Regularización Planta elaboradora de productos congelados y pre elaborados
REPÚBLICA DE CHILE | tel COMISIÓN DE EVALUACION Servicio. DN be ) de cesación Región del Biobío Ambiental
Califica Ambientalmente :el * proyecto “Regularización Planta elaboradora «e ' productos congelados y pre elaborados” Resolución Exeuta N* 202308001113 Aeuion detblobto | Concepción, octubre 2073 13 de Octubre de 2073
VISTOS:
- La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), su Adenda de fecha 15/06/2023 y su Adenda Complementaria de fecha 21 de agosto de 2022, del proyecto “Regularización Plana elaboradora de productos congelados y pre elaborados”, presentado por PACIFICBLU SPA con , fecha 17/03/2023.
2*. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre ! la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que :e detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, ICE) de la DIA d::1 proyecto “Regularización Planta elaboradora de productos congelados y pre elaborados”.
3". El Acta de Evaluación N” 20230810658 de Sesión N* 005 de fecha 10 de mayo de 2023, d+1 Comité Técnico de la Región de Biobío
4”. El ICE de la DIA del proyecto “Regularización Planta elaboradora de productos congelados y pre elaborados” de fecha 22 de septiembre de 2023.
5”, El Acta N? 13 de fecha 02 de octubre de 2023, de la sesión de la Comisión de Evaluación de ia Región del Biobío.
6”..Los demás antecedentes que constan en el expediente da evaluación de impacto ambiental de :a DIA del proyecto “Regularización Planta elaboradora de productos congelados y pre elaborados”.
- Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley ** 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; ¿a Resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobie exención del trámite de toma de razón; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de 'a Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N 267 de fecha 21 de julio de 2014; 'o indicado en el artículo 80 del D.F.L. N 29, del Ministerio de Hacienda, que “Fija Texto Refundido, Coordinado y Sisteriatizado de la Ley N* 18.834, sobre Estatuto Administrativo”; en el Dictamen N? 33.235, de fecha 27 de diciembre de 2019 de la Contraloría General de la República, que"“e pronuncia sobre la alteración del orden de subrogancia de ur cargo del segundo nivel del sistema de Alta Dirección Pública.
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es
CONSIDERANDO:
1”. Que, PACIFICBLU SPA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Inpacto Ambiental (en adelante, SEIA) la DIA del proyecto “Regularización Planta elaboradora de productos congelados y pre elaborados” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son
los siguientes:
Nombre o razón social PACIFICBLU SPA Rut 76.299.375-9 Domicilio Avda gran bretaña 955, Talcahuano Ll Teléfono 56998218886 Nombre representante legal Jorge Escudero Vargas y Marcel Mauricio Moenne Muñoz
Rut representante legal
8.084.493-K; 9.563.758-2
Domicilio representante legal__ | Avenida Gran Bretaña 955
Teléfono representante legal 56998218886
Correo electrónico Titular o | jorge.escuderoMpacificblu.cl
representante legal
2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 22 de septiembre de 2023, el Director (S) Servicio d» Evaluación Ambiental Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de o:orgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; n) genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 13,300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3”, Que, en sesión de fecha 02 de octubre de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región del Eiobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Regularización Planta elaboradora de productos congelados y pre elaborados”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 22 d» septiembre de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4”. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
eontinuación se indica:
4 1. ANTECEDENTES GENERALES
C:bjetivo general
El proyecto tiene como objetivo la regularización de la planta elaboradora de productos congelados y pre elaborados de Pacificblu SpA, ubicada en el sector industrial de Gran Bretaña en la comuna de Talcahuano. La que se encuentra construida y operando desde 1993, previo a la entrada en vigencia del SETA.
Descripción general del p oyecto
El proyecto a regularizar corresponde a una planta destinada a producir pescado fresco, congelado y productos preelaborados como platos preparados, apanados y hamburguesas para consumo humano con una capacidad de procesamiento de materia prima de 200 ton/d.
La planta cuya regularización se llevó a cabo a través del procedimiento de evaluación ambiental cuenta con cuatro líneas de producción de productos congelados y productos especiales, procesando un total de 5.200 ton/mes de materia prima, de las cuales 4,714 ton/mes (181,3 ton/d) se destinan a la elaboración de pescados frescos y congelados, 486 ton/mes (18,7 ton/d) se destinan al proceso de platos preparados, apanados y elaboración de hamburguesas.
Como subproducto del proceso de elaboración de pescados frescos y congelados, genera descartes de materia prima correspondientes a
cabezas, colas, vísceras de pescado, las cuales son almacenadas en tolvas de descartes y enviadas para ser procesadas como materia prima
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4.1. ANTECEDENTES GENERALES
en plantas elaboradoras de Harira y Aceite de Pescado. ,
Sumado a lo anterior, produce productos especiales como plates preparados y apanados en base principalmente de merluza “y hamburguesas en las cuales se procesan diferentes materias primas ea base a pescado, carne y subprocuctos cárnicos de bovinos y porcinos y carne de ave o verduras, las cuales se reciben de clientes que cuentan con Resolución Sanitaria para su procesamiento.
En Anexo 4 de la DIA, se adjurr:a el layout de planta donde se observan las instalaciones del proyecto.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
Tipología de Proyecto: n.6) Plantas Procesadoras de recursos hidrobiológicos. i Tipologías secundarias
0.7) Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industrialws líquidos
Vida útil
25 años, a partir de la obtención de la RCA.
Finalizado este periodo se evaluará si las instalaciones deben ser refaccionadas o si eventualmente se procede a incorporar > implementar alguna nueva tecnología a objeto de mantener la actividad.
Monto de inversión
USD $ 28.000.000
Gestión, acto O faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA
de acuerdo a la naturaleza del proyecto que consiste en la regularización de la Planta elaboradora de productos congelados y pre elaborados, es la carga de la RCA a la plataforma web de la Superintendencia de Medioambiente. Lo anterior, debido a que como ya se indicó previamente, el proyecto está regularizando lo que ya se encuentia implementado y en fase de Operación.
Proyecto o actividad se desarrolla por etapas
Si [| No
Proyécto o - actividad modifica un proyecto o actividad existente
Si | No |El proyecto corresponde a la regularización de la plana
elaboradora de procuctos congelados y pre elaborados «e Pacificblu SpA, que se encuentra construida y operando desde 1993, previo a la promulgación del Reglamento del Xx Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Por lo anterior corresponde a la modificación de un proyecto que no cuenta con RCA.
Proyecto modifica otra(s) RCA
Si | No
XxX
4.2, UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- | Dirección Avda. Gran Bretañía 955, Comuna de Talcahuano, administrativa Provincia de Concepción, Región del Biobío
Justificación de la | El emplazamiento del Proyeczo se justifica debido a la accesibilidad localización al borde costero para la recepción de las materias primas. Además,
resulta necesaria y estratégica su localización, toda vez que está dentro de una zona empresarial. Las plantas de pescado congelades y productos especiales fueron construidas al interior de les instalaciones de Pacificblu SpA que se encuentra operando desde «| año 1993, cuyo proyecto no fe ingresado al Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental por haber sido iniciado antes de la ley |
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general de bases del medio ambiente. Por otro lado, el terreno de propiedad de Pacificblu SpA se ubica en la zona industrial de Talcahuano, cuyo emplazamiento respecto al Plan Regulador de Talcahuano, aprobado por Decreto Alcaldicio N” 247/06 y sus modificaciones, corresponde a la Zona ZI — 2, según se indica en Certificado de Uso de Suelo de la Municipalidad de Talcahuano adjunto en Anexo 3 de la DIA.
Este sector permite, entre otros, los siguientes usos de suelo:
- Actividades productivas de Industria, Taller y establecimientos de Bodegaje
inofensivo y molesto,
Por lo tanto, la planta elaboradora de pescado fresco, congelado y productos especiales es compatible con estos usos de suelo permitidos.
Superficie
La Planta de pescado congelado y productos especiales de Pacificblu SpA, se encuentra emplazada en un predio de 17.776 m2 de superficie.
Coordenadas UTM Datum WGS34
Fuso 18
Punto | Este (m) | Sur (m) Acceso | 668342 | 5932540 668430 | 5932608 668334 | 5932533 668398 | 5932405 668513 | 5932461 668508 | 5932471 668504 | 5032470
en
aia ami
Caminos o vías de acceso
El acceso a las instalaciones se realiza directamente desde Avda Gran Bretaña N* 955
Referencia al expediente
e :orreferenciación
evaluación de los mapas,
de | Titulo 2 de la DÍA
e
información complementaria sobre la localización de sus p utes, obras y acciones
E 3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4 3.1. FASE. DE CONSTRUCCIÓN . . a
| Coras temporales y dufinitivas
Dado que el proyecto se encuentra completamente construido y operando, y la evaluación ambiental se realiza como una regularización ambiental de un proyecto existente, no se contempla la ejecución obras temporales ni definitivas distintas a lo que ya se encuentra materializado. La única obra nueva por materializar es la ampliación de la bodega de residuos no peligrosos, la cual se detalla más adelante. Por lo anterior, la etapa de construcción del proyecto no es materia de la presente evaluación ambiental.
Recursos naturales renovables
El proyecto no contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables a explotar en la fase de construcción, ya que el proyecto corresponde a una regularización de una planta que ya se encuentra construida y en operación, que no tendrá actividades de construcción.
E misiones y efluentes
El proyecto no generará emisiones en la fase de construcción, ya que el proyecto corresponde a una regularización de una planta construida en 1993, ya en operaciones, que no tendrá actividades de construcción. Solo se implementará la nueva bodega de residuos no peligrosos, la cual será modular y se instalará sobre la loza de hormigón existente.
Residuos, productos q tímicos y otras sustancias que puedan | a:ectar el medio
El proyecto no generará emisiones en la fase de construcción, ya que el proyecto corresponde a una regularización de una planta construida en 1993, ya en operaciones, que no tendrá actividades de construcción.
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ambiente.
Referencia al ICE -para mayores detalles sobre esta fase,
Capitulo 4.6 del ICE
Líneas de producción. de productos congelados: y. productos especiales
Corresponde al proceso de transformación de las materias primas para la. producción de productos congelados y productos especiales (hamburguesás, apanados, etc.), los cuales incluyen la recepción y almacenamiento de la materia prima, lavado, cortes: de cabeza y viserás, selección, trozado o filete, proceso (congelado, apañado, frito, etc), para: luego ser congelado, envasado y almacenado para +u distribución final.
La planta. cuenta cori cuatro líneas de producción -de productes congelados : y : productos especiales, procesando un total -de::5.209 ton/mes de materia prima, de las cuales 4.714 ton/mes (181,3 ton/d) se destinan :a* la elaboración de pescados frescos y congelados,: 486 ton/mes (18,7 ton/d) se destinan al proceso de platos preparado, apanados y elaboración de hamburguesas. A
el de
«Bodega para almacenamiento Residuos: no peligrosos
El' proyecto: contempla la instalación de una nueva bodega de almacenamiento de residuos no peligrosos de 36 m2, la. que “será modular y. se instalará sobre loza de hormigón existente.
Productos generados
Se generarán alrededor de 135 ton/día de producto terminado, que corresponde a productos para consumo humano (Pescado congelads»; Jibia congelada; Platos preparados y apanados y producción de hamburguesas) los cuales son almacenados en cámaras frigorífica, desde donde se despacha a los clientes.
Recursos naturales
renovables
La materia prima utilizada en la producción de productos fresco y congelados, proviene de empresas autorizadas o bien de la cuota de pesca asignada a la empresa para las especies procesadas. Se procesan las especies que cuenten con autorización de Subpesca, para realizar actividades de transformación.
Emisiones y efluentes
Emisión de Material particulado y gases de combustión: La planta actualmente cuenta con 4 grupos electrógenos, 3 de 350 KVA y 1 de 7) KVA y 1 generador arrendado en período de hora punta de 1.120 KVA
Durante la fase de operación se continuarán generando emisiones atmosféricas producto de la operación de los grupos electrógenos en horario punta y por el tránsito ce vehículos al interior y exterior de la planta asociado al transporte de materia prima, productos, suministro ., insumos, y residuos.
Estas emisiones fueron estimadas por el titular cuyos resultados <e presentan en el Estudio de Emisiones y Modelación de la Dispersión, adjunto en Anexo 12 de la DIA. Los criterios y memoria de cálculo de las emisiones atmosféricas se dezallan en dicho estudio,
las emisiones proyectadas no sobrepasarán los límites de emisión anu: adicionales para proyectos que ingresan al SEIA definidos en +1 Artículo 56 del D.S. N“6/2018 MMA, Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concepción Metropolitano, actualmente en tramitación final en Contraloría,
Aguas servidas y aguas de proceso: Durante la fase de operación, se genera residuos líquidos correspondientes a aguas servidas de les trabajadores debido a la utilización de servicios higiénicos.
Cabe indicar que el manejo de les servicios higiénicos se realiza dando cumplimiento a las condiciones establecidas en el D.S. N*594/2000 de MINSAL, para lo cual se utilizarán los servicios higiénicos existentes en planta y las aguas servidas generadas son descargadas al sistema de |' alcantarillado público operado por Essbio S.A.
Se adjunta copia de facturas por servicio de agua potable VA
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alcantarillado en el Anexos 9.2 y 9.3 de la DIA.
Por otra parte, se generan aguas residuales a partir de los procesos productivos de abastecimiento y procesamiento de materia prima y aseo de la planta. Los RILes generados son tratados al interior de la Planta de Tratamiento de Riles existente en planta.
Una vez tratados los RlLes, son derivadas al alcantarillado público operado por Essbio S.A. cumpliendo los límites de emisión definidos en el D.S. 609/98 MOP Tabla 4, para descargas de efluentes que se efectúan a redes de alcantarillado que cuenten con plantas de tratamiento de aguas servidas y los límites especiales para los parámetros DBOS, fósforo, nitrógeno amoniacal y sólidos suspendidos, definidos de acuerdo a lo indicado en el convenio firmado con Essbio, por tratamiento de los parámetros negociables artículo 4.4 del D.S. 609/98, el cual se adjunta en el Anexo 5.1 de la DIA.
Ruido: Para la fase de operación, con la totalidad de los equipos operando en condiciones normales. Se consideró la operación eventual de los 5 grupos electrógenos, condensadores, compresores y túneles de congelación.
De acuerdo a las mediciones y modelaciones realizadas, es posible indicar que los niveles de ruidos durante la operación cumplen con el límite exigido por la normativa legal del D.S. N"38/2011.
Emisión de olores: No se identifican fuentes o actividades que generen emisiones odoríficas asociadas al proyecto.
Para el caso de procesamiento de productos congelados y productos preelaborados todos los procesos se realizan con materia prima fresca apta para consumo humano,
Se destaca que, el sistema de almacenamiento temporal utilizado para almacenar los subproductos (tolva cerrada), la alta frecuencia de traslado (diario) hacia la planta de harina de pescado y el procesamiento de materia prima fresca apta para el consumo humano, evita la generación de olores molestos que pudieran afectar al entorno.
La materia prima se encuentra refrigerada en camiones a través de bins isotérmicos y/o camiones aljibes refrigerados, de manera de asegurar la cadena de frio en todo el proceso productivo.
Respecto a los residuos orgánicos generados en planta (descarte de pescados o productos marinos), es importante destacar que no hay acopio temporal en ninguna de las etapas del proceso (descarga de materia prima, selección, empaque y congelación). Después de la selección, los pescados dañados que no califican para consumo humano y/o subproducto son transportados en bins y/o camión hermético, el cual en un tiempo máximo de 12 horas es llenado para ser transportado a planta de harina.
Para comprobar lo anterior, se realizó un Estudio de Impacto Odorante, que fue adjunto en el Anexo 13 de la DIA.
Los resultados de la modelación del escenario proyectado no acusan probabilidad de percepción, según percentil 98 horario, para los 18 receptores sensibles definidos bajo el criterio de calidad de 3 OUE/m3. Por lo tanto, el Proyecto, no acusa concentraciones de olor por sobre el criterio de calidad definido, en ningún receptor evaluado.
Residuos, q tímicos
sstancias a ectar
a nbiente,
productos
y otras que puedan el medio
Residuos no peligrosos: En la fase de operación se generan residuos no peligrosos producto de la operación de la planta asociados a las actividades de mantención.
Se incluyen en el punto 9.2.2 de la DIA los requisitos para la solicitud del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 140 del D.S. 40/12 MMA Reglamento del SEIA para la tolva de almacenamiento de Residuos Domiciliarios, los bins ubicados al costado de la planta de riles donde se almacenan residuos cárnicos, la modificación de la actual bodega de
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residuos no peligrosos y la nueva bodega de almacenamiento de residuos no peligrosos durante la operación.
Residuos sólidos peligrosos: Los residuos sólidos peligrosos serán almacenados en la Bodega RESPEL existente en Planta Pacificblu SpA por un periodo inferior a seis meses, para luego ser llevados a lugar de disposición final autorizado. En ese sentido, se exigirá a la empresa contratista dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N*148/2003 Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. En cl Anexo 8 de la DIA se adjunta la Resolución sanitaria que autoriza ía bodega de residuos peligrosos.
Amoniaco Anhidro: Para los sistemas de frio y congelado de la planta, la empresa utiliza Amoniaco Anhidro, el cual es almacenado en estanque de 12 m3 de capacidad, adicionalmente para la planta elaboradora de pre elaborados se emplea aceite el cual es almaceñado en un estanque de 12 m3 de capacidad.
Cloruro Férrico y Soda Cáustica: Asimismo, para el sistema de tratamiento de RILes, la empresa utiliza Cloruro Férrico y Soda Cáustica, almacenados en un IBC de 1 m3 cada uno. La planta cuenta con una bodega de almacenamiento de sustancias peligrosa, detallándose las sustancias que almacena en el numeral 9.2,2 de la DIA.
Petróleo: Lo recibe el área eléztrica de la empresa. Se aprovechan de llenar todos los estanques en una sola instancia.
Su frecuencia es de 2 veces al mes.
Llega el camión, se instala, el chofer prepara su área de trabajo con conos y extintor, prepara sus mangueras y equipamiento. Entrega la manguera al equipo de electricistas y la ubican en el estanque que deben cargar, Existe un plan de carga y. descarga de petróleo diesul elaborado por el equipo de prevención de riesgos. Los elementos de protección personal corresponden a: buzo plástico desechable, casco, zapatos, guantes y lentes de seguridad, paño absorbente.
Gas licuado caldera (de 800kg): Llega el camión con el gas para la caldera, se instalan los letreros correspondientes a peligro y se descarga dónde está la caldera directamente a las bombonas de gas licuado. l a frecuencia de carga es una vez por semana.
Gas para grúa horquilla (de 15kg): Estos son cilindros de gas de 15k3 cada uno y se recargan a medida que estos estén vacíos. Pasan 3 veci s por semana a recambio.
Detergentes: llega el camión con todos los productos palletizados, +e descargan afuera de la bodega de sustancias peligrosas y se ingresan a bodega. La carga la realiza el horquillero que esta de turno. Se revisan las fechas de vencimiento de los insumos y control de calidad da visio bueno a las facturas de los detergentes cuando llegan.
'Argón: Utilizado para soldar inoxidables. Se hace reposición según necesidad, generalmente una vez al mes.
Amoniaco: Amoniaco a granel se repone generalmente una vez al año en la parada de planta y el responsable es el equipo de mantención. Al estanque principal, se la hace vacío a la válvula principal para poder ingresar el amoniaco. El amoniaco se trae en un camión, se conecta una manguera y se inyecta directo a la línea que se le hizo vacío que es la entrada principal de distribución de los distintos sectores. Persona que carga el amoniaco debe tener todos sus elementos de protección personal, estos son detector portátil de amoniaco, máscara de gase., guantes de pvc largos, zapato da seguridad, lentes y casco. Todos les espacios son delimitados de acuerdo a las instrucciones del equipo de seguridad.
Referencia: al: ICE. : para mayores : detalles sobre esta fase,
Capítulo 4.7 del ICE
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En lo posible se priorizará el aseguramiento de la estabilidad de la infraestructura e instalaciones utilizada en la operación del proyecto. Se considera el desmantelamiento de la infraestructura. Para los equipos que no pudieran ser reutilizados por la empresa, en otra de sus instalaciones, se evaluará su posible venta como chatarra, o su envío a un sitio de disposición autorizado, para el caso de elementos inertes, o a empresas autorizadas para recibir elementos peligrosos que estén autorizadas para su recepción
No se contempla la restauración de las geoformas o vegetación. Lo anterior debido a que el proyecto se emplaza en una zona urbana, con uso de suelo con destino industrial, por lo que en caso de un eventual abandono el área en que se emplaza el proyecto será reutilizada para este mismo uso u otro que autorice el Instrumento de Planificación Vigente al momento de realizar el abandono.
Emisiones atmosféricas: Ante la eventualidad de producirse un cierre del Proyecto, se generarían emisiones atmosféricas que corresponderán a material particulado y gases de combustión de motores de camiones y maquinaria, emitidos en las actividades de desmantelamiento. Estas fuentes emisoras, tal como en la etapa de construcción, serán transitorias y de pequeña escala, por lo que serían poco significativas.
Ruido: Ante un eventual cierre, se generarían ruidos en forma ocasional, debido a la circulación de los vehículos, a la maquinaria utilizada y a las faenas de desmontaje.
Residuos líquidos: En caso de presentarse la necesidad de cerrar el Proyecto, los efluentes domésticos serán semejantes o inferiores a los generados durante la fase de operación, correspondientes principalmente a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, por lo que se mantendrán las mismas medidas definidas para la fase de operación. El uso de las instalaciones sanitarias disponibles será gradualmente reemplazado con la utilización de baños químicos portátiles, servicio otorgado por empresa autorizada sanitariamente. De presentarse una condición de cierre, no se generarían nuevos residuos industriales líquidos durante esta fase,
Residuos sólidos: Durante la fase de cierre, se generarán residuos domiciliarios y residuos industriales no peligrosos. Los residuos sólidos domiciliarios se generarán en una cantidad variable que dependerá del número de trabajadores presentes. Considerando el máximo de 30 trabajadores, se generarán aproximadamente 30 kg/día de residuos domésticos (1 kg/trabajador/día), los que serán depositados en contenedores para posteriormente ser derivados a disposición final autorizada. Por otra parte, los residuos industriales no peligrosos, consistirán principalmente en demolición de pavimentos, excavaciones y residuos domiciliarios. El retiro y disposición se realizará por empresas que cuenten con las resoluciones sanitarias respectivas.
No se consideran actividades de mantención, conservación y supervisión asociadas a la fase de abandono.
T:esmantelamiento o a.eguramiento de infraestructura Restauración
Prevención de futuras e.nisiones
Mantención, conservación y s.«pervisión
Referencia al ICE para n.ayores detalles sobre esta fase.
Capítulo 4.8 del ICE
"abla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Cronología de las fases del proyecto o
actividad
14 4.1 Fase'de Construcción
F 2cha estimada de inicio
1993
Parte, obra o acción que e tablece el inicio
El proyecto no contempla obras asociadas a la fase de construcción, ya que el proyecto corresponde a una regularización de una planta
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construida en 1993, ya en operaciones,
Fecha estimada de término
No aplica
Parte, obra:o acción que establece el término
No aplica
+42 Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Diciembre 2023
Parte, obra o acción que establece el inicio
Operación definitiva de planta elaboradora de congelados y pre elaborados
Fecha estimada de término
Noviembre 2048
Parte, obra.o acción que establece el término
Desconexión indefinida de la red de suministro eléctrico
Fase de Cierre
Fecha estimada de inicio
Diciembre 2048
Parte, obra o acción que establece el inicio
Desconexión indefinida de la red de suministro eléctrico.
Fecha estimada de término
Noviembre 2049
Parte, obrá o acción que establece el término
Retiro de escombros y cierre de predio
5”. Que, «durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?
19.300:
5.1..RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
Alteración de la calidad del zire por emisiones atmosféricas Principalmente material particulado y gases de combustión producidos por la operación grupos electrógenos y tránsito vehicular
Parte, obra o acción que lo genera
Operación de líneas de producción de productos congelados y productos especiales
Fase en que se presenta
Operación
Impacto ambiental
Alteración de los niveles ce ruido por incremento de emisiones sonoras
Parte, obra'o acción que lo genera
Operación Planta de procesos y grupos electrógenos
Fase en que se presenta
Operación
Impacto ambiental
Alteración de Calidad del Aire por Emisión de Olores Molestos
Parte, obrao acción que lo genera
Operación de la planta de Tratamiento de RILes y acumulación de subproductos como descarte y residuos de pescado
Fase en que se presenta
Operación
Impacto ambiental
Alteración calidad de las aguas y suelos por generación de Residucs Líquidos
Parte, obra o acción que lo genera
Operación y limpieza de la planta
a
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F.1se en que se presenta Operación
R »ferencia al ICE para Capítulo 5.1 y 6.1 del ICE mayores detalles sobre este inpacto específico
D» acuerdo a los resultados de la modelación de dispersión atmosférica, adjunto en Anexo 12 de la DIA, Planta Pacificblu durante su operación no genera emisiones que pudiesen afectar a ninguno de L 3 receptores de interés.
Da acuerdo al Estudio de emisiones atmosféricas, se indica que para los receptores identificados el ayorte de las emisiones de la planta Pacificblu a la actual línea de base se estimó en un máximo de N'P10 de 0,076 ug/m3 como concentración de 24 horas.
S.- cuantificaron las emisiones para todas las fuentes que componen la Operación Actual de planta, determinándose que la principal emisión corresponde al NO2 aportado por el equipo generado de mayor capacidad (1.120 KVA para horario punta). La dispersión obtenida para cada compuesto y p:omedio resultó estar por debajo de los límites de latencia (<80%) y saturación (<100%) en todo punto receptor, siendo el máximo obtenido de 29,86% del límite normado de NOZ2 1h para el sector ubicado frente a planta.
S- debe destacar, que el proyecto como se ha indicado anteriormente, corresponde a la regularizacion de una planta que que opera desde el año 1993, por lo cual por una parte, las emisiones determinadas para dicha planta ya se encuentran consideradas en las mediciones de las e: taciones de monitoreo de calidad del aire, y por otra, no se generara un incremento en los valores registrados.
R »specto de lo olores, como se observa en la tabla 4.7.5,4 del ICE, los resultados de la modelación del escenario proyectado no acusan probabilidad de percepción, según percentil 98 horario, para los 1: receptores sensibles definidos bajo el criterio de calidad de 3 OUE/m3.
L > anterior, debido principalmente a que todos los procesos se realizan con materia prima fresca apta para consumo humano y que el sistema de almacenamiento temporal utilizado para almacenar Is subproductos (tolva cerrada), es retirado con una alta frecuencia (diario) hacia la planta de harina d pescado, lo que evita la generación de olores molestos que pudieran afectar al entorno,
Además, las materias primas se encuentran refrigerada en todo momento dentro de camiones a tr wvés de bins isotérmicos y/o camiones aljibes refrigerados, de manera de asegurar la cadena de frio en todo el proceso productivo,
Por otro lado, los residuos orgánicos generados en planta (descarte de pescados o productos marinos), no son acopiados temporalmente en ninguna de las etapas del proceso (descarga de materia prima, selección, empaque y congelación). Dado que después de la selección, los pescados duñados que no califican para consumo humano y/o subproducto son transportados en bins y/o c:mión hermético, el cual en un tiempo máximo de 12 horas es llenado para ser transportado a p:anta de harina.
Por lo tanto, dada la naturaleza del Proyecto, ha sido posible estabcer que este no acusa cuncentraciones de olor por sobre el criterio de calidad definido, en ningún receptor evaluado.
E 1 caso de los residuos líquidos, estos son descargados al alcantarillado público, cumpliendo los límites de emisiones establecidos en la Tabla 4 del D.S. N*609/1998 y los límites definidos en el convenio suscrito con la empresa sanitaria Essbio S.A. El titular en el Anexo 5.3 de la DIA, adjunta tc dos los informes de monitoreo de Riles del año 2022, que dan cuenta del cumplimiento normativo,
A! respecto, el titular señala que se revisó con ESSBIO las cotas superiores de volumen de descarga y parámetros negociables y se creará un nuevo contrato de "Tratamiento de residuos industriales lí ¡uidos". Se adjunta en la respuesta 2.5 de la adenda la carta de término del contrato actual y se está er, proceso de negociaciones con ESSBIO para la concreción de un nuevo contrato a partir de 2024.
Pura efectos de fiscalizacion, Pacificblu mantendrá en sus oficinas copia de los informes de ronitoreo de auto control informados a ESSBIO.
R »specto del ruido, el Proyecto da cumplimiento al D.S. N*38/2011 según se indica en el Estudio de
L ¡pacto Acústico, adjunto en Anexo 14 de la DIA. Se cumplirán los límites de ruido definidos por
el D.S. N*38/11, de 65 dB(A) en horario diurno y 50 dB(A) en horario nocturno para zonas
homologadas como Zona IL y 60 dB(A) en horario diurno y 45 dB(A) nocturno para zonas homologadas como Zona IL.
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5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental Alteración de la calidad del suelo por generación y mane:o de residuos sólidos peligrosos y sólidos no peligrosos
Componente(s) ambiental(es) Suelo
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera Operación de la planta
Fase en que se presenta Operación
Impacto ambiental Alteración de la calidad del agua por descarga de residuos líquidos del proceso
Componente(s) ambiental(es) Agua
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera Riles generados en la planta de procesos
Fase en que se presenta Operación
Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire por emision:s atmosféricas: matezial particulado y gases de combustión.
Componente(s) ambiental(es) | Aire
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera Operación maquinaria y tránsito de vehículos
Fase en que se presenta Operación
Referencia al ICE para mayores | Capítulo 5.2 y 6.2 del ICE detalles sobre este impacto específico
En consideración a la naturaleza del Proyecto, se debe indicar que al interior del emplazamiento «e Planta Pacificblu'SpA no existen recursos naturales renovables, escasos únicos o representativos.
Lo anterior, dado que el proyecto consiste en la regularización de una planta existente desde el año 1993, la cual se encuentra completamente construida y operando. Así mismo, no existen área verdos o vegetación que pudiera ser afectadas por el proyecto.
El proyecto se emplaza en una Zona de actividades productivas (Z1-2) de acuerdo con el Plen Regulador Comunal de Talcahuano, área en la cual existe un alto grado de intervención antrópica donde existe una importante cantidad de industrias.
Esto da cuenta de un suelo ya intervenido por lo que no conlleva una pérdida de suelo significativa, donde no existe capacidad para sustentar biodiversidad.
A su vez el suelo se encuentra completamente pavimentado, por lo que no existe riesgo «le afectación o contaminación de suelo.
En el área de emplazamiento del proyecto no hay presencia de especies silvestres, ni en estado de conservación.
Todo lo anterior pudo ser constatado en visita a terreno realizada con fecha 12 de abril de 202 3, donde se recorrieron todas las instalaciones de la planta y sus alrededores.
Para los productos químicos, esto son manejados en bodegas de almacenamiento de sustancias peligrosas diseñadas y construidas especialmente para este “in, que cuentan con autorización de la Autoridad Sanitaria.
La utilización y/o manejo de productos químicos y residuos no afectará recursos renovables, ya que estos serán manejados con el fin de asegurar su adecuada contención, manipulación y disposicion final a través de empresas y en sitios de disposición final autorizados.
Los residuos son manejados en contenedores herméticos sobre suelo pavimentados, como .e describe en detalle en el punto 4.7.6 del ICE. ]
Los. residuos líquidos industriales del proceso son descargados al alcantarillado público, no generando ur impacto en la calidad ni cantidad de recursos hídricos. Los RILes generados cumplen con los límites de emisión establecidos en el D.S. 609/98 Tabla 4 y el convenio para parámetros |
mn
il
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E pecíficos fijado con Essbio S.A, se adjunta en Anexo 5.3 de la DIA una copia de los monitoreos d : RILes de la empresa promedio 12 meses, que acreditan el cumplimiento de la normativa.
Tiadas las características del proyecto no se contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional
E 3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental Aumento de los tiempos de desplazamiento por flujo vehicular
P arte, obra o acción que lo genera Transporte de materiales, insumos y residuos
F 1se en que se presenta Operación/Cierre
Referencia al ICE para mayores | Capítulo 5.3 y 6.3 del ICE
dtalles sobre este impacto específico
Frente a la planta cruzando la av. Gran Bretafía, existe una población, la cual podría verse afectada por las emisiones del proyecto.
Sin embargo, el proyecto se emplaza en una Zona de actividades productivas (Z1-2) de acuerdo con e Plan Regulador Comunal de Talcahuano, área en la cual existe un alto grado de intervención antrópica donde existe una importante cantidad de industrias.
El proyecto trata de la regularización ambiental de una planta existente, la cual se encuentra ennstruida y operando.
Como ya se mencionó, la planta se emplaza en un área industrial de la Comuna de Talcahuano, por lo que no requiere de reasentamientos de comunidades ni personas y no existe acceso público al área d.» emplazamiento del proyecto.
Los Recursos Hidrobiológicos a procesar corresponden a las autorizadas para ejecutar actividades de transformación por la Subsecretaría de Pesca,
Las carnes a procesar provienen de plantas sanitariamente autorizadas. Por lo tanto, el proyecto no interviene el uso o restringe el acceso a recursos naturales utilizados como sustento económico por parte de los grupos humanos localizados en el área de influencia definida para el componente medio h:mano.
Por otra parte, de acuerdo al Estudio de Medio Humano (Anexo 15 de la DIA actualizado en la Adenda), en el área de influencia se descarta la presencia de impactos significativos sobre el Objeto d: Protección Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos.
Lo anterior, dado principalmente, por que en el área donde se encuentra emplazado el proyecto, no existen recursos naturales de ningún tipo que pudieran ser utilizados como sustento económico o c talquier otro uso, dado que la planta se encuentra construida y con sus suelos completamente p.:vimentados.
El flujo vehicular contemplado para las distintas fases del proyecto no intervendrá las veredas del á-ea de influencia ni afectará en modo alguno su estado de conservación.
Fl flujo vehicular contemplado para las distintas fases del proyecto no generará efectos negativos s.bre el estado de las vías consideradas para acceder al sitio de emplazamiento del proyecto.
En las rutas consideradas (Av. Gran Bretaña) para la ejecución del proyecto es una ruta de uso industrial, donde circulan camiones constantemente. Sin embargo, el tránsito en la fase de operación n restringe el acceso a transporte y equipamiento por parte de la población local.
Luego del análisis de los factores generadores de impacto, la ejecución del proyecto no generará una pírdida de espacios de uso público en el área de influencia y no modificará las prácticas habituales avociadas al uso del tiempo libre, prácticas comunicativas, recreativas o de organización de los g-upos humanos que habitan en el área de influencia.
I»e acuerdo con la descripción del proyecto y los factores generadores de impacto, no se generará
una pérdida de espacios urbanizados de uso público, ni se modificarán prácticas habituales asociadas
a uso del tiempo libre o prácticas recreativas de los habitantes del área de influencia. La ejecución
dsl proyecto está contemplada en una zona del PRC de Talcahuano denominada “Zona Industrial
Z 1-2”, donde los usos de suelo permitidos son: Actividades productivas de industria, taller, bodegaje
inofensivo y molesto. Por lo tanto, no se altera la valoración y disposición del entorno por parte de l.. población local.
a 12 El = Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160259467
La ejecución del proyecto no imposibilita ni dificulta el deserrollo de las festividades de la ciudad de | Talcahuano ni del área de influencia. No se produce pérdida o modificación de costumbres, hábites, tradiciones o celebraciones que son parte del patrimonio cultural local.
El proyecto, en ninguna de sus fases, provocará modificaciones permanentes en el uso de formas «le comunicación valoradas por la población local.
El proyecto, en ninguna de sus fases, provocará la pérdida de características culturales locales, lazos familiares, sociales o laborales, actitudes y valores compartidos que identifican a los habitantes d.:l área de influencia.
Considerando la descripción del proyecto y los factores generadores de impacto, la ejecución dal proyecto no generará pérdida o disminución de la voluntad de la población del área de influencia «le permanecer en el lugar que actualmente habita. En ninguna ce sus fases el proyecto generará pérdica o disminución de sitios o lugares donde se realizan manifeszaciones propias de la cultura o folclo:e de la población que habita el área de influencia.
No se identifican fuentes o actividades que generen olores molestos en el proyecto. Al tratarse «¿e una planta: de productos congelados todos los procesos se realizan en frio y con pesca fresca ap:a para consumo humano.
De acuerdo con los antecedentes aportados por el Estudio de Medio Humano (Anexo 15 de la DIA actualizado en la Acenda). En el área de influencia del proyecto se descarta la presencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas que puedan ser afectados por el proyecto, ya sea en ss sistemas de vida o costumbres de Grupos culturales.
Lo anterior es ratificado por CONADI, quien mediante su Oficio ORD N* 109 de fecha 14 de ab: il de 2023, se pronuncia conforme sobre la DIA del proyecto, señalando que:
“...Contrastada la información entregada por el Titular, con aquella a disposición de esta Corporación, se verifica que, de acuerdo al Registro de Comunidades y Asociaciones indígena, en la comuna de Talcahuano, se encuentran constituidas 2 asociaciones indígenas. De las cuales :e presenta información y, de acuerdo a su dirección referenc:al se ubicarían fuera del AIMH. De 'a identificación y udicación de los sitios de significación cultural, el Titular descarta una afectación a sus sistemas de vida y costumbres...”
5.4, LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS- PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALI'S PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR-AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental No aplica
Referencia al- ICE para mayores | Capítulo 6.4 del ICE detalles sobre este impacto específico
Si bien el área de influencia o impacto directo del proyecto se limita a las poblaciones ubicad.s frente a la planta, se realizó un estudio ampliado sobre toda la comuna de Talcahuano, la cual «le acuerdo con lo indicado en el Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 15 de la DIA actualizado en la Adenda, en la comuna de Talcahuano existen dos Asociaciones Indígenes, “Talcahueñu “Ñi Folil” y “We Pu Repú”. Al respecto, y considerando también la existencia «le personas que se consideran pertenecientes a algún pueblo indígena u originario en el área de influencia, el Proyecto, la cual se encuentra en operación hace años, no provocará pérdida «de prácticas asociativas, colectivas, que caracterizan a los grupos humanos indígenas, desde el punto «le vista de la estructura, funciones e inserción social.
Considerando la descripción del proyecto y los factores generadores de impacto, la ejecución dul proyecto no afectará la posibilidad de usar el suelo del área de influencia de manera tradicional, por lo que no se modificarán las formas de organización social, o el desarrollo de la cultura local en a1 área de influencia.
En el área de influencia no hay evidencia de sitios o lugares donde se realicen manifestacion:s propias de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas que se puedan ver afectados por ].15 partes, obras o acciones del proyecto. Por lo tanto, se descarta la presencia de potenciales impactos significativos según lo indicado en el artículo 8 del Reglamento del SEIA, ya que la materializacicn del proyecto no afectará poblaciones protegidas.
Lo'anterior es ratificado por CONADI, quien mediante su Oficio ORD N? 109 de fecha 14 de abril de 2023 se pronuncia conforme sobre la DIA del proyecto, señalando que:
“Este órgano de administración del Estado, se pronuncia sin observaciones, pues el Titular a |
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"o oporcionado los antecedentes necesarios para justificar la inexistencia de susceptibilidad de a'ectación sobre GHPPL, por parte del proyecto en evaluación ambiental.”
E 5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental No aplica
Referencia al ICE para mayores | Capítulo 6.5 del ICE d.:talles sobre este impacto específico
| Planta Pacificblu SpA, se emplaza en zona de uso de suelo industrial clasificada como Z1-2, definida por el Plan Regulador Comunal de Talcahuano, rodeado de industrias del mismo rubro. El sector de e nplazamiento no presenta valor turístico ni paisajístico.
Sa debe tener encuentra que la planta se encuentra construida y operando, y el proyecto que se presenta a evaluación corresponde a una regularización ambiental.
- ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTORICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental No aplica
Referencia al ICE para mayores | Capítulo 6.6 del ICE d-talles sobre este impacto específico
Tre acuerdo a lo señalado en el Informe Arqueológico, adjunto en el anexo 10 de la DIA, se establece para el proyecto que:
“Considerando los resultados de la revisión de antecedentes bibiliográficos y de la Inspección l isual Arqueológica en terreno, se establece lo siguiente:
1 La. revisión bibliográfica sobre diversas fuentes consultadas da cuenta de la presencia de n onuinentos arqueológicos en distancias superiores a 1 km con respecto al área de estudio, no evistiendo antecedentes de sitios arqueológicos dentro de la misma.
