje de humedad (%) Lihuén II 4.426 8 1,4 Lihuén III 7.159,46 Fuente: Tabla 31 “Actividad de excavación” del Adenda.

Los datos de porcentaje de finos y de humedad fueron extraídos del Anexo 5 de la Mecánica de Suelos adjunta en Anexo 05 del Adenda, y corresponden a la calicata n°6 a una profundidad de 1,80 m. Dicha calicata fue considerada más representativa del proyecto ya que se ubica en el emplazamiento de edificios, cuyas fundaciones tienen una profundidad aproximada de 1,50 m. Cabe mencionar que las obras de modificación de cauce contemplan realizar excavaciones, estimándose un volumen a remover de 196,7 m3.

El material de excavación se acopia en el frente de trabajo, se reutiliza 309 m3 como relleno para Lihuén II y 1.040 m3 como relleno en Lihuén III. Los excedentes son transportados en un camión tolva a un sitio de disposición final autorizado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Relleno El volumen de relleno que se utiliza en Lihuén II corresponde a 3.859 m3, mientras que en Lihuén III se requiere una cantidad de 1.773 m3.

El material de relleno a utilizar corresponde a base granular y sub-base granular, dichos insumos son provistos por una empresa especializada y autorizada, además de reutilizar volumen de las excavaciones. El volumen de relleno que se utiliza en Lihuén II corresponde a 3.859 m3, mientras que en Lihuén III se requiere una cantidad de 1.773 m3.

Se indica que se reutiliza 309 m3 del material de excavación como relleno para Lihuén II y 1.040 m3 del material de excavación como relleno en Lihuén III. Los excedentes son transportados en un camión tolva a un sitio de disposición final autorizado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Cabe mencionar que las obras de modificación de cauce contemplan un volumen de relleno de 102,15 m3.

Instalaciones de apoyo a la actividad de la fase de construcción Las instalaciones de apoyo de la fase de construcción o Instalación de Faenas son necesarias para la construcción de todas las partes, obras y acciones relacionadas al proyecto que se presenta a evaluación, y se componen principalmente por sitios de acopio, servicios higiénicos, bodegas y oficinas, entre otros.

El Proyecto cuenta con una instalación de faenas distinta para cada fase constructiva, teniendo las mismas instalaciones en ambas fases, pero cambiando su ubicación cuando inicie la construcción de Lihuén III.

A continuación, se muestra una representación Instalación de Faenas, fase constructiva Lihuén II: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Ilustración 16 “Representación Instalación de Faenas fase constructiva Lihuén II” de la DIA.

A continuación, se muestra una representación Instalación de Faenas, fase constructiva Lihuén III:

Fuente: Ilustración 17 “Representación Instalación de Faenas fase constructiva Lihuén III” de la DIA.

La primera actividad a realizar previo a cualquier otra actividad de construcción corresponde a la instalación del cierre perimetral de toda el área del proyecto por medio de placas OSB que tienen un material de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2 (ejemplo: Paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente) para evitar el ingreso de personal no autorizado al área de las obras. Además, tiene fines acústicos en los sectores donde sea requerido.

Posteriormente se procede a la instalación de la infraestructura necesaria para la construcción de las urbanizaciones y edificios. Se destinan los espacios apropiados dentro del área del proyecto para instalación de la infraestructura de faena y cuyo criterio de distribución optimice los desplazamientos. Comprende la habilitación de: - Zona de acopio de materiales - Zona de acopio de escombros - Bodega de materiales - Bodega de maquinarias - Bodegas RESDOM, SUSPEL y RESPEL - Comedor - Duchas y baños - Estacionamientos - Zona de lavado de ruedas - Zona de lavado de canoas y betoneras Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

  • Oficinas.

Los servicios sanitarios (lavatorios, baños y duchas), son implementados de acuerdo con el Decreto Supremo N°594 de 1999 del Ministerio de Salud, “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”. Respecto al suministro de agua potable y servicio de alcantarillado se entregan por la empresa ESSBIO S.A., a través de las conexiones existentes en el terreno, de acuerdo con las factibilidades adjuntas en el Anexo 01 de la Adenda.

Se tiene presente, además, lo siguiente: - El número mínimo de artefactos se calcula en base a la tabla del artículo 23 del Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud. - Las duchas portátiles cuentan con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad. - Los baños químicos están instalados a menos de 75 m del área de trabajo.

Para el establecimiento de las bodegas deben construirse sobre una base continua de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos, de tal manera que retenga los líquidos en caso de vertido y evite la contaminación de la capa superficial del suelo. El resto del terreno no se impermeabiliza, permitiendo que el suelo natural sea capaz de absorber las aguas lluvias. La instalación de faenas se mantiene operativa durante toda la fase de construcción del Proyecto. Cabe mencionar que, de acuerdo al cronograma de actividades, las instalaciones son trasladadas una vez comience la construcción de Lihuén III. Una vez concluida la construcción, se procede a su cierre mediante la desinstalación de las estructuras temporales y limpieza del área. Así mismo, se realiza el retiro de mobiliario, maquinarias y equipos que se hayan utilizado durante las faenas de construcción.

Para el proceso de desmantelamiento de la instalación de faenas se tiene presente lo siguiente: - Limpiar los lugares utilizados una vez terminados los trabajos. - En las excavaciones menores, rehabilitarlas rellenándolas con material de terreno a nivel de superficie. - Retiro de chatarra, escombros, señales e instalaciones transitorias. Sólo permanecen aquellos elementos que presenten utilidad hasta el momento de la recepción final.

En la tabla a continuación, se detalla información con la descripción de instalaciones de faenas, tanto para Lihuén II, como para Lihuén III:

Tipo Características Lihuén II Lihuén III Superficie (m2) Superficie (m2) Acopio materiales (moldajes y fierro) Zonas en la cual se descargan los materiales y se mantienen hasta su utilización en las obras. Se disponen 3 zonas para acopio de moldaje y 3 para acopio de fierro para cada fase constructiva. El suelo es de terreno natural. La enfierradura se soporta sobre listones de madera para su fácil manipulación, en los 2 tercios centrales del largo del paquete de fierro. La capacidad de kg de acopio de fierro es de 75.000 kilogramos. La capacidad máxima de almacenamiento de los moldajes es de 8,5 m2 de moldajes. 540 540 Acopio escombros

Zona destinada a los residuos de la construcción. Dimensiones del sector 6x5m (30 m3), cercado perimetralmente con vallas de madera y protegidos por malla raschel en caso de que los residuos no sean retirados el mismo día. 30,7 30,7 Bodega de materiales y herramientas Lugar habilitado para guardar herramientas y materiales cuya estructura es de pino con su interior revestido en OSB y techumbre de zinc. La estructura principal es de pino bruto de 1x4 y placa de MDF de 2 mm. 330 330 Bodega de maquinarias Contenedor habilitado para el almacenamiento de maquinarias. El acopio de maquinarias se realiza en un contenedor de 20 pies, de 6x2.5 m. 15 15 Bodega RESDOM Este espacio consiste en una construcción de suelo impermeable con cierro de malla ACMA, cubierta por malla Rachel de 2 m de altura. 17,4 29 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Se realiza en un espacio de 6x3m, ubicación en la planimetría cercana al ingreso de obra. La capacidad máxima de esta bodega es de 6 contenedores de basura de 240 L llenos. Bodega RESPEL Con malla tipo Acma metálica, cierre de fibrocemento, cubierta de zinc alum, con radier de 20 cm de espesor; hormigón de H=20. Para almacenaje de residuos peligrosos tales como envases plásticos y metálicos de siliconas, tinetas de adhesivos, galones de pinturas con base solvente, tinetas de pintura con base solvente. Los residuos se disponen en contenedores cerrados y rotulados como residuos peligrosos, para posteriormente ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado, en cumplimiento con el D.S. N°148/03, “Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos” del Ministerio de Salud. Las dimensiones de la bodega son 3x3x2m y su capacidad de almacenamiento es de 18 m3. La materialidad corresponde a una radier de hormigón con una base de polietileno para impermeabilizar este, el radier cuenta con un pretil para contener cualquier tipo de derrame de 50 cm de alto, la estructura de la bodega es metálica con muros de malla acma, con una techumbre de zinc. Sistema de contención de escurrimiento o derrame, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. 9 9 Bodega SUSPEL Estructura con perfiles metálicos, malla acma y cubierta zinc alum. 9 9 Caseta guardia Se dispone para el acceso a la obra, la cual cuenta con guardias de seguridad las 24 horas del día 2,25 2,25 Comedor Estructura de madera pino revestimiento exterior zinc aluminio. 124,8 124,8 Duchas, baños y vestidores Se disponen de 20 baños y 30 duchas para los servicios sanitarios ubicados en estructuras de madera pino y revestimiento exterior zinc aluminio, además de 6 baños químicos móviles. 57,6 57,6 Estacionamientos Sitio destinado a estacionamiento vehicular con una capacidad de 20 unidades para Lihuén II, y 80 unidades en Lihuén III. 250 250 Lavado de canoas y betoneras Se realiza el lavado de canoas en una zona ubicada a la salida del proyecto. El líquido del lavado se acumula en un depósito construido para este proceso elaborado en hormigón impermeabilizado o bien como alternativa un depósito (estanque, cámara) de material plástico prefabricado. Esto permite la acumulación de agua, permitiendo la decantación de material (básicamente cemento); el cual se retira periódicamente como escombro. Este proceso permite además la evaporación natural de los líquidos y obtener el sedimento acumulado para su posterior retiro de la obra a botadero autorizado. Si no se genera una total evaporación, es responsabilidad del Titular la disposición final de estos residuos con botadero autorizado por la SEREMI de Salud. En relación con los residuos provenientes de las canoas de camiones mixer, estos son raspados de manera manual y acumulados de manera temporal en la piscina señalada, para luego ser retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en un lugar autorizado. Las aguas de lavado que se generen producto del lavado de las betoneras y canoas de camiones mixer, son manejadas según se indica a continuación: a. Se diseña una piscina de 6 m por 2,5 m, la cual posee una sección con pendiente hacia una pared de filtrado y una segunda zona donde se decantan los sólidos. b. La primera zona, en la cual se realiza el lavado, tiene una superficie de 2 metros por 2,5 metros. Cuenta con una pendiente cuya profundidad máxima es de 0,5 metros. En la zona más profunda de esta sección se instala un filtro el cual se encarga de capturar los sólidos de mayor tamaño que sean arrastrado por el lavado. 15 15 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

c. La segunda zona abarca una superficie de 4,0 metros por 2,5 metros. Cuenta con una pendiente menor la cual ira desde 0,5 metros en su punto más alto hasta 0,7 metros en su punto más profundo. En esta sección se acumula los residuos arrastrados por la fase liquida del lavado que no son capturados por el filtro anteriormente mencionado. Para el lavado de las canoas se debe proceder de la siguiente forma: 1. El camión mixer se ubica junto a la primera piscina, posicionado la canoa sobre esta para proceder a lavarla con una hidrolavadora, retirando el sedimento presente. 2. No se debe descargar sobrante de hormigón a la piscina. Este debe ser reubicado en terreno. 3. Una vez finalizado el procedimiento de lavado, se debe levantar la canoa con el propósito de evitar goteos. Luego de esto el camión debe retirarse del sector. Para el retiro de material de la piscina de lavado se procede de la siguiente forma. 1. Se espera la decantación del residuo sólido al fondo del contenedor. 2. El escombro resultante se extrae y dispuesto en la zona de acopio de residuos no peligrosos de la construcción, siendo retirado posteriormente por empresa autorizada para estos fines 3. El residuo líquido restante del contenedor se reutiliza para la humectación de losas. Se mantiene en obra un registro del transporte y disposición final por la empresa autorizada. Por otra parte, se indica que las maquinarias asociadas al proceso de hormigonado corresponden a camión mixer, camión bomba, grúa torre y grúa auxiliar, mientras que las herramientas utilizadas en esta actividad corresponden a martillo demoledor, sierra circular, taladro de percusión, pistola de impacto y atornillador. Para el lavado de canoas y betoneras se estima un consumo aproximado de 20 litros de agua por cada lavado, considerando que dicha maquinaria se lava aproximadamente 3 veces al día, el consumo de agua es de 60 L de agua diarios. Cabe mencionar que las actividades de lavado de canoas y betoneras se desarrollan principalmente durante la obra gruesa, esto es 24 de los 29 meses que se estima que se desarrolle la fase de construcción de proyecto. Lavado de ruedas El proyecto cuenta con un sistema de lavado de ruedas, el cual está dispuesto en la salida de la obra; el lavado de ruedas se realiza mediante el uso de una hidro-lavadora. Los camiones ingresan a un pavimento diseñado exclusivamente para realizar el lavado, tiene una configuración de “un gran badén”, el pavimento cuenta con una canaleta que se conectan a un estanque que contiene los lodos y todos los restos líquidos y sólidos que puedan aparecer producto del lavado de rueda, estos residuos se mantienen en el estanque hasta que sean retiradas por una empresa autorizada. El agua utilizada para el lavado de ruedas proviene del empalme provisorio existente a la red de agua potable de la empresa ESSBIO S.A, para lo cual se cuenta con factibilidad sanitaria N°202301002694 y N°202301005744. La cantidad de agua utilizada para lavar las ruedas de un camión puede variar dependiendo de varios factores, como el tamaño del camión, la cantidad de lodo o suciedad en las ruedas y la presión del agua utilizada. En promedio se estima un uso de 20 L de agua por camión que sale del área del proyecto, por lo cual se consideran aproximadamente 80 L de agua diarios. La zona de pavimento es de hormigón HCV RF e=15 cm, con una superficie de 50 m2, cuyo ancho es de 4 m y largo 12,5 m. El volumen de almacenamiento del estanque es de 2 m3. 53,75 53,75 Oficinas Cuentan con instalaciones, que se utilizan para labores técnicas, administración, prevención de riesgos, supervisión de obras. La oficina está habilitada con mobiliario para sus actividades. Su materialidad es de placas OSB y techos de 45 45 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

placas de zinc Taller de cortes Taller que se utiliza para labores de corte de fierro, madera, etc., el cual está compuesto por paredes de OSB de 15 mm y lana de vidrio de 50 mm de espesor. Consiste en mesas de madera de 10 metros de largo con una techumbre de malla Raschel. 42 42 Zona de carga de combustible Consiste en un radier de hormigón de 2x2 m, en el cual se descargan los bidones o tambores de combustible. 4

Fuente: Tabla 25 “Descripción de Instalaciones de faenas” de la DIA.

Obras civiles Excavaciones fundaciones Se ejecutan conforme a proyecto de cálculo y al informe de mecánica de suelos, debiendo ser recibidas por el mecánico de suelos. Sus paredes deben quedar verticales y el fondo horizontal. La última capa se retira solo antes de proceder a la colocación de emplantillado. El sello de fundación debe ser revisado por el calculista.

Hormigonado de emplantillado Se ejecuta con hormigón fresco de acuerdo a especificación de cálculo. Su altura tal que permita rellenar las excavaciones, desde el sello de fundación hasta la cota de nivel requerido para fundar los cimientos.

Cimientos Se ejecutan conforme a plano de cálculo. Se dejan las pasadas necesarias para las instalaciones.

Relleno estéril Se retira de la zona confinada por los sobrecimientos la capa vegetal y todo elemento sobrante de la ejecución de los trabajos tales como material excedente de las excavaciones, el cual se puede utilizar como relleno en los antejardines o patios. El relleno se realiza según especificación de mecánica de suelos en capas con compactación mecánica no mayores a 25 cm cada una.

Radier Éste se realiza en las zonas y con las características indicadas por planos de cálculo estructural.

Moldajes En general, se usan moldajes metálicos o similar, deben ser lo suficientemente sólidos y ajustados para evitar deformaciones, desplomes y pérdidas de lechada de cemento. Esta partida incluye el desencofrado y limpieza de moldajes.

Hormigón armado Se consultan muros, pilares, cadenas y losas respetando las características del hormigón y las armaduras para las cuales se exige que estén libres de grasas, corrosión, lechadas y restos de hormigones antiguos que impidan una adecuada adherencia con el nuevo hormigón. Los hormigones deben adquirirse premezclados en plantas hormigoneras conforme a las dosificaciones especificadas por el calculista y deben certificarse realizando ensayos de acuerdo a NCH que corresponda aplicar. El hormigón se compacta mediante vibradores mecánicos de inmersión eliminando las ocurrencias de nidos. Se debe tener especial cuidado en dejar las pasadas de ductos de instalaciones. Se definen espesores de muro y losas de mínimo 14 cm.

Techumbre 1. Estructura de techumbre Conformada por perfilería metálica tipo metalcom o su equivalente técnico, cerchas tipo de acuerdo a plano y costaneras omega. Se puede considerar alternativa de estructuración en madera impregnada.

  1. Cubierta Planchas de hojalatería prepintada, afianzadas a la estructura de cubierta con tornillos galvanizados. Alternativa plancha de fierro galvanizado tipo extra liviano de 0,6 mm de espesor.

  2. Hojalatería Se considera Zincalum de 0,6 mm prepintada para coronaciones, forros, canaletas, mantas y sus respectivos sellos.

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  1. Canales y bajadas de aguas lluvias Son de PVC de 110 mm, producto Duratec o similar, instaladas con los accesorios correspondientes y de acuerdo a instrucciones del fabricante. Son según plano de especialista.

Terminaciones

  1. Estructura de tabiques Todos los tabiques son en base a perfiles de Fe galvanizado o similar compuesto por montantes y canales, según proyecto de arquitectura.

  2. Tabiques divisorios recintos secos Se consideran en todos los tabiques divisorios de recintos secos o no expuestos a la humedad, revestimiento de plancha de yeso cartón de mínimo 10 mm por ambas caras, de acuerdo a plano de tabiques que indica su resistencia al fuego y su espesor para cada caso.

  3. Tabiques divisorios recintos expuestos a humedad Se consideran en todos los tabiques divisorios de recintos expuestos a la humedad, revestimiento con plancha de yeso cartón RH de min 10 mm de espesor de acuerdo a plano de tabiques que indica su resistencia al fuego y su espesor para cada caso.

  4. Sellos e impermeabilizantes Todos los tabiques de recintos húmedos que sean traspasados por ductos deben sellarse previo a la instalación de la cerámica o equivalente técnico. En tabiques que conforman recintos húmedos se debe considerar la aplicación de sello en la parte horizontal inferior y vertical. El nicho de tina se impermeabiliza con Proseal provequin o similar, en los 3 muros y 15 cm sobre el nivel de la tina. En los recitos húmedos cuyos tabiques vayan revestidos con fibrocemento decorativo, previo a su colocación, se sella la unión de planchas de yeso cartón y el encuentro de yeso cartón con muros. Cocinas: impermeabilización bajo zona de lavaplatos.

  5. Cielos

  6. Cielo bajo losa Se deja liso apto para recibir pintura o losalin.

  7. Aislación térmica cielo Sobre la losa del último piso se consulta la instalación de planchas de Poliestireno expandido de 100 mm con densidad de 15Kg/m3. No se aceptan aislantes a granel o sueltos, ni interrupciones del aislante térmico por parte de la estructura de cielo, de manera de garantizar la inexistencia de puentes térmicos.

  8. Aislación térmica En Muros perimetrales exteriores (envolvente) se ejecuta, sistema EIFS en base a Poliestireno expandido de densidad 15kg/m3 y 30 mm de espesor, cumpliendo térmicamente con más de un 15% de lo exigido en la normativa PDA de O’Higgins.

  9. Escalera Se ejecuta de hormigón armado.

  10. Revestimientos

  11. Fibrocemento en muros • Cocina-baños: En el baño se considera revestimiento de cerámica en el nicho de la tina del baño y sobre el lavamanos de acuerdo a detalle. En la cocina se considera revestimiento de cerámica en el muro del lavaplatos de acuerdo a detalle.

  12. Pavimentos • Cerámicas: Para todos los departamentos se considera la instalación de cerámica Denver 36x36 de MK o su similar técnico en la cocina, el baño, la logia y terraza, garantizando un acabado antideslizante e impermeable en pavimentos de cocina y baños. • Alfombra: En dormitorios y closets se considera la instalación de alfombra New York de 450grs, Marca Etersol o su equivalente técnico. • Piso fotolaminado: Para todos los departamentos se considera instalación de piso fotolaminado Los Angeles 8mm de Construmart o su similar técnico en los recintos de Estar, comedor y pasillos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

interiores.

  1. Puertas
  2. Puerta de acceso Se considera puerta de acceso al departamento de MDF pintada lisa, de ancho 92 cm de paso libre y 100 cm de hoja. Resistencia al fuego F-30. La puerta de la tipología A2 (departamento para movilidad reducida) es de MDF pintada lisa, reforzada 30 cm de alto, desde la base de la puerta, para garantizar la resistencia al impacto y de ancho 92 cm de paso libre y 100 cm de hoja. Resistencia al fuego F-30.

  3. Puertas interiores En dormitorios se consideran puertas MDF pintada lisa, de 65 cm de paso libre y una hoja de 70 cm de ancho. En baños se consideran puertas MDF pintada lisa con esmalte sintético por todas sus caras, de tal manera que se garantice su impermeabilidad interior, de 65 cm de paso libre y una hoja de 70 cm de ancho. En logias se considera puerta de MDF pintada lisa, con vidrio fijo ubicada en la parte superior. Su instalación se cuelga al marco con 3 bisagras de 3 1/2” x 3 1/2”. En dormitorios de la tipología A2 (movilidad reducida), son de MDF pintada lisa, de 92 cm de paso libre y 100 cm de hoja. En baños se consideran puertas MDF pintada lisa con esmalte sintético por todas sus caras, de tal manera que se garantice su impermeabilidad interior, de 92 cm de paso libre y 100 cm de hoja. En logia se considera puerta de MDF pintada lisa, con vidrio fijo ubicado en la parte superior, con un ancho de 90 cm de paso libre y una hoja de 95 cm.

  4. Marcos madera Los marcos de puerta son de madera pintados línea económica o similar según detalles de arquitectura.

  5. Ventanas Las ventanas son termopanel en todos los dormitorios del departamento, en perfiles de PVC de acuerdo a planos de detalles de arquitectura. Los sellos de encuentro con muros son acrílicos. Los rasgos deben ajustarse a las dimensiones de las ventanas antes de la instalación de éstas.

  6. Quincallería

  7. Cerraduras Se consulta en todas las puertas de acuerdo al siguiente detalle: a) Puerta principal: Cerradura de seguridad tipo Odis o similar, con cilindro interior y exterior, picaporte y dos pitones de dos vueltas. b) Puerta de cocina a logia: cerradura tipo Odis o similar. c) Puertas de baño, cerradura tipo Odis o similar, embutida, con seguro interior. d) Dormitorio principal, cerradura tipo Odis o similar, embutida, con descondena. e) Dormitorios secundarios, cerradura tipo Odis o similar, con descondena.

  8. Celosías tina Se consulta la instalación de celosías de PVC blanca, según detalle en plano de arquitectura.

  9. Celosía cocina No se consulta instalación.

  10. Tapas registro alcantarillado En shafts se consideran tapas de registro ejecutadas en fibrocemento tipo internit pintado.

  11. Topes de puertas Se instalan topes de goma en las puertas principales: acceso, dormitorios, baños y logia.

  12. Guardapolvos En encuentro de pisos con muros y tabiques, incluyendo la cocina y baños, considera guardapolvo según el pavimento del recinto:

  13. Pavimento cerámico: cerámico ídem pavimento, según plano de detalle.
  14. Pavimento alfombra y fotolaminado: MDF pintado, color a definir, según plano de detalle.

  15. Cubrejuntas En encuentro de alfombra con cerámica de piso de baños y en encuentro de fotolaminado con cerámica se consideran cubrejuntas de PVC.

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  • Cornisa Considera de poliestireno extruido, tipo Nomastyl o similar calidad, en todos los encuentros muro y cielo. Modelo según detalle de arquitectura.

  • Pinturas Se consulta lo siguiente: a) Esmalte al agua. Se aplican 2 manos de esmalte, marca SIPA o similar calidad, en cielos y muros de baños. Sobre los muros de cocina, previa aplicación del esmalte se verifica que la superficie a pintar este completamente uniforme. b) Antióxido: Se aplican sobre todos los elementos metálicos, una mano en maestranza y la segunda de distinto color en obra. c) Esmalte sobre metal: Se considera aplicar en elementos metálicos de las escaleras y barandas. d) Losalin: Se considera en cielos de estar, cocina, pasillos y dormitorios, marca SIPA o similar calidad.

  • Papel mural Se considera papel mural en todos los muros de dormitorios, estar–comedor y pasillos de departamentos. Marca Collowall o similar calidad.

  • Artefactos sanitarios Se consulta la provisión e instalación de los siguientes artefactos:

Baños: a) Lavamanos de loza color blanco con pedestal, considera conexión a red de agua fría y caliente y evacuación de aguas servidas. Para el departamento de tipología A2 (movilidad reducida) se considera de loza color blanco, apoyado sobre atril metálico fijado a muro, a una altura de 80cm, quedando una altura libre bajo artefacto de 70cm y descarga adosada a muro. b) WC con estanque de loza color blanco, de doble descarga, tipo Valencia de Fanaloza o algún similar técnico, considera conexión a red de agua fría y evacuación de aguas servidas. Para el departamento de tipología A2 (movilidad reducida) se consulta WC con estanque de loza color blanco, de descarga de 6 lts con manilla lateral y 45 cm de altura de taza, tipo Fanaloza Abingdon 3” ADA o similar. Se especifican dos (2) barras, tipo abatibles de acero inoxidable d=3.5cm a ambos costados del WC. c) Tina: Es de acero esmaltado blanco de 0,70 x 1,40 m, considera conexión a red de agua fría y caliente y evacuación de aguas servidas. d) En Ducha para Tipología A2 (movilidad reducida) se especifica un asiento abatible fijado a muro, de plástico tipo Sensi Dacqua o similar. Se especifican también dos barras de seguridad fija, de acero inxodiable d=3.5cm, fijadas a muro, una horizontal y otra vertical según detalle de arquitectura.

  • Cocina: Lavaplatos: De acero inoxidable de una cubeta más escurridor, con desagüe y sifón encastrado en mueble de acuerdo a detalle de Arquitectura, considera conexión a red de agua fría y caliente y evacuación de aguas servidas.

  • Logia: Lavadero: En la logia se considera lavadero de plástico de acuerdo a planos de arquitectura, considera conexión a red de agua fría y evacuación de aguas servidas. Lavadora: El espacio para la lavadora, considera conexión a red de agua fría, agua caliente y evacuación de aguas servidas. No considera provisión del artefacto lavadora. En el caso de departamento para movilidad reducida tipología A2, la conexión de la lavadora no es en la logia, está ubicada en el baño.

  • Grifería La grifería para todos los artefactos se considera monomando y con aireadores. a) Lavaplatos: se consulta monomando de palanca para lavaplatos modelo Eko – Duschy o similar. Para el departamento de tipología A2 (movilidad reducida), se consulta monomando lavaplatos vertical con manilla gerontológica Briggs o similar. b) Lavamanos: se consulta monomando de palanca para lavamanos modelo Eko – Duschy o similar. Para el departamento de tipología A2 (movilidad reducida), se consulta monomando lavamanos centerset con manilla gerontológica Briggs o similar. c) Tina: se consulta monomando de palanca para tina-ducha modelo Eko – Duschy o similar. d) Receptáculo para tipología A2 Movilidad reducida. Se consulta monomando de palanca larga para tina-ducha modelo Eko – Duschy o similar. Con challa altura 120 cms. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

e) En logia se considera llave con mecanismo de presión para lavadero, agua fría.

  • Accesorios de baños a) Espejo: No se considera instalación de espejo en los baños. b) Barra de cortina: Se considera instalación de barra plástica para cortina en tinas de baños. c) Portarrollos: Se considera portarrollo de loza en todas las tipologías. d) Perchero para toalla: Se considera perchero de loza en todas las tipologías de departamentos.

  • Accesorios eléctricos En todos los recintos se considera la provisión y colocación de enchufes e interruptores de acuerdo a la ubicación definida en el plano eléctrico, marca Sinthesi o similar. Se debe colocar un porta lámpara (soquete) en cada arranque para iluminación. Se consideran los indicados en el Itemizado Técnico, según el siguiente detalle:

  • Dos enchufes dobles en áreas de veladores del dormitorio principal.
  • Dos enchufes dobles en segundo dormitorio.
  • Un enchufe doble en el tercer dormitorio.
  • El estar-comedor, considera un centro de iluminación y un enchufe doble.
  • La cocina, también considera un centro de iluminación y un enchufe doble multiuso.
  • Se considera 1 centro de iluminación (soquete) en la logia y un enchufe simple.
  • Se considera 1 centro de iluminación (soquete) en terrazas.
  • Se considera un diferencial 2 x 25 A 30 mA para el circuito de enchufes incluido en el tablero eléctrico. En cuanto al departamento para personas con movilidad reducida, los enchufes e interruptores se ubican a una altura mínima de 40cm y máxima de 120cm desde el NPT.
  • Muebles y clósets

Muebles cocina Se considera un mueble base de melamina de e=15mm de 80x67 cm, con dos (2) puertas de abatir de melamina e=15mm, apoyado sobre zócalo de melamina e=15mm, de altura 10cm. También se considera un mueble colgante fijado a muro de melamina de e=15mm de 80x58 cm, con dos (2) puertas de abatir de melamina e=15mm. Para la tipología A2 (departamento con movilidad reducida), se especifica una despensa de 50cm de ancho y 60 cm de fondo, conformada por tres (3) repisas de melamina e=15mm, ubicadas a 40cm, 80cm y 120cm de altura desde el NPT. No considera puertas.

Closets: Se consultan closets en melamina e=15mm de puertas correderas o abatir según detalle, color a definir, con su división horizontal y vertical. Los closets de la tipología A2 (departamento con movilidad reducida), tiene dimensiones 50cm de ancho por puerta y 60cm de fondo, con puertas correderas de melamina e=15mm y tirador tipo manilla o similar, ubicados a una altura de 85cm desde el NPT. Los closets consideran barra de colgar en un extremo y tres (3) repisas de melamina e=15mm en el otro extremo, a alturas de 40cm, 80cm y 120cm desde el NPT.

Construcción de Edificios

  1. Ascensores Se instala al menos dos (2) ascensores, los cuales deben cumplir con las dimensiones mínimas de 1.40m por 1.10m de ancho y una altura mínima de 2.30m. Su puerta es mínima de 0.90m de ancho. El tabique frontal donde van instaladas las puertas de los ascensores, es de volcometal de 12 cm de espesor, en todo caso, deben tener una resistencia al fuego mínima de F-120. En general, el ducto de ascensores y su sala de máquinas deben cumplir con lo establecido en el Art.4.1.12 de la O.G.U.C., que dice relación con que debe contar con la aislación acústica necesaria y los dispositivos especiales que impidan las trepidaciones.

  2. Agua potable Se consulta red de agua potable fría y caliente de acuerdo a especificaciones y proyecto de la especialidad.

  3. En cocinas se considera agua potable fría y caliente en lavaplatos.
  4. En baños se considera agua fría y caliente en lavamanos y tinas.
  5. En logia, el lavadero considera agua fría. La lavadora considera agua fría y agua caliente.

Los tramos de redes que queden al interior de los departamentos se dispondrán embutidas o dentro de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

vigas falsas, nunca se dejan a la vista.

  1. Alcantarillado Se consulta la instalación necesaria para servir los artefactos indicados con cañería de PVC. Se debe tener considerado la nivelación y la compactación de la base requeridas para el adecuado asentamiento de los ductos de la planta de primer piso. Los tramos de redes que queden al interior de los departamentos se disponen embutidas o dentro de vigas falsas, nunca se dejan a la vista.

  2. Electricidad Estas instalaciones se ejecutan según los planos aprobados por las direcciones respectivas y la S.E.C. (Superintendencia de Electricidad y Combustibles). La iluminación de circulaciones vehiculares y peatonales, como así mismo de las áreas exteriores, se ejecuta de acuerdo a plano eléctrico respectivo y al plano de detalles. Todas las luminarias y artefactos eléctricos son elegidos por los arquitectos. En sector de escala y circulaciones se considera un sistema de iluminación de emergencia con fuente de poder autónoma. Los recintos donde van instalados los medidores y empalmes eléctricos deben cumplir con una resistencia al fuego mínima de F-120. En ningún caso se dejan tuberías a la vista.

  3. Telecomunicaciones Se realiza instalación cumpliendo las exigencias indicadas en la ley de telecomunicaciones (Ley N°20.808).

  4. Gas Se consulta la instalación de gas doméstico en las viviendas compatibilizando las instalaciones interiores con el resto de las instalaciones, cumpliendo con la normativa vigente. Se deja habilitado un punto para recibir el artefacto de cocina. Adicionalmente se considera un equipo generador de agua caliente tipo Calefón tiro forzado de 10 L Marca Mademsa o su equivalente técnico.

  5. Seguridad La seguridad y el control de acceso al condominio se efectúa a través de sistema autónomo de control de acceso, CCTV y alarmas tipo inteligente a través de una app móvil.

  6. Extracción forzada Se ejecuta sistema de extracción forzada para baños sin ventilación natural y en cocinas sobre dintel de la puerta de logia. Se considera extractor Mod. HEF Rodin o similar y ducto de ventilación según dimensiones del proyecto de la especialidad. Obras de manejo de aguas lluvia y para las instalaciones de aguas servidas El Proyecto contempla el manejo de agua potable y aguas servidas a través de la conexión a la red de la empresa ESSBIO S.A. Se adjunta Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas Nº202301002694 en el Anexo 1 del Adenda. Dicha factibilidad permite la dotación de agua potable y alcantarillado de aguas servidas a una población de estimada de 1.530 habitantes aproximadamente.

La evacuación de las aguas lluvia se realiza mediante la captación del escurrimiento superficial del agua a través de las calles hasta los sumideros proyectados, los que luego conducen las aguas por medio de colectores hasta zanjas de infiltración, tal como se indica en detalle en el Proyecto de ALL. Además, para asegurar su buen funcionamiento se cuenta con cámaras de inspección a lo largo de la red. Finalmente, este sistema termina con la descarga de las aguas lluvias en los canales Nuñano y Santa Bárbara. A continuación se presenta información del proyecto de aguas lluvias, tanto para Lihuén II, como para Lihuén III:

Condominio Lihuén II La solución de aguas lluvias propuesta considera el escurrimiento gravitacional por la caletera proyectada hasta los puntos de descarga, hacia el Canal Santa Bárbara, el cual se emplaza al norte de la caletera. Los puntos de descarga se ubican según lo dispuesto en planos de proyecto, y para estos se considera una apertura de solera en el punto medio de la caletera proyectada y una rejilla de alto tráfico en el término de la caletera proyectada. En Anexo 3.1.1 del Adenda Complementaria, se presenta la Memoria de Cálculo del Proyecto de Aguas Lluvias Público. Condominio Lihuén – Etapa II. En Anexo 3.1.2 del Adenda Complementaria, se presenta el Plano de Acceso del Proyecto Aguas Lluvias Público. Condominio Lihuén – Etapa II. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

En Anexo 3.1.3 del Adenda Complementaria, se presenta la Memoria de Cálculo del Proyecto de Aguas Lluvias Privado. Condominio Lihuén – Etapa II. En Anexo 3.1.4 del Adenda Complementaria, se presentan las Especificaciones Técnicas del Proyecto de Aguas Lluvias Privado. Condominio Lihuén – Etapa II. En Anexo 3.1.5 del Adenda Complementaria, se presenta el Plano de Acceso del Proyecto Aguas Lluvias Privado. Condominio Lihuén - Etapa II.

Condominio Lihuén III La solución de aguas lluvias propuesta considera el escurrimiento gravitacional por la caletera proyectada hasta los puntos de descarga, hacia el Canal Santa Bárbara, el cual se emplaza al norte de la caletera. Los puntos de descarga se ubican según lo dispuesto en planos de proyecto, y para estos se considera una apertura de solera en el punto medio de la caletera proyectada y una rejilla de alto tráfico en el término de la caletera proyectada. La solución de aguas lluvias propuesta es gravitacional. Estas aguas lluvias son interceptadas por sumideros conectados a colectores de aguas lluvias para descargar en las zanjas de infiltración emplazadas en las áreas verdes, respetando las tolerancias de pendientes mínimas exigidas en la Normativa actual.

En Anexo 3.2.1 del Adenda Complementaria, se presenta la Memoria de Cálculo del Proyecto de Aguas Lluvias Público. Condominio Lihuén – Etapa III. En Anexo 3.2.2 del Adenda Complementaria, se presenta el Plano de Acceso del Proyecto Aguas Lluvias Público. Condominio Lihuén - Etapa III. En Anexo 3.2.3 del Adenda Complementaria, se presenta la Memoria de Cálculo del Proyecto de Aguas Lluvias Privado. Condominio Lihuén – Etapa III. En Anexo 3.2.4 del Adenda Complementaria, se presentan las Especificaciones Técnicas del Proyecto de Aguas Lluvias Privado. Condominio Lihuén – Etapa III. En Anexo 3.2.5 del Adenda Complementaria, se presenta el Plano de Acceso del Proyecto Aguas Lluvias Privado. Condominio Lihuén - Etapa III.

Obras complementarias 1. Cierros Se considera cierro tipo bulldog, de acuerdo a planos de arquitectura, en los deslindes de la copropiedad.

  1. Urbanización
  2. Pavimentación de acceso Se ejecutan conforme a normas y proyecto aprobado por la institución respectiva.

  3. Agua potable Se ejecutan conforme a normas y proyecto aprobado por la institución respectiva.

  4. Alcantarillado Se ejecutan conforme a normas y proyecto aprobado por la institución respectiva.

  5. Electricidad Se ejecuta según proyecto eléctrico.

  6. Gas Se ejecuta de acuerdo a proyecto, respetando los distanciamientos con otras especialidades definidos en la normativa, con su respectiva certificación.

Obras en canales de regadío existentes Condominio Lihuén II Respecto a la situación con proyecto, éste considera los cambios que se efectúan debido a la urbanización denominada “Condominio Lihuén II”. A continuación, se describen las obras a construir en los distintos canales de riego, para la totalidad de las etapas.

Canal Nuñano - Cambio de sección a rectangular de 1,5x 1,5 metros en hormigón armado a lo largo del frente predial del canal Nuñano (etapa 2), aproximadamente 55 metros, con una pendiente de 1,24%. - Se proyecta un muro cabecera al final del cambio de sección. - Cruce de una tubería de Agua Potable sobre el canal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

En la siguiente tabla se presenta información con la ubicación obras proyectadas canal Nuñano:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Norte Este MDC Inicio 6.218.159 336.082 Fin 6.218.172 336.029 Cambio de sección Inicio 6.218.159 336.082 Fin 6.218.172 336.029 Muro Cabecera salida 1 6.218.172 336.029 Cruce AP 1 6.218.162 336.070 Fuente: Tabla 26 “Ubicación obras proyectadas canal Nuñano” de la DIA.

Canal Santa Bárbara - Se proyecta un cambio de trazado y de sección en canal Santa Bárbara lo largo del frente predial de etapa 2. La sección que se proyecta para este nuevo trazado es una sección cuadrada de 0,5 x 0,5 metros en hormigón armado (Figura 3-5) y contempla la construcción de un muro cabecera al final, adicionalmente cuenta con una rejilla en la parte superior. Dicha sección se extiende por 55 metros aproximadamente con una pendiente única de 0,82%. El nuevo trazado contempla 1 tramos entubados (Figura 3-7), correspondiente a un acceso vehicular, el cual cuenta con sus respectivos muros cabecera. Cabe mencionar que el cambio de trazado de este canal continúa descrito en la MDC de la fase Lihuén 3, en el cual se indica que finalmente empalma con el atravieso de calle Don Orione. - Cruce de una tubería de Agua Potable bajo canal. - Construcción de dos descargas de aguas lluvias provenientes de caletera norte.

En la siguiente tabla se presenta información con la ubicación obras proyectadas canal Santa Bárbara:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Norte Este MDC Inicio 6.218.168 336.083 Fin 6.218.179 336.015 Cambio de trazado y sección cajón Inicio 6.218.168 336.083 Fin 6.218.181 336.031 Tramo entubado Inicio 6.218.169 336.081 Fin 6.218.171 336.073 Cruce AP 1 6.218.171 336.073 Descargas ALL 1 6.218.175 336.058 2 6.218.180 336.037 Muro Cabecera 1 6.218.169 336.081 2 6.218.171 336.073 3 6.218.181 336.031 Fuente: Tabla 27 “Ubicación obras proyectadas canal Santa Bárbara” de la DIA.

Condominio Lihuén III Respecto a la situación con proyecto, éste considera los cambios que se efectúan debido a la urbanización denominada “Condominio Lihuén III”. A continuación, se describen las obras a construir en los distintos canales de riego, para la totalidad de las etapas.

Canal Nuñano - Cambio de sección a rectangular de 1,5x 1,5 metros en hormigón armado a lo largo del frente predial del canal Nuñano (etapa 2), aproximadamente 65 metros, con una pendiente de 1,24%. - Se proyecta un muro cabecera al final del cambio de sección previo al atravieso calle don Oriones. - Cruce de una tubería de Agua Potable sobre el canal.

En la siguiente tabla se presenta información con la ubicación obras proyectadas canal Nuñano:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Norte Este MDC Inicio 6.218.172 336.029 Fin 6.218.188 336.965 Cambio de sección Inicio 6.218.172 336.029 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fin 6.218.188 336.965 Muro Cabecera 1 6.218.188 336.965 Cruce AP 1 6.218.162 336.070 Fuente: Tabla 28 “Ubicación obras proyectadas canal Nuñano” de la DIA.

Canal Santa Bárbara - Se proyecta un cambio de trazado y de sección en canal Santa Bárbara lo largo del frente predial de etapa 3. La sección que se proyecta para este nuevo trazado es una sección cuadrada de 0,5 x 0,5 metros en hormigón armado (Figura 3-5) adicionalmente cuenta con una rejilla en la parte superior. Dicha sección se extiende por 70 metros aproximadamente con una pendiente única de 0,82%. El nuevo trazado contempla 2 tramos entubados (Figura 3-7), correspondiente a un acceso vehicular, y al cambio de dirección para empalmar con el atravieso de calle Don Orione. - Cruce de una tubería de Agua Potable bajo canal. - Construcción de dos descargas de aguas lluvias provenientes de caletera norte. - Construcción de dos cámaras de inspección.

En la siguiente tabla se presenta información con la ubicación obras proyectadas canal Santa Bárbara:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Norte Este MDC Inicio 6.218.181 336.031 Fin 6.218.192 336.965 Cambio de trazado y sección cajón Inicio 6.218.181 336.031 Fin 6.218.192 336.965 Tramo entubado Inicio 6.218.192 336.988 Fin 6.218.194 336.981 Inicio 6.218.196 336.969 Fin 6.218.192 336.965 Cruce AP 1 6.218.191 336.988 Descargas ALL 1 6.218.188 336.000 2 6.218.196 336.971 Cámara de inspección 1 6.218.196 336.969 2 6.218.191 336.968 Fuente: Tabla 29 “Ubicación obras proyectadas canal Santa Bárbara” de la DIA

Canal Fundo San Pedro - Entubamiento del primer tramo del canal, el cual contempla una sección de 0,5x0,5 metros, en una extensión de 10 metros.

A continuación se detalla información con la ubicación de las obras proyectadas en el canal Fundo San Pedro:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Norte Este MDC Inicio 6.218.196 336.969 Fin 6.218.203 336.972 Fuente: Tabla 30 “Ubicación obras proyectadas canal Fundo San Pedro” de la DIA.

A mayor abundamiento, en la siguiente tabla se entrega información sobre las obras que se realizan en los canales de regadío existente con ampliación de información:

Canal Nuñano Canal Santa Bárbara Canal Fundo San Pedro Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Nombre y georreferenciación del cauce natural o artificial basado en cartografía oficial del Instituto Geográfico Militar (estero, corriente o curso de agua). El nombre del canal no se presenta dentro de la cartografía IGM, este se determinó a través de la información entregada por la asociación de Canalistas que poseen la tuición de este canal. Sin embargo, este canal si se muestra en la cartografía IGM, es por ello que se adjunta archivo KMZ con montaje de carta IGM F005. A diferencia del canal Nuñano, este no se observa en cartografía IGM, ya que es un canal secundario que nace del canal Nuñano. El nombre de este canal se determinó de igual manera que para el primer canal. Al igual que el canal Santa Bárbara, este no se observa en cartografía IGM, ya que es también es un canal secundario el cual nace del canal Santa Bárbara. El nombre de este canal se determinó de igual manera que los otros dos canales. Identificación de las obras de arte tipo y si éstas se ubican o no en el cauce. (Lihuén II) - Cambio de sección del canal de natural a rectangular de 1,5x1,5 m en hormigón armado (336.082 m E; 6.218.159 m N. 336.029 m E; 6.218.172 m N.). - Muro Cabecera al final del cambio de sección del canal (336.029 m E; 6.218.172 m N). - Cruce de agua potable por sobre la sección del canal (336.070 m E; 6.218.162 m N). -Atravieso peatonal por sobre la sección del canal (336.039 m E; 6.218.169 m N). - Cambio de trazado y de sección en dos tramos del canal. El primer tramo cuenta con una sección cuadrada de 0,5x0,5 m en hormigón armado y el segundo tramo es de tierra con una sección trapezoidal (336.083 m E; 6.218.168 m N. 336.015 m E; 6.218.179 m N.). - El primer tramo donde existe cambio de sección existe un entubamiento del canal para dar acceso vehicular al condominio, el cual mantiene la misma sección (0,5x0,5m) (336.081 m E; 6.218.169 m N. 336.073 m E; 6.218.171 m N.). - Cruce de agua potable bajo la sección del canal (336.073 m E; 6.218.171 m N). - 2 descarga de aguas lluvias provenientes de Caletera Norte (336.058 m E; 6.218.175 m N. y 336.037 m E; 6.218.180 m N.). - Construcción de 3 muros cabecera, al inicio y fin del acceso vehicular al condominio y un al final del primer tramo del cambio de sección (336.031 m E; 6.218.181 m N).

Identificación de las obras de arte tipo y si éstas se ubican o no en el cauce. (Lihuén III) - Cambio de sección del canal de natural a rectangular de 1,5x1,5 m en hormigón armado (336.029 m E; - Cambio de trazado y de sección, el cual cuenta con una sección cuadrada de 0,5x0,5 m en hormigón armado - Cambio de sección del canal a sección cuadrada de 0,5x0,5 m en hormigón armado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

6.218.172 m N. 335.965 m E; 6.218.188 m N.). - Muro Cabecera al final del cambio de sección del canal (335.965 m E; 6.218.188 m N). - Cruce de agua potable por sobre la sección del canal (336.070 m E; 6.218.162 m N). (336.031 m E; 6.218.181 m N. 335.965 m E; 6.218.191 m N.). - El proyecto tiene dos tramos entubados, el primero para dar acceso vehicular al condominio y el segundo es bajo Caletera Norte. Ambos tramos cuentan con una sección cuadrada de 0,5x0,5 m (335.988 m E; 6.218.192 m N. 335.981 m E; 6.218.194 m N y 335.969 m E; 6.218.196 m N. 335.965 m E; 6.218.191 m N.). - Construcción de 3 muros cabecera, al inicio y fin del acceso vehicular al condominio y un al final del primer tramo del cambio de sección. - Cruce de agua potable bajo la sección del canal (335.988 m E; 6.218.191 m N). - 2 descarga de aguas lluvias provenientes de Caletera Norte (336.000 m E; 6.218.188 m N. 335.971 m E; 6.218.196 m N.). - Construcción de 2 cámaras de inspección (Cuadrada 335.969 m E; 6.218.196 m N. Redonda 335.968 m E; 6.218.191 m N.). Características técnicas del cruce o atravieso: alto, ancho, largo, entre otras (Lihuén II). -Cruce AP: Tubo Galvanizado de 100mm de diámetro, que cruza 20cm sobre la cota de coronamiento del canal y de 1,6m de largo. -Atravieso Peatonal: El atravieso es de 3,5 m de largo y 2 m de acho. La cota bajo radier se encuentra a 1,5m del fondo del canal. Esta construido en estructura metálica y cuenta con barandas para los peatones. - Atravieso Vehicular: Dicho atravieso está conformado en hormigón armado y cuenta con una sección de 0,5x0,5 m con una extensión de 8 m en el sentido del cauce. -Cruce AP: Tubo Galvanizado de 100mm de diámetro, que cruza 50 cm bajo el canal.

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Características técnicas del cruce o atravieso: alto, ancho, largo, entre otras (Lihuén III). -Cruce AP: Tubo Galvanizado de 100mm de diámetro, que cruza 20cm sobre la cota de coronamiento del canal y es de 1,6m de largo. -Atravieso Vehicular: Dicho atravieso está conformado en hormigón armado y cuenta con una sección de 0,5x0,5 m con una extensión de 9,5 m en el sentido del cauce. -Atravieso Vehicular: Al igual que el atravieso anterior, también se conforma en hormigón armado y una sección de 0,5x0,5 m, en una extensión de 8 metros y se encuentra bajo calle Caletera Norte. -Cruce AP: Tubo Galvanizado de 100mm de diámetro, que cruza 50 cm bajo el canal.

Coordenadas Cauce (Lihuen II) Inicio: 336.082 m E; 6.218.159 m N. Fin: 336.029 m E; 6.218.172 m N. Inicio: 336.083 m E; 6.218.168 m N. Fin: 336.015 m E; 6.218.179 m N.

Coordenadas Cauce (Lihuen III) Inicio: 336.082 m E; 6.218.159 m N. Fin: 336.029 m E; 6.218.172 m N. Inicio: 336.083 m E; 6.218.168 m N. Fin: 336.015 m E; 6.218.179 m N. Inicio: 335.969 m E; 6.218.196 m N. Fin: 335.972 m E; 6.218.206 m N. Capacidad de conducción de la obra de entubamiento, cruce o atravieso, justificado de acuerdo a la escorrentía de superficie del punto de emplazamiento de la obra (Lihuén II). -Cruce AP: El presente cruce se encuentra sobre la canalización, específicamente a 20 cm, lo que no altera el escurrimiento del agua. Atravieso Peatonal: De igual manera que para el cruce de AP, este atravieso se encuentra sobre la cota de coronamiento del canal, lo que no afecta el escurrimiento del agua. En dicha zona el eje hidráulico alcanza una altura de 70 cm sobre la cota de fondo. -Atravieso Vehicular: Este atravieso cuenta con la misma sección que el tramo anterior y posterior a él, por lo que no se genera una singularidad que altere el flujo. En dicha zona el eje hidráulico alcanza una altura de 21 cm sobre la cota de fondo. -Cruce AP: El presente cruce se encuentra bajo la canalización, lo que no altera el escurrimiento del agua.

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Capacidad de conducción de la obra de entubamiento, cruce o atravieso, justificado de acuerdo a la escorrentía de superficie del punto de emplazamiento de la obra (Lihuén III). -Cruce AP: El presente cruce se encuentra sobre la canalización, específicamente a 20 cm, lo que no altera el escurrimiento del agua. -Atravieso Vehicular: Este atravieso cuenta con la misma sección que el tramo anterior y posterior a él, por lo que no se genera una singularidad que altere el flujo. En dicha zona el eje hidráulico alcanza una altura de 33 cm sobre la cota de fondo. -Atravieso Vehicular: Al igual que el atravieso anterior, este cuenta con la misma sección que el tramo anterior, no así en el tramo posterior. Por esta razón y el cambio de dirección que sufre el canal, este aumenta su eje hidráulico, aun así, la sección propuesta tiene la capacidad para portear el flujo. En dicha zona el eje hidráulico alcanza una altura de 39 cm sobre la cota de fondo.

Consideraciones de diseño y seguridad del entubamiento, cruce o atravieso. Los caudales con los que se diseñaron las obras se mayoraron en un 30% con respecto a los caudales que circulan por el canal, esto a petición de la asociación de Canalistas. Adicionalmente, las obras cumplen con la revancha permitida en la Guía de la DGA para Modificaciones de Cauce. Los caudales con los que se diseñaron las obras se mayoraron en un 30% con respecto a los caudales que circulan por el canal, esto a petición de la asociación de canalistas. Adicionalmente, las obras cumplen con la revancha permitida en la Guía de la DGA para Modificaciones de Cauce. Los caudales con los que se diseñaron las obras se mayoraron en un 30% con respecto a los caudales que circulan por el canal, esto a petición de la asociación de canalistas. Adicionalmente, las obras cumplen con la revancha permitida en la Guía de la DGA para Modificaciones de Cauce. Fuente: Tabla 10 “Obras de modificación de cauce” del Adenda Complementaria.

De forma adicional, para mayor claridad en la figuras siguientes se puede visualizar la ubicación de las obras respecto de los proyectos Condominio Lihuén I, II y III, en las siguientes cartografías:

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Fuente: Ilustración 1 “Obras de arte Lihuén I” del Adenda Complementaria.

Fuente: Ilustración 2 “obras de arte Lihuén II” del Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Ilustración 3 “Obras de arte Lihuén III” del Adenda Complementaria.

Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias al interior del emplazamiento del Proyecto A continuación, en las siguientes tablas se presenta información de las actividades de movimientos de tierra junto a los vehículos y maquinarias asociadas, en función del tránsito de vehículos y maquinarias al interior del emplazamiento del Proyecto:

Fase Actividad Volumen total (m3) Densidad (m3/t) Peso total (t) Lihuén II Escarpe 4.209 0,864 3.636,58 Excavaciones 4.426 1,8 7.966,80 Relleno 3.859 1,6 6.174,40 Lihuén III Escarpe 4.455 0,864 3.848,94 Excavaciones 7.159,89 1,8 12.887,03 Relleno 1.773 1,6 2.836,80 Fuente: Tabla 37 “Movimientos de tierra totales” del Adenda.

Actividad Vehículos Maquinarias Tiempo de operación (h/mes) Escarpe Camión tolva Retroexcavadora 120 Excavaciones Camión tolva Retroexcavadora 120 Relleno Camión tolva Cargador frontal 120 Fuente: Tabla 38 “Maquinaria y vehículos asociados” del Adenda.

En la siguiente tabla se presenta información sobre el flujo mensual de actividades en toneladas, asociadas a las actividades para la fase de construcción del Proyecto, tanto para Lihuén II, como para Lihuén III:

Año 1 2 Actividad/ mes proyecto Mes Mes 1 2 10 11 13 14 15 16 21 22 23 24 Lihuén II Escarpe 4.209 - - - - - - - - - - - Lihuén III Escarpe - - 4.455 - - - - - - - - - Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Lihuén II Relleno - - - - 964,8 964,8 964,8 964,8 - - - - Lihuén III Relleno - - - - - - - - 709,17 709,17 709,17 709,17 Lihuén II Excavación - 4.426 - - - - - - - - - - Lihuén III Excavación - - - - 7.159 - - - - - - - Fuente: Tabla 39 “Flujo mensual de actividades en toneladas” del Adenda.

La distancia que recorre cada camión dentro del emplazamiento de Lihuén II corresponde a 0,74 km ida y vuelta, mientras que en Lihuén III es de 1,02 km ida y vuelta. Se presenta a continuación las distancias recorridas por año cronológico, ya que la cantidad de viajes que realiza cada camión varia en cada mes de acuerdo al cronograma de actividades.

Camión Lihuén II Lihuén III Año 1 (km) Año 2 (km) Año 3 km) Año 1 (km) Año 2 (km) Año 3 (km) Camión insumos 1 7,4 3,7 0 2,0 12,2 1,0 Camión insumos 2 20,2 10,1 0 5,6 33,5 2,8 Camión arenas 9,2 2,6 0 2,4 14,5 0,0 Camión hormigón 771,8 0,0 0 236,4 827,4 0,0 Camión insumos 3 18,0 10,8 0 5,0 29,8 5,0 Camión insumos 4 3,8 2,2 0 0,0 7,4 0,7 Camión excavaciones 193,8 0,0 0 397,2 0,0 0,0 Camión RESCON 50,0 33,3 0 17,2 68,9 28,7 Fuente: Tabla 40 “Distancias recorridas dentro del emplazamiento del proyecto por año cronológico” del Adenda.

Se presenta además las distancias recorridas por los camiones que transitan dentro del proyecto durante toda la construcción independiente de la superposición de Lihuén II y Lihuén III.

Camión Otros camiones Año 1 (km) Año 2 km) Año 3 (km) Camión Aljibe 64,8 81,6 30,6 Camión RESPEL 1,8 2,0 1,0 Camión residuos baños químicos 26,7 33,7 14,3 Fuente: Tabla 41 “Distancias recorridas dentro del emplazamiento del proyecto por año cronológico, otros camiones” del Adenda.

Finalmente, se indican los tiempos de operación y velocidad promedio dentro del emplazamiento del Proyecto por cada camión:

Actividad Tipo de camión Tiempo de operación hr/mes Velocidad promedio km/hr Transporte insumos Rampla 120 30 Transporte insumos Rampla 120 30 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Transporte arenas Tolva 120 30 Transporte hormigón Mixer 120 30 Transporte insumos Plano 120 30 Transporte insumos Rampla 120 30 Transporte excavaciones Tolva 120 30 Transporte RESCON Tolva 120 30 Transporte RESPEL Tolva 120 30 Fuente: Tabla 42 “Tiempos de operación camiones” del Adenda.

Vialidad interna y externa El Proyecto contempla la pavimentación de las vías internas además del acceso, a continuación se presenta ubicación georreferenciada:

Etapa Vialidad Coordenadas geográficas UTM 19S Vértice Este (m) Norte(m) Lihuén II Calle interna 1 Inicio 336.077,26 6.218.172,72 Término 336.137,10 6.218.376,87 Calle interna 2 Inicio 336.122,86 6.218.338,05 Término 336.094.87 6.218.346,27 Calle interna 3 Inicio 336.127,08 6.218.352,45 Término 336.099,10 6.218.360,66 Calle interna 4 Inicio 336.131,29 6.218.366.84 Término 336.103,31 6.218.375,06 Acceso Inicio 336.131,29 6.218.366.84 Término 336.103,31 6.218.375,06 Caletera Inicio 336.076,22 6.218.169,16 Término 336.077,26 6.218.172,72 Lihuén III Calle interna 1 Inicio 335.985,062 6.218.195.357 Término 336.066,122 6.218.422,435 Calle interna 2 Inicio 336.050,016 6.218.358,137 Término 336.070,830 6.218.352,040 Calle interna 3 Inicio 336.054,377 6.218.372,978 Término 336.075,180 6.218.366,868 Calle interna 4 Inicio 336.058,734 6.218.387,886 Término 336.079,548 6.218.381,789 Calle interna 5 Inicio 336.063,065 6.218.402.767 Término 336.083,868 6.218.396,657 Acceso Inicio 335.984,183 6.218.191,781 Término 335.985,062 6.218.195.357 Caletera Inicio 336.077,26 6.218.172,72 Término 335.966,15 6.218.193,89 Fuente: Tabla 14 “Ubicación georreferenciada vialidad” del Adenda.

Mientras que en la siguiente tabla se presenta información con las superficies de la vialidad del Proyecto, considerando los estacionamientos:

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Vialidad Superficie (m2) Superficie con estacionamiento (m2) Longitud (m) Acera (m2) Ciclovía (m2) Uso público Lihuén II Calle interna 1 1168,45 2635,61 212,75 245,49 No No Calle interna 2 145,51 423,81 29,18 36,00 No No Calle interna 3 145,46 420,38 29,18 No No No Calle interna 4 145,48 423,71 29,18 No No No Acceso 21,82 - 3,65 No No BNUP, pero solo con tránsito de residentes Caletera 259,11 - 55,03 95,00 139,50 Se incorpora caletera al uso público, dando continuidad de Lihuén I hasta Lihuén II, para futura conexión a calle Don Orione. Lihuén III Calle interna 1 1369,09 2868,53 249,10 324,36 No No Calle interna 2 118,83 318,95 21,65 58,83 No No Calle interna 3 118,77 319,28 21,65 23,26 No No Calle interna 4 118,77 319,28 21,65 22,96 No No Calle interna 5 118,77 319,28 21,65 23,00 No No Acceso 22,15 - 3,71 No No BNUP, pero solo con tránsito de residentes Caletera 482,554 - 66,32 120,05 139,50 Se incorpora caletera al uso público, dando continuidad de Lihuén II hasta conexión calle Don Orione. Fuente: Tabla 15, 16, 17 y 18 del Adenda.

El Proyecto de Pavimentación de la urbanización del Proyecto, se adjunta en Anexo 4 del Adenda.

Transporte de insumos, residuos y mano de obra Se presentan las rutas de los vehículos durante la fase de construcción del Proyecto, desde los centros de distribución (proveedores), hasta la obra y viceversa.

Insumos. Construmart S.A. Miguel Ramírez 1193, Rancagua Ruta ida Camino San Ramón Ruta vuelta Miguel Ramírez Camino A Doñihue (H- 210) Av. Libertador Bernardo O’Higgins Av. Libertador Bernardo O’Higgins Camino A Doñihue (H-210) Miguel Ramírez Camino San Ramón Insumos. Sodimac S.A. Avenida Alberto Einstein 297, Rancagua Ruta ida Camino San Ramón Ruta vuelta Av. Alberto Einstein Camino A Doñihue (H- 210) Santiago Sánchez Av. Libertador Bernardo O’Higgins Av. La Compañía Av. Alberto Einstein Av. Libertador Bernardo O’Higgins - Camino A Doñihue (H-210) - Camino San Ramón Hormigón. UNICON S.A. Santa teresa de la puente alta lote B1A (Camino Doñihue s/n km.89), Rancagua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Ruta ida Camino San Ramón Ruta vuelta Manuel Montt Camino A Doñihue (H- 210) Av. Las Torres Camino Variante Carretera El Cobre Diego de Almagro Av. Río Loco Av. Río Loco Diego de Almagro Camino Variante Carretera El Cobre Av. Las Torres Camino A Doñihue (H-210) Manuel Montt Camino San Ramón Áridos. Áridos Guerrico Chile LTDA., dirección de extracción de material Río Cachapoal, Rancagua Ruta ida Camino San Ramón Ruta vuelta San Joaquín de los Mayos Fuente: Tabla 43 “Rutas de transporte de materiales y residuos en fase de construcción” del Adenda.

A continuación, se presentan los lugares de origen y destino de las actividades de transporte de insumos y residuos fuera del área de emplazamiento del proyecto:

Actividad Lugar de carga Destino o descarga Movimiento de tierra Escarpe Frente de obra Jaramillo Ulloa Servicios y Tecnología LTDA. Excavación Frente de obra Jaramillo Ulloa Servicios y Tecnología LTDA. Relleno Áridos Guerrico Chile LTDA. Jaramillo Ulloa Servicios y Tecnología LTDA. Materiales Aceros y metales, cerámicas, planchas de madera. Construmart S.A. Frente de obra Adhesivos, pegamentos, cementos, lana de vidrio, planchas de yeso. Sodimac S.A. Frente de obra Hormigón Unicon S.A. Frente de obra Puertas, molduras, artefactos sanitarios, maderas Región Metropolitana Frente de obra Residuos De la construcción Frente de obra Jaramillo Ulloa Servicios y Tecnología LTDA. Peligrosos Frente de obra Geobarra Exins S.A. Fuente: Tabla 44 “Lugares de origen y destino de materiales a transportar” del Adenda.

En la siguiente tabla se presenta información del tipo de carga, cantidad diaria a transportar y tipo de embalaje:

Tipo de carga Cantidad (t/día) Tipo de embalaje Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Residuos Residuos peligrosos 0.0001 Tambores metálicos Residuos no peligrosos 0.02236 Bolsas de basura Residuos de la construcción 4 Tolva camión Insumos Aceros 0.006 No aplica Hormigón 3.75 No aplica Despunte maderas 0.035 Saco polipropileno Despunte cerámico 0.0158 Saco polipropileno Tinetas de pintura 0.0001 No aplica Fuente: Tabla 45 “Descripción de carga a transportar” del Adenda.

A continuación, se presenta en la siguiente tabla el tipo de camión a utilizar para el transporte de materiales y residuos además de los viajes finales por año cronológico a considerar en el cálculo de emisiones. Se indica que el límite de velocidad máximo para los camiones o maquinaria pesada corresponde a 30 km/h y para vehículos livianos 50 km/h.

Tipo de Camión Actividad Año 1 Año 2 Año 3 Materiales Rampla Adhesivos, pegamentos, cementos, etc. (Sodimac) 12 17 1 Rampla Aceros y metales, cerámicas, planchas de madera, etc. (Construmart) 33 46 3 Plano Puertas, molduras (Región Metropolitana) 15 18 0 Rampla Artefactos sanitarios, maderas, aceros y metales (Región Metropolitana) 1275 811 0 Tolva Arenas 29 44 5 Mixer Hormigón 5 10 1

Residuos Tolva Excavaciones, escarpe 524 0 0 Tolva De la construcción 84 113 28 Tolva Peligrosos 2 2 1 Fuente: Tabla 46 “Tipo de vehículo de transporte y número de viajes estimados por año cronológico” del Adenda.

A mayor abundamiento en la siguiente tabla se presenta información para el transporte de cargas en la fase de construcción del Proyecto:

Tipo de carga Comunas Rutas de transporte Carpeta de rodado Origen Destino Tipo de vehículo Cantidad [t/día] Viajes (ida y regreso) 4 Ida Vuelta Mes Día Hora Insumos varios (Adhesivos, Rancagua Camino San Ramón Miguel Ramírez Pavimentado Construmart S.A. Miguel Ramírez Obra Camión rampla 0,0218 2 0,08 0,008

4 La cantidad de viajes mensuales, diarios y por hora se realizó en base a los viajes estimados en el informe de Emisiones Atmosféricas, los cuales se calcularon de acuerdo al cronograma constructivo anual del Proyecto. Cabe mencionar que la cantidad de viajes no se mantendrá constante debido al dinamismo de las actividades constructivas del Proyecto. Diferentes fases, actividades y eventos pueden impactar significativamente en la demanda de transporte en distintos momentos. Por ende, aunque la estimación proporcionada ofrece una perspectiva inicial, es esencial tener en cuenta que las condiciones del proyecto pueden influir en la frecuencia y distribución de los viajes de camiones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

pegamentos, cementos, etc.) Camino A Doñihue H-210 Av. Libertador Bernardo O’Higgins Pavimentado 1193 Av. Libertador Bernardo O’Higgins Camino A Doñihue (H-210) Pavimentado Miguel Ramírez Camino San Ramón Pavimentado Insumos varios (Aceros y metales, cerámicas, planchas de madera, etc)

Rancagua Camino San Ramón Av. Alberto Einstein Pavimentado Sodimac S.A. Avenida Alberto Einstein 297 Obra Camión rampla 0,0218 4 0,17 0,017 Camino A Doñihue (H-210) Santiago Sánchez Pavimentado Av. Libertador Bernardo O’Higgins Av. La Compañía Pavimentado Av. Alberto Einstein Av. Libertador Bernardo O’Higgins Pavimentado

- Camino A Doñihue (H-210) Pavimentado - Camino San Ramón Pavimentado Hormigón Rancagua Camino San Ramón Manuel Montt Pavimentado UNICON S.A. Santa teresa de la puente alta lote B1A (Camino Doñihue s/n km.89) Obra Camión mixer 3,75 104 4,33 0,433 Camino A Doñihue (H-210) Av. Las Torres Pavimentado Camino Variante Carretera El Cobre Diego de Almagro Pavimentado Av. Río Loco Av. Río Loco Pavimentado Diego de Almagro Camino Variante Carretera El Cobre Pavimentado Av. Las Torres Camino A Doñihue (H-210) Pavimentado Manuel Montt Camino San Ramón Pavimentado Áridos Rancagua Camino San Ramón San Joaquín de los Mayos Pavimentado Áridos Guerrico Chile Obra Camión tolva 192 2 0,08 0,008 Camino A Doñihue (H-210) Carretera del Cobre Pavimentado LTDA., dirección de extracción de material Río Cachapoal

Av. General Baquedano Av. Capitán Antonio Milán Pavimentado Av. Estación Calvo Pavimentado Av. Capitán Antonio Milán Brasil Pavimentado Av. Pedro de Valdivia Av. General Baquedano Pavimentado Carretera del Cobre Camino A Doñihue (H-210) Pavimentado San Joaquín de los Mayos Camino San Ramón Pavimentado Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Insumos varios (Puertas, molduras, Artefactos sanitarios, maderas, aceros y metales) * Rancagua – Región Metropolitana5 Camino San Ramón Ruta 5 Sur Pavimentado Región Metropolitana Obra Camión plano 0,0568 4 0,17 0,017 Camino A Doñihue (H-210) Camino A Doñihue (H-210) Pavimentado Ruta 5 Sur Camino San Ramón Pavimentado RESCON, escarpe, excavación Rancagua Camino San Ramón Cáceres Pavimentado Obra Jaramillo Ulloa Camión tolva 4 35 1,46 0,146 Camino A Doñihue (H-210) Balmaceda Pavimentado Servicios y Tecnología LTDA., Cáceres 3.

Av. Libertador Bernardo O’Higgins Av. Libertador Bernardo O’Higgins Pavimentado Av. Capitán Ramón Freire Camino A Doñihue (H-210) Pavimentado Cáceres Camino San Ramón Pavimentado RESPEL Rancagua - Rengo Camino San Ramón Ruta 5 Sur Pavimentado Obra Geobarra Exins S.A., Ruta 5 km 106 Camión tolva 0,0001 1 0,04 0,004 Camino a Doñihue (H-210) Camino a Doñihue (H-210) Pavimentado Ruta 5 Sur Camino San Ramón Pavimentado Fuente: Tabla 9 “Detalle transporte de cargas en fase de construcción” del Adenda Complementaria.

Áreas verdes El Proyecto contempla la implementación de áreas verdes internas, destinando una superficie total de 28.227,03 m2 donde se consideran especies arbóreas ornamentales, especies arbustivas medianas y altas. Por otra parte, se considera la construcción de equipamiento recreacional y deportivo, quinchos y piscinas. Tanto en Lihuén II como en Lihuén III, se plantan las siguientes especies de árboles y arbustos:

Tipo Especie Nombre común Arbustos medios Nandina doméstica Nandina Spirea thumnergii Spirea Hebe buxifolia Verónica buxifolia Pittosporum tobira var. nana Tobira enano Agapanthus africanus Agapanto Agyranthemum frutencens Agirantemo Felicia amelloides Agathea Arbustos altos Nerium oleander Laurel de flor blanco Nerium oleander Laurel de flor fuccia Árboles Liquidambar starycifolia Liquidámbar Betula pendula Abedul Quillaja saponaria Quillay Jacaranda mimmosifolia Jacarandá Fuente: Tabla 19 del Adenda.

5 Se aclara que las rutas contempladas fueron obtenidas del informe de Emisiones Atmosféricas, en el cual se consideró que las rutas evaluadas se limitan hasta la Ruta 5 sur ya que se contempla que una vez los camiones ingresen a dicha ruta, las emisiones asociadas a su desplazamiento se consideran no significativas. La selección de este punto se basa en criterios específicos de la calidad del aire y la dispersión de emisiones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

En el Anexo 3.2 de la DIA se adjunta planimetría y especificaciones técnicas de estos proyectos.

Áreas de estacionamientos de uso comunes o visitas De acuerdo con los Certificados de Informaciones Previas N°1285 del 18/07/2022, Nº2337 del 11/06/2019 y Nº2209 de 26/12/2022, los estándares de estacionamientos son los exigidos según el Artículo 35 del Plan Regulador Comunal de Rancagua, además de cumplir con las normas sobre Accesibilidad Universal y Discapacidad establecidas en el Capítulo 1 del Título 2 y 4 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). El Artículo 35 del PRC indica que se debe considerar 1 estacionamiento vehicular por cada departamento proyectado y, de acuerdo al artículo 2.4.2 de la OGUC, del total se deben considerar 3 para personas en situación de discapacidad. Por su parte, el artículo 2.4.1 de la OGUC establece que, para cumplir la dotación mínima de estacionamientos para bicicletas, se permite descontar 1 estacionamiento vehicular por cada 3 estacionamientos de bicicletas. El Proyecto contempla para cada conjunto habitacional la construcción de 158 estacionamientos para los departamentos, 23 para visitas y 1 para equipamiento comercial, todos considerando 1/3 descuento por bicicletas, cumpliendo de este modo con la exigencia mínima de estacionamientos. A continuación, se presenta información de los estacionamientos vehiculares de cada conjunto habitacional: Dotación estacionamientos Estacionamiento Vehicular Exigencia Proyectada Lihuén II Proyectada Lihuén III 1 por cada departamento, 10% visitas, 1 cada 50 m2 equipamiento comercial 249 182 (incluye 3 PCD) 182 (incluye 3 PCD) Estacionamiento Bicicletas Exigencia Proyectada Lihuén II Proyectada Lihuén III -Mínimo 10 para cada vivienda colectiva, 1 por local comercial de superficie menor a 50 m2. -3 por cada estacionamiento vehicular descontado. 11 201 201 Fuente: Tabla 31 “Estacionamientos Vehiculares de cada conjunto habitacional” de la DIA.

En la siguiente imagen se muestra la ubicación de los estacionamientos:

Fuente: Ilustración 15 “ubicación de los estacionamientos” del Adenda.

A continuación se presenta información de la ubicación georreferenciada de los estacionamientos:

Lihuén II Lihuén III Vértice Coordenada UTM 19S Vértice Coordenada UTM 19S Este (m) Norte (m) Este (m) Norte (m) 1 336.080 6.218.170 A 335.978 6.218.200 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

2 336.082 6.218.180 B 335.980 6.218.210 3 336.075 6.218.190 C 335.994 6.218.220 4 336.087 6.218.230 D 336.005 6.218.250 5 336.087 6.218.200 E 335.986 6.218.230 6 336.140 6.218.380 F 336.022 6.218.350 7 336.099 6.218.270 G 336.018 6.218.300 8 336.116 6.218.330 H 336.030 6.218.340 9 336.095 6.218.340 I 336.038 6.218.350 10 336.121 6.218.340 J 336.058 6.218.420 11 336.099 6.218.360 K 336.050 6.218.360 12 336.125 6.218.350 L 336.070 6.218.350 13 336.103 6.218.370 M 336.055 6.218.370 14 336.129 6.218.360 N 336.074 6.218.360 15 336.106 6.218.380 O 336.059 6.218.390 16 336.132 6.218.370 P 336.078 6.218.380 17 336.129 6.218.380 Q 336.064 6.218.400 18 336.134 6.218.380 R 336.083 6.218.390 - - - S 336.066 6.218.410 - - - T 336.086 6.218.400 - - - U 336.066 6.218.410 - - - V 336.068 6.218.420 Fuente: Tabla 20 “Ubicación georreferenciada de los estacionamientos” del Adenda.

Finalmente, la superficie y la cantidad de estacionamientos proyectados se indican en la siguiente tabla:

Ubicación Estacionamientos proyectados Cantidad (unidades) Superficie (m2) Lihuén II Departamentos 154 2.270 Incluye discapacitados 3 Incluye visitas 24 Incluye local comercial 1 Total 182

Lihuén III Departamentos 154 2.270 Incluye discapacitados 4 Incluye visitas 23 Incluye local comercial 2 Total 184

Total 366 4.540 Fuente: Tabla 22 y 23 “Cantidad de estacionamientos proyectados” y “Ubicación georreferenciada de los edificios” respectivamente del Adenda.

Construcción de las obras de urbanización Para las especialidades de agua potable y alcantarillado se ejecutan excavaciones de acuerdo a lo proyectado en los planos de especialistas con una retroexcavadora de un ancho de pala 80 cm, en la cual se dispone de una base de arena o gravilla compactada al 70% DR de 13 mm o hasta la base del este para proteger la tubería de PVC, luego para terminar el relleno se utiliza el material retirado en la excavación compactado al 80% DR en capas.

Para las obras de pavimentación se ejecutan excavaciones de acuerdo a lo proyectado en los planos de especialistas con una retroexcavadora. El sello de las excavaciones de escarpe se perfila superficialmente de manera de obtener una superficie relativamente plana y paralela al eje del camino. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Se contemplan rellenos, donde el terraplén se coloca en capas que deben ser totalmente compactadas mediante apisonadoras adecuadas a las características de los suelos. La última capa de los terraplenes debe cumplir con las cotas indicadas en el proyecto y se acepta una tolerancia no mayor que 2 cm., bajo las cotas establecidas, no aceptándose puntos por sobre las cotas del proyecto.

Por otra parte, se proyecta colocar soleras tipo C sobre una base de hormigón de 10 cm, las que deben ser de hormigón vibrado. Los pavimentos de asfalto se ejecutan en un espesor de 0,06 m en las vías interiores del condominio según planos de proyecto. El material a utilizar debe estar constituido por áridos y polvo mineral.

Para la calle interior del condominio se ejecuta una base granular de espesor de 15 cm y sub-base granular de 15 cm. Las veredas se construyen en terreno, de espesor uniforme compactado a mano o con placa vibratoria.

Los estacionamientos se ejecutan en asfalto con espesor de 6 centímetros, cumpliendo con las mismas características que las especificadas para las calles. Esta capa de asfalto ira sobre una base y sub-base granular de 15 centímetros cada una.

Para la infraestructura de aguas lluvia se realizan excavaciones de las zanjas. Los taludes definitivos deben ser peinados eliminando todo material suelto susceptible de desprenderse dejándolos con las inclinaciones señaladas en los planos del proyecto.

Mientras que las superficies horizontales son compactadas hasta obtener como mínimo un 95% de la densidad del terreno natural en sitio.

Los rellenos se ejecutan siguiendo las instrucciones del informe de Mecánica de Suelos. Las obras de hormigón que contempla el proyecto corresponden a cámaras de inspección, tapas de cámaras, escalines Fe galvanizado, sumideros y canaletas de drenaje.

Se procede a colocar los tubos en las zanjas, si la zanja se ha excavado en terreno común, debe alisarse el fondo eliminando los salientes y depresiones existentes, sacando las piedras que sobresalgan y rellenando posteriormente según lo establecidos en las presentes especificaciones. Mientras que, si la zanja ha sido excavada en roca o presenta un fondo rocoso, la capa de material seleccionado o arena compactada, tiene un espesor mínimo de 15 cm. sobre las puntas de rocas. Para las zanjas de infiltración se utilizan Cubodren, adicionalmente se debe incorporar un geotextil el cual debe ir traslapado al o menos 0.5m.

Para mayor información, ver especificaciones técnicas adjuntas en Anexo 04 de la Adenda.

Las medidas de gestión y manejo a aplicar durante la construcción de las obras de urbanización son las siguientes: - Contar con revisión técnica al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la fase de construcción del proyecto. - Revisión permanente de equipos y maquinarias en caso de ser requeridos. - Los caminos internos no pavimentados deben ser compactados y estabilizados para el tránsito de maquinaria pesada y vehículos, mientras dure la ejecución en fase de construcción. - Los camiones que transporten tierra y/o escombros circulan cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. - Respecto del sistema de lavado de ruedas de camiones pesados, se realiza previo a la salida de la obra, y respecto al lavado de canoas, debe contar con piso impermeabilizado. - Ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones aplicando supresor de polvo Bischofita en periodo estival. - El límite de velocidad máximo para los camiones o maquinaria pesada es de 30 km/h y para vehículos livianos 50 km/h además se realizan mantenciones de las maquinarias utilizadas en las obras para evitar una emisión excesiva de gases producto de la combustión incompleta.

Lotes El Proyecto consiste en la construcción y habilitación de 450 departamentos divididos en 6 torres, en un terreno clasificado de acuerdo al Plan Regulador Comunal de Rancagua como EX1, donde el uso residencial es permitido. Además, se espera que los futuros propietarios adquieran las viviendas con aporte de los subsidios habitacionales entregados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, las cuales se adecuan a las exigencias técnicas vigentes, de acuerdo al Decreto N°19 del Ministerio de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Vivienda y Urbanismo, sobre el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional. Tras la subdivisión del predio, se generan dos (2) lotes correspondientes a Lihuén II y Lihuén III respectivamente. Ambos lotes tienen un uso residencial, donde se contempla, además, la construcción de áreas verdes, equipamiento y locales comerciales. Se adjunta además kmz georreferenciado de los lotes en Anexo 02 del Adenda.

En la siguiente imagen se puede visualizar la ubicación georreferenciada del Proyecto:

Fuente: Ilustración 14 “Ubicación georreferenciada” del Adenda.

En la siguiente tabla se presenta información de los lotes:

Lote Vértice Coordenadas WGS 84 Datum 19 Huso S Superficie (m2) Uso Este (m) Norte (m) 1 Lihuén II 1 336.085 6.218.170 20.457 Habitacional; áreas verdes; equipamiento; locales comerciales 2 336.147 6.218.380 3 336.241 6.218.350 4 336.257 6.218.400 10 336.032 6.218.180 11 336.110 6.218.450 2 Lihuén III 4 336.258 6.218.400 21.589 Habitacional; áreas verdes; equipamiento; locales comerciales 5 336.271 6.218.440 6 336.077 6.218.490 7 336.035 6.218.350 8 336.021 6.218.350 9 335.977 6.218.200 10 336.032 6.218.180 11 336.110 6.218.450 Fuente: Tabla 13 “Descripción lotes” del Adenda.

