Evaluación SEA

Optimización Operacional Planta Lota

Rol 2158048339
SEA · DIA · Aprobado · 2023-01-23 · Región del Biobío · Industrias Isla Quihua S.A.

hto:

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Biobío

Califica Ambientalmente el proyecto “Optimización Operacional Planta Lota”

Concepción

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, la DIA). su Adenda de fecha 30 de noviembre de 2023 y su Adenda Complementaria del 17 de septiembre de 2024, del proyecto “Optimización Operacional Planta Lota”, presentado por Industrias Isla Quihua S.A. con fecha 23 de enero de 2023.

  2. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3? del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, el ICE) de la DIA del proyecto “Optimización Operacional Planta Lota”.

3", El Acta de Evaluación N* 003 de fecha 22 de marzo de 2023, del Comité Técnico de la Región del Biobío.

  1. El ICE de la DIA del proyecto “Optimización Operacional Planta Lota” de fecha 23 de octubre de 2024.

5”. El Acta N? 20 de fecha 04 de noviembre de 2024 de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobio.

6”. La Resolución Exenta N? 202308101124 de fecha 22 de marzo de 2023 de la Dirección Regional del SEA de la Región del Biobío que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente,

7”. La Resolución de Calificación Ambiental N*101, de fecha 99 de mayo de 2011, de la Comisión de Evaluación Región del Biobío, que califica ambientalmente el proyecto “Regularización Ambiental Reconstrucción Industrias Isla Quihua S.A.”, del proyecto “Optimización Operacional Planta Lota” que se modifica a través de la presente Resolución.

8” La Resolución de Calificación Ambiental N? 417 de fecha 24 de noviembre de 2016 de la Comisión de Evaluación Región del Biobío que califica ambientalmente el proyecto “Planta de Tratamiento de Riles y Modificación de Punto de Descarga Industrias Isla Quihua S.A.”, del proyecto “Optimización Operacional Planta Lota” que se modifica a través de la presents Resolución.

9%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Optimización Operacional Planta Lota”.

10. Lo dispuesto en la Ley N 19,300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (en adelante “Ley N? 19.300”), en el D.S. N 40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental “en adelante “RSEIA”, en el D.F.L. N1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y en la Ley N” 19.980, Sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; La Resolución Exenta

1

validador, bc fvalidar) F8369..! 4E4B» |-385055FED36l

N* 20210300119 de fecha 13 de septiembre de 2021 que aprueba el texto reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío; en el Dictamen N? 33.235, de fecha 27 de diciembre de 2019 de la Contraloría General de la República, que se pronuncia sobre la alteración del orden de subrogancia de un cargo del segundo nivel del sistema de Alta Dirección Pública;

CONSIDERANDO:

  1. Que, Industrias Isla Quihua S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, el SEIA) la DIA del proyecto “Optimización Operacional Planta Lota” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Industrias Isla Quibua S.A,

Rut 99.579.230-3

Domicilio Avda, Matta N” 203, Lota Bajo Teléfono 56412636600

Nombre representante legal Claudio Salazar Zencovich Rut representante legal 6324191-1

Domicilio representante legal | Malaquias Concha 1260 Teléfono representante legal 56412636600

Correo electrónico Titular o | csalazars(Dislaquihua.cl representante legal

2*. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de octubre de 2024, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío ha recomendado aprobar el proyecto, por este cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE del proyecto; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la 10 del ICE del proyecto; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3%, Que, en sesión de fecha 04 de noviembre de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Optimización Operacional Planta Lota”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 23 de octubre de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4?, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El proyecto tiene como objetivo la optimización operacional de planta Lota a través del aumento de capacidad de almacenamiento de gas licuado, cambio de configuración de estanques de combustibles existentes, aumento de la potencia eléctrica de grupos electrógenos y optimización operacional del sistema de tratamiento de RILes para la recepción de RILes desde otras instalaciones.

Tipología principal, así | Tipología principal:

como las aplicables a sus | ,3) Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables, partes, obras o acciones (sustancias señaladas en la Clase 2 División 2.1, 3 y 4 de la NCh. 382, Of 2004) que se realice durante un semestre o más, y con una

periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos diarios (80.000 kg/día).

Tipología secundaria:

0.7. Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos, que cumplan al menos alguna de las siguientes condiciones:

0.7.3. Que den servicio de tratamiento a residuos provenientes de terceros

Vida útil

Se considera una vida útil del proyecto de 20 años.

Monto de inversión

USD $ 1.700.000,000

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA.

La gestión, acto o faena mínima que da inicio a la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, corresponde al “montaje del estanque de gas licuado”,

Proyecto se desarrolla por Si No

etapas X

Proyecto modifica un | sj No | Planta Lota de Industrias Isla Quihua S.A. cuenta con

proyecto o actividad 3 Resoluciones de Calificación Ambiental, los cuales Xx están asociados a la implementación del vertimiento en Si No | 2ltamar de los RILes de descarga de pesca y del lavado

Proyecto modifica otra(s) RCA

de equipos y pisos de la planta elaboradora de harina y aceite de pescado; regularización ambiental de la reconstrucción de la planta posterior al terremoto y tsunami del año 2010, e implementación de un sistema de tratamiento de RILes y descarga de RILes tratados X a través de emisario existente. El detalle de las Resoluciones de Calificación Ambiental y su estado de implementacion y relación con el presente proyecto fueron detalladas y descritas en el Considerando 2? del ICE del proyecto, y lo descrito por el titular en el anexo 9” de la Adenda Complementaria.

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

Comuna de Lota; Provincia de Concepción; Región del Biobío

Descripción de la localización

El proyecto se desarrollará al interior de Planta Lota de Industrias Isla Quihua S.A., donde opera la planta elaboradora de harina y aceite de pescado cuya operación no se modifica con este proyecto.

Planta Lota de Industrias Isla Quihua S.A. se ubica en un uso de suelo correspondiente a Sector Urbano 3 (S-3), que permite los usos de suelo asociados a industria y bodegaje, se adjunta en Anexo 4 de la DIA el certificado de uso de suelo. Este sector contempla como usos permitidos actividades de Industria y bodegaje inofensiva y molesta. Lo anterior, de acuerdo a lo áefínido en Plan Regulador Comunal de Lota aprobado por Decreto N*11/1983 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y sus posteriores modificaciones.

Superficie

La superficie a intervenir al interior de las instalaciones de planta Lota será de 90 m? correspondiente al sector de emplazamiento del nuevo estanque de almacenamiento Je Gas Licuado.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Vértice | CoordenadasUTM

Unidades ubicación | (Datum WGS84, Huso 18H)

Nuevo estanque de Gas Licuado

1

663.670 m E

5.892.818 m S

Caminos de acceso

El acceso a las instalaciones se realiza por la Ruta 160, luego por las calles La Paz, Carrera, Arturo Prat, Matta y por último el camino de

acceso a Planta Lota.

Referencia al expediente de

evaluación de los mapas, georreferenciación e

información complementaria

sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capítulo 2 del Anexo 9: DIA Optimización Operacional Planta Lota

actualizada, Adenda Complementaria.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

43.1: FASE DE CONSTRUCCIÓN

Parte/obra 1

Dadas las características del proyecto, no se requiere instalación de faenas ni de otras partes y obras en esta fase.

Acción 1. Montaje mecánico y eléctrico

Contempla las faenas necesarias para montar el estanque. Este montaje se realiza con una grúa. Posteriormente, se realizarán los montajes eléctricos del sistema de bombeo de gas licuado.

Acción 2. Piping e interconexión mecánica

Montaje e interconexión de las cañerías de distribución de gas licuado conectados desde los estanques a la planta. Esta actividad implica realizar uniones, enflanjado, terminación de aislación y otros relacionados con todos los ductos de interconexión de líneas de abastecimiento de gas licuado hacia las calderas.

Acción 3. Pruebas y puesta en marcha

Actividad destinada a probar los equipos, interconexiones, parámetros de operación, detectar detalles y visualizar mejoras. Teniendo las instalaciones terminadas y probada su hermeticidad se procede a generar la primera carga del nuevo estanque.

Recursos naturales

Dadas las características del proyecto, no se contempla la extracción, explotación o

renovables utilización de recursos naturales renovables durante la fase de construcción. Emisiones y + Emisiones efluentes

Las emisiones de material particulado y gases de combustión para la fase de construcción fueron las siguientes:

Tabla. Resumen de emisiones atmosféricas fase de construcción

Conjunto. eo PMIO JPM2,/5 INO2 ¡CO [SO2 leñisor Fotales N Z Ñ : ton/año lton/año:'|ton/año ton/añio. ton/añio [Fuentes ¡Combustión de maquinaria [0,000035 [0,000035 [0,0017 0,0016 0,000014 directas (e planta) Total .000035 p,000035 |[p,0017 (p0016 |[D,000014 ¡Combustión de camiones ,000072 |0,000072 [0,0041 0,0009 10,0000051 Fuentes [Fránsito por acceso Como 00995 bo00025 | L m o [supresor indirectas (en rutas) mo [Fránsito — por rutas no b.000s7 poor L M L pavimentadas Total 10,00089 [0,00024 0,0041 0009 10,0000051 ¡Total Construcción 0,00093 /0,00028 (0,0058 [0,0025 0,000019

Fuente: Tabla 26 del Anexo 9 de Adenda Complementaria.

Las emisiones de ruido asociadas a “a ejecución de montaje de estanque y equipos, e interconexiones, se presentan en la siguiente tabla. Tabla, Niveles de ruido en fase de construcción

o Aporte del proyecto - Límite DS38 nen Receptor |. pase de Dierno, db) ¿Cumple con DS38? : eN . Construcción, : . > dB(A, RI 49 60 Sí R2 50 60 Sí

Fuente: Estudio de Impacto Acústico, Anexo 4 de la Adenda

Con respecto a las Vibraciones, la siguiente tabla presenta los resultados estimados para la actividad de circulación de camiones, cuyos parámetros fueron comparados con el criterio de la normativa “Transit Noise and vibration Impact Assessment” (FTA, 2006).

Tabla. Emisiones de vibraciones fase de construcción.

o - : : Limite Ly . Receptor Ly a establecido por. ai aa a ETA (VaB) £ E R2 61 1) Si

Fuente: Tabla N*13 de Anexo 4 de Adenda, Estudio de Impacto Acústico actualizado

o Efluentes

Los efluentes generados durante la construcción corresponden a aguas servidas de los trabajadores, que, para una dotación máxima de 15 trabajadores, se estima una generación de 1,5 m'/día de aguas servidas como máximo en la fase de construcción. Estas aguas serán manejadas a través de los servicios higiénicos existentes en planta los que son derivados al alcantarillado público operado por ESSBIO S.A.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que

puedan afectar el medio ambiente.

e Residuos El proyecto generará residuos sólidos domiciliarios en una cantidad variable que dependerá del número de trabajadores presentes, Considerando el máximo de 15 trabajadores, se generarán aproximadamente 15 kg/día de residuos domésticos (1 kg/trabajador/día), los que serán depositados en contenedores para posteriormente ser derivados a disposición final autorizada ambiental y sanitariamente. Dadas las características del proyecto, se estima que no se generarán residuos peligrosos durante esta fase, Dadas las características del proyecto, durante la fase de construcción no se contempla la utilización de productos químicos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítuo4. Descripción del proyecto, 4.5. Fase de construcción, sección 4.6.4 Emisiones y efluentes.

Parte/obra 1. Nuevo Estanque de Gas Licuado

Corresponde a 1 estanque de almacenamiento de Gas Licuado de 110 m3 de capacidad (equivalente a 56.700 kg de capacidad nominal) que se suma al estanque existente de la misma capacidad, con el objeto de mejorar la logística y brindar mayor autonomía de gas licuado en planta,

Ambos estanques suman un total de capacidad de almacenamiento equivalente de 1 13,4 ton de Gas Licuado (220 m3).

La instalación de este estanque incluye el montaje eléctrico del sistema de bombeo de gas licuado. Las coordenadas del nuevo estanque se presentan a continuación:

O - Coordenadas UTM del Nuevo Estanque Gas Licuado a | (Datum WGS84, Huso 18 Sur)

663.670 m E 5.892.818 m S

Corresponden a las cañerías de distribución de gas licuado conectados desde los estanques

Parte/obra a Z: a la planta. Considera uniones, enflanjado, terminación de aislación y otros relacionados uevas cañerias | 7 todos los ductos de interconexión de líneas de abastecimiento de gas licuado hacia las (Piping) calderas. El vapor requerido en el proceso de elaboración de harina y aceite de pescado se abastecerá mediante 4 calderas que se readecuaron para operar con gas licuado como combustible principal y diésel como combustible secundario. A continuación, se presentan sus características. . Producción de Altura 1D N*-Registro Combustible vapor. chimenea Parte/obra 3. : : (evil) (a) calderas . : Generadoras a 1 SSCON-183 Gas licuado y diésel 22.000 20,0 Vapor 2 SSCON-57 Gas licuado y diésel 25.595 13,0 3 SSCON-177 Gas licuado y diésel 11.682 13,5 4 SSCON-80 Gas licuado y diésel 5.500 11,3

Fuente: Tabla 12 de Anexo 9 de Adenda Complementaria.

La ubicación de estas se presenta en el Anexo 2.1 de la Adenda, Layout Proyecto actualizado.

Parte/obra 4, Nueva

Se contempla un cambio de configuración de los 3 grupos electrógenos de la planta, se cambia la configuración de: 2 de 1100 KVA y 1 de 569 kVA, por 3 grupos electrógenos de 1.250 KVA cada uno, los cuales operarán con diésel como equipos de respaldo energético

Configuración durante cortes del suministro eléctrico y como complemento del suministro eléctrico en Grupos periodos de horarios de punta. Electrógenos La ubicación de estos se presenta en el Anexo 2.1 de la Adenda, Layout Proyecto actualizado Dado que se implementará la recepción de RlLes desde otras instalaciones de terceros O propias del titular, que se generen en procesos de descarga de pesca y de lavado al interior de plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos, se aumentará la capacidad de Parte/obra 5. | tratamiento a través de la operación de forma alternativa en paralelo de las 2 unidades DAF Nueva (de capacidad 180 m3/h c/u), ya que estas originalmente funcionan solo en serie.

Configuración de Planta de Tratamiento de RILes

Por lo tanto, el volumen estimado a tratar y descargar de RlLes desde la planta de tratamiento será del orden de 180 m*/h operando en serie o 360 m'/h operando en paralelo (sólo en caso de existir proceso productivo). La ubicación de la planta de RlLes se presenta en el Anexo 2.1 de la Adenda, Layout Proyecto actualizado.

Cabe destacar, que para el almacenamiento de sólidos orgánicos y lodos se cuenta con 1 estanque de 55 m' de capacidad, ya no se cuenta con 2 estanques de 5 m3 cada uno como indicaba la RCA originalmente.

Pparte/obra 6. Emisario

Por otra parte, es importante mencionar que, debido al aumento de la capacidad de tratamiento, también existirá un aumento del caudal de descarga de RlLes a través del Emisario Submarino existente de la planta, sin necesidad de modificar la infraestructura de este. Con la implementación del proyecto se aumentará el caudal descargado desde 2,180 m/h a 2.760 m'/h al incorporar la alternativa de operación en paralelo de las 2 unidades DAF del sistema de tratamiento de RlLes lo que implica un aumento de la capacidad de

Submarino tratamiento desde 180 m'/h a 360 m'/h y la recepción de RILes desde otras instalaciones que no requieren tratamiento. Cabe destacar que la capacidad actual de descarga del emisario es suficiente para absorber este aumento de caudal.

Para mayor detalle, en la figura 5 de la Adenda Complementaria, se presenta el diagrama de flujos del circuito de tratamiento de RILes (Página 17 de Adenda Complementaria). Residuos Sólidos No Peligrosos:

Parte/obra 7. La planta cuenta con 2 contenedores de 14 m? de capacidad de almacenamiento de residuos

Instalaciones — de industriales no peligrosos. Uno se utiliza de forma permanente yel segundo en periodos de

Almacenamiento mayor generación de residuos. También como se mencionó anteriormente, se cuenta con un

de Residuos estanque de almacenamiento de sólidos orgánicos y lodos de 55 m' de capacidad.

sólidos Residuos Sólidos Peligrosos:

La planta cuenta con 1 bodega de residuos industriales peligrosos, cuya resolución sanitaria que autoriza su funcionamiento se adjunta en Anexo 13 de la DIA. Dado que no se

modifican los residuos peligrosos a generar producto de la implementación del proyecto, no se requirió la solicitud del PAS N*142 del RSEIA.

Parte/obra 8. Sistema

El proyecto considera implementar en un plazo máximo de 24 meses desde obtenida la RCA Favorable, un sistema de abatimiento de olores en los enfriadores 1 y 2 del proceso

Abatimiento -.- de | productivo de la planta, el cual tendrá una eficiencia de un 70% de reducción de las Olores emisiones odorantes.

Acción 1. ¡ Durante esta fase, se iniciará la operación en régimen del muevo estanque de Operación nuevo-| almacenamiento de Gas Licuado.

estanque . de | Las operaciones unitarias que se ejecutarán son:

almacenamiento

de gas licuado

a) Recepción de gas licuado: La recepción de Gas Licuado en la planta se realizará a través de camiones y utilizando la isla de carga existente.

b) Almacenamiento de gas licuado: Los estanques y cañerías de distribución de gas licuado cumplirán las exigencias definidas en el Decreto N* 108/14 MINENERGIA.

c) Suministro de gas licuado a la planta: tal como se ha indicado previamente, se utilizará gas licuado para la operación de 4 caideras generadores de vapor. El suministro de Gas Licuado se realiza utilizando la isla de sarga.

Para la generación de vapor se ocuparán 4 calderas que utilizarán preferentemente Gas Licuado. En la medida que no exista o que haya problemas en la disponibilidad de suministro de Gas Licuado dos calderas podrán operar con combustible petróleo diésel,

En la siguiente tabla se incluye el consumo nominal de cada caldera.

Escenario Gas Licuado - Escenario Diésel Proyectado -. Proyectado Caldera N 1 lh Gas Licuado 2036,3 Diésel 1322,2 Caldera N 2 Va Gas Licuado 2369,1 Diésel 1538,3 Caldera N 3 ln Gas Licuado 1106,4 Diésel 718,4 Caldera N 4 Vh Gas Licuado 539,7 Diésel 350,4

Fuente: Tabla 23 de Anexo 9 de Adenda Complementaria

Acción 2. Uso de un nuevo . grupo electrógeno para respaldo energético

Se contempla utilizar durante esta fase una nueva configuración de grupos electrógenos de la planta de 3 generadores diésel de 1.250 kVA cada uno, los cuales operarán como equipos de respaldo energético durante cortes del suministro eléctrico y como complemento del suministro eléctrico en periodos de horarios de punta.

Acción Recepción, tratamiento y descarga de RILes externos

Se implementará la recepción de RILes desde otras instalaciones de terceros o propias del titular. Se recibirán RILes que se generen en procesos de descarga de pesca y de lavado al interior de plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos provenientes de instalaciones propias del titular o de terceros. Por lo anterior, se estima que estos RILes poseerán las mismas características fisicoquímicas que los RILes que se tratan actualmente en la planta,

El volumen estimado a descargar de RILes desde la planta de tratamiento será del orden de 180 m*/h operando en serie o 360 m'/h operando en paralelo (sólo en caso de existir proceso productivo).

Previo a recibir RILes de otros titulares se firmará un convenio de recepción de RILes, solicitando la entrega antes del inicio de recepción de los RILes y por única vez, un análisis de caracterización de RILes de los parámetros definidos en la Tabla del punto 3.7 del D.S.90/00 (Establecimiento Emisor) esto con el fin de confirmar si se requiere o no de su tratamiento y dejar establecido el volumen de RlLes que se recibirá diariamente. Además, este convenio detallará las especies de -ecursos hidrobiológicos que estarán involucradas enla generación de RILes, respaldado con las autorizaciones SUBPESCA que autorizan las actividades de transformación incluyéndolas como anexo en el convenio. Se firmarán convenios de recepción de RILes desde terceros solo con las empresas cuyo detalle de especies sea compatible con Industrias Isla Quihua S.A. Se adjuntan en Anexo 8.1 de Adenda Complementaria las resoluciones SUBPESCA de las especies que se procesan en planta Lota de Industrias Isla Quihua.

Como medio de verificación para controlar el proceso de recepción de RILes en camiones, se mantendrá en portería un libro de registro de recepción de RILes que detallará la empresa

titular, especies involucradas en la generación de RILes, hora de ingreso, patente del vehículo, volumen de RlLes recibido, N* de guía de despacho. Se mantendrá un archivo digital que compile la recepción diaria y anual de camiones con la misma información detallada en portería para que esté disponible en caso de fiscalizaciones de la autoridad sanitaria y ambiental. También se mantendrá el respaldo de las guías de despacho de RILes,

Se aclara que una parte de los RILes externos a recibir provendrá de una nueva planta de procesamiento de recursos hidrobiológicos para productos de consumo humano la cual se emplazará aledaña a Planta Lota de Industrias Isla Quihua S.A. y será de un tercero que tramitará la autorización ambiental respectiva. Por lo tanto, para el traslado sólo será necesaria la habilitación de piping desde esta nueva planta para que se conecte con el sistema de tratamiento de RILes para los RILes que requieren tratamiento o la cámara de carga del emisario submarino en el caso de RILes de esta nueva planta que no requieran tratamiento, La otra parte de RILes extemo provendrá principalmente de la comuna de Talcahuano donde actualmente se emplazan las instalaciones de descarga de pesca de Industrias Isla Quihma y terceros externos. Es por ello, que el flujo vehicular asociado al ingreso de RILes desde otras instalaciones fue considerado en el ítem Ingreso de materia prima.

Acción 4. Operación de nueva

configuración del sistema de tratamiento de RILes

Para el aumento de la capacidad de tratamiento del sistema de tratamiento de RILes, la modificación operacional que se implementará será el funcionamiento en paralelo de las dos unidades DAF de capacidad 180 m3/h c/u en modalidad tratamiento físico químico. Este cambio operacional permitirá aumentar la capacidad de recepción de RlLes a 360 m3/h. En la actualidad, las unidades DAF operan en serie, vale decir, el RIL primero se trata en la primera unidad de tratamiento físico y luego pasa la segunda unidad DAF de tratamiento físico químico. Esta modalidad de tratamiento también quedará como alternativa operacional. Al aumentar la capacidad de tratamiento al doble, el aumento de recepción de RlLes en el sistema de tratamiento no implicará la disminución de la calidad fisicoquímica del efluente.

Para la operación en paralelo de las 2 unidades DAF solo se requiere habilitar nuevas interconexiones hidráulicas.

A continuación, se presenta un diagrama de flujo de los RILes del proyecto.

Sólicdosy todas Logos

55m

Rida se pesca y lavada, tiles y Rites enteros 350 mt/h

Alano de vane de Pescedo

¿ani

todos

Bl exo Eee

160 mit

Dari Fisicoo Físico

Quimico 180 mi/h

  • 4 N > 1 ;

Couguiania NaOH Hosvlante Ale

Flscino de tecepción Ritos

Kg crudo 380 mai,

Locas 3ton/h

Emo Cos

sobra FIA

Blc tentado ESTA

2 lotado ES

RLEMPOmteno y ertemo 2900 emi.

El Irala. 185 mijh

E cado. 160 MÍA

» línea de sólidos ——p línea de agua zo Lina de químicos Ceagulante NaOH Hocuiante Alte » Ako

Oporación en serto

Fuente: Figura 5 de la Adenda Complementaria.

Acción 5. Implementación de buenas prácticas y gestión de olores

Se han definido 2 etapas de implementación de gestión de olores de la planta. La primera etapa considera un plazo de 12 meses desde obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable y la segunda etapa se cumplirá en los próximos 12 meses. A continuación, el detalle de cada etapa:

1? etapa:

Optimización Elementos Existentes: 12 meses posterior a la notificación y entrega de la RCA con resultado favorable se implementarán las siguientes medidas:

» Implementación de Buenas Prácticas y puesta en marcha del Plan de Gestión de Olores. + Mejoramiento del sistema de captación de vahos y hermeticidad de equipos.

e Incremento de altura de ductos de “uentes con emisión terminal directa al ambiente.

  • Conexión de fuentes de emisión aisladas al sistema de abatimiento existente de acuerdo a capacidad disponible y viabilidac técnica.

e Revisión, Mantención y Optimización de sistemas de abatimiento existentes.

En la práctica, la primera etapa implica las siguientes acciones:

a) Eliminación de las fuentes celosías al mejorar el sistema de extracción de vahos, hermeticidad y optimización de sissemas de abatimiento existentes.

b) Eliminar como fuentes de emisión ¿as calderas 2 y 3, ya que no se realiza “combustión de vahos” en esas calderas.

c) Incrementar altura de ductos de calderas a 20 m.

d) Conectar los molinos a sistema de combustión de vahos de caldera 1. e) Mejorar y estabilizar abatimiento de lavadores.

£) Mejorar y estabilizar abatimiento de enfriadores.

22 etapa: + Incorporación de sistema de abatimiento de 70% de eficiencia en enfriadores, Este porcentaje se confirmará con los resultados de la etapa 1 una vez se haya implementado.

El detalle de las buenas Buenas Prácticas Operacionales para la reducción de olores se presenta a continuación:

Descripción Registro y: verificación

Descarga y | Los camiones de transporte de pesca deben ser limpiados cada | Ficha de transporte de | vez que finaliza una faena de descarga. registro de materia prima | Bombeo de agua post descarga de materia prima para asegurar | limpieza

el total retiro de la materia prima de la tubería de descarga. descarga y transporte de

En periodi e veda el proceso se realizará una vez por A periodos di d proces v p materia prima.

semana. Control de| Para peces pelágicos, se considera un TVN máximo de 30 | Ficha registro Frescura mg/100g. de TVN.

materia prima | Además, no se puede acumular pesca por más de 24 horas, lo que permite evitar el atochamiento de materia prima en los POZOS y procesar siempre pesca fresca.

En el caso de tener una contingencia en que el TVN sea mayor a 50 y ya se encuentre en los pozos, la planta deberá detener la recepción de pesca en coordinación con el área de flota.

Control de zarpes artesanales, de manera de que la entrega diaria no supere las 2000 ton.

Manejo de| Registro diario de pesca sin procesar al final de la jornada, la | Ficha de pesca residual | Cual no superará las 400 zon en los pozos registro

Hermeticidad | Revisión de las posibles “ugas de vahos antes de comenzar el | Ficha registro de equipos proceso, asegurando el correcto cierre de las tapas de tornillos. | de control de

Revisiones durante el proceso, para verificar el correcto | hermeticidad. estado de los sellos. En caso de desviaciones estas deben ser corregidas durante el proceso, y con posterioridad se dará mantención correctiva.

Limpieza en| Limpieza de pozos, al término de cada proceso, si el tiempo de ¡ Registro de planta de harina| detención de planta es mayor a 24hrs. Esto se realizará a lo limpieza y

menos una vez a la semana. procedimientos Limpieza diaria de pisos y canaletas. operacionales de saneamiento

Lavado exterior de superficies de equipos al término de cada proceso.

auditables.

Limpieza exhaustiva de tornillos y evaporadores, al término de cada proceso, si el tiempo de detención de la planta es mayor a 24hrs. Este procedimiento debe realizarse a lo menos una vez a la semana.

Limpieza interior de equipos de acuerdo con la frecuencia definida en el manual POS.

Limpieza interior de tornillos y descansos de la zona húmeda.

Gestión del Limpieza periódica de los estanques y equipos utilizados en Ficha registro RiLes y Lodos el tratamiento de RILes. de limpieza que incluye fecha, tipo de

lavado y observaciones Mantenciones Inspección preventiva del estado de ductos vahos y válvulas. | Ficha registro periódicas de Control de

1Ó ntiv: de extr: de vahos. . Inspección preventiva del estado actores mantención de

Inspección preventiva del estado de las bombas de| equipos, que suministro de agua de mar. indique fecha y

Ejecución de mantención correctivas cada vez que se detecte equipo. un problema operacional durante el proceso, inmediatamente después de haber terminado la operación.

Fuente: Tabla 40 de Anexo 9 de la Adenda Complementaria.

En la siguiente tabla se incluye la carta gantt de la implementación de las medidas de control y abatimiento de olores en Planta Lota, cuyo plazo se fijó en 24 meses.

Trimestres

Actividad Año 1 Año 2 Etapa:

Implementación PGO y BPM

Incrementar Altura Ductos

ETAPA Mejoramiento Hermeticidad Captación y de Vahos

Mejoramiento Sistema de Abatimiento

Incorporación Molinos a combustión de vahos

Propuestas de Abatimiento

Desarrollo de la Ingeniería de Abatimiento

ETAPA 2 Implementación del Sistema de Abatimiento

Incorporación Enfriadores a Sistema de Abatimiento

Fuente: Tabla 34 de Adenda Complementaria.

Acción Actividades mantención

de

Las unidades productivas son sometidas a mantenciones periódicas menores y mayores. Jornadas durante las cuales se llevan a cabo inspecciones, verificación de componentes, reparaciones, cambio de equipos y piezas defectuosas. En estas instancias, también se realiza la limpieza general de planta.

Los equipos de la planta de tratamiento de RILes serán incluidos en el programa de mantenimiento preventivo y correctivo de planta. Se estima que semestralmente se llevarán a cabo jornadas de limpieza, revisión y reparación de componentes. Habitualmente se realizarán inspecciones de las instalaciones y cuando se requiera se recambiarán piezas defectuosas.

Se mantendrá en stock de bodega, repuestos y componentes de bombas para recambiar en

caso de ser necesario durante una falla.

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El mantenimiento en la zona de estanques de gas licuado corresponderá a revisiones de equipos vaporizadores y equipos de regulación como verificación de hermeticidad de piping instalado. La periodicidad de las mantenciones es semestral y considera un periodo de mantenimiento de 1 día además de inspecciones mensuales de 1 día para verificar operatividad de elementos instalados.

Productos generados

El proyecto no generará nuevos productos distintos a harina y aceite de pescado.

Recursos naturales

renovables

Para la producción de harina y aceite de pescado la planta continuará abasteciéndose de materia prima proveniente de capturas propias y de pesqueros artesanales autorizados cumpliendo cuotas de captura y utilizando especies contempladas en las respectivas resoluciones SUBPESCA que autorizan las actividades de transformación. Se adjuntan en Anexo 8.1 de la Adenda Complementaria las resoluciones SUBPESCA de las especies que Se procesan en planta Lota de Industrias Isla Quihua.

Las unidades de captación de agua de mar están amparadas en la concesión marítima de la empresa. El agua captada, será devuelta al mar a través del emisario submarino existente, cuya

descarga cumple con los límites definidos en la Tabla 5 del D.S. N*90/00, para descargas fuera de la Zona de Protección Litoral.

Emisiones efluentes

y

o Emisiones

Durante esta fase, se continuarán emitiendo emisiones de material particulado y gases de combustión producto de la operación de calderas generadoras de vapor, emisiones producto de la operación de grupos electrógenos, emisiones por los procesos de combustión interna en motores de vehículos y por el tránsito de vehículos al interior y exterior de la planta. Además, se complementó con el flujo vehicular de 12 camiones al año adicionales, valor que se obtiene al considerar un eventual traslado de lodos en una cantidad de 55 mí, equivalentes a 4 camiones por evento, 3 veces al año. Se adjuntó en Anexo 1.1. dela Adenda Complementaria el Estudio de Estimación y Modelación de la Dispersión Atmosférica actualizado, a continuación, se resumen los resultados para la fase de operación proyectada.

Tabla. Resumen emisiones fase de operación futura con GLP

Resumen de emisiones — Escenario Operación Futura GLP :- PMIO | PMAS NO». ¿CO SO, Totales ; : ton/año | ton/año | ton/año | ton/año: |: ton/año Caldera 1 -- GLP 0,28 0,28 5,28 3,05 0,0066 Caldera 2 — GLP 0,42 0,42 7,76 4,48 0,0097 Caldera 3 — GLP 0,16 0,16 2,96 1,71 0,0037 Fuentes Caldera 4 — GLP 0,032 0,032 0,59 0,34 0,00074 directas (en - planta) Electrógeno 1 0,20 0,20 3,70 1,56 0,011 Electrógeno 2 0,20 0,20 3,70 1,56 0,011 Electrógeno 3 0,20 0,20 3,70 1,56 0,011 Total 1,49 1,49 27,68 14,26 0,055 Combustión de camiones 0,33 0,35 16,69 4,29 0,017 Fuentes | Tránsito por acceso con supresor] 0,56 0,056 e - .- indirectas Tránsito por rutas no (en rutas) pavimentadas 1,31 0,32 _ — = Total 2,22 0,73 16,69 4,29 0,017 Total Operación Futura GLP 3,71 2,22 44,37 18,55 0,072 Fuente: Tabla 28 del Anexo 9 de Adenda Complementaria. Tabla. Resumen emisiones fase de operación con Diesel _ Resumen de emisiones - Escenario Operación Futura Diesel . PMI0 | PM25 | -NOz co: SOz o Totales _ AI -ton/año | ton/año |- ton/año |: ton/año |::ton/año

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Caldera 1 — Diesel 0,27 0,22 4,83 1,34 0,19 Caldera 2 — Diesel 0,39 0,33 7,09 1,97 0,28 Caldera 3 -- Diesel 0,15 0,12 2,11 0,75 0,11 Fuentes Caldera 4 — Diesel 0,030 0,025 0,54 0,15 0,021 directas (en planta) Electrógeno 1 0,20 0,20 3,70 1,56 0,011 Electrógeno 2 0,20 0,20 3,70 1,56 0,011 Electrógeno 3 0,20 0,20 3,70 1,56 0,011 Total 1,44 130 26,26 3,9 0,63 Combustión de camiones 0,35 0,35 16,69 4,29 0,017 Fuentes | Tránsito por acceso con supresor 0,56 0,056 - - - indirectas ánsi A Total 2,22 0,73 16,69 4,29 0,017 Total Operación Futura Diesel 3,66 2,03 42,95 13,19 0,65

Fuente: Tabla 29 del Anexo 9 de Adenda Complementaria.

Cabe destacar que, de acuerdo a lo informado por el titular, no existirá un incremento del flujo de camiones por transporte de RILes externos, dado que estos provendrán principalmente de Talcahuano donde actualmente se emplazan las instalaciones de descarga de pesca de Industrias Isla Quihua y terceros externos. Por lo tanto, la cantidad actual de flujo de camiones se mantiene, ya que los mismos camiones que trasladan la pesca, transportarán RlLes de descarga de pesca como una mezcla o directamente solo transportarán RILes.

Con respecto a los olores, se evaluó la generación de olores considerando un escenario actual, con todas las instalaciones existentes generadoras de olor y un escenario proyectado, que incluye las modificaciones planteadas por el proyecto, y los sistemas y acciones de abatimiento de olores que se implementarán (ver numeral 4.7.1.2 de este documento).

Para la cuantificación y estimación de emisiones odoríferas actuales y futuras (en detalle para cada etapa definida) se utilizaron mediciones de las fuentes operando en planta. El plan de muestreo y análisis olfatométrico fue ejecutado acorde a las normas metodológicas de muestreo y análisis, NCh 3386:20151, NCh3431/2:20202 y NCh 3190:20103, respectivamente. A continuación, se indican las Tasas de Emisión de Olor (TEO) para cada fuente emisora, actual y proyectada. Mayores detalles se presentaron en el Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria: “Estudio de Impacto Odorante actualizado”.

"TEO promedio (OUE/s) Ne Fuente ituaci ifuaci Situación actual Situación proyectada Situación proyectada etapa 1 etapa 2 Enfriador 1 57.366 57.366 17.210 2 Enfriador 2 57.366 57.366 17.210 3 Caldera 2 3437 Se elimina como fuente Se elimina como fuente odorante odorante 4 Celosía 3 33.053 Se elimina como fuente Se elimina como fuente odorante adorante 5 Celosía 4 33.053 Se elimina como fuente Se elimina como fuente odorante odorante 6 Caldera 3 14.717 Se elimina como fuente Se elimina como fuente odorante odorante 7 Caldera 1 9.258 9.258 9.258 Molino 1 8.846 265 265 9 Molino 2 8.846 265 265 10 Molino 3 8.846 265 265 11 Caldera 4 7.752 7.752 7.752 12 | Piscina recepción RlLes 6.374 6.374 6.374 13 Celosía 1 2.288 Se elimina como fuente Se elimina como fuente odorante odorante

12

14 Celosa 2 2.288 Se elimina como fuente Se elimina como fuente odorante odorante 15 | Estanque Ecualizador 649 649 649 | entienda E E 17 Pozo 1 189 189 189 18 Pozo 2 189 189 189 Total 285.657. 140.136 59.824

Fuente: Tabla 38 del Anexo 9 de Adenda Complementaria

En relación a las emisiones de ruido durante la fase de operación, se considera como nueva fuente de ruido el ingreso de un camión que suministre Gas Licuado que descargue en isla de carga en horario diurno y una bomba y reguladores para el abastecimiento de Gas Licuado hacia las calderas, ya que el almacenamiento en estanques de Gas Licuado no genera ruido. El almacenamiento y suministro de diésel no implica nuevas fuentes de ruido ni mayor emisión que la generada acrualmente. Cabe destacar que no aumenta el flujo vehicular de camiones que abastecen de combustible en la planta, Además, en la Adenda se incluye en la evaluación el ruido generado por los generadores eléctricos considerando mediciones al equipo existente, y utilizando datos del fabricante,

Cabe destacar que, para dar cumplimiento al límite nocturno de la norma, el titular implementará las siguientes medidas de control:

  • Reducción de 10 dB(A) en rejilla de salida de aíre de Generador existente.
  • Reducción de 10 dB(A) a la emisión de Ruido de los Contenedores con Generadores
  • Pantalla Acústica Perimetral en Sector Generadores Así, las emisiones acústicas estimadas son las siguientes: Tabla. Resumen cumplimiento normativo ruido fase de operación

Nivel total dB(A) Nivel Máximo DS38 ¿Cumple con Operación Diurno/Nocturno, dB(A) DS38? 42 60 /45 Si /Si R2 45 60 /45 Si / Si

Fuente: Tabla N*15c, Estudio de Impacto Acústico actualizado, Anexo 4 de la Adenda.

De acuerdo con la tabla anterior, las emisiones de la operación futura estarán en conformidad con lo establecido en el D.S. N*38/11 del MMA

o Efluentes

Durante la fase de operación, se generarán aguas servidas de los trabajadores debido a la utilización de servicios higiénicos. Se continuarán utilizando los servicios higiénicos existentes en planta cuyas aguas serviáas son derivadas al alcantarillado público operado por ESSBIO S.A. Se adjuntó copia de facturas por servicio de agua potable y alcantarillado en Anexo 1 de la Adenda.

Con respecto a los residuos industriales líquidos, cabe indicar que Por la operación del proyecto, el consumo de gas licuado y diésel en calderas generadoras de vapor de la planta de harina no generará RILes.,

No obstante, se continuarán, generando aguas residuales producto de la operación actual de la planta a partir del proceso de abastecimiento de materia prima y elaboración de harina y aceite de pescado. Las aguas de descarga de pesca y aguas de lavado de la planta de harina requieren tratamiento, en tanto, las aguas limpias, correspondientes a aguas provenientes del condensador barométrico no requieren tratamiento.

El conjunto de RlLes tratados y que no -equieren tratamiento se continuarán descargando a través del emisario existente, Fuera de la Zona de Protección Litoral, cumpliendo los límites de emisión definidos en la Tabla 5 del D.S. 90/00, A continuación, se describe el manejo de RILes asociados a los procesos de abastecimiento de materia prima, elaboración de harina y aceite de pescado y recepción de RILes externos,

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RIL de descarga de pesca

El RIL generado en esta etapa corresponde al agua empleada en la descarga de pesca desde embarcaciones. El agua empleada en la descarga de pesca será recirculada durante todo el proceso de descarga, pasando en cada recirculación, previamente por el filtro rotatorio desde donde cae a la piscina de recirculación. Terminado el proceso de descarga de pesca, las aguas generadas serán enviadas desde esta piscina de recirculación (o piscina de RIL Crudo) a tratamiento en planta DAF. Se generan en promedio, 250 m3/h de RlLes provenientes del proceso de descarga de materia prima.

RILes de proceso Planta Harina y Aceite de Pescado

La descripción de los residuos industriales líquidos generados por la planta de Harina y Aceite de Pescado se incluye a continuación:

e RILes que requieren tratamiento:

Al término de cada turno, tanto las instalaciones de descarga de pesca como la planta elaboradora de harina y aceite de pescado, lavan sus equipos y pisos, utilizando hidrolavado. El agua utilizada en el proceso de lavado de equipos y pisos será canalizada hacia la piscina de RIL crudo para ser alimentada al sistema de tratamiento DAF.

Se derivan en promedio, 60 m3/h de RILes provenientes del proceso de lavado de pisos durante las jornadas de limpieza de la planta de elaboración de harina y aceite de pescado.

e RILes que no requieren tratamiento:

Aguas limpias: Durante el proceso de elaboración de Harina, se generan RILes que no requieren tratamiento y que corresponden a condensados de vapor generados por diferencias de temperatura entre el ambiente y la temperatura a la que trabaja el equipo.

Las plantas evaporadoras requieren de la instalación de un condensador barométrico conformado por agua de mar, el cual cumple la función de efectuar vacío y permitir de este modo que se produzca la evaporación del agua de cola a una temperatura inferior a la temperatura en que se produciría la evaporación a presión atmosférica, Si no se realizara vacío en las plantas evaporadoras, habría que utilizar una gran cantidad de vapor para lograr la evaporación a una temperatura de 100*C, que es la temperatura de vaporización del agua en condiciones normales.

Esta agua no entra en contacto con el líquido de procesos en ningún momento, solamente sufre un incremento de alrededor de 5%C con respecto a su temperatura original (temperatura del agua de mar). El RIL de enfriamiento, continuará siendo descargado por la empresa por su emisario actual, en conjunto con los RILes tratados en planta DAF. Se generan en promedio, 2.100 m3/h de RILes provenientes del condensador barométrico.

RILes provenientes de otras instalaciones:

Se implementará la recepción de RILes desde otras instalaciones del mismo titular o terceros. Se recibirán los RILes que se generen en procesos de descarga de pesca y de lavado al interior de plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos provenientes de instalaciones propias del titular o de terceros. Por ende, la caracterización del RIL será similar a lo actualmente tratado en la planta de tratamiento. Además, se recibirán RILes que no requieren tratamiento, los cuales cumplen con los parámetros límite para descargas a través de emisario submarino fuera de la ZPL indicados en la Tabla 5 del D.S.90/00 MINSEGPRES. Se estima recibir desde otras instalaciones 50 m3/h de RILes que requieren tratamiento y 300 m3/h de RILes que no requieren tratamiento.

Como ya fue mencionado anteriormente, una parte de los RILes externos a recibir provendrá de un proyecto de nueva planta de procesamiento de recursos hidrobiológicos para productos de consumo humano la cual se emplazará aledaña a Planta Lota de Industrias Isla Quihua S.A. y será de un tercero que tramitará la autorización ambiental respectiva. En esta nueva planta, los RILes que no requieren tratamiento son aquellos que provienen del sistema de enfriamiento, puesto que su función será el intercambio de calor y no sufren modificación en su composición y los que requieren tratamiento son aquellos que serán derivados de la limpieza, La otra parte de RILes externo provendrá principalmente de la comuna de Talcahuano donde actualmente se emplazan las instalaciones de descarga de

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pesca de Industrias Isla Quihua y terceros externos. Estos RILes se trasladarán en camiones herméticos hasta la planta.

Resumen generación de RILes

En la tabla siguiente se resumen los caudales generados en los diferentes procesos roductivos,

rigen Caudal Total (1/4) RILes Descarga de pesca 250 RILes lavado planta harina 60 RILes de proceso otras instalaciones 50 Aguas de enfriamiento internas 2.100 RILes que no requieren tratamiento otras instalaciones 300 Total 2.760

Caracterización fisicoquímica de los RILES

Los RILes tratados serán descargados en conjunto con los RILes que no requieren tratamiento a través de emisario submarino existente, que descarga fuera de la Zona de Protección Litoral. Cabe destacar que este emisario actualmente en operaciones cuenta con todas las autorizaciones sectoriales correspondientes para la descarga de RILes, vale decir: Determinación de la ZPL, permiso para descargar RILes en el mar (PAS 115) y resolución que fija el programa de autocontrol de la descarga emitido por la DIRECTEMAR. Estos documentos se adjuntaron en Anexo 19 de la DIA. En este mismo Anexo se incluyen los certificados de monitoreo de autocontrol para el periodo enero 2022 - octubre 2022.

La caracterización de RIL crudo; estimación del RIL tratado considerando la eficiencia de remoción del sistema de tratamiento DAF; RIL agua de enfriamiento, y el RIL final a descargar a través de emisario existente se detalla en la siguiente tabla.

RIL

o : z : Agua RIE Límite

E Unidad RIE: Eficiencia. RIL condensador FINAL : |: Tabla

esc] Crudo (o). | tratado | barométrico y | Emisario|..5.:D.S.

la lo RIÉL otras Común |: 90/90 o E instalaciones

Caudal (m?/h) 360 360 2400 2760 — DBOs a 1075 70 322,5 59 93,4 pc Aceites y Grasas (mg/D 210 90 21 10 11,4 150 end dos (mg/l) 1845 90 184,5 220 2154 |::300 O II 65 0,7 0,1 os | 20 Nitrógeno Total (mg/l) 135 30 94,5 13,35 23,9 AÑ Fésforo Total (mg/l) 21,9 30 15,33 0,7 2,6 =— Temperatura (0) 18,6 18,6 25 24,2 ma pH (Unid. pH) | 6,18 6,18 7,69 7,5 = Aluminio (mg/D 0,388 0,388 10 8,7 10 Arsénico (mg/l) 0,005 0,005 0,03 0,03 0,5: Boro (mg/) 2,58 2,58 1 1,2 = Cadmio (mg/l) 0,002 0,002 0,01 0,009 055 Cianuro (mel) 0,02 0,02 0,02 0,02 1 Cloruro (mg/l) 6664 6664 17003 15654,4 — Cobre (mg/l) 0,011 0,011 0,03 0,028 3 Índice Fenol (mel) 0,002 0,002 0,002 0,002 1 Cromo Hexa (mg/D 0,01 0,01 0,05 0,04 0,5 Cromo Total (mg/l) 0,005 0,005 0,1 0,09 10

15

Estaño (mg/l) 0,05 0,05 0,5 0,44 1 Fluoruro (mg/D 0,1 0,1 0,75 0,67 6 Hidroc. Fijos (mg/D 5 5 10 9,3 rr Hidroc. Totales (mg/D 5 5 10 9,3 20 Hidroc, Volátiles (mg/l) 0,1 0,1 n.d. 0,1 2 Hierro (mg/D 1,33 1,3 0,2 0,3 a Manganeso (mg 0,006 0,006 0,05 0,04 4 Mercurio (mg/l) 0,001 0,001 0,001 0,001 0,02 Molibdeno (mg/D 0,008 0,008 0,5 0,44 0,5 Níquel (mg/D 0,005 0,005 0,07 0,062 4 Pentaclorofenol (mg/) 0,001 0,001 n.d. 0,001 = Plomo (mg/D)] 0,01 0,01 0,2 0,2 1 Sulfato (mg/D) 998 998 1352 1305,8 Selenio (mg/D) 0,035 0,035 0,003 0,007 0,03 Sulfuro (mg/l) 0,1 0,1 11,2 9,8 Tetracloroeteno (mg/D] 0,005 0,005 nd, 0,005 e Tolueno (mg/l) 0,005 0,005 n.d. 0,005 Á Triclorometano (mg/l) 0,005 0,005 0,005 0,005 m— Xileno (mg/l) 0,005 0,005 n.d. 0,005 ua Zinc (mg/D] 0,332 0,332 0,03 0,07 5 oumógeno mm 2 2 l 11 a SAAM (mg/D) 0,12 0,12 0,055 0,06 15 Coliformes fecales | NMP/10 _ 500 500 a 0ml

Fuente: Tabla 51 de Anexo 9 de Adenda Complementaria.

El titular indica que continuará ejecutando las campañas semestrales del programa de vigilancia ambiental de la Bahía Lota. Se adjuntó en Anexo 12 de la DIA el informe semestral de la campaña de verano y campaña de invierno del año 2022.

Por otro lado, la actualización de los antecedentes para acreditar el requisito de otorgamiento del PAS 115 se encuentran en el capítulo 9.2.1 de la DIA y Anexo 13 de la Adenda, cabe destacar, que la Gobemación Marítima se pronunció conforme de estos antecedentes en su Oficio pronunciamiento a la Adenda, Ord. N*12.600/286 publicado con fecha 27/12/2024.

Por otro lado, los requisitos de otorgamiento del PAS 119, se presentan en el capítulo 9.2.2 de la DIA, de los cuales la SUBPESCA se pronunció conforme en su Ord. N* 512 de fecha 20/12/2023,

Residuos, productos químicos y ofras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Se generarán residuos sólidos domiciliarios adicionales en una cantidad variable por el trabajador adicional que se incorpora para la operatividad del suministro de gas licuado hacia las calderas. Considerando 1 trabajador adicional, se generará aproximadamente 30 kg/mes adicional de residuos domésticos (1 kg/trabajador/día), los que serán depositados en contenedores para posteriormente ser derivados a disposición final autorizada ambiental y sanitariamente.

En esta fase se continuarán generando residuos no peligrosos producto de la operación de la planta de proceso y unidades auxiliares. Además, los lodos generados por la operación de la planta de tratamiento de RILes son recuperados temporalmente y reincorporados al proceso productivo de elaboración de harina y aceite de pescado. Al aumentar al doble la capacidad de tratamiento del sistema de tratamiento de RILes, se estima que también aumenta al doble la generación de lodos. En la medida de lo posible y las exigencias normativas futuras, se implementará gradualmente la segregación de residuos como cartones y papeles para su revalorización.

En la siguiente tabla se detalla la generación de residuos no peligrosos proyectada posterior a la implementación del proyecto.

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Tabla. Resumen generación residuos no peligrosos fase de operación

esiduo Cantidad Total a Almacenamiento Destino final AE Proyectada temporal Residuos domiciliarios, asimilables a - 2 contenedores de 14 | Disposición o valorización en PA 42,4 ton/año 3 : domiciliarios e mí cada uno lugar autorizado industriales no peligrosos . Reprocesamiento o Lodos sistema de 3 a tratamiento de RILes 5,98 ton/h Estanque de 55 m: Disposición en lugar autorizado

Fuente: Anexo 13.6 de Adenda

Los antecedentes del PAS 140 fueran actualizados en el Anexo 13 de la Adenda. La SEREMI de Salud, Región del Biobío, se pronunció conforme de estos antecedentes, en su Oficio CP N*18005/2023, publicado con fecha 19/12/2023.

El proyecto como consecuencia de la operación de los estanques de Gas Licuado e Isla de Carga y sus mantenciones, no generará residuos peligrosos, manteniendo las cantidades actualmente generadas por la operación de la planta. Los residuos sólidos peligrosos estimados para la fase de operación se presentan en la siguiente tabla.

Tabla. Resumen generación residuos peligrosos fase de operación

calera] Cantidad] : Cantidad “adicional |. Cantidad E Disposición Actual: Provecto | 2 roYectada Almacenamiento : (ton/año) Proyecto (ón/ano) final. (ton/año)].

Tubos bo : Fluorescentes TA, TC 0,03 0 0,03 Bodega RESPEL | Sitio autorizado o TC 2 0 2 Bodega RESPEL | Sitio autorizado Residuos de

Ácido Sulfúrico co 0,08 0 0,08 Bodega RESPEL | Sitio autorizado (laboratorio) ono) IN 0,05 0 0,05 — | Bodega RESPEL | Sitio autorizado Materiales Contaminados con] IN 1 0 1 Bodega RESPEL | Sitio autorizado HC Aceite Usado ÍN 2 0 2 Bodega RESPEL | Sitio autorizado o do IN 2 0 2 Bodega RESPEL | Sitio autorizado e dos TC 2 0 2 Bodega RESPEL | Sitio autorizado Total 9,16 0 9,16 - (*) Peligrosidad: IN: inflamable, TA: tóxico agudo, TC: tóxico crónico, CO: corrosivo.

Estos residuos peligrosos continuarán siendo almacenados en la Bodega RESPEL existente en la planta por un periodo inferior a seis meses, para luego ser llevados a un lugar de disposición final autorizado ambientalmente y sanitariamente, dando cumplimiento a lo indicado en el D.S. N*148/2003 Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Se adjuntó en Anexo 13 úe la DIA la resolución sanitaria que autoriza su funcionamiento.

Con respecto a los productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente, se considera la operación de 1 estanque de almacenamiento de Gas Licuado de capacidad 110 m?, Este estanque junto al estanque existente de la misma capacidad, suman un total equivalente de 113,4 ton. El almacenamiento cumplirá las exigencias contenidas en el D.S. 108/14 MINENERGIA.

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Se incluyó en el apartado 9.2.5 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria el detalle de las instalaciones de almacenamiento de sustancias químicas y combustibles al interior de la planta luego de la implementación del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.7. Fase de operación, sección 4.7.5 Emisiones y efluentes, sección 4.7.6. Residuos.

4.3:3..FASE DE CIERRE

Parte/obra El proyecto, dada sus características, no considera partes y obras en fase de cierre, sin embargo, de ser necesario, se utilizarán las instalaciones existentes de la planta, tales como: grupo electrógeno, agua potable (desde conexión con empresa sanitaria o dispensadores de ser necesario), servicios higiénicos (existentes de la planta), casino de la planta para alimentación, entre otros.

Acción 1, | Desmontaje de equipos:

Desmantelamiento

o aseguramiento de infraestructura

Para el cierre o abandono de los estanques de almacenamiento de Gas Licuado e isla de carga, cuya vida útil se estima en 20 años, se procederá de acuerdo a lo siguiente.

De ser necesario su cierre o abandono, se cumplirá con todas las exigencias legales y ambientales vigentes al momento del desarrollo de esta actividad. En particular, para el caso de los residuos sólidos generados, el titular contará con las autorizaciones sanitarias y ambientales para su despacho a sitios autorizados ambiental y sanitariamente. Una vez se termine el suministro de Gas Licuado almacenado, las líneas de distribución se desconectarán en la medida que avance el desmantelamiento, hasta completar su total desconexión, De forma secuencial se procederá de la siguiente forma:

» Desconexión indefinida de la red de suministro eléctrico.

  • Desmontaje de estanques y equipos de la isla de carga.

  • Retiro de estanques, equipos, venta de éstos como excedentes industriales o disposición en un relleno ambientalmente y sanitariamente autorizado.

» Limpieza de la zona del proyecto, retirando residuos para luego realizar su disposición en un lugar sanitaria y ambientalmente autorizado.

Toda la actividad, se deberá desarrollar con una adecuada supervisión.

En lo posible se priorizará el aseguramiento de la estabilidad de la infraestructura e instalaciones utilizada en la operación del proyecto. Se considera el desmantelamiento de la infraestructura.

Para los equipos que no pudieran ser reutilizados por la empresa, en Otra de sus instalaciones, se evaluará su posible venta como chatarra, o su envío a un sitio de disposición autorizado ambiental y sanitariamente, para el caso de elementos inertes, o a empresas autorizadas para recibir elementos peligrosos que estén autorizadas ambiental y sanitariamente para su recepción.

Restauración No se contempla la restauración de las geoformas o vegetación, puesto que el proyecto no intervendrá estos componentes ambientales. Prevención de | Emisiones atmosféricas: Ante la eventualidad de producirse el desmantelamiento de los

futuras emisiones

estanques de almacenamiento de Gas Licuado e isla de carga, se generarían emisiones atmosféricas que corresponderán a material particulado y gases de combustión de motores de camiones y maquinaria, producidos en las actividades de desmantelamiento. Estas fuentes emisoras, tal como en la etapa de construcción, serán transitorias y de pequeña escala, por lo que serían poco significativas,

Ruido: Ante un eventual cierre, se generarían ruidos en forma ocasional, debido a la circulación de los vehículos, a la maquinaria utilizada y a las faenas de desmontaje.

Residuos líquidos: En caso de presentarse la necesidad de desmantelamiento de los estanques de almacenamiento de Gas Licuado e isla de carga, los efluentes domésticos corresponderán principalmente a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, por lo que se mantendrán las mismas medidas definidas para la fase de construcción.

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De presentarse una condición de cierre, no se generarían nuevos residuos industriales líquidos durante esta fase.

Residuos sólidos: Ante un eventual desmantelamiento de los estanques de almacenamiento de Gas Licuado e isla de carga, los residuos a generarse serían similares o inferiores a los generados durante la fase de construcción, en términos de características, por lo que se mantendrían las mismas medidas de manejo

Mantención, No se consideran actividades de mantención, conservación y supervisión. conservación y supervisión

Recursos naturales | El proyecto no contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables renovables en la fase de abandono.

Referencia al ICE | Capítulo 4,8. Fase de cierre.

para mayores detalles sobre esta fase,

4.4, CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

Fecha estimada de inicio | Noviembre 2024

Parte, obra o acción que | Montaje del estanque de gas licuado establece el inicio

Fecha estimada de Enero 2025 término

Parte, obra o acción que | Puesta en marcha almacenamiento de gas licuado en nuevo estanque

establece el término

Fecha estimada de inicio | Enero 2025

Parte, obra o acción que | Primer suministro de gas licuado en estanque nuevo establece el inicio

Fecha estimada de Enero 2045 término

Parte, obra o acción que | Desmontaje de equipos establece el término

Fecha estimada de inicio | Enero 2045

Parte, obra o acción que | Desmontaje de equipos establece el inicio

Fecha. estimada de | Mayo 2045 término

Parte, obra o acción que | Limpieza de zona establece el término

5”, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300.

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

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Impacto ambiental *e Aumento del riesgo preexistente por generación de material particulado respirable + Aumento en los niveles de ruido y vibraciones

Parte, obra o acción que lo genera Operación de maquinaria y tránsito de vehículos Equipos electrógenos

Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre

Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo 5. Impactos ambientales del proyecto

sobre este impacto específico Capítulo 6. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o

actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental.

De acuerdo a la superposición de áreas de influencia de medio humano, ruido y emisiones atmosféricas; se obtuvo que si existe población cuya salud pudiera verse afectada, dado que el proyecto se ubica cercano al centro urbano de Lota (245 metros de la plaza de armas), y cercano a viviendas que se ubican principalmente al frente del proyecto, en calle Matta, y al norte de este, las viviendas más cercanas están ubicadas a 10 metros del área de emplazamiento de la planta.

Sin embargo, respecto a la generación de emisiones atmosféricas (Anexo N*1.1 de la Adenda Complementaria) y evaluados por la autoridad competente, se identificó que, durante las distintas fases del proyecto se generarán emisiones de material particulado y gases de combustión, siendo de carácter puntual y transitorio en las fases de construcción y cierre; y siendo reducidas en magnitud en la fase de operación respecto al escenario actual, debido al cambio de combustible de las calderas y las medidas de control y abatimiento comprometidas por el titular. . Las mayores tasas de emisión resultaron ser durante la fase de operación del proyecto, debido a las actividades propias del proceso productivo de la planta, no obstante, estas se reducen considerablemente respecto al escenario actual, dado que se realizará un cambio del combustible que utilizan las calderas pasando de Fuel Oil 6 a Gas Licuado o Diesel. Por otra parte, las emisiones de construcción resultaron ser de más baja magnitud, considerando que las actividades de esta fase no consideran movimientos de tierra ni instalación de faenas, ya que el área donde se instalará el estanque de gas licuado ya se encuentra habilitado y solo se requiere el transporte de este, su instalación y conexiones. Es importante mencionar que como el proyecto se trata de una modificación de un proyecto existente en operación (con RCA favorable vigente), el titular consideró en sus análisis de estimación y modelación de las emisiones, todas las actividades propias que realiza la operación actual de Planta Lota de Isla Quihua S.A. y la operación futura con las modificaciones proyectadas (Art 12 Reglamento del SETA).

El análisis de riesgo preexistente sobre los receptores discretos, así como los máximos aportes de concentraciones modeladas en receptores de acuerdo a cada contaminante atmosférico y su comparación respecto a las normas primarias de calidad ambiental vigente, fueron presentados en detalle en el capítulo 6 del ICE del proyecto.

Con respecto al ruido, el estudio presentado y evaluado por los organismos competentes, consideró a 2 sectores de receptores humanos identificados en el área de influencia, y evaluando un escenario critico respecto de las fuentes de construcción y operación del proyecto y el funcionamiento de la planta actual (proyecto existente). Para la fase de operación, el proyecto considera implementar medidas de control de ruido en el sector de los equipos electrógenos y un monitoreo de ruido comprometido por el titular tanto en fase de construcción como operación y cierre. En conclusión, durante todas las fases del proyecto, se cumplirá con los niveles sonoros establecidos en la normativa ambiental vigente.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental e Alteración de la calidad de las aguas marinas.

e Deterioro de la calidad del aire por generación de material particulado y gases de combustión interna.

  • Alteración de la biota marina.

Componente(s) ambiental(es) | Agua, aire y biota

afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera Descarga de RILes a través de emisario submarino. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre

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Referencia al ICE para mayores Capítulo 5. Impactos ambientales del proyecto

detalles sobre este impacto específico Capítulo 6. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental.

En relación a las materias relevantes de la evaluación, respecto al suelo marino, cabe indicar que el emisario submarino es existente, ya se encuentra construido y Operando, y cuenta con RCA favorable del año 2016 (RCA N*417/2016), por lo tanto, no existirán nuevas intervenciones en este componente ambiental, recordando que si bien, existirá un aumento del caudal de descarga de RILes, estos serán debidamente tratados según corresponda, y cumplirán con los límites de la Tabla 5 del D.S. N”90/2000 del MINSEGPRES, para descargas fuera de la zona de protección litoral.

Para el área de influencia de ecosistemas marinos, definida por la modelación de la pluma de dispersión de descarga de RILes (actualizado y firmado en Anexo 5.2 de Adenda Complementaria), se realizó un Estudio de Bancos Naturales (actualizado y firmado en Anexo 5.4 de Adenda Complementaria). Este estudio concluyó que la presencia de especies registradas NO constituye bancos naturales, así como tampoco ninguna de estas especies identificadas se encuentra dentro de una categoría de conservación. No obstante, para evaluar el efecto adverso sobre la biota marina, el titular presentó una “Modelación de la descarga de RILes actualizado” (Anexo 8.2 de la Adenda), concluyendo que, en el escenario más conservador, según las características del efluente proyectado (muevo caudal máximo de 2.760 m3/h) y las condiciones hidrodinámicas evaluadas, las concentraciones de RILes, constituidas principalmente por Sólidos Suspendidos (SST), DBOS5, Nitrógeno Total (NTK), Fósforo Total (PT) y Aceites y Grasas (AyG), simuladas con un valor de concentración de descarga igual al límite de la Tabla 5 del D.S N90/00, alcanzaron valores iguales a la Tabla 4 del D.S. N90/00 (Límites para descargas dentro de la Zona de Protección Litoral) en menos de 6 metros del punto de descarga para todos los parámetros, siendo la dirección predominante de la pluma hacia el suroeste. En razón de lo expuesto se concluyó que el proyecto no generará un efecto adverso significativo sobre la calidad y cantidad de los recursos naturales identificados en el área de influencia de este,

5.3, REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental » Alteración a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos por ruido y vibraciones.

e Alteración a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos por olores molestos.

  • Alteración a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos por tránsito de camiones.

Parte, obra o acción que lo genera Operación de maquinaria y tránsito de vehículos. Equipos electrógenos

Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 5. Impactos ambientales del proyecto

detalles sobre este impacto específico Capítulo 6. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental.

Con respecto a la intervención, uso o restricción al acceso de ¿os recursos naturales utilizados como sustento económico se determinó la presencia de cuatro caletas de pesca artesanal, un área de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos (AMERB) y la inexistencia de bancos naturales en el área de influencia del proyecto. No obstante, según los resultados del Estudio de dinámica costera y modelación de la pluma de descarga se descarta la afectación sobre los recursos bentónicos y fauna marina del área de influencia del proyecto. Por lo tanto, el proyezto no interviene, no usa y no restringe el acceso de los habitantes del área de influencia a los recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

Con relación a obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, fue posible determinar de acuerdo con la descripción de las obras

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del proyecto y las actividades de transporte asociadas (2 camiones/hora (ida y regreso)) que el proyecto no generará pérdida o deterioro de caminos que alteren el sistema de movilidad local, ya que la condición basal registra una demanda vehicular baja y se prevé que el aporte del proyecto no representa una alteración mayor en las condiciones operativas de dichos tramos. En cuanto al tiempo de desplazamiento, no hubo variación entre el Caso Base y la Situación con Proyecto para la Fase de Operación 2024. No obstante, lo anterior el titular propuso algunas acciones para reducir las molestias generadas por el tránsito de camiones, las cuales se detallan en el capítulo 6 del ICE. Por lo tanto, el proyecto no producirá obstrucción ni cortes de calles o caminos o un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de la población que habita en el área de influencia, particularmente en sectores como el centro urbano de Lota Bajo, Puerto Nuevo y Punta Astorga, que se convierta en un menoscabo para su calidad de vida.

Finalmente, con respecto a la manifestación de tradiciones y afectación a los sentimientos de arraigo, se evaluó la generación de efectos sobre la calidad de vida de los grupos humanos debido a la generación de olores, Sin embargo, al modelar la operación de todas las fuentes odorantes de la planta (Anexo 2.1 de Adenda Complementaria, Estudio de Impacto Odorante actualizado), considerando una concentración límite de 3 ouE/m? para el criterio del percentil 98 horario (Norma de Referencia de Olores de Colombia (Resolución N%1541/2013)), en la situación proyectada, no existiría un alcance odorante que afecte a los receptores analizados, mejorando, con la implementación del proyecto, la situación actual de generación de olores de la planta. Asimismo, el titular comprometió un plan de reducción de olores con el objetivo de reducir la generación de olores, y cuyo detalle se presentó en el capítulo 6 del ICE.

Con respecto a la presencia de GHPPI en el área de influencia del proyecto, el titular realizó la caracterización de GHPPI de la comuna de Lota (Anexo 4 de Adenda Complementaria y respuesta 4.1.5 de Adenda), levantó información primaria, la cual permitió concluir que, en el AIMH, no existirá interacción del proyecto con GHPPI,

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental No aplica Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 5. Impactos ambientales del proyecto

detalles sobre este impacto específico | Capítulo 6. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o

actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental.

El proyecto se desarrollará al interior del emplazamiento de la planta de Industrias Isla Quihua S.A, en zona de uso de suelo industrial clasificada como S-3 según el Plan Regulador Comunal de Lota, por lo que no interfiere recursos ni se emplaza en áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o zona con valor ambiental.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental No aplica Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera No aplica

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Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 5. Impactos ambientales del proyecto

detalles sobre este impacto específico Capítulo 6. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental.

El proyecto se emplaza en zona de uso de suelo industrial clasificada como S-3, definida por el Plan Regulador Comunal de Lota. El área de influencia del proyecto no presenta valor turístico en los términos del SEIA, toda vez que no cuenta con valor paisajistico, cultural y/o patrimonial, ni atrae flujos de visitantes o turistas.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental No aplica Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores Capitulo 5. Impactos ambientales del proyecto

detalles sobre este impacto específico Capítulo 6. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental.

El emplazamiento del proyecto corresponde a una zona industrial consolidada en la cual no existen monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico histórico o alguna instalación perteneciente al patrimonio cultural. El proyecto no requiere intervenir el suelo existente, es decir que no habrá movimientos de tierra. Lo anterior, dado que el sector donds se instalará el nuevo estanque ya se encuentra habilitado al interior de la planta.

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

6.1.1. Permiso para introducir o descargar materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie a las aguas sometidas a la jurisdicción nac:onal, según se establece en el artículo 115 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la | Operación cual corresponde

Parte, obra o acción a | Descarga de RILes tratados y RILes limpios, los que se descargarán a la que aplica través de emisario submarino existente.

El emisario descargará los RILes trazados de los procesos de descarga de pesca, harina y aceite de pescado, RILes desde otras instalaciones, además, descarga el agua utilizada en el condensador barométrico, que no requiere tratamiento y RILes desde otras instalaciones que no requieren tratamiento.

Condiciones o No aplica

exigencias

específicas para su

otorgamiento

Pronunciamiento del | Mediante Ord. N*12.600/286 con fecha 27/ 12/2023, la Gobernación órgano competente Marítima de Talcahuano indicó: “(...) En base a la revisión del documento

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citado anteriormente, se informa que este cuenta con los requisitos para el

otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial referido al Art. N? 115, del D.S. N40/2012 (PAS 115), de acuerdo a los requerimientos del DTO. N1 “Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática (.. y”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 10. Permisos y Pronunciamientos Ambientales Sectoriales

6.1.2. Permiso para rea

lizar pesca de investigación necesaria para el seguimiento de las poblaciones de especies hidrobiológicas, según se establece en el artículo 119 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Ejecución del Programa de Vigilancia Ambiental

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Pronunciamiento del

Mediante Ord. N*512 con fecha 20/12/2023, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, indicó: “(...)El presente proyecto ha presentado en el numeral anexo 9.2.2 de la DIA, los antecedentes necesarios para solicitar el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Artículo 119 del Reglamento SEIA. De lo indicado, esta Subsecretaría de Pesca y Acuicultura se manifiesta conforme y favorable sobre la solicitud de aprobación del PAS 119 indicada,

para mayores detalles

órgano competente pero condicionando su aprobación a lo siguiente:

3.1.1. Que para efectos de aplicación del PAS-119 considere los contenidos de la R. Ex. (SUBPESCA) N* 289/2023 la cual establece “Instructivo sobre la aplicación y otorgamiento del PAS-119” (...)”.

Referencia al ICE Capitulo 10. Permisos y Pronunciamientos Ambientales Sectoriales

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, según se establece en el artículo 139 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Planta de tratamiento de RILes

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No aplica

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord. N*18005 con fecha 19/12/2023, la Seremi de Salud, Región del Biobío, indicó: “(...) PAS 139 Titular entregó los antecedentes que permiten acreditar cumplimiento de este permiso sectorial por lo que se otorga favorablemente. (...)”.

Referencia al ICE

para mayores detalles

Capitulo 10. Permisos y Pronunciamientos Ambientales Sectoriales

6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA

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Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento de residuos no peligrosos

Condiciones o exigencias especificas para su otorgamiento

No aplica

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord, N*18005 con fecha 9/12/2023, la Seremi de Salud, Región del Biobío, indicó: “(...) PAS 140 Titular acredita cumplimiento normativo por lo cual se otorga favorablemente este permiso. (...)”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capitulo 10. Permisos y Pronunciamientos Ambientales Sectoriales

7”. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Biobío, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14,2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando las Unidades productivas y de apoyo como molesto.

8”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Tabla. 8:1 Norma: Plan Regulador Comunal de Lota, Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Plan Regulador

Metropolitano de Concepción

o en la que se dará cumplimiento

Componente/materia: Emplazamiento del proyecio Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica Operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Emplazamiento y operación de obras del proyecto

Forma de cumplimiento

  • El terreno de emplazamiento de la planta de Industrias Isla Quihua S.A, se ubica en zona de uso industrial, cuyo emplazamiento respecto al Plan Regulador de Lota, aprobado por Decreto N*11/1983 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y sus posteriores modificaciones, corresponde a Zona S-3, Este sector permite entre sus usos de suelo: Actividades productivas: Industria y almacenamiento inofensivo y talleres inofensivos o molestos,

  • Según la modificación del plan regulador metropolitano de Concepción, la planta se encuentra emplazada en un área designada como AU, vale decir, área regulada por un plan regulador comunal.

  • Se incluye la solicitud del Pronunciamiento del Artículo 161 para este proyecto, en el apartado 9.2.5 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria (DIA Actualizada).

Indicador que acredita su

cumplimiento

  • Certificado de Uso de Suelo vigente.
  • Certificado de Calificación Industrial del proyecto.

Forma de control y seguimiento

No aplica.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9. Normativa de carácter Ambiental Aplicable.

Tabla. 8.2 Norma: D.S. 144/61: MINSAL, Establece la obligación de captar o eliminar los gases, polvo o contaminantes de cualquier naturaleza, de modo tal de no causar molestias al vecindario.

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Tabla 10.6 Riesgo: Fuga de gas licuado durante la recepción o transporte

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Transporte y recepción de gas licuado en planta

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Inspección mensual a la central de GL y central térmica. Mantención anual correspondiente a los equipos instalados en central de GL y central térmica.

Plan de emergencias.

Válvulas de alivio.

Válvulas de corte sectorizadas

Operadores de carga capacitados en procedimiento de trabajo seguro para el abastecimiento de GL a clientes.

Aplicación de los 24 pasos seguros para la descarga. Aplicación de Check de instalaciones previo al abastecimiento de GL.

Forma de control y seguimiento

La empresa proveedora de Gas Licuado ejecutará inspecciones del transporte durante la recepción y despacho de camiones

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Suspender el uso de suministro en forma inmediata,

Cerrar válvulas de servicio del tanque.

Contactar de manera inmediata al Servicio Nacional de Emergencias del proveedor de Gas Licuado, solicitando asistencia técnica en el lugar. Explicando de la mejor manera lo ocurrido en el lugar, con el objetivo que se logre identificar el lugar del incidente.

Aislar la zona de la emergencia; para tal efecto puede demarcar con cinta de peligro o conos, con el propósito de alejar espectadores, curiosos y circulación de vehículos en el entorno.

Cortar la energía eléctrica o solicitar el corte de la energía eléctrica desde la acometida.

Dentro de las pérdidas de contención, debemos identificar el lugar y en la fase que se encuentra la fuga de gas; ya sea en fase liquida o en fase gaseosa. Destacando que toda perdida de contención puede ser abordada sectorizando el sector de perdida manipulando solo las válvulas de corte de la instalación.

Dependerá únicamente de la magnitud de la perdida de contención para sectorizar el perímetro en el lugar.

En caso de fugas de gas licuado durante el transporte, se deberá coordinar con bomberos, carabineros de Chile, concesionarias y la Dirección Regional de Vialidad (jefes de Subdepartamento de Planificación, Medio Ambiente y Territorio y el Provincial respectivo).

Mantener disponibles y actualizados los teléfonos de emergencia de la concesión respectiva y el de las oficinas provinciales de Vialidad y Seremi de Obras Públicas respectivas. Para ello se incluye en el plan la sección Comunicación con autoridades incorporando la Tabla con los contactos telefónicos con los organismos del estado. Se verificará periódicamente si existe alguna modificación de contactos.

En conjunto con la empresa proveedora de gas licuado se evaluarán los daños sobre la infraestructura vial provocados por la emergencia durante el transporte. En el reporte de aviso de la emergencia cargado en el Sistema de Seguimiento Ambiental de RCA de la SMA se detallarán las acciones

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inmediatas x a largo plazo y las medidas y procedimientos que se adoptarán en caso de verificarse tales daños.

  • Las medidas serán transmitidas a la empresa proveedora de gas licuado para que esté en conocimiento de la forma de proceder ante una emergencia,

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Ante la ocurrencia de un accidente en el que se involucre un camión transportista de gas licuado al interior de la planta, se deberá subir un reporte del incidente a la plataforma de seguimiento ambiental de RCA de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Con ello se da cumplimiento a la obligación de dar aviso a la Autoridad Ambiental sobre la afectación de una actividad regulada, dentro de las 24 horas desde ocurrida la contingencia/incdente, Posteriormente, en un plazo de 15 días se cargará un informe completo del incidente con el detalle de las medidas de corzrol y correctivas que se implementaron o se implementarán.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 7 de Adenda Complementaria,

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 8. Medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias

Tabla:10.7 Riesgo: Tratamiento deficiente de RILes

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Sistema de tratamiento de RILes

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Para evitar la ocurrencia de estas fallas, se tomarán las siguientes medidas preventivas:

  • Mantener stock suficiente de reactivos químicos empleados en el sistema de xvatamiento de RILes, ya sea en estanques de almacenamiento como en bodega de productos químicos.

  • Mantener en stock aquellas piezas del sistema de tratamiento de RiLes más susceptibles de fallar, como válvulas y bombas dosificadoras.

  • En caso de corre del suministro eléctrico la planta cuenta con grupos electrógenos para el abastecimiento de energía.

  • Mantención anual de las instalaciones y componentes de la planta de tratamiento de RILes, de las líneas de conducción de R]Ees y los equipos asociados como bombas.

  • Inspección mensual de los componentes y módulos de tratamiento de RILes.

  • Limpieza periódica de los componentes y equipos del sistema de tratamiento

  • Inspección mensual y mantención anual de los componentes asociados al sistema de aireación del estanque de ecualización y unidades DAF,

Forma de control y seguimiento

El control y seguimiento de las acciones de contingencia para la prevención de los riesgos ambientales asociados al funcionamiento del sistema de tratamiento de RILes se realizará a través del registro de la inspección de las instalaciones del sistema de tratamiento de RILes, registro de los componentes y reactivos en stock, programación de las mantenciones y limpieza de los equipos, capacitación de los operadores del sistema para

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la identificación de fallas y la comunicación oportuna y formal para activar las acciones correctivas y de emergencia.

Indicadores de cumplimiento:

Registro de componentes en stock

Programa de mantenciones y limpieza

Reportes de situaciones de emergencia cargados en el sistema electrónico de seguimiento ambiental de RCA de la SMA

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Si se detecta que la planta de tratamiento no tiene capacidad para tratar los RILES generados por los procesos productivos se detendrá la alimentación del RIL al sistema de tratamiento, almacenándolo en el estanque de ecualización. Si la falla es menor, es decir que implique reemplazo de bombas, válvulas o cañerías, se reparará O cambiará la pieza de manera inmediata.

En caso de que no se pueda reparar la falla del sistema de tratamiento de RILes y que el sistema de ecualización de la planta de tratamiento no de abasto para contener los RILes que se generen, se dará aviso a la Autoridad Marítima y al Servicio Nacional de Pesca, en caso de requerir efectuar la descarga de RILes sin tratamiento fuera de los límites del mar territorial (12 millas) a través de buque de la empresa. La notificación al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región del Biobío, será realizada mediante el envío de un correo electrónico y una carta certificada dirigida al Director Regional del mencionado Servicio. En dicho momento se verificará la dirección de envío, correos y contacto para efectos de enviar la notificación en el sitio: http://www.sernapesca.cl/nuestras-oficinas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se deberá subir un reporte del incidente a la plataforma de seguimiento ambiental de RCA de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), incluyendo tanto la Autoridad Marítima como SERNAPESCA en las autoridades asociadas. Con ello se da cumplimiento a la obligación de dar aviso a la Autoridad Ambiental sobre la afectación de una actividad regulada, dentro de las 24 horas desde ocurrida la contingencia/incidente. Posteriormente, en un plazo de 15 días se cargará un informe completo del incidente con el detalle de las medidas de control y correctivas que se implementaron o se implementarán.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 7 de Adenda Complementaria.

Referencia al ¡CE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 8. Medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias

Tabla 10.8 Riesgo: Derrame de RlL.es en las instalaciones de la planta

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Sistema de tratamiento de RILes

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Inspección y mantención periódica de las instalaciones y componentes de la planta de tratamiento de RILes, de las líneas de conducción de RILes y los equipos asociados como bombas.

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  • El galpón donde se emplaza la planta de tratamiento de RlLes y los sectores de la planta donde se emplazan la piscina receptora de RlLes y el estanque de ecualización cuenta con piso de hormigón con acero de refuerzo impermeabilizado con impermeabilizante de hormigón incoloro. Además, al interior del galpón de la planta de tratamiento se cuenta con una rejilla para conducir los posibles escurrimientos de líquidos hacia una cámara captadora, El líquido captado es incorporado al circuito de tratamiento de RlLes mediante el empleo de bomba impulsora. Estos elementos permiten asegurar que en caso de derrames accidentales de RILes desde las unidades de tratamiento, no llegarán al sistema de aguas lluvias ni se infiltrará a las napas subterráneas. Se adjunta en Anexo 13 de la Adenda, una memoria descriptiva con las especificaciones técnicas de pisos y pretiles al interior de la planta de tratamiento de RILes.

  • Para evitar los derrames de RíLes desde las unidades de tratamiento se realiza el control operacional de los caudales que ingresan a tratamiento, esto es posible con la utilización del estanque de ecualización de capacidad 600 m? que permite homogenizar la carga y el caudal de RILes para evitar el rebalse de las unidades DAF.

Forma de control y seguimiento

El control y seguimiento de las acciones de contingencia para la prevención de los riesgos ambientales asociados al funcionamiento del sistema de tratamiento de RILes se realizará a través del registro de la inspección de las instalaciones del sistema de tratamiento de RILes, registro de los componentes y reactivos en stock, programación de las mantenciones y limpieza de los equipos, capacitación de los operadores del sistema para la identificación de fallas y la comunicación oportuna y formal para activar las acciones correctivas y de emergencia. Indicadores de cumplimiento: - Registro de componentes en stock - Programa de mantenciones y limpieza - Reportes de situaciones de emergencia cargados en el sistema electrónico de seguimiento ambiental de RCA de la SMA

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

  • Si se detecta que ha ocurrido un derrame de RiLes en las instalaciones de la planta de tratamiento de RlLes y no es posible la acumulación de los mismos en las instalaciones durante el proceso de detección de la falla y posterior reparación, se detendrá el proceso productivo y todas las fuentes de generación de RILes.

  • Si corresponde a un derrame localizado en alguna de las líneas de conducción de RILes, la detención de la generación de RILes será focalizada en la línea que presenta el problema. Se estima que la reparación de las fallas de contención de derrames no sobrepasará las 24 horas, una vez detectada la falla, dado que las inspecciones y mantenciones al sistema serán periódicas, por lo que si se presenta una falla de este tipo será menor.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se deberá subir un reporte del incidente a la plataforma de seguimiento ambiental de RCA de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA... Con ello se da cumplimiento a la obligación de dar aviso a la Autoridad Ambiental sobre la afectación de una actividad regulada, dentro de las 24 horas desde ocurrida la contingencia/incidente.

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Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 7 de Adenda Complementaria.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 8. Medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias

Tabla 10.9 Riesgo: Emisión

de olores molestos desde el sistema de tratamiento

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Sistema de tratamiento de RILes

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Inspección y mantención periódica de los componentes asociados al sistema de aireación y al sistema de remoción de lodos desde la planta de tratamiento, de las líneas de conducción y los equipos asociados como bombas o tornillos de transporte.

Limpieza periódica de los componentes y equipos del sistema de tratamiento.

Estanque de almacenamiento de lodos hermético y sellado, Reprocesamiento de lodos en planta de harina en un periodo inferior a 8 horas.

Forma de control y seguimiento

El control y seguimiento de las acciones de contingencia para la prevención de los riesgos ambientales asociados al funcionamiento del sistema de tratamiento de RILes se realizará a través del registro de la inspección de las instalaciones del sistema de tratamiento de RILes, registro de los componentes y reactivos en stock, programación de las mantenciones y limpieza de los equipos, capacitación de los operadores del sistema para la identificación de fallas y la comunicación oportuna y formal para activar las acciones correctivas y de emergencia. Indicadores de cumplimiento:

Registro de componentes en stock

Programa de mantenciones y limpieza

Reportes de situaciones de emergencia cargados en el sistema electrónico de seguimiento ambiental de RCA de la SMA

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Si se detecta emisión de olores molestos desde el sistema de tratamiento de RILes se procederá al bombeo de lodos hacia estanque de lodos y luego inmediatamente a planta harina para reprocesarlos.

Se realizará la evaluación de las posibles fallas ya sea en el sistema de aireación o en el sistema de remoción, y se procederá a su reparación.

El lodo será procesado de inmediato en la planta elaboradora de harina y aceite de pescado.

Si la planta de harina no está operando será derivado a un sitio de disposición que cuente con autorización ambiental y sanitaria al día. Se utilizarán tolvas cerradas, bins o camión cisterna,

Oportunidad y vias de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se deberá subir un reporte del incidente a la plataforma de seguimiento ambiental de RCA de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Con ello se da cumplimiento a la obligación de dar aviso a la Autoridad Ambiental sobre la afectación de una actividad regulada, dentro de las 24 horas desde ocurrida la contingencia/incidente.

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Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 7 de Adenda Complementaria,

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 8. Medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias

Tabla 10.10 Riesgo: Descarga de RlLes dentro de la ZPL o en un punto no autorizado

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Emisario submarino

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Inspección visual del ducto del emisario para verificar el adosamiento del emisario y las condiciones de descarga

  • Verificación de las coordenadas de descarga de los RILes durante la ejecución del programa de vigilancia ambiental

Forma de control y seguimiento

El control y seguimiento de las acciones de contingencia para la prevención de los riesgos ambientales asociados al emisario submarino para la descarga de RILes se realizará a través del registro de las inspecciones visuales del emisario ya sea durante la ejecución del programa de vigilancia ambiental o cuando se detecten fallas en la descarga, Indicadores de cumplimiento: - Registro de las inspecciones - — Reportes de situaciones de emergencia cargados en el sistema electrónico de seguimiento ambiental de RCA de la SMA

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

  • Si se detecta una fisura, rotura o desplazamiento del ducto de descarga se detendrá inmediatamente la descarga de RILes para proceder a su reparación

  • En caso de detectarse una obstrucción del ducto se procederá a realizar una inspección detallada del ducto para determinar las necesidades de limpieza o recambio de algún tramo del emisario.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se deberá subir un reporte del incidente a la plataforma de seguimiento ambiental de RCA de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Con ello se da cumplimiento a la obligación de dar aviso a la Autoridad Ambiental sobre la afectación de una actividad regulada, dentro de las 24 horas desde ocurrida la contingencia/incidente.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 7 de Adenda Complementaria.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 8. Medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias

Tabla 10.11 Riesgo: Derrame de sustancias químicas o combustibles líquidos en las instalaciones de la

planta

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Manejo de sustancias químicas y combustibles

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Las instalaciones de almacenamiento de sustancias químicas cumplen con las exigencias contenidas en el D.S. 43/2015, las que incorporan entre otras condiciones, la habilitación de

S5

pretil de contención de capacidad 110% del volumen de estanques.

Las instalaciones de almacenamiento de combustibles líquidos cumplen las exigencias del D.S.160/2009 MINECON, las que incorporan entre otras condiciones, la habilitación de pretil de contención del 100% del volumen del estanque.

En los sectores de almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y residuos peligrosos, la planta está pavimentada.

Los estanques, cañerías, válvulas y soporte de estanques, serán inspeccionados periódicamente.

Inspección visual de los pretiles de contención.

Mantención periódica de las bombas de conducción. Inspección periódica de las canalizaciones de sustancias desde los estanques hacia la planta de tratamiento de RILes. Inspección y mantención periódica de los estanques de almacenamiento de sustancias químicas y combustibles, Respecto los pretiles de contención de derrames de los estanques de combustibles y sustancias químicas son de hormigón con acero de refuerzo impermeabilizados con impermeabilizante de hormigón incoloro, por lo que en caso de algún derrame quedará contenido en este sector sin riesgo de infiltración a las napas subterráneas. Los pretiles de contención de derrames cuentan con válvulas de drenaje que se mantendrán siempre cerradas. En caso de que se acumulen aguas lluvias en pretiles, se procede a la apertura de válvulas para canalizar dichas aguas, realizando previamente una inspección visual del pretil para asegurar que no se desplacen sustancias químicas o combustibles al sistema de canalización interna de aguas lluvias.

Forma de control y seguimiento

El control y seguimiento de las acciones de contingencia para la prevención de los riesgos ambientales asociadas al uso de los reactivos químicos del sistema de tratamiento de RlLes y combustible líquido (diésel) se realizará a través del registro y programación de la inspección de los estanques de almacenamiento de las sustancias y diésel Además, se capacitará a los trabajadores para la adecuada dosificación de estas sustancias y combustible, identificación de fallas para su comunicación y activación de medidas correctivas y de emergencia.

Indicadores de cumplimiento:

Programa de inspecciones y mantenciones de las instalaciones de almacenamiento y dosificación de las sustancias

Registro de las inspecciones y mantenciones

Declaración SIDREP de la disposición de los residuos generados durante algún derrame.

Reportes de situaciones de emergencia cargados en el sistema electrónico de seguimiento ambiental de RCA de la SMA

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Una vez detectado un derrame de sustancias químicas durante el abastecimiento hacia la planta de tratamiento de RILes se detendrá el suministro para verificar el ducto y bombas de conducción para definir los requerimientos de reparación.

Si el derrame se genera en alguna línea de conducción de las sustancias, se espera que la cantidad derramada sea menor,

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por lo que se utilizará tierra para realizar un dique que contenga e. derrame, luego se neutralizará la sustancia derramada utilizando un agente adecuado para cada sustancia (¿cido o base) y posteriormente, los residuos generados se recolectarán y dispondrán como residuos peligrosos. Para la ejecución de este procedimiento los trabajadores utilizarán los EPP adecuados para la protección frente al manejo de sustancias corrosivas (traje completo, guantes de nitrilo, antiparras, etc).

Una vez detectada alguna fisura en los estanques o contenedores de almacenamiento se reparará en el menor tiempo posible. De ser necesario se vaciará los estanques para proceder a su reparación.

Dado que los estanques de almacenamiento de reactivos químicos estarán ubicados al interior de pretiles de contención, se espera que, de generarse alguna fisura en el estanque, el derrame será contenido al interior del pretil.

Si se prodwera una fisura en los pretiles de contención y estanques de almacenamiento de sustancias químicas, se procederá en la medida de lo posible a contener el derrame formando un dique con tierra, luego se neutralizará el derrame y los residuos generados serán manejados como residuos peligrosos, Para la ejecución de este procedimiento los trabajadores utilizarán los EPP adecuados para la protección frente al manejo de sustancias corrosivas (traje completo resistente a productos químicos, guantes de nitrilo, antiparras, etc), Cabe destacar que la intervención de los trabajadores será en derrames de pequeñas cantidades (< 1 m3), para cantidades mayores, se solicitará apoyo a bomberos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se deberá subir un reporte del incidente a la plataforma de seguimiento ambiental de RCA de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Con ello se da cumplimiento a la obligación de dar aviso a la Autoridad Ambiental sobre la afectación de una actividad regulada, dentro de las 24 horas desde ocurrida la contingencia/incidente.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 7 de Adenda Complementaria.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 8. Medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias

Tabla 10.12 Riesgo: Derrame de residuos líquidos o sólidos durante el transporte

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y abandono

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Transporte de residuos líquidos y sólidos

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Reducción de velocidad a 20 km/h en el área urbana de Lota.

Definición de rutas de tránsito para acceder y salir en Lota:

Ruta de aczeso: Ruta 160, Alonso de Ercilla, La Paz, Carrera, Arturo Prat, Matta.

Ruta de salida: Matta, Condell, Serrano, Perez Bannen, La Paz, Alonso de Ercilla, Ruta 160.

Capacitación a choferes para cumplimiento de velocidad y rutas. Hermeticidad de camiones que transportan residuos líquidos.

Contrato con empresa de transporte, que incluya cláusula de utilización de camiones con características de hermeticidad

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necesarias, adecuados al tipo de sustancia y responsabilidad de la contención, limpieza de la vía y disposición del derrame en sitios autorizados ambiental y sanitariamente.

Forma de control y seguimiento

Inspección del transporte durante la recepción y despacho de camiones

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

» Si es posible, contener el derrame teniendo presente las medidas de protección personal.

  • Se contactará a los organismos del estado de emergencias (SAMU, Bomberos y Carabineros) dependiendo de la magnitud del accidente.

  • Empresa de transporte se encargará de la contención, limpieza de la vía y disposición del derrame en sitios autorizados ambiental y sanitariamente,

  • Coordinación con la Dirección Regional de Vialidad en caso de un derrame en caminos públicos de tuición del MOP, informando inmediatamente la ocurrencia de la emergencia.

  • En el caso eventual que por el paso de camiones que se dirijan o provengan de Industrias Isla Quihua se produzca daños a obras públicas como calzadas oO calles, se analizarán las responsabilidades del hecho y en caso de ser responsable Industrias Isla Quihua o alguno de sus proveedores, se repararán los daños en coordinación con la Dirección Regional de Vialidad del MOP y la Municipalidad de Lota, o la institución pertinente,

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se deberá subir un reporte del incidente a la plataforma de seguimiento ambiental de RCA de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Con ello se da cumplimiento a la obligación de dar aviso a la Autoridad Ambiental sobre la afectación de una actividad regulada, dentro de las 24 horas desde ocurrida la contingencia/incidente.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 7 de Adenda Complementaria.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 8. Medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias

  1. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a

continuación se señala,

11.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

No existieron observaciones que no hayan cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA, por lo tanto, todas las

observaciones recibidas fueron admitidas.

11.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley N? 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA se encuentran en el Anexo “Consideración de las Observaciones Formuladas por la Comunidad”, en el cual se incorporan las respuestas a las observaciones formuladas por la comunidad. Dicho anexo de fecha 23 de octubre de 2024 y su contenido, es parte integrante de la presente resolución (RCA).

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general

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cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4? de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  3. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

  4. Que, para que el proyecto “Optimización Operacional Planta Lota” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  7. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra £) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SEIA.

  8. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero,

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Optimización Operacional Planta Lota”, de Industrias Isla Quihua S.A.

2”. Certificar que el proyecto “Optimización Operacional Planta Lota” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable,

  1. Certificar que el proyecto “Optimización Operacional Planta Lota” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 139 y 140 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

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4. Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 115 y 119, del D.S. N 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

50, Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Biobío, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó las unidades productivas y de apoyo de la Planta como molesto.

6%. Certificar que el proyecto “Optimización Operacional Planta Lota” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  1. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4* del presente acto.

8%. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley N” 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, Notifíquese, comuníquese y Archívese

ardo Pacheco Pacheco

elegado Presidencial

nte Comisión de Evaluación Región del Biobío

María Elián g egional Servicio de Evaluación Ambiental cretario Comisión de Evaluación

Región del Biobío

ARS/SBF/sbf Distribución: j Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y directores de servicios públicos — SEREMI de Agricultura, Región del Biobío — SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío — SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Biobío — SEREMI de Energía, Región del Biobío — SEREMI de Minería, Región del Biobío — SEREMI de Salud, Región del Biobío — SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío — SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío — SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío

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— SEREMI MOP, Región del Biobío

— Consejo de Monumentos Nacionales

— Dirección General de Aeronáutica Civil

— Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

— Superintendencia de Servicios Sanitarios

— CONADI, Región del Biobío

— CONAF, Región del Biobío

-— DGA, Región del Biobío

— Dirección de Vialidad, Región del Biobío

  • Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío
  • Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío — DOH, Región del Biobío

— Gobernación Marítima de Talcahuano

— SAG, Región del Biobío

— SEC, Región del Biobío

—- SERNAGEOMAIN, Zona Sur

— Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío

— 1 Municipalidad de Lota

— Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)

Personas naturales y jurídicas que presentaron observaciones ciudadanas al proyecto. — Gladys Vasquez Lopez — Francisco Ivan Neira Miranda — Aurora Lilian Jara Araneda — Judith Carolina Jimenez Duarte — Ruby del C. Silva Figueroa y Eduardo Riquelme Mena — Nicolas Esteban Lagos Campusano — Natalia Jerez Friz — Ivonne Marcela Alfaro Cid — Rodolfo Daniel Hinrichs Loosli — Pablo Andrés Valenzuela Vigueras — Juan Eduardo Caviedes Cárdenas -— José Miguel Jaque Riquelme — Jimena Andrea Asken Urra — Karen Lorena Parra Guerrero — Lorena Del Carmen Guerrero Soto — Guillermo Guerrero Alarcón — Rosa Del Carmen Soto Bastías

— Felipe Andres Neira Zagal

— Carlos Francisco Neira Zagal

— Antonio Alejandro Avendaño Diaz — Marcia Victoria Matamala Ibañez — Blanca Patricia Muñoz Leal

— Sergio Cuevas Henriquez

— Juan Francisco Orellana Chamblas — Ana Rosa Torres Segura

— Cesiía Stephanie Valdebenito Salas — Alex Amigo Fierro

— Israel Dyan Valdebenito Salas

— Rosa Atractiva Salas Aravia

— Cristina Andrea Arévalo Aedo

— Delia de las Mercedes Aedo Gonzalez

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Patricio Erwin Fritz Cantillana Lucia Carolina Estigaribia

Juan Antonio Millagual Calcumnil Josefa Madinagoitia Salazar Rosemarie Mendoza Ayala Norma Ayala Pezo

Uberlinda Antonia Rodriguez Sanhueza

Hugo Zagal Jerez

Agustín Artiga

Jimena Andrea Asken Urra Rodolfo Francisco Asken Cifuentes Juan Manuel Saez Sagredo

Maria Cecilia Reyes Manriquez Mariela Toledo Gutierrez

Aurora Lilian Jara Araneda Rodrigo Rojas Jiménez

Isabel del Carmen Muñoz Rebolledo Yessennia Saez Muñoz

Haro! Felipe Saez Muñoz

María del rosario Alarcon Sáez marcela luengo Opazo

Manuel segundo leal mella

Nicole Andrea Gajardo luengo Pamela lorena muñoz Matamala Jimena Jacqueline torres Sepulveda Maria Alejandra muñoz Matamala Alejandro del carmen muñoz leal Ana Doris Zagal jerez

Ana Doris Neira zagal

Tban Antonio Neira zagal

Elvia Antonia Vasquez Sanchez Ricardo raimundo Rodriguez Bustos Rosa Jara Sáez

Ana Graciela Lara Cisternas Edgardo Carrillo Hernández

Tris García Riquelme

Israel Orfelino Valdebenito Ancatrio Karen Pamela Valdebenito Salas Javiera Constanza Rodriguez Baza Marta Gladys Lepe Silva

Edgardo enrique Jiménez Vergara Griselda del pilar Jiménez Gayoso Jaime Eliecer Castillo Chávez Digna Ramirez Ravanal

Agustín Emilio Castillo Labra Lorena Alejandra Labra Gómez José Celso Jiménez Vergara

Maria Inés Jiménez Vergara

Maria Vasquez Chávez

Jenny Rebolledo Peñailillo

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Cleo:

Monica Angelica Mardones Basualto

Julia del Carmen de la Rosa Reyes

Victor Hugo Moraga Pérez

Diana Belén Monserrat Cabrera de la Rosa Daniel Silva Opazo

Velsa Iris del Carmen Olivares Torres Alison Cabrera

Alanís Constanza Muñoz Herrera

Jean Daniel Suarez Chávez

Camila Andrea Nova Cid

Expediente del Proyecto " Optimización Operacional Planta Lota” Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Biobío

Firmado Digitalmente por María Eliana Vega Fernández

Fecha: 18-11-2024 17:41:44:758 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada

Lugar: SGC

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