Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Califica Ambientalmente el proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón”
Antofagasta
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), del proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón”, presentada por Minera Meridian Limitada, con fecha 19 de abril de 2023, y admitida a trámite con fecha 25 de abril de 2023, su Adenda de fecha 18 de agosto de 2023 y su Adenda Complementaria de fecha 24 de noviembre de 2023.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 2 y 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón”.
3°. El Acta N° 202302106150 de Sesión del Comité Técnico N°10 del 2023, de fecha 07 de septiembre de 2023.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón” de fecha 22 de diciembre de 2023.
5°. El acuerdo N°001/2024 de la sesión ordinaria N° 01/2024 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 03 de enero de 2024.
6°. La Resolución de Calificación Ambiental N°0229/2014, de la Comisión de Evaluación de Antofagasta, que calificó favorablemente el Proyecto “Explotación Subterránea Mina Pampa Augusta Victoria”, el cual se modifica a través de la presente Resolución.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón”.
8°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente ("Ley N°19.300"); en el Decreto Supremo N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del SEIA (en adelante e indistintamente, “Reglamento del SEIA” o “RSEIA”); en el D.F.L. N°1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta RA Nº 119046/205/2022 de fecha 23/05/2022 que nombra al Director Regional del SEA de la Región de Antofagasta; en el Decreto Exento N° 128 del 17 de enero de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que establece el orden de subrogación de los/as Delegados/as Presidenciales Regionales de la Región de Antofagasta; y en la Resolución N°7, de 2019 de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, se dicta lo siguiente:
Firmado Digitalmente por Velentina Alejandra Duran Medina Fecha: 16-01-2024 11:04:51:464 UTC -03:00 Razón: Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Minera Meridian Limitada (en adelante, el “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “SEIA”) la DIA del proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Minera Meridian Ltda. Rut 96.508.670-6 Domicilio General Velásquez Bórquez N° 890, Of. 607, Antofagasta. Teléfono +56 9 34113570 / +56 9 94199718 Nombre representante legal Rodrigo Gutiérrez Nieto Rut representante legal 12.643.725-0 Domicilio representante legal General Velásquez Bórquez N° 890, Of. 607, Antofagasta. Teléfono representante legal +56 9 34113570 / +56 9 94199718 Correo electrónico Titular o representante legal miguel.donoso@cl.panamericansilver.com; sara.cortes@cl.panamericansirver.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 22 de diciembre de 2023, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:
a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y
c) No genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3°. Que, en sesión de fecha 03 de enero de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 22 de diciembre de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Dar continuidad operacional de la Mina Pampa Augusta Victoria (PAV) mediante la extensión de la vida útil de lo aprobado en la Res. Ex. N°0229/2014 del proyecto “Explotación Subterránea Mina Pampa Augusta Victoria”; lo cual implicará la extensión del área de explotación subterránea (vetas de extracción Victoria y Elizabeth), con una extracción ascendente desde los 16.500 t/mes hasta una extracción máxima de 18.400 t/mes de reservas minerales de Oro y Plata. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Art. 2° RSEIA: letra g) modificaciones sustantivas al proyecto original. Art. 3 RSEIA: letra i.1) Se entenderá por proyectos de desarrollo minero aquellas acciones u obras cuyo fin es la extracción o beneficio de uno o más yacimientos mineros y cuya capacidad de extracción de mineral es superior a cinco mil toneladas mensuales (5000 t/mes).
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Vida útil 5 años y 11 meses Monto de inversión USD 5,6 millones Mano de obra Tabla 1. Mano de obra máxima proyecto Fase Mano de obra máxima Construcción - Operación 130 Cierre 25 Fuente: Tabla 1-1 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA. Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA Extracción de mineral mediante el método Bench & Fill (mismo método de explotación utilizado actualmente y declarado en la Res. Ex. N°229/2014 y aprobado según Res. Ex. 1470/2015 del SERNAGEOMIN), correspondiente a la extensión del área de explotación subterránea de las vetas de extracción Victoria y Elizabeth. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El proyecto no se desarrolla por etapas.
x Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No El proyecto modifica el proyecto “Explotación Subterránea Mina Pampa Augusta Victoria”. x
Proyecto modifica otra(s) RCA Si No DIA “Explotación Subterránea Mina Pampa Augusta Victoria” aprobada mediante la RCA 0229/2014 de fecha 22 de abril de 2014 de la Comisión de Evaluación Región de Antofagasta.
El detalle se presentó en Tabla 1-3 de la Adenda complementaria de la DIA. x
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se localiza en la región, provincia y comuna de Antofagasta, a 160 km al sureste de la ciudad de Antofagasta. Superficie 183.964 m2. Coordenadas UTM en Datum WGS84 En el Anexo 04.01 de la Adenda de la DIA se encuentra la cartografía y archivos digitales. Caminos o vías de acceso El acceso al proyecto se realiza principalmente desde Antofagasta, a través de la Ruta 28 recorriendo 22 km en dirección sureste, hasta llegar al cruce denominado La Negra, ubicado en el área industrial del mismo nombre. Desde este punto se debe tomar ruta privada (B475) hasta empalmar con la ruta B55 en el Km 92 luego seguir hasta el Km 105, hasta el cruce a la mina El Peñón, se debe virar por este camino hacia el sur y recorrer en esta dirección 10 km hasta el sector de Pampa Augusta Victoria por una ruta privada. La representación cartográfica de los accesos se presentó en la Figura 1-4 del Anexo 1-1 de la adenda complementaria de la DIA. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la En el Anexo 10 de la Adenda complementaria de la DIA se encuentran los archivos digitales.
En el Anexo 11 de la Adenda complementaria de la DIA se indica la ubicación de mapas y cartografías.
localización de sus partes, obras y acciones
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN No aplica 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Nombre Descripción Planes de producción Para la explotación subterránea de los recursos geológicos remanentes, se calcularon reservas considerando el método Bench and Fill (mismo método de explotación utilizado actualmente, declarado la Res. Ex. N°229/2014 y aprobado según Res. Ex. 1470/2015 del SERNAGEOMIN), que consiste en la excavación de galerías horizontales de producción (Drift) siguiendo la corrida de la veta y posteriormente realizar la excavación del pilar intermedio (Bench) mediante la perforación y tronadura de tiros largos, a lo cual sigue una etapa de relleno que provee de soporte y piso, a fin de permitir la explotación ascendente del yacimiento. Tanto el diseño de los desarrollos subterráneos necesarios para acceder a las vetas, como la explotación en mineral, consideran una base geotécnica definida por estudios realizados en terreno, sondajes geotécnicos dirigidos, ensayos de laboratorio y análisis de estabilidad asociados a modelos litológicos, geotécnicos y estructurales. Actividades de producción • Extracción de material (estéril y mineral) Las partes que conforman el proceso productivo proyectado para las nuevas áreas de explotación subterránea y que formarán parte íntegra de las actividades de operación durante todo el proyecto serán: la mina subterránea, el botadero de estériles implementado para el proceso de extracción y el área de re-manejo de mineral en stock pile Mina a lo cual se suman sus instalaciones auxiliares. El método de extracción que se utilizará será el “Bench and Fill” el que consiste en la explotación por medio de banqueo y relleno, en particular en este caso consistirá en la preparación de dos niveles contiguos en la vertical, perforándose el pilar que queda entre ellos. Una vez concluida o avanzada su perforación, se procede a generar una cara libre inicial, mediante la construcción de una chimenea. Completada la extracción de la primera fase de producción, se procede a dar paso al relleno cementado y posteriormente al relleno seco, el cual será realizado con camiones de bajo perfil con tolva eyectora. Una vez concluida la fase de relleno se reinicia la explotación del banco en su siguiente fase.
• Depositación de roca estéril (Botadero de estériles) Los materiales provenientes del desarrollo de las labores subterráneas de la mina Pampa Augusta Victoria serán empleados en su gran mayoría como relleno de los caserones, y la fracción restante serán enviados al Botadero Pampa Augusta Victoria Subterránea. En caso de que sea requerido, se puede ingresar material estéril desde el botadero a la mina para utilizarlo como relleno.
• Remanejo de mineral en Stock Pile PAV UG El mineral extraído será dejado temporalmente en el Rom-Pad PAV UG, localizado al norte del portal principal de la mina entre cotas 1.740 a 1.749 m.s.n.m., tal como se hace en la actualidad. En el Rom-Pad de PAV UG se realizará el remanejo del mineral extraído de la mina subterránea, para su envío a la planta de beneficio de El Peñón.
• Planta Shotcrete y de Preparación de Relleno Cementado En esta planta se genera la mezcla del material necesario para la fortificación con cemento proyectado (Shotcrete) en la medida que se incrementa la extensión del sistema de túneles.
• Áridos Los áridos para la generación de shotcrete, que es parte del método de fortificación de la mina subterránea aprobado en la RCA 229/2014 y Res 0793/2015 SERNAGEOMIN, son obtenidos de la misma mina, no se utilizan proveedores externos y no se modificará su manejo.
• Manejo de aguas de drenaje De acuerdo con las prospecciones geológicas, eventualmente se encontrar infiltraciones bajo la cota 1350 m.s.n.m. Según los avances de la mina, la cota más baja será 1.430 m.s.n.m., por lo cual no se espera la ocurrencia de agua por infiltración; sin embargo, ante la eventualidad de alumbrarse aguas en el frente de trabajo, se considera la implementación de un sistema estándar de Minera Meridian para el manejo del agua de drenaje de la mina, el cual se adjunta en el Anexo 1-12 de la DIA y se incorpora al reporte de drenaje a la DGA de acuerdo con el cumplimiento de la Resolución 2682/2022 DGA. Operación de instalaciones existentes El proyecto utilizará las obras aprobadas en la RCA N°0229/2014 y no se realizarán modificaciones a las instalaciones.
Tabla 2. Obras existentes por utilizar Bodega General Sistemas de ventilación Taller de mantención mecánica Recinto grupo generador y sistema de distribución, S/E 500 kVA, S/E 1.000 kVA y S/E 750 kVA (4) Loza lavado Distribución en media tensión interior mina Sala de cambio y Comedor Distribución en baja tensión interior mina Generador eléctrico 1.000 kVA Sistema de abastecimiento de combustible Oficina contratistas Acopio de mineral en superficie (Stock Pile) Patio de Bodega Caminos internos (acceso y mantención de ventilación en superficie y tendidos eléctricos) Polvorín Sala de cambio 3 Planta Shotcrete Taller de mantención mecánica 2 Patio de tránsito de residuos Taller de neumáticos Socavón Bodega de neumáticos Botadero de estériles Bodega general 2 Caminos de acceso (Exteriores, Bifurcación Bypass y caminos interiores) Patio de bodega 2 Silo de Nitrato Equipo generador principal 2 MVA Estanque de agua Sala de control planta shotcrete Oficina administración Policlínico Oficina ingeniería Estocadas de acceso y niveles de producción o drift Sistema particular de aguas servidas Túneles explotación subterránea Estación de combustible - Fuente: Tabla 1-12 de la DIA Productos generados La operación del Proyecto no contempla la generación de productos, solo la extracción y transporte del mineral de plata y oro a la planta de proceso existente en El Peñón.
Recursos naturales renovables En relación con el recurso agua, la requerida para el consumo humano proviene de las instalaciones de El Peñón, por lo que el proyecto no contempla la extracción de este recurso, tal como se realiza hasta la fecha, donde la Titular cuenta con todos los permisos otorgados por la Autoridad respectiva para su extracción. Cabe indicar que no se considera un consumo mayor al aprobado actualmente. Para más información remitirse al Anexo 1-6-5 Resoluciones y Certificados DGA. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas En la fase de operación las emisiones atmosféricas estarán asociadas básicamente al tránsito vehicular por camino no pavimentado, erosión eólica; y operación de grupos electrógenos.
En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones del año de operación 2027, correspondiente al de mayor cantidad:
Total de emisiones año 2027 (t/año) MP10 MP2,5 CO COV NOX SO2 Operación 30,3 6,4 50,2 4,8 181,8 0,1
Forma de control de emisiones
Humectación de caminos en caminos no pavimentados internos de Pampa Augusta Victorial. La frecuencia de humectación de los caminos no pavimentados internos del proyecto será efectivamente a lo menos cuatro (4) veces al día (Ver tabla 18 de la Adenda de la DIA). El Plano de aplicación de medida de control en caminos internos no pavimentados se presentó en la figura 3 de la Adenda de la DIA. - Velocidad máxima en la zona de la faena de la mina subterránea PAV será de 30 km/h. - Así mismo, el Titular se comprometió a los siguiente:
Proceso involucrado Medida de control % Eficiencia Frecuencia de mantención Medio de verificación Transporte de combustib le, explosivos , insumos, personas, explotació n minera, lubricantes . Retiro de Respel y retiro de residuos. - Señalización - Patrullas de control - Campañas de concienciación - Humectación de caminos - Multas y sanciones 75% mensual • Se mantendrán registros de mantención de caminos. • Registrar y documentar las intervenciones de las patrullas de control, incluyendo la fecha, hora y ubicación de cada control realizado. • Registro de las multas y sanciones impuestas, incluyendo la fecha, el motivo y la identificación del infractor. • Realizar inspecciones periódicas. Fuente: Tabla 19 de la Adenda de la DIA
b) Emisiones de ruido En la fase de operación del proyecto la principal fuente generadora de ruido será el tránsito vehicular y el funcionamiento de equipos eléctricos. El resultado de la estimación acústica del Anexo 2-3 de la DIA indican que el nivel de ruido estimado sobre receptores ubicados a 22,4 km del proyecto cumple con el límite máximo permisible para período diurno indicado en el D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”). En cuanto, a vibraciones, la principal fuente será el uso de maquinarias, y el escenario más desfavorable será el año 2025.
De los resultados de la proyección de vibraciones no se generará incumplimiento de los límites por molestia y daño estructural de acuerdo con la guía técnica FTA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos líquidos domésticos: Durante la fase de operación del proyecto se generarán 18.150 l/día de aguas servidas. Los residuos líquidos domésticos corresponderán a las aguas servidas generadas por los trabajadores en las instalaciones operativas en superficie y en los frentes de trabajo al interior de la mina subterránea. Para el caso de las aguas servidas generadas al interior de la mina subterránea en las nuevas áreas de explotación, se cuenta con baños químicos portátiles, los cuales serán instalados de acuerdo con lo dispuesto en el D.S. N°594/1999, del Ministerio de Salud (en adelante “MINSAL”). El manejo, transporte y disposición final de aguas residuales de los baños químicos, lo realizará una empresa autorizada. Por otro lado, las instalaciones operativas en superficie cuentan con dos fosas sépticas autorizadas, según Res. Ex. N°3881/12, adjunta en el Anexo 1-6-3 de la DIA.
b) Residuos sólidos domiciliarios Se estima que se generará un máximo de 2.113 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios, correspondientes a restos orgánicos, envases, desechos de alimentos, papeles, cartones, entre otros. Los residuos se acopiarán transitoriamente en el sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y asimilables, autorizado mediante R.E. N°178/2013 del MINSAL, ubicado al interior del Patio de tránsito. El retiro de los residuos será retirado en un periodo de tres (3) veces a la semana y enviados a sitios autorizados.
c) Residuos industriales no peligrosos Se generará 125 kg/mes correspondiente a cañerías, mallas, gomas, mangueras, tubos PVC. Los residuos se acopiarán transitoriamente en el sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y asimilables, autorizado mediante R.E. N°178/2013, del MINSAL, ubicado al interior del Patio de almacenamiento. Por otro lado, referente a la disposición final de los residuos industriales no peligrosos, estos serán destinados al vertedero de residuos sólidos domésticos e industriales asimilables a domésticos, autorizado según la Resolución Exenta N°1.687/2002.
d) Residuos peligrosos Se generarán 2.000 kg/mes de residuos peligrosos correspondientes a material contaminado con aceite, restos de lubricante, filtros de aceite, EPP Contaminados, Aceites usados, envases de dinamita, entre otros. Cabe señalar que Pampa Augusta Victoria cuenta con un sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos ubicado en las instalaciones operativas autorizado según la R.E. N°4198/2013 del Ministerio de Salud. Dicha Autorización se adjunta en el Anexo 14 del Anexo 14 de la Adenda de la DIA. Por otro lado, referente a la disposición final de los residuos sólidos peligrosos, se debe tener en consideración que estos serán destinados al depósito de residuos peligrosos autorizado, según las resoluciones y modificaciones de estas descritas a continuación: • Resolución Exenta N°681/2002 del MINSAL. • Resolución Exenta N°2.494/2002 del MINSAL. • Resolución Exenta N°650/2004 del MINSAL. • Ordinario N°1961/2005 del MINSAL.
• Resolución Exenta N°2.081/2006 del MINSAL.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del proyecto. 4.3.3. FASE DE CIERRE Nombre Descripción Descripción de las actividades, obras y acciones para desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o Cabe destacar que, el presente proyecto, sólo considera como instalación remanente a la Mina Subterránea PAV, las demás instalaciones remanentes y no remanentes de Pampa Augusta Victoria no presentan modificaciones respecto a lo aprobado en RCA N°0229/2014 y en el Plan de cierre vigente aprobado bajo Resolución N°2.658/2019. Se estima el retiro de todos los equipos de procesos y servicios. Así mismo se contemplará la demolición de estructuras y aquella parte de las fundaciones que sobresalgan de la superficie del suelo y que no sea posible tapar durante el reacondicionamiento del suelo. Las instalaciones auxiliares se desmantelarán y sus bases se demolerán o se enterrarán. Descripción de las actividades, obras y acciones para restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante el proyecto o actividad De acuerdo con las condiciones del terreno y la configuración de las instalaciones que serán desmanteladas, como la plataforma de la planta de shotcrete, edificaciones y losas, principalmente; no se consideran medidas especiales de estabilización de plataformas o terraplenes, por cuanto se removerán las fundaciones y se rellenarán las excavaciones, para alcanzar una superficie plana similar a la existente previa a las operaciones. En caso de existir fundaciones remanentes, se recubrirán con material estéril de manera adecuada para evitar riesgos a personas y/o animales. Finalmente, toda el área será re-perfilada para proveer condiciones topográficas similares a las originales. Prevención de futuras emisiones desde la ubicación del proyecto o actividad, para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua No se considerarán actividades, obras y acciones para la prevención de emisiones futuras. Mantención, conservación y supervisión que sean necesarias Dadas las características del cierre de los portales y piques no se requieren actividades de mantención, conservación y/o supervisión. Recursos naturales renovables El proyecto no realizará la extracción ni explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas Se prevé que, durante la fase de cierre, las emisiones atmosféricas provendrán de erosión eólica y grupos electrógenos. Las mayores cantidades se generarán en el año 2029 tal como se indica continuación:
En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones.
Total de emisiones año 2029 (t/año) MP10 MP2,5 CO COV NOX SO2 Total 17,6 4,8 49,8 4,7 179,7 0,09
b) Emisiones de ruido En la fase de cierre se realizarán principalmente el desmantelamiento de las construcciones permanentes, desarme y retiro de edificaciones e
infraestructuras, levantamiento de radieres y concretos superficiales, restauración del terreno, entre otros. El resultado de la estimación acústica y de vibración indican que el nivel de ruido estimado cumple con el límite máximo permisible indicado en el D.S. Nº38/2011 del MMA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos líquidos domésticos: Durante la fase de cierre del proyecto se generarán 3,75 m3/día de aguas servidas. Los residuos líquidos provenientes de los baños serán manejados acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL, dependiendo de los frentes de trabajo las aguas servidas serán manejadas de la siguiente forma. En instalaciones operativas, se cuenta con una planta de tratamiento de aguas servidas en el sector del campamento de Faena Minera El Peñón. La disposición final se realizará en un sitio autorizado sanitariamente.
b) Residuos sólidos domiciliarios Se generará 375 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios, correspondientes a restos orgánicos, envases, desechos de alimentos, papeles, cartones, entre otros. Los residuos se acopiarán transitoriamente en el sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y asimilables, autorizado mediante R.E. N° 178/2013 del MINSAL, ubicado al interior del Patio de tránsito. El retiro de los residuos será con una frecuencia de tres (3) veces a la semana y enviados a sitios autorizados por la SEREMI de Salud respectiva.
c) Residuos industriales no peligrosos En la fase de operación se generarán 125 kg/mes de residuos correspondientes a despuntes de fierro, cables, cañerías, mallas, chatarras, gomas, mangueras, tubos PVC Los residuos se acopiarán transitoriamente en el sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y asimilables, autorizado mediante R.E. N° 178/2013, del Ministerio de Salud, ubicado al interior del Patio de almacenamiento. Por otro lado, la disposición final será en vertedero de residuos sólidos domésticos e industriales asimilables a domésticos autorizado, según Resolución Exenta N°1.687/2002 del MINSAL.
d) Residuos peligrosos En la fase de cierre se generarán 1.360 kg/mes de residuos correspondientes a material contaminado con aceite, restos de lubricante, filtros de aceite, EPP contaminados, aceites contaminados, aceites usados. Los residuos se acopiarán transitoriamente en el sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos autorizado mediante R.E. N°4198/2013 del Ministerio de Salud (Ver Anexo 14 de la Adenda de la DIA). La disposición final de los residuos será efectuada en el depósito de residuos peligrosos autorizado, según las resoluciones y modificaciones de estas descritas a continuación: • Resolución Exenta N°681/2002 del MINSAL. • Resolución Exenta N°2.494/2002 del MINSAL. • Resolución Exenta N°650/2004 del MINSAL. • Ordinario N°1961/2005 del MINSAL. • Resolución Exenta N°2.081/2006 del MINSAL.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del proyecto.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.3.1. Fase de construcción Fecha estimada de inicio No aplica. Parte, obra o acción que establece el inicio No aplica. Fecha estimada de término No aplica. Parte, obra o acción que establece el término No aplica. 4.3.2. Fase de Operación Fecha estimada de inicio Agosto 2024. Parte, obra o acción que establece el inicio Continuidad de explotación subterránea. Fecha estimada de término Junio del 2028. Parte, obra o acción que establece el término Término extracción y transporte de la última cantidad de mineral a la Planta de Procesos de Faena El Peñón, la cual será retirada desde las áreas de explotación subterránea de Pampa Augusta Victoria. 4.3.3. Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Julio del 2028. Parte, obra o acción que establece el inicio Desmantelamiento de la infraestructura utilizada por el Proyecto. Fecha estimada de término Junio del 2030. Parte, obra o acción que establece el término Restaurar la geoforma o morfología.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto no significativo De acuerdo al estudio de estimación de emisiones atmosféricas presentado en el Anexo 2-1 de la DIA correspondiente a 47 meses fase de operación y cierre de 24 meses, los principales contaminantes generados corresponden a material particulado respirable (MP10 y MP2,5) y gases de combustión (CO, SO2, NOX, HC, etc.), De acuerdo con el estudio de estimación de emisiones presentado en el Anexo 2-1 de la DIA correspondiente a 47 meses fase de operación y cierre de 24 meses, los principales contaminantes generados corresponden a material particulado respirable (MP10 y MP2,5) y gases de combustión (CO, SO2, NOX, HC, etc.), el año 2027, equivalente a la fase de operación. En el Anexo 2-1 de la DIA se presentó el estudio de modelación de dispersión de contaminantes atmosféricos sobre 2 receptores (estación pampa Victoria y Campamento) resultando un aporte máxima concentración máxima concentración del proyecto de 3,14 µg/m³ de MP10 para la norma diaria, correspondiente al 2,42% del umbral diario de la Norma de calidad primaria1. Por otro parte, el aporte del proyecto sumado a la concentración basal, más el aporte de otros proyectos equivalen al 41,6% de la Norma de calidad primaria de MP10. Por lo tanto, el actual proyecto no generará riesgos a la salud de la población.
1 D.S. N°12/22 del Ministerio de Medio Ambiente
Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y obras del proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.1 y 6.1 del ICE del proyecto.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo El Proyecto no generará impactos sobre la cantidad y calidad de recursos naturales renovables. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) El Proyecto no generará afectación al suelo. El proyecto se desarrollará en una zona desértica, con suelos sin capacidad agrícola de clase VII a VIII, cuya principal limitante corresponde a la presencia de una alta salinidad y alcalinidad, y a la existencia de una capa calcárea que limita la profundidad de suelo. En cuanto a la capacidad de sustentar biodiversidad, el área se encuentra completamente desprovista de vegetación.
El Proyecto no generará alteración del recurso hídrico. Por la naturaleza del Proyecto, durante la fase de operación y cierre, no se contempla la afectación de cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles. En el estudio de Hidrogeología, que forma parte del Anexo 2-4 de la DIA, las campañas de sondaje realizadas para el proyecto observaron infiltraciones en el nivel 1.350 m.s.n.m. Por su parte, según los avances de la mina, la cota más baja será 1.430 m.s.n.m., por lo cual no se espera la ocurrencia de agua por infiltración; sin embargo, ante la eventualidad de alumbrarse aguas en el frente de trabajo, se considera la implementación de un sistema estándar de Minera Meridian para el manejo del agua de drenaje de la mina, el cual se adjunta en el Anexo 1-12 de la DIA y se seguirá dando cumplimiento con el reporte de drenaje a la DGA de acuerdo al cumplimiento de la Resolución 2682/2022 DGA. Flora y Vegetación: De acuerdo a la caracterización de flora y vegetación presentada en el Anexo 2- 5 de la DIA, en el Área de Influencia (AI) se ubican instalaciones, caminos y sitios de extracción de material operativas, por lo que el recorrido se enfocó principalmente en la zona del buffer (200 metros desde el límite de las obras del proyecto). Se registraron restos de vegetación, correspondiente a individuos muertos, no aferrados al suelo que corresponden a las especies Huidobria chilensis, Cistanthe salsoloides y Dinemandra ericoides, los cuales se presentaron como individuos aislados, muertos, fragmentados y no arraigados al suelo que no representan la condición actual y dominante en el AI. Considerando los datos obtenidos, para el componente flora y vegetación, el área de influencia no posee características singulares que ameriten consideraciones especiales y, por lo tanto, el proyecto no provoca impactos sobre dicho componente.
Fauna Terrestre: A partir de la caracterización de fauna presentada en el Anexo 2-6 de la DIA los esfuerzos en terreno permitieron identificar en total 2 especies, Cathartes aura (Jote de cabeza roja) y Lycalopex culpaeus (Zorro culpeo), laslas que fueron identificados por uso de cámara trampa y por registros indirectos. De estas dos especies, el Zorro culpeo, se encuentra en categoría de conservación “Preocupación menor” de acuerdo con el D.S. N°33/2012 del RCE del MMA.
En virtud de lo anterior, se presentó el plan de contingencia y emergencia para fauna en caso de su presencia y/o accidentes. Parte, obra o acción que lo genera Habilitación del terreno, excavaciones, movimiento de tierra. Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.2 y 6.2 del ICE del proyecto.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación a grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI). De acuerdo con el Anexo 2-2 “Caracterización de Medio Humano”, la comunidad indígena más cercana corresponde a la Comunidad Atacameña de Peine, ubicada a aproximadamente 150 km del Proyecto, fuera del área de influencia (AI). Por otro lado, el asentamiento Humano más cercanos corresponde a al asentamiento irregular “Campamento La Negra”, en la comuna de Antofagasta ubicado a aproximadamente 100 km del Proyecto, por lo tanto, no existen asentamientos ni usos territoriales por grupos humanos indígenas y no indígenas, por lo tanto, no existirá grupo humano alguno que se pudiese ver afectado en dichos términos. Cabe señalar que el Proyecto no contempla un aumento de mano de obra para ninguna de sus fases, dado que utilizará su dotación actual, ya aprobada mediante RCA Nº0229/2014. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numerales 5.4 y 6.3 del ICE del proyecto.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo El Proyecto no generará alteración del valor ambiental del territorio. El área de este tipo más cercana corresponde al Parque Nacional “Llullaillaco”, localizada a una distancia de 80,6 km en línea recta del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre Ver numerales 5.3 y 6.4 del ICE del proyecto.
este impacto específico
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo El Proyecto no generará alteración del paisaje y/o del valor turístico. El Proyecto no generará ningún tipo de obstrucción de la visibilidad, ni transitoria y/o permanente de zonas con valor paisajístico. Lo anterior, debido a que su localización se desarrolla en un paisaje de glacis o plano inclinado, circunscrito por estribaciones del tipo serranía, propio del paisaje de Pampas y Desiertos. Adicionalmente la obra del Proyecto con mayor altura corresponderá al botadero de estériles, el cual tendrá una altura del orden de los 20 m. En base a los antecedentes recién expuestos, se concluye que el Proyecto no generará efectos relevantes en cuanto a la visibilidad del área o sobre los atributos de una zona que a su vez se ha determinado no presenta valor paisajístico. Del catastro realizado por el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR), el atractivo turístico más cercano al Proyecto es el Observatorio de Ckoirama localizado a una distancia en línea recta de 35,1 Km, seguido de la Pictografía de Loreto localizado a 71,1 Km al sur del proyecto (Ver Figura 2-24 del Anexo 2 de la Adenda complementaria de la DIA). Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numeral 6.5 del ICE del proyecto.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto no significativo De acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo 2-7 de la DIA se constató que no el AI del proyecto no existen Monumentos Nacionales con declaratorias en las cercanías del proyecto, siendo la ciudad de Antofagasta el punto más cercano con monumentos declarados, tal como las ruinas de la Fundición de metales Huanchaca, ubicado a 114 km del proyecto. En cuanto a Paleontología, en el Anexo 2-8 de la DIA se registró la presencia de Depósitos aluviales del Pleistoceno – Holoceno (PlHa), y Miembro Inferior (PEcha1) y Miembro Medio (PEcha2) de la Formación Chile-Alemania. En virtud de lo anterior, el Titular dará aviso de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales y Superintendencia de Medio Ambiente, en el caso de un hallazgo no previsto y gestionarlo con la asesoría de un especialista Paleontóloga/o, en conformidad a lo establecido en la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y el D.S. N°484 del Ministerio de Educación. Parte, obra o acción que lo genera Obras del Proyecto. Fase en que se presenta Fase de operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre Ver numeral 5.5 y 6.6 del ICE del proyecto.
este impacto específico
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
Tabla 6.1.1 Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto corresponde a desarrollo minero. Los antecedentes fueron actualizados en el Anexo 8 de la Adenda complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Sin condiciones. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Ord.7142 de fecha 13 de diciembre del 2023, el Sernageomin, se pronunció conforme a los antecedentes presentados por el titular.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1 del ICE
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: CALIDAD DEL AIRE Y EMISIONES ATMOSFÉRICAS. Norma Decreto Supremo N° 138/2005 Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica La faena minera Pampa Augusta Victoria cuenta con dos (2) generadores de respaldo a diésel para proveer de energía en el caso de corte del suministro eléctrico a las actividades críticas de la operación. Para mayores antecedentes respecto a las actividades generadoras de emisiones ver Anexo 2-1 de la DIA, sobre Estudio de Estimación de Emisiones. Forma de cumplimiento Dado que el proyecto se encuentra actualmente en operación y no integra nuevas obras o fuentes generadoras de emisiones atmosféricas, este cumple con la normativa en cuestión, toda vez que informa a la autoridad las emisiones atmosféricas generadas, mediante Ventanilla Única del RETC y Registro de Emisiones de Contaminantes, lo cual se mantendrá durante la vida útil extendida que plantea el presente proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Actualmente el proyecto declara las emisiones atmosféricas generadas por su operación mediante el Sistema de Ventanilla Única y Registro de Emisiones de Contaminantes (incluyendo las generadas por generadores y motores), según las disposiciones de la presente Resolución y lo dispuesto en la Resolución Exenta 144/2020 del MMA, lo cual se mantendrá en caso de aprobar la extensión de la vida útil del proyecto. ▪Dado que el proyecto actualmente declara las emisiones atmosféricas mediante ventanilla única del RETC y Registro de Emisiones de Contaminantes, cuenta con los requerimientos
necesarios para su declaración. Vale decir cuenta con identificador y contraseña (clave única). ▪Actualmente se mantienen los registros de la realización de declaración de emisiones y residuos en las Instalaciones del proyecto disponibles para su fiscalización. Forma de control y seguimiento ▪Se mantendrá ventanilla única del RETC y Registro de Emisiones de Contaminantes actualizada. ▪Disposición de la información requerida para las declaraciones de emisiones en el RETC, conservando una copia de las declaraciones disponible en las Instalaciones del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.1 del ICE del Proyecto.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: CALIDAD DEL AIRE Y EMISIONES ATMOSFÉRICAS Norma Decreto Supremo N° 4/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N° 54/94 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Decreto Supremo N° 211/1991 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Decreto con Fuerza de Ley N° 1/2007 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante el desarrollo de las fases de Operación y Cierre se producirán emanaciones de gases generados por la combustión interna de los motores de los vehículos motorizados utilizados tanto para el transporte del personal, materiales, residuos, insumos, y durante la realización de mantenciones. Para mayores antecedentes respecto a las actividades generadoras de emisiones ver Anexo 2-1 de la DIA, sobre Estudio de Estimación de Emisiones. Forma de cumplimiento ▪ Los vehículos motorizados que son utilizados durante la ejecución del Proyecto cumplen con la norma de emisión vigente, mantienen su revisión técnica al día y se les realizarán sus respectivas mantenciones periódicas, lo cual es exigido en los contratos de prestación de servicios correspondientes. ▪ Respecto a la maquinaria que no requiere el certificado antes indicado, se exige la realización de mantenciones permanentes. Todo lo anterior se mantendrá acorde a la extensión de la vida útil del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento ▪En las instalaciones del proyecto, actualmente se mantienen los registros y copias de contratos con empresas contratistas, donde se indica que todo vehículo y maquinaria a utilizar en el Proyecto debe contar con su revisión técnica y permiso de circulación al día. ▪Además de los certificados de mantenciones, para la maquinaria que no requiera de revisión técnica. Forma de control y seguimiento ▪Periódicamente se revisan los certificados y un encargado verifica los registros y llevará un control de las revisiones técnicas y certificados de las mantenciones. ▪Todos los registros se mantienen disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.2 del ICE del Proyecto.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: CALIDAD DEL AIRE Y EMISIONES ATMOSFÉRICAS. Norma Decreto Supremo N° 112/2013 Ministerio secretaria general de la Presidencia.
Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto utilizará vehículos motorizados durante todas sus fases, para el transporte de personal, insumos, materiales, minerales y estéril, según corresponda. Forma de cumplimiento ▪Actualmente se exige a todos los vehículos motorizados utilizados en la ejecución del Proyecto el permiso de circulación y la revisión técnica al día, además se realizan mantenciones periódicas. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Dentro de las instalaciones del proyecto, se mantienen todos los registros y copia de contrato con empresas contratistas, donde se indica que todo vehículo motorizado mediano y maquinaria a utilizar en el Proyecto cuenta con su revisión técnica y permiso de circulación al día. ▪Dentro de las instalaciones del proyecto, se mantienen todos los registros de mantenciones de maquinaria, en los que constan: fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Actualmente existe un encargado quien verificará los registros y lleva el control de las revisiones técnicas de los vehículos motorizados. Actualmente se mantienen todos los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.3 del ICE del Proyecto.
7.4. COMPONENTE/MATERIA: CALIDAD DEL AIRE Y EMISIONES ATMOSFÉRICAS Norma Decreto Supremo N° 47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Otros cuerpos legales asociados No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto utilizará vehículos motorizados durante todas sus fases, para el transporte de personal, insumos, materiales, minerales y estéril, según corresponda. Fase de operación: De acuerdo con el cronograma propuesto, la fase de operación tendrá una duración de tres (3) años y nueve (9) meses. Durante la fase de operación, el año 2026 corresponde al escenario más desfavorable, en base a lo presentado en página 54 del Anexo 2-1 de la DIA, los principales aportes de material particulado respirable y sedimentable, provienen de la erosión en las pilas de acopio y botaderos con más del 75, 65 y 50%, respectivamente, del total de estas emisiones. Respecto a los gases de combustión, los principales aportes provienen de la combustión de la operación de la maquinaria y vehículos con casi el 90% del total las emisiones. Fase de Cierre: Finalmente, se estima que la fase de cierre tendrá una duración de dos (2) años. Cabe destacar que la fase de cierre, el año 2029 corresponde al escenario más desfavorable, en base a lo presentado en la Tabla 72 del Anexo 2-1 de la DIA, dado que los principales aportes de material particulado respirable y sedimentable, provienen de la erosión eólica, con más del 80% del total de estas emisiones. Respecto a los gases de combustión, los principales aportes provienen de la combustión de motores de maquinaria y de vehículos por caminos externos con casi el 90% del total las emisiones.
Forma de cumplimiento ▪Actualmente se exige a todos los vehículos motorizados utilizados en la ejecución del Proyecto el permiso de circulación y la revisión técnica al día, además se realizan mantenciones periódicas. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Dentro de las instalaciones del proyecto, se mantienen todos los registros y copia de contrato con empresas contratistas, donde se indica que todo vehículo motorizado mediano y maquinaria a utilizar en el Proyecto cuenta con su revisión técnica y permiso de circulación al día. ▪Dentro de las instalaciones del proyecto, se mantienen todos los registros de mantenciones de maquinaria, en los que constan: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento ▪Actualmente existe un encargado quien verificará los registros y lleva el control de las revisiones técnicas de los vehículos motorizados. ▪Actualmente se mantienen todos los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.4 del ICE del Proyecto.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: CALIDAD DEL AIRE Y EMISIONES ATMOSFÉRICAS Norma Decreto Supremo N° 1/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras y actividades del Proyecto. Forma de cumplimiento Dado que el proyecto se encuentra en actualmente en operación y no integra nuevas obras o fuentes generadoras de emisiones atmosféricas, este cumple con la normativa en cuestión, toda vez que informa a la autoridad las emisiones atmosféricas generadas, mediante Ventanilla Única del RETC y Registro de Emisiones de Contaminantes, lo cual se mantendrá durante la vida útil extendida que plantea el presente proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Actualmente el proyecto declara las emisiones atmosféricas generadas por su operación mediante el Sistema de Ventanilla única y Registro de Emisiones de Contaminantes (incluyendo las generadas por generadores y motores), según las disposiciones de la presente Resolución y lo dispuesto en la Resolución Exenta 144/2020 del MMA, lo cual se mantendrá en caso de aprobar la extensión de la vida útil del proyecto. ▪Dado que el proyecto actualmente declara las emisiones atmosféricas mediante ventanilla única del RETC y Registro de Emisiones de Contaminantes, cuenta con los requerimientos necesarios para su declaración (identificador y contraseña clave única). Actualmente se mantienen los registros de la realización de declaración de emisiones y residuos en las instalaciones del proyecto disponibles para su fiscalización. Forma de control y seguimiento Fase de Operación y Cierre: ▪Se mantendrá ventanilla única del RETC y Registro de Emisiones de Contaminantes actualizada. Disposición de la información requerida para las declaraciones de emisiones en el RETC, conservando una copia de las declaraciones disponible en las instalaciones del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.5 del ICE del Proyecto.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: EMISIONES ACÚSTICAS Norma Decreto Supremo N° 38/2012 Ministerio de Medio Ambiente. Otros cuerpos legales asociados No Aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de operación y cierre se generarán emisiones de ruido por el funcionamiento de equipos y maquinarias para realizar las actividades propias de cada fase. El detalle de la estimación de niveles de ruido del Proyecto se adjunta en el Anexo 2-3 de la DIA. Forma de cumplimiento De acuerdo a los resultados del estudio de impactos acústico, los niveles de proyección de inmisión sobre los receptores se encuentran por debajo de los umbrales de la norma de fuentes fija. Indicador que acredita su cumplimiento Estudio de Impacto Acústicos y Vibraciones incorporado en el Anexo 2-3 del Capítulo 2 de la DIA Forma de control y seguimiento Se mantendrá una copia del Estudio de Impacto Acústico y Vibraciones (ver Anexo 2-3 del Capítulo 2 de la DIA) disponible en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.6 del ICE del Proyecto.
7.7. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS SÓLIDOS Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725/67 Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 594/1999 Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Operación: se generarán residuos sólidos del tipo domiciliario y residuos industriales no peligrosos. Fase de Cierre: se generarán residuos sólidos del tipo domiciliario y residuos industriales no peligrosos. Forma de cumplimiento Residuos Domiciliarios y Asimilables a Domiciliarios y Residuos Industriales No Peligrosos: Dado que el proyecto se encuentra en ejecución, los residuos son acopiados transitoriamente en el sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y asimilables, autorizado mediante R.E. N° 178/2013 del MINSAL, ubicado al interior del Patio de tránsito. Por otro lado, la disposición final de los residuos no peligrosos y asimilables se realiza, actualmente en la faena minera El Peñón en donde operan zanjas vertedero, que se encuentran aprobadas ambientalmente por la RCA N° 229/2002 que calificó favorablemente la DIA “Infraestructura para Disposición de Residuos Faena El Peñón”, y sectorialmente por las Resoluciones Exentas N° 131/1999 y 3612/2007, ambas de la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. Cabe destacar que el manejo de residuos, acopio temporal, transporte y disposición final se realizará tal como se realiza actualmente en caso de obtener la RCA favorable. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Autorización sanitaria de lugar de disposición final. ▪Los registros de retiro de residuos. ▪Dado que el proyecto se encuentra en ejecución, el titular declara periódicamente los residuos industriales no peligrosos y asimilables en SINADER del Sistema Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento ▪Se mantendrán las autorizaciones y los registros disponibles en las instalaciones operativas para ser fiscalizados por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.7 del ICE del Proyecto.
7.8. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS SÓLIDOS Norma Ley N° 20.920/2016 Ministerio del Medio Ambiente. Otros cuerpos legales asociados No Aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Operación: ▪Residuos sólidos industriales peligrosos: Durante esta Fase se contempla la generación de material contaminado con aceite, restos de lubricantes, filtros de aceite, aceites usados, EPP contaminados, envases de dinamitas, softrón, pentolitas, emulsiones BG, ANFO, y accesorios de Tronaduras y baterías.
▪Residuos industriales no peligrosos: Durante esta Fase se contempla la generación de residuos industriales no peligrosos compuestos principalmente por maderas, despuntes de fierros, cables, cañerías, mallas, chatarra, gomas, mangueras, tubos PVC.
Fase de Cierre: ▪Residuos sólidos industriales peligrosos: Durante esta Fase se contempla la generación de material contaminado con aceite, restos de lubricantes, filtros de aceite, aceites usados, EPP contaminados.
▪Residuos industriales no peligrosos: Durante esta Fase se contempla la generación de residuos industriales no peligrosos compuestos principalmente por Maderas, despuntes de fierro, cables, cañerías, mallas, chatarras, gomas, mangueras, tubos PVC. Se estima una generación de 600 kg/mes. Forma de cumplimiento La responsabilidad extendida del productor aplica a las categorías o subcategorías definidas en los respectivos decretos supremos que establezcan metas y otras obligaciones asociadas, para los siguientes productos prioritarios: a) Aceites lubricantes. b) Aparatos eléctricos y electrónicos. c) Baterías. d) Envases y embalajes. e) Neumáticos. f) Pilas. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Autorización sanitaria de lugar de disposición final. ▪Registro de retiro de residuos. ▪Registro de la declaración de Residuos Industriales No Peligrosos en SINADER del Sistema Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento Se mantendrán las autorizaciones y los registros disponibles en faena para ser fiscalizados por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.8 del ICE del Proyecto.
7.9. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS PELIGROSOS Norma Decreto Supremo N° 148/2003, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales asociados Resolución Exenta N° 359/2005 Ministerio de Salud. Resolución Exenta N° 499/2006 Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación y Cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Los residuos sólidos industriales peligrosos que se generarán durante todas las fases del Proyecto estarán compuestos principalmente por Material contaminado con aceite, restos de lubricante, EPP contaminados, aceites usados, envases de dinamita, softrón, pentolitas, emulsiones BG, ANFO, envases de accesorios de tronaduras y bateras entre otros. Fase de operación: Durante esta Fase se contempla la generación de material contaminado con aceite, restos de lubricantes, filtros de aceite, aceites usados, EPP contaminados. Envases de dinamitas, softrón, pentolitas, emulsiones BG, ANFO, y accesorios de Tronaduras y baterías.
Fase de Cierre: Durante esta Fase se contempla la generación de material contaminado con aceite, restos de lubricantes, filtros de aceite, aceites usados, EPP contaminados. Forma de cumplimiento Residuos Industriales Peligrosos: Estos serán manejados de la misma manera como fue declarado y aprobado en la R.E. N°177/12013 (ver Anexo 1-6 de la DIA) Por su parte, las características, manejo y disposición de los residuos peligrosos que se generan en el sector Pampa Augusta Victoria, no sufrirán modificaciones respecto a lo aprobado ambientalmente en la RCA N° 229/2014. Por otro lado, referente a la disposición final de los residuos sólidos peligrosos, se debe tener en consideración que estos serán destinados al depósito de residuos peligrosos autorizado, según las resoluciones y modificaciones de estas descritas a continuación:
•Resolución Exenta N°681/2002 •Resolución Exenta N°2.494/2002 •Resolución Exenta N°650/2004 •Ordinario N°1961/2005 •Resolución Exenta N°2.081/2006 Además, el sitio de disposición final de residuos cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental Favorable para la DIA “Infraestructura para la Disposición de Residuos Faena El Peñón”, otorgada por la Comisión Regional del Medio Ambiente de la II Región según consta en la Resolución Exenta Nº229 de fecha 04 de octubre de 2002 de esa Comisión. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Autorización Sanitaria de lugar de disposición final. ▪Registro de retiro de residuos. ▪Dado que el proyecto se encuentra en ejecución, el titular realiza la declaración de Residuos Industriales Peligrosos en Sistema Ventanilla Única del RETC, lo cual se mantendrá en caso de aprobar la extensión de la vida útil del proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán las autorizaciones y los registros disponibles en faena para ser fiscalizados por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.9 del ICE del Proyecto.
7.10. COMPONENTE/MATERIA: SUSTANCIAS PELIGROSAS Norma Decreto Supremo N°160/2008 Ministerio de Fomento, Economía y Reconstrucción. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 43/2015 Ministerio de Salud. Decreto Supremo N°298/1995, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Decreto 57/2019, Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la ejecución del Proyecto se utilizarán combustibles líquidos para las maquinarías, el cual será abastecido desde estaciones de servicio existentes al interior de la faena minera. Forma de cumplimiento El abastecimiento de combustible se realiza mediante la estación de combustible existente al interior de la faena minera, dicho lo anterior el combustible será surtido cumpliendo con todos los estándares de seguridad exigidos en la presente norma incluyendo a proveedores autorizados y personal idóneo para las tareas de suministro de combustible. Indicador que acredita su cumplimiento •Procedimiento de carga de combustible disponible en la estación de servicio existente. •Declaraciones a la SEC de las instalaciones de almacenamiento de combustibles y registro de proveedor existente. Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente y Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.10 del ICE del Proyecto.
7.11. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS LÍQUIDOS Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales D.S N° 594/99 MINSAL que Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Decreto Supremo N °655/1940 Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto genera residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos en superficie y al interior de la faena minera PAV, lo cual se proyecta además para su fase de cierre. Los residuos líquidos provenientes de los baños serán manejados acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Forma de cumplimiento Residuos Líquidos Domésticos: El proyecto actualmente cuenta con un sistema de alcantarillado particular, compuesto por cuatro (4) fosas sépticas de distintas capacidades, distribuidas en los distintos sectores de la faena minera PAV. Las aguas servidas tratadas son dispuestas en el terreno mediante un pozo absorbente conectado a cada fosa séptica. El sistema cuenta con autorización de funcionamiento por parte del MINSAL, según Resolución Exenta 3881/2021 (ver Anexo 1-6 de la DIA).
Para el caso de las aguas servidas generadas al interior de la mina subterránea, se cuenta con baños químicos portátiles, los cuales, son instalados de acuerdo con lo dispuesto en el D.S. N° 594/1999, del MINSAL. El retiro, mantención, transporte y disposición de aguas servidas generadas es realizado con una frecuencia mínima de tres (3) veces por semana por una empresa contratista para luego ser dispuestas en un lugar con autorización sanitaria de Antofagasta. Por su parte, la cantidad, características y manejo de las aguas servidas que se generan en el sector Pampa Augusta Victoria, no sufrirá modificaciones respecto a lo aprobado ambientalmente en la RCA N° 229/2014. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Actualmente se mantienen copias del contrato con el proveedor autorizado para el servicio de mantención de los servicios higiénicos y disposición final de las aguas servidas. ▪Actualmente se mantienen copias de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del servicio de mantención de baños químicos y disposición final de las aguas servidas.
▪Actualmente mantienen los registros de mantención de los baños químicos realizada por empresas autorizadas para estos efectos. Todo lo anterior, se mantendrá acorde a la extensión de la vida útil del proyecto, en caso de obtener la RCA favorable. Forma de control y seguimiento ▪Actualmente se mantienen los registros de las mantenciones de los servicios higiénicos disponibles en las dependencias del Proyecto, para ser fiscalizado por la Autoridad. ▪Actualmente se mantienen copias de las Autorizaciones Sanitarias de la empresa encargada de los servicios higiénicos otorgados por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. Todo lo anterior, se mantendrá acorde a la extensión de la vida útil del proyecto, en caso de obtener la RCA favorable. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.11 del ICE del Proyecto.
7.12. COMPONENTE/MATERIA: CONTAMINACIÓN LUMÍNICA Norma Decreto Supremo N°43/2012, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Otros cuerpos legales asociados No Aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto, una vez obtenida la RCA, incorporará tecnología LED en conformidad a lo indicado y certificado por la SEC en la “Ficha Alumbrado Público” adjunta en el Anexo 9 de la ADENDA, la cual que permitirá reducir la demanda energética y dar cumplimiento a la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Certificado del proveedor acreditando la instalación de luminarias de tecnología LED. ▪Ficha técnica de la luminaria LED instalada, con certificación por parte de la SEC. ▪Registro de inspecciones del estado de luminaria. Forma de control y seguimiento ▪Certificado del proveedor acreditando la instalación de luminarias de tecnología LED, según “Ficha Alumbrado Público”. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.12 del ICE del Proyecto.
7.13. COMPONENTE/MATERIA: FAUNA TERRESTRE Norma Ley N° 19.473/1996, Ministerio de Agricultura. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 5/1998, Ministerio de Agricultura. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Operación del Proyecto y cierre y desmantelamiento de las instalaciones. Forma de cumplimiento ▪Se prohibirá la sustracción, caza o alteración de cualquier eventual especie de fauna que pudiese ubicarse en el área del Proyecto. Se implementará señalética que den a conocer a los trabajadores sobre dichas prohibiciones. ▪Habrá prohibición de arrojar basuras domésticas o industriales fuera de los lugares específicamente habilitados para tal efecto. ▪Se realizarán charlas de inducción a los trabajadores relativos a la fauna silvestre y la prohibición de sustraer, cazar o alterar de alguna forma las especies silvestres en el sector. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Señalética que señale la prohibición de cazar.
▪Registro de las capacitaciones que contendrá a lo menos, nombre, firma, fecha y tiempo que duro la inducción. Forma de control y seguimiento ▪Estado de señalética. ▪Se realizarán registros de las capacitaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.1 del ICE del Proyecto.
7.14. COMPONENTE/MATERIA: AGUA Norma Decreto Supremo N° 594/1999 Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales asociados Decreto de Fuerza Ley N° 725/1967 Ministerio de Salud. Ley N°21.435/2022 Reforma el Código de aguas, Ministerio de Obras Públicas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requerirá abastecer de agua potable a los trabajadores, tanto en su fase de operación y cierre. Los requerimientos de agua potable serán cubiertos desde El Peñón, en camiones aljibes apropiados. Forma de cumplimiento Para satisfacer las necesidades de agua en el área del proyecto (aseo e higiene), parte del agua requerida es trasladada en camiones aljibes para posteriormente ser almacenada en los estanques existentes en las instalaciones operativas. El consumo de este ítem alcanza a aproximadamente 767 m3/mes. El abastecimiento de agua potable será el mismo que se utiliza en la actualidad, el cual fue aprobado mediante la RCA N°229/2014. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Registros de abastecimiento de agua potable. Forma de control y seguimiento ▪Actualmente el proyecto cuenta en sus instalaciones con los registros de abastecimiento de agua potable disponibles para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.2 del ICE del Proyecto.
7.15. COMPONENTE/MATERIA: PATRIMONIO CULTURAL Y ARQUEOLÓGICO. Norma Ley N° 17.288/1970 Ministerio de Educación Pública. Otros cuerpos legales Reglamento N° 484/1990 Ministerio de Educación Pública. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto, se procederá según lo establecido en los Artículos 26 y 27 de la Ley N° 17.288 del Consejo de Monumentos Nacionales y el Artículo 3 del Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales y a la SMA, para que se determinen los procedimientos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento ▪Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto ▪Inducción en temas relacionados con los recursos de valor patrimonial en el área de Proyecto. ▪Protocolo de hallazgos imprevistos Forma de control y seguimiento ▪En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto debiese solicitarse el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento.
▪Mantención del registro ante eventuales hallazgos ▪En forma periódica y cada vez que exista un nuevo ingreso, el Titular se asegurará que el personal cuente con sus inducciones respectivas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.3 del ICE del Proyecto.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse los siguientes compromisos voluntarios, condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1. Compromisos Voluntarios
Tabla 8.1.1. CAV-1: Reposición de materiales utilizados en Emergencias El Peñón Impacto asociado Sin impactos asociados. Fase del proyecto a la que aplica Operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar acuerdos de reposición entre el Titular con instituciones como Bomberos de Chile u otra Institución pública similar, que utilice exclusivamente en caso de una emergencia del Proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón”.
Descripción: Cabe señalar que actualmente la Faena Minera El Peñón (Sector Minero Pampa Augusta Victoria), cuenta con una brigada propia y equipada para operar ante situaciones de emergencia. En este contexto, solo se solicitará el apoyo a las Instituciones públicas (Bomberos de Chile, u otra similar) de forma eventual y cuando la situación lo requiera. En caso de presentar una solicitud, el Titular se compromete a conversar con la institución encargada de atender la emergencia, con el fin de evaluar ayuda en el recambio y/o reposición de insumos necesarios en la institución respectiva.
Justificación: Utilización de Recursos Públicos en caso de emergencias en Proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón”. Lo anterior solo aplicará en situaciones eventuales donde la brigada de emergencia solicite apoyo a los respectivos servicios públicos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Reunión con Institución/es correspondiente que brinden apoyo en caso de emergencia.
Forma: El Titular se compromete a conversar con la institución encargada de atender la emergencia asociada al Proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón” (en sus distintas fases) con el fin de evaluar y establecer la responsabilidad de MML en el recambio y/o reposición de la totalidad de los insumos, materiales y/o equipos utilizados por bomberos en cada emergencia.
Oportunidad: En el caso de una emergencia que requiera de apoyo mediante recursos públicos. Indicador que acredite su cumplimiento
Metas o hito Indicadores de cumplimiento Reunión de acuerdo con instituciones públicas de emergencia Acta de reunión y acuerdos con las instituciones públicas de emergencia y Minera Meridian. Uso de equipos y/o materiales de sistemas de emergencia de instituciones públicas y entrega Al término del suceso (dentro de un plazo establecido en reunión de acuerdo) se determinarán los
de antecedentes de gastos al término de la emergencia. equipos y materiales utilizados por la institución/es publica/as en el suceso o emergencia. Es decir, mediante: - Facturas y/o boletas de compra por gastos incurridos por la institución - Registro fotográfico de equipos y materiales utilizados en la emergencia (catastro levantado por Minera Meridian). - Entrega de acta de antecedentes a instituciones involucradas. Entrega de conformidad de acta de reposición de materiales Recepción de conformidad de acta por parte de la institución y comprobantes de pago de facturas y/o boletas de gastos incurridos por la institución/es
Forma de control y seguimiento - Acta de reunión y acuerdos con las instituciones públicas de emergencia y Minera Meridian. - Entrega de acta de antecedentes a instituciones involucradas - Recepción de conformidad de acta por parte de la institución y comprobantes de pago de facturas y/o boletas de gastos incurridos por la institución/es. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.1 del ICE del Proyecto.
Tabla 8.1.2. CAV-2: Generar y Promover empleos de calidad para hombres y mujeres de la Región de Antofagasta Impacto asociado Sin impactos asociados. Fase del proyecto a la que aplica Operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contribuir en la generación, y promoción de empleos de calidad para los habitantes de la Región de Antofagasta entregando las oportunidades para la inserción laboral de los habitantes de la región en alguna etapa del Proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón”. Dando un especial cuidado a que la contratación de hombres y mujeres se de en igualdad de condiciones salariales y beneficios.
Descripción: El Titular formulará un plan de trabajo colaborativo con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la ciudad de Antofagasta, donde se priorizará a los habitantes (hombres y mujeres) de la comuna que cuenten con los conocimientos técnicos para participar en los Programas de Empleos que se creen con ocasión del Proyecto.
Justificación: Cumplir con los lineamientos que guardan relación con la Integración social y calidad de vida de los habitantes de la región de Antofagasta, siguiendo el compromiso generado desde los inicios de la faena, cuando se calificó ambientalmente favorable el Proyecto “El Peñón”. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dependencias y/o instalaciones del Proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón “, 160 km al suroeste de la ciudad de Antofagasta.
Forma:
Se priorizará la participación de habitantes de la ciudad de Antofagasta mediante convocatorias preferentes a los programas de reclutamiento (un mes de convocatoria local exclusiva), sin embargo, de no cumplirse el quorum de convocatoria se hará extensivo el llamado a la Región de Antofagasta. Del mismo modo, se trabajará en un Protocolo de paridad de género para ser utilizado por el Municipio en los procesos de reclutamiento internos y de esta forma, hacerlos extensivos a los estamentos que este organismo considere necesarios.
Acciones contempladas
Coordinación con oficina OMIL y difusión de oferta laboral
Publicación de la oferta (primera convocatoria local)
Preselección
Entrevistas
Elección de candidatos
Retroalimentación a OMIL
Oportunidad: Cuando inicien los procesos de reclutamiento y selección de personal con ocasión del Proyecto en evaluación Indicador que acredite su cumplimiento Con el propósito de establecer una forma de acreditación del cumplimiento de este CAV se establecen las siguientes metas e indicadores respectivos: Metas o hito Indicadores de cumplimiento Reunión y establecimiento de Plan de trabajo con la OMIL de la municipalidad de Antofagasta. Acta de reunión y Plan de Contratación de mano de obra Convocatoria de reclutamiento ciudad de Antofagasta 1° Publicación de empleo y bases en página web de la OMIL y otros medios autorizados. 1° Selección de candidatos que cumplan requisitos Entrega de acta de contratación a la OMIL y establecimiento de contratos a personal de la ciudad de Antofagasta. Verificación de cumplimiento del Plan de Contratación de mano de obra. Convocatoria de reclutamiento extensiva Región de Antofagasta 2° Publicación de empleo y bases en página web de la OMIL y otros medios autorizados. 2° Convocatoria de reclutamiento ciudad de Antofagasta Entrega de acta de contratación a la OMIL y establecimiento de contratos a personal de la ciudad de Antofagasta. Verificación de cumplimiento del Plan de Contratación de mano de obra. El Plan de contratación deberá contener como objetivo la contratación de por lo menos un 60% de mano de obra regional, considerando paridad de género, incluyendo hombres y mujeres. Forma de control y seguimiento - Acta de reunión y Plan de Contratación de mano de obra. - 1° Publicación de empleo y bases en página web de la OMIL y otros medios autorizados. - Entrega de acta de contratación a la OMIL y establecimiento de contratos a personal de la ciudad de Antofagasta. - 2° Publicación de empleo y bases en página web de la OMIL y otros medios autorizados. - Entrega de acta de contratación a la OMIL y establecimiento de contratos a personal de la ciudad de Antofagasta.
- Registro de verificación de cumplimiento del Plan de Contratación de mano de obra. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.2 del ICE del Proyecto.
Tabla 8.1.3. CAV-3. Gestión de Cambio Climático Faena Miera EL Peñón. Impacto asociado (no significativo) Calidad de aire Fase del proyecto a la que aplica Fase Operación del proyecto Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir las emisiones indirectas o tipo II de gases de efecto invernadero de la operación de Faena El Peñón.
Descripción: Mantener la compra de energía exclusivamente a empresas que tengan fuentes de energía renovable predominantemente.
Justificación: Reducir el inventario de emisiones de gases de efecto invernadero. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La energía comprada para toda la faena minera El Peñón a 160 km de ciudad de Antofagasta.
Forma: Mediante un contrato de compra de energía a fines.
Oportunidad: Empresas del Sistema interconectado central disponible. Indicador que acredite su cumplimiento - Contrato de compra de energía - Certificados bianuales de energía renovable emitido por la empresa que acredite las fuentes de energía renovable. Forma de control y seguimiento - Factura y/o boletas de compra - Certificados bianuales de energía renovable emitido por la empresa de energía que acredite las fuentes de energía renovable. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.3 del ICE del Proyecto.
Tabla 8.1.4. CAV-4: Inducción Arqueológica. Impacto asociado Potencial daño al patrimonio cultural y arqueológico Fase del proyecto a la que aplica Operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar el daño al patrimonio cultural y arqueológico
Descripción: Se realizarán charlas de inducción a todo trabajador nuevo que ingrese a obra mientras se realicen excavaciones y movimientos sub-superficiales, se tratarán temas relacionados a los aspectos del patrimonio cultural y cuerpos normativos asociados. Serán dictadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del proyecto sobre el componente arqueológico y paleontológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Se dejará constancia del contenido de las charlas de inducción efectuada y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador.
Justificación: Al capacitar al personal sobre cómo actuar frente a un hallazgo de patrimonio cultural o arqueológico o paleontológico, se minimiza el daño que pueda haber sobre este componente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de Faenas.
Forma: Para llevar a cabo esta charla de inducción esta deberá ser dictada por un profesional arqueólogo o licenciado en arqueología a todos los trabajadores que se empleen al inicio de las actividades de
movimientos de tierra y excavaciones de la fase de operación del proyecto.
Oportunidad: Al inicio de los trabajos que impliquen movimientos de tierra y excavaciones del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de charlas de inducción de hallazgos arqueológicos y paleontológicos imprevistos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá los registros de los asistentes y del profesional arqueólogo o licenciado en arqueología, disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. En caso de que aplique: - En caso de un eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecido por el CMN. Posterior a esto debiese solicitarse el permiso sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento. - En forma periódica y cada vez que exista un nuevo ingreso mientras se realicen movimiento de tierra y excavaciones del proyecto, el Titular se asegurará que el personal cuente con sus inducciones respectivas. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.4 del ICE del Proyecto.
8.2. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.2.1. El titular deberá contar con contenedores para almacenamiento de residuos domésticos con tapa, que posean cierre hermético y considere acciones tendientes a evitar su volcamiento, para no generar condiciones de atracción de fauna oportunista.
9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
9.1.1. Contingencias ante Riesgo de Sismos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del proyecto. Acciones o medidas a implementar ▪Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. ▪Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada subcontrato, el que incluirá un programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será́ verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos del Titular. ▪En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. ▪El diseño de ingeniería de las instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. ▪En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de las Fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo de las posibles áreas afectadas donde se evaluarán y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente. ▪Se realizarán simulacros en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de capacitaciones realizadas. Este registro se encontrará presente en la Instalación de Faenas según la fase que se esté ejecutando.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.1 del ICE del Proyecto.
9.1.2. Contingencias ante tempestad eléctrica o lluvias fuertes. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Mina PAV. Acciones o medidas a implementar El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan en la obra, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Forma de control y seguimiento Forma de control o seguimiento: El responsable asignado se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen.
Indicador de cumplimiento: ▪Registro de incidente. ▪Registros de formación y capacitación. ▪Registro de simulacros. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto.
9.1.3. Contingencias ante de incendio. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las Partes, Obras y Acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Todas las Fases del Proyecto ▪ Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas. ▪ Se realizará una capacitación a los trabajadores en el manejo de residuos peligrosos en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. ▪ Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas ubicadas en las instalaciones de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). ▪ En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado al SEA de la Región respectiva. ▪ Los materiales inflamables utilizados en la Operación (mantenciones) serán trasladados a diario, al momento de utilizarlos y serán retirados una vez terminadas las mantenciones. ▪ En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado al SEA de la Región de respectiva.
Medidas de prevención Reducción del riesgo de ocurrencia: a) De la vigilancia y el aviso a la autoridad: se mantendrá vigilancia permanente a fin de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. En caso de ocurrir un evento de incendio, desde teléfonos celulares y de red fija, se avisará a los números de emergencias 130 y 132 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF y Bomberos de Chile, respectivamente). b) De la difusión: Se avisará a la junta de vecinos del sector acerca de las faenas realizadas en el predio, y en el acceso a este, se colocará un cartel que indique que se están realizando faena de limpieza de predio, donde se contempla la corta y retiro de plantaciones forestales y maleza. Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, entre estas; realizar retiro diario de los residuos vegetales en sector, prohibir la acumulación de estos, realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de capacitación que se realizará a la brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto.
9.1.4. Contingencia ante atropello de fauna en caminos y/o hallazgo de fauna en mal estado Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Tránsito de personal en instalaciones y/o tránsito de vehículos y maquinaria. Acciones o medidas a implementar •El Titular exigirá a la empresa contratista a cargo del transporte de materiales no transitar a velocidades superiores a 40 km/h en los caminos interiores.
•Se instruirá a los trabajadores, para que, en caso de avistar un ejemplar de fauna silvestre lesionada, desorientada o muerta. Sobre el proceder frente a la ocurrencia y dar aviso al encargado ambiental del proyecto, el cual que deberá evaluar la situación y coordinación con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación de Fauna Silvestre inscrito en el Registro de Tenedores de Fauna Silvestre, más cercano al área del proyecto.
•En caso de avistar algún animal durante el transporte de materiales, se instruirá a los choferes para que reduzcan la velocidad o en su defecto que se detengan en caso de avistar algún animal en los caminos. Se instruirá a los choferes que el accionar de las bocinas será en caso estrictamente necesarios para efectos de ahuyentar a los animales hacia otros sectores fuera del camino. Luego de asegurarse que los animales salgan de los caminos, se podrá proceder con la marcha del vehículo.
•Se instalará señalética informativa en los caminos interiores, donde se recuerde la presencia de fauna y precaución al respecto, junto con el límite de velocidad permitido en esta vía.
•Se capacitará a los choferes del proceder frente a la ocurrencia de atropello de fauna. En estos casos se deberá detener el vehículo y dar aviso al encargado ambiental del proyecto, el cual que deberá evaluar la situación y coordinación con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación de Fauna Silvestre inscrito en el Registro de Tenedores de Fauna Silvestre, más cercano al área del proyecto. •Todo evento será debidamente registrado para efectos de fiscalización y disposición de información para la autoridad competente. Forma de control y seguimiento Forma de control o seguimiento: El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan en la obra, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen.
Indicadores de cumplimiento: •Instalación de señaléticas en los caminos internos •Registro de capacitaciones a choferes •Registro de comunicación con el entro de rescate y/o rehabilitación. •Registro de informe a la SMA dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el suceso según lo dispuesto en la Res. Ex. N°885/2016 de la SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto.
9.1.5. Contingencia ante caída de cajas o sacos de explosivos en caminos interiores Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Parte, obra o acción asociada Extensión Área Faena minera Pampa Augusta Victoria. Acciones o medidas a implementar ▪El Titular exigirá a la empresa contratista a cargo del transporte de materiales no transitar a velocidades superiores a 40 km/h en los caminos interiores. ▪En caso de avistar algún obstáculo durante el transporte de materiales, se instruirá a los choferes para que reduzcan la velocidad o en su defecto que se detengan. ▪Los vehículos transitarán solamente en áreas y vías designadas para ello. ▪Cada contratista de transporte contará con un experto en prevención de riesgos. ▪La empresa transportista empleará personal calificado, salud compatible con el cargo, con licencia de conducir al día, para manejar los camiones. ▪Los vehículos que transporten explosivos al área de trabajo, lo harán con las señalizaciones exigidas por la legislación Chilena. Forma de control y seguimiento Forma de control o seguimiento: El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan en la obra, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen.
Indicador de cumplimiento: ▪Registro de incidente en el libro de servicios ▪Registro de capacitación
▪Registro de contrato con empresa transportista Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto.
9.1.6. Contingencia ante Caída de Cajas o Sacos de Explosivos en área de polvorín o en caminos de acceso a la Planta o Mina Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Parte, obra o acción asociada Transporte de explosivos. Acciones o medidas a implementar •El Titular exigirá a la empresa contratista a cargo del transporte de materiales no transitar a velocidades superiores a 40 km/h en los caminos interiores. •En caso de avistar algún obstáculo durante el transporte de materiales, se instruirá a los choferes para que reduzcan la velocidad o en su defecto que se detengan. •Los vehículos transitarán solamente en áreas y vías designadas para ello. •Cada contratista de transporte contará con un experto en prevención de riesgos. •La empresa transportista empleará personal calificado, salud compatible con el cargo, con licencia de conducir al día, para manejar los camiones. •Los vehículos que transporten explosivos al área de trabajo, lo harán con las señalizaciones exigidas por la legislación chilena. Forma de control y seguimiento Forma de control o seguimiento: El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan en la obra, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen.
Indicador de cumplimiento: ▪Registro del incidente en el libro de servicios ▪Registro de capacitación Registro de contrato con empresa transportista Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto.
9.1.7. Contingencia ante Colisión o Volcamiento de Vehículo con Explosivos en áreas y vías designadas para ello. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Parte, obra o acción asociada Transporte de explosivos en áreas y vías designadas para ello Acciones o medidas a implementar ▪Los desplazamientos de vehículos en áreas y vías designadas para ello se harán con estricto apego a las normas de tránsito vigentes. ▪Los vehículos transitarán solamente en áreas y vías designadas para ello. ▪Cada contratista de transporte contará con un experto en prevención de riesgos.
▪La empresa transportista empleará personal calificado, salud compatible con el cargo, con licencia de conducir al día, para manejar los camiones. ▪Los vehículos que transporten explosivos al área de trabajo, lo harán con las señalizaciones exigidas por la legislación chilena. Forma de control y seguimiento Forma de control o seguimiento: El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan en la obra, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen.
Indicador de cumplimiento: ▪Hoja de datos de seguridad de transporte. ▪Registros fotográficos del incidente. ▪Registro del incidente en la hoja de ruta. ▪Auto-adhesivos en los vehículos para la comunicación de la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto.
9.1.8. Contingencia ante Incendio de Vehículo de Transporte de Explosivos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Parte, obra o acción asociada Transporte de explosivos en áreas y vías designadas para ello Acciones o medidas a implementar ▪Los desplazamientos de vehículos por rutas públicas se harán con estricto apego a las normas de tránsito vigentes. ▪Los vehículos transitarán solamente en áreas y vías designadas para ello. ▪Cada contratista de transporte contará con un experto en prevención de riesgos. ▪ La empresa transportista empleará personal calificado, salud compatible con el cargo, con licencia de conducir al día, para manejar los camiones. ▪Los vehículos que transporten explosivos al área de trabajo, lo harán con las señalizaciones exigidas por la legislación chilena. ▪Mantención periódica de los vehículos Forma de control y seguimiento Forma de control o seguimiento: El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan en la obra, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen.
Indicador de cumplimiento: Hoja de datos de seguridad de transporte Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.8 del ICE del Proyecto.
9.1.9. Contingencia ante Derrame de sustancias o residuos peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Extensión Área Faena minera Pampa Augusta Victoria. Acciones o medidas a implementar ▪Mantener número adecuado de equipos de contención de derrames. ▪Capacitación al personal incluyendo contratistas y/o subcontratistas. ▪Realización de simulacros ▪Almacenamiento adecuado de material peligroso. ▪Mantener orden y aseo en toda la operación. ▪Mantener disponible y de fácil acceso hojas de seguridad. ▪En zona de almacenamiento de residuos peligrosos, se mantendrá disponible un KIT de control de derrame. Forma de control y seguimiento Forma de control o seguimiento: El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan en la obra, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen.
Indicador de cumplimiento: •Registro de incidente. •Registros de formación y capacitación. •Registro de simulacros. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.9 del ICE del Proyecto.
9.1.10. Contingencia ante encandilamiento de aves por luminaria Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre Parte, obra o acción asociada Emplazamiento del proyecto Acciones o medidas a implementar •Las especificaciones de la luminaria existente y cualquier otra que se proyecte instalar durante el transcurso de las operaciones del proyecto cumplirán con las especificaciones establecidas en el Artículo 6 del D.S 43/2012 del MMA. •Tola aquella luminaria nueva que se proyecte instalar cumplirá con las especificaciones establecidas en la “Guía para una Iluminación Amigable con Aves Marinas en Chile” (Oikonos et al. 2022). Es decir: •Direccionalidad/orientación: se evitará la emisión lumínica hacia el cielo y ángulos cercanos al horizonte. •Temperatura de color correlacionada (TCC): las lámparas tendrán una TCC inferior a los 3.000 °K •Radiancia espectral: las nuevas lámparas cumplirán con la normativa del anteproyecto de contaminación lumínica (artículo 5°, Resolución Exenta N°238). •Toda luminaria deberá contar con la correspondiente certificación de la SEC. •Existirá un responsable asignado que se encargará de verificar el estado y cumplimiento de las especificaciones de la Luminaria existente y proyectada (en caso de corresponder). •Se instruirá a los trabajadores, para que, en caso de avistar un ejemplar de fauna silvestre lesionada, desorientada o muerta. Sobre el proceder frente a la ocurrencia y dar aviso al encargado ambiental del proyecto, el cual que
deberá evaluar la situación y coordinación con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación de Fauna Silvestre inscrito en el Registro de Tenedores de Fauna Silvestre, más cercano al área del proyecto. •Todo evento será debidamente registrado para efectos de fiscalización y disposición de información para la autoridad competente. Forma de control y seguimiento Forma de control o seguimiento: El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan en la obra, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen.
Indicadores de cumplimiento: •Registro de comunicación con el centro de rescate y/o rehabilitación. •Registro de informe a la SMA dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el suceso según lo dispuesto en la Res. Ex. N°885/2016 de la SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.10 del ICE del Proyecto.
9.2. Plan de emergencias.
9.2.1. Emergencia ante sismos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del proyecto. Acciones a implementar Ante un eventual riesgo sísmico, el personal deberá proceder de la siguiente manera: ▪No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esto constituye un riesgo. ▪Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. ▪Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. ▪No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del sismo. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. ▪Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. ▪Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. ▪El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. ▪Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Faena, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No Aplica. Referencia al ICE o documentos del expediente de Para mayor detalle ver tabla 7.1.1 del ICE del Proyecto.
evaluación que contenga la descripción detallada
9.2.2. Emergencia ante tempestad eléctrica o lluvias fuertes. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Mina PAV. Acciones a implementar ▪En caso de apreciar cielos cubiertos y nubes muy obscuras y de gran desarrollo, estar atento a reconocer señales que le indiquen la inminencia ó cercanía de una tormenta eléctrica, como la iluminación de las nubes causadas por las descargas eléctricas, sonido de truenos (los cuales son audibles a una distancia aproximada a 12 kilómetros desde el punto de origen de los mismos), lluvia fuerte o granizo. ▪En caso de verse involucrado en una tempestad eléctrica, debe detener el vehículo en un sector despoblado, dando instrucciones a la tripulación en el sentido de abandonar el vehículo, alejándose al menos 300 metros, a un sector que les permita mantener control visual sobre el vehículo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto.
9.2.3. Emergencia ante incendio Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las Partes, Obras y Acciones del Proyecto. Acciones a implementar ▪Se activará la alarma de incendio. ▪Se dará aviso de inmediato al Jefe de terreno. ▪Se activará el procedimiento contra incendios. ▪Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. ▪Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. ▪Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y Carabineros y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. ▪Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. ▪Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto.
9.2.4. Emergencia ante atropello de fauna en caminos y/o hallazgo de fauna en mal estado Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Tránsito de personal en instalaciones y/o tránsito de vehículos y maquinaria. Acciones a implementar Se activará el Plan de Comunicaciones. ▪Se dará aviso de inmediato al Encargado de Medio Ambiente, indicando: -Lugar del accidente. -Especie involucrada. -Número de ejemplares involucrados. -Situación del ejemplar (huye del sitio, se mantiene en el lugar del incidente). -Gravedad del accidente (animal con daños, muerte del ejemplar, accidente menor sin daños visibles). ▪El Encargado de Medio Ambiente deberá dar aviso inmediato en caso de una contingencia con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación de Fauna Silvestre inscrito en el Registro de Tenedores de Fauna Silvestre, más cercano al área del proyecto ▪Frente a un accidente con un animal herido, se evitará realizar movimientos bruscos para evitar perturbar al ejemplar y evitar aumentar su nivel de estrés. Tampoco se tocará al animal por personal no autorizado. ▪Si el animal puede desplazarse sin dificultades, debe ahuyentarse sin atacarlo. ▪Si el ejemplar se encuentra muerto, debe aplicarse el protocolo de acción que se acuerde previamente con el SAG, según la especie que se trate y la causa de muerte que se determine. ▪ El Encargado de Medio Ambiente debe definir el procedimiento a seguir para la rehabilitación de ejemplares rescatados del medio. ▪Se realizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto.
9.2.5. Emergencia ante caída de cajas o sacos de explosivos en caminos interiores. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Parte, obra o acción asociada Extensión Área Faena minera Pampa Augusta Victoria. Acciones a implementar ▪Se comunicará la emergencia al Supervisor de Operaciones Logísticas de la Región de Antofagasta y a la Gerencia de Operaciones del Transportista, a quienes instruirá respecto a las acciones a seguir para el control inicial de la misma. ▪Todos los medios que se destinen al lugar del accidente estarán subordinados al Supervisor de Operaciones Logísticas. ▪Se organizará los medios para transferir el producto a otro equipo de transporte de iguales características, y proceder a su devolución, según sea el caso, a la fábrica de origen o continuar a su destino final. ▪El Supervisor de Transportista tiene la obligación de registrar el incidente en un libro de servicios. El Jefe de Logística deberá firmar este libro e incorporar sus observaciones y exigencias al Transportista.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto.
9.2.6. Emergencia ante caída de Cajas o Sacos de Explosivos en área de polvorín o en caminos de acceso a la Planta o Mina. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Parte, obra o acción asociada Transporte de explosivos. Acciones a implementar ▪El conductor del camión involucrado en la caída del producto avisará de inmediato al Administrador del área del Polvorín quién a su vez comunicará del hecho al Superintendente de Operaciones Mina de Minera Meridian. ▪Se deberá concurrir con los equipos y elementos que sean necesarios para controlar la situación. ▪Conforme a los medios disponibles se transferirá el producto a otro equipo de transporte y se procederá a transportarlo hasta del área del Polvorín de la faena Pampa Augusta Victoria. ▪Registrar y firmar el incidente en un libro de servicios e incorporar sus observaciones y acciones correctivas según sea el caso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto.
9.2.7. Emergencia ante colisión o Volcamiento de Vehículo con Explosivos en áreas y vías designadas para ello. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Parte, obra o acción asociada Transporte de explosivos en áreas y vías designadas para ello Acciones a implementar Al ocurrir un accidente con lesiones a personas, equipos en que haya caída de productos de cualquier magnitud, el conductor u otro miembro de la dotación del vehículo, en caso de que éste se encuentre imposibilitado, debe: ▪ No abandonar el área en ninguna circunstancia, salvo que se trate de un incendio, hasta que lleguen las autoridades competentes. ▪ Proteger la carga transportada de mayores daños y/o robos. ▪ Obtener la siguiente información relativa al otro vehículo involucrado en el choque ó colisión: ▪ Nombre y dirección del Propietario. ▪ Razón social y dirección de la empresa a que pertenece. ▪ Antecedentes del vehículo y carro de arrastre. ▪ Licencia de conducir del otro chofer, seguros y otros.
▪ Al arribo de Carabineros o Bomberos, consultar por la persona a cargo del grupo, dejar registro escrito de su nombre completo, entregándole de inmediato la hoja de datos de seguridad de transporte, explicándole el contenido de esta. ▪ Contestar las preguntas realizadas por personal de Carabineros, Bomberos y personal de -concernientes al accidente- pero no debe emitir juicios, ni suponer las causas del accidente. ▪ Se deberá tomar fotografías del lugar del suceso y de los vehículos comprometidos. ▪ Registrar todos los antecedentes del accidente en la correspondiente hoja de ruta. ▪ Cuando el conductor y acompañantes se lesionan a causa del accidente: ▪ Ante la imposibilidad del conductor de informar sobre el hecho, en todos los vehículos de la flota se encuentran adosados auto-adhesivos (en las partes laterales de las cabinas), señalando la identificación de la empresa propietaria de la carga y el número del teléfono celular de emergencias. ▪ Esta información está disponible para que la primera persona que llegue al lugar sepa a quien comunicar la Emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto.
9.2.8. Emergencia ante Incendio de Vehículo de Transporte de Explosivos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Parte, obra o acción asociada Transporte de explosivos en áreas y vías designadas para ello Acciones a implementar ▪En caso de principio de incendio que afecte al vehículo y no a la carga, el conductor y vigilante procederán a intentar sofocar el fuego. ▪Ante la ocurrencia de un incendio declarado, por ningún motivo se podrá combatir el fuego. En tal caso, las personas deberán abandonar el vehículo siniestrado y alejarse hasta un lugar seguro, a no menos 500 metros a la redonda. (Llevar consigo la HDST como material de consulta). ▪Los conductores y guardia de seguridad deberán bloquear la carretera, en ambos sentidos, a una distancia mínima de 500 metros respecto del camión siniestrado. ▪No se podrá ingresar al área amagada hasta que el incendio haya terminado completamente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.8 del ICE del Proyecto.
9.2.9. Emergencia ante derrame de sustancias o residuos peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada Extensión Área Faena minera Pampa Augusta Victoria. Acciones a implementar •Notificar al Encargado de Medio Ambiente de la Minera Meridian. •Asegurar que todo el personal sea notificado y evacuado del lugar hacia El Punto de Encuentro de Emergencia (P.E.E). •Consultar Hoja de Datos de Seguridad del producto antes de intentar recuperar o contener productos peligrosos y sigue los procedimientos de contención del derrame y de eliminación de todas las fugas. •Solicitar la presencia de Bomberos por teléfono. •Comunicar término de emergencia y regreso a operación normal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.9 del ICE del Proyecto.
9.2.10. Emergencia ante encandilamiento de aves por luminaria Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre Parte, obra o acción asociada Emplazamiento del proyecto Acciones a implementar •En caso de detectar un posible evento por encandilamiento, se activará el Plan de Comunicaciones. −Se dará aviso de inmediato al Encargado de Medio Ambiente, indicando: −Lugar del accidente. −Especie involucrada. −Número de ejemplares involucrados. −Situación del ejemplar (huye del sitio, se mantiene en el lugar del incidente). −Gravedad del accidente (animal con daños, muerte del ejemplar, accidente menor sin daños visibles). •El Encargado de Medio Ambiente deberá dar aviso inmediato en caso de una contingencia con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación de Fauna Silvestre inscrito en el Registro de Tenedores de Fauna Silvestre, más cercano al área del proyecto. •Frente a un accidente con un animal herido, se evitará realizar movimientos bruscos para evitar perturbar al ejemplar y evitar aumentar su nivel de estrés. Tampoco se tocará al animal por personal no autorizado. •Si el animal puede desplazarse sin dificultades, debe ahuyentarse sin atacarlo. •Si el ejemplar se encuentra muerto, debe aplicarse el protocolo de acción que se acuerde previamente con el SAG, según la especie que se trate y la causa de muerte que se determine. •El Encargado de Medio Ambiente debe definir el procedimiento a seguir para la rehabilitación de ejemplares rescatados del medio. •Se realizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de Para mayor detalle ver tabla 7.1.10 del ICE del Proyecto.
evaluación que contenga la descripción detallada
10°. Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, este se desarrolló conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300. A continuación, se indica lo realizado:
La DIA del proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 01 de junio de 2023 y en el diario Vive País con fecha 01 de junio de 2023. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Digital de Antofagasta 97.1 FM, entre los días 02 de junio de 2023 y 08 de junio de 2023, según consta en el certificado s/n de fecha 09 de junio de 2023 emitido por la Corporación de Radio Valparaíso Ltda.
Con fecha 17 de julio de 2023 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. No se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana requeridos por la Ley N° 19.300.
11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.
13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
14° Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
15°. Que, para que el proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad,
representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón”, presentada por el Titular Minera Centinela.
2°. Certificar que el proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el artículo 137 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Actualización de Recursos y Reserva Parte II, Explotación Subterránea Pampa Augusta Victoria de Faena Minera El Peñón” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, Notifíquese al Titular y Archívese.
MIGUEL ALBERTO BALLESTEROS CANDIA Delegado Presidencial (S) Presidente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
Miguel Alberto Ballesteros Candia Firmado digitalmente por Miguel Alberto Ballesteros Candia Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=SEGUNDA - REGION DE ANTOFAGASTA, l=Calama, o=Ministerio del Interior, ou=Terminos de uso en www.esign- la.com/acuerdoterceros, title=Delegado y Autoridad Titular Subrogante Suplente, cn=Miguel Alberto Ballesteros Candia, email=mballesteros@interior.gob.cl Fecha: 2024.01.17 16:54:54 -03'00'
RAMÓN GUAJARDO PERINES Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
RMM/RGP/FMC/JFM
Distribución:
• Superintendencia del Medio Ambiente • Sr. Rodrigo Gutiérrez Nieto.
• CONAF, Región de Antofagasta. • DGA, Región de Antofagasta.
• Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta.
• DOH, Región de Antofagasta.
• Gobernación Marítima de Antofagasta.
• Gobierno Regional, Región de Antofagasta.
• Ilustre Municipalidad de Antofagasta.
• Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta.
• SAG, Región de Antofagasta.
• SEC, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta. • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Minería, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta.
• SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta.
• SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta.
• SEREMI MOP, Región de Antofagasta.
• SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta. • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta.
• Consejo de Monumentos Nacionales.
• Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
• Superintendencia de Servicios Sanitarios.
CC: • Secretaría Comisión de Evaluación.
Firmado Digitalmente por Ramón Guajardo Perines Fecha: 16-01-2024 11:04:38:586 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC