Evaluación SEA

Embalse Marimaura

Rol 2157947991
SEA · DIA · Aprobado · 2022-12-22 · Región del Maule · LOS PEUMOS S A

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN

Región del Maule RCA N* 202307001212 Califica Ambientalmente el proyecto “Embalse Marimaura” Talca, 05 de diciembre del 2023. VISTOS:

1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 17 de abril de 2023 y su Adenda Complementaria de 16 de octubre de 2023, del proyecto “Embalse Marimaura”, presentado por LOS PEUMOS S.A. con fecha 22 de diciembre de 2022.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Embalse Marimaura”.

  1. El Acta de Evaluación N*15 de fecha 15 de marzo, del Comité Técnico de la Región del Maule. 4”. El ICE de la DIA del proyecto “Embalse Marimaura” de 13 de noviembre de 2023.

5”. El acuerdo alcanzado en la sesión de la Comisión de Evaluación de la región del Maule, realizada el 21 de octubre del 2023.

6”. La Resolución Exenta N*178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión.

7”. La Resolución Exenta N66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que autoriza al secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N17 inciso 2” del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule.

8”. La Resolución Exenta digital N*”20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el reemplazo en sus funciones de la figura del “Intendente Regional” por el “Delegado Presidencial Regional”.

9”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Embalse Marimaura”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417; en el D.S. N40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); en el D.F.L. N%1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N218.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Número 83 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Humberto Antonio Aqueveque Díaz como Delegado Presidencial Regional de la región del Maule; en la Resolución afecta N62 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a don René Alejandro Christen Fernández como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Maule; y la Resolución N?7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

17”. Que, LOS PEUMOS S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Embalse Marimaura” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Tabla 1. Antecedentes del titular

Nombre o razón social LOS PEUMOSSA

Rut 96.927.570-8

Domicilio Los Conquistadores N*1700, Piso 13 providencia, región Metropolitana

Nombre del representante legal Santiago Izquierdo Larraín

Rut del Representante Legal 16.365.276-5

Domicilio del Representante Legal_ | Longitudinal Sur km 190, Curicó, región del Maule

Fono - Contacto (75) 2317607 - +569 96512719

Correo Electrono sizquierdoOlospeumos.com

2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 13 de noviembre de 2023, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental VII Región del Maule ha recomendado aprobar el proyecto.

3”, Que, en sesión del 21 de noviembre, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule acordó calificar favorablemente el proyecto “Embalse Marimaura”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 13 de noviembre de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4”. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

Tabla 4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad

Construcción y operación de un Embalse, para que sus aguas sean utilizadas

Objetivo gageral para regadío de cultivos de Nogales y Avellano Europeo.

Descripción general del | El proyecto “Embalse Marimaura”, consistirá en la construcción y operación proyecto de un Embalse de acumulación de agua para riego, que tendrá una capacidad de 1.110.029 m? aproximadamente, un muro principal de 23 m altura y 313 metros de longitud y un segundo muro de 17 metros de altura con una longitud de 181metros de largo. (Ver detalles en tabla 9 de la DIA “cuadro resumen”).

El proyecto abarcará una superficie de inundación de 11,4 ha. y las aguas para su llenado provendrán del Canal Melozal, del cual el proponente cuenta con 505 acciones equivalentes a 505 1/s. Las aguas superficiales del Canal Melozal, se extraerán mediante bombeo mecánico y el transporte de esta, se realizará por una matriz de PVC clase 10, donde su punto de captación se ubica aproximadamente a 1.3 km del proyecto, coordenadas UTM WGS84, Datum 19 Sur, Norte: 6.036.802; Este: 243.903.

Ver detalles en el numeral 1.10.9 de la DIA.

El proyecto se localiza al interior del predio denominado “Los Peumos”, rol 274-3, en el sector de Marimaura, perteneciente a la comuna de San Javier, provincia de Linares, región del Maule.

Tipología principal, así | Proyecto corresponde a un tranque de acopio de aguas, sometido al Sistema como las aplicables a sus de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA.), de acuerdo con la Ley General partes, obras o acciones de Bases del Medio Ambiente N 19.300, modificada por la Ley N 20.417, y el Decreto Supremo N*40/2013 del MMA por el siguiente numeral;

Tabla 4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad

a.1.) Proyectos o Presas, cuyo muro o pretil tenga una altura superior a cinco metros (5mts.) de altura, medidos desde el coronamiento hasta el nivel del terreno natural, en el plano vertical que pasa por el eje de este y que soportara el tranque de las aguas, o que generen un tranque con una

capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m3).

Vida útil

El proyecto tiene una vida útil indefinida

Monto de inversión

USD $ 1,68 millones de dólares

Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo

Cumpliendo con lo descrito en el artículo 16 del Reglamento SEIA, y para efectos del artículo 25 ter de la ley 19.300 la actividad que dará cuenta del inicio de las obras será la instalación de faena.

sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA Proyecto o actividad se | Si No | El proyecto “Embalse Marimaura “no se realizará por etapas. desarrolla por etapas [X]

Proyecto o actividad | Si No | El proyecto “Embalse Marimaura “, no modifica otro proyecto modifica un proyecto o actividad existente X] Proyecto modifica otra(s) | Si No El presente proyecto no modifica una RCA existente. RCA

10]

Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Ubicación del proyecto o actividad

División político-administrativa

Región del Maule, provincia de Linares, Comuna de San Javier

Justificación de la localización

El proyecto se desarrolla en su mayoría en una zona clasificada como IV de riego, se encuentra ubicado en la comuna de San Javier donde la localidad más cercana corresponde a Marimaura. El área donde se emplaza el proyecto corresponde a un cordón montañoso de la Cordillera de la Costa en su lado oriental. La morfología del lugar es óptima para la construcción de dos muros que cerraran una planicie entre las laderas de este cordón montañoso.

El proyecto tiene su justificación geográfica al pretender aumentar la disponibilidad de aguas en dicho predio, permitiendo abastecer la superficie de riego cultivable proyectado y asegurar el suministro del recurso hídrico durante el año.

Superficie

El proyecto se ubica en una superficie total de 1.901,5 hectáreas, de las cuales el proyecto intervendrá 22,75 has.

En la siguiente tabla se presentan las coordenadas que definen el polígono del área de inundación del embalse y sus muros. Estas coordenadas se entregan en formato UTM (m) Datum WGS84, huso 19 Sur.

Punto Norte Este 1 6035575 244709 2 6035517 244682 3 6035450 244701 4 6035390 244729 5 6035324 244724 6 6035262 244695 7 6035252 244645 8 6035265 244586 9 6035278 244527 Coordenadas UTM en Datum 10 6035347 244525 WGS84 11 6035405 244489 12 6035453 244447 13 6035483 244394 14 6035501 244347 15 6035566 244374 16 6035631 244401 17 6035696 244429 18 6035752 244458 19 6035708 244504 20 6035696 244561 21 6035670 244617 22 6035657 244671 Fuente: Tabla 4 de la DIA. El acceso al embalse se describe tomando como punto de partida la zona urbana de Linares. Se accede al embalse mediante el ingreso al Fundo Marimaura. La ruta a seguir corresponde a la siguiente: para llegar hasta el Fundo Marimaura, desde la ciudad de Linares, se debe tomar la Ruta 125 en dirección a 4 F Camino Palmilla por 1,36 km, en la rotonda tomar la segunda salida en Caminos o vías de acceso a Ne A dirección a la Ruta L-32 por 18,9 km aproximadamente. Llegado al cruce entre la Ruta L-32 y la Ruta L-328, posterior al puente Marimaura, virar hacia la izquierda y seguir por la ruta L-328 en dirección al predio que se encuentra a 2,6 km aproximadamente, tomar un camino privado por 2 km hasta la entrada del Fundo Marimaura. Ver detalles en numeral 1.4.3 de la DIA. Referencia al expediente de e Conrespecto a la DIA evaluación de los mapas, | ANEXO KMZ georreferenciación e información c 1 Adend complementaria sobre la 2 Eonitespectoral Adenda,

localización de sus partes, obras y acciones

Anexo 1 Kmz y Planos

  • Conrespecto al Adenda Complementaria Anexo 8 KMZ

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Faena de construcción

Se utilizará una oficina, bodega, casino y servicios sanitarios de tipo modular

adquiridos mediante una empresa del rubro. Estos serán trasladados en camiones plumas desde la empresa de soluciones modulares e instalados en el predio cercano al área de influencia del proyecto.

Acción de Instalación de Faena

Se utilizará una oficina, bodega, casino y servicios sanitarios de tipo modular adquiridos mediante una empresa del rubro. Estos serán trasladados en camiones plumas desde la empresa de soluciones modulares e instalados en el predio cercano al área de influencia del proyecto una vez se autorice el proyecto mediante la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.

Sector empréstito

Este se ubicará al interior del embalse, que permitirá aumentar la capacidad de embalsamiento y obtener el material de relleno utilizado para formar el muro del embalse.

Escarpe y despeje

Esta actividad comprende la extracción de la capa vegetal de aproximadamente 30 cm, esta actividad será realizada por una motoniveladora, excavadoras y camiones que transportarán el material a un sector designado para tales fines dentro de la poza de inundación de carácter temporal, para luego ser transportado a un depósito de residuos externo autorizado.

Muros de contención del

Embalse.

El embalse contempla la construcción de dos muros con las siguientes características:

e Longitud del coronamiento: 313 m e Altura máxima: 23 m e Ancho basal máximo del Talud: 100 m e Volumen de excavaciones: 174.000 m? e Volumen de muro: 174.000 m3 e Volumen escarpe (ambos muros): 44.680 m? e Tipo de presa: homogénea e Tipo de material: arena arcillosa e Altura de revancha: 2,0 m Muro secundario: + Longitud del coronamiento: 181 m e Altura máxima: 17 m + Ancho basal máximo del Talud: 75 m + Volumen de excavaciones: 46.000 m3 e Volumen de muro: 46.000 m3 + Volumen escarpe (ambos muros): 44.600 m3 e Tipo de presa: homogénea + Tipo de material: arena arcillosa e Altura de revancha: 2,0 m Ver detalles en tabla 9 de la DIA.

Excavación y traslado de

material

Para llevar a cabo esta actividad se involucra el uso de tres excavadoras, una motoniveladora, 2 camiones tolva y 1 camión aljibe. La principal excavación se desarrolla en el marco de la zona empréstito del embalse, el volumen de esta excavación está dado por la cantidad de material necesario para construir los muros de contención, principal y secundario del proyecto, se considera un volumen de excavación de 356.885 m3, que serán trasladados en promedio 200 metros desde la zona empréstito al área donde se construirá el muro.

Para el almacenamiento de materiales e insumos utilizados durante la fase de construcción se constituye un área perimetral con malla Raschel, en donde se disponen, diferenciado en sectores, los insumos a utilizar

Obra de Salida

Se contempla una obra de salida compuesta por una doble tubería de acero con válvula de regulación aguas abajo, que desagua a una cámara disipadora de energía. Las cañerías de acero consideradas son de 400 mm de diámetro, estas tienen un espesor de 12 mm. La válvula de regulación y el caudalímetro

mecánico será de 16” (Meplat). Esta obra comenzará con la creación de una cámara interior y terminará con la instalación de una válvula.

Compactación de material.

Esta acción está asociada a la construcción de dos muros de tierra, uno principal y otro secundario, que cierran una depresión existente entre un pequeño cordón montañoso del complejo Cerro Calivoro, los muros de suelo compactado serán de tipo homogéneo formado por material franco arcilloso.

Vertedero de seguridad

El proyecto contempla un vertedero de seguridad, corresponde a una tubería de HDPE de 500 mm a la altura de la cota 137 en el muro de seguridad. El caudal calculado para el vertedero corresponde al caso en que el embalse se vea afectado por una precipitación con un período de retorno de 1000 años. El vertedero tiene una longitud de 44,82 metros y la pendiente corresponde a la misma del talud del muro secundario (1:2, 25). En la salida de la tubería del vertedero se construirá un disipador de energía para que funcione como resalto hidráulico ahogado.

Instalación de tuberías de descarga de aguas.

Se contempla una obra de salida compuesta por dos tuberías de acero con válvula de regulación aguas abajo, que desagua a una cámara disipadora de energía. La cañería de acero considerada es de 400 mm. de diámetro, cuentan con una longitud de 130 metros y un espesor de 12 mm. La válvula de regulación será de 16” tipo Meplat. Esta obra comenzará con la creación de una cámara interior y terminará con la colocación de válvula y caudalímetro mecánico de 16”. Esta comprende la posibilidad de evacuar las aguas en forma gravitacional desde el embalse al sistema de riego, y a la vez del llenado de este en épocas invernales mediante su cierre. En conjunto se pretende entregar 750

l/s.

Matriz de conducción

La construcción de matriz de conducción considera la construcción de la zanja, la instalación de matriz de conducción de 350 mm. y el tapado de la zanja, la cual tendrá una profundidad y ancho de 1 metro. La superficie de la matriz de conducción corresponde a 0,27 ha.

Construcción de vertedero de seguridad.

A modo de precaución, se dispondrá un vertedero de seguridad de modo que el agua alcance un nivel seguro y en ninguna circunstancia sobrepase el muro de contención. El vertedero de seguridad corresponde a una tubería de HDPE de 500 mm a la altura de la cota 137 en el muro de seguridad. El caudal calculado para el vertedero corresponde al caso en que el embalse se vea afectado por una precipitación de retorno de 1000 años. El vertedero tiene una longitud de 44.82 metros y la pendiente corresponde a la misma del talud del muro secundario (1:2,25). En la salida de la tubería del vertedero se construirá un disipador de energía para que funcione como resalto hidráulico ahogado.

Tubería de riego

Cañerías de acero de 400 mm de diámetro, lo que permite evacuar aguas al sistema de riego.

Construcción matriz de

conducción

La construcción de matriz de conducción considera la construcción de la zanja, la instalación de matriz de conducción y el tapado de la zanja, la cual tendrá una profundidad y ancho de 1 metro. La superficie de la matriz de conducción corresponde a 0,6 ha. El punto de captación de las aguas del canal se localizará en las coordenadas UTM WGS84, Datum 19 Sur, Norte: 6.036.802, Este: 243.903. Estas serán distribuidas por conducción mecánica hasta el embalse proyectado.

Cierre de Faenas

Esta actividad se realiza al término del periodo de construcción, y contempla el retiro de maquinaria de construcción, restos de escombros, cerrado de espacio de acopio de materiales constructivos, entre otros, acorde a lo señalado anteriormente. Cabe mencionar que esta actividad da por finalizada la etapa constructiva.

Recursos naturales renovables

Los recursos naturales a extraer, explotar o utilizar son los siguientes:

Flora Extracción de ejemplares arbóreos, arbustivos y herbáceos ubicados dentro del área de inundación proyectado en la fase de construcción, específicamente en la temporada de escarpe del proyecto.

Fauna Reubicación de los ejemplares de menor movilidad mediante relocalización y/o

perturbación controlada.

Agua Estas corresponderán a las aguas superficiales que serán utilizadas para el llenado del embalse, que serán extraídas desde el canal Melozal a través del bombeo mecánico y transportadas a través de una matriz de PVC clase 10. El punto de captación se ubica dentro del predio del titular, del cual se cuenta con los derechos de agua del canal correspondiente.

Suelo Para la construcción y relleno del muro se utilizará material extraído de la misma

poza de inundación, de esta manera se evitará la intervención de otro sector como zona empréstito, se extraerá solo el volumen necesario para el muro porque no se

considera un sector de botadero debido a la mínima cantidad de excedentes

generados.

Las emisiones y efluentes serán las siguientes:

Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas b) Las principales emisiones en la fase constructiva del proyecto serán a causa de la resuspensión de material particulado (MP10) por el movimiento de tierra proyectado y por la combustión de petróleo y bencina dentro de los motores de maquinaria pesada y vehículos menores requeridos. Las emisiones atmosféricas serán las siguientes: Emisiones Fase de construcción (t/año) MP10 4,532 MP2,5 2,059 NOX 0,0120 NH 0,001 SO2 0.002 [e0) 0,652 COVDM 0,294 Fuente: Tabla 44 del anexo de estudio de emisiones de la DIA. Ver detalles en el Estudios de emisiones de la DIA y respuesta 1.6 del Adenda. c) Emisiones liquidas o efluentes Estas corresponderán a las aguas servidas generadas por los trabajadores. Se estima una emisión de Aguas servidas de 0,96 m3/día durante la fase de construcción (6 meses), que están asociadas al uso de baños químicos, estas serán enviado por una empresa acreditada a un lugar autorizado por la SEREMI de Salud, dando cumplimiento a normativa ambiental vigente. d) Emisiones de ruido. El impacto acústico producido en la etapa de construcción no superará los máximos niveles de ruido permisibles, dándose cumplimiento al D.S. N*38/11 MMA. Ver antecedentes en anexo 3 del Adenda y respuesta 2.1 del Adenda Complementario. Residuos, productos Los residuos que generara el proyecto en la fase de construcción serán los

químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio

ambiente.

siguientes:

a) Residuos no peligrosos

Tipo de Detalle de Origen Cantidad Manejo del residuo y Destino final Residuos los tiempo de permanencia fase de residuos construcc ión n Asimilabl | Residuos | Residuo | 0.648ton | Estos residuos son | Serán es - | orgánico s sólidos acopiados temporalmente | retirados por domiciliar | s, bolsas | no en contenedores existentes | una empresa ios plásticas, | peligros en las instalaciones fijas | externa cartones os que del predio. Serán | hacia un y papeles | se dispuestos en bolsas | lugar generan plásticas de basura, en | debidamente en las contenedores fijos con | autorizado instalaci tapa claramente | por la ones identificados autoridad fijas del competente predio, como el área de comedo res a utilizar por los trabajad ores. Sólidos Madera, Constru 3.5 ton Acopio temporal a un área | Todos los

no chatarra cción de 70 m2 ubicada en área | materiales

peligroso | metálica del de almacenamiento | que no se Ss verteder considerada para este | podrán o, saldos proyecto. El retiro de los | reutilizar de materiales acumulados se | serán material realizará cada 30 días o de | trasladados es de acuerdo al llenado del | por una construc área. empresa ción autorizada a sitios de disposición final que cuenten con la autorización sanitaria requerida para este tipo de actividades. Tierra y | Escarpe 44.680 Los residuos generados en | Será materia vegetal m3 el escarpe serán retirados | trasladado vegetal por una empresa externa a | mediante

medida de que se generen, | una empresa evitando así el acopio del | externa a un

material relleno sanitario autorizado por la autoridad competente Tierra y | Excavaci 268.199 Los residuos generados en | Serán rocas ón m3 la excavación serán | utilizados en pequeñas | (diente trasladados a medida de | su totalidad lateral y que se generen a la zona de | para la poza de construcción de la presas, | construcción inundaci evitando así el acopio, ya | de las presas ón) que serán utilizados | del embalse.

inmediatamente.

Fuente: respuesta 1.3.3 del Adenda.

Una vez concluida la fase de construcción, deberá remitir dicho registro, con su respectiva documentación de respaldo (boleta, factura, guía de despacho, certificado de destinatario, etc.), a la Superintendencia del Medio Ambiente.

b) Residuos peligrosos El proyecto no contemplará la generación de residuos peligrosos, debido que todas las mantenciones a las maquinarias y vehículos se realizarán en las instalaciones de los prestadores de servicios, no generando residuos contaminados o peligrosos en el lugar del proyecto.

c) Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente No hay.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Ver numeral 4.6 del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

El proyecto en la fase de operación no contempla partes y obras, solo se consideran acciones por realizar. Las acciones a realizar por el proyecto en la fase de construcción serán las siguientes:

a) Llenado de embalse.

Una vez finalizado el periodo de construcción del embalse, vertedero y las obras civiles complementarias se dará paso a la fase de operación que inicia con el llenado del embalse. Este se realizará de forma mecánica a través de la conducción por una matriz de 350 mm de PVC clase 10, desde un punto de captación en el canal Melosal, del cual el titular posee derechos de agua debidamente inscritos la cual se localizará en las coordenadas UTM WGS84, Datum 19 Sur, Norte: 6.036.802; Este: 243.903.

Ver detalles en numeral 1.11.1 de la DIA.

b) El Abastecimiento al Sistema de Riego

Una vez que el embalse alcance los niveles de acumulación de agua esperado técnicamente, se dará comienzo al periodo de riego, este proceso comenzará con la abertura de la válvula tipo Meplat de 16” instalada para estos fines. La ubicación de esta obra se encuentra especificada en el anexo Informe Técnico de la DIA. Las válvulas proyectadas son de cierre lento, por lo que se fijará previamente el caudal evacuado en función de altura del nivel de agua y la abertura de ella, además la obra de salida contará con un contador volumétrico de 16” respetando las normativas pertinentes para reducir la turbulencia en la lectura del caudal (control de extracción). Al inicio de la temporada de riego se abrirá en función de la norma de operación determinada según las características del año hidrológico.

c) Inspección y Mantención Posterior al término de la temporada de riego y previo al inicio del llenado del embalse y la apertura del Canal Melozal, se deberán efectuar las labores de reparación y mantenimiento de la obra. Es así como, las labores de mantenimiento y reparación que se abordarán serán las que se indican a continuación: . Vertedero de seguridad: Se deberá despejar el vertedero de seguridad de todo tipo de sólidos que pudieran haberse depositado en la salida de la tubería. En efecto es habitual que ramas, troncos u otros tipos de residuos vegetales que se encuentren cercanos a la poza de inundación queden flotando en el agua.

. Disipador de energía: El disipador de energía deberá también quedar despejado de desperdicios y sedimentos que pudieran haberse acumulado.

. Caídas: La misma labor se realizará con esta parte de las obras del evacuador de crecidas. De igual modo por ser esta la obra que se encuentra sujeta a mayor erosión y abrasión deberá verificarse al igual que para las anteriores, el buen estado de los gaviones y reparar aquellos que hubieran sufrido deterioros.

. Canal de descarga: Este canal deberá también quedar despejado de desperdicios y sedimentos que pudieran haberse acumulado. Si es que se hubiere producido erosiones en sus taludes o fondo estos deberán quedar reparados en este período del año.

. Válvula de fondo: En este período del año igualmente se desmontará la válvula de fondo, siempre que el embalse se encuentre vacío para poder realizarlo, se efectuarán las labores de limpieza y mantenimiento correspondiente, para que pueda operar nuevamente durante la siguiente temporada de invierno y verano. En el caso que hayan transcurrido más de tres años y el embalse no haya podido ser vaciado, se deberán tomar las medidas necesarias para poder desmontar dichas válvulas sin necesidad de vaciar la presa

Ver detalles en numeral 1.11.3 de la DIA.

d) Plan de inspección ante situaciones extraordinarias previsibles

Cuando ocurran situaciones extraordinarias previsibles, las que se entienden como precipitaciones extremas superiores a las consideradas en el diseño de las obras de seguridad, o bien, sismos de intensidad mayor, requerirán de un plan especial de inspección. Las acciones principales consistirán en una revisión exhaustiva del estado estructural del muro prestando atención a lo siguiente: e Deslizamientos de material de los taludes del pretil Grietas significativas en taludes Arrastre de material del muro Formación de cárcavas Estado de las estructuras de hormigón del vertedero y cámaras Estado de las válvulas de entrega al riego Alineación de tubería de descarga Filtraciones eventuales recientes Control del vertedero para evitar objetos flotantes que puedan obstruirlo. Cualquier otro aspecto que puede incidir en la seguridad de las obras.

Con los datos catastrados inmediatamente de ocurrido el evento extraordinario, se elaborará un Plan de Acción por parte del personal a cargo de la administración del predio, con los procedimientos de emergencia que fijen profesionales especialistas que se contratarán para tal efecto. e) Mantención preventiva El programa de mantención preventiva que se realizará durante la etapa de operación, consta de las siguientes acciones: + Siembra invernal anual de forraje perenne: siembra de vegetación perenne por la parte exterior del muro con el fin de evitar la erosión hídrica (lluvias) y eólica. Se realizarán cortas cada cierto tiempo con el fin de lograr una capa vegetal consolidada.

  • Limpieza anual de vertedero y canal de desagúe: Aun cuando las aguas que abastecerán al embalse no

tengan una alta carga de sedimentos, se realizará anualmente una limpieza del vertedero y del canal de desagiie con el fin de evitar problemas a largo plazo.

Inspección de las estructuras de concreto: deben hacerse inspecciones anuales de las estructuras de concreto, como el vertedero. La inspección debe ser cuidadosa y detallada, incluyendo porciones de difícil acceso. Esta inspección debe programarse para los periodos de estiaje (menor caudal del embalse), para comprobar la condición de las estructuras normalmente sumergidas, y durante los períodos en que este alcanza los niveles mayores para comprobar el comportamiento estructural bajo el efecto de la carga completa, o durante las descargas máximas del vertedero.

Limpieza de fondo de embalse: Esta actividad se realiza a medida de lo necesario, aunque el embalse en su distribución de uso de agua tiene un nivel de aguas muertas se llevará a cabo la limpieza con el fin de evitar problemas futuros.

Productos generados

Un Embalse de acumulación de agua para riego, que tendrá una capacidad de 1.110.029 m3 aproximadamente, un muro principal de 23 m altura y 313 metros de longitud y un segundo muro de 17 metros de altura con una longitud de 181metros de largo.

Recursos naturales renovables

Para el llenado del embalse se utilizarán las aguas del canal Melozal del cual se extraerán a través del bombeo mecánico y se transportara a través de una matriz de PVC clase 10, el punto de captación se ubica aproximadamente a 1 km en línea recta del proyecto, el titular cuenta con los derechos de aguas correspondientes.

Emisiones y efluentes

Las emisiones y efluentes serán las siguientes:

a) Emisiones atmosféricas

En la fase de operación del proyecto, las emisiones no serán significativas, puesto que no se utilizará ningún tipo de maquinaria ni generadores que puedan causar la resuspensión de material particulado y la emisión de gases contaminantes por la combustión de algún tipo de combustibles. Solo se utilizará una camioneta que transportará al encargado de la operaciones y mantenimientos cuando este proceso corresponda.

Las emisiones atmosféricas serán las siguientes:

Emisiones Fase de operación (t/año MP10 0,0036 MP2,5 0,0026 NOX 0,0120 NH3 0 S02 0 co 0,0096 COVDM 0,0010

Fuente: Tabla 44 del anexo de estudio de emisiones de la DIA.

b) Emisiones de ruido

El impacto acústico producido en la etapa de operación no superará los máximos niveles de ruido permisibles en esta fase, dándose cumplimiento al D.S.N*38/11 MMA.

Ver antecedentes en anexo 3 del Adenda y respuesta 2.1 del Adenda Complementario.

c) Emisiones líquidas o efluentes Durante esta fase las emisiones liquidas corresponderán a las generadas por el uso de los baños químicos, que se dispondrán para las obras de mantención. Este servicio estará a cargo de una empresa autorizada y se exigirá (de parte del titular) que se acredite la disposición final a un lugar debidamente autorizado por la autoridad de Salud.

Los residuos que generara el proyecto serán los siguientes:

Residuos, productos químicos y Otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos no peligrosos En fase de operación se considera residuos domésticos y asimilables, que serán

de muy baja consideración, se estima de 0.03 toneladas al mes, los cuales serán manejados directamente por la empresa contratista a cargo de la supervisión del embalse y serán enviados a un lugar debidamente autorizado por la autoridad sanitaria, cumpliendo con la normativa vigente. Además, se informa que para todos los residuos que se generen, se contará con la documentación necesaria que identifique claramente el generador, contratista y destinatario.

b) Residuos peligrosos El proyecto no contemplará la generación de residuos peligrosos, en la fase de operación, debido que todas las mantenciones a las maquinarias y vehículos, se realizarán en las instalaciones de los prestadores de servicios, no generando residuos contaminados o peligrosos en el lugar del proyecto.

c) Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio

ambiente.

No hay.

Referencia al ICE para mayores

detalles sobre esta fase.

Ver numeral 4.7 del ICE

4.3.3. FASE DE CIERRE

El proyecto es indefinido, no aplica el desarrollo de esta fase.

Referencia al ICE para mayores

detalles sobre esta fase.

Ver numeral 4.8 del ICE

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

09 de enero de 2024

Parte, obra o acción que establece el inicio

Instalación de Faenas

Fecha estimada de término

29 de septiembre de 2024

Parte, obra o acción que establece el término

Cierre de Faenas

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

02 de octubre de 2024

Parte, obra o acción que establece el inicio

Cronológicamente una vez se realice el cierre de faena, se dará paso al comienzo de la etapa de llenado del embalse Marimaura, se estima dar comienzo en la fecha mencionada con anterioridad.

Fecha estimada de término

No aplica

Parte, obra o acción que establece el término

De acuerdo con la naturaleza del proyecto, no se considera un término para la fase de operación

4.4,3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

No se considera etapa de cierre del embalse

Parte, obra o acción que establece el inicio

No se considera etapa de cierre del embalse

Fecha término

estimada de

No se considera etapa de cierre del embalse

Parte, obra o acción que establece el término

No se considera etapa de cierre del embalse

57, Que, el Proyecto no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el Artículo 11 de la Ley N*19.300 que amerite la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (ver antecedentes en el punto 6 del ICE).

  1. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: Los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables al proyecto son los siguientes:

6.1 PASM 119

Permiso para realizar pesca de investigación según se establece en el artículo 119 del Reglamento del SEIA

Fase del proyecto a la cual | Fase de construcción y operación

corresponde

Parte, obra o acción a la que aplica | Movimiento de tierra — llenado de embalse

Condiciones o exigencias | El requisito para su otorgamiento consiste en preservar los recursos específicas para su otorgamiento hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de

investigación. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento se encuentran en el anexo 2 del Adenda

6.2 PASM 140

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA

Fase del proyecto a la cual | Fase de construcción. corresponde

Parte, obra o acción a la que aplica | Almacenamiento de residuos no peligrosos

Condiciones o exigencias | El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de específicas para su otorgamiento saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.

Los contenidos técnicos y formales para acreditar su cumplimiento se encuentran en el anexo 2.2 del Adenda.

6.3 PASM 146

Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recursos según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA

Fase del proyecto a la cual | Previo ala construcción

corresponde

Parte, obra o acción a la que aplica | Plan de rescate y relocalización

Condiciones o exigencias | El requisito para su otorgamiento consiste en que el proyecto de caza

específicas para su otorgamiento o captura sea adecuado para la especie y necesario para los fines indicados. Los contenidos técnicos y formales para acreditar su cumplimiento se encuentran en el anexo 5.1 del Adenda complementaria.

6.4 PASM 148

Permiso para corta de bosque nativo, según se establece en el artículo 148 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual Construcción ¡corresponde Parte, obra o acción a la| Movimiento de tierras y construcción del embalse ¡que aplica

Condiciones o exigencias [para su otorgamiento

El requisito de otorgamiento consiste en que se asegure la reforestación de una superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada con especies del ¡mismo tipo forestal.

Ver antecedentes en anexo 5.2 del Adenda Complementaria. 6.5 PASM 155 PASM 155: Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas. según se establece en el artículo 155 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cualConstrucción icorresponde Parte, obra o acción a lalConstrucción completa del embalse, iniciando con el movimiento de tierras, que aplica construcción del muro y generando la acumulación de agua en la obra.

Condiciones o exigencias ¡para su otorgamiento

El requisito para

Ver antecedentes en anexo 5.3 del Adenda Complementaria.

su otorgamiento en no producir contaminación para sus aguas.

6.6 PASM 156

Reglamento del SEIA.

PASM 156: Permiso para efectuar modificaciones de cauce. según se establece en el artículo 156 del

Fase del proyecto a la cualConstrucción

¡corresponde

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalación de matriz de conducción y construcción del embalse

Condiciones o exigencias para su otorgamiento

El requisito

habitantes, mediante la no contaminación para sus aguas.

Ver antecedentes en anexo 5.4 del Adenda Complementaria.

para su otorgamiento en no afectar la vida o salud de los

7%. Que, de acuerdo con los antecedentes

que constan en el expediente de evaluación, la forma de

cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Generales del Medio Ambiente

Norma: Ley 19.300 del Ministerio Secretaría General de la presidencia y Ley 20.417 que la modifica. Bases

Componente/materia:

General

Otros cuerpos legales

D.S 40 Reglamento de evaluación ambiental

Fase del proyecto a la que aplica o en la] que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o| sustancias a la que aplica

Todas

Forma de cumplimiento

Presentación de Declaración de Impacto Ambiental ante el Servicio de Evaluación Ambiental del Maule

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención de Resolución de Calificación Ambiental favorable

Forma de control y seguimiento

N/C

Norma: DS 40/12: Reglamento del Sistema

de evaluación de impacto ambiental.

Componente/materia:

General

Otros cuerpos legales

Ley N*19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente

Fase del proyecto a la que aplica o en lal que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o] sustancias a la que aplica

Todas

Forma de cumplimiento

Presentación de Declaración de Impacto Ambiental ante el Servicio de Evaluación Ambiental del Maule

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención de Resolución de Calificación Ambiental favorable

Forma de control y seguimiento

Ingreso al SNIFA de los Informes de Seguimiento Ambiental.

Norma: DS 1/13: Aprueba reglamento del

registro de emisiones y transferencias de contaminantes.

Componente/materia:

General

Otros cuerpos legales

Constitución Política de la República en sus artículos 19 N%8 y/ 32 N*6; lo dispuesto en el artículo 70 letras g) y p) de la Ley] 19.300; los artículos 67 y 89 letra a) del Código Sanitario; el

Art. segundo de la ley 20.417, que fijó la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la ley 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley 19.799.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o| Todas sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento Se informará aquellas emisiones y transferencias de

contaminantes contempladas en la norma: - Ejecución programa contingencia - Ejecución compromisos voluntarios

Indicador que acredita su cumplimiento

Información en plataforma

Forma de control y seguimiento

Ingreso de datos en el RETC según las fechas estipuladas por cada organismo.

Norma: D.S. 144/61, Ministerio de Salud. Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de

cualquier naturaleza.

Componente/materia:

Aire

Otros cuerpos legales

e D.S 4/94 Creada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones referente a normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados, fijando procedimientos para su control. Modificado por D.S n” 66/18 por el Ministerio del Medio Ambiente

(MMA).

D.S. n*54/94. Creada por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que regula las emisiones de vehículos motorizados medianos. Modificado por Decreto 40/20 del Ministerio del Medio Ambiente

D.S n*55/94. Normativa establecida por el Ministerio de Transporte Telecomunicaciones sobre emisiones de vehículos motorizados

pesados. Modificado por Decreto 4/12 del Ministerio del Medio Ambiente

D.S 59/98. Emitida por el Ministerio

Secretaría general de la República; Comisión Nacional del Medio Ambiente, establece norma de calidad primaria por material particulado MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia

Decreto n” 12 del Ministerio del Medio Ambiente que establece la norma primaria de calidad ambiental para material particulado fino respirable MP2,5

e DS. 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la cual fija texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones que establece que las atmósferas de los espacios de trabajo deben mantenerse libres de vapores, polvo, gases nocivos, entre otros.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que ise dará cumplimiento

Construcción y Operación

sustancias a la que aplica

Parte, obra, acción, emisión, residuo o| Movimiento de Tierra, generación de MP10, MP2.5 y gases

generados por la combustión en motores de maquinaria, vehículos medianos y desplazamiento interno de vehículos livianos.

Forma de cumplimiento

Los caminos y los sectores en que se realizarán movimientos de tierra se mantendrán húmedos según una estricta planificación horaria. Con esto, se evitará gran parte de la suspensión de material particulado.

Se cumplirán los límites máximos permitidos por las diferentes normativas que regulan las emisiones a la atmósfera.

Indicador que acredita su cumplimiento

¡Se proyecta un total de emisiones de MP10 de 4,5 ton/año para a fase de construcción y 0,0026 ton/año para la operación, y jun total de emisiones de MP2.5 de 2,06 ton/año para la fase de construcción y 0,0026 ton/año para la operación.

Forma de control y seguimiento

le Mantención de registro fotográfico de humectación en los caminos al interior del predio. Matriz de registro de documentación de los vehículos y maquinarias

e Se generará un registro diario de horas trabajadas y se relacionarán con la eficiencia de los diferentes motores, lo que entregará las emisiones de cada equipo.

O Se tendrá un registro de la revisión técnica de la maquinaria y vehículos en obra, lo que será un seguimiento de las emisiones de gases.

Norma: Ley 20.920 que establece el marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del ¡productor y fomento al reciclaje. Emitida por el Ministerio del Medio Ambiente

¡Componente/materia:

¡Residuos

Otros cuerpos legales

le D.S. 594/99 emitido por el Ministerio de Salud, hace referencia al reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo

e DFL 725/67 Código Sanitario emitido por el

Ministerio de Salud Pública. Modificado por Ley 21278/20 del Ministerio de Salud.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación eventualmente

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Actividad dentro de la construcción la cual genera residuos líquidos y sólidos

Forma de cumplimiento

Se entregarán los residuos generados a un gestor autorizado para su manejo y/o tratamiento.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Certificados de autorización sanitaria para retiro de aguas servidas entregado por la empresa contratada. Este certificado contendrá la acreditación de que una empresa de tratamiento de aguas servidas autorizada recibirá los desechos generados.

e Certificados entregados por empresa que retirará las aguas servidas, el cual indicará fecha y especificará la actividad.

e Certificado de autorización sanitaria para el retiro de escombros entregado por la empresa contratada.

e Certificados entregados por empresa que retirará los escombros, el cual indicará fecha y especificará la actividad.

Forma de control y seguimiento

lO Registro digital de generación aproximada de residuos, ya sean sólidos o líquidos. Este resultado entrega información sobre plazos de retiro de acuerdo con la capacidad de almacenamiento instalada.

O Registro de retiros de aguas servidas por parte del empresa sanitaria

O Certificados entregados por empresa que retirará las aguas servidas, el cual indicará fecha y especificará la actividad

O Registro de retiros de escombros por parte de empresa] sanitaria

O Certificados entregados por empresa que retirará los escombros y materiales asociados a la construcción, el cual indicará fecha y especificará la actividad.

O Ingreso de información al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA) .

generados por fuentes que indica

Norma: Decreto 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente y establece norma de emisión de ruidos

Componente/materia:

Ruido

Otros cuerpos legales

e Resolución exenta 693/15, emitida por la Superintendencia del Medio Ambiente y que aprueba contenido y formatos de las fichas para informe técnico del procedimiento general de determinación del nivel de presión sonora corregido

e DS 594/99 emitido por el Ministerio de Salud y hace referencia al reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Actividades relacionadas a la etapa de construcción, ya sea por maquinarias utilizadas para movimiento de tierra, la construcción del muro o el vertedero. Además del ruido generado por el transporte de personal

Forma de cumplimiento

Sumatoria de la proyección del ruido por cada fuente individual de la construcción, será menor a los límites establecidos por la normativa

En este caso, la sumatoria de maquinaria y ruido de fondo no superará la siguiente relación: Nivel de ruido de fondo: 42 + 10 dB (A) =52dB o

7-21 horas: 65 dB(A)

21-7 horas: 50 dB(A)

Indicador que acredita su cumplimiento

e El ruido generado al mismo tiempo por toda la maquinaria involucrada en el proyecto no supera la normativa de emisión.

e El valor obtenido de la medición de emisiones acústicas en puntos determinados, más las proyecciones de la maquinaria utilizada, no superará el límite de emisiones establecido por la normativa

Forma de control y seguimiento

Ingreso de información al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA )

Norma: DFL 1/89 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo. Emitido por el Ministerio del trabajo y previsión social con última modificación el 2020 por Ley 21.280

Componente/materia:

Condiciones laborales

Otros cuerpos legales

e Decreto 594/99. Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Emitido por el Ministerio de Salud con última modificación el 2019.

e Ley 16.744 establece Normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, emitida por Ministerio del Trabajo y Previsión Social y modificada por Ley 21.054 el 2017

e DFL 725/67. Código Sanitario del Ministerio de Salud Pública, con última modificación el 2020 por Ley 21.278

e Resolución 591 EXENTA que dispone medidas sanitarias que indica por brote de COVID-19 y dispone “Plan Paso a Paso”. Emitida por el Ministerio de Salud y la Subsecretaría de Salud Pública en Julio de 2020. Presenta una última modificación el 14 de enero de 2021 por Resolución 43 EXENTA.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

La normativa se aplicará en el trabajo diario del personal, el cual requerirá de horarios fijos de trabajo, contratos y estará expuesto a ruido durante la construcción. Por otra parte, en toda la obra aplicarán las normativas sanitarias establecidas para trabajo de personal en Chile

Forma de cumplimiento

e De acuerdo con el código del trabajo, los trabajadores tendrán contrato de trabajo, la duración de la faena será de 8 horas diarias con 1 hora de colación, fijando el horario de entrada a las 8:00 y la salida a las 18:00. Cabe destacar que el horario de colación será flexible para evitar aglomeraciones en el casino (COVID- 19), entrando por grupos de 6 en esta área, en horarios de 12:30- 13:30 o de 13:30 a 14:30. Con los horarios planteados, se cumplirá con el descanso diario y el descanso semanal. Cabe destacar que el casino estará acondicionado solo para calentar comida y no para cocinar.

e No se trabajará horas extras ni feriados y no se contratarán menores de edad, por lo que no se requerirá de la autorización de los padres o el tutor legal

e Las remuneraciones por disposición legal serán pagadas en períodos de 1 mes y se asegura el pago de las cotizaciones de seguridad social mensual

e Se dispondrá de saneamiento básico del lugar de trabajo, servicios higiénicos, guardarropía y comedores, entre

otros, según lo requerido por el Decreto 594

Se cumplirá con los límites de emisiones de ruido y se dispondrá de los elementos de protección auditivos requeridos según normativa. Además, se evitará el uso simultáneo de equipos con el fin de mantener en los niveles mínimos las emisiones de ruido.

En cuanto a la Ley 16.744, los trabajadores estarán protegidos legalmente frente a accidentes que puedan desarrollarse dentro de las faenas, ya que tendrán un contrato que los respalde. Además, toda la obra estará capacitada para la prevención de riesgos profesionales, incorporando para ello los elementos de protección personal necesarios y se contará con un reglamento interno.

De acuerdo con el código sanitario, se cumplirá con la higiene y seguridad del ambiente, asegurando que las aguas servidas no serán descargadas a cauces naturales u otras fuentes de agua.

Prevencionista de riesgo dentro de la faena, encargado de dar charlas de seguridad y capacitación sobre el uso de EPP. Además, definirá qué fuentes de ruido pueden operar de manera simultánea sin afectar la salud del trabajador

Las instalaciones y herramientas dispuestas en la faena serán desinfectadas diariamente según la Resolución 591- Exenta según el Protocolo de Limpieza y Desinfección, establecido en virtud del oficio ordinario B1 n* 2.770, del 15 de julio de 2020, del Ministerio de Salud, que actualiza el “Protocolo de Limpieza y Desinfección de Ambientes COVID -19”, o aquel que lo reemplace.

Además, el uso de mascarillas dentro de la faena será obligatorio, exceptuando los lugares habilitados para comer, considerando un metro de distancia entre personas. Además, de acuerdo con lo mencionado anteriormente, se dispondrá de horarios para almorzar en grupos de 6.

Por último, se considerará que el uso de mascarilla no será obligatorio dentro de un espacio cerrado para la estadía de 1 hasta 2 personas, manteniendo la distancia de más de 1 metro.

Estas medidas regirán o serán modificadas según la autoridad lo estipule

Indicador que acredita su cumplimiento

Firmas por entrega de EPP y asistencia a charlas de capacitación.

Existencia de contrato de trabajo por cada trabajador presente en la obra

Libro de asistencia en donde aparecerán los horarios de entrada y salida

En el caso de COVID-19, el indicador es que no existirán contactos estrechos de contagio dentro de la faena ya que se cumplirán las medidas de distanciamiento físico, por lo que en caso de contagiarse un trabajador externamente, no contagiará a sus compañeros.

Forma de control y seguimiento

e Elestudio del reglamento interno se evaluará a través de una breve charla con el personal (individual) en donde se consultará a ellos por aspectos más relevantes que aseguren su protección personal según lo dispuesto por la empresa

e Control semanal sobre la firma del libro de asistencia e Se entregarán certificados por el retiro de aguas servidas por parte de la empresa encargada

e El uso de los elementos de protección personal será fiscalizado por la persona encargada, junto con registrar los accidentes dentro de la faena

e Se facilitará la toma de PCR trabajadores en caso de presentar síntomas

de los

Norma: NCh 1333/78 de calidad de agua Instituto Nacional de Normalización.

para diferentes usos. Modificada en 1987 y emitida por el

Componente/materia:

Agua

Otros cuerpos legales

e Decreto 90/00 del Ministerio Secretaría General de la presidencia que establece la norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de

residuos líquidos a aguas marinas y continentales

que se dará cumplimiento

superficiales. e Decreto 46/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que Establece Normas de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas Fase del proyecto a la que aplica o en la Construcción

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Construcción

Forma de cumplimiento

En el proyecto no se considera la utilización de sustancias químicas que podrían ser contaminantes

Durante la fase de construcción no se tiene considerada la] descarga de sustancias contaminantes a cauces de agua superficiales ni subterráneos

Las aguas servidas generadas por los servicios sanitarios serán extraídas por la empresa externa DISAL S.A, quien las transportará a la planta de tratamiento

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificado de retiro de aguas servidas

Forma de control y seguimiento

Registro de operaciones de extracción de aguas servidas desde la empresa

Norma: Decreto 594/99 del Ministerio de Sal iambientales básicas en los lugares de trabajo

ud. Establece el reglamento sobre condiciones sanitarias y

Componente/materia:

¡Agua

¡Otros cuerpos legales

e NCh 409/1. Norma chilena de calidad de agua potable,

emitida por el Ministerio de salud

Decreto 90/00 del Ministerio Secretaría General de la presidencia que establece la norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales

Decreto 46/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que Establece Normas de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Parte, obra, acción, emisión, residuo o

sustancias a la que aplica

Construcción

Forma de cumplimiento

Se contratará a Manantial como empresa externa que distribuya el agua potable certificada hasta las instalaciones de la obra, según lo indica la normativa sobre provisión de agua potable y cantidades por trabajador. El agua será recepcionada en bidones de 20 L y se considerará un consumo de 3 1/persona al día y de un total de 100 l/persona al día para los servicios sanitarios

Se instalará un punto de hidratación en el área de construcción y de mantendrá abastecido con la cantidad de agua necesaria por trabajador según normativa

Las aguas servidas serán extraídas por una empresa externa DISAL S.A, quien las transportará a la planta de tratamiento de aguas servidas

Indicador que acredita su cumplimiento

  • En cuanto al agua potable, se podrá calcular el cumplimiento de la normativa de acuerdo con los litros comprados de agua y cantidad de trabajadores. El registro de estas compras será constantemente actualizado.

e Certificado de extracción de aguas servidas que acredita que los residuos no se descargaron en los cuerpos de agua directamente .

e Certificado de compra de agua para consumo humano

Forma de control y seguimiento

e Certificado extracción de aguas Servidas

e. Certificado de compra de agua para consumo humano

  • Base de datos con la entrega de certificados por parte de las empresas contratadas que entregaría seguimiento del cumplimiento. Esta base de datos estaría relacionada con el número de trabajadores para el control.

e Base de datos con certificados de extracción de aguas servidas de la obra.

realizada el año 2018 por la Ley 21.064

Norma: DFL 1122 que fija el texto del código de aguas en el año 1981, cuya última modificación fue

Componente/materia

Derechos de agua

Otros cuerpos legales

Ley 20.017 que modifica el código de aguas en el año 2005

DFL 2603/79 que modifica y complementa Acta Constitucional N* 3; y establece normas sobre derechos de aprovechamiento de aguas y facultades para el establecimiento del régimen general de las aguas

Decreto 1220 Aprueba reglamento catastro público de aguas. Elaborada por el Ministerio de Obras Públicas. Modificada por Decreto 365 del año 2008 y por Decreto 203 del año 2013.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Requerimiento de agua para humectación de material en fase de escarpe

Uso de agua en la construcción directa del embalse (muro)

Abastecimiento del recurso hídrico del embalse

Forma de cumplimiento e Derechos de agua constituidos según lo establecido por el código de aguas e Control de extracción desde la fuente por medio de la instalación de caudalímetros Indicador que acredita su cumplimiento e Los caudales instantáneos extraídos se obtendrán desde la operación de los caudalímetros instalados, cumpliendo con los límites establecidos e Volumen de agua utilizado

Forma de control, seguimiento y acreditación de cumplimiento

Registro de extracciones de aguas

Norma: DFL 1122 que fija el texto del código de aguas en el año 1981, cuya última modificación fue

realizada el año 2022 por la Ley 21.435

Componente/materia: Características embalse

Otros cuerpos legales Ley 20.017 que modifica el código de aguas en el año 2005

Fase del proyecto a la que aplica o en la Construcción

que se dará cumplimiento

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Obras civiles embalse ya que el embalse tiene una capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos y muro tiene más de 5m de altura

involucradas en la construcción del

Forma de cumplimiento

Ingreso de solicitud de permiso de construcción con las características técnicas y de seguridad de la obra para aprobar la construcción del embalse

Indicador que acredita su cumplimiento

Aprobación de permiso para construcción de ciertas obras hidráulicas, PASM 155

Forma de control y seguimiento

O El proyecto se controlará mediante el cumplimiento de las indicaciones entregadas por la aprobación de la construcción.

0 PASM 155 Aprobado

Norma: Ley 20.283/08, Ley de recuperación del bosque nativo y fomento forestal. Emitida por el Ministerio de Agricultura. Modificada por Resolución Exenta 68 el año 2015

Componente/materia:

Flora

Otros cuerpos legales e Decreto 93/08 referente al Reglamento General de la Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Modificada por Decreto 26 el año 2012 por Ministerio de Agricultura e DL701/74 que fija el régimen legal de los terrenos forestales o preferentemente aptos para la forestación, y establece normas de fomento sobre la materia. Ministerio de Agricultura e Decreto 366/44 referente al reglamento de explotación de Quillay y otras especies forestales. Emitido por el Ministerio de Tierras y Colonización con última modificación el año 1955 Fase del proyecto a la que aplica o en la| Construcción

que se dará cumplimiento

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Vegetación presente en el área de inundación

Forma de cumplimiento

En este caso, las características del área en donde se desarrollan los árboles y la vegetación adicional

presente en el predio hacen que la flora del lugar no pueda considerarse como bosque. Por tanto, no se requiere de permisos en cuanto a bosque nativo para trabajar en el lugar, prescindiendo de un plan de manejo y cumpliendo con la normativa

e En cuanto a Formaciones xerofíticas, no se presentan en la zona formaciones en donde sean predominantes los arbustos o suculentas nativas,

por lo que su extracción no está sujeta a normativa

e La tala de especies que se encuentran en el predio, como maitén, espino y boldo, se encuentra restringida entre el límite norte de la provincia de Tarapacá y el río Maipo, por lo que en el sector del embalse no existirían periodos de restricción para su extracción según Decreto 366/44

Indicador que acredita su cumplimiento

Ubicación del proyecto, acredita exclusión de restricciones

Forma de control y seguimiento

N/A

Norma: Decreto de Ley 1224 emitido por Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, junto con su respectiva secretaría. Crea el Servicio Nacional del Turismo. Modificada

en 2010 por la Ley 20.423

Componente/materia:

Turismo

Otros cuerpos legales

Ley 20.423 Referente al sistema institucional para el desarrollo del turismo. Modificada en 2010 por la Ley 20.486 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, junto con su respectiva secretaría

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas

Forma de cumplimiento

De acuerdo con la información recopilada desde el Servicio Nacional de Turismo, el sector en donde se desarrollará el proyecto no cuenta con sitios de interés turístico cercanos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ubicación

Forma de control y seguimiento

N/A

Norma: Ley 17.288 que legisla sobre monumentos nacionales; modifica las leyes 16.617 y 16.719; deroga el decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925. Modificada el 2020 por Ley

21.215 y del Ministerio de Educación

Componente/materia:

Monumentos Nacionales

Otros cuerpos legales

D.S.484/90 del Ministerio de Educación y hace referencia a un reglamento sobre excavaciones y /o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Ubicación del sector de construcción

Forma de cumplimiento

De acuerdo con la revisión dentro de la plataforma de monumentos nacionales, en la zona de construcción no existen Monumentos históricos, Monumentos públicos, Zonas típicas,

Monumentos arqueológicos, Santuarios de la naturaleza o Monumentos paleontológicos. Lo más cercano es un monumento histórico ubicado a más de 15 km. Por otra parte, en caso de que durante las excavaciones se visualicen elementos pertenecientes a patrimonio arqueológico, los trabajadores estarán informados de que las obras se deben detener inmediatamente, avisar a jefatura y estos últimos avisar al Consejo de Monumentos Nacionales.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ubicación

Forma de control y seguimiento

N/A

Norma: Decreto 160/08 del Ministerio de

Economía, Fomento y Reconstrucción, relacionado a la]

laprobación del reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y] refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Modificado por Decreto 34 del 2020 del Ministerio de Energía

¡Componente/materia:

¡Almacenamiento de Combustibles

Otros cuerpos legales

Decreto 101/14 del Ministerio de Energía que Modifica el Reglamento de Seguridad para las instalaciones y loperaciones de producción y refinación, transporte,

Ise dará cumplimiento

lalmacenamiento, distribución y abastecimiento de ¡combustibles líquidos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que [Construcción

Parte, obra, acción, emisión, ustancias a la que aplica

residuo oJOperación de maquinaria en obra

Forma de cumplimiento

El combustible será ingresado a las faenas contratando los servicios de la empresa Copec, empresa certificada para desarrollar esta actividad. La periodicidad del transporte será de 2 veces por semana, no existiendo en ningún caso almacenamiento de combustible dentro del área.

Se contará con un espacio destinado a la descarga del combustible, el cual no tendrá fuentes de ignición cercanas, contará con letreros de prevención y barreras de contención para evitar personas ajenas a la operación de descarga. Los operadores deberán contar con un Sistema de Gestión de Seguridad y Riesgo (SGRS) y solo él podrá realizar la descarga de combustible, debiendo cumplir con las distancias de seguridad establecidas en Título IV, Capítulo 2 del Decreto aprobación de reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos El camión será diseñado y construido de acuerdo con el código DOT 406 (178.345) y su antigiiedad no será superior a los 15 años.

Indicador que acredita su cumplimiento

O Certificado de autorización del medio de transporte de combustible por parte de Copec, a través de una empresa acreditada por el INN y autorizada por la SEC.

O Factura de compra a la empresa

Forma de control y seguimiento

Cada transporte por parte de Copec será controlado en su ingreso a faena por la persona encargada, realizando una inspección visual y solicitando información del transportista sobre su autorización para realizar la actividad, además del certificado del camión.

e Cada Transporte de combustible estará acreditado por la entrega de un certificado solicitado a Copec

e Durante la descarga solo podrá estar presente la persona encargada de controlar el ingreso del camión, evitando que personas

ajenas se encuentre en el área de trabajo.

Norma: DFL 458 que aprueba Ley General de Urbanismo y Construcciones. Emitida por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo cuya última modificación se realizó en el año 2020 por la Ley 21.202

Componente/materia:

Suelo

Otros cuerpos legales

Decreto 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Modificado el 2020 por Decreto 32

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Construcción en sector fuera del límite urbano

Forma de cumplimiento

O Considerando que la construcción se realiza fuera del los límites urbanos de la comuna de

Empedrado e independiente de que corresponda a una obra necesaria para la explotación agrícola, se requiere de permisos ante el SAG y MINVU para la aprobación del proyecto, debido a que no se encuentra en el listado de excepciones para la construcción.

Permiso emitido por la Dirección de Obras Municipales (DOM) también será requerido ya que es una obra con fin agrícola pero no se encuentra en el listado de construcciones excluidas a este permiso.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorización de permisos SAG, MINVU y DOM

Forma de control y seguimiento

Permisos emitidos por SAG, MINVU y DOM

Norma NCh 3562:2019 Gestión de residuos - y directrices para el plan de gestión (2019), y el D. Ex. 37/2019MINVU que la oficializa

Residuos de construcción y demolición RCD)Clasificación

Componente/materia:

¡Residuos sólidos

¡Otros cuerpos legales

e Ley 16391 crea el Ministerio de la Vivienda yl Urbanismo.

je Decreto Ley 1305 Reestructura y Regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

e DFL N”458 Aprueba Nueva Ley General Urbanismo Y Construcciones.

Del

dará cumplimiento

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se

Construcción

Parte, obra, acción, emisión, sustancias a la que aplica

residuo ofTodas

Forma de cumplimiento

El material de excavación no utilizado en la construcción del embalse, serán retirados por parte de una empresa que cuente con los permisos otorgados por la autoridad sanitaria competente para su gestión y/o disposición final.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Certificado de autorización sanitaria para el retiro de residuos de construcción (material de excavación) entregado por la empresa contratada.

le Certificados entregados por empresa que retirará

los residuos de construcción (material de excavación), el cual indicará fecha y especificará la actividad.

Forma de control y seguimiento

O Registro de retiros de residuos de construcción (material de excavación) por parte de empresa

sanitaria

O Certificados entregados por empresa que retirará los residuos de construcción (material de excavación) el cual indicará fecha y especificará la actividad.

O Ingreso de información al Sistema Nacional de

Información de Fiscalización Ambiental

(SNIFA)

Norma: Decreto 430 Fija El Texto Refundido, Coordinado Y Sistematizado De La Ley N” 18.892, De 1989 Y Sus Modificaciones, Ley General De Pesca Y Acuicultura

Componente/materia:

Agua

Otros cuerpos legales

e LeyN” 18.892 de 1989 e LeyN” 19.079 de 1991

e LeyN”19.080 de 1991

sustancias a la que aplica

Fase del proyecto a la que aplica o en la que | Construcción se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o| Todas

Forma de cumplimiento

El material escarpado será depositado en el predio y el material restante será destinado provisionalmente dentro del área de inundación del embalse. El material restante luego será retirado por una empresa especializada.

Indicador que acredita su cumplimiento

El área de depósitos temporales constará con las medidas de prevención para eventos de lluvia en la fase de construcción (verano). Además, la empresa que retirará el material sobrante deberá constar con los permisos ambientales y sanitarios otorgados por la autoridad competente.

Forma de control y seguimiento

Como forma de control, la factura de la empresa será remitida a la SMA y a SERNAPESCA, indicando que corresponde al cumplimiento del Art. 136.

Norma: Aplicabilidad del Permiso Ambiental Sectorial 119

Componente/materia:

Agua

Otros cuerpos legales

Decreto Supremo N*40

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Poza de inundación, Matriz de conducción

más rápida el origen del incendio, quienes estarán comunicados con el Encargado de Emergencia.

Forma de control y seguimiento

  1. Difusión del Plan de Prevención de Riesgos contra incendios.

  2. Se mantendrá un registro de los eventos ocurridos, el cual será de conocimiento del personal del proyecto.

  3. Mantención de señalética y limpieza en la zona de influencia del proyecto.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En caso de producirse una emergencia, el coordinador ya informado, deberá seguir los siguientes pasos:

1.- Aviso inmediato a Fono emergencia incendios forestales de CONAF (fono 130) o en su defecto (73) 251 2294 y carabineros de Chile (fono 133); como en este caso, el proyecto se emplaza en las cercanías de Marimaura, también se debe avisar a bomberos (fono 132); informando la magnitud del incendio; tipo de combustible; cantidad de obreros en faena y fuentes de agua disponible. Nivel 2

Dichas fuentes especifican su ubicación en la siguiente tabla:

Tabla 2. Disponibilidad y ubicación de fuentes de agua.

Coordenadas UTM 84 WGS Huso 19 Disponibilidad Ubicación Construcción Operación Canal Melozal N: 6.036.278 Xx Xx E: 245.563 Tranque Costado | N: 6.035.776 Xx Xx Muro Principal E: 244.133 Canal Interior N: 6.035.739 X Xx Tranque E: 244.104 Embalse N: 6.035.502 Xx E: 244.545

2.- Si algún funcionario del proyecto se ve enfrentado o identifica un amago de incendio, deberá hacer uso de las herramientas disponibles para el control del fuego, como palas, rozones y rastrillos. Sin embargo, el personal no debe actuar sin la dirección de un profesional especializado cuando el incendio haya alcanzado una dimensión riesgosa. A su vez, los trabajadores deberán hacer uso exclusivo de sus elementos de Protección Personal (Cascos, guantes, bototos y protección facial).

3.- Por último, se deberá investigar las causas del siniestro.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Riesgo de Afectación sobre la fauna, flora y vegetación terrestre / Fase de Construcción

Riesgo o contingencia

Afectación sobre la fauna, flora y vegetación terrestre por las actividades realizadas en el proceso de construcción.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Excavaciones, movimiento de tierras, y proceso de construcción de obras civiles que pudiesen realizarse fuera de las áreas definidas por el diseño de ingeniería.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

1: Elaboración de un procedimiento de trabajo que establezca que las áreas habilitadas para la construcción del proyecto serán aquellas estrictamente necesarias para la ejecución de las obras civiles.

  1. Elaboración de un procedimiento de trabajo que prohíba la intervención del resto de las áreas que no sean necesarias para la ejecución de obras civiles.

Forma de control y seguimiento

1, En las licitaciones y contratos con las empresas constructoras que edificarán el embalse, quedarán establecidos los procedimientos de trabajos y

especificaciones técnicas para la ejecución de excavaciones y las áreas necesarias para la construcción de las obras,

áreas excluidas para la intervención con faenas constructivas. 2 Revisión y mantención de la señalética con la

prohibición de intervenir áreas que no sean necesarias para la ejecución de obras civiles.

  1. Mantención de un registro de chequeo y revisiones periódicas de señalética y capacitaciones ambientales de los trabajadores. Se enviará además un informe a la SMA con la lista de participantes y fotografías de las capacitaciones ambientales realizadas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En caso de producirse una emergencia, el coordinador ya informado, deberá seguir los siguientes pasos:

1.- viso inmediato a Fono emergencia incendios forestales de CONAF (fono 130) o en su defecto (73) 251 2294 y carabineros de Chile (fono 133); como en este caso, el proyecto se emplaza en las cercanías de Marimaura, también se debe avisar a bomberos (fono 132); informando la magnitud del incendio; tipo de combustible; cantidad de obreros en faena y fuentes de agua disponible. Nivel 2

  • Dichas fuentes especifican su ubicación en la siguiente tabla:

Tabla 2. Disponibilidad y ubicación de fuentes de agua. Coordenadas UTM 84 WGS Huso 19

Disponibilidad Ubicación Construcción Operación Canal Melozal N: 6.036.278 Xx Xx E: 245.563 Tranque Costado | N: 6.035.776 Xx Xx Muro Principal E: 244.133 Canal Interior N: 6.035.739 Xx Xx Tranque E: 244.104 Embalse N: 6.035.502 Xx E: 244.545

2.- Si algún funcionario del proyecto se ve enfrentado o identifica un amago de incendio, deberá hacer uso de las herramientas disponibles para el control del fuego, como palas, rozones y rastrillos. Sin embargo, el personal no debe actuar sin la dirección de un profesional especializado cuando el incendio haya alcanzado una dimensión riesgosa.

A su vez, los trabajadores deberán hacer uso exclusivo de sus elementos de Protección Personal (Cascos, guantes, bototos y protección facial).

3.- Por último, se deberá investigar las causas del siniestro.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Riesgo de Afectación sobre la fauna, flora y vegetación terrestre / Fase de Construcción

Riesgo o contingencia

Afectación sobre la fauna, flora y vegetación terrestre por las actividades realizadas en el proceso de construcción.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Excavaciones, movimiento de tierras, y proceso de construcción de obras civiles que pudiesen realizarse fuera de las áreas definidas por el diseño de ingeniería.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

E Elaboración de un procedimiento de trabajo que establezca que las áreas habilitadas para la construcción del proyecto serán aquellas estrictamente necesarias para la ejecución de las obras civiles.

2, Elaboración de un procedimiento de trabajo que prohíba la intervención del resto de las áreas que no sean necesarias para la ejecución de obras civiles.

Forma de control y seguimiento

LE En las licitaciones y contratos con las empresas constructoras que edificarán el embalse, quedarán establecidos los procedimientos de trabajos y

especificaciones técnicas para la ejecución de excavaciones y las áreas necesarias para la construcción de las obras,

áreas excluidas para la intervención con faenas constructivas. 2. Revisión y mantención de la señalética con la

prohibición de intervenir áreas que no sean necesarias para la ejecución de obras civiles.

3 Mantención de un registro de chequeo y revisiones periódicas de señalética y capacitaciones ambientales de los trabajadores. Se enviará además un informe a la SMA con la lista de participantes y fotografías de las capacitaciones ambientales realizadas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En el caso que por error se intervengan áreas no contempladas para la ejecución del proyecto, las que provoquen situaciones de emergencia que afecte a individuos o hábitat de flora y fauna silvestre, se procederá de la siguiente forma:

  • Se paralizarán las obras en toda el área intervenida por el proyecto.

  • El área será demarcada y delimitada.

  • Se solicitará la presencia de un profesional especialista en flora y fauna para que evalúe el impacto generado por la intervención no programada y determine las acciones a realizar.

  • En el caso de la fauna silvestre, los individuos presentes en el área intervenida serán rescatados bajo el siguiente protocolo:

a) La manipulación se realizará evitando el estrés en los individuos.

b) Los reptiles serán mantenidos en cautiverio por el menor tiempo posible.

(9) Para la captura de micromamíferos se utilizarán trampas de captura viva como Sherman, Big- Sherman y/o Tomahawk.

d) La manipulación de micromamíferos capturados debe realizarse exclusivamente por los especialistas autorizados por el SAG en el permiso de captura, equipados con guantes y mascarillas.

e) Los animales capturados serán mantenidos en cajas plásticas transparentes, con agujeros óptimos para la circulación de oxígeno, y serán manejadas de tal manera que los reptiles tengan acceso al sol y a la sombra en días soleados, y deberán ser resguardadas del frío en días nublados en lugares habilitados para ello. Lo anterior cobra importancia para los períodos entre la captura y el traslado hacia el sitio de liberación.

1 Se deberá acondicionar la caja con sustrato del sector de captura (tierra, hojas, etc.). Dentro de cada caja se debe cuidar de que todos los animales puedan moverse libremente (el número de individuos dependerá del tamaño de cada especie), y que haya separaciones por rango etario. 8) El área de manipulación deberá estar protegida del sol, viento y frío, además debe estar equipado con un mesón de superficie lavable, un pie de metro, guantes quirúrgicos, guantes de cabritilla, e implementos de limpieza y desinfección (para el mesón y otros equipamientos), como son el amonio cuaternario y la clorhexidina.

h) Los individuos serán liberados el mismo día de la captura. Sólo en el caso de existir condiciones climáticas muy desfavorables, serán mantenidos en cautiverio durante un máximo de 24 horas, de modo de minimizar el estrés inducido por la manipulación.

En caso de que se detecten individuos con heridas, estos serán atendidos en primera instancia por un médico veterinario.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Riesgo de contaminación física de la biota acuática y en los cursos de agua / Fase de Construcción

Riesgo o contingencia

Contaminación física de la biota acuática y en los cursos de agua por los procesos que genere la fase de construcción del proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Asociada a toda el área del proyecto en general.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

1, Se elaborarán protocolos de trabajo que prohíban estrictamente que los excedentes de excavaciones y residuos sólidos de la construcción se depositen en los cursos de agua existentes.

  1. Los residuos domésticos se almacenarán en contenedores con tapa hermética para evitar que sean esparcidos por animales domésticos.

  2. Monitorear los movimientos de tierras generados por las obras del proyecto, cuidando de evitar situaciones de inestabilidad potencial que provoque arrastre de material a los cursos de agua circundante.

  3. Protocolos de trabajo que establezcan el retiro de todos los materiales sueltos generados como acopios y derrames de las excavaciones, una vez finalizadas las faenas de construcción. Además, quedará establecido que el contratista tiene la obligación de reconstituir la pendiente del suelo natural y así evitar que materiales sueltos sean arrastrados hacia cotas inferiores.

  4. Capacitaciones al personal, sobre el procedimiento de trabajo para evitar contaminación de cursos de agua.

Forma de control y seguimiento

En las licitaciones y contratos con las empresas constructoras que edificarán el tranque, quedarán establecidos los procedimientos de trabajos que prohíban estrictamente que los excedentes de excavaciones y residuos sólidos de la construcción se depositen en los cursos de agua existentes, el retiro de todos los materiales sueltos generados como acopios y derrames de las excavaciones, una vez finalizadas las faenas de construcción; y la obligación de reconstituir la pendiente del suelo natural y así evitar que materiales sueltos sean arrastrados hacia cotas inferiores.

Dotación y mantención de contenedores para residuos de la construcción, y contenedores para residuos domiciliarios señalados en el PASM 140 de la DIA.

Presencia de contenedores con tapa hermética para los residuos domésticos se almacenarán en contenedores para evitar que sean esparcidos por animales domésticos.

Mantención de un registro de chequeo revisiones periódicas y capacitaciones ambientales de los trabajadores. Se enviará un informe a la SMA con el registro fotográfico y lista de participantes de las capacitaciones.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

: : [o Acciones o medida a implementar para

controlar la emergencia

Cubrir los materiales excedentes de excavaciones con la finalidad de evitar que estos sean trasladados hacia los cursos de agua.

e Construcción de zanjas de desviación de agua en las cotas inferiores a las áreas intervenidas para minimizar la posibilidad de activación de procesos de erosión.

e Instalación de Geogrillas o Geomallas en las áreas que presenten activación de procesos erosivos, de manera que se propicie la mantención de la estabilidad superficial del suelo.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se dará aviso inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), a la Dirección General de Aguas (DGA), SEREMI de Medio Ambiente y SERNAPESCA para que se adopten las medidas de resguardo necesarias.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Riesgo de afección de Flora y Vegetación/ Fase de Construcción y Operación

Riesgo o contingencia

Contaminación física de la biota acuática y en los cursos de agua por los procesos que genere la fase de construcción del proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Embalse, área de influencia para vegetación

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Se mantendrá la hoya hidrográfica del embalse como zona protegida, para lo cual se tomarán las siguientes acciones o medidas:

e Se colocarán letreros para la prevención de incendios. La dimensión de cada letrero será de 1 x 1,5 m. elaborados de un esqueleto de madera y una lámina metálica o de PVC. En la siguiente tabla se adjuntan las coordenadas de los sitios escogidos y se presenta una imagen con las características del letrero.

o Coordenadas UTM 84 WGS Huso 19 N? Letrero Norte Este

1 6.035.527 m S 244.726 mE 2 6.035.784 m S 244.460 mE

6.035.459 m S 244.316mE 4 6.035.242 m S 244.500 mE 5 6.035.241 mS 244.707 mE

Ilustración: Diseño de Letreros

desperdicios

Usar los caminos establecidos

4, No fumar en los pra | alrededores

En caso de Incendio llama a estos números:

10130 (0 132 10 133 CONAF Bomberos Carabineros 7 800 45 1313

Protección Civil y Emergencias San Javier Queda prohibida la tala del recurso forestal contenido en la hoya hidrográfica

Se mejorarán aspectos conservación.

del cuidado en su Las acciones y/o actividades a realizar en el cuidado de su conservación serán las siguientes:

  • Antes del inicio de la fase de construcción se realizará una limpieza en la hoya hidrográfica, retirando aquellos troncos y ramas que han caído, teniendo especial atención en aquellos que se han acumulado en la quebrada y que no

permiten que el agua superficial fluya libremente.

Forma de control y seguimiento

  • Se realizará un registro de incidentes relacionados con flora y vegetación, este informe se encontrará en la oficina del administrador predial y se enviará a la SMA y CONAF, considerando la evaluación del incidente y registro fotográfico de las medidas.

  • Se realizarán mantenciones anuales a los letreros en la estación de invierno. Se registrarán las mantenciones en una planilla y se les sacará fotos a los letreros luego de realizada la mantención, para luego remitir un informe de la mantención al SMA y CONAF.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Se propondrá su recuperación y se realizará un informe. Nivel 2.

Dentro de las actividades para la restauración se propondrán aquellas recomendadas por CONAF en su página web. Estas etapas pueden sintetizarse en:

. Recolección de información de las agrupaciones vegetales afectadas.

. Definición del ecosistema hacia el que se pretende reconducir.

. Inventario del área afectada - Análisis de la información recolectada.

. Plan, programa o proyecto de restauración.

. Ejecución de las acciones

Dentro de las acciones para iniciar procesos de restauración in situ, CONAF recomienda algunas tales como:

  • Acciones de exclusión (cerco).

  • Preparación de sitio para establecimiento de regeneración.

  • Obtención de plantas e insumos para enriquecimiento.

  • Faenas para el control de especies invasoras que compitan con la regeneración del bosque, entre otras.

Todas estas actividades y acciones guardarán proporción con la evaluación que realice el profesional forestal

encargado de realizar el análisis de la zona afectada. También, será el profesional quien determina cuál o cuáles, de las acciones anteriormente descritas, serán las más apropiadas de adoptar y proponer a la Corporación Nacional Forestal.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se informará a la SMA y a CONAF inmediatamente, proponiendo un plan de actividades para su restauración, el cual su ejecución deberá previamente ser aceptados por las autoridades del caso. Se emitirá el informe antes de 10 días hábiles.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Riesgo de derrame de sustancias peligrosas / Fase de Construcción

Riesgo o contingencia

Riesgo de derrame de sustancias peligrosas. asociadas a las actividades de de las partes, obras y/o acciones del Proyecto (ej. Uso de combustible)

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Embalse, muro, poza de inundación y matriz de conducción.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Durante la escarpe, excavación y relleno del muro se empleará maquinaria, pero la mantención de estas se realizará fuera del área proyecto, no se guardarán residuos peligrosos en la zona cercana al embalse.

  • El combustible se empleará sólo en el día, no se hará acopio en la faena.

Nivel 2.

Forma de control y seguimiento

Se establecerá un contrato con la empresa constructora, y se llevará un registro de eventos. En el caso de ocurrencia de un evento no previsto, se dará origen a un informe, aun cuando se procederá a recoger y a limpiar la zona de derrame. Posteriormente, se dispondrá en un envase correspondiente al tipo de Residuo Peligroso generado el que será llevado a un sitio de disposición final.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 8 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En caso de emergencia se enviará al personal a controlar de inmediato un posible derrame, colocando barreras de contención, y elementos absorbentes, arena o aserrín, recogiéndose todo de inmediato, estos residuos se llevarán a envases de contención y luego se despacharán a lugares autorizados para su disposición final.

Se hará informe de Nivel 2.

Se llevará registro e informe validación Nivel 3.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Si el derrame fuera significativo y escapara de los límites del área de influencia, se informará de ello a la SMA y SEREMI de Salud del Maule inmediatamente, el informe se emitirá antes de 48 horas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga

Anexo 8 de Adenda Complementaria

la descripción detallada

Riesgo de derrame de sustancias no peligrosas / Fase de Construcción

Riesgo o contingencia Riesgo de derrame de sustancias no peligrosas.

Fase del proyecto a la que aplica Construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción | Muro asociada

Acciones o medidas a implementar | El transporte de materiales para el embalse esencialmente para prevenir la contingencia considera hormigón, fierro y maderas para disponer la válvula de descarga. Estos materiales son de baja magnitud y son transportados en camión Mixer (hormigón) y el resto en camiones pequeños o camionetas. En caso de volcamiento sólo serán recogidos del suelo.

Para la etapa de operación no habrá materiales.

Nivel 1

Forma de control y seguimiento Se enviará informe al Administrador Predial, y se guardará registro de la reparación.

Referencia a documentos del | Anexo 6 de Adenda Complementaria expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

. Se recogerán de inmediato los residuos, no habrá vertimiento líquido.

. Se llevará un registro, correspondiente a un informe Nivel 1.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Oportunidad y vías de comunicación a | En caso de acreditarse un daño relevante se avisará a la SMA la SMA de la activación del Plan de | inmediatamente, y el informe se emitirá al cabo de 10 días. Emergencia

Referencia a documentos del | Anexo 8 de Adenda Complementaria expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Riesgo de Inundación / Fase de Operación

Riesgo o contingencia Riesgo de Inundación.

Fase del proyecto a la que aplica Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción | Muro, Vertedero de Seguridad, Tubería de Descarga, asociada Válvulas.

Acciones o medidas a implementar | Durante la fase de construcción que se implementarán las para prevenir la contingencia siguientes medidas:

. Se revisará anualmente, que el vertedero se encuentre libre de obstáculos y se procederá a su limpieza.

. Se revisará que la válvula de la tubería de salida esté operativa.

. Se realizarán capacitaciones a los trabajadores y

pobladores locales.

. Las capacitaciones se realizarán una vez al año, dejando un registro de la fecha y del listado de participantes.

. Se instalarán señaléticas de vías de escape y se informará a los trabajadores y pobladores.

. Se dispondrá en un lugar público teléfonos de emergencias.

Forma de control y seguimiento

  • Se avisará al Administrador predial. Riesgo Nivel 1.

  • Se enviará personal a monitorear las zonas que puedan presentar un riesgo.

  • Se llevará un registro de lo sucedido.

  • Se guardará un registro en carpeta de todas las capacitaciones realizadas al personal y se enviará un informe a la SMA con el registro fotográfico y lista de participantes de las capacitaciones.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

. Se mantendrá al titular informado, durante la duración del evento.

. Se monitoreará el registro del nivel del embalse durante la emergencia, entregado por el limnímetro.

. Se dará aviso a personas e instalaciones cercanas del riesgo de inundación. Además, se procederá a enviar medios a controlar la situación. Nivel 2

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En caso de que ocurra un evento Nivel 3, se procederá a informar a la junta de vecinos de la localidad de Vilches, carabineros, bomberos, ONEMI, Municipalidad de San Javier y SEREMI de Salud del Maule. Se hará un informe en 48 horas, el cual se enviará a la SMA y SEREMI de Salud del Maule.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 8 de Adenda Complementaria

Riesgo de Afloramiento / Fase de Construcción

Riesgo o contingencia

Riesgo de Afloramiento.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Asociada al muro de contención, dentellón de corta filtración, canales de desagiies y pozo de inundación (zona empréstito)

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Con los antecedentes de los pozos cercanos evaluados en el proceso de evaluación ambiental y dado la profundidad a excavar en esa zona del muro, correspondiente al dentellón, no se interceptará la napa. Por lo tanto, se descarta un posible afloramiento.

Forma de control y seguimiento

Se realizarán muestreos periódicos en el pozo profundo cercano para evaluar el nivel estático y de esta manera se podrá evidenciar si existe un incremento de los niveles al compararlos con los obtenidos en una primera instancia.

Referencia a documentos del | Basado en Informe Caracterización Geológica e expediente de evaluación que contenga | Hidrogeológica. la descripción detallada

. En caso de comprobar la presencia de agua, se debe

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

considerar la instalación de una membrana impermeable (áridos, geotextil y geomembrana) por lo menos tres metros más debajo de la cota mínimo del dentellón corta filtración.

. En el caso de afloramiento de alto potencial se considera la construcción de un pozo de infiltración que penetre la membrana impermeable, generando el desagúe de las aguas afloradas a mayor profundidad.

. Se prohibirá el flujo vehicular por la zona.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

  • Se dará aviso inmediato al personal de la obra para evitar cualquier tipo de accidentes.

  • Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA de la activación de este plan de emergencia. Además, se avisará a la Dirección General de Aguas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 8 de Adenda Complementaria

Riesgo de Falla o colapso del muro/ Fase de Operación.

Riesgo o contingencia

Riesgo de falla o colapso del muro

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Muro

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Un sismo grado 8.4 Richter y superior, puede provocar deslizamiento de material del muro. Primero se revisará el daño, si este es de magnitud, se solicitará informe de daño y plan de acción a un experto, generando informe que se enviará al SMA. Riesgo Nivel 3.

Forma de control y seguimiento

Cumplimiento de plan de acción y envío de informe al SMA.

Se procederá a hacer reparaciones si fuere el caso.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 8 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Se enviará personal a revisar el estado del muro, si existen grietas, filtraciones o desbordes, se enviará maquinaria y se abrirán las válvulas de evacuación para disminuir la altura de llenado, si fuera el caso.

En caso de observarse condiciones de riesgo, previo al colapso, se informará inmediatamente por vía telefónica del desarrollo del evento, a los siguientes posibles afectados e instituciones pertinentes de la zona:

N? teléfono Organización Emergencia Dirección Carabineros 133 Bomberos 132 Municipalidad San Arturo Prat 2490, San Javier. A 7 ? Javier (71J:2927700 Región del Maule

1 Norte N? 441, Talca. Región

Junta ONEMI (71) 2216362 | 701 Maule

2 oriente N” 356, Talca. SAG (11):2226842 Región del Maule DGA (71) 2612266 6 oriente. N” 1220, Talca.

Región del Maule.

Corporación Nacional Forestal. Región del Maule

4 Norte N” 1673, Talca. Región del Maule

130- (71) 2209510

Y al personal del predio, que viva en las cercanías. Se hará informe al respecto, se llevará registro.

Nivel 2

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En caso de ocurrir un colapso del muro del embalse se procederá a informar a carabineros, bomberos, ONEMI, Municipalidad de San Javier y SEREMI de Salud del Maule. Se hará un informe en 48 horas, el cual se enviará a la SMA y SEREMI de Salud del Maule.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Riesgo de Afección a vegetación de zona de reforestación / Fase de Construcción y Operación.

Riesgo o contingencia

Erosión en la hondonada

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Área de Influencia del Proyecto

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Con el objeto de dejar escurrir naturalmente las aguas lluvias y evitar erosiones debido a precipitaciones torrenciales se procederá a:

. Un recubrimiento rocoso en los bordes de los muros. . En caso de producirse erosiones en los taludes o

fondo se procederá a repararlos.

. Se prohibirán todas aquellas actividades que puedan provocar erosión en la zona de taludes.

. Se contemplará la mínima remoción de vegetación en sectores de cortes de laderas, a fin de evitar la aparición de procesos de erosión.

Forma de control y seguimiento

  • Se mantendrá un registro de eventos entorno a la vegetación y fauna, se informará a la SMA, CONAF y SAG.

+» Se enviará al personal a monitorear las zonas de taludes, que puedan presentar un riesgo erosivo.

  • Se registrarán, en caso de ocurrir, aquellas zonas en donde se observa erosión y su posterior revegetación.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En caso de ameritar, según las condiciones de riesgo durante la construcción o la operación, se implementarán medidas de contención de sectores tales como: mallas de contención, revegetación y/o aterrazamiento de taludes.

Nivel 2

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se mantendrán registros de los resultados de las inspecciones visuales de los taludes y en caso de que ocurra un evento y se originen daños de consideración, se informará a la SMA y DGA de las medidas de corrección adoptadas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Riesgo de Filtración en la matriz de conducción / Fase de Operación.

Riesgo o contingencia

Filtración en la matriz de conducción

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Matriz de conducción

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

. Una inspección visual semanal en temporada de riego para verificar que en el trazado de la matriz el suelo no este húmedo producto de una posible filtración.

. Corroboración mediante el manómetro, al iniciar el riego, para verificar que el sistema está funcionando en la presión de diseño establecida.

. Se ajustará el relé térmico al consumo del sistema de bombeo, en caso de que el punto de trabajo de la bomba cambie (por ejemplo, una posible filtración), el tablero de mando apagará automáticamente el sistema de bombeo.

. Se prohibirán actividades como el paso de maquinaria a través del trazado de la matriz de conducción hasta que el suelo se haya compactado naturalmente.

Forma de control y seguimiento

  • Se mantendrá un registro de eventos que puedan indicar una posible filtración.

  • Se enviará al personal a monitorear la zona de trazado de la matriz

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En caso de ameritar, se detendrá de inmediato el sistema de riego una vez comprobada la filtración. Posteriormente, se enviará al personal a realizar la reparación correspondiente en el lugar identificado, reemplazando el trozo de tubería roto o la copla o singularidad que presenta filtración.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se mantendrán registros de los resultados de las inspecciones visuales y eventos y reparaciones de filtración en dependencias del predio.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de Adenda Complementaria

  1. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N*19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del proyecto.

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  3. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  4. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  5. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

  6. Que, para que el proyecto “Embalse Marimaura” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  7. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  8. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VII Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  9. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  10. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1”. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Embalse Marimaura”, de LOS PEUMOSSA.

2”. Certificar que el proyecto “Embalse Marimaura” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3”. Certificar que el proyecto “Embalse Marimaura” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 119, 140, 146, 148, 155 y 156 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4”, Certificar que el proyecto “Embalse Marimaura” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5%. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante la directora ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del

presente acto.

Notifíquese y Archívese

ue ae? E a

lo Lou Neue Díaz Delegado Presidencial .

nte Comisión de Evaluación Región del Maule

a

Región del Maule

RCE/PCT/CCL

Distribución:

Santiago Izquierdo Larraín

Superintendencia del Medio Ambiente

SERNAGEOMIN, Región de O'Higgins

CONAF, Región del Maule

DGA, Región del Maule

Dirección de Vialidad, Región del Maule

DOH, Región del Maule

Gobierno Regional, Región del Maule

Ilustre Municipalidad de San Javier SAG, Región del Maule

SEC, Región del Maule

SEREMI de Agricultura, Región del Maule

SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Maule SEREMI de Energía, Región del Maule

SEREMI de Salud, Región del Maule

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Maule SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule SEREMI Medio Ambiente, Región del Maule

SEREMI MOP, Región del Maule

Servicio Nacional Turismo, Región del Maule

CONADI, Región del Biobío

Consejo de Monumentos Nacionales

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios

  • Encargada Participación Ciudadana
  • Oficial de Partes

[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 51]