2 La revisión bibliográfica da cuenta de la presencia del sitio arqueológico Cerro La U-1, ubicado u menos de 1 kim del área de estudio.
3 La inspección visual arqueológica pudo recorrer todas las áreas que no se encuentran e omstruidas. Sin embargo, el estado actual de intervención de la planta no permite observarse sctores que den cuenta de la matriz original del sustrato donde se localiza la planta.
4 Con todo esto en consideración, se recomienda la liberación del área de estudio desde el punto a» vista arqueológico terrestre, considerando que no se consideran nuevas excavaciones en el área a» estudio. Con respecto a la cercanía del sitio Cerro La U-1, se recomienda realizar una charla de inducción arqueológica al personal de la planta, que permita dar cuenta de este sitio y establecer protocolos en caso de que en alguna oportunidad se produzcan hallazgos arqueológicos no previstos dentro de la planta.”
Al respecto el Consejo de Monumentos Nacionales mediante su Oficio ORD N* 3968 de fecha 8 de
s-ptiembre de 2023, se pronuncia conforme sobre la adenda complementaria y el proyecto,
s-fíalando que: “El CMN se pronuncia conforme a los antecedentes remitidos, esto debido a que se
s.Ibsanan las observaciones realizadas mediante los Ord. CMN N1710 del 20,04,2023 y N2810 del 05.07.2023.”
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a : lus correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6 1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
3.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra dública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos ndustriales o mineros. según se establece en el articulo 139 del Reglamento del SEIA
“ase del Proyecto a la | Operación y/o cierre. ¿ual corresponde
a 14 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160259467
IN
7
ln
Parte, obra o acción a | El presente permiso se solicita para la operación del sistema de tratamiento
la que aplica de RILes que opera en la planta
Condiciones o No aplica
exigencias
especificas para su
otorgamiento
Pronunciamiento del | Oficio ORD N? 549 de fecha 20 de abril de 2023 de la SEREMI de Salud órgano competente Región del Bio bío, el cual sefiala:
PAS 139: De la revisión de los antecedentes entregados por el titular, cste presenta los contenidos técnicos y formales, sin embargo, de acuerdo al dictamen NE53863/2020 que reconsidera el dictamen N19879, de 2017, sobre organismos competentes para informar en el marco del sistema de evaluación de impacto ambienta. respecto de proyectos de descarga de RILES. Otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que indic: se encuentra dentro del ámbito de competencia de la SISS, del 23.11.2020. no corresponde evaluar este permiso ambiental.
Al respecto, la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) mediante su Oficio ORD N? 279 de fecha 23 de agosto de 2023, se pronuncia conforme respecto de la adenda y del proyecto.
Referencia al ICE Capítulo 10 del ICE pará mayores detalles
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destin:do a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la | Operación cual corresponde
Parte, obra o acción a | El presente permiso, se solicita para:
la que aplica e Tolva de Almacenamiento de Residuos Domiciliarios utilizada en fase de Operación.
e 11 bins (de aproximadamente 0,8 m3 c/u) de almacenamiento de restos cárnicos al costado de la planta, utilizados en fase de operación.
- Nueva bodega de residuos no peligrosos de 36 m2, para el almacenamiento de residuos no peligrosos, en la fase de operación.
e Modificación actual bodega de residuos no Peligrosos
Condiciones o No aplica
exigencias
específicas para su
otorgamiento
Pronunciamiento del | Oficio ORD N* 1017 de fecha 04 de julio de 2023 de la SEREMI de Sa'ud órgano competente Región del Bio bio, el cual señala:
PAS 140: De la revisión de los antecedentes entregados por el titular, cste presenta los contenidos técnicos + formales, acreditando su cumplimie::to. Por lo anterior esta Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme y se oto"ga el permiso ambiental para la etapa de operación.
Referencia al ICE Capítulo 10 del ICE para mayores detalles
7”. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Biobío mediate su oficio Ord N* 1017 de fecha 04 de julio de 2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 d+:1 Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenan/a Generalde Urbanismo y Construcciones, calificando la Plarta de procesos y sus unidades de apos o como molesto.
15
ls tal
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8”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de c implimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
su
Norma Plan Regulador
Tabla 8.11 Norma Planes reguladores
E omponente/materia:
Plan Regulador Comunal de Metropolitano de Concepción
Talcahuano, y Plan Regulador
K “tros cuerpos legales
No Aplica
Fase del proyecto a la que anlica o en la que se dará | c implimiento
Operación
Parte, obra, acción, e.nisión, residuo o | sstancias a la que aplica
Emplazamiento y operación de obras del proyecto
Forma de cumplimiento
El terreno de emplazamiento de Planta Pacificblu SpA se ubica en zona industrial de Talcahuano, cuyo emplazamiento respecto al Plan Regulador de Talcahuano, corresponde a Zona Industrial ZI-2. Este sector permite entre sus usos de suelo: Actividades productivas de Industria, Taller y establecimientos de Bodegaje inofensivo y molesto. Según la modificación del plan regulador metropolitano de Concepción, la planta se encuentra emplazada en Zona Industrial ZI-8, Talcahuano, asociada al desarrollo de actividades productivas de impacto intercomunal, donde los usos de suelo permitidos incluyen dentro de actividades productivas, industrias calificadas como molestas, A través del proyecto se incluye la solicitud del Pronunciamiento del Artículo 161 para este proyecto.
Mndicador que acredita su | e implimiento
Certificado de Uso de Suelo vigente. Certificado de Clasificación de Actividad Económica del proyecto.
Forma de | sguimiento
control y
No aplica.
82
Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos
y sustancias peligrosas del proyecto
8.2.1
Norma D.S. 144/61 MINSAL Establece la obligación de captar o eliminar los gases,
polvo o contaminantes de cualquier naturaleza, de modo tal de no causar molestias al
vecindario
Tabla 8.2.1 Norma D.S. 144/61 MINSAL Establece la obligación de captar o eliminar los gases, polvo o contaminantes de cualquier naturaleza, de modo tal de no causar molestias al vecindario
€ omponente/materia:
Emisiones a la atmósfera
Artículo 1. Señala que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario.
Giros cuerpos legales
Decreto Supremo N* 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de carga que indican.
D.S. N* 55/94, MINTRATEL, establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados que indica.
Clase del proyecto a la cue aplica o en la que se |_cará cumplimiento
Operación y cierre
Parte, obra, acción, emisión, residuo o | sustancias a la que aplica
Unidades operativas y auxiliares para la elaboración de congelados y preelaborados.
l orma de cumplimiento
Dada la naturaleza del proceso productivo, no se generan olores molestos puesto que todas las operaciones se realizan en frio, y se procesan materias primas frescas aptas para consumo humano. En Anexo 13 de la DÍA se adjuntó estudio de Impacto Odorante que
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permite acreditar lo señialado. Respecto a las emisiones atmosféricas, durante la operación éstas es'án asociadas a la operación de los Grupos Electrógenos de Respaldo de la planta, y al tránsito de camiones con materias primas, insumos, productos y residuos. En Anexo 12 se adjunta estudio de estimación y dispersión de Emisiones, que concluyen que el máximo aporte :lel proyecto sobre un receptor corresponde a 29,86% del límite normado de NO2 1h para el sector ubicado frente a planta, al estar éste como 'os demás aportes por debajo de lcs límites de latencia (<80%) y saturac:ón (<100%), se puede descartar la generación de condiciones de rie: go sobre el conjunto de receptores. El área de influencia actual logra cul rir una superficie de 1,55 km2, logrando cubrir a 9 de los 18 pun'os receptores definidos en estudio de Medio Humano, sin gencrar condiciones de riesgo sobre ninguno de ellos.
Por lo anterior, se afirma que no se producen molestias al vecindario durante la operación,
Respecto a las emisiones atrrosféricas generadas durante la etapa de abandono, se dispondrán de los medios para evitar la resuspensión de partículas como consecuencia del movimiento de vehículos, a través .1el uso de camiones encarpados y la mantención periódica de los mismos
A mayor abundamiento la SEREMI de Salud, Región del Biobío se pronunció conforme con la Nermativa de carácter ambiental aplical-le, asociada a este cuerpo normativo, según consta en Of. Ord. N* 1017 de fecha 04 de julio de 2023,
Indicador que acredita su
Registro interno de las mantenciones de planta y unidades de apoyo.
cumplimiento a Forma de control y| Periódicamente se ejecuta el programa de mantención preventivc y seguimiento limpieza de planta y unidades de apoyo. Esta ejecución se registrar. y
mantendrá en planta para su verificación.
8.2.2 Norma D.S. 6/18 MMA, Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concepción Metropolitano.
Tabla 8 8. 2. 2 Norin DS. SIS MMA, Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica . a para las comunas de Concepción Metropolitano.
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas A Otros cuerpos legales | Decreto 15/15 MMA, Declara Zona Saturada por material particulsdo asociados fino respirable MP2,5 como concentración diaria, a las comunas de
Lota, Coronel, San Pedro de la Paz, Hualqui, Chiguayante,
Concepción, Penco, Tomé, Hualpén y Talcahuano.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará
Operación y cierre
cumplimiento Parte, obra, acción, | Operación de fuentes fijas y móviles emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Durante la operación, se emizen gases de combustión producto del uso de grupos electrógenos y el transporte. Se destaca que los grujtos electrógenos operarán durante los meses de vigencia del periodo de horas de punta, los. que corresponden a 6 meses/año, 26 días promedio/mes y operación diaria de 5 horas.
A través de una empresa especialista se ejecutó un Estudio de Estimación de Emisiones y Modelación de la Dispersión el que tuvo como objetivo evaluar el efecto en la calidad de aire, considerando los niveles de operación de los grupos electrógenos y transporte. Respecto a las emisiones del proyecto, es posible indicar que éstas ya están consideradas en la línea base, indicadas en el Artículo 56 el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de Concepción Metropolitano (D.S. N*”6/18 MMA).
El aporte de las emisiones del proyecto (ya incluidas en la línea base) tiene una participación menor en los promedios registrados por las |
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estaciones de referencia, siendo responsable de tan sólo décimas o menos de punto porcentual, en efecto las emisiones estimadas para participación del proyecto en la base trianual para MP2,5 son 0,0076 ug/m3 equivalente a 0,038 % de la línea base, para MP1O son de 0,0078 ug/m3 equivalente a 0,016 % de la línea base; para SO2 son de 0,001 ug/m3 equivalente a 0,0017 % de la línea base para SO2 y para NO2 0,0037 ug/m3 equivalente a 0,0037 % de la línea base NO2,
A mayor abundamiento la SEREMI de Salud, Región del Biobío se pronunció conforme con la Normativa de carácter ambiental aplicable, asociada a este cuerpo normativo, según consta en Of. Ord. N? 1017 de fecha 04 de julio de 2023.
Pl adicador que acredita su cumplimiento
Facturas por compras de combustibles. Certificado de declaración de emisiones en el sistema sectorial 138 a través del sistema de ventanilla única RETC.
Mlorma de control
sguimiento
y
Durante la ejecución de las actividades de cierre, se verificará el cumplimiento de la medida de cobertura de camiones. Se continuará declarando anualmente, en el sistema sectorial Declaración de emisiones 138 de la ventanilla única RETC, el nivel de actividad de
grupos electrógenos y consumo de combustible.
_82.3 Norma D.S. 138/05 MINSAL. Establece obligatoriedad de declarar emisiones.
Tabla'8.2.3 Norma D.S. 138/05 MINSAL. Establece obligatoriedad de declarar emisiones. KE omponente/materia: Emisiones a la atmósfera Otros cuerpos legales | No aplica | asociados
lase del proyecto a la que «aplica o en la que se dará | Cumplimiento
Operación y abandono
Farte, obra, emisión, residuo | sustancias a la que aplica
acción, o
Operación de grupos electrógenos
T orma de cumplimiento
La empresa continuará declarando anualmente las emisiones asociadas a la operación grupos electrógenos que utilizan en sus instalaciones, en el sistema de ventanilla única RETC, específicamente el Formulario 138, correspondiente al sistema sectorial asociado a este decreto supremo.
A mayor abundamiento la SEREMI de Salud, Región del Biobío se pronunció conforme con la Normativa de carácter ambiental aplicable, asociada a este cuerpo normativo, según consta Of. Ord. N* 1017 de fecha 04 de julio de 2023.
ladicador que acredita su
Certificado de recepción de la Declaración de Emisiones
| cumplimiento lorma de control y] Una vez al año, se declararán las emisiones de la empresa del año s.guimiento anterior, asociadas a los consumos de combustibles y operación de
grupos electrógenos. La declaración se hará a través del subsistema 138 de la plataforma web del RETC del Ministerio del Medio Ambiente, con anterioridad al 30 de abril de cada año o en su defecto,
en el plazo que la autoridad ambiental establezca para ello.
_Fauentes Fijas
82,4 Norma D.S. 38/11 MMA. Norma de Emisión de ruidos molestos generados por
Tabla 8.2.4. Norma D.S. 38/11 MMA. Norma de Emisión de ruidos molestos generados por Fuentes
¡MN Fijas |_Componente/materia: Ruido
Otros cuerpos legales | No aplica |_«sociados
lase del proyecto a la que eplica o en la que se dará “ | cumplimiento
Operación y abandono
1d
tal
|
Tel:
18
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gob.cl/validar/2160259467
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Equipos asociados a la operación del proyecto Maquinaria asociada a faena de cierre de la planta.
Forma de cumplimiento
En Anexo 14 de la DIA, se adjunta estudio de Impacto acústico en términos de los contenidos del D.S. N* 38/2011, donde se concluye que el proyecto cumple ccn los niveles de ruido definidos en el decreto en todas las fases del proyecto.
A. mayor abundamiento la SEREMI de Salud, Región del Biobío se pronunció conforme con la Normativa de carácter ambiental aplicable, asociada a este cuerpo normativo, según consta en Of. Ord. N? 1017 de fecha 04 de julio de 2023.
Indicador que acredita su cumplimiento
Informes fases de operación y abandono cargados en plataforma v eb | de Seguimiento de RCAs de la SMA.
Forma de
control. y seguimiento :
Se realizará una medición de impacto acústico durante las fases de operación y cierre, con objeto de verificar el cumplimiento de los límites de emisión establecidos en el D.S. 38/11. Se cargarán de (os informes de evaluación de cumplimiento de los límites de ruido .lel D.S. 38/11 en la plataforma web de Seguimiento de RCA disponible en la página web de la SMA.
8.2. EN Norma D S 75/87 MINTRATEL, Establece condiciones para el transporte de carga. o Ss. 15/87 MINTRATEL. Establece condiciones para el transporte de carga
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas y residuos en general
Establece condiciones, para el transporte de carga.
Establece que vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello' no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, ctc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente 'os materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u ctro sistema que impida su dispersión al aire. |]
Otros... cuerpos ásociados
legales
D.S. 47/92 MINVU, Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación y cierre
Parte, obra, acción, emisión, res:duo o sustancias a la que aplica
Transporte de materiales, insumos y residuos
Forma de cumplimiento
La carga que se transporte que pueda producir polvo o el escurrimiento de materiales en el suelo será cubierta. Los residuos e insumos en general serán transportados en camiones adecuados para evitar su escurrimiento. Para el caso del transporte de residuos. se utilizarán vehículos que cuenten con resolución sanitaria para el transporte de residuos peligrosos y no peligrosos.
Indicador que acredita su
Contrato u orden de compra de prestación de servicio del transpc rte |
cumplimiento con cláusula de cumplimiento normativo. Forma de control y| Se exigirá a las empresas de transporte la adecuada coberturo y seguimiento hermeticidad de los vehículos que se usen para el transporte de
materiales, residuos e insumos en caso de que exista riesgo de su escurrimiento durante el transporte, Esta exigencia de cumplimiento normativo está contenida en los contratos de prestación del servi::io de transporte, previo al inicio del servicio. Además, a la salida de planta, personal interno de Pacificblu SpA supervisará el cumplimiento de estos aspectos.
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_82.6 Norma D.S. 55/94 MINTRATEL. Norma de emisión aplicable a vehículos motorizados
Tabla 8.2.6 Norma D.S. 55/94 MINTRATEE: Norma de emisión aplicable a vehículos motorizados
E omponente/materia:
Emisiones atmosféricas
Artículo 4. Establece normas de emisión que deben cumplir los vehículos motorizados pesados.
Artículo 6. Señala que los vehículos que cumplan con las normas de emisión del artículo 4, llevarán un autoadhesivo de color verde, el que se mantendrá en el parabrisas del vehículo.
Otros Cuerpos | asociados
legales
No aplica
Fase del proyecto a la que eplica o en la que se dará | cumplimiento
Operación y abandono
Tarte, obra, acción, emisión, residuo o | sustancias a la que aplica
Transporte de materiales, insumos y residuos
l orma de cumplimiento
Para el transporte de materiales, insumos y residuos, se utilizarán camiones que cuenten con la revisión técnica al día.
ladicador que acredita su | cumplimiento
Copia de contrato de prestación de servicio del transporte con cláusula de exigencia de revisión técnica al día.
Jorma de saguimiento
control y
El cumplimiento de esta normativa será exigido en los contratos de prestación del servicio de transporte, que exija contar con revisión Técnica al día.
_82.7 Norma D.S. 725/67, MINSAL. Código Sanitario
Tabla 8.2.7 Norma D.S.:725/67; MINSAL, Código Sanitario
E omponente/materia:
Residuos Líquidos
Artículo 71 b) Corresponde al Servicio Nacional de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a:
b) la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros. Antes de poner en explotación las obras mencionadas, ellas deben ser autorizadas por el Servicio Nacional de Salud.
Otros cuerpos asociados
legales
D.S. 594/99, MINSAL. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Artículo 16. No podrán vaciarse a la red pública de desagiies de aguas servidas sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente, La descarga de contaminantes al sistema de alcantarillado se ceñirá a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente y las normas de emisión y demás normativa complementaria de ésta.
Artículo 17. En ningún caso podrán incorporarse a las napas de agua subterráneas de los subsuelos o arrojarse en los canales de regadío, acueductos, rios, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general, los relaves industriales o mineros o las aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza, sin ser previamente sometidos a los tratamientos de neutralización o depuración que prescriba en cada caso la autoridad sanitaria.
Artículo 24. Inciso segundo. Señala que una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.
Artículo 26. Señala que la disposición final de aguas servidas se debe efectuar en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.
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DFL 1/9 MINSAL. Determina materias que requieren | Autorización Sanitaria expresa.
Fase del. proyecto a la que aplica o.en la que se dará cumplimieñto
Operación y cierre
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Manejo de aguas servidas generadas por trabajadores y aguas de proceso
Forma de cumplimiento
Durante la operación y abandono, se utilizará al abastecimiento de agua potable de la empresa sanitaria Essbio S.A.
En la fase de operación se continuarán utilizando las instalaciones sanitarias que derivan las aguas servidas al sistema de alcantarill:«do público operado por Essbio S.A.
En Anexos 9.2 y 9.3 se adjunta copia de facturas de Essbio S.A. «ue incluyen el servicio abastecimiento de agua potable y alcantarillado. Los RILes continuarán tratándose en el actual sistema de tratamierto. Este sistema está compuesto por un tambor rotatorio, un estanque de ecualización y una unidad de Flotación por Aire Disuelto (DAF).
En la DIA se incluyen los contenidos del Permiso Ambiei:tal Sectorial descrito en el Artículo 139, Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra públic: o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, solicitado para el sistema de tratamiento de RlLes de la Planta de Productos Congelados y Preelaborados.
En la fase de abandono se contratará el servicio de baños químicos para los trabajadores, cuya cantidad irá en función de lo indicado en el D.S. 594/00, realizándose el tratamiento y disposición en lugares autorizados.
Solicitud de Autorización Sanitaria expresa para el sistema de tratamiento de RILes y para el almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos. En el numeral 9.2.1. de la DIA se presentan los contenidos del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) del Artículo 139 del D.S. N40/2012, para la operación del sistema de tratamiento de RILes de la Planta de Congelados y Preelaborados. En el numeral 9.2.2. de la DIA se detallan los contenidos del PAS del Artículo 140 del D.S. N40/2012, para los sitios de almacenamiento temporal de residinos no peligrosos durante las fases de construcción y operación, Finalmente, los residuos peligrosos generados durante la operación se almacenan en una bodega de residuos peligrosos instalada en las dependencias de la planta y autorizada a través de la R.E. 109/2016, cuya copia se adjunta en el Anexo 8 de la DIA.
Al respecto la SEREMI de Salud a través del Of. Ord. N* 1017 de fecha 04 de julio de 2023, se pronuncia conforme con los antecedentes normativos contenidos en este cuerpo legal.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resolución sanitaria que autoriza el sistema de tratamiento de Rll.es Facturas de Essbio S.A. por servicio de alcantarillado.
Facturas de Essbio S.A. por recepción de RILes
Resolución sanitaria de empresa que presta servicio de arriendo y mantención de baños químicos.
Forma . de seguimiento
control y
Se tramitarán y obtendrán todos los permisos sectoriales actualizados ante las autoridades una vez obtenida la Resolución de calificación ambiental, cuando corresponda o bien se solicitará una copia de las autorizaciones correspondientes a las empresas proveedoras de servicios.
8.2.8. Norma D.S. 594/00 MINSAL. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales
básicas en los lugares de trabajo.
básicas en n los lugares de trabajo.
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E omponente/materia:
Residuos líquidos
Artículo. 16. No podrán vaciarse a la red pública de desagiles de aguas servidas sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente. La descarga de contaminantes al sistema de alcantarillado se ceñirá a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente y las normas de emisión y demás normativa complementaria de ésta. Artículo 17. En ningún caso podrán incorporarse a las napas de agua subterráneas de los subsuelos o arrojarse en los canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general, los relaves industriales o mineros o las aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza, sin ser previamente sometidos a los tratamientos de neutralización o depuración que prescriba en cada caso la autoridad sanitaria.
Artículo 24. Inciso segundo. Señala que, una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.
Artículo 26. Señala que la disposición final de aguas servidas se debe efectuar en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.
(tros cuerpos |_ésociados
legales
No Aplica
lase del proyecto a la que éplica o en la que se dará | cumplimiento
Operación y cierre.
Farte, obra, acción, emisión, residuo o | sustancias a la que aplica
Unidades operacionales y de apoyo
1 orma de cumplimiento
No se descargan al sistema de alcantarillado público sustancias consideradas peligrosas.
Si bien las aguas servidas generadas por los trabajadores en planta y los RILes son descargados al alcantarillado público, éstos últimos se tratan previamente para cumplir con los límites de emisión del D.S. 609/98 MOP y los parámetros especificados en el convenio suscrito con Essbio S.A., adjunto en Anexo 5.1 de la DIA. Las sustancias químicas utilizadas en el proceso productivo y unidades de apoyo se almacenan dando cumplimiento a las exigencias establecidas en el D.S. 43/15 para almacenamiento de sustancias peligrosas, por ende, no se descargan sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables al alcantarillado, ya que los estanques de almacenamiento de sustancias químicas cuentan con pretiles de contención de capacidad 110% de su volumen.
Eos RILes del proceso corresponden al agua producto del aseo de la planta, recepción de materia prima y agua utilizado en las labores de cortes, las cuales son tratadas en la Planta de Tratamiento de RILes, cuya descarga al alcantarillado cumple con las exigencias indicadas en el D.S. 609/1998 MOP.
Asimismo, las sustancias y residuos peligrosos se almacenan dando cumplimiento al D.S. 43/15 y D.S. 148/04, respectivamente, en contenedores apropiados y en lugares adecuados, por lo que cualquier eventual derrame accidental contenido y recuperado para ser derivado posteriormente a sitio de disposición final ambiental y sanitariamente autorizado.
Por lo anterior, el proyecto no incorpora a las napas de agua subterráneas de los subsuelos ni a canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses ni en masas ni en cursos de agua en general, los relaves industriales o mineros o las
ln]
Tor
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aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza. Durante el abandono, de ser necesario se utilizará baños químicos progresivamente a medida cue avance el desmantelamiento, los que serán manejados a través de una empresa autorizada que traslade las aguas servidas hasta un sitio que cuente con resolución sanitaria p wa su recepción y tratamiento.
En la fase de abandono se contratará el servicio de bañios quími- os para los trabajadores, cuya cantidad irá en función de lo indicado en el D.S, 594/00, realizándose el tratamiento y disposición en lugares autorizados. En la fase de operación se continuarán utilizando las instalaciones sanitarias que deriven las aguas servidas al sistema de alcantarillado público operado por Essbio S.A. En Anexo 9.7 y Anexo 9.3 de la DIA se adjunta copia de facturas de Essbio S.A. cue incluyen el servicio abastecimiento de agua potable y alcantarillado. A] respecto la SEREMI de Salud a través del Of. Ord. N* 1017 de fecha 04 de julio de 2023, se pronuncia conforme con los antecedentes normativos cortenidos en este cuerpo legal
Indicador que acredita su cumplimiento
Facturas por el servicio de la empresa sanitaria Essbio,
Cumplimiento de las exigencias de almacenamiento de sustancias peligrosas.
Resultados del monitoreo de RILes, de acuerdo al D.S. N*609/98. Certificado que acredita la firma del convenio o convenio con Esshio por tratamiento de parámetros negociables N, P, Solidos Suspendidos y DBOS.
Verificación en terreno del estado de contenedores o estanques «ue almacenen sustancias peligrosas, del estado de los pretiles de contención y de los sistemas de recuperación de derrame.
Resolución sanitaria de empresa que preste el servicio de arriendo y mantención de baños químicos.
Forma de seguimiento
control y
Durante las inspecciones de planta se verifica el estado de las instalaciones de almacenamiento de sustancias químicas.
Monitoreo de RILes descargados al alcantarillado según el programa de monitoreo de autocontrol fijado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Durante las inspecciones de planta se verifica el estado de las instalaciones de almacenamiento de sustancias químicas, de los pretiles de contención y los sistemas de recuperación de derrames.
En caso de requerir el uso de baños químicos, Pacificblu SpA mantendrá el registro de la contratación del servicio, verificando «ue las empresas cuenten con resolución sanitaria y contrato con lugares autorizados ambiental y sanitariamente para la recepción y tratamiento de aguas servidas,
8.2.9 Norma D.S. 609/98 MOP. Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de
Alcantarillado,
- Tabla 8.2.9 Norma D.S: 609/98: MOP. Establece Norma de Emisión para la Regulación de
- Contaminantes Asociados alas Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de
A Alcantarillado. pe Componente/materia: Emisiones líquidas A Otros cuerpos legales | No Aplica asociados a Fase del proyecto a la que | Operación
aplica o en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Descarga de RILes tratados en alcantarillado público
Forma de cumplimiento
Los RILES de proceso que corresponden a las aguas de lavado de | aseo, recepción de materia prima y labores de corte, son enviados :: la planta de tratamiento de RILes existente. Esta planta, trata los Rl!.es |
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generados los que se descargan al alcantarillado público de Essbio S.A. Esta descarga da cumplimiento al D.S. 609/98 MOP Tabla 4 Límites máximos permitidos para descargas de efluentes que se efectúan a redes de alcantarillado que cuenten con plantas de tratamiento de aguas servidas, y al convenio suscrito con Essbio para los parámetros DBOS, Sólidos Suspendidos Totales, Nitrógeno amoniacal y Fósforo Total. Se adjunta en Anexo 5.1 de la DIA una copia del convenio de recepción de RlLes vigente, en el que se incluye, de acuerdo al punto 4.4. de este decreto, la autorización para la disposición de RILes con los parámetros DBOS, fósforo, nitrógeno amoniacal y sólidos suspendidos totales con concentración media diaria superior a los valores máximos permitidos en la Tabla N* 4 del D.S. 609/98.
Al respecto se debe indicar que el organismo competente en el cumplimiento del presente cuerpo normativo corresponde a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, quien mediante su Of, ORD N* 279 de fecha 23 de agosto de 2023 se pronunció Conforme con los antecedentes proporcionados por el titular.
Uadicador que acredita su cumplimiento
Certificado de resultados de monitoreo de RiLes cumpliendo los límites de emisión definidos en el D.S. 609/98 MOP y parámetros específicos del convenio con Essbio.
Comprobantes del envío de los resultados del monitoreo de RILes a Essbio.
Pacificblu mantendrá en sus oficinas copia de los informes de monitoreo de auto control informados a ESSBIO
lorma de sguimiento
control y
Pacificblu SpA continuará dando cumplimiento al Programa de Monitoreo de Autocontrol de esta descarga, adjunto en Anexo 5.2 de la DIA, correspondiente a la D.E. N? 490 de 29 de abril de 2002 de la SISS.
Los resultados de monitoreo continuarán informándose a Essbio mensualmente.
_82.10 Norma D.S, 725/67 MINSAL. Código Sanitario
Tabla 8.2,10 Norma D.S.725/67 MINSAL. Código Sanitario
(Componente/materia:
Residuos sólidos
Artículo 79. Para proceder a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, será necesaria la aprobación previa del proyecto por el Servicio Nacional de Salud.
Artículo 81. Los vehículos y sistemas de transporte de materiales que, a juicio del Servicio Nacional de Salud, puedan significar un peligro o molestia a la población y los de transportes de basuras y desperdicios de cualquier naturaleza, deberán reunir los requisitos que señale dicho Servicio, el que, además, ejercerá vigilancia sanitaria sobre ellos.
Otros esociados
cuerpos legales
Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo.
D.F.L. N*1/89 de MINSAL.
Ley N* 20.920/2016 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece Marco para La Gestión de Residuos, La Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje.
Ul ase del proyecto a la que +plica o en la que se dará | cumplimiento
Operación y cierre.
Farte, obra, acción, emisión, residuo o | sustancias a la que aplica
Almacenamiento temporal y transporte de residuos generados. Manejo de residuos industriales no peligrosos y peligrosos.
l orma de cumplimiento
Durante la fase de operación se continuarán generando residuos industriales no peligrosos los que se almacenan en la bodega existente, en contenedores y residuos peligrosos que continuarán
[2]
10Í
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siendo almacenados en la bcdega de residuos peligrosos autorizada de la planta. En Anexo 8 de la DIA se adjunta una copia de. la Resolución Sanitaria que autoriza la bodega RESPEL y en Anexo 7 de la DIA se adjunta una copia de Resolución Sanitaria 520/2016 «ue autoriza la bodega de almacenamiento de Residuos No peligrosos. Para el almacenamiento de los residuos industriales no peligro.os generados en la fase de operación se considera la construcción de una nueva bodega, se obtendrá el permiso para el almacenamiento a través de la solicitud del PAS 140, presentada en el capítulo 9,2.2 de la DIA. Una vez obtenida la Resolución Exenta que Califica Ambientalme ate Favorable el proyecto, se solicitará la autorización sectorial a la autoridad sanitaria por la nueva bodega de residuos no peligrosos. Durante la fase de abandono del proyecto, se generarán residuos domiciliarios correspondien:es a los residuos de los trabajadores «ue serán almacenados en contenedores con tapa al interior de la obra y luego almacenados en la tolva existente en planta, residuos industriales no peligrosos. correspondientes a excedentes lel desarmado de la construcción como embalajes que serán almacenados en una tolva aledaña a la instalación de faenas y residuos peligrosos, como :tubos fluorescentes, paños contaminados con hidrocarburos, etc, que serán almacenados en la bodega de Residuos Peligrosos autorizada de la planta. Todos los residuos generados serán enviados a sitios de disposición final autorizados ambiental y sanitariame::te, utilizando transportes que cuenten con resolución sanitaria para ello. Al respecto la SEREMI de Salud a través del Of. Ord. N* 1017 de fecha 04 de julio de 2023, se pronuncia conforme con ¡os antecedentes normativos cortenidos en este cuerpo legal.
Indicádor que acredita su cumplimiento
Autorización sanitaria de bodega para residuos peligro ¿OS | Declaración de residuos generados a través de los subsistemas SIDREP y SINADER, del RETC. ]
Forma de seguimiento
control y
Autorización sanitaria para almacenamiento de residuos no peligro:os y peligrosos en bodegas de p:anta.
Los residuos generados por Pacificblu SpA continuarán siemdo declarados a través de los subsistemas SIDREP y SINADER, lel RETC, sistema de Ventanilla única del Ministerio de Me:lio Ambiente, en los plazos definidos para ello.
8.2.11- Norma D.S. 148/03.MINSAL, Reglamento Sanitario sobre manejo de Residuos
Peligrosos.
- Tabla8.2.11 Norma D.S. 148/03 MINSAL. Reglamentc Sanitario sobre manejo de Residuos
a : : Pelisrosós. Componente/materia: Residuos sólidos Peligrosos Otros cuerpos . legales | D.S. 594/00 MINSAL. Reglamento sobre condiciones sanitaria: y asociados ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Fase del proyecto :a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Manejo de residuos industriales peligrosos
Forma de cumplimiento
El almacenamiento de residuos peligrosos generados en la fase de operación se efectuará en la >odega de residuos peligrosos que cuenta con resolución sanitaria, adjunta en Anexo 8 de la DIA. Los residios peligrosos son almacenados como máximo durante 6 meses y lucgo enviados a través de transportes autorizados a sitios de disposic:ón final con autorización sanitarza y ambiental.
Al respecto la SEREMI de Salud a través del Of. Ord. N* 1017 de fecha 04 de julio de 2023, se pronuncia conforme con los antecedentes normativos contenidos en este cuerpo legal
Indicador que acredita su cumplimiento
Resolución de Autorización Sanitaria de bodega de almacenamiento | de residuos peligrosos; Declaraciones SIDREP en el RETC
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lorma de s=guimiento
control y
Verificación e inspección de la adecuada segregación, manejo y condiciones de almacenamiento, transporte y disposición final de residuos peligrosos.
Cada vez que se trasladen residuos peligrosos a un sitio de disposición final, la empresa realizará una declaración a través del sistema sectorial SIDREP del RETC. Además, cumple con las exigencias establecidas en la normativa referida para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos en la bodega existente,
82,12 Norma D.S. 43/15 MINSAL. Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. _ Actualiza al D.S. 78/09 MINSAL
"abla 8,2,12 Norma:D.S, 43/15 MINSAL. Reglamento de almacenamiento de-sustancias peligrosas.
Actualiza al D,S, 78/09 MINSAL
E omponente/materia:
Sustancias químicas y combustibles
Ctros cuerpos legales
D.S. 594/00 MINSAL, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Establece normas sobre condiciones básicas en los lugares de trabajo: provisión agua potable, disposición residuos sólidos y líquidos, exposición a distintos agentes, etc. Artículo 42.
Todo lo referente al almacenamiento de sustancias peligrosas se regirá por lo dispuesto en el decreto supremo N* 43 de 2015 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. No obstante lo anterior, para aquellas exclusiones establecidas en el artículo 3 de dicha norma, los recintos que almacenen sustancias peligrosas clasificadas según NCh 382:2013, sin perjuicio de la normativa específica que les aplique, deberán dar cumplimiento a lo siguiente:
a) Construirse según lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, de acuerdo al estudio de carga combustible, y ser destinados específicamente para tal efecto. Para el caso de sustancias inflamables envasadas, sobre 10 toneladas, deberán almacenarse en una bodega exclusiva para ellas.
b) Contar con las hojas de datos de seguridad, según lo establecido en NCh 2245 of. 2003.
c) Disponer de un plan de emergencias que incorpore todas las posibles emergencias que puedan producirse, con sus respectivos procedimientos, cadena de mando, plano que incluya todas las instalaciones, zonas de seguridad, vías de acceso y de salida, lista actualizada de sustancias peligrosas, equipos y elementos para combatir la emergencia,
d) El personal que manipule las sustancias peligrosas deberá estar debidamente capacitado sobre los peligros y riesgos asociados a su manipulación.
e) Las sustancias peligrosas deberán estar etiquetadas de acuerdo a lo establecido en el Título XII, del decreto supremo N* 43, de 2015, del Ministerio de Salud, con excepción de los plaguicidas que deberán ajustarse a la normativa específica para ellos.
| ase del proyecto a la que aplica o en la que se dará | cumplimiento
Operación
Farte, obra, acción, emisión, residuo o | sustancias a la que aplica
Almacenamiento de Sustancias Químicas
l orma de cumplimiento
Las sustancias químicas que se utilicen en el proceso productivo y unidades de apoyo, que clasifiquen como peligrosas de acuerdo a la NCh 382 of 2013, se almacenarán, ya sea en la bodega o estanques cumpliendo las exigencias definidas en el D.S. 43/15 MINSAL que reemplaza el D.S. 78/09 MINSAL, Estas exigencias incluyen el
m |
ES
registro interno de sustancias, etiquetado y rotulado según peligrosidad, prohibición de fumar, almacenamiento según 26
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incompatibilidades, capacitaciones a los operadores respecto al manejo, entre otras. En el Capítulo 7 de esta DIA, se adjunta el pian de contingencias y emergencias que incluyen los riesgos relacionalos con el manejo de sustancias químicas.
Al respecto la SEREMI de Salud a través del Of Ord. N* 1017 de fecha 04 de julio de 2023, se pronuncia conforme con los antecedentes normativos contenidos en este cuerpo legal
Indicador que acredita su cumplimiento
: cumplimiento exigencias del D.S. 43/15 MINSAL; Resoluc ón
Informe de cumplimiento del D.S. 594/00; listas de verificación de |
sanitaria para el almacenamiento de sustancias químicas peligrosas en caso de que corresponda.
Forma de seguimiento
control y
En las inspecciones periódicas de planta, se verificará el cumplimiento de las exigencias contenidas en el D.S. 4315 MINSAL. Además, se mantendrá un inventario de las sustancias químicas almacenadas.
8.2.13. Norma D.S. 298/94 MTT. Regula transportes de sustancias peligrosas por calles y
caminos.
Tabla 8.2. 13 Norma D. 5. 298/94 MTT. Regula transportes de sustancias peligrosas por: calles y
camiños,
Componente/materia:
Transporte sustancias peligrosas
Otros cuerpos legales | No aplica 7 asociados A] Fase del proyecto a la que | Operación
aplica o en la que se dará cumplimiento
Parte, Obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Transporte de sustancias químicas
Forma de cumplimiento
Pacificblu SpA exige y continuará exigiendo a las empresas «ue utilice para el transporte de sustancias peligrosas que durante la operación de carga, transpor:e, descarga y limpieza se porten rótu!os visibles de acuerdo a lo indicado en la NCh 2190/03. Asimismo, exigirá a las empresas que utilice para el transporte de sustancias peligrosas que el personal utilice los elementos de protecc:ón indicados y que porten la hoja de emergencia para transporte diseñada de acuerdo a lo establecido en la NCh 2245/15 y en caso de accidente procedan según lo indicadc en ellas. En Anexo 6 de la DIA se adjuntan las hojas de seguridad y de transporte de las principales sustancias químicas clasificadas como peligrosas, utilizadas en la empresa,
Indicador que acredita. su cumplimiento
Verificación en terreno
Forma de seguimiento
control ' y
Se verifica el cumplimiento de estas exigencias durante la prestac de servicios
8.2.14' Norma D.S. 17.288/70 MINEDUC. Ley de Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16. 719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925,
o Tab a8. 2. 14 Norma D. S. 17.288/70 MINEDUC: Ley: de Monumentos Nacionales; Modifica las a Leyes. 16. o17 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925.
Componente/materia:
Monumentos Nacionales A] Otros cuerpos legales | D.S. 484/90 MINEDUC. Reglamento de la Ley N*17.288 sobre asociados excavaciones y/o prospecc:ones arqueológicas, antropológicas y
paleontológicas.
Fase: del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o
Mejoramiento del Terreno.
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| sustancias a la que aplica
l orma de cumplimiento
No se consideran movimientos ni mejoramiento de terrenos dado que la DIA es una regularización de una planta ya en operación. Sin embargo, se realizó un estudio arqueológico, por una empresa especialista, adjunto en Anexo 10 de la DIA y actualizado en la adenda y adenda complementaria, que no arrojó hallazgos.
De efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico en alguna actividad durante la operación de la planta, como alguna mantención o renovación de equipos, se procederá según lo indicado en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288/70 y en los artículos 20 y 23 del reglamento de la Ley sobre prospecciones arqueológicas, antropológicas o paleontológicas, paralizando las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que disponga de los pasos a seguir.
De los antecedentes proporcionados respecto del cumplimiento de esta normativa, el Consejo de Monumentos se pronuncia conforme, según consta en Of Ord N* 3968 de fecha 08 de septiembre de 2023
UI adicador que acredita su |_cumplimiento
Informe estudio arqueológico sin hallazgos
lorma de | seguimiento
control y
No aplica.
9”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en esncordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:
Do aplica
1). Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los s guientes compromisos ambientales voluntarios:
El titular en la adenda, se compromete a regularizar el acceso del Proyecto que empalma con e mino público de tuición MOP, presentando sectorialmente en la Dirección de Vialidad Regional ua proyecto de ingeniería de detalles que resuelva la accesibilidad con los estándares según el Manual de Carreteras (normativa vigente).
% reforzará internamente y con sus contratistas que en la faja fiscal del Camino Público está prohibido estacionar y además de demarcará la solera con color amarillo e instalará un letrero indicando la prohibición de estacionar en dicho sector. Sectorialmente se acordarán los detalles con Vialidad.
Posteriormente, el titular en la adenda complementaria acoge lo solicitado por la autoridad (+eferente a realice los trámites comprometidos en la evaluación) y hace ingreso de la solicitud de aceso a rutas nacionales y rutas concesionadas de Vialidad según consta en Anexo 1.1 de la adenda e mplementaria, además se adjunta la respuesta positiva de Vialidad donde se Otorga factibilidad d acceso a predio rol avalúo N? 7404-17 con oficio ordinario N” 1324 del 18 de agosto de 2023 en Anexo 1.2 de la adenda complementaria.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de F mergencias, son las siguientes:
_11.1 Riesgo o contingencia de terremoto,
Tabla Riesgo de terremoto.
| Fiesgo o contingencia
Riesgo de terremoto.
lase del proyecto a la que | aplica
Operación
1 mplazamiento, parte, obra |_c acción asociada
Toda la planta durante la operación planta de productos congelados y pre elaborados.
[| fcciones__o medidas _a
- La planta cuenta con Grupos electrógenos de respaldo, para
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implementar para prevenir la contingencia
continuar con la operación de la planta en el caso de corte de suministros, para terminar de procesar la pesca o materias prima ., que pudiera haber quedado acumulada en las líneas.
-
Convenio con empresas suministradoras de Petróleo, para «1 abastecimiento del mismo.
-
Convenio con empresas contratistas que proveen servicios «de reparación y limpieza (maestranzas, mantención, limpieza y en general personal de “apoyo para prestar asistencia cuando +e requiera). .
-
Los trabajadores deberán evacuar tranquilamente, no corriendo, no empujando, ni gritando, para evitar crear caos entre sus compañeros de trabajo. Está prohibido que los trabajadores salgan de la empresa, ya que en primera instancia se debe realizar un conteo total del personal evacuado, para verificar que todos +8 encuentran a salvo. Luego de evaluar la emergencia, existirá la posibilidad que se retiren sin inconvenientes a sus domicilios
Se realizan mantenciones e inspecciones periódicas a los grupos electrógenos. Con el fin de asegurar su operatividad frente a un corte de suministro y su operatividad en horario punta durante les meses de abril a septiembre
Forma de control y seguimiento Acciones o medida a
implementar: para” controlar la emergencia
-
Reparación o reposición de líneas, estanques, equipos y equipos auxiliares dañados.
-
Retiro desde las instalaciones de escombros, o desechcs acumulados hacia sitios autcrizados.
-
Reparación o reposición de pisos, pretiles, paredes y techos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Las acciones de emergencia serán comunicadas a ia Superintendencia del Medic Ambiente en un plazo no mayor a 21 horas de ocurrida la emergencia, enviando un reporte que conteng:+: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros de acuerdo a ficha adjunta. Siendo reportada la emergencia a la SMA e el sistema de seguimiento de la RCA (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental).
Referencia a documentos del expediente de - evaluación que contenga la descripción detallada
Capitulo N* 7 Plan de contingencias y Emergencias de la DIA actualizada en la Adenda Complementaria
11.2 Riesgo o contingencia de Terremoto y Tsunami
Tabla Riesgo de Terremoto y Tsunami
Riesgo o contingencia
Riesgo de Terremoto y Tsunami
Fase del proyecto: a la que aplica
Operación
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Toda la planta durante la operación planta de productos congeladis y pre elaborados
Acciones O medidas a implementar para prevenir la contingencia
-
Debido a la gran fuerza destructiva a la que se enfrenta ura instalación emplazada en el borde costero frente a la ocurrencia de un tsunami, y en términos de lo indicado en la carta de inundación SHOA para el sector donde está emplazado la planta de Pacificblu SpA, las medidas preventivas están principalmente a desconectar los suministros eléctricos, de agua, de combustibles, y hermetizir los equipos que contiener sustancias en su interior cerrando válvulas de paso, válvulas de alivio, etc. Con esto, se pretende lograr que al ser arrastrado un equipo o contenedor hacia el mar a hacia tierra adentro, la sustancia que contiene quede al interior,
-
Los trabajadores deberán evacuar tranquilamente, no corriendo, no empujando, ni gritando, para evitar crear caos entre sus compañeros de trabajo.
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- El desplazamiento al momento de evacuar se deberá hacer con precaución, pero lo más rápido posible. Los trabajadores que deben bajar o subir por escaleras o desniveles de piso, deberán estar atento a las condiciones del entorno, mirando los peldaños y tomarse del pasamano. Está prohibido el caminar con herramientas de trabajo u objetos corto punzantes.
implementar para controlar 11 emergencia
lorma de control y| - Revisiones periódicas respecto al estado de los estanques e IBCs | saguimiento de sustancias peligrosas. neciones o medida a|- Recuperación de estanques con productos químicos que hayan
sido arrastrados hacia tierra adentro o hacia el mar. - Retiro de tierra contaminada con productos químicos que hayan quedado en el suelo y su transporte a lugar autorizado.
- Recuperación de restos de líneas, estanques, equipos, elementos o restos de edificios de la planta que hayan sido arrastradas tierra adentro o hacia el mar.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de l1 activación del Plan
Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrida la emergencia, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros de acuerdo a ficha adjunta. Siendo reportada la emergencia a la SMA e el sistema de seguimiento de la RCA (http: //www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental).
l eferencia a documentos del
expediente de evaluación
cue contenga la descripción |_cetallada
Capitulo N* 7 Plan de contingencias y Emergencias de la DIA actualizada en la Adenda Complementaria
_ 11.3 Riesgo o contingencia de
incendio
Tabla Riesgo incendio
| Fiesgo o contingencia
Riesgo incendio
lase del proyecto a la que |_aplica
Operación
1 mplazamiento, parte, obra [_€ acción asociada
Toda la planta durante la operación planta de productos congelados y pre elaborados
Acciones O medidas a implementar para prevenir la contingencia
-
Instalación de conexiones eléctricas de acuerdo con lo indicado por SEC.
-
Demarcación de zonas en las cuales está prohibido la utilización de sustancias inflamables.
-
Instalación de extintores en sectores señalizados en la planta.
-
La planta cuenta con una red de extintores de incendio cumpliendo lo exigido en el Párrafo II, artículos del 44 al 52 del D.S. 594/99, Reglamento sobre condiciones, sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
-
Cada jefe de Turno y/o Supervisor deberá acompañar a sus trabajadores desde donde ocurre la emergencia a la Zona de Seguridad con las instrucciones del Comité de Emergencia y Depto. de SySO
Torma
de control y | - Inspección del sistema de conexión eléctrico, | s=guimiento - Verificación del estado de extintores en planta, /.cciones o medida a| En caso de producirse un incendio se procederá de acuerdo con las inplementar para controlar | siguientes acciones: 11 emergencia
-
Evaluar la posibilidad de controlar el fuego con los extintores disponibles en planta, sólo si se está capacitado en uso de extintores y no se corre peligro la integridad física.
-
Si no es posible controlar el fuego, dar la alarma para evacuar el lugar afectado y contactar inmediatamente a Bomberos para
lc]
Para validar las firmas
mr
30 de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
https://validador.sea.gob.cl/validar/2160259467
controlar el incendio, cortar el suministro eléctrico y «e combustibles
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Las acciones de emergencia serán comunicadas a ia Superintendencia del Medic Ambiente en un plazo no mayor a 21 horas de ocurrida la emergencia, enviando un reporte que conteng::: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros de acuerdo a ficha adjunta. Siendo repcrtada la emergencia a la SMA e «l sistema de seguimiento de la RCA (http://www.sma.gob.cl-/ regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental).
Referencia-a documentos del expediente. de evaluación que contenga la descripción detallada
Capitulo N? 7 Plan de contingencias y Emergencias de la DIA actualizada en la Adenda Cemplementaria
fuga de amoniaco
11.4 Riesgo o contingencia de
Tabla Riesgo fuga de amoniaco
Riesgo o contingencia
Riesgo fuga de amoniaco
Fase del proyecto a la que aplica
Operación
Emplazamiento, patte, obra o acción asociada
Toda la planta durante la operación planta de productos congelades y pre elaborados
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
-
El sistema de refrigeración es un circuito cerrado totalmente hermético, conectado por redes de caflerías especiales. Siendo +1 sistema sometido a pruebas de presión, con el fin de prevenir «1 derrame o fuga de amoniaco.
-
Cafierías, válvulas y bombas empleadas para la carga y descarg:, sometidos a procedimientos de mantención periódica.
-
Uso de detectores de amoniaco ubicados en las zonas de mayer riesgo y espacios poco ventilados,
-
En el caso en donde la Fuga de Amoniaco sea en sala de proceso, los trabajadores solo deberán evacuar a zonas de seguridad, siguiendo instrucciones del jefe de Turno, Supervisores y/o Comité de Emergencia. Cabe mencionar que existen detectores fijos: de amoniaco en congeladores Ce placas de Planta de Merluza y Jibia, los cuales se activan a los 22 ppm, mediante una baliza encendida y lectura de concentración en pantalla de oficina de jefes de Turno. Sin embargo, a los 50 ppm se activa la alarma sonora, audible a todo el personal de planta de proceso. Ante esta última concentración mencionada (50 ppm), Jefatura del Turno deberá evacuar inmediatamente a todo personal expuesto al lugar de la fuga. .
Forma de control y seguimiento
-
Mantenciones periódicas a. estanque, de acuerdo con el programa de mantención de la planta.
-
Mantención periódica de indicadores de nivel, estanque al intericr de pretil de contención.
-
Cafierías, válvulas y bombas empleadas para la carga y descarg::, sometidos a procedimientos de mantención periódica.
Acciones. o medida a implementar para: controlar la emergencia
-
Identificación del lugar fisizo donde se está produciendo la fuga.
-
Corte de válvulas de distribución de amoniaco usando les elementos de protección adecuada.
-
Dependiendo del volumen escapado se evaluará la necesidad de inundación con agua del sector. Es primordial la evacuación del personal al interior de las ázeas y brindar las medidas de primeres auxilios al personal que lo requiera.
Oportunidad y: vías . de comunicación a-la:SMA de la activación del Plan
Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medic Ambiente en un plazo no mayor a 21
horas de ocurrida la emergercia, enviando un reporte que conteng;:: |
pa
31
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Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros de acuerdo a ficha adjunta. Siendo reportada la emergencia a la SMA e el sistema de seguimiento de la RCA (http://www.sma.gob.el / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental).
Feferencia a documentos del expediente de evaluación cue contenga la descripción [_cetallada
Capitulo N* 7 Plan de contingencias y Emergencias de la DIA actualizada en la Adenda Complementaria
_11.5 Riesgo o contingencia de derrame de residuos peligrosos y no peligrosos
Tabla Riesgo derrame de residuos peligrosos y no peligrosos
| Eiesgo o contingencia
Riesgo derrame de residuos peligrosos y no peligrosos
lase del proyecto a la que | splica
Operación
l mplazamiento, parte, obra [_c acción asociada
Toda la planta durante la operación planta de productos congelados y pre elaborados
/.cciones O medidas a i nplementar para prevenir la contingencia
-
Se incluirá en capacitaciones ambientales y de seguridad el adecuado manejo de residuos peligrosos y no peligrosos para evitar incendios y derrame de residuos.
-
Bodega de residuos peligrosos cumple las exigencias estructurales, de almacenamiento y señalización definidas en el D.S. 148/03 MINSAL.
-
Contrato permanente con empresa de recolección y transporte de residuos no peligrosos y peligrosos, que incluya los residuos domiciliarios en caso de falla de la recolección municipal de residuos.
-
La planta cuenta con una red de extintores de incendio cumpliendo lo exigido en el Párrafo TIL, artículos del 44 al 52 del D.S. 594/99, Reglamento sobre condiciones, sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
implementar para controlar 11 emergencia
lorma de control y|- Verificación del estado de contenedores y bodega, con el fin de | s-guimiento asegurar su condición. /rseciones o medida aj - Si se generan olores molestos por descomposición de residuos
orgánicos, se deberá retirar la basura a la brevedad posible, para lo cual se contactará a empresa de transportes de residuos domiciliarios, que cuente Resolución Sanitaria para ello, que trasladará los residuos a un sitio de disposición autorizado.
- De generarse un incendio, se evaluará la posibilidad de controlar el incendio con los extintores disponibles en planta. Si no es posible, se contactará a Bomberos para controlar el incendio.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de 1: activación del Plan
Las acciones dde emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrida la emergencia, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros de acuerdo a ficha adjunta. Siendo reportada la emergencia a la SMA e el sistema de seguimiento de la RCA (http: //www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental).
l:eferencia a documentos del expediente de evaluación cue contenga la descripción |_cetallada
Capitulo N* 7 Plan de contingencias y Emergencias de la DIA actualizada en la Adenda Complementaria
_ 11.6 Riesgo o contingencia de falla en el sistema de tratamiento de RILes
Tabla Falla én el sistema de tratamiento de RILes
[_Tiesgo o contingencia
Falla en el sistema de tratamiento de RILes
| Jase del proyecto a la que
Operación
32
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aplica
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Toda la planta durante la operación planta de productos congeladis y pre elaborados
Acciones” o medidas a implementar para prevenir la contingencia
-
Mantener en stock aquellas piezas del sistema de tratamiento de RILES más susceptibles de fallar, como válvulas y bomb:s dosificadoras,
-
Mantención periódica de las instalaciones y componentes de la planta de tratamiento de RILES, de las líneas de conducción de RILES y los equipos asociados como bombas
-
Inspección de los componentes y módulos de tratamiento de RILES, de las líneas de conducción de RILES y los equipes asociados como bombas.
