Evaluación SEA

Adecuación Operacional Spence

Rol 2158456424
SEA · EIA · Aprobado · 2025-01-09 · Región de Antofagasta · Minera Spence S.A

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto “Adecuación Operacional Spence”

Antofagasta

VISTOS:

1°. El Estudio de Impacto Ambiental (en adelante “EIA”), su Adenda de fecha 26 de octubre de 2023, su Adenda Complementaria de fecha 14 de junio de 2024 y su Adenda excepcional de fecha 23 de octubre de 2024 del proyecto “Adecuación Operacional Spence”, presentado por Minera Spence S.A. con fecha 01 de febrero de 2023, y admitido a trámite con fecha 07 de febrero de 2023.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo 2 y 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) del EIA del proyecto “Adecuación Operacional Spence”.

3°. El Acta de Evaluación N° 202302106179 de fecha 14 de noviembre de 2023, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4°. El ICE del EIA del proyecto “Adecuación Operacional Spence” de fecha 18 de diciembre de 2024.

5°. El acuerdo N° 33/2024 de la sesión ordinaria N° 17/2024 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 27 de diciembre de 2024.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto “Adecuación Operacional Spence”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; los artículos 79 y 80 del D.F.L. N° 29, del Ministerio de Hacienda, de 2004, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, Estatuto Administrativo, que establece orden legal de subrogación; en el Decreto Supremo Nº 77 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a la Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

1°. Que, Minera Spence S.A. (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) el EIA del proyecto “Adecuación Operacional Spence” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 09-01-2025 08:47:07:124 UTC -03:00 Razón: Lugar:

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Nombre o razón social Minera Spence S.A. Rut 86.542.100-1 Domicilio Cerro el Plomo 6000 piso 15, Las Condes Teléfono 2 3305000 Nombre representante legal Nicolás Chehade Ampuero - Ana Zúñiga Sanzana Rut representante legal 13.191.008-8 – 8.398.303-5 Domicilio representante legal Av. de La Minería N°501, Antofagasta Teléfono representante legal 2 3305000 Correo electrónico Titular o representante legal nicolas.chehade@bhp.com; ana.zuniga1@bhp.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 18 de diciembre de 2024, el Director Regional (S) del SEA Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y

c) Que, respecto de los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley, se han establecido las condiciones, medidas de mitigación y compensación apropiadas en consideración a lo expuesto en el Informe Consolidado de Evaluación.

3°. Que, en sesión de fecha 27 de diciembre de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Adecuación Operacional Spence”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 18 de diciembre de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Adicionalmente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó otorgar de forma favorable el permiso ambiental sectorial mixto contemplado en el artículo 158 del RSEIA (para mayor detalle, ver considerando 9 de la presente Resolución). Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto consistirá en adecuar la operación de lixiviación actual de la faena minera Spence, extendiendo con ello la vida útil de este proceso hasta el año 2039 e introduciendo modificaciones tales como: actualización del plan minero, extensión y profundización del rajo existente, optimización a la planta de chancado y a las pilas de lixiviación, optimización al manejo de soluciones y extracción por solvente, todo lo cual permitirá operar con la tecnología denominada “Full Sal”, la cual considera procesar el mineral con nuevas concentraciones de sal. Adicionalmente, esta adecuación considera la implementación de un nuevo estanque para almacenamiento de diésel y un nuevo estanque para almacenamiento de ácido sulfúrico. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Artículo 3° RSEIA, Tipología principal: “i.3) Se entenderá por proyectos de disposición de residuos y estériles aquellos en que se dispongan residuos masivos mineros resultantes de la extracción o beneficio, tales como estériles, minerales de baja ley, residuos de minerales tratados por lixiviación, relaves, escorias y otros equivalentes, que provengan de uno o más proyectos de desarrollo

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minero que por sí mismos o en su conjunto tengan una capacidad de extracción considerada en la letra i.1. anterior.”

Artículo 3° RSEIA, Tipologías secundarias: “ñ.2) Producción, disposición o reutilización de sustancias explosivas, que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a dos mil quinientos kilogramos diarios (2.500 kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias explosivas en una cantidad igual o superior a dos mil quinientos kilogramos (2.500 kg).”

“ñ.3) Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos diarios (80.000 kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos (80.000 kg).”

“ñ.4) Producción, disposición o reutilización de sustancias corrosivas o reactivas que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ciento veinte mil kilogramos diarios (120.000 kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias corrosivas o reactivas en una cantidad igual o superior a ciento veinte mil kilogramos (120.000 kg).” Vida útil La fase de construcción tendrá una duración de 12 meses, la fase de operación será de 14 años y la fase de cierre tendrá una duración de 24 meses. Mano de obra Requerirá un máximo de 185 personas en la fase de construcción y un máximo de 2.600 personas en la fase de operación, considerando un máximo de 1.324 personas para la ejecución de las obras diferidas que se ejecutarán en la fase de operación (para mayor detalle, ver tabla 1.8- 14 del EIA). Por otra parte, no se modificará la mano de obra del Proyecto Original de la fase de cierre. Monto de inversión USD 1.652.000.000. Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito que dará inicio al proyecto será la preparación de los sitios, movimientos de tierra y preparación de plataformas; para la habilitación de la instalación de faenas requerida para la construcción de las obras del Proyecto. Proyecto se desarrolla por etapas Si No El Proyecto o actividad no se desarrollará por etapas.

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No Tabla N° 1. Modificaciones

Considerando modificado

Acción u obra 4.3.2 a) RCA Nº0275/2017 Extensión y profundización del rajo, actualizando la tasa de extracción de mineral promedio. 4.3.2 b) RCA Nº0275/2017 Reconfiguración de botadero de estériles. 4.3.2 c) RCA Nº0275/2017 3.2.1 RCA Nº015/2004 Ajuste de stock de minerales existentes 3.1.4 RCA Nº0112/2011 3.2.1, b) RCA Nº015/2004 Extensión vida útil de proceso de chancado, aglomeración y lixiviación. X

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3.2.1, RCA Nº015/2004 Extensión vida útil de planta SX y EW. 3.2.1 RCA Nº0053 Reprocesamiento de ripios. 3.2.1, RCA Nº015/2004 Nuevos estanques de combustible y ácido sulfúrico; adecuación de pila ROM. RCA Nº0308/2002 Reubicación de infraestructura. Proyecto modifica otra(s) RCA Si No - Spence (RCA Nº0308/2002). - Actualización Proyecto Spence (RCA Nº015/2004). - Optimización Spence (RCA Nº0112/2011). - Minerales primarios Minera Spence (RCA Nº0275/2017). - Actualización de Manejo de Ripios de Lixiviación – Spence (RCA Nº0053). X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se localizará en la comuna de Sierra Gorda, Provincia y Región de Antofagasta, aproximadamente a unos 8,6 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda. Descripción de la localización La ubicación está definida por la localización actual del Proyecto Original y su continuidad operacional. Superficie Las modificaciones implicarán aumentar la superficie del Proyecto Original en 243 ha adicionales. Para mayor detalle, ver tabla 4.4-2 del EIA y tablas 1-16 y 1-25 de la Adenda del EIA. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Para mayor detalle de las coordenadas de referencia, ver tabla 1.4-1 del EIA. Caminos de acceso El acceso principal se realizará a través de la Ruta 25, a la altura del kilómetro 50, ubicado al noreste de la localidad de Sierra Gorda. Desde la localidad de Antofagasta es posible acceder al Proyecto a través de la Ruta 26, para luego tomar la Ruta 5 y Ruta 25 o desde Calama por la Ruta B-193 y luego Ruta 25. Para mayor detalle, ver numeral 1.4.2.3 del EIA. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Figuras Referencia al expediente Figuras 1.4-2, 1.4-3

Anexo 1.2 EIA Figura N° 1-39

Archivo digital de Anexo 1.2

Planos de Anexo 1.3 Adenda

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO Instalación de faenas Se habilitará una instalación de faenas permanente, que servirá de apoyo para las actividades de la fase de construcción, como también a las actividades diferidas de habilitación que se ejecutarán en la fase de operación y finalmente en la fase de cierre del Proyecto. Se ubicará dentro del área industrial existente y contará con recintos y edificios diferenciados, los cuales tendrán como fin proporcionar puestos de trabajo en oficinas, baños, casa de cambio para el personal, taller, patios de almacenamiento de materiales, comedor, etc. Para mayor detalle, ver numeral 1.6.4 del EIA.

Por otra parte, la instalación de faenas contará con un cerco perimetral de 1,8 m de altura y soterrado en 0,5 m bajo el nivel del

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terreno, de modo de evitar el ingreso de fauna silvestre con capacidad de trepar o excavar. Para mayor detalle, ver numeral 1.1 de la Adenda complementaria del EIA. Sector Mina Consistirá en implementar lo siguiente:

a) Extensión y profundización del rajo.

Se dará continuidad a la explotación del yacimiento mediante la extensión y profundización del rajo aprobado, actualizando la tasa de extracción de mineral promedio desde el rajo a 430.000 t/día tasa de extracción promedio, y una tasa máxima de aproximadamente 465.000 t/día (170 Mt/año), en su período de operación plena. La explotación del rajo continuará ejecutándose mediante fases progresivas y considera su crecimiento sobre una superficie adicional de 24 ha, en tanto que para la profundización se tiene contemplando descender aproximadamente hasta la cota 995 m.s.n.m. al año 2040 en el rajo sur del rajo y hasta una cota de 1.230 m.s.n.m. en el rajo norte.

Para mayor detalle, ver numeral 1.6.1.1 del EIA y numeral 1.9 de la Adenda del EIA.

b) Reconfiguración del actual botadero de estériles.

Implicará aumentar en 17 ha adicionales la superficie del botadero de estériles existente. Por otra parte, se construirán dos pretiles de seguridad para el control de caída de rocas.

El botadero de estériles tendrá una capacidad final de 1.476 Mt y en el área ubicada al norte del rajo se dispondrá principalmente el material estéril adicional generado por la continuidad operacional de la lixiviación.

Para mayor detalle, ver numeral 1.6.1.2 del EIA y numeral 1.10 y Apéndice 5.4.A, ambos de la Adenda del EIA.

c) Ajuste de stock de minerales existentes.

Se implementarán dos zonas de stock de mineral (norte y sur), para recibir la porción del material que será acopiado previo a su procesamiento, abarcando un área de 120 ha en el stock sur y 142 ha en el stock norte, respectivamente. Asimismo, en el stock sur la capacidad final de almacenamiento será de 153 Mt, mientras que en el stock norte será de 114 Mt Para mayor detalle, ver numeral 1.6.1.3 del EIA y Apéndice 5.4.E de la Adenda del EIA. Proceso de chancado y lixiviación Consistirá en lo siguiente:

• Continuidad operacional de la planta de chancado, realizando ciertas adaptaciones a la sección del chancado terciario. • Continuidad operacional del proceso de lixiviación, planta de extracción por solvente (SX) y electro obtención (EW), donde se proyecta ciertas adaptaciones en las pilas de lixiviación dinámicas tanto de óxido como de sulfuros, reemplazar equipos en piscinas de refino y piscinas ILS para el manejo de soluciones y la planta SX (ajustes de equipos y tuberías), para operar bajo nuevas condiciones de la tecnología Full Sal (mayor concentración de sal). • Adecuación de la pila ROM.

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• Continuidad del re-procesamiento de ripios lixiviados, entre los años 2026 al 2028, no modificando los módulos de extracción en el botadero de ripios y actualizando la cantidad total de material a reprocesar. • Reconfiguración del actual botadero de ripios denominado “Spence Ripios Dump Capacity” (SRDC). • Habilitación de tres nuevos botaderos de ripios lixiviados: oeste, este y sector central.

Para mayor detalle, ver numeral 1.6.2 del EIA, numerales 1.1, 1.2, 1.11 y Apéndices 5.4B, 5.4.C y 5.4D, todos de la Adenda del EIA y literal c) del numeral 1.4 de la Adenda complementaria del EIA. Infraestructura de apoyo Se implementará lo siguiente:

• Sistema de termopaneles solares, cuya finalidad será el calentamiento de soluciones del proceso EW. Este sistema tendrá 3.000 paneles solares con una capacidad de 41 MW para transferir hasta 52 GWh de energía calórica al año. • Infraestructura para almacenamiento y abastecimiento de insumos, consistente en un estanque de combustible diésel (con una capacidad útil de 1.610 m3), y un estanque de ácido sulfúrico (con una capacidad útil de 2.717 m3). • Nuevo Relleno Sanitario. • Nuevo patio de residuos de construcción (RESCON). • Patio de neumáticos usados. • Reubicación de infraestructura de apoyo en el sector donde se proyecta implementar el nuevo botadero de ripios Este. Específicamente, una línea eléctrica de 23kV (4.04 km de longitud), una línea de alumbrado tipo LED de 2,96 km de longitud, dos salas eléctricas y un patio de mantención.

Para mayor detalle, ver numeral 1.6.3 del EIA, literal b) de los numerales 1.15 y 1.16 de la Adenda del EIA, numerales 1.17 y 8.2 de la Adenda del EIA, y Anexos 5.7, 5.8 y 5.11, todos de la Adenda del EIA. 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

La fase de construcción tendrá una duración de 12 meses Actividades de construcción. Las principales actividades de esta fase serán las siguientes:

• Implementación de caminos de acceso al botadero de ripios SRDC y a los stocks de mineral norte y sur. • Adaptaciones en la planta de chancado. • Optimización Full Sal, considerando adaptaciones en las secciones lixiviación, manejo de soluciones y SX. • Incorporación Sistema termopaneles solares. • Implementación de infraestructura para almacenamiento y abastecimiento de insumos (diésel y ácido sulfúrico). • Implementación Nuevo Relleno sanitario y patio RESCON. • Implementación Nuevo Patio Neumáticos. • Reubicación de infraestructura de apoyo (una línea eléctrica de 23 kV, una línea de iluminación, dos salas eléctricas y un patio de mantención). • Habilitación de instalación de faenas. Suministros básicos Para las actividades de compactación, humectación de excavaciones y de caminos, se requerirá un volumen de 100,6 l/s de agua industrial, para lo cual, se utilizará el actual abastecimiento autorizado de agua desalinizada y los actuales proveedores

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autorizados. Para mayor detalle, ver literal a) del numeral 1.15 de la Adenda del EIA y numeral 1.4 de la Adenda excepcional del EIA.

La energía eléctrica será suministrada a través de la conexión a la red eléctrica interna existente, y/o través del uso de grupos generadores eléctricos. Al respecto, se utilizará un máximo de 4 generadores de 400 kVA cada uno en la instalación de faenas y 4 generadores de 33 kVA cada uno en los frentes de trabajo. Para mayor detalle, ver numeral 1.7.5.1 del EIA.

Respecto al combustible, se requerirá un volumen aproximado de 2.598 m3, que será suministrado por las estaciones de combustibles existentes y aprobadas para la operación actual y /o a través de camiones estanques (o surtidores). Recursos naturales renovables El proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra, transferencias y movimientos de material, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación total de 55,48 t/año de MP10 en la fase de construcción. Para mayor detalle, ver numeral 4.1 del Anexo 5.1 de la Adenda complementaria del EIA.

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 a la localidad de Sierra Gorda se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF. Estos resultados se adjuntan en el Anexo 5.2 de la Adenda complementaria del EIA estimándose un aporte anual máximo de 0,21 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 0,48 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda (estaciones monitoras Minera Centinela y Minera Spence).

b) Emisiones de ruido

Se generará ruido debido a las faenas de construcción y al funcionamiento de maquinaria y equipos. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para mayor detalle, ver Anexo 4.3 del EIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos líquidos

Los residuos líquidos domésticos corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, con un volumen de 1.053 t/mes. Para su manejo, se utilizarán baños químicos en los frentes de trabajo, los que serán operados por una empresa autorizada y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar final autorizado. Por otra parte, se implementará una planta de tratamiento de aguas servidas en la instalación de faenas.

Para mayor detalle, ver numeral 1.5 de la Adenda excepcional del EIA.

b) Residuos sólidos

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Los residuos domésticos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles, etc., con una generación de 15,44 t/mes. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores cerrados, para posteriormente ser transportados en camiones habilitados al relleno sanitario Spence.

La cantidad de residuos sólidos industriales no peligrosos que se generará será de 48,95 t/mes, correspondientes a materiales de las obras de construcción y serán dispuestos temporalmente en sitio de residuos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

La cantidad máxima de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 0,95 t/mes, y serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

Para mayor detalle, numeral 1.5 de la Adenda excepcional del EIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.5 del ICE del proyecto. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Operación El Proyecto considera la continuidad de las operaciones actuales hasta el año 2039. De acuerdo con el plan minero del Proyecto, el rajo será explotado por fases entre el año 2026 y el año 2039, además de aprovechar los stocks de mineral disponibles. El material estéril que se genere será transportado por camiones mineros hacia el botadero de estériles reconfigurado, específicamente, al sector ubicado al norte del rajo, utilizando la red de caminos mineros existentes.

En cuanto al proceso de lixiviación, este será bajo las condiciones del Full Sal optimizado respecto del proceso actual. Además, se utilizará ambas pilas dinámicas existentes (óxidos y sulfuros), así como, el reprocesamiento de 13,6 Mt de ripios del botadero existente entre el año 2026 y el 2028.

El Proyecto producirá un promedio anual de 71.000 kt de mineral desde el rajo, el cual será transportado hacia las plantas de Spence y áreas de acopio de mineral de por medio de camiones, a través de las rutas internas existentes de la red mina rajo y planta. Al respecto, la producción de cátodos de cobre (aproximadamente 70 kt promedio) se detalla en la Tabla 1.8-21 del EIA. Al respecto, los cátodos serán transportados principalmente por terceros autorizados y aprobados en los Proyectos Originales, a través de ferrocarriles y camiones por rutas existentes, hasta el complejo portuario de Mejillones.

Durante la fase de operación se realizarán mantenciones preventivas, de acuerdo con el programa de mantenimiento y mantenciones correctivas frente a eventos no previstos, como fallas técnicas.

Para mayor detalle, ver numeral 1.8 del EIA, numeral 1.7, literales d) y f) del numeral 1.16, numeral 8.2, todos de la Adenda del EIA; literal b) del numeral 1.3, literales a), b) y c) del numeral 1.4, literal i) del numeral 9.3, todos de la Adenda complementaria del EIA.

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Por otra parte, existirán ciertas reubicaciones de infraestructura existente, asociadas a los botaderos de ripios, que serán obras diferidas y consideradas como parte de la fase de operación. Suministros básicos Para las actividades de operación, se requerirá un volumen de 205,8 l/s de agua industrial, para lo cual, se utilizará el actual abastecimiento autorizado de agua desalinizada y los actuales proveedores autorizados. Para mayor detalle, ver literal a) del numeral 1.15 de la Adenda del EIA y numeral 1.4 de la Adenda excepcional del EIA.

La energía eléctrica será suministrada través de la conexión a la red eléctrica interna existente.

El resto de los materiales e insumos serán provistos por terceros autorizados. Recursos naturales renovables El proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas.

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por tronaduras, perforaciones, chancado y harneo de mineral, erosión eólica, transferencias y movimientos de material y mineral, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 9.092 t/año de MP10 en el año 9 de la fase de operación (2034). Para mayor detalle, ver numeral 4.2 del Anexo 5.1 de la Adenda complementaria del EIA.

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 a la localidad de Sierra Gorda se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF. Estos resultados se adjuntan en el Anexo 5.2 de la Adenda complementaria del EIA estimándose un aporte anual máximo de 18,7 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 57,4 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda (estación monitora Minera Spence). Al respecto, la condición basal de aporte del Proyecto Original corresponde a un aporte anual máximo de 18,1 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 53,1 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda, por lo que el aporte neto del presente Proyecto corresponde a un aporte anual máximo de 0,71 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 4,01 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda. Para mayor detalle, ver tabla 5-19 de la Adenda complementaria del EIA.

b) Emisiones de ruido.

Se generará ruido debido a las faenas de operación y al funcionamiento de maquinaria y equipos. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para mayor detalle, ver Anexo 4.3 del EIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos líquidos

Los residuos líquidos domésticos corresponderán a las aguas servidas que se generarán por la ejecución de las obras diferidas, con un volumen de 5.958 t/mes. Para su manejo, se utilizarán baños químicos en los frentes de trabajo, los que serán operados por una

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empresa autorizada y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar final autorizado. Por otra parte, se utilizará la planta de tratamiento de aguas servidas en la instalación de faenas.

Para mayor detalle, ver numeral 1.5 de la Adenda excepcional del EIA.

b) Residuos sólidos

Los residuos domésticos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles, etc., con una generación de 167,9 t/mes por la ejecución de las obras diferidas. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores cerrados, para posteriormente ser transportados en camiones habilitados al relleno sanitario Spence.

La cantidad de residuos sólidos industriales no peligrosos que se generará será de 179,35 t/mes por la ejecución de las obras diferidas, correspondientes a materiales de las obras de construcción y serán dispuestos temporalmente en sitio de residuos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

La cantidad máxima de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 0,34 t/mes, y serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

Para mayor detalle, numeral 1.5 de la Adenda excepcional del EIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del proyecto. 4.3.3. FASE DE CIERRE

La fase de cierre tendrá una duración de 24 meses. Al respecto, el proyecto no modificará la fase de cierre evaluada y aprobada en los Proyectos Originales; sin embargo, a continuación, se detalla la fase de cierre para las obras nuevas que implementará el presente Proyecto. Para mayor detalle de esta fase, ver numeral 1.9 del EIA, numerales 1.13 y 1.14 de la Adenda del EIA y Anexo 4.6 de la Adenda complementaria del EIA. Desmantelamiento de infraestructura Previo al desmantelamiento de las instalaciones, se procederá a cortar el suministro eléctrico. Las actividades de desmantelamiento corresponderán a retiro de cables conductores, equipos eléctricos y postaciones de líneas que entreguen energía a cada instalación.

Posteriormente, se procederá al desmantelamiento y retiro de las instalaciones, tales como estructuras de acero, hormigón, tuberías, equipos fijos y móviles, revestimientos metálicos, entre otros. Se demolerán las estructuras superficiales y las estructuras soportantes hasta el nivel de terreno, dejando sólo las fundaciones en el sitio Restauración Una vez desmanteladas las instalaciones y equipos móviles, se procederá con un reperfilamiento de los taludes de los botaderos y del rajo hasta lograr un talud estable a largo plazo. Sin perjuicio de lo anterior, se considera la realización de inspecciones para verificar la estabilidad o caso contrario, determinar si algún sector de los depósitos y/o rajo requiere modificaciones posteriores Prevención de futuras emisiones Las eventuales aguas de contacto asociadas al rajo serán evaporadas en el fondo de este. Al respecto, el volumen de agua de contacto infiltrada no generará influencia hacia aguas abajo, debido a las bajas permeabilidades y bajos coeficientes de almacenamiento

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existentes en la zona, los que hacen que la influencia en el acuífero del agua de contacto infiltrada en el rajo sea más bien local. Sin embargo, en caso de existir infiltración, ésta será capturada por el rajo, dada su cercanía y al efecto sumidero que impone su excavación. De todas formas, con el objetivo de registrar el comportamiento del efecto sumidero del rajo, se incorporarán pozos de monitoreo para dichos efectos durante los 2 años de la fase de cierre y durante 8 años adicionales a la mencionada fase de cierre.

Por otra parte, los eventuales drenajes de solución desde los botaderos de ripios a causa de precipitaciones no infiltran hacia el suelo debido a la impermeabilización, sistemas de drenajes y piscinas colectoras, proyectadas. Mantención, conservación y supervisión Se realizará una evaluación de los potenciales requerimientos de mantención, conservación y supervisión, estableciendo el programa necesario para minimizar los riesgos al medio ambiente y la salud de las personas. Específicamente, para las obras del presente Proyecto, se realizarán inspecciones, mantenciones y/o reposiciones para el Rajo, botadero de Estériles y la planta SX de acuerdo con lo ya aprobado ambiental y sectorialmente. Suministros básicos Para las actividades de cierre, se requerirá un volumen de 107,6 l/s de agua industrial, para lo cual, se utilizará el actual abastecimiento autorizado de agua desalinizada y los actuales proveedores autorizados. Para mayor detalle, ver literal a) del numeral 1.15 de la Adenda del EIA y numeral 1.4 de la Adenda excepcional del EIA.

La energía eléctrica será suministrada a través de un grupo electrógeno de 400 kVA.

Respecto al combustible, se requerirá un volumen aproximado de 3.071 m3, que será suministrado por las estaciones de combustibles existentes y aprobadas para la operación actual y /o a través de camiones estanques (o surtidores). Recursos naturales renovables El proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas.

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 19,12 t/año de MP10, que corresponde a una generación menor que la fase de construcción. Para mayor detalle, ver numeral 4.3 del Anexo 5.1 de la Adenda complementaria del EIA.

b) Emisiones de ruido.

Se generará ruido debido a las faenas de cierre y al funcionamiento de maquinaria y equipos. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para mayor detalle, ver Anexo 4.3 del EIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos líquidos

Los residuos líquidos domésticos corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, con un volumen de

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841,5 t/mes. Para su manejo, se utilizarán baños químicos en los frentes de trabajo, los que serán operados por una empresa autorizada y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar final autorizado. Por otra parte, se implementará una planta de tratamiento de aguas servidas en la instalación de faenas.

b) Residuos sólidos

Los residuos domésticos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles, etc., con una generación de 12,34 t/mes. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores cerrados, para posteriormente ser transportados en camiones habilitados al relleno sanitario Spence.

La cantidad de residuos sólidos industriales no peligrosos que se generará será de 496,3 t/mes por la ejecución de las obras diferidas, correspondientes a materiales de las obras de construcción y serán dispuestos temporalmente en sitio de residuos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

La cantidad máxima de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 0,57 t/mes, y serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

Para mayor detalle, numeral 1.5 de la Adenda excepcional del EIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del proyecto.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Primer trimestre de 2025. Parte, obra o acción que establece el inicio Preparación y habilitación de la instalación de faenas. Fecha estimada de término Cuarto trimestre - diciembre 2025. Parte, obra o acción que establece el término Reubicación infraestructura y puesta en marcha nuevas instalaciones. 4.4.2. Fase de Operación Fecha estimada de inicio Primer trimestre de 2026. Parte, obra o acción que establece el inicio Continuidad operacional de la faena existente (incluyendo el rajo y la planta chancado - lixiviación - SX - EW) y el inicio de funcionamiento de las nuevas obras. Fecha estimada de término Cuarto trimestre - diciembre 2039. Parte, obra o acción que establece el término Término de la extensión y profundización del rajo y término operacional de la planta chancado - lixiviación - SX – EW, además de la restante infraestructura del Proyecto. 4.4.3. Fase de cierre Fecha estimada de inicio Primer trimestre de 2040. Parte, obra o acción que establece el inicio Término de la fase de operación de la faena de Spence. Fecha estimada de término Cuarto trimestre - diciembre 2041.

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Parte, obra o acción que establece el término Término medidas de cierre rajo y nuevo relleno sanitario.

5°. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto significativo El Proyecto se desarrollará al interior de la faena de Spence, en la comuna de Sierra Gorda, Provincia y Región de Antofagasta, aproximadamente a unos 8,6 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda. Al respecto, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10,

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra, tronaduras, perforaciones, chancado y harneo de mineral, erosión eólica, transferencias y movimientos de material y mineral, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 9.092 t/año de MP10 en el año 9 de la fase de operación (2034). Para mayor detalle, ver numeral 4.2 del Anexo 5.1 de la Adenda complementaria del EIA.

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 a la localidad de Sierra Gorda se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF. Estos resultados se adjuntan en el Anexo 5.2 de la Adenda complementaria del EIA estimándose un aporte anual máximo de 18,7 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 57,4 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda (estación monitora Minera Spence). Al respecto, la condición basal de aporte del Proyecto Original corresponde a un aporte anual máximo de 18,1 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 53,1 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda, por lo que el aporte neto del presente Proyecto corresponde a un aporte anual máximo de 0,71 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 4,01 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda. Para mayor detalle, ver tabla 5-19 de la Adenda complementaria del EIA

Al respecto, el Proyecto implementará medidas de mitigación y compensación, que se detallan en el numeral 8 del ICE. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de las fases de operación. Fase en que se presenta Operación.

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Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver tabla 6.1.1 del ICE del proyecto.

5.2. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto significativo En el AI del Proyecto se identificaron 391 hallazgos arqueológicos, que incluyen aquellos sitios registrados por las nuevas prospecciones realizadas (359) y los sitios registrados durante las actividades de monitoreo arqueológico permanente ejecutados al interior Minera Spence (32), en el marco de los Proyectos Originales, de los cuales, 12 registros serán afectados directamente por las obras y/o actividades del Proyecto. Por lo tanto, el Proyecto implementará medidas de mitigación y compensación, que se detallan en el numeral 8 del ICE Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver tabla 6.1.2 del ICE del proyecto.

6°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los demás efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

6.1. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo El desarrollo del Proyecto no producirá efectos adversos sobre el componente suelo, al no contemplar actividades que impacten la cantidad ni calidad del suelo. Por lo tanto, el Proyecto no generará pérdida o degradación de suelo por erosión, impermeabilización, compactación o contaminación.

El Proyecto se encuentra inserto en un ambiente de condiciones de vegetación con potencial muy escaso o nulo, situación que fue corroborada en las campañas de terreno que no identificaron formaciones vegetacionales. Respecto de la flora, la única especie registrada corresponde a Cistanthe salsoloides, con baja densidad y cobertura.

Respecto a la fauna, en el AI del Proyecto se identificaron se identificaron 7 especies, correspondientes a un reptil (Microlophus theresioides), 5 aves (Geositta sp., Sicalis olivascens, Zonotrichia capensis, Muscisaxicola sp. y Phalcoboenus megalopterus) y 1 mamífero (Lycalopex culpaeus). En consecuencia, la diversidad en el AI es considerada baja. De las 7 especies identificadas, 2 representan objeto de protección dada su categoría de conservación que corresponde a Preocupación Menor (LC): Microlophus theresioides y Lycalopex culpaeus Al respecto, los bajos valores de densidad halladas para todas las especies y la baja frecuencia de avistamientos (reflejada en la representatividad de cada transecto para cada campaña) indican que la presencia de fauna en los ambientes estudiados es ocasional. Para mayor detalle, ver capítulo 3.11 del EIA.

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Al respecto, los bajos valores de densidad halladas para todas las especies y la baja frecuencia de avistamientos (reflejada en la representatividad de cada transecto para cada campaña) indican que la presencia de fauna en los ambientes estudiados es ocasional. Para mayor detalle, ver capítulo 3.11 del EIA.

Por otra parte, en la campaña de monitoreo para las especies de Golondrinas de Mar en el AI del Proyecto, que fue realizada a través de 16 puntos nocturnos de observación fija, transecto pedestre, uso de visor térmico, grabadores acústicos y playback, se pudo determinar que no existieron registros (directos y/o indirectos) de individuos de Golondrina de Mar. Para mayor detalle, ver numeral 3.4 y Anexo 3.3, ambos de la Adenda complementaria del EIA. Sin embargo, se implementará un monitoreo para la detección de Golondrinas de Mar en el AI del Proyecto en forma mensual en el periodo peak de los volantones (marzo a mayo de cada año), durante la fase de construcción. Para mayor detalle, ver Tabla 10-5 del Anexo 10.1 de la Adenda excepcional del EIA. A su vez, en caso de accidentes que afecten la fauna nativa terrestre y/o avifauna, se implementarán las medidas detalladas en las Tabla 5-51 y 5-52, ambas de la Adenda complementaria del EIA.

Asimismo, para disminuir y/o evitar la atracción de avifauna por encandilamiento, se implementará el uso de luminarias exteriores adecuadas y correcto ángulo de instalación. Para mayor detalle, ver literal b) del numeral 5.2 y Tabla 5-46, ambas de la Adenda complementaria del EIA.

La única especie considerada de baja movilidad es Microlophus theresioides (Corredor de Pica), por lo que, para evitar su afectación por el desarrollo del Proyecto, se implementará un plan de perturbación controlada, que se detalla en la Tabla 10-4 del Anexo 10.1 de la Adenda excepcional del EIA. Para mayor detalle, ver literal c) del numeral 5.2 de la Adenda complementaria del EIA.

El modelo hidrogeológico entregado por el Titular en la Adenda excepcional del EIA, se utilizó para generar los antecedentes entregados por el Titular en el literal c) del numeral 1.2, literal c) del numeral 3.1 y en el literal d) del numeral 5.1, todos de la Adenda excepcional del EIA, en los cuales se descartan los efectos en la cantidad de las aguas subterráneas, dado que no altera el acuífero en términos de su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro, de su capacidad de regeneración o renovación del recurso, ni de las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas , de acuerdo con lo señalado por el “Manual de normas y procedimientos para la administración de recursos hídricos de la DGA”, 2023.

Por otra parte, en el numeral 5.1 de la Adenda excepcional, el Titular presenta los antecedentes que determinan que el Proyecto no es susceptible de generar una afectación sobre la calidad de las aguas subterráneas, ya que, las instalaciones de la faena minera existente eventualmente pueden presentar contingencias de infiltración, las que corresponden a situaciones de riesgo y no a impactos ambientales, tal como se señala en el Instructivo contenido en el Ord. N° 180972, de 5 de julio de 2018, de la

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Dirección Ejecutiva del SEA; en razón a que estas situaciones no corresponden al funcionamiento normal del Proyecto.

Asimismo, el Proyecto contempla un mejoramiento de los sistemas de seguimiento y control en virtud del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias y del Plan de Gestión para el Control de Infraestructura con Potencial de Infiltración (PGCIPI)

De manera de corroborar lo anterior, el Titular implementará lo siguiente:

• Plan ambiental del componente hidrogeología: consistente en monitorear el nivel de agua (profundidad respecto del nivel de referencia en cada pozo) con el objetivo de verificar si producto de la profundización del rajo se detecta variación de los niveles en los pozos del entorno. • Continuidad plan de monitoreo calidad del agua: pH, temperatura, conductividad eléctrica y sólidos disueltos totales y el muestreo y análisis de laboratorio, de acuerdo con lo comprometido en la RCA 275/2017. • En caso de formación de un pitlake, el Titular realizará mediciones con el objetivo de evaluar su evolución para garantizar la estabilidad física y química de la obra (rajo). • Monitoreo de variables utilizadas en la modelación numérica de infiltraciones del botadero de estériles y stock de minerales: permitir establecer que las variables utilizadas para la modelación numérica de infiltraciones se mantendrán dentro de los rangos empleados.

Para mayor detalle, ver numerales 8.1 y 8.2 de la Adenda excepcional del EIA.

Además, el Proyecto contempla habilitar un sistema de recuperación del sector de piscinas de refino, el cual considera obras destinadas a inyectar agua al acuífero, para lo cual, se presentan los antecedentes para acreditar el cumplimiento del PAS 158, que se detalla en la Tabla 12.1.7 del presente ICE.

Considerando lo anterior, se concluye que el Proyecto no generará impactos sobre el componente hidrogeología al no generar los efectos, características y/o circunstancias establecidas en el artículo 6 del RSEIA. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de todas las fases. Fase en que se presenta Todas las fases. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver tabla 6.2.2 del ICE del proyecto.

6.2. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo En cuanto a los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI), cabe señalar que las partes, obras y acciones del Proyecto no estarán emplazadas sobre o cercanas a GHPPI que puedan verse afectados. Del mismo modo, no se localizan

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Áreas de Desarrollo Indígena (ADI), Tierras Indígenas, ni existe uso del territorio por parte de comunidades y asociaciones indígenas, al interior del área en que se emplazan las partes, obras y acciones del Proyecto, según la información presentada en el EIA, la cual se contrastó con el Sistema Integrado de Información de CONADI (SIIC).

Por otro lado, el asentamiento humano no indígena más cercano corresponde a la localidad de Sierra Gorda, localizada a aproximadamente 8,6 km del Proyecto.

De acuerdo con el análisis de la información presentada en el Capítulo 3.20 del EIA, se observa que dentro del AI del Proyecto no hay presencia de GHPPI, dado que las partes, obras y acciones del Proyecto se localizarán en terrenos actualmente utilizados por las operaciones mineras de Spence, sobre áreas de instalaciones mineras previamente aprobadas e intervenidas. Además, cabe señalar que en el área de emplazamiento del Proyecto no existen recursos naturales renovables que sean extraídos o utilizados con fines productivos o tradicionales, por parte de ningún GHPPI, así como por ningún grupo humano en general.

El asentamiento humano no indígena más cercano corresponde a la localidad de Sierra Gorda. En este, la principal actividad económica es la explotación de minas y canteras. Al respecto, cabe señalar que la presencia de la actividad minera es gravitante en todas las demás actividades económicas que de manera complementaria se realizan, las cuales son subsidiarias de la minería (servicios de alojamiento, lavandería y alimentación, entre otros).

Debido a la naturaleza de las principales actividades económicas señaladas, así como a que no existen recursos naturales renovables a extraer por el Proyecto, se puede concluir que el Proyecto no intervendrá ni restringirá el acceso y/o uso de recursos naturales utilizados como sustento económico, o para cualquier otro uso tradicional, por parte de ningún grupo humano.

Por otra parte, es posible descartar la ocurrencia de un impacto significativo sobre la libre circulación, conectividad o el aumento en los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos presentes en el AI del Proyecto.

Asimismo, el Proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de los grupos humanos presentes en su AI; además, EL Proyecto no generará dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos, presentes en el AI del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de todas las fases. Fase en que se presenta Todas las fases. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver tabla 6.2.2 del ICE del proyecto.

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6.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo El AI del Proyecto está al interior de las instalaciones del Titular y corresponde al área evaluada y aprobada en los Proyectos Originales, aproximadamente a 8,6 km al noroeste del poblado de Sierra Gorda y no existe población protegida y tampoco recursos y áreas protegidas. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de todas las fases. Fase en que se presenta Todas las fases. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver tabla 6.2.3 del ICE del proyecto.

6.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo El AI del Proyecto está al interior de las instalaciones del Titular y corresponde al área evaluada y aprobada en los Proyectos Originales, aproximadamente a 8,6 km al noroeste del poblado de Sierra Gorda y no se obstruirá o alterará una zona con valor turístico y no se obstruirá o alterará una zona con valor paisajístico. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de todas las fases. Fase en que se presenta Todas las fases. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver tabla 6.2.4 del ICE del proyecto.

7°. Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del Proyecto puede concluirse que las siguientes medidas de mitigación y compensación son adecuadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que genera o presenta el Proyecto, las que deberán implementarse para su ejecución:

7.1. Medida 1. Humectación de caminos.

Fase Construcción y operación Impacto ambiental Calidad del aire Tipo de Medida Mitigación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Aire Impacto asociado Calidad del aire Objetivo Disminuir las emisiones de material particulado respirable generadas por el tránsito de vehículos del Proyecto. Descripción En los caminos rajo/botadero/tranque para alcanzar un 65% y 80%, los tramos menos transitados deberán ser humectados al menos 3 o 4 veces al día. Respecto a los de mayor tránsito desde una frecuencia mayor a 4 veces al día hasta una frecuencia de 1

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Fase Construcción y operación Impacto ambiental Calidad del aire Tipo de Medida Mitigación hora y media. Para mayor detalle, ver Apéndice 6.2.B de la Adenda del EIA. Justificación Disminuir las emisiones de MP10 adicionales que generará el Proyecto. Lugar de implementación Caminos mineros no pavimentados al interior de la mina, caminos utilizados en la fase de construcción y frentes de trabajo. Forma y oportunidad de implementación La medida se implementará durante las fases de construcción y operación del Proyecto. Indicador de cumplimiento Se mantendrá la información disponible del registro del plan donde se incluye fecha, lugar, cantidad de agua, hora de humectación, entre otros

7.2. Medida 2. Aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados.

Fase Construcción y operación Impacto ambiental Calidad del aire Tipo de Medida Mitigación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Aire Impacto asociado Calidad del aire Objetivo Disminuir las emisiones de material particulado respirable generadas por el tránsito de vehículos del Proyecto. Descripción Aplicación con una frecuencia de regado cada 10 días aproximadamente, con una dosis determinada de supresor de polvo (tipo bischofita) (3kg/m2 como dosis inicial, y 1,5 kg/m2 para dosis de mantención), en los caminos no pavimentados en interior mina. Justificación Disminuir las emisiones de MP10 adicionales que generará el Proyecto. Lugar de implementación Caminos mineros no pavimentados al interior de la mina y caminos utilizados en la fase de construcción. Forma y oportunidad de implementación Se considera una dosis de aplicación de supresor de polvo (tipo bischofita) con una frecuencia cada 10 días aproximadamente, durante las fases de construcción y operación del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Contrato de ejecución con empresa a cargo de la medida. - Se mantendrá la información disponible del registro del plan donde se incluye, fecha, lugar, hora de aplicación del supresor, entre otros.

7.3. Medida 3. Pavimentación de calles.

Fase Construcción y operación Impacto ambiental Calidad del aire Tipo de Medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Aire Impacto asociado Calidad del aire Objetivo Disminuir las concentraciones de material particulado respirable MP10 registradas en la comuna de Sierra Gorda generadas por el tránsito de vehículos del Proyecto. Descripción Se aplicará en 460 m que actualmente no poseen una carpeta de asfalto y por lo tanto, poseen un alto contenido de polvo superficial. Se identificaron 2 tramos de caminos no pavimentados, ubicados en la comuna de Sierra Gorda y en sus

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Fase Construcción y operación Impacto ambiental Calidad del aire Tipo de Medida Compensación inmediaciones que se denominaron “Ingreso actividad” y “Calle B-21 (B225)” que poseen una longitud de aproximadamente 370 m y 90 m respectivamente, localizado en el sector noroeste de Sierra Gorda. Justificación Con la aplicación de asfalto sobre los tramos no pavimentados seleccionados, se considera disminuir un total un total 12,8 μg/m³ como media anual de MP10 y un valor de 51,8 μg/m³ como percentil 98 de las concentraciones diarias de MP10 en las estaciones de Sierra Gorda (Spence); un valor de 9,5 μg/m³ como media anual; y un valor de 44,6 μg/m³ como valor diario en la estación Sierra Gorda SCM y valores de 9,3 como media anual y 29,5 μg/m³ como percentil 98 de concentraciones diarias en la estación Sierra Gorda Centinela. Lugar de implementación Se aplicará en 460 m que actualmente no poseen una carpeta de asfalto y por lo tanto, poseen un alto contenido de polvo superficial. Se identificaron 2 tramos de caminos no pavimentados, ubicados en la comuna de Sierra Gorda y en sus inmediaciones que se denominaron “Ingreso actividad” y “Calle B-21 (B225)” que poseen una longitud de aproximadamente 370 m y 90 m respectivamente, localizado en el sector noroeste de Sierra Gorda. Forma y oportunidad de implementación - Implementación de carpeta asfáltica o similar en los tramos indicados. - La solicitud de permiso para la autoridad competente será ingresada dentro de un plazo de 2 años desde la obtención de la RCA e inicios del Proyecto. Las obras se ejecutarán posterior a la aprobación y firma de convenios con la autoridad competente. - El Titular mantendrá durante toda la vida útil del Proyecto la pavimentación, para lo cual, se efectuarán inspecciones visuales periódicas del estado de pavimentación de la calle. La ejecución de la mantención y/o reparación ser realizará en función de los resultados de las inspecciones y de la autorización de la autoridad competente según corresponda. Indicador de cumplimiento Informe con registro fotográfico, donde se reporta la implementación de la medida. El informe será enviado a la SMA 30 días después de finalizada la construcción de la obra

7.4. Medida 4. Monitoreo arqueológico.

Fase Construcción y operación. Impacto ambiental Alteración de patrimonio cultural arqueológico. Tipo de Medida Mitigación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Patrimonio cultural arqueológico. Impacto asociado Alteración de sitios arqueológicos por la construcción y operación de obras del Proyecto. Objetivo Evitar la afectación de elementos arqueológicos en cualquier actividad que considere remoción de superficie o escarpe durante el proceso de construcción y de operación, asociado a la habilitación de los sistemas de drenaje basal del botadero de ripios este y oeste del Proyecto. Descripción Monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo y/o licenciado en arqueología, durante las obras de escarpe del terreno y en las actividades que consideren la remoción de la superficie

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Fase Construcción y operación. Impacto ambiental Alteración de patrimonio cultural arqueológico. Tipo de Medida Mitigación durante la fase de construcción y durante la fase de operación, asociado específicamente a la habilitación de los sistemas de drenaje basal del botadero de ripios este y oeste. Con el fin de no afectar elementos arqueológicos, el monitoreo permanente incluirá además el área donde se implementarán las obras de extracción, inyección y monitoreo para el sistema de recuperación del sector de piscinas de refino. Justificación La materialización de las obras podría afectar elementos arqueológicos superficiales en el Área de Influencia del Proyecto y/o elementos subsuperficiales que puedan aparecer en la fase de construcción y fase de operación Lugar de implementación En los frentes de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades del Proyecto que consideren la remoción de la superficie. Forma y oportunidad de implementación Forma: el monitoreo arqueológico considera la supervisión permanente de las obras que implican cualquier tipo de remoción de tierra sobre la superficie, por parte de un arqueólogo y/o licenciado en arqueología, con el objetivo de evitar la pérdida irrecuperable de los elementos arqueológicos. Se realizarán informes mensuales de monitoreo que contengan lo siguiente:

• Descripción de las actividades realizadas mensualmente en todos los frentes de excavación, indicando fecha. • Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. • Copia del libro de obras donde se identifiquen los días monitoreados por el arqueólogo y/o licenciado en arqueología. • Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

Se realizará, además, un informe final de monitoreo que dará cuenta de las actividades de monitoreo realizadas durante toda la fase de construcción, y operación indicada, de haberse detectado nuevos sitios arqueológicos, incluirá la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se hubiera ejecutado, si corresponde. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos que se encuentren motivo de esta actividad. En caso de recuperarse materiales arqueológicos, previa autorización del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. Los materiales recuperados serán analizados, conservados, embalados y trasladados a la institución receptora y de acuerdo con lo que sea exigido por el CMN.

Ante hallazgos fortuitos se realizará la paralización inmediata de obras en el sector de los hallazgos -definiendo un buffer de amortiguación-, debiendo proceder de acuerdo con lo definido en el Art. 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y

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Fase Construcción y operación. Impacto ambiental Alteración de patrimonio cultural arqueológico. Tipo de Medida Mitigación el Art. 23 del Decreto Supremo Nº 484/1990, del Ministerio de Educación: Reglamento sobre excavaciones y prospecciones arqueológicas. Informando de inmediato y por escrito al CMN, para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

Oportunidad: la medida debe ser implementada durante la fase de construcción del Proyecto, en los frentes de trabajo donde se realicen actividades de escarpe del terreno y /o la remoción de la superficie y además se considera el monitoreo durante la fase de operación, asociado a la habilitación de los sistemas de drenaje basal del botadero de ripios este y oeste. Indicador de cumplimiento - Informe mensual e informe final de monitoreo del área durante la fase de construcción, aprobado por el CMN. - Informe mensual e informe final de monitoreo durante la fase de operación asociado a la habilitación del sistema de drenaje basal de los botaderos de ripios Este y Oeste. - Informe mensual al CMN, 15 días hábiles luego de terminado el mes, durante la fase de construcción y operación cuando exista escarpe del terreno y/o remoción de la superficie. - Informe mensual y final de monitoreo a la SMA y CMN

Para mayor detalle, ver Tabla 6-4 del Anexo 6.1 de la Adenda excepcional del EIA.

7.5. Medida 5. Charlas de inducción arqueológica para educación, sensibilización y prevención.

Fase Construcción y operación. Impacto ambiental Alteración de patrimonio cultural arqueológico. Tipo de Medida Mitigación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Patrimonio cultural arqueológico. Impacto asociado Alteración de sitios arqueológicos por la construcción y operación de obras del Proyecto. Objetivo Prevenir la afectación de elementos arqueológicos en cualquier actividad que se desarrolle durante el proceso de construcción del Proyecto Descripción Se realizarán charlas de inducción, por un arqueólogo y/o licenciado en arqueología a cargo del monitoreo, a todos los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Justificación La materialización de las fases de construcción y operación del Proyecto asociada a la construcción del sistema de drenaje basal de los botaderos de ripios este y oeste podría, eventualmente, afectar sitios arqueológicos. Por lo anterior, la medida propuesta está orientada a la prevención de la afectación de elementos arqueológicos. Lugar de implementación Se implementará en dependencias del Titular, mediante inducción virtual y/o presencial, a todo nuevo trabajador, previo al inicio de las obras indicadas. Forma y oportunidad de implementación Forma: la inducción se impartirá por vía virtual y/o presencial mediante material audiovisual elaborado por un arqueólogo y considerará lo siguiente:

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Fase Construcción y operación. Impacto ambiental Alteración de patrimonio cultural arqueológico. Tipo de Medida Mitigación • Proporcionar información sobre las características de los sitios arqueológicos de la zona y material cultural que presentan y que se podrían encontrar en el área. • Ilustraciones o fotografías de los contextos arqueológicos. • La protección legal de los restos arqueológicos. • Los procedimientos que se deberán seguir frente a un hallazgo durante las labores de construcción del Proyecto. • Levantar acta de asistencia cada vez que se realice la inducción.

Su realización quedará incluida en el informe mensual de monitoreo arqueológico.

Oportunidad: deberá ser implementada antes del inicio de cada obra durante la fase de construcción del Proyecto y durante la fase de operación, asociado a la habilitación de los sistemas de drenaje basal del botadero de ripios Este y Oeste. Indicador de cumplimiento - Documento con contenidos de la inducción. - Informe que se incluirá en el informe mensual de monitoreo arqueológico con envío de acta de asistencia al CMN y a la SMA en un plazo de 15 días hábiles luego de terminado el mes.

7.6. Medida 6. Cercado y señalización de sitios.

Fase Construcción y operación. Impacto ambiental Alteración de patrimonio cultural arqueológico. Tipo de Medida Mitigación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Patrimonio cultural arqueológico. Impacto asociado Alteración de sitios arqueológicos por la construcción y operación de obras del Proyecto. Objetivo Resguardar los sitios arqueológicos que no serán intervenidos por las obras del Proyecto y que se localizan a 50 m o menos de distancia de éste. Esto es, el sitio MAP-05 y Río Chilex-8, manteniendo los límites de protección otorgados por RCA previas. Descripción Instalación de cercos perimetrales visibles, que corresponden a postes y mallas de 1,20 m de altura como mínimo. Los cercados se implementarán manteniendo la ubicación y límite actual de protección de cada uno de los sitios. Esta actividad deberá ser supervisada por un arqueólogo o licenciado en arqueología e informada al CMN a través de un informe. Estos cercos serán instalados previos al inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos) y se mantendrán hasta el final de estas, de tal manera de proteger el sitio arqueológico durante la etapa de ejecución de las obras del Proyecto. El cercado irá acompañado de la instalación de señalética que indique la presencia de un sitio arqueológico y su protección legal. Justificación La materialización de las obras y actividades del Proyecto puede llegar a afectar a los sitios ubicados en la cercanía de las obras. Las medidas propuestas están orientadas a prevenir cualquier alteración de un sitio arqueológico. Lugar de implementación En los sitios arqueológicos ubicados a 50 m o menos de distancia de las obras del Proyecto. Para mayor detalle, ver Tabla6-6 del Anexo 6.1 de la Adenda excepcional del EIA.

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Fase Construcción y operación. Impacto ambiental Alteración de patrimonio cultural arqueológico. Tipo de Medida Mitigación Forma y oportunidad de implementación Forma: Esta actividad deberá ser supervisada por un arqueólogo o licenciado en arqueología y consistirá en la instalación de un cerco visible simple (mallas y postes) de 1,20 m de altura como mínimo en los sitios MAP-05 y Río Chilex-8. Ésta irá acompañada de la instalación de señalética que indique la presencia de un sitio arqueológico y su protección.

Oportunidad: será implementada en forma previa al inicio de las obras del Proyecto. Indicador de cumplimiento Envío de informe de cumplimiento al CMN y a la SMA, a más tardar un mes después de ejecutada la medida.