Suministros básicos Energía El Proyecto se conecta mediante empalme provisorio a la empresa CGE S.A. durante toda la fase de construcción, posteriormente tiene conexión definitiva para la fase operativa de cada etapa. El grupo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

electrógeno de 50 kVA tiene un régimen de operación de respaldo durante las instalaciones provisorias tanto de Lihuén II y Lihuén III, mientras que el grupo electrógeno de 100 kVA tiene un régimen de operación de respaldo durante las actividades de hormigones armados en la construcción de Lihuén II y Lihuén III. Se presenta a continuación detalle de los equipos electrógenos tanto de Lihuén II, como de Lihuén III:

Fase Cantidad GE Potencia (kVA) Combustible Capacidad (L) Horas autonomía Régimen de operación Actividades Lihuén II 1 50 Diésel 100 11 Respaldo Instalaciones provisorias 1 100 Diésel 240 14 Respaldo Hormigones armados Lihuén IIII 1 50 Diésel 100 11 Respaldo Instalaciones provisorias 1 100 Diésel 240 14 Respaldo Hormigones armados Fuente: Tabla 47 “Grupos electrógenos” del Adenda.

Por otra parte, se indica que se mantiene en obra un estanque de 1 m3 de combustible.

Combustible El Proyecto contempla una zona de carga de combustible consiste en un radier de hormigón de 2x2 m, en el cual se descargan los bidones o tambores de combustible. Para ello, se procede de la siguiente forma:

Planificación previa Se designa a un responsable encargado de supervisar y coordinar el proceso de carga de combustible. Se debe contar con los permisos y autorizaciones correspondientes para manipular y almacenar combustible en la obra. La zona de carga debe estar ubicada en un lugar seguro y bien ventilado, alejado de fuentes de ignición y materiales inflamables.

Verificación de equipos de seguridad Antes de comenzar con el proceso de carga de combustible, el encargado se asegura que todos los equipos de seguridad, como extintores de incendios, estén en su lugar y en condiciones de funcionamiento. El personal encargado de la actividad debe llevar el equipo de protección personal adecuado.

Inspección del área de carga Antes de comenzar con el proceso de carga de combustible, el encargado se asegura que el área esté despejada de obstáculos y que los contenedores de almacenamiento se encuentren en buen estado, además de contar con el etiquetado correspondiente que los identifique.

Manipulación segura del combustible. Se utilizan los equipos y herramientas adecuados para manipular el combustible de manera segura. Si se produce algún derrame, se procede de acuerdo a lo indicado en el acápite g) del PAS 142: Plan de Emergencia.

Control de acceso El acceso al área de carga de combustible está restringido a personal autorizado y capacitado.

Registro y documentación Se mantiene en obra un registro detallado de las operaciones de carga de combustible detallando la cantidad de combustible cargado, fecha y hora de la carga, además de cualquier incidente o anomalía durante el proceso.

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Almacenamiento seguro Una vez finalizada la carga, se almacena el combustible en contenedores debidamente rotulados, sellados y alejados de fuentes de ignición.

Capacitación del personal Se capacita debidamente al personal involucrado en el manejo y carga de combustible, incluyendo los procedimientos de seguridad y acciones ante emergencias.

Agua potable El Proyecto contempla el manejo de agua potable y aguas servidas a través de la conexión a la red de la empresa ESSBIO S.A., mediante empalme provisorio durante la fase de construcción y mediante conexión definitiva en operación, contando con factibilidad sanitaria autorizada. Se adjunta Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N°202301002694 con fecha 04 de mayo 2023 y N°202301005744 con fecha 26 de septiembre de 2023, en el Anexo 1 del Adenda. Por otro lado, dentro de faenas se cuenta con instalaciones sanitarias implementadas con 20 baños y 30 duchas acorde a lo establecido en el artículo Nº23 del Decreto Supremo Nº594/99 del Ministerio de Salud. Se cuenta además con un máximo de 6 baños químicos portátiles ubicados a no más de 75 metros del área de trabajo, acorde a lo indicado en el artículo Nº25 del Decreto Supremo Nº594/99 del Ministerio de Salud. Este servicio se contrata a una empresa que cuente con autorización sanitaria, y los residuos generados son gestionados por la misma empresa contratista.

Servicios higiénicos El Proyecto contempla el manejo de agua potable y aguas servidas a través de la conexión a la red de la empresa ESSBIO S.A., mediante empalme provisorio durante la fase de construcción y mediante conexión definitiva en operación. En Anexo 01 del Adenda, se adjuntan los certificados actualizados de factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N°202301002694 con fecha 04 de mayo 2023 y N°202301005744 con fecha 26 de septiembre de 2023. Por otro lado, dentro de faenas se cuenta con instalaciones sanitarias implementadas con 20 baños y 30 duchas acorde a lo establecido en el artículo Nº23 del D.S. Nº594. Se cuenta además con un máximo de 6 baños químicos portátiles ubicados a no más de 75 metros del área de trabajo, acorde a lo indicado en el artículo Nº25 del Decreto Supremo Nº594/99 del Ministerio de Salud. Este servicio se contrata a una empresa que cuente con autorización sanitaria, y los residuos generados son gestionados por la misma empresa contratista.

Alimentación Cada trabajador perteneciente al desarrollo del Proyecto se encarga de su alimentación. Para ello cuentan con un casino dotado con los enseres necesarios para calentar y consumir los alimentos.

Alojamiento No se prevé de alojamiento a los trabajadores que participen en esta fase, ya que cada uno de ellos pernocta en sus respectivas viviendas.

Equipos y Maquinarias A continuación, se presentan las maquinarias y vehículos contemplados para la fase de construcción detallando además el tiempo de construcción por año:

Maquinaria /Equipo Actividades asociadas Potencia (hp, kW) Tiempo de operación diaria (hr/día) Factor de carga Tiempo total de operación (hr/año) Año 1 Año 2 Año 3 Camión pluma Construcciones provisorias 210 hp 5 0,8 420 0 0 Camión mixer Construcciones provisorias, hormigones armados, retiro de escombros, exteriores, recintos comunes y locales, obras civiles exteriores 340 hp 5 0,8 1.410 1.440 360 Retroexcavadora Instalaciones provisorias, movimiento de tierras, exteriores, recintos y locales, paisajismo, tratamiento espacio público, obras civiles exteriores 100 hp 5 0,8 1.410 1.440 480 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Grupo electrógeno Instalaciones provisorias 50 kVA - 0,8 84 0 0 Camión tolva Movimientos de tierra, retiro de escombros, exteriores, recintos y locales, paisajismo, obras civiles exteriores 370 hp 5 0,8 1.320 1.440 480 Camión aljibe Toda la obra hasta que se realice la pavimentación 370 hp 1 0,8 80 80 30 Grúa torre Hormigones armados 60 kW 5 0,8 1.260 1.020 0 Grupo electrógeno Hormigones armados 100 kVA - 0,8 252 180 0 Camión bomba Hormigones armados - 5 0,8 1.260 1.020 0 Grúa auxiliar Hormigones armados 335 kW 5 0,8 1.260 1.020 0 Mini cargador Retiro de escombros 50 hp 5 0,8 1.320 1.440 360 Excavadora Exteriores, recintos comunes y locales 150 hp 5 0,8 240 1.320 360 Motoniveladora Exteriores, recintos comunes y locales 170 hp 5 0,8 240 1.320 360 Rodillo compactador Exteriores, recintos comunes y locales 97 kW 5 0,8 240 1.320 360 Placa compactadora Movimiento de tierras, exteriores, recintos comunes y locales, tratamiento espacio público 6,7 kW 5 0,8 1.320 1.440 480 Cortadora de pavimentos Exteriores, recintos comunes y locales 7,4 kW 5 0,8 240 1.320 360 Fuente: Tabla 48 “Maquinarias y equipos considerados en la fase de construcción” del Adenda.

Áridos El volumen total en cada fase es de 100 m3 de arena y 100 m3 de gravilla, por lo que el volumen total del Proyecto completo es de 400 m3 de áridos. Estos se utilizan de manera uniforme durante el proyecto completo implicando un consumo de 4,55 m3/mes y 0,23 m3/día. Se tiene presente la consideración de adquisición de áridos de terceros, abasteciéndose sólo de aquellas empresas que cuenten con autorización de su funcionamiento.

Hormigón El Proyecto contempla una cantidad aproximada de hormigón igual a 14.608m3, éste se obtiene de un proveedor autorizado, el cual corresponde a la empresa UNICON S.A., ubicado en Rancagua. En Lihuén II se estima una tasa de consumo de 457 m3/mes y de 22,82 m3/día, mientras que para Lihuén III se estima una tasa de consumo de 522 m3/mes y de 26 m3/día. El hormigón se utiliza durante la obra gruesa de cada fase, particularmente en la construcción de hormigones armados.

Materiales de la Construcción Para la fase de construcción, se requieren materiales que se mencionan a continuación:

Material Cantidad (t) Tasa Consumo t/mes t/año ACEROS A-63-42H 412,44 25,778 309,33 ADHESIVO CONTACTO 0,00 0,016 0,19 ADHESIVO MONTAJE 0,00 0,101 1,21 ADHESIVO POLVO AC 13,13 0,875 10,50 ADHESIVO POLVO NORMAL 84,50 5,633 67,60 ADHESIVO POLVO PAPEL MURAL 14,13 0,942 11,30 ALAMBRE NEGRO #18 4,96 0,310 3,72 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

ALFOMBRA NUEVA YORK GRIS 400GR/M2 2,93 0,195 2,34 ARENA FINA 74,00 3,700 44,40 ARENA GRUESA 54,00 2,700 32,40 BISAGRA 3 1/2 X 3 1/2 CANTO REDONDO NIQ. SATIN 0,60 0,040 0,48 BOTA CONCRETERA SEGURIDAD PTA/PLANTILLA ACERO 0,27 0,014 0,16 CABLE ACERO GLAVANIZADO 3/8" 0,29 0,000 0,00 CAMARA PREFABRICADA 40X40X40 CM 1,53 0,153 1,84 CANAL ECONOMICO 39X20X0,5X2,4MT 0,00 0,183 2,19 CANCAMO CERRADO 12MM 0,04 0,002 0,02 CARTON CORRUGADO 1X25MT 1,86 0,093 1,12 CAVE II PLUG 0,83 0,055 0,66 CEMENTO CORRIENTE 25KG 19,48 0,974 11,69 CERAMICA BLANCO SATINADO 24X40 48,35 3,224 38,68 CERAMICA DENVER MARFIL 36X36 137,59 9,173 110,07 CERRADURA POMO 201 BKSS ACERO INOX. 0,30 0,020 0,24 CERRADURA POMO 201 ETSS ACERO INOX. 0,25 0,017 0,20 CERRADURA POMO 201 PS-SS ACERO INOX. 0,15 0,010 0,12 CERRADURA POMO 201 RMSS ACERO INOX. 0,12 0,008 0,09 CERROJO 502-DB-SS LLAVE 0,13 0,009 0,11 CIERRA PUERTA HIDR. TRACCION 25-45KG 0,12 0,008 0,10 CINTA DE ENMASCARAR 48 MM 0,23 0,015 0,19 CLAVO ACERO XHA 27/1000 0,04 0,002 0,03 CORNISA E11 PS 35X35MM 6,44 0,429 5,15 DESMOLDANTE MADERA 1,49 0,093 1,12 ENCIMERA ELECTRICA 4P MEE 4E 1,83 0,122 1,47 EQUIPO HERMETICO LED 2X18W C/ TUBO 0,45 0,030 0,36 ESCAÑO METALICO/MADERA 0,01 0,006 0,01 ESPUMA NIVELADORA 3MM 0,42 0,028 0,34 ESPUMA POLIURETANO INYECTABLE 0,55 0,034 0,41 ESQUINERO METALICO 30X30X0,4X2,40MT 2,45 0,164 1,96 EXTRACTOR DE AIRE S125 BTH 0,32 0,022 0,26 FIBROCEMENTO 8MM 1,20X2,40 12,22 0,814 9,77 FIELTRO ASFALTICO 15LB 40M2 13,06 0,653 7,83 FILM STRETCH 0,58 0,029 0,35 FRAGUE GREY 1,62 0,108 1,29 FULMINANTE AMARILLO CALIBRE 27 0,03 0,002 0,02 GUARDAPOLVO MDF GP-22 12X70X2,40MT PREPINTADO 4,68 0,312 3,75 HORM. GB20 (10)20-10 5.224,00 326,50 3.918,00 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

HORM. GB20 (10)20-10-HIDRO. 1.304,00 81,500 978,00 HORM. GB30 (10)20-10-R7 19,00 1,188 14,25 HORM. GN10 (10)40-06 757,00 47,313 567,75 HORNO ELECTRICO SPAZIO 140 5,27 0,351 4,21 IMPERMEABILIZANTE POLIMERICO FLEXIBLE 18KG 9,70 0,647 7,76 IMPERMEABILIZANTE PROTECTOR VANDEX SUPER 0,55 0,037 0,44 IMPRIMANTE ASFALTICO VIA PRIME 0,60 0,060 0,60 JABA MADERA TERMO ELECTRICO 3,00 0,200 2,40 KIT EMERGENCIA LED DIRECTO 220V 0,03 0,002 0,02 KIT INSTALACION LAVAMANOS 0,16 0,011 0,13 LADRILLO ESTRUCTURAL 29X14X7,1 6,82 0,455 5,46 LANA DE VIDRIO CP 1 CARA 40MM 1,20X24MT 18,58 1,239 14,86 LANA DE VIDRIO SR 40MM 1,2X24MT 34,08 2,272 27,27 LANA DE VIDRIO SR 50MM 1,2X24MT 3,12 0,208 2,50 LAVAMANOS CIRO 3,70 0,246 2,96 LAVAPLATO ACERO INOX 1T1S 800X435 SPLENDID 0,56 0,037 0,45 LAVARROPA FRUTILLAR 50CM 2,33 0,155 1,86 MALLA ACMA C-139 2,60X5MT 0,88 0,044 0,53 MALLA HEXAGONAL GALV. 3/4 1,20X50 3,96 0,264 3,17 MALLA RACHEL NEGRA 80% 2.10X100MT 0,57 0,028 0,34 MALLA RACHEL NEGRA 80% 4.20X100MT 0,55 0,028 0,33 MARCO NATIVO NATURAL F60 4,15 0,277 3,32 MARCO PINO FINGER NATURAL 23,10 1,540 18,48 MARCO PINO FINGER NATURAL F30 10,50 0,700 8,40 MARCO PINO FINGER NATURAL F30 DOBLE PASO 3,39 0,226 2,71 MONOMANDO LAVAPLATO AUSTIN 0,42 0,028 0,34 MONOMANDO LAVATORIO AUSTIN 0,58 0,039 0,47 MONOMANDO TINA DUCHA AUSTIN 0,56 0,037 0,45 MONTANTE ECONOMICA 38X38X0,5X2,40MT 25,53 1,702 20,43 MONTANTE NORMAL 60X38X0,5X2,40MT 1,56 0,104 1,25 MORTERO ESTUCO E-10 56,73 3,782 45,38 MORTERO ESTUCO R-15 33,48 2,232 26,78 MORTERO ESTUCO FINO MAQUILLAJE 7,90 0,527 6,32 MORTERO PISO ALTA RESISTENCIA P-05 49,73 3,315 39,78 MORTERO REPARACIÓN 6,33 0,422 5,06 MUEBLE COCINA DS 45,00 3,000 36,00 NIVELADOR PISO CEMENTICIO 66,98 4,465 53,58 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

PALUSOL NEGRO 2MMX20MMX6MT 0,31 0,021 0,25 PANEL LED SOBREPONER CIRCULAR 12W 3000K BCO D17CM 0,23 0,016 0,19 PAPEL MURAL VINILICO EUFRATES BLANCO 280GRS 5,84 0,390 4,67 PASTA ACRILICA GRANULADA FINISH 0,44 0,029 0,35 PERFIL CUADRADO 75X75X3MMX6MT 1,04 0,069 0,83 PERFIL METALCON C 2X4X0,85X6MT 1,40 0,093 1,12 PERFIL METALCON PORTANTE 40R 40X18X10X0,5X6MT 1,81 0,121 1,45 PERFIL RECTANGULAR ALUMINIO 25X75X6MT 0,20 0,013 0,16 PILASTRA MDF SP PRIMER FOIL 15X30X2,40 S/DISEÑO 8,18 0,545 6,54 PINO BRUTO 1X4X3,20 MT 28,65 1,433 17,19 PINO BRUTO 1X5X 3,20 MT 7,93 0,396 4,76 PINO BRUTO 2X10X3,20MT 16,94 0,847 10,17 PINO BRUTO 2X2X3,20 MT 8,26 0,413 4,95 PINO BRUTO 2X3X3,20 MT 20,26 1,013 12,16 PINO BRUTO 2X4X3,20 MT 9,39 0,470 5,64 PINO CALIBRADO 33X33MMX3,20MT 20,63 1,031 12,38 PISO FLOTANTE LOS ANGELES BIS 1205X197X8MM 35,75 2,383 28,60 PLACA AGLOMERADO MDF 15MM 1,52 X 2,44 5,20 0,325 3,90 PLACA AGLOMERADO OSB 11,1MM 1,22 X 2,44 6,87 0,343 4,12 PLACA AGLOMERADO OSB 18MM 1,22 X 2,44 7,04 0,352 4,22 PLACA AGLOMERADO OSB 8MM 1,22 X 2,44 3,28 0,164 1,97 PLANCHA YESO CARTON 10MM-ST 1,20X2,30 10,77 0,718 8,62 PLANCHA YESO CARTON 10MM-ST 1,20X2,40 4,98 0,332 3,98 PLANCHA YESO CARTON 12,5MM-AQ 1,20X2,40 2,70 0,180 2,16 PLANCHA YESO CARTON 12,5MM-RF 1,20X2,30 27,93 1,862 22,34 PLANCHA YESO CARTÓN 12,5MM-RF 1,20X2,40 13,71 0,914 10,97 PLANCHA YESO CARTON 15MM-ER 1,20X2,40 12,04 0,803 9,63 PLANCHA YESO CARTON 15MM-ERH 1,20X2,30 40,85 2,723 32,68 PLANCHA YESO CARTON 15MM-ERH 1,20X2,40 12,50 0,833 10,00 PLANCHA YESO CARTON 15MM-RH 1,20X2,30 33,08 2,205 26,46 PLANCHA YESO CARTON 15MM-RH 1,20X2,40 7,81 0,520 6,24 PLANCHA YESO CARTON 15MM-ST 1,20X2,30 194,50 12,966 155,60 PLANCHA YESO CARTON 15MM-ST 1,20X2,40 8,58 0,572 6,86 POLIETILENO MANGA 200 MICRAS 2MT 0,67 0,042 0,50 POLIETILENO NEGRO 0,20X50MT 1,15 0,077 0,92 POSTE TUBULAR GALVANIZADO 6MT 0,52 0,052 0,52 PTA KIT F-30 LISA NATURAL PREPINTADA P-1 19,84 1,323 15,87 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

PTA KIT F-30 LISA NATURAL PREPINTADA P-10 3,36 0,224 2,69 PTA KIT F-30 LISA NATURAL PREPINTADA P-11 1,68 0,112 1,34 PTA KIT F-30 LISA NATURAL PREPINTADA P-12 1,68 0,112 1,34 PTA KIT F-30 LISA NATURAL PREPINTADA P-13 1,68 0,112 1,34 PTA KIT F-30 LISA NATURAL PREPINTADA P-14 1,76 0,117 1,41 PTA KIT F-30 LISA NATURAL P REPINTADA P-15 6,64 0,443 5,31 PTA MDF 4MM LISA PREPINTADA P-2 5,44 0,363 4,35 PTA MDF 4MM LISA PREPINTADA P-3 2,23 0,149 1,78 PTA MDF 4MM LISA PREPINTADA P-4 1,02 0,068 0,82 PTA MDF 4MM LISA PREPINTADA P-5 0,39 0,026 0,31 PTA MDF 4MM LISA PREPINTADA P-6 2,21 0,147 1,77 PUENTE ADHERENCIA YESO 5,30 0,353 4,24 SEPARADOR MOLDAJE RUEDA 15MM 1,05 0,065 0,78 SEPARADOR MOLDAJE RUEDA 20MM 2,57 0,161 1,93 SIFON FREGADERO 1.1/2 0,09 0,006 0,08 SIKAFLEX 11FC 0,05 0,003 0,04 SIKATOP 107 FLEX (A+B) 20KG 3,10 0,194 2,33 SIKATOP 107 SEAL 31,25KG 2,09 0,131 1,57 SILICONA ACETICA C/FUNGICIDA BLANCO 0,12 0,008 0,10 SILICONA NEUTRA BLANCA 0,97 0,064 0,77 TERCIADO ESTRUCTURAL 18MM 1,22X2,44 20,94 1,309 15,70 TERCIADO FILM FENOLICO STD 18MM 1,22X2,44 20,04 1,252 15,03 TERCIADO PINO MULTIUSO 18MM 6,90 0,431 5,18 TINA AC. ESMALTADO BLANCO 1,40X0,70 6,02 0,402 4,82 TUBO CONDUIT PVC 25MMX6MT 0,61 0,038 0,45 TUBO PVC SANITARIO BLANCO 110MMX6MT 0,85 0,053 0,64 VALVULA MEZCLADORA TERMOSTATICA 1/2" 0,06 0,004 0,05 VENTILACION FRESH 32 EXTERIOR VERTICAL 0,08 0,005 0,06 WC VITA DESCARGA HORIZONTAL 9,78 0,652 7,82 YESO 227,98 15,198 182,38 ZINCALUM 5V 0,35MMX0,89X3MT 1,00 0,067 0,80 ZINCALUM ONDULADA 0,35MMX0,85X3,66MT 3,58 0,239 2,86 ZINCALUM PV4 0,60MMX1,0MTX3,00MT 8,43 0,562 6,74 Fuente: Tabla 49 “Insumos requeridos en fase de construcción” del Adenda.

Insumos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

A continuación, se resume información de los insumos a utilizar durante la fase de construcción del Proyecto:

Nombre del insumo Cantidad requerida (t) Condiciones de almacenamiento Destino Cerámicas 185,94 Son almacenados en la bodega de materiales, la que propicia un lugar seco y ventilado para preservar la integridad de los insumos. Los materiales deben estar organizados y etiquetados para facilitar el orden y gestión. Revestimiento de pisos y paredes en áreas como baños, cocinas y espacios exteriores Aceros 412,44 Se dispuesto en los patios de acopio de fierro al aire libre, la superficie de cada uno es de 90 m2. Construcción de estructuras, como vigas y columnas, para proporcionar soporte y resistencia a la edificación. Adhesivos y pegamentos 111,76 Son dispuestos en una bodega de sustancias peligrosas en cumplimiento a lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo N°43/2016 del Ministerio de Salud. Unión de diversos componentes en la construcción, como azulejos, placas de yeso, paneles aislantes y otros materiales. Cementos y morteros 173,65 Son almacenados en la bodega de materiales, la que propicia un lugar seco y ventilado para preservar la integridad de los insumos. Los materiales deben estar organizados y etiquetados para facilitar el orden y gestión Unión de ladrillos, bloques y piedras en la construcción de muros y para crear una base sólida en la construcción de cimientos. Lana de vidrio 55,78 Material aislante para controlar la temperatura y el ruido en las edificaciones, instalándola en paredes, techos y suelos. Planchas de yeso 369,45 Paredes y techos interiores, proporcionando una superficie lisa y lista para la decoración. Yeso 227,98 Revestimiento de paredes y techos, creando superficies lisas y para la fabricación de elementos decorativos. Puertas 47,93 Acceso a diferentes áreas del edificio. Artefactos sanitarios 23,62 Estos incluyen lavabos, inodoros, bañeras, y duchas, que se instalan en baños y cocinas para uso sanitario. Maderas 153,2 Construcción de estructuras, como marcos de ventanas y puertas, así como en la fabricación de muebles y revestimientos de suelos y techos. Fuente: Tabla 50 “Insumos fase de construcción” del Adenda.

Mano de obra Se estima un promedio de 172 trabajadores y un máximo de 292 para cada fase constructiva, incluyendo para ello los trabajos que comprenden las distintas obras de construcción. En el periodo que se superponen las actividades de Lihuén II y Lihuén III, la mano de obra es mayor, estimándose un promedio de 250 trabajadores y un máximo de 450. Recursos naturales Agua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

renovables No existe extracción del recurso agua, puesto que se estima que las obras de excavaciones no alcanzan la napa subterránea.

A su vez, el Proyecto contempla el manejo de agua potable y aguas servidas a través de la conexión a la red de la empresa ESSBIO S.A., mediante empalme provisorio durante la fase de construcción y mediante conexión definitiva en operación. En Anexo 01 del Adenda, se adjuntan los certificados actualizados de factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N°202301002694 con fecha 04 de mayo 2023 y N°202301005744 con fecha 26 de septiembre de 2023. Por otro lado, dentro de faenas se cuenta con instalaciones sanitarias implementadas con 20 baños y 30 duchas acorde a lo establecido en el artículo Nº23 del Decreto Supremo Nº594/99 del Ministerio de Salud. Se cuenta además con un máximo de 6 baños químicos portátiles ubicados a no más de 75 metros del área de trabajo, acorde a lo indicado en el artículo Nº25 del Decreto Supremo Nº594/99 del Ministerio de Salud. Este servicio se contrata a una empresa que cuente con autorización sanitaria, y los residuos generados son gestionados por la misma empresa contratista.

Flora y vegetación El Proyecto no contempla la corta de flora y vegetación, ya que como se indica en el Informe de Flora y Vegetación adjunto en Anexo 03 de la Adenda, las especies identificadas se encuentran dentro del área de influencia, pero fuera del área de intervención del Proyecto. Dentro del emplazamiento del Proyecto la unidad predominante es Área sin Vegetación, se encuentra además una unidad de pradera agrícola cuya composición es de malezas que serán retiradas al momento de escarpar el terreno.

Suelo El lugar de extracción referido al escarpe corresponde a la superficie total del Proyecto, siendo realizado en el año 1, en un mes para cada etapa. Mientras que para las excavaciones se presenta la ubicación de los edificios, siendo realizadas en el año 1, en un mes para cada etapa. En la siguiente tabla se presenta la información sintetizada del lugar de extracción, tanto para Lihuén II, como para Lihuén III:

Nombre Cantidad anual (m3/año) Cantidad total (m3) Coordenadas UTM H19S Superficie (m2) Norte Este Escarpe 4.209 4.209 6.218.170 336.085 20.454 6.218.380 336.147 6.218.350 336.241 6.218.400 336.257 6.218.180 336.032 6.218.450 336.110 Excavación 4.426 4.426 6.218.180 336.055 1.919,29 6.218.190 336.043 6.218.220 336.080 6.218.230 336.069 6.218.240 336.088 6.218.240 336.075 6.218.270 336.099 6.218.280 336.086 6.218.280 336.085 6.218.290 336.099 6.218.330 336.085 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

6.218.330 336.098 Fuente: Tabla 51 “Extracción recursos naturales Lihuén II” del Adenda.

Nombre Cantidad anual (m3/año) Cantidad total (m3) Coordenadas UTM H19S Superficie (m2) Norte Este Escarpe 4.455 4.455 6.218.400 336.258 23.781 6.218.440 336.271 6.218.490 336.077 6.218.350 336.035 6.218.350 336.021 6.218.200 335.977 6.218.180 336.032 6.218.450 336.110 Excavación 7.159,46 7.159,46 6.218.200 336.007 1.919,29 6.218.190 336.021 6.218.240 336.012 6.218.240 336.026 6.218.260 336.013 6.218.250 336.026 6.218.290 336.024 6.218.290 336.037 6.218.300 336.031 6.218.300 336.042 6.218.340 336.052 6.218.340 336.065 Fuente: Tabla 52 “Extracción recursos naturales Lihuén III” del Adenda.

Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas Para determinar las emisiones, producto de las actividades del Proyecto dentro del área de influencia del componente aire, se categorizaron las emisiones en Emisiones Directas e Indirectas tanto para la fase de construcción y operación.

Las fuentes de emisiones atmosféricas para las etapas de construcción del Proyecto, se indican continuación:

Fuente: Tabla 5 del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria “Fuentes de emisiones atmosféricas, durante etapas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

de construcción del Proyecto”.

Las fuentes de contaminación por MP10 y MP2,5 corresponden a las actividades de escarpe, excavaciones, carga de camiones y transferencia de material, erosión del material de pila, tránsito de caminos no pavimentados al interior del sitio donde se emplaza el proyecto, emisión de gases de combustión de maquinaria y vehículos, emisiones de combustión de grupos electrógenos, tránsito por caminos pavimentados, fuera del sitio donde se emplaza el proyecto y emisión de gases de combustión.

Para realizar el cálculo de las emisiones se ha considerado la metodología y los factores de emisiones definidos en los documentos; “Guía para la estimación de emisiones atmosféricas en la Región Metropolitana”, de la SEREMI de Medio Ambiente RM (2020), California Air Resources Board (CARB), 1997, Informe Final de “Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental” (BS Consultores, 2015) y el EMEP/EEA Emission Inventory Guidebook 2009 y 2013, y en base a documentos de la Enviromental Protection Agency de los Estados Unidos (US EPA).

Los cálculos se realizaron considerando la superposición de actividades de construcción de Lihuén II y Lihuén III, así como las actividades de operación a medida que se va recepcionando cada proyecto.

El Cronograma del Condominio Lihuén II se presenta en la tabla 3 del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria, mientras que en la tabla 4 se presenta el cronograma para el Condominio Lihuén III.

A continuación, en las siguientes tablas se presentan los resultados finales de las emisiones generadas durante el proyecto, donde se resumen por año cronológico, año 1, año 2 y año 3, respectivamente:

Resumen Emisiones Emisiones [t/año] Año 1 Actividad MP 10 MP 2.5 CO NOx SO2 NH3 COV CO2 Escarpe 0,0900 0,0135 - - - - - - Excavaciones 0,3406 0,1527 - - - - - - Carguío y Volteo de material 0,0426 0,0065 - - - - - - Erosión de material en pila 0,0002 3,1,E-05 - - - - - - Compactación 0,0287 0,0040 - - - - - - Nivelación 0,0158 0,0005 - - - - - - Circulación en caminos no pavimentados 0,0333 0,0033 - - - - - - Circulación en caminos pavimentados 0,1831 0,0443 - - - - - - Combustión de vehículos pesados 0,0008 0,0008 0,0038 0,0816 0,0002 0,0003 0,0004 0,0153 Combustión de vehículos maquinaria 0,0202 0,0202 0,8811 0,4104 0,0020 0,0005 0,1039 0,1788 Grupos electrógenos 0,0343 0,0343 0,1052 0,0488 0,0321 - - - TOTAL 0,7898 0,2802 0,9901 0,5408 0,0343 0,0009 0,1043 0,1941 Fuente: Tabla 105 del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria “Resumen emisiones fase de construcción para año 1”

Resumen Emisiones Emisiones [t/año] Año 2 Actividad MP 10 MP 2.5 CO NOx SO2 NH3 COV CO2 Escarpe - - - - - - - - Excavaciones 0,5390 0,2416 - - - - - - Carguío y Volteo de material 0,0383 0,0058 - - - - - - Erosión de material en pila 0,0003 0,0000 - - - - - - Compactación - - - - - - - - Nivelación - - - - - - - - Circulación en caminos no pavimentados 0,0354 0,0035 - - - - - - Circulación en caminos pavimentados 0,1433 0,0347 - - - - - - Combustión de vehículos 0,0007 0,0007 0,0030 0,0647 0,0002 0,0003 0,0003 0,0122 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

pesados Combustión de vehículos maquinaria 0,0729 0,0729 1,6219 1,1883 0,0040 0,0010 0,1952 0,3602 Grupos electrógenos 0,0205 0,0205 0,0627 0,0291 0,0191 - - - TOTAL 0,8503 0,3797 1,6875 1,2821 0,0233 0,0013 0,1955 0,3723 Fuente: Tabla 106 del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria “Resumen emisiones fase de construcción para año 2”.

Resumen Emisiones Emisiones [t/año] Año 3 Actividad MP 10 MP 2.5 CO NOx SO2 NH3 COV CO2 Escarpe - - - - - - - - Excavaciones 0,0000 0,0000 - - - - - - Carguío y Volteo de material 0,0000 0,0000 - - - - - - Erosión de material en pila 0,0001 1,0,E- 05 - - - - - - Compactación - - - - - - - - Nivelación - - - - - - - - Circulación en caminos no pavimentados 0,0023 0,0002 - - - - - - Circulación en caminos pavimentados 0,0009 0,0002 - - - - - - Combustión de vehículos pesados 2,0,E- 05 2,0,E- 05 9,0,E- 05 1,9,E- 03 5,5,E- 06 8,9,E- 06 8,9,E- 06 3,9,E- 04 Combustión de vehículos maquinaria 0,0200 0,0200 0,3741 0,2992 0,0009 0,0002 0,0451 0,0839 Grupos electrógenos - - - - - - - - TOTAL 0,0232 0,0204 0,3741 0,3011 0,0009 0,0002 0,0451 0,0843 Fuente: Tabla 107 del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria “Resumen emisiones fase de construcción para año 3”.

Tal como se observa en los resultados de las tablas anteriores, el Proyecto no supera en ningún caso los límites establecidos en el Plan de Descontaminación Atmosférica para le Valle Central de la Región de O’Higgins.

Medidas de control

Durante el desarrollo de la fase de construcción del Proyecto, se implementan medidas de control de las emisiones atmosféricas con el fin de prevenir algún impacto que pudiesen generar las diferentes actividades.

Las medidas corresponden a las siguientes: - Contar con revisión técnica al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la fase de construcción del proyecto.

  • Revisión permanente de equipos y maquinarias en caso de ser requeridos.

  • Para las actividades anteriores se utiliza supresor de polvo Bischofita en periodo estival, evitando el uso indiscriminado de agua, dada la condición de escasez del líquido elemento en la región mencionada.

  • Los caminos internos no pavimentados deben ser compactados y estabilizados para el tránsito de maquinaria pesada y vehículos, mientras dure la ejecución en fase de construcción.

  • Los camiones que transporten tierra y/o escombros circulan cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera.

  • Respecto del sistema de lavado de ruedas de camiones pesados, previo a la salida de la obra, y respecto al lavado de canoas, debe contar con piso impermeabilizado. Si los Riles que se generen de estas actividades contuvieran grasas o aceites de camión, estos deben ser tratados como residuos peligrosos y los lodos asociados a estos deben ser dispuestos en un lugar autorizado para estos fines.

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  • El límite de velocidad máximo para los camiones o maquinaria pesada es de 30 km/h y para vehículos livianos 50 km/h además se realizan mantenciones de las maquinarias utilizadas en las obras para evitar una emisión excesiva de gases producto de la combustión incompleta.

A mayor abundamiento en la siguiente tabla, se presentan las medidas de control de emisiones que se implementan en la construcción del Proyecto:

Aplicación de supresor de polvo Objetivo Reducir la dispersión de partículas de polvo en el aire durante la construcción del Proyecto. Parte, obra u acción Tránsito de camiones y maquinarias dentro de la obra. Metodología El área de aplicación corresponde a un tramo de la zona de circulación de camiones que comienza desde el acceso del Proyecto. La salmuera de bischofita se aplica mediante un camión aljibe, no debe ser aplicado cuando esté lloviendo o exista posibilidad de lluvia. Indicador de eficacia Reducción de emisiones de material particulado, tal como se indica en informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas, Anexo 03 de la Adenda, complementado en Anexo 2.1 del Adenda Complementaria. Indicador de cumplimiento Registro de la frecuencia y cantidad de supresor de polvo utilizado. Compactación y estabilización de caminos Objetivo Evitar la erosión y emisión de partículas en caminos de la obra. Parte, obra u acción Tránsito de camiones y maquinarias dentro de la obra. Metodología El área de compactación y estabilización corresponde a un tramo de la zona de circulación de camiones que comienza desde el acceso del Proyecto. En primera instancia se debe preparar el camino, lo que incluye eliminación de vegetación, reparación de baches, entre otros. Se aplican los estabilizantes de manera uniforme sobre la superficie y se realiza la compactación utilizando maquinaria pesada, como compactadoras de rodillo. Indicador de eficacia Mejor condición de los caminos que implica una disminución visible de polvo en el área tratada. Indicador de cumplimiento Inspección regular de los caminos y registros de mantenimiento. Circulación de vehículos al interior del recinto a una velocidad igual o menor que 30 km/h Objetivo Reducir la dispersión de partículas de polvo en el aire durante la construcción del proyecto. Parte, obra u acción Circulación de vehículos en la obra. Metodología Se instalan señales de tráfico claramente visibles que indiquen el límite de velocidad de 30 km/h dentro de la obra, además de concienciar a los trabajadores de la importancia de respetar dicho límite de velocidad. Indicador de eficacia Disminución visible de polvo en el área tratada. Indicador de cumplimiento Registro fotográfico de las señaléticas implementadas. Lavado de ruedas de los vehículos que transiten por la obra Objetivo Eliminar el polvo adherido a las ruedas de vehículos que salen de la obra. Parte, obra u acción Salida de vehículos de la obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Metodología El Proyecto cuenta con un sistema de lavado de ruedas, el cual está dispuesto en la salida de la obra; el lavado de ruedas se realiza mediante el uso de una hidrolavadora cada vez que un vehículo salga del área de emplazamiento. Indicador de eficacia Los vehículos que salen de obra no llevan tierra ni barro en sus ruedas. Indicador de cumplimiento Registro de lavados de ruedas obligatorios Fuente: Tabla 67 “Medidas de control de emisiones atmosféricas” del Adenda.

El Informe de Estimaciones Atmosféricas se presenta en Anexo 4 de la DIA, complementado en Anexo 3.1 del Adenda, y Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Emisiones líquidas o efluentes Aguas servidas La cantidad estimada de aguas servidas es de 58.400 litros al día por trabajador, generadas en la fase de construcción del proyecto. Dicho valor se calculó de acuerdo a la cantidad de mano de obra máxima (292 personas) y una generación de 200 litros al día por trabajadores. Cabe mencionar que la cantidad de agua servida generada por una población es proporcional con el consumo de agua potable abastecida. Dentro de faenas se cuenta con instalaciones sanitarias implementadas con 20 baños y 30 duchas acorde a lo establecido en el artículo Nº23 del D.S. Nº594. Se cuenta además con un máximo de 6 baños químicos portátiles ubicados a no más de 75 metros del área de trabajo, acorde a lo indicado en el artículo Nº25 del D.S. Nº594. Este servicio se contrata a una empresa que cuente con autorización sanitaria, y los residuos generados son gestionados por la misma empresa contratista. Cabe mencionar que el Proyecto contempla el manejo de agua potable y aguas servidas a través de la conexión a la red de la empresa ESSBIO S.A., mediante empalme provisorio durante la fase de construcción y mediante conexión definitiva en operación, contando con factibilidad sanitaria autorizada por la compañía. Se adjunta Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas actualizado en Anexo 1 del Adenda. Dicha factibilidad permite la dotación de agua potable y alcantarillado de aguas servidas a una población de estimada de 1.530 habitantes aproximadamente. Los baños químicos tienen una limpieza regular al menos una (1) vez a la semana o según sea necesario, lo cual contempla limpiar superficies interiores y exteriores, lavabo y dispensador de papel higiénico. Se realizan, además, inspecciones visuales diarias para identificar cualquier daño o problema en los baños químicos, como fugas o malos olores. El retiro de los residuos líquidos generados en los baños químicos se realiza semanalmente por una empresa externa autorizada para dichos fines, cuyo cumplimiento queda registrado mediante un certificado de retiro semanal. Cabe mencionar que dichos baños químicos son móviles, siendo estos trasladados a medida que se avance en la obra y en las zonas que se requieran, por lo que no tienen una ubicación fija.

Residuos líquidos industriales Se generan emisiones líquidas a partir del lavado de ruedas de los camiones mixer y tolvas, el cual está dispuesto al ingreso de las instalaciones en una zona delimitada para ello. Los procesos de lavado y disposición se describen a continuación:

Lavado de Ruedas El Proyecto cuenta con un sistema de lavado de ruedas, el cual está dispuesto en la salida de la obra; el lavado de ruedas se realiza mediante el uso de una hidro lavadora. Los camiones ingresan a un pavimento diseñado exclusivamente para realizar el lavado, tiene una configuración de “un gran badén”, el pavimento cuenta con una canaleta que se conectan a un estanque que contiene los lodos y todos los restos líquidos y sólidos que puedan aparecer producto del lavado de rueda, estos residuos se mantienen en el estanque hasta que sean retiradas por una empresa autorizada. La zona de pavimento es de hormigón HCV RF e=15 cm, con una superficie de 50 m2, cuyo ancho es de 4 m y largo 12,5 m. El volumen de almacenamiento del estanque es de 2 m3. Se contempla que estos residuos sean retirados por una empresa autorizada, cuyo comprobante se mantiene en obra, a disposición de la autoridad, para su fiscalización. El agua de lavado de ruedas se almacena de manera y dispuesta de manera adecuada en sitio de disposición final autorizado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Ilustración 20 “Esquema referencial del Sistema de lavado de ruedas” de la DIA.

Fuente: Ilustración 21 “Detalle sistema de lavado de rueda” de la DIA.

Lavado de betoneras y canoas de camiones mixer Las aguas de lavado que se generen producto del lavado de las betoneras y canoas de camiones mixer, son manejadas según se indica a continuación: a. Se diseña una piscina de 6 m por 2,5 m, la cual posee una sección con pendiente hacia una pared de filtrado y una segunda zona donde se decantan los sólidos.

b. La primera zona, en la cual se realiza el lavado, tiene una superficie de 2 metros por 2,5 metros.

Cuenta con una pendiente cuya profundidad máxima de 0,5 metros. En la zona más profunda de esta sección se instala un filtro el cual se encarga de capturar los sólidos de mayor tamaño que sean arrastrado por el lavado.

c. La segunda zona abarcara una superficie de 4,0 metros por 2,5 metros. Cuenta con una pendiente menor la cual ira desde 0,5 metros en su punto más alto hasta 0,7 metros en su punto más profundo. En esta sección se acumula los residuos arrastrados por la fase liquida del lavado que no son capturados por el filtro anteriormente mencionado.

Para el lavado de las canoas se debe proceder de la siguiente forma: 1. El camión mixer se ubica junto a la primera piscina, posicionado la canoa sobre esta para proceder a lavarla con una hidrolavadora, retirando el sedimento presente. 2. No se debe descargar sobrante de hormigón a la piscina. Este debe ser reubicado en terreno. 3. Una vez finalizado el procedimiento de lavado, se debe levantar la canoa con el propósito de evitar goteos. Luego de esto el camión debe retirarse del sector.

Para el retiro de material de la piscina de lavado se procede de la siguiente forma: 1. El sector en el cual se acumula el material sedimentado y el agua se cubre con un techo plástico negro, con el propósito de facilitar la evaporación de la fase liquida y el sacado y solidificado del material sedimentado generado por el lavado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

  1. El escombro resultante se extrae y dispone en la zona de acopio de residuos de la construcción.

A continuación, se presenta una figura esquemática con la propuesta de lavado de canoas.

Fuente: Ilustración 22 “Esquema de zona de lavado de betoneras y canoas de camiones mixer” de la DIA.

A continuación, se presenta tabla detalle de emisiones líquidas generadas en la construcción del Proyecto: Actividades Aguas servidas Lavado de canoas Lavado de ruedas Cantidad estimada Promedio: 25 m3/día Máximo: 45 m3/día Promedio: 0,06 m3/día Promedio: 0,08 m3/día Régimen de generación Continuo durante la fase de construcción del proyecto. Ocasional, asociado al suministro de hormigón durante la fase de construcción del proyecto. Intermitente ya que el lavado se realiza cada vez que un camión salga de la obra, por lo que no existe un horario o periodo fijo de esta actividad. Calidad o caracterización de la emisión Las características fisicoquímicas y microbiológicas de las aguas servidas corresponden las típicas para descarga para sistema de alcantarillado, se consideran equivalente a los estándares promedio de aguas servidas domiciliarias que se someten a tratamiento en el país. Agua Potable con lechada de hormigón Agua potable con barro Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Procedimiento de recolección y almacenamiento Los residuos son descargados directamente al sistema de alcantarillado público de la empresa ESSBIO, para lo cual se presenta certificado de factibilidad sanitaria N°202301002694 y N°202301005744. Los residuos generados en los baños químicos son retirados a lo menos 1 vez a la semana por medio de empresa prestadora de servicio. Se realiza el lavado de canoas en una zona ubicada a la salida del proyecto. El líquido del lavado se acumula en un depósito construido para este proceso elaborado en hormigón impermeabilizado o bien como alternativa un depósito (estanque, cámara) de material plástico prefabricado. Esto permite la acumulación de agua, permitiendo la decantación de material (básicamente cemento); el cual se retira periódicamente como escombro. Los camiones ingresan a un pavimento diseñado exclusivamente para realizar el lavado, tiene una configuración de “un gran badén”, el pavimento cuenta con una canaleta que se conectan a un estanque que contiene los lodos y todos los restos líquidos y sólidos que puedan aparecer producto del lavado de rueda, estos residuos se mantienen en el estanque hasta que sean retiradas por una empresa autorizada. Descripción contenedores No existe almacenamiento de aguas servidas. El manejo de los residuos líquidos derivados de dicha actividad se canaliza a una canaleta, donde el agua va dirigida a un estanque o piscina y una vez sedimente el hormigón se dispone como escombro. El pavimento donde se realiza la actividad contara con una canaleta que se conectan a un estanque que contiene los lodos y todos los restos líquidos y sólidos que puedan aparecer producto del lavado de rueda, estos residuos se mantienen en el estanque hasta que sean retiradas por una empresa autorizada. El volumen de almacenamiento del estanque es de 2 m3. Transporte El transporte de residuos de baños químicos se realiza por un tercero autorizado para estos efectos, el que corresponde a la empresa Ambipar Environment. El transporte de los residuos sólidos y líquidos se realiza por un tercero autorizado para estos efectos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Eliminación Los residuos de los servicios higiénicos en instalación de faenas se dirigen directamente al sistema de alcantarillado público. La disposición final de los residuos de baños químicos se realizada por empresa externa autorizada. Para garantizar la autorización del transportista y del lugar de disposición final, se mantienen registros como fichas y boletas en faena, lo cual debe cumplir con lo exigido por la autoridad sanitaria. La disposición final de los residuos, tanto líquidos como sólidos, son realizados por un tercero autorizado para estos fines. Para garantizar la autorización del transportista y del lugar de disposición final, se mantienen registros como fichas y boletas en faena, lo cual debe cumplir con lo exigido por la autoridad sanitaria. El agua de lavado se dispone, de manera transitoria, en el estanque de retención para ser retirados por tercero autorizado que dispone estos residuos. Se realiza la trazabilidad de los residuos a partir del tercero, manteniendo en obra registros de disposición y contrato y/o boletas u otro documento acreditando el retiro de estos residuos. Fuente: Tabla 68 “Emisiones líquidas en fase de construcción” del Adenda.

Emisiones acústicas

La proyección de los niveles de ruido y vibraciones se evalúa de acuerdo con las siguientes situaciones: ▪ Construcción: Corresponde a la habilitación del terreno, construcción e instalación de viviendas. El horario de faenas es de 8:00 a 19:00 hrs. ▪ Operación: Corresponde al funcionamiento de grupo electrógeno de emergencia. Los niveles estimados son evaluados con respecto a los límites máximos establecidos en el Decreto Supremo N°38/11 “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que indica” del Ministerio del Medio Ambiente, para el caso de ruido.

El Proyecto corresponde a la modificación del proyecto “Condominio Lihuén”, y consiste en la ampliación del referido proyecto inmobiliario mediante la construcción de dos conjuntos de edificios denominados Condominio Lihuén II y III, compuesto de seis (6) torres de edificios de nueve (9) pisos de altura, considerando un total de 450 departamentos. Además, contempla una dotación de 364 estacionamientos para vehículos y 402 estacionamientos para bicicletas. Las torres se emplazan en los lotes 4-A2C y 4-A2D según plano de subdivisión propuesto, en una superficie total de 44.000 m2 (4,4 ha), el cual se ubica en Camino San Ramón (H-240). El Proyecto considera el desarrollo de dos (2) etapas principales, Lihuén II y III, etapas que son evaluadas considerando el peor escenario tanto de cada una de las etapas, como del solape de ambas.

Para el área de influencia del Proyecto, se considera un área donde en el peor de los casos receptores sensibles sean afectados por la contaminación acústica y vibraciones del Proyecto. Para determinar el área de influencia, se estima la distancia hasta la cual los potenciales niveles de ruido y vibraciones, asociados a la ejecución del Proyecto, descienden al menor de los valores de entre, todos los niveles ruido de fondo medidos y el límite diurno para zona correspondiente, y al menor de los valores entre los niveles de vibración medidos y el nivel establecido por criterio de referencia, en donde se obtiene un área de influencia para ruido de 1.568 metros a la redonda, tal como muestra la siguiente figura: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Figura 2 “Área de Influencia Proyecto – Ruido” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

En la siguiente tabla se presenta información con la caracterización de los receptores del Proyecto:

Fuente: Tabla 7 del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria “Caracterización receptores proyecto “Condominio Lihuén” y “Condominio Lihuén II”.

En torno a la zona de emplazamiento del Proyecto existen viviendas de uso permanente, áreas comerciales y centros educacionales, identificando tres receptores, R1, R2, R3, susceptibles de sufrir impacto por el ruido y vibraciones generadas por la construcción del Proyecto, los cuales, son representativos respecto al área circundante de éste. En particular, R1 es representativo de viviendas ubicadas en calle “Don Orione” y aquellas ubicadas al “oeste” el proyecto, donde se encuentran cerca de 36 viviendas de uso habitacional. Por otro lado, R2 es representativo de viviendas ubicadas en barrio “Don Baltazar”, ubicado al “sur-oeste” del proyecto, al sur de calle “San Ramón”, donde se ubican alrededor de 100 viviendas de uso habitacional.

Para efectos de modelación del nivel de presión sonora y proyección de vibraciones, se toman en cuenta receptores presentes en la entrega del proyecto “Condominio Lihuén”. También se consideran receptores representativos al “Condominio Lihuén II, debido que posterior a la entrega de las viviendas de dicho condominio se realizan trabajos de construcción de “Condominio Lihuén III”.

Los receptores denominados Rn1, Rn2 y Rn3 son representativos de 6 torres del “Condominio Lihuén” ya construidas, donde existen cerca de 250 departamentos. Rn4, Rn5 y Rn6 son representativos de 3 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

torres pertenecientes al “Condominio Lihuén II”, donde existen cerca de 225 departamentos, y Rn7, Rn8, Rn9 son representativas de 3 torres pertenecientes al “Condominio Lihuén III”, donde al igual que para el “Condominio Lihuen II”, existe cerca de 225 departamentos.

En la siguiente figura se presenta la ubicación de cada receptor identificado de acuerdo con la zonificación indicada en el Plan Regulador de la comuna de Rancagua:

Fuente: Figura 4 “Ubicación de receptor y zonificación” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Se puede apreciar que R1 se encuentra dentro de una zona identificada como R1, cuyo uso de suelo permitido es: Residencial; Equipamiento: Salud, educación, culto, cultura, org. comunitarias, áreas verdes, deporte, esparcimiento, turismo, comercio minorista, servicios, seguridad y transporte comunal y vecina; Industria inofensiva; Almacenamiento inofensivo; Talleres industriales inofensivos. En cambio, los receptores R2 y R3 encuentra en Zona identificada como Zona EX1, cuyo uso de suelo permitido es: Residencial; Equipamiento: salud, educación, culto, cultura, org. comunitaria, áreas verdes, deporte, esparcimiento, turismo, comercio minorista, servicios, transporte, industria, almacenamiento y talleres inofensivo. Los receptores correspondientes a los departamentos nuevos del proyecto, “Condominio Lihuén” y “Condominio Lihuén II y III” se encuentran en Zona EX1.

Según lo observado y de acuerdo con la clasificación presentada en la Tabla 1 respecto al D.S. 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente y a la Resolución Exenta N°491 “Instrucción de Carácter general sobre Criterios de Homologación de Zonas del Decreto Supremo N°38”, los receptores se encuentran en Zona III, exceptuando el receptor R1 que se encuentra en Zona II.

Metodología de estimación de niveles de ruido La estimación de los niveles de inmisión en los receptores se realizó mediante el empleo de software de modelación que basa su algoritmo de predicción en la norma ISO 9613 Parte 1 y 2 “Acoustics – Attenuation of sound propagation outdoors”. Para la predicción de los niveles de emisión de ruido para cada frente de trabajo de la fase de construcción se utilizan factores de emisión de acuerdo con la cantidad y tipo de maquinaria a ocupar. Los factores de emisión se pueden obtener desde la Norma Británica BS 5228-1:2009 “Code of practice for noise and vibration control on construction and open sites”, la cual, muestra mediciones (LeqA) de equipos y maquinarias a una distancia de referencia de 10 metros del receptor.

Los frentes de trabajo evaluados se indican a continuación:

I. Obras preliminares: ▪ Cierres provisorios. ▪ Construcciones provisorias. ▪ Instalaciones Provisorias. ▪ Trazado de niveles. IV. Instalaciones ▪ Instalación sanitaria. ▪ Instalación eléctrica. ▪ Extracción y presurización. ▪ Proyecto basuras. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

▪ Instalación telecomunicaciones.

II. Obra gruesa: ▪ Movimiento de tierras. ▪ Hormigones Armados. ▪ Cubiertas. ▪ Carpinterías Metálicas. ▪ Aislación y ventilaciones. ▪ Impermeabilización.

V. Aseo y entrega final ▪ Aseo permanente general. ▪ Retiro de escombros. ▪ Sistema de reciclaje. ▪ Aseo final y entrega.

III. Terminaciones: ▪ Estucos enlucidos y reparaciones. ▪ Tabiques, Shaft y Zócalos. ▪ Revestimientos. ▪ Pavimentos. ▪ Puertas, Marcos y Guardapolvos. ▪ Ventanas, Barandas y espejos. ▪ Artefactos y Grifeterias. ▪ Pastas, pinturas y barnices. ▪ Muebles. VI. Obras exteriores ▪ Cierres exteriores. ▪ Exteriores, recintos comunes y locales. ▪ Paisajismo. ▪ Obras de conexión y arranque. ▪ Tratamiento de espacio público. ▪ Equipamiento exterior. ▪ Obras civiles exteriores.

Frentes de trabajo evaluados: Etapa de construcción Según información entregada por el titular, existen frentes de trabajo que se solapan en el tiempo de ejecución, los cuales desarrollan los escenarios más desfavorables. Estos frentes de trabajo se detallan en la tabla 18 del Anexo 2.2 del Adenda Complementaria. Todas las fuentes de la etapa de construcción tienen horario de funcionamiento en periodo diurno, de 08:00 a 18:00 hrs.

Ubicación de las fuentes de ruido La maquinaria utilizada por cada frente de trabajo fue agrupada por frentes en los dos escenarios según los frentes solapados considerados para representar los trabajos a nivel de piso y los trabajos en altura.

Frentes de trabajo evaluados etapa de operación Para la etapa de operación se debe considerar un grupo electrógeno por condominio. Dicho grupo electrógeno funciona sólo en caso de emergencia, con un uso estimado de una hora al mes. Todas las fuentes de la etapa de operación tienen horario de funcionamiento continuo en periodo diurno y nocturno.

Resultados Estimación de Niveles de Ruido y Evaluación La proyección de los niveles de presión sonora se modeló considerando el escenario más desfavorable, es decir, con funcionamiento simultáneo de toda la maquinaria asociada a los frentes de trabajo evaluados, con condiciones climáticas de 10°C de temperatura y 80% de humedad. Las proyecciones fueron realizadas en cada uno de los receptores con software SoundPLAN 9.0. Para la evaluación, tal como se ha señalado, el Decreto Supremo Nº38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, en el Título IV Artículo 7º, establece los Niveles Máximos Permisibles de Presión Sonora Corregidos, de acuerdo con el Tipo de Zona y Horario de funcionamiento de las fuentes emisoras de ruido (Diurno), para cada uno de los receptores considerados. Como se mencionó antes los receptores se encuentran emplazados en las Zonas II y III. La siguientes Tablas muestran el cumplimiento normativo de acuerdo con el ruido máximo percibido por cada receptor, en cada escenario de la etapa de construcción del Proyecto, comparado con el límite diurno, de acuerdo con la zona.

Escenario 1: Etapa de construcción

A continuación, se presentan los resultados niveles de presión sonora proyectados para cada frente de trabajo considerado. Situación 1: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Tabla 23 “Resultados niveles de presión sonora proyectados para frente considerado” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Se evidencia que para los trabajos de construcción en los distintos escenarios el nivel de ruido percibido en los receptores en presencia del ruido emitido desde la faena se encuentra sobre los límites máximos permitidos para la mayor parte de los receptores, en donde la condición más desfavorable se da en el escenario 2 de construcción del Proyecto, obteniendo proyecciones de hasta 20 dBA más que la norma (60 dBA) en el receptor R1.

Escenario 2: Etapa de construcción

En la siguiente tabla se presentación información con los resultados niveles de presión sonora proyectados para el Escenario 1:

Fuente: Tabla 24 “Resultados niveles de presión sonora proyectados para el Escenario 1” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Medidas de Control de Ruido Considerando el no cumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente y normativa de referencia, que se pudo observar en ambas situaciones evaluadas, a continuación, se describen propuestas de medidas de control de ruido necesarias para lograr niveles de presión sonora y de vibración bajo los umbrales que define la normativa aplicada.

Barreras acústicas perimetrales Esta solución consiste en la implementación de pantallas acústicas en límites del proyecto que se encuentran más cercanos a receptores, principalmente para receptores R1 e receptores interiores, Rn1, Rn2, Rn3, Rn4, Rn5 y Rn6. Estos elementos deben ser aplicados en forma perimetral a las faenas de construcción del Proyecto cercanos a los receptores identificados. Las barreras acústicas perimetrales deben ser de las siguientes características según la norma ISO 9613-2: - Densidad superficial de la barrera debe ser al menos 10 kg/m2. - Altura de 2,4 y 3,6 metros, donde en algunos casos se considera una cumbrera de 1 metro de largo, en 45°, orientada al interior del proyecto. - La superficie de la barrera debe ser cerrada y sin fugas acústicas. - Debe ser ubicada en el deslinde del proyecto.

A continuación, se indica tabla con las coordenadas de cada una de las barreras proyectadas para cada una de las situaciones evaluadas, además de una imagen donde se puede visualizar en rojo el detalle de su ubicación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Además, se deben considerar los factores climáticos de la zona (humedad, lluvia y viento) y tener presente que las barreras acústicas deben mantener las características antes descritas por todo el periodo en que se desarrolle la obra, por lo tanto, es necesario desarrollar un programa de mantención que asegure sus características acústicas en el tiempo.

De acuerdo con lo anterior, se propone que las barreras sean paneles de madera OSB desmontables con espesor mínimo 15 mm. Las junturas de los paneles que conformen la barrera son herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad, es recomendable que estos cierres estén a una distancia de 50 cm de las panderetas de una casa habitación (si corresponde). La barrera completa debe ser protegida de los factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorepelente, y tienen una altura de a lo menos 2,4 o 3,6, según lo indicado en la siguiente Tabla:

Fuente: Tabla 30 “Detalles y ubicación de barreras perimetrales propuestas, para cada situación proyectada” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Fuente: Tabla 30 “Detalles y ubicación de barreras perimetrales propuestas, para cada situación proyectada” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Para incrementar la atenuación de las barreras se agrega (cuando corresponda – barrera N°1) a la parte superior de la porción de barrera una cumbrera OSB de 1 m de longitud y 15 mm de espesor, el cual debe estar a 45° de inclinación respecto a la vertical.

Pantallas acústicas modulares y cubre vanos Como medida extra, se recomienda la incorporación de barreras modulares de 3 m de altura, con objeto de rodear la fuente de ruido, frente a fuentes que representen maquinaria pesada con trabajos sin movimiento, para el caso de la modelación se asume un trabajo puntual de camión tolva, camión Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

bomba, rodillo compactador y motoniveladora. Estas deben cumplir con los mismos requisitos de barreras acústicas perimetrales: - Densidad superficial de la barrera debe ser al menos 10 kg/m2. - La superficie de la barrera debe ser cerrada y sin fugas acústicas.

Las actividades donde se considera el uso de pantallas acústicas modulares son principalmente en actividades relacionadas a movimientos de tierra principalmente.

Para los trabajos de terminaciones en altura, se debe implementar como medida de control de ruido cubrir por completo los vanos con una placa de OSB o mediante el uso de cortina acústica, a medida que los trabajos avanzan en altura, para reducir el nivel de ruido generado por la actividad constructiva al interior de las construcciones. También se pueden considerar soluciones como barreras acústicas móviles o flexibles, que cubran por completo los vanos donde se realizan trabajos en altura, y cumplan con los requisitos indicados.

En la Figura 12 del Anexo 2.1. del Adenda Complementaria se muestra un ejemplo Pantalla móvil para maquinaria, mientras que en la figura 13 del mismo anexo, se puede visualizar un Ejemplo Cortina acústica para trabajos en altura.

Fuente: Figura 12 “Ejemplo Pantalla móvil para maquinaria” del Anexo 2.1. del Adenda Complementaria

Las cortinas acústicas, deben ser consideradas siempre que se realicen trabajos con maquinaria en altura, por ejemplo: Cortadora de pavimento, sierra ingleteadora, esmeril angular, taladro, soldadora, sierra circular, taladro de percusión, pistola de impacto.

Restricción de maquinaria

Se recomienda también considerar medidas administrativas y de gestión, respecto al uso simultaneo de maquinaria, para todas las etapas de trabajo, donde en el caso de maquinaria pesada, como retroexcavadoras, camión y dumper, donde se recomienda realizar una secuencia de trabajo que considere utilizar solo una maquinaria a la vez, para cada una de las áreas, sobre todo para aquellos sectores más cercanos a los receptores R1, Rn1, Rn2, Rn3, Rn4, Rn5 y Rn6.

Se recomienda mantener motores de camiones que no estén en uso apagados.

Durante la modelación, se restringe la operación de las maquinarias declaradas previamente en cada etapa, lo que significa que se utiliza un número menor de maquinarias en el modelo que en la evaluación sin medidas, tal y como se resume en la Tabla 31.

Se restringe el horario de funcionamiento de los camiones mixer y bomba (tarde), mientras que el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

camión tolva se reduce el uso a la mañana. Los martillos demoledores se limitan el tiempo de uso a media jornada.

Fuente: Tabla 31 “Maquinaria con restricción y/o barrera móvil” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Taller de cortes Se considera un taller de cortes por condominio para todo tipo de trabajos de corte. El taller tiene medidas de siete metros de ancho, seis metros de fondo y tres metros de alto. Cada pared está construida con paneles de OSB y lana de vidrio. Este su ubica estratégicamente, a modo de no interferir en la obra y poder encontrarse distante a la obra.

Encierro motor de grúa torre Debido a la altura del motor de la grúa torre, las medidas de atenuación propuestas anteriormente no minimiza el ruido generado por éste. Por lo tanto, se recomienda instalar un encierro acústico al motor de la grúa. El encierro debe ser de estructura metálica, con una cara exterior compuesta de placa OSB de espesor de 15mm.

Para fines del presente estudio, se considera la atenuación de una placa OSB de espesor 15 mm, cuyos índices de atenuación se presentan en la siguiente tabla:

Fuente: Tabla 32 “Rw pared simple de OSB* de 15 mm de espesor” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Medidas de gestión En el caso de que no sea posible llevar a cabo alguna de las medidas indicadas anteriormente (cubre vanos o encierro de motor grúa torre) por motivos técnicos o de seguridad, se debe implementar un plan de manejo hacia la comunidad de “Condominio Lihuén”, ya que pueden ser los más afectados por la cercanía con el nuevo Proyecto, donde se le informe el cronograma de actividades a desarrollar asociado a actividades ruidosas, informando los tiempos de duración, frecuencia y horarios en que se desarrollan dichas actividades.

Estas medidas de control de ruido deben ser implementadas a lo largo de todo el proyecto.

En el caso de realizar mediciones, se recomienda realizar mediciones en periodos en los meses evaluados, que corresponderían a la peor situación.

Se recomienda hacer mantención periódica de las barreras acústicas, para que mantengan su eficiencia.

Resultados con Medidas de Control de Ruido y Vibración Considerando las medidas de control indicadas, se obtuvieron las siguientes estimaciones de los niveles de presión sonora para cada uno de los receptores considerados. Las proyecciones fueron realizadas en cada uno de los receptores con software SoundPLAN 9.0.

En la siguiente tabla se presentan los resultados niveles de presión sonora proyectados para el Escenario 1:

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Fuente: Tabla 34 “Resultados niveles de presión sonora proyectados para el Escenario 1” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

En la siguiente tabla se presentan los resultados niveles de presión sonora proyectados para el Escenario 2:

Fuente: Tabla 35 “Resultados niveles de presión sonora proyectados para el Escenario 2” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Finalmente, se indica que se realiza un monitoreo de ruido semestral, tal como se presenta en el numeral 11.1.3 del Informe Consolidado de evaluación, correspondiente al Compromiso Ambiental Voluntario denominado Monitoreo de Ruido, cuyo objetivo es tener un catastro de las emisiones acústicas en las oficinas del Proyecto para certificar que no se han sobrepasado la normativa.

Mayores antecedentes del Estudio Acústico y de Vibraciones del Proyecto se presenta en Anexo 5 de la DIA, complementados en Anexo 2.3 del Adenda, y Anexo 2.2 del Adenda Complementaria.

Vibraciones Considerando la ausencia de norma en nuestro país, que permita regular las vibraciones de índole ambiental y cumpliendo con lo establecido en el literal b) del artículo 5 del Reglamento del SEIA, se utiliza de manera referencial el criterio establecido en el documento “Transit Noise and Vibration – Impact Assessment” de la FTA, la cual establece valores para estimación y evaluación de daño a partir de Velocidad Peak de Partícula (PPV por sus siglas en inglés) en pulgadas/seg.

  1. Daño Estructural Para el criterio de daño estructural se utilizan los valores establecidos en la Tabla 2 del Anexo 2.2 del Adenda Complementaria, para las categorías II y III, correspondientes a construcciones de hormigón y albañilería, livianas de madera y edificios de mampostería, el cual, se considera como un escenario desfavorable.

  2. Molestia El criterio de molestia está relacionado con los niveles de vibración transmitidos por el suelo, cuya influencia y percepción pueden generar niveles de molestia en receptores humanos. La Tabla 3 del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria, muestra limites según el tipo de uso de suelo, de acuerdo con la norma FTA, considerando la cantidad de eventos vibratorios diarios, clasificándolos en eventos frecuentes, ocasionales e infrecuentes. Para determinar el área de influencia, se estima la distancia hasta la cual los potenciales niveles de ruido y vibraciones, asociados a la ejecución del Proyecto, descienden al menor de los valores de entre, todos los niveles ruido de fondo medidos y el límite diurno para zona correspondiente, y al menor de los valores entre los niveles de vibración medidos y el nivel establecido por criterio de referencia. El área de influencia de vibraciones es 76 metros, tal como lo muestra la siguiente figura:

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Fuente: Ilustración 25 “Área de influencia del Proyecto – vibraciones” del Adenda.

Identificación de Receptores Para efectos de modelación del nivel de presión sonora y proyección de vibraciones, se toman en cuenta receptores presentes en la entrega del proyecto “Condominio Lihuén”. También se consideran receptores representativos al “Condominio Lihuén II, debido que posterior a la entrega de las viviendas de dicho condominio se realizan trabajos de construcción de “Condominio Lihuén III”. En la Figura 4 del Anexo 2.2 del Adenda Complementaria, se presenta la ubicación de cada receptor identificado de acuerdo con la zonificación indicada en el Plan Regulador de la comuna de Rancagua. Como todos los receptores identificados corresponden a construcciones de uso residencial, en una zona de eventos de vibración ocasionales, se considera para la evaluación del criterio molestia a los receptores como categoría 2, con un nivel de impacto de vibraciones de 75 (VdB), según la normativa de referencia. En el caso de la evaluación de daño estructural, se utiliza la categoría II, con límite de 0,3 (pulgadas/s) y 98 (VdB).

Metodología Se realizaron mediciones de vibraciones en el mismo punto seleccionado para ruido durante el mismo día informado. Para registrar los niveles de vibración existentes, se realizó una medición por un periodo continuo de entre 10 a 30 minutos, obteniéndose un promedio representativo de las características vibratorias de cada sector. Los puntos de medición se ubicaron al exterior de las edificaciones identificadas como receptores sensibles, cabe destacar que para los casos donde existieron puntos de apoyo naturales en las inmediaciones del receptor evaluado, se midió sobre estos mismos mediante la aplicación de cera al soporte respectivo, en cambio para los casos que no se contaba con un apoyo natural, el transductor se instaló en un montante imantado sobre una estaca metálica insertada en la tierra.

La estimación del impacto de vibración del proyecto se efectúa en base a la maquinaria y actividades significativas en términos de vibraciones y su potencial riesgo para la comunidad, considerando la evaluación de la maquinaria con el mayor nivel de vibración como peor caso. En particular, se estiman la velocidad peak de partículas, ecuación [1], y el nivel de vibración en los receptores considerando la peor situación (ecuación [2]).

Resultados mediciones de vibración La estimación del impacto de vibración del proyecto se efectúa en base a la maquinaria y actividades significativas en términos de vibraciones y su potencial riesgo para la comunidad, considerando la evaluación de la maquinaria con el mayor nivel de vibración como peor caso. En particular, se estiman la velocidad peak de partículas, y el nivel de vibración en los receptores considerando la peor situación.

Fuentes de vibración Las principales fuentes de vibración se encuentran principalmente en las actividades de Obras preliminares, Obra Gruesa, Aseo y entrega final y Obras exteriores, donde la velocidad peak de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

partículas (PPV), y el nivel de vibración (Lv), en base a la norma de referencia que es generado por cada una de esas fuentes es presentado a continuación:

Fuente: Tabla 22 “Fuentes de vibración y emisión de vibración” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Para efectos de considerar un escenario crítico desfavorable para cada receptor, se considera para la estimación, la maquinaria de mayor emisión que corresponde a Rodillo compactador.

Resultados Estimación de Niveles de Vibración Considerando los criterios para evaluación tanto la molestia como daño a edificaciones establecidos en la FTA, expuestos anteriormente, se presentan los resultados de las estimaciones de los niveles de velocidad peak de partícula y nivel de vibración obtenidos y su cumplimiento. Respecto a la evaluación de molestia se consideró el uso de suelo de categoría 2, donde se incluye el uso habitacional de vivienda, y nivel de impacto para eventos ocasionales, que se podría establecer como la peor situación.

Escenario 1: Etapa de construcción En la siguiente tabla se presenta información de los niveles de Lv de molestia estimados en receptor “Escenario 1”:

Fuente: Tabla 26 “Lv estimados en receptor “Escenario 1” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Escenario 2: Etapa de construcción En la siguiente tabla se presenta información de los niveles de Lv de molestia estimados en receptor “Escenario 2”:

Fuente: Tabla 27 “Lv estimados en receptor “Escenario 2” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Con respecto a la evaluación de daño estructural, se puede verificar cumplimiento para los escenarios evaluados:

Escenario 1: Etapa de construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Tabla 28 “PPV estimados en receptor, Escenario 1” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Escenario 2: Etapa de construcción

Fuente: Tabla 29 “PPV estimados en receptor, Escenario 2” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Resultados

Según la evaluación de molestia, se pudo observar incumplimiento del criterio para cuatro receptores en el escenario 1 y cuatro receptores en el escenario 2, que corresponden a los que se encuentran a menos de 30 metros del proyecto, R1, Rn1, Rn2, Rn3, Rn4, Rn5 y Rn6.

Medidas de control

Las propuestas considerar son las siguientes:

  • Programa de comunicación

Debido a que en la evaluación presentada anteriormente se propone la elaboración de un programa de comunicación que informe cuando se realizan actividades cercanas a los receptores indicados. Sin embargo, dicho programa puede ser aplicado a todos los receptores más cercanos a cada etapa de trabajo, además de los receptores indicados.

  • Medida de control Se propone la consideración de zonas de restricción de uso para maquinarias que emiten vibraciones hacia los receptores, es decir un área dentro de la cual no puede funcionar la maquinaria descrita.

A continuación, se presentan las distancias mínimas correspondientes a cada maquinaria en relación con los receptores, para cumplir con el criterio:

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Fuente: Tabla 33 “Valores de PPV estimados en receptor para Etapa 1” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Para trabajos dentro de las zonas de restricción se propone el uso maquinarias manuales, como rodillo manual, entre otros. Estas medidas de control de ruido deben ser implementadas a lo largo de todo el proyecto, cuando exista uso de la maquinaria indicada.

Respecto a actividades que deban ser realizadas dentro del área de restricción, se recomienda poder considerar maquinaria que sea de menor peso, principalmente, dependiendo de la actividad necesaria.

Por otro lado, si se implementa un plan de monitoreo de vibraciones, se deben realizar mediciones en puntos considerados como receptores, R1, R2, R3 y receptores internos, considerando las mediciones en primer piso colindante a cada una de las torres. Las mediciones se deben realizar con un medidor de vibración calibrado, considerando el funcionamiento y paso por ubicación más cercana al punto de medición (considerando distancias del área de restricción), de las maquinarias con el mayor nivel de vibración, que corresponden a Rodillo Compactador y Motoniveladora. La información de las mediciones realizadas se debe mantener disponible para efectos de fiscalización de entidad correspondiente (SMA u otra).

Resultados con Medidas de Control de Vibración

Considerando las medidas de control indicadas, se obtuvieron las siguientes estimaciones de los niveles de vibración en cada uno de los receptores considerados, para la evaluación de molestia, contemplando la zona de restricción indicada.

En la siguiente tabla se presentan los niveles de Lv estimados en receptor “Escenario 1”:

Fuente: Tabla 34 “Resultados niveles de presión sonora proyectados para el Escenario 1” del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

En la siguiente tabla se presentan los niveles de Lv estimados en receptor “Escenario 2”:

Fuente: Tabla 35 “Resultados niveles de presión sonora proyectados para el Escenario 2” del Anexo 2.2 del Adenda Complementaria.

Finalmente, se indica que se realizar un monitoreo de vibración durante la fase de construcción, tal como se presenta en el numeral 11.1.4 del Informe Consolidado de evaluación, correspondiente al Compromiso Ambiental Voluntario denominado Monitoreo de vibraciones, cuyo objetivo es Mantener un monitoreo de las emisiones de vibraciones provocado por las diferentes obras y acciones del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Proyecto.

Mayores antecedentes del Estudio Acústico y de Vibraciones del Proyecto se presenta en Anexo 5 de la DIA, complementados en Anexo 2.3 del Adenda, y Anexo 2.2 del Adenda Complementaria.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos

Residuos asimilables a domiciliarios Este tipo de residuo se genera por los trabajadores durante la fase de construcción del proyecto, estos residuos provienen principalmente de los comedores y baños. Cabe mencionar que en los comedores los trabajadores no cocinan sus alimentos, solo se encuentran habilitados para calentar y consumir las colaciones. Para calcular la cantidad de residuos se supone una tasa de generación por cada trabajador de 0,13 kg al día.

Considerando que en fase de construcción una mano de obra máxima de 292 personas se prevé que la generación de los residuos domiciliarios alcanza 37,96 kg/día para cada fase constructiva.

En el periodo en que se superpongan las actividades de Lihuén II y Lihuén III existe un aumento en la cantidad de trabajadores alcanzando una mano de obra máxima de 450 personas, por lo que, entre julio 2024 y mayo de 2025 se prevé que la generación de residuos domiciliarios alcanza 37,96 kg/día.

En la siguiente tabla se presenta el detalle de los residuos sólidos domiciliarios a generarse en la fase de construcción del Proyecto:

Fase Lihuén II Lihuén III Superposición actividades Lihuén II y Lihuén III Cantidad estimada Promedio: 22,36 kg/día Máximo: 37,96 kg/día Promedio: 22,36 kg/día Máximo: 37,96 kg/día Promedio: 32,50 kg/día Máximo: 58,50 kg/día Almacenamiento Para el almacenamiento temporal de residuos se dispone de 7 contenedores con ruedas y tapa hermética, cada uno con una capacidad de 240 litros, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente siendo distribuidos de manera uniforme al interior del terreno. Los contenedores que lleguen a su máximo de capacidad se disponen en la bodega de residuos domiciliarios hasta que sean retirados los días miércoles y sábado por parte del servicio de recolección Municipal. Transporte Los residuos son retirados 2 veces por semana por el camión recolector de la I. Municipalidad de Rancagua. Eliminación Los residuos son retirados por el camión recolector de la I. Municipalidad de Rancagua. Dicho servicio se encarga de la disposición final de los residuos. Fuente: Tabla 94 “Residuos sólidos domiciliarios en fase de construcción” del Adenda.

Para el almacenamiento temporal de residuos se dispone de 7 contenedores con ruedas y tapa hermética, cada uno con una capacidad de 240 litros, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente siendo distribuidos de manera uniforme al interior del terreno. Los contenedores que lleguen a su máximo de capacidad se disponen en la bodega de residuos domiciliarios hasta que sean retirados los días miércoles y sábado por parte de la I. Municipalidad de Rancagua, tal como se indica en el certificado de frecuencia de recolección adjunto en el Anexo 14 de la DIA. Posteriormente son transportados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado.

Mayores detalles se presentan en Anexo 14.1 de la DIA, complementado en Anexo 9.3 del Adenda, correspondiente a los contenidos técnicos y formales para el artículo 140 del RSEIA, asociado al almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos, durante la fase de construcción y operación.

Residuos sólidos de la construcción o RESCON

Corresponden a los residuos sólidos industriales no peligrosos asimilables a domiciliarios, generados durante la fase de construcción del proyecto. Estos estan compuestos principalmente por: Excedentes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

de las excavaciones, escombros (restos de hormigón), madera, despuntes de poliestireno expandido y tuberías de P.V.C., restos de alambres y yesos, tinetas, despuntes de madera y de polietileno, nylon y similares, cartones y similares. Dichos residuos son almacenados en un patio de acopio y retirados por una empresa con resolución sanitaria vigente, la cual dispone los residuos sólidos, en rellenos sanitarios dispuestos para estos fines en la Región.

En la siguiente tabla se presenta el detalle de los residuos de la construcción a generarse en la fase de construcción del Proyecto:

Fase Lihuén II Lihuén III Cantidad estimada Cartones 4,13 m3/año 4,13 m3/año Despunte de aceros 3,75 t/año 3,75 t/año Despunte de cerámicas 1,72 m3/año 1,72 m3/año Despunte de madera 10,34 m3/año 10,34 m3/año Despunte de metalcon 3,10 m3/año 3,10 m3/año Despunte de poliestireno 6,21 m3/año 6,21 m3/año Despunte de PVC 3,79 m3/año 3,79 m3/año Escombros 778,17 m3/año 778,17 m3/año Almacenamiento Los residuos de la construcción son dispuestos en un patio de acopio temporal y son retirados de forma mensual. Transporte El transporte de los residuos de la construcción lo realiza una empresa externa autorizada. Eliminación La disposición final se realiza en un sitio autorizado para estos efectos. Fuente: Tabla 95 “Residuos de la construcción” del Adenda.

Para la disposición de los residuos domiciliarios y asimilables, escombros y material de escarpe se mantiene un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual se acredite la disposición final de los residuos en lugares con la autorización sanitaria al día.

Residuos peligrosos Los residuos peligrosos que se generan en la fase de construcción son: envases de diluyentes vacíos, adhesivo para tuberías, Vinilit y Ecoline, tubos de silicona, envases de sellador de poliuretano, papel fieltro y rodillos usados, paños y/o huaipes contaminados, dynal denso, aguarrás y pinturas, etc. Los residuos peligrosos son mantenidos temporalmente en contenedores con tapa y debidamente rotulados, para los cuales se dispone de una bodega “RESPEL” (residuos peligrosos) en la zona del proyecto, con el sentido de mantener transitoriamente estos residuos, los cuales son manejados y acumulados según lo establecido en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud, para su posterior retiro por la empresa autorizada. Para el transporte de los residuos peligrosos generados durante el periodo de construcción y su posterior retiro y correcta disposición se contrata una empresa con autorización sanitaria, según el Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud.

