Proyecto Ampliación S/E Mulchén y Seccionamiento de la Línea 1x220 kV Duqueco ? Los Peumos
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Biobío Califica Ambientalmente el proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS" Concepción VISTOS: 1°. La Resolución Exenta N ° 202208001170 de 22 de noviembre de 2022 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, que resuelve acoger a trámite la Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA) del proyecto "Ampliación S/E Mulchén y Seccionamiento de la Línea • 1x220 KV Duqueco - Los Peumos", presentado por el señor Alan Heinen Alves Da Silva, en representación de ALFA TRANSMISORA DE ENERGIA S.A. 2°. La DIA, su Adenda de fecha 03 de julio del 2023 y su Adenda Complementaria del 01 de diciembre del 2023, del proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS", presentado por ALFA TRANSMISORA DE ENERGIA S.A. y admitido a trámite el 22 de noviembre de 2022. 3°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación de la DIA del proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS". 4°. El Acta de Evaluación N° N'20230810650 del Comité Técnico, de fecha j9 de abril de 2023, del Comité Técnico de la Región del Biobío llevado a cabo el 19 de abril de 2023. 5°. El Informe Consolidado de la Evaluación (en adelante, ICE) de la DIA del proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS" N° 202308109701, de 27 de diciembre de 2023. 6°. El Acta de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío de fecha 08 de enero del 2024. 7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS", ID N° 2157690609 8°. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N° 267 de fecha 21 de julio de 2014; lo indicado en el artículo 80 del D.F.L. N° 29, del Ministerio de Hacienda, que "Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo"; en el Dictamen N° 33.235, de fecha 27 de diciembre de 2019 de la Contraloría General de la República, que se pronuncia sobre la alteración del orden de subrogancia de un cargo del segundo nivel del sistema de Alta Dirección Pública. Documento Digital N°: 2024080019 - Fecha: 16/01/2024 Para validar las firmas de este documento usted debe Ingresar a la siguiente url httb: f Nalidador. sea. flob, ti/validar/ E84DEDFg- 768E-4AD7-881F-43 D72CA5 E907 Razón Social RUT Domicilio Comuna Región Representante legal RUT Correoelectrónico Objetivo general Descripción general del proyecto CONSIDERANDO: 1°. Que, ALFA TRANSMISORA DE ENERGIA S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS" (en adelante, .el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: ALFA TRANSMISORA DE ENERGIA S.A. 77.337.345 - O Avenida Apoquindo 4501 OF. 1902 Las Condes Metropolitana Alan Heinen Alves Da Silva 27.624.867-7 alan.heinen@celeogroup.com dzamora@celeogroup.com 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 27 de diciembre de 2023, el Director (S) del Servicio el de Evaluación Ambiental Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones , e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. 3°. Que, en sesión de fecha 08 de enero del 2024, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS", aprobando el contenido del ICE de 27 de diciembre de 2023. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: Tabla 4.2 Antecedentes generales del proyecto o actividad El Proyecto consiste en la ampliación de la subestación Mulchén y el seccionamiento de la actual línea 1x220 kV Duqueco — Los Peumos (originalmente Charrúa — Temuco). Con sus respectivos paños para la conexión da la subestación Mulchén. A su vez, el proyecto considera la ampliación de las barras principales, barra de transferencia e instalaciones comunes del patio de 220 kV, cuya configuración corresponde a doble barra y barra de transferericia, para dos nuevas posiciones, que permitan la conexión del seccionamiento de la línea a los nuevos paños proyectados. El Proyecto se emplazará al interior del predio de la actual Subestación eléctrica Mulchén, que corresponde a una subestación de energía eléctrica de 220 kV que recibe energía de la Central Angostura a través de la LTE Angostura-Mulchén 2x220kV de Colbún. Esta obra se sometió a evaluación ambiental y cuenta con su resolución de calificación ambiental la que corresponde a la resolución exenta N°238/2011 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío. Reforzar la capacidad actual de transporte de energía y de transformación del Sistema de transmisión a nivel comunal y nacional. Tipología t principal, así Considerando los aspectos principales del Proyecto y en virtud del marco establecido en Artículo 10° de la Ley N° 19.300/1994 MINSEGPRES que Vida útil Tabla 4.2 Antecedentes generales del proyecto o actividad establece las Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, deben someterse a evaluación en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental los proyectos o actividades que en cualquiera de sus fases sean susceptibles a causar impacto ambiental. El Artículo 10° de la Ley N°19.300, así como el Artículo 3° del RSEIA, enumeran los Proyectos que deberán someterse al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, SEIA). El análisis de los literales enumerados en dicho Artículo 3°, define que concurren en el presente Proyecto, las características señaladas en el literal b), a saber: Artículo 3° Letra b) del Reglamento del SEIA "Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. b.1) se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23kV ). b.2) Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte, de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte." En relación al literal b) indicado, es posible señalar que el Proyecto se relaciona directamente con los aspectos constructivos y operativos considerando que esta corresponde al emplazamiento de una nueva subestación eléctrica seccionadora cuyo objetivo es mantener el voltaje a nivel de transporte de la línea de transmisión 1x220 kV Duqueco — Los Peumos (originalmente Charrúa — Temuco). Asimismo, para seccionar la línea existente se requiere habilitar nuevos trazados de línea eléctrica de 220kV, razón por la cual, también se configura el ingreso al SEIA bajo este c La inversión total del Proyecto alcanza un total aproximado de USD 40.000.000 Conforme a lo establecido en el Artículo N° 16 del RSEIA, la gestión, acto o faena mínima que, según la naturaleza y tipología del Proyecto o actividad, será reconocida como el inicio de ejecución del•Proyecto a efectos del Artículo N° 25 ter de la Ley N°19.300, será la habilitación de la instalación de faena en el polígono donde se desarrollará el Proyecto. Monto de inversión Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA como las aplicables a sus partes, obras o acciones oncepto. Dada las características del Proyecto, sus partes y sus obras, se considera que la vida útil del Proyecto es de 30 años, sin embargo, una vez concluido este periodo se evaluará si procederá al cierre del Proyecio o si es posible la implementación de modificaciones del mismo, asociadas a la actualización tecnológica de los equipos y procesos concordantes a ésta, con el objeto de, mantener el funcionamiento normal de la Subestación Seccionadora y su infraestructura, situación que se traduciría en la necesidad de extensión de vida útil del Proyecto. De ocurrir esto, el Titular se compromete a tramitar, ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Biobío, la solicitud de extensión de la vida útil conforme a lo establecido en la letra g) Artículo N°2 del Reglamento del SEIA. Proyecto actividad desarrolla etapas o se por Si No Este proyecto o actividad NO se desarrollará por X etapas. 0,333 Instalación de Faena Temporal 0,608 Patio de acopio 0,026 Plazas de tendido 0,645 Ampliación SE Mulchén Permanentes 0,258 3,36 0,967 4,47 0,2 0,0025 5,44 Estructuras Caminos a construir Caseta de control Faja de seguridad Total Obras Temporales Total Obras Permanentes Total Proyecto Tabla 4.2 Antecedentes generales del proyecto o actividad Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Proyecto modifica otra(s) RCA Resolución Exenta RCA N°238/2011 RCA N°138/2016 RCA N°142/2017 Proyecto Subestación eléctrica Mulchén Línea de Transmisión Eléctrica Bureo Mulchén LAT San Carlos — S/E Mulchén Si No Este proyecto se relaciona a las siguientes RCA: Si No Tabla 4.2 Ubicación del proyecto o actividad Comuna de Mulchén, provincia de Biobío, Región del Biobío El proyecto se localizará en las inmediaciones de la ruta 5 Sur aproximadamente a 3 km al norte de la localidad de Mulchén, en la comuna de Mulchén, Provincia de Biobío, Región del Biobío, en el actual predio donde se ubica la subestación eléctrica Mulchén •ue será am .liada. Superficie El espacio considerado para el emplazamiento de las obras permanentes del Proyecto comprende de un total aproximado de 4,47 ha. A continuación, se presenta el detalle de las obras asociadas al Proyecto. Tipa de Ohnt Fuente: Anexo 9.1 Adenda. Descripción de Proyecto actualizada. División político- administrativa Justificación de la localización Superficie (ha) Coordenadas DATUM WC4594 19S ] Este fu)) Norte (m) I 742.262 5.826.041 742.321 5.826.056 742.343 5_825.952 742.281 5.825.936 Coordenadas UTM en Datum WGS84 Caminos o vías de acceso Referencia al expediente de evaluación de los mapas, geórreferenciaci ón e información complementaria sobre la loCalización. Área Ampliación Subestación Instalación de Faena Patio de acopio Seccionamiento Nuevas Tones T241A T241C T241B 742.306 El Proyecto tiene como acceso principal la Ruta 5 Sur, aproximadamente a la altura del kilómetro 536, desde el cual se accederá a las obras por caminos internos existentes. En sección 1.5.2 del Anexo 9-1 de la Adenda se presentó una representación cartográfica de partes y obras del proyecto. 2 3 4 5 1 2 3 4 1 2 3 4 T241 D 741.871 741.994 742.152 742.376 742.436 742.336 742.461 742.344 742.321 742.283 742.337 742.436 5.825.874 5.825.514 5.825.631 5.825.782 5.825.943 5.825.986 5.825.986 5.825.961 5.825_952 5.826.056 5.826.069 5_825.987 5.825.987 4.31 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Los suministros básicos necesarios para la construcción se listan en la sección 4.6.2 del ICE. Instalación de Corresponde a las instalaciones que darán apoyo a las actividades a faenas desarrollar durante la . fase de construcción del Proyecto. El área de instalación considerada, abarca una superficie aproximada de 3.341 m2 y Y contará con las siguientes instalaciones: a) Pañol de herramientas: Corresponde al área dónde se almacenarán las" Frente de trabajo herramientas, equipos y accesorios para la construcción de las obras. Este ' será tipo container y tendrá una superficie de 30 m2 b) Bodega de Materiales y repuestos: Corresponde al área donde se almacenarán las herramientas (pañol) e insumos no peligrosos requeridos para las obras a construir. Este será de tipo container y abarcará una superficie de 30 m2. c) Bodega de Sustancias Peligrosas: Corresponderá a una bodega para el almacenamiento de sustancias peligrosas. Para ello se contempla un sector de 18 m2, con una capacidad de 12 tambores de 200 litros. El Proyecto almacenará sobre los 600 litros o kilogramos de sustancias peligrosas, por lo tanto, se deberá utilizar una bodega independiente acorde a lo indicado en el D.S. N° 43/2016 del Ministerio de Salud. Las sustancias peligrosas dentro de esta bodega se gestionarán de forma independiente dentro del área de bodega, además se mantendrá la señalética y hojas de seguridad de acuerdo a las disposiciones de las NCh 2190/2019 y NCh2245/93. Se considerarán las características descritas en la Tabla 1-13. Características Bodega de Sustancias Peligrosas del Anexo 9-1 de la Adenda Capítulo 1 Descripción de Proyecto actualizada. d) Planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS): Se habilitará una PTAS, con capacidad suficiente para atender los residuos líquidos generados durante la Fase de Construcción, considerando al máximo de traba'adores resente en la Instalación de Faenas (50 personas). Está , tendrá una capacidad de 12.400 litros de acuerdo a personal que ocupará la TIFF. Además, esta contará con un estanque de acumulación de agua, que recibirá el agua tratada para uso como agua industrial. Mayor detalle ver Anexo 3-1 de la DIA, Permiso Ambiental Sectorial N°138. Es necesario recalcar que esta PTAS funcionará solo para la Fase de Construcción del Proyecto. e) Sitio para almacenamiento de Residuos Sólidos industriales no peligrosos (RS1NP) y patio de salvataje: Dentro de la instalación de faena se considera un área para el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos tipo bodega y uno tipo patio de salvataje, cuyas superficies serán de 16 m2 y 32 m2 respectivamente. Estos contarán con cierre perimetral de malla Acma delimitando los espacios, los que serán destinados para el almacenamiento temporal de los Residuos Industriales que puedan ser valorizados, reutilizados o reciclados. f) Sector para el almacenamiento temporal de Residuos Domiciliarios: Se habilitará un área de 16 m2 ara el almacenamiento de residuos domiciliarios que se generen en la i p nstalación de faena y frentes de trabajo. Será delimitado mediante el uso de cierre perimetral con malla acma o
imilar. g) Bodega de almacenamiento de RESPEL: Corresponde al sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL). Será identificado con su nombre y con los rombos de seguridad que identifique los tipos de residuos. Se proyecta en una superficie de aproximadamente 18 m2. Este patio se emplazará separado de otras bodegas conforme indica el D.S N° 148/03, contará con un radier de hormigón impermeabilizado con bermas y pretiles antiderrames (capaz de contener al menos el 100% del contenedor de mayor volumen y el 20% del volumen total de los contenedores almacenados) y recipiente para conducir el derrame. Para mayor detalle en el Anexo 3-3 de la DIA se incluyen los contenidos técnicos y formales para acreditar el requisito de otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial correspondiente al almacenamiento temporal de RESPEL. Dicha bodega corresponde a una instalación prefabricada diseñada específicamente para este tipo de residuos. h) Baño 1 y 2: En la instalación de faena se dispondrá de dos sectores destinado a servicios higiénicos de 15 m2 cada uno. El que contará con baños y lavamanos. En el caso que exista personal femenino, existirán baños exclusivos para mujeres, conforme lo exige la normativa vigente (D.S. 594/99, del MINSAL). Cabe hacer presente que el número de artefactos cumplirán con lo previsto en el Art. N° 23 del D.S N°594/99 del MINSAL. Complementariamente, en la obra, se contará con baños químicos para los frentes de trabajo. i) Casa de cambio: Sector habilitado para el cambio de ropa de los trabajadores, el cual contará con duchas y lockers. Este sector contará con 15 m2 de superficie. j) Taller de enfierradura: Estructura techada con una superficie de 50 m2. k) Taller de soldadura: Estructura techada con una superficie de 30 m2. 1) Taller de carpintería; Estructura techada con una superficie de 30 m2. m) Oficinas: Se habilitarán durante las actividades de construcción
oficinas prefabricadas y modulares implementadas con los servicios necesarios para el desarrollo de las actividades técnicas del Proyecto. Se
proyecta el emplazamiento de 8 módulos de oficinas de 18 m2 cada uno. n) Garita de Acceso: Tiene la función de controlar los ingresos y egresos
de la instalación de faena y será el lugar donde se encontrará el personal de seguridad del Proyecto. Se destinará 6 m2 para la instalación de la
caseta de garita de acceso o) Estacionamientos: El Proyecto contará con estacionamientos para maquinaria de construcción y para vehículos livianos. Cada uno de estos será debidamente señalizado conforme corresponda. Este sector tend á una superficie de aproximadamente 448 m2 y contará cut aproximadamente 18 espacios para vehículos. 2 2 4 24 4 urente de trabajos a) Frente de trabajo: Cabe mencionar que se habilitará un área en el frente de trabajo de la subestación que operará dos sectores como taller de enfierradura y carpintería, esta zona será un área abierta de 10 m2 cada una, donde se destinará un área de trabajo la que estará protegida con un toldo de malla raschel para llevar a cabo los trabajos de estructura y moldajes. Finalmente es necesario precisar que se considera únicamente el lavado de canoas de camiones mixer, lo que será realizado en las áreas definidas para dicho fin. En cada uno de estos sectores se habilitarán piscinas (una en cada sector, dos en total) con una dimensión de 2x3 m, y una profundidad de 0,5 metros, las que estarán recubiertas por una geomembrana impermeabilizante de polietileno de alta densidad que sobresalga de las piscinas en al menos un (1) m. en cada dirección. La ubicación del sistema para el lavado de canoa se ubicará en un sector sin pendiente, llano y liso para evitar cortes en la membrana y dispersión de líquidos por pendiente. En relación al manejo del residuo generado este se realizará en dos (2) fases, donde la primera corresponde a la parte líquida la que será retirada por una empresa externa autorizada para el retiro y disposición de residuos líquidos. Mientras que la fracción sólida será dispuesta como en Residuo Industrial No Peligroso. b) Plazas de tendido: Para el tendido del cable conductor de las torres del seccionamiento se utilizarán dos plazas de tendido (PTI y PT2) cada una con una superficie de 150 m2. Obras permanentes de carácter definitivo Las obras e instalaciones permanentes son aquellas de carácter definitivo o de largo plazo. - Ampliación Subestación: El Proyecto corresponde a la ampliación de la subestación que contará con una serie de estructuras y equipos que permitan la renovación del funcionamiento para la línea de 1x220 kV Duqueco — Los Peumos. En la figura 1-9 del Anexo 9-1 de la Adenda se muestra un perfil de la subestación proyectada y un detalle de las principales partes que la configuran. Lista de equipos eléctricos 220 kV Pararrayos de 220 kV Transformadores de potencial capacítivo de 220 kV Transformadores de contente de 220 kV Interruptores de poder tanque vivo de 220 kV Desconectadores con puesta a tierra de 220 kV Desconectadores sin puesta a tierra de 220 kV Aisladores de pedestal de 220 kV Trampas de onda de 220 kV Condensadores de acoplamiento de 220 kV o 6 2 a) Estructura de Soporte: Corresponden a estructuras metálicas prefabricadas que tienen la función de prestar soporte a los equipos y sistemas de maniobra eléctricas de la subestación. Estas estructuras se adecuarán en forma y fundaciones de carga, de acuerdo a los equipos que soportarán, tales como transformadores, marcos de línea y barra de conexión, entre otros. b) Caseta de Control: Para la operación del Proyecto se considera una (1) Caseta de Control para albergar los equipos de control, protección, medida, comunicaciones, tableros de servicios auxiliares e) Generador de Respaldo ante emergencia: Como parte del sistema auxiliar, para la fase de operación, se considera un (1) generador de emergencia de 25 kVA, este equipo se instalará dentro de la plataforma de la subestación. Este e ui s o sólo entrará en servicio durante un corte en el suministro de servicios auxiliares alimentados desde la barra de alta tensión en la subestación. Línea Eléctrica: Para llevar a cabo el seccionamiento, se considera la construcción de cuatro (4) estructuras reticuladas de acero galvanizado de una altura aproximada de 37 metros. Estas estructuras corresponden a las denominadas de "Suspensión/anclaje/remate 220kV". Cada torre tendrá una base de 6.9 metros x 6.9 metros, configurando un total de 48 m2 de espacio utilizado para la base de la cada torre. Respecto al área de la base se mantendrá un buffer de 400 m2 (20x20 metros) que funcionará como área de maniobras para la construcción de cada torre. se consideró dos conductores por fase para el Para el seccionamiento circuito Duqueco - Mulchén, del tipo ACAR 900 MCM y para el segundo circuito Mulchén - Los Peumos, se consideró un conductor por fase del tipo ACAR 900 MCM. Cabe mencionar que el punto de seccionamiento se encuentra a una distancia de 602 metros aproximadamente respecto a la ubicación de la subestación. Los puntos de seccionamiento son definidos por las siguientes coordenadas: Tabla Puntos de seccionamiento Habilitación del área de instalaciones temporales y frentes de trabajo Torre Coordenadas WGS 84 -18S Este (m) Harte (m) Torre Seccionadora 741.871 6 825.514 Torre de Llegada 742.306 5.825.874 Remate 742.290 5.82.5.947 Cierre perimetral: El área de la subestación existente cuenta con un cierre perimetral tipo buldog de aproximadamente dos (2) metros de altura, lo que permite resguardar la seguridad de las instalaciones, junto con limitar el acceso de terceros. Por su parte, en el sector de patio, contará con un cerco perimetral metálico tipo ACMA que aislará el área energizada de alta tensión del resto de los componentes de la subestación. Caminos internos: Respecto al acceso al área de ampliación de la subestación se considera un solo acceso (camino principal) de un ancho de 5 metros y 801 metros desde el ingreso al área de Proyecto. Adicionalmente, el Proyecto contará con un camino de acceso a las torres del área de seccionamiento, el que conectará todas las torres. Tendrán un ancho promedio de 4 metros. En figura 1-12 del anexo 9-1 de la Adenda se muestra el detalle de los caminos diferenciados entre existentes y proyectados, y además, en las tablas 1-21 y 1-22 del mismo anexo se muestran las coordenadas y su superficie. faena, se realizará la limpieza, despeje y nivelación de la superficie a ocupar. Para ello se considera retirar la capa vegetal u otros materiales que impidan el emplazamiento correcto de las instalaciones. Una vez despejada el área se instalarán y habilitarán las partes y obras requeridas para la instalación de faena, tales como las oficinas y sectores para el almacenamiento de materiales y equipos de construcción, así como también patio de salvataje para clasificación y almacenamiento temporal de residuos sólidos. Respecto de los frentes de trabajo, estos serán móviles, distribuidos en la zona de intervención del Proyecto, los que dependerán en gran medida de los avances de las obras. Cabe mencionar que los frentes de trabajo móviles constituyen sitios aledaños a los puntos de construcción, donde se instala la estación de ACCIONES • UE COMPONEN EL PROYECTO Para la instalación de los módulos que conformarán la instalación de emergencia que contiene insumos básicos tales como extintor, botiquín y camilla, junto con el baño químico. Además, cuenta con un lugar de resguardo para el dispensador de agua, los equipos y las herramientas de uso diario. Por lo anterior, se pueden considerar como puntos de apoyo para la construcción, pero en ningún caso constituyen centros de acopio o instalaciones de faena como tal. Habilitación de caminos de acceso a línea de seccionamiento y habilitación de la plataforma de la 'subestación El Proyecto habilitará un camino de acceso hacia las torres de seccionamiento, los cuales serán de tierra y contarán con un ancho promedio de 4 metros. En total, estos caminos tendrán una longitud de aproximadamente 640 metros. Para lo anterior se requerirán actividades de escarpe, nivelación y compactación simple. Cabe mencionar que el material considerado para la carpeta de rodado será de tierra compactada, para lo que se estima el uso del material de escarpe que se obtenga de las mismas actividades de nivelación de la senda. Para el acceso a los caminos a construir se utilizará un camino existente entre el acceso a la ampliación de la SE y las torres. Mayor detalle de los caminos en la Figura 1-17 del Anexo 9-1 de la Adenda. Capítulo 1 Descripción de Proyecto actualizada. Para el acceso a los distintos frentes de trabajo se considera utilizar los caminos existentes y el camino a construir, que serán los que permitirán el ingreso de los equipos a las torres proyectadas Corno actividad general se considera el remarcado de huella y retiro de elementos contundentes (en caso de haber) y otros materiales que puedan impedir la correcta habilitación de caminos de acceso y/o plataformas proyectadas. Es preciso señalar que los elementos contundentes serán tratados como residuos de excavaciones o residuos industriales no peligrosos, según corresponda. Estos serán dispuestos en un botadero o relleno sanitario autorizado mediante terceros debidamente autorizados, en el caso que dichos residuos no puedan ser reutilizados dentro de la misma obra. Adicionalmente, el Titular aclara que se exigirá a las empresas transportistas de residuos, la autorización sanitaria para el transporte de residuos, y del sitio de disposición final donde se dispondrán los residuos. Para el acceso al área del Proyecto se realizará por un camino existente que empalma con la ruta 5 sur. Por su parte, es preciso señalar que no se consideran modificaciones a los caminos existentes que permitan el acceso a la zona de emplazamiento del Proyecto ya que todos se encuentran en buen estado y actualmente operativos. Sin perjuicio de lo anterior se considera mantenimiento én el acceso desde la ruta 5 hacia la IIFF cada vez que este sba requerido según las condiciones de éste. En relación a la plataforma de la ampliación de la subestación, y al igual que los caminos proyectados para el acceso a las torres de seccionamiento, se consideran actividades de escarpe, nivelación y compactación. En la siguiente tabla se presentan lbs niveles de actividad contemplados para la habilitación de caminos de acceso y plataforma de subestación: Tabla Nivel de actividad Compactación, relleno yl escarpe — Fase de construcción. Actividad Valor Unidad ha m3 Compactación Relleno 0.94 460 Movimientos de tierra Para la habilitación de las torres de seccionamiento, los equipos y malla puesta a tierra de la ampliación de la subestación, se consideran movimientos de tierra principalmente excavaciones y cortes. A continuación, se presenta en la siguiente tabla los volúmenes estimados. Tabla Movimiento de Tierra — Fase de construcción ni3 Unidad Actividad 1 Excavaciones y cortes 12.700 Compactación 3.850 m Relleno 1 Valor 30.000 18.000 12.000 Unidad 3 Excavaciones y corles Excedentes para relleno y compactación Excedentes para disposición final ad 1.850 ny' 18.000 Es importante precisar que el material extraído desde la excavación será reutilizado, en lo posible, como material de relleno para la plataforma de ampliación y emplazamiento de torres de seccionamiento. A continuación, se muestra el estimado de excedentes de excavaciones a utilizar. Tabla Utilización de excedentes de excavaciones para la construcción Actividad Valor Unidad Relleno compactado para torres Total Tabla Excedentes de excavaciones para disposición final. Valor 30.000 Construcción de la ampliación de la subestación Eléctrica )ara la habilitación de la plataforma de la subestación se realizarán actividades de escarpe, nivelación y compactación. Asimismo, para la habilitación de las fundaciones y canaletas de hormigón se considera realizar excavaciones las que se llevaran a cabo por medios mecánicos. A continuación, se describe la secuencia constructiva de la subestación seccionadora considerada por el Proyecto. a) Construcción de Fundaciones: Para cada una de las partes que componen la Subestación se consideran fundaciones de hormigón armado, estos variarán en su construcción e implementación según las estructuras que soporten. Para la construcción de las fundaciones se estiman actividades como: - El trazado, excavación y nivelación de sello de la fundación - Emplantillado - Preparación de armadura estructural, moldajes y pernos de anclajes - hormigonado y - descimbre y relleno compactado Cabe señalar que, en forma paralela, se construirán las canaletas necesarias para el tendido de los conductores que interconectarán los equipos de la subestación y sistemas de comunicación y control. Estas canaletas serán de hormigón armado y se trazarán en la plataforma de la subestación de acuerdo al diseño planteado. b) Malla Puesta a tierra: Para la instalación de malla puesta a tierra se realizarán surcos en la plataforma de la subestación donde, una vez instalada la malla, serán tapados con el mismo material extraído. Estos surcos tendrán una dimensión aproximada 60 cm de profundidad. La malla puesta a tierra se instala principalmente para limitar la tensión que puedan presentar las masas metálicas (tensión de contacto), entre distintos lugares del suelo en las inmediaciones de la puesta a tierra (tensión de paso) y asegurar la actuación de las protecciones eléctricas. c) Caseta de Control: La caseta de control será construida en albañilería reforzada, y se encontrará conectada a las canaletas de hormigón para las interconexiones requeridas para la operación de la subestación. La caseta tendrá una superficie de aproximadamente 25 m2. d) Habilitación de Estructuras de Patio:Las estructuras soportante$ estimadas como apoyo para los equipos de alta tens ión para la subestaciór serán del tipo reticulada de acuerdo a la compatibilidad de cada uno de los elementos a soportar, estas se fijarán sobre las fundaciones por medio del uso de camión pluma. e) Montaje de Equipos eléctricos: Los equipos electromecánicos serán montados sobre las estructuras o pernos de anclaje por medio del uso de equipos de izaje según el tipo de componente a montar. Una vez montado los equipos se procederá a las conexiones necesarias de los equipos a la Caseta de Control. El montaje de los equipos se realizará en su totalidad y en conformidad con los planos, especificaciones, instrucciones del fabricante, cálculos, normas y todo acuerdo establecido por el mandante. Todos los equipos de construcción, transporte, manipulación y fabricación, herramientas manuales y motrices, instrumentos de nivelación, medición y control, requeridos por los trabajos, se encontrarán en buenas condiciones de operación 'Construcción de 'torres de seccionamiento (incluye despeje de 2.53 hectáreas 'de plantación de Pirms radiata) a) Excavaciones: Como primer paso para la construcción de las 4 torres de seccionamiento, y una vez realizada la verificación topográfica correspondientes, se realizarán las debidas excavaciones para las fundaciones de las patas estructurales de cada torre, para ello se considera la excavación mediante el uso de maquinaria acorde a la programación de obras. Las excavaciones serán cercadas y protegidas de acuerdo a los estándares de seguridad del Titular y la implementación de sefialética indicando los trabajos en la zona. Se estima excavar un área aproximada de 47 m2 (6,9 x 6,9) con una profundidad máxima de tres (3) metros por cada pata de la estructura. El material extraído de las excavaciones será acopiado a un costado de cada excavación, para ser utilizado como material de relleno. Finalmente, para realizar las maniobras de construcción se considera un área de 400 m2 por torre. b) Emplantillado y colocación de armadurías estructurales: Se considera una cama de hormigón ubicada sobre el sello de la fundación, ello con 11 fin de proporcionar a las armaduras estructurales una superficie de apoyo limpia, adecuada y horizontal, a esto se le denomina emplantillado, y para su construcción se considera un espesor entre 5 a 10 cm de acuerdo a las condiciones del terreno e indicaciones de la ingeniería del proyecto. Una vez que el emplantillado haya finalizado su proceso de curado se procederá a la armaduría de acero para las fundaciones de cada pata, estas serán cortadas, dobladas y transportadas a la zona de obra para proceder a su armado y montaje. El doblado de las barras de fierro sé realizará de forma manual (con grifa) o con máquina para aquellos diámetros superiores a 016. Cada barra será fijada con alambre y reCubiertas con separadores de moldajes de plásticos o de mortero. la colocación de las armadurías estructurales sobre el emplantillado se realizará mediante el uso de grúa pluma. c) Colocación de Stub, Moldaje y Hormigonadó de fundaciones: Previo a la colocación de moldajes, y en medio de la armadura de fierro, se procederá a la colocación de los stub. Los Stub corresponden una parte de la estructura reticulada embebida en el hormigón de la fundación desde donde comienza el montaje de cada pata y cuerpos de la estructura. Estos son preparados en un taller externó, pero, de ser necesario, se realizarán ajustes y reparaciones menores a las cuñas, pernos gata u otras que se pudieran presentar. Los alargues se fabricarán generalmente, con perfil ángulo de 80 mm de ala y un espesor de 6 mm, como mínimo. Cada stub es ubicado de acuerdo a las indicaciones de planos de ingeniería del proyecto y revisión topográfica en terreno. Una vez posicionados los Stub, se prepararán los moldajes correspondientes, según diseño de ingeniería, para cada pata de las estructuras reticuladas. Los moldajes se ajustarán a los pedestales de las fundaciones y su colocación será manual. Los sistemas de unión entre tableros podrán ser mediante clavos, cunas, pernos, pasadores y trabas, etc. Para asegurar que el ancho de la fundación a hormigonar sea de acuerdo a lo proyectado, se emplearán polines, según sea el sistema, los que se instalarán entre la armadura. Es indispensable el uso de separadores (plásticos y de mortero) para asegurar el recubrimiento del hormigón como también desmoldante previo a su colocación. Las fundaciones se materializarán mediante la utilización de hormigón premezclado de planta certificada, utilizando para ello el traslado mediante camiones mixer y su disposición en el sitio mediante colocación manual de acuerdo a las condiciones de terreno y mediante el uso de plataformas adecuadas para el acceso al lugar a hormigonar. Cabe mencionar que se realizará el lavado de canoas de los camiones mixer dos (2) sectores que se dispondrán en el área del Proyecto. En dichos sectores se habilitarán piscinas con una dimensión de 2x3 m, y una profundidad de 0,5 metros, las que estarán recubiertas por una geomembrana impermeabilizante de polietileno de alta densidad que sobresalga de las piscinas en al menos un (1) m. en cada dirección. La ubicación del sistema para el lavado de canoa se ubicará en un sector sin pendiente, llano y liso para evitar cortes en la membrana y dispersión de líquidos por pendiente. En relación al manejo del residuo generado este se realizará en dos (2) fases, donde la primera corresponde a la parte liquida la que será retirada por una empresa externa autorizada para el retiro y disposición de residuos líquidos. Mientras que la fracción sólida será dispuesta corno en Residuo Industrial No Peligroso. A continuación, se presentan las coordenadas del área asociada al lavado de canoas mixer. Tabla Coordenadas Ubicación Área Lavado Canoas Coordenadas UTM WG3841 Obra Este (m) Norte (m) Área lavado canoas mixer — Instaladón de Faena Asee lavado canoas mixer — Área Secdonamiento 5.825.873 5.825.537 741.875 742.343 d) Montaje de Torres Reticuladas: Las estructuras que conforma cada torre serán pre-armadas de manera manual. y serán dispuestas sobre madera para evitar el contacto directo con el suelo y evitar eventuales deformaciones. El montaje de la estructura se llevará a cabo mediante el uso de camión pluma o pluma manual, según el requerimiento de cada tipo de torre, dejándola lista para recibir los conductores e) Tendido de Conductores: Para el tendido del conductor se utilizará un huinche y un freno hidráulico. El cable por instalar se llevará a cada una de las estructuras mediante un hilo piloto, el cual se instalará sobre las roldanas adosadas a la estructura y será traccionado mediante el huinche hidráulico, controlando su tensión mediante el freno hidráulico. A su vez. en el freno hidráulico irá el carrete con el conductor. Cabe destacar que para la instalación del huinche y el freno se utilizará de manera tempora dos plazas de tendido definidas como PT1 y PT2, cada considera une superficie de 1 Oxl 5 metros. En figura 1-19 del anexo 9-1 de la adenda, st
de muestra una figura ilustrativa de la ubicación de las plazas tendido. Tabla Plazas de tendido seccionamiento ampliación SE Mulchén. Coordenadas UTM WGS 84 Vértice Plaza de tendido 1 Este j 741.953 i 5.825.562 1 2 741.942 5.825.551 3 741.934 5.825.558 4 741.946 5.825.568 Norte 1 Norte 742s.t29 e 5 5.825.845 742.305 5.825.948 742.309 5.825.934 742.300 5.825.931 Plaza de tendido 2 Desmantelamient o de faenas Recursos naturales renovables 0,00000 0,22381 0,92507 4,81933 Fuente: Tabla 26. Resumen emisiones - Fase Construcción - Adenia Complementaria Emisiones de Ruido: Para evaluar los efectos en esta componente, el titular realizó un Estudio de Ruido acytualizado en el AneXo 2.2 de la Adenda Complementaria, con el fin de estimar los niveles de ruido y vibraciones generados por el
Proyecto. Emisiones atmosféricas: Con el objetivo de estimar el aporte de las emisiones atmosféricas generados por el Proyecto durante la fase de construcción, estimada en 14 meses, el titular desarrolló un Estudio de Estimación de Emisiones a la Atmósfera, el que fue evaluado por los órganos competentes. Tal como se señala en él, durante este periodo las principales fuentes de emisiones atmosféricas corresponderán a las generadas por el escarpe del terreno, movimiento de tierra, circulación de vehículos por rutas y caminos, funcionamiento de maquinaria y vehículos en las faenas. A continuación, se presenta el detalle de las emisiones atmosféricas generadas por este Proyectó en la fase de construcción. Tabla Resumen Emisiones Atmosféricas - Fase de construcción "lenta Escarpe Excavación Can» Descarga Nivelación Compactación Transito caminos no pavimentados pesados Tránsito camino pavimentado exterior 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00090 0,00000 0,00000 ' 0,00000 :0,00~ 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 • 0,00000 0,00000 0,00000 0.00000 0,00000 0,00000 0,21808 0,00174 0,00174 0,00068 tw000ti 0,00713 0,10478 0,42488 0,01146 0,01148 0,00618 0,00000 0,01390 1,04777 p,54651' 0,02423 0,02423 9,00618 0,00000 0,01853 3,42272 502 NOX NH3 CO MP2.11 MPIO 51P5 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,03458 0,03458 ' 0,03458 0,00000 0,00000 0.00000 Motor vehículos caminos no vimentados 0,00090 0,00000 0,00000 Motor vehículos caminos pavimentados o,oaoin 0,01450 0,000017 0,00069 0,00009 Motor Maquinaria 0,00108 1 Grupo electrógeno 0,000110 '0,54172 1,86879'
2,44666 _Total 0,00269 0.00138 0,72621 0,69579 0,00009 0,00008 9,01960 2,57859 0,00329 0,00329 0,09836 0,09836 0,00062 0,00074 0,01962 0,70122 0,00329 0,09836 Finalizadas las obras de construcción se iniciará el retiro de los frentes de trabajo e instalación de faena, para lo que se considera realizar una limpieza total de las áreas de trabajo de la subestación y las torres. Entre estas acciones y obras se destacan: -Desmontar los frentes de trabajo e instalación de faena - Limpiar el terreno y área circundante que hayan sido intervenidas por las instalaciones temporales. El Proyecto no contempla durante la operación la extracción o explotación de recursos naturales, dado a que el emplazamiento de este se ubicará en áreas ya intervenidas por actividades previas y se trata de un proyecto de infraestructura eléctrica de paso como subestación y línea de transmisión. No obstante, si se requiere la corta de 2.53 hectáreas de plantación forestal de Pinus radiata para la línea de seccionamiento. Sin perjuicio de lo anterior y respecto de los recursos naturales necesarios como materiales de relleno, agua industrial y potable serán abastecidos por empresas de la Región que cuenten con las autorizaciones correspondientes. Emisiones efluentes En relación a recursos hídricos, cabe señalar que el Proyecto no se posiciona sobre cauces naturales y/o artificiales por lo que no corresponde a un recurso a extraer o explotar. Por otro lado, el agua requerida para la construcción y consumo humano será adquirida a terceros debidamente autorizado para ello evitando la nueva explotación de recursos hídricin La caracterización e identificación de Receptores (indicando sus coordenadas UTM Datum: WGS84 Huso: 19 S) y la distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto se presentan a continuación: Tabla. Descripción de receptores, altura, ubicación y distancia al proyecto Cracxdenada t1 i OeSr. ripC rOr R1 antenas sur 051 atea del Proyecto. Bodegas de material ligero y estacionarnienlo renoexcavadoras Vivienda de un piso de agita Vivienda de un piso de altura Vivienda de un piso de altima. ubicado en camino interior nia 5 sur Vivienda de un piso de altura )ed.ee Andra ' Pre}t eceptof frul 1-are WGS84 Norte 1.5 466 742415 58297 1,5 238 741806 5825207 1.5 741710 I 5825705 1.5 912 743304 1 5826338 1.5 472 741754 15826186 1.5 i 539 741653 7 Las emisiones de Ruido y Vibraciones durante la fase de construcción se originarán principalmente al uso de maquinarias para la preparación del terreno, la habilitación de la faena de construcción y caminos de acceso y el montaje de las estructuras y equipos. La localización de esta maquinaria se reconoce en 3 frentes de construcción, los cuales serán 1 para las actividades de cancha de tendido, 1 para la construcción de la línea de tensión y 1 será el frente de construcción de la ampliación de la subestación Mulchén. En las siguientes tablas se detalla la maquinaria que se utilizará durante esta fase, y se indican los Niveles de Presión Sonora (NPS) de emisión de cada fuente, a 10 metros, y sus niveles en banda de octava. Para efectos de modelación se asume que el frente de construcción considera el funcionamiento simultáneo de una maquinaria de cada tipo formando el escenario más desfavorable. A continuación, se muestra la caracterización de las fuentes y su presión sonora de emisión, diferenciados por frente de trabajo. Tabla Niveles de presión sonora maquinaria, frente de canchas de tendido. NPS [dB], Frecuencia en [Hz] NPSeq @10m Maquinaria 63 125 25 50 1k 2k 4k 8k [dB(A)] 0 66 67 68 65 58 54 49 42 Generador 64 55 Huinche de 52 59 58 51 51 45 39 28 Tendido y Freno FT Cancha 38 52 60 62 59 56 50 41 66 Tendido Fuente: Anexo 2-2 Estudio de Ruido de la Adenda complementaria (Tabla 17). Tabla Niveles de presión sonora maquinaria, frentes de construcción de NPS [dB], Frecuencia en [Hz] NPSeq @10m 8k [dB(A)] Maquinaria 63 125 250 500 1k 2k 4k 68 67 63 62 62 61 54 47 67 Retroexcavadora 75 70 67 67 69 66 60 53 73 Camión Aljibe 72 75 67 59 60 56 49 44 65 Motoniveladora 65 42 49 51 57 60 60 54 35 Camión Tolva 69 63 53 75 FT Construcción 51 61 62 66 71 Caminos Total Fuente: Anexo 2-2 Estudio de Ruido de la Adeuda complementaria (Tabla 18). Total caminos. 67 64 69 73 62 73 57 72 Camión Pluma FT Construcción Total 78 57 69 65 Tabla Niveles de presión sonora maquinaria, frentes de construcción de la am liación de la Subestación. Maquinaria NPS [dB], Frecuencia en [Hz] 63 125 250 500 lk 2k 4k Retroexcavadora 68 67 63 62 62 61 54 Bulldozer Camión Aljibe Excavadora Motoniveladora Grúa horquilla Camión Tolva 79 77 76 74 68 67 71 66 59 59 58 54 42 49 51 57 60 60 49 66 Fuente: Anexo 2-2 Estudio de Ruido de la Adenda complementaria (Tabla 19) De esta forma se evaluó el estado de cumplimiento normativo para cada fase en los tres [3] puntos receptores presentados en la Línea Base de Ruido. Como se verá, se acreditó cumplimiento normativo según se indica en sección correspondiente del ICE. Con respecto a las vibraciones generadas por el Proyecto, en la siguiente tabla se presentan los valores de Velocidad Peak de Particular (VPP). Tabla PPV de maquinaria — Fase construcción iltaquIriana PPV a 25 pies (7,62 tn.) [pulgadas/5] Retroexcavadora Bulldozer Camión Aljibe Excavadora Motoniveladora Grúa horquilla Camión Tolva Camión Pluma 0,003 0,089 0,076 0,089 0,089 0,003 • 0,076 0,076 Emisiones de Campo Electromagnético: Considerando la tipología del Proyecto, se estima que se generarán campos electromagnéticos •producto al funcionamiento de la subestación, es por ello que se realizó una simulación para determinar la magnitud de los efectos electromagnéticos provocados por la Subestación Mulchén. Para mayor detalle de la estimación realizada se adjunta en el Anexo 2-3 de la DIA Estudio de Campos Electromagnéticos del Proyecto, así como en el Anexo 4-1 de la Adenda Complementaria se presenta la incorporación de los criterios establecidos por el SEA en la Guía Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por radiación electromagnética en proyectos de transmisión eléctrica". Tabla Magnitudes de campo en borde ampliación subestación Mulchén • Campo eléctrico Inducción magnética Efluentes: Fuente: Anexo 2-3 DIA (Referencia [2]) Barras Paños de línea 265 5,43 580 2,88 [mitro Tesla] La generación de residuos líquidos durante esta fase corresponderá a aguas
servidas y cuyo volumen durante la fase de construcción será de 84 Fuente • m3/mes. Para la estimación se consideró la cantidad maxima de trabajadores en la instalación de faena (50) que servirá para la construcción del Proyecto, además se consideró un consumo de agua de 100 litros por persona y una tasa de recuperación del 80% del total del agua consumida. Pará lo anterior se contempla habilitar en la instalación de faena una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), mientras que para los frentes de trabajo se dispondrán baños químicos portátiles en la cantidad requerida según lo establecido en el D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud. (Para más detalle se presenta el PAS 138 en el Anexo 3-1 de la DIA). Se realizarán inspecciones generales y preventivas una vez al mes, a fin de determinar si el sistema y todos sus componentes se encuentran operando de manera normal y el retiro de lodos se realizará de manera anual. Se estima para la fase de construcción residuos industriales líquidos producto del lavado de canoas durante las actividades de hormigonado. Como se considera un total de 890 m3 de hormigonado para la fase de construcción y, considerando por cada camión mixer con capacidad de 9 m3, se genera un total de 50 litros de RIL por camión con hormigón. durante la Fase de Construcción, se contempla el lavado de canoas mixer, para lo cual, se habilitarán dos sectores para la ejecución de actividades de lavado. En cada uno de estos sectores se habilitarán piscinas con una dimensión de 2x3 m, y una profundidad de 0,5 metros, las que estarán recubiertas por una geomembrana impermeabilizante de polietileno de alta densidad que sobresalga de las piscinas en al menos un (11111 en cada dirección. Se contempla durante la Fase de construcción la generación de resmuos sólidos domésticos que se constituirán principalmente de papeles, cartones, plásticos, entre otros de similares características. Se estima una generación aproximada de 1,9 times de residuos, esto considerando un factor de 1 kg/persona/día y la dotación máxima de 92 trabajadores en instalación de faena. Los residuos serán almacenados en bolsas plásticas al interior de Contenedores herméticos, resistentes e impermeables y con tapas en buenas condiciones, estos contenedores serán debidamente identificados en los frentes de trabajo e instalación de faena. Diariamente serán retirados para su almacenamiento temporal en un contenedor que se ubicará en el sector de almacenamiento de residuos domésticos, la cual tendrá una superficie de 16 m2. Desde este lugar, los residuos serán retirados dos a tres veces por semana por una empresa autorizada y transportados hacia un relleno autorizado para su disposición final. También se contempla la generación de otros residuos industriales no peligrosos, los cuales serán almacenados en contenedores con tapa habilitados en cada frente de trabajo e instalación de faena, los residuos estimados corresponden principalmente restos de embalaje, restos metálicos, escombros, plásticos y maderas, entre otros. Se prevé una generación aproximada de 0,526 times. La gestión de los RSINP se realizará mediante el retiro de cada uno de los puntos de generación establecidos, esto con una frecuencia de dos a tres veces por semana o dependiendo de la cantidad acumulada, cada contenedor será trasladado al patio de salvataje para su posterior clasificación según si el residuo se puede revalorizar comercialmente o si este cuenta con demanda local para ser retirado de las instalaciones. Cabe señalar que, si bien se priorizará la reutilización y venta de estos residuos, en caso de que ello no sea posible se almacenarán en un conteiner "roll-off' o en contenedores de menor tamaño hasta su retiro y transporte por una empresa autorizada hasta un sitio autorizado para su disposición final. Este contenedor tendrá una capacidad de al menos 9 m3 y se ubicará a un costado del patio de salvataje.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Durante la fase de construcción se contempla la generación de residuos industriales peligrosos correspondiente a envases de pinturas, contenedores y EPP contaminados, entre otros, los cuales serán almacenados en un sector de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, habilitada en la faena de construcción, la cual será prefabricada y diseñada especialmente para tal fin y dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 148 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos del Ministerio de Salud. En la siguiente tabla se presenta los residuos para la fase de construcción y los volúmenes estimados a generar. Tabla Cantidades de residuos sólidos industriales peligrosos y su categoría de peligrosidad, Fase de construcción 1.12 A 4070 1,85 de en 10,07 3.7 1,85 0,114 1.12 A 4070 1.13 A3050 1.9 A 4060 A 4070 Envases de Pintura Envases pinturas aerosol Envases de impermeabilizante Envases de desmoldante Enveses de Diluyentes de pintura Sólido Sólido Sólida X Sólido X Sólido EPP contaminados con 1 hidrocarburos 1.8 A 4060 Sólido EPP contaminados con pintura A 4130 X Sólido Total (times) 0,0105 Para mayor detalle en el Anexo 3-3 de la DIA se describen los sitios de almacenamiento de residuos no peligrosos en el marco de tramitación del PAS 140. Residuos peligrosos Referencia al ICE - Sección 4.6 de ICE detalles sobre esta para mayores 4.6.2 del ICE. - Los suministros básicos para la construcción se especifican en sección - Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio fase. ambiente se especifican en sección 4.6.5.3 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN El Proyecto no contempla obras durante la Fase de Operación ya que solo se limita al seccionamiento de energía y la trasmisión de esta, manteniendo el nivel de voltaje en 220 kV. No obstante, se puede indicar que las partes y obras de carácter permanente serán: -Ampliación de la Subestación Línea eléctrica Cierre perimetral Acciones principales fase de operación Pruebas y Puesta en Servicio Las pruebas corresponden a una de las últimas actividades a realizar, previo a la puesta en servicio del proyecto, las cuales se harán según los protocolos propios ALFA TRANSMISORA DE ENERGIA S.A. y de acuerdo a los estándares establecidos por los organismos reguladores. De lo anterior se indica que una vez que la línea de transmisión y la subestación se encuentre revisada tanto en la iteración de sus componentes como detalles constructivos se iniciarán las pruebas correspondientes para verificar que las instalaciones se encuentren en condiciones de funcionar y así ponerlas en servicio. Se realizarán pruebas a equipos de acuerdo a lo indicado por fabricante y según las normas asociadas, ejecutando entre otras pruebas como: - Pruebas de aislamiento - Pruebas de pérdidas dieléctricas - Resistencia de contacto - Pruebas Funcionales Mantenimiento preventivo, correctivo y contra falla Recursos naturales renovables Emisiones efluentes - Razón de transformación (transformador de corriente, potencial) - Polaridad (transformador de corriente) - Resistencias de devanado, entre otras Posteriormente también se procederá para los equipos de protección y control, parametrizando de acuerdo a lo indicado en estudios y verificando los lazos para cada uno de los esquemas. Finalmente, una vez terminado se realizarán pruebas de comunicación con SCADA y la emisión de cada una de las señales y comandos asociados de modo de completar la funcionalidad del sistema. Durante la puesta en servicio se coordinará con los actores involucrados y entes reguladores procediendo con los trabajos de acometida y energización revisando secuencia de fases y desempeño de los esquemas asociados y resolviendo inconvenientes que puedan encontrarse. Una vez finalizada la puesta en servicio se consideran actividades de inspección y mantenimiento de los distintos componentes de la subestación, incluyendo acciones de tipo preventivo y conectivo programado, esto para mantener el correcto funcionamiento de la instalación. Las acciones de inspección y mantenimiento serán de baja frecuencia estimando durante un año, dos inspecciones aproximadamente. Dada la tipología del proyecto, no considera la explotación o extracción de recursos naturales renovables durante la Fase de Operación Emisiones Atmosféricas: Para la Fase de Operación del Proyecto las emisiones atmosféricas generadas son de menor magnitud, y corresponden a las generadas producto de las mantenciones requeridas (tránsito vehicular). Tabla Resumen emisiones Fase Operación Fuente SO2 NOX NH3 CO tAP2.5 táf>10 0,00362 0,00485 0,00000 0,00000 Tránsito caminos no pavimentados pesados Tránsito camino Pavimentado exterior Motor vehículos caninos no pavimentados Motor vehículos caminos 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00003 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00000 0,00002 0,00036 0,00023 0,00000 0,00000 0,00093 0,00000 0,00000 0,01184 0,00013 0,00013 Fuente: Tabla 27. Resumen emisiones - Fase Operación - Adenda Complementaria pavimentados Grupo Electrógeno Total 0,00190 0,00192 0,00000 0,00000 0,00041 100043 0,00014 0,00072 0,00014 0,00460 0,00014 0,01683 Ruido: Para la Fase de Operación, se contempla principalmente la emisión de ruido producida por los Transformadores de Potencial Capacitivo de 220 kV, ubicados en la Ampliación de la Subestación Mulchén, y, además, el efecto corona que produce de la propia Línea de Tensión, los demás elementos de la subestación tienen condiciones de ruido casi nulas y/o imperceptibles. A continuación, se presentan los niveles de emisión de ruido para la fase de operación Tabla Niveles de Presión Sonora - Fase operación , Nivel en dB, Frecuencia en Hz, NFSeq CR10
Flie04 63 1 125 1 250 1 500 1k 2k 4k j 8k ittd dB A) Efecto Corona 49 51 48746 48 49 49 I 460 551 Transformadores SE 157 54 I 55 I 40 42 43 43 Fuente: Tabla 2-9. Anexo 5-1 adenda complementaria Efluentes: Aguas Servidas: Durante las actividades de mantenimiento se prevé la generación de 0,6 m3/mes de aguas servidas. Para ello se estima un personal de cinco (5) personas los cuales se presentarán por motivo de mantenimiento dos veces por año, asumiendo una dotación de 150 1/hab/día y un factor de recuperación de 0,8 del total del consumo de agua potable. El manejo de estas aguas servidas será mediante el sistema existente para sanitaria, adiunta er la subestación Mulchén el cual cuenta con resolución Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. el Anexo 1-6 de la DIA. Mientras que, para los frentes de trabajo, en las actividades de mantenimiento, se dispondrán de barios químicos portátiles en la cantidad requerida según lo establecido en el D.S. 594/99 del Ministerio de Salud. Residuos Industriales líquidos: En la fase de operación no se generarán residuos líquidos industriales. Durante de la operación del proyecto se generarán 2 kg/alio de residuos domésticos producto de las labores de inspección y mantenimiento. Estos residuos serán retirados inmediatamente de las instalaciones del proyecto por el propio personal que lo depositará en lugares autorizados. El proyecto en la Fase de Operación no contempla la generación de productos químicos u otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente: En la Fase de Operación se generarán cantidades menores de residuos sólidos producto de la mantención de la Subestación eléctrica. La mayoría de estos residuos sólidos (restos de cables y restos de aisladores etc.) son residuos no peligrosos. Estos residuos serán dispuestos por el personal de mantenimiento en empresas autorizadas por la autoridad sanitaria para el reciclaje o disposición final de estos. Durante la Fase de Operación del Proyecto no considera la generación de residuos sólidos industriales peligrosos. Sin embargo, ante la eventualidad de generarlos, serán retirados inmediatamente por el equipo a cargo de las mantenciones. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá clausulas en los contratos con las empresas a cargo del servicio de mantención, en ellas exigirá expresamente el retiro de todos los residuos generados y su disposición final en lugares autorizados por la SEREMI respectiva Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. - Sección 4.7 del ICE 4.3.3. FASE DE CIERRE Proyecto Ampliación El ivywuw
bunestación eléctrica Mulchén, se ha diseñado para tener una vida útil de 30 años. Sin embargo, considerando las características de este tipo de instalaciones, se espera que los periodos de funcionamiento se puedan extender en el tiempo teniendo en cuenta las debidas mantenciones, acondicionamiento y/o modernización de equipos. No obstante, frente a la eventual Fase de Cierre del Proyecto, se presentan las siguientes partes, obras y acciones Partes y obras: - Desmantelamiento de la infraestructura: Contempla el desmonte de equipo, estructuras e instalaciones de trabajo asociadas al Proyectó, esto se llevará a cabo una vez desenergizadas las instalaciones. Para el caso de los equipos que puedan ser reutilizados estos serán embalados y guardados en bodegas a cargo del Titular del Proyecto. Mientras que los que no sean reutilizados o reciclados, se dispondrán en sitios autorizados de acuerdo a su naturaleza. -.Restauración componentes ambientales afectados: Las actividades de restauración del terreno,
consistirán en un proceso de descompactación de las áreas donde se hayan emplazado estructuras de peso (área de instalaciones) y caminos, permitiendo devolver la estructura y aumentar la aireación del suelo. En relación a lo anterior, se implementará un Programa de Actividades para restaurar la geoforma o morfología del área, incorporando la plantación de especies vegetales representativas de la zona y contenidas dentro de la Caracterización de Flora y Vegetación presentada en la DIA, de modo de facilitar el repoblamiento natural del área recuperada. Acciones principales del cierre a) Desmantelamiento: El desmonte de las obras asociadas al Proyecto contempla - Retiro de los cables conductores de las estructuras y postes, incluyendo los amortiguadores - Desarme y traslado de torres, considerando el retiro de las partes de cada torre y poste, y las fundaciones de las estructuras. - Retiro de cables y equipos eléctricos - Desmonte de aisladores b) Restauración: Una vez iniciada la Fase de Cierre del Proyecto, se realizarán las siguientes actividades en el área asociada a la Ampliación de la Subestación Mulchén. - Descompactación de las superficies: Se considera el desmantelamiento de los equipos, estructuras e instalaciones asociadas al Proyecto. - Análisis preliminar Sitio: Se considerará la ejecución de calicatas y toma de muestras para así evaluar parámetros fisico-morfológicos del suelo, tales como profundidad, color, textura y estructura. Posterior a la descripción del perfil de suelo se colectará una muestra de suelo las cuales serán enviadas al laboratorio para análisis químico - Tratamiento de suelo: De acuerdo a los resultados obtenidos, se realizará un análisis para determinar el tratámiento adecuado que requiere el suelo, considerando que el objetivo del área corresponde a establecer una plantación. - Plantación de especies nativas representativas de la zona: Se realizará la plantación de especies arbóreas y arbustivas nativas que son representativas de la zona. El detalle se encuentra en sección 11.1.2. del ICE "Compromiso ambiental voluntario: Reforestación con especies vegetales durante Fase Operación". Emisiones Atmosféricas: En caso de optarse por el cierre del Proyecto, como escenario más desfavorable, se consideró que las emisiones de esta fase son de igual magnitud que las emitidas en fase de construcción. Los principales aportes de material particulado respirable (MP2,5 y MP10) provienen emisiones indirectas, relacionadas con la resuspensión de polvo asociado con el tránsito vehicular. Campos electromagnéticos: Dado el corte de energía, no se contempla emisiones de radiación electromagnética durante el desarrollo de esta fase. Ruido: Para la fase de cierre y, como escenario más desfavorable, se consideró que las emisiones de esta fase son de igual magnitud que las emitidas en fase de construcción y darán cumplimiento, en todo momento, al D.S. N° 38/2011 del MMA. Emisiones líquidas o efluentes Fase de Cierre: Los efluentes domésticos asociados a la Fase de Cierre serán semejantes a los generados durante la fase de construcción, correspondientes a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos que se estima de 131,4 m3/mes. Durante la fase de cierre no habrá generación de residuos líquidos industriales. Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables domésticos generados durante la eventual Fase de declarados en la fase de construcción en términos estima una generación aproximada de 1,092 t/mes, medidas de manejo. a Domiciliarios: Los residuos sólidos Cierre, serían de naturaleza similar a los de cantidades y características, donde se por lo que se implementarán las mismas Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos: Los residuos industriales no peligrosos generados durante la eventual Fase de Cierre serían de naturaleza similar a los declarados en la fase de construcción en términos de cantidades y características, se prevé una generación aproximada de 0,526 t/mes, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo. Durante la Fase de Cierre, no se contempla la generación de residuos sólidos industriales peligrosos. En caso de producirse, estos serán trasladados y dispuestos de acuerdo a la normativa vigente. 4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio 29 de mayo del 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faena Fecha estimada de término 29 de julio del 2025 Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización de la instalación de faenas. 4A.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio 30 de julio del 2025 Puesta en servicio de la ampliación de la subestación Mulchén y del seccionamiento de la línea Duqueco — Los Peumos Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término 30 de julio del 2055 Parte, obra o acción que Desenergización de la subestación establece el término 4A.3. FASE DE CIERRE El Proyecto Ampliación Subestación eléctrica Mulchén, se ha diseñado para tener una vida útil de 30 años. sin embargo, considerando las características de este tipo de instalaciones, se espera que los periodos de funcionamiento se puedan extender en el tiempo teniendo en cuenta las debidas mantenciones, acondicionamiento y/o modernización de equipos. No obstante, frente a la eventual Fase de Cierre del Proyecto, se presentan las siguientes fechas: Fecha estimada inicio 31 de julio del año 2055 Parte, obra o acción que Desmantelamiento circuitos de la subestación establece el inicio Fecha estimada de término 31 de enero del año 2056 Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización de la instalación de faenas. 5.1'. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y :.CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Riesgo a la salud de la población por exposición a emisiones. de Material Particulado y Gases de combustión Construcción: -Instalaciones de Faenas rHabilitación del área de instalaciones temporales y frentes de trabajo- Habilitación de caminos de acceso a línea de seccionamiento y habilitación de la plataforma de la subestación -Movimientos de tierra - Construcción de la ampliación de la subestación Eléctrica - Construcción de torres de seccionamiento -Desmantelamiento de faenas Impacto ambiental Parte, obra o acción que lo 'genera 51. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la ' inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: Operación: -Actividades de Mantenimiento preventivo, correctivo y contra falla. Cierre: Habilitación de instalación de faenas - Desconexión de equipos - Desmantelamiento de estructuras - Desarme de fundaciones - Retiro instalación de faenas — Restauración del terreno. Fase en que se presenta Impacto ambiental Construcción, Operación y Cierre Riesgo a la salud de la población por aumento de los niveles de ruido y vibraciones en los receptores más cercanos Parte, obra o acción que lo genera Construcción: -Instalaciones de Faenas -Habilitación del área de instalaciones temporales y frentes de trabajo- Habilitación de caminos de acceso a línea de seccionamiento y habilitación de la plataforma de la subestación -Movimientos de tierra - Construcción de la ampliación de la subestación Eléctrica - Construcción de torres de seccionamiento -Desmantelamiento de faenas Operación: -Actividades de Mantenimiento preventivo, correctivo y contra falla. Cierre: Habilitación de instalación de faenas - Desconexión de equipos - Desmantelamiento de estructuras - Desarme de fundaciones - Retiro instalación de faenas — Restauración del terreno. Fase en que se presenta Impacto ambiental Parte, obra o acción que lo genera Construcción, Operación y Cierre - Riesgo a la salud de la población por exposición a campos electromagnéticos. Operación de la infraestructura eléctrica. Fase en que se presenta Operación Sección 5.1 y 6.1 del ICE El proyecto se emplazará casi completamente al interior del predio de la actual Subestación Eléctrica Mulchén, correspondiente a un terreno cerrado que no cuenta con población residente en su interior. El resto del proyecto, correspondiente a la nueva línea eléctrica para llevar a cabo el seccionamiento en la línea exístete se construirá fuera del recinto de la subestación y considera la construcción de cuatro torres de alta tensión cuya faja de seguridad estará completamente inmersa dentro de un predio forestal deshabitado. Se identificaron 11 viviendas dentro del buffer de 700 metros del polígono del Proyecto; 2 de éstas se encuentran a una distancia menor de 300 metros de la faja de seguridad de la LTE, estando una hacia el lado poniente de la Ruta 5. La vivienda más cercana a la ampliación proyectada en la subestación propiamente tal se encuentra a 500 metros de distancia. El detalle de los receptores cercanos se encuentra en la Figura 16 de la adenda complementaria. Por su parte, el área de influencia del componente calidad del aire, se presentó en la Figura N° 2-6: Área de influencia componente calidad del aire del Anexo 9-2 de la Adenda. Respecto a las Emisiones al Aire: El Proyecto necesita materializar sus instalaciones, requiriéndose transporte de insumos y personas, como también actividades asociadas a movimientos de tierra como excavaciones, escarpe, nivelación y compactación que generan emisión de MP resuspendido el cual se dispersa en el aire en torno al área de proyecto. En la zona se ha identificado la presencia de receptores sensibles (residentes) que podrían verse afectados por el incremento en el aire de las concentraciones de MP y gases. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Para determinar las emisiones generadas por la ejecución del proyecto, en todas sus fases, el titular realizó un considerando un periodo de construcción de 14 meses. La aplicación de modelos de dispersión atmosférica permitió determinar el aporte de las emisiones provenientes de fuentes emisoras, en sectores aledaños a las instalaciones del Proyecto, permitiendo de este modo cuantificar porcentualmente dichos aportes en los niveles de calidad del aire del entorno. Para determinar los aportes del proyecto se utilizó la plataforma de modelación de la dispersión de contaminantes atmosféricos Calpuff, la cual proyecta las concentraciones en puntos receptores acorde a las variables de entrada ingresadas para los distintos escenarios del proyecto. Los resultados de los aportes modelados sobre los puntos receptores se presentaron en la tabla 49 del Anexo 2-1 de la DIA y en las figuras 23 a 27 del mismo documento los mapas de isoconcentraciones respectivos. Al respecto se puede observar que las actividades a realizar durante el primer año de construcción son las que mayor nivel de emisiones generarán, donde la mayor cantidad de emisiones es generada por actividades de tránsito por camino no pavimentado y en menor medida por motor de maquinaria. En cuanto a los gases, el motor de maquinaria es la actividad que aporta en mayor cantidad. Durante el segundo año, la principal actividad está asociada a tránsito de vehículos menores, esto pues dado que no se requerirá personal permanente en la instalación misma, igualmente se requerirá la presencia de trabajadores para mantenciones e inspecciones, lo que conlleva a que las emisiones a lo largo de la operación sean muy bajas. Los resultados expuestos indican que los aportes del Proyecto, durante la fase de construcción se representan contribuciones porcentuales menores al 2,77 % en todos los estadísticos evaluados (porcentualmente el mayor aporte es el de 3,6 Itg/Nm3 para la norma anual de MP10 en receptor R7). Así mismo, para MP2,5, los aportes del Proyecto representan contribuciones porcentuales menores al 1,41 % en todos los estadísticos evaluados (porcentualmente el mayor aporte es el de 0,569 pg/Nm3 para la norma anual de MP2,5 en R7). Cabe destacar, que ambos análisis mencionados son considerando el peor escenario, incluso el factor de corrección obtenido del análisis de incertidumbre. En cuanto al MPS, el escenario modelado no supera los límites establecidos por las normativas aplicables para los receptores, ni siquiera genera aportes mayores a 7,64 mg/m2 día para norma secundaria (de referencia) anual de MPS en el receptor R4 (receptor de normativa secundaria), alcanzando solo entonces un 5,07 % de la Norma de la Confederación Suiza para este contaminante. Es importante señalar que los aportes del proyecto sobre los receptores considerados, serán puntuales y en un tiempo acotado, dado que la fase de construcción será de solo un año, pasando luego a la fase de operación donde las emisiones son escasas y asociadas principalmente al tránsito de vehículos menores por actividades de mantención. 'En base a lo anterior, según los resultados del inventario de emisiones y de la modelación CALPUFF, el estudio determinó que las emisiones del Proyecto, ne presentan riesgo a la población en todas sus etapas según lo establece el artículo 11 de la Ley 19.300, principalmente por lo bajo de estas y a lo acotado del tiempo en el que se desarrollará la construcción, la cual es la fase que presenta las principales emisiones del proyecto. Por otro lado, respecto a la exposición de personas a campos electromagnéticos se tiene que en el Anexo 4-1 de la Adenda complementaria se presentó el Estudio de Campos Electromagnéticos actualizado, tomando en consideración la Guía "Criterio dé Evaluación en Campo eléctrica jInducción magnética 1 [micro 'reale] en Receptores el SEIA: Evaluación de impactos por radiación electromagnética en proyectos de transmisión eléctrica". En primera instancia, referido a la evaluación de los valores de campos electromagnéticos y campo eléctrico en cada uno de los receptores identificados en el área aledaña al Proyecto. En figura 4 de la Adenda complementaria se presentó la ubicación de los receptores y en la Tabla 10 de la misma las características de cada uno. Adicionalmente, de acuerdo a lo señalado en el Anexo 2-3 de la DIA (Estudio de campos electromagnéticos), a continuación, se presentan las magnitudes de campo en el borde de la ampliación de la Subestación Mulchén. Tabla Magnitudes de campo en borde ampliación subestación Mulchén Fuente , Ca tinmi
Inducción magnética mpo eléctrico ndcro Tenia Paños de linea 265 5,43 580 2,88 Las expresiones analíticas indican que la tasa de decrecimiento de los campos electromagnéticos de baja frecuencia se relaciona con el inverso del cuadrado de la distancia, lo que implica que a mayor distancia el valor de campos electromagnéticos disminuye. De esta forma, considerando las magnitudes máximas de cada campo, la intensidad de campo actuando sobre cada receptor cercano al proyecto son: Tabla Magnitud de campo Punto Distancia al Proyecto _ImL Rl 466 Barras 0,01 0,04 0,41 0.00 0,01 0.01 1,07 4,10 1,32 0,28 1,04 0.80 R2 238 R3 450 R4 912 472 R6 537 De los resultados expuestos es posible indicar que, dada la distancia de ubicación de los receptores, la intensidad de campo eléctrico y magnético es mínima en estos, indistinguible de la intensidad de campo generado por equipos o aparatos electrodomésticos (por ejemplo, un secador de pelo puede generar 80[V/m] de campo eléctrico y 0,11 a 7 [micro Tesla] de campo magnético, a 30cm del cuerpo) Por otro lado, y de acuerdo a lo estipulado en acápite "5. Sobre la consideración de los efectos sinérgicos" de la Guía respectiva del SEA, el titular presentó el análisis de la interacción del Proyecto en evaluación con los Proyectos aledaños. Así se consideró la línea 2x220Kv Mulchén — Angostura y la línea 2x220Kv Río Malleco — Mulchén. Con respecto a la primera, entre ambas obras se observa que el campo eléctrico se reduce notoriamente, señalando que no existe prácticamente interacción entre los campos eléctricos generados por ambas instalaciones, no obstante, la inducción magnética se reduce, pero no tan notoriamente como el campo eléctrico, señalando que existe una leve interacción entre la inducción magnética generada por ambas instalaciones. En el borde de la ampliación de la subestación Mulchén, señalada por la línea roja, los campos resultantes son: Tabla Valores al borde Instalación Interacción con linea Límite RPTD W07 de la ampliación Campo eléctrico j 0111111 513 SE Mulchén. Inducción magnética [micro Tesis' 1,81 5.000 5.000 100 100 Criterio SEA Cumplimiento el Tanto los valores en el borde de la subestación, como los que se presentan próximo a la línea y en el espacio entre la línea Mulchén - Angostura y la ampliación de la subestación, conforme a los resultados y al detalle mostrado en la Figura 9 y Figura 10 de la adenda complementaria, ubicación valor rde subestación son inferiores a los valores límites de campo eléctrico, establecidos por la reglamentación chilena RPTD N° 07 y acogidos también por el SEA en la Guía vigente. Por otro lado, en relación al seccionamiento de la Línea Duqueco Los Peumos 1x220kV y el paralelismo con línea Río Malleco-Mulchén 2x220kV se tienen los siguientes resultados. Confrontados estos valores y los valores máximos en el seccionamiento, con la normativa vigente nacional, Pliego Técnico Normativo RPTD N'07, y el Criterio de Evaluación en el SEIA, se obtiene la siguiente Tabla: Tabla Valores de campo resultantes Campo eléctrico iVint _ 510 Instalación Interacción con linea Río Malleco Muichén Máximo en linea de seccionamiento Limite RPTD N°07 Inducción magnética [micro Test Ubicación valor 1,13 Zona paralelismo Linea de seccionamiento 2.518 3,19 5.000 5.000 100 100 SI Criterio SEA Cumplimiento Tanto los valores en la zona intermedia, en el espacio entre ambas líneas, como los valores máximos en la línea correspondiente al seccionamiento de la línea Duqueco Los Peumos 1ia20kV, conforme a los resultados modelados, son inferiores a los valores límites de campo eléctrico, establecidos por la reglamentación chilena RPTD N° 07 y acogidos también por los criterios del SEA. Dado lo anterior, es posible concluir que el Proyecto no presenta un riesgo para la salud de la población, toda vez que el Proyecto presentará emisiones de campos electromagnéticos por debajo de los niveles criterio permisibles, así como los criterios de referencia internacional. Asimismo, es importante precisar que aun cuando en el área se emplazan otras líneas de transmisión eléctrica, el Proyecto, considerando el efecto sinérgico con dichas obras, no superará los límites establecidos como referenciales. En relación a los niveles de ruido: Los niveles de presión acústica obtenidos fueron evaluados de acuerdo al máximo permitido por el D.S. N° 38/11 del MMA, verificando que en receptores humanos se cumple con lo indicado por dicha normativa. Detalles en el Modelamiento de Impacto Acústico (Anexo 2-2 Estudio de Ruido y Vibraciones actualizado en adenda complementaria). Considerando los procesos con las mayores emisiones de ruido y los escenarios más desfavorables, se desarrolló un Estudio de Ruido, en donde se realizaron modelaciones mediante software y cálculos teóricos para todas las fases del Proyecto. Así se concluyó que no se incrementarán los niveles de ruido sobre los límites máximos permisibles establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA para la jornada diurna en los receptores cercanos. Para efectos de la rnodelación realizada para medir las emisiones de ruidos y vibraciones (Anexo 2-2 de la Adenda complementaria), se consideró el escenario más desfavorable para! :cada una de las Fases del Proyecto, por lo que el frente de trabajo se replicó y se ubicó en los séctores del Proyecto más cercanos a cada receptor. Para las Fases de construcción y cierre se determinaron tres frentes: uno para las actividades en cancha de tendido, uno para la construcción de la Línea de Tensión (LdT) y la construcción y/o mejoramiento de caminos, y finahnente otro asociado a la construcción de la Ampliación de la Subestación y al , funcionamiento del Área de Instalación de Faenas. Para la Fase de operación se determinó como fundamental la emisión que producirán los Transformadores de Potencial Capacitivo de 220 kV, ubicados en la Ampliación de la Subestación Mulchén, así como el efecto corona que produce de la propia Línea de Tensión y su efecto sinérgico con las líneas existentes en el área. Para el caso de las emisiones que producen vibración, se contempló la máquina que se utilizará para las fases de construcción y cierre, sin existir fuentes significativas en la Fase de Operación. , . La estimación del ruido del Proyecto sobre los puntos de evaluación identificados, se realizó a través de modelaciones mediante el software de predicción sonora Predictor - LIMA Versión 1,5 41 37 37 65 65 65 1,5 Vivienda 4 1,5 Vivienda 7 1,5 Vivienda11 Receptores Aitura de proyecetort NPS proyectado IdB{A)1 33 41 44 41 41 41 41 39 42 36 85 65 65 65 65 65 65 65 65 65 Ex Vivienda 1,5 17 2022.01 desarrollado por la empresa Brüel & Kjaer y Softnoise que, para efectos del presente proyecto, utiliza en su algoritmo de predicción, la Norma ISO 9613 "Acoustics - Attenuation of sound during propagation outdoors - Part 1: Calculation of the absorption of sound by the atmosphere; Part 2: General method of calculation". Los cálculos y resultados de este software se encuentran certificados mediante la norma ISO 17534-1:2015 "Acoustics -- Software for the calculation of sound outdoors Part 1: Quality requirements and quality assurance". Cabe destacar que en Adenda Complementaria, se incorporaron puntos receptores de evaluación adicionales asociadas a las viviendas identificadas en la caracterización de Medio Humano, de manera de demostrar a la comunidad que todas las viviendas ubicadas en el entorno, cumplen con la normativa vigente. Cabe señalar que tanto las emisiones de ruido y vibraciones fueron evaluadas en su peor escenario, siendo el receptor más cercano de las obras y partes del proyecto el R3, correspondiente a la vivienda 9, ubicado a una distancia de aproximadamente 227 metros. En las figuras 12 a 14 del Anexo 2-2 de la Adenda complementaria, se presentó el mapa de ruido y los Niveles de Presión Sonora (NPS) estimados en los receptores. En la siguiente tabla se resumen los niveles de ruido estimados en los receptores y se presentan los límites máximos permisibles para una comparación referencial. Tabla niveles de ruido estimados en receptores — fase de construcción. art• e • IdB(A)] 1.5 36 1,5 1,5 1,5 1,5 31 44 35 41 Se puede observar que los niveles de ruido estimados para la fase de construcción oscilan entre 17 y 44 [dB(A)]. En las figuras 15 a 17 del Anexo 2-2 de la Adenda complementa, se presentó el mapa de ruido y los Niveles de Presión Sonora (NPS) estimados en los receptores para la fase de operación. Como se puede apreciar, mucho menos ruidosa que la fase de construcción, durante la fase de operación se obtienen niveles de ruido que alcanzan un valor de hasta 29 dB(A), encontrándose bajo los límites máximos permitidos. Efecto Sinérgico: A partir de la observación 2.4 del ICSARA complementario, se incorpora la evaluación del efecto sinérgico generado por el ruido del efecto corona de la línea existente, cercana a ubicación 5.826.305.19 m S 741.567.26 m E y el de este Proyecto. A partir de lo anterior, se considera el efecto sinérgico de la línea existente Duqueco — Los Peumos (también llamada Charrúa — Mulchén) y el trazado de línea de transmisión del R1 R2 R3 R4 R5 R6 Vivienda 1 1,5 Vivienda 2 1,5 Vivienda 3 1,5 Vivienda 5 1,5 Vivienda 6 1,5 Vivienda 8 1,5 Vivienda 9 1.5 Viviendal0 1.5 Viviendal2 1,5 Viviendal3 1.5 32 1 65 51 85 65 51 65 85 [r711 NI LsbrnadosidlitAij JcwitmarnierlIO ae dicha línea, hacia la ampliación de la S/E Mulchén, cuyos niveles de ruido se presentan en la Figura 17 y en la Tabla 28 del Anexo 2-2 de la Adenda complementaria. En la figura 18 de dicho documento se presentan los receptores del Estudio de Ruido de la Línea Duqueco — Los Peumos, para evaluación de efecto sinérgico. A partir del modelo utilizado (presentado en la sección 5.2.2 del Anexo 2-2 de la Adenda complementaria) y considerando las distancias a los receptores presentadas en la siguiente tabla,
se obtienen los niveles de ruido asociados al efecto corona del Proyecto en dichos receptores: Tabla niveles de ruido estimados por efecto corona en receptores para evaluación de efecto sinérgico. Se puede observar que los niveles estimados, asociados al efecto corona del Proyecto en los receptores cercanos a la línea Duquecó Los Peumos, alcanzan un valor máximo de 24 dB(A), nivel que se encuentra 20 dB por debajo del nivel asociado a la misma línea existente, conforme a lo presentado en la Tabla 37 del Anexo 2-2 de la Adenda complementaria. Dado lo anterior, se puede concluir que los niveles de ruido en dichos sectores no aumentarán debido a la incorporación de este Proyecto. Lo señalado se aprecia en la siguiente tabla: Tabla cálculo del efecto sinérgico por efecto corona Observante 1.1 44 R36 44 ) Aumente de Nivel de iltatdo [dB! o o En relación a las Vibraciones: Por su parte, considerando la ausencia de una norma en Chile que permita regular las vibraciones de índole ambiental, en cumplimiento a lo establecido en el literal b) del Art. N°5 del Reglamento del SEIA, se utiliza referencialmente para estos fines el criterio establecido en el documento "Transit Noise and Vibration- Impact Assessment" de la Federal Transit Administration (FTA), la cual establece valores para estimación y evaluación de daño estructural a partir de Velocidad Peak de Partícula (PPV) y para la evaluación de molestia generada por vibraciones a partir del Nivel de Velocidad de vibración (Lv). El resultado obtenido indica que tanto las Velocidades Peak de Partículas (PPV) como los Niveles de Vibración (Lv) cumplen con los criterios de evaluación de referencia. La estimación de la vibración sobre cada punto de evaluación se determinó utilizando la siguiente relación: PPVproyectado-----PPVRef(25D)1.5 Donde: -PPVproyectado: Velocidad de partícula peak en [pulgadas/s]. -D: Distancia a determinar en [m] utilizando como referencia las velocidades. •PPVRef : Velocidad de partícula de referencia medias a 25 [pies] en [pulgadas/s]. Por otra parte, el modelo de cálculo para estimar el nivel de vibraciones (Lv) en un receptor ubicado a una cierta distancia de la fuente se indica en la siguiente expresión: Lv(D)=Lv(25 Ft)-30log (D/25) Donde: Lv(D): Nivel de vibración proyectada a una cierta distancia D ,v(25 Ft): Nivel de vibración referencia de una maquinaria evaluada a 25 pies. D: Distancia de vibración proyectada [pies] Tabla PPV y Lv estimados en receptores — Fase de construcción y cierre. RI 37 R2 -0,000 4 -0,000 R 25 -0,000 R4 33 Así, en la siguiente tabla se presentan las Velocidades Peak de Partículas (PPV) y los Niveles de Vibración (Lv) estimados en los receptores. -o Re Se puede observar que las PPV son prácticamente O y los Lv alcanzan un nivel máximo de 42 [VdB]. Los PPV estimados se encuentran bajo el criterio de evaluación en todos los receptores (0.2 Peak de partículas (PPV) para ser considerado como posible de daño estructural y 72 en Niveles de Vibración (Lv) para ser considerado como molesto.) En consecuencia, si bien el Proyecto tiene asociada la emisión de Ruido y Vibraciones, de acuerdo con los antecedentes presentados en el estudio citado y los resultados obtenidos, es posible concluir que dichas emisiones, bajo las condiciones más desfavorables, no superarán los valores establecidos por la normativa vigente o normativas de referencia según corresponda y no generaran riesgo para la salud de la población en virtud de lo definido en la letra b) el Artículo 5 del Reglamento del SEIA (D.S N° 40/2012 del MMA). En relación al manejo de Residuos Sólidos: El detalle de la generación y manejo de residuos se presenta en las secciones 4.6.5 y 4.7.6 de para la fase de construcción y operación respetivamente, del informe consolidado (ICE). Lo anterior, complementado con la normativa ambiental aplicable detallada en el capítulo 8, así como los permisos ambientales sectoriales, identificados en el capítulo 9 del Informe Consolidado (ICE). Todos los residuos generados por el Proyecto serán manejados conforme a la normativa aplicable, entiéndase por estas: D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones) y en el D.S. 148/2003 MINSAL (RESPEL). Residuos sólidos domésticos y asimilables a domiciliarios: Durante la Fase de construcción y Cierre se almacenarán en contenedores herméticos ubicados estratégicamente en los frentes de trabajo e instalación de faena, los que una vez completados serán retirados y derivados al sector de almacenamiento de residuos domésticos donde serán retirados de 2 a 3 veces por semana por servicios de transporte autorizados para el retiro de residuos. El área de almacenamiento contará con los permisos sanitarios correspondientes I (Anexo 3.2 de la DIA). Por su parte, en la Fase de Operación, dada las labores de inspección y mantenimiento, los residuos serán retirados inmediatamente de las instalaciones del proyecto por el propio personal que lo depositará en lugares autorizados. Residuos industriales no peligrosos: Durante la Fase de Construcción y Cierre la gestión de dichos residuos se realizará mediante el retiro de cada uno de los puntos de generación establecidos, esto con una frecuencia de al menos una vez al mes o dependiendo de la cantidad acumulada, cada contenedor será trasladado al patio de salvataje para su posterior clasificación según si el residuo se puede revalorizar comercialmente o si este cuenta con demanda local para ser retirado de las instalaciones. El área de almacenamiento contará con los permisos sanitarios correspondientes (Anexo 3.2 de la DIA). Para la Fase de Operación no se estima la generación de RINP, sin embargo, en el caso de que se genere por las actividades de mantenimiento, el personal a cargo se encargará de segregar los residuos y posteriormente trasladarlos hacia un sitio de disposición final autorizado una vez finalizado la jornada laboral. Cabe señalar que, si bien se priorizará la reutilización y venta de estos residuos, en caso de que ello no sea posible se almacenarán en un conteiner "roll-off' o en contenedores de menor tamaño hasta su retiro y transporte por una empresa autorizada hasta un sitio autorizado para su disposición final. Este contenedor tendrá una capacidad de al menos 9 m3 y se ubicará a un costado del patio de salvataj e. Los residuos peligrosos (RESPEL) serán almacenados en un sector transitorio de residuos peligrosos, habilitada en la instalación de faena de la Fase de Construcción y Cierre, la cual será prefabricada y diseñada especialmente para tal fin y dará cumplimiento a lo establecido en e] D.S. N° 148 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos del Ministerio de Salud. En relación a los residuos peligrosos de la Fase de Operación, y en consideración a las actividades a desarrollar se estima que los volúmenes serán mínimos, ya que la permanencia en la subestación serán temporales y acotadas a las actividades de inspección y mantenimiento, por lo que los residuos serán gestionados por el mismo personal de mantenimiento retirando en el momento los residuos y disponiendo de estos en lugares autorizados. Residuos líquidos Durante la Fase de Construcción se prevé generan residuos líquidos domésticos producto de las actividades de construcción. Para el manejo de las aguas servidas se construirá un alcantarillado particular consistente en una Planta de Tratamiento de Aguas Servida. En el Anexo 3.1 de la DIA se presentan los antecedentes para el PAS 138. Durante la Fase de Operación se utilizarán las instalaciones sanitarias existente en la SE Mulchén durante las actividades de mantenimiento e inspección, además de considerar baños químicos en la zona de ampliación durante las actividades de mantenimiento. En base a lo anterior y a la evaluación realizada por los organismos competentes, es posible indicar que el manejo y disposición de residuos no tendrá impactos significativos sobre recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; y de acuerdo a lo indicado en la Guía "Riesgo para la salud de la población" es posible indicar que "dado que no hay posibilidad de contacto entre personas y contaminantes provenientes de residuos, no hay posibilidad de exposición y no hay riesgo a la salud de las personas. Al respecto, mediante Ord. N°2375 de fecha 15/12/2022, la Seremi de Salud se pronunció conforme respecto a la Adenda indicando: "El titular da cumplimiento normativo siguiente en todas las etapas del proyecto. DFL 725/67 Código Sanitario MINSAL D.S 148/03 Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos MINSAL, cumpliendo el almacenamiento, manejo y disposición final de los residuos peligrosos generados en el proyecto. D.S 594/99 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo art. 18 Y 19 MINSAL, cumpliendo el almacenamiento, manejo y disposición final de los residuos nó peligrosos generados en el proyecto, priorizando el reciclaje. El titular da cumplimiento a los permisos ambientales sectoriales PAS 138 del sistema de tratamiento de aguas servidas, entregando los antecedentes técnicos para su autorización sectorial. El titular da cumplimiento a los permisos ambientales sectoriales PAS 140 del sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos entregando los antecedentes técnicos para su autorización sectorial. El titular da cumplimiento a los permisos ambientales sectoriales PAS 142 del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos entregando los antecedentes técnicos para su autorización sectorial. Se indica que bodegas Respel deben ser siempre cerradas en sus costados. Esta SEREMI de Salud indica que el proyecto o actividad no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias indicados en el art. I 1 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente." Al respecto mediante Ord. N°2375 de fecha 15/12/2022, la Seremi de Salud se pronunció conforme respecto a la DIA indicando: "Esta SEREMI de Salud indica que el proyecto o actividad no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias indicados en el art.11 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente." 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE 'LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental -Pérdida de suelo, erosión del suelo, compactación del suelo y deterioro de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera Fase en que se presenta Impacto ambiental Suelo Ampliación de infraestructura Construcción y operación -Aumento de las concentraciones de MP10, MP 2.5 y gases de combustión Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera Aire Construcción: -Instalaciones de Faenas -Habilitación del área de Instalaciones temporales y frentes de trabajo- Habilitación de caminos de acceso a línea de seccionamiento y habilitación de la plataforma de la subestación -Movimientos de tierra - Construcción de la ampliación de la subestación Eléctrica - Construcción de torres de seccionamiento -Desmantelamiento de faenas Operación: -Actividades de Mantenimiento preventivo, correctivo y contra falla. Cierre: Habilitación de instalación de faenas - Desconexión de equipos - Desmantelamiento de estructuras - Desarme de fundaciones - Retiro instalación de faenas — Restauración del terreno. Fase en que se presenta Impacto ambiental Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera Construcción, Operación y Cierre -Pérdida de individuos de flora y vegetación Flora y vegetación Construcción: -Instalaciones de Faenas -Habilitación del área de instalaciones temporales y frentes de trabajo- Habilitación de caminos de acceso a línea de seccionamiento y habilitación de la plataforma de la subestación -Movimientos de tierra - Construcción de la ampliación de la subestación Eléctrica - Construcción de torres de seccionamiento -Desmantelamiento de faenas Operación de la infraestructura eléctrica Fase en que se presenta Impacto ambiental Construcción y Operación -Perturbación de fauna presente en el área de influencia Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera Fauna Construcción: -Instalaciones de Faenas -Habilitación del área de instalaciones temporales y frentes de trabajo- Habilitación de caminos de acceso a línea de seccionamiento y habilitación de la plataforma de la subestación -Movimientos de tierra - Construcción de la ampliación de la subestación Eléctrica - Construcción de torres de seccionamiento -Desmantelamiento de faenas Operación de la infraestructura eléctrica. Fase en que se presenta Construcción y Operación Referencia al ICE para Sección 5.2 y 6.2 del ICE mayores detalles sobre este impacto específico De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular en el estudio de Flora y Fauna (Anexo 2.5 y 2.6 de la DIA), en el área de influencia de este componente, no se identificaron recursos naturales renovables escasos o únicos, y aunque se encontraron algunas especies endémicas están no serán afectadas significativamente. Lo anterior, se debe en parte a que el área de influencia del estudio perdió completamente la cobertura arbórea-arbustiva original y está altamente degradada. Por otra parte, más específicamente las condiciones preponderantes en el terreno donde se realizará la ampliación de la subestación ha sido objeto de una alta intervención humana y en el caso de la línea de transmisión y seccionamiento de la línea existente, esta será construida en terrenos forestales con actual plantación de pino y sin presencia de bosque nativo. Respecto al suelo: Las obras asociadas al Proyecto se ejecutarán, por un lado, dentro de un predio que se encuentra intervenido por la subestación y por otro, en plantación forestal, por lo que el Proyecto no generará pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo que deriven en pérdida de suelo o su capacidad para sustentar biodiversidad. Se realizó una caracterización de suelo, donde los resultados obtenidos en la caracterización del componente se señala que los antecedentes recopilados en las distintas etapas estudiadas y en concordancia con la Pauta de estudios de suelo del SAG (2011, Rectificado 2016) se determinó que el Área de Influencia del componente suelo posee CCUS III, IV, VI y No suelo. Con relación a la región de Biobío, CIREN (2010) señala que la comuna de Mulchén presenta en mayor medida un riesgo de erosión "baja o nula" (61,79%), seguido de un riesgo "moderada" (31,94%) y en menor medida presenta un riesgo "severa" (3,55%) y "muy severo" (0,06%). Con relación a la erosión potencial, los estudios de CIREN (2010) mencionan que, en caso de una desprotección del suelo, existe un aumento considerable en la categoría de erosión "muy. severa" (25,52%), seguido de un aumento en la categoría "severa" (12,75%) y una disminución del riesgo "moderado" (13,74%) y una disminución de superficie con riesgo potencial "bajo o nulo" (45,22%). En ese sentido aquellas áreas del proyecto con menor pendiente, tendrían menores posibilidades de presentar procesos erosivos. Los escombros de construcción que se generarán durante la fase de construcción del proyecto serán dispuestos únicamente en botaderos que se encuentren debidamente autorizados por la autoridad sanitaria para la recepción de este tipo de residuos. Se concluyó que dadas las características del proyecto, no se generarán emisiones atmosféricas o de RILes que sean descargados y puedan afectar directamente al recurso suelo. Es importante tener presente que el área de emplazamiento del proyecto corresponde a un suelo altamente intervenido, la subestación existe y se encuentra despejada en su gran parte de vegetación y la faja de seguridad para la línea de seccionamiento, aunque será despejada, el suelo seguirá cumpliendo su función de soporte de vegetación que crecerá pero será controlada en altura por seguridad eléctrica. En lo que se refiere al manejo de residuos sólidos, esto se desarrollará de forma tal de realizar un manejo, tratamiento y disposición final adecuada, ello según se indica en secciones • anteriores del Informe Consolidado de la Evaluación (ICE). Sin perjuicio de lo anterior, y en consideración con la ocupación de un área asociada a CCUS III, correspondiente a 0,27 Ha, es preciso señalar que el Titular contempla la ejecución de un Compromiso Ambiental Voluntario denominado "Plan de Mejoramiento de Suelos", el que tiene como objetivo realizar la mejora de un suelo de Clase IV o superior para acondicionarlo como Clase III, en una superficie de 0,5 Ha (Anexo 3-1 de la Adenda complementaria). Ál,respecto, cabe indicar que, el SAG mediante Ord. N°1537 de fecha 18/12/2023, se pronunció Conforme respecto a la adenda complementaria de la DIA. Flora y vegetación: El proyecto se desarrolla dentro de los límites de la subestación eléctrica Mulchén en una superficie que se encuentra completamente intervenida, contando en su mayoría con terrenos estabilizados, quedando sólo un área con presencia de vegetación, que es, donde se emplazarán obras de ampliación. Por otro lado,, la línea eléctrica para el seccionamiento se planea sobre suelo actualmente ocupado por la industria forestal con pinos en estado adulto. Respecto a los resultados del estudio de flora es posible señalar que se registraron 50 especies de plantas vasculares, las cuales correspondieron *a especies endémicas, nativas e introducidas. •-1 La mayoría de ellas fue de carácter introducido (31 especies) equivalentes al 62%. Se encontró 1 especie en categoría de conservación, pero no está en categoría de amenaza, sino en Preocupación Menor; el helecho Adiantum chilense. Respecto a la vegetación del Área de Influencia, se encuentra representada por una extensión que recorre diferentes ambientes con diferentes tipos de intervención, en los cuales se presentan 7 tipos de recubrimiento de suelo, los que corresponden a: - Plantación forestal con un 38,71%. - Matorral de especies exóticas asilvestradas con un 16,2%. - Matorral pradera de especies exóticas con un 22,18%. -Pradera de especies exóticas con un 12,18%. - Sector industrial con un 4,86%. -Zona de vegetación escasa con un 3,65%. - Otros (Caminos vehiculares) con un 2,21%. De lo anterior, debido a la presencia de plantaciones forestales en terrenos preferentemente forestal, se presenta permiso ambiental sectorial PAS 149. Finalmente, en relación a las singularidades del componente Flora y Vegetación - En el Área de Influencia, no se identifican formaciones vegetales únicas o de baja representatividad nacional. - En el Área de Influencia, no se identifican formaciones vegetales relictuales. - En el Área de Influencia, no se identifican formaciones vegetales relictuales, reliquias, remanentes, frágiles. No se identificó presencia de bosque nativo de preservación, no existe presencia de bosque nativo al interior de unidades del SNASPE, no se encuentran especies acogidas a regulaciones especiales, no se identificó presencia de especies en categoría CITES, no se identificaron especies cercanas a su límite de distribución geográfica no se encontraron especies con distribución restringida, no se identificaron especies en o próxima al límite altitudinal de alguna especie, el Área de Influencia no se encuentra cerca de sitios prioritarios para la conservación de la diversidad, no se encuentra en o colindante con ninguna área bajo protección oficial, no se encuentra en o colindante con ninguna área protegida privada, no se identificó presencia de formaciones xerofiticas y no se identificó presencia de geófitas. No se esperan impactos significativos sobre la flora y vegetación. Fauna: Por otro lado, la prospección realizada para caracterizar el componente fauna indica el registro de un total de 38 especies, de las clases aves, reptiles y mamíferos. No se encontraron especies de anfibios dentro del Área de Influencia. Respecto a las singularidades, una especie es endémica y solo tres (3) están clasificadas en el RCE, todas en categoría de Preocupación menor (LC). Las condiciones preponderantes en el terreno son de alta intervención humana, lo que dificulta la presencia de fauna en el sector, debido a la escasez de fuentes de alimento y refugio. Por esto, no es de extrañar la ausencia de anfibios en el Área de Influencia y la baja diversidad de reptiles. Sin embargo, no se puede descartar de plano la presencia eventual de otras especies de fauna, o la utilización del área como zona de paso. El área que ocupará el Proyecto es de escasa extensión respecto a la unidad paisajística en la que se inserta. Además, a pesar del intenso esfuerzo de muestreo realizado en terreno, la cantidad de registros es baja, tanto para individuos como para especies. Así no se esperan impactos significativos sobre la fauna. En relación el recurso agua: Las aguas servidas que se generen en todas las etapas del proyecto serán manejadas en el sistema de tratamiento de aguas servidas y en baños químicos. No habrá descargas de ningún tipo a cuerpos de agua o al suelo. En relación a los recursos hídricos naturales, el proyecto identifica en la cercanía de las obras, un curso de agua proveniente del Estero Las Diucas, sin embargo, este no es susceptible de afectación, dado que el Estudio de Inundación indica que, para un periodo de retorno de 150 años, el Estero no se relaciona con las áreas del Proyecto (Anexo 1-5 de la Adenda). Asimismo, el Proyecto contempla la ejecución de medidas de control para evitar la contaminación de lás aguas superficiales que pudiera Lenerarse en forma indirecta Sin perjuicio de lo anterior, se indica que las obras del proyecto no requerirán de la intervención de ninguno de los cauces identificados. Del mismo modo, los cauces mencionados tampoco son susceptibles de afectación, considerando lo mencionado en el párrafo anterior. En primer lugar, se debe indicar que, para la materialización de este proyecto, no se requiere de la explotación de algún recurso hídrico señalado en el Artículo 6 letra g) del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Supremo N° 40/2012 MMA. Con respecto al recurso hídrico es importante señalar que en el área del proyecto existen cauces superficiales naturales, sin embargo, el Proyecto no considera obras y/o actividades que pudieran alterar y/o relacionarse con la componente hidrogeológica. En cuanto al agua requerida para consumo humano (en todas las fases del Proyecto), se indica que será provista por empresas autorizadas por la SEREMI de Salud correspondiente, g.1) Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles: El Proyecto no afectará aguas subterráneas que contengan aguas milenarias y/o fósiles, debido a su ubicación y a la ausencia de este tipo de unidades acuíferas en el área de influencia del Proyecto. g.2) Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles: El Proyecto no contempla el uso o extracción de aguas que pudiesen generar un ascenso o descenso de los niveles de agua de lagos o lagunas; debido a su ubicación y el emplazamiento de sus partes; ello considerando que el área de influencia del proyecto no se registra la existencia de esta clase de unidades lacustres. g.3) Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas: El Proyecto no contempla la intervención de vegas ni bofedales que pudiesen verse afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y su biodiversidad, ello debido a su ubicación y el emplazamiento de sus partes y obras. Cabe precisar que las vegas y bofedales corresponden a humedales andinos ubicados en las Regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta. g.4) Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales El Proyecto no se localiza en zonas o áreas de humedales, estuarios o turberas que pudieren verse afectados por el ascenso o descenso de los niveles de agua. g.5) La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse El Proyecto no considera la intervención de ningún glaciar en ninguna de sus fases, pues no se identifican este tipo de unidades en el área de influencia del mismo Se concluye que no se generará modificación significativa en relación a la línea de base del recurso hídrico. 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impactos ambientales Alteración a la calidad de vida de los grupos humanos Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y obras del proyecto Fase en que se presenta Construcción, Operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.3 y 6.3 del ICE Res ecto a los asentamientos • ue conforman el AIMH: Como resultado de las actividades de terreno, además del análisis de los potenciales factores generadores de impactos, su localización y temporalidad, se determinó como área de influencia aquellos sectores poblados que tienen alguna interacción con el Proyecto, en función de los puntos desarrollados en los párrafos anteriores. En consecuencia, se constata que, en específico, en el área de influencia, los grupos humanos se distribuyen en tres subsectores que son parte del sector identificado como área de influencia, correspondientes a Dicao Norte propiamente tal, Parcelación Las Tranqueras y Lote Concha Poniente. Detalles en anexo 2.10 "Caracterización Ambiental Medio Humano" de la DIA y anexos 4.3 y 4.4 de la Adenda. Para su ejecucion el proyecto no requiere efectuar el reasentamiento de comunidades o grupos humanos, dado que las obras y actividades no intervienen ni se superponen con viviendas utilizadas en forma permanente o temporal. En base a lo presentado en la Caracterización de Medio Humano de la Día y adendas, es posible señalar que conforme lo señalado por las fuentes primarias contactadas, y a la observación en terreno que,el subsector más cercano al proyecto corresponde al de Dicao Nrte, el cual presenta un patrón de asentamiento lineal en torno al eje vial principal del área deinfluencia y que corresponde a la Ruta 5, ubicándose las viviendas a ambos lados de la ruta, aunque principalmente concentradas en el eje oriente. En base a la información recogida directamente en terreno, se estima que en este subsector residen alrededor de 13 familias. Cabe señalar que el área de proyecto asociado a la ampliación de la subestación se ubica en un terreno con cierre perimetral de la Subestación Mulchén que no cuenta con ningún tipo de uso recreacional, área verde o para el desarrollo de actividades primarias, mientras que, por otra parte, las estructuras y línea que son parte del proyecto de seccionamiento se encuentran proyectadas al interior de un predio con uso exclusivo de explotación forestal en la falda poniente del cerro Picae. Así, en el área de influencia la principal actividad económica asociada al uso de recursos naturales corresponde a la explotación forestal, la cual es desarrollada por empresas tales como Forestal Arauco y Forestal Mininco, no identificándose pequeños productores en el sector. Existe actividad ganadera que se concentra fundamentalmente al norte del área de desarrollo de proyecto, principalmente de ganado vacuno y caballares. En uno de los dos casos identificados, el ganado es durante el día dejado en libertad para el libre pastaje por terrenos abiertos, coexistiendo con la Subestación Mulchén y las actividades de explotación forestal; mientras que el otro caso mantiene el ganado al interior del predio. La actividad agrícola de mayor relevancia se circunscribe en dos predios, uno de los cuales se ubica a 590 metros al poniente del área de proyecto, correspondiendo a actividad frutícola del tipo frutillas; mientras que la siguiente explotación se ubica a 950 metros al oriente del área de proyecto, correspondiendo a actividad principalmente de tipo hortícolaSalvo 2.53 hectáreas de pino radiata, cabe consignar que el proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales, dado a que el emplazamiento de este se ubicará en áreas ya intervenidas por actividades previas. Sin perjuicio de lo anterior y respecto de los recursos naturales necesarios como materiales de relleno, agua industrial y potable serán abastecidos por empresas de la Región que cuenten con las autorizaciones correspondientes. En relación a recursos hídricos, cabe señalar que el Proyecto no se posiciona sobre cauces naturales y/o artificiales por lo que no corresponde a un recurso a extraer o explotar. Por otro lado, el agua requerida para la construcción y consumo humano será adquirida a terceros debidamente autorizado para ello evitando la nueva explotación de recursos hídricos. Durante la fase de operación y cierre no se contempla la extracción o explotación de otros recursos naturales. Dado que las actividades del proyecto son principalmente de tipo intraprediales, y que no existen acciones u obras del proyecto que tengan la capacidad de interactuar negativa y significativamente con las actividades primarias identificadas, es que no se estima que existan impactos significativos por esta materia. Por otro lado, respecto a las emisiones de material particulado sedimentable (MPS) que potencialmente podrían generar alteración en los cultivos, se señala que según los resultados de la estimación de emisiones atmosféricas y la modelación de dispersión de contaminantes desarrolladas para el Proyecto (Anexo 4.1 de la Adenda N°1 de la DIA), evidencian que considerando el peor escenario, en ningún caso superan los límites establecidos en las normas de calidad primaria, como tampoco aquellas usadas como referencia para la norma de calidad ambiental secundaria. Considerando lo expuesto anteriormente, es posible establecer que las emisiones a producirse por las obras y actividades del Proyecto no generarán una alteración significativa sobre los predios agrícolas ubicados en el área de influencia del componente Medio Humano. Por tanto, se concluye que el Proyecto no generará afectación, intervención o restricción al acceso y uso de los recursos naturales utilizados por los grupos humanos para el desarrollo de sus actividades, de forma significativa. Por otro lado, respecto a la conectividad. La red vial del área de influencia se compone principalmente de la Ruta 5 a la altura del kilómetro 536, lugar en el que conecta con dos caminos interiores no enrolados con superficie de tierra y sin demarcación vial. Uno de ellos en dirección oriente, conectando directamente con el área de proyecto, y otro en dirección norte sur en paralelo a la Ruta 5, al lado oriente de ésta, conectando el área de influencia principalmente con la ciudad de Mulchén ubicada al sur del área. Ambos caminos interiores cuentan con tránsito de vehículos menores, especialmente aquel que conecta con la ciudad de Mulchén; mientras que el camino de acceso al proyecto cuenta con tránsito de camiones madereros asociados a las actividades forestales presentes en el área de influencia y sus alrededores. El Proyecto tiene como acceso principal la Ruta 5 Sur, aproximadamente a la altura del kilómetro 536, desde el cual se accederá a las obras por caminos internos existentes, el cual tiene un ancho promedio de 5 metros. El camino tiene una longitud de 801 metros, y corresponde a tierra compactada, correspondiendo al camino sin rol que conecta la Ruta 5 con la Subestación Mulchén. El aporte del proyecto es de mayor relevancia durante la fase de construcción, en la que se estima que el promedio de viajes es de 33 vehículos por día, lo cual se traduce en un promedio de 3,3 vehículos por hora tomando como referencia una jornada de 10 horas. Cabe consignar que dicha cantidad no tiene la capacidad de generar aumentos en los tiempos de desplazamiento ni generar obstrucción o limitación a la conectividad en el área de influencia. Los resultados permiten afirmar que no se generará alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos cercanos al Proyecto. Respecto al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. En el área de influencia del proyecto no se encuentran establecimientos educacionales ni de salud, por lo que la población local debe acceder a los servicios referidos en el área urbana de Mulchén, capital comunal ubicada a unos 3,3 kilómetros al sur del área de desarrollo de proyecto (Ampliación Subestación), y a 2,5 km al sur de la estructura más cercana, correspondiente a la Torre 243. En el área de influencia no se identifican espacios públicos o áreas verdes ni de deportes utilizadas para la recreación u ocio de los grupos humanos, ni espacios de reunión comunitaria, lo cual se encuentra favorecido por la inexistencia de organizaciones sociales de tipo territorial que puedan aglutinar a los vecinos en el área. Cabe consignar que la fase de construcción del proyecto tendrá una duración de 14 meses, requiriendo en ésta un promedio de 47 trabajadores, pudiendo llegar a un máximo de 92 trabajadores durante la etapa de montaje de estructuras (peak de construcción). Este peak se prevé durante tres meses de la fase, específicamente durante los meses 6, 7 y 8, por lo que se trata de un periodo acotado de tiempo. Al respecto es necesario aclarar, que dentro de las instalaciones de faena se mantendrá un peak de trabajadores de 52 trabajadores, el restante del peak mencionado en el párrafo anterior será personal que realizará tareas en las líneas de tendido y montaje, por lo tanto, no tendrán permanencia en la instalación de faena. En relación con el personal requerido para las actividades consideradas para la fase de operación se estima un personal de dos (2) personas con un máximo de 5 trabajadores. En relación con el consumo de agua potable, durante la fase de construcción se requerirá de 164 m3/mes, en base a un consumo de 150 I/día por persona considerando un máximo de 52 trabajadores. El suministro de agua potable se realizará en forma diaria y según las necesidades Je la obra, para ello cada frente de trabajo contará con dispensadores de agua potable para bidones de 20 litros, los que serán provistos por una empresa autorizada y especialista en dicho servicio de abastecimiento. Asimismo, a cada trabajador se le proporcionará agua embotellada y sellada para su consumo personal, no utilizando el servicio local del área de influencia. Cabe consignar que no se considera la habilitación de campamentos en el área del Prnvertn Para el desarrollo del proyecto se espera que la mayor parte de la mano de obra requerida tanto en la fase de construcción como en la fase de operación provenga de la comuna de Mulchén y alrededores. En caso de que los trabajadores provengan de lugares más lejanos, se utilizaráp hospedajes habilitados en las localidades más cercanas. De este modo, se estima que el proyecto no tiene la capacidad de generar efecto significativo alguno sobre el acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de la comunidad de Mulchén. En relación a la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social se puede indicar que En el área de influencia no se identifican manifestaciones culturales de ningún tipo que tengan la capacidad de ser afectadas directa o indirectamente por el proyecto como, por ejemplo, a través de emisiones acústicas, utilización de caminos, por emisiones u otras. De este modo, el proyecto no tiene la capacidad de alterar o generar pérdida de costumbres, hábitos, tradiciones o celebraciones colectivas de los grupos humanos que pudiesen tener interacción con los sentimientos de arraigo, a la vez que se considera que el área de proyecto corresponde a un terreno que ya se encuentra con uso asociado a la transmisión eléctrica dada la existencia de la Subestación Mulchén. En cuanto a la existencia de usos rituales o de otro tipo en el sector de las Piedras de Dicao y/o en la Laguna Las Diucas por parte de comunidades o asociaciones indígenas se tiene: Las Piedras de Dicao corresponden a dos formaciones rocosas, siendo una más grande que la otra, las que tienen una significación histórica asociada a la estrategia de guerra. Este sitio se emplaza en un predio particular que se encuentra atravesado por una Línea de Transmisión Eléctrica. Si bien, en la actualidad, el sitio posee un valor cultural y uso por parte de la comunidad Lof Mapuche Kiwon, con ocasión del Proyecto no se generará una afectación, toda vez que las partes, obras y acciones del Proyecto se emplazan a más de 1 kilómetro del sitio. Cabe precisar que las Piedras de Dicao, se encuentran por el lado poniente de la Ruta 5, contrario al emplazamiento del Proyecto, por ende, los flujos del Proyecto no interferirán con el acceso al Sitio. Así como tampoco se prevé la afectación del sitio producto de las emisiones por parte del Proyecto, toda vez que las emisiones de contaminantes atmosféricos y acústicos se encuentran bajo los niveles permisibles en la normativa ambiental vigente en el país. Asimismo, el Titular, en consideración con el análisis del Paisaje, realizó un Fotomontaje desde el área de las Piedras de Dicao, para determinar si el Proyecto obstruye la visibilidad desde ese sector o altera el paisaje cultural. Los resultados se presentaron en Fotografla 1 de la adenda ciudadana presentada en adenda. De las fotografías presentadas es posible concluir que la escala de observación de la escena, así como la distancia con las instalaciones ya construidas de la Subestación, son percibidos como elementos menores, de carácter no dominantes. Comparativamente, en la situación con Proyecto, la segunda imagen se mantiene mayoritariamente similar y no se identifica con facilidad los cambios atribuidos por una inserción se elementos nuevos en la escena del paisaje. Observando con detención y detalle, es posible advertir que en la situación con Proyecto se pueden ver la parte más alta de las torres de transmisión, las cuales se encuentran rodeadas o camufladas por la altura de la vegetación, mientras que las obras relativas a la ampliación de la subestación no resultan perceptibles. Es importante considerar que las fotografías presentadas corresponden a la situación más desfavorable, y por ende, considera que en la escena del paisaje las plantaciones forestales están taladas En consecuencia, dado que el sitio Piedras de Dicao no presenta interacción directa ni indirecta con obras, partes y acciones del Proyecto, se concluye quelas actividades culturales que se realizan allí pueden seguir realizándose normalmente, por lo que no existe una posible dificultad o impedimento para el ejercicio de las manifestaciones de comunidades (relacionado con el Artículo N°7 literal d) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental). En relación al Menoko Las Diucas: El Proyecto se emplaza a más de 1 Km al suroriente del Humedal la Diucas, el cual si bien posee como efluente al Estero las Diucas, que se encuentra colindante al área del Proyecto, no presentará afectación por parte del Proyecto. Toda vez, que este no contempla la ejecución de obras y/o acciones en el estero las Diucas. Asimismo, el Titular, con el objetivo de descartar la afectación en el Estero y consecuentemente en el Humedal Las Diucas, realizó un estudio de inundación, de modo de determinar sí el Proyecto podría generar o no, la afectación del cauce, considerando eventos que se presentan con muy baja frecuencia (Periodo de retorno de 150 años), como son las crecidas. El Estudio determinó, que el Proyecto no generará la afectación de las aguas superficiales que se encuentran cercana al área del Proyecto, específicamente al Estero las Diucas. Cabe consignar que, en relación con el uso potencial del área asociado a la Laguna o Humedal Las Diucas por parte de la Comunidad Indígena Lof Moluche Kiwon, durante el proceso de evaluación, el titular entrevistó al cuidador y administrador del predio "Monterrey", propiedad en la cual se encuentra la laguna (humedal) Las Diucas. De la entrevista, es posible indicar que el predio tiene un uso preferentemente forestal, con una superficie total de 100 ha de terreno, incluyendo la superficie asociada a la laguna, que por parte de los propietarios es conocida como "Tranque Las Diucas". En la actualidad, el agua de la laguna es utilizada para riego, además de ser administrada como una reserva en caso de escasez hídrica para el consumo doméstico de la familia que habita el predio y administra el acceso a éste. Según relató el entrevistado, para acceder a la laguna existe un único acceso que se ubica a la altura del local de comida al paso Monterrey, debiendo ingresar por un portón que se ubica a un costado de la Ruta 5 hacia el Sur, declarándose que no ha existido acceso ni solicitud de acceso a la laguna por parte de ninguna persona, agrupación o entidad tanto a él en su calidad de cuidador del predio, como al propietario, no existiendo otro uso adicional de la Laguna al que es destinado por parte de los residentes del predio. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, es menester señalar que para la ejecucion del Proyecto no se contempla la intervención del Humedal Las Diucas, y tampoco el uso de las aguas presentes ahí para el desarrollo de sus partes obras y/o acciones. El suministro de agua necesario para el desarrollo del Proyecto se obtendrá desde proveedores que cuenten con las autorizaciones de la autoridad correspondiente. En consecuencia, es posible indicar que, mediante las actividades y estudios realizados por el Titular del Proyecto, en el contexto de la caracterización social y ambiental se descartó la ocurrencia de los efectos, características y circunstancias sobre el Artículo 7 a) y d) del RSEIA. Por su parte, la CONADI, en 01W 205 del 18/07/2023 indicó: " ..... esta Corporación considera que se da respuesta a lo solicitado por la autoridad ambiental, ya que el Titular presentó información sobre GHPPI de la comuna de Mulchén, caracterizándolo y descartando una afectación sobre este GHPPI. Además, el Titular descarta una afectación sobre sitios patrimoniales naturales y culturales "Piedras Dicao" y sitio "Laguna las Diucas", afirmando en base a información primaria y secundaria disponible, que el proyecto en evaluación no generará una afectación o alteración sobre sistemas de vida y costumbres de GHPPI vinculados con estos sitios de significación cultural. Por lo anteriormente señalado, esta Corporación no tiene observaciones a la adenda presentada. ". En conclusión, el Proyecto producto de sus obras y actividades, en sus distintas fases, no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo humano. Así tampoco, altera las formas de organización social particular de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR -Susceptibilidad de afectación por localización del proyecto en o próximo a poblaciones protegidas, áreas protegidas, recursos protegidos, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación. Impacto ambiental -Susceptibilidad de afectación debido a la localización del proyecto en o próximo a áreas con valor ambiental Componente(s) ambiental(es) afectado(s) No aplica. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.4 y 6.4 del ICE lo existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales ›rotegidos, glaciares ni zonas con valor ambiental en los términos establecidos en el art. 8 del ZSEIA en el área de influencia del proyecto. El Proyecto no se emplaza en un área protegida. A más de 50 km del Proyecto se ubica el sitio prioritario ADI Alto del Biobío. De acuerdo a las áreas protegidas, establecidas en el Registro de Áreas Protegidas del Ministerio del Medio Ambiente, se identifica en la Comuna de Mulchén como el área protegida más cercana al Proyecto corresponde a la Reserva Nacional Altos de Pemehue, compartida con la comuna de Quilaco, ubicada aproximadamente a 55 km del Proyecto. También, y otorgándole un valor ambiental al territorio, existe la Reserva de la Biosfera Araucarias ubicada a 40 km aproximadamente del área del Proyecto. De la misma forma, el área del Proyecto no corresponde a ningún otro tipo de figura de protección, como Monumentos Naturales, Monumentos Históricos, Zonas Típicas, Santuarios de la Naturaleza, o Zonas y Centros de Interés Turístico Nacional. Además, los ve utilizados durante las distintas fases del Proyecto no transitarán por rutas cercanas a dichas Áreas Protegidas. Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto se emplaza a aproximadamente 1Km al norponiente del Humedal Las Diucas, registrado en el inventario Nacional de Humedales del Ministerio de Medio Ambiente. Dicho cuerpo de agua, se encuentra fuera del Área de Influencia del Proyecto, y tal como se ha señalado en la presente adenda, el Proyecto si bien se emplaza cercano al Estero Las Diucas (Curso de agua tributario al Humedal), este no contempla la ejecución de partes, obras y/o acciones en el Estero, así como también, según lo presentado en el Anexo 1- 5 de la adenda "Caracterización hidrológica", para un periodo de retorno de 150 años, el cauce no se relaciona con las áreas del Proyecto y por ende, no se relaciona con el Humedal. En el área de influencia del proyecto no existen recursos, humedales urbanos reconocidos, ni áreas protegidas, glaciares ni sitios prioritarios para la conservación susceptibles de ser afectados por las partes, obras y/o acciones del proyecto. El área de emplazamiento del proyecto no presenta valor ambiental en los términos del SETA, dado que no presenta baja o nula intervención antrópica, ni provee servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales presenten características de unicidad, escasez o representatividad. El Proyecto no se encuentra localizado en o cercano a humedales protegidos incluidos en la lista de la Convención Relativa a las Zonas Húmedas de Importancia Internacional, ni tampoco en o cercano a glaciares susceptibles de ser afectados. De acuerdo a lo señalado anteriormente, el Proyecto se encuentra en una zona altamente intervenida, con vegetación degradada y con un uso exclusivamente agrícola. Respecto a la cercanía a glaciares, el Proyecto se encuentra en una zona de valles interiores pertenecientes a cadenas montañosas de la Cordillera de la Costa, la cual no alberga sistemas de montaña capaces de sostener glaciares. Al respecto, los glaciares más cercanos se ubican en la Cordillera de Los Andes y, por lo tanto, no son objetos de afectación por parte de las obras, acciones v/o partes del Proyecto en sus distintas fases. 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera Fase en que se presenta No aplica Turismo y/o Paisaje Obras Permanentes del proyecto Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.6 y 6.6 del ICE Respecto del valor turístico, no existen antecedentes de que dicha área posea un valor turísticc a escala local o regional en términos del SETA, ya que no presenta valor paisajístico, cultura] ni patrimonial, ni atrae flujo de visitantes o turistas hacia ella. El área del proyecto no posee valor paisajístico en los términos del SEIA, toda vez que no posee atributos naturales que le otorguen calidad que la haga única y representativa. Las obras asociadas al Proyecto se desarrollarán una zona altamente intervenida por la infraestructura vial, energética y forestal. La implementación del proyecto ampliará la subestación y generará nueva línea de seccionamiento pero no generará una modificación significativa respecto del paisaje hoy existente en la zona. De acuerdo con los resultados obtenidos en la caracterización adjunta en el Anexo 2-8 y 2-9, el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre el componente paisaje y turismo, dado que este se emplaza en un sector cuyas características y combinación de atributos significan un recurso reiterado y abundante, el cual permitiría absorber las modificaciones que suponen las instalaciones del proyecto. Lo anterior se fundamenta en que, dada la morfología del sector e importante presencia de plantaciones forestales, las cuencas visuales resultaron ser de forma irregular, de tamaño reducido y mediano, con baja compacidad y vistas en gran parte focalizadas. Del Área de Influencia resultante se distinguieron 3 unidades de paisaje: UP1 Talas rasas, praderas e infraestructura eléctrica, UP2 Plantación monocultivo en terrenos ondulados y UP3 Fragmentos de vegetación de borde caminos y áreas antropizadas. El análisis de la calidad visual aplicado a cada unidad de paisaje dio como resultado que el Área de Influencia posee una Calidad Visual Baja, donde de acuerdo con los atributos biofísicos estéticos y estructurales presentan una baja singularidad y diversidad de elementos, donde su calidad visual resulta reiterativa y común de acuerdo con los supuestos paisajísticos definidos para Macrozona Sur y Subzona de Llano ondulado. Dado que no se identificaron elementos, que le otorguen una calidad única y representativa, el paisaje del Área de Influencia no posee valor paisajístico. Relativo a las actividades del proyecto que puedan ser perceptibles visualmente, se encuentran relegadas a la fase de construcción, más no a la de operación, donde las obras del proyecto se encuentran en gran parte cubiertas por construcciones (pandereta) en el caso de la plataforma de ampliación, o por plantaciones forestales en el caso de la línea de transmisión, pudiendo existir vistas directas desde ruta 5 al empalmar con la línea existente. En el Anexo 4-5 de la Adenda, se incorpora un Punto de Observación para la ejecución de un Fotomontaje desde el Sitio Piedras de Dicao, donde es posible concluir que no se identifica con facilidad los cambios atribuidos por una inserción se elementos nuevos en la escena del paisaje. Observando con detención y detalle, es posible advertir que en la situación con Proyecto se pueden ver la parte más alta de las torres de transmisión, las cuales se encuentran rodeadas o camufladas por la altura de la vegetación, mientras que las obras relativas a la ampliación de la subestación no resultan perceptibles. Bajo esta premisa, la ejecución del Proyecto no generará efectos sobre la obstrucción visual de una zona con valor paisajístico, y tampoco se alterarán aquellos atributos que le otorgan valor, toda vez que el entorno próximo al Proyecto es un área altamente intervenida v delnarlada tanto nor las -lantaciu_nes forestales como por la inserción de instalaciones de transmisión eléctrica, donde tanto el valor paisajístico como la calidad visual son bajos. Para mayores detalles, en Anexo 2.8 y 2.9 de la DIA se adjuntó informe Caracterización del Componente de Paisaje y turismo respectivamente. Por su parte, la SERNATUR, en ORD 215 del 15/12/2022 se pronunció conforme a la DIA. 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Parte, obra o acción que lo genera Alteración al Patrimonio Cultural Excavaciones, ampliación de infraestructura y construcción de línea eléctrica Fase en que se presenta Construcción Sección 5.7 y 6.7 del ICE Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Las obras asociadas al Proyecto se desarrollarán una zona altamente intervenida. Conforme a los resultados de la inspección arqueológica realizada por el titular en el Área de Influencia del proyecto (Anexo 2-7 de la DIA), no se identificaron hallazgos en superficie de materiales o sitios arqueológicos. Asimismo, no se identificaron elementos reconocidos como Monumento Nacional. Conforme a los resultados de la inspección arqueológica realizada en el Área de Influencia del proyecto (Anexo 2-7 de la DIA), no se identificaron hallazgos en superficie de materiales o sitios arqueológicos. Asimismo, no se identificaron elementos reconocidos como Monumento Nacional. En el Anexo 4-6 de la Adenda se presentó el Track de prospección arqueológica correspondiente a las dos (2) campañas ejecutadas en los meses de junio y septiembre del 2022. Por lo tanto, en base a los resultados no afectarán monumentos nacionales según los definidos por la Ley N°17.288 producto al emplazamiento de las partes y obras del Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, es importante señalar que en caso de que, al momento de construir las partes y obras del presente Proyecto se identifique un hallazgo de tipo arqueológico las obras se detendrán y se notificará el hallazgo ambiental no previsto tomando las acciones establecidas en la normativa vigente. No obstante, todo lo anterior, no existen elementos suficientes que permitan descartar 100%, de antemano, la presencia de sitios arqueológicos que se puedan encontrar en el subsuelo de los sectores a intervenir. En particular en el estudio arqueológico se indica que el polígono en el sector relacionado antiguamente con faenas forestales mostró una baja visibilidad debido a la densa vegetación presente en el lugar, por lo cual, no fue posible determinar una adecuada inspección que asegure que no se afectarán elementos de valor patrimonial, se solicitó realizar una nueva inspección visual de la superficie a intervenir, por parte de un/a arqueólogo/a licenciado/a en arqueología. De esta forma, posterior a la obtención de la RCA favorable, el permiso sectorial para la corta de plantaciones forestales y la ejecución de las actividades de corta, se realizará una nueva inspección arqueológica en el Área de Influencia del Proyecto. La nueva inspección será ejecutada al menos dos (2) meses antes del inicio de las obras del Proyecto, y se efectuará siguiendo transectas separadas por una distancia no mayor a 20 metros entre sí. El levantamiento se ejecutará las superficies consideradas para el Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular, se compromete a la implementación de la medida de Monitoreo arqueológico en el Área de Influencia del Proyecto, mientras duren las actividades de despeje de vegetación y movimientos de tierra, la que será realizada por un arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología. Se realizarán charlas inductivas por un arqueólogo/a(s) y/o Erpnrindn/2(s) en araueología acerca de los t osibles com i onentes ar ueoló .icos ue ueden Tabla 6.2.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población. Fase del proyecto a la cual Construcción, operación y cierre corresponde Parte, obra o acción a la que aplica Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Pronunciamiento competente El Proyecto contempla durante todas sus fases, la habilitación de una fosa séptica con dren de infiltración para el tratamiento de las aguas servidas que se generen. En Anexo 3.1 de la DIA se presentan los contenidos técnicos y formales que permiten acreditar el requisito de otorgamiento del permiso. No aplica del órgano La Seremi de Salud, en ORD. N°2375 del 15/12/2022 indicó: "El titular da cumplimiento a los permisos ambientales sectoriales PAS 138 del sistema de tratamiento de aguas servidas, entregando los antecedentes técnicos para su autorización sertnrw Tabla 6.2.2 Permiso para Almacenamiento temporal de Residuos No Peligrosos y Asimilables a Domiciliarios, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla disponer de un sector de almacenamiento temporal de residuos sólidos, donde se almacenarán residuos domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos. Los antecedentes asociados al permiso se encuentran en el Anexo 3- 2 de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgarhiento No aplica Pronunciamiento del Al respecto, La Seremi de Salud, en ORD. N°2375 del 15/12/2022 órgano competente indicó: "El titular da cumplimiento a los vermisns nynhiontrit,,, Construcción, operación y cierre ser encontrados y los procedimientos a seguir en caso de hallazgos, antes del inicio de las obras. Se mantendrá un registro acerca de las charlas y la lista de asistentes a cada una de ellas. Ante cualquier posible hallazgo de restos arqueológicos y/o paleontológicos durante las obras que involucren movimientos de tierra, se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, con el objetivo de proteger el Patrimoniei Cultural y cumplir con la normativa vigente establecida en la Ley de Monumentos Nadionales N° 17.288. El Consejo de Monumentos Nacionales en su ORD N°5840 del 21/12/2023 indicó: "En base a la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Adenda antes mencionada." 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL No aplica. 6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS Tabla 6.2.4 Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente I forestal, según se establece en el artículo 149 del Reglamento del SEIA Construcción En el área de influencia del Proyecto, específicamente en el sector correspondiente a la faja del seccionamiento, se verifica la existencia de terreno de aptitud preferentemente forestal con plantaciones de Pinus Radi ata. En Anexo 1-2 de la Adenda se encuentran todos los contenidos técnicos y formales que permiten acreditar el requisito de otorgamiento de este permiso. No aplica La CONAF, en oficio ORD N°36-EA/2023 del 06/07/2023 indicó: "En base a la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Adenda antes mencionada. Con respecto al Permiso Ambiental Sectorial para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal, indicado en el articulo 149 del Decreto Supremo 40, el titular ha dado respuesta a las observaciones al presentar los antecedentes para el otorgamiento de dicho permiso ambiental sectorial." Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Pronunciamiento del órgano competente Fase del proyecto a la cual corresponde Parte, obra o acción a la que aplica Tabla 6.2.5 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Construcción, operación y cierre Todas las partes y obras. En Anexo 3-1 de la adenda Complementaria se encuentran todos los contenidos técnicos y formales que Fase del proyecto a la cual corres onde Parte, obra o acción a la que aplica sectoriales PAS 140 del sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos entregando los antecedentes técnicos para su autorización sectorial." Tabla 6.2.3 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde El Proyecto contempla disponer de un patio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Los antecedentes asociados al permiso se encuentran en el Anexo 3- 3 de la DIA No aplica Pronunciamiento del órgano competente Construcción, operación y cierre Parte, obra o acciónala
que aplica Condiciones o exigencias específicas para su otor amiento Al respecto, La Seremi de Salud, en ORD. N°2375 del 15/12/2022 indicó: "El titular da cumplimiento a los permisos ambientales sectoriales PAS 142 del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos entregando los antecedentes técnicos para su autorización sectorial. Se indica que bodegas Respel deben ser siempre cerradas en sus costados." Condiciones o exigencias es ecíficas .ara su otorgamiento Pronunciamiento del órgano competente permiten acreditar el requisito de otorgamiento de este permiso. No aplica El SAG en oficio ORD N°1537/2023 indicó: "El proyecto cumple con los contenidos técnicos de la letra b (b 1 , b2, b3, b5) del artículo 160 del DS 40/2012, de competencias de este Servicio, referido a una superficie de 458 m2 (433 m2 de construcciones temporales y 25 m2 de construcciones permanentes). ". Por su lado, el MINVU en oficio ORD N°57 del 16/12/2022 indicó: "En base ala revisión del documento citado anteriormente, éste órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Declaración de Impacto Ambiental antes mencionada." 7°. Que, si bien, para efectos del SEIA el clima no es un objeto de protección, pues el artículo 11 de la Ley N°19.300 no lo abarca, es evidente que muchos de los componentes ambientales que sí son objeto de protección se están viendo afectados por el cambio climático. En este sentido, el rol del SETA ha de ser considerar el estado y las tendencias de los componentes ambientales, en específico su propensión a riesgos climáticos, para tomar esta información como antecedente para una adecuada predicción y evaluación de impactos a causa de proyectos. De este modo, el clima funciona como un atributo o descriptor de los sistemas ambientales y de las áreas de influencia, aportando información clave para su comprensión. El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) ha elaborado y publicado a través de la Resolución Exenta N°20239910135 con fecha 13 de enero de 2023 la "Guía metodológica para la consideración del cambio climático en el SEIA (2023)" ("Guía"), la cual proporciona una metodología general para analizar los efectos adversos del cambio climático (Riesgo climático) sobre los componentes ambientales que son Objeto de Protección (OP) del SEIA. Si bien la metodología general fue elaborada para incorporar consideraciones de cambio climático previo al ingreso al SEIA, la DIA, del proyecto materia de este acto administrativo se sometió a evaluación ambiental con anterioridad a la publicación de la Guía e incluso la publicación de la Ley N°21.455, Marco de Cambio Climático. Sin perjuicio de lo anterior, igualmente el titular, en respuesta 4.12 de la Adenda complementaria de la DIA, desarrolla un análisis al respecto, utilizando los criterios de la guía, aspectos que se resumen en la sección 7.1 del ICE. 8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en' el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente: 8.1. Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto 8.1.1. Norma D.F.L. N°458/1975. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. E. Tabla 8.1.1 Norma D.F.L. N°458/1975. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Componente/ Ordenamiento Territorial materia: Norma Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones. Artículo 1°. Las disposiciones de la presente ley, relativas a planificación urbana, urbanización y construcción, y las de la Ordenanza que sobre la materia dicte el Presidente de la República, regirán en todo el territorio nacional. Artículo 55. Fuera de los límites urbanos establecidos en los Planes Reguladores no será permitido abrir calles, subdividir para formar poblaciones, ni levantar construcciones, salvo aquellas que fueren necesarias para la explotación agrícola del inmueble, o para las viviendas del propietario del mismo y sus trabajadores. o nar a .2 rAnctrurriAn de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de I 1.000 unidades de fomento, que cuenten con los requisitos para obtener el subsidio del Estado. Corresponderá a la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo respectiva cautelar que las subdivisiones y construcciones en terrenos rurales, con fines ajenos a la agricultura, no originen nuevos núcleos urbanos al margen de la Planificación urbana-regional. Con dicho objeto, cuando sea necesario subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico, o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 unidades de fomento, que cuenten con los requisitos para obtener el subsidio del Estado, la autorización que otorgue la Secretaría Regional del Ministerio de Agricultura requerirá del informe previo favorable de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Este informe señalará el grado de urbanización que deberá tener esa división predial, conforme a lo que establezca la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Igualmente, las construcciones industriales, de infraestructura, de equipamiento, turismo, y poblaciones, fuera de los límites urbanos, requerirán, previamente a la aprobación correspondiente de la Dirección de Obras Municipales, del informe favorable de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y del Servicio Agrícola que correspondan. El mismo informe será exigible a las obras de infraestructura de transporte, sanitaria y energética que ejecute el Estado. Decreto Supremo N° 47/92 del Ministerio Otros cuerpos General de Urbanismo y Construcciones". legales Fase del Fase construcción proyecto a la . que aplica o en la que se dará Durante la fase de construcción todas las Instalaciones se localizarán en zona rural (fuera del límite urbano establecido por el PRC de Mulchén), y se requiere la obtención del informe favorable para la construcción (IFC) para obras fuera de los límites urbanos. cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la de Vivienda y Urbanismo, "Ordenanza que aplica Forma de cumplimiento Indicador que acredita su cumplimiento Forma de control y En Anexo 3-1 de la adenda Complpmentaria se encuentran todos los contenidos técnicos y formales que permiten acreditar el requisito de otorgamiento del Permiso ambiental sectorial del artículo 160 del D.S. N° 40/2012 MMA. Aprobación ambiental mediante obtención de la Resolución Ambiental favorable del Proyecto. Obtención de la Resolución Sectorial del Informe Favorable para la Construcción (IFC). de Calificación 1.'514 n.ran1;11.1iPlittl 8.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto Cabe señalar que todos los registros, certificados indicados y que tengan relación con el cumplimiento normativo analizado, se encontrarán disponibles para su fiscalización en la instalación de faena del Proyecto durante la fase de construcción, mientras que durante la operación del Proyecto se mantendrá una copia de los controles aplicables a esta fase del Proyecto en garita de acceso. Norma D.S. N°144/1961. Ministerio de Salud. Tabla 8.2,1. Norma D.S. N°144/1961. Ministerio de Salud. Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Componente/ materia: Norma 8.2.1. Otros cuerpos legales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimient o Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica o Forma de Fase de Construcción y Cierre: cumplimient -El trasporte de tierra/escombros será realizado con la carga cubierta. -La mantención de la maquinaria será realizada de acuerdo a las especificaciones -Durante la Fase de Construcción se generará material particulado y gases de combustión de motores debido a las actividades propias de la fase de construcción, entiéndase por estas: implementación de Instalación de Faena (escarpe), movimientos de tierra/escombros (excavaciones) para implementación de equipos, transferencia de material (carga y descarga) y tránsito de vehículos en caminos pavimentados. Además, en esta fase se contempla la generación de material particulado y gases de combustión debido al tránsito vehicular y transporte de personal. -Durante la fase de operación del Proyecto, las emisiones atmosféricas se relacionan básicamente con el traslado y movimiento de personal para mantención. También durante la fase de operación, se contará con un generador de emergencias, que estará ubicada en un sector dedicado para el grupo electrógeno. -Para la Fase de cierre se espera que las emisiones sean a lo más similares a las • eneradas en la fase de construcción del 'ro ecto. Fase de • 9 eración: del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. -Todos los vehículos motorizados deberán contar con el certificado de revisión técnica y certificado de emisión contaminantes o gases al día, además de mantenciones periódicas, según aplique. - Control de velocidad: Se instalará sefialética en el área del Proyecto, así como también se realizarán inducciones a los trabajadores para la circulación dentro de las velocidades máximas permitidas. - Aplicación de supresor de polvo: El Proyecto considera la estabilización de caminos a través de supresor de polvo con una eficiencia de un 80% (en cuanto a emisión de material particulado), utilizando aquellos que cumpla con los estándares establecidos por la Dirección Regional de Vialidad (según condiciones y de acuerdo con las ofertas existentes en el mercado al momento de adquisición. La aplicación del supresor de polvo se realizará una vez se inicie la Fase de Construcción del Proyecto, tanto en el camino de acceso a la Subestación, como en el camino de acceso a las torres de seccionamiento (incluyendo caminos internos y Camino Foresta114), manteniendo los registros de aplicación junto a los medios de verificación asociados. Con este mejoramiento en la capeta de rodado se pretende evitar el arrastre de material a la calzada de la Ruta 5. El presente Decreto establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. En su Artículo 1° establece que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario - D.S. N°47/1992. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. En su Artículo 5.8.3 indica que en todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar medidas que indica. - D.S. N°138/2005 del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones, modificado por D.S. N°90/2001. En el Artículo 1° de este Decreto indica que los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes que se establecen en el Decreto deberán entregar a la SEREMI de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas, los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes, de acuerdo con las normas que se señalan. - D.S. N°1/2013. Reglamento de Emisionés y Transferencia de Contaminantes. Todas las Fases del Proyecto Tabla 8.2.2. Norma D.S. N°4/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Componente Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas /materia: Norma Otros cuerpos legales asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimient Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Esta norma regula la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de encendido por chispa de dos o cuatro tiempos, respecto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión expresadas en g./km, gr/kw. En este sentido, indica en su Artículo 1° cuáles son los niveles máximos de emisión de Monóxido de Carbono e Hidrocarburos para vehículos según los años de uso que tengan y establece las formas de medición de dichos contaminantes. Asimismo, el Artículo 3° letra b) establece la opacidad y las condiciones de ensayo para su medición según el tipo de vehículo, motor del mismo y la región en que se realicen las mediciones. -D. S. N°279/1983. Ministerio de Salud. -Ley N°18.290/2009. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Todas las fases del Proyecto -La mantención de la maquinaria será realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. -Los vehículos motorizados deberán contar con el certificado de revisión técnica y de gases al día, además de mantenciones periódicas, según aplique. -En Anexo 2-1 de la DIA se presentó en detalle un Estudio de Estimación de Emisiones y Modelación de la calidad del aire donde puede observarse que las emisiones asociadas al desarrollo del presente proyecto son poco significativas. Respecto a la declaración de emisiones: - Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N° 1.139/2013 M.M.A. que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. - Se obtendrá el identificador y contraseña requeridos. - Se realizará la declaración de emisiones pertinentes. - Se mantendrá un registro en que conste la realización de la declaración. - Consolidado mensual de carpeta de revisiones técnicas y mantenciones de la maquinaria utilizada. - Se mantendrá un registro fotográfico de la señalética y el registro de asistencia a inducción. - Registros aplicación supresor de polvo: Se realizará registro de la aplicación del supresor de polvo, donde consten las áreas de aplicación, el producto, la fecha y registro fotográfico. A los 6 meses de la aplicación de dicho producto el personal de medio ambiente del Proyecto realizará una inspección en el área y determinará la pertinencia de aplicar nuevamente. Dichos informes serán enviados a la SMA 30 días después de ejecutadas las actividades. - Se mantendrá en la faena los registros, disponibles para fiscalización de la autoridad - Registro y comprobantes anuales de la declaración de residuos y emisiones realizadas en la ventanilla única del RETC, los que serán cargados a la plataforma de seguimiento de la RCA. Indicador que acredita su cumplimient o. Forma de control y seguimiento 8.2.2. Norma D.S. N°4/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimient o Indicador que acredita su cumplimient o Durante la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto se requerirá maquinaria y vehículos motorizados para traslado de materiales, carga y descarga de material y tránsito de vehículos livianos y pesados. Los vehículos motorizados que serán utilizados, cumplirán con la norma de emisión vigente, tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán sus respectivas mantenciones periódicas, lo cual será exigido en los contratos de prestación de servicios correspondientes. -Fase construcción y cierre: Copia de contrato con empresas contratistas, con clausula que indique que todo vehículo y'naquinaria a utilizar en el Proyecto debe contar con su revisión técnica y permiso de circulación al día. -Fase construcción .y cierre: se mantendrá registro de las revisiones técnicas de los vehículos al día. Norma D.S. N°75/1987. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones 8.2.3. Tabla 8.2 3 Componente/ materia: . Norma D.S. N°75/1987. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma Otros cuerpos legales asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica. Según lo establecido en el Artículo 2 del Decreto, los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire. DL N°198/2000 • Construcción y cierre Durante todas las fases del Proyecto, cuando se requiera del transporte de materiales o residuos, sólidos o líquidos, se tomarán todos los resguardos para prevenir la ocurrencia de escurrimientos y caídas -El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales y/o residuos sólidos sefialados precedentemente circulen debidamente encarpados, para evitar dispersión al aire o con cualquier otro sistema, igualmente eficaz; y con contenedores herméticos en caso de cenizas. -Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales en el contrato correspondiente. -Contratos con cláusulas contractuales que establecen que los camiones deben asegurar su circulación debidamente encarpados o con cualquier otro sistema que evite escurrimientos. -Registros de ingreso y salida de camiones de las áreas del Proyecto en el que conste el cubrimiento de la carga transportada. Indicador que acredita su cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento Forma de control y seguimiento Forma de control y seguimiento -Registro de Contrato con empresas contratistas que indique el cumplimiento de esta normativa: -Consolidado mensual de Planilla de registro e inspecciones de la entrada y salida de camiones desde las áreas del Proyecto. -Se mantendrá los registros disponibles en las dependencias del proyecto (instalaciones de faena y de planta para facilitar la fiscalización de la Autoridad). 8.1 Nnrma D.S. N°38/2012. Ministerio del Medio Ambiente. Tabla 8,2.4. Norma D.S. N'38/2012. Ministerio del Medio Ambiente. Componente/ Emisiones Acústicas materia: Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo N°146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. La presente norma establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregida y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacía la comunidad. Su Artículo 9°, fija los niveles máximos de presión sonora corregidos que se obtengan de la fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor. Estos niveles se diferencian según la zona en que se encuentre el receptor y el horario en que se emiten los ruidos. Este Decreto, en su numeral IV, establece los Niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos. Artículo 7°.- Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores de la Tabla. Norma Zona De 7 a 21 horas De 21 a 7 horas Zonal 55 45 Zona II 60 45 Zona III 65 50 Zona IV 70 70 Artículo 10°. - Los niveles generados por fuentes emisoras de ruido deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos, correspondientes a la zona en que se encuentra el receptor". Otros cuerpos legales asociados Fase del proyecto a la que aplica .o en la que se dará cumplimiento No Aplica Todas las Fases del Proyecto. Durante la fase de construcción y cierre, el Proyecto considera emisiones sonoras producto de la maquinaria, el montaje de estructura, movimientos de tierra y fuentes móviles. Así como de las obras de desmontaje y desmantelamiento. En el caso de las emisiones sonoras durante la fase de operación estás serán de baja magnitud ya que solo se considera actividades de inspección y mantenimiento. Para evaluar los efectos en esta componente, se realizó un Estudio de Ruido el que se presentó actualizado en detalle en el Anexo 2-2 de la adenda complementaria, con el fin de estimar los niveles de ruido generados por pl. Proyecto en todas sus fases. En dicho estudio se establece el nivel de cumplimiento actual de la normativa (línea de base), y cumplimiento una vez se implemente el proyecto. Durante la fase constructiva (jornada diurna) no incrementarán los niveles de ruido de la zona sobre los límites máximos permisibles establecidos en el D.S. N° 38/2011 del Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento Indicador que acredita su cumplimiento Forma de control y seguimiento MMA en los receptores cercanos. Tampoco se superará la norma en fase de operación. Conforme a lo expuesto en dicho estudio, se concluye que en la totalidad de los receptores se cumplirá con los límites permisibles establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MIVIA, en todas las fases del Proyecto. Por lo tanto, no se aplican medidas especiales de control para el componente. Se verificará el correcto estado de los equipos y maquinaria a utilizar durante las distintas etapas del Proyecto - Registro de mantención y verificación de estado de equipos y maquinaria. - Ejecución monitoreo de ruido en fase de construcción y operación para analizar cumplimiento normativo en el ejercicio de cada fase. 8.2.5. Norma D.F.L. N°725/1967, Código Sanitario. Ministerio de Salud. Tabla 8.2.5. Norma D.F.L. N°725/1967, Código Sanitario. Ministerio de Salud. Componente/ Residuos Líquidos materia: Norma Otros cuerpos legales asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento cumplimiento Indicador que
acredita su Forma de Este Decreto Regula la protección y, promoción de la salud, protección de la salud internacional, higiene y séguridad dél ambiente y de los lugares de trabajo, y establece sanciones y procedimientos pirra la aplicación de las mismas. Ahí se estipula, entre otros, la funqióti de la SÉREMI de Salud de autorizar la instalación y vigilar los proyectos y la puesta en servicios de las obras destinadas a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, residuos industriales líquidos, y autorizar y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de baáuras y desperdicios de cualquier clase -D.S N°594/1999 MINSAL que Aprueba Reglamento, sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. -D.F.L. N°1/1990 MINSAL que Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. - D.S. N°236/1926 DEL Ministerio de Higiene, Asistencia, Prevención y Trabajo. Reglamento General de Alcantarillados Particulares y sus modificaciones. Todas las fases del Proyecto El Proyecto durante sus distintas fases generará aguas servidas. Durante las fases de construcción, operación y cierre el Proyecto generará aguas servidas domésticas, las que serán enviadas a una fosa séptica con dren de infiltración. Estas serán retiradas por una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria para su disposición final. Por otro lado, se habilitarán en los frentes de trabajo, durante la fase de construcción, operación y cierre baños químicos, los que serán administrados por una empresa autorizada los que se irán moviendo conforme avance el frente de construcción. -Obtención del Pronunciamiento del Artículo 138 del D.S. N° 40/12 MMA, mediante RCA. - Resolución sanitaria empresa limpieza fosa y disposición final. Registro de retiro aguas servidas y autorización sanitaria de empresa control y seguimiento 8.2.6. Norma D.S. N°43/2016. Ministerio de Salud. Tabla 8.2.6. Norma D.S. N°43/2016. Ministerio de Salud. Norma Componente/ materia: Sustancias Peligrosas Aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas. Se entenderá por sustancias peligrosas, o productos peligrosos, para efectos de este reglamento, aquellas que puedan significar un riesgo para la salud, la seguridad o el bienestar de los seres humanos y animales: El artículo 13 establece "Los envases menores o iguales a 5 kg o L y los de vidrio, deberán estar en estanterías de material no absorbente, liso y lavable, cerradas o con barras antivuelco, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de gases en su interior. Dicha estantería deberá contar con señalización que indique almacenamiento de sustancias peligrosas". Por su parte, el artículo 19 indica que podrán almacenarse sustancias peligrosas sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, en instalaciones que no estén destinadas al almacenamiento o que no constituyan una bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg o L. Agrega el artículo 23 expresa "Se deberá contar con las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas a disposición de quienes las manejan". Se agregan las siguientes disposiciones relevantes para estos efectos: Artículo 25: "Podrán almacenarse sustancias peligrosas envasadas en bodegas comunes, cuando la cantidad total sea como máximo 12 t". Artículo 26: "Dentro de la bodega común, las sustancias tóxicas en envases menores a 25 kg o L y los de vidrio, deberán estar en estanterías de material no absorbente, liso y lavable, cerradas, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de gases en su interior. Dicha estantería deberá contar con señalización que indique almacenamiento de sustancias tóxicas, de acuerdo a los rótulos de la NCh 2190 0E2003, oficializada por decreto N° 43 de fecha 23.04.2004 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Se exceptúan de la exigencia de mantenerse en estanterías, aquellas sustancias o productos que se encuentren embalados sobre pallet y no se pretenda desembalarlos". Artículo 27: "Dentro de las bodegas comunes, no podrán realizarse mezclas ni re- envasado de sustancias peligrosas, excepto en aquellas en que existan estanques fijos o en aquellas en que se deba realizar fraccionamiento para ser utilizado .en producción dentro del sitio o predio de la empresa". Artículo 28: "Las bodegas comunes donde se almacenen sustancias peligrosas deberán ser cerradas en su perímetro por muros, resistentes a la acción del agua, con piso sólido, liso e impermeable y no poroso. En todo caso, su diseño y características de construcción deberán ajustarse a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC), considerando el estudio de carga combustible. Adicionalmente, estas bodegas deberán tener un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización que evite comprometer las áreas adyacentes Sin perjuicio de lo que determine la OGUC respecto a la resistencia al fuego de los muros perimetrales de la bodega, la RF mínima de éstos será de 15 minutos". Artículo 29:" Las bodegas comunes donde se almacenen sustancias peligrosas deberán mantener una distancia mínima de 3 m a sus muros medianeros o deslindes o bien un muro cortafuego de RF 180, en caso de distanciamiento menor o adosamiento". Artículo.30:" La zona destinada para el almacenamiento de las sustancias peligrosas deberá estar claramente señalizada y demarcada, adicionalmente,
deberá contar con el pictograma que indique las clases y divisiones de las sustancias en ella almacenadas, de acuerdo a la NCh 2190 0E2003, oficializada por decreto N° 43 de fecha 23.04.2004, del Ministerio, de Transporte y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales asociados Se deberá mantener una distancia de 2,4 m entre sustancias peligrosas incompatibles. Además, se deberá mantener una distancia de 1,2 m entre las sustancias peligrosas y otras sustancias o mercancías no peligrosas. Artículo.3 1 : "Las bodegas comunes que almacenen sustancias peligrosas deberán contar con un sistema manual de extinción de incendios a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, cuya cantidad, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, deberá estar de acuerdo a lo establecido en el decreto N° 594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Cuando se almacene más de 1 t de sustancias inflamables, comburentes y/o peróxidos, la bodega deberá, contar con sistema de detección automática de incendios. Las bodegas comuries que almacenen sustancias peligrosas sobre 6 t, deberán contar con ducha y lavaojos de emergencia". Artículo 32: "La instalación eléctrica debe cumplir con la normativa vigente". No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción del Proyecto se considera el almacenaje de sustancias peligrosas se considera un área dentro de la bodega de materiales y repuesto, donde se habilitará un sector de 20 m2, esto permitirá contar con el espacio de almacenaje suficiente durante el desarrollo del Proyecto no superando los 600 kilogramos en toda la fase. Tabla Sustancias Peligrosas a utilizar en Fase de Construcción Otra entidad total Clase de Sustancia Pinturas (esmalte-latea_ NO 382 epóxica) 2001 Inflamable (Clase 3) Pinturas en aerosol 50 unidades de 125 ml Inflamable (Clase 3) Forma de cumplimiento Inflamable (Clase 3) Sustancias peligrosas varias (Clase 9) Inflamable (Clase 3) El almacenamiento de los productos químicos, serán manejadas de acuerdo con el Párrafo I "Del Almacenamiento de Pequeñas cantidades" y del artículo 19 del D.S. N° 43/2015, del Ministerio de Salud, es decir, que no se requerirá de la instalación de una bodega de sustancias peligrosas. Estas condiciones cumplirán con lo siguiente: • Las sustancias peligrosas podrán almacenarse sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, en instalaciones que no estén destinadas al almacenamiento o que no constituyan una bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg o L. • El lugar donde estén almacenadas las sustancias peligrosas deberá contar con un sistema de control de derrames, que puede consistir en materiales absorbentes o bandejas de contención. • Contar con un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, en que las cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, deberán estar de acuerdo con lo establecido en el decreto N° 594 de 1999. del Miniqtprin rl 'calme Desmeldantes Diluyente de pinturas myiermeabilizantes 4001 200 I 25I 8? 7 Norma D.F.L. W725/1967, Código Sanitario. Ministerio de Salud. Tabla 8.2.7. Norma D.F.L. N°725/1967, Código Sanitario. Ministerio de Salud. Componente/ Residuos Sólidos sentido, se controlan los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de las personas. El Artículo 80 señala que corresponde a la autoridad sanitaria autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo el lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. -D.S N° 594/1999 MINSAL que Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. -D.F.L. N°1/1990 MINSAL que Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. Este Decreto regula la higiene y la seguridad en los lugares de trabajo. En este materia: Norma Otros cuerpos legales asociados Construcción y cierre El Proyecto, en las fases de construcción y cierre generará residuos sólidos asimilables a domésticos, residuos no peligrosos y peligrosos Durante la fase de construcción y cierre, se dispondrán contenedores para el almacenamiento de residuos sólidos, de manera diferenciada. Estos serán reglados periódicamente al Área de almacenamiento de residuos, que se encontrará en la Instalación de Faena del Proyecto. Estos serán llevados aun sitio de disposición final por una empresa debidamente autorizada. Durante la fase de operación, la generación de residuos será menor, por lo que se dispondrá de contenedores cerrados para luego ser dispuestos en sitios autorizados. El Titular del Proyecto, presentará, cuando corresponda, los antecedentes técnicos a la Autoridad Sanitaria para obtener los permisos de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios y asimilables, peligrosos y no peligrosos. Obtención de autorizaciones sanitarias para la construcción y funcionamiento de sitios de almacenamiento de residuos. Autorización sanitaria de empresas transportistas Autorización de sitio de disposición final Declaración de Residuos en ventanilla única - RETC Registro de las resoluciones de funcionamiento de los sitios destinados al almacenamiento temporal de residuos, sitios de disposición final y empresa transportista de residuos. Comprobantes de reportes cargados en el sistema de ventanilla única RETC Fase ,del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento Indicador que acredita su cumplimiento Forma de control y seguimiento Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. • Se deberá contar con las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas a disposición de quienes las manejan. Obtención autorización sanitaria sectorial para almacenamiento sustancias peligrosas. Presencia de sistema de control de derrames Presencia del sistema de extinción de incendios manual Hojas de seguridad de las sustancias almacenadas Registro de compra y mantención de elementos que componen el sistema de control de derrames y de extinción de incendios. Tnsnección de la presencia de hojas de seguridad Indicador que acredita su cumplimiento Forma de control y r..rv..111.11PTItel 1 8.2.8. Norma D.S. N°148/2003, Reglamento Sanitario. Ministerio de Salud. Tabla 8 2.8. Norma D.S. N°148/2003, Reglamento Sanitario. Ministerio de Salud.. Componente/ Residuos Peligrosos materia: Norma Otros cuerpos legales asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Este Reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, re-uso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. El Artículo N° 33 establece condiciones de los sitios que se utilizarán para dichos efectos. Asimismo, el Artículo 36 establece disposiciones relativas al transporte de este tipo de residuos. A su vez, el Artículo 43 se refiere a la obligación de contar con autorización sanitaria de las instalaciones de eliminación de residuos. Finalmente, el Artículo N° 80 establece que los tenedores de residuos peligrosos quedan sujetos a un Sistema de Declaración y Seguimiento de tales residuos, válido para todo el país -D.S. N° 594/1999 MINSAL que Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básirbas en los lugares de trabajo. -D.F.L. N°1/1990 MINSAL que Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. -D.S. N° 1/2013. Reglamento' del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) - Resolución Exenta N°359/2005. Ministerio de Salud Construcción y cierre Durante la construcción y cierre, producto de las actividades propias de cada una de estas, se generarán residuos sólidos peligrosos, conforme se detalla en el Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Forma de cumplimiento Indicador que acredita su cumplimiento Forma de control y seguimiento El Proyecto contará con una bodega de residuos peligrosos, que contará con todas las condiciones sanitarias y de seguridad, tendrá una base continua, impermeable y resistente, tanto estructural corno química. En la bodega se contará con las hojas de seguridad de los residuos peligrosos almacenados. Por otra parte, el titular presentará todos los antecedentes necesarios a la autoridad sanitaria para el funcionamiento del sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos El transporte y disposición final de los residuos generados por el Proyecto se realizará a través de empresas que cuenten con Autorización Sanitaria vigente. Se cumplirá con el "Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos" y con poner a disposición del transportista las respectivas hojas de seguridad para el transporte de residuos peligrosos. El Titular, presentará en los plazos correspondientes, los antecedentes técnicos para la tramitación sectorial del PAS 142. Obtención de autorización sanitaria para la construcción y funcionamiento del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos. Declaración de Residuos en el RETC Autorización sanitaria de los sitios de disposición final y empresas transportistas. Registro de las resoluciones de funcionamiento de los sitios destinados al almacenamiento temporal de residuos, sitios de disposición final y empresa transportista de residuos. Comprobantes de reportes cargados en el RETC • 8.2.9. Norma D.F.L. N°850/1998. Ministerio de Obras Públicas. Tabla 8.2.9 Norma D.F.L. N°850/1998. Ministerio de Obras Públicas, Vialidad y Transporte Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N015.840, de 1964 y del D.F.L. N°206, de 1960. Establece la prohibición de circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos en las disposiciones legales. En casos calificados, la Dirección de Vialidad podrá otorgar autorizaciones especiales a aquellas personas naturales o jurídicas que deban transportar maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos máximos • ermitidos, revio , . lo de los derechos corres ondientes. Componente/ materia: Norma Otros cuerpos legales asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento Indicador que acredita su cumplimiento Forma de control y ePanitTliPTItn No Aplica. Todas las fases del Proyecto. Trasporte de materiales, insumos, y residuos. Durante las distintas fases del Proyecto, se cumplirá con el peso máximo establecido por la normativa para los vehículos que operen para el Proyecto. En casó de exceder los límites establecidos en la normativa se solicitará, mediante escrito y con los contenidos necesarios, la autorización de la Dirección de Vialidad. Autorización para circulación de vehículos que excedan el peso máximo autorizado, en caso de ser necesario. Registro de la solicitud y autorización de Dirección de Vialidad 8.2.10. Norma D.S. N°200/1993. Ministerio de Obras Públicas. Tabla 8.2.10 Norma D. N°200/1993. Ministerio de Obras Públicas. Vialidad y Transporte Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país. El Artículo 1 Establece como pesos máximos permitidos a los vehículos de cualquier tipo para circular por las vías urbanas del país, los fijados en el Artículo 2 del Decreto Supremo N°158, de 1980, del Ministerio de Obras PúbliCas. Por otro lado, la Ley de Tránsito, en su Artículo 57 indica: En casos de excepción debidamente calificados, y tratándose de cargas indivisibles, la Dirección de Vialidad podrá autorizar la circulación de vehículos que excedan las dimensiones o pesos establecidos como máximos, con las precauciones que en cada caso se disponga. Esta autorización deberá ser comunicada, oportunamente, a Carabineros de Chile con el objeto de que adopte las medidas de seguridad necesarias para el desplazamiento de dichos vehículos. Dichas autorizaciones estarán sujetas a un cobro de los derechos que se establezcan por decreto supremo del Ministerio de Obras Públicas, a beneficio de la Dirección de Vialidad. Componente/ materia: Norma otros cuerpos legales asociados Fase del proyecto a la quF aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica - Ley N°18.290 Ley de Tránsito. - Resolución Exenta N°1/1995. Ministerio de Obras Públicas. Modificada por Decreto N°341/2011, N°140/2019 - Norma D.S. N°158/1980. Ministerio de Obras Públicas Todas las fases del Proyecto El Proyecto contempla el transporte de materiales, maquinaria y personas por caminos públicos durante la fase de construcción y cierre. En relación a los materiales requeridos en la fase de operación estos se trasladarán solo en camioneta. Forma de cumplimiento Indicador que acredita su cumplimiento Forma de control y seguimiento El Titular solicitará a sus contratistas dar cumplimiento en todo momento con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos; y en caso de que sea necesario transportar materiales o pidas que sobrepasen los límites exigidos, el titular solicitará los permisos correspondientes a la Dirección de Vialidad. Autorización para circulación de vehículos que excedan el peso máximo autorizado, en caso de ser necesario.. Copia de la autorización de la Dirección de Vialidad en caso de ser necesario. 8.3. Normas relacionadas con componentes ambientales agua, patrimonio cultural) fauna, vegetación y flora, suelo, 8.3.1. Norma Resolución Exenta N°133/05. Ministerio de Agricultura. Componente/ Tabla 8.3.1 Norma Resolución Exenta N°133/05. Mipisterio de Agricultura. Fauna materia: Otros cuerpos legales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la •ue a ica Forma de cumplimiento Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera. Resolución Exenta N°133/05. Ministerio de Agricultura. Se dispone en el punto 1° de esta resolución que las maderas de embalajes utilizados en el transporte de cualquier clase de mercadería procedentes del extranjero o en tránsito por el territorio nacional, incluida la madera de estiba de carga, deberán ser fabricados con madera descortezada y tratada en el país de origen de la madera, independientemente del tipo de tratamiento que se aplique, deberán encontrarse libres de corteza, de insectos de daños •roducidos •or éstos. Modificada por Resolución Exenta 7008/2013 Todas las fases del Proyecto Si corresponde, recepción de equipos provenientes del extranjero embalados en madera. Una vez ingresado el embalaje de madera a la subestación, se dará aviso a la oficina regional del SAG para su inspección y acciones respectivas a indicar por dicho organismo, de ser necesario. Norma 8..1 Tabla 8.3.2 Ley N°19.473/1996 Sustituye texto de la Ley N°4.601 sobre Caza y Artículo 609 del Código Civil. Nnrma Lev N°19.473/1996 Sustituye texto de la Ley N°4.601 sobre Caza Indicador que acredita su cum•limiento Forma de control y seguimiento Acta de visita del SAG. Registro del ingreso de los equipos que llegan embalados. Componente/ Fauna Regula la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos, cuya preservación se rige por la Ley N° 18.892 General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto fue refundido por Decreto Supremo N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Prohibe en todo el territorio de la nación la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerables, raras, y escasamente conocidas, así como las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. Prbhíbe en toda época levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos y crías, con excepción de las especies declaradas dañinas. No obstante, dicha Ley permite al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) otorgar autorizacioiles de captura de especies protegidas en determinadas circunstancias. Decreto N'5/1998 Aprueba Reglamento de la Ley de Caza materia: Norma Otros cuerpos legales Fase del Construcción y cierre proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimient o Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimient o Indicador que acredita su cumplimient Se realizó una caracterización de la fauna en el área de proyecto, identificando especies que habita regularmente en las áreas que ocupa el proyecto El proyecto dará cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante capacitaciones a su personal, exigiendo el cumplimiento de las prohibiciones señaladas en la normativa. Para lo anterior se especificará a los contratistas lo siguiente: -La prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. -Se encuentran prohibidas las actividades de remoción de nidos, huevos y destrucción de madrigueras, así como la realización de cualquier actividad que implique el deterioro de la fauna silvestre Registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa, dando a conocer las prohibiciones indicadas en la Ley o Forma de Se mantendrá copia del registro de charlas explicativas en el área del proyecto para control y su presentación, en caso de ser solicitado por algún servicio con competencias seguimiento fiscalizadoras. 8,3.3. Norma D.S. N° 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Tabla 8.3.3 Norma D.S. N° 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Componente/ Manejo combustibles Materia: Norma Este cuerpo legal establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir todas las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo y biocombustibles, y las operaciones asociadas a la producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos, así como las obligaciones de las personas naturales y jurídicas que intervienen en dichas operaciones, a objeto de desarrollar dichas actividades en forma segura, controlando el riesgo de manera tal que no constituyan peligro para las personas y/o cosas. Su aplicación es obligatoria en todo el territorio de la República Otros cuerpos le:ales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se ,dará cumplimient o No aplica Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Indicador que acredita su cumplimient o Para el almacenamiento de comhustible,, en la instalación de faena se dispondrá de un área exclusiva, la cual estará cubierta, contará con un piso de concreto impermeable y un pretil que permita.contener p9sibles derrames de hidrocarburos, evitando así la contaminación del suelo. El estanque le dispondrá a 5 metros de otras construcciones, contará con un kit para control de derrames, hojas de seguridad de los combustibles almacenados, señalética de seguridad y extintores. El área para almacenamiento de combustibles y la cantidad de combustible almacenado, cumplirá con los requisitos técnicos y administrativos señalados en la norma en análisis, a saber, D.S. N° 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Es importante mencionar que la cantidad máxima que se almacenará será de 1000 litros, en un estanque de polietileno de alta resistencia química y estructural, dicho estanque poseerá las resoluciones de acuerdo a la normativa SEC N° 1293, 3412 y 385 que permiten certificar instalaciones que requieren almacenamiento de petróleo y de acuerdo a la normativa vigente, según Decreto SEC 190. Se instalarán letreros de advertencias tales como "INFLAMABLE-NO FUMAR NI ENCENDER FUEGO", visibles a lo menos a 3 metros de distancia. La Instalación de faena contará también con una bodega para almacenamiento de combustible que tendrá bidones de menor tamaño para efectos de usos puntuales de reabastecimiento Se construirá una bodega que cumpla con las condiciones anteriormente indicadas para almacenar los bidones o tambores metálicos herméticos donde se mantendrá el combustible que se ocupará para las maquinarias y equipos de construcción. Dichos envases deberán contar con certificado otorgado por la Su erintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Registro fotográfico de las instalaciones y registro del certificado de la SEC Forma de cumplimient o Inspección mensual al lugar de almacenamiento de combustible Forma de control y seguimiento 8.3.4. Norma Ley N017.288/1970, Legisla Sobre Monumentos Nacionales; Modifica Las .aves 16.617 v 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925 Norma Componente /materia: Tabla 8.3.4 Norma Ley N°17.288/1970, Legisla Sobre Monumentos Nacionales; Modifica Las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925 Otros cuerpos legales asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimient o Parte, obra, El Proyecto, durante la fase de construcción requerirá movimientos de tierra y acción, excavaciones emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la‹. cumplimient excavaciones del Proyecto se procederá según lo establecido en los artículos N° 2( v 27 de la Lev N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del D. Patrimonio Cultural y Arqueológico La presente Ley establece el régimen jurídico de protección de los monumentos nacionales, entre los cuales distingue monumentos históricos, monumentos públicos, monumentos arqueológicos, zonas típicas o pintorescas y santuarios de la naturaleza. Así, establece que la realización de cualquier obra que modifique o altere un monumento nacional, debe ser autorizada por el Consejo de Monumentos Nacionales. En relación a los monumentos arqueológicos, el artículo 21 los define como los lugares, ruinas, yacimientos y piezas antropoarqueológicas o paleontológicas que existan sobre o bajo la superficie del territorio nacional y señala que por el sólo ministerio de la Ley son de propiedad del Estado. El artículo 26, por su parte, señala que, en caso de hallarse ruinas yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él. Por su parte, el artículo 27 establece que las piezas u objetos a que se refiere el artículo anterior serán distribuidos por el Consejo en la forma que determine el Reglaniento. Luego, el artículo 38 establece que el que causare daño en un monumento nacional, o afectare de cualquier modo su integridad, será sancionado con pena de presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de cincuenta a doscientas unidades tributarias mensuales. A su vez, el artículo 38 bis dispone que la apropiación de un monumento nacional, constitutiva de los delitos de usurpación, hurto, robo con fuerza en las cosas, o robo con violencia o intimidación en las personas, así domo su receptación, se castigará con pena de multa de cincuenta a doscientas unidades tributarias mensuales, además de la pena privativa de libertad que corresponda de acuerdo a las normas generales. A lo anterior, agrega que tratándose del hurto, si no fuere posible determinar el valor, del monumento nacional, se aplicará la pena de presidio menor en sus grados mínimo a máximo, además de la multa aludida en el inciso precedente. D.S. N°484/1990 Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N°17.288, sobie excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Fase de Construcción ; 'Indicador cine acredita Su cumplimient o r N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). El Titular implementará los procedimientos determinados por el CMN. En particular, en caso de un hallazgo paleontológico no previsto, el Titular procederá de acuerdo con las acciones indicadas por el CMN: • Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.), se deberán considerar 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. • Dar aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, e informar de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. • Se deberá proceder a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín, etc.) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral que limite y resguarde el hallazgo. • Se deberá notificar al Gobernador regional y CMN, sin perjuicio de su reporte a la SMA, acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambienté, u otro representante del Proponente, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Proponente, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Re lamento de Excavación D.S. N° 484 de 1990. 1-upacuacion del personal respecto del procedimiento a seguir en caso de realizarse un hallazgo. Comunicación expedita y por escrito con el CMN en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico y/o paleontológico, de acuerdo con las acciones y plazos descritos. El adecuado resguardo del hallazgo hasta el pronunciamiento del CMN y la pronta implementación de los procedimientos a seguir indicados por el CMN. No obstante, posterior a la obtención de la RCA favorable, el permiso sectorial para la corta de plantaciones forestales y la ejecución de las actividades de corta, se realizará una nueva inspección arqueológica en el Área,de Influencia del Proyecto. La nueva inspección será, ejecutada al menos dos (2) meses antes del inicio de las obras del Proyecto, y se efectuará siguiendo transectas separadas por una distancia no mayor a 20 metros entre sí, y por un profesional competente. El levantamiento se ejecutará las superficies consideradas para el Proyecto. El informe será remitido al CMN y la SMA y contempla los principales contenidos: - Antecedentes arqueológicos prehistóricos e históricos del área, a partir dé una revisión de la bibliografía especializada y debidamente actualizada. Esta revisión debe ser cotejada con las características de emplazamiento de las obras del proyecto, con el fin de evaluar la posibilidad de existencia de sitios arqueológicos no detectables en superficie. - Superficie prospectada y su ubicación. Se debe incluir un mapa, a escala adecuada (se recomienda 1:10.000) y con buena definición, en que se señale el área del proyecto y el área prospectada, firmado por el/la arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la inspección visual. Además, se debe incorporar los tracks en KMZ de la prospección, dato obtenido del navegador GPS durante la realización de la actividad. - Métodos y técnicas de prospección utilizada, incluyendo: intensidad de la prospección para cada área o sector; distancia entre transectas paralelas (las cuales no podrán tener más de 20 metros de separación entre ellas en áreas con buena visibilidad de la superficie y de menor distanciamiento cuando la visibilidad sea deficiente); número de personas involucradas; calificación profesional de cada una de ellas; tiempo empleado en la inspección; tipo de subdivisión u ordenamiento que se utilizó para realizarla; y las variables que afectan la detección de sitios arqueológicos, entre otros. - Registro fotográfico y fichas técnicas de todos los sitios arqueológicos que se encuentren dentro del área del proyecto. Debi do a las características y tamaño del Forma de control y seguimiento proyecto, se recomienda que las fotografías incluyan georreferenciación para facilitar la identificación de las condiciones en cada punto de la obra evidenciadas en el informe. - Nombre y firma del/de la profesional responsable o equipo arqueológico que realizó el reconocimiento visual superficial del terreno y el informe pertinente. El informe será realizado siguiendo las directrices señaladas en la "Guía de Monumentos Nacionales Pertenecientes al Patrimonio Cultural en el SEIA". -Registro de capacitaciones firmada por los participantes. -Informe de implementación de medida arqueológica enviado a la SMA en caso de hallazgo. - Informe remitido al CMN y la SMA de la nueva inspección arqueológica en el Área de Influencia del Proyecto que deberá desarrollar el titular una vez se realice la corta de las plantaciones que son necesarias de despejar para la construcción de la línea eléctrica y el correspondiente seccionamiento. 9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: En el Anexo 8.2 de la Adenda Complementaria se presentó la actualización del capítulo correspondientes a los Compromisos Voluntarios. El Titular del proyecto ha propuesto los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 9.1. Compromiso ambiental voluntario: Inducción a trabajadores sobre la protección y no afectación de fauna silvestre p Tabla 9.1 Compromiso ambiental voluntario: inducción a trabajadores sobre la protección y Po afectación de fauna silvestre Im acto asociado Perturbación de fauna resente en el área de influencia Fase del Proyecto a la que aplica Objetivo, descripción y justificación Lugar, forma oportunidad implementación Indicador que acredite su cumplimiento Forma de control y seguimiento Y de Fase de Construcción Objetivo: Capacitar e informar al personal que trabajará en la construcción del Proyecto sobre la importancia de proteger y no afectar a la fauna silvestre presente en las áreas del Proyecto. Descripción: Una vez iniciada la fase de construcción, y cada vez que se incorpore un nuevo trabajador o trabajadora, se realizará una charla sobre el cuidado y la no afectación de la fauna silvestre que se encuentra aledañas a las áreas del Proyecto. Justificación: La medida se justifica por la presencia de especies de fauna en las áreas que se emplazarán las obras y actividades del Proyecto. Lugar: Las charlas se llevarán a cabo en una sala en la instalación de faena o un lugar que disponga el Titular. Asimismo, podrían ser dictadas vía remota. Forma y oportunidad: Previo al inicio de la Fase de Construcción el Titular enviará los contenidos de la exposición al SAG de la Región del Biobío para su visación. Posteriormente, las inducciones se realizarán una vez iniciada la Fase de Construcción y cada vez que ingrese personal a las faenas de construcción. Se realizará por un especialista en fauna o tutores, estructurándolas de manera sencilla y clara. Abordando al menos los siguientes contenidos - Prohibición de alimentar fauna silvestre - Prohibición de caza - Procedimiento en caso de atropello de fauna silvestre - Límite velocidad en cercanías del Proyecto Registro de asistencia firmado por el personal asistente Se realizará un informe una vez finalizado la Fase de Construcción, con los contenidos de la charla y el listado de asistentes con su respectiva firma. El informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente de una vez culminada la Fase de Construcción. Tabla 9.2 Compromiso Operación ambiental voluntario: Reforestación con especies vegetales durante Fas< Impacto asociado cjue aplica Fase del Proyecto a la Fase de Operación. Y Forma: Se consideran las siguientes actividades para la reforestación: - Análisis preliminai' del sitio: se analizará si el sitio érr que se realizará la reforestación presenta las condiciones adecuadas para el desarrollo de 'las especies a plantar, para lo cual se revisará la existencia de las mismas especies y su condición. Adicionalmente, se realizará un análisis de suelo que permita determinar si se requiere de la aplicación de un tratamiento específico. Se considera una densidad de plantación variable, entre 400 a 600 individuos por hectárea. - Plantación de especies arbóreas y arbustivas nativas: se plantarán individuos de las especies nativas registradas en el Área de Influencia según el Anexo 2-5 de la. DIA y que son representativas de la zona, las que corresponden a Aristotelia Cryptocarya alba, Lithraea caustica, Lornathia hirsuta, Luma apiculata, Maytenus boaria, Peumus boldus, Quillaja saponaria y Sophora macrQcarpa. - Establecimiento de la plantación y monitoreo: Se consideran monitoreos mensuales durante el primer año de plantación para posteriormente realizar un monitoreo semestral los años 2, 3 y 4. •Se considera un porcentaje del 70% de éxito de la plantación al año 4.'Los monitoreos serán realizados por un especialista forestal, quien registrará parámetros respecto de la plantación en general y de los individuos, conforme a lo siguiente: Parámetros de evaivacIó de, plantación Estado de Vigor l Muy bueno, Bueno, Regular, Débil, Muy débil Estado fenolágico Vegetativo, Floración, Fructificación, Senescente Estado Fitosanitanb Sano <5%, intermedio 5-30%, papado 30- 50%, Muy dañado )•50% Tipo de dallo Ninguna, Mecánico, Biológico (Alto-Medio- Bajo) Lugar, forma oportunidad de implmentación Objetivo: Mejorar la diversidad de especies arbóreas y/o arbustivas nativas presentes en el Área de Influencia del Proyecto. Descripción: Se reforestará un área por definir con las especies arbustivas y/o arbóreas nativas o autóctonas reconocidas oficialmente mediante el D.S. N°68/2009 que hayan sido registradas en el Área de Influencia de la componente Flóra y vegetación, las que se presentan en el Acápite 5.3.5 del Anexo 2.5 de la DIA. Justificación: Si bien el presente Proyecto intervendrá exclusivamente plantaciones forestales, se contempla que es posible apoyar las funciones ecosistémicas de las especies nativas arbóreas y/o arbustivas aumentando su presencia a través de la reforestación Lugar: La reforestación se realizará en un área a determinar posterior a la obtención de la RCA. Se considera que el área se encuentre próxima al Área de Influencia del Proyecto y que presente una condición idónea para el establecimiento de una plantación. Objetivo, descripción y justificación No aplica Ancho base (N-5) información Individuos Altura (cm) Coordenadas UTM (INGS 84 Huso 19S) Oportunidad de implementación: la reforestación se realizará durante la Fase de Operación del Proyecto. Se enviará a la Superintendencia de Medio Ambiente informe de actividades: 1. Informe preliminar de selección y análisis del sitio a reforestar. 2. Informe de labores de reforestación. 3. Informes de monitoreo y seguimiento. Ancho Ancho base (E-0) (Cm) [ndicador que acredite 3u cumplimiento 9.2. Compromiso amb
Operación iental voluntario: Reforestación con especies vegetales durante Fase 3. Compromiso ambiental voluntario: D1.1, de Mejoramiento de Suelos — Drenaje y despedrado , Cabía 9.3 Compromiso ambiental voluntario: Plan de Mejoramiento de Suelos — Drenaje y despedrado Pérdida de suelo, erosión del suelo, compactación del suelo y deterioro de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo mpacto asociado El compromiso se implementará en la Fase de Construcción del Proyecto Objetivo: Implementar obras de mejoramiento de suelo en una superficie igual o superior a la superficie de suelos con clase de capacidad de uso III que serán utilizados temporalmente por el proyecto (Instalación de Faena durante la Fase de Construcción). Descripción: Mejora efectiva y permanente de las capacidades productivas de suelo con potencial agrícola dentro de la región del Biobío, en una superficie igual o mayor a los suelos con clase de capacidad de uso III utilizados por el Proyecto (Instalación de Faena durante la Fase de Construcción). La superficie en la cual se implementará el CAV, corresponde a 0,5 ha, la cual es mayor que la superficie de uso temporal que hará el Proyecto en suelos con clase de capacidad de uso III (0,27 ha) durante el periodo en la que este la instalación de faena de construcción. el Plan de mejoramiento consiste en la ejecución de dos (2) tipos de manejos que permitan mejorar las características productivas del suelo. El primer manejo corresponde a despedrado subsuperficial, y el segundo manejo, corresponde a instalación de sistema de drenaje. El sistema de drenaje agrícola que permita mantener nivel freático fluctuante por debajo de los 40 cm y un despedrado subsuperficial que garantice tener un porcentaje de pedregosidad menor al 35%. El detalle de este compromiso se encuentra en ANEXO 8-1 'Plan de mejoramiento de suelo — Drenaje y despedrado" de la Adqqda Complementaria. Justificación: El actual compromiso se presenta por el uso temporal de 0,27 ha de suelo con clase de capacidad de uso III que realizará el Proyecto,' correspondiente a la habilitación de la Instalación de faena durante la Pase de Construcción. Lugar: Corresponde a predio denominado "Fundo Santa Luisa", inserto en' el sector La Isla de la comuna de Los Ángeles de la Región del Biobío. El predio con rol N° 154-250, tiene por propietario a la Sociedad Mora 3,,Cía' Ltda, representada por Doña Ana Luisa Gacitúa Mora y Don Miguel Gacitúa Mora. El predio se muestra en la figura de la tabla 8.4.1 del Anexo 8-2 de la adenda complementaria. Forma: Se plantea abordar dos (2) manejos que permitan mejorar las características productivas del suelo. 1. El primer manejo corresponde a despedrado subsuperficial, el cual se realizará mediante subsolado a 1 m de profundidad con el fin de desplazar piedras hacia la superficie y posterior retiro de esta mediante excavadora con equipo cribador. Finalmente se dispondrá las piedras y gravas extraídas en sector dentro del fundo, quedando a disposición de propietario del predio. 2. El segundo manejo, corresponde a instalación de sistema de drenáje, donde mediante el subsolado del manejo de despedrado se podría fracturas o eliminar estrata impermeable que pudiera existir. Para abordar este sistema de drenaje se utilizará como base metodológica el ITD-02 "Instructivo diseño de obras de drenaje" (CNR, 2013). Oportunidad: se ejecutará al comienzo de la Fase de Construcción de proyecto, ejecutando un único monitoreo un año finalizado el plan di mejoramiento. Y de Fase del Proyecto a la iue aplica Objetivo, descripción y justificación Lugar, forma oportunidad implementación 9. Forma de control y La ejecución del compromiso ambiental voluntario será controlado seguimiento mediante los informes enviados a la SMA Indicador que acredite Su cumplimiento Forma de control y seguimiento Los indicadores de éxito se verificarán mediante estudio de suelo a partir de la ejecución de calicatas al finalizar la implementación del CAV y luego de 1 año, en que se evaluarán los siguientes criterios de clasificación: - Profundidad efectiva: La profundidad efectiva debe ser igual o mayor a 40 cm. - Drenaje: El drenaje debe ser bien drenado a imperfecto y asegurar que el nivel freático no sobrepase los 40 cm de profundidad. - Pedregosidad subsuperficial: La pedregosidad subsuperficial debe ser menos al 35%. El control y seguimiento se hará mediante informes entregados al SAG de la región del Biobío y Superintendencia de Medio Ambiente, los cuales deben dar cuenta del cumplimiento de los indicadores de éxito, presentando un informe luego de implementar CAV y otro luego de 1 año de haber implementado el CAV, este último con la finalidad de dar cuenta de la condición del suelo posterior a procesos de estructuración. Respecto a las obras de drenaje, se entregará, antes de la ejecución del CAV, el diseño de drenaje realizado por profesional competente y posterior a la implementación del sistema de drenaje, se entregará un (1) informe que evidencie el proceso de construcción y los resultados asociados. Asimismo, se debe considerar un análisis de las aguas drenadas conforme a la Norma Chilena N°1333/78, que busca asegurar que el agua es apta para riego y cuyo análisis se debe generar 30 días corridos luego de ejecutada a actividad. Tanto el análisis de agua como el informe dé Diseño de drenaje y su ejecución deben ser presentados a la Superintendencia de Medio Ambiente y a la Dirección General de Aguas. Compromiso ambiental voluntario: Segregación de residuos inorgánicos Tabla 9.4 Compromiso ambiental voluntario: Segregación de residuos inorgánicos Impacto asociado Construcción Registro fotográfico contenedores de segregación. Registro de retiro de residuos Registro autorización empresa reciclaje. Se realizará un informe que' compile los indicadores de seguimiento, el que será remitido a la SMA con una frecuencia trimestral. 9.5. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo arqueológico Permanente Tabla 9.5 Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo arqueológico Permanente. Impacto asociado Alteración al Patrimonio Cultural 9.4. Indicador que acredite su cumplimiento Forma de control y seguimiento Fase del Proyecto ala que aplica Objetivo, descripción y justificación Lugar, forma y oportunidad de implementación Objetivo: Reciclajé de elerrilntos inorgánicos generados en la faena durante la Fase'de Construcción., ,
Descripción: Una 'vez iniciada la fase de construcción, en la bodega de almacenamiento de Residuos sólidos y asimilables, se dispondrá de tres (3) contenedores para la segregación de residuos inorgánicos, tales como pape, plástico, cartón y métales. Justificación: La medida se justifica por la alineación del Proyecto con las políticas impulsadas para le gestión de residuos. Lugar: La segregación de residuos se realizará en la bodega de almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios y asimilables, y serán gestionados por una empresa autorizada para dicho fin. Forma y oportunidad: Durante la Fase de Construcción del Proyecto, se dispondrán de tres (3) contenedores para la segregación de residuos sólidos inorgánicos. Los residuos serán retirados con una frecuencia semanal, o quincenal, según su generación, para ser reciclados por una empresa autorizada y especializada en la materia No aplica. ase del Proyecto a la me aplica objetivo, descripción y ustificación Fase de Construcción Objetivo: Protección de los monumentos nacionales arqueológicos. Descripción: Se realizará un monitoreo arqueológico permanente en cada frente de trabajo durante las obras de movimientos de tierra. Justificación: El Proyecto considera la ejecución de movimientos de tierra para la ejecución de la Fase de Construcción del Proyecto. Lugar: en cada frente de trabajo durante las obras de escarpe de terreno y remoción de la superficie en el Área del Proyecto. Forma: Se implementará un monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, en cada frente de trabajo, durante las obras de remoción de la superficie en el Área del Proyecto. Los resultados de los monitoreos ejecutados serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que incluirá los siguientes antecedentes: -Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. -Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. -Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. -Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y, sus diferentes etapas de avances. - Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia dé asistentes con la firma y RUT de cada trabajador/a. - De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: Ficha de registiki arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en,' alta resolución); Descripción detallada del estado de conservación y. si hubiera afectación por las obras del proyecto; Medidas de protección ylo conservación implementadas; Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el Art. 26° de la Ley N'17.288 de Monumentos Nacionales; Planilla de registro de sitios arqueológicos en formato Excel, siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registrp • de Sitios, ambos disponibles https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formularios- protocolos/planilla-registrositios-arqueologicos. - Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, serialéticas, etc.). • - El informe fmal de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. - De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora. - En el caso de existir intervención por las obras del proyecto sobre sitio: arqueológicos, el titular indicará las medidas comprometidas. Tales como difusión científica y a la comunidad local de los sitios encontrados 3 estudiados, puestas en valor de los sitios encontrados, catastro: arqueológicos, entre otros Adicionalmente, se realizarán charlas di inducción -por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo de monitoreo a las/los trabajadores del proyecto sobre el componente Lugar, forma Y oportunidad de implementación Indicador que acredite su cumplimiento Forma de control y seguimiento arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra Oportunidad: Durante las actividades de escarpe de terreno y remoción de superficie en el Área del Proyecto. Registro de charla firmado por los trabajadores que estén asociados a las obras que consideren el movimiento de tierras Informes de monitoreo vigentes y aprobados por la SMA. En caso de hallazgo, se adjuntará la constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el Art. 26° de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. Los resultados de los monitoreos ejecutados serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. 9.6. Otros Compromisos 91.1 Instalación de Disuasores de Vuelo 'Eh respuesta 4.5 de la Adenda el titular menciona que en la línea de transmisión eléctrica para avifauna "... considera la aplicación de disuasores de vuelo en el tendido eléctrico, de modo de , • relucir la probabilidad de colisión de aves de mediana a gran envergadura..." . Al respecto se solicitó en ICSARA Complementario indicar el tipo y características técnicas de disuasores y cuál será el • , espaciarniento lineal entre ellos. Además, indicar sobre una imagen aérea las secciones donde serán instalados. Así, en adenda Complementaria, el titular indicó "En la línea de secciOnamiento contemplada por el Proyecto se instalarán disuasores de vuelo siguiendo las recomendaciones de la "Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y Líneas de TranSmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos (2015), instalando los disuasores cada 10m en' el conductor eléctrico,' Asimismo, respecto al tipo y características técnicas de los dispositivos, estos serán visibles durante la noche y se considerará que tengan movimiento. Sin perjuicio de lo anterior, el modelo del dispositivo dependerá de la disponibilidad del mercado a la,. fecha de adquisición, siempre considerando las características señaladas en la Guía, respecto al color, tamaño, duración de los materiales y movimientos". • Én la figura 1 de la Adenda complementaria se muestra la ubicación referencial disuasores' de vuelo en LAT que, serán implementados.
9116.2 Nueva inspección Arqueológica visual y inonitorep, arqueológico permanente en construcción Detalles de estas actividades en. sección normativa. de esta resolución. Tabla Norma Ley N°17.288/1970, Legisla Sobre Monumentos Nacionales.!' 9.6.3 Uso de supresor de polvo y medidas de control dé Velocidad en caminos internos. Detalles de estas actividades en sección normativa de esta resolución. Tabla Norma D.S. N°144/1961. 41Ministerio de Salud. 9.6.4 Complementar las medidas de seguridad vial en el punto de conexión del Camino Forestal con la Ruta 5. En el Anexo 7-1 de la Adenda complementaria se presenta el plano de detalle del prediseño de Mejoramiento Vial en el Camino Forestal - Ruta 5. Se realizará mejoramiento de la calzada, donde es preciso indicar que se mantendrá la carpeta de rodado existente del empalme de Ruta 5 y Camino Forestal (en todo el ancho de faja), ejecutando una limpieza en el área de circulación vehicular con pavimento. Adicionalmente, y con el objetivo de mejorar el estado del acceso al Proyecto, el Titular proyecta el mejoramiento de las bermas de Camino Forestal, generando un sobreancho en toda la calzada pavimentada desde la Ruta 5 hasta el fin de pavimento, ya que desde este punto continua el Camino Forestal tendrá mejoramiento con material de estabilización (supresor de polvo), tal como se indicó previamente. Con el mejoramiento de las bermas se pretende evitar el deterioro de borde de calzada y garantizar un sobre ancho que mantenga la demarcación en buen estado de conservación y evite el arrastre de material hacia la calzada pavimentada. Dicho mejoramiento de bermas se realizará considerando un Doble Tratamiento Superficial (DTS), que consiste en la aplicación de dos tratamientos con distintos tamaños de granulometría, de modo de rellenar los potenciales vacíos que quedan en la primera aplicación del tratamiento con un riego de liga. Vale indicar que lo expuesto corresponde a prediseño propuesto por el Titular, no obstante, la solución definitiva será resuelta sectorialmente con la Dirección Regional de Vialidad, para lo cual el Titular presentará un proyecto de Ingeniería de Detalles que cumpla con estándar del Manual de Carreteras y Manual de Señalización de Tránsito, para revisión y aprobación sectorial de las autoridades competentes. También, en la Figura 45 de la Adenda complementaria, se presenta el prediseño de proyecto de seguridad vial que indica la demarcación y señalización vertical que será incorporada en el punto de conexión entre la Ruta 5, el Camino Forestal y la Ruta S/R-Q-755. Se proyecta la demarcación del Camino Forestal indicando los sentidos del tránsito, así como la señalización "PARE" en la intersección con la Ruta '5, para aquellos vehículos que se incorporan a la vía expresa. Dicha demarcación, tal como se señaló previamente, se ejecutará sobre el pavimento existente, al cual se le realizará una limpieza de modo que la demarcación sea visible y duradera. Por otro lado, se implementarán señalización en cada una de las intersecciones del Camino Forestal con la Ruta S/R- Q-75515 (al norte y sur), generando prioridad de paso por Camino Forestal. Es preciso indicar que todas las obras que se contemplen serán diseñadas y ejecutadas acorde a lo establecido en el Manual de Carreteras del MOP, y posteriormente presentadas y autorizadas por la Dirección Regional de Vialidad una vez se obtenga la Resolución de Calificación Ambiental. '• favorable del Proyecto. Finalmente, en relación con las gestiones realizadas con la Dirección de Vialidad, se hace preciso señalar que el día 14 de noviembre de 2023 el Titular sostuvo una reunión con la Dirección de Vialidad y el SEA para la presentación del prediseño de Mejoramiento Vial en el Camino Forestal—...
Ruta 5, donde se manifestó la conformidad del prediseño en la presente etapa del Proyecto. 10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias son las siguientes: 10.1. Riecuo o contineencia Actividad sísmica Tabla 10.1 Riesgo o contingencia Actividad sísmica. Actividad sísmica. Riesgo o contingencia Fase del proyecto a la que aplica Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Construcción, operación y cierre Todas las áreas del Proyecto -Capacitación al personal de labores de emergencia. -Toda instalación del Proyecto deberá estar diseñada para soportar actividad sísmica. -Marcar con señaléticas las áreas y zonas de evacuación y seguridad. -Contar con teléfonos de emergencias en zonas accesibles. -Mantener vías de evacuación limpias y despejadas. Registro de capacitaciones Registro fotográfico de señaléticas Registro realización simulacros -Permanecer en las instalaciones mientras dure el sismo. -El electromecánico designado hará corte de la energía eléctrica a la estación para prevenir incendios. -Refugiarse en zonas al interior de edificios, puertas, escritorios, etc., evitando siempre ventanas e infraestructura con vidrios. -Evacuar las zonas de trabajo a una zona segura de forma ordenada y en calma. -Solo regresar a las instalaciones si la autoridad designada lo permite Forma de control y seguimiento Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ab a 10.2 Riesgo o contingencia Condiciones climáticas adversas Riesgo o contingencia Fase del proyecto a la que _Mica Emplazamiento, parte, .obra o acción asociada Condiciones climáticas adversas Construcción, operación y cierre Todas las áreas del Proyecto • I Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Forma de control y seguimiento Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia ReferenCia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada -Capacitaciones ante emergencias por desastres naturales. -Identificar las zonas más propensas a ser afectadas por condiciones climáticas adversas de consideración -Las bodegas protegerán los materiales almacenados con techumbre cubierta de paneles estructurales de zinc o similar. -Las bodegas contarán con un terraplén de 20 cm de altura para evitar el ingreso de lluvias. -Las bodegas contarán con un piso impermeable. -Las bodegas contarán con un sistema colector de derrames que también absorberá agua. -Contenedores de residuos deberán de, estar debidamente sellados con sus tapas para revenir contaminación. -Tener botiquines 'con implementos básicos ante emergencias, talel como linternas y radio. -Definir rutas y. zonas de evacuación condiciones climáticas adversas. -Realización e implementación de plan de evacuación y simulacros. -Registro de capacitaciones ante emergencias por deastres naturales -Registro de inspecciones a las instalaciones -Registro de realización de simulacros -Informar al jefe del área. -Detención de las actividades en el área de faenas. -Evitar zonas de mayor eXposición a condiciones climáticas adversas, utilizando los sectores de resguardo definidos:. -Una vez haya cesado la emergencia, se deberá verificar la existencia.de personas heridas o atrapadas dentro de las instalaciones. -De existir personas heridas o ,atrápadás, comunicárselo a servicios de emergencias... -Inspeccjón dé' 'estado, de inStalaciories pára realizar reparaciones necesarias. -Limpieza de duetos; Vías y otros sectores afectados. -Reactivar instalaciónes si las coridiciones climáticas han cambiado y no exista riesgo. En el caso de que se active éste plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental SCA, en menos de 48 horas. Anexo 1-3 Adenda • Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada 4 Se comunicará con el jefe directo y se avisará a las entidades gubernamentales correspondientes, al igual que a familiares de las personas afectadas Anexo 1-3 Adenda 101. Riesgo o contingencia Condiciones climáticas adversas 11 Forma de control y seguimiento Tablal 0.3 Riesgo o contingencia Incendios Incendios Construcción, operación y cierre Todas las áreas del Proyecto Debido al mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar dentro de la obra. -Contar con alarma de incendio. -Mantención de las instalaciones. -Los materiales inflamables serán contenidos y almacenados según lo indicado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C.). -Se dispondrá de los materiales y herramientas para combatir incendios en zonas accesibles. -Seflalética de zonas prohibidas encender fuego o fumar por el riesgo de incendio, ya sea por ser zonas de recarga de combustible o de almacenamiento de sustancias o residuos inflamables. -Respectivo cumplimiento del Decreto Supremo 594/1999 del Ministerio de Salud. Riesgo o contingencia Fase del proyecto a la que aplica Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Acciones o medidas a. implementar para prevenir la contingencia Acciones o medida a -Se deberá de activar la alarma de incendio. implementar para -Activar el procedimiento a ejecutar ante emergencias de incendio. controlar la emergencia -El electromecánico responsable deberá de cortar la energía eléctrica jde la planta para poder hacer uso de herramientas a base de agua para combatir el fuego. -El personal mas cercano al incendio combatirá el fuego con los extintores disponibles, siempre y cuando este sea de menor magnitud'y no supere la capacidad de combate del personal presente. -El personal deberá evacuar a una zona segura. -De no ser posible el apagar o contener el fuego, dar aviso inmediato a bomberos y otras autoridades según corresponda. -De haber heridos, transferirlos a un centro asistencial. -Inspeccionar el estado de las instalaciones una vez el fuego haya cesado. -Reanudar las actividades de la estación si estas son posibles de llevarse a cabo. En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA, en menos de 48 horas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la dpqrrinción detallada -Registro de capacitaciones -Registro fotográfico de sefialéticas -Registro de inspecciones internas de las instalaciones Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Anexo 1-3 Adenda 10.3. Riesgo o contingencia Incendios 10.4. Riesgo por manejo incorrecto de residuos sólidos y proliferación de vectores sanitarios Tabla 10.4 Riesgo por manejo incorrecto de residuos sólidos y proliferación de vectores sanitarios Riesgo o contingencia Riesgo por manejo incorrecto de residuos sólidos y proliferación de vectores sanitarios Fase del proyecto a la que Construcción, operación y cierre aplica Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto Obras del proyecto y sus instalaciones anexas. Se generan ante una Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia falla del sistema de manejo de residuos no peligrosos (Residuos sólidos industriales no peligrosos o residuos domiciliarios y asimilables), en los que fallan las medidas para la recolección y almacenamiento de estos residuos. Los cuales se originan por prácticas inadecuadas en el almacenamiento y/o transporte de residuos sólidos. Bodega de RSINP, Bodega de RSD y patio de salvataje En fase de construcción: Residuos sólidos industriales no peligrosos: -Acceso restringido en los lugares de almacenamiento temporal. Solo puede ingresar personal responsable de su operación. -El almacenamiento de los residuos será ordenado y no obstruirán las vías de ingreso. -Mantener registro de ingreso y salida de residuos. -Elaboración e implementación de procedimientos operacionales. -Disposición final será realizada por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud -Se realizará control mensual de evidencias de vectores sanitarios -Cada contenedor deberá estar perfectamente rotulado para no generar mezclas de residuos. Residuos domiciliarios y asimilables: -Se dispondrá de contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar, con capacidad mínima de 120 litros, del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados, contando además con tapa y sistema de ruedas con freno. -Contenedores diseñados para impedir el escurrimiento de líquidos, percolados. -Contenedores diseñados para evitarque animales silvestres volteen los basureros -La zona de acopio cumplirán con las disposiciones establecidas en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. -Todos los contenedores deberán estar en perfectas condiciones. En su defecto deberán ser cambiados. ' -Se realizará control mensual dv evidencias de vectores sanitarios -Cada contenedor deberá estar perfectamente rotulado para no generar mezclas de residuos. En fase de operación: -Los residuos sólidos domésticos serán retirados inmediatamente por el mismo personal que lo depositará en lugares autorizados -Los residuos industriales ito,,Peligrosos serán dispuestos por el personal de mantenimient? en empresas autorizadas por la autoridad sanitaria para el reciclaje p disposición final del estos Residuos sólidos industrikles no, peligrosos: Registro de eláboracióh él,irnplementadión de procedimientos operacionales. 1, Registro de implertlehtación de señalética de seguridad y del uso de EPP. Forma de control Y seguimiento Residuos domiciliarios': , Registro del retiró controlado de residuos. Registro de la disposición filial de los residuos a manos de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud. Acciones o medida a implementar para Controlar la emergencia -La bodega posee una base continua impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. En este sentido, la bodega contará con pavimento interior rígido de hormigón armado con inclinación lateral hacia una canaleta que dirigirá cualquier derrame eventual a una canaleta de recepción de derrame la cual descargará los residuos líquidos peligrosos a un estanque colector. -Poseerá una capacidad de retención de escurrimientos de derrames no inferior al volumen de los contenedores de mayor capacidad ni al 20% del volumen de total de los contenedores almacenados. En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA, en menos de 48 horas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la riegerinciiin detallada Anexo 1-3 Adenda 10.5. Riesgo Derrame de sustancias/residuos peligrosos y combustibles Tabla 10.5 Riesgo Derrame de sustancias/residuos peligrosos y combustibles Riesgo o contingencia Derrame de sustancias/residuos peligrosos y combustibles Construcción operación y cierre Bodega de SUSPEL Bodega de RESPEL En fase de construcción: Residuos sólidos peligrosos: -Se habilitará un sector exclusivo para su almacenamiento dentro de la instalación de faena. -Se asignará un encargado en planta quién controlará el ingreso y egresos de los residuos. -El acceso solo será restringido a personal autorizado. -El sector estará separado de otros sectores de residuos conforme indica el D.S. N° 148/03 del Ministerio de Salud. -Los RESPEL serán dispuestos en tambores que se mantendrán siempre cerrados y bien rotulados. -Se contará en las bodegas de almacenamiento transitorio con las hojas de datos de seguridad de los residuos peligrosos almacenados. Sustancias peligrosas: -Se utilizará una bodega independiente para el almacenamiento de este material acorde a lo indicado en el D.S. N° 43/2016 del Ministerio de Salud -Las sustancias peligrosas dentro de esta bodega se gestionarán de forma independiente dentro del área de bodega. -Se contará con señaléticas y hojas de seguridad de acuerdo con las disposiciones de las NCh 2190/2019 y NCh 2245/93. -Mantener un archivo donde se guarden y actualicen las hojas de seguridad de los productos almacenados. -La bodega deberá contar con la aprobación de la Autoridad Sanitaria. -Contar con señalética de seguridad apropiada, que señalen los productos almacenados, riesgos presentes del área y prohibiciones para el personal que ingrese. -El acceso será restringido. -Verificación previa de la compatibilidad de sustancias a través de sus hojas de seguridad antes de su almacenamiento. -Limitar el almacenaje de las sustancias peligrosas al mínimo, con un manejo de stock optimizado. En fase de operación: -No se tiene previsto el almacenamiento de residuos/sustancias peligrosas y combustibles durante la fase de operación, los residuos serán inmediatamente retirado de las instalaciones. Fase del proyecto a la que aplica Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia -El combustible será abastecido mediante el uso de estaciones de servicio y de bidones respectivamente, los que serán acopiados en la bodega SUSPEL. -Archivo de hojas de seguridad de material almacenado -Autorización de la Autoridad Sanitaria. -Control de in resos e esos de material. -En caso de que se presente un derrame de sustancias o residuos peligrosos en el Proyecto, el personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable de la Obra o Prevencionista de Riesgos. -El encargado dispondrá detener (si corresponde), contener y recuperar el material del derrame y almacenarlo en un contenedor para disponerlo en un lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. Se establece que dentro de cada bodega estén siempre disponibles dichas hojas. -El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada. -Se delimitará el área afectada. -Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba. -Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. -En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recupdrar en contenedor apropiado. -El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente. -Por otro lado, en caso de que el derrame de presente al momento del transporte, se contemplan las mismas medidas de contención señaladas anteriormente. Sumado a ello, se realizará una evaluación de los eventuales daños provocados por el derrame en la infraestructura vial. -En caso de que el derrame ocurra en una ruta u comino de tuición del MOP, se contemplará dar aviso tanto a la Oficina Provincial de Vialidad, Seremi de Obras Públicas y Concesionaria. Para lo anterior, se mantendrán los teléfonos de emergencia tanto de la Concesionaria Vial como de las autoridades competentes en las Instalacibnes de Faena del Proyecto Dirección de vialidad: (41) 2852036 Concesionaria: 042.- 2 87 08 07 Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de que se active este plan de' emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de ,su, página web en el Acápite de Seguimiento AmbientaiRCA, en menos de 48 horas Adicionalmente, selpres'ent4rá, en caso de corresponder, un informe a la Concesionaria Vial, birecCión de Vialidad y Seremi de Obras Públicas, ue de cuenta debs accioild Ñalizadas' Anexo 1-3 Adenda Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Forma de control seguimiento Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Escurrimiento o descarga de agua de lavado de canoas camiones mixer Construcción Obras del proyecto y sus instalaciones anexas -El agua será depositada directamente en las piscinas dispuestas en cada área. Donde la fracción líquida será retirada por una empresa autorizada -El área de la piscina de lavado de canoas se encontrará debidamente señalizada y delimitada. -Una vez que el material es dispuesto en la piscina de lavado, esta será tapada con un material impermeable para evitar la caída de otros elementos. -El retiro de los residuos sólidos se realizará una vez por semana en paso, de que la piscina no haya superado la mitad de su capacidad. -El retiro de los residuos líquidos será realizado cada 15 días en caso de que la piscina no haya superado la mitad de su capacidad. -Supervisión del Titular por medio del ITO Ambiental, durante la ejecución del lavado por parte del operador del camión -Capacitación del personal que supervisará las maniobras ,,de hormigonado y posterior lavado, respecto del manejo de residuos:. -Uso permanente del equipamiento de protección personal por parte de los operadores y supervisores -Se mantendrán los registros capacitación al personal de supervisión de maniobras de hormigonado. -Registro fotográfico área de lavado de canoas. -Registro disposición final residuos sólidos
-En caso de derrame, el encargado de deberá avisar al Responsable de la Obra, quien deberá detener las actividades de limpieza de canoas. -Se recuperará el material del derrame y será almacenado en el mismo contenedor -Se revisará la membrana para determinar si existen roturas o algún desperfecto, en caso de detectarlo, se reemplazará la membrana En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA, en menos de 48 horas. Anexo 1-3 Adenda Forma de control y seguimiento Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la riegrrinción detallada Tabla 10.6 Riesgo Escurrimiento o descarga de agua de lavado de canoas camiones mixer Riesgo o contingencia Fase del proyecto a la que aplica Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia 10.6. Riesgo Escunitniento o descarga de agua de lavado de canoas camiones mixer 10.7. Riesgo derrame de sustancias o materiales en cuerpos de agua Tabla 10.7 Riesgo derrame de sustancias o materiales en cuerpos de agua Riesgo o contingencia Fase del proyecto a la que aplica Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Derrame de sustancias o materiales en cuerpos de agua Construcción y cierre Tránsito vehicular en el área del proyecto y vías de acceso, donde exista transporte de equipo, material y personal. -En los frentes de trabajo móviles que se ubiquen cercanos a cursos de agua, se mantendrán los equipos de respuesta para posibles derrames, (arenas, paños absorbentes, entre otras). -Chequear condición operativa de equipos y maquinaria en forma previa a su uso. Además, se planificará la ejecución de las actividades conforme a las características del área de trabajo con el objetivo de reducir el riesgo de exposición a derrame sobre los recursos hídricos. -Se prohibirá efectuar carga de combustible en lugares no habilitadol para este efecto -En el Área de almacenamiento de sustancias peligrosas, se contará con tambores con tapa y arena limpia. -Se dispondrán contenedores vacíos con tapa, para el almacenamiento de productos derramados. -En la Instalación de Faenas, se contará con un kit anti derrame. -Se instalará sefialética indicando la prohibición de manejo de sustancias en áreas que no cuenten con impermeabilización. -Se realizarán inspecciones periódicas para determinar el estado de los tambores y el correcto manejo de sustancias. -El acopio de los materiales de excavación se realizará dentro del Área de acopio del Proyecto, manteniendo el área delimitada y señalizada para evitar el acopio de material en las cercanías del estero. De modo de evitar el desplazamiento de restos de escarpe que pudieran verse arrasados al estero. - Se realizarán capacitaciones al personal para la implementación del Plan de Contingencia. - El área del Proyecto se encontrará permanentemente con un cerco
perimetral Forma de control y Seguimiento -Registros de inspección áreas de manejo de sustancias. -Registro capacitación personal. . Acciones o medida a 'Implementar para ,controlar la emergencia -En la eventualidad que el derrame fuere significativo y alcance un curso de agua, se dará aviso inmediato a las autoridades involucradas (Dirección Regional de ONEMI, Seremi de Salud, DGA, SAG, Asociación de Canalistas, Dirección Regional de SEA, juntas de vigilancia u otras involucradas) o usuarios que estén aguas abajo desde el punto de la emergencia, con el objeto de notificadas sobre la necesidad de interrumpir el flujo (cierre de compuertas si existieran o bien el desvío del curso de agua a otra área), mientras se aplican las acciones de emergencia para recuperar o Iimpiar las secciones de los , canales contaminados, y para que se adopten las medidas de resguardo necesarias de comunicación y coordinación. -Se delimitará el área con material absorbente, de modo que evitar'que las sustancias lleguen al área del cauce superficial. -En el área de la emergencia, el encargado utilizará el kit anti derrame' para recoger la mayor cantidad de sustancias, y se dispondrán en los tambores vacíos con tapa. -El área afectada, será cubierta con arena o aserrín. -Los tambores que contienen los materiales contaminados y'los restos de sustancias, serán dispuestos de inmediato en la bodega de Residuos Peligrosos, para luego ser dispuestos en un sitio de disposición final autorizado. -En el caso de que el derrame en un cauce natural, cuya magnitud sea de carácter significativo al punto de.pqner en riesgo a calidad del recurso hídrico, se implementarán acciones de seguimiento posterior (monitoreos de calidad), con el objeto de, verificar el alcance del derrame y la efectividad de las medidas de contingencia implementadas. -Para descontaminar el agua subterránea o superficial afectada, se contempla un sistema de b¿unbeo y tratamiento convencional, el cual consiste en extraer,aguas contaminadás mediante el uso de uno o varios pozos de extracción, y posteriormente tratarlas en la superficie, con tecnologías adeChdas al, tipo de contaminantes presentes. Las aguas tratadas podrán luego ser reinyectadas al subsuelo dependiendo del caso. -Una vez controlada la emergencia se elaborará un informe que indique los principales efectós asociado a la emergencia y las medidas correctivas Dportunidad y vías de En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicación a la SMA comunicar a la SMA por medio de su página web en el Acápite de Seguimiento Ambiental RCA, en menos de 48 horas. La comunicación entre la instalación y las entidades externas de ayuda será por vía telefónica y responsabilidad del Administrador de la instalación. Del mismo modo, deberá presentar un informe ejecutivo, informando porrnenorizadamente las medidas y acciones que se ejecutaron para controlar la emergencia, indicando lo siguiente: -Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. -Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia Anexo 1-3 Adenda de la activación del Plan de Emergencia Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga riRtallada En términos generales se indica que el titular en un plazo no superior a 48 horas de ocurrida la emergencia y/o contingencia deberá remitir un informe que detalle las situaciones de contingencias, o emergencias que hayan ocurrido en el transcurso del Proyecto. Este documento deberá ser entregadó a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de medio ambiente, como además a los organismos competentes que tengan competencia con respecto al siniestro ocurrido, específicamente a la Inspección Fiscal de la Dirección General de Concesiones de la Ruta, la Sociedad Concesionaria de la vía y la Dirección Regional de Vialidad del MOP Biobío. El informe contendrá los siguientes datos: -Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas;', personas afectadas, etc.). -La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). -La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • -Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrolos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Respecto al Plan de emergencia, para una correcta preparación y respuesta frente a emergencia, el proyecto deberá contar desde un inicio con coordinaciones y programas vigentes, tales como: -Coordinación con bomberos y carabineros, mediante carta tipo. -Plano de Proyecto. -Difusión del plan de prevención de riesgos. -Solicitud y puesta de la señalética de la mutual de seguridad. -Programa y actividades de capacitación y mantenimiento de equipos. -Programa de primeros auxilios. -Programa de manejo y uso de equipos de extinción de incendios. 11. Que, durante el proceso de participación ciudadana desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala. 11.1 Se registraron un total de 02 observaciones ciudadanas ingresadas a través de plataforma web del SETA. Las observaciones formuladas cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA, al momento de su presentación.. 11.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas Las observaciones formuladas por la ciudadanía son las siguientes: Distancia proyecto Altura de receptor (m) Descripción R1 466 R2 1,5 ' 238 4 R3 420 R4 1,5 :912 R5 1,5 '472 Vivienda de un piso d altura R6 1,5 1,5 • 537 Punto Sector de antenas ubicado al sur del área del proyecto Bodegas de material ligero y estacionamiento retroexcavadoras Vivienda de un piso de altura Vivienda de un piso de altura Vivienda de un piso de altura, ubicado en camino interior ruta 5 sur Fuente: Anexo 2-2 DIA. I (m) i Coordenadas UTM . Huso 18 S-WGS84 (m) Este Norte ' 742.415 5;825.744 5.$25.207
741.806 , 741.710 5.825.705 743.304 5:826.338 741.754 5.826.186 741.653 5.825.837 11.2.1 Observante: Nancy Edith Rivera Tapia. Observación: Por parte de la principal se informa que estudios están en norma, con relación a la contaminación acústica, que generan los cableados y las torres ya existentes, sin embargo, los residentes observamos que en clima invernal los ruidos provenientes de los cables y torres generan perturbación en animales y seres humanos. Si se pretende aumentar el flujo de electricidad con la ampliación y extensión mencionada en el proyecto. ¿De qué forma se garantiza que la contaminación acústica no siga en aumento (perjudicando a la comunidad) y cómo se fiscalizará en el futuro que se cumpla con lo que la principal indica que estará en la norma? Evaluación técnica de la observación: Ésta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación toda vez que hace referencia a aspectos de la evaluación del proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso , de evaluación, cabe señalar lo siguiente: En cuanto a su preocupación por los niveles de ruido es posible indicar que este proyecto, presentado para su evaluación ambiental como declaración de impacto ambiental, cuenta con estudios de ruidos y yibraciones, en donde se presenta el análisis y resultados de las mediciones de los niveles de ruidos • junto con una proyección de los niveles de ruidos que se presentarían en caso de la realización del :proyecto en evaluación, es decir, contiene los resultados de la situación sin Proyecto y con Ptoyecto. • Para ello en una primera instancia, se requiere contar con la identificación de los principales receptores de ruido y vibraciones. La identificación de los receptores de ruido se desarrolló a través de una visita en el territorio en donde un especialista determino los receptores más cercanos a las partes y obras del proyecto, quienes debido• a su cercanía son quienes se encuentran más propensos a percibir las emisiones de ruidos y vibraciones producidas por el proyecto, tanto en su etapa de construcción, como en su etapa de oplración. A continuación, se presenta una tabla donde se identifican los receptores cercanos al proyecto, de acuerdo a los lineamientos definidos en el Decreto Supremo N°38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente, el cual establece la norma de emisión de ruidos generadoá por una fuente de ruidos. De acuerdo a lo que indica este decreto, se define que los receptores son "toda persona que habite resida o permanezca en un recinto, ya sea en un domicilio ,particular b,en un lugr de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa". Características Receptores Ruido 9, Fuentes de ruido Tránsito vehicular lejano y viento Tránsito vehicular Tránsito vehicular Viento y viento sobre vegetación Planta imperceptible, Animales lejanos, actividades lejanas, aves Tránsito vehicular R1 R2 R3 R4 R5 Punto rece•tor Lugar de medición R1 R2 R3 R4 Sector de antenas ubicado al sur del área del Pro ecto. En la vereda al frente de la entrada de la bodega En el camino al frente de la vivienda En el camino al frente de la vivienda En la vereda al frente de la entrada de la bodega R5 En el camino al frente de la vivienda R6 Posteriormente a la definición de los receptores, se desarrollaron mediciones de ruidos en cada uno de los puntos identificados, es decir, R1, R2, R3, R4, R5 y R6, estas mediciones entregaron información respecto de los niveles basales presentes en el área, lo cual permitió conocer cuál es la situación previa a la realización del proyecto. Estas mediciones son la suma de ruidos que se perciben en el momento de la medición, por ende, contienen las emisiones de los tendidos eléctricos y subestaciones existentes. Las mediciones se realizaron el día 23 de mayo de 2022, en los receptores indicados en la tabla anterior, tanto en horario diurno (entre 11.00 y 17.00 horas) como nocturno (entre 21.00 y 23.30). A continuación, se presentan los resultados obtenidos de estas mediciones, en donde se presentan los niveles de ruido de fondo, ruido que está presente en el mismo lugar y momento de medición de la fuente que se desea evaluar, en ausencia de ésta, el cual se mide en decibeles (db(A)). Así como también se definen los niveles de presión sonora promedio considerando Lugar de medición En la vereda al frente de la entrada de la bodega las fuentes emisoras de ruido que afectan al receptor (NPS promedio). Tabla Niveles de Presión Sonora en Receptores. — Periodo Diurno NPS Promedio Nivel de ruido de Punto receptor [dB(A)] Fondo [dB(A)] 42 41 62 61 61 61 42 41 62 61 61 61 Sector de antenas ubicado al sur del área del Proyecto. En la vereda al frente de la entrada de la bodega En el camino al frente de la vivienda En el camino al frente de la vivienda En el camino al R6 frente de la vivienda Fuente: Anexo 2-2 DIA. Tabla Niveles de Presión Sonora en Recptores — Periodo Nocturno NPS Promedio Nivel de ruido de [dB(A)] Fondo dB A 46 44 45 43 45 43 45 43 46 44 46 44 Fuentes de ruido Tránsito vehicular Tránsito vehicular le-ano viento . Tránsito vehicular Subestación imperceptible, Animales lejanos, actividades le-anos, aves Tránsito vehicular Fuente: Anexo 2-2 DIA. Para conocimiento de la comunidad, el Ministerio de Medio Ambiente en su Decreto Supremo N° 38/2011 define los límites máximos permitidos para cada punto receptor, los cuales vienen definidos por el nivel de ruido de fondo medido, ya que todos los receptores se encuentran en zona rural. Los niveles basales de ruido son homologados como ruido de fondo del Decreto Supremo N° 38/11, a partir de los cuales se establecen los límites máximos permisibles. En la vereda al frente de la entrada de la bodega R2 45 En el camino al frente de la vivienda R3 45 En el camino al frente de la vivienda R4 45 R5 En la vereda al frente de la entrada de la bodega 44 46 Subestación imperceptible, Animales lejanos, actividades lejanas, aves En el camino al frente de la vivienda R6 46 Tránsito vehicular lejano y viento 43 43 Tránsito vehicular Viento y viento sobre vegetación 43 44 Tránsito vehicular Punto receptor R1 NPSeq [dB(A)] Sector de antenas ubicado al sur del área Proyecto. NPSeq 10[dB(A)] 46 Límite diuro Zona III dB(A) 44 Limite maximo permisible f(dA) Tránsito vehicular del En las tablas siguientes hay que considerar que, para zonas rurales, según el Artículo 9 del el D.S. N°38/11 del MMA, define que se aplicará como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre el Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A) y los límites Máximos Permisibles para Zona III (tercera y cuarta columna de las tablas siguientes respectivamente). Tabla Niveles máximos permisibles en receptores, período diurno. Tabla Niveles máximos permisibles en receptores, período nocturno Punto receptor NPSeq [dB(A)] NPSeq + 10[dB(A)] Límite diuro Zona III dB(A) Limite maximo permisible [(dA) R1 44 54 50 50 'R2 43 53 50 50 3 , 43 53 ; 50 50
,R4 , 43 53 50 50
44 54 ,
50 50 .R6, 44 54 50 50
t ,domo se observa en las tablas anteriores, los límites máximos permitidos fluctúan entre 51 y 65 dB(A) para el periodo diurno, mientras que para el período nocturno el Límite es de 50 dB(A). En consideración con lo antes expuesto, se realizó una modelación para'cada una de las Fases del Proyecto (Fase de Construcción y Fase de Operación), considerando el escenario más desfavorable..
Para la Fase de Operación, que es para la cual el observante hace su consulta asociada a la posibilidad. de aumento de efecto corona, se contempló principalmente la emisión de ruido producida por los, Transformadores de Potencial Capacitivo de 220 kV, ubicados en la Ampliación de la Subestación Mülchén, y, además, el efecto corona que se produce de la propia Línea de Tensión. Dado que la operación es permanente, las proyecciones se realizaron comparando normativa en periodo diurno 'y nocturno y los criterios del SEA publicados para la evaluación de este tipo' de impactos. Es importante señalar que, para la modelación de la Fase de Operación, se utiliza como referencia la caracterización acústica del efecto corona de la línea de transmisión, considerando condiciones meteorológicas con una temperatura de 11°C y humedad del 83%. En la siguiente tabla se presenta la evaluación de los niveles de ruido estimados para la Fase 'de Operación del Proyecto, en los periodos diurno y noctUrno para los receptores más cercanos al proyecto. Receptor R36 Fuente: Estudio de Propagación Sonora Aumento de capacidad Línea lx220kV Charrúa-Mulchén. Dado que el Receptor R36 se ubica cercano al Observante 1.1, se asume que el nivel de ruido en este último es igual al de R36. Por otra parte, a partir del modelo de ruido presentado en la sección 5.2.2 del Anexo 2-2 de la adenda complementaria, y considerando las distancias a los receptores presentadas en la siguiente tabla, se obtuvieron los niveles de ruido asociados al efecto corona del Proyecto en dichos receptores Tabla niveles de ruido estimados en receptores de royectos cercanos. NPS Estimados [dB(A)] R36 Evaluación Cumple Cumple Cumple Cumple Cumple Cumple Tabla Evaluación resultados Fase de Operación — periodo Diurno. Límite máximo diuro [dB(A)] R1 1,5 R2 1,5 1,5 R3 R4 1,5 R5 1,5 R6 1,5 Fuente: Anexo 2-2 DIA Punto receptor Altura de proyección [m] NPS proyectado 11 12 20 51 65 65 1 9 51 65 65 18 17 Tabla 8. Evaluación resultados Fase de Operación — periodo Nocturno. NPS proyectado Límite máximo diuro [dB(A)] Evaluación Punto receptor Altura de proyección [m] R1 1,5 11 50 Cumple R2 1,5 12 50 Cumple R3 1,5 20 50 Cumple R4 1,5 9 18 17 50 50 50 Cumple Cumple Cumple R5 1,5 R6 1,5 Fuente: Anexo 2-2 DIA Cabe destacar que para efectos de contar con mayores antecedentes, durante la evaluación ambiental, se solicitó al titular la incorporaron de nuevos puntos receptores de evaluación asociadas a las viviendas identificadas en la caracterización de Medio Humano, de manera de demostrar a la comunidad que todas las viviendas ubicadas en el entorno, cumplirán con la normativa vigente (Anexo 2-2 de la Adenda Complementaria). En particular, a partir de la observación 2.4 del ICSARA complementario y en atención a la preocupación y consulta de la observante, se incorporó en el análisis de ruido la evaluación del efecto sinérgico generado por el ruido del efecto corona de la línea existente, cercana a ubicación 5.826.305.19 m S 741.567.26 m E (ubicación asociada a esta observación ciudadana, denominada Observante 1.1), y el de este Proyecto. A partir de lo anterior, se consideró el efecto sinérgico de la línea existente Duqueco — Los Peumos (también llamada Charrúa — Mulchén) y el trazado de línea de transmisión del seccionamiento de dicha línea, hacia la ampliación de la S/E Mulchén. En la dirección web https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/11/30/Anexos.zip podrá encontrar el Anexo denominado "Anexo 2-2 Estudio ruido y vibraciones actualizado" donde se incluye la evaluación específica para la situación por usted planteada. En la figura 18 (página 47) de dicho documento se presentan los receptores del Estudio de Ruido de la Línea Duqueco — Los Peumos, el receptor observante 1.1, antes detallado, y los otros receptores del Proyecto en evaluación. En la siguiente tabla se resumen los niveles de ruido estimados en dichos receptores asociados a la Línea Charrúa-Mulchén Tabla niveles de ruido estimados or efecto corona en receptores para evaluación de efecto sinérgico Receptor Distancia [m] NPS Estimados [dB(A)] Observante 1.1 844 24 R36 926 23 Se puede observar que los niveles estimados, asociados al efecto corona del Proyecto en los receptores cercanos a la línea Duqueco — Los Peumos, alcanzan un valor máximo de 24 dB(A), nivel que se encuentra 20 dB por debajo del nivel asociado a la misma línea existente, conforme a lo presentado en tablas anteriores. Dado lo anterior, se puede concluir que los niveles de ruido en dichos sectores no aumentarán debido a la incorporación de este Proyecto. Lo señalado se aprecia en la siguiente tabla: Tabla cálculo del efect Receptor
[dB(A)] NPS Estimados Línea Duqueco — Los Peumos NPS Estimados [dB(A)] NPS Total [dB(A)] Aumento de Nivel de Ruido [dB] Observante 1.1 44 24 44 0 R36 44 23 44 0 Como se observa en la tabla 39, considerando que el NPS estimado en el Observante 1.1 se homologó al del Receptor 36, el nivel de ruido esperado en el Observante 1.1, no sufrirá un aumento a causa del presente Proyecto De, los resultados presentados, se puede observar que los niveles de ruido estimados, para la Fase de Operación, cumplen con los límites máximos permisibles de la norma en todos los receptores, lo anterior significa que el nivel de ruido no genera efectos en la salud de la población. En consecuencia, si bien el Proyecto tiene asociada la emisión de Ruido por efecto corona, de acuerdo con los antecedentes presentados en este estudio y los resultados obtenidos, es posible concluir que dichas emisiones, bajo las condiciones más desfavorables, no superarán los valores establecidos por la normativa vigente o normativas de referencia según corresponda y por lo tanto no generará riesgo para la salud de la población en virtud de lo definido en la letra b) el Artículo 5 del Reglamento del SETA (D.S N° 40/2012 del MMA). De manera complementaria, conforme a lo presentado por el Titular en el desarrollo de la Declaración dé Impacto Ambiental, específicamente en el Capítulo 3 "Plan de Cumplimiento de la Legislación • Ambiental Aplicable" respecto del cumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011 Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, el Titular asegurará el cumplimiento de las emisiones de " ruido mediante la verificación del estado de los equipos y maquinarias que serán utilizados durante faS distintas fases del Proyecto, y que tengan la capacidad de generar emisiones de ruido. Se Mantendrá en el Área de Faenas, para su fiscalización, un registro que dé cuenta del correcto estado de la' maquinaria, junto al registro de mantenciones realizadas. Por otro lado, el Titular deberá realizar un monitoreo de' ruido durante la Fase de Construcción del • ';Proyecto para verificar el cumplimiento normativo de dicha Fase, mientras que, durante la'Fase de 'Operación, realizará un monitoreo cada tres (3) años, con la finalidad de determinar medidas de control de emisiones acústicas en caso de ser necesario. Por último, respecto a cómo se fiscalizará en el futuro que se cumpla con la normativa y lo indicado en esta evaluación, es del caso indicar a usted que el 28 de diciembre de 2012 entró en funciones con " plenas potestades la Superintendencia de Medio Ambiente. En el art. N°2 de su Ley Orgánica (Ley N. 20.417) señala que la Superintendencia del Medio Ambienté tendrá por objeto, entre otras cosas, ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental. Asimismo, la Ley N° 19.300 en su art. 64 señala que la fiscalización del permanente cumplimiento de las normas y condiciones sobre la base de las cuales se han 'aprobado o aceptado los Estudios y Declaraciones de Impacto Ambiental será efectuada por la Superintendencia del Medio Anibiente. 11.2 Observante: José Bernabe Escalona Soto 11.2.1 Observación: Afectación a lugares de significación cultural y menoko. Estos lugares se encuentran muy cercanos y serán afectados significativamente, y como Comunidad nos veremos afectados en nuestras prácticas:
ceremoniales. • 1 er artículo Ley 19.253 • Derechos indígenas O.N.U. Art. 25 y 26. • Convenio 169 Art. 13. • Lugares - Piedra de Dicao • Menoko - Las Diucas • Estero - Las Diucas • Cerro Kochento Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación toda vez que hace referencia a aspectos de la evaluación del proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente: De acuerdo a lo observación planteada en relación a la ley 19.253, la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribunales: Dicha ley establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la corporación nacional de desarrollo indígena. Indica lo siguiente: Artículo 1°.- El Estado reconoce que los indígenas de Chile son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias siendo para ellos la tierra el fundamento principal de su existencia y cultura. El Estado reconoce como principales pueblos o etnias indígenas de Chile a los Mapuche, Aimara, Rapa Nui o Pascuense; Atacameii o, Quechua, Colla, Diaguita, Chango del norte del país; Kawashkar o Alacalufe y Yámana o Yagán de los canales australes; y Selk'nam. El Estado valora su existencia por ser parte esencial de las raíces de la nación chilena, así como su integridad y desarrollo, de acuerdo con sus costumbres y valores. Es deber de la sociedad en general y del Estado en particular, a través de sus instituciones respetar, proteger y promover el desarrollo de los indígenas, sus culturas, familias y comunidades, adoptando las medidas adecuadas para tales fines y proteger las tierras indígenas, velar por su adecuada explotación, por su equilibrio ecológico y propender a su ampliación. En cuanto a la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de Pueblos Indígenas en sus artículos indica: Artículo 25°.- Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras. Artículo 26°.- 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido. 2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otro tipo tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma. 3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate. El Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribunales Artículo 13°.- I. Al aplicar las disposiciones de esta parte del Convenio, los gobiernos deberán respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los casos, que ocupan o utilizan de alguna otra manera, y en particular los aspectos colectivos de esa relación. 2. La utilización del término tierras en los artículos 15 y 16 deberá incluir el concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera. Considerando las normas mencionadas, es posible indicar que, en base a los artículos mencionados y la posible afectación de sitios de significancia cultural, que en el área de influencia del proyecto no se identifican manifestaciones culturales de ningún tipo que tengan la capacidad de ser afectadas directa o indirectamente por el proyecto como, por ejemplo, a través de emisiones acústicas, utilización de caminos, por emisiones u otras. De este modo, el proyecto no tiene la capacidad de alterar o generar pérdida de costumbres, hábitos, tradiciones o celebraciones colectivas de los grupos humanos que pudiesen tener interacción con los sentimientos de arraigo, a la vez que se considera que el área de proyecto corresponde a un terreno que ya se encuentra con uso asociado a la transmisión eléctrica dada la existencia de la Subestación Mulchén. No obstante, dentro del proceso de evaluación se solicitaron mayores antecedentes respecto de los sitios de significancia cultural y ceremonial para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, como es el caso de la comunidad Lof Moluche Kimun. Ello con el objetivo de descartar la afectación de los sitios utilizados para actividades ceremoniales como Las Piedras de Dicao, el Estero Las Diucas y El Cerro Cochento. Esto en función de la información recabada a través del Longko de la comunidad Lof Moluche Kiwon en la reunión desarrollada en el marco de artículo 86 del D.S 40/2012, con fecha 12 de diciembre de 2022, según consta en acta publicada en el expediente electrónico del proyecto (disponible en: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2022/12/16/Acta_reunion_Lof Moluche_Kiwon_12.12.22 1_.pdf) . En el marco de dicha reunión se entregaron mayores antecedentes los cuales permitieron conocer el parecer de la comunidad, y sus principales preocupaciones, por lo cual se incorporaron observaciones en el Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones denominado ICSARA en donde se solicitaron de mayores antecedentes al titular, para evaluar si el proyecto genera o no afectación significativa sobre grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI), en los términos que establece el artículo 7 del D.S. N°40/2012 RSEIA. En base a ello, se desarrollaron una serie de acciones por parte del Titular con la finalidad de poder descartar la afectación sobre estos sitios de significación cultural. Primeramente, en relación con las Piedras de Dicao, se determinó que corresponden a dos formaciones rocosas, las que tienen una significación ancestral asociada a la estrategia de guerra del pueblo mapuche y que actualmente este sitio corresponde a un predio particular que se encuentra atravesado por una Línea de Transmisión Eléctrica, además de estar a 362 metros al norte de la Planta de CMPC y a 309 metros al poniente de la Ruta 5 Sur. En cuanto a la cercanía con el proyecto, las obras y partes del proyecto se encuentran a más de un 1 , kilometro las Piedras de Dicao, sin embargo, con la finalidad de descartar afectación a este sitio de significancia en donde se desarrollan actividades ceremoniales, se solicitaron mayores antecedentes 'que permitieran descartar afectación a este tipo de actividades debido al valor paisajístico, es por ello que en el Anexo 4-5 de la Adenda, se incorpora un Punto de Observación para la ejecución de un Potomontaje desde el Sitio Piedras de Dicao, para determinar si el Proyecto obstruye la visibilidad ¡E n ese sector, esto mediante el análisis de la escala de visualización con proyecto y sin proyecto. . ¡En base a ello, se concluyó que no se identifican con facilidad los cambios atribuidos por uña inserciOn se elementos nuevos, es decir, la ampliación de la subestación, en la escena del paisaje, • " Relativo a las actividades del proyecto que puedan ser perceptibles visualmente, se encuentran 'relegadas a la fase de construcción, más no a la de operación, donde las obras del proyecto se encuentran en gran parte cubiertas por construcciones (pandereta) en él caso de la plataforma de ainpliación, o por plantaciones forestales en el caso de la línea de transmisión, pudiendo existir vistas P directas desde ruta 5 al empalmar con la línea existente. Observando con' detención y detalle, es osible advertir que en la situación con Proyecto se pueden ver la parte más alta de las torres' de transmisión, las cuales se encuentran rodeadas o camufladas por la 'altura de la vegetación, mientras éine las obras relativas a la ampliación de la subestación no resultan perceptibles. Bajo esta premisa, la ejecución del Proyecto no generará efectos sobre la obstrucción visual de una zona don valor paisajístico, y tampoco se alterarán aquellos atributos que le otorgan valor, toda vez que el entorno próximo al Proyecto es un área altamente intervenida y degradada. En relación al Menoko las Diucas, es posible indicar que como antecedentes se incorporó una entrevista al cuidador y administrador del predio "Monterrey", propiedad en la cual se encuentra' la laguna (humedal) Las Diucas, de la entrevista se destaca que el predio tiene un uso preferentemente forestal, con una superficie total de 100 ha de terreno, incluyendo la superficie asociada a la laguna, que por parte de los propietarios es conocida como "Tranque Las Diucas". En la actualidad, el agua' de la laguna es utilizada para riego, además de ser administrada como una reserva en caso de escasez • hídrica para el consumo doméstico de la familia que habita el predio y administra el acceso a éste. . En cuanto a la relación del Proyecto con el humedal las Diucas, es posible indicar que el proyecto se, pretende emplazar a más de 1 Km al suroriente del Humedal la Diucas, el cual si bien posee como efluente al Estero las Diucas, que se encuentra colindante al área del Proyecto, no presentará afectación por parte del Proyecto, toda vez, que este no contempla la ejecución de obras y/o acciones , en el estero las Diucas. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, es preciso señalar agu as Proyecto no contempla la intervención del Humedal las Diucas, y tampoco hará uso de las aguas presentes ahí para el desarrollo de sus partes obras y acciones. El suministro de agua necesario para el desarrollo del Proyecto se obtendrá desde proveedores que cuenten con las autorizaciones de la autoridad correspondiente. En cuanto al Estero las Diucas, que se encuentra colindante al proyecto, este no pretende desarrollar actividades de intervención en el estero, ni materializar obras en él, toda vez que el proyecto se encuentra separado por un muro, que delimita las obras y partes del proyecto. Sin perjuicio de lo mencionado y con la finalidad de evitar cualquier posible afectación en el estero las Diucas es que el Titular del Proyecto se compromete a la implementación de medidas de prevención para evitar la contaminación de las aguas, y además considera dentro del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, el riesgo de derrame de sustancias o materiales en cuerpos de agua. A continuación, se presentan algunas de las medidas de prevención que se pretenden implementar: -Acopio de desecho a más de 30 m de ribera del Estero las Diucas o los sectores donde se pueden producir flujos temporales de agua debido a las lluvias, se fabricarán tapones (interruptores de zanja) y/o bermas de derivación (cortacorrientes), según sea el caso. -Restricción del vertido de residuos y carga de combustible en el cauce y/o en las cercanías de este. El Titular contará con las autorizaciones sanitarias de los baños químicos utilizados en los frentes de trabajo. -No se dispondrá de material vegetal en el Estero y/o su rivera. Respecto al plan de Contingencias y emergencias este contiene las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia de Riesgo Derrame sustancias en cuerpos de agua, aplicando medidas como el correcto almacenamiento de sustancias peligrosas, la correcta manipulación, señalización y distribución de las sustancias peligrosas, así como la implementación de capacitaciones al personal para la correcta implementación de el plan de contingencias. En cuanto al Cerro Cochento, es posible indicar que corresponde a una formación ubicada en la comuna de Mulchén, a aproximadamente 4,2 Km al Poniente de las partes y obras del Proyecto, de modo que no forma parte del Área de Influencia del Proyecto, así como tampoco contempla la intervención y/o afectación en el ejercicio o manifestación de actividades ceremoniales y/o culturales en el área, dada la lejanía que tiene del Proyecto. Adicionalmente, en términos de paisaje, es precio señalar que, dada la lejanía el Proyecto y la presencia de otras obras asociadas a infraestructura energética, el Proyecto no generará una afectación en la variable paisajística. Por otra parte, CONADI, en ORD 205 del 18/07/2023 indicó: "... esta Corporación considera que se da respuesta a lo solicitado por la autoridad ambiental, ya que el Titular presentó información sobre GHPPI de la comuna de Mulchén, caracterizándolo y descartando una afectación sobre este GHPPL Además, el Titular descarta una afectación sobre sitios patrimoniales naturales y culturales "Piedras Dicao" y sitio "Laguna las Diucas", afirmando en base a información primaria y secundaria disponible, que el proyecto en evaluación no generará una afectación o alteración sobre sistemas de vida y costumbres de GHPPI vinculados con estos sitios de significación cultural. Por lo anteriormente señalado, esta Corporación no tiene observaciones a la adenda presentada". En conclusión, el Proyecto producto de sus obras y actividades, en sus distintas fases, no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo humano. Así tampoco, altera las formas de organización social particular de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. 11.2.2 Observación: Afectación significativa a nuestro Kümen Mongén. Afectará significativamente a nuestra biodiversidad. Aves - hierbas medicinales - las abejas. Que, por efecto de la radiación electromagnética, no podrán realizar esta función tan importante, para nuestro equilibrio como mapuche. Nuestro buen vivir es tener un territorio libre de contaminación. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación toda vez que hace referencia a aspectos de la evaluación del proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente: De acuerdo a los antecedentes presentados y analizados en el transcurso de la evaluación ambiental, es posible indicar que durante la fase de operación del proyecto es donde se producirán las emisiones electromagnéticas, debido al funcionamiento de la infraestructura eléctrica. En base a lo mencionado se solicitó al titular un Estudio de Campos Electromagnéticos, donde se incluye la evaluación específica para la situación por usted planteada tomando en consideración la Guía "Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por radiación electromagnética en proyectos de transmisión eléctrica", estudio que se encuentra disponible en el Anexo 4-1 de la Adenda complementaria en el sitio web https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/11/30/Anexos.zip , sin perjuicio de ello, a continuación, se detallan los aspectos más relevantes del estudio. En primera instancia, se desarrolló una evaluación de los valores de campos electromagnéticos y campo eléctrico en cada uno de los receptores identificados en el área aledaña al Proyecto. En la figura 1 de dicho documento se presenta la ubicación de los receptores más cercanos al proyecto y en la Tabla siguiente se identifican las características de cada uno. Tabla Identificación ., Punto Descripción Altura del receptor (m) Distancia del proyecto Coordenadas UTM Huso 18 S- WGS84 (m) Este Norte R1 Sector de antenas ubicado al
sur del área del Proyecto 1,5 466 742.415 5.825.744 R2 Bodegas de material ligero y estacionamiento
retroexcavadoras 1,5 238 741.806 5.825.207 R3 altura Vivienda de un piso de 1,5 420 741.710 5.825.705 :R4 , • . Vivienda de un piso de altura 1,5 912 743.304 5.826.338 ' R5 Vivienda de un piso de ' altura 1,5 472 741.754 5.826.186 R6 .. Fuente: Anexo Vivienda de un piso de altura, ubicado en camino interior ruta 5 sur 4-1 ch. In Anrivn A 1-..,.......1-.----+--• 1,5 _ 537 741.653 5.826.837 Ppsteriormente a la identificación de los principales receptores, se determinaron las magnitudes de Campos, tanto eléctricos como electromagnéticos en el borde de la ampliación de la Subestación Mulchén, con la finalidad de determinar la magnitud de emisiones en el límite de las instalaciones del proyecto, ya que las emisiones electromagnéticas disminuyen a mayor distancia, por ende, mientras los fe9eptores se encuentren más alejados de las fuentes que producen los campos electromaghéticos menor será su exposición. Toniando en consideración lo mencionado, se determinó la magnitud de campo en los receptores; ,identificados, en donde se pudo concluir que dada la distancia de la ubicación de los receptores, la intensidad de campo eléctrico y magnético es mínima en los receptores. Cabe indicar qué las emisiones electromagnéticas, se analizan en base al campo eléctrico, cuya unidad de medida es Voltios por metro [V/m] y las emisiones magnéticas se miden en función de la inducción magnética cúya unidad de medida es [micro Tesla]. En la siguiente Tabla se muestran los resultados obtenidos para los diferentes componentes mencionados. Distancia del proyecto al receptor Rl 466 R2 238 R3 420 R4 912 R5 472 R6 537 Fuente: Anexo 4-1 de la Adenda complementaria Campo eléctrico [Vira] Punto 1,07 4,10 1,32 0,28 1,04 0,80 Tabla Magnitud de campo en Receptores Inducción magnética [micro Tesla] 0,01 0,04 0,01 0,00 0,01 0,01 Por otro parte, al comparar la magnitud de campo eléctrico y magnético a los cuales se encontrarían expuestos los receptores del proyecto, estas son mucho menores que las producidas por aparatos electrodomésticos, como por ejemplo un secador de pelo, que puede generar 80 [V/m] de campo eléctrico y 0,11 a 7 [micro Teslal de campo magnético a 30 cm del cuerpo. Como es posible observar en la Tabla anterior los valores que perciben los receptores se encuentran muy por debajo de los emitidos por un secador de pelo, siendo el receptor R2 el cual presenta las mayores magnitudes de campo eléctrico de 4,10 [Vim] y 0,04 [micro Teslal de inducción magnética, las cuales siguen siendo menores en comparación a los electrodomésticos. Adicionalmente, tomando 'en consideración la presencia de proyectos aledaños a este, se desarrolló un análisis sinérgico, es decir, se analizó la suma de efectos individuales del proyecto con otros proyectos similares y cercanos, dentro de los cuales se encuentra línea 2x220Kv Mulchén — Angostura y la línea 2x220Kv Río Malleco — Mulchén. En base a ello se determinó, que conforme a los resultados de los estudios analizados, estos presentan valores inferiores a los valores límites de campo eléctrico, establecidos por la reglamentación chilena Pliegos Técnicos Normativos (RPTD) N° 07 y acogidos también por los criterios del SEA. Tomando en consideración lo mencionado es posible descartar riesgos para la salud de la población, ya que se presentará emisiones de campos electromagnéticos por debajo de los niveles criterio permisibles, así como los criterios de referencia internacional. Asimismo, en cuanto a los efectos sinérgicos producto de la interacción del proyecto en evaluación con otros aledaños, siguen estando por debajo de los límites y criterios establecidos. En cuanto a su consulta sobre la afectación a la biodiversidad, hierbas medicinales y abejas es posible señalar que se han presentado estudios en donde se caracterizan los campos electromagnéticos en relación a las obras del proyecto, esta caracterización se desarrolló mediante modelaciones matemáticas, en donde se analizan los conductores de barra y los paños de la subestación, los cuales son los que principalmente producen las emisiones electromagnéticas. Este análisis se desarrolló a través de perfiles de campo a una altura de 1 metro sobre el nivel de suelo, siguiendo dos trayectorias, la primera que cruza los conductores de barra y la segunda trayectoria cruza los paños de línea. Los resultados de estos análisis son comparados con los límites permitidos por la Norma de la Comisión Internacional sobre Protección Frente a Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP por sus siglas en inglés) y Reglamento de Seguridad de las Instalaciones eléctricas N°07, las cuales fijan un límite para la exposición a campo eléctrico e inducción electromagnética. A continuación, se presentan los resultados de la modelación y su relación con las normas de referencia, las cuales tanto para campo eléctrico, como para los campos magnéticos se encuentran dentro de los límites permitidos, cumpliendo con holgura las normas antes mencionadas. 1800 o menos Tabla Evaluación de cumplí Instalación Campo eléctrico [V/m] del proyecto Límite norma N°07 sobre campos eléctricos [V/m] Cumple Norma referencia con la de Barras ampliación SE 265 5.000 Si Paños línea ampliación SE Fuente Anexn 9-1 DT A 580 5.000 Si Tabla Evaluación de cumplimiento Campos m_ ét Instalación Inducción magnética proyecto [micro Tesla] del Límite norma INCIRP sobre Inducción magnética [micro Tesla] Cumple con la Norma de referencia Barras ampliación SE 5,43 200 Si Paños línea ampliación SE Fuente Anexo 9-1 T1T A 2,88 100 Si En cuanto su preocupación por la posible afectación a las hierbas medicinales producto de las emisiones electromagnéticas es posible indicar que, de acuerdo a las normas de referencia antes mencionadas, no se presentan efectos sobre esta componente, ya que se encuentran muy por debajo de los límites permitidos por estas normas. Además, cabe aclarar que Proyecto se emplaza dentro de áreas intervenidas, sin generar la pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por erosión o compactación. Siguiendo la línea de la consulta, cabe indicar que en cuando a los efetos electromagnéticos en la aVifauna, como ya se ha indicado anteriormente cumple con los niveles permitidos en la normativa internacional estipulada por la Norma f de la Comisión Internacional sobre Protección Frente a Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP por sus siglas en inglés) y los criterios definidos por el SEA. Además, como resguardo a la seguridad de las aves se instalarán disuasores de vuelo en la línea de transmisión eléctrica, permitiendo de esta forma que las aves visualicen de mejor forma estas ;estructuras y evitar posibles colisiones. Én relación a los efectos de los campos eléctricos en las abejas, es posible indicar que diversos estudios han demostrado que el efecto de los campos eléctricos sobre la actividad apícola depende de la intensidad de las emisiones (Bindokas & Gauger (1981), Bindokas et al (1988), Greenber et al 981) y Sharma y Kumar (2010)). En base a ello, a continuación, se presenta una tabla sobre los • efectos de los campos eléctricos en abejas melíferas en relación con la intensidad de los campos ' eléctricos. En esto estudios se destaca que en condiciones de exposición mayores a 1800 (V/m) se podrían ver efectos sobre las abejas melíferas, como se muestra en la siguiente tabla. Tabla Efecto del campo eléctrico en la actividad apícola ,Campo eléctrico (V/m) Efectos significativos en la actividad de las abejas melíferas Efectos disminuyen considerablemente hasta desaparecer No se detectan bajas de producción apícola por la disminución de obreras, mortalidad o desorientación Fuente: Bindokas & Gauger (1981), Bindokas et al (1988), Greenber et al (1981) y Shanna y Kumar (2010) , Tomando en consideración los resultados de los estudios antes mencionados, es posible indicar que el efecto del campo eléctrico generado por la ampliación de la subestación, se encuentran muy por debajo de los niveles que pueden generar afectación sobre las abejas, ya que los campos eléctricos que se prevén generar con el proyecto en evaluación son de 580 V/m en su condición más desfavorable, los cuales son muy inferiores a los niveles perjudiciales para las abejas. Adicionalmente, cabe indicar que alrededor de 700 metros del proyecto se analizó la presencia de actiyidades apícolas, en donde de acuerdo a las entrevistas y las visitas a terreno desarrolladas por parte del titular fue posible descartar la realización de actividades apícolas en las cercanías del proyecto. Por lo cual se descarta cualquier afectación sobre la actividad apícola. Además, de manera Efecto 4000 o más 1800 a 4000 complementaría, el Proyecto contempla una franja de seguridad de 30 metros a cada lado de la línea de seccionamiento, por lo que dicha área estará desprovista de lugares donde se pudiesen asentar abejas. Referencias: Bindokas VP & JR Gauger. 1981. Biological effects of a 765 kV transmission line: Exposure and thresholds in honeybee colony. Bioelectromagnetics, 2(4): 315-328. EMFs, agricultura and the environment. Effects of EMFs on plants. Disponible en: http://www.emfs.info/effects/agriculture/ [consultado: 10 de mayo de 2023] Greenberg, B., Bindokas, V. P. & Gauger, J.R. (1981); Biological effects of a 765-kV transmission line: exposures and thresholds in honeybee colonies. Bioelectromagnetics, Sharma, V. and N. R. Kumar. 2010. Changes in honeybee behaviour and biology under the iinfluence of cellphone radiations. Current science, 98 (10, 25): 1376-1378. 11.2.3 Observación: Ambiente libre de contaminación. Preservar, nuestra cultura, nuestra identidad social, económica y espiritualidad tiene mucha relación con nuestro entorno, libre de contaminación y de afectación. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación toda vez que hace referencia a aspectos de la evaluación del proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente: En relación a una eventual vulneración de la garantía constitucional señalada, cabe indicar que la Constitución Política de la República establece en su artículo 19 número 8, lo siguiente: "La Constitución asegura a todas las personas: 8° El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. La ley podrá establecer restricciones especificas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente". La Constitución no garantiza el derecho a vivir en un medio ambiente exento de toda contaminación, al extremo de llegar a paralizar toda actividad humana y a comprometer el ejercicio de los demás derechos y garantías constitucionales. En este contexto, se debe tener en consideración que el derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N° 8 de la Constitución Política de la República, a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, debe ser entendido conjuntamente con los demás derechos fundamentales, como es el articulo 19 N° 21 de la Constitución Política de la República que establece "el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen". En estrecha vinculación con lo anterior, la Ley N° 19.300 no consagra ningún impedimento absoluto o rechazo a priori para determinados proyectos o actividades, porque se parte del supuesto que todos, sin excepción, algún efecto o grado de influencia habrán de provocar en el entorno. Por eso el artículo 10 señala aquellos proyectos o actividades que deben someterse, precisamente, a un proceso previo de evaluación del impacto ambiental que van a causar. Así, la Constitución al garantiza el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, no quiere decir que no se puedan realizar actividades económicas, lo que quiere es que si se llegan a ejecutar, se haga respectando esta garantía, y la forma en que ello se materializa, para el presente caso, es a través de la evaluación de impacto ambiental. En base a lo mencionado es que la presente Declaración de impacto ambiental, presenta antecedentes que acreditan el cumplimiento de la normativa ambiental que resguarda la salud de la población, así como también la preservación de los recursos naturales, los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, la alteración del valor paisajístico, así como, la alteración a cualquier monumento o sitio de valor antropológico. Cabe indicar que dentro de las principales emisiones que se producen en las diferentes etapas del proyecto corresponden principalmente a exposición a emisiones de Material Particulado y Gases de combustión, cuyas mayores emisiones se producen durante la construcción del proyecto, debido al movimiento y acondicionamiento del terreno y el transporte vehicular. Sin embargo, es importante señalar que los aportes del proyecto sobre los receptores considerados serán puntuales y en un tiempo acotado, dado que la fase de construcción será cercana a un año, pasando luego a la fase de operación donde las emisiones serán escasas y asociadas principalmente al tránsito de vehículos menores por actividades de mantención. Por otro lado, respecto a la exposición de personas a campos electromagnéticos se tiene que en el Anexo 4-1 de la Adenda complementaria se presentó el Estudio de Campos Electromagnéticos actualizado, tornando en consideración la Guía "Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por radiación electromagnética en proyectos de transmisión eléctrica". Dado los antecedentes analizados, es posible concluir que el Proyecto no presenta un riesgo para la salud de la población, toda vez que el Proyecto presentará emisiones de campos electromagnéticos por debajo de los niveles criterio permisibles, así como los criterios de referencia internacional. Además, en cuanto las emisiones acústicas, se analizaron los niveles de presión acústica, los cuales fueron evaluados de acuerdo al máximo permitido por el D.S. N° 38/11 del MMA, verificando que en receptores humanos se cumple con lo indicado por dicha normativa. Detalles en el Modelamiento de Impacto Acústico (Anexo 2-2 Estudio de Ruido y Vibraciones actualizado en adenda complementaria), en ellos se presentan las modelaciones matemáticas y cálculos teóricos para todas las fases del Proyecto. En base a ello, se concluyó que no se incrementarán los niveles de ruido sobre los límites máximos permisibles establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA para la jornada diurna en los receptores cercanos. En consecuencia, si bien el Proyecto tiene asociada la emisión de Ruido, de acuerdo con los antecedentes presentados, es posible concluir que dichas emisiones, bajo las condiciones más desfavorables, no superarán los valores establecidos por la normativa vigente o normativas de referencia según corresponda y no generarán riesgo para la salud de la población en virtud de lo definido en la letra b) el Artículo 5 del Reglamento del SEIA (D.S N° 40/2012 del MMA). Adicionalmente en cuanto a los residuos, es posible indicar que el manejo y disposición de residuos no tendrá impactos significativos sobre recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; y de acuerdo a lo indicado en la Guía "Riesgo para la salud de la población" es posible indicar que "dado que no hay posibilidad de contacto entre personas y contaminantes provenientes de residuos, no hay posibilidad de exposición y no hay riesgo a la salud de las personas. Por otra parte, los Organismos del Estado con competencias ambientales, se han pronunciado conformes con respecto a la evaluación ambiental, como es el caso de la Seremi de Salud que mediante Ord. N°2375 de fecha 15/12/2022, se pronunció conforme respecto a la DIA indicando: "Esta SEREMI de Salud indica que el proyecto o actividad no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias indicados en el art.11 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente. " . Igualmente la Seremi de Medio Ambiente se pronunció mediante el Ord. N°2375 de fecha 15/12/2022, indicando los siguiente: "En base a la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Adenda antes mencionada" . En conclusión, el Proyecto producto de sus partes y obras, en sus distintas fases, cumple ton la normativa ambiental, no evidenciado efectos o características del artículo 11 de la Ley 19.300 que produzcan alguna alteración significativa en los Grupos humanos, por lo cual no existiría impedimento para el correcto desarrollo la cultura, identidad social, económica y espiritualidad de los Grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. 11.2.4 Observación: .Cambiar de DIA a EIA. Como este proyecto tendrá afectación significativa en nuestras vidás, es de interés que se realice una consulta indígena de acuerdo al Convenio 169 Art. 6 y 7. Y se realice un EIA por todas las afectaciones significativas a lugares ceremoniales. Evaluación técnica de la observación: r Ésta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación toda vez que hace referencia a aspectos. de lá evaluación del proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del lproceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente: En relación a lo indicado "Como este proyecto tendrá afectación significativa en nuestras vida,'es de interés que se realice una consulta indígena de acuerdo al Convenio 169 Art. 6 y 7. Y se realice un EL4 por todas las afectaciones significativas a lugares ceremoniales." es posible indicar que, eri atención a los antecedentes expuestos precedentemente es posible descartar la afectación significativa a grupos humanos, incluyendo a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI), en los términos descritos en el art. 7 del D.S. N°40/2012 RSEIA. En este contexto, se hace presente que los proyectos susceptibles de causar impacto ambiental descritos en el artículo 10 de la Ley N°19.300 requerirán la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental si generan o presentan a lo menos uno de los efectos, características o circunstancias descritos en el artículo 11 de la Ley. En este caso, la presentación corresponde a una Declaración de Impacto Ambiental por cuanto no se generan ni se presentan ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 11 de la Ley 19.300: El Proyecto no presenta o genera riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de sus efluentes, emisiones o residuos que genera o produce • El Proyecto no considera, en ninguna de sus fases, la explotación ni intervención de recursos hídricos correspondientes a vegas o humedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. • El Proyecto no emitirá ni generará en ninguna de sus fases, efluentes, emisiones ni residuos con contaminantes que combinados o interactuando entre ellos puedan afectar de manera adversa y significativa la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables (incluyendo, aire, agua y suelo). • El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. • El Proyecto no se localiza próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. • El Proyecto no genera ni presenta alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. • El Proyecto no genera ni presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, pertenecientes al patrimonio cultural. En especial relación con la posibilidad de afectaciones significativas a lugares ceremoniales, es posible indicar que el proyecto se desarrolla en un predio altamente intervenido en donde en base a los antecedentes proporcionados y analizados no se desarrollan actividades ceremoniales. En cuanto a Las Piedras de Dicao, Menoko Las Diucas y Cerro Cochento, sitios identificados por parte de la comunidad Lof Moluche Kiwon como de significación, en donde se desarrollan actividades culturales, espirituales ), ceremoniales es posible indicar que dada la magnitud del proyecto y la ubicación de las partes y obras del proyecto este no genera ni presenta alteración sobre los sitios antes mencionados, ello queda de manifiesto con más detalles en la respuesta anterior de la misma observación. En base a lo anterior, la presentación corresponde a una Declaración de Impacto Ambiental por cuanto no se generan ni se presentan los supuestos establecidos en el artículo 11 de la Ley 19.300, tal como ha quedado demostrado en a través de estudios presentados en los diferentes capítulos de la DIA y de los complementos que se acompañados en la Adenda 1 y Adenda complementaria. 12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución. 14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 15. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz 16. Que, para que el proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 17. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 18. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 19. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 20. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 1'. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS", de l'a' empresa ALFA TRANSMISORA DE ENERGIA S.A. 2°. Certificar que el proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. IELA DRESDNER VICENCIO Delegada Presidencial SIDENTE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Biobío RA B '41" '7.-U ' NTES A (S) COMIS e N ► EVALUACIÓN Región del Bi e lío 3°. Certificar que el proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138,138, 140, 142, 149 y 160 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto "AMPLIACIÓN S/E MULCHÉN Y SECCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1X220 KV DUQUECO - LOS PEUMOS" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 19.300, ante la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Anótese, Publíquese, Notifíquese, Comuníquese y Archívese Distribución: - Representante legal ALFA TRANSMISORA DE ENERGIA S.A. - Observante PAC, Sra. Nancy Edith Rivera Tapia - Observante PAC, Sr. José Bernabe Escalona Soto C/c - Superintendencia de Medio Ambiente - CONADI, Región del Biobío - CONAF, Región del Biobío - Consejo de Monumentos Nacionales - DGA, Región del Biobío Dirección de Vialidad, Región del Biobío DOH, Región del Biobío Ilustre Municipalidad de Mulchén - SAG, Región del Biobío - SEC, Región del Biobío - SEREMI de Agricultura, Región del Biobío SEREMI de Energía, Región del Biobío SEREMI de Minería, Región del Biobío - SEREMI de Salud, Región del Biobío SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío SEREMI MOP, Región del Biobío SERNAGEOMIN, Zona Sur Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío Gobierno Regional, Región de Biobío Archivo SEA Región del Biobío Firmado por: Sandra Barrera Fuentes Fecha: 16/01/2024 16:05:38 CLST