7.7. Medida 7. Recolección superficial intensiva y levantamiento topográfico.

Fase Construcción y operación. Impacto ambiental Alteración de patrimonio cultural arqueológico. Tipo de Medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Patrimonio cultural arqueológico. Impacto asociado Alteración de sitios arqueológicos por la construcción y operación de obras del Proyecto. Objetivo Resguardar información científica y patrimonial de los sitios arqueológicos del AI del Proyecto, a través de la recuperación materiales y análisis de sus características. Descripción - Recolección superficial: corresponderá a la recuperación exclusiva de materiales culturales en superficie. Por lo general esta actividad es aplicable a la categoría de hallazgos aislados. Los materiales recuperados en superficie permiten establecer características sobre cronología, funcionalidad, así como patrones de asentamiento. Los materiales recuperados serán debidamente analizados, integrando una base de datos general.

  • Levantamiento topográfico: se realizará mediante una captura de datos fotogramétricos cuyo producto es la obtención digital precisa de la disposición original de un objeto y su ubicación en el paisaje, mediante una fotografía aérea cenital de planta y registro superficial para contar con una herramienta de apoyo para el análisis posterior que permita la consulta virtual.

A partir del levantamiento aerofotogramétrico y topográficos se generarán ortoimágenes en formato digital .geotiff o equivalente, con sistema de coordenadas UTM en datum WGS84, curvas de nivel en formato .shp. Este trabajo será supervisado por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología. Justificación Los hallazgos arqueológicos están expuestos a remoción, alteración o pérdida de integridad e información arqueológica, producto de las actividades que necesita desarrollar el proyecto. De acuerdo con esto, es necesario recuperar parte de estos contextos arqueológicos con el fin de obtener el máximo de información y antecedentes sobre ellos.

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Lugar de implementación En los sitios ubicados dentro del AI del Proyecto que se detallan a continuación:

Sigla Tipo sitio Cronología UTM Este UTM Norte SPN- 481 Hallazgo aislado Histórica 469.441 7.478.170 SPN- 482 Hallazgo aislado Histórica 469.439 7.478.220 SPN- 483 Pozo calichero Histórica 469.434 7.478.596 SPN- 484 Hallazgo aislado Histórica 469.432 7.478.638 SPN- 489 Rasgo aislado Histórica 469.640 7.478.017 SPN- 490 Hallazgo aislado Histórica 469.342 7.478.506 Forma y oportunidad de implementación Forma: la recolección superficial de materiales corresponderá al 100% de los hallazgos aislados, registrados al interior del AI del Proyecto.

Oportunidad: se ejecutará, una vez que se cuente con el permiso otorgado por el CMN, previo al inicio de la fase de construcción de cada obra y durante la fase de operación, asociado a la habilitación de los sistemas de drenaje basal del botadero de ripios este y oeste. Indicador de cumplimiento Informe ejecutivo y final, después de finalizado el registro y levantamiento de información de los hallazgos, qu see enviará a la SMA y CMN.

7.8. Medida 8. Registro sistemático de rasgos lineales.

Fase Construcción y operación. Impacto ambiental Alteración de patrimonio cultural arqueológico. Tipo de Medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Patrimonio cultural arqueológico. Impacto asociado Alteración de sitios arqueológicos por la construcción y operación de obras del Proyecto. Objetivo Rescatar la información de todos los rasgos lineales a fin de contar con documentación precisa del emplazamiento y características del registro arqueológico vial. Descripción Registro sistemático de todos los rasgos lineales del AI del Proyecto, con ficha ad hoc. Junto a esto, se realizará un levantamiento aerofotogramétrico topográfico completo y detallado. Este trabajo será supervisado por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, quien deberá entregar al CMN un informe con las actividades desarrolladas junto a un registro detallado de éste Justificación La materialización de las obras y actividades del Proyecto afectará a sitios de carácter inmueble como rasgos lineales, por lo que previo al inicio de las obras es necesario rescatar la mayor cantidad de información posible de aquellos sitios

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Lugar de implementación En los sitios ubicados dentro del Área de Influencia del Proyecto que se detallan a continuación:

Sigla Tipo sitio Cronología UTM Este UTM Norte SPN-480 Rasgo lineal Histórica 469.733 7.478.041 MS-13- 22A Rasgo lineal Histórica 469.541 7.478.488 MS-13- 22B Rasgo lineal Histórica 469.313 7.478.172 MS-13- 22C Rasgo lineal Histórica 469.292 7.478.173 MS-10-22 C Rasgo lineal Histórica 469.788 7.478.227 MS-10-22 D Rasgo lineal Histórica 469.648 7.478.170 MS-10-22 E Rasgo lineal Histórica 469.789 7.478.415 MS-10-22 F Rasgo lineal Histórica 469.494 7.478.274 Huella carreta Rasgo lineal Histórica 473.649 7.477.630 Forma y oportunidad de implementación Forma: registro con ficha ad hoc, basada en el artículo de Castro et al 2004, donde se señalen características principales, orientación, extensión, descripción de elementos asociados, cronología tentativa, registro fotográfico, etc. Junto a esto, se realizará un levantamiento aerofotogramétrico topográfico completo y detallado de toda su extensión dentro del Área de Influencia del proyecto, incluyendo además el registro de 1 km a cada extremo fuera del área antes señalada. Dicho levantamiento incluirá imagen ortofoto en formato digital geotiff, sistema de coordenadas UTM en datum WGS84, curvas de nivel en formato digital *.shp en escala idónea con tabla de atributos y un plano con viñeta con grilla de coordenadas, escala, simbología y norte, así como el archivo KMZ del trabajo realizado.

Este trabajo será supervisado por un arqueólogo o licenciado/en arqueología, quien deberá entregar al CMN un informe con las actividades desarrolladas junto a un registro detallado de éste. De existir materiales asociados a los rasgos lineales, éstos serán descritos, georreferenciados y registrados fotográficamente; de identificarse estructuras, se efectuará el correspondiente registro arquitectónico con ficha. Toda la información será expuesta en un plano a escala adecuada (idealmente 1:10.000), incluyendo los posibles hallazgos asociados a dichos rasgos lineales.

Si en el tramo a intervenir de los rasgos lineales se registraran materiales arqueológicos asociados, éstos serán recolectados antes del inicio de las obras, para lo cual un arqueólogo titulado remitirá un “Formulario Solicitud Arqueológica”, siguiendo con lo estipulado por el artículo 7° del D.S. N°484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas al CMN. Por último, se efectuará un estudio historiográfico de los mismos, a partir de la revisión de bibliografía especializada, mapas, u otro tipo de documentos que permitan contextualizar su función, temporalidad, puntos de conexión, contexto social, económico y político de ser posible, entre otros

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Oportunidad: previo al inicio de la fase de construcción y durante la fase de operación, asociado a la habilitación de los sistemas de drenaje basal del botadero de ripios este y oeste. Indicador de cumplimiento Informe ejecutivo y final, después de finalizado a documentación del rasgo lineal, que se enviará a la SMA y CMN.

8°. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambiental es el siguiente:

8.1. Seguimiento 1. Monitoreo de calidad del aire. Fase Todas las fases. Componente Ambiental Aire. Impacto Ambiental Calidad del aire. Medidas asociadas Humectación y aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados; pavimentación de calles. Ubicación puntos de control Se mantendrá el monitoreo de calidad del aire que actualmente se realiza. El punto de control corresponde a la estación de monitoreo de Sierra Gorda (Spence), cuyas coordenadas son: 467.303 E, 7.468.616 N, Datum WGS 84, Huso 19. Parámetros a medir - MP10. - MP 2,5. - Velocidad y dirección del viento, temperatura, humedad relativa y radiación solar. Límites permitidos/comprometidos Los establecidos en el marco regulatorio vigente:

  • MP10: indicados en D.S. N° 59/98 y D.S. N°45/02, ambos del MINSEGPRES.
  • MP2,5: indicados en D.S. N° 12/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Duración del monitoreo Durante todas las fases. Frecuencia del Monitoreo
  • MP10: Registro discreto cada 3 días.
  • MP2,5: Registro continuo cada 1 día.
  • Velocidad y dirección del viento, temperatura, humedad relativa y radiación solar: registro continúo cada 1 hora. Método o procedimiento de medición Registros de parámetros de calidad del aire MP10 y MP2,5. Registros de variables meteorológicas. Plazo y frecuencia de entrega de informe Los informes con los valores registros para los parámetros medidos, serán entregados trimestralmente a la SMA.

8.2. Seguimiento 2. Continuidad del plan de humectación de caminos y aumento de eficiencia Fase Construcción y operación. Componente Ambiental Aire. Impacto Ambiental Calidad del aire. Medidas asociadas Humectación de caminos y aumento de eficiencia. Ubicación puntos de control La medida será aplicada en los caminos mineros no pavimentados al interior de la mina. Parámetros a medir Registros diarios de la cantidad de agua utilizada. Además de la ubicación y superficie donde será aplicada. Límites permitidos/comprometidos Verificar que para alcanzar un 65% y 80%, los tramos menos transitados deberán ser humectados al menos 3 o 4 veces al día. Respecto a los de mayor tránsito desde una frecuencia mayor a 4 veces al día hasta una frecuencia de 1 hora y media. Duración del monitoreo Durante la fase de construcción y operación. Frecuencia del Monitoreo Se considera una frecuencia de monitoreo interno mensual. Método o procedimiento de medición Registros de humectación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe anual de estado de aplicación de humectación.

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8.3. Seguimiento 3. Continuidad aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados. Fase Construcción y operación. Componente Ambiental Aire. Impacto Ambiental Calidad del aire. Medidas asociadas Continuidad aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados. Ubicación puntos de control La medida será aplicada en los caminos mineros no pavimentados al interior de la mina. Parámetros a medir Registro de control del plan donde se incluye, fecha, lugar, hora de aplicación del supresor, entre otros. Límites permitidos/comprometidos Verificar frecuencia de regado cada 10 días aproximadamente, con una dosis determinada de supresor de polvo (tipo bischofita) (3kg/m2 como dosis inicial, y 1,5 kg/m2 para dosis de mantención), en los caminos no pavimentados en interior mina. Duración del monitoreo Durante la fase de construcción y operación. Frecuencia del Monitoreo Se considera una frecuencia de monitoreo interno mensual. Método o procedimiento de medición Registros de aplicación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe anual de estado de aplicación y/o mantenimiento del supresor, el que contendrá mediciones de respaldo de la eficiencia del 85%.

8.4. Seguimiento 4. Pavimentación de calles Fase Construcción y operación. Componente Ambiental Aire. Impacto Ambiental Calidad del aire. Medidas asociadas Pavimentación de calles. Ubicación puntos de control Se identificaron 2 tramos de caminos no pavimentados, ubicados en la comuna de Sierra Gorda y en sus inmediaciones que se denominaron “Ingreso actividad” y “Calle B-21 (B225)” que poseen una longitud de aproximadamente 370 m y 90 m respectivamente. Parámetros a medir Pavimentación de los tramos de caminos con una longitud de aproximadamente 370 m y 90 m respectivamente. Límites permitidos/comprometidos Pavimentación de los tramos de caminos con una longitud de aproximadamente 370 m y 90 m respectivamente. Duración del monitoreo Toda la vida útil. Frecuencia del Monitoreo Se efectuarán inspecciones periódicas (anual) del estado de pavimentación de la calle y en función de los resultados se evaluará la repavimentación de estas. Método o procedimiento de medición Inspecciones periódicas (anual) del estado de pavimentación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez ejecutada la medida de pavimentación, se enviará un informe con fotografías evidenciando el estado de los caminos pavimentados a la SMA. Además, se emitirá un informe anual con los resultados de la inspección y acciones que correspondan previa autorización de la autoridad competente.

8.5. Seguimiento 5. Monitoreo arqueológico Fase Construcción y operación. Componente Ambiental Patrimonio cultural arqueológico. Impacto Ambiental Afectación de sitios arqueológicos. Medidas asociadas Monitoreo arqueológico. Ubicación puntos de control En los frentes de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades del Proyecto que consideren la remoción de la superficie. Parámetros a medir - Verificar en libro de obra, los frentes de trabajo inspeccionados.

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8.5. Seguimiento 5. Monitoreo arqueológico - Verificar aprobación por parte del CMN del Informe mensual de monitoreo. - Verificar aprobación por parte del CMN del Informe final de monitoreo. Límites permitidos/comprometidos Evitar incurrir en cualquier afectación o daño a elementos arqueológicos que se encuentren en el suelo o subsuelo del área de intervención del Proyecto Duración del monitoreo Desde el inicio de las obras durante el período de construcción y operación (asociado a la habilitación de los sistemas de drenaje basal del botadero de ripios este y oeste) del Proyecto, en todos los sectores donde se realicen actividades de escarpe del terreno y /o la remoción de la superficie. Frecuencia del Monitoreo Permanente en función del avance de los frentes de trabajo. Método o procedimiento de medición Correspondencia digital y/o escrita entre el Titular y el CMN y SMA, donde se adjunte lo siguiente:

  • Copia de libro de obra firmado por el monitor los días que realiza monitoreo.
  • Informe mensual de monitoreo ingresado el CMN.
  • Informe final de monitoreo ingresado al CMN. Plazo y frecuencia de entrega de informe
  • Informe mensual al CMN, 15 días hábiles luego de terminado el mes, durante la fase de construcción y operación cuando exista escarpe del terreno y/o remoción de la superficie.
  • Envío de informe mensual y final de monitoreo a la SMA y CMN.

8.6. Seguimiento 6. Charlas de Inducción arqueológicas para educación, sensibilización y prevención. Fase Construcción y operación. Componente Ambiental Patrimonio cultural arqueológico. Impacto Ambiental Afectación de sitios arqueológicos. Medidas asociadas Charlas de Inducción arqueológicas para educación, sensibilización y prevención. Ubicación puntos de control Se implementará, a todo trabajador nuevo del Proyecto, antes del inicio de las obras. Parámetros a medir - Verificar la elaboración del programa de contenidos para inducción que considere: información arqueológica de la zona; tipo de material cultural que podrían encontrar en el área; protección legal; procedimiento frente hallazgos no previstos. - Verificar el registro de asistencia a inducciones virtuales y/o presenciales realizadas. Límites permitidos/comprometidos 100% de los trabajadores con inducción arqueológica realizada. Duración del monitoreo Durante la fase de construcción y operación del Proyecto, cada vez que ingrese un nuevo trabajador, antes del inicio de cada obra. Frecuencia del Monitoreo A todo nuevo trabajador, antes del inicio de cada obra durante la fase de construcción y operación del Proyecto asociada a la habilitación de los sistemas de drenaje basal del botadero de ripios este y oeste. Método o procedimiento de medición Correspondencia digital y/o escrita entre el Titular y el CMN y SMA, donde se adjunte lo siguiente:

  • Copia de programa de contenidos de inducción a trabajadores.
  • Copia de registro de asistencia a las inducciones virtuales y/o presenciales realizadas.

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8.6. Seguimiento 6. Charlas de Inducción arqueológicas para educación, sensibilización y prevención. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se incluirá en el informe mensual de monitoreo arqueológico que se entregará, a la SMA con copia a las autoridades competentes, 15 días hábiles luego de terminado el mes.

8.7 Seguimiento 7. Cercado y señalización de sitios. Fase Construcción y operación. Componente Ambiental Patrimonio cultural arqueológico. Impacto Ambiental Afectación de sitios arqueológicos. Medidas asociadas Cercado y señalización de sitios. Ubicación puntos de control En los sitios arqueológicos ubicados a 50 m o menos de distancia de las obras del Proyecto, que se identifican en la siguiente tabla:

Sigla Obra más cercana Distancia obras (m) UTM Este UTM Norte MAP- 05 Botadero de ripios oeste 28 469.256 7.480.874 Rio Chilex 8 Camino perimetral a SRDC 6 471.485 7.481.649 Parámetros a medir - Verificar la mantención de las características físicas e integridad de cercos perimetrales duros. - Cercos perimetrales y señalizaciones serán reparadas cada vez que sea solicitado por el arqueólogo monitor. - Se entregará un informe anual consolidado de las actividades ejecutadas semestralmente durante la fase de operación el cual será remitido a la SMA y CMN. Límites permitidos/comprometidos Cercado de sitios MAP-05 y Río Chilex-8. Duración del monitoreo La medida será implementada en forma previa al inicio de las obras del Proyecto. Frecuencia del Monitoreo Durante la fase de construcción, se realizará una inspección mensual y la reparación inmediata de cercados y señalética cada vez que el arqueólogo monitor lo indique. En la fase de operación el monitoreo de cercos y señalética se realizará de forma anual, mientras que la reparación se realizará de forma inmediata una vez sea levantada la necesidad. Método o procedimiento de medición La instalación de cercos perimetrales visibles, que corresponden a postes y mallas de 1,20 m de altura como mínimo. Los cercados se implementarán manteniendo la ubicación y límite actual de protección de cada uno de los sitios. Esta actividad deberá ser supervisada por un arqueólogo o licenciado en arqueología e informada al CMN a través de un informe. Plazo y frecuencia de entrega de informe Envío de informe de cumplimiento al CMN y SMA, a más tardar un mes después de ejecutada la medida.

8.8 Seguimiento 8. Recolección superficial intensiva y levantamiento topográfico. Fase Construcción y operación. Componente Ambiental Patrimonio cultural arqueológico. Impacto Ambiental Afectación de sitios arqueológicos. Medidas asociadas Recolección superficial intensiva y levantamiento topográfico.

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Ubicación puntos de control En los siguientes sitios:

Sigla Tipo sitio Cronología UTM Este UTM Norte SPN- 481 Hallazgo aislado Histórica 469.441 7.478.170 SPN- 482 Hallazgo aislado Histórica 469.439 7.478.220 SPN- 483 Pozo calichero Histórica 469.434 7.478.596 SPN- 484 Hallazgo aislado Histórica 469.432 7.478.638 SPN- 489 Rasgo aislado Histórica 469.640 7.478.017 SPN- 490 Hallazgo aislado Histórica 469.342 7.478.506 Parámetros a medir - Ingreso de informe ejecutivo al CMN. - Ingreso de informe final al CMN. Límites permitidos/comprometidos 100% de sitios identificados. Duración del monitoreo La medida será implementada previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto y operación asociada a la habilitación de los sistemas de drenaje basal del botadero de ripios este y oeste. Frecuencia del Monitoreo Permanente mientras se realice la recolección y el levantamiento topográfico. Método o procedimiento de medición Correspondencia digital y/o escrita entre el titular y el CMN y SMA donde se adjunte el informe ejecutivo y final de rescate ingresado al CMN. Plazo y frecuencia de entrega de informe Envío de informe ejecutivo y final al CMN y SMA con copia a las autoridades competentes, según corresponda, a más tardar 1 año después de ejecutada la medida.

8.9 Seguimiento 9. Registro sistemático de rasgos lineales. Fase Construcción y operación. Componente Ambiental Patrimonio cultural arqueológico. Impacto Ambiental Afectación de sitios arqueológicos. Medidas asociadas Registro sistemático de rasgos lineales. Ubicación puntos de control En los siguientes sitios:

Sigla Tipo sitio Cronología UTM Este UTM Norte SPN-480 Rasgo lineal Histórica 469.733 7.478.041 MS-13- 22A Rasgo lineal Histórica 469.541 7.478.488 MS-13- 22B Rasgo lineal Histórica 469.313 7.478.172 MS-13- 22C Rasgo lineal Histórica 469.292 7.478.173 MS-10- 22 C Rasgo lineal Histórica 469.788 7.478.227 MS-10- 22 D Rasgo lineal Histórica 469.648 7.478.170 MS-10- 22 E Rasgo lineal Histórica 469.789 7.478.415 MS-10- 22 F Rasgo lineal Histórica 469.494 7.478.274

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8.9 Seguimiento 9. Registro sistemático de rasgos lineales. Huella carreta Rasgo lineal Histórica 473.649 7.477.630 Parámetros a medir Verificar aprobación por parte del CMN del informe ejecutivo. Límites permitidos/comprometidos 100% de sitios identificados, además, de posibles materiales, y estructuras asociadas a los rasgos lineales, en el al tramo que se encuentra dentro del área de afectación directa más 1 km a cada lado de esta. Duración del monitoreo La medida será implementada previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto y operación asociada a la habilitación de los sistemas de drenaje basal del botadero de ripios este y oeste. Frecuencia del Monitoreo Permanente mientras se realice el registro sistemático de los rasgos lineales. Método o procedimiento de medición Correspondencia digital y/o escrita entre el titular y el CMN y SMA donde se adjunte el informe ejecutivo y final de rescate ingresado al CMN. Plazo y frecuencia de entrega de informe Envío de informe ejecutivo y final al CMN y SMA con copia a las autoridades competentes, según corresponda, a más tardar 1 año después de ejecutada la medida.

9°. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

9.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

9.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, del artículo 132 del reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Para las medidas que se implementarán a los hallazgos arqueológicos. Para mayor detalle, ver numeral 4.1 y Anexo 4.1, ambos de la Adenda complementaria del EIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Pronunciamiento del órgano competente El Consejo de Monumentos Nacionales mediante Ordinario N° 3222 de fecha 05 de julio de 2024, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al PAS 132 del RSEIA.

9.1.2. Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral, del artículo 136 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Se requerirá para los tres nuevos botaderos de ripios lixiviados (oeste, este y sector central); para la adecuación de la pila ROM; para la reconfiguración del botadero SRDC y para el ajuste de los stocks de minerales (norte y sur). Para mayor detalle, ver Anexo 9.2 (A, B, C, D y E) del EIA; numeral 5.3 y Anexo 5.4, ambos de la Adenda del EIA; numeral 4.2 y Anexo 4.5, ambos de la Adenda complementaria del EIA; y numeral 4.1 de la Adenda excepcional del EIA.

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9.1.2. Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral, del artículo 136 del RSEIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Mediante Ordinario N° 3941 de fecha 15 de noviembre de 2024, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el Titular al PAS 136, incluyendo las siguientes condiciones:

“Para la tramitación sectorial del stock de minerales norte, se deberá considerar lo siguiente:

- Manteniéndose dentro de los parámetros evaluados ambientalmente, el Titular deberá ajustar el diseño del Stock Norte para asegurar su estabilidad física y cumplir con el criterio de aceptabilidad establecidos por éste en la Tabla 4-2 de la Adenda Excepcional (FS ≥ 1,05) para sismos que generen un Kh=0,2. - Aplicar un plan de monitoreo de la estabilidad física del depósito que se lleve a cabo en la etapa de operación, el que deberá considerar por lo menos; la ejecución de levantamientos topográficos, estableciendo umbrales requeridos para garantizar la estabilidad física del depósito.” Pronunciamiento del órgano competente La Dirección Regional SERNAGEOMIN de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N° 3941 de fecha 15 de noviembre de 2024, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al PAS 136, incluyendo las condiciones ya mencionadas.

9.1.3. Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se requerirá para el cierre de la faena minera. Para mayor detalle, ver Anexo 9.3 del EIA y Anexo 4.6 de la Adenda complementaria del EIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Mediante Ordinario N° 3941 de fecha 15 de noviembre de 2024, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el Titular al PAS 136, incluyendo las siguientes condiciones:

“Para la tramitación sectorial, se deberá considerar lo siguiente:

  • Las medidas de cierre en la tramitación sectorial, y las actualizaciones del Plan de Cierre, podrán ajustarse conforme a futuras evaluaciones de riesgo, cambios tecnológicos, es decir motivos de carácter técnico.
  • Con respecto a las medidas de post cierre, téngase presente que la frecuencia, periodicidad, cubicación, materialidad y otros detalles de las medidas de post cierre, serán requeridos en su tramitación sectorial.” Pronunciamiento del órgano competente La Dirección Regional SERNAGEOMIN de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N° 3941 de fecha 15 de noviembre de 2024, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al PAS 137, incluyendo las condiciones ya mencionadas.

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9.1.4. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Para el tratamiento de las aguas servidas generadas en todas las fases del Proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 5.5 de la Adenda del EIA y Anexo 4.7 de la Adenda complementaria del EIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Pronunciamiento del órgano competente Mediante el OF.ORD. D.R. N° 20240200250 de fecha 09 de julio de 2024 del SEA, se reiteró la solicitud de pronunciamiento sectorial a la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta, respecto al otorgamiento del PAS 138 del RSEIA, en virtud de los antecedentes aportados por el Titular en la Adenda complementaria del EIA.

Al respecto, transcurrieron más de diez (10) días sin recibir dicho pronunciamiento, por lo cual dicho permiso ambiental sectorial deberá tenerse por otorgado favorablemente por parte de la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta, de conformidad con lo prescrito en el artículo 58 del Decreto Supremo N° 40/2013, RSEIA y lo prescrito en el artículo 18 inciso cuarto de la Ley N° 19.300.

9.1.5. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Para el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos en todas las fases del Proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 5.6 de la Adenda del EIA y Anexo 4.8 de la Adenda complementaria del EIA. Parte, obra o acción a la que aplica No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Mediante el OF.ORD. D.R. N° 20240200250 de fecha 09 de julio de 2024 del SEA, se reiteró la solicitud de pronunciamiento sectorial a la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta, respecto al otorgamiento del PAS 140 del RSEIA, en virtud de los antecedentes aportados por el Titular en la Adenda complementaria del EIA.

Al respecto, transcurrieron más de diez (10) días sin recibir dicho pronunciamiento, por lo cual dicho permiso ambiental sectorial deberá tenerse por otorgado favorablemente por parte de la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta, de conformidad con lo prescrito en el artículo 58 del Decreto Supremo N° 40/2013, RSEIA y lo prescrito en el artículo 18 inciso cuarto de la Ley N° 19.300. Pronunciamiento del órgano competente Para el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos en todas las fases del Proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 5.6 de la Adenda del EIA y Anexo 4.8 de la Adenda complementaria del EIA.

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9.1.6. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de relleno sanitario, del artículo 141 del reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Para la habilitación y operación del nuevo relleno sanitario. Para mayor detalle, ver numeral 5.7 de la Adenda del EIA y Anexo 4.9 de la Adenda complementaria del EIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Pronunciamiento del órgano competente Mediante el OF.ORD. D.R. N° 20240200250 de fecha 09 de julio de 2024 del SEA, se reiteró la solicitud de pronunciamiento sectorial a la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta, respecto al otorgamiento del PAS 141 del RSEIA, en virtud de los antecedentes aportados por el Titular en la Adenda complementaria del EIA.

Al respecto, transcurrieron más de diez (10) días sin recibir dicho pronunciamiento, por lo cual dicho permiso ambiental sectorial deberá tenerse por otorgado favorablemente por parte de la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta, de conformidad con lo prescrito en el artículo 58 del Decreto Supremo N° 40/2013, RSEIA y lo prescrito en el artículo 18 inciso cuarto de la Ley N° 19.300.

9.1.7. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos en todas las fases del Proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 5.8 de la Adenda del EIA y Anexo 4.10 de la Adenda complementaria del EIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Pronunciamiento del órgano competente Mediante el OF.ORD. D.R. N° 20240200250 de fecha 09 de julio de 2024 del SEA, se reiteró la solicitud de pronunciamiento sectorial a la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta, respecto al otorgamiento del PAS 142 del RSEIA, en virtud de los antecedentes aportados por el Titular en la Adenda complementaria del EIA.

Al respecto, transcurrieron más de diez (10) días sin recibir dicho pronunciamiento, por lo cual dicho permiso ambiental sectorial deberá tenerse por otorgado favorablemente por parte de la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta, de conformidad con lo prescrito en el artículo 58 del Decreto Supremo N° 40/2013, RSEIA y lo prescrito en el artículo 18 inciso cuarto de la Ley N° 19.300.

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9.1.8. Permiso para ejecutar obras para la recarga artificial de acuíferos, del artículo 158 del reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Asociado al sistema de recuperación del sector de piscinas de refino, el cual considera obras destinadas a inyectar agua al acuífero. Para mayor detalle, ver numeral 4.6 y Anexo 4.11, ambos de la Adenda complementaria del EIA; numeral 4.2 y Anexo 4.1, ambos de la Adenda excepcional del EIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El monitoreo de los parámetros objetivo deberá ser de forma mensual. Pronunciamiento del órgano competente La Comisión de Evaluación, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el Titular y otorgó favorablemente el PAS 158 del RSEIA.

9.1.9. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Para las construcciones temporales y permanentes. Para mayor detalle, ver numeral 5.9 de la Adenda del EIA; numeral 4.7 y Anexo 4.12, amos de la Adenda complementaria del EIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Pronunciamiento del órgano competente La Dirección Regional del SAG de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N° 64 de fecha 17 de febrero de 2023, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al PAS 160 del RSEIA. Además, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N° 831 de fecha 19 de junio de 2024 se pronunció conforme a los antecedentes entregados por el titular sobre el PAS 160.

10°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

10.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial. NORMA D.F.L. Nº 458/75 y D.S. Nº 47/92, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Plan Regulador Comunal de Sierra Gorda. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento El proyecto se ubicará fuera del Plan Regulador Comunal en un área rural, al interior de la faena del Proyecto Sierra Gorda, aproximadamente a 10 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda. Al respecto, para aquellas construcciones que requieran cumplir con el inciso final del artículo 55 de la LGUC, se solicitará la autorización del informe favorable de construcción, contenido en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá disponible un registro interno del PAS 160.

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Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible un registro interno del PAS 160. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1 del ICE del proyecto.

10.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire. NORMA Decreto Supremo N° 144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza; Decreto Supremo N° 54/1994 y sus modificaciones. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece norma de misión aplicables a vehículos motorizados medianos; Decreto Supremo N° 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados; Decreto Supremo N°38/2020, del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión para grupos electrógenos; Decreto Supremo N° 138/05 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de declarar emisiones de fuentes fijas; Decreto Supremo N° 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Regula el transporte de escombros u otro material que pudiera producir polvo; Decreto Supremo N° 1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que Aprueba reglamento de registro de emisiones y transferencias de contaminantes. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento Para el control de las emisiones, se contemplarán las medidas de manejo detalladas en el numeral 8 del ICE. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisión técnica al día. - Registro de mantenciones periódicas de vehículos. - Certificado de emisiones de gases de los vehículos. - Registro de actividades de humectación de caminos y frentes de trabajo. - Catastro de registro de mantenciones periódicas a los vehículos. - Informe donde se reporta la implementación de la medida de pavimentación. - Registro fotográfico del ingreso y salida de los vehículos de carga con su carga debidamente cubierta. - Contar con todas las autorizaciones correspondientes para el uso de generadores. - Certificados ingresados a RETC. Forma de control y seguimiento - Verificación en terreno, de la realización de la humectación de superficies y caminos. - Revisión de los registros internos del catastro de vehículos. - Se mantendrá la información disponible y actualizada, en el área de ejecución del Proyecto. - Comprobante de envío del informe a la SMA una vez finalizada la pavimentación. - Verificación en terreno y mantención de los registros en la faena. - Registros del ingreso anual en el RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.1 del ICE del proyecto.

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10.3. COMPONENTE/MATERIA: Ruido. NORMA Decreto Supremo N° 38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo Nº146/97, MINSEGPRES. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento No se superarán los niveles máximos establecidos por este Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Estudio de ruido presentado en Anexo 4.3 del EIA. Forma de control y seguimiento Informes anuales a la SMA del monitoreo de ruido en los receptores identificados en el AI del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.2 del ICE del proyecto.

10.4. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos. NORMA Decreto Supremo N° 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo; Decreto Supremo N° 236/26 del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias; Decreto con Fuerza de Ley N° 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento Para el tratamiento de las aguas servidas en las fases de construcción y cierre, se utilizarán baños químicos en los frentes de trabajo, los que serán operados por una empresa autorizada y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar final autorizado. Además, se implementará una planta de tratamiento de aguas servidas en la instalación de faenas de las fases de construcción y cierre del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención de RCA favorable con otorgamiento del PAS 138 del RSEIA. - Autorización sanitaria del Proyecto de sistema particular de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas. - Autorizaciones de la empresa responsable de los baños químicos. Forma de control y seguimiento Se mantendrán las copias de las autorizaciones sanitarias del Proyecto y funcionamiento del sistema particular de alcantarillado y tratamiento de las aguas servidas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.3 del ICE del proyecto.

10.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. NORMA Decreto Supremo N° 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo; Decreto con Fuerza de Ley N° 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario;

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Decreto Supremo N° 1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que Aprueba reglamento de registro de emisiones y transferencias de contaminantes; Decreto Supremo N° 189/2005 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios; Decreto Supremo N° 4/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República. Reglamento sobre el Manejo de Lodos generados en Planta de Tratamiento de Aguas Servidas; Ley N° 20.920 del Ministerio de Medio Ambiente, que establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje; Decreto Supremo N° 148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento Para su manejo, se contemplarán las medidas detalladas en los numeral 4.5.5, 4.6.5 y 4.7.5 del ICE. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención de RCA favorable con otorgamiento de los PAS 140, 141 y 142. - Autorización sanitaria de empresas que retirarán los distintos tipos de residuos. - Autorización sanitaria de los lugares de disposición final de los distintos tipos de residuos. - Autorización sanitaria de funcionamiento del nuevo relleno sanitario. - Registro de retiro de lodos por camión limpia fosas. - Registro de retiro de residuos prioritarios por parte de un gestor autorizado. - Registro de retiro de residuos destinados a reciclaje, por parte de empresa autorizada. - Registro sistema ventanilla única del RETC Forma de control y seguimiento - Copia de autorizaciones correspondientes a los PAS 140, 141 y 142. - Documentación de autorizaciones sanitarias de retiro de residuos. - Documentación de autorizaciones de disposición final de residuos. - Verificación registro sistema ventanilla única del RETC. - Informe mensual de relleno controlado enviado a SMA. - Copia de convenio con gestor de residuo prioritario. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.4 del ICE del proyecto.

10.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos mineros. NORMA Decreto Supremo N° 132/2002, Ministerio de Minería. Reglamento de Seguridad Minera. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Forma de cumplimiento En las actividades de extracción y procesamiento de mineral durante la fase de operación, se generarán residuos de estériles y ripios. En cuanto a los ripios se depositarán hasta el año 2028 en el botadero SRDC existente y luego en los botaderos de ripios Oeste y Este proyectados. Por su parte, los estériles se depositarán en el botadero de estériles existente y aprobado. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del PAS 136. - Resolución aprobatoria del proyecto botadero de estériles por SERNAGEOMIN.

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Forma de control y seguimiento - Copia física de la aprobación del PAS 136. - Copia física de la Resolución aprobatoria del botadero de estériles. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.5 del ICE del proyecto.

10.7. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica. NORMA Decreto Supremo N° 43/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Forma de cumplimiento La instalación de luminarias cumplirá con las disposiciones que establece este cuerpo legal. Indicador que acredita su cumplimiento - Libro o bitácora donde se pueda verificar la certificación previa a la instalación de la fuente el cumplimiento de los límites de emisión conjunta, en el caso de lámparas instaladas en luminarias o proyectores tal como señala el Artículo N°13 del presente cuerpo normativo. - Libro o bitácora donde conste y se verifique la correcta instalación de las fuentes emisoras, tal como señala el Artículo N°13 del presente cuerpo normativo. - Certificados emitidos por el proveedor, los cuales se mantendrán en la faena. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena toda la información disponible y actualizada de los certificados emitidos por el proveedor, así como las fiscalizaciones que se realicen. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.6 del ICE del proyecto.

10.8. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas. NORMA Decreto Supremo N° 43/2016 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas; Decreto Supremo N° 160/08 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos, que deroga al Decreto Supremo N° 379/85 y al Decreto Supremo N° 90/96, ambas del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento - El Proyecto dará cumplimiento a todas las obligaciones que el presente Reglamento establece para el manejo de sustancias peligrosas. - Las estaciones de servicio que serán utilizadas por el Proyecto cumplirán con los requisitos establecidos por la normativa vigente, y se encuentran debidamente inscritas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Indicador que acredita su cumplimiento - Resolución de aprobación de estaciones de servicio existentes en Minera Spence S.A. y las autorizaciones sectoriales de los camiones para el transporte de combustible.

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  • Autorización de almacenamiento de sustancias peligrosas por parte de la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta respecto de las instalaciones, las que permanecerán en las oficinas del Proyecto. Forma de control y seguimiento
  • Verificación periódica de las resoluciones y autorizaciones.
  • Se tendrá un control sobre el ingreso y egreso de sustancias peligrosas, además se contará con las medidas de seguridad necesarias, las cuales serán inspeccionadas por el personal, dejando un registro a disposición de la autoridad.
  • Capacitación continua al personal encargado de la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas en términos de condiciones de seguridad.
  • Se mantendrá registro en faena de las charlas de capacitación al personal encargado del manejo de sustancias peligrosas.
  • Inspecciones periódicas para evaluar el cumplimiento del reglamento. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.7 del ICE del proyecto. 10.9. COMPONENTE/MATERIA: Seguridad minera. NORMA Ley N° 20.551/2011 del Ministerio de Minería, que regula el cierre de faenas e instalaciones mineras; y su Reglamento, el Decreto N° 41/2012 del Ministerio de Minería. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Cierre. Forma de cumplimiento Todas las actividades asociadas al proyecto se desarrollarán de acuerdo con las normas previstas en el Reglamento de Seguridad Minera. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la autorización del PAS 137 Forma de control y seguimiento Seguimiento de la elaboración, tramitación sectorial y vigencia del mencionado permiso ante SERNAGEOMIN. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.8 del ICE del proyecto.

10.10. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Histórico y cultural. NORMA Ley N° 17.288 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales; Decreto Supremo Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley 17.288 sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, se procederá según lo establecido en los artículos 26° y 27° de la Ley N° 17.288 y los artículos 20° y 23° del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, se paralizarán las obras en el frente de trabajo de los hallazgos y se notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este último organismo, disponga los pasos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención de RCA favorable con otorgamiento del PAS132.

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  • Registro interno de comunicación de hallazgos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico a la SMA y al CMN.
  • Registro de las acciones de capacitación realizadas sobre temas de protección de patrimonio histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico. Forma de control y seguimiento
  • Revisión y verificación periódica por parte del Proyecto de los indicadores de cumplimiento que incluirá, cuando proceda, copia de la notificación a la autoridad del registro de algún hallazgo, registro firmado de las capacitaciones realizadas, fotografías de las protecciones a los sitios/ hallazgos arqueológicos.
  • Documento sectorial de la aprobación del PAS 132. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.3.1 del ICE del proyecto.

10.11. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Componente Fauna Norma Ley N° 19.473 /1996 del Ministerio de Agricultura. Ley de caza. Sustituye texto de la ley N° 4.601, sobre caza, y artículo 609 del Código Civil; Decreto Supremo Nº 5, modificado por Decreto Supremo Nº 53 del Ministerio de Agricultura. Aprueba reglamento de la Ley de Caza. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Forma de cumplimiento - Existirá prohibición de cazar, capturar, criar, conservar y utilizar los animales de la fauna silvestre incluidos en el presente cuerpo normativo, así como también se encontrará prohibido el levantamiento de nidos, destrucción de madrigueras, recolección de huevos o crías y tenencia de animales domésticos que sean dañinos o potenciales competidores de la fauna silvestre presente en el área. - La perturbación controlada se aplicará en la superficie correspondiente a las obras lineales del Proyecto y en aquellas estaciones de muestreo cercanas a las obras areales que impliquen la potencial pérdida de individuos de las especies de baja movilidad. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro en detalle de la actividad de perturbación controlada en ficha de liberación ambiental o informe único, que detalle a lo menos el área en la cual se implementó la actividad y el tiempo efectivo empleado. - Registro de monitoreo de las áreas intervenidas y receptoras. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena los respaldos de los registros de las actividades de perturbación controlada, los informes de monitoreo comprometidos y su certificado de envío a las autoridades. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.3.2 del ICE del proyecto.

11°. El Proyecto contará con las siguientes condiciones o exigencias:

11.1. El Plan de Monitoreo y Plan de Acción del PAS 158, sobre los parámetros objetivo, deberá ser de forma mensual.

11.2. El Titular deberá generar una nivelación topográfica de precisión para cada pozo de monitoreo, la que deberá aplicar también para los nuevos pozos.

12°. Que, el proyecto contará con los siguientes compromisos voluntarios:

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12.1.1. Barrido de calles pavimentadas en la localidad de Sierra Gorda. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación - Objetivo: realizar el barrido mecánico del material particulado depositado en las calles pavimentadas de la localidad de Sierra Gorda, evitando así la resuspensión de este polvo generado por el tránsito de vehículos. - Descripción: el Titular aportará un equipo industrial para el barrido de las calzadas de las vías pavimentadas en la localidad de Sierra Gorda, mediante la aplicación de métodos mecánicos, los cuales incluyen sistemas de barrido, de humectación, de aspiración y de filtros. El mantenimiento y la operación de la barredora estará a cargo del Titular, contratando el personal para este fin. La frecuencia, recorrido y horarios serán acordados con la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda, en atención a que la función legal de aseo y ornato que recae en esta entidad. - Justificación: la disposición de un equipo de barrido mecánico evitaría la resuspensión de polvo ocasionado por el tránsito de vehículos. Sumado a ello, permitirá promover y contribuir a la limpieza de las calles de la localidad de Sierra Gorda y al empleo local en cuanto a su operación. Lugar, forma y oportunidad de implementación - Lugar: localidad de Sierra Gorda. - Forma: la operación de la barredora será realizada directamente por el Titular, incluyendo la contratación del personal a cargo, para realizar el servicio de barrido y aspirado de calles por la localidad de Sierra Gorda, durante la fase de construcción y operación del Proyecto. El Titular hará esfuerzos para promover el empleo local a través de la contratación del o los(as) operadores, pero también podrá buscar dicho personal en otras localidades. La mantención anual de la barredora será realizada por el Titular, para asegurar su funcionamiento. - Oportunidad: una vez obtenida la RCA y en un plazo no mayor a un año, se dispondrá el equipo y la operación de la barredora por la localidad de Sierra Gorda, la cual perdurará hasta finalizar la fase de operación del Proyecto. En consideración que los alcances para su funcionamiento y su plan de barrido debe ser acordado con el Municipio comunal, en caso de ser necesario, el Titular podrá extender en 6 meses este plazo. Indicador que acredite su cumplimiento - Contrato con empresa externa o factura de compra del equipo. - Registro trimestral de recorridos realizados y su respectiva frecuencia, firmado por el Departamento de Aseo y Ornato de la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda. Forma de control y seguimiento Reportes anuales a la SMA de registros de la operación de la barredora, durante las fases de construcción y operación del Proyecto.

12.1.2. Sector multipropósito en localidad de Sierra Gorda. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación - Objetivo: construir, en beneficio de la comunidad de Sierra Gorda un espacio urbano que mejore el uso de espacios públicos y facilite la recreación, el encuentro comunitario, la continuidad de prácticas culturales tradicionales y el desarrollo económico local.

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12.1.2. Sector multipropósito en localidad de Sierra Gorda. - Descripción: en el sector norte de la localidad de Sierra Gorda, en un área determinada como factible dentro del Plan Regulador de Sierra Gorda, el Titular proyecta el diseño y habilitación de la siguiente infraestructura: • Infraestructura recreacional de esparcimiento y de encuentro comunitario. • Infraestructura que aporte al desarrollo de emprendimientos locales tales como servicios de alimentación u otros, los cuales puedan ser ofertados a visitantes o usuarios de este sector, fomentando con ello el desarrollo económico local. • El Titular contribuirá, colaborativamente y en conjunto con la comunidad de Sierra Gorda, para diseñar el sector o área de esta iniciativa. - Justificación: se identificó en la comunidad, la necesidad de habilitar espacios capaces de cubrir requerimientos de servicios demandados tanto por la población local, como por trabajadores que transitan por la localidad de Sierra Gorda, vinculados a las operaciones mineras emplazadas en las proximidades de la localidad, destacando que la habilitación de la infraestructura propuesta aportaría en la generación de mejores condiciones en la calidad de vida de los habitantes de la localidad y de los trabajadores. Lugar, forma y oportunidad de implementación - Lugar: localidad de Sierra Gorda. - Forma: para la implementación del compromiso se realizarán las siguientes etapas de manera consecutiva: • Etapa 1: Constitución mesa de trabajo. • Etapa 2: Diseño del proyecto. • Etapa 3: Estudios y permisos según requerimientos. • Etapa 4: Habilitación para la construcción - Oportunidad: comenzará una vez obtenida la RCA. Luego de este hito, se desarrollarán en el siguiente orden las etapas ya identificadas, de la forma que se indica a continuación: • Etapa 1: constitución Mesa de Trabajo: Durante los primeros 3 meses una vez obtenida la RCA. • Etapa 2: diseño de proyecto: Esta etapa se ejecutará durante un plazo no superior a dos años desde la fecha de conformación formal de la mesa de trabajo. • Etapa 3: estudios y permisos según requerimientos: Una vez finalizada la etapa 2 se gestionarán los estudios y permisos necesarios para la concreción del compromiso. Los plazos estarán sujetos a la naturaleza y condiciones de éstos. • Etapa 4: habilitación para la construcción: Una vez finalizada la etapa 4 el Titular realizará la licitación para la construcción y se dará lugar a la misma. El plazo de construcción dependerá de los acuerdos previos tomados como parte del Convenio entre el Titular y la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda. Indicador que acredite su cumplimiento - Registros de actas de mesa de trabajo ejecutadas durante las Etapas 1 y 2.

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12.1.2. Sector multipropósito en localidad de Sierra Gorda. - Registro propuesta de diseño acordada en la mesa de trabajo durante la Etapa 2. - Registro de avances de estudios y permisos según requerimientos identificados en Etapa 3. - Registro de bases de licitación y adjudicación de la construcción. - Registros reportes semestrales de información otorgada a la mesa de trabajo sobre el estado de avance del compromiso durante la construcción. - En caso de que el desarrollo de la mesa de trabajo tenga dificultades para tomar acuerdos o existan discrepancias u otras controversias que afecten la implementación del compromiso, esto será informado a la autoridad para proponer nuevas medidas equivalentes o un plan de trabajo actualizado. - Registro del Convenio entre el Titular y la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda. - Registro de traspaso de la obra construida a la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda. Forma de control y seguimiento Reporte anual a la SMA en base a indicadores de cumplimiento establecidos.

12.1.3. Apoyo al servicio de atención de salud comunitaria de la Posta Rural de la localidad de Sierra Gorda. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación - Objetivo: apoyar el servicio de atención de salud comunitaria de la Posta rural de Sierra Gorda contribuyendo al mejoramiento en equipamiento y capacidad en los servicios de atención. - Descripción: se realizará una contribución respecto a equipamiento y capacidad de servicios de atención de la Posta rural de la localidad de Sierra Gorda, lo cual será priorizado y definido en conjunto con la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda, y las autoridades pertinentes en caso de ser necesario, considerando las necesidades de la comunidad en temas de salud. - Justificación: contribuir al servicio de atención de salud de la Posta Rural de la localidad de Sierra Gorda en función de las necesidades de la comunidad en temas de Salud. Lugar, forma y oportunidad de implementación - Lugar: localidad de Sierra Gorda. - Forma: para la implementación del compromiso se realizarán las siguientes etapas de manera consecutiva: • Etapa 1: Priorización y definición contribución. • Etapa 2: Convenio. • Etapa 3: Habilitación equipamientos e iniciativas referidas al mejoramiento de servicios. - Oportunidad: comenzará una vez obtenida la RCA, de la forma que se indica a continuación: • Etapa 1: a desarrollar en un plazo no mayor a tres años de obtenida la RCA del Proyecto. • Etapa 2: una vez finalizada la Etapa 1, estimando un plazo máximo de un año de iniciada la Etapa 2. • Etapa 3: una vez finalizada la Etapa 2 dando cumplimiento a los plazos establecidos en el Plan de Trabajo consignado en la etapa anterior.

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12.1.3. Apoyo al servicio de atención de salud comunitaria de la Posta Rural de la localidad de Sierra Gorda. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de acta de resultados de priorización y determinación de contribución en función de las necesidades de la Posta rural. - Registro de convenio con Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda y plan de trabajo elaborado. - Registro de entrega de equipamiento e iniciativas definidas en virtud de un mejoramiento de los servicios. Forma de control y seguimiento - Reporte a la SMA en base a indicadores de cumplimiento establecidos para la Etapa 2 una vez finalizada esta. - Reporte a la SMA en base a indicadores de cumplimiento establecidos para la Etapa 3 una vez finalizada esta.

12.1.4. Acciones para la promoción de contratación local directa. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación - Objetivo: desarrollar un conjunto de iniciativas para reducir las brechas entre las competencias de los habitantes de Sierra Gorda en búsqueda de empleo y los perfiles demandados por la industria minera, favoreciendo la contratación comunal, aspirando al logro de un 10% de la dotación directa de Minera Spence sean habitantes de la Comuna de Sierra Gorda al año 2039. - Descripción: implementar un conjunto de iniciativas que apunten a identificar a personas de la comuna de Sierra Gorda interesadas en emplearse en la industria minera para posteriormente poner a disposición de la comunidad planes de entrenamiento, facilitando de esta manera las posibilidades de contratación local directa en Minera Spence. Los Planes de entrenamiento que serán impartidos por una entidad acreditada, cómo elementos transversales deberán incluir un enfoque de género, dando a conocer las metas de balance de género de BHP, además incluir temáticas referidas a innovación de acuerdo con las necesidades de la industria minera. Para mayor detalle, ver Tabla 10-10 del Anexo 10.1 de la Adenda excepcional del EIA. - Justificación: implementar una serie de iniciativas orientadas a la promoción de contratación local directa. Lugar, forma y oportunidad de implementación - Lugar: localidad de Sierra Gorda. - Forma: contempla las siguientes actividades: • Realización por parte del Titular de un catastro de la población económicamente activa de la comuna de Sierra Gorda, interesada en integrarse a la minería. Este catastro se actualizará cada dos años. • Realización por parte del Titular de un plan de entrenamiento anual con una duración de 6 meses, en un área de competencia definida por Spence impartido por una entidad acreditada. • Informar acerca de los resultados del proceso de selección, levantamiento de perfiles laborales y planes de entrenamiento mediante la comunicación con líderes locales y herramientas de difusión como afiches físicos y digitales. • Al cierre de cada año calendario, se revisará el número de trabajadores contratados que hayan sido habitantes de la Comuna de Sierra Gorda al momento de su contratación y se comparará con la

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12.1.4. Acciones para la promoción de contratación local directa. meta de contratación establecida para ese año. En caso de existir brechas, el Titular deberá disponer para el año siguiente de un fondo para capacitación cuyo monto será el resultado de la brecha en contrataciones de ese año multiplicado por CLP$2 millones. En caso de realizar una mayor cantidad de contrataciones en el año, se considerará como un aporte para el cumplimiento de la meta del año siguiente. - Oportunidad: comenzará una vez obtenida la RCA, de la forma que se indica a continuación: • Catastro Población Económicamente Activa: Una vez obtenida la etapa de construcción se realizará el catastro inicial de la población económicamente activa de la comuna de Sierra Gorda, cuyos resultados no deberán superar el año de obtenida la RCA. La actualización de este instrumento se realizará cada dos años. • Plan de Entrenamiento Anual: Al año de obtenida la RCA se impartirá el Plan de Entrenamiento, el cual será dictado anualmente. • Información Permanente: Mediante herramientas de difusión y comunicación con líderes locales se informará anualmente los resultados de los procesos de selección laboral, los resultados del levantamiento de perfiles y los Planes de entrenamiento ejecutados. • Estatus de metas de contratación y aporte en capacitaciones requerimientos: • Los resultados quedarán expresados en un reporte anual. Indicador que acredite su cumplimiento - Catastro cada dos años de la población económicamente activa de la comuna de Sierra Gorda. - Informe de contratación local anual. - Registro de aporte monetario para capacitaciones en la comuna (en caso de corresponder). Forma de control y seguimiento Reporte a anual a la SMA en base a indicadores de cumplimiento establecidos.

12.1.5. Apoyo a Cuerpo de Bomberos de la localidad de Sierra Gorda. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación - Objetivo: apoyar al Cuerpo de Bomberos de Sierra Gorda respecto a necesidades de elementos consumibles y/o equipos u otros requeridos por la 1ra Compañía de Bomberos de Sierra Gorda utilizados en sus labores. - Descripción: elaboración de un convenio a establecer, entre el Titular y el Cuerpo de Bomberos de la Comuna para canalizar contribuciones a la Primera Compañía de Bomberos de Sierra Gorda, se determinará un aporte anual con el objeto de apoyar en cubrir necesidades requeridas para el desarrollo de sus labores de dicha 1ra Compañía, entre ellos: elementos consumibles, equipos u otros. - Justificación: apoyar la labor realizada por el Cuerpo de Bomberos de Sierra Gorda. Lugar, forma y oportunidad de implementación - Lugar: comuna de Sierra Gorda.

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12.1.5. Apoyo a Cuerpo de Bomberos de la localidad de Sierra Gorda. - Forma: se generará un convenio con el Cuerpo de Bomberos de la comuna para canalizar contribuciones a la Primera Compañía de Bomberos de Sierra Gorda, mediante el cual se estipulará un aporte anual de recursos por parte del Titular, destinado a cubrir requerimientos de elementos consumibles, equipos u otros por dicha Compañía. - Oportunidad: previo al inicio de la fase de construcción del proyecto, se establecerá el convenio de aporte anual ya definido por el Titular. Al momento de iniciar la fase de construcción, se comenzará la ejecución del aporte anual establecido hasta finalizar la etapa de operación. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro del Convenio acordado y firmado por ambas partes. - Registro del aporte anual realizado. Forma de control y seguimiento Reporte a anual a la SMA en base a indicadores de cumplimiento establecidos.

12.1.6. Apoyo a la gestión territorial sobre el manejo de residuos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación - Objetivo: apoyar la gestión territorial sobre manejo de residuos desarrollada por la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda. - Descripción: mediante un aporte anual se apoyará la gestión territorial sobre manejo de residuos desarrollada por la Municipalidad de Sierra Gorda en el territorio comunal, en consideración de los lineamientos establecidos en torno a lo siguiente: • Plan de Manejo de residuos municipal. • Iniciativas de reciclaje. • Apoyo al desarrollo de emprendimientos locales en ese ámbito. • Difusión del Plan Municipal de manejo de residuos y capacitación a los distintos actores locales que contempla el plan. - Justificación: por el déficit de equipamiento para la disposición de residuos en la comuna e interés comunitario por el reciclaje y la educación ambiental. Lugar, forma y oportunidad de implementación - Lugar: comuna de Sierra Gorda. - Forma: se realizarán las siguientes etapas: • Etapa 1: Priorización y definición contribución. • Etapa 2: Convenio. • Etapa 3: Habilitación de equipamientos e iniciativas referidas a mejorar la gestión de residuos. - Oportunidad: la ejecución una vez aprobada la RCA del Proyecto, de acuerdo con lo siguiente: • Etapa 1: dentro de un año luego de aprobada la RCA del Proyecto. • Etapa 2: a iniciar una vez finalizada la Etapa 1, estimando un plazo máximo de seis meses de iniciada la Etapa 2. • Etapa 3: comenzará a los dos años de aprobada la RCA, de acuerdo con los plazos establecidos en el Plan de Trabajo consignado en la etapa anterior.

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12.1.6. Apoyo a la gestión territorial sobre el manejo de residuos. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de acta de resultados de priorización y determinación de contribución en función de las necesidades de la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda en materia de gestión de residuos. - Registro de convenio con Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda y Plan de Trabajo elaborado. - Registro de entrega de equipamiento, iniciativas y/o fondos monetarios definidos en virtud de las necesidades en materia de gestión y manejo de residuos de la comuna de Sierra Gorda. Forma de control y seguimiento Reporte a anual a la SMA en base a indicadores de cumplimiento establecidos.

12.1.7. Plan de gestión comunitaria de Minera Spence en Sierra Gorda y Baquedano. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación - Objetivo: generación de vínculos de confianza permanentes con la comuna y contribuir al mejoramiento del desarrollo económico y social de la misma, como comunidad anfitriona de la compañía. - Descripción: contempla su inversión en el ámbito de la generación de capacidades y la inclusión social, a través de las siguientes áreas: • Educación y formación. • Mejoramiento de los medios de vida. • Inclusión social. Para mayor detalle, ver Tabla 10-16 del Anexo 10.1 de la Adenda excepcional del EIA. - Justificación: el plan de Gestión Comunitaria de Minera Spence data del año 2006, el cual se desarrolla en las localidades de Sierra Gorda y Baquedano. Lugar, forma y oportunidad de implementación - Lugar: localidad de Sierra Gorda y Baquedano. - Forma: se realizarán diversos mecanismos e instancias de relacionamiento comunitario con el objetivo de identificar las necesidades y preocupaciones de ambas localidades de la comuna de Sierra Gorda. Al respecto, algunos de estos mecanismos pueden ser mesas de trabajo, comunicación virtual a través de redes sociales y correos. Luego de identificadas las áreas y temas que la comunidad considera necesario abordar, el Titular priorizará y definirá planes de trabajo los cuales serán presentados en las instancias de trabajo comunitarias y posteriormente ejecutado en los plazos que los planes definan y acorde a las iniciativas que estos contengan. - Oportunidad: comenzará una vez aprobada la RCA. Este compromiso se implementará a través de un plan de manejo con las comunidades en particular, asegurando su participación en toda la vida útil que comprenda Minera Spence. Indicador que acredite su cumplimiento - Dos instancias de trabajo anual en la comuna de Sierra Gorda (localidad de Baquedano y Sierra Gorda), las cuales pueden desarrollarse considerando los siguientes formatos: reuniones, talleres, mesas de trabajo, grupos de discusión o grupos focales, con el fin de identificar, por parte de Minera Spence, las necesidades relevadas por la comunidad.

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12.1.7. Plan de gestión comunitaria de Minera Spence en Sierra Gorda y Baquedano. - Tres programas con reportabilidad anual a nivel comuna de Sierra Gorda, según área de inversión (educación y formación, mejoramiento de medios de vida, inclusión social). - Con un número de 50 beneficiarios a nivel comunal en los distintos programas que se desarrollen durante la vida útil del proyecto. - En el caso de que alguna localidad mediante sus organizaciones no quiera participar del Plan de Gestión Comunitaria, se dejará expresado en formato de acta el detalle de los hechos y motivos de la situación en concreto. En caso de ocurrir esta situación, el Titular expondrá los antecedentes a la SMA en su reporte anual sobre el Plan de Gestión Comunitaria. Forma de control y seguimiento - Lista de asistencia y actas, con los debidos acuerdos generados en las mesas de trabajo. - Registro fotográfico y documental de la implementación y avances de las diversas iniciativas y proyectos que se acuerden. - Reporte anual mediante informe emitido a la SMA durante la fase de construcción y operación del proyecto.

12.1.8. Habilitación estación de pasajeros. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación - Objetivo: construir, en beneficio de la comunidad de Sierra Gorda, un espacio que facilite el tránsito peatonal y el flujo vehicular de transporte de pasajeros al interior de la localidad de Sierra Gorda. - Descripción: en el sector norte de la localidad de Sierra Gorda, en un área determinada como factible dentro del Plan Regulador de Sierra Gorda, el Titular proyecta el diseño y habilitación de un sector que permita la parada de buses y vehículos de transporte de pasajeros, así como la afluencia y tránsito de pasajeros. Para ello se considerará el desarrollo de los estudios necesarios y el diseño de la ingeniería para dotar de factibilidad dicha infraestructura, lo que además incluirá el manejo de aguas de forma de evitar inundaciones en el sector. - Justificación: habilitar espacios capaces de cubrir requerimientos de servicios demandados tanto por la población local, como por trabajadores que transitan por la localidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación - Lugar: localidad de Sierra Gorda. - Forma: se realizarán las siguientes etapas: • Etapa 1: Diseño del proyecto. • Etapa 2: Estudios y permisos según requerimientos. • Etapa 3: Habilitación para la construcción y puesta en marcha. - Oportunidad: la ejecución una vez aprobada la RCA del Proyecto, de acuerdo con lo siguiente: • Etapa 1: durante los seis primeros meses una vez obtenida la RCA. • Etapa 2: una vez finalizada la etapa 2 se gestionarán los estudios y permisos necesarios para la concreción del compromiso. Los plazos

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12.1.8. Habilitación estación de pasajeros. estarán sujetos a la naturaleza y condiciones de éstos. • Etapa 3: el convenio a establecer entre el Titular y la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda, será acordado durante el desarrollo de la Etapa 3. Una vez adjudicado el oferente que estará a cargo de la operación y mantención de la Estación de Pasajeros, será entregada dicha infraestructura mediante un acto formal y documentado a la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda, entidad que estará encargada de la administración y fiscalización del adjudicatario. Para mayor detalle, ver Tabla 10-17 del Anexo 10.1 de la Adenda excepcional del EIA Indicador que acredite su cumplimiento - Diseño e ingeniería de factibilidad de la Estación de Pasajeros definido. - Registro de avances de estudios y permisos según requerimientos identificados en Etapa 2. - Registro de convenio estipulado en Etapa 3. - Reportes estados de avance anual. - Traspaso documentado de la Estación de Pasajeros una vez seleccionado el concesionario que estará a cargo de la operación a la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda. Forma de control y seguimiento - Reporte a anual a la SMA en base a indicadores de cumplimiento establecidos. - Convenio de firma de entrega a la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda de la Estación de Pasajeros, una vez seleccionado el concesionario que estará a cargo de la operación.

Por otra parte, el resto de los compromisos voluntarios que se detallan en el Anexo 10.1 de la Adenda excepcional del EIA no corresponden a compromisos voluntarios, si no que, a medidas para evitar la afectación de los componentes ambientales de fauna y patrimonio cultural, los que son parte de los antecedentes de los capítulos 5 y 6 del presente ICE. 13°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, serán las siguientes:

13.1.1. En caso de accidente en ruta. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Rutas de transporte del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Los trabajadores que conduzcan vehículos motorizados, sean equipos livianos o pesados, deberán estar en posesión de su licencia de conducir vigente en el momento que los operan. - No se podrá transportar a personas ajenas al Proyecto, ni tampoco podrán transportar personas asociadas al Proyecto cuando los vehículos no reúnan los requisitos mínimos y/o no cumplan con la normativa de transporte de pasajeros vigente. - Se realizará previamente un examen psico-senso-técnico a todos los conductores del Proyecto, de vehículos livianos, pesados y los que transportan personal, que involucra un examen psicológico orientado al cargo, determinación de sensibilidad fina y gruesa, tiempo de reacción y nivel de conocimiento de ley de tránsito en aspectos legales, de la

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13.1.1. En caso de accidente en ruta. conducción y de mecánica básica. Este examen se realizará anualmente para los conductores de vehículos que transporten personal, vehículos pesados y cada cuatro años para vehículos livianos asociados al Proyecto. - Adicionalmente, se contará con el siguiente equipamiento: • Cinturón de seguridad para todos los ocupantes. • Medio de comunicación en la radiofrecuencia del Proyecto (radios internas para los vehículos que ingresen al interior del área del Proyecto.). • Colores de alta visibilidad, botiquín, chalecos reflectantes y triángulos de emergencia. • Kits anti derrame (en el caso de camiones). • Se dispondrá de un reglamento interno de tránsito, el cual en ningún caso podrá ser menos restrictivo que lo indicado por la legislación vigente. - Se procurará que los vehículos utilizados no sobrepasen las exigencias definidas en las especificaciones técnicas del fabricante. Forma de control y seguimiento Mantención en el área del Proyecto de los registros que den cuenta sobre la ejecución de las medidas, tales como:

  • Fotocopia licencias de conducir vigentes.
  • Listas de asistencia a inducciones.
  • Certificados de aprobación de los exámenes psico-senso- técnico de los trabajadores (anual para los conductores de vehículos que transporten personal, vehículos pesados y cada cuatro años para vehículos livianos.).
  • Registros de equipamientos de los vehículos.
  • Registro de entrega de reglamento interno de tránsito Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-2 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.1.2. En caso de incendios/explosiones. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Instalaciones de faena, sector de almacenamiento de combustibles, lugares donde se manejen sustancias inflamables, áreas de almacenamiento de residuos, área de la mina donde se efectuarán tronaduras. Acciones o medidas a implementar - Todos los empleados serán capacitados en el uso de extintores. - Todas las edificaciones del Proyecto, como bodegas y oficinas, serán construidas con elementos estructurales resistentes al fuego. - Se contará con una red de incendio y extintores, instalados en lugares señalizados, identificables, de fácil acceso y libres de obstáculo. Además, estarán debidamente señalizados. - Se realizará en forma periódica pruebas a la red y equipos de los sistemas contra incendio. - Los extintores serán sometidos a revisiones preventivas por lo menos una vez al año, disponiendo de extintores de reemplazo durante las mantenciones. - Se prohibirá fumar en áreas de trabajo, excepto en aquellos lugares de esparcimiento expresamente autorizados.

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13.1.2. En caso de incendios/explosiones. - Inspección regular de estanques de combustibles. - Señalización en las áreas de potencial riesgo para advertir el peligro. - Las actividades de manejo de explosivos realizarán lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 400/1977, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 17.798 sobre Control de Armas y Explosivos. - El trabajador debe ingresar al lugar donde desarrolla la actividad con todos sus elementos de protección personal. - Las tronaduras se realizarán de manera programada tomando todas las precauciones al respecto. - Antes de ejecutar una tronadura, el operador se deberá cerciorar de evacuar todo el sector Forma de control y seguimiento Mantención en el área del Proyecto de los registros que den cuenta sobre la ejecución de las medidas, tales como:

  • Listas de asistencia de los trabajadores que han sido capacitados sobre el uso de extintor y manejo de explosivos.
  • Fichas técnicas de los elementos estructurales utilizados en el Proyecto que certifiquen su resistencia al fuego.
  • Fotografías y registros de mantención de la red de incendios y extintores, incluido el chequeo de instalación de señaléticas.
  • Registros de pruebas a la red y equipos de los sistemas contra incendio.
  • Registro de revisión anual de extintores.
  • Registros de “licencia de manipulador de explosivos” de los trabajadores dedicados a esta actividad.
  • Registro de Inspección regular de estanques de combustibles según las disposiciones señaladas en el Decreto Supremo N°160/2008 del Ministerio de Economía.
  • Registro de entrega de elementos de protección personal.
  • Registros de tronaduras y check list de ejecución de las medidas de seguridad asociadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-3 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.1.3. En caso de derrame de sustancias peligrosas. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada En las áreas del Proyecto a asociadas al transporte, manipulación y almacenamiento de estos productos. Acciones o medidas a implementar - Cumplir con procedimientos internos de Minera Spence sobre transporte, manipulación, almacenamiento y uso de sustancias y elementos peligrosos. - Realizar el transporte de combustibles que cumplan con las disposiciones señaladas en el Decreto Supremo N° 160/2008 del Ministerio de Economía. - Realizar el transporte de sustancias peligrosas en camiones que cumplan con el Decreto Supremo N° 298/1994 que Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. - Durante las operaciones de traslado, carga y descarga, los vehículos estarán rotulados según la N.Ch. N° 2190/03.

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13.1.3. En caso de derrame de sustancias peligrosas. - El transportista llevará consigo la guía de despacho o factura con información básica de las sustancias que transporta, con su respectiva clasificación y su número de Naciones Unidas (NU) y además de las hojas de datos de seguridad (HDS) para saber cómo actuar en caso de accidente. - El transportista contará con un plan ante contingencias y elementos básicos para la contención. - Los conductores serán capacitados en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales contingencias. - Los estanques de almacenamiento de combustibles y lubricantes se ubicarán en recintos dotados de pretiles revestidos de hormigón para contener el 110% del volumen del estanque de mayor capacidad. - Las zonas de contención de derrames contarán con inclinación hacia una cámara de captación, o piscina en algunos casos, para poder bombear los líquidos y recircularlos a proceso. - Implementar y dotar a la instalación, de elementos extintores y sistemas de extinción de fuego. Forma de control y seguimiento Mantención en el área del Proyecto de los registros que den cuenta sobre la ejecución de las medidas, tales como:

  • Registros de entrega a trabajadores de procedimientos internos de Minera Spence sobre transporte, manipulación, almacenamiento y uso de sustancias y elementos peligrosos.
  • Registros de capacitación (procedimientos, manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales contingencias, entre otros).
  • Guía de despacho o factura con información básica de las sustancias que se transportan, incluyendo las hojas de datos de seguridad (HDS).
  • Plan ante contingencias y elementos básicos para la contención o mitigación de los impactos ambientales que pudiesen presentarse.
  • Autorizaciones de los transportistas de combustible y sustancias peligrosas.
  • Registro fotográfico, instrucción, procedimiento interno, bases de licitación u otra que acredite rotulado de camiones y plan de contingencia de contratistas.
  • Especificaciones Técnicas de estanques para acreditar contención.
  • Notificaciones al SAG y SMA según corresponda. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-4 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.1.4. En caso de deslizamientos de tierra y/o fallas. Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Taludes del rajo, depósitos de estéril, depósitos de ripios y pilas. Acciones o medidas a implementar Se realizarán inspecciones visuales periódicas de los taludes y se mantendrán actualizados los estudios geológicos-geotécnicos para identificar las características

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13.1.4. En caso de deslizamientos de tierra y/o fallas. geológicas (litología, estructura, textura, composición química) y geotécnicas (fracturamiento, resistencia, meteorización) de los macizos rocosos para detectar eventuales cambios en las condiciones físico - químico (meteorización) reconocidas inicialmente, así como también su distribución espacial en la mina y en sus cercanías. Forma de control y seguimiento Mantención en el área del Proyecto de los registros que den cuenta sobre la ejecución de las medidas, tales como:

  • Registro de inspecciones visuales de los taludes.
  • Actualización de los estudios de geología y geotecnia.
  • Registros fotográficos de las inspecciones realizadas.
  • Un adecuado diseño de las obras, considerando los factores de seguridad que garanticen un alto grado de estabilidad. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-5 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.1.5. En caso de accidentes causados por eventos naturales. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones. Acciones o medidas a implementar - Charla de capacitación a trabajadores, sobre riesgos y procedimientos a ejecutar. - Mantención de áreas de trabajo en orden y limpieza para facilitar la evacuación. - Demarcación de áreas de evacuación y zona de seguridad. - Mantener planos de emergencia con identificación de vías de escape, zonas de seguridad. - Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible. - Ejecución de procedimiento señalado en plan de emergencia. - Inspección y limpieza de los canales de contorno existentes de manera periódica, como también antes de pronosticado un evento de precipitaciones, y luego de ocurrido un evento. - Establecer rutas alternativas en caso de ocurrencia de eventos que puedan alcanzar los caminos de acceso. - Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible. Forma de control y seguimiento Mantención en el área del Proyecto de los registros que den cuenta sobre la ejecución de las medidas, tales como:

  • Procedimientos.
  • Registro de asistencia a capacitación de trabajadores asociados al Proyecto.
  • Simulacros de acuerdo con los procedimientos internos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-7 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.1.6. En caso de restricción suministro energía eléctrica. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones. Acciones o medidas a implementar - Utilización de equipos electrógenos. - En la fase de operación, se contempla lo siguiente:

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13.1.6. En caso de restricción suministro energía eléctrica. • Un mantenimiento periódico destinado a detectar anticipadamente cualquier falla a través de visitas de inspección consistentes en recorridos pedestres para la revisión de las instalaciones eléctricas y condiciones de las estructuras, a través de verificación visual y mediciones en los equipos. • Mantener en buenas condiciones, y en forma permanente los sistemas de corte de energía, para lo cual se realizarán mantenciones anuales a estos equipamientos con los representantes de las marcas asociadas. • Disponer de respaldo de energía para aquellos sistemas críticos o relevantes para la continuidad operacional. Forma de control y seguimiento Mantención en el área del Proyecto de los registros que den cuenta sobre la ejecución de las medidas, tales como:

  • Inspecciones técnicas.
  • Registros de mantención. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-8 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.1.7. En caso de emergencia en infraestructura con potencial de infiltración. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Piscinas, acopios de material (botaderos, pilas y stock de minerales). Acciones o medidas a implementar Se implementan dos tipos de controles: uno para la protección del acuífero y otro para el control operacional. En ambos casos, se establece una red de activación temprana para piscinas y una red de monitoreo para la detección temprana de potenciales infiltraciones en el acuífero. Estos sistemas de detección están compuestos por dispositivos de medición dentro de las piscinas y pozos existentes y/o propuestos, con el fin de contar con la mayor cantidad de información posible para esta etapa.

Adicionalmente, el monitoreo considera pozos asignados por instalación, con umbrales específicos definidos para cada uno. Estos umbrales permitirán detectar cualquier alteración en el agua subterránea del sector, y su superación activa una serie de acciones, como el incremento en la frecuencia de monitoreo y una investigación para verificar posibles infiltraciones.

Para el caso de las piscinas, se consideran medidas de control adicionales: el control de niveles por el sistema de Check Level, el control instrumentado mediante conductivímetros y la medición de aforos (y su recuperación). Forma de control y seguimiento Mantención en el área del Proyecto de los registros que den cuenta sobre la ejecución de las medidas, tales como:

  • Resultados de la medición en terreno (nivel de agua, conductividad eléctrica y pH).
  • Resultados de laboratorio (sulfato y cloruro).

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13.1.7. En caso de emergencia en infraestructura con potencial de infiltración. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-9 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.2. PLAN DE EMERGENCIAS

13.2.1. En caso de accidente en ruta. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Rutas de transporte del Proyecto. Acciones a implementar - Recoger e interpretar la información sobre los potenciales riesgos y sus posibles consecuencias. - Vigilar el accidente, de manera de no realizar acciones que aumenten su actual magnitud. - En caso de que un camión esté involucrado en el accidente, determinar los daños producidos en el estanque del camión siniestrado. - En caso de que el camión sea de transporte, detectar el tipo de sustancia involucrada. - Prever el posible comportamiento del estanque de almacenamiento del camión y de su contenido. - Realizar una evaluación inicial de la situación para identificar posibles víctimas y, de ser necesario, llamar de inmediato a los servicios de auxilio correspondientes. - Será obligación del conductor comunicarse telefónicamente con la planta o bodega despachadora del producto. De no poder llamar el conductor personalmente, deberá solicitar a carabineros o bomberos o a un tercero que lo haga por él. - Solicitar la colaboración a Carabineros/Bomberos, y entregar la información necesaria relacionada a la sustancia derramada. - Asegurarse que las personas heridas reciban la atención médica. - Verificar si el área ha sido protegida (con conos y/o cinta de seguridad), que no haya tráfico, ni fuentes de ignición ni personas en el área de peligro. - Intentar detener filtraciones y contener derrames (proteger sistemas de alcantarillado, etc.). - Solicitar más ayuda si es necesaria (maquinaria movimiento de tierra, camiones y estanques, entre otros). - Coordinar la limpieza del sector una vez finalizado el incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará la emergencia a través del módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA conforme a la R.E. N° 885/2016. Una vez concluida la investigación del evento, se entregará un informe post- emergencia, que se remitirá a la SMA de la Región de Antofagasta y que considerará la siguiente información:

  • Antecedentes del incidente: lugar (superficie afectada, incluir fotografías), fecha, hora, tipo de incidente, causa del incidente, tipo de sustancia o residuo relacionado con el incidente, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas, etc.
  • Identificación de los recursos naturales afectados (agua, suelo y aire), así como del estado de conservación (cuando corresponda) de las especies de flora y fauna involucradas

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13.2.1. En caso de accidente en ruta. en el evento de derrame u otro, explicitando claramente el tipo de impacto asociado. - Antecedentes de las medidas que se implementaron respecto a los componentes que fueron afectados Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-11 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.2.2. En caso de incendios/explosiones. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Instalaciones de faena, sector de almacenamiento de combustibles, lugares donde se manejen sustancias inflamables, áreas de almacenamiento de residuos, área de la mina donde se efectuarán tronaduras. Acciones a implementar - Identificación y declaración de la emergencia. - Desconectar todos los aparatos y equipos eléctricos. Dar aviso de inmediato a la brigada de emergencia. - Seleccionar y trasladar el extintor al lugar del incendio y accionarlo (sólo si está capacitado para su uso) desde una distancia de 3 m dirigiendo el chorro a la base del fuego. - Frente a incendios mayores, establecer un perímetro de aislamiento de 800 m. - Dirigirse hacia la zona de seguridad definida. - Verificar las condiciones de ventilación del área y ante la presencia relevante de gases provenientes de la explosión y/o incendio, se dará el aviso de emergencia (alarma de evacuación). - Despejar las vías de acceso para facilitar las acciones del personal entrenado para estos efectos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará la emergencia a través del módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA conforme a la R.E. N° 885/2016. Una vez concluida la investigación del evento, se entregará un informe post- emergencia, que se remitirá a la SMA de la Región de Antofagasta y que considerará la siguiente información:

  • Antecedentes del incidente: lugar (superficie afectada, incluir fotografías), fecha, hora, tipo de incidente, causa del incidente, tipo de sustancia o residuo relacionado con el incidente, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas, etc.
  • Identificación de los recursos naturales afectados (agua, suelo y aire), así como del estado de conservación (cuando corresponda) de las especies de flora y fauna involucradas en el evento de derrame u otro, explicitando claramente el tipo de impacto asociado.
  • Antecedentes de las medidas que se implementaron respecto a los componentes que fueron afectados Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-12 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.2.3. En caso de derrame de sustancias peligrosas. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada En las áreas del Proyecto a asociadas al transporte, manipulación y almacenamiento de estos productos.