En la siguiente tabla, se describen los principales residuos que se generan durante la fase de construcción:

RESPEL Cantidad estimada Actividad generadora de RESPEL Lihuén II (kg/mes) Lihuén III (kg/mes) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Envases de productos inflamables (aerosoles) 14,72 14,72 Terminaciones Envases de sellados y adhesivos 12,84 12,84 Urbanización, equipamiento, terminaciones Envases de barnices y pinturas 38,60 38,60 Terminaciones Envases de siliconas 11,03 11,03 Terminaciones Paños, Guantes, huaipes contaminados 7,33 7,33 Obra gruesa, terminaciones Fuente: Tabla 96 “Cantidad de residuos peligrosos generados” del Adenda.

Para la disposición de los residuos peligrosos se mantiene un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual se acredite la disposición final de los residuos en lugares con la autorización sanitaria al día.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente A continuación, se presentan las sustancias peligrosas a utilizar en el Proyecto con su respectiva clasificación de acuerdo a la normativa, capacidad de almacenamiento máxima y condiciones de almacenamiento:

Fase Sustancias Químicas Peligrosas Clasificación, de acuerdo a NCh.382.of.2013 Capacidad estimada total (m3) Condiciones de Almacenamiento Construcción Adhesivo de contacto Clase 3: Líquidos inflamables 0,52 m3 Mantener los envases en lugares bien ventilados. Mantener los envases herméticamente cerrados. Se debe mantener una distancia de 2,4 m entre sustancias peligrosas incompatibles. Además, se debe mantener una distancia de 1,2 m entre las sustancias peligrosas y otras sustancias o mercancías no peligrosas. Espuma poliuretano Clase 2: Gases inflamables 1,44 m3 Producto estable en temperatura ambiente, mantener en un local fresco y seco con protección a la luz y al calor. Mantener el envase bien cerrado y en posición vertical. Mantener en una temperatura inferior a 50°C. Imprimante asfáltico Clase 3: Líquidos Inflamables 1,92 m3 Almacenar en ambiente seco y fresco, bajo techo y proteger del excesivo calor y/o frío. Mantener lejos de agentes oxidantes y de materiales fuertemente ácidos y alcalinos. Pinturas Clase 3: Líquidos Inflamables 74 m3 Almacenar en ambiente seco y fresco, bajo techo y proteger del excesivo calor y/o frío. Mantener lejos de agentes oxidantes y de materiales fuertemente ácidos y alcalinos. Fuente: Tabla 36 “Clasificación, cantidad estimada y forma de almacenamiento de las sustancias peligrosas a utilizar en la fase de construcción” de la DIA.

A mayor abundamiento, en la siguiente tabla se presenta detalle de sustancias peligrosas y en Anexo 08 del Adenda, se adjuntan hojas de datos de seguridad:

Fase Lihuén II (m3/año) Lihuén III (m3/año) Cantidad estimada Adhesivo de contacto 0,31 0,31 Espuma poliuretano 0,86 0,86 Imprimante asfáltico 0,38 0,38 Pinturas 14,19 14,19 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Destino o uso Adhesivo de contacto Instalación de revestimientos, como laminados, vinilos, alfombras, entre otros, unión de superficies de madera, metal, plástico. Espuma poliuretano Se aplica en paredes, techos, pisos, como aislante térmico y acústico. Imprimante asfáltico Protector de maderas, metales, morteros y hormigones que se utiliza como sellante y promotor de adherencia antes de aplicar pinturas e impermeabilizantes. Pinturas Se aplica tanto en interiores como exteriores. Fuente: Tabla 97 “Sustancias químicas utilizadas en la construcción del Proyecto” del Adenda.

Se presenta a continuación la cantidad estimada total de sustancias peligrosas en la construcción del Proyecto, así como la capacidad máxima de almacenamiento de la bodega de sustancias peligrosas:

Sustancia Cantidad estimada total (t) Capacidad máxima almacenamiento Adhesivo de contacto 0,57 18 m2 Espuma poliuretano 0,55 Imprimante asfáltico 0,60 Pinturas 0,45 Fuente: Tabla 98 “Cantidad total de sustancias peligrosas en toneladas” del Adenda.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo IV del ICE, numeral 4.6. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Caminos de acceso permanentes Los accesos vehiculares y peatonales al terreno del proyecto se realizan a través de Camino San Ramón. A continuación, se observa la localización de la vía de acceso con respecto al proyecto, y su longitud, durante su fase de construcción y operación.

Fuente: Ilustración 10 “Longitud vías dentro del área de influencia” del Adenda.

En la siguiente tabla se indican las rutas de ingreso para el transporte privado motorizados, y su gráfica en la imagen a continuación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Rutas de Ingreso Poniente Camino San Ramón - Proyecto Oriente Baquedano - Av. Salvador Allende - Camino San Ramón - Proyecto Sur Camino a Doñihue - Camino San Ramón - Proyecto Norte Av. Salvador Allende - Camino San Ramón - Proyecto Fuente: Tabla 23 “Rutas ingreso transporte privado motorizado” de la DIA.

Fuente: Ilustración 11 “Rutas vehiculares de ingreso al Proyecto” del Adenda

En la siguiente tabla se indican las rutas de egreso para el transporte privado motorizados, y su gráfica en la imagen a continuación:

Fuente: Ilustración 12 “Rutas vehiculares de egreso del Proyecto” del Adenda

Rutas de Egreso Poniente Proyecto - Camino San Ramón Oriente Proyecto - Camino San Ramón - Baquedano Sur Proyecto - Camino San Ramón - Camino a Doñihue Norte Proyecto - Camino San Ramón - Baquedano - Av. Salvador Allende Fuente: Tabla 70 “Rutas egreso transporte privado motorizado” de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Considerando que la ubicación del Proyecto condiciona también la circulación de peatones, ciclistas y del transporte público, es que se considera la misma área de influencia que para el transporte privado.

Las rutas de ingreso y egreso de Otros Modos relacionadas con el proyecto, principalmente se relacionan a paradas del transporte público y ciclovías.

La ruta recorrida desde el proyecto hacia el paradero más alejado no supera los 1000 metros respecto del acceso del proyecto, tal como se observa en la siguiente imagen:

Fuente: Ilustración 15 “Rutas vehiculares de ingreso al proyecto” de la DIA.

A mayor abundamiento en la siguiente tabla se amplía información sobre las características de las rutas de ingreso y egreso al Proyecto:

Fuente: Tabla 10 “Rutas vehiculares de ingreso y egreso al Proyecto” del Adenda.

Vialidad interna y externa El Proyecto contempla la pavimentación de las vías internas además del acceso, a continuación se presenta ubicación georreferenciada:

Vialidad Coordenadas geográficas UTM 19S Vértice Este (m) Norte (m) Lihuén II Calle interna 1 Inicio 336.077,26 6.218.172,72 Término 336.137,10 6.218.376,87 Calle interna 2 Inicio 336.122,86 6.218.338,05 Término 336.094.87 6.218.346,27 Calle interna 3 Inicio 336.127,08 6.218.352,45 Término 336.099,10 6.218.360,66 Calle Inicio 336.131,29 6.218.366.84 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

interna 4 Término 336.103,31 6.218.375,06 Acceso Inicio 336.131,29 6.218.366.84 Término 336.103,31 6.218.375,06 Caletera Inicio 336.076,22 6.218.169,16 Término 336.077,26 6.218.172,72 Lihuén III Calle interna 1 Inicio 335.985,062 6.218.195.357 Término 336.066,122 6.218.422,435 Calle interna 2 Inicio 336.050,016 6.218.358,137 Término 336.070,830 6.218.352,040 Calle interna 3 Inicio 336.054,377 6.218.372,978 Término 336.075,180 6.218.366,868 Calle interna 4 Inicio 336.058,734 6.218.387,886 Término 336.079,548 6.218.381,789 Calle interna 5 Inicio 336.063,065 6.218.402.767 Término 336.083,868 6.218.396,657 Acceso Inicio 335.984,183 6.218.191,781 Término 335.985,062 6.218.195.357 Caletera Inicio 336.077,26 6.218.172,72 Término 335.966,15 6.218.193,89 Fuente: Tabla 14 “Ubicación georreferenciada vialidad” del Adenda.

Mientras que en la siguiente tabla se presenta información con las superficies de la vialidad del Proyecto, considerando los estacionamientos:

Vialidad Superficie (m2) Superficie con estacionamiento (m2) Longitud (m) Acera (m2) Ciclovía (m2) Uso público Lihuén II Calle interna 1 1168,45 2635,61 212,75 245,49 No No Calle interna 2 145,51 423,81 29,18 36,00 No No Calle interna 3 145,46 420,38 29,18 No No No Calle interna 4 145,48 423,71 29,18 No No No Acceso 21,82 - 3,65 No No BNUP, pero solo con tránsito de residentes Caletera 259,11 - 55,03 95,00 139,50 Se incorpora caletera al uso público, dando continuidad de Lihuén I hasta Lihuén II, para futura conexión a calle Don Orione. Lihuén III Calle interna 1 1369,09 2868,53 249,10 324,36 No No Calle interna 2 118,83 318,95 21,65 58,83 No No Calle interna 3 118,77 319,28 21,65 23,26 No No Calle interna 4 118,77 319,28 21,65 22,96 No No Calle interna 5 118,77 319,28 21,65 23,00 No No Acceso 22,15 - 3,71 No No BNUP, pero solo con tránsito de residentes Caletera 482,554 - 66,32 120,05 139,50 Se incorpora caletera al uso público, dando continuidad de Lihuén II hasta conexión calle Don Orione. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Tabla 15, 16, 17 y 18 del Adenda.

El Proyecto de Pavimentación de la urbanización del Proyecto, se adjunta en Anexo 4 del Adenda.

Edificios habitacionales en altura El Proyecto contempla la construcción de seis (6) torres de nueve (9) pisos cada uno, lo cual permite un total de 450 viviendas en total. De acuerdo a lo anterior, se describe en la siguiente tabla, el tipo de vivienda proyectado y la superficie desagregada para cada una de ellas.

Fuente: Tabla 32 “Cuadro resumen de viviendas presentes en el proyecto” de la DIA.

Cabe mencionar que la altura máxima de las torres es de 25,26 metros sobre el terreno natural, por lo que se encuentra por debajo del límite de altura establecida para las superficies limitadoras de obstáculos del Aeródromo La Independencia, tal como se indica en certificado adjunto en Anexo 14 de la DIA.

A continuación, se presenta descripción de los edificios habitacionales en altura y se adjunta en Anexo 02 de la Adenda kmz de los polígonos delimitados:

Fuente: Ilustración 16 “Ubicación de edificios” del Adenda.

En la siguiente tabla se presenta información con la ubicación georreferenciada de los edificios:

Lihuén II Lihuén III Vértice Coordenada UTM 19S Vértice Coordenada UTM 19S Este (m) Norte (m) Este (m) Norte (m) 1 336.055 6.218.180 A 336.007 6.218.200 2 336.043 6.218.190 B 336.021 6.218.190 3 336.080 6.218.220 C 336.012 6.218.240 4 336.069 6.218.230 D 336.026 6.218.240 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

5 336.088 6.218.240 E 336.013 6.218.260 6 336.075 6.218.240 F 336.026 6.218.250 7 336.099 6.218.270 G 336.024 6.218.290 8 336.086 6.218.280 H 336.037 6.218.290 9 336.085 6.218.280 I 336.031 6.218.300 10 336.099 6.218.290 J 336.042 6.218.300 11 336.085 6.218.330 K 336.052 6.218.340 12 336.098 6.218.330 L 336.065 6.218.340 Fuente: Tabla 23 “Ubicación georreferenciada de los edificios” del Adenda.

A continuación, se presenta tabla síntesis con la descripción de los edificios en altura:

Edificio N° viviendas Superficie total construida (m2) N° pisos Altura (m) N° ascensores Lihuén II 1 63 539,46 9 22,38 2 2 81 690,23 9 22,38 2 3 81 690,23 9 22,38 2 Lihuén III 1 63 539,46 9 22,38 2 2 81 690,23 9 22,38 2 3 81 690,23 9 22,38 2 TOTAL 6 450 3.839,84 - - - Fuente: Tabla 24 “Descripción edificios en altura” del Adenda.

Se contempla la construcción y habilitación de 4 locales comerciales, que comprenden en total una superficie de 99,68 m2.

Se proyecta la construcción de 316 estacionamientos para los departamentos, 46 para las visitas y 4 para el equipamiento comercial, lo que da un total de 366 plazas (incluye 8 estacionamientos para personas en situación de discapacidad). Se contempla además 403 estacionamientos para bicicletas.

Todos los materiales y elementos tanto horizontales como verticales a utilizar en el Proyecto cumplen con las condiciones mínimas exigidas de acuerdo al artículo 4.1.6. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, del listado de Soluciones Constructivas para el Acondicionamiento Acústico confeccionado por el MINVU, de lo contrario se presentan los informes de ensayo emitidos por un laboratorio inscrito en el Registro Oficial, y que son las condiciones siguientes:

Elementos horizontales Índice de reducción acústica mínima Nivel de presión acústica de impacto normalizado Entre departamentos, espacios comunes 45 dB (A) 75 dB Fuente: Tabla 27 “Cumplimiento de exigencias acústicas Artículo 4.1.6. OGUC” del Adenda.

Elementos verticales Índice de reducción acústica mínima Entre departamentos, espacios comunes 45 dB (A) Fuente: Tabla 28 “Cumplimiento de exigencias acústicas Artículo 4.1.6. O.GUC” del Adenda.

En el edificio como división vertical se usan Muros de Hormigón Armado e=15cm recubiertos con Papel Mural y como división horizontal Losas de Hormigón Armado de e=15cm recubiertos por cerámica. Ambas soluciones se pueden homologar con lo propuesto en el Listado Oficial de Soluciones Constructivas para Aislamiento Acústico en sus secciones 1-A2 para Elementos Verticales y la sección 3-A1 para Elementos Horizontales. Respecto al retardo del fuego, se define el tipo de resistencia al fuego para los Edificios Tipo “A” según tabla 1 del artículo 4.3.4. de la O.G.U.C.

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Resistencia al fuego requerida para los elementos de construcción de edificios

Elementos Requerido Propuesto Muros corta fuego F-180 No aplica Muros zona vertical de seguridad y caja de escalera F-120 Muro H.A e=150mm F-180 (Perímetro zona vertical). Solución A.1.3 MINVU Muros caja ascensores F-120 Muro H.A e=150mm F-180 (Perímetro caja ascensor) Solución A.1.3 MINVU Muros divisorios entre unidades F-120 Muro H.A e=150mm F-180 Solución A.1.3 MINVU Elementos soportantes verticales F-120 Muro H.A e=150mm F-180 Solución A.1.3 MINVU Muros no soportantes y tabiques F-30 Tabique F-60 e=7 cm (certif.510.995) Tabique F-30 e=7 cm (certif.372.102) (estos tabiques corresponden a soluciones certificadas de la marca Romeral) Escaleras F-60 Losa H.A e=15 cm F-120 Solución D.2.3.120 MINVU Elementos soportantes horizontales F-120 Losa H.A e=15 cm F-120 Solución D.2.3.120 MINVU Techumbre incluido cielo falso F-60 Losa de cubierta H.A e=15 cm F-120 *Solución D.2.3.120 MINVU Muros no soportantes y tabiques Locales Comerciales F-60 Muro divisorio Loc. Comerciales Tabique F-60 e=7cm (certif. 922.741) Fuente: Tabla S/N° del Adenda, página 90 Zona vertical de seguridad

El edificio cuenta con una zona vertical de seguridad de las siguientes características que atienden el art. 4.3.7 de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C.): a. La mayor distancia desde la salida de la zona vertical de seguridad al exterior es de 5,24 m. siendo esta menor de 40.00m lo que es el máximo exigido según el art. 4.2.12. b. El diseño de las escaleras permite la circulación vertical continua desde todos los pisos hasta el primero y egreso exterior del edificio a nivel de calle con fácil ingreso y desplazamiento del personal de bomberos en casi de emergencia, y es construida en Hormigón Armado de 15 cm. de espesor, con resistencia al fuego correspondiente a la clase F-120, lo cual superior a lo exigido en el artículo 4.3.3 de la O.G.U.C según la tabla de elementos de construcción c. Las zonas verticales de seguridad cuentan con sistema de iluminación de emergencia energizados por grupo electrógeno, y son ventiladas o presurizadas, permitiendo a los usuarios desplazarse y evacuar el edificio sin peligro de verse afectados por humos y gases generados por el incendio, aun cuando el suministro normal de energía eléctrica sea interrumpido. d. Las puertas de acceso y egreso en todos los pisos son de cierre automático, con una resistencia al fuego equivalente a una F-60, en sus hojas y componentes y serán señaladas con “salida de emergencia”, por la cara que corresponda. Todas las puertas son de fácil acceso y salida en el sentido de evacuación. En primer piso abaten hacia el exterior, y en los pisos superiores abaten hacia interior. e. El edificio cuenta con conexiones a la red seca y a la red húmeda, en cada piso, en un vestíbulo protegido, que cumple lo especificado en el numeral 7 del art. 4.3.7 de la O.G.U.C. f. Los ductos de toma de aire de los equipos de presurización contemplan resistencia al fuego de F-60 en toda su extensión.

Sistema de detección automática En todos los niveles del proyecto se contempla detector de humo que permite detectar oportunamente cualquier principio de incendio y un sistema de alarma que permita, en caso de emergencia, alertar a los usuarios en forma progresiva y zonificada según convenga. Cumpliendo con el art. 4.3.8 de la O.G.U.C.

Provisión de agua Todos los pisos cuentan con un closet que contienen el sistema de la red seca y húmeda. Estas consideraciones forman parte de un Proyecto de Aguas, desarrollado por un especialista, en conformidad al manual de Normas Técnicas para la Realización de las Instalaciones de Agua Potable y Alcantarillado, esto responde también a la continuidad de las escaleras de la zona vertical de seguridad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Cumpliendo con el Art. 4.3.9 de la O.G.U.C. También está ubicado al costado del Acceso Peatonal el grifo de agua contra incendio conectado a la red pública y accesible al Cuerpo de Bomberos que da cumplimiento al Art. 4.3.28 de la O.G.U.C.

Shafts Todos los shaft de ventilación ambiental, de ductos de basura y de extracción, son de Tabique del Sistema Gyplac de 68mm con resistencia al fuego F-60 o de Hormigón Armado de 15cm con resistencia al fuego F-180. Cumpliendo así con el mínimo exigido de F-60 en el art. 4.3.15 y las consideraciones del art. 4.3.19 de la O.G.U.C. Además, las tapas de registro de cámaras y ductos de instalaciones tienen una resistencia al fuego de F-30 cumpliendo con el art. 4.3.25 de la O.G.U.C.

Conducción y recolección de basura Se cuenta con proyecto de especialidad para los sistemas de conducción y recolección de basura. En todo caso el ducto de conducción se encuentra ubicado en un Shaft de Tabique del Sistema Gyplac de 90mm con resistencia al fuego F-60. También se cumple con la ventilación en la parte superior y lluvia de agua en la parte alta, que pueden ponerse en marcha desde el primer piso. Esto en atención del art. 4. 3.18 de la O.G.U.C.

Acceso desde vía pública El acceso que permite la entrada de vehículos desde la vía pública hasta el interior del proyecto es de las dimensiones y resistencia adecuadas para que ambulancias, carros bomba y/o de escalas puedan tener paso expedito en relación con lo mencionado en art. 4.3.20 de la O.G.U.C.

Respecto al cumplimiento de las exigencias de acondicionamiento térmico establecidas en el Plan de Descontaminación Atmosférica del Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (Decreto Supremo N°1/2021 del Ministerio de Medio Ambiente), se señala que la solicitud de Permiso de Edificación del Proyecto (Anexo 01 de la Adenda) fue realizado el 30 de diciembre de 2022, fecha en la cual aún regía el PDA anterior Decreto Supremo N°15/2013, del Ministerio de Medio Ambiente. En el Artículo 1.1.3. de la O.G.U.C. se establece que "Las solicitudes de aprobaciones o permisos presentadas ante las Direcciones de Obras Municipales son evaluadas y resueltas conforme a las normas vigentes en la fecha de su ingreso", por lo tanto, el Proyecto se rige respecto a acondicionamiento térmico respecto a lo dictado en el Decreto Supremo N°15/2013, del Ministerio de Medio Ambiente.

En dicho PDA se establece que para las viviendas ubicadas en la Zona Térmica 4, como es el caso del Proyecto, se debe cumplir lo dispuesto en el artículo 4.1.10. del Decreto Supremo N°47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo:

Parámetros Límites establecidos para zona térmica 4 Proyecto U (W/m2k) U(W/m2k Techumbre 0,38 0,38 Muros 1,7 1,01 Techumbre 0,38 0,38 Fuente: Tabla 29 “Transmitancia térmica proyectada para los departamentos” del Adenda.

Para mayor información, se adjunta en Anexo 11 del Adenda Informe de Acondicionamiento Térmico, Informe de Resistencia al Fuego e Informe de Acondicionamiento Acústico.

Instalación de residuos domiciliarios Se presenta ilustraciones con la ubicación de cada sala de basura y tabla de coordenadas geográficas. Además, se presenta en Anexo 02 del Adenda, se adjunta archivo KMZ con la ubicación georreferenciada de las salas de basura del Edifico Tipo 1 y Tipo 2:

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Fuente: Ilustración 17 “Ubicación sala de basura Edificio Tipo 1” del Adenda.

Fuente: Ilustración 18 “Ubicación sala de basura Edificios Tipo 2” del Adenda.

En la siguiente tabla se presenta información con las coordenadas geográficas de cada sala de basura:

Proyecto Edificio Coordenadas WGS 84 Datum 19 Huso S Cantidad de contenedores Volumen de almacenamiento unitario (L) Volumen de almacenamiento máximo (m3) Este (m) Norte (m) Lihuén II 1 336.095 6.218.250 11 240 2,592 2 336.066 6.218.200 13 240 3,132 3 336.100 6.218.300 13 240 3,132 Lihuén III 1 336.017 6.218.280 11 240 2,592 2 336.008 6.218.220 13 240 3,132 3 336.042 6.218.330 13 240 3,312 Total 17,712 Fuente: Tabla 25 y 26 “Coordenadas geográficas de cada sala de basura” y “Capacidad de almacenamiento” respectivamente del Adenda.

Las salas de basura de los Edificios Tipo 1 tiene una superficie de 59,57 m2 cada uno, mientras que las salas de basura de los Edificios Tipo 2 tienen una superficie de 64,69 m2 cada uno.

Los residuos sólidos domiciliarios se almacenan en contenedores plásticos de 240 litros de capacidad, y reforzados en su interior con bolsas plásticas. Por otro lado, la recolección municipal de aquellos residuos se realiza con una frecuencia de dos (2) veces por semana. Cada sala de basura cuenta con: - Barandilla perfil cuadrado de dimensiones 50x50 m con un espesor de 2 mm. Esta estructura se cubre con pintura anticorrosiva. - Radier: Base granular de 15 cm de espesor 8 cm, bien compactado.

Tránsito o circulación por Los accesos vehiculares y peatonales al terreno del proyecto se realizan a través de Camino San Ramón. A continuación, se observa la localización de la Vía de acceso con respecto al proyecto, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

movilidad de la población durante su fase de construcción y operación:

Fuente: Figura 3-1 del Anexo 2.3 “Rutas vehiculares de ingreso al proyecto” del Adenda Complementaria.

En la siguiente tabla se indican las rutas ingreso transporte privado motorizado:

Rutas de Ingreso Poniente Camino San Ramón - Proyecto Oriente Baquedano - Av. Salvador Allende - Camino San Ramón - Proyecto Sur Camino a Doñihue - Camino San Ramón - Proyecto Norte Av. Salvador Allende - Camino San Ramón - Proyecto Fuente: Tabla 3-1 del Anexo 2.3 “Rutas Ingreso Transporte privado motorizado” del Adenda Complementaria.

En la siguiente tabla y figura se presenta información de la rutas egreso transporte privado motorizado:

Rutas de egreso Poniente Proyecto - Camino San Ramón Oriente Proyecto - Camino San Ramón - Baquedano Sur Proyecto - Camino San Ramón - Camino a Doñihue Norte Proyecto - Camino San Ramón - Baquedano - Av. Salvador Allende Fuente: Tabla 3-2 del Anexo 2.3 “Rutas Egreso Transporte privado motorizado” del Adenda Complementaria.

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Fuente: Figura 3-2 del Anexo 2.3 “Rutas vehiculares de egreso del proyecto” del Adenda Complementaria.

Considerando que la ubicación del proyecto condiciona también la circulación de peatones, ciclistas y del transporte público, es que se considera la misma área de influencia que para el transporte privado.

Las rutas de ingreso y egreso de Otros Modos relacionadas con el Proyecto, principalmente se relacionan a paradas del transporte público y ciclovías.

La ruta recorrida desde el proyecto hacia el paradero más alejado no supera los 1.000 metros respecto del acceso del proyecto, tal como se observa en la siguiente imagen:

Fuente: Figura 3-3 del Anexo 2.3 “Ubicación refugios peatonales dentro del área de influencia” del Adenda Complementaria.

Estimación Área de Influencia La estimación se realiza en base a las tasas del Decreto N°30 de 2019 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT). Considerando una superficie útil total de 26.872,12 m2 para los 450 departamentos (225 departamentos por etapa), las tasas de inducción de flujos de entrada y de salida para proyectos con destino viviendas/departamentos, junto con las tasas para proyectos con destino local comercial básico, se obtienen los siguientes flujos desagregados por modos y periodo.

A continuación, se analizó el área del Proyecto, dando como resultado 2 intersecciones por ruta vehicular y 3 intersecciones en otros modos de viaje (se aprobaron proyectos individuales para cada etapa, dando como resultado para ambos categoría IMIV Intermedio).

Dirección Intersección 1 Intersección 2 Intersección 3 Norte C. San Ramón – C. Doñihue Av. S. Allende – Baquedano Av. S. Allende – Av. B O’Higgins Sur C. San Ramón – C. Doñihue C. Doñihue – Av. Oro Negro C. Doñihue – Av. Oro Negro Este C. San Ramón – C. Doñihue Av. S. Allende – Baquedano Baquedano – Suiza Oeste C. San Ramón – Don Orione C. San Ramón – Don Baltazar C. San Ramón – Los Criadores Fuente: Tabla 3-4 del Anexo 2.3 “Intersecciones según punto cardinal” del Adenda Complementaria.

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Fuente: Figura 3-5 del Anexo 2.3 “Definición del Área de Influencia” del Adenda Complementaria.

Análisis Fase de Construcción

El horario de trabajo y de tránsito de camiones se realiza de 08:00 a 17:00 horas. En cuanto a la cantidad de personal de trabajo el Proyecto contara con un promedio de 172 trabajadores y como máximo 292 trabajadores.

Se utiliza el informe “Actualización y recolección de información del sistema de transporte urbano, IV Etapa (Rancagua)” del 2008. Se estima la partición modal según el tipo de modo de viaje, que realizan los trabajadores en fase de construcción del Proyecto.

Rutas en Fase de Construcción. A continuación, se describen las rutas de circulación de vehículos durante la fase de construcción.

Ingreso y Egreso Sur: Camino a Doñihue – Camino San Ramon – Don Orione. Norte: Av. Salvador Allende – Camino San Ramon – Don Orione. Oriente: Av. Baquedano – Av. Salvador Allende – Camino San Ramon – Don Orione.

Debido a que mientras se desarrolla la fase de construcción de la Etapa 2, se esta desarrollando de forma paralela la operación de la Etapa 1 y de la misma forma cuando se desarrolle la Etapa 3, se está desarrollando de forma paralela la operación de las Etapa 1 y 2 del proyecto. A continuación, se realiza un análisis descriptivo de estas situaciones:

Traslape Construcción Etapa 2 con Operación Etapa 1 La Etapa 1 del proyecto se encuentra materializada y esta pronta a entrar en su fase de operación. Además, se cuenta con la construcción de una caletera al costado norte de Camino San Ramon, por donde los residentes pueden ingresar y egresar a sus viviendas. Por otra parte, cuando se comience con la fase de construcción de la Epata 2, los vehículos pesados tienen acceso al lote a través de Calle Don Orione, de esta forma se evita posibles conflictos con los vehículos de los residentes de la Etapa 1.

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Fuente: Figura 5-1 del Anexo 2.3 “Traslape Construcción Etapa 2 con Operación Etapa 1” del Adenda Complementaria.

Traslape Construcción Etapa 2 con Operación Etapa 1 Al igual que la Etapa 1, la Etapa 2 materializada en su frente predial la caletera al costado norte de Camino San Ramon, por donde los residentes pueden ingresar y egresar a sus viviendas. Por otra parte, la Epata 3 desarrolla la circulación de vehículos pesados a través de Calle Don Orione, de esta forma se evita posibles conflictos con los vehículos de los residentes de las Etapa 1 y 2.

Fuente: Figura 5-2 del Anexo 2.3 “Traslape Construcción Etapa 3 con Operación Etapas 1 y 2” del Adenda Complementaria.

Flujos generados por la Fase de Construcción Durante la fase de construcción del proyecto se considera un flujo vehicular generado principalmente por el transporte de insumos, materiales y residuos, el cual se lleva a cabo a través de vehículos pesados los cuales son considerados en el presente estudio al momento de evaluar el tránsito vehicular del sector en estudio.

En la Tabla 5-3 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presenta información con los viajes generados en fase construcción Lihuén II. En la Tabla 5-4 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presenta información con los viajes generados en fase construcción Lihuén III. En la Tabla 5-5 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presenta información con los viajes generados en fase construcción por otros camiones.

Modelaciones vehiculares Con el objetivo de descartar el impacto que genera la materialización del proyecto y descartar el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, se evalúan 3 escenarios distintos, para determinar en cada caso los indicadores operacionales de las intersecciones más relevantes a analizar para el proyecto. Se realiza una simulación con el software Sidra Intersection, obteniendo de este modo parámetros de interés como son los grados de saturación, colas y demoras. Se destaca que, de ahora en adelante, los resultados de la modelación se presentan en las tablas que siguen, teniendo en consideración los requerimientos del programa de modelación y las características de la intersección.

En la Figura 6-1 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presenta una imagen con la red de modelación para la zona en estudio de la Situación Actual. La red presentara modificaciones para la situación base. Mientras que en la Tabla 6-1, del mismo anexo, se presenta información con los resultados modelación situación actual, periodo PM.

Para la situación actual PM, se observa una saturación máxima del 73,3%, la cual ocurre en la intersección semaforizada de Camino San Ramon con Camino a Doñihue para los vehículos que se dirigen de norte a sur, debido al Proyecto Serviu de mejoramiento que se desarrolla actualmente. Además, se indica que los grados de saturación no superan el 85% en ningún caso.

En la Tabla 6-1 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presenta información con los resultados modelación situación actual, periodo PT. Para la situación actual PT, se observa una saturación máxima del 85,6%, la cual ocurre en la intersección semaforizada de Camino San Ramon con Camino a Doñihue para los vehículos que se dirigen de norte a sur debido, al Proyecto Serviu de mejoramiento que se desarrolla actualmente. Además, se indica que 3 movimientos superan el 85% de los grados de saturación.

Modelación Situación Base En el caso de la situación base se evalúan las 6 intersecciones vistas en la situación actual, aplicando las tasas de crecimiento correspondientes al año de corte del proyecto. Se aplican los cambios en la operación debido a los trabajos que se están realizando en Av. Salvador Allende y Baquedano. En la Tabla 6-3 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presenta información con las tasas de crecimiento vehículos motorizados para la Comuna de Rancagua. Para realizar la modelación de la situación base, se deben agregar los viajes realizados en transporte privado motorizado de los proyectos cercanos que están en operación. En el área de influencia se encuentran 2 proyectos con EISTUs aprobados. El primer proyecto es Parrones de Baquedano que se encuentra al costado oriente por Camino San Ramón, donde entran en operación 516 viviendas tipo departamento el año 2025. El segundo proyecto es Condominio Mirador del Parque I, II y III que se encuentra al costado norte del loteo y está en fase de construcción, donde entran en operación 832 viviendas tipo departamento el año 2025. En la tabla 6-4 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presenta información con los flujos de Entrada para otros Proyectos en Transporte Privado y Otros Modos, periodos PM y PT. En la tabla 6-5 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presenta información con los flujos de Salida para otros Proyectos en Transporte Privado y Otros Modos, periodos PM y PT.

En la figura 6-2 del Anexo 2.3 del Adenda complementaria, se puede visualizar la distribución de viajes de los proyectos dentro del área de influencia en situación base.

Resultados de modelación Situación Base PM. En la tabla 6-6 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria se presenta información con los resultados modelación situación base, periodo PM. Para la situación base PM, se observa una saturación máxima del 86,4%, la cual ocurre en la intersección semaforizada de Camino San Ramon con Camino a Doñihue para los vehículos que se dirigen desde el sur a poniente (viraje izquierda). Además, se indica que es el único movimiento que superan el 85% de los grados de saturación en la red.

Resultados de modelación Situación Base PT. En la tabla 6-7 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presenta información con los resultados modelación situación base, periodo PT. Para la situación actual PT, se observa una saturación máxima del 84,6%, la cual ocurre en la intersección semaforizada de Camino San Ramon con Camino a Doñihue para los vehículos que se dirigen de norte a sur. Además, se indica que los grados de saturación no superan el 85% en ningún caso.

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Modelación Situación Con Proyecto Para realizar la modelación de la situación con proyecto, se deben agregar a la situación base, los viajes realizados en transporte privado motorizado y los viajes realizados en otros modos. Considerando una superficie útil total de 26.872,12 m2 para los 450 departamentos (225 departamentos por etapa), las tasas de inducción de flujos de entrada y de salida para proyectos con destino viviendas/departamentos, junto con las tasas para proyectos con destino local comercial básico, se obtienen los siguientes flujos desagregados por modos y periodo. Adicional a los 450 departamentos de las Etapas II y III se incorporan las 294 viviendas ya materializadas de la Etapa I. En la tabla 6-8 del Anexo 2.3 del Adenda Complementa, se presenta información con los flujos de Entrada para el Proyecto en Transporte Privado y Otros Modos, periodos PM y PT. En la tabla 6-9 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presenta información con los flujos de salida para el Proyecto en Transporte Privado y Otros Modos, periodos PM y PT.

Distribución de flujos vehiculares Los flujos inducidos por el proyecto, distribuidos a nivel de rutas, se incorporan a los flujos resultantes de la modelación de la situación base, con el objeto de obtener los flujos de la situación con Proyecto. Para realizar la distribución de los viajes generados del proyecto, se utilizó una estimación en base a la Encuesta Origen Destino de la comuna de Rancagua.

Resultados de modelación Situación con Proyecto PM. En la tabla 6-10 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presenta información con los resultados modelación situación con proyecto, periodo PM. Para la situación con proyecto PM, se observa una saturación máxima del 113%, la cual ocurre en la intersección semaforizada de Camino San Ramon con Camino a Doñihue para los vehículos que se dirigen de poniente a norte. Además, se indica que 7 movimientos superan el 85% de los grados de saturación.

Resultados de modelación Situación con Proyecto PT. En la tabla 6-11 del Anexo 2.3 “Resultados modelación situación con proyecto, periodo PT” del Adenda Complementaria, se presenta información con los resultados modelación situación con Proyecto, periodo PT. Para la situación con proyecto PT, se observa una saturación máxima del 100,8%, la cual ocurre en la intersección semaforizada de Camino San Ramón con Camino a Doñihue para los vehículos que se dirigen de sur a poniente (viraje a la izquierda). Además, se indica que un movimiento supera el 85% de los grados de saturación.

Análisis del Aumento de los Grados de Saturación Se debe hacer hincapié a que, si la operación actual tiene algún problema de operación, la adición de los nuevos flujos no es responsabilidad de la operación existente, sino que se debe determinar si los nuevos viajes impactan significativamente a los usuarios actuales de las vías.

Punta Mañana: En la tabla 6-12 del Anexo 2.3 “Comparación grados de saturación periodo punta mañana” del Adenda Complementaria, se presenta información con la comparación grados de saturación periodo punta mañana. La intersección de Camino San Ramon con Camino a Doñihue presenta los mayores aumentos en sus grados de saturación en toda la red. Principalmente esto sucede para los vehículos que egresan desde Camino San Ramon con dirección al norte por Av. Salvador Allende (Mov 16 y 17). El segundo punto de congestión sucede para los vehículos que viran a la izquierda desde el sur hacia Camino San Ramon (Mov 11).

Punta Tarde: En la tabla 6-13 del Anexo 2.3 “Comparación grados de saturación periodo punta tarde” del Adenda Complementaria, se presenta información con la comparación grados de saturación periodo punta tarde. La intersección de Camino San Ramon con Camino a Doñihue presenta el mayor aumento en el grado de saturación de la red. Esto sucede para los vehículos que ingresan desde el sur por Camino a Doñihue hacia Camino San Ramón (viraje a la izquierda Mov 11).

Análisis General de los Grados de Saturación: Como se observó en los resultados anteriores la intersección de Camino San Ramón, presenta los mayores aumentos de los grados de saturación, produciendo congestión. Estos aumentos son mitigados con una reprogramación de los tiempos del semáforo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Modelación Vehicular de la Situación con Proyecto Mejorado De acuerdo con los resultados obtenidos de las modelaciones de la situación base y con proyecto del año 2026, la intersección de Camino San Ramón con Camino Doñihue es la única intersección que presenta una mala operación desde la situación base para el periodo punta mañana y tarde. Además, la incorporación de los flujos del proyecto produce un grado de saturación mayor al 85%. Para la evaluación del proyecto mejorado se evalúa una reprogramación del semáforo para los periodos punta mañana y punta tarde. A continuación, se presenta el resultado de las modelaciones del proyecto mejorado.

  • En la Tabla 6-14 del Anexo 2.3 “Resultados modelación situación con proyecto mejorado, periodo PM” del Adenda Complementaria, se presenta información con los resultados modelación situación con proyecto mejorado, periodo PM. Para la situación con proyecto mejorado PM se observa que, al realizar el cambio en la duración del ciclo del semáforo, podemos observar una disminución del 113% en la situación con proyecto sin mitigación, al 89,1% para el caso con mitigación, para los vehículos que se dirigen desde el poniente por Camino San Ramón hacia Camino a Doñihue. Esta medida de mitigación permite evidenciar una mejora en al obtener grados de saturación similares a la situación base analizada.

Resultados de modelación Situación con Proyecto Mejorado PT. En la tabla 6-15 del Anexo 2.3 “Resultados modelación situación con proyecto mejorado, periodo PT” del Adenda Complementaria, se presenta información con los resultados modelación situación con proyecto mejorado, periodo PT. Para la situación con proyecto mejorado PT se observa que, al realizar el ajuste en el reparto de fases del semáforo, podemos observar una disminución del 100,8% en la situación con proyecto sin mitigación, al 82,2% para el caso con mitigación, para los vehículos que se dirigen desde el sur por Camino a Doñihue hacia el poniente de Camino San Ramón. Esta medida de mitigación permite evidenciar una mejora en al obtener grados de saturación similares a la situación base analizada.

Análisis de Capacidad vías según clasificación del artículo 2.3.2 OGUC. Se indica a continuación la capacidad de las vías según su clasificación y considerando ambos sentidos de tránsito.

En la tabla 6-16 del Anexo 2.3 “Capacidad de las vías según clasificación del artículo 2.3.2 OGUC” del Adenda Complementaria, se presenta información con la capacidad de las vías según clasificación del artículo 2.3.2 OGUC. Se puede observar que para el análisis de la situación base del proyecto e incorporando los flujos asociados al proyecto, ninguna vía estaría operando por sobre a su capacidad. Es importante señalar que el artículo 2.3.2 de la OGUC no indica un límite de capacidad.

Análisis del Tránsito Medio Diario Anual. Para calcular la estimación del tránsito medio diario anual (TMDA) en el año de corte (año 2027), se utilizaron los datos estadísticos del plan de censos nacionales, de la estación número 95, ubicada muy cerca del proyecto directamente por la ruta H-210. El valor de TMDA según el plan de censos nacionales para la ruta H-210 fue de 9.824 vehículos para el año 2021, aplicando las tasas de crecimiento vehicular de la comuna de Rancagua, obtenemos el valor del TMDA para los siguientes años. Se considera que el Proyecto aporta un total de 436 viajes al día (Calculo en base a la sumatoria de las tasas de generación de viaje del Decreto Supremo N°30/2019 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para los periodos punta mañana, punta medio día y punta tarde), que dividido por cada etapa corresponde a 172, 132 y 132 viajes respectivamente. De la misma forma, el aporte de vehículos pesados es de 12 viaje y de 101 vehículos (trabajadores) al día en la fase de construcción. En la siguiente tabla se presenta información con la estimación del tránsito medio diario anual para la ruta H-210:

Año 2021 2023 2024 2025 2026 2027 Sin proyecto 9.824 9.867 9.889 9.911 9.932 9.954 Fase construcción

10.002 10.024 10.045

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Aumento TMDA (%)

1,1% 1,1% 1,1%

Con proyecto

10.061 10.215 10.236 10.390 Aumento TMDA (%)

1,7% 3,1% 3,1% 4,4% Fuente: tabla 6-17 del Anexo 2.3 “Estimación del tránsito medio diario anual para la ruta H-210” del Adenda Complementaria.

El mayor aumento del TMDA se realiza cuando este todo el proyecto en operación, obteniendo un aumento del 4,4%.

Análisis Otros Modos En lo que respecta a los tiempo de desplazamiento, la guía de evaluación de impacto ambiental indica que “Los aumentos en los tiempos de desplazamiento no solo obedecen a una mayor congestión vehicular debido al aumento del flujo de automóviles en zonas donde antes no ocurría; o a una mayor congestión en el sistema de transporte público, sino que también se refiere a la reducción del espacio para el tránsito peatonal en veredas debido al déficit de estacionamientos, o a la carencia de la ciclovías que conlleva al uso de veredas para el tránsito de las mismas, y los consiguientes conflictos sociales, lo cual se acentúa en el caso de población con movilidad reducida (personas con discapacidad, mujeres embarazadas, o personas con coches o niños, entre otros. Al respecto, el titular realiza un análisis al respecto abordado en el Capítulo 7 del anexo 2.3 del Adenda Complementaria.

Infraestructura agua potable y aguas servidas El Proyecto contempla el manejo de agua potable y aguas servidas a través de la conexión a la red de la empresa ESSBIO S.A., mediante empalme provisorio durante la fase de construcción y mediante conexión definitiva en operación, contando con factibilidad sanitaria autorizada por ESSBIO. Se adjunta Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas Nº202301002694 con fecha 04 de mayo 2023 y N°202301005744 con fecha 26 de septiembre de 2023, en el Anexo 1 del Adenda. Dicha factibilidad permite la dotación de agua potable y alcantarillado de aguas servidas a una población de estimada de 1.530 habitantes aproximadamente. Cabe mencionar que el abastecimiento de agua potable a los departamentos se realiza a través de una planta elevadora de agua potable (PEAP) que impulsa el agua a los pisos superiores.

Infraestructura de electricidad El Proyecto se conecta a la red eléctrica existente a través de la empresa CGE S.A., la cual cubre las necesidades eléctricas mediante conexión definitiva para fase de operación. En Anexo 14 de la DIA, se presenta factibilidad eléctrica con fecha 14 de febrero de 2023. El titular materializa las conexiones eléctricas interiores de los departamentos contemplados en el proyecto, lo que se rige por lo establecido en las disposiciones reglamentarias incluidas en los pliegos técnicos de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Infraestructura de aguas lluvias La evacuación de las aguas lluvia se realiza mediante la captación del escurrimiento superficial del agua a través de las calles hasta los sumideros proyectados, los que luego conducen las aguas por medio de colectores hasta zanjas de infiltración, tal como se indica en detalle en el Proyecto de ALL, adjunto en el Anexo 3.4. Además, para asegurar su buen funcionamiento se cuenta con cámaras de inspección a lo largo de la red. Finalmente, este sistema termina con la descarga de las aguas lluvias en los canales Nuñano y Santa Bárbara. En Anexo 02 del Adenda, se adjunta archivo KMZ con la solución de aguas lluvia. Mientras que en Anexo 5 del Adenda, se adjunta mecánica de Suelos, donde en acápite 3.4 se entregan los parámetros de infiltración del terreno (pág. 16) y en Anexo N°3 se encuentran los ensayos (pág. 42-49); MDS adjunta corresponde a ambas etapas. En planos del proyecto de urbanización de Aguas Lluvia adjunto en Anexo 04 de la Adenda se muestra la ubicación de cada uno de los sumideros proyectados, tanto para Lihuén II como Lihuén III. Finalmente, en Anexo 02 de la Adenda, se adjunta archivo KMZ con ubicación de calicatas a las cuales se realizó el ensayo de infiltración, además de zanja proyectada, para cada etapa respectivamente.

Operación sistema agua potable y alcantarillado El Proyecto “Condominio Lihuén II y III” se encuentra autorizado por ESSBIO. Se adjunta Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas actualizado en el Anexo 1 del Adenda. Dicha factibilidad permite la dotación de agua potable y alcantarillado de aguas servidas a una Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

población de estimada de 1.530 habitantes aproximadamente.

Operación sistema aguas lluvia La evacuación de las aguas lluvia se realiza mediante la captación del escurrimiento superficial del agua a través de las calles hasta los sumideros proyectados, los que luego conducirán las aguas por medio de colectores hasta zanjas de infiltración, tal como se indica en detalle en el Proyecto de ALL. Además, para asegurar su buen funcionamiento se cuenta con cámaras de inspección a lo largo de la red. Finalmente, este sistema termina con la descarga de las aguas lluvias en los canales Nuñano y Santa Bárbara.

Los trazados de aguas lluvias son materializados en HPDE de diámetros 160, 200 y 300 mm según lo indicado en plano de proyecto; Su capacidad de conducción varía según sus parámetros de diseño, como pendiente, diámetro, materialidad y coeficiente de Manning.

Las cámaras de inspección son tipo decantadoras con un decantador de 40 cm. altura variable y diámetro de cuerpo de cámara variable (0,60 – 1,00 metro) según la altura de cada cámara.

El sumidero proyectado es tipo S3 modificado, el cual consiste principalmente en un cajón de hormigón armado, con una rejilla horizontal abatible de acero laminado. La capacidad del sumidero depende de su ubicación, y pendiente longitudinal de la vía en la que se encuentra. Las aguas lluvias descargan en las zanjas de infiltración proyectadas al interior del condominio, las que son rellenadas por medio de cubo drenes tipo K-Dren y envueltas en un geotextil según detalle presentado en plano de proyecto.

Las dimensiones de la zanjas proyectadas y georreferenciación se pueden ver en las siguientes tablas, tanto para Lihuén II, como para Lihuén III:

ZANJA Ancho Largo Altura útil Norte Este Zanja 1 2,80 12,00 1,26 6.218.331,92 336.083,21 Zanja 2 2,40 9,60 1,26 6.218.287,17 336.096,50 Zanja 3 3,20 9,60 1,26 6.218.348,07 336.091,12 Zanja 4 2,40 8,80 1,26 6.218.377,61 336.131,56 Zanja 5 (Port. Y LC) 1,20 1,60 0,63 6.218.190,52 336.070,27 Zanja 6 (SMU y Enfermería) 2,40 1,60 0,63 6.218.259,36 336.056,20 Zanja 7 (Multicancha) 1,60 4,80 1,26 6.218.408,32 336.210,69 Fuente: Tabla 108 del Adenda.

ZANJA Ancho Largo Altura útil Norte Este Zanja 1 1,60 16,80 1,26 6.218.250,548 336.998,809 Zanja 2 1,60 12,00 1,26 6.218.295,290 336.012,012 Zanja 3 3,20 12,00 1,26 6.218.348,906 336.055,108 Zanja 4 2,40 13,60 1,26 6.218.403,472 336.059,845 Zanja 5 (Port. Y LC) 1,20 1,60 0,63 6.218.205,386 336.001,950 Zanja 6 (SMU y Enfermería) 2,40 1,60 0,63 6.218.260,797 336.051,821 Zanja 7 (Multicancha) 1,60 4,80 1,26 6.218.452,101 336.225,928 Fuente: Tabla 108 “Descripción zanjas Lihuén II” del Adenda.

Finalmente, en cuanto al Plan de Mantención de los sumideros e infraestructura de manejo de aguas lluvias, el Proponente indica que: “La infraestructura de aguas lluvia cuenta con cámaras de inspección y sumideros, los cuales tienen una capacidad de decantación de 40 cm y 30 cm respectivamente. Esto implica que se realizan inspecciones regulares para identificar acumulaciones de sedimentos y basura en las cámaras de inspección y sumideros, seguidas de limpieza preventiva y retiro manual de residuos cuando sea necesario. Se cuenta con personal capacitado para realizar el retiro manual de los residuos acumulados, y se lleva un registro de inspecciones y limpiezas realizadas. Si se detectan daños en la infraestructura, se realizan las reparaciones necesarias o reemplazos de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

componentes afectados.

Las descargas a cuerpos de aguas ya mencionados implica que se tramita el PAS 156, cuyos detalles se presentan en el Anexo 14.3 de la DIA, complementado en Anexos 9.1 y 9.2 del Adenda.

Productos generados Tras la subdivisión del predio se generan 2 lotes correspondientes a Lihuén II (20.457 m2) y Lihuén III (21.589 m2) respectivamente. Ambos lotes tienen un uso residencial, donde se contempla, además, la construcción de áreas verdes, equipamiento y locales comerciales. En la siguiente figura se muestran los lotes resultantes de la subdivisión del predio:

Fuente: Ilustración 29 “Lotes resultantes de la subdivisión del predio” del Adenda.

Por otra parte, se contempla la construcción de 6 edificios y 450 departamentos en total, cuya descripción se presenta a continuación:

Edificio N° viviendas Superficie total construida (m2) Lihuén II 1 63 539,46 2 81 690,23 3 81 690,23 Lihuén III 1 63 539,46 2 81 690,23 3 81 690,23 TOTAL 6 450 3.839,84 Fuente: Tabla 123 “Descripción edificios en altura” del Adenda. En la siguiente figura se puede visualizar la ubicación edificación con destino habitacional: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Ilustración 30 “Ubicación edificación con destino habitacional” del Adenda.

La superficie de equipamiento y servicios para Lihuén II es de 891,24 m2, igualmente para Lihuén III corresponde a 891,24 m2, por lo que se obtiene una superficie total de 1.782,48 m2.

Suministros básicos Servicios higiénicos El Proyecto “Condominio Lihuén II y III” se encuentra autorizado por ESSBIO. Se adjunta Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas actualizado en el Anexo 1 del Adenda. Dicha factibilidad permite la dotación de agua potable y alcantarillado de aguas servidas a una población de estimada de 1.530 habitantes aproximadamente. Los planos de estos proyectos de urbanización se encuentran en el Anexo 03 de la DIA.

Energía El Proyecto se conecta a la red eléctrica existente a través de la empresa CGE S.A., la cual cubre las necesidades eléctricas para fase de operación. En Anexo 14 de la DIA se presenta factibilidad eléctrica con fecha 14 de febrero de 2023.

Agua Potable El Proyecto “Condominio Lihuén II y III” se encuentra autorizado por ESSBIO. Se adjunta Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas actualizado en el Anexo 1 del Adenda. Dicha factibilidad permite la dotación de agua potable y alcantarillado de aguas servidas a una población de estimada de 1.530 habitantes aproximadamente. Los planos de estos proyectos de urbanización se encuentran en el Anexo 03 de la DIA.

Mano de obra El Proyecto considera un promedio de 9 trabajadores y un máximo de 12 trabajadores en fase de operación, que contemplan actividades de mantención y recepción de los edificios. Recursos naturales renovables Este Proyecto no tiene previsto extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades, en su fase de operación. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas Las emisiones atmosféricas corresponden a las generadas por el tránsito y combustión, tanto en el área del proyecto como fuera de este, de los vehículos particulares de los habitantes del proyecto “Condominio Lihuén II y III”, así como de su situación base Condominio Lihuén I. Además, se considera la combustión del grupo electrógeno utilizado en casos de emergencia. De acuerdo a lo anterior, las emisiones atmosféricas del Proyecto corresponden a las generadas por el tránsito y combustión de vehículos particulares de los habitantes en el área dentro y fuera del Proyecto.

El Proyecto que se somete a evaluación ambiental consiste en la ampliación del proyecto existente “Condominio Lihuén I”, contemplando la construcción de 450 viviendas adicionales emplazadas en la comuna de Rancagua, región del Libertador Bernardo O’Higgins. En este contexto, el presente estudio de emisiones atmosféricas considera la ampliación más el proyecto original, es decir, el total de 744 departamentos.

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El Plan de Descontaminación Atmosférica (PPDA) del Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins publicado el año 2021 por medio del Decreto Supremo N°1 del Ministerio de Medio Ambiente, establece en su artículo 40 que todos aquellos proyectos o actividades nuevas y la modificación de aquellos existentes que se sometan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental deben cumplir con las siguientes condiciones:

Contaminante Emisión máxima [t/año] MP10 1,5 MP2.5 1 NOx 8 SO2 10 Fuente: Tabla 131 del Anexo 2.1 “Límites para la compensación de emisiones Plan de Descontaminación Atmosférica de la comuna de Rancagua” del Adenda Complementaria.

Tal como se presenta en las siguientes tablas, el proyecto no debe compensar emisiones para ninguno de los parámetros estimados, ya que no se sobrepasan los límites establecidos en ninguna de sus fases.

A continuación, se presenta información con el resumen estimación de emisiones atmosféricas para el año 1:

Resumen Emisiones EMISIONES [t/año] AÑO 1 Actividad MP10 MP2.5 CO NOx SO2 NH3 COV CO2 Escarpe 0,0900 0,0135 - - - - - - Excavaciones 0,3406 0,1527 - - - - - - Carguío y Volteo de material 0,0426 0,0065 - - - - - - Erosión de material en pila 0,0002 3,1,E-05 - - - - - - Compactación 0,0287 0,0040 - - - - - - Nivelación 0,0158 0,0005 - - - - - - Circulación en caminos no pavimentados 0,0333 0,0033 - - - - - - Circulación en caminos pavimentados 0,1831 0,0443 - - - - - - Combustión de vehículos pesados 0,0008 0,0008 0,0038 0,0816 0,0002 0,0003 0,0004 0,0153 Combustión de vehículos maquinaria 0,0202 0,0202 0,8811 0,4104 0,0020 0,0005 0,1039 0,1788 Grupos electrógenos 0,0343 0,0343 0,1052 0,0488 0,0321 - - - TOTAL CONSTRUCCION 0,7898 0,2802 0,9901 0,5408 0,0343 0,0009 0,1043 0,1941 Circulación de Vehículos livianos 0,3207 0,1707 - - - - - - Combustión de Vehículos livianos 0,0016 0,0016 0,7212 0,0710 0,0023 0,0143 0,0756 0,4630 Grupos electrógenos - - - - - - - - TOTAL OPERACIÓN 0,3224 0,1724 0,7212 0,0710 0,0023 0,0143 0,0756 0,4630 TOTAL 1,1122 0,4526 1,7113 0,6117 0,0367 0,0152 0,1799 0,6571 Limites PDA Valle Central [t/año] 1,5 1 - 8 10 - - - Cumple DS N°1/2021 del MMA si

si si

Fuente: Tabla 132 del Anexo 2.1 “Resumen estimación de emisiones atmosféricas, año 1” del Adenda Complementaria.

En la siguiente tabla se detalla información con el Resumen estimación de emisiones atmosféricas para el año 2: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Resumen Emisiones EMISIONES [t/año] AÑO 2 Actividad MP10 MP2.5 CO NOx SO2 NH3 COV CO2 Escarpe - - - - - - - - Excavaciones 0,5390 0,2416 - - - - - - Carguío y Volteo de material 0,0383 0,0058 - - - - - - Erosión de material en pila 0,0003 0,0000 - - - - - - Compactación - - - - - - - - Nivelación - - - - - - - - Circulación en caminos no pavimentados 0,0354 0,0035 - - - - - - Circulación en caminos pavimentados 0,1433 0,0347 - - - - - - Combustión de vehículos pesados 0,0007 0,0007 0,0030 0,0647 0,0002 0,0003 0,0003 0,0122 Combustión de vehículos maquinaria 0,0729 0,0729 1,6219 1,1883 0,0040 0,0010 0,1952 0,3602 Grupos electrógenos 0,0205 0,0205 0,0627 0,0291 0,0191 - - - TOTAL CONSTRUCCION 0,8503 0,3797 1,6875 1,2821 0,0233 0,0013 0,1955 0,3723 Circulación de Vehículos livianos 0,4014 0,2137 - - - - - - Combustión de Vehículos livianos 0,0020 0,0020 0,9027 0,0888 0,0029 0,0179 0,0946 0,5795 Grupos electrógenos 0,001 0,004 0,011 0,005 0,003 0,000 - - TOTAL OPERACIÓN 0,4044 0,2195 0,9141 0,0941 0,0064 0,0179 0,0946 0,5795 TOTAL 1,2547 0,5992 2,6016 1,3762 0,0297 0,0192 0,2902 0,9518 Limites PDA Valle Central [t/año] 1,5 1 - 8 10 - - - Cumple DS N°1/2021 del MMA Si

Si Si

Fuente: Tabla 133 del Anexo 2.1 “Resumen estimación de emisiones atmosféricas, año 2” del Adenda Complementaria.

A continuación, se presenta información con el resumen de estimación de emisiones atmosféricas para el año 3:

Resumen Emisiones EMISIONES [t/año] AÑO 3 Actividad MP10 MP2.5 CO NOx SO2 NH3 COV CO2 Escarpe - - - - - - - - Excavaciones 0,0000 0,0000 - - - - - - Carguío y Volteo de material 0,0000 0,0000 - - - - - - Erosión de material en pila 0,0001 1,0,E- 05 - - - - - - Compactación - - - - - - - - Nivelación - - - - - - - - Circulación en caminos no pavimentados 0,0023 0,0002 - - - - - - Circulación en caminos pavimentados 0,0009 0,0002 - - - - - - Combustión de vehículos pesados 2,0,E- 05 2,0,E- 05 9,0,E- 05 1,9,E- 03 5,5,E- 06 8,9,E- 06 8,9,E- 06 3,9,E- 04 Combustión de vehículos maquinaria 0,0200 0,0200 0,3741 0,2992 0,0009 0,0002 0,0451 0,0839 Grupos electrógenos - - - - - - - - TOTAL CONSTRUCCION 0,0232 0,0204 0,3741 0,3011 0,0009 0,0002 0,0451 0,0843 Circulación de Vehículos livianos 0,7074 0,3766 - - - - - - Combustión de Vehículos livianos 0,0036 0,0036 1,5907 0,1565 0,0051 0,0316 0,1668 1,0211 Grupos electrógenos 0,0056 0,0056 0,0171 0,0079 0,0052 0,0000 - - TOTAL OPERACIÓN 0,7166 0,3858 1,6078 0,1644 0,0104 0,0316 0,1668 1,0211 TOTAL 0,7398 0,4062 1,9820 0,4655 0,0113 0,0318 0,2119 1,1054 Limites PDA Valle Central [t/año] 1,5 1 - 8 10 - - - Cumple DS N°1/2021 del MMA Si

Si Si

Fuente: Tabla 134 del Anexo 2.1 “Resumen estimación de emisiones atmosféricas, año 3” del Adenda Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Complementaria.

Medidas de control

Durante el desarrollo de la fase de construcción y operación del proyecto, se implementan medidas de control de las emisiones atmosféricas con el fin de prevenir algún impacto que pudiesen generar las diferentes actividades.

Las medidas corresponden a las siguientes: - Contar con revisión técnica al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la fase de construcción del proyecto. - Revisión permanente de equipos y maquinarias en caso de ser requeridos. - Para las actividades anteriores se utiliza supresor de polvo Bischofita en periodo estival, evitando el uso indiscriminado de agua, dada la condición de escasez del líquido elemento en la región mencionada. - Los caminos internos no pavimentados deben ser compactados y estabilizados para el tránsito de maquinaria pesada y vehículos, mientras dure la ejecución en fase de construcción. - Los camiones que transporten tierra y/o escombros circulan cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. - Respecto del sistema de lavado de ruedas de camiones pesados, previo a la salida de la obra, y respecto al lavado de canoas, deberá contar con piso impermeabilizado. Si los Riles que se generen de estas actividades contuvieran grasas o aceites de camión, estos deben ser tratados como residuos peligrosos y los lodos asociados a estos deben ser dispuestos en un lugar autorizado para estos fines. - El límite de velocidad máximo para los camiones o maquinaria pesada es de 30 km/h y para vehículos livianos 50 km/h además se realizan mantenciones de las maquinarias utilizadas en las obras para evitar una emisión excesiva de gases producto de la combustión incompleta.

El Informe de Estimaciones Atmosféricas se presenta en Anexo 4 de la DIA, complementado en Anexo 3.1 del Adenda, y Anexo 2.1 del Adenda Complementaria.

Emisiones líquidas o efluentes

Aguas servidas El Proyecto se encuentra autorizado por ESSBIO. Se adjunta Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas actualizado en Anexo 1 del Adenda. Dicha factibilidad permite la dotación de agua potable y alcantarillado de aguas servidas a una población de estimada de 1.530 habitantes aproximadamente. Los planos de estos proyectos de urbanización se encuentran en el Anexo 03 de la DIA.

Emisiones liquidas industriales No se generan residuos líquidos industriales en la Fase de operación del Proyecto.

Emisiones acústicas Según los resultados obtenidos, se puede observar que no existe una superación de los límites en el período nocturno. Por lo tanto, también existe cumplimiento para el periodo diurno, donde los valores del niveles límites varian entre 60 y 65 para R1 y el resto de los receptores, respectivamente.

Fuente: Tabla 25 del Anexo 2.2 “Resultados niveles de presión sonora proyectados para el Escenario 2” del Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Mayores antecedentes del Estudio Acústico y de Vibraciones del Proyecto se presenta en Anexo 5 de la DIA, complementados en Anexo 2.3 del Adenda, y Anexo 2.2 del Adenda Complementaria.

Otras emisiones El Proyecto no contempla la generación de otras emisiones para la fase de operación del Proyecto.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos Residuos asimilables a domiciliarios Durante el desarrollo de la fase de operación del proyecto, hay generación de residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes de las viviendas. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando el Reporte Asociado a la Generación de Residuos Sólidos en Chile, el cual indica, para la comuna de Rancagua, una tasa de generación de 0,88 kg/día de residuos. Además, se considera un promedio de 3,4 habitantes por departamento. De acuerdo con la información presentada a continuación, se detalla la determinación de residuos por parte del proyecto inmobiliario:

Proyecto Nº Viviendas Nº Usuarios Tasa Generación (kg/hab·dia) RSD (kg/día) Densidad RSD (kg/m3) Volumen RSD (m3/día) Condominio Lihuén I (Proyecto Existente) 294 999 0,88 879,12 150 5,86 Condominio Lihuén II y III (Proyecto Nuevo) 450 1.530 0,88 1.346,4 150 8,98 Total 744 2.529 - 2.225,52 - 14,84 Fuente: Tabla 66 “Generación de residuos domiciliarios en la fase de operación” de la DIA.

Se prevé que los residuos son recolectados por la I. Municipalidad de Rancagua 2 veces por semana, tal como se indica en Certificado de Recolección adjunto en Anexo 14 de la DIA.

Residuos peligrosos El Proyecto no genera residuos peligrosos en su Fase de operación.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente En la Fase de operación de Proyecto no se utilizan productos químicos o sustancias peligrosas, ya que corresponde a un Proyecto habitacional.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo IV del ICE, numeral 4.7. 4.3.3. FASE DE CIERRE Este proyecto no contempla fase de cierre o abandono, ya que se trata de un conjunto habitacional, que, por sus características, tiene una vida útil indefinida.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Lihuén II Lihuén III Fecha estimada de inicio Mayo 2024 Febrero 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Cierros provisorios Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fecha estimada de término Diciembre 2025 Septiembre 2026 Parte, obra o acción que establece el término Término de la construcción 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Lihuén II Lihuén III Fecha estimada de inicio Enero 2026 Octubre 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Envío de los Planos Asbuilt a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y las recepciones definitivas entregadas por la Ilustre Municipalidad de Rancagua. Fecha estimada de término Indefinido Parte, obra o acción que establece el término No aplica. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio El Proyecto no contempla Fase de cierre Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término Parte, obra o acción que establece el término

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de la concentración ambiental de material particulado (MP10, MP2.5, u otros) y emisiones de gases precursores de efecto invernadero. Parte, obra o acción que lo genera Fase de construcción: - Escarpe. - Excavaciones. - Compactación y nivelación. - Carga y descarga. - Circulación de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados. - Combustión de vehículos y maquinarias. - Equipos electrógenos.

Fase de operación: - Circulación y combustión de vehículos livianos. Fase en que se presenta Construcción y operación. Impacto ambiental Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigentes en los receptores cercanos al Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de preparación de terreno, obra gruesa y terminaciones donde se utilice maquinaria que genere ruido. Fase en que se presenta Fase de construcción. Referencia al ICE Capítulo V del ICE, numeral 5.1. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

para mayores detalles sobre este impacto específico Emisiones atmosféricas A partir de la estimación de emisiones atmosféricas presentada en Anexo 4 de la DIA, complementados en Anexo 3 de la Adenda, y Anexo 2.1 del Adenda Complementaria, se puede concluir que las principales actividades generadoras de emisiones de material particulado y gases de combustión corresponden a las excavaciones en construcción, y a la circulación de vehículos livianos en operación. Las emisiones estimadas por año cronológico no superan lo establecido en el PDA de Rancagua, por lo que se consideran de carácter poco significativo. Sin perjuicio de lo anterior, se establecen medidas de control de emisiones en fase constructiva para reducir las emisiones fugitivas de material particulado de tal forma de no afectar la calidad del aire en la zona de influencia del proyecto.

Emisiones acústicas Se evidencia que para los trabajos de construcción en los distintos escenarios los valores proyectados se encuentran por debajo de los máximos definidos por el documento “Transit Noise and Vibration – Impact Assessment” de la FTA, para el criterio de daño, en todos los receptores evaluados. En cuanto al criterio de molestia, los niveles proyectados sobrepasan los límites en los receptores R1, Rn1, Rn2, Rn3 para el Escenario 1, mientras que en el Escenario 2, se sobrepasan los límites en los receptores R1, Rn4 y Rn5. En vista de lo anterior, se presentan opciones de medidas de control a implementar en la fase de construcción. Una de las medidas indicadas corresponde a la instalación de barreras acústicas perimetrales como paneles de madera OSB desmontables con un espesor mínimo de 15 mm. La barrera completa debe ser protegida de los factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorepelente, y tiene una altura de a lo menos 2,4 metros y 3,6 metros en las zonas más cercanas a los receptores. Además, como medida adicional, se propone la instalación de pantallas acústicas modulares frente a camión mixer, camión bomba, camión tolva, martillo demoledor y rodillo compactador. Debido al alto nivel equivalente de la cortadora de pavimento y motoniveladora, estas no deben funcionar en simultáneo, se proponen además cubre vanos para trabajos en altura, y encierro acústico para el motor de la grúa. Con los resultados obtenidos, se concluye que los niveles de ruido y vibraciones en cada receptor en presencia de la construcción de las obras cumplen con lo establecido en la normativa durante el período diurno y nocturno. Por lo tanto, con los antecedentes presentados, es posible concluir que no se causa impacto en la población debido a la emisión de ruido y vibraciones.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida de suelo, compactación de suelo, activación de procesos erosivos o erosión del suelo, cambio de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo (cambios en la textura, patrón de aireación, régimen hídrico) de las aguas superficiales y subterráneas, deterioro de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo (patrón de aireación). Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra. Fase en que se presenta Fase de construcción. Impacto ambiental Cambios en las propiedades físicas, químicas y microbiológicas del agua. Alteración Calidad de las aguas subterráneas Componente(s) Agua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

ambiental(es) afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera - Lavado de vehículos y camiones. - Obras o instalaciones para el manejo de aguas provenientes del lavado de ruedas y canoas. - Disposición de emisiones líquidas en suelo. Fase en que se presenta Fase de Construcción Impacto ambiental Aumento de la concentración ambiental de material particulado (MP10, MP2.5, u otros) y emisiones de gases precursores de efecto invernadero. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Aire Parte, obra o acción que lo genera Fase de construcción: - Escarpe. - Excavaciones. - Compactación y nivelación. - Carga y descarga. - Circulación de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados. - Combustión de vehículos y maquinarias. - Equipos electrógenos.

Fase de operación: - Circulación y combustión de vehículos livianos. Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Pérdida de individuos o ejemplares de una población, perturbación de la fauna por emisiones de ruido y vibración, modificación o pérdida de hábitats para la fauna terrestre, intervención de flora y vegetación sustento de alimentación. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera Acondicionamiento del terreno para construir o habilitar partes y obras del proyecto. Fase en que se presenta Fase de Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo V del ICE, numeral 5.2. Suelo El Proyecto se ubica en una zona de extensión urbana de la comuna de Rancagua, según el Plan Regulador Comunal de Rancagua, en una zona definida como EX1 donde el uso residencial es permitido, concordando con el destino que tiene el Proyecto por lo que es compatible con el uso del territorio. En todo momento se vela por que no exista contaminación de suelos con residuos y/o sustancias peligrosas utilizadas para la construcción y operación, por lo que en obra existen bodegas de almacenamiento acorde a lo indicado en el D.S. N°43/2016 del Ministerio de Salud, Reglamento de Sustancias Peligrosas, y en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S. N°148/2003, del MMA.

Agua Aguas servidas: Dentro de faenas se cuenta con instalaciones sanitarias implementadas con 20 baños y 30 duchas acorde a lo establecido en el artículo 23 del Decreto Supremo Nº594/2000 del Ministerio de Salud. Se cuenta además con un máximo de 6 baños químicos portátiles ubicados a no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

más de 75 metros del área de trabajo, acorde a lo indicado en el artículo 25 del Decreto Supremo Nº594/2000 del Ministerio de Salud. Este servicio se contrata a una empresa que cuente con autorización sanitaria, y los residuos generados son gestionados por la misma empresa contratista. Lavado de ruedas: El Proyecto cuenta con un sistema de lavado de ruedas, el cual está dispuesto en la salida de la obra; el lavado de ruedas se realiza mediante el uso de una hidro-lavadora. Los camiones ingresan a un pavimento diseñado exclusivamente para realizar el lavado, tiene una configuración de “un gran badén”, el pavimento cuenta con una canaleta que se conectan a un estanque que contiene los lodos y todos los restos líquidos y sólidos que puedan aparecer producto del lavado de rueda, estos residuos se mantienen en el estanque hasta que sean retiradas por una empresa autorizada. Se aclara además que Se aclara que las aguas de lavado proveniente de los camiones no contienen contaminantes, en cuanto el principal componente a remover corresponde a tierra. Lavado de canoas: Se realiza el lavado de canoas en una zona ubicada a la salida del Proyecto. El líquido del lavado se acumula en un depósito construido para este proceso elaborado en hormigón impermeabilizado o bien como alternativa un depósito (estanque, cámara) de material plástico prefabricado. Esto permite la acumulación de agua, permitiendo la decantación de material (básicamente cemento); el cual es retirado periódicamente como escombro. El residuo líquido restante del contenedor es reutilizado para la humectación de losas. Es responsabilidad del Titular la disposición final de estos residuos con botadero autorizado por la SEREMI de Salud. Las aguas subterráneas no se ven afectadas en cuanto a calidad ni cantidad ya que no se contempla la intervención en ellas. Según el informe de mecánica de suelos, no se encontró el nivel freático en las profundidades exploradas de 3 a 5 metros y ya que el proyecto considera menos de un metro de excavaciones, se puede asumir que el proyecto no afecta a recursos hídricos subterráneos.

Aire A partir de la estimación de emisiones atmosféricas presentada en Anexo 4 de la DIA, complementados en Anexo 3 de la Adenda, y Anexo 2.1 del Adenda Complementaria, se puede concluir que las principales actividades generadoras de emisiones de material particulado y gases de combustión corresponden a las excavaciones en construcción, y a la circulación de vehículos livianos en operación. Las emisiones estimadas por año cronológico no superan lo establecido en el PDA de Rancagua, por lo que se consideran de carácter poco significativo. Sin perjuicio de lo anterior, se establecen medidas de control de emisiones en fase constructiva para reducir las emisiones fugitivas de material particulado de tal forma de no afectar la calidad del aire en la zona de influencia del proyecto.

Flora y vegetación No se reconocen impactos sobre flora y vegetación.

Fauna Debido a que no existen cuerpos de agua en el área del proyecto con condiciones adecuadas no se registraron anfibios. Debido a las condiciones del terreno no se registraron reptiles. En cuanto al grupo de los mamíferos, las especies registradas corresponden a animales de origen exótico y/o ganadero y doméstico, por lo que no representan un impedimento para el desarrollo del proyecto. La avifauna presente en el área de estudio está representada por especies que presentan una amplia distribución en Chile y no se encuentran incluidas en categorías de conservación como especies amenazadas (UICN). Sin perjuicio de lo anterior, se realizan charlas a los trabajadores la existencia y características de las especies presentes, de manera de asegurar su bienestar y sobrevivencia evitando la destrucción casual de nidos y huevos en los alrededores del terreno en épocas reproductivas. Cabe mencionar que se adoptan medidas preventivas durante la fase de construcción en relación con los residuos sólidos, líquidos y las sustancias peligrosas a utilizar, disponiendo de zonas de almacenamiento acondicionadas para evitar el derrame de contaminantes, para lo cual se solicita los permisos ambientales sectoriales correspondientes (Anexo 09 de la Adenda). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

De acuerdo con lo mencionado anteriormente, el proyecto “Condominio Lihuén II y III” no genera pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, por lo tanto, el proyecto no genera efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS Impacto ambiental - Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos por aumento de las emisiones de ruido y vibración. - Conectividad o aumentos en los tiempos de desplazamientos. - Obstrucción o restricción a la libre circulación. - Recarga en los servicios de salud, educación, entre otros. - Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbre por el aumento de emisiones a la atmosfera. Parte, obra o acción que lo genera - Generación de emisiones, ruido y vibraciones producto del tránsito de camiones y uso de maquinarias pesadas. - Tránsito de vehículos durante la fase de construcción y operación. - Habitabilidad de las 744 viviendas contempladas por el Condominio Lihuén I, II y III. Fase en que se presenta Fase de construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo V del ICE, numeral 5.3. De acuerdo al Oficio Ord. N°11069/2024 de fecha 15 de abril de 2024, formalizado de fecha 16 de abril de 2024, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins, que complementa el Oficio Ord. N°10474/2024 de fecha 10 de abril de 2024, se indica que: “En atención al oficio ordinario del antecedente, se complementan las observaciones indicadas, las cuales señalaban lo siguiente: 1. Si bien se propone la reprogramación de semáforos para reducir los grados de saturación en las intersecciones que presentan mayores conflictos, el estándar de servicio resultante respecto de esta variable no es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto en las intersecciones de Camino San Ramón con Camino a Doñihue y Camino a Doñihue con Av. Oro Negro, con una diferencia de aumento en los grados de saturación sobre el 25% para la primera intersección (Mov. 16 y 17) y sobre el 10% para la segunda intersección (Mov. 43 y 44) en periodo PM. Para el periodo PT se presenta la misma situación en la primera intersección. 2. Respecto del impacto en el nivel de servicio de los caminos públicos con los que se conecta el proyecto, estos tampoco son semejantes al existente antes de la puesta en operación del proyecto. Considerando que en la situación base, para la intersección de Camino San Ramón con Camino a Doñihue, se presentan niveles E y C, y en la situación con proyecto mejorado, estos niveles aumentan a F y D, en el periodo PM. Para el periodo PT, la situación base en la misma intersección, presenta un nivel de servicio D (Mov. 16 y 17), pero para la situación con proyecto mejorado estos alcanzan un nivel de servicio E. Además, la velocidad de operación se reduce en más de un 5% respecto de la velocidad de operación prevista en la situación base.

Con base en las observaciones antes mencionadas, se concluye que el proyecto “Condominio Lihuén II y III” presenta un impacto significativo en los tiempos de desplazamiento presentados en la vialidad circundante al proyecto. La generación de tales impactos implica el no cumplimiento del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), referido a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento”.

De acuerdo a los antecedentes aportados en el Anexo 6.2 de la DIA, complementados en Anexo 3 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

del Adenda y Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, correspondiente al Estudio de Movilidad, podemos observar en la siguiente figura la Red de Modelación de la Situación Base del Proyecto:

Fuente: Figura 6-3 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria “Red de modelación Situación Base”.

En las figuras 6-4, 6-5 y 6-6 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se presentan los diagramas de movimiento y los resultados de las modelaciones de la situación base con la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue; intersección Av. Salvador Allende con Baquedano; y conexión Baquedano. Según los resultados que se pueden contrastar ante el análisis de las tablas 6-6 y 6-7 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, con las Tablas 6-14 y 6-15 del mismo anexo, se puede corroborar la información de lo señalado en el Oficio Ord. N°11069/2024 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la región. A continuación, se muestran los resultados de modelación de las intersecciones más complejas del área de influencia del Proyecto, entre la situación base y la situación con proyecto mejorado, PM y PT, respectivamente:

Intersección Situación Base PM Situación con Proyecto Mejorado PM MOV Grado de Saturación Nivel de Servicio Velocidad Promedio (Km/hr) Grado de Saturación Nivel de Servicio Velocidad Promedio (Km/hr) Camino San Ramon – Camino a Doñihue 11 86,4% LOS E 24,1 87,4% LOS F 21,7 12 53,2% LOS C 30,1 65,5% LOS D 23,2 13 53,2% LOS C 31,1 65,5% LOS D 24,5 14 69,8% LOS C 25,8 86,9% LOS E 18,2 15 27,9% LOS A 44,9 30,0% LOS A 45 16 61,6% LOS C 32,2 89,1% LOS D 28,8 17 61,6% LOS C 33,2 89,1% LOS D 29,8 18 20,5% LOS B 43,5 23,7% LOS B 42,3 Camino Doñihue – Av. Oro Negro 41 83,4% LOS E 25,8 86,8% LOS E 23,7 42 83,4% LOS B 31,3 86,8% LOS C 29,3 43 78,9% LOS C 31,2 89,3% LOS C 27,8 44 78,9% LOS B 32 89,3% LOS C 28,6 45 4,4% LOS A 35,8 4,4% LOS A 35,8 46 5,1% LOS A 33,6 5,7% LOS A 32,8 Fuente: Elaboración propia.

Intersección Situación Base PT Situación con Proyecto Mejorado PT Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

MOV Grado de Saturación Nivel de Servicio Velocidad Promedio (Km/hr) Grado de Saturación Nivel de Servicio Velocidad Promedio (Km/hr) Camino San Ramon - Camino a Doñihue 11 74,1% LOS E 26,1 82,2% LOS E 23,7 12 41,5% LOS B 35,6 40,5% LOS B 34,3 13 41,5% LOS B 36,2 40,5% LOS B 35

14 84,6% LOS C 24,5 84,3% LOS D 23 15 32,2% LOS A 43,7 47,9% LOS A 42,7 16 56,7% LOS D 29,3 81,3% LOS E 25,9 17 56,7% LOS D 30,3 81,3% LOS E 26,9 18 21,1% LOS B 40,9 21,6% LOS B 40,1 Camino Doñihue – Av. Oro Negro 41 70,7% LOS D 31,2 75,7% LOS D 30,4 42 70,7% LOS A 36,2 75,7% LOS A 35,5 43 76,5% LOS C 32,2 80,1% LOS C 31,1 44 76,5% LOS B 32,9 80,1% LOS B 31,9 45 2,5% LOS A 35,8 2,5% LOS A 35,8 46 4,9% LOS A 33,3 5,0% LOS A 33,3 Fuente : Elaboración propia.

Efectivamente, la intersección Camino San Ramón con Camino a Doñihue, presenta un grado de saturación importante, específicamente, desde Camino San Ramón hacia el norte, por Salvador Allende (Mov. 16) y por la vía Camino San Ramón (Mov. 7), así como también en la intersección del Camino a Doñihue a la Avenida Oro Negro, e particular desde la Camino a Doñihue hacia el sur (Mov. 43) y desde Camino a Doñihue hacia Av. Oro Negro (Mov. 44).

Ahora bien, dado el Criterio de evaluación en el SEIA sobre Contenidos Técnicos para la Evaluación del Impacto sobre la Libre Circulación, Conectividad y Tiempos de Desplazamiento en Proyectos Inmobiliarios, publicado por el Servicio de evaluación Ambiental en septiembre del año 2022, para evaluar si los impactos identificados son o no significativos, se requiere realizar una estimación del impacto de forma cuantitativa y esta evaluarla en conjunto con la información cualitativa, en función de los criterios establecidos en la Ley N°19.300, en el Reglamento del SEIA y en guías específicas de evaluación de impactos.

Es dable señalar que si bien el Proyecto cuenta con dos (2) Resoluciones que aprueban Informes de Mitigación en Impacto Vial del Proyecto “Condominio Lihuén II y Condominio Lihuén III”, categorizándose como IMIV Intermedios, estos estudios se utilizan como insumo para la determinación del impacto, considerándose los resultados obtenidos en el IMIV para el respectivo proyecto en evaluación, no siendo vinculante su conclusión con el proyecto en análisis en sede ambiental.

Si se evalúa el grado de saturación en la capacidad de las vías se evidencia que la situación con proyecto “mejorado” supera el 85% de saturación en varios arcos en horario punta mañana (PM), en particular, en Camino San Ramón con Camino a Doñihue. A su vez se puede evidenciar una disminución en la velocidad promedio en dichas intersecciones más significativas, aumentando significativamente los tiempos de desplazamiento.

En consideración a lo expresado por el Proponente en el Anexo 6.2 de la DIA, complementado en Anexo 3 del Adenda y Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y las respuestas 4.7 a la 4.22 del Adenda Complementaria, y discutida la materia durante todo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental por medio de lo indicado en las consultas 4.7 de la Carta N°202306103186 de fecha 25 de julio de 2023 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, correspondiente al Informe de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (en adelante “ICSARA”), y mediante Carta N°2024061034 de fecha 09 de enero de 2024 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins correspondiente al ICSARA Complementario, considerando a demás lo expresado por medio de los Oficios Ord. N°20192 de fecha 20 de julio de 2023 que se pronuncia sobre la DIA del Proyecto, en el Oficio Ord. N°34959 de fecha 01 de diciembre de 2023 que se pronuncia sobre el Adenda, y mediante Oficio Ord N°10474 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

de fecha 12 de abril de 2024, complementado con el Oficio Ord. N°11069/24 de fecha 16 de abril de 2024, que se pronuncia sobre la Adenda Complementaria del Proyecto, todos de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins, esta Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, concluye que:

Debido a lo dispuesto por el legislador en el artículo c) de la Ley N°19.300 y sus modificaciones posteriores y pormenorizado en el artículo 7 literal b) del D.S. N°40/2012 y sus modificaciones del Ministerio de Medio Ambiente, que indica:

“Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”

El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Se entenderá por comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de personas que comparte un territorio, en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales, que eventualmente tienden a generar tradiciones, intereses comunitarios y sentimientos de arraigo. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas, se considerará el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto o actividad…

A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las circunstancias que se mencionan a continuación, respecto de las cuales se deberá analizar la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, en la medida que sea pertinente:

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Teniendo presente además, de la Resolución Exenta N°202299101740, de fecha 15 de septiembre de 2022, que da vigencia a los Criterio de evaluación en el SEIA, Objetos de protección, que señala:

Punto 1.2: “Objetos de protección y áreas de influencia Los impactos generados por las partes, obras y acciones de un proyecto o actividad en evaluación en el SEIA, pueden interactuar con uno o varios objetos de protección y, por tanto, estos serán receptores de impacto. Para cada objeto de protección ambiental afectado o alterado por un proyecto, el titular deberá establecer los límites espaciales del área donde la afectación genere impactos, lo que se conoce como Área de Influencia (AI), para luego describir los atributos de los objetos de protección en su interior”.

Luego en Anexo 1. Tabla de Objetos de Protección Ambiental en el SEIA, Objeto de Protección: Circulación y conectividad del Grupo Humano, Descripción: Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento; que busca proteger: Conservar la calidad de vida del grupo humano, asegurando la no afectación de las circunstancias descritas.

Para determinar los criterios de significancia asociados a la mencionada norma (art.7 literal b), él SEA D.E., ha publicado mediante Resolución Exenta N°202299101771, de fecha 27 de septiembre de 2022, correspondiente a Criterio de Evaluación en el SEIA: Contenidos técnicos para la evaluación del impacto sobre la libre circulación, conectividad y tiempos de desplazamiento en proyectos inmobiliarios, donde se indica:

“1.1.1. Paso 1: Descripción completa del proyecto o actividad: …Desde un punto de vista sectorial, la estimación de flujos inducidos permite definir la necesidad de presentar un IMIV básico, intermedio o mayor para la temporada o período más crítico, y sus correspondientes medidas de mitigación. En este sentido, en el caso de que el titular acompañe el IMIV en el procedimiento de evaluación ambiental, este corresponderá a un insumo para el proceso iterativo de construcción del área de influencia y determinación de impactos sobre los SVCGH. Por otro lado, el hecho de que un proyecto no requiera realizar de forma obligatoria un IMIV sectorial, no significa que no deban analizarse eventuales afectaciones a la letra b) del artículo 7° del Reglamento del SEIA, siguiendo los estándares ya indicados para estimar flujos inducidos de conformidad a lo establecido en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Decreto N°30 (MTT, 2019). La situación actual del SML y, específicamente, de la oferta y la demanda de transporte, corresponderá a la existente en el área de influencia al momento en que se realicen las correspondientes mediciones de tránsito, las que no podrán tener una antigüedad superior a doce meses desde su presentación al Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad (SEIM). En el caso de no presentarse al SEIM, dicha antigüedad será en relación con la presentación al SEIA. Los proyectos deberán indicar la descripción completa de la situación actual, con sus respectivas particularidades. Para lo anterior, se deberán considerar todos los contenidos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019) y la normativa sectorial vigente, incluyendo los descriptores para identificar las principales acciones de los nuevos habitantes, en términos de sus hábitos viales y la utilización de equipamientos en el barrio, tanto para proyectos con y sin IMIV. Finalmente, para aquellos proyectos que presentaron un IMIV conjunto, según lo indicado en el Decreto N°30 (MTT, 2019), se consideraran las medidas establecidas para el respectivo proyecto en evaluación en el SEIA, de forma independiente”.

Se agrega 1.1.7. Paso 7: Evaluación de impactos y medidas de reparación, mitigación y compensación:

Para establecer si los impactos identificados son o no significativos, se requiere realizar una estimación del impacto de forma cuantitativa y esta evaluarla en conjunto con la información cualitativa, en función de los criterios establecidos en la Ley N°19.300, en el Reglamento del SEIA y en guías específicas de evaluación de impactos. Para lo anterior, y en el caso de que se presente el IMIV aprobado en el marco del SEIA, este se utilizará como insumo para la determinación del impacto, considerándose los resultados obtenidos en el IMIV para el respectivo proyecto en evaluación, no siendo vinculante su conclusión con el proyecto en análisis en sede ambiental.

No obstante, se entenderá que causará saturación en la capacidad de las vías –en uno o varios horarios punta– cuando en situación con proyecto esta sobrepase el 85% de saturación, en una o varios arcos o tramos entre esquinas de calles del área que viene definida a partir del IMIV, las cuales deberán quedar claramente identificadas y caracterizadas, según lo indicado en el artículo 2.3.2, en el Decreto N°47 (MINVU, 1992).

Entendemos el grado de saturación como la razón entre el flujo vehicular y la capacidad vehicular de un arco en una vía, expresado en porcentaje. Para lo anterior, y de manera clara y debidamente justificada, se deberá:

  1. Identificar el tipo de vía, su rol principal y su capacidad vehicular según lo indicado en el Decreto N°47 (Minvu, 1992) (ver tabla 1), y observando lo indicado en los instrumentos de planificación territorial, así como planes seccionales, planes reguladores, planes reguladores intercomunales, planes regionales de ordenamiento territorial.

  2. Determinar los flujos para los diversos modos de transporte actuales en el área de influencia, siguiendo todos los contenidos técnicos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019).

  3. Identificar los flujos inducidos por el proyecto según lo indicado en IMIV del proyecto, y si no lo hubiere, siguiendo los contenidos del Decreto N°30 (MTT, 2019)

  4. Calcular el grado de saturación, expresado en porcentaje; es decir, la relación entre la capacidad de la vía y el flujo vehicular para cada arco o tramos entre las calles del área definidas por el IMIV, tanto para el escenario actual como para el escenario con proyecto. En el caso de que el escenario actual en cada una de las líneas de detención o pistas, para cada arco de modelación, sea superior al 85%, el proyecto debe buscar no aportar un aumento mayor al 1%, teniendo en consideración todos los antecedentes y excepciones indicadas en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30 (MTT, 2019) relativo a la mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio.

A la vista de todo lo anteriormente expuesto, se concluye que:

• Situación base con proyecto sin medidas:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-6 y 6-7 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

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Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

• Luego revisado el Análisis Proyecto Mejorado, correspondiente a los resultados de la modelación presentados mediante Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se señala:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% con proyecto mejorado, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% con proyecto mejorado, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% con proyecto mejorado, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% con proyecto mejorado, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

En atención a lo anterior, y trazable además con lo indicado en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30/2019 y sus modificaciones posteriores, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que indica:

“Mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio:

En el IMIV se debe precisar la forma en que el proyecto cumple las medidas de mitigación obligatorias aplicables. La eventual indicación de que éstas permiten mantener algunos o todos los estándares de servicio en un nivel semejante al existente debe estar debidamente fundamentada, para efectos del análisis de suficiencia establecido en el artículo 3.6.2 de este reglamento.

En cuanto a la incidencia del proyecto en los conflictos en la circulación de vehículos motorizados, tanto los referidos en el artículo 3.5.3 de este reglamento como los detectados a través de la modelación, el IMIV debe proponer medidas de mitigación específicas, como la reprogramación de semáforos o el incremento de la oferta vial, con el objeto de solucionar el aumento de los conflictos o los nuevos conflictos detectados en aquellos puntos, intersecciones o tramos de vía afectados por éstos, sea que dichas medidas se implementen en tales lugares o en otros distintos que formen parte del área de influencia, y que mitiguen de manera efectiva los impactos del proyecto.

La mitigación de los impactos detectados en la circulación de vehículos motorizados y la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio existentes antes de la puesta en operación del proyecto y los resultantes de la misma se regirá por las siguientes reglas: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

a) Respecto del impacto por incremento del flujo vehicular (IMP), la verificación de que la diferencia entre el costo social calculado para la situación con proyecto no es superior a 5% respecto del costo social previsto para la situación base, para los períodos analizados, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto. Si tal diferencia es superior en alguno de los períodos analizados, el proyecto deberá proponer medidas de mitigación destinadas a disminuirla, acreditando que en la situación con proyecto mitigado sí se cumpliría con el porcentaje antes referido. Cabe precisar que, para los efectos de este análisis, no será necesario incorporar a la modelación aquellas medidas de mitigación asociadas a circulación peatonal que impliquen la incorporación de elementos en la calzada tales como semáforos peatonales, cruces de peatones y reductores de velocidad, entre otros.

El referido parámetro de semejanza podrá aumentarse a 8% respecto de aquellos proyectos que propongan medidas de mitigación que mejoren el funcionamiento del servicio de transporte público mediante buses, por sobre lo que le corresponda mitigar al proyecto por sus impactos en la operación de ese modo de transporte, tales como las medidas detalladas en el literal d) del artículo 3.6.9.

Para el cálculo de los porcentajes señalados se podrá considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

b) Respecto del grado de saturación de las líneas de detención o pistas, la verificación de que éste no supera el 85% en la situación con proyecto y que, por tanto, los usuarios de vehículos motorizados no experimentarán demoras excesivas en ningún punto específico del área de influencia, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

Si en la situación con proyecto el grado de saturación de algún arco de modelación aumenta por sobre el 85%, el proyecto debe proponer medidas de mitigación destinadas a disminuir tal saturación hasta alcanzar, por lo menos, dicho porcentaje. Por su parte, si en la situación base el grado de saturación ya es superior a 85%, el IMIV deberá acreditar que tal porcentaje no aumenta en la situación con proyecto mitigado más allá de un 1%.

Para el cálculo de los grados de saturación señalados se puede considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV debe precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

En el caso de que no resulte técnicamente factible cumplir, en el escenario con proyecto mitigado, con el máximo grado de saturación en todos los arcos modelados del área de influencia, se pueden proponer medidas de mitigación que apoyen la gestión del tránsito en aquellos puntos del área de influencia en los cuales se presentan altos grados de saturación; lo anterior, a través de elementos de gestión de tránsito tales como cámaras de televisión (CCTV), unidades de comunicación, cambio de equipos semafóricos y controladores norma UOCT, integración de semáforos a los sistemas de control de tránsito, fibra óptica, lámparas led, unidades de respaldo, estaciones de conteo, espiras, u otras tecnologías. La proposición de estas medidas de mitigación excepcionales es suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

c) Respecto del impacto en el nivel de servicio de los caminos públicos con los que se conecten aquellos proyectos que pretendan emplazarse en área rural o en área de extensión urbana, la verificación de que los vehículos tienen la posibilidad de circular por tales vías, en la situación con proyecto, con un nivel mínimo de servicio C conforme a los parámetros establecidos en el Manual de Carreteras que esté vigente al momento de presentar el IMIV, es suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

proyecto, pues permite garantizar la circulación segura de los vehículos.

Para los mismos efectos, si en la situación base el nivel de servicio previsto es D o E, en la situación con proyecto mitigado tal nivel se debe, al menos, mantener. Por su parte, si el nivel de servicio en la situación base es F, en la situación con proyecto mitigado se debe acreditar que la velocidad de operación no se reduce en más de un 5% respecto de la velocidad de operación prevista en la situación base.

d) Si se propone como medida de mitigación la reprogramación de los semáforos (cambio de tiempo de ciclo, optimización de repartos y desfases, y sintonía fina), debe garantizarse el respectivo estudio de programaciones, de manera que se realice una vez que el proyecto o la respectiva etapa esté en funcionamiento.

Si la propuesta de medida de mitigación de reprogramación de semáforos incluye cambios en los tiempos de ciclo, el estudio señalado debe incluir la modelación y optimización de la red o redes semaforizadas a las cuales pertenecen los semáforos del área de influencia, incluyendo aquellas intersecciones que se encuentren fuera del área de influencia y que pertenezcan a dichas redes. (Énfasis Agregado).

A partir de ello se indica que a partir de los antecedentes expuestos durante la presente evaluación de impacto ambiental se concluye que el Proyecto “Condominio Lihuén II y III” declara generar impactos significativos asociados al artículo 7 literal b) del D.S. N°40/2012 del MMA, y que no se subsanaron los errores, omisiones e inexactitudes durante el presente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y conforme indica el legislador en el artículo 11 de la Ley 19.300 se recomienda rechazar el Proyecto.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se reconocen impactos sobre esta componente. No se reconocen impactos ambientales significativos próximos a sistemas protegidos y valor ambiental del territorio. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo V del ICE, numeral 5.4 y 5.5.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Artificialidad Intrusión visual Parte, obra o acción que lo genera Actividades asociadas a la construcción de edificios. Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo V del ICE, numeral 5.6. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

La aparición en el paisaje de las partes y las obras del proyecto genera una alteración en el paisaje natural, sin embargo, no existe una pérdida relevante de los atributos naturales llamativos del paisaje, puesto que sólo se ve intervenida las formaciones herbáceas. Mientras que la vegetación arbórea asociada a los canales de regadío no se interviene y permite el bloqueo visual hacia el proyecto desde grandes distancias. Asimismo, la perturbación o intrusión visual que proporciona el proyecto no disminuye ni afecta la calidad del paisaje, debido a que las partes y obras tienen una disposición fija en el terreno, pero van acorde a la infraestructura inmobiliaria ya presente en el área, junto a colegios, condominios y supermercados. Mientras que el movimiento de los componentes de la obra es transitorio. Por lo tanto, no se genera una distracción significativa al observante puesto que las estructuras del proyecto no resultan llamativas o de alturas significativas.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra Fase en que se presenta Fase de construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo V del ICE, numeral 5.7. A partir de la prospección arqueológica llevada a cabo, no se identificó material cultural en superficie en que pudiera verse afectado por el desarrollo del proyecto. En cuanto a monumentos dentro del área de influencia, en la comuna de Rancagua existen 9 Monumentos Nacionales, encontrándose todos ellos a lo menos 3,5 km de distancia al proyecto, por lo que no se intervienen estos Monumentos Nacionales definidos por ley N°17.288 debido a las acciones de construcción y/u operación del proyecto “Condominio Lihuén II y III”.

6°. Que, el Proyecto genera los siguientes efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental El Proyecto no genera riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos se ajustan a la normativa vigente. Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada El Proyecto no genera riesgo para la salud de la población, porque se cumplen con los límites máximos permitidos de las normativas que regulan la materia. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad A partir de la estimación de emisiones atmosféricas generadas durante la fase de construcción y operación del proyecto “Condominio Lihuén II y III” se puede concluir que las principales actividades generadoras de emisiones de material particulado y gases de combustión corresponden a las excavaciones en fase de construcción y al tránsito de vehículos livianos por parte de los residentes del proyecto y de la situación base. Cabe destacar que las emisiones indirectas del proyecto se identifican como fuentes móviles debido a que no afectan directamente a un receptor específico. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Los resultados se presentan en la siguiente tabla resumen, considerando las emisiones de Lihuén I, Lihuén II y Lihuén III, tanto para la fase de construcción como la de operación del Proyecto, con las medidas de control propuestas para minimizar las emisiones que se generan:

Año MP 10 MP 2.5 CO NOx SO2 NH3 COV CO2 1 1,1122 0,4526 1,7113 0,6117 0,0367 0,0152 0,1799 0,6571 2 1,2547 0,5992 2,6016 1,3762 0,0297 0,0192 0,2902 0,9518 3 0,7398 0,4062 1,9820 0,4655 0,0113 0,0318 0,2119 1,1054 Fuente: Tabla 135 del Anexo 2.1 “Resumen estimación de emisiones generadas por el proyecto [t/año]” del Adenda Complementaria.

Tal como se observa en la siguiente tabla, las emisiones generadas por el Proyecto en cada año cronológico, tanto en fase constructiva como operativa, se encuentran por debajo de los límites establecidos en el PDA:

Contaminante Emisión máxima [t/año] MP10 1,5 MP2.5 1 NOx 8 SO2 10 Fuente: Tabla 136 del Anexo 2.1 “Límite de emisión máxima de proyectos para compensación de emisiones” del Adenda Complementaria.

A pesar de que las emisiones generadas durante la fase de construcción del proyecto no son significativas, se proponen medidas de control con el objetivo de reducir las emisiones fugitivas de material particulado de tal forma de no afectar la calidad del aire en la zona de influencia del Proyecto.

Entre las medidas de control mencionadas en numeral 8 del Anexo 2.1 del Adenda Complementaria, donde se presenta el Estudio de emisiones atmosféricas actualizado, se encuentra la aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados al interior del proyecto. Se mantiene la humectación en faenas que requieran movimientos de tierra, con el propósito de no generar un incremento en las emisiones y dar cumplimiento a las concentraciones estipuladas en la normativa aplicable.

Finalmente, dado que las emisiones atmosféricas generadas por la construcción y operación del Proyecto se encuentran por debajo de los límites establecidos en el Plan de Prevención y de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, el Proyecto no debe compensar sus emisiones.

Se presenta el área de influencia del proyecto para el componente aire respecto a las emisiones atmosféricas generadas por él en su etapa de construcción año 2 (Escenario más desfavorable), junto con los receptores:

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Ilustración 64 del Anexo 5.1 “Área de influencia del proyecto, componente aire (emisiones atmosféricas)” del Adenda Complementaria.

Mientras que en la siguiente tabla se presenta información con las coordenadas de receptores discretos:

Receptor Punto Coordenadas WGS 84 UTM 19S Distancia respecto al proyecto (m) Este (m) Norte (m) Conjunto de viviendas R1 336.126 6.218.250 0 Conjunto de viviendas R2 335.961 6.218.259 30,82 Conjunto de viviendas R3 335.813 6.218.290 183,42 Conjunto de viviendas R4 335.874 6.218.160 95,22 Conjunto de viviendas R5 335.962 6.217.948 230,82 Establecimiento Privado R6 336.360 6.217.983 249,87 Establecimiento Privado R7 336.348 6.218.110 177,50 Conjunto de viviendas R8 335.687 6.218.046 326,28 Conjunto de viviendas R9 335.737 6.217.802 447,37 Conjunto de viviendas R10 336.104 6.217.733 402,65 Conjunto de viviendas R11 336.368 6.217.835 369,16 Establecimiento Privado R12 336.008 6.218.538 71,13 Establecimiento Privado R13 336.743 6.218.521 498,18 Fuente: Tabla 95 del Anexo 5.1 “Coordenadas de receptores discretos” del Adenda Complementaria.

A continuación, se presenta una tabla de comparación de las máximas concentraciones presentadas para cada uno de los compuestos evaluados en los puntos de máxima concentración, los cuales se encuentran cercanos a la zona de construcción del proyecto Lihuén III, hacia R2.

Compuesto Prom anual MP10 P98 diario MP10 Prom anual MP2.5 p98 diario MP2.5 Prom anual SO2 P99 diario SO2 P99 horario SO2 Prom anual NO2 P99 horario NO2 P99 8 horas CO P99 horario CO Máximo (µg/m3N) 1,28 3,89 1,02 3,15 6,75 19,59 77,37 7,20 79,11 58,20 83,16 Norma (µg/m3N) 50 130 20 50 60 150 350 100 400 10000 30000 % de la norma 2,56 2,99 5,08 6,31 11,25 13,06 22,11 7,20 19,78 0,58 0,28 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Tabla 96 del Anexo 5.1 “Máxima concentración de dispersión de compuestos, comparados con normativa de calidad de aire primaria” del Adenda Complementaria.

De la Tabla precedente, se puede concluir que las concentraciones generadas por el proyecto se encuentran por debajo de las concentraciones límites establecidas en la normativa de calidad de aire primaria para los compuestos evaluados. Cabe destacar que el SO2 percentil 99.8 promedio horario presenta el mayor porcentaje de concentración en comparación con la normativa de calidad de aire primaria, y corresponde a un 22,11%, lo cual se considera no significativo.

Evaluación discreta de los niveles de concentración Con respecto a los resultados obtenidos en los puntos discretos, a continuación, en la Tabla siguiente se indican los valores de concentración de compuestos generados por las fuentes, como material particulado respirable (MP10), material particulado respirable fino (MP2,5), dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno (NOX) y monóxido de carbono (CO), para la etapa de operación/construcción fase 2 del Proyecto.

Pun to Coordenadas WGS 84 UTM 19S Concentración (µg/m3) Este (m) Norte (m) Prom anual MP10 P98 diario MP10 Prom anual MP2,5 P98 diario M2,5 Prom anual SO2 P99 diario SO2 P98,5 hora SO2 Prom anual NO2 P99 hora NO2 P99 8 horas CO P99 hora CO R1 336.126 6.218.250 1,235 3,676 1,006 3,154 6,400 18,808 62,853 7,204 65,345 58,106 69,493 R2 335.961 6.218.259 1,278 3,887 1,016 3,038 6,749 19,589 77,370 6,947 79,112 58,199 76,051 R3 335.813 6.218.290 0,689 2,568 0,556 2,064 3,276 11,220 61,050 3,390 63,511 54,197 83,156 R4 335.874 6.218.160 0,605 2,475 0,481 1,967 2,756 10,224 58,987 2,861 61,868 49,902 75,100 R5 335.962 6.217.948 0,359 1,551 0,279 1,254 1,412 6,028 55,879 1,469 57,727 36,360 70,887 R6 336.360 6.217.983 0,495 1,662 0,313 1,269 1,102 5,253 48,929 1,184 51,126 35,064 66,747 R7 336.348 6.218.110 0,641 2,251 0,408 1,620 1,504 6,993 51,924 1,616 54,153 41,792 69,472 R8 335.687 6.218.046 0,342 1,595 0,272 1,289 1,399 6,282 48,714 1,447 49,588 38,381 64,927 R9 335.737 6.217.802 0,196 0,901 0,153 0,712 0,713 3,088 32,525 0,736 34,041 23,380 48,697 R10 336.104 6.217.733 0,203 1,012 0,154 0,792 0,687 3,343 36,785 0,715 38,330 26,296 53,993 R11 336.368 6.217.835 0,324 1,200 0,209 0,897 0,728 3,723 39,165 0,778 40,964 26,777 58,780 R12 336.008 6.218.538 0,747 2,179 0,630 1,869 4,073 10,758 45,431 4,138 46,320 33,031 44,303 R13 336.743 6.218.521 0,550 1,271 0,293 0,841 0,548 2,562 26,858 0,619 27,140 16,825 35,395 Fuente: Tabla 97 del Anexo 5.1 “Concentración de compuestos en receptores discretos” del Adenda Complementaria.

De acuerdo a los valores de concentración de los compuestos evaluados en cada uno de los receptores considerados para la evaluación discreta de las concentraciones, las mayores concentraciones se dan en el receptor R2 para casi la totalidad de los compuestos modelados, siendo estos MP10 en concentración promedio anual y concentración de Percentil 98 de promedio diario, MP2,5 en concentración promedio anual, SO2 concentración promedio anual, percentil 99 y 98,5 promedio diario y horario respectivamente, NO2 concentración Percentil 99 promedio horario y CO concentración Percentil 99 de promedio de 8 horas y 1 hora. Solo siendo superado en R1 para MP10 en concentración de Percentil 98 de promedio diario y NOx concentración promedio anual.

Evaluación de los niveles de concentración. Con el objetivo de evaluar los niveles de concentración de MP10 y MP2,5 generados por la ejecución del proyecto, se compara la magnitud de estos valores con la normativa primaria de calidad ambiental respectiva. A continuación, se presenta el porcentaje del mayor valor de percentil 98 obtenido para MP10 y MP2,5 en la modelación con respecto al límite diario establecido por la norma primaria de calidad ambiental respectiva. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Por otro lado, para los gases de combustión se realiza la comparación con las normativas de calidad de aire primaria y secundaria en caso de que corresponda, MP10 y MP 2,5, respectivamente:

Compuesto Promedio del periodo anual (µg/m3) Límite D.S. N°59/2022 MMA (µg/m3) MP10 1,28 50 Porcentaje respecto a modelación (%) 2,56 Compuesto Percentil 98 diario (µg/m3) Límite D.S. N°12/2022 MMA (µg/m3) MP10 3,89 130 Porcentaje respecto a modelación (%) 2,99 Fuente: Tabla 98 del Anexo 5.1 “Evaluación de niveles de concentración para MP10” del Adenda Complementaria.

Compuesto Promedio del periodo anual (µg/m3) D.S. N°12/11 MMA (µg/m3) MP2,5 1,02 20 Porcentaje respecto a modelación (%) 5,08 Compuesto Percentil 98 diario (µg/m3) D.S. N°12/11 MMA (µg/m3) MP2,5 3,15 50 Porcentaje respecto a modelación (%) 6,31 Fuente: Tabla 99 del Anexo 5.1 “Evaluación de niveles de concentración para MP2,5” del Adenda Complementaria.

De acuerdo a las tablas anteriores, respecto de las normas de calidad primaria y secundarias aplicables al proyecto, se puede indicar que el punto de máximo impacto que corresponde a las áreas cercanas a R2, presentan aportes poco significativos de concentraciones de material particulado y gases de combustión generados por el proyecto, en el área de estudio. Lo anterior debido a que en su mayoría los porcentajes de cumplimiento respecto a la normativa o a la situación de calidad de aire de la zona, no superan el 13% en concentraciones anuales. En el caso de MP10, se presenta un % de concentración respecto de la normativa de calidad de aire primaria correspondiente a 2,56% respecto de la concentración promedio anual de MP10, y del 2,99% respecto de la concentración percentil 99 diario. Por otro lado, para MP2,5, se presenta un 5,08% de la concentración promedio anual de MP2,5 respecto de la normativa de calidad de airea primaria, y un 6,31% de la concentración percentil 99 diario.

La ejecución del proyecto “Condominio Lihuén II y III” provoca una cantidad poco significativa de material particulado fino respirable, principalmente debido al tránsito de vehículos y camiones en vías pavimentadas y no pavimentadas.

El percentil 98 de los promedios diarios para MP10 presenta valores de 0,5 µg/m3 hasta un radio de aproximadamente 1,2 km con respecto a la zona de operación del proyecto en su zona más distante y de 0,5 km de las rutas no pavimentadas que son utilizadas durante la etapa de construcción del mismo. Los mayores valores de concentración se presentan en el sector sur de la instalación del proyecto y este de las rutas no pavimentadas, alcanzando sobre los 3,5 µg/m3. Por otro lado, de acuerdo a lo observado en la Figura 21 del Anexo 2.1 del Adenda complementaria para MP2,5, el percentil 98 de los promedios diarios también es de magnitud menor al límite de la norma de calidad primaria, presentando valores de 0,5 µg/m3 hasta un radio de 1,2 km aproximadamente con respecto a la zona de construcción. Los mayores valores de concentración se presentan al sur del proyecto, sobre las rutas pavimentadas afectadas por el tránsito de vehículos durante la etapa de construcción/operación, alcanzando sobre los 2,5 µg/m3.

Adicionalmente, se realizó una evaluación de concentración en 13 receptores Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

discretos, que corresponden a edificaciones, principalmente con destino residencial, cercanas al área de emplazamiento del proyecto. De acuerdo a los valores del percentil 98 de MP10 y MP2,5 asociados a cada uno de los receptores considerados para la evaluación discreta de las concentraciones, ninguno presentó valores sobre una unidad para MP2,5. Para las concentraciones de MP10, todos los receptores se encuentran bajo los 4 µg/m3, mientras que para las concentraciones de MP2,5 todos se encuentran bajo los 3,2 µg/m3 (el mayor valor se presenta en R2 para MP10 y R1 para MP2,5). Dado que los valores sobre los receptores son de baja magnitud en relación a la norma de calidad primaria aplicable según sea el caso, se puede inferir que las concentraciones de material particulado (MP10 y MP2,5) no generan un impacto significativo sobre la salud de las personas ni sobre los recursos naturales, de la comuna de Rancagua o comunas cercanas.

Por otra parte, se realizó un análisis de los resultados de concentraciones de acuerdo a los nuevos criterios de evaluación ambiental para zonas saturadas, dicho análisis se realizó para el escenario considerado para la modelación atmosférica (Año 2), lo cual presenta emisiones tanto de su fase de construcción como de operación, por lo cual, al momento de hacer el análisis indicado, se compararon las concentraciones resultantes con los valores indicados en la tabla N°2 de la “Guía Criterio de Evaluación en el SEIA: Impacto de Emisiones en Zonas Saturadas por MP10 y MP2,5”, sin embargo, se debe señalar que los resultado demuestran en parte las emisiones que se mantienen por un lapso de tiempo de 12 meses en conjunto con las emisiones de fase de operación, las cuales perduraran en el tiempo por un tiempo mayor a 3 años.

A continuación, se presentan los valores de significancia para el aumento de concentraciones de MP10 y MP2,5 sobre receptores humanos en un período igual a 12 meses en zonas que sobrepasen el valor de la norma, y los mayores valores de concentración resultantes sobre los receptores discretos evaluados en la modelación atmosférica:

Contaminante Periodo Incremento Concentración (µg/m3) MP 10 24 Horas 10,00 Anual 3,00 MP 2,5 24 Horas 5,13 Anual 0,99 Fuente: Tabla 100 del Anexo 5.1 “Valores de significancia para el aumento de concentraciones de MP10 y MP2,5 sobre receptores humanos en un período igual a 12 meses en zonas que sobrepasen el valor de la norma” del Adenda Complementaria.

Punto Coordenadas WGS 84 UTM 19S Concentración (µg/m3) Este (m) Norte (m) Prom anual MP10 P98 diario MP10 Prom anual MP2,5 P98 diario M2,5 R1 336.126 6.218.250 1,235 3,676 1,006 3,154 R2 335.961 6.218.259 1,278 3,887 1,016 3,038 Fuente: Tabla 101 del Anexo 5.1 “Máximas concentraciones de MP10 y MP2,5 en receptores discretos” del Adenda Complementaria.

De acuerdo a las tablas precedentes de valores de significancia y resultados de concentraciones obtenidos en los receptores escogidos para población, es posible dimensionar que existe un aumento de la concentración base superior a los limites indicados solo para el caso de MP2,5 promedio anual, donde existe un aumento de 0,016 µg/m3 respecto del receptor R2. Sin embargo, se recalca que en el periodo evaluado se presentan dos fases del proyecto en solapamiento, construcción y operación, por lo cual se realiza un análisis específico para la fase de operación como Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

se presenta en el caso 3 del Anexo A de la “Guía Criterio de Evaluación en el SEIA: Impacto de Emisiones en Zonas Saturadas por MP10 y MP2,5”.

En consecuencia, de lo antes indicado, se realizó una segunda modelación atmosférica, con la finalidad de obtener las concentraciones resultantes de la fase de operación por si sola, por lo cual se utilizaron los valores de emisión para el año 3 del estudio de estimación de emisiones, lo anterior en consecuencia de que la tabla con la cual se realizó la comparación se establece para emisiones que se mantienen por un tiempo igual a 12 meses, con lo cual las emisiones de la fase de operación deben compararse con la tabla N°1 de la “Guía Criterio de Evaluación en el SEIA: Impacto de Emisiones en Zonas Saturadas por MP10 y MP2,5”. Con respecto a la modelación específica para fase de operación de acuerdo al año 3 del estudio de estimación de emisiones atmosféricas, a continuación, se indican los valores de concentración de contaminantes obtenidos en los puntos discretos, específicamente de material particulado respirable (MP10) y material particulado respirable fino (MP2,5).

Punto Coordenadas WGS 84 UTM 19S Concentración (µg/m3) Este (m) Norte (m) Prom anual MP10 P98 diario MP10 Prom anual MP2,5 P98 diario M2,5 R1 336.126 6.218.250 0,277 0,57 0,18 0,38 R2 335.961 6.218.259 0,110 0,42 0,07 0,24 R3 335.813 6.218.290 0,077 0,33 0,05 0,20 R4 335.874 6.218.160 0,091 0,39 0,05 0,23 R5 335.962 6.217.948 0,080 0,31 0,05 0,18 R6 336.360 6.217.983 0,347 0,72 0,19 0,40 R7 336.348 6.218.110 0,444 1,16 0,24 0,62 R8 335.687 6.218.046 0,054 0,23 0,03 0,13 R9 335.737 6.217.802 0,040 0,17 0,02 0,10 R10 336.104 6.217.733 0,060 0,25 0,03 0,14 R11 336.368 6.217.835 0,212 0,48 0,12 0,27 R12 336.008 6.218.538 0,034 0,10 0,02 0,06 R13 336.743 6.218.521 0,567 1,00 0,31 0,54 Fuente: Tabla 102 del Anexo 5.1 “Concentración de compuestos en receptores discretos” del Adenda Complementaria.

A los resultados obtenidos se les realizo una comparación con los valores indicados en la tabla N°1 de la “Guía Criterio de Evaluación en el SEIA: Impacto de Emisiones en Zonas Saturadas por MP10 y MP2,5”, tal como se demuestra a continuación:

Contaminante Periodo Incremento Concentración (µg/m3) Resultado Modelación MP 10 24 Horas 5,00 1,00 Anual 1,00 0,567 MP 2,5 24 Horas 1,71 0,62 Anual 0,33 0,31 Fuente: Tabla 103 del Anexo 5.1 “Valores de significancia para el aumento de concentraciones de MP10 y MP2,5 sobre receptores humanos en un período igual o mayor a 3 años en zonas que sobrepasen el valor de la norma” del Adenda Complementaria.

De acuerdo a las tablas precedentes de valores de significancia y resultados de concentraciones obtenidos en los receptores escogidos para población, es posible dimensionar que no existe un aumento de la concentración base en consecuencia de la fase de operación del proyecto superior a los limites indicados tanto para MP10 como Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

para MP2,5 en sus concentraciones promedio anual y percentil 98 promedio diario.

Los resultados a su vez justifican que existe un valor de concentraciones agregado de la modelación del escenario fase de construcción sumado a la operación que es atribuible a la fase de operación y que eleva las concentraciones comparadas anteriormente.

Finalmente, en la siguiente tabla, se detallan cada una de las normas primarias de calidad ambiental vigente, su relación con el proyecto, y las medidas establecidas por el Titular en caso de sobrepasar las concentraciones y periodos establecidos en cada una de ellas.

Norma Contenido Relación con el Proyecto Decreto Supremo 59/98 Establece norma de calidad prima material particulado respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia, los valores máximos permitidos diario y anual son:

[ ] Diaria [ ] Anual 150 µg/m3N 50 µg/m3N El Proyecto en ninguna de sus fases sobrepasa los niveles permitidos, tanto en el promedio anual como el diario. Sin perjuicio de lo anterior, se realizan medidas de control ambiental para disminuir la afectación por material particulado a la población cercana al sitio del proyecto durante su fase de construcción. Decreto Supremo 12/11 Establece norma primaria de calidad ambiental para material particulado fino respirable MP 2,5.

[ ] Diaria [ ] Anual 50 µg/m3N 20 µg/m3N

El Proyecto en ninguna de sus fases sobrepasa los niveles permitidos, tanto en el promedio anual como el diario. Sin embargo, se realizan medidas de control ambiental para disminuir la afectación por material particulado a la población cercana al sitio del proyecto durante su fase de construcción. Decreto Supremo 136/00 Establece la norma de calidad primaria de plomo (Pb). El Proyecto en ninguna de sus fases contempla la utilización de materiales con plomo, por lo que se descarta la suspensión de partículas de plomo en el ambiente. Decreto Supremo 112/03 Establece la norma primaria de calidad del aire para Ozono (O3). El Proyecto en ninguna de sus fases contempla la utilización de equipos que pudiesen emitir este contaminante, así como tampoco cantidades importantes de NOX, que permitieran la formación de ozono troposférico. Decreto Supremo 113/02 Establece la norma primaria de calidad del aire para dióxido de azufre (S02).

[ ] Diaria [ ] Anual 250 µg/m3N 80 µg/m3N

El Proyecto en ninguna de sus fases contempla la emisión de este contaminante en concentraciones tales que superen la norma anual (80 μg/Nm3), así como tampoco la norma diaria (250 μg/Nm3). Decreto Supremo 114/02 Establece la norma primaria de calidad del aire para dióxido de nitrógeno (NO2).

[ ] Diaria [ ] Anual 40 µg/m3N 100 µg/m3N

El Proyecto contempla la emisión de este contaminante en concentraciones tales que no superen la norma anual (100 μg/Nm3), así como tampoco la norma diaria (40 μg/Nm3), esto en base a que solo se emite a partir de la combustión de motores diésel, los cuales cuentan con mantenciones periódicas, tal que permitan el óptimo funcionamiento de éstos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Decreto Supremo 115/02 Establece la norma primaria de calidad del aire para monóxido de carbono (CO).

[ ] 1 hora [ ] 8 horas 30 mg/m3N 10 µg/m3N El Proyecto en ninguna de sus fases sobrepasara la emisión de este contaminante en concentraciones tales que superen la norma como concentración 8 horas (10 mg/Nm3), así como tampoco la norma como concentración 1 hora (30 mg/Nm3). Fuente: Tabla 104 del Anexo 5.1 “Normas primarias de calidad de aire y su relación con el proyecto” del Adenda Complementaria.

A partir de la estimación de emisiones atmosféricas generadas durante la fase de construcción y operación del proyecto “Condominio Lihuén II y III” se puede concluir que las principales actividades generadoras de emisiones de material particulado y gases de combustión corresponden a las excavaciones en construcción, y a la circulación de vehículos livianos en operación. Cabe destacar que las emisiones indirectas del Proyecto se identifican como fuentes móviles debido a que no afectan directamente a un receptor específico. A pesar de que las emisiones generadas durante la fase de construcción del proyecto no superan las establecidas en el PDA, se proponen algunas medidas de control con el objetivo de reducir las emisiones fugitivas de material particulado de tal forma de no afectar la calidad del aire en la zona de influencia del proyecto.

Las principales emisiones del Proyecto corresponden a emisiones directas, las cuales sólo se generan en la fase de construcción, por lo tanto, una vez en que el proyecto se encuentre en la fase de operación las emisiones de material particulado MP10 y MP2,5 no superan las 0,8449 t/año y 0,5141 t/año respectivamente, estas emisiones corresponden a la circulación de los vehículos asignados al proyecto completo y al uso del equipo generador en caso de emergencias, sumado además al proyecto de la situación base Condominio Lihuén I.

Finalmente, se concluye que, durante las fases de construcción y operación no se excede los limites normados en Decreto Supremo N°1/2021 del Ministerio de Medio Ambiente, que establece el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, por lo cual el proyecto no debe compensar emisiones.

Agua Los efluentes generados por el Proyecto no generan ningún riesgo para la salud de la población lo anterior se sustenta en lo siguiente: Aguas servidas

El Proyecto contempla el manejo de aguas servidas a través de la conexión a la red de la empresa ESSBIO S.A. mediante empalme provisorio durante la fase de construcción, contando con factibilidad sanitaria autorizada por ESSBIO. Se adjunta Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas Nº202301002694 y 202301005744 en el Anexo 01 de la Adenda. Por otro lado, dentro de faenas se cuenta con instalaciones sanitarias implementadas con 20 baños y 30 duchas acorde a lo establecido en el artículo Nº23 del D.S. Nº594. Se cuenta además con un máximo de 6 baños químicos portátiles ubicados a no más de 75 metros del área de trabajo, acorde a lo indicado en el artículo Nº25 del D.S. Nº594. Este servicio se contrata a una empresa que cuente con autorización sanitaria, y los residuos generados son gestionados por la misma empresa contratista.

Para la fase de operación las aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes son vertidas al sistema de alcantarillado de la empresa ESSBIO S.A. Las memorias de cálculo, planos y especificaciones técnicas de los proyectos de urbanización asociados a Agua Potable y Aguas Servidas se encuentran adjuntos en el Anexo 01 de la Adenda.

Aguas lluvia La evacuación de las aguas lluvia se realiza mediante la captación del escurrimiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

superficial del agua a través de las calles hasta los sumideros proyectados, los que luego conducen las aguas por medio de colectores hasta zanjas de infiltración, tal como se indica en detalle en el Proyecto de ALL, adjunto en el Anexo 04 de la Adenda. Además, para asegurar su buen funcionamiento se cuenta con cámaras de inspección a lo largo de la red. Finalmente, este sistema termina con la descarga de las aguas lluvias en los canales Nuñano y Santa Bárbara.

Las descargas a cuerpos de aguas ya mencionados implica que se tramita el PAS 156, cuyos detalles se presentan en el Anexo 9.1 y 9.2 de la Adenda, en dicho PAS se presentan además medidas para minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, así como también un plan de seguimiento. Cabe destacar que las rasantes del Proyecto se estudiaron de manera tal, que permitan el normal escurrimiento de las aguas lluvias. Debido a lo anterior se descarta afectación de agua superficial debido a la implementación de acciones, partes y obras del Proyecto.

Aguas subterráneas El estudio de Mecánica de Suelos adjunta en Anexo 05 de la Adenda indica que fueron realizadas 16 calicatas de 3 a 5 metros de profundidad, distancia en la que no se observó presencia de napa subterránea.

Es importante indicar que la relación entre la profundidad del nivel freático del lugar de emplazamiento del Proyecto, en relación con la profundidad máxima de las obras asociadas a este, la cual corresponde a 1 m para las fundaciones de las edificaciones, permite descartar alguna afectación por las obras y/o partes del Proyecto presentado a evaluación Se descarta que las aguas subterráneas en el sector puedan ser afectadas por la construcción y operación del Proyecto, como tampoco que aguas impactadas puedan afectar a receptores una vez que el Proyecto esté construido. Esto debido a que el Proyecto realiza excavaciones con una profundidad máxima de 1 m, y las aguas subterráneas se encuentran a aproximadamente 57,50 metros de profundidad, por lo que no se alumbran aguas de éste.

A continuación, se detallan las Normas de Calidad Primaria asociadas al Proyecto relacionadas con el componente Agua.

Norma Contenido Relación con el Proyecto Decreto Supremo N° 143/08 del Ministerio Secretaría General De La Presidencia Establece normas de calidad primarias para las aguas continentales superficiales aptas para actividades de recreación con contacto directo. El proyecto no contempla la emisión de contaminantes líquidos a cauces de agua superficial, por lo cual no resulta aplicable esta regulación. Decreto Supremo N°144/08 del Ministerio Secretaría General De La Presidencia Establece normas de calidad primarias para la protección de las aguas marinas y estuarinas aptas para actividades de recreación con contacto directo. El proyecto en ninguna de sus fases contempla la emisión de contaminantes líquidos a aguas marinas y estuarinas, por lo que no resulta aplicable esta normativa al proyecto Fuente: Tabla 105 del Anexo 5.1 “Normas primarias de calidad de agua y su relación con el proyecto” del Adenda Complementaria.

La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las La proyección de los niveles de ruido y vibraciones se evalúa de acuerdo con las siguientes situaciones:

▪ Construcción: Corresponde a la habilitación del terreno, construcción e instalación de viviendas. El horario de faenas es de 8:00 a 19:00 hrs. ▪ Operación: Corresponde al funcionamiento de grupo electrógeno de emergencia.

Los niveles estimados son evaluados con respecto a los límites máximos establecidos en el Decreto Supremo N°38/11 “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. que indica” del Ministerio del Medio Ambiente, para el caso de ruido, y la guía “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transit Administration (FTA, EE.UU.) para vibraciones. En el caso del impacto por ruido sobre fauna se considera el documento “Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre la fauna nativa” (SEA, 2022).

Conclusiones

En torno al emplazamiento del Proyecto se identifican 3 receptores Rn1, Rn2, Rn3, ubicados a 16, 68 y 224 m de distancia desde el límite de área del Proyecto, además de tres receptores (Rn1, Rn2 y Rn3) correspondientes al proyecto “Condominio Lihuén”. Se consideran como receptores interiores los departamentos a entregar finalizada la construcción de “Condominio Lihuén II” (Rn4, Rn5 y Rn6). Del mismo modo, se consideran como receptores de los departamentos a entregar finalizada la construcción de “Condominio Lihuén III” los receptores Rn7, Rn8 y Rn9.

Los receptores identificados son representativos al área circundante del Proyecto. De acuerdo con el Plan Regulador para la comuna de Rancagua, los receptores se encuentran dentro de una zona identificada como Zona EX1, en cambio, el receptor R3 se encuentra en zona identificada como Zona R1. Por lo tanto, de acuerdo con la clasificación presentada en el Decreto Supremo 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente y en la Resolución Exenta N°491, los receptores la mayoría de los receptore se encuentran en Zona III, mientras que el receptor R1 se encuentra en Zona II. Como la mayoría de los receptores identificados corresponden a construcciones de uso residencial y en una zona de eventos de vibración ocasionales, se considera para la evaluación del criterio molestia a los receptores como categoría 2 y con un nivel de impacto normado de 75 (VdB). En el caso de la evaluación de daño estructural se utiliza la categoría II, con límite de 0,3 (pulgadas/s) y 98 (VdB).

Las emisiones de ruido determinadas mediante modelación desde la fuente a los receptores se encuentran sobre la norma en la mayor parte de los casos analizados para el periodo diurno en la etapa de construcción. En el Escenario 1 se presenta una superación de la normativa de hasta 19 dB en el receptor R1, mientras que el Escenario 2 se obtienen valores de hasta 20 dB sobre el límite máximo permisible de 60 dBA en el receptor R1.

En vista de lo anterior se presentan opciones de medidas de control a implementar en la etapa de construcción. La medida indicada corresponde a la instalación de barreras acústicas perimetrales como paneles de madera OSB desmontables con espesor mínimo 15 mm y landa de vidrio de 50 mm. La barrera completa debe ser protegida de los factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorepelente, y tienen una altura de a lo menos 2,4 metros y 3,6 meteros en las zonas más cercanas a los receptores. Además, como medida adicional, se propone la instalación de pantallas acústicas modulares frente a camión mixer, camión bomba, camión tolva, martillo demoledor y rodillo compactador. Debido al alto nivel equivalente de la cortadora de pavimento y motoniveladora, estas no deben funcionar en simultáneo, cubre vanos para trabajos en altura, y encierro acústico para el motor de la grúa.

Para la etapa de operación se considera el funcionamiento de dos grupos electrógenos, tal como indican las Tablas 21 y 22 del Anexo 2.2. del Adenda Complementaria. Estos funcionan sólo en caso de emergencia. Se observa que los niveles proyectados a los receptores no sobrepasan los límites establecidos en periodo nocturno (limites en 45 y 50 dBA, dependiendo del receptor).

La evaluación de las emisiones de vibraciones para el criterio de daño estructural y molestia, asociadas a la etapa de construcción, presenta una superación de los niveles permitidos para la evaluación del criterio de molestia de hasta 6 dB. Debido a esto se propone una medida de zona de restricción para cada tipo de maquinaria, donde para el rodillo compactador, la zona de restricción es de 34 metros. Esta medida permite verificar que en los receptores identificados no se superan los máximos de referencia que indica el estándar de la FTA: Transit Noise and Vibration – Impact Assessment. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Con los resultados obtenidos, se concluye que los niveles de ruido y vibraciones en cada receptor en presencia de la construcción de las obras, y operación cumple con lo establecido en la normativa durante el período diurno y nocturno. Por lo tanto, con los antecedentes presentados es posible concluir no se causa impacto en la población producto de la emisión del ruido y vibraciones.

La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Aire De acuerdo al Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas adjunto en el Anexo 2.1 de la Adenda complementaria, se estimó que las emisiones de material particulado son menores durante las fases de construcción y operación, además no se exceden los limites normados en Decreto Supremo N°1/2021, del Ministerio de Medio Ambiente, que establece el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, por lo cual el proyecto no provocaría impactos sobre la calidad del aire.

Por otro lado, en el informe de emisiones acústicas adjunto en el Anexo 2.2 de la Adenda complementaria, se estimó la presión sonora producto de las actividades de maquinarias y vehículos en la fase de construcción, además del ruido de fondo, con lo cual se estimaron los limites normativos de acuerdo a la zonificación, que finalmente, mediante la aplicación de medidas de control como barreras acústicas se determinó el cumplimiento de los límites máximos de emisiones permitidos según el Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio de Medio Ambiente.

Agua Los efluentes generados por el Proyecto corresponden a los residuos líquidos asociados al uso de servicios sanitarios. Para las aguas servidas generadas en la fase de construcción se dispone de baños y duchas en contenedores destinados para ello, cuyas aguas servidas son evacuadas a través del sistema de alcantarillado de la empresa ESSBIO mediante empalme provisorio. Además, se cuentan con baños químicos portátiles, cuyos residuos son retirados por una empresa sanitaria autorizada. Por otra parte, también se generan emisiones líquidas a partir del lavado de ruedas de los camiones mixer y tolvas, el cual está dispuesto al ingreso de las instalaciones en una zona delimitada para ello. Los procesos de lavado y disposición se describen en el Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, correspondientes a los antecedentes del PASM 142, por ende, estos residuos son almacenados como residuos peligrosos y retirados por una empresa autorizada.

En la fase de operación, estas aguas servidas son evacuadas a través del sistema de alcantarillado tal como se observa en planimetría presentada en Anexo 4 de la Adenda, el cual está conectado a la red de ESSBIO S.A., encargada de asegurar la continuidad y calidad del servicio. Por otra parte, la evacuación de las aguas lluvia se realiza mediante la captación del escurrimiento superficial del agua a través de las calles hasta los sumideros proyectados, los que luego conducen las aguas por medio de colectores hasta zanjas de infiltración, tal como se indica en detalle en el Proyecto de ALL, adjunto en el Anexo 4 de la Adenda. Además, para asegurar su buen funcionamiento se cuenta con cámaras de inspección a lo largo de la red. Finalmente, este sistema termina con la descarga de las aguas lluvias en los canales Nuñano y Santa Bárbara.

Las descargas a cuerpos de aguas ya mencionados implica que se tramita el PAS 156, cuyos detalles se presentan en el Anexo 9.1 y 9.2 de la Adenda, en dicho PAS se presentan además medidas para minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, así como también un plan de seguimiento.

Cabe destacar que las rasantes del proyecto se estudiaron de manera tal, que permitan el normal escurrimiento de las aguas lluvias. Debido a lo anterior se descarta afectación de agua superficial debido a la implementación de acciones, partes y obras del Proyecto.

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Suelo Por otra parte, el Proyecto se ubica en una zona de extensión urbana de la comuna de Rancagua, según el Plan Regulador Comunal de Rancagua y a los Certificados de Informaciones Previas Nº2018, 2019 y 2020 adjuntos en Anexo 1 de la Adenda, en una zona definida como EX1 donde el uso residencial es permitido, concordando con el destino que tiene el Proyecto por lo que es compatible con el uso del territorio. En fase de construcción, la disposición temporal de los residuos de la construcción se realiza en una zona de acopio de 30,69 m2, donde se acumulan escombros y excedentes, los cuales se encuentran debidamente dispuestos, delimitados y señalizados, de acuerdo con sus características y naturaleza. Por otro lado, la bodega de residuos domiciliarios corresponde a un área de 17,4 m2 en la fase constructiva Lihuén II, y a un área de 29 m2 en Lihuén III, donde se almacena de forma transitoria 7 contenedores en cada zona con ruedas y tapa hermética de 240 L, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente.

Los residuos peligrosos se almacenan en una bodega, cuya materialidad es malla tipo Acma metálica de 3,0 x 3,0 m, cierre de fibrocemento, cubierta de zincalum con dimensiones de 0,30 x 851 x 2000 mm, con radier de 20 cm de espesor; hormigón de H=20. Cabe mencionar que los residuos peligrosos son clasificados y dispuestos en contenedores cerrados y rotulados, cumpliendo con los requerimientos del Decreto Supremo Nº148/2003, del Ministerio de Salud. Dicha bodega se instala en las dependencias de las faenas del proyecto.

Para contener posibles derrames el radier del recinto tiene un pretil de 50 cm de alto, este tiene una capacidad de 4,5 m3, para contener cualquier tipo de derrame. Adicionalmente, bajo este piso se instala polietileno para posibles infiltraciones.

Por otra parte, las sustancias peligrosas son mantenidas temporalmente en contenedores con tapa; y debidamente rotulados, para los cuales se dispone, de una bodega “SUSPEL” (sustancias peligrosas) en la instalación de faenas con el sentido de mantener estas sustancias los cuales son manejados y acumulados según lo establecido en la normativa vigente Decreto Supremo N°43/2016, del Ministerio de Medio Ambiente, que ‘‘Aprueba reglamento de sustancias peligrosas’’.

En la fase de operación, se considera la generación de residuos domésticos producto de las actividades asociados a los departamentos, cuyo manejo depende de cada propietario. Cabe destacar que cada edificio contempla 1 sala de basura ubicada en el primer nivel, que sirve para la recepción de la basura de todos los pisos del edificio a través de 3 ductos, cumpliendo con una ventilación adecuada además de tener una ducha superior en el último piso.

Para el retiro de los residuos por parte de los camiones municipales se habilita una zona de pre-carguío próxima al acceso vehicular la cual cumple con las exigencias descritas en la Resolución N°7328/76 del Ministerio de Salud, esta zona cuenta con un área de 46 m2 y puede albergar hasta 24 contenedores de 360 Litros cada uno en el caso de Lihuén II, y 39 contenedores en Lihuén III.

En fase operativa no se contempla el uso de sustancias peligrosas ni la generación de residuos peligrosos.

Teniendo en cuenta lo anterior se concluye que los efluentes, emisiones y residuos se manejan adecuadamente, evitando que se genere un impacto sobre el suelo o el agua.

La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables,

Fase de Construcción Durante la fase de construcción se da cumplimiento a lo establecido en los Permisos Ambientales Sectoriales 140 y 142, adjuntos en el Anexo 9.3 de la Adenda y Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria.

La disposición dentro del área de emplazamiento del Proyecto de residuos domiciliarios y de la construcción corresponde a una zona de acopio transitorio y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

incluidos el suelo, agua y aire. basureros rotulados, mientras que los residuos peligrosos se almacenan en recipientes herméticos y debidamente identificados según lo indica la NCh 2190/2015, dentro de una bodega especialmente destinada para esta función, según lo estipula el Decreto Supremo N°148/03, del Ministerio de Salud. El manejo final de residuos sólidos y líquidos (transporte y disposición), siempre se realiza por empresas autorizadas y dispuestos en sitios autorizados.

Por lo tanto, no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos que puedan ser generados durante la fase de construcción, sobre los recursos naturales y que afecten o pongan en riesgo la salud de la población.

Fase de operación Los residuos generados en esta fase corresponden a residuos domiciliarios, los cuales son almacenados por los propietarios en sus viviendas y son retirados aproximadamente 2 veces por semana.

Las emisiones líquidas que se generan durante la operación del Proyecto corresponden a las aguas servidas, producto de las actividades diarias de los habitantes del conjunto habitacional, las cuales son descargadas a través del sistema de alcantarillado que dispone el proyecto y procesadas por empresa ESSBIO S.A.

La evacuación de las aguas lluvia se realiza mediante la captación del escurrimiento superficial del agua a través de las calles hasta los sumideros proyectados, los que luego conducen las aguas por medio de colectores hasta zanjas de infiltración, tal como se indica en detalle en el Proyecto de ALL, adjunto en el Anexo 04 de la Adenda. Además, para asegurar su buen funcionamiento se conta con cámaras de inspección a lo largo de la red. Finalmente, este sistema termina con la descarga de las aguas lluvias en los canales Nuñano y Santa Bárbara.

Las descargas a cuerpos de aguas ya mencionados implica que se tramita el PAS 156, cuyos detalles se presentan en los Anexos 9.1 y 9.2 de la Adenda, en dicho PAS se presentan además medidas para minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, así como también un plan de seguimiento.

Por lo tanto, no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales, que puedan ser generados durante la fase de operación y que afecten o pongan en riesgo la salud de la población.

De acuerdo a los antecedentes presentados el Proyecto no genera riesgo a la salud de la población, producto de la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que se generan; ya que no son significativos y además son controlados.

Adicionalmente el presente Proyecto no supera los valores de exposición establecidos por las normas primarias de calidad ambiental nacional, no aumenta el riesgo pre- existente ni mucho menos el nivel de riesgo incremental de contaminantes cancerígenos considerando los niveles de frecuencia y duración de exposición. Asimismo, no supera los valores referenciales para el caso de contaminantes no cancerígenos, conforme a lo establecido en la “Guía de evaluación ambiental de riesgo para la salud” del SEIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.1.

6.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental El Proyecto y las actividades asociadas a éstos, no generan o presentan efectos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluido el suelo, agua y aire. Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. No aplica. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. El Proyecto se emplaza en territorio de extensión urbana, específicamente en zona EX1, según el PRC de Rancagua, donde es permitido el uso residencial por lo que la ejecución del proyecto es compatible con el instrumento de planificación territorial.

Por otra parte, el sector donde se ubica el Proyecto se encuentra altamente intervenido y ocupado por viviendas, por lo que la construcción y operación del Proyecto no genera pérdida de suelo o su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

En fase de construcción, la disposición temporal de los residuos de la construcción se realiza en una zona de acopio de 30,69 m2, donde se acumulan escombros y excedentes, los cuales se encuentran debidamente dispuestos, delimitados y señalizados, de acuerdo con sus características y naturaleza. Por otro lado, la bodega de residuos domiciliarios corresponde a un área de 17,4 m2 en la fase constructiva Lihuén II, y a un área de 29 m2 en Lihuén III, donde se almacena de forma transitoria 7 contenedores en cada zona con ruedas y tapa hermética de 240 L, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente.

Los residuos peligrosos se almacenan en una bodega, cuya materialidad es malla tipo Acma metálica de 3,0 x 3,0 m, cierre de fibrocemento, cubierta de zincalum con dimensiones de 0,30 x 851 x 2000 mm, con radier de 20 cm de espesor; hormigón de H=20. Cabe mencionar que los residuos peligrosos son clasificados y dispuestos en contenedores cerrados y rotulados, cumpliendo con los requerimientos del Decreto Supremo Nº148/2003, del Ministerio de Medio Ambiente. Dicha bodega se instala en las dependencias de las faenas del Proyecto.

Para contener posibles derrames el radier del recinto tiene un pretil de 50 cm de alto, este tiene una capacidad de 4,5 m3, para contener cualquier tipo de derrame. Adicionalmente, bajo este piso se instala polietileno para posibles infiltraciones. Por otra parte, las sustancias peligrosas son mantenidas temporalmente en contenedores con tapa; y debidamente rotulados, para los cuales se dispone, de una bodega “SUSPEL” (sustancias peligrosas) en la instalación de faenas con el sentido de mantener estas sustancias los cuales son manejados y acumulados según lo establecido en la normativa vigente Decreto Supremo N°43/2016, del Ministerio de Salud, correspondiente al Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.

En la fase de operación, se considera la generación de residuos domésticos producto de las actividades asociados a los departamentos, cuyo manejo depende de cada propietario. Cabe destacar que cada edificio contempla 1 sala de basura ubicada en el primer nivel, que sirve para la recepción de la basura de todos los pisos del edificio a través de 3 ductos, cumpliendo con una ventilación adecuada además de tener una ducha superior en el último piso.

Para el retiro de los residuos por parte de los camiones municipales se habilita una zona de pre-carguío próxima al acceso vehicular la cual cumple con las exigencias descritas en la Resolución N°7328/76 del Ministerio de Salud, esta zona cuenta con un área de 46 m2 y puede albergar hasta 24 contenedores de 360 Litros cada uno en el caso de Lihuén II, y 39 contenedores en Lihuén III.

En fase operativa no se contempla el uso de sustancias peligrosas ni la generación de residuos peligrosos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

En base a lo expuesto, se prevé que las actividades de construcción u operación del proyecto no significan un menoscabo del componente suelo para sustentar la biodiversidad ni tampoco en las capacidades o características del suelo.

La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. Para describir este componente, se realizó el estudio de Flora y Fauna adjunto en el Anexo 8 de la DIA, complementados en Anexo 3 del Adenda, en este se determina el área de estudio, las especies vegetales y de fauna que existen en el área, mediante la observación, registros de vocalizaciones, imágenes fotográficas, rastros y huellas, con el propósito de reconocer las especies endémicas y determinar el estado de conservación de las especies y finalmente desarrollar sugerencias como planes de mitigación y/o manejo en el caso que sea pertinente.

Metodología Las técnicas de muestreo descritas en este estudio fueron llevadas a cabo en el área del proyecto durante la campaña en terreno realizada los días 13 y 14 de enero de 2023 correspondiente a la temporada de verano. El esfuerzo de muestreo incluye un total de 8 horas trabajadas por jornada y un número de 2 profesionales en terreno (total de 16 horas por persona). Por otra parte, se realizó una segunda campaña de terreno llevada a cabo en el área del proyecto durante los días 06 y 07 de octubre de 2023 correspondiente a la temporada de primavera. El esfuerzo de muestreo incluye un total de 8 horas trabajadas por jornada y un número de 2 profesionales en terreno (total de 16 horas por persona).

Definición del área de influencia El área de estudio está definida por los límites del terreno que ocupa el proyecto en tres etapas, la primera etapa en el polígono color magenta, la segunda etapa 2 con el polígono de color naranja y la tercera con polígono color celeste. A su vez, se distinguen las zonas con presencia de cuerpos de agua, especialmente aquellos del sector oeste y sur.

Resultados

Flora De acuerdo al informe de flora y fauna adjunto en el Anexo 3 de la Adenda, la vegetación registrada es pobremente diversa y no presenta especies con valor significativo, puesto que está compuesta totalmente de especies exóticas, especialmente de formaciones herbáceas invasoras que ocupan la mayor parte de los suelos.

Fauna

Respecto a fauna silvestre, no se observaron especies de anfibios debido a que no hay cuerpos de aguas con condiciones adecuadas en el área del Proyecto, incluso considerando el canal de regadío del sitio aledaño, donde la condición de temporal del curso de agua y la escasa vegetación no permite el desarrollo de este grupo de animales. De la misma forma no se observaron especies de reptiles debido a la escasa vegetación herbácea y una pradera agrícola modificada por la remoción de suelo.

En cuanto al grupo de los mamíferos, se registraron animales exóticos y/o ganaderos y domésticos, por lo que no representan un impedimento para el desarrollo del proyecto. Respecto de micromamíferos se registró la presencia de estos mediante huellas, de modo que no es posible descartar su presencia dentro del área del proyecto, aun cuando escasean los sitios con características y condiciones de hábitat para este grupo. Por último, no hubo registro de quirópteros en el área de influencia del Proyecto a pesar de la cercanía de cursos de agua y vegetación que permiten condiciones para su paso.

Cabe mencionar que la avifauna presente en el área de estudio está representada por especies que presentan una amplia distribución en Chile y no se encuentran incluidas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

en categorías de conservación como especies amenazadas (UICN). Sin embargo, de acuerdo con la Ley de Caza N°19.473, todas las especies registradas presentan algún criterio de protección y, al menos 8 de las especies avistadas, corresponden a aves consideradas como Especie catalogada beneficiosa para la actividad silvoagropecuaria (B) y/o Especie catalogada benéfica para la mantención del equilibrio de los ecosistemas (E). Dado lo anterior, se recomienda informar mediante charlas a los trabajadores la existencia y características de las especies presentes, de manera de asegurar su bienestar y sobrevivencia evitando la destrucción casual de nidos y huevos en los alrededores del terreno en épocas reproductivas.

Finalmente, y de acuerdo con los resultados de este estudio, no se identificaron especies nativas con categorías de conservación en estados críticos o en peligro dentro del área a intervenir por lo que, se podría determinar, que el desarrollo de este Proyecto no presentaría impactos significativos sobre la biodiversidad del área de emplazamiento del proyecto Condominio Lihuén II y III.

La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Suelo El sector donde se ubica el Proyecto se encuentra altamente intervenido y ocupado por viviendas, por lo que la construcción y operación del Proyecto no genera pérdida de suelo o su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

Además, se indica que la superficie total a ser intervenida corresponde a 44.236,15 m2 aproximadamente, donde la tierra removida considera escarpe y excavación para la construcción de las fundaciones de los edificios y la urbanización, las obras constructivas duran aproximadamente 29 meses, mientras que la vida útil del proyecto es de carácter indefinida.

Cabe mencionar que en todo momento se vela por que no exista contaminación de suelos con residuos y/o sustancias peligrosas utilizadas para la construcción y operación, por lo que en obra existen bodegas de almacenamiento acorde a lo indicado en el Decreto Supremo N°43/2016 del Ministerio de Salud, Reglamento de Sustancias Peligrosas, y en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Decreto Supremo 148/2003, del Ministerio de Salud.

Agua En cuanto a las emisiones líquidas generadas en fase de construcción, son descargadas al alcantarillado por medio de empalme provisorio y tratadas por la empresa ESSBIO S.A., las emisiones provenientes de baños químicos son retiradas por una empresa autorizada, en tanto los residuos líquidos generados por el lavado de ruedas, son retirados y dispuestos por una empresa autorizada. Por otra parte, los residuos domiciliarios y asimilables, residuos de la construcción y residuos peligrosos generados en fase de construcción son debidamente almacenados y dispuestos en lugares autorizados.

Y, por último, en fase de operación las aguas servidas son descargadas y tratadas por la empresa ESSBIO, se considera la solución de las aguas lluvia mediante la captación del escurrimiento superficial a través de las calles hasta los sumideros proyectados, los que luego conducen las aguas por medio de colectores hasta zanjas de infiltración, tal como se indica en detalle en el Proyecto de ALL, adjunto en el Anexo 4 de la Adenda. Finalmente, estas aguas son descargadas a los canales Nuñano y Santa Bárbara, para lo cual se presenta el PAS 156 adjunto en Anexos 9.1 y 9.2 de la Adenda.

Aire A pesar de que las emisiones generadas durante la fase de construcción del Proyecto no superan los límites establecidos en la norma, se proponen algunas medidas de control tal como se indica en el Informe de Estimaciones Atmosféricas, adjuntas en Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria, con el objetivo de reducir las emisiones fugitivas de material particulado.

Es así como las emisiones directas del proyecto son minimizadas de tal forma de no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

afectar la calidad del aire en la zona de influencia del Proyecto, utilizando para ello supresores de polvo como medida de control en caminos no pavimentados al interior del Proyecto. Se mantiene la humectación en faenas que requieran movimientos de tierra, con el propósito de no generar un incremento en las emisiones y dar cumplimiento a las concentraciones estipuladas en la normativa aplicable.

En el informe de emisiones acústicas adjunto en el Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria se estimó la presión sonora producto de las actividades de maquinarias y vehículos en la fase de construcción, además del ruido de fondo, con lo cual se estimaron los limites normativos de acuerdo a la zonificación, que finalmente, mediante la aplicación de medidas de control como barreras acústicas se determinó el cumplimiento de los límites máximos de emisiones permitidos según el Decreto Supremo N°38/11, del Ministerio de Medio Ambiente. Cabe destacar que las mayores emisiones son generadas durante la fase de construcción del Proyecto y son consideradas de carácter temporal.

La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el Proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. El Proyecto cumple con los valores de concentraciones establecidas en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes, ya que:

El Proyecto no genera efluentes líquidos o emisiones a la atmósfera con una composición, peligrosidad, calidad y/o concentración que afecten los recursos naturales renovables.

Las emisiones líquidas en la fase de construcción son de tipo domiciliario, los cuales se manejan a través de baños químicos y conexión provisoria con empresa ESSBIO S.A.

Para la fase de operación estos efluentes son tratados por parte de la concesionaria sanitaria ESSBIO S.A., ya que los efluentes líquidos generados son de tipo domiciliario y su descarga se realiza a través del sistema de alcantarillado. En cuanto al aire, el proyecto no genera un aumento en los valores referenciales con respecto a emisiones atmosféricas, ya que sólo se presentan emisiones atmosféricas temporales y puntuales producto de los trabajos de construcción y transporte, de acuerdo con los antecedentes indicados en los capítulos presentados con anterioridad y en el Anexo 2 de esta Adenda complementaria. Estas emisiones no superan los límites establecidos en la normativa vigente, no obstante, se llevan a cabo medidas de control para minimizar las emisiones, como encarpado de camiones, utilización de matapolvo en caminos no pavimentados, restricción de velocidad, entre otras.

En la fase de construcción del Proyecto los principales residuos sólidos que se generan son los propios de cualquier tipo de construcción, estos son trasladados a lugares debidamente autorizados para este tipo de residuos. Es necesario señalar que el Proyecto realiza un manejo adecuado de los residuos sólidos, material sobrante de las excavaciones de tierra y residuos peligrosos, como también aquellos asimilables a domiciliarios. Además, se da cumplimiento al PAS 140, adjunto en el Anexo 9.3 de la Adenda, referido al “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase”, para el manejo seguro de estos residuos.

Respecto de los residuos peligrosos, y su posible generación, se da cumplimiento a su almacenamiento y traslado a un lugar de disposición autorizado tal como lo establece el Decreto Supremo N°148/03, del Ministerio de Salud. Igualmente, se da cumplimiento al PAS 142, adjunto en el Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, referido al “Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos”, para el manejo seguro de estos residuos en las faenas y posterior transporte a disposición final autorizado. Los residuos sólidos generados en la fase de operación son de tipo domiciliario, los que son recolectados por el servicio municipal, para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado.

En la siguiente Tabla, se detalla la normativa de calidad secundaria para los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

componentes Aire y Agua.

Componente Norma Contenido Relación con el Proyecto AIRE D.S 22/09 Establece norma de calidad secundaria de aire para anhídrido sulfuroso (SO2).

[ ] Diaria [ ] Anual 260 µg/m3N 60 µg/m3N

El Proyecto en ninguna de sus fases contempla la emisión de este contaminante en concentraciones tales que superen la norma anual (60 μg/Nm3), así como tampoco la norma diaria (260 μg/Nm3). El proyecto en sus fases contempla la emisión de este contaminante, y solo se emite a partir de la combustión de motores diésel, en bajas concentraciones; para los cuales se cuentan con mantenciones periódicas, de tal forma que permitan el funcionamiento óptimo de la maquinaria. AGUA D.S 9/15 Establece normas secundarias de calidad ambiental para la Protección de las Aguas Continentales Superficiales de la Cuenca del Río Biobío Debido a la ubicación geográfica, esta normativa no aplica y no tiene relación con el Proyecto. AGUA D.S 53/14 Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del río Maipo. Debido a la ubicación geográfica, esta normativa no aplica y no tiene relación con el Proyecto. AGUA D.S 75/09 Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las continentales superficiales de la cuenca del rio serrano. Debido a la ubicación geográfica, esta normativa no aplica y no tiene relación con el Proyecto. AGUA D.S 122/09 Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas del lago Llanquihue. Debido a la ubicación geográfica, esta normativa no aplica y no tiene relación con el Proyecto. AGUA Decreto 19/2013 Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de lago Villarica. Debido a la ubicación geográfica, esta normativa no aplica y no tiene relación con el Proyecto. Fuente: Tabla 106 del Anexo 5.1 “Normas Secundarias de calidad y su relación con el proyecto” del Adenda Complementaria.

En base a los antecedentes expuestos anteriormente para los distintos componentes, el Proyecto no presenta superación de las Normas de Calidad Secundaria o efectos adversos sobre la biota, generados por la magnitud y duración, de cualquiera de sus fases.

La diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del La contaminación acústica que se pueda presentar en el proyecto es de carácter acotado y puntual, debido a que está asociado al funcionamiento de maquinaria en fase de construcción. No obstante, se aplican las medidas de control y gestión presentadas en el Anexo 02 de la Adenda Complementaria, cumpliendo de este modo con el límite máximo establecido en el Decreto Supremo Nº38/11 “Norma de emisión de ruido generados por fuentes que indica” del MMA, en todas las subetapas del Proyecto.

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entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Por otro lado, la zona de emplazamiento del proyecto está destinada para la construcción de departamentos entre otras actividades, y no cuenta con presencia de fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, como la describe el catastro de flora y fauna adjunto en el Anexo 03 de la Adenda.

El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. En fase de construcción se identifican los siguientes residuos:

Residuos asimilables a domésticos: Este tipo de residuo se genera por los trabajadores durante la fase de construcción del Proyecto, estos residuos provienen principalmente de los comedores y baños. Cabe mencionar que en los comedores los trabajadores no cocinan sus alimentos, solo se encuentran habilitados para calentar y consumir las colaciones. Para calcular la cantidad de residuos se supone una tasa de generación por cada trabajador de 0,13 kg al día. Considerando que en fase de construcción existe una mano de obra máxima de 292 personas se prevé que la generación de los residuos domiciliarios alcanza 37,96 kg/día, los cuales son dispuestos en bolsas plásticas en contenedores con tapa y rotulados, siendo retirados 2 veces por semana por servicio de la ilustre municipalidad de Rancagua.

Residuos no peligrosos: Corresponden a los residuos sólidos industriales no peligrosos asimilables a domiciliarios, generados durante la fase de construcción del Proyecto. Estos están compuestos principalmente por: excedentes de las excavaciones, escombros (restos de hormigón), madera, despuntes de poliestireno expandido y tuberías de P.V.C., restos de alambres y yesos, tinetas, despuntes de madera y de polietileno, nylon y similares, cartones y similares. Dichos residuos son almacenados en un patio de acopio y retirados por una empresa con resolución sanitaria vigente, la cual dispone los residuos sólidos en rellenos sanitarios autorizados para estos fines en la Región.

Residuos peligrosos: Los residuos peligrosos que se generan en la fase de construcción corresponden a: envases de diluyentes vacíos, adhesivo para tuberías, Vinilit y Ecoline, tubos de silicona, envases de sellador de poliuretano, papel fieltro y rodillos usados, paños y/o huaipes contaminados, dynal denso, aguarrás y pinturas, etc.

Éstos serían mantenidos temporalmente en contenedores con tapa; y debidamente rotulados, para los cuales se dispone de una bodega “RESPEL” (residuos peligrosos) en la zona del Proyecto, con el sentido de mantener transitoriamente estos residuos, los cuales son manejados y acumulados según lo establecido en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud, para su posterior retiro por la empresa autorizada.

Para el transporte de los residuos peligrosos generados durante el periodo de construcción y su posterior retiro y correcta disposición se contrata una empresa con autorización sanitaria, según el Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud.

Residuos líquidos: El Proyecto contempla el manejo de aguas servidas a través de la conexión a la red de la empresa ESSBIO S.A. mediante empalme provisorio durante la fase de construcción, contando con factibilidad sanitaria autorizada por ESSBIO. Se adjunta Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas Nº 202301002694 y 202301005744 en el Anexo 1 de la Adenda.

Por otro lado, dentro de faenas se cuenta con instalaciones sanitarias implementadas con 20 baños y 30 duchas acorde a lo establecido en el artículo Nº23 del Decreto Supremo Nº594, del Ministerio de Salud. Se cuenta además con un máximo de 6 baños químicos portátiles ubicados a no más de 75 metros del área de trabajo, acorde a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

lo indicado en el artículo Nº25 del Decreto Supremo Nº594, del Ministerio de Salud. Este servicio se contrata a una empresa que cuente con autorización sanitaria, y los residuos generados son gestionados por la misma empresa contratista.

De acuerdo a lo anteriormente expuesto, en fase de construcción no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales que puedan ser generados durante la fase de construcción, que afecten o pongan en riesgo la salud de la población.

En fase de operación se genera:

Residuos domiciliarios: Durante el desarrollo de la fase de operación del Proyecto, existe generación de residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes de las viviendas. El cálculo de estos residuos se realizó utilizando el Reporte Asociado a la Generación de Residuos Sólidos en Chile, el cual indica, para la comuna de Rancagua, una tasa de generación de 0,88 kg/día de residuos. Además, se considera un promedio de 3,4 habitantes por departamento. De acuerdo con la información presentada, se estima un volumen generado de 8,98 m3/día, los cuales son retirados dos (2) veces por semana por servicio sanitario de la I. Municipalidad de Rancagua.

Residuos líquidos: Para la fase de operación las aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes son vertidas al sistema de alcantarillado de la empresa ESSBIO S.A. Las memorias de cálculo, planos y especificaciones técnicas de los proyectos de urbanización asociados a Agua Potable y Aguas Servidas se encuentran adjuntos en el Anexo 04 de la Adenda.

Por lo tanto, de acuerdo a lo anterior, en fase de construcción y operación no se contempla impacto por la generación y/o manejo de aguas residuales sobre los recursos naturales, dado que se manejan adecuadamente y las empresas autorizadas disponen las aguas residuales en los sitios autorizados. Así, no se prevé la generación de otros productos químicos, residuos o cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

Del informe de Mecánica de Suelos y la información asociada a este, se extrae que no se detectó nivel freático hasta las profundidades de exploración, siendo estas 16 calicatas de 3 a 5 metros de profundidad. Por lo tanto, el Proyecto no contempla intervenir o explotar cursos o cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. El cuerpo de agua de mayor envergadura que se encuentra próximo al Proyecto (2,7 km) corresponde al Rio Cachapoal. Debido a la tipología del proyecto y a la distancia que se encuentra del curso de agua más próximo, no se contempla intervenir recursos hídricos en que se generen fluctuaciones de niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. Tal como se describe en el Informe de Flora y Fauna, adjunto en el Anexo 03 de la Adenda, no se contempla en este Proyecto intervenir o explotar vegas y/o bofedales, dado que el área de influencia del proyecto se encuentra caracterizada principalmente por pradera degradada.

g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. Según los datos proporcionados por el Sistema de Información Territorial de la Superintendencia del Medio Ambiente, este proyecto no contempla intervenir o explotar áreas o zonas de humedales, estuarios o turberas debido a la lejanía de estos respecto al Proyecto.

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en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. Además, tal como se describe en el Informe de Flora y Fauna adjunto en el Anexo 03 de la Adenda, no se contempla en este Proyecto intervenir o explotar Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. Según los datos proporcionados por el Sistema de Información Territorial de la Superintendencia del Medio Ambiente, este Proyecto no contempla intervenir o explotar superficie o volumen de un glaciar, ya que la distancia en línea recta entre el Proyecto y el glaciar más cercano (glaciar Cipreses) se encuentra a aproximadamente 60 km de distancia.

Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Dadas las características descritas anteriormente el presente Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas de ningún tipo al territorio nacional, o en áreas, zonas o ecosistema alguno.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.1.

6.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental - Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento - La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamiento, servicios o infraestructura básica. Existencia de grupos humanos en el área de influencia Según los antecedentes presentados en el Anexo 2.4 del Adenda Complementaria, correspondiente al Estudio de Medio Humano, actualizado, al interior del área de influencia, no se registró la presencia de asociaciones indígenas, ya que se constató que las direcciones de las únicas dos asociaciones indígenas a nivel comunal se encuentran en zonas más céntricas de la ciudad.

Considerando la ubicación de los centros de Salud CESFAM Dr. Enrique Dintras y el Hospital Regional de Rancagua si bien estos no se encuentran en el área de influencia, sí se hallan relativamente cercanos, particularmente el CESFAM Enrique Dintrans con su respectivo SAR (a 1,5 km vía ruta), y el propio Hospital Regional de Rancagua (a 1,9 km vía ruta). El CESFAM aludido, también conocido en Rancagua como CESFAM N°1 posee una infraestructura asociada que es capaz de atender a unos 60.000 usuarios del sector sur-poniente de la ciudad, en especial luego de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

inauguración de su respectivo SAR, esto durante el 2018; adicionalmente, hay en curso un proceso de reestructuración de la salud pública en el que la población es redistribuida de sus respectivos centros de atención, lo que va en función de una mayor eficiencia. El otro gran centro de salud cercano es el Hospital Regional de Rancagua, cuya infraestructura es de reciente construcción, ya que sus obras comenzaron el 20109, tratándose, en consecuencia, de un recinto nuevo, moderno, y con capacidad de atención superior al recinto que ocupaba previamente.

En el área de influencia, se encuentra el Colegio Ayelén a pocos metros del Proyecto. Parte de los entrevistados que habitan en los barrios más modernos, indican que sus hijos se encuentran matriculados allí, dada la cercanía a las viviendas. Este colegio particular subvencionado, tal como se ha señalado, se encuentra adscrito a la Subvención Escolar Preferencial (SEP) y, por lo tanto, tanto las matrículas como las mensualidades son gratuitas. Desde el inicio de su funcionamiento en 2015 hasta la fecha se observa una importante evolución en el total de matrículas por año, tal como se aprecia en la siguiente tabla, elaborada con datos del Ministerio de Educación.

En la siguiente cartografía se muestra un resumen de los principales equipamientos señalados en el informe de medio humano:

Fuente: Cartografía 24 “Resumen de los servicios y equipamientos presentes en el área de influencia” del Anexo 2.4 del Adenda Complementaria.

Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El desarrollo de este Proyecto habitacional, a la luz de los antecedentes presentados, no usa o restringe el acceso de los recursos naturales que pudiesen ser utilizados a manera de sustento económico por parte de los grupos humanos existentes, o bien para sus tradiciones o ritos comunitarios, tales como el uso medicinal, espiritual o cultural; esto según la información recabada en terreno, reforzado, también, por la bibliografía disponible.

Esta situación, se debe a que en el área de influencia no se constató la existencia de recursos naturales que pudiesen ser utilizados por grupos humanos para los fines anteriormente señalados.

Adicionalmente, se constató que el terreno en el cual se construirá el Proyecto no existe recursos naturales que pudiesen ser empleados por los grupos humanos en ninguna de las formas ya referidas.

Por lo tanto, no existe relación entre el Proyecto y cualquier intervención, restricción o uso de recursos naturales, ya que estos no se encuentran presentes en el área de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

influencia, ni en el terreno a construir. Respecto a esto último, tampoco existen habitantes o grupo humanos dentro del área del proyecto, ni prácticas culturales o económicas en relacionadas al uso de posibles recursos que pudiesen verse afectados por el desarrollo de Lihuén II y III.

Considerando los antecedentes recabados en el territorio que han sido descritos en este informe, es posible determinar que Lihuén II y III no obstruye, no utiliza, y no restringe el acceso a los usos de recursos naturales que pudiesen ser utilizados con fines socioeconómicos, y tradicionales, como medicinal, espiritual, o cultural por parte de los grupos humanos existentes.

La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. En consideración a lo expresado por el Proponente en el Anexo 6.2 de la DIA, complementado en Anexo 3 del Adenda y Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y las respuestas 4.7 a la 4.22 del Adenda Complementaria, y discutida la materia durante todo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental por medio de lo indicado en las consultas 4.7 de la Carta N°202306103186 de fecha 25 de julio de 2023 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, correspondiente al Informe de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (en adelante “ICSARA “), y mediante Carta N°2024061034 de fecha 09 de enero de 2024 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins correspondiente al ICSARA Complementario, considerando a demás lo expresado por medio de los Oficios Ord. N°20192 de fecha 20 de julio de 2023 que se pronuncia sobre la DIA del Proyecto, en el Oficio Ord. N°34959 de fecha 01 de diciembre de 2023 que se pronuncia sobre el Adenda, y mediante Oficio Ord N°10474 de fecha 12 de abril de 2024, complementado con el Oficio Ord. N°11069/ de fecha 16 de abril de 2024, todos de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins, esta Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, concluye que:

Debido a lo dispuesto por el legislador en el artículo c) de la Ley N°19.300 y sus modificaciones posteriores y pormenorizado en el artículo 7 literal b) del D.S. N°40/2012 y sus modificaciones del Ministerio de Medio Ambiente, que indica:

“Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”

El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Se entenderá por comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de personas que comparte un territorio, en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales, que eventualmente tienden a generar tradiciones, intereses comunitarios y sentimientos de arraigo. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas, se considerará el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto o actividad…

A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las circunstancias que se mencionan a continuación, respecto de las cuales se deberá analizar la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, en la medida que sea pertinente:

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Teniendo presente además, de la Resolución Exenta N°202299101740, de fecha 15 de septiembre de 2022, que da vigencia a los Criterio de evaluación en el SEIA, Objetos de protección, que señala:

Punto 1.2: “Objetos de protección y áreas de influencia Los impactos generados por Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

las partes, obras y acciones de un proyecto o actividad en evaluación en el SEIA, pueden interactuar con uno o varios objetos de protección y, por tanto, estos serán receptores de impacto. Para cada objeto de protección ambiental afectado o alterado por un proyecto, el titular deberá establecer los límites espaciales del área donde la afectación genere impactos, lo que se conoce como Área de Influencia (AI), para luego describir los atributos de los objetos de protección en su interior”.

Luego en Anexo 1. Tabla de Objetos de Protección Ambiental en el SEIA, Objeto de Protección: Circulación y conectividad del Grupo Humano, Descripción: Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento; que busca proteger: Conservar la calidad de vida del grupo humano, asegurando la no afectación de las circunstancias descritas.

Para determinar los criterios de significancia asociados a la mencionada norma (art.7 literal b), él SEA D.E., ha publicado mediante Resolución Exenta N°202299101771, de fecha 27 de septiembre de 2022, correspondiente a Criterio de evaluación en el SEIA: Contenidos técnicos para la evaluación del impacto sobre la libre circulación, conectividad y tiempos de desplazamiento en proyectos inmobiliarios, donde se indica:

“1.1.1. Paso 1: Descripción completa del proyecto o actividad: …Desde un punto de vista sectorial, la estimación de flujos inducidos permite definir la necesidad de presentar un IMIV básico, intermedio o mayor para la temporada o período más crítico, y sus correspondientes medidas de mitigación. En este sentido, en el caso de que el titular acompañe el IMIV en el procedimiento de evaluación ambiental, este corresponderá a un insumo para el proceso iterativo de construcción del área de influencia y determinación de impactos sobre los SVCGH. Por otro lado, el hecho de que un proyecto no requiera realizar de forma obligatoria un IMIV sectorial, no significa que no deban analizarse eventuales afectaciones a la letra b) del artículo 7° del Reglamento del SEIA, siguiendo los estándares ya indicados para estimar flujos inducidos de conformidad a lo establecido en el Decreto N°30 (MTT, 2019). La situación actual del SML y, específicamente, de la oferta y la demanda de transporte, corresponderá a la existente en el área de influencia al momento en que se realicen las correspondientes mediciones de tránsito, las que no podrán tener una antigüedad superior a doce meses desde su presentación al Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad (SEIM). En el caso de no presentarse al SEIM, dicha antigüedad será en relación con la presentación al SEIA. Los proyectos deberán indicar la descripción completa de la situación actual, con sus respectivas particularidades. Para lo anterior, se deberán considerar todos los contenidos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019) y la normativa sectorial vigente, incluyendo los descriptores para identificar las principales acciones de los nuevos habitantes, en términos de sus hábitos viales y la utilización de equipamientos en el barrio, tanto para proyectos con y sin IMIV. Finalmente, para aquellos proyectos que presentaron un IMIV conjunto, según lo indicado en el Decreto N°30 (MTT, 2019), se consideraran las medidas establecidas para el respectivo proyecto en evaluación en el SEIA, de forma independiente”.

Se agrega 1.1.7. Paso 7: Evaluación de impactos y medidas de reparación, mitigación y compensación:

Para establecer si los impactos identificados son o no significativos, se requiere realizar una estimación del impacto de forma cuantitativa y esta evaluarla en conjunto con la información cualitativa, en función de los criterios establecidos en la Ley N°19.300, en el Reglamento del SEIA y en guías específicas de evaluación de impactos. Para lo anterior, y en el caso de que se presente el IMIV aprobado en el marco del SEIA, este se utilizará como insumo para la determinación del impacto, considerándose los resultados obtenidos en el IMIV para el respectivo proyecto en evaluación, no siendo vinculante su conclusión con el proyecto en análisis en sede ambiental.

No obstante, se entenderá que causará saturación en la capacidad de las vías –en uno Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

o varios horarios punta– cuando en situación con proyecto esta sobrepase el 85% de saturación, en una o varios arcos o tramos entre esquinas de calles del área que viene definida a partir del IMIV, las cuales deberán quedar claramente identificadas y caracterizadas, según lo indicado en el artículo 2.3.2, en el Decreto N°47 (MINVU, 1992).

Entendemos el grado de saturación como la razón entre el flujo vehicular y la capacidad vehicular de un arco en una vía, expresado en porcentaje. Para lo anterior, y de manera clara y debidamente justificada, se deberá:

  1. Identificar el tipo de vía, su rol principal y su capacidad vehicular según lo indicado en el Decreto N°47 (Minvu, 1992) (ver tabla 1), y observando lo indicado en los instrumentos de planificación territorial, así como planes seccionales, planes reguladores, planes reguladores intercomunales, planes regionales de ordenamiento territorial.

  2. Determinar los flujos para los diversos modos de transporte actuales en el área de influencia, siguiendo todos los contenidos técnicos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019).

  3. Identificar los flujos inducidos por el proyecto según lo indicado en IMIV del proyecto, y si no lo hubiere, siguiendo los contenidos del Decreto N°30 (MTT, 2019)

  4. Calcular el grado de saturación, expresado en porcentaje; es decir, la relación entre la capacidad de la vía y el flujo vehicular para cada arco o tramos entre las calles del área definidas por el IMIV, tanto para el escenario actual como para el escenario con proyecto. En el caso de que el escenario actual en cada una de las líneas de detención o pistas, para cada arco de modelación, sea superior al 85%, el proyecto debe buscar no aportar un aumento mayor al 1%, teniendo en consideración todos los antecedentes y excepciones indicadas en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30 (MTT, 2019) relativo a la mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio.

A la vista de todo lo anteriormente expuesto, se concluye que:

• Situación base con proyecto sin medidas:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-6 y 6-7 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

• Luego revisado el Análisis Proyecto Mejorado, correspondiente a los resultados de la modelación presentados mediante Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se señala:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% en una situación base, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% en una situación base, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% en una situación base, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% en una situación base, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

En atención a lo anterior, y trazable además con lo indicado en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30/2019 y sus modificaciones posteriores, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que indica:

“Mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio:

En el IMIV se debe precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de mitigación obligatorias aplicables. La eventual indicación de que éstas permitirían mantener algunos o todos los estándares de servicio en un nivel semejante al existente deberá estar debidamente fundamentada, para efectos del análisis de suficiencia establecido en el artículo 3.6.2 de este reglamento.

En cuanto a la incidencia del proyecto en los conflictos en la circulación de vehículos motorizados, tanto los referidos en el artículo 3.5.3 de este reglamento como los detectados a través de la modelación, el IMIV deberá proponer medidas de mitigación específicas, como la reprogramación de semáforos o el incremento de la oferta vial, con el objeto de solucionar el aumento de los conflictos o los nuevos conflictos detectados en aquellos puntos, intersecciones o tramos de vía afectados por éstos, sea que dichas medidas se implementen en tales lugares o en otros distintos que formen parte del área de influencia, y que mitiguen de manera efectiva los impactos del proyecto.

La mitigación de los impactos detectados en la circulación de vehículos motorizados y la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio existentes antes de la puesta en operación del proyecto y los resultantes de la misma se regirá por las siguientes reglas:

a) Respecto del impacto por incremento del flujo vehicular (IMP), la verificación de que la diferencia entre el costo social calculado para la situación con proyecto no es superior a 5% respecto del costo social previsto para la situación base, para los períodos analizados, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto. Si tal diferencia es superior en alguno de los períodos analizados, el proyecto deberá proponer medidas de mitigación destinadas a disminuirla, acreditando que en la situación con proyecto mitigado sí se cumpliría con el porcentaje antes referido. Cabe precisar que, para los efectos de este análisis, no será necesario incorporar a la modelación aquellas medidas de mitigación asociadas a circulación peatonal que impliquen la incorporación de elementos en la calzada tales como semáforos peatonales, cruces de peatones y reductores de velocidad, entre otros.

El referido parámetro de semejanza podrá aumentarse a 8% respecto de aquellos proyectos que propongan medidas de mitigación que mejoren el funcionamiento del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

servicio de transporte público mediante buses, por sobre lo que le corresponda mitigar al proyecto por sus impactos en la operación de ese modo de transporte, tales como las medidas detalladas en el literal d) del artículo 3.6.9.

Para el cálculo de los porcentajes señalados se podrá considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

b) Respecto del grado de saturación de las líneas de detención o pistas, la verificación de que éste no supera el 85% en la situación con proyecto y que, por tanto, los usuarios de vehículos motorizados no experimentarán demoras excesivas en ningún punto específico del área de influencia, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

Si en la situación con proyecto el grado de saturación de algún arco de modelación aumenta por sobre el 85%, el proyecto deberá proponer medidas de mitigación destinadas a disminuir tal saturación hasta alcanzar, por lo menos, dicho porcentaje. Por su parte, si en la situación base el grado de saturación ya es superior a 85%, el IMIV deberá acreditar que tal porcentaje no aumenta en la situación con proyecto mitigado más allá de un 1%.

Para el cálculo de los grados de saturación señalados se podrá considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

En el caso de que no resulte técnicamente factible cumplir, en el escenario con proyecto mitigado, con el máximo grado de saturación en todos los arcos modelados del área de influencia, se podrán proponer medidas de mitigación que apoyen la gestión del tránsito en aquellos puntos del área de influencia en los cuales se presentan altos grados de saturación; lo anterior, a través de elementos de gestión de tránsito tales como cámaras de televisión (CCTV), unidades de comunicación, cambio de equipos semafóricos y controladores norma UOCT, integración de semáforos a los sistemas de control de tránsito, fibra óptica, lámparas led, unidades de respaldo, estaciones de conteo, espiras, u otras tecnologías. La proposición de estas medidas de mitigación excepcionales será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

c) Respecto del impacto en el nivel de servicio de los caminos públicos con los que se conecten aquellos proyectos que pretendan emplazarse en área rural o en área de extensión urbana, la verificación de que los vehículos tendrían la posibilidad de circular por tales vías, en la situación con proyecto, con un nivel mínimo de servicio C conforme a los parámetros establecidos en el Manual de Carreteras que esté vigente al momento de presentar el IMIV, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto, pues permite garantizar la circulación segura de los vehículos.

Para los mismos efectos, si en la situación base el nivel de servicio previsto es D o E, en la situación con proyecto mitigado tal nivel se debe, al menos, mantener. Por su parte, si el nivel de servicio en la situación base es F, en la situación con proyecto mitigado se deberá acreditar que la velocidad de operación no se reduce en más de un 5% respecto de la velocidad de operación prevista en la situación base.

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d) Si se propone como medida de mitigación la reprogramación de los semáforos (cambio de tiempo de ciclo, optimización de repartos y desfases, y sintonía fina), deberá garantizarse el respectivo estudio de programaciones, de manera que se realice una vez que el proyecto o la respectiva etapa esté en funcionamiento.

Si la propuesta de medida de mitigación de reprogramación de semáforos incluye cambios en los tiempos de ciclo, el estudio señalado deberá incluir la modelación y optimización de la red o redes semaforizadas a las cuales pertenecen los semáforos del área de influencia, incluyendo aquellas intersecciones que se encuentren fuera del área de influencia y que pertenezcan a dichas redes. (Énfasis Agregado).

A partir de ello se indica que a partir de los antecedentes expuestos durante la presente evaluación de impacto ambiental se concluye que el Proyecto “Condominio Lihuén II y III” declara generar impactos significativos asociados al artículo 7 literal b) del Decreto Supremo N°40/2012 del MMA, y que no se subsanaron los errores, omisiones e inexactitudes durante el presente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y conforme indica el legislador en el artículo 11 de la Ley 19.300 se recomienda rechazar el proyecto, conforme a los antecedentes anteriormente expuestos.

La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Según lo declarado por el titular en Anexo 2.4 del Adenda Complementaria, correspondiente al Estudio de Medio Humano, actualizado, el Proyecto contempla la edificación de sólo 450 viviendas de tipo departamento, sin embargo, también se consideró en el informe a las 294 viviendas de tipo departamento que corresponden a Lihuén 1. En conjunto, ambos proyectos suman 1.609 potenciales habitantes, de los cuales, considerando el porcentaje comunal en edad escolar que representa el 21%, sólo habría unos 338 estudiantes aproximados asociados a Lihuén II y III. El número de viviendas permite proyectar un número aproximado de habitantes, y de esta base, argumentar su impacto en los servicios.

En base al trabajo de campo realizado, se logró identificar a sólo una Junta Vecinal, con infraestructura, y en la que los entrevistados declararon que se limitaba a participar en concursos y proyectos relativos a la mejora de la calidad de vida en el sector, sin embargo, respecto a otras actividades, estos afirmaron que no se realizaban. Teniendo en cuenta esto, se puede considerar que el proyecto difícilmente puede afectar esta dinámica de funcionamiento, ya que los concursos y proyectos son actividades puntuales, que no se realizan de forma constante, y que además su horario y día varían dependiendo de los tiempos tanto de los vecinos, como de la municipalidad y autoridades asociados a dichos proyectos y concursos. Considerando las actividades tan puntuales y específicas que se realizan en la junta vecinal, el Proyecto difícilmente puede afectar su funcionamiento.

Dentro del área de influencia, se dio cuenta de la existencia de varias zonas verdes, constituidas principalmente por plazas y plazoletas, algunas de las cuales contaban con instalaciones deportivas. En contraposición, no se hallaron multicanchas o similares. Al respecto, la comuna se encuentra dentro de la normativa ideal dictada por la OMS, además de que el proyecto en sí cuenta con áreas verdes asociadas para su población. En cuanto a los servicios comerciales presentes en el área de influencia, ya fue referido que estos son bien acotados al Supermercado Cugat y sus instalaciones comerciales asociadas a un strip center, existiendo incluso un local de venta de vehículos, además de comercio asociado a vestuario y gastronomía. Para acceder a una mayor variedad de servicios comerciales es necesario ir a zonas más céntricas, y en este sentido, el proyecto no altera la dinámica ya existente del acceso al comercio en la zona.

Respecto de otras infraestructuras presentes en el área de influencia, es posible señalar a una iglesia que opera como única institución religiosa y que, tanto por ubicación, como por infraestructura de estacionamientos, no se debiese ver afectada por la construcción u operación del Proyecto.

Se encontró a una única institución educativa al interior del área de influencia, que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

es de tipo particular subvencionado, pero de matrícula y mensualidad, que cuenta con niveles de prekinder hasta enseñanza media, y que es muy valorado por la comunidad, sobre todo por aquellos residentes de los barrios más nuevos. Esta institución tiene una matrícula, al año pasado de 1.233 estudiantes, lo que virtualmente dobla a la cifra que tenía en el 2016 (781 matrículas); y que da a entender que se ha ido adaptando a las necesidades educativas de la zona. Sobre la disponibilidad de matrículas, se hace mención de que, si se considera que aproximadamente 338 personas asociadas a los proyectos Lihuén II y III estarán en edad escolar, la institución presente puede acoger a algunos individuos, mientras que el resto de los estudiantes asociados a estos proyectos, pueden acceder a la mayor oferta educativa que presenta Rancagua en la materia; lo que queda reflejado en las 18.346 matrículas vigentes durante el 2022 para los establecimientos municipales, por lo que la cifra real de matrículas puede ser aún superior, en particular, si se considera la existencia de más colegios particulares subvencionados de matrícula y mensualidad gratuita, y sin mencionar que es muy probable que parte de la población en edad escolar asociada al proyecto ya se encuentra inserta en establecimientos educativos comunales. En base a estos elementos, se considera que los 338 potenciales alumnos asociados a Lihuén II y III no deberían sobrepasar las capacidades comunales en materia educativa de una ciudad con las características de Rancagua.

En cuanto al acceso a los servicios de salud, ya se mencionó que no se encontraron instalaciones de este tipo al interior del área de influencia, pero debido a su ubicación, el proyecto es cercano a diversas infraestructuras asociadas a la salud. Tal es el caso de CESFAM 1 de Rancagua, llamado Dr. Enrique Dintrans, que cuenta con un SAR inaugurado el 2018 con capacidad para atender a unas 60.000 personas, y que está ubicado a sólo 1,4 km de distancia del proyecto. El otro establecimiento de salud cercano es el propio Hospital Regional de Rancagua, que también cuenta con instalaciones modernas, ya que todos sus edificios comenzaron a ser construidos en el 2010, heredando sus antiguas instalaciones la también reciente Universidad de O’Higgins; siendo este un centro de alta complejidad, ubicado a sólo 1,9 km de distancia. En particular, la enorme capacidad del SAR del CESFAM Enrique Dintrans, no debiese verse sobrepasada por la población asociada a los proyectos Lihuén II y III, ya que la población asociada en conjunto es de 1.609, esto sin considerar el escenario real en el que parte de la población está asociada a alguna ISAPRE. Al igual que en el ítem de educación, se estima que la importante infraestructura de salud que posee Rancagua, tanto de tipo público como privado, y con las expansiones constantes de sus capacidades, permite la absorción de las 1.609 personas que aportarían, eventualmente, los proyectos Lihuén II y III.

Respecto al comercio, la ciudad de Rancagua se caracteriza por una economía con un predominio del sector terciario (82%), seguido por el sector primario (11%) y el secundario (7%). La expansión del Supermercado Cugat refleja la capacidad de crecimiento comercial, con una inversión de 1 millón de dólares y una ampliación de 4.722,67 m2 a los 17.795,68 m2 existentes, sumando un total de 22.518,35 m2 de superficie comercial. El Proyecto busca satisfacer la demanda de consumidores minoristas ofreciendo una variedad amplia de productos. Con 4.570 giros comerciales liderados por el sector del comercio, que emplea a 17.949 trabajadores, Rancagua demuestra una sólida infraestructura comercial capaz de absorber el incremento de demanda generado por los nuevos habitantes del Proyecto.

Se debe considerar que, las características de la propia ciudad de Rancagua, como una urbe de tamaño medio y capital regional, provocan que la oferta de diversos servicios sea bastante amplia.

No obstante, lo anterior, y dado que se verifica que el Proyecto genera aumento en los tiempos de desplazamiento para los grupos humanos presente en el área de influencia del Proyecto, y en presencia a la proximidad de establecimientos educacionales, supermercados y centros de salud, como lo visualiza la Cartografía 24 del Anexo 2.4 del Adenda Complementaria, “Resumen de los servicios y equipamientos presentes en el área de influencia” , las medidas de mitigación implementadas no logran mejorar la accesibilidad, más bien, generan un incremento en el tráfico generado por la adición Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

de estos nuevos residentes.

En conclusión, el análisis detallado de los diversos componentes esenciales para la vida urbana en el contexto del Proyecto demuestra que si bien el sector posee una capacidad robusta y equipada, no es posible descartar la generación de un impacto significativo en los tiempos de desplazamiento para los grupos humanos que se encuentran presentes en el área de influencia, o de aquellos que hacen uso de los servicios de equipamiento, bienes y servicios existentes en las inmediaciones del Proyecto.

En este sentido, la evaluación de la factibilidad de bienes, equipamientos, servicios e infraestructura en Rancagua indica que el aumento poblacional derivado del Proyecto se ve alterado y la infraestructura existente y planificada o mejorada, genera alteraciones significativas en la condición base de la comuna.

Debido a lo anterior, los antecedentes presentados por el titular no son suficientes para descartar que el Proyecto no genera una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. El análisis de este punto se realizó en base a lo recabado en las entrevistas, y en las observaciones realizadas en terreno, que abarcaron a diferentes actores sociales, sumado al complemento de las fuentes secundarias.

Como ya fue descrito en este informe, en el área de influencia no existen organizaciones o actividades de tipo ritual o ancestral relacionadas a los pueblos indígenas; pese a que parte de la población en la zona sí se consideraba como perteneciente o descendiente de algún pueblo originario. La inexistencia de estos elementos, corroborada con la base de datos de la CONADI, permite aseverar que no existen manifestaciones culturales indígenas en el área de influencia.

En cuanto a los ritos comunitarios o fiestas tradicionales, los habitantes entrevistados señalaron que no se realizan mayores actividades más que asistir a los cultos religiosos. Así mismo, tampoco se evidencia la realización de actividades culturales. Esto se debe en gran medida, a que se trata de una zona periférica de la ciudad con una urbanización relativamente reciente.

En base a los elementos detallados anteriormente, es posible descartar cualquier dificultad o impacto asociado a Lihuén II y III para las manifestaciones o ejercicio de las tradiciones, intereses comunitarios, cultura, o cualquier sentimiento de arraigo y cohesión en el grupo humano perteneciente al área de influencia.

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.3.

6.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No aplica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Existencia de poblaciones protegidas No hay existencia de poblaciones protegidas. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental No hay existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. El Proyecto se emplaza en territorio de extensión urbana, cuyo uso se encuentra destinado a viviendas, por lo cual no se prevén actividades que generen impactos significativos sobre los recursos y áreas protegidas.

De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no afecta debido a su lejanía a poblaciones protegidas, humedales y glaciares. Además, el Proyecto no se localiza próximo a sitios prioritarios, según lo indicado en el Oficio Ord. D.E. Nº100143/10 del Servicio de Evaluación Ambiental, que complementa y actualiza el instructivo “Sitios prioritarios para la conservación en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, como tampoco se ubica próximo a alguna área estipulada bajo protección oficial, específicamente áreas protegidas del tipo que se indican en el Oficio Ord., de la Dirección Ejecutiva (D.E.) Nº130844/13 del Servicio de Evaluación Ambiental, que uniforma criterios y exigencias técnicas sobre áreas protegidas para efectos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, e instruye sobre materia.

En concordancia, de acuerdo a los resultados obtenidos en el Análisis Territorial del Proyecto en la plataforma del SEA, donde se verificó la proximidad de áreas protegidas para el Artículo 10 y Artículo 11 y otras áreas protegidas, el proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, tampoco afecta el valor ambiental del territorio en el que se emplaza.

Por lo tanto, se descarta la presencia de impactos significativos según lo indicado en el artículo 8 del Reglamento del SEIA, y no afecta la población indígena identificada.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.4.

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6.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No aplica. Existencia de valor turístico No hay existencia del valor turístico. Existencia de valor paisajístico No hay existencia del valor paisajístico. De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.

Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. De acuerdo a los antecedentes presentado en el Anexo de la DIA, correspondiente al Estudio de Paisaje y Turismo del Proyecto, señala que el terreno de emplazamiento del proyecto corresponde actualmente a una pradera muy degrada sin pendiente y con escasa presencia de vegetación. Se observaron cuerpos de agua que corresponden a canales de regadío de sitios vecinos y un canal principal paralelo al Camino a San Ramón que actualmente tiene una modificación aprobada.

La metodología utilizada para la determinación del valor paisajístico y turístico se basa en los lineamientos y métodos de evaluación señalados por el Servicio de Evaluación Ambiental en la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Valor Paisajístico en el SEIA” (2019) y la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Valor Turístico en el SEIA” (2017). Estas permiten describir el área de influencia para, primeramente, determinar el valor paisajístico de la zona y determinar la calidad visual del paisaje, y luego, el valor turístico del área de influencia a través de la caracterización de atributos paisajísticos, culturales y patrimoniales que atraigan flujo de visitantes a la zona en donde se emplaza el Proyecto.

Para estos fines, se determinó el desarrollo de 3 etapas diferenciadas:

(a) Trabajo en terreno: Las actividades en terreno se ejecutaron durante una campaña de terreno, los días 13 y 14 de enero de 2023; en donde se realizó el levantamiento de información a través de recorridos de toda el área del proyecto además del AI potencial para cada componente, buscando identificar cada uno de los atributos y cualidades requeridas para la determinación del valor paisajístico y turístico de la zona.

(b) Trabajo de gabinete: Consta de la preparación de todo el material recopilado y el análisis de los antecedentes cartográficos, fotográficos y bibliográficos del área de estudio, definiendo de acuerdo con estos, a los componentes principales del paisaje y turismo, asignándole valores de mayor o menor dominancia.

(c) Elaboración de Informe: La elaboración del informe permite plasmar los principales aspectos contenidos en las metodologías propuestas por el SEA (2017; 2019) para determinar el AI del proyecto y por medio del análisis de la información, establecer si el área determinada presenta valor paisajístico y/o valor turístico

Resultados El Proyecto se localiza inmediato al área urbana de la comuna de Rancagua, específicamente, en el Camino San Ramón. El sector se caracteriza por estar próximo a praderas y cultivos agrícolas, observándose también áreas residenciales con crecimiento urbano, colegios y supermercados.

En la siguiente tabla se presenta información sobre los impactos en el paisaje por motivo del Proyecto:

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Tipo de Impacto Descripción Bloqueo de vistas La aparición en el paisaje de las partes y obras del proyecto no obstruyen las vistas hacia el paisaje, puesto que los cordones arbóreos en sitios aledaños no permiten la visualización del proyecto desde la mayor parte del sector en donde se emplaza este. Intrusión visual La perturbación o intrusión visual que proporciona el proyecto no disminuye ni afecta la calidad del paisaje, debido a que las partes y obras tienen una disposición fija en el terreno pero van acorde a la infraestructura inmobiliaria ya presente en el área, junto a colegios, condominios y supermercados. Mientras que el movimiento de los componentes de la obra es transitorio. Por lo tanto, no se genera una distracción significativa al observante puesto que las estructuras del proyecto no resultan llamativas o de alturas significativas. Incompatibilidad visual Se produce incompatibilidad visual con el color de la maquinaria utilizada en la etapa de construcción, sin embargo, la intervención visual es baja y esporádica. Mientras que la forma del proyecto permite una integración al paisaje circundante generando un impacto leve, sin generar una distracción relevante del observante. Artificialidad La aparición en el paisaje de las partes y las obras del proyecto genera una alteración en el paisaje natural, sin embargo, no existe una pérdida relevante de los atributos naturales llamativos del paisaje, puesto que sólo se ve intervenida las formaciones herbáceas. Mientras que la vegetación arbórea asociada a los canales de regadío no es intervenida y permita el bloqueo visual hacia el proyecto desde grandes distancias. Pérdida de atributos biofísicos Producto de estas obras, ocurrirán perdidas de atributos biofísicos asociados principalmente a la vegetación baja, los cuales no representan un impacto significativo. Modificación de atributos estéticos Se producen algunas alteraciones cromáticas leves permanentes por la instalación de paneles y otras temporales por el tránsito de camiones y/o maquinaria. Sin embargo, las características y color de las obras del proyecto no producen una alteración importante en la estética del paisaje. Fuente: Tabla 13 del Anexo 09 “Impactos en el paisaje por motivo del proyecto Condominio Lihuén II” de la DIA.

Los resultados del estudio de paisaje realizado en el área de influencia del proyecto “Condominio Lihuén II y III” indican que éste se emplaza en la Macrozona Centro, subzona Cuencas y Valles, presentes en la Región de O´Higgins. El área de estudio presenta un relieve de valle y está en una zona donde predominan los suelos de uso agrícola. Respecto del área del Proyecto, si bien existen formaciones vegetales escasas, no se registró una alta variedad de especies, presentando, además, un considerable grado de intervención antrópica debido a la agricultura, áreas residenciales y sectores con actividades comerciales.

Es posible establecer que existen puntos dentro del sector desde donde puede ser visualizado el área del Proyecto, sin embargo, influyen la topografía del lugar y, principalmente, algunos parches de formaciones arbóreas que bloquean la visibilidad del área de emplazamiento del Proyecto. Por otro lado, a partir de la integración de las cuencas visuales delimitada para cada punto de observación pudo determinarse el área de influencia en términos paisajísticos, la cual establece que alcance visual es pobre y sobre parte del área de intervención, dado que la mayor parte visible corresponde solo a vegetación de formaciones arbóreas altas que forman un obstáculo para la vista del observador común. Por tanto, las formaciones arbóreas funcionan como una barrera visual y estos no son intervenidos por las acciones del proyecto. Se debe señalar que el Proyecto puede integrarse de forma armoniosa con el área urbana inmediata al área de emplazamiento y no limita los accesos a los caminos principales ni a sitios de interés cercanos. El conjunto de valores de los atributos que integran a todas las unidades del paisaje definidas para este estudio se califica al área como de calidad visual Baja.

Respecto de las características biofísicas del Proyecto, se observa un terreno altamente intervenido y con formaciones vegetales escasas, con poca variedad de especies y además un considerable grado de intervención antrópica debido a la agricultura, áreas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

residenciales y sectores con actividades comerciales.

La valoración del conjunto de atributos biofísicos señalados anteriormente permite determinar que el área del Proyecto no presenta valor paisajístico, o bien, este valor es bajo, considerando que, el área presenta escasa a nula presencia de vegetación en estado natural observándose mayormente formaciones herbáceas del tipo agrícola, mientras que la fauna es escasa dentro del área del proyecto y corresponde principalmente a aves de paso.

Por lo tanto, los atributos biofísicos observados que otorgan valor paisajístico son pobres, sumado a las condiciones del terreno que se encuentra muy alterado por la actividad agrícola aledaña, además los observados tributos no pueden ser considerados en forma absoluta para definir el área como una zona única, singular o representativa.

Los impactos asociados se relacionan directamente con la pérdida de atributos como la cobertura vegetal de pradera y los cambios leves en el suelo; así como la permanencia de la nueva infraestructura del proyecto, las cuales no alteran significativamente el entorno y sus características, por lo que puede establecerse las actividades del proyecto no generan una alteración significativa en términos de magnitud del valor paisajístico del área de influencia del Proyecto.

La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. Considerando, que el Proyecto se emplaza en una zona caracterizada según el Plan Regulador Comunal de Rancagua como zona EX1 extensión urbana, el paisaje predominante en la comuna es mayormente urbano con escasas áreas verdes.

El estudio de Turismo indica que la región cuenta con numerosos e importantes atractivos turísticos, distribuidos a lo largo de todo el territorio regional, destacándose el ASPE Reserva Nacional Río Los Cipreses en la comuna de Machalí la ZOIT Lago Rapel. Mientras que, la comuna de Rancagua cuenta con una variedad de atractivos turísticos, entre ellos destacan los de valor cultural como la Iglesia Catedral y la Plaza Los Héroes. Otras actividades como el Parque Safari y el Estadio El Teniente.

El análisis del valor turístico indicó que existe valor paisajístico y calidad visual, existiendo una unidad paisajística con calidad visual baja o nula. En el área de influencia del proyecto no se encuentran atractivos turísticos culturales, presencia de servicios turísticos y/o presencia de actividades turísticas relevantes. Finalmente, al considerar las variables evaluadas para el estudio es posible determinar para el área de influencia que posee un valor turístico bajo y que no es afectado por las acciones del Proyecto.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.5.

6.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental El Proyecto no genera un impacto ambiental producto de alteración del patrimonio cultural. Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los El emplazamiento y operación del Proyecto no conlleva alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

pertenecientes al patrimonio cultural. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.

Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. De acuerdo a lo señalado en el Informe de Arqueología adjunto en Anexo 07 de la DIA, se consideró como área de influencia el área de emplazamiento de las partes, obras y/o acciones del Proyecto que producen una alteración en una superficie determinada, y que pueden generar afectación del patrimonio cultural. Dicho informe se trabajó con la metodología propia de la disciplina arqueológica, que consideró las siguientes etapas: - Revisión bibliográfica. - Inspección visual arqueológica. - Metodología de registro de Patrimonio Cultural Tangible (PCT).

Como área de influencia del proyecto para la presente caracterización de arqueología y del patrimonio cultural tangible, se consideró la extensión total del área del proyecto el que corresponde a 4,48 ha. La inspección visual se realizó de forma pedestre, en las áreas asociadas al proyecto. La accesibilidad al predio es alta, ya que se pudo ingresar y revisar toda el área relacionada a las etapas 2, mediante portón de acceso a la obra ubicado en Calle Don Orione esquina Camino San Ramón, Rancagua. Al interior del predio existe un área de obras hacia el sur y un sector de uso agrícola, hacia el norte separados por alambrado, pero con posibilidad de acceso vía portón abierto. En términos generales, se accede al lugar mediante Ruta 5 (carretera), luego Ruta H- 210 y Camino San Ramón en el límite oeste del área urbana de la ciudad de Rancagua, Región Libertador Bernardo O’Higgins. La inspección visual de las fases 2 y 3 del proyecto, se desarrolló en un área de 4,48 ha., a través de una prospección arqueológica realizada mediante transectas separadas por 20 m, organizadas de Este a Oeste en el sector Norte y mayoritariamente de Norte a Sur en el sector Sur, realizándose 6 transectas hacia el norte y 8 transectas hacia el sur (Figura 4). En esta última área, las transectas se adaptaron a las posibilidades de recorrer el predio, ya que existen varias instalaciones de obra y grandes acumulaciones de sedimento removido. Para la inspección visual se tomaron en cuenta los aspectos de accesibilidad, visibilidad y obstrusividad acordes a la detección, observación y registro de bienes patrimoniales tangibles en el área del Proyecto. Para el registro de las transectas, como del área del proyecto se utilizó cámara fotográfica de alta resolución y navegador GPS (Garmin Etrex 20x). La campaña de levantamiento de línea de base fue realizada por la arqueóloga Itaci Correa el día 30 de diciembre del 2022.

Monumentos Nacionales Declarados En cuanto a monumentos dentro del área de influencia, en la comuna de Rancagua existen 9 Monumentos Nacionales, encontrándose todos ellos a lo menos 3,5 km de distancia al Proyecto, tal como lo muestra la siguiente tabla:

Código id Denominación oficial Tipo decreto/número Fecha Distancia al proyecto (km) 00037_MH_06101 Iglesia de La Merced DS/10616 11/11/1954 3.5 00129_ZT_06101 Entorno urbano de la iglesia de la Merced DS/8 07/01/1974 3.5 00251_MH_06101 Inmueble ubicado en calle Estado N°685 DS/725 24/01/1980 3.5 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

00252_MH_06101 Inmueble ubicado en calle Estado N°684-682 (Casa del Pilar de Piedra) DS/725 24/01/1980 3.5 00253_ZT_06101 Plazuela del Instituto O´Higgins o Plaza Santa Cruz de Triana DS/725 24/01/1980 3.6 00374_MH_06101 Casa ubicada en calle Millán s/n esquina Av. Cachapoal DS/304 29/05/1984 3.5 00440_MH_06101 Colecciones Museo Regional de Rancagua DS/192 07/05/1987 3.5 00608_MH_06101 Edificio de la Gobernación Provincial de Cachapoal DE/284 24/06/1994 3.6 00692_ZT_06101 Plaza de Los Héroes y su entorno DE/750 15/07/1998 3.5 Fuente: Tabla 68 del Anexo 5.1 “Monumentos Nacionales con Declaratoria, comuna de Rancagua” del Adenda Complementaria.

Catastro de sitios arqueológicos UTMA-MOP El catastro de sitios arqueológicos realizado por el Ministerio de Obras Públicas (1994) para la Región de O´Higgins, registra un total de 53 sitios arqueológicos, dos (2) de los cuales están en la comuna de Rancagua:

Sitio Tipo de Sitio Ubicación Cronología Referencia Distancia al proyecto Las Coloradas Cementerio 338.622 Alfarero Temprano Cáceres et al. 1994 4.5 km 6.221.988 Coinco Alero 326.976 Intermedio Tardío Cáceres et al. 1994 3.8 km 6.221.430 Punta Cortez Habitacional 331.343 Alfarero Temprano Santana 1981 2.6 km 6.216.314 Población Diego Portales Habitacional 338.698

2.5 km 6.217.552 Fuente: Tabla 69 del Anexo 5.1 “Hallazgos comuna de Rancagua UTMA-MOP (1933-1994)” del Adenda Complementaria.

A partir de la prospección arqueológica, realizada en el marco del Proyecto, se concluye que: - Los antecedentes arqueológicos sobre bienes patrimoniales tangibles asociados a Chile Central, nos muestran una ocupación importante y reiterativa desde tiempos tempranos (paleoindio) con sitios como Tagua Tagua 1 y 2, hasta tiempos históricos. Las ocupaciones han variado de acuerdo a los contextos culturales, ocupando espacios cordilleranos, en el valle y en la costa también, en la mayoría de los casos asociados a terrazas fluviales o marítimas que proporcionan un amplio espectro de recursos. - Respecto del área inmediata al Proyecto, que corresponde a la comuna de Rancagua, la revisión de antecedentes como catastro MOP, artículos científicos, así como estudios en el marco del SEIA y catastro de Monumentos Nacionales, dan cuenta de una gran cantidad y variedad de sitios en un radio de 5 km del área del Proyecto, evidenciando la importancia de la zona para las ocupaciones humanas desde tiempos prehispánicos. - Como trabajo de terreno, se realizó una inspección visual pedestre del área del proyecto que corresponde a 2,16 hectáreas aproximadamente. Se realizaron transectas de manera sistemática de forma paralela a una distancia aproximada de 20 m, las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

cuales se recorrieron de manera zigzagueante. Dentro de los factores que afectan la prospección arqueológica, podemos decir que la accesibilidad, la visibilidad y la obstrusividad fueron altas, pudiendo prospectar de manera óptima toda el área del proyecto. - A partir de la prospección arqueológica llevada a cabo, no se identificó material cultural en superficie en que pudiera verse afectado por el desarrollo del proyecto. - Sin embargo, cabe consignar que este informe presenta los resultados de una inspección visual estrictamente superficial, por lo tanto, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se debe proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo 23 del Decreto Supremo N°484/90 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación debe ser efectuada por el titular del Proyecto. - De evidenciarse restos arqueológicos en el marco del Proyecto, se debe remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo máximo de 10 días de ocurrido el hallazgo, un informe elaborado por un arqueólogo(a) o licenciado(a) en arqueología, que contenga al menos los siguientes antecedentes: a) Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (de alta resolución), b) Información georreferenciada de la ubicación del hallazgo, c) Descripción detallada del estado de conservación y el grado de afectación que ocasionaron las obras, d) Descripción de las medidas de protección implementadas, y e) Constancia de aviso inmediato del hallazgo a Consejo de Monumentos Nacionales, de acuerdo a lo establecido en el Art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Conforme lo indicado en Informe de Arqueología, se realizó una inspección visual pedestre del área del Proyecto que corresponde a 4,48 hectáreas aproximadamente. Se realizaron transectas de manera sistemática de forma paralela a una distancia aproximada de 20 m, las cuales se recorrieron de manera zigzagueante. Dentro de los factores que afectan la prospección arqueológica, podemos decir que la accesibilidad, la visibilidad y la obstrusividad fueron altas, pudiendo prospectar de manera óptima toda el área del Proyecto.

A partir de la prospección arqueológica llevada a cabo, no se identificó material cultural en superficie en que pudiera verse afectado por el desarrollo del proyecto.

Sin embargo, cabe consignar que este informe presenta los resultados de una inspección visual estrictamente superficial, por lo tanto, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se debe proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del Decreto Supremo N°484/90 del Ministerio de Educación Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación debe ser efectuada por el titular del Proyecto.

La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún De acuerdo a lo mencionado en el Informe Medio Humano presentado en Anexo 6.1 de la DIA, complementado en Anexo 6.1 del Adenda, y Anexo 4 del Adenda Complementaria, en base a entrevistas, apoyándose de observaciones en terreno, levantamiento de información secundaria, análisis de normativa y bibliografía asociada como también, levantamiento de información primaria a través de entrevistas, no se identificaron organizaciones y/o asociaciones que lleven a cabo actividades ancestrales, que pudiesen ser afectadas dentro del área de influencia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

Potencial Impacto Análisis Alteración de lugares o sitios donde se llevan a cabo manifestaciones habituales del grupo humano, dado la proximidad de las partes obras y acciones del proyecto Dentro del área del Proyecto no se identificó el desarrollo de actividades de tipo cultural o tradicional. Las actividades correspondientes a fiestas, costumbres y manifestaciones culturales y/o religiosas se realizan principalmente en el centro de la comuna. Por lo tanto, la ejecución del proyecto no provoca dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los habitantes del área de influencia. Fuente: Tabla 109 del Anexo 5.1 “Análisis Artículo 10 letra c) D.S. 40/2012” del Adenda Complementaria.

Por lo tanto, se descarta la presencia de impactos significativos según lo indicado en la letra c) del artículo 10 del Reglamento del SEIA, ya que la ejecución del proyecto no afecta lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de la población que habita el área de influencia.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.6.

7°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

7.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL Al Proyecto no le aplican permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.

7.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

7.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) Descripción y planos del sitio. a.1.) Plano de emplazamiento del proyecto El proyecto se encuentra emplazado en calle Camino San Ramón (H-240), comuna de Rancagua, Región de O'Higgins.

a.2.) Plano de planta con elevación y cortes de la instalación de manejo de residuos, en el que se visualicen sus unidades (tratamiento, almacenamiento, valorización, disposición final, u otra).

En la siguiente imagen referencial se puede visualizar el plano de bodega de residuos domiciliarios:

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Fuente: Ilustración 3 del Anexo 9.3 “Imagen referencial de plano de bodega de residuos domiciliarios” del Adenda.

a.3.) Descripción del lugar de emplazamiento de la instalación de residuos no peligrosos Se proyecta la disposición de los residuos domiciliarios y asimilables en contenedores claramente identificados y en un área dispuesta para ello para posteriormente ser transportados y dispuestos en un relleno sanitario con su debida autorización sanitaria. Los principales residuos generados están conformados por, escombros, restos de alambre, yesos, tinetas, despuntes de madera, polietileno, cartones y similares. El área está presentada en las siguientes ilustraciones, y corresponden a la bodega de residuos domiciliarios (RESDOM) y a la zona de acopio de escombros, tanto para Lihuén II, como para Lihuén III, respectivamente:

Fuente: Ilustración 4 del Anexo 9.3 “Instalaciones de residuos no peligrosos Lihuén II” del Adenda.

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Fuente: Ilustración 5 del Anexo 9.3 “instalaciones de residuos no peligrosos Lihuén III” del Adenda.

La disposición temporal de los residuos de la construcción se realiza en una zona de acopio de 30,69 m2, donde se acumulan escombros y excedentes, los cuales se encuentran debidamente dispuestos, delimitados y señalizados, de acuerdo con sus características y naturaleza. Por otro lado, la bodega de residuos domiciliarios corresponde a un área de 17,4 m2 en la fase constructiva Lihuén II, y a un área de 29 m2 en Lihuén III, donde se almacena de forma transitoria 7 contenedores en cada zona con ruedas y tapa hermética de 240 L, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente. Este espacio consiste en una construcción de suelo impermeable con cierro de malla ACMA, cubierta por malla Rachel de 2,0 m de altura.

Dichas instalaciones no contemplan la disposición final de los residuos de ningún tipo, puesto que son transportados y dispuestos en un relleno con su debida autorización sanitaria.

En la fase de operación, se considera la generación de residuos domésticos producto de las actividades asociados a los departamentos, cuyo manejo depende de cada propietario. Cabe destacar que cada edificio contempla 1 sala de basura ubicada en el primer nivel, que sirve para la recepción de la basura de todos los pisos del edificio a través de 3 ductos, cumpliendo con una ventilación adecuada además de tener una ducha superior en el último piso.

Los ductos de residuos son de forma rectangular de 50x40 cm cuya materialidad es metal, paredes de 2mm de espesor, y lleva un recubrimiento anticorrosivo por su exterior e interior.

Sobre el nivel de la última tolva y en sus quiebres, los ductos tienen una ducha tipo challa para efectos de combatir fuegos o incendios. La challa se acciona mediante una válvula solenoide, con un pulsador ubicado en la recepción, protegido y rotulado con la leyenda “Accionador para challa sistema contra incendio” de los edificios (edificio 1) tiene una capacidad para almacenar 14 contenedores, mientras que los 4 edificios restantes (edificio 2) pueden almacenar 17 contenedores. Las salas cuentan con el implemento de emergencia apropiado para casos de fuego o incendio. Tiene pisos y muros lavables, esquinas redondeadas, iluminación hermética, rejilla y pileta de desagüe, un lavamanos y un área de lavado. A continuación, la siguiente figura indica la ubicación de las salas de basura, tanto para Lihuén II, como para Lihuén II, respectivamente:

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Fuente: Ilustración 6 del Anexo 9.3 “Ubicación de las Salas de basura Lihuén II” del Adenda.

Fuente: Ilustración 7 del Anexo 9.3 “Ubicación de las Salas de basura Lihuén III” del Adenda.

Para el retiro de los residuos por parte de los camiones municipales se habilita una zona de pre-carguío próxima al acceso vehicular la cual cumple con las exigencias descritas en la Resolución N°7328/76 del Ministerio de Salud, esta zona cuenta con un área de 46 m2 y puede albergar hasta 24 contenedores de 360 Litros cada uno en el caso de Lihuén II, y 39 contenedores en Lihuén III. Se adjunta extracto del plano del área de pre- carguío. Se cuenta además con una zona de punto limpio, donde los residentes pueden reciclar sus residuos en plástico, metal, papel y vidrio.

A continuación, se puede visualizar el extracto de plano zona de pre-carguío y reciclaje Lihuén II y Lihuén III, tal como muestran las siguientes figuras:

Fuente: Ilustración 8 del Anexo 9.3 “Extracto de plano zona de precarguío y reciclaje Lihuén II” del Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Ilustración 9 del Anexo 9.3 “Extracto de plano zona de precarguío y reciclaje Lihuén III” del Adenda.

a.4.) Distancias a cursos de agua superficial o subterránea, fuentes de agua para consumo humano, viviendas, establecimientos educacionales, de atención de salud y otros de carácter sensible. El cuerpo de agua de mayor envergadura que se encuentra próximo al proyecto (2,7 km) corresponde al Río Cachapoal.

Fuente: Ilustración S/N de la página 8 del Anexo 9.3 del Adenda.

Respecto a las aguas subterráneas, la Mecánica de Suelos adjunta en Anexo 10 de la DIA indica que se realizaron 16 calicatas de 3 a 5 metros de profundidad, en ninguna de las exploraciones realizadas fue detectada la napa freática.

En la zona se encuentran además los canales Santa Barbara, Fundo San Pedro y Nuñano, los cuales corresponden a canales de conducción y distribución de agua proveniente del rio Cachapoal, y sus derechos de agua están asociados a la asociación de canalistas del Cachapoal.

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Fuente: Ilustración 10 del Anexo 9.3 “Ubicación Canales” del Adenda.

Las viviendas más cercanas al Proyecto corresponden a las del proyecto base “Condominio Lihuén I” que se encuentra adyacente a Lihuén II. En la zona, además, se identifican 4 barrios cercanos al Proyecto: - Santa Bárbara: adyacente a Lihuén III. - Don Alberto: 0,24 km. - Doña Mabel: 0,38 km. - Don Baltazar: 0,07 km.

Otros establecimientos sensibles cercanos al proyecto son: • El establecimiento educacional más cercano corresponde al Colegio Ayelén, ubicado a 0,28 km del proyecto. • Iglesia Comunidad Cristiana: Iglesia de tipo evangélica que se constituye como el establecimiento religioso más cercano al proyecto (0,48 km). • Centro comercial: Constituido por el supermercado Cugat que alberga además otros servicios comerciales, como venta de vehículos y de otros tipos. Se ubica a aproximadamente 0,10 km del Proyecto.

En la siguiente ilustración se observa las ubicaciones de los establecimientos mencionados:

Fuente: Ilustración 11 del Anexo 9.3 “Ubicación variables territoriales” del Adenda.

a.5.) Descripción de las características constructivas de la instalación, incluyendo todas las unidades que la conforman (áreas de recepción, procesamiento, almacenamiento, eliminación, zona de carga/descarga, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

patio de maniobras, etc.), especificando tipo de cubierta, estructura soportante, cierre perimetral y piso, según corresponda.

• Zona de acopio de escombros: Dimensiones del sector 6x5m (30 m3), cercado perimetralmente con vallas de madera y protegidos por malla raschel en caso de que los residuos no sean retirados el mismo día.

• Bodega residuos domiciliarios: Se realiza en un espacio de 6x3m, ubicación en la planimetría cercana al ingreso de obra. Este espacio consiste en una construcción de suelo impermeable con cierro de malla ACMA, cubierta por malla Rachel de 2 m de altura. La capacidad máxima de esta bodega es de 6 contenedores de basura de 240 L llenos.

b) Descripción de variables meteorológicas relevantes b.1.) Características meteorológicas del área de emplazamiento de la instalación de manejo de residuos (velocidad y dirección del viento, temperatura, estimación de precipitación, entre otros). Se han considerado las siguientes variables meteorológicas relevantes: • Dirección del viento: Principalmente en dirección sur para el año 2022. • Velocidad del viento: Media anual 2,07 (m/s) para el año 2022. • Temperatura: Media anual de 15,2°C, mínima de -3,28°C y máxima de 34,46°C, para el año 2022.

Los valores de las variables meteorológicas relevantes han sido obtenidos de la Estación de Monitoreo “Rancagua II”, de propiedad de la Subsecretaria del Medio Ambiente, ubicada en la Comuna de Rancagua, que son públicas en el siguiente link (https://sinca.mma.gob.cl).

c) Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. c.1.) Identificación, clasificación y cuantificación de los residuos que serán tratados en la instalación.

a) Fase de construcción A continuación, se presenta una estimación de la generación de residuos en la fase de construcción del proyecto. Para la generación de residuos domiciliarios y asimilables se han estimado los tonelajes y, además, se ha considerado el promedio y el máximo de trabajadores. Cabe destacar que los residuos sólidos inertes generados, deben ser eliminados en lugares autorizados para la disposición de residuos de la construcción y escombros. Debe mantenerse los registros de la disposición final de este tipo de residuos en lugares autorizados en la faena.

Fase constructiva Tipo de residuo Fuente Cantidad o volumen mensual Almacenamiento Disposición Lihuén II De la construcción Cartones 0,6 m3 Zona de acopio transitorio. Jaramillo Ulloa Servicios y Tecnología LTDA. Despuntes de aceros 187,5 kg Despuntes de cerámicas 0,25 m3 Despunte de madera 1,5 m3 Despunte de metalcon 0,45 m3 Despunte de poliestireno 0,9 m3 Despuntes de PVC 0,55 m3 Lihuén III De la construcción Escombros 112,5 m3 Tinetas de 0,3 m3 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

pintura Cartones 0,6 m3 Despuntes de aceros 187,5 kg Despuntes de cerámicas 0,25 m3 Despunte de madera 1,5 m3 Despunte de metalcon 0,45 m3 Despunte de poliestireno 0,9 m3 Despuntes de PVC 0,55 m3 Escombros 112,5 m3 Tinetas de pintura 0,3 m3 Fuente: Tabla 1 del Anexo 9.3 “Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos en la fase de construcción” del Adenda.

Considerando que en fase de construcción existe una mano de obra máxima de 292 personas se prevé que la generación de los residuos domiciliarios alcance 37,96 kg/día para cada fase constructiva.

Nº trabajadores Tasa Generación (kg/hab·dia) RSD (kg/día) Densidad RSD (kg/m3) Volumen RSD (m3/día) 172 (Promedio) 0,13 22,36 150 0,149 292 (Máximo) 0,13 37,96 150 0,253 Fuente: Tabla 2 del Anexo 9.3 “Generación de residuos domiciliarios en la fase de construcción” del Adenda.

En el periodo en que se superpongan las actividades de Lihuén II y Lihuén III existe un aumento en la cantidad de trabajadores alcanzando una mano de obra máxima de 450 personas, por lo que, entre julio 2024 y mayo de 2025 se prevé que la generación de residuos domiciliarios alcance 37,96 kg/día.

Nº trabajadores Tasa Generación (kg/hab·dia) RSD (kg/día) Densidad RSD (kg/m3) Volumen RSD (m3/día) 250 (Promedio) 0,13 32,5 150 0,217 450 (Máximo) 0,13 58,5 150 0,390 Fuente: Tabla 3 del Anexo 9.3 “Generación de residuos domiciliarios en la fase de construcción” del Adenda.

b) Fase de operación Durante el desarrollo de la fase de operación del proyecto, existe generación de residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes de los departamentos. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando un coeficiente de generación de residuos de 4 L/hab, como se presenta en la siguiente tabla:

N° usuarios Coeficiente (L/hab) Cantidad de residuos (L) 1.530 4 6.120 Fuente: Tabla 4 del Anexo 9.3 “Generación de residuos domiciliarios en la fase de operación” del Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Se prevé que los residuos se recolecten por el servicio municipal dos (2) veces por semana, específicamente miércoles y sábado. Para el acopio temporal de los residuos domiciliarios producido por los habitantes de las viviendas de cada edificio, se contempla en su estructura Shaft de basura, los cuales conectan con las salas de basura debidamente habilitadas para su acopio para su posterior retiro por personal del edificio.

Para el almacenamiento de los residuos domiciliarios en Fase de Operación se utilizan contenedores de 240 L y se estima que estos son retirados los días miércoles y sábado por lo cual se calcula para el peor escenario que:

Edificio 1: 864 L x 3 días = 2.592 L 2.592 L /240 L =10,8 ≈ 11 Contenedores Edificio 2: 1.044 L x 3 días = 3.132 L 3.132 L / 240 L = 13 Contenedores

Dado que el proyecto contempla 2 torres “Edificio 1” y 4 torres “Edificio 2”, se estima un total de 74 contenedores.

c.2) Capacidad de recepción, capacidad máxima de procesamiento y de almacenamiento

En fase de construcción la capacidad máxima de almacenamiento de la bodega de residuos domiciliarios es de 6 contenedores de basura de 240 L llenos, mientras que la capacidad máxima de almacenamiento de la zona de acopio de escombros es de 30 m3.

Mientras que en fase operativa la capacidad máxima de almacenamiento es de 74 contenedores de 240 L llenos para el total de edificios.

d) Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. d.1) Descripción detallada de la instalación de manejo de residuos, incluyendo sus principales unidades, equipamiento requerido para los procesos contemplados y capacidades de procesamiento.

i. Fase de construcción El Proyecto no considera la habilitación de una planta de tratamiento de residuos en su fase de construcción. Todos los residuos sólidos asimilables a domiciliarios y los residuos sólidos de la construcción generados en la fase de construcción sen almacenan temporalmente en contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en la instalación de faena, a fin de que los trabajadores dispongan de los residuos domiciliarios en bolsas de basura hermética, estos residuos deben ser retirados con frecuencia de dos (2) veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos y, por tanto, la generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios evitando la generación de focos de insalubridad. Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios deben ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Seremi de Salud o por la Autoridad Sanitaria correspondiente.

ii. Fase de operación Esta fase no contempla la construcción de una planta de tratamiento de residuos. Todos los residuos asimilables a domésticos generados por los habitantes de los departamentos se almacenan temporalmente en contenedores ubicados dentro de las salas de basura de cada edificio, para su posterior recolección por el Servicio Municipal.

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d.3) Diagramas de flujo en los que se grafiquen todas las etapas del proceso, incluyendo cada unidad de tratamiento de residuos.

i. Fase de construcción

Fuente: Ilustración 12 del Anexo 9.3 “Diagrama de flujo residuos en etapa de construcción” del Adenda.

ii. Fase de operación

Fuente: Ilustración 13 del Anexo 9.3 “Diagrama de flujo residuos en etapa de operación” del Adenda.

e) Formas de abatimiento de emisiones, de control y manejo de residuos e.1) Identificación de las emisiones generadas durante el manejo de los residuos, incluyendo las emisiones odorantes asociadas a los procesos contemplados.

i. Fase de construcción Debido a las características de los residuos acopiados y a su corto tiempo de almacenamiento, no se esperan emisiones líquidas ni a la atmósfera. En el caso de los residuos domésticos y asimilables, sus contenedores se mantienen permanentemente tapados, para así minimizar riesgos asociados a la acumulación de residuos orgánicos, tales como la dispersión de olores y la proliferación de vectores, como también las emisiones de polvo a la atmosfera. Por otro lado, aquellos contenedores se retiran de la instalación de faenas del proyecto con una frecuencia aproximada de 2 veces por semana, lo que reduce considerablemente los riesgos mencionados anteriormente. El traslado de todo tipo de residuos desde el punto de origen hacia el lugar de disposición se realiza en camiones acondicionados para dicha actividad, los cuales cuentan con su revisión técnica al día y circulan a una velocidad máxima de 20 km/h dentro de la instalación de faenas del presente proyecto.

Cabe destacar que todos los residuos de la construcción que eventualmente se puedan contaminar con sustancias peligrosas, son debidamente modificados de categorías y pasaran a contar con un manejo adecuado a residuos peligrosos. Para la manipulación de los residuos, los trabajadores están provistos de Elementos de Protección Personal (EPP), adecuados a la labor desempeñada, como, por ejemplo: guantes de cuero para los trabajos mecánicos, y guantes de cuero y goma, para las labores de apilamiento.

ii. Fase de operación En la fase de operación, se considera la generación de residuos domésticos producto de las actividades asociados a los departamentos, cuyo manejo depende de cada propietario. Cabe destacar que cada edificio contempla dos salas de basura.

Para los residuos en la fase de operación, estos se acopian en sectores habilitados para estos fines. Aquellos sectores se denominan Planta Gestión de Residuos 1 y 2 los cuales se encuentran a nivel del primer piso del Proyecto “Condominio Lihuén II y III”. Estas Plantas de Gestión de Residuos están acondicionadas con basureros con capacidad de hasta 240 L y Shaft de gestión de residuos, los cuales están incorporados en cada piso del mencionado proyecto.

f) Descripción del sistema de manejo de rechazos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Los materiales de rechazo en la etapa de construcción de este proyecto (maderas, chatarras, escombros, etc.) son almacenados en una zona de acopio temporal y son reutilizados dentro de la misma obra. El material que no logre ser reutilizado se lleva a sitios de disposición final autorizados para residuos de construcción.

Por otra parte, la clasificación de los residuos debe ser realizada por una persona que esté capacitada para estos fines, de esta manera, se puede efectuar de forma correcta la clasificación sin correr riesgo de que se produzcan errores. Es por esto que la verificación por parte del encargado en todas las actividades de manejo de residuos debe ser en forma periódica llevando registro de la cantidad, tipo y tiempo de permanencia de los residuos dentro de sus sitios de almacenamiento.

g) Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. El titular mantiene en obra un registro donde se acredite la disposición final de todos los residuos en lugares debidamente autorizados por la autoridad sanitaria. Al término de la fase de construcción, el titular remite los antecedentes necesarios que garantizan el envío de los residuos de la obra al sitio autorizado.

h) Plan de Contingencias

i. Fase de construcción Durante la fase de construcción el Proyecto contempla la implementación de medidas de prevención de riesgos ambientales y de control de accidentes conforme a lo indicado Tabla 4, además, se cuenta con la presencia de un experto en prevención de riesgos quien esta a cargo de cumplir las siguientes actividades: • Garantizar el cumplimiento del Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo. • Verificar el uso de los elementos de protección personal, por parte de todos los trabajadores, mientras se encuentren expuestos al riesgo. • Verificar que los trabajadores cuenten con la licencia de conducir que exige la Ley de tránsito para la operación de maquinarias automotrices en los lugares de trabajo. Para mayores detalles de los planes de contingencia remítase a ver el Anexo 12 de la DIA, complementado en Anexo 10 del Adenda.

Capacidad y/o periodicidad del retiro de residuos municipal afectada Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Generación de residuos domiciliarios en la etapa de construcción. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se mantiene un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual debe ser enviado en forma mensual a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos. - Diariamente el encargado de bodega revisa que los acopios estén bajo su capacidad de almacenamiento, gestionando su retiro en caso de que ya estén al 80% de su capacidad. Forma de control y seguimiento El jefe directo verifica durante la fase de construcción la capacidad de almacenamiento de la bodega de residuos asimilables a domiciliarios, cuando se afecte Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

el retiro de los mismos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 10 del Adenda, Plan de Prevención de Contingencias y de Emergencias actualizado. Fuente: Tabla 5 del Anexo 9.3 “Plan de contingencia en caso de superar la capacidad y periodicidad del retiro de residuos en la Fase de construcción” del Adenda.

Falla en sistema de almacenamiento de residuos domésticos e industriales no peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado al área de almacenamiento y bodegas de residuos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ante cualquiera de las contingencias presentadas a continuación, el Jefe de Emergencias se encarga de dar respuesta inmediata y proceder con las medidas de prevención de la contingencia:

Rotura de contenedores de residuos por fatiga de material o mala operación del sistema: -Se constata el buen estado, operatividad y buen uso del material de los contenedores a través de una revisión periódica de estos, previniendo situaciones en las que se dañen los contenedores derramando su contenido. - El Supervisor a cargo de la gestión y manejo de residuos lleva un registro del estado de contenedores, evidenciando tempranamente cualquier contenedor en mal estado. - Se mantiene en todo momento el orden y limpieza de los lugares de almacenamiento temporal de residuos. - El sitio de almacenamiento tiene acceso restringido, permitiendo sólo el ingreso de personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación. - Los RSINP se retiran cuando alcancen un 80% de la capacidad de los contenedores.

Problemas en el traslado y disposición final. - El encargado del manejo de los residuos lleva un registro de ingreso y egreso de residuos, incluyendo detalles de la cantidad de residuos, fecha del retiro y vehículo (patente y nombre de la persona encargada) de transporte de éstos. Dicho registro se mantiene en las instalaciones disponibles en caso de que la Autoridad Sanitaria los requiera. - Los vehículos que se utilicen en el transporte de residuos deben estar diseñados, construidos y operados de modo que cumplan su función con plena seguridad. - El personal que realice el transporte de los residuos debe estar debidamente capacitado para la operación adecuada del vehículo y de sus equipos, además de enfrentar posibles emergencias. Forma de control y seguimiento - Ante un eventual evento que afecte un componente ambiental se da aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). - Se tiene la obligación de asistir a capacitación o instrucción a todo el personal involucrado (directo o indirecto), la que se realiza antes de iniciar cada fase del proyecto. El registro de la capacitación queda en las instalaciones de la empresa mandante y contratistas en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

caso de ser solicitadas por algún servicio fiscalizador. - El Proyecto realiza durante las fases de construcción y cierre la declaración anual de los residuos generados a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), considerando el sistema de declaración vía portal web del Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 10 de la Adenda Plan de Contingencia y Emergencia actualizado. Fuente: Tabla 6 del Anexo 9.3 “Falla en el sistema de residuos domésticos e industriales no peligrosos” del Adenda.

ii. Fase de operación Dada las características de los residuos que sen almacenan (residuos sólidos asimilables a domiciliarios) de manera temporal, estos están enfocados en la contingencia por incendio. - Almacenamiento exclusivo de residuos asimilables a domésticos en contenedores de basura. - Prohibición de incineración de basuras - Retiro con una frecuencia de dos (2) veces por semana de los residuos por el servicio municipal de recolección de residuos domiciliarios.

i) Plan de Emergencia Es aquel en el cual se definen las políticas, la organización y los métodos, que indican la manera de enfrentar una situación de emergencia o desastre, tanto en lo general como en lo particular dentro y fuera de la obra. Estos involucran planes de acción que se definen según la componente en la que sea necesario actuar con eficacia.

i. Fase de construcción

a. Procedimiento en caso de incendio o amago de incendio. • Para enfrentar una emergencia como esta se debe mantener la calma, y recordar que en los incendios el principal y mortal enemigo es el humo. • Cualquier persona que descubra un fuego no controlado, debe dar la alarma correspondiente, independiente que este sea un amago, utilizando los medios que estén a mano para dar la información, si es necesario a viva voz. • Dada la alarma, si es un amago, debe usar los extintores portátiles ubicados en las áreas señalas. Si al lugar del amago concurren dos o más personas, estas deben actuar simultáneamente con los extintores. • Si es un incendio, los extintores no son efectivos, por lo que las personas que se percataron del incendio deben dar aviso de inmediato y ayudar a la evacuación del lugar. Poniendo atención en cortar el suministro eléctrico, para que los equipos de ayuda puedan actuar sin provocar lesiones o desgracias por golpes eléctricos. No dejar nunca que el fuego se interponga entre usted y la salida. • Las personas que evacuen el área del incendio deberán dirigirse obligatoriamente hasta la Zona de Seguridad de su área, en ese lugar se realiza el recuento para constatar que salieron todos. Si una o varias personas no acatan la obligación de ir al Zona de Seguridad, pueden inducir a que los Brigadistas o bomberos ingresen al área afectada, arriesgando innecesariamente su vida. • Si hay personal ajeno a la obra dirigirlos a las zonas de seguridad asignadas. • A medida que las personas se van retirando del lugar, deben ir cerrando las puertas y ventanas que vayan quedando detrás de ellas. • Ninguna persona debe exponer su salud y su vida por tratar de salvar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

elementos materiales o por volver a buscar cosas personales. • Dar aviso a bomberos (132) y a personal encargado: - Luis Correa: 9 96350052.

En caso de que algunas personas queden atrapadas en el lugar del incendio, deben agacharse y gatear, ya que abajo hay mayor probabilidad de encontrar oxígeno. Al avanzar deben ir tocando con una de sus manos la pared, para lograr encontrar una puerta o una ventana, al encontrarlas, deben abrirla lenta y cuidadosamente para que de esta manera no aumente violentamente el incendio, y evacuar.

b. Procedimiento en caso de falla en el sistema de almacenamiento de residuos domésticos e industriales no peligrosos Ante cualquiera de las emergencias presentadas a continuación, el Jefe de Emergencias debe dar respuesta inmediata y proceder con las medidas de control de la Emergencia.

Rotura de contenedores de residuos por fatiga de material o mala operación del sistema: - Se contacta al supervisor o jefe a cargo de la gestión y manejo de los residuos del Proyecto, el cual debe dar aviso al proveedor del producto y solicitar su reemplazo. - Las personas que manejan la emergencia deben equiparse con los implementos adecuados para evitar algún tipo de lesión durante la ejecución del procedimiento. - Se procede al encapsulamiento de los residuos a un nuevo contenedor, el que se rotula y enviado al área de acopio correspondiente. - Se procede a la limpieza y retiro de todo material que haya tenido contacto con los residuos. Este material se envía a sitio de disposición final autorizado.

Problemas en el traslado y disposición final. - El Supervisor o jefe a cargo de la gestión y manejo de los residuos verifica con el proveedor la disposición final de residuos. - En caso de cambio en la periodicidad del retiro de residuos por parte del proveedor de servicios, el Supervisor o jefe a cargo de la gestión y manejo de residuos debe contactar al proveedor alternativo para el retiro de los residuos. - En caso de problemas en el traslado y disposición final de los residuos, el Supervisor o Jefe a cargo de la gestión y manejo de residuos verifica las alternativas que el proveedor presente para depositar los residuos en un sitio autorizado por la autoridad sanitaria, de manera que cumpla con los compromisos ambientales de protección de los recursos naturales. - Si el proveedor presentó problemas para disponer de los residuos retirados, debe presentar las alternativas que tuvo para depositar los residuos en un sitio autorizado de manera que cumpla con los compromisos ambientales de protección de los recursos naturales. - En caso de que se detecte que los residuos fueron botados en un sitio no autorizado, se procede con la limpieza del área, trasladando los residuos a un sitio autorizado. Inmediatamente se realizan las gestiones para realizar el cambio de contratista. - Dar aviso a personal encargado.

ii. Fase de operación Frente a un posible incendio que afecte el área de los contenedores, se debe realizar lo siguiente: - Dar aviso a bomberos (132). - Tratándose de almacenamiento de residuos.

j) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales

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i. Fase de construcción Los contenedores permanecen tapados por lo que no existen emisiones a la atmosfera. En ninguna circunstancia se incineran residuos, por lo que no existe emisión de gases desde los sitios de acumulación. Dada las características de la forma en que se realiza la acumulación de residuos no se generan ruidos molestos ni material particulado. Los residuos son retirados de forma periódica por lo que no se generan condiciones para la proliferación de vectores. Lo mismo aplica para los residuos industriales de la construcción (Despuntes de poliestireno expandido, despuntes de tubería PVC, restos de alambre, tinetas, Despuntes de siding, Despuntes de madera, escombros, cartones y similares, despuntes de polietileno, nylon y similares).

Para los residuos industriales de la construcción, se habilita una zona de Acopio de Escombros, el cual cuenta con una superficie de 30,69 m2 y recibe residuos tales como chatarra, maderos, escombros, cables, etc.). Esta zona esta cercada, cuenta con señalética adecuada y su acceso está restringido sólo para personal autorizado. A continuación, se presenta la forma de cumplimiento y los indicadores correspondiente a cada una de las actividades relacionadas con el almacenamiento de residuos sólidos.

Tema a evaluar Actividad Indicador de cumplimiento Almacenamiento transitorio de residuos industriales Revisar que este almacenamiento cumpla con condiciones mínimas de acopio, y además controlar que posteriormente sean retirados del lugar. Estos residuos son retirados con distintas periodicidades de acuerdo a la generación de estos mismos. Recibos de retiro de residuos de la faena. Residuos sólidos asimilables a domiciliarios Se almacena en un contenedor de 240L con tapa y bolsa, para luego trasladarlo por medio de camiones municipales a una disposición final autorizado. Controlar que este contenedor se mantenga cerrado para evitar molestias y además contabilizar y controlar la retirada de los contenedores 2 veces por semana. Boleta mensual de retiro de residuos. Manipulación de residuos Revisar que los trabajadores cumplan con los requisitos mínimos de Protección Personal. Listado con todos los trabajadores que asistan. Materiales de construcción Los materiales reutilizables sobrantes sean utilizados en las faenas según sea necesario. Un encargado chequea que estos materiales sean verdaderamente reutilizados. Listado de materiales reutilizados. Residuos a ser tratados y rechazados El titular mantiene un registro que acredite la disposición final de todos los residuos en los lugares autorizados. Certificado de disposición en sitio autorizado Plan de emergencia en caso de incendios Todos los trabajadores son capacitados de forma que tengan conocimientos en caso de ocurrir alguna eventualidad. Existe una lista firmada por cada trabajador Fuente: Tabla 7 del Anexo 9.3 “Indicadores de cumplimientos Fase de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Construcción” del Adenda.

Las características constructivas de los sitios de almacenamiento son:

Acopio de escombros: Dimensiones del sector 6x5m (30 m3), cercado perimetralmente con vallas de madera y protegidos por malla raschel en caso de que los residuos no sean retirados el mismo día.

Bodega residuos domiciliarios (RESDOM): Se realiza en un espacio de 6x3m, ubicación en la planimetría cercana al ingreso de obra. La capacidad máxima de esta bodega es de 6 contenedores de basura de 240 L llenos.

ii. Fase de operación En la fase de operación, se considera la generación de residuos domésticos producto de las actividades asociados a los departamentos, cuyo manejo depende de cada propietario. Cabe destacar que cada edificio contempla 1 sala de basura ubicada en el primer nivel, que sirve para la recepción de la basura de todos los pisos del edificio a través de 3 ductos, cumpliendo con una ventilación adecuada además de tener una ducha superior en el último piso.

Los ductos de residuos son de forma rectangular de 50x40 cm cuya materialidad es metal, paredes de 2mm de espesor, y lleva un recubrimiento anticorrosivo por su exterior e interior.

Sobre el nivel de la última tolva y en sus quiebres, los ductos tienen una ducha tipo challa para efectos de combatir fuegos o incendios. La challa se accionamediante una válvula solenoide, con un pulsador ubicado en la recepción, protegido y rotulado con la leyenda “Accionador para challa sistema contra incendio”. Dos de los edificios (edificio 1) tienen una capacidad para almacenar 14 contenedores, mientras que los 4 edificios restantes (edificio 2) pueden almacenar 17 contenedores. Las salas cuentan con el implemento de emergencia apropiado para casos de fuego o incendio. Tiene pisos y muros lavables, esquinas redondeadas, iluminación hermética, rejilla y pileta de desagüe, un lavamanos y un área de lavado. En la figura 14 del Anexo 9.3 del Adenda, se indica la ubicación de las salas de basura respectivamente.

k) Capacidad máxima de almacenamiento

i. Fase de construcción La capacidad de almacenamiento para residuos sólidos domiciliarios es de 1,68 m3/día, y son almacenados temporalmente en 7 contenedores industriales con capacidad de 240 litros, cubiertos con bolsas plásticas en su interior, para posteriormente ser retirados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado En el caso de los residuos industriales de la construcción, cada fase consta de una zona de Acopio de Escombros habilitada para su almacenamiento temporal que tiene un área de 30,69 m2 y podría recibir un volumen aproximado de 6,8 m3 de residuos. Cabe señalar que se procura reciclar o reutilizar los residuos que así lo permitan, tales como restos de madera, metales, cables, etc.

ii. Fase de operación Se estima una generación de 8,98 m3/día de residuos asimilables a domésticos para todo el Proyecto Condominio Lihuén II y III. La capacidad máxima de almacenamiento se calcula en 22,08 m3 para las salas de basura destinando 74 contenedores de 240 litros. Por lo tanto, al considerar una acumulación máxima de 3 días (para el peor escenario), los residuos a almacenar se estiman en 66,24 m3 para todos los edificios.

l) Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

i. Fase de construcción Los residuos domiciliarios y asimilables se almacenan en 7 contenedores plásticos debidamente rotulados con tapa y 2 ruedas de 240 L de capacidad similar a la ilustración 15 del Anexo 9.3 del Adenda. En el caso de los residuos industriales de la construcción, éstos se acopian en un sector habilitado para estos fines. Aquel sector se denomina Acopio de Escombros, y esta cercado y señalizado para evitar el ingreso de personal no autorizado. Con respecto al almacenamiento de los residuos no peligrosos estos están en un sitio de acopio temporal el cual cuenta con un piso cubierto con nylon y los residuos son clasificados de manera ordenada, segregada y señalizada.

ii. Fase de operación Se espera que los residuos se pongan en bolsas plásticas para basuras, para ser almacenados dentro de contenedores de plásticos de 240 litros de capacidad, con dos ruedas y tapa, para facilitar su movilidad y evitar la propagación de olores, respectivamente. Los contenedores están almacenados en las salas de basura de cada edificio. En el caso de las torres “Edificio 1” tienen una capacidad de 11 contenedores de 240 L, y en las torres “Edificio 2” tienen capacidad para 13 contenedores de 240 litros, considerando un total de 74 contenedores para todo el proyecto, en dichas salas se deposita la basura a través de un ducto que conta cuenta con ducha superior y ventilación adecuada. Los contenedores de cada edificio son retirados y dispuestos en las salas de basura del condominio, la cual cuenta con condiciones de higiene exigidas por el MINSAL, incluyen los implementos pertinentes para realizar actividades de aseo, limpieza, y desinfección de las salas y de los contenedores. De igual modo, las salas cuentan con el implemento de emergencia apropiado para casos de fuego o incendio. Tienen pisos y muros lavables, esquinas redondeadas, iluminación hermética, rejilla y pileta de desagüe, un lavamanos y un área de lavado. Las puertas de acceso a las salas de basura son de madera, con marco metálico, protegida por ambos lados en su parte inferior mediante peinazo consistente en plancha de fierro galvanizado, y extendido a todo lo ancho de la hoja. Las puertas cuentan, además, en su borde inferior, con burlete de goma para impedir la entrada de polvo y vectores tales como roedores u otros.

Los antecedentes del permiso ambiental sectorial mixto del artículo 140 del Reglamento del SEIA, se presentan en Anexo 14.1 de la DIA, complementados en Anexo 9.3 del Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente De acuerdo al Oficio Ord. N°1362 de fecha 11 de diciembre de 2023, formalizado con fecha 27 de diciembre de 2023, la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo X del ICE, numeral 10.2.1

7.2.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de residuos peligrosos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) Descripción del sitio a.1) Descripción del lugar de emplazamiento de la instalación de almacenamiento de residuos peligrosos. El sitio de almacenamiento para los residuos peligrosos consiste en la habilitación de una bodega, cuya materialidad es malla tipo Acma metálica de 3,0 x 3,0 m, cierre de fibrocemento, cubierta de zincalum con dimensiones de 0,30 x 851 x 2000 mm, con radier de 20 cm de espesor; hormigón de H=20. Se presenta el esquema de la bodega en la siguiente ilustración, cabe mencionar que los residuos peligrosos son clasificados y dispuestos en contenedores cerrados y rotulados, cumpliendo con los requerimientos del Decreto Supremo Nº148/2003 del Ministerio de Salud. Dicha bodega se instala en las dependencias de las faenas del Proyecto, tal como muestran las siguientes imágenes para Lihuén II y Lihuén III, respectivamente:

Fuente: Ilustración 1 del Anexo 4.1 “Ubicación bodega de residuos peligrosos Lihuén II” del Adenda Complementaria.

