Evaluación SEA

PFV Alto Jahuel Solar

Rol 2157695433
SEA · DIA · Aprobado · 2024-05-02 · Región Metropolitana de Santiago · Alto Jahuel Solar SpA

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago

Califica Ambientalmente el proyecto “PFV Alto Jahuel Solar”

Santiago

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), admitida a trámite con fecha 23 de noviembre de 2022, mediante Resolución Exenta N° 202213001644, de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 03 de noviembre 2023 y su Adenda Complementaria de fecha 2 de marzo de 2024, del proyecto “PFV Alto Jahuel Solar”, presentado por Alto Jahuel Solar SpA.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) N°20241310943 de la DIA del proyecto “PFV Alto Jahuel Solar”.

3°. El Acta de Evaluación Nº07/2023 de fecha 21 de noviembre de 2023, del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago.

4°. El ICE N° 20241310943 de la DIA del proyecto “PFV Alto Jahuel Solar” de fecha 05 de abril de 2024.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 15 de abril de 2024.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “PFV Alto Jahuel Solar”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley N°19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N°81 de fecha 11 de marzo de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución TRA N°119046/260/2022, de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 7, de 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

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CONSIDERANDO:

1°. Que, Alto Jahuel Solar SpA (en adelante, el “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) la DIA del proyecto “PFV Alto Jahuel Solar” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Alto Jahuel Solar SpA Rut 77.77.565.266-7 Domicilio Cerro Tronador 880, Departamento 25, Las Condes, Región Metropolitana. Teléfono 989675496 Nombre representante legal Alejandro Claudio Silva Zamora Rut representante legal 15.549.449-2 Domicilio representante legal Cerro Tronador 880, Departamento 25, Las Condes, Región Metropolitana. Correo electrónico Titular o representante legal asilva.zamora@gmail.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 05 de abril de 2024, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar la DIA del Proyecto, considerando que: • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142, 160 y el Pronunciamiento del Artículo 161, todos del D.S. Nº 40/2012 del MMA; • No presenta o genera los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 15 de abril de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “PFV Alto Jahuel Solar”, aprobando el contenido del ICE de fecha 05 de abril de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Sin embargo, se eliminó el compromiso ambiental voluntario (CAV) "Plan de seguimiento de Biota Acuática" indicado en el punto 10.1.5 del ICE, en atención a lo señalado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura mediante Oficio Nº (D.AC.) ORD. SEIA. Nº 185 de fecha 12 de abril de 2024, la cual indica que "(...) en relación al compromiso ambiental voluntario propuesto por el titular en la actual adenda en evaluación, correspondiente a realizar un “Plan de Seguimiento de Biota Acuática”, esta Subsecretaría considera que no es aplicable, debido a que el proyecto no intervendrá con sus obras, partes y/o acciones ningún cauce de agua", por lo que este no le aplica al proyecto. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, que forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación, se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Construir y operar una planta fotovoltaica de generación de energía eléctrica a partir de la energía del sol, como fuente de Energía Renovable No Convencional (ERNC) mediante la instalación de un generador solar de 6,78 MWp de potencia instalada. Con ello se pretende potenciar el aprovechamiento de recursos naturales de la zona para la producción de energía limpia, a partir de una fuente renovable e inagotable. Descripción general del Proyecto El proyecto, consiste en la construcción y habilitación de una Central Solar Fotovoltaica, de potencia nominal igual a 5,6 MW que se construirá en una fase constructiva. El parque solar considera la instalación de 11.200 paneles solares de hasta 665 Wp cada uno, de esta forma el Proyecto alcanzará una potencia instalada de hasta 6,78 MWp. Se considera además una línea de media tensión (LMT) de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 3

evacuación eléctrica que conectara al punto de conexión al SEN de 15 kV de tensión nominal y de 1.951 m de longitud.

La duración de la fase de construcción y de cierre será de 6 meses cada una, mientras que la duración de la fase de operación tendrá una duración de 30 años. El cronograma de las actividades del proyecto y sus fases, se presentan en las Tablas 16, y Tabla 40 u numeral 3.7.3.1, de la DIA. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en el literal: c) Centrales generadoras de energía mayores a 3MW. De acuerdo con lo anterior, el Proyecto debe ingresar al SEIA debido a que el proyecto corresponde a una central fotovoltaica generadora de energía, cuya potencia será de 5,6 MW. Vida útil La vida útil del proyecto es de 30 años. Monto de inversión USD $7.000.000.- Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA El hito que da inicio al Proyecto corresponde a la preparación del terreno. Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto a lo establecido en el Artículo 14° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, el Proyecto no será desarrollado por etapas. Mayores antecedentes en el punto 3.5.2 de la DIA.

[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, el Proyecto no es una modificación de algún proyecto o actividad Mayores antecedentes en el punto 2.1 de la DIA.

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No No aplica. Mayores antecedentes en el punto 2.1 de la DIA.

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se emplazará en la comuna de Buin, Provincia de Maipo, Región Metropolitana. Se ubicará en un camino de servidumbre, contiguo a la ruta G-489, sector Los Guindos de Alto Jahuel. Justificación de la localización La localización del Proyecto se justifica en que: • Se instalará en predios privados, con altos grados de intervención antrópica. • Cuenta con alta radiación solar aprovechable. • Alto número de horas totales de sol adecuadas. • Cercano a líneas de distribución eléctrica existentes. Caminos de accesos en buen estado y existentes. Superficie La superficie predial del Proyecto corresponde a 16,20 hectáreas. Detalle de superficies: Cerco perimetral: 1.656,45 m Instalación de faenas: 0,35 ha Camino interno: 1.159,7 m Paneles fotovoltaicos: (11.200): 86.336 m2 Subestación transformadora: 72 m2. Servidumbre eléctrica y de tránsito:13,444 m2 Servidumbre de tránsito:2,487 m2.

Ver tabla 13 de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 4

Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de ubicación del parque como de la LMT del Proyecto se presentan en la siguiente tabla:

Tabla 1 Coordenadas geográficas UTM WGS84 Huso 19 S. Vértice Norte (m) Este (m) V01 6.268.001 342.861 V02 6.267.956 343.067 V03 6.267.903 343.294 V04 6.267.746 343.307 V05 6.267.526 343.269 V06 6.267.730 342.795 Fuente: Tabla 1-1. Coordenadas Proyecto PFV Alto Jahuel de la Adenda.

Tabla 2 Coordenadas geográficas UTM WGS84 Huso 19 S. Línea MT Inicio Fin Este (m) Norte (m) Este (m) Norte (m) MT Aérea (Tramo N° 1) 343.434 6.268.366 343.291 6.267.892 MT Soterrada (Tramo N° 2) 342.424 6.268.592 343.434 6.268.366 MT Aérea (Tramo N° 3) 324.057 6.268.695 342.424 6.268.592 Fuente: Respuesta 1.7 de la Adenda.

Caminos o vías de acceso El ingreso al predio se realiza por medio de un camino de servidumbre, contiguo a la ruta G-489, en el sector Los Guindos de Alto Jahuel. Ver numeral 3.3.31 de la DIA. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones • Anexo 3 Planos Proyecto de la DIA. • Anexo 1.1 Plano, fotografías y cartografía de la Adenda. • Anexo 1.1 Planos y KMZ de la Adenda complementaria

4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Instalación de faenas La instalación de faenas tiene como objetivo apoyar la ejecución de las actividades de construcción del Proyecto. Se considera la utilización de instalaciones modulares para todas las dependencias que conforman la instalación de faenas, que permiten un fácil montaje, desarme y transporte. La instalación de faenas contará con distintos elementos que se detallaran a continuación.

Ver numeral 3.4.2.1 de la DIA. Vestidor y baños Se contará con la habilitación de un contenedor para ser utilizado como vestidor y baños. Estas instalaciones darán cumplimiento a los artículos del Párrafo V del D.S. N.º 594/99 del Ministerio de Salud. Estas dependencias serán cerradas, en número apropiado a la cantidad de trabajadores promedio y peak contemplados durante la Fase de Construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 5

En los frentes de trabajo, según corresponda al avance de las obras, se contará con baños químicos, que serán provistos y mantenidos por una empresa debidamente autorizada. La cantidad de servicios higiénicos (excusados, lavatorios y duchas) se cumplirá con lo estipulado en el Artículo 22 del D.S. N.º 594/1999 del MINSAL, de acuerdo con la cantidad de personas consideradas en obra. Su superficie será de 22,70 m2.

Ver numeral 3.4.2.1 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Estacionamientos En Fases de construcción y de cierre, se contempla una zona de estacionamientos de vehículos menores, dentro de la instalación de faenas y cercana a las oficinas y vestidores y bodegas. No se contempla un área de estacionamiento de camiones, entendiendo que estos ingresarán a las faenas, descargarán los materiales e insumos que lleven en la zona de maniobras y luego se retirarán del lugar de trabajo. La superficie será de 126 m2.

Por otra parte, para la fase de operación, se habilitarán estacionamientos no cubiertos de vehículos menores dentro del área de operaciones, las que ocuparán una superficie de 84 m2 y estarán cercanos al camino interior del parque.

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Oficinas Conformada por contenedores metálicos y que contarán con elementos que permitan la correcta ventilación y luminosidad, además de sillas y mesas ergonométricas para facilitar el trabajo. Albergará las actividades de oficina necesarias para el desarrollo de las actividades de construcción. Las oficinas (oficinas privadas y compartidas, sala de reuniones, baños, entre otros) se proyectan en base a módulos tipo contenedor equipadas con muebles (sillas, escritorios, mesas, entre otros), equipos de calefacción/aire acondicionado, fotocopiadora, red computacional, red telefónica, entre otros elementos. Se consideran 2 oficinas de 20,16 m2 cada una.

Ver numeral 3.4.2.1 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Bodega de materiales Durante las Fases de construcción y cierre del Proyecto, la bodega consistirá en un contenedor metálico, destinado a satisfacer los requerimientos de la construcción del proyecto. Tendrá una superficie de 60 m2.

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Zona de Acopio de materiales y equipos Se dispondrá de una zona de acopio en la instalación de faenas, para los materiales y equipos para almacenar transitoriamente las infraestructuras e instalaciones (paneles fotovoltaicos, seguidores solares, estructuras, etc.), así como las maquinarias y equipos a utilizar durante la construcción del proyecto.

Ver numeral 3.4.2.1 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Almacenamiento de residuos asimilables a domésticos Durante las fases de construcción y de cierre, se contará con un contenedor estanco, cerrado de 500 L para el almacenamiento temporal de estos residuos (más detalles ver en Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA), el cual ocupará una superficie aproximada de 12 m2, tal y como se observa en el “Plano de obras temporales PFV Alto Jahuel” del Anexo 1.1 Plano, fotografías y cartografía de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 6

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA, Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Área de acopio de residuos industriales no peligrosos Durante las fases de construcción y cierre, se contará con un área delimitada por cerco perimetral para el acopio de los residuos industriales no peligrosos (más detalles ver en Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA), la cual abarcará una superficie de 12 m2, tal y como se observa en el “Plano de obras temporales PFV Alto Jahuel” del Anexo 1.1 Plano, fotografías y cartografía de la Adenda.

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA, Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Bodega de RESPEL Durante la fase de construcción se habilitará una bodega prefabricada para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos ubicada dentro del área de instalación de faenas. La bodega tendrá una superficie de 9,52 m2 y cumplirá con las especificaciones técnicas señaladas en el Artículo 33 del D.S. Nº148/2003 del Ministerio de Salud y con las características constructivas, en cuanto a materialidad y especificaciones técnicas, ajustándose a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, y en cuanto a la resistencia al fuego de los materiales que conformen su cierre perimetral, es decir, será una bodega cerrada con resistencia al fuego a base de paneles certificados RF120, sistema de contención de derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, lavaojos, Kit anti derrame, detector de humo y extintor. Estos residuos se acumularán hasta por 6 meses o bien hasta que la capacidad de la bodega alcance aproximadamente un 80% de la capacidad Se presentan los antecedentes ambientales para la obtención del PAS 142, adjunto en el Anexo 3.1 - Actualización PAS 142 de la Adenda.

Para más detalles, ver Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. y Actualización PAS 142 en Anexo 3.1 de la Adenda. Zona de carga de combustible La carga de combustible a maquinarias y equipos se realizará en una zona definida y claramente demarcada, de 13,75 m2. Esta zona se ubicará en la instalación de faenas. La zona de abastecimiento de combustible la cual será impermeabilizada con un polietileno, cubierta con una pequeña capa, aproximadamente de 10 cm. de arena. Así mismo, se indica que se contará con un kit antiderrame, el cual incluye paños absorbentes, calcetas absorbentes, bolsas de desecho de materiales peligrosos, gafas protectoras, guantes de nitrilo y su respectivo manual de usuario,

Ver numeral 3.4.2.1 de la DIA, respuesta 1.36 de la Adenda y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen ambos de la Adenda complementaria. Grupo electrógeno El suministro de energía eléctrica para las fases de construcción y de cierre del Proyecto se obtendrá mediante la implementación de 2 grupos electrógenos de potencia 8kW cada uno.

Ver Tabla 1-9.10 de la Adenda, Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen ambos de la Adenda complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 7

Estanque agua potable Se instalará un estanque de material plástico durante las fases de construcción y cierre, con un volumen aproximado de 47,5 m³ de capacidad para agua. Tendrá todas las interconexiones de llegada, salida y rebalse. Abastecerá el agua del comedor, de las duchas y de los lavamanos, mientras que el agua para consumo de los trabajadores se distribuirá en botellas o será envasada mediante dispensadores en concordancia con la calidad establecida en el D.S N°594/1999 del MINSAL.

Ver Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Acceso y caminos interiores El ingreso a la zona de emplazamiento del Proyecto se realizará por medio de un acceso habilitado por un camino rural contiguo a la Ruta G-489. Al interior del recinto, para la fase de construcción, se habilitará un nuevo camino dentro del límite predial. El camino interior será estabilizado con bischofita, con tal de disminuir la generación de dispersión de polvo, tanto durante la construcción del proyecto, como durante la operación y cierre de este.

Ver numeral 3.4.2.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Cercado perimetral Se considera el cercado perimetral del Proyecto utilizando un cerco con postes de acero galvanizado de 2,6 m de alto, y que contará en su punta con un brazo púa en 45° para la instalación de alambres de púas en 3 niveles. Sobre estos postes se instalará una malla rígida tipo ACMAFOR o similar de 2,08 m de alto, la que será fijada con 5 clips a los postes.

Para más detalles numeral 3.4.2.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria 4.3.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. Contratación de mano de obra y contratación de servicios Durante la Fase de Construcción del Proyecto los trabajadores provendrán preferentemente de localidades cercanas. El promedio de trabajadores en obra será de 40 personas. Para el transporte del personal, se contará con buses con capacidad de transporte para hasta 30 personas, servicio que será subcontratado con un tercero. Esta actividad contempla la contratación de los servicios necesarios para ejecutar el Proyecto. Respecto a la compra de bienes e insumos, el Proyecto requiere importar una serie de piezas y materiales que habitualmente se transportan en embalajes de madera y/o cartón. Por lo anterior, y a fin de evitar riesgos asociados a la introducción de posibles plagas al país, se verificará que cada unidad de embalaje posea la marca exigida, según la Resolución N°133/05, del SAG, en a lo menos dos caras externas visibles de cada unidad de embalaje, que indique el país de origen, el número del productor asignado por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria y la identificación del tratamiento realizado

Ver numeral 3.5.1.1 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Replanteo y preparación del Terreno Previo a llevar a cabo la construcción de las obras del Proyecto, se realizará un replanteo topográfico, consistente en la operación y medición práctica que tiene por objetivo plasmar o trasladar fielmente al terreno las dimensiones y formas indicadas en los planos. Esta preparación del terreno se realizará previo a la ejecución de las actividades en obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 8

La mayor parte de este trabajo corresponde a la ejecución de las zanjas para alojar el cableado necesario para evacuar la electricidad del generador fotovoltaico, así como otras zanjas necesarias para alojar el cableado de fibra óptica que permite monitorizar y vigilar la instalación. Estos trabajos reutilizan el material de excavación para el propio relleno de la zanja. En menor medida se realizarán excavaciones para la instalación de los postes del vallado perimetral y las cimentaciones de los edificios. Se ha reservado una zona del proyecto, indicada en los planos para recibir escasos sobrantes de las excavaciones, los cuales se extenderán en una delgada capa a fin de regularizar el terreno existente.

Ver numeral 3.5.1.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Habilitación de cercado perimetral. Para el cerco perimetral, se considera un cerramiento metálico de 2,08 metros de altura libre con postes de acero galvanizado 3 metros y que contará en su parte alta con brazo púa en 45° para la instalación de alambres de púas en 3 niveles. Estos postes estarán hincados sobre fundaciones de hormigón, del orden de 50 cm de profundidad, sobre estos se instalará una malla rígida tipo ACMAFOR, con 5 clips de fijación por poste.

Ver numerales 3.5.1.3 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Habilitación de instalación de faenas Se contempla la implementación y habilitación de la Instalación de Faenas para centralizar las actividades generales de control de Proyecto, administración, planificación y manejo de materiales, además de toda la infraestructura logística para la gestión de recursos materiales y humanos. Se considera utilizar instalaciones modulares para las dependencias. Estas deben contar con la posibilidad de reutilización, para lo cual los edificios serán desarmables, transportables y fáciles de montar y desmontar. Para esta etapa se utilizará camiones grúas para el montaje de los módulos para oficinas, bodegas, etc. Estos camiones, traen y descargan los equipos. También se utilizarán equipos de tipo “horquilla” o toro, para mover materiales y otras tareas pesadas.

Ver numeral 3.5.1.4 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Llegada y descarga de máquinas Se recibirán en la zona de descarga los equipos y maquinas necesarios para estos. El traslado se realizará en función del tamaño del equipo y puede ser desde un camión ligero hasta un camión rampa. En esta fase se reciben los materiales más voluminosos de la instalación y que preceden a los trabajos de construcción, es decir los paneles solares, seguidores, inversores, etc. Estos se descargan en la zona definida para ello y se trasladan a la zona adyacente para su acopio.

Ver numeral 3.5.1.5 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Habilitación de acceso y caminos Se habilitará el acceso y construirá un camino interno que tendrán un ancho de 4 metros. Para su habilitación se realizará un escarpe superficial de 25 cm para remover el material suelto de la superficie. Este material de escarpe se depositará en la zona habilitada para ello dentro del proyecto e indicada en los planos. El paquete de firme corresponderá a una capa de zahorra artificial procedente de un distribuidor autorizado. Este paquete se extenderá Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 9

en una única capa y será compactado mediante un compactador una vez obtenida la humedad óptima tras el paso de un camión cisterna. Se realizará la implementación de supresor de polvo tipo bischofita durante la fase de construcción del proyecto una vez terminado este, adicionalmente una vez al mes durante la construcción o antes en caso de que sea necesario, producto del tránsito de vehículos ligeros durante la construcción del parque. Para el portón de acceso se instalará una puerta de malla cerca Pro de 5,00 metros de anchura, además de otra puerta de la misma materialidad, con cerradura tipo puerta de jardín para entrada exclusiva de personas.

Ver numeral 3.5.1.6 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Reparto de hincas en terreno e hincado de estructuras de seguidores Previo al hincado de los perfiles metálicos, se procederá a su reparto por el terreno. Ya que los perfiles son ligeros y cortos se pueden manipular de forma manual, así que serán transportados desde la zona de acopio por un manipulador telescópico y se irán descargando manualmente en el sitio designado para su hinca. Una vez repartidos los perfiles, se hincarán mediante una máquina hincadora neumática los perfiles, la cual los introduce por percusión directamente al suelo hasta una profundidad media de 2 m. Terminada la hinca de los perfiles, se procederá al reparto de las estructuras de los seguidores. Esta actividad se realiza de la misma manera que el reparto de hincas, mediante un manipulador telescópico y operarios que apoyan la descarga manualmente. Una vez que se terminen de repartir las estructuras de los seguidores, se procederá a su instalación, esta actividad se realiza de forma mayoritariamente manual encajando un tubo sobre el siguiente. Posteriormente, se fijan los ejes a los perfiles metálicos usando una pistola neumática que consigue el par de apriete necesario para la tornillería.

Ver numeral 3.5.1.7 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Reparto de módulos en terreno y montaje de módulos fotovoltaicos y seguidores Previo a la colocación de los paneles sobre las estructuras, se repartirán las cajas de cartón que contienen los módulos fotovoltaicos da la misma forma que se repartieron las hincas y los seguidores, así se facilita al personal la colocación de los paneles minimizando su desplazamiento dentro de la obra. Una vez repartidos los módulos se procede a su montaje, la cual se realiza manualmente por dos operarios que los fijan a la estructura del seguidor. A la vez que se montan los paneles puede comenzar simultáneamente al cableado de baja tensión que los une. Los inversores serán distribuidos uniformemente en el área del parque solar, cuya finalidad es recibir y convertir la corriente eléctrica continúa producida por los Paneles Solares en corriente eléctrica alterna, la que a su vez será transmitida por el cableado de media tensión hacia el transformador. La distribución de estos se puede consultar en los planos. Estos inversores se colocan sobre un perfil metálico como el que soporta las hincas. La instalación se realiza de forma manual por personal especializado con herramientas simples. Su puesta en marcha se realiza en la fase de pruebas.

Ver numeral 3.5.1.8 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Instalación de cableado El sistema de cableado en el Parque Solar será soterrado, diferenciándose el cableado de baja tensión y media tensión, de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 10

acuerdo con lo que se indicó previamente y se resumen a continuación. a) Cableado de Baja Tensión Corresponde al cableado que conecta las líneas de Paneles con los Inversores dispuestos en el Parque Solar. La mayor parte de este discurre bajo los propios paneles y al llegar al final del seguidor desciende hasta una zanja de aproximadamente 1 m de profundidad por 0,6 m de ancho. La tensión de los cables será de hasta 400 V en CC. b) Cableado de Media Tensión Corresponde al cableado que conectará los Inversores con el Transformador. Se dispondrán en zanjas de media tensión de aproximadamente 1,5 m de profundidad por 0,8 m de ancho. La tensión de operación de los cables será de 23 kV en CA. En las zanjas se dispondrá una cama de arena cribada con material de la propia excavación de 10 cm de espesor sobre la que se colocará los cables dentro de un tubo. Por encima del tubo irá otra capa de arena de la propia excavación de 10 cm de espesor. Finalmente, por encima de la arena se colocará el material proveniente de la excavación y una cinta de señalización que advierta la existencia del cableado. En el caso de cruce de caminos se dispondrá una protección de concreto bajo el camino.

Ver numeral 3.5.1.9 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Instalación de transformadores El transformador se encargará de elevar la tensión desde los 400 V hasta los 23.000 V de forma que se puede realizar la inyección a la red de la compañía distribuidora. El transformador llega al sitio en un camión adecuado y el mismo día se realiza su descarga directamente sobre la cimentación donde se apoyará. La instalación se realiza mediante una grúa 4x4 de mediano tonelaje, ya que el equipo no es muy pesado, únicamente 15 Ton.

Ver numeral 3.5.1.10 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Habilitación de la línea de Media Tensión de evacuación Una vez elevada la tensión por los transformadores, ésta será enviada a través de una línea de media tensión de, la cual partirá inicialmente en forma soterrada desde el transformador y pasará a tramo de postación aérea una vez superada la zona de los paneles y así evitar sombras sobre los mismo, para poder realizar la conexión en el punto solicitado a la distribuidora. En primer lugar, se instalan los postes de concreto los cuales se colocan parcialmente en una pequeña excavación que se rellena con el material de esta una vez levantado el poste, tras lo cual se realiza el tendido del cableado de media tensión sobre las crucetas de los postes.

Ver numeral 3.5.1.11 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Instalación de sala de control y monitoreo La sala de control se trata de una edificación prefabricada a base de contendor marítimo reciclado que albergará los equipos de monitorización y vigilancia de la planta solar. Se realiza su descarga mediante un camión grúa sobre la cimentación preparada para ella y posteriormente se realiza la instalación eléctrica interior y de equipos de monitorización.

Ver numeral 3.5.112 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Pruebas de conexión y puesta en servicio Una vez finalizadas todas las obras y acciones, se realizarán pruebas de funcionamiento de las instalaciones y equipos del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 11

proyecto para verificar el cumplimento de la normativa vigente y los parámetros definidos en la solicitud de conexión a la distribuidora. Se procederá por parte de los suministradores e instalaciones a las recepciones parciales de cada equipo según superen las pruebas de funcionamiento, momento en el que comienza el periodo de garantía.

Ver numeral 3.5.1.13 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Desarme y retiro de instalaciones temporales Una vez finalizada la construcción del Parque Solar se procederá al desarme y retiro de las instalaciones temporales del Proyecto de forma secuencial de acuerdo con el avance constructivo.

Ver numeral 3.5.1.14 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. 4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Agua potable e industrial Se requerirá de agua potable para el consumo de los trabajadores que será abastecida en una cantidad de 150 litros por persona al día, según lo establece el D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud. Para ello se dispondrá de agua embotellada en bidones de 20 L con dispensador manual en las instalaciones de faenas y los baños químicos contarán con su propia fuente de abastecimiento agua, cuya dotación será asegurada por la empresa encargada de sus mantenciones y autorizada por la autoridad sanitaria.

Por otro lado, se considera la utilización de agua industrial para la fase de construcción del proyecto para la aplicación de bischofita, su implementación se llevará a cabo con un camión aljibe durante la jornada de compactación del camión interior.

Ver numeral 3.5.3 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Servicios higiénicos La Instalación de Faenas contará con instalaciones sanitarias portátiles consistentes en excusados con tapa WC, lavamanos y duchas, que serán suministrados y mantenidos por una empresa especialista, debidamente autorizada por las autoridades respectivas. La cantidad de servicios higiénicos se encontrará conforme a lo estipulado en el Artículo 22 D.S. Nº 594/1999 del MINSAL, de acuerdo con la cantidad de personas consideradas en obra. Además, se dispondrá de baños químicos con lavamanos, cuya distribución será estratégica, posicionándose a medida que avancen los diferentes frentes donde se estén realizando los trabajos, de manera que se encuentren lo más cerca posible de los trabajadores, sin exceder en ningún caso la distancia de 75 metros de acuerdo con la legislación vigente.

Ver numeral 3.5.3 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Energía Durante la fase de construcción el suministro de energía eléctrica se obtendrá mediante la implementación de 2 grupos electrógenos de 8 kW de potencia.

Ver numeral 3.5.3 de la DIA, respuesta 1.13 de la Adenda y Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) de la Adenda complementaria Transporte Durante esta Fase, se contempla el trasporte de maquinaria e insumos, residuos y de personal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 12

Se indica que para el transporte de personal se considerarán 2 buses de acercamiento, para 40 personas, servicio que será subcontratado con un tercero.

El número de viajes asociados a las actividades de esta fase, se encuentran en el Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1).

Ver numeral 3.5.3 de la DIA, Tabla 1-6 y Tabla 1-67 de la Adenda y Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1). Equipos, maquinaria y vehículos Según indica el Titular en el numeral 3.5.3 de la DIA y en los Anexo 2.2 Actualización Emisiones Acústicas y el Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1), ambos de la Adenda complementaria, la maquinaria a utilizar en esta fase será retroexcavadora, vibrador manual, cargador frontal, perforadora/hincadora, rodillo compactador, motoniveladora, camión pluma, camión mixer, camión aljibe camión tolva y grupo electrógeno, manipulador telescópico y generador eléctrico.

Ver en numeral 3.5.3 de la DIA y en los Anexo 2.2 Actualización Emisiones Acústicas y el Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1), ambos de la Adenda complementaria Combustible Se estima un requerimiento durante el mes de instalación de las estructuras de 1.890 L mensuales de combustible, los que serán suministrados directamente a las maquinarias que no puedan por sus características desplazarse hasta una estación de servicio, tales como las hincadoras, grúa telescópica y grupos electrógenos, desde un camión de suministro debidamente autorizado para este efecto. La carga de combustible a maquinarias y equipos se realizará en una zona definida y claramente demarcada.

Ver numeral 3.5.3 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. 4.3.3. RECURSOS NATURALES RENOVABLES No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de construcción del Proyecto. Si bien se considera un movimiento de tierra de 1.448,10 m3, cabe destacar que este volumen de tierra será redistribuido dentro del predio y no será removido de los límites de éste, ya que será empleado principalmente para excavación y posterior relleno de zanjas de cableado, resultando que el 69,09% de las excavaciones se reutilizan en las propias obras y el resto se utilizan para regularizar una zona definida en planos. Ver numeral 3.5.4 de la DIA. 4.3.4. EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.4.1 EMISIONES Nombre Descripción Emisiones Atmosféricas Las actividades asociadas a la Fase de Construcción del Proyecto que son generadoras de emisiones atmosféricas corresponden a operación de maquinaria fuera de ruta, operación grupos electrógenos, Combustión de vehículos, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, Excavaciones, compactación, nivelación, escare, carga y descarga de material y erosión eólica de acopios.

El titular presenta un resumen de emisiones atmosféricas durante esta Fase en la Tabla 48, mientras que el análisis normativo del artículo 64 del D.S Nº 31/02016 del MMA en el punto 4, ambos del Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) de la Adenda complementaria.

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De acuerdo a los resultados, el Titular señala que según lo dispuesto en el artículo 64 del D.S. Nº31/2016 del MMA, no se sobrepasarán los límites permisibles en la fase de construcción.

Sin embargo, la SEREMI de Medio Ambiente de la Región Metropolitana, indica mediante oficio N° 230 de fecha 02/04/2024 lo siguiente: “Respecto del cumplimiento del D.S. Nº 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago” (PPDA), se indica:

1.- En el Anexo 2.1 “Actualización de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda Complementaria, se evidencian errores y omisiones traduciéndose en una subestimación de las emisiones generadas por el proyecto, en particular:

1.1.- Aplicación de factor de abatimiento para caminos no pavimentados externos (fuera del polígono del proyecto), subestimando las emisiones de esta actividad. 1.2.- Las rutas presentadas muestran el paso de la flota vehicular por caminos no existentes, correspondiente a un tramo de 1,17 [km] (2,34 [km] ida y vuelta) entre Camino Los Tilos y Ruta 5. Considerando un peor escenario de estimación de emisiones, en línea con lo establecido en el artículo 19 del reglamento del SEIA, si dicho tramo corresponde a caminos no pavimentados, implicaría en una subestimación de emisiones de 3,4688 [t/año] de MP10 para el año 1.” Por lo que se condiciona el Proyecto a presentar un Programa de compensación de emisiones de MP10eq para el año 1 ante la SEREMI de Medio Ambiente de la Región Metropolitana.

Sin perjuicio de lo anterior, se contempla la implementación de medidas de control de emisiones, que se detallan en la Tabla 8.1.1 y Tabla 8.1.2 del presente ICE.

Mayores antecedentes en el Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) de la Adenda complementaria. 4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domésticos Los residuos líquidos generados en la fase de construcción serán únicamente los provenientes de los lavamanos, los que serán trasladados al estanque de agua sucia (aguas grises). El Titular llevará un estricto control de los retiros de estas aguas, manteniendo disponible para control de la Autoridad el manejo de éstos. Se estima una generación de 4,5 m3 por día considerando el peak de 40 trabajadores. El retiro y traslado de estas aguas será efectuado de acuerdo con la necesidad que se genere de acuerdo con la capacidad del estanque de agua sucia, siendo ésta entre una y dos veces por semana. El retiro será realizado por un camión limpia fosa o similar de una empresa autorizada para estos fines. Es importante señalar que en el estanque de agua sucia no se almacenarán aguas negras.

Los baños químicos serán mantenidos por el proveedor de acuerdo con la periodicidad que éste indique, el que deberá respectivas autorizaciones sanitarias. El número de baños químicos será proporcional al número de trabajadores de acuerdo con las exigencias del D.S. 594/99 del MINSAL. Para más detalles, ver numeral 3.5.5 de la DIA, Tabla -13 de la Adenda y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 14

4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Nombre Descripción Ruido Para la evaluación de la emisión de ruido asociado a la ejecución del proyecto en evaluación, se aplica la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el Decreto Supremo Nº 38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante D.S. Nº 38/11 MMA).

El titular identifica 9 receptores cuyas características se presentan en la tabla a continuación:

Tabla 2. Identificación de receptores. Punto Descripción Zonificación según D.S Nª 38/2011 MMA. R1 Conjunto de casas Rural R2 R2A R3 R4A R4B R4C R4D R4E

Las principales emisiones de ruido durante la fase de construcción corresponden al uso de maquinaria. De acuerdo con las actividades que se desarrollarán en la construcción del Proyecto, estas se han dividido en tres grupos: Movimiento de Tierras, Nivelación/Compactación, Montaje PFV y Montaje LT.

El Titular presenta los resultados de los niveles de ruidos estimados para la construcción del Proyecto en el numeral 7 del Anexo 2.2 Actualización Emisiones Acústicas de la Adenda complementaria. Según a los resultados obtenidos y presentado en Tabla 7-18 del mencionado Anexo, el proyecto cumple con los límites establecido por el D.S. Nº38/11 del MMA, implementando medidas de control propuestas en la Tabla 8.1.11 del presente ICE.

Cabe mencionar que, para esta Fase, las obras deben ejecutarse en forma secuencial, no simultáneas.

Mayores antecedentes en Anexo 2.2 Actualización Emisiones Acústicas de la Adenda complementaria.

Al respecto, la SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°776 de fecha 01/04/2024, se pronuncia conforme. Vibraciones Para efectos de evaluación del nivel de vibraciones se utilizan los criterios establecidos en el documento “Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual” de la Administración Federal de Transportes (FTA) de Estados Unidos. El Titular señala que las fuentes de generación de vibraciones corresponderán a la maquinaria que presenta en la Tabla 6-4 del Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo 2.2 de la Adenda complementaria: camión grúa, retroexcavadora, camión tolva, motoniveladora, toro/manitou, hincadora y camión mixer.

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El titular identifica y evalúa 4 grupos de receptores, que son presentados y caracterizados en la Tabla 7-20 del Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo 2.2 de la Adenda complementaria.

La evaluación de cumplimiento de norma FTA se presenta en la Tabla 7-23, del Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo 2.2 de la Adenda complementaria. Al respecto, se indica que la norma FTA es sobrepasada en 6 de los 9 receptores, por lo que el titular indica que considerando que la norma FTA se comienza a cumplir a partir de una distancia de 20 m respecto de las obras, para efectos de cumplir con la normativa, los trabajos de montaje de la LT, ya sea aéreo o soterrado, en todos los postes u obras que se encuentren a una distancia menor a 20 m deberán ejecutarse en forma manual.

Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo 2.2 de la Adenda complementaria.

Al respecto, la SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°776 de fecha 01/04/2024, se pronuncia conforme. 4.3.5. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólidos domiciliarios Estos residuos corresponderán básicamente a restos de comida, envases, papeles y cartones, entre otros, generados en los lugares de oficinas, baños, etc. Para el cálculo de la generación de estos residuos se considera el máximo de trabajadores (30) y un factor de generación de 1,64 (kg/trabajador/día), lo cual entrega un máximo de residuos sólidos domiciliarios (RSD) a generar de 49,2 kilos diarios durante la fase de construcción. Estos serán dispuestos en contenedores claramente identificados (basureros) y en una zona dispuesta para ello, para posteriormente ser transportados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado.

Ver numeral 3.5.6 de la DIA y en PAS 140 adjunto en Anexo 2.2 de la DIA. Residuos sólidos industriales no peligrosos Durante las obras de construcción, se generarán residuos sólidos como restos de cables, cartones de embalaje, madera, envases vacíos, restos de materiales de construcción, EPP defectuosos y hormigón sobrante, así como paneles que pudiesen llegar defectuosos a las faenas, entre otros. Estos serán almacenados de forma temporal en un sector debidamente señalizado, desde donde serán retirados y dispuestos en un sitio autorizado.

Se estima la generación de 0,15 m3 de RSINP por mes como máximo.

Para la disposición de los residuos domiciliarios y asimilables, escombros y material de escarpe se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual se acredite la disposición final de los residuos en lugares con la autorización sanitaria al día.

Para más detalles, ver numeral 3.5.6 de la DIA, Tabla 1-19. 20 21 de la Adenda y en PAS 140 en Anexo 2.2 de la DIA. 4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 16

Residuos Peligrosos Se generarán residuos industriales peligrosos tales como equipos de protección personal contaminados con aceites; guaipes y paños con aceites; grasa usada; envases de lubricantes; arena contaminada con lubricante en caso de derrame; tarros de pintura; entre otros. Estos residuos serán almacenados en tambores metálicos con tapa y rotulados según lo establece la NCh 2190 Of. 03, dentro de la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, manejándose éstos de acuerdo con lo que indica el D.S. N°148/03 del Ministerio de Salud. El retiro de los residuos peligrosos a un sitio de disposición final lo realizará una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria, al menos cada seis meses. Se estima que mensualmente se generarán 120 Kg durante esta Fase. En la Tabla 1-22 de la Adenda se presenta el detalle del tipo de residuo a generar.

Para la disposición de los residuos Peligrosos se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual se acredite la disposición final de los residuos en lugares con la autorización sanitaria al día.

Para más detalles, ver numeral 3.5.6 de la DIA y en PAS 142 en Anexo 2.3 de la DIA. 4.3.5.3 SUSTANCIAS PELIGROSAS Nombre Descripción Sustancias peligrosas El proyecto considera para el desarrollo de la fase de construcción el uso de sustancias peligrosas. Estas sustancias corresponden a tóner de impresora, pilas y baterías, diluyente, pintura liquida, adhesivos varios, desmoldante, espuma poliuretano, aceites lubricantes, grasa y combustibles

En la Tabla 1-65 de la Adenda, el Titular presenta la caracterización de sustancias peligrosas para la fase de construcción.

Estas serán transportadas por proveedor autorizado y se almacenarán en una bodega destinada para aquello.

Ver punto 1.35 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores antecedentes sobre la fase de construcción en la sección 4.6 del ICE. 4.4. FASE DE OPERACIÓN 4.4.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.4.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Estacionamientos Para la fase de operación, se habilitarán estacionamientos no cubiertos de vehículos menores dentro del área de operaciones, las que ocuparán una superficie de 84 m2 y estarán cercanos al camino interior del parque.

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Bodega de materiales En la Fase de operación se dispondrá de dos bodegas de 30 m2 cada una, para el almacenamiento de insumos, herramientas y materiales necesarios para las tareas de mantención. La bodega se trata de un contenedor marítimo reciclado y acondicionado para su uso como bodega.

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria Almacenamiento de residuos asimilables a domésticos Para la Fase de operación se destinará un área de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos con una superficie de 15 m2. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 17

Esta instalación tiene por finalidad acopiar temporalmente los residuos asimilables a domésticos asociados a la operación del Proyecto, por medio de contenedores de 500 L.

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA, Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Área de acopio de residuos industriales no peligrosos Durante la Fase de operación, se destinará un área de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos la que tendrá una superficie de 15 m2. Esta instalación tiene por finalidad acopiar temporalmente los residuos industriales no peligrosos asociados a la operación del Proyecto, por medio de contenedores de 200 L.

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA, Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria Bodega de RESPEL Durante la fase de construcción se habilitará una bodega prefabricada para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos ubicada dentro del área de instalación de faenas. La bodega tendrá una superficie de 9,52 m2 y cumplirá con las especificaciones técnicas señaladas en el Artículo 33 del D.S. Nº148/2003 del Ministerio de Salud y con las características constructivas, en cuanto a materialidad y especificaciones técnicas, ajustándose a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, y en cuanto a la resistencia al fuego de los materiales que conformen su cierre perimetral, es decir, será una bodega cerrada con resistencia al fuego a base de paneles certificados RF120, sistema de contención de derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, lavaojos, Kit anti derrame, detector de humo y extintor. Estos residuos se acumularán hasta por 6 meses o bien hasta que la capacidad de la bodega alcance aproximadamente un 80% de la capacidad. Durante las fases de operación y de cierre, se utilizarán las mismas instalaciones y medidas de manejo de RESPEL utilizada para la fase de construcción.

Se presentan los antecedentes ambientales para la obtención del PAS 142, adjunto en el Anexo 3.1 - Actualización PAS 142 de la Adenda.

Para más detalles, ver Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. y Actualización PAS 142 en Anexo 3.1 de la Adenda. Cercado perimetral Se considera el cercado perimetral del Proyecto utilizando un cerco con postes de acero galvanizado de 2,6 m de alto, y que contará en su punta con un brazo púa en 45° para la instalación de alambres de púas en 3 niveles. Sobre estos postes se instalará una malla rígida tipo ACMAFOR o similar de 2,08 m de alto, la que será fijada con 5 clips a los postes.

Para más detalles numeral 3.4.2.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Estructuras de seguidores solares La estructura seguidora sirve de apoyo a los módulos fotovoltaicos, ésta se compone de un conjunto de perfiles metálicos de acero galvanizado hincados a una profundidad media de 2 m. sobre los que se apoya un eje de sección circular orientado Norte-Sur soportando a los paneles solares y que gira durante el día de Este a oeste. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 18

El Sistema de Seguimiento del Proyecto está conformado por 113 líneas de seguidores, y tiene como objetivo mantenerlos siempre inclinados hacia la dirección del sol para capturar en cada instante del día el máximo potencial de la energía solar. Cada seguidor puede albergar 3 strings, por lo que la cantidad total de strings a emplear será de 339. El material utilizado es el acero galvanizado en caliente, el cual es inerte en el terreno una vez realizada la hinca.

Ver numeral 3.4.2.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Paneles Solares El proyecto contempla la instalación de 11.200 paneles. Las Celdas Fotovoltaicas son los elementos base del proceso de transformación de la radiación solar en energía eléctrica. Están fabricados con materiales policristalinos semiconductores que absorben los fotones (partículas de la radicación solar), los que producen cargas parejas de cargas negativas y cargas positivas, produciendo corriente eléctrica. Las Celdas Fotovoltaicas se agrupan una al lado de la otra, conectadas en serie mediante cableado eléctricos a los polos positivos y negativos de cada celda, conformándose así una cadena o string Fotovoltaico, y posteriormente estos grupos en paralelo en cada inversor de línea.

Ver numeral 3.4.2.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria Inversores En el Parque Solar se dispondrán de 18 inversores tipo String, los que recibirán la corriente eléctrica proveniente de las líneas de paneles solares y la enviarán a los transformadores del parque. Los inversores String corresponden a dispositivos eléctricos que convierten la corriente continua en corriente alterna a una determinada frecuencia mediante uno o varios puentes IGBT, produciendo pulsos secuenciales en corriente continua, los que dan lugar a una onda de tipo sinusoidal, siendo esta última la corriente alterna. El inversor funciona mediante seguimiento del punto de máxima potencia en cada momento, de forma que optimiza los valores de entrada de intensidad y tensión en corriente continua. Contiene un sistema de monitorización que permite ver las diferentes variables del equipo y un sistema de comunicación para monitorización a distancia, además posee la electrónica necesaria para sincronizar sus variables de voltaje con los correspondientes a la red. Además, estos disponen de las protecciones internas contra sobretensiones y sobre corrientes. El inversor está diseñado para trabajar en exterior y dispone de: • Protección contra sobretensión, sobre-corriente y choques eléctricos en corriente continua y alterna • Monitorización de fallas a tierra • Protección anti-isla • Protección de sobre-calentamiento

El equipo se monta sobre una hinca de acero galvanizado al igual que los seguidores solares.

Ver numeral 3.4.2.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Transformadores El transformador se encarga de elevar la tensión de la corriente eléctrica que le envían los inversores para poder ser evacuada a la red propiedad de la compañía distribuidora. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 19

Se ha previsto el uso de 1 transformador de potencia máxima a 30 ℃ de 5.500 kVA, que irá instalado sobre una cimentación de concreto. El transformador utiliza un sistema de refrigeración del tipo ONAN “Oil Natural Air Natural” el aceite usado es un aceite mineral derivado del petróleo. Para el caso del transformador se controlan mensualmente los siguientes parámetros para detectar cualquier potencial problema en la unidad. • Revisión del indicador de nivel. • Revisión del indicador de temperatura. • Temperatura del devanado. • Inspección visual de la válvula de sobrepresión. • Recogida anual de muestras y testeo.

El transformador lleva una cubeta de recogida de aceites para casos de fuga o accidente. En las Ilustración 7 e Ilustración 8 de la DIA se presentan la instalación del transformador y la cubeta de recogida de aceite.

Ver numeral 3.4.2.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Sala de control La Sala de Control es el lugar de control y monitorización de la instalación. Su objetivo es agrupar y facilitar las tareas operativas, de control y seguridad de todo el Parque. Esta consistirá en un contenedor metálico proveniente del reciclado de contenedores marítimos, que se ubica sobre una fundación de hormigón. El sistema de monitorización de la instalación recopila datos de la radiación sobre el parque, de las estaciones meteorológicas y de la energía evacuada en el punto de interconexión. La superficie será de 15 m2.

Ver numeral 3.4.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de a Adenda complementaria. Sistema de cableado de baja tensión, media tensión y fibra óptica El sistema de cableado eléctrico de corriente continua de baja tensión discurre bajo los paneles fotovoltaicos hasta los inversores, utilizando sus propios cables (cadena o string de módulos). Una vez llegan al final del seguidor, bajan a tierra y por una zanja discurren hasta el inversor, donde se transforma a corriente alterna. Desde cada inversor hasta el centro de transformación respectivo, la conexión se hará a través de canalizaciones subterráneas de aproximadamente 60 cm de ancho y 120 cm de profundidad. Y en las zonas donde se crucen bajo camino se protegerán puntualmente mediante concreto en masa. Una vez terminada la colocación de los cables, se cubrirán las zanjas con el mismo material extraído de la excavación. Desde el transformador se construirá una línea de evacuación en media tensión de 23kV, parte de ella alojada en una zanja y parte mediante una línea aérea hasta el punto de conexión de la distribuidora, punto donde evacuará la energía a la red de distribución. Los diferentes tramos se pueden consultar en los planos. En cuanto al cableado de fibra óptica, éste conectará los sistemas de monitorización, comunicaciones y vigilancia con la caseta de control utilizando las mismas zanjas del cableado eléctrico y una zanja de pequeña sección que discurrirá paralelamente al vallado perimetral para recoger la información de las cámaras de vigilancia.

Ver numeral 3.4.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de a Adenda complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 20

Instalaciones Sanitarias y Fosa Séptica En la fase de operación se proyecta la construcción de un baño para los operarios que realicen las actividades de mantenimiento, los cuales serán abastecidos por medio de un tanque de agua en altura y estará conectados a un sistema de tratamientos de aguas servidas consistente en fosa séptica con drenes de infiltración, y acorde al número de trabajadores y la ocupación de servicios sanitarios para esta fase. Para el dimensionamiento del sistema de recolección, tratamiento y eliminación de aguas residuales generadas por los servicios higiénicos durante la fase de operación se consideran como máximo 10 personas máximo trabajando el mismo día. Las aguas servidas serán recolectadas desde los servicios higiénicos y conducida a través de una red de tuberías de PVC sanitario. Se utilizará un tratamiento simple, ajustado a las condiciones rurales imperantes, basado en fosa séptica y en la disposición de las aguas tratadas en el subsuelo mediante un dren de infiltración compuesto por una tubería perforada de 16,7 m de longitud. Este método permite realizar un primer tratamiento de las aguas servidas mediante dos procesos: • Separación física: Las partículas pesadas se depositan en el fondo de la fosa séptica para formar barros, mientras que aquellas más ligeras y las grasas, permanecen en suspensión o flotando. • Fermentación anaerobia: Por la acción de bacterias que prosperan en un medio privado de oxígeno, la fosa descompone una parte de la materia orgánica biodegradable de los lodos y los flotantes. Esta descomposición conlleva producción de gas metano y dióxido de carbono que se acumula en la parte superior de la fosa creando una sobrepresión que se aprovecha para agitar la masa líquida residual y favorecer la licuefacción. Con esto se logra reducir la DBO5 (Demanda Biológica de Oxígeno a los 5 días) en el 35% y los SST (Sólidos en suspensión totales) en un 65%. A continuación, se describen las principales partes del sistema:

Fosa séptica: se considera una fosa séptica de geometría cilíndrica horizontal de polietileno, la cual cumplirá con las exigencias de la SEREMI de Salud, garantizando un proceso eficiente y seguro. La fosa contará con manto ondulado reforzado para mayor resistencia, entrada y salida de 110 mm no colineal para aumentar el tiempo de residencia, tapa de 600 mm para un mejor acceso y cámara de aireación de 25 cm aproximadamente. La fosa se colocará sobre una losa de hormigón, la cual a su vez contendrá en la base una capa de 10 cm de arena. Una vez colocada sobre la base, la fosa se llenará unos 15 cm con agua todos los compartimentos de forma simultánea. Posteriormente se llenará el exterior de la fosa con 15 cm de arena y se compactará hidráulicamente mediante riego. Los últimos dos pasos se repetirán de forma sistemática para equilibrar las presiones internas y externas. Luego, se procederá con la conexión de la entrada de la fosa con la cámara previa y con la desinfección a través de tubería sanitaria de 110 mm. Finalmente, se terminará el relleno con una capa de tierra para uniformar la superficie de la excavación con la del terreno natural, tomando precaución de mantener visible las escotillas de 60 cm y, en caso de ser necesario, se utilizarán elevadores de registro. Cabe señalar, que la fosa séptica se ubicará distante a cualquier curso de agua superficial, es decir, a más de 20 metros de cualquier curso o cuerpo de agua. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 21

Cámara decantadora: Una vez que el efluente clarificado sale de la fosa séptica es enviado a una cámara decantadora, la cual brindará un mayor tiempo de retención para la decantación de partículas en el efluente, previo a su infiltración. Sistema de infiltración: Una vez que el efluente clarificado sale de la fosa séptica, es enviado al sistema de absorción compuesto por un dren de infiltración. En esta área de drenaje se forma una capa biológica que contribuye a la distribución uniforme de los residuos en toda el área inmediatamente expuesta a la tubería. El sistema está constituido por una red de tuberías perforadas ubicadas a baja profundidad sobre un lecho de grava; sobre la tubería también se deposita una capa de grava y un geotextil que mantiene la grava libre del material final de relleno de la zanja. La grava que rodea la tubería perforada por donde sale el efluente genera las condiciones mencionadas anteriormente, generando una capa biológica que favorece el proceso de depuración (tratamiento secundario). La profundidad del dren de infiltración desde la parte inferior de la tubería de drenaje debe ser de 50 cm. Se colocará grava o bolones en la parte inferior, posteriormente se colocará la tubería de drenaje y se llenará por los costados y parte superior con gravilla hasta una altura de al menos 10 cm. Se colocará la malla geotextil en la parte superior y posteriormente se procederá a rellenar el volumen restante de la zanja.

Ver numeral 3.4.2 de la DIA, Anexo 1.3 Actualización PAS 138 de la Adenda y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de a Adenda complementaria. 4.4.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. Contratación del operador de la instalación y seguridad. Durante la operación del Proyecto no se necesitará de personal de forma permanente en la instalación debido al carácter autónomo de la misma. Para las labores de seguimiento y operación se contratará una empresa de operación y mantenimiento especialista en el manejo de plantas fotovoltaicas, la cual se encargará de revisar el funcionamiento de la planta de forma continua y remota, junto a la contratación de una empresa de seguridad que garantice la inviolabilidad de las instalaciones. Para los trabajos de mantención, se estima una generación media mensual de 4 puestos de trabajo, con una punta de 10 operarios durante las operaciones de limpieza de los paneles. El personal realiza una visita mensual para verificar el estado de la instalación, y semestralmente se realiza una limpieza de los paneles de manera de garantizar su óptima productividad energética. Se estima que la limpieza de los equipos ocupe 10 días.

Ver numeral .6.1.1 de la DIA. Generación de energía y transmisión de electricidad. La operación del Proyecto consiste en la generación de aproximadamente 8700 MWh anuales. El Parque utiliza el efecto fotovoltaico de la incidencia de fotones sobre las celdas, fenómeno físico que transforma la radiación solar en energía eléctrica. Su funcionamiento puede resumirse en los siguientes pasos: • La energía de radiación proveniente del sol incide sobre las celdas fotovoltaicas. • La energía de la radiación solar es absorbida por los electrones de las capas más externas de los átomos que forman la celda fotovoltaica, creando una corriente eléctrica continua. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 22

• La tensión eléctrica que puede producir una celda individual es de poca utilidad, razón por la cual se conectan en serie un número determinado de células, formando un panel fotovoltaico. • La corriente continua generada se transforma en alterna mediante un elemento llamado inversor. • Se conectan varios de estas cadenas en paralelo a cada inversor. • El inversor convierte la corriente continua en alterna. • Y finalmente, mediante un transformador se eleva el voltaje hasta que coincide con la de la red de evacuación para ser inyectada. La transmisión de la energía del Parque será a través de una línea de evacuación de media tensión de 13 kV, para llegar al alimentador Los Guindos de 13 kV propiedad de la compañía CGE. Los inversores serán distribuidos uniformemente en el área del parque solar, cuya finalidad es la de transformar la corriente continua producida por los paneles solares en corriente alterna y conducirla hasta los transformadores. En los transformadores se producirá una elevación de tensión de 400 V a 23 kV para poder ser evacuada mediante una línea de media tensión de 1800 metros de longitud, que irá en forma aérea hasta el punto de conexión.

Ver numeral 3.6.1.2 de la DIA. Control remoto de las instalaciones. El parque solar operará de forma automatizada y se monitorizará de forma remota. No se considera ningún operario físicamente ubicado el proyecto, y se contará con un sistema de videovigilancia 24 horas al día, por lo que no habrá personal de vigilancia nocturno. Los equipos estarán disponibles las 24 horas diarias, sin embargo, su funcionamiento se activa con los rayos solares, por eso se tienen horarios diferidos según las estaciones del año y pueden variar entre 9 y 14 horas al día.

Ver numeral 3.6.1.3 de la DIA. Mantenimiento del parque Se refiere a las siguientes actividades: • Mantenimiento preventivo: a) Mantenimiento de Módulos Fotovoltaicos Esta actividad adquiere importancia para el adecuado funcionamiento del Parque y optimización de su capacidad de generación. La periodicidad de la limpieza de paneles depende de la acumulación de polvo en ellos. Por ello y considerando las características del área del Proyecto, se ha estimado la realización de aproximadamente 2 limpiezas de los módulos fotovoltaicos al año. Las operaciones de limpieza se realizarán con agua y elementos mecánicos auxiliares, de tal forma de minimizar el consumo de agua. Dado que se aplica tan solo 0,5 litros de agua de forma homogénea en la superficie de 2 m2 de cada Panel, el que se encontrará a temperatura alta (por la exposición directa al sol), gran parte del agua utilizada para el lavado se evaporará. Una pequeña fracción del agua podrá gotear sobre el terreno, donde se absorberá en la primera capa de suelo para luego evaporarse.

b) Mantenimiento de Inversores De manera anual concurrirán técnicos a las inmediaciones del proyecto con el fin de inspeccionar el estado de los inversores, verificando su buen estado, sobre todo su ventilación. Estos equipos también se pueden monitorizar de forma remota y analizar su funcionamiento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 23

c) Mantenimiento de Instalaciones en General Además del monitoreo remoto, se realizarán inspecciones visuales periódicamente según el programa adjunto para verificar el correcto estado de las instalaciones en general del Parque. En caso de detectarse fallas éstas serán reparadas, procurando en todo momento obtener el máximo rendimiento del Parque.

El Titular presenta cronograma de las actividades del mantenimiento preventivo en la Tabla 38 de la DIA,

• Mantenimiento Correctivo El mantenimiento correctivo se refiere a las reparaciones que se realizarán al sistema en el caso de producirse fallas o detectarse anomalías durante las inspecciones periódicas, tanto físicas como remotas, que puedan producir malfuncionamiento en el corto o mediano plazo.

• Reparación ante fallas Dado que se aplicarán programas de inspección y de mantenimiento preventivo, la probabilidad de falla en este tipo de sistemas es muy baja. No obstante, en caso de que ocurriesen fallas se encargará su reparación a personal especializado para la ejecución de reparaciones.

Ver numeral 3.6.1.4 de la DIA. 4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción. Agua potable y Agua de uso industrial Durante la fase de operación del proyecto, el agua potable será provista mediante bidones de 20 litros, los cuales se encontrarán dispuestos dentro de la sala de control (comunicaciones). Esta agua será adquirida a través de una empresa sanitaria que cuente con la autorización de la SERMI de salud de la Región Metropolitana. Se dispondrá un total de 150 litros por persona al día dando cumplimento a lo exigido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL.

Se contempla el uso de agua para las tareas de mantenimiento y limpieza de los paneles. Se ha estimado un consumo de agua aproximado de 0,.6 litros por panel, lo que totaliza un requerimiento de 6.720 litros por evento de limpieza que corresponde a medio camión aljibe de tamaño pequeño. El agua de lavado de paneles será obtenida a través de una empresa debidamente autorizada para la prestación de este servicio.

Ver numeral 3.6.4 de la DIA y respuestas 1.20 y 1.33 de la Adenda. Servicios higiénicos Durante la fase de operación, se proyecta un sistema de tratamiento de aguas servidas según fosa séptica El agua a tratar será de 1,2 m3 /día. Los detalles de la fosa séptica se encuentras en el punto 4.2 del ICE.

El Titular presenta los antecedentes técnicos y formales del PAS 138 Anexo 1.3 de la Adenda.

Ver Tabla 1-46 de la Adenda y Anexo 1.3 Actualización PAS 138 de la Adenda Maquinaria y Equipos Según lo señalado por el titular en los Anexos 2.1 y la Anexo 2.2, ambos de la Adenda complementaria, el Proyecto considera la utilización de la siguiente maquinaria: transformadores, vehículos livianos, camio aljibe, camión repartidor y camión mediano.

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Para más detalles, ver Anexos 2.1 y la Anexo 2.2, ambos de la Adenda complementaria Transporte El transporte durante la fase de operación se restringe al ingreso de vehículos particulares del personal y de camionetas, así como el suministro esporádico de insumos tales como agua.

Ver Tabla 1-50.51 de la Adenda. 4.4.3. PRODUCTOS GENERADOS El Proyecto considera la generación de energía eléctrica a través de la operación de un parque fotovoltaico, específicamente de 6,78 MWp de potencia instalada. La energía eléctrica generada se inyectará a la red de distribución existente a través del alimentador Los Guindos, de propiedad de la compañía CGE. Ver numeral 3.6.5 de la DIA. 4.4.4. RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto no considera la extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables durante esta Fase. 4.4.5. EMISIONES Y EFLUENTES 4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFERICAS Nombre Descripción Emisiones Atmosféricas Las actividades asociadas a la Fase de Operación del Proyecto que son generadoras de emisiones atmosféricas corresponden a las siguientes: combustión de vehículos, tránsito de vehículos por vías pavimentadas y tránsito de vehículos por vías no pavimentadas.

De acuerdo con los resultados presentados por el Titular en la Tabla 62 y al análisis normativo en el numeral 4 del Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) de la Adenda complementaria., se señala que según lo dispuesto en el artículo 64 del D.S. Nº31/2016 del MMA, no se sobrepasarán los límites permisibles en la fase de operación, por tanto, no requiere compensar sus emisiones.

Mayores antecedentes en el Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) de la Adenda complementaria.

La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°230 de fecha 02/04/2024, se pronuncia conforme. 4.4.5.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) Las emisiones líquidas que se generarán durante la fase de operación del proyecto serán las aguas servidas generadas producto de las actividades sanitarias del personal encargado en la mantención de los paneles solares.

Para el manejo de estas aguas, se contempla la instalación de un sistema de tratamiento por medio de una fosa séptica con drenes de infiltración, considerando una dotación máxima de 10 trabajadores de forma interrumpida para esta fase.

Los volúmenes de aguas servidas a generar corresponderán a lo dispuesto por el D.S. 594/1999 del MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. Se estima un requerimiento de 150 L/persona/día, recuperación del 80% y un máximo de 10 trabajadores al día, se estima que durante esta fase se generarán 1,2m3 diarios lo días de actividades de mantención.

Para más detalles, ver letra b) del numeral 3.6.7 de la DIA y PAS 138 en Anexo 1.3 de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 25

Residuos Líquidos de limpieza de paneles Se generará residuos líquidos producto del lavado de los paneles solares en sus procesos de mantención, no obstante, el origen de esta agua será de origen industrial, abastecida por camiones aljibes desde fuentes autorizadas, sin ningún tipo de aditivos y que luego de caer al suelo, esta se evapora y sin dejar ningún tipo de residuos.

Ver numeral 3.6.4 de la DIA y Tabla 1-64 de la Adenda. 4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO Nombre Descripción Ruido Durante la fase de operación, los principales aportes de presión sonora serán los transformadores y el tránsito esporádico de vehículos livianos, asociados a las actividades de mantención del PFV.

Para la evaluación se consideraron los mismos receptores que fueron descritos en la Tabla 4.6.4.3 del presente ICE. El Titular indica en el punto 8 que, para la Fase de Operación, tanto en horario diurno y nocturno, se da cumplimiento al D.S 38/11 del MMA en todos los receptores evaluados, sin necesidad de implementar medidas de control sonoro. Así mismo, señala que para el caso del flujo vehicular y considerando que estos serán de menor magnitud que os aportados en Fase de construcción, se da cumplimiento de la Norma.

Más detalles en Estudio de Ruido y Vibraciones en Anexo 2.2 de la Adenda complementaria.

La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°776 de fecha 01/04/2024, se pronuncia conforme. 4.4.6. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólidos domiciliarios En la fase de operación habrá una mano de obra máxima de 10 personas, por lo que se prevé que la generación de los residuos domiciliarios alcanzará 16,4 kg/día. Estos residuos serán dispuestos en contenedores claramente identificados (basureros) y en una zona dispuesta para ello, para posteriormente ser transportados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado. Se prevé que los residuos serán recolectados por la municipal tres veces por semana por empresa de servicios sanitarios.

Para más detalles en Tabla 1-59 de la Adenda y en Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA. Residuos industriales no peligrosos Durante las actividades de la fase de operación, del Proyecto, se generarán residuos sólidos como chatarra, cables, estructuras, revestimiento de tuberías, entre otros, debido al mantenimiento de los paneles solares del proyecto. Estos serán almacenados de forma temporal en un sector debidamente señalizado, desde donde serán retirados y dispuestos en un sitio autorizado. Se estima que en total se producirán 107,5 kg/mes de residuos sólidos inertes industriales Para la disposición de los residuos domiciliarios y asimilables, escombros y material de escarpe se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual se acredite la disposición final de los residuos en lugares con la autorización sanitaria al día.

Para más detalles en Tabla 1-59 de la Adenda y en Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 26

Lodos Debido a que durante la Fase de operación se considera la implementación de Fosa séptica, se generarán lodos asociados a ella. Es importante mencionar que los lodos, producto de las aguas servidas, se mantienen dentro del sistema de la fosa séptica, por lo tanto, no se almacenarán ni tratarán en el interior de las instalaciones del proyecto. Considerando las indicaciones de la SEREMI de Salud y fabricante, con el fin de evitar el endurecimiento de los lodos es que se deberá realizar la extracción de lodos de manera semestral o al menos una vez al año, aun cuando el sistema no presente anomalías en su funcionamiento. Los lodos serán retirados por una empresa autorizada y serán enviados a un sitio de disposición autorizado. Así mismo en la planta se mantendrán los registros de dichos retiros. Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos serán requisitos fundamentales para la firma del contrato con las empresas que realizarán el retiro y la disposición final. El titular mediante cláusulas contractuales se asegurará que el manejo de estos residuos se haga conforme a toda la normativa aplicable. Antes de iniciar las operaciones, se informará a la SEREMI de SALUD de la región, la empresa seleccionada y el procedimiento que se aplicará a los lodos y su sitio de disposición final.

Mayores antecedentes en respuesta 1.24 de la Adenda y en Anexo 2.1 PAS 138 de la DIA. 4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos Peligrosos Durante la Fase de Operación, se generarán residuos industriales peligrosos tales como equipos de protección personal contaminados con aceites; guaipes y paños con aceites; grasa usada; envases de lubricantes; arena contaminada con lubricante en caso de derrame; tarros de pintura; entre otros. Estos residuos serán almacenados en tambores metálicos con tapa y rotulados según lo establece la NCh 2190 Of. 03, dentro de la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, manejándose éstos de acuerdo con lo que indica el D.S. N°148/03 del Ministerio de Salud. El retiro de los residuos peligrosos a un sitio de disposición final lo realizará una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria, al menos cada seis meses. Se estima que mensualmente se generarán 30 Kg.

Para la disposición de los residuos Peligrosos se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual se acredite la disposición final de los residuos en lugares con la autorización sanitaria al día.

Para más detalles, en numeral 3.6.8 de la DIA, Tabla 1-60 de la Adenda y en Anexo 3.1 - Actualización PAS 142 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores antecedentes sobre la fase de operación en la sección 4.7 del ICE. 4.5. FASE DE CIERRE 4.5.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.5.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Instalación de faenas La instalación de faenas tiene como objetivo apoyar la ejecución de las actividades de construcción del Proyecto. Se considera la utilización de instalaciones modulares para todas las dependencias que conforman la instalación de faenas, que permiten un fácil montaje, desarme y transporte. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 27

La instalación de faenas contará con distintos elementos que se detallaran a continuación.

Ver numeral 3.4.2.1 de la DIA Cercado perimetral Se considera el cercado perimetral del Proyecto utilizando un cerco con postes de acero galvanizado de 2,6 m de alto, y que contará en su punta con un brazo púa en 45° para la instalación de alambres de púas en 3 niveles. Sobre estos postes se instalará una malla rígida tipo ACMAFOR o similar de 2,08 m de alto, la que será fijada con 5 clips a los postes.

Para más detalles numeral 3.4.2.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria Vestidor y baños Se contará con la habilitación de un contenedor para ser utilizado como vestidor y baños. Estas instalaciones darán cumplimiento a los artículos del Párrafo V del D.S. N.º 594/99 del Ministerio de Salud. Estas dependencias serán cerradas, en número apropiado a la cantidad de trabajadores promedio y peak contemplados durante la Fase de Construcción. En los frentes de trabajo, según corresponda al avance de las obras, se contará con baños químicos, que serán provistos y mantenidos por una empresa debidamente autorizada. La cantidad de servicios higiénicos (excusados, lavatorios y duchas) se cumplirá con lo estipulado en el Artículo 22 del D.S. N.º 594/1999 del MINSAL, de acuerdo con la cantidad de personas consideradas en obra. Su superficie será de 22,70 m2.

Ver numeral 3.4.2.1 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Estacionamientos En Fases de construcción y de cierre, se contempla una zona de estacionamientos de vehículos menores, dentro de la instalación de faenas y cercana a las oficinas y vestidores y bodegas. No se contempla un área de estacionamiento de camiones, entendiendo que estos ingresarán a las faenas, descargarán los materiales e insumos que lleven en la zona de maniobras y luego se retirarán del lugar de trabajo. La superficie será de 126 m2.

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Oficinas Conformada por contenedores metálicos y que contarán con elementos que permitan la correcta ventilación y luminosidad, además de sillas y mesas ergonométricas para facilitar el trabajo. Albergará las actividades de oficina necesarias para el desarrollo de las actividades de construcción. Las oficinas (oficinas privadas y compartidas, sala de reuniones, baños, entre otros) se proyectan en base a módulos tipo contenedor equipadas con muebles (sillas, escritorios, mesas, entre otros), equipos de calefacción/aire acondicionado, fotocopiadora, red computacional, red telefónica, entre otros elementos. Se consideran 2 oficinas de 20,16 m2 cada una.

Ver numeral 3.4.2.1 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Bodega de materiales Durante las Fases de construcción y cierre del Proyecto, la bodega consistirá en un contenedor metálico, destinado a satisfacer los requerimientos de la construcción del proyecto. Tendrá una superficie de 60 m2.

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 28

Zona de Acopio de materiales y equipos Se dispondrá de una zona de acopio en la instalación de faenas, para los materiales y equipos para almacenar transitoriamente las infraestructuras e instalaciones (paneles fotovoltaicos, seguidores solares, estructuras, etc.), así como las maquinarias y equipos a utilizar durante la construcción del proyecto.

Ver numeral 3.4.2.1 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria Zona de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos Durante las fases de construcción y de cierre, se contará con un contenedor estanco, cerrado de 500 L para el almacenamiento temporal de estos residuos (más detalles ver en Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA), el cual ocupará una superficie aproximada de 12 m2, tal y como se observa en el “Plano de obras temporales PFV Alto Jahuel” del Anexo 1.1 Plano, fotografías y cartografía de la Adenda.

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA, Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Área de acopio de residuos industriales no peligrosos Durante las fases de construcción y cierre, se contará con un área delimitada por cerco perimetral para el acopio de los residuos industriales no peligrosos (más detalles ver en Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA), la cual abarcará una superficie de 12 m2, tal y como se observa en el “Plano de obras temporales PFV Alto Jahuel” del Anexo 1.1 Plano, fotografías y cartografía de la Adenda.

Ver numeral 3.4.2.1 y 3.4.2.2. de la DIA, Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Bodega RESPEL Durante la fase de construcción se habilitará una bodega prefabricada para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos ubicada dentro del área de instalación de faenas. La bodega tendrá una superficie de 9,52 m2 y cumplirá con las especificaciones técnicas señaladas en el Artículo 33 del D.S. Nº148/2003 del Ministerio de Salud y con las características constructivas, en cuanto a materialidad y especificaciones técnicas, ajustándose a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, y en cuanto a la resistencia al fuego de los materiales que conformen su cierre perimetral, es decir, será una bodega cerrada con resistencia al fuego a base de paneles certificados RF120, sistema de contención de derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, lavaojos, Kit anti derrame, detector de humo y extintor. Estos residuos se acumularán hasta por 6 meses o bien hasta que la capacidad de la bodega alcance aproximadamente un 80% de la capacidad Durante las fases de operación y de cierre, se utilizarán las mismas instalaciones y medidas de manejo de RESPEL utilizada para la fase de construcción.

Se presentan los antecedentes ambientales para la obtención del PAS 142, adjunto en el Anexo 3.1 - Actualización PAS 142 de la Adenda.

Para más detalles, ver Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. y Actualización PAS 142 en Anexo 3.1 de la Adenda. Zona de carga de combustible La carga de combustible a maquinarias y equipos se realizará en una zona definida y claramente demarcada, de 13,75 m2. Esta zona se ubicará en la instalación de faenas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 29

La zona de abastecimiento de combustible la cual será impermeabilizada con un polietileno, cubierta con una pequeña capa, aproximadamente de 10 cm. de arena. Así mismo, se indica que se contará con un kit antiderrame, el cual incluye paños absorbentes, calcetas absorbentes, bolsas de desecho de materiales peligrosos, gafas protectoras, guantes de nitrilo y su respectivo manual de usuario,

Ver numeral 3.4.2.1 de la DIA, respuesta 1.36 de la Adenda y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen ambos de la Adenda complementaria. Grupo electrógeno El suministro de energía eléctrica para las fases de construcción y de cierre del Proyecto se obtendrá mediante la implementación de 2 grupos electrógenos de potencia 8kW cada uno.

Ver Tabla 1-9.10 de la Adenda, Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen ambos de la Adenda complementaria. Estanque de agua potable Se instalará un estanque de material plástico durante las fases de construcción y cierre, con un volumen aproximado de 47,5 m³ de capacidad para agua. Tendrá todas las interconexiones de llegada, salida y rebalse. Abastecerá el agua del comedor, de las duchas y de los lavamanos, mientras que el agua para consumo de los trabajadores se distribuirá en botellas o envasada mediante dispensadores en concordancia con la calidad establecida en el D.S N°594/1999 del MINSAL.

Ver Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. Punto de acceso y vialidad interna El ingreso a la zona de emplazamiento del Proyecto se realizará por medio de un acceso habilitado por un camino rural contiguo a la Ruta G-489. Al interior del recinto, para la fase de construcción, se habilitará un nuevo camino dentro del límite predial. El camino interior será estabilizado con bischofita, con tal de disminuir la generación de dispersión de polvo, tanto durante la construcción del proyecto, como durante la operación y cierre de este.

Ver numeral 3.4.2.2 de la DIA y Anexo 6.1 Actualización fichas resumen de la Adenda complementaria. 4.5.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. Contratación de mano de obra Durante la Fase de Cierre y Abandono del Proyecto se estima una generación promedio de 20 puestos de trabajo, con un peak de 40.

Ver numeral 3.7.1 de la DIA y Tabla 1-29 de la Adenda Implementación de la instalación de faena. Se contempla el montaje de las mismas instalaciones de faena consideradas para la Fase de construcción del Proyecto.

Ver numeral 3.7.1 de la DIA y Tabla 1-29 de la Adenda Desconexión eléctrica Se procederá a un desconectado general para que no circule corriente y se puedan realizar los siguientes procesos sin riesgo para los distintos trabajadores. Para ello, se realizará la desconexión manual de los elementos como primera medida. Tras esta operación no existirá riesgo al manipular los distintos cables ya que no circulará corriente por ellos. Esta fase la realizará una empresa especializada en instalaciones eléctricas ya que al estar trabajando con altos voltajes los trabajadores han de conocer las precauciones a tener en cuenta a la hora de realizar este tipo de operaciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 30

Ver numeral 3.7.1 de la DIA y Tabla 1-29 de la Adenda. Desmantelamiento de Edificaciones De forma general para el cierre y clausura de las instalaciones se procederá de la siguiente manera: Se retirará todos los equipos y contenedores. Todas las construcciones que sea factibles de desmontar serán desmanteladas, especialmente las que sean prefabricadas. • El procedimiento para el desarme y traslado de las estructuras consistirá en retirarlas partes que componen cada estructura, con la ayuda de una pluma y una grúa, para luego vender las partes metálicas o disponerlas según la legislación ambiental aplicable en la época del desmontaje. • Se clausurarán todos los accesos a las instalaciones y se mantendrá el cierre perimetral a fin de impedir el acceso al área del proyecto.

Ver numeral 3.7.1 de la DIA y Tabla 1-29 de la Adenda. Desmantelamiento de Paneles y Estructuras Será realizado por cuadrillas que procederán en primer lugar al desenganche del panel con la estructura para ser acopiado, una vez retirado se comenzará con las estructuras metálicas. El proceso es como se indica a continuación: • Se retirarán y empacarán los módulos fotovoltaicos bien para reutilización o reciclaje. • Se desarmará la estructura metálica con la ayuda de un camión pluma, para luego enviar las partes metálicas a reciclaje ya que cuentan con un alto valor residual.

Ver numeral 3.7.1 de la DIA y Tabla 1-29 de la Adenda. Desmantelamiento del Cableado Los cables eléctricos y de control son de cobre y/o por lo que tienen un importante valor residual y son potencialmente reciclables. El cable empleado en la instalación hasta su conexión con la subestación va enterrado en zanjas y/o por el interior de tubos corrugados. De este modo se procederá al recogido de todo el material para ser enviado a un centro de reciclaje y/o disposición final según la normativa ambiental vigente.

Ver numeral 3.7.1 de la DIA y Tabla 1-29 de la Adenda. Desmantelamiento de Elementos de Hormigón Dentro de esta categoría se enmarca: • Las bases de hormigón que se emplean para las edificaciones. • Elementos de soporte del cerco perimetral. Estos elementos serán fragmentados mediante martillos mecánicos y los escombros serán enviados a un lugar de disposición debidamente autorizado. En el caso de las cimentaciones, serán retirados todos los elementos en superficie. De acuerdo con lo anterior, serán restauradas las geoformas iniciales

Ver numeral 3.7.1 de la DIA y Tabla 1-29 de la Adenda. Caminos interiores Se evaluará en su caso la conveniencia de mantener los caminos interiores, de acuerdo con el uso futuro del área del Proyecto. En caso contrario éstos serán escarpados y descompactados por medio de una desoladora de 25 – 35 cm, de forma de restituir el área a condiciones topográficas iniciales y permitirá la restauración del suelo a una condición similar a la original.

Ver numeral 3.7.1 de la DIA. Prevención de Futuras Emisiones Debido al carácter del proyecto, el mismo no produce ni durante su fase de explotación ni durante el cierre emisiones de ningún tipo. Si bien se cerciorará que el área del Proyecto quedará desprovista de elementos que generen emisiones de cualquier tipo, por lo cual, se tendrá especial cuidado de realizar el desmantelamiento de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 31

obras de manera óptima y realizar el retiro del total de los residuos generados para su posterior disposición en sitios autorizados por empresas autorizadas, según la legislación vigente.

Ver numeral 3.7.1 de la DIA y Tabla 1-29 de la Adenda. Mantención, Conservación y Supervisión No es previsible debido a la naturaleza del proyecto, pero en caso de ser necesario, se realizará un calendario de visitas de inspección al área del Proyecto luego de su cierre y abandono para supervisar y verificar el estado del terreno, a partir de lo cual se podrán establecer, en conjunto con la autoridad ambiental posibles acciones para su mantención y conservación. Se destaca que este punto será abordado en el Plan de Cierre específico que el titular entregará a la autoridad antes de comenzar la Fase de Cierre y Abandono, en donde se indicará en detalle las actividades y forma en que se lleve a cabo esta fase.

Ver numeral 3.7.1 de la DIA 4.5.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Agua Se requerirá de agua potable para uso doméstico para el consumo de los trabajadores de la instalación de faenas. El agua potable para el consumo de los trabajadores será abastecida en una cantidad de 150 litros por persona al día, según lo establece el D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud. Para ello se dispondrá de agua embotellada en bidones de 20 L con dispensador manual en las instalaciones de faenas y los baños químicos contarán con su propia fuente de abastecimiento agua, cuya dotación será asegurada por la empresa encargada de sus mantenciones.

Además, se requerirá de agua industrial para la aplicación de bischofita. Su implementación se llevará a cabo con un camión aljibe durante la jornada de compactación del camión interior.

Ver Tabla 1-32 de la Adenda y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Servicios higiénicos Durante la fase de cierre, la Instalación de Faenas contará con instalaciones sanitarias portátiles consistentes en excusados con tapa WC, duchas y lavamanos. que serán suministrados y mantenidos por una empresa especialista, debidamente autorizada por las autoridades respectivas. La cantidad de servicios higiénicos se encontrará conforme a lo estipulado en el Artículo 22 D.S. Nº 594/1999 MINSAL, de acuerdo con la cantidad de personas consideradas en obra. Además, se dispondrá de baños químicos con lavamanos, cuya distribución será estratégica, posicionándose a medida que avancen los diferentes frentes donde se estén realizando los trabajos, de manera que se encuentren lo más cerca posible de los trabajadores, sin exceder en ningún caso la distancia de 75 metros de acuerdo a lo que estime la legislación al momento de la fase de cierre.

Ver Tabla 1-32 de la Adenda y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Energía Durante la Fase de cierre se tiene contemplado el uso de 2 grupos electrógenos de 8 kW para proveer de energía eléctrica a las actividades contempladas durante esta Fase.

Ver Tabla 1-32 de la Adenda y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria Maquinaria, equipos y vehículos Según indica el Titular en Tabla 1-32 de la Adenda, Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) y Anexo 2.2 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 32

Actualización Emisiones Acústicas de la Adenda complementaria, la maquinaria y vehículos a utilizar en esta fase será retroexcavadora, camión pluma, rodillo compactador, motoniveladora, camión mixer y grupos electrógenos, camión aljibe, camión repartidor, camión rampla, camión mediano y bus para 40 personas.

Para más detalles, ver Tabla 1-32 de la Adenda, Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) y Anexo 2.2 Actualización Emisiones Acústicas de la Adenda complementaria. Transporte El Proyecto considera para esta fase, el transporte de insumos y materiales, de residuos y de personal.

Ver Tabla1-32 de la Adenda. Combustible Se requerirá de petróleo diésel para alimentar a los grupos electrógenos de y maquinaria en terreno. El combustible será almacenado en un estanque de 1.000 litros ubicado dentro de la instalación de faena. Este almacenamiento cumplirá con lo establecido en la normativa vigente.

Ver Tabla 1-32 de la Adenda. 4.5.3. RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto no contempla la extracción ni explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre. Ver numeral 3.7.7. de la DIA y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. 4.5.4. EMISIONES Y EFLUENTES 4.5.4.1 EMISIONES Nombre Descripción Emisiones a la atmósfera Las fuentes y actividades asociadas a la Fase de Cierre del Proyecto que son generadoras de emisiones atmosféricas corresponden a las siguientes: operación de maquinaria fuera de ruta, operación de grupos electrógenos, combustión de vehículos, tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, excavaciones y carga y descarga de material.

De acuerdo a los resultados para esta Fase presentados por el Titular en las Tablas 91 y el análisis normativo presentado en numeral 4 del Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) de la Adenda complementaria, se señala que según lo dispuesto en el artículo 64 del D.S. Nº31/2016 del MMA, no se sobrepasarán los límites permisibles en la fase de cierre, por tanto, no requiere compensar sus emisiones.

Sin perjuicio de lo anterior, se contempla la implementación de medidas de control de emisiones, que se detallan en la Tabla 8.1.1 y Tabla 8.1.2 del presente ICE.

Mayores antecedentes en el Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) de la Adenda complementaria.

La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°230 de fecha 02/04/2024, se pronuncia conforme. 4.5.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domésticos Los residuos líquidos generados en la fase de cierre serán únicamente los provenientes de los lavamanos y duchas, los que serán trasladados al estanque de agua sucia (aguas grises). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 33

El Titular llevará control de los retiros de estas aguas, manteniendo disponible para control de la Autoridad el manejo de éstos. Se estima una generación de 4,5 m3 por día considerando el peak de 30 trabajadores. El retiro y traslado de estas aguas será efectuado de acuerdo a la necesidad que se genere de acuerdo a la capacidad del estanque de agua sucia, siendo ésta entre una y dos veces por semana. El retiro será realizado por un camión limpia fosa o similar de una empresa autorizada para estos fines. Es importante señalar que len el estanque de agua sucia no se almacenarán aguas negras. Cabe señalar, que durante la fase de cierre en el área de instalación de faenas y en los frentes de trabajo se utilizarán baños químicos, por lo que no habrá generación de aguas negras, en tanto éstas serán contenidas por los mismos baños químicos. Los baños químicos serán mantenidos por el proveedor de acuerdo a la periodicidad que éste indique, el que deberá respectivas autorizaciones sanitarias. El número de baños químicos será proporcional al número de trabajadores de acuerdo con las exigencias del D.S. 594/99 del MINSAL.

Para más detalles, ver página 94 de la DIA, Tabla 1-37.38 de la Adenda y Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. 4.5.4.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Nombre Descripción Ruido y vibraciones Durante la fase de cierre los principales aportes de presión sonora serán el uso de maquinaria y el tránsito vehicular. La Fase de cierre de las obras del Proyecto se efectuará sólo en horario diurno, en jornada de 8 h y de lunes a sábado. La maquinaria asociada a la Fase de cierre es la misma que se utilizará en la fase construcción del Proyecto. La Fase de cierre tiene un flujo vehicular asociado al transporte de trabajadores, insumos y materiales, y será realizado durante un periodo de 8 horas al día. El tránsito vehicular asociado a la Fase de cierre es el mismo de la fase construcción del Proyecto.

Los receptores que fueron considerados para la evaluación de los niveles de ruido se presentan en la Tabla 6-6 del Anexo 2.2 de la Adenda complementaria.

El resumen los resultados obtenidos en la modelación de las emisiones de ruido provocadas por las fuentes fijas (maquinaria) en la Fase de Cierre del Proyecto, se puede observar que en todos los receptores se da cumplimiento con el DS Nº38/11 del MMA; mientras que para el caso de las fuentes móviles (tránsito vehicular) serán homologables a la Fase de construcción toda vez que se contempla la utilización de la misma cantidad.

Se observa en la Tabla 9-3 del Anexo 2.2 de la Adenda complementaria que el Proyecto no supera el límite máximo permitido establecido en el Decreto Supremo N°38/11 del MMA para ningún receptor.

Es importante tener presente que las obras de la Fase de Cierre del Proyecto serán realizadas en horario diurno y que no se aplicarán tronaduras.

Por otro lado, en relación a las vibraciones, las fuentes de emisión que eventualmente pueden generar un aumento en los Niveles basales de vibración en el entorno corresponden a las mismas fuentes de emisión de ruido consideradas para la construcción del Proyecto, salvo los equipos estacionarios y el paso de vehículos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 34

livianos. Considerando lo anterior, los resultados de vibraciones presentados en la tabla 7-23 del Anexo 2.2 de la Adenda complementaria; la norma FTA es sobrepasada en 6 de los 9 receptores, por lo que el titular indica que considerando que la norma FTA se comienza a cumplir a partir de una distancia de 20 m respecto de las obras, para efectos de cumplir con la normativa, los trabajos de montaje de la LT, ya sea aéreo o soterrado, en todos los postes u obras que se encuentren a una distancia menor a 20 m deberán ejecutarse en forma manual.

Para mayores antecedentes, ver Anexo 2.2 Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda complementaria.

La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°776 de fecha 01/04/2024, se pronuncia conforme. 4.5.5. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.5.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos Sólidos Domiciliarios En la fase de cierre, los Residuos sólidos domiciliarios asimilables (RESDOM) serán dispuestos en contenedores claramente identificados (basureros) y en una zona dispuesta para ello, para posteriormente ser transportados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado,

Se estima una generación de 419,17 kg/día de RSD, considerando una mano de obra de 40 personas y una tasa de estimación de 1,64 kg/hab-día.

Para más detalles ver tabla 1-42 de la Adenda y en Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA. Residuos no peligrosos Durante las obras de operación, se generarán residuos sólidos como chatarra, cables, estructuras, revestimiento de tuberías, entre otros, debido al mantenimiento de los paneles solares del proyecto. Estos serán almacenados de forma temporal en un sector debidamente señalizado, desde donde serán retirados y dispuestos en un sitio autorizado. Se estima que en total se producirán 107,5 kg/mes de residuos sólidos inertes industriales.

Para más detalles, en la Tabla 1-59 de la Adenda y en Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA. 4.5.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos Peligrosos Se generarán residuos industriales peligrosos tales como equipos de protección personal contaminados con aceites; guaipes y paños con aceites; grasa usada; envases de lubricantes; arena contaminada con lubricante en caso de derrame; tarros de pintura; entre otros. Estos residuos serán almacenados en tambores metálicos con tapa y rotulados según lo establece la NCh 2190 Of. 03, dentro de la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, manejándose éstos de acuerdo con lo que indica el D.S. N°148/03 del Ministerio de Salud. El retiro de los residuos peligrosos a un sitio de disposición final lo realizará una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria, al menos cada seis meses. Se estima que mensualmente se generarán 120 Kg. En la tabla 1-44 de la Adendas se presenta el detalle del tipo de residuo a generar.

Para más detalles, en el numeral 3.7.8 de la DIA, Tabla 1-44 de la Adenda y en Anexo 3.1 Actualización PAS 142 de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 35

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores antecedentes sobre la fase de cierre en la sección 4.8 del ICE.

4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Agosto 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Preparación del terreno Fecha estimada de término Febrero 2025 Parte, obra o acción que establece el término Cableado, Conexionado y pruebas de puesta en marcha 4.6.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Marzo 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Pruebas energización Fecha estimada de término Marzo 2055 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión de la red 4.6.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Abril 2055 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faenas, para el desmontaje de las partes del parque fotovoltaico, instalación del módulo de oficina de las faenas Fecha estimada de término Octubre 2055 Parte, obra o acción que establece el término Restauración del terreno a su condición original

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11° de la Ley N°19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental 1 Impacto ambiental no significativo Aumento de las emisiones atmosféricas. Parte, obra o acción que lo genera Construcción: Operación de maquinaria fuera de ruta, operación grupos electrógenos, combustión de vehículos, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, excavaciones, compactación, nivelación, escare, carga y descarga de material y erosión eólica de acopios. Operación: Combustión de vehículos, tránsito de vehículos por vías pavimentadas y tránsito de vehículos por vías no pavimentadas. Cierre: Operación de maquinaria fuera de ruta, operación de grupos electrógenos, combustión de vehículos, tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, excavaciones y carga y descarga de material. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental 2 Impacto ambiental no significativo Aumento en los niveles de ruido y vibraciones Parte, obra o acción que lo genera Construcción: Uso de maquinaria y al tránsito de vehículos livianos y pesados. Operación: Transformadores y el tránsito esporádico de vehículos livianos. Cierre: Uso de maquinaria y el tránsito vehicular Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 6.1 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 36

naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre el riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra a) de la Ley N°19.300:

Emisiones Atmosféricas: Respecto a las emisiones anuales totales del proyecto, se debe considerar que la fase de construcción tiene una duración de 6 meses, y una vez concluida, comenzará la fase de operación la cual durará 30 años, es decir, el primer año se suman las emisiones de la fase de construcción del proyecto proporcionales de la operación de este, correspondiente a 6 meses. En la tabla 92 del Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) de la Adenda complementaria se aprecian el resumen de emisiones por año cronológico del Proyecto, considerando las fases de construcción y operación del proyecto durante el primer año, y fases de operación y cierre en el último año, respectivamente. Cabe destacar que, desde el segundo año en adelante, las emisiones serán constantes durante la vida útil del proyecto. En las tablas 95 y 96 del Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) de la Adenda complementaria, se presentan los análisis de límites de emisión para MP10 y MP2,5 respectivamente. De las tablas mencionadas anteriormente, el Proyecto cumple con los límites de emisión para proyectos nuevos establecidos en el Artículo 64 del D.S. N°31/2016 del MMA (Plan de Prevención y Descontaminación para la Región Metropolitana), de manera que el Proyecto no debe compensar sus emisiones atmosféricas en todas sus fases.

Debido a lo detallado anteriormente y en base a los resultados del estudio de emisiones atmosféricas realizado para el proyecto (Anexo 2.1 de la Adenda complementaria), se concluye que el Proyecto no tiene ningún efecto adverso significativo ni impacto adverso para la salud de las personas ni la calidad del aire en el área del proyecto y tampoco para las poblaciones cercanas. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular contempla medidas de control de emisiones atmosféricas, que se presentan en el punto 8.1.1 y 8.1.2 del ICE.

Mayores detalles en Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 1) y en Anexo 2.1 Actualización Emisiones Atmosféricas (parte 2), ambos de la Adenda complementaria.

Ruido: Respecto a las emisiones de ruido, las emisiones más significativas se estiman durante la fase de construcción del Proyecto, producto del uso de maquinaria y al tránsito de vehículos livianos y pesados. Mediante la medición de ruido basal, la estimación y proyección de emisiones acústicas en las distintas fases del proyecto, se determinó que el proyecto cumple con la norma D.S. N°38/11 del MMA en los receptores sensibles identificados aplicando medidas de control para la fase de construcción, no generando los efectos, características o circunstancias del Artículo 11 de la Ley. Vibraciones: El Titular evaluó las vibraciones generadas en la fase de construcción debido al uso de maquinaria, susceptible de transmitir vibraciones, pudiendo ocasionar impacto sobre el bienestar de las personas expuestas. Para realizar esta evaluación, se utiliza el documento técnico “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” del Departamento de Transporte de los Estados Unidos (FTA, por sus siglas en inglés), el cual establece límites de inmisión de vibraciones en función de la duración de los eventos vibratorios y del tipo de actividad desarrollada en cada receptor evaluado. Para identificar los posibles cambios respecto de la situación base en relación con los niveles de ruido y niveles de vibraciones existentes en el área del proyecto, se determinó el Área de Influencia (AI) en función de la existencia de asentamientos humanos que se pudiesen ver afectados por un aumento en los niveles de ruido y/o vibraciones. Además, el Titular estableció 9 receptores en zonificación rural, y que corresponden a conjuntos de casa. El Titular presenta los niveles de vibración de la maquinaria a emplear por el proyecto en la Tabla 6-4 del Anexo 2.2 de la Adenda complementaria, en su fase de construcción; mientras que los niveles de vibración para la Fase de construcción para el Proyecto se presentan en el punto 7.3 del Anexo 2.2 de la Adenda complementaria. Cabe señalar que, no se prevé generación de emisiones de vibraciones durante la fase de operación del proyecto, puesto que las vibraciones generadas corresponden solo al tránsito vehicular pesado, ya que las fuentes fijas son todas estacionarias. Durante la Fase de operación del Proyecto, se utilizarán 2 camiones al año para el transporte de materiales y/o residuos, los cuales no generan vibraciones significativas en los receptores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 37

Para la Fase de cierre, las fuentes de emisión que eventualmente pueden generar un aumento en los Niveles basales de vibración en el entorno corresponden a las mismas fuentes de emisión de ruido consideradas para la construcción del Proyecto, salvo los equipos estacionarios y el paso de vehículos livianos. De lo anterior, se estima cumplimiento del estándar FTA-Transit Noise and Vibration Impact Assessment durante todas las fases del Proyecto, en todos los receptores evaluados, ya que no se supera el límite establecido, aplicando medidas de control durante la fase de construcción, consistentes en el funcionamiento de la maquinaria de manera secuencial (una a la vez). Para más detalles, ver Anexo 2.2 Actualización Emisiones Acústicas de la Adenda complementaria Residuos Líquidos: En la fase de construcción y cierre, se generarán residuos líquidos domésticos por el uso de los servicios higiénicos portátiles por parte del personal. Los residuos líquidos provenientes de los baños químicos serán manejados acorde lo establecido en el DS 594/99 del MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo” y se subcontratará a una empresa externa que cuente con las autorizaciones respectivas para la prestación del servicio. Se considerará un consumo diario por persona de 150 l/día. Los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados y manejados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Durante la fase de operación el proyecto producirá emisiones líquidas producto de la fosa séptica con drenes de infiltración para el manejo de las aguas servidas, el retiro y disposición final de los lodos producidos será realizada por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Cabe señalar, que el Titular llevará un control de las mantenciones y el retiro de los residuos de los baños químicos y los lodos del sistema sanitario, manteniendo el registro y control del documento timbrado que certifique la disposición final en un recinto autorizado. Por otro lado, durante la Fase de operación se generarán residuos líquidos producto del lavado de los paneles solares en sus procesos de mantención, no obstante, el origen de esta agua será de origen industrial, abastecida por camiones aljibes desde fuentes autorizadas, sin ningún tipo de aditivos y que luego de caer al suelo, esta se evapora sin dejar ningún tipo de residuos. En conclusión, conforme a los antecedentes expuestos, se indica que no existirá exposición a contaminantes para la población ya que no existirán emisiones ni efluentes adicionales a los ya mencionados y los efluentes que se generen serán manejados conforme a la normativa vigente y mediante empresas autorizadas.

Residuos: Residuos no peligrosos: Se indica que los residuos generados por el Proyecto, entiéndase por estos: residuos sólidos asimilables domésticos, y residuos sólidos industriales no peligrosos, serán manejados conforme a la normativa aplicable, es decir, por el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Los residuos sólidos (todas las fases del Proyecto) serán acopiados temporalmente en sitios destinados para ello (Ver PAS 140 en Anexo 2.2 de la DIA) y serán retirados periódicamente por empresas que cuenten con las resoluciones sanitarias para desarrollar dicho servicio, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares autorizados para estos efectos. Dichas empresas al momento de retirar los residuos y llevarlos a disposición final, extenderán un certificado para ello; lo cual constituirá un medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente.

Cabe señalar que los paneles defectuosos o dañados, serán considerados como residuos industriales no peligrosos.

Residuos peligrosos: Se producirán residuos peligrosos durante la fase de construcción del proyecto, tales como equipos de protección personal contaminados con aceites; guaipes y paños con aceites; grasa usada; envases de lubricantes; arena contaminada con lubricante en caso de derrame; tarros de pintura; entre otros. Estos residuos serán almacenados en tambores metálicos con tapa y rotulados según lo establece la NCh 2190 Of. 03, dentro de la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, manejándose éstos de acuerdo con lo que indica el D.S. N°148/03 del Ministerio de Salud. El retiro de los residuos peligrosos a un sitio de disposición final lo realizará una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria, al menos cada seis meses.

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Para la fase de operación se estima la generación de RESPEL tales como Envases vacíos contaminados de WD-40, espuma de poliuretano, y de lubricantes, Tarros vacíos de pintura, Brochas usadas y Envases vacíos de Diluyentes, Tóner de impresora, Pilas, EPP contaminados Trapos contaminados y aserrín o arena contaminada; mientras que; para la fase de cierre, se consideran residuos peligrosos por tóner de impresora, pilas EEP contaminados trapos contaminados y aserrín o arena contaminada. Al respecto se indica que, para estas fases, se utilizarán las mismas instalaciones y medidas de manejo de RESPEL utilizada para la fase de construcción, El retiro de los residuos peligrosos a un sitio de disposición final lo realizará una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria, al menos cada seis meses. (Anexo 3.1 - Actualización PAS 142 de la Adenda).

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que, el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11° de la Ley, de acuerdo al artículo 5º letra a), b), c) y d) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES Impacto ambiental 1 Impacto ambiental no significativo No aplica Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y obras Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 6.2, Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra b) de la Ley N°19.300:

Suelo: El Proyecto no tendrá impactos significativos sobre la componente suelo, no modificará sus características físicas o químicas, no provocará erosión, degradación o compactación, no reducirá la superficie vegetal y no verterá residuos o contaminantes de ninguna clase sobre el suelo. Cabe indicar, que el área de emplazamiento del proyecto es de aproximadamente 16,2 hectáreas, las cuales son utilizadas en parte para el cultivo de alfalfa encontrándose actualmente en desuso debido a la disminución gradual del recurso hídrico. Es importante destacar además, que las estructuras de soporte de los paneles se hincan directamente en el terreno, no requiriendo de hormigón ni de un escarpe previo del terreno. Considerando que debido a la naturaleza del proyecto no se modificarán las características físicas ni químicas del suelo, que el emplazamiento del proyecto se realizará en un sector altamente intervenido y que no presenta singularidades respecto a sus recursos naturales, es posible concluir que el emplazamiento del proyecto no generará impactos adversos significativos sobre el componente suelo, ni a su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, compactación, erosión e impermeabilización.

No obstante, lo anterior, el Titular considera la implementación como Compromiso Ambiental Voluntario para hacerse cargo de la pérdida temporal de suelos de interés en el emplazamiento del PFV, el CAV “Compromiso ambiental voluntario Revestimiento de Canal de Riego San José y Habilitación de Suelos con Duripán” con el objetivo de mejorar suelos agrícolas mediante las medidas de optimización para la conducción eficiente del agua y la habilitación de suelos con estratas impermeables que restringen la profundidad efectiva del suelo o dificulten su drenaje.

Sustancias peligrosas: Durante la fase de construcción del proyecto, se almacenarán productos químicos, por lo cual se implementará una bodega destinada para ello. En ella se clasificarán y almacenarán cumpliendo estrictamente con las disposiciones del D.S.43/2015 MINSAL. Las sustancias peligrosas almacenadas contarán con su respectiva hoja de seguridad.

Residuos Líquidos: las aguas servidas generadas en los baños químicos durante las fases de construcción y cierre, bajo ninguna circunstancia serán vertidas en cauces y/o quebradas. Dichas aguas servidas serán manejadas acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL, subcontratando a una empresa externa que cuente con las autorizaciones respectivas para la prestación del servicio, siendo dispuestas en sitios autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. Por su parte, durante la fase de operación, las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 39

aguas servidas serán manejadas mediante una fosa séptica con drenes de infiltración, razón por la cual se entregan los antecedentes técnicos y formales para la obtención del Permiso Ambiental Sectorial 138 incorporado en el Anexo 1.3 de la Adenda.

Residuos: Durante todas las fases del Proyecto, se generarán residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios. Estos serán acopiados temporalmente en un sitio definido exclusivamente para ello, y serán retirados periódicamente por empresas que cuenten con las resoluciones sanitarias para desarrollar dicho servicio, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares autorizados para estos efectos. Durante la construcción, se generarán residuos industriales tales como restos de cables, cartones de embalaje, madera, envases vacíos, restos de materiales de construcción, EPP defectuosos y hormigón sobrante, así como paneles que pudiesen llegar defectuosos a las faenas, entre otros; estos serán gestionados de acuerdo a la reglamentación vigente, tanto para su transporte como para su disposición. (Ver Anexo 2.2 de la DIA PAS 140).

Residuos peligrosos En el caso de los residuos peligrosos para las fases de construcción y cierre del Proyecto, serán manejados adecuadamente en una bodega de tipo modular, cumpliendo lo dispuesto en el D.S. 148/03 MINSAL y serán retirados por una empresa autorizada hacia sitios de disposición final autorizados, ver Anexo 3.1 - Actualización PAS 142 de la Adenda. Con respecto a la fase de operación, el Proyecto generará Residuos Peligrosos debido a las mantenciones del Proyecto, las cuales serán realizadas de forma puntual y esporádica. Estos residuos corresponden a equipos de protección personal contaminados con aceites; guaipes y paños con aceites; grasa usada; envases de lubricantes; arena contaminada con lubricante en caso de derrame; tarros de pintura; entre otros. Estos residuos serán almacenados en tambores metálicos con tapa y rotulados según lo establece la NCh 2190 Of. 03, dentro de la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, manejándose éstos de acuerdo con lo que indica el D.S. N°148/03 del Ministerio de Salud. El retiro de los residuos peligrosos a un sitio de disposición final lo realizará una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria, al menos cada seis meses. Se estima que mensualmente se generarán 30 Kg. (Ver Anexo 3.1 - Actualización PAS 142 de la Adenda.)

De lo anterior, se concluye que el uso de productos químicos y el manejo de los residuos no afectarán los recursos naturales presentes en el área en que pretende emplazarse el proyecto.

Flora y Vegetación: El Titular presenta un “Estudio de Flora y Vegetación” en el Anexo 6 de la DIA en donde el Titular indica lo siguiente: La flora y vegetación registrada en el área de estudio es baja debido a la antropización del sector y está dominada por especies introducidas las que componen el 84% de la flora del sector. Las especies más frecuentes corresponden a hierbas anuales y perennes, en su mayoría de origen exótico; de las familias Asteraceae (plantas compuestas), Fabaceae (leguminosas) y Poaceae (gramíneas) las cuales cubren la superficie del terreno. En general el área de influencia se caracteriza por una cobertura vegetacional abierta y de baja altura, lo que la expone a la degradación y dominada por la formación vegetacional “Pradera exótica”, ocupando el 96% del terreno. De acuerdo a los resultados presentados por el Titular en Anexo 6 de la DIA, las especies de flora y vegetación nativa encontradas en las cuatro parcelas muestreadas no presentan categoría de conservación, además no existen singularidades significativas en el área de influencia del proyecto. Por lo tanto, se puede determinar que el desarrollo de este proyecto no presentaría impactos significativos sobre la componente flora y vegetación en el área de influencia del Proyecto.

Fauna: Para el levantamiento de información del área de influencia, se realizaron por parte del Titular tres prospecciones los días 4 y 5 de agosto de 2022, campaña de invierno; 20 y 21 de diciembre 2022, campaña de verano y 11 y 12 de octubre 2023, campaña de primavera. En dichas prospecciones se contó con la participación de dos especialistas en fauna vertebrada terrestre. Se realizaron campañas en temporada de verano primavera e invierno. Lo anterior da cuenta que las campañas fueron realizadas en distintos escenarios climáticos considerados como contrapuestos. Respecto a los resultados en el área del proyecto se registraron 30 especies de fauna silvestre de las cuales 3 corresponden a reptiles, 23 corresponde a aves y 4 a mamíferos. Del total, 25 son consideradas como nativas de los cuales una es endémica y 5 son introducidas. Se considera que las especies presentes tienen una alta distribución a nivel nacional. De igual forma no se identifican especies que sean consideradas especialistas de hábitat. Se identifican tres especies consideradas como de baja movilidad, siendo estos los reptiles Lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus), Lagarto Chileno (Liolaemus chiliensis) y Lagartija de los muros Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 40

(Liolaemus tenuis). Cabe señalar que para el registro correspondiente a Liolaemus lemniscatus, especie endémica y de baja movilidad, el Titular indica en el Anexo 6 de la DIA “Estudio de Fauna”. En términos generales, en las tres campañas, se observa una baja riqueza de especies en el área de influencia. Lo mismo ocurre con la abundancia detectada, donde se observa que la abundancia es mayor en invierno y en primavera versus el verano. Se identifican 5 especies en categoría de conservación, todas clasificadas como en Preocupación Menor, categoría que se le da a aquellas especies que son abundantes y con una amplia área de distribución, considerándose como especies fuera de amenaza. De igual forma estas especies no serán intervenidas por el proyecto. Sobre las singularidades ambientales solo se detecta la presencia de una sola especie endémica, la cual no será intervenida por el proyecto.

Por el lado de los índices de diversidad biológica, en forma general se obtiene un valor cercano a 2, lo que indica una diversidad considerada como baja. Para el caso del índice de Pielou estos se encuentran cercanos a 1, lo que da cuenta de que las especies presentan una distribución de dominancia heterogenia en el área de influencia.

En conclusión, se determina que el área de influencia presenta una baja riqueza y diversidad de especies, de igual forma no se detectan especies consideradas como amenazadas o que cumplan con la afectación de criterios que indiquen que existan recursos únicos escasos o representativos, así tampoco se observa el desarrollo de singularidades ambientales.

De acuerdo a la Estimación de Ruido realizada para el Proyecto (Anexo 2.2 de la Adenda complementaria), la diferencia entre el ruido de fondo y el ruido que generarán las actividades del Proyecto, particularmente las vinculadas a la construcción del Parque Fotovoltaico son bajas y durante un periodo de tiempo muy limitado comparado con la vida útil del proyecto.

Por otro lado, cabe destacar que la zona de emplazamiento del proyecto está destinada para la instalación de paneles fotovoltaicos, y no cuenta con presencia de fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, como la describe el catastro de flora y fauna adjunto en el Anexo 06 de la DIA y Anexo 5.2 de la Adenda.

Agua: El Proyecto no genera un impacto ambiental significativo sobre el volumen o caudal de los recursos hídricos, debido a que el Proyecto en ningún caso extraerá agua desde cuerpos de agua superficiales o subterráneos. Además, en ninguna de sus fases el Proyecto considera realizar la recarga artificial del acuífero y, por consiguiente, no se solicitarán derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas con cargo a obras de recarga. Durante todas las fases del proyecto, el agua potable será provista mediante bidones de 20 litros, será adquirida a través de una empresa sanitaria que cuente con la autorización de la SERMI de salud de la Región Metropolitana, dando cumplimento a lo exigido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Cabe señalar que, según indica el Titular en la respuesta 4.1 de la Adenda complementaria que al interior del Proyecto no existen pozos propios o de terceros. Respecto a las obras y partes del Proyecto, se destaca que las estructuras de sustento de los módulos solares fotovoltaicos del Proyecto no requerirán de cimentación, y serán hincadas directamente al terreno a una profundidad máxima de 2 m, de lo cual no se identificaron potenciales efectos adversos en la calidad del recurso hídrico subterráneo. Esto debido a que el material de los soportes de los paneles fotovoltaicos corresponde a acero galvanizado, el cual es un material inerte frente a un potencial contacto con agua por lo no se prevé afectación en términos de la calidad de las aguas del acuífero. Mientras que según lo indicado por el Titular en la respuesta 4.1 de la Adenda complementaria, de acuerdo con datos extraídos de la plataforma Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE) asociado a los pozos circundantes al Proyecto, se pudo observar que para el pozo más cercano al Proyecto (1.44 km de distancia) la profundidad de la napa es de 130,6 m.

Además de lo anterior, el titular considera medidas ante posibles afloramientos de agua, las cuales se presentan en los planes de contingencias y emergencias del proyecto que se presentan en el punto 7 del ICE.

En adición a lo anterior, se indica que: g.1.) El Proyecto no contempla la intervención y/o explotación aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 41

g.2.) El Proyecto no contempla la intervención, explotación, modificación o alteración de ningún cuerpo o curso de agua en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3.) El Proyecto no contempla la intervención y/o explotación de vegas y/o bofedales, viéndose afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4.) Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5.) El Proyecto no se ubica cerca de ningún glaciar que pudiera verse afectado por el desarrollo del proyecto.

Aire: Las emisiones atmosféricas resultantes con la ejecución de este proyecto se producen mayoritariamente durante las fases de construcción y cierre del mismo. Ambas fases representan un periodo muy corto frente a la vida útil del proyecto y en ambos casos se encuentran dentro de los límites establecidos en el D.S. N° 31/2016 del MMA.

El Titular indica en la Tabla 1-21 Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria, que en el área en que se emplaza el Proyecto no presenta normas secundarias de calidad ambiental.

El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que, el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11° de la Ley, de acuerdo al artículo 6º letra a), b), c), d), e), f), g) y h) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental 1 Impacto ambiental no significativo

Aumento en los tiempos de desplazamiento Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto no significativo específico Sección 6.3, Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra c) de la Ley N°19.300: Según lo señalado por el Titular en respuesta 5.30 de la Adenda, el Proyecto no generará el reasentamiento de comunidades humanas. Según respuesta 5.14 de la Adenda, el Área de Influencia de Medio Humano corresponde a los grupos humanos que se encuentran dentro del polígono delimitado por lo siguiente: en dirección Norte con la ruta G-489 y los predios con fines habitacionales y agrícolas emplazados longitudinalmente a través de la ruta mencionada. En dirección Oeste, el Área de Influencia de Medio Humano se extiende hasta el límite del predio con Rol 1605-121, destinado al uso agrícola, similar condición se observa en dirección Sur, donde la delimitación del Área de Influencia contempla los predios agrícolas de menor superficie, los cuales cuentan con los siguientes roles prediales: 319-381, 319-382, 1605-90 y 319-385, mientras que en dirección Este, el Área de Influencia de Medio Humano, limita en el Condominio Los Tilos, cuyo entorno más próximo se encuentra conformado por predios utilizados para el desarrollo de actividad agrícola.

El proyecto no generará la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural, dado que: El área de influencia se localiza en un sector rural, con presencia de cultivos correspondiente a agricultores locales punto seguido igualmente coma en algunos predios la se realizan las actividades agropecuarias formales e informales de subsistencias. Sin embargo, como el proyecto no genera una pérdida o restricción al acceso a recursos naturales en ese sentido se descarta la afectación sobre actividades agropecuarias o agroindustrial desarrolladas actualmente.

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Según la información presentada por el Titular en Anexo 2.1 de la Adenda complementaria, se establece que las emisiones partículas que generará el Proyecto (MP10, MP2.5 y MPS) no ocasionarán un impacto significativo sobre, cultivos cercanos, debido a que las normas de calidad secundarias utilizadas como referencia (Norma Confederación Suiza), no se ven sobrepasadas con las emisiones del Proyecto, considerando que las normas de calidad secundaria apuntan a proteger los recursos naturales. Por lo tanto, se puede concluir que, a nivel de calidad del aire, el Proyecto no genera un impacto significativo en la calidad de los recursos naturales del área de influencia. Adicionalmente, es importante destacar que las mayores tasas de emisión se generarán durante el año 1 del Proyecto, el cual considera la fase de construcción y operación. En los receptores correspondientes a cultivos, las emisiones de MPS que generará el Proyecto representan menos del 1,5% de los límites establecidos en las normas de calidad secundaria del aire. Por lo tanto, no se ocasiona un impacto significativo en los cultivos y vegetación cercana al Proyecto. El uso tradicional del predio en el cual se emplazará el proyecto se encuentra vinculado a la producción de alfalfa con fines comerciales, no presentando limitaciones para el desarrollo agrícola, en función de la información proporcionada por CIREN 2015. No obstante, a la condición descrita, los testimonios entregados por los residentes del Callejón Los Tilos, este último colindante al predio de emplazamiento del Proyecto, plantea que el predio actualmente se encuentra en desuso (Ver Respuesta 5.11 de Adenda).

Respecto a las actividades económicas que se detectaron por el Titular en el área de influencia del proyecto se indica que las actividades productivas que se desarrollan al interior del área de influencia del proyecto son: agricultura y los servicios. El 70% de los habitantes entrevistados en el AI se desempeñaban como dueños o dueñas de casa, el 10% en la agricultura y el 20% en los servicios (8.1 Medio Humano de la DIA).

Por otro lado, el abastecimiento de agua para el proyecto durante todas sus fases se llevará a cabo mediante la provisión de bidones adquiridos a empresas que cuenten con autorización sanitaria de la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, por lo que no se extraerá ni utilizarán los recursos hídricos locales que puedan ser utilizados para el desarrollo de actividades agrícolas en predios vecinos. Se indica, además, que durante la construcción y cierre del proyecto no se considera extraer o extrapolar recursos naturales.

Por otro lado, en relación a la utilización de recursos naturales para el uso tradicional, tales como medicinal, espiritual o cultural, según la información recogida durante las campañas de terreno realizadas por el titular, no se identificó ninguna comunidad o asociación indígena ubicada al interior del área de influencia del proyecto, que reconozca como territorio o ubicación referencial el predio que será utilizado ni sectores cercanos al mismo, así como ningún grupo humano perteneciente a pueblo indígena que desarrolle actividades tradicionales en el área de influencia, información que coincide con la base de datos de CONADI.

Por otra parte, dada la naturaleza del proyecto (Parque Fotovoltaico) durante la operación de este, dado que produce energía a partir de la radiación solar, tiene una baja generación de emisiones atmosféricas, pues estas están restringidas básicamente al tránsito de vehículos, lo que descarta que existan impactos sobre los grupos humanos.

El Proyecto no generará obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, dado que: El Titular indica en el Capítulo 4 de la DIA, en la respuesta 5.38 de la Adenda y respuestas 4.11 y 4.12 de la Adenda complementaria que el proyecto no utilizará ni interferirá con ninguno de los accesos del área de influencia, toda vez que para ingresar al terreno del proyecto se realiza en un cruce desde la ruta 5 a Ruta G-489 para luego conectarse con el camino de servidumbre de acceso.

El proyecto se localiza en un predio particular del sector rural de la comuna de Buin, donde existe una clara vía de acceso. La utilización de la ruta G-489 durante todas las fases del proyecto no generará pérdida o deterioro de caminos que alteren el sistema de movilidad local. A su vez, el proyecto presenta un flujo de vehículos en fase de construcción, homologable para la fase de cierre del Proyecto, que es acotado en el tiempo, y un flujo marginal de vehículos en su fase de operación, descartándose efectos significativos sobre las circunstancias asociadas a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, toda vez que las rutas o accesos internos al área de influencia no serán intervenidos. Por lo tanto, el proyecto no afectará el uso ni la calidad de los flujos debido a su baja movilidad

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El Titular presenta en Anexo 4.2 de la Adenda complementaria, un “Estudio de Flujo de Vehículos Pesados”. Como resultado se indica que se incorporó datos obtenidos durante la prueba en terreno con fecha 28/02/2024 en tres franjas horarias incluyendo horarios punta de mañana y tarde. En este marco, es relevante señalar que, si al no existir actualmente datos bibliográficos relativos al tránsito vehicular en la ruta mencionada, el Titular impulso una actividad en terreno con la finalidad de establecer datos primarios relativos al flujo vehicular en la ruta de acceso al Proyecto. A modo de complemento, el registro en terreno del tránsito vehicular en la intersección de las Rutas G- 489 y El Callejón Los Tilos, señala que, durante el periodo registrado, circularon un total de 1825 vehículos, de los cuales 6,6% corresponden a vehículos pesados. Adicionalmente, en la prueba mencionada, se registró un tránsito menor peatones, cuyos tramos de desplazamientos se limitan principalmente al ingreso a las residencias emplazadas longitudinalmente en la ruta. La condición mencionada se atribuye principalmente a la carencia de bienes y servicios cercanos, motivo por el cual es frecuente el uso de locomoción particular y colectivos. Similar condición se observa en el uso de medios de transportes no motorizados el cual conforma el 1,2% de los casos registrados en la muestra total. Por su parte, los datos expuestos en la Tabla 3 del “Estudio de Flujo de Vehículos Pesados”, y aquellos asociados al flujo vehicular registrado, a partir de la información proporcionada por el MOP, permiten estimar en primera instancia que el aumento en el flujo basal de transporte pesado en dicha ruta, atribuible a la implementación del proyecto en el “peor escenario” correspondiente a la Fase de construcción equivale a un aumento del 361,6%. En dicho entendido, es relevante señalar que el escenario anteriormente planteado es improbable, debido a que el total de vehículos pesados asociados a la implementación del proyecto, circularían en jornada diurna de trabajo y de manera aleatoria, distribuidos durante los 6 meses que comprende la fase de construcción. Un posible escenario de análisis se conforma a partir del mes “peak” de la fase de construcción y donde se contabiliza un tránsito total de 166 vehículos, distribuidos en los días hábiles que conforman el mes, cifra que permite concluir que el flujo basal diario exclusivo de vehículos pesados en la intersección de las Rutas G-489 y Camino Los Tilos, se incrementará en el contexto mencionado un 5,6%, ahora bien el incremento mencionado desciende a 0,19% si la estimación es realizada en función del tránsito vehicular diario. Los antecedentes y estimaciones descritas en el Anexo 4.2 de la Adenda complementaria permiten afirmar a partir de la utilización de fuentes primarias y secundarias, que el Proyecto Alto Jahuel Solar no generará impactos significativos en el flujo basal de las rutas asociadas la implementación de este último.

En adición a lo anteriormente mencionado, el registro señalado, permite constatar que en los horarios punta, la Ruta G-489 si bien mantiene un flujo vehicular estable, no presenta condiciones de congestionamiento que pudiesen agudizarse derivado del tránsito de vehículos asociados al Proyecto. En dicho entendido y considerando las características del flujo vehicular, así como también la baja incidencia de los vehículos pesados asociados al proyecto en las condiciones basales de la ruta, fundamentadas en las estimaciones descritas previamente, se concluye que la implementación del Proyecto durante la fase de construcción no generara impactos significativos asociados tanto a las condiciones de conectividad del sector, como en los tiempos de desplazamientos de los usuarios de la Ruta G-489 (respuesta 412 de la Adenda complementaria).

Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, el Titular en el marco del Compromiso Ambiental Voluntario (ver Anexo 10.1 de la Adenda Complementaria) destinado a la implementación de un Plan Comunicacional, establece la disposición a desarrollar instancias de dialogo con representantes vecinales, destinado a la coordinación conjunta en el tránsito de vehículos pesados, particularmente en días de celebraciones, días festivos u otros asociados a los sistemas de vida y costumbres de los miembros de la comunidad residente. Asimismo, e independiente de la presencia de señalética y reductores de velocidad en el tramo de la Ruta G-489 más próximo al Proyecto, el Titular comprometerá medidas orientadas a limitar la velocidad en esta última ruta, lo anterior con la finalidad de contribuir favorablemente a las condiciones de seguridad vial en dicha zona. También cabe mencionar que en ningún caso los vehículos, maquinaria y/o camiones se detendrán o estacionarán en la ruta pues el Proyecto contempla dentro de sus obras temporales estacionamientos de vehículos y maquinarias.

El proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, dado que: El Proyecto, durante todas sus fases, contará con sus propios medios para el abastecimiento de energía eléctrica, agua potable, servicios higiénicos, transporte y alimentación de los trabajadores para todas las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 44

fases del Proyecto. Además, no se considera en ninguna fase la pernoctación de trabajadores, tal como lo indica el Titular en el Capítulo 1 de la DIA. Todos los servicios básicos, en todas las fases del proyecto, serán suministrados por el propio Proyecto, es decir, no se utilizarán los servicios básicos del sector, por lo cual, no se verá alterado el acceso o la calidad a estos servicios. En la fase de construcción y cierre, en la instalación de faena se instalarán baños químicos. El servicio de instalación y mantención de los baños químicos será contratado a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. A su vez, durante la fase de operación, se contará con servicios higiénicos conectados a una fosa séptica. El manejo y gestión de residuos se realizará contratando a una empresa autorizada, por lo que estos serán gestionados de forma íntegra y no se prevé realizar descargas de ningún tipo sobre los recursos suelo, aguas superficiales o aguas subterráneas. El aumento temporal de población (mano de obra) asociada a las 3 fases del proyecto no disminuirá la disponibilidad de bienes tanto muebles como inmuebles, así como tampoco la disponibilidad de servicios existentes en el área de influencia como en la comuna de Buin (salud, educación, entre otros). Finalmente, ninguna de las fases del proyecto generará efectos sobre la oferta y/o demanda de viviendas en el área de influencia.

Luego del análisis de los factores generadores de impacto, la ejecución del proyecto en un predio particular del sector rural de Buin no generará una pérdida de espacios de uso público en el área de influencia y no modificará las prácticas habituales asociadas al uso del tiempo libre, prácticas comunicativas, recreativas o de organización de los grupos humanos que habitan en el área de influencia. En el área de influencia no se identificaron áreas verdes cuya calidad o cuyo acceso pueda resultar alterado por la ejecución del proyecto. De acuerdo con la descripción del proyecto y los factores generadores de impacto, no se generará una pérdida de espacios urbanizados de uso público, ni se modificarán prácticas habituales asociadas al uso del tiempo libre o prácticas recreativas de los habitantes del área de influencia.

El proyecto no generará dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, dado que: De acuerdo con la información levantada en terreno por el Titular que fue presentada en el Anexo 8 de la DIA, en la comuna de Buin se realizan diversas actividades culturales durante el año. Algunas de las actividades principales, en las que participan los habitantes de la comuna son: a) Fiesta de la Vendimia: Se celebra en Marzo de cada año, y en la oportunidad de realizan diversos juegos, venta de comida y la presentación de grupos artísticos. b) Fiesta de la Cerveza de Buin: Como en distintas otras ciudades del país, en Buin se celebra cada año, en el mes de Abril, la Bierfest o Fiesta de la Cerveza. En el evento hay venta de cervezas locales, música y comidas. c) Fiestas Patrias: Como en diferentes comunas del país, en Buin se realizan ramadas para celebrar las fiestas patrias durante el mes de septiembre de cada año. En la oportunidad hay venta de comida, música y juegos. Sin embargo, de acuerdo a lo mencionado por los habitantes del AI, en el sector no se realizarían actividades culturales tales como celebraciones o eventos artístico-culturales y además los mencionaron no participar de ningún tipo de celebración propia de la localidad, pero se mencionaron participar en actividades deportivas como partidos de futbol en las cercanías del sector.

Para complementar lo anterior, el Titular indica en Tabla 5-8 de la Adenda que el tránsito proyectado para las fases de construcción, operación y cierre no dificulta o impide el desarrollo de celebraciones en el área de influencia, donde no se identifican sitios de significancia cultural para la población local. Tampoco se produce pérdida o modificación de componentes del patrimonio cultural local. Considerando su ubicación y la descripción de sus partes y obras, en ninguna de sus fases el proyecto provocará la pérdida de características culturales locales, lazos familiares, sociales o laborales, actitudes y valores compartidos que identifican a los habitantes del área de influencia. En relación a los sentimientos de arraigo, se indica que Considerando la descripción del proyecto y los factores generadores de impacto, la ejecución del proyecto en un predio particular del sector rural de Buin, no generará pérdida o disminución de la voluntad de la población del área de influencia de permanecer en el lugar que actualmente habita y en ninguna de sus fases el proyecto generará pérdida o disminución de sitios o lugares donde se realizan manifestaciones propias de la cultura o folclore de la población que habita el área de influencia.

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Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Según lo señalado por el titular en el Anexo 8 de la DIA, la comuna de El Monte, en el último registro censal, se detalla que existen 7.869 personas que se consideran pertenecientes a un pueblo originario, alcanzando aproximadamente el 8.33% de la población comunal. De estas personas, la etnia que se destaca y tiene la población más alta corresponde a la cultura Mapuche.

El titular indica en el “Estudio de Medio Humano” en el Anexo 8 de la DIA, y a los datos obtenidos en las entrevistas al área de influencia del Proyecto realizadas por el Titular indican que, según declarado por los habitantes del área de influencia, el 7,7% de los entrevistados declaró pertenecer a la etnia mapuche, pero ninguno de ellos pertenecería a alguna comunidad indígena. No se declaró, por parte de los entrevistados, la pertenencia a otro pueblo originario. Además, se indica que según los antecedentes de CONADI en la comuna de Buin existirían 3 asociaciones indígenas (Colahuen, Kumei Nütram y Folil Mapü), que no se ubicarían al interior del área de influencia y no existirían comunidades indígenas.

De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que, el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11° de la Ley, de acuerdo al artículo 7º letra a), b), c) y d) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto no significativo específico Sección 6.4, Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra d) de la Ley N°19.300:

Como se ha indicado previamente, según lo señalado por el titular en el Anexo 8 - LB Medio Humano de la DIA, el área de influencia del Proyecto para el componente medio humano, no se emplaza en o en las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas. Según antecedentes del Sistema Integrado de Información de CONADI, tampoco se registran asociaciones ni comunidades indígenas en el área de influencia para el medio humano.

De acuerdo a la información presentada por el Titular en la respuesta 5.18 de la Adenda, el Proyecto no se emplaza en o próximo a áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles a ser afectados por las obras del Proyecto. La zona que se encuentra más cercana al área de proyecto estaría a 15,2 km de distancia aproximadamente para el caso del Sitio Prioritario Cordón de Cantillana y a 18,2 km aproximadamente del Parque Nacional Rio Clarillo, por lo que considerando que las partes y obras del proyecto se circunscriben dentro de los límites del predio del proyecto, no se prevé relación ni interacción del proyecto con los mencionados lugares, En consecuencia, no se generaría ningún efecto sobre estas zonas. Finalmente, es posible indicar que no existe afectación a zonas protegidas, el Proyecto no se localiza sobre parques nacionales, monumentos naturales, reservas nacionales, reservas de región virgen, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas, reservas de bosque, acuíferos que alimentan vegas y bofedales de las regiones de Arica y Parinacota; Tarapacá y Antofagasta, bienes nacionales protegidos, áreas marinas costeras protegidas, monumentos históricos, zonas típicas o pintorescas, zonas de interés turístico, zonas de conservación histórica, Ramsar, ni sitios prioritarios.

De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que, el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11° de la Ley, de acuerdo al artículo 8º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

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5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto no significativo específico Sección 6.5, Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra e) de la Ley N°19.300:

El Titular presenta el documento “Línea de base de paisaje” en Anexo 11 de la DIA y determina y evalúa el valor paisajístico del área de influencia del Proyecto en base a la Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental del Valor Paisajístico en el SEIA (SEA, 2019).

El Proyecto, según lo indicado por el Titular en Anexo 11 de la DIA, se inserta en la Macrozona Centro, la cual se extiende desde el Río Aconcagua hasta el Río Biobío, abarcando las regiones de Valparaíso (sur), Metropolitana, Del Libertador General Bernardo O’Higgins, Maule y Biobío (norte), específicamente, el Proyecto se encuentra dentro de la Subzona Cuencas y valles interiores, la cual se localiza en el margen oriental de la cordillera de la costa, siendo las más importantes la de Cauquenes y Melipilla, a las que se suman dos grandes depresiones: la cuenca de Santiago y la de Rancagua, separadas por la Angostura de Paine. En el punto 4.4 del Anexo 5.3 de la DIA, el Titular presenta la Identificación del valor paisajístico e indica que la consideración y valorización del conjunto de atributos biofísicos de la zona del Proyecto, permite determinar que la zona no presenta valor paisajístico, lo anterior está determinado por ser un área con un alto grado de antropización, dominado por cultivos de árboles frutales y viviendas que conforman un entorno periurbano. Así mismo, con el fin de determinar el impacto visual del proyecto, se identificaron 4 puntos de observación en el entorno cercano del proyecto y se delimitaron las cuencas visuales para cada uno de los puntos de observación seleccionados en función de la accesibilidad de los potenciales observadores que transiten por el área del proyecto y sus alrededores. La fragilidad visual del paisaje fue evaluada mediante un análisis de intervisibilidad, el que consiste en determinar la accesibilidad visual que los potenciales observadores tienen al proyecto desde distintos puntos de observación. Este análisis permitió evaluar la vulnerabilidad visual del paisaje relacionando el acceso visual de los observadores a las obras del proyecto. La sumatoria e intersección de las cuencas visuales corresponde al área de influencia del componente paisaje (SEIA, 2019). El área de influencia está conformada por un polígono que reúne a las 4 cuencas visuales determinadas en el análisis, como también incorpora las áreas de intervisibilidad. La superficie cubierta por el área de influencia total corresponde a 1.514,5 Hectáreas. Se identificaron 3 unidades de paisaje (UP) en el área del proyecto, cuyas características se encuentran determinadas por las características naturales del territorio y del relieve. Estas corresponden a agrícola (Conformada por cultivos de árboles frutales y hortalizas), urbana (Corresponde a dos áreas: Condominio Los Tilos y una porción del área urbana de Alto Jahuel) e industrial (Corresponde principalmente a las áreas de la subestación eléctrica de Alto Jahuel y a las instalaciones de la Viña Santa Rita.). Al evaluar la calidad total del paisaje del área de influencia del proyecto, se determinó una baja calidad ya que gran parte del territorio está intervenido de alguna manera por acción antrópica y se distingue una alta homogeneidad en el paisaje debido a características de: - Bajas pendientes - Predominancia de los cultivos agrícolas en pequeñas y grandes extensiones - Baja presencia de fauna silvestre - Baja presencia de vegetación nativa

El Titular indica en el Anexo 5.3 Estudio de Turismo de la Adenda, que no existen ZOIT presentes en el área del proyecto ni al interior de la comuna de Buin. La ZOIT más cercana se localiza a 63 Km lineales desde el área del proyecto en dirección Noroeste (ZOIT Casablanca), seguida por la ZOIT Lago Rapel, ubicada a 72 Km, medidos linealmente desde el área del proyecto en dirección Suroeste. Por su parte, las Áreas Turísticas Prioritarias (ATP) son unidades territoriales usadas para la gestión interna, las cuales constituyen un indicador de avance y desarrollo de la actividad turística a nivel nacional y determinan la ubicación de polos de desarrollo sectorial, los que implican la incorporación de nuevas zonas a la gestión turística. Al respecto, en el “Informe de Intensidad Turística y Definición de Destinos Turísticos (2018)” se revisaron los antecedentes correspondientes a las Áreas Turísticas Prioritarias y Destinos Turísticos prioritarios, delimitando su extensión e identificando su nivel de desarrollo según Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 47

categorías. De esta manera, es posible indicar que el proyecto se emplaza al interior del Destino Turístico Valle del Maipo, cuyo nivel de desarrollo turístico es Emergente, del tipo Rural y de Naturaleza (SERNATUR, 2018). Sin perjuicio de lo anterior, el Titular indica en Anexo 6.1 de la Adenda complementaria que el valor turístico del territorio no se verá afectado por las obras del Proyecto.

De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que, el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11° de la Ley, de acuerdo al artículo 9º letra a), b) y c) del Decreto Supremo Nº40/201 del Ministerio del Medio Ambiente.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto no significativo específico Sección 6.6, Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad puede generar o presentar alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra f) de la Ley N°19.300:

Los resultados arrojados por la realización de caracterización arqueológica mediante pozos de sondeo desarrollados en el mes de febrero de 2024 en el área de proyecto, adjuntos en Anexo 4.3 Informe pozos de sondeo - Parte 1 de la Adenda complementaria, determinaron la ausencia de restos arqueológicos dentro del polígono del proyecto.

Sin embargo, el titular realizará monitoreo arqueológico permanente y Capacitación a trabajadores sobre Patrimonio Cultural como Compromiso Ambiental Voluntario, y que son presentados en los puntos 10.1.6 y 10.1.1 del ICE, respectivamente.

El predio, acorde a lo señalado por el Titular en la respuesta 5.1 de la Adenda y respuesta 4.13 de la Adenda complementaria, en donde se localizará el proyecto corresponde a un predio cuyo uso anterior, fue la producción agrícola de alfalfa. No encontrándose edificaciones o infraestructura existente. Por lo anterior, se descarta la presencia de construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Por otra parte, el Titular indica en el Anexo 4.3 Informe pozos de sondeo - Parte 1 de la Adenda complementaria que en base a los registros disponibles de forma pública por el Consejo de Monumentos Nacionales (Registro y datos relevantes de cada uno de los Monumentos Nacionales oficialmente decretados por el Consejo de Monumentos, estando omitidos los Monumentos Arqueológicos y Monumentos Públicos; actualizado a enero del 2024), se encuentra el “Parque de la Viña Santa Rita” (emplazado a 1500 m del Proyecto); y la “Iglesia del Tránsito de la Santísima Virgen María” (emplazado a 6000 m del Proyecto.). Según lo indicado en las entrevistas por los vecinos del AI, no se tienen actividades culturales ni celebración de festividades que se lleven dentro del área de influencia, pues las festividades que se celebran se realizan a nivel comunal de la comuna de Buin

El Titular señala en Anexo 8 Estudio de medio humano de la DIA y en Anexo 6.1 Actualización Fichas Resumen, que el Proyecto, en ninguna de sus fases, afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.

En consecuencia, de acuerdo a los antecedentes presentados por el Titular durante la evaluación ambiental del Proyecto, no es posible acreditar que el Proyecto no genere o presente los efectos, características o circunstancias de la letra f) del artículo 11° de la Ley, de acuerdo al artículo 10º letra a), b) y c) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 48

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1 Permiso Ambiental Sectorial 138 del Reglamento del SEIA. “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza”. Fase del proyecto a la cual corresponde Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Fosa séptica Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Para el dimensionamiento del sistema de recolección, tratamiento y eliminación de aguas residuales generadas por los servicios higiénicos durante la fase de operación se consideran como máximo 10 personas máximo trabajando el mismo día. Según lo señalado anteriormente, la producción de aguas servidas diaria se estima en 1.200 litros, para lo cual, se seleccionó una fosa séptica prefabricada de 2.500 litros de capacidad y 2.200 litros de volumen útil, cuyas aguas tratadas serán finalmente incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración. Cabe señalar que la fosa séptica se ubicará distante a cualquier curso de agua superficial, es decir, a más de 20 metros de cualquier curso o cuerpo de agua.

Para mayor detalle revisar el Anexo 1.3 Actualización PAS 138 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 776 de 01 de abril de 2024 se pronuncia conforme, respecto de los antecedentes del PAS 138. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9.1.1 del ICE.

6.1.2 Permiso Ambiental Sectorial 140 del Reglamento del SEIA. “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.” Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Sitio temporal de acopio de residuos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Durante las del Proyecto, los residuos generados serán almacenados en los siguientes recintos: • Área de acopio de residuos asimilables a domésticos: Se contará con un contenedor estanco, cerrado de 500 L para el almacenamiento temporal de estos residuos el cual ocupará una superficie aproximada de 12 m2. • Área de acopio de residuos industriales no peligrosos: Se contará con un área delimitada por cerco perimetral para el acopio de los residuos industriales no peligrosos, la cual abarcará una superficie de 12 m2. Los residuos sólidos no peligrosos serán acopiados dentro de contenedor metálico sobre radier de hormigón.

Para mayor detalle revisar el Anexo 2.2 PAS 140 de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 776 de 01 de abril de 2024, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes del PAS 140. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9.1.2 del ICE.

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6.1.3 Permiso Ambiental Sectorial 142 del Reglamento del SEIA. “Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos”. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de acopio temporal de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El Proyecto contará con una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos durante todas las fases del Proyecto,

La bodega de acopio temporal de residuos peligrosos cumplirá con lo establecido en el D.S. 148/2003 del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Las características principales de la bodega se describen a continuación:

• Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. • Piso radier de hormigón. • Techo y paredes de material sólido. • Sistema de control de derrames e incendios. • Estructuras para impedir el acceso a personal no autorizado y animales. • Los distintos tipos de residuos serán segregados y clasificados separadamente y rotulados de acuerdo con la Norma NFPA; NCh 389 Of 2004 y la NCh 2190, Of.2019. • Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. • Estará señalizada con letreros visibles, en los que se indicará que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos.

Para mayor detalle revisar el Anexo 3.1 Actualización PAS 142 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 776 de 01 de abril de 2024, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes del PAS 142. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9.1.3 del ICE.

6.1.4 Permiso Ambiental Sectorial 160 del Reglamento del SEIA. “Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos”. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Obras temporales y permanentes del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El emplazamiento del Proyecto requiere de construcciones temporales y permanentes fuera del límite urbano. Las obras temporales corresponden a aquellas instalaciones (no habitables) y edificaciones (habitables) de carácter temporal que se habilitarán como apoyo para la fase de construcción del Proyecto, las cuales serán desmanteladas una vez finalizada esta fase. Por otra parte, las instalaciones y edificaciones permanentes corresponden a las de carácter permanentes relacionadas principalmente con la fase de operación del Proyecto. El detalle de las partes y obras temporales y permanentes para las distintas fases del Proyecto, se describen en el punto 4 del presente ICE.

Para mayor detalle revisar el Anexo 3.2 Actualización PAS 160 de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 50

Pronunciamiento del órgano competente En función de lo anterior, la Dirección Regional Metropolitana del Servicio de Evaluación Ambiental, señala que el Titular presenta los antecedentes técnicos y formales para el otorgamiento del PAS 160. SAG se pronuncia conforme mediante oficio ORD. Nº 477 de fecha 02 de abril de 2024. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9.1.5 del ICE.

7°. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando la Planta de generación eléctrica con tecnología solar fotovoltaica como INOFENSIVA.

8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

8.1 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N°31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago” (PPDA). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción que lo genera Fase de construcción: operación de maquinaria fuera de ruta, operación grupos electrógenos, Combustión de vehículos, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, Excavaciones, compactación, nivelación, escare, carga y descarga de material y erosión eólica de acopios. Fase de operación: combustión de vehículos, tránsito de vehículos por vías pavimentadas y tránsito de vehículos por vías no pavimentadas. Fase de cierre: operación de maquinaria fuera de ruta, operación de grupos electrógenos, combustión de vehículos, tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, excavaciones y carga y descarga de material. Forma de cumplimiento Según a los antecedentes presentados por el titular en la Estimación de emisiones atmosféricas en Anexo 2.1 de la Adenda complementaria, el Proyecto, en todas sus fases, cumple con los límites establecidos en el D.S. N° 31/2016 del MMA por lo que no requiere compensar sus emisiones atmosféricas. Se contemplan medidas de abatimiento de polvo mediante la aplicación de supresor de polvo tipo bischofita al inicio de la fase de construcción por el camino de acceso del proyecto.

Además, se realizará el control de emisiones, considerando las siguientes medidas:

  • Se exigirá a los camiones que transporten residuos procedentes de excavaciones y otros residuos similares que lo hagan con la carga cerrada por lonas para evitar mayor emisión de material particulado. •Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, el cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte en las fases de construcción, operación y cierre. •La maquinaria utilizada para efectos de transporte contará con revisión técnica al día cumpliendo con la normativa aplicable al efecto. •Los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución y se establecerán restricciones de velocidad en caminos no pavimentados, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. •Se mantendrán caminos de acceso en buen estado Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 51

  • Se complementará el formulario de ingreso de Declaración de Emisiones al Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).

  • Aplicación de un supresor de polvo en los caminos interiores del Proyecto durante la fase construcción.

Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente se pronuncia conforme mediante oficio Ord. N° 230 de fecha 02/04/2024 condicionado a que el Titular debe:

  1. Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM, un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) de MP10 equivalente, en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del D.S. 31/2016 del MMA.

Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1:

Tabla 1: Emisiones de MP10 equivalente a compensar del proyecto “PFV Alto Jahuel Solar”.

Año Fase MP10eq [ton/año MP10eq al 120% [ton/año] 1 Construcción y operación 4,70 5,64 Fuente: Cálculos realizados por Seremi MA en base a Anexo 2.1 de Adenda Complementaria.

Al respecto, se aclara que, según el Artículo 63 del PPDA, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios:

Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas. Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación. Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares.

Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones. Finalmente se indica que, el Art. 64 del PPDA exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones, sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones.

Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de Declaración de Emisiones al Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) Forma de control y seguimiento Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones.

8.2 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N° 144/1961 del Ministerio de Salud que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 52

Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto contempla actividades tales como movimientos de tierra, tránsito de vehículos motorizados livianos y pesados por caminos pavimentados y no pavimentados. Forma de cumplimiento De acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo 2.1 de la Adenda complementaria “Estimación de Emisiones Atmosféricas”, al evaluar el cumplimiento de las emisiones atmosféricas respecto al PPDA de la Región Metropolitana, se obtiene que en ninguna de las fases del Proyecto se debe realizar compensación de emisiones, ya que no se sobrepasa el límite de emisión máxima. Se implementarán medidas de control para minimizar las emisiones atmosféricas durante las fases deconstrucción y cierre del proyecto, entre las que se pueden mencionar: - Se exigirá a los camiones que transporten residuos procedentes de excavaciones y otros residuos similares que lo hagan con la carga cerrada por lonas para evitar mayor emisión de material particulado. •Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, el cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte en las fases de construcción, operación y cierre. •La maquinaria utilizada para efectos de transporte contará con revisión técnica al día cumpliendo con la normativa aplicable al efecto. •Los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución y se establecerán restricciones de velocidad en caminos no pavimentados, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. •Se mantendrán caminos de acceso en buen estado - Se complementará el formulario de ingreso de Declaración de Emisiones al Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). - Aplicación de un supresor de polvo en los caminos interiores del Proyecto durante la fase construcción. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de los siguientes registros: •Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. •Registro de revisiones técnicas al día. •Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia del Medio Ambiente

8.3 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N° 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto contempla actividades tales como movimientos de tierra, tránsito de vehículos motorizados livianos y pesados por caminos pavimentados y no pavimentados. Forma de cumplimiento • Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, el cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte en la fase de operación. • La maquinaria utilizada para efectos de transporte contará con revisión técnica al día cumpliendo con la normativa aplicable al efecto • Se exigirá cobertura (encarpado) a los vehículos o maquinarias que ingresen con tierra u otro material que pueda ser dispersado a la atmósfera. • Los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución y se establecerán restricciones de velocidad en caminos no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 53

pavimentados, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Se utilizarán mallas Raschel en los sectores de mayores emisiones. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de los siguientes registros: •Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. •Registro de revisiones técnicas al día. •Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia del Medio Ambiente

8.4 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 138/2005 del Ministerio de Salud “Establece obligación de declarar emisiones que indica” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto contempla la utilización de grupos electrógenos durante la fase de construcción y cierre del Proyecto, los que serán declarados conforme la normativa ambiental Forma de cumplimiento Se cumplirá con la obligación de declaración emanada de este decreto respecto del grupo electrógeno, a través de la plataforma de ventanilla única del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará la declaración de emisiones pertinentes, y se mantendrá actualizado el sistema RETC. Se mantendrá un registro en que consten los certificados de la declaración de emisiones en el sistema RETC. Forma de control y seguimiento Comprobante de la ventanilla única Fiscalizaciones de la Superintendencia del Medio Ambiente

8.5 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Pesados”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizados para el transporte de los insumos, traslado de materiales y del personal. Forma de cumplimiento Toda maquinaria o vehículo pesado que intervenga en el Proyecto tendrá sus revisiones técnicas al día, para asegurar que no se superen los límites de emisión máxima que corresponda. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de: •Registro de revisiones técnicas al día. •Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

8.6 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados y fija procedimientos para su control”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 54

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizados para el transporte de los insumos, traslado de materiales y del personal. Forma de cumplimiento Todo vehículo que intervenga en el Proyecto tendrá sus revisiones técnicas al día, para asegurar que no se superen los límites de emisión máxima que corresponda. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de: •Registro de revisiones técnicas al día. •Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales y Municipales, Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

8.7 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº279/1983 del Ministerio de Salud que “Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizados para el transporte de los insumos, traslado de materiales y del personal. Forma de cumplimiento Todo vehículo que intervenga en el Proyecto tendrá sus revisiones técnicas al día, para asegurar que no se superen los límites de emisión máxima que corresponda. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma, a través del certificado de revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de: •Registro de revisiones técnicas al día. •Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la Seremi de Transporte, Carabineros de Chile, Inspectores Municipales, Superintendencia de Medio Ambiente.

8.8 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que “Norma de emisión aplicable a los vehículos motorizados livianos”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción que lo genera En cuanto a las emisiones de gases (Monóxido de Carbono - CO, Hidrocarburos - HC y Óxidos Nitrosos -NOx) y material particulado, se producirán preferentemente en la fase de construcción del Parque Solar, específicamente durante la habilitación de caminos y accesos. Dichas emisiones se repetirán en menor medida durante la fase de operación y cierre del Proyecto, considerando una disminución de las actividades a desarrollar en dichas fases. Por otro lado, estas emisiones serán puntuales y no persisten en el tiempo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 55

Forma de cumplimiento El Titular verificará que todo vehículo motorizado esté inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, contando con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumplen con los límites máximos establecidos por la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Se solicitará que todos los vehículos que circulen por la faena estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

8.9 COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte Norma D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales Forma de cumplimiento El transporte de materiales, realizado principalmente en las fases de construcción y cierre, se efectuará con la tolva o sección de carga tapada con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, de forma tal de impedir la dispersión del polvo en la atmósfera y el escurrimiento de materiales. Además, se exigirá que el transporte de líquidos o sólidos con porcentaje de humedad se realice en camiones 100% estancos, que impidan el escurrimiento al suelo. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia del Medio Ambiente

8.10 COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte Norma D.S. N°54/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Norma de emisión aplicable a vehículos Motorizados medianos que indica”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales, insumos, residuos y de personas Forma de cumplimiento El Proyecto empleará vehículos indicados en la normativa para el transporte de insumos, residuos materiales y personas. En este contexto el Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos cumplan con esta norma de emisión. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma, a través del certificado de revisión técnica al día. El Titular exigirá que todos los vehículos motorizados medianos cuenten con revisión técnica al día y una mantención adecuada para operar en buenas condiciones. Por lo tanto, se les exigirá a los contratistas que cada uno de los vehículos cuente con revisión técnica y de gases al día. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión técnica al día y, cuando corresponda, vehículos con convertidor catalítico, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 56

Sello verde adherido en el parabrisas del vehículo. Certificados de emisión de contaminantes de vehículos. Forma de control y seguimiento Libro de registro de revisión técnica de los vehículos. Registro de los certificados de emisión de contaminantes de vehículos.

8.11 COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las fuentes de emisión de ruido más relevantes durante la fase de construcción y cierre serán las provenientes del movimiento de tierra y el tránsito vehicular de vehículos pesados. Mientras que, en la fase de operación, las emisiones sonoras estarán asociadas al tránsito de vehículos menores producto de las labores de mantenimiento. Forma de cumplimiento En base a los resultados obtenidos en el estudio de ruidos, durante la fase de operación se cumple con los límites establecidos por el D.S. N° 38/2011 del MMA para el periodo diurno, periodo en que se desarrollarán las actividades operativas asociadas. No se efectúan trabajos en horario nocturno que pudieran sobrepasar los límites máximos permisibles para zonas rurales. Respecto de la fase de construcción y cierre también se cumple con los límites establecidos por el D.S. N° 38/2011 del MMA para el periodo diurno aplicando medidas de control para la Fase de construcción, periodo en que se desarrollarán las actividades constructivas asociadas. No se efectúan trabajos en horario nocturno que pudieran sobrepasar los límites máximos permisibles para zonas rurales.

Las medidas de control asociadas corresponden a: • Barreras acústicas flexibles • Barreras acústicas en grupos de receptores R1, R2, R2A, R3, R4A y R4C.

De acuerdo con lo señalado por La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana en su Of ORD. N° 776 de fecha 01 de abril 2024, que indica lo siguiente:

“(…) 1.1 RUIDO

1.1.1 No se tienen observaciones en materia de acústica ambiental. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias, basadas en las medidas y compromisos señalados por el propio titular, cumpliendo en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la reemplace, la norma de referencia utilizada en la evaluación de las vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos y la norma de ruido para ruido de flujo vehicular “Ordonnance sur la Protection Contre le Bruit” (OPB) 814.41 de la Confederación Suiza.” Indicador que acredita su cumplimiento Cumplimiento de lo señalado en el Anexo 2.2 de la Adenda complementaria Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente

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8.12 COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción y cierre, en ciertas áreas y momentos, los trabajadores estarán expuestos a niveles de ruido superiores a los establecidos en la presente norma, producto de las actividades propias del Proyecto. Forma de cumplimiento En base a los resultados obtenidos en el estudio de ruidos en Anexo 2.2 de la Adenda complementaria, durante la fase de operación se cumple con los límites establecidos por el D.S. N° 38/2011 del MMA para el periodo diurno, periodo en que se desarrollarán las actividades constructivas asociadas. No se efectúan trabajos en horario nocturno que pudieran sobrepasar los límites máximos permisibles para zonas rurales. Respecto de las fases de construcción y cierre también se cumple con los límites establecidos por el D.S. N° 38/2011 del MMA para el periodo diurno, periodo en que se desarrollarán las actividades constructivas asociadas. No se efectúan trabajos en horario nocturno que pudieran sobrepasar los límites máximos permisibles para zonas rurales. El nivel de presión sonora al cual serán sometidos los trabajadores no será superior a 85 dB(A) lento, medidos en la posición del oído del trabajador. Para minimizar el ruido generado por maquinarias en contacto directo con los trabajadores, se dispondrá la entrega de elementos de protección personal que atenúan las condiciones de exposición a ruido. Indicador que acredita su cumplimiento Cumplimiento de lo señalado en el Anexo 2.2 de la Adenda complementaria Registro de entrega de EPP de protección auditiva a trabajadores Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente.

8.13 COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma D.S. N° 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requerirá la realización de labores de excavación y despeje, tránsito por caminos no estabilizados y transporte de carga, que generarán emisiones de ruido. Forma de cumplimiento El Titular presentará los antecedentes necesarios ante la autoridad para los permisos de edificación relativos a la construcción de obras. Además, el Titular exigirá a los contratistas que adopten las medidas establecidas en esta norma con el fin de minimizar las emisiones de ruido. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de charlas con medidas para atenuar los ruidos. Permiso de edificación Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de la Dirección de obras municipales

8.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Norma D.F.L N° 725/1967 del Ministerio de Salud “Código sanitario” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 58

Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº 594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/1989 Ministerio de Salud. Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos sólidos no peligrosos Forma de cumplimiento En la construcción, operación y cierre del proyecto se van a generar residuos no peligrosos los cuales serán entregados para su disposición final adecuada. Se adjunta los antecedentes técnicos para la obtención del PAS 140 y así cumplir con tener un sitio autorizado para su almacenamiento temporal. Los lugares de trabajo, durante las fases de construcción, operación y cierre, se mantendrán limpios de residuos, ruido u olores que afecten la salud o pongan en riesgo la seguridad de las personas. El titular estará a cargo de controlar la verificación de estas obligaciones. Los residuos sólidos industriales no peligrosos, generados durante estas fases corresponden a residuos como despuntes de aluminio, chatarra, embalajes de cartón o madera, escombros, restos de hormigón, cables, metales entre otros, los cuales serán acumulados y almacenados en contenedores ubicados en la instalación de faena. Serán segregados los reciclables de los que no los son, y luego retirados por transportistas autorizados, para ser dispuestos en sitio autorizado. Se obtendrá autorización por parte de la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, para el sitio destinado a la acumulación de residuos industriales no peligrosos (basuras o desperdicios de cualquier clase). Se presentan los antecedentes necesarios para la obtención del PAS 140. Una vez obtenida la RCA favorable se solicitará a la SEREMI de Salud en forma sectorial el permiso correspondiente. El detalle de la cantidad de residuos no peligrosos generados por fase se encuentra en Anexo 2.2 de la DIA PAS140. En ningún caso se descargarán residuos líquidos en cursos de aguas cercanos al área del Proyecto o dentro de él. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro de la salida y lugar de disposición final autorizado de los residuos industriales no peligrosos. Obtención del PAS Nº 140 a modo de cumplir con los requisitos de la normativa. Autorización de SEREMI de Salud del sitio de almacenamiento Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de la SEREMI de Salud y SMA.

8.15 COMPONENTE/MATERIA: Abastecimiento de agua y emisiones liquidas Norma D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, cierre, se instalarán baños químicos en los frentes de trabajo mantenidos por contratistas externos debidamente acreditados para dicha actividad. Asimismo, se requiere de la provisión de agua potable para los trabajadores para todas las fases. Forma de cumplimiento Se proveerá de agua envasada o a través de dispensadores de agua para los trabajadores en todas las fases del proyecto, por parte de proveedores autorizados. Servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas: Como medida de cumplimiento de los artículos 21 al 26, se exigirá baños químicos en los frentes de trabajo en los frentes de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 59

trabajo, los que contarán con la debida autorización por parte de la SEREMI de Salud respectiva. Para la mantención de los baños químicos se contratará una empresa autorizada. El Titular exigirá el certificado que acredite los puntos de descarga autorizados y la vigencia de la autorización sanitaria. Los baños químicos se instalarán a no más de 75 m de distancia de los frentes de trabajo activos y el número será de 1 cada 10 trabajadores y con separación de sexo si corresponde. Una vez finalizada la construcción, se exigirá al contratista reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba el baño químico, para evitar así la proliferación de vectores, malos olores, contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes ocasionados por la instalación. Durante la fase de operación, para el abastecimiento de agua potable de los trabajadores a cargo de las actividades de mantención y conservación se distribuirá agua en botellas o envasada mediante dispensadores en concordancia con la calidad y cantidad establecida en el D.S. N° 594/2000 y serán adquiridos a una empresa autorizada Indicador que acredita su cumplimiento Registros de compra y entrega de agua potable envasada. Se mantendrán en la planta, copias de los contratos relativos a la empresa que proporcionará y mantendrá los baños químicos, así como formularios de retiros de estos y/o residuos asociados en el contexto del sistema de ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Registro de autorización de las empresas que retiren, manipulen y transporten los residuos. Registro de autorizaciones sanitarias. Fiscalizaciones por parte de la SEREMI de Salud o SMA

8.16 COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Ley 4.601/1929 (Texto reemplazado por la Ley Nº 19.473, de 1996) del Ministerio de Agricultura, “Ley de caza”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y Cierre. Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº 5/1998 Ministerio de Agricultura Aprueba Reglamento de la Ley de Caza Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades del Proyecto Forma de cumplimiento De acuerdo con los resultados presentados, no se identificó fauna con algún estado de conservación en el área de emplazamiento del Proyecto, sin embargo, la especie Liolaemus lemniscatus corresponde a una especie endémica y de baja movilidad. Por lo tanto, es poco probable que sea aplicada a taxones a los cuales se aplica la ley. Durante la construcción se evitará la ocupación innecesaria de suelos que no serán utilizados directamente por las obras del Proyecto. Se prohibirá la sustracción, caza o alteración de cualquier especie de fauna en el área del Proyecto, lo que se reforzará a través de capacitaciones a trabajadores. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitaciones a trabajadores Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de Superintendencia del Medio Ambiente y SAG

8.17 COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma D.S. N° 29/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, “Reglamento para Clasificar Especies según Estado de Conservación (RCE)”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y Cierre. Otros cuerpos legales Decreto Ley Nº 701 del Ministerio de Agricultura. Fija régimen legal de los terrenos forestales o preferentemente aptos para la forestación, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 60

y establece normas de fomento sobre la materia, publicado en el Diario Oficial el 28 de octubre de 1974. Ley N° 20.283 del Ministerio de Agricultura. Ley sobre recuperación de bosque nativo y fomento forestal, publicada en el Diario Oficial el 30 de julio de 2008.Decreto Supremo Nº 5 del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de caza, publicado en el Diario Oficial 7 de diciembre de 1998 Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades del Proyecto Forma de cumplimiento No existen en el área de intervención de Proyecto especies nativas catalogadas Atención a la actualización de listas de especies con categorías de conservación e implementación de las siguientes acciones: •Capacitación relacionada con las especies incorporadas (fase de construcción). •En la fase de operación, información a los trabajadores. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitaciones a trabajadores Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de SAG

8.18 COMPONENTE/MATERIA: Fauna íctica nativa Norma Dto. Ex. N° 878/2011 del Ministerio de Economía “Establece veda extractiva de especies ícticas nativas que indica”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Línea eléctrica aérea Forma de cumplimiento Se aclara que según muestra el Anexo 2.12 del Adenda complementaria, la Línea Eléctrica sólo cruzará dos cauces: Canal Santa Rita y Canal Sin Nombre N° 2, actividad que se realizará de manera aérea, es decir, sin intervención de lechos ni riberas. Por lo tanto, se descarta cualquier tipo de intervención directa o indirecta sobre cursos de agua naturales o artificiales. Es importante señalar que el Proyecto no tiene por objetivo ninguna actividad relacionada con la extracción, captura, posesión, transporte o cualquier proceso de transformación, así como la comercialización o almacenamiento de cualquiera de las especies vedadas, sea de ejemplares enteros o parte de ellos, en ninguna de sus fases. Así también, aclara que según muestra el Anexo 2.12 del Adenda complementaria, la Línea Eléctrica sólo cruzará dos cauces: Canal Santa Rita y Canal Sin Nombre N° 2, actividad que se realizará de manera aérea, es decir, sin intervención de lechos ni riberas. Por lo tanto, se descarta cualquier tipo de intervención directa o indirecta sobre cursos de agua naturales o artificiales. Sin perjuicio de lo anterior, ante la posibilidad de afectar negativamente poblaciones de peces presentes en el Canal Santa Rita y el canal sin nombre N° 2, el Titular ha dispuesto la ejecución de lo siguiente: • Verificar que las comunidades biológicas acuáticas presentes no cambien respecto a su condición basal producto de la materialización del Proyecto, a través de un Plan de Seguimiento de Biota Acuática en construcción y operación. Lo anterior constituye un Compromisos Ambientales Voluntarios del Proyecto, pues se proponen de forma conservadora, en vista que aun cuando los antecedentes bibliográficos dan cuenta de la presencia de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 61

ictiofauna nativa en el río Maipo, es esperable que los canales de riego no ofrezcan condiciones favorables para su establecimiento permanente, sumado a que el Proyecto no contempla ningún tipo de intervención directa o indirecta sobre lechos o riberas de cauces, puesto que el trazado de la LTE cruzará de manera aérea el Canal Santa Rita y el canal sin nombre N° 2. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de autorización para aquellas actividades de pesca de investigación que sea necesaria para el seguimiento de la condición de poblaciones de especies hidrobiológicas. Informes del Plan de Seguimiento Limnológico los que serán enviados a la SMA. Forma de control y seguimiento El profesional a cargo verificará la obtención de la resolución que autoriza aquellas actividades de pesca de investigación que sea necesaria para el seguimiento de la condición de poblaciones de especies hidrobiológicas. Informe anual a la SMA del avance de las medidas implementadas.

8.19 COMPONENTE/MATERIA: Residuos Norma D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y Cierre. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 1, del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), publicado en el Diario Oficial el 2 de mayo de 2013. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Tanto en la fase de construcción como en operación, existirá almacenamiento temporal y generación de módulos fotovoltaicos dañados, aceites, lubricantes y otros residuos menores considerados como peligrosos. Con todo, se generarán aceites lubricantes por recambio, el cual será recambiado en forma estanca, transportado y dispuesto finalmente en lugares con autorización a cargo de empresas que cuenten con el correspondiente permiso. Construcción y cierre del proyecto: Construcción y cierre del proyecto: Durante esta fase se considera la generación residuos industriales peligrosos, consistentes en módulos fotovoltaicos dañados o en desuso, paños contaminados, elementos de protección personal contaminados, tóner de impresoras, etc. Se tramitará autorización por parte de la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, para el sitio destinado a la acumulación de residuos peligrosos (se presentan los antecedentes necesarios para la obtención del PAS 142.) Para la fase de operación del proyecto se considera la generación de residuos peligrosos, tales como módulos fotovoltaicos dañados, las actividades de mantención y limpieza serán realizadas por empresas externas contratadas para estas labores, quienes serán los responsables de realizar el retiro de los residuos generados producto de estas actividades para su disposición final en lugares autorizados. Por lo tanto, el almacenamiento en la planta de este tipo de residuos será en la bodega de residuos peligrosos. Por otro lado, el Titular informará a la SEREMI de Salud de eventuales contingencias de derrame de residuos peligrosos (RESPEL), dentro de las 24 horas posteriores de ocurrido el evento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 62

Indicador que acredita su cumplimiento Procedimiento de registro y seguimiento, con informes mensuales. Autorización de SEREMI de Salud del sitio de almacenamiento RESPEL. Copia de resolución Sanitaria del vehículo de transporte y del sitio de disposición final. Capacitaciones a trabajadores para el manejo de los residuos peligrosos. Declaración de Residuos peligrosos generados en el SIDREP (RETC). En caso de contingencias en relación a derrames de RESPEL, se contempla carta envío y timbre de recepción de informe que involucre RESPEL. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud.

8.20 COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosos Norma D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud, “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Manejo de sustancias peligrosas Forma de cumplimiento Todas las etapas del Proyecto consideran el uso y almacenamiento de sustancias consideradas como peligrosas conforme a la NCh. Nº 382/04, tales como grasas y aceites en pequeñas cantidades, asociadas a la mantención de equipos. En particular en la fase de construcción se almacenará combustible. En virtud de lo anterior, para las áreas de acopio se identificarán los riesgos asociados implementando los letreros indicados en la NCh. Nº 1.411/78. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento las sustancias peligrosas estarán correctamente etiquetadas y existirá una hoja de datos de seguridad del producto en la que se describan e identifique los siguientes apartados: - Identificación de la sustancia química y el proveedor. - Se llevará un registro de la cantidad de producto almacenado, de su uso y de su nuevo suministro por parte de la empresa autorizada Se realizarán mantenimiento de los equipos de extinción de fuego. Forma de control y seguimiento Mantener en la gaveta de SUSPEL, los productos etiquetados y con sus hojas de seguridad correspondientes. Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud

8.21 COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural Norma Ley N°17.288/1970 del Ministerio de Educación, sobre “Monumentos Nacionales” y su Reglamento D.S. N°484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones, arqueológicas, antropológicas y paleontológicas”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción y habilitación del terreno. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse Hallazgos No Previstos de valor patrimonial (e.g. restos óseos, culturales y/o eco-factuales) durante las actividades que involucren remoción del subsuelo, deberá procederse según lo establecido en los artículos Nº26 y 27 de la Ley de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ante esta situación, se deberá paralizar la obra en el sector afectado e informar a la brevedad al Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 63

Consejo de Monumentos Nacionales, entidad encargada de dictaminar los diferentes procedimientos afines a la legislación vigente. Indicador que acredita su cumplimiento Avisos al Consejo de Monumentos Nacionales, ante eventuales hallazgos realizados en la ejecución de las obras, adoptándose además las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Inducción a los trabajadores de la obra en donde se expongan las características de los elementos arqueológicos Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de Superintendencia del Medio Ambiente y CMN

9°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N°19.300:

9.1 Condición o exigencia: SEREMI de Vivienda y Urbanismo, RM. Impacto no significativo asociado No aplica Condición De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana en su Of. ORD. N° 2632 de fecha 16 de diciembre de 2022, se hace presente que:

“De la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme. No obstante, el proyecto queda condicionado a que: - El titular obtenga la calificación de instalaciones industriales a que se refiere el art. 4.14.2 de la OGUC (art. 161 del Título VII del Decreto Supremo Nº 40/13), durante el proceso de evaluación del proyecto en cuestión. - Obtenga pronunciamiento en conformidad sobre PAS 160 por parte del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago.” Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.1 del ICE.

9.2 Condición o exigencia: Vialidad y transporte. Impacto no significativo asociado No aplica Condición De acuerdo a lo señalado por la Seremi de Transportes y telecomunicaciones RM en su Of. ORD. N° 33758/2022 SRM-RM de fecha 27 de diciembre de 2022:

“(…) 1. En la fase de construcción se debe considerar: a) El ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor. b) No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en la fase de construcción del proyecto. c) Se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada. d) Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día. e) El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones. f) Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia. g) Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 64

h) Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias.

  1. Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. Deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

  2. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

  3. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.”. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.2 del ICE.

9.3 Condición o exigencia: SEREMI MOP RM Impacto no significativo asociado No aplica Condición De acuerdo a lo señalado por SEREMI MOP, RM en su Of. ORD. N° 035/2024 (Sea-Seia- Adenda C) de fecha 21 de marzo de 2024:

“Tener presente en forma complementaria por parte del Titular, que sólo se podrá dar inicio a las obras del proyecto, cuando se cuente en forma previa con la aprobación del proyecto de Acceso Vial, y el mismo se encuentre materializado con anticipación y con la respectiva recepción de La Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS

Restaurar a su estado original (o reponer en caso de que resulten destruidas) cualquier vía, espacio público, u otra infraestructura que puedan verse afectadas por faenas de construcción del proyecto.

Tener presente que cualquier iniciativa o acción que producto del presente proyecto pudiere implicar algún tipo de acción y/o intervención en vialidad de tuición del MOP, debe ser previamente presentada por el Titular y aprobada por los Servicios competentes de este organismo.”

Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.3 del ICE.

9.4 Condición o exigencia: SEREMI de Medio Ambiente, RM Impacto no significativo asociado No aplica. Condición De acuerdo a lo señalado por SEREMI de Medio Ambiente, RM en su Of ORD. N° 230 de fecha 02 de abril de 2024, el Titular deberá cumplir con lo siguiente:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 65

9.4 Condición o exigencia: SEREMI de Medio Ambiente, RM “Respecto del cumplimiento del D.S. Nº 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago” (PPDA), se indica:

1.- En el Anexo 2.1 “Actualización de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda Complementaria, se evidencian errores y omisiones traduciéndose en una subestimación de las emisiones generadas por el proyecto, en particular:

1.1.- Aplicación de factor de abatimiento para caminos no pavimentados externos (fuera del polígono del proyecto), subestimando las emisiones de esta actividad.

1.2.- Las rutas presentadas muestran el paso de la flota vehicular por caminos no existentes, correspondiente a un tramo de 1,17 [km] (2,34 [km] ida y vuelta) entre Camino Los Tilos y Ruta 5. Considerando un peor escenario de estimación de emisiones, en línea con lo establecido en el artículo 19 del reglamento del SEIA, si dicho tramo corresponde a caminos no pavimentados, implicaría en una subestimación de emisiones de 3,4688 [t/año] de MP10 para el año 1.

De lo anterior, se condiciona a:

  1. Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM, un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) de MP10 equivalente, en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del D.S. 31/2016 del MMA.

Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1:

Tabla 1: Emisiones de MP10 equivalente a compensar del proyecto “PFV Alto Jahuel Solar”. Año Fase MP10eq [ton/año] MP10eq al 120 [ton/año] 1 Construcción y Operación 4,70 5,64 Fuente: Cálculos realizados por Seremi MA en base a Anexo 2.1 de Adenda Complementaria.

Al respecto, se aclara que, según el Artículo 63 del PPDA, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios:

Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas. Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación. Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares.

Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones. Finalmente se indica que, el Art. 64 del PPDA exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones, sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones.

2.- Reportar ante la SMA los medios de verificación que permitan acreditar la utilización exclusiva de maquinaria que cumpla como mínimo con la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 66

9.4 Condición o exigencia: SEREMI de Medio Ambiente, RM tecnología de control de emisiones Stage IIIA, según lo declarado por el Titular en el capítulo 2.5.1.1 del Anexo 2.1 de la Adenda complementaria, considerando a lo menos dentro de los medios de verificación, fotografías de la maquinaria en obra, libros de registro, registro de modelos de maquinaria, fichas técnicas, contratos con proveedores de maquinaria, entre otros. La maquinaria que deberá cumplir con dicha tecnología corresponde a:

Tabla 2: Tecnología de control de emisiones de maquinaria. Maquinaria Tecnología Retroexcavadora Stage IIIA Cargador Frontal Stage IIIA Camión pluma Stage IIIA Rodillo Compactador Stage IIIA Motoniveladora Stage IIIA Hincadora/Perforadora Stage IIIA Toro Manitou Stage IIIA Camión mixer Stage IIIA Fuente: Anexo 2.1 Adenda Complementaria

Al respecto, se aclara que los medios de verificación deberán ser reportados ante la Superintendencia del Medio Ambiente a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, al cual se accede a través de la página web http://www.sma.gob.cl según lo establecido en la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA.”. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.4 del ICE.

9.5 Condición o exigencia: SEREMI de Salud, RM Impacto no significativo asociado Aumento de lo niveles de emisión de ruido Condición De acuerdo con lo señalado por La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana en su Of ORD. N° 776 de fecha 01 de abril 2024, que indica lo siguiente:

“(…) 1.1 RUIDO

1.1.1 No se tienen observaciones en materia de acústica ambiental. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias, basadas en las medidas y compromisos señalados por el propio titular, cumpliendo en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la reemplace, la norma de referencia utilizada en la evaluación de las vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos y la norma de ruido para ruido de flujo vehicular “Ordonnance sur la Protection Contre le Bruit” (OPB) 814.41 de la Confederación Suiza.” Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.5 del ICE.

9.6 Condición o exigencia: PLADECO Buin 2021-2028 Impacto no significativo asociado No aplica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 67

9.6 Condición o exigencia: PLADECO Buin 2021-2028 Condición De acuerdo con lo señalado por La SEREMI de Salud de la Región De acuerdo con lo señalado por la Ilustre Municipalidad de Buin en su Of ORD. N° 202/2024 de fecha 02 de abril 2024, que indica lo siguiente:

“Compatibilidad con Políticas y Planes Comunales La l. Municipalidad de Buin comprende la imposibilidad de ejecutar desde lo técnico y ambiental el financiamiento del programa de Netbiling señalado en la observación a la Adenda, principalmente por la tipología y escala del Proyecto. Ante este escenario, el Titular ofrece como Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) la ejecución de un Plan de Educación Ambiental, el cual se acopla e la Estrategia Energética Local incluida en la Línea de Acción "2.3 Eficiencia Energética Local" del PLADECO Buin 2021- 2028. Lo ofrecido por el titular se alinea en específico a la Ficha de Acción 10 de la Estrategia Energética Local denominada "Generar un programa de educación energética dentro de los establecimientos educacionales", la que apunta a difundir en los colegios públicos de la comuna temas asociados a la eficiencia energética, Energías Renovables No Convencionales, sustentabilidad, entre otros. A la vez, se busca medir indicadores de consumo en establecimientos educacionales municipales de la comuna. En ésta, el agente privado posee el rol de ejecutores y financista. A diferencia de lo mencionado por el Titular en la Adenda Complementaria, el cual se indica 1 (una) jornada anual, se solicita realizar al menos 2 (dos) jornadas educativas anuales a distintos colegios municipales de la comuna. Se propone que las jornadas educativas vayan enmarcadas en alguna conmemoración relacionadas a temas ambientales tal como el Día Mundial del Ahorro de Energía ( 1 de octubre), Día Internacional contra el Cambio Climático (24 de octubre), Día Mundial del Medio Ambiente (5 de junio), por tomar algunos ejemplos. Esto a modo de concientizar y sensibilizar a la comunidad en la eficiencia energética. Por otro lado, para las jornadas educativas, deben ser previamente coordinadas con la Corporación de Desarrollo Social y la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato (DIMAAO), al igual que su contenido. Además, en ningún momento deben ser gestionadas a través de un contacto directo con establecimientos educacionales, sino que a través de la misma Corporación de Desarrolló Social.”

En atención a lo señalado, el Titular deberá ampliar la forma de implementación del Compromiso Ambiental Voluntario “Plan de educación ambiental” y realizar 2 jornadas anuales a distintos colegios de municipales de la comuna. Por otro lado, las jornadas de educación contempladas en el mencionado CAV, como el contenido de estas, deberán ser coordinadas con la Corporación de Desarrollo Social y la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato (DIMAAO) de la Ilustre Municipalidad de Buin, considerando que la gestión de las jornadas sea a través de DIMAAO y no directamente con establecimientos educacionales. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.6 del ICE.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

10.1 Compromiso ambiental voluntario 1: Capacitación a trabajadores sobre Patrimonio Cultural Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 68

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Conservar el patrimonio cultural local a través de una mayor conciencia de los trabajadores, conducente a reforzar las medidas de seguridad y cuidado arqueológico de todo el Proyecto. Descripción: Incorporación de esta temática en las capacitaciones y charlas de inducción que se imparten en materias de salud, seguridad y medio ambiente dirigidas a personal de IM2 Solar, colaboradores y contratistas, así como toda persona que vaya a realizar trabajos para la empresa. Considera la dictación de charlas con apoyo visual de presentaciones, con explicaciones de fácil comprensión sobre la importancia de la protección de los elementos del patrimonio cultural, mantención de cercos y señaléticas, sobre la forma de reportar al respecto y las disposiciones, en relación al patrimonio cultural y de las posibles sanciones ante la transgresión de estas normas. Justificación: El patrimonio cultural debe ser protegido dado su valor histórico, arqueológico y antropológico, por cuanto es clave contar con trabajadores conscientes del valor ambiental que tienen los sitios del patrimonio cultural, pues de ello depende su efectiva conservación en el tiempo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Lugar de emplazamiento del Parque fotovoltaico.

Forma: Al inicio de la fase de construcción, se procederá a capacitar a los trabajadores. En caso de ingreso de nuevos trabajadores, se realizarán capacitaciones mensuales. Se considerarán los siguientes tópicos: • Definición de Patrimonio Cultural. • Descripción del Marco legal que rige sobre la protección patrimonial • Breve Historia cultural de la zona. • Tipos de evidencias arqueológicas susceptibles de ser encontradas en el área de Influencia del Proyecto. • Reconocimiento de factores de riesgo de daño sobre sitios o elementos patrimoniales. • Procedimientos para seguir ante nuevos hallazgos y ante eventuales efectos sobre elementos arqueológicos del área del Proyecto.

Oportunidad: Al inicio de la fase de construcción, se procederá a capacitar a los trabajadores. En caso de ingreso de nuevos trabajadores, se realizarán capacitaciones mensuales. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de capacitación. Al final de cada capacitación, se realizará un registro del personal capacitado, indicando fecha, hora del día, nombre y firma de cada participante, temario de materias impartidas. Material explicativo disponible en las instalaciones del Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de capacitación. Material explicativo disponible en las instalaciones del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.1 del ICE.

10.2 Compromiso Ambiental Voluntario 2: Canal de Riego San José y habilitación de suelos con Duripán. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar suelos agrícolas clasificados como Clase de Capacidad de Uso de Suelo III y IV mediante las medidas de optimización para la conducción eficiente del agua y la habilitación de suelos con estratas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 69

10.2 Compromiso Ambiental Voluntario 2: Canal de Riego San José y habilitación de suelos con Duripán. impermeables que restringen la profundidad efectiva del suelo o dificulten su drenaje.

Descripción: El Compromiso Ambiental Voluntario consiste en mejorar una superficie equivalente a la utilizada por el Proyecto Fotovoltaico Alto Jahuel Solar, con altas aptitudes productivas, por medio del revestimiento del Canal de Riego San José y la habilitación de suelos con Duripán.

Justificación: El compromiso voluntario permitirá establecer una medida compensatoria por la pérdida temporal de uso de 16,2 ha de suelo CCUS I y II. Respecto a las medidas planteadas en el compromiso, estas brindan seguridad de riego, aumentando las áreas de riego y mejoran la profundidad efectiva del suelo, repercutiendo en la infiltración del agua en el subsuelo. Estas medidas entregan alternativas a los productores para continuar realizando agricultura en la zona. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: El área del Proyecto se encuentra emplazado en Comuna de Melipilla, Región Metropolitana (Figura 1 y Figura 2). El Canal San José se alimenta del río Maipo y río Mapocho, captan sus aguas desde el canal Tronco San Bernardo hasta su cruce. Esta descarga pertenece al canal Rama San Francisco (Sociedad del Canal del Maipo) y pertenece a la Junta de Vigilancia de la Tercera Sección del río Maipo.

Figura 1. Emplazamiento de CAV de suelo Proyecto Alto Jahuel Fuente: GEAGRAM, 2023. Para la habilitación de suelos con Duripán, se describieron en terreno los suelos de los predios beneficiarios, identificando la presencia de Duripán desde los 21 cm de profundidad.

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10.2 Compromiso Ambiental Voluntario 2: Canal de Riego San José y habilitación de suelos con Duripán.

Figura 2. Áreas y Roles del Compromiso Ambiental Voluntario, medida Habilitación de suelos con Duripán. Fuente: GEAGRAM, 2023.

Forma: Diseño de revestimiento de 100 m del Canal San José y habilitación de suelos con Duripán mediante subsolado, extracción de fragmentos de tamaño grande y medio, y rastraje.

Oportunidad: El CAV implementará sus dos medidas en un período de aproximadamente de 3 meses, efectuándose al inicio de la fase de construcción del Proyecto, priorizando como fecha idónea el inicio de las obras en los meses de otoño-invierno. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 71

10.2 Compromiso Ambiental Voluntario 2: Canal de Riego San José y habilitación de suelos con Duripán. Indicador que acredite su cumplimiento Tabla 3. Indicadores que indiquen el cumplimiento del Compromiso Ambiental Voluntario.

Fuente: Anexo 10.1 de la Adenda complemenatria. Forma de control y seguimiento El titular se encargará de mantener las obras del Proyecto para garantizar su eficiencia y cumplimiento de indicadores. Se redactarán informes técnicos para evaluar el control y seguimiento. El primer informe se redactará al recibir las obras y/o al concluir las medidas, y luego cada 2 años se emitirá un nuevo informe de seguimiento sobre el uso de las áreas beneficiadas. Estos informes se presentarán en abril durante la ejecución del Proyecto PFV Alto Jahuel Solar y se enviarán a la SMA (30 días hábiles después del periodo a reportar). Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.2 del ICE.

10.3 Compromiso Ambiental Voluntario 3: Plan Comunicacional Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Propiciar, promover y mantener una clara y oportuna comunicación a través de canales de comunicación establecidos, con el fin de construir un vínculo colaborativo con la comunidad y además resolver Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 72

10.3 Compromiso Ambiental Voluntario 3: Plan Comunicacional oportunamente cualquier situación que se presente producto del Proyecto en cualquiera de sus fases.

Descripción: Titular contará con un Relacionador Comunitario, el cual tendrá la misión de representar oficialmente a la empresa, realizando las comunicaciones con los siguientes destinatarios: autoridades, comunidades, incluyendo vecinos y dirigentes sociales. Asimismo, se incorporará a proveedores, aliados comerciales.

Justificación: Entendiendo que la oportuna, eficaz y colaborativa vinculación entre el Titular del Proyecto y las comunidades locales al área de influencia del Proyecto es crucial para el buen desarrollo del Proyecto y la correcta relación con los habitantes. Por ello, se contará con canales de comunicación a fin de mantener relación directa con los habitantes presentes en el área de influencia del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: Área de influencia del componente Medio Humano.

Forma: El Titular dará aviso del inicio de las fases y obras al Encargado de Organizaciones Comunitarias, a la Junta de Vecinos de Punta de Cortes, así como también a receptores próximos al área de emplazamiento del Proyecto, a través de instancias de inducción, capacitación, folletos, junto a un escrito (carta o mail) con los siguientes antecedentes: •Tipo de obra a realizar. •Lugar donde se desarrolla la faena. •Plazos estimados de inicio y término de la faena. •Jefe de obras de la faena. La información se proporcionará de manera continua, previamente al inicio de cada fase que contempla el ciclo de vida del Proyecto y su difusión se realizará en un tiempo máximo de 2 semanas de anticipación antes del inicio de cada fase. En la fase de construcción, cada faena contará con el protocolo de comunicación, así como un libro de obra, un correo electrónico y un Fono Consultas (con funcionamiento en horario establecido), donde se puedan realizar las preguntas, consultas, requerimientos o reclamos que existan en terreno. Por su parte el Titular del proyecto contará con un plazo de 10 hábiles para dar respuesta a la consulta, sugerencia o reclamo, disponiendo de una ficha de reclamos, la cual permita registrar formalmente este tipo de eventos. Adicionalmente, el Titular del proyecto desarrollará durante la fase de construcción, una instancia de inducción y capacitación a dirigentes sociales representativos de la comunidad residente, particularmente en los siguientes aspectos: •Protocolos y conductos regulares que adoptara el Titular el proyecto para enfrentar posibles emergencias en cada una de las etapas que contempla la implementación del proyecto •Medidas de seguridad y compromisos adoptados por el Titular, destinadas a regular el desplazamiento de vehículos pesados tanto al interior como fuera de las obras. •Cronograma y horarios de desplazamiento de vehículos asociados a las diferentes etapas de implementación del proyecto

Por último, en el desarrollo de la instancia de inducción anteriormente mencionada, el Titular establecerá un dialogo participativo con representantes vecinales y autoridades locales, orientado a coordinar durante las fases de construcción y cierre, el flujo de vehículos pesados en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 73

10.3 Compromiso Ambiental Voluntario 3: Plan Comunicacional horario punta, así como también durante la realización de actividades significativas en el marco de los Sistemas de Vida y Costumbres de la población residente en el área de influencia del proyecto. Lo anterior quedara establecido en un documento firmado por todas las partes involucradas. Durante la fase de operación y cierre se mantendrá el Fono Consultas, además de un correo electrónico con el mismo fin.

Oportunidad: Previamente a la implementación de cada fase del proyecto, se informará acerca de las fechas de inicio y término estimada para cada una de estas últimas. En todas las fases del proyecto se mantendrá una comunicación permanente a través del correo eléctrico y el Fono Consultas. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de consultas y respuestas a través de: •Libro de consultas y ficha de registro de reclamos. •Fono Consultas •Correo electrónico de consultas. •Registro de asistencia a reuniones informativas y de coordinación. Registro de inducción y capacitación. Informe semestral (post Fase de Construcción y Fase de Cierre) con los reclamos recepcionados y respuestas otorgadas por el Titular. Forma de control y seguimiento •Se mantendrán habilitados los canales de comunicación. •Se mantendrá registro de las comunicaciones realizadas y de todas las consultas y reclamos recibidos. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.3 del ICE.

10.4 Compromiso Ambiental Voluntario 4: Contratación Mano de Obra Local. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Crear una alianza estratégica orientada a contribuir favorablemente en la empleabilidad local, generando puestos de trabajo formales destinadas a la población residente en comunas en las cuales actualmente se están implementando proyectos asociados al Titular e incorporando en el proceso de selección criterios vinculados a perspectiva de género e inclusión. Descripción: El Titular del Proyecto priorizará la contratación de mano de obra local no especializada durante las diferentes fases de implementación del proyecto.

Descripción: Se privilegiará la subcontratación de la mano de obra local para la fase de construcción y cierre del Proyecto.

Justificación: El presente Compromiso Ambiental Voluntario deriva de solicitudes emanadas por parte de las Autoridades durante los procesos de evaluación ambiental. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: Comuna de Buin.

Forma: El Titular previa coordinación con la Oficina de Intermediación Laboral (OMIL) de cada comuna y la Junta de Adelanto “Los Tilos”. Dispondrá de una nómina para cargos, con la finalidad de promover en la difusión de ofertas laborales vinculados al proyecto. Durante el proceso de selección se incorporará como criterio la proximidad del postulante al proyecto, con la finalidad de promover la contratación de mano de obra local. Adicionalmente, es relevante señalar que se aplicarán principios asociados perspectiva de género e inclusividad tanto los criterios de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 74

10.4 Compromiso Ambiental Voluntario 4: Contratación Mano de Obra Local. selección como en la publicación de las ofertas de trabajo asociadas al presente compromiso.

Oportunidad: Al inicio de cada fase. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de reunión con organismos municipales encargados de intermediación laboral Entrega de nómina con cupos disponibles Número de entrevistas a personas residentes en la comuna Registro de personas contratadas residentes en la comuna Forma de control y seguimiento Se realizará un registro con los índices de cumplimiento el cual podrá ser solicitada por el organismo competente. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.4 del ICE.

10.5 Compromiso Ambiental Voluntario 5: Monitoreo arqueológico en movimiento de tierra. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear durante al inicio de la fase de construcción las actividades de excavaciones y movimientos de tierra para resguardar los elementos del patrimonio cultural ante eventuales hallazgos, junto con capacitar a los trabajadores/as del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, previo al inicio de las obras.

Descripción: Se realiza un monitoreo arqueológico permanente, realizado por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del proyecto. En base a esto se debe generar un informe mensual de monitoreo de arqueología que incluya los siguientes antecedentes: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo. d)Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes avances. e) Contenidos de inducción realizada y la constancia de los asistentes a la misma con la firma de cada trabajador. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: 1)Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). 2)Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. 3)Medidas de protección y/o conservación implementadas. 4)Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (Cercado, señaléticas, etc). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 75

10.5 Compromiso Ambiental Voluntario 5: Monitoreo arqueológico en movimiento de tierra. información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. i)En caso de, recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la entidad receptora. Además, se deberán realizar charlas de inducción -por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra.

Justificación: Resguardar elementos patrimoniales ante eventuales hallazgos durante las actividades de construcción del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los lugares donde se realicen excavaciones y movimientos de tierra durante la construcción del Proyecto, el cual se localiza en la comuna de Buin, Región Metropolitana

Forma: de acuerdo con los lineamientos indicados en la descripción de este CAV.

Oportunidad: La implementación del monitoreo se realizará durante las actividades de movimiento de tierras y excavaciones de la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Forma de control y seguimiento Comprobante de carga de los Informes mensuales en plataforma de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.6 del ICE.

10.6 Compromiso Ambiental Voluntario 6: Plan de Educación Ambiental. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Instruir y sensibilizar a la comunidad educativa acerca de temáticas relativas a la sostenibilidad y la generación y uso de energías renovables. Descripción: El titular dispondrá anualmente de una jornada educativa, que podrá ser solicitada y posteriormente acordada con el coordinador académico u otra figura encargada de la planificación curricular en establecimientos educacionales de la comuna de Buin, generando consigo una convocatoria abierta para posteriormente evaluar con cada entidad educacional interesada, la factibilidad de la iniciativa. La jornada mencionada incorporara actividades pedagógicas y prácticas, orientadas a la transmisión de conocimientos relacionados con la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 76

10.6 Compromiso Ambiental Voluntario 6: Plan de Educación Ambiental. generación de energías renovables y la sensibilización en torno a los conceptos de sustentabilidad y cuidado del medio ambiente. Justificación: El desarrollo de las actividades enmarcadas en el presente compromiso, responden a la necesidad de contribuir directamente a la construcción de una cultura energética, desde el funcionamiento de las comunidades educativas. Desde un enfoque pedagógico y practico se pretende fortalecer las competencias sobre energías renovables y sustentabilidad a docentes, alumnos y apoderados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Buin. Forma: Durante la fase de construcción, el Titular, dispondrá al establecimiento educacional, la realización de una jornada pedagógica y practica en torno a la generación, importancia y usos de la energía solar, con la finalidad de apoyar en el proceso formativo en materias asociadas a ciencia, tecnología u otra asignatura que se considere pertinente a los contenidos que se transmitirán en la instancia. En este marco, la instancia previamente descrita contara con la siguiente estructura: •Presentación y Charla educativa acerca de la sustentabilidad en Chile y la importancia actual de las Energías Renovables •Entrega de material informativo •Visita guiada al Parque Fotovoltaico Los Alto Jahuel •Entrega de diploma honorifico como asistente a la actividad Se estima que la presentación o charla educativa tendrá una duración máxima de 45 minutos, mientras que la visita guiada se extenderá por un periodo aproximado de una hora. Durante la realización de esta actividad, se hará entrega de material informativo, con la finalidad de apoyar en el proceso pedagógico. La instancia finaliza con la entrega de un diploma honorifico a todos asistentes de la actividad El establecimiento educacional, podrá solicitar directamente la realización de esta instancia anual a través del correo Contactocomunidad@im2solar.cl, mientras que el titular tendrá un plazo mínimo de 60 días para gestionar y habilitar las instalaciones para el desarrollo de esta actividad. Oportunidad: Durante la fase de construcción del proyecto, previa solicitud al correo Contactocomunidad@im2solar.cl Indicador que acredite su cumplimiento •Acta de registro de asistentes •Registro fotográfico •Respuestas a solicitud por parte del establecimiento Forma de control y seguimiento Actas de registro de asistentes, contactos con representantes de la empresa y verificadores disponibles en la carpeta de gestión social del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.7 del ICE.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

11.1.1 Contingencia o Emergencia 1: Sismo. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas de prevención descritas a continuación permitirán sistematizar el control sobre los factores potenciales de riesgo durante el transporte en todos los sectores y en cada una de las fases del Proyecto. • Establecer vías de comunicación y zonas de seguridad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 77

11.1.1 Contingencia o Emergencia 1: Sismo. • Capacitar a los trabajadores internos y contratistas sobre el procedimiento en caso de sismo de mayor intensidad, vías de evacuación, áreas de seguridad y canales de comunicación internos y con la autoridad. • Mantener zonas de trabajo limpias, ordenadas y libres de obstáculos, así mismo las vías de evacuación. • Realización de simulacros Forma de control y seguimiento • Permisos de edificación y recepción de obras. • Registro de Simulacros, • Procedimientos • Registro de Charlas de Seguridad. • Además, todos los conductores mantendrán comunicación constante con garitas de control e información actualizada respecto al estado de las rutas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrir un sismo de gran envergadura se tomarán las indicaciones mencionadas a continuación, según corresponda: • Los trabajadores se deberán alejar de zonas de acopio o bodega de sustancias que pudiesen ser peligrosas o que puedan tener riesgo de caídas. • Suspensión de todas las actividades e interrupción del suministro de energía a máquinas y equipos. • Los trabajadores deberán dirigirse a la zona de seguridad o resguardarse y esperar las instrucciones del personal entrenado. • Se activará las comunicaciones internas y, en caso de ser necesario, se evacuará el área de trabajo. • Inspección del área por parte del personal a cargo, verificando la presencia de heridos, si fuera el caso, se contactará a la ambulancia para su traslado al centro de atención médico. • Evaluación de daños materiales y caminos, estableciendo procedimientos de reparación y limpieza para habilitar las vías de acceso y tránsito en el interior del proyecto. • En caso de producirse un accidente, se considerará la seguridad del lugar, desviando los vehículos e instalando conos. • Se permanecerá en el lugar del accidente hasta que llegue Carabineros a menos que la Brigada de Emergencias o Personal de Seguridad exija lo contrario • Si un conductor que ejecute labores para o en nombre del Proyecto, se ve envuelto en un accidente de tránsito que involucra peatones, aplicará los pasos a seguir en estos casos según la Cruz Roja: proteger, alertar y socorrer. • El conductor se cerciorará que se encuentre bien la persona accidentada luego encenderá las luces del vehículo y pondrá los triángulos o conos a una distancia prudente para avisar a los demás vehículos que allí ocurrió un accidente. • Se mantendrá despejada el área del siniestro y se dará espacio para que la Brigada de Emergencias, Ambulancias, Bomberos o Carabineros trabajen adecuadamente. • Una vez verificada la inexistencia de riesgos por parte del área de prevención de Riesgos, se pondrá en marcha el funcionamiento de equipos y maquinarias. El área de Prevención deberá evaluar la respuesta ante la emergencia, con el fin de realizar mejoras a los procedimientos definiendo medidas correctivas y preventivas Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlados los riesgos críticos, junto con la realización de la atención de primeros auxilios y ambulancias (si corresponde), según lo establecido por el Plan de Emergencias, se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 78

11.1.1 Contingencia o Emergencia 1: Sismo. En un plazo no mayor a 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” a los organismos competentes, el que indicará como mínimo: la razón por la cual se provocó la emergencia, el tiempo de duración de la misma, las medidas ya implementadas, el plan de acción considerado y el plazo en que se estima se cumplirán las medidas de control para evitar su recurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.1 del ICE.

11.1.2 Contingencia o Emergencia 2: Condiciones climatológicas extraordinarias. Fase del proyecto a la que aplica Fases de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia El riesgo por condiciones climatológicas extraordinarias asociados a fenómeno naturales tales como eventos climáticos y meteorológicos son fenómenos ajenos a las actividades propias del proyecto, que pudieran provocar derrames, caídas de objetos, atrapamiento, obstrucción de caminos y cauces, entre otros, ocasionando daño a los recursos naturales o pérdida de infraestructura. Las medidas de prevención descritas a continuación permitirán sistematizar el control sobre los factores potenciales de riesgo durante la fase de construcción del Proyecto. • En condiciones de tiempo extremo se deberá evaluar si es necesario suspender una actividad y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad. • El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto deberán obedecer a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia. • Capacitación a los trabajadores internos y contratistas respecto al procedimiento de actuación en caso de condiciones climatológicas no favorables. • Establecimiento de zonas de seguridad y vías de evacuación, que se mantendrán demarcadas y libres de obstáculos. Realización de simulacros Forma de control y seguimiento • Registros de inspecciones y verificaciones a las monturas de los paneles fotovoltaicos • Registros de licencia de conducir de los conductores vigentes. • Registros de inspecciones y verificaciones de los vehículos. • Registro capacitaciones a los trabajadores y contratistas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrir un accidente, choque entre vehículos, en participar en atropello de animales silvestres debido a las condiciones climatológicas, se tomarán las indicaciones mencionadas a continuación, según corresponda: • En caso de que durante las actividades del Proyecto, vehículos, equipos o maquinarias atropellen especies de Fauna Silvestre, las medidas a seguir son: o Detener Inmediatamente las actividades en el área. o Los trabajadores relacionados con el evento deberán informar de inmediato al supervisor. o Se delimitará el área donde se encuentra la especie atropellada y se procurará mantener una zona de resguardo, desviando los vehículos e instalando conos. o Se mantendrá despejada el área del siniestro y se dará espacio para CONAF, Bomberos o quien corresponda acceda al área. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 79

11.1.2 Contingencia o Emergencia 2: Condiciones climatológicas extraordinarias. Aviso al SAG para alertar de la emergencia, para posterior traslado, curación y rehabilitación del individuo Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor a 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” a los organismos competentes, el que indicar como mínimo: la razón por la cual se provocó la emergencia, el tiempo de duración de la misma, las medidas ya implementadas, el plan de acción considerado y el plazo en que se estima se cumplirán las medidas de control para evitar su recurrencia Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.2 del ICE.

11.1.3. Contingencia o Emergencia 3: Incendio. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Existe el potencial riesgo de incendios durante actividades como: trabajos eléctricos, trabajos de construcción que requieran la utilización de fuego, soldadura y otros, operación de generadores eléctricos, almacenamiento de sustancias inflamables y almacenamiento de residuos. Las medidas de prevención contra incendios del Proyecto estarán divididas entre labores de capacitación/coordinación y sistemas de detección y extinción de incendios en todas las áreas del Proyecto. • Todo el personal recibirá inducción, en la cual se les dará a conocer los riesgos que involucra su trabajo, la forma correcta de utilizar los elementos de seguridad y las medidas de prevención que debe adoptar. • Se contará con señaléticas adecuada para la utilización de los elementos básicos para combatir el fuego, así como las respectivas vías de evacuación. • Se realizarán inspecciones para verificar la existencia y el estado de los equipos de control de incendios. • Se impedirá el uso del fuego como elemento para roce de vegetación en la limpieza del terreno, durante la Fase de Construcción. • Se realizarán simulacros a trabajadores internos y contratistas.

Medidas de prevención - Reducción del Riesgo de incendios vegetales:

• Se identificarán los riesgos y/o actividades críticas que podrían ser un foco de incendio, manteniendo vigilancia permanente en todos los frentes de trabajo a fin de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. En caso de ocurrir un evento de incendio, desde teléfonos celulares, se avisará a los números de emergencias Bomberos, Departamento de Manejo del Fuego de CONAF y Bomberos de Chile. • Se informará al personal de los riesgos de incendio asociados a cada actividad, y de las medidas tendientes a disminuir estos riesgos. Esta información será transmitida mediante letreros que se instalarán en los frentes de trabajo, así como también mediante capacitaciones. Estas charlas se enmarcarán en el contexto de medidas de manejo ambiental como parte de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 80

11.1.3. Contingencia o Emergencia 3: Incendio. charlas de hombre nuevo e inducciones periódicas. Las capacitaciones serán realizadas por un profesional acreditado para dichos fines (Prevencionista de Riesgos o profesional afín) y serán registradas con una certificación al finalizar cada capacitación. • Se avisará a la junta de vecinos del sector acerca de las faenas realizadas en el predio, y en el acceso a este, se colocará un cartel que indique que se están realizando faena de limpieza de predio, donde se contempla la corta y retiro de maleza. • Se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, como son: realizar retiro diario de los residuos vegetales en sector, prohibir la acumulación de estos, realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del Proyecto. • Tener identificadas las zonas de emergencia y el lugar de donde se ubicarán los extintores. • En caso de ocurrir un incendio que no pueda ser controlado por personal del Proyecto, se considerará una emergencia, las medidas a seguir se encuentran en el Plan de Emergencia. • Se realiza una faja libre de vegetación o franja cortafuego alrededor de todo el perímetro de la planta. Los caminos privados que existen o se vayan a construir dentro del predio con mayor facilidad de arder se mantendrán limpios de vegetación. • Los combustibles y material inflamable serán almacenados en lugares seguros y aislados habilitados para ello, como bodegas o bodega RESPEL. Todos los materiales serán clasificados y rotulados con la debida señalética, según normativa vigente. El transporte de combustible en bidones se realizará usando envases bajo la normativa de seguridad internacional (certificado con sello SEC). Se confeccionarán procedimientos específicos de trabajos en los que se generen calor o chispas (mediante manejo de combustibles cercanos, trabajos contra el viento, etc.), de manera de evitar la ignición del material combustible. Además de lo anterior, en cada uno de los frentes de trabajo se contará con un extintor disponible para su uso inmediato de manera obligatoria Forma de control y seguimiento • Registros de inspecciones y verificaciones de las vías de evacuación, como los equipos de combate de incendio, se mantengan constantemente libres de obstáculos. • Procedimientos y Charlas de Seguridad. • Registro de Simulacros, inspecciones a bodegas o Entrega de EPP. • Registro de aviso a la junta de vecinos del sector acerca de las faenas realizadas en el predio, y en el acceso a este, se colocará un cartel que indique que se están realizando faena de limpieza de predio, donde se contempla la corta y retiro de maleza. • Registro de información al personal por medio de carteles y capacitaciones.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso de producirse un incendio en instalaciones del Proyecto, en inmediaciones o donde exista participación de personal propio o de empresas contratistas, se activará el Plan de Emergencias. En particular, ante una emergencia por incendio se deberán seguir las siguientes indicaciones: • Sólo en casos donde el evento aún tiene la característica de amago de incendio, el personal cercano utilizará extintores, los que deberán ser adecuados al tipo de fuego, según se indica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 81

11.1.3. Contingencia o Emergencia 3: Incendio. en la norma NCh 1430. Of 97 sobre Extintores portátiles – Características y Rotulación. • Ante un eventual incendio se comunicará y activará la alarma de emergencia. • Se paralizarán las actividades operativas en la zona del incendio. • Habrá comunicación inmediata al líder del grupo de emergencias; la misma de acuerdo al nivel o magnitud que alcance la emergencia. • El líder tendrá como tarea fundamental, dirigir la emergencia en el lugar, ordenar la evacuación, según Procedimiento General de Evacuación y revisar la totalidad de las dependencias de su área, ante la posibilidad de que pudiesen quedar personas atrapadas, e ir cerrando las puertas con el fin de evitar la propagación del fuego y del humo. • Los trabajadores se pondrán en resguardo, realizando la evacuación de las instalaciones de forma ordenada y tranquila. • Si la atmósfera es demasiado densa, por el humo y los gases, deberán cubrir su nariz y boca con un paño húmedo y considerar que más cerca del piso encontrará una atmósfera más tolerable (avance agachado) • Para el caso de incendios forestales aledaños a las áreas de trabajo y, dada la magnitud de dichos eventos se procederá a llamar a los números de emergencia 130 y 132 de CONAF y Bomberos respectivamente y, paralelamente, evacuar al personal que pudiese estar presente en el proyecto. De acuerdo a la magnitud que alcance la emergencia, se comunicará a los centros de salud para solicitar el apoyo necesario, seguido de ello y de ser necesario serán llevados a estos centros al personal afectado. En caso de que los estanques de combustible estén encendiendo, se tratará de cerrar las válvulas antes de extinguir la llama utilizando un paño mojado. De lo contrario, se mantendrá el recipiente o equipo aislado, controlando la temperatura aplicando agua constantemente en forma de challa y esperando que se consuma todo su contenido. Se mantendrán despejadas las vías de acceso, para facilitar las acciones del Equipo de Intervención y/o personal entrenado en el combate de incendios. • En caso de haber lesionados, el Equipo de Intervención atenderá los primeros auxilios y solicitará el apoyo necesario. • Se verificarán las condiciones de ventilación del área y ante la presencia de gran contaminación por gases provenientes del incendio, el personal afectado deberá ser trasladado hacia zona de seguridad predefinida. • Se establecerá un perímetro de seguridad de hasta 150 metros en torno al foco de incendio, instalando señalética y barreras mientras se realiza el control de la emergencia, si es requerido. • En caso de que la emergencia no sea posible controlarla con los recursos propios del Proyecto, se solicitará el apoyo correspondiente a organismos externos como bomberos, ambulancias, etc., según corresponda. • La persona encargada de coordinar las comunicaciones, proporcionando todos los antecedentes que sean necesarios, tales como: estructuras afectadas o amenazadas, tipo de combustible afectado por el fuego, cantidad y continuidad del combustible afectado y amenazado, hasta el momento, estimación de la superficie afectada hasta el momento, estimación de las condiciones meteorológicas locales (dirección y velocidad del viento). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 82

11.1.3. Contingencia o Emergencia 3: Incendio. • Se dará aviso de inmediato a propietarios de predios colindantes, y a la organización vecinal que hubiere, de manera de coordinar una eventual evacuación o ayuda en el combate. Si durante la emergencia se ha visto afectado personal externo al Proyecto, flora o fauna, o existan lesionados graves, se procederá primero a entregar la ayuda necesaria e inmediatamente entregar la información respectiva en la comunicación del suceso a las entidades públicas que correspondan. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor a 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” a los organismos competentes, el que indicará como mínimo: la razón por la cual se provocó la emergencia, el tiempo de duración de la misma, las medidas ya implementadas, el plan de acción considerado y el plazo en que se estima se cumplirán las medidas de control para evitar su recurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.3 del ICE. 11.1.4 Contingencia o Emergencia 4: Derrames. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la emergencia, junto con la realización de la atención de primeros auxilios y ambulancias (si corresponde), se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en un plazo inferior a las 24 horas, mediante un llamado telefónico y correo electrónico dicha información, según corresponda. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.1.4 del ICE 11.1.5 Contingencia o Emergencia 5: Riesgo de afectación de fauna silvestre Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte de insumos, materiales y/o residuos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 83

11.1.5 Contingencia o Emergencia 5: Riesgo de afectación de fauna silvestre Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para evitar una afectación a la fauna silvestre, se deberán realizar las siguientes medidas: • Realización de charlas de capacitación al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de esta, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo. • Control de la velocidad para todos los vehículos del Proyecto, informando los límites de velocidad permitidos tanto en caminos internos como externos, velocidad del desplazamiento de los vehículos al interior de las obras de 30 km/hora. • Instalación de carteles informativos sobre el eventual cruce de animales en las zonas adecuadas. • En caso de avistamiento de animales al interior de las dependencias del Proyecto, será obligación: o NO alimentar al ejemplar. o NO golpear ni maltratar de ninguna forma a la fauna silvestre. o NO capturar, domesticar ni manipular de ninguna forma al ejemplar, a menos que se trate de un incidente. NO sostener a ejemplares de las zonas lesionadas después de un incidente Forma de control y seguimiento • Registro de charlas de capacitación al personal. • Registro de auditorías internas e inspecciones. Registro de carteles informativos Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En el caso que un trabajador detecte un animal que pudiera estar accidentado, en dependencias del Proyecto o a raíz de una actividad del Proyecto, deberá suspender las actividades en un perímetro que garantice la seguridad tanto del animal como del personal y dar aviso a su superior de forma inmediata. • Evitar mover o socorrer al animal accidentado, hasta que se tengan indicaciones claras del profesional a contactar. • El personal encargado deberá presentarse en el área del accidente a la brevedad y evaluar si el reporte corresponde efectivamente a un accidente que involucra a animales silvestres. Asimismo, dar aviso a la División de Recursos naturales renovables del Servicio Agrícola Ganadero regional (SAG) y al Centro de rescate de fauna silvestre correspondiente a la región, con quienes se coordinará el traslado del ejemplar accidentado a un lugar en el que pueda recibir la atención requerida.

Rescate: • Posteriormente el animal será trasladado y se evaluará si es adecuado reanudar las actividades de forma normal. • Identificar los procesos de rescate para cada tipo de especie (ave, ave marina, reptil, mamífero). • Todos los costos ocasionados producto del accidente serán de cargo del Titular del Proyecto (traslados, insumos para la recuperación, lugar de recuperación, entre otros). El lugar de traslado será acordado con la Autoridad según las normas vigentes. Asimismo, el traslado y mantención del animal serán evaluados con la misma Autoridad, buscando evitar el estrés del ejemplar y buenas condiciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor a 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” a los organismos competentes, el que indicará como mínimo: la razón por la cual se provocó la emergencia, el tiempo de duración de la misma, las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 84

11.1.5 Contingencia o Emergencia 5: Riesgo de afectación de fauna silvestre medidas ya implementadas, el plan de acción considerado y el plazo en que se estima se cumplirán las medidas de control para evitar su recurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.1.5 del ICE 11.1.6 Contingencia o Emergencia 6: Riesgo de afloramiento de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sector de hincado de paneles solares Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia La forma de actuar ante una posible situación de afloramiento de aguas es de la siguiente manera: • Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. • Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. • Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). • Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. • El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 horas. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlados los riesgos críticos, junto con la realización de la atención de primeros auxilios y ambulancias (si corresponde), se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en un plazo inferior a las 24 horas, mediante un llamado telefónico y correo electrónico dicha información, según corresponda. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.1.6 del ICE 11.1.7 Contingencia o Emergencia 7: Riesgo emisiones de hedores Fase del proyecto a la que aplica Fase de Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 85

12°. Que, durante el proceso de evaluación no se realizó un proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

13°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

14°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

15°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

16°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

11.1.7 Contingencia o Emergencia 7: Riesgo emisiones de hedores Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las acciones o medidas a implementar están enfocadas a la generación de aguas servidas, ya que tienen probabilidad de generar olores molestos, para evitar este riesgo se realizará las siguientes medidas: Los servicios higiénicos se conectarán a una fosa séptica para el tratamiento primario de las aguas servidas Forma de control y seguimiento • Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. • Se mantendrá un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser enviado a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. • Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud. Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarará a los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.1.7 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 86

17°. Que, para que el proyecto “PFV Alto Jahuel Solar” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

18°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

19°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162° y artículo 163°, ambos del Reglamento del SEIA.

20°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

21°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “PFV Alto Jahuel Solar”, de Alto Jahuel Solar SpA.

2°. Certificar que el proyecto “PFV Alto Jahuel Solar” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “PFV Alto Jahuel Solar” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó las partes y obras temporales y permanentes del Proyecto como “Inofensiva”.

5°. Certificar que el proyecto “PFV Alto Jahuel Solar” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11° de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley Nº19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Constanza Martínez Gil Delgada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 Constanz a Paz Martínez Gil Firmado digitalmente por Constanza Paz Martínez Gil Fecha: 2024.04.30 18:02:30 -04'00' 87

Arturo Farías Alcaíno Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago

AFA/JGM/JMM/MCAL

Distribución:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Alejandro Claudio Silva Zamora asilva.zamora@gmail.com Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región Metropolitana de Santiago rodrigo.illesca@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago <> DOH, Región Metropolitana de Santiago maria.valdes@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana gelgueta@gobiernosantiago.cl Ilustre Municipalidad de Buin maraya@buin.cl SAG, Región Metropolitana de Santiago claudio.ternicier@sag.gob.cl SEC, Región Metropolitana de Santiago ladiaz@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago monserrat.candia@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago ahidalgo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago lestivales@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago imoran@minenergia.cl SEREMI de Minería, Región Metropolitana de Santiago fcavieres@minmineria.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago gonzalo.soto.brandt@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago fhernandezj@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago ccasanovar@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sreyes@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago robinson.valdebenito@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM racosta@minvu.cl Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago cbravo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Subsecretaría de Pesca y Acuicultura csilva@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl,rhager@subpesca.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2162001119 Firmado por: Arturo Nicolás Farías Alcaíno Fecha: 29/04/2024 19:43:29 CLT