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13.2.3. En caso de derrame de sustancias peligrosas. Acciones a implementar - El área afectada será inmediatamente aislada, restringiendo el acceso sólo a personal autorizado. - Evitar cualquier fuente de ignición dentro del área de seguridad. Si los hubiese, se desconectará la batería de los vehículos comprometidos. - Confinamiento y contención de derrames por medio de bermas y zanjas. - Absorber el combustible con arena seca o tierra. - En caso de que el derrame ocurra fuera de la faena, se encargará a una empresa externa un análisis de suelo del área afectada. - Concurrirá personal de salud y seguridad, quienes recopilarán antecedentes para los correspondientes informes requeridos por la Gerencia. - El jefe encargado procederá a informar de lo ocurrido a Carabineros de Chile. - Se procederá al retiro de la sustancia derramada mediante palas, maquinaria pesada o bombas, según se requiera. La sustancia será almacenada temporalmente en estanques o recipientes seguros. Posteriormente, se enviarán a la faena para proceder con su análisis y determinación del sitio y modo de tratamiento y/o disposición. - La zona de derrame será limpiada completamente. El suelo en contacto con la sustancia será removido y manejado de igual forma que la sustancia recuperada. - En caso de que se afecten recursos naturales o áreas protegidas, se definirá un plan de acciones correctivas con las medidas específicas a implementar. - En caso de que el derrame afecte a suelos, se tomarán muestras del medio afectado para su posterior análisis y posteriormente se realizará un análisis de riesgo utilizando la metodología RBCA (Risk-based corrective action), para evaluar la necesidad de implementar acciones posteriores. - De ser necesario, se coordinará con la empresa a cargo del mantenimiento del camino, el aislamiento permanente de la zona (hasta su limpieza definitiva) o la construcción de un camino alternativo para el tránsito. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará la emergencia a través del módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA conforme a la R.E. N° 885/2016. Una vez concluida la investigación del evento, se entregará un informe post- emergencia, que se remitirá a la SMA de la Región de Antofagasta y que considerará la siguiente información:

  • Antecedentes del incidente: lugar (superficie afectada, incluir fotografías), fecha, hora, tipo de incidente, causa del incidente, tipo de sustancia o residuo relacionado con el incidente, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas, etc.
  • Identificación de los recursos naturales afectados (agua, suelo y aire), así como del estado de conservación (cuando corresponda) de las especies de flora y fauna involucradas en el evento de derrame u otro, explicitando claramente el tipo de impacto asociado.
  • Antecedentes de las medidas que se implementaron respecto a los componentes que fueron afectados

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13.2.3. En caso de derrame de sustancias peligrosas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-13 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.2.4. En caso de deslizamientos de tierra y/o fallas. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Taludes del rajo, depósitos de estéril, depósitos de ripios y pilas. Acciones a implementar - Realizar limpieza y acuñadura de bordes, rampa y de bancos después de la tronadura usando equipos auxiliares. - Usar señales y letreros de advertencias en las rampas de accesos que presenten problemas de caídas de rocas. - Capacitar permanentemente a la línea de mando y operadores en el procedimiento de control de rampas, talud de los bancos y bordes de laderas superiores a fin de evitar incidentes con daño a las personas y/o equipos, maquinarias y vehículos en general. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará la emergencia a través del módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA conforme a la R.E. N° 885/2016. Una vez concluida la investigación del evento, se entregará un informe post- emergencia, que se remitirá a la SMA de la Región de Antofagasta y que considerará la siguiente información:

  • Antecedentes del incidente: lugar (superficie afectada, incluir fotografías), fecha, hora, tipo de incidente, causa del incidente, tipo de sustancia o residuo relacionado con el incidente, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas, etc.
  • Identificación de los recursos naturales afectados (agua, suelo y aire), así como del estado de conservación (cuando corresponda) de las especies de flora y fauna involucradas en el evento de derrame u otro, explicitando claramente el tipo de impacto asociado.
  • Antecedentes de las medidas que se implementaron respecto a los componentes que fueron afectados Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-14 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.2.5. En caso de accidentes causados por eventos naturales. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones Acciones a implementar - Los trabajadores deberán resguardarse en un lugar seguro preestablecido. caso de no poder salir del lugar en el que se encuentran, los trabajadores deberán mantener la calma para así encontrar de manera segura la salida correcta. - En caso de sismo, se deberá tener precaución en caso de posibles caídas de paredes, ladrillos, artefactos eléctricos, muebles y postes de líneas de energía eléctrica, y otros, manteniéndose alejado de ventanas y espejos, dirigiéndose a al punto de encuentro establecido previamente.

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13.2.5. En caso de accidentes causados por eventos naturales. - En caso de existir heridos, se deberá solicitar atención médica de emergencia. - Se suspenderá el suministro eléctrico, de gases licuados, de petróleo, llaves o válvulas de control de gases o líquidos peligrosos, como medida preventiva. - Una vez concluido el evento natural, se verificará la estabilidad de las estructuras principales antes de restablecer los procesos y operaciones. - Guardar los objetos sueltos (botes de basura, herramientas, etc.), en caso de presentarse con fuertes corrientes de viento. - Cubrir con plásticos o elementos impermeables aparatos u objetos que puedan dañarse por luvias. - No salir de las instalaciones. - Realizar evacuación preventiva y controlada en los frentes de trabajo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará la emergencia a través del módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA conforme a la R.E. N° 885/2016. Una vez concluida la investigación del evento, se entregará un informe post- emergencia, que se remitirá a la SMA de la Región de Antofagasta y que considerará la siguiente información:

  • Antecedentes del incidente: lugar (superficie afectada, incluir fotografías), fecha, hora, tipo de incidente, causa del incidente, tipo de sustancia o residuo relacionado con el incidente, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas, etc.
  • Identificación de los recursos naturales afectados (agua, suelo y aire), así como del estado de conservación (cuando corresponda) de las especies de flora y fauna involucradas en el evento de derrame u otro, explicitando claramente el tipo de impacto asociado.
  • Antecedentes de las medidas que se implementaron respecto a los componentes que fueron afectados Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-16 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.2.6. En caso de restricción suministro energía eléctrica. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones Acciones a implementar En caso de corte de energía eléctrica, el encargado de emergencia instruirá para que los equipos electrógenos suministren energía solo a los lugares más necesarios, previa comprobación de los circuitos electrónicos, ausencia de fugas de combustibles líquidos o gases. En caso de detectarse fallas se procederá a la reparación de las instalaciones y/o elementos que presenten anomalías. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará la emergencia a través del módulo de Avisos, Contingencias e Incidentes del Sistema Electrónico de Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA conforme a la R.E. N° 885/2016. Una vez concluida la investigación del evento, se entregará un informe post- emergencia, que se remitirá a la SMA de la Región de Antofagasta y que considerará la siguiente información:

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  • Antecedentes del incidente: lugar (superficie afectada, incluir fotografías), fecha, hora, tipo de incidente, causa del incidente, tipo de sustancia o residuo relacionado con el incidente, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas, etc.
  • Identificación de los recursos naturales afectados (agua, suelo y aire), así como del estado de conservación (cuando corresponda) de las especies de flora y fauna involucradas en el evento de derrame u otro, explicitando claramente el tipo de impacto asociado.
  • Antecedentes de las medidas que se implementaron respecto a los componentes que fueron afectados Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-17 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

13.2.7. En caso de emergencia en infraestructura con potencial de infiltración. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Piscinas, acopios de material (botaderos, pilas y stock de minerales). Acciones a implementar - En caso de activarse alguno de los sistemas de control de la infraestructura, se ejecutará el protocolo de respuesta incluido en el Apéndice 7.1.A “Actualización del Plan de Gestión para el Control de Infraestructura con Potencial de Infiltración” de la Adenda excepcional del EIA. - Se consideran dos tipos de control, el primero tiene como objetivo proteger el acuífero y el segundo es controlar la operación. - Realizar una medición mensual por tres meses de todas las variables ambientales. - Aumentar la frecuencia de medición para sulfato y cloruro. - Mantener la frecuencia de medición para nivel, pH y conductividad eléctrica. - Si dos o más mediciones consecutivas mensuales superan el umbral intermedio, se notificará a la Autoridad en un plazo de 5 días hábiles. - Si se sobrepasa el umbral límite en uno o más puntos se incrementar la frecuencia de monitoreo de mensual a quincenal. - Si el umbral límite se supera en tres mediciones consecutivas se realizarán las siguientes acciones:

• Notificar a la SMA en un plazo de 5 días hábiles. • Iniciar la investigación de verificación.

  • Se notificará a la Autoridad el resultado de la verificación en un plazo máximo de 150 días hábiles después de que se superen los umbrales límites (y de notificada a la Autoridad la superación del umbral límite). Se presentará un informe con los resultados de la verificación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA en caso de superación del umbral intermedio en 2 o más mediciones del acuífero en un plazo de tres meses o de identificación de una filtración de Categoría 4 de las piscinas, en un plazo de 5 días hábiles de constatada esta última medición con superación del umbral intermedio.

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13.2.7. En caso de emergencia en infraestructura con potencial de infiltración. En caso de superación del umbral límite en tres mediciones consecutivas se notificará a la SMA la superación de este umbral límite, en un plazo de 5 días hábiles de constatada esta última medición con superación del umbral límite.

En la etapa de investigación de verificación asociada los pozos de control del acuífero y operacional, se presentará un informe con los resultados de la investigación en un plazo máximo de 150 días hábiles después de la superación de tres mediciones consecutivas superiores al umbral límite (y de notificada a la Autoridad).

En caso de verificar la filtración, se presentará un informe con los resultados de la verificación en un plazo de 150 días hábiles después de generada la activación (y de notificada a la autoridad la superación del umbral límite). En la etapa de investigación y reparación asociada a la activación de las piscinas, se presentará un informe con los resultados de la investigación y la evaluación de riesgo en un plazo de 150 días hábiles después de la superación de tres mediciones consecutivas superiores al umbral límite (y de notificada a la autoridad la criticidad de Categoría 4).

En caso de ser necesario un mayor plazo para la entrega de los documentos descritos, se solicitará a la Autoridad mediante un documento con los antecedentes que justifiquen este requerimiento.

Finalmente, en la etapa de recuperación, la propuesta de recuperación será presentada a la autoridad en caso de requerirse su aprobación y se implementará una vez que se cuente con los permisos necesarios. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7-18 del Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

Para mayor detalle del plan de prevención de contingencias y emergencias, ver Anexo 7.1 de la Adenda excepcional del EIA.

14°. Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, a continuación, se indica lo realizado:

14.1. Participación ciudadana informada

La publicación del extracto del Estudio de Impacto Ambiental establecida en el artículo 27 de la Ley N°19.300 se efectuó el día 14/02/2023, en el Diario Oficial y en el diario El Mercurio de Antofagasta con igual fecha. La difusión radial se efectuó por medio de Radio Carnaval FM 96.5 entre los días 15/02/2023 y 21/02/2023, según consta en el certificado S/N de fecha 23/02/2023 emitido por la Sociedad José Enrique Gaete y Cía. Ltda.

El proceso de Participación Ciudadana (PAC) se inició el día 15/02/2023 y finalizó al cabo de 60 días hábiles el 11/05/2023.

14.2 Actividades de participación ciudadana

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Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la ciudadanía, así como la realización de instancias de información y diálogo entre la comunidad y el proponente, se realizaron las siguientes actividades programadas:

Actividades de Participación Ciudadana Nº Actividad Lugar Fecha 1 Taller de apresto y diálogo en Sierra Gorda Cancha techada de Sierra Gorda Dirección: O’Higgins #30, localidad de Sierra Gorda 14/03/2023 2 Taller de apresto y diálogo en Baquedano Cancha techada de Baquedano Dirección: Salvador Allende #114, localidad de Baquedano 24/04/2023

14.3. Observaciones ciudadanas

Durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto al EIA del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Todas las observaciones presentadas en este proceso cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 90 del Reglamento del SEIA.

Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 88 del RSEIA son las siguientes:

Observante: Katherine Lorena Lorca Echeverria, persona natural.

Observación 1: Necesitamos que Minera Spence, cree puestos de empleo en el proceso de adecuación operacional y en las distintas áreas que tiene la minera, también un compromiso comunitario para no desvincular a trabajadores del pueblo de Sierra Gorda, debido al proceso de autonomía o la reubicación de estos en las distintas áreas de minera Spence o BHP, para evitar la cesantía en la localidad.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los compromisos ambientales voluntarios (CAV) del Proyecto.

Respecto a lo solicitado por la observante, relacionado a la contratación de mano de obra local, cabe señalar que el Titular incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-07 Acciones para la promoción de contratación local directa", el cual busca tiene como objetivo desarrollar diversas iniciativas para reducir las brechas entre las competencias de los habitantes de Sierra Gorda en búsqueda de empleo y los perfiles demandados por la industria minera, favoreciendo la contratación comunal, aspirando al logro de un 10% de la dotación directa de Minera Spence sean habitantes de la Comuna de Sierra Gorda al año 2039.

Por otro lado, respecto a la solicitud de no desvincular a trabajadores de Sierra Gorda, cabe señalar que el proceso de desvinculación de personal que realiza el Titular responde a situaciones de optimización operacional y a una evaluación constante de esta variable en la compañía. En ese sentido, las potenciales desvinculaciones de personal no responden a un criterio geográfico, sino a criterios operacionales propios de la compañía, por lo que no se podría comprometer un porcentaje o cifra relacionado a la solicitud de la observante.

Observación 2: Compromiso con proveedores locales para que estos puedan tener contratos directos con Minera Spence.

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Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la incorporación de un compromiso ambiental voluntario (CAV) en el Proyecto.

Respecto a lo solicitado, cabe señalar que el Titular, si bien no incorpora un CAV asociado a la contratación directa de proveedores locales, sí cuenta actualmente con diversos programas e iniciativas para promover el desarrollo de emprendimientos locales en la comuna de Sierra Gorda, tales como:

a) "Programa de Apoyo al Desarrollo Local", el cual busca promover el fortalecimiento social y económico de la comuna de Sierra Gorda por medio de la entrega de fondos concursables, capacitaciones y asesorías a emprendedores y microempresarios locales.

b) "Programa de Compra Local", el cual tiene por objetivo facilitar el acceso para suministrar bienes y servicios a las operaciones de BHP en Chile por parte de pequeñas y medianas empresas locales de una manera más simple, con procesos competitivos y condiciones de pago reducidas, y del cual actualmente participan 16 proveedores de la comuna de Sierra Gorda.

c) "Programa de Fortalecimiento de Pymes", dirigido a fortalecer herramientas digitales de las Pymes, potenciar su venta digital, mejorar ofertas y fortalecer sus herramientas digitales.

d) "Programa Sawu Bridge", el cual considera el desarrollo de Workshops y mentorías a proveedores locales.

Observación 3: Becas exclusivas para estudiantes de la comuna de Sierra Gorda.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la incorporación de un compromiso ambiental voluntario (CAV) en el Proyecto. Respecto a lo solicitado, cabe señalar que el Titular actualmente cuenta con cuenta con un programa de becas, el cual busca contribuir al desarrollo socioeducativo de los estudiantes de la comuna de Sierra Gorda, mediante el aporte de recursos económicos y formativos que permitan el ingreso, continuidad y egreso de estudios de jóvenes que mantengan un buen desempeño académico. Dichas becas consideras un aporte económico para estudiantes de educación media y superior mediante un aporte anual reembolsable. Asimismo, el programa señalado cuenta también con una línea de trabajo integral que considera tutorías, actividades comunitarias, diagnóstico y seguimiento académico.

Por otro lado, el Titular incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-13 Plan de Gestión Comunitaria de Minera Spence en Sierra Gorda y Baquedano", el cual contempla, entre otras acciones, la línea de trabajo "Educación y formación", la cual tiene como objetivo respaldar las instancias de mejoramiento del desempeño educacional de la comuna, mediante el desarrollo de programas voluntarios de apoyo a niños y jóvenes para completar la educación en sus distintos niveles (básica, media y superior), generando alianzas de trabajo con actores y autoridades pertinentes al ámbito educativo, tanto locales, como regionales o nacionales.

Observación 4: Mejorar la mitigación de la contaminación por pm2.5 y pm10, implementar el sistema anti-polución que presentaron en proyecto Zero Dust y que aún no se lleva a cabo en el pueblo de Sierra Gorda, apoyar con regadío de sitios eriazos de la localidad, apoyo en plantar de árboles, áreas verdes y mantenimiento de estos para crear pulmón verde.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto a la solicitud de mitigación de emisiones por pm2.5 y pm10, cabe señalar, en primer lugar, que el Proyecto se desarrollará al interior de la faena de Spence, en la comuna de Sierra Gorda, Provincia y Región de Antofagasta, aproximadamente a unos 10 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda. Al respecto, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra, tronaduras, perforaciones, chancado y harneo de mineral, erosión eólica, transferencias y movimientos de material

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y mineral, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 9.092 t/año de MP10 en el año 9 de la fase de operación (2034).

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 a la localidad de Sierra Gorda se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF, estimándose un aporte anual máximo de 18,7 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 57,4 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda (estación monitora Minera Spence). Al respecto, la condición basal de aporte del Proyecto Original corresponde a un aporte anual máximo de 18,1 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 53,1 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda, por lo que el aporte neto del presente Proyecto corresponde a un aporte anual máximo de 0,71 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 4,01 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda.

Para compensar las emisiones MP10, el Titular presenta en el “Anexo 6.1 Actualización Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación” de la Adenda Excepcional del EIA, las medidas de mitigación “MM1 Continuidad del plan de humectación de caminos y aumento de eficiencia” y “MM2 Continuidad con la aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados”; así como la medida de compensación “MC1 pavimentación de calles”. Al respecto, como ya se mencionó, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10, por lo que solamente se compensan el aporte de concentración de MP10 del Proyecto a la localidad de Sierra Gorda y no de MP2,5, ya que no hay situación de latencia y/o saturación por la norma anual y diaria de MP2,5.

A continuación, se presenta el resumen de aportes de MP10 y MP2,5 a compensar:

Aportes a compensar, norma media anual de MP10

Estación Media anual MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 18,8 18,1 0,71 Sierra Gorda (Spence) 18,7 18,0 0,71 Minera Centinela (SCM) 18,3 17,6 0,71

Aportes a compensar, norma media diaria de MP10

Estación Media diaria MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 56,3 53,1 3,21 Sierra Gorda (Spence) 57,4 53,4 4,01 Minera Centinela (SCM) 56,1 53,5 2,64

En vista de lo anterior, y considerando que el Proyecto implementará medidas de mitigación y compensación por la norma anual de MP10, se puede concluir que el desarrollo del Proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en la localidad de Sierra Gorda, no generándose riesgos para la salud de la población.

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Respecto a la solicitud de implementación del sistema antipolución a través del Proyecto Zero Dust, cabe señalar que, en el marco del relacionamiento establecido por el Titular, los equipos para la implementación del sistema se encuentran en Chile desde abril de 2023, y se coordinará una visita técnica que permita realizar un chequeo de los puntos de instalación de los equipos. Por otra parte, el Titular ha solicitado antecedentes a la Dirección de Obras Municipales para que, una vez que se cuente con todos los antecedentes, se pueda obtener el decreto respectivo para la instalación de los equipos. Los avances respecto a este Proyecto serán informados a la comunidad en el marco de las Mesas de Trabajo desarrolladas por el Titular.

Por último, respecto a la solicitud de implementación y mantenimiento de áreas verdes, cabe señalar que el Titular no acogió esta solicitud en su EIA dentro de su plan de medidas ambientales, dado que el éxito de este tipo de medidas puede variar de acuerdo a diversos factores como cantidad y tipo de vegetación, su ubicación geográfica y el clima, además de otras características tales como el tamaño foliar de las especies para que sean capaces de realizar el proceso de captura del Material Particulado. No obstante, se debe indicar que dentro de las gestiones que ha realizado el equipo de Corporate Affairs de Minera Spence en la localidad de Sierra Gorda, se encuentra en proceso de aprobación municipal el proyecto “Construcción Plaza Ossa – O´Higgins”, bajo el cual se va a intervenir un área aproximada de 900 m2, el cual fue codiseñado entre la I. Municipalidad de Sierra Gorda y la comunidad.

Observación 5: Implementar baños y sombrillas en el pueblo para contratistas y trabajadores de Spence, que realizan cambios de turno en el pueblo de Sierra Gorda, ya, que, las condiciones de espera de transporte son deplorables.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la incorporación de un compromiso ambiental voluntario (CAV) en el Proyecto.

Respecto a la solicitud de incorporación de baños y sombrillas para contratistas y trabajadores, cabe señalar que el Titular incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-05 Sector multipropósito en localidad de Sierra Gorda", el cual tiene como objetivo construir, en beneficio de la comunidad de Sierra Gorda, un espacio urbano que mejore el uso de espacios públicos facilite la recreación, el encuentro comunitario, la continuidad de prácticas culturales tradicionales y el desarrollo económico local. Respecto al lugar, forma y oportunidad de implementación de dicho CAV, cabe señalar que dicho espacio será diseñado de manera conjunta con la comunidad en una mesa de trabajo, en la que participará la comunidad de la localidad de Sierra Gorda. En ese sentido, la observación presentada podría ser incluida como parte de las características del diseño del sector en la instancia mencionada.

Por otra parte, y como complemento al CAV señalado anteriormente, el Titular incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-14 Habilitación Estación de Pasajeros", cuyo objetivo es construir, en beneficio de la comunidad de Sierra Gorda, un espacio que facilite el tránsito peatonal y el flujo vehicular de transporte de pasajeros al interior de la localidad de Sierra Gorda.

Observación 6: Apoyo en mejorar posta rural de Sierra Gorda, tanto de infraestructura e implementación de salud.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la incorporación de un compromiso ambiental voluntario (CAV) en el Proyecto.

Respecto a lo solicitado, cabe señalar, en primer lugar, que entre la observaciones presentadas por la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda, en el marco del Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, esta señaló, respecto al "CAV-06 Mejoramiento de infraestructura de posta rural de la localidad de Sierra Gorda” (presentado en el Capítulo 10 del EIA), que: "actualmente, el municipio en conjunto con el Servicio de Salud está desarrollando un proyecto de posta de salud rural modular" (pronunciamiento en ficha 14.1 c), solicitando con ello reorientar el compromiso. En vista de lo anterior, el Titular modificó el "CAV-06 Mejoramiento de infraestructura de posta rural de la localidad de Sierra Gorda”, y presentó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-06 Apoyo al servicio de atención de salud comunitaria de la Posta Rural de la localidad de Sierra Gorda", el cual

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tiene como objetivo apoyar el servicio de atención de salud comunitaria de la Posta Rural de Sierra Gorda, contribuyendo al mejoramiento en equipamiento y capacidad en los servicios de atención.

Observación 7: Apoyo en mejorar infraestructura e implementación de complejo educacional Caracoles de Sierra Gorda.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la incorporación de un compromiso ambiental voluntario (CAV) en el Proyecto.

Respecto a lo solicitado, cabe señalar que, si bien en el marco de la evaluación del EIA, el Titular no incorpora un CAV específico para mejorar la infraestructura de la Escuela Caracoles G-101 (dado que es un establecimiento público, el cual depende de las gestiones de las autoridades locales y regionales), sí incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-13 Plan de Gestión Comunitaria de Minera Spence en Sierra Gorda y Baquedano", el cual contempla, entre otras acciones, la línea de trabajo "Educación y formación", la cual tiene como objetivo respaldar las instancias de mejoramiento del desempeño educacional de la comuna, mediante el desarrollo de programas voluntarios de apoyo a niños y jóvenes para completar la educación en sus distintos niveles (básica, media y superior), generando alianzas de trabajo con actores y autoridades pertinentes al ámbito educativo, tanto locales, como regionales o nacionales.

Observación 8: Apoyo para realizar exámenes de salud con alguna mutualidad a todos los pobladores de Sierra Gorda, para verificar estado de salud debido a la contaminación por pm2.5 y pm10.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto a los impactos sobre riesgo a la salud de la población, debido a las emisiones de MP10 y MP2,5 del Proyecto, cabe señalar, en primer lugar, que el Proyecto se desarrollará al interior de la faena de Spence, en la comuna de Sierra Gorda, Provincia y Región de Antofagasta, aproximadamente a unos 10 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda. Al respecto, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra, tronaduras, perforaciones, chancado y harneo de mineral, erosión eólica, transferencias y movimientos de material y mineral, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 9.092 t/año de MP10 en el año 9 de la fase de operación (2034).

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 a la localidad de Sierra Gorda se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF, estimándose un aporte anual máximo de 18,7 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 57,4 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda (estación monitora Minera Spence). Al respecto, la condición basal de aporte del Proyecto Original corresponde a un aporte anual máximo de 18,1 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 53,1 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda, por lo que el aporte neto del presente Proyecto corresponde a un aporte anual máximo de 0,71 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 4,01 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda.

Para compensar las emisiones MP10, el Titular presenta en el “Anexo 6.1 Actualización Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación” de la Adenda Excepcional del EIA, las medidas de mitigación “MM1 Continuidad del plan de humectación de caminos y aumento de eficiencia” y “MM2 Continuidad con la aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados”; así como la medida de compensación “MC1 pavimentación de calles”. Al respecto, como ya se mencionó, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10, por lo que solamente se compensan el aporte de concentración de MP10 del Proyecto a

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la localidad de Sierra Gorda y no de MP2,5, ya que no hay situación de latencia y/o saturación por la norma anual y diaria de MP2,5.

A continuación, se presenta el resumen de aportes de MP10 y MP2,5 a compensar:

Aportes a compensar, norma media anual de MP10

Estación Media anual MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 18,8 18,1 0,71 Sierra Gorda (Spence) 18,7 18,0 0,71 Minera Centinela (SCM) 18,3 17,6 0,71

Aportes a compensar, norma media diaria de MP10

Estación Media diaria MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 56,3 53,1 3,21 Sierra Gorda (Spence) 57,4 53,4 4,01 Minera Centinela (SCM) 56,1 53,5 2,64

En vista de lo anterior, y considerando que el Proyecto implementará medidas de mitigación y compensación por la norma anual de MP10, se puede concluir que el desarrollo del Proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en la localidad de Sierra Gorda, no generándose riesgos para la salud de la población. Por otro lado, cabe señalar que no corresponde al Titular realizar exámenes médicos de ningún tipo, dado que constituyen datos sensibles e información que debe ser resguardada y solamente manejada por los Servicios Públicos a cargo de estos temas.

Observación 9: Incrementar procedimientos para empresas contratistas de Spence que habitan o transitan en la localidad de Sierra Gorda, para tener una sana convivencia con la comunidad y respeten normas al igual que las respetan dentro de la minera, como: respetar a peatones y mascotas, evitar incidentes y accidentes, evitar el consumo de alcohol de los trabajadores, reducción de velocidad dentro del pueblo.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto a lo solicitado, cabe señalar que el Titular incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-08 Formación socioambiental para trabajadores del Proyecto", el cual tiene como objetivo educar y sensibilizar a los trabajadores del presente Proyecto, sobre buenas prácticas de relacionamiento con la comunidad durante su permanencia, aunque sea ocasional, en los asentamientos poblados de la comuna de Sierra Gorda, para evitar molestias en la comunidad a causa de la población flotante de trabajadores. Al respecto, dicho CAV incorpora, entre sus temáticas a abordar, las problemáticas resultantes de la afluencia de población flotante de trabajadores en la localidad (identificadas a partir del Capítulo 3.20 “Línea de Base de Medio Humano” del presente EIA, así como en las actividades de participación ciudadana, y participación ciudadana anticipada) y las expectativas que tiene la población local del comportamiento de personas ajenas a la localidad, las cuales corresponden a:

• Historia de la localidad, dinámicas sociales, uso de los espacios públicos y, sitios de relevancia comunitaria.

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• Respeto con el entorno y el cuidado medio ambiental, considerando buenas prácticas sociales y culturales. • Ubicación de servicios básicos, entre ellos: centros médicos y/o asistenciales, servicios de alimentación, entre otros. • Sensibilización respecto a equidad de género, enfatizando en evitar situaciones tales como: acoso callejero y otras conductas similares.

De manera complementaria, el CAV busca también difundir el "Procedimiento de Preocupaciones, Quejas y Reclamaciones Comunitarias" del Titular, identificando los medios de comunicación a través de los cuales la comunidad podrá reportar situaciones relacionadas con comportamientos inapropiados de los trabajadores. Dicho procedimiento contempla un proceso que va desde la recepción de una preocupación, queja o reclamación, hasta su resolución a satisfacción de quien la haya realizado. A partir de ello, en caso de reportarse posibles conductas o actitudes inadecuadas por parte de los trabajadores, estás serán atendidas a través del procedimiento mencionado.

Observante: Fabián Alexis Andrade Cortés, apoderado de grupo de personas naturales: Henry Apablaza Campusano, Rocío Alvarado Alcayaga, Daniela Vargas Licuime, Celmira Mora Corales, Mauricio Vicencio González, Carolina Cantillana Cuevas, Lissette Betancourt Lobos, David Fora Churo, Danisa Araya Ramos, Eugenia Echeverría Rivera.

Observación 10: No está bien considerados los sistemas de vida y costumbres humanas en el Estudio de Impacto Ambiental respecto de la gran cantidad de trabajadores en los cambios de turno que se alojan en la localidad de Sierra Gorda específicamente en la avenida Salvador Allende, donde estos trabajadores a pesar de las RCA en las cuales se comprometen a hacerles charlas y capacitaciones, las que al parecer no son suficientes, lo que tiene que hacer la empresa es tener un terminal de buses porque así alejaría del pueblo la afectación que generan éstas personas que pelean, beben, consumen alcohol y drogas, defecan, orinan en la vía pública, lo cual afecta los sistemas de vida y costumbre de los Sierra Gordinos.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto, así como a la incorporación de un compromiso ambiental voluntario (CAV) en el Proyecto.

Respecto a la solicitud de implementación de un terminal de buses, cabe señalar que el Titular incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-14 Habilitación Estación de Pasajeros", cuyo objetivo es construir, en beneficio de la comunidad de Sierra Gorda, un espacio que facilite el tránsito peatonal y el flujo vehicular de transporte de pasajeros al interior de la localidad de Sierra Gorda.

Por otro lado, respecto a las potenciales afectaciones señaladas, relacionadas a malas prácticas sociales realizadas por la mano de obra flotante del Proyecto, cabe señalar que el Titular incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-08 Formación socioambiental para trabajadores del Proyecto", el cual tiene como objetivo educar y sensibilizar a los trabajadores del presente Proyecto, sobre buenas prácticas de relacionamiento con la comunidad durante su permanencia, aunque sea ocasional, en los asentamientos poblados de la comuna de Sierra Gorda, para evitar molestias en la comunidad a causa de la población flotante de trabajadores. Al respecto, dicho CAV incorpora, entre sus temáticas a abordar, las problemáticas resultantes de la afluencia de población flotante de trabajadores en la localidad (identificadas a partir del Capítulo 3.20 “Línea de Base de Medio Humano” del presente EIA, así como en las actividades de participación ciudadana, y participación ciudadana anticipada) y las expectativas que tiene la población local del comportamiento de personas ajenas a la localidad, las cuales corresponden a:

• Historia de la localidad, dinámicas sociales, uso de los espacios públicos y, sitios de relevancia comunitaria. • Respeto con el entorno y el cuidado medio ambiental, considerando buenas prácticas sociales y culturales. • Ubicación de servicios básicos, entre ellos: centros médicos y/o asistenciales, servicios de alimentación, entre otros.

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• Sensibilización respecto a equidad de género, enfatizando en evitar situaciones tales como: acoso callejero y otras conductas similares.

De manera complementaria, el CAV busca también difundir el "Procedimiento de Preocupaciones, Quejas y Reclamaciones Comunitarias" del Titular, identificando los medios de comunicación a través de los cuales la comunidad podrá reportar situaciones relacionadas con comportamientos inapropiados de los trabajadores. Dicho procedimiento contempla un proceso que va desde la recepción de una preocupación, queja o reclamación, hasta su resolución a satisfacción de quien la haya realizado. A partir de ello, en caso de reportarse posibles conductas o actitudes inadecuadas por parte de los trabajadores, estás serán atendidas a través del procedimiento mencionado.

Observación 11: Hace un par de semanas vino el Seremi del Medio Ambiente acá a la localidad de Sierra Gorda y nos contó que la calidad del aire está muy mala ya que está superando los límites de la norma tri anual, por lo cual está en proceso de decretar zona saturada Sierra Gorda, por lo que a nosotros nos preocupa mucho las condiciones del aumento de contaminación de MP10 que va a generar este proyecto. Por lo que las medidas deben ser efectivas y permanentes en el tiempo de tal manera de mitigar al material particulado con cordones verdes que sirvan de sumideros, pavimentar las calles que la municipalidad indique que desarrollara viviendas sociales.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto al aumento de emisiones de MP10, cabe señalar, en primer lugar, que el Proyecto se desarrollará al interior de la faena de Spence, en la comuna de Sierra Gorda, Provincia y Región de Antofagasta, aproximadamente a unos 10 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda. Al respecto, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra, tronaduras, perforaciones, chancado y harneo de mineral, erosión eólica, transferencias y movimientos de material y mineral, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria. Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 9.092 t/año de MP10 en el año 9 de la fase de operación (2034).

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 a la localidad de Sierra Gorda se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF, estimándose un aporte anual máximo de 18,7 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 57,4 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda (estación monitora Minera Spence). Al respecto, la condición basal de aporte del Proyecto Original corresponde a un aporte anual máximo de 18,1 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 53,1 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda, por lo que el aporte neto del presente Proyecto corresponde a un aporte anual máximo de 0,71 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 4,01 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda.

Para compensar las emisiones MP10, el Titular presenta en el “Anexo 6.1 Actualización Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación” de la Adenda Excepcional del EIA, las medidas de mitigación “MM1 Continuidad del plan de humectación de caminos y aumento de eficiencia” y “MM2 Continuidad con la aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados”; así como la medida de compensación “MC1 pavimentación de calles”. Al respecto, como ya se mencionó, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10, por lo que solamente se compensan el aporte de concentración de MP10 del Proyecto a la localidad de Sierra Gorda y no de MP2,5, ya que no hay situación de latencia y/o saturación por la norma anual y diaria de MP2,5.

A continuación, se presenta el resumen de aportes de MP10 y MP2,5 a compensar:

Aportes a compensar, norma media anual de MP10

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Estación Media anual MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 18,8 18,1 0,71 Sierra Gorda (Spence) 18,7 18,0 0,71 Minera Centinela (SCM) 18,3 17,6 0,71

Aportes a compensar, norma media diaria de MP10

Estación Media diaria MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 56,3 53,1 3,21 Sierra Gorda (Spence) 57,4 53,4 4,01 Minera Centinela (SCM) 56,1 53,5 2,64

En vista de lo anterior, y considerando que el Proyecto implementará medidas de mitigación y compensación por la norma anual de MP10, se puede concluir que el desarrollo del Proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en la localidad de Sierra Gorda, no generándose riesgos para la salud de la población.

Observación 12: El camino que se encuentra atrás de la posta debe ser pavimentado, ya que pasan muchas camionetas que levantan mucho polvo y muchas de estas camionetas provienen de Spence, más aún el proyecto durará hasta el año 2039, por lo que solicito aunar voluntades con ferrocarriles a través de un convenio o algo similar, para mejorar este sector que día a día nos llena de tierra.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto a la solicitud de pavimentación del camino señalado por el observante, cabe señalar que esta no fue acogida por el Titular, debido a que dicho sector corresponde a un predio privado, perteneciente a la empresa Ferrocarril Antofagasta a Bolivia (FCAB), quien posee derechos de servidumbre de protección férrea sobre el camino. En ese sentido, el Titular no podría comprometer acciones sobre un predio privado. No obstante, si bien esta acción no podrá ser acogida por el Titular en el marco de la evaluación del EIA, este sí se comprometió (en las respuestas a las observaciones 2.3 y 2.11 del Anexo 15.1 de la Adenda del EIA), en el marco de su relacionamiento habitual implementado por el Titular en el territorio, a seguir realizando gestiones para conseguir la autorización necesaria para pavimentar dicho sector, de manera paralela a la evaluación de su EIA.

Por otro lado, cabe señalar que en el "Anexo 6.1 Actualización Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación" de la Adenda Excepcional del EIA, el Titular presenta la "Medida de Compensación MC1 pavimentación de calles" cuyo objetivo es disminuir las concentraciones de material particulado respirable MP10 registradas en la comuna de Sierra Gorda generadas por el tránsito de vehículos del Proyecto, a través de la pavimentación de 2 tramos de caminos no pavimentados, ubicados en la comuna de Sierra Gorda y en sus inmediaciones que se denominaron “Ingreso actividad” y “Calle B-21 (B225)” que poseen una longitud de aproximadamente 370 m y 90 m respectivamente, localizado en el sector noroeste de Sierra Gorda.

Observación 13: Al aumentar el proyecto éste aumenta los procesos de acidificación y aumentan los gases que llegan a la localidad, también está la situación que estamos en latencia y/o saturada lo cual nos preocupa y desmedra nuestra salud, actualmente la calidad del aire de sierra gorda es malísima y con este nuevo proyecto la calidad del aire disminuirá. Por el aumento de producción y operaciones.

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Tampoco la localidad cuenta con una estación de monitoreo que mida gases y estos se presenten en línea. Para que toda la comunidad pueda observar la situación.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Con relación a la estación de monitoreo de emisiones, cabe aclarar que el Titular dispone de una estación para la medición de PM10 y PM2.5 en Sierra Gorda.

Respecto a las emisiones de gases, cabe señalar que, en diversos procesos de evaluación ambiental de proyectos del Titular, se ha consignado que los gases no presentan situaciones complejas. En ese sentido, las líneas de base de gases anteriores han medido que la cantidad de concentración de gases es bajo respecto a la norma que exige la autoridad. Los gases asociados a nitrógeno, azufre y monóxido de carbono están del orden del 25% del valor de la norma nacional. A continuación, se presenta el detalle de lo señalado:

Por otro lado, cabe señalar que las emisiones de gases del Proyecto están principalmente asociados al tránsito de vehículos, sin alcanzar los niveles definidos por la normativa nacional, tal como se presenta en la siguiente tabla:

Observación 14: También como pobladores creemos que es necesario incorporar en las viviendas un kit de sobrevivencia para contener situaciones de emergencia con polvo y gases, ya que hemos estado expuesto a estas situaciones como en el caso de las tronaduras descontroladas y exposición de gases producidos por la planta, nube acida producida por la lixiviación, también cada cierto tiempo ocurren accidentes en el transporte de ácido y/o químicos generando nubes tóxicas.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto a las emisiones del Proyecto, cabe señalar, en primer lugar, que el Proyecto se desarrollará al interior de la faena de Spence, en la comuna de Sierra Gorda, Provincia y Región de Antofagasta, aproximadamente a unos 10 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda. Al respecto, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10

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Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra, tronaduras, perforaciones, chancado y harneo de mineral, erosión eólica, transferencias y movimientos de material y mineral, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 9.092 t/año de MP10 en el año 9 de la fase de operación (2034).

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 a la localidad de Sierra Gorda se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF, estimándose un aporte anual máximo de 18,7 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 57,4 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda (estación monitora Minera Spence). Al respecto, la condición basal de aporte del Proyecto Original corresponde a un aporte anual máximo de 18,1 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 53,1 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda, por lo que el aporte neto del presente Proyecto corresponde a un aporte anual máximo de 0,71 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 4,01 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda.

Para compensar las emisiones MP10, el Titular presenta en el “Anexo 6.1 Actualización Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación” de la Adenda Excepcional del EIA, las medidas de mitigación “MM1 Continuidad del plan de humectación de caminos y aumento de eficiencia” y “MM2 Continuidad con la aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados”; así como la medida de compensación “MC1 pavimentación de calles”. Al respecto, como ya se mencionó, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10, por lo que solamente se compensan el aporte de concentración de MP10 del Proyecto a la localidad de Sierra Gorda y no de MP2,5, ya que no hay situación de latencia y/o saturación por la norma anual y diaria de MP2,5.

A continuación, se presenta el resumen de aportes de MP10 y MP2,5 a compensar:

Aportes a compensar, norma media anual de MP10

Estación Media anual MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 18,8 18,1 0,71 Sierra Gorda (Spence) 18,7 18,0 0,71 Minera Centinela (SCM) 18,3 17,6 0,71

Aportes a compensar, norma media diaria de MP10

Estación Media diaria MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 56,3 53,1 3,21 Sierra Gorda (Spence) 57,4 53,4 4,01 Minera Centinela (SCM) 56,1 53,5 2,64

En vista de lo anterior, y considerando que el Proyecto implementará medidas de mitigación y compensación por la norma anual de MP10, se puede concluir que el desarrollo del Proyecto no variará

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la calidad del aire respecto a la situación actual en la localidad de Sierra Gorda, no generándose riesgos para la salud de la población.

Por otro lado, respecto a potenciales accidentes del transporte de sustancias peligrosas, cabe señalar que el Titular se incorporó, a partir del 2023, a una mesa de trabajo convocada por el GORE orientada a la prevención de accidentes de transporte de sustancias peligrosas en las rutas de la región de Antofagasta. A mayor abundamiento, se destaca que el Titular tiene contrato de prestaciones de transporte de ácido sulfúrico entre Mejillones y Spence, con 2 empresas: Compañía FCAB (que realiza el transporte en convoy ferroviario con vigencia de contrato hasta junio del año 2040) y con la Compañía Ilzauspe (que realiza el transporte en camiones por carretera, cuya vigencia de contrato es septiembre de 2024). Ambas compañías son las encargadas de prevenir y afrontar casos de contingencia, tal como lo expresan la caracterización y descripción de sus servicios. Por otro lado, el Titular en el "Anexo 7.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Plan de Emergencias" de la Adenda Excepcional del EIA, se hace cargo de las situaciones de contingencias y emergencias ante eventuales riesgos de derrame de sustancias peligrosas asociadas al transporte, el cual es el foco de la preocupación de la observación, mediante la descripción de acciones a implementar y forma de control del riesgo en la "Tabla 7-4: Riesgo por derrame de sustancias peligrosas", así como la descripción de acciones a implementar, oportunidad y vías de comunicación a la Superintendencia del Medio Ambiente de la activación del plan de la eventual situación de emergencia a revisar en la "Tabla 7-13: Emergencia por derrame de sustancias peligrosas".

Observación 15: CAV-5, se solicita que el sector multipropósito debe considerar un terminal de buses en la localidad, ya que los trabajadores de la empresa bajan a la localidad y generan trastornos y que beben, orinan en la calle, utilizan la posta, utilizan el espacio local e influyen directamente en las condiciones de vida de la población. Ya que necesitamos saber las causas de enfermedades como el hipotiroidismo o el cáncer.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los CAV, así como a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto a la solicitud de implementación de un terminal de buses, cabe señalar que el Titular incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-14 Habilitación Estación de Pasajeros", cuyo objetivo es construir, en beneficio de la comunidad de Sierra Gorda, un espacio que facilite el tránsito peatonal y el flujo vehicular de transporte de pasajeros al interior de la localidad de Sierra Gorda. De ese modo, el sector multipropósito especificado en el "CAV-05 Sector multipropósito en localidad de Sierra Gorda" del "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, será un espacio diferente al de la estación de pasajero, ya que en este se diseñará y habilitará: i) Infraestructura recreacional de esparcimiento y de encuentro comunitario; y ii) Infraestructura que aporte al desarrollo de emprendimientos locales tales como servicios de alimentación u otros.

Respecto a los posibles impactos de la mano de obra del Proyecto, relacionados a malas prácticas realizadas en el espacio público de la localidad de Sierra Gorda, cabe señalar que el Titular incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-08 Formación socioambiental para trabajadores del Proyecto", el cual tiene como objetivo educar y sensibilizar a los trabajadores del presente Proyecto, sobre buenas prácticas de relacionamiento con la comunidad durante su permanencia, aunque sea ocasional, en los asentamientos poblados de la comuna de Sierra Gorda, para evitar molestias en la comunidad a causa de la población flotante de trabajadores. Al respecto, dicho CAV incorpora, entre sus temáticas a abordar, las problemáticas resultantes de la afluencia de población flotante de trabajadores en la localidad (identificadas a partir del Capítulo 3.20 “Línea de Base de Medio Humano” del presente EIA, así como en las actividades de participación ciudadana, y participación ciudadana anticipada) y las expectativas que tiene la población local del comportamiento de personas ajenas a la localidad, las cuales corresponden a:

• Historia de la localidad, dinámicas sociales, uso de los espacios públicos y, sitios de relevancia comunitaria. • Respeto con el entorno y el cuidado medio ambiental, considerando buenas prácticas sociales y culturales.

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• Ubicación de servicios básicos, entre ellos: centros médicos y/o asistenciales, servicios de alimentación, entre otros. • Sensibilización respecto a equidad de género, enfatizando en evitar situaciones tales como: acoso callejero y otras conductas similares.

De manera complementaria, el CAV busca también difundir el "Procedimiento de Preocupaciones, Quejas y Reclamaciones Comunitarias" del Titular, identificando los medios de comunicación a través de los cuales la comunidad podrá reportar situaciones relacionadas con comportamientos inapropiados de los trabajadores. Dicho procedimiento contempla un proceso que va desde la recepción de una preocupación, queja o reclamación, hasta su resolución a satisfacción de quien la haya realizado. A partir de ello, en caso de reportarse posibles conductas o actitudes inadecuadas por parte de los trabajadores, estás serán atendidas a través del procedimiento mencionado.

Por último, con relación a lo indicado sobre antecedentes vinculados a causas de enfermedades como el hipotiroidismo o el cáncer, cabe señalar que que dicha solicitud queda fuera de las competencias del Titular, dado que dichos antecedentes de salud de la población constituyen datos sensibles e información que debe ser resguardada y manejada exclusivamente por Servicios Públicos a cargo de estos temas.

Sin perjuicio de lo anterior, respecto a los impactos sobre riesgo a la salud de la población, debido a las emisiones de MP10 y MP2,5 del Proyecto, cabe señalar, en primer lugar, que el Proyecto se desarrollará al interior de la faena de Spence, en la comuna de Sierra Gorda, Provincia y Región de Antofagasta, aproximadamente a unos 10 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda. Al respecto, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra, tronaduras, perforaciones, chancado y harneo de mineral, erosión eólica, transferencias y movimientos de material y mineral, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 9.092 t/año de MP10 en el año 9 de la fase de operación (2034).

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 a la localidad de Sierra Gorda se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF, estimándose un aporte anual máximo de 18,7 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 57,4 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda (estación monitora Minera Spence). Al respecto, la condición basal de aporte del Proyecto Original corresponde a un aporte anual máximo de 18,1 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 53,1 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda, por lo que el aporte neto del presente Proyecto corresponde a un aporte anual máximo de 0,71 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 4,01 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda.

Para compensar las emisiones MP10, el Titular presenta en el “Anexo 6.1 Actualización Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación” de la Adenda Excepcional del EIA, las medidas de mitigación “MM1 Continuidad del plan de humectación de caminos y aumento de eficiencia” y “MM2 Continuidad con la aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados”; así como la medida de compensación “MC1 pavimentación de calles”. Al respecto, como ya se mencionó, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10, por lo que solamente se compensan el aporte de concentración de MP10 del Proyecto a la localidad de Sierra Gorda y no de MP2,5, ya que no hay situación de latencia y/o saturación por la norma anual y diaria de MP2,5.

A continuación, se presenta el resumen de aportes de MP10 y MP2,5 a compensar:

Aportes a compensar, norma media anual de MP10

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Estación Media anual MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 18,8 18,1 0,71 Sierra Gorda (Spence) 18,7 18,0 0,71 Minera Centinela (SCM) 18,3 17,6 0,71

Aportes a compensar, norma media diaria de MP10

Estación Media diaria MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 56,3 53,1 3,21 Sierra Gorda (Spence) 57,4 53,4 4,01 Minera Centinela (SCM) 56,1 53,5 2,64

En vista de lo anterior, y considerando que el Proyecto implementará medidas de mitigación y compensación por la norma anual de MP10, se puede concluir que el desarrollo del Proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en la localidad de Sierra Gorda, no generándose riesgos para la salud de la población.

Observación 16: Como pobladores solicitamos puedan realizar examen de metales y otros contaminantes a todos los niños del colegio y adultos pobladores de Sierra Gorda en general con el objetivo de mejorar la salud de los pobladores.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto a lo solicitado, cabe señalar que dicha solicitud queda fuera de las competencias del Titular, dado que dichos antecedentes de salud de la población constituyen datos sensibles e información que debe ser resguardada y manejada exclusivamente por Servicios Públicos a cargo de estos temas. Sin perjuicio de lo anterior, respecto a los impactos sobre riesgo a la salud de la población, debido a las emisiones de MP10 y MP2,5 del Proyecto, cabe señalar, en primer lugar, que el Proyecto se desarrollará al interior de la faena de Spence, en la comuna de Sierra Gorda, Provincia y Región de Antofagasta, aproximadamente a unos 10 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda. Al respecto, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra, tronaduras, perforaciones, chancado y harneo de mineral, erosión eólica, transferencias y movimientos de material y mineral, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 9.092 t/año de MP10 en el año 9 de la fase de operación (2034).

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 a la localidad de Sierra Gorda se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF, estimándose un aporte anual máximo de 18,7 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 57,4 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda (estación monitora Minera Spence). Al respecto, la condición basal de aporte del Proyecto Original corresponde a un aporte anual máximo de 18,1 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 53,1

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μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda, por lo que el aporte neto del presente Proyecto corresponde a un aporte anual máximo de 0,71 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 4,01 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda.

Para compensar las emisiones MP10, el Titular presenta en el “Anexo 6.1 Actualización Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación” de la Adenda Excepcional del EIA, las medidas de mitigación “MM1 Continuidad del plan de humectación de caminos y aumento de eficiencia” y “MM2 Continuidad con la aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados”; así como la medida de compensación “MC1 pavimentación de calles”. Al respecto, como ya se mencionó, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10, por lo que solamente se compensan el aporte de concentración de MP10 del Proyecto a la localidad de Sierra Gorda y no de MP2,5, ya que no hay situación de latencia y/o saturación por la norma anual y diaria de MP2,5.

A continuación, se presenta el resumen de aportes de MP10 y MP2,5 a compensar:

Aportes a compensar, norma media anual de MP10

Estación Media anual MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 18,8 18,1 0,71 Sierra Gorda (Spence) 18,7 18,0 0,71 Minera Centinela (SCM) 18,3 17,6 0,71

Aportes a compensar, norma media diaria de MP10

Estación Media diaria MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 56,3 53,1 3,21 Sierra Gorda (Spence) 57,4 53,4 4,01 Minera Centinela (SCM) 56,1 53,5 2,64

En vista de lo anterior, y considerando que el Proyecto implementará medidas de mitigación y compensación por la norma anual de MP10, se puede concluir que el desarrollo del Proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en la localidad de Sierra Gorda, no generándose riesgos para la salud de la población.

Observación 17: De igual manera es necesario un apoyo importante para la posta en equipamiento (telemedicina y otras especialidades modernas) y para esto se debe mejorar en infraestructura moderna para la mejora de la atención de salud.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la incorporación de un CAV en el Proyecto.

Respecto a lo solicitado, cabe señalar, en primer lugar, que entre la observaciones presentadas por la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda, en el marco del Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, esta señaló, respecto al "CAV-06 Mejoramiento de infraestructura de posta rural de la localidad de Sierra Gorda” (presentado en el Capítulo 10 del EIA), que: "actualmente, el municipio en conjunto con el Servicio de Salud está desarrollando un proyecto de posta de salud rural modular" (pronunciamiento en ficha 14.1 c), solicitando con ello reorientar el

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compromiso. En vista de lo anterior, el Titular modificó el "CAV-06 Mejoramiento de infraestructura de posta rural de la localidad de Sierra Gorda”, y presentó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-06 Apoyo al servicio de atención de salud comunitaria de la Posta Rural de la localidad de Sierra Gorda", el cual tiene como objetivo apoyar el servicio de atención de salud comunitaria de la Posta Rural de Sierra Gorda, contribuyendo al mejoramiento en equipamiento y capacidad en los servicios de atención.

Observación 18: Mejorar el camino que va a la planta TAS tanto en pavimentación como en un área verde que debería llevar el camino en su contorno y agregar la infraestructura correspondiente.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al plan de medidas ambientales del Proyecto.

Respecto a la solicitud de pavimentación del camino señalado por el observante, cabe señalar que en el "Anexo 6.1 Actualización Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación" de la Adenda Excepcional del EIA, el Titular presenta la "Medida de Compensación MC1 pavimentación de calles" cuyo objetivo es disminuir las concentraciones de material particulado respirable MP10 registradas en la comuna de Sierra Gorda generadas por el tránsito de vehículos del Proyecto, a través de la pavimentación de 2 tramos de caminos no pavimentados, ubicados en la comuna de Sierra Gorda y en sus inmediaciones que se denominaron “Ingreso actividad” y “Calle B-21 (B225)” que poseen una longitud de aproximadamente 370 m y 90 m respectivamente, localizado en el sector noroeste de Sierra Gorda. En ese sentido, es posible señalar que el camino PTAS mencionado sí será pavimentado como medida de compensación del Proyecto.

Por otro lado, respecto a la implementación de áreas verdes, cabe señalar que el Titular no acogió esta solicitud en su EIA dentro de su plan de medidas ambientales, dado que el éxito de este tipo de medidas puede variar de acuerdo a diversos factores como cantidad y tipo de vegetación, su ubicación geográfica y el clima, además de otras características tales como el tamaño foliar de las especies para que sean capaces de realizar el proceso de captura del Material Particulado. No obstante, se debe indicar que dentro de las gestiones que ha realizado el equipo de Corporate Affairs de Minera Spence en la localidad de Sierra Gorda, se encuentra en proceso de aprobación municipal el proyecto “Construcción Plaza Ossa – O´Higgins”, bajo el cual se va a intervenir un área aproximada de 900 m2, el cual fue codiseñado entre la I. Municipalidad de Sierra Gorda y la comunidad.

Observación 19: Mejora y aumento de las áreas verdes para contener el polvo que emitirá el proyecto, mejora en la infraestructura e insumos, profesionales que trabajen en la posta.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto a la implementación de áreas verdes, cabe señalar que el Titular no acogió esta solicitud en su EIA dentro de su plan de medidas ambientales, dado que el éxito de este tipo de medidas puede variar de acuerdo a diversos factores como cantidad y tipo de vegetación, su ubicación geográfica y el clima, además de otras características tales como el tamaño foliar de las especies para que sean capaces de realizar el proceso de captura del Material Particulado. No obstante, se debe indicar que dentro de las gestiones que ha realizado el equipo de Corporate Affairs de Minera Spence en la localidad de Sierra Gorda, se encuentra en proceso de aprobación municipal el proyecto “Construcción Plaza Ossa – O´Higgins”, bajo el cual se va a intervenir un área aproximada de 900 m2, el cual fue codiseñado entre la I. Municipalidad de Sierra Gorda y la comunidad.

Por otro lado, respecto al mejoramiento de infraestructura, así como de insumos y profesionales para la posta rural, cabe señalar, en primer lugar, que entre la observaciones presentadas por la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda, en el marco del Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, esta señaló, respecto al "CAV-06 Mejoramiento de infraestructura de posta rural de la localidad de Sierra Gorda” (presentado en el Capítulo 10 del EIA), que: "actualmente, el municipio en conjunto con el Servicio de Salud está desarrollando un proyecto de posta de salud rural modular" (pronunciamiento en ficha 14.1 c), solicitando con ello reorientar el compromiso. En vista de lo anterior, el Titular modificó el "CAV-06 Mejoramiento de infraestructura de posta rural de la localidad de Sierra Gorda”, y presentó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-06 Apoyo al servicio de atención de salud

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comunitaria de la Posta Rural de la localidad de Sierra Gorda", el cual tiene como objetivo apoyar el servicio de atención de salud comunitaria de la Posta Rural de Sierra Gorda, contribuyendo al mejoramiento en equipamiento y capacidad en los servicios de atención.

Sin perjuicio de lo anterior, respecto a los impactos sobre riesgo a la salud de la población, debido a las emisiones de MP10 y MP2,5 del Proyecto, cabe señalar, en primer lugar, que el Proyecto se desarrollará al interior de la faena de Spence, en la comuna de Sierra Gorda, Provincia y Región de Antofagasta, aproximadamente a unos 10 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda. Al respecto, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra, tronaduras, perforaciones, chancado y harneo de mineral, erosión eólica, transferencias y movimientos de material y mineral, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 9.092 t/año de MP10 en el año 9 de la fase de operación (2034).

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 a la localidad de Sierra Gorda se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF, estimándose un aporte anual máximo de 18,7 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 57,4 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda (estación monitora Minera Spence). Al respecto, la condición basal de aporte del Proyecto Original corresponde a un aporte anual máximo de 18,1 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 53,1 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda, por lo que el aporte neto del presente Proyecto corresponde a un aporte anual máximo de 0,71 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 4,01 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda.

Para compensar las emisiones MP10, el Titular presenta en el “Anexo 6.1 Actualización Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación” de la Adenda Excepcional del EIA, las medidas de mitigación “MM1 Continuidad del plan de humectación de caminos y aumento de eficiencia” y “MM2 Continuidad con la aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados”; así como la medida de compensación “MC1 pavimentación de calles”. Al respecto, como ya se mencionó, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10, por lo que solamente se compensan el aporte de concentración de MP10 del Proyecto a la localidad de Sierra Gorda y no de MP2,5, ya que no hay situación de latencia y/o saturación por la norma anual y diaria de MP2,5.

A continuación, se presenta el resumen de aportes de MP10 y MP2,5 a compensar:

Aportes a compensar, norma media anual de MP10

Estación Media anual MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 18,8 18,1 0,71 Sierra Gorda (Spence) 18,7 18,0 0,71 Minera Centinela (SCM) 18,3 17,6 0,71 Aportes a compensar, norma media diaria de MP10

Estación Media diaria MP10 (µg/m³N)

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Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 56,3 53,1 3,21 Sierra Gorda (Spence) 57,4 53,4 4,01 Minera Centinela (SCM) 56,1 53,5 2,64

En vista de lo anterior, y considerando que el Proyecto implementará medidas de mitigación y compensación por la norma anual de MP10, se puede concluir que el desarrollo del Proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en la localidad de Sierra Gorda, no generándose riesgos para la salud de la población.

Observación 20: Mejora de la calle donde baja el agua de la lluvia (atrás de la posta) cosa de disminuir la polución y hacerse cargo de limpiar la calle Avenida Salvador Allende con camión aljibe post lluvias, ya que aumenta la contaminación.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto a la solicitud de pavimentación del camino señalado por el observante, cabe señalar que esta no fue acogida por el Titular, debido a que dicho sector corresponde a un predio privado, perteneciente a la empresa Ferrocarril Antofagasta a Bolivia (FCAB), quien posee derechos de servidumbre de protección férrea sobre el camino. En ese sentido, el Titular no podría comprometer acciones sobre un predio privado. No obstante, si bien esta acción no podrá ser acogida por el Titular en el marco de la evaluación del EIA, este sí se comprometió (en las respuestas a las observaciones 2.3 y 2.11 del Anexo 15.1 de la Adenda del EIA), en el marco de su relacionamiento habitual implementado por el Titular en el territorio, a seguir realizando gestiones para conseguir la autorización necesaria para pavimentar dicho sector, de manera paralela a la evaluación de su EIA. Por otro lado, respecto a la solicitud de limpieza de calles, cabe señalar que el Titular incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-01 Barrido de calles pavimentadas en la localidad de Sierra Gorda", cuyo objetivo es realizar el barrido mecánico del material particulado depositado en las calles pavimentadas de la localidad de Sierra Gorda, evitando así la resuspensión del polvo generado por el tránsito de vehículos.

Observación 21: El sector donde baja el agua desde la minera debería considerar medidas para direccionar el agua por fuera del pueblo. Por lo que deberían considerar en al sector multipropósito un parque inundable que desvié las agua a fuera del pueblo.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los CAV del Proyecto.

Con relación a lo solicitado, cabe señalar que el Titular incorporó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-05 Sector multipropósito en localidad de Sierra Gorda", el cual tiene como objetivo construir, en beneficio de la comunidad de Sierra Gorda, un espacio urbano que mejore el uso de espacios públicos facilite la recreación, el encuentro comunitario, la continuidad de prácticas culturales tradicionales y el desarrollo económico local. Respecto al lugar, forma y oportunidad de implementación de dicho CAV, cabe señalar que dicho espacio será diseñado de manera conjunta con la comunidad en una mesa de trabajo, en la que participará la comunidad de la localidad de Sierra Gorda. En ese sentido, la observación presentada podría ser incluida como parte de las características del diseño del sector en la instancia mencionada, pues en la descripción de dicho CAV, se señala que el sector multipropósito considerará el "(...) Desarrollo de estudios necesarios (tales como estudios hidrológicos, u otros) y diseño que incluya el manejo de aguas de forma de evitar inundaciones en el sector".

Observación 22: Las tronaduras deberían ser coordinadas con la localidad y evitar realizar tronaduras en las madrugadas especialmente de noche, ya que a esa hora no se ve el material suspendido y en la mañana lo terminamos respirando todos.

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Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto a lo solicitado, cabe señalar que las tronaduras son realizadas durante la tarde, a partir de las 14:00 horas, considerando que son horarios en los cuales se han registrado direcciones del viento que no se dirigen hacia la localidad de Sierra Gorda, principalmente provenientes del Noroeste y Suroeste. En ese sentido, no se contempla la programación de tronaduras en las noches ni de madrugada, en el marco del presente Proyecto. Por otro lado, respecto a la frecuencia de las tronaduras, el Titular realiza en promedio 3 tronaduras semanales. En este sentido, no es posible coordinar estas acciones con la comunidad, ya que el horario y días en que se realizan responden a criterios técnicos evaluados por los especialistas de la operación. Sin embargo, el Titular señaló (en la respuesta a la observación 13.3 de la Adenda Complementaria del EIA), que es posible comprometer generar un proceso de comunicación hacia la comunidad sobre estas acciones del Proyecto, mediante disposición del Titular de avisar una vez al año, e ir recordando todos los meses sobre los días de la semana y rango horario en que se realizarán las tronaduras, que pueden ser durante los días hábiles y no hábiles de la semana y en una franja horaria entre las 14:00 hrs. y las 17:00 horas, agregando que en caso que exista una tronadura fuera de lo común, se informará por los canales de comunicación con los que ya dispone el Titular, tales como por redes sociales como aplicaciones de mensajería instantánea, como a través de la plataforma web https://www.conectamossg.cl/.

Sin perjuicio de lo anterior, cabe mencionar que para el análisis de los impactos asociados al componente vibraciones, el Titular consideró como base a los receptores humanos identificados en el "Capítulo 3.6 Línea de Base de Vibraciones”, y presentó los resultados de las modelaciones para dicho componente en el “Anexo 4.4 Estudio de Vibraciones” del Capítulo 4 del EIA. Ante la ausencia de normativa nacional específica sobre vibraciones, los resultados obtenidos se compararon con los máximos de referencia de guías internacionales según lo siguiente: para las vibraciones generadas por maquinarias se utilizó como normativa de referencia el estándar norteamericano “Transit Noise and vibration Impact Assessment, elaborado por la Federal Transit Administration (FTA), que evalúa los efectos a las personas (receptores humanos) y a las estructuras. Por otro lado. para las fuentes móviles, se estableció como cuerpo legal de referencia la normativa técnica FTA-VA-90-1003-06 de la Administración Federal de Tránsito de los Estados Unidos (Federal Transit Administration o FTA) en la que se establecen los niveles máximos de ruido para distintos medios de transportes, tales como buses y automóviles. Por último, para la evaluación de los niveles de vibración por tronadura se consideran los estándares de referencia señalados en la norma estadounidense “Title 30: Mineral Resources; Part 816- Permanent Program Performance Standars- Surface Mining Activities; §816.67 Use of explosives: Control of adverse effects”. Dicho lo anterior, el análisis de los impactos asociados al componente vibraciones fue presentado por el Titular en el "Capítulo 4 Evaluación de Impactos" del EIA, específicamente en las tabla "Tabla 4.4-43: Calificación del Impacto Alteración de los niveles de vibraciones producto de las actividades generadas por el Proyecto” en dicho capítulo, y de cuya revisión, se pudo concluir que este impacto posee un índice de calificación del impacto negativo bajo (-8),lo cual lo califica como un impacto no significativo.

Observación 23: Una estación de monitoreo ambiental que mida gases y materiales en el aire.

Evaluación Técnica de la Observación: Al respecto, existen tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) para la medición de MP10 y MP2,5

Por otro lado, emisiones de gases del proyecto están principalmente asociados al tránsito de vehículos, sin alcanzar los niveles definidos por la normativa, de acuerdo con lo señalado en la siguiente tabla:

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En vista de lo anterior el Proyecto no variará la calidad del aire de los gases respecto a la situación actual en la localidad de Sierra Gorda, no generándose riesgos para la salud de la población, por lo que, no es necesario implementar el monitoreo de gases en esta localidad.

Observación 24: Los niños tienen problemas respiratorios debido a esta gran cantidad de material particulado que está presente en el pueblo, por lo que se solicita considerar mejoras sustanciales en la posta y generar nuevas y más grandes áreas verdes.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los impactos ambientales del Proyecto.

Respecto a los impactos sobre riesgo a la salud de la población, debido a las emisiones de MP10 y MP2,5 del Proyecto, cabe señalar, en primer lugar, que el Proyecto se desarrollará al interior de la faena de Spence, en la comuna de Sierra Gorda, Provincia y Región de Antofagasta, aproximadamente a unos 10 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda. Al respecto, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra, tronaduras, perforaciones, chancado y harneo de mineral, erosión eólica, transferencias y movimientos de material y mineral, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 9.092 t/año de MP10 en el año 9 de la fase de operación (2034).

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 a la localidad de Sierra Gorda se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF, estimándose un aporte anual máximo de 18,7 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 57,4 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda (estación monitora Minera Spence). Al respecto, la condición basal de aporte del Proyecto Original corresponde a un aporte anual máximo de 18,1 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 53,1 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda, por lo que el aporte neto del presente Proyecto corresponde a un aporte anual máximo de 0,71 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 4,01 μg/m3N de MP10 en la localidad de Sierra Gorda.

Para compensar las emisiones MP10, el Titular presenta en el “Anexo 6.1 Actualización Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación” de la Adenda Excepcional del EIA, las medidas de mitigación “MM1 Continuidad del plan de humectación de caminos y aumento de eficiencia” y “MM2 Continuidad con la aplicación de supresores de polvo en caminos no pavimentados”; así como la medida de compensación “MC1 pavimentación de calles”. Al respecto, como ya se mencionó, las tres estaciones de la localidad de Sierra Gorda, correspondientes a las estaciones Sierra Gorda (SCM), Sierra Gorda (Centinela) y Sierra Gorda (Spence) se encuentran en condición de saturación por norma anual de MP10, por lo que solamente se compensan el aporte de concentración de MP10 del Proyecto a la localidad de Sierra Gorda y no de MP2,5, ya que no hay situación de latencia y/o saturación por la norma anual y diaria de MP2,5.

A continuación, se presenta el resumen de aportes de MP10 y MP2,5 a compensar:

Aportes a compensar, norma media anual de MP10

Estación Media anual MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar

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Sierra Gorda (Centinela) 18,8 18,1 0,71 Sierra Gorda (Spence) 18,7 18,0 0,71 Minera Centinela (SCM) 18,3 17,6 0,71

Aportes a compensar, norma media diaria de MP10

Estación Media diaria MP10 (µg/m³N) Situación con Proyecto Proyecto Original Aporte a compensar Sierra Gorda (Centinela) 56,3 53,1 3,21 Sierra Gorda (Spence) 57,4 53,4 4,01 Minera Centinela (SCM) 56,1 53,5 2,64

En vista de lo anterior, y considerando que el Proyecto implementará medidas de mitigación y compensación por la norma anual de MP10, se puede concluir que el desarrollo del Proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en la localidad de Sierra Gorda, no generándose riesgos para la salud de la población.

Con relación a la solicitud de mejoras en la posta rural, cabe señalar, en primer lugar, que entre la observaciones presentadas por la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda, en el marco del Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, esta señaló, respecto al "CAV-06 Mejoramiento de infraestructura de posta rural de la localidad de Sierra Gorda” (presentado en el Capítulo 10 del EIA), que: "actualmente, el municipio en conjunto con el Servicio de Salud está desarrollando un proyecto de posta de salud rural modular" (pronunciamiento en ficha 14.1 c), solicitando con ello reorientar el compromiso. En vista de lo anterior, el Titular modificó el "CAV-06 Mejoramiento de infraestructura de posta rural de la localidad de Sierra Gorda”, y presentó en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el "CAV-06 Apoyo al servicio de atención de salud comunitaria de la Posta Rural de la localidad de Sierra Gorda", el cual tiene como objetivo apoyar el servicio de atención de salud comunitaria de la Posta Rural de Sierra Gorda, contribuyendo al mejoramiento en equipamiento y capacidad en los servicios de atención.

Por último, respecto a la solicitud de implementación de áreas verdes, cabe señalar que el Titular no acogió esta solicitud en su EIA dentro de su plan de medidas ambientales, dado que el éxito de este tipo de medidas puede variar de acuerdo con diversos factores como cantidad y tipo de vegetación, su ubicación geográfica y el clima, además de otras características tales como el tamaño foliar de las especies para que sean capaces de realizar el proceso de captura del Material Particulado. No obstante, se debe indicar que dentro de las gestiones que ha realizado el equipo de Corporate Affairs de Minera Spence en la localidad de Sierra Gorda, se encuentra en proceso de aprobación municipal el proyecto “Construcción Plaza Ossa – O´Higgins”, bajo el cual se va a intervenir un área aproximada de 900 m2, el cual fue codiseñado entre la I. Municipalidad de Sierra Gorda y la comunidad.

Observación 25: CAV 09 – En la participación ciudadana se mencionó que se pondría en valor de la oficina salitrera de pampa Lina, Sin embargo, la memoria colectiva del Sierra Gordino actual hablan del Piche Chela el cual es necesario volverlo a echarlo a andar. Cosa que no creo que sea difícil a la empresa ya que cuentan con diversos centros deportivos y recreacionales en el país, sin embargo, acá no dejan nada en ese sentido, por lo que se espera poder agregar o cambiar tal compromiso y/o redirigirlo a la reparación del Pique Chela que tanta falta nos hace.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los CAV del Proyecto.

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Con relación a lo solicitado, cabe señalar que el "CAV-09 Puesta en valor para la Oficina Salitrera Pampa Lina" presentado por el Titular en el "Capítulo 10 Compromisos Ambientales Voluntarios" del EIA, fue elaborado en base a lo expresado por la comunidad de Sierra Gorda en las actividades de Participación Ciudadana Anticipada (PACA), específicamente en la actividad desarrollada el 23 de julio 2022. En dicha instancia, se relevó la Oficina Pampa Lina como un sector de interés comunitario para poner en valor, no mencionándose el sector denominado Pique Chela con tal relevancia, por lo que no se incorporó dentro de los CAV del EIA. No obstante, en los CAV del EIA actualizados, presentador por el Titular en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, se incorporó el "CAV-13 Plan de Gestión Comunitaria de Minera Spence en Sierra Gorda y Baquedano" el cual tiene como objetivo generar vínculos de confianza permanentes con la comuna y contribuir al mejoramiento del desarrollo económico y social de la misma, como comunidad anfitriona de la compañía, y que, dentro de sus líneas de acción, contempla la “Inclusión Social”, la cual se entiende como un área enfocada en potenciar el aumento de la participación en los distintos niveles de toma de decisiones de las personas e infraestructura relevante para estos grupos de interés trabajando en alianza con la autoridad local en caso de que lo amerite. Por lo tanto, y si la comunidad lo requiere, se podrían generar apoyos al sector Pique Chela, dentro de dicha línea de trabajo.

Como complemento de lo anterior, en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el Titular incorporó otro CAV asociado al patrimonio, correspondiente al "CAV-10 Difusión del patrimonio cultural de Sierra Gorda”, el cual tiene como objetivo difundir el patrimonio arqueológico, histórico, antropológico y paleontológico de la comuna de Sierra Gorda, y que se fundamenta en el interés que ha expresado la comunidad local en conocer el patrimonio cultural existente en Sierra Gorda, en levantar nueva y más información sobre dicho patrimonio, y en difundir y educar a la comunidad con miras a fortalecer la memoria histórica local, quedando expresado dicho interés en instancias de Participación Ciudadana Adelantada, así como en las observaciones ciudadanas emitidas por la comunidad en el período de PACA, así como durante el desarrollo de las mesas de trabajo realizadas durante los meses de marzo a agosto del año 2023, en la cuales el Titular buscó profundizar acerca las observaciones ciudadanas recibidas, en el marco de la evaluación ambiental de su EIA.

Observación 26: CAV 03 y CAV 08 – respecto de las charlas de inducción paleontológica y formación socioambiental, solicitamos que estas sean también dirigidas a la escuela y a los pobladores de la comuna.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los CAV del Proyecto.

Con relación a la solicitud del "CAV-03 Charlas de inducción paleontológica a los trabajadores" del "Capítulo 10 Compromisos Ambientales Voluntarios" del EIA, cabe señalar que este está orientado a los trabajadores del Proyecto, ya que su alcance principal es prevenir la afectación de elementos paleontológicos que puedan ser hallados durante la excavación y los procedimientos que deben efectuarse en caso de identificar este tipo de materiales, junto con la aplicación del protocolo de hallazgos no previstos. En ese sentido, no sería pertinente que sea dirigido a las escuelas y pobladores de Sierra Gorda, pues está dirigido a los trabajadores que, durante la ejecución del Proyecto, son los únicos que eventualmente podrían verse involucrados en situaciones de este tipo.

Por otro lado, respecto al "CAV-08 Formación Socioambiental para trabajadores de Spence y empresas colaboradoras” del "Capítulo 10 Compromisos Ambientales Voluntarios" del EIA, cabe señalar que este tiene como objetivo educar y sensibilizar a los trabajadores del presente Proyecto, sobre buenas prácticas de relacionamiento con la comunidad durante su permanencia, aunque sea ocasional, en los asentamientos poblados de la comuna de Sierra Gorda, para evitar molestias en la comunidad a causa de la población flotante de trabajadores. En ese sentido, no sería pertinente que sea dirigido a las escuelas y pobladores de Sierra Gorda, ya que su enfoque se encuentra en los trabajadores y el resguardo de las costumbres y prácticas de la localidad, ya que podrían ser personas foráneas que transitan por Sierra Gorda, y se propende a asegurar que durante su permanencia mantengan el respeto por la comunidad y sus formas de vida.

Sin perjuicio de lo anterior, y en vista del interés que ha expresado la comunidad local en conocer el patrimonio cultural existente en Sierra Gorda, en levantar nueva y más información sobre dicho

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patrimonio, y en difundir y educar a la comunidad con miras a fortalecer la memoria histórica local, quedando expresado dicho interés en instancias de Participación Ciudadana Adelantada, así como en las observaciones ciudadanas emitidas por la comunidad en el período de PACA, así como durante el desarrollo de las mesas de trabajo realizadas durante los meses de marzo a agosto del año 2023, en la cuales el Titular buscó profundizar acerca las observaciones ciudadanas recibidas, en el marco de la evaluación ambiental de su EIA, el Titular incorporó el "CAV-10 Difusión del patrimonio cultural de Sierra Gorda” en el "Anexo 10.1 Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios" de la Adenda Excepcional del EIA, el cual tiene como objetivo difundir el patrimonio arqueológico, histórico, antropológico y paleontológico de la comuna de Sierra Gorda.

Observante: Karla Ivana Villalobos Montenegro, persona natural

Observación 27: A mi parecer este proyecto tiene todas las caracteristicas ambientales y urbanas para ser aprobado, pero por otra parte, me parece ilogico que CMP tenga los derechos sobre el agua de la Higuera, la cual se encuentra con escases de recursos hidricos hace alrededor de 10 años, sin tener en cuenta que muchas comunas son sustentadas a traves del mismo Pozo Punta de Viento.Este proyecto deberia de alguna forma brindar ayuda con los recursos hidrologicos a esta parte de la region de Coquimbo sin tener que sobre explotar las napas subterraneas que hasta estas alturas ya estan siendo usadas por las mismas comunidades pero en muy bajo porcentaje.La ubicacion de la ampliacion tiene varios factores que pueden solvetar el proyecto en la misma idea de agua potable, como lo son las aguas de lluvia y la desalinizacion del oceano pacifico, que aunque tiene un costo mayor a corto plazo, se podra agradecer en un futuro para no acabar con nuestras fuentes hidrologicas naturales.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación no es pertinente, dado que no hace referencia al EIA del Proyecto en evaluación.

15°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

16°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

17°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.

18° Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

19°. Que, para que el proyecto “Adecuación Operacional Spence” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

20°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el EIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

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21°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

22°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

23°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Adecuación Operacional Spence”, presentada por el Titular Minera Spence S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Adecuación Operacional Spence” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y vigente.

3°. Certificar que el proyecto “Adecuación Operacional Spence” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 136, 137, 138, 140, 141, 142, 158 y 160 todos del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Adecuación Operacional Spence” se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 letra f) de la Ley N° 19.300, al proponer medidas de mitigación y compensación adecuadas a tal efecto.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a los artículos 20 y 29 de la Ley Nº 19.300, ante el Comité de Ministros. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, Notifíquese al Titular y Archívese.

Karen Behrens Navarrete Delegada Presidencial Presidenta Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

Karen Elizabeth Behrens Navarrete Firmado digitalmente por Karen Elizabeth Behrens Navarrete Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=SEGUNDA - REGION DE ANTOFAGASTA, l=Antofagasta, o=Ministerio del Interior, ou=Terminos de uso en www.esign-la.com/ acuerdoterceros, title=Delegada y Autoridad Titular Subrogante Suplente, cn=Karen Elizabeth Behrens Navarrete, email=kbehrens@interior.gob.cl Fecha: 2025.01.09 12:23:14 -03'00'

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TOMÁS BALLESTEROS COHEN Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental (S) Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

KBN/RMM/ TBC/FMC/EFE/efe

Distribución:

• Katherine Lorena Lorca Echeverria. • Fabián Alexis Andrade Cortés. • Karla Ivana Villalobos Montenegro. • Superintendencia del Medio Ambiente. • CONAF, Región de Antofagasta. • DGA, Región de Antofagasta. • Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta. • DOH, Región de Antofagasta. • Gobernación Marítima de Antofagasta. • Gobierno Regional, Región de Antofagasta. • Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda. • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta. • SAG, Región de Antofagasta. • SEC, Región de Antofagasta. • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta. • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta. • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta. • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta. • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta. • SEREMI MOP, Región de Antofagasta. • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta. • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta. • Consejo de Monumentos Nacionales. • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. • Superintendencia de Servicios Sanitarios.

CC: • Secretaría Comisión de Evaluación. • Archivo SEA.

Firmado por: Tomás Ballesteros Cohen Fecha: 09/01/2025 08:47:29 CLST