Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones
Califica Ambientalmente el proyecto “Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones”.
Resolución Exenta.
Copiapó.
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 30 de agosto de 2023 y su Adenda Complementaria de 07 de noviembre de 2023, del proyecto “Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones”, presentado por Empresa Eléctrica Cordillera SpA con fecha 18 de abril de 2023.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones”.
3°. El Acta de Evaluación N° 20230310694 de 27 de noviembre de 2023, del Comité Técnico de la Región de Atacama.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones” de 27 de noviembre de 2023.
5°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones”.
6°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; la Resolución Exenta RA 119046/347/2022 del 25 de noviembre de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y, en la Resolución Nº 7 de 26 de marzo del año 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Firmado Digitalmente por Velentina Alejandra Duran Medina
Fecha: 20-12-2023 12:42:47:963 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
1°. Que, Empresa Eléctrica Cordillera SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Empresa Eléctrica Cordillera SpA. Rut 77.538.763-7 Domicilio Avenida Tajamar 183, Of. 301, Las Condes, Santiago. Teléfono 23312200 Nombre representante legal Jose Ignacio Lois Rivas. Rut representante legal 14.118.719-8 Domicilio representante legal Avenida Tajamar 183, Of. 301, Las Condes, Santiago. Teléfono representante legal 23312200 Correo electrónico Titular o representante legal energia@besalco.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 27 de noviembre de 2023, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del mismo documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 05 de diciembre de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 27 de noviembre de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El seccionamiento de la línea 1x110 kV Cardones - Punta Padrones
mediante la construcción de una línea de transmisión de 110 kV, tiene
por objetivo conectar dicha línea en la ampliación de barra y plataforma
asociada al proyecto “Ampliación en S/E Caldera” individualizado en
el Decreto Exento Nº 293, de 29 de octubre de 2018, del Ministerio de
Energía, que fija obras de ampliación de los sistemas de Transmisión
Nacional y Zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce
meses siguientes, correspondientes al plan de expansión del año 2017.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
b.1) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje.
Vida útil
La vida útil del Proyecto será de 31 años y 4 meses, considerando una
fase de construcción de 10 meses, una fase de operación de 30 años, y
una fase de cierre de 6 meses.
Monto de inversión
USD $ 367.635
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
El acto que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto es el inicio
del montaje de la Instalación de Faenas.
[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se emplazará en la Región de Atacama, Provincia de Copiapó en la comuna de Caldera. Descripción de la localización Según las bases de licitación del Coordinador Eléctrico Nacional, el proyecto debe estar ubicado en un punto para seccionar la línea 1x110 kV Cardones - Punta Padrones aproximadamente a 5 km de S/E Punta Padrones, mediante la construcción de una línea de transmisión de 110 kV, de aproximadamente 2 km de longitud, y la S/E Caldera, con los respectivos paños de conexión en S/E Caldera, lo anterior de acuerdo a la potestad establecida en el inciso final del artículo 87º de la ley. Superficie La superficie total del Proyecto será de 4,98 ha, siendo la superficie de las obras Permanentes de 4,73 ha y obras temporales 0,25 ha. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de ubicación de las obras se presentan actualizadas en la Tabla 6 de la Adenda Complementaria. Caminos de acceso El acceso al Proyecto será por la Ruta C-350, C-314, Ruta 5 Norte y Calle Blanco Encalada. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En Anexo de la DIA, se presenta la planimetría y láminas. En Anexo 1 de la Adenda, se presenta la cartografía digital. En Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se presenta el kmz del Proyecto.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Parte/obra
Fundaciones
Se considera la instalación de las fundaciones para las 13 estructuras,
con un área de intervención corresponde aproximadamente a 8 m2,
para cada estructura, es decir 104 m2 (0,01 há) para todas las
estructuras. En la Tabla 6 de la Adenda Complementaria, se
presentan las coordenadas de la ubicación de las estructuras.
Estructuras
Se instalarán las 13 estructuras tienen como finalidad soportar a una
distancia adecuada, los conductores por donde se trasmitirá la
energía, y serán reticuladas de acero galvanizado en caliente de tipo
autosoportada según el diseño establecido en las condiciones
indicadas en la NSEG 5. E.n.71., Reglamento de Instalaciones
Eléctricas de Corrientes Fuertes.
Conductores
Se instalarán conductores que son los elementos encargados de
conducir la energía eléctrica de un extremo al otro de la Línea. Se
utilizarán
conductores
metálicos,
que
estarán
soportados
mecánicamente por las cadenas de aisladores de cada torre, las que
mantendrán aislados eléctricamente los conductores de las torres. El
Conductor será AAAC Cairo, cuyo límite térmico es de 106 MVA
(558 A), a 35°C de temperatura ambiente y 75° temperatura del
Previo a la energización de la línea, se realizarán una serie de
controles contemplados que se indican a continuación:
- Inspección visual a través de un recorrido a la obra
- Verificación del retiro de todas las puestas a tierra provisionales.
NOx SO2 CO 1,4642 0,0690 0,0690
En Tabla 22 de la Adenda se presentan las acciones de control (ubicación de la aplicación, frecuencia de aplicación, medio de verificación, etc.) que corresponden a: - Humectación con Camión Aljibe. - Humectación a través de estanques acumulación y bomba.
Ruido y vibraciones: Según el estudio de ruido y vibraciones presentado en el Anexo 3.10 de la DIA y actualizado en la Adenda, las emisiones se generarán principalmente por el uso de maquinarias para la construcción de la línea de transmisión, esta fase tendrá una duración de 10 meses. Los niveles de potencia acústica se presentan en la Tabla 12 del mencionado Anexo, en dicha tabla se puede observar que la maquinaría que emite mayores cantidades de ruido es el camión cama baja con 110 dBA.
Durante la fase de construcción del Proyecto se generarán vibraciones por el uso de maquinaria y vehículos, siendo mayores por el uso de retroexcavadora que alcanza un nivel de emisión de 0,089 PPV. De acuerdo a la normativa vigente utilizada como referencia norma norteamericana “Transit Noise and vibration Assessment”, elaborada por la FTA, la cual establece valores de daño sobre estructuras a partir del descriptor PPV en [in/s], no se consideró la implementación de acciones de control respecto a las vibraciones. Más detalles de las fuentes y niveles de emisión por fuente se presentan en el Anexo 3.10 de la DIA, actualizado en la Adenda.
Efluentes: Durante esta se considera una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) modular, de lodos activados, con una capacidad de 17,95 m3/día. Se generarán 12,6 m3/día de aguas servidas.
Agua de Lavado Camiones Mixer: Corresponden a las aguas provenientes del lavado de la canoa de los camiones mixer, cuyo principal contenido son sólidos sedimentables. El caudal estimado para dicho lavado será de 20 litros por lavado, estimándose un volumen mensual de 3,1 m3. Estas aguas serán dispuestas en piscinas de decantación, y el agua tratada en las piscinas será reutilizada para el lavado de la canoa de los camiones mixer, por lo cual no se contempla descarga de agua. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 1.600 kg/mes, los que serán dispuestos en tambores o contenedores con tapa, para la acumulación de los residuos y su posterior traslado a la zona de almacenamiento temporal ubicada en la instalación de faenas. Posteriormente serán retirados y llevados a un sitio de disposición final, por una empresa externa con autorización de la SEREMI de Salud, Región de Atacama, la frecuencia de retiro será de 2 veces por semana. Se mantendrán disponible para cuando la Autoridad lo requiera, las guías de despacho donde se indique fecha, vehículo y cantidad, certificados de disposición final autorizada, con su correspondiente timbre.
Residuos Industriales no peligrosos, se estima una generación de 1.120 kg/mes, los que serán seleccionados y acopiados en la instalación de faena, y se evaluará su potencialidad para ser reciclados o reutilizados, para posteriormente ser retirados hacia disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, según necesidad. Se mantendrán disponible para cuando la Autoridad lo requiera, las guías de despacho donde se indique fecha, vehículo y cantidad, certificados de disposición final autorizada, con su correspondiente timbre.
Residuos peligrosos, se generarán 119 kg/mes, los serán dispuestos
temporalmente en la bodega de RESPEL ubicada dentro de la
instalación de faenas, para luego ser retirados por una empresa
autorizada para el transporte y llevados a rellenos de seguridad
autorizado por la autoridad sanitaria. La frecuencia de retiro de estos
residuos se realizará menor a 6 meses.
Se mantendrán disponible para cuando la Autoridad lo requiera, las
guías de despacho donde se indique fecha, vehículo y cantidad,
certificados de disposición final autorizada, con su correspondiente
timbre.
• Calibrar y verificar el funcionamiento de las instalaciones y equipos según sus condiciones de Proyecto, construcción y fabricación.
• Probar las instalaciones y equipos en operación normal y en condiciones extremas de funcionamiento (operaciones de emergencia). Estas pruebas constituyen la fase final del montaje, pruebas, ensayos y verificaciones, antes de entrar a operación comercial. Operación de la línea Las principales actividades consisten en la realización de Inspecciones visuales de los conductores, estructuras y conjuntos, que permitan detectar en forma preventiva, posibles fallas en los materiales. Otra actividad correspondiente a la operación de la línea consiste en realizar el mantenimiento de la faja de servidumbre, en donde se resguarda la seguridad y continuidad del servicio. Durante la mantención se realizará el despunte de todos los árboles que puedan afectar la seguridad de la línea por su cercanía. Actividades de Mantención Inspecciones periódicas: Las inspecciones periódicas consisten en la visita de 2 a 4 técnicos u operarios, que una vez al mes visitarán las instalaciones y recintos para labores básicas de inspección y de mantenimiento.
Mantenimiento preventivo: La mantención preventiva comprenderá
limpieza e inspección de los equipos e instalaciones, ejecución de
reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de
verificación y chequeo y pruebas eléctricas, según lo establecido en
Mantenimiento correctivo: no programado Corresponden a las reparaciones no programadas, producto de daños cometidos por personas, a consecuencia de accidentes o provocados por fenómenos naturales. Estas actividades no son predecibles, por lo que se programarán de acuerdo con la ocurrencia de los eventos antes señalado.
Reparaciones programadas: Corresponde a las reparaciones programadas, de acuerdo con los planes de cada uno de los equipos de alta tensión o de control. Normalmente, se hace de acuerdo con los requerimientos de los fabricantes y según las condiciones ambientales del entorno. Productos generados El Proyecto corresponde a un seccionamiento de la línea 1x110 kV Cardones - Punta Padrones, por lo que no tiene un producto generado, solo la transmisión eléctrica de alto voltaje. Recursos naturales renovables El proyecto no contempla la extracción de recursos naturales durante la fase de operación, cabe señalar que el Proyecto hará uso de agua potable conforme se presenta en la Tabla 4.7.2 del ICE. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (ton/año) que a continuación se indican: MP10 MP 2,5 0,0319 0,0033
NOx SO2 CO 6,66E-05 6,978E-07 1,55E-05
Ruido y vibraciones: Según el estudio de ruido y vibraciones presentado en el Anexo 3.10 de la DIA y actualizado en la Adenda, las emisiones se generarán principalmente por el efecto corona generado por las líneas de transmisión eléctrica de alta tensión, esta fase tendrá una duración de 30 años.
Durante la fase de operación del Proyecto no se generarán vibraciones, dado que solo se consideran vehículos livianos para la realización de mantenimiento.
Campos electromagnéticos: se generarán campos electromagnéticos, producto de la transmisión de energía a través de la línea de alta tensión que estará en operación. Conforme a los antecedentes presentados en el Anexo 3.9 de la DIA, se presentaron los valores resultantes, incorporando los valores límites establecidos por las respectivas normativas y de acuerdo a las condiciones de norma.
Efluentes: Durante la fase de operación de proyecto, no se van a generar emisiones líquidas de ningún tipo. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 10 kg/mes, los que serán retirados inmediatamente de las instalaciones del proyecto por el propio personal y llenados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Residuos Industriales no peligrosos, se generarán 10 kg/mes, los que serán retirados inmediatamente de las instalaciones del proyecto por el propio personal y llenados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
NOx SO2 CO 1,4642 0,0690 0,0690
En Tabla 22 de la Adenda se presenta la acción de control (ubicación de la aplicación, frecuencia de aplicación, medio de verificación, etc.) que corresponden a: - Humectación con Camión Aljibe. - Humectación a través de estanques acumulación y bomba.
Ruido y vibraciones: Según el estudio de ruido y vibraciones presentado en el Anexo 3.10 de la DIA y actualizado en la Adenda, las emisiones se generarán principalmente por el uso de maquinarias para el desmantelamiento de la línea de transmisión, esta fase tendrá una duración de 6 meses. Se estima que las emisiones serán similares a las generadas en fase de construcción del Proyecto.
Durante la fase de cierre del Proyecto se generarán vibraciones por el uso de maquinaria y vehículos. Se estima que las emisiones serán similares a las generadas en fase de construcción del Proyecto. Más detalles de las fuentes y niveles de emisión por fuente se presentan en el Anexo 3.10 de la DIA, actualizado en la Adenda.
Efluentes: Se contará con una planta de tratamiento de aguas
servidas (PTAS) modular, de lodos activados, con una capacidad de
17,95 m3/día. Se generarán 12,6 m3/día de aguas servidas.
El efluente tratado será utilizado para la humectación de los caminos
del Proyecto, correspondiente a 8m3 /día, y cumplirá las
disposiciones establecidas en la NCh 1.333.
Los lodos generados serán retirados a través de empresas limpia-
fosas, herméticos, debidamente certificadas, para el manejo de estos
residuos, transportándolos al lugar de tratamiento y disposición final,
todos certificados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Por otra parte, en los frentes de trabajo se dispondrá de baños
químicos. La mantención y retiro de aguas servidas de los baños
químicos se contratarán los servicios de una empresa externa que
cuente con autorización de la SEREMI de Salud, Región de Atacama
para dichos efectos.
Se mantendrán disponible para cuando la Autoridad lo requiera, las
guías de despacho donde se indique fecha, vehículo y cantidad,
certificados de disposición final autorizada, con su correspondiente
timbre.
Residuos,
productos
químicos y otras sustancias
que puedan afectar el medio
ambiente.
Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán
1.600 kg/mes, los que serán dispuestos en tambores o contenedores
con tapa, para la acumulación de los residuos y su posterior traslado
a la zona de almacenamiento temporal ubicada en la instalación de
faenas. Posteriormente serán retirados y llevados a un sitio de
disposición final, por una empresa externa con autorización de la
SEREMI de Salud, Región de Atacama, la frecuencia de retiro será
de 2 veces por semana.
Se mantendrán disponible para cuando la Autoridad lo requiera, las
guías de despacho donde se indique fecha, vehículo y cantidad,
Residuos Industriales no peligrosos, se estima una generación de 750 kg/mes, los que serán seleccionados y acopiados en la instalación de faena, y se evaluará su potencialidad para ser reciclados o reutilizados, para posteriormente ser retirados hacia disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, según necesidad. Se mantendrán disponible para cuando la Autoridad lo requiera, las guías de despacho donde se indique fecha, vehículo y cantidad, certificados de disposición final autorizada, con su correspondiente timbre.
Residuos peligrosos, se generarán 69 kg/mes, los que serán dispuestos temporalmente en la bodega de RESPEL ubicada dentro de la instalación de faenas, para luego ser retirados por una empresa autorizada para el transporte y llevados a rellenos de seguridad autorizado por la autoridad sanitaria. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará menor a 6 meses. Se mantendrán disponible para cuando la Autoridad lo requiera, las guías de despacho donde se indique fecha, vehículo y cantidad, certificados de disposición final autorizada, con su correspondiente timbre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2 y Tabla 4.8.1.1 Partes y obras. Tabla 4.8.1.2. Acciones. Tabla 4.8.2 Suministros básicos. Tabla 4.8.4.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.8.4.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.8.4.3 Ruido. Tabla 4.8.4.4 Otras emisiones. Tabla 4.8.5.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.8.5.2 Residuos peligrosos.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de
inicio
Marzo 2024.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
Inicio del montaje de la Instalación de Faenas.
Fecha estimada de
término
Diciembre 2024.
Parte, obra o acción que
establece el término
Entrada en Operación (declarada por el Coordinador Eléctrico Nacional,
de acuerdo con lo señalado en el inciso séptimo del artículo 72°-17 de la
Ley General de Servicios Eléctricos).
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de
inicio
Enero 2025.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
Entrada en Operación.
Fecha estimada de
término
Enero 2055.
Parte, obra o acción que
establece el término
Desenergización.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de material particulado y gases. Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de Tierras Tránsito de vehículos Fase en que se presenta Construcción y Cierre. Impacto ambiental Alteración de los niveles de ruido. Parte, obra o acción que lo genera Por el uso de maquinarías. Fase en que se presenta Construcción y Cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.1 El Proyecto generará emisiones atmosféricas en todas sus fases, para ello se realizó una estimación de emisiones y los resultados de la modelación atmosférica mediante el modelo SCREEN 3 presentados en el Anexo 3.1 de la DIA; Anexo 14 de la Adenda y actualizada en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria. Se evaluaron los aportes en los 9 receptores más cercanos al Proyecto. Las principales emisiones se generarán en la fase de construcción y corresponden principalmente a material particulado y gases provenientes de las actividades asociadas a la excavación, tránsito de vehículos y maquinaria, grupo electrógeno, dicha fase considera una duración de 10 meses. Los principales aportes en términos de concentraciones de contaminantes, se obtuvo a distancias entre 120 y 1.273 m del Proyecto, con lo que se determinó el aporte de contaminantes (concentración) sobre los 9 receptores de interés, en las Tablas 38 a la Tabla 41 del mismo Anexo, presentándose el análisis de cumplimiento de las normas de referencia de calidad del aire. Para afectos de disminuir las emisiones atmosféricas, el Titular ha propuesto las siguientes acciones de control: Humectación con Camión Aljibe, en las estructuras E1 a E12 y en la instalación de faenas.
En el Área de Influencia se identificaron 9 receptores los cuales 3 son de carácter 5 viviendas, 1 cabaña, 1 empresa y 1 vulcanización. Conforme a los antecedentes entregados en el Anexo 3.10 de la DIA, las emisiones sonoras generadas por las actividades en la fase de construcción del Proyecto, es el caso más desfavorable y sin acciones de control, no se superarían los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 en el escenario diurno, para los 9 receptores evaluados, para verificar el cumplimiento de la normativa se presenta en las Tablas 33 a la Tabla 45 del mismo Anexo, además consta que el proyecto se ubica en zona urbana, según el Plan Regulador de Caldera.
Por otra parte, respecto a las vibraciones generadas por las actividades de construcción y
desmantelamiento con maquinaria pesada, fueron evaluados mediante la guía americana FTA,
dando cumplimiento con los máximos recomendados en todos los receptores.
En relación a los efluentes de origen sanitario, el Proyecto contempla, para la fase de construcción y cierre, la implementación de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) del tipo modular. En relación con el manejo de efluentes tratado de PTAS este será usado como complemento en la humectación de caminos, dando cumplimiento a los parámetros establecidos en la NCh 1.333.
En fase de operación, no se van a generar emisiones líquidas de ningún tipo. Para el debido manejo de los efluentes líquidos, el Titular presentó para la fase de construcción y cierre los antecedentes necesarios para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial 138 del RSEIA, el que se especifica en el Capítulo 6 de este documento.
En cuanto a los residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos e industriales peligrosos tal como se presenta en los numerales 4.3.1 fase de construcción, 4.3.2, fase de operación y 4.3.3 fase de cierre del Proyecto, los que se detallan en el presente documento. Para el debido manejo de los residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos e industriales peligrosos, el Titular presentó para la fase de construcción y cierre los antecedentes necesarios para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial 140 y 142 del RSEIA, el que se especifica en el Capítulo 6 de este documento.
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.1 del ICE, se concluye que el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
Pérdida de suelo.
Se generará pérdida de suelo producto de la construcción de
la línea de transmisión eléctrica (LTE).
Componente ambiental afectado
suelo
Parte, obra o acción que lo genera
Todas las partes y obras del Proyecto.
Fase en que se presenta
Construcción, Operación y Cierre.
Impacto ambiental
Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de
material particulado.
Se
generarán
emisiones
de
material
particulado
sedimentable durante la construcción y cierre del Proyecto.
Componente ambiental afectado
Aire.
Parte, obra o acción que lo genera
Movimiento de Tierras
Tránsito de vehículos.
Fase en que se presenta
Construcción y Cierre.
Impacto ambiental
Pérdida de ejemplares de flora en alguna categoría de
conservación.
Se realizará un rescate de germoplasma de Cristaria
calderana y Oziroe biflora.
Componente ambiental afectado
Flora
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción de la línea de transmisión eléctrica (LTE).
Fase en que se presenta
Construcción.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.2.
Según el estudio de flora realizado en el área de emplazamiento de las obras del Proyecto, se identificaron 2 formaciones vegetacionales correspondientes a zonas de vegetación escasa (10,4 Ha) y Pradera rala de Cristaria calderana y Oziröe biflora (21,6 Ha). Respecto a la flora vascular se registraron 12 especies, de las cuales 6 son endémicas, 5 nativas y 1 introducida. En cuanto a la categoría de conservación, solo 1 especie se encuentra en categoría Vulnerable y corresponde a la especie Cristaria calderana. Al respecto, el Titular presenta la siguiente acción de control Rescate de germoplasma de Cristaria calderana y Oziroe biflora, que se detalla en el Capítulo 9 del presente documento.
En relación a fauna, se registraron 17 especies. Del total de especies registradas, un 70% son de origen nativo; un 10% son de origen introducido y un 20% corresponde a especies endémicas (reptiles). En cuanto al estado de conservación se registraron 4 especies con alguna categoría correspondiendo a: Callopistes maculatus (Iguana Chilena); Liolaemus nigromaculatus (Lagartija de mancha negra); Liolaemus platei (Lagartija de plate) todas en categoría Casi amenazada y Lycalopex culpaeu (Zorro culpeo) en categoría Preocupación menor. De las especies de interés o sensibles registradas se evidenciaron especies de baja movilidad, que se encontraban en sector con vegetación, cercano a un área pedregosa del área de estudio. estas especies presentan bajos índices de movilidad, por lo que los cambios antrópicos cercanos a su hábitat pueden causar disminución en su abundancia. Por lo anterior, el Titular propone las siguientes acciones de control como Plan de perturbación controlada de reptiles e Instalación de dispositivos antiposamiento en las estructuras, que se detallan en el Capítulo 9 del presente documento.
En cuanto a la magnitud y duración de los impactos sobre el aire, el Proyecto generará emisiones
atmosféricas de material particulado MPS, durante todas sus fases. Sin embargo, en el área de
emplazamiento del Proyecto no hay normas secundarias de calidad ambiental vigentes, en cuanto a
la vegetación que pudiera verse afectada, la cual se prevé que no representa un riesgo para la flora,
En relación al recurso hídrico, y conforme al Anexo 3.5 de la DIA, Anexo 6 de la Adenda y Anexo 6 de la Adenda Complementaria, el área donde se emplazará el Proyecto, la geomorfología consta de zonas de elevadas pendientes y zonas deprimidas. El Proyecto se emplaza en la Planicie marina y/o fluviomarina, morfoestructura originada por movimientos epirogénicos de ascenso y descenso de bloques costeros que afectaron de diversa forma e intensidad al litoral durante el Cenozoico (Econativa Consultores, 2021). Por otra parte, el Proyecto no contempla la extracción de agua de agua desde ninguna fuente, dado que será provisto por proveedores externos durante todas sus fases.
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.2 del ICE, el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.3. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural en relación con los Grupos Humanos de la Comuna de Caldera. Dentro del Área de Influencia del Proyecto se encuentran tres unidades vecinales a saber: Unidad vecinal “Manuel Orella” delimitada a 2k en línea recta del Proyecto, Unidad vecinal “Esperanza” a 1,4 k en línea recta del proyecto y por último Unidad vecinal “Las Playas” a 1,1 k en línea recta del Proyecto. En cuanto a los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas de la Comuna de Caldera, se identificaron tres GHPPI más cercanos al área del Proyecto. Pero, localizados fuera del Área de Influencia de la componente Medio Humano a saber: Comunidad Indígena Diaguita Familia Campillay de Caldera, identificada a 1,6 kilómetros AI del proyecto. Comunidad Indígena Diaguita Wentru Lafquen identificada en el sector de “Nueva Caldera”, a 1,9 kilómetros del área de influencia definida y Comunidad Indígena Diaguita Kakan de Caldera 160 metros del proyecto.
Por otra parte, se identificó en el área del proyecto una ruta de trashumancia reconocida por la CID Familia Campillay. Sin embargo, en la actualidad la ruta no es utilizada de manera habitual para ningún uso tradicional, medicinal, espiritual o cultural, debido a que la CID de la familia Campillay se encuentra asentada en el territorio ubicado al norte de Caldera sector llamado Burro Muerto a 3,5 kilómetros del proyecto en este terreno realizan todas sus actividades tradicionales. En este documento se presentan Compromiso ambiental voluntario Comunicación con la Comunidad. Por lo tanto, y según los antecedentes presentados, el proyecto no contempla el uso de recursos naturales utilizados como sustento económico o cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Mayor detalle en DIA Anexo 3.2 Estudio de Medio Humano, Adenda Anexo 8 Actualización Medio Humano y Adenda Complementaria Anexo 7 Reporte de Caracterización Comunidades Indígenas.
El proyecto utilizará la ruta 5 Norte, ruta C-350, C-314 y Av. Blanco Encalada de la Comuna de Caldera. El Proyecto considera como escenario más desfavorable, un aporte máximo de 21 vehículos diarios y 105 vehículos semanales. Este aumento respecto al flujo vehicular basal considera un aumento poco significativo. El Proyecto en ninguna de sus fases provocará un efecto negativo en los tiempos de desplazamiento.
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.3 del ICE, el Proyecto no genera o presenta
reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y
costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.4 En la DIA, se informa que el proyecto no se encuentra cercano a Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos indígenas, que puedan ser afectados. En cuanto a los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas de la Comuna de Caldera, se identificaron tres GHPPI más cercanos al área del Proyecto. Pero, localizados fuera del Área de Influencia de la componente Medio Humano a saber: Comunidad Indígena Diaguita Familia Campillay de Caldera, identificada a 1,6 kilómetros AI del proyecto. Comunidad Indígena Diaguita Wentru Lafquen identificada en el sector de “Nueva Caldera”, a 1,9 kilómetros del área de influencia definida y Comunidad Indígena Diaguita Kakan de Caldera 160 metros del proyecto.
El proyecto no dificulta ni impide el ejercicio o manifestación de Grupos Humanos pertenecientes a Pueblos Indígenas. En cuanto a los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas de la Comuna de Caldera, se identificaron tres GHPPI más cercanos al área del Proyecto.
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.4 del ICE, el Proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.5. El Proyecto será visible desde las rutas ex C-350 y ruta 5 Norte. De acuerdo a la caracterización de Paisaje, la LTE tendrá 13 estructuras reticuladas de acero galvanizado, con una longitud de 2 km hacia la S/E Caldera, con los respectivos paños de conexión en S/E Caldera, esta LTE correrá en todo su trazado paralelo a otras líneas y caminos existentes. Considerando la situación basal, el bajo valor paisajístico, el grado de intervención antrópica existente para el sector, que es similar a la nueva intervención. En el entorno más cercano al área de emplazamiento del proyecto, no existen servicios ni atractivos turísticos, encontrándose el más próximo a 2 km aproximadamente (ZOIT Bahía Inglesa-Caldera).
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.5 del ICE, el Proyecto no genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,
ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL
PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental
Alteración de patrimonio cultural paleontológico.
Parte, obra o acción que lo genera
Movimiento de Tierras.
Fase en que se presenta
Construcción.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.6.
Conforme a los resultados de la prospección presentada en el Anexo 3.8 de la DIA, se registró 1
hallazgos arqueológicos en superficie, correspondiente a la línea férrea Caldera-Copiapó. Sin
Respecto la componente paleontológica presentada en el Anexo 10 de la Adenda, la inspección paleontológica del área de influencia del proyecto a través de 21 puntos de control permitió identificar que el proyecto se encuentra emplazado en un área compuesta en su mayoría por depósitos compuestos de matriz correspondiente a arenas medias a finas con restos de invertebrados, la parte más alta del proyecto, donde se ubican las estructuras T7 y T8, presenta afloramientos del Gabro Caldera, el cual se encuentra cubierto de la Unidad Estratos de Caldera, categorizada como fosilífera, la que se encuentra presente en todas las demás obras temporales y permanentes proyectadas. Al respecto el Titular presento los antecedentes para el otorgamiento del PAS 132 del RSEIA, para efectos de llevar a cabo la excavación para la construcción de las estructuras de la LTE.
De todas formas, el Titular considera la implementación de las siguientes acciones de control: Monitoreo Arqueológico, Cercado para patrimonio arqueológico, Charlas de inducción Arqueología, Monitoreo paleontológico Permanente, Protocolo de hallazgos paleontológicos no previstos, el detalle de las acciones control se presentan el Capítulo 9 del presente documento.
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.6 del ICE, el Proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera excavaciones y de acuerdo a los resultados de la inspección se identificaron hallazgos paleontológicos. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 5150 del 3 de noviembre de 2023, el Consejo de Monumentos Nacionales, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.1.
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra
pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas
servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la
cual corresponde
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a
la que aplica
Para fase de construcción y cierre se contempla la instalación de una planta
de tratamiento compacta de aguas servidas del tipo modular de tratamiento
biológico convencional con tecnología de lodos activos.
6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto, generará residuos correspondientes a: residuos asimilables a domésticos y residuos no peligrosos, para lo cual se construirá un sitio de almacenamiento temporal de residuos domésticos y residuos no peligrosos. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 6.2 de la Adenda, y complementado en el Capítulo 3.2 de la Adenda. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 16814/2023 del 28 de noviembre de 2023, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.3.
6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos (RESPEL). Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 6.3 de la DIA, y complementado en el Capítulo 3.3 de la Adenda. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 16814/2023 del 28 de noviembre de 2023, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.4.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de
cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Planificación Territorial. Norma D.F.L N° 458 de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Trazado de Línea de Transmisión. Forma de cumplimiento El proyecto se emplazará en la zona urbana de la comuna de Caldera, específicamente en la zonificación “ZE-1”, Zona de Equipamiento 1. Siendo la Línea de Transmisión Eléctrica un trazado de infraestructura, se entenderá siempre admitido conforme a las disposiciones de la Ordenanza General (art. 2.1.29). Indicador que acredita su cumplimiento Obtención RCA. Forma de control y seguimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.1 D.F. L N° 458 de 1975
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire.
Norma
Decreto Supremo Nº 144 de 1961, Establece normas para evitar
emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza,
2 de mayo de 1961, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que
aplica
Durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto,
se generarán emisiones atmosféricas debido a los gases de
combustión de maquinaria, gases de combustión de los vehículos,
material particulado por excavación, tránsito de vehículos y
movimientos de tierra, etc.
Forma de cumplimiento
Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su
revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones
recomendadas por los fabricantes. Adicionalmente:
• Se exigirá una velocidad máxima de 30 km/h para los
vehículos pesados y livianos al interior del predio y zona de
obras (fase de construcción y eventual cierre).
• Los materiales transportados se cubrirán con una malla con la
finalidad de evitar la emisión de polvo y caída del material.
Durante todas las fases del proyecto, los vehículos que
circulen lo harán con su revisión técnica al día.
Se implementará señalética de restricción de velocidad en obra y uso
de malla cubre tolva en camiones.
Indicador que acredita su
cumplimiento
•
Registro de vehículos y sus fechas de respectivas revisiones
técnicas y/o mantenciones.
•
Registro presencia de instalación de señalética de velocidad
Registro de lista de chequeo de utilización de cubre tolva en
camiones.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo Nº 138 de 2005, Establece obligación de declarar emisiones que indica, 10 de junio de 2005, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción del proyecto, se considera la utilización de 2 grupos electrógenos, de 40kVA y de 1,5kVA para el suministro de electricidad. Forma de cumplimiento El Titular declarará las emisiones correspondientes por la utilización de equipos electrógenos (mayores a 20 kW) durante la fase de construcción, de acuerdo con los formularios que para este efecto se presentan en el sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl). Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la Declaración anual de Emisiones en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento Se mantendrá certificado de RETC actualizado, para revisión de la Autoridad. Certificados a disposición de la SMA y organismos fiscalizadores. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.2 Decreto Supremo Nº 138 de 2005
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto N° 1/2013, Reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC, 02 de enero de 2013, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, aguas servidas, residuos domésticos, residuos sólidos no peligrosos y peligrosos durante la fase de construcción y cierre. Durante fase de operación generará emisiones de material particulado y gases, aguas servidas, residuos domésticos, residuos sólidos no peligrosos. Forma de cumplimiento Conforme a los plazos prescritos por el Reglamento en comento, se cargará los reportes asociados a las emisiones y residuos. Indicador que acredita su cumplimiento Respecto al indicador de cumplimiento, efectuados los pasos anteriores, y una vez obtenido el comprobante de ingreso al RETC. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada, según las prescripciones de este Decreto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla. 8.2.3 Decreto Supremo Nº 1/2013.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Ruido.
Norma
Decreto Supremo N° 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, que
establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que
indica.
Otros cuerpos legales
asociados
Elaborada a partir de la revisión del D.S. N°146/98 del Ministerio
Secretaria General de la Presidencia.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Las actividades de construcción, operación y cierre del Proyecto
generarán emisiones de ruido que corresponderán principalmente al
tránsito de maquinaria y equipos.
Forma de cumplimiento
Conforme a los antecedentes que se presentan en el Anexo 3.10 de
la DIA, las emisiones de ruido modeladas del proyecto cumplen con
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Residuos domésticos e industriales sólidos no peligrosos y Efluentes líquidos. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967, Código Sanitario, 31 de enero de 1968, Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, 29 de abril de 2000, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera para su fase de construcción y cierre la habilitación de una zona de almacenamiento al interior de la instalación de faenas, en la cual se almacenarán temporalmente residuos sólidos asimilables a domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos. En fase de operación residuos sólidos asimilables a domiciliarios y residuos industriales no peligrosos serán retirados inmediatamente después de las mantenciones, en cuanto a los residuos peligrosos no se contempla la generación de residuos de este tipo.
Respecto a los efluentes líquidos en fase de construcción, y cierre se considera una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS). Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Los Residuos de tipo domésticos a generar por el Proyecto, serán 1.600 kg/mes, serán dispuestos en tambores o contenedores con tapa, para la acumulación de los residuos y su posterior traslado a la zona de almacenamiento temporal ubicada en la instalación de faenas. Posteriormente serán retirados y llevados a un sitio de disposición final, por una empresa externa con autorización de la SEREMI de Salud, Región de Atacama, la frecuencia de retiro será de 2 veces por semana.
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, la cantidad será de 1.120 kg/mes, serán seleccionados y acopiados en la instalación de faena, y se evaluará su potencialidad para ser reciclados o reutilizados, para posteriormente ser retirados hacia disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, según necesidad.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto a generar será 119 kg/mes, serán dispuestos temporalmente en la bodega de RESPEL ubicada dentro de la instalación de faenas, para luego ser retirados por una empresa autorizada para el transporte y llevados a rellenos de seguridad autorizado por la autoridad sanitaria. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará menor a 6 meses.
Fase de Operación: Los Residuos Domésticos a generar por el Proyecto serán 10 kg/mes, estos serán retirados inmediatamente de las instalaciones del proyecto por el propio personal y llenados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Respecto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos; se generarán 10 kg/mes.
Los Residuos Peligrosos; no se generarán residuos peligrosos.
Fase de Cierre: Los Residuos de tipo domésticos a generar por el Proyecto, serán 1.600 kg/mes, serán dispuestos en tambores o contenedores con tapa, para la acumulación de los residuos y su posterior traslado a la zona de almacenamiento temporal ubicada en la instalación de faenas. Posteriormente serán retirados y llevados a un sitio de disposición final, por una empresa externa con autorización de la SEREMI de Salud, Región de Atacama, la frecuencia de retiro será de 2 veces por semana.
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, la cantidad será de 750 kg/mes, serán seleccionados y acopiados en la instalación de faena, y se evaluará su potencialidad para ser reciclados o reutilizados, para posteriormente ser retirados hacia disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, según necesidad.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto a generar será 69 kg/mes, serán dispuestos temporalmente en la bodega de RESPEL ubicada dentro de la instalación de faenas, para luego ser retirados por una empresa autorizada para el transporte y llevados a rellenos de seguridad autorizado por la autoridad sanitaria. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará menor a 6 meses.
Efluentes líquidos; contará con una planta de tratamiento de aguas
servidas (PTAS) modular, de lodos activados. Se generarán 12,6
m3/día de aguas servidas.
El efluente tratado será utilizado para la humectación de los caminos
del Proyecto, cumplirá las disposiciones establecidas en la NCh
1.333.
Los lodos generados serán retirados a través de empresas limpia-
fosas, herméticos, debidamente certificadas, para el manejo de estos
residuos, transportándolos al lugar de tratamiento y disposición final,
todos certificados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Por lo anterior, durante el proceso de evaluación se presentaron para la fase de construcción y cierre los requisitos técnicos y formales para la obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 138 del RSEIA. Para la fase de construcción y cierre se presentaron los requisitos técnicos y formales para la obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 140 y 142 del RSEIA. Indicador que acredita su cumplimiento • Boletas, certificados y/o comprobantes que permitan acreditar que los sitios de disposición final de los residuos se encuentran autorizados. • Autorización para almacenar temporalmente los residuos no peligrosos dentro del predio. • Obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 138, 140 y 142 del RSEIA. Aprobaciones de proyecto y autorizaciones sanitarias a que se refieren los Artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67 Código Sanitario. Forma de control y seguimiento • Registro de retiro de los residuos por parte del transportista autorizado y dispuestos en sitios de disposición final autorizados. Autorización sanitaria del transportista autorizado, y lo indicado anteriormente todos disponibles en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.6 Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967.
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma Ley Nº20.920 Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases del proyecto se generarán residuos domiciliarios y asimilables, residuos industriales no peligrosos, y peligrosos. Se le dará prioridad a la separación en origen y recolección selectiva de residuos para su posterior valorización, dando cumplimiento a los principios inspiradores y objetivos de la ley. Forma de cumplimiento Se considera la reutilización o venta a terceros, de no ser posible lo anterior, la disposición final se realizará en sitios de un tercero, autorizado sanitaria y ambientalmente -si corresponde- para su tratamiento y/o disposición final. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la trazabilidad del retiro y disposición final de los residuos generados. Forma de control y seguimiento Copia física de los registros para la revisión y fiscalización de la autoridad en las dependencias del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.7 Ley N° 20.920 de 2016.
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma Decreto Supremo N°4/2009 Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de construcción y cierre se generarán lodos en la Planta de Tratamiento de aguas servidas (PTAS) que se ubicará en la Instalación de Faenas. Forma de cumplimiento El Titular presentará el proyecto de ingeniería correspondiente, cuyo tratamiento, transporte y eliminación de dichos lodos, se realizará únicamente a través de empresas contratistas que cuenten con autorización sanitaria, lo cual será solicitado, además de la certificación de la debida eliminación de los lodos. Los lodos generados serán enviados a un centro debidamente autorizado y el efluente tratado por la PTAS será utilizado en la humectación de caminos no pavimentados. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención del PAS 138 • La empresa proveedora de baños químicos contará con autorización sanitaria. El retiro y disposición final de las aguas servidas producto del uso de baños químicos en la fase de construcción y cierre; y del retiro y disposición final de los lodos de la planta de tratamiento de aguas servidas durante la fase de construcción y eventual cierre será realizado por empresas autorizadas. Forma de control y seguimiento Registros y autorizaciones disponibles para fines de seguimiento y fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.8 D.S. N°4/2009.
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Alcantarillados particulares. Norma Decreto N° 236/1926, Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias, 30 de abril de 1926, Ministerio de Salud Pública. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Las instalaciones de faenas durante la fase de construcción y cierre contarán con una solución sanitaria correspondiente a una Planta de Tratamiento de Aguas servidas.
Forma de cumplimiento
En el Anexo 3 de la Adenda Complementaria se presentan los
antecedentes del PAS 138, y una vez obtenida la RCA favorable del
proyecto se tramitará sectorialmente ante SEREMI de Salud
Indicador que acredita su
cumplimiento
•
Obtención del PAS 138
•
La empresa proveedora de baños químicos contará con
autorización sanitaria
•
El retiro y disposición de los lodos de la planta de
tratamiento de aguas servidas durante la fase de
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Industriales Peligrosos. Norma Decreto Supremo Nº 148 de 2003, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, 12 de junio de 2003, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto se generan residuos peligrosos los que serán manejados y almacenados temporalmente en bodegas. En fase de operación no se contempla la generación de estos residuos. Forma de cumplimiento Fase de construcción: el Proyecto a generar será 119 kg/mes, serán dispuestos temporalmente en la bodega de RESPEL ubicada dentro de la instalación de faenas, para luego ser retirados por una empresa autorizada para el transporte y llevados a rellenos de seguridad autorizado por la autoridad sanitaria. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará menor a 6 meses.
Fase de Cierre: el Proyecto generará 69 kg/mes, serán dispuestos temporalmente en la bodega de RESPEL ubicada dentro de la instalación de faenas, para luego ser retirados por una empresa autorizada para el transporte y llevados a rellenos de seguridad autorizado por la autoridad sanitaria. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará menor a 6 meses.
La bodega se construirá de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 148 que regula el manejo de los residuos peligrosos, además, los residuos estarán etiquetados de acuerdo a lo establecido en la Norma Chilena 2.190 Of 93.
Indicador que acredita su
cumplimiento
•
Aprobación/ Obtención del PAS del artículo 142
•
Retiro de residuos se realizará por empresa autorizada.
Los residuos serán rotulados de acuerdo a la NCh 2190 of. 93
Forma de control y
seguimiento
•
Se mantendrá una Copia de autorización del PAS 142
•
Se mantendrá una copia de la Autorización de empresas de
retiro y de disposición final de respel,
•
Se mantendrá el registro de las facturas y/o guías de
despacho de los residuos peligrosos expedidos por el
Proyecto.
Se mantendrá toda la documentación al día, para fiscalización de la
SMA y organismos fiscalizadores.
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas. Norma Decreto Supremo Nº 43 de 2015, Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas, 27 de julio de 2015, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas tales como, oxigeno comprimido, pinturas, diluyentes, combustible diésel, entre otras. Forma de cumplimiento De acuerdo a las cantidades de sustancias peligrosas almacenadas durante las Fases de Construcción deberá evaluar la aplicabilidad de las autorizaciones respectivas, considerando los límites establecidos en el Artículo 5 del Reglamento. En caso de no aplicar, deberá dar estricto cumplimiento a todos los demás requisitos establecidos en dicha normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las sustancias almacenadas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro de las sustancias almacenadas, con la respectiva identificación, rotulación y condiciones de almacenamiento, contando con las respectivas Hojas de Seguridad (HDS) según corresponda, los cuales deberán estar disponibles en la instalación de faenas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.11 Decreto Supremo N° 43/2015.
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica.
Norma
Decreto Supremo N° 43 de 2012, Establece Norma de Emisión para
la Regulación de la Contaminación Lumínica, elaborada a partir de
la revisión del Decreto Nº 686, de 1998, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción, 17 de diciembre de 2012, Ministerio del
Medio Ambiente.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de Construcción y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Utilización de luminarias en Instalación de Faenas.
Forma de cumplimiento
El Proyecto dará cumplimiento a esta norma de emisión, mediante la
adquisición de luminarias certificadas cuya emisión no sea mayor a
los límites máximos permitidos establecidos en el Título Segundo
del presente decreto. Junto con lo anterior, se indica que antes del
inicio de cualquier fase del Proyecto, el Titular contará con la
siguiente información:
• El TE1 (trámite eléctrico) respectivo,
• Los certificados de control luminométricos correspondientes
a todas las luminarias instaladas en el Proyecto.
• Una declaración simple del instalador autorizado a cargo de la
ejecución de las instalaciones, en la cual indique el
cumplimiento del ángulo de montaje de dichas luminarias,
a) Copia del certificado emitido por el laboratorio autorizado por la SEC. Cantidad de fuentes emisoras a instalar y/o recambiar. Indicador que acredita su cumplimiento • Diseño de las luminarias evite la proyección de luminosidad hacia o en dirección al cielo. • Utilización de luminarias que se encuentren certificadas por SEC, que cumplan con la norma de emisión. Verificación de funcionamiento una vez instaladas. Forma de control y seguimiento • Certificado SEC. Registro de verificación de funcionamiento una vez instaladas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.12 Decreto Supremo N° 43 de 2012.
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte Norma Decreto Supremo N° 75/1987 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considerará el uso de vehículos para el transporte de insumos u otros materiales, durante todas sus fases. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a las exigencias de la presente norma, mediante la utilización de vehículos idóneos (estructural y mecánicamente aptos) y la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los materiales. El transporte de cargas pesadas se realizará principalmente por empresas contratistas las que deberán cumplir con las disposiciones requeridas por la normativa vigente, obteniéndose, de ser necesario, los permisos correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento Control al ingreso y salida de los vehículos al interior de la faena Forma de control y seguimiento Verificación del Registro de empresas contratistas de transporte de cargas. Registro de control al ingreso y salida de los vehículos al interior de la faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.13 Decreto Supremo N° 75 de 1987.
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural.
7.16. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Norma Ley Nº 19.473 de 1996, Ley de Caza, septiembre de 1996, Ministerio de Agricultura. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo Nº 5 Reglamento de la Ley de Caza, 07 de diciembre de 1998, Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica • Instalación de faenas. • Construcción Línea de Transmisión. Si bien el proyecto no contempla ninguna de las actividades reguladas, el personal debe estar en conocimiento de acciones de captura u otro que pueda afectar a la fauna silvestre Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante capacitaciones a su personal con respecto a dichos temas, exigiendo el cumplimiento de las prohibiciones señaladas en la normativa. Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. Por su parte, se implementarán señaléticas en frentes de trabajo, y otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa existente. Se evitará la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. Entrega de folletos con información de las especies localizadas e instrucciones para el resguardo de la fauna potencial. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de capacitaciones inducciones, señalética de protección de fauna y de velocidad. Material gráfico de inducción. Forma de control y seguimiento Se mantendrán actualizados los registros de capacitaciones e inducciones, y fotografías de señalética de protección de fauna y de velocidad, para ser fiscalizados por la SMA y organismos fiscalizadores. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.2. Ley Nº 19.473 de 1996.
8.1 Con respecto a los resultados del estudio hidrológico presentados en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria, se hace presente lo siguiente:
i. El parámetro estadístico utilizado para la serie de precipitación CR2METv2.0, es el valor medio (anual y mensual), parámetro que subestima las máximas precipitaciones registradas, y por tanto el resultado obtenido mediante la modelación.
ii. A mayor abundamiento, se observa que la Estación Caldera (BNA: 03340001-2) registró su máxima precipitación el 17 de agosto de 1997, con 76,6 mm precipitados, valor distante al estimado por el Titular, equivalente a 33,18 mm para un periodo 100 años de retorno (correspondiente al 38% de la precipitación diaria máxima registrada en la Estación Caldera). Por lo anterior, el análisis presentado por el Titular no representa el escenario más conservador.
iii. En consideración a lo indicado en los puntos i, y ii anteriores, se solicita al Titular que, previo a la ejecución del Proyecto, defina un caudal en el área de intervención para un periodo de retorno de 100 años, mediante metodologías validadas por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo indicado en el “Manual de Cálculo de Crecidas y Caudales Mínimos en Cuencas sin Información Fluviométrica” 1 y en el “Manual de Carreteras”, Volumen N°3, Instrucciones y Criterios de Diseño.
iv. Por otro lado, respecto a la posible acumulación de agua, el Titular estima una capacidad de infiltración (P0=29,8 mm) similar a la precipitación máxima diaria con periodo de retorno de 100 años. Al respecto, se hace presente que, tal como ha declarado el Titular durante el presente proceso de evaluación, la zona de ubicación del proyecto se caracteriza por presentar riesgo de dos tipos de remoción en masa: deslizamiento y erosión y cárcavas, lo que evidentemente representa un peligro a la estabilidad de las obras que se ubiquen cercanas a las líneas de escurrimiento preferencial. En razón a lo anterior, se solicita actualizar la precipitación modelada para un periodo de retorno de 100 años (P100), en sintonía con el requerimiento realizado en el punto iii anterior.
v. De igual forma, se indica que de acuerdo el análisis geoespacial realizado por profesionales de este Servicio, se identificaron en el área de emplazamiento de las obras proyectadas por el Titular líneas de escurrimiento preferencial, según se pude apreciar en la Figura N°1, siguiente. Por lo anterior, el Titular deberá previo a la ejecución del Proyecto, incorporar en su Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, medidas oportunas para evitar el contacto de las aguas con la Torre 6.
vi. Con respecto a lo anterior, si de la modelación realizada por el Titular, se determinara que la Torre 6 “se moja”, es decir, resulta receptora de eventuales escorrentías superficiales, independiente del volumen, el Titular deberá tramitar, previo a la ejecución del Proyecto, el Permiso Ambiental Sectorial 156 por obras habilitadas en cauce natural.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 9.1 Compromiso ambiental voluntario Privilegiar la contratación de mano de obra local. Impacto Asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contribuir a la economía local.
Descripción: Se privilegiará la contratación de mano de obra local no calificada.
Forma: Se privilegiará la contratación de mano de obra no calificada, a través de envío de carta a la OMIL de la I. Municipalidad de Caldera para solicitar la publicación de empleos mediante su portal, en la fase de construcción del proyecto.
Oportunidad: Permanente durante la fase de construcción del proyecto, desde despeje de zona hasta el inicio de la fase de operación, en la medida que se requiera de acuerdo a los avances del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Envío y recepción de carta a OMIL de Municipalidad de Caldera. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cartas a OMIL en obra. Se enviará una planilla con el personal y servicio contratado a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Superintendencia del Medio Ambiente y la l. Municipalidad de Caldera. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1 Compromiso ambiental voluntario Privilegiar la contratación de mano de obra local.
9.2 Compromiso ambiental voluntario inducción y capacitación a los trabajadores en materias ambientales. Impacto Asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitación de trabajadores en materias de medio ambiente, buscando prevenir efectos sobre el medio ambiente.
Descripción: Se realizarán las siguientes capacitaciones para las siguientes temáticas: a) Flora y fauna: Se capacitará en relación a las especies en categoría de conservación, nociones básicas de ecología y conservación del medio ambiente, prohibición de uso de fuego y quemas, entre otros. b) Arqueología: Se instruirá sobre la importancia de los sitios arqueológicos y el procedimiento frente al hallazgo de ellos. c) Procedimientos ambientales generales. d) Manejo de residuos: Se instruirá respecto de la importancia de realizar la separación de los residuos en el área de construcción y de disponerlos dentro de los contenedores habilitados para ello. e) Comportamiento con población aledaña: Se orientará a los trabajadores respecto de los lineamientos del proyecto en cuanto al comportamiento esperado en sus horas libre, una vez que se encuentren fuera del área de obras del proyecto y sus turnos de trabajo. f) Velocidad máxima de circulación por caminos internos del Proyecto.
Justificación: Evitar el daño al medioambiente que pudiese provocar la
implementación del proyecto, mediante la concientización de los
trabajadores en relación al medio ambiente.
Forma: Se elaborará Material gráfico de difusión.
Oportunidad: Reuniones periódicas durante toda la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a reuniones. Forma de control y seguimiento Mantención de Registros de asistencia a reuniones en obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2 Compromiso ambiental voluntario inducción y capacitación a los trabajadores en materias ambientales.
9.3 Compromiso ambiental voluntario Medidas de control de emisiones atmosféricas Impacto Asociado Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de material particulado y gases. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar medidas de control de emisiones atmosféricas.
Descripción: Se realizará humectación de las huellas existentes y huellas nuevas a habilitar (Ver kmz en Anexo 1 de la Adenda Complementaria); se implementará señalética de restricción de velocidad y uso de malla cubretolva en camiones.
Justificación: Evitar que el proyecto provoque daños medioambientales en
materia de emisiones.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Huellas existentes y huellas nuevas a habilitar, que serán utilizados
por el Proyecto (Ver kmz en Anexo 1 de la presente Adenda
Complementaria) e instalación de faenas.
Forma: a) Humectación de caminos: se realizará humectación de Huellas
existentes y Huellas nuevas a habilitar, que serán utilizados por el Proyecto
(Ver kmz en Anexo 1 de la Adenda Complementaria), con frecuencia diaria
en época estival y en ausencia de precipitaciones.
b) Reducción de velocidad en obra: se exigirá una velocidad máxima de 30
km/h para los vehículos pesados y 50 km/h para los vehículos livianos.
c) Cubrir camiones con malla: los materiales transportados se cubrirán con
una malla con la finalidad de evitar la emisión de polvo y caída del material
Oportunidad: Durante toda la fase de construcción.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Registro de humectación de caminos, donde se indique: fecha, identificación
del lugar, coordenadas geográficas, individualización del camión utilizado y
registro fotográfico que contenga fecha y georreferenciación.
Registro presencia de señalética de velocidad.
Registro del chequeo utilización cubretolva en camiones.
Forma de control y
seguimiento
Mantención de registro de estas medidas en obra, disponibles para cuando la
Autoridad lo requiera.
9.4 Compromiso ambiental voluntario Monitoreo Arqueológico Permanente. Impacto Asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Supervisar las actividades de movimiento de tierra durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del Proyecto.
Descripción: Se implementará un monitoreo arqueológico permanente, que será realizado por un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por el frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial, con la finalidad de supervisar dichas actividades.
Justificación: Evitar la intervención de Vestigios arqueológicos Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: fundaciones de las estructuras y toda obra que requiera de remoción de la superficie y excavación subsuperficial. Forma: Monitoreo por un/a(s) arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología. Oportunidad de implementación: durante las actividades de movimiento de tierra Indicador que acredite su cumplimiento Comprobante de ingreso de Informe de monitoreo arqueológico mensual al Consejo de Monumentos Nacionales. Forma de control y seguimiento Remitir al Consejo de Monumentos Nacionales y SMA el informe de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4 Compromiso ambiental voluntario Monitoreo Arqueológico Permanente.
9.5 Compromiso ambiental voluntario Cercado para patrimonio arqueológico. Impacto Asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la intervención de Vestigios línea férrea Caldera-Copiapó que se encuentran fuera de las obras físicas del Proyecto. Evitar intervención de eventuales sitios arqueológicos que pudiesen ser encontrados en las actividades de monitoreo arqueológico permanente.
Descripción: Se realizará el cercado a ambos lados del vestigio de la línea
férrea Caldera-Copiapó, considerando un buffer de protección de por lo
menos 10 m desde el límite de la estructura 3. Adicionalmente se instalará
señalética que indique prohibición de entrar. En caso de encontrar eventuales
sitios arqueológicos, se implementará un cerco dejando un buffer de 10 m
alrededor de los hallazgos.
Justificación: Esta medida permitirá establecer el no acceso hacia el sector de los vestigios de la línea férrea, u otros eventuales hallazgos, con la finalidad de no intervenir los hallazgos para que no sean intervenidos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: ambos lados del vestigio línea férrea Caldera-Copiapó, cercano a Estructura N°3; cercado perimetral de los eventuales sitios arqueológicos, con un buffer de 10 m. Forma: se instalará a ambos lados de los vestigios de la línea férrea, con malla faenera dourment, y además, se instalará señalética (fuera del cerco) que indique la prohibición de entrar. Se realizará el cercado perimetral de los sitios, mediante un cerco visible simple (mallas y postes) de 1,20 m de altura como mínimo. Oportunidad: Se implementará de forma previa a la construcción y se mantendrá durante toda la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de cercado. Forma de control y seguimiento Mantención de fotografías de cercado en obra. Envío de informe acerca de la implementación de la medida de protección, el cual incluirá fotografías del sitio y de las obras realizadas Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5 Compromiso ambiental voluntario Cercado para patrimonio arqueológico.
9.6 Compromiso ambiental voluntario Charlas de Inducción Arqueología. Impacto Asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitación de trabajadores en relación a la importancia de la componente arqueología y del procedimiento en caso de efectuarse un hallazgo.
Descripción: se realizarán charlas de inducción por un arqueólogo o licenciado en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra.
Justificación: Evitar intervención de patrimonio arqueológico
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Instalación de Faenas
Forma: Realización de charlas
Oportunidad: Previo a construcción y hasta finalizar las actividades de
movimiento de tierra, con frecuencia mensual.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Registros de asistencia a capacitación.
Forma de control y
seguimiento
Mantención de Registros de asistencia a charlas.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Tabla 10.1.6 Compromiso ambiental voluntario Charlas de Inducción
Arqueología.
9.7 Compromiso ambiental voluntario Monitoreo paleontológico Permanente. Impacto Asociado Alteración de patrimonio cultural paleontológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Supervisar las actividades de movimiento de tierra en sector de las obras del Proyecto que requieran este tipo de actividades.
Descripción: se contará con la supervisión de un paleontólogo que cumpla con perfil del CMN como investigador principal quien estará a cargo de dirigir las labores de monitoreo, verificar que se cumpla con los procedimientos aquí establecidos, visar los informes periódicos y realizar los rescates de elementos fósiles, de ser necesario.
Justificación: Debido a que el Proyecto afectará sedimentos de potencial paleontológico fosilífero (medio), se requiere de monitoreo paleontológico permanente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: donde se realicen movimiento de tierra para las obras del Proyecto. Forma: consistirá en la estadía de un paleontólogo en terreno, para verificar eventuales hallazgos de restos paleontológicos en el área y su eventual recuperación Oportunidad de implementación: durante las actividades de movimiento de tierra en las obras del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Comprobante de ingreso de Informe de monitoreo paleontológico mensual al Consejo de Monumentos Nacionales. Forma de control y seguimiento Remitir al Consejo de Monumentos Nacionales el informe de monitoreo elaborado por el/la paleontólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7 Compromiso ambiental voluntario Monitoreo paleontológico Permanente.
9.8 Compromiso ambiental voluntario protocolo de hallazgos paleontológicos no previstos. Impacto Asociado Alteración de patrimonio cultural paleontológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar un protocolo frente a hallazgos paleontológicos no previstos.
Descripción: se implementará un protocolo para ser utilizado en los casos que se produzcan hallazgos paleontológicos no previstos durante las labores de excavación de las estructuras de la línea de transmisión, en la fase de construcción del proyecto.
Justificación: evitar daños o destrucción de hallazgos paleontológicos no
previstos.
9.10 Compromiso ambiental voluntario Plan de perturbación controlada de reptiles.
Impacto Asociado
No aplica.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Previo a fase de construcción.
Descripción: Para la perturbación, se realizará una intervención activa del sitio de origen, con la finalidad de generar el desplazamiento de la fauna hacia refugios en sectores aledaños, fuera del área de intervención de las obras del proyecto.
Justificación: Definir y proponer sectores para perturbación por etapas para
que las especies se vayan desplazando a medida que avanzan las obras en el
área de proyecto, promoviendo que están se desplacen a zona aledañas, fuera
del alcance de las obras y puedan habitar los nuevos refugios dispuestos para
fomentar su asentamiento.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Se establece la medida para toda el área del proyecto, mediante 7
cuadrantes de trabajo, la cuadrilla deberá estar compuesta por dos equipos de
trabajo, que avanzar de acuerdo con la guía en 2 hectáreas por día.
Forma: Se efectuará un plan de perturbación controlada sectorizada previo
al inicio de la fase de construcción, el cual considera 7 cuadrantes para
distribuir los esfuerzos de perturbación. Se llevará a cabo un mejoramiento
del microhábitat receptor de reptiles enfocado en las periferias de los sectores
perturbados acorde al avance en la fase de construcción. Para esto se
construirán pircas y refugios en el área perimetral del proyecto, para generar
un hábitat receptor para las especies que han sido perturbadas para dar lugar
potencial a las especies objetivo y que puedan encontrar refugio. Con esta
acción se busca reemplazar su refugio actual temporalmente y ofrecerles
nuevos refugios, que contribuye a disminuir la probabilidad de reingreso a
los hábitats perturbados, permite la continuidad de la especie en el sector y
se ofrece refugios ubicados en áreas con recursos elementales para distintos
tipos de reptiles, incluso no considerados en la caracterización. Se dará
prioridad de esfuerzo en aquellos sectores donde fueron avistados
inicialmente, por lo que se considerarán en un inicio solo 2 refugios
potenciales (que serán definidos con certeza en las campañas de inspección),
los cuales pueden ir aumentando conforme los avistamientos posibles en las
campañas de perturbación controlada (Ver ítem 8.3 del Anexo 3.3 de la DIA).
Oportunidad de implementación: Previo al inicio de las obras, como máximo
las actividades del Plan deberán finalizarse como máximo 3 días previos al
inicio de la intervención del sitio de origen.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Conforme a los monitoreos programados luego de su implementación, se
determinará la abundancia de los individuos cercanos a los refugios, para
compararlos con la abundancia percibida los días de campaña para
perturbación controlada y evaluar en base a presencia/ausencia la capacidad
de adaptación de los reptiles objetivo.
Forma de control y
seguimiento
Se enviará un reporte a la SMA una vez finalizada la medida y realizado el
monitoreo.
Se realizará un monitoreo a los 15 días, posterior a la medida sobre los sitios
donde fueron construidos refugios y pircas al momento de enriquecer el
microhábitat. Se espera encontrar individuos habitando estos lugares, en
donde se deberá realizar un reporte de los ejemplares avistados para verificar
si los refugios presentan presencia de reptiles; los indicadores de éxito serán
en base a la abundancia de especies avistada en la campaña de perturbación
controlada, en comparación a la abundancia registrada en los monitoreos
correspondientes, para evaluar su efectividad.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Tabla 10.1.9 Compromiso ambiental voluntario Plan de perturbación
controlada de reptiles.
9.11 Compromiso ambiental voluntario Instalación de dispositivos antiposamiento en las estructuras. Impacto Asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir el riesgo de electrocución de avifauna con el tendido mediante la instalación de dispositivos antiposamiento.
Descripción: se instalarán dispositivos antiposamiento en todas las estructuras del Proyecto para evitar el contacto de las aves de mayor envergadura con más de una fase energizada.
Justificación: Los dispositivos antiposamiento impiden que aves utilicen las estructuras como percha, lo que reduce el riesgo de electrocución al evitar que estas tengan contacto con más de una fase energizada. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En todas las estructuras del Proyecto Forma: Se instalarán dispositivos antiposamiento en las estructuras. Oportunidad: la instalación de dispositivos antiposamiento se realizará previo al inicio de la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de dispositivos instalados.
Forma de control y seguimiento De forma semestral, y durante el primer año de operación, se realizará la verificación del estado en el que se encuentran los dispositivos antiposamiento. En el caso que se visualicen desperfectos en algunas de ellas, que implique una pérdida en la eficiencia para la cual fueron instaladas, serán reparadas o remplazadas. Igualmente, se considera un seguimiento para identificar la presencia de carcasas asociadas a eventuales accidentes con las torres de la línea. Durante el primer año de operación se realizarán campañas de inspección visual de carcasas de cada dos meses. Se emitirán reportes semestrales a la SMA y SAG con el resultado de las campañas de inspección realizadas y un informe final, al término del primer año. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.10 Compromiso ambiental voluntario Instalación de dispositivos antiposamiento en las estructuras.
9.12 Compromiso ambiental voluntario Inducción y capacitación a los trabajadores al patrimonio paleontológico: Asesoría Paleontológica aplicación correcta de metodologías y normativa para el avance de obras. Impacto Asociado Alteración de patrimonio cultural paleontológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: se expondrá el contexto legal y geológico de los fósiles en Chile, la información técnica que proporcionan desde el punto de vista del conocimiento científico, como se extrae esa información, la importancia geológica y paleontológica del sitio.
Descripción: Se realizarán las siguientes capacitaciones para las siguientes
temáticas:
Justificación: Evitar el daño al medioambiente que pudiese provocar la implementación del proyecto, mediante la concientización de los trabajadores en relación al patrimonio paleontológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de Faenas (punto central: 7.002.405N; 321.163E, WGS84 19S). Forma: Se elaborará Material gráfico de difusión. Oportunidad: Reuniones periódicas durante toda la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a reuniones
Forma de control y seguimiento Mantención de Registros de asistencia a reuniones en obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.11 Compromiso ambiental voluntario Inducción y capacitación a los trabajadores al patrimonio paleontológico: Asesoría Paleontológica aplicación correcta de metodologías y normativa para el avance de obras.
9.13 Compromiso ambiental voluntario Señalización en vehículos asociados al Proyecto. Impacto Asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y eventual cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificación del Titular del Proyecto y contacto por eventuales reclamos de la comunidad.
Descripción: Se implementará una señalización para los vehículos asociados al Proyecto y número de contacto para que, en caso de eventuales reclamos, la comunidad pueda contactarse con la empresa y dichos reclamos puedan ser atendidos.
Justificación: A través de la señalética, la comunidad podrá contactarse para
que sus reclamos sean atendidos.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Vehículos que desempeñen labores asociadas al Proyecto.
Forma: Se exigirá la instalación de señalética a todos los vehículos que
desempeñen labores asociadas al Proyecto, la que debe contener nombre de
la empresa Titular, empresa Contratista, proyecto y número de contacto.
Oportunidad: Permanente durante todas las fases del Proyecto.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Registro de implementación de señalética e inspección una vez al mes.
9.14 Compromiso ambiental voluntario Comunicación con la comunidad. Impacto Asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Comunicar e informar a los vecinos del sector y comunidades indígenas cercanas sobre las actividades a desarrollar durante la fase de construcción del Proyecto, además de indicar canales de comunicación para consultas y/o reclamos.
Descripción: Este Plan de Comunicación con la Comunidad incluye la entrega, de cartillas o folletos con información relevante del Proyecto a los vecinos del área de influencia del componente medio humano, en especial, a la “Comunidad Indígena Familia Campillay de Caldera”, “Comunidad Wentru Lafque” y “Comunidad Indígena Kakan”.
Justificación: Mantener a la comunidad informada sobre el proyecto, en el área de intervención sus proximidades. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el área del Proyecto, específicamente en el acceso, en un lugar de accesibilidad visual para la comunidad. Forma: Se contempla un letrero, el cual contendrá la siguiente información: Información general del proyecto: ● Tipología del proyecto y Titular. ● Duración de las obras. ● Jornada de las obras. ● Contacto para recoger sugerencias y reclamos. Por su parte, el Titular, entregará folletos informativos a las comunidades. identificadas y a los vecinos más próximos al proyecto, sobre el inicio y características del Proyecto. Oportunidad: El compromiso se implementará durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Instalación de letreros. Registro de entrega de cartillas o folletos a la comunidad. Registro sugerencias y reclamos ingresados desde la comunidad, en caso de haber. Forma de control y seguimiento Se mantendrán todos los registros en obra en caso de que la Autoridad lo requiera. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.13 Compromiso ambiental voluntario Comunicación con la comunidad.
9.15 Compromiso ambiental voluntario Rescate de germoplasma de Cristaria calderana y Oziroe
biflora.
Descripción: Se propone la colecta de semillas de Cristaria calderana y Oziroe biflora con el fin de conservar el germoplasma de la población que se encuentra dentro del presente proyecto. Esto se realizará durante la época primaveral previa a la ejecución del proyecto, o de manera paralela, enviando el recurso colectado al Banco de semillas del INIA.
Justificación: Cristaria calderana es una especie vegetal endémica que se
encuentra clasificada como Vulnerable, correspondiente a un recurso propio
del país, escaso y único, siendo importante conservar el germoplasma de la
población que está presente dentro del Área de Influencia de Flora y
Vegetación del Proyecto. Por otra parte, Oziroe biflora es la única especie de
hábitos geófitos en el área.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Para la recolección de germoplasma se recorrerá toda el Área de
Influencia de Flora y Vegetación del Proyecto (Figura),
Figura. Área de Influencia de Flora y Vegetación (lugar de aplicabilidad del
CAV).
Forma:
Se recorrerá el área de influencia definida para este (Figura 1), realizando
una prospección preliminar para definir la cantidad de individuos por
hectárea entre otras variables definidas de acuerdo a lo establecido por Di
Sacco et al. (2018), esto para cada ambiente determinado en la Carta de
Ocupación de Tierras Entendiendo que todos los individuos del área de
influencia del proyecto pertenecen a una sola población, se necesitará
recolectar al menos 500 semillas de los individuos presentes en el área de
influencia.
- Recolección de semillas
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
10.1.1. Situación de riesgo o contingencia incendio instalaciones
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción y Operación
Parte, obra o acción asociada
Instalaciones de faenas, bodegas, frentes de trabajo,
estructuras.
Acciones o medidas a implementar
•
Capacitar a trabajadores respecto a prevención y
amago de incendios.
•
Conformar brigada de emergencia durante la fase de
construcción.
•
Instalar señalética de prohibición de fumar o encender
fuego durante la realización de faenas.
•
Revisar el estado de equipos, herramientas e
instalaciones eléctricas, en caso de detectar falla no se
podrá utilizar el equipo.
10.1.2. Derrame de sustancias peligrosas o residuos peligrosos al suelo.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción
Parte, obra o acción asociada
Bodega de almacenamiento temporal de SUSPEL y RESPEL,
uso y mantención de equipos y maquinaria; frentes de trabajo
móviles.
Acciones o medidas a implementar
- Capacitar a los trabajadores respecto a la prevención y control
de derrames.
- Habilitar bodegas para el almacenamiento de sustancias y
residuos peligrosos que cuenten con piso impermeable y un
pretil para la contención de derrames.
- Almacenar sustancias peligrosas en su envase original o
adecuado para este fin y mantener con su tapa cerrada.
- Disponer de un kit de derrame que contenga elementos para
contener
potenciales
derrames
(Ej.
arena/paños
absorbentes/polietileno, pala, buzo desechable, guantes,
contenedor para material contaminado).
- Chequear condición operativa de equipos y maquinarias en
forma previa a su uso, verificando que no presenten derrames
y/o fugas de ningún tipo.
- Disponer los equipos fijos que para su funcionamiento
utilicen hidrocarburos (ej. grupos electrógenos, compresores,
bombas u otros) sobre sistemas de contención de derrame.
- Los operadores de camiones y maquinaria pesada deben
disponer en su interior de un paño de polietileno y/o recipiente
para
contener
eventuales
derrames
de
aceite/lubricante/combustibles.
- En caso que sea necesario efectuar reparaciones de
emergencia in situ, se deberán realizar sobre un polietileno de
alta densidad u otro material impermeable y contar con
receptáculo que permitan contener potenciales derrames.
Forma de control y seguimiento
•
Registró de capacitación.
•
Registros de inspección o fotográfico.
Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles
durante la ejecución del proyecto en caso de ser solicitado en
fiscalizaciones en caso de ser solicitado por autoridad
competente por la SMA.
10.1.3. Atropello de fauna silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción asociada Asociado al tránsito de vehículos y maquinaria. Acciones o medidas a implementar - Capacitar a los trabajadores y conductores respecto a la protección de fauna y protocolo de rescate en caso de atropello. - Instalar señalética de restricción de velocidad en caminos internos del proyecto. - Prohibir el acercamiento y dar alimento a animales en las áreas de obras y sectores aledaños. - Depositar restos de comida en contenedores con tapa y efectuar su retiro al momento de hacer abandono del área de trabajo. Forma de control y seguimiento • Registró de capacitación. • Registros de inspección o fotográfico. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles durante la ejecución del proyecto en caso de ser solicitado por la autoridad competente y por la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3 del ICE.
10.1.4. Caída de fauna a excavaciones. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Excavaciones para construir las fundaciones de las estructuras del tendido eléctrico. Acciones o medidas a implementar - Capacitar a los trabajadores respecto a la protección de fauna y protocolo de actuación en caso de hallazgo de fauna. - Instalar cierre perimetral con malla en las excavaciones para impedir el ingreso de animales a esta área. - Prohibir el acercamiento y dar alimento a animales en las áreas de obras y sectores aledaños para evitar domesticación. Depositar restos de comida en contenedores con tapa y efectuar su retiro al momento de hacer abandono del área de trabajo. Forma de control y seguimiento • Registró de capacitación. • Registro fotográfico. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles durante la ejecución del proyecto en caso de ser solicitado por la autoridad competente y por la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE.
Efluentes PTAS - Se realizarán inspecciones visuales periódicas con la finalidad de verificar el buen funcionamiento de la Planta (que no hayan fisuras, roturas, fugas, etc.). - En caso de detectarse alguna falla, el encargado de la oficina de medio ambiente dará el aviso del desperfecto y se comunicará con una empresa autorizada para el retiro de lodos, para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos. - Durante la construcción, y si se produce fuga de aguas no tratadas, se mantendrá una retroexcavadora en el área para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente. - La oficina de medio ambiente se comunicará con el fabricante para solicitar la inspección/reparación de la Planta. - Durante la contingencia, además del retiro de las aguas servidas se contratará una empresa autorizada para que instale baños químicos mientras dure la contingencia. Forma de control y seguimiento • Registros de inspección o fotográfico. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles durante la ejecución del proyecto en caso de ser solicitado por la autoridad competente y por la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5 del ICE.
10.1.6. Riesgos naturales.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las áreas del proyecto.
Acciones o medidas a implementar
• Capacitar a trabajadores respecto a la actuación en caso
de sismo.
• Establecer y mantener un área de seguridad (Punto de
Encuentro de Emergencia, P.E.E) y vías de evacuación
despejadas.
Utilizar criterios de diseño para la construcción de las obras
que consideren factores estructurales de seguridad.
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS
10.2.1. Incendio instalaciones. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y Operación. Parte, obra o acción asociada Instalaciones de faenas, bodegas, frentes de trabajo, estructuras. Acciones a implementar El personal que detecte ocurrencia de fuego no controlado debe dar aviso inmediato a su Jefe Directo o encargado del área quien deberá: • Evaluar la magnitud del incendio y la factibilidad de su amago en consideración a su avance y elementos de control disponibles. • Cortar suministro eléctrico (si aplica). • El personal disponible más cerca del lugar del incendio comenzará a combatirlo de inmediato, siempre y cuando no esté comprometida su seguridad. • El Encargado del área solicitará la asistencia de Brigada de emergencia. • Los brigadistas que lleguen al lugar siniestrado, se organizarán para combatir el fuego de acuerdo a su entrenamiento y a las directrices emanadas por el líder de Brigada. • Sólo si las condiciones del incendio lo permiten, se deberá hacer retiro de todos los productos inflamables que se encuentren en el lugar siniestrado y aquellos que puedan producir derrames. • Si no es factible controlar el siniestro se deberá solicitar asistencia de Bomberos y/o Brigadas de CONAF y efectuar el proceso de evacuación hacia los puntos de encuentro de emergencia definidos para el proyecto. • Los residuos generados serán tratados de acuerdo a su naturaleza. • Las actividades podrán reanudarse una vez que el siniestro esté controlado. • Se debe elaborar un informe del siniestro, y actualiza los procedimientos de emergencia en caso de ser necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de requerir apoyo a instituciones (Bomberos, CONAF, u otro) este se realizará vía telefónica. En conjunto se notificará del siniestro a la Superintendencia de Medio Ambiente vía correo electrónico y por oficio con el informe del siniestro dentro del plazo de 72 horas. Adicionalmente se dará aviso a la Ilustre Municipalidad de Caldera de forma inmediata.
10.2.2. Derrames de sustancias y/o residuos peligrosos al suelo.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción
Parte, obra o acción asociada
Bodega de almacenamiento temporal de SUSPEL y RESPEL,
uso y mantención de equipos y maquinaria; frentes de trabajo
móviles.
Acciones a implementar
El personal que detecte ocurrencia de fuego no controlado
debe dar aviso inmediato a su Jefe Directo o encargado del
área proporcionando la siguiente información:
•
Lugar del derrame.
•
Sustancia o residuo derramado.
•
Cantidad estimada.
•
Personal afectado (si existe).
El encargado del área deberá proceder a controlar el derrame
considerando las siguientes directrices:
•
En lo posible identificar la sustancia derramada y
revisar la Hoja de Datos de Seguridad (HDS).
•
En caso que sea posible, y siempre que no se ponga en
riesgo la seguridad de las personas, se debe contener
el derrame en el origen con un recipiente y detener la
fuente
de
origen,
cerrando
llave,
volteando
contenedor, instalando tapón u otro.
•
Se debe evitar que el derrame se escurra en el suelo
mediante la construcción de pequeños diques de
material absorbente, instalación de sacos de arena o
mangas absorbentes.
•
No utilizar gravas/gravillas o ripio como material
absorbente, puesto que dificulta su tratamiento y
disposición como residuo peligroso.
•
Se debe evitar toda fuente de fuego o ignición (apagar
motores, cigarrillos, equipos eléctricos) que puedan
entrar en contacto con el derrame.
•
Evitar que el derrame entre en contacto con materiales
inflamables localizados en la zona afectada.
•
Se debe restringir el acceso al área solo al personal
involucrado en el control de la emergencia y evitar
caminar sobre el derrame.
•
Todo el personal que participe en el control de
derrame debe contar con elementos de protección
personal adecuados a la emergencia.
•
Una vez controlado el derrame se debe proceder a la
limpieza del sector afectado, incluyendo la remoción
del suelo contaminado, desde orilla hacia el centro,
disponiendo los residuos en contenedores que serán
trasladados hacia la bodega de residuos peligrosos.
10.2.3. Atropello de fauna silvestre.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción asociada
Asociado al tránsito de vehículos y maquinaria.
Acciones a implementar
El personal que se vea involucrado en atropello accidental de
fauna debe dar aviso a Encargado de Medio Ambiente (fase
construcción) o Jefe de Operaciones (fase Operación)
indicando:
•
Lugar de incidente.
•
Especie del animal involucrado.
•
Número de ejemplares involucrados.
•
Situación del animal (huye del sitio, se mantiene en el
lugar del incidente, animal con daños, muerte del
ejemplar).
•
Si el animal puede desplazarse sin dificultades, debe
ahuyentarse sin atacarlo.
•
Si el animal resulta herido se debe evitar perturbar el
animal, y acercarse lento y a distancia prudente para
evaluar el nivel de gravedad de heridas.
•
El Encargado de Medio Ambiente debe evaluar la
necesidad de proceder al rescate animal, de acuerdo a
señales de dolor, respiración, movimientos del cuerpo,
etc. Consultar con el SAG o con un médico veterinario
el procedimiento más adecuado a seguir.
•
En el caso de que el animal esté muerto, debe ser
retirado manipulándolo con guantes y disponerlo
dentro de una bolsa plástica rotulada.
•
En caso de proceder al rescate, se debe utilizar una
jaula o caja en buen estado.
•
Los costos médicos veterinarios y de transporte serán
cubiertos por el Titular.
Se debe elaborar un informe del siniestro, y actualizar los
procedimientos de emergencia en caso de ser necesario.
10.2.4. Caída de fauna a excavaciones.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción.
Parte, obra o acción asociada
Excavaciones para construir las fundaciones de las estructuras
del tendido eléctrico.
Acciones a implementar
•
El personal que aviste un animal dentro de una
excavación debe ser aviso inmediato a su jefe directo,
quien canalizará la información al Encargo de Medio
Ambiente.
•
No se debe realizar ninguna acción hacia el animal y
proceder al despeje del área para evitar la acumulación
de personas que puedan generar estrés al animal.
•
El Encargado de Medio Ambiente debe realizar una
evaluación primaria, para ver si el animal se encuentra
con algún tipo de incapacidad para moverse por sus
propios medios.
•
Si el animal puede moverse sin problemas y/o salir por
sus propios medios debe ahuyentarse sin atacarlo, o si
se nota estresado, esperar que el animal haga abandono
del área.
•
Si el animal se encuentra herido se debe evitar
perturbar al animal, y acercarse lento y a distancia
prudente para evaluar el nivel de gravedad de heridas.
•
El Encargado de Medio Ambiente debe evaluar la
necesidad de proceder al rescate del animal, de
acuerdo a señales de dolor, respiración, movimientos
del cuerpo, etc. Consultar con el SAG o con un médico
veterinario el procedimiento más adecuado a seguir.
•
En caso de proceder al rescate, se debe utilizar una
jaula o caja en buen estado.
•
El Encargado de Medio Ambiente coordinará con
algún centro de rescate de fauna autorizado por el SAG
para su rehabilitación.
•
Los costos médicos veterinarios y de transporte serán
cubiertos por el Titular.
Se debe elaborar un informe del siniestro, y actualizar los
procedimientos de emergencia, en caso de ser necesario.
Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA de la
activación del Plan
En caso de animal herido o muerto se notificará
inmediatamente a SAG. En conjunto se notificará del incidente
a la Superintendencia de Medio Ambiente vía correo
electrónico y por oficio con el informe del incidente dentro del
plazo de 72 horas.
10.2.5. Contacto de sustancias peligrosas en suelo y/o cursos de agua y contacto de efluente proveniente de PTAS. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Sustancias peligrosas y efluentes asociados a la PTAS. Acciones a implementar Bodega SUSPEL • En caso de haber pronóstico de lluvias extremas en la zona, evitar los traslados en las cercanías de los lugares de instalación de la Bodega de Sustancias Peligrosas. • En caso de presentarse cárcavas o erosión de flujo, cuya dirección lineal sea hacia el lugar de instalación de las Bodegas de Sustancias Peligrosas estas deben ser encausadas o rellenadas para no generar acumulación y flujo de agua en dirección a estas áreas. • La instalación de las Bodegas de Sustancias Peligrosas debe ser lo más alejada posible de cárcavas, incisiones o cualquier tipo de forma erosiva que indique flujo de aguas lluvia en la zona, evitando así la acumulación canalizada de escorrentía superficial. • Por otra parte, en caso de emergencia en caso de derrame asociado a eventos de precipitación extrema, para su contención se utilizará una retroexcavadora para crear pretiles de contención. Al mismo tiempo se debe generar una evacuación con un radio de 100 m a la zona que rodea a la Bodega de Sustancias Peligrosas.
Efluentes PTAS
•
Suspender uso de servicios higiénicos.
•
Movilizar al área correspondiente una retroexcavadora
que construirá pretiles de contención.
•
Retiro de aguas por camión limpia fosas.
•
Movilizar baños químicos al área del proyecto.
•
Retiro de materiales contaminados y disposición en
sitio autorizado.
Comunicar situación a SEREMI Salud de la Región de
Atacama y Superintendencia Medio Ambiente.
Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA de la
activación del Plan
En caso de solicitar apoyo a instituciones (Bomberos u otro) y
que la emergencia sobrepase el actuar del Proyecto, se avisará
inmediatamente a bomberos y a la SMA vía telefónica.
Adicionalmente,
en
conjunto
se
notificará
a
la
Superintendencia de Medio Ambiente vía correo electrónico y
por oficio con el informe del siniestro dentro del plazo de 72
horas.
10.2.6. Riesgos naturales.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las áreas del proyecto.
Acciones a implementar
Ante la ocurrencia de un sismo (temblor, terremoto), se debe
proceder según lo siguiente:
•
Conservar la calma, evitar abandonar el área, si la
intensidad aumenta y comienzan a caer objetos o hay
riesgo de romper vidrios de ventanas, alejarse de la
exposición directa.
•
En caso de un sismo de gran envergadura (pérdida de
equilibrio y/o larga duración), se debe activar el plan
de evacuación hacia el punto de encuentro de
emergencia definido para el proyecto.
•
Durante el desplazamiento hacia la zona de seguridad,
se debe prestar atención a todos los objetos y
estructuras que pueden haber quedado debilitadas y
caer.
•
Cuando llegue a la zona de seguridad, observe que sus
colegas estén en el lugar, si falta alguno de aviso de
inmediato a Encargado de la emergencia, nunca trate
de ir a buscarlo.
•
Si queda atrapado por alguna estructura, conserve la
calma, no trate de forzar la estructura, pudiera
provocar un derrumbe mayor, espere a sentir personas
y grite para que lo puedan rescatar.
•
Siempre después de un sismo de gran envergadura se
debe esperar que se realice una inspección del área
para descartar posibles fallas que pudieran ocasionar
problemas mayores con réplicas u otros sismos.
Sólo cuando se ha revisado y con la autorización del
Encargado de la emergencia se podrá volver a las labores
habituales
Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA de la
activación del Plan
En caso de solicitar apoyo a instituciones (Bomberos, u otro)
este se realizará de manera inmediata vía telefónica. En
conjunto se notificará a la SMA vía correo electrónico y por
oficio dentro del plazo de 72 horas.
Adicionalmente se dará aviso a la Ilustre Municipalidad de
Caldera de forma inmediata.
Se mantendrán actualizados, de forma periódica, los datos de
contacto de los estamentos de emergencias y de los organismos
públicos que pueden estar involucrados ante eventualidades
que puedan provocarse en las distintas fases del Proyecto.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
-
Que, para que el proyecto “Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
2°. Certificar que el proyecto “Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Nueva Línea 2x110 kV desde S/E Caldera a Línea 1x110 kV Cardones-Punta Padrones” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.