Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el Proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente”
Antofagasta
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), del Proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente”, presentada por Aguas de Antofagasta S.A., con fecha 03 de enero del 2023 y admitida a trámite con fecha 10 de enero 2023, su Adenda de fecha 27 de noviembre del 2023 y su Adenda Complementaria de fecha 14 de mayo de 2024.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del Proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente”.
3°. El Acta de evaluación Nº202302106162 de Sesión del Comité Técnico N°11/2023, de fecha 24 de octubre de 2023.
4°. El ICE N° 20240210946 de la DIA del Proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente” del 06 de junio de 2024.
5°. El acuerdo N°15/2024 de la sesión ordinaria N° 06/2024 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 14 de junio de 2024.
6°. La Resolución de Calificación Ambiental (en adelante “RCA”) N° 0238/2004, del 26 de noviembre de 2004 del Proyecto “Plan de mantenimiento de hábitat en botadero existente” de la Comisión Regional del Medio Ambiente, II Región de Antofagasta, que se modifica a través de la presente Resolución.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente”.
8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“Reglamento del SEIA”); en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; en la Resolución Exenta RA N°119046/205/2022 de fecha 23/05/2022, que nombra al Director Regional del SEA Antofagasta (“SEA Antofagasta”); y en el Decreto Supremo N° 77 del 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra al Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, Sra. Karen Behrens Navarrete, se dicta lo siguiente:
Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 26-06-2024 16:23:46:321 UTC -04:00 Razón: Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Aguas de Antofagasta S.A. (en adelante, el “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
- ANTECEDENTES DEL TITULAR Nombre o razón social Aguas de Antofagasta S.A. Rut 76.418.976-0 Domicilio Avenida Pedro Aguirre Cerda 6496, Antofagasta. Teléfono 55-2356801 Nombre representante legal 1 Marcela Gómez Valderrama Rut representante legal 16.927.478-9 Domicilio representante legal Avenida Pedro Aguirre Cerda 6496, Antofagasta Teléfono representante legal 55-2356700 Correo electrónico Titular o representante legal mgomezv@aguasantofagasta.cl Nombre representante legal 2 Mario Corvalán Neira Rut representante legal 10.621.674-6 Domicilio representante legal Avenida Pedro Aguirre Cerda 6496, Antofagasta Teléfono representante legal 55-2356700 Correo electrónico Titular o representante legal mcorvalan@aguasantofagasta.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 06 de junio de 2024, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto:
a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
b) No se han identificado permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto.
c) No genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3°. Que, en sesión de fecha 14 de junio de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el Proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 06 de junio de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Adicionalmente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta propuso establecer condiciones al Proyecto, las cuales se detallan en el numeral 8.2 de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es mantener la demanda hídrica del hábitat en el botadero existente, a partir de la descarga de aguas de la planta de filtros y aguas tratadas de la planta de tratamiento de aguas servidas (en adelante “PTAS”) del centro Penitenciario. Tipología principal, así como las Según artículo 3° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA):
4.1. ANTECEDENTES GENERALES aplicables a sus partes, obras o acciones p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas, humedales urbanos o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita. Vida útil El Proyecto tendrá una vida útil de 12 años y 7 meses Monto de inversión USD 224.200. Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA El hito que dará inicio al Proyecto será la habilitación de las instalaciones temporales. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no contempla el desarrollo del Proyecto por etapas.
X Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No En la Tabla N°3 de la Adenda de la DIA se detalla la RCA modificada por motivo del presente Proyecto. X
Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto modifica la siguiente RCA: RCA N° 238/2004, que calificó favorablemente el Proyecto “Plan de mantenimiento de hábitat en botadero existente”. X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localizará en la comuna, provincia y Región de Antofagasta, en específico, la conexión del agua cruda con el agua tratada se realizará al interior de la Planta de Filtros Salar del Carmen (en adelante “PFSC”). Por su parte, el Ex Botadero Existente, hacia donde serán conducidas las aguas, está localizado aproximadamente entre 700 y 1.300 m al sur de esta planta, en el kilómetro 12 del camino que une Antofagasta y Calama, superponiéndose con el área del recientemente declarado humedal urbano Salar del Carmen (R.E. N° 215/2022 del Ministerio de Medio Ambiente). Superficie El Proyecto se emplazará en una superficie de 71,95 ha Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas del emplazamiento del Proyecto se detallan la Tabla 1-2 de la DIA, actualizado mediante el Anexo 1.1 de la Adenda de la DIA. Caminos o vías de acceso El Titular considera utilizar los accesos existentes del Proyecto Original, esto es, a través de la ruta 26, al oriente de la ciudad de Antofagasta, en específico el desvío en el kilómetro 12, previo enlace con la Ruta 5. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus
Para mayor detalle de los Planos georreferenciados ver Tabla 2. “Identificación planos georreferenciados” de la Adenda Complementaria de la DIA.
partes, obras y acciones
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Instalación de nuevos ramales y puntos de riego El Proyecto contempla nuevos ramales los cuales serán montados manualmente sobre el terreno natural, sin excavaciones, de tal manera de que no se intervenga la vegetación que compone el hábitat. Relleno de zanjas y piques Habiéndose montado las tuberías, se realizará el relleno de las zanjas y los piques con material seleccionado y se compactará por capas de 25 cm, las cuales se humedecerán y apisonarán hasta que el suelo deje de comprimirse. Pruebas de presión y estanqueidad Con el objetivo de verificar la correcta instalación y unión de las tuberías, se realizarán las pruebas de presión y de estanqueidad correspondientes. Retiro de instalaciones temporales. Al término de la construcción, se retirarán los baños químicos y maquinaria de la construcción, para posteriormente realizar la limpieza del área de forma de devolver el terreno a las condiciones en las que se encontraba originalmente. Restauración del terreno. Una vez que se hayan desarmado y retirado las obras temporales, se restaurará el terreno intervenido a causa de la construcción. Estas actividades implicarán la remoción de material en los sectores de construcciones temporales y la reposición de los suelos, si existieren excedentes de suelo provenientes de las excavaciones. Recursos naturales renovables. El Proyecto no considera extracción o explotación de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes. a) Emisiones atmosféricas: Se generarán emisiones de material particulado y gases provenientes de las actividades de excavación, tránsito en caminos internos no pavimentados y por el uso de grupos electrógenos. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales:
Fase Emisiones (t/año) MP10 MP2.5 CO HC NOX SOX Construcción 1,276 0,190 0,309 0,055 0,715 0,015
Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas: - Registro diario de humectación de los caminos de acceso a Proyecto (Acceso PFSC y Acceso Hábitat) que contenga: N° de vueltas, hora de inicio y termino, fecha, operador y patente de camión. - Implementación de señalética temporal con la indicación de velocidad máxima (30 km/h). - Los vehículos y maquinarias contarán con las revisiones técnicas al día.
Para más detalles ver Anexo 1.24 “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda de la DIA.
b) Emisiones líquidas o efluentes: Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos. Se estima que se generará una cantidad de 60 m3/mes.
Se contempla el uso de baños químicos, los cuales tendrán una permanencia no superior a 6 meses, los cuales cumplirán con todo lo dispuesto en el D.S. N°594/1999 del MINSAL.
c) Lodo PTAS:
Se generará una cantidad de 0,04 m3/mes de lodos proveniente del lavado de las canoas de los camiones mixer.
Los lodos serán contenidos en un receptáculo especializado para esta actividad y serán retirados por un tercero autorizado para ser dispuesto posteriormente en un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.
d) Ruido: Las principales fuentes de emisión de ruido durante la fase de construcción tienen relación con las labores constructivas.
No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para más detalle ver Anexo 1.E “Estudio Acústico y Vibratorio” de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios: Se generarán Residuos sólidos domiciliarios (en adelante “RSD”), los que estarán compuestos básicamente de restos de restos de papel, cartones, botellas, bolsas plásticas, restos de alimentos.
Se generará una cantidad de 400 kg/mes de RSD, los cuáles serán almacenamos temporalmente en contenedores tapados y rotulados, los cuales serán retirados y trasladados diariamente por una empresa autorizada hasta su disposición final en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.
b) Residuos sólidos industriales no peligrosos:
Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos (en adelante “RSINP”), los que estarán compuestos de excedentes de excavación.
Se generará una cantidad de 528.667 kg/mes, los cuales serán acopiados junto a zanjas y piques hasta que sea descartado como relleno, para posteriormente ser llevado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.
Por otro lado, se generarán RSINP de restos de hormigón y de despuntes de tuberías. Se estima una generación de 325 kg/mes y 4 kg/mes respectivamente, los cuales serán cargados en contenedores tapados y rotulados. Para ser retirados y trasladados diariamente por una empresa autorizada hasta su disposición final a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.
En caso de que por alguna contingencia no pudieran ser retirados en el día, serán almacenados temporalmente en el sitio de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos del Edificio Corporativo de Aguas de Antofagasta, autorizado mediante Resolución N° 2202471938 de la SEREMI de Salud, presentada en el Anexo 1.21 de la Adenda de la DIA.
c) Residuos peligrosos:
Se generarán residuos peligrosos (en adelante “RESPEL”), los que estarán compuestos básicamente de tuberías retiradas (potencialmente con trazas de arsénico).
Se generará una cantidad de 523 kg/mes de RESPEL, los cuales serán almacenados en la Bodega RESPEL de la PFSC hasta obtener los resultados de toxicidad por lixiviación de arsénico, de manera de verificar o descartar su peligrosidad y consecuentemente ser llevado a sitio de disposición correspondiente por empresa autorizada hasta su disposición final a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. Referencia al ICE para mayores Para mayores antecedentes, ver sección 4.5 del ICE del Proyecto.
detalles sobre esta fase. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Sistema de Riego al Hábitat Durante la fase de operación del Proyecto se requerirá de 340 m3/día para el riego del sector 1 correspondiente a las 6,2 ha de formaciones vegetacionales existentes en ese sector de manera del mantener el hábitat existente. El origen de estas aguas corresponderá a agua cruda de la PFSC y a agua tratada de la PTAS del Centro Penitenciario de Antofagasta
El flujo de agua que se descargará gravitacionalmente al sistema de riego será registrado por medio de un flujómetro aguas abajo de la cámara receptora, de tal manera que cuando se alcancen los 340 m3/día, un operario se encargará de cerrar las válvulas a la salida de la cámara receptora y así detener el caudal de riego durante el resto del día.
Para más detalle sobre el caudal a utilizar ver respuesta 1.7 de la Adenda de la DIA. Verificación del estado del hábitat (Actividades de mantención y conservación del hábitat) Se verificará cada mes en terreno que el agua esté llegando de forma adecuada al sector 1 del Ex Botadero Existente. Asimismo, en caso de registrar alguna falla en el sistema de riego, se informará oportunamente para adoptar las medidas correctivas correspondientes. Limpieza del hábitat (Actividades de mantención y conservación del hábitat) Para mantener la limpieza del hábitat, una vez al año se realizará el retiro de aquellos residuos que sean arrojados por terceros desde el exterior del predio del Ex Botadero Existente o que sean transportados por la acción del viento. Al respecto, de acuerdo con la cantidad de residuos avistada, se contempla una jornada de limpieza de máximo 3 días.
Los residuos serán recogidos manualmente por la brigada de limpieza, la cual contará con una dotación máxima de 10 brigadistas, y serán envueltos en bolsas plásticas en diferentes puntos de acopio, para luego ser retirados en camión y llevados a un sitio de disposición final autorizado. El transporte de estos residuos se realizará por una empresa que cuente con la autorización sanitaria correspondiente para dicha labor. Recursos naturales renovables. Flora, fauna, suelo y agua. El Proyecto no extraerá o explotará recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes. a) Emisiones a la atmósfera: Se generarán emisiones de material particulado y gases provenientes de las actividades de tránsito en caminos internos no pavimentados y combustión de vehículos. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales:
Fase Emisiones (t/año) MP10 MP2.5 CO HC NOX SOX Operación 0,037 0,004 1,25E-04 2,85E-05 0,001 9,88E-07
El Titular no considera medidas de control de emisiones atmosféricas para la fase de operación. Para más detalles ver Anexo 1.24 “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda de la DIA.
b) Emisiones líquidas o efluentes: Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos. Se estima que se generará una cantidad de 5 m3/mes de aguas servidas.
Se dispondrá de baños químicos suministrados por una empresa autorizada, la cual retirará periódicamente las aguas servidas de dichos baños. Para la estimación de la cantidad de aguas servidas, el Titular considera un número máximo de 10 trabajadores correspondientes a la brigada de limpieza, que actuará una vez al año en una jornada de limpieza de 3 días.
c) Emisiones de Ruido: Conforme a las características del Proyecto, no se generarán emisiones de ruido durante su fase de operación. Para más detalle ver Anexo 1.E “Estudio Acústico y Vibratorio” de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios y asimilables: Se generarán RSD, los que estarán compuestos básicamente de material recolectado durante las jornadas de limpieza para la mantención del hábitat.
Estos residuos no corresponderán a un residuo generado por el Proyecto propiamente como tal, no obstante, el Titular se hará responsable de su adecuado manejo y disposición final. Se generará una cantidad de 1.000 kg/mes, los cuales serán embolsados y depositados transitoriamente en contenedores herméticos, para ser enviados a un relleno sanitario autorizado.
b) Residuos industriales no peligrosos: El Proyecto no contempla la generación de RSINP.
c) Residuos peligrosos: El Proyecto no contempla la generación de RESPEL. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver sección 4.6. del ICE del Proyecto. 4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento de la infraestructura utilizada por el Proyecto Se desmantelarán las siguientes estructuras: - Desmantelamiento de las cámaras de hormigón: El desmantelamiento de cada una de las cámaras de hormigón seguirá la siguiente secuencia: 1) retiro de la tapa de la cámara, 2) demolición de las paredes de la cámara, 3) demolición del fondo de la cámara, 4) sellado de los empalmes a las tuberías y toda perforación existente, y 5) rellenado del espacio ocupado por la cámara. - Desmantelamiento del sistema de riego: Para el desmantelamiento del sistema de riego se demolerán los machones de hormigón con equipos manuales y se realizarán excavaciones superficiales alrededor de las zonas de empalme de los ramales con la matriz principal, para así proceder con el corte de la tubería en el empalme y el consecuente retiro de los ramales. Una vez retirado los ramales, se rellenará la excavación con el mismo material de excavación. Restauración de las geoformas, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del Proyecto Posterior al desmantelamiento de las cámaras de hormigón, se realizará el perfilado mecánico del área en donde estaban emplazadas las cámaras, con el objetivo de dejar la superficie libre de los desechos de las demoliciones que pudieron haber quedado tras la actividad de desmantelamiento. Para ello se utilizará maquinaria pesada tal como motoniveladora o retroexcavadora. Luego de esto, se aplicará una capa de aproximadamente 30 cm de suelo de las mismas características físicas del suelo natural del lugar, cuya procedencia será debidamente acreditada ante la autoridad ambiental. Recursos naturales renovables. No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante esta fase.
Emisiones y efluentes.
a) Emisiones a la atmósfera: Se generarán emisiones de material particulado y gases provenientes de las actividades de demolición, carguío y volteo, nivelación, tránsito en caminos internos no pavimentados y combustión de vehículos y de grupos electrógenos. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales:
Fase Emisiones (t/año) MP10 MP2.5 CO HC NOX SOX Cierre 0,181 0,025 0,041 0,007 0,095 0,002
Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas: - Registro diario de humectación de los caminos de acceso a Proyecto (Acceso PFSC y Acceso Hábitat) que contenga: N° de vueltas, hora de inicio y termino, fecha, operador y patente de camión. - Implementación de señalética temporal con la indicación de velocidad máxima (30 km/h). - Los vehículos y maquinarias contarán con las revisiones técnicas al día.
Para más detalles ver Anexo 1.24 “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda de la DIA.
b) Emisiones líquidas o efluentes: Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos. Se estima que se generará una cantidad de 36 m3/mes de aguas servidas. Se dispondrá de baños químicos suministrados por una empresa autorizada, la cual retirará periódicamente las aguas servidas de dichos baños.
c) Ruido Las fuentes de ruido que se contemplan durante la fase de construcción corresponden principalmente a la operación de la maquinaria requerida para las para las actividades de cierre.
No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para más detalle ver Anexo 1.E “Estudio Acústico y Vibratorio” de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios: Se generarán RSD, los que estarán compuestos básicamente de restos de papel, cartones, botellas, bolsas plásticas, restos de alimentos. Se estima una generación de 240 kg/mes. Los cuáles serán dispuestos en bolsas dentro de contenedores tapados y rotulados. Para posteriormente ser retirados y trasladados diariamente por una empresa autorizada hasta su disposición final.
b) Residuos industriales no peligrosos: Se generará una cantidad de 82.750 kg/mes de escombros y 848 kg/mes de tuberías de los ramales. Los cuáles serán cargados en contenedores o tolva para posteriormente ser retirados y trasladados diariamente por una empresa autorizada hasta su disposición final.
c) Residuos peligrosos: El Proyecto no contempla la generación de RESPEL.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver sección 4.7 del ICE del Proyecto.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio. Septiembre de 2024. Parte, obra o acción que establece el inicio. Habilitación de las instalaciones temporales. Fecha estimada de término. Febrero de 2025. Parte, obra o acción que establece el término. Restauración del terreno. 4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio. Marzo de 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio. Apertura de las válvulas de los sistemas by-pass de agua cruda y agua tratada. Fecha estimada de término. Marzo de 2037. Parte, obra o acción que establece el término. Cierre de las válvulas y consecuente cese de la descarga de agua al Ex Botadero Existente. 4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Abril de 2037. Parte, obra o acción que establece el inicio. Habilitación de frentes de trabajo. Fecha estimada de término. Mayo de 2037. Parte, obra o acción que establece el término. Restauración del terreno.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto no significativo El Proyecto no generará riesgo para la salud de la población. El Proyecto se localizará en la comuna, provincia y Región de Antofagasta, en específico, en la conexión del agua cruda con el agua tratada que se realizará al interior de la PFSC. El asentamiento humano más cercanos corresponden al Centro de Cumplimiento Penitenciario (en adelante, “CCP”) ubicado a 4 km al este del Proyecto.
Las principales emisiones a la atmósfera serán generadas durante la fase de construcción y éstas corresponderán principalmente a material particulado y gases provenientes de actividades asociadas al movimiento de tierra y al tránsito de vehículos. La fase de construcción tendrá una duración de 6 meses.
El Proyecto no generará la superación de los valores de las concentraciones de los contaminantes señalados y períodos establecidos, en las normas primarias de calidad ambiental, o bien, el aumento significativo de la concentración por sobre los límites establecidos en ellas. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver sección 5.1 y 6.1 del ICE del Proyecto.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación al suelo. El Proyecto no generará pérdidas en la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad, por el contrario, de acuerdo a la caracterización del suelo presentada en el Anexo 3.B de la DIA, el recurso hídrico que aporta el plan de mantenimiento del hábitat (Proyecto Original) ha posibilitado la formación de suelo de tipo orgánico, mejorando la condición estructural, física y química del sustrato, lo cual se espera pueda reforzarse con la presente modificación, en consideración del aumento de caudal de agua a entregar que se propone, y la mayor distribución de este recurso en la vegetación del sector norte del Ex Botadero Existente.
El Proyecto no generará alteración del recurso hídrico. El Proyecto no descargará efluentes a cuerpos de agua, por lo tanto, se descarta afectación de este recurso. Por otra parte, si bien el Titular considera descargar el exceso de agua del sistema de riego por una zanja abierta existente, esta obra es parte integrante del sistema de abastecimiento de agua del hábitat, y, por lo tanto, parte también del Proyecto.
El Proyecto no generará alteración de la calidad del aire. El Proyecto no generará efectos adversos significativos debido a emisiones atmosféricas, efluentes o residuos que puedan ocasionar una superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes.
En todas sus fases del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión, derivadas principalmente del tránsito de vehículos y las actividades de mantención.
La mayor emisión de material particulado será en la fase de construcción, estimándose un aporte anual y diario nulos en el receptor más cercano.
El Proyecto no generará afectación a la flora y vegetación. Durante la fase de construcción del Proyecto no se intervendrá ninguna especie vegetal, dado que la zanja para el reemplazo de la matriz principal se realizará en una
superficie desprovista de vegetación, mientras que la instalación de los ramales del sistema de riego se realizará superficialmente, sin necesidad de realizar excavaciones.
El Proyecto no generará afectación de Fauna: En el área de influencia (AI) se registró la presencia de especies singulares de fauna correspondientes a: Microlophus tarapacensis (Corredor de Tarapacá), reptil endémico de baja movilidad en categoría de Preocupación menor (LC), y las aves Calidris bairdii (playero de Baird) y Gallinula galeata (taguita del norte) que poseen preferencia por ambientes acuáticos como los humedales. No se registran en terreno especies que se encuentren amenazadas (En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable) y/o en categoría Casi amenazadas.
Conforme a los antecedentes expuestos, la ejecución del Proyecto no implicará la ocurrencia de un efecto adverso sobre la biodiversidad. Parte, obra o acción que lo genera Actividades del Proyecto. Fase en que se presenta Fases de construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver sección 5.2 y 6.2 del ICE del Proyecto. Respecto de la fotografía más actualizada para efectos de esta evaluación ambiental se establecen condiciones las cuales se detallan a continuación: Previa a la fase de construcción, el Titular deberá presentar a la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Antofagasta una “fotografía del momento” más actualizada con menos de un año de antigüedad que permita el adecuado seguimiento del avance y propósito del proyecto, es decir, la mantención efectiva del hábitat. Además, deberá utilizar tecnología de sensores remotos, aplicando el uso de imágenes satelitales de alta resolución espacial para cuantificar la cobertura de vegetación, con una periodicidad de una vez al año, coincidente con el periodo monitoreo a través de transectas de vegetación, conforme a lo declarado en Adenda Complementaria de la DIA.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación a grupos humanos, ni a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (en adelante “GHPPI”).
Las partes, obras y acciones del Proyecto no estarán emplazadas sobre o cercanas a GHPPI que puedan verse afectados. No se registran GHPPI en el AI del Proyecto, ni en sus inmediaciones, así como tampoco Áreas de Desarrollo Indígena (en adelante “ADI”), Tierras Indígenas, ni existe uso del territorio por parte de comunidades y asociaciones indígenas. No obstante, y si bien el Proyecto se localiza en una zona industrial de la comuna de Antofagasta, existe presencia de asentamientos humanos en el AI del Proyecto (alrededor de 15 viviendas), quienes se dedican a actividades productivas asociadas a la industria presente en el sector, así como otros que poseen predios privados para actividades agrícolas.
Respecto a la actividad agrícola mencionada, las principales actividades del Proyecto susceptibles de impacto se acotarán a la fase de construcción, cuya duración será de 6 meses, y las cuales se realizarán al interior de la PFSC, y en un tramo del camino de servicio del sector industrial en dirección al Ex Botadero Existente, en un sector sin uso, por lo que, dicha intervención en ningún caso generará restricción al acceso de los grupos humanos a los predios donde ejecutan sus actividades agrícolas, así como tampoco generará intervención a los recursos naturales que se utilizan en dichos predios para su sustento económico, o para cualquier otro uso tradicional. Además, el Proyecto no requiere de la extracción ni explotación de recursos naturales renovables en ninguna de sus fases.
Por otro lado, en el sector donde se emplaza el Proyecto, no está permitido el desarrollo de áreas asociadas al asentamiento humano, dado que corresponde a una Zona de reserva industrial (ZUDC-09) que permite exclusivamente el uso industrial de densidad predial media y baja, por lo que, no existen en este, bienes, equipamientos o infraestructura básica, que pudiesen verse afectados por las partes, obras y acciones del Proyecto. Por otro lado, los servicios básicos requeridos por la mano de obra del Proyecto (tales como electricidad, agua potable, transporte, y servicios sanitarios) para sus distintas fases, serán provistos por el Titular, sin que se utilicen o intervengan los mismos servicios básicos utilizados por los grupos humanos presentes en el AI del Proyecto.
Finalmente, en el AI del Proyecto no se identifican manifestaciones culturales o tradicionales de ningún tipo. Lo anterior es coherente con la dispersión en las viviendas y la calidad de uso industrial del área en la cual se emplazan las partes, obras y acciones del Proyecto. Si bien se desarrollan actividades tradicionales asociadas a la producción agrícola, la forma de apropiación del medio por parte de estos grupos humanos se desarrolla en los límites de cada vivienda o predio, por lo mismo, no es posible identificar zonas de uso compartido o que contengan algún tipo de significación o valor simbólico para la cohesión social o sentimientos de arraigo de los grupos humanos. Del mismo modo, no se identifican sitios de interés y/o uso comunitario, tales como sedes de juntas de vecinos, recintos deportivos y/o recreacionales, sitios de culto religioso, ni de cualquier otro recinto o espacio con fines comunitarios, que puedan verse afectados por las partes, obras y acciones del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera No Aplica Fase en que se presenta Ver sección 5.3 y 6.3 del ICE del Proyecto Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 6.3 del ICE.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES
PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo El Proyecto no generará impactos ambientales respecto a la localización y valor ambiental del territorio.
En el AI se encuentra ubicado el humedal Salar del Carmen, declarado como humedal urbano mediante R.E N°215/2022 del Ministerio de Medio Ambiente y, por tanto, bajo protección oficial en el marco de la Ley N°21.202 (Modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los Humedales Urbanos del Ministerio de Medio Ambiente), dicho humedal forma parte del hábitat que el Proyecto tiene como objetivo mantener. Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver sección 5.4 y 6.4 del ICE del Proyecto.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo El Proyecto, en ninguna de sus fases, generará ni alterará, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona, puesto que en su AI no existen zonas de este tipo. Considerando el emplazamiento y características del Proyecto, este sigue en concordancia con el área ya intervenida, por lo cual, el nivel de intrusión visual es menor, no alterando los atributos visuales del paisaje. El área de estudio no posee valor turístico dentro de su entorno. Ante la ausencia de servicios de alojamiento turístico y registros de pernoctaciones, no existe flujo de visitantes o turistas, lo cual es una condición indispensable para que una zona presente valor turístico. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del Proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver sección 5.5 y 6.5 del ICE Proyecto.
5.6 ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto no significativo El proyecto no generará alteración del patrimonio cultural. Los resultados de la inspección visual señalan un sitio arqueológico de carácter histórico, denominado Hábitat PFSC-01. Sin embargo, el Titular opta por reducir la extensión de la tubería a instalarse, acotando hasta la conexión con el ramal 4 (proyectado dentro del tramo 1 del Proyecto), prescindiendo así del ramal 5 (existente) el cual
se insertaba en el tramo 2 del Proyecto, evitando así la intervención. Al respecto el Titular propone la instalación de cercos, señalética, monitoreo arqueológico y charlas de inducción. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de movimiento de material. Fase en que se presenta Fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver sección 5.6 y 6.6 del ICE del Proyecto.
6°. Que, de acuerdo con las características del Proyecto, no se requerirá de permisos ambientales sectoriales con contenido únicamente ambiental, mixtos ni pronunciamiento ambiental.
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Planificación Territorial. Norma D.F.L. N°458/1976. Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las obras del Proyecto se emplazarán en área urbana, específicamente, en la zona ZUDC-09 que se rige por el Plano Seccional Barrio Industrial La Negra. Forma de cumplimiento De acuerdo con lo establecido en el Plano Seccional Barrio Industrial La Negra, en la zona ZUDC-09 se permite uso de tipo industria, talleres, almacenamiento, establecimientos de impacto similar al industrial, infraestructura de todo tipo, espacio público y áreas verdes, en tanto que prohíbe el uso residencial. En función de lo anterior, se concluye que el Proyecto es compatible con el uso del territorio definido en esta zona, toda vez que, está asociado al uso de infraestructura y áreas verdes, los cuales están permitidos allí. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto. Forma de control y seguimiento - Registro de RCA favorable. - Registro de fiscalizaciones efectuadas por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.1.1 del ICE del Proyecto.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 144/1961, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de vehículos durante todas las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento - La maquinaria y los vehículos empleados en las distintas actividades del Proyecto deberán contar con sus revisiones
técnicas y permiso de circulación al día, lo que será exigible por el Titular mediante cláusulas contractuales. - Exigencia de velocidad máxima de circulación en áreas no pavimentadas de 30 km/h. - Exigencia de transportar materiales con carga cubierta de manera de evitar la emisión de polvo y caída de material. - Humectación de caminos no pavimentados y frentes de trabajo con camión aljibe. - Prohibición expresa de quema de cualquier tipo de material o residuo. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro fotográfico que evidencie la implementación de las medidas listadas. - Mantenciones periódicas y revisiones técnicas al día de los vehículos y maquinaria. Forma de control y seguimiento - Informe con registro fotográfico que evidencie la implementación de las medidas listadas. - Registro en obra de las mantenciones efectuadas a los vehículos, incluyendo el registro de las revisiones técnicas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.1 del ICE del Proyecto.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 4/1994. Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisión por combustión de motores en ruta producto de las actividades de transporte del Proyecto en todas las fases de Proyecto. Forma de cumplimiento - Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se exigirá por el Titular a las empresas contratistas a través de los términos de referencia del servicio. - Se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Indicador que acredita su cumplimiento - Términos de referencia del servicio. - Mantenciones periódicas a los vehículos y revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento - Planilla de registro de vehículos diferenciados por empresa que acredite la exigencia a los contratistas de contar con las revisiones técnicas de los vehículos al día. - Registro de mantenciones y revisiones técnicas al día. - Registro de acceso a la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.2 del ICE del Proyecto.
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 55/1994. Norma para vehículos motorizados pesados que indica del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre.
Forma de cumplimiento Todo vehículo pesado llevará un rótulo incorporado en la parte interior del compartimento del motor que indicará que el vehículo cumple con las normas de emisión del D.S. N° 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones. Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos regulares. Esto se exigirá por el Titular a las empresas contratistas a través de los términos de referencia. Además, se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Indicador que acredita su cumplimiento - Términos de referencia del servicio. - Mantenciones periódicas a los vehículos y revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento - Planilla de registro de vehículos diferenciados por empresa que acredite la exigencia a los contratistas de contar con las revisiones técnicas de los vehículos al día. - Registro de mantenciones y revisiones técnicas al día. - Registro de acceso a la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.3 del ICE del Proyecto.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Ruido. Norma D.S. N° 38/2011, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que indica, del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisión de ruido generada por la operación de maquinaria pesada durante las fases de construcción y cierre. Forma de cumplimiento - Se verificará que la maquinaria y camiones a utilizar se encuentren con su revisión técnica al día. - Dada la distancia existente entre el área del Proyecto y potenciales receptores, no se superará el límite establecido en la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento - Inspección visual de la implementación de las medidas señaladas. - Chequeo de mantenciones de maquinarias y equipos. Forma de control y seguimiento La forma de control y seguimiento consistirán en el registro de las mantenciones realizadas a la maquinaria y equipos. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.4 del ICE del Proyecto.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos. Norma D.S. N° 594/1999, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Manejo de las aguas servidas generadas por los trabajadores del Proyecto. Forma de cumplimiento Para cada una de las fases, el Titular considera la implementación de baños químicos en los frentes de trabajo. El manejo y retiro de estos baños químicos se realizará mediante la contratación de empresa
externa, la que dispondrá las aguas servidas y lodos provenientes de estos baños en sitio de disposición autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Disposición de aguas servidas y lodos de baños químicos en sitio de disposición autorizado. Forma de control y seguimiento Comprobante emitido por la empresa a cargo de la disposición final de las aguas servidas y lodos provenientes de los baños químicos. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.5 del ICE del Proyecto.
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma D.S N°1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Titular considera la utilización de un grupo electrógeno portátil de 8 kW para el suministro eléctrico de los frentes de trabajo. Forma de cumplimiento El titular efectuará anualmente en el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) la Declaración de Emisiones de Fuentes Fijas correspondiente a cada periodo anual anterior, cuando corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro a disposición de la Autoridad que incorpore: - Certificado o comprobante de declaración anual de emisiones según lo indica este Decreto. - Registro en el RETC al día e histórico. Forma de control y seguimiento Durante todas las fases del Proyecto la administración mantendrá las copias de las declaraciones que sean ingresadas al Sistema de Ventanilla Única. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.6 del ICE del Proyecto.
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos. Norma Ley N° 20.920, Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Los residuos sólidos que se generarán durante todas las fases del Proyecto. Para más detalle ver numeral 4.5.5, 4.6.5 y 4.7.5 del presente ICE. Forma de cumplimiento En el área destinada al almacenamiento temporal de residuos, se establecerán categorías de materiales reciclables para ser almacenados de manera separada y luego enviadas a centros de reciclaje (de ser posible), según tipo de residuo. Indicador que acredita su cumplimiento Valorización o disposición final de los residuos en sitios con la autoridad sanitaria respectiva. Forma de control y seguimiento Mantención en obra y administración de los comprobantes emitidos por las empresas a cargo de su valorización o disposición final. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.7 del ICE del Proyecto.
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos.
Norma D.S. N° 148/2003, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Los únicos residuos potencialmente peligrosos que generará el Proyecto corresponderán a las tuberías de la matriz principal a reemplazar, en el caso que se detectase que éstas se hubieran contaminado con trazas de arsénico, en consideración a que están instaladas al interior del emisario, donde antiguamente se descargaban lodos arsenicales. Se estima una generación de 1,57 t de este tipo de residuos. Forma de cumplimiento Las tuberías que contengan lodos arsenicales serán manejadas preliminarmente como residuos peligrosos, razón por la cual una vez retiradas serán almacenadas de forma segregada en la bodega de residuos peligrosos existente y autorizada de la PFSC, dispuestas dentro de contenedores estancos. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización Sanitaria para el almacenamiento transitorio de residuos peligrosos de la Planta de Filtros Salar del Carmen (adjunta en Anexo 1.10 de la Adenda). Forma de control y seguimiento Mantención en obra y administración de la Autorización Sanitaria para almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.2.8 del ICE del Proyecto.
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Humedales Urbanos. Norma Ley N° 21.202. Modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Humedal Salar del Carmen (Ex Botadero). Forma de cumplimiento - Mantenimiento de la superficie vegetacional del hábitat. - Ejecución jornada de limpieza una vez al año. Indicador que acredita su cumplimiento - Mantención de los parámetros de cobertura, abundancia, y estado de la vegetación del Sector 1 del Ex Botadero Existente, acorde con la condición basal que será levantado en la primera campaña de terreno anual post RCA, y mantención o incremento del valor promedio del NDVI del orden de 0,102, durante los 3 primeros años de operación del Proyecto (periodo de evaluación), con un intervalo de confianza al 95% en un rango de 0,093 a 0,112, de acuerdo con nivel basal establecido en marzo de 2024. - Ejecución jornada de limpieza una vez al año. Forma de control y seguimiento - Informe para el seguimiento de la medida. - Registro de la actividad de limpieza anual del hábitat. Para más detalle ver numeral 1.2.2.6 del Anexo 2.4 de la Adenda Complementaria de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.3.1 del ICE del Proyecto.
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural. Norma Ley N° 17.288, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925 del Ministerio de Educación Pública.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de movimientos de tierra. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la ejecución de los sondajes, se paralizará toda obra en el sector del hallazgo y se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento - Presencia permanente del arqueólogo(a) o licenciado(a) en arqueología durante las actividades de excavación y movimientos de tierra. - Aviso a las autoridades competentes ante posibles hallazgos. Forma de control y seguimiento - Cada profesional a cargo llevará una planilla con los registros de las inspecciones efectuadas, indicando zonas y fechas que se realizaron los monitoreos, además del respectivo respaldado fotográfico. - Registro en obra que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos, solo en caso de que corresponda. - Acta de registro de asistencia de trabajadores a inducciones. - Resguardo de posibles hallazgos. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 8.3.2 del ICE del Proyecto.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes medidas, exigencias o condiciones, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1 Exigencias:
8.1.1 Exigencia: Monitorear la calidad química del agua. Impacto asociado Potencial afectación del recurso hídrico. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Registrar los parámetros fisicoquímicos del agua que alimenta el sistema de riego. Descripción: Se realizarán monitoreos en la misma descarga al hábitat para registrar la calidad química del agua. Justificación: El Proyecto compromete un caudal de 340 m3/día de agua para el mantenimiento del hábitat en Ex Botadero Existente, correspondiente a la mezcla de agua cruda de la PFSC y agua servida tratada del Centro Penitenciario de Antofagasta. Como el porcentaje de mezcla puede variar en el tiempo, la Autoridad requiere verificar que eventuales variaciones en la calidad química no afecte el estado del hábitat. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El muestreo se realizará aguas abajo de la Cámara Receptora (descarga a hábitat). Forma: Con el objeto de mantener la calidad química de las aguas que se suministrarán en el sistema de riego al hábitat, el Titular considera realizar lo siguiente:
8.1.1 Exigencia: Monitorear la calidad química del agua.
Monitorear semestralmente los parámetros fisicoquímicos de las aguas suministradas al hábitat mediante sistema de riego, e informar anualmente los resultados a la DGA para que ser visados. - Informe visado se deberá enviar a la SMA.
Oportunidad: El monitoreo de la calidad del agua se realizará semestralmente durante la operación del sistema de riego del hábitat. Indicador que acredite su cumplimiento - Resultados del monitoreo de calidad química de las aguas que abastecen al sistema de riego dentro del orden de magnitud respecto del nivel basal de calidades de agua de planta de filtros, agua de mezcla, y agua proveniente de la PTAS. - Mantención de los parámetros de cobertura, abundancia, y estado de la vegetación del Sector 1 del Ex Botadero Existente con frecuencia anual, acorde con la condición basal que será levantado en la primera campaña de terreno anual. Mantención o incremento del valor promedio de NDVI del orden de 0,102, durante los 3 primeros años de operación del Proyecto (periodo de evaluación), con un intervalo de confianza al 95% en un rango de 0,093 a 0,112, de acuerdo con nivel basal establecido en marzo de 2024. Forma de control y seguimiento - Se enviará a la DGA un reporte anual con los resultados de los monitoreos semestrales y análisis respecto de los niveles basales, junto al cual se integrarán al análisis los resultados obtenidos de las campañas anuales de verificación del hábitat (mantención de las formaciones vegetacionales del Sector 1) para que ser visados y posteriormente remitirlos a la SMA. - Además, en los primeros 3 años de la fase de operación, se incluirá de manera complementaria los resultados del análisis de estudio de NDVI (según corresponda de acuerdo con periodo de 3 años de evaluación comprometido), de manera de hacer seguimiento integral que permita asegurar que la calidad química de las aguas que se suministran al humedal no afectará las formaciones vegetacionales comprometidas a mantener por el Proyecto. - En el caso que se detecte que los resultados de los indicadores de las campañas anuales de verificación del estado del hábitat para el cumplimiento de la medida de mantención de las formaciones vegetacionales del Sector 1 (6,2 ha) no acrediten cumplimiento, y se evidencie que los resultados del análisis de la calidad química de las aguas verifiquen desviaciones significativas de la calidad química de las aguas, se procederá a realizar las siguientes medidas: - Se realizará un análisis integral de las potenciales causas que podrían generar la desviación respecto del indicador comprometido, y en virtud del análisis se elaborará un plan de acción con las medidas necesarias a implementar, de manera de asegurar el cumplimiento del indicador propuesto que es la mantención de las formaciones vegetaciones del Sector 1 (6,2 ha). Este análisis será enviado a la DGA en un plazo de 60 días hábiles posteriores al envió del reporte anual, en el caso que se identifique desvíos respecto del indicador comprometido. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.2.1 del ICE del Proyecto Respecto del informe sobre el monitoreo de la calidad química del agua, el cual tiene como objetivo registrar los parámetros fisicoquímicos del agua que alimentará el sistema de riego, se establece la siguiente condición:
8.1.1 Exigencia: Monitorear la calidad química del agua. El Proyecto queda condicionado a que en la fase de operación este informe sea visado por la DGA y posteriormente deberá ser enviado a la SMA.
8.1.2 Exigencia: Informar volumen acumulado registrado en el flujómetro de la descarga de aguas al humedal. Impacto asociado Potencial afectación del recurso hídrico. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a la DGA y a la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Antofagasta de forma trimestral, el volumen acumulado registrado de forma mensual en el flujómetro a instalar en la descarga de aguas al humedal para sean visados y posteriormente este informe será enviado a la SMA (una vez visado por los Servicios mencionados).
Descripción: El Titular elaborará informes mensuales, los cuales serán remitidos a la DGA y a la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Antofagasta, sobre el totalizador de volumen acumulado registrado de forma mensual en el flujómetro a instalar en la descarga de aguas al humedal.
Justificación: El Proyecto compromete un caudal de 340 m3/día de agua para el mantenimiento del hábitat en Ex Botadero Existente, acorde con su demanda hídrica, lo cual debe ser verificable por parte de la Autoridad competente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Aguas abajo de la Cámara Receptora (descarga a hábitat) Forma: El flujo de agua que se descarga gravitacionalmente al sistema de riego será registrado por medio de un flujómetro aguas abajo de la cámara receptora, de tal manera que cuando se alcancen los 340 m3/día, un operario se encargará de cerrar las válvulas a la salida de la cámara receptora y así detener el caudal de riego durante el resto del día. Oportunidad: Durante la operación del sistema de riego (registro diario). Indicador que acredite su cumplimiento Informe mensual con los registros del flujómetro del mes. Forma de control y seguimiento Se informará de forma mensual a la DGA y a la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Antofagasta. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.2.2 del ICE del Proyecto. Respecto del informe sobre el volumen acumulado registrado en el flujómetro de la descarga de aguas al humedal, cuyo objetivo es totalizar el volumen acumulado registrado de forma mensual en el flujómetro a instalar en la descarga de aguas al humedal se establece la siguiente condición: El Proyecto queda condicionado a que durante la fase de operación dichos informes sean visados por la DGA y la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Antofagasta y posteriormente deberán ser enviados a la SMA.
8.1.3 Exigencia: Informar sobre las características del flujómetro Impacto asociado Potencial afectación del recurso hídrico. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a la DGA y a la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Antofagasta, las características del flujómetro a instalar en la descarga de aguas al humedal para su visación y posterior envió a la SMA. Descripción: Se informará a las autoridades mencionadas las características del flujómetro a utilizar en la descarga de aguas al
8.1.3 Exigencia: Informar sobre las características del flujómetro humedal, así como, su certificado de calibración vigente, en un plazo que no puede exceder un mes de una vez instalado. Justificación: Presentar a la DGA y a la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Antofagasta las características técnicas del equipo de medición de caudal que será instalado por el Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Flujómetro a instalar en la descarga de agua al humedal Forma: Se entregará a la DGA y a la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Antofagasta las especificaciones sobre las características del flujómetro a instalar en la descarga de aguas al humedal. Así como su certificado de calibración vigente. Oportunidad: Hasta un mes después de instalado el flujómetro. Indicador que acredite su cumplimiento Informe que contenga las características del flujómetro a instalar en la descarga de aguas al humedal. - Certificado de calibración vigente. - Fotografías del equipo instalado. Forma de control y seguimiento Registro de documentos de características del flujómetro y certificación de calibración vigente a la DGA y a la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Antofagasta, el cual será enviado en un plazo máximo de un mes posterior a la instalación. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.2.3 del ICE del Proyecto. Respecto del informe sobre las características del flujómetro, cuyo objetivo es caracterizar el flujómetro a instalar en la descarga de aguas al humedal se establece la siguiente condición: El Proyecto queda condicionado a que durante la fase de construcción dicho informe sea visado por la DGA y posteriormente deberá ser enviados a la SMA.
8.1.4 Exigencia: Implementar barreras durante la fase de construcción que delimiten el sitio arqueológico Hábitat PFSC-01. Impacto asociado Potencial afectación del recurso hídrico. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Protección del sitio arqueológico Hábitat PFSC-01 mediante cercado perimetral. Descripción: Implementación de barreras de madera u otro material alrededor del sitio arqueológico Hábitat PFSC-01 durante la fase de construcción, considerando delimitación del sitio acorde con Anexo 3.H Inspección Visual Arqueológica de la DIA, más de un buffer de 10 m. Justificación: Próximo al Proyecto se identifica sitio arqueológico, el cual si bien no será intervenido por el Proyecto se encuentra a 65 m de las áreas de trabajo, razón por la cual esta medida asegurará la no intervención del depósito arqueológico durante las actividades de construcción del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sitio Arqueológico identificado al sur del ramal 4 del sistema de riego del Proyecto, al interior del área del Ex Botadero Existente. Forma: Se implementarán barreras de madera u otro material que bordearán toda el área del sitio arqueológico Hábitat PFSC-01, según delimitación establecida en Anexo 3.H Inspección Visual Arqueológica de la DIA, más de un buffer de 10 m, de manera de asegurar la no intervención del depósito arqueológico durante las actividades de construcción del Proyecto. Esta labor será monitoreada por una o un profesional de arqueología, y se remitirá un informe de las labores a CMN. Oportunidad: Fase de construcción del Proyecto, previo a iniciar obras al interior del área del Ex Botadero Existente.
8.1.4 Exigencia: Implementar barreras durante la fase de construcción que delimiten el sitio arqueológico Hábitat PFSC-01. Indicador que acredite su cumplimiento - Informe a SMA y CMN con registro de la implementación de las barreras en el sitio arqueológico, con registros fotográficos de su implementación, el cual será enviado en un plazo máximo de 20 días hábiles después de terminadas las actividades de construcción del Proyecto. Forma de control y seguimiento Durante la fase de construcción se realizará seguimiento mensual del estado de las barreras, lo cual será registrado en una planilla con su respectivo registro fotográfico. En el caso que la barrera se encuentre dañada, ésta será inmediatamente repuesta. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.2.4 del ICE del Proyecto. Respecto del informe sobre la implementación de barreras durante la fase de construcción que delimiten el sitio arqueológico Hábitat PFSC-01, se establece la siguiente condición: El Proyecto queda condicionado a durante la fase de construcción este informe sea visado por el CMN y posteriormente deberán ser enviados a la SMA.
8.1.5 Exigencia: Monitoreo Arqueológico. Impacto asociado Potencial afectación de hallazgos arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la afectación física que puede generar el hallazgo fortuito de bienes patrimoniales en las zonas de emplazamiento del Proyecto. Descripción: Durante las actividades que impliquen ejecución de escarpe, remoción de superficie y excavaciones en el área de intervención del Proyecto, se implementará un Monitoreo Arqueológico, que consiste en que un arqueólogo(a) o licenciado(a) en arqueología realizará observación directa a las actividades con el fin identificar la presencia de restos patrimoniales y así evitar afectación de sitios o elementos arqueológicos de manera significativa. Justificación: Durante la caracterización de los depósitos sub- superficiales del sitio arqueológico Hábitat PFSC-01 identificado en la línea de base de arqueología de la DIA del Proyecto, se evidenció áreas con material arqueológico, considerando una gran variedad de elementos arqueológicos de cronología histórica. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo arqueológico se llevará a cabo en todas las áreas del Proyecto donde se realicen escarpe, remoción de superficie y excavaciones en el área de intervención del Proyecto. Forma: Un arqueólogo(a) o licenciado(a) en arqueología realizará una observación directa a las actividades, en particular ejecución de escarpe, remoción de superficie y excavaciones en el área de intervención del Proyecto. En caso de encontrarse restos arqueológicos durante las faenas de construcción y movimiento de tierras, debe procederse según la Ley N°17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales. Oportunidad: Permanente, mientras se ejecuten excavaciones en el área de intervención del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Fotografías y planilla de registro de la actividad de monitoreo. - Informe de monitoreo arqueológico mensual - Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obra los días monitoreados por el arqueólogo responsable. - Planos y fotos de alta resolución de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avance.
8.1.5 Exigencia: Monitoreo Arqueológico.
Ficha de registros arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en el caso que se evidencien restos arqueológicos). Forma de control y seguimiento Se entregará un (1) informe de monitoreo arqueológico mensual a la SMA y CMN en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el cual será elaborado por el arqueólogo responsable del monitoreo. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.2.5 del ICE del Proyecto. Respecto del informe sobre los monitoreos arqueológicos durante la fase de construcción que eviten la afectación física que puede generar el hallazgo fortuito de bienes patrimoniales en las zonas de emplazamiento del Proyecto, se establece la siguiente condición: El Proyecto queda condicionado a durante la fase de construcción este informe sea visado por el CMN y posteriormente deberá ser enviado a la SMA.
8.1.6 Exigencia: Charla de Inducción Arqueológica. Impacto asociado Potencial afectación de hallazgos arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar a los trabajadores del Proyecto en relación con la protección del Patrimonio Cultural, en particular respecto al material arqueológico que se podría encontrar en el área de intervención del Proyecto. Descripción: Un(a) arqueólogo(a) o licenciado(a) en arqueología realizará una inducción arqueológica al personal que ejecutará las obras del Proyecto, en ésta se informará con ilustraciones y fotografías las características y materialidad de los sitios arqueológicos de la zona, la protección legal que presentan y los procedimientos a seguir frente a su hallazgo durante las labores del Proyecto. Justificación: Durante la caracterización de los depósitos sub- superficiales del sitio arqueológico Hábitat PFSC-01 identificado en la línea de base de arqueología de la DIA del Proyecto, se evidenció áreas con material arqueológico, considerando una gran variedad de elementos arqueológicos de cronología histórica. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En la instalación de faenas o instalaciones del Titular del Proyecto. Forma: Previo al inicio de las obras de construcción se realizará una (1) capacitación a los trabajadores, tanto de terreno como administrativos, la cual consistirá en una charla inductivas y educativa respecto del material arqueológico que podrían encontrar en obra. La capacitación incluirá también, los procedimientos a seguir en caso de detectar hallazgos arqueológicos no previstos. Oportunidad: Previo al inicio de las obras de construcción y en caso de que ingrese un nuevo trabajador. Indicador que acredite su cumplimiento - Fotografías y planilla de registro de asistencia de los trabajadores a la charla inductiva, indicando lugar, fecha y hora de la capacitación. - Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. Forma de control y seguimiento El contenido de la inducción efectuada junto con el acta de asistencia de trabajadores y registro fotográfico formarán parte del informe de monitoreo arqueológico comprometido. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.2.5 del ICE del Proyecto
8.1.7 Exigencia: Plan preventivo de enfermedades laborales. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar condiciones y relaciones laborales de alta calidad y comprometidas con la calidad de vida de los trabajadores. Descripción: El Titular y empresas colaboradoras se acogerán a los siguientes instrumentos con que cuenta Aguas de Antofagasta en materia de seguridad y Salud Ocupacional: - Reglamento Especial de Seguridad y Salud Ocupacional para Empresas Colaboradoras (RESSO). - Programa de Seguridad y Salud Ocupacional. - Estándares de Seguridad y Salud Ocupacional. Asimismo, se acogerá a los protocolos del Ministerio de Salud respecto a la salud ocupacional. Justificación: Los trabajadores estarán expuestos a los siguientes agentes de riesgo en materia de salud ocupacional: manejo manual de carga, plaguicidas, sílice, ruido, radiación uv, trabajo repetitivo y factores psicosociales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del titular del Proyecto. Forma: La empresa contratista que colabore para la ejecución del Proyecto, deberá pasar previamente por un riguroso proceso de acreditación acorde con Programa de Seguridad y Salud Ocupacional para Empresas Contratistas y Subconsultores de Aguas de Antofagasta, y dar estricto cumplimiento al Reglamento Especial de Seguridad y Salud Ocupacional para Empresas Colaboradoras (RESSO) de Aguas de Antofagasta, en donde se describen las acciones de coordinación de las actividades preventivas entre los distintos empleadores y sus responsables, conforme con la Ley Nº 16.744.
Asimismo, acorde con los estándares de seguridad y salud ocupacional, todas las personas acreditadas deberán contar con una evaluación médica, según exposición laboral de acuerdo a los riesgos existentes en su lugar de trabajo y de acuerdo a su cargo. Oportunidad: Se exigirá que previo a la ejecución del contrato con empresa contratista, ésta someta a todos sus trabajadores, a su costo, a una evaluación médica pre-ocupacional u ocupacional, de acuerdo con los estándares de seguridad y salud ocupacional de Aguas de Antofagasta. Por otra parte, empresa colaboradora mantendrá en faena, durante el tiempo en que se extienda el servicio, registro actualizado de los antecedentes indicados en RESSO de Aguas de Antofagasta. Indicador que acredite su cumplimiento Acreditación del 100% de los trabajadores asociados al Proyecto, previo a la ejecución de las actividades, conforme a la documentación requerida y establecida en el Programa de Seguridad y Salud Ocupacional de Aguas de Antofagasta. 100% de las empresas colaboradoras con sus registros actualizados durante la ejecución del servicio con forme a RESSO. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena carpeta de arranque y registro de antecedentes para ser presentados a la autoridad en caso de fiscalizaciones programadas. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.2.7 del ICE del Proyecto
8.1.7 Exigencia: Plan preventivo de enfermedades laborales. 8.1.8. Exigencia: Registro de abastecimiento y uso de agua industrial. Impacto asociado Potencial afectación del recurso hídrico. Fase del Proyecto a la que se aplica Fase de construcción y de cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Registrar del uso y lugar de origen del agua industrial. Descripción: Se mantendrá un registro del uso y lugar de origen del agua industrial requerido por el Proyecto en cada una de sus fases. Justificación: El Proyecto requerirá utilizar agua industrial principalmente para la humectación de caminos no pavimentados durante las fases de construcción y cierre, y para el suministro de agua para la mantención del Sector 1 (6,2 ha) durante su fase de operación. El Titular considera mantener el registro del abastecimiento y uso de agua industrial durante todas sus fases, y reportar de forma semestral el consumo de agua industrial, incluyendo información de los proveedores y documentación que acredite que el agua provendrá de fuentes de abastecimiento autorizada. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se mantendrá registro en la PFSC. Forma: - Se mantendrá el registro el volumen de agua industrial utilizado y la identificación de la actividad en que fue empleada. Complementariamente, se mantendrá un registro de los proveedores de agua industrial, con el correspondiente volumen de agua provisto y respaldo que acredite que proviene de una fuente de abastecimiento autorizada. Oportunidad: Se mantendrá el registro de proveedores de agua industrial cada vez que se adquiera el suministro, solicitando que este detalle volumen de agua provisto y respaldo que acredite que proviene de una fuente de abastecimiento autorizada. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de proveedores de agua industrial que indique el correspondiente volumen de agua provisto y respaldo que acredite que proviene de una fuente de abastecimiento autorizada. Forma de control y seguimiento Se enviará anualmente un reporte que incluya lo anterior, el cual será remitido a la SMA a través del sistema o plataforma que la SMA determine para estos fines. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.5 del ICE del Proyecto.
8.2 Condiciones:
La Comisión de Evaluación estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto:
8.2.1. El Titular deberá establecer umbrales asociados a la calidad del agua a disponer (calidad química, física y bacteriológica), el cual deberá ser visado por la DGA previo a la fase de operación del Proyecto.
8.2.2. El Titular deberá reformular el informe del plan de monitoreo (calidad y cantidad del recurso hídrico) y, además, este informe deberá contar con la visación de la DGA y la SEREMI de Medio Ambiente previo a la fase de operación. Esto implica contemplar, por ejemplo, la utilización de medidores individuales para cada fuente.
8.2.3. El Titular deberá limitar a 340 m3/día la descarga total al humedal. Descargas mayores deberán contar con la autorización de la DGA.
8.2.4. El Titular deberá completar la geofísica realizada con la ejecución de un pozo. Dicha actividad deberá ser visada por la DGA previo a la fase de operación del Proyecto.
8.2.5. El Titular deberá presentar un monitoreo de búsqueda del anfibio Pleurodema thaul (Sapito de Cuatro Ojos), con una frecuencia acorde a las actividades reproductivas que pueda tener la especie (por ejemplo, durante los 3 a 5 primeros años), para efectos de hacer un seguimiento que registre oportunamente la presencia de la especie.
Habiendo constatado la presencia de la especie Pleurodema thaul (Sapito de Cuatro Ojos), el Titular deberá actualizar el seguimiento con indicadores de sobrevivencia de los individuos que puedan registrarse con el objetivo de evaluar la dinámica poblacional bajo las modificaciones al hábitat que conlleva ejecutar el Proyecto. Dicho monitoreo de búsqueda, donde se muestre la metodología y los resultados deberá ser visado por la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Antofagasta previo a la fase de construcción del Proyecto y posteriormente deberá ser enviado a la SMA. 9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1.1. Compromiso Ambiental Voluntario: Inducción Obligatoria para los trabajadores para cumplir con las buenas prácticas para el buen vivir en el desarrollo del territorio. Impacto asociado No aplica. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Lograr una sana convivencia por parte de la población flotante (mano de obra) con los habitantes de la comuna de Antofagasta o el lugar que se defina como alojamiento de los trabajadores. Descripción: Se realizará una (1) inducción previa al comienzo de la fase de construcción, operación, y cierre del Proyecto, donde se entregarán todas las directrices a seguir durante la fase mencionada con el fin de respetar el entorno, respecto al cuidado medio ambiental y a las buenas prácticas sociales, como culturales. Esta inducción será realizada a cada trabajador nuevo que ingrese a la faena. Justificación: Con el fin de que los trabajadores cumplan con las buenas prácticas para el buen vivir en el desarrollo del territorio se realizara esta inducción previa. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del Titular del Proyecto.
Forma: Previo al inicio de las obras de construcción, fase de operación, cierre se realizará una (1) capacitación a los trabajadores. La capacitación consistirá en una charla inductiva y educativa de buenas prácticas para el buen vivir en el desarrollo del territorio, en relación con el comportamiento social y la sana convivencia por parte de la población flotante (mano de obra) con los habitantes de la comuna de Antofagasta, resaltando la importancia del respeto con el entorno, respecto al cuidado medio ambiental y a las buenas prácticas sociales, como culturales. Al final de la capacitación se realizará una evaluación de los contenidos abordados. Para la aprobación de la evaluación se exigirá se respondan al menos el 85% de las preguntas correctamente. En caso de no aprobar, el trabajador deberá repetir la capacitación y la evaluación. El Titular considera la ejecución de esta capacitación a todos los trabajadores del Proyecto, en sus distintas fases. En el caso de la fase de operación, dicha capacitación estará orientada al personal vinculado a las actividades a realizar al interior del Ex Botadero Existente: Mantenimiento de la superficie vegetacional del hábitat y Jornada Anual de Limpieza del Hábitat.
Oportunidad: Previo al inicio de las obras de construcción, fase de operación, cierre. Se impartirá capacitaciones adicionales cada vez que ingresen nuevos trabajadores y/o personal de trabajo externo. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistentes, los que estarán disponibles en las instalaciones del Proyecto. Forma de control y seguimiento El control del compromiso se realizará mediante los registros internos de las capacitaciones realizadas que respaldará el Titular, y se verificará que las exigencias se hagan efectivas para la mano de obra del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 10.1.1 del ICE del Proyecto.
9.1.2. Compromiso Ambiental Voluntario: Protocolo de relacionamiento comunitario. Impacto asociado No aplica. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Recibir, gestionar y resolver todas las eventuales dudas, reclamos y/o sugerencias de la comunidad respecto a la ejecución del Proyecto.
Descripción: La medida será implementada a través de la disposición y puesta en marcha de un sistema de sugerencias, consultas y reclamos, el cual considera los siguientes canales: - Correo electrónico: atencion.comunidades@aguasantofagasta.cl. - Contacto telefónico: +56940475508. Ambos canales estarán a disposición de los usuarios en cualquier instante que ellos lo soliciten. Una vez emitida la sugerencia, consulta o reclamo, a través de cualquiera de los medios definidos precedentemente, el Titular tendrá un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles para emitir la respuesta por escrito al usuario, al domicilio vía correo certificado o vía correo electrónico, si el usuario hubiere dejado registrados sus datos. Este sistema será incluido como parte de un protocolo de relacionamiento, el cual será de público conocimiento de la comunidad, y en el cual se identificarán los canales de comunicación para que las personas puedas formalizar sus sugerencias, consultas y reclamos al titular del proyecto.
Justificación: Ante eventuales situaciones que atenten contra la sana convivencia de sus trabajadores y la comunidad, este protocolo describirá las acciones y medios que contará el Proyecto que permitirá dar una respuesta oportuna y eficaz ante quienes pudiesen ser perjudicados por comportamientos no deseados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La implementación de la medida tendrá un alcance comunal. La ubicación o existencia de cada uno de los mecanismos descritos anteriormente serán difundidos y publicitados por el Titular, a su entero cargo, costo y responsabilidad para facilitar el acceso ciudadano.
Forma: Una vez recibida la solicitud, el sistema asignará automáticamente una numeración correlativa a cada solicitud (sugerencia, consulta o reclamo), entregará una copia al usuario y dejará constancia a fin de generar su posterior seguimiento y derivación hacia la oficina o unidad que el Titular establezca para realizar el análisis y gestión correspondiente.
Oportunidad: El protocolo se implementará previo a la ejecución del Proyecto y perdurará durante toda la vida útil del mismo. Estará disponible de forma presencial en las oficinas de la Planta de Filtros y disponible en la página web del Titular del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Respuesta vía correo certificado o vía correo electrónico según corresponda, siempre y cuando el usuario hubiere dejado registrado sus datos, en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles al 100% de las sugerencias, consultas o reclamos que sean ingresados. - Protocolo de relacionamiento disponible en oficina de planta de filtros y sitio web del titular del proyecto. Forma de control y seguimiento - Sistematización de todas las sugerencias, consultas o reclamos recibidos mediante protocolo de relacionamiento durante el último semestre. - Copia de respuesta vía correo certificado o vía correo electrónico según corresponda, siempre y cuando el usuario hubiere dejado registrado sus datos, en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles al 100% de las sugerencias, consultas o reclamos que sean ingresadas. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 10.1.2 del ICE del Proyecto.
9.1.3. Compromiso Ambiental Voluntario: Plan de comunicación de las obras y actividades a ejecutarse en la faja del camino. Impacto asociado No aplica. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar oportunamente a los usuarios del camino de acceso al hábitat de las obras y actividades que se desarrollarán al costado del camino.
Descripción: La medida será implementada a través de la instalación de un (1) letrero informativo de las obras a ejecutar en la faja del camino de acceso al hábitat, indicando plazos, horario de trabajo y contacto en caso de sugerencias, consultas y/o reclamos. Complementariamente, se entregarán folletos con la misma información a las empresas o grupos humanos a cuya instalación o residencia se tenga acceso a través del camino cuya faja intervendrá el presente Proyecto. Para esto, el Titular definirá un encargado de relacionamiento que tendrá bajo su responsabilidad la implementación del Plan de comunicación.
Justificación: El Proyecto ejecutará piques de excavación aproximadamente cada 100 metros al costado del camino que une la ruta 26 con el hábitat, por cuanto se compromete a mantener informada a las empresas y grupos humanos que hacen uso de dicha vía. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El letrero será instalado al costado del camino, en un lugar que sea de fácil visualización para aquellos que transiten por el camino de acceso al hábitat (tentativamente se propone su instalación en el empalme con la Ruta 26). Por su parte, la entrega de los folletos se realizará puerta a puerta en las instalaciones o residencias vinculadas a la población objetivo (usuarios del camino de acceso al hábitat de las obras y actividades que se desarrollarán al costado del camino).
Forma: Instalación de letrero y entrega de folletos con la siguiente información: - Descripción de la obra
- Plazo de la obra. - Horario de trabajo. - Contacto en caso de sugerencias, consultas y/o reclamos, conforme a “Protocolo de relacionamiento comunitario” (literal b), sección 1.3 del Anexo 8.7 de la Adenda Complementaria).
Oportunidad: Previo al inicio de las obras de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento - Instalación de al menos un (1) letrero informativo de la obra a ejecutar en la faja del camino de acceso al hábitat. - Repartición de folletos informativos al 100% de las instalaciones o residencias a las que se acceda por el camino cuya faja sea intervenida en el tramo entre la Ruta 26 y el acceso al hábitat. Forma de control y seguimiento - Registro fotográfico de la instalación del letrero y entrega de los folletos informativos. - Copia del folleto informativos. - Lo anterior será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del sistema o plataforma que la Superintendencia de Medio Ambiente determine para estos fines, en un plazo de 15 días hábiles luego de ejecutadas las medidas. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver tabla 10.1.3 del ICE del Proyecto.
9.1.4. Compromiso Ambiental Voluntario: Programa de vinculación educativa sobre Humedales Urbanos. Impacto asociado No aplica. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Formular y ejecutar una línea de trabajo que aborde la educación ambiental focalizado en los Humedales Urbanos dirigido a entidades educativas, sociales, gremiales, fundaciones y organizaciones del territorio de las comunas de Antofagasta.
Descripción: Se incorporará una línea de trabajo que aborde la educación ambiental focalizado en los Humedales Urbanos.
Justificación: Se incluirá en el Plan de Relacionamiento y de Vinculación con el Territorio una línea de trabajo que aborde la educación ambiental focalizado en los Humedales Urbanos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Antofagasta. En jardín botánico y/o dependencias de establecimientos educacionales u otros a definir para ejecutar la actividad.
Forma: Se ejecutará mediante la realización de talleres, charlas técnicas en centros de educación, seminarios anuales sobre los Humedales Urbanos, incorporación en página web con información y material educativo al respecto. Los contenidos mínimos a abordar serán los siguientes: - Importancia de los humedales para la conservación de la biodiversidad y la depuración de contaminantes en el agua y el suelo. - Ley de humedales urbanos (Ley N°21.202). - Humedal Salar del Carmen (Origen, caracterización y medidas de conservación).
Oportunidad: Estas iniciativas se implementarán anualmente durante la Fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Coordinación de al menos un (1) taller o charla técnica anual en algún establecimiento de educación de la comuna de Antofagasta. - Se mantendrá registro fotográfico y nómina de participantes a las actividades. - Ejecución de al menos un (1) taller o charla técnica semestral durante las visitas programadas de la comunidad al Jardín Botánico. - Se mantendrá registro fotográfico y nómina de participantes a las actividades. Forma de control y seguimiento - Reporte anual del programa de actividades realizado en el año en curso. El reporte indicará los contenidos impartidos, lugar y fecha de la actividad, registro fotográfico y nómina de participantes en cada actividad realizada. - El reporte será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente anualmente a través del sistema o plataforma que la Superintendencia de Medio Ambiente determine para estos fines. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 10.1.4 del ICE del Proyecto.
10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIA.
10.1.1. Riesgo de sismo Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Infraestructura del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Se contará con protocolos de emergencia y sectores de seguridad en cada sector en caso de eventos sísmicos. Forma de control y seguimiento - Registro de revisión permanente del plan. - Registro de capacitación a todo el personal. - Revisión frecuente de señalizaciones, zonas de seguridad y áreas de demarcación. - Registro de ejecución de simulacros. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.1. del ICE o acápite 1.4.2.1, Anexo 3.3 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda de la DIA.
10.1.2. Riesgo de Incendio Industrial Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - El Titular identificará las zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc.
- Se implementará un sistema de permisos para “trabajos en caliente”, en el que se pueda evaluar las medidas de control caso a caso cuando se ejecuten actividades con llama abierta o desprendimiento de partículas incandescentes.
- Disposición en las instalaciones de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores, etc.), realizando las mantenciones periódicas, según se establece en la normativa vigente. Los extintores serán ubicados las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles por parte de los trabajadores y demarcando el área donde están ubicados de acuerdo con la normativa vigente.
- Se contará con las revisiones periódicas del estado de la maquinaria y equipos que emplean combustión interna para el desarrollo de sus actividades.
- Se capacitará a los trabajadores respecto del correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios.
- Se mantendrá comunicación con los propietarios de los predios de emplazamiento del Proyecto y vecinos con el objeto de detectar posibles conductas de terceros que propicien la generación de incendio.
- Se establecerá una alianza con el cuerpo de bomberos de la comuna en la cual se emplaza el Proyecto. Forma de control y seguimiento
- Registros de capacitaciones de los trabajadores.
- Registros de mantención de extintores.
- Registro de mantención de la Maquinaria. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.2. del ICE o Acápite 1.4.2.2, Anexo 3.3 Plan de contingencia y emergencia de la Adenda de la DIA.
10.1.3. Riesgo de aluvión por lluvias intensas. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - El Titular establecerá zonas de seguridad, que se mantendrán demarcadas y libres de obstáculos, fuera de las áreas expuestas a inundaciones y aluviones. - Se revisarán anticipada y continuamente los pronósticos meteorológicos en los portales web www.meteochile.cl y www.onemi.cl. - Se realizarán simulacros asociados a estos riesgos. - Se realizarán capacitaciones al personal del Proyecto y contratistas respecto al procedimiento de actuación en caso de aluviones u otros eventos asociados a condiciones climatológicas adversas. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá un registro de las capacitaciones a los trabajadores, indicando los contenidos tratados, y el listado de asistentes con su respectiva firma. - Registro de la realización de simulacros. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.3. del ICE o Acápite 1.4.2.3, Anexo 3.3 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda de la DIA.
descripción detallada. 10.1.4. Riesgo de derrame de combustible Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Operación de maquinaria y vehículos. Acciones o medidas a implementar - Los vehículos y maquinarias se mantendrán con revisión técnica al día. - Diariamente y antes de operar maquinarias y vehículos los operarios a cargo de su funcionamiento deberán completar checklist, en donde deberán levantar cualquier anomalía, tales como: potenciales fugas de combustible. Para ello los trabajadores serán capacitados en la materia antes del inicio de las obras. Forma de control y seguimiento - Registro de las revisiones técnicas de los vehículos y maquinarias. - Registro de capacitaciones. - Registro de checklist diario del estado de los vehículos y maquinarias. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.4. del ICE o Tabla 1.4-5 del Anexo 3.3 de la Adenda de la DIA.
10.1.5. Riesgo de afectación a la fauna silvestre. Fase del proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte de personal, insumos y materiales. Acciones o medidas a implementar - Se realizarán capacitaciones a los trabajadores del Proyecto (a través de folletos, carteles y charlas) de modo de crear conciencia de la necesidad de conocer, valorar y conservar la fauna. También se impartirán charlas al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de esta, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo de individuos. - La velocidad máxima permitida para los vehículos al interior del Proyecto será de 30 km/h. - El Titular considera la instalación de carteles informativos sobre el eventual cruce de animales en las zonas adecuadas. - Se prohibirá alimentar a animales, para evitar domesticar a estos y atraerlos permanentemente al sector del Proyecto. - Se prohibirá la captura, caza y/o cualquier acción que pueda perturbar la fauna circundante. - No se permitirá el ingreso, tenencia, ni protección de animales domésticos por parte del personal asociado al Proyecto, a fin de evitar una posible competencia territorial y de alimento con las especies nativas y el riesgo de contagio de enfermedades infecciosas entre animales. Forma de control y seguimiento - Registros de capacitación y difusión del cuidado de la fauna. Referencia al ICE o documentos del expediente de Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.5. del ICE o Acápite 1.4.2.6, Anexo 3.3 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda de la DIA.
evaluación que contenga la descripción detallada.
10.1.6. Riesgo de afectación al humedal por factor antrópico o ingreso de animales. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Humedal Salar del Carmen (Ex Botadero). Acciones o medidas a implementar – Se realizarán inspecciones cada dos meses y mantenciones anuales del cierre perimetral del área del Ex Botadero Existente de manera para mantener el control del ingreso no autorizado de personas y evitar el ingreso de animales al sector del humedal Salar del Carmen (Ex Botadero). Forma de control y seguimiento - Registro de planilla de seguimiento de control de la medida que indique la fecha de inspección y/o mantención, operario a cargo de revisar el estado del cierre perimetral, junto a registros fotográficos que acrediten el estado del cerco. La planilla y registros fotográficos estarán disponibles en las oficinas del titular del Proyecto, en caso de consulta de la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.6. del ICE o Acápite 1.4.2.7, Anexo 3.3 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda de la DIA.
10.1.7. Riesgo de intervención involuntaria de la vegetación del humedal Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavación de zanjas para reemplazo del tramo 2 de la matriz principal. Acciones o medidas a implementar En los casos que la distancia entre el área a excavar y el área con cobertura vegetal del hábitat sea menor a 5 metros, las excavaciones se ejecutarán manualmente con el objetivo de tener un mayor control de la actividad. Para ello los trabajadores serán instruidos en la materia al momento de ser contratados y previo a realizar los trabajos al interior del área del Ex Botadero Existente. Forma de control y seguimiento - Registros de capacitación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.7. del ICE o Acápite 1.4.2.8, Anexo 3.3 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda de la DIA.
10.1.8. Riesgo de alteración de restos y sitios arqueológicos o paleontológicos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimientos de tierra. Acciones o medidas a implementar Se realizará una capacitación al personal sobre prohibición de la identificación y prohibición de intervención de hallazgos arqueológicos, y la obligación de comunicación inmediata al supervisor directo. Forma de control y seguimiento - Registros de charla al personal de la obra, el cual contendrá la temática abordada, duración y firma de los trabajadores. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.8. del ICE o Acápite 1.4.2.8 Plan de contingencia y emergencia de la DIA.
10.1.9. Riesgo de volcamiento de baños químicos y derrame de aguas grises. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sector servicios higiénicos. Acciones o medidas a implementar - Se exigirá a la empresa externa a cargo de la provisión de baños químicos, el certificado otorgado por la autoridad sanitaria sobre su funcionamiento. - Se fijarán los baños químicos al suelo mediante estacas u otro medio que evite el volcamiento de estos. - Se realizará limpieza y mantención de los baños acorde a lo sugerido por la empresa prestadora de servicios de baños químicos. Forma de control y seguimiento - Plan de limpieza y retiro de aguas grises. - Registros de inspección aleatoria de la maniobra. - Registro de difusión del procedimiento del contratista a sus trabajadores. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.9. del ICE o Acápite 1.4.2.9 Plan de contingencia y emergencia de la DIA y Tabla 1.4-11 del Anexo 3.3 de la Adenda de la DIA.
10.1.10. Riesgo de rotura de tubería. Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tuberías de conducción de agua cruda y agua tratada. Acciones o medidas a implementar - Inspección visual o mediante equipos electrónicos del estado de la tubería. - Se informará a las comunidades aledañas a la obra de conducción, de los teléfonos de contacto en caso de observación o sospecha de fuga de agua cruda.
Forma de control y seguimiento - Reportes de inspección del estado de las tuberías. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.9. del ICE o Acápite 1.4.2.11 Plan de contingencia y emergencia de la DIA.
10.1.11. Riesgo de corte de suministro de agua. Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tuberías de conducción de agua cruda y agua tratada. Acciones o medidas a implementar – Monitoreo de caudal de agua transportada por las tuberías de conducción. Forma de control y seguimiento - Registro de caudal de agua transportada. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.11 o Acápite 1.4.2.12 Plan de contingencia y emergencia de la DIA.
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS.
10.2.1. Emergencia por riesgo de sismo Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Infraestructura del Proyecto. Acciones o medida a implementar En caso de que se produzca un sismo se llevarán a cabo las siguientes acciones: - El personal suspenderá cualquier actividad que esté realizando y se dirigirá al área de zona de seguridad más cercana, la cual deberá estar ubicada en un área abierta y alejada de las instalaciones que puedan involucrar riesgo de desplome/derrumbe. - Al producirse un movimiento sísmico, el personal deberá permanecer en su puesto de trabajo, en zonas de seguridad asignadas dentro del área del Proyecto y mantener la calma. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.1. del ICE o acápite 1.5.4.1 Plan de contingencia y emergencia de la DIA.
10.2.2. Emergencia por Incendio Industrial Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar - Una vez se detecte el incendio, se avisará al jefe de la Emergencia. - Se paralizarán las actividades operativas en la zona de incendio. - Los trabajadores deberán evacuar las instalaciones a las zonas seguras. - Se mantendrán despejadas las vías de acceso. - Se evaluarán las condiciones del aire ante la presencia de gases contaminantes generados por el incendio. En el caso que no estén las condiciones de aireación necesarias, se procederá a la evacuación de las instalaciones hacia una zona segura. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.2. del ICE o Acápite 1.5.4.2 Plan de contingencia y emergencia de la DIA
10.2.3. Emergencia asociada aluvión por lluvias intensas. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar - En caso de que se produzcan deslizamientos de Tierra y/o Materiales, se avisara al jefe de Emergencia por si se ha de activar el Plan de Emergencia. - En caso de evacuación hasta la zona de seguridad, esta se realizará por las vías predefinidas, lejos de quebradas o drenajes naturales, ya que puede producirse movimientos de tierra repentinos. - Una vez controlada la situación de emergencia. El jefe de Emergencia informará el hecho al Encargado de Activar el Plan de Emergencia, decretando este el final de esta. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.3. del ICE o Acápite 1.5.4.3, Anexo 3.3 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda de la DIA.
10.2.4. Emergencia asociada al derrame de combustible
Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Operación de maquinaria y vehículos. Acciones o medida a implementar - Una vez se detecte el derrame, se avisará al jefe de la Emergencia para activar el Plan de Emergencia. - Si el derrame se dirige hacia algún curso de agua se deberá intentar cambiar la dirección de este, mientras se controla, mediante diques. - Se dará aviso al Equipo de Intervención para que se dirija a la zona del derrame, contando con los equipos de protección personal adecuados. - Se hará uso de equipo de protección personal apropiado para manejar el derrame. - Se contendrá el derrame con suficiente cantidad de material absorbente. - En aquellos lugares donde el suelo fuese relativamente impermeable y el derrame no estuviese penetrando la tierra rápidamente, se deberá contener el derrame. Para lo anterior, se excavará o construirá una depresión poco profunda o una berma de superficie en el sendero del derrame, con esto se detendrá y contendrá el flujo y se minimizará el área afectada. - Se tomará muestras de suelo durante y posterior al incidente con el objetivo de verificar el éxito de la medida implementada en el lugar, y se señalarán los responsables del seguimiento de las acciones implementadas. - Se descontaminará el área afectada. - Se recuperará y se almacenará los materiales contaminados en tambores con tapa, para ser gestionado como residuos peligrosos. Almacenar dichos contenedores, al interior de la Bodega Respel que usará el Proyecto en la Planta de Filtros de Salar del Carmen, en un sector con piso impermeable, control de derrame, bajo techo y señalizado. - En aquellos lugares donde los derrames se contuviesen tras una berma o dentro de un área de depresión, todos los fluidos se bombearán hacia un estanque de retención y, posteriormente, se enviarán, por camión, a lugar autorizado para realizar su eliminación o disposición final. - En los lugares donde el derrame se encontrará ampliamente disperso en el terreno, el material absorbente se esparcirá, mezclará con el suelo y amontonará libremente, y luego será eliminado. - Una vez controlada la situación de emergencia, el Equipo de Intervención informará del hecho al Jefe de la Emergencia, decretando éste el final de esta. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.4. del ICE o acápite 1.5.4.5, Anexo 3.3 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda de la DIA.
10.2.5. Emergencia por afectación a la fauna silvestre. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Operación de maquinaria y vehículos. Acciones o medida a implementar - Cualquier persona que detecte o encuentre fauna afectada, dará aviso inmediato al Jefe de la Emergencia, quien deberá comunicarse con un Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre, para que proceda a rescatar a la especie afectada y trasladarla hasta los centros de rescates y rehabilitación que deben estar inscritos en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS). El Titular se encargará de los costos asociados al traslado y rehabilitación de los individuos afectados. - Se llevará un registro al día de los todos los traslados de ejemplares de fauna a centros asistenciales, en el que además se mantendrá actualizado su evolución y resultados del tratamiento. - Se implementarán todas las medidas descritas en el Informe de investigación del accidente, con objeto de controlar la ocurrencia de un evento de similares características. - Se realizará difusión del evento ocurrido para reforzar en los trabajadores y comunidad el compromiso por el cuidado de la fauna. - Se mantendrá un listado actualizado de los centros de tratamiento al que serán derivadas las especies afectadas por una emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.5. del ICE o acápite 1.5.4.6, Anexo 3.3 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda de la DIA.
10.2.6. Emergencia por afectación al humedal por factor antrópico o ingreso de animales. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Humedal Salar del Carmen (Ex Botadero). Acciones o medida a implementar - Cualquier persona que detecte o encuentre fauna afectada, deberá dar aviso inmediato al Jefe de la Emergencia, quien deberá comunicarse con un Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre, para que proceda a rescatar a la especie afectada y trasladarla hasta los centros de rescates y rehabilitación que deben estar inscritos en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS). El Titular se encargará de los costos asociados al traslado y rehabilitación de los individuos afectados. - Se llevará un registro al día de los todos los traslados de ejemplares de fauna a centros asistenciales, en el que además se mantendrá actualizado su evolución y resultados del tratamiento. - Se implementarán todas las medidas descritas en el Informe de investigación del accidente, con objeto de controlar la ocurrencia de un evento de similares características. - Se realizará difusión del evento ocurrido para reforzar en los trabajadores y comunidad el compromiso por el cuidado de la fauna.
- Se mantendrá un listado actualizado de los centros de tratamiento al que serán derivadas las especies afectadas por una emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.6. del ICE o Acápite 1.5.4.6, Anexo 3.3 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda de la DIA
10.2.7. Emergencia por intervención involuntaria de la vegetación del humedal Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavación de zanjas para reemplazo del tramo 2 de la matriz principal. Acciones o medida a implementar Los trabajadores darán aviso inmediato a la autoridad pertinente de medio ambiente del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.7. del ICE o Ver respuesta observación 5.2 de la Adenda de la DIA y Anexo 3.3 de la Adenda de la DIA.
10.2.8. Emergencia por alteración de restos y sitios arqueológicos o paleontológicos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimientos de tierra. Acciones o medida a implementar - En caso de hallazgo de elementos arqueológicos o paleontológicos al momento de realizar cualquier faena de excavación o remoción de terreno en el área del Proyecto, se definen los pasos mínimos que se deben adoptar con el fin de prevenir un potencial impacto sobre ellos: - Ante un hallazgo arqueológico se deberá proceder según lo establecido en los artículos 26º y 27º de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20º y 23º del DS 484/1990 (MINEDUC), sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. - Se actuará conforme a procedimiento frente a un hallazgo arqueológico. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles.
activación del Plan de Emergencia Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.8. del ICE o Acápite 1.5.4.8 Plan de contingencia y emergencia de la DIA.
10.2.9. Emergencia asociada al volcamiento de baños químicos y derrame de aguas grises. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sector servicios higiénicos. Acciones o medida a implementar - Revisión semanal de que las fijaciones de los baños se encuentran en buen estado y cumpliendo su función. Esta revisión será registrada en una planilla junto a los respectivos registros fotográficos de cumplimiento de la medida. - Una vez se detecte el derrame, se avisará al Jefe de la Emergencia para activar el Plan de Emergencia. - Se dará aviso al Equipo de Intervención para que se dirija a la zona del derrame, contando con los equipos de protección personal adecuados. - Se hará uso de equipo de protección personal apropiado para manejar el derrame. - Se descontaminará el área afectada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.9. del ICE o Acápite 1.5.4.9 Plan de contingencia y emergencia de la DIA y Respuesta observación 3.3 Adenda de la DIA.
10.2.10. Emergencia asociada a la rotura de tubería. Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tuberías de conducción de agua cruda y agua tratada. Acciones o medida a implementar - Una vez se detecte el derrame de agua, se avisará al Jefe de la Emergencia para activar el Plan de Emergencia. - Se cortará el flujo de agua. - Se retirará el agua superficial del sector anegado con el derrame mediante motobomba u otro medio. - Una vez controlada la situación de emergencia, realizar inspección del sector dañado. - Se reemplazará o reparar la sección de tubería dañada. Oportunidad y vías de comunicación a Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para
la SMA de la activación del Plan de Emergencia controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.10. del ICE o Acápite 1.5.4.11 Plan de contingencia y emergencia de la DIA
10.2.11. Emergencia asociada al corte de suministro de agua. Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tuberías de conducción de agua cruda y agua tratada. Acciones o medida a implementar - Una vez se detecte el corte en el suministro de agua al hábitat no programado, se avisará al Jefe de la Emergencia para activar el Plan de Emergencia. - Se investigará la presencia de fugas, roturas o derivaciones en el sistema de conducción de agua. - En caso de detectar desecación en el sector del hábitat que ponga en riesgo el continuo hídrico o la estabilidad fisiológica de flora y fauna, se suministrará agua desde la planta mediante camiones aljibe desde la planta de potabilización. - Una vez determinada la causa de la interrupción, se realizarán las reparaciones correspondientes y se restablecerá el suministro. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Para mayor detalle ver Tabla N° 7.1.10. del ICE o Acápite 1.5.4.12, Anexo 3.3 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda de la DIA.
11°. Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, este se desarrolló conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300. A continuación, se indica lo realizado:
La DIA del proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 01 de febrero de 2023 y en el diario Vive País con fecha 01 de febrero de 2023. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Desierto 92.1 FM, entre los días 02 de febrero de 2023 y 08 de febrero de 2023, según consta en el certificado s/n de fecha 08 de febrero de 2023 emitido por la Radio Desierto Limitada.
Con fecha 15 de marzo de 2023 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
No se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana requeridos por la Ley N° 19.300.
12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.
14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
15° Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
16°. Que, para que el Proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente”, presentada por Aguas de Antofagasta S.A.
2°. Certificar que el Proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que no se identificaron permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente”.
4°. Certificar que el Proyecto “Actualización Plan de Mantenimiento de Hábitat en Botadero Existente” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, Notifíquese al Titular y Archívese.
KAREN BEHRENS NAVARRETE Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
RAMÓN GUAJARDO PERINES Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta.
RMM/RGP/FMC/TBC/DTZ
Distribución: • Superintendencia del Medio Ambiente • CONAF, Región de Antofagasta. • DGA, Región de Antofagasta. • Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta. • DOH, Región de Antofagasta. • Gobernación Marítima de Antofagasta. • Gobierno Regional, Región de Antofagasta. • Ilustre Municipalidad de Antofagasta • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta. • SAG, Región de Antofagasta. • SEC, Región de Antofagasta. • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta. • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta. • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta. • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. Karen Elizabeth Behrens Navarrete Firmado digitalmente por Karen Elizabeth Behrens Navarrete Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=SEGUNDA - REGION DE ANTOFAGASTA, l=Antofagasta, o=Ministerio del Interior, ou=Terminos de uso en www.esign-la.com/ acuerdoterceros, title=Delegada y Autoridad Titular Subrogante Suplente, cn=Karen Elizabeth Behrens Navarrete, email=kbehrens@interior.gob.cl Fecha: 2024.06.27 19:27:10 -04'00'
• SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta. • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta. • SEREMI MOP, Región de Antofagasta. • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta. • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta. • Consejo de Monumentos Nacionales. • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. • Superintendencia de Servicios Sanitarios
Cc: • Secretaría Comisión de Evaluación. • Archivo SEA. Firmado Digitalmente por Ramón Guajardo Perines Fecha: 26-06-2024 16:23:31:262 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC