Evaluación SEA

Senderos de Tenglo

Rol 2159008143
SEA · DIA · Aprobado · 2023-12-07 · Región de Los Lagos · Ulmo Consultores S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Los Lagos

Califica Ambientalmente el proyecto “Senderos de Tenglo”

Puerto Montt

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 6 de julio de 2023 y su Adenda Complementaria de 3 de octubre de 2023, del proyecto “Senderos de Tenglo”, presentado por Ulmo Consultores S.A. con fecha 6 de abril de 2023.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Senderos de Tenglo”.

3°. El Acta del Comité Técnico de la Región de Los Lagos, de fecha 9 de noviembre de 2023.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Senderos de Tenglo” de 14 de noviembre de 2023.

5°. La Sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 22 de noviembre de 2023.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Senderos de Tenglo”.

  1. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; La Resolución N° 119046/146/2022 de fecha 03 de marzo de 2022 del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental sobre nombramiento de Director Regional del Servicio para la Región de Los Lagos la Resolución Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

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CONSIDERANDO:

1°. Que, Ulmo Consultores S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Senderos de Tenglo” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Ulmo Consultores S.A. Rut 76.042.675-K Domicilio Concepción 120, Of. 601, Puerto Montt Teléfono 65 2 230271 Nombre representante legal Sebastián Andrés Orozco Lanfranco Rut representante legal 12480032-3 Domicilio representante legal Concepción 120, Of. 601, Puerto Montt Teléfono representante legal 56968363219 Correo electrónico Titular o representante legal sorozco@ulmoconsultores.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 14 de noviembre de 2023, el Director Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto.

El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; Así como el titular a subsanado los errores, omisiones e inexactitudes contenidas en el proyecto.

3°. Que, en sesión de 22 de noviembre de2023, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Senderos de Tenglo”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 14 de noviembre de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1 Antecedentes Generales

Tabla 4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad Objetivo general El proyecto tiene por objetivo responder a la demanda habitacional de la comuna de Puerto Montt, provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos. Producto del crecimiento de la ciudad, por medio de la construcción de 462 viviendas Sociales correspondientes al Plan de Emergencia Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, las cuales se encontrarán habilitadas con estacionamiento. Además, el proyecto integra espacios destinados a áreas verdes, equipamiento, vialidad y sistemas de saneamiento. Descripción general del proyecto El proyecto “Senderos de Tenglo”, cuya titularidad es de Ulmo Consultores S.A., se encuentra emplazado en Avenida Río Taylor con Avenida Los Notros, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos y consiste en la construcción y habilitación de viviendas con estacionamiento, integrando espacios destinados a áreas verdes, equipamiento, vialidad y sistemas de saneamiento. El presente proyecto integrará un total de 462 viviendas Sociales correspondientes al Plan de Emergencia Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo para uso habitacional, además cada vivienda contará con su propio estacionamiento incorporado. El proyecto se emplazará en una superficie de 114.316 m2 Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones h.1) Proyectos inmobiliarios en zonas decretadas como zonas saturadas y/o latentes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Tabla 4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad Vida útil Indefinida Monto de inversión USD $ 16.201.204,000 Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA De acuerdo con lo establecido en el artículo antes citado, el acto o faena mínima que, según la naturaleza y tipología del proyecto o actividad, dará cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente corresponde a las obras preliminares, como trazado del terreno, cierre perimetral e inicio de las excavaciones. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No

[X] Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el proyecto sí modifique un proyecto o actividad] Si No

[X]

4.2.- Ubicación del proyecto Tabla 4.2 Ubicación del proyecto o actividad División político- administrativa Región de Los Lagos, Provincia de Llanquihue, Comuna de Puerto Montt Justificación de la localización La justificación de la localización del presente proyecto se debe a la natural expansión de la comuna y su creciente demanda habitacional. El proyecto se encuentra ubicado en las zonas catalogadas como ZEUC-2 catalogada como Zona de Extensión Urbana Condicionada Residencial, según el PRC pertenecientes a la comuna de Puerto Montt y lo expuesto en los Certificados de Informaciones Previas (CIP) adjunto en el Anexo 12 de la DIA. Superficie La superficie total del proyecto corresponde a: 114.316 m2

Desglosado en la siguiente superficie:

Superficies Generales del Proyecto m2 superficie terreno total 114.316 superficie neta (para cálculo de densidad) 107.085,56 superficie lotes 1 al 462 47.168,87 superficie calles y pasajes 28.497,27 superficie áreas verdes publicas 12.929,05 superficie equipamiento publico 2.448,70 superficie áreas verdes privadas (exigidos por plan regulador comunal) 5.424,78 superficie equipamiento privado (exigidos por plan regulador comunal) 3.299,74

Coordenadas UTM en Datum Vértices Coordenada X Coordenada Y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

WGS84 1 665702 5404037 2 665697 5404146 3 665855 5404138 4 665825 5404285 5 665817 5404578 6 665687 5404615 7 665618 5404554 8 665613 5404480 9 665620 5404389 10 665677 5404311 11 665517 5404214

Vértice Central Coordenada X Coordenada Y 665736 5404353 Caminos o vías de acceso La vía de acceso al terreno del proyecto corresponde por Ruta 5 y Avenida Río Taylor Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Ilustración n°2, pagina 50 de la DIA:

4.3. Partes y obras del proyecto

Tabla 13 Partes y obras del proyecto Nombre Descripción Carácter

Fase Obras previas Corresponde a la realización de Escarpe inicial y cierre perimetral. Con el terreno en óptimas condiciones se procede a la instalación de faenas. Temporal Construcción Instalación de Faenas Construcción y provisión de la instalación de bodegas para almacenar materiales y equipos a utilizar en la obra; servicios higiénicos para empleados y obreros, oficinas para el personal técnico y administrativo de la empresa, entre otros. Temporal Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Fundaciones Esta se formará por zapatas aisladas de 0,40 m de ancho por 0,4 m de alto según corresponda y sobre él ira una cadena de fundación de 0,17 m de ancho por 0,27 m de alto con fierro o malla acma 1525 según calculo estructural. Permanente Construcción/ Operación Urbanización Se incluyen las obras de alcantarillado, aguas lluvias, electricidad, agua potable y pavimentación Permanente Construcción/ Operación Caminos de acceso temporales y permanentes Los accesos temporales y permanentes son definidos según la fase del proyecto, es decir construcción y operación. En concordancia, estos son presentados de forma clara en ilustraciones presentadas en acápite 3.3.2 de la DIA. Donde se destacan los accesos de acuerdo con los avances constructivos y la puesta en marcha del proyecto. Temporal/permanente Construcción/ Operación Obras o instalaciones para el manejo de aguas lluvias y aguas servidas. El proyecto contempla el manejo de aguas servidas mediante la conexión a la red de agua potable y alcantarillado de la empresa Aguas San Isidro, mediante las siguientes conexiones: Agua Potable: Conexión a matriz existente de acuerdo a factibilidad sanitaria actualizada, ubicada en Avenida Río Taylor con Avenida Los Notros. Ubicación de la tubería por faja sur de Av. Los Notros. Matriz en material HDPE y D=250 mm. Profundidad de 1,10 m aproximadamente. Alcantarillado: Empalmar a cámara de inspección N°1. Ubicación de tubería a eje de calzada. Colector en material PVC C-10 y D=355 mm. Profundidad de 4 m aproximadamente. De acuerdo con las factibilidades N°1707-2022 y 1708-2022, para cubrir las necesidades de las viviendas del proyecto. El documento Factibilidad Agua Potable y Alcantarillado se adjuntan en el de la DIA. Temporal/permanente Construcción/ Operación Instalaciones de apoyo a la actividad de la fase de construcción (IF) Las instalaciones de apoyo de la fase de construcción o Instalación de Faenas consisten en la instalación conexión a suministros eléctricos, alcantarillado y agua potable y/o instalación de soluciones provisorias. De acuerdo a esto se presenta a continuación y en el Anexo 02, la distribución de la instalación de faenas además de sus características constructivas que en general estarán compuestas por conteiner y estructuras de madera con revestimiento Descripción de instalaciones de apoyo a la actividad en la fase de construcción.: Oficinas Compuesto por 10 contenedores de 20 Temporal Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

pies, el cual contaría con 148,84 m2. Bodega Construcción liviana en madera con revestimiento metálico y con mobiliario correspondiente. 201,25 m2 Casino 1 construcción liviana en madera con revestimiento metálico y con mobiliario correspondiente. Sector casino cuenta con revestimiento interior adecuado a zona térmica. 144 m2 Baños y Camarín Conformado por contenedores, obteniendo una superficie total de 86,62 m2 . Zona de Seguridad Zona Habilitada para el resguardo del personal ante alguna emergencia de 190 m2 aproximadamente Bodega RESPEL Con malla tipo Acma metálica de 15 m2 , cierre de fibrocemento, cubierta de zincalum con dimensiones de 0,30 x 851 x 2000 mm, con radier de 20 cm de espesor; hormigón de H=20. Para almacenaje de residuos peligrosos tales como envases plásticos y metálicos de siliconas, tinetas de adhesivos, galones de pinturas con base solvente, tinetas de pintura con base solvente. Los residuos serán dispuestos en contenedores cerrados y rotulados como residuos peligrosos, para posteriormente ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado, en cumplimiento con el D.S N°148/03, “Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos” del Ministerio de Salud. Más información se presenta en el Anexo 14 PAS 142, el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 142 del D.S. N°40/2012, Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos Bodega SUSPEL La bodega tendrá un área de 16 m2 aproximadamente, cumpliendo con el D.S. N°148/03, para estos efectos la estructura se compondrá de, malla tipo Acma metálica, cierre de fibrocemento, cubierta de zincalum con dimensiones de 0,30 x 851 x 2000 mm, con radier de 20 cm de espesor; hormigón de H=20. Bodega RESDOM Se ubicarán 6 contenedores de 125 L cada uno, los cuales estarán debidamente rotulados. Este espacio consistirá en una Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

construcción de suelo impermeable con cierro de malla ACMA, cubierta por malla Rachel de 2 m de altura y dimensiones de 3,0 m x 1,5 m (más detalle en el Anexo 13 PAS 140) Taller Construcción liviana en madera con revestimiento metálico y con mobiliario correspondiente. 63 m

Zona de Lavado Se implementarán una zona de lavado de ruedas en donde se realizará el lavado mediante la utilización de una hidro- lavadora, sobre una superficie estable que recibirá los residuos provenientes del lavado de ruedas. Las aguas serán conducidas a través de ductos a un estanque retenedor el cual almacenará los lodos residuales, que se irán almacenando temporalmente dentro de la bodega de residuos. Estas serán retiradas por una empresa que cuente con los permisos necesarios para este tipo de actividades. Portería Construcción liviana en madera con revestimiento metálico y con mobiliario correspondiente. 6,25 m2 Bodega Herramientas Construcción liviana en madera con revestimiento metálico y con mobiliario correspondiente. 18 m2 Zona de Acopio Mat. Construcción Corresponde a un espacio de 5,0 m x 9,0 m aproximadamente, donde se acumularán los materiales de construcción, los cuales se encontrarán debidamente dispuestos, delimitados y señalizados, de acuerdo con sus características y naturaleza.

Lotes El proyecto consiste en la construcción y habilitación de un total de 462 viviendas distribuidas en un terreno clasificado como Zona ZEUC-2, según el Plan Regulador Comunal de Puerto Montt como Zona de Extensión Urbana Condicionada Residencial. Esta zona está habilitada para la construcción de viviendas y equipamiento. Permanente Operación Vialidad interna y externa El proyecto contempla la pavimentación de las vías internas del proyecto, considerando estacionamientos para las viviendas y equipamientos comerciales. Estas instalaciones se describen en los planos adjuntos en el Anexo 02. Permanente Operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Áreas Verdes y Puntos Recreativos El proyecto contempla la implementación de áreas verdes y puntos recreativos proyectadas dentro del polígono correspondiente al proyecto Senderos de Tenglo. Se considerará la implementación de especies arbóreas, herbáceas y además de especies cobertoras para las áreas verdes y para los puntos recreativos se proyectan plazas activas inclusivas y salas de uso múltiple. Para mayor detalle revisar Plano adjunto en Anexo 02 de la presente DIA. Tanto las áreas verdes como los equipamientos proyectados serán parte del bien nacional de uso público (BNUP) una vez recepcionada la obra, por lo que están contempladas para uso comunitario de residentes del loteo y de poblaciones vecinas. Permanente Operación Áreas de estacionamiento s de uso común El proyecto considera un total de 468 estacionamientos vehiculares, los cuales se distribuyen en 462 para las viviendas y en 6 para los equipamientos proyectados para el desarrollo del proyecto, como se indica en la tabla 23 de la DIA. Además, se pueden visualizar en el Plano adjunto en el Anexo 02 de la DIA. Permanente Operación Infraestructura agua potable y aguas servidas El proyecto contempla el manejo de aguas servidas mediante la conexión a la red de agua potable y alcantarillado de la empresa Aguas San Isidro, mediante las siguientes conexiones: Agua Potable: Conexión a matriz existente de acuerdo a factibilidad sanitaria actualizada, ubicada en Avenida Río Taylor con Avenida Los Notros. Ubicación de la tubería por faja sur de Av. Los Notros. Matriz en material HDPE y D=250 mm. Profundidad de 1,10 m aproximadamente. Alcantarillado: Empalmar a cámara de inspección N°1. Ubicación de tubería a eje de calzada. Colector en material PVC C-10 y D=355 mm. Profundidad de 4 m aproximadamente. De acuerdo a las factibilidades N°1707-2022 y 1708-2022, para cubrir las necesidades de las viviendas del proyecto. El documento Factibilidad Agua Potable y Alcantarillado se adjuntan en el Anexo 12 de la DIA. Permanente Operación Infraestructura de aguas lluvias Para dar solución a las aguas lluvias, se considera la captación de estas mediante el escurrimiento superficial del agua a través de las calles hasta los sumideros proyectados, los que luego conducirán las aguas por medio de colectores hasta zanjas de infiltración, tal como se indica en detalle en el Proyecto de ALL, adjunto en el Anexo 03 de la DIA. Permanente Operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Obra de modificación y encausamiento de Estero sin nombre En consideración a que Estero sin nombre atraviesa el predio de emplazamiento del proyecto, se requiere su modificación y encausamiento para lo cual se plantea un proyecto que se presenta en detalle en Adenda y complementado en Adenda complementaria.

El proyecto de Modificación de Cauce Natural consiste principalmente en una desviación (By-Pass) del trazado y abovedamiento del Estero Sin Nombre mediante un acueducto circular de HDPE 600 mm en el loteo de viviendas sociales proyectado “Conjunto habitacional senderos de Tenglo 1”. Este proyecto de viviendas sociales. requiere encauzar y abovedar el Estero Sin Nombre modificando su trazado natural para poder construir las viviendas y calles, y al mismo tiempo mantener el curso de agua. Esta obra de acueducto de estero de acuerdo a los Art. 41 y 171 del Código de Aguas significa un Proyecto de Modificación de Cauce de Regularización, cuya descripción se resume a continuación:

MDC 1: Acueducto HDPE 600 mm – Qt=100 = 223 L/s : Esta obra hidráulica consiste en tubería de HDPE de 600 mm que encauza el Estero sin Nombre a través de la urbanización Senderos de Tenglo 1. Su trazado se extiende en aprox. 560 m de longitud cuyo inicio se ubica en coordenadas UTM [665.855,56 E, 5.404.150,89 N], datum WGS-84, (KM 0.104 del sector del estero analizado), y su fin en coordenadas UTM [665.614,29 E, 5.404.566,28 N], datum WGS-84, (KM 0.670 del sector del estero analizado). • La obra MDC 1 considera: -Obras de Entrada: muro de boca con alas, decantador, y rejilla para retención de sólidos. -Obra Intermedia en KM 0.240 (nodo 3): 35.8 m de drenaje con tubo perforado para incluir escorrentía superficial de la subcuenca A3. -Obras de Salida: Muro de boca con alas, pedraplén y perfilamiento en sección trapecial al 0,20% en tramo de 20m. Para mayores detalles ver anexo 05 de la Adenda y Anexo 06 en Adenda Complementaria. Este proyecto está en relación con el otorgamiento del PAS 157, para mayores Permanente Construcción/ Operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

detalles ver capítulo respectivo. A continuación, se muestra imagen referencial adjunta en Adenda complementaria respecto a la obra de modificación de cauce:

Conjunto de viviendas unifamiliar El proyecto tiene como finalidad, atender la demanda habitacional de la comuna de Puerto Montt, mediante la construcción de 462 viviendas. El proyecto se encuentra adscrito al Subsidio para construir una vivienda (D.S N°49), el cual Permite a familias que no son dueñas de una vivienda y viven en una situación de vulnerabilidad social y necesidad habitacional, construir una vivienda o un conjunto de ellas (casas o departamentos) sin crédito hipotecario. Permanente Operación

4.4. Acciones del proyecto Tabla 4.44 Acciones del proyecto Nombre Fase Escarpe del terreno Construcción Replanteo, Trazado y Niveles Construcción Excavación Construcción Construcción de obras gruesa Construcción Acciones de mantención en operación Operación

4.5. Cronología de las fases del proyecto o actividad Tabla 4.5 Cronología de las fases del proyecto o actividad 4.4.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Diciembre de 2023 Parte, obra o acción que establece el inicio corresponde a las obras preliminares, como trazado del terreno, cierre perimetral e inicio de las excavaciones. Fecha estimada de término Mayo de 2025 Parte, obra o acción que establece el término Recepción municipal del proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Junio de 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Entrega de las viviendas a sus propietarios Fecha estimada de término El proyecto es de carácter indefinido, por lo que no se considera una fecha de término Parte, obra o acción que establece el término En consideración a que es de carácter indefinido, no se considera una parte, obra o acción que establezca el término. 4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio El proyecto es de carácter indefinido, por lo que no se considera una fase de cierre

4.6. Mano de obra Tabla 4.66 Mano de obra Fases Número máximo de personas Construcción 260 Operación 20 Cierre 0 Total 280

4.7. Fase de construcción

4.7.1. Partes, obras y acciones

4.7.1.1. Partes y obras Tabla 4.7.1.1 Partes y obras Nombre

Obras previas Instalación de Faenas Fundaciones Urbanización Caminos de acceso temporales y permanentes Obras o instalaciones para el manejo de aguas lluvias y aguas servidas. Instalaciones de apoyo a la actividad de la fase de construcción (IF)

4.7.1.2. Acciones Tabla 4.7.1.2 Acciones Nombre Descripción Escarpe del terreno Retiro del terreno, materias orgánicas, troncos y otros desperdicios de manera de obtener un terreno limpio y despejado. Este terreno se deberá rebajar hasta alcanzar los niveles adecuados en relación con la rasante que corresponde. El suelo ya rebajado deberá quedar correctamente perfilado y el material sobrante deberá ser llevado a botaderos autorizados.

La cantidad de material a escarpar se calcula respecto al total de superficie del terreno 114.316 m2, con una profundidad promedio de 0,15 metros. Lo que da como resultado una estimación de 17.147,4 m3 de material a escarpar. Cabe destacar que el material a escarpar no será Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

utilizado, por lo que será retirado a un acopio o botadero autorizado. Replanteo, Trazado y Niveles El replanteo se hará sobre un cerquillo de madera que se situará aproximadamente a 1 metro del perímetro de la construcción relacionándolo estrictamente con rasante de calles y pasajes del sector, en el cual se trazarán los ejes indicados en el plano. A partir del replanteo, se realizará el trazado de cada vivienda, lo que permitirá definir de inmediato los niveles de ella Excavación Se realizarán las excavaciones necesarias para dar cabida a la estructura indicada en los planos de cálculo. Estos se ejecutarán a mano en su totalidad cumpliendo las condiciones de seguridad necesarias para llevar a cabo los trabajos, sus dimensiones mínimas serán las indicadas en el plano de fundaciones, la extracción deberá alcanzar como máxima profundidad el nivel del sello de fundación, penetrando como mínimo 20 cm.

4.7.2. Suministros básicos Tabla 4.7.2 Suministros básicos Nombre Descripción Servicios Higiénicos: El proyecto contempla el manejo de aguas servidas mediante la conexión a la red de agua potable y alcantarillado de la empresa Aguas San Isidro, mediante las siguientes conexiones: Agua Potable: Conexión a matriz existente de acuerdo a factibilidad sanitaria actualizada, ubicada en Avenida Río Taylor con Avenida Los Notros. Ubicación de la tubería por faja sur de Av. Los Notros. Matriz en material HDPE y D=250 mm. Profundidad de 1,10 m aproximadamente. Alcantarillado: Empalmar a cámara de inspección N°1. Ubicación de tubería a eje de calzada. Colector en material PVC C-10 y D=355 mm. Profundidad de 4 m aproximadamente. De acuerdo a las factibilidades N°1707-2022 y 1708-2022, para cubrir las necesidades de las viviendas del proyecto. El documento Factibilidad Agua Potable y Alcantarillado se adjuntan en el Anexo 12 de la DIA. Alimentación: Cada trabajador, perteneciente al desarrollo del proyecto, se encarga de su alimentación. Para ello se contempla contar con un comedor dotado con los enseres necesarios para calentar los alimentos. Electricidad: El proyecto utilizará un empalme provisorio, conectándose a la red de Sociedad Austral de Electricidad S.A. SAESA, la cual cubrirá las necesidades eléctricas para la fase de Construcción y se presenta el Certificado de Factibilidad N°638876 adjunto en Anexo 12 de la DIA Transporte: Se considerarán tres buses de acercamiento para los trabajadores, los cuales serán contemplados en la estimación de emisiones Agua El proyecto contempla el manejo de aguas servidas mediante la conexión a la red de agua potable y alcantarillado de la empresa Aguas San Isidro, mediante las siguientes conexiones:

Debe conectarse a matriz a existente en Avenida Río Taylor con Avenida Los Notros con extensión de red. Ubicación de la tubería por faja sur de Av. Los Notros. Matriz en material HDPE y D=250 mm. Profundidad de 1.10 mt. Aproximadamente.

Alcantarillado

Debe empalmarse a cámara de inspección N°1 existente dentro del loteo Mirador de Volcanes V con extensión de colector. Ubicación de tubería a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

eje de calzada. Colector en material PVC S N - 8 y D=355 mm. Profundidad=4 mt. Aproximadamente.

De acuerdo a las factibilidades N°1707-2022 y 1708-2022, para cubrir las necesidades de las viviendas del proyecto. El documento Factibilidad Agua Potable y Alcantarillado se adjuntan en el Anexo 12 de la DIA. No se podrá finalizar la fase de construcción (recepción de obra) sin que estén dados los servicios de agua potable y alcantarillado ni recepcionados por la sanitaria, por lo que no se generará la eventualidad de que la fecha de puesta en marcha de estos servicios sea posterior a la fase de construcción. Como antecedente se adjunta factibilidad de agua potable y alcantarillado actualizada en la que se define la existencia de una red existente. Para las actividades de humectación de caminos e interiores y obras de relleno, el agua será provista a través de empalme a matriz publica suministrada por la empresa Sanitaria Aguas San Isidro S.A. Para el hormigonado que se realice en el proyecto, no se utilizará agua, ya que el hormigón será traído de una planta hormigonera.

El agua requerida durante la fase de construcción del Proyecto será provista por la conexión a la red pública existente de la empresa concesionaria del sector y del suministro de una empresa externa con autorización sanitaria. Por lo tanto, se descarta cualquier impacto sobre cantidad y disponibilidad del recurso hídrico, dado que la empresa cuenta con autorización sanitaria otorgada por la empresa concesionaria Aguas San Isidro S.A. Además, para mantener el seguimiento de la procedencia del agua, con objeto de que provenga de fuentes autorizadas, se mantendrá un registro y seguimiento en obra

Áridos De los áridos considerados para estos fines se contemplan arena, grava y gravilla. Los cuales se presentan en la tabla 32 de la DIA. Hormigón El proyecto contempla proveerse de hormigón para sus obras. Los cuales se detallan en el tabla N°33 de la DIA. Materiales de construcción Para la fase de construcción, se requieren principalmente los materiales que se mencionan a continuación: Carbonileo, fieltro asfaltico 10 libras, geotextil 150 gr/m2 impermeabilizante asfaltico RA 85, imprimante asfaltico, lana de vidrio 140 mm rollo libre, polietileno negro 0,2 mm Sikacure 116, Lavadero 15 lts fibra de vidrio 40x50x27 cm y respaldo 20 cm, Lavamanos con pedestal enlozado 6,7 litros, llave de jardín con hilo exterior 19 mm, tina blanca acero esmaltado 70x100 cm, tornillo para WC, WC loza vitrificada con tapa asiento plástico y estanque de loza 7 lts, cerámica piso 36x36 cm. esmaltada económica cordillera, separadores plásticos 4 mm, bisagra 3 ½ x 3 ½, cerradura cilíndrica mod 201 RM-SS odis, cerrojo de seguridad mod 502 DBSS Odis, escudo odis PL1-SS, perillon, picaporte zincado, tope de puerta de foma DVP, Hojalateria botagua de puerta, escalines fe galvanizado ¾, perfil metalcon portante 40R L=3 m. Rejilla sumidero tipo S1, Adhesivo en polvo, cal hidráulica, grapas galvanizadas, teflón ¾, entre otros

4.7.3. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.7.3 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Nombre Descripción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Suelo Con el objetivo de acondicionar el terreno, se deben realizar movimientos de tierra dentro de los límites del proyecto para llevar a cabo el mejoramiento de suelo, según lo indicado en el Estudio de Mecánica de Suelos, Anexo 09 de la DIA. El total de suelo a remover según se detalla en la tabla 1 de la Adenda es de 121.199 m3 Agua Se realizará una modificación y alteración de cauce del Estero Sin Nombre el cual atraviesa el predio donde se emplaza el proyecto. Los antecedentes específicos se detallan en el capítulo del permiso ambiental sectorial N°157 del presente Informe.

4.7.4. Emisiones y efluentes

4.7.4.1. Emisiones a la atmósfera: Tabla 4.7.4.1 Emisiones a la atmósfera Nombre Descripción Emisiones Se adjunto en Adenda, Anexo 2 que corrige la estimaciones de emisiones atmosféricas, las principales emisiones del proyecto corresponden a emisiones directas, las cuales sólo se generarán en la fase de construcción, por lo tanto, una vez en que el proyecto se encuentre en la fase de operación las emisiones de material particulado MP10 y MP2.5 no superarán las 6,229 ton/año y 5,404 ton/año respectivamente, que corresponden a la circulación de los vehículos y la calefacción domiciliaria a leña asignados al proyecto completo.

4.7.4.2. Emisiones líquidas o efluentes: Tabla 4.7.4.2 Emisiones líquidas Nombre Descripción Aguas servidas El proyecto contempla el manejo de aguas servidas mediante la conexión a la red de alcantarillado de la empresa Aguas San Isidro, mediante las siguientes conexiones: Alcantarillado: Empalmar a cámara de inspección N°1. Ubicación de tubería a eje de calzada. Colector en material PVC C-10 y D=355 mm. Profundidad de 4 m aproximadamente. De acuerdo a las factibilidades N°1707-2022 y 1708-2022, para cubrir las necesidades de las viviendas del proyecto. El documento Factibilidad se adjunta en el Anexo 12 de la DIA. Otras Emisiones Liquidas También se generarán emisiones líquidas a partir del lavado de ruedas de los camiones mixer y tolvas, el cual estará dispuesto al ingreso de las instalaciones en una zona delimitada para ello. Los procesos de lavado y disposición se describen a continuación. Destacando que se realizará capacitación a los trabajadores de obra para el procedimiento de lavado de camiones mixer. En dicha capacitación se entregará material informativo y se firmará un listado de asistencia durante la inducción, el cual se mantendrá registro en la oficina administrativa de la instalación de faenas del proyecto, para consulta y/o seguimiento de la autoridad sanitaria cuando esta lo requiera.

4.7.4.3. Emisiones de Ruido Tabla 4.7.4.3 Ruido Nombre Descripción Ruido El proyecto contempla una etapa constructiva, en la cual se ejecutarán obras destinadas a uso habitacional y equipamiento comercial, las cuales se encontrarán habilitadas con estacionamientos, integrando espacios destinados a áreas verdes, equipamiento, vialidad y sistemas de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

saneamiento. El proponente presenta en el Anexo 03 de la Adenda la actualización del estudio de ruido y vibraciones, rectificando el área de influencia y considerando los mayores valores de emisión de ruido. El estudio se basa en un contexto en que se considera la condición más desfavorable para los receptores aledaños al proyecto, se presentan a continuación las condiciones en las que se realizará el estudio de ruido: • Se define como puntos sensibles los receptores más cercanos y expuestos al ruido generado por el proyecto. • Se toma en consideración todas las maquinarias y herramientas de trabajo del proyecto que generen emisiones de contaminación acústica. • Para los cálculos de área de influencia y proyección de ruido sobre los receptores, se considera el funcionamiento de la fuente de ruido más energética en términos acústicos, la ubicación más desfavorable y mínima distancia con respecto a las fuentes de ruido.

Los niveles de ruido generados en la fase de construcción del proyecto, para uno de los receptores representativos evaluados, superan el límite establecido por el D.S Nº 38/2011 del MMA, en horario diurno, al considerar un “contexto de condición más desfavorable”. Por lo tanto, se proponen medidas de reducción de ruido para asegurar el cumplimiento normativo, como barreras acústicas y cubre vanos que se detallan en Informe de anexo 3 de la Adenda.

4.7.4.4. Otras emisiones Tabla 4.7.4.4 Otras emisiones Nombre Descripción Vibraciones El proyecto generará vibraciones, para lo cual el proponente presentó estudio que fue actualizado en Adenda (anexo 3) en ese sentido según el estudio de vibraciones, al modelar el escenario más crítico con el “criterio de condición más desfavorable”, en ningún receptor se supera el límite de referencia para molestias en receptores humanos y daño estructural, de la guía técnica FTA.

4.7.5. Residuos

4.7.5.1. Residuos no peligrosos Tabla 4.7.5.1 Residuos no peligrosos Nombre Descripción Residuos Sólidos Domiciliarios Asimilables (RESDOM) en la fase de construcción habrá una mano de obra máxima de 260 personas, por lo que se prevé que la generación de los residuos domiciliarios alcanzará, 275,6 kg/día.

Estos residuos serán dispuestos en contenedores claramente identificados (basureros) y en una zona dispuesta para ello, para posteriormente ser transportados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado, para mayores detalles ver PAS 140 Residuos de la Construcción Corresponden a los residuos sólidos industriales no peligrosos asimilables a domiciliarios, generados durante la fase de construcción del proyecto. Estos estarán compuestos principalmente por excedentes de las excavaciones, escombros (restos de hormigón), madera, despuntes de Poliestireno expandido y tuberías de P.V.C., restos de alambres y yesos, tinetas, despuntes de madera y de polietileno, nylon y similares, cartones y similares. Dichos residuos serán almacenados en un patio de acopio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

(para mayor detalle dirigirse al Anexo 13 de la DIA) y retirados por una empresa con resolución sanitaria vigente, la cual dispondrá los residuos sólidos, en rellenos sanitarios dispuestos para estos fines en la Región.

Para la disposición de los residuos domiciliarios y asimilables, escombros y material de escarpe se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual se acredite la disposición final de los residuos en lugares con la autorización sanitaria al día.

En la fase de construcción, como alternativa de prevención en la generación de residuos, la obra considera la construcción del conjunto con elementos prefabricados de planta, como la estructura de las viviendas, enfierradura en cadenas y hormigones, por lo que la emisión de residuos será la mínima.

A su vez, en la instalación de faena de la obra se destinará una zona de acopio en la que separen los distintos tipos de materiales, permitiendo una clasificación para identificar la mayor cantidad de material que se pueda reutilizar y que permita dar paso al reciclaje, optando como última opción la eliminación de estos

4.7.5.2. Residuos peligrosos Tabla 4.7.5.2 Residuos peligrosos Nombre Descripción Residuos Peligrosos 1) Identificación y clasificación de los RESPEL Los residuos peligrosos que se generarán en la fase de construcción serán: envases de diluyentes vacíos, adhesivo para tuberías, Vinilit y Ecoline, tubos de silicona, envases de sellador de poliuretano, papel fieltro y rodillos usados, paños y/o huaipes contaminados, dynal denso, aguarrás y pinturas, etc. 2) Almacenamiento de los RESPEL Los residuos peligrosos serán mantenidos temporalmente en contenedores con tapa; y debidamente rotulados, para los cuales se dispondrá, de una bodega “RESPEL” (residuos peligrosos) en la zona del proyecto, con el sentido de mantener transitoriamente estos residuos, los cuales serán manejados y acumulados según lo establecido en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S. 148/2003, para su posterior retiro por la empresa autorizada. 3) Transporte de los RESPEL a una instalación para su tratamiento y eliminación. Para el transporte de los residuos peligrosos generados durante el periodo de construcción y su posterior retiro y correcta disposición se contratará una empresa con autorización sanitaria, según el D.S. 148/2003. En la tabla 52 de la DIA, se describen los principales residuos que se generarán durante la fase de construcción.

Para la disposición de los residuos domiciliarios Peligrosos se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual se acredite la disposición final de los residuos en lugares con la autorización sanitaria al día.

4.7.5.3. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Tabla 4.7.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Nombre Descripción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Productos químicos para la construcción En la fase de construcción se utilizarán diferentes productos químicos como diluyentes, aguarrás, adhesivos especiales como vinilit, ecoline y siliconas, pinturas de diferentes formatos y composiciones.

4.8. Fase de operación

4.8.1. Partes obras y acciones

4.8.1.1. Partes y obras Tabla 4.8.1.1 Partes y obras Nombre

Fundaciones Urbanización Lotes Vialidad interna y externa Áreas Verdes y Puntos Recreativos Áreas de estacionamientos de uso común Infraestructura agua potable y aguas servidas Infraestructura de aguas lluvias Conjunto de viviendas unifamiliar

4.8.1.2. Acciones Tabla 4.8.1.2 Acciones Nombre Descripción Acciones de mantención en operación Acciones del proponente que dice relación con la garantía legal de las viviendas, la cual es de 10 años (cuando afectan a la estructura), 5 años (cuando afectan a los elementos constructivos o de instalaciones) o 3 años (cuando afectan las terminaciones o de acabado). Todo conforme a la Ley Nº20.016 que introdujo modificaciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

4.8.2. Suministros básicos Tabla 4.8.2 Suministros básicos Nombre Descripción Sistema de abastecimiento eléctrico El proyecto utilizará un empalme definitivo, conectándose a la red eléctrica perteneciente a la empresa SAESA., la cual cubrirá las necesidades eléctricas para la Fase de Operación del proyecto. Abastecimiento de agua potable y servicio de alcantarillado El proyecto contempla el manejo de aguas servidas mediante la conexión a la red de agua potable y alcantarillado de la empresa Aguas San Isidro, mediante las siguientes conexiones: Agua Potable: Conexión a matriz existente de acuerdo a factibilidad sanitaria actualizada, ubicada en Avenida Río Taylor con Avenida Los Notros. Ubicación de la tubería por faja sur de Av. Los Notros. Matriz en material HDPE y D=250 mm. Profundidad de 1,10 m aproximadamente. Alcantarillado: Empalmar a cámara de inspección N°1. Ubicación de tubería a eje de calzada. Colector en material PVC C-10 y D=355 mm. Profundidad de 4 m aproximadamente. De acuerdo a las factibilidades N°1707-2022 y 1708-2022, para cubrir las necesidades de las viviendas del proyecto. El documento Factibilidad Agua Potable y Alcantarillado se adjuntan en el Anexo 12 de la DIA.

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4.8.3. Productos generados Tabla 4.8.3 Productos generados Nombre Descripción Conjunto habitacional Viviendas Compuesto por 462 viviendas, 468 estacionamientos, áreas verdes, vialidad interna, con servicios de agua potable, postación eléctrica, entre otros. El detalle del proyecto es el siguiente:

SENDEROS DE TENGLO 462 VIVIENDAS SOCIALES TIPOLOGIA DE VIVIENDA SUPERFICIE M2 CANTIDAD UNIDADES DESCRIPCION TIPO A1 52,65 427 Vivienda Básica 3 dormitorios 1 baño TIPO A2 56,28 18 Vivienda para grupo familiar 3 dormitorios 1 baño, (3° dorm. más amplio para 2 camas) TIPO M 47,04 12 Vivienda para familias con discapacidad sensorial o de movilidad NO reducida. TIPO M2 67,04 5 Vivienda para familias con discapacidad de movilidad reducida, habilitada para uso de silla de ruedas. SALA USO MULTIPLE 96,98 2 Equipamiento Público, sala de uso múltiple SALA USO MULTIPLE 68,52 1 Equipamiento Público, sala de uso múltiple

4.8.4. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.8.4 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Nombre Descripción En la fase de operación no se realizará extracción de recursos naturales

4.8.5. Emisiones y efluentes

4.8.5.1. Emisiones a la atmósfera: Tabla 4.8.5.1 Emisiones a la atmósfera Nombre Descripción Emisiones a la atmósfera Durante la fase de operación existirán las emisiones atmosféricas indirectas asociadas al flujo vehicular, en donde la situación más desfavorable se producirá al momento de encontrarse la totalidad de las viviendas recepcionadas y en operación. Así mismo las emisiones de los sistemas de calefacción de las viviendas dependiendo si usan calefacción en base a leña o pellet.

4.8.5.2. Emisiones líquidas o efluentes: Tabla 4.8.5.2 Emisiones líquidas Nombre Descripción Aguas servidas El proyecto contempla el manejo de aguas servidas mediante la conexión a la red de agua potable y alcantarillado de la empresa Aguas San Isidro, mediante un empalme a cámara de inspección N°1. Ubicación de tubería a eje de calzada. Colector en material PVC C-10 y D=355 mm. Profundidad de 4 m aproximadamente. De acuerdo a las factibilidades N°1707-2022 y 1708-2022, para cubrir las necesidades de las viviendas del proyecto. El documento Factibilidad Agua Potable y Alcantarillado se adjuntan en el Anexo 12 de la DIA.

4.8.5.3. Emisiones de Ruido Tabla 4.8.5.3 Ruido Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Nombre Descripción Ruido Durante esta fase se producirán ruidos normales por circulación de vehículos y actividades propias de los habitantes.

4.8.5.4. Otras emisiones Tabla 4.8.5.4 Otras emisiones Nombre Descripción No hay otras emisiones en la etapa de operación del proyecto.

4.8.6. Residuos

4.8.6.1. Residuos no peligrosos Tabla 4.8.6.1 Residuos no peligrosos Nombre Descripción Residuos sólidos domiciliarios y asimilables Durante el desarrollo de la fase de operación del proyecto, habrá generación de residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes de las viviendas. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando el Reporte Asociado a la Generación de Residuos Sólidos en Chile, el cual indica, para la comuna de Puerto Montt, una tasa de generación de 1,06 kg/día de residuos. Además, se considera un promedio de 4 habitantes por vivienda. El retiro de los residuos será por parte del sistema de retiro implementado en Puerto Montt, se estima que el proyecto generará 11,27 m3/día de residuos domiciliarios.

4.8.6.2. Residuos peligrosos Tabla 4.8.6.2 Residuos peligrosos Nombre Descripción No hay generación de residuos peligrosos en la etapa de operación del proyecto.

4.8.6.3. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Tabla 4.8.6.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Nombre Descripción No hay uso de productos químicos u otras sustancias en la etapa de operación del proyecto.

4.9. Fase de cierre

En consideración a las características del proyecto, este no contempla una fase de cierre, por considerarse de carácter indefinido.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos Tabla 5 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos Impacto ambiental Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

de efluentes, emisiones y residuos Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada En el área de influencia se encuentra población circundante. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Aire Se contempla que el proyecto genere emisiones de material particulado y gases de combustión mientras dura la fase de construcción, las que son de carácter temporal, no peligrosos y de impacto local limitado, de acuerdo a lo señalado en el informe adjunto en el Anexo 02 de la Adenda.

Se concluye que las principales emisiones del proyecto corresponden a emisiones directas, las cuales sólo se generarán en la fase de construcción, por lo tanto, una vez en que el proyecto se encuentre en la fase de operación las emisiones de material particulado (MP10) no superarán las 6.229 ton/año, que corresponden a la circulación de los vehículos y la calefacción domiciliaria a leña de las viviendas.

Agua El presente proyecto no contempla intervenir o explotar cursos o cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles. Junto con esto la mecánica de suelos (Anexo 09 de la DIA) indica que no se detecta presencia de napa freática a cota explorada. Por otra parte, el proyecto contempla el manejo de aguas servidas mediante la conexión a la red de agua potable y alcantarillado de la empresa Aguas San Isidro de acuerdo a las factibilidades N°1707-2022 y 1708-2022, para cubrir las necesidades de las viviendas del proyecto.

En el área de estudio, existen gran cantidad de pozos de extracción de áridos, que actualmente estarían actuando como zonas de recarga artificial al acuífero A1 definido en el mapa hidrogeológico de Sernageomin 2015, y el cual es reconocido en la estratigrafía de los expedientes de los diferentes pozos cercanos. El estudio Hidrogeológico se encuentra adjunto en Anexo 05 de la Adenda Complementaria) b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Los niveles de ruido generados por la ejecución del proyecto, al considerar las medidas de control y atenuación, presentadas en la DIA y en mayor detalle en el Informe actualizado de Impacto Acústico, adjunto en el Anexo 03 de la Adenda N°1, el proyecto no sobrepasará el nivel máximo permitido en horario diurno establecido en el D.S. Nº38/11 MMA, debido al funcionamiento de la maquinaria requerida.

Por lo tanto, cumplirá con la normativa y minimizará las molestias sobre los vecinos. Más detalles se presentan en el informe actualizado y adjunto en el Anexo 03 de la Adenda N°1 c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. De acuerdo con lo establecido en los literales a) y b) del Art. 5 del D.S. Nº40/2013 MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, no se generarán riesgos a la salud de las personas, por la emisión de contaminantes sobre recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Debido a que:

• Las principales emisiones del proyecto corresponden a emisiones directas, las cuales sólo se generarán en la fase de construcción, por lo tanto, una vez en que el proyecto se encuentre en la fase de operación las emisiones de material particulado MP10 y MP2.5 no superarán las 6,229 ton/año y 5,404 ton/año respectivamente, que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

corresponden a la circulación de los vehículos asignados al proyecto completo y la calefacción domiciliaria a leña, tal como se presentó en el Anexo 02 de la Adenda N°1 Actualización Informe Estimaciones Atmosféricas. • Se implementarán medidas para el control de emisión de contaminantes como, encarpado de camiones y restricción de velocidad, además, los residuos generados serán debidamente almacenados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado. • Para dar solución a las aguas lluvias, se considera la captación de estas mediante el escurrimiento superficial del agua a través de las calles hasta los sumideros proyectados, los que luego conducirán las aguas por medio de colectores hasta zanjas de infiltración, tal como se indica en detalle en el Proyecto de ALL, adjunto en el Anexo 03 de la DIA. • A su vez, las aguas lluvias canalizadas a través de zanjas a pozos de acumulación, en la fase de construcción, serán extraídas del sector en el que se emplaza el proyecto, por medio de camiones aljibe. Los cuales descargarán en la piscina de acumulación existente ubicada a 700 metros del proyecto. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Fase de construcción

Durante la fase de construcción se dará cumplimiento a lo establecido en los Permisos Ambientales Sectoriales 140 y 142, adjuntos el Anexo 13 y 14 de la DIA respectivamente.

La disposición dentro del área de emplazamiento del proyecto de residuos domiciliarios y de la construcción se almacenará en una zona de acopio transitorio y en basureros rotulados, mientras que los residuos peligrosos se almacenarán en recipientes herméticos y debidamente identificados según lo indica la NCh 2190/2015, dentro de una bodega especialmente destinada para esta función, según lo estipula el D.S. 148/03. El manejo final de residuos sólidos y líquidos (transporte y disposición), siempre será realizado por empresas autorizadas y dispuestos en sitios autorizados. Por lo tanto, no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos que puedan ser generados durante la fase de construcción, sobre los recursos naturales y que afecten o pongan en riesgo la salud de la población.

Fase de operación

Los residuos generados en esta fase corresponden a residuos domiciliarios, los cuales serán almacenados por los propietarios en sus viviendas en contenedores con tapa. Se contempla que estos residuos sean retirados por el servicio de extracción de basura domiciliaria de la I. Municipalidad de Puerto Montt, dos o tres veces por semana según cronograma de dicho servicio.

Las emisiones líquidas que se generarán durante la operación del proyecto corresponderán a las aguas servidas, producto de las actividades diarias de los habitantes del conjunto habitacional, las cuales serán descargadas a través del sistema de alcantarillado que dispondrá el proyecto y procesadas por empresa sanitaria Aguas San Isidro.

Por lo tanto, no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales, que puedan ser generados durante la fase de operación y que afecten o pongan en riesgo la salud de la población.

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5.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Tabla 5.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Impacto ambiental Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. En este sector no existen recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos, que sean impactados significativamente a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. El proyecto se emplaza en territorio urbano, según los Certificados de Informaciones Previas (Anexo 12 de la DIA), específicamente en la “Zona de Extensión Urbana Condicionada Residencial” (residenciales, de equipamiento y actividades productiva según el Plan Regulador Comunal. Que permite la construcción de viviendas, indicado en el Plan Regulador Comunal de Puerto Montt. Por lo cual el proyecto da cumplimiento a las condiciones de uso de suelo permitido, no interviniendo zonas destinadas para sustentar la biodiversidad. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. Según el informe de Flora adjunto en el Anexo 08 de la DIA se concluye que considerando que cualquier intervención en un ecosistema generará un impacto en los componentes bióticos que lo forman, se establecen las siguientes conclusiones y recomendaciones de acuerdo con lo observado en la visita al terreno donde se desarrollará el proyecto de viviendas sociales Senderos de Tenglo.

Acorde al informa de Fauna íctica en el Anexo 03 de la Adenda Complementaria, los esfuerzos de muestreo en la zona evidenciaron claramente que en el estero se presenta un flujo energético y biológico estacional, por la presencia de posas que son hábitat de algunas especies. Se observó en el cuerpo de aguas un alto dinamismo, importante biodiversidad de organismo invertebrados (insectos acuáticos y una especie de crustáceo) que permiten la alimentación de estadios larvarios de P.Thaul.

La calidad del agua y las condiciones ambientales que provee el estero permiten la reproducción y desarrollo de los anfibios. Las características del entorno permiten ser reguladores de la temperatura y la humedad condición principal para el desarrollo y alimentación de las larvas.

Es importante considerar la pérdida de conectividad permanente de las aguas del estero para mantener las poblaciones acuáticas, afectando la reproducción y desarrollos de anfibios, por lo cual se propones el rescate y relocalización (Permiso Ambiental Sectorial 146 y antecedentes de pesca de investigación adjuntos en Anexo 06 de la presente Adenda Complementaria) Mientras que la avifauna presente en el área de estudio está representada por especies que presentan una amplia distribución en Chile y no se encuentran incluidas en categorías de conservación como especies amenazadas (UICN).

En cuanto a los mamíferos, en general la riqueza y abundancia de taxas para este grupo fue pobre, esperable para un área urbana con actividad antrópica.

Finalmente, y de acuerdo con los resultados de este estudio, se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

podría determinar que el desarrollo de este proyecto no presentaría impactos significativos sobre la biodiversidad del área de emplazamiento del proyecto de viviendas sociales Senderos de Tenglo.

La vegetación registrada es diversa, con mayor cantidad de especies introducidas, pero con una importante proporción de especies nativas típicas de los suelos de la región, donde debido a las abundantes precipitaciones los suelos permiten el desarrollo de especies como helechos, nalcas, chauras y cortaderas, comunes de ver incluso en sitios urbanizados.

Las formaciones arbóreas no son las más representativas debido a que éstas no alcanzan gran altura y los más representativos corresponden a acacias de origen exótico mayormente y se mezclan con la abundante vegetación arbustiva donde la principal especie es el Ulex europaeus considerado una planta de fácil propagación e invasora.

Respecto de las zonas con presencia de agua estacional, el proyecto considera una modificación de cauce, por lo que se debe señalar que no se intervendrán especies con estados de conservación relevantes durante esta modificación.

Finalmente, y de acuerdo con los resultados de este estudio, no se identificaron especies nativas con categorías de conservación en estados críticos o en peligro dentro del área de estudio por lo que, se podría determinar, que el desarrollo de este proyecto no presentaría impactos significativos sobre la biodiversidad del área que ocupará el proyecto de viviendas sociales Senderos de Tenglo.

En consideración a lo argumentado por la SEREMI de Medio Ambiente, el cual expresa en su Oficio Ord. N° 282/2023 de fecha 20 de octubre de 2023, informa las siguientes observaciones al proyecto:

1. En los antecedentes entregados por el Titular en la DIA, no se señaló la presencia de humedales en el lugar de emplazamiento del proyecto. Sin embargo, se declaró la existencia de un cauce denominado Estero Sin Nombre, agregando la presencia de algunas especies de vegetación indicadoras del ecosistema tipo humedal. Por lo anterior, esta Secretaría Regional Ministerial efectuó una visita a terreno con fecha 03 de mayo de 2023, en donde se corroboró la existencia de los aspectos antes nombrados. Posteriormente a través del ORD. N° 123 de fecha 05 de mayo de 2023, se solicitó al Titular determinar si en el lugar de emplazamiento de las obras y acciones del proyecto, se presentaban las características de humedal urbano, para lo cual se recomendó utilizar la Guía de Delimitación y Caracterización de Humedales Urbanos. También se solicitó en el pronunciamiento que, en caso de determinar que estas características existiesen, se debiera analizar cuáles de las acciones y obras del proyecto serían factores generadores de impacto sobre estos ecosistemas, para así definir un área de influencia para este componente. Finalmente se requirió conocer la significancia de los impactos a generar, dado que el proyecto contempla la modificación del cauce denominado Estero Sin Nombre, en aproximadamente 560 metros de agua, así como la eliminación de la flora existente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Al respecto, el Titular en Adenda realizó un análisis descriptivo donde reconoce la presencia del cauce y de las especies de vegetación asociadas a la marca del canal en cantidades abundantes. No obstante, indicó que aquello no necesariamente correspondía a un humedal, pues estas plantas soportan periodos de sequía. El Titular a su vez consideró que la proporción que ocupa la vegetación asociada al canal con especies hidrófitas, era pequeña e irrelevante respecto de especies dominantes como el Ulex europaeus o Rubus ulmifolius que cubren al menos el 70% del área de matorral, y, por lo tanto, la corta de estas especies hidrófitas no se considera un impacto significativo.

Por lo anterior y ante la incertidumbre respecto de a) si en el lugar de emplazamiento del proyecto se presentan las características de humedal, b) si existe un área de influencia asociada a un ecosistema de este tipo y c) respecto de si los impactos que se generarán serán o no significativos, es que en ORD. N° 183 de fecha 20 de julio de 2023 se reiteró la solicitud de ampliar información.

En su respuesta en Adenda Complementaria, el Titular indicó que evaluó de manera secuencial en terreno, los tres criterios que se indican en el Art. 8. del Reglamento de la Ley N°21.202, mediante los cuales constató que no concurren ninguno de los criterios que indican la presencia de un humedal. Por lo tanto, en opinión del Titular, no existe un humedal que requiera ser delimitado. Para sustentar lo anterior, se entregó el detalle de las metodologías aplicadas en terreno mediante el documento denominado “Aplicación_Guía delimitación de Humedales” (Anexo 07).

De la revisión de los anteriores antecedentes, se tienen las siguientes observaciones:

a) En el capítulo Metodología, el Titular indicó que “Luego de identificar las unidades homogéneas de vegetación, y conocer el tamaño del humedal urbano a delimitar, se preestablecieron transectos para poder recorrer de mejor manera el humedal, debido a que la superficie del área a estudiar es de 11.2 has. Si el área a muestrear hubiese sido menor a 2 ha, se hubiese realizado un único recorrido o transecto siguiendo el gradiente de humedad”. A pesar de indicar que fueron identificadas, el Titular no da cuenta de cuáles fueron las unidades homogéneas y donde comienza y termina cada una de ellas, así como tampoco es posible conocer los puntos o coordenadas donde fue evaluado el criterio de vegetación hidrófita. Además, se estableció erróneamente que la delimitación del humedal en terreno debe realizarse sobre la superficie de 11,2 ha que comprende el proyecto en su totalidad, en condiciones que corresponde determinar una superficie acorde al humedal que se quiere delimitar o en su defecto, acorde a los sectores que pudiesen presentar dichas características y para ello se requiera su verificación en terreno. Finalmente, en el capítulo Resultados se señaló que estas unidades homogéneas fueron determinadas en gabinete, lo cual es errado, ya que dicha actividad debe realizarse en terreno, de acuerdo con la metodología que señala la Guía de Delimitación y Caracterización de Humedales Urbanos y que el titular señala haber utilizado.

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b) En el capítulo Resultados, el Titular señaló que el 28% de la superficie de la unidad vegetacional correspondió a vegetación hidrófita: esto significa que, en 18 de las 64 intersecciones de la grilla, se registraron especies de este tipo. Con ello no es posible determinar cuál es dicha unidad, pues si bien el Titular consideró el área completa del proyecto como una unidad homogénea, se encuentra metodológicamente errado.

c) No se entregaron registros de los puntos o coordenadas donde se efectuaron los muestreos, con lo cual no es posible realizar el contraste respecto de sus resultados y la cartografía del sector.

d) Según lo que define la Guía de Delimitación y Caracterización de Humedales Urbanos, cuando no es posible determinar las Condiciones Ambientales Normales (CAN), o cuando no es posible realizar la visita al sitio en la ventana temporal en que se presentan las CAN, el proceso de delimitación en el sitio debe complementarse con la observación en terreno de los indicadores indirectos de hidrología, de vegetación o de suelos hídricos. En este caso, no se pudo determinar si al momento del muestreo concurrían las CAN, por lo tanto, los indicadores directos de hidrología (agua superficial, nivel freático alto y/o suelo saturado, o indicadores del grupo A), no son suficientes para delimitar el humedal mediante el criterio de hidrología. No obstante, no resulta coherente que el documento de cuenta de la existencia de un curso de agua (Estero Sin Nombre) y no se observe ningún criterio de los grupos B o C (indicadores indirectos de hidrología), por lo que para sustentar esta afirmación se requiere entregar los respaldos (fotografías georreferenciadas) que den cuenta de la ausencia de estos criterios.

Por lo anterior y en virtud de los antecedentes aportados durante el proceso de evaluación, aún persiste la incertidumbre respecto de la existencia o no de un humedal urbano, dado que la metodología no ha sido correctamente aplicada en relación a la superficie a levantar en terreno, al establecimiento de las unidades homogéneas de vegetación y a la ausencia de respaldos que den cuenta de los puntos muestreados. Con ello, no es posible determinar si existe un área de influencia asociada a este tipo de ecosistema. No obstante, el titular, al ser consultado respecto de los factores generadores de impacto señaló que se generará: • Alteración del cauce producto abovedamiento aproximadamente en 560 metros. • Modificación de la red de drenaje se incorporan aguas lluvias producto de la pavimentación del área del proyecto. • Modificación en la hidrodinámica, cambios en el caudal. A mayor abundamiento, en la página 73 de Adenda Complementaria el Titular señaló que "Dado que el proyecto contempla la modificación de cauce en aproximadamente 560 metros de agua y la eliminación completa de la flora existente se producirán efectos significativos”. Lo anterior genera la incerteza respecto de si los impactos que señala el Titular se generarán producto de la implementación del proyecto, serán o no significativos pues solo realiza dicha afirmación sin presentar un análisis en los términos que exige la Ley N°19.300 y el D.S. N° 40 (Reglamento del SEIA).

2. De acuerdo con la información reportada por el Titular, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

en base a campañas de muestreo para el Objeto de Protección Fauna Silvestre, los puntos de observación y las estaciones de muestreo de las tres campañas realizadas se circunscriben exclusivamente al polígono del proyecto, no considerándose estaciones y/o puntos de observación en el área de influencia determinada respecto del efecto de ruido, expuesta en la figura sin número, página 44 de la Adenda Complementaria.

En relación a lo anterior, el Titular indica que “para los tres grupos faunísticos se ve sobrepasado el menor umbral considerando menores valores umbrales para Cambio de frecuencia en las vocalizaciones en el caso de los anfibios P.thaul con un valor que sobrepasa 62 dB(C) promedio (Shieh, et al., 2012). Para los mamíferos el valor de menor umbral corresponde Incremento del estrés fisiológico con un valor de 52 dB(Z) promedio (Blickley et al. 2012), este valor también fue sobrepasado en la modelación. Las aves presentan un menor umbral Cambio de frecuencia de vocalizaciones y Disminución del éxito reproductivo 60 dB(A) promedio y 58 dB(A) promedio respectivamente. Valores que fueron sobrepasados en el cálculo de la modelación” (páginas 58 y 59, Adenda Complementaria).

Posteriormente el Titular define áreas generales de efecto conductual y fisiológico e indica que, “El anfibio Pleurodema thaul es la única especie del lugar de baja movilidad que utiliza de manera exclusiva el hábitat con alimentación reproducción y desarrollo. Será necesario desarrollar un plan de rescate y relocalización de esta especie debido a los impactos significativos por la destrucción del hábitat y el ruido debido a la construcción del proyecto” (Página 59, Adenda Complementaria). Sin embargo, el Titular no acompaña antecedentes del área o sector considerado en la propuesta de Plan de rescate y relocalización de especies, que ha identificado como Humedal Cárcel, por tanto, se desconocen los eventuales impactos que pudiesen derivar de tales acciones, respecto de las poblaciones residentes en el sector o área que recibiría los especímenes rescatados, así como tampoco se señalan antecedentes de que dicha zona cuente con las condiciones que permitan hacer viable la permanencia de la fauna que eventualmente sería relocalizada.

Por otro lado, y según lo indicado en el punto 4 del Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa (SEA, 2022), la definición de las áreas de afectación debe realizarse para cada especie, por lo que estaría incompleta la información presentada por el Titular. Adicionalmente, no se muestra la información específica y por tanto no se tiene claridad, en cuanto a la cantidad en que se sobrepasan los umbrales tanto fisiológicos como conductuales de cada grupo faunístico. Finalmente, las medidas que se indican se relacionan solamente con la especie de anfibio Pleurodema thaul, dejando sin medidas ni plan de seguimiento a las demás especies en las que se encontró afectación significativa por superación de los umbrales de afectación.

En este sentido, cabe señalar que el área de influencia corresponde al área o espacio geográfico de donde se obtiene la información necesaria para predecir y evaluar los impactos en los elementos del medio ambiente (Guía Área de Influencia en el SEIA. SEA, 2017). Por consiguiente, y en circunstancias que los efectos de ruido sobre fauna trascienden los límites del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

polígono del proyecto, corresponde que el Titular levante información relativa al componente fauna terrestre, para permitir la predicción y evaluación de impactos, y su significancia, sobre el mencionado componente. En este aspecto, el Titular solo se limitó a determinar la nueva área de influencia sobre fauna respecto de emisiones de ruido, pero no acompaña información desde la misma, más allá de los límites del proyecto en específico, donde incluso debiese considerar las zonas o áreas donde se pretende efectuar la relocalización de especímenes.

Por consiguiente, el análisis que realiza el Titular no es suficiente y por ende, no permite realizar la evaluación de la significancia de los impactos según lo establecido en el artículo 6° del Reglamento del SEIA según el Criterio antes mencionado.

3. De acuerdo al anterior análisis, en opinión de esta Secretaría Regional Ministerial el Titular del proyecto Senderos de Tenglo, no subsanó los errores, omisiones o inexactitudes detectados tanto en la DIA, como en las posteriores Adenda y Adenda Complementaria. Lo anterior referido a que el Titular no demostró que, a partir de la implementación de las partes, obras y acciones del proyecto, no se generarán los efectos adversos significativos descritos en las letras b), c) y e) del artículo 6 del D.S. N°40. En conclusión:

a) No se entregan los antecedentes suficientes que permitan descartar la existencia de un humedal urbano en el lugar de emplazamiento del proyecto y, por consiguiente, conocer la significancia de los impactos a generar.

b) No se entregan los antecedentes que permitan conocer los atributos de los grupos faunísticos presentes en el área de influencia determinada por el Titular en Adenda. Además, el análisis que se presenta en cuanto a los efectos conductuales y fisiológicos sobre los grupos faunísticos identificados es insuficiente, y se limita al polígono del proyecto y no al área de influencia. Por consiguiente, se desconoce la significancia de los impactos a generar sobre dicho objeto de protección en relación a las emisiones de ruido en el área de influencia.

En relación con lo anterior, y en vista de los antecedentes esgrimidos durante el proceso de evaluación, se expone lo siguiente:

a) El lugar de emplazamiento del proyecto corresponde a un lote urbano circunscrito por varios proyectos habitacionales ya evaluados y entregados a sus habitantes, el cual presenta un alto grado de intervención antrópica, lo que se ha degradado el estado ambiental inicial. b) El proponente en uso de la Guía de delimitación de humedales urbanos ha descartado la concurrencia de ninguno de los 3 criterios para determinar que sea un humedal urbano en concordancia con lo establecido en la Ley 21.202. y su reglamento. c) El área estudiada, esto es las 11,2 hectáreas, corresponde específicamente al emplazamiento del proyecto y es la zona en donde será la mayor intervención. El área de emplazamiento de acuerdo con los registros, bases de datos y cartografías oficiales no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

está circunscrita en un área geográfica clasificada o descrita como humedal, por lo cual se utiliza la Guía de Delimitación y Caracterización de Humedales Urbanos para clasificar evaluar si se el proyecto se desarrollará en un Humedal. Por otro lado, las características del sitio de 11,2 ha corresponden a un área con un alto grado de alteración antrópica histórica por factores tales como corta de Ulex spp. y otras especies, movimiento de suelo con objeto de prevención de incendios, así como múltiples huellas por paso de vehículos (motos), entre otros factores, lo cual genera un área sin una cobertura vegetacional homogénea, sino que más bien una matriz de espacios fragmentados y degradados que obligó a generar un análisis general del área dado que no es posible determinar preliminarmente unidades homogéneas distinguiblemente correspondientes a zonas de vegetación hidrófila. d) En cuanto a las medidas propuestas para rescatar y relocalizar a la especie Pleurodema thaul (sapito cuatro ojos), corresponde a las competencias del SAG pronunciarse al respecto. e) En cuanto a afectación de las emisiones ruido se tiene que en el área de influencia por efectos del ruido para la fauna sobrepasa los límites del polígono del proyecto, sin embargo, no se describe más allá de estos límites debido a que fuera del polígono de estudio ya se encuentran sumados otros impactos ambientales por tratarse de una zona de crecimiento urbano por densificación como otros complejos inmobiliarios en construcción, otros complejos inmobiliarios habitados, carreteras, loteos y proyectos de extracción de áridos, que impiden la presencia de fauna como la observada en el área de este proyecto. f) En consideración a que se detecta la pérdida del ambiente de la especie Pleurodema thaul (sapito cuatro ojos), entre otros de menor importancia, es que propone la condición al proyecto de recrear en las áreas verdes del proyecto “Senderos de Interpretación” en donde se recree el ambiente con especies arbustivas nativas y señalética ambiental acorde, que exponga en valor las especies encontradas en los informes de flora y fauna adjunta en la Adenda complementaria. Para mayores detalles ver tabla N°11.2.2 de este Informe.

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Se indica que la superficie total a ser intervenida corresponde a 11,43 Ha. Aproximadamente, donde la tierra removida considera la excavación para la construcción de cimientos de las viviendas. Las obras constructivas duraran casi 1 año y 10 meses, mientras que la vida útil del proyecto es de carácter indefinida. En relación con las emisiones sobre el componente aire, se menciona que aquellas que pudiesen generar un impacto negativo serán controladas mediante medidas de control, además se destaca que estos son de carácter temporal y no permanentes puesto que se contemplan solo durante la fase de construcción del proyecto.

Por otro lado, sobre el recurso agua se menciona que el proyecto contempla el manejo de aguas servidas mediante la conexión a la red de agua potable y alcantarillado de la empresa Aguas San Isidro, mediante empalme provisorio durante la fase Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

de construcción y mediante conexión definitiva en operación, de acuerdo con certificado de factibilidad N°1707-2022 y 1708- 2022, para cubrir las necesidades de las viviendas del proyecto. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. El proyecto cumple con los valores de concentraciones establecidas en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes, ya que:

-El proyecto no genera efluentes líquidos o emisiones a la atmósfera, con una composición, peligrosidad, calidad y concentración que afecten los recursos naturales renovables. Las emisiones líquidas en la fase de construcción serán de tipo domiciliario, los cuales se manejarán a través del sistema de alcantarillado y/o en base a baños químicos.

-Para la fase de operación estos efluentes serán tratados por parte de la concesionaria sanitaria que sirve al área del proyecto, ya que los efluentes líquidos generados serán de tipo domiciliario y su descarga se realizará a través del sistema de alcantarillado.

-En cuanto al aire, el proyecto no generará un aumento en los valores referenciales con respecto a emisiones atmosféricas, ya que sólo se presentarán emisiones atmosféricas temporales y puntuales producto de los trabajos de construcción y transporte, de acuerdo con los antecedentes indicados en los capítulos presentados con anterioridad y en el Anexo 02 de la Adenda. Estas emisiones, no obstante, se llevarán a cabo medidas de control para minimizar las emisiones, como encarpado de camiones, utilización de matapolvo en caminos no pavimentados, restricción de velocidad, entre otras.

-El proyecto no genera residuos sólidos, con una composición, peligrosidad y cantidad, que afecten los recursos naturales renovables.

-En la fase de construcción del proyecto los principales residuos sólidos que se generarán son los propios de cualquier tipo de construcción, éstos serán trasladados a lugares debidamente autorizados para este tipo de residuos. Es necesario señalar que el proyecto realizará un manejo adecuado de los residuos sólidos, material sobrante de las excavaciones de tierra y residuos peligrosos, como también aquellos asimilables a domiciliarios. Además, se dará cumplimiento al PAS 140 (adjunto en el Anexo 13 de la DIA), referido al “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase”, para el manejo seguro de estos residuos.

-Respecto de los residuos peligrosos, y su posible generación, se dará cumplimiento a su almacenamiento y traslado a un lugar de disposición autorizado tal como lo establece el DS N° 148/03 MINSAL. Igualmente, se dará cumplimiento al PAS 142 (adjunto en el Anexo 14 de la DIA) referido al “Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos”, para el manejo seguro de estos residuos en las faenas y posterior transporte a disposición final autorizado. Los residuos sólidos generados en la fase de operación serán de tipo domiciliario, los que serán recolectados por el servicio municipal, para ser dispuestos finalmente en un relleno Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

sanitario. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. La contaminación acústica que se pueda presentar en el proyecto es de carácter acotado y puntual, debido a que está asociado al funcionamiento de maquinaria en fase de construcción. No obstante, se aplicarán las medidas de control y gestión presentadas en el Anexo 02 de la Adenda, cumpliendo de este modo con el límite máximo establecido en el D.S Nº38/11 “Norma de emisión de ruido generados por fuentes que indica” del MMA, en todas las etapas del Proyecto.

Por otro lado, La fauna de vertebrados registrada permitió dar cuenta de dos especies en el registro con categoría vigente de clasificación Gallinago paraguaiae (LC=preocupación menor) y Pleurodema thaul (NT= Casi amenazada). Las especies observadas perteneces a aves principalmente con la mayor riqueza de especies, con dos especies migratorias estacionales Golondrina y Come tocino. La mayoría de las especies de aves son oportunistas, provienen de áreas menos intervenidas y en general han tenido una adaptación a estas áreas antropizadas. El anfibio Pleurodema thaul es la única especie del lugar de baja movilidad que utiliza de manera exclusiva el hábitat con alimentación reproducción y desarrollo. Será necesario desarrollar un plan de rescate y relocalización de esta especie debido a los impactos significativos por la destrucción del hábitat y el ruido debido a la construcción del proyecto.

Esta adenda complementaria desarrolla, dicho Plan de Rescate y relocalización PAS 146, para Pleurotherma Thaul, como compromiso ambiental Voluntario, Este plan de Rescate y Relocalización, se presenta en Anexo 06 de la presente Adenda Complementaria.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Si bien el Proyecto utilizará productos químicos, no se producirán daños a elementos bióticos y abióticos presentes en el área de influencia del Proyecto, en base a que serán debidamente almacenados en una bodega destinada para este fin, en envases herméticos y finalmente dispuestos en sitios autorizados. La recolección de residuos se hará mediante una empresa autorizada por la autoridad competente tomando los resguardos necesarios para dar cumplimiento a la normativa vigente. Para mayor detalle revisar PAS 140 y PAS 142 adjunto en los Anexo 13 y 14 de la DIA respectivamente. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser • Del informe de Mecánica de Suelos y la información asociada a este, se extrae que no se detectó presencia de napa freática a cota explorada, lo cual permitió la realización de ensayos de absorción, a través del método Porchet. • Este proyecto no contempla intervenir recursos hídricos de cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. • Tal como se describe en el Informe de Flora y Fauna (adjunto en el Anexo 08 de la DIA Informe de Flora y Fauna) no se contempla en este proyecto intervenir o explotar vegas y/o bofedales. • Este proyecto no contempla intervenir áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas, en que se generen fluctuaciones de niveles. • Este proyecto no contempla intervenir glaciares en su superficie, ni en su volumen. Esto debido a la lejanía que presenta el proyecto con todos los glaciares. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Dadas las características descritas anteriormente el presente proyecto no contempla la introducción de especies exóticas de ningún tipo al territorio nacional, o en áreas, zonas o ecosistema alguno.

5.3. Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tabla 5.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto ambiental reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Existencia de grupos humanos en el área de influencia Dentro del área de influencia se encuentran grupos humanos pertenecientes al conjunto habitacional aledaño denominado “Llanos de Tenglo” Reasentamiento de comunidades humanas El proyecto no producirá reasentamiento de comunidades humanas Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El desarrollo de este proyecto de viviendas sociales, considerando los antecedentes presentados, no usa o restringe el acceso de los recursos naturales que pudiesen ser utilizados a manera de sustento económico por parte de los grupos humanos existentes, o bien para sus tradiciones o ritos comunitarios, tales como el uso medicinal, espiritual o cultural, esto según la información recabada en terreno, así como también, en base a la bibliografía disponible.

Esta situación, se debe a que en el Área de Influencia no se constató la existencia de recursos naturales que pudiesen ser utilizados por los grupos humanos presentes, para los fines anteriormente señalados. Por el contrario, los instrumentos de planificación territorial vigentes y el trabajo de campo realizado, han permitido caracterizar al territorio como un área completamente urbana, con un uso principalmente habitacional del suelo. Inclusive, la presencia de áreas verdes en el territorio se caracteriza por su artificialidad, ya que corresponden a plazas cívicas urbanas, asociadas con desarrollos inmobiliarios ejecutados con anterioridad.

Adicionalmente, se constató que en el terreno donde se construirá el Proyecto, no existen en la actualidad recursos naturales que sean empleados para sostener actividades económicas informales o usados con fines tradicionales. Por el contrario, el terreno es un sitio eriazo cuyo ingreso se encuentra restringido.

Finalmente, no existe relación entre el Proyecto y cualquier intervención, restricción o uso de recursos naturales, ya que estos no se encuentran presentes en el Área de Influencia. Respecto a esto último, tampoco existen habitantes o grupo humanos dentro del área del Proyecto, ni prácticas culturales o económicas relacionadas al uso de posibles recursos que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

pudiesen verse afectados por el desarrollo del Proyecto. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. De acuerdo con el “Análisis de Movilidad Vial y Peatonal”, las vías de mayor interés corresponden a aquellas que permiten el acceso directo hacia el proyecto. En conjunto con la Ruta 5 Sur, vía exclusiva de ingreso hacia el proyecto, el proyecto deberá urbanizar y entregar a Bien Nacional de Uso Público, los tramos de Av. Los Notros y Av. Río Taylor.

Debido a la ubicación del proyecto, los desplazamientos vehiculares se realizarán a través de la Ruta 5 Sur, la cual une a la comuna de Puerto Montt con la localidad de Pargua.

El ingreso y egreso al sector en que se emplaza el proyecto, se realizará través de la calle de servicio ubicada en el costado sur de la Ruta 5, la cual cuenta con retornos mediante pasos sobre nivel, ubicados cercanos al proyecto.

En la zona en que se emplaza el proyecto existe una escasa oferta de transporte público. Los buses y Taxis Colectivos circulan por Av. Los Notros y Av. Vicuña Mackenna, fuera del área de influencia.

A partir de la revisión del “Análisis de Movilidad Vial y Peatonal”, se descarta una afectación del proyecto sobre la libre circulación, debido a que cuenta con accesos universales, aceras, pasajes y calles (todos pavimentados) los cuales permiten un correcto desplazamiento de las personas con discapacidad o con problemas de movilidad.

El proyecto cumple con la norma de estacionamientos por vivienda, lo que permitirá disminuir el aparcamiento en la vía pública. En tanto, las rutas de acceso al proyecto presentan buen estado y cuentan con la señalización adecuada.

En ningún caso el proyecto restringe la conectividad, sino por el contrario, genera nuevas vías de conexión que cumplen con lo establecido en la normativa, entregando así otras alternativas al tránsito vehicular y peatonal, lo cual es un aspecto positivo que contribuye a la conectividad de este sector de Puerto Montt. Al respecto, el proyecto deberá urbanizar y ceder los tramos de vías establecidos en el Plan Regulador Comunal, correspondientes a la Av. Los Notros y la Av. Río Taylor, en una superficie total de 12.346,85 m2 . Debido a las diversas rutas de acceso al proyecto y su buen estado de conservación, con la implementación del proyecto no se produce un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. En consideración a los antecedentes expuestos en el proceso de evaluación es dable concluir que se descarta la presencia de impactos significativos según lo indicado en la letra c) del artículo 7 del Reglamento del SEIA, ya que el proyecto no altera el acceso o la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica disponible en el área de influencia d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. En base a los elementos detallados en el proceso de evaluación, se descarta la presencia de impactos significativos, según lo indicado en la letra d) del artículo 7 del Reglamento del SEIA, ya que la ejecución del Proyecto no significará una dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios de los habitantes del área de influencia. Al mismo tiempo, el proyecto no afectará los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos analizados en este estudio. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Referente a los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI), cabe destacar que, según la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), en el área de influencia no se registra el domicilio de ninguna Asociación y/o Comunidad Indígena. Al interior del área de influencia tampoco se encontraron sitios de significación cultural indígena o lugares tradicionales de reunión o rogativas, información que fue corroborada por los entrevistados.

Considerando lo anterior, es posible señalar que la ejecución del proyecto, en sus fases de construcción y operación, no generará dificultades o impedimentos para la realización de eventos a nivel comunal y la consiguiente confluencia de vecinos, ni alterará las expresiones culturales arraigadas en la comunidad. Del mismo modo, la ejecución del proyecto no genera afectación a GHPPI identificados en el área de influencia.

5.4. Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar Tabla 5.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar Impacto ambiental localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar Existencia de poblaciones protegidas De los antecedentes tenidos analizados en el proceso de evaluación se concluye que no hay poblaciones protegidas Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental De los antecedentes tenidos analizados en el proceso de evaluación se concluye que no hay recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. El proyecto se emplazará en territorio urbano, cuyo uso se encuentra destinado a viviendas, por lo cual no se prevén actividades que generen impactos significativos sobre los recursos y áreas protegidas. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. El proyecto no afectará recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

5.5. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Tabla 5.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Impacto ambiental alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Existencia de valor turístico En consideración a los antecedentes expuestos en el proceso de evaluación es dable concluir que no hay valor turístico en el lugar de emplazamiento del proyecto Existencia de valor paisajístico En consideración a los antecedentes expuestos en el proceso de evaluación es dable concluir que no hay valor paisajístico De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. l proyecto se encuentra ubicado en las Zona catalogada como ZEUC-2 preferente residencial, equipamiento y actividades productivas. La comuna de Puerto Montt posee actualmente una normativa propia que reglamente su uso de suelo. El Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) que rige su territorio proviene del plan regulador comunal de Puerto Montt. Según datos proporcionados por el IDE, el Monumento Histórico más cercano está a 6,78 km, correspondiente a la Catedral Puerto Montt. Del mismo Análisis, la Zona Típica o Pintoresca más cercana, corresponde a la “Museo Histórico Regional Juan Pablo II que está a 5,9 km del área del Proyecto y pertenece a la comuna de Puerto Montt. Por su parte la Zona de Interés Turístico más próxima al proyecto corresponde al “Bahía Chinquihue’’ y se encuentra aproximadamente a 2,7 km del proyecto en la misma comuna de Puerto Montt.

Al desarrollarse en un entorno urbano, el proyecto no altera el valor paisajístico de la zona, con lo cual, sumado a lo expuesto anteriormente, se descarta la obstrucción de la visibilidad de alguna zona con valor paisajístico. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. Por los mismos argumentos descritos anteriormente (Distancia entre el área del Proyecto y Monumentos Históricos, Zonas Típicas o Pintorescas y Zonas de Interés Turístico), se descarta que la duración de las actividades del Proyecto y la magnitud del mismo, alteren atributos de alguna zona con valor paisajístico.

El Proyecto tiene por objetivo atender la demanda habitacional de la Región de Los Lagos, en particular de la comuna de Puerto Montt. Además, se emplazará en una zona urbana, la cual en términos de los artículos 7 y 8 como se señala anteriormente, se localiza próxima a poblaciones urbanizadas, y no presenta recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados.

Del tipo que se explicitan en el ORD.D.E. Nº130844/13 del Servicio de Evaluación Ambiental que uniforma criterios y exigencias técnicas sobre áreas protegidas para efectos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, así como el valor ambiental y paisajístico del territorio que se pretende resguardar La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. En consideración a los antecedentes expuestos en el proceso de evaluación es dable concluir que no hay obstrucción al acceso o alteración de zonas con valor turístico.

5.6. Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Tabla 5.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Impacto ambiental alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. En consideración a los antecedentes expuestos en el proceso de evaluación es dable concluir que no hay monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. En consideración a los antecedentes expuestos en el proceso de evaluación es dable concluir que el proyecto no se encuentra próximo a monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico o elementos pertenecientes al patrimonio cultural por lo que no se prevé que se generen efectos perjudiciales sobre estos b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. En consideración a los antecedentes expuestos en el proceso de evaluación es dable concluir que no se generarán efectos perjudiciales sobre construcciones antiguas, con valor científico, con contexto histórico, singularidad o perteneciente al patrimonio cultural, incluyendo el patrimonio indígena. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. En consideración a los antecedentes expuestos en el proceso de evaluación es dable concluir que de acuerdo a lo mencionado en el Informe Medio Humano, en base a entrevistas, apoyándose de observaciones en terreno, levantamiento de información secundaria, análisis de normativa y bibliografía asociada como también, levantamiento de información primaria a través de entrevistas, no se identificaron organizaciones y/o asociaciones que lleven a cabo actividades ancestrales, que pudiesen ser afectadas dentro del área de influencia

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

6.1.1. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 140 del DS 40/2012 Tabla 6 Permiso según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA, Para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Se implementará Basureros rotulados para los residuos domiciliarios y asimilables, así como se dispondrá de zona de acopio transitorio de residuos de materiales de construcción. El Patio de Acopio corresponde a la instalación para el almacenamiento temporal de los residuos industriales de la construcción, generado en la faena, con la finalidad de ser enviados posteriormente a destinatarios autorizados, en cumplimiento con los estándares y plazos que manda la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

normativa vigente. Además, todos los residuos sólidos asimilables a domiciliarios generados en la fase de construcción serán almacenados temporalmente en contenedores habilitados para ello, a la espera de ser reciclados, reutilizados, o en su defecto ser trasladados a lugares autorizados para su disposición final. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El proponente cumple con los antecedentes requeridos para otorgar este permiso entre estos:

a.1. Descripción y planos del sitio. a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes. a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. a.8. Plan de contingencias. a.9. Plan de emergencia.

Los cuales se acompañan en el anexo 13 de la DIA y complementados en la respuesta 3.2 de la Adenda y anexo 11. Pronunciamiento del órgano competente Oficio CP N° 9904 / 2023 de la Seremi de Salud de fecha 19 de julio de 2023, da conformidad a los antecedentes del permiso

6.1.2. Permiso Ambiental Sectorial del artículo 142 del DS 40/2012 Tabla 6.1.2 Permiso según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de almacenamiento de residuos peligrosos dentro del sitio del proyecto se habilitará un Bodega RESPEL para el almacenamiento para los residuos peligrosos como envases de diluyentes vacíos, envases de adhesivos para tuberías, Vinilit y Ecoline, tubos de silicona, envases de sellador de poliuretano, papel fieltro, rodillos usados, aceites, paños contaminados, entre otros. Se llevará un registro de la cantidad generada de estos residuos y serán retirados y trasladados a un sitio de disposición final destinado para aquello por una empresa certificada. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El proponente cumple con los antecedentes requeridos para otorgar este permiso entre estos:

a) Descripción del sitio de almacenamiento. b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. f) Plan de contingencias. g) Plan de emergencia.

Loa cuales se acompañan en el anexo 14 de la DIA, y complementados en la respuesta 3.1 de la Adenda Pronunciamiento del órgano competente Oficio CP N° 9904 / 2023 de la Seremi de Salud de fecha 19 de julio de 2023, da conformidad a los antecedentes del permiso.

6.1.3. Permiso Ambiental Sectorial del artículo 146 del DS 40/2012 Tabla 6.1.3 Permiso según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA, Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Modificación de cauce por Obra de modificación y encausamiento de Estero sin nombre Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La proponente adjunta en Adenda complementaria antecedentes (anexo 06) para la obtención de este permiso en consideración al rescate y relocalización de la especie Pleuroderma thaul familia Leptodactylidae categoría vigente NT=Casi Amenazada, conocido también como sapito cuatro ojos, evidenciando zonas de reproducción de estos anfibios. Son individuos de baja movilidad, que perderán completamente su hábitat durante las obras del proyecto y construcción.

La propuesta expone según Anexo 06 de la Adenda complementaria entre otros aspectos lo siguiente: a) Especie por relocalizar: Pleuroderma thaul, familia Leptodactylidae; conocido como “Sapito Cuatro Ojos”.

b) Lugar de rescate: área de emplazamiento del proyecto

c) Propuesta de relocalización: Humedal cárcel.

d) Coordenadas de rescate y relocalización:

Estaciones de rescate y relocalización Punto Estación Longitud (x) Latitud (y) 1 E1 665858.08 5404151.91 2 E2 665742.39 5404257.99 3 E3 665640.25 5404544.72 Humedal Cárcel 666126.08 5405384.52

Al respecto se tiene los siguientes antecedentes relativos al literal c) del artículo 146 del DS 40/2012:

c) De tratarse de caza o captura para la utilización sustentable:

c.1. Estudio poblacional censal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

c.2. Proyecto de utilización sustentable a realizar que contendrá: c.2.1 Objetivo y propósito. c.2.2 Especies, sexo y número de ejemplares estimados a capturar o cazar. c.2.3 Antecedentes biológicos de la especie. c.2.4 Metodologías de caza, de captura y manejo. c.2.5 Condiciones de transporte e instalaciones de cautiverio si las hubiere. c.2.6 Lugar de caza, captura y de destino de los animales. c.2.7 Análisis del efecto que las medidas de manejo puedan tener en la sobrevivencia posterior de los ejemplares. c.2.8 Cronograma detallado de las actividades que se realizarán y período por el que se solicita el permiso.

De los antecedentes requeridos para el permiso y según lo observado por el SAG en su oficio N°1037/2023 de fecha 13 de noviembre de 2023, el cual observa los antecedentes presentados en el proponente, por lo que se establece la condición especifica que se detalla en la tabla del Considerando 8.3 de este acto administrativo.

Pronunciamiento del órgano competente Oficio N°1037/2023 de fecha 13 de noviembre de 2023, que observa los antecedentes presentados.

6.1.4. Permiso Ambiental Sectorial del artículo 157 del DS 40/2012 Tabla 6.1.4 Permiso según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación Parte, obra o acción a la que aplica Obra de modificación y encausamiento de Estero sin nombre Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En virtud de lo dispuesto en el oficio DGA-DGOP N°237 de año 2019, y según el procedimiento indicado en el MEMO DGA N°117 de 2020, respecto de la coordinación entre la DGA y DOH para la evaluación del PAS 157, la Direccion General de Aguas y la Direccion de Obras Hidráulicas, ambas de la región de los Lagos, emiten sus observaciones respecto de los antecedentes del PAS N°157 presentado con motivo de la Evaluación Ambiental del proyecto "Senderos de Tenglo".

Al respecto, la Direccion de Obras Hidráulicas, señala lo siguiente: "Dar conformidad a los aspectos ambientales presentados en el PAS 157 de/ proyecto "Senderos de Tenglo”, en específico a las antecedentes que responden a: a) Descripci6n de/ lugar de emplazamiento de la obra. b) Descripci6n de la obra y sus fases. c) Memoria de/ cálculo de estudio hidrol6gico, Hidráulico, de arrastre de sedimento y de socavaciones, para la situaci6n con y sin proyecto.

Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que la Direcci6n de Obras hidráulicas podría realizar observaciones a la topografía y demás Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

contenidos técnicos durante la correspondiente tramitaci6n sectorial

Por su parte, la Direccion General de Aguas expone lo siguiente: Plan de monitoreo, el titular da respuesta a las observaciones 13;14;15;16;17 y 18 de la adenda complementaria, comprometiendo lo siguiente: • Utilizará como indicador de cumplimiento un estadígrafo considerando los parámetros de calidad de agua en la toma de muestras en el desarrollo de la obra. • La toma de muestras será aguas arriba y aguas abajo de la obra (dos puntos de muestreo), considerando los siguientes parámetros para la calidad del agua: Oxígeno disuelto, Temperatura, pH, Conductividad eléctrica, Solidos suspendidos totales (SST), Turbidez. • Realizara monitoreos mensuales durante el desarrollo de la obra, fase de construcción y agrega que en los periodos de alta pluviosidad realizara monitoreos semanales (meses de invierno, julio, agosto y septiembre). • Realizara el plan de monitoreo durante la fase de construcción indistintamente si el cauce posea o no escurrimiento permanente, además se justificará, en caso de no ser posible la realizaci6n de monitoreo, si es que no existiera escurrimiento de aguas en el cauce, considerando registros fotográficos y audiovisuales con fecha y hora. • En la ilustraci6n 11, "Puntos de Muestreo de Calidad de Agua" de la Adenda complementaria, presenta los puntos para la toma de muestras, aguas arriba y abajo de las obras de modificaci6n de cauce. • Se remitirá un informe a la Superintendencia de Medio Ambiente durante el mes siguiente de recepcionados los informes de laboratorio.

Medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcci6n de las obras, la titular da respuesta conforme en el acápite 19, letras a, b, c y d.

Plan de Contingencia, la titular en el Anexo 08 de la Adenda Complementaria da respuesta de los planes de contingencia de afloramientos de aguas y derrames de combustibles asociados a los trabajos realizados durante el desarrollo de las obras del proyecto.

Plan de emergencia, la titular en el Anexo 8 de la Adenda Complementaria da respuesta de los planes de emergencias asociados a los afloramientos de aguas y derrames de combustibles asociados a los trabajos realizados durante el desarrollo de las obras del proyecto. Pronunciamiento del órgano competente Ordinario 1137 del 20 de octubre de 2023 de la DGA, el cual da la conformidad a los antecedentes con las condiciones que se indica, entre estas las establecidas en forma conjunta con la DOH.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1.1. Norma Ley 19.300 de Bases Generales Sobre el Medio Ambiente Tabla 7.1.1 Norma Ley 19.300 de Bases Generales Sobre el Medio Ambiente Componente/materia: Ley 19.300 de Bases Generales Sobre el Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Forma de cumplimiento El Titular del proyecto da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley 19.300, mediante el ingreso del proyecto al SEIA, presentando para su evaluación todos los antecedentes que permitan acreditar que el Proyecto cumple en todas sus fases con la normativa ambiental vigente, entre estos la normativa ambiental aplicable, los antecedentes de que no requiere un estudio de impacto ambiental, los requisitos para cumplir con la obtención de los permisos ambientales sectoriales, entre otros antecedentes. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental Forma de control y seguimiento Cumplimiento de lo establecido en la RCA, el cual será fiscalizado por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente.

7.1.2. Norma DS 40/2012 Reglamento del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Tabla 7.1.2 Norma Reglamento del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Componente/materia: Establece las disposiciones por las cuales se regirá el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y la participación de la comunidad en el proceso de evaluación ambiental de conformidad a los preceptos establecidos en la Ley 19.300. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Forma de cumplimiento Ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto ambiental cumpliendo con todos los requisitos establecidos en este cuerpo legal. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental Forma de control y seguimiento Cumplimiento de lo establecido en la RCA, el cual será fiscalizado por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente.

7.1.3. Norma Ley 17.288 y DS 484/1990 Tabla 7.1.3 Norma Ley 17.288 y DS 484/1990 Componente/materia: Patrimonio Cultural Otros cuerpos legales Reglamento DS 484/1990 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A todo el proyecto. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. Indicador que acredita su Registro de Aviso en caso algún hallazgo ante el Gobernador de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

cumplimiento Provincia. Forma de control y seguimiento Control y seguimiento por parte del Consejo de Monumentos Nacionales, así como también la SMA

7.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto

7.2.1. Norma DFL 725/67 Código Sanitario Tabla 7.2.1 Norma DFL 725/67 Código Sanitario Componente/materia: Manejo de residuos Otros cuerpos legales D.F.L N°725 de 1967, Código Sanitario, del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Regula la higiene y la seguridad en los lugares de trabajo. En este sentido, se controlan los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, seguridad y el bienestar de las personas. El artículo 67 dispone que la Autoridad sanitaria velará porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.

En el artículo 78 se fijan las condiciones de saneamiento y seguridad relativas a la acumulación, recolección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios.

El artículo 80, indica que es labor del Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Una vez aprobada la autorización, el servicio definirá las condiciones sanitarias y de seguridad que deben cumplirse para evitar molestia o peligro para la salud de la comunidad o del personal que trabaje en estas faenas.

En artículo 81 señala que los vehículos y sistemas de transporte de materiales que, a juicio de la SEREMI de Salud, puedan significar un peligro o molestia a la población y los de transporte de basuras y desperdicios de cualquier naturaleza, deberán reunir los requisitos que señale dicho servicio. Forma de cumplimiento Autorizaciones de la Autoridad Sanitaria que den cuenta del cumplimiento de lo normado. Indicador que acredita su cumplimiento Resoluciones sanitarias entre estas, de la bodega de acopio temporal de residuos no peligrosos y de la bodega de residuos peligrosos, así como también copia de la autorización sanitaria de la empresa de transporte y disposición final de los residuos generados por el proyecto. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones tanto de la Superintendencia del Medio Ambiente como también de la Autoridad Sanitaria.

7.2.2. Norma D.S N°594/1999 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Tabla 7.2.2. Norma D.S N°594/1999 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Componente/materia: Residuos y emisiones En Guía SEIA se establece que solo los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 24 inciso segundo, 26 y 42 del DS. N° 594/1999 es normativa de carácter ambiental aplicable a los proyectos y actividades que se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

someten al SEIA. Otros cuerpos legales asociados DFL 725/67 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las actividades asociadas a los trabajadores. Forma de cumplimiento Los trabajadores del Proyecto contarán con todos los implementos de protección personal necesarios para las actividades que ejecuten. Indicador que acredita su cumplimiento Para todas las fases se mantendrán las autorizaciones sanitarias de los lugares del proyecto.

Se mantendrá en el predio un registro digital y/o en papel de las guías de despacho de envío de residuos sólidos al lugar de disposición final autorizado.

Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones tanto de la Superintendencia del Medio Ambiente como de la Autoridad Sanitaria.

7.2.3. Norma DS 148/2003 Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Tabla 7.2.3 Norma Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Componente/materia: Establece normas sobre Manejo de Residuos Peligrosos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto tiene contemplado para la fase de construcción un lugar para acopiar los residuos peligrosos que se generarán durante la fase de construcción, estos se almacenarán transitoriamente en una bodega RESPEL. Por lo anterior se tramitará el permiso ambiental sectorial N°142 para lugares de almacenamiento de residuos peligrosos. Los residuos peligrosos deberán identificarse y etiquetarse de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 1993, o la que la reemplace. Esta obligación será exigible desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminación. Forma de cumplimiento Obtención de permiso ante la autoridad sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado sanitario del PAS 142

Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la autoridad competente.

7.2.4. Norma Decreto Supremo Nº75/1987 Tabla 7.2.4 Norma Decreto Supremo Nº75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Componente/materia: Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales. Forma de cumplimiento El titular cumplirá y hará exigible a sus contratistas las disposiciones establecidas por este decreto, de manera tal que los vehículos que transporten materiales estén eficazmente cubiertos por materiales de lona o plásticos de dimensiones adecuadas. Se realizará control diario al ingreso y egreso de vehículos de carga del área del Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento Registro a la entrada y salida de los camiones con el encarpado, Registro fotográfico de ingreso de camiones encarpados, el que será enviado a la SMA Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de los servicios competentes

7.2.5. Norma Decreto Supremo N.º 38/2011 Tabla 7.2.5 Norma Decreto Supremo Nº 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Componente/materia: Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Distintas obras y equipos que generan emisiones de ruido. Forma de cumplimiento En el desarrollo del proyecto se estará cumpliendo con los niveles normativos del D.S 38/11 en los receptores proyectados y con las medidas de control implementadas, la cual es una medida de atenuación por inserción de barrera acústica.

Se implementan medidas de control tales como:

Cierre perimetral de la obra:

Debe ser instalada una barrera acústica que abarque todo el perímetro de este. Dicha barrera debe tener una altura de 3,5 metros. Se contempla lo siguiente: • Mantener el correcto estado de mantención de las distintas maquinarias. • Evitar el uso de silbatos y bocinas tanto al interior de la obra como en el ingreso a esta desde la calle. • Procurar que el tránsito de camiones en la obra se realice a las menores velocidades posibles. • Los camiones deberán mantener el motor apagado cada vez que no requiera. • Evitar actividades de corte en puntos cercanos a receptores sensibles • Evitar situaciones de botaderos de escombros a gran altura.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra de la correcta ejecución de las medidas de control propuestas en el Estudio de ruido y vibraciones Forma de control y seguimiento Registro en obra de la implementación de las medidas dispuestas en el Estudio de ruido y vibraciones

Fiscalizaciones de la SMA.

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7.2.6. Norma Decreto Supremo Nº24/2020 Tabla 7.2.6 Norma Decreto Supremo Nº24/2020, del Ministerio del Medio Ambiente, Declara zona saturada por material particulado (MP2,5) como concentración de 24 horas, a la comuna de San Pablo y a la macrozona centro-norte de la Región de Los Lagos Componente/materia: Contaminación Atmosférica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Distintas obras y equipos que generan emisiones a la atmosfera Forma de cumplimiento Las emisiones atmosféricas se adjunta el informe de estimaciones atmosféricas en el adjunto Anexo 02 de la Adenda, en donde se concluye que no se superarán las emisiones máximas permitidas de material particulado y otras sustancias (CO, HC, NOx, SO2, NH3), que pudiesen ocasionar daño a la salud. Además, se aplicarán medidas de control tales como: • Contar con revisión técnica al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la fase de construcción del proyecto. • Revisión permanente de equipos y maquinarias en caso de ser requeridos. • Los caminos internos no pavimentados serán compactados y/o estabilizados para el tránsito de maquinaria pesada y vehículos, mientras dure la ejecución en fase de construcción. • Lavado de ruedas y canoas de camiones, previo a la salida de obra. • Ejecución de movimiento de tierra y excavaciones humedeciendo previamente la superficie del suelo. • Límite de velocidad de camiones y maquinaria de 30 Km/h y para vehículos de 50 Km/h. Indicador que acredita su cumplimiento Construcción: Registros en obra que corroboren la ejecución de las medidas de control propuestas en el Estudio atmosférico Forma de control y seguimiento Registros en obra que corroboren la ejecución de las medidas de control propuestas en el Estudio Atmosférico

Fiscalizaciones de la SMA

7.2.7. Norma DS 1/2013

Tabla 7.2.7 Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC. Componente/materia: Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de escombros y residuos inertes propios de la construcción, que corresponde a todos los residuos sólidos no peligrosos generados por el Proyecto en su fase de construcción. Forma de cumplimiento El titular utilizará el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar la generación de residuos peligrosos, cumpliendo a su vez todas las exigencias que contempla el Reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de comprobantes de las declaraciones mensuales y anuales en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento Registro y archivo de las copias de los comprobantes de Declaración de Generación de Residuos peligros, por ventanilla única del RETC en una carpeta claramente identificada para ello y disponible en obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Fiscalizaciones de la autoridad competente y la SMA.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1.-Condición o exigencia “Precisiones al CAV Monitoreo de Calidad de Aguas” Tabla 8.1 Condición “Precisiones al CAV Monitoreo de Calidad de Aguas” Impacto asociado Recurso agua

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción / Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo:

Descripción: En consideración a lo expuesto por la DGA en su Oficio Ordinario N°1137/2023 de fecha 20 de octubre de 2023, en donde se condiciona los alcances del Plan de Seguimiento.

Justificación: Asegurar un correcto seguimiento de la calidad de las aguas del Estero sin Nombre. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Puntos Aguas Arriba y Aguas Abajo del Estero sin Nombre, que atraviesa el predio donde se emplazará el proyecto.

Forma: Sen su Oficio Ordinario N°1137/2023 de fecha 20 de octubre de 2023, la DGA expone:

Respecto al seguimiento de los niveles freáticos, acápite 1.3 la titular se compromete a: • En la fase de construcción realizar un plan de seguimiento ambiental para evaluar los potenciales impactos sobre la calidad de las aguas mediante el monitoreo de los niveles freáticos con piezómetro (construido en el área de emplazamiento del proyecto) registro trimestral y reportabilidad semestral a la autoridad ambiental. Se debe tener presente que la titular no propone una profundidad mínima de nivel freático como indicador de cumplimiento, por lo tanto, deberá respetar lo señalado en “Anexo 05 Estudio Hidrogeológico”, es decir, no ser más superficial que los 19.5 a 18 metros b.n.t. Téngase presente que, dependiendo de los resultados la titular podrá solicitar la suspensión del seguimiento a la autoridad ambiental • Extender a lo menos 2 años una vez comience la fase de operación, el seguimiento de la calidad de las aguas subterráneas en el área de emplazamiento del proyecto, con registros semestrales y reportabilidad anual mediante el muestreo directo desde el sondaje construido en el área de emplazamiento del proyecto. El monitoreo incluirá parámetros pH, conductividad eléctrica, fierro total, fosforo de ortofosfato, cloruro, calcio total, Nitrógeno de amonio, Mercurio total, Plomo total, Sodio total y solidos totales. Téngase presente que, dependiendo de los resultados, se deberá evaluar ampliar el plazo propuesto por la titular. d. Respecto al indicador de cumplimiento, se acepta lo señalado por la titular (acápite 1.4 de la adenda) una toma de muestra inicial de las características de las aguas subterráneas (línea de base) las cuales se mantendrán sin modificación durante todo el proceso de monitoreo de esta manera se asegura que no se sobrepase la condición base, lo que se informara a la SMA con la periodicidad señalada en el punto anterior. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Téngase presente que, dependiendo de los resultados, la titular podrá solicitar la suspensión del seguimiento a la Autoridad Ambiental.

Oportunidad: El comienzo del monitoreo deberá iniciar antes de la ejecución de las obras. Indicador que acredite su cumplimiento Informe semestral y reportabilidad anual (por dos años en operación) mediante el muestreo directo desde el sondaje construido en el área de emplazamiento del proyecto. El monitoreo incluirá parámetros pH, conductividad eléctrica, fierro total, fosforo de ortofosfato, cloruro, calcio total, Nitrógeno de amonio, Mercurio total, Plomo total, Sodio total y solidos totales. Forma de control y seguimiento -Fiscalización de los servicios competentes entre estos la DGA y SMA. -Informe de acreditación de cumplimiento disponible en faena para los servicios fiscalizadores, así como enviado a la SMA.

8.2.-Condición “Implementación de Senderos Interpretativos” Tabla 8.2 Condición “Implementación de Senderos Interpretativos” Impacto asociado Perdida de especies en la zona de emplazamiento del proyecto, por la ejecución de este.

Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Representar ambiente del sur del país en las áreas verdes en cuanto a la flora y fauna circundante.

Descripción: Implementar en áreas verdes circundantes al proyecto “senderos interpretativos” que representen las condiciones ambientales del sur del país, a través de metodologías basada en la naturaleza, con señalética que exponga en valor la flora y fauna circundante.

Justificación: En consideración a la intervención que se realizará con la ejecución del proyecto, respecto a las condiciones ambientales que permite el desarrollo de especies de fauna y flora, se deberá recrear en las áreas verdes “senderos interpretativos” con señalética representativa, indicando especies encontradas, su ambiente natural, e indicando los cuidados ambientales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En áreas verdes, esencialmente donde se emplazará tubería de estero sin nombre.

Forma: Se construirá senderos interpretativos con temática ambiental, de la fauna y flora nativa circundante, con señaléticas y diseño acorde al paisaje del sur, diseñado con metodologías basada en la naturaleza, de una materialidad que permita una larga duración y un diseño visual de fácil compresión y entendimiento para parte de los vecinos ( de un tamaño de al menos 2m2), adjuntando otros elementos como juegos infantiles, plazoletas activas, bancas de descanso, letreros y señaléticas urbanas. Los senderos deberán permitir la libre circulación con acceso universal, plantación de vegetación arbustiva nativa, plantas nativas señaladas en el informe de flora adjunto en adenda complementaria. Los senderos deberán ser con un ancho mínimo de 1,4 m y una extensión por sobre los 560 m.

El proponente deberá realizar un control de mantenimiento y seguimiento de las áreas verdes y senderos construidos con su infraestructura asociada, durante al menos 3 años desde la entrega de las viviendas a sus propietarios.

Oportunidad: Una vez que se inicie la construcción de las áreas verdes, el proponente deberá enviarse a la SMA Informe con diseño propuesto definitivo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Indicador que acredite su cumplimiento Informe Final de Senderos construido, con imágenes de las obras, enviado a la SMA una vez construido y antes de la recepción final por parte del Municipio. Forma de control y seguimiento El proponente deberá realizar un control de mantenimiento y seguimiento de las aéreas verdes y senderos construidos con su infraestructura asociada, durante al menos 3 años desde la entrega de las viviendas a sus propietarios, enviando informe anual que se cuenta de su estado y las medidas adoptadas a la SMA. Así mismo se deberá exponer en el 3er informe las gestiones para la entrega de la mantención de las áreas verdes a los comités de vecinos y señalando la fecha en que se traspasará la mantención de estos. Para lo anterior el Titular deberá capacitar a los vecinos en mantención de áreas verdes, los senderos y su señalética, así como de temáticas ambientales de cuidado del entorno. Para esto último deberá entregar a vecinos materiales y herramientas necesarias junto con traspaso formal.

8.3.-Condición “Antecedentes a cumplir para la Relocalización de la especie Pleuroderma thaul, según PAS del Artículo N°146” Tabla 8.3 Condición “Antecedentes a cumplir para la Relocalización de la especie Pleuroderma thaul, según PAS del Artículo N°146” Impacto asociado Perdida de especies en la zona de emplazamiento del proyecto, por la ejecución de este.

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Requerimientos que aseguren el éxito del rescate y de la relocalización de la especie Pleuroderma thaul,

Descripción: En consideración a los antecedentes presentados por el proponente (Anexo 06 de la Adenda complementaria) así como lo observado por el SAG en su Oficio N°1037/2023 de fecha 13 de noviembre de 2023, que observa los antecedentes presentados, se detallan a continuación las condiciones específicas a cumplir para efectuar el rescate y relocalización de la especie Pleuroderma thaul, según los requerimientos del PAS 146 del DS 40/2012.

Justificación: En consideración de los Observado por el SAG en Oficio N°1037/2023 de fecha 13 de noviembre de 2023, y la solicitud del proponente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Lugar de emplazamiento del proyecto en donde se realice el rescate de la especie, así como del Humedal Cárcel, que es el lugar de relocalización.

Forma: para efectuar el rescate y relocalización, el proponente deberá exponer la metodología sectorialmente ante la autoridad competente, teniendo la precaución que expone el SAG en su Oficio con relación a:

“de la revisión de los antecedentes presentados, se hace énfasis en la captura de peces a través de diferentes métodos, pero no se especifica cómo estos pueden aplicarse a anfibios adultos, larvales o renacuajos. En este mismo sentido, se debe justificar la pertinencia del uso de electroshock como técnica de captura, fundamentando que no se afectará el bienestar de los ejemplares, en caso de decidirse por el uso de esta técnica, la cual no es de amplia recomendación para este taxón”.

En cuanto al efecto de las medidas de manejo para la supervivencia de los ejemplares rescatados, se condiciona al cumplimiento de:

Respecto a lo expuesto en la Guía SEA PAS 146 (https://sea.gob.cl/sites/default/files/imce/archivos/2022/03/09/guia_pas_146.pdf), deberá cumplirse a cabalidad, en cuanto la evaluación de las medidas adoptadas, en este sentido se deberá realizar un monitoreo y seguimiento, que deberá contemplar: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Con el fin de determinar que la población receptora ha mantenido su dinámica poblacional, es necesario evaluar la efectividad de la medida, por lo que se deberá realizar un seguimiento que permita monitorear la especie o población objetivo, posterior al término de la aplicación de la medida, por un período de al menos tres ciclos reproductivos. Dado que el objetivo del seguimiento es determinar variaciones poblacionales, se sugiere un muestreo en épocas contrastadas (dos monitoreos), teniendo en consideración que en aquellas zonas donde existen variaciones estacionales marcadas deben realizarse muestreos en cada estación en su punto de mayor expresión (cuatro monitoreos).

La metodología de monitoreo a emplear debe permitir estimar la abundancia y densidad de las especies o poblaciones objetivo de la medida, cuya metodología dependerá de la superficie, tipo de ambiente y biología de la especie. Además, deberá demostrar que la medida no afectará negativamente a la especie o población que se va a relocalizar ni a la población ubicada en el lugar de destino, evidenciando un aumento o al menos la mantención de la densidad poblacional original de la población receptora.

Posterior a la realización de cada campaña de seguimiento, en un máximo de 30 días corridos a las entidades correspondientes, se enviará un informe con sus respectivos respaldos y registros digitales, así como la cartografía digital en formato .shp (shape), formato compatible con la mayoría de las herramientas de sistemas de información geográfica (SIG), sin perjuicio que adicionalmente se presenten en formatos kml o kmz (Google Earth).

En el caso de evidenciar la pérdida de ejemplares durante el período de seguimiento, esta se deberá notificar en un plazo máximo de 24 horas al SAG y a la SMA con los registros físicos y digitales adecuados que permitan determinar las causas de esta.

El informe de seguimiento debe incluir, además de los aspectos poblacionales, una adecuada caracterización del ambiente, así como, al menos, los siguientes parámetros biológicos:

• Capacidad de carga en el sitio receptor. • Factor de crecimiento poblacional. • Indicador del éxito de la medida.

Para lo anterior, cada informe deberá ser contrastado con el estado previo a la aplicación de la medida, así como con informes de campañas de seguimiento previos, cuando corresponda, de forma de determinar alteraciones que pudieran afectar de forma significativa la permanencia del recurso en el tiempo. Esto permitirá establecer la efectividad de éxito de la medida a través de la mantención o aumento de la densidad de la población receptora.

Si el órgano sectorial competente estima que el indicar de éxito no es satisfactorio, se beberá ejecutar medidas que favorezcan la reproducción de la especie y un segundo monitoreo final.

Oportunidad: el Inicio es antes del comienzo de la etapa de rescate Indicador que acredite su cumplimiento -Obtención sectorial del PAS 146 para su ejecución.

-Informes de Avance (3) enviado a la SMA (1 informe de rescate realizado, un segundo informe que indique la relocalización efectuada y un tercer Informe que indique las medidas de seguimiento y monitoreo). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

-Informe Final de resultado de rescate y relocalización enviado a la SMA, una vez concluido la relocalización.

-Informe Final indicando las medidas de monitoreo y seguimiento implementadas (así como la indicación del éxito de la medida alcanzado) en Humedal Cárcel enviado a la SMA (en donde se incluirá los aspectos mencionados en el apartado “Forma” de esta Tabla.

Todos los informes deberán se realizados por profesional acreditado para tal efecto, y se debe firmar un profesional responsable de su realización.

Forma de control y seguimiento Informes (según lo expuesto en punto anterior)

Fiscalización del SAG y SMA

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1.-Compromiso ambiental voluntario Monitoreo Arqueológico Permanente Tabla 9.1 Compromiso ambiental voluntario Monitoreo Arqueológico Permanente Impacto asociado No aplica

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar Monitoreo arqueológico permanente desde el inicio de ejecución del proyecto.

Descripción: El monitoreo arqueológico peramente deberá ser llevado a cabo por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del proyecto.

Justificación: Probabilidad de encontrar restos durante las excavaciones por lo que se presenta este compromiso de forma preventiva. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sector de la instalación de faenas del proyecto.

Forma: Se deberá realizar charlas de inducción arqueológica dirigidas a la totalidad de trabajadores del proyecto, quienes deberán recibir la correspondiente capacitación al momento de ingresar a la obra. Estas, deberán ser implementadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología y deberán abordar el componente arqueológico que se podría encontrar en el área del proyecto, marco legal de protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto. Y se deberá entregar informe de charlas de inducción.

Oportunidad: Desde el inicio de ejecución del proyecto. Indicador que Entrega de informe de charlas de inducción elaborado por el/la arqueólogo/a, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

acredite su cumplimiento el cual deberá contener: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de la(s) inducción(es) realizada(s), copia del material gráfico presentado a los asistentes, Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad, síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los asistentes y constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá debidamente firmada por cada uno de los trabajadores. Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: f.1 Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). f.2 Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. f.3 Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. f.4 Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26 de la Ley17.288 de Monumentos Nacionales. f.5 Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en: https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formularios- protocolos/planillaregistrositiosarqueologicos g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora. j) En el caso de existir intervención por las obras del proyecto sobre sitios arqueológicos, el titular deberá comprometer medidas tales como: Difusión científica y a la comunidad local de los sitios encontrados y estudiados, en distintos formatos y para público en general; puestas en valor de los sitios encontrados, catastros arqueológicos, entre otros. Forma de control y seguimiento Se deberá remitir a la superintendencia de medio ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles del ingreso del (los) trabajador(es), el(los) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

informe(s) de charla(s) de inducción elaborado por el/la arqueólogo/a

9.2.-Compromiso ambiental voluntario “Charlas informativas a trabajadores” Tabla 9.2.-Compromiso ambiental voluntario “Charlas informativas a trabajadores” Impacto asociado

No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar capacitaciones de carácter mensual a los trabajadores, en las cuales se indique el proceder frente a una emergencia para eventos tales como: Eventos sísmicos, derrame de combustible, lluvias intensas, incendios y afloramiento de aguas.

Descripción: Informar y capacitar a los trabajadores de manera mensual con respecto a las emergencias que puedan suceder en el proyecto, de esta manera evitar los impactos negativos que conllevan estas emergencias tanto para ellos mismo como a las instalaciones. Estas charlas serán impartidas por un prevencionista de riesgo y se llevarán a cabo una vez el mes y se mantendrá en las obras un registro de los asistentes

Justificación: Estas charlas se llevarán a cabo con la finalidad de que los trabajadores puedan identificar y saber cómo proceder si se encuentran en una de las situaciones de emergencia. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sector de la instalación de Faenas del proyecto

Forma: Se realizará charlas de inducción por parte del prevencionista de riesgo dirigidas a la totalidad de trabajadores del proyecto, quienes deberán recibir la correspondiente capacitación una vez al mes. Estas, deberán ser abordadas de manera muy específica sobre las emergencias que se puedan presentar en el área del proyecto

Oportunidad: Se realizará una vez al mes y durante toda la etapa de construcción, el cual contempla una duración de 20 meses Indicador que acredite su cumplimiento Entrega Informe de charlas de inducción elaborado por el/la prevencionista de riesgo, el cual deberá contener: a) Nombre y firma del Prevencionista de riesgo que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción y copia del material gráfico presentado. c) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. d) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por las/los asistentes. e) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT, fecha de ingreso a la obra y firma de cada asistente. Se dispondrán en la oficina los registros donde se acredite que los vecinos recibieron las charlas. Forma de control y seguimiento Se dispondrán los registros con las firmas de los participantes de las charlas informativas en las oficinas del proyecto para que las autoridades puedan solicitarlas.

9.3.-Compromiso ambiental voluntario “Utilización de Maquinaria Stage V”. Tabla 9.3 Compromiso ambiental voluntario “Utilización de Maquinaria Stage V”. Impacto asociado No aplica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Utilizar maquinarias con tecnología Stage V

Descripción: Los motores Stage V son una normativa de emisiones establecida por la Unión Europea (UE) que establece los límites de emisiones contaminantes para los motores diésel utilizados en maquinaria y equipos no móviles. Esta normativa es una continuación de las normas anteriores, como las etapas Stage I, II, IIIA, IIIB y IV, y tiene como objetivo reducir aún más las emisiones de partículas y óxidos de nitrógeno (NOx) en comparación con las regulaciones previas. Los límites de emisiones establecidos por los motores Stage V son particularmente estrictos y desafiantes para los fabricantes de motores.

Justificación: La utilización de la maquinaria indicada cumplirá con estándares de emisiones atmosféricas Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dentro y fuera de los límites del proyecto

Forma: Los motores Stage V son motores diésel convencionales a los que se les incorpora un filtro de partículas. Este filtro es un dispositivo ubicado en el sistema de escape que se encarga de retener todas las partículas sólidas generadas por los motores diésel.

Oportunidad: Durante los trabajos realizados en la fase de construcción, específicamente en actividades de escarpe y movimientos de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Reporte con: • Revisión permanente de maquinarias en caso de ser requeridos • Contar con revisión Técnica al día de todas las maquinarias a utilizar durante la fase de construcción • Entrega de contratos de arriendo o facturas de compra de maquinarias en caso de ser requeridos • Fichas técnicas de maquinarias si se encuentran fuera de la ruta especificada Forma de control y seguimiento Se enviará reporte a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles toda la información necesaria que dé cuenta de los cumplimientos de las medidas de control indicadas.

9.4.-Compromiso ambiental voluntario “Medidas de control para Material Particulado” Tabla 9.4 Compromiso ambiental voluntario “Medidas de control para Material Particulado” Impacto asociado Emisiones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo principal es reducir las emisiones y nivel de congestión en la vialidad, de manera que el impacto producido sea el mínimo.

Descripción: En caso de que las emisiones generadas por el Proyecto sean elevadas o sobrepasen alguna normativa de calidad del aire indicada para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

la zona donde se emplazara el Proyecto, se hace necesaria la implementación de medidas de control, con el fin de minimizar las emisiones generadas.

Justificación: Prevenir impactos generados por la realización de las actividades de tránsito de camiones en caminos no pavimentados y pavimentados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del proyecto

Forma: Para cumplir con el objetivo principal de emisiones se realizarán las siguientes medidas de control. • Cierre perimetral, la cual deberá corresponder a una barrera efectiva en la contención de emisiones de material particulado • Los caminos internos no pavimentados deberán ser compactados y/o estabilizados para el tránsito de maquinaria pesada y vehículos, mientras dura la ejecución en fase de construcción. • Zona de lavado de ruedas y lavado de canoas deberá contar con un piso impermeabilizado y si los Riles generados contuvieran grasas o aceites de camión, deberán ser tratados como residuos peligrosos. • Se ejecutarán las obras de movimientos de tierra y excavaciones humedeciendo previamente la superficie del suelo.

Oportunidad: Cuando los camiones ingresen y egresen de las inmediaciones del polígono del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Revisión permanente de equipos y maquinarias en caso de ser requeridos • Contar con revisión Técnica al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la fase de construcción. • Presentar antecedentes técnicos que afirmen la correcta instalación de barreras efectivas de contención. Forma de control y seguimiento El proponente enviará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un Informe cada 6 meses durante la etapa de construcción, toda la información necesaria que acredite y dé cuenta de los cumplimientos de las medidas de control indicadas.

9.5.-Compromiso ambiental voluntario “Plan de Comunicación” Tabla 9.5.-Compromiso ambiental voluntario “Plan de Comunicación” Impacto asociado Emisiones acústicas y de vibración

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir las emisiones de ruido, vibraciones, así como el impacto vial, e Informar a las comunidades cercanas sobre el funcionamiento, horarios, duración y actividades que se realizarán durante la construcción del proyecto y se establecerán canales de comunicación en caso de reclamos o sugerencias.

Descripción: Producto de las emisiones que genera el proyecto en su fase de construcción, así como para evitar impactos por el tráfico vial, el proponente desarrollará un Plan de Comunicación para un buen relacionamiento comunitario.

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Justificación: Prevenir impactos generados por la realización de las actividades de tránsito de camiones en caminos no pavimentados y pavimentados Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dentro de los límites de emplazamiento del Proyecto

Forma: El plan comunicacional de información a la comunidad, en la que se indiquen datos como fecha de inicio y termino de la obra, horarios de trabajo, los cuales podrán quedar en una pizarra informativa (de al menos 2 m2) en el o los accesos a la obra. Incluyendo además algún correo de contacto del encargado en caso de consultas o reclamos referentes al tema medio ambiental.

Se dará aviso de las faenas ruidosas que implementara la obra, describiendo las medidas de control y gestión de ruido que se adoptarán. Esto mediante a folletería o carta de aviso.

El alcance territorial de este plan comunicacional deberán ser la totalidad de receptores acústicos reconocidos en el informe de ruido, incluyendo la junta de vecinos de la población adyacente (Llanos de Tenglo)

Para cumplir con el objetivo principal de emisiones se realizarán las siguientes medidas de control. • Cierre perimetral, la cual deberá corresponder a una barrera efectiva en la contención de emisiones de material particulado • Los caminos internos no pavimentados deberán ser compactados y/o estabilizados para el tránsito de maquinaria pesada y vehículos, mientras dura la ejecución en fase de construcción. • Zona de lavado de ruedas y lavado de canoas deberá contar con un piso impermeabilizado y si los Riles generados contuvieran grasas o aceites de camión, deberán ser tratados como residuos peligrosos. • Se ejecutarán las obras de movimientos de tierra y excavaciones humedeciendo previamente la superficie del suelo.

Al inicio del proyecto, el profesional de obra o el visitador deberá presentarse ante los vecinos de la comunidad y gestionar las siguientes actividades: • Entregar carta informativa, donde se informe las características principales de la obra. (Carta Inicio de obra). Durante la ejecución del proyecto, el profesional de obra debe coordinar: • Apertura de canales de comunicación con la comunidad. • Al ejecutarse trabajos al exterior de la obra, se implementará un sistema de información a la comunidad, basado en el envío de una carta informativa a los vecinos colindantes, en la que se indicará el tipo de obra que se realizará y el horario de trabajo, así como el nombre y teléfono del responsable de la obra. • Cada 6 meses se enviará a la comunidad un folleto informativo con el cronograma del proyecto, horario de trabajo, dotación de personal y principales focos de ruido

Se repartirán folletos informativos en lugares estratégicos en las poblaciones más cercanas al proyecto y se establecerán puntos de reunión. Además, se instalará en un cartel en el acceso del proyecto.

El encargado del relacionamiento público será el Administrador de Proyecto, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

de quien a su vez se facilitarán los datos de contacto en la pizarra informativa en el acceso al proyecto.

Oportunidad: Se implementará una vez iniciado la fase de construcción Indicador que acredite su cumplimiento Informe que indique: -Registro de folletos que serán entregados a los vecinos. -Registro fotográfico o papel de consultas emitidas por vecinos y respuesta de titular. -Información Declarada en Sistema de Seguimiento de SMA.

Todos estos registros quedarán copia en la Oficina de Administración de la obra a disposición de los servicios fiscalizadores.

Forma de control y seguimiento Informe enviado cada 6 meses en donde se verifique con reportes en la obra con la documentación de los registros que acrediten el cumplimiento del presente compromiso ambiental voluntario.

-Fiscalización y Sistema de Seguimiento de SMA, de los servicios competentes.

9.6.- Compromiso ambiental voluntario “Plan de Monitoreo Calidad de Aguas” Tabla 9.6.- Compromiso ambiental voluntario “Plan de Monitoreo Calidad de Aguas” Impacto asociado Recurso agua Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar un monitoreo de los niveles freáticos, mediante piezómetro, construido en el área de emplazamiento del proyecto

Descripción: Aplicará una toma de muestras tanto aguas arriba de la obra como aguas abajo (dos puntos de muestreo), considerando como mínimo los siguientes parámetros para la calidad del agua: • Oxígeno disuelto • Temperatura • pH • Conductividad eléctrica • Solidos suspendidos totales (SST) • Turbidez

Justificación: Para asegurar que no se sobre pase la condición base de las aguas subterráneas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Puntos Aguas Arriba y Aguas Abajo del Estero sin Nombre

Forma: Se realizarán monitoreos mensuales durante el desarrollo de la obra en su fase de construcción y en los periodos donde se genere alta pluviosidad se realizarán monitoreos semanales

Oportunidad: Durante los desarrollos de la modificación de Cauce del Estero sin Nombre Indicador que acredite -El indicador de cumplimiento estará dado por la variación de +/- una desviación estándar con relación a los datos de calidad de aguas de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

su cumplimiento estaciones de red de calidad de aguas que opera DGA en la comuna de Puerto Montt.

-Informe con resultados obtenidos (incluyendo las exigencias de la DGA que se exponen en su Oficio N°1137) Forma de control y seguimiento -Se informará a su vez a la SMA y a DGA la ubicación georreferenciada del sondaje y piezómetro, a modo de facilitar su fiscalización y comprobación de resultados. -Envío de informes a la SMA al mes siguiente de recepcionados los informes de laboratorio.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1 Riesgo por actividad sísmica Tabla 10.1 Riesgo por actividad sísmica

Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a toda el área del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Realización de capacitaciones en las que se indiquen los protocolos de reacción a la hora de enfrentar un evento telúrico (mantener la calma, no desplazarse en forma precipitada, seguir las instrucciones de seguridad entregadas por el personal competente, alejarse de estructuras elevadas, etc.). • Instalación de señalética que permita identificar las zonas en las cuales operan equipos energizados; zonas con presencia de combustibles; zonas de seguridad dispuestas y las zonas en las cuales puedan generarse eventos de remoción en masa. • Instruir en materias referentes a procesos y mecanismos por medio de los cuales se pueda cortar los suministros de electricidad y combustible Forma de control y seguimiento • Realización de charlas informativas de carácter mensual con registro de asistencia. • Evaluación y registro del estado de señaléticas. • Registro de mantención de señaléticas Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 07 de la Adenda. Plan de Contingencias y Emergencias Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Durante sismo • Evitar que los trabajadores corran o pierdan la calma. • Evitar cualquier tipo de contacto con energizados, ya que pueden presentar fallas en la aislación y recibir un golpe eléctrico. • Alejarse de ventanas y abrir las puertas, no encender fósforos ni encendedores ante eventuales fugas de gas, alejarse de puentes y vías elevadas. • Alejarse de las zonas de acopio de material, aunque éstas nunca excederán los 2,5 m de altura, por lo que es poco probable que se deslicen y provoque daño a alguien. • En el caso de encontrarse operando alguna maquinaria, apagar y abandonar de inmediato el vehículo o maquinaria que se esté manejando; procurando dirigirse a la zona de seguridad más cercana. • En el caso que ocurra un deslizamiento de terreno producto de un movimiento sísmico, alejarse inmediatamente de la zona del deslizamiento y dirigirse a la zona de seguridad más cercana. Después del sismo • Desplazarse hacia la zona de seguridad con precaución y atención del entorno. • Si se tiene conocimiento como operan los generadores, desconectar el generador para evitar la corriente eléctrica. • Si alguna persona producto del sismo ha entrado en contacto con la energía eléctrica, ayudarla mediante el corte de la energía eléctrica, si no es factible el corte, con un elemento no conductor de la energía eléctrica desplazar a la persona de la zona mediante un elemento aislante (chomba, bufanda, etc.), sin tocar a la persona, o retirar los conductores eléctricos energizados que se encuentran sobre el trabajador, usando los elementos aislantes. Una vez aislado proceder a brindarle los primeros auxilios. Si algún trabajador se encuentra lesionado seriamente proceder a brindarle los primeros auxilios, solicitar una ambulancia para su traslado a un centro asistencial. Mientras llega la ambulancia y asistencia médica, estabilizarlo, abrigarlo si fuera necesario; tratando de moverlo lo menos posibles por si tuviera alguna fractura producto del sismo Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/). En caso de ocurrencia de situaciones de emergencias, se presentará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento ante la SMA un informe Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

considerando los siguientes puntos: • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire, u otra relacionada con la contingencia; duración del evento, acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). • Identificación del área afectada y su extensión. • Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectado. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 07 de la Adenda. Plan de Contingencias y Emergencias

10.1.2 Riesgo por derrames de combustible y otros líquidos Tabla 10.1.2 Riesgo por derrames de combustible y otros líquidos Riesgo o contingencia Riesgo por derrames de combustible y otros líquidos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Dentro de los límites del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Definir y preparar sitios adecuados y específicos para el almacenaje y uso de combustibles, aceites y grasas. • El encargado del suministro de combustible, deberá contar con un dispensador apropiado que minimice las derrames y pequeños derrames. Contará con materiales absorbentes que serán colocados debajo del punto de suministro. En el caso de producirse un derrame, el material contaminado (suelo), deberá ser recolectado y confinado en un sitio seguro. • Capacitar al personal sobre el adecuado manejo de combustibles, aceites y grasas. • Revisión permanente del estado de los sistemas de almacenamiento de líquidos combustibles y lubricantes. • Cumplir con el programa de inspección y mantenimiento de los tanques de almacenamiento de hidrocarburos y/o sistemas relacionados. • Efectuar listas de verificación para las operaciones de descarga de combustibles de camiones cisterna. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

• Adelantar el almacenamiento de las sustancias de acuerdo con las recomendaciones del fabricante. • El sitio de almacenamiento de combustibles y lubricantes se confinará por medio de un dique de contención perimetral que permita la contención de por lo menos el 110% del volumen almacenado. • Los recipientes de almacenamiento de combustibles y lubricantes se dispondrán de manera horizontal soportados sobre estructuras resistentes, esto con el objeto de detectar más fácilmente, posibles derrames. • El suministro de combustible a la maquinaria y equipos se deberá adelantar mediante bombas manuales, por ningún motivo se permitirá el empleo de embudos o cualquier otro medio que no sea seguro. • Revisión permanente del estado mecánico de los equipos y maquinaria Forma de control y seguimiento • El Monitor Ambiental es responsable de planificar y ejecutar en cada una de las obras una capacitación. • Capacitación quedará registrada y se mantendrá publicada al exterior de la bodega de residuos peligrosos o sustancias peligrosas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 08 de la Adenda Complementaria. Plan de Contingencias y Emergencias Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Cualquier persona que detecte una fuga o esté presente ante derrame de alguna sustancia peligrosa deberá informar de inmediato a su supervisor directo, quién a su vez dará aviso al Encargado de Calidad o a otro personal capacitado para actuar ante emergencias, especificando el sector o lugar donde ha ocurrido. • Una vez informada la fuga o derrame, se debe recurrir a las Hojas de Seguridad del producto y se debe delimitar la zona con cinta de peligro. • Se debe procurar impedir el acceso al sector con cinta de peligro, permitiéndose acceso y tránsito sólo a aquellas personas que sean requeridas para enfrentarlo. Debe quitarse inmediatamente la ropa contaminada y debe lavarse la piel con agua. • Si es necesario se podrá optar a detener los trabajos en las proximidades de la fuga o derrame, de modo que se faciliten las tareas de detención, contención y limpieza. Ventile el área, si es factible. • Antes de proceder a controlar la fuga o el derrame, debe colocarse los elementos de protección personal adecuados al riesgo de manipulación y contacto. Si no cuenta con los EPP requeridos debe alejarse de la zona del derrame. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

• No limpie un derrame si el producto está reaccionado, hace ruido, humea, emite gas o se está quemando. Si hay otros indicios de que está ocurriendo una reacción química, evacue inmediatamente el área e informe a la jefatura directa. • Apague todo equipo o fuente de ignición (si el producto es inflamable). • Detenga la fuga o el derrame lo antes posible regresando el recipiente a la posición vertical (si aplica), tapando el punto donde se está filtrando el líquido, cerrando una válvula o una manguera con fuga o colocando en el lugar un segundo recipiente para recuperar el producto. • Si el material derramado tiene características inflamables según la hoja de seguridad del producto, se deberá retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado, esto es factible siempre y cuando el material haya sido derramado en el terreno natural. • Si el derrame fue en el terreno natural se deberá esparcir material absorbente, haciendo que este se mezcle e impregne con el suelo contaminado por el derrame.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/). En caso de ocurrencia de situaciones de emergencias, se presentará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento ante la SMA un informe considerando los siguientes puntos: • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire, u otra relacionada con la contingencia; duración del evento, acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). • Identificación del área afectada y su extensión. • Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectado. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 08 de la Adenda Complementaria. Plan de Contingencias y Emergencias

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

10.1.3 Riesgo por eventos de lluvias intensas Tabla 10.1.3 Riesgo por eventos de lluvias intensas Riesgo o contingencia Riesgo por eventos de lluvias intensas Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a toda el área general del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se debe mantener constante conocimiento de las condiciones de tiempo atmosférico que afectan el área en la cual se emplaza el proyecto mediante revisiones semanales y actualizaciones a 10 días del pronóstico meteorológico. • Trazar e instalar sistemas que permitan el escurrimiento de las aguas lluvias. • Contar con elementos que permitan proteger la maquinaria y las herramientas, como galpones o bodegas. • Contar con sistemas auxiliares de emergencia y disponer de los instructivos para su operación. Forma de control y seguimiento • Realización de charlas informativas de carácter mensual con registro de asistencia. • Revisión y mantención de sistema de escurrimiento de aguas lluvias.

• Revisión y mantención de sistemas auxiliares de emergencia y disponer de los instructivos para su operación Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 07 de la Adenda. Plan de Contingencias y Emergencias Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de inminente frente de mal tiempo que afectará la zona se efectuará una inspección de todos los sistemas de escurrimiento de aguas de lluvias; en caso de ser necesario se procederá a despejarlos. • Se efectuará una inspección de las áreas de trabajo y sectores adyacentes, para verificar que no se encuentren equipos, herramientas o maquinarias sin proteger; se dispondrá además que se verifiquen tableros y sistemas eléctricos. Junto con lo anterior, se efectuará una prueba de funcionamiento de los sistemas auxiliares de energía. • En caso de que se produzcan inundaciones se dispondrá eliminar el agua de los sectores anegados, utilizando bombas. • Los trabajadores deberán alejarse de los sitios anegados y paralizar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

las actividades dentro de la faena. • Finalmente, en caso de no poder controlar la emergencia con medios propios, se solicitará la cooperación del servicio de emergencias de la ciudad; esta situación deberá ser evaluada por el Jefe de Sector. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/). En caso de ocurrencia de situaciones de emergencias, se presentará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento ante la SMA un informe considerando los siguientes puntos: • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire, u otra relacionada con la contingencia; duración del evento, acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). • Identificación del área afectada y su extensión. • Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectado. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 07 de la Adenda. Plan de Contingencias y Emergencias

10.1.4 Riesgo para eventos de incendio Tabla 10.1.4 Riesgo para eventos de incendio Riesgo o contingencia Riesgo para eventos de incendio Fase del proyecto a la que aplica Fase construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones de ella. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Implementar medidas de prevención de incendios (cortafuegos u otros) y protocolos de control de carga de combustible y fuetes de calor. • Identificar y señalizar debidamente las zonas que cuenten con equipos generadores y/o con presencia de combustible. • Disponer extintores en cada área susceptible a amagos de incendio o a incendios, preparando al personal para que su manipulación sea Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

expedita y funcional. • Identificar y señalizar debidamente las zonas de seguridad dispuestas en la obra. Forma de control y seguimiento • Registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores. • Realización de charlas informativas de carácter mensual con registro de asistencia. • Registro y mantención de sistemas auxiliares de emergencia Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 07 de la Adenda. Plan de Contingencias y Emergencias Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Cualquier persona que descubra un fuego no controlado, deberá dar la alarma correspondiente, independiente que este sea un amago, utilizando los medios que estén a mano para dar la información, si es necesario a viva voz. • En caso de amago de incendio, se deberá usar los extintores portátiles ubicados en las áreas señaladas. Si al lugar del amago concurren dos o más personas, estas deberán actuar simultáneamente con los extintores. • Si es un incendio, las personas que se percataron del incendio deben dar aviso de inmediato y ayudar a la evacuación del lugar. Poniendo atención en cortar el suministro eléctrico. • Dirigirse hasta la Zona de Seguridad del área respectiva. • Si hay personal ajeno a la obra dirigirlos a las zonas de seguridad asignadas. • A medida que las personas se van retirando del lugar, deberán ir cerrando las puertas y ventanas que vayan quedando detrás de ellas. • Ninguna persona deberá exponer su salud y su vida por tratar de salvar elementos materiales o por volver a buscar cosas personales. • En caso de atrapamiento en el lugar del incendio, agacharse y gatear. Al avanzar deberán ir tocando con una de sus manos la pared, para lograr encontrar una puerta o una ventana, al encontrarlas, proceder a abrirla lenta y cuidadosamente y evacuar Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/). En caso de ocurrencia de situaciones de emergencias, se presentará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento ante la SMA un informe considerando los siguientes puntos: • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

emisiones al aire, u otra relacionada con la contingencia; duración del evento, acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.) • Identificación del área afectada y su extensión. • Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectado. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 07 de la Adenda. Plan de Contingencias y Emergencias

10.1.5 Riesgo por afloramiento de aguas Tabla 10.1.5 Riesgo por afloramiento de aguas Riesgo o contingencia Riesgo por afloramiento de aguas Fase del proyecto a la que aplica Fase construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones de ella Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Previamente se deberán demarcar en toda el área del proyecto “Zonas de Seguridad”, estas deberán estar alejadas de cursos de agua, en un terreno alto y lejos de cortes de taludes que pueden estar expuestos a crecientes. • Se capacitará al personal que ejecute obras de excavación en el área del proyecto. • Las excavaciones se efectuarán no mayores a la profundidad requerida por las fundaciones de las viviendas y las demás obras que impliquen movimientos de tierra en el área del proyecto. • Las obras que impliquen excavaciones en el proyecto se ejecutarán en días que no exista precipitación y en caso de ejecutarse en días posteriores a los que se presente precipitación, solo se ejecutarán excavaciones en los sitios en donde el terreno se presente completamente seco, con la finalidad de que no se presente una confusión con un posible afloramiento de la napa y la humedad producto de la precipitación. • Construir jarillones si se requieren, para evitar que el agua salga del cauce e inunde terrenos bajos que afecten obras del proyecto. Forma de control y seguimiento • Registro de aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente. • Registro de charlas y/o capacitaciones de las acciones a seguir Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

frente a un posible afloramiento de napas colgadas de agua. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 08 de la Adenda Complementaria. Plan de Contingencias y Emergencias Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • El personal que se percate de este incidente deberá inmediatamente detener sus actividades y dar aviso al encargado de obra. • Se deberá dar aviso en un tiempo no mayor a 24 horas a la Dirección General de Aguas de la Región de Los Lagos. • Se deberán detener las actividades en toda la obra. • Se deberá verificar la calidad del agua. • No se deberán almacenar las aguas si no que se deberán reincorporar al medio ambiente mediante zanjas que permitan la infiltración. En caso de no ser suficiente se podrá implementar uno o más pozos de absorción. • Las actividades constructivas podrán ser retomadas sí y sólo si se han tomado las medidas definitivas y se ha controlado el afloramiento. Procedimiento de emergencia con accidente fatal • Se dará cuenta de inmediato al Administrador y al Prevencionista de Riesgos. • Se iniciará investigación inmediata por parte del supervisor y del Prevencionista de Riesgos. • Se cercará y evitará paso de personal al lugar de los hechos. • Se informará a Carabineros y estos al Juzgado correspondiente. • Se informará a los organismos fiscalizadores correspondientes. • Cualquier información hacia el exterior será entregada solamente por gerencia. No es necesario que algún trabajador entregue información a terceros sobre el accidente fatal, debido a que se debe realizar una inspección interna exhaustiva para esclarecer los hechos del accidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, dentro de los plazos que se puedan conseguir en la Comuna, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento. vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva”. En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/). En caso de ocurrencia de situaciones de emergencias, se presentará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento ante la SMA un informe considerando los siguientes puntos: • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire, u otra relacionada con la contingencia; duración del evento, acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). • Identificación del área afectada y su extensión. • Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectado. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 08 de la Adenda Complementaria. Plan de Contingencias y Emergencias

10.1.6 Riesgo por Mala Manipulación en retiro de residuos Tabla 10.1.6 Riesgo por Mala Manipulación en retiro de residuos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Riesgo o contingencia Riesgo por Mala Manipulación en retiro de residuos Fase del proyecto a la que aplica Fase construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones de ella Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Contenedores contaran con tapas herméticas • Se realizarán desratizaciones periódicas dentro del proyecto • Prohibición de botar basura en lugares diferentes a los contenedores o salas de basura • Retiro de dichos residuos a través de camión municipal • Recambio de contenedores y basureros en mal estado Forma de control y seguimiento • Registro de aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente. • Registro de charlas y/o capacitaciones de las acciones a seguir frente a una posible proliferación de vectores de interés sanitario y generación de malos olores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 07 de la Adenda. Plan de Contingencias y Emergencias Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se procederá a contener dicho derrame o percolación con material absorbente, si corresponde, posteriormente el material contenedor será dispuesto en otro contenedor. • Se realizará aseo en la sala de basura, limpiando y desinfectando la zona de derrame. • Se cambiará el contenedor o basurero defectuoso Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/). En caso de ocurrencia de situaciones de emergencias, se presentará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento ante la SMA un informe considerando los siguientes puntos: • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire, u otra relacionada con la contingencia; duración del evento, acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). • Identificación del área afectada y su extensión. • Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectado. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos (peligrosos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 07 de la Adenda. Plan de Contingencias y Emergencias

10.1.7 Riesgo ante interrupción de retiro de residuos Tabla 10.1.7 Riesgo ante interrupción de retiro de residuos Riesgo o contingencia Riesgo ante interrupción de retiro de residuos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Inmediaciones de la instalación de faenas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Mantener un contrato con una empresa de retiro de residuos con autorización sanitaria vigente. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá el registro de retiro de los residuos sólidos asimilables a domiciliarios y residuos sólidos industriales no peligrosos, así como también el sitio de disposición final, en la instalación de faenas del proyecto, para consulta y/o seguimiento de la Autoridad Ambiental. • Se mantendrá en faenas un registro fotográfico del retiro de los residuos señalados anteriormente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 07 de la Adenda Complementaria. Plan de Contingencias y Emergencias Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Al detectarse vectores, se contactará a otro servicio externo de retiro y disposición de residuos asimilables a domiciliarios, quienes deben acudir al lo más pronto posible, post coordinación con el titular, a la instalación de faenas del proyecto, para hacer retiro de los residuos mencionados. Cabe señalar que los camiones de retiro de residuos contarán con sus permisos sanitarios vigentes En caso de interrupciones en el traslado de residuos domiciliarios por factores externos y ajeno a contrataciones de servicio (paralización de transporte), el titular en fase de construcción del proyecto gestionará un camión tolva de acumulación con su respectiva lona de protección para la realización de retiros y posterior envío a puntos que cuenten con autorización para recibir este tipo de residuos, todo esto considerado como un servicio particular. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No Aplica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 07 de la Adenda Complementaria. Plan de Contingencias y Emergencias

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

  5. Que, para que el proyecto “Senderos de Tenglo” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  6. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  7. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  8. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  9. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

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RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Senderos de Tenglo”, de Ulmo Consultores S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Senderos de Tenglo” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Senderos de Tenglo” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, 146 y 157 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Senderos de Tenglo” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Giovanna Moreira Almonacid Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

SST/JHS/MSA/LFAB

Distribución:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Sebastián Andrés Orozco Lanfranco sorozco@ulmoconsultores.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2160705776 Firmado por: Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Fecha: 04/12/2023 16:18:31 CLST Giovanna Elvira Moreira Almonacid Firmado digitalmente por Giovanna Elvira Moreira Almonacid Fecha: 2023.12.06 16:27:23 -03'00' SERNAGEOMIN, Zona Sur <gabriela.mino@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> CONADI, Región de Los Lagos valtamirano@conadi.gob.cl CONAF, Región de Los Lagos marco.inarejo@conaf.cl DGA, Región de Los Lagos fabiola.pizarro@mop.gov.cl DOH, Región de Los Lagos rodrigo.valenzuela@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Los Lagos gobernador@goreloslagos.cl Ilustre Municipalidad de Puerto Montt gervoy.paredes@puertomontt.cl SAG, Región de Los Lagos cristian.andrade@sag.gob.cl SEREMI de Salud, Región de Los Lagos <sofia.torres@redsalud.gov.cl, carlos.herrera@redsalud.gov.cl> SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos pjoost@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos fnail@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos <citurriaga@mma.gob.cl, ngesell.10@mma.gob.cl> SEREMI MOP, Región de Los Lagos daniel.olhabe@mop.gov.cl Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos lhurtado@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ssdg@monumentos.gob.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Encargado/a de PAC Carmen.Larraguibel@sea.gob.cl