Fuente: Ilustración 2 del Anexo 4.1 “Ubicación bodega de residuos peligrosos Lihuén III” del Adenda Complementaria.

a.2) Planos de planta, corte y elevación de la instalación de almacenamiento. A continuación, se muestra un esquema referencial de la bodega de residuos peligrosos:

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Fuente: Ilustración 3 del Anexo 4.1 “Esquema referencial de la bodega de residuos peligrosos” del Adenda Complementaria.

a.6) Distancias a cursos de agua superficial o subterránea, fuentes de agua para consumo humano, viviendas, establecimientos educacionales, de atención de salud y otros de carácter sensible, según corresponda. El cuerpo de agua de mayor envergadura que se encuentra próximo al proyecto (2,7 km) corresponde al Rio Cachapoal.

Fuente: Figura S/N de la página 5 del Anexo 4.1 del Adenda Complementaria.

Respecto a las aguas subterráneas, la Mecánica de Suelos adjunta en Anexo 10 de la DIA indica que se realizaron 16 calicatas de 3 a 5 metros de profundidad, en ninguna de las exploraciones realizadas fue detectada la napa freática.

En la zona se encuentran además los canales Santa Barbara, Fundo San Pedro y Nuñano, los cuales corresponden a canales de conducción y distribución de agua proveniente del rio Cachapoal, y sus derechos de agua están asociados a la asociación de canalistas del Cachapoal.

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Fuente: Ilustración 4 del Anexo 4.1 “Ubicación Canales” del Adenda Complementaria.

Las viviendas más cercanas al Proyecto corresponden a las del proyecto base “Condominio Lihuén I” que se encuentra adyacente a Lihuén II. En la zona, además, se identifican 4 barrios cercanos al Proyecto: - Santa Bárbara: adyacente a Lihuén III - Don Alberto: 0,24 km - Doña Mabel: 0,38 km - Don Baltazar: 0,07 km

Otros establecimientos sensibles cercanos al proyecto son: • El establecimiento educacional más cercano corresponde al Colegio Ayelén, ubicado a 0,28 km del proyecto. • Iglesia Comunidad Cristiana: Iglesia de tipo evangélica que se constituye como el establecimiento religioso más cercano al proyecto (0,48 km). • Centro comercial: Constituido por el supermercado Cugat que alberga además otros servicios comerciales, como venta de vehículos y de otros tipos. Se ubica a aproximadamente 0,10 km del proyecto.

En la siguiente ilustración se observa las ubicaciones de los establecimientos mencionados:

Fuente: Ilustración 5 del Anexo 4.1 “Ubicación variables territoriales” del Adenda Complementaria.

b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. b.1) Características constructivas del o los sitios de almacenamiento, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

incluyendo tipo de cubierta, estructura soportante, cierre perimetral y piso.

La bodega de almacenamiento de residuos peligrosos cumple los requerimientos del Decreto Supremo Nº148/2003, del Ministerio de Salud, y las características constructivas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, destacando entre otras, las siguientes características: • La bodega cuenta con dimensiones de 3x3x2 m. • La materialidad de la bodega corresponde a un radier de hormigón con una base de polietileno para impermeabilización. Cuenta además con malla acma y techumbre de zinc. • El radier cuenta con un pretil para contener cualquier tipo de derrame, el cual tiene una altura de 50 cm, en la siguiente figura se presenta un esquema referencial de la estructura de contención de derrames.

Fuente: Ilustración 6 del Anexo 4.1 “Esquema Referencial Bodega de Residuos Peligrosos y Sustancias Peligrosas” del Adenda Complementaria.

Dimensiones Superficie Largo 3 m 9 m3 Ancho 3 m Alto 2 m Fuente: Tabla 1 del Anexo 4.1 “Dimensiones bodega de residuos peligrosos” del Adenda Complementaria.

El sistema de contención de escurrimiento o derrame cuenta con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Por lo cual, la cantidad de residuos a contener es de 2,11 m3.

c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y periodo de almacenamiento. c.1. Cuantificación y características de peligrosidad de los residuos a almacenar.

A continuación, se presenta una estimación de la generación de residuos peligrosos en la fase de construcción del presente proyecto.

Fase constructiva Tipo de residuo Fuente Cantidad o volumen mensual Almacenamiento Lihuén 2 Peligrosos Envases ácido muriático 0,04 m3 Almacenamiento en recipientes herméticos y debidamente identificados según lo indica la NCh 2190/93, dentro de una bodega RESPEL tal como lo indica el D.S. 148/03 Envases de adhesivo para tuberías de PVC 0,02 m3 Envases aerosoles 0,08 m3 Envases aguarrás y pinturas 0,15 m3

Envases de diluyentes 0,04 m3 Envases de sellador de 0,02 m3 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

poliuretano

por un periodo no mayor a 6 meses.

Envases de silicona 0,08 m3 Paños, Guantes, huaipes contaminados 0,08 m3

Rodillos y brochas usadas 0,04 m3 Lihuén 3 Peligrosos Envases ácido muriático 0,04 m3 Envases de adhesivo para tuberías de PVC 0,02 m3 Envases aerosoles 0,08 m3 Envases aguarrás y pinturas 0,15 m3 Envases de diluyentes 0,04 m3 Envases de sellador de poliuretano 0,02 m3 Envases de silicona 0,08 m3 Paños, Guantes, huaipes contaminados 0,08 m3 Rodillos y brochas usadas 0,04 m3 Fuente: Tabla 2 del Anexo 4.1 “Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos en la fase de construcción” del Adenda Complementaria.

Con respecto a los residuos derivados de las mantenciones de los vehículos y maquinarias en la fase de construcción, se informa que solo se realizan las mantenciones menores al interior de la obra; las mantenciones de mayor complejidad se realizan por empresas externas fuera del predio, y se mantiene en planta un registro de las actividades de mantención (factura, ficha, entre otros).

Dentro de obra se realiza mantención a los siguientes vehículos y maquinarias: • Nivel topográfico. • Taquímetro. • Estación total con GPS. • Esmeril. • Cango. • Cincelador. • Pistolas de impacto. • Electro electrógeno. • Placa compactadora. • Vibradores de hormigón. • Kit de pulido. • Betonera. • Minicargador. • Retro excavadora. • Mini excavadora. • Camioneta.

Los residuos peligrosos que se pueden generar por la mantención de vehículos y maquinarias corresponden a restos de aceites, los cuales son recolectados y almacenados en la bodega de residuos peligrosos, siendo clasificados según el listado de los artículos 18, 88 y 90 del Decreto Supremo 148/2003, del Ministerio de Salud, de acuerdo con sus características de peligrosidad y bajo los resguardos para su almacenamiento. Para la recolección del residuo se procede de acuerdo a lo indicado en el literal g) del PAS 142: Plan de Emergencia.

Además, se cuenta en la faena con una ficha de registro de los residuos almacenados, como la que se presenta a continuación:

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Fuente: Tabla 3 del Anexo 4.1 “Ficha de registro de residuos peligrosos generados en fase de construcción” del Adenda Complementaria.

Estos residuos son retirados por una empresa certificada y llevados a un botadero de residuos peligrosos autorizado para su tratamiento.

c.2. Capacidad de almacenamiento de los sitios contemplados. Se estima que la bodega tiene una capacidad máxima de almacenamiento de 18 m3.

c.3 Antecedentes que respalden que existe capacidad suficiente para almacenar los residuos (al interior del sitio), en base a la estimación de residuos que se manejará en la instalación y la superficie disponible para el almacenamiento.

Se considera como peor escenario el periodo en que se superponga la construcción de Lihuén II y Lihuén III, lo que genera una cantidad de residuos de 0,94 m3/mes. Considerando que los residuos peligrosos se almacenan por un periodo no mayor a 6 meses, se tiene una acumulación de 5,24 m3. Dado que la capacidad máxima de almacenamiento de la bodega es de 18 m3, se concluye que existe capacidad suficiente para almacenar estos residuos.

c.4. Tiempo de permanencia de los residuos en el o los sitios de almacenamiento. Los residuos peligrosos se almacenan en la bodega por un periodo no mayor a 6 meses.

d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. Los residuos peligrosos permanecen siempre en contenedores herméticos evitando emisiones a la atmósfera, debidamente rotulados. Aquellos contenedores se almacenan temporalmente en una Bodega de Residuos Peligrosos, la cual se instala sobre una base de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos, evitando el contacto con el suelo. Estas medidas impiden cualquier emisión líquida o gaseosa al ambiente. Por otro lado, estos residuos peligrosos son retirados periódicamente (un periodo no mayor a 6 meses) por una empresa con autorización sanitaria vigente.

e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. Para contener posibles derrames el radier del recinto tiene un pretil de 50 cm de alto, este tiene una capacidad de 4,5 m3, para contener cualquier tipo de derrame. Adicionalmente, bajo este piso se instala polietileno para posibles infiltraciones.

f) Plan de Contingencias Todo procedimiento de manejo, almacenamiento, carga, transporte y descarga de sustancias y residuos peligrosos y combustibles está sujetos a sufrir cualquier tipo de incidente o evento, por lo que se requiere de un plan que describa los procedimientos de actuación en cada caso. Los tipos de contingencias que se pueden presentar durante el manejo, almacenamiento, carga, transporte y descarga de sustancias y residuos peligrosos y combustibles son filtraciones derrames e incendios.

Las acciones preventivas que se deben considerar dentro de la fase de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

construcción en tanto a almacenamiento y transporte son los siguientes: • Las sustancias peligrosas y residuos peligrosos, así como estanques o depósitos de combustibles líquidos deben ubicarse en la bodega correspondiente a sustancias peligrosas y bodega de RESPEL según pertenezca, las cuales cumplen con la normativa vigente en cada caso (Decreto Supremo N°43/2016 del Ministerio de Salud y Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud), así como también deben contar con sistema de contención de derrames apropiados. • El almacenamiento, compatibilidad, transporte y distribución de estos compuestos debe ser de acuerdo a lo estipulado en la normativa Decreto Supremo N°43/2016, del Ministerio de Salud, y Decreto Supremo N°148/03, del Ministerio de Salud, y debidamente identificados según la NCh 382.Of2004 y Nch 2190.Of2004, según corresponda. • Al manejar los productos se debe cumplir con las medidas de seguridad respectivas a la correcta manipulación y uso de EPP. Se debe contar con un manual que describa estas medidas de seguridad; la persona que los manipule debe revisar los productos cada vez al momento de interactuar con estos compuestos de modo de identificar posibles filtraciones y/o roturas. • Mantener siempre los envases, contenedores o estanques cerrados y almacenarlos donde corresponde. • Se debe contar con extintores de polvo químico seco multipropósito con sus recargas al día y etiqueta visible en todo momento. • Se debe disponer de materiales que sean absorbentes para el control de goteos, fugas y derrames, estos materiales pueden ser; arena, aserrín u otros diseñados para este fin. • Los trabajadores deben utilizar sus EPP como overol, ropa de trabajo, botas o zapatos antideslizantes y guantes impermeables ajustables. • Se debe llevar un control mediante una hoja de seguridad que contenga la cantidad, el tipo de sustancia, el estado del producto y destino de esta. • Para transportas estas sustancias o residuos, los envases o contendores deben colocarse de forma tal, que se evite el volteo y derrame de estos. • Se debe realizar capacitaciones y entrenar periódicamente al personal encargado de manipular combustibles, sustancias y residuos peligrosos. Así como programar simulacros con el objetivo de evaluar el plan de contingencia y emergencia, además de determinar la correcta coordinación y aplicación de los procedimientos por parte del personal y el rol que debe cumplir. Para todo lo anterior se debe llevar un registro, con el fin verificar la correcta aplicación de los conocimientos de los participantes y los temas que se trataron.

g) Plan de Emergencia Es aquel en el cual se definen las políticas, la organización y los métodos, que indican la manera de enfrentar una situación de emergencia o desastre, tanto en lo general como en lo particular dentro y fuera de la obra. Estos involucran planes de acción que se definen según la componente en la que sea necesario actuar con eficacia.

Procedimiento en caso de sustancias derramadas: La persona o grupo de personas directamente involucradas en el derrame, antes de tomar cualquier acción correctiva, deben identificar plenamente la sustancia, de acuerdo a las siguientes categorías: Combustibles (hidrocarburos), aceites, grasas o lubricantes, diluyentes, pinturas, etc.

Ponerse en contacto con jefe de obra, capataz, prevencionista o gerencia y dar a conocer la ubicación del derrame, y una descripción breve de la magnitud de este.

La tarea principal a ejecutar posterior a un derrame es la contención de éste. Para ello, ante la emergencia, puede solicitar la participación de la maquinaria necesaria para solucionar el derrame, sin importar si ésta pertenece a la empresa o a una empresa externa de servicios. Para la contención del derrame debe utilizarse el más apropiado de los siguientes métodos generales: • Construcción de Bermas o Pretiles, son de alta utilidad cuando se requiere Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

confinar en lugares reducidos, o en derrames ocurridos en terrenos planos. Se construye con el mismo suelo donde se produce el derrame, o bien con material absorbente específico para la sustancia derramada. • Construcción de Zanjas, debe construirse cuando el terreno afectado por el derrame tiene una pendiente. En este caso se excava una zanja suficientemente profunda, cercana al derrame donde se tenga la seguridad de atrapar la sustancia derramada. De acuerdo al tipo de sustancia derramada, se recupera desde la zanja con el método apropiado, según lo determine el prevencionista o el especialista en el área. • Otros elementos de contención para líquidos; si se usa tierra es conveniente que sea arcillosa, para evitar que ésta absorba el contaminante, o bien cubrir con un nylon el confinamiento de tierra construido. Barreras de contención de baja altura se pueden formar. En caso de lluvia cubrir el derrame con Nylon, para evitar su disolución o reacción, hasta que sea posible comenzar a reparar el daño. • Una vez que toda la sustancia posible ha sido recuperada, y vuelta a proceso o a sus contenedores especiales, debe descartarse el suelo contaminado como “Residuo Peligroso”, y ser tratado como tal. • En caso de que la sustancia sea derramada en caminos públicos que puedan alterar la libre circulación vehicular y/o peatonal, se debe informar inmediatamente vía telefónica, correo electrónico y por oficio, al Director Regional de Vialidad y a la SEREMI de Obras Públicas. Y en el caso de transitar por rutas concesionadas se debe dar aviso a la concesionaria respectiva.

Al producirse un accidente ambiental se debe esparcir la arena en el derrame, para contenerlo y que se absorba el fluido vertido. Esta arena o aserrín contaminados debe ser trasladado en tambores tapados y asegurados con eslingas, zunchos o cuerda, a fin de evitar derrames durante su traslado, al área de bodega de residuos peligrosos para ser gestionados respecto a su disposición final.

Derrame menor a 20 litros: • Derrame considerado menor. • Tratar de recuperar el máximo de producto derramado. • Cubrir el área afectada con material absorbente (arena / aserrín). • Recuperar material absorbente contaminado. • Disponer el material absorbente contaminado en tambores con tapa. • Trasladar los tambores, asegurados, a Bodega de Residuos Peligrosos. • Etiquetar los contenedores con el residuo en bodega, para su posterior disposición final a relleno sanitario autorizado. • En caso de ocurrir derrames mayores de debe realizar un informe de incidente ambiental, el cual se describe más adelante.

Derrame con riesgo de contaminación de cuerpos de agua: En primera instancia se debe dar aviso a la persona encargada del área ambiental y ésta a su vez debe informar en un plazo no mayor a 24 horas a la Dirección General de Aguas de la Región de O’Higgins. Esto para tomar medidas en conjunto a fin de realizar las acciones de mitigación de impacto.

Además, se deben realizar las siguientes acciones: • Delimitar el área con un dique de contención (material absorbente) para evitar que las sustancias lleguen al sector donde se encuentra el cuerpo de agua. • Recoger el máximo del producto derramado para su aprovechamiento y/o descarte. • Cubrir el área afectada con material absorbente (arena/aserrín). • Disponer el material absorbente contaminado en tambores con tapa. • Realizar monitoreo inmediato en el área de influencia. • Trasladar los tambores, asegurados, a Bodega de Residuos Peligrosos. • Extraer toda el agua con bombas y depositar en el camión aljibe autorizado por el S.N.S. • Proceder a despachar el camión autorizado. • Evaluar el impacto ambiental causado por el incidente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

• Realizar Informe Incidente Ambiental.

Cuando se produzca un accidente ambiental, estos deben informarse llenando un formulario que contenga la causa del incidente, las medidas pertinentes, los factores que lo provocaron, la aplicación de medidas correctivas y de prevención para un futuro incidente, además de realizar capacitaciones a los trabajadores para concientizarlos sobre la magnitud de la gravedad del evento en una futura situación. Este informe debe ser llenado por la persona encargada del área ambiental en base a la información entregada por las personas directamente involucradas en el derrame.

Una vez elaborado el informe, se toman las medidas necesarias de tal forma que se minimice la posibilidad de que se produzca nuevamente una emergencia de este tipo. Por otra parte, en caso de producirse una emergencia ambiental (declarada por la autoridad competente), se debe realizar un plan de descontaminación ambiental de manera de compensar y mitigar los impactos negativos involucrados en la emergencia.

Emergencia por incendio:

Procedimiento en caso de incendio o amago de incendio • Para enfrentar una emergencia como esta se debe mantener la calma, y recordar que en los incendios el principal y mortal enemigo es el humo. • Cualquier persona que descubra un fuego no controlado, debe dar la alarma correspondiente, independiente que este sea un amago, utilizando los medios que estén a mano para dar la información, si es necesario a viva voz. • Dada la alarma, si es un amago, debe usar los extintores portátiles ubicados en las áreas señalas. Si al lugar del amago concurren dos o más personas, estas deben actuar simultáneamente con los extintores. • Si es un incendio, los extintores no son efectivos, por lo que las personas que se percataron del incendio deben dar aviso de inmediato y ayudar a la evacuación del lugar. Poniendo atención en cortar el suministro eléctrico, para que los equipos de ayuda puedan actuar sin provocar lesiones o desgracias por golpes eléctricos. No dejar nunca que el fuego se interponga entre usted y la salida. • Las personas que evacuen el área del incendio, deben dirigirse obligatoriamente hasta la Zona de Seguridad de su área, en ese lugar se realiza el recuento para constatar que salieron todos. Si una o varias personas no acatan la obligación de ir al Zona de Seguridad, pueden inducir a que los Brigadistas o bomberos ingresen al área afectada, arriesgando innecesariamente su vida. • Si hay personal ajeno a la obra dirigirlos a las zonas de seguridad asignadas. • A medida que las personas se van retirando del lugar, deben ir cerrando las puertas y ventanas que vayan quedando detrás de ellas. • Ninguna persona debe exponer su salud y su vida por tratar de salvar elementos materiales o por volver a buscar cosas personales.

En caso de que algunas personas queden atrapadas en el lugar del incendio, deben agacharse y gatear, ya que abajo hay mayor probabilidad de encontrar oxígeno. Al avanzar deben ir tocando con una de sus manos la pared, para lograr encontrar una puerta o una ventana, al encontrarlas, deben abrirla lenta y cuidadosamente para que de esta manera no aumente violentamente el incendio, y evacuar.

Cualquier información hacia el exterior se entrega solamente por gerencia. No es necesario que algún trabajador entregue información a terceros sobre el accidente fatal, debido a que se debe realizar una inspección interna exhaustiva para esclarecer los hechos del accidente.

Los antecedentes del permiso ambiental sectorial mixto del artículo 142 del Reglamento del SEIA, se presentan en Anexo 14.2 de la DIA, complementados en Anexo 9.4 del Adenda, y Anexo 4.1 del Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Pronunciamiento del órgano competente De acuerdo al Oficio Ord. N°416 de fecha 9 de abril de 2024, formalizado con fecha 16 de abril de 2024, la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo X del ICE, numeral 10.2.2.

7.2.3. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Modificaciones de cauces de canales asociados al Condominio Lihuén II, y al Condominio Lihuén II, respectivamente:

Condominio Lihuén II Condominio Lihuén III Canal Nuñano - Cambio de sección de natural a rectangular (1,5 x 1,5 m). - Muro cabecera al final. - Cruce de agua potable por sobre la sección del canal. - Atravieso peatonal por sobre la sección del canal. - Cambio de sección de natural a rectangular (1,5 x 1,5 m). - Muro cabecera al final. - Cruce de agua potable por sobre la sección del canal. - Atravieso peatonal por sobre la sección del canal.

Canal Santa Bárbara - Cambio de trazado y de sección en dos tramos del canal. - Entubamiento del primer tramo del canal. - Cruce de agua potable bajo la sección del canal. - 2 descargas de aguas lluvias provenientes de Caletera norte. - Construcción de 3 muros de cabecera. - Cambio de trazado de sección. - 2 tramos entubados, uno para el acceso vehicular, y el otro bajo la caletera norte. - Construcción de 3 muros cabecera. - Cruce de agua potable bajo la sección del canal. - 2 descargas de aguas lluvias. - Construcción de 2 cámaras de inspección. Canal Fundo San Pedro

  • Cambio de sección del canal a sección cuadrada.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

Condominio Lihuén II

a) Descripción del lugar de emplazamiento de la obra. El presente Permiso Ambiental Sectorial Mixto, corresponde a la Modificación de Cauce de los canales Nuñano y Santa Bárbara que se enmarca en el proyecto “Condominio Lihuen II”, ubicado en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, Región de O’Higgins. Dicho proyecto se emplaza específicamente al poniente de la ciudad de Rancagua en calle Camino San Ramón.

El presente PAS se base en el estudio “Memoria de Cálculo –Modificación de Cauce Canales Nuñano y Santa Bárbara”, adjunto en Anexo 01 del Adenda, el cual considera el análisis hidráulico de ambos cuerpos de agua en base a los caudales de riego mayorados en un 30%, con el fin de asegurar la vida y salud Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

de los habitantes del sector.

a.1. Identificación del cauce en cartografía IGM 1:50.000 o en una cartografía de mayor detalle, dependiendo de la necesidad de visualización del caso.

A continuación, se presentan las ubicaciones del proyecto de modificación de cauce.

Fuente: Figura 2 del Anexo 9.1 “Ubicación general del proyecto. Escala 1:50.000” del Adenda.

a.2. Coordenadas UTM Indicando HUSO y DATUM de la ubicación y descripción del sector en que se emplazará la obra. Si bien el estudio considera el análisis de 5 canales, solo los canales Nuñano y Santa Bárbara son intervenidos.

Las coordenadas de inicio y final modificación de cauce son las que se describen en la siguiente tabla:

Canal Coordenadas UTM WGS84 Norte (m) Este (m) Nuñano Inicio 6.218.159 336.082 Fin 6.218.172 336.029 Santa Bárbara Inicio 6.218.168 336.083 Fin 6.218.179 336.015 Fuente: Tabla 1 del Anexo 9.1 “Coordenadas de la Modificación de Cauce” del Adenda

Mientras que en la siguiente figura se puede visualizar la ubicación de la modificación de cauce para el Canal Nuñano y Santa Barbara:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fuente: Figura 3 del Anexo 9.1 “Ubicación de Modificación de Cauce” del Adenda.

a.3. Descripción de las características generales del cauce 100 metros antes y después de la modificación, siempre y cuando no existan singularidades que condicionen el escurrimiento que amerite extender estos límites.

En la zona de estudio se realizó un levantamiento topográfico a nivel de detalle, donde se levantaron los 5 canales en estudio, para los cuales se levantaron perfiles cada 20 metros con un ancho de faja de 20 metros. La extensión de levantada es relativa a cada cauce, siempre respetando 100 metros mínimo. Para el canal Nuñano, se consideró una extensión de 660 metros aproximadamente. En cuanto al canal Santa Bárbara se levantó toda su extensión, es decir, cerca de 340 metros. Cabe señalar que dentro del presente estudio se encuentra analizada la etapa 1 del proyecto Condominio Lihuén, la cual también contó con su respectiva Modificación de Cauce, la cual fue aprobada sectorialmente por la Dirección General de Aguas en la RES. EXE. DGA N°1808, de la región de O’Higgins (Anexo 04). Adicionalmente las obras construidas para Lihuén I se detallan en la Tabla 2, Tabla 3 y Tabla 4.

Por otra parte, el terreno vecino (lado oriente) se encuentra proyectado el Condominio Parrones de Baquedano, que de igual manera cuenta con un proyecto de modificación de cauce. En la Tabla 5, Tabla 6 y Tabla 7 se describen las obras proyectadas de dicho proyecto, cabe señalar que las obras proyectadas por Parrones de Baquedano concuerdan las dimensiones de las obras ejecutadas por Lihuén I y las proyectadas en Lihuén II, es decir, el proyecto vecino mejora las condiciones con las que fueron evaluadas las obras de Lihuén, ya que las condiciones con las que se modelaron los canales consideraba una sección en tierra aguas arriba de Lihuén I (frente predial de Parrones de Baquedano).

• Modificación de Cauce Lihuén I

Canal Nuñano En la siguiente tabla se presenta información de la ubicación obras existentes en canal Nuñano, Lihuén I:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.137 336.170 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.159 336.081 Cambio de sección Inicio 6.218.137 336.170 Cambio de sección natural a sección rectangular de 1,5x1,5m en hormigón Fin 6.218.159 336.081 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

armado, el cual se extiende por 92 m. Atravieso Vehicular Inicio 6.218.147 336.132 Atravieso vehicular sobre un cajón de 1,5x1,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 10 m aprox. Fin 6.218.149 336.122 Muro Zarpa Ent. 6.218.137 336.170 Muro de cabecera tipo zarpa al inicio y fin del cambio de sección, el cual se construyó en hormigón armado. Sal. 6.218.159 336.081 Cruce AP 1 6.218.158 336.087 Cruce de tubería galvanizada de diámetro 100 mm de agua potable sobre el canal. Fuente: Tabla 2 del Anexo 9.1 “Ubicación obras existentes en canal Nuñano, Lihuén I.” del Adenda.

Canal Santa Bárbara

En la siguiente tabla se presenta información la ubicación obras existentes en canal Santa Bárbara, Lihuén I:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.134 336.196 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.165 336.066 Cambio de sección y trazado Inicio 6.218.142 336.192 Cambio de sección natural a sección rectangular de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 100 m. Fin 6.218.168 336.084 Atravieso Vehicular 1 Inicio 6.218.147 336.168 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 7 m aprox. en acceso. Fin 6.218.149 336.161 Atravieso Peatonal 1 Inicio 6.218.154 336.142 Atravieso peatonal sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 5 m aprox. en acceso. Fin 6.218.155 336.137 Atravieso Peatonal 2 Inicio 6.218.159 336.121 Atravieso peatonal sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 5 m aprox. en acceso. Fin 6.218.159,5 336.117,2 Atravieso Vehicular 2 Inicio 6.218.165 336.096 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 7 m aprox. en acceso. Fin 6.218.167 336.089 Marco Partidor 1 6.218.143 336.189 Marco partidor de hormigón armado con aguja divisoria en acero, el cual da origen al canal Massai. Cruce AP 1 6.218.166 336.090 Cruce de tubería galvanizada de diámetro 100 mm de agua potable bajo el canal. Muro Cabecera 1 6.218.142 336.192 Muro de cabecera al inicio y fin del cambio de sección, el cual se construyó en 2 6.218.168 336.084 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

hormigón armado. Descarga ALL 1 6.218.153 336.143 Descarga de aguas lluvias a través de apertura de solera de calle Caletera Norte. 2 6.218.160 336.115 Fuente: Tabla 3 del Anexo 9.1 “Ubicación obras existentes en canal Santa Bárbara, Lihuen I.” del Adenda.

Canal Massai En la siguiente tabla se presenta información de la ubicación obras existentes en canal Massai, Lihuén I:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.144 336.189 La modificación de cauce consta solo de un cambio de trazado y un reperfilado en tierra. Fin 6.218.175 336.182 Cambio de trazado y reperfilado Inicio 6.218.144 336.189 Cambio de trazado del canal y reperfilado en tierra en una extensión de 35 m aprox. Fin 6.218.175 336.182 Fuente: Tabla 4 del Anexo 9.1 “Ubicación obras existentes en canal Massai, Lihuen I” del Adenda.

• Modificación de Cauce Parrones de Baquedano

Canal Nuñano En la siguiente tabla se presenta información de la ubicación obras proyectadas en canal Nuñano, Parrones de Baquedano:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.104 336.289 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.134 336.169 Cambio de sección Inicio 6.218.104 336.289 Cambio de sección natural a sección rectangular de 1,5x1,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 117 m. Fin 6.218.134 336.169 Atravieso Vehicular Inicio 6.218.131 336.185 Atravieso vehicular sobre un cajón de 1,5x1,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 17 m aprox. Fin 6.218.134 336.169 Fuente: Tabla 5 del Anexo 9.1 “Ubicación obras proyectadas en canal Nuñano, Parrones de Baquedano” del Adenda.

Canal Santa Bárbara En la siguiente tabla se presenta información de la ubicación obras proyectadas en canal Santa Bárbara, Parrones de Baquedano:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.109 336.271 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.141 336.189 Cambio de sección y trazado Inicio 6.218.109 336.271 Cambio de sección natural a sección rectangular de 0,5x0,5m en hormigón Fin 6.218.141 336.189 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

armado, el cual se extiende por 92 m. Atravieso Vehicular 1 Inicio 6.218.109 336.271 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 10 m aprox. Fin 6.218.123 336.267 Atravieso Vehicular 2 Inicio 6.218.126 336.250 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 13 m aprox. Fin 6.218.129 336.238 Fuente: Tabla 6 del Anexo 9.1 “Ubicación obras proyectadas en canal Santa Bárbara, Parrones de Baquedano” del Adenda.

Canal Massai En la siguiente tabla se presenta información de la ubicación obras proyectadas en canal Massai, Parrones de Baquedano:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.140 336.189 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.299 336.226 Cambio de sección y trazado Inicio 6.218.140 336.189 Cambio de sección natural a sección rectangular de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 166 m. Fin 6.218.299 336.226 Atravieso Vehicular 1 Inicio 6.218.224 336.216 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 9 m aprox. Fin 6.218.233 336.218 Atravieso Vehicular 2 Inicio 6.218.282 336.233 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 19 m aprox. Fin 6.218.299 336.226 Fuente: Tabla 7 del Anexo 9.1 “Ubicación obras proyectadas en canal Massai, Parrones de Baquedano” del Adenda.

En los planos adjuntos en el Anexo 02 del Adenda, se pueden observar en detalle las características de los cauces y las obras de arte existentes y proyectadas.

En la siguiente figura se puede visualizar la planta de canales y obras de arte existentes:

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Fuente: Figura 4 del Anexo 9.1 “Planta de canales y obras de arte existentes” del Adenda.

Hidráulica En el documento “Memoria de Cálculo –Modificación de Cauce Canales Nuñano y Santa Bárbara”, adjunto en Anexo 01 del presente PAS, se describen las consideraciones y el análisis hidráulico realizado para los caudales de riego y verificación tanto para la situación sin proyecto como la con proyecto. En el Anexo 02 del Anexo 9.1 del Adenda, se presentan los planos donde se pueden observar el comportamiento de los distintos canales frente a los caudales ya mencionados para ambas situaciones.

Canal Regadío [m3/s] Verificación [m3/s] Nuñano 1,250 1,626 Santa Bárbara 0,118 0,154 Massai 0,044 0,057 F. San Pedro 0,044 0,057 Sin Información 0,020 0,026 Descarga ALL et. I 0,012 0,015 Descarga ALL et. II 0,006 0,008 Fuente: Tabla 8 del Anexo 9.1 “Caudales”, del Adenda.

b) Descripción de la obra y sus fases. b.1. Detallar tipo de obra, función, características constructivas y dimensiones básicas.

Las obras proyectadas sobre el canal Nuñano corresponden a cambio de sección a una cuadrada de 1,5 x 1,5 metros en hormigón armado a lo largo del frente predial de proyecto Condominio Lihuén II, es decir, aproximadamente 55 metros. Cuenta con un muro cabecera al final de la sección y un atravieso de AP.

En cuanto al canal Santa Bárbara, este también cuenta con un atravieso de AP y un cambio en su sección transversal a una cuadrada en el mismo tramo, pero para este caso la sección corresponde de 0,5x 0,5 metros. Adicionalmente, cuenta con un cambio de trazado, un atravieso vehicular que da acceso al condominio y dos (2) descargas de aguas lluvias provenientes del proyecto de Pavimentación de la Caletera Norte.

• Modificación de Cauce Lihuén II Canal Nuñano Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

En la siguiente tabla se presenta información de la ubicación obras existentes en canal Nuñano, Lihuén II:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.159 336.082 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.172 336.029 Cambio de sección Inicio 6.218.159 336.082 Cambio de sección natural a sección rectangular de 1,5x1,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 55 m. en acceso. Fin 6.218.172 336.029 Muro Cabecera salida 1 6.218.172 336.029 Muro de cabecera al final del cambio de sección, el cual se proyecta en hormigón armado. Cruce AP 1 6.218.162 336.070 Cruce de tubería galvanizada de diámetro 100 mm de agua potable sobre el canal. Atravieso peatonal 1 6.218.169 336.039 Atravieso en estructura de acero con barandas de protección. El atravieso es de 3,5 m de largo y 2 m de ancho Fuente: Tabla 9 del Anexo 9.1 “Ubicación obras existentes en canal Nuñano, Lihuen II” del Adenda.

Canal Santa Bárbara En la siguiente tabla se detalla información con la ubicación obras existentes en canal Santa Bárbara, Lihuen II:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.168 336.083 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.179 336.015 Cambio de trazado y sección cajón Inicio 6.218.168 336.083 Cambio de sección natural a sección rectangular de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 55 m. Fin 6.218.181 336.031 Atravieso Vehicular/ Peatonal (Acceso) Inicio 6.218.169 336.081 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 8 m aprox. en acceso. Fin 6.218.171 336.073 Cruce AP 1 6.218.171 336.073 Cruce de tubería galvanizada de diámetro 100 mm de agua potable bajo el canal. Descargas ALL 1 6.218.175 336.058 Descarga de aguas lluvias a través de apertura de solera de calle Caletera Norte. 2 6.218.180 336.037 Muro Cabecera 3 6.218.181 336.031 Muro de cabecera al final del cambio de sección, el cual se construye en hormigón armado. Fuente: Tabla 10 del Anexo 9.1 “Ubicación obras existentes en canal Santa Bárbara, Lihuen II” del Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

b.2. Incluir descripción de la etapa de construcción, operación y cierre si corresponde.

Etapa de construcción Dentro de la etapa de construcción se pueden desglosar las siguientes partidas: Instalación de faena, replanteo, movimiento de tierra, nivelación, compactación cama de apoyo, encofrado, instalación de enfierradura, hormigonado, construcción de muros y pedraplenes, rellenos y limpieza final.

Las Partidas antes mencionadas se ejecutan en el periodo de corta de agua de los canales, según indique la asociación de Canalistas.

Cabe señalar que los obras se ejecutan en los meses de junio, julio y agosto, el cual corresponde a un periodo de corta de agua, por lo que no se contemplan obras adicionales como Bypass.

Etapa de operación La etapa de operación considera el normal escurrimiento de las aguas por los canales, por lo que una vez materializadas las obras se efectúan inspecciones oculares con frecuencia durante un año, de tal modo de advertir de forma oportuna algún desgaste o falla en la estructura y proceder a su mantenimiento. Posteriormente, la mantención de estos queda a cargo de la asociación de Canalistas que poseen la tuición de dichos canales.

Etapa de cierre La siguiente etapa no aplica al proyecto, dado que las obras que se materializan son de carácter permanente, por lo que las obras que presente alguna anomalía, se le debe hacer su respectiva mantención y/o limpieza, para así asegurar su funcionamiento.

En la siguiente figura se puede visualizar la planta de canales y obras de arte proyectadas:

Fuente: Figura 5: del Anexo 9.1 “Planta de canales y obras de arte proyectadas” del Adenda.

c) Estimación de los plazos y periodos de construcción de las obras.

La construcción de las obras se estima en un total de 12 semanas de acuerdo con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

las siguientes planificaciones.

Fuente: Tabla 11 del Anexo 9.1 “Cronograma de obras” del Adenda.

d) Medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras.

Para minimizar posibles efectos sobre la calidad de las aguas durante la fase de construcción, se han considerado las siguientes medidas: 1. Se efectúan capacitaciones e inducciones al personal que participe en las actividades de construcción del proyecto, las cuales se preparan y dictan por un profesional del área de medio ambiente, con el fin de prevenir la contaminación de los canales, ya sea con derrames de residuos, se deja estrictamente prohibido arrojar basura, escombros o material de relleno al cauce. 2. Se instruye al personal en obra la prohibición de introducir a las aguas de los canales residuos líquidos de origen orgánico e inorgánico sin tratar, independientemente de su cantidad debido a la actual pureza de sus aguas. 3. Los trabajadores deben mantenerse debidamente instruidos respecto al plan de emergencia y contingencia ante derrames, así como también sobre las sustancias y residuos peligrosos que se manejan en el área. 4. Existe un jefe de seguridad responsable ante la ocurrencia de derrames en la etapa de construcción de las obras. 5. Se dispone de elementos de contención de derrames, como palas, baldes de arena y/o paños absorbentes. 6. El trasvasije, el recambio, la reposición de aceites o cualquier otra actividad en la que se manipulen aceites a equipos en subestaciones u otro lugar, debe realizarse teniendo especial cuidado de evitar derrames.

e) Plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante la fase de construcción

Como medida de control ambiental en la fase de construcción del Proyecto, se lleva a cabo un plan de monitoreo de la calidad de las aguas, sólo en caso exista presencia de agua en el cauce.

Parámetros de monitoreo: Se consideran los parámetros establecidos en la NCh 1.333 Of. 78 “Requisitos de calidad del agua para diferentes usos”, la cual fija criterios de calidad del agua de acuerdo con los requerimientos científicos, referidos a aspectos físicos, químicos y biológicos, según su uso determinado; esto para proteger y preservar la calidad de las aguas que se destinen a usos específicos, de la degradación producida por contaminantes con residuos de cualquier tipo u origen.

Frecuencia de monitoreo: Este proceso se lleva a cabo en la fase de construcción, solo en el caso de que en este periodo exista escurrimiento de agua por el estero.

Puntos de monitoreo: Los puntos en donde se llevan a cabo los monitoreos de calidad de aguas son 100 metros aguas abajo de la modificación de cauce y en el fin de la modificación. En dichos puntos se miden todos los parámetros indicados en la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

NCh 1.333 Of. 78 de calidad de agua para riego.

Catastro visual: Se realiza un catastro visual de las obras para asegurar el funcionamiento adecuado de las operaciones y frente a la ocurrencia de alguna contingencia en la etapa de construcción del cauce. Este catastro forma parte del informe a ser enviado a SMA.

Condominio Lihuén III

a) Descripción del lugar de emplazamiento de la obra. El presente Permiso Ambiental Sectorial Mixto, corresponde a la Modificación de Cauce de los canales Nuñano, Santa Bárbara y Fundo San Pedro que se enmarca en el proyecto “Condominio Lihuen III”, ubicado en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, Región de O’Higgins. Dicho proyecto se emplaza específicamente al poniente de la ciudad de Rancagua en calle Camino San Ramón.

El presente PAS se base en el estudio “Memoria de Cálculo –Modificación de Cauce Canales Nuñano, Santa Bárbara y F. San Pedro” , adjunto en Anexo 01 del Anexo 9.2 del Adenda, el cual considera el análisis hidráulico de los tres cuerpos de agua en base a los caudales de riego mayorados en un 30%, con el fin de asegurar la vida y salud de los habitantes del sector.

a.1. Identificación del cauce en cartografía IGM 1:50.000 o en una cartografía de mayor detalle, dependiendo de la necesidad de visualización del caso. En la figura 2 del Anexo 9.2 del Adenda, se presentan las ubicaciones del proyecto de modificación de cauce.

a.2. Coordenadas UTM Indicando HUSO y DATUM de la ubicación y descripción del sector en que se emplazará la obra. Si bien el estudio considera el análisis de 5 canales, solo los canales Nuñano, Santa Bárbara y Fundo San Pedro son intervenidos. Las coordenadas de inicio y final modificación de cauce son las que se describen en la siguiente tabla:

Canal Coordenadas UTM WGS84 Norte (m) Este (m) Nuñano Inicio 6.218.172 336.029 Fin 6.218.188 335.965 Santa Bárbara Inicio 6.218.181 336.031 Fin 6.218.192 335965 F. San Pedro Inicio 6.218.196 335.969 Fin 6.218.206 335.972 Fuente: Tabla 1 del Anexo 9.2 “Coordenadas de la Modificación de Cauce” del Adenda.

En la siguiente figura se puede visualizar la ubicación de modificación de cauce para el Condominio Lihuén III:

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Fuente: Figura 3 del Anexo 9.2 “Ubicación de Modificación de Cauce” del Adenda.

a.3. Descripción de las características generales del cauce 100 metros antes y después de la modificación, siempre y cuando no existan singularidades que condicionen el escurrimiento que amerite extender estos límites.

En la zona de estudio se realizó un levantamiento topográfico a nivel de detalle, donde se levantaron los 5 canales en estudio, para los cuales se levantaron perfiles cada 20 metros con un ancho de faja de 20 metros. La extensión levantada es relativa a cada cauce, siempre respetando 100 metros mínimo. Para el canal Nuñano, se consideró una extensión de 660 metros aproximadamente, mientras que para el canal Santa Bárbara se levantó toda su extensión, es decir, cerca de 340 metros. En cuanto al canal Fundo San Pedro se topografió 120 metros. Cabe señalar que dentro del presente estudio se encuentra analizada la etapa 1 y 2 del proyecto Condominio Lihuen. La primera de ellas ya cuenta con su Modificación de Cauce aprobada sectorialmente por la Dirección General de Aguas en la RES. EXE. DGA N°1808, de la región de O’Higgins, adjunto en Anexo 04 del Adenda, mientras que para la segunda etapa también cuenta con una Modificación de Cauce, la cual se presenta en un documento aparte y se utiliza como parámetro de entrada para la presente modificación.

A continuación, se presentan las tablas que corresponden a las descripciones obras ejecutadas en los canales Nuñano, Santa Bárbara y Massai (Lihuen I, ver Figura 4) y las obras proyectadas de Lihuen II, y las del proyecto vecino Parrones de Baquedano.

• Modificación de Cauce Lihuen I Canal Nuñano

A continuación, se presenta información de la ubicación obras existentes en canal Nuñano, Lihuén I:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.137 336.170 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.159 336.081 Cambio de sección Inicio 6.218.137 336.170 Cambio de sección natural a sección rectangular de 1,5x1,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 92 m. Fin 6.218.159 336.081 Atravieso Inicio 6.218.147 336.132 Atravieso vehicular sobre un cajón Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Vehicular Fin 6.218.149 336.122 de 1,5x1,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 10 m aprox. Muro Zarpa Ent. 6.218.137 336.170 Muro de cabecera tipo zarpa al inicio y fin del cambio de sección, el cual se construyó en hormigón armado. Sal. 6.218.159 336.081 Cruce AP 1 6.218.158 336.087 Cruce de tubería galvanizada de diámetro 100 mm de agua potable sobre el canal. Fuente: Tabla 2 del Anexo 9.2 “Ubicación obras existentes en canal Nuñano, Lihuen I.” del Adenda.

Canal Santa Bárbara En la siguiente tabla se presenta información de la ubicación obras existentes en canal Santa Bárbara, Lihuen I:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.134 336.196 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.165 336.066 Cambio de sección Inicio 6.218.142 336.192 Cambio de sección natural a sección rectangular de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 100 m. Fin 6.218.168 336.084 Atravieso Vehicular 1 Inicio 6.218.147 336.168 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 7 m aprox. en acceso. Fin 6.218.149 336.161 Atravieso Peatonal 1 Inicio 6.218.154 336.142 Atravieso peatonal sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 5 m aprox. en acceso. Fin 6.218.155 336.137 Atravieso Peatonal 2 Inicio 6.218.159 336.121 Atravieso peatonal sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 5 m aprox. en acceso. Fin 6.218.159,5 336.117,2 Atravieso Vehicular 2 Inicio 6.218.165 336.096 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 7 m aprox. en acceso. Fin 6.218.167 336.089 Marco Partidor 1 6.218.143 336.189 Marco partidor de hormigón armado con aguja divisoria en acero, el cual da origen al canal Massai. Cruce AP 1 6.218.166 336.090 Cruce de tubería galvanizada de diámetro 100 mm de agua potable bajo el canal. Muro Cabecera 1 6.218.142 336.192 Muro de cabecera al inicio y fin del cambio de sección, el cual se construyó en hormigón armado. 2 6.218.168 336.084 Descarga ALL 1 6.218.153 336.143 Descarga de aguas lluvias a través de apertura de solera de calle Caletera Norte. 2 6.218.160 336.115 Fuente: Tabla 3 del Anexo 9.2 “Ubicación obras existentes en canal Santa Bárbara, Lihuén I.” del Adenda. Canal Massai En la siguiente tabla se presenta información de la ubicación obras existentes en canal Massai, Lihuén I: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.144 336.189 La modificación de cauce consta solo de un cambio de trazado y u reperfilado en tierra. Fin 6.218.175 336.182 Cambio de trazado y reperfilado Inicio 6.218.144 336.189 Cambio de trazado del canal y reperfilado en tierra en una extensión de 35 m aprox. Fin 6.218.175 336.182 Fuente: Tabla 4 del Anexo 9.2 “Ubicación obras existentes en canal Massai, Lihuen I” del Adenda.

• Modificación de Cauce Lihuen II Canal Nuñano

En la siguiente tabla se detalla información con la ubicación obras existentes en canal Nuñano, Lihuén II:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.159 336.082 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.172 336.029 Cambio de sección Inicio 6.218.159 336.082 Cambio de sección natural a sección rectangular de 1,5x1,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 55 m. en acceso. Fin 6.218.172 336.029 Muro Cabecera salida 1 6.218.172 336.029 Muro de cabecera al final del cambio de sección, el cual se proyecta en hormigón armado. Cruce AP 1 6.218.162 336.070 Cruce de tubería galvanizada de diámetro 100 mm de agua potable sobre el canal. Atravieso peatonal 1 6.218.169 336.039 Atravieso en estructura de acero con barandas de protección. El atravieso es de 3,5 m de largo y 2 m de ancho Fuente: Tabla 9 del Anexo 9.2 “Ubicación obras existentes en canal Nuñano, Lihuen II” del Adenda.

Canal Santa Bárbara En la siguiente tabla se presenta información de la ubicación obras existentes en canal Santa Bárbara, Lihuén II:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.168 336.083 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.179 336.015 Cambio de trazado y sección cajón Inicio 6.218.168 336.083 Cambio de sección natural a sección rectangular de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 55 m. Fin 6.218.181 336.031 Atravieso Inicio 6.218.169 336.081 Atravieso vehicular sobre un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Vehicular/ Peatonal (Acceso) Fin 6.218.171 336.073 cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 8 m aprox. en acceso. Cruce AP 1 6.218.171 336.073 Cruce de tubería galvanizada de diámetro 100 mm de agua potable bajo el canal. Descargas ALL 1 6.218.175 336.058 Descarga de aguas lluvias a través de apertura de solera de calle Caletera Norte. 2 6.218.180 336.037 Muro Cabecera 3 6.218.181 336.031 Muro de cabecera al final del cambio de sección, el cual se construye en hormigón armado. Fuente: Tabla 10 del Anexo 9.2 “Ubicación obras existentes en canal Santa Bárbara, Lihuén II” del Adenda.

• Modificación de Cauce Parrones de Baquedano Canal Nuñano En la siguiente tabla se presenta información con la ubicación obras proyectadas en canal Nuñano, Parrones de Baquedano:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.104 336.289 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.134 336.169 Cambio de sección Inicio 6.218.104 336.289 Cambio de sección natural a sección rectangular de 1,5x1,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 117 m. Fin 6.218.134 336.169 Atravieso Vehicular Inicio 6.218.131 336.185 Atravieso vehicular sobre un cajón de 1,5x1,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 17 m aprox. Fin 6.218.134 336.169 Fuente: Tabla 5 del Anexo 9.2 “Ubicación obras proyectadas en canal Nuñano, Parrones de Baquedano” del Adenda.

Canal Santa Bárbara En la presenta tabla se presenta información de la ubicación obras proyectadas en canal Santa Bárbara, Parrones de Baquedano:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.109 336.271 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.141 336.189 Cambio de sección y trazado Inicio 6.218.109 336.271 Cambio de sección natural a sección rectangular de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 92 m. Fin 6.218.141 336.189 Atravieso Vehicular 1 Inicio 6.218.109 336.271 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 10 m aprox. Fin 6.218.123 336.267 Atravieso Vehicular 2 Inicio 6.218.126 336.250 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 13 m aprox. Fin 6.218.129 336.238 Fuente: Tabla 6 del Anexo 9.2 “Ubicación obras proyectadas en canal Santa Bárbara, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Parrones de Baquedano” del Adenda.

Canal Massai En la siguiente tabla se presenta información de la ubicación obras proyectadas en canal Massai, Parrones de Baquedano:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.140 336.189 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.299 336.226 Cambio de sección y trazado Inicio 6.218.140 336.189 Cambio de sección natural a sección rectangular de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 166 m. Fin 6.218.299 336.226 Atravieso Vehicular 1 Inicio 6.218.224 336.216 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 9 m aprox. Fin 6.218.233 336.218 Atravieso Vehicular 2 Inicio 6.218.282 336.233 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 19 m aprox. Fin 6.218.299 336.226 Fuente: Tabla 6 del Anexo 9.2 “Ubicación obras proyectadas en canal Massai, Parrones de Baquedano” del Adenda.

En los planos adjuntos (Anexo 02), se pueden observar en detalle las características de los cauces y las obras de arte existentes y proyectadas.

Fuente: Figura 4 del anexo 9.2 “Planta de canales y obras de arte existentes” del Adenda.

Hidráulica

En el documento “Memoria de Cálculo –Modificación de Cauce Canales Nuñano, Santa Bárbara y Fundo San Pedro”, adjunto en Anexo 01 del presente PAS, se describen las consideraciones y el análisis hidráulico realizado para los caudales de riego y verificación tanto para la situación sin proyecto como la con proyecto. En el Anexo 02 adjunto en Anexo 9.2 del Adenda, se presentan los planos donde se pueden observar el comportamiento de los distintos canales frente a los caudales ya mencionados para ambas situaciones. A continuación en la siguiente tabla se presenta a información sobre los caudales: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Canal Regadío [m3/s] Verificación [m3/s] Nuñano 1,250 1,626 Santa Bárbara 0,118 0,154 Massai 0,044 0,057 F. San Pedro 0,044 0,057 Sin Información 0,020 0,026 Descarga ALL et. I 0,012 0,015 Descarga ALL et. II 0,006 0,008 Descarga ALL et. III 0,006 0,008 Fuente: Tabla 5 del Anexo 92 “Caudales” del Adenda.

b) Descripción de la obra y de sus fases (etapa de construcción, operación y cierre). b.1. Detallar tipo de obra, función, características constructivas y dimensiones básicas.

Las obras proyectadas sobre el canal Nuñano corresponden a cambio de sección a una cuadrada de 1,5 x 1,5 metros en hormigón armado a lo largo del frente predial de proyecto Condominio Lihuen III, es decir, aproximadamente 65 metros. Cuenta con un muro cabecera al final de la sección y un atravieso de AP. En cuanto al canal Santa Bárbara, este también cuenta con un atravieso de AP y un cambio en su sección transversal a una cuadrada en el mismo tramo, pero para este caso la sección es de 0,5x 0,5 metros. Adicionalmente, cuenta con un cambio de trazado, un atravieso vehicular que da acceso al condominio y dos descargas de aguas lluvias provenientes del proyecto de Pavimentación de la Caletera Norte. También cuenta con 2 cámaras, la primera de ella corresponde a una cámara cuadrada, la cual da origen al canal Fundo San Pedro y la segunda cámara se encuentra en la calle Caletera Norte, previo al atravieso bajo calle Don Orione. Por su parte, el canal Fundo San Pedro cuenta con un tramo entuba que cruza la vereda proyectada de Caletera Norte.

• Modificación de Cauce Lihuén III Canal Nuñano En la siguiente tabla se presenta información de la ubicación obras existentes en canal Nuñano, Lihuén III:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.172 336.029 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.188 335.967 Cambio de sección Inicio 6.218.172 336.029 Cambio de sección natural a sección rectangular de 1,5x1,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 65 m. Fin 6.218.188 335.965 Muro Cabecera 1 6.218.188 335.965 Muro de cabecera al final del cambio de sección, el cual se proyecta en hormigón armado. Cruce AP 1 6.218.162 336.070 Cruce de tubería galvanizada de diámetro 100 mm de agua potable sobre el canal. Fuente: Tabla 8 del Anexo 9.2 “Ubicación obras existentes en canal Nuñano, Lihuén III” del Adenda.

Canal Santa Bárbara Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

En la siguiente tabla se presenta información con la ubicación obras existentes en canal Santa Bárbara, Lihuén III:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este Modificación de Cauce Inicio 6.218.181 336.031 Las obras mencionadas a continuación se encuentran contenidas en el presente tramo. Fin 6.218.191 335.965 Cambio de trazado y sección Inicio 6.218.181 336.031 Cambio de sección natural a sección rectangular de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 70 m. Fin 6.218.191 335.965 Atravieso Vehicular (Acceso) Inicio 6.218.192 335.988 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 9,5 m aprox. en acceso. Fin 6.218.194 335.981 Atravieso Vehicular (Don Orione) Inicio 6.218.196 335.969 Atravieso vehicular sobre un cajón de 0,5x0,5m en hormigón armado, el cual se extiende por 8 m aprox. en calle Don Orione. Fin 6.218.191 335.965 Cruce AP 1 6.218.191 335.988 Cruce de tubería galvanizada de diámetro 100 mm de agua potable bajo el canal. Descargas ALL 1 6.218.188 336.000 Descarga de aguas lluvias a través de apertura de solera de calle Caletera Norte. 2 6.218.196 335.971 Cámaras de inspección Cuadrada 6.218.196 335.969 Cámara divisoria de aguas, que dará origen al canal Fundo San Pedro. Redonda 6.218.191 335.968 Cámara ubicada en calle Caletera Norte, en el cambio de dirección del canal. Fuente: Tabla 9 del Anexo 9.2 “Ubicación obras existentes en canal Santa Bárbara, Lihuén III” del Adenda.

Canal Fundo San Pedro En la siguiente tabla se presenta información con la ubicación obras existentes en canal Fundo San Pedro, Lihuén III:

Tipo de Obra Inicio/Fin Coordenadas (m) Descripción Norte Este MDC Inicio 6.218.196 335.969 La modificación de cauce consta solo de un cambio de sección. Fin 6.218.206 335.972 Cambio de sección Inicio 6.218.196 335.969 Cambio de sección natural a sección entubada de 0,5x0,5 m en hormigón armado, el cual se extiende por 10 m. Fin 6.218.206 335.972 Fuente: Tabla 10 del Anexo 9.2 “Ubicación obras existentes en canal Fundo San Pedro, Lihuén III” del Adenda.

b.2. Incluir descripción de la etapa de construcción, operación y cierre si corresponde.

Etapa de construcción Dentro de la etapa de construcción se pueden desglosar las siguientes partidas: Instalación de faena, replanteo, movimiento de tierra, nivelación, compactación cama de apoyo, encofrado, instalación de enfierradura, hormigonado, construcción de muros y pedraplenes, rellenos y limpieza final. Las Partidas antes mencionadas se ejecutan en el periodo de corta de agua de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

canales, según indique la asociación de Canalistas. Cabe señalar que los obras se ejecutan en los meses de junio, julio y agosto, el cual corresponde a un periodo de corta de agua, por lo que no se contemplan obras adicionales como Bypass.

Etapa de operación La etapa de operación considera el normal escurrimiento de las aguas por los canales, por lo que una vez materializadas las obras se efectúan inspecciones oculares con frecuencia durante un año, de tal modo de advertir de forma oportuna algún desgaste o falla en la estructura y proceder a su mantenimiento. Posteriormente, la mantención de estos queda a cargo de la asociación de Canalistas que poseen la tuición de dichos canales.

Etapa de cierre La siguiente etapa no aplica al proyecto, dado que las obras que se materializan son de carácter permanente, por lo que las obras que presente alguna anomalía, se le debe hacer su respectiva mantención y/o limpieza, para así asegurar su funcionamiento.

En la siguiente figura se puede visualizar la planta de canales y obras de arte existentes:

Fuente: Figura 5 del Anexo 9.2 “Planta de canales y obras de arte existentes” del Adenda.

c) Estimación de los Plazos y Periodos de Construcción de las Obras.

La construcción de las obras se estima en un total de 12 semanas de acuerdo con las siguientes planificaciones, tal como muestra el siguiente cronograma:

Fuente: Tabla 11 del Anexo 9.2 “Cronograma de obras” del Adenda.

d) Medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

aguas abajo del lugar de construcción de las obras.

Para minimizar posibles efectos sobre la calidad de las aguas durante la fase de construcción, se han considerado las siguientes medidas:

  1. Se efectúan capacitaciones e inducciones al personal que participe en las actividades de construcción del proyecto, las cuales son preparadas y dictadas por un profesional del área de medio ambiente, con el fin de prevenir la contaminación de los canales, ya sea con derrames de residuos, se deja estrictamente prohibido arrojar basura, escombros o material de relleno al cauce.

  2. Se instruye al personal en obra la prohibición de introducir a las aguas de los canales residuos líquidos de origen orgánico e inorgánico sin tratar, independientemente de su cantidad debido a la actual pureza de sus aguas.

  3. Los trabajadores deben mantenerse debidamente instruidos respecto al plan de emergencia y contingencia ante derrames, así como también sobre las sustancias y residuos peligrosos que se manejan en el área.

  4. Existe un jefe de seguridad responsable ante la ocurrencia de derrames en la etapa de construcción de las obras.

  5. Se dispone de elementos de contención de derrames, como palas, baldes de arena y/o paños absorbentes.

  6. El trasvasije, el recambio, la reposición de aceites o cualquier otra actividad en la que se manipulen aceites a equipos en subestaciones u otro lugar, debe realizarse teniendo especial cuidado de evitar derrames.

e) Plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante la fase de construcción Como medida de control ambiental en la fase de construcción del Proyecto, se lleva a cabo un plan de monitoreo de la calidad de las aguas, sólo en caso exista presencia de agua en el cauce.

Parámetros de monitoreo:

Se consideran los parámetros establecidos en la NCh 1.333 Of. 78 “Requisitos de calidad del agua para diferentes usos”, la cual fija criterios de calidad del agua de acuerdo con los requerimientos científicos, referidos a aspectos físicos, químicos y biológicos, según su uso determinado; esto para proteger y preservar la calidad de las aguas que se destinen a usos específicos, de la degradación producida por contaminantes con residuos de cualquier tipo u origen.

Frecuencia de monitoreo:

Este proceso se lleva a cabo en la fase de construcción, solo en el caso de que en este periodo exista escurrimiento de agua por el estero.

Puntos de monitoreo:

Los puntos en donde se llevan a cabo los monitoreos de calidad de aguas son 100 metros aguas abajo de la modificación de cauce y en el fin de la modificación. En dichos puntos se miden todos los parámetros indicados en la NCh 1.333 Of. 78 de calidad de agua para riego.

Catastro visual:

Se realiza un catastro visual de las obras para asegurar el funcionamiento adecuado de las operaciones y frente a la ocurrencia de alguna contingencia en la etapa de construcción del cauce. Este catastro forma parte del informe a ser enviado a SMA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Los antecedentes del permiso ambiental sectorial mixto del artículo 156 del Reglamento del SEIA, se presentan en Anexo 14.3 de la DIA, complementados en Anexos 9.1 y 9.2 del Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente De acuerdo al Oficio Ord. N°254 de fecha 12 de abril de 2024, la Dirección General de Aguas de la Región de O’Higgins se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular.

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo X del ICE, numeral 10.2.3.

8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

8.1. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter ambiental Norma Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Artículos 8, 9 y 10. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto “Condominio Lihuén II y III”, tiene por objetivo responder a la demanda habitacional de la comuna de Rancagua mediante la habilitación y construcción de 6 edificios de 9 pisos de altura, considerando un total de 450 viviendas para uso residencial, contando además con estacionamientos vehiculares y para bicicletas, áreas verdes y equipamiento. El Proyecto consiste en la construcción de 2 conjuntos de edificios denominados “Condominio Lihuén II y III”. Se compone de 6 edificios de 9 pisos de altura, considerando un total de 450 departamentos. Contempla además una dotación de 364 estacionamientos para vehículos y 402 estacionamientos para bicicletas. Las torres se emplazan en los Lotes 4-A2C y 4-A2D según Certificados de Informaciones Previas adjuntos en Anexo 01 de la Adenda, en una superficie total de 44.236,15 m2 (4,4 ha), el cual se ubica en Camino San Ramón (H-240) en la comuna de Rancagua, Región de O'Higgins. Forma de cumplimiento - Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de la RCA en todas sus fases. Fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.1.1. El Proyecto se emplazaría dentro del Valle Central de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins, la cual ha sido declarada zona saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración anual y de 24 horas. Por su parte, la ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente prescribe en su artículo 8 que los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 de la misma ley sólo pueden ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental. Por su parte, el artículo 9 del mismo cuerpo legal señala que el titular de todo proyecto o actividad comprendido en el artículo 10 debe presentar una Declaración de Impacto Ambiental o elaborar un Estudio de Impacto Ambiental, según corresponda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Finalmente, el artículo 10 letra h) dispone que los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deben someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes: “h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas”. El Proyecto Condominio Lihuén II y III debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”), de acuerdo a lo establecido en el artículo 10° de la Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley Nº20.417 del Ministerio de Medio Ambiente. La información proporcionada por el titular durante el proceso de evaluación ambiental del Proyecto es insuficiente para descartar la inexistencia de impactos significativos, en los términos señalados por el legislador en el artículo 11, letra c) de la Ley 19.300, por cuanto en la Adenda y Adenda Complementaria, no se subsanaron los errores, omisiones e inexactitudes de la DIA del presente Proyecto, que permitan concluir en los términos del principio preventivo del SEIA, y en este sentido, asegurar por medio de la presente evaluación de impacto ambiental, que el Proyecto no genera problemas por grados de saturación en las intersecciones de Camino San Ramón con Avenida Salvador Allende, Camino a Doñihue y Avenida Oro Negro, por tránsito por circulación por movilidad de la población, durante la fase de operación. En consideración a lo expresado por el Proponente en el Anexo 6.2 de la DIA, complementado en Anexo 3 del Adenda y Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y las respuestas 4.7 a la 4.22 del Adenda Complementaria, y discutida la materia durante todo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental por medio de lo indicado en las consultas 4.7 de la Carta N°202306103186 de fecha 25 de julio de 2023 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, correspondiente al Informe de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (en adelante “ICSARA “), y mediante Carta N°2024061034 de fecha 09 de enero de 2024 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins correspondiente al ICSARA Complementario, considerando a demás lo expresado por medio de los Oficios Ord. N°20192 de fecha 20 de julio de 2023 que se pronuncia sobre la DIA del Proyecto, en el Oficio Ord. N°34959 de fecha 01 de diciembre de 2023 que se pronuncia sobre el Adenda, y mediante Oficio Ord N°10474 de fecha 12 de abril de 2024, complementado con el Oficio Ord. N°11069 de fecha 16 de abril de 2024, que se pronuncia al Adenda Complementaria del Proyecto, todos de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins, esta Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, concluye que:

Debido a lo dispuesto por el legislador en el artículo c) de la Ley N°19.300 y sus modificaciones posteriores y pormenorizado en el artículo 7 literal b) del D.S. N°40/2012 y sus modificaciones del Ministerio de Medio Ambiente, que indica:

“Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”

El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Se entenderá por comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de personas que comparte un territorio, en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales, que eventualmente tienden a generar tradiciones, intereses comunitarios y sentimientos de arraigo. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas, se considerará el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto o actividad…

A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las circunstancias que se mencionan a continuación, respecto de las cuales se deberá analizar la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, en la medida que sea pertinente:

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Teniendo presente además, de la Resolución Exenta N°202299101740, de fecha 15 de septiembre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

de 2022, que da vigencia a los Criterio de evaluación en el SEIA, Objetos de protección, que señala:

Punto 1.2: “Objetos de protección y áreas de influencia Los impactos generados por las partes, obras y acciones de un proyecto o actividad en evaluación en el SEIA, pueden interactuar con uno o varios objetos de protección y, por tanto, estos serán receptores de impacto. Para cada objeto de protección ambiental afectado o alterado por un proyecto, el titular deberá establecer los límites espaciales del área donde la afectación genere impactos, lo que se conoce como Área de Influencia (AI), para luego describir los atributos de los objetos de protección en su interior”.

Luego en Anexo 1. Tabla de Objetos de Protección Ambiental en el SEIA, Objeto de Protección: Circulación y conectividad del Grupo Humano, Descripción: Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento; que busca proteger: Conservar la calidad de vida del grupo humano, asegurando la no afectación de las circunstancias descritas.

Para determinar los criterios de significancia asociados a la mencionada norma (art.7 literal b), él SEA D.E., ha publicado mediante Resolución Exenta N°202299101771, de fecha 27 de septiembre de 2022, correspondiente a Criterio de evaluación en el SEIA: Contenidos técnicos para la evaluación del impacto sobre la libre circulación, conectividad y tiempos de desplazamiento en proyectos inmobiliarios, donde se indica:

“1.1.1. Paso 1: Descripción completa del proyecto o actividad: …Desde un punto de vista sectorial, la estimación de flujos inducidos permite definir la necesidad de presentar un IMIV básico, intermedio o mayor para la temporada o período más crítico, y sus correspondientes medidas de mitigación. En este sentido, en el caso de que el titular acompañe el IMIV en el procedimiento de evaluación ambiental, este corresponderá a un insumo para el proceso iterativo de construcción del área de influencia y determinación de impactos sobre los SVCGH. Por otro lado, el hecho de que un proyecto no requiera realizar de forma obligatoria un IMIV sectorial, no significa que no deban analizarse eventuales afectaciones a la letra b) del artículo 7° del Reglamento del SEIA, siguiendo los estándares ya indicados para estimar flujos inducidos de conformidad a lo establecido en el Decreto N°30 (MTT, 2019). La situación actual del SML y, específicamente, de la oferta y la demanda de transporte, corresponderá a la existente en el área de influencia al momento en que se realicen las correspondientes mediciones de tránsito, las que no podrán tener una antigüedad superior a doce meses desde su presentación al Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad (SEIM). En el caso de no presentarse al SEIM, dicha antigüedad será en relación con la presentación al SEIA. Los proyectos deberán indicar la descripción completa de la situación actual, con sus respectivas particularidades. Para lo anterior, se deberán considerar todos los contenidos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019) y la normativa sectorial vigente, incluyendo los descriptores para identificar las principales acciones de los nuevos habitantes, en términos de sus hábitos viales y la utilización de equipamientos en el barrio, tanto para proyectos con y sin IMIV. Finalmente, para aquellos proyectos que presentaron un IMIV conjunto, según lo indicado en el Decreto N°30 (MTT, 2019), se consideraran las medidas establecidas para el respectivo proyecto en evaluación en el SEIA, de forma independiente”.

Se agrega 1.1.7. Paso 7: Evaluación de impactos y medidas de reparación, mitigación y compensación:

Para establecer si los impactos identificados son o no significativos, se requiere realizar una estimación del impacto de forma cuantitativa y esta evaluarla en conjunto con la información cualitativa, en función de los criterios establecidos en la Ley N°19.300, en el Reglamento del SEIA y en guías específicas de evaluación de impactos. Para lo anterior, y en el caso de que se presente el IMIV aprobado en el marco del SEIA, este se utilizará como insumo para la determinación del impacto, considerándose los resultados obtenidos en el IMIV para el respectivo proyecto en evaluación, no siendo vinculante su conclusión con el proyecto en análisis en sede ambiental.

No obstante, se entenderá que causará saturación en la capacidad de las vías –en uno o varios horarios punta– cuando en situación con proyecto esta sobrepase el 85% de saturación, en una o varios arcos o tramos entre esquinas de calles del área que viene definida a partir del IMIV, las cuales deberán quedar claramente identificadas y caracterizadas, según lo indicado en el artículo 2.3.2, en el Decreto N°47 (MINVU, 1992). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Entendemos el grado de saturación como la razón entre el flujo vehicular y la capacidad vehicular de un arco en una vía, expresado en porcentaje. Para lo anterior, y de manera clara y debidamente justificada, se deberá:

  1. Identificar el tipo de vía, su rol principal y su capacidad vehicular según lo indicado en el Decreto N°47 (Minvu, 1992) (ver tabla 1), y observando lo indicado en los instrumentos de planificación territorial, así como planes seccionales, planes reguladores, planes reguladores intercomunales, planes regionales de ordenamiento territorial.

  2. Determinar los flujos para los diversos modos de transporte actuales en el área de influencia, siguiendo todos los contenidos técnicos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019).

  3. Identificar los flujos inducidos por el proyecto según lo indicado en IMIV del proyecto, y si no lo hubiere, siguiendo los contenidos del Decreto N°30 (MTT, 2019)

  4. Calcular el grado de saturación, expresado en porcentaje; es decir, la relación entre la capacidad de la vía y el flujo vehicular para cada arco o tramos entre las calles del área definidas por el IMIV, tanto para el escenario actual como para el escenario con proyecto. En el caso de que el escenario actual en cada una de las líneas de detención o pistas, para cada arco de modelación, sea superior al 85%, el proyecto debe buscar no aportar un aumento mayor al 1%, teniendo en consideración todos los antecedentes y excepciones indicadas en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30 (MTT, 2019) relativo a la mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio.

A la vista de todo lo anteriormente expuesto, se concluye que:

• Situación base con proyecto sin medidas:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-6 y 6-7 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

• Luego revisado el Análisis Proyecto Mejorado, correspondiente a los resultados de la modelación presentados mediante Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se señala:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% con proyecto mejorado, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% con proyecto mejorado, y 81,3% en Punta Tarde (PT). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% con proyecto mejorado, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% con proyecto mejorado, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

En atención a lo anterior, y trazable además con lo indicado en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30/2019 y sus modificaciones posteriores, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que indica:

“Mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio:

En el IMIV se debe precisar la forma en que el proyecto cumpla las medidas de mitigación obligatorias aplicables. La eventual indicación de que éstas permitan mantener algunos o todos los estándares de servicio en un nivel semejante al existente debe estar debidamente fundamentada, para efectos del análisis de suficiencia establecido en el artículo 3.6.2 de este reglamento.

En cuanto a la incidencia del proyecto en los conflictos en la circulación de vehículos motorizados, tanto los referidos en el artículo 3.5.3 de este reglamento como los detectados a través de la modelación, el IMIV debe proponer medidas de mitigación específicas, como la reprogramación de semáforos o el incremento de la oferta vial, con el objeto de solucionar el aumento de los conflictos o los nuevos conflictos detectados en aquellos puntos, intersecciones o tramos de vía afectados por éstos, sea que dichas medidas se implementen en tales lugares o en otros distintos que formen parte del área de influencia, y que mitiguen de manera efectiva los impactos del proyecto.

La mitigación de los impactos detectados en la circulación de vehículos motorizados y la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio existentes antes de la puesta en operación del proyecto y los resultantes de la misma se regirá por las siguientes reglas:

a) Respecto del impacto por incremento del flujo vehicular (IMP), la verificación de que la diferencia entre el costo social calculado para la situación con proyecto no es superior a 5% respecto del costo social previsto para la situación base, para los períodos analizados, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto. Si tal diferencia es superior en alguno de los períodos analizados, el proyecto deberá proponer medidas de mitigación destinadas a disminuirla, acreditando que en la situación con proyecto mitigado sí se cumpliría con el porcentaje antes referido. Cabe precisar que, para los efectos de este análisis, no será necesario incorporar a la modelación aquellas medidas de mitigación asociadas a circulación peatonal que impliquen la incorporación de elementos en la calzada tales como semáforos peatonales, cruces de peatones y reductores de velocidad, entre otros.

El referido parámetro de semejanza podrá aumentarse a 8% respecto de aquellos proyectos que propongan medidas de mitigación que mejoren el funcionamiento del servicio de transporte público mediante buses, por sobre lo que le corresponda mitigar al proyecto por sus impactos en la operación de ese modo de transporte, tales como las medidas detalladas en el literal d) del artículo 3.6.9.

Para el cálculo de los porcentajes señalados se podrá considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

b) Respecto del grado de saturación de las líneas de detención o pistas, la verificación de que éste no supera el 85% en la situación con proyecto y que, por tanto, los usuarios de vehículos motorizados no experimentarán demoras excesivas en ningún punto específico del área de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

influencia, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

Si en la situación con proyecto el grado de saturación de algún arco de modelación aumenta por sobre el 85%, el proyecto deberá proponer medidas de mitigación destinadas a disminuir tal saturación hasta alcanzar, por lo menos, dicho porcentaje. Por su parte, si en la situación base el grado de saturación ya es superior a 85%, el IMIV deberá acreditar que tal porcentaje no aumenta en la situación con proyecto mitigado más allá de un 1%.

Para el cálculo de los grados de saturación señalados se podrá considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

En el caso de que no resulte técnicamente factible cumplir, en el escenario con proyecto mitigado, con el máximo grado de saturación en todos los arcos modelados del área de influencia, se podrán proponer medidas de mitigación que apoyen la gestión del tránsito en aquellos puntos del área de influencia en los cuales se presentan altos grados de saturación; lo anterior, a través de elementos de gestión de tránsito tales como cámaras de televisión (CCTV), unidades de comunicación, cambio de equipos semafóricos y controladores norma UOCT, integración de semáforos a los sistemas de control de tránsito, fibra óptica, lámparas led, unidades de respaldo, estaciones de conteo, espiras, u otras tecnologías. La proposición de estas medidas de mitigación excepcionales será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

c) Respecto del impacto en el nivel de servicio de los caminos públicos con los que se conecten aquellos proyectos que pretendan emplazarse en área rural o en área de extensión urbana, la verificación de que los vehículos tendrían la posibilidad de circular por tales vías, en la situación con proyecto, con un nivel mínimo de servicio C conforme a los parámetros establecidos en el Manual de Carreteras que esté vigente al momento de presentar el IMIV, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto, pues permite garantizar la circulación segura de los vehículos.

Para los mismos efectos, si en la situación base el nivel de servicio previsto es D o E, en la situación con proyecto mitigado tal nivel se debe, al menos, mantener. Por su parte, si el nivel de servicio en la situación base es F, en la situación con proyecto mitigado se deberá acreditar que la velocidad de operación no se reduce en más de un 5% respecto de la velocidad de operación prevista en la situación base.

d) Si se propone como medida de mitigación la reprogramación de los semáforos (cambio de tiempo de ciclo, optimización de repartos y desfases, y sintonía fina), deberá garantizarse el respectivo estudio de programaciones, de manera que se realice una vez que el proyecto o la respectiva etapa esté en funcionamiento.

Si la propuesta de medida de mitigación de reprogramación de semáforos incluye cambios en los tiempos de ciclo, el estudio señalado deberá incluir la modelación y optimización de la red o redes semaforizadas a las cuales pertenecen los semáforos del área de influencia, incluyendo aquellas intersecciones que se encuentren fuera del área de influencia y que pertenezcan a dichas redes. (Énfasis Agregado).

A partir de ello se indica que a partir de los antecedentes expuestos durante la presente evaluación de impacto ambiental se concluye que el Proyecto “Condominio Lihuén II y III” declara generar impactos significativos asociados al artículo 7 literal b) del D.S. N°40/2012 del MMA, y que no se subsanaron los errores, omisiones e inexactitudes durante el presente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y conforme indica el legislador en el artículo 11 de la Ley 19.300 se recomienda rechazar el proyecto, conforme a los antecedentes anteriormente expuestos.

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8.2. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter ambiental Norma Decreto Supremo N°40/2012, del Ministerio Medio Ambiente. Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Aplicaría a todo el desarrollo del proyecto. Forma de cumplimiento - Indicador que acredita su cumplimiento El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA y posteriormente la obtención de la RCA favorable. Forma de control y seguimiento Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.1.2. El Proyecto se emplaza dentro del Valle Central de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins, la cual ha sido declarada zona saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración anual y de 24 horas, y consta de la construcción de 450 viviendas las cuales sumadas al proyecto original contemplan un total de 744 viviendas. Por lo tanto, el proyecto debe someterse al SEIA de acuerdo con lo establecido en el artículo 3°, letra h), del RSEIA, que se describe a continuación:

h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas; h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos lotes o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, que presenten alguna de las siguientes características: h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.

El titular da cumplimiento a estas exigencias mediante el ingreso del proyecto al SEIA a través de la presente DIA.

La información proporcionada por el titular durante el proceso de evaluación ambiental del Proyecto es insuficiente para descartar la inexistencia de impactos significativos, en los términos señalados por el legislador en el artículo 7°, letra b) y c) del Reglamento del SEIA, por cuanto en la Adenda y Adenda Complementaria, no se subsanaron los errores, omisiones e inexactitudes de la DIA del presente Proyecto, que permitan concluir en los términos del principio preventivo del SEIA, y en este sentido, asegurar por medio de la presente evaluación de impacto ambiental, que el Proyecto no generará problemas por grados de saturación en las intersecciones de Camino San Ramón con Avenida Salvador Allende, Camino a Doñihue y Avenida Oro Negro, por tránsito por circulación por movilidad de la población, durante la fase de operación.

En consideración a lo expresado por el Proponente en el Anexo 6.2 de la DIA, complementado en Anexo 3 del Adenda y Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y las respuestas 4.7 a la 4.22 del Adenda Complementaria, y discutida la materia durante todo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental por medio de lo indicado en las consultas 4.7 de la Carta N°202306103186 de fecha 25 de julio de 2023 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, correspondiente al Informe de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (en adelante “ICSARA “), y mediante Carta N°2024061034 de fecha 09 de enero de 2024 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins correspondiente al ICSARA Complementario, considerando a demás lo expresado por medio de los Oficios Ord. N°20192 de fecha 20 de julio de 2023 que se pronuncia sobre la DIA del Proyecto, en el Oficio Ord. N°34959 de fecha 01 de diciembre de 2023 que se pronuncia sobre el Adenda del Proyecto, y mediante Oficio Ord N°10474 de fecha 12 de abril de 2024, complementado con el Oficio Ord. N°11069 de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

fecha 16 de abril de 2024, que se pronuncian al Adenda Complementaria del Proyecto, todos de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins, esta Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, concluye que:

Debido a lo dispuesto por el legislador en el artículo c) de la Ley N°19.300 y sus modificaciones posteriores y pormenorizado en el artículo 7 literal b) del D.S. N°40/2012 y sus modificaciones del Ministerio de Medio Ambiente, que indica:

“Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”

El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Se entenderá por comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de personas que comparte un territorio, en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales, que eventualmente tienden a generar tradiciones, intereses comunitarios y sentimientos de arraigo. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas, se considerará el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto o actividad…

A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las circunstancias que se mencionan a continuación, respecto de las cuales se deberá analizar la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, en la medida que sea pertinente:

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Teniendo presente además, de la Resolución Exenta N°202299101740, de fecha 15 de septiembre de 2022, que da vigencia a los Criterio de evaluación en el SEIA, Objetos de protección, que señala:

Punto 1.2: “Objetos de protección y áreas de influencia Los impactos generados por las partes, obras y acciones de un proyecto o actividad en evaluación en el SEIA, pueden interactuar con uno o varios objetos de protección y, por tanto, estos serán receptores de impacto. Para cada objeto de protección ambiental afectado o alterado por un proyecto, el titular deberá establecer los límites espaciales del área donde la afectación genere impactos, lo que se conoce como Área de Influencia (AI), para luego describir los atributos de los objetos de protección en su interior”.

Luego en Anexo 1. Tabla de Objetos de Protección Ambiental en el SEIA, Objeto de Protección: Circulación y conectividad del Grupo Humano, Descripción: Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento; que busca proteger: Conservar la calidad de vida del grupo humano, asegurando la no afectación de las circunstancias descritas.

Para determinar los criterios de significancia asociados a la mencionada norma (art.7 literal b), él SEA D.E., ha publicado mediante Resolución Exenta N°202299101771, de fecha 27 de septiembre de 2022, correspondiente a Criterio de evaluación en el SEIA: Contenidos técnicos para la evaluación del impacto sobre la libre circulación, conectividad y tiempos de desplazamiento en proyectos inmobiliarios, donde se indica:

“1.1.1. Paso 1: Descripción completa del proyecto o actividad: …Desde un punto de vista sectorial, la estimación de flujos inducidos permite definir la necesidad de presentar un IMIV básico, intermedio o mayor para la temporada o período más crítico, y sus correspondientes medidas de mitigación. En este sentido, en el caso de que el titular acompañe el IMIV en el procedimiento de evaluación ambiental, este corresponderá a un insumo para el proceso iterativo de construcción del área de influencia y determinación de impactos sobre los SVCGH. Por otro lado, el hecho de que un proyecto no requiera realizar de forma obligatoria un IMIV sectorial, no significa que no deban analizarse eventuales afectaciones a la letra b) del artículo 7° del Reglamento del SEIA, siguiendo los estándares ya indicados para estimar flujos inducidos de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

conformidad a lo establecido en el Decreto N°30 (MTT, 2019). La situación actual del SML y, específicamente, de la oferta y la demanda de transporte, corresponderá a la existente en el área de influencia al momento en que se realicen las correspondientes mediciones de tránsito, las que no podrán tener una antigüedad superior a doce meses desde su presentación al Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad (SEIM). En el caso de no presentarse al SEIM, dicha antigüedad será en relación con la presentación al SEIA. Los proyectos deberán indicar la descripción completa de la situación actual, con sus respectivas particularidades. Para lo anterior, se deberán considerar todos los contenidos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019) y la normativa sectorial vigente, incluyendo los descriptores para identificar las principales acciones de los nuevos habitantes, en términos de sus hábitos viales y la utilización de equipamientos en el barrio, tanto para proyectos con y sin IMIV. Finalmente, para aquellos proyectos que presentaron un IMIV conjunto, según lo indicado en el Decreto N°30 (MTT, 2019), se consideraran las medidas establecidas para el respectivo proyecto en evaluación en el SEIA, de forma independiente”.

Se agrega 1.1.7. Paso 7: Evaluación de impactos y medidas de reparación, mitigación y compensación:

Para establecer si los impactos identificados son o no significativos, se requiere realizar una estimación del impacto de forma cuantitativa y esta evaluarla en conjunto con la información cualitativa, en función de los criterios establecidos en la Ley N°19.300, en el Reglamento del SEIA y en guías específicas de evaluación de impactos. Para lo anterior, y en el caso de que se presente el IMIV aprobado en el marco del SEIA, este se utilizará como insumo para la determinación del impacto, considerándose los resultados obtenidos en el IMIV para el respectivo proyecto en evaluación, no siendo vinculante su conclusión con el proyecto en análisis en sede ambiental.

No obstante, se entenderá que causará saturación en la capacidad de las vías –en uno o varios horarios punta– cuando en situación con proyecto esta sobrepase el 85% de saturación, en una o varios arcos o tramos entre esquinas de calles del área que viene definida a partir del IMIV, las cuales deberán quedar claramente identificadas y caracterizadas, según lo indicado en el artículo 2.3.2, en el Decreto N°47 (Ministerio de Vivienda y Urbanismo, 1992).

Entendemos el grado de saturación como la razón entre el flujo vehicular y la capacidad vehicular de un arco en una vía, expresado en porcentaje. Para lo anterior, y de manera clara y debidamente justificada, se deberá:

  1. Identificar el tipo de vía, su rol principal y su capacidad vehicular según lo indicado en el Decreto N°47 (Minvu, 1992) (ver tabla 1), y observando lo indicado en los instrumentos de planificación territorial, así como planes seccionales, planes reguladores, planes reguladores intercomunales, planes regionales de ordenamiento territorial.

  2. Determinar los flujos para los diversos modos de transporte actuales en el área de influencia, siguiendo todos los contenidos técnicos indicados en el Decreto N°30 (Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, 2019).

  3. Identificar los flujos inducidos por el proyecto según lo indicado en IMIV del proyecto, y si no lo hubiere, siguiendo los contenidos del Decreto N°30 (Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, 2019)

  4. Calcular el grado de saturación, expresado en porcentaje; es decir, la relación entre la capacidad de la vía y el flujo vehicular para cada arco o tramos entre las calles del área definidas por el IMIV, tanto para el escenario actual como para el escenario con proyecto. En el caso de que el escenario actual en cada una de las líneas de detención o pistas, para cada arco de modelación, sea superior al 85%, el proyecto debe buscar no aportar un aumento mayor al 1%, teniendo en consideración todos los antecedentes y excepciones indicadas en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30 (Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, 2019) relativo a la mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio.

A la vista de todo lo anteriormente expuesto, se concluye que:

• Situación base con proyecto sin medidas: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Respecto de los declarado en la Tabla 6-6 y 6-7 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

• Luego revisado el Análisis Proyecto Mejorado, correspondiente a los resultado de la modelación presentados mediante Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se señala:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% con proyecto mejorado, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% con proyecto mejorado, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% con proyecto mejorado, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% con proyecto mejorado, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

En atención a lo anterior, y trazable además con lo indicado en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30/2019 y sus modificaciones posteriores, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que indica:

“Mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio:

En el IMIV se debe precisar la forma en que el proyecto cumpla las medidas de mitigación obligatorias aplicables. La eventual indicación de que éstas permitan mantener algunos o todos los estándares de servicio en un nivel semejante al existente debe estar debidamente fundamentada, para efectos del análisis de suficiencia establecido en el artículo 3.6.2 de este reglamento.

En cuanto a la incidencia del proyecto en los conflictos en la circulación de vehículos motorizados, tanto los referidos en el artículo 3.5.3 de este reglamento como los detectados a través de la modelación, el IMIV debe proponer medidas de mitigación específicas, como la reprogramación de semáforos o el incremento de la oferta vial, con el objeto de solucionar el aumento de los conflictos o los nuevos conflictos detectados en aquellos puntos, intersecciones o tramos de vía afectados por éstos, sea que dichas medidas se implementen en tales lugares o en otros distintos que formen parte del área de influencia, y que mitiguen de manera efectiva los impactos del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

proyecto.

La mitigación de los impactos detectados en la circulación de vehículos motorizados y la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio existentes antes de la puesta en operación del proyecto y los resultantes de la misma se regirá por las siguientes reglas:

a) Respecto del impacto por incremento del flujo vehicular (IMP), la verificación de que la diferencia entre el costo social calculado para la situación con proyecto no es superior a 5% respecto del costo social previsto para la situación base, para los períodos analizados, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto. Si tal diferencia es superior en alguno de los períodos analizados, el proyecto deberá proponer medidas de mitigación destinadas a disminuirla, acreditando que en la situación con proyecto mitigado sí se cumpliría con el porcentaje antes referido. Cabe precisar que, para los efectos de este análisis, no será necesario incorporar a la modelación aquellas medidas de mitigación asociadas a circulación peatonal que impliquen la incorporación de elementos en la calzada tales como semáforos peatonales, cruces de peatones y reductores de velocidad, entre otros.

El referido parámetro de semejanza podrá aumentarse a 8% respecto de aquellos proyectos que propongan medidas de mitigación que mejoren el funcionamiento del servicio de transporte público mediante buses, por sobre lo que le corresponda mitigar al proyecto por sus impactos en la operación de ese modo de transporte, tales como las medidas detalladas en el literal d) del artículo 3.6.9.

Para el cálculo de los porcentajes señalados se podrá considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

b) Respecto del grado de saturación de las líneas de detención o pistas, la verificación de que éste no supera el 85% en la situación con proyecto y que, por tanto, los usuarios de vehículos motorizados no experimentarán demoras excesivas en ningún punto específico del área de influencia, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

Si en la situación con proyecto el grado de saturación de algún arco de modelación aumenta por sobre el 85%, el proyecto deberá proponer medidas de mitigación destinadas a disminuir tal saturación hasta alcanzar, por lo menos, dicho porcentaje. Por su parte, si en la situación base el grado de saturación ya es superior a 85%, el IMIV deberá acreditar que tal porcentaje no aumenta en la situación con proyecto mitigado más allá de un 1%.

Para el cálculo de los grados de saturación señalados se podrá considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

En el caso de que no resulte técnicamente factible cumplir, en el escenario con proyecto mitigado, con el máximo grado de saturación en todos los arcos modelados del área de influencia, se podrán proponer medidas de mitigación que apoyen la gestión del tránsito en aquellos puntos del área de influencia en los cuales se presentan altos grados de saturación; lo anterior, a través de elementos de gestión de tránsito tales como cámaras de televisión (CCTV), unidades de comunicación, cambio de equipos semafóricos y controladores norma UOCT, integración de semáforos a los sistemas de control de tránsito, fibra óptica, lámparas led, unidades de respaldo, estaciones de conteo, espiras, u otras tecnologías. La proposición de estas medidas de mitigación excepcionales será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

c) Respecto del impacto en el nivel de servicio de los caminos públicos con los que se conecten Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

aquellos proyectos que pretendan emplazarse en área rural o en área de extensión urbana, la verificación de que los vehículos tendrían la posibilidad de circular por tales vías, en la situación con proyecto, con un nivel mínimo de servicio C conforme a los parámetros establecidos en el Manual de Carreteras que esté vigente al momento de presentar el IMIV, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto, pues permite garantizar la circulación segura de los vehículos.

Para los mismos efectos, si en la situación base el nivel de servicio previsto es D o E, en la situación con proyecto mitigado tal nivel se debe, al menos, mantener. Por su parte, si el nivel de servicio en la situación base es F, en la situación con proyecto mitigado se deberá acreditar que la velocidad de operación no se reduce en más de un 5% respecto de la velocidad de operación prevista en la situación base.

d) Si se propone como medida de mitigación la reprogramación de los semáforos (cambio de tiempo de ciclo, optimización de repartos y desfases, y sintonía fina), deberá garantizarse el respectivo estudio de programaciones, de manera que se realice una vez que el proyecto o la respectiva etapa esté en funcionamiento.

Si la propuesta de medida de mitigación de reprogramación de semáforos incluye cambios en los tiempos de ciclo, el estudio señalado deberá incluir la modelación y optimización de la red o redes semaforizadas a las cuales pertenecen los semáforos del área de influencia, incluyendo aquellas intersecciones que se encuentren fuera del área de influencia y que pertenezcan a dichas redes. (Énfasis Agregado).

A partir de ello se indica que a partir de los antecedentes expuestos durante la presente evaluación de impacto ambiental se concluye que el Proyecto “Condominio Lihuén II y III” declara generar impactos significativos asociados al artículo 7 literal b) del D.S. N°40/2012 del MMA, y que no se subsanaron los errores, omisiones e inexactitudes durante el presente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y conforme indica el legislador en el artículo 11 de la Ley 19.300 se recomienda rechazar el proyecto, conforme a los antecedentes anteriormente expuestos.

8.3. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº458/75, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) Artículos 68, 69, 70, 71, 116, 134 y 145. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Construcción de viviendas y urbanizaciones contempladas dentro del Proyecto. Forma de cumplimiento El titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales y permiso de edificación. Una vez finalizada la fase construcción se da cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales. Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Cumplimiento y fiscalización de RCA, Permiso de edificación y Recepciones municipales. Referencia al ICE para mayores Capítulo IX del ICE, numeral 9.1.3. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

detalles

8.4. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial Norma Decreto Nº1.872/2006, y sus posteriores modificaciones, de la Municipalidad de Rancagua. “Modificación Plan Regulador Comunal de Rancagua” Aprobación modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación del Proyecto Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la ejecución de construcciones, las cuales, por ubicarse en zona de extensión urbana de la Comuna de Rancagua (zona EX1), debe regirse por los lineamientos que contempla el PRC de dicha comuna. Forma de cumplimiento En el Decreto N°1872/2006, punto 1.4 del Anexo Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua Tramitación N°15, se incorpora la zona de extensión urbana EX1, zona en la cual se emplaza el Proyecto de acuerdo a la siguiente figura: En el punto 2.9 del Tema N°2 se modifican las condiciones de subdivisión predial y edificación. En particular, para la zona EX1 se indica “Los proyectos que consulten un crecimiento por extensión o densificación y se desarrollen en un terreno mínimo de 2,0 ha., pueden acogerse a los usos de suelo, condiciones de subdivisión predial y de edificación establecidas para la Zona R2. Por lo tanto, el Proyecto se rige por las condiciones de edificación dispuestos para la Zona R2.

Condiciones de subdivisión predial y edificación zona R2

Cabe mencionar que el Proyecto se acoge a Conjunto Armónico, dando como resultado los coeficientes aprobados en el permiso. Cumplimiento de normas urbanísticas – Lihuén II

Normas urbanísticas Permitido Proyectado Lihuén II Densidad 480 hab/ha 418 hab/ha Coef. Ocupación de suelo (1er piso) 0,80 0,10 Coeficiente de constructibilidad 1,2 + 50% = 1,80 1,51 Distanciamientos S/OGUC S/OGUC Rasante 70° 70° Sistema de agrupamiento Aislado/continuo Aislado Adosamiento S/OGUC 7,97% Antejardín 3,00 m 3,00 m Altura en metros y/o pisos 27,50 m 23,33 m Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Estacionamientos automóviles 249 182 Estacionamientos bicicletas 125 201 Estacionamientos para personas con discapacidad - 3 Descuento estacionamiento para automóviles por estacionamiento para bicicletas 67

Cumplimiento de normas urbanísticas – Lihuén III

Normas urbanísticas Permitido Proyectado Lihuén III Densidad máxima 480 hab/há 397 hab/ha Coef. Ocupación de suelo (1er piso) 0,80 0,09 Coeficiente de constructibilidad 1,2 + 50% = 1,80 0,63 Distanciamientos S/OGUC S/OGUC Rasante 70° 70° Sistema de agrupamiento Aislado/continuo Aislado Adosamiento S/OGUC 9,34% Antejardín 3,00 m 3,00 m Altura en metros y/o pisos 27,50 m 23,33 m Estacionamientos automóviles 249 184 Estacionamientos bicicletas 125 198 Estacionamientos para personas con discapacidad - 3 Descuento estacionamiento para automóviles por estacionamiento para bicicletas 67

Por lo tanto, el Proyecto es compatible territorialmente con los instrumentos de planificación territorial que rigen el área donde se emplaza. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención permiso de edificación previo al inicio de la construcción. Forma de control y seguimiento Copia del Permiso de edificación y del Certificado de Recepción definitiva otorgados por la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Rancagua. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.1.4.

8.5. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial Norma Resolución Exenta N°203/2010, y sus modificaciones, del Gobierno Regional de la Región de O’Higgins. Plan Regulador Intercomunal de Rancagua. Plan Regulador Intercomunal de Rancagua Artículos 12, 17 y segundo transitorio. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción del Proyecto Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la ejecución de construcciones, las cuales, por ubicarse en Zona Urbana Consolidada (ZUC), Zona de Equipamiento Industrial 1 (ZEQ- I1) y Área Rural 1 (AR-1) debe regirse por los lineamientos que contempla el PRI de Rancagua. Forma de cumplimiento El Proyecto se rige por las condiciones de edificación dispuestos en los siguientes artículos: Artículo 12: Zona Urbana Consolidada (ZUC): Las condiciones de desarrollo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

urbano para esta Zona corresponden a las que se establezcan en los respectivos Planes Reguladores Comunales, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones sobre restricciones; vialidad intercomunal; estacionamientos; actividades productivas y las condiciones especiales para la localización de actividades de impacto al sistema intercomunal que establece la presente Ordenanza según lo dispuesto por el Art. 2.1.7 de la OGUC, las que prevalecen sobre las de nivel comunal o local. Artículo segundo transitorio: Zona de Equipamiento Industrial 3 (ZEQ-I3): Corresponde a las áreas para uso industrial incorporadas por los Planes Reguladores Comunales en proceso de elaboración o aprobación hasta la entrada en vigencia de esta Ordenanza. En tanto no rijan los nuevos planes reguladores comunales tiene como zonificación la correspondiente a la ZEQ- I2. Dado que el PRC de Rancagua se encuentra vigente, el Proyecto se rige por lo indicado en dicho PRC.

Artículo 17 AR-1: Los proyectos que se emplacen en AR-1 y AR-2 deben atenerse a las condiciones que señalen los organismos públicos que corresponda en virtud del Art. 55 de la OGUC cuando proceda y cumplir con la normativa ambiental vigente. Asimismo, debe cumplir con las condiciones señaladas en esta ordenanza para las instalaciones industriales molestas y peligrosas, e instalaciones de infraestructura sanitaria, transporte y energética, así como también en lo relativo a áreas de riesgo y áreas de protección natural y cultural, cuando proceda. Indicador que acredita su cumplimiento El proyecto se encuentra admitido conforme a la luz de las normas urbanísticas vigentes.

Forma de control y seguimiento Mantener registros de la autorización de obras preliminares y permiso de edificación otorgado por la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Rancagua. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.1.5.

8.6. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial. Norma Ordenanza Local de Diseño y Construcción de Espacios Públicos, Áreas Verdes y Parques de Rancagua, de la Ilustre Municipalidad de Rancagua. Regula el diseño y construcción en todo espacio público, bien nacional de uso público y en las áreas verdes públicas, así como la plantación y/o mantención de especies arbóreas en tales lugares. Regula también la iluminación, riego, hermoseamiento y mantención de las áreas verdes y bienes nacionales de uso público dentro del límite urbano y de extensión urbana de la Comuna. La ordenanza, en su Artículo 2 indica que se aplica a todo proyecto nuevo de urbanización, de loteo y proyectos acogidos a la Ley 19.537 de Copropiedad Inmobiliaria, a las intervenciones o remodelaciones del espacio público ya sea con inversión privada o pública Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Áreas verdes y espacio público Forma de El Proyecto considera superficies que son destinadas a áreas verdes para el uso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

cumplimiento y goce de sus copropietarios, donde se contempla una superficie de 28.227,03 m2 de áreas verdes de uso privado. Cabe señalar que el Proyecto cumple con todas las disposiciones indicadas en la presente Ordenanza. Junto a lo anterior, el Titular debe tramitar la obtención del Certificado de Recepción conforme por parte de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Rancagua. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Permiso de Edificación del Proyecto emitido por parte de la Dirección de Obras Municipales. Certificado de Recepción definitiva por parte de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Rancagua. Forma de control y seguimiento Copias de Permisos de Edificación y Certificado de Recepción Final de las edificaciones, otorgada por la Dirección de Obras Municipal de la comuna de Rancagua Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.1.5.

8.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo Nº144/1961, del Ministerio de Salud Pública. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza. En su Artículo 1 se establece que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen, daños o molestias. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Movimiento de tierra, tránsito de vehículos y funcionamiento de maquinarias. Forma de cumplimiento Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga, y el movimiento de camiones se realiza tomando las medidas necesarias para captar y eliminar el polvo que tales actividades pudieran generar hacia la comunidad o en las áreas de trabajo. • Se mantienen las revisiones técnicas al día de los equipos y maquinarias. • Se utiliza supresor de polvo Bischofita en periodo estival, evitando el uso indiscriminado de agua, dada la condición de escasez del líquido elemento en la región mencionada. • Los caminos internos no pavimentados deben ser compactados y estabilizados para el tránsito de maquinaria pesada y vehículos, mientras dure la ejecución en fase de construcción. • Los camiones circulan cubriendo total y eficazmente los materiales. • Límite de velocidad de 30 km/h para maquinaria pesada y 60 km/h para vehículos livianos. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro dentro de la obra de las revisiones técnicas de los equipos y maquinarias, y certificado de revisiones técnicas al día por patente. - Registro del encarpado de los camiones que ingresan y salen de la obra. - Señalética indicando los límites de velocidad. - Registro fotográfico de la señalética de los límites de velocidad. - Planilla de registro de aplicación de supresor de polvo en el terreno. Forma de control y seguimiento Todo registro está disponible en faenas para la fiscalización por SMA o SEREMI de Salud. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.1.

8.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo Nº4/1994, modificado por el Decreto N°66/2018 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión de Contaminantes aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control. En el Artículo 1° establece la emisión máxima de contaminantes del tubo de escape de los vehículos motorizados de encendido por chispa de 2 y 4 tiempo, respecto a los cuales no se hayan establecido normas de emisión. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, el transporte de los insumos, equipos y maquinaria de construcción se efectúa principalmente a través de camiones, dando cumplimiento con lo dispuesto en el D.F.L. N°1, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley del Tránsito. Durante la fase de construcción se disponen de estacionamientos para maquinaria de construcción para carga y descarga. Cada uno de estos se señaliza conforme lo disponga el prevencionista de riesgos. Forma de cumplimiento Se exige que todos los vehículos motorizados pesados y livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acredita a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Se mantiene un registro de las revisiones técnicas al día. Indicador que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. Se exige a cada proveedor y personal de obra que utilice vehículos motorizados contar con su permiso de circulación al día. Forma de control y seguimiento Copia registro de mantenciones y de certificados de revisiones técnicas al día, por patente. Dichos registros están disponibles en faena durante la fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.2.

8.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicable a Vehículos Motorizados Pesados. En el Artículo 4° se establece los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y material particulado (PM). En el Artículo 6° se señala que se recibirá un autoadhesivo de color verde al momento de obtener su primer permiso de circulación (que señala que cumple con las normas de emisión) o en una oportunidad posterior si la acreditación de cumplimiento de la respectiva norma de emisión se produce con posterioridad a la obtención de dicho primer permiso de circulación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Vehículos motorizados pesados Forma de cumplimiento El titular debe velar que los vehículos pesados que operen durante la fase de construcción del proyecto cuenten con sus certificados de revisión técnica al día y sus sellos autoadhesivos que señala el cumplimiento de este decreto. Además, debe existir un registro de mantenciones preventivas. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificado de revisiones técnicas al día. Se mantiene copia certificada de estos antecedentes en obra. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica: Copia registro de mantenciones y certificados de revisiones técnicas al día, por patente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.3.

8.10. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicable a Vehículos Motorizados Pesados. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales, maquinaria y residuos. Forma de cumplimiento El titular exige a los contratistas y empleados responsables del transporte, que cuenten con sus revisiones técnicas al día, distintivos y rótulos establecidos en la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Planilla con registro mensual que demuestre la implementación de las siguientes medidas: Revisiones técnicas al día; Mantenciones de vehículos y maquinarias. Forma de control y seguimiento Mensualmente el Titular actualiza una planilla que registre el estado de las revisiones técnicas de los vehículos que participan en la construcción (fechas de realización y vencimientos), así como las fechas en que se realizaron las mantenciones y los aspectos considerados en ella. Lo anterior, en conjunto al respaldo de las boletas o facturas de los servicios y otros documentos relacionados. Dichos registros están disponibles en faena durante la fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.4.

8.11. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo Nº211/1991, del Ministerio de Transportes y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Telecomunicaciones. Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Emisiones a la atmósfera Forma de cumplimiento Mantener revisión técnica al día de este tipo de vehículos, para no superar los valores máximos de material particulado y gases de combustión establecidos en esta normativa Indicador que acredita su cumplimiento Se mantiene en la obra documentos que acrediten revisiones técnicas al día de los vehículos. Forma de control y seguimiento Seremi de Salud de la Región de O’Higgins y SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.5.

8.12. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo Nº279/1983, del Ministerio de Salud. Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. En su Artículo 3° establece las concentraciones límites de emisión de contaminantes. En el caso de vehículos petroleros, se medirán de acuerdo a humos visibles (partículas en suspensión). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Vehículos motorizados de combustión interna Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tienen su revisión técnica al día y se les realizan mantenimientos regulares. Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados de combustión interna ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, son las establecidas en esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se mantiene copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos y maquinaria utilizados en el desarrollo del Proyecto. Forma de control y seguimiento Control por parte del inspector de obra, que verifica y registra que todos los transportistas señalados que concurran al Proyecto tengan sus revisiones técnicas al día. Dicha información debe permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.6.

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8.13. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo Nº138/2005, del Ministerio de Salud. Establece Obligación de Declarar Emisiones que indica. Artículo 1: Todos los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos que se establecen en el presente decreto deben entregar a la Secretaría Regional Ministerial de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes, de acuerdo con las normas que se señalan a continuación. En su Artículo 2, se enumeran los rubros, actividades o tipo de fuentes afectas a la obligación de proporcionar los antecedentes para la determinación de emisión de contaminantes las fuentes fijas, entre ellas, el uso de equipos electrógenos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Uso de equipos electrógenos de emergencia durante la fase de construcción. Forma de cumplimiento El titular cumple con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al Decreto Supremo Nº1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente Reglamento del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresa a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 1.139/2013 Ministerio de Medio Ambiente que establece Normas Básicas para Aplicación RETC Forma de control y seguimiento Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.7.

8.14. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo Nº47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Artículo. 5.8.3. del Decreto Supremo N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. En todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas: Con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material: a) Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones. b) Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables. c) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. d) Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena. e) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. f) Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos. g) La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior. h) Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Movimientos de tierra, actividades de carga y descarga, tránsito de camiones en caminos no pavimentados. Forma de cumplimiento - Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga, y el movimiento de camiones se realiza tomando las medidas necesarias para captar y eliminar el polvo que tales actividades pudieran generar hacia la comunidad o en las áreas de trabajo. - Se mantienen las revisiones técnicas al día de los equipos y maquinarias. - Se utiliza supresor de polvo Bischofita en periodo estival, evitando el uso indiscriminado de agua, dada la condición de escasez del líquido elemento en la región mencionada. - Los caminos internos no pavimentados deben ser compactados y estabilizados para el tránsito de maquinaria pesada y vehículos, mientras dure la ejecución en fase de construcción. - Los camiones circulan cubriendo total y eficazmente los materiales. - Límite de velocidad de 30 km/h para maquinaria pesada y 60 km/h para vehículos livianos.

Asimismo, se adjunta el informe actualizado de estimaciones y modelación atmosférica en el Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria, en donde se concluye que no se superan las emisiones máximas permitidas de material particulado y otras sustancias (CO, HC, NOx, SO2, NH3), que pudiesen ocasionar daño a la salud. Además, se aplican medidas de control tales como: - Contar con revisión técnica al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la fase de construcción del proyecto. - Revisión permanente de equipos y maquinarias en caso de ser requeridos. - Aplicación de un supresor de polvo, del tipo bischofita, mediante aplicación directa de riego con camión aljibes, en todas las vías internas de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentadas. - Los caminos internos no pavimentados son compactados y/o estabilizados para el tránsito de maquinaria pesada y vehículos, mientras dure la ejecución en fase de construcción. - Lavado de ruedas y canoas de camiones, previo a la salida de obra. - Límite de velocidad de camiones y maquinaria de 30 Km/h y para vehículos de 50 Km/h. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de implementación de medidas en faena y registro en plataforma SMA. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y mantención de los registros en las faenas para su revisión. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.8.

8.15. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°1/2021, del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región Libertador General Bernardo O’Higgins. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

En su Artículo 8, se indica la prohibición de calefactores a leña u otros dendroenergético destinados a calefacción en el interior de edificios de departamentos con destino habitacional, ubicados en la zona saturada. En su Artículo 15, se indican los estándares a cumplir de eficiencia térmica de viviendas nuevas. En Artículo 33 se señala que los grupos electrógenos instalados o que se instalen en la zona saturada, de potencia neta del motor superior a 50 kilowatts (kW) y que utilizan un combustible líquido, deberán contar con un horómetro digital, sellado e inviolable, sin vuelta a cero, con el cual se medirán sus horas de funcionamiento, las que deberán ser registradas e informadas anualmente a la Superintendencia del Medio Ambiente. Medio Ambiente. En su Artículo 40, se presenta tabla de límites de emisión, indicando que todos aquellos proyectos o actividades, incluidas sus modificaciones, que se sometan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que generen directa y/o indirectamente emisiones en valores iguales o superiores a lo especificado en la tabla, deberán compensar sus emisiones en un 120% del monto total anual de emisiones de la actividad o proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Ejecución de las obras, usos de maquinaria, transporte de materiales y residuos asociados al proyecto (fase de construcción). Forma de cumplimiento Con los resultados obtenidos en Estudio de Emisiones Atmosféricas (Anexo 02 de la Adenda complementaria) se concluye que, durante las fases de construcción y operación del Proyecto no se excede los limites normados en Artículo N°40 del Decreto Supremo N°1/2021 del Ministerio de Medio Ambiente, que establece el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, por lo cual el proyecto no debe compensar emisiones. Respecto al cumplimiento de las exigencias de acondicionamiento térmico establecidas en el Plan de Descontaminación Atmosférica del Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (Decreto Supremo N°1/2021 del Ministerio de Medio Ambiente), se señala que la solicitud de Permiso de Edificación del Proyecto (Anexo 01 de la Adenda) fue realizado el 30 de diciembre de 2022, fecha en la cual aún regía el PDA anterior Decreto Supremo N°15/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. En el Artículo 1.1.3. de la OGUC se establece que "Las solicitudes de aprobaciones o permisos presentadas ante las Direcciones de Obras Municipales son evaluadas y resueltas conforme a las normas vigentes en la fecha de su ingreso", por lo tanto, el Proyecto se rige respecto a acondicionamiento térmico respecto a lo dictado en el Decreto Supremo N°15/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. En dicho PDA se establece que para las viviendas ubicadas en la Zona Térmica 4, como es el caso del Proyecto, se debe cumplir lo dispuesto en el artículo 4.1.10. del Decreto Supremo N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. En cuanto a muros, se tiene una solución de transmitancia térmica “U” de 1,01 W/m2 K y una resistencia térmica total “Rt” de 0,99 m2 K/W, la que se ajusta a la exigencia. En cuanto a techumbre, en el piso 9, nivel correspondiente al último nivel de departamentos se considera como solución de Aislamiento Térmico en cara superior de losa con cámara de aire el uso de Poliestireno expandido de espesor 100 mm que tiene una densidad nominal de 15,00Kg/m3 y que para la zona térmica 4 tiene una resistencia térmica equivalente a un factor de R100=242 (mín.= 235) según Listado Oficial de Soluciones Constructivas para Acondicionamiento Térmico Código R100/PE.2.2. Para dar cumplimiento al artículo 8 que prohíbe la utilización de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

calefactores a leña u otros dendroenergético destinados a calefacción en el interior de departamentos, el Titular incluye una cláusula específica en los contratos de compra de los departamentos que prohíba expresamente la instalación de estufas a leña u otros dendroenergéticos. El Proyecto contempla utilizar grupos electrógenos de 50 kVA (40 kW) y 100 kVA (80 kW) en fase de construcción, por lo que se da cumplimiento al Artículo 33 del Decreto Supremo N°1/2021 del Ministerio de Medio Ambiente contando con un horómetro digital en obra. Indicador que acredita su cumplimiento - Contar con los registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad y sistema de limpieza de ruedas entre otros. - Registro en obra de aplicación periódica de supresor de polvo. - Registro en obra del horómetro digital con las horas de funcionamiento de los grupos electrógenos. - Registro del contrato de compra de departamentos que incluya cláusula de prohibición de instalación de estufas a leña. Forma de control y seguimiento - Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. - Se remiten verificadores e información a SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.9.

8.16. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1/2007, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito. En su Artículo 78, decreta que los vehículos motorizados deberán estar equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. Quedarán exceptuados de lo dispuesto en el inciso anterior los vehículos pertenecientes a los Cuerpos de Bomberos y aquellos utilizados por el Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante la fase de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acuerdan las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con los permisos de la Dirección de Vialidad en caso de que sean aplicables. Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización. Referencia al ICE Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.10. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

para mayores detalles

8.17. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones acústicas. Norma Decreto Supremo Nº38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N°146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. En su Artículo 6, punto 13, se define “fuente emisora de ruido” a toda actividad productiva, comercial de esparcimiento y de servicios, faenas constructivas, y elementos de la infraestructura que generen emisiones de ruido hacia la comunidad, excluyéndose las fuentes señaladas en su Artículo 5. En el Artículo 18, punto 18 se define “receptor”, como toda persona que habite, resida o permanezca en un recinto, ya sea en domicilio particular o en un lugar de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa. En el Artículo 7, establece los niveles de presión sonora corregidos (NPC) que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores que se establecen en la tabla 1 de la regulación. En el Artículo 10, se indica que los niveles generados por fuentes emisoras de ruido deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos, correspondiente a la zona en que se encuentre el receptor. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales, maquinarias y residuos, funcionamiento de maquinarias. Forma de cumplimiento El Proyecto durante su fase de construcción no supera los límites máximos establecidos para las zonas donde se emplazan los receptores cercanos. Lo anterior se respalda en el estudio acústico, el cual se adjunta en el Anexo 02 de la Adenda complementaria, donde se establece que se cumple con los límites dispuestos en el Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio de Medio Ambiente, durante la fase de construcción, mediante una serie de medidas de abatimiento: - Barreras acústicas perimetrales. - Pantallas acústicas modulares y cubre vanos. - Restricción de maquinarias. - Taller de cortes. - Encierro motor de grúa torre. - Medidas de gestión. - Programa de comunicación. - Maquinaria menor tamaño. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de aplicación de las medidas de control y abatimiento de emisiones acústicas indicadas en el Informe Acústico del proyecto Forma de control y seguimiento - Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. - Se mantiene un libro de obra ante cualquier comunicación ciudadana. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.11. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

8.18. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos. Norma Decreto con Fuerza de Ley N°725/1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N°20.380, de 2009. Código Sanitario Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción del proyecto se generan aguas servidas provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor. No se generan residuos industriales líquidos, ya que no se realiza ningún tipo de proceso industrial en esta fase del proyecto. Además, no se ejecuta lavado de áridos o preparación de hormigón in situ. Se considera un sistema de lavado de ruedas que se implementa justo antes de la salida del predio. Durante la fase de operación del conjunto habitacional se generan aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas de los edificios, las cuales descargan al alcantarillado público. No se generan residuos industriales líquidos. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción, en la instalación de faenas, se implementan servicios higiénicos fijos que están conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispone de sanitarios químicos móviles, los que son abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. El proyecto cuenta con un sistema de lavado de ruedas, el cual está dispuesto en la salida de la obra; el lavado de ruedas se realiza mediante el uso de una hidro lavadora. Los camiones ingresan a un pavimento diseñado exclusivamente para realizar el lavado, tiene una configuración de “un gran badén”, el pavimento cuenta con una canaleta que se conectan a un estanque que contiene los lodos y todos los restos líquidos y sólidos que puedan aparecer producto del lavado de rueda, estos residuos se mantienen en el estanque hasta que sean retiradas por una empresa autorizada. Se mantiene un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final. Durante la fase de operación, las aguas servidas generadas por el Proyecto son descargadas a la red de alcantarillado pública. Indicador que acredita su cumplimiento Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos, junto con los registros de mantención. Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas. Se mantiene un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.12.

8.19. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos. Norma Decreto Supremo N°50/2003, y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y de Alcantarillado. Artículo 3º: Las disposiciones de este Reglamento son obligatorias para las personas que proyecten o construyan instalaciones domiciliadas de agua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

potable o de alcantarillado de aguas servidas domésticas y para los prestadores de servicios sanitarios y los Servicios de Salud, cuando corresponda. Artículo 6º: El diseño y construcción de las instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado, y los materiales, componentes, artefactos, equipos y sistemas utilizados en las instalaciones domiciliarias de los inmuebles, deberán cumplir con las Normas Chilenas Oficiales correspondientes. A falta de ellas, se aplicará la normativa o especificación técnica extranjera, o bien, las especificaciones técnicas que fije la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante "la Superintendencia", por resolución fundada. Artículo 13º: Previo a la elaboración de un proyecto de instalación domiciliaria y/o de red pública, el peticionario deberá solicitar el Certificado de Factibilidad de dación de servicio de agua potable o de alcantarillado, según corresponda. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faena, servicios higiénicos y habitabilidad. Forma de cumplimiento El Proyecto requiere para sus distintas fases de desarrollo, instalaciones de agua potable y aguas servidas. En fase de construcción el Proyecto se conecta mediante empalme provisorio a la red de agua potable y alcantarillado de la empresa ESSBIO S.A. Se disponen de 20 baños y 30 duchas para los servicios sanitarios, además de 6 baños químicos móviles. Se tiene presente, además, lo siguiente: - El número mínimo de artefactos se calcula en base a la tabla del artículo 23 del Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud. - Las duchas portátiles cuentan con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad. - Los baños químicos están instalados a menos de 75 m del área de trabajo.

En fase operativa se cuenta con conexión definitiva a la red de agua potable y alcantarillado de la empresa ESSBIO S.A. Se presenta en Anexo 01 de la Adenda los certificados de factibilidad sanitaria, además en Anexo 04 de la Adenda se presenta proyecto de urbanización de agua potable y aguas servidas. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa sanitaria ESSBIO S.A. - Copia de factura u otro documento que acredite el retiro de los residuos de baños químicos por una empresa autorizada. Forma de control y seguimiento - En construcción: Registro en obra de copia de factura u otro documento que acredite el retiro de los residuos de baños químicos por una empresa autorizada. - En operación: Registro en administración de los edificios de recepción municipal otorgada por la DOM. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.13.

8.20. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones líquidas. Norma Ley 19.525, del Ministerio de Obras Públicas. Regula sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Artículo 1º: El Estado velará por que en las ciudades y en los centros poblados existan sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias que permitan su fácil escurrimiento y disposición e impidan el daño que ellas puedan causar a las personas, a las viviendas y, en general, a la infraestructura urbana. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Proyecto de solución de aguas lluvias Forma de cumplimiento El proyecto cuenta con un sistema de evacuación de aguas lluvias (ver Anexo 03 de la Adenda complementaria) que permita el drenaje de aguas lluvias y su fácil escurrimiento y disposición, impidiendo el daño que ellas puedan causar a las personas, a las viviendas y, en general, a la infraestructura urbana. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Oficio de aprobación por la entidad correspondiente. Forma de control y seguimiento Certificado de Recepción definitiva. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.14.

8.21. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones líquidas Norma Decreto Supremo Nº609/1998, del Ministerio de Obras Públicas. Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. Forma de cumplimiento El proyecto cuenta con factibilidad sanitaria de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, otorgada por ESSBIO S.A. El proyecto no genera residuos líquidos industriales y por lo tanto se estima que no son vertidos al alcantarillado dichos residuos líquidos. Cada otro tipo de residuo liquido generado como, lodos provenientes de lavado de ruedas y tolvas son tratados y dispuestos por empresas autorizadas. Se emiten únicamente los relacionados al uso doméstico en construcción y operación. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de retiro de residuos líquidos por empresa autorizada, RETC. Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente, RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.15.

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8.22. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones líquidas Norma Decreto Supremo Nº90/2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las actividades generadoras de emisiones liquidas del Proyecto. Forma de cumplimiento La empresa proveedora de agua potable y alcantarillado asociada al proyecto debe hacerse cargo del tratamiento de los residuos líquidos en la fase de construcción y operación previo a su descarga final, teniendo en cuenta la concentración máxima de contaminantes asociado a los residuos líquidos descargados. Indicador que acredita su cumplimiento Para todas las fases del proyecto, se debe contar con la factibilidad sanitaria y la resolución exenta de disposición final. Forma de control y seguimiento Durante la fase de construcción se debe mantener en obra la factibilidad sanitaria junto con la resolución exenta de disposición final. Mientras que en la fase de operación es responsabilidad de los propietarios mantener el pago de estos servicios de prestación al día. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.16.

8.23. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº725/1967 del Ministerio de Salud, y Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 1990, del Ministerio de Salud. Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Código Sanitario Artículos 78, 79 y 80. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas y sitios de almacenamiento transitorio para la fase de construcción. Salas de basura, para la fase de operación. Forma de cumplimiento El Proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna planta de tratamiento ni lugar de disposición final de residuos sólidos. Los residuos sólidos del proyecto son debidamente transportados y depositados en lugares de depósitos autorizados de la Región de O´Higgins. La tierra resultante de los movimientos de tierra se transporta y deposita en rellenos autorizados por la Autoridad Sanitaria. Los camiones de transporte de escombros reúnen las condiciones técnicas señaladas en el Decreto Supremo N°75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Los camiones de transporte de residuos sólidos tienen la autorización de la Autoridad Sanitaria. Durante la fase de operación los residuos del edificio se acumulan en salas de basura por un periodo de 3 días y retirados por el servicio municipal de recolección de basura. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Indicador que acredita su cumplimiento La solicitud y aprobación de los permisos de acumulación de residuos para la fase de construcción y operación. Forma de control y seguimiento Verificación de las condiciones de los sitios de acumulación y contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.17.

8.24. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma Resolución N°7.328/1976, del Ministerio de Salud. Normas Sobre Eliminación de Basuras en Edificios Elevados. En su Artículo 1º establece que las normas de la resolución regirán para la instalación y funcionamiento de sistemas destinados a la acumulación y recolección de basuras domésticas en edificios colectivos de cuatro o más pisos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Eliminación de Basuras en Edificios Elevados. Forma de cumplimiento El Proyecto cuenta con sala de gestión de residuos domiciliarios que operan mediante los conductos o shaft de residuos conectados a todos los pisos de los edificios. Se adjuntan planos de sala de gestión de residuos en el Anexo 9.3 del Adenda, PAS 140, cuyos antecedentes se encuentran pormenorizados en el numeral 10.2.1 del presente Informe Consolidado de Evaluación. Indicador que acredita su cumplimiento Planos en faena, Resolución de Calificación Ambiental aprobada y fiscalización Superintendencia de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente y/o Organismos con Competencia Ambiental (Autoridad Sanitaria). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.18.

8.25. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma Ley N°20.879, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Sanciona el Transporte de Desechos hacia Vertederos Clandestinos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de residuos Forma de cumplimiento El Proyecto cumple con las condiciones establecidas en la presente Ley, los residuos son llevados a rellenos sanitarios y/o vertederos autorizados según corresponda el tipo de residuo. Indicador que acredita su Resolución sanitaria de aprobación del sitio de disposición de residuos no peligrosos de la construcción emitida por la Seremi de Salud. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

cumplimiento Registros de retiro de los residuos no peligrosos de la fase de construcción (boleta, factura u otro documento) por parte de la empresa externa autorizada que lo disponga. Certificado de disposición final de residuos peligrosos de construcción. En el caso de residuos peligrosos, resolución sanitaria de aprobación del sitio de disposición final Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.19.

8.26. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos Norma Decreto Supremo Nº148/2003, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Artículos 1, 27 ,28, 29, 31, 33, 24 y 35. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Residuos peligrosos Forma de cumplimiento El Titular, en cumplimiento con los artículos mencionados, contrata a una empresa externa autorizada que disponga los residuos peligrosos en instalaciones que cuenten con la debida autorización sanitaria. En obras se dispone de una bodega de residuos peligrosos de dimensiones 3x3x2m, cuya materialidad corresponde a un radier de hormigón con base de polietileno para impermeabilizar la estructura. El radier cuenta con un pretil para contener cualquier tipo de derrame, cuya altura se considera de 50 cm. La bodega RESPEL tiene una estructura de muros de malla acma y techumbre de zinc. Por otra parte, los residuos peligrosos se clasifican y etiquetan de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 1993, o la que la reemplace. Esta obligación se exige desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminación. El titular vela que los residuos peligrosos generados en la fase de construcción sean almacenados transitoriamente en las bodegas de residuos peligrosos en un periodo máximo de 6 meses, y que estos sean dispuestos en lugares autorizados, cumpliendo las disposiciones del presente reglamento. En virtud del cumplimiento del cuerpo normativo, se presenta el PAS N°142, para sitios destinados al almacenamiento de residuos peligrosos, cuyos antecedentes actualizados se adjuntan en 4.1 del Adenda Complementaria, y en numeral 10.2.2 del Informe Consolidado de Evaluación. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución sanitaria de aprobación de la bodega de residuos peligrosos emitida por la SEREMI de Salud, una vez presentado los antecedentes sectorialmente. Guía de despacho u otro documento que acredite la disposición de los residuos peligrosos en un lugar autorizado. Certificado de disposición final de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.20.

8.27. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma Decreto Supremo N°1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). En su Artículo 1 se establece que el presente reglamento regula el RETC, que es una base de datos accesible al público destinada a capturar, recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la información sobre emisiones, residuos y transferencia de contaminantes potencialmente dañinos para salud y el medio ambiente. En el Artículo 17 se establece que los reportes de emisiones de residuos y/o transferencia de contaminantes deben realizarse mediante la ventanilla única del RETC. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Generación de residuos peligrosos y no peligrosos de la construcción. Forma de cumplimiento En cumplimiento con los artículos mencionados, el titular utiliza el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar la generación de residuos peligrosos, cumpliendo a su vez todas las exigencias que contempla el Reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de Declaración de Generación de Residuos peligrosos, por ventanilla única del RETC Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica: Copia de las declaraciones de emisiones, efectuadas en vía ventanilla única (RETC). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.21.

8.28. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos Norma Resolución Exenta N°359/2005, del Ministerio de Salud. Aprueba documento de declaración de residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de Residuos Peligrosos Forma de cumplimiento Se da cumplimiento presentando la Declaración de Residuos Peligrosos cuando corresponda, con el formato solicitado en la presente Resolución. Indicador que acredita su cumplimiento Formulario de Declaración de Residuos Peligrosos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Forma de control y seguimiento Registro de Documentación de Declaración de RESPEL. Certificados de Disposición Final de Residuos Peligrosos. Reporte de retiro emitido por empresa Transportista Autorizada. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.22.

8.29. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos Norma Resolución Exenta N°499/2006, del Ministerio de Salud. Aprueba documento de declaración de residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Disposición de Residuos Peligrosos Forma de cumplimiento Se da cumplimiento presentando el documento de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos, el cual aparece en la página de internet www.sidrep.minsal.cl. Este documento puede usarse alternativamente al formulario aprobado por Resolución Exenta N°359 de 2005, del Ministerio de Salud. Indicador que acredita su cumplimiento Formulario de Declaración de Residuos Peligrosos. Forma de control y seguimiento Contratación de empresas Transportistas y Destinatarios finales que se encuentren Autorizados por la SEREMI de Salud. Además, en obra se mantiene: - Formulario de Declaración de Residuos Peligrosos. - Registro de Documentación de Declaración de RESPEL. - Certificados de Disposición Final de Residuos Peligrosos. - Reporte de retiro emitido por empresa Transportista Autorizada. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.23.

8.30. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas Norma Decreto Supremo Nº43/2015, del Ministerio de Salud. Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Las sustancias peligrosas se almacenan en los lugares especiales de acuerdo con su cantidad, clase y división de peligrosidad, según lo establecido en la NCh 382 Of. 2013, o la que la reemplace (Artículo 8) y estarán contenidas en envases, debidamente etiquetadas según lo estipulado en el Título XII, excepto las que se almacenen a granel (Artículo 9). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de sustancias peligrosas Forma de cumplimiento La bodega cumple con el Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud, para estos efectos la estructura se compone de malla tipo Acma metálica, cierre de fibrocemento, cubierta de zincalum con dimensiones de 3x3x2 m, con radier de hormigón de H=20 y una base de polietileno para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

impermeabilizar la estructura. Además, cuenta con un pretil para contener cualquier tipo de derrame de 50 cm de alto. Cuenta con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. La cantidad de residuos a contener son 2.11 m3. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de sustancias y su clasificación. Registro de existencia de hojas de seguridad de cada sustancia peligrosa almacenada en bodega. Resolución Sanitaria que autoriza el funcionamiento de la bodega. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.24.

8.31. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas Norma Norma Chilena 382/2004 Sustancias peligrosas - Terminología y clasificación general Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de sustancias peligrosas Forma de cumplimiento Registro de las sustancias peligrosas almacenadas dentro de la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantiene un registro de los comprobantes y se dispone de esta información para la autoridad fiscalizadora. Forma de control y seguimiento Se mantiene un registro de los comprobantes y se dispone de esta información para la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.25.

8.32. COMPONENTE/MATERIA: Aguas Norma Código de Aguas. Decreto con Fuerza de Ley N°1222/1981, del Ministerio de Justicia. Establece en su Artículo 41 que el proyecto y construcción de las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas de conformidad con el procedimiento establecido en el párrafo 1 del Título I del Libro Segundo del Código de Aguas. La Dirección General de Aguas determinará mediante resolución fundada cuáles son las obras y características que se encuentran o no en la situación anterior. Adicionalmente, en su Artículo 171, inciso 1, indica que las personas naturales o jurídicas que desearen efectuar las modificaciones a que se refiere el artículo 41 de este Código, presentarán los proyectos correspondientes a la Dirección General de Aguas, para su aprobación previa, aplicándose a la presentación el procedimiento previsto en el párrafo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

1° de este Título. Por otra parte, en su Artículo 92, establece que se encuentra prohibido botar a los canales substancias, basuras, desperdicios y otros objetos similares, que alteren la calidad de las aguas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Obras de modificación de cauce de canales Nuñano, Santa Bárbara y Fundo San Pedro, las cuales consisten en cambio de sección, atravieso vehicular y peatonal, cruce agua potable, muro cabecera, descarga de aguas lluvia.

Condominio Lihuén II: Obras de modificación de cauce de canal Nuñano: - Cambio de sección natural a sección rectangular en hormigón armado (Inicio: 336.082 m E; 6.218.159 m N. Fin: 336.029 m E; 6.218.172 m N.) - Atravieso peatonal en estructura de acero (336.039 m E; 6.218.169 m N) - Cruce agua potable en tubería galvanizada (336.070 m E; 6.218.162 m N) - Muro cabecera al final del cambio de sección (336.029 m E; 6.218.172 m N) Obras de modificación de cauce de canal Santa Bárbara: - Cambio de sección natural a sección rectangular en hormigón armado (Inicio: 336.083 m E; 6.218.168 m N. Fin: 336.015 m E; 6.218.179 m N.) - Atravieso vehicular y peatonal sobre cajón de hormigón armado (Inicio: 336.081 m E; 6.218.169 m N. Fin: 336.073 m E; 6.218.171 m N. - Cruce agua potable en tubería galvanizada (336.073 m E; 6.218.171 m N) - Muro cabecera al final del cambio de sección (336.031 m E; 6.218.181 m N) - Descarga de aguas lluvias a través de apertura de solera Calle Caletera Norte (Descarga 1: 336.058 m E; 6.218.175 m N. Descarga 2: 336.037 m E; 6.218.180 m N.)

Condominio Lihuén III: Obras de modificación de cauce de canal Santa Bárbara: - Cambio de sección natural a sección rectangular en hormigón armado (Inicio: 336.031 m E; 6.218.181 m N. Fin: 335.965 m E; 6.218.191 m N). - Atravieso vehicular (acceso) sobre un cajón en hormigón armado (Inicio: 335.988 m E; 6.218.192 m N. Fin: 335.981 m E; 6.218.194 m N) - Atravieso vehicular (Don Orione) sobre un cajón en hormigón armado (Inicio: 335.969 m E; 6.218.196 m N. Fin: 335.965 m E; 6.218.191 m N). - Cruce de agua potable en tubería galvanizada (335.988 m E; 6.218.191 m N). - Descarga de aguas lluvias a través de apertura de solera de calle Caletera Norte (Descarga 1: 336.000 m E; 6.218.188 m N. Descarga 2: 335.971 m E; 6.218.196 m N). - Cámaras de inspección ubicadas en caletera Norte (Cuadrada: 335.969 m E; 6.218.196. Redonda: 335.968 m E; 6.218.191 m N) Obras de modificación de cauce de canal San Pedro: - Cambio de sección natural a sección rectangular en hormigón armado (Inicio: 335.969 m E; 6.218.196 m N. Fin: 335.972 m E; 6.218.206 m N)

Forma de cumplimiento El Proyecto contempla dentro de sus obras las modificaciones de los canales Nuñano, Santa Bárbara y San Pedro. Estas son responsabilidad del titular, y se presenta un Permiso Ambiental Sectorial 156 (Anexo 9.1 y 9.2 de la Adenda), en el cual se detalla las obras a realizar y las medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación por parte de la Dirección General de Aguas y otorgamiento de PAS 156. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible para la autoridad un registro interno del contenido del PAS 156. Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.1.

8.33. COMPONENTE/MATERIA: Agua Norma Resolución N°135/2020, del Ministerio de Obras Públicas. Determina obras y características que deben o no deben ser aprobadas por la Dirección General de Aguas en los términos señalados en el artículo 41 del Código de Aguas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Obras de modificación de cauce de canales Nuñano, Santa Bárbara y Fundo San Pedro, las cuales consisten en cambio de sección, atravieso vehicular y peatonal, cruce agua potable, muro cabecera, descarga de aguas lluvia. Forma de cumplimiento Según el Artículo 3 que establece el listado de obras a las cuales aplica el permiso de modificación de cauce, se presenta en el presente expediente el PAS N°156 asociado a las obras de modificación de cauce que se realizan en los canales. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación por parte de la Dirección General de Aguas y otorgamiento del PAS N°156. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.2.

8.34. COMPONENTE/MATERIA: Fauna, Flora y vegetación Norma Ley N°19.473 sustituye texto de la Ley N°4.601, sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Durante la construcción de las obras del proyecto Forma de cumplimiento Para la campaña realizada en época de verano se observaron 18 especies de avifauna. El orden más abundante corresponde al de los Passeriformes con un 67% del total de diversidad de especies. Las bandadas de jilgueros y chincoles se observaron sobre las praderas y el matorral, mientras que, las tórtolas fueron vistas asociadas a estructuras. Aves como el gorrión y la paloma silvestre se consideran como especies dañinas pues, debido a su alta propagación, se consideran aves invasoras que pueden observarse prácticamente en todos los paisajes urbanos. Para la campaña realizada en verano se observaron 16 especies de avifauna. El orden más abundante corresponde al de los Passeriformes con un 63% del total de diversidad de especies. Las tórtolas y queltehues fueron vistas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

en hierbas bajas principalmente, mientras que los chirihues, jilgueros y loicas se observaron en pequeñas bandadas en sectores asociados al matorral. Al igual que en la campaña de verano, se avistaron especies de gorrión y paloma silvestre. Todas las especies de aves avistadas corresponden a avifauna de amplia distribución en el país y comunes de ver, incluso en áreas urbanizadas de la región. Estas especies no se encuentran incluidas en categorías de conservación como especies amenazadas (UICN). Sin embargo, de acuerdo con la Ley de Caza N°19.473, todas las especies registradas presentan algún criterio de protección. Por lo que, en la campaña de verano se avistaron 9 especies consideradas como Especie catalogada beneficiosa para la actividad silvoagropecuaria (B) y/o Especie catalogada benéfica para la mantención del equilibrio de los ecosistemas (E). Mientras que en la campaña de primavera se avistaron 8 especies consideradas como Especie catalogada beneficiosa para la actividad silvoagropecuaria (B) y/o Especie catalogada benéfica para la mantención del equilibrio de los ecosistemas (E). Debido a lo anterior, se informa a los trabajadores de la existencia y características de las especies presentes, de manera de asegurar su bienestar y sobrevivencia evitando la destrucción de nidos y huevos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la información e instrucción a los trabajadores y prácticas ambientales mediante charla que debe dictarse previo a al inicio de las obras de construcción. El Informe debe incluir los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes (firmas), así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas. Forma de control y seguimiento El Informe permanece en oficina de instalación de faenas, ante posibles fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.3.

8.35. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Decreto Supremo N°5/1998, del Ministerio de Agricultura. Aprueba Reglamento de la Ley de Caza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Durante la construcción de las obras del proyecto Forma de cumplimiento Para la campaña realizada en época de verano se observaron 18 especies de avifauna. El orden más abundante corresponde al de los Passeriformes con un 67% del total de diversidad de especies. Las bandadas de jilgueros y chincoles se observaron sobre las praderas y el matorral, mientras que, las tórtolas fueron vistas asociadas a estructuras. Aves como el gorrión y la paloma silvestre se consideran como especies dañinas pues, debido a su alta propagación, se consideran aves invasoras que pueden observarse prácticamente en todos los paisajes urbanos. Para la campaña realizada en verano se observaron 16 especies de avifauna. El orden más abundante corresponde al de los Passeriformes con un 63% del total de diversidad de especies. Las tórtolas y queltehues fueron vistas en hierbas bajas principalmente, mientras que los chirihues, jilgueros y loicas se observaron en pequeñas bandadas en sectores asociados al matorral. Al igual que en la campaña de verano, se avistaron especies de gorrión y paloma silvestre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Todas las especies de aves avistadas corresponden a avifauna de amplia distribución en el país y comunes de ver, incluso en áreas urbanizadas de la región. Estas especies no se encuentran incluidas en categorías de conservación como especies amenazadas (UICN). Sin embargo, de acuerdo con la Ley de Caza N°19.473, todas las especies registradas presentan algún criterio de protección. Por lo que, en la campaña de verano se avistaron 9 especies consideradas como Especie catalogada beneficiosa para la actividad silvoagropecuaria (B) y/o Especie catalogada benéfica para la mantención del equilibrio de los ecosistemas (E). Mientras que en la campaña de primavera se avistaron 8 especies consideradas como Especie catalogada beneficiosa para la actividad silvoagropecuaria (B) y/o Especie catalogada benéfica para la mantención del equilibrio de los ecosistemas (E). Debido a lo anterior, se informa a los trabajadores de la existencia y características de las especies presentes, de manera de asegurar su bienestar y sobrevivencia evitando la destrucción de nidos y huevos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la información e instrucción a los trabajadores y prácticas ambientales mediante charla que debe dictarse previo a al inicio de las obras de construcción. El Informe debe incluir los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes (firmas), así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas. Forma de control y seguimiento El Informe permanece en oficina de instalación de faenas, ante posibles fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.4.

8.36. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural. Norma Ley Nº17.288, y sus modificaciones. Legisla sobre Monumentos Nacionales. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Movimientos de Tierra (Escarpe y Excavación) Forma de cumplimiento En caso de efectuarse Hallazgos Arqueológicos No Previstos (e.g. restos óseos, culturales y/o eco-factuales) durante las actividades que involucren remoción de la superficie y subsuperficie del área de influencia del Proyecto, el Titular debe procederse según lo establecido en los artículos Nº26 y 27 de la Ley de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ante esta situación, se debe paralizar la obra en el sector afectado e informar a la brevedad al Consejo de Monumentos Nacionales, entidad encargada de dictaminar los diferentes procedimientos afines a la legislación vigente. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de identificar un hallazgo arqueológico, se da aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Gobernación Provincial, deteniendo las obras, y generando un informe que debe incluir los siguientes antecedentes: - Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. - Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. - Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

obras los días monitoreados por el arqueólogo. - Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. - Realizar charlas de inducción por el arqueólogo o licenciado en arqueología, a los trabajadores del proyecto. - El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. Forma de control y seguimiento Registro en obra que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos (en caso de que corresponda). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.5.

8.37. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural Norma Decreto Supremo N°484/1990, del Ministerio de Educación. Aprueba el Reglamento de la Ley Nº17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Movimientos de Tierra (Escarpe y Excavación) Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de la fase de construcción del proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos, se paralizan inmediatamente las obras y se da aviso Carabineros, al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente. En caso de algún hallazgo de restos arqueológicos se procede de acuerdo con lo indicado en la normativa y se genera un informe realizado por un profesional del área. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de identificar un hallazgo arqueológico, se da aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Gobernación Provincial, deteniendo las obras, y generando un informe que debe incluir los siguientes antecedentes: -Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. -Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. -Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo. -Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. -Realizar charlas de inducción -por el arqueólogo o licenciado en arqueología, a los trabajadores del proyecto. -El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. Forma de control y seguimiento Registro en obra que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos (en caso de que corresponda). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.6. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

8.38. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma Decreto Supremo N°92/1983, del Ministerio de Economía. Aprueba Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones eléctricas Forma de cumplimiento Se declaran todas las instalaciones de electricidad ante la SEC previo a su puesta en servicio en los términos indicados. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de documentación de instaladores certificados (con su licencia al día) por la SEC. Forma de control y seguimiento Copia y registros de documentos asociados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.1.

8.39. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma Decreto Supremo N°191/1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba Reglamento de Instaladores de Gas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de gas Forma de cumplimiento Se emplean sólo instaladores certificados (con su licencia al día), por la SEC. Indicador que acredita su cumplimiento Contrato de trabajo con copia de la licencia correspondiente. Forma de control y seguimiento Copia y registros de documentos asociados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.2.

8.40. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma Decreto Supremo N°298/2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba reglamento para la certificación de productos eléctricos y combustibles, y deroga decreto que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Fase de operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de gas y eléctricas Forma de cumplimiento Previo a la operación del proyecto se realizan las certificaciones y aprobaciones correspondientes (grupo electrógeno de emergencia), dando cumplimiento a lo indicado en el citado decreto Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las certificaciones y aprobaciones emitidas por la SEC. Forma de control y seguimiento Copia y registros de documentos asociados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.3.

8.41. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma Resolución Exenta SEC N°1128/2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Establece procedimientos y plazos de tramitación para la presentación de las declaraciones que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de gas y eléctricas Forma de cumplimiento Se declaran todas las instalaciones que correspondan ante la SEC, en concordancia lo indicado en los citados decretos y resoluciones Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las declaraciones correspondientes. Forma de control y seguimiento Copia y registros de documentos asociados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.4.

8.42. COMPONENTE/MATERIA: Norma Decreto Supremo N°66/2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba Reglamento de instalaciones interiores y medidores de gas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de gas Forma de cumplimiento Se da cumplimiento en todo momento a los requisitos establecidos en el cuerpo normativo en relación a la seguridad de las instalaciones. Indicador que Se cuenta con los proyectos de instalaciones, además de la inscripción de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

acredita su cumplimiento declaración de las instalaciones ante la SEC al momento de la puesta en marcha. Forma de control y seguimiento Mantenciones periódicas por Servicio Técnico correspondiente, se cuenta con el registro de dichas mantenciones. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.5.

8.43. COMPONENTE/MATERIA: Aeronáutica Norma Código Aeronáutico. Ley N°18.916, del Ministerio de Justicia. Artículo 26: La autoridad aeronáutica ordena el señalamiento y balizaje de todos los objetos que, dentro del territorio nacional, puedan constituir un peligro para la navegación aérea. Los gastos de instalación y funcionamiento de las marcas, señales o luces serán de cargo del propietario de la construcción, antena, cable, chimenea u otras estructuras que las requieran, a menos que se trate de nuevos señalamientos y balizajes sobre estructuras ya existentes, en cuyo caso el gasto será de cargo de la autoridad que los ordene o del explotador del aeródromo respectivo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Altura de los edificios Forma de cumplimiento La altura máxima de 25,26 metros, sobre el terreno natural, propuesta para el proyecto de tipo Habitacional "Condominio Lihuén II y III", se encuentra por debajo del límite de altura establecida para las superficies limitadoras de obstáculos del Aeródromo La Independencia. Estas superficies se encuentran detalladas en el Reglamento de Aeródromos DAR-14 aprobado mediante Decreto Supremo N°173 de fecha 27 de mayo 2021. Por lo cual, los futuros usuarios de este inmueble no podrían verse afectados por la contaminación acústica que genera la operación de aeronaves del citado aeródromo. Como medida de seguridad, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) solicita la instalación de 6 luces de obstrucción aérea de luz fija y color rojo, tipo L810 o equivalente, 2 en la diagonal de las esquinas de la estructura más alta del edificio (cota 25,26 m) y 4 en los extremos del antepecho de la cubierta superior, como se indica en los planos revisados en este departamento. Estas luces tienen una intensidad luminosa igual o superior a 100 candelas, las cuales deben contar con certificación que avale la intensidad luminosa (cd) solicitada, y deben activarse mediante celda fotoeléctrica que están conectadas a la fuente de energía de emergencia definitiva del edificio. Además, la o las grúas torre (o pluma) que apoyan la construcción, deben contar con luces de obstrucción aéreas de color rojo, las que deben ser instaladas en cada extremo de la pluma y una sobre la torre que soporta dicha estructura, la frecuencia de los destellos está comprendida entre 20 y 60 por minuto. Deben estar permanentemente encendidas (las 24 hrs.) y su intensidad igual o superior a 32 candelas. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización correspondiente a fin de evaluar las alturas de las edificaciones y de las grúas de construcción. Forma de control y seguimiento Mantenimiento en faena de los certificados otorgados por la DGAC. Referencia al ICE Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.6. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

para mayores detalles

8.44. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transportes Norma Decreto Supremo N°149/2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión de NO, HC y CO para el control del NOX en vehículos en uso, de encendido por Chispa. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Tránsito de vehículos. Forma de cumplimiento Durante la ejecución de las obras se mantienen archivados la documentación actualizada de maquinaria y camiones que estén realizando trabajos en la obra. Además, se exige a los proveedores de materiales y al servicio encargado del retiro de residuos que cuenten con la documentación actualizada. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificado de revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.7.

8.45. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transportes Norma Ley N°20.958, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Establece los aportes al espacio público. Establece los aportes al espacio público generado por proyectos de crecimiento urbano por expansión o por densificación. Adicionalmente, establece medidas de mitigación en caso de impacto sobre la movilidad local. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto se relaciona con esta norma dado que corresponde a un proyecto de crecimiento urbano por densificación y posee actualmente un Informe de Mitigación de Impacto Vial de carácter intermedio aprobado para los condominios Lihuén II y Lihuén III. Forma de cumplimiento Informes de Mitigación de Impacto Vial aprobados. Indicador que acredita su cumplimiento Otorgamiento de Permiso de Edificación en línea con lo declarado en IMIV. Forma de control y seguimiento Copias del Permiso de edificación y recepción final de las edificaciones, otorgados por la Dirección de Obras Municipales respectiva. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.8.

8.46. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transportes Norma Decreto Supremo N°30/2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Reglamento sobre Mitigación de Impactos al Sistema de Movilidad Local derivados de Proyectos de Crecimiento Urbano. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Desplazamiento de residentes del proyecto. Forma de cumplimiento - Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación de IMIV por parte del SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de O’Higgins. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico de la implementación de las medidas de la mitigación del IMIV. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.9. El Proyecto cuenta con un Informe de Mitigación en Impacto Vial (IMIV) para Lihuén II y otro para Lihuén III, ambos desarrollados por un consultor vigente en el Registro de Consultores en Informes de Mitigación de Impacto Vial (RECIMIV). Ambos IMIV’s se encuentran aprobados mediante Resolución Exenta N°364/2023 para Lihuén II, y Resolución Exenta N°40/2023 para Lihuén III. Al respecto se destaca que como parte del IMIV, el proyecto contempla medidas de mitigación que ayudan a resguardar el estado de las rutas y alrededores. Por otro lado, en el Anexo 2.3 de la Adenda Complementaria se presenta el Estudio de Movilidad Vial y Peatonal actualizado, en el que se exponen los resultados de la información recabada del área de influencia determinada para este proyecto. En dicho estudio se puede determinar que el proyecto no genera un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento en el área de influencia. Además, se puede concluir que los distintos modos de transportes (caminata, bicicleta, transporte público y vehículo privado) no tienen un impacto significativo en las condiciones de movilidad existentes en el área de influencia directa. Mientras que la Resolución Exenta N°364/2023 de fecha 18 de mayo de 2023, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, aprueba el Informe de Mitigación en Impacto Vial del Proyecto “Condominio Lihuén II”, con categorización intermedio. Mientras que la Resolución Exenta N°40/2023 de fecha 25 de septiembre de 2023, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, aprueba el Informe de Mitigación en Impacto Vial del Proyecto “Condominio Lihuén III”, con categorización intermedio. En consideración a lo expresado por el Proponente en el Anexo 6.2 de la DIA, complementado en Anexo 3 del Adenda y Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y las respuestas 4.7 a la 4.22 del Adenda Complementaria, y discutida la materia durante todo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental por medio de lo indicado en las consultas 4.7 de la Carta N°202306103186 de fecha 25 de julio de 2023 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, correspondiente al Informe de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (en adelante “ICSARA “), y mediante Carta N°2024061034 de fecha 09 de enero de 2024 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins correspondiente al ICSARA Complementario, considerando a demás lo expresado por medio de los Oficios Ord. N°20192 de fecha 20 de julio de 2023 que se pronuncia sobre la DIA del Proyecto, en el Oficio Ord. N°34959 de fecha 01 de diciembre de 2023 que se pronuncia sobre el Adenda del Proyecto, y mediante Oficio Ord N°10474 de fecha 12 de abril de 2024, complementado con el Oficio Ord. N°11069 de fecha 16 de abril de 2024, que se pronuncian sobre la Adenda Complementaria del Proyecto, todos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins, esta Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, concluye que:

Debido a lo dispuesto por el legislador en el artículo c) de la Ley N°19.300 y sus modificaciones posteriores y pormenorizado en el artículo 7 literal b) del D.S. N°40/2012 y sus modificaciones del Ministerio de Medio Ambiente, que indica:

“Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”

El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Se entenderá por comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de personas que comparte un territorio, en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales, que eventualmente tienden a generar tradiciones, intereses comunitarios y sentimientos de arraigo. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas, se considerará el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto o actividad…

A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las circunstancias que se mencionan a continuación, respecto de las cuales se deberá analizar la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, en la medida que sea pertinente:

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Teniendo presente además, de la Resolución Exenta N°202299101740, de fecha 15 de septiembre de 2022, que da vigencia a los Criterio de evaluación en el SEIA, Objetos de protección, que señala:

Punto 1.2: “Objetos de protección y áreas de influencia Los impactos generados por las partes, obras y acciones de un proyecto o actividad en evaluación en el SEIA, pueden interactuar con uno o varios objetos de protección y, por tanto, estos serán receptores de impacto. Para cada objeto de protección ambiental afectado o alterado por un proyecto, el titular deberá establecer los límites espaciales del área donde la afectación genere impactos, lo que se conoce como Área de Influencia (AI), para luego describir los atributos de los objetos de protección en su interior”.

Luego en Anexo 1. Tabla de Objetos de Protección Ambiental en el SEIA, Objeto de Protección: Circulación y conectividad del Grupo Humano, Descripción: Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento; que busca proteger: Conservar la calidad de vida del grupo humano, asegurando la no afectación de las circunstancias descritas.

Para determinar los criterios de significancia asociados a la mencionada norma (art.7 literal b), él SEA D.E., ha publicado mediante Resolución Exenta N°202299101771, de fecha 27 de septiembre de 2022, correspondiente a Criterio de evaluación en el SEIA: Contenidos técnicos para la evaluación del impacto sobre la libre circulación, conectividad y tiempos de desplazamiento en proyectos inmobiliarios, donde se indica:

“1.1.1. Paso 1: Descripción completa del proyecto o actividad: …Desde un punto de vista sectorial, la estimación de flujos inducidos permite definir la necesidad de presentar un IMIV básico, intermedio o mayor para la temporada o período más crítico, y sus correspondientes medidas de mitigación. En este sentido, en el caso de que el titular acompañe el IMIV en el procedimiento de evaluación ambiental, este corresponderá a un insumo para el proceso iterativo de construcción del área de influencia y determinación de impactos sobre los SVCGH. Por otro lado, el hecho de que un proyecto no requiera realizar de forma obligatoria un IMIV sectorial, no significa que no deban analizarse eventuales afectaciones a la letra b) del artículo 7° del Reglamento del SEIA, siguiendo los estándares ya indicados para estimar flujos inducidos de conformidad a lo establecido en el Decreto N°30 (MTT, 2019). La situación actual del SML y, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

específicamente, de la oferta y la demanda de transporte, corresponderá a la existente en el área de influencia al momento en que se realicen las correspondientes mediciones de tránsito, las que no podrán tener una antigüedad superior a doce meses desde su presentación al Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad (SEIM). En el caso de no presentarse al SEIM, dicha antigüedad será en relación con la presentación al SEIA. Los proyectos deberán indicar la descripción completa de la situación actual, con sus respectivas particularidades. Para lo anterior, se deberán considerar todos los contenidos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019) y la normativa sectorial vigente, incluyendo los descriptores para identificar las principales acciones de los nuevos habitantes, en términos de sus hábitos viales y la utilización de equipamientos en el barrio, tanto para proyectos con y sin IMIV. Finalmente, para aquellos proyectos que presentaron un IMIV conjunto, según lo indicado en el Decreto N°30 (MTT, 2019), se consideraran las medidas establecidas para el respectivo proyecto en evaluación en el SEIA, de forma independiente”.

Se agrega 1.1.7. Paso 7: Evaluación de impactos y medidas de reparación, mitigación y compensación:

Para establecer si los impactos identificados son o no significativos, se requiere realizar una estimación del impacto de forma cuantitativa y esta evaluarla en conjunto con la información cualitativa, en función de los criterios establecidos en la Ley N°19.300, en el Reglamento del SEIA y en guías específicas de evaluación de impactos. Para lo anterior, y en el caso de que se presente el IMIV aprobado en el marco del SEIA, este se utilizará como insumo para la determinación del impacto, considerándose los resultados obtenidos en el IMIV para el respectivo proyecto en evaluación, no siendo vinculante su conclusión con el proyecto en análisis en sede ambiental.

No obstante, se entenderá que causará saturación en la capacidad de las vías –en uno o varios horarios punta– cuando en situación con proyecto esta sobrepase el 85% de saturación, en una o varios arcos o tramos entre esquinas de calles del área que viene definida a partir del IMIV, las cuales deberán quedar claramente identificadas y caracterizadas, según lo indicado en el artículo 2.3.2, en el Decreto N°47 (MINVU, 1992).

Entendemos el grado de saturación como la razón entre el flujo vehicular y la capacidad vehicular de un arco en una vía, expresado en porcentaje. Para lo anterior, y de manera clara y debidamente justificada, se deberá:

  1. Identificar el tipo de vía, su rol principal y su capacidad vehicular según lo indicado en el Decreto N°47 (Minvu, 1992) (ver tabla 1), y observando lo indicado en los instrumentos de planificación territorial, así como planes seccionales, planes reguladores, planes reguladores intercomunales, planes regionales de ordenamiento territorial.

  2. Determinar los flujos para los diversos modos de transporte actuales en el área de influencia, siguiendo todos los contenidos técnicos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019).

  3. Identificar los flujos inducidos por el proyecto según lo indicado en IMIV del proyecto, y si no lo hubiere, siguiendo los contenidos del Decreto N°30 (MTT, 2019)

  4. Calcular el grado de saturación, expresado en porcentaje; es decir, la relación entre la capacidad de la vía y el flujo vehicular para cada arco o tramos entre las calles del área definidas por el IMIV, tanto para el escenario actual como para el escenario con proyecto. En el caso de que el escenario actual en cada una de las líneas de detención o pistas, para cada arco de modelación, sea superior al 85%, el proyecto debe buscar no aportar un aumento mayor al 1%, teniendo en consideración todos los antecedentes y excepciones indicadas en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30 (MTT, 2019) relativo a la mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio.

A la vista de todo lo anteriormente expuesto, se concluye que:

• Situación base con proyecto sin medidas:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-6 y 6-7 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

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Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

• Luego revisado el Análisis Proyecto Mejorado, correspondiente a los resultado de la modelación presentados mediante Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se señala:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% con proyecto mejorado, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% con proyecto mejorado, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% con proyecto mejorado, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% con proyecto mejorado, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

En atención a lo anterior, y trazable además con lo indicado en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30/2019 y sus modificaciones posteriores, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que indica:

“Mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio:

En el IMIV se debe precisar la forma en que el proyecto cumple las medidas de mitigación obligatorias aplicables. La eventual indicación de que éstas permitan mantener algunos o todos los estándares de servicio en un nivel semejante al existente debe estar debidamente fundamentada, para efectos del análisis de suficiencia establecido en el artículo 3.6.2 de este reglamento.

En cuanto a la incidencia del proyecto en los conflictos en la circulación de vehículos motorizados, tanto los referidos en el artículo 3.5.3 de este reglamento como los detectados a través de la modelación, el IMIV debe proponer medidas de mitigación específicas, como la reprogramación de semáforos o el incremento de la oferta vial, con el objeto de solucionar el aumento de los conflictos o los nuevos conflictos detectados en aquellos puntos, intersecciones o tramos de vía afectados por éstos, sea que dichas medidas se implementen en tales lugares o en otros distintos que formen parte del área de influencia, y que mitiguen de manera efectiva los impactos del proyecto.

La mitigación de los impactos detectados en la circulación de vehículos motorizados y la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio existentes antes de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

puesta en operación del proyecto y los resultantes de la misma se regirá por las siguientes reglas:

a) Respecto del impacto por incremento del flujo vehicular (IMP), la verificación de que la diferencia entre el costo social calculado para la situación con proyecto no es superior a 5% respecto del costo social previsto para la situación base, para los períodos analizados, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto. Si tal diferencia es superior en alguno de los períodos analizados, el proyecto deberá proponer medidas de mitigación destinadas a disminuirla, acreditando que en la situación con proyecto mitigado sí se cumpliría con el porcentaje antes referido. Cabe precisar que, para los efectos de este análisis, no será necesario incorporar a la modelación aquellas medidas de mitigación asociadas a circulación peatonal que impliquen la incorporación de elementos en la calzada tales como semáforos peatonales, cruces de peatones y reductores de velocidad, entre otros.

El referido parámetro de semejanza podrá aumentarse a 8% respecto de aquellos proyectos que propongan medidas de mitigación que mejoren el funcionamiento del servicio de transporte público mediante buses, por sobre lo que le corresponda mitigar al proyecto por sus impactos en la operación de ese modo de transporte, tales como las medidas detalladas en el literal d) del artículo 3.6.9.

Para el cálculo de los porcentajes señalados se podrá considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

b) Respecto del grado de saturación de las líneas de detención o pistas, la verificación de que éste no supera el 85% en la situación con proyecto y que, por tanto, los usuarios de vehículos motorizados no experimentarán demoras excesivas en ningún punto específico del área de influencia, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

Si en la situación con proyecto el grado de saturación de algún arco de modelación aumenta por sobre el 85%, el proyecto deberá proponer medidas de mitigación destinadas a disminuir tal saturación hasta alcanzar, por lo menos, dicho porcentaje. Por su parte, si en la situación base el grado de saturación ya es superior a 85%, el IMIV deberá acreditar que tal porcentaje no aumenta en la situación con proyecto mitigado más allá de un 1%.

Para el cálculo de los grados de saturación señalados se podrá considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumpliría las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

En el caso de que no resulte técnicamente factible cumplir, en el escenario con proyecto mitigado, con el máximo grado de saturación en todos los arcos modelados del área de influencia, se podrán proponer medidas de mitigación que apoyen la gestión del tránsito en aquellos puntos del área de influencia en los cuales se presentan altos grados de saturación; lo anterior, a través de elementos de gestión de tránsito tales como cámaras de televisión (CCTV), unidades de comunicación, cambio de equipos semafóricos y controladores norma UOCT, integración de semáforos a los sistemas de control de tránsito, fibra óptica, lámparas led, unidades de respaldo, estaciones de conteo, espiras, u otras tecnologías. La proposición de estas medidas de mitigación excepcionales será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

c) Respecto del impacto en el nivel de servicio de los caminos públicos con los que se conecten aquellos proyectos que pretendan emplazarse en área rural o en área de extensión urbana, la verificación de que los vehículos tendrían la posibilidad de circular por tales vías, en la situación con proyecto, con un nivel mínimo de servicio C conforme a los parámetros establecidos en el Manual de Carreteras que esté vigente al momento de presentar el IMIV, será suficiente para que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto, pues permite garantizar la circulación segura de los vehículos.

Para los mismos efectos, si en la situación base el nivel de servicio previsto es D o E, en la situación con proyecto mitigado tal nivel se debe, al menos, mantener. Por su parte, si el nivel de servicio en la situación base es F, en la situación con proyecto mitigado se deberá acreditar que la velocidad de operación no se reduce en más de un 5% respecto de la velocidad de operación prevista en la situación base.

d) Si se propone como medida de mitigación la reprogramación de los semáforos (cambio de tiempo de ciclo, optimización de repartos y desfases, y sintonía fina), deberá garantizarse el respectivo estudio de programaciones, de manera que se realice una vez que el proyecto o la respectiva etapa esté en funcionamiento.

Si la propuesta de medida de mitigación de reprogramación de semáforos incluye cambios en los tiempos de ciclo, el estudio señalado deberá incluir la modelación y optimización de la red o redes semaforizadas a las cuales pertenecen los semáforos del área de influencia, incluyendo aquellas intersecciones que se encuentren fuera del área de influencia y que pertenezcan a dichas redes. (Énfasis Agregado).

A partir de ello se indica que a partir de los antecedentes expuestos durante la presente evaluación de impacto ambiental se concluye que el Proyecto “Condominio Lihuén II y III” declara generar impactos significativos asociados al artículo 7 literal b) del Decreto Supremo N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, y que no se subsanaron los errores, omisiones e inexactitudes durante el presente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y conforme indica el legislador en el artículo 11 de la Ley 19.300 se recomienda rechazar el Proyecto, conforme a los antecedentes anteriormente expuestos.

8.47. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transportes Norma Ley de Tránsito. Ley 18.290, del Ministerio de Justicia. modificada por el Decreto con Fuerza de Ley N°1/2009 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Circulación de vehículos motorizados. Forma de cumplimiento El titular exige en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales, que suscriba durante el desarrollo de la obra la documentación vigente. Indicador que acredita su cumplimiento Vehículos pesados en condiciones técnicas y de emisiones conforme a la norma Forma de control y seguimiento Disposición en faenas de revisión técnica al día de los vehículos utilizados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.10.

8.48. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transportes Norma Decreto Supremo N°75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de insumos y residuos Forma de cumplimiento El titular cumple y exige a sus contratistas las disposiciones establecidas por este decreto, de manera tal que los vehículos que transporten materiales estén eficazmente cubiertos por materiales de lona o plásticos de dimensiones adecuadas. Se realiza control diario al ingreso y egreso de vehículos de carga del área del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Contrato con empresas autorizadas, en su caso. Fichas de inspección visual con registros fotográficos mensuales, que demuestre la implementación de las siguientes medidas: Sellado de carrocerías de camiones que transporten materiales hacia y desde el área de obras. Forma de control y seguimiento Registro en obra de documentación que acredite la exigencia a los contratistas de circular con carga cubierta. Dicha documentación corresponde al contrato, carta de compromiso y/o propuesta de trabajo firmada por ambas partes (Titular y empresa contratista). Registro fotográfico que acredite las condiciones de los vehículos que utiliza el Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.11.

8.49. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transportes Norma Decreto Supremo Nº200/1993, del Ministerio de Obras Públicas. Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las vías urbanas del país. En su Artículo 1° se establece como pesos máximos permitidos a los vehículos de cualquier tipo para circular por las vías urbanas del país, los fijados en el artículo 2° del Decreto Supremo N°158 de 1980, del Ministerio de Obras Públicas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria y de materiales durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento Se exige en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales que suscriba el titular durante el desarrollo de la obra, la sujeción a lo señalado en la presente normativa respecto al peso máximo establecido para circular por caminos públicos. Indicador que acredita su cumplimiento Clausula esencial incorporada a los contratos de transportes respectivos, que contengan el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma. Forma de control y seguimiento Registros en obra que evidencien el cumplimiento del límite de peso por eje de sus vehículos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.12. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

8.50. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transportes Norma Decreto Supremo N°298/1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de sustancias peligrosas desde y hacia la obra. Forma de cumplimiento Todo transporte de sustancias peligrosas se realiza en vehículos que cumplan con este decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas que los camiones cumplan con el equipamiento indicado en este decreto. Forma de control y seguimiento Registro en obra que evidencien el cumplimiento de este decreto, mediante fotografías o copia de órdenes de compra Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.13

8.51. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transportes Norma Decreto Supremo N°158/1980 y sus modificaciones, del Ministerio de Obras Públicas. Fija El Peso Máximo De Los Vehículos Que Pueden Circular Por Caminos públicos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales, maquinaria y residuos Forma de cumplimiento Los camiones se ajustan a las dimensiones establecidas en esta norma. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad de la Región Biobío y se acordaran las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas el límite de peso por eje de sus vehículos. Forma de control y seguimiento Registros en obra que evidencien el cumplimiento del límite de peso por eje de sus vehículos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.14.

8.52. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transportes Norma Resolución N°1/1995, del Ministerio de Obras Públicas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Establece dimensiones máximas a vehículos que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Dimensiones Máximas a Vehículos Forma de cumplimiento Los vehículos que circulen en las vías públicas no exceden las dimensiones en conformidad a lo dispuesto en el artículo 1°. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en faena de ficha técnica de maquinaria y registro de arrendamiento de camiones. Forma de control y seguimiento Registro en obra (fotográfico, check list u otro) en dónde se corrobore las dimensiones de los vehículos dentro de los límites permitidos. Dicha información debe permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.15.

8.53. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transportes Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº850/1997, del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del Decreto con Fuerza de Ley Nº206 de 1960. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere del transporte de materiales, insumos y equipos por vías públicas. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción, los camiones y la maquinaria pesada que utiliza el Titular a través de sus contratistas que circulen por caminos públicos cumplen el peso por eje y con el tonelaje permitido en las vías a utilizar. En el caso del transporte de materiales o piezas de gran tamaño que sobrepasen los límites exigidos, el Titular solicita, a través de sus contratistas, los permisos correspondientes a la Dirección de Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento Existencia de contrato con proveedores donde se exija utilizar camiones que den cumplimiento a la normativa de peso vigente. Registro de materiales y residuos que ingresen y egresen del proyecto. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.16.

8.54. COMPONENTE/MATERIA: Condiciones Sanitarias Ambientales Básicas en los lugares de trabajo Norma Decreto Supremo Nº594/1999, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. En su Artículo 82 se establece que el Reglamento comprende normas como Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

las que se refieren a: Las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos, maquinarias, instalaciones, materiales y cualquier otro elemento, con el fin de proteger eficazmente la vida, la salud y bienestar de los obreros y empleados y de la población en general; Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faenas Forma de cumplimiento Los residuos que se generen en la etapa de construcción son acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. Los residuos son llevados a lugares de disposición final debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria. Los residuos domiciliarios se retiran dos (2) veces por semana por el servicio de recolección municipal, quienes trasladan estos residuos a rellenos sanitarios autorizados. Por otra parte, dentro de faenas se cuenta con instalaciones sanitarias implementadas con 20 baños y 30 duchas acorde a lo establecido en el artículo Nº23 del Decreto Supremo Nº594/1999 del Ministerio de Salud. Se cuenta además con un máximo de 6 baños químicos portátiles ubicados a no más de 75 metros del área de trabajo, acorde a lo indicado en el artículo Nº25 del Decreto Supremo Nº594/1999 del Ministerio de Salud. Este servicio se contrata a una empresa que cuente con autorización sanitaria, y los residuos generados son gestionados por la misma empresa contratista. Cabe mencionar que el proyecto contempla el manejo de agua potable y aguas servidas a través de la conexión a la red de la empresa ESSBIO S.A., mediante empalme provisorio durante la fase de construcción y mediante conexión definitiva en operación, contando con factibilidad sanitaria autorizada por la compañía. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados. Registro de recolección de residuos sólidos domiciliarios en la operación, por parte del servicio de aseo municipal. Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos, junto con los registros de mantención. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.17.

  1. Que, para ejecutar el Proyecto No deben cumplirse condiciones o exigencias, según lo señalado en el artículo 25 de la Ley N°19.300.

  2. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

10.1. Plan de comunicaciones y manejo con las comunidades aledañas al lugar de emplazamiento del Proyecto Impacto asociado Posible alteración de la calidad de vida de los habitantes aledaños al Proyecto debido a emisiones atmosféricas, ruido, vibraciones, congestión vehicular, entre otros. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a la comunidad sobre el proyecto a construir, establecer y mejorar las vías de comunicación entre vecinos y encargados de proyecto y aportar a la construcción de la comunidad.

Descripción: Informar a la comunidad sobre posibles fuentes emisoras de polvo y ruidos, medidas de control tanto de velocidad y tránsito vehicular, plazos de las obras y horarios de faenas ruidosas.

Justificación: El proyecto genera molestias y la comunidad debe estar informada de las características de las obras, sus posibles impactos y métodos de resolución de conflictos. Es por esto que se genera un Plan de Comunicación, el que permite establecer canales de comunicación directa entre el Titular y los vecinos del sector. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Acceso a la obra del Proyecto “Condominio Lihuén II y III”.

Forma: Se implementa un canal de comunicación y coordinación permanente en ambos sentidos, para mantener oportuna y adecuadamente informada a la comunidad del área de influencia del Proyecto, y al mismo tiempo obtener retroalimentación de las comunidades vecinas. Para ello, se implementa un letrero fuera de la obra que indique lo siguiente: - Descripción breve del Proyecto. - Fecha de inicio y término del Proyecto. - Horario de trabajo. - E-mail de contacto para recoger reclamos o sugerencias de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias. - Teléfono de contacto. - Identificación del encargado de obra.

Cabe señalar que, en primera instancia, las consultas se responden por medio de correo electrónico, en caso de no ser posible se dispone de un lugar en la instalación de faena para recibir a los vecinos y atender sus consultas/reclamos o sugerencias, previo a coordinación con el encargado de obra.

Oportunidad: Continua durante la fase de construcción mediante la instalación del cartel informativo en el acceso de la obra. Se debe mantener durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico del letrero. Registro de recepción de reclamos, consultas o sugerencias y sus respectivas respuestas. Forma de control y seguimiento Registros señalados en el indicador de cumplimiento, correspondiente a un control interno disponible en caso de fiscalizaciones por organismos competentes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.1.

10.2. Charlas Arqueológicas Impacto asociado Posible alteración al Patrimonio cultural Fase del Proyecto a Fase de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

la que aplica Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a los trabajadores del componente arqueológico que se puede encontrar en el área del proyecto, marco legal de protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto.

Descripción: Se busca informar a los trabajadores con respecto al componente arqueológico que se puede encontrar en el área del proyecto, marco legal de protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto, esto con la finalidad de que los trabajadores puedan identificar y saber cómo proceder ante un hallazgo. Estas charlas se imparten por un profesional capacitado y se llevan a cabo en el periodo de excavación.

Justificación: Aunque no se detectaron hallazgos arqueológicos en el terreno del proyecto existe la probabilidad de encontrar restos durante las excavaciones por lo que se presenta este compromiso de forma preventiva. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sector de la instalación de Faenas del Proyecto.

Forma: Se debe realizar charlas de inducción arqueológicas dirigidas a la totalidad de trabajadores del proyecto, quienes deben recibir la correspondiente capacitación al momento de ingresar a la obra. Estas, deben ser implementadas por profesional capacitado y deben abordar el componente arqueológico que se puede encontrar en el área del proyecto, marco legal de protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto. Y se debe entregar informe de charlas de inducción.

Oportunidad: Se realiza al inicio de las obras. Indicador que acredite su cumplimiento Entrega Informe de charlas de inducción elaborado por el/la profesional, el cual debe contener: a) Nombre y firma del profesional capacitado que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción y copia del material gráfico presentado. c) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. d) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por las/los asistentes. e) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT, fecha de ingreso a la obra y firma de cada asistente. Forma de control y seguimiento Se remite a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles del ingreso del (los) trabajador(es), el (los) informe(s) de charla(s) de inducción, elaborado por el/la profesional. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.2.

10.3. Monitoreo de ruido Impacto asociado Generación de Emisiones acústicas por sobre los establecido en la normativa ambiental. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Tener un catastro de las emisiones acústicas en las oficinas del Proyecto para certificar que no se han sobrepasado la normativa.

Descripción: Se realiza un monitoreo acústico posterior al inicio de la fase de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

construcción y se mantienen los registros en las oficinas de la obra.

Justificación: Se realiza con la finalidad de tener un respaldo en el que se demuestre que el proyecto no supera la normativa con respecto a las emisiones acústicas.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizan monitoreos de ruido en los sitios donde se ubican los receptores identificados en el Estudio Acústico y Vibraciones presentado en la evaluación ambiental (Anexo 02 de la Adenda Complementaria). Los receptores R1, R2 y R3 identificados corresponden a estructuras de uso residencial. Se toman en cuenta además receptores presentes en la entrega del proyecto “Condominio Lihuén”. También se consideran receptores representativos al “Condominio Lihuén II, debido que posterior a la entrega de las viviendas de dicho condominio se realizan trabajos de construcción de “Condominio Lihuén III”.

En la siguiente ilustración se presenta la ubicación de los receptores identificados. Los receptores se denominan Rn1, Rn2 y Rn3 para “Condominio Lihuén”, Rn4, Rn5 y Rn6 para “Condominio Lihuén II” y Rn7, Rn8, Rn9 para “Condominio Lihuén III”.

Fuente: Figura S/N contenida en página 197 de la Adenda Complementaria. En la tabla a continuación se presenta la caracterización receptores línea de base:

Receptor Coordenadas Distancia al Proyecto (m) Este Norte R1 335.992 6.218.301 72 R2 335.911 6.218.177 120 R3 336.305 6.218.122 226

La siguiente tabla detalla información con la caracterización receptores Condominio Lihuén y Condominio Lihuén II:

Receptor Coordenadas N° pisos Dirección Este Norte Rn1 336.149 6.218.300 7 O Rn2 335.132 6.218.248 7 O Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Rn3 336.115 6.218.197 7 O Rn4 336.099,13 6.218.298,381 9 E 336.083,67 6.2182.303,01 9 O Rn5 336.094,20 6.218.239,83 9 E 336.080,22 6.218.294,84 9 O Rn6 336.070,13 6.218.198,02 9 E 336.054,67 6.218.202,68 9 O Rn7 336.055,33 6.218.308,50 9 E 336.040,23 6.218.312,55 9 O Rn8 336.030,33 6.218.262,44 9 E 336.014,10 6.218.252,89 9 O Rn9 336.026,92 6.218.210,21 9 E 336.011,62 6.218.214,38 9 O

Forma: Los monitoreos se llevan a cabo de manera semestral durante la obra gruesa de la construcción del Proyecto en periodo diurno (entre las 08:00 am y las 19:00 pm sin considerar mediciones en horario de colación o almuerzo del personal), el cual debe realizarse con la maquinaria funcionando en forma habitual. Con los resultados obtenidos en la campaña se elabora un informe técnico indicando, en el caso que llegaran a existir, medidas adicionales de mitigación o control de ruido que permitan cumplir con la normativa vigente. Se utiliza un sonómetro y calibrador que cumplan con los requisitos establecidos en el del Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Las mediciones deben ser acompañadas de un informe técnico, de acuerdo con el título V art. 15 letra d) del Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, aplicando R.E. N°693/2015 el cual consiste en lo siguiente: - Ficha de información de medición de ruido. - Ficha de georreferencia de los puntos de medición de ruido. - Ficha de medición de niveles de ruido. - Ficha de evaluación de niveles de ruido según la normativa vigente

Oportunidad: Se realiza un monitoreo semestral durante la obra gruesa del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Las mediciones deben ser acompañadas de un informe técnico, de acuerdo con el título V art. 15 letra d) del Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, aplicando R.E. N° 693/2015 el cual consiste en lo siguiente: - Ficha de información de medición de ruido. - Ficha de georreferencia de los puntos de medición de ruido. - Ficha de medición de niveles de ruido. - Ficha de evaluación de niveles de ruido según la normativa vigente. Forma de control y seguimiento Informe técnico presentado ante la Superintendencia de Medio Ambiente y presente en instalación de faenas ante posibles fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.3.

10.4. Monitoreo de vibraciones Impacto asociado Generación de vibraciones por sobre lo establecido en la normativa asociada. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, Objetivo: Mantener un monitoreo de las emisiones de vibraciones provocado Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

descripción y justificación por las diferentes obras y acciones del Proyecto.

Descripción: Realización de 2 monitoreos de vibración en fase de construcción, asociados a las actividades de excavación y obra gruesa en receptores representativos del entorno del Proyecto.

Justificación: Controlar las emisiones generadas en las distintas fases del Proyecto para verificar el cumplimiento de no superación de los límites de vibraciones. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo se realiza en los receptores R1, R2, R3 y receptores internos considerando las mediciones en primer piso colindante a cada una de las torres.

Forma: se realizan 2 monitoreos de vibración en fase de construcción, asociados a las actividades de excavación y obra gruesa en receptores representativos del entorno del Proyecto (R1, R2, R3 y receptores internos). Las mediciones se deben realizar con un medidor de vibración calibrado, considerando el funcionamiento y paso por ubicación más cercana al punto de medición (considerando distancias del área de restricción), de las maquinarias con el mayor nivel de vibración, que corresponden a Rodillo Compactador y Motoniveladora.

Oportunidad: Durante las actividades de excavación y obra gruesa. Indicador que acredite su cumplimiento Las mediciones deben ser acompañadas de un informe técnico, el cual consistirá en lo siguiente: - Ficha de información de medición de ruido. - Ficha de georreferencia de los puntos de medición de ruido. - Ficha de medición de niveles de ruido. - Ficha de evaluación de niveles de ruido según la normativa vigente. Forma de control y seguimiento Informe técnico presentado ante la Superintendencia de Medio Ambiente y presente en instalación de faenas ante posibles fiscalizaciones Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.4.

10.5. Charlas de fauna Impacto asociado Potencial pérdida de ejemplares de especie de fauna en categoría de conservación. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a los trabajadores de la existencia y características de las especies presentes en el área de influencia del Proyecto.

Descripción: Se busca informar a los trabajadores con respecto al componente Fauna Silvestre que se pueda encontrar dentro del área de influencia del proyecto, de manera de asegurar su bienestar y sobrevivencia evitando la destrucción casual de nidos y huevos en los alrededores del terreno en épocas reproductivas. Estas charlas se imparten por un profesional capacitado.

Justificación: La avifauna presente en el área de estudio está representada por especies que presentan una amplia distribución en Chile y no se encuentran incluidas en categorías de conservación como especies amenazadas (UICN). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Sin embargo, de acuerdo con la Ley de Caza N°19.473, todas las especies registradas presentan algún criterio de protección y, al menos nueve (9) de las especies avistadas, corresponden a aves consideradas como Especie catalogada beneficiosa para la actividad silvoagropecuaria (B) y/o Especie catalogada benéfica para la mantención del equilibrio de los ecosistemas (E).

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sector de la instalación de Faenas del Proyecto.

Forma: Se debe realizar charlas de avifauna dirigidas a la totalidad de trabajadores del proyecto, quienes deben recibir la correspondiente capacitación al momento de ingresar a la obra. Estas, deben ser implementadas por profesional capacitado y deben abordar la existencia y características de especies que se puedan encontrar en el área del proyecto, de manera de asegurar su bienestar y sobrevivencia evitando la destrucción casual de nidos y huevos en los alrededores del terreno en épocas reproductivas. Se entrega informe de charlas de inducción.

Oportunidad: Se realiza al inicio de las obras. Indicador que acredite su cumplimiento Entrega Informe de charlas de inducción elaborado por el/la profesional, el cual debe contener: a) Nombre y firma del profesional capacitado que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción y copia del material gráfico presentado. c) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. d) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por las/los asistentes. e) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT, fecha de ingreso a la obra y firma de cada asistente. Forma de control y seguimiento Se remite a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles del ingreso del (los) trabajador(es), el (los) informe(s) de charla(s) de inducción, elaborado por el/la profesional. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.5.

10.6. Medidas de control para atenuar el impacto vial Impacto asociado Alteración de la movilidad vial Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Atenuar los posibles impactos negativos que la construcción del proyecto inmobiliario pueda tener en el tráfico y la movilidad vial en la zona circundante.

Descripción: Se implementa una serie de medidas durante la fase de construcción del Proyecto, con el fin de atenuar los posibles impactos negativos en el tráfico de la zona.

Justificación: las medidas propuestas buscan cumplir con las normativas vigentes, además de contribuir al bienestar de la comunidad circundante. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dentro de la obra y en las vías circundantes del Proyecto.

Forma: Se implementan las siguientes medidas durante la fase de construcción: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

  • Los camiones deben utilizar los estacionamientos establecidos dentro del predio, a su vez, la carga y descarga de los materiales y/o desechos de construcción se deben realizar en un lugar de acopio fuera de la vía pública.
  • Se prohíbe su estacionamiento o detención en la vía pública.
  • La circulación de camiones y maquinaria pesada se lleva a cabo en los horarios permitidos por la Ilustre Municipalidad. Fuera de los horarios punta.
  • Instalar señalizaciones transitorias y medidas de seguridad, destinadas tanto a los obreros, como a personas ajenas a las obras que circulen por ese lugar.
  • Mientras duren las obras, se debe mantener limpia la carpeta de rodado, de las vías utilizadas por los camiones. No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública.

Oportunidad: durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico periódico (semanales) de las vías circundantes del Proyecto y del lugar de estacionamiento dentro de la obra. - Registro fotográfico de señalizaciones instaladas. - Registro de horarios de salida e ingreso de camiones. Forma de control y seguimiento Los registros se mantienen en obra para consulta o seguimiento de la autoridad ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.6.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

11.1.1. Riesgo por actividad sísmica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Asociado a toda el área del proyecto. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Realización de capacitaciones en las que se indiquen los protocolos de reacción a la hora de enfrentar un evento telúrico (mantener la calma, no desplazarse en forma precipitada, seguir las instrucciones de seguridad entregadas por el personal competente, alejarse de estructuras elevadas, etc.). - Instalación de señalética que permita identificar las zonas en las cuales operan equipos energizados; zonas con presencia de combustibles; zonas de seguridad dispuestas y las zonas en las cuales puedan generarse eventos de remoción en masa. - Instruir en materias referentes a procesos y mecanismos por medio de los cuales se pueda cortar los suministros de electricidad y combustible. Forma de control y seguimiento Realización de charlas informativas de carácter mensual con registro de asistencia. Evaluación y registro del estado de señaléticas. Registro de mantención de señaléticas. Referencia al ICE o documentos del expediente de Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.1. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

evaluación que contenga la descripción detallada

11.1.2. Protocolo para eventos de lluvias intensas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción asociada Asociado a toda el área del proyecto. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Se debe mantener constante conocimiento de las condiciones de tiempo atmosférico que afectan el área en la cual se emplaza el proyecto mediante revisiones semanales y actualizaciones a 10 días del pronóstico meteorológico. - Ante el conocimiento de un frente de mal tiempo, se considera la detención de las obras de trabajo durante la duración total del evento. - Sitio de acopio de residuos correctamente cubierto con recipientes herméticos de ser necesario. - Establecer un plan de evacuación de los sitios de obras en caso de la presentación de un evento. - Se mantienen los sistemas de escurrimiento y canalización de aguas lluvias siempre despejados y en buenas condiciones. - Contar con sistemas auxiliares de emergencia en perfectas condiciones (Grupo Electrógeno). Forma de control y seguimiento - Realización de charlas informativas de carácter mensual con registro de asistencia. - Revisión y mantención de sistemas auxiliares de emergencia (Grupo Electrógeno). - Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales son registradas, para cuando la autoridad lo solicite. Para tales efectos se establece la formulación de una carpeta en posesión de la empresa constructora y que posteriormente queda en posesión del titular para los efectos del cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, - Se tiene registro de las mantenciones y limpieza de los sistemas de escurrimiento y canalización de aguas lluvias. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.2.

11.1.3. Riesgo por eventos de lluvias intensas en fase de operación. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar Realizar inspección una vez al año de la instalación de agua de las viviendas Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.3. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

la descripción detallada

11.1.4. Riesgo por derrames de combustible y otros líquidos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Dentro de los límites del proyecto. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medias a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Revisiones técnicas y mantenciones al día de vehículos y maquinarias. - Para el funcionamiento de la maquinaria y vehículos motorizados a utilizar en la construcción de obras, se realiza la recarga en las bencineras más cercanas al emplazamiento del Proyecto, por lo que, no se realiza recarga de combustible en obra. - Revisión periódica de contenedores con sustancias y residuos peligrosos. - Los elementos que por sus características requieren de almacenamiento especial deber ser acopiados en las respectivas bodegas correspondientes a sustancias peligrosas, bodega de combustible y bodega de RESPEL según pertenezca, las cuales cumplen con la normativa vigente en cada caso (Decreto Supremo 78/09 del Ministerio de Salud y Decreto Supremo 148/03 del Ministerio de Salud), las que además deben contar con sistema de contención de derrames apropiados. - Presentar un manual de seguridad que describa medidas de almacenamiento y manejo de sustancias o residuos peligrosos; la persona que los manipule debe revisar los productos cada vez al momento de interactuar con estos compuestos de modo de identificar posibles filtraciones y/o roturas. - Mantener siempre los envases, contenedores o estanques cerrados y almacenarlos donde corresponde. - Se debe contar con elementos que permitan controlar derrames como extintores de polvo químico seco multipropósito; materiales absorbentes para el control de goteos, fugas y derrames; y disponer de los EPP afines al control de derrames (overol, ropa de trabajo, botas o zapatos antideslizantes y guantes impermeables ajustables). Forma de control y seguimiento - Realización de charlas informativas de carácter mensual con registro de asistencia. - Control mediante una hoja de seguridad de la cantidad, el tipo de sustancia, el estado del producto y destino de esta. - Revisión y mantenimiento de estado de elementos de control de derrames (extintores de polvo químico seco multipropósito; materiales absorbentes para el control de goteos, fugas y derrames). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.4.

11.1.5. Riesgo para eventos de incendio. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones de ella. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Implementar medidas de prevención de incendios (cortafuegos u otros) y protocolos de control de carga de combustible y fuetes de calor. - Identificar y señalizar debidamente las zonas que cuenten con equipos generadores y/o con presencia de combustible. - Disponer extintores en cada área susceptible a amagos de incendio o a incendios, preparando al personal para que su manipulación sea expedita y funcional. - Identificar y señalizar debidamente las zonas de seguridad dispuestas en la obra. Forma de control y seguimiento Registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores. Realización de charlas informativas de carácter mensual con registro de asistencia. Registro y mantención de sistemas auxiliares de emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.5.

11.1.6. Riesgo para eventos de incendio forestal/agrícola. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones de ella. Acciones o medidas a implementar Medidas preventivas: - Charlas informativas sobre incendios forestales al personal y medidas que se deben adoptar antes amagos de incendios o incendios declarados. - Charlas sobre uso de herramientas e insumos de combate de incendios, manejo de extintores, zonas de seguridad y vías de escape. - Implementación de cartel alusivo a la prevención de incendios forestales/agrícolas. - Mantener una cuadrilla capacitada para el primer ataque y que cuente con el equipamiento adecuado. Tanto en los talleres como en bodegas u cualquier lugar donde haya material combustible o se trabaje a llama abierta se mantiene un equipo para combatir cualquier clase o tipo de fuego. - Se construye un cortafuego perimetral entre la zona de construcción según el avance constructivo del proyecto. - Se instalan carteles alusivos a la prevención de incendios. - Se cuenta con equipamiento para combatir cualquier amago de incendio. - Las charlas contempladas por el equipo de prevención de riesgos se basan en las pautas establecidas en el Programa de Protección Contra Incendios Forestales de CONAF. Se mantienen en obra los números de emergencias que permita dar aviso oportunamente a CONAF o instituciones del Sistema de Protección Civil (Carabineros de Chile, Bomberos, Policía de Investigaciones) para facilitar un combate rápido y eficiente por parte de las instancias pertinentes.

Forma de control y seguimiento Registro de charlas de capacitación. Registro de Extintores y mantención. Referencia al ICE o Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.6. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

11.1.7. Riesgo por proliferación de vectores de interés sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Se puede producir debido a que durante la construcción se generan residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios en la instalación de faena, los cuales pueden atraer estos vectores. Acciones o medidas a implementar Implementación de basureros y contenedores con tapa y herméticos. Aplicación de productos para desratizar en la instalación de faena (por una empresa especializada). Forma de control y seguimiento - Prohibición de botar basura en lugares diferentes a los contenedores. - Retiro de dichos residuos a través de camión municipal, 3 veces por semana - Recambio de contenedores y basureros en mal estado. Se dispone de más contenedores de lo requerido, con lo cual existe capacidad de reserva. - Se realiza retiro de los residuos domiciliarios previo a fines de semana largos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.7.

11.1.8. Riesgo por accidente durante el transporte de sustancias o productos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción en el transporte de residuos o sustancias peligrosas. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - El Contratista implementa un procedimiento formal para enfrentar accidentes de tránsito que permitan atender la emergencia en forma oportuna, el cual permanece al interior de cada vehículo de carga. El personal a contratar para manejar los camiones corresponde a personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exige licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (Nº 18.290). - Los conductores de los vehículos de transporte cuentan con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). - El transporte de sustancias peligrosas cuenta con las Hojas de Seguridad respectivas, que contienen entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deben activarse en caso de declaración del riesgo. - Se dispone señalización especial en los lugares de acceso a los frentes de trabajos. Para ello se utilizar señales; barreras; luces intermitentes eléctricas; y cilindros delineadores. - El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no debe Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtienen los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad en cada caso. - El transporte de líquidos que se puedan requerir en la faena se rige por las disposiciones de la legislación vigente. - El transportista o conductor posee la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. - Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles, de requerirse, deber asegurar la correcta carga y manipulación, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena, en particular el Decreto Supremo 78/09, y el Nº160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.

Forma de control y seguimiento Registro de transportista autorizado para el transporte de este tipo de materiales. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.8.

11.1.9. Riesgo por accidente de recursos hídricos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Dentro del predio del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Identificar las sustancias peligrosas con sus respectivas fichas. - Mantener las sustancias peligrosas al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de sustancias. - Mantener los residuos peligrosos al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de residuos. - Los elementos que contengan productos que puedan derramarse se ubican en zonas impermeabilizadas o en terraplenes, para evitar en caso de derrame, el contacto directo con el suelo y napas subterráneas. - Revisión periódica de los contenedores de sustancias, asegurándose que estén bien cerrados. - Identificar cuerpos de agua superficiales próximos al sitio del proyecto, de modo de prever una ubicación propicia de la bodega destinada para la disposición de residuos peligrosos para la eventual no afectación del recurso hídrico en caso de derrame. - Prohibición absoluta de descarga de cualquier tipo de residuo líquido que se pueda generar en la obra sobre cursos de agua superficiales y suelo. - Revisión y mantención periódica de los baños químicos (por una empresa autorizada). - Revisiones técnicas y mantenciones al día, de vehículos y maquinarias. - Se capacita al personal respecto de la forma de proceder ante un derrame. Forma de control y - Registro fotográfico de la bodega de residuos peligrosos que contenga las condiciones estipuladas por las acciones a implementar. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

seguimiento - Registro de los retiros de los RESPEL por parte de transportistas autorizados para tales efectos. - Limpieza y retiro periódico del contenido de los baños químicos. - Se mantienen en distintos puntos de la obra recipientes con arena y/o aserrín (dependiendo de la sustancia/residuo) para contener posibles derrames. - Se realizan recambios de envases cuando sea necesario. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.9.

11.1.10. Riesgo por falla en sistema de almacenamiento de residuos domésticos e industriales no peligrosos y peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Asociado al área de almacenamiento y bodegas de residuos. Acciones o medidas a implementar Ante cualquiera de las contingencias presentadas a continuación, el Jefe de Emergencias se encarga de dar respuesta inmediata y proceder con las medidas de prevención de la contingencia:

Rotura de contenedores de residuos por fatiga de material o mala operación del sistema: - Se constata el buen estado, operatividad y buen uso del material de los contenedores a través de una revisión periódica de estos, previniendo situaciones en las que se dañen los contenedores derramando su contenido. - El Supervisor a cargo de la gestión y manejo de residuos lleva un registro del estado de contenedores, evidenciando tempranamente cualquier contenedor en mal estado. - Se mantiene en todo momento el orden y limpieza de los lugares de almacenamiento temporal de residuos. - El sitio de almacenamiento tiene acceso restringido, permitiendo sólo el ingreso de personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación. - Los RSINP son retirados cuando alcancen un 80% de la capacidad de los contenedores y, en el caso de los RESPEL, son realizados en un periodo no superior a seis meses, dependiendo del volumen generado. - Las bodegas de almacenamiento RESPEL cuentan con un kit de emergencias para sustancias peligrosas, incluyendo materiales absorbentes adecuados en caso de derrames. -La bodega RESPEL cuenta con una capacidad de retención de escurrimientos no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

Problemas en el traslado y disposición final. - El encargado del manejo de los residuos lleva un registro de ingreso y egreso de residuos, incluyendo detalles de la cantidad de residuos, fecha del retiro y vehículo (patente y nombre de la persona encargada) de transporte de éstos. Dicho registro se mantiene en las instalaciones disponibles en caso de que la Autoridad Sanitaria los requiera. - Se transportan RESPEL sólo si el conductor porte la declaración de los mismos y las respectivas HDS de transporte de residuos peligrosos. - Los vehículos que se utilicen en el transporte de residuos deben estar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

diseñados, construidos y operados de modo que cumplan su función con plena seguridad y, en el caso de los vehículos que transporten RESPEL, deben además cumplir las exigencias del Decreto Supremo 78/09 N°148/2003 del Ministerio de Salud y NCh 2190. - El personal que realice el transporte de los residuos debe estar debidamente capacitado para la operación adecuada del vehículo y de sus equipos, además de enfrentar posibles emergencias.

Forma de control y seguimiento Se tiene la obligación de asistir a capacitación o instrucción a todo el personal involucrado (directo o indirecto), la que se realiza antes de iniciar cada fase del proyecto. El registro de la capacitación queda en las instalaciones de la empresa mandante y contratistas en caso de ser solicitadas por algún servicio fiscalizador. El Proyecto realiza durante las fases de construcción y cierre la declaración anual de los residuos generados a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), considerando el sistema de declaración vía portal web del Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.10.

11.1.11. Riesgo por contaminación por derrame de contenido de baños químicos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Se puede producir por una mala manipulación por parte del personal o por mal estado de los contenedores de las sustancias (recipiente de baños químicos) Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Los elementos que contengan productos que puedan derramarse se ubican en zonas impermeabilizadas o en terraplenes para evitar, en caso de derrames, el contacto con aguas subterráneas. - Revisión periódica de los contenedores de sustancias, asegurándose que estén bien cerrados. - Revisión y mantención periódica de los baños químicos realizado por una empresa autorizada. - Se capacita al personal respecto de la forma de proceder ante un derrame.

Forma de control y seguimiento - Limpieza y retiro periódico del contenido de los baños químicos. - Se mantienen en distintos puntos de la obra recipientes con arena y/o aserrín para contener posibles derrames. - El punto de la descarga de las aguas servidas se acredita, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.11.

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11.1.12. Riesgo por deterioro de placas OSB. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Perímetro de la obra. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Revisión periódica de las condiciones de las placas de OSB. - Cambio de placas que no se encuentren deterioradas. Forma de control y seguimiento - Check List Semanal de las pantallas acústicas. - Revisión de indicadores. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.12.

11.1.13. Riesgo por desprendimiento de pantallas de protección acústica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Perímetro de la obra. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Revisión periódica de Conexiones entre placas de OSB y perfiles de borde y reapriete de los tornillos que se requieran. - Registro y revisión periódica de las pantallas acústicas. - Revisión de Soldaduras entre paneles y de los paneles a la estructura soportante. - Registro de charlas y/o capacitaciones de las acciones a seguir frente a los posibles desprendimientos de las placas de OSB. Forma de control y seguimiento CheckList Semanal de las pantallas acústicas. Revisión de indicadores. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.13.

11.1.14. Riesgo eventos climáticos desfavorables. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción asociada Todas las obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Se mantienen los sistemas de escurrimiento y canalización de aguas lluvias siempre despejados y en buenas condiciones. - Informar a los trabajadores sobre los riesgos específicos de exposición laboral a radiación UV de origen solar y sus medidas de control. - Publicar diariamente en un lugar visible el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

  • Ante el conocimiento de un frente de mal tiempo, considerar la detención de las obras de trabajo durante la duración total del evento.
  • Sitio de acopio de residuos correctamente cubierto con recipientes herméticos de ser necesario.
  • Establecer un plan de evacuación de los sitios de obras en caso de la presentación de un evento. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales son registradas para cuando la autoridad lo solicite.

Para tales efectos se establece la formulación de una carpeta en posesión de la empresa constructora y que posteriormente queda en posesión del titular para los efectos del cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), la cual contiene los siguientes documentos, con el fin de poder transparentar la información y el avance de las medidas a implementar para prevenir la contingencia:

  • Registro de las mantenciones y limpieza de los sistemas de escurrimiento y canalización de aguas lluvias.
  • Registro fotográfico del lugar específico donde se ubica información relativa a niveles de radiación UV presentes.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.14.

11.1.15. Riesgo accidentes vehiculares en caminos, tanto internos como externos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Rutas internas y externas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Los vehículos que transporten maquinaria deben contar con las señalizaciones requeridas por la legislación actual. - El peso de los camiones que transportan maquinaria e insumos, no exceden el peso permitido en las vías por las cuales circulen. - Se cuenta con un procedimiento ante una emergencia que estipule el oportuno aviso a las autoridades correspondientes (SAMU, Carabineros, equipo de rescate de bomberos si fuera necesario). Forma de control y seguimiento Registro de permisos y de aviso a las autoridades en caso de que aplique. Registro de revisión técnica al día de los vehículos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.15.

11.1.16. Riesgo por incendio por soldadura. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Parte, obra o acción asociada Instalación de faenas. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Se informa e instruye a los trabajadores y personal técnico que participa en los trabajos respecto de las normas de prevención, detección y supresión de incendio durante los trabajos. En este sentido dicha información esta referida a: Advertencia sobre el uso de agentes iniciadores de incendios. Instrucciones precisas sobre las acciones inmediatas a tomar en caso de originarse un incendio, tales como: forma de dar aviso, detallar ubicación del siniestro y el tipo de material que es afectado por el fuego.

En el área donde se almacene material o sustancias de carácter combustible, se tienen extintores del tipo ABC, para un rápido control de un amago de incendio. - Evitar lugares expuestos a material inflamable. - Los trabajadores utilizan sus respectivos elementos de protección personal a la hora de soldar. Forma de control y seguimiento Registro de charlas y exposiciones. Registros de Extintores y mantención. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.16.

11.1.17. Riesgo por incendio por manipulación de combustibles. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Instalación de faenas. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Implementación de protocolo de Prevención de Riesgos. - Implementación de elementos de prevención de incendios distribuidos en distintos puntos de la obra. - Capacitaciones al personal sobre acciones de prevención y actuación en caso de incendio. - Prohibición de fumar en zonas donde hay manipulación de combustibles. - Advertencia sobre el uso de agentes iniciadores de incendios. - Instrucciones precisas sobre las acciones inmediatas a tomar en caso de originarse un incendio, tales como: forma de dar aviso, detallar ubicación del siniestro y tipo de material que es afectado por el fuego. - En el área donde se almacene material o sustancias de carácter combustible, se tienen extintores del tipo ABC, para un rápido control de un amago de incendio. - Todos los vehículos cuentan con sus extintores según reglamentación. - Almacenamiento de materiales combustibles e inflamables en espacios especialmente habilitados para ello. Forma de control y seguimiento Registro de elementos de prevención de incendios en distintos puntos de la obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.17.

11.1.18. Riesgo por aumento de caudal de cuerpos de agua (canales de regadío). Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Frentes de trabajo cercano a canales. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Se mantiene un sistema de canalización de aguas con sus mantenciones respectivas. - Se mantiene una zona despejada y limpia. - Se asigna a un líder de evacuación quién se asegura de trasladar al personal. Forma de control y seguimiento La activación de las acciones de emergencia se comunica a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que se carga al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.18.

11.1.19. Riesgo por contaminación de cuerpos de agua (canales de regadíos). Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Frentes de trabajo cercano a canales. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: ▪ Cumplir con lo indicado en la normativa respecto del almacenamiento de sustancias peligrosas (Decreto Supremo 78/09 N°43/2015 del Ministerio de Salud) y residuos peligrosos (Decreto Supremo 78/09, D.S N°148/2004 del Ministerio de Salud). - Capacitación específica del personal respecto de este tema, indicando claramente cómo leer las hojas de seguridad de las sustancias y residuos peligrosos. - Las mantenciones de maquinarias y vehículos se realizan fuera de las obras en talleres mecánicos. - Se conta con una bodega de sustancias y residuos peligrosos que cuentan con sistemas de contención de derrame que potencialmente podrían afectar las aguas subterráneas. - En caso de ocurrir el vertido accidental de combustible sobre el radier, se dispone de un contenedor con arena que se vierte en el derrame con el fin de absorber el compuesto. La arena contaminada se almacena en un contenedor y posteriormente en la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faena. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

▪ Se mantiene un sistema de canalización de aguas con sus mantenciones respectivas. ▪ Se mantiene la zona despejada y limpia. Se asigna a un líder de evacuación quién asegura el traslado del personal. Forma de control y seguimiento Mantención de registros y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas indicadas, así como su verificación y limpieza periódica. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.19.

11.1.20. Riesgo por saturación de la zona de infiltración de aguas lluvias durante la fase de operación. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Parte, obra o acción asociada Esta situación se produce debido a una acumulación de un volumen de agua mayor al volumen de diseño de las zanjas de infiltración producto de eventos extremos de precipitaciones. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: - Mantener sistemas de escurrimientos de aguas lluvias limpios. - Realizar una supervisión de sistemas de escurrimiento de aguas lluvia cuando se pronostiquen lluvias. Forma de control y seguimiento Registro de mantención de sistemas de escurrimiento y canalización de aguas lluvia previo a eventos meteorológicos de precipitación y delimitación de zonas de seguridad y vías de escape. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.20.

11.2. PLAN DE EMERGENCIAS

11.2.1. Riesgo por actividad sísmica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Asociado a toda el área del proyecto. Acciones a implementar Durante sismo - Evitar que los trabajadores corran o pierdan la calma. - Evitar cualquier tipo de contacto con energizados, ya que pueden presentar fallas en la aislación y recibir un golpe eléctrico. - Alejarse de ventanas y abrir las puertas, no encender fósforos ni encendedores ante eventuales fugas de gas, alejarse de puentes y vías elevadas. - Alejarse de las zonas de acopio de material, aunque éstas nunca exceden los 2,5 m de altura, por lo que es poco probable que se deslicen y provoque daño a alguien. - En el caso de encontrarse operando alguna maquinaria, apagar y abandonar de inmediato el vehículo o maquinaria que se esté manejando; Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

procurando dirigirse a la zona de seguridad más cercana. - En el caso que ocurra un deslizamiento de terreno producto de un movimiento sísmico, alejarse inmediatamente de la zona del deslizamiento y dirigirse a la zona de seguridad más cercana.

Después del sismo - Desplazarse hacia la zona de seguridad con precaución y atención del entorno. - Si se tiene conocimiento como operan los generadores, desconectar el generador para evitar la corriente eléctrica. - Si alguna persona producto del sismo ha entrado en contacto con la energía eléctrica, ayudarla mediante el corte de la energía eléctrica, si no es factible el corte, con un elemento no conductor de la energía eléctrica desplazar a la persona de la zona mediante un elemento aislante (chomba, bufanda, etc.), sin tocar a la persona, o retirar los conductores eléctricos energizados que se encuentran sobre el trabajador, usando los elementos aislantes. Una vez aislado proceder a brindarle los primeros auxilios. - Si algún trabajador se encuentra lesionado seriamente proceder a brindarle los primeros auxilios, solicitar una ambulancia para su traslado a un centro asistencial. Mientras llega la ambulancia y asistencia médica, estabilizarlo, abrigarlo si fuera necesario; tratando de moverlo lo menos posibles por si tuviera alguna fractura producto del sismo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente - Caracterización de área afectada y su extensión - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados. Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la Superintendencia de Medio Ambiente Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.1.

11.2.2. Protocolo para eventos de lluvias intensas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción asociada Asociado a toda el área del proyecto. Acciones a implementar Las acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - Al producirse un anegamiento, se procede a evacuar la zona inundada. - Se efectúa una inspección de las áreas de trabajo y sectores adyacentes, para verificar que no se encuentren equipos, herramientas o maquinarias Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

sin proteger; se dispone además que se verifiquen tableros y sistemas eléctricos. Junto con lo anterior, se efectúa una prueba de funcionamiento de los sistemas auxiliares de energía (Grupo Electrógeno). - Se desconectan los circuitos eléctricos. - Se llama a emergencias o bomberos de ser necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente - Caracterización de área afectada y su extensión - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado - Protocolo de manejo de residuos generados Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la Superintendencia de Medio Ambiente, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.2.

11.2.3. Riesgo por eventos de lluvias intensas en fase de operación. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones a implementar Las acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - Cortar el suministro de agua y eléctrico de la zona afectada. - Personal del edificio debe comunicarse de inmediato con el encargado de mantención o la empresa sanitaria para que solucione la situación. - Ubicar en altura objetos, insumos y otros, que pudiesen ser afectados por el contacto con el agua, en especial aparatos eléctricos. - Se debe comunicar de inmediato con el encargado de mantención o la Municipalidad que se encargue de la situación. - Dependiendo de la magnitud de la inundación, ordenar la Evacuación de la parte afectada. - Si está dentro de su hogar: Escuche la radio o televisión para estar informado de la emergencia, y posibles instrucciones de la autoridad a cargo. Corte la luz, agua y gas y evacue su hogar si la situación lo amerita o las autoridades lo indican.

  • Si está en el exterior: Suba a un lugar alto y permanezca allí. Evite caminar por aguas en movimiento. Hasta 15 centímetros de agua en movimiento pueden hacerle caer.

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  • Si está en la calle, tenga precaución al caminar sobre agua, ya que las tapas de las cámaras de agua suelen salirse debido a la presión, y usted puede caer en dicha apertura.

  • Si está en un auto: Si llega a un área inundada, dé la vuelta y tome otra dirección. Si el auto se detiene o se atasca, abandónelo de inmediato y suba a un lugar alto. Si la situación lo amerita o las autoridades lo indican, evacue su hogar lo antes posible. Escuche una radio a pilas para saber sobre la emergencia, y posibles instrucciones de la autoridad a cargo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No aplica. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.3.

11.2.4. Riesgo por derrames de combustible y otros líquidos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Dentro de los límites del proyecto. Acciones a implementar Las acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - Proceder a la construcción de Bermas o Pretiles para confinar en lugares reducidos (Terrenos planos). Se construye con el mismo suelo donde se produce el derrame, o bien con material absorbente específico para la sustancia derramada. - Proceder a la construcción de Zanjas cuando el terreno afectado por el derrame tiene una pendiente. Se excava una zanja suficientemente profunda, cercana al derrame donde se tenga la seguridad de atrapar la sustancia derramada. De acuerdo con el tipo de sustancia derramada, se recupera desde la zanja con el método apropiado, según lo determine el prevencionista o el especialista en el área. - En caso de realizar contención usando tierra es conveniente que sea arcillosa, para evitar que ésta absorba el contaminante, o bien cubrir con un nylon el confinamiento de tierra construido. En caso de lluvia cubrir el derrame con Nylon, para evitar su disolución o reacción, hasta que sea posible comenzar a reparar el daño. - El suelo contaminado debe descartarse como “Residuo Peligroso”, y ser tratado como tal. - En caso de que la sustancia sea derramada en caminos públicos que puedan alterar la libre circulación vehicular y/o peatonal, se debe informar inmediatamente vía telefónica, correo electrónico y por oficio, al Director Regional de Vialidad y a la SEREMI de Obras Públicas. Y en el caso de transitar por rutas concesionadas se debe dar aviso a la concesionaria respectiva. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente - Caracterización de área afectada y su extensión - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

  • Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado
  • Protocolo de manejo de residuos generados Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.4.

11.2.5. Riesgo para eventos de incendio. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones de ella. Acciones a implementar Las acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - Cualquier persona que descubra un fuego no controlado, debe dar la alarma correspondiente, independiente que este sea un amago, utilizando los medios que estén a mano para dar la información, si es necesario a viva voz. - En caso de amago de incendio, se debe usar los extintores portátiles ubicados en las áreas señaladas. Si al lugar del amago concurren dos o más personas, estas deben actuar simultáneamente con los extintores. - Si es un incendio, las personas que se percataron del incendio deben dar aviso de inmediato y ayudar a la evacuación del lugar. Poniendo atención en cortar el suministro eléctrico. - Dirigirse hasta la Zona de Seguridad del área respectiva. - Si hay personal ajeno a la obra dirigirlos a las zonas de seguridad asignadas. - A medida que las personas se van retirando del lugar, deben ir cerrando las puertas y ventanas que vayan quedando detrás de ellas. - Ninguna persona debe exponer su salud y su vida por tratar de salvar elementos materiales o por volver a buscar cosas personales. - En caso de atrapamiento en el lugar del incendio, agacharse y gatear. Al avanzar deben ir tocando con una de sus manos la pared, para lograr encontrar una puerta o una ventana, al encontrarlas, proceder a abrirla lenta y cuidadosamente y evacuar. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procede a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.5.

11.2.6. Riesgo para eventos de incendio forestal/agrícola. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones de ella. Acciones a implementar El Proponente no presentó información respecto de las acciones y medidas a implementar para controlar este tipo de emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente - Caracterización de área afectada y su extensión - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado - Protocolo de manejo de residuos generados Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la Superintendencia de Medio Ambiente, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.6.

11.2.7. Riesgo por proliferación de vectores de interés sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Se puede producir debido a que durante la construcción se generan residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios en la instalación de faena, los cuales podrán atraer estos vectores. Acciones a implementar Al detectarse vectores: - Se llama de inmediato a la empresa encargada de eliminar plagas y se coordina una visita a la brevedad. - Se le informa al personal para que tomen las precauciones y resguardos necesarios para no verse afectados por los vectores. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente. - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

de la Superintendencia de Medio Ambiente, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.7.

11.2.8. Riesgo por accidente durante el transporte de sustancias o productos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción en el transporte de residuos o sustancias peligrosas. Acciones a implementar Las acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - El transportista debe dar aviso inmediato a los organismos públicos y personas atingentes para atender la emergencia, SEREMI de Salud, bomberos, carabineros y la Oficina Regional de Emergencia. - Se debe aislar, señalizar y acordonar el área afectada. - Se debe controlar la actividad que genera el derrame (sellar la fuga o taponearla, etc.). - Contener el derrame construyendo diques de tierra, arena o zanjas en el área de terreno afectada, evitando que el residuo alcance alcantarillas. Una vez controlado, se procede a adicionar un material absorbente (preferentemente arena o material inerte absorbente) al material derramado y zona del derrame. - Finalmente, el material impregnado (material absorbente) se dispone en tambores apropiados de residuos peligrosos para su disposición final en un lugar autorizado para tales fines.

En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, líquidos hidráulicos y/o combustible durante la fase de construcción, se recupera y almacena los residuos en tambores con tapa, en un sector con piso impermeable, con control de derrame, bajo techo y señalizado, para luego ser dispuesto en sitios autorizados por la autoridad sanitaria. Este tipo de residuos, por sus características, es considerado un residuo peligroso, por lo que, para proceder a su mejor manejo, eliminación y/o tratamiento en planta autorizada.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente - Caracterización de área afectada y su extensión - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado - Protocolo de manejo de residuos generados Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la Superintendencia de Medio Ambiente, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.8.

11.2.9. Riesgo por accidente de recursos hídricos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Dentro del predio del Proyecto. Acciones a implementar Las acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - En caso de derrame, se procede a contener el líquido o sustancia con material absorbente. - Una vez contenido el líquido o sustancia, se elimina el material absorbente como residuo asimilable a domiciliario o peligrosos, según corresponda. - Si el material derramado tiene características inflamables, se debe retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado, evitando en todo momento cualquier fuente de calor o que genere chispas. - Posteriormente se limpia la zona del derrame, esta acción puede ser manual o mecánica dependiendo de la envergadura del derrame y siempre se lleva a cabo utilizando los EPP correspondientes a dicha acción. - Finalmente se investiga cual fue la razón por la cual ocurrió el derrame para tomar las medidas necesarias para evitar un nuevo derrame y posteriormente se comunica a la Superintendencia de MA, lo anterior en un plazo no superior a 15 días. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente. - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.9.

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11.2.10. Riesgo por falla en sistema de almacenamiento de residuos domésticos e industriales no peligrosos y peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Asociado al área de almacenamiento y bodegas de residuos. Acciones a implementar Ante cualquiera de las emergencias presentadas a continuación, el Jefe de Emergencias debe dar respuesta inmediata y proceder con las medidas de control de la Emergencia:

• Rotura de contenedores de residuos por fatiga de material o mala operación del sistema:

  • Se contacta al supervisor o jefe a cargo de la gestión y manejo de los residuos del Proyecto, el cual debe dar aviso al proveedor del producto y solicitar su reemplazo.
  • Las personas que manejan la emergencia deben equiparse con los implementos adecuados para evitar algún tipo de lesión durante la ejecución del procedimiento.
  • En el caso de RESPEL, identificar las características de seguridad del residuo peligroso en la hoja de seguridad (identificar los riesgos asociados a la salud, tipos de elementos de protección personal, formas de extinción, efectos en el medio ambiente, entre otros antecedentes).
  • Se procede al encapsulamiento de los residuos a un nuevo contenedor, el que se rotula y enviado al área de acopio correspondiente.
  • Se procede a la limpieza y retiro de todo material que haya tenido contacto con los residuos. Este material se envía a sitio de disposición final autorizado. En el caso de RESPEL, los materiales contaminados son tratados como RESPEL y enviados al área de acopio correspondiente.
  • En caso de establecer una incorrecta clasificación de residuos, de generarse accidentalmente mezclas de residuos no peligrosos y peligrosos, todo el contenedor involucrado se trata como RESPEL y se almacena en la BAT-RESPEL con su debido acondicionamiento, encapsulación, rotulación y registro.

• En caso de derrame RESPEL: - Movilizar maquinaria para retiro de residuos y preparación de pretiles si la situación lo amerita. - Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado, definir el equipo necesario y el plan de acción pertinente para el tipo de residuo. - Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo, colectar y envasar el material contaminado y enviar el material a un sitio de disposición final autorizado. - Para descontaminar la zona, se remueven escombros y suelo contaminado en caso de ser necesario. - Para minimizar posibles afectaciones derivadas de fuga o derrame de residuos, el personal a cargo cuenta con palas, escobillones, arena o producto similar para la absorción de producto, recipientes, guantes, tambores vacíos.

Problemas en el traslado y disposición final. - El Supervisor o jefe a cargo de la gestión y manejo de los residuos verifica con el proveedor la disposición final de residuos. - En caso de cambio en la periodicidad del retiro de residuos por parte del proveedor de servicios, el Supervisor o jefe a cargo de la gestión y manejo de residuos debe contactar al proveedor alternativo para el retiro de los residuos. - En caso de problemas en el traslado y disposición final de los residuos, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

el Supervisor o Jefe a cargo de la gestión y manejo de residuos verifica las alternativas que el proveedor presente para depositar los residuos en un sitio autorizado por la autoridad sanitaria, de manera que cumpla con los compromisos ambientales de protección de los recursos naturales. - Si el proveedor presentó problemas para disponer de los residuos retirados, debe presentar las alternativas que tuvo para depositar los residuos en un sitio autorizado de manera que cumpla con los compromisos ambientales de protección de los recursos naturales. - En caso de que se detecte que los residuos fueron botados en un sitio no autorizado, se procede con la limpieza del área, trasladando los residuos a un sitio autorizado. Inmediatamente se realizan las gestiones para realizar el cambio de contratista.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente - Caracterización de área afectada y su extensión - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado - Protocolo de manejo de residuos generados Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la Superintendencia de Medio Ambiente, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.10.

11.2.11. Riesgo por contaminación por derrame de contenido de baños químicos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Se puede producir por una mala manipulación por parte del personal o por mal estado de los contenedores de las sustancias (recipiente de baños químicos) Acciones a implementar Las acciones o medida a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - En caso de derrame, se procede a contener el líquido o sustancia con material absorbente. - Una vez contenido el líquido o sustancia, se elimina el material absorbente como residuo asimilable a domiciliario o peligrosos, según corresponda. - Posteriormente se limpia la zona del derrame, esta acción puede ser manual o mecánica dependiendo de la envergadura del derrame y siempre se lleva a cabo utilizando los EPP correspondientes a dicha acción. - Finalmente, se investiga cual fue la razón por la cual ocurrió el derrame Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

con el fin de tomar las medidas necesarias para evitar un nuevo derrame.

En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos, se informa antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: - Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. - En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procede a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia de Medio Ambiente (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.11.

11.2.12. Riesgo por deterioro de placas OSB. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Perímetro de la obra. Acciones a implementar Las acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - Dar aviso de forma inmediata al supervisor directo, o solicitar ayuda al personal cercano. - Suspensión de faenas en el sector afectado y en un plazo breve reparar o reponer el sector afectado, pudiéndose reanudar las faenas una vez superada la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procede a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.11.

11.2.13. Riesgo por desprendimiento de pantallas de protección acústica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción Perímetro de la obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

asociada Acciones a implementar Las acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - Dar aviso de forma inmediata al supervisor directo, o solicitar ayuda al personal cercano. - Suspensión de faenas en el sector afectado y en un plazo breve reparar o reponer el sector afectado, pudiéndose reanudar las faenas una vez superada la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente. - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la Superintendencia de Medio Ambiente, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.13.

11.2.14. Riesgo eventos climáticos desfavorables. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción asociada Todas las obras del proyecto. Acciones a implementar Las acciones o medida a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - Se mantienen los sistemas de escurrimiento y canalización de aguas lluvias siempre despejados y en buenas condiciones. - Informar a los trabajadores sobre los riesgos específicos de exposición laboral a radiación UV de origen solar y sus medidas de control. - Publicar diariamente en un lugar visible el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile - Ante el conocimiento de un frente de mal tiempo, considerar la detención de las obras de trabajo durante la duración total del evento. - Sitio de acopio de residuos correctamente cubierto con recipientes herméticos de ser necesario. - Establecer un plan de evacuación de los sitios de obras en caso de la presentación de un evento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente. - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la Superintendencia de Medio Ambiente, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.14.

11.2.15. Riesgo accidentes vehiculares en caminos, tanto internos como externos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Rutas internas y externas del Proyecto. Acciones a implementar Las acciones o medida a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - El chofer o peoneta proceden a dar aviso a carabineros y/o ambulancia si corresponde, además deben comunicar lo ocurrido al administrador de la obra y al prevencionista de riesgo. - Si con ocasión del accidente se produce un derrame se aplican las medidas descritas en el apartado anterior. - Si debido al accidente se ocasionaran daños en la vía pública y la responsabilidad sea del chofer del camión trasportador, el titular responde. Una vez pase la emergencia se averigua la causa del accidente y se genera un informe para enviar a las autoridades correspondientes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente. - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la Superintendencia de Medio Ambiente, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.15.

11.2.16. Riesgo por incendio por soldadura. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Instalación de faenas. Acciones a implementar Las acciones o medida a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - Cualquier persona que descubra un fuego no controlado, debe dar la alarma correspondiente, independiente que este sea un amago, utilizando los medios que estén a mano para dar la información, si es necesario a viva voz. - En caso de amago de incendio, se debe usar los extintores portátiles ubicados en las áreas señaladas. Si al lugar del amago concurren dos o más personas, estas deben actuar simultáneamente con los extintores. - Si es un incendio, las personas que se percataron del incendio deben dar aviso de inmediato y ayudar a la evacuación del lugar. Poniendo atención en cortar el suministro eléctrico. - Dirigirse hasta la Zona de Seguridad del área respectiva. - Si hay personal ajeno a la obra dirigirlos a las zonas de seguridad asignadas. - A medida que las personas se van retirando del lugar, deberán ir cerrando las puertas y ventanas que vayan quedando detrás de ellas. - Ninguna persona debe exponer su salud y su vida por tratar de salvar elementos materiales o por volver a buscar cosas personales. - En caso de atrapamiento en el lugar del incendio, agacharse y gatear. Al avanzar deben ir tocando con una de sus manos la pared, para lograr encontrar una puerta o una ventana, al encontrarlas, proceder a abrirla lenta y cuidadosamente y evacuar.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente. - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.16. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

11.2.17. Riesgo por incendio por manipulación de combustibles. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Instalación de faenas. Acciones a implementar Las acciones o medida a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - Cualquier persona que descubra un fuego no controlado, debe dar la alarma correspondiente, independiente que este sea un amago, utilizando los medios que estén a mano para dar la información, si es necesario a viva voz. - En caso de amago de incendio, se debe usar los extintores portátiles ubicados en las áreas señaladas. Si al lugar del amago concurren dos o más personas, estas deben actuar simultáneamente con los extintores. - Si es un incendio, las personas que se percataron del incendio deben dar aviso de inmediato y ayudar a la evacuación del lugar. Poniendo atención en cortar el suministro eléctrico. - Dirigirse hasta la Zona de Seguridad del área respectiva. - Si hay personal ajeno a la obra dirigirlos a las zonas de seguridad asignadas. - A medida que las personas se van retirando del lugar, deben ir cerrando las puertas y ventanas que vayan quedando detrás de ellas. - Ninguna persona debe exponer su salud y su vida por tratar de salvar elementos materiales o por volver a buscar cosas personales. - En caso de atrapamiento en el lugar del incendio, agacharse y gatear. Al avanzar deben ir tocando con una de sus manos la pared, para lograr encontrar una puerta o una ventana, al encontrarlas, proceder a abrirla lenta y cuidadosamente y evacuar.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente. - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la Superintendencia de Medio Ambiente, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.17. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

11.2.18. Riesgo por contaminación de cuerpos de agua (canales de regadíos). Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Frentes de trabajo cercano a canales. Acciones a implementar Las acciones o medida a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - Identificar, contener y controlar la fuente de escape e impedir mayor derrame de ser posible. - Identificar el área susceptible. - Identificar la ruta del derrame por los canales - Colocar barreras absorbentes y/o diques en los puntos de control identificados. - En caso de una afectación significativa en los ecosistemas acuáticos, se da aviso oportuno e inmediato a la Dirección Regional del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción debe elaborar un informe de incidente, el cual se remite a la Superintendencia de Medio Ambiente y autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 24 horas indicando: - Datos del accidente. - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular puede establecer un plazo mayor para la entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo a la autoridad fiscalizadora. Lo anterior, en base a lo establecido en la R.E. N°885/2016 de la Superintendencia de Medio Ambiente, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.19.

11.2.19. Riesgo por saturación de la zona de infiltración de aguas lluvias durante la fase de operación. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Parte, obra o acción asociada Esta situación se produce debido a una acumulación de un volumen de agua mayor al volumen de diseño de las zanjas de infiltración producto de eventos extremos de precipitaciones. Acciones a implementar Las acciones o medida a implementar para controlar la emergencia corresponden a las siguientes: - Evacuar la zona afectada. - Comenzar el proceso de extracción de agua. - Llamar a personal de apoyo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia se comunica a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedas, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el cual se carga al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.20.

  1. Que, conforme a lo señalado en el artículo 19 inciso tercero de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, “se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no se subsanaren los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca o si el respectivo proyecto o actividad requiere de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditare el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la misma Ley”.

Atendido lo anterior, corresponde rechazar el proyecto “Condominio Lihuén II y III” de Inmobiliaria ECASA Temuco S.A., por cuanto durante la presente evaluación de impacto ambiental, que el titular no ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de aclaraciones, rectificaciones y Ampliaciones, particularmente lo propio sobre la generación de impactos significativos asociados al artículo 7 literal b) del Decreto Supremo N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, en especial sobre la justificación fundada de la NO generación de los efectos características o circunstancias de la letra c) del artículo 11 de la Ley N°19.300, y conforme indica el legislador, este Servicio recomienda rechazar el proyecto, conforme a lo siguientes antecedentes:

En consideración a lo expresado por el Proponente en el Anexo 6.2 de la DIA, complementado en Anexo 3 del Adenda y Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y las respuestas 4.7 a la 4.22 del Adenda Complementaria, y discutida la materia durante todo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental por medio de lo indicado en las consultas 4.7 de la Carta N°202306103186 de fecha 25 de julio de 2023 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, correspondiente al Informe de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (en adelante “ICSARA”), y mediante Carta N°2024061034 de fecha 09 de enero de 2024 de la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins correspondiente al ICSARA Complementario, considerando a demás lo expresado por medio de los Oficios Ord. N°20192 de fecha 20 de julio de 2023 que se pronuncia sobre la DIA del Proyecto, en el Oficio Ord. N°34959 de fecha 01 de diciembre de 2023 que se pronuncia sobre el Adenda, y mediante Oficio Ord N°10474 de fecha 12 de abril de 2024, complementado con el Oficio Ord. N°11069 de fecha 16 de abril de 2024, todos de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins, esta Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, concluye que:

Debido a lo dispuesto por el legislador en el artículo c) de la Ley N°19.300 y sus modificaciones posteriores y pormenorizado en el artículo 7 literal b) del Decreto Supremo N°40/2012 y sus modificaciones del Ministerio de Medio Ambiente, que indica:

“Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”

El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Se entenderá por comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de personas que comparte un territorio, en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales, que eventualmente tienden a generar tradiciones, intereses comunitarios y sentimientos de arraigo. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas, se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

considerará el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto o actividad…

A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las circunstancias que se mencionan a continuación, respecto de las cuales se deberá analizar la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, en la medida que sea pertinente:

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Teniendo presente además, de la Resolución Exenta N°202299101740, de fecha 15 de septiembre de 2022, que da vigencia a los Criterio de Evaluación en el SEIA, Objetos de protección, que señala:

Punto 1.2: “Objetos de protección y áreas de influencia Los impactos generados por las partes, obras y acciones de un proyecto o actividad en evaluación en el SEIA, pueden interactuar con uno o varios objetos de protección y, por tanto, estos serán receptores de impacto. Para cada objeto de protección ambiental afectado o alterado por un proyecto, el titular deberá establecer los límites espaciales del área donde la afectación genere impactos, lo que se conoce como Área de Influencia (AI), para luego describir los atributos de los objetos de protección en su interior”.

Luego en Anexo 1. Tabla de Objetos de Protección Ambiental en el SEIA, Objeto de Protección: Circulación y conectividad del Grupo Humano, Descripción: Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento; que busca proteger: Conservar la calidad de vida del grupo humano, asegurando la no afectación de las circunstancias descritas.

Para determinar los criterios de significancia asociados a la mencionada norma (art.7 literal b), él SEA D.E., ha publicado mediante Resolución Exenta N°202299101771, de fecha 27 de septiembre de 2022, correspondiente a Criterio de Evaluación en el SEIA: Contenidos técnicos para la evaluación del impacto sobre la libre circulación, conectividad y tiempos de desplazamiento en proyectos inmobiliarios, donde se indica:

“1.1.1. Paso 1: Descripción completa del proyecto o actividad: …Desde un punto de vista sectorial, la estimación de flujos inducidos permite definir la necesidad de presentar un IMIV básico, intermedio o mayor para la temporada o período más crítico, y sus correspondientes medidas de mitigación. En este sentido, en el caso de que el titular acompañe el IMIV en el procedimiento de evaluación ambiental, este corresponde a un insumo para el proceso iterativo de construcción del área de influencia y determinación de impactos sobre los SVCGH. Por otro lado, el hecho de que un proyecto no requiera realizar de forma obligatoria un IMIV sectorial, no significa que no deban analizarse eventuales afectaciones a la letra b) del artículo 7° del Reglamento del SEIA, siguiendo los estándares ya indicados para estimar flujos inducidos de conformidad a lo establecido en el Decreto N°30 (MTT, 2019). La situación actual del SML y, específicamente, de la oferta y la demanda de transporte, corresponde a la existente en el área de influencia al momento en que se realicen las correspondientes mediciones de tránsito, las que no pueden tener una antigüedad superior a doce meses desde su presentación al Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad (SEIM). En el caso de no presentarse al SEIM, dicha antigüedad en relación con la presentación al SEIA. Los proyectos deben indicar la descripción completa de la situación actual, con sus respectivas particularidades. Para lo anterior, se deben considerar todos los contenidos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019) y la normativa sectorial vigente, incluyendo los descriptores para identificar las principales acciones de los nuevos habitantes, en términos de sus hábitos viales y la utilización de equipamientos en el barrio, tanto para proyectos con y sin IMIV. Finalmente, para aquellos proyectos que presentaron un IMIV conjunto, según lo indicado en el Decreto N°30 (MTT, 2019), se consideraran las medidas establecidas para el respectivo proyecto en evaluación en el SEIA, de forma independiente”.

Se agrega 1.1.7. Paso 7: Evaluación de impactos y medidas de reparación, mitigación y compensación:

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Para establecer si los impactos identificados son o no significativos, se requiere realizar una estimación del impacto de forma cuantitativa y esta evaluarla en conjunto con la información cualitativa, en función de los criterios establecidos en la Ley N°19.300, en el Reglamento del SEIA y en guías específicas de evaluación de impactos. Para lo anterior, y en el caso de que se presente el IMIV aprobado en el marco del SEIA, este se utiliza como insumo para la determinación del impacto, considerándose los resultados obtenidos en el IMIV para el respectivo proyecto en evaluación, no siendo vinculante su conclusión con el proyecto en análisis en sede ambiental.

No obstante, se entiende que causa saturación en la capacidad de las vías –en uno o varios horarios punta– cuando en situación con proyecto esta sobrepase el 85% de saturación, en una o varios arcos o tramos entre esquinas de calles del área que viene definida a partir del IMIV, las cuales deben quedar claramente identificadas y caracterizadas, según lo indicado en el artículo 2.3.2, en el Decreto N°47 (MINVU, 1992).

Entendemos el grado de saturación como la razón entre el flujo vehicular y la capacidad vehicular de un arco en una vía, expresado en porcentaje. Para lo anterior, y de manera clara y debidamente justificada, se debe:

  1. Identificar el tipo de vía, su rol principal y su capacidad vehicular según lo indicado en el Decreto N°47 (Minvu, 1992) (ver tabla 1), y observando lo indicado en los instrumentos de planificación territorial, así como planes seccionales, planes reguladores, planes reguladores intercomunales, planes regionales de ordenamiento territorial.

  2. Determinar los flujos para los diversos modos de transporte actuales en el área de influencia, siguiendo todos los contenidos técnicos indicados en el Decreto N°30 (MTT, 2019).

  3. Identificar los flujos inducidos por el proyecto según lo indicado en IMIV del proyecto, y si no lo hubiere, siguiendo los contenidos del Decreto N°30 (MTT, 2019)

  4. Calcular el grado de saturación, expresado en porcentaje; es decir, la relación entre la capacidad de la vía y el flujo vehicular para cada arco o tramos entre las calles del área definidas por el IMIV, tanto para el escenario actual como para el escenario con proyecto. En el caso de que el escenario actual en cada una de las líneas de detención o pistas, para cada arco de modelación, sea superior al 85%, el proyecto debe buscar no aportar un aumento mayor al 1%, teniendo en consideración todos los antecedentes y excepciones indicadas en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30 (MTT, 2019) relativo a la mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio.

A la vista de todo lo anteriormente expuesto, se concluye que:

• Situación base con proyecto sin medidas:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-6 y 6-7 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 61,6% en una situación base, y 56,7% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 78,9% en una situación base, y 76,5% en Punta Tarde (PT).

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• Luego revisado el Análisis Proyecto Mejorado, correspondiente a los resultado de la modelación presentados mediante Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, se señala:

Respecto de los declarado en la Tabla 6-14 y 6-15 del Anexo 2.3 del Adenda Complementaria, y en las respuestas 4.18 a la 4.22 del Adenda Complementaria, para:

Movimiento 16: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Avda. Salvador Allende se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% en una situación base, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 17: Correspondiente a la intersección Camino San Ramón con Camino Doñihue, se indica que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,1% en una situación base, y 81,3% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 43: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue al Sur se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% en una situación base, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

Movimiento 44: Correspondiente a la intersección Camino a Doñihue con Avda. Oro Negro se señala que el grado de saturación en Punta Mañana (PM) corresponde a 89,3% en una situación base, y 80,1% en Punta Tarde (PT).

En atención a lo anterior, y trazable además con lo indicado en el artículo 3.6.11 del Decreto N°30/2019 y sus modificaciones posteriores, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que indica:

“Mitigación de impactos y parámetros para la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio:

En el IMIV se debe precisar la forma en que el proyecto cumple las medidas de mitigación obligatorias aplicables. La eventual indicación de que éstas permitirían mantener algunos o todos los estándares de servicio en un nivel semejante al existente debe estar debidamente fundamentada, para efectos del análisis de suficiencia establecido en el artículo 3.6.2 de este reglamento.

En cuanto a la incidencia del proyecto en los conflictos en la circulación de vehículos motorizados, tanto los referidos en el artículo 3.5.3 de este reglamento como los detectados a través de la modelación, el IMIV debe proponer medidas de mitigación específicas, como la reprogramación de semáforos o el incremento de la oferta vial, con el objeto de solucionar el aumento de los conflictos o los nuevos conflictos detectados en aquellos puntos, intersecciones o tramos de vía afectados por éstos, sea que dichas medidas se implementen en tales lugares o en otros distintos que formen parte del área de influencia, y que mitiguen de manera efectiva los impactos del proyecto.

La mitigación de los impactos detectados en la circulación de vehículos motorizados y la determinación de semejanza entre los estándares o niveles de servicio existentes antes de la puesta en operación del proyecto y los resultantes de la misma se regirá por las siguientes reglas:

a) Respecto del impacto por incremento del flujo vehicular (IMP), la verificación de que la diferencia entre el costo social calculado para la situación con proyecto no es superior a 5% respecto del costo social previsto para la situación base, para los períodos analizados, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto. Si tal diferencia es superior en alguno de los períodos analizados, el proyecto debe proponer medidas de mitigación destinadas a disminuirla, acreditando que en la situación con proyecto mitigado sí se cumple con el porcentaje antes referido. Cabe precisar que, para los efectos de este análisis, no es necesario incorporar a la modelación aquellas medidas de mitigación asociadas a circulación peatonal que impliquen la incorporación de elementos en la calzada tales como semáforos peatonales, cruces de peatones y reductores de velocidad, entre otros.

El referido parámetro de semejanza puede aumentarse a 8% respecto de aquellos proyectos que propongan medidas de mitigación que mejoren el funcionamiento del servicio de transporte público Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

mediante buses, por sobre lo que le corresponda mitigar al proyecto por sus impactos en la operación de ese modo de transporte, tales como las medidas detalladas en el literal d) del artículo 3.6.9.

Para el cálculo de los porcentajes señalados se puede considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV debe precisar la forma en que el proyecto cumple las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

b) Respecto del grado de saturación de las líneas de detención o pistas, la verificación de que éste no supera el 85% en la situación con proyecto y que, por tanto, los usuarios de vehículos motorizados no experimentan demoras excesivas en ningún punto específico del área de influencia, será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

Si en la situación con proyecto el grado de saturación de algún arco de modelación aumenta por sobre el 85%, el proyecto debe proponer medidas de mitigación destinadas a disminuir tal saturación hasta alcanzar, por lo menos, dicho porcentaje. Por su parte, si en la situación base el grado de saturación ya es superior a 85%, el IMIV debe acreditar que tal porcentaje no aumenta en la situación con proyecto mitigado más allá de un 1%.

Para el cálculo de los grados de saturación señalados se puede considerar la situación base optimizada, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.4 de este reglamento, en cuyo caso el IMIV deberá precisar la forma en que el proyecto cumple las medidas de gestión de tránsito propuestas para la optimización del uso de la infraestructura existente.

En el caso de que no resulte técnicamente factible cumplir, en el escenario con proyecto mitigado, con el máximo grado de saturación en todos los arcos modelados del área de influencia, se pueden proponer medidas de mitigación que apoyen la gestión del tránsito en aquellos puntos del área de influencia en los cuales se presentan altos grados de saturación; lo anterior, a través de elementos de gestión de tránsito tales como cámaras de televisión (CCTV), unidades de comunicación, cambio de equipos semafóricos y controladores norma UOCT, integración de semáforos a los sistemas de control de tránsito, fibra óptica, lámparas led, unidades de respaldo, estaciones de conteo, espiras, u otras tecnologías. La proposición de estas medidas de mitigación excepcionales será suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto.

c) Respecto del impacto en el nivel de servicio de los caminos públicos con los que se conecten aquellos proyectos que pretendan emplazarse en área rural o en área de extensión urbana, la verificación de que los vehículos tengan la posibilidad de circular por tales vías, en la situación con proyecto, con un nivel mínimo de servicio C conforme a los parámetros establecidos en el Manual de Carreteras que esté vigente al momento de presentar el IMIV, es suficiente para que la autoridad respectiva, en el marco del proceso de evaluación del IMIV, concluya que el estándar de servicio resultante respecto de esta variable es semejante al existente antes de la puesta en operación del proyecto, pues permite garantizar la circulación segura de los vehículos.

Para los mismos efectos, si en la situación base el nivel de servicio previsto es D o E, en la situación con proyecto mitigado tal nivel se debe, al menos, mantener. Por su parte, si el nivel de servicio en la situación base es F, en la situación con proyecto mitigado se debe acreditar que la velocidad de operación no se reduce en más de un 5% respecto de la velocidad de operación prevista en la situación base.

d) Si se propone como medida de mitigación la reprogramación de los semáforos (cambio de tiempo de ciclo, optimización de repartos y desfases, y sintonía fina), debe garantizarse el respectivo estudio de programaciones, de manera que se realice una vez que el proyecto o la respectiva etapa esté en funcionamiento.

Si la propuesta de medida de mitigación de reprogramación de semáforos incluye cambios en los tiempos de ciclo, el estudio señalado debe incluir la modelación y optimización de la red o redes semaforizadas a las cuales pertenecen los semáforos del área de influencia, incluyendo aquellas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053

intersecciones que se encuentren fuera del área de influencia y que pertenezcan a dichas redes. (Énfasis Agregado).

A partir de expuesto anteriormente y pormenorizando en numeral 6.3 del Informe Consolidado de Evaluación, y de la presente resolución, se indica que de los antecedentes expuestos durante la presente evaluación de impacto ambiental, que el titular no ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de aclaraciones, rectificaciones y Ampliaciones, particularmente lo propio sobre la generación de impactos significativos asociados al artículo 7 literal b) del Decreto Supremo N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, en especial sobre la justificación fundada de la NO generación de los efectos características o circunstancias de la letra c) del artículo 11 de la Ley N°19.300, y conforme indica el legislador, este Servicio recomienda rechazar el proyecto. (Énfasis agregado).

  1. Que, de acuerdo al Artículo 62 de la Ley N°19.880 que señala “En cualquier momento, la autoridad administrativa que hubiere dictado una decisión que ponga término a un procedimiento podrá, de oficio o a petición del interesado, aclarar los puntos dudosos u obscuros y rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo”, se procede en este acto, a rectificar un error involuntario y de transcripción identificado en el Informe Consolidado de Evaluación (ICE), en el Capítulo 4.1 “Ubicación del Proyecto”, en la página 21 del ICE indicado, se cita como fuente “Tabla 9 de la DIA”, debiendo decir “Fuente: Tabla 22 “Cuadro resumen tipología de viviendas por edificio” de la DIA”. En el mismo Capítulo, en la página 21 del ICE se cita como fuente “Tabla 4 de la DIA”, debiendo decir: “Fuente: Tabla 17 “Localización georreferenciada de la fase constructiva Lihuén II” de la DIA”, en la misma página del ICE además se señala “Fuente: Tabla 5 de la DIA”, debiendo decir “Fuente: Tabla 18 “Coordenadas geográficas UTM WGS84H19S Condominio Lihuén III” de la DIA”. Dentro del mismo Capítulo ya mencionado, en la página 57 del ICE se cita “Fuente: Tabla 13 de la DIA”, debiendo decir: “Fuente: Tabla 26 “Ubicación obras proyectadas canal Nuñano” de la DIA”, asimismo, en la página 58 del ICE se menciona como “Fuente: Tabla 14 de la DIA”, debiendo decir “Tabla 27 “Ubicación obras proyectadas canal Santa Bárbara” de la DIA”. A continuación, se menciona en la página 59 del ICE como “Fuente: Tabla 15 de la DIA”, debiendo decir “Tabla 28 “Ubicación obras proyectadas canal Nuñano” de la DIA”. En la misma página del ICE, se menciona como “Fuente: Tabla 17 de la DIA”, debiendo decir “Tabla 30 “Ubicación obras proyectadas canal Fundo San Pedro” de la DIA”. Asimismo, en la página 67 del ICE, se menciona como “Fuente: Tabla 18 de la DIA”, debiendo decir: “Fuente: Tabla 31 “Estacionamientos Vehiculares de cada conjunto habitacional” de la DIA”. Finalmente, en el Capítulo 4.7 denominada “Fase de operación” del Proyecto, ubicado en la página 136 del ICE, se menciona como “Fuente: Tabla 19 de la DIA”, debiendo decir: “Fuente: Tabla 32 “Cuadro resumen de viviendas presentes en el proyecto” de la DIA”. (Énfasis agregado).

RESUELVO:

1°. Calificar desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Condominio Lihuén II y III”, de Inmobiliaria Ecasa Temuco S.A. por las razones expuestas en los Considerandos N°6 y 8 de la presente Resolución.

2°. Hacer presente que el proyecto “Condominio Lihuén II y III” de Inmobiliaria Ecasa Temuco S.A., no se podrá ejecutar y que los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental no podrán otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón del impacto ambiental del referido proyecto, aun cuando se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique pronunciamiento en contrario.

3°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº19.300 ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

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Fabio Andrés López Aguilera Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O’Higgins

Pedro Pablo Miranda Acevedo Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O’Higgins

EGP/GHR/COV

Distribución:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Antonia Chicharro Benavente proyectos@ecasa.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins oscar.galdames@conaf.cl DGA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins <dayanna.aravena@mop.gov.cl, pamela.morales@mop.gov.cl> Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins maurice.dintrans@mop.gov.cl DOH, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins CESAR.ACEVEDO@MOP.GOV.CL Gobierno Regional, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins pablo.silva.amaya@goreohiggins.cl Ilustre Municipalidad de Rancagua diego.riquelme@rancagua.cl SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins eric.guital@sag.gob.cl SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins scifuentes@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cristian.silva@minagri.gob.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins nahumadah@desarrollosocial.cl SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins carolina.torrespinto@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins fgonzalezu@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins lbarboza@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins gamaya@mma.gob.cl SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins maria.latorre.e@mop.gov.cl SERNAGEOMIN, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins <pablo.yanez@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> Servicio de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins rfigueroaf@minvu.cl Servicio Nacional Turismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cescobar@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Encargado Participación Ciudadana agonzalez.6@sea.gob.cl Oficina de partes <aacuna.6@sea.gob.cl; jsalazar.6@sea.gob.cl> https://validador.sea.gob.cl/validar/2162115053 Firmado por: Pedro Pablo Miranda Acevedo Fecha: 13/05/2024 22:41:35 CLT Fabio Andrés López Aguilera Firmado digitalmente por Fabio Andrés López Aguilera Fecha: 2024.05.27 12:45:08 -04'00'