-
Inspección y mantención >eriódica de los componentes asociades al sistema de filtración y de limpieza de filtros.
-
Limpieza periódica de los componentes y equipos del sistema de tratamiento
Forma de coñtrol y seguimiento
Inspecciones y mantenciones del sistema de tratamiento de RILe.. Esta unidad se incluirá en el programa anual de mantención. $e mantendrá el registro interno de las acciones correctivas ejecutada. Indicadores de cumplimiento:
-
Reactivos químicos en stock
-
Bombas dosificadoras y válvulas en stock
-
Registro de reemplazo de piezas
-
Registros de mantención
-
Registro de reemplazo de piezas
-
Registro de retiro y disposición de residuos
Acciones O medida a implementar para controlar la emergencia
-
Si se detecta que la planta de tratamiento no tiene capacidad para tratar los RILES generados por los procesos productivos se detendrá o disminuirá la producción, hasta eliminar la sobrecarga a la planta de tratamiento. Si la falla es menor, es decir que implique reemplazo de bombas, válvulas o cañerías, se reparará o cambiará la pieza de manera inmediata, recirculando el agua al interior de la planta para detener el ingreso de riles.
-
En caso de que no sea posible reparar la falla dentro de 2 horas +2 detendrá la operación de la planta mientras dure la reparación y puesta en marcha del sistema.
-
Si se detecta que ha ocurrido un derrame de RILES en lis instalaciones de la planta de tratamiento de RILES y no es posible la acumulación de los mismos en las instalaciones durante «l proceso de detección de la falla y posterior reparación, se detendi 4 el proceso productivo y todas las fuentes de generación de RILES.
-
Si corresponde a un derrame localizado en alguna de las líneas de conducción de RILES, la detención de la generación de RILES será focalizada en la línea que presenta el problema. Se estima que la reparación de las fallas de contención de derrames no sobrepasar 4 las 24 horas, una vez detectada la falla, dado que las inspecciones y mantenciones al sistema serán periódicas, por lo que si se presenta una falla de este tipo será menor.
Oportunidad y vías de comunicación a la:SMA de la activación del Plan
,
Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medic Ambiente en un plazo no mayor a 21 horas de ocurrida la emergercia, enviando un reporte que conteng:: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros de acuerdo a ficha adjunta. Siendo reportada la emergencia a la SMA e cl sistema de seguimiento de la RCA (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental).
Referencia a documentos del expediente de _ evaluación
Capitulo N* 7 Plan de contingencias y Emergencias de la DI
actualizada en la Adenda Complementaria
3
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"cue contenga la descripción |_cetallada
_EKlLes
11.7 Riesgo o contingencia de Emisión de Olores Molestos desde el sistema de tratamiento de
Tabla Emisión de Olores Molestos desde el sistema de tratamiento. de RILes
Fiesgo o contingencia
Emisión de Olores Molestos desde el sistema de tratamiento de RILes
Tase del proyecto a la que |_aplica
Operación
1 mplazamiento, parte, obra [_c acción asociada
Toda la planta durante la operación planta de productos congelados y pre elaborados
/.cciones O medidas a i:nplementar para prevenir la contingencia
-
Inspección y mantención periódica de los componentes asociados al sistema de aireación y al sistema de remoción de lodos desde la planta de tratamiento, de las líneas de conducción y los equipos asociados como bombas o tornillos de transporte.
-
Limpieza periódica de los componentes y equipos del sistema de tratamiento.
Torma de s-guimiento
control y
El control y seguimiento de las acciones de contingencia para la prevención de los riesgos ambientales asociados al funcionamiento del sistema de tratamiento de RILes se realizará a través del registro de la inspección de las instalaciones del sistema de tratamiento de RlLes, registro de los componentes y reactivos en stock, programación de las mantenciones y limpieza de los equipos, capacitación de los operadores del sistema para la identificación de fallas y la comunicación oportuna y formal para activar las acciones correctivas y de emergencia.
neciones O medida a implementar para controlar l1 emergencia
Si se detecta emisión de olores molestos desde el sistema de tratamiento de RILes se procederá al retiro manual de lodos y solidos del tambor rotatorio, se realizará la evaluación de las posibles fallas ya sea en el sistema de aireación o en el sistema de remoción, y se procederá a su reparación. El lodo retirado será enviado de inmediato a un sitio de disposición que cuente con autorización ambiental y sanitaria al día.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de l1 activación del Plan
Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrida la emergencia, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros de acuerdo a ficha adjunta. Siendo reportada la emergencia a la SMA e el sistema de seguimiento de la RCA (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental).
Keferencia a documentos del expediente de evaluación cue contenga la descripción [_cetallada
Capitulo N* 7 Plan de contingencias y Emergencias de la DIA actualizada en la Adenda Complementaria
_11.8 Riesgo o contingencia de fallas en el procesamiento de materias primas
Tabla fallas'en el procesamiento de materias primas
| I'iesgo o contingencia
Fallas en el procesamiento de materias primas
lase del proyecto a la que | eplica
Operación
1 mplazamiento, parte, obra | e acción asociada
Toda la planta durante la operación planta de productos congelados y pre elaborados
seciones o medidas a i.nplementar para prevenir la | contingencia
- Procesamiento de materias primas frescas.
- La planta cuenta con Grupos electrógenos de respaldo, para
(05 90]
a
al
34
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continuar con la operación de la planta en el caso de corte (3 suministros, para terminar de procesar la materia prima recepcionada y para proveer de energía a los sistemas de frio.
-
Convenio con empresas suministradoras de Petróleo, para «l abastecimiento del mismo.
-
Stock en bodega de repuestos y elementos consumibles para reparación en caso de falla.
-
Limpieza completa de las instalaciones durante el procesamiento de materias primas y limpieza profunda al término de cada temporada.
Forma de control y| Inspecciones y mantenciones de planta de proceso. Se mantendiá
seguimiento registro interno de la ejecución de las inspecciones y mantenciones para la planta de proceso, el que incluirá las acciones correctiv:s ejecutadas. Indicadores de cumplimiento: - Registros de limpieza de le planta.
Acciones. o medida a | En caso que la materia prima no sea procesable, si es que está en
implementar para controlar la emergencia
condiciones será derivada a un frigorífico para su almacenamiento. De lo contrario, será enviada a plantas reductoras habilitadas para su procesamiento. y
Oportunidad y : vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Las acciones de emergencia serán comunicadas a 'a Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrida la emergencia, enviando un reporte que conteng::: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros de acuerdo a ficha adjunta. Siendo reportada la emergencia a la SMA e «1 sistema de seguimiento de la RCA (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental).
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga. la descripción detallada
Capitulo N* 7 Plan de contingencias y Emergencias de la DIA actualizada en la Adenda Complementaria
11.9 Riesgo o contingencia Derrame de insumos, materia prima, productos o residuos durante
su transporte
abla Derrame de insumos, materia prima, productos o residuos durante su transporte
Riesgo o contingencia
Derrame de insumos, materia prima, productos o residuos durante su transporte
Fase del proyecto a la que aplica
Operación
Emplazamiento, parte, obra O acción asociada
Toda la planta durante la operación planta de productos congelades y pre elaborados
Acciones o medidas a implementar pata prevenir la contingencia
-
Traslado de insumos, materia prima, productos y residuos, en general, utilizando vehículos estancos y/o herméticos y que cuenten con autorización para la act-vidad de transporte, según correspond::.
-
Contrato con empresa de transporte, que incluya cláusula de utilización de camiones con características de 'hermeticidad necesarias, adecuados al tipo de sustancia y responsabilidad de a contención, limpieza de la vía y disposición del derrame en sitics autorizados ambiental y sanitariamente.
-
Cada Jefe de Turno y/o Supervisor deberá acompañar a sus trabajadores desde donde ocurre la emergencia a la Zona de Seguridad con las instrucciones del Comité de Emergencia y Depto. de SySO.
Forma... de control y | Inspección del transporte durante la recepción y despacho ce seguimiento camiones. Acciones: o. medida a| En caso de producirse un derrame de insumos, materia prima,
implementar ' para : controlar la emergencia
productos o residuos durante su transporte, se procederá de acuerdo a las siguientes acciones, según corresponda:
35
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-
Eliminar toda posible fuente de ignición, alrededor del estanque accidentado y del derrame mismo, especialmente si se trata de una sustancia o material susceptible a incendiarse.
-
Cortar suministro para evitar que se siga derramando.
-
Desconectar la batería del o los vehículos comprometidos en el accidente con causa de derrame.
-
Si es posible, contener el derrame en la fuente mediante productos de parchado instantáneo de roturas, teniendo presente las medidas de protección personal.
-
La sustancia derramada será contenida con arena, aserrín u otro producto, el cual estará dispuesta en el área,
-
Se contactará a los organismos del estado de emergencias (SAMU, Bomberos y Carabineros) dependiendo de la magnitud del accidente.
-
La empresa de transporte se encargará de la contención, limpieza de la vía y disposición del derrame en sitios autorizados ambiental y sanitariamente.
-
En caso de daños en la infraestructura vial por alguna emergencia generada durante el transporte de materias primas, insumos, productos y residuos en general desde o hacia Planta, se contempla la coordinación con la Dirección Regional de Vialidad.
Oportunidad y vías de| Las acciones de emergencia serán comunicadas a la comunicación a la SMA de | Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a 24 11 activación del Plan horas de ocurrida la emergencia, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros de acuerdo a ficha adjunta. Siendo reportada la emergencia a la SMA e el sistema de seguimiento de la RCA (http://www.sma.gob.cl / regulados / sistema electrónico de seguimiento ambiental).
Ieferencia a documentos del | Capitulo 'N? 7 Plan de contingencias y Emergencias de la DIA
expediente de evaluación | actualizada en la Adenda Complementaria
cue contenga la descripción |_cetallada
- Que, para la participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N? 13.300, la DIA del proyecto “Regularización Planta elaboradora de productos congelados y pre e.aborados” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 03 de abril de 2323 y en el diario Digital Vivepais.cl con fecha 03 de abril de 2023. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Doña Inés 88.5 FM y 1460 AM entre los días 04 de abril de 2023 y 11 de anril de 2023, según consta en el certificado de fecha 12 de abril de 2023 emitido por la misma radio.
Con fecha 17 de mayo de 2023 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N*19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
Mo se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana según los requisitos previstos en la Ley N? 19,300.
- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, r-portes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en g-neral cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las onligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones E ventas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto d.: conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos smetidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma
36 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160259467
toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través ce las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
- Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de 'a gestión; acto 'o faena mínima que da cuenta del inicio de le ejecución de obras, a qué se refiere -:l Considerando 4.4 de la presente Resolución.
15..Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, +11 inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
16.*Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeta, con el fin de asegurar, en el transcur<o del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forn'a eficiente y eficaz
17.: Que, para que el proyecto “Regularización Planta elaboradora de productos congelados y p:e elaborados” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables
-
Que,el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación ce la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medic Ambiente, la ocurrencia de impact«s ambientales «no previstos en la DIA, dsumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. E
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmeciatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío la ocurrencia de cambius de titularidad; representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en «1 inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modiicación al Proyecto que constituya vn cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento d.1 SEIA, deberá someterse al SETA.
21.-Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a traves de un tercero.
RESUELVO:
1*.:Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Regularización Planta elaboradora de productos congelados y pre elaboradcs”, de PACIFICBLU SPA,
2*. Certificar que el proyecto “Regularización Planta elaboradora de productos congelados y p:e elaborados” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que: el proyecto “Regularización Planta elaboradora de productos congelados y pre elaborados” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 139 y 140 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Med:o Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4%. Certificar que la «Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Biobío, «e coñifórmidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Regtamento del SEIA, calificó la Planta e procesos y sus unidades de apoyo como molesto,
5". Certificar: que el proyecto “Regularización Planta elatoradora de productos congelados y pie elaborados”: no. genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19:300, que dan origena la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
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6”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su e ecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente a-to.
8 '. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de E valuación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, Publíquese, Notifíquese, Comuníquese y Archívese
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2e, 3-10-2023 11:42:21:100 E Razón: Firmá
E AÚADO
NA Ss kl AS £ Isqp Antonio Cortés Secretario (S
Ye
Jorge Escudero Vargas
Superintendencia del Medio Ambiente
CONADI, Región del Biobío
CONAF, Región del Biobío
DGA, Región del Biobío
Direccion Regional de Aeropuertos, Region Biobío
Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío < erick.vergara(Q2mop.gov.cl>
POH, Región del Biobío
Cobernación Marítima de Talcahuano
Cobierno Regional, Región de Biobío
ll istre Municipalidad de Talcahuano
SEC, Región del Biobío
SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío
SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Biobío
SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
SEREMI de Minería, Región del Biobío
SEREMI de Salud, Región del Biobío
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío
SEREMI MOP, Región del Biobío
SERNAGEOMIN, Zona Sur
Consejo de Monumentos Nacionales
Dirección General de Aeronáutica Civil
38
al
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7
mm
Superintendencia de Servicios Sanitarios
CC: